Desarrollo inmobiliario La Florida
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE COQUIMBO CALIFICA AMBIENTALMENTE EL PROYECTO “DESARROLLO INMOBILIARIO LA FLORIDA”. RESOLUCIÓN EXENTAN” ) 52 2 LA SERENA, — 03 JUL 2018 VISTOS;
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— La Declaración de Impacto Ambiental (en adelante DIA) admitida a trámite con fecha 03 de noviembre de 2017, su Adenda de fecha 28 de febrero de 2018 y su Adenda Complementaria de fecha 14 de mayo de 2018, del proyecto denominado “Desarrollo Inmobiliario La Florida”, presentado por Inversiones y Asesorías H y C S.A.
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Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA y que se detallan en el Capítulo 1 del Informe Consolidado de Evaluación (en adelante ICE) de la DIA del proyecto denominado “Desarrollo Inmobiliario La Florida”.
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El Acta de Evaluación N*006 de fecha 12 de junio de 2018, del Comité Técnico de la Región de Coquimbo.
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— ElICE de la DIA del proyecto denominado “Desarrollo Inmobiliario La Florida” de fecha 13 de
junio de 2018.
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La Sesión N*08 de fecha 20 de junio de 2018, de la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo.
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Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la
DIA del proyecto denominado “Desarrollo Inmobiliario La Florida”.
- Lo dispuesto en la Ley N19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente (Modificada por la Ley N20.417); el D.S. N40 de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
CONSIDERANDO: 1. Que, Inversiones y Asesorías H y C 8.4. (en adelante, el titular), ha sometido al Sistema de
Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto denominado “Desarrollo Inmobiliario La Florida”, (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del titular son los
siguientes: Nombre o razón social Inversiones y Asesorías H y C S.A. Domicilio Avenida del Valle N* 512, Oficina s01,
Región Metropolitana.
Nombre(s) _ del/los representante(s) | Mauricio Johnson Undurraga y Gustavo
legal(es) Undurraga.
Domicilio del/los representante(s) | Avenida del Valle N* 512, Oficina 801, Huechuraba, legal(es) Región Metropolitana.
- Que, conforme se indica en el ICE de fecha 13 de junio de 2018, la Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental (en adelante SEA) de la Región de Coquimbo ha recomendado aprobar el proyecto, por cuanto:
» El proyecto cumple con la Normativa Ambiental Aplicable.
- El titular del proyecto subsanó los errores, omisiones e inexactitudes durante el proceso de evaluación.
» Ha identificado los permisos ambientales sectoriales aplicables al proyecto, y ha proporcionado satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dichos permisos.
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No generaría ninguno de los efectos, características y circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N*19,300, por lo tanto, no requiere la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental.
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Que, en sesión de fecha 20 de junio de 2018, la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo acordó calificar favorablemente el proyecto denominado “Desarrollo Inmobiliario La Florida”, aprobando integramente el contenido del ICE de fecha 13 de junio de 2018, el que forma parte íntegra de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
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Que, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. Antecedentes generales del proyecto o actividad
El proyecto tiene como objetivo la construcción de un proyecto inmobiliario, el cual contempla un total de 1.122 unidades habitacionales, Objetivo general correspondientes a 682 viviendas y 440 departamentos todos contenidos en una superficie estimada de 29,46 hectáreas; incluidas entre ellas tanto las obras de urbanización como áreas verdes.
Tipología — principal, g) Proyectos de desarrollo urbano o turístico, en zonas no comprendidas así como las aplicables | £M alguno de los planes evaluados estratégicamente de conformidad a lo a sus partes, obras o | £stablecido en el párrafo 1* bis del Título II de la Ley. Se entenderá por acciones planes a los instrumentos de planificación territorial.
g.1. Se entenderá por proyectos de desarrollo urbano aquellos que contemplen obras de edificación y/o urbanización cuyo destino sea habitacional, industrial y/o de equipamiento, de acuerdo a las siguientes especificaciones:
g-1.1. Conjuntos habitacionales con una cantidad igual o superior a ochenta (80) viviendas o, tratándose de vivienda social, vivienda progresiva o infraestructura sanitaria, a ciento sesenta (160) viviendas.
Vida útil Indefinida.
Monto de inversión 9.919.000 millones de dólares (USD).
Gestión, acto o faena | Excavaciones para la instalación del cerco perimetral del área de mínima, que da cuenta | emplazamiento del proyecto.
del inicio de la ejecución del proyecto de modo sistemático y
permanente, para efectos de la caducidad de la RCA
4.1, Antecedentes generales del proyecto o actividad
Proyecto o actividad | Si | No se desarrolla por
etapas X Proyecto o actividad | Si | No modifica un proyecto
o actividad existente Xx Proyecto modifica | Si | No otra(s) RCA [sólo en
caso de que el
proyecto sí modifique Xx un proyecto o actividad]
4.2, Ubicación del proyecto o actividad
División político- | Región de Coquimbo, Provincia Elqui, Comuna La Serena. administrativa Justificación de la + Superficie disponible. localización e Sector rural, El área donde se emplazará el proyecto en evaluación denominado “Desarrollo Inmobiliario La Florida” está conformada por una superficie de 29,46 hectáreas, subdividida en un total de 44 parcelas desde la N17 hasta la N60. Por otra parte, cada una de las parcelas se encuentra identificada con su respectivo Certificado de Informaciones Previas. En Tabla 3.4 de la DIA se presenta para cada una de las parcelas su respectiva identificación así como su zonificación respecto del Plan Regulador Comunal vigente de La Serena, indicando que se encuentran emplazadas en el área rural. Superficie 29,46 hectáreas. Punto Este ÚTM (m) Norte UTM (m) 1 286595 6687190 2 286605 6687205 3 286968 6686917 4 287223 6686845 5 287242 66866944 Coordenadas 6 287255 66866947 UTM en Datum WGS84 Huso 195 7 287236 66866845 8 287623 66866791 9 287622 66866761 10 287230 66866814 11 287130 66866331 12 286993 66866457 13 286696 66866178 2% 14 286611 66866321,/3/
/
15 286623 66866338 16 286543 66866396 17 286706 66866593 18 286830 66866857 19 286813 66877006
Caminos o vías de
acceso
Para acceder al área de emplazamiento del proyecto el titular ha señalado que existirán tres accesos.
Un primer acceso se contempla por la calle Araucanía y su conexión con la calle El Litre, que de acuerdo a lo indicado por el titular serían terrenos de su propiedad.
Un segundo acceso sería por medio de la prolongación de Avenida Raúl Bitrán, al oriente de acuerdo a lo siguiente: “[...] se informa que el Titular contempla un segundo acceso, por medio de la prolongación de Avenida Raúl Bitrán por el oriente, hasta su conexión con la calle N101, a través de un compromiso adquirido con la empresa Habita Asociaciones Inmobiliarias S.A., la cual será desarrollada en la Parcela N23, antecedente que es presentado en Anexo 2.3 [...J”.
El tercer acceso corresponderá a la prolongación de la Avenida Raúl Bitrán hacia el poniente, definido como Acceso 3. Al igual que lo señalado anteriormente, el titular ha señalado que cuenta con un compromiso de la empresa Inmobiliaria PACAL, quienes otorgarán también las facilidades para llevar a cabo su materialización.
El desarrollo de las vialidades que conectan a los accesos antes mencionados, será ejecutado de manera conjunta con la construcción de la subfase 1 del proyecto. Por lo tanto, a partir de la construcción de la subfase 2, el proyecto contará con 3 accesos habilitados.
Para mayor detalle, ver numeral 3.3.4, Figura 3.7., y Anexo N*2.3, todos de la DIA.
Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones
En el Anexo 2.1 de la DIA se presentan planos del proyecto y láminas descriptivas de las unidades habitacionales. Para mayor detalle, ver Figuras 3.1, 3.2., 3.3, 3.4, 3.5, 3.6 y 3.7, todas de la DIA; y Anexo 1 de la Adenda de la DIA.
4, 3. Partes, obras
y acciones que componen el proyecto.
Nombre
Descripción
Fase
Cierre perimetral y señalización
El proyecto contempla un cierre perimetral que permitirá restringir el acceso al área de ejecución de la obra que corresponda, además de la demarcación y señalización adecuada en las zonas de acopio de material de construcción, caminos internos, bodegas, etc.
Construcción
Montaje y habilitación de instalación de faena
Durante esta etapa se implementará la infraestructura necesaria para la construcción de cada subfase del proyecto inmobiliario, de acuerdo al siguiente detalle:
Oficinas: Se habilitarán instalaciones de tipo contenedor los cuales contarán con el mobiliario y artículos para ser utilizados como oficina.
Patio de acopio: Se dispondrá una zona destinada al acopio transitorio de los residuos no peligrosos que corresponden principalmente a materiales de construcción en descarte. La zona de acopio se encontrará debidamente señalizada y cumplirá con la normativa vigente.en esta materia.
