Evaluación SEA

Terminal Gas Caldera

Rol 2138417146
SEA · EIA · Aprobado · 2018-02-08 · Región de Atacama · Terminal Gas Caldera S.A.

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REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE ATACAMA

VISTOS:

1°. El Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto “Terminal Gas Caldera”, su Adenda de 29 de noviembre de 2018 y su Adenda Complementaria de 14 de marzo de 2019, del proyecto “Terminal Gas Caldera”, presentado por Terminal Gas Caldera S.A. con fecha 01 de febrero de 2018.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación del EIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) del EIA del proyecto “Terminal Gas Caldera”.

3°. El Acta N°2 de fecha 16 de marzo de 2018 de la reunión realizada con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizados en el área en que se desarrollará el proyecto “Terminal Gas Caldera”, conforme a lo previsto en el artículo 86 del D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. El Acta de Evaluación N°9 de 12 de junio de 2019, del Comité Técnico de la Región de Atacama.

5°. El ICE del EIA del proyecto “Terminal Gas Caldera” de 18 de junio de 2019.

6°. La sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama, celebrada con fecha 26 de junio de 2019.

7°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental del EIA del proyecto “Terminal Gas Caldera”.

  1. Lo dispuesto en la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. N° 40 de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; (en adelante “RSEIA”); en el D.F.L. Nº 1/19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley Nº 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Califica Ambientalmente el proyecto “Terminal Gas Caldera”

Resolución Exenta Nº83

Copiapó, 10 de julio de 2019.

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Resolución Toma de Razón DD.PP N° 756 del 15 de junio de 2015, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, que nombra a doña Verónica Ossandón Pizarro como Directora Regional subrogante del SEA Atacama y en la Resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.

CONSIDERANDO:

1°. Que, Terminal Gas Caldera S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) el EIA del proyecto “Terminal Gas Caldera” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Terminal Gas Caldera S.A. Rut 76.724.437-1 Domicilio Edwards 536 – Caldera - Atacama Teléfono 56 2 26944300 Nombre representante legal Ignacio Antonio Mir Fernández Rut representante legal 15.643.963-0 Domicilio representante legal Edwards 536 – Caldera - Atacama Teléfono representante legal 56 2 26944300 Correo electrónico Titular o representante legal contacto@terminalgascaldera.cl

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 18 de junio de 2019, la Directora Regional Subrogante de la Región de Atacama ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto el proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental vigente, incluidos los permisos ambientales sectoriales, haciéndose cargo de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley, propone medidas de mitigación, compensación o reparación apropiadas, asimismo, el Titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el o los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.

3°. Que, en sesión de fecha 26 de junio de 2019, la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama acordó calificar favorablemente el proyecto “Terminal Gas Caldera”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 18 de junio de 2019, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, según lo señalado en el EIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El objetivo del Proyecto es la recepción y almacenamiento de gas licuado refrigerado proveniente de buques especialmente acondicionado y posteriormente su entrega a terceros mediante cilindros y o a granel en las instalaciones propias del terminal Tipología principal, así f.4 Se entenderá por terminal marítimo al fondeadero para buques tanques, que cuenta con instalaciones apropiadas consistentes en 3

como las aplicables a sus partes, obras o acciones cañerías conductoras destinadas a la carga o descarga de combustibles, mezclas oleosas o productos líquidos. ñ.3 Producción, disposición o reutilización de sustancias inflamables que se realice durante un semestre o más, y con una periodicidad mensual o mayor, en una cantidad igual o superior a ochenta mil kilogramos diarios (80.000 kg/día). Capacidad de almacenamiento de sustancias inflamables en una cantidad igual o superior a ochenta mil kilogramos (80.000 kg). Vida útil 50 años Monto de inversión USD $75000000 Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución Comienzo de la intervención del terreno para la instalación de faenas. Proyecto se desarrolla por etapas Si No

[X] Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No

[X] Proyecto modifica otra(s) RCA Si No

[X]

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa Región Atacama, Provincia de Copiapó, Comuna de Caldera, en la bahía de Caldera. Justificación de la localización La localización del Proyecto se justifica dado que la bahía de Caldera cuenta con condiciones náuticas privilegiadas y servicios portuarios desarrollados compatibles con la operación del terminal. Además, la ubicación geográfica de Caldera permite optimizar desde el punto de vista logístico el suministro de gas licuado a la zona norte del país, minimizando los costos de transporte para los clientes del terminal. Superficie La superficie total del Proyecto es 8.9 ha. Coordenadas UTM en Datum WGS84 Tabla C1-2 del EIA, Tablas AD-2 y AD- 3 Adenda. Caminos de acceso Se ingresará al sector de emplazamiento del Proyecto utilizando la Ruta 5, luego un camino de tierra existente que conduce a las instalaciones de tercero (vecino a la zona del Proyecto) y finalmente un camino que este proyecto pavimentará (desde el acceso de la planta hasta el empalme de camino existente) Figura C1-3 del EIA. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, Anexo AD-1 y AD-5 Adenda 4

georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Limpieza y habilitación de terrenos Previo a la realización de los movimientos de tierras, se realizará un escarpe del terreno y la habilitación de drenajes para aguas lluvia. Movimientos de tierra

Para la construcción de plataformas, se efectuará un corte del terreno en un volumen de 28.000 [m3] y relleno de 10.000 [m3], y la excavación de la piscina 34.000 [m3]. La configuración del terreno de excavación masiva se considera 50% TCN (Terreno de cualquier naturaleza) y 50% roca. Para la construcción de caminos y fundaciones de estanques y equipos, se estima un volumen de excavación de 9.000 [m3] aproximadamente y un volumen de relleno de 12.000 [m3]. El material de relleno provendrá de la excavación masiva y de la excavación de la piscina y túnel, para lo cual será acopiado y clasificado cercano al sector de utilización y cubierto. Se requerirá de explosivos en los lugares donde se ubicará el estanque refrigerado de almacenamiento y la piscina de contención de derrames. Hormigonado y enfierraduras Para la construcción de las obras civiles como las fundaciones, hormigones, radieres y relleno estructural. Los hormigones para el caso de hormigones H-30 masivos, serán bombeados a través de bombas telescópicas de hormigón, para lo cual la calidad del hormigón será con cono bombeable; para hormigones localizados, de calidad H-10, H-20 y H-30, se utilizará vaciado directo desde camión cuando se requiera. Montaje de estructuras y equipos

El montaje de las estructuras tales como parrón de cañerías, estructuras de edificios, plataformas de operación y acceso, bodegas y oficinas; será ejecutado según la secuencia de montaje, contemplando: preparación de placas niveladoras, montaje de columnas y estructuras principales; pre-armado en terreno y montaje de estructuras secundarias. Los montajes de los equipos principales, accesorios y materiales, serán ejecutados según procedimientos de montaje, verificando las condiciones de los equipos desde su recepción hasta su etapa de pruebas. Montaje eléctrico e instrumentación

El montaje eléctrico se realizará para la sala eléctrica, los equipos principales, los tableros, el cableado, conexionado e iluminación, la soportación, las escalerillas y la instalación de conduits y malla tierra. 5

Las actividades de instrumentación serán el conexionado y protocolización respectivamente. Habilitación de acceso Se habilitará una vía o ramal, para el acceso al sector de faena, la cual empalma al camino de tierra existente que se dirige hacia las instalaciones de la planta de almacenamiento de combustibles vecina a este Proyecto. Para ello, se preparará el terreno, utilizando maquinaria adecuada para la nivelación y compactación. Posteriormente, el acceso al terminal será pavimentado (previo inicio fase de operación). Habilitación de la instalación de faenas

Se realizará la instalación de los contenedores que albergarán las oficinas, servicios higiénicos, comedor, servicio de emergencia primaria de salud, camarines, bodegas y estacionamientos. Pruebas Pre comisionamiento Son pruebas estáticas que se aplicarán a cada equipo, circuito, sistema y subsistema para lograr la terminación mecánica. Estas pruebas incluyen y no se limitan a: pruebas hidrostáticas, pruebas de hermeticidad, pruebas de martillo, alineación de equipos rotatorios, rotación y rodaje inicial de motores, inspección de equipos, calibración de instrumentos, carga de aceite a motores y equipos en general. Sector Ductos Construcción muelle de varado Se construirá el muelle auxiliar de aproximadamente 150 [m] de longitud en el sector de rompientes, a objeto de permitir la ejecución de la zanja, instalación de los ductos al interior de estas y su posterior relleno (Figura C1-13 del EIA). El muelle estará estructurado por pilotes y vigas y su cota de coronamiento será la +3,5 [m] NRS (Nivel de Reducción de Sondas). Además, contará con un cierre perimetral de tablestacas para evitar la entrada de arena al interior de la zanja en construcción. Esta es una obra provisoria, la cual será desmantelada una vez se haya terminado esta actividad. En Adenda se señala, que, en caso de encontrar roca de buena calidad, no meteorizada, la excavación deberá contemplar el uso de explosivos o expansores químicos. Construcción de la línea de lanzamiento en tierra En el sector sureste del Sector Planta se construirá la línea férrea de fabricación y lanzamiento de los ductos, la que estará conformada por 2 líneas férreas en paralelo de 820 [m] (línea principal) y de 650 [m] (línea secundaría) de longitud, y carros de transporte compuestos por un eje de acero soportado por dos ruedas (Figura C1-13 del EIA). Los ductos se apoyarán en estos carros, los que permitirán el desplazamiento a lo largo de la línea, cuyo trazado debe considerar los requerimientos necesarios para que no se produzca un descarrilamiento o volcamiento del sistema. Esta línea corresponde a una obra provisoria, la cual será desmantelada una vez se haya terminado esta actividad. 6

Construcción muelle de lanzamiento en el mar El objetivo es adentrar los ductos en el mar para su posterior navegación hasta el sector de hundimiento. Para alcanzar la profundidad requerida para la flotación de las cañerías, el trazado de este muelle es curvo iniciándose en una cota sobre la marea alta y finalizando bajo la cota +0,0 m NRS. Sobre esta estructura los carros de soporte de las cañerías se deslizarán hasta llegar al mar (Figura C1-13 del EIA). El muelle de lanzamiento en el mar corresponde a una obra provisoria, la cual será desmantelada una vez se haya terminado esta actividad. Montaje de ductos y lastres de hormigón (contrapesos) Los lastres de hormigón (contrapesos) serán elaborados en tierra mientras se construyen las estructuras de lanzamiento de los ductos y ejecución de excavaciones, estos se instalarán en forma previa al lanzamiento de los ductos. En paralelo se montarán los ductos de acero, soldando los tubos (de largo comercial) hasta obtener ductos de longitud aproximada de 1.868 [m]. Esta actividad se desarrolla sobre la línea de lanzamiento en tierra. Todas las soldaduras serán revisadas por medio de radiografías para asegurar que no existan fugas de combustible en las uniones. En Adenda, se presenta en la Figura AD-1 la ubicación de las cañerías en terrenos dentro de la Concesión Marítima y sus longitudes por sector son: • Sector 1: 104 m de longitud. En este tramo se disponen catorce (14) contrapesos. • Sector 2: 53 m de longitud. • Sector 3: Corresponde a la cámara de válvulas. • Sector 4: 61 m de longitud. Lanzamiento y hundimiento de los ductos El lanzamiento de los ductos para la línea de recepción de gas licuado y la línea de envío de vapores a buque, se debe realizar con buenas condiciones marítimas y climáticas, preferentemente durante las primeras horas de la mañana. Las condiciones para efectuar los lanzamientos son: - Altura de ola: inferior a 0,3 [m] (mar llana). - Viento: menor a 8 [nudos]. Para el lanzamiento de los ductos y su primer contacto con el mar se utilizará el muelle de lanzamiento. Las labores de lanzamiento requerirán un remolcador de capacidad adecuada que por medio de una espía mantendrá la tensión y guiará el ducto hacia el mar. En tierra con la ayuda de excavadoras los ductos serán empujados al mar por medio de eslingas y guiados por el muelle de lanzamiento. El avance de la línea se realizará a una velocidad aproximada de 0,5 [km/h]. Una vez que la cola de las cañerías se encuentre en el mar, se procederá al traslado por flotación de la línea al lugar de hundimiento e instalación, utilizando el remolcador de tiro delantero, una lancha mayor atrás y 15 embarcaciones dispuestas a ambos lados de la línea de ductos, las que se encargarán de mantenerlos alineada. El tiempo de navegación se estima en 30 7

minutos. Dado que la línea se fabrica en dos tramos de igual longitud, se debe realizar la unión entre ambos tramos por termofusión una vez que el extremo final del primer tramo ingrese al muelle de lanzamiento. Una vez soldados los tramos, se comprueba que la unión no posea fugas por medio de radiografías y luego se reanudará el lanzamiento hasta completar el largo total de los ductos. Estando la línea en el sector requerido por proyecto, se iniciará su hundimiento, lo que se realizará desde tierra a mar, llenando con agua de mar el ducto de 14”, con lo que se obtiene un hundimiento controlado a una velocidad de 15 [m/min]. Para lograr un llenado de agua a tubo lleno, se incorporará un pig que se desplaza solo cuando la presión supere los 3 [bares]. El hundimiento y posicionamiento en el fondo será apoyado por una cuadrilla de buzos. Instalación Boyarines de Señalización Los al menos 8 boyarines, estarán conformados por un flotador de acero con pedestal para disponer sobre este la lámpara de señalización. La lámpara cumplirá con las exigencias de la Autoridad Marítima Local en relación al color, alcance, destellos, etc. Para mantener la posición del boyarín, el flotador se conecta por medio de un cable de acero a un muerto de hormigón armado dispuesto en el fondo marino. Construcción Cámara de Válvulas Para la conexión de los ductos entre el sector marino y terrestre, en tierra se construye una cámara de hormigón armado que contiene las válvulas de corte que permiten aislar el sector submarino del terrestre para trabajos de mantenimiento y seguridad. Sector Terminal Construcción Sistema de amarre de buques Este terminal multiboya estará compuesto: i. Las boyas, conformadas por planchas de acero, serán de sección cilíndrica de 5 [m]. de diámetro y 2,5 [m] de altura. Cada boya cuenta con un gancho de escape doble de 150 [t] de capacidad total (dos ganchos de 75 [t] cada uno), y una lámpara de señalización para maniobras nocturnas. Las lámparas cumplirán con las exigencias de la Autoridad Marítima Local en relación al color, alcance, destellos, etc. Las boyas tendrán dos patas principales, cada pata con un ancla tipo off-drill II de 30.000 [lb] de peso y 6 paños de cadena grado 2 de 3 1/16” de diámetro. Las retenidas están formadas por un ancla tipo off-drill de 3.000 [lb] de peso y 4 paños de cadena grado 2 de 2” de diámetro. ii. La rejera estará conformada por un ancla y cadena de las mismas características que la pata principal de las boyas. La posición de la rejera será identificada por un flotador de acero con lámpara de señalización para maniobras nocturnas. El flotador estará unido a la cadena a través de un cable de acero. Las boyas y flotador de la rejera estarán protegidos de la corrosión por un esquema de pintura adecuado a las condiciones marinas, 8

complementado además por la instalación de un sistema de protección catódica en base a ánodos de sacrificio. Construcción PLEM (Pipeline End Manifold) Este tiene por objetivo proveer una conexión de las cañerías con los flexibles que conectan con el buque (flexible de descarga y flexible de envío de vapores a buque) y evitar desplazamientos o daños en las cañerías producto de fuerzas o tirones imprevistos. La estructura de acero del PLEM será protegida contra la corrosión utilizando el mismo sistema que el usado para los ductos, el cual consiste en un recubrimiento en base a esquemas de pintura o FRP el cual se complementará con un sistema de protección catódica en base a ánodos de sacrificio o corriente impresa. Instalación Flexibles La conexión entre las líneas de descarga y retorno de vapores con el buque (línea de recepción de gas licuado y línea de envío de vapores a buque) se realiza con ductos flexibles de 6” y 14” respectivamente (nueve paños de 10 [m] de longitud cada uno). Los flexibles estarán diseñados de modo que la conexión al buque sea fácil y rápida. Para lo anterior, en el extremo se instalará una válvula de corte tipo bola con extremos bridados, norma ANSI 150, fabricada en acero inoxidable AISI 316. La presión de rotura de los flexibles corresponde a cinco veces la presión máxima de trabajo y éste cumplirá con las especificaciones EN 1762:1997 “Rubber hoses and hose assemblies for liquefied petroleum gas, LPG (liquid or gaseous phase), and natural gas up to 25 bar (2,5 MPa) – Specification”. Para evitar cortes de los ductos y flexibles, y derrames de productos al mar durante la operación de descarga, se considera instalar válvulas de seguridad con capacidad de 15 [t], tipo “break- away”, para cada flexible en su conexión al PLEM. Por otro lado, en el extremo final de cada flexible, para su conexión al manifold del buque, se instalará una válvula de corte tipo bola con extremos bridados. Sector Planta Construcción del Estanque de almacenamiento refrigerado Terminadas las obras civiles y obteniéndose el requisito de resistencia, se ejecutará según procedimiento de montaje, disponiendo las planchas de acero con el apoyo de grúas de alto tonelaje, una vez posicionadas y acuñadas las planchas se sueldan según secuencia, con el apoyo de plataformas de trabajo y equipos alza hombres, a modo de formar anillos, completando la base y el techo fijo del estanque. Una vez construido el estanque con sus boquillas y manhole, se instalará la aislación del estanque. Este estanque cumplirá con las especificaciones de la última edición de la API 620 “Design and Construction of Large, Welded, Low- pressure Storage Tanks”. Además, parte de las obras civiles, está considerada la implementación de la calefacción eléctrica en la fundación del estanque de modo de prevenir daños en el hormigón debido a los cambios de temperatura. Instalación de Equipos de la zona de procesos (unidad de Serán instalados en sus fundaciones respectivas de acuerdo a la ingeniería y la especificación de los proveedores. 9

refrigeración, estanques presurizados, bombas de proceso (bombas de despacho de gas licuado), el sistema de calentamiento, islas de carga de camiones y la estación de llenado de cilindros) Posteriormente, se realizarán las obras electromecánicas que se iniciarán con la interconexión de estos mediante cañerías uniones y soportes, luego a través de las canalizaciones se realizará la conexión eléctrica. Montaje del piping Finalizado el montaje de los equipos, se iniciará la interconexión de estos, mediante la unión de las cañerías y soportes, para lo cual se utilizarán carpas. Secuencialmente con la ejecución del trabajo se realizarán las inspecciones y pruebas para certificar el 100% de las uniones. Montaje eléctrico En etapa preliminar, se dejarán instalados los conduits embebidos en el hormigón y las mallas tierras, según programa de obra, posteriormente se irán abordando las canalizaciones según las áreas entregadas, para la alimentación de fuerza e iluminación. Para la instalación de la sala eléctrica descrita, primero se realizará las fundaciones y luego el montaje de los equipos que la componen: variadores de frecuencia, barra eléctrica, transformadores, generador de emergencia y otros. Luego a través de las canalizaciones se realizará la conexión eléctrica desde la sala eléctrica a los tableros de distribución hasta los equipos. Montaje de instrumentación Este montaje y su soportación corresponde a una de las etapas finales ya que se montan sobre equipos y cañerías en sus ubicaciones definitivas. Recursos naturales renovables Se requiere la corta de alrededor de 7,85 ha de Matorral costero, el que se encuentra dominado principalmente por las especies Nolana carnosa, Nolana crassulifolia y Frankenia chilensis. Adicionalmente, se perderá de alrededor 8,76 ha de suelo, el que presenta incipiente desarrollo pedogenético, de texturas gruesas con clase de capacidad de uso VII. Emisiones y efluentes MP10: La tasa de emisión de 12,5 kg/día por un período de 2 años, y se generarán por excavaciones, nivelaciones, carga y descarga de material, erosión en acopios, transito en camino asfaltados, combustión de maquinaria, grupos electrógenos, vehículo liviano, camiones pesados y buses. MP2.5: La tasa de emisión de 8,3 kg/día por un periodo de 2 años, y se generarán por excavaciones, nivelaciones, carga y descarga de material, erosión en acopios, transito en camino asfaltados, combustión de maquinaria, grupos electrógenos, vehículo liviano, camiones pesados y buses.

Como sistema de abatimiento se realizará: • Los caminos internos de servicio se mantendrán en buen estado. • Humectación durante las excavaciones y en el movimiento de tierras, • Los camiones del proyecto que transporten tierras y áridos 10

estarán debidamente encarpados para evitar la fuga de material particulado. • La velocidad máxima de 40 [km/h] para los vehículos livianos y buses, y de 30 [km/h] para vehículos pesados en los caminos interiores no pavimentados para no levantar polvo. • Utilización de mallas tipo netport en los deslindes de las faenas y cubierto por un toldo los acopios. El talud considerado corresponde a 1:3 y dependerá del tipo de terreno. En Adenda se señala que: • Se asfaltará el camino de acceso y el camino que se inicia en la ruta 5 y se dirige hasta el camino de acceso al Proyecto, al inicio de esta fase. • Humectación para la habilitación de caminos de acceso 2 veces al día, donde se mantendrá un registro (bitácora de registro de la implementación de las medidas) donde se indicará el día y la hora de humectación de caminos, el cual estará en la obra ante cualquier fiscalización.

CO: La tasa de emisión de 54,9 kg/día por un período de 2 años, y se generarán por la combustión de maquinaria, grupos electrógenos, vehículo, camiones y buses. NOx: La tasa de emisión de 98,4 kg/día por un período de 2 años, y se generarán por la combustión de maquinaria, grupos electrógenos, vehículo, camiones y buses. HC: La tasa de emisión de 15,6 kg/día por un período de 2 años, y se generarán por la combustión de maquinaria, grupos electrógenos, vehículo, camiones y buses. SOx: La tasa de emisión de 36,01 kg/día por un período de 2 años, y se generarán por la combustión de maquinaria, grupos electrógenos, vehículo, camiones y buses.

Como sistema de abatimiento se realizará: • Se exigirá a los contratistas que sus vehículos y camiones cuenten con sus revisiones técnicas al día. • Se prohibirá la circulación de todo vehículo motorizado que despida humo visible por su tubo de escape.

Aguas servidas Se generarán un total de 31,2 [m3/día] de aguas servidas. Para el manejo, se instalarán servicios higiénicos en las oficinas de la Instalación de Faena. Se implementará una planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS) modular correspondiente a un sistema de tratamiento biológico, con aireación extendida de 24 horas del tipo ECO PAEX o similar (modelo referencial). El efluente tratado en la planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS), será utilizado durante las excavaciones y en el movimiento de la maquinaria, para la humectación de caminos al interior de las instalaciones del proyecto y para el hidrolavado del estanque de almacenamiento refrigerado. Los lodos generados por la PTAS serán retirados por un camión 11

limpia fosas por una empresa autorizada para transferir y hacer la disposición final fuera del área del Proyecto, en lugares autorizados por la Autoridad. El retiro de lodos será de forma periódica de acuerdo a la frecuencia recomendada por el fabricante.

RILES El efluente del hidrolavado del estanque de almacenamiento refrigerado será utilizado para humectación de caminos al interior de las instalaciones del proyecto.

Ruido En las Tablas AD-30, AD-31 y AD-32 de la Adenda, se presentan los niveles de emisión sonoras y maquinaria para las actividades en el: sector terminal (fondeadero, PLEM y accesorios), sector ductos (armado de muelle de lanzamiento, lanzamiento y hundimiento y lanzamiento de cañería) y sector planta (suministro de equipos, estructuras, cañerías, eléctrico e instrumentación, movimiento de tierra e instalación de faena, fundaciones y obras civiles, montaje de estanque y estructura, construcción de edificios y revestimientos, montaje de equipos, cañerías y electromecánico). Además, en la Tabla AD-33 de la Adenda, se presentan la evaluación de cumplimiento de D.S N°38/11, en los 10 receptores, para horario diurno. Para lo cual, como sistema de abatimiento se realizará: • Mantenimiento adecuado de silenciadores de motores de fuentes móviles y estacionarias. • Aviso anticipado de tronaduras a las localidades cercanas, indicando lugar, horario, perímetro de protección. Diseñar carga, secuencia, horario y retardos de tronaduras para controlar sus efectos en el entorno.

Vibraciones En la Tabla C1-23 del EIA, se presentan los niveles de emisión sonoras durante la ejecución de las tronaduras en el sector planta (sector piscina y sector estanque) Para lo cual, como sistema de abatimiento se realizará: • Mantenimiento adecuado de silenciadores de motores de fuentes móviles y estacionarias. • Aviso anticipado de tronaduras a las localidades cercanas, indicando lugar, horario, perímetro de protección. Diseñar carga, secuencia, horario y retardos de tronaduras para controlar sus efectos en el entorno. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos domésticos El tipo de residuo será restos de comida, envases, y envoltorios de comidas, papeles, desechos de artículos de aseo personal, elementos de protección personal (EPP) no impregnados con sustancias peligrosas, restos de artículos de oficina asimilables a residuos domésticos, entre otros. Se estima una tasa de generación de 260 [kg/día]. Estos serán almacenados en uno o más contenedores de 200 lt, que 12

estarán dispuestos en cada lugar donde se generen residuos domésticos, una vez completa su capacidad o al término de la jornada laboral serán almacenados en la Instalación de Faenas. Además, contarán con bolsa plástica en buen estado, donde se depositarán los residuos domésticos. Los receptáculos serán mantenidos en todo momento, cerrados y en un lugar debidamente señalizado. Estos contenedores serán retirados con una frecuencia mínima de 2 veces por semana y por empresas debidamente autorizadas y enviados a disposición final en un lugar autorizado Relleno sanitario Caldera, ubicado a 5 [km] al oeste del Proyecto por la ruta C-321.

Residuos industriales no peligrosos El tipo de residuo corresponde a restos de materiales de construcción tales como: madera, acero, residuos metálicos, restos de hormigón, restos de tuberías, varillas de soldaduras usadas, restos de cables, restos de embalaje de los equipos, materiales de empaque (bolsa y envases), fierros, gomas, válvulas, entre otros. Se estima una tasa de generación de 200 kg/día. Los restos de materiales de construcción serán acopiados en la bodega de residuos industriales no peligrosos (PAS 140 en Capítulo 10 del EIA). Se priorizará la reutilización de estos materiales en los frentes de trabajo y/o su venta a terceros. La frecuencia de traslado de estos quedará condicionada, por una parte, a la generación de los mismos, dando especial énfasis a limitar el volumen de residuos acopiado y que al mismo tiempo no permanezcan al interior de la faena por un período superior a 1 semana de tiempo prolongado. En caso de que la reutilización no sea posible, entonces serán llevados a disposición final utilizando los servicios de una empresa especialista en gestión de residuos industriales, autorizada por la autoridad competente.

Residuos Peligrosos Se estima una tasa de generación de 130 kg/mes. Estos serán acopiados temporalmente al interior de la bodega de residuos peligrosos de la instalación de faena en contenedores adecuados, identificados y etiquetados de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh 2.190 Of.03. Este etiquetado se mantendrá desde el almacenamiento hasta la eliminación de los residuos. El lugar de almacenamiento temporal de residuos peligrosos contará con una base continua, impermeable y resistente; tendrá cierre perimetral que impida el libre acceso de personas y animales; estará techado y protegido; tendrá capacidad de retención de escurrimientos o derrames; contará con señalización; tendrá acceso restringido; y contará con medidas de seguridad y equipamiento contra incendios. El período de almacenamiento de estos en ningún caso podrá exceder los 6 meses (PAS 142 en capítulo 10 del EIA). 13

La disposición final de estos residuos estará a cargo de una empresa especializada y autorizada para tal fin. El lugar seleccionado para la disposición final de los residuos peligrosos y el traslado de ellos contará con la autorización correspondiente de la SEREMI de Salud, para su funcionamiento. Se llevará el registro de los certificados de recepción y/o disposición de los residuos peligrosos, emitidos por la empresa destinataria (sitio de disposición final). Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 4.5. 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Pruebas de comisionamiento Corresponderán a todas las pruebas dinámicas o de funcionamiento. Estas pruebas incluyen y no se limitan a: accionamiento de la instrumentación y lazos de control, pruebas de rodaje y funcionamiento de equipos rotatorios, verificación de los enclavamientos de control, sistemas de alarmas y emergencias, alineamientos de sistemas y purgas. Se realizarán ensayos radiográficos que estén de acuerdo al código ASME B 31.3, considerando un mínimo de un 5% de éstos en el sector terrestres. Puesta en marcha En la etapa de montaje (fase de construcción) se desarrollarán los procedimientos, programas y se comenzará con las actividades de comisionamiento y pruebas de funcionamiento de los equipos antes de la finalización de la etapa mecánica de las obras. Recepción de buques

El Proyecto contempla la recepción de gas licuado desde buques que llegarán al terminal con una frecuencia aproximada de una vez al mes. Esta operación consiste en la recepción típicamente de buques Medium Gas Carrier (MGC) de 37.300 [m3] de capacidad de almacenamiento de gas licuado refrigerado, para su posterior transporte hacia las instalaciones terrestres a través de una línea submarina denominada “línea de recepción de gas licuado” en la que la tasa de diseño de descarga de gas licuado corresponde a 1.100 [m3/h]. Para realizar la conexión del flexible (flexible de descarga de gas licuado y flexible de envío de vapores a buque), se envía una lancha perteneciente al buque que identifica la ubicación del flexible y lo acerca al brazo de carga del buque. Luego, amarrando las cadenas del brazo al flexible, éste se levanta y se conecta al colector de válvulas de la embarcación. Enfriamiento línea de recepción de gas licuado

Antes de proceder con la operación de descarga de buques, es necesario el enfriamiento de la línea de recepción de gas licuado. Para ello es necesario enviar gas licuado frío (a -40 [°C]) desde el estanque de almacenamiento refrigerado mediante una bomba hacia la línea de recepción de gas licuado manteniendo en el extremo del flexible la válvula de corte cerrada. Además, para asegurar que los vapores existentes en la línea condensen de modo 14

que sólo haya líquido, el ducto se debe presurizar a 50 [psig], medido en el punto más alto. Dicho procedimiento se debe realizar 6 horas antes de la descarga de gas licuado desde el buque, para enfriar la línea hasta por lo menos -12 [°C]. Finalizado el enfriamiento de la línea de recepción, se inicia la operación de descarga de gas licuado desde el buque. Descarga de gas licuado desde buque

Los primeros 30 minutos, la descarga se realiza a una tasa de [600 m3/h] y luego, progresivamente se aumenta la tasa de descarga hasta llegar cerca de la condición de diseño de 1.100 [m3/h]. Cabe destacar que, durante la descarga de gas licuado en el estanque de almacenamiento refrigerado, los vapores generados por los distintos aportes de calor y el desplazamiento del líquido son condensados por la Unidad de Refrigeración (RPU). Durante la operación de descarga, generalmente para flujos de descarga sobre 900 [m3/h], el buque requiere retorno de vapores. Para esta operación se considera el soplador de vapores y el envío a través de la línea de envío de vapores a buque. Esta línea se diseña para enviar un flujo volumétrico de gas desde el estanque refrigerado hasta el buque, igual al flujo volumétrico de descarga de gas licuado del buque, es decir de 1.100 [m3/h] como máximo. Una vez terminada la descarga, se debe dejar cerrada la válvula de corte de los flexibles. El ducto submarino se dejará conectado con el estanque de almacenamiento refrigerado regulando la válvula de alimentación del estanque, de modo de despresurizar el ducto en el tiempo. Se estima que el tiempo de descarga de gas licuado será de alrededor de 30 horas. Almacenamiento

Para el almacenamiento de gas licuado está considerado un estanque refrigerado de capacidad de 45.000 [m3] cuyas condiciones de operación corresponden a una temperatura de - 45,5 [°C] y una presión de 2,0 [psig]. Para mantener las condiciones de operación, se requiere una unidad de refrigeración (RPU) que continuamente condense y enfríe la fase vapor dentro del estanque. Dicha unidad de refrigeración operará en régimen por bandas, es decir cuando se alcance la presión de 2,0 [psig], se activa escalonadamente hasta bajar la presión a 0,8 [psig]. Estará conformada por 2 trenes modulables de tal forma que un sólo tren sea capaz de absorber el calor del boil- off y así, sólo durante la recepción de buque, la RPU operará a su máxima capacidad. Envío de gas licuado hacia camiones

Previo al envío de gas licuado hacia la estación de llenado de cilindros y la isla de carga, será necesario acondicionar el gas licuado aumentando su temperatura hasta -5 [°C] y 7 [barg], y almacenar el gas licuado en 2 estanques presurizados de 200 [m3]. La función principal de estos estanques corresponde a amortiguar las variaciones de flujo producidas por la operación. La impulsión del gas licuado desde el estanque de almacenamiento refrigerado hacia los estanques presurizados se hace mediante 15

bombas del tipo “can pump” con variador de frecuencia y control de recirculación; y el calentamiento del fluido se realiza mediante 1 calentador de tipo ambiental, con respaldo de 2 calentadores indirectos. El flujo de diseño de las “can pump” corresponde a 145 [m3/h], que considera la operación simultánea de las islas de carga y la estación de llenado de cilindros. Para la impulsión del gas licuado desde los estanques presurizados hacia las islas de carga, donde se realiza la carga de camiones a granel por parte de terceros que adquieren el producto, se proyectan 3 bombas de 50 [m3/h] (2 bombas operando y 1 de respaldo), lo que considera el llenado simultaneo de 2 camiones de 34 [m3] en 40 minutos. La impulsión del gas licuado desde los estanques presurizados hacia la zona o estación de llenado de cilindros considera 2 bombas que generan un flujo de 12 [m3/h] de modo de cumplir un con el llenado de 300 cilindros de 5 [kg] y 50 cilindros de 45 [kg] en una hora. Cabe destacar que el tiempo total que un camión estará en la estación será 50 min y que el diseño del sistema considera que el flujo de camiones durante la noche será la mitad del flujo durante el día. Productos generados El Proyecto contempla la recepción de gas licuado desde buques que llegarán al terminal con una frecuencia aproximada de una vez al mes. En los buques el gas licuado se encuentra almacenado en estanques refrigerados de 37.300 [m3] aproximadamente de capacidad total. La entrega del producto a terceros se realizará a través de las islas de carga y a través de los cilindros, dentro del sector planta. Recursos naturales renovables Dada las características del Proyecto, no se contempla extraer o explotar recursos naturales renovables para esta fase del Proyecto. Emisiones y efluentes MP 10: La tasa de emisión de 8,13 kg/día por un periodo de 50 años, y se generarán por tránsito en camino asfaltados, piloto antorcha, 2 calentadores gas licuado, antorcha de emergencia, grupos electrógenos de respaldo 2.750 kVA, combustión de vehículo liviano, camiones pesados y buses. MP2.5: La tasa de emisión de 2,98 kg/día por un periodo de 50 años, y se generarán por tránsito en camino no pavimentados y pavimentados, piloto antorcha, 2 calentadores gas licuado, antorcha de emergencia, grupos electrógenos de respaldo 2.750 kVA, combustión de vehículo liviano, camiones pesados y buses.

Como sistema de abatimiento se realizará: • Los caminos internos de servicio se mantendrán en buen estado • La velocidad máxima de 40 [km/h] para los vehículos livianos y buses, y de 30 [km/h] para vehículos pesados en los caminos interiores no pavimentados para no levantar polvo.

CO: La tasa de emisión de 14,53 kg/día por un período de 50 años, 16

y se generarán por piloto antorcha, 2 calentadores gas licuado, antorcha de emergencia, grupos electrógenos de respaldo 2.750 kVA, combustión de vehículo liviano, camiones pesados y buses. NOx: La tasa de emisión de 31,7 kg/día por un período de 50 años, y se generarán por piloto antorcha, 2 calentadores gas licuado, antorcha de emergencia, grupos electrógenos de respaldo 2.750 kVA, combustión de vehículo liviano, camiones pesados y buses. HC: La tasa de emisión de 0,85 kg/día por un período de 50 años, y se generarán por combustión de vehículo liviano, camiones pesados y buses. SOx: La tasa de emisión de 0,36 kg/día por un período de 50 años, y se generarán por piloto antorcha, 2 calentadores gas licuado, antorcha de emergencia, grupos electrógenos de respaldo 2.750 kVA, combustión de vehículo liviano, camiones pesados y buses.

Como sistema de abatimiento se realizará: • Se exigirá a los contratistas que sus vehículos y camiones cuenten con sus revisiones técnicas al día. • Se prohibirá la circulación de todo vehículo motorizado que despida humo visible por su tubo de escape. Se realizará una adecuada mantención mecánica de equipos, maquinaria y vehículos, las cuales se realizarán en talleres autorizados, fuera del área del Proyecto.

Aguas Servidas Se generarán un total de 3,4 [m3/día] de aguas servidas. Para el manejo, se instalarán servicios higiénicos en las oficinas de la Instalación de Faena. Se implementará una planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS) modular correspondiente a un sistema de tratamiento biológico, con aireación extendida de 24 horas del tipo ECO PAEX o similar (modelo referencial). El efluente tratado en la PTAS será utilizado para la humectación de camino de tierra existente. Los lodos generados por la PTAS serán retirados por un camión limpia fosas por una empresa autorizada para transferir y hacer la disposición final fuera del área del Proyecto, en lugares autorizados por la Autoridad. El retiro de lodos será de forma periódica de acuerdo a la frecuencia recomendada por el fabricante.

RILES Se generarán un total de 20 [m3/día] del efluente generado por el lavado de los cilindros, el cual en la estación de llenado de cilindros será clarificado y recirculado, los que se dispondrán en un estanque de 20 m3, siendo utilizado nuevamente para el lavado de cilindros, por lo que no se generarán residuos líquidos en este proceso. En Adenda, se señala que el agua que recircula en el proceso, de forma trimestral se evacua como labor de mantenimiento, liberando aproximadamente 2,5 [m3], la cual será reutilizada para riego de 17

áreas verde al interior de las instalaciones, en concordancia con la NCh 1333. En su defecto, será retirada por una empresa autorizada para su disposición final.

Ruido En la Tabla AD-36 de la Adenda, se presentan los niveles de emisión de ruido asociado a la presencia de un buque descargando y las fuentes tales como bombas, sistemas de refrigeración, generador eléctrico y flujo de camiones al interior del sector planta. Además, en la Tabla AD-36 de la Adenda, se presentan la evaluación de cumplimiento de D.S N°38/11, en los 10 receptores, para horario diurno y nocturno. Debido a lo anterior, no se contemplan ninguna forma de abatimiento y/o control.

Vibraciones De acuerdo a lo señalado por el Titular, dada las características del Proyecto y los tipos de equipos asociados a la operación de la planta, no se estiman emisiones significativas de vibración. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos domésticos El tipo de residuo será restos de comida, envases, y envoltorios de comidas, papeles, desechos de artículos de aseo personal, elementos de protección personal (EPP) no impregnados con sustancias peligrosas, restos de artículos de oficina asimilables a residuos domésticos, entre otros. Se estima una tasa de generación de 28 kg/día. Estos serán almacenados en uno o más contenedores de 200 lt, que estarán dispuestos en cada lugar donde se generen residuos domésticos, una vez completa su capacidad o al término de la jornada laboral serán almacenados en la bodega de residuos domiciliarios. Además, contarán con bolsa plástica en buen estado, donde se depositarán los residuos domésticos. Los receptáculos serán mantenidos en todo momento, cerrados y en un lugar debidamente señalizado. Estos contenedores serán retirados con una frecuencia mínima de 2 veces por semana y por empresas debidamente autorizadas y enviados a disposición final en un relleno sanitario autorizado.

Residuos industriales no peligrosos El tipo de residuo corresponde a restos de materiales de las mantenciones tales como: chatarras, maderas, gomas, plásticos, partes o piezas desgastadas o dañadas, entre otros. Se estima una tasa de generación de 20 t/año. Los residuos de las actividades de mantención serán acopiados en la bodega de residuos industriales no peligrosos (PAS 140 en Capítulo 10 del EIA). Se priorizará la reutilización de estos materiales en los frentes de trabajo y/o su venta a terceros. La frecuencia de traslado de estos quedará condicionada, por una parte, a la generación de los mismos, dando especial énfasis a 18

limitar el volumen de residuos acopiado y que al mismo tiempo no permanezcan al interior de la planta por un período superior a 1 mes. En caso de que la reutilización no sea posible, entonces serán llevados a disposición final utilizando los servicios de una empresa especialista en gestión de residuos industriales, autorizada por la autoridad competente.

