Parque Aconcagua II
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO
Califica Ambientalmente el Proyecto “Parque Aconcagua II”
Resolución Exenta N* 063/2019 Santiago, 04 de febrero de 2019 VISTOS:
- La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), admitida a trámite con fecha 14 de febrero de 2018, mediante Resolución Exenta N? 061/2018 de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, su Adenda de fecha 27 de agosto de 2018 y su Adenda Complementaria de fecha 10 de diciembre de 2018 del Proyecto “Parque Aconcagua II” presentada por Viviendas Económicas Cinco de Abril S.A.
2”. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo III del Informe Consolidado de Evaluación (en adelante ICE) de la DIA del Proyecto “Parque Aconcagua II”.
3”. El Acta de Evaluación N03/2019, de fecha 08 de enero de 2019, del Comité Técnico de la Región Metropolitana. 4”. El ICE de la DIA del Proyecto “Parque Aconcagua II” de fecha 11 de enero de 2019. 5. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, de fecha 23 de enero de 2019.
6”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del Proyecto “Parque Aconcagua II”.
7”. Lo dispuesto en la Ley N 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto N? 79, de fecha 07 de febrero de 2019 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública (actualmente en trámite de Toma de Razón); la Resolución TRA N119046/163/2018, de fecha 25 de octubre de 2018, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental; y en la Resolución N 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
CONSIDERANDO:
- Que Viviendas Económicas Cinco de Abril S.A., en adelante, el Titular, ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del Proyecto “Parque Aconcagua IT” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Viviendas Económicas Cinco de Abril S.A.
Rut 79.608.400-6
Domicilio Agustinas 814, piso 2, oficina 4, comuna de Santiago Representante Legal 1 Felipe Jara Valenzuela
Rut representante legal 1 7.557.597-1
Representante Legal 2 Luz María Virginia Jara Valenzuela
Rut representante legal 2 7.536.762-7
Domicilio de los representantes legales Agustinas 814, piso 2, oficina 4, comuna de Santiago
2”. Que conforme se indica en el ICE de fecha 11 de enero de 2019, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Metropolitana, ha recomendado aprobar el Proyecto, considerando que: + Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable; + Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 140, 142 y 156 del D.S. N* 40/2012 del MMA; + No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
3”. Que en sesión de fecha 23 de enero de 2018, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, acordó calificar ambientalmente favorable el Proyecto “Parque Aconcagua II”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 11 de enero de 2019, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60, inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4”. Que la descripción del Proyecto, es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general.
El Proyecto “Parque Aconcagua IT” tiene como objetivo la construcción de 444 viviendas, a fin de responder a la demanda habitacional.
El Proyecto se emplazará en la comuna de Padre Hurtado, contempla la construcción de 2 tipos de viviendas de dos pisos cada una para generar un conjunto habitacional de 444 viviendas, las que se construirán en una fase constructiva dividida en 3 etapas. Junto a esto, el Proyecto contempla la habilitación de áreas verdes, salas multiuso y vialidad (calles y pasajes).
Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras O acciones.
El Proyecto debe someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental en virtud de lo establecido en la letra h) del artículo 10% de la Ley N19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y el artículo 3? del D.S. N 40/12 Reglamento del SEIA que dispone, lo siguiente: <«(...) h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas.
h.1: Se entenderá por Proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjunto de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los Proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características:
(...) h.1.3: Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas (....)”.
Debido a que se trata de un Proyecto inmobiliario que contempla la construcción de 444 viviendas, que supera la cantidad establecida en el literal h.1.3 del artículo 3 del D.S. N* 40/2012 del MMA, debe someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
Vida útil.
Indefinida.
Monto de inversión
U.S. $38.000.000
Gestión, acto o faena mínima que da cuenta
Habilitación de la instalación de faenas, cerco perimetral y camino de acceso
del inicio de la
ejecución.
Proyecto se desarrolla | Si No El Proyecto no se acoge al artículo 14 del D.S. N* 40/2013 del MMA por etapas. 27
Proyecto modifica un Si No El Proyecto no modifica ningún Proyecto existente.
Proyecto o actividad. [Xx]
Proyecto modifica | Si No El Proyecto no modifica otros Proyectos con RCA.
otra(s) RCA. 1X]
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político- administrativa.
El Proyecto se ubicará en la calle Río Aconcagua N 1625, Loteo N Parcela 5A 3 “El Progreso”, comuna de Padre Hurtado, la provincia de Talagante, Región Metropolitana.
Justificación de la localización.
La ubicación del Proyecto según el Plan Regulador Comunal de Padre Hurtado (PRCPH) se encuentra en un área sin restricciones para este tipo de proyecto.
Superficie.
La superficie total del Proyecto es de 60.118,6 m?.
Tabla 4.2.1: Superficie del Proyecto Descripción | Superficie (m?) Etapa 1 18.053,98 Etapa 2 21.397,84 Etapa 3 20.666,7 Total 60.118,6 Fuente: elaboración propia a partir de Tabla 1-2 de la DIA
Coordenadas UTM en Datum WGS84.
En la siguiente tabla se presentan las coordenadas de ubicación del Proyecto: Tabla 4.2.2: Vértices del Proyecto Coordenadas del Proyecto en DATUM WGS 84 Este (m) Norte (m) 332.516 6.282.395 332.613 6.282.561 332.369 6.282.778 332.327 6.282.723 332.361 6.282.695 332.303 6.282.579 332.396 6.282.525 332.441 6.282.485 Fuente: Tabla 1-1 de la DIA
Vértice
ajo pa jmiuja w|»>
Caminos de acceso.
El Proyecto contempla acceso desde Camino a Melipilla, doblando por la calle Los Silos, luego se dobla a la derecha por la Calle los Prados y posteriormente a la izquierda por Rio Aconcagua hasta dar con el acceso al Proyecto (Segunda Transversal).
Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información
Los planos del Proyecto se presentan en el Anexo 1.2 de la DIA y en los Anexos 1.3, 1.10 y 1.11 de la Adenda.
complementaria sobre la localización de sus partes,
obras y acciones.
4,3. FASE DE CONSTRUCCIÓN.
4.3.1. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO.
4.3.1.1 PARTES Y OBRAS
Nombre
[ Descripción
Instalación de faenas
La instalación de faena es una obra de tipo temporal que permite la adecuada coordinación y ejecución de las tareas de construcción.
Para su adecuado funcionamiento, la instalación de faena contendrá los siguientes componentes: cierre perimetral, comedor, baños, vestidores y lockers, entre otros.
Cierre Perimetral
Se construirá el cerco perimetral de las obras de la fase de construcción.
El objetivo del cierre es impedir el ingreso de personas no autorizadas y animales a la instalación de faena, con el fin de resguardar la seguridad de las obras y de los trabajadores. El cerco estará constituido por una malla tipo cerco de 1,8 m de altura, con un espesor de 4,2 mm.
Comedores y lockers
Se dispondrá de un comedor para la alimentación del personal, que estará aislado de las áreas de trabajo y de cualquier fuente de contaminación ambiental. Además, estará dotado de agua potable, sistemas de refrigeración, bodega y sanitario. La instalación cumplirá con los requisitos establecidos para esta materia en el D.S. N? 594/99 del Ministerio de Salud.
Baños y vestidores
Se contará con instalaciones de servicios sanitarios, destinadas al uso del personal, las que estarán compuestas por baño, lavamanos y ducha, y su cantidad será la establecida en el artículo 23 del D.S. N? 594/99 del MINSAL. El montaje de construcción de estas instalaciones se hará de acuerdo con el Reglamento de Instalaciones Domiciliarias de Agua Potable y Alcantarillado (RIDAA)
Galpón y bodegas El Proyecto contará con bodegas para el almacenamiento de insumos, herramientas y equipos. ESicionamientos Para cada instalación de faenas se dispondrá de estacionamientos de vehículos y de maquinaria, cuya ubicación se presenta en el Anexo 1.3 de la Adenda. Para los residuos asimilables a domiciliarios y los residuos sólidos no peligrosos, se considera esta Sector RSD zona de acopio transitorio en la instalación de faena. Esta zona contará con extintor polvo seco ABC de 10 kg. Estas bodegas darán cumplimiento a lo estipulado en el D.S. N* 148/03, del MINSAL, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Las principales características de las bodegas acopio temporal de los residuos peligrosos, se describen a continuación: Contará con una base continua, Bodega de | impermeable y resistente, tendrá un cierre perimetral de a lo menos 1,80 metros de altura que impida almacenamiento el libre acceso de personas y animales, estará techada y protegida de condiciones ambientales tales
temporal de residuos peligrosos
como humedad, temperatura y radiación solar, tendrá una capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados, contará con señalética de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of. 93, tendrá además acceso restringido y contará con medidas de seguridad y equipamiento contra incendios.
Zona de acopio
Se contempla una zona de acopio de materiales y otros insumos de mayor envergadura.
Abatimiento Control
Para contener la liberación de polvos producto de la circulación de camiones y maquinaria dentro de la obra, se considera la aplicación de ripio en las vías más transitadas, además de la humectación de calles a través de personal especialmente dispuestos para dicho propósito.
Adicional a lo anterior, se instalará malla raschel de 4,8 metros de altura en el perímetro de la obra.
Habilitación Zona de Lavado de
Para el lavado de neumáticos, se deberá compactar e impermeabilizar el piso de dicha zona, será un compactado de hormigón, y contará con canaletas laterales que permitirán dirigir los residuos del lavado hacia un colector. El camión pasará por este sector una vez terminado el recorrido por el camino no pavimentado.
Neumáticos de | Este sistema tendrá capacidad para lavar un camión a la vez y los residuos generados por esta
camiones actividad, serán retirados por una empresa autorizada y se contempla mantener un registro del retiro y disposición final de ellos en sitios autorizados. Los Riles que contengan grasas o aceite de camión serán tratados como residuos peligrosos.
Empalme agua | Se realizará un empalme al sistema de agua potable y al eléctrico, para el consumo de la instalación
potable y sistema | de faenas,
eléctrico
Cierre perimetral
Se realizarán distintos cierres para el conjunto habitacional, los cuales permanenecerán luego de la construcción. Los tipos de cierre son: - Deslinde sur: Contará con cierre perimetral de placas de hormigón tipo “Bulldog” y altura 2,10 m - Deslinde este: Contará con cierre perimetral de malla tipo cerco con alambre de 4,2 mm de espesor y altura 1,90 m. Adicionalmente contará con malla raschel hasta una altura de 4,2 m. - Deslinde norte: Contará con cierre perimetral de placas de hormigón tipo “Bulldog” y altura 2,10 m Adicionalmente contará con malla raschel hasta una altura de 4,2 m. - Deslinde oeste: Contará con cierre perimetral de malla tipo cerco con alambre de 4,2 mm de espesor y altura 1,90 m Adicionalmente contará con malla raschel hasta una altura de 4,2 m.
Urbanización
- Proyecto de agua potable y alcantarillado:
Los servicios de agua potable y alcantarillado serán provistos por Empresa de Servicios Sanitarios San Isidro (ESSSI) y Aguas Andinas S.A. En el Anexo 1.4 de la DIA se presentan los certificados de factibilidad de dotación de servicios sanitarios para el agua potable y alcantarillado. ESSSI: Respecto al agua potable, el punto de conexión a la red existente se encuentra ubicado en calle Segunda Transversal y calle 5, a un costado del Proyecto. La conducción está proyectada en tubería de PVC hidráulico clase 10, tanto en 110 mm como 160 mm de diámetro.
El proyecto de alcantarillado está proyectado en tubería de PVC sanitario, tanto de 180, 200 y 250 mm. El punto de conexión al colector existente está proyectado en calle 5 y atraviesa el Proyecto. Aguas Andinas:
Respecto al agua potable, el punto de conexión a la red existente se encuentra ubicado en calle 2, a un costado del proyecto. La conducción está proyectada en tubería de PVC hidráulico clase 10 de 110 mm de diámetro. El proyecto de alcantarillado está proyectado en tubería de PVC sanitario de 180 mm. El punto de conexión al colector existente está proyectado en calle 2 al costado oriente del proyecto.
- Proyecto de electricidad
La empresa eléctrica que otorgará el suministro eléctrico al conjunto, será CGE Distribución S.A. Los postes para serán de hormigón armado, y la línea será en conductor de aluminio pre ensamblado según proyecto eléctrico.
- Proyecto de aguas lluvias:
El proyecto de aguas lluvia contempla la conducción de las aguas producto de las lluvias en tuberías de PVC de 400 mm de diámetro y de 315 mm para los sumideros, la cual será transportada a zanjas de drenaje que reincorporarán las aguas al terreno. Dichas zanjas estarán compuestas por celdas plásticas de drenaje de forma de permitir la correcta infiltración del agua a la tierra. En el Anexo 1.5 de la DIA, Proyecto de Pavimentación y Aguas Lluvias se entregan los planos y la memoria explicativa del proyecto de aguas lluvias.
- Proyecto de Pavimentación:
El proyecto de Pavimentación contempla tanto pasajes como calles los cuales serán ejecutados en asfalto sobre base estabilizada. A su vez, el Proyecto contempla veredas de hormigón, las cuales permitirán el correcto desplazamiento de los futuros habitantes a través del proyecto, conectando así, las áreas verdes y equipamientos a los distintos propietarios.
- Excavaciones
Se realizarán excavaciones a partir de las dimensiones, cotas y pendientes consideradas en el Anexo 1.2 de la DIA, Planos del Proyecto, previa instalación de los elementos de seguridad necesarios. El material obtenido a partir de las excavaciones podrá ser empleado para los rellenos.
- Rellenos
El relleno al interior de la vivienda se realizará en capas de no más de 15 cm de espesor, regándose y apisonándose convenientemente.
- Fundaciones
Se empleará hormigón H-16 con 20% de bolón desplazador en poyos de fundaciones. Los tensores se ejecutarán en fierro de 8 y 12 mm. Los sobrecimientos serán de 14x30 cm de hormigón armado de resistencia mayor o igual a H- 20 de acuerdo a plano de cálculo. Se ejecutará con su terminación a la vista.
- Radier
Se considera la construcción de un radier de hormigón sobre una cama tipo ripio compactada. Como terminación, se considera cerámica de piso.
- Muros perimetrales primer piso y losa
El sistema constructivo de muros de fachadas exteriores perimetrales en primer piso es en base a muros de albañilería armada con tensores verticales y escalerillas horizontales, pudiendo ser los muros laterales de hormigón armado de 10 cm de espesor, recubiertos en su cara interior con aislapol y volcanita. La losa será de hormigón armado de 11 cm de espesor y se apoya directamente en el muro
Obra griesa de albañilería perimetral.
-
Muro medianero Muro divisorio entre viviendas, de hormigón armado H-20. La resistencia al fuego corresponde a la clase F-60 según norma NCH 935/1. La aislación acústica cumplirá con la normativa del art. 4.1.6 N2 de la OGUC.
-
Tabiques
Para el primer y segundo piso, los tabiques interiores se harán con estructura metálica tipo volcometal de acero laminado galvanizado 38CA050 en montantes verticales y 40C050 en canales horizontales. Los tabiques húmedos se forrarán con planchas de fibrocemento e: 4 mm. Los pies derechos irán separados entre ejes a una distancia no mayor de 60 cm por plancha de 120 cm de ancho, con solera superior e inferior con dos travesaños.
- Estructura de techumbres
Se ejecutarán en estructura tipo volcometal de acero laminado galvanizado formado por las estructuras de cerchas correspondientes según plano de cálculo. Los tabiques estructurales contemplan una resistencia al fuego F-15 según NCh 935/1.
- Forro vivienda
Segundo piso estará forrado por planchas de fibrocemento de 4 mm de espesor. Las uniones de plancha estarán cubiertas por cubrejuntas de fibrocemento veta madera.
- Cubierta
Se considera cubierta de Zinc de 0,4 mm de espesor.