Bodega de residuos peligrosos: el proyecto contempla la implementación de una bodega de residuos peligrosos.
Comedor: Se habilitará un comedor de tipo contenedor para esta actividad.
Para mayor detalle, ver numeral 3.5.1 de la DIA.
Construcción
Habilitación de caminos
El proyecto contempla habilitar caminos interiores para la circulación de maquinaria y vehículos al interior del predio. El titular implementará señalética en los lugares que el camino lo requiera, con el fin de contribuir a una adecuada seguridad vial para los usuarios que utilizan las vías, para de esta manera minimizar eventuales efectos asociados al tránsito durante la construcción del proyecto. Esta actividad será ejecutada durante cada una de las Sub-fases que conforman el proyecto.
Para mayor detalle, ver numeral 3.5.1.4 de la DIA.
Construcción
Edificación de Unidades habitacionales
El proyecto contempla la construcción de un total de 1.122 unidades habitacionales, comprendidas entre 682 casas y 440 departamentos ubicados en el sector La Florida en La Serena, en una superficie estimada de 29,46 hectáreas. Además, el proyecto se desarrollará en 10 subfases de un año de duración cada una. Para mayor detalle, ver Figura 3.6 y Anexo 2.1, ambos de la DIA.
El proyecto contempla unidades habitacionales correspondientes a casas y departamentos de 65 m” y 80 m?. Las unidades habitacionales o viviendas, consideran las siguientes acciones:
Obra gruesa: corresponde a las actividades de construcción de las fundaciones, bases de pavimentos, y las estructuras resistentes de hormigón armado, (pilares, vigas, losas, tabiques, entre otras). Esta actividad es la que comprende el mayor requerimiento de mano de obra.
Terminaciones: esta actividad corresponde a las terminaciones (terminaciones gruesas y finas) y espacios comunes. Las faenas en esta etapa corresponden a trabajos menores como la instalación de
Construcción
cerámicas, artefactos sanitarios, cocinas, ventanas, pintura, entre otros.
Instalaciones: Contempla ejecutar toda actividad para conectar y abastecer de todos los servicios proyectados a cada unidad habitacional, es decir, agua potable, alcantarillado, aguas lluvias, instalación eléctrica, entre otras.
Recepción de obras: considera la corrección de observaciones menores de terminaciones finas y entrega de los recintos, como también la tramitación de la recepción municipal respectiva.
Entrega de viviendas: corresponderá a la entrega de viviendas terminadas a partir de la subfase 1 y así sucesivamente hasta la subfase 10.
Para mayor detalle, ver numerales 3.5.1.7 y 3.5.1.8, ambos de la DIA.
El proyecto contempla la ejecución de las acciones y obras Construcción Obras de tendientes a dar solución sanitaria, instalación eléctrica, urbanización conducción de aguas lluvias, habilitación de áreas verdes y pavimentación al proyecto. Para mayor detalle, ver numeral 3.5.1.7 y Anexo 3.3, ambos de la DIA.
El proyecto contempla modificar el trazado de un canal de regadío Construcción denominado Santa Isabel que se encuentra en el área de
Obra de emplazamiento del proyecto, se realizarán las obras que se
modificación requieran para su materialización, las cuales se contempla se
de cauce Hevarán a cabo durante la construcción de la subfase 3, una vez se
cuente con su respectiva autorización sectorial.
Para mayor detalle, ver numeral 3.5.1.9 de la DIA.
4.4, Etapa de construcción: partes, obras y acciones.
Limpieza, escarpe y excavaciones del terreno: se considera el retiro de la vegetación superficial del terreno, la que será apartada y podrá ser utilizada como relleno para áreas verdes dentro del mismo proyecto. Estas actividades serán ejecutadas durante cada una de las Sub-fases que conforman el proyecto.
Corta de plantaciones forestales: en el área de localización del proyecto existen formaciones arbóreas de interés forestal en una superficie de 4,28 hectáreas, en lo principal con plantaciones de Eucalyptus globulus. Se contempla la ejecución de la corta de plantaciones forestales sólo en la Subfase 1 de la construcción, una vez que se cuente con su respectiva aprobación sectorial.
Unidades babitacionales: El proyecto contempla la construcción de un total de 1.122 unidades habitacionales, comprendidas entre 682 casas y 440 departamentos ubicados en el sector La Florida en La Serena, en una superficie estimada de 29,46 hectáreas. Además, el proyecto se desarrollará en 10 subfases de un año de duración cada una. Para mayor detalle, ver Figura 3.6 y Anexo 2.1, ambos de la DIA.
El proyecto contempla unidades habitacionales correspondientes a casas de 65 m* y 80 m?. Las unidades habitacionales o viviendas, consideran las siguientes acciones:
Obra gruesa: corresponde a las actividades de construcción de las fundaciones, bases de pavimentos, y las estructuras resistentes de hormigón armado, (pilares, vigas, losas, tabiques, entre otras). Esta actividad es la que comprende el mayor requerimiento de mano de obra.
Terminaciones: esta actividad corresponde a las terminaciones (terminaciones gruesas y finas) y espacios comunes. Las faenas en esta etapa corresponden a trabajos menores como la instalación de cerámicas, “artefactos sanitarios, cocinas, ventanas, pintura, entre otros.
. Instalaciones: Contempla ejecutar toda actividad para conectar y abastecer de todos los servicios
: | proyectados a:cada unidad habitacional, es decir, agua potable, alcantarillado, aguas lluvias, instalación
eléctrica, entre otras.
Recepción de obras: considera la corrección de observaciones menores de terminaciones finas y entrega de los recintos, como también la tramitación de la recepción municipal respectiva.
Entrega de viviendas: corresponderá a la entrega de viviendas terminadas a partir de la subfase 1 y así sucesivamente hasta subfase 10.
Para mayor detalle, ver numerales 3.5.1.7 y 3.1.5.8, ambos de la DIA.
Obras de urbanización: consistirá en la ejecución de las acciones y obras tendientes a dar solución sanitaria, conducción de aguas lluvias, pavimentación al proyecto y áreas verdes.
Para el saneamiento de las aguas lluvias, todas aquellas que sean captadas dentro del área del proyecto serán conducidas a través de las bajadas de aguas lluvias, pocetas, sumideros y trazados de tuberías respectivas.
El sistema de evacuación de aguas lluvias para la sub-cuenca queda constituido por un sistema de sumideros, repartidos en el área de influencia del proyecto, los cuales captarán las aguas lluvias provenientes de toda la respectiva sub-cuenca. Estas aguas serán transportadas mediante un sistema de cámaras y colectores de PVC hacia las descargas parciales y hacia su descarga final desde el sistema de sumideros.
El proyecto contempla en su diseño de pavimentación un sistema de manejo de aguas lluvias, el que se realizará en forma gravitacional a través de los encuentros calzada solera, para luego disponerlas en pozo de infiltración a una profundidad de entre 2 a 3 metros.
Para las obras de pavimentación, estas se ceñirán de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), sin perjuicio del cumplimiento de las demás exigencias que sobre la misma materia se deriven de la aplicación de la Ley de Pavimentación Comunal. Las especificaciones de los pavimentos de las calzadas y veredas los determinará el Servicio Regional de Vivienda y Urbanización (SERVIU) y/o la Municipalidad respectiva.
Se contempla la habilitación de áreas verdes, las cuales de acuerdo la definición establecida en la OGUC, corresponden a superficies de terreno destinadas preferentemente al esparcimiento o circulación peatonal, conformadas generalmente por especies vegetales y otros elementos complementarios. Se contempla una superficie de 2,06 hectáreas lo que corresponde a un 7.16% de ocupación en el terreno.
Estas se habilitarán de acuerdo al cronograma de construcción para cada una de las sub-fases. Las obras de urbanización se iniciarán durante la subfase 1, y se ejecutará hasta una vez completadas las 10 sub-fases que componen el proyecto.
Para mayor detalle, ver Anexo 3 y Anexo 4, ambos de la DIA; numeral 1.6 y Anexo 1, ambos de la Adenda de la DIA; y, numeral 1.1 de la Adenda Complementaria.
Manejo y disposición de residuos: la disposición de los residuos domiciliarios y escombros durante la etapa de construcción será realizada por una empresa externa. Los registros serán mantenidos en la obra (boleta, factura u otro documento), a través del cual, se acredite la disposición final de los residuos en lugares autorizados por la Autoridad Sanitaria. De igual forma, se procederá con los residuos peligrosos. Estas actividades se ejecutarán para cada una de las sub-fases que componen el proyecto.
Para mayor detalle, ver numerales 1.7 y 1.8, ambos de la Adenda de la DIA.
4.4.1. Etapa de construcción: Suministros básicos
Durante esta fase se requerirán de insumos necesarios para las obras de construcción de las unidades habitacionales (materiales, áridos, hormigón), los que serán abastecidos por empresas dedicadas al rubro respectivo, por lo tanto, el transporte de éstos, corresponde a una actividad que no forma parte del proyecto en evaluación.
