EDIFICIO GENERAL FREIRE
REPÚBLICA DE CHILE. COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO
Califica Ambientalmente el proyecto “Edificio General Freire.”
Resolución Exenta N” 124/2018 Santiago, 05 de abril de 2018 VISTOS:
- La Declaración de Impacto Ambiental (en adelante, “DIA”), admitida a trámite con fecha 14 de noviembre de 2017 y su Adenda de fecha 18 enero de 2018 del proyecto, “Edificio General Freire” presentada por Inmobiliaria Pilares S.A.
2%. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo III del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Edificio General Freire”.
3". El Acta de Evaluación N” 09/2017 de fecha 14 de diciembre de 2017, del Comité Técnico de la Región Metropolitana.
- El ICE de la DIA del proyecto “Edificio General Freire” de fecha 12 de marzo de 2017. 5". El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, de fecha 03 de abril de 2018.
6”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Edificio General Freire”.
7”. Lo dispuesto en la Ley N 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N” 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto Supremo N? 428, de fecha 11 de marzo de 2018 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la Resolución Exenta N 279 de fecha 03 de abril de 2017, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental; y en la Resolución N* 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
CONSIDERANDO: 19, Que, Inmobiliaria Pilares S.A., (en adelante, “el Titular”), ha sometido al Sistema de Evaluación de
Impacto Ambiental (en adelante, “SEIA”) la DIA del proyecto “Edificio General Freire” (en adelante, “el Proyecto”). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Tabla 1.1 Antecedentes del Titular
Nombre o razón social Inmobiliaria Pilares S.A.
Rut 76.026.047-9
Domicilio Eliodoro Yáñez 2962, Providencia, Santiago Nombre representante legal Daniel Lara Arancibia/ Juan Lira Fuenzalida Rut representante legal 1 13.187.404-9/ 13.659.930-5
Domicilio del/los representantes(s) | Eliodoro Yáñez 2962, Providencia
legal(es)
Correo electrónico del Titular o | dlara(PPilares.cl/ jelirafUsocovesa.cl representante(s) legal(es)
2”. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 12 de marzo de 2018, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Metropolitana, ha recomendado aprobar el proyecto, considerando que:
-
Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable; Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 140, 142 del D.S. N* 40/2012 MMA;
-
No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
3", Que, en sesión de fecha 03 de abril de 2018, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, acordó calificar favorablemente el proyecto “Edificio General Freire”, aprobando integramente el contenido del ICE de fecha 12 de marzo de 2018, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4, Que, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general.
El Proyecto consistirá en la construcción dos Torres A (16 pisos con 192 departamentos), Torre B (17 pisos 158 departamentos). Contempla un total de 242 estacionamientos, de los cuales 230 corresponderán a estacionamientos para propietarios, uno para minusválidos; y 12 para visitas. Además, dispondrá de 262 espacios para estacionar bicicletas.
Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras O acciones.
Tipología principal: De acuerdo al artículo 10 de la Ley 19.300 y al artículo 3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el proyecto ingresa al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) según lo señalado en la letra:
“h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas.
h.1.3. Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas.”
De acuerdo con lo anterior, el proyecto debe ingresar al SEIA debido a que contempla la construcción de 350 viviendas, superando el límite indicado en el citado literal h.1.3.
Vida útil.
El proyecto considera una vida útil de indefinida
Monto de inversión
US$ 23,53 millones.
Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución.
El acto que da cuenta del inicio corresponde al aviso a la autoridad competente del inicio de las actividades de desmantelamiento y demolición.
Proyecto se desarrolla | Si No por etapas. 7 Proyecto modifica un | Si No proyecto o actividad. (X] Proyecto modifica | Si No otra(s) RCA. (X]
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-administrativa.
El proyecto se localiza en Calle General Freire N 58-80-98-102 y Santa Clara N 77-79-79a-81, comuna de La Cisterna. Los Certificados de Informaciones Previas (CIP) N 748, 771, 772, 773, 774, 775, 777, todos del 2016 y N 525 del 2017, se encuentran adjuntos en el Anexo N? 1 de la DIA.
Justificación de la localización.
La localización del Proyecto se justifica principalmente por la demanda de viviendas habitacionales residenciales del sector y las condiciones urbanísticas, de conectividad y servicios del lugar.
Adicionalmente, el proyecto cuenta con la Aprobación de Anteproyecto de edificación N* 35-17 de fecha 29/12/2017, adjunto en el Anexo 1 de la Adenda.
Por otra parte, el sector de emplazamiento del Proyecto cuenta con conectividad vial y dotación de infraestructura sanitaria, energética, de telecomunicaciones, de equipamiento y de actividades productivas, como para albergar a los habitantes del Proyecto.
Superficie.
La superficie total del terreno donde se emplazará el Proyecto es de 5.083,2 m? y se proyecta con una superficie total construida de 25.825,67 m*.
Para mayores antecedentes ir a Tabla 4.1.1 del ICE.
Coordenadas UTM
en Datum | A continuación, se entregan las coordenadas de los vértices del
2
WGS84.
proyecto:
Tabla 2: Vértices del polígono del proyecto. Punto Norte Este 1 345.973 6.289.848 2 346.016 6.289.840 3 345.994 6.289.743 4 345.937 6.289.757 5 345.950 6.289.807 6 345.964 6.289.804
Fuente: Tabla N? 1 de la DIA.
Durante todo el período de construcción el acceso se llevará a cabo por Calle General Freire N 58 y N 80 y por Calle Santa Clara: N? 81 y N*79.
Caminos de acceso. Mientras que en la fase de operación contará con dos accesos
vehiculares y peatonales, por calle General Freire y Santa Clara, para la entrada y salida de los vehículos tanto para los residentes como sus visitas.
Referencia evaluación
al expediente de | Figura 1 de la DIA, Uso de suelo área de emplazamiento Proyecto de los mapas, | Edificio General Freire, acotado a la unidad vecinal.
georreferenciación e información | Figura 2 de la DIA, Localización del Proyecto. complementaria sobre la localización | Figura 3 de la DIA, Ubicación de instalación de faenas. de sus partes, obras y acciones. Anexo 13 de la DIA, KMZ del proyecto y ubicación de la
instalación de faenas.
Anexo 2 de la DIA y Anexo 2 de la Adenda, Planos del proyecto. Resolución de Aprobación de Anteproyecto de Edificación, anexo 1 de la Adenda.
4,3. FASE DE CONSTRUCCIÓN.
4.3.1. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO.
4.3.1.1 PARTES Y OBRAS
Nombre
[ Descripción
Instalación de Faena
En el Anexo N* 13 de la DIA, se presenta un archivo KMZ digital que indica las áreas a utilizar para la instalación de faenas del Proyecto.
Para dicha instalación de faenas, se circundará el terreno mediante un cierre perimetral provisorio, el cual se mantendrá en buenas condiciones durante toda la fase de construcción.
Sitio de | Este sitio estará ubicado en un sector de la instalación de faena, contará con piso acopio de | pavimentado y bajo techo, para evitar el ingreso de aguas lluvias a los contenedores que residuos almacenarán los residuos sólidos asimilables a domiciliarios. sólidos asimilables a domiciliarios
En la eventualidad que no sea posible trasladar los escombros hacia la tolva de almacenaje Sitio de | (10 m'), se habilitarán áreas de almacenaje temporal, directamente sobre suelo, las que se acopio de | encontrarán delimitadas y debidamente señalizadas. residuos sólidos inertes Bodega de | La bodega contará con una base continua de hormigón, de 3 metros de ancho por 2 metros almacenamien | de largo. to de residuos peligrosos Con lo anterior se asegurará una base continua, impermeable, y resistente estructural y
químicamente a los residuos almacenados.
Contará con un cierre perimetral de a lo menos 1,80 metros de altura que impida el libre acceso de personas y animales, y se encontrará techada y protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar. Para ello la bodega estará conformada por una estructura metálica (pilares y vigas de metal) que le dará el sustento y tendrá un sistema techumbre compuesto por un cuerpo estructurarte de metal y planchas acanaladas de zinc, lo que permitirá la aislación de las condiciones ambientales adversas. La materialidad del cierre de la bodega estará compuesta por planchas metálicas acanaladas de zinc de 1,72 m de altura, para impedir el paso de personas y animales. Se proyecta dejar un
4,9% de la superficie de la bodega con malla metálica para que permita su ventilación, la que ocupará los 0,25 m superiores de las paredes laterales de la bodega. En la figura 5 del anexo 8 de la DIA, se muestra la planta del sitio de almacenaje de residuos peligrosos.
En esta bodega se almacenarán los adhesivos, pinturas, diluyentes y ácido muriático, junto a los insumos no peligrosos de la obra (clavos, cemento, etc.). Las sustancias peligrosas estarán ubicadas en una estantería de material liso, no absorbente y lavable, cerradas con barras antivuelco y contará con un sistema de control de derrames.
En Anexo N* 14 de la DIA se adjunta las Hojas de Datos de Seguridad (HDS) de las sustancias que se almacenarán en la bodega de materiales.
Bodega de materiales Patio de insumos
En el patio de insumos se almacenará los impermeabilizantes, puente adherente y combustibles líquidos, junto al desmoldante (producto no peligroso). Este sitio contará con techo, cierre perimetral, piso sólido, liso e impermeable y con un pretil para la contención de eventuales derrames. En Anexo N? 14 de la DIA se adjunta las Hojas de Datos de Seguridad (EDS) de las sustancias a almacenar en patio de insumos.
Piscina de lavado
Será habilitada únicamente para recibir los residuos del proceso de lavado de canoa del camión mixer. Esta piscina se encontrará conformada por un pretil de contención que impida el rebalse y estará sellada por material de polietileno para evitar la toma de contacto del residuo con el suelo. El residuo producto del lavado de las canoas, se mantendrá en dicha “piscina” hasta que se haya evaporado la fase líquida a consecuencia del proceso de fraguado (reacción exotérmica) del hormigón que termina endureciendo la mezcla. Respecto a los residuos sólidos, correspondiente a la fase sólida del proceso de fraguado, será traslado y dispuesto en sitio autorizado por la Autoridad Sanitaria.
4.3.1.2 ACCIONES
Nombre
Descripción
Desmantela miento y demolición
Actualmente el recinto en que se emplaza el Proyecto, se encuentra intervenido por una estructura tipo galpón comercial y edificaciones habitacionales de hasta tres pisos de altura. Dichas instalaciones, serán desmanteladas y/o demolidas, según corresponda (ver Anexo N 12 de la DIA. Set fotográfico). En el terreno que colinda hacia calle General Freire, se realizará el desmantelamiento del galpón comercial de calle General Freire N 102 y demolición de tres casas de material sólido emplazadas en la misma calle, una de las cuales es de 3 pisos. En el terreno que colinda hacia calle Santa Clara, se realizará desmantelamiento de tres viviendas ligeras ubicadas en calle Santa Clara N* 79a y demolición de tres casas de material sólido emplazadas en la misma calle.
Movimiento de tierra y socalzados
Para realizar la actividad de movimiento de tierras (escarpe y excavaciones), se utilizará excavadora y camiones tolva, los camiones serán encarpados antes de salir de la obra.
Las excavaciones corresponderán a las requeridas para construir los estacionamientos y las fundaciones del edificio, y se realizarán acorde a lo señalado en el Informe de Mecánica de Suelos, que se adjunta en Anexo N? 7 de la DIA, Mecánica de Suelos.
El material removido producto de las excavaciones del Proyecto será trasladado a un sitio autorizado por la Autoridad Sanitaria.
De forma paralela a la excavación se realizarán los socalzados, que corresponden a estructuras de hormigón armado que permiten estabilizar el terreno y entregar seguridad a los trabajos en el piso subterráneo. Los socalzados se estabilizarán con puntales o se anclarán al terreno, dependiendo de las condiciones del mismo.
Obra gruesa
La obra gruesa se realizará inmediatamente después de haber realizado las excavaciones y
contempla la ejecución de las siguientes actividades: e Fundaciones y cimientos
Sobrecimientos
Estructuras de hormigón
Estructuras metálicas
Instalaciones
Rellenos interiores
Albañilerías
e Estructura de techumbre
Pavimentación
Otros.
Para el edificio y los subterráneos se considera cómo sistema de apoyo fundación continua bajo muros y zapatas aisladas bajo pilares. Las fundaciones se apoyarán a no menos de 1,0 m de profundidad bajo el nivel de radiar del subterráneo a fin de entregarle una profundidad mínima de enterramiento.
Esta etapa contempla la ejecución de las siguientes actividades:
Terminacion es
Tabiquería.
Revestimiento de muros.
Obras exteriores (aguas lluvias, pavimentos, estacionamientos).
Cielos.
Instalaciones (eléctricas, agua potable, alcantarillado, artefactos sanitarios). Puertas y ventanas.
Cubrejuntas.
Pinturas y barnices.
Impermeabilizaciones.
e Otros.
Lavado de | El proceso para realizar dicha actividad, consiste en limpiar la canoa del camión mixer, una canoas de | vez que descarga el hormigón, mediante el contacto de agua a presión, de tal forma de ir camiones removiendo los restos de hormigón que se encuentran adheridos. El agua empleada para esta mixer actividad es agua potable de la red de Aguas Andinas. Este proceso se realizará sobre una “piscina de lavado”, habilitada únicamente para ello. Lavado de | El lavado consistirá en retirar el barro adherido a las ruedas de los camiones con agua potable, ruedas a la cual no se le incorporan productos de limpieza. El barro será desprendido dentro del recinto, justo antes de la salida del predio, en un sector que estará previamente compactado y cubierto con una capa de ripio, con el fin de evitar la dispersión de tierra o agua hacia la vialidad pública. Las aguas lluvias del Proyecto serán captadas por un sistema particular de recolección de Saneamiento | estas, el cual consiste en la evacuación de las aguas lluvias de cada torre desde la techumbre a de aguas | través de bajadas de aguas lluvias, canalizadas desde allí hasta el subterráneo, todo a través de lluvias tubería de PVC. Las aguas serán infiltradas en el terreno a través de un sistema de drenes, que son obras que intervienen el suelo en su capa no saturada con la finalidad de conducir las aguas provenientes de las precipitaciones hacia una zanja absorbente o drenante (dren de infiltración), para evitar que el agua se apose en la superficie o escurra al bien nacional de uso público. En el Anexo N? 10 de la DIA, se presenta el Proyecto de Aguas Lluvias, para lo cual se ha considerado las recomendaciones y parámetros contenidos en el Plan Maestro de Evacuación y Drenaje de Aguas Lluvias del SERVIU Metropolitano. El proyecto de solución de aguas lluvia considerará un programa de mantenimiento permanente acorde a la vida útil del proyecto, el que será adecuadamente implementado durante la operación del Proyecto. En el Anexo N? 5 de la Adenda, se adjunta el programa de Mantención del sistema de aguas lluvias considerado para el proyecto. Las rutas, flujos y horarios de tránsito de los camiones operativos durante la fase de construcción del proyecto, serán los señalados en la tabla 6 de la Adenda. Vialidad y accesos 4.3.2 SUMINISTROS BÁSICOS Nombre Descripción Electricidad | Se contará con empalme provisorio a redes de suministros existentes. Agua potable | El agua que se utilizará durante la construcción, tanto en procesos domésticos cómo y constructivos, será agua potable proporcionada por Aguas Andinas, según Certificado de alcantarillado | factibilidad de Aguas Andinas S.A., presentado en anexo 1 de la Adenda. ia La maquinaria, equipos y herramientas a utilizar en la construcción del Proyecto, será la Maquinaria, señalada en la tabla 7de la DIA. Ú equipos, herramientas
y materiales
Asimismo, los materiales e insumos a utilizar en la fase de construcción, serán los señalados en la tabla 8 de la DIA.
