FRACTURA HIDRÁULICA Y CONSTRUCCIÓN DE LÍNEA DE FLUJO POZO LOIJ 3
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REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN
XII REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA
VISTOS:
19.
yo
3o
42. 3% 6*.
73,
8”,
92.
Califica Ambientalmente el proyecto "FRACTURA HIDRÁULICA Y CONSTRUCCIÓN DE LÍNEA
DE FLUJO POZO LOIJ 3" Resolución Exenta N* 119/2018
Punta Arenas, 25 de septiembre de 2018
La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) presentada con fecha 15 de febrero de 2018, su Adenda de 29 de junio de 2018 y su Adenda Complementaria de 01 de agosto de 2013, del proyecto “Fractura hidráulica y construcción de línea de flujo pozo Loij 3”, cuyo Titular es Geopark Fell SpA
La Resolución N*20/2018 del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Magallanes, que admite a trámite la DIA.
Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Fractura hidráulica y construcción de línea de flujo pozo Loij 3”.
El Acta de Evaluación N*019/2018 de 14 de marzo de 2018, del Comité Técnico de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.
El ICE de la DIA del proyecto “Fractura hidráulica y construcción de línea de flujo pozo Loij 3” de 06 de septiembre de 2018.
El acuerdo adoptado en la sesión N*16 de 25 de septiembre de 2018, de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.
La Resolución de Calificación Ambiental N*248/2012 de 2012, de la Comisión de Evaluación del proyecto “Perforación de pozos hidrocarburíferos en el área Escorial Sur” que se modifica a través de la presente Resolución.
Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Fractura hidráulica y construcción de línea de flujo pozo Loij 3”.
Lo dispuesto en la Ley N19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SETA); la Ley N19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
CONSIDERANDO:
19;
Siguientes: "Nombre o razón social GeoPark Fell SpA Rut 76.129.094-0 Domicilio Lautaro Navarro 1021, Punta Arenas Teléfono 61-2745100 Nombre representante legal Gonzalo Mariano Andrés Watanabe
Que, Geopark Fell SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambienta! (SEIA) la DIA del proyecto “Fractura hidráulica y construcción de línea
Ende flujo pozo Loij 3” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los
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Rut representante legal
24.987.488-4
Domicilio representante legal
Lautaro Navarro 1021, Punta Arenas
Teléfono representante legal | 61-2745100
Correo Electrónico
gwatanabe(Ogeo-park.com ; cescobar(Mgeo-park.com
Que, conforme se indica en el ICE de fecha 06 de septiembre de 2018, el Director Regional de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto, cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en el Permiso Ambiental Sectorial Mixto señalado en el artículo 137 del D.S. N*40/2012 y no genera los efectos características O circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un
Estudio de Impacto Ambiental.
Que, en sesión de 25 de septiembre de 2018, la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena acordó calificar favorablemente el proyecto “Fractura Hidráulica y Construcción de Línea de Flujo Pozo Loij 3”, aprobando el contenido del ICE de fecha 16 de septiembre de 2018, teniendo presente la
comisión que:
el Proyecto no contempla una caracterización del flow back como residuo peligroso, ya que en la evaluación se demostró que no corresponde a RESPEL;
el volumen máximo de agua a extraer corresponde a 250 m3 para estimular la formación tobífera;
el proyecto no considera atraviesos de cauce; y
el proyecto no considera la entrega de una prueba USIT;
En consecuencia, el ICE forma parte integrante de la presente Resolución con las consideraciones señaladas precedentemente.
Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
Aumentar la productividad del pozo Loij3 mediante una fractura hidráulica en la formación tobífera entre los 2.920 y 2.950 metros de profundidad y habilitar los equipos necesarios para la producción del pozo en superficie junto a la construcción de una línea de flujo (186,41 m) para conducir el hidrocarburo gaseoso a la red de ductos existente.
Tipología principal, así como las
aplicables a sus partes, obras o acciones
i) Proyectos de desarrollo minero, incluidos los del carbón, petróleo y gas, comprendiendo las prospecciones, explotaciones, plantas procesadoras y disposición de residuos y estériles así como la extracción industrial de áridos, turba o greda;
j) Oleoductos, gasoductos, ductos mineros u otros análogos;
ñ) Producción, almacenamiento, transporte, disposición O reutilización habituales de sustancias tóxicas, explosivas, radioactivas, inflamables, corrosivas o reactivas.
Vida útil
20 años para la Línea de Flujo 45 días para la Fractura Hidráulica del pozo
Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución
Fractura Hidráulica: Montaje de los equipos necesarios para llevar a
cabo esta actividad. Línea de Flujo: Demarcación topográfica de la línea de flujo y/o la instalación de los equipos en superficie para producir el pozo.
SI NO Proyecto se desarrolla por etapas sz Proyecto modifica un proyecto O da x actividad Proyecto Modifica otra (s) RCA x Punto 1.8 del ICE
4.2. UBICACION DEL PROYECTO
Región Región de Magallanes y Antártica Chilena Provincia Provincia de Magallanes
Comuna Comuna de San Gregorio
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Descripción de la localización
Dentro del Bloque Fell en la Estancia Cañadón Grande
Superficie
La superficie a utilizar para la estimulación hidráulica estará acotada a la plataforma del pozo Loij 3, abarcando 1,3 ha y para la construcción de la línea de flujo se ocupará una superficie total de 0,11 ha, en conjunto abarcan aproximadamente 1,41 ha.
Coordenadas UTM en Datum WGS84/ Huso 18/19 An pe Pozo Loj 3 4214.661 446.215 Tricio LE 4.214.649 446.255 Fin LF 4.214.726 446.425
Caminos de acceso
El acceso a este sector se realiza a través de la ruta Y-405 donde a la altura del km. 116 y por el costado Oeste de la ruta se accede al camino de servidumbre del pozo Loij X-1, desde el cual es posible aproximarse a las coordenadas propuestas para el trazado de la línea de flujo del pozo Loij 3.
Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones
Figuras 1.1 y 1.2 del capítulo 1 de la DIA
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO
4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
Equipos Principales en un Set de Fractura
Los equipos o unidades principales, necesarias para realizar una estimulación se agrupan en el término “Set de Fractura” y los equipos, instalaciones y elementos que lo integran el Mezclador (blender), Fracturador o Bombeador, Unidad de Hidratación, Areneros o Sand King, Estanques de Almacenamiento, Unidad de registración (Frac Van), Camión Grúa y Laboratorio.
