Evaluación SEA

Línea de Alta Tensión 1x220 S/E Agua Buena- S/E El Salto

Rol 2139161779
SEA · DIA · Aprobado · 2018-05-24 · Región de La Araucanía · wpd Malleco Transmisión SpA

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANIA

Califica Ambientalmente la DIA del Proyecto Línea de Alta Tensión 1x220 S/E Agua Buena- S/E el Salto en la Comuna de Collipulli.

Resolución Exenta N2 400/2018

Temuco, 9 de noviembre de 2018

VISTOS:

1”. La Declaración de Impacto Ambienta! (DIA) de fecha 18/05/2018, Adenda N1 de fecha 09/08/2013 y la Adenda N2 de fecha 01/10/2018, del Proyecto DIA Línea de Alta Tensión 1x220 S/E Agua Buena- S/E el Salto admisible mediante la RES. SEA N* 192 de fecha 24/05/2018.

2”. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA Línea de Alta Tensión 1x220 S/E Agua Buena- S/E el Salto.

3”. El Acta Sesión N*4 de 11/06/2018, del Comité Técnico de la Región de La Araucanía. 4”. El ICE de la DIA Línea de Alta Tensión 1x220 S/E Agua Buena- S/E el Salto de fecha 22/10/2018.

5”. El Acta Sesión N*9 de 30 de octubre de 2018, de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de La Araucanía.

6”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Línea de Alta Tensión 1x220 S/E Agua Buena- S/E el Salto.

7”. Lo dispuesto en la Ley N219.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N*18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N21.600, de 2008, de la Contraloría General de La República.

CONSIDERANDO:

1”. Que, wpd Malleco Transmisión SpA. a través de su representante Sr. Tomas Schróter Gálvez (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA Línea de Alta Tensión 1x220 S/E Agua Buena- S/E el Salto (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social titular wpd Malleco Transmisión SpA

RUT 76.560.823-6

Domicilio Augusto Leguía Sur 160, Of. 32, Las Condes Nombre representante legal Tomas Schróter Gálvez

Domicilio representante legal | Augusto Leguía Sur 160, Of. 32, Las Condes Correo representante legal t.schroter(Awpd.cl

RUT representante legal 13.550.677-K

2”. Que, conforme se indica en el Informe Consolidado de la Evaluación de fecha 22/10/2018, la Directora Regional de la Región de La Araucanía ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto:

  • El proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto.

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  • Cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los Permisos Ambientales señalados en los artículos 138, 140, 142, 148, 149 y 160 del D.S. N* 40/2012, los que han sido informados favorable por los

servicios competentes.

  • No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

3”. Que, en sesión de N” 9/2018, la Comisión de Evaluación de la Región de la Región de La Araucanía acordó calificar favorablemente la DIA del DIA Línea de Alta Tensión 1x220 S/E Agua Buena- S/E el Salto, aprobando íntegramente el contenido del ICE.

4”. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. Antecedentes generales del proyecto o actividad

Objetivo general

El objetivo general del Proyecto corresponde a la implementación de la infraestructura necesaria que permita la transmisión de la producción de energía del Proyecto Parque Eólico Malleco al Sistema Eléctrico Nacional, a través de la nueva Subestación Seccionadora Río Malleco.

Cabe mencionar que el Proyecto Parque Eólico Malleco se encuentra aprobado a través de la RCA 240/2016.

De acuerdo con lo indicado en el artículo 10 letra b) de la Ley N19.300 y sus modificaciones (establecidas en la Ley N” 20.417), y esto es ratificado por el literal b del artículo 3 del Reglamento del SEIA (D.S. N40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente), que señala los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en cualquiera de sus fases, que deberán someterse al SEIA, los que corresponden a proyectos indicados en:

Inciso b) “Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones” o Inciso b.1. “Se entenderá por líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas líneas que conducen energía eléctrica con una tensión mayor a veintitrés kilovoltios (23 kV). Inciso b.2. “Se entenderá por subestaciones de línea de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas que se relacionan a una o más líneas de transporte de energía eléctrica y que tienen por objeto mantener el voltaje de transporte”

El proyecto Línea de Alta Tensión 1x220 y S/E Agua buena S/E El Salto considera una línea de transmisión superior a 23 kV y dos subestaciones eléctricas de alto voltaje.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras O acciones Vida útil

Indefinida

Monto de inversión

USD$ 13,8 millones de dólares.

Gestión, acto o faena mínima, que da cuenta del inicio de la ejecución del proyecto de modo

El inicio de la ejecución del Proyecto se materializaría con la preparación del terreno para la instalación de faenas.

sistemático y

permanente, para

efectos de la

caducidad de la RCA

Proyecto o Si No | No, la DIA de cuenta de cronograma continuo de ejecución. actividad se

desarrolla por x

etapas

Proyecto o Si No | El proyecto no modifica proyecto existente. actividad modifica

un proyecto O X

actividad existente

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4.1. Antecedentes generales del proyecto o actividad

Proyecto modifica otra RCA

Si No

El proyecto no modifica otra RCA. Xx

Ubicación del proyecto o actividad

División político- | Región de la Araucanía, provincia de Malleco, comuna de Collipulli. administrativa Justificación de la | La localización del Proyecto se justifica, debido a la necesidad de extraer la energía del localización Parque Eólico Malleco, aprobado mediante RCA N240/2016, a la Nueva Subestación Seccionadora Río Malleco, proyecto que forma parte del Plan de Expansión del Sistema de Transmisión Nacional, licitado por el Ministerio de Energía a través de la Resolución Exenta N131/2017. Debido a lo indicado en la Ley N” 20.936, el parque eólico deberá inyectar su energía en esta nueva subestación seccionadora, para lo que se debe implementar el sistema eléctrico, línea de transmisión y subestaciones elevadoras detalladas en esta DIA. Superficie 35.9 ha. Obras permanentes. Obra Tipo Superficie (ha) Subestación elevadora Agua Buena | Permanente 0,3 Subestación elevadora El Salto Permanente 0,7 Acceso SE elevadora El Salto Permanente 0,2 Plataformas estructuras (torres) Permanente 0,9 Huellas de acceso Permanente 0,5 Total áreas intervención directa 2,6 Faja de seguridad 40 m en terrenos agrícola y de 60 m en zonas | Permanente 33,3 forestales Total área de las Obras Permanentes 35,9 (Ref. Tabla 3. Cap 1 DIA) Obras temporales. Obra Tipo Superficie (ha) Instalación de Faena Temporal 0,9 Área de acopio de Materiales Temporal 0,7 Total área de las Obras Temporales (Intervención directa) 16 Coordenadas UTM en Datum WGS84 Vértice Coordenadas UTM H18S, Datum WGS84 Este Norte vi 738.109 5.786.019 v2 738.194 5.786.359 v3 738.764 5.787.692 va 738.917 5.788.635 V5 738.436 5.789.946 v6 738.643 5.790.985 v7 739.649 5.791.193 v8 740.827 5.791.540 v9 741.286 5.791.910 v10 741.402 5.792.250 vi1 742.564 5.792.129 v12 742.511 5.791.933 v13 741.689 5.792.002 v14 741.573 5.791.699 vi5 740.996 5.791.230 v16 739.721 5.790.850 v17 738.936 5.790.728 v18 738.793 5.789.990

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4.1. Antecedentes generales del proyecto o actividad

v19 739.268 5.788.685 v20 739.104 5.787.606 v21 738.350 5.785.932

Caminos o vías de | Ruta R-35 Collipulli — San Andrés, Sector norte del Proyecto. acceso Ruta R-49 Collipulli — Curaco, Sector sur del Proyecto.

Cap.1, punto 1.4 de la DIA. Figuras 1, 2 y 3 del Cap. 1 de la DIA.

Los caminos de acceso al Proyecto están compuestos por caminos públicos y caminos existentes al interior del fundo Agua Buena. Los caminos o rutas públicas enroladas corresponden a:

4.2. Partes y obras del proyecto

Partes y obras del proyecto

Nombre

Descripción

Carácter

Fase

Subestaciones - Subestación Elevadora Agua Buena - Subestación Elevadora El Salto

El Proyecto contempla la construcción de dos subestaciones eléctricas elevadoras y seccionadora. Cada una de estas subestaciones tendrá por objetivo recibir parte de la energía que se producirá en el Parque Eólico Malleco, aumentar su tensión de 33 kV a una tensión nominal a 220 kV para poder transportarla en forma segura y eficiente hacia la nueva subestación seccionadora Río Malleco, lugar donde se inyectará la energía al Sistema Eléctrico Nacional.

  • Subestación elevadora Agua Buena, será la encargada de recibir toda la producción de energía del área norte del Parque Eólico Malleco, elevar su tensión de 33 KV a 220 kV y transmitirla a través de una línea de alta tensión de 8,1 km, de circuito simple hasta la futura S/E Seccionadora Río Malleco.

  • La segunda S/E elevadora será la encargada de recibir toda la producción de energía del área sur del Parque Eólico Malleco, elevar su tensión a 220 kv y la transmitirá través de un cableado subterráneo a la S/E Río Malleco.

Más detalles: Cap. 1 de la DIA, Punto 1.5.1.1 (Características generales, coordenadas de ubicación, listados de equipos eléctricos, obras principales). Superficies (Ver punto ¡Error! No se encuentra el origen de la

referencia. anterior. Ficha resumen Ubicación del Proyecto).

Permanente

Operación

Línea de Transmisión 1x220 kV (Ss/E Elevadora Agua Buena a S/E Seccionadora Río Malleco).

Línea de alta tensión 1x220 kV, de 8,1 kilómetros de circuito simple.

El objetivo de ésta es transportar la energía en forma segura y eficiente hacia la nueva subestación seccionadora Río Malleco (conexión al SEN).

Permanente

Operación

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Superficie (Ver punto ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. anterior. Ficha resumen Ubicación del Proyecto).

Ficha resumen Ubicación del Proyecto).

Huellas de acceso a las

estructuras

Corresponden a los caminos que facilitan la aproximación del personal, vehículos, maquinarias y materiales al lugar de emplazamiento de las estructuras.

Para aquellos casos en que no se pueda acceder mediante un camino existente se contempla la construcción y habilitación de huellas de acceso para la instalación de las estructuras de la línea de transmisión. La ubicación de las 'nuevas huellas de acceso se representa en la Figura 9 del Cap.1 de la DIA.

La longitud total de las huellas de acceso a construir se estima en 1,0 km y tendrán un ancho de aproximado de 4 metros. Adicionalmente, se contempla un área buffer de 0,5 m hacia cada lado de los límites de las huellas como medida de seguridad. Por lo tanto, la superficie de intervención directa corresponde 0,5 ha. El resto de los accesos corresponde a la utilización de la estructura vial privada existente.

Permanente

Operación

Instalación de faenas

El proyecto contempla la habilitación

de una instalación de faenas que

contará con una superficie de 0,9 ha. La

instalación de faena considera la

siguiente infraestructura de apoyo a la

labor constructiva:

  • Control de acceso seguridad).

  • Sector de Oficinas.

  • — Bodega de Residuos peligrosos.

  • Patio de Salvataje para residuos no peligrosos.

  • Zona de contenedores de residuos sólidos domésticos.

  • Bodega de sustancias peligrosas.

  • Servicios higiénicos y duchas con agua caliente.

  • Camarines.

  • Comedor.

  • Enfermería.

  • Recinto cercado con equipo de generación eléctrica.

  • Patio de acopio de materiales.

  • Zona de estacionamiento para vehículos y maquinarias.

  • Planta de tratamiento de aguas.

Las coordenadas de los vértices del

área a utilizar por la instalación de

faena se presentan en la Tabla 14 del

cap. 1 de la DIA.

(caseta de

Temporal

Construcción

S

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Área de acopio de materiales

Tendrá una superficie de 0,7 ha y se mantendrá despejada de vegetación y nivelada para la acumulación de herramientas, equipos y estructuras. Las coordenadas de los vértices del área a utilizar se presentan en la Tabla 15 del cap. 1 de la DIA.

Temporal

Construcción

Frentes de trabajo

Constarán de insumos básicos, tales como una estación de emergencia, compuesta al menos por extintor, botiquín, camilla, manta térmica y alarma auditiva, herramientas menores y contenedores primarios de residuos domésticos. Cada frente de trabajo contará con baños químicos, además de una estación de emergencia ambiental con elementos (equipamientos móviles) para contener derrames de SUSPEL. Estos equipamientos serán móviles y serán trasladados de acuerdo con el avance de cada frente de trabajo.

Temporal

Construcción

4.3.Acciones del proyecto

Nombre

Fase

Transporte de personal

Construcción

Contratación de mano de obra

Construcción

Transporte de personal

Construcción

Instalación de faenas y frentes de trabajo

Construcción

Construcción Subestaciones eléctricas Agua Buena y El Salto

Construcción

Construcción de Línea de transmisión eléctrica

Construcción

Conexión a S/E Río Malleco

Construcción

Acciones generales asociadas a la fase de construcción

Construcción

Conexión y pruebas de energización

Construcción

Cierre fase de construcción

Construcción

Contratación de personal Operación Operación Subestaciones y Línea de transmisión eléctrica Operación Actividades de mantención y conservación. Operación Contratación de personal Cierre! Habilitación de Instalaciones de faenas Cierre Transporte de personal, materiales y equipos Cierre Retiro de instalaciones Cierre Actividades y/o acciones de restauración Cierre

4.4. Cronología de las fases del proyecto o actividad

Fase de construcción

Fecha estimada de El inicio de las obras estará condicionado, entre otros aspectos, a la obtención de la inicio aprobación ambiental del proyecto. El hito que dará inicio de la fase de construcción será la implementación de la instalación de faenas.