Insumos y materiales de construcción
El proyecto durante la etapa de construcción tendrá instalaciones | sanitarias que se conectarán a la red de alcantarillado ES ESE
a, A
Servicios higiénicos e . » NA sanitaria correspondiente. Sin embargo, durante los primieróSs A
Dd
construcción se utilizarán baños químicos mientras” ¿se ¿caliza la
conexión con la red de alcantarillado.
Los residuos generados en los baños químicos provisorios serán trasladados y dispuestos en un lugar autorizado de acuerdo a la normativa vigente y a cargo de la empresa proveedora. No obstante lo anterior, se implementarán baños químicos en los frentes de trabajo durante la construcción dado que se superará para cada una de las subfases la distancia máxima entre las instalaciones sanitarias y el frente de trabajo de acuerdo a lo establecido por el artículo 25 del D.S. N*594/1999.
Además, se habilitarán camarines con duchas y casilleros en proporción adecuada al número de trabajadores descrito en el artículo 27 del D.S. N 594/1999,
Abastecimiento de agua
El agua utilizada en la etapa de construcción será suministrada en forma envasada en bidones por una empresa autorizada, cumpliendo asi con los requisitos físicos, químicos, radioactivos y bacteriológicos establecidos en la N.Ch. N*409/1984 Sobre Requisitos del Agua Para Consumo Humano. Lo anterior, será sólo durante los primeros meses mientras se genere la conexión con la empresa sanitaria y ésta entregue el suministro de agua potable durante toda la construcción del proyecto.
El requerimiento de agua industrial para la construcción de unidades habitacionales y humectación de caminos será suministrado por terceros autorizados.
Para mayor detalle, ver numeral 1.6 de la Adenda de la DIA.
Energía eléctrica
La energía eléctrica será suministrada por parte del distribuidor concesionado. En el Anexo 4 de la DIA se adjunta certificado de factibilidad eléctrica. Por lo anterior, no se contempla la utilización de equipos electrógenos en ninguna de las fases del proyecto.
Alimentación
Cada trabajador traerá su alimento a la faena, para lo cual se contará con un comedor habilitado, el que contará con el mobiliario y equipamiento necesario para esta función.
Transporte de personal
Los trabajadores que participarán de la etapa de construcción de este proyecto se trasladarán en vehículos particulares y locomoción colectiva.
Alojamiento
El proyecto no contempla alojamiento para sus trabajadores.
Maquinaria
Será utilizada para realizar las actividades correspondientes a la etapa de construcción, asociada a movimientos de tierra. Para mayor detalle, ver la Tabla 3.6 del numeral 3.5.1.6 de la DIA.
4.4.2. Etapa de construcción: recursos naturales a extraer, explotar o utilizar
Plantaciones de Eucalyptus globulus
En el área del proyecto se constata la existencia de formaciones arbóreas de interés forestal, por una superficie de 4,28 hectáreas. El proyecto contempla la explotación de plantaciones de E. globulus cuyos antecedentes son presentados en el Anexo 5 de la Adenda Complementaria de la DIA, presentando los antecedentes requeridos para dar cumplimiento al Permiso Ambiental Sectorial descrito en el artículo 149 del Reglamento del SETA.
Suelo
Corresponde a la superficie de suelo total que será intervenido tanto para la instalación de obras, equipos e infraestructura como para el desarrollo de actividades y operación del proyecto inmobiliario.
4.4.3. Etapa de construcción: emisiones a la atmósfera.
Material particulado
Corresponderá a MP10 y MP2,5 y estará asociado a actividades de movimiento de tierra, tránsito de camiones, excavaciones y escarpe del terreno, así como otras actividades relacionadas con el acondicionamiento del terreno para la construcción.
El análisis de la modelación de emisiones atmosféricas, promedio anual de MP10 y MP2,5 permite concluir que las concentraciones más altas se encuentran a una distancia de 100 m desde el proyecto 14 ug/m? y que éstas corresponden al MP10 producto de las emisiones generadas en la sub-fase 1 de construcción, alcanzando una concentración menor a l ug/m a una distancia superior a 600 m. Respecto de las concentraciones modeladas para el MP2,5, estas son considerablemente menores a las de MP10 y se debe a que las emisiones generadas son menores; así por ejemplo, a una distancia aproximada de 300 m es posible encontrar concentraciones inferiores a 1 ug/m? . Cabe destacar, que esta concentración se proyecta tan sólo durante la fase de construcción de la subfase 1. Contrariamente a la fase de construcción, las concentraciones modeladas de las emisiones generadas en la fase de Operación son muy menores, alcanzando un máximo de concentración de 0,29 y 0,7 ug/mÍ de MP10 y MP2,5 respectivamente. No obstante lo anterior, el proyecto contempla medidas de control que son resumidas en la Tabla 12 de la Adenda de la DIA.
Para mayor detalle de la estimación de las emisiones atmosféricas en etapa de construcción, ver numeral 3.5.9.3, Tabla 3.21, Tabla 3.22, y Anexo 5.1, todos de la DIA.
Gases de combustión
Corresponderán a la generación de Co, NO,, SO2 y HC y estarán asociados a la combustión interna de maquinaria y equipos tales como retroexcavadora, rodillo compactador y motoniveladora, entre otros.
El proyecto no contempla la emisión de gases de combustión en concentraciones tales que superen la norma anual, así como tampoco la norma diaria, según corresponda, esto en base a que sólo se emitirá a partir de la combustión de motores diésel, los cuales contarán con mantenciones periódicas, tal que permitan el óptimo funcionamiento de estos.
Para mayor detalle de la estimación de las emisiones atmosféricas en etapa de construcción, ver Tabla 3.21, Tabla 3.22 y Anexo 5.1, todas de la DIA.
4.4.4, Etapa de construcción: emisiones líquidas.
Aguas servidas
Los residuos líquidos domésticos corresponden a aquellos generados en los servicios higiénicos utilizados por el personal de la obra.
Durante los primeros meses se utilizarán baños químicos cuyos residuos líquidos generados serán trasladados y dispuestos de acuerdo a la normativa vigente y a cargo de terceros autorizados. Es importante señalar que sólo se utilizarán baños químicos antes de conectarse a la red de alcantarillado correspondiente, cuyos residuos domésticos serán descargados a la red por lo que no se contemplan emisiones directas por parte del proyecto. No obstante, se requerirán siempre de baños químicos para los frentes de trabajo, los cuales serán suministrados por empresas autorizadas y que además serán las encargadas de.su.| disposición final. A
eN
El proyecto durante la fase de construcción no contempla la generación de residuos industriales líquidos.
4.4.5. Etapa de construcción: ruido.
Ruido
Para la proyección de los niveles de ruido, se consideraron las principales fuentes emisoras de ruido en los procesos de construcción de la zona en estudio, de acuerdo a los antecedentes presentados en la Tabla 3.6 de la DIA.
Las emisiones de presión sonora para cada una de las subfases fueron evaluadas, y en algunos receptores presentaron valores por sobre el límite establecido por la norma, por lo anterior el proyecto considera medidas de control para dar cumplimiento normativo.
Entre las medidas de control se encuentran: cierre perimetral de 3.6 m de altura, cierres trasladables de 3.6 m de altura. En algunas etapas, debido a su gran extensión, puede no ser posible realizar un cierre perimetral completo de toda la subfase. Ante esta situación se presenta la alternativa de cerrar los frentes de trabajo en particular; el cual consiste en un cierre parcial de frentes con una barrera de las mismas características que la barrera anterior, pero con una altura de 3.6m de altura.
Para mayor detalle, ver numeral 2.1 y Anexo 3, ambos de la Adenda Complementaria de la DIA.
4.4.6. Etapa de construcción: resi
duos no peligrosos.
Sólidos domésticos asimilables
y
Se estiman 80 kg/d de residuos domiciliarios, los que serán dispuestos en tambores claramente identificados (basureros) con rueda y tapa. Estos serán recolectados por una empresa contratada para dicho servicio.
La estimación ha considerado los residuos generados por trabajador a una tasa de 0,8 kg/d, (0,8 kg/d * 100 Trabajadores).
Para mayor detalle, ver numeral 3.5.10.1 de la DIA y numerales 1.7, 1.8 y 1.9, todos de la Adenda de la DIA.
Sólidos industriales
Se estima una cantidad aproximada de 5,11 toneladas/año de residuos no peligrosos de tipo industrial (fierros y trozos de madera), estimados considerando que se generarán 0,14 m? de residuos por cada m?.
Este tipo de residuos será almacenado temporalmente en un patio de acopio, para finalmente ser dispuestos en un lugar autorizado por un tercero autorizado.
Para mayor detalle, ver numeral 3.5.10.2 de la DIA y numerales 1.7, 1.8 y 1.9 y 3.1, todos de la Adenda de la DIA.