Equipos Secundarios de un Set de Fractura
Tree saver, Packer, Unidad de flow back, Unidad de Filtrado, Unidad de Caldera y Unidad de Coiled Tubing.
Instalaciones en superficie para la producción del pozo.
Calentador, separador bifásico, Estanques de almacenamiento, Equipo de absorción con TEG, Inyección de metanol, Sistema de extracción artificial, Compresor y Línea de Flujo.
Materiales para Fractura
hidráulica
Agente de sostén, fluido de fractura, aditivos químicos
Montaje de Equipos Fractura Hidráulica
El montaje del set de fractura lo realizan y controlan los especialistas de la compañía de servicio de estimulación. Paralelamente, las compañías de servicios menores, arman y montan los equipos secundarios del set de estimulación. Cabe destacar, que todas las actividades están a bajo supervisión del titular.
Construcción de la Línca de Flujo
Se procederá de la siguiente manera: Demarcación topográfica, apertura de zanjas, instalación del ducto, medidas de seguridad durante la construcción, etapa de pruebas, suministros y aplicación del Plan de Intervención de Cubierta Vegetal.
Acciones y requerimientos para la materialización de las obras fisicas
Obtención de la RCA, perforación del pozo Loij 3 y envío de documentos comprometidos durante la evaluación (los perfiles de cementación de la zona de interés, las pruebas de presión LOT, la información del perfil estratigráfico del pozo Loij 3, CBL/VDL del pozo Loij 3 en los que se constaten valores bajo los 20 mV que aseguren la correcta contención de la fractura, e informe de fertilidad de suelos), previo a la realización de la fractura.
Recursos naturales renovables
Para la construcción de la línea de flujo se retirará la cubierta vegetal para realizar la zanja removiendo una superficie aproximada de 0,11 há, la cual será restablecida de acuerdo al Plan de intervención de la cubierta vegetal.
Emisiones y efluentes
Emisiones a la atmosfera: Se considera una generación mínima de emisiones dado que lo único que se prevé es la combustión de vehículos y maquinarias que se utilizarán, los cuales cumplen con las normas de emisión permitidas por la legislación chilena.
Efluentes líquidos: Con respecto a los efluentes sólo se estima la generación de aguas servidas las cuales se originarán de los baños químicos que se utilizarán. Estos baños se instalarán en la faena en un número y distancia suficiente de acuerdo a lo establecido en el D.S. N* 594 del MINSAL, Éstos serán contratados a una empresa regional especializada, la cual se encargará
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además de disponer el residuo en el lugar donde le esté permitido por la Autoridad Sanitaria.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
Residuos sólidos: Considera la generación de residuos sólidos domiciliarios e industriales menores (restos de soldadura y restos de hormigón) en la construcción de la línea de flujo. Estos residuos corresponden a un volumen no superior a 1 mi y serán dispuestos en el Vertedero Municipal de Punta Arenas u otro autorizado. l
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Capítulo IV
4.3.2. FASE DE OPERACIÓN
Preparación del Fluido de Fractura
Una vez instaladas las piletas de almacenamiento (80 m)), se procede con la acumulación de agua para preparar el fluido de fractura. El número de piletas a utilizar dependerá de la cantidad de agua necesaria para realizar la fractura. Sin embargo, se estima que la eventual fractura que se podría llevar a cabo en el pozo Loij 3, considerará un volumen de 250 m3 aproximadamente. La obtención de este recurso provendrá del Chorrillo Kimiri Aike, del cual el titular posee los derechos de aprovechamiento de agua o se arrendarán a quien corresponda, en caso de existir un cauce cercano al pozo a estimular. El agua es filtrada entre 3 a 5 micrones y se suele calentar entre 10 a 25 *C. Desde las piletas de almacenamiento, el agua es succionada por la unidad de hidratación, donde se prepara un concentrado de gel que será enviado a la unidad mezcladora. Mientras se prepara el gel, en los camiones areneros o sand king se almacenan las arenas de diferentes granulometrías que posteriormente serán utilizadas como agente sostén. Finalmente, en el mezclador, se le adicionan de forma automática al gel los aditivos químicos (ver Anexo 2.12 de la DIA) y el agente de sostén (ver Anexo 2.13 de la DIA), para obtener el fluido de fractura, el cual por acción de la Frac Van, será bombeado por los motores del fracturador hasta el sitio de interés para estimular.
Pruebas de calibración
Las siguientes pruebas, permiten ajustar el diseño de la fractura, a) Pruebas de inyectividad o admisión: Generalmente, se hace con un pequeño
volumen de agua (entre 1,5 mÍ a 3 m3) con aditivos, con el objetivo de verificar la admisión del pozo, que los punzados o perforaciones estén abiertos, determinar el gradiente dinámico y en algunos casos el gradiente de fractura de la formación.
b) DFIT (Diagnostic Fracture Inyection Test) o Mini Fall-off (Mini Declinación): Este método consiste en un bombeo de agua a un régimen constante de 2 bpm (barriles por minuto). Se detiene el bombeo y se registra la presión de declinación hasta alcanzar un flujo pseudo radial, con la finalidad de definir la presión de reservorio y la transmisibilidad de la formación.
e) DataFRAC o Mini Frac: Consiste en bombear el mismo fluido que se usará en la estimulación al caudal de diseño. El volumen de fluido a bombear dependerá de los datos que se quieran obtener, y puede variar entre 1/3 o 2/3 del PAD o colchón. Se registra la declinación de la presión por al menos 2 horas, con esto se determinan los parámetros de la fractura, con la finalidad de medir la eficiencia del fluido de fractura para ajustar el volumen de agente sostén, determinar el coeficiente total de perdida por filtrado (leak off), la permeabilidad, estimar la geometría de la fractura, la tortuosidad y ajustar las propiedades mecánicas de la roca obtenidas con los perfiles eléctricos,
Fractura Hidráulica
Considera: bombeo de colchones, Tratamiento Principal, desplazamiento, Cierre de la fractura, Flow Back y Fin de la Estimulación de Pozo, Reinyección del Flow Back y Evaluación Post Fractura Hidráulica.