Residuos peligrosos Se estima una tasa de generación de 3 t/año. Estos serán acopiados temporalmente al interior de la bodega de residuos peligrosos de la instalación de faena en contenedores adecuados, identificados y etiquetados de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh 2.190 Of.03. Este etiquetado se mantendrá desde el almacenamiento hasta la eliminación de los residuos. El lugar de almacenamiento temporal de residuos peligrosos contará con una base continua, impermeable y resistente; tendrá cierre perimetral que impida el libre acceso de personas y animales; estará techado y protegido; tendrá capacidad de retención de escurrimientos o derrames; contará con señalización; tendrá acceso restringido; y contará con medidas de seguridad y equipamiento contra incendios. El período de almacenamiento de estos en ningún caso podrá exceder los 6 meses (PAS 142 en Capítulo 10 del EIA). La disposición final de estos residuos estará a cargo de una empresa especializada y autorizada para tal fin. El lugar seleccionado para la disposición final de los residuos peligrosos y el traslado de ellos contará con la autorización correspondiente de la SEREMI de Salud, para su funcionamiento. Se llevará el registro de los certificados de recepción y/o disposición de los residuos peligrosos, emitidos por la empresa destinataria (sitio de disposición final). Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 4.6. 4.3.3. FASE DE CIERRE Desmantelamiento o aseguramiento de infraestructura i. Sector Terminal: Desmantelamiento del sistema de amarre (boyas, rejeras y anclas), mediante la utilización de barcazas y buzos especializados ii. Sector Ductos – Tramo Marino: al final de la vida útil del Proyecto las estructuras submarinas serán retiradas de forma correspondiente al Reglamento de Concesiones Marítimas de la DGTM. iii. Sector Ductos – Tramo Terrestre: desmantelamiento de las obras. iv. Sector Planta: Desmantelamiento de infraestructura y equipos (estanques, equipos de proceso, cañerías, equipos eléctricos 19

complementarios estructuras). Demolición de obras civiles, retiro de las fundaciones, radieres y pavimentos, éstos serán demolidos en su totalidad y parcialmente para el caso de las fundaciones más profundas, por ejemplo, la del estanque refrigerado. Restauración Sector Planta y Sector Ductos -Tramo Terrestre: se realizará el relleno de los sectores excavados, el reacondicionamiento del terreno, del suelo y limpieza del área intervenida. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 4.7.

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Marzo 2020 Parte, obra o acción que establece el inicio Comienzo de la intervención del terreno para la instalación de faenas Fecha estimada de término Mayo 2022 Parte, obra o acción que establece el término Término de la etapa de pruebas de pre-comisionamiento 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio Junio 2022 Parte, obra o acción que establece el inicio Recepción y almacenamiento de gas licuado

Fecha estimada de término Junio 2072 Parte, obra o acción que establece el término Cese de la entrega de gas licuado a terceros

4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio Julio 2072 Parte, obra o acción que establece el inicio Desmantelamiento del sistema de amarre (boyas, rejeras y anclas)

Fecha estimada de término Julio 2074

Parte, obra o acción que establece el término Restauración de la geoforma

5°. Que, los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300 que el Proyecto genera o presenta son los que a continuación se describen: 20

5.1. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental Efecto adverso sobre la fauna nativa debido a la pérdida de ejemplares de baja movilidad Componente ambiental afectado Fauna Parte, obra o acción que lo genera Limpieza y habilitación del terreno y Movimientos de tierra. Fase en que se presenta Fase de construcción Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tablas 5.1.1 y 6.1.1. El Proyecto generaría un impacto adverso significativo sobre la fauna de baja movilidad presente en el área de influencia de este. Dicho impacto será producto de las obras de limpieza y habilitación del terreno y movimientos de tierra a realizar en la fase de construcción del Proyecto. Las especies a afectar serán 2 especies de reptiles en categoría de conservación, Microlophus atacamensis (corredor de atacama) clasificada como Vulnerable y Liolaemus nigromaculatus (lagartija de mancha negra) clasificada como Casi amenazada. Este impacto se denominó: CAS-3: Efecto adverso significativo sobre la fauna nativa debido a la pérdida de ejemplares de baja movilidad, para lo cual se presentan medidas para hacerse cargo de dicho impacto descritas en el Capítulo 7 del presente documento.

5.2. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental Efecto adverso sobre los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos de pescadores, mariscadores y recolectores por el aumento en los tiempos de desplazamiento en la bahía de Caldera Parte, obra o acción que lo genera Obras en el Sector Terminal y en el tramo marino del sector Ducto (construcción), Descarga de buque (operación) y retiro de instalaciones en el sector llegada de barcos y retiro de ducto (cierre). Fase en que se presenta Fase de construcción, operación y cierre Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tablas 5.1.2 y 6.1.2. El Proyecto, en todas sus fases, obstaculizará los tiempos de desplazamiento. En relación a las dinámicas de uso y prácticas que utilizan los Grupos Humanos que trabajan en la Bahía de la Comuna de Caldera, pescadores artesanales, buzos y mariscadores debido a que durante 50 horas todos los meses del año y por toda la vida útil del Proyecto, las actividades de descarga de GL desde el buque, se restringirá el acceso a este sector de la bahía (perímetro de seguridad), aumentando los tiempos de desplazamiento. Por lo tanto, el Proyecto en todas sus fases provocará un impacto significativo a los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos de pescadores, mariscadores y recolectores por el aumento en los tiempos de desplazamiento en la bahía de Caldera.

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5.3. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental Intervención de sitio arqueológico presente en el área de influencia del Proyecto. Parte, obra o acción que lo genera Instalaciones del Proyecto y movimientos de tierra Fase en que se presenta Fase de construcción Impacto ambiental Afectación de formaciones geológicas de potencial fosilífero por las actividades y obras del Proyecto Parte, obra o acción que lo genera Limpieza y habilitación del terreno y movimientos de tierra (construcción) y aumento flujo de vehículos pesados y personas que podrían dañar o sustraer elementos paleontológicos del yacimiento (operación). Fase en que se presenta Fases de construcción y operación Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Tablas 5.1.3 y 6.1.3. Respecto al componente arqueológico, en el área de influencia del Proyecto se registró un sitio arqueológico denominado GLP001, el cual corresponde a un conchal cerámico de cronología prehispánica en su componente tardío, donde se registraron fragmentos de cerámica, líticos, malacológicos, óseos e ictiológicos (mayores antecedentes se presentan en el Anexo PC de la Adenda). En relación a lo anterior, la instalación del ducto contemplado en el Proyecto intervendrá el 11,9% de dicho sitio producto de los movimientos de tierra a realizar durante la fase de construcción, interviniéndose la totalidad del área de influencia del componente Patrimonio Cultural (15 m a cada lado del eje en algunos sectores del ducto y 7,5 a cada lado en otros sectores), por ello, el impacto sobre este sitio se ha considerado como Significativo. Por lo anterior, el Titular presenta medidas para hacerse cargo de dicho impacto que se detallan en el Anexo ME de la Adenda Complementaria y en el Capítulo 7 del presente documento. En relación al componente paleontológico, y de acuerdo a los antecedentes aportados en el proceso de evaluación, el Proyecto se emplaza mayoritariamente sobre la unidad Estratos Caldera (Qe(2b) y Qec(1)) de edad Pleistoceno (Cuaternario) la cual evidenció presencia de fósiles de invertebrados en forma superficial durante la inspección visual realizada, asimismo, se registraron unidades subsuperficiales correspondientes a diferentes niveles de la Formación Bahía Inglesa a unos metros al sur de la ubicación contemplada por el ducto del Proyecto, ambas unidades geológicas poseen un potencial Fosilífero Medio Alto y de alta relevancia científica y patrimonial (mayores antecedentes se presentan en el Anexo PAL del Capítulo 3 del EIA, Anexo PAL-1 de la Adenda y en el Anexo PAL-4 de la Adenda Complementaria). Por lo anterior, y considerando que el Proyecto en sus fases de construcción y operación intervendrá yacimientos paleontológicos producto de la limpieza y habilitación del terreno y movimientos de tierra (construcción), como también el aumento flujo de vehículos pesados y personas que podrían dañar o sustraer elementos paleontológicos del yacimiento (operación), se ha considerado un Impacto Significativo sobre esta componente. De acuerdo a lo anterior, se presentan medidas para hacerse cargo de dicho impacto en el Capítulo 7 del presente documento.

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6°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los demás efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

6.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental Riesgo a la salud de la población producto del aumento de concentraciones ambientales de material particulado y gases. Parte, obra o acción que lo genera Movimientos de material, tránsito de vehículos y combustión de maquinarias y vehículos. Fase en que se presenta Fase de construcción, operación y cierre Impacto ambiental Riesgo a la salud de la población producto del aumento en las emisiones de ruido y vibraciones. Parte, obra o acción que lo genera Construcción de obras del Proyecto Fase en que se presenta Fase de construcción, operación y cierre Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulos 5.2 y 6.2. El Proyecto generará emisiones atmosféricas en todas sus fases (construcción, operación y cierre), siendo los mayores aportes durante la fase de construcción, estos valores se detallan en las Tablas 4.6.4.1 y 4.7.6.1 del ICE para las fases de construcción y operación respectivamente, mientras que para la fase de cierre las emisiones serán de menor magnitud que las emitidas durante la fase de construcción del Proyecto (mayores detalles se presentan en el Anexo AD-6 de la Adenda). Las emisiones se producirán principalmente por excavaciones (construcción y cierre) y por tránsito en caminos asfaltados (operación). De acuerdo a la modelación realizada (actualizada en el Anexo AD- 8 de la Adenda), para la fase de construcción (fase con mayor aporte), la magnitud de los aportes de MP10 en los receptores más cercanos (“Comunidad Colla” y “R10 viviendas”), son nulas (0 ug/m3) para periodo anual, mientras que para el periodo diario se observa un aporte máximo de 1 ug/m3. Por lo anterior, existirá un incremento de un 1% respecto al límite permitido en la norma de calidad primaria del aire para período 24 horas, lo que sumado a la línea de base se obtiene un máximo total del 73% de dicha norma, mientras que para el caso de la normativa anual se mantiene el 88% de la línea de base medida en el área de influencia del Proyecto. En relación a MP2,5, la magnitud de los aportes respecto a la normativa primaria para el periodo de 24 horas tiene un aporte máximo en el receptor “R10 viviendas” de 1 ug/m3 (otros receptores identificados aporte nulo), lo que significa un incremento de un 2% respecto al límite permitido, lo que sumado a la línea de base se obtiene un máximo total del 46% de dicha norma, mientras que para el periodo anual tienen un aporte del Proyecto nulo de 0 ug/m3, manteniéndose el 45% de la norma. Para el caso de las emisiones gases, el mayor aporte igualmente se realiza en la fase de construcción del Proyecto. Para el contaminante SO2 (dióxido de azufre) la concentración total esperada en el receptor “R10 viviendas” no superará el 2,0% de la norma de calidad primaria del aire para período 24 horas, y para el período anual no supera el 1,0% del valor de la norma. Respecto al contaminante NO2 (dióxido de nitrógeno), las concentraciones de NO2, tienen un aporte máximo que alcanza 3 ug/m3, para la norma anual lo que es equivalente a un 3% de la normativa, lo que, sumado a su línea de base corregida, alcanza un máximo de un 4% de la norma en los receptores “Comunidad Colla 1”, “Comunidad Colla 2”, “R1 viviendas” y “R10 viviendas”. En relación a la norma para período 24 horas, tendrá un aporte de 53 ug/m3, lo que es equivalente a un 13% de la normativa en el 23

receptor “R10 viviendas”, lo que sumado a la línea de base alcanza un 27% de la norma. En relación al monóxido de carbono (CO), la concentración total esperada, alcanzan un aporte del Proyecto nulo de 0 mg/m3, para todos los estadísticos normados, por lo que no modifica la línea de base monitoreada en las inmediaciones del Proyecto (3% de la norma). En todas las fases del Proyecto (construcción, operación y cierre) se ejecutarán actividades generadoras de ruido sobre 10 receptores identificados. De acuerdo a los resultados obtenidos en la modelación de ruido y vibraciones (presentado en el Anexo C4-2 del Capítulo 4 del EIA) y los antecedentes presentados en las Tablas 4.5.4.3 y 4.6.6.3 del ICE, los aportes modelados sumado a la condición basal para el ruido generado en las distintas fases, dan cuenta que no se superarán los límites establecidos en el D.S. 38/11 del MMA en todos los receptores identificados, tanto para periodo diurno como nocturno. En relación a las emisiones vibratorias, durante la fase de construcción del Proyecto dichas emisiones se producirán principalmente por la actividad de tronaduras. De acuerdo a los antecedentes aportados (Anexo C4-2 del Capítulo 4 del EIA), los niveles de vibración en los 10 receptores identificados no superan los niveles de vibración establecidos por la norma estadounidense “Title 30: Mineral Resources; Part 816-Permanent Program Performance Standars – Surface Mining Activities; §816.67 Use of explosives: Control of adverse effects”. Para el caso de la fase de operación, el Titular señala que, dada las características del Proyecto y los tipos de equipos asociados a la operación de la planta, no se estiman emisiones significativas de vibración, mientras que, para la fase de cierre, se informa que se generarían vibraciones en forma esporádica, debido al tránsito de los vehículos, a la maquinaria utilizada y a las faenas de desmontaje, las cuales serán de magnitud similar o menor a las señaladas para la fase de construcción.

6.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental Efecto adverso sobre la vegetación por alteración de formaciones vegetacionales nativas y afectación de flora vascular. Componente ambiental afectado Flora y vegetación Parte, obra o acción que lo genera Limpieza y habilitación del terreno y Movimientos de tierra. Fase en que se presenta Fase de construcción Impacto ambiental Efecto adverso sobre la fauna nativa debido a la pérdida de ejemplares de alta movilidad Componente ambiental afectado Fauna Parte, obra o acción que lo genera Construcción de obras del Proyecto. Fase en que se presenta Fase de construcción Impacto ambiental Efecto adverso sobre sitios donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación, producto del aumento en las emisiones de ruido y vibraciones por obras del Proyecto. Componente ambiental afectado Fauna Parte, obra o acción que lo genera Construcción de obras del Proyecto. 24

Fase en que se presenta Fase de construcción Impacto ambiental Efecto adverso por la alteración en las propiedades fisicoquímicas de la columna de agua producto del aumento en la concentración de sólidos suspendidos durante el proceso de instalación y desinstalación de la línea de recepción de GL (ducto), del sistema de amarre de buques y de los muelles provisorios de varado y lanzamiento. Componente ambiental afectado Medio marino. Parte, obra o acción que lo genera Instalación y desinstalación de la línea de recepción de GL (ducto) y del sistema de amarre de buques Fase en que se presenta Fase de construcción y cierre Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulos 5.2 y 6.2. De acuerdo a los antecedentes presentados en el proceso de evaluación para la componente flora y vegetación, en el área de influencia del Proyecto se identificaron 19 taxa, de los cuales 12 especies son endémicas, 4 nativas y una especie introducida (listado de las especies se presenta en la Tabla PL-5 del Anexo “Línea de Base Sección I” del Capítulo 3 del EIA), ninguna de ellas en categoría de conservación, no obstante, se registró la presencia de individuos de la especie Skytanthus acatus presente en el D.S. 68/2009, si bien se encuentra en el área de influencia, no será afectado por las obras o actividades del Proyecto. Respecto a las formaciones vegetacionales, se identificaron 7 unidades dentro del área de influencia (en la Tabla C4-33 del Capítulo 4 del EIA se detallan las tipologías de las unidades y las superficies tanto del área de influencia como del área de afectación). La afectación sobre dichas unidades vegetacionales abarcará 7,85 ha, lo que representa el 89,6% del total del área afectada, las otras áreas representan zonas denudadas y de otros usos. Todas las formaciones vegetacionales a afectar corresponden a matorrales, habiendo 4 tipologías, siendo la más representativa en número de unidades y en superficie el Matorral de Nolana carnosa, la cual será afectada por la instalación de la Planta del Proyecto. En relación a los impactos identificados sobre esta componente, estos fueron calificados como No Significativos, considerando que el valor ambiental de la flora y vegetación a afectar representa un valor ambiental bajo debido a que no existen singularidades dentro del área de afectación del proyecto. La única especie dentro del área de influencia que presentó alguna singularidad es la especie Skytanthus acatus (D.S 68/2009), sin embargo, como se señaló anteriormente, dicha especie no será afectada por las obras del Proyecto porque se encuentran fuera del área de intervención. Complementariamente, la “Cantidad” de recurso a afectar es reducida en relación a su disponibilidad en la zona y la región. En relación a la componente fauna, para el caso de las aves y mamíferos marinos, en el área de influencia se registraron 5 especies en categoría de conservación, de las cuales 3 son aves; Leucophaeus modestus (Gaviota garuma) clasificada como Vulnerable y las especies Oceanites gracilis (Golondrina de mar chica) y Sula variegata (Piquero) clasificada como Insuficientemente conocida y 2 especies de mamíferos marinos; Otaria flavescens (Lobo marino) clasificada como Preocupación menor y la especie Lontra felina (Chungungo), clasificada como Vulnerable. En relación a las especies registradas, considerando que estas presentan alta movilidad, además, no se encuentran circunscritas exclusivamente en el área de emplazamiento del Proyecto, y para el caso de las aves, de acuerdo a la información proporcionada en el proceso de evaluación, no se registraron sitios donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación, los impactos identificados fueron calificados como No Significativos para todas las fases de este, asimismo, el Titular presenta medidas de control tales como: Plan de 25

ahuyentamiento de fauna marina móvil, que consiste en generar condiciones de tipo ecológico que causen estrés ambiental y por consiguiente la migración de los animales que se encuentren en la zona que será intervenida, hacia otros lugares donde no se realizará intervención, las especies (mayores antecedentes se presentan en el Anexo PAFM de la Adenda) y un Plan de monitoreo y rescate de vertebrados marinos en caso de que accidentalmente se provoque algún tipo de daño a reptiles, mamíferos y/o aves marinas durante los periodos de construcción, operación o cierre del Proyecto. Este protocolo de monitoreo se separó en dos etapas, el primero incluye la fase de construcción y cierre del Proyecto, ya que las actividades con posible riesgo para la fauna marina a realizar en estas fases son similares y el segundo periodo corresponde a la fase de operación, debido a que la única actividad con posible riesgo sobre la fauna marina en este periodo corresponde a los buques de transporte que ingresan a la bahía (mayores antecedentes se presentan en el Anexo PMR de la Adenda). De acuerdo a los antecedentes aportados en el proceso de evaluación, la fase de mayor generación de ruido será la fase de construcción. En el área del Proyecto, las actividades de construcción vinculadas a un incremento de ruido y vibraciones suponen un posible efecto adverso sobre sitios donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación, sin embargo, de acuerdo a la línea de base de fauna presentada, indican que el área de emplazamiento del Proyecto no presentan sitios donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación. Sin embargo, considerando que emisiones de ruido por sobre los 85 dB pueden generar alteraciones en el componente de animales silvestres, se definió como área afectada por ruido, la zona entre las fuentes emisoras y la isolínea de 85 dB, de acuerdo a la modelación realizada (Anexo C4-2 del Capítulo 4 del EIA) se generarán emisiones sonoras provenientes de los frentes de trabajo para la construcción de las obras, las cuales alcanzarán un máximo de 78 dB (a 10 m), en horario diurno (no se contemplan actividades en horario nocturno), no generándose emisiones de 85 o más decibeles. Según los umbrales de tolerancia establecidos y el tamaño del buffer de afectación por ruido, en el área del Proyecto, es posible señalar que no se alteran sitios donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación, ya que dentro del buffer de afectación no se encuentran este tipo de sitios. En relación a las actividades de tronaduras que se realizarán en la fase de construcción del Proyecto, el Titular presentó en el Anexo PAFM de la Adenda un Plan de ahuyentamiento para fauna marina móvil. En relación al impacto identificado sobre el Medio Físico Marino, “Efecto adverso por la alteración en las propiedades fisicoquímicas de la columna de agua producto del aumento en la concentración de sólidos suspendidos durante el proceso de instalación y desinstalación de la línea de recepción de GL (ducto), del sistema de amarre de buques y de los muelles provisorios de varado y lanzamiento.”, este fue considerado como No Significativo. Lo anterior, debido a que la resuspensión de sedimentos compuesto principalmente por sedimento tipo arena muy fina producido por las actividades propias de la fase de construcción y cierre de dichas obras, de acuerdo los cálculos realizados considerando la granulometría, velocidad de las corrientes y resuspensión, el área afectada por dicha resuspensión será a lo más en un radio de 50 metros, el cual podría ser mayor en la zona de rompiente de la playa de arena, además, debido a la capacidad de dilución de la columna de agua por medio de las corrientes marinas y la capacidad de decantación natural de los sedimentos, las propiedades fisicoquímicas de la columna de agua retomarán a su estado basal paulatinamente, en el transcurso de horas o días una vez que las obras terminen. Además, la instalación del ducto, proceso en que se espera la mayor resuspensión de sedimento, será de un tiempo acotado de aproximadamente cuatro horas.

6.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS 26

Impacto ambiental Efecto adverso sobre los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos de pescadores, mariscadores y recolectores por la reducción de productividad de las áreas donde se extraen recursos bentónicos (bahía de Caldera) los cuales son utilizados como sustento económico. Parte, obra o acción que lo genera Obras en el Sector Terminal y en el tramo marino del sector Ducto. Fase en que se presenta Fase de construcción Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulos 5.2 y 6.2. De acuerdo a lo presentado en el capítulo 4 de este EIA se identificó el siguiente impacto No significativo Efecto adverso sobre los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos de pescadores, mariscadores y recolectores por la reducción de productividad de las áreas donde se extraen recursos bentónicos (bahía de Caldera) los cuales son utilizados como sustento económico. En conclusión, el Proyecto no intervendrá, hará uso o restringirá el acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico de pescadores, mariscadores y recolectores, o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural, en ninguna de sus fases de ejecución. Se presenta en detalle en el Capítulo 5 Efectos Características o Circunstancias del Art. 11 del EIA.

6.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental Afectación de poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. Parte, obra o acción que lo genera Obras del Proyecto Fase en que se presenta


Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6.2. En Adenda y Adenda Complementaria, se informa que en la Comuna de Caldera todos los Grupos Humanos Pertenecientes a Pueblos Indígenas, que se incluyeron fueron: Comunidad Indígena Diaguita Ochila Ango, Asociación Diaguita de Recolectores Pesqueros, Buzos, Mariscadores Artesanales y Ramos Afines, Asociación Diaguita Lafken Mapu, Comunidad Indígena Diaguita Ema Piñones Hijos de Godoi y Comunidad Indígena Diaguita Kakan, las cuales están definidas con un carácter urbano. Sin embargo, dentro del área de influencia del Proyecto sólo se encuentra identificada la Comunidad Indígena Diaguita Ema Piñones Hijos de Godoi. Ya que, posee una reclamación territorial ante la CONADI y esta encuentra a 2,4 km en línea recta del Proyecto. En base a lo anteriormente expuesto y a los resultados presentados durante el proceso de evaluación, se puede concluir que durante la fase de construcción y operación se prevé un Impacto No Significativo. 27

De acuerdo al proceso de evaluación del Proyecto, y dada su extensión, magnitud o duración de las intervenciones de sus partes, obras y acciones, así como los impactos generados, este no es susceptible de afectar sitios prioritarios para la conservación, en especial consideración a los objetos de protección que se pretenden resguardar. Tales como sitio prioritario Zona Desierto Florido, ya que este sitio se encuentra a 9,5 km de distancia de las obras del Proyecto. En relación a Humedales Protegidos y Glaciares con valor ambiental el Proyecto dada la extensión, magnitud y duración de la intervención de sus partes, obras o acciones, así como de los impactos generados, no es susceptible de afectar sitios prioritarios para la conservación, en especial consideración a los objetos de protección que se pretenden resguardar.

6.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental Obstrucción de la visibilidad hacia zonas con valor paisajístico, producto de la construcción de un terminal para el almacenamiento de gas licuado en la bahía de Caldera. Componente ambiental afectado Paisaje Parte, obra o acción que lo genera Construcción y operación de estanque de almacenamiento de gas licuado y obras temporales. Fase en que se presenta Fase de construcción y operación. Impacto ambiental Obstrucción de acceso o alteración de zonas con valor turístico. Componente ambiental afectado Turismo Parte, obra o acción que lo genera Obras del Proyecto Fase en que se presenta Fases de construcción y operación. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulos 5.2 y 6.2. De acuerdo a los antecedentes aportados en el proceso de evaluación, el área en la cual se emplazarán las obras y actividades del Proyecto fue caracterizada con calidad visual baja, los atributos biofísicos que la caracterizan presentan calidad alta por suelo, valoración media por fauna; y valoración baja por relieve, agua y vegetación. Sus atributos estructurales y estéticos presentan valores bajos, debido a que el paisaje no presenta diversidad de elementos, y un alto nivel intervención antrópica, por la presencia de actividades industriales existentes. De acuerdo a la condición basal y a los fotomontajes presentados (Anexo C4-3, pertenecientes al Capítulo 4 del EIA), el impacto identificado se calificó como No Significativo, toda vez que la incorporación de las obras del Proyecto en el paisaje, no serán dominantes en relación a la escala y a las características del mismo (con presencia de instalaciones industriales), por lo tanto, no concentra la atención del observador por sobre los elementos existentes en la vista. De acuerdo a los antecedentes aportados durante el proceso de evaluación, el área de influencia de esta componente está conformada por una zona con valor turístico, la que podría verse potencialmente afectada por el Proyecto ya sea por el emplazamiento de las obras en su interior o por el uso de las rutas que confluyen en esta zona. Esta zona fue identificada como la Zona con valor 28

turístico Caldera – Bahía Inglesa. El principal motivo de visita a la zona con valor turístico de Caldera-Bahía inglesa son las playas y balnearios de Caldera. El segundo punto importante de la zona corresponde a la historia de Caldera y su importancia desde el punto de vista de la paleontología, lo que fue corroborado con el enfoque que tienen los tour operadores, los cuales hacen recorridos a las distintas playas con las que cuenta Caldera, tanto hacia el norte como el sur de la ciudad y también tour paleontológicos. En relación a lo anterior, el presente Proyecto utilizará rutas que se encuentran al interior de la zona con valor turístico (Ruta 5 y “Pesquera Atacama poniente”), sin embargo, la fase constructiva de este no considera dentro de sus medidas de diseño, mantener deshabilitado el acceso por estas rutas, por lo tanto, no existirá una obstrucción de acceso a los atractivos turísticos. Asimismo, el Proyecto se encuentra en una zona de uso industrial según lo establecido por el Plan Regulador intercomunal de Atacama y según el Plan regulador comunal de Caldera, por lo tanto, la construcción del Proyecto no generará bajo ninguna circunstancia, un cambio en las actividades productivas que se desarrollan en los alrededores, por lo que no se estima una alteración a las dinámicas turísticas de la comuna, la cual se concentra en la ciudad de Caldera.

6.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental Modificación o deterioro en forma permanente de construcciones, lugares o sitios que, por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena. Parte, obra o acción que lo genera


Fase en que se presenta

Impacto ambiental Afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del Proyecto o actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas. Parte, obra o acción que lo genera


Fase en que se presenta

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo 6.2. De acuerdo a lo antecedentes aportados en el proceso de evaluación, en el área de influencia del Proyecto, no se registraron construcciones, lugares o sitios que, por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena. De acuerdo a los antecedentes aportados en el proceso de evaluación, en el área de influencia del Proyecto no existe afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del presente Proyecto, incluyendo a pueblos indígenas.

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7°. Que, del proceso de evaluación de impacto ambiental del Proyecto puede concluirse que las siguientes medidas de mitigación, reparación y/o compensación son adecuadas para hacerse cargo de los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300 que genera o presenta el Proyecto, las que deberán implementarse para su ejecución:

7.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

7.1.1 Plan de perturbación controlada Impacto ambiental Efecto adverso significativo sobre la fauna nativa debido a la pérdida de ejemplares de baja movilidad. Tipo de Medida Mitigación Componente ambiental objeto de protección Fauna Objetivo Provocar el abandono o inducir el desplazamiento gradual de los individuos de fauna de baja movilidad (reptiles) en el área del proyecto, específicamente de las obras lineales, desde su lugar de origen hacia zonas inmediatamente adyacentes al área de intervención en cada una de las áreas. La especie objetivo en este caso será Microlophus atacamensis (corredor de Atacama) y Liolaemus nigromaculatus (lagartija de mancha negra). Descripción Se efectuarán microrruteos en busca de refugios para la fauna silvestre, en donde se realizará una perturbación controlada del ambiente, provocando la huida gradual de las especies nativas. Rocas de menor tamaño y restos de vegetación serán trasladados desde el área a intervenir por el Proyecto a las zonas aledañas que no serán alteradas por las obras; de esta manera, los individuos de fauna ahuyentados dispondrán de sectores donde puedan refugiarse. Lo anterior será supervisado por un especialista en fauna silvestre. Este plan será coordinado de acuerdo al cronograma de avance del Proyecto, con el fin de evitar la recolonización de las áreas liberadas. Mayores detalles de este plan se presentan en el Anexo ME-1 del EIA. Justificación Para implementar las obras del Proyecto se deberá llevar a cabo la remoción de la cubierta vegetal y de rocas, afectando a la fauna presente en los sectores de las obras lineales, especialmente importante para aquellas especies que presentan una baja movilidad como es el caso de los reptiles. En este sentido se debe indicar que, la principal defensa de este grupo de especies frente a cualquier amenaza externa, de acuerdo a su etología y limitaciones de desplazamiento, consiste en ocultarse en sus madrigueras y permanecer ahí hasta que el peligro cese. Debido a este comportamiento, muchos ejemplares de movilidad restringida se verán afectados por las obras del Proyecto. Con la implementación de este plan de perturbación de fauna se disminuirá la afectación de ejemplares de fauna nativa de baja movilidad presentes en el área de intervención/afectación, al ser forzados a trasladarse a las áreas aledañas a las de intervención/afectación Lugar de implementación En las obras lineales del proyecto, esta medida será ejecutada en concordancia con el cronograma de construcción. 30

Forma y oportunidad de implementación Forma: La remoción de refugios para reptiles (vegetación arbustiva, rocas y piedras) será realizada en forma manual, sin la intervención de maquinaria pesada, despejando principalmente la vegetación de tipo arbustiva y rocas o piedras de mediano tamaño, los cuales constituyen refugios. El despeje se realizará de forma ordenada, promoviendo el desplazamiento de los individuos hacia los sectores aledaños que no serán intervenidos por las obras. Los restos de vegetación cortados y rocas de menor tamaño, serán trasladados hacia lugares fuera del área de intervención del Proyecto. Este material será colocado en forma estratégica con el objetivo de compensar los refugios removidos y además orientar el escape de los individuos. Las actividades se realizarán en todos aquellos sectores que presenten las condiciones de refugio adecuadas para reptiles que sean intervenidas por el Proyecto. Oportunidad: Las actividades de perturbación finalizarán entre 1 y 2 semanas antes del inicio de las obras y/o tronaduras, previo aviso al SAG. En caso de que, una vez realizado el plan de perturbación, el inicio de las obras se retrase más del período definido anteriormente, se deberá evaluar en terreno si se realiza una nueva campaña de perturbación. Las actividades asociadas a la ejecución de esta medida serán realizadas considerando el cronograma de construcción del Proyecto, conforme se vayan materializando los distintos frentes de trabajo. Indicador de cumplimiento Comprobante generado por el sistema electrónico de la SMA, contra la entrega del informe de perturbación controlada. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.

7.1.2 Plan de rescate y relocalización de fauna Impacto ambiental Efecto adverso significativo sobre la fauna nativa debido a la pérdida de ejemplares de baja movilidad. Tipo de Medida Mitigación Componente ambiental objeto de protección Fauna Objetivo Evitar la pérdida de ejemplares de fauna de baja movilidad en el área de intervención, permitiendo la conservación del patrimonio genético de la población intervenida. Descripción Esta medida de mitigación considera, principalmente a las especies Liolaemus nigromaculatus y Microlophus atacamensis. La primera especie se encuentra en las obras areales del proyecto (matorral costero), que poseen una superficie mayor a 3 ha. Mientras que la especie Microlophus atacamensis, fue registrada en las obras lineales del proyecto (borde costero). Asimismo, se consideraron todas aquellas taxas de baja movilidad y que se encuentran en categoría de conservación que son potenciales de registrar en el área del Proyecto. Los rescates serán coordinados de acuerdo al cronograma de avance del Proyecto (1 o 2 semanas antes del inicio de cada obra), con el objetivo de evitar la recolonización de las 31

áreas liberadas. Mayores detalles de este plan se presentan en el Anexo ME-2 del EIA. Justificación El Proyecto contempla la intervención y remoción de cobertura vegetal y suelo, derivado del uso de maquinaria pesada. Por lo anterior, la fauna de movilidad restringida podría ser afectada ya que no será capaz de desplazarse hacia nuevos sectores al momento de la intervención. De acuerdo a lo anterior y a las características de las especies, la calificación del impacto corresponde a un impacto negativo significativo. La implementación de este plan de rescate y relocalización se justifica puesto que evitará la afectación de ejemplares de fauna nativa de baja movilidad presente en el área de intervención, trasladándolas a un nuevo ambiente que es ecológicamente equivalente al área de rescate. Mayores detalles en el Anexo ME-3 del EIA, donde se presenta la caracterización del área de relocalización para fauna de baja movilidad. Lugar de implementación En la totalidad del área de intervención de las obras areales mayores a 3 ha del Proyecto y en obras lineales del proyecto (Borde costero) será un complemento de la medida de perturbación controlada de fauna, con el objetivo de disminuir, y en lo posible neutralizar, el impacto residual sobre esta especie. Lo anterior, ya que ambientes rocosos como los costeros, hacen difícil una perturbación controlada 100% efectiva para esta especie. Los ejemplares serán relocalizados en un nuevo sector. En el Apéndice ME-AS3 y en el Apéndice ME- AS4 del Anexo ME-3 del EIA, se encuentra el esfuerzo de muestreo y la cartografía asociada a esta área de relocalización. Forma y oportunidad de implementación Forma: para la captura de la fauna de baja movilidad, se considerarán los lugares más apropiados para el desarrollo de la fauna (cuevas, vegetación, etc.), de modo de capturar el mayor número de ejemplares. Respecto a los sitios de relocalización, estos contarán con características similares a los sectores de origen de la fauna, tal como se demuestra en el Anexo ME-3 del EIA. Los individuos capturados serán marcados mediante pintura acrílica y liberados en el área de relocalización. Los rescates serán coordinados de acuerdo al cronograma de avance del proyecto (1 a 5 días antes del inicio de cada obra), con el objetivo de evitar la recolonización de las áreas liberadas. Mayores detalles en Anexo ME-2 del EIA. Oportunidad: Se debe tener en consideración que las actividades asociadas a la ejecución de esta medida serán realizadas considerando el cronograma de actividades que los contratistas entreguen una vez adjudicada la construcción del proyecto, ello para poder avanzar (en el desarrollo de la medida) conforme se vayan materializando los distintos frentes de trabajo. La implementación de esta medida se realizará 1 a 2 semanas previo al inicio de las actividades del Proyecto que generan los impactos. Indicador de cumplimiento Comprobante generado por el sistema electrónico de la SMA, contra la entrega del informe de resultados de las campañas de rescate y las campañas de relocalización. Referencia al ICE para Capítulo 8. 32

mayores detalles

7.1.3 Programación y difusión entre los grupos humanos de pescadores, mariscadores y recolectores de las actividades constructivas de las obras marinas asociadas al Proyecto Impacto ambiental Efecto adverso sobre los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos de pescadores, mariscadores y recolectores por el aumento en los tiempos de desplazamiento en la Bahía de Caldera. Tipo de Medida Mitigación Componente ambiental objeto de protección Medio Humano Objetivo Reducir los efectos adversos en el desplazamiento de pescadores de la Asociación Gremial de Pescadores Artesanales y Buzos Mariscadores de Caldera, producto de las restricciones a la circulación en la Bahía de Caldera, generados por las actividades en los sectores Ducto, durante la fase de construcción. Descripción Se realizará una reunión previa para explicar las maniobras de construcción del ducto marino, como también las señaléticas asociadas a la zona de restricción. Se considerará la temporalidad de los desplazamientos de pescadores, mariscadores y recolectores al momento de definir la fecha de “Lanzamiento y hundimiento de los ductos”. Se señalizará con boyas de la “Zona de Restricción” de Navegación (Figura C7-1), durante el periodo de construcción del sector ducto. Se realizará reunión con la autoridad marítima y las organizaciones de pescadores, mariscadores y recolectores; para informales el día de inicio de la actividad de construcción, así como del área de restricción y su señalización, para que tomen los resguardos necesarios. Se informará en forma escrita la autoridad marítima y a las organizaciones de pescadores, mariscadores y recolectores las fechas de inicio y término de estas actividades Justificación La libre circulación de embarcaciones menores por la Bahía de Caldera es fundamental para el desarrollo de la actividad pesquera y recolectora. La fase de construcción de las obras marinas del Proyecto restringirá la circulación de embarcaciones en la Bahía en los sectores Ducto y terminal durante el Lanzamiento y hundimiento de los ductos, afectando las actividades económicas, que dependan del tránsito expedito por la Bahía como las áreas de recursos bentónicos que se verán afectadas, durante el tiempo que dure este proceso, el cual se estima en 1 día. La medida permitirá minimizar la interferencia con los desplazamientos habituales y así no alterar significativamente las actividades de pescadores, mariscadores y recolectores. Lugar de implementación Bahía de Caldera, Sector Ducto Marino Forma y oportunidad de implementación Forma: A través de una reunión con la Autoridad marítima y las organizaciones artesanales de pescadores, mariscadores y recolectores de la Bahía de Caldera, se les informara el día de inicio de la actividad de construcción de los sectores Terminal y Ducto Marino, así como del área de restricción y su señalización, para que tomen los resguardos necesarios. Oportunidad: al inicio de la construcción y en fechas determinadas de acuerdo al cronograma de ejecución de obras marinas. 33

Indicador de cumplimiento Actas de reuniones con organizaciones artesanales de pescadores, mariscadores de la Asociación Gremial de Pescadores Artesanales y Buzos Mariscadores de Caldera. Registro fotográfico de la señalización en la “Zona de restricción” través de boyas. Copia de las comunicaciones escritas a la autoridad marítima y a la organización, mariscadores y recolectores indicando las fechas de inicio y término de las actividades de “Lanzamiento y hundimiento de los ductos”. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8.