4.4.7. Etapa de construcción: residuos peligrosos.
Envases de pinturas, huaipes, luces halógenas, pilas, grasa,
El proyecto contempla la generación de residuos peligrosos, los cuales serán almacenados temporalmente en una Bodega de Residuos Peligrosos para su posterior disposición final en sitio autorizado para la disposición final de este tipo de residuos.
aceites, baterías.
10
Para mayor detalle, ver numerales 3.5.10.3 de la DIA y numerales 1.7, 1.8, 1.9 y 3.3, todos de la Adenda de la DIA.
4.4.8. Etapa de construcción: productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente
Serán almacenadas, manejadas y transportadas de acuerdo a las disposiciones del D.S. N*43/2015.
Pinturas, envases de pinturas, El proyecto contempla una bodega de estructura metálica de 6 m? para spray, aceites, solventes, entre | su almacenamiento, Dicho lugar tendrá un sistema de control de otros. derrames y un sistema de control de incendios.
Para mayor detalle, ver numeral 3.5.10.4 de la DIA y numeral 2.2 de la Adenda de la DIA.
4.5. Etapa de operación: partes, obras y acciones.
Fase de operación: La fase de operación se iniciará una vez sea entregada la primera vivienda correspondiente a la primera sub-fase completamente construida, subfase que corresponderá a un total de 111 unidades habitacionales (111 casas).
La fase de operación se realizará por partes al igual que la de construcción, ya que a medida que se termine cada subfase ésta quedará en condiciones de ser habitada, es decir, comenzará la fase de operación de ésta.
Para dar inicio a la fase de operación se ejecutarán las siguientes actividades: descritas que se presentan a continuación:
Habitabilidad de las viviendas: una vez concluida la construcción del proyecto, y se cuente con las respectivas recepciones municipales, se dará inicio a la entrega de las viviendas a los propietarios y, por lo tanto, la habitabilidad de éstas, dándose inicio a la fase operación del proyecto. El tiempo de duración de dichas actividades estará supeditado a la entrega de las últimas viviendas del proyecto.
Seguridad, conserjería y aseo: una vez concluida la construcción de la primera sub-fase del proyecto, se contará con el personal encargado de seguridad, conserjería y aseo.
Mantención sistema de aguas lluvias: acorde a la secuencia constructiva del proyecto, se realizarán mantenciones a los colectores correspondientes, hasta una vez se realicen las recepciones de las viviendas por año o según corresponda.
Mantención y conservación de áreas verdes: Las actividades que se consideran para la mantención y conservación de áreas verdes, corresponden principalmente la corta de césped, mantención de jardines así como el riego de ellos. Esta actividad se llevará a cabo hasta el momento de la emisión del Certificado de Recepción de las obras por parte de la Dirección de Obras Municipales (DOM), para cada una de las sub- fases contempladas en el proyecto, pues en ese momento pasará a ser responsabilidad de la Municipalidad.
Para mayor detalle de la fase de operación, ver numeral 3.6 de la DIA y numeral 1.11 de la Adenda de la DIA.
4.5.1. Etapa de operación: suministros básicos.
El suministro eléctrico será mediante la conexión a la red existente. En el Anexo 4 de la DIA se adjunta la factibilidad eléctrica de la empresa concesionaria.
Energía eléctrica Todas las redes de electrificación, de alumbrado público y sus
respectivas obras complementarias se ejecutarán en conformidad a las normas y especificaciones sobre diseño y construcción, de acuerdo a
AA y El titular ha presentado convenio de prestación de servicios sanitátid!
ESE
a carta que compromete estudio de factibilidad técnica de servicios”
Agua potable y alcantarillado
las normas técnicas vigentes. an a.
empresas autorizadas, para asegurar los servicios sanitarios requeridos por el proyecto.
El sistema de evacuación de aguas lluvias para la sub-cuenca queda constituido por un sistema de sumideros, repartidos en el área de influencia del proyecto, los cuales captan las aguas lluvias provenientes de toda la respectiva sub-cuenca. Estas aguas serán transportadas mediante un sistema de cámaras y colectores de PVC hacia las descargas parciales y hacia su descarga final desde el sistema de Diseño de pavimentación y | sumideros.
sistema de evacuación de aguas
lavias El proyecto contempla en su diseño de pavimentación un sistema de
manejo de aguas lluvias, el que se realizará en forma gravitacional a través de los encuentros calzada solera, para luego disponerlas en pozo de infiltración a una profundidad de entre 2 a 3 metros.
Para mayor detalle, ver Anexo 3 y Anexo 4, ambos de la DIA; numeral 1.6 y Anexo 1, ambos de la Adenda de la DIA; y numeral 1.1 de la Adenda Complementaria de la DIA.
4.5.2. Etapa de operación: productos generados.
El proyecto generará como producto de su fase de construcción unidades habitacionales, consistentes en un total de 1.122 unidades habitacionales, comprendidas entre 682 casas y 440 departamentos ubicados en el sector denominado La Florida, comuna de La Serena, en una superficie estimada de 28,76 hectáreas. Las unidades habitacionales corresponden a casas de 65 m' y 80 m?.
Unidades habitacionales £ Ñ El proyecto contempla etapas de construcción sucesivas que
corresponderán a 10 subfases de un año de duración cada una.
La fase de operación se iniciará una vez sea entregada la primera vivienda correspondiente a la primera sub-fase completamente construida, cuya fase corresponde a un total de 111 unidades habitacionales (111 casas).
4.5.3. Etapa de operación: recursos naturales a extraer, explotar o utilizar.
En el área del proyecto se constata la existencia de formaciones arbóreas de interés forestal, por una superficie de 4,28 hectáreas. El Plantaciones de Eucalyptus proyecto contempla la explotación de plantaciones de E. globulus globulus cuyos antecedentes son presentados en el Anexo 5 de la Adenda Complementaria de la DIA, presentando los antecedentes requeridos para dar cumplimiento al Permiso Ambiental Sectorial descrito en el artículo 149 del Reglamento SEIA.
Corresponde a la superficie de suelo total que será intervenida tanto Suelo para la instalación de obras, equipos e infraestructura como para el desarrollo de actividades y operación del proyecto inmobiliario.
4.5.4, Etapa de operación: emisiones a la atmósfera.
Para el cálculo de las emisiones producidas en la etapa de operación se consideraron las emisiones generadas por los vehículos particulares que circularán en esta fase del proyecto, estimándose para ello un total de 1 vehículo por unidad habitacional, es decir 1.122 vehiculos, además de la distancia máxima a recorrer dentro del proyecto inmobiliario. Estos datos se describen en Anexo 5.1 de la DIA.
Material particulado
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Para mayor detalle de emisiones atmosféricas para la etapa de operación, ver Tabla 3.31 y Tabla 3.32, ambas de la DIA.
4.5.5. Etapa de operación: emisiones líquidas.
Aguas servidas
En esta fase se generarán residuos líquidos provenientes de las aguas servidas. Estos serán descargados a la red de alcantarillado y tratados por la empresa sanitaria correspondiente, El proyecto no contempla la generación de residuos industriales líquidos.
4.5.6. Etapa de operación: ruido.
Ruido
Dada las características del proyecto no se contemplan emisiones acústicas significativas en la etapa de operación del proyecto.
Para el caso de los receptores que aparezcan en la medida que se habiten las unidades habitacionales, mientras otras subfases se encuentren en construcción se deberán implementar las medidas de control respectivas.
Para mayor detalle, ver numeral 2.1 y Anexo 3, ambos de la Adenda Complementaria de la DIA.
4.5.7. Etapa de operación: residuos no peligrosos.
Sólidos asimilables
domésticos y
El proyecto sólo contempla la generación de residuos sólidos domésticos o asimilables.
Para mayor detalle, ver numeral 3.6.10 y numerales 1.7, 1.8 y 1.9 todos de la Adenda de la DIA.
Sólidos industriales
El proyecto no contempla la generación de este tipo de residuos.
4.5.8. Etapa de operación: residuos peligrosos.
Envases de pinturas, huaipes, luces halógenas, pilas, grasa, aceites, baterías u otros.
El proyecto no contempla la generación de este tipo de residuos.
4.6. Etapa de cierre:
Desmantelamiento o aseguramiento de infraestructura
Restauración
Prevención de futuras emisiones
Mantención, conservación y supervisión
Este proyecto no contempla etapa de cierre o abandono, ya que se trata de un proyecto inmobiliario que por sus características, tiene una vida útil indefinida.
S. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N*19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS.
Impacto no significativo.
El proyecto no contempla generación de emisiones atmosféricas que superen la normativa vigente. A través del análisis de la estimación de emisiones y su modelación, se puede constatar que la máxima concentración será de 14 ug/mé correspondiente al año en que se emite mayor cantidad de MP10, es decir, el año 1 de la fase de construcción cumpliendo con la normativa vigente.
De acuerdo a los antecedentes presentados, a partir de los 600 m del área de emplazamiento del proyecto las concentraciones de MP10 son menores a 1 ug/m'. En la etapa de operación todas las estimaciones de MP10 son menores alug/m.