Producción del pozo Loij 3
Los fluidos producidos por este pozo serán conducidos dentro de la misma locación del pozo Loij 3 hasta un calentador, Los fluidos obtenidos por el pozo, dependiendo de la presión de operación, podrán ser conducidos secuencialmente hasta un separador bifásico instalado en la plataforma del pozo, los líquidos separados, serán almacenados en estanques. Los estanques mencionados, serán instalados en la misma locación del pozo y se encontrarán al interior de un compartimiento estanco, denominado pretil de contención Eventualmente de ser necesario, se realizará la separación del crudo por densidad (petróleo y agua de formación) en los estanques de almacenamiento ubicados en la plataforma de producción, el agua” de formación será transportada vía camiones hacia la Planta Piloto de recuperación secundaria en pozo Alakaluf A-10 aprobada bajo la RCA 043/2012 y/o hasta los pozos reinyectores Guanaco x-4 y Guanaco 10 aprobados bajo la RCA 181/2013 y/o E
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hasta cualquier otro pozo habilitado para este fin, mientras que el petróleo será transportado a las plantas antes mencionadas.
La fase gaseosa será conducida a una unidad de absorción de agua con Trietilenglicol, la cual se encargará a través de un proceso en contacto a contracorriente de retirar toda la humedad de éste (eliminación de agua, en forma de vapor a la atmósfera). Adicionalmente, se podría instalar como alternativa, a la salida de la unidad absorbedora un dosificador de metanol, el cual es un agente inhibidor de formación de hidratos.
Aparato individual de bombeo (AIB), se instalará en la plataforma de producción del pozo. Dicho AIB estará constituido por una bomba mecánica instalada al interior del pozo, el varillaje correspondiente para su operación hasta la superficie y un “caballito” en superficie con su motor y contrapeso. Sistema ICI de extracción hidráulico, en la boca de pozo se fija este equipo en la última brida del árbol de surgencia.
El conjunto BES está conformado por un sensor de fondo, motor eléctrico, separador de gas, bomba centrífuga multi etapas y el cable de potencia. Mientras que en la superficie se debe instalar un generador eléctrico, un transformador elevador de tensión, un equipo variador de frecuencia, un tablero de distribución de energía y una caja de venteo.
Medidas de seguridad durante la producción del pozo
En la boca del pozo Loij 3, se realizará el montaje de una válvula de corte por alta y baja presión (conocida como válvula de Shut Down o de Shut Off). La válvula de corte se instalará en la armadura de producción del pozo (Árbol de pascua), precisamente en el sector de la válvula de ala del mismo y antes de la Tee porta choque
Ruta de hidrocarburo
trasporte del
El hidrocarburo gaseoso (gas) a transportar proveniente del pozo Loij 3, será conducido a través de una línea de flujo hasta la plataforma del pozo Loij x-1. El hidrocarburo líquido (petróleo crudo) a transportar, proveniente del pozo Loij 3 será conducido por camión a la Planta Kimiri Aike (aprobado bajo RCA 118/2006 y RCA 194/2012) o Central Pampa Larga (aprobado bajo la RCA 19/2006) y/o Terminal Gregorio de ENAP (aprobado bajo la RCA 80/2009), para su posterior venta. Los camiones que realizarán el transporte de crudo desde el pozo Loij 3 hacia Central Pampa Larga, Planta Kimiri Aike y/o terminal Gregorio cuentan con la autorización de la Superintendencia de Electricidad y Combustible (SEC) y cumplen con lo establecido en el D.S. N* 298 de Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos. En la Figura 2.5 de la DIA, se muestra un esquema de las rutas de transporte que realizan los camiones desde el pozo Loij 3 hacia los destinos antes mencionados.
Monitoreo de la línea de Flujo
La línea de flujo será monitoreada por un supervisor (operador de pista) periódicamente, premunido de una camioneta con equipo de radio, con comunicación directa a la estación base de operación de GeoPark en el sector de Kimiri Aike (cruce Punta Delgada).
Suministros
El personal de faena utilizará las dependencias de la Villa Punta Delgada para su alimentación y alojamiento y/o en dependencias habitacionales ubicadas en las inmediaciones, las cuales cumplirán en todo momento con la normativa aplicable vigente. En el caso de los operadores del titular, el servicio de alojamiento y comida se dará en el campamento de GeoPark, ex — Hotel Tehuelche. Adicionalmente, de ser necesario, en las plataformas de producción de los pozos, se podrían instalar baños químicos, en número y distancia suficiente de acuerdo a lo establecido en el D.S. N* 594, de 1999, del MINSAL. Éstos serán provistos por una empresa que cuente con los permisos correspondientes de la Autoridad Sanitaria para su manejo y disposición. También, se podría requerir instalar en las plataformas de un generador eléctrico o “planta de luz principal” que entregue la energía necesaria para los equipos y el campamento.
Agua industrial: El agua necesaria para la operación de fractura, se almacenará en los estanques dispuestos para ello y la obtención de este recurso provendrá del Chorrillo Kimiri Aike del cual el titular posee los derechos de aprovechamiento de agua o se arrendarán a quien corresponda en caso de existir un cauce cercano al pozo a estimular,
Sustancia químicas: Los insumos químicos que se utilizarán en el fluido de fractura, están compuestos por materiales sólidos y líquidos, los cuales son almacenados de manera adecuada, con su respectivo etiquetado y ficha de seguridad o MSDS (ver Anexo 2.12 de la DIA).
A] Rectirsos naturales renovables
mi de agua, la que será obtenida del Chorrillo Kimiri Aike, del cual el titular
Para la fractura hidráulica del pozo Loij 3 se requerirá un máximo de 250 YA
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posee los derechos de aprovechamiento de agua o se arrendarán a quien corresponda en caso de existir un cauce cercano al pozo a estimular,
Emisiones y efluentes
Emisiones atmosféricas: Se prevé la generación mínima de emisiones a la atmósfera a causa del funcionamiento de los equipos instalados en superficie, los cuales cumplen con las normas de emisión permitidas por la legislación chilena.
Efluentes líquidos: Con respecto a los efluentes sólo se estima la generación de aguas servidas las cuales se originarán de los baños químicos que se utilizarán. Estos baños se instalarán en la faena en un número y distancia suficiente de acuerdo a lo establecido en el D.S. N* 594 del MINSAL. Éstos serán contratados a una empresa regional especializada, la cual se encargará además de disponer el residuo en el lugar donde le esté permitido por la Autoridad Sanitaria. :
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
Residuos sólidos: Se considera la generación de residuos sólidos domiciliarios e industriales menores, los cuales corresponden a un volumen no superior a 1 m3 y serán dispuestos en el Vertedero Municipal de Punta Arenas u otro lugar autorizado.