Enero 2019.

  • Según lo establecido la vida útil del Proyecto se declara como indefinida, debido a que con el tiempo las instalaciones de transmisión se adaptan y reacondicionan conforme avanzan las nuevas necesidades y tecnologías de transmisión. Sin perjuicio de lo anterior, en el caso que se requiera, la fase de cierre y abandono será abordada de la siguiente manera.

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Parte, obra O acción que establece el inicio

La actividad que dará inicio a la fase de construcción será la preparación del terreno para la instalación de faenas.

Fecha estimada de término

La duración de la fase de construcción del proyecto se estima en 10 meses.

. Octubre 2019.

La actividad que dará término a la fase de construcción será la desmovilización de la totalidad de las instalaciones temporales.

Parte, obra O acción que establece el término Cronograma

Fase de operación

Cronograma de construcción subestaciones

Meses Fase de Construcción Subestaciones 12 18 14 1516. 12 18 19

10

Instalación de faena

Preparación y despeje de los terrenos

Construcción de fundaciones

Construcción sala de control y casetas

Montaje de estructuras

Tendido de conductores barra y conexionado

Montaje de equipos

Montaje y Cableado de armarios

Montaje transformador de poder

Pruebas y puesta en servicio (Ref. Tabla 17 Cap.1 de la DIA)

Cronograma de construcción línea de alta tensión Meses Fase de Construcción 1 2 3 4 5

Despeje faja de seguridad

Caminos de acceso

Preparación Sitio emplazamiento Torres

Construcción Torres

Tendido Conductores

Remates

Desmovilización (Ref. Tabla 18 Cap.1 de la DIA)

: Fecha estimada de ¿inicio

Noviembre de 2019.

Parte, obra o acción

que establece el - Inicio

Fecha estimada de

término

La actividad que dará comienzo a la fase de operación del Proyecto será la energización de las líneas eléctricas, es decir, la entrada en funcionamiento de la S/E Agua buena y su sistema de transmisión, además de la entrada en funcionamiento de la S/E El Salto y su sistema de transmisión.

El proyecto tiene vida útil indefinida por lo que no es posible establecer una fecha de término a esta fase.

Parte, obra o acción que establece el término

Cronograma

No es posible establecer una fecha de término de la fase de operación.

Cronograma de la fase de operación del Proyecto Años

Actividades

Operación de la línea y Subestaciones

Torres

Mantenimiento preventivo

Mantenimiento Correctivo

Faja de seguridad

Mantención de la vegetación

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Mantención de las huellas

Reparaciones de emergencia

(Ref. Tabla 24 Cap.1 de la DIA)

Fase de Cierre

Fecha estimada de inicio

El Proyecto tiene una vida útil indefinida, no es posible establecer una fecha de inicio de la fase de cierre.

Parte, obra o acción que establece el inicio

No es posible establecer una fecha de inicio de la fase de cierre, no obstante, el hito que dará inicio a esta fase, será la preparación terreno para instalación de faenas.

Fecha estimada de término

De materializarse, ésta finalizará 6 meses posteriores a su fecha de inicio.

Parte, obra o acción que establece el término

No es posible establecer una fecha de inicio de la fase de cierre, no obstante, el hito que dará término a esta fase es la Inspección de obra final y se realizara 6 meses posteriores al inicio, en una fecha indeterminada.

4.5. Mano de obra

Fases

Número máximo de personas

Construcción

Promedio: 80 trabajadores. Máximo: 105 trabajadores.

Promedio: 6 trabajadores.

Operación Máximo: 10 trabajadores.

Cierre La contratación de la mano de obra se estimará de acuerdo con la tecnología que exista al término de la vida útil del proyecto.

Total 115 trabajadores

5”. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N*19.300:

5.1. Sobre la inexistencia de riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes,

emisiones y residuos

Tabla 5.1 Sobre la inexistencia de riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de

efluentes, emisiones y residuos

Impacto ambiental

No se identifica impacto ambiental que ponga en riesgo a la salud de la población.

Existencia de población cuya salud

pudiera verse afectada

En el área de influencia no existe población cuya salud pudiera verse afectada.

En términos generales, el área del proyecto corresponde al espacio geográfico del emplazamiento de las partes y obras del proyecto, con una superficie total de 37,5 ha aproximadamente y se encuentra circunscrito dentro de un predio particular (Fundo Agua Buena), donde no hay presencia de viviendas. Los receptores más cercanos, se encuentran a más de 240 m (al suroeste de LAT del Proyecto).

Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento del SEIA:

a) La superación de los valores de las | Emisiones atmosféricas:

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concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento.

Durante la fase de construcción y cierre del proyecto las emisiones atmosféricas corresponden a material particulado y gases de combustión interna proveniente del tránsito de vehículos y/o maquinarias. En el caso de la fase de construcción, las emisiones más relevantes corresponden a material particulado grueso. Respecto a las características de las emisiones atmosféricas del proyecto, se indica que éstas no representan riego para la salud de la población dado que en su generación es de carácter temporal y tienen una acción local. En la fase de construcción la mayor tasa de generación corresponde a MP10, dado el tránsito de vehículos por los caminos no pavimentados internos del proyecto. Respecto a las características de las emisiones atmosféricas del proyecto, se indica que éstas, incluso en el periodo de mayor generación (construcción), no representan riego para la salud de la población dado que en su producción es de carácter temporal y tienen una acción local.

En el caso de la fase de operación, las emisiones serán de menor proporción debido a que no se espera un mayor tránsito de vehículos, salvo mantenciones puntuales.

No obstante, lo anterior, el proyecto contempla, durante la fase de construcción, el encarpado de camiones de carga con lonas, control de velocidad para las rutas no pavimentadas, entre otras (Más detalle ver punto 2.1.4 de Cap.2 de la DIA)

En función de estos resultados se establece que las emisiones atmosféricas del proyecto se encuentran dentro de los límites nacionales establecidos.

Emisión de efluentes:

En cuanto a la emisión de efluentes, el proyecto contempla durante todas sus fases la generación de aguas servidas de carácter doméstico, las cuales no presentan características de peligrosidad. Estas aguas servidas provienen de los servicios higiénicos y de los lavaplatos de los comedores y serán conducidas y sometidas a un sistema de tratamiento de aguas servidas. Durante la fase de construcción y cierre se contará con una planta de tratamiento de aguas servidas compuesta de modo general, por un sistema de pre-tratamiento, un reactor biológico (con modalidad de lodos activados de aireación extendida), un sistema de decantación y un tratamiento de desinfección que mediante de procesos cloración y decloración, permitirá que todas las aguas residuales tratadas, sean finalmente dispuestas en el terreno mediante un sistema de drenes subsuperficiales

Adicionalmente, es necesario indicar que, en los frentes de trabajo, se habilitarán baños químicos, cuyas aguas servidas serán retirados por empresas autorizadas para su transporte y disposición final.

Durante la fase de operación, la S/E El Salto contará con servicios higiénicos, los que generarán efluentes que serán depositados en una fosa séptica con un sistema de drenes habilitada a un costado de la sala eléctrica y de control.

El efluente tratado de estas plantas cumplirá con lo establecido en la NCh N* 1.333/1987 del Instituto Nacional de Normalización (INN). (Más antecedentes en Anexo 3.1 de la DIA, Anexo 7 y respuesta a obs. N” 1 del ítem 3. Permisos Ambientales Sectoriales de la Adenda).

Energía y radiación:

En cuanto a los efectos electromagnéticos en baja frecuencia y radio frecuencia provocada por las obras del proyecto se tienen las siguientes magnitudes:

El campo eléctrico de la Línea de Alta Tensión 1x220kV, en el límite de la franja de servidumbre, es decir a 20 m desde el centro del eje de la línea de transmisión, es de 0,375 kV/m, mientras que el de campo magnético es de 2,269 yT, valores menores a lo indicado

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por las normas de la International Commission on Non-lonizing Radiation Protection (ICNIRP) que indica magnitudes de 5 kV/m y 200 yT, respectivamente.

A su vez, el nivel de las interferencias de radio producidas por el Proyecto, en el límite de la franja de servidumbre es de 29,9 dB en buen tiempo y 45,95 dB para mal tiempo, menor que lo indicado por la norma canadiense, que indica un valor de 53 dB. A su vez, el nivel de las interferencias de televisión producidos, en el límite de la franja de servidumbre, es de -21,9 dB para buen tiempo y 3,1 dB para mal tiempo, menor a lo indicado por la norma canadiense, que indica un valor de 17 dB.

En función de estos resultados, se tiene que los efectos electromagnéticos en baja frecuencia y radio frecuencia se encuentran dentro de los límites establecidos por las normas internacionales antes mencionadas.

b) La superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento.

Respecto a la disminución de la calidad acústica, se indica que durante la fase de construcción y operación las emisiones acústicas son generadas, debido a la operación de maquinaria pesada y a las faenas asociadas a las construcciones/retiro de la línea de transmisión eléctrica, las cuales son secuenciales y de tipo móvil y de la construcción de las subestaciones. En relación con los resultados obtenidos, la modelación determinó que durante las fases construcción y operación existirán 3 receptores donde los niveles de ruido y vibraciones no superarán los máximos permisibles, logrando el cumplimiento normativo en todos los receptores (Más detalles ver Anexo 1.4 de la DIA). En la Tabla 22, se presenta la evaluación sonora respecto al DS N38 del MMA para fase de construcción; Tabla 23 y Tabla 24 se presenta los resultados de la evaluación de vibraciones por el criterio molestia y criterio daño, respectivamente. En la Tabla 25, se presentan los resultados de la evaluación sonora respecto al DS N38 del MMA para fase de operación. Para la fase de operación no se prevé un impacto para el componente vibraciones.

Dado lo anterior, se establece que los niveles de ruido generados por el proyecto, en cada una de sus fases, no superarán el máximo permisible establecido en la normativa vigente y que, por lo tanto, no representan un riesgo para la salud de las personas.

c) La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en caso que no sea posible evaluar el riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anteriores.

En relación con la exposición de contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, se considera lo siguiente:

  • Las emisiones atmosféricas del proyecto no representan un riesgo para la salud de la población, debido a que generación es temporal, no tienen características de peligrosidad y su acción es de carácter local.

  • Los efluentes líquidos generados por el proyecto corresponden a aguas servidas domésticas, las cuales no presentan características de peligrosidad y serán manejadas de acuerdo a la normativa legal vigente.

  • Las emisiones de ruido no superan el máximo permisible por la normativa vigente.

En conclusión, se estima que el proyecto no generará, en ninguna de sus fases, contaminantes que resulten de la reacción entre emisiones y efluentes con los recursos naturales renovables.

d) La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

Considerando los antecedentes anteriormente expuestos en el numeral 2.1.5 del Capítulo 2 de la DIA y lo indicado en los Anexo 3.2. de la DIA (PAS 140) y Anexo 10 de la Adenda (PAS 142), en términos generales, el manejo de los residuos se realizará de la siguiente manera:

Residuos sólidos domésticos: Corresponderán a restos de alimentos, envoltorios, papeles, envases, cartón, vidrio, aluminio, residuos de embalaje, etc. Su manejo contempla la disposición de contenedores rotulados con tapa y acopio en zonas debidamente

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implementada. Se contempla el retiro periódico por una empresa autorizada que transportará los residuos hacia un lugar de disposición final autorizado.

Residuo sólido industrial: Corresponderán, principalmente, restos de materiales de construcción, despuntes de maderas, restos de hormigón, despuntes de fierros, cables, plásticos y embalajes de madera. Los cuáles serán dispuestos en forma segregada hacia los patios de salvataje que contarán con su respectiva autorización sanitaria para ser almacenados temporalmente. Luego, el retiro se realizará, en forma periódica, por una empresa autorizada para disponer los residuos en un lugar de disposición final autorizado. Residuos peligrosos: Corresponderán principalmente a aceites y lubricantes residuales, envases de aceites, lubricantes, pinturas, desmoldantes, sellantes y adhesivos y elementos contaminados con hidrocarburos. Estos residuos, una vez generados, serán trasladados inmediatamente hacia las bodegas de residuos peligrosos, las que contarán con su respectiva resolución sanitaria, y serán dispuestos en forma segregada en contenedores estancos, herméticos y con tapa debidamente rotulados. El almacenamiento máximo de estos residuos será de 6 meses y su retiro y transporte se realizará con una empresa debidamente autorizada para dar lugar a su disposición final en un sitio autorizado.

Los residuos no peligrosos y peligrosos serán manejados de tal manera que el proyecto no generará, en ninguna de sus fases, efluentes, emisiones, ni residuos que presenten características peligrosas, cuya combinación e interacción pueda afectar la salud de la población ni afectar los recursos naturales renovables incluidos el suelo el agua y aire.

En base a lo anteriormente expuesto, se concluye, que los residuos generados por el proyecto, gracias a Su manejo, no representan un peligro para los recursos naturales renovables ni generan efectos por la combinación o interacción de contaminantes.

Conclusión: “Sobre la base del análisis anterior se puede concluir que el proyecto no generará ni presentará riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que

genera o produce”.