Por su parte, la concentración modelada de MP 2,5 tanto en la etapa de construcción como operación son menores a las de MP10 no superando en su mayoría el 1 ug/m'.
De acuerdo a lo anterior, y a lo indicado en el Anexo 5.1 de la DIA, el proyecto en ninguna de sus fases supera la normativa vigente respecto de emisiones atmosféricas.
No obstante lo anterior, el proyecto contempla las siguientes medidas de control para emisiones atmosféricas:
Humectación de caminos internos dos veces al día; revisión técnica al día y mantención de todos los equipos y maquinarias a utilizar durante el proyecto; los camiones circularán cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos impidiendo la dispersión de polvo a la atmósfera; control de velocidad para los vehículos asociados al proyecto.
Para mayor detalle, ver numeral 4.1.1 y Anexo 5.1, ambos de la DIA; numeral 2.6 de la Adenda de la DIA; y numeral 4.5.4.1 del Informe Consolidado de Evaluación.
Las emisiones de presión sonora para cada una de las subfases fueron evaluadas, y en algunos receptores presentaron valores por sobre el límite establecido por la norma, por lo que el proyecto considera medidas de control para dar cumplimiento normativo.
La implementación de medidas de control para las emisiones de ruido asegurarán que no se generarán impactos significativos sobre la salud de la población.
Entre las medidas de control se encuentran: cierre perimetral de 3.6 m de altura, cierres trasladables de 3.6 m de altura. En algunas etapas, debido a su gran extensión, puede no ser posible realizar un cierre perimetral completo de toda la subfase. Ante esta situación se presenta la alternativa de cerrar los frentes de trabajo en particular; el cual consiste en un cierre parcial de frentes con una barrera de las mismas características que la barrera anterior, pero con una altura de 3.6 tm de altura.
El mencionado cierre perimetral tendrá al menos 3.6 m de altura con una materialidad que asegure un mínimo de 10K g/m”. Una configuración de cierre que cumple con estas características es el de placas de OSB o similar, de un espesor superior a los 15mm.
14
5.1, RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS.
Para mayor detalle, ver numeral 2.1 y Anexo 3, ambos de la Adenda Complementaria de la DIA.
El proyecto contempla la generación de residuos domésticos, industriales no peligrosos y peligrosos, los cuales serán almacenados, manejados, transportados y dispuestos en sitio autorizado dando cumplimiento a la normativa respectiva. Por lo anterior, el proyecto no generará afectación a los recursos renovables, tales como, suelo agua y aire que afecte a la salud de la población.
En el caso de los residuos líquidos el proyecto no contempla generar riesgos a la salud de las personas, por la emisión de contaminantes sobre recursos naturales renovables, no existiendo descargas a cursos de agua de residuos líquidos dado que estas en su etapa inicial de la fase de construcción corresponderán a aguas residuales de los trabajadores y que por lo demás serán manejadas a través de sistemas de baños químicos hasta que se conecten a la empresa sanitaria que posea la concesión en el sector.
El proyecto en su fase de construcción contempla el almacenaje, transporte y disposición de residuos sólidos y líquidos por terceros autorizados en sitios autorizados.
Por otra parte, en la fase de construcción se contemplan trabajos y obras de modificación de cauce, contemplando el proyecto medidas de control para evitar que residuos alcancen las aguas del canal respectivo.
En su fase de operación el proyecto contempla la entrega de viviendas: corresponderá a la entrega de viviendas terminadas a partir de la subfase 1 y así sucesivamente hasta subfase 10. Por lo anterior, los residuos generados serán manejados por los residentes en el proyecto inmobiliario.
Fase en que se presenta. | Construcción y operación.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.
Ver numeral 6.1 del ICE sobre inexistencia de riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos.
De acuerdo a lo anterior, se concluye que el proyecto no genera o presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de sus efluentes, emisiones y residuos.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE.
El proyecto contempla la intervención de lá componente suelo en una superficie de 29,46 hectáreas, área en la cual el proyecto inmobiliario se desarrollará.
En la superficie de suelo a intervenir se presentan distintas capacidades de uso de suelo, sin embargo, se aprecia que el 65% de la superficie corresponde a suelos que no se caracterizan por tener aptitudes agrícolas.
Los suelos presentes en el área del proyecto corresponden en 30,06 hectáreas a suelos tipo IV y VII, mientras que 1 hectárea a capacidad de uso de suelo III.
Las características del suelo en el área del proyecto tiene limitaciones continuas que no pueden ser corregidas, tales como: textura arenosa de granulometría fina Impacto no a gruesa, pedregosidad excesiva, zona radicular poco profunda y baja retención significativo. de humedad; mientras que el restante a suelos identificados como terrenos clase IV. En estos no se desarrollan actividades agrícolas actualmente y no se pretende realizar ya que este sitio se encuentra cercado por el titular. Además;..... este tipo de suelo posee atributos críticos en el área de estudio comgés oz, onda gran cantidad de pedregosidad superficial y sub-superficial ms SÓ a
limitando con ello la actividad agrícola. Por lo tanto, dada las caradierísticas Gl
5,2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE.
suelo evaluado, es posible determinar que la operación del proyecto no generará impactos significativos al recurso suelo por erosión.
Para mayor detalle, ver numerales 4.1.1.2.3 y 4.2.2, ambos de la DIA; numeral 5.2 y Anexo 7, ambos de la Adenda de la DIA; y numeral 4.1.1.1 y Anexo 7, ambos de la Adenda Complementaria de la DIA.
En el área de emplazamiento del proyecto se constató la presencia de un individuo de Myocastor coypus (coipo), especie en estado de conservación vulnerable.
Por lo anterior, el proyecto considera un secado paulatino del tranque artificial donde se localiza el individuo, evitando interferir en sus periodos reproductivos (primavera-verano), y así generar la migración a otros cuerpos de agua aledaños.
En el área de implementación del proyecto debido a una irrigación artificial, por una zanja de riego pre existente, se formaron pozones de agua que permitieron la llegada de individuos de la especie Pleurodema thaul (sapito de cuatro ojos), especie en estado de conservación casi amenazada. Actualmente la zanja sólo presenta pozones donde se encontraron 21 individuos de la especie.
En virtud de lo anterior, se deberán adoptar ciertas precauciones a fin de no afectar la población de la especie, por lo cual cuando se materialice la modificación de cauce del canal Santa Isabel las zanjas creadas para dicha irrigación deberán cortar cualquier conducción o remanente de agua a fin de no propiciar condiciones específicas para el desarrollo en el lugar de dichas larvas. Esta acción se realizará fuera de los periodos de reproducción (junio a diciembre) a fin de no afectar significativamente la población de Pleurodema thaul.
Para mayor detalle, ver numeral 4,1,1.2,2 de la DIA; numeral 5.2 de la Adenda de la DIA; y, numeral 4.1.1.2 de la Adenda Complementaria de la DIA.
El proyecto no contempla generación de emisiones atmosféricas que superen la normativa vigente. A través del análisis de la estimación de emisiones y su modelación, se puede constatar que la máxima concentración será de 14 ug/m' correspondiente al año en que se emite mayor cantidad de MP10, es decir, el año 1 de la fase de construcción cumpliendo con la normativa vigente.
En el caso de los residuos líquidos el proyecto no contempla generar riesgos a la salud de las personas, por la emisión de contaminantes sobre recursos naturales renovables, no existiendo descargas a cursos de agua de residuos líquidos.
El proyecto contempla la generación de residuos domésticos, industriales no peligrosos y peligrosos, los cuales serán almacenados, manejados, transportados y dispuestos en sitio autorizado dando cumplimiento a la normativa respectiva. Por lo anterior, el proyecto no generará afectación a los recursos renovables, tales como, suelo agua y aire.
En el área de emplazamiento se observa la presencia de cursos de agua artificiales, al interior del predio, los cuales corresponden a canales de regadío. Si bien existen estos cursos de agua de carácter artificial, el proyecto no generará un efecto significativo que pueda afectar a la salud de las personas teniendo en consideración que los residuos liquidos que genera el proyecto sólo corresponden a aguas servidas las cuales inicialmente serán tratadas a través de la implementación de baños químicos con empresas autorizadas, mientras se_
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5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE.
conectan a la empresa concesionaria del sector. Por lo tanto, éstas en ningún momento serán descargadas a los cuerpos de agua, sino que serán tratadas y manejadas de acuerdo a la normativa vigente.
En este sentido el proyecto considera la intervención del Canal Santa Isabel, ubicado en el área de emplazamiento del proyecto.
Para mayores antecedentes respecto de dicha intervención, el titular ha presentado los antecedentes asociados al artículo 156 del Reglamento SELA, Permiso para efectuar modificaciones de cauce.
Para mayor detalle, ver Anexo 6.4 de la DIA; numerales 1.5, 1.10 y 3.5, todos de la Adenda de la DIA; y numerales 1.2 y 1.3, ambos de la Adenda Complementaria de la DIA.
Ver Tabla 6.1 y literal b) de la Tabla 6.2, ambas del Informe Consolidado de Evaluación (ICE).