4.3.3 RECURSOS NATURALES RENOVABLES
El Proyecto, no contempla extraer o explotar recursos naturales renovables.
4.3.4 EMISIONES Y EFLUENTES
4.3.4.1 EMISIONES A LA ATMÓSFERA
Nombre
Descripción
Emisiones
De acuerdo al estudio de emisiones atmosféricas actualizado, adjunto en el anexo 4 de la Adenda, el titular señala que las principales emisiones se generarán por las actividades de: Obras previas (Torre 1 y 2), Obra gruesa (torre 1 y 2), Terminaciones (Torre 1 y 2), tránsito de vehículos.
Las medidas de control para las faenas de construcción serán:
e Seregará en forma oportuna y suficiente, el terreno y material a remover, escombros y tierra, al interior del Proyecto.
e Los escombros y tierra deberán mojarse previa carga hacia el lugar de disposición final.
e Evacuar los escombros desde los pisos altos mediante un sistema que contemple las precauciones necesarias para evitar las emanaciones de polvo.
e Se controlará que el transporte de los materiales en camiones fuera del Proyecto, sea con la tolva cubierta, mediante lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería.
e Limitar la velocidad de circulación de los vehículos a 20 km/h en las vías internas del Proyecto.
e La maquinaria utilizada (retroexcavadoras, camiones tolva, etc.) contarán con sus mantenciones y revisiones técnicas al día.
e Las faenas de corte y pulido de materiales se efectuarán bajo techo.
e Se implementará una malla tipo raschel o similar en ambas fachadas de la obra, total o parcialmente, con la finalidad de controlar la dispersión hacia la vía pública e impedir la caída de material hacia el exterior.
e Lavado de ruedas de camiones, cuando exista barro adherido a las ruedas. El lavado consistirá en retirar el barro adherido a las ruedas de los camiones con agua potable, a la cual no se le incorporan productos de limpieza. El barro será desprendido dentro del recinto, justo antes de la salida del predio, en un sector que estará previamente compactado y cubierto con una capa de ripio, con el fin de evitar la dispersión de tierra o agua hacia la vialidad pública.
De acuerdo a la tabla 43 del anexo 4 de la Adenda, las emisiones atmosféricas para la fase de construcción serán las siguientes:
Tabla 3: Resumen de Emisiones a la atmósfera fase de construcción.
Año SO, NOx [elo MP,s MP0 Ccov
1 0,01693 5,02403 1,18574 0,77738 2,02310 25,99158 2 0,01321 2,76476 0,71221 0,33354 1,20962 1,54672 3 0,00023 0,19983 0,06882 0,02093 0,02282 0,17264
Cabe señalar que en los años 2 y 3 existirá traslape de la fase de construcción y operación por lo que las emisiones totales por año serán:
Tabla 4: Resumen de emisiones a la atmósfera del proyecto.
Cumple
Año SO, NOx (el0) MP,,s MP0 COov normati
$ va 1 0,01693 | 5,02403 | 1,18574 | 0,77738 |2,02310 | 25,99158 | SI 2 0,01641 |2,81289 | 0,72261 | 0,33699 | 1,21318 | 1,54672 sI 3 0,01623 | 0,44047 | 0,12079 | 0,03809 | 0,03997 | 0,17264 SI 4 *mloo060 |oj1s438 | 0,0318 | 0,01029 | 0,01029 | 0,0000 | SI adelante Emisión máxima 50 8 - - 2.9 - - permitida
Fuente: Tabla 45 del anexo 4 de la Adenda.
De acuerdo a lo anterior, el proyecto no debe compensar emisiones para la fase de construcción.
Al respecto, la SEREMI de Medio Ambiente mediante Oficio Ord. N* 112 de fecha 31/01/2018 se pronuncia conforme al Proyecto.
4.3.4.2 EMISIONES LÍQUIDAS O EFLUENTES
Nombre Descripción Los residuos líquidos producto del lavado de las canoas, se mantendrán en dicha “piscina de lavado” hasta que se haya evaporado la fase líquida a consecuencia del proceso de fraguado Residuos líquidos (Reacción exotérmica) del hormigón que termina endureciendo la mezcla. Respecto a los industriales | residuos sólidos, correspondiente a la fase sólida del proceso de fraguado, será traslado y dispuesto en sitio autorizado por la Autoridad Sanitaria. Residuos Durante la construcción del Proyecto se generarán aguas servidas provenientes de los baños de
líquidos domésticos (Aguas servidas)
los trabajadores de la obra. Los baños se empalmarán a la red de alcantarillado existente, por lo que las aguas servidas serán directamente descargadas hacia ésta.
Adicionalmente, se ocuparán baños químicos, por lo que el Titular contratará a una empresa externa autorizada de modo de asegurar la correcta mantención de éstos y el adecuado manejo de los residuos.
La cantidad de aguas servidas a generar corresponden a 30 m'/día, de acuerdo a la tabla 18 de la DIA.
Se mantendrá en obra copia de la factura o boleta por los servicios que acrediten la correcta disposición de las aguas servidas.
4.3.4.3 EMISIONES DE RUIDO
Nombre
Descripción
Ruido y Vibraciones
En el Anexo N* 4 de la DIA, se adjunta el Estudio Acústico y de Vibraciones, y su comparación con los niveles máximos permisibles de presión sonora corregidos dispuestos por el D.S. N” 38/11 del MMA, para la zonificación del emplazamiento del proyecto.
Las acciones más relevantes en la fase de construcción serán las actividades de demolición, excavación y obra gruesa.
La verificación del cumplimiento del nivel de ruido corregido con la norma vigente en horario diurno y nocturno se presenta en las tablas 33 y 34 del citado anexo. De acuerdo a los resultados señalados en dichas tablas, el proyecto cumple con los límites establecidos en el D.S. N* 38/11 del MMA.
El titular implementará las siguientes medidas de control de ruido para la fase de construcción, señaladas en más detalle en el Anexo N' 4 de la DIA, Estudio Acústico y de Vibraciones:
e Cierre perimetral de la obra, con una altura 6 m, conformado en placas de madera OSB de 15 mm de espesor cuya densidad superficial sea mayor a 10 Kg/m?.
o Para las faenas ruidosas (maquinaria pesada, martillos, taladros, sierra, vibrador, etc.) se implementarán pantallas móviles fabricadas en panel de madera placa de OSB e=15 mm (cara exterior); lana vidrio/mineral e=50 mm, densidad 25 kg/m? y revestimiento con malla raschel (cara interior). La altura mínima de la pantalla acústica será de 2,4 m.
- Realizar un cierre tipo túnel para el camión mezclador y bomba de hormigón configurado en el mismo panel del cierre perimetral.
e Realizar una barrera acústica perimetral en la losa de avance de la Torre B para controlar las emisiones de la Fase N” 8 (mes 27) debido a la cercanía de esta faena a la Torre A, que se encontrara, acorde al cronograma del numeral 1.4.10.1 de la DIA. La altura de esta barrera deberá ser de 2,4 m. Esta barrera estará condicionada a que en la Fase N? 8, es decir mientras se construye el piso 17 de la Torre B, existiesen efectivamente receptores sobre el piso 15 de la Torre A.
e Para la obra gruesa y terminaciones, se deberá implementar el cierre de vanos en los cuales se realicen tareas ruidosas (descarachado, martillazos, rectificación). El material de los paneles para cerrar los vanos puede estar configurado por placas de madera OSB de 10 mm de espesor o por cortinas acústicas flexibles.
El Titular implementará las siguientes medidas de gestión:
e Los camiones deberán restringir su velocidad de circulación a lo indicado en la Ley de Tránsito, mientras que dentro de la obra se permitirá un máximo de 20 km/h. La carga y descarga de camiones se deberá realizar al interior del Proyecto. Evitar las siguientes prácticas en la obra:
-
Caída de material (ej. fierros) en descarga desde los camiones.
-
Caída brusca de las tolvas vacías sobre los chasis de los camiones.
-
Acelerar en vacío.
-
Dar bocinazos.
-
Detención de camiones dentro o fuera de la obra, manteniendo su motor encendido.
-
Se deberá capacitar al personal en el aspecto del control de ruido en la construcción,
ya que serán ellos los primeros involucrados en mantener controlados los niveles sonoros de esta actividad.
o Realizar una mantención mecánica periódica de las maquinarias y equipos utilizados
en las faenas, con el propósito de prevenir problemas de ruido producto del mal funcionamiento de los mismos.
e Evitar el paso innecesario de maquinaria pesada y en general la instalación de cualquier fuente ruidosa próxima a inmuebles aledaños.
e Configurar la faena de construcción de una manera que mantenga el equipamiento y las actividades ruidosas tan lejos como sea posible de los receptores ubicados en el entorno inmediato del predio.
e Incorporar en la maquinaria, en la medida de lo posible, dispositivos de control de ruido (silenciadores, gabinetes, revestimientos).
e Informar a la comunidad vecina la programación de faenas especialmente críticas (perforación, demoliciones) con el fin de que no interfieran con sus actividades.
e Implementar un plan de seguimiento con monitoreos trimestrales de los niveles de ruido emitidos por la obra, con el fin de verificar la efectividad de las medidas de control, o bien, proponer medidas de control adicionales en caso de detectar superación de los niveles máximos de ruido permitidos por el D.S N*38/11 del MMA.
La Secretaría Regional Ministerial de Salud RM, a través de su Oficio N* 6738 de fecha 05/12/2017, señala:
“EXIGENCIAS A INCORPORAR EN LA RCA ETAPA DE CONSTRUCCIÓN
o Se deberá implementar un cierre perimetral del proyecto (todo el perímetro del proyecto) con barreras acústicas que tengan una altura de 6 m. La materialidad de estas barreras deberá ser de paneles que cumplan con una densidad superficial de al menos 10 kg/m2. Además se deberá cubrir su cara interna con un material absorbente acústico como lana de vidrio o lana mineral y asegurar este material con una malla metálicas. Las jumturas de los paneles que conformen las barreras deberán ser herméticas entre ellas y entre ellas y el suelo.
e Para las herramientas más ruidosas (Taladros, martillos demoledores, sierra, vibradores, etc.) se deberá implementar pantallas móviles fabricadas en panel de madera tipo OSB de un espesor de al menos 15 mm y revestirla en su cara interior con lana de vidrio o mineral y asegurar ese material con una malla metálica. La altura mínima de estas pantallas corresponderá a 2.4 m. Las pantallas deberán ser totalmente herméticas. Estas pantallas se deberán ubicar entre la fuente de ruido y los receptores, a una distancia más cercana a la fuente de ruido.
e Se deberá implementar un cierre tipo túnel acústico para el camión mixer y la bomba de hormigón, construido de la misma materialidad que las barreras acústicas especificadas, las dimensiones de este túnel serán las que permitan el correcto funcionamiento de las faenas. Las aberturas del túnel no deberán estar direccionadas a los receptores.
e Se deberá construir una barrera acústica perimetral en la losa de avance de la Torre B en la fase N%8 de construcción, dada la cercanía de esta faena a la torre A, que ya se encontrará habitada. La altura de esta barrera deberá ser de 2.4 m y la materialidad deberá ser la misma que las especificadas para las demás barreras.
o Se deberá implementar el cierre de los vanos con paneles en los pisos que ya se encuentren construidos para la etapa de terminaciones. La materialidad de los paneles será de paneles de OSB de al menos 10 mm de espesor.
e En términos de vibración, no deberá ser utilizado simultáneamente el rodillo compactador con la retroexcavadora o el camión tolva.
o Se deberá implementar las medidas de gestión indicadas en el punto MC6 del apartado 3.3.2.9 “Medidas de Control” del Anexo N%4 de la DIA”.
“TODAS LAS ETAPAS e Se deberán cumplir en todo momento los límites máximos permitidos por el D.S. N?
38/2011 del MMA, que establece “Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica” o el que lo reemplace. ”
4.3.5 RESIDUOS
4.3.5.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS
Nombre Descripción
Residuos Corresponden a residuos tales como papeles, restos de comida, cartón, textiles, eto. La sólidos cantidad generada será de 250 kilos/día, se almacenarán en contenedores con tapa hermética y domiciliario serán retirados por camión recolector municipal, el cual destinará a un lugar autorizado por la s SEREMI de Salud RM.
asimilables
Mayor detalle tabla 19 de la DIA.
Residuos inertes de la construcción
Corresponden a tierra (excavación y escarpe, año 1) con un total de 18.374 m'/año; escombros de demolición (año 1) con un total de 309 m'/año y escombros construcción (incluido material de descarte) con un total de 609 m*/año.
Las formas de acopio y forma de disposición final ver en tabla 19 de la DIA.
4.3.5.2 RESIDUOS PELIGROSOS
Nombre Descripción Residuos Corresponden a residuos peligrosos tales como: Tubos fluorescentes descompuestos, envases peligrosos de impermeabilizante, envases de puente adherente, envases de adhesivos vario, envases de
Pintura, envases de diluyente, envases de ácido muriático, trapos y huaipes contaminados y tierra contaminada.
Las cantidades, forma de manejo y disposición final se encuentran detalladas en la tabla 19 de la DIA.
4.3.5,3 SUSTANCIAS PELIGROSAS
Nombre
Descripción
Sustancias Peligrosas
Dentro de los insumos requeridos, se encuentran algunas sustancias que clasifican cómo peligrosas, las que se ocuparán en pequeñas cantidades y que en general corresponden a los aditivos de la construcción, pinturas y combustibles (En la tabla las Tablas 9 y 10 de la DIA). Bodega de materiales: En esta bodega se almacenarán los adhesivos, pinturas, diluyentes y ácido muriático, junto a los insumos no peligrosos de la obra (clavos, cemento, etc.). Las sustancias peligrosas estarán ubicadas en una estantería de material liso, no absorbente y lavable, cerradas con barras antivuelco y contará con un sistema de control de derrames.
Patio insumos: En este sector se almacenará los impermeabilizantes, puente adherente y combustibles líquidos, junto al desmoldante (producto no peligroso). Este sitio contará con techo, cierre perimetral, piso sólido, liso e impermeable y con un pretil para la contención de eventuales derrames.
Ambos sitios tendrán acceso controlado y contarán con la señalización que indique el tipo de sustancias peligrosas que se almacena, mantendrán a la vista sus respectivas HDS y estarán provistos con extintores compatibles con los productos almacenados, en cantidad y distribución acorde a lo establecido en el Decreto Supremo N? 594 de 1999 del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
4.4. FASE DE OPERACIÓN.
4.4.1 PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO.
4.4.1.1 PARTES Y OBRAS.
Edificios, Torre A y Torre B
Los (2) edificios, Torre y Torre B, tendrán las siguientes características:
Tabla 5: características edificios
Elementos del proyecto Torre A | Elementos del proyecto Torre B Subterráneo 2 (común para ambas torres)
-
Bodegas
-
Estacionamientos
-
Dos (2) estanques de agua y una sala de bombas Subterráneo 1 (común para ambas torres)
-
Bodegas
-
Estacionamientos
-
Dos (2) salas de basura para cada torre, 4 en total.
- Una (1) sala eléctrica y grupo electrógeno
Piso 1 Piso 1
-Hall de acceso -Hall de acceso
-Área de pre-carguío basura -Salas de uso comunitario -Gimnasio -Sala de primeros auxilios -Lavandería -Baños
-Jardín Techado -Estacionamientos -Oficina administración -Bicicleteros
-Bodega conserjería
-Conserjería
-Estacionamientos
-Bicicleteros
-Baños
Piso 2 al 16 Piso 2 al 17 Departamentos habitacionales Departamentos habitacionales
Cubierta Cubierta - Caja de ascensores - Caja de ascensores Fuente: Tabla 2 de la DIA.