7.1.4 Excavaciones de rescate y recolección superficial Fase Previo a la fase de construcción Impacto ambiental Intervención de sitio arqueológico presente en el área de influencia del Proyecto Tipo de Medida Compensación Componente ambiental objeto de protección Arqueología Objetivo Realizar rescate de un porcentaje del sitio arqueológico GLP001 en el área de influencia del ducto del proyecto para recuperar información contextual y materiales presentes en él. Descripción Se realizará el rescate del sitio arqueológico GLP001 en el área de influencia del Proyecto, mediante la excavación de unidades de 2x2 m2 distribuidas en áreas con distinta densidad de materiales. Los porcentajes de rescate propuestos se han planificado en base a la frecuencia de materiales obtenida de los sondeos. Es así como la frecuencia 1, 2, 3, 4 y 5 tendrán un % de rescate del 1, 2, 5, 7 y 10 % respectivamente, lo que suma un total de 74 unidades a rescatar. Además de lo anterior, se llevará a cabo una recolección superficial del sitio arqueológico en el 100% del área de influencia del ducto, mediante transectos paralelos separados cada 5 m. Justificación Un porcentaje del sitio arqueológico GLP001 está ubicado en el área de influencia del ducto del Proyecto “Terminal Gas Caldera”, por lo que será intervenido durante la fase de construcción. Lugar de implementación Sitio arqueológico GLP001. Forma y oportunidad de implementación Forma: Rescate mediante la excavación de unidades de 2x2 m2 y la recolección superficial mediante transectos paralelos separados cada 5 m. Oportunidad: Previo a la fase de construcción. Indicador de cumplimiento Entrega a la autoridad de informe ejecutivo de las actividades de rescate realizadas en terreno (excavación de rescate y recolección superficial). Posteriormente se entregará a la autoridad un informe final que incluya los resultados de los análisis llevados a cabo a las distintas materialidades con una interpretación del sitio arqueológico. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

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7.1.5 Monitoreo arqueológico permanente Fase Previo a la fase de construcción Impacto ambiental Intervención de sitio arqueológico presente en el área de influencia del Proyecto Tipo de Medida Mitigación Componente ambiental objeto de protección Arqueología Objetivo Identificar a tiempo posibles hallazgos no detectados previamente, durante los movimientos de tierra que se ejecuten en la fase de construcción del proyecto Descripción Se realizará monitoreo arqueológico permanente durante las actividades que impliquen movimientos de tierra (escarpes y excavaciones) en la fase de construcción del Proyecto, con el fin de identificar oportunamente hallazgos fortuitos, rasgos o elementos significativos que no haya sido posible detectar en las actividades previas. Este monitoreo lo llevará a cabo por un arqueólogo y/o licenciado en arqueología. Justificación Debido a la presencia del sitio arqueológico GLP001, y a que el rescate se realizará en un porcentaje del sitio, es posible que se identifiquen nuevos elementos que tengan relación con los identificados y recuperados anteriormente. El monitoreo arqueológico se realizará para detectar de manera oportuna posibles hallazgos fortuitos, relacionados principalmente a rasgos y/o elementos significativos. Lugar de implementación Área de influencia Proyecto “Terminal Gas Caldera”. Forma y oportunidad de implementación Forma: Presencia permanente de un arqueólogo monitor mientras se realicen movimientos de tierra durante la fase de construcción. Oportunidad: Fase de construcción. Indicador de cumplimiento Entrega de informes mensuales a la SMA, donde se indiquen las actividades de monitoreo realizadas y se informen eventuales casos de hallazgos no previstos. Entrega de informe final una vez finalizadas las actividades de monitoreo, que compilará todas las actividades realizadas y las medidas aplicadas ante eventuales hallazgos no previstos. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

7.1.6 Charlas de inducción Impacto ambiental Intervención de sitio arqueológico presente en el área de influencia del Proyecto Tipo de Medida Mitigación Componente ambiental objeto de protección Arqueología Objetivo Informar a los trabajadores del Proyecto sobre el contexto arqueológico del lugar de emplazamiento, las medidas asociadas a la RCA y el procedimiento a seguir en caso de hallazgos no previstos. Descripción Se realizarán charlas de inducción sobre patrimonio cultural a todos los trabajadores del proyecto que participen durante la fase de 35

construcción. Además de contenidos generales sobre patrimonio, en las charlas se tratarán contenidos relacionados con el contexto arqueológico de la zona, las medidas asociadas al componente arqueológico para el Proyecto y el procedimiento a seguir en caso de hallazgos no previstos. Las charlas contarán con registro de asistencia. La realización a las charlas y el registro de asistencia serán reportadas en los informes mensuales de monitoreo arqueológico. Justificación Debido a la presencia de un sitio arqueológico en el área de emplazamiento del ducto del Proyecto. Si bien el sitio será rescatado, pueden ocurrir hallazgos fortuitos durante los movimientos de tierra asociados a la fase de construcción del Proyecto, razón por la cual se debe capacitar a los trabajadores para que sepan identificar elementos que aparezcan de manera fortuita durante movimientos de tierra, además de seguir el procedimiento ante estos nuevos hallazgos. Lugar de implementación Oficinas TGC Caldera Forma y oportunidad de implementación Forma: Presencial a todos los trabajadores que entren por primera vez a trabajar al Proyecto, por parte del arqueólogo monitor. Oportunidad: Fase de construcción. Indicador de cumplimiento Las charlas de inducción se reportarán en los informes mensuales de monitoreo arqueológico. En el informe final de monitoreo se incluirá el total de charlas de inducción realizadas durante la de construcción del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

7.1.7 Cercado y señalización de sitio arqueológico GLP001 Impacto ambiental Intervención de sitio arqueológico presente en el área de influencia del Proyecto Tipo de Medida Mitigación Componente ambiental objeto de protección Arqueología Objetivo Proteger la parte del sitio arqueológico que no se encuentra en el área de influencia del Proyecto. Descripción Se cercará el área de influencia del ducto del Proyecto, evitando así que las partes, obras y acciones del Proyecto (especialmente el desplazamiento de trabajadores, vehículos y maquinaria) no sobrepasen los límites del área de influencia, de manera de proteger la parte del sitio que no será intervenida en la fase de construcción. El cerco contará con una altura mínima de 1,2 m y se confeccionará con postes y malla. Se instalarán señaléticas a lo largo del cerco indicando la protección del sitio y la prohibición de paso hacia afuera del área cercada durante las actividades constructivas. Las medidas de protección serán retiradas una vez finalizadas las obras. Justificación El sitio arqueológico GLP001 no será intervenido completamente por las actividades que contempla el Proyecto durante la fase de construcción. Debido a que el sitio cubre una superficie mayor a la del área de intervención, ésta será cercada y se instalarán señaléticas 36

como apoyo para reforzar la prohibición de paso y evitar afectaciones no previstas por parte de los trabajadores del Proyecto o por el tránsito de vehículos y maquinaria. Lugar de implementación Sitio arqueológico GLP001 Forma y oportunidad de implementación Forma: Cercado y señalización del área de influencia del ducto del Proyecto. Oportunidad: Previo a la fase de construcción. Indicador de cumplimiento Se entregará un informe a la autoridad con la implementación de las medidas de protección del sitio arqueológico GLP001 (cercado y señalización). Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

7.1.8 Monitoreo paleontológico y arqueológico en etapa de movimiento de tierra Fase Construcción de obras terrestres Impacto ambiental Afectación de formaciones geológicas de potencial fosilífero por las actividades y obras del Proyecto. Intervención de sitio arqueológico presente en el área de influencia del Proyecto. Tipo de Medida Mitigación Componente ambiental objeto de protección Paleontología y Arqueología Objetivo Evitar la afectación de eventuales hallazgos paleontológicos o arqueológicos. Descripción Un paleontólogo y un arqueólogo supervisaran las actividades de excavación, movimiento de sustratos tales como tierras, arenas o bien sondajes y/o fracturación de macizos rocosos mediante raspaje o cincelado mecánico o manual. Los operadores de maquinaria y otros vinculados a la obra habrán sido previamente informados acerca de los posibles hallazgos mediante una charla o capacitación previa. Ante cualquier tipo de hallazgo patrimonial relevante, se detendrá inmediatamente las obras que se están ejecutando en ese lugar. Se dará aviso de inmediato al personal que esté a cargo de las faenas en el lugar del hallazgo patrimonial. Una vez enterado el personal de faena o terreno se comunicará el hallazgo patrimonial e inmediato al área de Medio Ambiente del Titular del proyecto. El profesional a cargo delimitará un área de protección para el hallazgo, la cual, dependiendo de sus características particulares, deberá comprender un radio mínimo de aislación desde el punto central del hallazgo. El profesional a cargo confeccionará un informe técnico preliminar en donde informará el hallazgo patrimonial al Consejo de Monumentos Nacionales, en representación de la empresa Titular. La empresa hará lo mismo según sus protocolos internos. Justificación Área de influencia Proyecto “Terminal Gas Caldera”. Lugar de implementación Áreas de intervención en que se realicen excavaciones o movimientos de tierra. Forma y oportunidad de Forma: Monitoreo con profesional in situ. 37

implementación Oportunidad: Período en que se realicen excavaciones y movimientos de tierra. Indicador de cumplimiento Informe técnico donde informará de las actividades de monitoreo paleontológico y arqueológico. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

7.1.9 Inducciones sobre patrimonio cultural paleontológico Impacto ambiental Afectación de formaciones geológicas de potencial fosilífero por las actividades y obras del Proyecto. Tipo de Medida Mitigación Componente ambiental objeto de protección Paleontología Objetivo Instruir sobre la presencia, valor ambiental, estatus legal y reglamentario de los elementos patrimoniales, especialmente aquellos definidos por la Ley 17.288 como Monumento Arqueológico o paleontológico. Entregar los lineamientos para su conservación. Informar sobre el protocolo a seguir en caso de hallazgos ambientales no previstos. Descripción Realización de charlas sobre patrimonio cultural a todo el personal involucrado en la construcción del Proyecto, incluyendo contratistas, de forma semestral durante la fase de construcción (siempre y cuando existan nuevos trabajadores que se incorporen a la obra). Justificación Capacitar a los trabajadores para que sepan los pasos a seguir en caso de hallazgos ambientales no previstos. Lugar de implementación Instalación de faena del Proyecto Forma y oportunidad de implementación Forma: La charla será diseñada con la ayuda de un licenciado en paleontología o un paleontólogo / arqueólogo. La aplicación de esta charla será dictada al ingreso de cada trabajador a las faenas de movimientos de tierra asociadas a la construcción de este Proyecto. Oportunidad: Durante la fase de construcción, de forma previa a la actividad de movimientos de tierra. Indicador de cumplimiento Comprobante generado por el sistema electrónico de la SMA contra entrega de informe que acredite realización de inducciones. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE.

7.2. FASE DE OPERACIÓN

7.2.1. Programación y difusión de recalada de buques Impacto ambiental Efecto adverso sobre los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos de pescadores, mariscadores y recolectores por el aumento en los tiempos de desplazamiento en la Bahía de Caldera. Tipo de Medida Mitigación Componente ambiental objeto de protección Medio Humano Objetivo Reducir los efectos negativos en el desplazamiento de pescadores, de la Asociación Gremial de Pescadores Artesanales y Buzos 38

Mariscadores de Caldera, producto de las restricciones a la circulación en la Bahía de Caldera durante la fase de operación Descripción Se realizará una reunión previa con la autoridad marítima y las organizaciones de pescadores, mariscadores y recolectores, para explicar las maniobras de llegadas de buques al sector terminal, coordinar los avisos de llegada y zarpe de los buques, como también la zona de restricción de navegación. Durante la fase de operación, en el sector de llegada de los Buques Medium Gas Carrier que traen el GL (Sector Terminal), se determinará una zona de restricción, por seguridad alrededor de los buques, la cual será señalizada con boyas. Se realizarán reuniones semestrales con la autoridad marítima y a las organizaciones de pescadores, mariscadores y recolectores de la Bahía de Caldera, para Evaluar esta medida y tomar acciones correctivas. Justificación La libre circulación de embarcaciones menores por la bahía de Caldera es fundamental para el desarrollo de la actividad pesquera y recolectora artesanal. La medida permitirá minimizar el aumento en los tiempos de desplazamiento habituales y así no alterar significativamente las actividades de pescadores y mariscadores artesanales Lugar de implementación Bahía de Caldera Forma y oportunidad de implementación Forma: A través de una reunión con la Autoridad marítima y las organizaciones artesanales de pescadores, mariscadores y recolectores de la Bahía de Caldera, se les informara las maniobras de llegadas de buques al sector terminal, coordinar los avisos de llegada y zarpe de los buques, como también la zona de restricción de navegación. Se identificará y delimitará con boyas una zona de seguridad al momento de descargar el combustible, la cual será identificada con boyas. Se avisará a la autoridad marítima y a las organizaciones de pescadores, mariscadores y recolectores de la Bahía de Caldera, con 72 a 24 horas de anticipación el arribo de los buques, como también se avisará al momento que estos hagan abandono de la bahía. Se realizarán reuniones semestrales con la autoridad marítima y a las organizaciones de pescadores, mariscadores y recolectores de la Bahía de Caldera, para Evaluar esta medida y tomar acciones correctivas. que puedan planificar sus rutas de desplazamiento al interior de la Bahía de Caldera. Oportunidad de implementación: en fechas determinadas de acuerdo al cronograma de arribos de buques Medium Gas Carrier. Indicador de cumplimiento Actas de reuniones con organizaciones artesanales de pescadores, mariscadores y recolectores de la Bahía de Caldera. Registro fotográfico de la Zona de seguridad de descarga señalizada con boyas. Copia de las comunicaciones a la autoridad marítima y a las organizaciones de pescadores, mariscadores y recolectores de la Bahía de Caldera, con 24 horas de anticipación del arribo de buques Medium Gas Carrier a la Bahía de Caldera. Copia de las comunicaciones a la autoridad marítima y a las organizaciones de pescadores, mariscadores y recolectores las fechas de inicio y termino de las actividades de descarga en el sector Buque 39

Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE

7.3. FASE DE CIERRE

7.3.1. Programación y difusión entre los grupos humanos de pescadores, mariscadores y recolectores de las actividades asociadas al Proyecto Impacto ambiental Efecto adverso sobre los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos de pescadores, mariscadores y recolectores por el aumento en los tiempos de desplazamiento en la Bahía de Caldera. Tipo de Medida Compensación Componente ambiental objeto de protección Medio Humano Objetivo Reducir los efectos negativos en el desplazamiento de pescadores, de la Asociación Gremial de Pescadores Artesanales y Buzos Mariscadores de Caldera, producto de las restricciones a la circulación en la Bahía de Caldera durante la fase de cierre. Descripción Durante la fase de cierre, la intervención al interior de la bahía de Caldera tendrá una duración máxima de 1 día. Período durante el cual, se restringirá el acceso a este sector de la bahía (perímetro de seguridad). Justificación La libre circulación de embarcaciones menores por la bahía de Caldera es fundamental para el desarrollo de la actividad pesquera y recolectora artesanal. La medida permitirá minimizar el aumento en los tiempos de desplazamiento habituales y así no alterar significativamente las actividades de pescadores y mariscadores artesanales. Lugar de implementación Bahía de Caldera. Forma y oportunidad de implementación Forma: Se avisará a la autoridad marítima y a las organizaciones de pescadores, mariscadores y recolectores de la Bahía de Caldera, con 72 a 24 horas de anticipación el arribo de los buques, como también se avisará al momento que estos hagan abandono de la bahía. Oportunidad: En fechas determinadas de acuerdo al cronograma de arribos de buques Medium Gas Carrier. Indicador de cumplimiento Copia de las comunicaciones a la autoridad marítima y a las organizaciones de pescadores, mariscadores y recolectores de la Bahía de Caldera, con 24 horas de anticipación del arribo de buques Medium Gas Carrier a la Bahía de Caldera. Registro fotográfico de copia de las comunicaciones a la autoridad marítima y a las organizaciones de pescadores. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE

7.4. FASES DE CONSTRUCCIÓN, OPERACIÓN Y CIERRE

7.4.1 Instalación de cerco y señalética sitio Norte Bahía Caldera Impacto ambiental Afectación de formaciones geológicas de potencial fosilífero por las actividades y obras del Proyecto. 40

Tipo de Medida Mitigación Componente ambiental objeto de protección Paleontología Objetivo Indicar la presencia y proteger físicamente el sitio paleontológico Norte Bahía Caldera, antes del inicio de las obras o actividades en los lugares cercanos al emplazamiento de este Sitio. Descripción Protección física de los elementos mediante la instalación de cercos y señalética que indiquen su presencia. Para la instalación de los cercos se utilizará un buffer de 10 m desde el límite del sitio. Se instalarán soportes (p.e. polines, estacas de madera, fierros estriados, etc.) que sustentarán malla o alambrado que evite el paso de personas hacia ellos. Para la delimitación de los cercos se respetarán los caminos en uso existentes. Justificación Protección del Sitio con la Instalación de cercas y señaléticas. Lugar de implementación Ubicación de sitio Norte Bahía Caldera. Forma y oportunidad de implementación Forma: Mediante un cerco de alambre y polines de madera. El cercado será supervisado por un paleontólogo. Oportunidad de implementación: Antes del inicio de las obras o actividades en los lugares cercanos al emplazamiento del Sitio. Indicador de cumplimiento Comprobante generado por el sistema electrónico de la SMA contra entrega de informe. Informe a la SMA y al CMN con fotografías de las medidas ya instaladas. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE

8°. Que, el plan de seguimiento de las variables ambientales relevantes que fueron objeto de evaluación ambiental es el siguiente:

8.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

8.1.1 Plan de perturbación controlada de fauna Componente Ambiental objeto de seguimiento Fauna Impacto Ambiental Efecto adverso significativo sobre la fauna nativa debido a la pérdida de ejemplares de baja movilidad. Medidas asociadas Plan de perturbación controlada de fauna Ubicación puntos de control Vértice Tipología Coordenadas UTM, Datum WGS, H19S Este Norte Sector Ducto VM1 Sector Terrestre 320.480,33 7.006.836.85 VM2 320.467,56 7.006.823,09 VM3 320.452.00 7.006.807,00 VM4 320.405,00 7.006.758,00 VM5 320.343,00 7.006.705,01 VM6 320.297,15 7.006.677,07 VM7 320.248,66 7.006.656,03 VM8 320.139,36 7.006.634,00 41

VM9 320.084,09 7.006.634,77 VM10 320.006,22 7.006.640,36 VM11 319.977,79 7.006.642,45 VM12 319.910,38 7.006.636,77 VM13 319.875,64 7.006.629,76 VM14 319.830,00 7.006.614,41 VM15 319.770,45 7.006.585,58 VM16 319.721,94 7.006.551,56 VM17 319.684,00 7.006.518,23 VM18 319.647,23 7.006.484,34 VM19 319.408,75 7.006.279,74 Zona de Armado de ductos AD-1 Armado ductos 321.440,09 7.006.940,26 AD-2 321.351,91 7.006.798,31 AD-3 320.770,54 7.006.638,51 AD-4 321.156,19 7.006.684,57 Parámetros a medir En relación al área de perturbación, los parámetros para caracterizar la evolución de las variables serán: ➢ Abundancia por especies. ➢ Riqueza de especies. ➢ Diversidad comunitaria. ➢ Área cubierta. Límites permitidos/comprometidos Ausencia visual de ejemplares de fauna de baja movilidad en categoría de conservación en áreas a intervenir por obras lineales. Duración y frecuencia del monitoreo Monitoreo a los 3 y 6 días de realizada la perturbación controlada en las áreas a intervenir (será realizada cómo máximo en un plazo no superior a 7 días previo el inicio de las labores de construcción). Método o procedimiento de medición Realización de transectos para la detección de ejemplares. Plazo y frecuencia de entrega de informe Luego de la o las campañas de perturbación y luego de la liberación del área, se generará un informe. Previo a iniciar las labores de perturbación, el Titular dará aviso a la Dirección Región de Atacama del Servicio Agrícola y Ganadero. Organismo destinatario de informes SMA y SAG. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.

8.1.2 Plan de rescate y relocalización de fauna Componente Ambiental objeto de seguimiento Fauna Impacto Ambiental Efecto adverso significativo sobre la fauna nativa debido a la pérdida de ejemplares de baja movilidad. Medidas asociadas Plan de rescate y relocalización de fauna Ubicación puntos de control Los ejemplares serán relocalizados en un nuevo sector. El área de relocalización presenta las siguientes coordenadas de referencia: Nombre Coordenadas UTM, Datum WGS, H19S Este Norte 42

Área de Relocalización Interior A 321.158 7.007.203 321.679 7.008.075 321.968 7.007.781 321.497 7.006.899 Área de Relocalización Interior B 321.500 7.006.277 321.281 7.006.387 321.853 7.007.416 322.074 7.007.286 Área de Relocalización Borde Costero 319.871 7.007.198 319.412 7.007.439 319.494 7.007.569 319.972 7.007.310 Parámetros a medir En relación al área de relocalización, los parámetros para caracterizar la evolución de las variables serán: ➢ Abundancia de ejemplares: por especie. ➢ Riqueza de especies ➢ Diversidad de la comunidad (e.g. Índice de Shannon). ➢ Homogeneidad, equitatividad o uniformidad comunitaria (e.g. Índice de Pielou). ➢ Estructura poblacional: estado de desarrollo y sexo. ➢ Grado de desplazamiento. ➢ Identificación de factores de amenaza. ➢ Superficie cubierta. Límites permitidos/comprometidos Que se mantenga la riqueza de especies a lo largo del seguimiento en el área de relocalización (herpetozoos). Que se mantengan las condiciones de los hábitats en las áreas de relocalización. Duración y frecuencia del monitoreo Para el área de relocalización (por rescates en obras arenales) se realizarán campañas de monitoreo a los 7, 15 y 30 días de realizado el rescate Método o procedimiento de medición Metodología de captura-marcaje-recaptura. Plazo y frecuencia de entrega de informe Se entregará un informe al final al finalizar el seguimiento. Organismo destinatario de informes SMA y SAG. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.

8.1.3 Plan de Seguimiento Programación y difusión de las actividades constructivas de las obras marinas asociadas al Proyecto Fase Construcción Componente Ambiental objeto de seguimiento Medio Humano Impacto Ambiental Efecto adverso sobre los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos de pescadores, mariscadores y recolectores por el aumento en los tiempos de desplazamiento en la bahía de Caldera. Medidas asociadas Programación y difusión de las actividades constructivas de las obras marinas asociadas al Proyecto. Ubicación puntos de control Región de Atacama, provincia de Copiapó, comuna de Caldera, Bahía de Caldera. La medida se cumple dentro de la sección 43

identificada en el área de influencia de Medio Humano, al interior de la Bahía de Caldera, área donde se verificará la correcta ejecución de la programación. Vértice Tipología Coordenadas UTM, Datum WGS, H19S Este Norte V-1 Área Influencia Medio Humano / Bahía Caldera 319.471 7.007.370 V-2 318.946 7.006.115 V-3 318.928 7.005.300 V-4 319.125 7.005.266 V-5 319.432 7.005.151 V-6 319.968 7.005.535 V-7 320.397 7.005.767 V-8 320.668 7.006.699 V-9 320.239 7.006.867 Parámetros a medir Tiempos de desplazamiento de las embarcaciones en la bahía de Caldera. Límites permitidos/comprometidos Tiempos de desplazamiento previo a la construcción del Proyecto Duración y frecuencia del monitoreo El cumplimiento de la programación será verificado diariamente. Método o procedimiento de medición Actas de reuniones con organizaciones artesanales de pescadores, mariscadores de la Asociación Gremial de Pescadores Artesanales y Buzos Mariscadores de Caldera. Registro fotográfico de la señalización en la “Zona de Restricción” a través de boyas. Copia de las comunicaciones escritas a la autoridad marítima y a la organización, mariscadores y recolectores indicando las fechas de inicio y término de las actividades de “Lanzamiento y hundimiento de los ductos” y “Desmantelamiento”. Registros de restricciones de navegación que mantenga la autoridad competente. Plazo y frecuencia de entrega de informe Se elaborará un informe de seguimiento el cual será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Autoridad Marítima. Organismo destinatario de informes SMA y Autoridad Marítima. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.

8.1.4 Excavaciones de rescate y recolección superficial Fase Previo a la fase de construcción Componente Ambiental objeto de seguimiento Arqueología Impacto Ambiental Intervención de sitio arqueológico presente en el área de influencia del Proyecto Medidas asociadas Excavaciones de rescate y recolección superficial Ubicación puntos de control La medida se cumple en el sitio arqueológico GLP001, en la parte que se encuentra al interior del área de influencia del ducto del Proyecto. A continuación, las coordenadas del área a rescatar: 44

Vértice Coordenadas UTM, Datum WGS, H19S Este Norte V-1 320.790 7.006.953 V-2 320.680 7.006.962 V-3 320.680 7.006.955 V-4 320.647 7.006.958 V-5 320.648 7.006.965 V-6 320.586 7.006.961 V-7 320.537 7.006.919 V-8 320.543 7.006.914 V-9 320.499 7.006.869 V-10 320.494 7.006.874 V-11 320.464 7.006.843 V-12 320.485 7.006.821 V-13 320.516 7.006.853 V-14 320.510 7.006.858 V-15 320.553 7.006.904 V-16 320.559 7.006.899 V-17 320.597 7.006.933 V-18 320.645 7.006.935 V-19 320.646 7.006.943 V-20 320678 7006940 V-21 320678 7006933 V-22 320790 7006923 Parámetros a medir PAS 132 y Plan de trabajo de solicitud de intervención arqueológica aprobado por la Autoridad Límites permitidos/comprometidos Ley 17.288 / D.S 484 1990 MINEDUC Duración y frecuencia del monitoreo Por una sola vez, una vez aprobado el Proyecto, antes del inicio de las obras y de la fase de construcción. Método o procedimiento de medición Cumplimiento de artículos 15 y 16 del D.S. 484 (1990 MINEDUC)-Cumplimiento PAS 132 aprobado por RCA. Plazo y frecuencia de entrega de informe Una vez aplicada la medida, se entregará un informe ejecutivo de las actividades de rescate realizadas en terreno (excavación de rescate y recolección superficial, en un plazo no mayor a 3 meses después de finalizado el rescate. Posteriormente, en un plazo no mayor a un año después de finalizadas las actividades de rescate, se entregará un informe final que incluya los resultados de los análisis llevados a cabo a las distintas materialidades con una interpretación del sitio arqueológico. Organismo destinatario de informes SMA y CMN. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.

8.1.5 Monitoreo arqueológico permanente Fase Previo a la fase de construcción Componente Ambiental Arqueología 45

objeto de seguimiento Impacto Ambiental Intervención de sitio arqueológico presente en el área de influencia del Proyecto Medidas asociadas Monitoreo arqueológico permanente Ubicación puntos de control Vértice Tipología Coordenadas UTM, Datum WGS, H19S Este Norte Sector Ducto VM1 Sector Terrestre 320.480,33 7.006.836.85 VM2 320.467,56 7.006.823,09 VM3 320.452.00 7.006.807,00 VM4 320.405,00 7.006.758,00 VM5 320.343,00 7.006.705,01 VM6 320.297,15 7.006.677,07 VM7 320.248,66 7.006.656,03 VM8 320.139,36 7.006.634,00 VM9 320.084,09 7.006.634,77 VM10 320.006,22 7.006.640,36 VM11 319.977,79 7.006.642,45 VM12 319.910,38 7.006.636,77 VM13 319.875,64 7.006.629,76 VM14 319.830,00 7.006.614,41 VM15 319.770,45 7.006.585,58 VM16 319.721,94 7.006.551,56 VM17 319.684,00 7.006.518,23 VM18 319.647,23 7.006.484,34 VM19 319.408,75 7.006.279,74 Sector Planta P1 Planta 321.003,23 7.007.102,86 P2 321.071,75 7.007.102,09 P3 321.198,31 7.007.038,47 P4 321.206,60 7.007.005,71 P5 321.041,52 7.006.703,02 P6 320.871,43 7.006.806,58 P7 320.930,95 7.006.985,35 Zona de Armado de ductos AD-1 Armado ductos 321.440,09 7.006.940,26 AD-2 321.351,91 7.006.798,31 AD-3 320.770,54 7.006.638,51 AD-4 321.156,19 7.006.684,57 Parámetros a medir Según requerimientos establecidos en la RCA sobre monitoreo arqueológico permanente y contenidos de informes Límites permitidos/comprometidos Presencia / ausencia de hallazgos Duración y frecuencia del monitoreo Durante la etapa de movimiento de tierra Método o procedimiento de medición Presencia permanente de arqueólogo en terreno supervisando los movimientos de tierra. Plazo y frecuencia de entrega de informe Entrega de informes mensuales, donde se indiquen las actividades de monitoreo realizadas y se informen eventuales casos de 46

hallazgos no previstos. Entrega de informe final una vez finalizadas las actividades de monitoreo, en el que se incluirán todas las actividades realizadas y las medidas aplicadas en función de eventuales hallazgos no previstos. Organismo destinatario de informes SMA y CMN. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.

8.1.6 Charlas de inducción Componente Ambiental objeto de seguimiento Arqueología Impacto Ambiental Intervención de sitio arqueológico presente en el área de influencia del Proyecto Medidas asociadas Charlas de inducción Ubicación puntos de control Oficinas de TGC en sector Planta Sector Planta P1 Planta 321.003,23 7.007.102,86 P2 321.071,75 7.007.102,09 P3 321.198,31 7.007.038,47 P4 321.206,60 7.007.005,71 P5 321.041,52 7.006.703,02 P6 320.871,43 7.006.806,58 P7 320.930,95 7.006.985,35 Parámetros a medir Contenidos de charlas de inducción según RCA que califica favorablemente al Proyecto Límites permitidos/comprometidos No aplica Duración y frecuencia del monitoreo Durante la fase de construcción, periódicamente cada vez que ingrese nuevo personal a trabajar. Método o procedimiento de medición Registro de inducciones realizadas. Plazo y frecuencia de entrega de informe Las charlas de inducción se reportarán en los informes mensuales de la medida Monitoreo arqueológico permanente. En el informe final de monitoreo se incluirá el total de charlas de inducción realizadas durante la fase de construcción del Proyecto. Organismo destinatario de informes SMA y CMN. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.

8.1.7 Cercado y señalización de sitio arqueológico GLP001 Componente Ambiental objeto de seguimiento Arqueología Impacto Ambiental Intervención de sitio arqueológico presente en el área de influencia del Proyecto Medidas asociadas Cercado y señalización de sitio arqueológico GLP001 Ubicación puntos de control Se cercará el área de influencia del ducto del Proyecto, evitando así que las partes, obras y acciones del Proyecto (especialmente el desplazamiento de trabajadores, vehículos y maquinaria) no 47

sobrepasen los límites del área de influencia. En la siguiente tabla se presentan las coordenadas del límite del área de influencia en el sector del sitio arqueológico GLP001: Vértice Coordenadas UTM, Datum WGS, H19S Este Norte V-1 320.790 7.006.953 V-2 320.680 7.006.962 V-3 320.680 7.006.955 V-4 320.647 7.006.958 V-5 320.648 7.006.965 V-6 320.586 7.006.961 V-7 320.537 7.006.919 V-8 320.543 7.006.914 V-9 320.499 7.006.869 V-10 320.494 7.006.874 V-11 320.464 7.006.843 V-12 320.485 7.006.821 V-13 320.516 7.006.853 V-14 320.510 7.006.858 V-15 320.553 7.006.904 V-16 320.559 7.006.899 V-17 320.597 7.006.933 V-18 320.645 7.006.935 V-19 320.646 7.006.943 V-20 320678 7006940 V-21 320678 7006933 V-22 320790 7006923 Parámetros a medir Estado de conservación de los elementos patrimoniales registrados fuera del área de influencia. Límites permitidos/comprometidos No aplica Duración y frecuencia del monitoreo Instalación de cerco y señaléticas previo la fase de construcción, y revisión de su estado de manera periódica durante el monitoreo arqueológico. Método o procedimiento de medición Comparación del estado de conservación del porcentaje del sitio arqueológico que se encuentra fuera del área de influencia previo a la fase de construcción y el estado que se registre durante la fase de construcción. Plazo y frecuencia de entrega de informe Se entregará un informe con la implementación de las medidas de protección del sitio arqueológico GLP001 (cercado y señalización). Organismo destinatario de informes SMA y CMN. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.

8.1.8 Monitoreo paleontológico y arqueológico en etapa de movimiento de tierra Fase Construcción de obras terrestres 48

Componente Ambiental objeto de seguimiento Paleontología y Arqueología Impacto Ambiental Afectación de formaciones geológicas de potencial fosilífero por las actividades y obras del Proyecto. Intervención de sitio arqueológico presente en el área de influencia del Proyecto. Medidas asociadas Monitoreo paleontológico y arqueológico en etapa de movimiento de tierra Ubicación puntos de control Áreas de intervención en que se realicen excavaciones o movimientos de tierra dentro del área de influencia del Proyecto. Parámetros a medir Afectación de bienes paleontológicos y arqueológicos Límites permitidos/comprometidos No se podrá afectar bienes paleontológicos ni arqueológicos hasta que sea informado el paleontólogo y arqueólogo a cargo del monitoreo, quien determinará las acciones a seguir. Duración y frecuencia del monitoreo Durante la fase de construcción, en las obras que impliquen movimientos de tierra. Método o procedimiento de medición Monitoreo paleontológico y arqueológico permanente. Plazo y frecuencia de entrega de informe Informes trimestrales que den cuenta de las actividades de monitoreo y un informe consolidado final En caso de hallazgos relevantes a juicio del paleontólogo y/o arqueólogo, dependiendo del hallazgo, a cargo del monitoreo, se dará aviso de inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales, organismo que determinará las acciones a seguir en este caso. Organismo destinatario de informes SMA y CMN. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.

8.1.9 Inducciones sobre patrimonio cultural paleontológico Componente Ambiental objeto de seguimiento Paleontología Impacto Ambiental Afectación de formaciones geológicas de potencial fosilífero por las actividades y obras del Proyecto. Medidas asociadas Inducciones sobre patrimonio cultural paleontológico Ubicación puntos de control Instalación de faena del Proyecto. Parámetros a medir Realización de charlas de patrimonio paleontológico al personal. Límites permitidos/comprometidos Realización de charlas sobre patrimonio paleontológico a todo el personal involucrado en la construcción del Proyecto, incluyendo contratistas, de forma semestral durante la fase de construcción (siempre y cuando existan nuevos trabajadores que se incorporen a la obra). Duración y frecuencia del monitoreo Durante la fase de construcción, de forma previa a la actividad de movimientos de tierra Método o procedimiento de medición Constancia de asistentes a la charla con la firma de cada trabajador que participará de obras que impliquen movimientos de tierra, previo a que estos inicien tales actividades. Plazo y frecuencia de entrega de informe Un primer informe que incluirá los contenidos de la inducción realizada y la constancia de asistentes a la misma con la firma de cada trabajador previo a que estos participen de obras que 49

impliquen movimientos de tierra, entregado en un plazo máximo de 5 días hábiles desde la realización de la charla. Luego, con la entrega de cada informe de monitoreo paleontológico semestral, se adjuntará la constancia de asistentes con la firma de cada nuevo trabajador asistente a las charlas que se incorporen a la obra en aquel período semestral. Organismo destinatario de informes SMA y CMN. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.

8.2. FASE DE OPERACIÓN

8.2.1 Programación y difusión de recalada de buques Fase Operación. Componente Ambiental objeto de seguimiento Medio Humano Impacto Ambiental Efecto adverso sobre los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos de pescadores, mariscadores y recolectores por el aumento en los tiempos de desplazamiento en la bahía de Caldera. Medidas asociadas Programación y difusión de recalada de buques Ubicación puntos de control Región de Atacama, provincia de Copiapó, comuna de Caldera, Bahía de Caldera. La medida se cumple dentro de la sección identificada en el área perímetro de seguridad Al interior de las boyas del sector Terminal. Vértice Tipología Coordenadas UTM, Datum WGS, H19S Este Norte V-1 Área conformada por las boyas del sector Terminal. 319.576 7.006.163 V-2 319.448 7.006.040 V-3 319.224 7.006.224 V-4 319.357 7.006.359 Parámetros a medir Tiempos de desplazamiento en la bahía de Caldera Límites permitidos/comprometidos Tiempos de desplazamiento previo a la construcción del proyecto Duración y frecuencia del monitoreo Diariamente, se verificará el estado de la señalización y la difusión de las áreas de restricción por seguridad. Método o procedimiento de medición Actas de reuniones con organizaciones artesanales de pescadores, mariscadores y recolectores de la Bahía de Caldera. Registro fotográfico de la Zona de seguridad de descarga señalizada con boyas. Copia de las comunicaciones a la autoridad marítima y a las organizaciones de pescadores, mariscadores y recolectores de la Bahía de Caldera, con 24 horas de anticipación del arribo de buques Medium Gas Carrier a la Bahía de Caldera. Copia de las comunicaciones a la autoridad marítima y a las organizaciones de pescadores, mariscadores y recolectores las fechas de inicio y termino de las actividades de descarga en el sector Buque. Plazo y frecuencia de entrega Se elaborará un informe de seguimiento el cual será remitido a la 50

de informe Superintendencia del Medio Ambiente y a la Autoridad Marítima. Organismo destinatario de informes SMA y Autoridad Marítima. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.

8.3. FASE DE CIERRE

8.3.1 Programación y difusión entre los grupos humanos de pescadores, mariscadores y recolectores de las actividades asociadas al Proyecto Fase Cierre Componente Ambiental objeto de seguimiento Medio Humano Impacto Ambiental Efecto adverso sobre los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos de pescadores, mariscadores y recolectores por el aumento en los tiempos de desplazamiento en la bahía de Caldera. Medidas asociadas Programación y difusión entre los grupos humanos de pescadores, mariscadores y recolectores de las actividades asociadas al Proyecto. Ubicación puntos de control Región de Atacama, provincia de Copiapó, comuna de Caldera, Bahía de Caldera. La medida se cumple dentro de la sección identificada en el área de influencia de Medio Humano, al interior de la Bahía de Caldera, área donde se verificará la correcta ejecución de la programación. Vértice Tipología Coordenadas UTM, Datum WGS, H19S Este Norte V-1 Área Influencia Medio Humano / Bahía Caldera 319.471 7.007.370 V-2 318.946 7.006.115 V-3 318.928 7.005.300 V-4 319.125 7.005.266 V-5 319.432 7.005.151 V-6 319.968 7.005.535 V-7 320.397 7.005.767 V-8 320.668 7.006.699 V-9 320.239 7.006.867 Parámetros a medir Tiempos de desplazamiento de las embarcaciones en la bahía de Caldera. Límites permitidos/comprometidos Tiempos de desplazamiento previo al cierre del Proyecto Duración y frecuencia del monitoreo El cumplimiento de la programación será verificado diariamente. Método o procedimiento de medición Actas de reuniones con organizaciones artesanales de pescadores, mariscadores de la Asociación Gremial de Pescadores Artesanales y Buzos Mariscadores de Caldera. Registro fotográfico de la señalización en la “Zona de Restricción” a través de boyas. Copia de las comunicaciones escritas a la autoridad marítima y a la organización, mariscadores y recolectores indicando las fechas de inicio y término de las actividades de desmantelamiento de las 51

obras permanentes. Registros de restricciones de navegación que mantenga la autoridad competente. Plazo y frecuencia de entrega de informe Se elaborará un informe de seguimiento el cual será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Autoridad Marítima. Organismo destinatario de informes SMA y Autoridad Marítima. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.

8.4. FASE DE CONSTRUCCIÓN, OPERACIÓN Y CIERRE

8.4.1 Instalación de cerco y señalética sitio Norte Bahía Caldera. Componente Ambiental Paleontología Impacto Ambiental Afectación de formaciones geológicas de potencial fosilífero por las actividades y obras del Proyecto. Medidas asociadas Instalación de cerco y señalética sitio Norte Bahía Caldera. Ubicación puntos de control Sitio Norte Bahía Caldera con un buffer de 10 m desde el límite del sitio. Parámetros a medir Instalación de cerco y señalética en el sitio Norte Bahía Caldera. Límites permitidos/comprometidos Instalación de cerco y señalética permanente en el sitio Norte Bahía Caldera. Duración y frecuencia del monitoreo Durante todas las fases del Proyecto, instalado de forma previa a la actividad de movimientos de tierra. Método o procedimiento de medición Informe que dé cuenta de la instalación de este cercado y señalética, en el que se incluyan fotografías y un plan de mantenimiento permanente durante toda la vida útil del proyecto. Este informe deberá ser realizado por un paleontólogo profesional aprobado por el CMN. El plan de mantenimiento informado deberá cumplirse durante toda la vida útil del Proyecto Plazo y frecuencia de entrega de informe Informe que deberá ser entregado previo al inicio de las obras que impliquen movimiento de tierra. Organismo destinatario de informes SMA y CMN. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10.

9°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

9.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES DE CONTENIDO ÚNICAMENTE AMBIENTAL

9.1.1 Permiso para la instalación de un terminal marítimo y de las cañerías conductoras para transporte de sustancias contaminantes o que sean susceptibles de contaminar según se establece en el artículo 114 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que El Proyecto requiere el otorgamiento del presente permiso, ya 52

aplica que considera la instalación de un terminal Marítimo de descarga de Gas Licuado (GL) Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Los antecedentes para su otorgamiento se presentan en el Anexo “PAS 114” del Capítulo 10 del EIA. Pronunciamiento del órgano competente Gobernación Marítima de Caldera, mediante el Ord. N°12.600/89, de fecha 28 de diciembre de 2018, se pronunció conforme en relación a este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 12.

9.1.2 Permiso para realizar pesca de investigación según se establece en el artículo 119 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Operación Parte, obra o acción a la que aplica El presente permiso aplica debido a los monitoreos comprometidos requieren realizar la actividad de pesca de investigación, tanto para la componente ecosistemas acuáticos continentales, como también ecosistemas marinos Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Los antecedentes para su otorgamiento se presentan en el Anexo “PAS 119” del Capítulo 10 del EIA, complementado en el Anexo “PAS 119” y en el Anexo PS de la Adenda. Pronunciamiento del órgano competente Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, mediante el Ord. N° (D.AC.) Ord. SEIA.N°509, de fecha 27 de diciembre de 2018, se pronunció conforme en relación a este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 12.

9.2. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

9.2.1 Permiso para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico según se establece en el artículo 132 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica La solicitud de este permiso se hace necesaria debido a que el Proyecto realizará intervenciones arqueológicas y paleontológicas sobre elementos patrimoniales que son Monumento Nacional en la categoría de Monumento Arqueológico y paleontológico. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Referencia al expediente de Los antecedentes para su otorgamiento se presentan en el Anexo 53

evaluación para mayores detalles “PAS 132” de la Adenda y en los Anexos “PC-1” y “PAL-1” de la Adenda Complementaria. Pronunciamiento del órgano competente Consejo de Monumentos Nacionales, mediante el Ord. N°1977, de fecha 15 de abril de 2019, se pronunció conforme en relación a este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 12.

9.2.2 Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Durante la fase de construcción, operación y cierre del Proyecto se contempla la generación de efluentes provenientes principalmente de servicios higiénicos, los que serán tratados a través de plantas de tratamiento de aguas servidas (PTAS). Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Los antecedentes para su otorgamiento se presentan en el Anexo “PAS 138” del Capítulo 10 del EIA, complementado en el punto 6.4 de la Adenda. Pronunciamiento del órgano competente SEREMI de Salud, Región de Atacama, mediante el Ord. N°3310, de fecha 21 de diciembre de 2018, se pronunció conforme en relación a este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 12.

9.2.3 Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera la construcción de sitios de almacenamiento temporal de residuos asimilables a domiciliarios e industriales no peligrosos para todas las fases del Proyecto. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Los antecedentes para su otorgamiento se presentan en el Anexo “PAS 140” del Capítulo 10 del EIA, complementado en el Anexo “PAS 140” de la Adenda. Pronunciamiento del órgano SEREMI de Salud, Región de Atacama, mediante el Ord. 54

competente N°3310, de fecha 21 de diciembre de 2018, se pronunció conforme en relación a este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 12.

9.2.4 Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto generará residuos peligrosos en todas sus fases, por lo que contempla la construcción de sitios de almacenamiento temporal de este tipo de residuos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Los antecedentes para su otorgamiento se presentan en el Anexo “PAS 142” del Capítulo 10 del EIA, complementado en el Anexo “PAS 142” de la Adenda. Pronunciamiento del órgano competente SEREMI de Salud, Región de Atacama, mediante el Ord. N°3310, de fecha 21 de diciembre de 2018, se pronunció conforme en relación a este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 12.

9.2.5 Permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, para el establecimiento de centros de reproducción o criaderos y para la utilización sustentable del recurso según se establece en el artículo 146 del Reglamento del SEIA Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto contempla el rescate y relocalización de ejemplares pertenecientes a especies de baja movilidad. dentro del área de influencia del Proyecto de forma previa a la fase de construcción. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento No se establecieron. Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Los antecedentes para su otorgamiento se presentan en el Anexo “PAS 146” del Capítulo 10 del EIA. Pronunciamiento del órgano competente SAG, Región de Atacama, mediante el Ord. N°795/2018, de fecha 03 de diciembre de 2018, se pronunció conforme en relación a este PAS. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 12.