Para evaluar los efectos del nivel de ruido sobre la fauna, se utilizó como referencia lo indicado por la EPA (United States Environmental Protection Agenoy, “Effects of Noise on Wildlife and Other Animals”, 1971) que establece un máximo de 85 dB(A) para no generar efectos sobre fauna silvestre.
De acuerdo a lo anterior y considerando los resultados del estudio acústico (Anexo 5.2 de la DIA), el nivel de presión sonora durante las fases de construcción y de operación no superará el máximo permisible para receptores de fauna silvestre (85 dB(A)), por tanto, no se generarán efectos por niveles de ruido en ninguna fase del proyecto que puedan afectar a la fauna silvestre presente en el entorno del proyecto,
El manejo, transporte y disposición tanto de residuos sólidos domésticos y asimilables, industriales sólidos no peligrosos, y peligrosos como de sustancias peligrosas, durante todas las fases del proyecto, se realizará de acuerdo a la normativa vigente.
Por otra parte, para la adecuada gestión de residuos se han presentado los antecedentes para solicitar los PAS 140 y 142, Dicho lo anterior, no existirá exposición de recursos naturales renovables a contaminantes debido a que el proyecto adoptará y cumplirá con las medidas de manejo establecidas en la norma aplicable y vigente.
Para mayor detalle, ver numerales 3.2 y 3.3, ambos de la Adenda de la DIA.
El proyecto no contempla la intervención de aguas subterráneas que contengan aguas fósiles, donde se generen fluctuaciones de niveles, donde existan vegas y/o bofedales, humedales, glaciar, entre otras.
El proyecto no contempla el desarrollo de actividades relacionadas con introducción al territorio nacional de alguna especie exótica al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados.
Fase en que se presenta
Construcción y operación.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.
Ver numeral 6.2 del ICE sobre la inexistencia de efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.
Z De acuerdo a lo anterior, se concluye que el proyecto no genera o presenta efectos adversos significativá sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. /2,
UA
¿e 53
5.3, REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS
HUMANOS.
Impacto no significativo.
El proyecto no contempla o interviene, usa o restringe el acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. Lo anterior se justifica debido a que no se identificaron recursos naturales que fuesen empleados por la población. De mismo modo, no se percibieron prácticas culturales o económicas desarrolladas por la población que refirieran a utilización de recursos naturales.
Para mayor detalle, ver numeral 4.1.1.3.1 y Anexo 5.7, ambos de la DIA; numeral 5.3 de la Adenda de la DIA; y, numeral 4.2 de la Adenda Complementaria de la DIA.
El proyecto contempla 1.122 unidades habitacionales, 682 casas y 440 departamentos, lo que de igual manera implica un total de 1.122 estacionamientos.
Para acceder al área de emplazamiento del proyecto el titular ha señalado que existirán tres accesos:
Un primer acceso se contempla por la calle Araucanía y su conexión con la calle El Litre, que de acuerdo a lo indicado por el titular serían terrenos de su propiedad.
Un segundo acceso sería por medio de la prolongación de Avenida Raúl Bitrán, al oriente de acuerdo a lo siguiente: “[...] se informa que el Titular contempla un segundo acceso, por medio de la prolongación de Avenida Raúl Bitrán por el oriente, hasta su conexión con la calle N101, a través de un compromiso adquirido con la empresa Habita Asociaciones Inmobiliarias S.A., la cual será desarrollada en la Parcela N23, antecedente que es presentado en Anexo 2.3
LP.
El tercer acceso corresponderá a la prolongación de la Avenida Raúl Bitrán hacia el poniente, definido como Acceso 3. Al igual que lo señalado anteriormente, el titular ha señalado que cuenta con un compromiso de la empresa Inmobiliaria PACAL, quienes otorgarán también las facilidades para llevar a cabo su materialización.
El desarrollo de las vialidades que conectan a los accesos antes mencionados, serán ejecutadas de manera conjunta con la construcción de la subfase 1 del proyecto. Por lo tanto, a partir de la construcción de la subfase 2, el proyecto contará con 3 accesos habilitados.
Para mayor detalle, ver numeral 4.1 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE).
De acuerdo a las condiciones analizadas respecto del flujo vehicular, en las vías locales como calle Araucanía y calle El Litre se espera que los flujos asociados a trausporte de maquinaria y materiales en la etapa de construcción sean despreciables y no generen impacto.
En relación con la fase de construcción, el proyecto contempla una serie de medidas de control tales como evitar el flujo de vehículos en horarios de mayor flujo de personas, controles de tránsito por medio de banderilleros en acceso de camiones, evitando congestión vial que impida el tránsito de peatones y vehículos, un letrero informativo con horarios, plazos de obras, flujo de camiones y contacto de encargado de relaciones con comunidad.
18
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS
HUMANOS.
Respecto a la etapa de operación, si bien el proyecto cuenta actualmente con la capacidad suficiente para satisfacer la demanda instalada producto del proyecto inmobiliario, se presentará un Estudio de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano (EISTU) ante la Secretaria Regional Ministerial de Transporte, dando cumplimiento a la normativa sectorial aplicable, acorde a la cantidad de estacionamientos que se proyectan junto con el desarrollo inmobiliario en evaluación ambiental.
El alcance de este estudio evalúa una primera aproximación, donde se consideran las variables más desfavorables, como en el caso de tasas de generación y atracción mayores a los valores medios, análisis del último año del proyecto considerando así la demanda futura en una mayor cantidad de años y con la ejecución del proyecto completo.
Para mayor detalle, ver numeral 5.3 y Anexo 8, ambos de la Adenda de la DIA. En el numeral 4.2.3 de la DIA se indica que el número de habitantes al año 2027 del proyecto ascenderá a 4.488 habitantes.
De acuerdo a lo señalado, los nuevos aportes demográficos asociados al proyecto en relación al equipamiento comercial, salud, educación e infraestructura básica no se verán afectados ni alterados, ya que se consideran suficientes para cubrir la futura demanda, asumiendo que los nuevos grupos humanos asociados al proyecto no necesariamente harán uso exclusivo de los servicios presentes en el área de influencia, sino que estos pueden desplazarse hacia otras partes de la comuna las cuales presentan bienes y servicios relacionados a los analizados anteriormente. Finalmente se estima que el proyecto no afectará negativamente a los grupos humanos localizados actualmente ni al acceso o calidad de estos bienes, equipamiento o servicios.
Por lo anterior, el proyecto no altera el acceso o la calidad de bienes, equipamientos, servicios e infraestructura básica, ya que teniendo en consideración que además el proyecto supone un ingreso gradual de acuerdo a las subfases del mismo los bienes y servicios no se verán afectados.
Para mayor detalle, ver numeral 5.3 de la Adenda de la DIA.
El titular señala que el proyecto no contempla dificultar o impedir el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo, ya que no se identificó en el grupo humano del área de influencia actividades o prácticas culturales vinculadas a mantener o fortalecer sentimiento de arraigo O pertenencia a una identidad local determinada.
En el caso de actividades, ritos comunitarios o festividades tradicionales, la población entrevistada indicó que en el sector no se desarrollan actividades comunitarias de carácter colectivo, por tanto, no se generará afectación en este componente.
Durante el proceso de evaluación se constató que en el área de influencia del proyecto no existen grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas.
Fase en que se presenta.
Construcción y operación.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.
Ver numeral 6.3 del ICE sobre la inexistencia de reasentamiento—de. comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas/d62 vid: > costumbres de grupos humanos. O
e 95
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS.
De acuerdo a lo anterior, se concluye que el proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR.
De acuerdo a los antecedentes presentados en el numeral 4.2.3 de la DIA no existe población protegida en el área de influencia del proyecto.
El proyecto no se emplaza en o cercano a áreas protegidas y tampoco a sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos ni glaciares.
Se señala que se reconoce en el área aledaña al proyecto el Cerro Grande, atractivo local destacado por ser un mirador hacia panorámicas de la ciudad de La Serena y del Valle del Elqui.
Impacto no
a Para mayor detalle, ver numeral 4.2,4 de la DIA. significativo.
El proyecto se desarrolla en un área rural, colindante con el límite urbano de la Comuna de La Serena.
De acuerdo a los antecedentes expuestos en párrafos anteriores, en el área de influencia del proyecto no se identificaron recursos ni áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación y tampoco humedales ni glaciares susceptibles de ser afectados; lo anterior, en consideración de la extensión, magnitud o duración de las obras y actividades del proyecto.
Fase en que se
presenta No se generará en ninguna fase del proyecto.
Referencia al ICE para | Ver numeral 6.4 del ICE sobre la inexistencia de localización en o próxima a mayores detalles sobre | poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, este impacto | humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el específico. valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.
De acuerdo a lo anterior, se concluye que el proyecto no se localizará en o próxima a población, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados.
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA.