Residuos peligrosos: Se considera la generación de una mínima cantidad de residuos sólidos peligrosos, tales como huaipes y guantes utilizados por el personal que interviene en la operación y en caso que se generen sustratos contaminados (árido con componentes de la fractura) y líquidos peligrosos, éstos serán retirados y posteriormente dispuestos por empresas autorizadas que cuentan con los permisos otorgados por la Autoridad Sanitaria,
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Capítulo IV
4.3.3. FASE DE CIERRE
Fractura Hidraúlica del
Loij 3
pozo
Corresponde a la desconexión de toda línea y desmontaje de las unidades y equipos requeridos para la ejecución de la fractura. Una vez finalizado el retiro de las instalaciones, se procederá a normalizar el área utilizada, y se deja operativa para que el pozo, en caso favorable, comience O continúe su producción. O en caso desfavorable, que el área técnica del titular decida proceder a su abandono, éste se realizará de acuerdo a lo señalado en las Resoluciones de Calificación Ambiental, bajo la cual haya sido perforado o estado en producción.
Producción del Pozo Loij 3
Corresponde al retiro de estructuras instaladas en la locación para la producción del pozo (estas pueden ser; calentador, separador bifásico, estanques de almacenamiento, equipo de absorción con TEG y el sistema de extracción artificial escogido) las que, dependiendo de su condición, podrían ser reutilizadas en futuros proyectos de producción y al abandono de la línea de flujo. Las cañerías permanecerán enterradas, ya que, por sus características de revestimiento, la línea será un material inerte y, por lo tanto, no causará efectos adversos sobre el subsuelo. Una vez que se decida que la línea de flujo no será utilizada, se procederá a ejecutar un procedimiento de venteo/purga del ducto con elementos desplazadores, que aseguran el retiro del contenido en su interior. Para efectuar dicho desplazamiento se utilizará gas inerte (nitrógeno). Finalmente, una vez efectuado lo anteriormente expuesto, se procederá al sellado de los extremos del ducto, ya sea esto con tapas soldadas o sello por aplastamiento.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Capítulo IV
4.4.
DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO
4.4.1. Fase de Construcción
Fractura Hidráulica Línea de Flujo
Fecha estimada de inicio
Segundo semestre de 2018 Segundo semestre de 2018
Parte, obra o acción que | Inicia con el Diseño de es AS ,
e - =a Inicia con la demarcación topográfica establece el inicio estimulación de los pozos Fecha estimada de término Segundo semestre de 2018 Segundo semestre de 2018
E ió i la finalización del Ls ' g Ey
Parte, obra o acción que Termina con la finalización d Finaliza con la implementación del PICV establece el término montaje del set de fractura 4.4.2. Fase de Operación Fecha estimada de inicio Segundo semestre de 2018 Segundo semestre de 2018 Parte, obra o acción que Tnicia con la acumulación de | Inicia con la apertura de la llave del pozo
establece el inicio
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agua para fractura en estanques | Loij 3
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de almacenamiento
Fecha estimada de término
Segundo semestre de 2018
2038
Parte, obra O establece el término
acción que
Termina con la evaluación de la producción de hidrocarburos de los pozos
Finaliza con la definición de que el pozo ya no es productor por parte de Ingeniería de producción
4.4.3. Fase de Cierre
Fecha estimada de inicio Segundo semestre de 2018 2038 Parte, obra o acción que | Inicia con el desmontaje de los | Inicia con el término de la producción del establece el inicio equipos de fractura pozo Loij 3 Fecha estimada de término Segundo semestre de 2018 2038 m Finaliza con los OZOS A A a Parte, Obra oO acción que E E p Finaliza con la instalación de la placa de dc operativos para continuar con su establece el término se abandono producción
Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la
inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto
específico Capítulo VI
El proyecto no superará los valores de las concentraciones y periodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental, ya que éstas son mínimas y de baja concentración. Además, la población más cercana al área de influencia del proyecto corresponde a la Villa Punta Delgada (receptor), la cual se encuentra a una distancia de 12,8 km del pozo Loij 3.
El proyecto no superará los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente, ya que estas emisiones serán reducidas y disipadas debido al viento existente en la zona. Además, se debe considerar que, en toda el área del proyecto y su área de influencia, no existe población humana, no existiendo, por ende, receptores cercanos en los términos de la normativa ambiental chilena. En efecto, la Villa Punta Delgada corresponde al poblado más cercano, ubicado a 12,8 km del pozo Loij 3, de modo que no se genera un riesgo a la salud de la población por esta hipótesis.
El proyecto no generará exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes.
Propio de la estimulación del reservorio, se manejan fluidos como el de fractura y el flow back, los cuales se manejan dentro del set de fractura, que opera como un circuito cerrado. El flow back, se extrae del pozo bajo un procedimiento riguroso hasta que es transportado vía camiones hasta los pozos sumideros habilitados para este fin. Por lo tanto, la habilitación de los pozos completamente aislados de las zonas con presencia de acuíferos y la aplicación de las medidas de prevención del procedimiento de fractura hidráulica, permiten asegurar que ninguno de los fluidos mencionados tendrá contacto con las aguas subterráneas y/o superficiales.
Respecto a productos químicos, éstos son almacenados acorde a las exigencias estipuladas en la normativa chilena vigente. Además, GeoPark cuenta para todos sus proyectos con un Plan de Emergencias, anexado al Capítulo II de la DIA.
3.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE
Perdida de la cubierta vegetal por construcción de la línea de flujo Debido a la remisión de la capa vegetal del suelo en la superficie abarcada por la construcción de la zanja de instalación de la línea de flujo, el suelo puede quedar expuesto a factores erosivos, lo que podría generar pérdida de suelo.
Impacto ambiental
Jomponente Ambiental ; pita Campo Suelo y su capacidad para sustentar biodiversidad afectado Parte, obra o acción que lo . : E
sE 4 Construcción de la línea de flujo genera
Fase en que se presenta Construcción
Contaminación de la napas freáticas Debido a las características de la actividad de fractura, podría existir contaminación a los recursos hídricos subterráneos. !
Impacto ambiental
Ambiental | Aguas subterráneas
Componente
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afectado
Parte, obra o acción que lo E Es q Fractura Hidráulica del pozo Loij 3
genera
Fase en que se presenta Operación
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Durante la fractura hidráulica, no se generará la pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad, ya que el desarrollo de este se llevará a cabo sobre terraplén de material árido pre- existente. Respecto a la producción del pozo, el proyecto considera impactos no significativos y que están asociados principalmente a la etapa de construcción. En este sentido la construcción de la cañería contempla apertura y cierre de zanja, que se realizará de acuerdo al plan de intervención de cubierta vegetal expuesto en el punto 4.2.1.6.1 del ICE, con el fin de no producir impactos significativos sobre los recursos del sector.