Terminaciones - Cielos
Para el primer piso, se considera en losa de hormigón pintura y grano. Para el segundo piso se contempla cielos de plancha de yeso cartón de 10 mm. Sobre la volcanita se colocará aislación de lana mineral de 80 mm de espesor y densidad de 14 kg/m? o plancha de aislapol de 80 mm de espesor y densidad de 14 kg/m.
-
Frontones Los frontones estarán forrados por planchas de OSB de 11 mm de espesor, recubierto por paneles siding PVC.
-
Pavimentos En primer piso se realizará radier de 7 cm afinado con piso cerámico, sobre capa apisonada de ripio de 7 cm. En segundo piso se instalará losa afinada de hormigón con alfombra o cubrepiso.
-
Escalera
Se estructura en fierro, limón único de perfil metálico cuadrado 75x75. Las gradas estarán forradas en placa terciada de 18 mm de espesor. Pasamano de madera de 11/2x3” y en segundo piso protección lateral metálica (barandas) en fierro tubular de 1mm de espesor.
- Puertas y ventanas
Las puertas serán de 45 mm de espesor, revestida en cholguán con marcos metálicos de 1mm de espesor. Las ventanas se ejecutarán en perfiles de PVC.
- Quincallería
Todas las cerraduras de puertas deberán cumplir con las normas INN NCh 345 Of.68. La puerta principal llevará cerradura de parche.
- Vidrios
Se utilizarán vidrios simples transparentes colocados con silicona.
- Gradas de acceso
Se terminarán afinadas a cemento y como parte integrante del sobrecimiento.
- Pinturas
Se ocupará antióxido en marcos de puertas. En albañilería exterior se aplica un tratamiento hidrorrepelente con silicona y color. Todas las maderas a la vista llevarán dos manos de aceite linol 35 previo teñido a color.
- Artefactos
Se instalarán artefactos tales como wc con taza y estanque, lavatorio, tina.
Instalaciones
- Alcantarillado
En primer y segundo piso, se instalará la evacuación de aguas servidas para todos los artefactos de baños, cocina y artefacto de lavadero en patio. Se considera una red de aguas servidas a colector público frente a cada vivienda a través de tuberías de pvc, a cámara domiciliaria en antejardín según normativa vigente.
- Agua potable
Se considera red de agua potable en cocina, baños de primer y segundo piso, mediante red en PVC y/o polipropileno para toda la red de agua fría. La cocina y baños, llevará cañería de cobre o polipropileno en red de agua caliente.
- Gas
Se instalará red de gas licuado en cañería de cobre para futura cocina y calefont de 11 Its o similar, instalado y certificación SEC para todas las instalaciones y artefactos.
- Sistema eléctrico
El sistema eléctrico contempla una red embutida con tubo rígido de PVC de 15 y 20 mm.
Calles y pasajes del Proyecto
Se realizará la habilitación y pavimentación de las calles y pasajes internos del Proyecto.
4.3.1.2 ACCIONES
Nombre
Descripción
Instalación bodega transitoria, faenas, cerco perimetral y caminos de acceso
La primera actividad que se realiza para la construcción del Proyecto es la instalación de una bodega transitoria, para acopiar temporalmente los materiales e insumos necesarios para la instalación de faenas. Luego de esto, se continúa con las obras necesarias para la instalación de faenas, que contará con zonas de almacenamiento de insumos, residuos e instalaciones sanitarias. Junto a estas actividades, se construirá el cerco perimetral de las obras de la fase de construcción, con el fin de resguardar las áreas del Proyecto.
Topografía, escarpe y excavaciones
Esta actividad, consiste en la ejecución de escarpe para el retiro de restos vegetales, además de las respectivas excavaciones previas a la construcción de las diferentes instalaciones. Todo movimiento de tierra será utilizado como material de relleno de patios o áreas verdes.
Lavado de Neumáticos de camiones
El camión pasará por este sector una vez terminado el recorrido por el camino no pavimentado.
En este sistema se lavará un camión a la vez y los residuos generados serán retirados por una empresa autorizada. Se mantendrá un registro del retiro y de la disposición final de ellos por empresas autorizadas para retiro y disposición final.
Realización de la
Posterior a la instalación de faenas, se realizan las fundaciones, albañilería, hormigón armado,
obra gruesa tabiques y las estructuras de techumbres. Construcción de Se construirán las instalaciones que requieran las viviendas del conjunto habitacional, como Instalaciones alcantarillado, agua potable, electricidad e instalaciones de gas.
Realización de las terminaciones de las viviendas
Se realizan las terminaciones correspondientes a cielos, frontones, pavimentos, escaleras, puertas y ventanas, quincallería, vidrios, gradas de acceso, pinturas, artefactos.
Construcción de las obras exteriores
Se realizarán los cierros, numeración de viviendas y aseo.
o 0 Cuando se termine con la instalación de todas las obras permanentes del Proyecto, se procederá a provisorias retirar las obras de la instalación de faenas y todas aquellas obras e instalaciones que sean temporales. 4.3.2 SUMINISTROS BÁSICOS Nombre Descripción Energía Se conectará a la red existente. Se dispondrá de un total de 150 litros por persona de agua potable en la instalación de faenas, cumpliendo así lo exigido en el D.S. N” 594/99, del MINSAL. Esta agua será adquirida a través de una empresa sanitaria que cuente con la autorización de la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana, hasta contar con la conexión definitiva al empalme de agua potable. El consumo de los trabajadores para el total del Proyecto será de aproximadamente 10.000 m? de uso doméstico. Para el riego de canchas y otros usos industriales, se utilizará un total de 4.665 m de agua Agua durante la totalidad de la construcción del Proyecto, Sumando ambos usos da un total de 14.665 m
de agua potable durante un período de construcción de 3 años y 3 meses. Esto entrega una dotación de aproximadamente 4.888 m' al año, 376 m mensuales y 12,5 m' día. En el Anexo 1.2 de la DIA se presenta el certificado de factibilidad de dotación de agua potable y alcantarillado para el terreno en cuestión en donde queda establecido el uso de un consumo medio diario de 29 m?. Esto entrega una cantidad de 870 m? mensuales, 10.440 m? anuales y 31.320 m durante los 3 años y meses de construcción del Proyecto.
Servicios higiénicos
Se habilitarán instalaciones sanitarias destinadas al uso del personal, las cuales serán instaladas dando cumplimiento a lo indicado en el Decreto Supremo N* 594/01 del MINSAL y sus modificaciones, y serán operados por una empresa autorizada, la cual contará con las autorizaciones pertinentes. La disposición de los lodos generados, se realizará en un lugar autorizado.
El montaje de construcción de estas instalaciones se hará de acuerdo con el Reglamento de Instalaciones Domiciliarias de Agua Potable y Alcantarillado (RIDAA).
En el caso que existiesen frentes de trabajos que se ubiquen a más de 75 m de distancia de los servicios sanitarios instalados, se contará con baños químicos. El retiro de los lodos estará a cargo de una empresa externa autorizada por la autoridad sanitaria de la Región Metropolitana y se realizará cada 6 meses.
Se dispondrá de un comedor para la fase de construcción. En este comedor no se prepararán alimentos.
Alimentación La instalación cumplirá con los requisitos establecidos para esta materia en el D.S. N” 594/99 del Ministerio de Salud.
Alojamiento El personal de trabajo en esta fase, se trasladará desde localidades cercanas a la comuna de Padre Hurtado, por lo que no se instalarán módulos habitacionales en las instalaciones del Proyecto.
Transporte El personal de trabajo se trasladará, por medios particulares, desde localidades cercanas a la comuna
de Padre Hurtado.
4.3.3 RECURSOS NATURALES RENOVABLES
El Proyecto no contempla la extracción o explotación de recursos naturales renovables durante la fase de construcción.
4.3.4 EMISIONES Y EFLUENTES
4.3.4.1 EMISIONES A LA ATMÓSFERA
Nombre Descripción Las emisiones en la fase de construcción del Proyecto se encuentran relacionadas principalmente al movimiento de tierra, excavaciones, tránsito de camiones y de maquinaria, las cuales generan material particulado (MP), MP0, MP2 y gases de combustión: CO, NOx, HC, SO2, NH3, CH4 y COV. En consideración a que las fases de construcción y operación se realizarán de forma paralela, se sumaron las emisiones de ambas fases, tal como se presenta a continuación: Tabla 4.3.4.11: Emisiones atmosféricas del Proyecto Etapa Año Emisiones (ton/año) MP10 | MP2,5| HC |CO- | NOx | SO2 | NB3 Emisiones Aconcagua II: Construcción atmosféricas Etapa 1 1 1,93 0,75 | 3,50 | 37,92 | 4,31 | 0,00 | 0,07 Aconcagua I: Operación Aconcagua II: Construcción o e 1,85 | 0,67 | 4/05 | 45,98 | 3,38 | 0,00 | 0,08 Etapa 1 Aconcagua I: Operación Aconcagua II: Construcción ps AS 1,84 | 0,64 |4,76 | 53,42 | 4,17 | 0,00 | 0,10 Etapa 1 Aconcagua l: Operación
Aconcagua II: Construcción
Etapas 2 y 3; Operación
Etapas 1,2 y 3 4 157 0,39 |7,01 | 83,13 | 2,51 | 0,00 | 0,15 Aconcagua I: Operación
Aconcagua Il: Operación
Etapas 1, 2 y 3 5en 1,85 0,45 | 8,26 | 98,10 | 2,89 | 0,00 | 0,18
adelante Aconcagua I: Operación
Fuente: Tabla 40 del Anexo 2.3 de la Adenda Complementaria
Las emisiones generadas por el Proyecto no superarán los límites descritos en el D.S. N* 31/2016 del MMA (PPDA R.M).
4.3.4.2 EMISIONES LÍQUIDAS O EFLUENTES
Nombre
Descripción
Aguas Servidas
Se generarán aguas servidas producto del uso de baños, duchas y lavamanos para un máximo de 120 personas, lo que considerando una dotación de 150 l/persona/día, generará un efluente 18 m? /día máximo, el cual será conducido hasta una red pública de alcantarillado.
En caso que existiesen frentes de trabajos que se ubiquen a más de 75 metros de distancia de los servicios sanitarios instalados, se contará con baños químicos. Estos serán retirados por una empresa autorizada y su contenido será dispuesto según la legislación vigente.
Aguas residuales
En la fase de construcción, se generarán aguas residuales producto del lavado de neumáticos de camiones. Esto se realiza en un sector que cuenta con las condiciones para este tipo de actividad. La cantidad de agua a generar por esta actividad es de 0,3 m3 /día. Y se dispondrán en lugar autorizado.
4.3.4.3 EMISIONES DE RUIDO
Nombre Descripción Para la fase de construcción, las principales fuentes de ruido corresponden a las maquinarias utilizadas en la excavación y obra gruesa. A continuación, se presenta la evaluación normativa para cada punto receptor del Proyecto con la implementación de las medidas de control sonoras: Tabla 4.3.4.3.1: Evaluación normativa sobre receptores, con medidas de control — Etapa 1. Punto | NPS (dBA) | Límite normativo (dBA) | Exceso de nivel (1BA) RI 44 60 0 R2 56 60 0 R3 57 60 0 R4 59 60 0 RS 60 60 0 R6 59 60 0 R7 $2 59 0 Fuente: Tabla 6-7 del Anexo 2.4 de la Adenda ud Tabla 4.3: Evaluación normativa sobre receptores, con medidas de control — Etapas 2 y 3.
Punto | NPS (dBA) | Límite normativo (dB A) | Exceso de nivel (dBA)
RI 40 60 0 R2 39 60 0 R3 58 60 0 R4 Sd, 60 0 RS 39 60 0 R6 60 60 0 R7 46 59 0 Rint 59 60 0
Fuente: Tabla 6-8 del Anexo 2.4 de la Adenda
Como medida de control de ruido, se implementarán barreras acústicas cuyo material deberá cumplir con condiciones de densidad superficial de, al menos, 10 kg/m? (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm de espesor o material equivalente) y las junturas de los paneles que conformen la barrera deberán ser herméticas tanto entre ellas como la unión con el piso, de modo que no se generen fugas y se pierda efectividad.
Como medidas de gestión, se implementarán las siguientes acciones:
-
Realizar las faenas de construcción exclusivamente en el periodo diurno.
-
Minimización del ruido del uso de alarmas de retroceso.
-
Mantención regular de los equipos.
-
— Correcta utilización de los equipos que tengan por defecto sistemas de control de ruido, como por ejemplo no abrir compuertas de compresores o cualquier otra maquinaria que tenga cabina de insonorización.
-
Limitar el número y duración del equipo que está ocioso en el sitio; especialmente el generado por el motor de los camiones tolva y betoneros durante el período de espera; y el uso de herramientas manuales movidas por aire comprimido.
-
Configurar la faena de construcción de una manera que mantenga el equipamiento y las actividades ruidosas tan lejos como sea posible de los receptores colindantes.
Mantener las puertas de los portones cerradas luego del ingreso de los camiones al recinto.
4.3.4.4. Vibraciones
Vibraciones
Los niveles de velocidad de vibración se evalúan según el criterio establecido en la FTA, la cual establece que para receptores en Categoría 3 un límite de 0,2 pulgadas/s como velocidad máxima de partículas para daño estructural para construcciones livianas de madera y edificios de mampostería, por lo que, si bien no representa a cabalidad a los receptores, será considerado como un límite restrictivo.
En las siguientes tablas se evalúan los PPV estimados para la fase de construcción del Proyecto: Tabla 4.4: Evaluación de velocidades de vibración — Etapa 1. Punto | PPV proyectado (pulgadas/s) | Límite ETA (pulgadas/s) | ¿Cumple?
R1 0,00118 0,2 Sí R2 0,01486 0,2 Sí R3 0,01767 0,2 Sí R4 0,08648 0,2 Sí RS 0,10434 0,2 Sí R6 0,11572 0,2 Sí R7 0,00075 0,2 Sí
Fuente: Tabla 6-5 del Anexo 2.4 de la Adenda
Tabla 4.5: Evaluación de velocidades de vibración — Etapas 2 y 3.
Punto | PPV proyectado (pulgadas/s) | Límite ETA (pulgadas/s) | ¿Cumple?
RI 0,00505 02 Sí R2 0,11572 02 Sí R3 0,09471 02 Sí R4 0,04572 02 Sí R5 0,00344 0,2 Sí R6 0,09471 02 Sí R7 0,00235 0,2 Sí Rint 0,10434 0,2 Sí
Fuente: Tabla 6-6 del Anexo 2.4 de la Adenda
Los niveles de vibración estimados para todas las faenas de construcción del Proyecto cumplen con los límites máximos para daño estructural.
4.3.5 RESIDUOS Y SUSTANCIAS PELIGROSAS
4.3.5.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS
Nombre
Descripción
Residuos sólidos asimilables a domiciliarios
Los residuos asimilables a domésticos serán originados principalmente por el consumo de alimentos, restos de envoltorios de papel, plástico, cartón y otros insumos inertes de oficinas que serán almacenados temporalmente en contenedores herméticamente cerrados. Se considera la generación de 1 kg/día/persona de residuos asimilables a domiciliarios. Para una mano de obra máxima de 120 personas, se estima una generación de 2,4 toneladas de residuos domésticos mensuales. Para estos residuos, se considera una zona de acopio transitorio en la instalación de faena, que entre sus principales características se cuentan las siguientes: - Contará con puertas perfectamente ajustadas, con ventilación, protegida con malla metálica, iluminación adecuada, piso liso e impermeable con desagúe al exterior. - Contará con extintor contra incendios (polvo seco ABC), llave de agua y elementos de aseo necesarios.
En el interior del recinto se ubicarán contenedores de material sólido con tapa, cuyo contenido será retirado por una empresa que cuente con autorización sanitaria, cada 3 días y trasladado a un relleno sanitario cercano aprobado por la autoridad sanitaria.
Se generarán 18,7 m*/mes de residuos de construcción y montaje, principalmente restos de hormigón, embalajes, cartones y metales.