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  1. Que, la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Atacama, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, emitió el pronunciamiento a que se refiere el artículo 4.14.2 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, calificando las instalaciones industriales y de bodegaje como Molesta.

  2. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

11.1 Componente/ materia: Aguas marítimas Norma Decreto Supremo N°1689/95, Ministerio de Relaciones Exteriores, Establece el “Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por Buques, de 1973, modificado por el Protocolo de 1978 (MARPOL). Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto consistirá en la operación de un terminal marítimo del tipo multiboya, el que estará habilitado para la recepción de Gas Licuado (GL) y posteriormente será transportado a tierra mediante un ducto submarino, el que llegará hasta las instalaciones terrestres en la bahía de Caldera, donde será almacenado en un estanque de 45.000 m3 de capacidad. Posteriormente el GL será distribuido a los destinatarios finales a través de camiones a granel y a través de cilindros. No se generan residuos líquidos correspondientes a las aguas sucias de barcos. Forma de cumplimiento El Proyecto no contempla que los barcos realicen el vertimiento de cualquier tipo de sustancia al medio marino, sin embargo, se mantendrá un registro de las operaciones de descarga de GL a través de los Buques y su posterior envío a través de ducto submarino hacia el estanque de almacenamiento en tierra. Este registro contendrá la siguiente información: Hora de inicio/término de la descarga, datos del monitoreo entregado por PLEM, activación de válvula de seguridad. Además, se contemplan tecnologías adecuadas para evitar vertimiento de sustancias al medio marino por manejo del GL, las cuales señalan a continuación: - Sistema de descarga a ductos el cual consiste en un colector instalado al inicio de los ductos submarinos sobre el lecho marino llamado “Pipeline End Manifold (PLEM)” que conectará la cañería de acero (ducto submarino) con los dos flexibles que van al buque (flexible de descarga y flexible de envío de vapores a buque). El PLEM poseerá válvulas para aislar los ductos de los flexibles e indicadores remotos de presión y temperatura para tener un monitoreo constante. - Válvula de seguridad, break away”, instalada para cada flexible en su conexión al PLEM. En caso de grandes esfuerzos longitudinales (por ejemplo, si un buque se desplaza sin desconectar), esta válvula 56

se cerrará por un esfuerzo de tracción, que se calibrará en fábrica y que dependerá de la ubicación y de la resistencia a la tracción que pueden soportar los flexibles. Además, el Proyecto cuenta con un Plan de Contingencia y Emergencia ante contaminación de las aguas por GL (incluyendo terreno de playa/borde costero), el cual se presenta en el Capítulo 8 del presente EIA. Indicador que acredita su cumplimiento Registro in situ del no vertimiento de aguas de sentinas por parte del buque y aplicación de procedimientos de descarga de GL proveniente de buques. Forma de control y seguimiento Se realizará un registro que verifique in situ del no vertimiento de aguas de sentinas por parte del buque y procedimiento de descarga de GL proveniente de buques cada vez que el buque se mantenga en el terminal. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11.

11.2 Componente/ materia: Aguas marítimas Norma Decreto Supremo N°1/92, Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Pesca, Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto consistirá en la construcción y operación de un terminal marítimo del tipo multiboya el que estará habilitado para la recepción de Gas Licuado (GL) y posteriormente será transportado a tierra mediante un ducto submarino, el que llegará hasta las instalaciones terrestres en la bahía de Caldera, donde será almacenado en un estanque de 45.000 m3 de capacidad. Posteriormente el GL será distribuido a los destinatarios finales a través de camiones a granel y a través de cilindros. Al estar emplazado en el medio marino, se deberá dar cumplimiento a las disposiciones antes referidas. Fiscalización La Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante. Forma de cumplimiento Si bien el Proyecto durante su fase de operación no contempla dentro de sus actividades el vertimiento de cualquier tipo de sustancia al medio marino, producto de las actividades propias de la fase de operación se ha establecido en el Capítulo 8 del presente EIA el Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias ante contaminación de las aguas por GL (incluyendo terreno de playa/borde costero), que dará cumplimiento al D.S. N°1/1992 según lo establecido por la circular de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (DGTM y MM) Ord. A- 53/002, que establece procedimiento para la confección y presentación de Planes de Emergencia para combatir la contaminación ante derrames de hidrocarburos y material mínimo de respuesta, para naves que enarbolen el pabellón chileno. Este 57

Plan considera las 3 fases del Proyecto. Además, durante la descarga y transporte de GL hasta el Estanque de Almacenamiento en tierra, se contemplan tecnologías adecuadas para evitar vertimiento de sustancias al medio marino, las cuales señalan a continuación: - Sistema de descarga a ductos el cual consiste en un colector instalado al inicio de los ductos submarinos sobre el lecho marino llamado “Pipeline End Manifold (PLEM)” que conectará la cañería de acero (ducto submarino) con los dos flexibles que van al buque (flexible de descarga y flexible de envío de vapores a buque). El PLEM poseerá válvulas para aislar los ductos de los flexibles e indicadores remotos de presión y temperatura para tener un monitoreo constante. - Válvula de seguridad, break away”, instalada para cada flexible en su conexión al PLEM. En caso de grandes esfuerzos longitudinales (por ejemplo, si un buque se desplaza sin desconectar), esta válvula se cerrará por un esfuerzo de tracción, que se calibrará en fábrica y que dependerá de la ubicación y de la resistencia a la tracción que pueden soportar los flexibles. Respecto de la construcción y operación del terminal marítimo se solicita el PAS establecido en el artículo 114 del Reglamento del SEIA. Indicador que acredita su cumplimiento Otorgamiento de los respectivos permisos. Aprobación por la Autoridad Marítima del Plan de Prevención de Contingencia y Emergencia. Forma de control y seguimiento Verificación in situ del procedimiento de descarga de GL proveniente de buques. Revisiones periódicas y actualizaciones, cuando corresponda, al Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias ante contaminación de las aguas por GL (incluyendo terreno de playa/borde costero). Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11.

11.3 Componente/ materia: Aguas marítimas Norma D.L. N°2.222/78, Ministerio de Defensa, Subsecretaría de Marina, Ley de Navegación, que regula las actividades concernientes a la navegación Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Esta Normativa se relaciona con el proyecto dado que este considera flujo marítimo para recepción de GL refrigerado desde buques. Forma de cumplimiento Si bien el Proyecto no contempla dentro de sus actividades de operación el vertimiento de cualquier tipo de sustancia al medio marino, producto de las actividades propias de la fase de operación se ha establecido en el Capítulo 8 del presente EIA el Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias ante contaminación de las aguas por GL (incluyendo terreno de playa/borde costero), que dará cumplimiento al D.S. N°1/1992 según lo establecido por la 58

circular de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (DGTM y MM) Ord. A-53/002, que establece procedimiento para la confección y presentación de Planes de Emergencia para combatir la contaminación ante derrames de hidrocarburos y material mínimo de respuesta, para naves que enarbolen el pabellón chileno. Este Plan considera las 3 fases del Proyecto. Además, durante la descarga y transporte de GL hasta el Estanque de Almacenamiento en tierra, se contemplan tecnologías adecuadas para evitar vertimiento de sustancias al medio marino, las cuales señalan a continuación: - Sistema de descarga a ductos el cual consiste en un colector instalado al inicio de los ductos submarinos sobre el lecho marino llamado “Pipeline End Manifold (PLEM)” que conectará la cañería de acero (ducto submarino) con los dos flexibles que van al buque (flexible de descarga y flexible de envío de vapores a buque). El PLEM poseerá válvulas para aislar los ductos de los flexibles e indicadores remotos de presión y temperatura para tener un monitoreo constante. - Válvula de seguridad, break away, instalada para cada flexible en su conexión al PLEM. En caso de grandes esfuerzos longitudinales (por ejemplo, si un buque se desplaza sin desconectar), esta válvula se cerrará por un esfuerzo de tracción, que se calibrará en fábrica y que dependerá de la ubicación y de la resistencia a la tracción que pueden soportar los flexibles. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de descarga de GL a través de los Buques. Forma de control y seguimiento Verificación in situ del procedimiento de descarga de GL proveniente de buques. El Proyecto no arrojará sustancias nocivas o peligrosas de cualquier especie que ocasionen daños en las aguas sometidas a la jurisdicción nacional. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11.

11.4 Componente/ materia: Aguas marítimas Norma Decreto Supremo N°295/86, Ministerio de Relaciones Exteriores, Regula el protocolo para la Protección del Pacífico Sudeste contra la Contaminación Provenientes de fuentes fijas Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto consistirá en la construcción y operación de un terminal marítimo del tipo multiboya, el que estará habilitado para la recepción de Gas Licuado (GL) y posteriormente será transportado a tierra mediante un ducto submarino, el que llegará hasta las instalaciones terrestres en la bahía de Caldera, donde será almacenado en un estanque de 45.000 m3 de capacidad. Adyacente a este estanque se contempla la construcción de una piscina de contención capaz de contener la totalidad del GL almacenado en el 59

estanque de almacenamiento, en caso de ocurrir un derrame. Forma de cumplimiento El estanque de almacenamiento se encontrará dentro de un dique conectado a una piscina de contención de derrames revestida con una membrana de HDPE para impedir la infiltración, y capaz de contener el 100% del volumen del estanque. Con lo anterior, se logrará eliminar el riesgo de infiltración desde el estanque en caso de derrame de éste. Indicador que acredita su cumplimiento Construcción de la piscina de contención de derrames.

Forma de control y seguimiento El Proyecto no arrojará sustancias nocivas o peligrosas de cualquier especie que ocasionen daños en las aguas sometidas a la jurisdicción nacional. Verificación in situ de las condiciones de la membrana de HDPE. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11.

11.5 Componente/ materia: Aguas marítimas Norma Decreto Supremo Nº296/86, Ministerio de Relaciones Exteriores, Convenio sobre la Protección del Medio Ambiente y la Zona Costera del Pacífico Sudeste Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará Operación Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto consistirá en la operación de un terminal marítimo del tipo multiboya, el que estará habilitado para la recepción de Gas Licuado (GL) y posteriormente será transportado a tierra mediante un ducto submarino, el que llegará hasta las instalaciones terrestres en la bahía de Caldera, donde será almacenado en un estanque de 45.000 [m3] de capacidad. Adyacente a este estanque se contempla la construcción de una piscina de contención capaz de contener la totalidad del GL almacenado en el estanque de almacenamiento, en caso de ocurrir un derrame. Forma de cumplimiento Para la actividad de recepción de GL en el terminal, se contemplan tecnologías adecuadas para evitar vertimiento de sustancias al medio marino por manejo del GL, las cuales se señalan a continuación: - Sistema de descarga a ductos el cual consiste en un colector instalado al inicio de los ductos submarinos sobre el lecho marino llamado “Pipeline End Manifold (PLEM)” que conectará la cañería de acero (ducto submarino) con los dos flexibles que van al buque (flexible de descarga y flexible de envío de vapores a buque). El PLEM poseerá válvulas para aislar los ductos de los flexibles e indicadores remotos de presión y temperatura para tener un monitoreo constante. - Válvula de seguridad, break away”, instalada para cada flexible en su conexión al PLEM. En caso de grandes esfuerzos longitudinales (por ejemplo, si un buque se desplaza sin desconectar), esta válvula se cerrará por un esfuerzo de tracción, que se calibrará en fábrica y que dependerá de la ubicación y de la resistencia a la tracción que pueden soportar los flexibles.

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Además, en el borde costero, se contempla la construcción de una piscina de contención de derrames revestida con una membrana de HDPE para impedir la infiltración, y capaz de contener el 100% del volumen del estanque de 45.000 m3 de capacidad. Con lo anterior, se logrará eliminar el riesgo de infiltración desde el estanque en caso de derrame de éste. Se mantendrá un registro de las operaciones de descarga de GL a través de los Buques y su posterior envío a través de ducto submarino hacia el estanque de almacenamiento refrigerado en tierra. Este registro contendrá la siguiente información: hora de inicio/término de la descarga, datos del monitoreo entregado por PLEM (presión y temperatura) y activación de válvula de seguridad break away. Por otro lado, y producto de las actividades propias de la fase de operación se ha establecido en el Capítulo 8 del presente EIA el Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias ante contaminación de las aguas por GL (incluyendo terreno de playa/borde costero), que dará cumplimiento al D.S. N°1/1992 según lo establecido por la circular de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (DGTM y MM) Ord. A- 53/002, que establece procedimiento para la confección y presentación de Planes de Emergencia para combatir la contaminación ante derrames de hidrocarburos y material mínimo de respuesta, para naves que enarbolen el pabellón chileno. Este Plan considera las 3 fases del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de las operaciones de descarga de GL a través de los Buques. Forma de control y seguimiento El Proyecto no arrojará sustancias nocivas o peligrosas de cualquier especie que ocasionen daños en las aguas sometidas a la jurisdicción nacional. Verificación in situ de del procedimiento de descarga de GL proveniente de buques. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11.

11.6 Componente/ materia: Aguas marítimas Norma Decreto Supremo N°476/77, Ministerio de Relaciones Exteriores, Convenio sobre la Prevención de la Contaminación del Mar por Vertimiento de Desechos y Otras Materias Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto consistirá en la construcción y operación de un terminal marítimo del tipo multiboya el que estará habilitado para la recepción de Gas Licuado (GL) y posteriormente será transportado a tierra mediante un ducto submarino, el que llegará hasta las instalaciones terrestres en la bahía de Caldera, donde será almacenado en un estanque de 45.000 m3 de capacidad. Posteriormente el GL será distribuido a los destinatarios finales a través de camiones a granel y a través de cilindros. 61

Forma de cumplimiento Para la actividad de recepción de GL en el terminal, se contemplan tecnologías adecuadas para evitar vertimiento de sustancias al medio marino por manejo del GL, las cuales se señalan a continuación: - Sistema de descarga a ductos el cual consiste en un colector instalado al inicio de los ductos submarinos sobre el lecho marino llamado “Pipeline End Manifold (PLEM)” que conectará la cañería de acero (ducto submarino) con los dos flexibles que van al buque (flexible de descarga y flexible de envío de vapores a buque). El PLEM poseerá válvulas para aislar los ductos de los flexibles e indicadores remotos de presión y temperatura para tener un monitoreo constante. - Válvula de seguridad, break away”, instalada para cada flexible en su conexión al PLEM. En caso de grandes esfuerzos longitudinales (por ejemplo, si un buque se desplaza sin desconectar), esta válvula se cerrará por un esfuerzo de tracción, que se calibrará en fábrica y que dependerá de la ubicación y de la resistencia a la tracción que pueden soportar los flexibles. Se mantendrá un registro de las operaciones de descarga de GL a través de los Buques y su posterior envío a través de ducto submarino hacia el estanque de almacenamiento refrigerado en tierra. Este registro contendrá la siguiente información: hora de inicio/término de la descarga, datos del monitoreo entregado por PLEM (presión y temperatura) y activación de válvula de seguridad break away. Por otro lado, y producto de las actividades propias de la fase de operación se ha establecido en el Capítulo 8 del presente EIA el Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias ante contaminación de las aguas por GL (incluyendo terreno de playa/borde costero), que dará cumplimiento al D.S. N°1/1992 según lo establecido por la circular de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (DGTM y MM) Ord. A- 53/002, que establece procedimiento para la confección y presentación de Planes de Emergencia para combatir la contaminación ante derrames de hidrocarburos y material mínimo de respuesta, para naves que enarbolen el pabellón chileno. Este Plan considera las 3 fases del Proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Registro in situ del no vertimiento de aguas de sentinas por parte del buque y aplicación de procedimientos de descarga de GL proveniente de buques. Forma de control y seguimiento Se realizará un registro que verifique in situ el no vertimiento de aguas de sentinas por parte del buque y procedimiento de descarga de GL proveniente de buques cada vez que el buque se mantenga en el terminal. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11.

11.7 Componente/ materia: Residuos Líquidos Norma D.S N°430/92, fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº18.892, de 1989 y sus modificaciones, Ley General de 62

Pesca y Acuicultura (LGPA) Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará Todas las fases del Proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto consistirá en la operación de un terminal marítimo del tipo multiboya, el que estará habilitado para la recepción de gas licuado refrigerado y posteriormente será transportado a tierra mediante un ducto submarino, el que llegará hasta las instalaciones terrestres en la bahía de Caldera, donde será almacenado en un estanque de 45.000 m3 de capacidad. Posteriormente el gas licuado será distribuido a los destinatarios finales a través de camiones a granel y a través de cilindros. Forma de cumplimiento Para la actividad de recepción de gas licuado en el terminal, se contemplan tecnologías adecuadas para evitar vertimiento de sustancias al medio marino por manejo del gas licuado, las cuales se señalan a continuación: - Sistema de descarga a ductos el cual consiste en un colector instalado al inicio de los ductos submarinos sobre el lecho marino llamado “Pipeline End Manifold (PLEM)” que conectará la cañería de acero (ducto submarino) con los dos flexibles que van al buque (flexible de descarga y flexible de envío de vapores a buque). El PLEM poseerá válvulas para aislar los ductos de los flexibles e indicadores remotos de presión y temperatura para tener un monitoreo constante. - Válvula de seguridad, break away”, instalada para cada flexible en su conexión al PLEM. En caso de grandes esfuerzos longitudinales (por ejemplo, si un buque se desplaza sin desconectar), esta válvula se cerrará por un esfuerzo de tracción, que se calibrará en fábrica y que dependerá de la ubicación y de la resistencia a la tracción que pueden soportar los flexibles. Se mantendrá un registro de las operaciones de descarga de GL gas licuado a través de los Buques y su posterior envío a través de ducto submarino hacia el estanque de almacenamiento refrigerado en tierra. Este registro contendrá la siguiente información: hora de inicio/término de la descarga, datos del monitoreo entregado por PLEM (presión y temperatura) y activación de válvula de seguridad break away. Además, el Proyecto cuenta con un Plan de Contingencia y Emergencia ante contaminación de las aguas por GL (incluyendo terreno de playa/borde costero), el cual se presenta en el Capítulo 8 del presente EIA. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de las operaciones de descarga de GL a través de los Buques. Forma de control y seguimiento Verificación in situ de del procedimiento de descarga de GL proveniente de buques. El Proyecto no arrojará sustancias nocivas o peligrosas de cualquier especie que ocasionen daños en las aguas sometidas a la jurisdicción nacional. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11. 63

11.8 Componente/ materia: Aguas marítimas Norma Decreto con Fuerza de Ley N°850/1997, Ministerio de Obras Públicas, Ley Orgánica del Ministerio de Obras Públicas Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto consistirá en la construcción y la operación de un terminal marítimo del tipo multiboya, el que estará habilitado para la recepción de Gas Licuado (GL) y posteriormente será transportado a tierra mediante un ducto submarino, el que llegará hasta las instalaciones terrestres en la bahía de Caldera, donde será almacenado en un estanque de 45.000 m3 de capacidad. Posteriormente el GL será distribuido a los destinatarios finales a través de camiones a granel y a través de cilindros. Al estar emplazado en el medio marino, se deberá dar cumplimiento a las disposiciones antes referidas. Forma de cumplimiento Se solicitará oportunamente ante la Dirección de Obras Portuarias, la aprobación del Terminal Marítimo Multiboya, que considera construcciones de obras marítimas en el sector de Caldera. Indicador que acredita su cumplimiento La aprobación de la Dirección de Obras Portuarias.

Forma de control y seguimiento Verificación de la autorización por parte de la autoridad correspondiente.

Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11.

11.9 Componente/materia: Calidad de Aire Norma Decreto Supremo N°144 de 1961, Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza, Ministerio de Salud Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la ejecución del Proyecto, en sus diferentes fases, se generarán emisiones de material particulado y gases de combustión de motores a la atmósfera. Durante la fase de construcción del Proyecto, las emisiones a la atmósfera corresponden a los gases de combustión de los motores de los diferentes equipos y vehículos utilizados durante esta fase y al material particulado producto de la limpieza y movimiento de tierras, tránsito de vehículos y combustión de motores. Durante la fase de operación del Proyecto, se estima que las emisiones a la atmósfera en esta fase del Proyecto estarán dadas por: a) Vehículos utilizados para el transporte de materiales e insumos: gases de combustión de dichos vehículos y al material particulado producto del tránsito de los vehículos por caminos pavimentado y no pavimentado (camino existente) y del material particulado producto de la combustión de los motores de dichos vehículos. 64

b) Combustión interna de gas licuado: piloto antorcha, dos (2) calentadores de gas licuado (calentador indirecto), antorcha y grupo generador de respaldo de 2.750 [kVA] el que entrará en servicio durante un corte de energía.

Ante la eventualidad de producirse un cierre del Proyecto, se generarían emisiones atmosféricas correspondientes a material particulado y gases de combustión de motores, producidos en las actividades de desmantelamiento, demolición y reacondicionamiento del terreno. Estas fuentes emisoras, serán detalladas en el respectivo plan de cierre. Forma de cumplimiento Para minimizar las emisiones atmosféricas, el Proyecto ha considerado para la fase de construcción las siguientes medidas: a) Los caminos internos de servicio se mantendrán en buen estado, a fin de facilitar el tránsito de vehículos. b) Durante la construcción, operación y cierre se exigirá a los contratistas que sus vehículos y camiones cuenten con sus revisiones técnicas al día. c) Se prohibirá la circulación de todo vehículo motorizado que despida humo visible por su tubo de escape. d) Se exigirá a los contratistas que el transporte de materiales se realice de acuerdo a lo que establece el reglamento (D.S. N° 75/87 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones). e) En el área del proyecto estará prohibida la quema de residuos y materiales combustibles (madera, papeles, hojas o desperdicios de cualquier tipo). f) Todo carguío dentro de la obra se efectuará con el debido cuidado para evitar el exceso de polvo. g) Para minimizar las emisiones a la atmósfera el proyecto contempla humectación durante las excavaciones y en el movimiento de tierras. h) Los camiones del proyecto que transporten tierras y áridos estarán debidamente encarpados para evitar la fuga de material particulado. i) Se exigirá una velocidad máxima de 40 [km/h] para los vehículos livianos y buses, y de 30 [km/h] para vehículos pesados en los caminos interiores no pavimentados para no levantar polvo j) Se hará uso de mallas en los deslindes de las faenas para evitar la acción del viento sobre acopios. Para minimizar las emisiones atmosféricas, el Proyecto ha considerado para la fase de operación las siguientes medidas: a) Se hará una adecuada mantención mecánica de equipos, maquinaria y vehículos, por concepto de eficiencia operacional y minimización de emisiones atmosféricas. Todas las mantenciones se realizarán en talleres autorizados, fuera del área del Proyecto. b) Durante la construcción, operación y cierre se exigirá a los contratistas que sus vehículos y camiones cuenten con sus revisiones técnicas al día, c) Se prohibirá la circulación de todo vehículo motorizado que despida humo visible por su tubo de escape. d) En el área del proyecto estará prohibida la quema de residuos y materiales combustibles (madera, papeles, hojas o desperdicios de 65

cualquier tipo). e) Se exigirá una velocidad máxima de 40 [km/h] para los vehículos livianos y buses, y de 30 [km/h] para vehículos pesados en los caminos interiores. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento será la instalación de señalética que indique velocidad máxima durante todas las fases del Proyecto. Se mantendrá un registro de la implementación de las medidas señaladas en la forma de cumplimiento, el cual estará en la obra ante cualquier fiscalización. Forma de control y seguimiento Control y revisión de la implementación de las medidas señaladas en la forma de cumplimiento. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11.

11.10 Componente/materia: Calidad de Aire Norma D.S. N°4/1994, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, “Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control.” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre.

Otros cuerpos legales asociados N/A Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto considera la utilización de vehículos motorizados pesados y livianos. El transporte de insumos para la construcción será realizado en camiones a través de terceros debidamente autorizados. Forma de cumplimiento Se utilizarán vehículos motorizados que cumplirán con lo establecido en esta normativa, lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y con mantenciones periódicas a todos los vehículos, cumpliendo así lo establecido en el Artículo 1 del presente Decreto. De igual forma, se dará cumplimiento a los índices de ennegrecimiento establecidos en el Artículo 3 a través del certificado de revisión técnica al día. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de control previo al comienzo de cada fase del Proyecto, el cual contendrá información sobre la inspección visual in situ de certificados de revisión técnica al día y de emisión de gases. Forma de control y seguimiento • Se verificará que todo vehículo motorizado cuente con el sello adhesivo y los certificados que garanticen que cumplen con los límites máximos establecidos por la normativa. • Control y seguimiento de revisiones técnicas de los vehículos del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11.

11.11 Componente/materia: Calidad de Aire Norma Decreto Supremo N°54 de 1994, Establece Normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Medianos que Indica, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones 66

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la fase de construcción, operación y cierre, el Proyecto puede utilizar vehículos motorizados medianos. Por tanto, se producirán emisiones atmosféricas correspondientes a material particulado y gases como consecuencia de los movimientos de maquinaria y flujo de vehículos. Forma de cumplimiento Se exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del Proyecto cumplan con estas normas, lo que se verificará con el correspondiente certificado de revisión técnica y gases, para aquellos vehículos que les corresponda. Indicador que acredita su cumplimiento Corresponderá a la inspección visual in situ de certificados de revisión técnica al día y de emisión de gases, con lo cual se creará un registro de control antes de comenzar cada fase del Proyecto. Forma de control y seguimiento Control y seguimiento de revisiones técnicas de los vehículos del Proyecto en todas las fases. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11.

11.12 Componente/materia: Calidad de Aire Norma D.S. Nº55/1994 y sus modificaciones. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. “Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados que indica”. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre.

Otros cuerpos legales asociados N/A Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto considera la utilización de vehículos motorizados pesados para la construcción, operación y cierre del Proyecto. Por tanto, se producirán emisiones atmosféricas correspondientes a material particulado y gases como consecuencia de los movimientos de maquinaria y el uso de camiones para el transporte de materiales, insumos y residuos durante todas las fases. Forma de cumplimiento Durante las fases del Proyecto, se mantendrá un control de las revisiones técnicas de cada vehículo. Los vehículos pesados y maquinaria deberán cumplir con las mantenciones periódicas indicadas por el fabricante, que garantice que los motores operarán de manera óptima. Se verificará que los vehículos motorizados pesados (camiones y maquinarias) inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados después del 01 de septiembre de 1994, porten el sello autoadhesivo que acredite el cumplimiento de los límites máximos de sus emisiones y aquellos que no lo porten no serán admitidos en la obra. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá un registro sobre el control de sello autoadhesivo que acredite el cumplimiento de los límites máximos de sus emisiones de vehículos motorizados pesados. Forma de control y Control y seguimiento de mantenciones y revisiones técnicas de los 67

seguimiento vehículos pesados del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11.

11.13 Componente/materia: Calidad de Aire Norma D.S. Nº211/1991. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. “Norma sobre emisiones de vehículos motorizados livianos” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto considera la utilización de vehículos livianos para las fases de construcción, operación y cierre. Por tanto, se producirán emisiones atmosféricas correspondientes a material particulado y gases como consecuencia de los movimientos de materiales, insumos (fase de construcción y cierre), residuos y el transporte asociado al personal, durante todas las fases del Proyecto. Forma de cumplimiento Se exigirá que todos los vehículos motorizados livianos, sean sometidos a mantenciones periódicas y que tengan su revisión técnica del vehículo al día de modo de cumplir con la norma de emisión. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá un registro del control de certificados de revisión técnica de vehículos livianos, lo que permitirá verificar el cumplimiento para todos los vehículos motorizados, que certifiquen el cumplimiento de la revisión técnica y gases al día antes de comenzar cada fase del Proyecto. Además, se realizará inspecciones semanales aleatorias en terreno a las revisiones técnicas de vehículos livianos. Forma de control y seguimiento Control y seguimiento de revisiones técnicas de los vehículos del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11.

11.14 Componente/ materia: Ruido Norma D.S. N°38/2011, Ministerio del Medio Ambiente, Establece “Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica”, elaborada a partir de la revisión del Decreto Nº146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará Todas las fases del Proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto generará emisiones sonoras asociadas a las obras de construcción, las que no superarán la normativa existente para ninguna de sus fases. En fase de operación, dada las características de los distintos sectores que contempla el Proyecto, se considera que la generación de emisiones de ruido estará asociada sólo a la operación del sector terminal y del sector planta. Ante la eventualidad de producirse un cierre del Proyecto, se generarían ruidos en forma esporádica, debido al tránsito de los vehículos, a la maquinaria utilizada y a las faenas de desmontaje, las 68

cuales serán de magnitud similar a las señaladas para la fase de construcción. Forma de cumplimiento Durante todas las fases del Proyecto se cumplirá con los límites establecidos en esta norma de emisión, medida en el lugar en que se ubiquen los receptores más cercanos. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento será el cumplimiento de la normativa para cada fase del Proyecto. Forma de control y seguimiento No se modificará el tipo de maquinarias aprobadas. El Titular mantendrá un registro de denuncias. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11.

11.15 Componente/ materia: Residuos Norma D.S. Nº594/1999, Ministerio de Salud, Aprueba Reglamento sobre “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará Todas las fases del Proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica El Proyecto considera durante todas sus fases la generación de residuos sólidos tanto de tipo de domiciliario como industriales peligrosos y no peligrosos, los cuales serán almacenados en la bodega de residuos domiciliarios, en la bodega de residuos industriales no peligrosos y bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, respectivamente. Estas áreas se encontrarán habilitadas para el correcto almacenamiento de estos residuos. Posteriormente, serán retirados por empresas especialistas, las cuales estarán autorizadas y se encargarán tanto del retiro, transporte y disposición final en un sitio autorizado. Forma de cumplimiento Los residuos se dispondrán en lugares autorizados para tales efectos. Se cumplirán todas las disposiciones legales aludidas. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrán disponibles, copias de los registros de retiros de residuos. Se mantendrá copia de la autorización sanitaria de la empresa externa transportista de los residuos, Además del registro y control de la cantidad y tipo de residuos que se trasladen a sitios de disposición final. Forma de control y seguimiento Mantener en las oficinas administrativas del Proyecto, los registros de cantidad y tipo de residuos de residuos dispuestos en los sitios de disposición final. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11.

11.16 Componente/ materia: Residuos Norma Decreto con Fuerza de Ley Nº725 /1967, Ministerio de la Salud, “Código Sanitario” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará Todas las fases del Proyecto 69

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la construcción, los residuos sólidos domésticos estarán compuestos principalmente de comida, envases, y envoltorios de comidas, papeles, desechos de artículos de aseo personal, elementos de protección personal (EPP) no impregnados con sustancias peligrosas, restos de artículos de oficina asimilables a residuos domésticos, entre otros. Los residuos domésticos serán almacenados en uno o más contenedores de capacidad de 200 litros, de material resistente, específicamente plástico, sellado con tapa, de fácil traslado y lavables. Además, deberán contar con una bolsa plástica en buen estado, donde se depositarán los residuos domésticos. Los receptáculos serán mantenidos en todo momento, cerrados y en un lugar debidamente señalizado. Estarán dispuestos en cada lugar donde se generen residuos domésticos, una vez completa su capacidad o al término de la jornada laboral serán almacenados en la Instalación de Faenas (bodega de residuos domésticos). Los residuos serán enviados a disposición final a un relleno sanitario aprobado y autorizado por la Autoridad Sanitaria de la Región de Atacama para su operación, ubicado a 5 [km] al oeste del Proyecto por la ruta C- 321. Respecto a los residuos industriales no peligrosos, estos corresponderán básicamente a restos de materiales de construcción tales como: madera, acero, residuos metálicos, restos de hormigón, restos de tuberías, varillas de soldaduras usadas, restos de cables, restos de embalaje de los equipos, materiales de empaque (bolsa y envases), fierros, gomas, válvulas, entre otros. Los residuos industriales no peligrosos serán acopiados en la bodega de residuos industriales no peligrosos. Se priorizará la reutilización de estos materiales en los frentes de trabajo y/o su venta a terceros. La frecuencia de traslado de los residuos industriales sólidos quedará condicionada, por una parte, a la generación de los mismos, dando especial énfasis a limitar el volumen de residuos acopiado, de manera que su presencia no represente un inconveniente para las faenas y que al mismo tiempo no permanezcan al interior de la faena por un período superior a 1 semana de tiempo prolongado. Los residuos serán llevados a disposición final utilizando los servicios de una empresa especialista en gestión de residuos industriales, autorizada por la autoridad competente. Los residuos peligrosos generados durante la construcción estarán compuestos principalmente de aceites y lubricantes usados, grasas, baterías y pilas y materiales con restos de hidrocarburos, restos de pintura, solventes, lubricantes, entre otros. Serán almacenados en las bodegas de almacenamiento temporal de residuos peligrosos localizadas en la instalación de faena, los cuales se encontrarán debidamente identificados y etiquetados de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh 2.190 Of.03. Este etiquetado se mantendrá desde el almacenamiento hasta la eliminación de los residuos. El período de almacenamiento de los residuos peligrosos en ningún caso podrá exceder los 6 meses. La disposición final de estos residuos estará a cargo de una empresa especializada y autorizada para tal fin. El lugar seleccionado para la disposición final de los 70

residuos peligrosos contará con la infraestructura adecuada para el manejo y procesamiento de éstos y con la autorización correspondiente de la SEREMI de Salud, para su funcionamiento. Durante la operación, se espera la generación de residuos sólidos domésticos, los que corresponderán básicamente a residuos con características domiciliarias generadas por los trabajadores tales como restos de comida, envases, y envoltorios de comidas, papeles, desechos de artículos de aseo personal, elementos de protección personal (EPP) no impregnados con sustancias peligrosas, restos de artículos de oficina asimilables a residuos domésticos, entre otros. Estos residuos serán almacenados temporalmente en uno o más contenedores con capacidad suficiente para contener el volumen de los residuos domésticos generados en el periodo de frecuencia de retiro. Se consideran contenedores con una capacidad de 200 litros, de material resistente, específicamente plástico, sellado con tapa, de fácil traslado y lavables. Además, deberán contar con una bolsa plástica en buen estado, donde se depositarán los residuos domésticos. Los receptáculos serán mantenidos en todo momento, cerrados y en un lugar debidamente señalizado y estarán dispuestos en cada lugar donde se generen residuos domésticos, una vez completa su capacidad o al término de la jornada laboral serán almacenados en la bodega de residuos domiciliarios, misma bodega utilizada durante la fase de construcción. Serán retirados por empresas especialistas y debidamente autorizadas y dispuestos finalmente en un Relleno sanitario aprobado y autorizado por Autoridad Sanitaria de la Región de Atacama para su operación, ubicado a 5 [km] al oeste del Proyecto por la ruta C-321. Respecto a los residuos industriales no peligrosos, estos corresponderán básicamente a los residuos asociados a las actividades de mantención de las instalaciones del Proyecto, principalmente a chatarras, maderas, gomas, plásticos, partes o piezas desgastadas o dañadas, entre otros. Serán almacenados en la bodega de residuos no peligrosos, misma bodega utilizada durante la fase de construcción. Se priorizará la reutilización de estos materiales en los frentes de trabajo y/o su venta a terceros. La frecuencia de traslado de los residuos industriales sólidos quedará condicionada, por una parte, a la generación de los mismos, dando especial énfasis a limitar el volumen de residuos acopiado, de manera que su presencia no represente un inconveniente para la operación y que al mismo tiempo no permanezcan al interior de la planta por un período superior a 1 mes. Los residuos serán llevados a disposición final utilizando los servicios de una empresa especialista en gestión de residuos industriales, autorizada por la autoridad competente. Los residuos peligrosos generados durante la operación corresponderán básicamente a los residuos asociados a las actividades de mantención de las instalaciones del Proyecto, como trapos, guaipe, ropa y papeles contaminados con aceite, grasas y lubricantes. El manejo de estos residuos será similar a la fase de construcción, siendo acopiados temporalmente al interior de la bodega de residuos peligrosos (misma bodega utilizada durante la fase de construcción) en contenedores adecuados, identificados y 71

etiquetados de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh 2.190 Of.03. Este etiquetado se mantendrá desde el almacenamiento hasta la eliminación de los residuos. El lugar de almacenamiento temporal de residuos peligrosos dará cumplimiento al D.S. Nº148/2003, es decir, contará con una base continua, impermeable y resistente; tendrá cierre perimetral que impida el libre acceso de personas y animales; estará techado y protegido; tendrá capacidad de retención de escurrimientos o derrames; contará con señalización; tendrá acceso restringido; y contará con medidas de seguridad y equipamiento contra incendios. El período de almacenamiento de los residuos peligrosos en ningún caso podrá exceder los 6 meses. La disposición final de estos residuos estará a cargo de una empresa especializada y autorizada para tal fin. Se exigirá que el lugar seleccionado para la disposición final de los residuos peligrosos cuente con la infraestructura adecuada para el manejo y procesamiento de éstos y con la autorización correspondiente de la SEREMI de Salud, para su funcionamiento. Ante la eventualidad de producirse un cierre del Proyecto, los residuos a generar serían semejantes a los generados durante la fase de construcción en términos de cantidad y características, por lo que se implementarán las mismas medidas de manejo. Forma de cumplimiento Los residuos se dispondrán en lugares autorizados para tales efectos. Se llevará un registro y control sobre la cantidad y tipo de residuos dispuestos temporalmente en los sitios de almacenamiento temporal para la fase de construcción, operación y cierre. Además del registro y control de la cantidad y tipo de residuos que se trasladen a sitios de disposición final. La venta de residuos será a empresas autorizadas para estos efectos. Indicador que acredita su cumplimiento Contar con los registros de las cantidades y tipos de residuos generados, con los sitios de disposición final. Obtención sectorial del PAS Nº140 y 142. Forma de control y seguimiento Mantener los registros de cantidad y tipo de residuos dispuestos en los sitios de disposición final del Proyecto. Seguimiento de la tramitación del PAS Nº140 y 142 hasta su obtención. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11.

11.17 Componente/ materia: Aguas marítimas Norma Decreto Supremo N°90/00, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará Construcción 72

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Si bien el Proyecto no contempla dentro de sus actividades el vertimiento de sustancia al medio marino, es importante aclarar que previo a la fase de operación (última etapa de la fase de construcción) se realizarán pruebas hidrostáticas al estanque de almacenamiento refrigerado, las cuales consistirán en incorporar agua de mar al interior del estanque. El agua requerida (51.000 [m3]) se obtendrá a través de cañerías provisorias que se instalarán entre las instalaciones de la Pesquera Bahía Caldera S.A. (PBC) y el estanque de la planta. Una vez realizadas las pruebas, el agua será devuelta a la empresa PBC en las mismas condiciones fisicoquímicas, no requiriendo tratamiento previo para ser descargada al emisario, actividad que realizará PBC. Cabe señalar que el emisario de propiedad de la Pesquera Bahía Caldera fue aprobado mediante la Resolución de Calificación Ambiental N° 110/2006 “Sistema de Tratamiento y Disposición de los Residuos Industriales Líquidos de Pesquera Bahía Caldera S.A., Caldera, III Región”, donde se indica que la descarga por el emisario se realizará fuera de la zona de protección litoral, en cumplimiento con la tabla Nº 5 del D.S. 90/01. Forma de cumplimiento La Pesquera Bahía Caldera S.A. descargará por el emisario en cumplimiento con la tabla Nº5 del D.S. 90/00. Además, se presentaron los antecedentes técnicos y formales para dar cumplimiento a los requisitos delcon el permiso ambiental sectorial (PAS 115, referido a la autorización de las descargas al mar. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá un registro en planta de la Resolución de Calificación Ambiental N° 110/2006 de PBC y el PAS referido a la autorización de las descargas al mar. Además, se mantendrá copia del acuerdo generado entre el Terminal de Gas Caldera S.A., y la Pesquera Bahía Caldera S.A. Forma de control y seguimiento Se dará aviso a la entidad fiscalizadora pertinente del inicio y término de las pruebas hidrostáticas al estanque de almacenamiento refrigerado Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11.

11.18 Componente/ materia: Residuos peligrosos Norma D.S. Nº148/2003, Ministerio de Salud, “Aprueba Reglamento Sobre Manejo de Residuos Peligrosos” Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará Todas las Fases del Proyecto Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Los residuos sólidos peligrosos que se generarán durante la fase de construcción corresponderán principalmente a residuos como: aceites y lubricantes usados, grasas, baterías y pilas y materiales con restos de hidrocarburos, restos de pintura, solventes, lubricantes, entre otros. Durante la fase de operación se generarán residuos sólidos peligrosos compuestos principalmente por trapos, guaipe, ropa y papeles contaminados con aceite, grasas y lubricantes, principalmente. Ante la eventualidad de producirse un cierre del Proyecto, los 73

residuos a generar serían semejantes a los generados durante la fase de construcción en términos de cantidad y características. Los residuos peligrosos en todas las fases serán tratados en conformidad al D.S. Nº 148/2003 del Ministerio de Salud, los cuales serán almacenados en contendores cerrados herméticamente, identificados y clasificados en conformidad con el D.S 148/03 del MINSAL, siendo dispuestos al interior de la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos. El período de almacenamiento de los residuos peligrosos en ningún caso podrá exceder los 6 meses. Durante el proceso se presentaron los antecedentes técnicos y formales para dar cumplimiento a los requisitos del PAS 142. Forma de cumplimiento Los residuos peligrosos generados por el Proyecto se manejarán de acuerdo a lo indicado en el Capítulo 1 del presente EIA, en una bodega que, para estos efectos, contará con autorización y el PAS 142. El transporte y la disposición final de los residuos peligrosos se realizará a través de empresas autorizadas y cumpliendo con el sistema de declaración y seguimiento de residuos peligrosos. Indicador que acredita su cumplimiento • Registro del retiro de los residuos peligrosos por la empresa transportista autorizada y el registro y control de la cantidad y tipo de residuos que se trasladen a sitios de disposición final. • Obtención favorable del PAS 142 por la autoridad competente. Forma de control y seguimiento • Verificación de los registros en las oficinas administrativas del Proyecto. • Seguimiento del permiso ambiental sectorial (PAS) 142. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11.