5.2. Sobre la inexistencia de efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

Tabla 5.2. Sobre la inexistencia de efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire

Impacto ambiental

No se identifica impacto ambiental que genere efectos adversos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento del Reglamento del SEIA:

Recursos naturales renovables escasos, | No se identifican recursos naturales renovables escasos, únicos

únicos o representativos.

o representativos en el área de influencia del Proyecto.

a) La pérdida de suelo o de su capacidad | En relación a los posibles efectos del proyecto sobre el recurso

para sustentar biodiversidad

por | natural suelo, mediante la caracterización físicamorfológica de

degradación, erosión, impermeabilización, | los suelos presentes en el área de proyecto (ver Anexo 2.2 de

compactación o presencia

contaminantes.

de | la DIA, “Línea Base de Suelos”) se puede afirmar que los efectos no serán significativos en cuanto a la cantidad (superficie afecta), ya que la porción de suelo que será utilizado de manera permanente y directa por las obras del proyecto y en donde existirá pérdida del recurso suelo, será sólo de 2,6 hectáreas lo que corresponden al 6,9% de la superficie total del proyecto. Por otro lado, las características

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intrínsecas de los suelos estudiados (pendiente, porosidad,

materiales parentales, estructura, textura, etc.), permitirán

mantener la calidad de este recurso y su capacidad para sustentar la biodiversidad en las áreas de intervención

indirecta, lo que corresponde a 34,9 ha, equivalentes a 93,1%

del área total del proyecto. Por último, las mismas condiciones

intrínsecas del suelo que permiten que éste mantenga su

calidad son las que hacen que la erosión potencial sea baja o

nula, en condiciones normales.

Por otro lado, para resguardar y evitar la contaminación,

impermeabilización, erosión y pérdida del recurso las

características constructivas del proyecto se encontrarán en lineamiento con las medidas y políticas de protección ambiental de suelos como lo son:

  • El movimiento de tierra necesario para la construcción se realizará estrictamente sólo en las zonas delimitadas;

  • — Durante la fase de construcción y faenas de reforestación queda estrictamente prohibido al personal de terreno depositar en el suelo residuos domésticos, industriales o peligrosos. Dichos elementos serán depositados en los contenedores habilitados para tales fines, dispuestos en los frentes de trabajo e instalaciones de faena;

  • El tránsito de vehículos y equipo pesado se realizará sólo por caminos de acceso definidos y habilitados, razón por la

“ cual se minimizará la compactación de suelos producto del tránsito vehicular;

  • Los frentes de trabajo incorporarán un kit de contención de derrames, el cual constará con todo el equipamiento básico para la contención primaria de algún tipo de derrame de sustancias peligrosas; y

  • — La carga de combustible y/o mantención de maquinaría se realizará en áreas exclusivas recubiertas con geomembranas u otra capa protectora del suelo para evitar la contaminación por posibles derrames de hidrocarburos u otras sustancias.

En este sentido, se concluye que el diseño y los métodos

constructivos del proyecto no inducen a la pérdida innecesaria

del suelo, erosión, impermeabilización, compactación o

presencia de contaminantes o de su capacidad para sustentar

la biodiversidad.

b) La superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se deberá considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley 19.300.

Flora y Vegeta:

En relación a los posibles efectos del proyecto sobre el componente Flora y Vegetación Terrestre, mediante la caracterización de este recurso natural (ver Anexo 3 de la Adenda, “Línea Base de Flora y Vegetación Terrestre”) se puede afirmar que el 84,6% de la superficie contemplada dentro del área de influencia del proyecto corresponde a terrenos que prácticamente son dominados por la presencia de vegetación exótica, principalmente, por el uso intensivo del territorio para cultivos agrícolas, mientras que sólo el 15,4% contienen unidades con presencia de vegetación natural. Continuando lo anterior, dentro del área de influencia se identificaron cuatro unidades homogéneas de vegetación (UHV), de las cuales destacan en términos de extensión, las áreas con vegetación agrícola. Estas unidades se caracterizan por la presencia dominante de elementos herbáceos anuales, exóticos y monoespecíficos cuyo fin principal es la productividad agrícola, donde la presión ecológica sobre las formaciones vegetales naturales no ha sido despreciable, traduciéndose en un territorio con un alto grado de artificialización producto de una ocupación histórica por parte de actividades antrópicas. A su vez, la formación vegetal de

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Bosque Nativo se muestra como un área fragmentada y degradada que es dominada, en términos de composición y estructura, por elementos arbóreos nativos que en algunos sectores se muestran dispersos, formando grandes claros de dosel y en otros sectores rodales de mayor densidad, pero discretos en el espacio producto del contexto agrícola en el que se encuentran.

En cuanto a las singularidades ambientales de las formaciones vegetales presentes en el área de influencia del proyecto, destaca la presencia de 11 especies de carácter endémico, lo que representa un 21,5% del total de especies registradas. Sin embargo, la totalidad de estas especies no presenta amenazas significativas en sus poblaciones o no se presenta dentro del área de influencia como parte de los límites de su distribución natural.

De las 51 especies de flora vascular registradas dentro del área se identificó la presencia de 3 especies en estado de conservación (Blechnum hastatum, Drimys winteri y Persea lingue), según lo establecido en los trece procesos de clasificación de especies. Estas tres especies se encuentran en categoría de Preocupación Menor (LC), lo que implica, bajo el criterio de la IUCN, que no cumplen con ninguno de los criterios cuantitativos para determinar riesgo de amenaza en sus poblaciones.

En consecuencia, es posible inferir, en base a los antecedentes recientemente expuestos, que la materialización del proyecto no debiera generar efectos adversos significativos sobre el componente flora y vegetación terrestre.

Fauna Terrestre

En relación con los posibles efectos del proyecto sobre el componente Fauna Terrestre, mediante la caracterización de este componente (ver Anexo 2.4 de la DIA “Línea Base de Fauna Terrestre”) se puede indicar que riqueza total de vertebrados silvestres observados en el área de influencia del proyecto fue de 48 especies, las que correspondieron a una especie de reptil, 40 especies de aves y siete especies de mamíferos. No se registraron especies de anfibios. De este total de especies 42 (86%) son nativas y seis (14%) son exóticas.

Con respecto al endemismo, en el área de influencia se registraron dos especies endémicas del territorio nacional, correspondientes a la Lagartija pintada y al Loro Choroy.

En cuanto al estado de conservación, de las 48 especies registradas, seis se encuentran en alguna categoría de conservación de acuerdo con la legislación vigente. Estas corresponden a una especie de reptil, tres especies de aves y dos especies de mamíferos. Una de estas especies se encuentra amenazada, con categoría Vulnerable (VU) correspondiente al Loro Choroy, el resto se encuentra en categoría de Preocupación menor (LC), por lo tanto no se consideran especies amenazadas.

Al respecto, es importante considerar que todas las especies en categoría de conservación registradas en el área son especies frecuentes y con amplia distribución en Chile. Particularmente respecto al Loro Choroy, la propuesta actual para el Décimo Cuarto Proceso de Clasificación de Especies en el marco del RCE, la posicionaría también en categoría Preocupación menor, dejándola como especie no amenazada dado que se trata de una especie que posee una amplia distribución en Chile descrita como abundante localmente, con poblaciones estables y sin evidencias de declinación poblacional.

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Respecto de las singularidades ambientales indicadas en SEA (2015), se registraron dos especies endémicas de Chile. Además, de acuerdo con SAG (2015) se registraron dos especies que poseen poblaciones reducidas correspondientes a las aves Torcaza y Colilarga. Sin embargo, es importante indicar que según el D.S. N2 16/2016 del MMA, la Torcaza fue clasificada en categoría de Preocupación menor (LC), porque sus poblaciones estarían incrementando, por tanto ya no se encontraría amenazada, y el Colilarga no se encuentra considerado en ninguna categoría de conservación.

Además, se identificó como singularidad ambiental la presencia de dos especies con ámbitos de hogar reducidos que son potencialmente más susceptibles a las actividades propias para la materialización del proyecto. Una de ellas corresponde a un reptil endémico y en categoría de conservación y la otra a un micromamífero en categoría de conservación. Sin perjuicio de lo anterior, ambas especies se encuentran en categoría Preocupación menor (LC), es decir, no están amenazadas, y se registraron en bajo número y frecuencia durante la prospección en terreno.

En base a estos antecedentes, es posible señalar que las especies bajo esta clasificación son taxones abundantes y de amplia distribución por lo que no presentan problemas de amenaza poblacionales y cuya relación con las actividades constructivas y operativas del Proyecto, en términos de magnitud de interacción, no pueden ser consideradas como un impacto significativo o como un agente de presión sobre estas especies.

Adicionalmente la información levantada indica que el suelo se encuentra altamente intervenido y donde los hábitats naturales para la fauna han sido casi completamente reemplazados para uso agrícola y forestal, quedando los ambientes de bosque nativo altamente relegados.

Finalmente, para disminuir los riesgos de colisión de la avifauna con el trazado de la línea se contempla la instalación de desviadores de vuelo en áreas estratégicas que permitan disuadir al ave a evadir el cableado por tanto evitando su colisión con éste.

En virtud de estos antecedentes, es posible concluir que tanto la construcción como la operación del mismo, no generará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad del recurso fauna terrestre.

c) La magnitud y duración del impacto del proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base.

Según los antecedentes levantados mediante la caracterización del área de influencia del proyecto se indica que no se generarán impactos significativos sobre los recursos suelos, agua o aire, lo anterior se sustenta en lo siguiente:

  • Según lo indicado en el literal a) del numeral 2.2.2 del Cap. 2 de la DIA, el recurso natural suelo a intervenir directamente por la materialización del proyecto será sólo de 2,6 hectáreas lo que corresponden a el 6,9% de la superficie total del proyecto. Por otra parte, la mayoría del suelo natural se encuentra altamente intervenido de forma antrópica y modificados en su condición basal dado el uso intensivo del territorio para cultivos agrícolas.

  • Respecto al recurso hídrico, es importante mencionar que no se realizará extracción de agua de los cursos hídricos presentes del proyecto, sino que el agua potable provendrá de distribuidores autorizados, y será trasladada al área de instalación de faenas mediante camiones aljibes, para ser almacenada en estanques de acumulación de agua potable emplazados en la instalación de faenas. El agua será abastecida en una cantidad de 100 litros por persona y cumplirá con los

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requisitos físicos, químicos, radiactivos y bacteriológicos, conforme a lo indicado por el D.S. N2 594/99 del Ministerio de Salud. Los frentes de trabajo contarán con baños químicos en cantidades que permitan dar cumplimiento al D.S. N*594/00 de Ministerio de Salud. La mantención de estos servicios se realizará, al menos, dos veces por semana mediante la contratación de una empresa autorizada. Por otro lado, el agua industrial será provista mediante camiones aljibes por distribuidores autorizados.

Adicionalmente, se resguardarán los recursos hídricos y el suelo mediante prácticas constructivas ambientalmente adecuadas como por ejemplo:

  • Se prohibirá depositar y/o arrojar residuos de cualquier tipo, sean líquidos o sólidos, provenientes del Proyecto, en zonas próximas a quebradas y cursos de agua.

  • Durante las faenas de corta de vegetación no se permitirá vaciar o depositar residuos líquidos o sólidos domésticos o industriales en los cursos de agua, incluyendo ramas, hojas o troncos. De igual modo, no se realizarán obras que originen derrames de material a los cursos de agua.

  • El lavado de maquinarias y vehículos se realizará en áreas habilitadas para tales actividades procurando que dichas áreas estén lejos de cursos de agua tanto temporales como permanentes.

Para el caso de las emisiones, y tal como se extrapola de la información del numeral 2.1.4 del Capítulo 2 de la DIA, éstas corresponden a emisiones acorde a las características del proyecto y pueden ser consideradas de carácter puntual y local por tanto no afectarán significativamente el componente aire, al encontrarse en un área abierta y con buena ventilación

d) La superación de los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las normas vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. En caso que no sea posible evaluar el efecto adverso de acuerdo a lo anterior, se considerará la magnitud y duración del efecto generado sobre la biota por el proyecto o actividad y su relación con la condición de línea de base.

En el área en que se emplaza el proyecto no presenta normas secundarias de calidad ambiental. No obstante de acuerdo a las condiciones base de cada componente, se puede declarar que el proyecto no afecta significativamente el suelo, agua y alre.

e) La diferencia entre los niveles estimados de ruido con proyecto oO actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación.

En el área del proyecto no se evidenció la presencia de hábitats sensibles o relevantes que puedan ser afectados por los niveles de ruido.

f) El impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables.

En función de lo indicado en el numeral 2.1.5 del Cap. 2 de la DIA, se resumen que como parte de las actividades de construcción del proyecto se generarán residuos inertes y domésticos principalmente en los frentes de trabajo, los cuales serán oportunamente trasladados a las zonas de almacenamiento de residuos sólidos domésticos y asimilables a domiciliarios (Zonas RSD) y, zonas de almacenamiento temporal de residuos sólidos industriales no peligrosos (Patios de Salvataje), ubicadas al interior de la Instalación de Faenas

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que contempla el proyecto, lugar que contará con su respectiva autorización sanitaria de la SEREMI de Salud según lo establecido en el artículo 18 del D.S. N2 594/00 del Ministerio de Salud.

Por otro lado, los residuos peligrosos a generarse durante la fase de construcción como aceites residuales, filtros de aceite, materiales menores contaminados con grasa, tambores de aceites, grasas y lubricantes, producto de la mantención de equipos y maquinarias, envases de pintura y solventes, baterías, cartridges y toner serán depositados en tambores de 200 litros con tapa, los cuales serán almacenados temporalmente en la Bodega de Residuos Peligrosos habilitada en las instalaciones de faenas. Los residuos peligrosos generados en la fase de construcción y operación serán manejados en conformidad a lo establecido en el D.S. N2 148/03 del Ministerio de Salud. Las mantenciones de la maquinaria se realizarán en recintos especialmente acondicionados para ello, con una superficie impermeable y un adecuado sistema de captación de los residuos, para evitar el escurrimiento y la contaminación del suelo.