Salas de basura
El proyecto contará con 4 salas de basura y 6 ductos de basura en total.
Las salas de basura se encuentran descritas en el anexo 5 de la DIA.
Vialidad interior y Estacionami entos
El Proyecto contempla la pavimentación de las vías de circulación interna, las cuales se encontrarán demarcadas y señalizadas.
Se proyecta con un total de 242 estacionamientos para vehículos livianos, los que se distribuirán entre los 2 niveles subterráneos y en el primer piso de cada torre, a la vez contará con espacios para estacionar 262 bicicletas, dando cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 2.4.1 y 2.4.1 bis de la OGUC.
Sistema control de incendios
En cada piso de cada torre se dispondrá de una llave de agua contra incendios y una manguera de emergencia, según lo estipula el artículo 4.3.7 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción (O.G.U.C.).
Adicionalmente, se contempla una red inerte en base a un sistema de red eléctrica sin tensión, para uso exclusivo de Bomberos, con alimentación del sistema eléctrico, ubicada en el primer piso de cada torre. Las canalizaciones irán embutidas en los muros de hormigón armado, garantizando una resistencia al fuego F-120 y habrá a lo menos una salida de energía en cada piso, de acuerdo a lo indicado en el artículo 4.3.11 de la O.G.U.C.
Los elementos que conformarán el sistema de control de incendios serán los siguientes: Red seca y red húmeda: Se habilitará sistema de red seca y red húmeda en gabinete de incendio, según norma vigente. El agua a emplear en estas redes es extraída desde la red de
Aguas Andinas.
Detectores de humo: El Proyecto contempla un sistema de detección de humo en áreas de circulación común.
Sistema de ventilación
El Proyecto considera dos (2) niveles subterráneos, los cuales contarán con sistema de extracción y renovación natural de aire y gases de combustión mediante troneras, y rampa vehicular que facilitará la ventilación y desplazamiento de aire entre los niveles subterráneos y el exterior.
4.4.1.2 ACCIONES.
Nombre
Descripción
Recepción de obras
El proyecto contempla contar con 2 actas de recepción de obras por parte de la Ilustre Municipalidad de La Cisterna. El término de cada etapa constructiva (1 y 2) concluye con dicha acta, las cuales están programadas para el 15/03/2019 y 15/08/2020, respectivamente. Luego de la recepción de obras se contempla la operación del proyecto.
Mantención
Para la adecuada operación del Proyecto, los Administradores de los edificios, deberán externalizar a terceros competentes y autorizados, la mantención de ascensores y grupo electrógeno.
El proyecto de solución de aguas lluvia considerará un programa de mantenimiento permanente, acorde a la vida útil del proyecto, el que será implementado durante la operación del Proyecto.
En el Anexo N* 5 de la Adenda se adjunta el programa de mantención sistema de aguas lluvias considerado para el proyecto.
Conexiones a servicios
El Proyecto contempla conectarse a la red pública de alcantarillado y agua potable, cuya factibilidad de abastecimiento otorgada por Aguas Andinas, se presenta en Anexo 1 de la Adenda. El abastecimiento de electricidad y gas, será por empresas que prestan dichos servicios en el sector en que se emplaza.
El Proyecto no contempla la instalación de Calderas y los departamentos contarán con suministro de gas independiente.
4.4.2 SUMINISTROS BASICOS
Nombre Descripción La propiedad contará con suministro de energía eléctrica, abastecida por la empresa eléctrica Abastecimie del sector. La red eléctrica estará desarrollada de acuerdo a las normas vigentes, de la
nto eléctrico
Superintendencia de Electricidad y Combustibles, SEC.
En caso de corte de electricidad, el edificio contará con un grupo electrógeno de emergencia
10
de 160 kVA, el cual operará con combustible diésel y se ubicará en la planta subterráneo 1. No se contempla almacenamiento de combustible, adicional al estanque del equipo.
La localización de los grupos electrógenos, se encuentran en el Anexo N* 2 de la DIA y anexo 2 de la Adenda.
o En el sector de emplazamiento del Proyecto, existe red de alcantarillado y agua potable, por lo potable. y que el Titular convendrá con la empresa Aguas Andinas la dotación de sus servicios (ver alcantarillad 5 o Anexo N* 1 de la Adenda). El abastecimiento de gas natural será provisto por la empresa Metrogas, quienes extenderán las instalaciones desde su matriz más cercana hasta la propiedad. Las instalaciones interiores E de gas se materializarán en cañería de cobre tipo L, hasta empalmar con las centrales de agua Suministro : Ms caliente sanitaria de cada torre. de gas El Proyecto considera suministro de gas independiente para los departamentos, para abastecer cocinas y calefones, por lo que el Proyecto, no contempla salas de calderas. El Proyecto que se evalúa requiere de los siguientes equipos, para su correcto funcionamiento: + Un (1) grupo electrógeno de emergencia que se ubicarán en la sala eléctrica del nivel Equipos de subterráneo 1, tendrán una potencia de 160 kVA, y funcionará con petróleo diésel. soporte Operacional e Dos (2) estanques de agua potable, ubicados en el subterráneo 2.
e Una (1) sala de bomba para agua potable, que se ubicarán entre los estanques de agua potable.
4.4.3 PRODUCTOS GENERADOS
El proyecto no contempla la generación de productos.
4.4.4 RECURSOS NATURALES RENOVABLES
El proyecto no contempla en su fase de operación, la extracción ni explotación de recursos renovables.
4.4.5 EMISIONES Y EFLUENTES
4.4.5.1 EMISIONES ATMOSFÉRICAS
Emisiones (ton/año)
Emisiones Atmosféricas: Durante la fase de operación del proyecto las emisiones atmosféricas corresponden a la Operación Torre 1 (año 2) por la utilización Grupo electrógeno de emergencia, Operación Torre 2 (año 3), por la utilización Grupo electrógeno de emergencia y la operación de las torres 1 y 2 (año 4), por los grupos electrógenos de emergencia.
Las emisiones para la fase de operación serán las siguientes:
Tabla 6. Emisiones atmosférica fase de operación.
Año SO, NOx co MP». ]mMP» |cov 2 0j00320 — [oossiz [ojoros9 [900% il ÓN 3 oo1600 |ojz2406% [005197 de o pe 4en adelante [oj00960 — [ojtas8 [ojo31g [90102 2 oa
Fuente: Tabla 4.5.4.1.1 del ICE.
Cabe señalar que en los años 2 y 3 existirá traslape de la fase de construcción y operación por lo que las emisiones totales por año serán:
Tabla 7. Resumen de emisiones a la atmósfera del proyecto.
Cumple Año SO, NOx Co MP»; MP Ccov normati va 1 0,01693 | 5,02403 | 1,18574 | 0,77738 |2,02310 |25,99158 | SI 2 0,01641 |2,81289 | 0,72261 | 0,33699 | 1,21318 | 154672 | SI 3 0,01623 | 0,44047 | 0,12079 | 0,03809 | 0,03997 | 0,17264 | sI 4 en adelante 0,00960 | 0,14438 | 0,03118 | 0,01029 | 0,01029 | 0,00000 | sI Emisión máxima permitid 20 5 z Á 2,5 7 7 a
11
Fuente: Tabla4.5.4.1.2 del ICE.
De acuerdo a lo anterior, el proyecto no debe compensar emisiones para la fase de operación. Al respecto, la SEREMI de Medio Ambiente mediante Oficio Ord. N” 112 de fecha 31/01/2018 se pronuncia conforme al Proyecto.
4.4.5.2 EMISIONES LÍQUIDAS O EFLUENTES
Nombre
Descripción
Residuos líquidos domésticos (Aguas servidas)
Las aguas servidas provenientes de los servicios sanitarios del edificio serán conducidas hacia la red pública de alcantarillado existente de Aguas Andinas S.A., cuya factibilidad se adjunta en anexo 1 de la Adenda.
La cantidad total de aguas servidas corresponden a 302,6 m'/día, de acuerdo a lo señalado en tabla 27 de la DIA.
4.4.5.3 EMISIONES DE RUIDO
Nombre
Descripción
Ruido
En el anexo 4 de la DIA, el titular presenta el estudio acústico y de vibraciones. Para la fase de operación solo se considerarán emisiones de ruido del generador debido a que posee una salida de escape a los 4 vientos y los motores de los elevadores, ambos ubicados en la cubierta de ambas torres.
El resto de las fuentes de ruido (salas de bombas, salas de basura) se encuentran confinadas en salas de hormigón armado, considerándose despreciables sus niveles de ruido en los receptores.
La verificación del cumplimiento del nivel de ruido proyectado para la fase de operación del proyecto con la norma vigente en horario diurno y nocturno se presenta en las tablas 40 y 41 del citado anexo, por lo que, de acuerdo a los resultados de dichas tablas el proyecto cumple con los límites establecidos en el D.S. N* 38/11 del MMA para la fase de operación.
El titular implementará las siguientes medidas de control de ruido para la fase de operación: La envolvente del cubículo de los motores de elevadores deberá tener una aislación mínima de Rw 39 o superior, de manera de controlar las emisiones de ruido provenientes de esta fuente. Instalación de un silenciador de escape en la descarga de gases del grupo electrógeno, de manera de asegurar una Pérdida por Inserción mínima de 35 dB(A) y que deberá tener las características detalladas en el Anexo N* 4. Estudio Acústico y de Vibraciones.
La Secretaría Regional Ministerial de Salud RM, a través de su Oficio N” 6738 de fecha 05/12/2017, señala:
“ETAPA DE OPERACIÓN
e La envolvente de la sala de motores de los elevadores deberá tener un aislamiento mínimo de 39 dB, esto deberá ser respaldado con un informe técnico de ensayo de aislamiento acústico, se recomienda utilizar en la construcción el paramento indicado en la figura 40 del Anexo N4 de la DIA.
e La salida de escape de gases del grupo electrógeno, deberá contar con un silenciador que asegure una Pérdida por Inserción Mínima de 35 dB(A), esto deberá ser respaldado con un informe técnico del proveedor.
TODAS LAS ETAPAS
e Se deberán cumplir en todo momento los límites máximos permitidos por el D.S. N* 38/2011 del MMA, que establece “Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica” o el que lo reemplace”.
4.4.6 RESIDUOS
4.4.6.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS
Nombre
Descripción
Residuos Sólidos Domiciliario Ss
Los residuos sólidos domiciliarios (RSD), corresponderán a los generados por los habitantes de los departamentos del Proyecto.
En el cálculo del volumen de residuos generados en el sistema, se ha considerado el número total de habitantes que corresponde a 1.261 habitantes, por lo tanto, se ha aplicado un factor de generación de 4 litros de basura por cada habitante, por día (4 L/[hab.x día]). Se ha considerado una frecuencia de retiro de 1 vez cada 3 días. En consecuencia, el sistema deberá tener capacidad suficiente para retener los residuos generados durante 3 días de operación, en las salas de basura 1 y 2, asociadas a cada torre.
La cantidad total de residuos generados en la fase de operación será de 2.768 litros/día para la torre A (sala 1 y 2) y 2.276 litros/día para la torre B (salas 1 y 2), tal como se señala en la
12
tabla 28 de la DIA.
Referencia al ICE para mayores detalles
sobre esta fase.
Capítulo IV del ICE.
4.5. FASE DE CIERRE.
El proyecto no contempla fase de cierre debido a las características del mismo, el cual tiene considerada una vida útil de carácter indefinido.
4.6. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO O ACTIVIDAD.
4.6.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN.
Fecha estimada de inicio Se inicia el Proyecto el 15 de mayo de 2018
Parte, obra o acción que establece el | El hito que da inicio Desmantelamiento y demolición. inicio.
Fecha estimada de término. Finaliza el 15 de julio de 2020.
Parte, obra o acción que establece el | Acta de recepción de las obras por parte de la Ilustre término. Municipalidad de La Cisterna.
4.6.2. FASE DE OPERACIÓN.
Fecha estimada de inicio. 15 de marzo de 2019.
Parte, obra o acción que establece el | Recepción de obras otorgada por la Ilustre Municipalidad de La inicio. Cisterna.
Fecha estimada de término. Indefinida.
4.6.3. FASE DE CIERRE
No contempla
4.7 MANO DE OBRA
Fases Número máximo de personas Número promedio de personas Construcción 250 150
Operación 13
Cierre No contempla
5”. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300:
Tabla 5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS.
Emisiones atmosféricas:
Durante las fases de construcción y operación, el Proyecto generará emisiones puntuales y temporales a la atmósfera, las que de acuerdo a la estimación de emisiones atmosféricas que se adjunta en el Anexo N” 4 de la Adenda, se encuentran dentro del límite permitido por la normativa vigente. Durante la fase de operación la única fuente susceptible de generar emisiones es el uso de un grupo electrógeno en el caso de emergencias, el que se iniciará a partir del 2 año de la fase constructiva del Proyecto, del año 4 en adelante, el Proyecto se encontrará en plena fase operativa.
La estimación de la distribución de las emisiones durante ambas fases del Proyecto arrojó que la mayor concentración de emisiones será para material particulado, y se dará durante el primer año, la cual estará vinculada principalmente a actividad de tránsito por camino no pavimentado seguida de la actividad de excavación.
Impacto ambiental no significativo.
Se comparan las emisiones del Proyecto, con los límites de emisión permitidos para el proyecto, según se establece en el PPDA de la RM y señaladas en las tablas 4.4.4.1 y 4.5.4 del ICE de las emisiones atmosféricas para la fase de construcción y operación, respectivamente
Respecto a la emisión de ruido
De los antecedentes obtenidos de la modelación de impacto acústico para las fases de construcción y operación del Proyecto, presentada en el Estudio Acústico y de
13
Vibraciones que se adjunta en el Anexo N? 4 de la DIA, se puede concluir que el Proyecto generará emisiones de ruido, las que serán mayormente percibidas durante los meses 3 y 17 de la fase de construcción (ver cronograma de la Tabla 6 de la DIA), las que serán controladas en base a las medidas presentadas en dicho estudio, de modo de cumplir con los límites permitidos por el D.S N* 38/11 del Ministerio del Medio Ambiente.
Generación de residuos.
Durante la fase de construcción se generarán residuos sólidos asimilables a domiciliarios (RSAD), residuos inertes y residuos peligrosos (RESPEL). Para asegurar un adecuado manejo, transporte y disposición, el Titular dará cumplimiento a los cuerpos normativos aplicables: D.S. N 148/03 y D.S. N 594/99 ambos del Ministerio de Salud, en cuanto a su manejo, almacenaje, transporte y disposición final. Para mayor detalle ver Anexo N” 8 de la DIA, Permisos Ambientales Sectoriales.
Durante la fase de operación se generarán sólo residuos domiciliarios (RSD). Para asegurar un adecuado manejo, transporte y disposición, el Titular dará cumplimiento a los cuerpos normativos aplicables: Resolución N* 7.328 /1976, del Ministerio de Salud.
Para mayor detalle ver Anexo N? 5. Proyecto de extracción de basura y Anexo N? 8. Permisos Ambientales Sectoriales.
En conclusión, para ninguna de las fases del proyecto, existirá un riesgo para la salud de la población debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.