Los residuos serán clasificados de acuerdo a su naturaleza y dispuestos en forma temporal en un sitio especialmente habilitado para este tipo de residuo, en el sector de instalación de faenas.
Los residuos tales como escombros, maderas, cerámicas, gomas y textiles se dispondrán en botaderos autorizados de la Región Metropolitana. Los restos de chatarra y metales se podrán reciclar a través de empresas autorizadas.
El retiro de estos residuos se realizará 1 vez al mes. En cuanto al recinto de acopio para los residuos sólidos industriales, se dispondrá de un contenedor metálico tipo Regemac de 10 m? de capacidad.
Residuos sólidos industriales
4.3.5.2 RESIDUOS PELIGROSOS
Nombre [ Descripción
Los residuos de este tipo a generar tendrán su origen en los distintos insumos empleados en las labores de construcción y mantenimiento de la maquinaria en la zona del Proyecto. En esta fase se generarán 0,25 m*/mes de residuos peligrosos. Los residuos peligrosos serán mantenidos temporalmente en contenedores con tapa debidamente rotulados. Se dará cumplimiento en todo momento al D.S. N” 148/03 del MINSAL en cuanto a su disposición transitoria, transporte y disposición. Se habilitará una bodega de residuos peligrosos, la cual tendrá las siguientes características: - Contará con una base continua, impermeable y resistente. - Tendrá un cierre perimetral de a lo menos 1,80 m de altura que impida el libre acceso de personas y animales. - Estará techada y protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar. - Tendrá una capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. - Contará con señalética de acuerdo a la NCh 2190 Of 2003. - Tendrá además acceso restringido y contará con medidas de seguridad y equipamiento contra incendios. Cada bodega contará con 1 extintor (para los elementos combustibles clase B se usarán los extintores adecuados). Se dará cumplimiento a la declaración de residuos peligrosos, SINADER y la Res. 5081/1993 del MINSAL, que establece que la evacuación de todo desecho sólido debe ser declarada desde su generación, transporte y disposición final, acompañando en cada una de estas etapas el documento de declaración respectivo.
4.3.5.3 PROPUDCTOS QUÍMICOS Y OTRAS SUSTANCIAS QUE PUEDEN AFECTAR EL MEDIO AMBIENTE
Nombre Descripción
En la siguiente tabla se estima la cantidad de sustancias peligrosas durante la fase de construcción, valores referenciales respecto a proyectos anteriores de similares características y su clasificación:
Tabla 4.3.5.3.1: Sustancias peligrosas en fase de construcción
Sustancia Cantidad estimada (L) Pinturas óleo 1572 Aguarrás mineral (solvente) 126 Sustancias DArtces a 159 peligrosas Adhesivo cerámico (pegamento) 47 Adhesivo molduras (pegamento) 47 Resinas epóxicas 47 Total 2.028 Fuente: Tabla 1-17 de la DIA El almacenamiento de dichas sustancias se ajustará a las directrices del D.S. N* 43/2016 del MINSAL, Reglamento de Sustancias Peligrosas. Además, la empresa que preste el servicio de transporte deberá cumplir con las disposiciones generales del D.S. N” 298 del año 1995 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Referencia al ICE ara mayores a detalles De esta Eapialo TY deLICE. fase.
4.4. FASE DE OPERACIÓN.
4.4.1 PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO.
4.4.1.1 ACCIONES.
Nombre Descripción
Ocupación de las | Se dará inicio a esta fase al momento en que la primera vivienda del conjunto habitacional sea viviendas por parte | entregada a sus propietarios.
de los propietarios Cabe señalar que la fase de operación es simultánea con la construcción. Una vez recibida la etapa 1, esta comenzará a operar. Posteriormente se construirá la etapa 2 y 3 con las etapas anteriores en operación. En la fase de operación se estima una cantidad de habitantes aproximada de 1.776, considerando como promedio 4 personas por vivienda.
4.4.2 SUMINISTROS BÁSICOS
Nombre Descripción Energía La energía eléctrica requerida será obtenida de la conexión a la red pública. Agua otable : . E Jail de YE agua requerida será obtenida de la conexión a la red pública.
Para la descarga de las aguas servidas del conjunto habitacional, se cuenta con una descarga a alcantarillado público.
Las empresas sanitarias de los proyectos de agua potable y alcantarillado son la Empresa de Servicios Sanitarios San Isidro (ESSSI) y Aguas Andinas S.A. En los Anexos 1.5 y 6.2 de la Adenda se presentan los certificados de factibilidad de dotación de estos servicios.
Transporte
El transporte de las personas se realizará en locomoción pública o en automóviles particulares.
4.4.3 PRODUCTOS GENERADOS
El Proyecto no contempla la elaboración de productos por lo que no corresponde llevar una cuantificación y forma de manejo
de los mismos.
4.4.4 RECURSOS NATURALES RENOVABLES
El Proyecto no contempla en su fase de operación la extracción ni explotación de recursos renovables.
4.4.5 EMISIONES Y EFLUENTES
4.4.5.1 EMISIONES ATMOSFÉRICAS
Emisiones atmosféricas
Las emisiones en la fase de operación del Proyecto se encuentran relacionadas principalmente al tránsito vehicular.
En consideración a que las fases de construcción y operación se realizarán de forma paralela, se sumaron las emisiones de ambas fases, tal como se presenta a continuación:
Tabla 4.1: Emisiones atmosféricas del Proyecto
Año Emisiones (ton/año)
HC |CO_ |NOx
Etapa
MP10 | MP2,5 SO2
Aconcagua II: Construcción
Etapa 1 1 0,75 | 3,50 | 37,92 | 4,31 | 0,00 | 0,07
1,93 Aconcagua l: Operación
Aconcagua II: Construcción Etapas 1, 2 y 3; Operación
Etapa 1 2 a
0,67 | 4,05 | 45,98 | 3,38 | 0,00 | 0,08
Aconcagua I: Operación
Aconcagua II: Construcción Etapas 2 y 3; Operación
Etapa 1 3 pei
0,64 | 4,76 | 53,42 | 4,17 | 0,00 | 0,10
Aconcagua l: Operación
Aconcagua II: Construcción Etapas 2 y 3; Operación
Etapas 1, 2 y 3 4 57
0,39 |7,01 | 83,13 | 2,51 | 0,00 | 0,15
Aconcagua l: Operación
Aconcagua II: Operación
Etapas 1, 2 y 3 5 en
adelante
1,85 0,45 | 8,26 | 98,10 | 2,89 | 0,00 | 0,18
Aconcagua l: Operación Fuente: Tabla 40 del Anexo 2.3 de la Adenda Complementaria
Las emisiones generadas por el Proyecto no superarán los límites normativos descritos en el D.S. N*
31/2016 del MMA (PPDA R.M).
4.4.5.2 EMISIONES LÍQUIDAS O EFLUENTES
Nombre
Descripción
Aguas servidas
En esta fase solo se generan este tipo de aguas debido al uso de las viviendas y la descarga de las aguas servidas se realizará a la red pública de alcantarillado.
Aguas residuales
En esta fase no se contempla la generación de este tipo de aguas.
4.4.5.3 EMISIONES DE RUIDO
Nombre
Descripción
Ruido
Durante la fase de operación del Proyecto no se considera ningún equipo relevante que genere ruido.
4.4.6 RESIDUOS Y SUSTANCIAS PELIGROSAS
4.4.6.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS
Nombre
Descripción
Residuos sólidos asimilables a domiciliarios
Estos residuos serán generados por el uso de las viviendas. El cálculo de estos residuos se realiza considerando 1 kg/persona/día. Si consideramos un total de 1.778 habitantes, los residuos domiciliarios serán aproximadamente 53 ton/mes. Estos serán almacenados en contenedores rotulados y cerrados herméticamente hasta su retiro, el que se realizará cada tres días por la recolección municipal.
4.4.6.2 RESIDUOS PELIGROSOS
En esta fase no se generarán este tipo de residuos.
Referencia al ICE para mayores
Capítulo IV del ICE.
10
detalles sobre esta fase.
4.5. FASE DE CIERRE. No contempla
4.6. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO O ACTIVIDAD.
4.6.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN.
Fecha estimada de inicio 15/12/2017
Parte, obra o acción que | Habilitación instalación de faenas, cerco perimetral y camino de acceso establece el inicio Fecha estimada de término 30/01/2021
Parte, obra o acción que | Fin construcción de viviendas etapa III establece el término
4.6.2. FASE DE OPERACIÓN. Fecha estimada de inicio 01/06/2019
Parte, obra o acción que | Entrega de viviendas etapa I establece el inicio Fecha estimada de término Debido a que el Proyecto tiene una vida útil indefinida, no se contempla el término de la fase.
Parte, obra o acción que | Debido a que el Proyecto tiene una vida útil indefinida, no se contempla el término de la establece el término fase.
4.6.3. FASE DE CIERRE
No contempla
4.7 MANO DE OBRA Fases Número máximo de personas Construcción 120 Operación 3 Total 125
- Que durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300:
Tabla 5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS.
Aire: Aumento de concentraciones de material particulado.
Impacto ambiental no significativo. Ruido: Aumento en los niveles de presión sonora por emisiones de ruido.
Parte, obra o acción que lo genera. Todas las acciones de la fase.
Fase en que se presenta. Construcción.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto | Puntos 5.1 del ICE.
específico.
Emisiones atmosféricas:
Se considera que el proyecto genere emisiones de material particulado y gases durante la fase de construcción, las que son de
carácter temporal, no peligrosas y de efecto local limitado. Las fuentes de emisión durante la fase de construcción son
principalmente fugitivas y se aplicarán las siguientes medidas de control:
-
Respecto del polvo fugitivo generado por la construcción, se cumplirá con lo establecido en la OGUC (Art. 5.8.3), disponiendo la instalación de cierres de telas u otros elementos para evitar la dispersión de polvo, el riego de materiales o pilas de almacenamiento que puedan desprender polvo, el aseo de las vías de acceso, utilización de contenedores cerrados que eviten la dispersión de polvo al momento de retirar los escombros.
-
Adicionalmente, se cumplirá con las medidas descritas en el acápite 3.5, Medidas de Control, del Anexo 2.3 Actualización Estimación de Emisiones, de la Adenda complementaria.
-
El Proyecto cumplirá con los límites establecidos en el D.S. N” 31/2016, del MMA, PPDA de la Región Metropolitana.
Ruido:
Respecto a las emisiones de Ruido, en base a mediciones realizadas en terreno y a las medidas de control, las actividades
inherentes a la fase de construcción del Proyecto no superarán el Nivel de inmisión de ruido máximo permitido por el D.S.
N* 38/11 del MMA para horario diurno, al implementar las medidas de control y gestión indicadas. Durante la operación las
fuentes de ruido estarán constituidas por las actividades típicas de un conjunto inmobiliario.
Residuos:
Tanto las emisiones como efluentes que se generarán durante la construcción del Proyecto corresponden a las típicas de una construcción de viviendas.
Las aguas servidas producto del uso de baños, duchas y lavamanos, serán conducidas hasta una red pública de alcantarillado. Los certificados de factibilidad se presentan en los Anexos 1.5 y 6.2 de la Adenda.
El lavado de neumático de camiones se realiza en un sector que cuenta con las condiciones para este tipo de actividad. La cantidad de agua a generar por esta actividad es de 0,3 m3 /día. La zona donde se desarrollará la actividad de lavado, será en
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suelo compactado de ripio u hormigón, que contará con canaletas laterales que permitirán dirigir los residuos del lavado hacia un colector. Este sistema tendrá capacidad para lavar un camión a la vez y los residuos generados por esta actividad, serán retirados por una empresa autorizada y se contempla mantener un registro del retiro y disposición final de ellos en sitios autorizados.
De igual forma, para la fase de construcción los residuos sólidos asimilables a domiciliarios serán almacenados temporalmente en contenedores herméticamente cerrados; los residuos sólidos industriales serán clasificados de acuerdo a su naturaleza y dispuestos en forma temporal en un sitio especialmente habilitado para este tipo de residuo, en el sector de instalación de faenas; los residuos peligrosos serán mantenidos temporalmente en contenedores con tapa debidamente rotulados en una bodega habilitada para residuos peligrosos.
Para la fase de operación, solo se contempla la generación de residuos sólidos asimilables a domiciliarios, los que serán almacenados temporalmente en contenedores cerrados hasta su retiro.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto | Punto 6.1 del ICE específico.
El Proyecto no genera ni presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que este genera o produce.
Tabla 5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE.
Suelo:
Por las características edáficas que presenta el área de emplazamiento del Proyecto, se trata de una superficie que presenta una Capacidad de Uso caracterizada por reunir suelos con aptitudes adecuadas para el cultivo, se puede describir como clase de capacidad de uso I a II (http://ide2.minagri.gob.cl/publico2/). Sin embargo, este suelo está inmerso dentro de una zona con un fuerte desarrollo inmobiliario, lo que ha provocado cambios en sus características productivas.
El suelo no muestra indicios de estructura definida, es más bien una agrupación de materiales inconexos, estratificados y con nula actividad biológica.
De acuerdo a lo anterior, es posible establecer que, por las características del suelo, no habrá pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad
Emisiones:
Las principales emisiones del Proyecto, se generan al interior de su área de influencia, de forma temporal, donde operarán las principales fuentes, asociadas al movimiento de tierra y al tránsito de vehículos en caminos no pavimentados, en etapa de construcción y asociadas al tránsito de vehículos privados, en la fase de operación.
Los residuos líquidos domiciliarios serán evacuados al alcantarillado, mientras que los industriales serán acumulados y retirados por una empresa autorizada y se contempla mantener un registro del retiro y disposición final de ellos en sitios autorizados.
Los residuos sólidos asimilables a domiciliarios serán almacenados temporalmente en contenedores herméticamente cerrados; los residuos sólidos industriales serán clasificados de acuerdo a su naturaleza y dispuestos en forma temporal en un sitio especialmente habilitado para este tipo de residuo, en el sector de instalación de faenas; los residuos peligrosos serán mantenidos temporalmente en contenedores con tapa debidamente rotulados en una bodega habilitada para residuos peligrosos.
Aguas:
El Proyecto no contempla la extracción y/o utilización de este recurso para su materialización ni operación. Cabe destacar que, de acuerdo con el Informe de Mecánica de Suelo (Anexo 2.1 de la DIA), en donde se realizaron 12 calicatas de entre 2 y 3 metros de profundidad, no se detectó la napa freática en ninguna de ellas. En consideración a lo anterior, y a que el Proyecto no contempla excavaciones superiores a los 2 metros, se concluye que no se alterará de manera alguna las aguas subterráneas
Especies en estado de conservación:
Para el componente Flora y Vegetación, se establece que la propiedad en donde se proyecta el Proyecto, corresponde a un predio que en el pasado fue agrícola y que ha tenido distintos usos. En la actualidad se encuentra intervenido por diversas obras, lo cual se han compactado muchas zonas y solo emerge de manera natural la pradera anual de especies herbáceas anuales alóctona, típica de estas áreas agrícolas abandonadas.
En el caso del componente fauna, en el área del Proyecto, no se presentan singularidades de fauna silvestre. El único grupo detectado, fue el de las Aves, con riqueza de especies y densidades muy normales para sectores de transición, como áreas rurales-urbanas, con 5 especies de aves. Ninguna de ellas en situación de conservación de acuerdo a los documentos legales para Clasificación de Especies, del Ministerio de Medio Ambiente de Chile.
De acuerdo a lo anterior, el Proyecto no genera efecto significativo sobre la diversidad biológica del área a intervenir, el Proyecto se encuentra al interior de la comuna de Padre Hurtado en un terreno intervenido por la acción del hombre (tanto el terreno como su entorno), con lo cual es posible concluir que el área no representa ninguna singularidad desde el punto de vista biótico al no identificarse especie alguna en categoría de conservación.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto | Punto 6.2 del ICE específico.
El Proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.
Tabla 5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS, O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS.