Por último, los productos químicos generados en los frentes de trabajo como esmaltes, óleos, spray, entre otros serán almacenados en un sector destinado exclusivamente para aquello, el cual dará cumplimiento a las condiciones de almacenamiento establecidas en el D.S. N*43/2015.

En consideración de las características de los productos y residuos, se puede producir una afectación sobre los recursos naturales por la ocurrencia de derrames, por lo que se contempla la implementación de medidas destinadas a resolver la contingencia:

En caso de fuga o derrame de sustancias peligrosas, se contempla paralizar inmediatamente cualquier tarea que se esté realizando y atender la emergencia mediante la aplicación de procedimientos como sellado de fugas, supresión de fuentes de ignición, absorción del material en toda el área de derrame, utilizando los elementos disponibles en el kit de contención de derrames que estará habilitado para cada frente de trabajo. Adicionalmente, el personal involucrado en la respuesta a esta emergencia hará uso de los elementos de protección personal adecuados para esta tarea.

A raíz de lo anterior, se indica que la utilización y/o manejo de productos químicos y residuos generador dentro del área de proyecto no generarán efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, ya que se mantendrán todos los resguardos ambientales necesarios para su protección.

Para mayores detalles del manejo de residuos no peligrosos y peligrosos remitirse al Anexo 3.2 de la DIA (Antecedentes PAS 140), Anexo 10 de la Adenda, (Antecedentes PAS 142) adjunto a la Adenda) y Apéndice 3 del Anexo 1 de la Adenda. Proc. gestión de residuos peligrosos).

Literal g) El impacto generado por el volumen o caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra, incluyendo el generado por ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales. La evaluación de dicho impacto deberá considerar siempre la magnitud de la alteración en:

g.1. Cuerpos de aguas subterráneas que

El proyecto no afectará aguas subterráneas.

El proyecto no afectara cursos superficiales de agua en que se generen fluctuaciones de niveles.

El área de influencia no presenta vegas y/o bofedales, que pudieran verse afectados por el proyecto.

El área de influencia no presenta humedales, que se pudiesen ver afectados por el proyecto.

El área de influencia no presenta superficie o volumen de glaciares que se pudiesen ver afectados por el proyecto.

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contienen aguas fósiles. g.2. Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles. 8.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas. g.4. Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas O superficiales. g.5. La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse.

Literal h) Los impactos que pueda generar la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas O ecosistemas determinados.

El proyecto no contempla introducción de especies exóticas al territorio nacional. Así mismo se reitera que para el caso de importación de maquinarias y otros materiales sujetos a embalajes, se dará cumplimiento a la norma a lo establecido por Resolución Exenta N” 133/2005 MINAGRI que establece regulaciones cuarentenarias para el ingreso de embalajes de

madera.

Conclusión: “Sobre la base del análisis anterior se puede concluir que el proyecto no generará ni presentará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el

suelo, agua y aire”.

5.3. Sobre la inexistencia de reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos

Tabla 5.3. Sobre la inexistencia de reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos

Impacto ambiental

No se identifica impacto ambiental en cuanto al reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

Existencia de grupos humanos en el área de influencia

El proyecto se desarrolla en un terreno particular (Fundo Agua Buena), donde no hay presencia de viviendas.

Las localidades que conforman el área de influencia del proyecto corresponden a un predio particular que no presenta calidad indígena en la Comuna de Collipulli. Además, las obras del proyecto no presentan la capacidad de generar efectos a las comunidades más cercanas en este caso Comunidad Indígena Choin Lafquenche y Quilamapu.

Reasentamiento de comunidades

humanas

De acuerdo con la caracterización de los grupos humanos presentes en el área de influencia, se destaca que la materialización y posterior operación del proyecto no se encuentra relacionado ni establece la necesidad de ejecutar reasentamientos de comunidades humanas, así como tampoco el proyecto genera alteración de sus sistemas de vida.

Los siguientes antecedentes

justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración

significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo dispuesto en el

artículo 7 del Reglamento del SEIA:

a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo oO para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural.

El proyecto no interviene sobre el uso o restricción a los recursos naturales existentes en el área. Dado que el sustento económico de la mayoría de los propietarios del sector se basa en actividades productivas como la agricultura y ganadería a menor escala, ambas son claramente compatibles con la construcción de la Línea de Alta Tensión y subestaciones. Lo anterior tampoco afectará el uso tradicional de estos recursos para el cultivo de plantas medicinales.

Esto se fundamenta en que el proyecto se sitúa dentro de las

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inmediaciones del predio particular Fundo Agua Buena, en donde ninguna comunidad y organización social tiene uso y/o acceso a cualquier tipo de recurso natural.

b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.

Para poder acceder al proyecto, existen dos rutas: la ruta R-49 Collipulli - Curaco y la ruta R-35 Collipulli -San Andrés. Ambas rutas se encuentran pavimentadas y en buen estado, caracterizadas por tránsito de vehículos particulares y camiones con carga forestal. De estas, se desprenden caminos secundarios de ripio y tierra que conducen a las diferentes comunidades indígenas y organizaciones sociales funcionales.

En este sentido, el proyecto contempla la utilización de las vías pavimentadas R-49 y R-35 para acceder a las obras y cuyo flujo se estima un total de 22 viajes diarios, los cuales se realizarán en distintos horarios. A su vez, la capacidad de diseño de ambas rutas se estima en 2.000 veh/hr por lo que se concluye que el

proyecto no generará ningún impacto sobre los desplazamientos normales de ambas rutas. El. proyecto no generará ningún impacto sobre los

desplazamientos normales en ambas rutas, descartándose la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.

c) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios O infraestructura básica.

La mayoría de los habitantes del sector del Área de Influencia cuentan con acceso al recurso agua mediante pozos, norias y/o vertientes, la cual es acopiada y hervida para consumo humano. Por su parte, prácticamente la totalidad de los habitantes del sector del área de influencia cuentan con acceso a la energía eléctrica.

De acuerdo al proyecto, este no afecta al acceso o calidad de bienes, equipamiento, servicios o infraestructura básica de las familias presentes en la zona de proyecto. Lo anterior, debido a que el proyecto se sitúa dentro del predio particular Fundo Agua Buena, por lo que no se verán afectados sus bienes materiales ni se interrumpirá el acceso a los servicios, tales como energía eléctrica o agua para consumo.

Tampoco se restringirá el acceso a otros servicios como salud y educación, ya que en los sectores de Niza y Curaco no cuentan con ningún establecimiento, descrito en detalle en el Anexo 2.7 de la DIA “Línea Base de Medio Humano”, por lo que sus habitantes se desplazan principalmente a la cabecera comunal de Collipulli.

d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo.

Según lo expuesto en el Anexo 2.7 de la DIA, “Línea de Base de Medio Humano”, en los sectores rurales cercanos al área de proyecto de Niza y Curaco se pueden encontrar conmemoraciones identitarias de la Comunidad Indígena Choin Lafquenche, expresada en ngillatun, wetripantru y palin. Sin embargo, estás son realizadas dentro del predio de la comunidad, en donde ninguna parte, obra y/o actividad del proyecto se sitúa.

Por otro lado, de acuerdo con las actividades en el sector de Curaco con el Comité de Pequeños Agricultores Surco y Semilla, no realizan ningún tipo de fiesta o celebración. Sin embargo, hay socios que realizan procesiones cristianas ligadas a una pequeña organización llamada Surco y Merkén, la cual cuenta con 15 miembros, en donde realizan actividades del 20 de enero, Semana Santa, Cruz de Mayo, San Francisco, entre otras, que antiguamente se hacían y ahora se están recuperando. Estas son realizadas fuera de los distritos censales de Niza y Curaco, por lo que no son afectados por el proyecto.

En función de lo anterior se indica que la implementación del proyecto no generará una dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o

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la cohesión social del grupo.

e) Para los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, además de las circunstancias señaladas precedentemente, se considerará la duración y/o magnitud de la alteración en sus formas de organización social particular.

En el Área de Influencia Indirecta del proyecto se sitúa la Comunidad Choin Lafquenche. Como pueblo indígena, está ligada a la identidad y cultura mapuche, por lo que se organiza dentro de un predio comunitario con personalidad jurídica de acuerdo con la Ley Indígena 19.253. Esta cuenta con manifestaciones culturales de ngillatun, we tripantu y palin, espacios que son compartidos dentro del mismo predio el cual

alcanza unas 248 ha aproximadamente.

El proyecto no generará impactos significativos sobre las organizaciones sociales, comunidades, ni asociaciones indígenas (Anexo 2.7 de la DIA “Línea de Base de Medio Humano”), en virtud de que su área de emplazamiento, labores de construcción y operación no mantienen relación con acciones que pudieran alterar sus formas de organización social particular. Esto debido a que el proyecto se emplaza dentro del predio particular Fundo Agua Buena, en el cual ninguna comunidad se distribuye.

Respecto de la Comunidad Quilamapu, tampoco existen antecedentes que den cuenta de posibles impactos sobre estas.

Conclusión: “Sobre la base del análisis anterior, se puede concluir que el proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos”.

5.4. Sobre la inexistencia de localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar

Tabla 5.4, Sobre la inexistencia de localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar

No se identifica impacto ambiental en cuanto a la localización y valor ambiental del territorio, ya que el proyecto se desarrolla en un terreno particular, distante de poblaciones, recursos y áreas protegidas o de sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares.

Impacto ambiental

Existencia de poblaciones protegidas El proyecto se desarrolla en un terreno particular (Fundo Agua Buena), donde no hay presencia de viviendas.

Las localidades que conforman el área de influencia del proyecto comprenden el distrito censal de Niza y Curaco, ubicados en la Comuna de Collipulli. El proyecto no se emplaza en ninguna área que afecte a las poblaciones protegidas; en el área de Influencia Indirecta, se encuentra la Comunidad

Indígena Choin Lafquenche.

Existencia de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios

para la conservación, protegidos, glaciares y zona con valor ambiental

humedales

El proyecto no mantiene relación con áreas protegidas a nivel nacional. Tampoco se registran otras áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación de la biodiversidad, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental dentro de la comuna donde se emplazará el proyecto.

Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no se localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende

emplazar, en consideración a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del SEIA.

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Susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, considerando la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde ellas habitan.

El presente proyecto no se emplaza en ninguna área que afecte a las poblaciones protegidas, ya que este se encuentra dentro del Fundo Agua Buena, predio de un particular. En el área de Influencia Indirecta, se encuentra la Comunidad Indígena Choin Lafquenche, la cual cuenta con un predio comunitario, descrito en detalle en el Anexo 2.7 de la DIA “Línea de Base de Medio Humano”. De esta forma, el proyecto no afecta en ninguna actividad, parte y obra a la población protegida descrita con anterioridad.

Respecto a Copihue (Lapageria rosea), se indica que esta especie se encuentra protegida a través del Decreto Supremo N” 129, de 1971, del Ministerio de Agricultura, que prohibió la corta, arranque, transporte, tenencia y comercio del copihue, atendido, tal como lo señala el Vistos del Decreto, se encontraba a la época, en grave peligro de extinción debido a la extracción indiscriminada de que estaba siendo objeto; con posterioridad el Decreto N” 62 del Ministerio del Interior de fecha 20 de Enero de 1977, declaró a la especie Copihue (Lapageria rosea) flor nacional de Chile.

Luego el año 1984, a través del Decreto N?2 121 se introdujeron modificaciones al Decreto N? 129, que en lo medular permitió la comercialización de flores de Copihue provenientes de los terrenos ubicados en áreas ecológicas que permiten el desarrollo natural y espontáneo de esta especie (Copihueras naturales), cuyos propietarios o tenedores los inscriban en un registro especial que para este efecto llevará el Servicio Agrícola y Ganadero y cumplan con las normas de manejo que al respecto fijará ese Servicio, a fin de asegurar la adecuada regeneración y acrecentamiento de la especie, a continuación se señala lo siguiente:

Como se puede apreciar, la normativa en análisis busca proteger al Copihue de la extracción y comercialización indiscriminada. Por otra parte, la especie Copihue no se encuentra declarada bajo ninguno de los procedimientos oficiales, asociados al artículo 37 de la Ley 19.300 y el D.S. 29/2011 del Ministerio de Medio Ambiente que aprueba el reglamento para la clasificación de especies silvestres según estado de conservación, como una especie con categoría de conservación. Entendiendo que el espíritu de la protección del recurso Lapageria rosea, se encuentra enmarcado en la regulación de su explotación indiscriminada, comercialización y transporte, no es posible determinar alguna relación con esta regulación y el proyecto debido a que en el marco del presente Proyecto el Copihue será intervenido indirectamente en función de la corta de bosque nativo regulada por un plan de manejo forestal.

En este contexto, es posible concluir que el recurso (Copihue) no se encuentra susceptible de ser afectado significativamente por parte del Proyecto debido a que la magnitud de la intervención es restringida, local y sobre áreas del ambiente en que se desarrolla la especie se encuentra degradado. De esta manera, la eventual afectación de ejemplares de Copihue producto de la corta de bosque nativo, en el marco de la ejecución de un plan de manejo forestal, se encuentra tan acotada que sus efectos no tendrían implicancias en la sustentabilidad de las poblaciones, asegurando la conservación del patrimonio ambiental. Sin perjuicio de lo anterior, entendiendo el valor que posee el recurso, el Titular del Proyecto propone, en el marco de las “Medidas de Protección Ambiental” del PAS 148 la implementación de un programa de

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manejo de Copihue (Lapageria rosea) (más detalles ver Anexo 4 de la Adenda, y resp. A obs. 1 del ítem 4 de la Adenda).

Susceptibilidad de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares O territorios con valor ambiental, se considerará la extensión, magnitud o duración de la intervención de sus partes, obras o acciones, así como de los impactos generados por el proyecto O actividad, teniendo en especial consideración los objetos de protección que se pretenden resguardar.