Las aguas servidas, únicos efluentes del Proyecto, durante la fase de operación serán dispuestas en la red de alcantarillado que cuenta con disponibilidad para ello. Las aguas servidas de baños químicos, utilizados en la fase constructiva, serán retiradas posteriormente por una empresa autorizada por la autoridad sanitaria y dispuesta en un sitio de disposición final autorizado. De esta forma, se descarta la posibilidad de riesgo hacia la salud de la población por un mal manejo y disposición de efluentes.
Fase de construcción: Instalación de faenas, desmantelamiento y demolición, movimientos de tierra y socalzado, obra gruesa, terminaciones, vialidad interior y Parte, obra o acción | estacionamientos.
que lo genera. Fase de operación: Operación de grupo electrógeno de emergencia y entrada en operación de torres.
Fase en que se | Construcción y Operación. presenta.
Referencia al ICE para | Puntos 5.1 y 6.1 del ICE. mayores detalles sobre este impacto específico.
El proyecto no genera ni presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que este genera o produce.
Tabla 5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE.
En la zona de emplazamiento del Proyecto no se identifica de forma previa (condición de línea de base) pérdida de suelo, producto de la inexistencia de condiciones o propiedades que otorgan al suelo la facultad de producir y arraigar especies vegetales y sustentar vida, esto debido al uso urbano que durante décadas se le ha dado al terreno.
En relación a pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes. Las partes, obras o acciones asociadas a todas las fases del Proyecto no son susceptibles de generar pérdida del suelo del área de influencia o afectar su capacidad para sustentar biodiversidad, dado que el Proyecto se emplazará en un área urbana, dentro de un recinto que se encuentra previamente intervenida y que actualmente se encuentra albergando otras construcciones, sin capacidad actual para sustentar biodiversidad (ver Anexo N* 7 de la DIA, Mecánica de suelos, Anexo N11 de la DIA, Set Fotográfico y Anexo N? 12 de la DIA, Área de influencia).
Por otra parte, considerando que el “uso de suelo” del emplazamiento del Proyecto, correspondiente a la zona ZU-2 (Preferentemente comercial) del PRC vigente de la comuna de La Cisterna, que permite la construcción de viviendas en altura. Ver Certificado de Informaciones Previas en Anexo N” 1 de la DIA, Antecedentes, el
14
Proyecto tiene adecuadamente resuelta la disposición de los residuos y efluentes asociados a su actividad, de modo de no afectar el recurso suelo:
Durante las fases de construcción y operación se generarán residuos sólidos, los cuales serán manejados, transportados y dispuestos, por el Titular acorde a los cuerpos normativos aplicables. Para mayor detalle ver Anexo N? 5 de la DIA, Proyecto de extracción de basura y Anexo N* 8 de la DIA, Permisos Ambientales Sectoriales.
Adicionalmente, ante una posible ocurrencia de derrame de sustancias peligrosas durante la fase de construcción se procederá según se señala en el Anexo N* 3 de la Adenda, Plan de prevención de riesgos y emergencias.
Las aguas servidas, únicos efluentes del Proyecto, generadas en ambas fases, serán dispuestas en la red de alcantarillado que cuenta con disponibilidad para ello. Las aguas servidas de baños químicos, generadas sólo en la fase de construcción, serán retiradas posteriormente por una empresa autorizada por la autoridad sanitaria, y dispuestos en un sitio de disposición final autorizado.
En lo referido diversidad biológica, cabe indicar que el Proyecto se emplaza en un sector en el que no se observa diversidad biológica, ni presencia de especies silvestres en estado de conservación, ni la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies.
El Proyecto en evaluación no es susceptible de causar este tipo de impactos, dado a que el terreno en que se emplaza ya se encuentra intervenido y ocupado por otras construcciones, y se evidenció que toda la flora existente corresponde a especies ornamentales introducidas por los actuales propietarios, de igual forma la fauna que se observa corresponde a animales domésticos, no existiendo flora ni fauna silvestre ni en estado de conservación, ver Anexo N' 11 de la DIA, Set fotográfico y Anexo N* 12 de la DIA, Área de influencia.
Respecto a la magnitud y duración del impacto del Proyecto con relación a la caracterización base de los componentes suelo, agua y aire, presentados en el área de influencia (ver Anexo N* 11 de la DIA, Set fotográfico y Anexo N? 12 de la DIA, Área de influencia), se tiene que:
Componente suelo: A causa del Proyecto no se perderá ni degradará ninguna superficie de suelo por efecto de erosión, compactación o contaminación, ya que no se alterará la condición base del área de emplazamiento. El Proyecto se emplazará en un terreno intervenido, en un área urbana de la comuna de La Cisterna. Adicionalmente el Proyecto proporcionará un adecuado manejo, transporte y disposición, de los residuos sólidos, líquidos y contaminantes atmosféricos que genere, acorde a la normativa vigente, por lo que no impactará este componente.
De acuerdo con lo expresado anteriormente, es posible indicar que el Proyecto no generará impactos en el componente suelo, adicionales a los ya ocasionados por las actividades actuales, no modificando la condición basal.
Componente agua: Durante la fase de construcción, se consideran baños y duchas para los trabajadores, los cuales estarán conectados a medidores de agua y descargas a unión domiciliaria, en red existente. Se utilizarán baños químicos como medida de apoyo, para dar cumplimiento al D.S. N* 594/99 del Ministerio de Salud, los que no generarán efluentes líquidos, ya que sus residuos serán manejados por la misma empresa proveedora de éstos, la que se encontrará debidamente autorizada para el manejo y disposición final de este tipo de residuos.
Durante la operación las aguas servidas serán conducidas hacia el colector sanitario del sector, el cual cuenta con la capacidad requerida para la correcta evacuación de éstas, ver Anexo N* 1 de la DIA, Antecedentes, de la misma forma que ocurre en la condición basal o situación sin Proyecto.
De acuerdo a lo expresado anteriormente, es posible indicar que el Proyecto no generará impactos al componente agua, de los ya ocasionados por las actividades actuales, modificando la condición basal en términos de magnitud, lo cual no generará impactos mayores ya que la sanitaria cuenta con la capacidad para recepcionar dichos efluentes.
Componente aire: Las emisiones a la atmósfera no superarán los límites de emisión permitidos, aún sin medidas de control. De esta manera, se tiene que tanto para la fase de construcción cómo de operación, se cumplirá con los límites de emisión del D.S. N* 66/09 del Minsegpres para material particulado y gases, no requiriendo compensar.
Con el D.S. N 38/11 del Ministerio del Medio Ambiente para ruidos, considerando medidas de control. Sumado a lo anterior, se cumplirá con los límites de referencia de la norma técnica "Transit Noise and Vibration Impact Assessment" de Estados Unidos de América para vibraciones, considerando medidas de control. Para mayor detalle ver Anexo N 4 de la Adenda, Estimación de emisiones atmosféricas y Anexo N* 4 de la DIA, Estimación acústica y de vibraciones.
En el área de influencia del Proyecto, no existe biota susceptible de ser afectada, por lo que no existen normas secundarias de calidad ambiental vigentes para el caso en análisis, no siendo aplicable este criterio al
15
presente Proyecto. Independiente, de lo anterior, para ambas fases del Proyecto las emisiones de ruido, vibraciones, material particulado, gases, efluentes y residuos sólidos cumplirán con los límites establecidos por la normativa primaria vigente, sectoriales y de referencia, según corresponda.
Así como, tampoco generará sustancias, elementos, energía o combinación de ellos, cuya presencia o carencia en el ambiente pueda constituir un riesgo para la protección o la conservación del medio ambiente, o la preservación de la naturaleza.
En el sector dónde se emplazará el Proyecto no se concentra fauna nativa asociada a hábitat de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación. El Proyecto se emplazará en un sector urbano de la comuna de La Cisterna, altamente antropizado.
En el sector dónde se emplazará el Proyecto no existen recursos naturales renovables que pudieran verse afectados. A pesar de lo anterior, respecto eventual impacto al medio ambiente generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, así como cualesquiera otras sustancias, es importante señalar lo siguiente:
Para residuos sólidos y efluentes: Los residuos sólidos y aguas servidas domésticas, que se genere durante todas las fases, serán debidamente manejados, transportados y dispuestos en lugares autorizados. Para mayor detalle ver numerales 1.5.8.1 y 1.5.8.2 de la DIA, Anexo N? 5 de la DIA, Proyecto de extracción de basura y Anexo N? 8 de la DIA, Permisos Ambientales Sectoriales.
Para sustancias químicas: El Titular no empleará sustancias peligrosas en magnitudes industriales (< 600 L o kg según artículo 14 del D.S. 43/15 del Minsal), a pesar de lo anterior, ha establecido un adecuado manejo a modo de evitar generar impactos por el mal uso de éstas, ver numeral 1.5.1.2 de la DIA. Adicionalmente, el Titular ha establecido, durante la fase de construcción, un procedimiento para evitar la potencial afectación de los recursos agua y suelo, durante la fase de construcción, debido al mal manejo in situ de cualquier sustancia o residuo, ver numeral 1.5.6 de la DIA y Anexo N* 3 de la Adenda, Plan de prevención de riesgos y emergencias actualizado.
Durante todas las fases del Proyecto no se requiere explotar recursos hídricos de ningún tipo (ver numeral 1.5.6 de la DIA). No se intervendrá cursos de agua subterráneos, dado que para las actividades asociadas a la fase de construcción no se requiere alumbrar aguas subterráneas, sólo se requiere excavar el terreno para ejecutar las obras civiles del Proyecto, las que alcanzarán una profundidad máxima de -7,81 metros, sin alcanzar el nivel freático (al menos hasta los 30 metros) y estando separada de éste, ver numeral 3.1 del Anexo N? 7 de la DIA, Mecánica de suelos y Anexo N? 2 de la DIA y de la Adenda, Planos.
Durante ambas fases del proyecto se utilizará agua potable, la que será abastecida por Aguas Andinas. Ver numeral 1.5.5 de la DIA y Anexo N*1 de la DIA, Antecedentes.
Por otra parte, en el área de influencia del Proyecto no existen aguas superficiales, vegas, bofedales, humedales, estuarios, turberas ni glaciares. El escurrimiento de agua superficial natural más cercano corresponde al Zanjón de la Aguada, ubicado a aproximadamente 4,7 km, ver Anexo N? 12 de la DIA, Área de influencia.
De igual forma, en Anexo N” 3 de la Adenda, Plan de prevención de riesgos y emergencias actualizado, se describe el procedimiento ante el riesgo de un eventual alumbramiento de aguas, a causa de la existencia de eventuales “napas colgadas” durante la construcción de las obras, lo que resulta poco probable dadas las características geológicas del sector. Ver numeral 1.5.6 de la DIA.
De acuerdo a lo expresado, es posible indicar que, en ninguna de sus fases, el Proyecto contempla intervenir o explotar recursos hídricos, ni tampoco el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra, incluyendo el generado por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales.
Debido a la tipología del Proyecto, no se considera la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados.
De acuerdo a lo anterior, no se evidencia que el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, de acuerdo al artículo 6” del D.S. 40/2012 del MMA.
Parte, obra o acción
quelo genera Actividades constructivas, despeje del terreno y excavaciones
Referencia al ICE para mayores detalles sobre | Puntos 6.2 del ICE este impacto específico.
El proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.
Tabla 5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS, O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA
16
DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS.
Impacto ambiental no significativo.
Es posible indicar que el Proyecto, en todas sus fases, no es susceptible de generar reasentamiento de comunidades humanas, dado que, no requiere intervenir, utilizar o restringir el acceso a ningún recurso natural que esté siendo o pueda ser utilizado como sustento económico o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural de algún grupo humano.
En cuanto a la “Obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento”, Las Rutas, flujos y horarios de tránsito de camiones operativos en la fase de construcción del Proyecto, se señalan en la tabla 6 de la Adenda, la cual señala que en total circularán 84 vehículos por día.
Respecto a la alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. La materialización del Proyecto utilizará la infraestructura y equipamiento básico del sector sin menoscabo de los actuales usuarios y no se prevé que los futuros residentes compitan por cupos en servicios educacionales o de salud existentes. (Ver Anexo N%7. Complemento Al Medio Humano de la Adenda).
De acuerdo con la información levantada por el titular en terreno con fechas 14 y 22 de septiembre del 2017, en el lado oeste del proyecto, por el eje “Gran Avenida”, se encuentran servicios como la Prefectura sur de Carabineros, y comercio pequeño, como un negocio de cristales, liquidadora de zapatillas, un centro de venta de productos naturistas, una vivienda y un local de comida rápida “Pizza Hut”.
Se estima un efecto positivo del proyecto sobre el comercio nombrado, ya que los habitantes del proyecto pueden ser potenciales clientes. Con respecto a los sectores más alejados del eje principal, en los alrededores del Proyecto, se ubican servicios como el “Liceo Industrial de electrónica Ramón Barros Arana” en calle General Freire y la sala cuna y jardín infantil “Cuncuna Amarilla” ubicado por calle Santa Clara, en donde ambos son caracterizados en el citado anexo N* 7 de la Adenda.
Por último, en cuanto a “la dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo”. Se adjunta cartografía con la localización y extensión, de la Feria “Lo Ovalle”, de la cual se hace referencia en el Anexo N* 12 de la DIA “Edificio General Freire”. Tal como se menciona en dicho Anexo, esta se ubica por la calle Fuenzalida Urrejola, entre las calles Angamos e Iquique.
Tanto la construcción, como la operación del Proyecto, no contempla su localización en la misma calle en donde se instala y desarrolla la Feria libre “Lo Ovalle”, ya que el proyecto se ubicará en las calles General Freire y Santa Clara, mientras que la feria se ubica en la calle Fuenzalida Urrejola; al menos 3 calles hacia el nororiente del proyecto.
Dicho esto, en cuanto a la fase de construcción del Proyecto, se contempla que:
D la mayoría de los trabajadores utilizarán como medio de transporte bicicleta o metro, por lo que las rutas de estos medios de transporte, a la llegada hacia el proyecto (tanto ciclovía, como la estación de metro) no coinciden con las
calles en las que se ubica la Feria;
ID), además de lo anteriormente mencionado, durante la fase de construcción no se considera el tránsito de camiones hacia el sector nororiente del Proyecto, ver Figura 4 del Anexo N” 4 de la Adenda, Estimación de emisiones Actualizado;
TIT) finalmente, la fase de construcción del proyecto no contempla el cierre de las calles en donde se ubicará el Proyecto, ni en las calles colindantes.
De acuerdo a lo anterior, no se evidencia que el Proyecto genere efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, de acuerdo al artículo 7% del D.S. N* 40/2012.
17
Parte, obra o acción | Vialidad interior y estacionamientos, vialidad y accesos, nuevos habitantes Edificios que lo genera. Torre A y Torre B.
Fase en que se| Construcción y operación. presenta
Referencia al ICE para mayores detalles sobre | Puntos 6.3 del ICE este impacto específico.
El proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
Tabla 5.4. LOCALIZACIÓN EN O PROXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y AREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR.