11.19 Componente/ materia: Sustancias Peligrosas Norma Decreto Supremo N°43, Aprueba Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas, 27 de julio de 2015, Ministerio de Salud Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará Fase de construcción, operación y cierre. Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Durante la fase de construcción y cierre se utilizarán las siguientes sustancias peligrosas: pinturas, diluyentes, y aceite, grasa., que serán suministrados por proveedores y almacenados en bodega de sustancias peligrosas según lo indicado por el DS N°43/16. Durante la fase de operación, se considera el uso de aceites y lubricantes para el mantenimiento de las instalaciones del Proyecto. Estas sustancias serán almacenadas dentro de la bodega de sustancias peligrosas (misma bodega de fase de construcción) según lo indicado por el DS Nº43/16. Forma de cumplimiento Las sustancias peligrosas se almacenarán temporalmente en la bodega de sustancias peligrosas, según dispone la normativa aplicable. Se mantendrán las hojas de datos de seguridad de casa sustancia en toda área donde se manipulen y almacenen, al igual que los registros y todas las condiciones exigidas por la normativa legal vigente. Ver detalles en Anexo ART161 del presente Capítulo. 74

Indicador que acredita su cumplimiento Autorización de almacenamiento de sustancias peligrosas por parte de la autoridad sanitaria de las instalaciones, las que permanecerán en las oficinas del Proyecto a modo de respaldo en caso de posibles fiscalizaciones. Forma de control y seguimiento • Revisiones realizadas por la autoridad y la autorización sanitaria entregada por la autoridad. • Mantener las actas de inspección disponibles. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11.

11.20 Componente/ materia: Combustibles Norma Decreto Supremo N°160 de 2008, Aprueba Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinamiento, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos, 26 de mayo de 2008, Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará Construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica Para la fase de construcción se realizará la carga de combustible de las maquinarias a través de un camión de combustible, el cual a su vez es abastecido por estanques portátiles que serán ubicados en área del Sector Planta, en un área previamente definida y demarcada: - Para evitar la infiltración de combustible al suelo, la zona de carga será plana y se dispondrá de una superficie plástica impermeable de HDPE. Bajo el HDPE de colocará una capa de arena de 10 cm de grosor, con pretiles para la contención en caso de derrames. - La zona de abastecimiento tendrá un acceso limitado y será debidamente señalizada, indicando en particular la prohibición de fumar o prender fuego. - Se dispondrán extintores adaptados (polvo CO2), para controlar una emergencia en caso de incendio. Para el caso particular de los equipos de poca movilidad, estos serán abastecidos diariamente o cuando se requiera, a través de camiones aljibes. Estos equipos irán montados íntegramente sobre un pretil revestido de plástico de alta densidad conformando un recipiente que permitirá contener los eventuales derrames de petróleo al momento de la carga. Para la fase de operación los siguientes equipos utilizaran GL como combustible: calentador indirecto de baño de respaldo utilizado para elevar la temperatura del fluido en los estanques presurizados y la antorcha de seguridad en el estanque de almacenamiento. El abastecimiento de estos equipos se realizará sobre un pretil revestido plástico de alta densidad al igual que el caso de los equipos de poca movilidad. Forma de cumplimiento Se dará cumplimiento a los requerimientos establecidos por la SEC, en relación al manejo de combustibles. Indicador que acredita su cumplimiento Registro documental y fotográfico que acredita el cumplimiento de la normativa y declaraciones SEC. 75

Forma de control y seguimiento Verificación y control de los documentos y declaraciones

Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11.

11.21 Componente/ materia: Patrimonio cultural Norma Ley 17.288 de 1970, Legisla Sobre Monumentos Nacionales Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará Fase de construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica De acuerdo al levantamiento de información en terreno que se presenta en los Anexos PC y PAL-1 de la Adenda, en el área de influencia del Proyecto se detectó la presencia se sitios arqueológicos y unidades fosilíferas. Sin perjuicio de ello, ante la eventualidad de que se realice un hallazgo arqueológico o paleontológico no previsto, se deberá proceder según lo establecido en los Artículos N°26 y 27 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N°20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Además, se informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir. Forma de cumplimiento En el caso de realizar algún tipo de descubrimiento patrimonial en el área de intervención del Proyecto, se cumplirá con lo establecido en los Artículos N°26 y 27 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales y los Artículos N°20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Por lo tanto, ante algún hallazgo durante las actividades de construcción, se paralizarán en forma inmediata las faenas que puedan afectarlos y se procederá a informar inmediatamente al Gobernador de la Provincia, quien ordenará que carabineros se haga responsable de su vigilancia hasta que el Consejo de Monumentos Nacionales se haga cargo de los hallazgos determinando los procedimientos a seguir. Indicador que acredita su cumplimiento En caso de producirse hallazgos asociados al patrimonio cultural y/o arqueológico – paleontológico, será dará aviso al Gobernador Provincial respectivo o al Consejo de Monumentos Nacionales, según corresponda en cumplimiento del artículo 26 de la presente en la normativa, a través de: Reportes de monitoreo arqueológico - paleontológico Informes al Consejo de Monumentos en caso de producirse un hallazgo patrimonial. Forma de control y seguimiento Registro del aviso a la Autoridad en caso de hallazgo arqueológico - paleontológico. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11.

11.22 Componente/ materia: Recursos Naturales Norma Ley N°19.473 de 1996, Sustituye Texto de la Ley N° 4.601, Sobre Caza, y Artículo 609 del Código Civil, 4 de septiembre de 1996, 76

Ministerio de Agricultura Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará Fase de construcción Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica De acuerdo a la línea de base, se identificaron especies de fauna en categoría de conservación en el área de influencia del Proyecto. Forma de cumplimiento Los resultados de la Línea de Base (Capítulo 3 del presente EIA), indican que se presentan especies de animales silvestres en categoría de conservación, de acuerdo a los procesos de clasificación de especies asociados al mencionado Decreto. por lo anterior, se implementará por el Titular,un Plan de rescate y relocalización de reptiles y micromamíferos en el sector de ductos., ver Capítulo 8 “Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y Compensación”. El Titular presentó los antecedentes para obtener el permiso ambiental sectorial del artículo 146 del RSEIA, para la caza o captura de los ejemplares de animales de las especies protegidas. Además, se contempla la implementación un Plan de perturbación controlada de reptiles. De acuerdo a los resultados de la caracterización ambiental del presente Proyecto (Capítulo 3 del presente EIA), fueron detectadas dos (2) especies de reptiles ambas en categorías de conservación; Liolaemus nigromaculatus (lagartija de dos manchas) clasificada como Casi amenazada (D.S. Nº16/2016, MMA) y Microlophus atacamensis (corredor de Atacama), clasificada como Vulnerable (D.S. N°5/1998, MINAGRI). Indicador que acredita su cumplimiento Obtención del permiso ambiental sectorial del artículo 146 del RSEIA Aplicación de Plan de rescate y relocalización Aplicación de Plan de Perturbación Forma de control y seguimiento Se mantendrá un registro de las actividades realizadas de acuerdo al Plan de rescate y relocalización y al Plan de Perturbación. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 11.

  1. Que, durante el procedimiento de evaluación del EIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

12.1 Prohibición vehículos motorizados que emitan humo visible Impacto asociado Efecto adverso debido a las emisiones generadas en las distintas fases del Proyecto. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Disminuir emisiones atmosféricas Descripción: Se prohibirá el tránsito de vehículos que emitan humo visible. Justificación: Se inspeccionará que los vehículos cuenten con las revisiones técnicas al día. Lugar, forma y Lugar: Los seguimientos se llevarán a cabo en el ingreso a las 77

oportunidad de implementación instalaciones del proyecto. Forma: Se realizará control en el acceso de ingreso a las instalaciones del proyecto. Oportunidad de implementación: Las actividades de inspección se realizarán semestralmente. Indicador que acredite su cumplimiento Se mantendrá un registro del control de certificados de revisión técnica al día de vehículos livianos, antes de comenzar cada fase. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 13.

12.2 Mantención de caminos Impacto asociado Efecto adverso debido a las emisiones generadas en las distintas fases del Proyecto. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Mantener caminos en buen estado, a fin de evitar emisiones por suspensión de polvo Descripción: El Proyecto contempla utilizar vehículos para el transporte de insumos y materiales Justificación: Mantención de caminos con el fin de generar menos emisiones atmosféricas. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Todos los caminos de acceso al Proyecto. Forma: Inspección de los caminos, a fin de identificar los que están en mal estado e instalación de señalética que indique velocidad máxima permitida. Oportunidad de implementación: Las actividades de mantención se realizarán semestralmente. Indicador que acredite su cumplimiento El indicador de cumplimiento será la instalación de señalética que indique velocidad máxima durante todas las fases del Proyecto y registro fotográfico de la mantención de caminos en mal estado. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 13.

12.3 Transporte de insumos y materiales Impacto asociado Efecto adverso debido a las emisiones generadas en las distintas fases del Proyecto. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar el exceso de polvo Descripción: Todo carguío dentro de la obra se efectuará con el debido cuidado para evitar el exceso de polvo. 78

El proyecto contempla transporte de insumo y materiales, por lo que se exigirá a contratistas realicen el transporte cumpliendo el D.S. N° 75/87. Justificación: Inspección en los camiones que hagan ingreso a las instalaciones. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En las instalaciones del Proyecto. Forma: Inspección in situ de los camiones que ingresan y/o salen de las instalaciones del Proyecto. Oportunidad de implementación: Las actividades de inspección se realizarán semestralmente. Indicador que acredite su cumplimiento Se mantendrá un registro de los camiones que ingresan a las instalaciones del proyecto, el cual estará disponible ante cualquier fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 13.

12.4 Mallas en Faenas Impacto asociado Efecto adverso debido a las emisiones generadas en las distintas fases del Proyecto. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar acción del viento sobre acopios del material Descripción: Se hará uso de mallas en los deslindes de las faenas para evitar la acción del viento sobre acopios Justificación: Se utilizarán mallas para evitar la acción del viento. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En las Faenas de construcción Forma: Se hará uso de mallas en los deslindes de las faenas Oportunidad de implementación: Durante toda la fase construcción. Indicador que acredite su cumplimiento Inspección visual de mallas in situ. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 13.

12.5 Asfaltado de caminos no pavimentados Impacto asociado Efecto adverso debido a las emisiones generadas en las distintas fases del Proyecto. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Disminuir la emisión de material particulado. Descripción: se asfaltará el camino de acceso y el camino que se inicia en la ruta 5 y se dirige hasta el camino de acceso al Proyecto, al inicio de la fase de 79

construcción Justificación: Asfaltar los caminos para disminuir emisión de material particulado. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Caminos no pavimentados a utilizar por el Proyecto. Forma: Se realizará el asfaltado de caminos no pavimentados. Oportunidad de implementación: Las actividades se realizarán al inicio de la fase de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento Inspección in situ de los caminos a pavimentar, generando un registro fotográfico. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 13.

12.6 Humectación en movimientos de tierra Impacto asociado Efecto adverso debido a las emisiones generadas en las distintas fases del Proyecto. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Disminuir la emisión de material particulado en actividades de escarpe y excavación. Descripción: Se contempla la humectación durante las actividades de movimiento de tierras (excavación y escarpe). Justificación: Disminuir emisión de material particulado Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área o sector de la excavación y escarpe, en la faena de construcción. Forma: Se realizará humectación a través de camiones aljibe. Oportunidad de implementación: Durante las actividades de excavación y escarpe de la fase de construcción y cierre. Indicador que acredite su cumplimiento Inspección in situ del movimiento de tierras (excavación y escarpe), generando un registro fotográfico. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 13.

12.7 Humectación en movimientos de tierra Impacto asociado Efecto adverso debido a las emisiones generadas en las distintas fases del Proyecto. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Disminuir la emisión de material particulado en actividades de escarpe y excavación. Descripción: Se contempla la humectación durante las actividades de 80

movimiento de tierras (excavación y escarpe). Justificación: Disminuir emisión de material particulado Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área o sector de la excavación y escarpe, en la faena de construcción. Forma: Se realizará humectación a través de camiones aljibe. Oportunidad de implementación: Durante las actividades de excavación y escarpe de la fase de construcción y cierre. Indicador que acredite su cumplimiento Inspección in situ del movimiento de tierras (excavación y escarpe), generando un registro fotográfico. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 13.

12.8 Monitoreo semestral, componente ecosistemas marinos Impacto asociado Efecto adverso por la alteración en las propiedades fisicoquímicas de la columna de agua producto del aumento en la concentración de sólidos suspendidos durante el proceso de instalación de la línea de recepción de GL (ductos), del sistema de amarre de buques y de los muelles provisorios de varado y lanzamiento. Efecto adverso sobre el ecosistema marino debido a la pérdida de suelo marino y afectación de comunidades bentónicas submareales e intermareales, debido al proceso de instalación del ducto, del sistema de amarre de buques y la instalación de los muelles provisorios de varado y lanzamiento. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Llevar un seguimiento ambiental de la calidad física-química de la columna de agua y sedimentos submareales, como también de las comunidades macrobentónicas del piso submareal e intermareal. Descripción: El Titular se compromete a realizar un seguimiento ambiental, lo que incluye: - Análisis de la calidad física-química de la columna de agua, obteniendo muestras en superficie y fondo, y lances verticales con CTDO. - Análisis de la calidad física-química de los sedimentos submareales, obteniendo muestras en el piso submareal. - Análisis de las comunidades macrobentónicas del piso submareal. Justificación: El objetivo se cumplirá realizando los análisis anteriormente descritos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Lugar: Los seguimientos se llevarán a cabo en bahía Caldera en las mismas siguientes estaciones. Estación UTM N (m) UTM E (m) E-1A 7.006.654 320.313 E-1 7.006.464 320.023 81

E-2 7.006.364 319.435 E-3 7.006.141 319.396 E-4A 7.006.002 319.309 E-4 7.006.137 319.132 A 7.006.648 320.590 B 7.006.598 320.597 C 7.006.563 320.623 B-INT 7.006.625 320.705 A2 7.006.716 320.328 B2 7.006.709 320.384 2 7.006.681 320.423 Forma: Para la calidad de las aguas y sedimentos se medirán los mismos parámetros descritos en la línea de base. Los que están comprendidos en normas nacionales e internacionales. El detalle para cada uno de los muestreos corresponde al realizado al interior del área de influencia en la línea de base del Proyecto. Oportunidad de implementación: El seguimiento se realizará de forma semestral durante todo el periodo de construcción y durante los primeros 3 años del periodo de operación. Una vez transcurrido dicho período el Titular del proyecto solicitará a la autoridad competente la pertinencia de continuar con los estudios y su frecuencia. Cada campaña tendrá una duración de 3 días, dependiendo de las condiciones oceanográficas. Indicador que acredite su cumplimiento Entrega de informe a la SMA. Forma de control y seguimiento El plan de seguimiento de este compromiso se presenta en la Tabla PS-6 del Anexo PS de la Adenda. Comprobante generado por el sistema electrónico de la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 13.

12.9 Plan de perturbación controlada de fauna marina Impacto asociado Efectos adversos sobre vertebrados marinos. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Provocar el abandono o inducir el desplazamiento gradual de los individuos de fauna nativa marina (reptiles, aves y mamíferos marinos) en el área de influencia del proyecto, específicamente en la zona intermareal. Descripción: Contempla especies de tres clases de vertebrados asociados a la zona intermareal: 82

-Reptiles: Antes de comenzar las actividades de ahuyentamiento, un equipo de profesionales especialistas en fauna realizará micro-ruteo por el sector que será afectado por las tronaduras y sus zonas aledañas, con el fin de establecer la presencia de especies de interés y su abundancia. -Aves: se realizará un muestreo de punto fijo. Este muestreo permitirá la caracterización rápida de la biodiversidad y abundancia de aves en el área a intervenir. Para esto, el investigador seleccionara dos (2) estaciones de muestreo en el sector cercano donde se realizarán las actividades de tronadura. En cada estación el investigador identificara y registrará durante 10 minutos todos los individuos que observe. -Mamíferos marinos: se realizará un monitoreo previo a estas actividades. Para esto se utilizará una embarcación con la que se realizará un transecto de observación donde se identificarán y registrarán la presencia de mamíferos. Justificación: Provocando abandono o inducir el desplazamiento de fauna nativa marina. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En el área de influencia asociada a la zona intermareal y donde se contemplen tronaduras. Forma: Se generarán condiciones que causen la migración gradual de la fauna nativa que se encuentren en la zona intermareal a intervenir, hacia otros lugares donde no se realizarán tronaduras. Oportunidad de implementación: Se considerará el cronograma de actividades para poder avanzar conforme se vayan materializando los distintos frentes de trabajo. La implementación de esta medida se realizará 1 a 2 semanas previo al inicio de las actividades del Proyecto que generan los impactos. Indicador que acredite su cumplimiento Comprobante generado por el sistema electrónico de la SMA, contra la entrega del informe de perturbación controlada. Forma de control y seguimiento El plan de seguimiento de este compromiso se presenta en la Tabla PS-7 del Anexo PS de la Adenda. Informe a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 13.

12.10 Plan de Rescate y Relocalización de Vertebrados Marinos Impacto asociado Efectos adversos sobre vertebrados marinos. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: El plan de monitoreo y rescate de vertebrados marinos contiene los protocolos a seguir en caso de que se afecten accidentalmente a reptiles, mamíferos y/o aves marinas durante los periodos de construcción, operación o cierre del proyecto. Descripción: Monitoreo: El protocolo de monitoreo se separó en dos etapas, el primero 83

incluye la fase de construcción y cierre del proyecto, ya que las actividades con posible riesgo para la fauna marina a realizar en estas etapas son similares y el segundo periodo corresponde al de operación del Proyecto ya que la única actividad con posible riesgo sobre la fauna marina en este periodo corresponde a los buques de transporte que ingresan a la bahía. Rescate: Como acción inicial, en caso de producirse accidentalmente una colisión y/o daño de algún vertebrado marino durante las fases de construcción, operación o cierre, se debe informar inmediatamente al Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (SERNAPESCA) al teléfono 800 320 032 o al 137 de la Dirección General de Territorio Marítimo y de Marina Mercante (DIRECTEMAR). Además, se debe coordinar con el centro de rescate-rehabilitación donde se trasladará al animal herido. Los centros de rescate-rehabilitación más cercanos a la ciudad de Caldera corresponden al CRRFS de la universidad de Antofagasta, ubicado en Antofagasta y el CRFM de la Universidad Católica del Norte, ubicado en Coquimbo (ver detalles en Anexo 10.1c). Justificación: Realizar plan de monitoreo. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de Influencia del Proyecto Terminal Gas Caldera (TGC). Forma: De acuerdo a los protocolos de monitoreo y rescate presentados en el Anexo 10.1c. Oportunidad de implementación: Cuando se presenten especies de vertebrados marinos accidentados durante las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Comprobante generado por el sistema electrónico de la SMA, contra la entrega del informe de monitoreo y rescate de vertebrados marinos. Forma de control y seguimiento El plan de seguimiento de este compromiso se presenta en la Tabla PS-8 del Anexo PS de la Adenda. Informe a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 13.

12.11 Restricción de actividades en día de fiesta de San Pedro Impacto asociado Efectos adversos sobre vertebrados marinos. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Asegurar el libre acceso de las cerca de 30 embarcaciones que transitan al interior de la bahía de Caldera (próximo al Proyecto) para la celebración de San Pedro, durante la fase de construcción y operación del Proyecto. Descripción: Como parte de su diseño, el Proyecto considera que, durante la fase de construcción, no se llevarán a cabo labores de construcción al interior de la bahía, el último domingo del mes de junio ocasión en que se realiza la festividad de San Pedro. Asimismo, durante la fase de operación, el Proyecto no hará ingreso de su embarcación a la bahía de 84

Caldera, el día en que se lleve a cabo la festividad de San pedro, con el objetivo de asegurar el libre tránsito de las cerca de 30 embarcaciones que participan en la actividad. Tal como se describió en la línea de base del componente Medio Humano (Capítulo 3 del EIA) la principal celebración realizada en el área de influencia corresponde a la Fiesta de San Pedro, que es organizada por los pescadores de la bahía de Caldera junto con la comunidad católica, realizada cada año en el último domingo del mes de junio. A partir de la información levantada por los representantes de las organizaciones de pescadores entrevistados, y según información disponible por la Municipalidad de Caldera, el año 2016 la festividad se llevó a cabo de acuerdo al siguiente cronograma: La celebración comenzó el último sábado del mes de junio, con una procesión desde la capilla de San Pedro, hasta la Iglesia San Vicente de Paul para luego continuar hasta el muelle de la bahía de Caldera (distante a 2.5 en línea recta aprox. de las obras terrestres Proyecto). El domingo, temprano en la mañana se realizó un saludo de los bailes religiosos que asistieron a la festividad. Según la coordinadora de la Casa de la Cultura de Caldera “se realizan bailes con las cofradías de bailes religiosos quienes vienen de toda la región y de regiones vecinas, y se hacen recreaciones de algunos pasajes bíblicos” (coordinadora de la Casa de la Cultura de Caldera). A las 11:00 horas se realizó la Misa central que fue oficializada por el Obispo de Copiapó, a la que asistieron autoridades públicas, y un número significativo de espectadores de la comuna de Caldera, así como de la Región de Atacama. Posteriormente las más de 30 embarcaciones engalanadas con banderas de colores y cada embarcación acogió un baile religioso, mientras que otras recibieron a las personas para realizar la procesión por el mar, a bordo de la embarcación Don Basilio, se embarcó el santo patrono y donde el Obispo, bendijo a las embarcaciones en la bahía de Caldera. Una vez que retornaron de la procesión por el mar los bailes religiosos junto al Santo Patrono, realizarán la procesión de retorno desde el muelle de pescadores hasta la Capilla San Pedro” (Sitio web de la Municipalidad de Caldera5). En la siguientes Fotografías se exhibe el desarrollo de la festividad. De acuerdo a la entrevista sostenida con el presidente del Sindicato de armadores y propietarios de embarcaciones artesanales de Caldera, las embarcaciones del Sindicato que participan en la actividad son alrededor de 20, y el desarrollo de la celebración al interior de la bahía tiene una duración aproximada de tres horas. Los representantes de las organizaciones de pescadores coinciden en que la actividad tiene una alta masividad, y que el recorrido de las embarcaciones que se realiza al interior de la bahía es desde las instalaciones del muelle de Caldera hacia el Norte, antes del emplazamiento de la empresa COPEC. En definitiva, las acciones que el Proyecto considera durante la fase de construcción y operación permitirán que las cerca de 30 embarcaciones que participan de la festividad de San Pedro, transiten libremente por la bahía de Caldera. Justificación: Se realizarán medidas para poder asegurar el libre acceso. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Bahía de Caldera. Forma: el Proyecto considera como medida de diseño que durante la fase de construcción no se realizarán obras al interior de la bahía en la fecha en que se realice la festividad de San Pedro, asimismo durante la fase de 85

operación, el Proyecto no hará ingreso de su embarcación a la bahía, de manera de asegurar el libre tránsito de las cerca de 30 embarcaciones que participan de la festividad. Oportunidad de implementación: a lo largo de la fase de construcción, operación y cierre del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Registro del desarrollo de la festividad de San Pedro al interior de la bahía de Caldera durante la fase de construcción y operación del Proyecto. Forma de control y seguimiento El plan de seguimiento de este compromiso se presenta en la Tabla PS-9 del Anexo PS de la Adenda. Los archivos con los registros Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 13.

12.12 Fondo concursable para organizaciones de la pesca artesanal, inscritos en Caldera de acuerdo al registro pesquero artesanal Impacto asociado Sin impacto asociado Fase del Proyecto a la que aplica Construcción y operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Apoyar la gestión de las organizaciones de pescadores artesanales de Caldera Descripción: Este compromiso ambiental voluntario contempla el financiamiento de proyectos orientados a fortalecer la sustentabilidad de la pesca artesanal en Bahía Caldera mediante la creación de un Fondo concursable para de la Pesca Artesanal de 10 millones de pesos anual, priorizando proyectos que estén alineados con los objetivos de Terminal Gas Caldera. Justificación: Financiando proyectos orientados a fortalecer la sustentabilidad de la pesca artesanal en Bahía Caldera. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: el compromiso voluntario y sus programas se implementarán en las caletas de pescadores artesanales y sindicatos de la ciudad de Caldera. Forma: la implementación se realizará mediante la creación y puesta en marcha de un fondo de financiamiento de proyectos colectivos cuyo criterio de selección se consensuará con las organizaciones de pescadores artesanales. De igual forma la implementación de la medida se realizará mediante la creación y puesta en marcha de un comité público-privado, que seleccionará las iniciativas. Oportunidad de implementación: la medida comenzará a desarrollarse durante la fase de operación y su duración considerará al menos los primeros cinco años de operación del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Se considerarán dos indicadores de cumplimiento: El fondo concursable de la pesca Artesanal es creado con participación de organizaciones y ejecutado a satisfacción de los beneficiarios. Forma de control y El plan de seguimiento de este compromiso se presenta en la Tabla PS-10 86

seguimiento del Anexo PS de la Adenda. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 13.

12.13 Fondo concursable para organizaciones sociales de Caldera Impacto asociado Sin impacto asociado Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Apoyar la gestión de las organizaciones sociales de Caldera. Descripción: Este compromiso ambiental voluntario contempla el financiamiento de proyectos orientados a fortalecer la gestión de las organizaciones sociales de Caldera mediante la creación de un Fondo concursable de 10 millones de pesos anual, priorizando proyectos que estén alineados con los objetivos de Terminal Gas Caldera. Justificación: Financiando proyectos orientados a fortalecer la fortalecer la gestión de las organizaciones sociales de Caldera. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: el compromiso voluntario y sus programas se implementarán en las organizaciones sociales de la ciudad de Caldera. Forma: la implementación de la medida se realizará mediante la creación y puesta en marcha de un comité público-privado, que seleccionará las iniciativas que postularán Oportunidad de implementación: la medida comenzará a desarrollarse durante la fase de operación y su duración considerará al menos los primeros cinco años de operación del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento El fondo concursable es ejecutado a satisfacción de los beneficiarios. Forma de control y seguimiento El plan de seguimiento de este compromiso se presenta en la Tabla PS-11 del Anexo PS de la Adenda. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 13.

12.14 Contratación de Mano de Obra Local Impacto asociado Sin impacto asociado Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Disminuir la tasa de cesantía local y activar la económica local, aprovechando los efectos positivos que se puedan producir producto de la ejecución del Proyecto. Descripción: La construcción de las obras temporales y permanentes del proyecto demandará la contratación de 170 trabajadores totales (directos e indirectos) como promedio, con un máximo de 260 trabajadores totales, lo 87

cual incrementará la demanda de mano de obra local. Lo anterior considerando que la comuna de Caldera presenta una tasa de cesantía del 8,81% (20176), constituye un impacto positivo en la economía local de la comuna. Justificación: Se llevará a cabo contratando a mano de obra local Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Comuna de Caldera. Forma: Se privilegiará la contratación de mano de obra local para todos los puestos de trabajos de cada fase del proyecto El Titular solicitará a la OMIL de la Ilustre Municipalidad de Caldera, un registro de oferta laboral considerando sus perfiles ocupacionales, para ser contrastados, en función de las diferentes obras a realizar, con la demanda potencial que planteen los puestos de trabajo en la fase de construcción. El Titular implementará cursos de capacitación básicos en especialidades vinculadas a las necesidades detectadas. El Titular confeccionará un registro de empresas proveedoras locales que permitan suministrar insumos y servicios en la fase de construcción Oportunidad de implementación: a lo largo de la fase de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento Se entregará como medio de verificación la planilla con el personal contratado y el porcentaje alcanzado de trabajadores locales, una vez iniciada cada una de las fases del proyecto a la SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Superintendencia del Medio Ambiente y a la Ilustre Municipalidad de Caldera Forma de control y seguimiento Las planillas a la SEREMI de Desarrollo Social y Familia, Superintendencia del Medio Ambiente y a la Ilustre Municipalidad de Caldera. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 13.

12.15 Visita a terreno con especialistas y comunidad Impacto asociado Sin impacto asociado Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Realizar una visita al área del proyecto en la que participe la comunidad indígena acompañados de un arqueólogo y un paleontólogo. Descripción: Se invitará a terreno a la Comunidad Indígena Diaguitas Costeros Familia Campillay de Caldera y la Asociación Indígena Diaguita de Recolectores Pesqueros, Buzos, Mariscadores Artesanales y Ramos Afines, los que serán apoyados por un arqueólogo y paleontólogo. Se recorrerá el área del Proyecto. Justificación: Mostrar en terreno a la comunidad indígena el tipo de hallazgos arqueológicos y paleontológicos detectados en el área del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de Lugar: Área de influencia del Proyecto. 88

implementación Forma: Se realizará una invitación y se realizará una campaña de terreno. Oportunidad de implementación: Previo al inicio de las obras de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de la invitación a terreno Forma de control y seguimiento Registro de la participación o negativa de participación. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 13.

  1. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

13.1 Riesgo Pool Fire/ Flash Fire en estanques de almacenamiento Riesgo o contingencia • Pool fire (solo si hay ignición). • Explosión nube de vapores (solo si hay ignición). • Flash fire (solo si hay ignición). Fuga de GL y posible incendio: Se puede producir principalmente producto de roturas o fallas en las instalaciones asociadas al almacenamiento, Corrosión en estanque y/o no cierre válvula de drenaje o de muestreo. Fase del proyecto a la que aplica Operación Parte, obra o acción asociada Planta de Almacenamiento (estanques) Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Medidas para almacenamiento de GL: • Diseño de la Planta: Los espacios recomendados y considerados en el diseño de la planta estarán de acuerdo a guías y normas internacionalmente reconocidas, que nacen de la experiencia en estudios de incendios y explosiones, de tal manera que las distancias consideradas aseguran la protección de personal y operadores en caso de incidentes. Un diseño adecuado en cuanto a los espacios entre equipos y ubicación resulta en una medida esencial de prevención y control. Por lo tanto, las distancias, orientación y ubicación con respecto al viento de los equipos considerados en el diseño tendrán el propósito de prevenir incidentes durante las actividades de operación y mantención y facilitar la implementación de planes de emergencia. Los estanques T-101, T-102 y T-103 consideran en su diseño un sistema de rociadores automáticos y monitores para apoyar la refrigeración de estanques y de esta manera evitar daño a la estructura de estos. Medidas de identificación y prevención de evento básico: • Corrosión en estanque: Materialidad y espesor corrosión acorde a normas NACE, Puesta a tierra, Pintura epóxica, Inspección visual periódica y Mantención periódica. 89

• No cierre válvula de drenaje: Doble válvula (reducción de la segunda a 3/4''); Cierre de válvula de forma remota; Protocolos de mantención y capacitación integrados en Sistema Gestión de Seguridad y Riesgos con su respectivo registro de apertura y posterior cierre. • No cierre válvula de muestreo: Tamaño válvula de 1/4'' (evita grandes fugas); Protocolos de mantención y capacitación integrados en Sistema Gestión de Seguridad y Riesgos con su respectivo registro de apertura y posterior cierre. Medidas de detección de evento de intermedio: • Detectores de fuga cercanos a drenaje • Alarma visual y sonora en sala de control indicando ubicación de la activación para acción correctiva en menor tiempo posible. Medidas de control: • Sistema de protección contra incendio • Sistema de contención de derrames • Activación plan de emergencia integrado en Sistema de Gestión de Seguridad y Riesgo • Coordinación con bomberos Otras medidas: • Sistema instrumentado de seguridad: La planta contará con un sistema instrumentado de seguridad dedicado para las variables críticas de modo que éstas sean monitoreadas simultáneamente tanto por este sistema como por el sistema de control de procesos. Las variables críticas del proceso corresponden a nivel, presión y temperatura de los estanques T-101, 102 y 103. • Válvulas de exceso de flujo interiores al estanque: Los estanques T-102 y 103 cuentan con válvulas interiores de exceso de flujo. Estas válvulas, como su nombre lo indica, se cierran ante un aumento del flujo por sobre un límite preestablecido, evitando así la emanación de producto hacia el exterior ante cualquier ruptura en las conexiones de los estanques. Las válvulas se ubican en todas las boquillas de los estanques ya sea estén en zona líquida o gaseosa. • Válvula de shut-off al interior de estanque refrigerado: En la línea de descarga del estanque, en el fondo de éste, se situará una válvula de accionamiento neumático. El actuador mantendrá la válvula abierta, de modo que, en caso de emergencia, automáticamente se activa y se cierra la descarga del estanque. Esta válvula se diseñará de acuerdo al estándar API 625 y será adecuada para sistemas refrigerados de gas licuado. • Válvulas de expansión Térmica: La expansión térmica se produce por el calentamiento y posterior vaporización de gas licuado en una línea (cañerías). Las líneas expuestas a sobrepresiones cuentan con válvulas de expansión térmica. Estas válvulas permiten liberar presión en el sistema en caso de que la presión aumente por sobre la presión de diseño de la línea, evitando así su ruptura. 90

Forma de control y seguimiento • Plano con disposición de la red contra incendios utilizados en el proyecto. • Registro de los simulacros realizadas con la comunidad cercana • Registro de las capacitaciones realizadas al personal que manipule y almacene GL. • Registro de mantenciones de equipos críticos de la planta. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo PCE de la Adenda Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Las acciones se realizarán bajo los procedimientos y protocolos específicos establecidos en el Plan de Emergencia los cuales han sido incorporadas por el personal. El personal implicado en el accidente deberá: • Antes de realizar cualquier actuación se procederá a dar aviso a Sala de Control con los medios de comunicación disponibles, identificando el área afectada y describir la situación de emergencia. • Activación del plan de emergencia integrado en Sistema de Gestión de Seguridad y Riesgo. • En cuanto esté en condiciones tome contacto con el Coordinador de Emergencia para solicitar la asistencia del Equipo de Emergencia. • Dar aviso a las autoridades del hecho (Bomberos, Carabineros, SAMU, etc.) • Luego de dar aviso a Sala de Control, detener de inmediato toda operación. • Eliminar de inmediato todas las fuentes de ignición en el sector (no fumar, no usar bengalas, chispas o llamas en el área de riesgo). • Permanecer alerta a las instrucciones de evacuación y seguir las instrucciones del Coordinador de Emergencia. • Se procederá evacuando toda la planta, y se dará aviso a las industrias aledañas al terreno. El Coordinador de Emergencia, se trasladará al lugar junto con el Equipo de Emergencia, quién deberá tomar las siguientes medidas: • Informar estado de alerta a sala de control, o bien ordenar activación del Plan de Emergencia. Sala de control lo comunicara al personal. • En caso necesario, activar los sistemas de extinción y sistema de paro automático de emergencia (ESD). • Se mantendrá a todas las personas fuera del área de nube de vapor. Si resulta necesario iniciar la evacuación de un área, a consecuencia de una fuga de GL, el Coordinador de Emergencia deberá hacerlo inmediatamente con apoyo de líderes de evacuación y de acuerdo a procedimiento, hacia zona de seguridad. 91

• Se mantendrá a todas las personas ajenas al control de la emergencia fuera del área de peligro. • Evaluar si es posible obturar el área con fuga, de no ser así asegurar suministro de agua para mantener funcionando líneas de red húmeda y disipar nube de vapor GL, hasta que la fuga se haya detenido por sí sola. • De ser necesario, tomar contacto con Jefe de Emergencia para solicitar apoyo de medios externos de emergencia. • Dar aviso a encargado de instalación • Apoyar actuación de brigada contra incendio y fuga. El Equipo de Emergencia: • Se dirigirá al lugar de la fuga, con los equipos de protección adecuados y estará preparado para un posible incendio • Si la situación no es excesivamente peligrosa, sin exponerse, intentará parar la fuga. Controlará todas las fuentes de ignición. Actuará con viento a favor. Dispondrá siempre de una vía de evacuación. • En caso de derrame líquido, si la situación no es excesivamente peligrosa, sin exponerse, detener, contener y absorber el derrame en toda el área comprendida por éste, utilizando materiales absorbentes adecuados. • Impedir que el derrame afecte a las redes de aguas de la instalación o al océano, conduciéndolo hacia zonas con suelo protegido y sin desagües ni drenajes. • Descontaminar. Una vez saturado el absorbente, se retirará junto a todas las superficies que hayan quedado contaminadas y se gestionará como residuo peligroso. • Para disipar los vapores de GL, el Equipo de Emergencia activará la cortina de agua y rociará agua con los equipos disponibles para dispersar la nube de vapor; Dirigir el chorro de agua a la nube de vapor, desplazándola a una zona segura. El personal debe evitar penetrar en la nube de vapor y debe protegerse lo más posible con la cortina de agua por si los vapores se incendiaran inesperadamente. • En caso de incendio, si la situación no es excesivamente peligrosa, es decir, si se trata de un fuego de pequeña magnitud; sin exponerse, intentar apagar el fuego con los elementos de extinción disponibles con apoyo de la brigada contra incendio, Actuar con viento a favor. Disponer siempre de una vía de evacuación. • Refrigerar los equipos expuestos al fuego con los equipos fijos y móviles disponibles. • En caso de que el incendio no pueda ser sofocado, evitar su propagación, retirarse a lugar seguro. Comunicar a coordinador de emergencia para poder dar aviso a la Autoridad Marítima y a los bomberos para que acudan en la ayuda. • Después de apagar la inflamación, realizar acciones de control establecidas para fuga líquida o gaseosa de GL. 92

• Una vez controlada la emergencia el Coordinador de Emergencia dará aviso a sala de control y a Jefe de Emergencia, quien decretará el fin de la emergencia. Todo personal activo frente a una situación de emergencia deberá tener las siguientes precauciones: • Evitar todo contacto con la sustancia. • Evitar respirar los vapores. • Evitar fuentes de ignición. • Reducir al mínimo el número de personas en el área de riesgo. • El líquido derramado está a muy baja temperatura y se evapora rápidamente. Atención a las quemaduras por frío. • Desplazarse en dirección transversal a la del viento y permanecer en el lado desde donde sopla el viento. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia Una vez producido el derrame se dará aviso vía telefónica y correo electrónico a la SEREMI de Salud. En un plazo de no más allá de 48 horas de ocurrida la emergencia, el Jefe de Emergencia comunicará acerca del incidente a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), mediante la plataforma de “seguimiento ambiental RCA” del SMA, en la pestaña Aviso/Contingencia/incidente ambiental (cargar reporte) y enviará un correo electrónico con dicha información. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo PCE de la Adenda

13.2 Explosión no controlada Riesgo o contingencia Explosión no controlada: En aquellos casos en que se encuentre roca, se perforará la misma y se fracturará mediante métodos mecánicos o eventualmente explosivos en tronaduras controladas. Producto de lo anterior existe riesgo de que ocurra una explosión no controlada durante su uso o su almacenamiento. Fase del proyecto a la que aplica Construcción Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Los lugares donde se realizarán las tronaduras son principalmente el estanque de almacenamiento refrigerado y la piscina de contención de derrames. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Aplicación de los procedimientos para el transporte, almacenamiento y manipulación de explosivos en faenas de construcción que posee cada uno de los proveedores. • La adquisición, transporte, almacenamiento y manipulación de explosivos se realizará con estricto cumplimiento de las disposiciones legales de seguridad (ley N°17.798, DS. N°87/1982 M. Defensa y sus modificaciones), que comprenden: 93