Capítulo VI -
Los niveles de ruido no se verán superados, ya que estas emisiones son poco relevantes y corresponden a la maquinaria y vehículos a utilizar principalmente en la etapa de construcción y cierre del proyecto y de los equipos montados en superficie durante la etapa de operación, las cuales serán disipadas debido al viento existente en la zona.
En el área de influencia del proyecto no se detectaron sitios específicos de importancia en relación con la diversidad faunística y que pudiesen determinar mayores o menores indicadores de riqueza específica. El ambiente es homogéneo y no se distinguen sectores con condiciones de hábitat excepcionales ni sitios de crianza de especies en peligro o áreas de concentración de fauna relevantes. Por otra parte, a excepción de Lama guanicoe (guanaco), Rhea pennata pennata (ñandú) y Pseudalopex griseus (zorro' gris), no se encontraron evidencias, como individuos, restos cadavéricos, fecas, huellas o madrigueras que pudiesen indicar la presencia de especies residentes con problemas de conservación. Las especies antes señaladas, de gran presencia en el área y que además se encuentra en categoría de conservación, corresponden a especies de gran movilidad, por lo que se estima que no se verán afectadas por el desarrollo del proyecto.
Respecto al agua, para la preparación del fluido se fractura, ésta se obtendrá del Chorrillo Kimiri Aike, del cual el titular posee los derechos de aprovechamiento de agua o se arrendarán a quien corresponda. El derecho de agua del titular permite la extracción de 9,5 l/seg, es decir, 820 m3/d. La extracción de agua no se realizará diariamente, sino en la medida que esta se requiera y al régimen permitido, siendo 250 m3 el volumen máximo para estimular la formación Serie Tobífera.
Respecto de la protección de los acuíferos, la estabilidad e integridad mecánica de los pozos se resguarda por medio de tuberías que se colocan desde la boca de pozo en superficie, hasta el fondo del pozo.
Dicha tubería (Casing) se cementa a la formación asegurando una óptima aislación entre la roca y el pozo. La calidad del cemento se verifica realizando posteriormente un set de perfiles eléctricos conocidos como CBL, que permite definir un correcto fragiie del cemento y buena adherencia entre la roca y el Casing. El Casing junto con la correspondiente cementación, cumplen una doble barrera de protección en las faenas hidrocarburíferas, especialmente en la sección superior de la columna estratigráfica donde se protege cualquier comunicación con el acuífero.
Por otro lado, la cañería guía abarca desde la superficie superando en más de 400 metros la profundidad en la que se han definido posibles acuíferos. La doble barrera se completa al bajar el revestimiento de producción de 7” desde el fondo del pozo hasta la superficie, quedando el tramo superior con doble cañería y su correspondiente cemento.
Por lo tanto, no existirá afectación ni interacción con los acuíferos por el desarrollo de la fractura hidráulica del pozo Loij 3.
5.3: REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto Capítulo VI
específico
El área de influencia del proyecto se localiza dentro de un predio ganadero, ubicado en la comuna de San
ZE Gregorio y desde el punto de vista de la industria petrolera-gasífera se ubica al interior del Bloque Fell, S y en el cual no existen comunidades o grupos humanos que puedan verse afectados por el desarrollo del proyecto. Adicionalmente, el proyecto no contempla realizar un reasentamiento de comunidades
HS! humanas.
La población más cercana al área de influencia del proyecto corresponde a la Villa Punta Delgada, la cual se encuentra a una distancia de 12,8 km del área del emplazamiento del proyecto, por lo cual se estima
NENA http; niófirma:sea.gob.ol/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docld=8b/19/0b958d8241647559b5176600c698b2e07f9 8/17
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que no habrá obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. Además, el sector del proyecto se encuentra dentro de un predio privado, en la cual no se encuentran casas o instalaciones pertenecientes al ganadero. Por otro lado, eñ la etapa de construcción y cierre del proyecto se prevé mayor tránsito tanto de vehículos como maquinaria, pero este tendrá una corta duración. Para el llenado de las piletas de almacenamiento con agua se tiene contemplado utilizar 2 camiones de 30 m3, lo cual implica alrededor de 5 viajes por camión, cuya duración será aproximadamente 2 o 3 días. Para el retiro del fluido post fractura se utilizarán camiones de 18 m3 o de 30 m3 según disponibilidad, pero la cantidad de viajes será en función del volumen de fluido recuperado y capacidad de transporte del camión.
5.4, LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto
específico Capítulo VI
La localización del proyecto no afectará a poblaciones humanas, dado que el poblado más cercano es Villa Punta Delgada, en donde en todo momento se consideró el Plan Regulador San Gregorio, elaborado por la Ilustre Municipalidad de San Gregorio.
La realización del proyecto no impactará a recursos, áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares susceptibles de ser afectados, debido a la ausencia de estos en un radio mayor a 5 kilómetros a la redonda del presente proyecto. Siendo la más cerca el PN Pali Aike ubicado a 9,6 km de distancia.
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TERMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto
específico Capítulo VI
El área donde se desarrollará el proyecto no es una zona que posea valor paisajístico, ya que no posee atributos naturales que le otorgan una calidad que la hace única y representativa.
El área donde se desarrollará el proyecto no es una zona que posea valor paisajístico. En relación al valor turístico, el hecho primordial que se debe destacar respecto a la localización geográfica de Magallanes, es que el Servicio Nacional de Turismo claramente ha definido sus núcleos o polos de desarrollo, dentro de los cuales, los sectores de emplazamiento del proyecto no se encuentran definidos. Sin embargo, dentro del área de Bloque Fell, se reconoce el núcleo turístico de Pali Aike (N41), localizado dentro del parque del mismo nombre y cuyos atractivos turísticos corresponden principalmente a sitios de gran interés arqueológico como las cuevas de Pali Aike, los corrales de piedra y la cueva Fell, el cual tal como se indica no tendrá ninguna interacción con el desarrollo del proyecto en ninguna de sus fases. De acuerdo a lo indicado en el Cuadro N* 1.1.1: Identificación de Zonas de Interés para el Desarrollo Turístico, del Plan Regional de Desarrollo Urbano, la zona Z-5 dentro de la cual está inserta el área de emplazamiento del proyecto posee un valor bajo en lo referente del recurso.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto
especifico Capítulo VI
La fractura hidráulica, se realizará sobre un terraplén de material árido preexistente. El proyecto no alterará monumentos, sitios con valor arqueológico o antropológico e histórico, que pertenecen al patrimonio cultural, Se realizó una inspección arqueológica en la que se concluye que, sobre el trazado proyectado para la línea de flujo del pozo Loij 3, no fueron registrados hallazgos arqueológicos ni perfiles expuestos que presenten yacimientos estratificados en la zona de intervención de este proyecto, lo que respalda que la ejecución del proyecto no causará impactos sobre el patrimonio cultural.