Tal como se mencionó en el numeral 2.1.7 de la DIA, dentro del área de influencia del Proyecto, no se encuentran recursos ni áreas protegidas, así como tampoco existen dentro del área de influencia sitios prioritarios para la conservación, el Sitio Prioritario para la Conservación de la Biodiversidad más cercano al Proyecto corresponde al sitio prioritario “El Morado” el cual se encuentra ubicado a aproximadamente 18 km, ver numeral 3.1.5 del Anexo N* 12 de la DIA, Área de Influencia, lo anterior, dado que:
e No existe algún recurso protegido, dispuesto bajo protección oficial mediante un acto administrativo de autoridad competente, con la finalidad de asegurar la diversidad biológica, tutelar la preservación de la naturaleza o conservar el patrimonio ambiental.
e No existen porciones de territorio, delimitadas geográficamente y establecidas mediante un acto administrativo de autoridad competente, dispuestas bajo protección oficial con la finalidad de asegurar la diversidad biológica, tutelar la preservación de la naturaleza o conservar el patrimonio ambiental.
e No existen (humedales) ecosistemas acuáticos incluidos en la lista a que se refiere la Convención Relativa a las Zonas Húmedas de Importancia Internacional Especialmente como Hábitat de las Aves Acuáticas, promulgada mediante Decreto Supremo N* 771, de 1981, del Ministerio de Relaciones Exteriores.
e El territorio no cuenta con valor ambiental, por corresponder a un territorio con alta intervención antrópica y no proveer de servicios ecosistémicos locales relevantes para la población, o cuyos ecosistemas oO formaciones naturales presenten características de unicidad, escasez O representatividad.
e Además, en la zona de emplazamiento del Proyecto, no existen humedales protegidos ni glaciares, el escurrimiento de aguas superficial natural más cercanos corresponden al Zanjón de la Aguada, ubicado a 4,7 kilómetros aproximadamente, ver numeral 3.1.4 del Anexo N* 12 de la DIA, Área de Influencia y no cuenta con valor ambiental.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre | Punto 6.4 del ICE. este impacto específico.
El proyecto no afectará poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares; tampoco afectará el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.
Tabla 5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TERMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA
18
El Proyecto se localiza en un recinto urbano previamente intervenido de la comuna de La Cisterna, en el que se observan diferentes tipos de construcciones tales como viviendas, infraestructura comercial entre otros, que no posee valor paisajístico y se inserta en una zona preferentemente comercial (Zona ZU-2) la cual permite viviendas solo en pisos superiores, por lo que el Proyecto pasará a ser parte del paisaje urbano. Dicho recinto no tiene valor paisajístico, no es perceptible visualmente, ni posee atributos naturales que le otorgan una calidad que la haga única y representativa y su área de influencia tampoco posee atributos que le otorguen una calidad que la hagan única y representativa. Además, el Proyecto no se localiza en ninguna de las zonas de valor natural, de acuerdo a lo señalado en el artículo 8.3.1 del Plan Regulador Metropolitano de Santiago. La zona de interés turístico natural más cercana es San José de Maipo que se encuentra aproximadamente a 17 Km del lugar de emplazamiento del Proyecto. Para mayores antecedentes, ver numeral 2.1.7 de la DIA, numerales 3.1.5 y 3.4.1 del Anexo N 12 de la DIA, Área de Influencia, Anexo N 11 de la DIA, Set fotográfico y Anexo N* 13 de la DIA, KMZ.
Dado que no existe valor paisajístico, las actividades a desarrollar durante ambas fases del Proyecto, no obstruirán la visibilidad a ninguna zona con dicho valor, por lo que no aplica este numeral.
La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor turístico. Dado que no existe valor turístico, las actividades a desarrollar durante ambas fases del Proyecto, no alterarán los atributos de ninguna zona con dicho valor, por lo que no aplica este numeral.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre | Punto 6.5 del ICE. este impacto específico.
Tabla 5.6. ALTERACIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL
Respecto a “la magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N17.288”. Las partes, obras o acciones del Proyecto no contemplan remover, destruir excavar, trasladar, deteriorar, intervenir ni modificar ningún Monumento Nacional definido por la Ley N 17.288, dado que no existe ningún elemento de esta categoría al interior del área de influencia del Proyecto, por lo que no aplica este numeral.
En cuanto a “la magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares 0 sitios que por sus características constructivas, por su antigúedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena”. Dado que, en el área de emplazamiento del Proyecto, no existen construcciones, lugares o sitios pertenecientes al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena (ver Anexo N? 9 de la DIA, Línea de base arqueológica y patrimonio cultural y Anexo N' 12 de la DIA, Área de influencia), es posible indicar que durante todas las fases del Proyecto no se modificará ni deteriorará el patrimonio cultural.
Respecto a “la afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del Proyecto o actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas”. Debido a que en el área de influencia del Proyecto no existen lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano indígena, no existiendo poblaciones protegidas, es posible señalar que las partes, obras o acciones de todas las fases del Proyecto no generarán una afectación sobre éstos.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre | Punto 6.6 del ICE. este impacto específico.
6”. Que, resultan aplicables al proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS.
6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del RSEIA.
Fase del proyecto a la cual Construcción y Operación.
corresponde. Parte, obra o acción a que | Acopio de residuos sólidos asimilables a domiciliarios, acopio de residuos aplica. sólidos inertes, salas de basura.
Acopio de residuos sólidos asimilables a domiciliarios: Este sitio estará ubicado en un sector de la obra (instalaciones de faena), contará con piso pavimentado y bajo techo, para evitar el ingreso de aguas lluvias a los contenedores que almacenarán los residuos sólidos asimilables a domiciliarios.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.
19
Acopio de residuos sólidos inertes: En la eventualidad que no sea posible trasladar los escombros hacia la tolva de almacenaje (10 m'), se habilitarán áreas de almacenaje temporal, directamente sobre suelo, las que se encontrarán delimitadas y debidamente señalizadas.
Salas de basura: El proyecto contará con 4 salas de basura y 6 ductos de basura en total. Las salas de basura se encuentran descritas en el anexo 5 de la DIA. En anexo 8 de la DIA, se encuentran los detalles del citado PAS.
Pronunciamiento órgano competente.
del
De acuerdo a lo señalado por la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, en su Oficio N* 540 de fecha 31 de enero de 2018, el titular presentó todos los antecedentes técnicos y formales del PAS y se pronuncia conforme al proyecto.
Referencia al ICE para
mayores detalles.
Capítulo IX, punto 9.1.1.
6.1.2. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo 142 del
RSEIA.
Fase del proyecto a la
cual corresponde.
Construcción
Parte, obra o acción a
que aplica.
Bodega de almacenamiento de residuos peligrosos
Condiciones exigencias para su otorgamiento.
específicas
La bodega contará con una base continua de hormigón, de 3 metros de ancho por 2 metros de largo.
Con lo anterior se asegurará una base continua, impermeable, y resistente estructural y químicamente a los residuos almacenados.
Contará con un cierre perimetral de a lo menos 1,80 metros de altura que impida el libre acceso de personas y animales, y se encontrará techada y protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar. Para ello la bodega estará conformada por una estructura metálica (pilares y vigas de metal) que le dará el sustento y tendrá un sistema techumbre compuesto por un cuerpo estructurante de metal y planchas acanaladas de zinc, lo que permitirá la aislación de las condiciones ambientales adversas. La materialidad del cierre de la bodega estará compuesta por planchas metálicas acanaladas de zinc de 1,72 m de altura, para impedir el paso de personas y animales. Se proyecta dejar un 4,9% de la superficie de la bodega con malla metálica para que permita su ventilación, la que ocupará los 0,25 m superiores de las paredes laterales de la bodega.
En la figura 5 del anexo 8 de la DIA, se muestra la planta del sitio de almacenaje de residuos peligrosos.
En anexo 8 de la DIA, se encuentran los detalles del citado PAS.
Pronunciamiento órgano competente.
del
De acuerdo a lo señalado por la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, en su Oficio N* 540 de fecha 31 de enero de 2018, el titular presentó todos los antecedentes técnicos y formales del PAS y se pronuncia conforme al proyecto.
Referencia al ICE para
mayores detalles.
Capítulo IX, punto 9.1.2.
7". Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto es la siguiente:
7.1. Norma [Decreto Supremo N*66/09. Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA).]
Componente/materia:
Emisiones Atmosféricas
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción y operación.
Parte, obra o acción a la que aplica
Instalación de faenas, desmantelamiento y demolición, movimientos de tierra y socalzado, obra gruesa, terminaciones, vialidad interior y estacionamientos.
20
Forma de cumplimiento
De acuerdo a las estimaciones de emisiones se concluye que el Proyecto no supera los límites establecidos tanto en la fase de construcción como en la operación
Además el Titular contempla:
-
Se implementará una malla tipo raschel o similar en ambas fachadas de la obra, total o parcialmente, con la finalidad de controlar la dispersión hacia la vía pública e impedir la caída de material hacia el exterior.
-
Se regará en forma oportuna y suficiente, el terreno y material a remover, escombros y tierra, al interior del Proyecto.
-
Los escombros y tierra deberán mojarse previa carga hacia el lugar de disposición final,
-
Evacuar los escombros desde los pisos altos mediante un sistema que contemple las precauciones necesarias para evitar las emanaciones de polvo.
-
Se controlará que el transporte de los materiales en camiones fuera del Proyecto, sea con la tolva cubierta, mediante lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería.
-
Limitar la velocidad de circulación de los vehículos a 20 km/h en las vías internas del Proyecto.
-
La maquinaria utilizada (retroexcavadoras, camiones tolva, etc.) contarán con sus mantenciones y revisiones técnicas al día.
-
Las faenas de corte y pulido de materiales se efectuarán bajo techo.
-
Se implementará una malla tipo raschel o similar en ambas fachadas de la obra, total o parcialmente, con la finalidad de controlar la dispersión hacia la vía pública e impedir la caída de material hacia el exterior.
-
Lavado de ruedas de camiones, cuando exista barro adherido a las ruedas. El lavado consistirá en retirar el barro adherido a las ruedas de los camiones con agua potable, a la cual no se le incorporan productos de limpieza. El barro será desprendido dentro del recinto, justo antes de la salida del predio, en un sector que estará previamente compactado y cubierto con una capa de ripio, con el fin de evitar la dispersión de tierra o agua hacia la vialidad pública.
Indicador que acredita su cumplimiento
-
Inspección visual y/o registro fotográfico de: humectación de terreno, material a acopiar y remover, en caso de que corresponda.
-
Documento que acredite la exigencia por parte del titular a las empresas de transporte, el cumplimiento de que los camiones que ingresan y/o se retiran de la obra lo hagan con la carga cubierta.
-
Inspección visual y/o registro fotográfico de los camiones que ingresan y/o se retiran de la obra con la carga cubierta.
-
Procedimiento o instructivo para el control de emisiones atmosféricas durante la evacuación de escombros desde pisos altos.
-
Señalización de control de velocidad al interior de la obra.
-
Registro de mantención y revisión técnica de camiones, maquinaria y equipos.
-
Inspección visual y/o registro fotográfico de la ejecución de las faenas de corte y pulido de materiales bajo techo.
Forma de control y seguimiento
Verificación de que se cumpla con los indicadores antes mencionados.
7.2. Norma [Decreto Supremo N'*144/61 del Ministerio de Salud. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquiera naturaleza.]
Componente/materia:
Emisiones Atmosféricas
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción
Parte, obra, acción,
Durante la fase de construcción por Instalación de faenas, movimientos de tierra y
emisión, residuo o | socalzado, construcción obra gruesa, terminaciones, vialidad interior y sustancias a la que | estacionamientos.
aplica
Forma de | El titular utilizará camiones, maquinaria y equipos de apoyo que cuenten con sus
21
cumplimiento
mantenciones y revisiones técnicas al día.
Quedará expresamente prohibida la quema de cualquier tipo de residuo o material combustible.
Indicador que acredita su cumplimiento
Registro que evidencie la prohibición de quemar residuos o materiales (letrero u otro).
Registro de mantención y revisión técnica de camiones, maquinaria y equipos.
7.3. Norma [Decreto Supremo N*75/87 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Condiciones para el Transporte de Carga.
Componente/materia:
Emisiones Atmosféricas
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción.
Parte, obra o acción a la que aplica
Vialidad interior y estacionamientos.
Forma de | El titular exigirá a las empresas encargadas del transporte, que los camiones circulen cumplimiento con su carga cubierta por lonas o plásticos impermeables.
Indicador que | Documento que acredite la exigencia por parte del titular a las empresas de acredita su | transporte, el cumplimiento de las medidas antes señaladas.
cumplimiento
Inspección visual y/o registro fotográfico de los camiones que ingresan y/o se retiran de la obra con la carga cubierta.
7.4. Norma [Decreto
Supremo N*138/05 y sus modificaciones del Ministerio de Salud. Establece
obligación de declarar emisiones.]
Componente/materia:
Aire / Emisiones Atmosféricas
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de Construcción y operación.
Parte, obra o acción a la que aplica
Instalación de faenas, Edificios Torre A y Torre B.
Forma de | El Titular realizará la declaración de emisiones atmosféricas de los grupos
cumplimiento electrógenos a través del Sistema de Ventanilla única del RETC. Si se subcontratare el servicio, el titular deberá velar por la realización de la declaración anteriormente señalada.
Indicador que | Registro de la declaración de emisiones. El Titular realizará la declaración de
acredita su | emisiones atmosféricas de los grupos electrógenos a través del Sistema de Ventanilla
cumplimiento única del RETC.
7.5. Norma [Decreto Supremo N%1/2013 del MMA. Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes RETC.]
Componente/materia:
Emisiones Atmosféricas
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase Construcción y Operación.
Parte, obra o acción a la que aplica
Instalación de faenas, Edificios Torre A y Torre B
Forma de | El titular declara según corresponde, las emisiones de sus grupos electrógenos en el cumplimiento sistema de Ventanilla Única del RETC (www.retc.cl).
Indicador que | Comprobante de declaración correspondiente.
acredita su
cumplimiento
7.6. Norma [Decreto Supremo N* 47/1992, del Ministerio Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcción...]
Componente/materia:
Aire / Emisiones Atmosféricas
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de Construcción
22
Parte, obra o acción a la que aplica
Instalación de faenas, movimientos de tierra y socalzado, obra gruesa, terminaciones, vialidad interior y estacionamientos.
Forma de
cumplimiento
Se contempla la implementación de las siguientes medidas:
Regar el terreno en forma oportuna y suficiente, durante el período en que se realicen las faenas de relleno y excavación.
Retiro del barro de las ruedas de los vehículos que abandonen la faena.
Los escombros y tierra deberán mojarse previa carga hacia el lugar de disposición final.
Evacuar los escombros desde los pisos altos mediante un sistema que contemple las precauciones necesarias para evitar las emanaciones de polvo. Se controlará que el transporte de los materiales en camiones fuera del Proyecto, sea con la tolva cubierta, mediante lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería.
Se implementará una malla tipo raschel o similar en ambas fachadas de la Obra, total o parcialmente, con la finalidad de controlar la dispersión hacia la vía pública e impedir la caída de material hacia el exterior.
Mantener la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de contenedores para residuos, convenientemente identificados y ubicados
Indicador acredita
que su
cumplimiento
Inspección visual y registro fotográfico de las medidas antes listadas.
7.7. Norma [Decreto
Supremo N*38/11 del Ministerio del Medio Ambiente. Norma de Emisión de
Ruidos Generados por Fuentes que Indica]
Componente/materia:
Emisiones de Ruido
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción y operación.
Parte, obra o acción a la que aplica
Instalación de faenas, desmantelamiento y demolición, movimientos de tierra y socalzado, obra gruesa, vialidad interior y estacionamientos.
Forma de
cumplimiento
Para ambas fases, el Proyecto dará cumplimiento a los límites de emisión de ruido establecidos en el presente Decreto, considerando medidas de control señaladas en Anexo N? 4 de la DIA, Estudio Acústico y de Vibraciones de la DIA). Sin perjuicio de lo anterior, se considera lo siguiente:
e Previo al inicio de la construcción, el titular entregará a la Dirección de Obras Municipales (DOM) de La Cisterna, un programa de trabajo conteniendo los antecedentes listados en los literales a, b y c, del numeral 4 del artículo 5.8.3 de la OGUC.