En el área de influencia del proyecto no se reconoce la existencia de valor turístico de acuerdo al Artículo 11? del Decreto Ley N* 1.224, de 1975, que creó al Servicio Nacional de Turismo: “Las áreas del territorio que tengan condiciones especiales para la atracción del turismo, podrán ser declaradas Zonas o Centros de Interés Turístico Nacional.” En base a estos antecedentes la ubicación del proyecto no se emplaza en lugares declarados como zonas de valor paisajístico y/o turístico.
Impacto no
UN . El proyecto inmobiliari e encuentra próximo a otros proyectos de tipo significativo. proy! obiliario, se en p Ss proy p
residencial, por lo que no afectaría al paisaje del entorno. Además, si bien el Cerro Grande, colindante al área de emplazamiento del proyecto, se encuentra catalogado como un atractivo a escala local, la implementación del proyecto no afectará las panorámicas y/o visibilidad que hasta el día de hoy forman parte importante de la región, así como La Serena, Coquimbo y el Valle del Elqui.
Se reconoce en el área aledaña al proyecto el Cerro Grande, el cual se encuentra catalogado como un atractivo local.
20
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA.
Al respecto la implementación del proyecto no afectará las panorámicas que se pueden obtener de este mirador local, ni tampoco obstruir la libre circulación de las personas dado que los caminos y senderos que comunican la comuna con el atractivo turístico se conectan sin tener la necesidad de acceder por el área de emplazamiento del proyecto.
Para mayor detalle, ver numerales 4.1.1.4.1 y 4.2.5, ambos de la DIA.
Fase en que se
presenta No se generará en ninguna fase del proyecto.
Referencia al ICE para mayores detalles | Ver numeral 6.5 del ICE sobre la inexistencia de alteración significativa, en sobre este impacto | términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona.
específico.
De acuerdo a lo anterior, se concluye que el proyecto no genera o presenta alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL.
De acuerdo a los resultados de la inspección arqueológica presentada en los numerales 4.1.1.5, 4.2.6 y Anexo 5.6, todos de la DIA; y numeral 5.4 de la Adenda de la DIA, en el área de emplazamiento del proyecto se descarta la presencia de materiales arqueológicos y Monumentos Nacionales de aquellos definidos por la Ley N*17.288. Por lo tanto, no existe componente susceptible de ser afectado por las obras y/o acciones del proyecto.
El área de influencia del Proyecto no se emplaza en o cercano a construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigúedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al Impacto no patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena que pudieran ser significativo. afectados por su implementación.
De acuerdo a los antecedentes arqueológicos y sociales, se descarta que obras o acciones asociadas al proyecto impidan o dificulten el desarrollo de manifestaciones culturales, intereses comunitarios o sentimientos de arraigo de la población. Del mismo modo, de acuerdo a la información de CONADI, se descarta la presencia de asociaciones, comunidades u organizaciones indígenas en la mencionada localidad.
Para mayor detalle, ver los numerales 4.1.1.5, 4.2.6 y Anexo 5.6, todos de la DIA; y numeral 5.4 de la Adenda de la DIA.
Fase en que se
presenta No se generará en ninguna fase del proyecto.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.
Ver numeral 6.6 del ICE sobre la inexistencia de alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.
De acuerdo a lo anterior, se concluye que el proyecto no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.
- Que resultan aplicables al proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. Artículo 140: Permiso para planta de tratamiento de basuras
la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar
destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA.
Fase del proyecto a la cual corresponde
Fase de construcción.
Parte, obra o acción a la que aplica
Sitio temporal para almacenamiento de residuos asimilables a domésticos e industriales no peligrosos en forma separada, el que estará ubicado en un área de la instalación de faena del proyecto.
Para mayor detalle, ver Anexo 6.1 de la DIA; y numeral 3.1 de la Adenda de la DIA;
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
No existen.
Pronunciamiento del
competente
Órgano
Conforme, Ord. N*23 de fecha 29-05-2018, SEREMI de Salud,
Región de Coquimbo.
6.2. Artículo 142: Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, según se establece en el articulo 142 del Reglamento del SEIA.
Fase del proyecto a la cual corresponde
Fase de construcción.
Parte, obra o acción a la que aplica
Sitio temporal para almacenamiento de residuos peligrosos en un área de la instalación de faena del proyecto.
Para mayor detalle, ver Anexo 6.2 de la DIA; y numeral 3.3 de la Adenda de la DIA.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
No existen.
Pronunciamiento del
competente
Órgano
Conforme, Ord. N*23 de fecha 29-05-2018, SEREMI de Salud, Región de Coquimbo.
6.3. Artículo 149: permiso para la
corta de plantaciones en terrenos de aptitud preferentemente forestal.
Fase del proyecto a la cual corresponde
Fase de construcción.
Parte, obra o acción a la que aplica
Construcción de unidades habitacionales del proyecto que implicarán la intervención de 4,28 hectáreas de plantaciones de Eucaliptus globulus.
Para mayor detalle, ver Anexo 6.3 de la DIA; numeral 3.4 del Adenda de la DIA; y Anexo 5 de la Adenda Complementaria de la DIA.
Condiciones o exigencias | No existen.
específicas para su otorgamiento
Pronunciamiento del órgano | Conforme, Ord. N*18-EA/2018 de fecha 18-05-2018, de la competente Corporación Nacional Forestal, Región de Coquimbo.
6.4. Artículo 156: Permiso para efectuar modificaciones de cauce.
| Fase del. proyecto a la cual
Fase de construcción.
corresponde
22
Parte, obra o acción a la que aplica
Construcción de unidades habitacionales del proyecto dado que en el área de intervención existen dos canales de riego, canal Bellavista y canal Santa Isabel, este último corresponde a una captación desde el canal Bellavista mediante una bocatoma, con el objetivo de distribuir el agua hacia una zona alejada del canal principal. Por lo anterior, el proyecto requiere la modificación del trazado del Canal Santa Isabel.
Para mayor detalle, ver Anexo 6.4 de la DIA; y numeral 3.5 del Adenda de la DIA.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
No existen.
Pronunciamiento del
competente
órgano
Conforme, Ord. N*197 de fecha 28-05-2018, de la Dirección General de Aguas, Región de Coquimbo.
límites urbanos.
6.5. Artículo 160: Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los
Fase del proyecto a la cual corresponde
Fase de construcción.
Parte, obra o acción a la que aplica
El proyecto considera la construcción de un proyecto inmobiliario, el cual contempla un total de 1.122 unidades habitacionales, correspondientes a 682 viviendas y 440 departamentos todos contenidos en una superficie estimada de 28,76 hectáreas; incluidas entre ellas tanto las obras de urbanización como áreas verdes.
De acuerdo a los antecedentes presentados por el titular el proyecto se emplaza en un sector rural colindante al límite del área urbana de la Comuna de La Serena.
Para mayor detalle, ver Anexo 6.5 de la DIA.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
No existen.
Pronunciamiento del
competente
órgano
Conforme, Ord. N*1932 de fecha 27-11-2017, SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Coquimbo.
Conforme, Ord. N*675 de fecha 28-05-2018, del Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Coquimbo.
Conforme, Ord. N*240 de fecha 12-06-2018 SEREMI de Agricultura, Región de Coquimbo.
- Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto es la siguiente:
7.1.Emisiones a la atmósfera.
Componente/materia:
Gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes de cualquier naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, que deberán captarse o eliminarse en forma tal que no causen peligros, daños o molestias a las personas.
Medidas que el responsable de la ejecución de las obras de construcción debe adoptar con el objeto de controlar el impacto de las emisio E material particulado.
Norma .
Decreto Supremo N*144/1961 del Ministerio de
AE COS >; nes dlsspolwo y.
Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza.
. Decreto Supremo N*54/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Norma de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Medianos.
. Decreto Supremo N"4/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control.
. Decreto Supremo N*211/1991 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados livianos.
. Decreto Supremo N*75/1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Condiciones para el Transporte de Carga.
. Decreto Supremo N*55/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Norma de Emisión de Contaminantes Aplicable a Vehículos Motorizados Pesados.
. Decreto Supremo N%47/1992 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
. Decreto Supremo N%138/2005 del Ministerio de Salud. Establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica.
Otros cuerpos legales
No se identifican.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Construcción de unidades habitacionales: se generarán emisiones O contaminantes atmosféricos durante el tiempo que se estima se realizará la fase de construcción, 10 años. Además, circularán vehículos y maquinarias asociadas a la etapa de construcción. :
Forma de cumplimiento
Se implementarán las siguientes medidas de control:
Humectación de caminos dos veces al día.
Aplicación de producto para control de polvo (matapolvo).
Mantener registro de mantenciones y revisiones técnicas de los vehículos. Señalética asociada al control de velocidad, controlando de esta manera la polución que se genera durante el tránsito de vehículos livianos y pesados en
caminos sin pavimentar.
Los camiones asociados a la construcción del proyecto circularán encarpados.
Indicador que acredita su cumplimiento
Registros de humectación de caminos, mantenciones de vehículos y maquinarias, registro fotográfico de encarpados de camiones, y señalética alusiva al control de velocidad.