El proyecto no mantiene relación con áreas protegidas a nivel nacional. La zona protegida más cercana al Proyecto corresponde a la Reserva Nacional Malleco, la cual se encuentra a aproximadamente a 35 km al Sureste de la obra más cercana (S/E elevadora El Salto), por lo que no se prevé en ninguna medida su afectación.

Por otra parte, no se registran otras áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación de la biodiversidad, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental dentro de la comuna donde se emplazará el proyecto.

Conclusión: “Sobre la base del análisis anterior, el área donde se emplazará el Proyecto, incluyendo sus obras y acciones asociadas a él, en cualquiera de sus fases, no se localiza en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como no afectará el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar

5.5. Sobre la inexistencia de alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor

paisajístico o turístico de una zona

Tabla 5.5. Sobre la inexistencia de alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona

El proyecto no afecta el valor paisajístico o turístico de la zona, dado que el proyecto se desarrolla en un terreno particular, donde su área de influencia se presenta como un sector preferentemente agrícola forestal.

Impacto ambiental

El proyecto no mantiene relación con el valor turístico de la zona puesto que en su área de influencia

Existencia de valor turístico

En el área de influencia del Proyecto no se presentan elementos asociados a atributos que otorguen valor paisajístico al sector, el cual se encuentra dominado por terrenos donde predominan pendientes bajas a muy bajas.

Existencia de valor paisajístico

Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del SEIA:

En relación con los posibles efectos del proyecto sobre el valor paisajístico, mediante la caracterización de este atributo en el Anexo 2.5 de la DIA “Línea Base de Paisaje”, se indica que al interior del área de influencia no se presentan elementos asociados a atributos que otorguen valor paisajístico al sector. Esto, en virtud de que el proyecto se ubica en un área altamente perturbada por acciones humanas (cultivos agrícolas, plantaciones forestales, etc). Por lo tanto, no generará una disminución del valor paisajístico de la zona.

Literal a) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico.

En relación a los posibles efectos del proyecto sobre el valor paisajístico, mediante la caracterización de este atributo en el Anexo 2.5 de la DIA “Línea Base de Paisaje”, se indica que al interior del área de influencia no se presentan elementos asociados a atributos que otorguen valor paisajístico al sector. Esto en virtud, de que el área de emplazamiento del proyecto

Literal b) La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico.

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corresponde a una zona fuertemente antropizada por el desarrollo de actividades agrícolas y forestales.

Conclusión: “De acuerdo a los antecedentes antes presentados se puede señalar que el Proyecto no obstruirá la visibilidad a una zona con valor paisajístico, y no generará o presentará alteración en términos de duración o magnitud, del valor paisajístico o turístico de la zona”.

La duración o magnitud en que se | Nose proyecta la obstrucción en el acceso o alteración de zonas obstruya el acceso o se alteren zonas con | con valor turístico, dado que no existen al interior del área de valor turístico. influencia ni en sus alrededores.

Conclusión: “Sobre la base del análisis anterior, el proyecto no se emplaza en áreas con valor turístico o valor paisajístico”

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5.6.

Sobre la inexistencia de alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico,

histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural

Tabla 5.6. Sobre la inexistencia de alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural

Impacto ambiental

El proyecto no genera ningún impacto relacionado a la alteración de patrimonio cultural.

Existencia de monumentos sitios con valor antropológico, arqueológico; histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

El proyecto no provocará afectaciones sobre monumentos nacionales con declaratoria definidos por la Ley 17.288, pues estos se ubican alejados en varios kilómetros de las áreas de interés del proyecto. El monumento nacional más cercano corresponde al Viaducto Malleco, el cual se ubica a más de 16 km de distancia del proyecto.

Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SEIA:

Literal a) La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N*17.288.

En relación a los posibles efectos del proyecto sobre el valor patrimonial, mediante la caracterización de este atributo en el Anexo 13 de la Adenda, “Línea Base de Patrimonio Cultural”, se indica que el proyecto no provocará afectaciones sobre monumentos nacionales con declaratoria definidos por la Ley 17.288, pues estos se ubican alejados en varios kilómetros de las áreas de interés del proyecto. En este sentido el monumento nacional más cercano corresponde al Viaducto Malleco, el cual se ubica a más de 16 km de distancia del proyecto.

Literal b) La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigúedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena.

En relación a los posibles efectos del proyecto sobre el valor patrimonial, mediante la caracterización de este atributo en el Anexo 13 de la Adenda, “Línea Base de Patrimonio Cultural”, se indique que, a la luz de los resultados de la prospección y revisión arqueológica en terreno, el área de proyecto posee nula presencia de elementos cultura material susceptible a ser protegidos bajo la normativa legal vigente. Sin embargo, durante la fase de construcción del proyecto (excavaciones y movimientos de tierra) no se descartará la probabilidad de que se encuentren elementos que están contendidos en depósitos bajo la superficie, o en su defecto de manera superficial y que por circunstancias propias de las limitantes que condicionaron una adecuada inspección superficial no fueron relevados en el marco del levantamiento de información de la Línea de Base. Por otra parte, y frente a cualquier eventualidad, en caso de relevarse hallazgos patrimoniales durante la ejecución de trabajos en la fase de construcción del proyecto, estos serán reportados a la autoridad competente en virtud del artículo 26 de la ley N” 17.288 de Monumentos Nacionales.

La afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas.

Según lo expuesto en el Anexo 2.7 de la DIA, “Línea de Base de Medio Humano”, en los sectores rurales cercanos al área de proyecto de Niza y Curaco no se realizan eventos masivos tradicionales o culturales, pero si se pueden encontrar conmemoraciones identitarias de la Comunidad Indígena Choin Lafquenche, expresada en ngillatun, wetripantru y palin.

Por otro lado, de acuerdo con las actividades en el sector de Curaco con el Comité de Pequeños Agricultores Surco y Semilla, no realizan ningún tipo de fiesta o celebración. Sin embargo, hay socios que realizan procesiones cristianas ligadas a una pequeña organización llamada Surco y Merkén, la cual cuenta con 15 miembros, en donde realizan actividades del 20 de enero, Semana Santa, Cruz de Mayo, San Francisco, entre otras, que antiguamente se hacían y ahora se están recuperando.

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Adicionalmente, es importante destacar que, durante la fase de construcción del proyecto, y asociado a los trabajos que impliquen movimientos de tierra el Titular contempla la ejecución de un monitoreo arqueológico, a cargo de un arqueólogo o licenciado en arqueología, quien supervisará la totalidad de los trabajos relacionados con la construcción de los caminos de acceso a las estructuras (Más antecedentes en respuesta a obs. N?2 del ítem 4 de la Adenda).

En función de lo anterior se indica que la implementación del proyecto no afectará a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano.

Conclusión: “En base al análisis presentado, el Proyecto no generará o presentará alteraciones de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y en general, los pertenecientes al patrimonio cultura

1

6”. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. Permisos ambientales sectoriales de contenido únicamente ambiental

No se presentan antecedentes para la solicitud de Permisos ambientales sectoriales de contenido únicamente ambiental.

6.2. Permisos ambientales sectoriales mixtos

Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagúes, aguas servidas de cualquier naturaleza. según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción, Operación y Cierre

Parte, obra o acción a la que

Fase de construcción: Instalación de faenas. Fase de operación: Sala de control (Subestación El Salto).

aplica Fase de cierre: Instalación de faenas. Contenidos a) Descripción del sistema de recolección y/o tratamiento. técnicos y |a.1 Fase de construcción:

Formales que acreditan el cumplimiento del Permiso Ambiental Sectorial

Se contempla la habilitación de una instalación de faena que contará con su propia Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) del tipo lodos activados de aireación extendida; donde se manejarán las aguas servidas provenientes de los baños, duchas y lavamanos. De modo general, se informa que la PTAS estará compuesta por un sistema de pre-tratamiento, un reactor biológico (con modalidad de lodos activados de aireación extendida), un sistema de decantación y un tratamiento de desinfección que mediante procesos de cloración y de decloración, permitirá que todas las aguas residuales tratadas sean finalmente dispuestas en el terreno mediante drenes subsuperficiales.

a.2 Fase de operación.

Durante la fase de operación, sólo se generarán aguas servidas en la Sala de Control ubicada dentro de la S/E elevadora El Salto. Para estos efluentes se implementará un sistema de tratamiento mediante el empleo de una fosa séptica que dispondrá los efluentes tratados en el terreno mediante un sistema de drenes subsuperficiales.

La fosa séptica consiste en una cámara, capaz de retener por un período determinado de tiempo las aguas servidas domésticas, producir su decantación, disolver, licuar, volatilizar parcialmente por un proceso de fermentación biológica, la materia orgánica contenida en suspensión, y dejar las aguas servidas en condiciones favorables para ser sometidas a algún proceso de oxidación. Las aguas tratadas serán dispuestas por un sistema de drenes en el subsuelo.

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a.3 Fase de Cierre !

Esta Fase homologará al requerimiento de la Fase de construcción, pues se considera la implementación de una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas, que manejará las aguas servidas provenientes de los baños, duchas y lavamanos asociados a la instalación de faenas que se requerirá habilitar en dicha oportunidad.

b) Plano de localización del área de recolección y de la planta de tratamiento de aguas servidas. b.1 Fase de Construcción

En la Tabla 1 del Anexo 2 de la Adenda Complementaria, se indican las coordenadas de la Planta de tratamiento de aguas servidas ubicada en la instalación de faenas y en la Figura 1 por su parte, muestra su ubicación referencial.

b.2 Fase de operación

En la Tabla 7 del Anexo 2 de la Adenda Complementaria, se indican las coordenadas de la Fosa séptica contemplada para esta fase, ubicada en las dependencias de la Sala de control del Proyecto, y en la Figura 4 su ubicación.

c) Generación de aguas servidas.

Las aguas servidas provendrán de los servicios higiénicos que se implementarán durante todas las Fases del proyecto, es decir, de los baños, duchas, lavamanos y comedores durante las Fases de construcción y cierre, mientras que durante la Fase de operación solo se contempla el uso de baños y lavamanos.

c.1 Fase construcción

Se considera una dotación de 100 L/hab/día, un máximo de 105 trabajadores y un coeficiente de recuperación del 80%. Evaluando, para el caudal a tratar se obtuvieron los resultados de la Tabla 2 del Anexo 2 de la Adenda Complementaria (8.400 L/día de caudal a tratar).

c.2 Fase de operación

Se estima un máximo de 10 trabajadores que ocuparán los servicios higiénicos localizados en las dependencias de la Sala de control de la S/E elevadora El Salto, y cuya generación de aguas servidas se estima considerando una dotación de 100 L/hab/día y un coeficiente de recuperación de 1, obteniéndose un caudal a tratar de 1000 L/día. Esto último con el objeto de que el diseño de esta Fosa pueda abastecer la población futura.

d) Características físico - químicas de las aguas servidas.

En la Tabla 3 (y Tabla 8) del Anexo 2 de la Adenda Complementaria se presenta un resumen de las principales características físico - químicas de las aguas servidas que habitualmente poseen las aguas servidas domésticas previo ingreso a las Plantas de tratamiento como marco de referencia para los sistemas de tratamiento contemplados para todas las Fases del Proyecto (Construcción, Operación y Cierre).

e) Descripción del sistema de tratamiento de aguas servidas. e.1 Fase de construcción Como se indicó, el proyecto considera una Planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS) del tipo lodos activados, que considera incorporar las aguas en el terreno a través de un sistema de drenes, y se localizará en la Instalación de faenas. A modo general, el sistema considera un pre- tratamiento, un reactor biológico (con modalidad de lodos activados de aireación extendida), un sistema de decantación y un tratamiento de desinfección que mediante de procesos cloración y decloración, que permitirá que todas las aguas residuales tratadas sean finalmente dispuestas en el terreno mediante drenes subsuperficiales. El funcionamiento general del sistema de tratamiento de las aguas servidas se compone básicamente de las siguientes cinco etapas:

  • Pretratamiento

  • Aireación

  • Sedimentación

  • — Desinfección

  • — Digestión de Lodos En la Figura 2 del Anexo 2 de la Adenda Complementaria se presenta esquema de la planta lodos activados tipo.

e.2 Fase de operación Los servicios higiénicos se localizarán en el edificio de la Sala de Control ubicada al sur del área del

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1.1. Riesgo sísmico

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

En caso de que se declare una emergencia en las instalaciones, el Director de Emergencia es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata a las autoridades con competencia. Dependiendo del tipo de emergencia, se avisará al Servicio de Evaluación Ambiental, Superintendencia de Medio Ambiente, Dirección Provincial de CONAF, Dirección Provincial del SAG, Dirección Regional de Vialidad, Seremi de Salud, DGA, Municipalidad de las Comunas afectadas, etc.

Dicha notificación incluirá, al menos, la siguiente información:

  • Comunicación, a la mayor brevedad posible, de las circunstancias y datos relevantes de la emergencia, incluyendo:

Identificación de la empresa.

Tipo y categoría del accidente.

Descripción de la instalación siniestrada.

. Descripción, si es el caso, de la sustancia o sustancias involucradas. Descripción de la situación actual del accidente.

Efectos del accidente y acciones que se han tomado hasta el momento.

  • Una vez analizada la emergencia, remitir las causas y efectos de la misma, así como las medidas de seguridad adoptadas.

  • En caso de investigación en más detalle, actualización de la información ya facilitada.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Punto 1.6.1.1 del Cap.1 de la DIA. Anexo 1 de la Adenda. Plan de emergencias y contingencias.