En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico se procederá según lo establecido en los artículos N 26 y 27 de la Ley N” 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N 20 y 23 del Reglamento de la Ley N17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Además, en caso de detectarse hallazgos arqueológicos en las cercanías de dichas áreas, se propondrán las medidas de prevención y/o protección determinadas por el arqueólogo responsable, las cuales serán implementadas en conformidad a lo dispuesto por el Honorable Consejo de Monumentos Nacionales.
asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, ha
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6.1.
Ta,
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Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos
6.1.1. Permiso para la aprobación del plan de cierre de una faena minera, del artículo 137 del Reglamento del SEIA
Fase del corresponde
Proyecto a
le” mul Abandono del pozo Loij 3 y de la línea de flujo
Parte, obra o acción a que aplica
Fractura hidráulica del Pozo Loij 3 y línea de flujo desde plataforma pozo Loij 3 a plataforma de pozo Loij x-1
detalles
Pronunciamiento del órgano | Oficio 165 DR-MAG/2018 de fecha 17 de julio de 2018, del competente Servicio Nacional de Geología y Minería Referencia al ICE para mayores
Capítulo IX
Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de
cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
Componente / materia:
Ley de caza
Norma
Ley N* 4.601, Ministerio de Agricultura, ley de caza.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Todas
Forma de cumplimiento
El proyecto estará emplazado en la plataforma del pozo ubicado dentro del Bloque Fell, en el cual se registran a lo menos una especie en categoría de conservación que corresponde al guanaco (Lama guanicoe), esta especie faunística presenta una gran movilidad, se encuentra en una amplia distribución y mayor abundancia relativa. Por lo anteriormente expuesto, esta especie no se ve afectada por el desarrollo del presente proyecto.
Indicador que acredita su cumplimiento
GeoPark dará cumplimiento a las prohibiciones establecidas en la norma, las que se harán extensivas, mediante una inducción básica, a sus trabajadores y contratistas.
Forma de control y
seguimiento
Corresponderá a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Autoridad Competente, en uso de sus facultades legales, fiscalizar el permanente cumplimiento de las normas.
Componente / materia:
Contaminación Agrícola
Norma
Decreto Ley N* 3.557, publicado el 9 de febrero de 1980. Establece disposiciones sobre protección agrícola
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Todas
Forma de cumplimiento
Durante la ejecución del proyecto se tomarán las medidas necesarias para evitar la contaminación de la agricultura.
Adicionalmente, se debe hacer presente que en caso de la ocurrencia de algún incidente sobre suelos de uso agrícola, se procederá a evaluar el evento con el apoyo un profesional ingeniero agrónomo con especialización y experiencia en dicha materia, y en los sistemas productivos agropecuarios de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, quien luego formulará un plan de recuperación del sitio afectado, de forma de devolver su capacidad agroproductiva al mismo
Indicador que acredita su cumplimiento
En el eventual caso de requerir, se formulará un plan de recuperación del sitio afectado, de forma de devolver su capacidad agroproductiva al mismo.
Forma de control y
seguimiento
Corresponderá a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Autoridad Competente, en uso de sus facultades legales, fiscalizar el permanente cumplimiento de las normas.
Componente / materia:
Seguridad minera
Norma
D.S. N*132 de 2002. Reglamento de Seguridad Minera
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Todas
Forma de cumplimiento
Artículo 68: Para la ejecución del proyecto, el titular tendrá bajo control permanente las emisiones que se generen a causa de las actividades
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desarrolladas. Por otra parte, cuenta con un sistema de segregación de residuos, y contrata el servicio especializado de terceros para su retiro y disposición donde corresponda según la legislación vigente. .
Artículo 69: Periódicamente se imparten inducciones al personal que ingresa a laborar en GeoPark o como parte de sus empresas contratistas, en dichas inducciones se les dará a conocer a las personas participantes de los compromisos asumidos en el proyecto en evaluación, para que de esta manera estén en conocimiento de éstos y de su forma de cumplimiento.
Por otra parte, cada vez que sea necesaria la contratación de un tercero quedarán establecidos en las bases de licitación los requerimientos y solicitudes para cumplir con los compromisos asumidos por el titular.
Artículo 70: GeoPark cuenta con empresas especializadas, que se encargan de los desechos generados, y verifica que estas cumplan con la legislación vigente.
Indicador que acredita su cumplimiento
La documentación de la empresa que acredite que se cumple con la normativa, se mantendrá archivada en las oficinas del departamento de HSE de la compañía.
Los registros de asistencia a las inducciones básicas de seguridad y medio ambiente, se mantendrán archivados en las oficinas del departamento de HSE de la compañía.
Forma de seguimiento
control y
Corresponderá a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Autoridad Competente, en uso de sus facultades legales, fiscalizar el permanente cumplimiento de las normas.
Componente / materia:
Seguridad Minera
Norma
Ley 20.551, Regula el Cierre de Faenas e Instalaciones Mineras
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Cierre
Forma de cumplimiento
Una vez finalizada la vida útil del proyecto, GeoPark, procederá a la etapa de cierre del mismo, para lo cual, tramitará el respectivo plan de cierre de faenas mineras.
Indicador que acredita su cumplimiento
Se mantendrá archivado el documento de aprobación del plan de cierre de faena minera en las oficinas del departamento de HSE de la compañía.
Forma de seguimiento
control y
Corresponderá a la Superintendencia del Medio Ambiente y a SERNAGEOMIN, en uso de sus facultades legales, fiscalizar el permanente cumplimiento de las normas.