Letra a) del artículo 6 del RSEIA:
La información primaria y secundaria obtenida de la situación base, presentada en el Anexo 4.1 de la Adenda complementaria, no registró población humana residente en el Área de Influencia, cuya calidad de vida se viera afectada por obstrucción o intervención que restrinja el uso y acceso a recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural.
El área de influencia presenta un uso residencial urbano y de equipamiento, por lo que no presenta uso por parte de la población local para actividades productivas basadas en recursos naturales.
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De esta manera se descartan impactos significativos respecto a la intervención, uso o restricción a recursos naturales que
sustenten actividades económicas de los grupos y/o cualquier otro uso tradicional
Letra b) del artículo 6 del RSEIA:
Según datos de la Encuesta Origen-Destino (EOD) de Viajes (2012), encargada por SECTRA, se indica que, del total de
habitantes de la comuna de Padre Hurtado, un 42,3% se desplazan mediante transporte público, un 9% por transporte privado,
un 40,1% por medios no motorizados, resto 8,1%.
En cuanto a la movilización, según fuentes primarias, presentadas en Anexo 4.1 de la Adenda complementaria, las personas
que viven en Padre Hurtado utilizan tanto locomoción colectiva como vehículos particulares de forma proporcional, y para
desplazarse al interior de la comuna, es habitual el uso de bicicletas. En cuanto a las horas “peak” de tránsito, estas ocurren
entre las 7:30 y 9:00 horas, en la mañana, y entre las 17:00 y las 20:00 horas, en la tarde.
Respecto a la locomoción colectiva, la comuna cuenta con una amplia oferta, la cual dispone de movilización para desplazarse
tanto dentro de la comuna como con otras comunas dentro de la provincia de Talagante, así como con otras provincias, como
Santiago y Maipo.
Para movilizarse dentro de la comuna, la locomoción de lunes a viernes tiene buena frecuencia, sin embargo, los fines de
semana la frecuencia disminuye. A veces hay presencia de colectivos que vienen de Maipú, pero no son habituales. En general,
la locomoción conecta con los principales servicios.
En cuanto al Proyecto directamente, según lo observado en terreno, existe locomoción tanto en calle Río Aconcagua como
calle Los Silos, así como también en calle San Ignacio, a la cual acceden los habitantes de Villa Los Jazmines, ya que no
cuentan con locomoción que ingrese a la población. En calle Los Silos se encuentra un terminal de microbuses (BUPESA), a
0,5 kms del acceso Río Aconcagua. En cuanto a la calle San Ignacio, la distancia mínima hasta esta es de aproximadamente
0,4 kms desde el acceso norte al Proyecto, mientras que desde el acceso de la futura calle Segunda Trasnversal, sería
aproximadamente la misma distancia, de 0,4 kms, y desde el acceso poniente, hay aproximadamente 0,25 kms hasta calle San
Ignacio.
También se debe considerar que durante la construcción se contará con todas las medidas de seguridad vial necesarias para
peatones como para vehículos que circulen por las vías colindantes, además de implementar medidas que permitan la libre
circulación de los peatones y residentes del sector, tales como:
-
Señalizaciones de tránsito reglamentarias e informativa, señales de advertencia de peligro de las obras, las que se mantendrán día y noche.
-
Bandereros durante la operación de vehículos de carga.
-
Barreras, mallas de protección, restricción de estacionamiento de camiones en la vía pública, y dispositivos de seguridad para proteger a los peatones durante todo el período que duren las obras.
Por tanto, y según los antecedentes presentados, no se estima la generación de impactos significativos en la conectividad y
los tiempos de viaje de los grupos humanos del área de influencia del Proyecto, considerando la amplia oferta de medios de
transporte y vías aptas para el desplazamiento de la población. Además, la conectividad y el desplazamiento no se verá
interrumpido por el tránsito de los vehículos asociados al Proyecto ya que estos serán de forma puntual acotados a la fase de
construcción. Para mayores antecedentes, ver respuesta N* 25 de la Adenda complementaria.
Letra c) del artículo 6 del RSEIA:
De acuerdo a lo presentado en el Anexo 4.1 de la Adenda complementaria, Actualización de la Línea de Base de Medio
Humano, existe buena disponibilidad de servicios tanto sociales como comerciales, cercanos al área de influencia.
El mismo documento, señala que el área de influencia se caracteriza por poseer acceso a vías estructurantes y medios de
transporte público que permiten a la población acceder a una la oferta de equipamiento existente, servicios y comercio, tanto
dentro del área de influencia como en el resto de la comuna.
Por otro lado, la disponibilidad de equipamiento educacional, en el área de influencia alberga una buena oferta de
establecimientos educacionales, y suficiente para la nueva población que llegaría con el Proyecto, los cuales consideraron una
cantidad de 688 niños en edad escolar, que se distribuirán entre los 21 establecimientos en la comuna y 14 en las cercanías
del Proyecto.
Por lo tanto, respecto del acceso a los servicios básicos y en base a los análisis realizados se puede concluir que no alterará el
acceso a los servicios básicos por parte de la población local.
Letra d) del artículo 6 del RSEIA:
La Actualización de la Línea de Base de Medio Humano, presentada en el Anexo 4.1 de la Adenda Complementaria, indica
que, en el caso de los aspectos socioculturales y sitios de significación cultural o festividades, el Proyecto no implica una
alteración al normal desarrollo de este tipo de actividades. A nivel comunal, destacan la fiesta de Cuasimodo, el We Tripantu
mapuche y otras actividades que se realizan en septiembre por Fiestas Patrias y en verano, por parte del municipio. Sin
embargo, aledaño al Proyecto no se desarrollan actividades de este tipo.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto | Puntos 6.3 del ICE específico.
El Proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
Tabla 5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR.
De acuerdo a lo señalado en la Actualización de la Línea de Base de Medio Humano, presentada en el Anexo 4.1 de la Adenda Complementaria, el Proyecto no se localiza en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares según lo indicado en http://sig.sea.gob.cl/analisisTerritorialExterno/ .
Por otra parte, el proyecto no se localiza en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares según lo indicado en http://sig.sea.gob.cl/analisisTerritorialExterno/.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto | Punto 6.4 del ICE. específico.
El Proyecto no afectará poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares; tampoco afectará el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.
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Tabla 5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA
El Proyecto se emplaza en un sector muy intervenido y antropizado. Alrededor del Proyecto se emplazan otros conjuntos habitacionales. Por tanto, el Proyecto no obstruirá la visibilidad de zonas con valor paisajístico y turístico ni alterará atributos de zonas con valor paisajístico y turístico.
El Proyecto no se inserta en una zona con valor paisajístico, ya que se percibe visualmente que no posee atributos naturales que le otorguen una calidad que la haga única y representativa, por lo que no alterará atributos de zonas con valor paisajístico y turístico.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto | Punto 6.5 del ICE.
específico. El Proyecto no generará alteración significativa en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona.
Tabla 5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL.
De acuerdo a los antecedentes aportados por el informe de inspección visual arqueológica (Anexo 2.2 de la DIA), el Proyecto no removerá, destruirá, excavará, trasladará, deteriorará, intervendrá o modificará en forma permanente ningún Monumento Nacional definido por la Ley N*17.288.
De acuerdo a los antecedentes presentados en la DIA, el Proyecto no modificará o deteriorará en forma permanente construcciones, lugares o sitios que, por sus características constructivas, por su antigúiedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena.
De acuerdo a lo señalado en la Actualización de la Línea de Base de Medio Humano, presentada en el Anexo 4.1 de la Adenda Complementaria, en el área de influencia del Proyecto no se llevan a cabo manifestaciones folclóricas, menos aún, que sean desarrolladas por algún grupo humano protegido.
Por lo tanto, el Proyecto no afectará lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acción. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto | Punto 6.6 del ICE.
específico. El Proyecto no generará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.
6”. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales y pronunciamiento, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS.
6.1.1 Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA.
Fase del Proyecto a la cual | Construcción
corresponde
Parte, obra o acción a la que | Se contempla la instalación de obras de almacenamiento de residuos para la construcción
aplica del Proyecto. La principal obra es la instalación de faenas, que dentro de sus obras cuenta con áreas de almacenamiento temporal de residuos domésticos y residuos industriales no peligrosos.
Condiciones o exigencias | El requisito para su otorgamiento consiste en que las condiciones de saneamiento y específicas para su otorgamiento | seguridad eviten un riesgo a la salud de la población.
Los contenidos técnicos y formales para su otorgamiento se presentaron en el punto 5.2.3.1 de la DIA y en las respuestas 3.1 y 3.2 de la Adenda.
Pronunciamiento del órgano | ORD. N? 4896, de fecha 07 de septiembre de 2018, de la SEREMI de Salud, Región competente Metropolitana de Santiago. La autoridad sanitaria indica lo siguiente:
“Al respecto, el proyecto considera el almacenamiento de residuos no peligrosos durante la fase de construcción en un sitio específico. Al respecto, esta SEREMI de Salud indica que se han entregado los antecedentes para otorgar este Permiso, manifestándose conforme”.
6.1.2. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA
Fase del Proyecto a la cual | Construcción
corresponde Parte, obra o acción a la que | Se contempla la instalación de una bodega de almacenamiento temporal de residuos aplica peligrosos para la construcción, cuyas características estarán acorde a lo determinado en
el D.S. N* 148/03 del MINSAL.
Condiciones o exigencias El requisito para su otorgamiento consiste en que el almacenamiento de residuos no afecte específicas para su otorgamiento | la calidad de las aguas, suelo y aire que pueda poner en riesgo la salud de la población. Los contenidos técnicos y formales para su otorgamiento se presentaron en el punto 5.2.3.2 de la DIA y en las respuesta 3.3, 3.4, 3.5 y 3.6 de la Adenda.
Pronunciamiento del órgano | ORD N? 4896, de fecha 07 de septiembre de 2018, de la SEREMI de Salud, Región competente Metropolitana de Santiago. La autoridad sanitaria indica lo siguiente:
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“Al respecto, el proyecto considera una bodega para el almacenamiento de los residuos peligrosos durante la etapa de construcción. Al respecto, esta SEREMI de Salud indica que se han entregado los antecedentes para otorgar este Permiso, manifestándose conforme. Sin perjuicio de lo anterior, se hace presente lo siguiente:
2.2. 1Respecto a las Especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales, debe construirse de acuerdo a lo indicado en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción (OGUC) de acuerdo a los Residuos Almacenados.
2.2.3 Por lo anterior se le indica al titular que la materialidad de la bodega destinada a los residuos peligrosos, no se consideran adecuadas las bodegas construidas perimetralmente con malla tipo Rachel, tipo Gallinero u otras de similares características, en concordancia a lo indicado en OGUC y D.S. 148 de 2003 de MINSAL.”.
6.1.3. Permiso para efectuar modificaciones de cauce, según se establece en el artículo 156 del Reglamento del SEIA
Fase del Proyecto a la cual corresponde
Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica
Para el Canal Santa Cruz, se contempló el revestimiento de canal matriz en un tramo de 409 metros de largo, además del abovedamiento en un tramo de 213 metros de largo.
Condiciones (0) exigencias específicas para su otorgamiento
El requisito para su otorgamiento consiste en no afectar la vida o salud de los habitantes, mediante la no contaminación de las aguas.
Los contenidos técnicos y formales para su otorgamiento se presentaron los Anexos 2.1 y 1.5 de la Adenda complementaria.
Pronunciamiento del
competente
órgano
ORD. N? 2015, de fecha 24 de diciembre de 2018, de la DGA, Región Metropolitana de Santiago. La autoridad competente indica lo siguiente:
“Téngase presente, que el análisis de aplicabilidad de los Permisos Ambientales Sectoriales de competencia de la DGA es caso a caso, de acuerdo con los antecedentes declarados por el Titular durante el proceso de evaluación de impacto ambiental. Así entonces, en Respuesta 15 del Adenda Complementaria, del Titular declara: “...que un tramo del Canal Santa Cruz, especificamente en área de servidumbre por los deslindes hor oriente y sur oriente de los loteos Parque Aconcagua 1 y Parque Aconcagua ll y por Bien Nacional de Uso Público correspondiente a la Calle Rio Aconcagua, fue modificado y dicha obra fue ejecutada en relación a la construcción de un proyecto de viviendas sociales anterior denominado Parque Aconcagua 1, el cual hoy se encuentra recepcionado y entregado a sus propietarios. La solicitud de aprobación de dicha obra se encuentra en trámite en la Dirección General de Aguas. La carta de solicitud de aprobación de la obra realizada en el canal Santa Cruz se adjunta en el Anexo 1.5.”. Lo propio declara en Respuestas 16 y 17 del referido Adenda. En específico la carta del Anexo 1.5 señala de manera expresa: “La aprobación del Proyecto de canal Santa cruz en Loteo Parque Aconcagua 1 y Loteo Parque Aconcagua 11 de la comuna de Padre Hurtado,....”. Por otra parte, en ICSARA N%] se solicitó al Titular completar los antecedentes del PAS del Art. 156, que resultaba aplicable de acuerdo a lo declarado en la DIA. Por tanto, en atención a los antecedentes declarados durante el proceso, a las obras del proyecto “Parque Aconcagua II” les es aplicable el PAS del Art. 156, y la revisión sectorial asociada a los artículos 41 y 171 del Código de Aguas. En atención a que el Titular declara que el proyecto de modificación de cauces, ya ha sido ejecutado y ha sido presentado a tramitación sectorial, con fecha 05/09/2018 ante la Gobernación Provincial de Talagante, se precisa que durante la tramitación deberá presentar ante DGA RMS, todos aquellos antecedentes que solicite el Servicio, de manera sectorial”.
7*. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1. Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes.
Componente/materia:
Emisiones
Norma
D.S. N*1/2013 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción y operación
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Todas las partes, obras y acciones del Proyecto
Forma de cumplimiento
Conforme a los plazos prescritos por el Reglamento en comento, el Titular cargará los reportes asociados a las emisiones y residuos. De manera previa al inicio de la ejecución del Proyecto, se realizarán las siguientes acciones: - Designación del encargado de establecimiento a través de poder notarial; -___Acceder a la plataforma RETC con RUT de titular; y
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Cargar al sistema en formato digital el poder notarial y una fotocopia del carné de identidad del encargado del establecimiento designado en el poder
Indicador que acredita su
cumplimiento
Comprobante realización de la declaración.
Forma de control y seguimiento
Registro en obra que acredite la declaración de emisiones y residuos.
7.2. Norma que Aprueba Reglam:
ento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos
Componente/materia:
Código Sanitario
Norma
D.F.L N*725/1967, Ministerio de Salud, Código Sanitario.
Otros cuerpos legales
D.S. N* 148/2003, del MINSAL. Aprueba Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción y operación
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Todas las partes, obras y acciones del Proyecto
Forma de cumplimiento
El almacenamiento temporal de los residuos industriales no peligrosos en la fase de construcción se realizará en patios de salvataje, el cual corresponde a un área especialmente acondicionada, ubicado en las instalaciones de faena del Proyecto. Los residuos de este tipo que se generen en frentes móviles serán transportados diariamente a dichos patios de salvataje. Los residuos peligrosos generados en la fase de construcción se almacenarán temporalmente, conforme a lo establecido por el D.S. N* 148/2003, del MINSAL.
Indicador que acredita su cumplimiento
Como indicador de cumplimiento se establecerá la obtención del PAS 140 y 142, asociados al acopio de residuos; se mantendrá copia de las autorizaciones sanitarias de las empresas transportistas y de disposición final de residuos utilizadas en el Proyecto y se mantendrá registro de las facturas y/o guías de despacho de los residuos sólidos que sean despachados desde las faenas, así como del RETC y SINADER, según corresponda.
Forma de control y seguimiento
Verificación de las condiciones de los sitios de acumulación y contar con los permisos y/o autorizaciones correspondientes.
7.3. Decreto que establece condic
iones para el transporte de cargas que indica.