1.3. Riesgo de accidente

en transporte de personas y/o insumos

Riesgo o contingencia

Riesgo de accidente en transporte de personas y/o insumos

Fase del proyecto a la que aplica

Fases de construcción, operación y cierre

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Subestaciones (Subestación Elevadora Agua Buena, Subestación Elevadora El Salto)

Línea de Transmisión 1x220 kV (S/E Elevadora Agua Buena a S/E Seccionadora Río Malleco).

Huellas de acceso a las estructuras

Instalación de faenas

Frentes de trabajo

Área de acopio de materiales

Acciones O medidas a implementar para prevenir la contingencia

Los insumos, maquinaria y personal que participarán en el Proyecto deberán ser transportados a las áreas de trabajo, por lo que se deberán tener en consideración las siguientes medidas:

  • Todos los conductores deberán acreditar su calificación, mediante presentación de la licencia de conducción adecuada para la clase de vehículo a usar.

  • Uso obligatorio del cinturón de seguridad.

  • Prohibición de conducir en estado de ebriedad o bajo la influencia del alcohol o de sustancias estupefacientes o psicotrópicas.

  • Todos los vehículos contarán con la documentación en rigor exigida por la legislación aplicable: permiso de circulación, certificado de seguro obligatorio, revisión técnica, etc.

  • La carga no podrá exceder el peso máximo que las características técnicas de los vehículos permitan y deberá estar asegurada de manera que se evite el riesgo de caída desde el vehículo.

  • Para el transporte de cargas sobredimensionadas, se coordinará su traslado con la Dirección de Vialidad y Carabineros de Chile y se tramitarán anticipadamente las autorizaciones que sean necesarias.

  • Las estructuras eléctricas serán transportadas desarmadas y amarradas adecuadamente en camiones, en dimensiones y peso tal que cumplan con la normativa vigente para el transporte por carretera y permisos asociados.

  • Los conductores deberán realizar una buena conducción del vehículo,

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1.1. Riesgo sísmico

no obstruir las vías, no arrojar basuras y/o desperdicios, no contaminar y cuidar la flora y la fauna.

  • Todos los conductores son responsables del vehículo y/o maquinaria a Su cargo y, en caso de que se vea involucrado en un accidente de tránsito, deberá informar de inmediato a su Supervisor directo y éste al Prevencionista de riesgos.

  • Todos los conductores tienen la obligación de respetar la señalización de tránsito, tanto dentro como fuera del área de Proyecto.

  • Para los vehículos de transporte de personal, prohibición de transportar cualquier tipo de carga en la cabina o junto a los pasajeros, en especial aquellas definidas como sustancias peligrosas.

  • El transporte del personal hasta los frentes de trabajo, se realizará en buses y vehículos menores a cargo de una empresa contratista, la cual contará con todos los elementos de seguridad requeridos por la legislación y cumplirá con las disposiciones vigentes sobre el transporte de pasajeros.

  • Revisión diaria de los equipos de conducción, así como revisiones periódicas de los equipos móviles, en las que se deberá pedir los Check-list diarios de los equipos y se deberá revisar la presencia, o no, de ruedas de repuesto, gatas, cuñas, extintores, etc.

  • Capacitación del conductor para respuesta en caso de accidente, así como para conducción en caminos de tierra.

Forma de control y seguimiento

Registros de inspección

Registros de capacitación de personal

Registros de identificación de las revisiones técnicas y de las mantenciones de los vehículos utilizados en la ejecución del proyecto.

Copias de contratos celebrados con contratistas de transporte.

Acciones O medida a implementar para controlar la emergencia

En caso de que se produzca un accidente en el transporte, actuar del siguiente modo:

  1. Recopilar información sobre el accidente ocurrido (mediante la colaboración del personal presente en la zona):

. Instalaciones o vehículos involucrados.

. Sustancias involucradas y peligrosidad de las mismas. Si las sustancias involucradas están clasificadas como Sustancias Peligrosas, el conductor del vehículo dispondrá de Hoja de Datos de Seguridad para Transporte para dichas sustancias.

. Situación de los vehículos accidentados y de los insumos y/o sustancias transportadas.

. Personas afectadas.

. Servicios de emergencia que han sido avisados (Carabineros, Bomberos, SAMU, etc.).

  1. Una vez evaluado el escenario, contactar con el Equipo de Intervención en caso necesario.

  2. Realizar el aseguramiento del área. Para ello se debe establecer un perímetro y estabilizar el vehículo accidentado en posición de seguridad.

  3. En caso necesario, controlar el derrame de combustible o de

sustancias peligrosas, mediante barreras de contención y absorción de las sustancias. Usar EPP adecuados para la tarea.

5; Verificar que existe una línea cargada de agua o extintor portátil aunque no exista fuego en el momento. 6. En caso de que haya heridos, asegurar el vehículo antes de ingresar a

atender a los pacientes. No mover el vehículo, no intentar voltearlo, tirarlo o arrastrarlo con los pacientes adentro.

Z, Estabilizar y extraer a los pacientes en presencia de personal médico O paramédico.

  1. En caso de ser necesario, se procederá a la limpieza y retiro de los residuos no peligrosos, los que serán enviados al área de acopio.

  2. Una vez controlada la situación de emergencia, el Jefe de Emergencia informará del hecho al Director de Emergencia, decretando éste el final de la misma.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de

En caso de que se declare una emergencia en las instalaciones, el Director de Emergencia es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata a las

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1.1. Riesgo sísmico

la activación del Plan de Emergencia

autoridades con competencia. Dependiendo del tipo de emergencia, se avisará al Servicio de Evaluación Ambiental, Superintendencia de Medio Ambiente, Dirección Provincial de CONAF, Dirección Provincial del SAG, Dirección Regional de Vialidad, Seremi de Salud, DGA, Municipalidad de las Comunas afectadas, etc.

Dicha notificación incluirá, al menos, la siguiente información:

  • Comunicación, a la mayor brevedad posible, de las circunstancias y datos relevantes de la emergencia, incluyendo:

. Identificación de la empresa.

. Tipo y categoría del accidente.

Descripción de la instalación siniestrada.

Descripción, si es el caso, de la sustancia o sustancias involucradas. Descripción de la situación actual del accidente.

Efectos del accidente y acciones que se han tomado hasta el momento.

  • Una vez analizada la emergencia, remitir las causas y efectos de la misma, así como las medidas de seguridad adoptadas.

  • En caso de investigación en más detalle, actualización de la información ya facilitada.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Punto 1.6.1.1 del Cap.1 de la DIA. Anexo 1 de la Adenda. Plan de emergencias y contingencias. Cap 3. de la DIA. Normativa aplicable

1.4. Riesgo de accidente

en transporte, manejo de sustancias y residuos peligrosos

Riesgo o contingencia

Riesgo de accidente en transporte, manejo de sustancias y residuos peligrosos

Fase del proyecto a la que aplica

Fases de construcción, operación y cierre

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Subestaciones (Subestación Elevadora Agua Buena, Subestación Elevadora El Salto)

Línea de Transmisión 1x220 kV (S/E Elevadora Agua Buena a S/E Seccionadora Río Malleco).

Huellas de acceso a las estructuras

Instalación de faenas

Frentes de trabajo

Área de acopio de materiales

Acciones oO medidas a implementar para prevenir la contingencia

En el caso de transporte de sustancias y residuos peligrosos, adicionalmente a las medidas indicadas en el caso de transporte de insumos, se han de implementar las siguientes medidas de prevención y control del riesgo:

  • Cumplimiento de los requerimientos del Decreto N% 298/94 “Reglamenta transporte de cargas peligrosas por calles y caminos” y de la legislación aplicable al transporte de combustible.

  • Disposición en el vehículo de las instrucciones a seguir en caso de accidente.

  • Capacitación del conductor para respuesta en caso de accidente con derrame de las sustancias transportadas.

  • Uso de distintivos de seguridad, según NCh N2 2190 “Transporte de sustancias peligrosas — Distintivos para identificación de riesgos”.

  • Para el manejo de sustancias peligrosas (lubricantes y combustible) y residuos peligrosos (aceites usados, huaipes, paños y EPP contaminados con aceite) se han de tener en consideración las siguientes medidas preventivas:

  • Cumplimiento de los requerimientos dispuestos en el D.S. N2 43/2016 del Ministerio de Salud “Aprueba Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas” y en el D.S. N2 148/2003 del Ministerio de Salud “Aprueba Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos”.

  • Suministro de combustible a los equipos en un suelo impermeable puesto en el piso durante la transferencia de combustible y una línea puesta a tierra. Adicionalmente, se contará con el procedimiento de carguío de combustible.

  • El personal será capacitado respecto al manejo adecuado de residuos, el cual contempla las características de los residuos sólidos generados durante

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las fases del proyecto, segregación en el origen de acuerdo a su tipo, almacenamiento en contenedor primario en la zona de generación, acopio en zona de almacenamiento respectiva y procedimientos de respuesta en caso de derrames o incendios.

  • Disposición de medios de contención y limpieza de derrames.

  • Disposición en el recinto de las Hojas de Datos de Seguridad de las sustancias peligrosas manipuladas y/o almacenadas en las instalaciones, que contendrán entre otros datos, las características de la sustancia, sus riesgos y los procedimientos de emergencia que deberán activarse en caso de declaración del riesgo.

  • Mantención del inventario y control sobre el uso de las sustancias y residuos peligrosos.

  • Se informará respecto a la prohibición de fumar y realizar fogatas en los lugares de almacenamiento de residuos combustibles e inflamables, y se instalará la señalización correspondiente.

  • Durante la carga de combustibles y otros productos derivados de hidrocarburos, se debe considerar lo siguiente:

. Antes de iniciar la carga: se efectuará la conexión a tierra para eliminar la electricidad estática, la carga se deberá efectuar bajo la supervisión de una persona y se deberá colocar el extintor en un lugar de fácil acceso.

. Durante la descarga: se colocarán triángulos o conos de seguridad para impedir el paso de personal ajeno a la labor.

.

  • Las Bodegas serán construidas de forma tal de evitar el ingreso de personal no autorizado, vectores de interés sanitario y protegidas de condiciones climáticas adversas. Se inspeccionarán de forma permanente, además de cumplir con las disposiciones reglamentarias establecidas por el D.S. N*148/2003 del MINSAL, las cuales determinan lo siguiente:

. Bodega diseñada con señales de uso y seguridad.

. Sistema control de derrame (pretil y bandeja receptáculo de derrames).

. Adecuadas condiciones de orden e higiene.

. El almacenamiento de residuos se efectuará en contenedores

resistentes al residuo a contener, estancos y herméticos, los cuales se encontrarán etiquetados de acuerdo a sus características de peligrosidad.

. La zona de almacenamiento contará con pretiles de contención o sistemas de contención que permitan la retención de derrames no inferior al contenedor de mayor volumen ni al 20% del volumen total de contenedores almacenados.

. Se contará con hojas de datos de seguridad (HDS) de los residuos almacenados, sistemas de extinción manual de incendios (extintores) y elementos de contención de derrame (tambores vacíos, material absorbente inerte, escobillones, palas embudos, etc.).

. Los residuos peligrosos deberán almacenarse considerando su compatibilidad. En caso de incompatibilidad, los contenedores deberán almacenarse distantes. La bodega deberá estar provista de señales que informen respecto de las características de peligrosidad de las sustancias, de acuerdo a la NCh 2190 Of.2003. Además, de señales que informen respecto a la “prohibición de comer” y “fumar”, y el uso de elementos de protección personal (EPP).

. Se contará con equipos de extinción manual, que se ubicarán en gabinetes protegidos de condiciones climáticas adversas, en sitios de fácil acceso, libres de cualquier obstáculo y claramente identificados.

. Los equipos de extinción serán sometidos a revisión, control y mantención preventiva para verificar su operatividad. . Se contará con un registro que indicará la fecha de ingreso del

residuo, denominación interna de éste, característica de peligrosidad, cantidad (kg) y fecha de egreso bodega.

1.1. Riesgo sísmico Forma de control seguimiento

y

Registro charlas de capacitación Registros de inspección visual. Registro de ingreso de residuo

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1.1. Riesgo sísmico

Acciones oO medida a implementar para controlar la emergencia

En el caso de derrame de cualquier sustancia peligrosa, los pasos a seguir para su control son:

  1. Una vez se detecte el derrame, avisar al Director de Emergencia para activar el Plan de Emergencia.

Z, Avisar al Equipo de Intervención para que se dirija a la zona del derrame, contando con los equipos de protección personal adecuados.

3; Paralizar inmediatamente cualquier tarea que se esté realizando en el sector del derrame.

  1. Evaluar la magnitud del derrame y la factibilidad del control de éste,

tomando en cuenta los equipos de control disponibles, el grado de avance y los recursos afectados.

5, En caso de producirse una fuga por orificios en el o los contenedores, los brigadistas deberán sellar la fuga con los tapones de madera u otro material que no reaccione con la sustancia o residuo derramado.

  1. El personal involucrado en la contención del derrame de residuos peligrosos deberá utilizar calzado impermeable, ropa impermeable, guantes y lentes de seguridad.

va Se deberán eliminar fuentes de ignición y evitar el contacto con materiales combustibles u orgánicos.

  1. Construir un dique con arena o tierra para evitar que el material derramado alcance mayor superficie.

  2. Absorber con material inerte, toda el área del derrame, trabajando en desde afuera hacia dentro.

  3. Formar capas con arena hasta que absorba todo el material.

  4. En caso de ser posible, detener el derrame regresando el recipiente a

su posición o colocando en el lugar un segundo recipiente para recuperar la solución que se está fugando.