Se cumplirá con los horarios de trabajo permitidos por la Municipalidad de La Cisterna.
La Secretaría Regional Ministerial de Salud RM, a través de su Oficio N* 6738 de fecha 05/12/2017, señala:
“EXIGENCIAS A INCORPORAR EN LA RCA
ETAPA DE CONSTRUCCIÓN e Se deberá implementar un cierre perimetral del proyecto (todo el perímetro del proyecto) con barreras acústicas que tengan una altura de 6 m. La materialidad de estas barreras deberá ser de paneles que cumplan con una densidad superficial de al menos 10 kg/m2. Además se deberá cubrir su cara interna con un material absorbente acústico como lana de vidrio o lana mineral y asegurar este material con una malla metálicas. Las Junturas de los paneles que conformen las barreras deberán ser herméticas entre ellas y entre ellas y el suelo. Para las herramientas más ruidosas (Taladros, martillos demoledores, sierra, vibradores, etc.) se deberá implementar pantallas móviles fabricadas en panel de madera tipo OSB de un espesor de al menos 15 mm y revestirla en su cara interior con lana de vidrio o mineral y asegurar ese material con una malla metálica. La altura mínima de estas pantallas corresponderá a 2.4 m. Las pantallas deberán ser totalmente herméticas. Estas pantallas se deberán ubicar entre la fuente de ruido y los receptores, a una distancia más cercana a la fuente de ruido. Se deberá implementar un cierre tipo túnel acústico para el camión mixer y la bomba de hormigón, construido de la misma materialidad que las
23
barreras acústicas especificadas, las dimensiones de este túnel serán las que permitan el correcto funcionamiento de las faenas. Las abertura del túnel no deberán estar direccionadas a los receptores.
e Se deberá construir una barrera acústica perimetral en la losa de avance de la Torre B en la fase N%8 de construcción, dada la cercanía de esta faena a la torre A, que ya se encontrará habitada. La altura de esta barrera deberá ser de 2.4 m y la materialidad deberá ser la misma que las especificadas para las demás barreras.
e Se deberá implementar el cierre de los vanos con paneles en los pisos que ya se encuentren construidos para la etapa de terminaciones. La materialidad de los paneles será de paneles de OSB de al menos 10 mm de espesor.
e En términos de vibración, no deberá ser utilizado simultáneamente el rodillo compactador con la retroexcavadora o el camión tolva.
o Se deberá implementar las medidas de gestión indicadas en el punto MC6 del apartado 3.3.2.9 “Medidas de Control” del Anexo N%4 de la DIA.
ETAPA DE OPERACIÓN
e La envolvente de la sala de motores de los elevadores deberá tener un aislamiento mínimo de 39 dB, esto deberá ser respaldado con un informe técnico de ensayo de aislamiento acústico, se recomienda utilizar en la construcción el paramento indicado en la figura 40 del Anexo N%4 de la DIA.
e La salida de escape de gases del grupo electrógeno, deberá contar con un silenciador que asegure una Pérdida por Inserción Mínima de 35 dB(A), esto deberá ser respaldado con un informe técnico del proveedor.
TODAS LAS ETAPAS Se deberán cumplir en todo momento los límites máximos permitidos por el D.S. N*
38/2011 del MMA, que establece “Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica” o el que lo reemplace. ”
Indicador que acredita su cumplimiento
Implementación de las medidas de control y de gestión establecidas en el Estudio Acústico y de Vibraciones adjunto en el anexo 4 de la DIA.
Comprobante de ingreso del programa de trabajo a la DOM.
Registros de ingreso y salida de los trabajadores.
7.8. Norma [Decreto Supremo N*594/99 y sus modificaciones del Ministerio de Salud, Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Este reglamento en lo que se refiere a emisiones y calidad del aire, plantea los siguientes aspectos:
Componente/materia:
Residuos.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción y operación.
Parte, obra o acción a la que aplica
Acopio de residuos sólidos asimilables a domiciliarios, acopio de residuos sólidos inertes, bodega de almacenamiento de residuos peligrosos, salas de basura.
Forma de | Los residuos se almacenarán de acuerdo a las condiciones señaladas en el Anexo N? cumplimiento 8 de la DIA, Permisos Ambientales Sectoriales. Los residuos serán transportados por empresas autorizadas, hacia sitios de disposición final autorizados. Se tramitará la autorización sanitaria para disponer los residuos no peligrosos fuera del predio. Contar con autorización sanitaria para almacenar los residuos no peligrosos dentro del predio. Indicador que | Registros que acrediten el retiro y disposición final de los residuos, mediante acredita su | empresa autorizada. cumplimiento
Inspección visual y/o registro fotográfico del sitio de almacenamiento de residuos.
Autorización sanitaria para almacenar residuos no peligrosos dentro del predio.
24
Autorización sanitaria para disponer los residuos no peligrosos fuera del predio.
El manejo de los residuos se realizará conforme al Proyecto de Extracción de Basura adjunto en el anexo 5 de la DIA.
7.9. Norma [Decreto
Supremo N*148/2003 del Ministerio de Salud. Reglamento Sobre el Manejo
Sanitario de los Residuos Peligrosos]
Componente/materia:
Residuos peligrosos.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción
Parte, obra o acción a la que aplica
Bodega de almacenamiento de residuos peligrosos.
Para la fase de construcción los residuos peligrosos se almacenarán en un sector de acopio temporal, que cumplirá las condiciones descritas en el Anexo N? 8 de la DIA. Permisos Ambientales Sectoriales. El periodo de almacenaje de los residuos en este recinto no excederá los 6 meses.
Todos los residuos peligrosos serán retirados por una empresa autorizada para el manejo, transporte y disposición final de éstos en un lugar autorizado.
Para verificar el cumplimiento, se mantendrán los registros de retiro y disposición final, los cuales se solicitarán a la empresa responsable y autorizada, contratada para estos efectos.
Forma de cumplimiento Indicador que acredita su cumplimiento
Registros que acrediten el retiro y disposición final de residuos peligrosos, mediante empresa autorizada.
Inspección visual y/o registro fotográfico del sitio de almacenamiento de residuos peligrosos.
7.10. Decreto Supremo N* 43/2015 del M INSAL. Reglamento de almacenamiento de sustancias
peligrosas
Componente/materia:
Sustancias Peligrosas
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica
Bodega de materiales, patio de insumos
El Proyecto contempla almacenar sustancias peligrosas en cantidades inferiores a las que requieren autorización sanitaria acorde a lo indicado en el citado Decreto, ver Tablas 9 y 10 de la DIA. A pesar de lo anterior, los sectores donde se almacenen los insumos que se mencionan en las tablas anteriores, contemplarán lo establecido en la normativa vigente aplicable a estas materias, a saber:
» Bodega de materiales: En esta bodega se almacenarán los adhesivos, pinturas, diluyentes y ácido muriático, junto a los insumos no peligrosos de la obra (clavos, cemento, etc.). Las sustancias peligrosas estarán ubicadas en una estantería de material liso, no absorbente y lavable, cerradas con barras antivuelco y contará con un sistema de control de derrames.
= Patio insumos: En este sector se almacenará los impermeabilizantes, puente adherente y combustibles líquidos, junto al desmoldante (producto no peligroso). Este sitio contará con techo, cierre perimetral, piso sólido, liso e impermeable y con un pretil para la contención de eventuales derrames.
= Ambos sitios tendrán acceso controlado y contarán con la señalización que indique el tipo de sustancias peligrosas que se almacena, mantendrán a la vista sus respectivas HDS.
Forma de cumplimiento Indicador que acredita su cumplimiento
Inspección visual y registro fotográfico de las medidas antes indicadas.
7.11. Norma [Decreto Supremo N*158/80 del Ministerio de Obras Públicas. Fija peso máximo de vehículos que pueden circular por caminos públicos]
25
Componente/materia:
Vialidad y accesos.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción.
Parte, obra o acción a la que aplica
Vialidad interior y estacionamientos, vialidad y accesos
El titular exigirá a las empresas encargadas del transporte que los camiones involucrados en las actividades de transporte, den cumplimiento con los pesos máximos por eje
Forma de cumplimiento Indicador que acredita su cumplimiento
Documento (por ejemplo, órdenes de compra o contratos de prestación de servicios) que permita evidenciar que el titular del Proyecto ha exigido a las empresas involucradas en el transporte, el cumplimiento del límite de peso por eje de sus vehículos.
7.12. Norma [Decreto con Fuerza de Ley N850/1997 mismo Ministerio, N%206 de 1960, sobre construcción y conservación de caminos. Fecha de publicación 25 de febrero de 1998.]
Componente/materia:
Vialidad y transporte.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción.
Parte, obra o acción a la que aplica
Vialidad interior y estacionamientos, vialidad y accesos.
Forma de | Los camiones involucrados en las actividades de transporte darán cumplimiento a los cumplimiento pesos máximos establecidos en las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes, lo cual será exigido a los transportistas. Los residuos generados durante la construcción del Proyecto serán dispuestos en sitios autorizados para ello. Indicador que | Documento (por ejemplo, órdenes de compra o contratos de prestación de servicios) acredita su | que permita evidenciar que el titular del Proyecto ha exigido a las empresas cumplimiento involucradas en el transporte, el cumplimiento de los pesos máximos permitidos.
Registros (por ejemplo, certificados y/o facturas) que acrediten la disposición de residuos se realiza en lugares autorizados.
7.13. Norma [Decreto N*18/2001 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Prohíbe la circulación de vehículos de carga en vías].
Componente/materia:
Vialidad y transporte
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción.
Parte, obra o acción a la que aplica
Vialidad interior y estacionamientos, vialidad y accesos.
Forma de | El titular exigirá a los subcontratos de transporte que la circulación de vehículos de
cumplimiento carga por vías ubicadas al interior del anillo Américo Vespucio se realice en horarios no restringidos.
Indicador que | Restringir, en los contratos con empresas constructoras, la utilización de las vías
acredita su | indicadas (anual)
cumplimiento
7.14. Norma [Decreto Supremo N*200/93 del Ministerio de Obras Públicas. Establece pesos máximos a los vehículos para circular en las vías urbanas del País.]
Componente/materia:
Vialidad y transporte.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción.
Parte, obra o acción a la que aplica
Vialidad interior y estacionamientos, vialidad y accesos.
Forma de | Los camiones involucrados en las actividades de transporte darán cumplimiento a los
cumplimiento pesos máximos establecidos en las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes, lo cual será exigido a los transportistas.
Indicador que | Documento (por ejemplo, órdenes de compra o contratos de prestación de servicios)
26
acredita su cumplimiento
que permita evidenciar que el titular del Proyecto ha exigido a las empresas involucradas en el transporte, el cumplimiento de los pesos máximos permitidos.
7.15. Norma [Norma
Ley 17.288 de Monumentos Nacionales del Ministerio de Educación.
Componente/materia:
Patrimonio Arqueológico.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción.
Parte, obra o acción a la que aplica
Movimientos de tierra y socalzados
Forma de | Si durante la ejecución de cualquiera de las actividades de la fase de construcción del
cumplimiento Proyecto, se produce algún hallazgo de ruinas o cualquier tipo de restos arqueológicos se paralizarán inmediatamente las obras y se dará aviso a Carabineros y al Consejo de Monumentos Nacionales, en cuyo caso se deberá actuar de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 26" de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y al Artículo 23 del Reglamento de Excavaciones y /o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas.
Indicador que
acredita su | Registro que evidencie el aviso a la autoridad de hallazgos arqueológicos (en caso
cumplimiento que corresponda).
8”. Que, para ejecutar el proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N* 19.300:
8.1. Condición o exigencia [ruido]
Impacto asociado
Aumento en los niveles de ruido.
Fase
Proyecto a
que aplica
del la
Construcción y operación
Objetivo, descripción justificación
y
Cumplimiento al D.S. N*38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente.
Condición
De acuerdo a lo señalado por la SEREMI de Salud RM en el Ord. N* 6738 de fecha 05 de diciembre de 2017:
“EXIGENCIAS A INCORPORAR EN LA RCA ETAPA DE CONSTRUCCIÓN
Se deberá implementar un cierre perimetral del proyecto (todo el perímetro del proyecto) con barreras acústicas que tengan una altura de 6 m. La materialidad de estas barreras deberá ser de paneles que cumplan con una densidad superficial de al menos 10 kg/m2. Además se deberá cubrir su cara interna con un material absorbente acústico como lana de vidrio o lana mineral y asegurar este material con una malla metálicas. Las junturas de los paneles que conformen las barreras deberán ser herméticas entre ellas y entre ellas y el suelo.
Para las herramientas más ruidosas (Taladros, martillos demoledores, sierra, vibradores, etc.) se deberá implementar pantallas móviles fabricadas en panel de madera tipo OSB de un espesor de al menos 15 mm y revestirla en su cara interior con lana de vidrio o mineral y asegurar ese material con una malla metálica. La altura mínima de estas pantallas corresponderá a 2.4 m. Las pantallas deberán ser totalmente herméticas. Estas pantallas se deberán ubicar entre la fuente de ruido y los receptores, a una distancia más cercana a la fuente de ruido.
Se deberá implementar un cierre tipo túnel acústico para el camión mixer y la bomba de hormigón, construido de la misma materialidad que las barreras acústicas especificadas, las dimensiones de este túnel serán las que permitan el correcto funcionamiento de las faenas. Las aberturas del túnel no deberán estar direccionadas a los receptores.
Se deberá construir una barrera acústica perimetral en la losa de avance de la Torre B
2d
en la fase N%8 de construcción, dada la cercanía de esta faena a la torre A, que ya se encontrará habitada. La altura de esta barrera deberá ser de 2.4 m y la materialidad deberá ser la misma que las especificadas para las demás barreras.
Se deberá implementar el cierre de los vanos con paneles en los pisos que ya se encuentren construidos para la etapa de terminaciones. La materialidad de los paneles será de paneles de OSB de al menos 10 mm de espesor.
En términos de vibración, no deberá ser utilizado simultáneamente el rodillo compactador con la retroexcavadora o el camión tolva.
Se deberá implementar las medidas de gestión indicadas en el punto MC6 del apartado 3.3.2.9 “Medidas de Control” del Anexo N%4 de la DIA.
ETAPA DE OPERACIÓN
La envolvente de la sala de motores de los elevadores deberá tener un aislamiento mínimo de 39 dB, esto deberá ser respaldado con un informe técnico de ensayo de aislamiento acústico, se recomienda utilizar en la construcción el paramento indicado en la figura 40 del Anexo N%4 de la DIA.
La salida de escape de gases del grupo electrógeno, deberá contar con un silenciador que asegure una Pérdida por Inserción Mínima de 35 dB(A), esto deberá ser respaldado con un informe técnico del proveedor.
TODAS LAS ETAPAS Se deberán cumplir en todo momento los límites máximos permitidos por el D.S. N* 38/2011 del MMA, que establece “Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que
indica” o el que lo reemplace”.
Oportunidad: Durante la fase de construcción y operación del proyecto, según corresponda.
8.2. Condición o exigencia [Uso de la vialidad adyacente]
Impacto asociado
Uso de la vialidad adyacente.
Fase del Proyecto a la | Construcción y operación
que aplica
Objetivo, descripción | Manejo de las vías aledañas al proyecto, durante los trabajos de construcción y la
y justificación
fase de operación.
Condición
De acuerdo a lo señalado por la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones en el Ord. AGD N? 1752 de fecha 13 de febrero de 2018:
-
“El Titular deberá materializar todas las medidas de mitigación que resulten de la eventual aprobación del Análisis Vial Básico, antes de la recepción final de las obras.