Componente/materia:
Emisiones atmosféricas
Norma
D.S. N* 75/87, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que establece condiciones para el transporte de cargas que indica.
Otros cuerpos legales asociados
D.S. N* 55/94 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Establece normas de emisión a vehículos motorizados pesados
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Transporte de materiales
Forma de cumplimiento
Para el cumplimiento de esta normativa, se contempla que los vehículos de transporte cumplan todas las disposiciones señaladas en el cuerpo legal, concretamente:
La circulación de camiones deberá llevarse a cabo con los vehículos cubiertos con una lona impermeable en buenas condiciones, sujetas firmemente y cubriendo la totalidad de la carga, de modo que impida la dispersión del material particulado; y se exigirá a los contratistas el control necesario para asegurar el cumplimiento de la norma.
Indicador que acredita su
cumplimiento
Se mantendrá registro de las inspecciones. Se verificará el cumplimiento de las medidas propuestas. Esta información estará disponible para la entidad fiscalizadora
Forma de control y seguimiento
Se realizarán inspecciones visuales de todos los vehículos que circulen con carga, con el fin de verificar que ésta se encuentre correctamente cubierta.
7.4. Decreto que Establece normas de emisión a vehículos motorizados pesados
Componente/materia:
Emisiones atmosféricas
Norma
D.S. N* 55/94 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Establece normas de emisión a vehículos motorizados pesados
Otros cuerpos legales asociados
D.S. N* 54/94 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados medianos que indica
Fase del Proyecto a la que aplica
o en la que se dará cumplimiento
Construcción
Parte, obra, acción, emisión.
residuo o sustancias a la que
aplica
Transporte de insumos y residuos
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Forma de cumplimiento
El titular exigirá a sus contratistas contar con vehículos con tecnología moderna y concordante con los valores descritos. Por otra parte, para dar cumplimiento a esta norma, se exigirá a los contratistas:
-
Certificado de emisiones al día;
-
Revisión técnica al día; y
-
El empleo de flota que certifique el cumplimiento de esta norma, además de mantenimiento periódico de dicha maquinaria
Indicador que acredita su cumplimiento y forma de control y seguimiento
Registro de revisiones al día. Esta información estará disponible para la entidad fiscalizadora
7.5.Decreto que Establece la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
Componente/materia:
Emisiones atmosféricas
Norma
D.S. N? 47/92 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que Establece la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones
Otros cuerpos legales asociados
D.S. N” 31/2016. Revisa, Reformula y Actualiza Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Movimiento de tierra, transporte de vehículos en los frentes de trabajo
Forma de cumplimiento
Durante la ejecución de las obras, se cumplirá con las acciones destinadas a minimizar las emisiones atmosféricas, se mantendrán humectadas las superficies de los caminos del Proyecto. Los equipos y maquinarias usados para las faenas de excavación serán manejados con precaución y a velocidad moderada, con objeto de minimizar la emisión de material particulado. Los camiones que transportarán materiales inertes de la obra, lo realizarán con una carpa, debidamente sujeta a la carrocería y en buen estado.
Indicador que acredita su cumplimiento y forma de control y seguimiento
La verificación de cumplimiento de estas medidas podrá realizarse in situ, mediante simple inspección visual, implementado como indicador de cumplimiento un registro sistemático de las humectaciones realizadas, indicando el área a humectar según corresponda.
7.6. Decreto que Establece norma de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija procedimientos
para su control
Componente/materia:
Emisiones atmosféricas
Norma
Decreto Supremo N” 4 de 1994, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. “Establece norma de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija procedimientos para su control”. Modificado por Decreto N*58/2004.
Otros cuerpos legales asociados
D.S. N*31/2016. Revisa, Reformula y Actualiza Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Utilización de vehículos y maquinaria en los frentes de trabajo
Forma de cumplimiento
Los vehículos y maquinaria utilizados deberán contar con sello verde y documentación asociada a revisión técnica al día y certificados de emisión de gases respectivos para Operar en buenas condiciones.
Indicador que acredita su
cumplimiento
Las revisiones técnicas al día de los vehículos que se utilizan en el Proyecto.
Forma de control y seguimiento
Se llevará un registro de todas revisiones técnicas y se verificará que estén al día.
7.7. Decreto que Establece norma para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza
Componente/materia:
Emisiones atmosféricas
Norma
Decreto Supremo N* 144 de 1961 Ministerio de Salud, “Establece norma para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza”.
Otros cuerpos legales
D.S. N*31/2016. Revisa, Reformula y Actualiza Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Acciones que generen emisiones atmosféricas en frentes de trabajo
Forma de cumplimiento
Se mantendrán humectadas las superficies de los caminos del Proyecto. Además, los equipos y maquinarias usados para las faenas de excavación serán manejados con
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precaución y a velocidad moderada, con objeto de minimizar la emisión de material particulado.
Los vehículos poseerán las revisiones técnicas al día.
Indicador que acredita su
cumplimiento
Como indicador de cumplimiento se considera un sistema de control interno para las velocidades establecidas, se mantendrá copia de las revisiones técnicas y mantenciones de los vehículos utilizados a lo largo del desarrollo del Proyecto, se llevará un registro sistemático de las humectaciones realizadas en las Instalaciones de Faena y se realizarán inspecciones periódicas a los vehículos con carga para verificar la forma de traslado de ésta.
Forma de control y seguimiento
Se exigirá y se verificará que la documentación entregada cuente con la respectiva autorización y efectivamente se estén cumplimiento las medidas de control.
7.8. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo
Componente/materia:
Emisiones atmosféricas
Norma
Decreto Supremo N? 594 de 1999 y modificaciones posteriores del Ministerio de Salud, “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo”.
Otros cuerpos legales asociados
D.S. N* 31/2016. Revisa, Reformula y Actualiza Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Utilización de vehículos y maquinaria en los frentes de trabajo
Forma de cumplimiento
Los vehículos utilizados tendrán sello verde en parabrisas y documentación asociada a revisión técnica al día y certificados de emisión de gases respectivos. Tampoco se excederán los límites máximos de velocidad permitidos. Se exigirá al contratista un plan de mantención de maquinarias que deberá tener operativo desde el inicio de las actividades de transporte.
Indicador que acredita su
cumplimiento
Como indicador de cumplimiento se considera un sistema de control interno para las velocidades establecidas, se mantendrá copia de las revisiones técnicas y mantenciones de los vehículos utilizados a lo largo del desarrollo del Proyecto.
Forma de control y seguimiento
Se exigirá y se verificará que la documentación entregada cuente con la respectiva autorización y efectivamente se estén cumplimiento las medidas de control.
7.9. Decreto que Revisa, Reformula y Actualiza Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región
Metropolitana
Componente/materia:
Emisiones atmosféricas
Norma
Otros cuerpos legales asociados
D.S. N* 31/2016. Revisa, Reformula y Actualiza Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Utilización de vehículos y maquinaria en los frentes de trabajo
Forma de cumplimiento
Se exigirá que todos los vehículos motorizados livianos sean sometidos a mantenciones periódicas y cumplan con las normas de emisión. Además los vehículos contarán con la revisión técnica al día.
Indicador que acredita su
cumplimiento
Como indicador de cumplimiento se mantendrá copia de las revisiones técnicas y mantenciones de los vehículos utilizados a lo largo del desarrollo del Proyecto.
Forma de control y seguimiento
Se exigirá y se verificará que la documentación entregada cuente con la respectiva autorización y efectivamente se estén cumplimiento las medidas de control.
7.10. Decreto que Revisa, Reformula y Actualiza Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región
Metropolitana Componente/materia: Emisiones atmosféricas Norma D.S. NW31/2016. Revisa, Reformula y Actualiza Plan de Prevención y Descontaminación
Atmosférica para la Región Metropolitana
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Durante la fase de construcción, se generarán emisiones de material particulado y gases, en forma temporal, producto de las actividades de movimiento de tierra, excavaciones, tránsito de camiones y de maquinaria, las cuales generan material particulado (MP), MP 10, MP 2.5 y gases de combustión: CO, NOx, HC, SO2, NH3, CH4 y COV.
Forma de cumplimiento
De acuerdo a la actualización de estimación de emisiones, presentada en el Anexo 2.3 de la Adenda complementaria, y según lo establecido como emisión máxima del Proyectos
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según artículo 64 del D.S. N* 31/2016, el Proyecto no deberá compensar sus emisiones en ninguna de sus fases.
Sin perjuicio de lo anterior el Titular realizará medidas de control (humectación) a implementar para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por la construcción del Proyecto.
Al respecto, la SEREMI del Medio Ambiente de la Región Metropolitana de Santiago, mediante su oficio ordinario N* 1219, de fecha 21 de diciembre de 2018, se pronuncia conforme.
Indicador que acredita
cumplimiento
su
Contar con los registros asociados a las medidas tendientes a minimizar las emisiones, es decir, humectación, revisiones técnicas y mantenciones al día.
Forma de control y seguimiento
Exigencia a contratistas de revisiones técnicas y permisos de circulación al día.
7.11. Decreto que Establece Norma de Emisión de ruidos generados por fuentes que indica
Componente/materia:
Ruido
Norma
D.S. N 38/11 del Ministerio del Medio Ambiente, que Establece Norma de Emisión de ruidos generados por fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del D.S. N 146/98 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción o en la que se dará cumplimiento Parte, obra, acción, emisión, | Frentes de trabajo
residuo o sustancias a la que aplica
Forma de cumplimiento
Si bien se generará ruido durante la fase de construcción, la emisión se considera esporádica en tiempo y espacio, quedando por debajo de los límites permisibles de acuerdo a la normativa vigente.
Además, se implementan barreras acústicas perimetrales. Con la correcta implementación de estas barreras, se obtendrán niveles de ruido igual o inferiores al límite normativo.
Al respecto, la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana de Santiago, mediante su oficio ordinario N* 4896, de fecha 07 de septiembre de 2018, se pronuncia conforme.
Indicador que acredita
cumplimiento
su
Como indicador de cumplimiento se mantendrá el registro de la implementación de las medidas de control.
Forma de control y seguimiento
Se exigirá y se verificará que la documentación entregada cuente con la respectiva autorización y efectivamente se estén cumplimiento las medidas de control.
7.12. Decreto que Aprueba Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo
Componente/materia:
Ruido
Norma
D.S. N* 594/99 del Ministerio de Salud, que Aprueba Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Frentes de trabajo
Forma de cumplimiento
Para evitar el aumento de los niveles de ruido generado por maquinarias en contacto directo con los trabajadores, se atenuarán las condiciones de exposición a ruidos continuos, disponiendo la entrega del equipo de seguridad apropiado a cada trabajador y de toda persona que visite las obras durante la construcción del Proyecto.
Indicador que acredita su
cumplimiento
Se llevará un registro de la entrega de los equipos de seguridad a todos los trabajadores.
Forma de control y seguimiento
Se exigirá y se verificará que la documentación entregada cuente con la respectiva autorización y efectivamente se estén cumplimiento las medidas de control.
7.13. Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N*18.290 de 1984
Componente/materia:
Vialidad y transporte
Norma
D.F.L N? 1/09 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N*18.290 de 1984, Ley de Tránsito.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Transportes del Proyecto
Forma de cumplimiento
Se exigirá a los contratistas contar con los antecedentes necesarios para verificar el cumplimiento de esta normativa, tales como permisos de circulación, revisión técnica, control de gases, entre otros, al día.
Indicador que acredita su
cumplimiento
Se mantendrá un registro de los antecedentes de cada vehículo que se utilice en el Proyecto, que contenga la información de los permisos de circulación, revisión técnica, control de gases, entre otros, al día.
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Forma de control y seguimiento ] Se llevará un registro de todas las medidas de gestión y se verificará su implementación.
7.14. Ley Orgánica del Ministerio de Obras Públicas
Componente/materia:
Vialidad y transporte
Norma
D.S. N 850/98, Ley Orgánica del Ministerio de Obras Públicas, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N 15.840 de 1964 y del D.F.L N* 206 de 1960.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción
Parte, obra, acción, emisión, residuo O sustancias a la que aplica
Transportes del Proyecto
Forma de cumplimiento
En todas las intersecciones y cruces con la vialidad pública, se considera la implementación de un completo plan de señalización, apoyado en el uso de bandereros.
Indicador que acredita su
cumplimiento
Como indicador de cumplimiento, para el control del peso de carga se mantendrá registro de las guías de despacho de la carga que será transportada, indicando el viaje realizado y el camión asociado. Asimismo, y en caso que aplique, se establecerá la obtención del permiso de la Dirección Regional de Vialidad.
Forma de control y seguimiento
Se mantendrá copia de permiso de dirección regional de vialidad y un informe indicando las medidas realizadas en los cruces.
7.15. Decreto que Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por calles y caminos.
Componente/materia:
Vialidad y transporte
Norma
D.S. N* 298/95 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, en su texto refundido, coordinado y sistematizado que Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por calles y caminos
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Transporte de cargas peligrosas del Proyecto
Forma de cumplimiento
Se exigirá a los contratistas las autorizaciones respectivas para poder circular con carga asociada a estos residuos.
Indicador que acredita su
cumplimiento
Como indicador de cumplimiento se realizarán inspecciones visuales de todos los vehículos que circulen con carga, con el fin de verificar que su transporte se efectúe correctamente; se mantendrá un registro de dichas inspecciones.
Forma de control y seguimiento
Se mantendrá registro de inspecciones realizadas para el transporte de cargas peligrosas.
7.16. Decreto que Fija el peso máximo de los vehículos que pueden circular por caminos públicos
Componente/materia:
Vialidad y transporte
Norma
D.S. N* 158/80 Ministerio de Obras Públicas, Fija el peso máximo de los vehículos que pueden circular por caminos públicos
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Transporte del Proyecto
Forma de cumplimiento
Se velará para que los contratistas no excedan los valores establecidos por la norma en materia del peso máximo con el que pueden circular por caminos públicos.
Indicador que acredita su cumplimiento y forma de control y seguimiento
Como indicador de cumplimiento, para el control del peso de carga se mantendrá registro de las guías de despacho de la carga que será transportada, indicando el viaje realizado y el camión asociado. Asimismo, se realizarán inspecciones periódicas de las licencias de conducir, manteniendo registro de dichas inspecciones.
Forma de control y seguimiento
Se mantendrá copia de las guías de despacho de la carga transportada, indicando el recorrido realizado.
7.17. Decreto que Establece condiciones para el transporte de cargas que indica
Componente/materia:
Vialidad y transporte
Norma
Decreto N* 75/1987 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, “Establece condiciones para el transporte de cargas que indica”
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Transporte del Proyecto
Forma de cumplimiento
Se cumplirá con todas las exigencias que este reglamento estipule. Además, se les exigirá a los contratistas contar con lo siguiente:
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Los vehículos de carga no podrán ocupar el techo de la cabina ni llevarla en forma que exceda el ancho de la carrocería
La carga no podrá sobrepasar el extremo anterior.
Por la parte posterior, la carga no deberá arrastrar ni sobresalir del extremo del vehículo más de 2 metros.
Cuando sobresalga más de 0,50 m., llevará en el extremo de la carga una luz roja, si fuere de noche y un banderín del mismo color, si fuere de día.
Cuando los objetos que constituyan la carga tengan gran longitud, deberán estar fuertemente sujetos unos a otros, y también al vehículo, de tal manera que las oscilaciones que el movimiento produzca no den lugar a que sobresalgan lateralmente de aquél.
Los camiones serán de tipo estanco de modo de evitar que escurran y caigan al suelo.
Los camiones contarán con su respectiva cubierta de modo de evitar desprendimiento de material particulado.
Los vehículos que transporten contenedores estarán provistos de dispositivos especiales de fijación, fijos o desmontables, que inmovilicen el contenedor por los esquineros inferiores.
Indicador que acredita
cumplimiento
su
Como indicador de cumplimiento se realizarán inspecciones visuales de todos los vehículos que circulen con carga, con el fin de verificar que ésta se encuentre correctamente cubierta; se mantendrá un registro de dichas inspecciones.