Le Definir el contenedor apropiado para recuperar el material de la limpieza. 13. Todo el material absorbente contaminado utilizado para la limpieza

del área deberá ser dispuesto en tambores de almacenaje etiquetados y regresados nuevamente a la Bodega de residuos peligrosos, para su posterior eliminación en sitios de disposición final autorizados.

  1. Una vez controlada la situación de emergencia, el Jefe de Emergencia informará del hecho al Director de Emergencia, decretando éste el final de la misma.

Se realizará un seguimiento de la emergencia, recopilando toda la información sobre el tamaño, contenido y ubicación del derrame, además de las medidas de respuesta que se hayan tomado. Lo anterior, permitirá establecer el monitoreo que será necesario implementar a largo plazo para asegurar que el impacto ambiental que hubiese causado dicho suceso fuese corregido.

Se deberá establecer la causa del derrame y las medidas correctivas y de protección ambiental del caso. Además se deberá dar aviso a las autoridades o servicios competentes, así como notificar a la Superintendencia de Medio Ambiente.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

En caso de que se declare una emergencia en las instalaciones, el Director de Emergencia es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata a las autoridades con competencia. Dependiendo del tipo de emergencia, se avisará al Servicio de Evaluación Ambiental, Superintendencia de Medio Ambiente, Dirección Provincial de CONAF, Dirección Provincial del SAG, Dirección Regional de Vialidad, Seremi de Salud, DGA, Municipalidad de las Comunas afectadas, etc.

Dicha notificación incluirá, al menos, la siguiente información:

  • Comunicación, a la mayor brevedad posible, de las circunstancias y datos relevantes de la emergencia, incluyendo:

. Identificación de la empresa.

. Tipo y categoría del accidente.

. Descripción de la instalación siniestrada.

. Descripción, si es el caso, de la sustancia o sustancias involucradas.

. Descripción de la situación actual del accidente.

. Efectos del accidente y acciones que se han tomado hasta el]

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1.1. Riesgo sísmico

momento.

Una vez analizada la emergencia, remitir las causas y efectos de la misma, así como las medidas de seguridad adoptadas.

En caso de investigación en más detalle, actualización de la información ya facilitada.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de la Adenda. Plan de emergencias y contingencias.

1.5. Riesgo de incendios

industriales y forestales

Riesgo o contingencia

Riesgo de incendios industriales y forestales

Fase del proyecto a la que aplica

Fases de construcción, operación y cierre

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Las zonas con una mayor probabilidad de que pueda producirse un incendio industrial son:

Instalación de faenas:

Patio de Salvataje y Bodega de Residuos Peligrosos por combustión de elementos inflamables.

Depósito de Residuos sólidos domiciliarios por acumulación de elementos de fácil combustión.

Estanque de combustible por combustión de elementos inflamables. Oficinas: puede presentarse un incendio por falta de orden y limpieza, actos inseguros del personal.

En vehículos móviles por fallas mecánicas de los equipos.

Acciones oO medidas a implementar para prevenir la contingencia

El riesgo de incendio en el Proyecto está asociado, principalmente, a un manejo inadecuado de materiales inflamables y combustibles, indicándose las siguientes medidas para minimizar dicho riesgo:

Identificación de zonas donde esté expresamente prohibido cualquier actividad que pueda generar chispas, tales como encender fuego, fumar, portar o mantener elementos que puedan ocasionar chispas, etc.

Los materiales combustibles e inflamables serán almacenados en espacios especialmente habilitados, cumpliendo con lo dispuesto en el D.S. N2 160/2008 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción “Aprueba Reglamento de Seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos” y en el D.S. N2 43/2016 del Ministerio de Salud “Aprueba Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas”. Disposición en las instalaciones de los elementos de extinción de incendios adecuados (extintores, etc.), realizando las mantenciones periódicas, según se establece en la normativa vigente.

Ubicación de los equipos de extinción en las proximidades de los puntos probables de incendio, siendo accesibles por parte de los trabajadores y demarcando el área donde están ubicados de acuerdo a la normativa vigente.

Capacitación a trabajadores en el correcto uso de los elementos de protección y combate contra incendios.

Control de los productos combustibles, manteniendo el orden y limpieza en el almacenamiento y disponiendo sólo del stock necesario. Adicionalmente a lo indicado, en relación con la prevención de incendios forestales se indican las siguientes medidas:

Elaboración de Plan de protección y prevención de incendios forestales.

Inducción a los trabajadores sobre la prevención de incendios forestales.

Establecer alianza con los Cuerpos de Bomberos de la Comuna de

Collipulli. Forma de control y | Implementación Plan de protección y prevención de incendios forestales. seguimiento Registro de charlas de capacitación

Coordinación previa con cuerpo de bomberos de la comuna de Clollipuli Acciones o medida a|En caso de incendio industrial, se actuará de acuerdo con lo descrito a

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1.1. Riesgo sísmico

implementar para controlar la emergencia

continuación:

1, Una vez se detecte el incendio, avisar al Director de Emergencia por si ha de procederse a activar el Plan de Emergencia. 2. Si la situación no es excesivamente peligrosa, es decir, si se trata de

un fuego de pequeña magnitud; sin exponerse, intentar apagar el fuego con un extintor, siempre que sea posible con el viento por la espalda y la salida con el viento de cara.

3: En caso de no poder extinguir el incendio, avisar para la activación del Plan de Emergencia y evacuar la zona. En caso de necesidad, se paralizarán todas las operaciones de la faena o área comprometida y no se permitirá el funcionamiento de:

. Motores u otros equipos eléctricos. . Otros equipos o vehículos que pueden provocar un punto de ignición. . Se deberá observar la dirección del viento, se delimitará ampliamente

la zona de peligro y se deberá impedir el acceso a la misma del personal que no esté adecuadamente equipado, alejando preferentemente en dirección contraria al viento, a toda persona ajena a la emergencia.

. Se deberá limitar el número de personas en la zona de peligro al mínimo imprescindible, controlándolos constantemente por un responsable que deberá permanecer en el exterior de la zona, el cual deberá disponer de un equipo de socorro listo para intervenir si fuera necesario.

  1. Una vez que el Director de Emergencia active el Plan, el Equipo de Intervención se desplegará para controlar el incendio y, si es posible, acordonará la zona afectada.

5, Se debe mantener la seguridad del personal, disponiendo de una vía de retirada en todo momento y utilizando los agentes extintores y EPP adecuados contra el incendio. Si la situación reviste de gravedad, se comunicará el hecho a la compañía de bomberos.

  1. Tras la extinción del fuego, recoger efluentes contaminados por los agentes extintores y gestionarlos adecuadamente.
  2. Una vez controlada la situación de emergencia, el Jefe de Emergencia

informará del hecho al Director de Emergencia, decretando éste el final de la misma. El Procedimiento de actuación en caso de incendio forestal será como sigue:

Í, Dar aviso inmediato al supervisor en caso de provocarse, avistar o ser informado de un incendio forestal.

  1. Realizar el primer ataque en caso de incendio forestal.

3, En caso de no poder extinguir el incendio, avisar para la activación del Plan de Emergencia y evacuar la zona.

  1. Coordinar con CONAF, bomberos y carabineros si la emergencia lo requiere.

  2. Una vez controlada la situación de emergencia, el Jefe de Emergencia

informará del hecho al Director de Emergencia, decretando éste el final de la misma.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

En caso de que se declare una emergencia en las instalaciones, el Director de Emergencia es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata a las autoridades con competencia. Dependiendo del tipo de emergencia, se avisará al Servicio de Evaluación Ambiental, Superintendencia de Medio Ambiente, Dirección Provincial de CONAF, Dirección Provincial del SAG, Dirección Regional de Vialidad, Seremi de Salud, DGA, Municipalidad de las Comunas afectadas, etc.

Dicha notificación incluirá, al menos, la siguiente información:

  • Comunicación, a la mayor brevedad posible, de las circunstancias y datos relevantes de la emergencia, incluyendo:

. Identificación de la empresa.

. Tipo y categoría del accidente.

. Descripción de la instalación siniestrada.

. Descripción, si es el caso, de la sustancia o sustancias involucradas.

. Descripción de la situación actual del accidente.

. Efectos del accidente y acciones que se han tomado hasta el momento.

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1.1. Riesgo sísmico

  • Una vez analizada la emergencia, remitir las causas y efectos de la misma, así como las medidas de seguridad adoptadas.

  • En caso de investigación en más detalle, actualización de la información ya facilitada.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de la Adenda. Plan de emergencias y contingencias.

1.6.

Riesgos de accidentes de fauna silvestre

Riesgo o contingencia

Riesgo de accidentes de fauna silvestre

Fase del proyecto a la que aplica

Fases de construcción, operación y cierre

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Subestaciones (Subestación Elevadora Agua Buena, Subestación Elevadora El Salto)

Línea de Transmisión 1x220 kV (S/E Elevadora Agua Buena a S/E Seccionadora Río Malleco).

Huellas de acceso a las estructuras

Instalación de faenas

Frentes de trabajo

Área de acopio de materiales

Acciones oO medidas a implementar para prevenir la contingencia

Para evitar una contingencia debido al atropello de fauna silvestre, se deberán realizar las siguientes medidas:

  • Impartición de charlas de capacitación al personal acerca de la potencial fauna presente en el área, del resguardo y cuidado de la misma, así como del procedimiento de actuación en caso de un hallazgo.

  • Velocidad de desplazamiento de los vehículos al interior de las obras del Proyecto de 40 km/h.

  • Control de velocidad para todos los vehículos del Proyecto, informando los límites de velocidad permitidos, tanto en caminos internos como externos.

  • Instalación de carteles informativos sobre el eventual cruce de animales en las zonas adecuadas.

Para evitar una contingencia debido a accidentes de aves y reptiles debido a la operación de la Línea de Alta Tensión, se contemplan las siguientes medidas:

  • Instalación de desviadores de vuelo de vuelo en el cable de guardia en aquellas áreas de mayor probabilidad de colisión los que corresponden a los Tramos T3 a T5 y T11 a T22.

Forma de control y | Registro charlas de capacitación

seguimiento Registros de inspección visual.

Acciones o medida a | En caso de que una contingencia afecte a fauna silvestre, se procederá a dar implementar para | aviso inmediato la unidad de fauna silvestre del Servicio Agrícola Ganadero

controlar la emergencia

para su rescate y traslado al centro de rehabilitación de fauna silvestre más cercano al área del Proyecto hasta el momento de su recuperación, al punto que sea posible el retorno de las especies a el lugar de origen. Es importante mencionar que el Titular correrá con todos los gastos económicos asociados a accidentes de fauna silvestre.

La empresa remitirá, dentro del plazo de 30 días, a las Autoridades y Organismos Competentes, un informe detallado con la información de la emergencia ambiental que contendrá lo siguiente:

  • Origen de la emergencia.

  • Acción de respuesta.

  • Efectividad de la acción.

  • Conocimiento del impacto o daño ambiental producido.

  • Daños o pérdidas de recursos.

  • Costos involucrados.

  • Medidas de mitigación y/o compensación contempladas.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

En caso de que se declare una emergencia en las instalaciones, el Director de Emergencia es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata a las autoridades con competencia. Dependiendo del tipo de emergencia, se avisará al Servicio de Evaluación Ambiental, Superintendencia de Medio

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1.1. Riesgo sísmico

Ambiente, Dirección Provincial de CONAF, Dirección Provincial del SAG, Dirección Regional de Vialidad, Seremi de Salud, DGA, Municipalidad de las Comunas afectadas, etc.

Dicha notificación incluirá, al menos, la siguiente información:

  • Comunicación, a la mayor brevedad posible, de las circunstancias y datos relevantes de la emergencia, incluyendo:

Identificación de la empresa.

Tipo y categoría del accidente.

Descripción de la instalación siniestrada.

Descripción, si es el caso, de la sustancia o sustancias involucradas. Descripción de la situación actual del accidente.

Efectos del accidente y acciones que se han tomado hasta el momento.

Una vez analizada la emergencia, remitir las causas y efectos de la misma, así como las medidas de seguridad adoptadas.

En caso de investigación en más detalle, actualización de la información ya facilitada.

Referencia a documentos

del expediente

evaluación que contenga la

descripción detallada

Anexo 1 de la Adenda. Plan de emergencias y contingencias. de

1.7.

Riesgos por alteración de restos y sitios arqueológicos

Riesgo o contingencia

Riesgos por alteración de restos y sitios arqueológicos

Fase del proyecto a la que aplica

Fases de construcción, operación y cierre

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Subestaciones (Subestación Elevadora Agua Buena, Subestación Elevadora El Salto)

Línea de Transmisión 1x220 kV (S/E Elevadora Agua Buena a S/E Seccionadora Río Malleco).

Huellas de acceso a las estructuras

Instalación de faenas

Frentes de trabajo

Área de acopio de materiales

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

En caso que se registre un hallazgo de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico, se deberá dar cumplimiento a la Ley N? 17.288, que establece que toda persona que al hacer excavaciones en cualquier punto del territorio nacional y con cualquier finalidad, encontrare ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico, debe dar aviso inmediatamente el descubrimiento al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), que ordenará a Carabineros que se haga responsable de su vigilancia hasta que el CMN se haga cargo de él, procediendo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 262 de la Ley.

Para evitar una contingencia en la que se produzca una alteración de los posibles hallazgos arqueológicos identificados durante los movimientos de tierra, se implementarán las siguientes medidas:

En caso de que se detecte un hallazgo arqueológico se detendrá el trabajo en el área particular y delimitará el área para impedir el acceso de personas al sector hasta subsanar la contingencia.

Impartición de charlas al personal acerca del procedimiento de actuación en caso de un hallazgo.