  • Selección, capacitación y certificación del personal.
  • Diseño y ubicación de polvorines y bermas de protección.
  • Autorizaciones. • El transporte de explosivos se realizará a través de vehículos acondicionados, con señalización adecuada, y a través de escoltas, por lo que se dará aviso a carabineros, previo a realizar el transporte de explosivos hacia las instalaciones del Proyecto. Forma de control y seguimiento • Las tronaduras se realizarán durante la construcción del Proyecto. Se mantendrá un registro en las oficinas del Proyecto indicando:
  • Fecha en que los explosivos son recepcionados y almacenados previo aviso a carabineros para escoltar el trasporte de explosivos hasta la llegada a las instalaciones del Proyecto.
  • Fecha en que se realizarán las tronaduras. Adicionalmente se dará aviso a las localidades cercanas indicando lugar, hora y perímetro de protección. • Registro de las certificaciones del personal encargado de la manipulación de explosivos y registro de las capacitaciones realizadas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo PCE de la Adenda Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia • Antes de realizar cualquier actuación el lugar debe ser evacuado inmediatamente hacia la zona de seguridad. • Al mismo tiempo se procederá a dar aviso a sala de control con los medios de comunicación disponibles, identificando el área afectada y describir la situación de emergencia. Sala de control comunicará al personal activación del plan de emergencia. • El coordinador de emergencia se trasladará al lugar junto con el equipo de emergencia. • El coordinador de emergencia se comunicará con el jefe de emergencia para poder paralizar las faenas. • Ante la eventualidad de un incendio, el coordinador de emergencia debe dar alarma y comunicar en forma inmediata a el jefe de emergencia quien pondrá en acción el plan correspondiente junto con el equipo de emergencia. • Ante un incendio declarado se debe abandonar el polvorín hacia la zona de seguridad definida. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En un plazo de no más allá de 48 horas de ocurrida la emergencia, el Jefe de Emergencia comunicará acerca del incidente a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), mediante la plataforma de “seguimiento ambiental RCA” del SMA, en la pestaña Aviso/Contingencia/incidente ambiental (cargar reporte) y enviará un correo electrónico con dicha información. Referencia a documentos del expediente de evaluación Anexo PCE de la Adenda 94

que contenga la descripción detallada

13.3 Eventos sísmicos, tsunamis, inundaciones/condiciones climáticas adversas e incendios (forestal y externo) Riesgo o contingencia • Riesgo sísmico: dada la ubicación del Proyecto (zona 3 según NCh 433 Of. 1996, modificada el 2009), un sismo puede afectar a la totalidad de la instalación. Por otro lado, de acuerdo a la línea de base realizada para el componente Geológico en el Área de Influencia, conformada por la sección de las “Costeras entre Quebrada del Morado y Rio Copiapó”, es posible observar algunas fallas categorizadas como “Falla observada” (falla que presenta características que la hacen de fácil identificación en terreno), sin embargo se indica que el área de emplazamiento del Proyecto no se cruza con las fallas identificadas, las cuales se ubican al noreste y suroeste del Proyecto. • Riesgo de tsunami: debido a la ubicación del Proyecto (en la bahía de Caldera), un tsunami puede afectar al terminal. • Condiciones climáticas adversas (viento o lluvia extrema, marejadas, etc.): este tipo de condiciones meteorológicas pueden afectar al Proyecto debido a su ubicación. • Incendio Externos: presencia de matorrales en el área donde se emplazarán las obras del Proyecto, puede generar riesgo de incendio. Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Toda el área del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia • Ubicación de equipos principales sobre cota de inundación reportada por el SHOA. • El tramo submarino se encuentra enterrada en la zona de rompientes para protegerla de la acción directa del oleaje y del arrastre de rocas. • Para lograr la estabilidad de las cañerías/ductos (Línea de recepción de GL y Línea de envío de vapores a buque) en el sector submarino, frente al empuje hidrostático, el oleaje y las corrientes marinas se disponen contrapesos (lastres) de hormigón armado prefabricado, dejando en su centro un agujero circular por donde se dispone la línea de recepción de GL. La línea de envío de vapores a buque se ubicará sobre el contrapeso y conectada a este a través de una abrazadera de acero inoxidable. • El diseño, fabricación y montaje del estanque de almacenamiento atmosférico de gas licuado de 45.000 m3, T-101, se rigen principalmente por la norma API-620 “Design and Construction of Large, Welded, Low-Pressure Storage Tanks”. La norma establece los materiales, bases de diseño, especificaciones de fabricación, planes de inspección y prueba. Además, basado en la normativa 95

nacional y extranjera y las condiciones específicas del sitio donde se emplaza el estanque de almacenamiento atmosférico de gas licuado, se definió el dimensionamiento y verificación del diseño estructural – sísmico de tal forma que el estanque resista los esfuerzos que se producen durante un terremoto. Así, se evita que el estanque sufra daños de gran magnitud. • De acuerdo a la carta de inundación existente de Caldera, el estanque de almacenamiento atmosférico de gas licuado (T-101) se emplazará sobre la cota de alcance de un tsunami de quince de metros de altura. • El diseño del estanque incluye pintura epóxica y puesta a tierra, evitando así la corrosión de los equipos. • Los estanques presurizados T-102 y T-103, presentarán un diseño antisísmico bajo los criterios la norma ASME VIII División 1 “ASME Boiler & Pressure Vessel Code”. En esta norma quedan establecidos los materiales, espesores de pared y refuerzos adicionales dependiendo de la presión de operación, tipos de soldaduras, flanges a utilizar, sistemas de alivio y todo lo relacionado con la construcción del estanque. • Se contará con sistemas de alarmas de advertencia por tsunami en Área de emplazamiento del Proyecto. • Se establecerán y mantendrán demarcadas y libres de todo elemento innecesario las áreas de seguridad (P.E.E) y las vías de evacuación. • Todos los trabajadores conocerán las zonas seguras ante cualquier tipo de evento natural. • Se realizarán capacitaciones a todo el personal con el fin de informar las zonas seguras, y el procedimiento ante alguna emergencia de estas características. • Se mantendrán en buenas condiciones los sistemas de corte de energía. • Se dispondrá de respaldo de energía para aquellos sistemas críticos o relevantes para la continuidad operacional. • Se mantendrán señalizadas las salidas de emergencias o salidas hacia la zona de seguridad. (P.E.E.) • Todos los trabajadores se regirán por las medidas y obligaciones establecidas por TERMINAL GAS CALDERA para minimizar el riesgo de daños por sismos. • Se realizarán inspecciones periódicas a las instalaciones y equipos de emergencia. • Se realizarán simulacros de emergencia en las instalaciones del proyecto en las Fases de Construcción y Operación. Forma de control y seguimiento • Plano a disposición de todo el personal del área del Proyecto donde se indiquen las zonas seguras (planos ubicados en oficinas, murales, y entregados en las capacitaciones realizadas). • Registro de los simulacros realizadas con los trabajadores 96

(directos e indirectos) del Proyecto. • Registro de las capacitaciones realizadas a todo el personal Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo PCE de la Adenda Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Las acciones se realizarán bajo los procedimientos y protocolos específicos establecidos en el Plan de Emergencia. Todo personal deberá: • Al presenciar un evento de emergencia deberá dar aviso a la Sala de Control con los medios de comunicación disponibles, identificando el área afectada y describir la situación de emergencia. • En caso de sismo, al momento en que este se inicie el personal deberá detener toda operación. Si se tiene acceso seguro deberá cortar fuentes de electricidad y gas. • Deberá alejarse de vidrios, ventanales o cielos falsos. • Frente a cualquier emergencia por eventos naturales conservar la calma y dirigirse, sin correr, hacia la zona de seguridad del lugar donde se encuentre. • Una vez en la zona de seguridad deberá esperar las indicaciones del Coordinador de Emergencias. • En caso de ser necesaria la evacuación del personal se dará aviso a través de la sala de control. • En caso de una emergencia nivel 3, como por ejemplo evento de tsunami o sismo en que no pueda permanecer en pie no espere a que den la alarma de evacuación, abandone calmadamente el lugar hacia zonas altas de seguridad previamente establecidas. • Una vez terminado el evento natural, en cuanto tenga un medio de comunicación disponible recuerde reportar estado y situación a su jefatura o al Coordinador de Emergencias de su instalación. Coordinador de Emergencia: • Deberá informar estado de alerta a sala de control, o bien ordenar activación del Plan de Emergencia. Sala de control lo comunicara al personal. • Deberá asegurarse que las personas bajo su control (personal de TERMINAL GAS CALDERA, contratistas, visitas, estudiantes y otras) concurran a las zonas de seguridad. • Coordinará la evacuación del personal con la ayuda de los Líderes de Evacuación. • Una vez controlada la emergencia el Coordinador de Emergencia dará aviso a sala de control y a Jefe de Emergencia. Frente a este tipo de emergencias, es importante señalar que se pueden desencadenar otros eventos de emergencia, por lo que es importante que el Jefe de Emergencia junto con el Coordinador de Emergencia actúen en el menor tiempo posible dirigiendo la 97

revisión de las instalaciones después de una emergencia, esto en permanente coordinación con el equipo administrativo y operativo de protección. Se verificará el estado y la seguridad de: • Instalaciones en general. • Equipos o accesorios que puedan ser desplazados como consecuencia del fenómeno natural previsto. Prestar especial atención a estructuras y construcciones de tipo temporal (por ejemplo: casetas de construcción, andamios, etc.). • Sistemas de drenaje de agua de lluvia (comprobar que no están bloqueados). • Trasladar equipos móviles a niveles por encima del nivel del suelo. • Considerar la necesidad de construir diques alrededor de equipos o elementos clasificados de alto riesgo. El Jefe de Emergencia será el responsable de que se establezca contacto con la ONEMI (Oficina Nacional de Emergencia del Ministerio del Interior y Seguridad Pública) para informarse de: • Fenómeno natural previsto en la zona. • Evolución esperada de dicho fenómeno en las horas siguientes. • Estado de las carreteras. Previsión de cortes. • Estado del suministro del servicio telefónico. Previsión de cortes. • Medios de movilización dispuestos desde la ONEMI. Además, ordenará la cancelación de las operaciones y maniobras siguientes, que no sean imprescindibles: • Carga/descarga de sustancias y materiales. • Trabajos en el exterior de los edificios. • Funcionamiento de equipos que supongan un riesgo en caso de acontecer el fenómeno natural. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Una vez activado el Plan de emergencia se dará aviso vía telefónica y correo electrónico a la SMA y a la ONEMI Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo PCE de la Adenda

13.4 Derrame de sustancias peligrosas y residuos peligrosos y posible incendio Riesgo o contingencia Derrame de sustancias y residuos peligrosos y posibles incendios. Posibilidad de que se produzca un accidente que involucre a un vehículo transportando este tipo de sustancias o durante el manejo de las mismas en las instalaciones del Proyecto y que puedan causar su derrame y/o posterior incendio. Durante la construcción, operación y mantención se manipularán sustancias peligrosas. Además, se generarán residuos peligrosos por 98

la mantención de equipos. Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Fase de Construcción y Cierre: Todas las instalaciones del Proyecto donde haya manipulación, transporte y almacenamiento de sustancias y residuos peligrosos. Fase de Operación: Bodega de almacenamiento de Residuos Peligrosos. Bodega de almacenamiento de Sustancias Peligrosas. Mantenciones a equipos e instalaciones ubicados en los tres sectores: Sector Buque, Sector ductos y Sector Planta. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Las acciones se realizarán cumpliendo en todo momento con la normativa vigente. Medidas generales de manejo y transporte de sustancias y residuos peligrosos • Para el transporte de sustancias peligrosas realizado por terceros, se solicitará y auditará un plan de emergencias ante posibles accidentes. • Todo despacho de sustancias peligrosas deberá hacerse en envases originales, debidamente identificados, rotulados y con su Hoja de Datos de Seguridad (HDS). • Camiones o equipos que transporten sustancias peligrosas tendrán la señalética y rotulación adecuada según la normativa vigente, llevarán la HDS del producto y la identificación de la misma. • Se trabajará con proveedores confiables que dispongan de certificaciones en normas medio ambientales y de calidad. • Los envases sin rotular o rótulos y HDS en otro idioma, deberán ser devueltos al proveedor. • Todo personal que maneje estas sustancias estará equipado con los E.P.P. correspondientes. • Se contará con un instructivo en caso de derrame. • Sólo personal capacitado e instruido podrá transportar sustancias consideradas como peligrosas. • Se prohibirá el uso de llamas abiertas o fumar cerca de los equipos que transporten sustancias peligrosas. • Los recipientes de vidrio deberán contar con protección de madera o caucho en buen estado y asegurarse antes de moverlos, evitando golpearlos. • Capacitación específica a los trabajadores sobre el manejo, almacenamiento y recepción de sustancias peligrosas. • Capacitación a trabajadores en el correcto uso de los elementos de protección y combate contra incendios • Ubicación de equipos de extinción en las proximidades de los puntos probables de incendio, siendo accesibles y señalizados de acuerdo a la normativa vigente (extintores, mangueras, tambores con arena, etc.). • Almacenamiento de materiales combustibles e inflamables en 99

espacios especialmente habilitados, cumpliendo con lo dispuesto en el D.S. Nº160/2008, que Aprueba Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción y en el D.S. Nº 78/2009, que Aprueba Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas, del Ministerio de Salud. • En las áreas circundantes a sitios de almacenamiento de combustibles se prohibirá encender fogatas, fumar y/o portar elementos que produzcan chispas, para lo cual se instalarán letreros de advertencia con las indicaciones señaladas. • Se proveerá, mantendrá e inspeccionará los sistemas de extinción de fuego requeridos con la frecuencia que indique el fabricante. • Se conectarán a tierra los equipos que puedan generar chispas y almacenar electricidad estática. Medidas generales de almacenamiento de sustancias peligrosas. • Para la Fase de Construcción se realizará la carga de combustible de las maquinarias a través de la instalación de estanques en un área previamente definida y demarcada: - Para evitar la infiltración de combustible al suelo, la zona de carga será plana y se dispondrá de una superficie plástica impermeable de HDPE. Bajo el HDPE de colocará una capa de arena de 10 cm de grosor, con pretiles para la contención en caso de derrames. - La zona de abastecimiento tendrá un acceso limitado y será debidamente señalizada, indicando en particular la prohibición de fumar o prender fuego. - Se dispondrán extintores adaptados (polvo CO2), para controlar una emergencia en caso de incendio. Para el caso particular de los de los equipos de poca movilidad, estos serán abastecidos diariamente o cuando se requiera, a través de camiones aljibes. Estos equipos irán montados íntegramente sobre un pretil revestido de plástico de alta densidad conformando un recipiente que permitirá contener los eventuales derrames de petróleo al momento de la carga. Para la Fase de Operación, los siguientes equipos utilizarán combustible: El calentador indirecto de baño de respaldo utilizado para elevar la temperatura del fluido en los estanques presurizados y la antorcha de seguridad en el estanque de almacenamiento. El abastecimiento de combustible de estos equipos se realizará sobre un pretil revestido plástico de alta densidad al igual que el caso de los equipos de poca movilidad. • El almacenamiento de aceites de cambio y otros desechos aceitosos será en lugares adecuados y en tambores vacíos y cerrados para su posterior disposición en lugares autorizados. • El almacenamiento, manipulación y etiquetado de las sustancias peligrosas se realizará de acuerdo a la normativa vigente. 100

• Se mantendrá fácilmente disponibles las HDS (Hojas de Datos de Seguridad) en idioma español. • Se revisará en su recepción el estado de los envases que contengan este tipo de productos (envase, rótulo, etc.). • Los residuos peligrosos serán enviados a las instalaciones de manejo temporal de residuos, las cuales contarán con las autorizaciones respectivas. • Se dispondrá de elementos que permitan la contención de derrames. • Todas las instalaciones de recepción, almacenamiento y uso contarán con un sistema de protección contra incendio, el cual estará provisto de extintores de polvo químico seco ubicados en un lugar visible y de fácil acceso. • Se capacitará al personal que trabaja en la bodega tanto en la manipulación y recepción de las sustancias, como en el uso de EPP y combate de incendio. • Entrenamiento específico en caso de fuga de gases tóxicos e inflamables tanto para la brigada de emergencias, trabajadores y bomberos del sector. • Se realizarán simulacros con la comunidad cercana. • Durante las operaciones de carga, transporte, descarga, trasbordo y limpieza, los vehículos portarán los rótulos a que se refiere la Norma Chilena Oficial NCh2190/Of.03. “Transporte de sustancias peligrosas–Distintivos para identificación de riesgos”. • La red contra incendio estará diseñada de acuerdo a las exigencias y recomendaciones de las normas NFPA 20, 25 y 58 (Nacional Fire Protection Association) y el estándar API 2510 (American Petroleum Institute). • La red utilizará agua para refrigeración, extraída a partir de su estanque de agua contra incendio. La planta cuenta con un estanque contra incendio de 6.000 m3 que asegura una autonomía de 4 horas para el escenario menos favorable. La red contra incendio se extiende por toda la planta. Para la protección de los equipos existen rociadores instalados en el Terminal Multiboya, en el domo del estanque refrigerado, en las zonas de proceso, la isla de carga y la estación de llenado de cilindros, además considera la instalación de detectores de gases y de detectores de llama en los lugares donde es más probable que existan fugas. • La sala eléctrica cuenta con detectores de humo y alarma sonora. Así, en caso de incendio se activa automáticamente el sistema de extinción y a su vez una alarma visual. Medidas generales en caso de derrame de sustancias y/o residuos peligrosos en el mar. • Se dispondrá de una superficie plástica impermeable de HDPE durante la ejecución de las actividades de construcción del terminal marítimo, del muelle de lanzamiento de ductos y muelle de varado (muelle auxiliar), de forma que impida la caída al agua de 101

sustancias peligrosas. Forma de control y seguimiento • Copia del Plan de emergencias (de terceros) ante posibles accidentes de terceros que transporten sustancias peligrosas y registro de las correcciones (auditoría) realizada por el Titular del Proyecto. • Registro de las capacitaciones realizadas. • Registro de los simulacros realizados con la comunidad cercana. • Copia del registro de compra de materiales utilizados para la contención de derrames. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo PCE de la Adenda Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Las acciones se realizarán bajo los procedimientos y protocolos específicos establecidos en el Plan de Emergencia los cuales han sido incorporadas por el personal. El personal implicado en el accidente deberá: • En caso de derrame de sustancias peligrosas y residuos peligrosos en vehículo transportando este tipo de sustancias, se deberán realizar los procedimientos definidos de acuerdo a las especificaciones de la Hoja de Datos de Seguridad (HDS) de la sustancia transportada. • Antes de realizar cualquier actuación se procederá a dar aviso a Sala de Control con los medios de comunicación disponibles, identificando el área afectada y describir la situación de emergencia. • Eliminar de inmediato todas las fuentes de ignición en el sector (no fumar, no usar bengalas, chispas o llamas en el área de riesgo). • Se deberá identificar el producto. • Ubicar el punto del derrame o emanación. • Ubicar su correspondiente Hoja de Datos de Seguridad (HDS), de manera de conocer cuál es la forma más eficaz de actuar ante la emergencia, según el producto derramado. • Si es posible (de acuerdo a su capacitación) comenzar a aislar el área considerando la dirección del viento. • En caso de ser necesario, permanecer alerta a las instrucciones de evacuación, y seguir las instrucciones del Coordinador de Emergencia. El Coordinador de Emergencia, se trasladará al lugar junto con el Equipo de Emergencia, quién deberá tomar las siguientes medidas: • Informar estado de alerta a sala de control, o bien ordenar activación del Plan de Emergencia. Sala de control lo comunicara al personal. • Ubicar su correspondiente Hoja de Datos de Seguridad (HDS), de manera de conocer cuál es la forma más eficaz de actuar ante la 102

emergencia, según el producto derramado. • Asegurar que el personal y equipo de emergencia de control de derrame o emanación use los EPP necesarios según la HDS del Producto. • De ser necesario, tomar contacto con Jefe de Emergencia para solicitar apoyo de medios externos de emergencia. • Una vez controlada la situación de emergencia, el Jefe de Emergencia informará del hecho al Jefe de Emergencia, decretando éste el final de la misma. • Gestionar la reposición de todo el equipo de emergencia empleado. Equipo de Emergencia: • Aislar el área considerando la dirección del viento. • Contener el derrame con suficiente cantidad de material absorbente, asegurando que el producto no llegue a alcantarillado, para esto asegurarse que las condiciones que iniciaron el derrame o emanación sean eliminadas. • Si es posible, recoger el producto derramado, evitando su vertido al suelo o a las aguas. • En caso de producto combustible, estar preparados para actuar en caso de que se produzca la inflamación de la sustancia. • Descontaminar el área afectada. Retirar todos los materiales contaminados y gestionar como residuos peligrosos. • Descontaminar los equipos de protección y limpiar todo el equipo de emergencia empleado. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Una vez activado el Plan de emergencia el Jefe de Emergencia comunicará acerca del incidente a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), en un plazo de no más allá de 48 horas de ocurrida la emergencia, mediante la plataforma de “seguimiento ambiental RCA” del SMA, en la pestaña Aviso/Contingencia/incidente ambiental (cargar reporte) y enviará un correo electrónico con dicha información. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Anexo PCE de la Adenda

  1. Que, se ha podido establecer que el Proyecto no genera o presenta los efectos, características o circunstancias a que se refiere el artículo 85 del Reglamento del SEIA, en base al contenido del acta de la reunión realizada con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizados en el área en que se desarrollará el Proyecto.

  2. Que, durante el proceso de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley N° 19.300, se formularon observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto, las que han sido consideradas en el proceso de evaluación de la forma que a continuación se señala.

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15.1 Admisibilidad de las observaciones ciudadanas

Las observaciones formuladas que cumplen los requisitos establecidos en el artículo 29 de la Ley Nº19.300 y en el artículo 53 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental se sistematizan y evalúan técnicamente a continuación: 15.2 Evaluación técnica de las observaciones ciudadanas

Las observaciones formuladas por la ciudadanía que cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 29 de la Ley Nº 19.300 y en los artículos 83 y 88 del RSEIA son las siguientes:

1- Observante: Alberto Eduardo Iturra Benavides. Observación: Entre la población de Caldera no existe personal habilitado ni experto para manejar el nivel de temperaturas requeridas para la operación y trasvasije de licuado.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación no pertinente toda vez que no hace referencia a la descripción del proyecto y probables efectos ambientales generados por la naturaleza de sus obras y partes.

No obstante lo anterior, se aclara que Titular presenta en su Adenda Complementaria la actualización de sus compromisos voluntarios que lleva por nombre Contratación de Mano de Obra Local, el objetivo será disminuir la tasa de cesantía local y activar la económica local, aprovechando los efectos positivos que se puedan producir producto de la ejecución del Proyecto. Esto será para la fase de construcción de las obras del Proyecto. La descripción de este será la construcción de las obras temporales y permanentes del proyecto demandará la contratación de 170 trabajadores totales (directos e indirectos) como promedio, con un máximo de 260 trabajadores totales, lo cual incrementará la demanda de mano de obra local. Lo anterior considerando que la comuna de Caldera presenta una tasa de cesantía del 8,81% (2017), constituye un impacto positivo en la economía local de la comuna. La forma se privilegiará la contratación de mano de obra local para todos los puestos de trabajos de cada fase del proyecto El Titular solicitará a la OMIL de la Ilustre Municipalidad de Caldera, un registro de oferta laboral considerando sus perfiles ocupacionales, para ser contrastados, en función de las diferentes obras a realizar, con la demanda potencial que planteen los puestos de trabajo en la fase de construcción. El Titular implementará cursos de capacitación básicos en especialidades vinculadas a las necesidades detectadas. El Titular confeccionará un registro de empresas proveedoras locales que permitan suministrar insumos y servicios en la fase de construcción.

2- Observante: Corporación Pro-Patrimonio, cultura y turismo de Atacama. Observación: La bahía de Caldera es muy cerrada y su principal actividad es la pesca artesanal que ocupa la bahía.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la descripción del proyecto y probables efectos ambientales generados por la naturaleza de sus obras y partes. En cuanto a la actividad pesquera el Proyecto, se informa que según el proceso de evaluación ambiental y el análisis del literal c) del artículo 11 de la Ley 19.300, en relación a los criterios descritos en el artículo 7 del Reglamento del SEIA, en particular el literal b), considerando las dimensiones, características y naturaleza del Proyecto, se determinó que en todas sus fases, en relación al componente Medio Humano, se generará un impacto significativo a los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos de pescadores, mariscadores y recolectores, debido a que durante 50 horas todos los meses del año y por toda la vida útil del Proyecto, las actividades de descarga de GL desde el buque, restringirán el acceso a este sector de la bahía 104

(perímetro de seguridad del buque), aumentando los tiempos de desplazamiento hacia el punto de entrega de los productos recolectados, luego que el buque se retira del sector, el impacto desaparece hasta que vuelve un mes después. Por lo tanto, el proyecto en todas sus fases provocará un impacto significativo a los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos de pescadores, mariscadores y recolectores por el aumento en los tiempos de desplazamiento en la bahía de Caldera. Al respecto y tal como lo establece la normativa ambiental el Titular presenta las medidas de mitigación para dicho impacto, las que se relacionan con un Programa de difusión de recalada de buques el objetivo será reducir los efectos negativos en el desplazamiento de pescadores, de la Asociación Gremial de Pescadores Artesanales y Buzos Mariscadores de Caldera, producto de las restricciones a la circulación en la Bahía de Caldera durante la fase de operación y una Programación y difusión entre los grupos humanos de pescadores, mariscadores y recolectores de las actividades constructivas de las obras marinas asociadas al Proyecto. Las medidas se encuentran descritas en el Capítulo 7 de la presente Resolución, y en el resumen actualizado con todas las medidas de mitigación, reparación y/o compensación en Anexo ME de la Adenda complementaria.

3- Observante: Alberto Eduardo Iturra Benavides. Observación: Se bloquea el servicio de tránsito y uso de la bahía ante eventos de carga y descarga.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la descripción del proyecto y probables efectos ambientales generados por la naturaleza de sus obras y partes. Se informa al observante, que según el proceso de evaluación ambiental el Proyecto, no bloqueara el tránsito de la bahía. Sin embargo, se consideran actividades que se relacionan con identificar y delimitar con boyas una zona de seguridad al momento de descargar el combustible. Además, se informará de forma escrita a la autoridad marítima y las organizaciones de pescadores, mariscadores y recolectores, para explicar las maniobras de llegadas de buques al sector terminal. Se coordinarán avisos de llegada y zarpe de los buques, como también la zona de restricción de navegación.

4- Observante: Alberto Eduardo Iturra Benavides. Observación: La elección del lugar basado en lucro y evitando la posibilidad de radicar el proyecto en el sector industrial de Zenteno, donde no afecta a la población.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la descripción del proyecto, en relación al aspecto observado, resulta necesario aclarar que dentro del sistema de evaluación de impacto ambiental, no se contempla la evaluación ambiental de alternativas, siendo el Titular quien, en forma previa a la presentación del Proyecto, debe determinar las características propias del proyecto a ejecutar, debiendo recaer en el mérito de su EIA la evaluación ambiental, entre éstas, la descrita en el artículo 18 del Reglamento del SEIA, literal c.3, referida a la localización geográfica del Proyecto. Al respecto, se informa al observante, que la justificación de la localización del proyecto se detalla en el punto 1.3.5 del Capítulo 1 del EIA en el cual se señala que la bahía de Caldera cuenta con condiciones náuticas privilegiadas y servicios portuarios desarrollados compatibles con la operación del terminal. Además, la ubicación geográfica de Caldera permite optimizar desde el punto de vista logístico el suministro de gas licuado a la zona norte del país, minimizando los costos de transporte para los clientes del terminal.

5- Observante: Wladimir Wilkomirsky Fuica. Observación: La zona litoral es apta para turismo, si bien en este momento no se usa para estos fines, la expansión futura del turismo en Caldera tendría que comprender esas playas y una planta de gas no ayudaría en absoluto a utilizar el sector en turismo.

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Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la descripción del proyecto y probables efectos ambientales generados por la naturaleza de sus obras y partes. Se informa al observante que el Proyecto se encuentra en una zona de uso industrial según lo establecido por el Plan Regulador intercomunal de Atacama y según el Plan regulador comunal de Caldera.

De acuerdo a los antecedentes aportados durante el proceso de evaluación, el área de influencia, complementada por el Titular a requerimiento de la autoridad en Anexo AD-1 de Adenda, de esta componente está conformada por una zona con valor turístico, la que podría verse potencialmente afectada por el Proyecto ya sea por el emplazamiento de las obras en su interior o por el uso de las rutas que confluyen en esta zona. Esta zona fue identificada como la Zona con valor turístico Caldera – Bahía Inglesa.

El principal motivo de visita a la zona con valor turístico de Caldera-Bahía inglesa son las playas y balnearios de Caldera. El segundo punto importante de la zona corresponde a la historia de Caldera y su importancia desde el punto de vista de la paleontología, lo que fue corroborado con el enfoque que tienen los tours operadores, los cuales hacen recorridos a las distintas playas con las que cuenta Caldera, tanto hacia el norte como el sur de la ciudad y también tours paleontológicos. En relación a lo anterior, el presente Proyecto tal como se indica por el Titular en Capítulo 5 del EIA y en respuesta 8.3 de Adenda, el Proyecto utilizará rutas que se encuentran al interior de la zona con valor turístico (Ruta 5 y “Pesquera Atacama poniente”), sin embargo, la fase constructiva de este no considera dentro de sus medidas de diseño, mantener deshabilitado el acceso por estas rutas, por lo tanto, no existirá una obstrucción de acceso a los atractivos turísticos. Por lo tanto, en términos de magnitud y duración, la construcción del Proyecto (estanque de acopio de gas licuado y la tubería) no generará bajo ninguna circunstancia una alteración a las dinámicas turísticas de la comuna, la cual se concentra en la ciudad de Caldera.

En efecto, el Proyecto no generará obstrucción ni alteración a esta zona con valor turístico, entendiendo que el Proyecto se asentará en una zona industrial.

6- Observante: Wladimir Wilkomirsky Fuica. Observación: Esta es una breve síntesis de los inconvenientes de desarrollar el proyecto en Caldera; sería muy largo detallar todos y cada uno de estos puntos. No obstante, gustoso contestaré todas las consultas al respecto. Por lo anteriormente expuesto, y como vecino más próximo a mi Centro de Acuicultura 300- 45, vengo en oponerme al desarrollo del proyecto, pudiendo este ser instalado en otros lugares como Caleta Totoralillo que ya es un sector de sacrificio.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la descripción del proyecto y probables efectos ambientales generados por la naturaleza de sus obras y partes. De acuerdo a lo indicado en el capítulo 2 del EIA, el sector donde se construirán las obras marinas (submareal e intermareal), se emplaza en el centro y noreste de bahía Caldera, este sector corresponde a un Área de Libre Acceso por tanto no hay intervención de ningún Área de Manejo y Explotación de Recursos Bentónicos (AMERB) ni concesiones acuícolas. De forma paralela a la tramitación ambiental del proyecto, se está desarrollando la solicitud de Concesión Marítima, cuyos primeros trámites consideran la obtención de certificados de sobreposición con otras concesiones, marítimas, acuícolas, situación descartada en la solitud presentada por el Terminal Gas Caldera.

7- Observante: Corporación Pro-Patrimonio, cultura y turismo de Atacama. Observación: El área de protección es muy amplia y atenta contra las embarcaciones de pescadores y de deportes náuticos. 106

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la descripción del proyecto y probables efectos ambientales generados por la naturaleza de sus obras y partes. Se informa al observante, que, según los antecedentes aportados durante el presente proceso de evaluación, el Proyecto no afectará las embarcaciones pesqueras y deportes náuticos. Tal como se indicó en el capítulo 6.1 de este documento relativo al Análisis de los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la ley que dan origen a la necesidad de generar un estudio de impacto ambiental, en relación a las dinámicas de uso y prácticas que utilizan los Grupos Humanos que trabajan en la Bahía de la Comuna de Caldera, pescadores artesanales, buzos y mariscadores, se determinó que el Proyecto en todas sus fases provocará un impacto significativo a los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos de pescadores, mariscadores y recolectores por el aumento en los tiempos de desplazamiento en la bahía de Caldera, debido a que durante 50 horas todos los meses del año y por toda la vida útil del Proyecto, las actividades de descarga de GL desde el buque, restringirán el acceso a este sector de la bahía (perímetro de seguridad), aumentando los tiempos de desplazamiento. Por lo anterior, el Titular presenta medidas de mitigación para dicho impacto que se relacionan con un Programa de difusión de recalada de buques el objetivo será reducir los efectos negativos en el desplazamiento de pescadores, de la Asociación Gremial de Pescadores Artesanales y Buzos Mariscadores de Caldera, producto de las restricciones a la circulación en la Bahía de Caldera durante la fase de operación. Las que se encuentran descritas en el capítulo 8 de este documento y en capítulo 7 del EIA, Anexo ME de la Adenda.

8- Observante: Alberto Eduardo Iturra Benavides. Observación: Se atenta contra el fuerte Norte, lugar histórico que no puede ser intervenido sin autorización expresa y que no está a la vista de Monumentos Nacionales.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la descripción del proyecto y probables efectos ambientales generados por la naturaleza de sus obras y partes. Se informa al observante que, de acuerdo a los antecedentes aportados en el presente proceso de evaluación, en el área de influencia del Proyecto, no se registraron construcciones, lugares o sitios que, por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena. Sin embargo, se informa que el proyecto provocará un impacto significativo denominado Intervención de sitio arqueológico presente en el área de influencia del Proyecto, para la fase de construcción, debido los movimientos de tierra, respecto del cual el proyecto implementará las medidas de compensación y mitigación apropiadas, las cuales, se encuentran descritas en el capítulo 7 de la presente Resolución y en el Anexo ME de la Adenda Complementaria. A mayor abundamiento se aclara que las instalaciones del proyecto se ubican a más de 1,5 kilómetros del Fuerte Norte y en ningún caso se consideran obras en las cercanías del Fuerte Norte, descartándose la interrelación de las obras y acciones del proyecto con dicho lugar.

9- Observante: ONG Atacama Limpia - Representante: Cecilia del Pilar Martínez Díaz. Observación: Esta zona cuenta con amplios sectores de sitios paleontológicos y arqueológicos recién descubiertos, que podrían ser muchos más que los constatados según expertos arqueólogos y paleontólogos nacionales e internacionales que se encuentran estudiando esta zona costera de Caldera y que consideran que este lugar de borde costero en particular es muy rico en fósiles y sitios arqueológicos y paleontológicos que debemos preservar. Se solicita al Titular considerar el gran encuentro de Paleontología con seminarios y charlas de connotados expertos en estas materias que se realizó hace pocos años atrás en Caldera. Existe un informe de rescate de Megaterios en ese lugar y Pro-museo una agrupación de Caldera con gran trayectoria reconocida ha sido parte del rescate. El estudio de Base en cuanto a paleontología presentado en el Proyecto ha sido elaborado por quien 107

tuvo serios problemas y estuvo cuestionado por la contraloría hace unos años atrás sin responder a las irregularidades cometidas cuando estuvo trabajando en Caldera, por lo que la información allí entregada no da la confianza, ni la certeza de ser un estudio realmente válido.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la descripción del proyecto y probables efectos ambientales generados por la naturaleza de sus obras y partes. Se informa al observante, que, de acuerdo a los antecedentes del proyecto, consta que realizaron dos campañas de terreno complementarias a la línea de base presentada en el EIA, excavándose un total de 34 pozos de sondeos. Como resultado del levantamiento de información, se concluyó la presencia de un único sitio arqueológico. Durante la excavación y la delimitación superficial del sitio, se registraron elementos como: cerámica prehispánica principalmente tardía, desechos de talla lítica, elementos de molienda y percusión, fragmentos óseos mamíferos e ictiológicos y fragmentos malacológicos.

Respecto al componente arqueológico, en el área de influencia del Proyecto se registró un sitio arqueológico denominado GLP001, el cual corresponde a un conchal cerámico de cronología prehispánica en su componente tardío, donde se registraron fragmentos de cerámica, líticos, malacológicos, óseos e ictiológicos (mayores antecedentes se presentan en el Anexo PC de la Adenda). En relación a lo anterior, la instalación del ducto contemplado en el Proyecto intervendrá el 11,9% de dicho sitio producto de los movimientos de tierra a realizar durante la fase de construcción, interviniéndose la totalidad del área de influencia del componente Patrimonio Cultural (15 m a cada lado del eje en algunos sectores del ducto y 7,5 a cada lado en otros sectores), por ello, el impacto sobre este sitio se ha considerado como Significativo. Por lo anterior, el Titular presenta medidas para hacerse cargo de dicho impacto que se detallan en el Anexo ME de la Adenda Complementaria.

En relación al componente paleontológico, y de acuerdo a los antecedentes aportados en el proceso de evaluación, el Proyecto se emplaza mayoritariamente sobre la unidad Estratos Caldera (Qe(2b) y Qec(1)) de edad Pleistoceno (Cuaternario) la cual evidenció presencia de fósiles de invertebrados en forma superficial durante la inspección visual realizada, asimismo, se registraron unidades subsuperficiales correspondientes a diferentes niveles de la Formación Bahía Inglesa a unos metros al sur de la ubicación contemplada por el ducto del Proyecto, ambas unidades geológicas poseen un potencial Fosilífero Medio Alto y de alta relevancia científica y patrimonial (mayores antecedentes se presentan en el Anexo PAL del Capítulo 3 del EIA, Anexo PAL-1 de la Adenda y en el Anexo PAL-4 de la Adenda Complementaria). Por lo anterior, y considerando que el Proyecto en sus fases de construcción y operación intervendrá yacimientos paleontológicos producto de la limpieza y habilitación del terreno y movimientos de tierra (construcción), como también el aumento flujo de vehículos pesados y personas que podrían dañar o sustraer elementos paleontológicos del yacimiento (operación), se ha considerado un Impacto Significativo sobre esta componente, respecto del cual se establecieron las medidas apropiadas, las cuales se encuentran consignadas en el capítulo 7 del EIA y en el Anexo ME de la Adenda Complementaria.

10- Observante: Wladimir Wilkomirsky Fuica. Observación: No se presenta un estudio del Bentos Marino. Cualquier instalación en el fondo alterará de alguna manera el Bentos. No existe en el proyecto un estudio completo del Bentos, ejemplo de esto es que en las cercanías hay una población de Chondracanthus chamissoi, alga Rodophyta, muy escasa en esta región, y el único crecimiento natural, justamente en las cercanías de estas instalaciones. Hay también, un Centro de Acuicultura (300-45), destinado al cultivo de Gracílaria chilensis, de mi propiedad. La presencia de barcos, instalaciones submarinas, etc. tendrá efectos sobre estas algas, y en el proyecto no se mencionan, además del peligro que implica la presencia de grandes barcos en lugares donde la faena de algas se realiza en embarcaciones 108

pequeñas y con buzos. Existe también relictos de algas pardas (Macrocytis sp), explotadas hace años por algueros locales.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la descripción del proyecto y probables efectos ambientales generados por la naturaleza de sus obras y partes. Se informa al observante, que la caracterización de los ecosistemas marinos en el área de influencia se efectuó por el Titular, considerando dos campañas de muestreo autorizadas por el SHOA y SUBPESCA en invierno de 2016 y verano 2017. De igual forma se incorporaron dos campañas complementarias realizadas en septiembre y fines de diciembre de 2017. De acuerdo a la consulta específica sobre el estudio del bentos, cabe indicar que en el Capítulo 3 del EIA, Línea de Base Sección III, se presenta la identificación de las comunidades bentónicas, tanto en fondos submareales de fondo blando como en fondos submareales de fondo rocoso.

En las campañas de estudio realizadas en el área de influencia del proyecto, se identificaron 16 especies de algas, tales como: Chondrachantus chamissoi, Codium sp, Colpomenia sp, Corallina officinalis, Corallinales crustosas, Cryptonemia obovata, Dictyota kunthii, Gelidium sp, Halopteris sp, Hildenbrandia sp, Ralfsia verrucosa, Rhodophyta indeterminada, Rhodymenia corallina, Rhodymenia sp, Ulva sp, Chlorophyta. En términos de cobertura y densidad de especies, existieron diferencias de riqueza específica y abundancia entre las campañas de invierno y verano 2017, a pesar de ello, las especies características que definen cada tipo de ensamblaje comunitario se observaron en cada campaña. Las diferencias entre campañas estarían influenciadas por factores físicos costeros como por ejemplo componentes estructurales del fondo, exposición al oleaje, corrientes, viento y/o surgencias, como también por procesos ecológicos como por ejemplo competencia por sustrato, depredación, etc., dando como resultado una variación de comunidades submareales durante los periodos de muestreo.

Por otro lado, en fondo de arena se pudo observar pequeñas coberturas de pelillo (Gracilaria chilensis) y pocos invertebrados. Sin embargo, toda esta estructura comunitaria está constantemente influenciada por los cambios físicos del medio, como olas y corrientes, los cuales pude movilizar arena (sedimento) modificando el fondo marino y en consecuencia la composición de la comunidad descrita. En consecuencia, el impacto sobre los ecosistemas marinos fue evaluado en el presente EIA, descartando afectación significativa sobre estas especies.

11-Observante: Wladimir Wilkomirsky Fuica. Observación: Me sorprende que un proyecto de esa envergadura no contemple lo más básico de un estudio, que debe considerar los aspectos de vegetales marinos, además, de toda forma bentónica, ya que, según este Proyecto, no existe ni flora ni fauna en el fondo marino. Respecto de lo anterior, estoy a disposición para las aclaraciones que se estime necesario. Estos estudios solo son válidos si los realizan unas instituciones acreditadas, como universidades, que cuentan con la instrumentación y con académicos especializados.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la descripción del proyecto y probables efectos ambientales generados por la naturaleza de sus obras y partes. Se informa al observante, que en el capítulo 3 del EIA, Línea de Base Sección III se hace referencia a como se llevó a cabo el estudio del área del proyecto por personal especializado. En este sentido se presenta un resumen de los estudios realizados para la componente Ecosistemas Marinos. La caracterización de los ecosistemas marinos en el área de influencia se efectuó considerando dos campañas de muestreo autorizadas por el SHOA y SUBPESCA en invierno de 2016 y verano 2017. 109

En relación a la afectación del suelo marino producto de la instalación de la línea de recepción de GL (ducto) y del sistema de amarre de buques, se producirá una pérdida de suelo. Tomando en consideración el buffer de 50 metros a ambos lados de los ductos que irá sobre el piso submareal y al interior de la zanja, el área afectada será aproximada de 150.000 m2, correspondiente al 2,3% de total del piso marino de bahía Caldera, mientras que el intermareal de arena y rocoso será menor a 3.000 m2, por la instalación del ducto y los muelles. De acuerdo a lo anterior, el impacto se consideró como No Significativo, debido a que la afectación se producirá en un área acotada (2,3%) del total de la bahía, asimismo, las especies bentónicas submareales e intermareales registradas que podrían ver afectadas por la pérdida del piso submareal, poseen una amplia cobertura y distribución, tanto en bahía Caldera como a nivel nacional, además, el método constructivo utilizado permitirá que el fondo marino vuelva a su estado natural en un periodo acotado de tiempo, logrando con ello, la recuperación de las comunidades bentónicas en un año.