Forma de control y seguimiento
Se mantendrá un registro de las inspecciones visuales de los transportes de las cargas.
7.18. Decreto que Prohíbe circulación de Vehículos de carga en vías que Indica
Componente/materia:
Vialidad y transporte
Norma
Decreto N? 18/2001. Prohíbe circulación de Vehículos de carga en vías que Indica
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Transporte del Proyecto
Forma de cumplimiento
Se prohíbe la circulación de los vehículos de carga que más adelante se indican, por las vías ubicadas al interior del Anillo Américo Vespucio, excluyendo las autopistas Av. Presidente Eduardo Frei Montalva (Ruta 5 Norte) y Av. Presidente Jorge Alessandri Rodríguez (Ruta 5 Sur) y el eje Av. Cerrillos-Av. General Velásquez-Av. Joaquín Walker Martínez-Av. Apóstol Santiago, de la Región Metropolitana.
Indicador que acredita
cumplimiento
su
Se mantendrá un registro de las capacitaciones realizadas a los choferes de camiones de carga en donde se pondrá énfasis en la prohibición del uso de las vías mencionadas anteriormente.
Forma de control y seguimiento
Registro de capacitaciones con firmas de los choferes de camiones de carga. Se entregará una figura con las vías que se deben utilizar para la construcción del Proyecto.
7.19. Decreto que Establece pesos
máximos a los vehículos para circular en las vías urbanas del País
Componente/materia: Vialidad y transporte
Norma Decreto Supremo MOP N* 200/1993. Establece pesos máximos a los vehículos para circular en las vías urbanas del País
Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción
o en la que se dará cumplimiento
Parte, obra, acción, emisión, | Transporte del Proyecto
residuo o sustancias a la que aplica
Forma de cumplimiento
El Titular velará porque en todo momento los vehículos que circulan por las vías urbanas del área de influencia directa del Proyecto, cumplan este decreto.
Indicador que acredita
cumplimiento
su
Registro en obra de la cantidad de materiales a transportar (guía de despacho, boleta, factura, entre otros).
Forma de control y seguimiento
Registro en obra de la carga máxima que transportan los camiones que ingresan y egresan de la zona de construcción del Proyecto.
7.20. Decreto que Fija Nuevo texto de la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones
Componente/materia:
Suelo
Norma
Decreto N* 47/1992, Ministerio de Vivienda y Urbanismo, “Fija Nuevo texto de la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones”.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción
Parte, obra, acción, emisión, residuo O sustancias a la que aplica
Todas las áreas del Proyecto
Forma de cumplimiento
Se dará pleno cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto. Según lo establecido
en el Certificado de Informaciones Previas (CIP) emitido por la Municipalidad de Padre
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Hurtado (Anexo 1.2. CIP de la DIA), el Proyecto se inserta en una Zona Habitacional Mixta y un área urbanizable de desarrollo prioritario (AUDP 160 háb/ha.).
Indicador que acredita
cumplimiento
su
Recepción final otorgada por la Municipalidad de Padre Hurtado
Forma de control y seguimiento
Registro en faenas de los permisos y autorizaciones correspondientes.
7.21. Ley N*17.288/70
Componente/materia:
Patrimonio Cultural
Norma
Ley N*17.288/70 del Ministerio de Educación, Legisla sobre Monumentos Nacionales
Otros cuerpos legales asociados
D.S. N” 484/90 del Ministerio de Educación, Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones, arqueológicas, antropológicas y paleontológicas
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que
Todas las obras del Proyecto
aplica
Forma de cumplimiento
En caso de hallazgo, se procederá de acuerdo a lo señalado en este cuerpo legal, siendo la primera medida la detención de las obras en el área del hallazgo.
Indicador que acredita
cumplimiento
su | Registro que evidencie la paralización y la fecha de aviso a la autoridad de hallazgos
arqueológicos (en caso que corresponda).
Forma de control y seguimiento
Registro en obra que evidencie el aviso a la autoridad de hallazgos arqueológicos (en caso que corresponda).
8”. Que, para ejecutar el Proyécto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25
de la Ley N* 19.300
8.1. Condición o exigencia 1
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación
Condición o exigencia
El Titular deberá dar cumplimiento a lo indicado en Oficio Ordinario N” 220, de fecha 06/03/2018, de la Dirección de Obras Hidráulicas, donde señala textualmente:
“El proyecto de solución de aguas lluvia, deberá incluir y aplicar un programa de mantenimiento permanente, acorde a la vida útil del proyecto”.
8.2. Condición o exigencia 2
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción
Condición o exigencia
El Titular deberá dar cumplimiento a lo indicado en el Oficio Ordinario N* 2407, de fecha 07/03/2018, del Servicio de Vivienda y Urbanización, donde señala: .
“Los proyectos de pavimentación y de soluciones de aguas lluvias de vías públicas, previo a su ejecución, deberán ser presentados a revisión y aprobación en el SERVIU Metropolitano, teniendo presente la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones y la Ordenanza del Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS)”
8.3. Condición o exigencia 3
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción
Condición o exigencia
El Titular deberá dar cumplimiento a lo indicado en el Oficio Ordinario N* 4896, de fecha 07/09/2018, de la SEREMI de Salud, donde señala:
“Se informa que no se tienen observaciones en materia de acústica ambiental, sin perjuicio de ello, en caso que el proyecto sea calificado ambientalmente favorable, en la respectiva resolución deberán quedar establecidas las exigencias que a continuación se detallan, basadas en las medidas y compromisos señalados por el propio titular.
Etapa de Construcción:
1.1.1 Debido a que la evaluación normativa se realizó para el horario diurno estipulado en el D.S.N%8/11 del MMA, es que, se deberán realizar las faenas constructivas sólo entre las 07:00 y las 21:00 horas.
L-L2 Durante la fase de construcción, se deberán implementar barreras acústicas, cuyo material deberá cumplir con condiciones de densidad superficial de al menos 10 kg/m”. (Ejemplo: paneles de madera OSB de 15mm. de espesor o material equivalente). La barrera deberá ser instalada de manera que tanto sus junturas como la ubicación desde y hacia el suelo este completamente hermética. La altura mínima y la ubicación de las barreras deberán seguir las indicaciones señaladas en las figuras 6-5 y 6-6 del Anexo 2.4 “Actualización Estudio de Ruido y Vibraciones” de la Adenda de la DIA, para la Etapa 1 y Etapa 2 - 3 respectivamente.
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Todas las Etapas:
1.13 Sedeberán implementar las medidas de gestión señaladas en el punto 6.4.2 “Medidas de Gestión” del Anexo 2.4 “Actualización Estudio de Ruido y Vibraciones” de la Adenda de la DIA.
1.1.4 Se deberán cumplir en todo momento los límites máximos permitidos por el D.S. N* 38/2011 del MMA, que establece “Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica”, o la que la reemplace”.
8.4. Condición o exigencia 4
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción
Condición o exigencia
El Titular deberá dar cumplimiento a lo indicado en el Oficio Ordinario N* 2015, de fecha 24/12/2018, de la Dirección General de Aguas, donde señala
“Este Servicio fundamenta su pronunciamiento Conforme Condicionado, según se detalla más adelante y en virtud de los antecedentes presentados por el Titular del proyecto, considerando cumplimiento normativo durante el proceso de evaluación de impacto ambiental.
- Que, el suministro de agua potable provendrá desde la empresa Aguas Andinas S.A., según lo declarado y acreditado en el Adenda 1.
2, Que, tal como se informó al Titular durante el proceso de evaluación, que el área de proyecto corresponde a un Área de Restricción para nuevas extracciones de aguas subterráneas, Sector Santiago Central (Acuifero Maipo), de acuerdo a Resolución DGA N 286, del 01 de Septiembre de 2005 modificada por Resolución DGA N 231, del 11 de Octubre de 2011, el Titular debe tener presente que debe evitar alumbramiento de aguas subterráneas en todas las Fases del proyecto para evitar impactos en la calidad y niveles del recurso hídrico.
4, Que, en Respuesta 5 y Anexo 1.6 Actualización Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias, del Adenda Complementaria, el Titular acoge la medida que establece que:
“Ante la ocurrencia de accidentes que afecten recursos hídricos (superficiales y subterráneos), el Titular debe considerar que el Plan de Contingencia y Emergencia establezca que en caso de ocurrencia de un accidente es necesario informar inmediatamente a la Superintendencia del Medio Ambiente, antes de 24 h, señalando lo indicado a continuación y además dicho Plan debe ser entregado al personal de la empresa y contratistas y a las diferentes autoridades que eventualmente participarían en el manejo en terreno de una emergencia:
i. Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.
ii. Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación.
iii. Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia.
iv. En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad. (Sólo en caso de accidentes).
de Que, los residuos sólidos de la construcción provenientes de excavaciones y los catalogados como escombros, generados en la Fase de Construcción y Cierre del proyecto que sean enviados a un sitio autorizado para su disposición final, no podrán contener sustancias o residuos peligrosos que puedan causar un detrimento en la calidad de la napa por la lixiviación o lavado de suelo en el sitio de disposición final, siendo necesario mantener un registro como medio que permita su fiscalización, a fin de comprobar que los materiales y sus lixiviados no causen un detrimento del recurso hídrico. El Titular hace referencia a la medida, en la Respuesta 1.21 del Adenda 1.
- Que, en caso de adquirir áridos de terceros que provienen desde una extracción en cauces superficiales, debe tener presente que estos deben contar con la aprobación de la respectiva Municipalidad, previo informe técnico favorable del Organismo competente para la extracción en cauces superficiales (DOH) y/o Resolución de Calificación Ambiental favorable, ello con el objetivo de evitar efectos adversos a los cauces naturales, pues el Titular se deberá hacer cargo de todos los posibles efectos adversos originados de su actividad en todo el ciclo de vida del proyecto. El Titular hace referencia a la medida, en la Respuesta 6.3 del Adenda 1.
- Téngase presente, que el análisis de aplicabilidad de los Permisos Ambientales Sectoriales de competencia de la DGA es caso a caso, de acuerdo con los antecedentes declarados por el Titular durante el proceso de evaluación de impacto ambiental. Así entonces, en Respuesta 15 del Adenda Complementaria, del Titular declara: “...que un tramo del Canal Santa Cruz, especificamente en área de servidumbre por los deslindes nor oriente y sur oriente de los loteos Parque Aconcagua ly Parque Aconcagua 11 y por Bien Nacional de Uso Público correspondiente a la Calle Rio Aconcagua, fue modificado y dicha obra fue ejecutada en relación a la construcción de un proyecto de viviendas sociales anterior denominado Parque Aconcagua l, el cual hoy se encuentra recepcionado y entregado a sus propietarios. La solicitud
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de aprobación de dicha obra se encuentra en trámite en la Dirección General de Aguas. La carta de solicitud de aprobación de la obra realizada en el canal Santa Cruz se adjunta en el Anexo 1.5.”. Lo propio declara en Respuestas 16 y 17 del referido Adenda. En específico la carta del Anexo 1.5 señala de manera expresa: “La aprobación del Proyecto de canal Santa cruz en Loteo Parque Aconcagua 1 y Loteo Parque Aconcagua II de la comuna de Padre Hurtado, ....”. Por otra parte, en ICSARA N] se solicitó al Titular completar los antecedentes del PAS del Art. 156, que resultaba aplicable de acuerdo a lo declarado en la DIA. Por tanto, en atención a los antecedentes declarados durante el proceso, a las obras del proyecto “Parque Aconcagua II” les es aplicable el PAS del Art. 156, y la revisión sectorial asociada a los artículos 41 y 171 del Código de Aguas. En atención a que el Titular declara que el proyecto de modificación de cauces, ya ha sido ejecutado y ha sido presentado a tramitación sectorial, con fecha 05/09/2018 ante la Gobernación Provincial de Talagante, se precisa que durante la tramitación deberá presentar ante DGA RMS, todos aquellos antecedentes que solicite el Servicio, de manera sectorial”.
8.5. Condición o exigencia 5
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción
Condición o exigencia
El Titular deberá dar cumplimiento a lo indicado en el Oficio Ordinario N” SRM RMS N* 007/2019, de fecha 08/01/2019, de la SEREMI MOP, donde señala textualmente:
*... el proyecto impactará en sus distintas etapas la red vial local de tuición del MOP. Por dicho motivo no podrá darse inicio a la ejecución de la obra en tanto el instrumento de Evaluación Vial respectivo (Análisis Vial Básico (AVB) que aún se encuentra en un proceso de tramitación en el cual están participando esta SEREMI con la Dirección Regional del MOP RMS), no sea visado y_ aprobado por los Servicios Públicos correspondientes”.
8.6. Condición o exigencia 6
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción
Condición o exigencia
El Titular deberá dar cumplimiento a lo indicado en el Oficio Ordinario N* 11164, de fecha 27 de diciembre de 2018, de la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, donde señala textualmente:
E El Titular deberá materializar todas las medidas del AVB, antes de la recepción final de las obras.
Ze Cumplir el Decreto Supremo N* 75 de 1987 Ministerio de Transportes que establece que los vehículos que transporten desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna.
ES Se deberá dar cumplimiento al Decreto N” 18 de 2001 y sus modificaciones del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el cual prohíbe la circulación de vehículos de carga por las vías al interior del Anillo Américo Vespucio.
- En relación a las obras que se realicen en la vía pública, se solicita considerar lo dispuesto en Capítulo N? 5 "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía" del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos”.
8.7. Condición o exigencia 7
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción
Condición o exigencia
El Titular deberá dar cumplimiento a lo indicado en el Oficio Ordinario N? 81, de fecha 07 de enero de 2018, del Consejo de Monumentos Nacionales, donde señala: “El titular acogió la implementación de charlas de inducción a los trabajadores del proyecto.
Los informes deberán ser remitidos a la Superintendencia del Medio Ambiente de forma mensual y a más tardar 15 días después de terminado cada mes”.
ambientales voluntarios:
- Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos
9.1. Compromiso voluntario 1
Nombre Compromiso | Respuestas ante eventos de accidentes asociados al tránsito vehicular
Ambiental Voluntario
Fase en que aplica Construcción
Objetivo, — descripción Objetivo: Dar respuesta de forma eficiente y proactiva ante accidentes de tránsito ocurridos Justificación por vehículos de alto tonelaje relacionados a la construcción del Proyecto.
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Descripción: El presente compromiso voluntario busca ante cualquier eventual accidente vehicular que se relacione a la construcción del Proyecto se tenga una reacción rápida y pertinente siguiendo los protocolos y planes de emergencias establecidos.
Justificación: Dicho compromiso alcanzará el objetivo capacitando al personal y estableciendo el protocolo a seguir en donde se instauran y sistematizan las tareas a realizar por parte del personal ante eventuales accidentes de tránsito.
Lugar, forma y oportunidad de implementación
Lugar: El lugar de implementación para dicho protocolo son todas aquellas rutas tanto dentro como fuera del proyecto que sean utilizadas para el transporte de insumos o residuos relacionados a la construcción del mismo.
Forma: Ante un accidente vehicular relacionado al proyecto se deberán seguir los protocolos o realizar las tareas asignadas para el personal en donde se deben seguir los siguientes pasos:
-
Se informará al jefe de terreno del accidente.
-
Se dimensionará la emergencia
-
Se clasificará el evento accidente de tránsito (leve, serio, grave)
-
Se activará el Plan de Comunicaciones con Ambulancia (131), Bomberos (132) y Carabineros (133), informando acerca de la ocurrencia del accidente, la gravedad de éste y la identificación de las personas y vehículos involucrados.
-
Se demarcará el área afectada, prohibiendo el ingreso a la zona del accidente.
-
Se inspeccionará, por parte del personal calificado, el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial.
-
Una vez controlada la situación, se procederá a restaurar la vialidad disponiendo equipos y maquinaria para ayudar a despejar la ruta en el más breve plazo (una vez que la autoridad responsable lo autorice).