Forma de control y | Registro charlas de capacitación

seguimiento

Acciones O medida a | En caso de hallazgo de elementos arqueológicos al momento de realizar implementar para | cualquier faena de excavación o remoción de terreno en el área del Proyecto, se

controlar la emergencia

definen los pasos mínimos que se deben adoptar con el fin de prevenir un potencial impacto sobre ellos:

  1. Se procederá según lo establecido en la Ley N* 17288 del Ministerio de Educación Pública que “Legisla sobre monumentos nacionales”.

2 Se paralizarán los trabajos en el sector del hallazgo.

ER Se dará aviso inmediatamente al Consejo de Monumentos Nacionales

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1.1. Riesgo sísmico

(CMN) para que éste disponga los pasos a seguir, así como al Gobernador Provincial y a Carabineros para su vigilancia.

  1. Se contará con la asesoría de un arqueólogo, que elaborará un informe de la situación y de las medidas realizadas, para su entrega a la autoridad correspondiente.

Ss En caso de que el Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) resuelva que se debe rescatar el sitio y autorice las faenas, se procederá a realizar el correspondiente rescate arqueológico.

  1. Los trabajos en la zona del hallazgo se retomarán con la conformidad del Consejo de Monumentos Nacionales (CMN).

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

En caso de que se declare una emergencia en las instalaciones, el Director de Emergencia es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata a las autoridades con competencia. Dependiendo del tipo de emergencia, se avisará al

Servicio de Evaluación Ambiental, Superintendencia de Medio Ambiente, Dirección Provincial de CONAF, Dirección Provincial del SAG, Dirección Regional de Vialidad, Seremi de Salud, DGA, Municipalidad de las Comunas afectadas, etc. Dicha notificación incluirá, al menos, la siguiente información:

  • Comunicación, a la mayor brevedad posible, de las circunstancias y datos relevantes de la emergencia, incluyendo:

. Identificación de la empresa.

. Tipo y categoría del accidente.

. Descripción de la instalación siniestrada.

. Descripción, si es el caso, de la sustancia o sustancias involucradas.

. Descripción de la situación actual del accidente.

. Efectos del accidente y acciones que se han tomado hasta el momento.

  • Una vez analizada la emergencia, remitir las causas y efectos de la misma, así como las medidas de seguridad adoptadas.

  • En caso de investigación en más detalle, actualización de la información ya facilitada.

Referencia documentos expediente evaluación

detallada

del de que contenga la descripción

Anexo 1 de la Adenda. Plan de emergencias y contingencias.

8.8 Riesgo asociado a inundaciones

Riesgo o contingencia

Riesgo asociado a inundaciones

Fase del proyecto a la que aplica

Fases de construcción, operación y cierre

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Subestaciones (Subestación Elevadora Agua Buena, Subestación Elevadora El Salto) Línea de Transmisión 1x220 kV (S/E Elevadora Agua Buena a S/E Seccionadora Río Malleco).

Huellas de acceso a las estructuras

Instalación de faenas

Frentes de trabajo

Área de acopio de materiales

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

El riesgo de incendio en el Proyecto está asociado, principalmente, a un manejo inadecuado de materiales inflamables y combustibles, indicándose las siguientes medidas para minimizar dicho riesgo:

  • Identificación de zonas donde esté expresamente prohibido cualquier actividad que pueda generar chispas, tales como encender fuego, fumar, portar o mantener elementos que puedan ocasionar chispas, etc.

  • Los materiales combustibles e inflamables serán almacenados en espacios especialmente habilitados, cumpliendo con lo dispuesto en el D.S. N2 160/2008 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción “Aprueba Reglamento de Seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos” y en el D.S. N2 43/2016 del Ministerio de Salud “Aprueba Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas”.

  • Disposición en las instalaciones de los elementos de extinción de incendios

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1.1. Riesgo sísmico

adecuados (extintores, etc.), realizando las mantenciones periódicas, según se establece en la normativa vigente.

  • Ubicación de los equipos de extinción en las proximidades de los puntos probables de incendio, siendo accesibles por parte de los trabajadores y demarcando el área donde están ubicados de acuerdo a la normativa vigente.

  • Capacitación a trabajadores en el correcto uso de los elementos de protección y combate contra incendios.

  • Control de los productos combustibles, manteniendo el orden y limpieza en el almacenamiento y disponiendo sólo del stock necesario.

Adicionalmente a lo indicado, en relación con la prevención de incendios forestales se indican las siguientes medidas:

  • Elaboración de Plan de protección y prevención de incendios forestales.

  • Inducción a los trabajadores sobre la prevención de incendios forestales.

  • Establecer alianza con los Cuerpos de Bomberos de la Comuna de Collipulli.

Forma de control y seguimiento

Registro charlas de capacitación Registros de inspección visual. Registro de coordinación con bomberos de la comuna de Collipulli

Acciones o medida a

implementar para controlar la emergencia

En caso que se prevea un evento de inundación, se considerará como mínimo la evacuación de todo el personal en la zona de riesgo así como la disposición de los refuerzos, contenciones o protecciones necesarias para garantizar la seguridad de las personas.

El procedimiento de actuación debe contemplar al menos:

  1. En caso de que se produzca una inundación, avisar al Director de Emergencia por si ha de procederse a activar el Plan de Emergencia.

Ze Evacuar sólo si es necesario.

  1. En caso de evacuación hasta la zona de seguridad, realizarla por las vías

predefinidas, lejos de ríos o quebradas, ya que puede producirse aluviones o inundaciones repentinas.

  1. Una vez controlada la situación de emergencia, el Jefe de Emergencia informará del hecho al Director de Emergencia, decretando éste el final de la misma.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación

En caso de que se declare una emergencia en las instalaciones, el Director de Emergencia es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata a las autoridades con competencia. Dependiendo del tipo de emergencia, se avisará al

del Plan de | Servicio de Evaluación Ambiental, Superintendencia de Medio Ambiente, Dirección Emergencia Provincial de CONAF, Dirección Provincial del SAG, Dirección Regional de Vialidad, Seremi de Salud, DGA, Municipalidad de las Comunas afectadas, etc. Dicha notificación incluirá, al menos, la siguiente información: - Comunicación, a la mayor brevedad posible, de las circunstancias y datos relevantes de la emergencia, incluyendo: . Identificación de la empresa. . Tipo y categoría del accidente. . Descripción de la instalación siniestrada. . Descripción, si es el caso, de la sustancia o sustancias involucradas. . Descripción de la situación actual del accidente. . Efectos del accidente y acciones que se han tomado hasta el momento. - Una vez analizada la emergencia, remitir las causas y efectos de la misma, así como las medidas de seguridad adoptadas. - En caso de investigación en más detalle, actualización de la información ya facilitada. Referencia a | Anexo 1 de la Adenda. Plan de emergencias y contingencias. documentos del expediente de evaluación que contenga la

descripción detallada

8.9. Riesgo asociado evento volcánico

Riesgo (o) contingencia

Riesgo asociado a evento volcánico

Fase del proyecto a

Fases de construcción, operación y cierre

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1.1.

Riesgo sísmico

la que aplica

Emplazamiento, parte, obra O acción asociada

Subestaciones (Subestación Elevadora Agua Buena, Subestación Elevadora El Salto) Línea de Transmisión 1x220 kV (S/E Elevadora Agua Buena a S/E Seccionadora Río Malleco).

Huellas de acceso a las estructuras

Instalación de faenas

Frentes de trabajo

Área de acopio de materiales

Acciones o medidas a implementar para prevenir la

contingencia

Se desarrollarán las siguientes medidas de prevención frente a eventos volcánicos:

  • Elaboración de plan de contingencia para responder adecuadamente a este tipo de eventos.

  • Elaboración de procedimientos de actuación con el objetivo de establecer los mecanismos que deben adoptarse para tratar de minimizar y evitar los efectos de una eventual erupción volcánica, sobre el área de influencia del Proyecto.

  • Seguimiento de las alertas volcánicas de la Región de la Araucanía (http://www.sernageomin.cl/), de manera de poder anticiparse a un evento de erupción volcánica.

Forma de control y seguimiento

  • Elaboración de plan de contingencia

  • Elaboración de procedimientos de actuación con el objetivo de establecer los mecanismos que deben adoptarse para tratar de minimizar y evitar los efectos de una eventual erupción volcánica, sobre el área de influencia del Proyecto.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

En caso de ocurrencia de un evento volcánico en la zona del Proyecto se procederá según lo contemplado en el Procedimiento general de actuación en caso de emergencia o aquel que lo sustituya, en el sentido de disponer los recursos necesarios para asegurar la integridad de los trabajadores y dar cumplimiento a las indicaciones y directrices que emita la autoridad.

El Procedimiento de actuación en caso de un evento volcánico será como sigue:

  1. En caso de que se produzca un evento volcánico, el Director de Emergencia activa el Plan de Emergencia y ordena realizar una evacuación completa, antes que la actividad volcánica comprometa la salud y la vida de las personas.

  2. Evacuación de la totalidad de las personas de las áreas de riesgo inminente, dentro de 48 horas. EN Una vez concluido el evento volcánico, el Director de Emergencia decretará el

final de la emergencia.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia

En caso de que se declare una emergencia en las instalaciones, el Director de Emergencia es el responsable de que se dé aviso de forma inmediata a las autoridades con competencia. Dependiendo del tipo de emergencia, se avisará al Servicio de Evaluación Ambiental, Superintendencia de Medio Ambiente, Dirección Provincial de CONAF, Dirección Provincial del SAG, Dirección Regional de Vialidad, Seremi de Salud, DGA, Municipalidad de las Comunas afectadas, etc.

Dicha notificación incluirá, al menos, la siguiente información:

  • Comunicación, a la mayor brevedad posible, de las circunstancias y datos relevantes de la emergencia, incluyendo:

. Identificación de la empresa.

. Tipo y categoría del accidente.

. Descripción de la instalación siniestrada.

. Descripción, si es el caso, de la sustancia o sustancias involucradas.

. Descripción de la situación actual del accidente.

. Efectos del accidente y acciones que se han tomado hasta el momento.

  • Una vez analizada la emergencia, remitir las causas y efectos de la misma, así como las medidas de seguridad adoptadas.

  • En caso de investigación en más detalle, actualización de la información ya facilitada.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 1 de la Adenda. Plan de emergencias y contingencias.

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9”. Que la Comisión de Evaluación Ambiental en su sesión N*7 de fecha 13 de agosto de 2018 Aprueba unánimemente la Declaración de Impacto Ambiental de la DIA Línea de Alta Tensión 1x220 S/E Agua Buena- S/E el Salto, en atención a la propuesta del ICE elaborado por el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de La Araucanía y citado en el Considerando 2 de la presente resolución.

10”. Que, en la presente aprobación no aplican las condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N” 19.300.

11”. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

12”. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

13”. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

14”. Que, para que la DIA Línea de Alta Tensión 1x220 S/E Agua Buena- S/E el Salto pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

15”. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de La Araucanía y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

16”. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA de la Región de La Araucanía la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

17”. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

18”. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

91 RCA N2291/2018. DIA Línea de Alta Tensión 1x220 S/E Agua Buena- S/E el Salto, Comuna de Collipulli

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COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANIA

RESUELVO:

  1. CALIFICAR FAVORABLEMENTE la Declaración de Impacto Ambiental del DIA Línea de Alta Tensión 1x220 S/E Agua Buena- S/E el Salto, presentado por WPD Malleco Transmisión SpA. a través de su representante Sr. Tomas Schróter Gálvez.

  2. Certificar que el Proyecto Línea de Alta Tensión 1x220 S/E Agua Buena- S/E el Salto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

32, Certificar que el DIA Línea de Alta Tensión 1x220 S/E Agua Buena- S/E el Salto cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140, 142, 148, 149 y 160 del D.S. N*40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

42, Certificar que el DIA Línea de Alta Tensión 1x220 S/E Agua Buena- S/E el Salto no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N*19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

  1. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1. del presente acto.

  2. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el Recurso de Reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N*19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

ANÓTESE, NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE,

5) PRESIDENTE

a COMISIÓN DE EVALUACIÓN "REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

DIRECTORA REGIONAL SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL SECRETARIA EJECUTIVA COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

LN

92 RCA N2291/2018. DIA Línea de Alta Tensión 1x220 S/E Agua Buena- S/E el Salto, Comuna de Collipulli

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANIA

Distribución:

WPD Malleco Transmisión SpA.

Gobierno Regional, Región de La Araucanía

Sr. Alcalde Comuna de Collipulli

SEREMI de Agricultura, Región de La Araucanía

SEREMI de Bienes Nacionales, Región de La Araucanía SEREMI de Energía, Región de La Araucanía

SEREMI de Salud, Región de La Araucanía

SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de La Araucanía SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de La Araucanía SEREMI Medio Ambiente, Región de La Araucanía SEREMI MOP, Región de La Araucanía

Gobernación Marítima de Valdivia

CONADI, Subdirección Nacional Temuco

CONAF, Región de La Araucanía

DGA, Región de La Araucanía

Dirección de Vialidad, Región de La Araucanía

DOH, Región de La Araucanía

SAG, Región de La Araucanía

SEC, Región de La Araucanía

Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, Región de La Araucanía Servicio Nacional Turismo, Región de La Araucanía Consejo de Monumentos Nacionales

Subsecretaría de Pesca y Acuicultura

Superintendencia de Servicios Sanitarios Superintendencia de Medio Ambiente

SERNAGEOMIN, Zona Sur

Archivo Expediente del Proyecto

Archivo Of. De Partes SEA, Región de La Araucanía

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RCA N2291/2018. DIA Línea de Alta Tensión 1x220 S/E Agua Buena- S/E el Salto, Comuna de Collipulli

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