Componente / materia:
Salud laboral
Norma
D.S. N*594/99, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Todas
Forma de cumplimiento
Artículo 15: El proyecto requerirá abastecer de agua potable a los trabajadores, tanto en la fase de diseño y montaje, como de operación del proyecto, estimándose que la demanda de consumo por trabajador será inferior o igual a 0,1 m3/día.
Por lo tanto, se considera el uso de agua potabilizada en botellas y en el caso de existir trailers, se instalarán dispensadores de agua en bidón.
Artículo 16: Este proyecto en ningún caso considera la descarga de sustancias radioactivas, corrosivas, venenosas, infecciosas, explosivas o inflamables a una red pública de desagie de aguas servidas, ya que se considera el uso controlado de productos químicos, los cuales se encuentran protegidos por cubiertas plásticas y contenidos sobre pallets, de manera de facilitar la manipulación y el contacto con la plataforma.
Artículo 18: El proyecto no contempla la acumulación, tratamiento y disposición final de residuos industriales líquidos dentro de las
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plataformas de cada pozo a utilizar.
GeoPark cuenta con una empresa especializada, encargada del almacenamiento, transporte y disposición final de los residuos industriales que se pudiesen generar durante el desarrollo del proyecto, fuera del predio. Por ende, exige a su empresa contratista las autorizaciones sanitarias correspondientes para realizar este tipo de faenas.
Los residuos industriales no peligrosos son dispuestos por una empresa especializada, y se mantiene documentación de los registros de ingreso a Vertedero autorizado.
GeoPark en cada oportunidad que requiere la disposición final o tratamiento de sus residuos industriales peligrosos, presenta a la Autoridad Sanitaria una declaración que establece la cantidad y tipo de los residuos generados.
Artículo 19: GeoPark cuenta con empresas contratistas, encargadas de disponer los residuos industriales que se pudiesen generar durante el desarrollo del proyecto, fuera del predio. Por ende, exige a su empresa contratista las autorizaciones sanitarias correspondientes para realizar este tipo de faenas.
Artículo 20: Actualmente, GeoPark en cada oportunidad que requiere la disposición final o tratamiento de sus residuos peligrosos, presenta a la Autoridad Sanitaria una declaración que establece la cantidad y tipo de los residuos generados.
Artículo 23: Los baños químicos se instalarán en los frentes de trabajo que lo requieran y en las cantidades indicadas en el presente decreto. La instalación, operación y limpieza de estos baños será contratada a una empresa especializada que cuente con las autorizaciones correspondientes.
Artículo 24: Para el presente proyecto GeoPark contrata a terceros y ellos disponen los correspondientes baños químicos para el personal a cargo de la faena. GeoPark exige el cumplimiento de esta exigencia sanitaria a la empresa contratista y se asegura de la adecuada disposición final de los residuos, reacondicionamiento sanitario y limpieza con el objetivo de evitar la proliferación de vectores, malos olores y contaminación ambiental.
Artículo 26: Las aguas servidas de los químicos producidas por el proyecto, serán retiradas por una empresa contratista especializada en la materia y dispuestas adecuadamente en lugares autorizados por la Autoridad Sanitaria. GeoPark exige el cumplimiento de esta exigencia sanitaria a la empresa contratista.
Artículo 42: Las sustancias peligrosas son almacenadas acorde a las exigencias estipuladas en la normativa chilena vigente. Además GeoPark cuenta para todos sus proyectos con un Plan de Emergencias correspondiente.
Indicador que acredita su cumplimiento
Se proporcionará agua potable a los trabajadores del proyecto según la legislación vigente. >
No se descarga a la red pública de desagiies de aguas servidas sustancias radioactivas, corrosivas, venenosas, infecciosas, explosivas 0 inflamables o que tengan carácter peligroso en conformidad a la legislación y reglamentación vigente.
La documentación de la empresa que acredite que se cumple con la normativa, se mantendrá archivada en las oficinas del departamento de HSE de la compañía.
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Se proveen baños químicos según lo establecido por la normativa vigente y se mantendrán archivados los registros asociados éstos en las oficinas del departamento de HSE de la compañía.
Se mantendrán archivados los registros asociados a los baños químicos en las oficinas del departamento de HSE de la compañía,
Se mantendrán archivados los registros de almacenamiento de dichas sustancias en las oficinas del departamento de HSE de la compañía.
Forma de seguimiento
control y
Corresponderá a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Autoridad Sanitaria, en uso de sus facultades legales, fiscalizar el permanente cumplimiento de las normas.
Componente / materia:
Residuos peligrosos
Norma
D.S. N*148, Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Todas
Forma de cumplimiento
Los residuos peligrosos que se pudiesen generar en este proyecto, al igual que todos los residuos sólidos y líquidos que genera GeoPark, están siendo actualmente retirados y posteriormente dispuestos por empresas autorizadas que cuentan con los permisos otorgados por la Autoridad Sanitaria.
Por lo tanto, el manejo de los residuos peligrosos que se pudiesen generar durante el presente Proyecto será el mismo.
Indicador que acredita su
cumplimiento
Se mantendrán archivados los registros de disposición final de los residuos peligrosos en las oficinas del departamento de HSE de la compañía.
Forma de control y
seguimiento
Corresponderá a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Autoridad Sanitaria, en uso de sus facultades legales, fiscalizar el permanente cumplimiento de las normas.
Componente / materia:
Residuos
Norma
Ley 20.920, Establece el marco de gestión de residuos, del 1 de junio de 2016
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Todas
Forma de cumplimiento
GeoPark cuenta con una empresa especializada, encargada del almacenamiento, transporte y disposición final de los residuos industriales (peligrosos y no peligrosos) que se pudiesen generar durante el desarrollo del proyecto, fuera del predio. Por ende, exige a su empresa contratista las autorizaciones sanitarias correspondientes para realizar este tipo de faenas. Los residuos industriales (domiciliarios y asimilables) son dispuestos en el Vertedero Municipal.
Indicador que acredita su
cumplimiento
La documentación de la empresa que acredite que se cumple con la normativa y los registros de disposición final de los residuos industriales se mantendrá archivada en las oficinas del departamento de HSE de la compañía.