-
El Titular no podrá comprometer ninguna medida de mitigación vial del AVB, como compromiso ambiental voluntario.
-
En caso de obtener una RCA favorable, los datos tanto en la DIA como en el AVB deber ser coincidentes y corresponder al mismo proyecto.
-
El Titular se ha comprometido a materializar todas las medidas de mitigación que resulten antes de la recepción final de obras.
-
Cumplir el Decreto Supremo No 75 de 1987 Ministerio de Transportes que establece que los vehículos que transporten desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna.
-
Se deberá dar cumplimiento al Decreto No 18 de 2001 y sus modificaciones del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el cual prohíbe la circulación de vehículos de carga por las vías al interior del Anillo Américo Vespucio.
28
- En relación a las obras que se realicen en la vía pública, se solicita considerar lo dispuesto en Capítulo N* 5 "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía" del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos”.
8.3. Condición o exigencia [Otras condiciones]
1.7.
Condición
Considerando que frente al proyecto se encuentra emplazado el jardín infantil “Cuncuna Amarilla”, el titular deberá evitar la entrada y salida de camiones del proyecto en los horarios de entrada y salida de los niños del jardín.
De acuerdo a lo señalado por la Dirección General de Aguas RM, a través de su Ord. N* 128 de fecha 26 de enero de 2018:
“1. Que, durante las Fases de Construcción y Operación las aguas provendrán desde la red de abastecimiento de la empresa Aguas Andinas S.A., según lo declarado en el Anexo 1 y respuesta a la Observación 1.3.1 del Adenda 1.
-
Que, el Titular tendrá presente que en caso de ser calificado ambientalmente favorable, las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental, serán de su responsabilidad, sean implementadas por él o a través de un tercero.
-
Que, el Titular se compromete a realizar el mantenimiento del sistema de aguas lluvias según lo presentado en el Anexo 5 del Adenda 1.
-
Que, el Titular declara que realizará el lavado de ruedas de camiones que consistirá en retirar el barro adherido a las ruedas de los camiones con agua potable, a la cual no se le incorporan productos de limpieza. El barro será desprendido dentro del recinto, justo antes de la salida del predio, en un sector que estará previamente compactado y cubierto con una capa de ripio, con el fin de evitar la dispersión de tierra o agua hacia la vialidad pública, según lo declarado en el acápite 1.5.7.1 de la DIA.
-
Que, el Titular declara que realizará lavado de canoas de camiones mixer mediante agua potable a presión de tal forma de ir removiendo los restos de hormigón que se encuentran adheridos. La limpieza se realizará sobre una piscina de lavado con pretil de contención y sellada por material de polietileno. Todo el residuo producto del lavado de las canoas se mantendrá en dicha piscina hasta que se haya evaporado la fase líquida a consecuencia del proceso de fraguado. Respecto de los residuos sólidos, provenientes de la fase sólido del proceso de fraguado, serán removidos y dispuestos en tolva para su traslado y disposición final en lugar autorizado, según lo declarado por el Titular en respuesta a la Observación 1.6.2 del Adenda 1.
-
Que, en caso de ocurrencia de accidente que comprometa los recursos hídricos subterráneos, se informará antes de 24 horas, a la SMA, señalando lo siguiente:
a. Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.
b. Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación.
c. Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia.
d. En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad. (sólo en caso de accidentes).
- Que, ante el potencial afloramiento de aguas durante la Fase de Construcción del proyecto, tanto el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la SMA, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, señalando las medidas que ha aplicado hasta ese momento. Á continuación, y de manera preliminar, se deberá proceder considerando las siguientes actividades:
i. Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final.
ii Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales
29
Te
de agua comprometidos, a fin que esto además le permita al Titular diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento.
ii. Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. A su vez se solicita al Titular que acompañe imágenes fotográficas (con fecha) describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final).
iv. Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad.
v. El Titular deberá informar el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 h.
vi. Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, el Titular deberá incurrir en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva, o bien determinar si responde a un cambio sustantivo de las variables evaluadas, sobre las cuales fueron establecidas las condiciones o medidas ambientales.
Que, debido a que el área de proyecto se encuentra en el Sector Santiago Central (Acuifero Maipo), el cual se encuentra declarado como Área de Restricción para nuevas extracciones de aguas subterráneas, de acuerdo a Resolución DGA N 286, del 01 de Septiembre de 2005 modificada por Resolución DGA N 231, del 11 de Octubre de 2011, el Titular debe tener presente que debe evitar alumbramiento de aguas subterráneas en toda las fases de proyecto para evitar impactos en la calidad y niveles del recurso hídrico.
. Téngase presente, que las aguas son bienes nacionales de uso público y se
otorga a los particulares el derecho de aprovechamiento de ellas, en conformidad a las disposiciones del Código de Aguas, de acuerdo a lo establecido en los artículos 5? y siguientes de dicho Código.
. Téngase presente, que las modificaciones que fueren necesarias realizar en
cauces naturales o artificiales, con motivo de la construcción de obras que puedan causar daño a la vida, salud o bienes de la población o que de alguna manera alteren el régimen de escurrimiento de las aguas, serán de responsabilidad del interesado y deberán ser aprobadas previamente por la Dirección General de Aguas según lo estipulan los artículos 4? y 171% del Código de Aguas.
- Que, los residuos sólidos de la construcción provenientes de excavaciones
y los catalogados como escombros, generados en la etapa de construcción del proyecto que serán enviados a un sitio autorizado para su disposición final, no podrán contener sustancias o residuos peligrosos, tales como: pinturas, solventes, hidrocarburos, etc., debido a que tales elementos pueden causar un detrimento en la calidad de la napa por la lixiviación o lavado de suelo en el sitio de disposición final. Por lo tanto, se debe mantener un registro en faena de la disposición final de materiales, los cuales no podrán ser dispuestos en cauces superficiales o áreas no definidas para ello.
- Que, si adquiriese áridos de terceros, se debe considerar que los
proyectos de abastecimiento del material cuenten con la aprobación respectiva del Organismo competente para la extracción de cauces superficiales (DOH) y/o Resolución de Calificación Ambiental favorable con el objetivo de evitar impactos ambientales a los cauces naturales y de esta manera, asegurar que el titular se haga cargo de los posibles impactos originados de su actividad en todo el ciclo de vida del proyecto”.
De acuerdo a lo señalado por la Secretaría Regional Ministerial de Salud RM, a través de su Ord. N* 6738 de fecha 05 de diciembre de 2017: “1.3 RESIDUOS SOLIDOS
1.3.1 El titular deberá considerar que en su generalidad, el manejo de residuos es
de exclusiva responsabilidad del generador de los mismos, debiendo éste implementar una gestión de sus residuos sobre la base de un manejo diferenciado entre los tipos de residuos generados, los que son peligrosos de
30
los que no lo son, privilegiando las alternativas de prevención, reuso y reciclaje por sobre las alternativas como el tratamiento y/o la disposición.
1.3.2 Respecto de los residuos domiciliarios generados en la etapa de construcción, el titular deberá instalar contenedores con tapa hermética, distribuidos uniformemente en los sectores de la obra y en las instalaciones de faena, a fin de que los trabajadores dispongan los residuos domiciliarios en bolsas de basura herméticas, estos residuos deben ser retirados con frecuencia de 2 a 3 veces por semana, con la finalidad de evitar descomposición de los restos de alimentos, por tanto, generación de malos olores y atracción de vectores sanitarios (moscas, ratones, otros insectos) evitando la generación de focos de insalubridad.
1.3.3 El titular deberá disponer los excedentes de movimiento de tierra, así como los de materiales empleados en la construcción (restos de hormigón, enfierraduras, materiales sintéticos, madera, etc.), en botaderos o en pozo con planes de recuperación de suelos, autorizados.
1.3.4 El proyecto deberá incorporar un sistema de control de vectores de interés sanitario, a través de la implementación de un cordón sanitario alrededor de la obra, que incluya tanto la desratización, desinsectación y sanitización de toda la instalación, de acuerdo a un plan periódico de trabajo (programa de control de vectores sanitarios) efectuado por una empresa debidamente autorizada por esta SEREMI de Salud.
1.3.5 En caso de producirse un accidente de derrame o descarga accidental de aceites, líquidos hidráulicos y/o combustible durante la etapa de construcción, el titular debe recuperar y almacenar los residuos en tambores con tapa, en un sector con piso impermeable, con control de derrame, bajo techo y señalizado, para luego ser dispuesto en sitios autorizados por está Autoridad Sanitaria. Este tipo de residuos, por sus características, es considerado un residuo peligroso, por lo que para proceder a su mejor manejo, eliminación y/o tratamiento en planta autorizada, el titular deberá dar cumplimiento a lo indicado en el D.S. N* 148 de 2003 del MINSAL, que “APRUEBA REGLAMENTO SANITARIO SOBRE MANEJO DE RESIDUOS PELIGROSOS”.
1.4 AGUAS SERVIDAS
1.4.1 Dado que al inicio de la etapa de construcción será necesario utilizar baños químicos, se hace presente que será responsabilidad del titular la instalación, mantención, limpieza y transporte de estos servicios higiénicos provisorios, considerando además que:
o El número mínimo de artefactos, se debe calcular en base a la tabla del artículo 23 del DS 594/99 del MINSAL.
o Las duchas portátiles deberán contar con un sistema de conducción y recolección, que evite el escurrimiento por el terreno de las aguas generadas, evitando apozamientos y focos de insalubridad.
o Los baños químicos no podrán estar instalados a más de 75 m del área de trabajo.
o El punto de descarga de las aguas servidas debe ser acreditado, manteniendo en las obras copia de la factura u otro documento que respalde la disposición adecuada de los mismos o copia del Convenio Uso de Colectores suscrito con la respectiva empresa sanitaria, que autoriza dicha descarga”.
De acuerdo a lo señalado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, a través de su Ord. N* 24203 de fecha 16 de noviembre de 2017:
...el titular del proyecto en comento deberá tener presente en su materialización, además de las disposiciones mencionadas en la DIA, que el generador eléctrico de 160 KW de potencia, deberá contar con su correspondiente Certificación de Aprobación emitida por un Organismo de Certificación autorizado por esta Superintendencia, para tal efecto, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N 298, de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba el “Reglamento para la Certificación de Productos Eléctricos y de Combustibles”.
La Comisión de Evaluación no estableció condiciones o exigencias para la aprobación del Proyecto:
31
9”. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
9.1. Compromiso ambiental voluntario [Chequeo de condiciones de seguridad por parte de Bomberos.]
Impacto asociado Seguridad de las personas Fase del Proyecto a la | Operación que aplica
Objetivo, descripción | Evaluar condiciones de seguridad previstas en caso de evacuación del edificio.
Lugar y oportunidad | Todo el edificio de implementación
Indicador que acredite | Registro fotográfico. su cumplimiento
- Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS
10.1.1. PLAN DE EMERGENCIAS
Las medidas o acciones relevantes del plan de prevención de emergencias se detallan a continuación. Mayores detalles en el anexo 3 de la Adenda, en particular en capítulo 12 del citado anexo, donde se detallan los contenidos de los informes preliminares y final de emergencia. Asimismo en capítulo 13 y 14 del citado anexo se describen los simulacros y las capacitaciones respecto del plan de emergencia, respectivamente.
10.1.1.1 Situación de emergencia 1: Incendios.
Fase del proyecto a la que | Construcción, operación aplica.
Parte, obra o acción asociada | Asociada a toda el área del proyecto.
Comunicar al jefe directo y a la brigada de emergencia.
Usar los extintores solo si es un fuego incipiente y si se sabe operar.
Cortar la energía eléctrica en el sector afectado.
Si se determina como incendio declarado, se hará lo siguiente:
Accionar la alarma restringida
-
Se dará inicio a la extinción del fuego utilizando extintores.
-
Para accionar el extintor se debe retirar el seguro con una mano, mientras que con la otra se debe dirigir el chorro en forma de abanico a la base del fuego.
-
Alacercarse a un fuego para combatirlo con un extintor, se debe tener el viento a la espalda para poder aproximarse más y estar resguardado de las llamas.
-
Nunca debe emplear un extintor a base de agua o espuma para apagar fuegos en equipos eléctricos energizados.
-
El fuego se propaga rápidamente por lo que no hay que arriesgarse innecesariamente.
-
Solo se deben enfrentar fuegos pequeños, por lo tanto, si no se logra controlar en dos minutos, evacuar rápidamente, pero sin correr.
-
Una vez extinguido el fuego, se revisará el lugar, asegurando no dejar focos que pudieran reavivar el fuego.
e En caso que no sea posible combatir el fuego mediante el uso de extintores, contactar inmediatamente a Bomberos, Carabineros y/o Ambulancia.
e Procurar mantener alejadas del lugar del siniestro, a personas ajenas a la faena y/o personal que no esté capacitado para enfrentar la contingencia.
e Deno ser posible el control del fuego sin mayores riesgos, proceder a evacuación del área donde se esté produciendo el incendio. Esperar la llegada de organismos de reacción en zona segura.
e Deencontrarse personas heridas, se darán los primeros auxilios y a la Ambulancia.
e Una vez decretado el fin de la emergencia, la persona con mayor
rango o jerarquía o el Encargado de Prevención de Riesgos, deberá
determinar si es seguro retornar a las áreas de trabajo (por ejemplo,
Acciones a implementar
32
que no existan materiales que puedan caer sobre un trabajador o la existencia de brasas que puedan reiniciar el incendio, u otros que impidan el normal desarrollo de las actividades).
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos
Aplica sólo en caso de que se configure algún riesgo ambiental, en un
plazo no mayor a 24 horas de ocurrido el evento, se dará aviso a la Superintendencia de Medio Ambiente a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental, disponible en su página web, con copia a la SEREMI de Salud.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada.
Anexo 3 de la Adenda. Acápite 7.2.1 plan de emergencia del ICE
10.1.1.2 Situación de emergencia 2: Derrame de residuos peligrosos, sustancias peligrosas, combustibles u
otras sustancias.
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción.
Parte, obra o acción asociada
- Instalación de faenas, Bodega de materiales, Patio de insumos, bodega de almacenamiento de residuos peligrosos.
Acciones a implementar
En caso que, a pesar de las medidas preventivas o por causa de un movimiento sísmico, se produzca un derrame, se deberá realizar las acciones que a continuación se indica:
e Accionar la alarma general en caso de riesgo a la salud de las personas.
e Se debe ubicar la fuente de origen del problema y detener el derrame, si es que esta actividad no presenta riesgos a la salud de las personas.
o Se deberá mantener al alcance los equipos de control de incendios, para actuar de manera inmediata en caso que sea necesario.
e Para el control del derrame, construir un pretil con arena o tierra, u otro material, para evitar que se expanda el material.
e Una vez controlado el derrame se deberá remover el material contaminado (por ejemplo, la misma arena o tierra utilizada para contener el derrame) y trasladar al sitio de almacenaje de residuos peligrosos de la obra.
e En caso que el derrame se haya producido sobre el terreno natural, proceder al retiro de la capa de suelo afectada y trasladar al sitio de almacenaje de residuos peligrosos de la obra.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos
En plazo no mayor a 24 horas de ocurrido el evento, se dará aviso a la Superintendencia de Medio Ambiente a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental, disponible en su página web, con copia a la SEREMI de Medio Ambiente y a la SEREMI de Salud.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo 3 de la Adenda. Acápite 7.2.2 plan de emergencia del ICE
10.1.1.3 Situación de emergencia 3: Inundación.
Fase del Proyecto a la que aplica.