-
Se dará aviso oportuno a las compañías de seguros involucradas.
-
Seentregará información oportuna a los encargados en la empresa.
-
Se registrará e informará el accidente en un formulario previamente definido. Se realizará una completa descripción de la respuesta frente a la emergencia, recolectando todas las evidencias posibles, con el fin de hacer las correcciones que el caso amerite y mejorar los procedimientos.
Oportunidad: La implementación de dicho compromiso debe realizarse durante cada suceso o accidente vehicular asociado a la construcción del proyecto durante todo el período que dure la construcción, es decir, durante aproximadamente 3 años.
Indicador de cumplimiento.
Copia del protocolo ante accidentes de tránsito ocurridos por vehículos de alto tonelaje relacionados a la construcción del Proyecto, disponible en la faena de trabajo.
Registro de capacitaciones al personal en faenas respecto al protocolo, incluyendo listado de asistencia y firmas de los participantes.
Letrero visible a la comunidad que informe el número de accidentes ocurridos durante la construcción del Proyecto.
Forma de seguimiento
control y
Se registrará e informará el accidente en un formulario previamente definido. Se realizará una completa descripción de la respuesta frente a la emergencia, recolectando todas las evidencias posibles, con el fin de hacer las correcciones que el caso amerite y mejorar los procedimientos.
9.2 Compromiso voluntario 2
Nombre Compromiso | Charla de inducción arqueológica
Ambiental Voluntario
Fase en que aplica Construcción
Objetivo, descripción y | Objetivo: Introducir e ilustrar a los trabajadores del proyecto sobre el componente justificación arqueológico y los posibles hallazgos que se pudiesen encontrar en el área y aquellos
procedimientos que se deben seguir en caso de dichos hallazgos para garantizar la comprensión por parte de los participantes y la importancia de evitar la alteración del Patrimonio Cultural y su valor social.
Descripción: Se realizará una charla de capacitación durante la fase de construcción a los trabajadores del proyecto. Esta charla presentará los tipos de hallazgos que se pudiesen encontrar en el área para que durante las actividades de escarpe o excavaciones los trabajadores sean capaces de identificarlos. Por otra parte, será necesario ilustrar al personal tanto propio como externo en los procedimientos que se deben seguir ante cualquier hallazgo arqueológico. Justificación: Dicho compromiso alcanzará el objetivo capacitando al menos un 80% del personal de la construcción y entregado un informe de dicha capacitación a la autoridad competente.
Lugar, forma y oportunidad de implementación
Lugar: La Charla será implementada en las oficinas habilitadas en la instalación de faena. Se realizarán durante la fase de construcción principalmente asociadas a las actividades de escarpes y de excavaciones.
Forma: La charla arqueológica será implementada tratando los siguientes temas: 1) Posible tipo de patrimonio en el área del proyecto;
2) La legislación vigente 17.288 de monumentos nacionales;
3) Protocolo para elementos patrimoniales;
4) Sanciones y penas para quienes no cumplan con la ley
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Oportunidad: La capacitación debe implementarse durante la construcción del proyecto especialmente durante las actividades de escarpe y excavaciones. En cuanto al envío del informe que indica la realización de la capacitación se debe entregar de forma mensual a la autoridad competente
Indicador de cumplimiento.
Hoja con temas tratados en la capacitación y el Listado con datos personales en una hoja de registro, señalando su nombre, empresa contratista perteneciente y firma del empleado.
Forma de seguimiento
control y
Envío de informe a la autoridad competente con la capacitación arqueológica realizada, temas tratados y los participantes (Nombre, empresa contratista perteneciente y firma).
10%, Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
10.1. Riesgo o contingencia “Incendio en el Área de faenas”
Riesgo o contingencia
Incendio en el Área de faenas:
Condición que puede contribuir al inicio o propagación del fuego y que puede representar un peligro a la vida de las personas y/o a la propiedad pública y privada.
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Para el caso del Proyecto, en la fase de construcción es posible encontrar este tipo de riesgo en los recintos de almacenamiento de insumos de la instalación de faenas.
Acciones O medidas a implementar para prevenir la contingencia
-
Se deberá disponer de un extintor de incendios multipropósito de 10 Kg, cada camión o maquinaria que se encuentre en el sector.
-
Losoperadores deberán chequear sus extintores de incendios diariamente para que se encuentren operativos, realizando previo al inicio de los trabajos el check list correspondiente.
-
— Previo al inicio de los trabajos se deberá realizar una charla de seguridad con todo el personal involucrado en la tarea, respecto a las causas de incendio, prohibiciones de fumar y hacer fogatas. Como, asimismo, la prohibición de botar basuras en el área intervenida y el Uso de equipo de extinción de incendio.
-
Encaso de amago de incendio, el operador deberá controlar con extintores disponibles y dar alarma al coordinador de emergencia (Jefe de Prevención de Riesgos) quién activará el Plan de Emergencia en Caso de Accidentes y Contingencias de la Obra.
-
El contratista se regirá por las medidas y obligaciones establecidas por El Titular para minimizar el riesgo de incendio y las que establece la ley.
-
Enla instalación de faenas se construirán recintos especialmente habilitados para el almacenamiento de sustancias inflamables. Los materiales inflamables se mantendrán en forma ordenada y clasificada al interior del recinto. El prevencionista de riesgos realizará una inspección permanente, detectando posibles fallas en los procedimientos de manejo de estas sustancias.
-
Los contratistas dispondrán en las áreas de trabajos e instalación de faenas, de los elementos básicos requeridos para combatir cualquier amago de fuego o incendio, según lo establecido por la normativa vigente en esta materia (extintores, mangueras, tambores con arena, etc.).
-
Elcontratista constituirá una brigada adiestrada, la que se mantendrá operativa durante toda la construcción.
Acciones 0 medida a implementar para controlar la emergencia
-
Seactivará la alarma de incendio.
-
Sedará aviso de inmediato al jefe de terreno quien informará a los encargados de prevención de riesgos y a la brigada de emergencia.
-
Se activará el procedimiento contra incendios, que incluye la presencia de la Brigada de Emergencia, quienes estarán capacitados en el uso de extintores y tratarán de extinguir el fuego, sólo si el siniestro es controlable.
-
Sino es posible controlar la situación se dará aviso inmediato a Bomberos (132) y se evacuará a los trabajadores hacia las zonas de seguridad.
-
Se inspeccionará el área verificando la presencia de heridos. Si este fuera el caso se trasladará de inmediato hasta un centro asistencial.
-
Se deberá investigar las causas del siniestro
-
Sólo podrán reactivarse las actividades una vez que el siniestro este controlado.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
En una situación de activación del Comité de Emergencia (cualquier nivel), dependiendo del tipo de emergencia, se podrá contactar a Bomberos, Carabineros y a la Municipalidad. Cuando se produzca algún tipo de contaminación y/o daño al medio ambiente se comunicará la SMA a través de un escrito formal, indicando causa de la emergencia, daños producidos, medidas tomadas.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que
Anexo 1.6 de la Adenda complementaria, Actualización Plan de prevención de contingencias y emergencias.
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contenga la descripción
detallada
10.2. Riesgo o contingencia 2 “Derrame de sustancias peligrosas s”
Riesgo o contingencia
Riesgo de derrame de sustancias peligrosas:
Este tipo de riesgo es generado por el transporte, almacenamiento y manipulación de algunos materiales potencialmente peligrosos tales como gasolina, petróleo, aceite para maquinarias y solventes. Las consecuencias inmediatas por el derrame de sustancias peligrosas van desde lesiones, quemaduras, contaminación del suelo, entre otras.
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Este riesgo estará particularmente asociado al traslado de insumos requeridos para la ejecución de obras y su almacenamiento temporal en la instalación de faenas
Acciones o medida a implementar para controlar la contingencia
Medidas de seguridad asociadas al transporte:
-
— El transporte de líquidos que se puedan requerir en la faena, se regirán por las disposiciones de la legislación vigente.
-
El transportista o conductor poseerá la licencia adecuada, en conjunto a la capacitación necesaria para responder en caso de accidentes, con derrame de las sustancias transportadas.
-
Los conductores de los vehículos de transporte contarán con capacitación en el manejo y manipulación de las sustancias que transportan, así como en procedimientos de primeros auxilios y control de eventuales derrames (incluye la instrucción de los procedimientos asociados al manejo de sustancias peligrosas).
-
El transporte de sustancias peligrosas contará con las Hojas de Seguridad respectivas, que contendrán entre otros datos, las características de las sustancias, sus riesgos y los procedimientos de emergencia que deberán activarse en caso de declaración del riesgo.
Medidas de seguridad asociadas al almacenamiento y manipulación:
-
— Se capacitará al personal que manipule y almacene este tipo de sustancias, en las instalaciones de faenas.
-
— Se dispondrá de un área especial de almacenamiento para estos materiales al interior de la instalación de faenas, la cual estará debidamente señalizada y acondicionada según lo dispuesto por las autoridades competentes.
-
Los tambores de aceite se dispondrán sobre pallets de madera u otros dispositivos con el objeto de facilitar su transporte y evitar la humedad y corrosión de los mismos, por efecto del contacto directo entre los tambores y el suelo.
-
Se dispondrá en esta área de elementos que permitan la contención de derrames de mediana magnitud.
-
Los recintos de acopio de estas sustancias, contarán con las Hojas de Seguridad respectivas, que contendrán entre otros datos, las características de las sustancias, sus riesgos y los procedimientos de emergencia que deberán activarse en caso de declaración del riesgo.
-
Los aceites de cambio y otros desechos aceitosos se almacenarán en lugares adecuados y en tambores vacíos y cerrados, para su posterior disposición en lugares autorizados o devolución a los proveedores.
-
Cabe indicar que para el funcionamiento de la maquinaria y vehículos motorizados a utilizar en la construcción de obras, se requerirá de petróleo diésel y gasolina, los que serán abastecidos por empresas distribuidoras locales.
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia
Se deberá dar cumplimiento a todo lo indicado en el punto anterior 7.1.2, respecto de accidentes de tránsito y/o en el interior de recintos o frentes de trabajo, además se deberá cumplir con al menos uno de los siguientes puntos según corresponda a la envergadura o complicación de atención de la emergencia:
a) En caso de derrame debido a accidente de tránsito se deberá cumplir, al menos, con lo siguiente:
a.1) Acciones Iniciales:
-
El chofer, operador u otro dará aviso Inmediato al Supervisor Directo y tratará de contener el derrame mediante la generación de diques de tierra u otro elemento del que disponga.
-
Se verificará si hay personas que se hayan visto afectadas por el derrame. En caso que se requiera, se procederá a utilizar los elementos apropiados para resguardar primero la vida y salud de dichas personas.
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-
Se determinará la naturaleza del derrame respecto de si esta es producto de sustancias transportadas o procedentes del vehículo siniestrado.
-
Si corresponde a transporte de sustancias se identificará el tipo de productos transportados y que sean causantes del derrame a través de la individualización de los productos contenidos en el vehículo y sus registros, además se solicitará la copia de las hojas de seguridad de los productos transportados y el procedimiento en caso de emergencia establecido en la Guía GRE, de no encontrarse, se procederá a buscar por parte de la Brigada de Emergencias del registro en su copia de la Guía GRE.
2.2) Acciones de Control:
-
Se procederá a llamar al número de emergencia consignado en el vehículo de transporte, llamar a Bomberos y Carabineros más cercanos al lugar del accidente.
-
Como acción inmediata de precaución, se aislará el área del derrame o escape como mínimo cincuenta metros en todas las direcciones.
-
En caso de derrames de líquidos, se tratará de contener el avance de este mediante la confección de diques de tierra en círculos concéntricos, se evitará la utilización de maquinarias que puedan provocar chispas hasta definir la naturaleza de la sustancia derramada.
-
— Verificar las condiciones y presencia de cuerpos de agua superficial (ríos, lagos u otros) que se puedan ver afectados, de ser necesario se cavarán zanjas para desviar los flujos.
-
Mediante la Brigada de Emergencia se taponeará o sellarán los puntos de fuga de sustancias a través del uso de piezas de madera.
-
— Mantener alejado al personal no autorizado.
-
Sisetrata de un evento que por su envergadura puede afectar a terceros producto de la emergencia, se dará aviso inmediato a la Autoridad Sanitaria y a las municipalidades involucradas, sobre la localización y magnitud del evento, para dar cumplimiento a esto la brigada de emergencias, la ITO y el Titular contarán con un listado de teléfonos con todos los servicios, municipalidades, bomberos y carabineros de cada localidad involucrada en el proyecto.
a.3) Acciones Posteriores:
-
— Una vez controlada la fuente del derrame se procederá a retirar todo el material contaminado y dando especial cuidado a dar cumplimiento a lo indicado en el DS N?* 148/2003 del MINSAL, la cual deberá, al menos, dar cumplimiento a los siguientes puntos:
-
Si el derrame es de combustibles y/o aceites derivados de hidrocarburos, se procederá a retirar todo el material contaminado, colocando este en bolsas plásticas las cuales serán selladas y transportadas a botaderos que cuenten con resolución sanitaria adecuada.
-
Sieventualmente hubiese producto derramado, éste será recogido con pala para vaciarlo a un envase que se pueda cerrar herméticamente y colocarlo también dentro de una bolsa plástica gruesa que, a su vez, debe cerrarse. Se utilizarán envases de polietileno.
-
Tanto la disposición final de la sustancia como la correspondiente limpieza del vehículo de transporte (restos contaminados producto del accidente), serán realizadas por una empresa especializada en el tratamiento de residuos peligrosos y con su aprobación sanitaria y con su respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
-
El prestador de servicios (EPS) deberá mantener copias de la documentación respectiva, tanto del transporte como de la disposición final de los residuos generados acorde a lo especificado en el DS N? 148/2003 del MINSAL.
-
Si el accidente ocurriese en una vía de transito pública se incorporarán las acciones necesarias que permitan un despeje oportuno y rápido de la vía afectada en coordinación con Carabineros de Chile y la Dirección de Vialidad, para esto tanto la EPS como el Titular pondrán a disposición los medios necesarios para dar soporte a estas instituciones.
-
En caso de no haber derrame de sustancias peligrosas y tras la obtención por parte de Carabineros de Chile, se procederá a recuperar los contenedores o embalajes de producto desplazándolos fuera de la zona de circulación y luego de esto realizar las acciones tendientes a que el vehículo siniestrado sea retirado para permitir la libre circulación de los vehículos.
-
Lapersona a cargo del control de la emergencia mantendrá permanente contacto con el Titular para informarle de avances, modificaciones y/o recibir instrucciones o acotaciones.
-
Luego de controlada la emergencia, el Supervisor Directo y el Jefe de Terreno deberán emitir un informe donde se consigne la naturaleza de los aspectos ambientales involucrados en la emergencia, los impactos generados, las medidas
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de mitigación y de control efectuadas, de ser necesario establecerá las medidas de seguimiento adecuadas; no será inimputable ante la emergencia por parte de subcontratistas, por lo que la EPS y/o el Titular deberán velar por el cumplimiento de este punto.
-
Laevaluación de un accidente con derrame considerará el estado de los recursos hídricos superficiales y subterráneos que pudieran verse afectados y será consignado en el Informe.
-
El Informe Técnico realizado será revisado por el Titular, el cuál remitirá una copia a la Autoridad Ambiental, la Autoridad Sanitaria así como a las reparticiones involucradas (Vialidad, DGA, Ministerio de Agricultura, etc.).
-
Serealizará una investigación interna sobre las causas que originaron el evento y la eficiencia o suficiencia de las acciones preventivas o correctivas adoptadas con el fin de corregir los procedimientos que eviten que la aparición de dicha situación en el futuro.
b) Para el caso de derrames de sustancias peligrosas (productos químicos o contaminantes, aceites, lubricantes, pinturas, etc.) al suelo:
- Dadas las características de productos utilizados para las distintas fases del Proyecto, en general se trabajará con sustancias derivadas de los hidrocarburos, por lo que en general será aplicable lo estipulado en la Guía GRE.