En relación a los impactos identificados sobre esta componente, estos fueron calificados como No Significativos, considerando que el valor ambiental de la flora y vegetación a afectar representa un valor ambiental bajo debido a que no existen singularidades dentro del área de afectación del proyecto. La única especie dentro del área de influencia que presentó alguna singularidad es la especie Skytanthus acatus (D.S 68/2009), sin embargo, como se señaló anteriormente, dicha especie no será afectada por las obras del Proyecto porque se encuentran fuera del área de intervención. Complementariamente, la “Cantidad” de recurso a afectar es reducida en relación a su disponibilidad en la zona y la región. Para el caso de las aves y mamíferos marinos, en el área de influencia de registraron 5 especies en categoría de conservación, de las cuales 3 son aves; Leucophaeus modestus (Gaviota garuma) clasificada como Vulnerable y las especies Oceanites gracilis (Golondrina de mar chica) y Sula variegata (Piquero) clasificada como Insuficientemente conocida y 2 especies de mamíferos marinos; Otaria flavescens (Lobo marino) clasificada como Preocupación menor y la especie Lontra felina (Chungungo), clasificada como Vulnerable. En relación al impacto identificado sobre el Medio Físico Marino, “Efecto adverso por la alteración en las propiedades fisicoquímicas de la columna de agua producto del aumento en la concentración de sólidos suspendidos durante el proceso de instalación y desinstalación de la línea de recepción de GL (ducto), del sistema de amarre de buques y de los muelles provisorios de varado y lanzamiento.”, este fue considerado como No Significativo. Lo anterior, debido a que la resuspensión de sedimentos compuesto principalmente por sedimento tipo arena muy fina producido por las actividades propias de la fase de construcción y cierre de dichas obras, de acuerdo los cálculos realizados considerando la granulometría, velocidad de las corrientes y resuspensión, el área afectada por dicha resuspensión será a lo más en un radio de 50 metros, el cual podría ser mayor en la zona de rompiente de la playa de arena, además, debido a la capacidad de dilución de la columna de agua por medio de las corrientes marinas y la capacidad de decantación natural de los sedimentos, las propiedades físico-químicas de la columna de agua retomarán a su estado basal paulatinamente, en el transcurso de horas o días una vez que las obras terminen. Además, la instalación del ducto, proceso en que se espera la mayor resuspensión de sedimento, será de un tiempo acotado de aproximadamente cuatro horas.

12- Observante: Wladimir Wilkomirsky Fuica. Observación: ¿Por qué se quiere instalar en una zona con fósiles?

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la descripción del proyecto y probables efectos ambientales generados por la naturaleza de sus obras y partes. Se informa al observante, que la justificación de la localización del proyecto se detalla en el punto 1.3.5 del Capítulo 1 del EIA en el cual señala la bahía de Caldera cuenta con condiciones náuticas privilegiadas y servicios portuarios desarrollados compatibles con la operación 110

del terminal. Además, la ubicación geográfica de Caldera permite optimizar desde el punto de vista logístico el suministro de gas licuado a la zona norte del país, minimizando los costos de transporte para los clientes del terminal.

En relación al componente paleontológico, durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto, éste fue objeto de análisis y evaluación, requiriéndose la complementación de información sobre la línea de base de acuerdo a los lineamientos contenidos en la “Guía de Informes Paleontológicos” (CMN, 2016), por lo que el Titular ha realizado un nuevo y completo estudio paleontológico, el que se puede consultar en detalle en el Anexo PAL-1 de Adenda cuyas observaciones fueron abordadas en Anexo PAL-4 de la Adenda Complementaria. A continuación, se exponen las conclusiones del referido estudio:

En relación al componente paleontológico, el Proyecto se emplaza mayoritariamente sobre la unidad Estratos Caldera (Qe(2b) y Qec(1)) de edad Pleistoceno (Cuaternario) la cual evidenció presencia de fósiles de invertebrados en forma superficial durante la inspección visual realizada, asimismo, se registraron unidades subsuperficiales correspondientes a diferentes niveles de la Formación Bahía Inglesa a unos metros al sur de la ubicación contemplada por el ducto del Proyecto, ambas unidades geológicas poseen un potencial Fosilífero Medio Alto y de alta relevancia científica y patrimonial (mayores antecedentes se presentan en el Anexo PAL del Capítulo 3 del EIA, Anexo PAL-1 de la Adenda y en el Anexo PAL-4 de la Adenda Complementaria). Por lo anterior, y considerando que el Proyecto en sus fases de construcción y operación reconoce la existencia de un impacto sobre el componente paleontológico con afectación a unidades con contenido paleontológico de potencialidad media alta (Estratos de Caldera y Formación Bahía Inglesa), producto de la limpieza y habilitación del terreno y movimientos de tierra (construcción), como también el aumento flujo de vehículos pesados y personas que podrían dañar o sustraer elementos paleontológicos del yacimiento (operación), se ha considerado un Impacto Significativo sobre esta componente, estableciéndose al respecto como medidas de mitigación las descritas en el Capítulo 7 de la presente Resolución.

Por su parte, el organismo competente en la materia dio conformidad a los antecedentes entregados del Permiso Ambiental Sectorial contenido en el Art. N° 132 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S N° 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, referente a intervenciones en sitios arqueológicos y/o paleontológicos y conformidad sobre las medidas de mitigación.

13- Observante: Alberto Eduardo Iturra Benavides. Observación: Se perjudica todas las escuelas de navegación y deportes marinos. Asimismo, lo mismo que procesos de extracción y descarga de la ya escasa producción pesquera.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la descripción del proyecto y probables efectos ambientales generados por la naturaleza de sus obras y partes. Se informa al observante, que según el proceso de evaluación el Proyecto no afectará las escuelas de navegación y deportes marinos, así como a los procesos de extracción de recursos pesqueros. Además, se informa que la evaluación ambiental del Proyecto, determinó que en todas sus fases, relación al componente Medio Humano, se generará un impacto significativo a los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos de pescadores, mariscadores y recolectores por el aumento en los tiempos de desplazamiento en la bahía de Caldera, debido a que durante 50 horas todos los meses del año y por toda la vida útil del Proyecto, las actividades de descarga de GL desde el buque, restringirán el acceso a este sector de la bahía (perímetro de seguridad del buque), aumentando los tiempos de desplazamiento hacia el punto de entrega de los productos recolectados, luego que el buque se retira del sector, el impacto desaparece hasta que vuelve un mes después. Al 111

respecto y tal como lo establece la normativa ambiental el Titular presenta las medidas de mitigación para dicho impacto, las que se relacionan con un Programa de difusión de recalada de buques el objetivo será reducir los efectos negativos en el desplazamiento de pescadores, de la Asociación Gremial de Pescadores Artesanales y Buzos Mariscadores de Caldera, producto de las restricciones a la circulación en la Bahía de Caldera durante la fase de operación y una Programación y difusión entre los grupos humanos de pescadores, mariscadores y recolectores de las actividades constructivas de las obras marinas asociadas al Proyecto. Las medidas se encuentran descritas en el Capítulo 7 de la presente Resolución, y en el resumen actualizado con todas las medidas de mitigación, reparación y/o compensación en Anexo ME de la Adenda complementaria. Además, se establecieron compromisos voluntarios asociados con la incorporación de un fondo concursable para organizaciones de la pesca artesanal, inscritos en Caldera de acuerdo al registro pesquero artesanal y acciones por la restricción de actividades en el día de fiesta de San Pedro.

14- Observante: Corporación Pro-Patrimonio, cultura y turismo de Atacama - Andrea Alejandra Arancibia Garrido. Observación: Al existir fósiles, se trataría de un área con patrimonio y protegida por la ley 17.288 y cercana a metros de Cerro Ballena.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la descripción del proyecto y probables efectos ambientales generados por la naturaleza de sus obras y partes. Se informa al observante, que el Proyecto no se encuentra cercano a los hallazgos detectados en el sitio Cerro Ballena. Se informa que, según la Línea de Base Paleontología de la Adenda y Adenda Complementaria, las obras del Proyecto están emplazadas mayoritariamente sobre la unidad Estratos Caldera de edad Pleistoceno la cual evidenció presencia de fósiles de invertebrados en forma superficial en puntos de monitoreo. En general, la exposición de esta unidad corresponde a sedimentos no consolidados de arena y clastos rodados de rocas intrusivas del Gabro Caldera con potencial paleontológico de tipo Estéril. Se detectaron bloques rodados con fósiles presumiblemente de la misma edad.

De acuerdo a los antecedentes aportados en el proceso de evaluación, el Proyecto se emplaza mayoritariamente sobre la unidad Estratos Caldera (Qe(2b) y Qec(1)) de edad Pleistoceno (Cuaternario) la cual evidenció presencia de fósiles de invertebrados en forma superficial durante la inspección visual realizada, asimismo, se registraron unidades subsuperficiales correspondientes a diferentes niveles de la Formación Bahía Inglesa a unos metros al sur de la ubicación contemplada por el ducto del Proyecto, ambas unidades geológicas poseen un potencial Fosilífero Medio Alto y de alta relevancia científica y patrimonial (mayores antecedentes se presentan en el Anexo PAL del Capítulo 3 del EIA, Anexo PAL-1 de la Adenda y en el Anexo PAL-4 de la Adenda Complementaria). Por lo anterior, y considerando que el Proyecto en sus fases de construcción y operación reconoce la existencia de un impacto sobre el componente paleontológico con afectación a unidades con contenido paleontológico de potencialidad media alta (Estratos de Caldera y Formación Bahía Inglesa), producto de la limpieza y habilitación del terreno y movimientos de tierra (construcción), como también el aumento flujo de vehículos pesados y personas que podrían dañar o sustraer elementos paleontológicos del yacimiento (operación), se ha considerado un Impacto Significativo sobre esta componente, estableciéndose al respecto como medidas de mitigación las descritas en el Capítulo 7 de la presente Resolución.

Por su parte, el organismo competente en la materia dio conformidad a los antecedentes entregados del Permiso Ambiental Sectorial contenido en el Art. N° 132 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S N° 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, referente a intervenciones en sitios arqueológicos y/o paleontológicos y conformidad sobre las medidas de mitigación. 112

15- Observante: Alberto Eduardo Iturra Benavides. Observación: El sitio elegido tiene alto valor paleontológico probado y los estudios presentados muestran graves falencias. Y, además, han sido elaborados por personas que anteriormente fueron investigados por extravío de piezas desde el museo.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la descripción del proyecto y probables efectos ambientales generados por la naturaleza de sus obras y partes. Se informa al observante, que, según el proceso de evaluación del proyecto, las obras del Proyecto están emplazadas mayoritariamente sobre la unidad Estratos Caldera de edad Pleistoceno la cual evidenció presencia de fósiles de invertebrados en forma superficial en puntos de monitoreo. En general, la exposición de esta unidad corresponde a sedimentos no consolidados de arena y clastos rodados de rocas intrusivas del Gabro Caldera con potencial paleontológico de tipo Estéril. Se detectaron bloques rodados con fósiles presumiblemente de la misma edad. Ahora bien, en relación al componente paleontológico, y de acuerdo a los antecedentes aportados en el proceso de evaluación, el Proyecto se emplaza mayoritariamente sobre la unidad Estratos Caldera (Qe(2b) y Qec(1)) de edad Pleistoceno (Cuaternario) la cual evidenció presencia de fósiles de invertebrados en forma superficial durante la inspección visual realizada, asimismo, se registraron unidades subsuperficiales correspondientes a diferentes niveles de la Formación Bahía Inglesa a unos metros al sur de la ubicación contemplada por el ducto del Proyecto, ambas unidades geológicas poseen un potencial Fosilífero Medio Alto y de alta relevancia científica y patrimonial (mayores antecedentes se presentan en el Anexo PAL del Capítulo 3 del EIA, Anexo PAL-1 de la Adenda y en el Anexo PAL-4 de la Adenda Complementaria). Por lo anterior, y considerando que el Proyecto en sus fases de construcción y operación reconoce la existencia de un impacto sobre el componente paleontológico con afectación a unidades con contenido paleontológico de potencialidad media alta (Estratos de Caldera y Formación Bahía Inglesa), producto de la limpieza y habilitación del terreno y movimientos de tierra (construcción), como también el aumento flujo de vehículos pesados y personas que podrían dañar o sustraer elementos paleontológicos del yacimiento (operación), se ha considerado un Impacto Significativo sobre esta componente, estableciéndose al respecto como medidas de mitigación las descritas en el Capítulo 7 de la presente Resolución.

Por su parte, el organismo competente en la materia dio conformidad a los antecedentes entregados del Permiso Ambiental Sectorial contenido en el Art. N° 132 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S N° 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, referente a intervenciones en sitios arqueológicos y/o paleontológicos y conformidad sobre las medidas de mitigación.

16- Observante: Beatriz Isabel Martínez Díaz. Observación: Me parece inaudito llevar 2 kilómetros de cañería bajo el mar, interfiriendo el fondo marino, flora y fauna, en un lugar donde pescadores y mariscadores extraen su sustento. La exclusión de terreno marino es exagerada en esta bahía tan pequeña, donde conviven embarcaciones de pescadores, de recreación y turismo; relegando a un buen número de calderinos y visitantes a replegarse en virtud de una empresa que solo busca el lucro individual. Me parece un abuso explotar de manera tan extrema nuestra pequeña bahía, obligando a todos los que vivimos en Caldera a replegarse y cambiar nuestros hábitos de vida y de vivir en armonía con nuestro entorno natural.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la descripción del proyecto y probables efectos ambientales generados por la naturaleza de sus obras y partes. Se informa al observante, que según el proceso de evaluación ambiental y el 113

análisis del literal c) del artículo 11 de la Ley 19.300, en relación a los criterios descritos en el artículo 7 del Reglamento del SEIA, en particular el literal b), considerando las dimensiones, características y naturaleza del Proyecto, se determinó que en todas sus fases, en relación al componente Medio Humano, se generará un impacto significativo a los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos de pescadores, mariscadores y recolectores, debido a que durante 50 horas todos los meses del año y por toda la vida útil del Proyecto, las actividades de descarga de GL desde el buque, restringirán el acceso a este sector de la bahía (perímetro de seguridad del buque), aumentando los tiempos de desplazamiento hacia el punto de entrega de los productos recolectados, luego que el buque se retira del sector, el impacto desaparece hasta que vuelve un mes después. Por lo tanto, el proyecto en todas sus fases provocará un impacto significativo a los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos de pescadores, mariscadores y recolectores por el aumento en los tiempos de desplazamiento en la bahía de Caldera. Al respecto y tal como lo establece la normativa ambiental el Titular presenta las medidas de mitigación para dicho impacto, las que se relacionan con un Programa de difusión de recalada de buques el objetivo será reducir los efectos negativos en el desplazamiento de pescadores, de la Asociación Gremial de Pescadores Artesanales y Buzos Mariscadores de Caldera, producto de las restricciones a la circulación en la Bahía de Caldera durante la fase de operación y una Programación y difusión entre los grupos humanos de pescadores, mariscadores y recolectores de las actividades constructivas de las obras marinas asociadas al Proyecto. Las medidas se encuentran descritas en el Capítulo 7 de la presente Resolución, y en el resumen actualizado con todas las medidas de mitigación, reparación y/o compensación en Anexo ME de la Adenda complementaria.

A continuación, se presentan los compromisos voluntarios (ver en detalle en CV de Adenda Complementaria) considerados por parte del Titular:

Fondo concursable para organizaciones de la pesca artesanal, inscritos en Caldera de acuerdo al registro pesquero artesanal: Este compromiso ambiental voluntario contempla el financiamiento de proyectos orientados a fortalecer la sustentabilidad de la pesca artesanal en Bahía Caldera mediante la creación de un Fondo concursable para de la Pesca Artesanal de 10 millones de pesos anual, priorizando proyectos que estén alineados con los objetivos de Terminal Gas Caldera. La implementación se realizará mediante la creación y puesta en marcha de un fondo de financiamiento de proyectos colectivos cuyo criterio de selección se consensuará con las organizaciones de pescadores artesanales. De igual forma la implementación de la medida se realizará mediante la creación y puesta en marcha de un comité público-privado, que seleccionará las iniciativas.

Restricción de actividades en día de fiesta de San Pedro: Durante la celebración de San Pedro, no se llevarán a cabo labores de construcción al interior de la bahía. Asimismo, durante la fase de operación, el Proyecto no hará ingreso de su embarcación a la bahía de Caldera, con el objetivo de asegurar el libre tránsito de las cerca de 30 embarcaciones que participan en la actividad.

17- Observante: Corporación Pro-Patrimonio, cultura y turismo de Atacama- Representante: Andrea Alejandra Arancibia Garrido. Observación: Caldera y su comunidad están orientados al turismo y con el terminal de gas, no son compatibles.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la descripción del proyecto. De acuerdo a los antecedentes aportados durante el proceso de evaluación, el área de influencia de la componente turismo, complementada por el Titular a requerimiento de la autoridad en Anexo AD-1 de Adenda, está conformada por una zona con valor turístico, la que podría verse potencialmente afectada por el Proyecto ya sea por el emplazamiento 114

de las obras en su interior o por el uso de las rutas que confluyen en esta zona. Esta zona fue identificada como la Zona con valor turístico Caldera – Bahía Inglesa.

El principal motivo de visita a la zona con valor turístico de Caldera-Bahía inglesa son las playas y balnearios de Caldera. El segundo punto importante de la zona corresponde a la historia de Caldera y su importancia desde el punto de vista de la paleontología, lo que fue corroborado con el enfoque que tienen los tours operadores, los cuales hacen recorridos a las distintas playas con las que cuenta Caldera, tanto hacia el norte como el sur de la ciudad y también tours paleontológicos.

En relación a lo anterior, el presente Proyecto tal como se indica por el Titular en Capítulo 5 del EIA y en respuesta 8.3 de Adenda, el proyecto utilizará rutas que se encuentran al interior de la zona con valor turístico (Ruta 5 y “Pesquera Atacama poniente”), sin embargo, la fase constructiva de este no considera dentro de sus medidas de diseño, mantener deshabilitado el acceso por estas rutas, por lo tanto, no existirá una obstrucción de acceso a los atractivos turísticos. Asimismo, el Proyecto se encuentra en una zona de uso industrial según lo establecido por el Plan Regulador intercomunal de Atacama y según el Plan regulador comunal de Caldera, Por lo tanto, en términos de magnitud y duración, la construcción del Proyecto (estanque de acopio de gas licuado y la tubería) no generará bajo ninguna circunstancia, un cambio en las actividades productivas que se desarrollan en los alrededores, por lo que no se estima una alteración a las dinámicas turísticas de la comuna, la cual se concentra en la ciudad de Caldera.

En efecto, el Proyecto no generará obstrucción ni alteración a esta zona con valor turístico, entendiendo que el Proyecto se asentará en una zona industrial.

18- Observante: Corporación Pro-Patrimonio, cultura y turismo de Atacama-Representante: Andrea Alejandra Arancibia Garrido. Observación: Atenta contra el medio ambiente y la calidad de vida, ya que estaría en zona patrimonial, cercana a estanques de combustible, no permite el acceso a otras embarcaciones. No es compatible con el turismo y No es compatible con la pesca artesanal.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la descripción del proyecto y probables efectos ambientales generados por la naturaleza de sus obras y partes. Se informa al observante que dado que la finalidad del sistema de evaluación de impacto ambiental dice relación con evaluar los impactos ambientales de acuerdo a lo dispuesto en el literal j) del artículo 2 de la Ley 19.300, durante el presente proceso de evaluación se abordaron cada uno de los componentes según lo establece lo establece el artículo 11 de la Ley 19.300, ahora bien, en relación a los aspectos alegados, cabe referir que el Proyecto se encuentra en una zona de uso industrial según lo establecido por el Plan Regulador intercomunal de Atacama y según el Plan regulador comunal de Caldera.

En relación a la componente materia de preocupación, cual es, el turismo, indicar que de acuerdo a los antecedentes aportados durante el proceso de evaluación, el área de influencia de la componente turismo, complementada por el Titular a requerimiento de la autoridad en Anexo AD-1 de Adenda, está conformada por una zona con valor turístico, la que podría verse potencialmente afectada por el Proyecto ya sea por el emplazamiento de las obras en su interior o por el uso de las rutas que confluyen en esta zona. Esta zona fue identificada como la Zona con valor turístico Caldera – Bahía Inglesa.

El principal motivo de visita a la zona con valor turístico de Caldera-Bahía inglesa son las playas y balnearios de Caldera. El segundo punto importante de la zona corresponde a la historia de Caldera y su importancia desde el punto de vista de la paleontología, lo que fue corroborado con el enfoque 115

que tienen los tours operadores, los cuales hacen recorridos a las distintas playas con las que cuenta Caldera, tanto hacia el norte como el sur de la ciudad y también tours paleontológicos.

En relación a lo anterior, el presente Proyecto tal como se indica por el Titular en Capítulo 5 del EIA y en respuesta 8.3 de Adenda, el proyecto utilizará rutas que se encuentran al interior de la zona con valor turístico (Ruta 5 y “Pesquera Atacama poniente”), sin embargo, la fase constructiva de este no considera dentro de sus medidas de diseño, mantener deshabilitado el acceso por estas rutas, por lo tanto, no existirá una obstrucción de acceso a los atractivos turísticos. Asimismo, el Proyecto se encuentra en una zona de uso industrial según lo establecido por el Plan Regulador intercomunal de Atacama y según el Plan regulador comunal de Caldera, Por lo tanto, en términos de magnitud y duración, la construcción del Proyecto ( estanque de acopio de gas licuado y la tubería) no generará bajo ninguna circunstancia, un cambio en las actividades productivas que se desarrollan en los alrededores, por lo que no se estima una alteración a las dinámicas turísticas de la comuna, la cual se concentra en la ciudad de Caldera.

En efecto, el Proyecto no generará obstrucción ni alteración a esta zona con valor turístico, entendiendo que el Proyecto se asentará en una zona industrial.

En cuanto a la actividad pesquera el Proyecto, se informa que según el proceso de evaluación ambiental y el análisis del literal c) del artículo 11 de la Ley 19.300, en relación a los criterios descritos en el artículo 7 del Reglamento del SEIA, en particular el literal b), considerando las dimensiones, características y naturaleza del Proyecto, se determinó que en todas sus fases, en relación al componente Medio Humano, se generará un impacto significativo a los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos de pescadores, mariscadores y recolectores, debido a que durante 50 horas todos los meses del año y por toda la vida útil del Proyecto, las actividades de descarga de GL desde el buque, restringirán el acceso a este sector de la bahía (perímetro de seguridad del buque), aumentando los tiempos de desplazamiento hacia el punto de entrega de los productos recolectados, luego que el buque se retira del sector, el impacto desaparece hasta que vuelve un mes después. Por lo tanto, el proyecto en todas sus fases provocará un impacto significativo a los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos de pescadores, mariscadores y recolectores por el aumento en los tiempos de desplazamiento en la bahía de Caldera. Al respecto y tal como lo establece la normativa ambiental el Titular presenta las medidas de mitigación para dicho impacto, las que se relacionan con un Programa de difusión de recalada de buques el objetivo será reducir los efectos negativos en el desplazamiento de pescadores, de la Asociación Gremial de Pescadores Artesanales y Buzos Mariscadores de Caldera, producto de las restricciones a la circulación en la Bahía de Caldera durante la fase de operación y una Programación y difusión entre los grupos humanos de pescadores, mariscadores y recolectores de las actividades constructivas de las obras marinas asociadas al Proyecto. Las medidas se encuentran descritas en el Capítulo 7 de la presente Resolución, y en el resumen actualizado con todas las medidas de mitigación, reparación y/o compensación en Anexo ME de la Adenda complementaria.

19- Observante: ONG Atacama Limpia - Cecilia del Pilar Martínez Díaz. Observación: Se solicita al Titular considerar los beneficios versus perjuicios a futuro de este proyecto, ya que dada su magnitud y permanencia en el tiempo afectará gravemente la actividad turística recreativa y deportiva que se está desarrollando y ha progresado en nuestra comuna. Y esto debido a que este proyecto ocuparía una gran área del mar que hoy está destinada a paseos por la bahía en Catamarán, en Veleros, Regatas o Campeonatos de Optimis, de Windsurf, paseos en Kayak, Sub, Canotaje y tantas otras actividades turísticas deportivas y recreativas. Se debe tomar en cuenta que frente a la zona donde se instalaría este Terminal de Gas se encuentra nuestro Club de Yates. Se debe agregar que la fiesta de San Pedro, celebrada masivamente en Caldera, se caracteriza por gran cantidad de naves, botes y barcazas que celebran este día de gran connotación e 116

importancia para esta Comunidad, por lo que representa la actividad pesquera propia de Caldera desde sus ancestros los Changos, hombres que vivían del mar y de la pesca. Esta celebración implica ocupar toda la bahía con una procesión por el mar con estas naves precedida por la imagen de San Pedro, patrono de los Pescadores y actividades del mar. La instalación de este Terminal afectaría por tanto gravemente el desplazamiento libre por la bahía, más aún si esta fiesta coincide con la descarga de gas y zona de exclusión.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la descripción del proyecto y probables efectos ambientales generados por la naturaleza de sus obras y partes. Se informa al observante, que en cuanto a la componente Turismo el Proyecto no generará obstrucción ni alteración, entendiendo que el proyecto se localizará en la zona industrial de la Comuna, por lo tanto, no se prevén impactos en el componente atractivos naturales o culturales y sus interrelaciones. La intervención en la Bahía durante la construcción se reduce a 1 día y a 50 horas al mes durante la fase de operación. El Titular implementará un plan para informar adecuadamente a la comunidad sobre la llegada de los buques una vez al mes de modo de no interferir con las actividades de la comunidad. En relación a la Fiesta de San Pedro, el Proyecto considera como compromiso voluntario la siguiente medida:

Restricción de actividades en día de fiesta de San Pedro: Durante la celebración de San Pedro, no se llevarán a cabo labores de construcción al interior de la bahía. Asimismo, durante la fase de operación, el Proyecto no hará ingreso de su embarcación a la bahía de Caldera, con el objetivo de asegurar el libre tránsito de las embarcaciones que participan en la actividad.

Es menester informar, que el área de influencia de esta componente está conformada por una zona con valor turístico, la que podría verse potencialmente afectada por el Proyecto ya sea por el emplazamiento de las obras en su interior o por el uso de las rutas que confluyen en esta zona. Esta zona fue identificada como la Zona con valor turístico Caldera – Bahía Inglesa.

El principal motivo de visita a la zona con valor turístico de Caldera-Bahía inglesa son las playas y balnearios de Caldera. El segundo punto importante de la zona corresponde a la historia de Caldera y su importancia desde el punto de vista de la paleontología, lo que fue corroborado con el enfoque que tienen los tours operadores, los cuales hacen recorridos a las distintas playas con las que cuenta Caldera, tanto hacia el norte como el sur de la ciudad y también tours paleontológicos.

En relación a lo anterior, el presente Proyecto utilizará rutas que se encuentran al interior de la zona con valor turístico (Ruta 5 y “Pesquera Atacama poniente”), sin embargo, la fase constructiva de este no considera dentro de sus medidas de diseño, mantener deshabilitado el acceso por estas rutas, por lo tanto, no existirá una obstrucción de acceso a los atractivos turísticos. Asimismo, el Proyecto se encuentra en una zona de uso industrial según lo establecido por el Plan Regulador intercomunal de Atacama y según el Plan regulador comunal de Caldera, por lo tanto, la construcción del Proyecto no generará bajo ninguna circunstancia, un cambio en las actividades productivas que se desarrollan en los alrededores, por lo que no se estima una alteración a las dinámicas turísticas de la comuna, la cual se concentra en la ciudad de Caldera.

20- Observante: ONG Atacama Limpia - Cecilia del Pilar Martínez Díaz. Observación: Se solicita considerar que la destrucción de los ecosistemas genera un problema en cadena que afecta nuestra propia subsistencia, al afectar una fuente alimenticia y a la vez una fuente laboral de los trabajadores del mar que extraen estos recursos para su subsistencia. Este proyecto afectará gravemente una bahía rica en recursos marinos. Esta afectación debido a las faenas con tronaduras y colocación de tubería en el fondo marino que implica destrucción de especies que habitan en ese lugar y se afectará también la actividad que desarrollan los pescadores artesanales y 117

buzos mariscadores que no podrán trabajar en el mar y borde costero del área del Terminal de Gas, como tampoco en la amplia zona de exclusión donde no podrán ejercer sus labores, esto trae como consecuencia afectación económica por no poder trabajar y no poder extraer recursos marinos como siempre lo han hecho en esta área y esto implica afectar su fuente laboral y su subsistencia.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la descripción del proyecto y potenciales efectos sobre los recursos marinos y medio humano.

En relación a lo observado, es importante señalar, que durante el proceso de evaluación ambiental este aspecto fue abordado por la autoridad en el primer Informe Consolidado de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto, donde se solicita al Titular implementar medidas para ahuyentar la fauna móvil por la ejecución de tronaduras durante la fase de construcción. Se le informa, además, que, para estas labores, deberá contar con los permisos emitidos por los organismos competentes y presentar un plan de trabajo para conocimiento de la Autoridad Marítima, procurando la disposición de medidas de difusión y prevención necesarias.

En respuesta de lo solicitado el Titular, señala que de acuerdo a las ondas expansivas producidas por las detonaciones que se utilizarán para la construcción y soterramiento del ducto en el punto de internación en tierra, se implementará por el proyecto, un protocolo de monitoreo y ahuyenta miento de reptiles, aves y mamíferos marinos, el cual permitirá evitar la afectación de la fauna marina presente en bahía Caldera que pudiesen generar las tronaduras. El Titular presentó el protocolo en el Anexo PAFM de la Adenda denominado Plan de ahuyentamiento para fauna marina móvil, el cual considera el monitoreo y ahuyentamiento, tanto intermareal como submareal de reptiles, aves y mamíferos marinos presentes en un radio de 500 metros desde donde se realizarán estas actividades, además en caso de ingresar algún ave, mamífero y/o reptil dentro de este buffer de seguridad las actividades se suspenderán.

En lo que refiere al componente medio humano, se aclara que de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación ambiental y el análisis del literal c) del artículo 11 de la Ley 19.300, en relación a los criterios descritos en el artículo 7 del Reglamento del SEIA, en específico el literal b), considerando las dimensiones, características y naturaleza del Proyecto, se determinó que en todas sus fases, se generará un impacto significativo a los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos de pescadores, mariscadores y recolectores, debido a que durante 50 horas todos los meses del año y por toda la vida útil del Proyecto, las actividades de descarga de GL desde el buque, restringirán el acceso a este sector de la bahía (perímetro de seguridad del buque), aumentando los tiempos de desplazamiento hacia el punto de entrega de los productos recolectados, luego que el buque se retira del sector, el impacto desaparece hasta que vuelve un mes después. Por lo tanto, el proyecto en todas sus fases provocará un impacto significativo a los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos de pescadores, mariscadores y recolectores por el aumento en los tiempos de desplazamiento en la bahía de Caldera. Al respecto y tal como lo establece la normativa ambiental el Titular presentó las medidas de mitigación para dicho impacto, las que se relacionan con un Programa de difusión de recalada de buques cuyo objetivo será reducir los efectos negativos en el desplazamiento de pescadores, de la Asociación Gremial de Pescadores Artesanales y Buzos Mariscadores de Caldera, producto de las restricciones a la circulación en la Bahía de Caldera durante la fase de operación y una Programación y difusión entre los grupos humanos de pescadores, mariscadores y recolectores de las actividades constructivas de las obras marinas asociadas al Proyecto. Las medidas se encuentran descritas en el Capítulo 7 de la presente Resolución, y en el resumen actualizado con todas las medidas de mitigación, reparación y/o compensación en Anexo ME de la Adenda complementaria. 118

A continuación, se presentan los compromisos voluntarios considerados por parte del Titular:

Fondo concursable para organizaciones de la pesca artesanal, inscritos en Caldera de acuerdo al registro pesquero artesanal: Este compromiso ambiental voluntario contempla el financiamiento de proyectos orientados a fortalecer la sustentabilidad de la pesca artesanal en Bahía Caldera mediante la creación de un Fondo concursable para de la Pesca Artesanal de 10 millones de pesos anual, priorizando proyectos que estén alineados con los objetivos de Terminal Gas Caldera. La implementación se realizará mediante la creación y puesta en marcha de un fondo de financiamiento de proyectos colectivos cuyo criterio de selección se consensuará con las organizaciones de pescadores artesanales. De igual forma la implementación de la medida se realizará mediante la creación y puesta en marcha de un comité público-privado, que seleccionará las iniciativas.

Restricción de actividades en día de fiesta de San Pedro: Durante la celebración de San Pedro, no se llevarán a cabo labores de construcción al interior de la bahía. Asimismo, durante la fase de operación, el Proyecto no hará ingreso de su embarcación a la bahía de Caldera, con el objetivo de asegurar el libre tránsito de las cerca de 30 embarcaciones que participan en la actividad.

21- Observante: ONG Atacama Limpia - Cecilia del Pilar Martínez Díaz. Observación: Se solicita tener en cuenta el daño que se producirá a las comunidades cercanas a este lugar por la intervención industrial y contaminación tanto acústica como las propias de un área industrial con camiones de carga pesada, además de tronaduras en la fase de construcción e instalación de las tuberías y planta que afectarán no solo a los residentes de toda Caldera por su cercanía, sino a todos los turistas y visitantes que vienen a esta comuna. Se debe tomar en cuenta que hoy existe un gran número de viviendas en el sector del Pulpo y muy cercanas al lugar donde se pretende instalar este Terminal de Gas.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la descripción del proyecto y sus potenciales efectos. Sobre lo observado, es importante señalar, que, de acuerdo a los antecedentes aportados en el proceso de evaluación, la fase de mayor generación de ruido será la fase de construcción. En el área del Proyecto, las actividades de construcción vinculadas a un incremento de ruido y vibraciones suponen un posible efecto adverso sobre sitios donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación, sin embargo, de acuerdo a la línea de base de fauna presentada, indican que el área de emplazamiento del Proyecto no presentan sitios donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación. Sin embargo, considerando que emisiones de ruido por sobre los 85 dB pueden generar alteraciones en el componente de animales silvestres, se definió como área afectada por ruido, la zona entre las fuentes emisoras y la isolínea de 85 dB, de acuerdo a la modelación realizada (Anexo C4-2 del Capítulo 4 del EIA) se generarán emisiones sonoras provenientes de los frentes de trabajo para la construcción de las obras, las cuales alcanzarán un máximo de 78 dB (a 10 m), en horario diurno (no se contemplan actividades en horario nocturno), no generándose emisiones de 85 o más decibeles. Según los umbrales de tolerancia establecidos y el tamaño del buffer de afectación por ruido, en el área del Proyecto, es posible señalar que no se alteran sitios donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación, ya que dentro del buffer de afectación no se encuentran este tipo de sitios. En relación a las actividades de tronaduras que se realizarán en la fase de construcción del Proyecto, el Titular presentó en el Anexo PAFM de la Adenda un Plan de ahuyentamiento para fauna marina móvil.

En relación al análisis del artículo 5, sobre Riesgo a la salud de la Población, en lo pertinente, el literal b), del Reglamento del SEIA, se concluye que todas las fases del Proyecto (construcción, 119

operación y cierre) se ejecutarán actividades generadoras de ruido sobre 10 receptores identificados. Sin embargo, de acuerdo a los resultados obtenidos en la modelación de ruido y vibraciones (presentado en el Anexo C4-2 del Capítulo 4 del EIA), los aportes modelados sumado a la condición basal para el ruido generado en las distintas fases, dan cuenta que no se superarán los límites establecidos en el D.S. 38/11 del MMA en todos los receptores identificados, tanto para periodo diurno como nocturno. Descartándose la existencia de riesgo para la salud de la población en los términos de la norma aludida, para mayor detalle ver Capítulo 6, Tabla 6.1 de la presente Resolución.

22- Observante: ONG Atacama Limpia - Cecilia del Pilar Martínez Díaz. Observación: Se solicita considerar en el estudio, el avistamiento de delfines en esta bahía de Caldera y no en forma ocasional, sino que todos los años vienen y principalmente se ven cuando no hay grandes barcos industriales anclados en esta bahía. En general se presentan en grupos de hasta 30. Esto es un gran atractivo que favorece el turismo y es una especie muy valiosa que debemos proteger. Además, de delfines hay chungungos que deben considerarse en el estudio.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la descripción del proyecto. Se informa a los observantes, que de acuerdo a lo presentado en el Anexo PMR (Plan de monitoreo y rescate de vertebrados marinos ya sean reptiles, aves y mamíferos) de la Adenda. Para el monitoreo de vertebrados marinos durante la etapa de construcción y durante las horas que dure la actividad de instalación y desmantelamiento del proyecto en el mar, se dispondrá de una embarcación menor con vigía, la cual se ubicará a una distancia segura en relación a la maniobra marítima. Cabe señalar que estas actividades se desarrollarán durante el día y demorarán un día. Esta embarcación con vigía realizará el avistamiento de cualquier vertebrado marino que se encuentre en las cercanías de la zona de faena, informando al encargado de maniobras (capataz) inmediatamente en caso de que algún reptil (tortuga), ave o mamífero marino se acerque a una distancia de 200 metros de éstas. Durante el desarrollo de las actividades de monitoreo y como lo establece SERNAPESCA, se tendrá un comportamiento respetuoso con los ejemplares, resguardando las características específicas de cada especie y la seguridad de los observadores.

Se prohíbe la realización de cualquier acto de acoso o de persecución que altere la conducta de algún ejemplar, o que implique forzar el contacto físico con algún ejemplar ocasionando maltrato, estrés o daño físico al mismo. También se deberá evitar generar ruidos molestos desde la embarcación, tales como gritos, artefactos sonoros y bocinas, antes, durante y después de las actividades de monitoreo, alimentar a los animales durante la realización de las actividades de observación, arrojar todo tipo de desperdicios o desechos dentro del área de observación y forzar el contacto físico con los animales.

Además, se informa que, de acuerdo a los antecedentes aportados en el proceso de evaluación, la fase de mayor generación de ruido será la fase de construcción. En el área del Proyecto, las actividades de construcción vinculadas a un incremento de ruido y vibraciones suponen un posible efecto adverso sobre sitios donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación, sin embargo, de acuerdo a la línea de base de fauna presentada, indican que el área de emplazamiento del Proyecto no presentan sitios donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación. Sin embargo, considerando que emisiones de ruido por sobre los 85 dB pueden generar alteraciones en el componente de animales silvestres, se definió como área afectada por ruido, la zona entre las fuentes emisoras y la isolínea de 85 dB, de acuerdo a la modelación realizada (Anexo C4-2 del Capítulo 4 del EIA) se generarán emisiones sonoras provenientes de los frentes de trabajo para la construcción de las obras, las cuales alcanzarán un máximo de 78 dB (a 10 120

m), en horario diurno (no se contemplan actividades en horario nocturno), no generándose emisiones de 85 o más decibeles. Según los umbrales de tolerancia establecidos y el tamaño del buffer de afectación por ruido, en el área del Proyecto, es posible señalar que no se alteran sitios donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación, ya que dentro del buffer de afectación no se encuentran este tipo de sitios. En relación a las actividades de tronaduras que se realizarán en la fase de construcción del Proyecto, el Titular presentó en el Anexo PAFM de la Adenda un Plan de ahuyentamiento para fauna marina móvil.

23- Observante: Rodrigo Alberto Teneros Andrade. Observación: Tampoco reconoce ni ofrece puesta en valor del patrimonio fosilífero del área, que está documentado por el CMN.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la descripción del proyecto y probables efectos ambientales generados por la naturaleza de sus obras y partes. Se informa al observante, que, según el proceso de evaluación del proyecto, las obras del Proyecto están emplazadas mayoritariamente sobre la unidad Estratos Caldera de edad Pleistoceno la cual evidenció presencia de fósiles de invertebrados en forma superficial en puntos de monitoreo. En general, la exposición de esta unidad corresponde a sedimentos no consolidados de arena y clastos rodados de rocas intrusivas del Gabro Caldera con potencial paleontológico de tipo Estéril. Se detectaron bloques rodados con fósiles presumiblemente de la misma edad. Ahora bien, en relación al componente paleontológico, y de acuerdo a los antecedentes aportados en el proceso de evaluación, el Proyecto se emplaza mayoritariamente sobre la unidad Estratos Caldera (Qe(2b) y Qec(1)) de edad Pleistoceno (Cuaternario) la cual evidenció presencia de fósiles de invertebrados en forma superficial durante la inspección visual realizada, asimismo, se registraron unidades subsuperficiales correspondientes a diferentes niveles de la Formación Bahía Inglesa a unos metros al sur de la ubicación contemplada por el ducto del Proyecto, ambas unidades geológicas poseen un potencial Fosilífero Medio Alto y de alta relevancia científica y patrimonial (mayores antecedentes se presentan en el Anexo PAL del Capítulo 3 del EIA, Anexo PAL-1 de la Adenda y en el Anexo PAL-4 de la Adenda Complementaria). Por lo anterior, y considerando que el Proyecto en sus fases de construcción y operación reconoce la existencia de un impacto sobre el componente paleontológico con afectación a unidades con contenido paleontológico de potencialidad media alta (Estratos de Caldera y Formación Bahía Inglesa), producto de la limpieza y habilitación del terreno y movimientos de tierra (construcción), como también el aumento flujo de vehículos pesados y personas que podrían dañar o sustraer elementos paleontológicos del yacimiento (operación), se ha considerado un Impacto Significativo sobre esta componente, estableciéndose al respecto como medidas de mitigación las descritas en el Capítulo 7 de esta Resolución.