Para el caso de los vehiculos pesados y livianos se tendrá el registro de la fecha de su revisión técnica, junto con la patente del vehículo.
Señalética asociada al control de velocidad, el cual- contribuye a la disminución de la emisión por levantamiento de material particulado por resuspensión.
Forma de control y
Registros e informes de los indicadores considerados.
seguimiento
24
7.2. Normativa sobre ruido.
Componente/materia: Emisiones de ruido.
Norma Decreto Supremo N*38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica.
Otros cuerpos legales No se identifican.
asociados
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Maquinarias y equipos en los frentes de trabajo.
Forma de cumplimiento
De acuerdo al informe de estimación de emisiones acústicas el proyecto cumple con los límites dispuestos en el Decreto Supremo N* 38/2011 durante la fase de construcción durante las 10 subfases que contempla el proyecto, implementando las medidas de control propuestas en dicho informe, tales como cierres perimetrales y parciales por cada frente de trabajo.
Indicador que acredita su cumplimiento
Mediciones de emisiones de ruido en fase de construcción e informe de los resultados efectuados para la fase de construcción del proyecto.
Forma de control y seguimiento
Informe de los resultados de medición de ruidos efectuados durante la fase de construcción para cada año de construcción.
7.3.Normativa sobre residuos sólidos.
Componente/materia:
Generación, manejo y disposición de residuos sólidos tanto domésticos y asimilables como industriales no peligrosos.
Norma
-
Decreto Fuerza de Ley N*725/1967 (artículos 80 y 81), del Ministerio de Salud, Código Sanitario.
-
Decreto Supremo N*594/1999 (artículos 18, 19, 20 y 42), del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
Otros cuerpos legales No se identifican.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Lugares o sitios para almacenar temporalmente los residuos sólidos tanto domésticos y asimilables como industriales no peligrosos.
Forma de cumplimiento
Durante la fase de construcción, el proyecto generará residuos domésticos e industriales no peligrosos, los cuales serán recolectados y enviados a disposición final a un depósito de residuos autorizado, de acuerdo a las características de cada residuo a disponer.
El titular presentó los antecedentes asociados al Permiso Ambiental Sectorial descrito en el artículo 140 del Reglamento SEIA (PAS 140).
Indicador que acredita su cumplimiento
Tramitación y obtención del permiso asociado al manejo de residuos. Residuos trasladados a sitios de disposición final por empresas autorizadas.
Resolución Sanitaria de autorización sitio de almacenamiento de residuos no peligrosos.
Forma de control y seguimiento
El titular mantendrá en obra un registro donde se acredite la disposición final de todos los residuos en lugares debidamente autorizados por la autoridad sanitaria, Al término de la etapa de construcción, el titular 38 aos
antecedentes necesarios que garanticen el envío de los residúi SUS
sitio autorizado. : 7 7
OTSTGOLOS AUTOTIZAUOS.
| Existencia de hojas de seguridad.
7.7. Normativa sobre patrimonio cultural.
Componente/materia:
Hallazgos arqueológicos.
Norma
Ley N17.288/1970, del Ministerio de Educación, Ley de Monumentos Nacionales. Modificada por Ley N 20.021/2005 y Ley N* 20.243/2010.
- Decreto Supremo N484/1990, del Ministerio de Educación, Reglamento de la Loy N17.288 Sobre Monumentos Nacionales.
Otros cuerpos legales
No se identifican.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Excavaciones, escarpes y otros tipos de movimiento de tierras asociados a la construcción de las unidades habitacionales.
Forma de cumplimiento
Se contará con la presencia de un arqueólogo permanente durante todas las obras de construcción del proyecto con objeto de monitorear estas actividades y asegurar que no se afecten sitios arqueológicos que pudiesen aparecer en el subsuelo.
Se realizarán charlas de inducción sobre patrimonio cultural de la zona y la legislación vigente para su protección tendientes a advertir al personal de la empresa y a contratistas frente al eventual hallazgo de sitios arqueológicos durante los trabajos de construcción del proyecto.
Indicador que acredita su
Registro de las charlas de inducción.
cumplimiento Forma de control y| Aviso a la autoridad competente Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) seguimiento en caso de un hallazgo asociado a patrimonio cultural.
En caso de hallazgo se tendrá registro de paralizaciones de obras y aviso al CMAN en caso de encontrar restos arqueológicos durante las excavaciones.
El titular hará llegar Informes de Monitoreos mensuales a la SMA y al CMN dando cuenta de obras de construcción como limpieza, escarpe y excavación sub-superficial del terreno.
7.8. Normativa sobre recursos naturales.
Componente/materia:
Caza o captura de ejemplares de fauna.
Norma
Ley N*19.473 del Ministerio de Agricultura. Ley de Caza.
Decreto Supremo N*5/1998 del Ministerio de Agricultura. Reglamento de la Ley de Caza.
Otros cuerpos legales asociados
No se identifican.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
En ninguna de sus fases el proyecto contempla la caza de las especies en estado de conservación.
Parte, obra, acción, emisión, | residuo o sustancias a la que
Ninguna parte, obra u acción del proyecto contempla la caza de especies en
estado de conservación.
28
aplica
Forma de cumplimiento
El titular no contempla la caza o captura de ejemplares de fauna silvestre en ninguna de las actividades a realizar durante el desarrollo del proyecto/ Implementación de señalética,
Indicador que acredita su cumplimiento
Evidencia fotográfica de la señalética implementada.
Forma de seguimiento
control y
No aplica.
7.9. Normativa sobre regulación lumínica.
Componente/materia:
Norma de regulación de la contaminación lumínica.
Norma
Decreto Supremo N*43/2012, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Establece norma de emisión para la regulación de la contaminación lumínica, elaborada a partir de la revisión del Decreto N%686 de 1998.
Otros cuerpos legales asociados
No se identifican.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción y operación.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
El proyecto contempla el uso de luminarias que cumplan con los requisitos normativos.
Forma de cumplimiento
Instalación de luminarias certificadas que cumplan normativa.
Indicador que acredita su cumplimiento
Instalación de luminarias.
Forma de seguimiento
control y
No aplica.
- Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el titular del proyecto contempló compromisos ambientales voluntarios descritos en el numeral 10 del Informe Consolidado de
Evaluación (ICE).
Que, el proyecto contará con un “Plan de Prevención de Contingencias” y un “Plan de
Emergencias”, los cuales, en resumen, tendrán los siguientes objetivos:
y
El Plan de Prevención de Contingencias identifica los potenciales riesgos que involucra el proyecto, al tiempo que propone medidas para evitar o disminuir la posibilidad de su presencia, durante las fases de construcción y operación; involucrando a todos quienes participen en su desarrollo. Por otra parte el Plan de Emergencia define las principales acciones para hacerse cargo y controlar una determinada emergencia. Para mayor detalle, ver numeral 7 del Informe Consolidado de Evaluación
(ICE).
10,
Que, el titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de
las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
29
11.
12.
13.
14.
15.
16.
17.
Que, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución del proyecto, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
Que, para que el proyecto denominado “Desarrollo Inmobiliario La Florida”, pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
Que, el titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
Que, se hace presente al titular que cualquier modificación al proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto denominado “Desarrollo Inmobiliario La Florida”, del titular Inversiones y Asesorías H y C S.A.
Certificar que el proyecto denominado “Desarrollo Inmobiliario La Florida” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
Certificar que el proyecto denominado “Desarrolo Inmobiliario La Florida” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140, 142, 149, 156 y 160 todos del D.S. N” 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
Certificar que el proyecto denominado “Desarrollo Inmobiliario La Florida” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N*19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
Definir como gestión, acto o faena mínima del proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, lo mencionado en el considerando 4.1 del presente acto.
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- Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N” 19.300 ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Notifíquese y Archívese.
Résiftal Servicio de Evaluación Ambient
Srtaria Comisión de Evaluación E Región de Coquimbo
Distribución:
-
Sres, Mauricio Johnson Undurraga y Gustavo Johnson Undurraga, representantes legales de Inversiones y Asesorías H y C S.A.
-
Sres. Miembros de la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo.
-
Gobierno Regional, Región de Coquimbo.
-
Ilustre Municipalidad de La Serena.
-
Corporación Nacional Forestal, Región de Coquimbo.
-
Dirección General de Aguas, Región de Coquimbo.
-
Dirección de Obras Hidráulicas, Región de Coquimbo.
-
Dirección de Vialidad, Región de Coquimbo.
-
Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Coquimbo.
-
Servicio Nacional de Turismo, Región de Coquimbo.
-
Consejo de Monumentos Nacionales.
-
Superintendencia de Servicios Sanitarios.
-
Superintendencia de Medio Ambiente.
Cie:
-
Expediente electrónico de evaluación ambiental del proyecto denominado “Desarrollo Inmobiliario La Florida”.
-
Archivo Comisión de Evaluación Región de Coquimbo.
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