Construcción
Parte, obra o acción asociada.
Movimiento de tierra y socalzados, Obra gruesa, Lavado de canoas de camiones mixer, Lavado de ruedas, Instalación de faenas, Acopio de residuos sólidos asimilables a domiciliarios, Acopio de residuos sólidos inertes, Bodega de almacenamiento de residuos peligrosos, Bodega de materiales, Patio de insumos, Piscina de lavado, saneamiento de aguas lluvias.
Acciones a implementar
-
Accionar la alarma general en caso de riesgo a la salud de las personas.
-
Se procederá a cerrar la zona inundada y se prohibirá el ingreso o circulación de vehículos y peatones en el lugar afectado.
o Verificar superficialmente, la existencia de algún derrame de sustancia peligrosa en el área anegada.
o El barro o agua que se encuentra contaminado, será extraído y se almacenará como residuo peligroso.
e Por otra parte, luego de la extracción de agua superficial, verificar que no se hayan generado derrames de sustancias peligrosas a consecuencia de la inundación. De evidenciar suelo inerte
33
contaminado, se procederá a retirar el suelo y se dispondrá en sitio habilitado.
e Una vez que se haya contenido la emergencia, la jefatura deberá evaluar si se está en condiciones de operativas similares a las condiciones originales antes de la inundación.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos
Aplica sólo en caso de derrames de sustancias o residuos peligrosos o de que se configure algún otro riesgo ambiental, en un plazo no mayor a 24 horas de ocurrido el evento, se dará aviso a la Superintendencia de Medio Ambiente a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental, disponible en su página web, con copia a la SEREMI de Medio Ambiente y a la SEREMI de Salud.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo 3 de la Adenda. Acápite 7.2. 3 plan de emergencia del ICE
10.1.1.4 Situación de emergencia 4: Derrumbe
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción
Parte, obra o acción asociada
Desmantelamiento y demolición, movimiento de tierra y socalzados, obra gruesa.
Acciones a implementar
e Accionar la alarma general en caso de riesgo a la salud de las personas.
e Evacuar atodos los trabajadores a un área segura, en el mismo nivel o a otro nivel (de ser necesario).
e Verificar que a consecuencia del derrumbe no haya tomado contacto el suelo inerte con sustancias peligrosas.
e De existir material contaminado, se procederá a retirar el suelo contaminado y se dispondrá en sitio habilitado.
e Una vez que se haya contenido la emergencia, la jefatura deberá evaluar si se está en condiciones de operativas similares a las condiciones originales antes de la inundación
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos
Aplica sólo en caso de derrames de sustancias peligrosas o de que se configure algún otro riesgo ambiental, en un plazo no mayor a 24 horas de ocurrido el evento, se dará aviso a la Superintendencia de Medio Ambiente a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental, disponible en su página web, con copia a la SEREMI de Medio Ambiente.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo 3 de la Adenda. Acápite 7.2.4 plan de emergencia del ICE
10.1.1.5 Situación de emergencia 5: Afloramiento de aguas subterráneas producido dentro del predio.
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción
Parte, obra o acción asociada
Movimiento de tierra y socalzados.
Acciones a implementar
e Ante un potencial afloramiento de aguas durante la Fase de Construcción del proyecto, tanto el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, señalando las medidas que ha aplicado hasta ese momento y procederá a:
-
Detener las actividades en el frente de trabajo.
-
FExcavar por el costado de las obras en el que se presenta el alumbramiento una zanja del largo necesario para reincorporar el recurso hídrico a su medio, el cual contará con la misma calidad que al momento de su afloramiento.
-
En caso que la zanja no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se construirá un pozo de absorción (o más de ser necesario).
-
Uma vez tomadas las medidas definitivas y controlado el afloramiento, se podrán retomar las actividades constructivas.
34
De tratarse de un evento mayor, se procederá a:
Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final.
Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos y si corresponde, diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento.
Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas (de haberlas) a la SMA, en un Informe que detalle los hechos, acompañando imágenes fotográficas (con fecha) y describiendo los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409, para descartar que se trate de una rotura de cañería de agua potable), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final). Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad. Informar el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 h de controlado el evento.
Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, se realizará los estudios suficientes y necesarios para darle una solución definitiva.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos
Aviso en un plazo no mayor a 24 horas de ocurrido el evento, se dará aviso a la Superintendencia de Medio Ambiente a través del Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental, disponible en su página web, con copia a la DGA.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo 3 de la Adenda. Acápite 7.2. Splan de emergencia del ICE
10.1.2. PLAN DE CONTINGENCIAS.
Las medidas o acciones relevantes del plan de prevención de contingencias son las que se detallan a continuación. Mayores detalles en el anexo 3 de la Adenda
10.1.2.1 Situación de riesgo o contingencia 1: Incendios
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción
Parte, obra o acción asociada
Instalación de faenas
Acciones 0 medidas a implementar para prevenir la contingencia.
Los materiales combustibles o inflamables deben mantenerse lejos de los procesos con alta temperatura, chispas o presencia de ignición.
Establecer prohibición de encender fuego al interior de las áreas de trabajo.
No estará permitido fumar en el área circundante a la bodega de almacenaje de RESPEL. Esta prohibición se materializará a través de un letrero que se instalará al exterior de dicha bodega.
Mantener orden o aseo en todos los lugares de trabajo.
Específicamente se deberá tener especial precaución en que el perímetro de la bodega de RESPEL se mantendrá limpio, libre de maleza y de cualquier obstáculo.
Mantener señalizadas y despejadas las vías de evacuación y que todos los trabajadores conozcan las zonas de seguridad definidas.
Revisar instalaciones eléctricas existentes y reparar fallas o falencias. No realizar mezclas de sustancias químicas o similares si no se conoce como reaccionan.
Capacitar a los trabajadores sobre las medidas de prevención y control de incendios.
Instalación de extintores tipo ABC de 10 kg en la obra, los que deberán cumplir las siguientes condiciones:
Los extintores serán sometidos a revisión y mantención a lo menos una vez al año y serán certificados por un laboratorio acreditado.
Los extintores estarán ubicados en lugares de fácil acceso y
35
claramente identificados, libres de todo obstáculo.
En caso que los extintores se encuentren dispuestos en la intemperie, se ubicarán en un nicho o gabinete que los proteja de cambios ambientales y que permita su retiro expedito.
Los trabajadores deben estar instruidos en el empleo y uso de extintores, y saber dónde se encuentran
Forma de control o
seguimiento
Registro de revisión y mantención de los extintores, la cual deberá ser a lo menos una vez al año y serán certificados por un laboratorio acreditado.
Registro de la ubicación de los extintores, los cuales deberán estar en lugares de fácil acceso y claramente identificados, libres de todo obstáculo.
Registro del nicho o gabinete de los extintores, en caso que se encuentren dispuestos en la intemperie, de manera que estén protegidos de cambios ambientales y que permita su retiro expedito. Implementación permanente de la señalización de las zonas de seguridad definidas.
Orden y aseo permanente de las instalaciones.
Buen estado permanente de las instalaciones eléctricas.
Registro de capacitaciones a los trabajadores sobre todas las medidas de prevención y control de incendio, etc.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo 3 de la Adenda. Acápite 7.1. 1. ICE
10.1.2.2 Situación de riesgo
combustibles u otras sustancias.
o contingencia 2: Derrame de residuos peligrosos, sustancias peligrosas,
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción
Parte, obra o acción asociada
Instalación de faenas, Bodega de materiales, Patio de insumos, bodega de almacenamiento de residuos peligrosos.
Acciones 0 medidas a implementar para prevenir la contingencia
No se realizarán operaciones de mantención de camiones ni maquinaria al interior del predio. Si por causa mayor se debiera efectuar la reparación de alguna maquinaria o camión dentro del predio, ésta deberá realizarse sobre una lona impermeable que se extenderá en el suelo.
Verificar que las maquinarias cuenten con sus mantenciones al día para evitar derrames de combustible.
Mantener todo residuo peligroso debidamente almacenado en el sitio habilitado.
Toda sustancia o producto (con potencial de derrame) que no se esté utilizando, se deberá mantener cerrado o contenido.
Todo recipiente que almacene residuos peligrosos o sustancias se debe encontrar rotulado de acuerdo al material que contiene.
Realizar la manipulación de productos con potencial de derrame en sectores que cuenten con la debida protección en el suelo.
Mantener a la vista y disposición de todos los trabajadores, las Hojas de Datos de Seguridad de cada uno de los productos que se manejan en la obra.
Forma de control o
seguimiento
Capacitar a los trabajadores sobre la prevención de derrames y la forma de actuar para controlarlos, en caso que ocurran. Las instrucciones de cómo proceder se mantendrán siempre a la vista de los trabajadores.
Verificar que se cumplan en totalidad las medidas de prevención.
Exigir que los camiones y equipos de apoyo cuenten con sus mantenciones al día.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo 3 de la Adenda Acápite 7.1.2 ICE
10.1.2.3 Situación de riesgo o contingencia 3: Inundación.
36
Fase del Proyecto a la que aplica.
Construcción
Parte, obra o acción asociada.
Movimiento de tierra y socalzados, Obra gruesa, Lavado de canoas de camiones mixer, Lavado de ruedas, Instalación de faenas, Acopio de residuos sólidos asimilables a domiciliarios, Acopio de residuos sólidos inertes, Bodega de almacenamiento de residuos peligrosos, Bodega de materiales, Patio de insumos, Piscina de lavado, saneamiento de aguas lluvias..
Acciones 0 medidas a implementar para prevenir la contingencia
e Si se anuncia que se producirán lluvias intensas, se despejarán y limpiarán las zonas de circulación de aguas lluvias.
e Se efectuará una inspección de las áreas de trabajo y sectores adyacentes, para verificar que no se encuentren equipos, herramientas o maquinarias sin proteger; se dispondrá, que se verifique el estado y funcionamiento de tableros y sistemas eléctricos.
e Se mantendrá actualizada la información de los reportes meteorológicos.
e En días de lluvias torrenciales, se procurará, en caso de que sea necesario, desplazar los contenedores con sustancias peligrosas a zonas seguras.
e Se capacitará a los trabajadores de la obra en las medidas o acciones a llevar a cabo en la ocurrencia de estas situaciones.
Forma de control o seguimiento
e Verificar en terreno, que las vías de evacuación de aguas lluvias estén limpias y libres de obstáculos.
e Verificar en terreno, que no se estén realizando trabajo que necesiten energía eléctrica, o que utilicen sustancias peligrosas.
o Verificar que se ejecutaron las inspecciones preventivas, respecto de equipos, herramientas o maquinarias que requieran protección, y del funcionamiento de sistemas eléctricos.
e Verificar que cuenten con reportes meteorológicos actualizados.
o Verificar que se hayan desplazar los contenedores con sustancias peligrosas a zonas seguras, en caso de requerirlo.
e Registros de capacitación.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo 3 de la Adenda. Acápite 7.1.3 ICE.
10.1.2.4 Situación de riesgo o c
ontingencia 4: Derrumbe.
Fase del Proyecto a la que aplica.
Construcción.
Parte, obra o acción asociada.
Desmantelamiento y demolición, movimiento de tierra y socalzados, obra gruesa.
Acciones O medidas a implementar para prevenir y actuar frente a la contingencia
o Se verificará que el suelo descrito en la mecánica de suelo sea el que se visualiza al momento de realizar la excavación.
e Se debe verificar que las medidas de contención de suelo sean las descritas en la mecánica de suelo.
o En días de lluvia torrencial se inspeccionará constantemente el estado de los taludes.
e En días de lluvias torrenciales, se procurará desplazar los contenedores con sustancias peligrosas a zonas seguras.
e Todo recipiente que almacene residuos peligrosos o sustancias se debe encontrar rotulado de acuerdo al material que contiene.
e De utilizar entibaciones, se verificará el estado de los elementos soportantes.
Forma de control o seguimiento
e Verificar en terreno que las medidas de contención de suelo son las correctas y acordes al informe de mecánica de suelos.
o Capacitar a los trabajadores sobre los riesgos a los que se exponen cuando trabajan bajo los taludes, y sobre la necesidad de verificar el estado de los mismos.
o Verificar que se desplazaron todos los contenedores con sustancias peligrosas a zonas seguras.
e Verificar en terreno el estado los elementos soportantes.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción
Anexo 3 de la Adenda. Acápite 7.1.4 del ICE
37
detallada
10.1.2.5 Situación de riesgo o contingencia 5: Afloramiento de aguas subterráneas producido dentro del predio.
Fase del Proyecto a la que | Construcción aplica.
Parte, obra o acción asociada. Movimiento de tierra y socalzados
Acciones 0 medidas a e Capacitar a los trabajadores y contratistas dando a conocer el implementar para prevenir y procedimiento de acción correspondiente ante un eventual actuar frente a la afloramiento de aguas subterráneas.
contingencia. e Mantener accesibles los contactos de los organismos competentes a
quienes se debe avisar ante la ocurrencia de esta situación.
Forma de control o e Controlar en terreno, que estén capacitados los trabajadores que se
seguimiento. encuentran en los trabajos de excavaciones.
e Verificar en terreno que los trabajadores y contratistas se encuentra capacitada en los procedimientos que debe llevar a cabo ante un afloramiento de aguas subterráneas.
e Verificar en terreno la accesibilidad a los contactos de los organismos competentes a quienes se debe avisar ante la ocurrencia de esta situación.
Referencia a documentos del | Anexo 3 de la Adenda. Acápite 7.1.5 del ICE expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
-
Que, durante el proceso de evaluación no hubo solicitud de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N” 19.300, por lo que, no se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto.
-
Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
-
Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.
-
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
-
Que, para que el proyecto "Edificio General Freire" pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
-
Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
-
Que, el Titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
-
Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al proyecto que constituya un cambio de
consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
38
- Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
1?. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Edificio General Freire” de Inmobiliaria Pilares S.A.
- Certificar que el proyecto “Edificio General Freire" cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3". Certificar que el proyecto “Edificio General Freire”, cumple con los requisitos de carácter ambiental contenido en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140 y142, del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
- Certificar que el proyecto "Edificio General Freire", no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N” 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
5”. Definir como gestión, acto o faena mínima del proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.
6”. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20 de la Ley N” 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Distribución:
- Señores Daniel Lara Arancibia / Juan Lira Fuenzalida, representantes legales de Inmobiliaria Pilares S.A., Eliodoro Yáñez 2962, Providencia, Santiago.
— Intendenta, Región Metropolitana de Santiago
-
CONAF, Región Metropolitana de Santiago
-
DGA, Región Metropolitana de Santiago
-
DOH, Región Metropolitana de Santiago
-— SAG, Región Metropolitana de Santiago
-
SEC, Región Metropolitana de Santiago
-
SEREMI MOP Región Metropolitana de Santiago
-
SEREMI Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago
39
SETEMI de Agricultura, Región Metropolitana de Santiago
SEREMI de Bienes Nacionales, Región Metropolitana de Santiago
SEREMI de Desarrollo Social, Región Metropolitana de Santiago
SEREMI de Energía, Región Metropolitana de Santiago
SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago
SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana de Santiago Servicio de Vivienda y Urbanismo SERVIU, Región Metropolitana de Santiago (Interregional) Consejo de Monumentos Nacionales
(Interregional) Superintendencia de Servicios Sanitarios
Gobierno Regional, Región Metropolitana
Tlustre Municipalidad de La Cisterna
C/c
Expediente del Proyecto “Edificio General Freire”. Archivo Servicio Evaluación Ambiental RM.
40