Por su parte, el organismo competente en la materia dio conformidad a los antecedentes entregados del Permiso Ambiental Sectorial contenido en el Art. N° 132 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S N° 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, referente a intervenciones en sitios arqueológicos y/o paleontológicos y conformidad sobre las medidas de mitigación.

24- Observante: Agrupación Pro-Museo Caldera. Observación: En el año 2011 trabajamos en el rescate de fósiles en el mismo lugar donde pretende instalarse la planta de gas. En ese lugar rescatamos fósiles de animales marinos completos y en perfecto estado de conservación. Rescatamos una familia de megaterios (tipo de morsa), cráneos de delfines completos, dientes de tiburón vaca y tigre y aves completas. El lugar -salida norte de 121

Caldera- es un yacimiento de importancia mundial para el estudio de la paleontología y representa la historia pasada de la región de Atacama y está protegido por la ley de Monumentos Nacionales 17.288.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la descripción del proyecto Es importante señalar, en relación al patrimonio paleontológico, se ha realizado un completo estudio cuyas conclusiones se presentan a continuación: Las obras del Proyecto están emplazadas mayoritariamente sobre la unidad Estratos Caldera de edad Pleistoceno la cual evidenció presencia de fósiles de invertebrados en forma superficial en puntos de monitoreo. En general, la exposición de esta unidad corresponde a sedimentos no consolidados de arena y clastos rodados de rocas intrusivas del Gabro Caldera con potencial paleontológico de tipo Estéril. Se detectaron bloques rodados con fósiles presumiblemente de la misma edad. Ahora bien, en relación al componente paleontológico, y de acuerdo a los antecedentes aportados en el proceso de evaluación, el Proyecto se emplaza mayoritariamente sobre la unidad Estratos Caldera (Qe(2b) y Qec(1)) de edad Pleistoceno (Cuaternario) la cual evidenció presencia de fósiles de invertebrados en forma superficial durante la inspección visual realizada, asimismo, se registraron unidades subsuperficiales correspondientes a diferentes niveles de la Formación Bahía Inglesa a unos metros al sur de la ubicación contemplada por el ducto del Proyecto, ambas unidades geológicas poseen un potencial Fosilífero Medio Alto y de alta relevancia científica y patrimonial (mayores antecedentes se presentan en el Anexo PAL del Capítulo 3 del EIA, Anexo PAL-1 de la Adenda y en el Anexo PAL-4 de la Adenda Complementaria). Por lo anterior, y considerando que el Proyecto durante sus fases de construcción y operación reconoce la existencia de un impacto sobre el componente paleontológico con afectación a unidades con contenido paleontológico de potencialidad media alta (Estratos de Caldera y Formación Bahía Inglesa), producto de la limpieza y habilitación del terreno y movimientos de tierra (construcción), como también el aumento flujo de vehículos pesados y personas que podrían dañar o sustraer elementos paleontológicos del yacimiento (operación), se ha considerado un Impacto Significativo sobre esta componente, estableciéndose al respecto como medidas de mitigación las descritas en el Capítulo 7 de la presente Resolución.

Por su parte, el organismo competente en la materia dio conformidad a los antecedentes entregados del Permiso Ambiental Sectorial contenido en el Art. N° 132 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S N° 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, referente a intervenciones en sitios arqueológicos y/o paleontológicos y conformidad sobre las medidas de mitigación.

25- Observante: Rodrigo Alberto Teneros Andrade.

Observación: El Proyecto requiere de mucha extensión de mar o zona de seguridad, la cual hoy es utilizada por pescadores, mariscadores y recolectores que aportan al abastecimiento de alimentos de la población, recursos naturales mucho más valiosos que el acopio de gas.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la descripción del proyecto y probables efectos ambientales generados por la naturaleza de sus obras y partes. Se informa al observante, que según el proceso de evaluación el Proyecto no afectará las escuelas de navegación y deportes marinos, así como a los procesos de extracción de recursos pesqueros. Además, se informa que el Proyecto, en todas sus fases, obstaculizará los tiempos de desplazamiento. En relación a las dinámicas de uso y prácticas que utilizan los Grupos Humanos que trabajan en la Bahía de la Comuna de Caldera, pescadores artesanales, buzos y mariscadores debido a que durante 50 horas todos los meses del año y por toda la vida útil del Proyecto, las actividades de descarga de GL desde el buque, se restringirá el acceso a este sector de 122

la bahía (perímetro de seguridad), aumentando los tiempos de desplazamiento. Por lo tanto, el proyecto en todas sus fases provocará un impacto significativo a los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos de pescadores, mariscadores y recolectores por el aumento en los tiempos de desplazamiento en la bahía de Caldera. El Titular presenta medidas de mitigación para dicho impacto que se relacionan con un Programa de difusión de recalada de buques el objetivo será reducir los efectos negativos en el desplazamiento de pescadores, de la Asociación Gremial de Pescadores Artesanales y Buzos Mariscadores de Caldera, producto de las restricciones a la circulación en la Bahía de Caldera durante la fase de operación. Se considera una medida de mitigación para dicho impacto el objetivo será informar de forma escrita a la autoridad marítima y las organizaciones de pescadores, mariscadores y recolectores, para explicar las maniobras de llegadas de buques al sector terminal, coordinar los avisos de llegada y zarpe de los buques, como también la zona de restricción de navegación.

Además, se establecieron compromisos voluntarios asociados con la incorporación de un fondo concursable para organizaciones de la pesca artesanal, inscritos en Caldera de acuerdo al registro pesquero artesanal y acciones por la restricción de actividades en el día de fiesta de San Pedro.

26- Observante: Oscar Wladimir Wilkomirsky Fuica.

Observación: Que en virtud del Decreto Nº 825 de fecha 28 de agosto de 1989 de Subsecretaría de Marina, actual Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, Ministerio de Defensa Nacional, se me otorgó concesión de acuicultura sobre porciones de agua en el lugar denominado Escorial, en la bahía de Caldera, comuna de Caldera, provincia de Copiapó, Región de Atacama. Dicha concesión fue otorgada con el objeto de amparar la instalación y operación de un cultivo de alga Gracilaria. Que en virtud de la Resolución N° 1956 de fecha 7 de octubre de 2009 de Subsecretaría de Marina, actual Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, Ministerio de Defensa Nacional, se modificó el Decreto de otorgamiento, en razón de la regularización cartográfica de las concesiones de acuicultura, quedando en la ubicación siguiente: "Puerto de Caldera, al Norte de Punta Peligrosa, comuna de Caldera, provincia de Copiapó, Tercera Región. La superficie de la concesión de acuicultura comprende 23,85 hectáreas". Como es de conocimiento por parte de la autoridad, en la bahía de Caldera se pretende la instalación del proyecto denominado Terminal de Gas Caldera, el que tiene por objetivo la recepción y almacenamiento de gas licuado refrigerado proveniente de buques especialmente acondicionados y posteriormente su entrega a terceros mediante cilindros y/o a granel en las instalaciones propias del terminal. Dicho proyecto fue presentado a través de su Titular Terminal Gas Caldera S.A., cuyo representante legal es el Sr. Ignacio Mir Fernández. El objetivo del presente documento es constatar los reales alcances del proyecto, y en definitiva, confirmar o descartar las posibles consecuencias adversas que dicho proyecto tendría con el ejercicio de la actividad de cultivo de recursos hidrobiológicos que realizamos en la zona hace largos años.

Como se trata de un proyecto de gran envergadura, el cual requiere del cumplimiento de altos niveles de protección hacia el medio ambiente, existe especial preocupación de nuestra parte en que dicho proyecto pueda incidir de manera negativa en el desarrollo de nuestra actividad, teniendo en consideración la naturaleza de nuestra actividad, esto es, el cultivo de pelillo (alga Gracilaria) y su especial proximidad con nuestra concesión de acuicultura.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la descripción del proyecto. En cuanto a lo observado se informa que el Estudio de impacto ambiental del presente Proyecto contiene la información solicitada. En especial en el Capítulo 4 (Evaluación de impactos) se detalla todos los posibles impactos detectados en el área de influencia del Proyecto y las consecuentes medidas de mitigación a implementar. De acuerdo al 123

capítulo 2 del EIA, el sector donde se construirán las obras marinas (submareal e intermareal), se emplaza en el centro y noreste de bahía Caldera, este sector corresponde a un Área de Libre Acceso por tanto no hay intervención de ningún Área de Manejo y Explotación de Recursos Bentónicos (AMERB) ni concesiones acuícolas.

27- Observante: ONG Atacama Limpia - Cecilia del Pilar Martínez Díaz.

Observación: Nadie puede asegurar que no habrá nunca un accidente o emergencia por escape de gas o explosión, y menos ahora con el cambio climático. Este Terminal por su ubicación en la misma bahía de Caldera, rodeada de población, y por estar cerca de los estanques de combustible, representaría un gran riesgo para la población de esta comuna, que en una emergencia no tendría ni la empresa del Terminal, ni los bomberos de Caldera, la capacidad de abordar. No tendríamos garantizados los graves daños ocasionados debido a este Terminal de Gas si se produce una emergencia o catástrofe.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la descripción del proyecto. En cuanto a lo observado, se informa, que en el presente documento en el Punto 9, se han expuesto las Medidas relevantes de los Planes de contingencias en el punto 9.1 Plan de prevención de contingencias y emergencias. En relación al Plan de prevención de contingencias y emergencias presentado por el Titular en el capítulo 8 del EIA y posteriormente actualizado, en razón de las solicitudes realizadas en el contexto de la evaluación ambiental, en Anexo PCE de Adenda, es elaborado a partir del estudio de riesgos presentado por el Titular en el Estudio de riesgo de Anexo C8-1 del Capítulo 8 del EIA, donde se analizan los riesgos asociados a las instalaciones del terminal de almacenamiento de gas licuado en la localidad de Caldera. Para ello, se utilizó la metodología planteada en el Manual de Métodos de Análisis de Riesgos y Consecuencias del Ministerio de Salud (2016) y se complementa con la cuantificación de las consecuencias asociadas.

A continuación, se presentan las medidas o acciones relevantes del plan de prevención de contingencias y emergencias, las cuales se encuentran en el Anexo PCE de la Adenda. Estas medidas son las siguientes: En el punto 9.1.1, se presenta el plan Riesgo o contingencia: Pool Fire/ Flash Fire en estanques de almacenamiento, en el punto 9.1.2 se presenta: Riesgo o contingencia: Explosión no controlada, Punto 9.1.3 se presenta: Riesgo o contingencia: Eventos sísmicos, tsunamis, inundaciones/condiciones climáticas adversas e incendios (forestal y externo) y en el Punto 9.1.4 se presenta Riesgo o contingencia: Derrame de sustancias peligrosas y residuos peligrosos y posible incendio. En conclusión, todos los eventos básicos tienen medidas asociadas para su prevención y detección temprana, según el diseño de las instalaciones o los procedimientos operacionales y mantención correspondiente. Además, en caso de que se pueda generar un evento intermedio, todos estos cuentan con medidas para detectar posibles fugas, detener la operación y activar planes de emergencias.

28- Observante: Beatriz Isabel Martínez Díaz.

Observación: Me parece del todo peligroso instalar esta empresa de gas al lado de estanques de inflamables. "Nada" puede dar seguridad al cien por ciento. Ante un terremoto o tsunami puede haber una catástrofe de magnitud insospechada.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la descripción del proyecto. En cuento a lo observado, se informa, que se analizaron los riesgos asociados a las instalaciones del terminal de almacenamiento de gas licuado en la localidad 124

de Caldera. En relación al Plan de prevención de contingencias y emergencias presentado por el Titular en el capítulo 8 del EIA y posteriormente actualizado, en razón de las solicitudes realizadas en el contexto de la evaluación ambiental, en Anexo PCE de Adenda, es elaborado a partir del estudio de riesgos presentado por el Titular en el Estudio de riesgo de Anexo C8-1 del capítulo 8 del EIA, donde se analizan los riesgos asociados a las instalaciones del terminal de almacenamiento de gas licuado en la localidad de Caldera. Para ello, se utilizó la metodología planteada en el Manual de Métodos de Análisis de Riesgos y Consecuencias del Ministerio de Salud (2016) y se complementa con la cuantificación de las consecuencias asociadas. Además, se presenta en el Punto 9 de este documento Medidas relevantes de los Planes de contingencias en el punto 9.1 Plan de prevención de contingencias y emergencias.

A continuación, se presentan las medidas o acciones relevantes del plan de prevención de contingencias y emergencias, las cuales se encuentran en el Anexo PCE de la Adenda. Estas medidas son las siguientes: En el punto 9.1.1, se presenta el plan Riesgo o contingencia: Pool Fire/ Flash Fire en estanques de almacenamiento, en el punto 9.1.2 se presenta: Riesgo o contingencia: Explosión no controlada, Punto 9.1.3 se presenta: Riesgo o contingencia: Eventos sísmicos, tsunamis, inundaciones/condiciones climáticas adversas e incendios (forestal y externo) y en el Punto 9.1.4 se presenta Riesgo o contingencia: Derrame de sustancias peligrosas y residuos peligrosos y posible incendio. En conclusión, todos los eventos básicos tienen medidas asociadas para su prevención y detección temprana, según el diseño de las instalaciones o los procedimientos operacionales y mantención correspondiente. Además, en caso de que se pueda generar un evento intermedio, todos estos cuentan con medidas para detectar posibles fugas, detener la operación y activar planes de emergencias.

29- Observante: Alberto Eduardo Iturra Benavides.

Observación: Alto impacto en la seguridad de la bahía y la población que no posee elementos ni capacidad para manejar emergencias de gas y combustible (compromiso con los estanques cercanos), si las hubiese. La empresa por sí sola no puede manejar emergencias mayores.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la descripción y riesgos asociados al proyecto. Se informa, que en el presente documento en el Punto 9, se han expuesto las Medidas relevantes de los Planes de contingencias en el punto 9.1 Plan de prevención de contingencias y emergencias. En relación al Plan de prevención de contingencias y emergencias presentado por el Titular en el capítulo 8 del EIA y posteriormente actualizado, en razón de las solicitudes realizadas en el contexto de la evaluación ambiental, en Anexo PCE de Adenda, es elaborado a partir del estudio de riesgos presentado por el Titular en el Estudio de riesgo de Anexo C8-1 del Capítulo 8 del EIA, donde se analizan los riesgos asociados a las instalaciones del terminal de almacenamiento de gas licuado en la localidad de Caldera. Para ello, se utilizó la metodología planteada en el Manual de Métodos de Análisis de Riesgos y Consecuencias del Ministerio de Salud (2016) y se complementa con la cuantificación de las consecuencias asociadas.

En cuanto a lo observado, se informa que, en la Adenda, se presentan actualizadas las medidas del plan de prevención de contingencias y emergencias presentado en el EIA en el capítulo 8, en los cuales indica acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia y Oportunidad y vías de comunicación con la autoridad.

A continuación, se presentan las medidas o acciones relevantes del plan de prevención de contingencias y emergencias, las cuales se encuentran en el Anexo PCE de la Adenda. Estas medidas son las siguientes: En el punto 9.1.1, se presenta el plan Riesgo o contingencia: Pool Fire/ 125

Flash Fire en estanques de almacenamiento, en el punto 9.1.2 se presenta: Riesgo o contingencia: Explosión no controlada, Punto 9.1.3 se presenta: Riesgo o contingencia: Eventos sísmicos, tsunamis, inundaciones/condiciones climáticas adversas e incendios (forestal y externo) y en el Punto 9.1.4 se presenta Riesgo o contingencia: Derrame de sustancias peligrosas y residuos peligrosos y posible incendio. En conclusión, todos los eventos básicos tienen medidas asociadas para su prevención y detección temprana, según el diseño de las instalaciones o los procedimientos operacionales y mantención correspondiente. Además, en caso de que se pueda generar un evento intermedio, todos estos cuentan con medidas para detectar posibles fugas, detener la operación y activar planes de emergencias.

30- Observante: Corporación Pro-Patrimonio, cultura y turismo de Atacama - Representante: Andrea Alejandra Arancibia Garrido.

Observación: Ya existe a metros del lugar, estanques de combustible lo que hace muy peligroso el lugar en caso de fugas.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la descripción del proyecto. Se informa, que en el presente documento en el Punto 9, se han expuesto las Medidas relevantes de los Planes de contingencias en el punto 9.1 Plan de prevención de contingencias y emergencias. En relación al Plan de prevención de contingencias y emergencias presentado por el Titular en el capítulo 8 del EIA y posteriormente actualizado, en razón de las solicitudes realizadas en el contexto de la evaluación ambiental, en Anexo PCE de Adenda, es elaborado a partir del estudio de riesgos presentado por el Titular en el Estudio de riesgo de Anexo C8-1 del Capítulo 8 del EIA, donde se analizan los riesgos asociados a las instalaciones del terminal de almacenamiento de gas licuado en la localidad de Caldera. Para ello, se utilizó la metodología planteada en el Manual de Métodos de Análisis de Riesgos y Consecuencias del Ministerio de Salud (2016) y se complementa con la cuantificación de las consecuencias asociadas. En cuanto a lo observado, se informa que, en la Adenda, se presentan actualizadas las medidas del plan de prevención de contingencias y emergencias presentado en el EIA en el capítulo 8, en los cuales indica acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia y Oportunidad y vías de comunicación con la autoridad.

Además, se presenta en el Punto 9 de este documento Medidas relevantes de los Planes de contingencias en el punto 9.1 Plan de prevención de contingencias y emergencias. A continuación, se identifican las medidas o acciones relevantes del plan de prevención de contingencias y emergencias, las cuales se encuentran en el Anexo PCE de la Adenda. Estas medidas son las siguientes: En el punto 9.1.1, se presenta el plan Riesgo o contingencia: Pool Fire/ Flash Fire en estanques de almacenamiento, en el punto 9.1.2 se presenta: Riesgo o contingencia: Explosión no controlada, Punto 9.1.3 se presenta: Riesgo o contingencia: Eventos sísmicos, tsunamis, inundaciones/condiciones climáticas adversas e incendios (forestal y externo) y en el Punto 9.1.4 se presenta Riesgo o contingencia: Derrame de sustancias peligrosas y residuos peligrosos y posible incendio. Se puede concluir que todos los eventos básicos tienen medidas asociadas para su prevención y detección temprana, según el diseño de las instalaciones o los procedimientos operacionales y mantención correspondiente. Además, en caso de que se pueda generar un evento intermedio, todos estos cuentan con medidas para detectar posibles fugas, detener la operación y activar planes de emergencias. Ante una eventual consecuencia asociada a un evento final, se tiene que, de acuerdo a lo observado en los resultados, el alcance de éstos queda siempre dentro del límite predial del terminal. Además, una revisión de los accidentes históricos de las fallas más comunes en plantas de almacenamiento de gas licuado muestra que la planta proyectada cuenta con todas las medidas de protección para evitar, contener y/o controlar este tipo de fallas, llegando a 126

la conclusión que accidentes similares no ocurrirán considerando los estándares de diseño propuestos.

31- Observante: Wladimir Wilkomirsky Fuica.

Observación: La cercanía de la zona habitada representa un peligro enorme si hubiera un evento de emergencia; al respecto hay antecedentes muy recientes de explosiones de gas. Estas instalaciones no deben emplazarse en sectores cercanos a poblaciones. Para ello existen muchas áreas despobladas en Caldera o en las cercanías. Idealmente, debería ser instalado en lugares que son emplazamientos industriales.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la descripción del proyecto. En cuanto a lo observado, se informa que la localización del Proyecto se justifica dado que la bahía de Caldera cuenta con condiciones náuticas privilegiadas y servicios portuarios desarrollados compatibles con la operación del terminal. Además, la ubicación geográfica de Caldera permite optimizar desde el punto de vista logístico el suministro de gas licuado a la zona norte del país, minimizando los costos de transporte para los clientes del terminal.

Con respecto a los explosivos de gas, se presenta en el Punto 9 de este documento Medidas relevantes de los Planes de contingencias en el punto 9.1 Plan de prevención de contingencias y emergencias. A continuación, se presentan las medidas o acciones relevantes del plan de prevención de contingencias y emergencias, las cuales se encuentran en el Anexo PCE de la Adenda. Estas medidas son las siguientes: En el punto 9.1.1, se presenta el plan Riesgo o contingencia: Pool Fire/ Flash Fire en estanques de almacenamiento, en el punto 9.1.2 se presenta: Riesgo o contingencia: Explosión no controlada, Punto 9.1.3 se presenta: Riesgo o contingencia: Eventos sísmicos, tsunamis, inundaciones/condiciones climáticas adversas e incendios (forestal y externo) y en el Punto 9.1.4 se presenta Riesgo o contingencia: Derrame de sustancias peligrosas y residuos peligrosos y posible incendio. Se puede concluir que todos los eventos básicos tienen medidas asociadas para su prevención y detección temprana, según el diseño de las instalaciones o los procedimientos operacionales y mantención correspondiente. Además, en caso de que se pueda generar un evento intermedio, todos estos cuentan con medidas para detectar posibles fugas, detener la operación y activar planes de emergencias. Ante una eventual consecuencia asociada a un evento final, se tiene que, de acuerdo a lo observado en los resultados, el alcance de éstos queda siempre dentro del límite predial del terminal. Además, una revisión de los accidentes históricos de las fallas más comunes en plantas de almacenamiento de gas licuado muestra que la planta proyectada cuenta con todas las medidas de protección para evitar, contener y/o controlar este tipo de fallas, llegando a la conclusión que accidentes similares no ocurrirán considerando los estándares de diseño propuestos.

32- Observante: Beatriz Isabel Martínez Díaz.

Observación: Usar Caldera solo porque es un lugar estratégico para Gaseo, facilitando los accesos a carretera y por vía marítima. Pero a cambio exponen a toda una población a un riesgo enorme. Por lo demás, interfieren en la flora y fauna, alteran la armonía de nuestra cultura, haciendo un uso excesivo de terreno y de fondo marino. Caldera necesita crecer y desarrollarse de manera coherente con su historia, sus costumbres culturales y con respeto a nuestro entorno natural donde todos tenemos un lugar.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la descripción del proyecto. En cuanto a lo observado, se informa que en relación al 127

análisis del recurso suelo como sostenedor de biodiversidad, la construcción del Proyecto generará una pérdida de superficie de suelo, debido a la limpieza y habilitación del terreno y movimientos de tierra necesarias para la construcción de obras. En relación a los antecedentes aportados, el suelo del área de influencia del Proyecto evidenció la ausencia de horizontes orgánicos y la presencia de raíces medias y finas, abundante presencia de gravas y con incipiente desarrollo pedogenético, que se desarrollan en terrazas litorales, a pesar de dichas características, en el área de emplazamiento del Proyecto se registraron 19 taxa de flora vascular, de las cuales ninguna se encuentra en categoría de conservación, asimismo, se registró la presencia de 23 especies nativas de vertebrados terrestres, pertenecientes a las clases mamíferos, aves y reptiles, destacando 4 especies bajo categoría de conservación, de las cuales 2 de ellas son de baja movilidad (reptiles) Microlophus atacamensis (corredor de atacama) clasificada como Vulnerable y Liolaemus nigromaculatus (lagartija de mancha negra) clasificada como Casi amenazada, y 4 especies de alta movilidad Leucophaeus modestus (gaviota garuma) clasificada como Vulnerable, Oceanites gracilis (Golondrina de mar chica), Sula variegata (Piquero) clasificada como Insuficientemente conocida y Lycalopex griseus (zorro chilla) como Preocupación menor, respecto a la clase insectos, la riqueza alcanzó un total de 40 especies, las que según las fuentes bibliográficas corresponden a grupos comunes, no reportándose ninguna especie bajo categoría de amenaza.

En relación a lo anterior, el impacto al recurso suelo como sostenedor de biodiversidad se consideró como No Significativo, considerando que a pesar de registrar especies de flora (sin categoría de conservación) y fauna en el área de emplazamiento, la cantidad de suelo a afectar será reducida (8,9 ha) en relación a su disponibilidad en la zona y la región, asimismo, al finalizar el Proyecto se quitarán las obras y se trabajará el suelo para que vuelva a asentarse vegetación.

En relación a la afectación del suelo marino producto de la instalación de la línea de recepción de GL (ducto) y del sistema de amarre de buques, se producirá una pérdida de suelo. Tomando en consideración el buffer de 50 metros a ambos lados de los ductos que irá sobre el piso submareal y al interior de la zanja, el área afectada será aproximada de 150.000 m2, correspondiente al 2,3% de total del piso marino de bahía Caldera, mientras que el intermareal de arena y rocoso será menor a 3.000 m2, por la instalación del ducto y los muelles.

De acuerdo a lo anterior, el impacto se consideró como No Significativo, debido a que la afectación se producirá en un área acotada (2,3%) del total de la bahía, asimismo, las especies bentónicas submareales e intermareales registradas que podrían ver afectadas por la pérdida del piso submareal, poseen una amplia cobertura y distribución, tanto en bahía Caldera como a nivel nacional, además, el método constructivo utilizado permitirá que el fondo marino vuelva a su estado natural en un periodo acotado de tiempo, logrando con ello, la recuperación de las comunidades bentónicas en un año.

En cuanto a la alteración de la cultura de la Comuna de Caldera la principal celebración que se realiza en el área de influencia corresponde a la Fiesta de San Pedro, el desarrollo de esta manifestación cultural se realiza al interior de la bahía de Caldera, tiene una duración aproximada de tres horas y participan más de 30 embarcaciones. El recorrido de las embarcaciones que se realiza al interior de la bahía es desde las instalaciones del muelle de Caldera hacia el Norte, antes del emplazamiento de la empresa COPEC. Para asegurar el desarrollo de la actividad durante las distintas fases del Proyecto, el Titular ha comprometido asegurar el libre acceso de las cerca de 30 embarcaciones que transitan al interior de la bahía de Caldera para la celebración de San Pedro, durante la fase de construcción y operación del Proyecto. En conclusión, el Proyecto no dificultará o impedirá el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo, incluida la celebración de 128

la Fiesta de San Pedro, en ninguna de sus fases. Se presenta en detalle en el Capítulo 5 Efectos Características o Circunstancias del Art. 11 del EIA.

33- Observante: Alberto Eduardo Iturra Benavides.

Observación: Los beneficios laborales y de calidad de vida de los habitantes no solo no son mejorados, sino que son específicamente amenazados por la bomba de tiempo que una concentración de gas tal que la nube generada es enorme ante cualquier falla mayor o evento de la naturaleza. Además, el proyecto no contempla una garantía real de cubrir los costos de una tragedia que afecte a la ciudad y sus habitantes, pues la apuesta de seguridad no le da la confianza hasta ese nivel.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la descripción del proyecto. En cuanto a lo observado el Titular presenta en su Adenda Complementaria la actualización de sus compromisos voluntarios que lleva por nombre Contratación de Mano de Obra Local, el objetivo será disminuir la tasa de cesantía local y activar la económica local, aprovechando los efectos positivos que se puedan producir producto de la ejecución del Proyecto. Esto será para la fase de construcción de las obras del Proyecto. La descripción de este será la construcción de las obras temporales y permanentes del proyecto demandará la contratación de 170 trabajadores totales (directos e indirectos) como promedio, con un máximo de 260 trabajadores totales, lo cual incrementará la demanda de mano de obra local. Lo anterior considerando que la comuna de Caldera presenta una tasa de cesantía del 8,81% (20176), constituye un impacto positivo en la economía local de la comuna. La forma se privilegiará la contratación de mano de obra local para todos los puestos de trabajos de cada fase del proyecto El Titular solicitará a la OMIL de la Ilustre Municipalidad de Caldera, un registro de oferta laboral considerando sus perfiles ocupacionales, para ser contrastados, en función de las diferentes obras a realizar, con la demanda potencial que planteen los puestos de trabajo en la fase de construcción. El Titular implementará cursos de capacitación básicos en especialidades vinculadas a las necesidades detectadas. El Titular confeccionará un registro de empresas proveedoras locales que permitan suministrar insumos y servicios en la fase de construcción.

En relación al plan de contingencias, se presentan actualizadas las medidas del plan de prevención de contingencias y emergencias presentado en el EIA en el capítulo 8, en los cuales indica acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia y Oportunidad y vías de comunicación con la autoridad. Además, se presenta en el Punto 9 de este documento Medidas relevantes de los Planes de contingencias en el punto 9.1 Plan de prevención de contingencias y emergencias.

A continuación, se identifican las medidas o acciones relevantes del plan de prevención de contingencias y emergencias, las cuales se encuentran en el Anexo PCE de la Adenda. Estas medidas son las siguientes: En el punto 9.1.1, se presenta el plan Riesgo o contingencia: Pool Fire/ Flash Fire en estanques de almacenamiento, en el punto 9.1.2 se presenta: Riesgo o contingencia: Explosión no controlada, Punto 9.1.3 se presenta: Riesgo o contingencia: Eventos sísmicos, tsunamis, inundaciones/condiciones climáticas adversas e incendios (forestal y externo) y en el Punto 9.1.4 se presenta Riesgo o contingencia: Derrame de sustancias peligrosas y residuos peligrosos y posible incendio. Se puede concluir que todos los eventos básicos tienen medidas asociadas para su prevención y detección temprana, según el diseño de las instalaciones o los procedimientos operacionales y mantención correspondiente. Además, en caso de que se pueda generar un evento intermedio, todos estos cuentan con medidas para detectar posibles fugas, detener la operación y activar planes de emergencias. Ante una eventual consecuencia asociada a un evento final, se tiene que, de acuerdo a lo observado en los resultados, el alcance de éstos queda siempre dentro del límite predial del terminal. Además, una revisión de los accidentes históricos de las fallas 129

más comunes en plantas de almacenamiento de gas licuado muestra que la planta proyectada cuenta con todas las medidas de protección para evitar, contener y/o controlar este tipo de fallas, llegando a la conclusión que accidentes similares no ocurrirán considerando los estándares de diseño propuestos.

34- Observante: Rodrigo Alberto Teneros Andrade.

Observación: No apruebo y estoy en desacuerdo con la instalación de la planta, porque no considera una estructura adecuada en caso de tsunami o terremoto, tampoco considera seguros y está emplazada en un lugar de alto riesgo de tsunami y cercana a estanques de combustible, lo que se transforma en una bomba de tiempo.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la descripción del proyecto y sus riesgos. Se informa la observante, que durante el proceso de evaluación se analizaron los riesgos asociados a las instalaciones del terminal de almacenamiento de gas licuado en la localidad de Caldera. Para ello, el Titular utilizó la metodología planteada en el Manual de Métodos de Análisis de Riesgos y Consecuencias del Ministerio de Salud (2016) y se complementó con la cuantificación de las consecuencias asociadas. En relación al plan de contingencias, se presentan actualizadas las medidas del plan de prevención de contingencias y emergencias presentado en el EIA en el capítulo 8, en los cuales indica acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia y Oportunidad y vías de comunicación con la autoridad. Además, se presenta en el Punto 9 de este documento Medidas relevantes de los Planes de contingencias en el punto 9.1 Plan de prevención de contingencias y emergencias.

A continuación, se identifican las medidas o acciones relevantes del plan de prevención de contingencias y emergencias, las cuales se encuentran en el Anexo PCE de la Adenda. Estas medidas son las siguientes: En el punto 9.1.1, se presenta el plan Riesgo o contingencia: Pool Fire/ Flash Fire en estanques de almacenamiento, en el punto 9.1.2 se presenta: Riesgo o contingencia: Explosión no controlada, Punto 9.1.3 se presenta: Riesgo o contingencia: Eventos sísmicos, tsunamis, inundaciones/condiciones climáticas adversas e incendios (forestal y externo) y en el Punto 9.1.4 se presenta Riesgo o contingencia: Derrame de sustancias peligrosas y residuos peligrosos y posible incendio. Se puede concluir que todos los eventos básicos tienen medidas asociadas para su prevención y detección temprana, según el diseño de las instalaciones o los procedimientos operacionales y mantención correspondiente. Además, en caso de que se pueda generar un evento intermedio, todos estos cuentan con medidas para detectar posibles fugas, detener la operación y activar planes de emergencias. Ante una eventual consecuencia asociada a un evento final, se tiene que, de acuerdo a lo observado en los resultados, el alcance de éstos queda siempre dentro del límite predial del terminal. Además, una revisión de los accidentes históricos de las fallas más comunes en plantas de almacenamiento de gas licuado muestra que la planta proyectada cuenta con todas las medidas de protección para evitar, contener y/o controlar este tipo de fallas, llegando a la conclusión que accidentes similares no ocurrirán considerando los estándares de diseño propuestos.

35- Observante: Wladimir Wilkomirsky Fuica.

Observación: Se solicita se me informe en los plazos que la legislación contempla para estos efectos, de los posibles riesgos ambientales que pudieren causar el desarrollo del proyecto Terminal de Gas Caldera, a la actividad por nosotros desarrollada.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la descripción del proyecto, obras y partes. Se informa, que en el presente documento 130

en el Punto 9, se han expuesto las Medidas relevantes de los Planes de contingencias en el punto 9.1 Plan de prevención de contingencias y emergencias. En relación al Plan de prevención de contingencias y emergencias presentado por el Titular en el capítulo 8 del EIA y posteriormente actualizado, en razón de las solicitudes realizadas en el contexto de la evaluación ambiental, en Anexo PCE de Adenda, es elaborado a partir del estudio de riesgos presentado por el Titular en el Estudio de riesgo de Anexo C8-1 del capítulo 8 del EIA, donde se analizan los riesgos asociados a las instalaciones del terminal de almacenamiento de gas licuado en la localidad de Caldera. Para ello, se utilizó la metodología planteada en el Manual de Métodos de Análisis de Riesgos y Consecuencias del Ministerio de Salud (2016) y se complementa con la cuantificación de las consecuencias asociadas.

A continuación, se identifican las medidas o acciones relevantes del plan de prevención de contingencias y emergencias, las cuales se encuentran en el Anexo PCE de la Adenda. Estas medidas son las siguientes: En el punto 9.1.1, se presenta el plan Riesgo o contingencia: Pool Fire/ Flash Fire en estanques de almacenamiento, en el punto 9.1.2 se presenta: Riesgo o contingencia: Explosión no controlada, Punto 9.1.3 se presenta: Riesgo o contingencia: Eventos sísmicos, tsunamis, inundaciones/condiciones climáticas adversas e incendios (forestal y externo) y en el Punto 9.1.4 se presenta Riesgo o contingencia.

Es importante señalar que se analizan los riesgos asociados a las instalaciones del terminal de almacenamiento de gas licuado en la localidad de Caldera. Para ello, se utiliza la metodología planteada en el Manual de Métodos de Análisis de Riesgos y Consecuencias del Ministerio de Salud (2016) y se complementa con la cuantificación de las consecuencias asociadas. Para facilitar la comprensión del análisis, las instalaciones se clasifican en cinco subsistemas: Sistema de recepción de gas licuado desde buque; Sistema de almacenamiento de gas licuado refrigerado, Sistema de acondicionamiento y almacenamiento de gas licuado presurizado, Sistema de carga de camiones y llenado de cilindros. Donde cada subsistema es evaluado y sus posibles consecuencias asociadas son presentadas.

En general, del estudio se puede concluir que todos los eventos básicos tienen medidas asociadas para su prevención y detección temprana, según el diseño de las instalaciones o los procedimientos operacionales y mantención correspondiente. Además, en caso de que se pueda generar un evento intermedio, todos estos cuentan con medidas para detectar posibles fugas, detener la operación y activar planes de emergencias. Ante una eventual consecuencia asociada a un evento final, se tiene que, de acuerdo a lo observado en los resultados, el alcance de éstos queda siempre dentro del límite predial del terminal. Además, una revisión de los accidentes históricos de las fallas más comunes en plantas de almacenamiento de gas licuado muestra que la planta proyectada cuenta con todas las medidas de protección para evitar, contener y/o controlar este tipo de fallas, llegando a la conclusión que accidentes similares no ocurrirán considerando los estándares de diseño propuestos.

36- Observante: ONG Atacama Limpia - Cecilia del Pilar Martínez Díaz.

Observación: Se solicita al Titular tener en cuenta que el plan regulador vigente está ahora en modificación y este sector donde se emplazaría el Terminal de Gas siempre se contempló como área de extensión turística. El plan regulador vigente debe cambiarse y está muy cuestionado, con un informe final de la Contraloría por no considerar observaciones en el proceso de la participación ciudadana, además, se ganó un juicio en la corte suprema, que determina que todas las zonas deben revisarse en igualdad de condiciones y no solo algunas si otras afectan de igual forma a una población.

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Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la descripción del proyecto, se informa la observante, que de acuerdo a los antecedentes aportados durante el proceso de evaluación, el área de influencia de la componente turismo, complementada por el Titular a requerimiento de la autoridad en Anexo AD-1 de Adenda, está conformada por una zona con valor turístico, la que podría verse potencialmente afectada por el Proyecto ya sea por el emplazamiento de las obras en su interior o por el uso de las rutas que confluyen en esta zona. Esta zona fue identificada como la Zona con valor turístico Caldera – Bahía Inglesa.

El principal motivo de visita a la zona con valor turístico de Caldera-Bahía inglesa son las playas y balnearios de Caldera. El segundo punto importante de la zona corresponde a la historia de Caldera y su importancia desde el punto de vista de la paleontología, lo que fue corroborado con el enfoque que tienen los tours operadores, los cuales hacen recorridos a las distintas playas con las que cuenta Caldera, tanto hacia el norte como el sur de la ciudad y también tours paleontológicos.

En relación a lo anterior, el presente Proyecto tal como se indica por el Titular en Capítulo 5 del EIA y en respuesta 8.3 de Adenda, el proyecto utilizará rutas que se encuentran al interior de la zona con valor turístico (Ruta 5 y “Pesquera Atacama poniente”), sin embargo, la fase constructiva de este no considera dentro de sus medidas de diseño, mantener deshabilitado el acceso por estas rutas, por lo tanto, no existirá una obstrucción de acceso a los atractivos turísticos. Asimismo, el Proyecto se encuentra en una zona de uso industrial según lo establecido por el Plan Regulador intercomunal de Atacama y según el Plan regulador comunal de Caldera, Por lo tanto, en términos de magnitud y duración, la construcción del Proyecto ( estanque de acopio de gas licuado y la tubería) no generará bajo ninguna circunstancia, un cambio en las actividades productivas que se desarrollan en los alrededores, por lo que no se estima una alteración a las dinámicas turísticas de la comuna, la cual se concentra en la ciudad de Caldera.

En efecto, el Proyecto no generará obstrucción ni alteración a esta zona con valor turístico, entendiendo que el Proyecto se asentará en una zona industrial.

  1. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

  2. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4 de la presente Resolución.

  3. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

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  1. Que, para que el proyecto “Terminal Gas Caldera” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  2. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Dirección Ejecutiva del SEA / Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en el EIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

  3. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Ejecutiva del SEA / Dirección Regional del SEA Atacama la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

  4. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

  5. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1°. Calificar favorablemente el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto “Terminal Gas Caldera”, de Terminal Gas Caldera S.A..

2°. Certificar que el proyecto “Terminal Gas Caldera” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°. Certificar que el proyecto “Terminal Gas Caldera” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 132, 138, 140, 142 y 146 del D.S. Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. Disponer el otorgamiento de los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 114 y 119 del D.S. Nº40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

5°. Certificar que la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Atacama, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, calificó las instalaciones industriales y de bodegaje como Molesta

6°. Certificar que el proyecto “Terminal Gas Caldera” se hace cargo adecuadamente de los efectos, características y circunstancias establecidos en el artículo 11 letras b), c) y f) de la Ley N°19.300, al proponer medidas de mitigación y compensación adecuadas a tal efecto.

7°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4 del presente acto.

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8°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a los artículos 20 y 29 de la Ley Nº19.300, ante el Comité de Ministros. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

VOP/JES/FJSH

Distribución: Ignacio Antonio Mir Fernández

CONADI, Región de Atacama

CONAF, Región de Atacama DGA, Región de Atacama

DOH, Región de Atacama

Gobernación Marítima de Caldera

Gobierno Regional, Región de Atacama

Ilustre Municipalidad de Caldera

SAG, Región de Atacama

SEC, Región de Atacama

SEREMI de Agricultura, Región de Atacama

SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Atacama

SEREMI de Energía, Región de Atacama

SEREMI de Minería, Región de Atacama

SEREMI de Salud, Región de Atacama

SEREMI DESARROLLO SOCIAL Y FAMILIA REGIÓN DE ATACAMA SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Atacama SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama SEREMI Medio Ambiente, Región de Atacama SEREMI MOP, Región de Atacama

SERNAGEOMIN, Región de Atacama Servicio Nacional de Pesca, Región de Atacama Servicio Nacional Turismo, Región de Atacama Consejo de Monumentos Nacionales Subsecretaría de Pesca y Acuicultura Superintendencia de Servicios Sanitarios

CC: Participación Ciudadana

Superintendencia del Medio Ambiente Oficial de Partes de la Región