No obstante, se aplicará como mínimo:
-
Identificar y localizar el foco que provoca contaminación, sea esta causado por un derrame accidental de una sustancia almacenada temporalmente o a causa de fugas en alguna maquinaria o dispositivo, para proceder inmediatamente a su control y neutralización.
-
Detectado el punto de fuga este será controlado mediante la contención del derrame procediendo a embolsar el recipiente afectado y sellándolo.
-
Como acción inmediata de precaución se aislará el área del derrame o escape como mínimo cincuenta metros en todas las direcciones.
-
Si la contaminación es provocada por una fuga en maquinaria o equipo, se procederá a tratar de sellar esta fuga mediante la aplicación de una cinta de goma o similar, si esta no es capaz de controlar la fuga se detendrá el uso del equipo o maquinaria o se enviará a taller autorizado para su revisión y control.
-
— Una vez controlada la fuente del derrame se procederá a retirar todo el material contaminado y dando especial cuidado a dar cumplimiento a lo indicado en el DS N? 148/2003 del MINSAL, la cual deberá, al menos, dar cumplimiento a los siguientes puntos:
-
Si el derrame es de combustibles y/o aceites derivados de hidrocarburos, se procederá a retirar todo el material contaminado, colocando este en bolsas plásticas las cuales serán selladas y transportadas a botaderos que cuenten con resolución sanitaria adecuada.
-
— Si eventualmente hubiese producto derramado, éste será recogido con pala para vaciarlo a un envase que se pueda cerrar herméticamente y colocarlo también dentro de una bolsa plástica gruesa que, a su vez, debe cerrarse. Se utilizarán envases de polietileno.
-
— Tanto la disposición final de la sustancia como la correspondiente limpieza del vehículo de transporte (restos contaminados producto del accidente), serán realizadas por una empresa especializada en el tratamiento de residuos peligrosos y con su aprobación sanitaria y con su respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
-
El prestador de servicios (EPS) deberá mantener copias de la documentación respectiva, tanto del transporte como de la disposición final de los residuos generados acorde a lo especificado en el DS N* 148/2003 del MINSAL.
-
Encaso de no haber derrame de sustancias peligrosas y tras la obtención por parte del Jefe de Terreno o el Representante por parte del Titular, se procederá a recuperar los contenedores o embalajes de producto desplazándolos fuera de la zona de circulación y luego de esto realizar las acciones tendientes a restaurar las condiciones anteriores a la ocurrencia del accidente.
-
Lapersona a cargo del control de la emergencia mantendrá permanente contacto con el Titular para informarle de avances, modificaciones y/o recibir instrucciones o acotaciones.
-
Luego de controlada la emergencia, es Supervisor Directo y el Jefe de Terreno deberán emitir un informe donde se consigne la naturaleza de los aspectos ambientales involucrados en la emergencia, los impactos generados, las medidas de mitigación y de control efectuadas, de ser necesario establecerá las medidas de seguimiento adecuadas; no será inimputable ante la emergencia por parte de subcontratistas, por lo que la EPS y/o el Titular deberán velar por el cumplimiento de este punto.
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-
Laevaluación de un accidente con derrame considerará el estado de los recursos hídricos superficiales y subterráneos que pudieran verse afectados y será consignado en el Informe.
-
El Informe Técnico realizado será revisado por el Titular, el cuál remitirá una copia a la Autoridad Ambiental, la Autoridad Sanitaria así como a las reparticiones involucradas (Vialidad, DGA, Ministerio de Agricultura, etc.).
-
Serealizará una investigación interna sobre las causas que originaron el evento y la eficiencia o suficiencia de las acciones preventivas o correctivas adoptadas con el fin de corregir los procedimientos que eviten que la aparición de dicha situación en el futuro.
-
Cada Instalación de Faenas contará con los elementos necesarios para la implementación de este procedimiento, para el retiro de la sustancia peligrosas derramadas, sean éstos palas, maquinaria, envases de almacenamiento provisorios, bolsas plásticas, etc. según se requiera.
-
Asimismo, se deberán establecer y seguir los procedimientos confeccionados para cada caso, así como las recomendaciones establecidas en las Hojas de Seguridad de cada producto utilizado.
c) En caso de derrames de sustancias peligrosas a cursos de agua.
-
Para la aplicación de derrames será aplicable los puntos expresados anteriormente, teniendo cuidado de aplicar las herramientas necesarias de apoyo para el control de la emergencia.
-
Se aplicará el Plan de Contingencia: Control de contaminación accidental de cursos de agua, informando a la Dirección General de Aguas y organizaciones de canalistas involucradas y pertinentes para realizar el corte de aguas arriba y aguas debajo de cauce.
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Una vez presente las unidades de emergencia en el lugar del derrame, cuya labor es concurrir oportunamente al lugar del accidente con personal y equipos apropiados para atender la emergencia, deberán realizar una evaluación inicial para establecer las acciones a seguir.
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Se deberá determinar la extensión del derrame, especialmente si es costero o fluvial y su trayectoria.
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Igualmente se deberá identificar posibles recursos naturales y bienes muebles e inmuebles posiblemente afectados.
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Se deberá identificar y detallar las medidas que se aplicarán para minimizar el impacto Ambiental y la restauración del medio. Esto deberá considerar duración, equipos a emplear, personal requerido, métodos y el área que se restaurará.
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Adicionalmente se contratarán los servicios profesionales de una empresa especialista en este tipo de derrames, para asegurar el restablecimiento del área afectada, esto se realizará en forma inmediata al término de la emergencia, de forma de establecer un cronograma de restauración.
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— Seelaborará, un programa de seguimiento o monitoreo post derrame. Se deberá llevar un registro mediante fotografías el área afectada posterior al derrame, identificando las áreas contaminadas y áreas limpias.
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— Deberá realizarse un muestreo del sedimento del fondo del curso afectado a fin de certificar que se ha extraído toda la contaminación del lugar. El monitoreo y sus parámetros deberán tener relación con elementos relacionados o indicadores de la sustancia derramada, pH, Sólidos Totales Disueltos, Hidrocarburos, Plomo, Arsénico, Fierro, etc. Se deberá muestrear como referencia los parámetros estipulados en el DS N* 90/2000 del MINSEGPRES, sobre norma de emisión a cursos de agua y/o Norma Chilena 1333 para Diferentes Usos del agua: Uso Riego - Recreacional - Bebida de Animales. Adicionalmente se contratarán los servicios especializados de una auditoría externa para la verificación del cumplimiento del programa de seguimiento y monitoreo hasta la verificación de la descontaminación del medio afectado.
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— Finalmente y una vez remediada el área afectada, se deberán enviar copias de los resultados y de los informes de las auditorías externas realizadas en el lugar a los organismos fiscalizadores gubernamentales para garantizar la limpieza del curso de agua.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
En una situación de activación del Comité de Emergencia (cualquier nivel), dependiendo del tipo de emergencia, se podrá contactar a Bomberos, Carabineros y a la Municipalidad. Cuando se produzca algún tipo de contaminación y/o daño al medio ambiente se comunicará la SMA a través de un escrito formal, indicando causa de la emergencia, daños producidos, medidas tomadas.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo 1.6 de la Adenda complementaria, Actualización Plan de prevención de contingencias y emergencias.
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10.3. Situación de riesgo o contingencia 3 “Afloramiento de Aguas Subterráneas”
Riesgo o contingencia
Riesgo por Afloramiento de Aguas Subterráneas:
El riesgo de afloramiento de aguas subterráneas generalmente está asociado a sectores que tienen una escasa profundidad del nivel freático bajo la superficie del terreno.
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Este riesgo estará particularmente asociado a las excavaciones necesarias para la construcción de las obras de edificación y alcantarillado.
Acciones o medida a implementar para controlar la contingencia
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Se capacitará al personal de obra respecto del manejo ante afloramiento de aguas subterránea.
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No contemplar excavaciones superiores a los 2 metros de profundidad;
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— Lanapa freática deberá estar a más de 3 m, bajo el sello de fundación
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia
Ante el potencial afloramiento de aguas durante la Fase de Construcción del Proyecto, se dará aviso inmediato a la SMA, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, señalando las medidas que se han aplicado hasta ese momento. A continuación, y de manera preliminar, se deberá proceder considerando las siguientes actividades:
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Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final.
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Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin de diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento.
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— Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. A su vez acompañar imágenes fotográficas (con fecha) y describir los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final).
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Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad.
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El Titular deberá informar el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 h.
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Siel afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, se realizarán los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva, o bien determinar si responde a un cambio sustantivo de las variables evaluadas, sobre las cuales fueron establecidas las condiciones o medidas ambientales.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
En una situación de activación del Comité de Emergencia (cualquier nivel), dependiendo del tipo de emergencia, se podrá contactar a Bomberos, Carabineros y a la Municipalidad. Cuando se produzca algún tipo de contaminación y/o daño al medio ambiente se comunicará la SMA a través de un escrito formal, indicando causa de la emergencia, daños producidos, medidas tomadas.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo 1.6 de la Adenda complementaria, Actualización Plan de prevención de contingencias y emergencias.
ORD. N* 2015, de fecha 24 de diciembre de 2018, de la Dirección General de Aguas.
10.4. Situación de riesgo o contingencia 4 “Accidentes que afecten recursos hídricos ”
Riesgo o contingencia
Riesgo de Accidentes que afecten recursos hídricos:
Este tipo de riesgo es generado por el transporte, almacenamiento y manipulación de algunos materiales potencialmente peligrosos tales como gasolina, petróleo, aceite para maquinarias y solventes. Las consecuencias a este riesgo son el derrame de sustancias peligrosas que contaminen o afecten el recurso hídrico ya sean canales o aguas subterráneas.
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción
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Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Este tipo de riesgo, estará particularmente asociado al traslado de insumos requeridos para la ejecución de obras y su almacenamiento temporal en la instalación de faenas.
Acciones o medida a implementar para controlar la contingencia
Medidas de seguridad asociadas al almacenamiento y manipulación:
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Como medida preventiva se utilizarán depósito/s de petróleo, o de almacenamiento de cualquier sustancia peligrosa, depósitos metálicos o de doble pared que se localizarán en zonas de bajo tránsito, ubicándose en cubetos de dimensiones y características adecuadas, como protección anti rotura.
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Se deberá disponer de llaves de cierre que impidan un posible derrame o vertido del contenido de depósito y se incidirá en la precaución a la hora del traslado y manejo del mismo, así como de su vaciado y llenado.
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Laubicación del depósito de combustible, las operaciones de mantenimiento de maquinaria y la zona de estacionamiento de la misma se realizarán sobre una superficie hormigonada o asfaltada, o en caso el mantenimiento se hará sobre una manga de polietileno.
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En caso de existir en las proximidades cauces o imbornales de la red de saneamiento, se debe acondicionar una barrera impermeable que impida que un posible vertido llegue hasta los mismos.
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Se destinarán espacios correctamente señalizados para el lavado de neumáticos y limpieza de maquinaria en los que se utilizarán medidas preventivas con el fin de evitar contaminaciones en el medio, como por ejemplo tratamiento impermeabilizantes, balsas de decantación de líquido, etc.
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Secapacitará al personal que manipule y almacene este tipo de sustancias, en las instalaciones de faenas.
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Se dispondrá de un área especial de almacenamiento para estos materiales al interior de la instalación de faenas, la cual estará debidamente señalizada y acondicionada según lo dispuesto por las autoridades competentes.
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— Lostambores de aceite se dispondrán sobre pallets de madera u otros dispositivos con el objeto de facilitar su transporte y evitar la humedad y corrosión de los mismos, por efecto del contacto directo entre los tambores y el suelo.
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Se dispondrá en esta área de elementos que permitan la contención de derrames de mediana magnitud.
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— Losrecintos de acopio de estas sustancias, contarán con las Hojas de Seguridad respectivas, que contendrán entre otros datos, las características de las sustancias, sus riesgos y los procedimientos de emergencia que deberán activarse en caso de declaración del riesgo.
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Los aceites de cambio y otros desechos aceitosos se almacenarán en lugares adecuados y en tambores vacíos y cerrados, para su posterior disposición en lugares autorizados o devolución a los proveedores.
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Cabe indicar que, para el funcionamiento de la maquinaria y vehículos motorizados a utilizar en la construcción de obras, se requerirá de petróleo diésel y gasolina, los que serán abastecidos por empresas distribuidoras locales.
Medidas de seguridad asociadas al transporte:
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El transporte de líquidos que se puedan requerir en la faena, se regirán por las disposiciones de la legislación vigente.
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El transportista o conductor poseerá la licencia adecuada, en conjunto a la capacitación necesaria para responder en caso de accidentes, con derrame de las sustancias transportadas.
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Los conductores de los vehículos de transporte contarán con capacitación en el manejo y manipulación de las sustancias que transportan, así como en procedimientos de primeros auxilios y control de eventuales derrames (incluye la instrucción de los procedimientos asociados al manejo de sustancias peligrosas).
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El transporte de sustancias peligrosas contarán con las Hojas de Seguridad respectivas, que contendrán entre otros datos, las características de las sustancias, sus riesgos y los procedimientos de emergencia que deberán activarse en caso de declaración del riesgo.
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia
En caso de ocurrencia de un accidente es necesario informar inmediatamente a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), antes de 24 h, señalando lo siguiente:
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Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.
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— Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación.
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- Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia.
En caso de ser necesario un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, la metodología y la evaluación de la efectividad de las medidas, deberá ser aprobado por la DGA. (Sólo en caso de accidentes).
Oportunidad y vías de| Enuna situación de activación del Comité de Emergencia (cualquier nivel), dependiendo comunicación a la SMA de la | del tipo de emergencia, se podrá contactar a Bomberos, Carabineros y a la Municipalidad. activación del Plan Cuando se produzca algún tipo de contaminación y/o daño al medio ambiente se comunicará la SMA a través de un escrito formal, indicando causa de la emergencia, daños producidos, medidas tomadas.
Referencia a documentos del | Anexo 1.6 de la Adenda complementaria, Actualización Plan de prevención de expediente de evaluación que | contingencias y emergencias.
contenga la descripción detallada
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Que durante el proceso de evaluación no hubo solicitud de participación ciudadana, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N? 19.300, por lo que, no se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto.
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Que el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
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Que el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.
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Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
15, Que para que el Proyecto “Parque Aconcagua II” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
- Que el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
17, Que el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana la ocurrencia de cambios de Titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
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Que se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SELA, deberá someterse al SEIA.
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Que todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
1%. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Parque Aconcagua II” de Viviendas Económicas Cinco de Abril S.A.
2. Certificar que el Proyecto “Parque Aconcagua II” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable. 3”. Certificar que el Proyecto “Parque Aconcagua II”, cumple con los requisitos de carácter ambiental contenido en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140, 142 y 156 del D.S. N 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente,
Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4?. Certificar que el Proyecto “Parque Aconcagua II”, no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
5*. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.
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6”. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20 de la Ley N? 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
)
a Vrsalovic Melo ¡cio de Evaluación Ambiental já Comisión! de Evaluación
j | J
Distribución:
Cle
Intendencia Región Metropolitana.
DGA, Región Metropolitana de Santiago
DOH, Región Metropolitana de Santiago
SAG, Región Metropolitana de Santiago
Gobierno Regional, Región Metropolitana
Tustre Municipalidad de Padre Hurtado
SEREMI de Obras Públicas Región Metropolitana de Santiago SEREMI Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago SEREMI de Agricultura, Región Metropolitana de Santiago SEREMI de Bienes Nacionales, Región Metropolitana de Santiago SEREMI de Desarrollo Social, Región Metropolitana de Santiago SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago
SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago
SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana de Santiago Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM
Consejo de Monumentos Nacionales
Superintendencia de Servicios Sanitarios
Superintendencia del Medio Ambiente Expediente del Proyecto “Parque Aconcagua II”. Archivo Servicio Evaluación Ambiental RM.
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