Componente / materia:
Monumentos Nacionales
Norma
Ley N* 17.288/70 del ministerio de educación. Ley de Monumentos Nacionales
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción línea de flujo
Forma de cumplimiento
El proyecto contempla la construcción de una zanja de 1 m cada una de ancho para alojar el ducto, más 1 m a cada lado de ésta para alojar los horizontes del suelo durante el proceso de construcción, con un ancho promedio total de 3 metros, correspondientes al área de intervención de la zanja más la superficie para alojar los horizontes de suelo. Además, se considera una franja de uso temporal de 3 metros para el tránsito de la maquinaría durante el proceso de construcción. El titular ha definido un ancho de zanja mínimo con el fin de intervenir la menor porción de superficie. En la eventualidad de encontrar cualquier hallazgo de carácter arqueológico, antropológico o paleontológico el titular denunciará e informará a las autoridades pertinentes. Por otro lado, la fractura hidráulica se llevará a cabo en un terraplén de material pre-existente.
Indicador que acredita su
En el caso de encontrar algún hallazgo durante las actividades de
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cumplimiento
construcción, se informará a la autoridad y se mantendrá archivado el respectivo registro de aviso en las oficinas del departamento HSE de la Compañía
Componente / materia:
Combustibles
Norma
D.S. N*379 Reglamento sobre requisitos mínimos de seguridad para el almacenamiento y manipulación de combustibles líq. derivados del petróleo destinados a consumos propios
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación
Forma de cumplimiento
El almacenamiento será en tanques debidamente diseñados para tal uso. Se rotulará correctamente con el nombre de su contenido y se mantendrá señalética de advertencia.
Indicador que acredita su
cumplimiento
Registro de almacenamiento de sustancias peligrosas (Hoja de Seguridad del producto).
En caso de que se almacenen combustibles líquidos, se verificará el correcto
mayores detalles
Forma de control y | almacenamiento de estos. seguimiento
Se verificará la correcta rotulación. Referencia al ICE para
Capítulo VIII
Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los
siguientes compromisos ambientales voluntarios:
8.1.
Cambios en la composición del Flow Back
Impacto asociado (si aplica)
Cambios en la composición del Flow Back
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación
Objetivo: Estar en antecedentes respecto de la modificación de las sustancias químicas utilizadas en el proceso de fractura hidráulica.
Objetivo y descripción
Una vez finalizada la estimulación del pozo, si se han utilizado sustancias químicas diferentes a las señaladas en la evaluación del proyecto, se informará de sus características y se adjuntará su ficha de seguridad o MSDS.:
Lugar
Lugar: Pozo Loij 3
Indicador que acredite su cumplimiento
La confirmación del ingreso del informe, al Sistema de Seguimiento Ambiental de la Superintendencia de Medio Ambiente, estará en las oficinas del departamento de HSE.
Referencia al ICE para
mayores detalles
Capítulo X
Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de
Emergencias, son las siguientes:
9.1.
PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS
9.1.1.
Plan de Emergencia General
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción, Operación y Abandono
Parte, obra o acción asociada
Dentro de las operaciones realizadas por GeoPark y sus empresas contratistas, se identifican las siguientes posibles contingencias en el anexo 2.5 de la DIA:
Incendio en instalaciones de Producción, Perforación y Workover
Incendio forestal
Incidente con lesión a las personas
Surgencia de Gas de Hidrocarburo
Incendio por Surgencia
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108.
14%
12%,
13%.
14%.
ISe.
162.
172.
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Incendio estructural
Emanación de ácido sulfhídrico
El plan de acción, posee procedimientos específicos para: - Emergencia de incendio Estructural o Forestal
Acciones O medidas a|- Incendio por combustión de hidrocarburos y vegetación en la fosa de implementar antorcha
Incendio por combustión de hidrocarburos en el pozo - Accidente con lesión a las personas
- Emanación de ácido sulfhídrico
En caso de tener un incidente ambiental, se informará a la Superintendencia del Medio Ambiente de la activación del Plan de Emergencias.
Forma de control y seguimiento
Referencia al ICE para
mayores detalles capitilo VD
Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
Que, para que el proyecto “Fractura hidráulica y construcción de línea de flujo pozo Loij 3” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA,
Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2* letra g) del Reglamento del SETA, deberá someterse al SEIA.,
Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVE:
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re, Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Fractura hidráulica y construcción de línea de flujo pozo Loij 3” de Geopark Fell SpA.
22%. Certificar que el proyecto “Fractura hidráulica y construcción de línea de flujo pozo Loij 3” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3". Certificar que el proyecto “Fractura hidráulica y construcción de línea de flujo pozo Loij 3” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en el permiso ambiental sectorial que se señala en el artículo 137 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4%. Certificar que el proyecto “Fractura hidráulica y construcción de línea de flujo pozo Loij 3” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
$. Definir como gestión, acto o faena mínima del proyecto para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente los mencionados en el considerando N%4 del presente acto.
Nelly Núñez Martínez 4 + Directora (S) Regional
-—- Servicio de Evaluación Ambiental
Región de Magallanes y Antártica Chilena
y
NNM/ESC/COBXMCG
Distribución:
e... . . . . ... .. .
Gonzalo Mariano Andrés Watanabe
Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, Región de Magallanes y Antártica Chilena Corporación Nacional Forestal, Región de Magallanes y Antártica Chilena
Dirección de Obras Hidráulicas, Región de Magallanes y Antártica Chilena
Dirección de Vialidad, Región de Magallanes y Antártica Chilena
Dirección General de Aguas, Región de Magallanes y Antártica Chilena
Gobierno Regional, Región de Magallanes y Antártica Chilena
Nlustre Municipalidad de San Gregorio
Secretaría Regional Ministerial de Agricultura, Región de Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Desarrollo Social, Región de Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Energía, Región de Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Minería, Región de Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, Región de Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región de Magallanes y Antártica Chilena
Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Magallanes y
Antártica Chilena Del Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Magallanes y Antártica Chilena
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27/9/2018 Documento - 8b/19/0b958d8a41647559b5a17660cc698b2e07f9
- Servicio Nacional de Geología y Minería, Región de Magallanes y Antártica Chilena
- Servicio Nacional de Turismo, Región de Magallanes y Antártica Chilena z
-
Comisión Chilena de Energía Nuclear
-
Consejo de Monumentos Nacionales
C/e: Encargada Participación Ciudadana
Superintendencia del Medio Ambiente
POZO LOIJ 3" + Archivo Servicio de Evaluación Ambiental, Magallanes y Antártica Chilena
Firmas Electrónicas:
- Firmado por: SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL
- Firmado por: Nelly Catalina Nunez Martinez Fecha-Hora: 26-09-2018 17:18:11:134 UTC -03:00
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Expediente del Proyecto "FRACTURA HIDRÁULICA Y CONSTRUCCIÓN DE LÍNEA DE FLUJO
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