Depósito y Terminal de Buses Línea N°1, Trans.Satelite
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE TARAPACÁ Califica Ambientalmente el proyecto “Depósito y Terminal de Buses Línea N1, Trans.Satelite” Resolución Exenta N 00 0 0 5 Ú Iquique, 2.3 MAYO 2018 VISTOS:
L.
La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 19 de enero de 2018 y su Adenda Complementaria de fecha 27 de marzo de 2018, del proyecto “Depósito y Terminal de Buses Línea N?1, Trans.Satelite”, presentado por la Asociación Gremial Dueños de TaxiBuses Urbanos Línea N?1, Trans, Satélite A.G, con fecha 6 de octubre de 2017.
Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Depósito y Terminal de Buses Línea N?1, Trans.Satelite”.
El Acta de Evaluación N? 06 de fecha 2 de mayo de 2018, del Comité Técnico de la Región de Tarapacá.
El Informe Consolidado (ICE) de la DIA del proyecto “Depósito y Terminal de Buses Línea N*1, Trans.Satelite” de fecha 3 de mayo de 2018.
Los acuerdos de la sesión ordinaria N%6, de fecha 11 de mayo de 2018 de la Comisión de Evaluación de la Región de Tarapacá.
Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Depósito y Terminal de Buses Línea N*1, Trans.Satelite”.
Lo dispuesto en la Ley N 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S, N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N* 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
CONSIDERANDO:
l.
Que, la Asociación Gremial Dueños de TaxiBuses Urbanos Línea N91. Trans. Satélite A.G. (en adelante, el titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Depósito y Terminal de Buses Línea N*1, Trans.Satelite” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del titular son los siguientes:
Nombre o razón social Asociación Gremial Dueños de TaxiBuses Urbanos Línea N1. Trans. Satélite A.G Rut 75.706.100-7 Domicilio Ruta A-616 N3822, El Boro, Alto Hospicio Teléfono 572495857 Nombre representante legal José Tito Mamani Mamani Rut representante legal 9.262,.842-6 Domicilio representante legal Ruta A-616 N*3822, El Boro, Alto Hospicio Teléfono representante legal 572495857 Correo electrónico titular o 3 z translineal(Agmail.com representante legal
Que, conforme se indica en el ICE de fecha 3 de mayo de 2018 el Director Regional de la Región de Tarapacá, ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto éste cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable, cumple con los contenidos técnicos y ambientales para el pronunciamiento de sobre la calificación industrial de la actividad de acuerdo a lo señalado en el artículo 161? del D.S. N*40/2012, y no genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
Que, en sesión de fecha 11 de mayo de 2018, la Comisión de Evaluación de la Región de Tarapacá acordó calificar favorablemente el proyecto “Depósito y Terminal de Buses Línea N*1, Trans. Satelite”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 2 de mayo de 2018, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a
continuación se indica:
4.1, ANTECEDENTES GENERALES —
Objetivo general
El proyecto consiste en la operación y mantención de un depósito y terminal de buses, orientado a cubrir las necesidades de los socios de la Asociación Gremial, agrupando en un solo espacio físico las actividades asociadas a los servicios de transporte de la Línea N91 y su depósito.
El presente proyecto, viene a regularizar ambientalmente las obras ya implementadas en un recinto arrendado y emplazado específicamente en la Ruta 616 N*3822, Sector El Boro, Alto Hospicio en la Zona Z7-1, Sector de El Boro, Zona industrial Mixta, según la última modificación del Plan Seccional Alto Hospicio — Alto Molle
El sitio arrendado cuenta con los edificios necesarios para la administración y esparcimiento de los conductores, una garita de acceso, estacionamientos para 170 buses y vehículos, baños y duchas para los conductores y personal, así como un muro perimetral que cerca todo el sitio.
Se señala que ningún tipo de “Taller” es parte del servicio otorgado por el proyecto aquí evaluado y que el taller existente en el terreno (Fotografías Anexo VII de la DIA) corresponde a otro arriendo dentro del terreno particionado y realizado por el dueño, siendo las partes que componen este proyecto solo las circunscritas en el sector arrendado dentro del polígono demarcado por las coordenadas señaladas en el capitulo 1.11 del presente informe consolidado.
Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones
Tipología principal: e.2) Terminales de buses
Vida útil
Indefinida
Monto de inversión
US$1.000.000
Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución
La faena mínima que dará inicio al proyecto, será con las actividades de nivelación de la zona de estacionamientos y el asfaltado del acceso al recinto del proyecto, esta última se desarrollará posterior a la presentación del proyecto de mejoramiento al acceso del terminal a la Dirección de Regional de Vialidad, documento que entregará el detalle de la ingeniería propuesta para dicho acceso.
Proyecto se desarrolla por etapas
Si No El proyecto no se desarrollará por etapas.
[XI
Proyecto modifica un proyecto o actividad
El proyecto corresponde a una modificación de proyecto
sl No existente sin RCA, por lo que el presente proyecto viene a
regularizar ambientalmente las obras ya implementadas en un recinto arrendado y emplazado específicamente en la Ruta 616 N*3822, Sector El Boro, Alto Hospicio en la Zona Z7-1, Sector de El Boro, Zona industrial Mixta, según la última modificación del Plan Seccional Alto Hospicio — Alto Molle
4
Provecto modifica otras) RCA
Si No El proyecto corresponde a una modificación de proyecto
2,
existente sin RCA, por lo que el presente proyecto viene a regularizar ambientalmente las obras ya implementadas en un recinto arrendado y emplazado específicamente en la [X] | Ruta 616 N*3822, Sector El Boro, Alto Hospicio en la Zona Z7-1, Sector de El Boro, Zona industrial Mixta, según la última modificación del Plan Seccional Alto Hospicio — Alto Molle
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-administrativa | El proyecto se ejecutará en la Región de Tarapacá, en la provincia del Tamarugal, Comuna de Alto Hospicio
Descripción de la localización El proyecto se ejecutará en la Región de Tarapacá, en la Provincia de Iquique, comuna de Alto Hospicio, específicamente en la Ruta 6-16 (vía urbana tuición MOP, según DS N85 del 28.02.2017) N3822, Sector El Boro, Alto Hospicio.
La localización del proyecto se justifica, dado que el terreno donde se emplaza actualmente la Asociación Gremial de TaxiBuses Urbanos Línea N?1. Trans. Satélite A.G., es un recinto ya construido, amurallado con una garita de control de acceso que tiene un acceso directo a Ruta 6-16 y a la concesión de trayecto licitado y ganado por la línea de buses N%1, cumpliendo con todas las necesidades que la Asociación Gremial consideró importantes para el desarrollo operacional normal del Terminal de buses, como estar en un sitio urbanizado, cuenta con un edificio para la administración y el esparcimiento para los conductores, se encuentra dentro del Plan Regulador Comunal de Alto Hospicio que permite la actividad de Terminal de buses por ser una zona industrial mixta.
Superficie El área del proyecto cuenta con una superficie de terreno de 10.969,68 m?, siendo las superficies edificadas de 888,54 m?, y se encuentra emplazado en una zona de carácter industrial mixta.
Punto E Norte _ Este E Punto .. Este _ A | 7760335 | 385072 LL | 7760415 385065 8 |7760339| 385109 M | 7760405 385062 € 7760352 | 385111 N 7760410 385044 —D | 7760352 | 385116 O | 7760437 385040 Coordenadas UTM en Datum E 7760345 | 385116 Pp 7760429 385020 WGS84, huso 198. E | 7760348 | 385136 Q 7760391 385014 G_ | 7760354 | 385136 R 7760388 385038 MH | 7760355 | 385148 S 7760334 385031 1 | 7760407 | 385143 7760335 385048 J | 7760406 | 385130 U 7760344 385050 LK | 7760422 | 385127 Y | 7760345 385070
Caminos de acceso El camino de acceso es la Ruta 6-16 (vía urbana tuición MOP según DS N*85
de 28.02.2017) con una entrada y salida del recinto, no obstante existe una salida de emergencia al costado oriente por calle Jericó, portón cerrado, que se ocupará sólo en caso de alguna contingencia al acceso del recinto, como por ejemplo, cuando se asfalte el acceso al Terminal u ocurra alguna emergencia y no se pueda ocupar la salida normal.
Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones
Anexo 7 KMZ Adenda 1
4,3, PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN. EL PROYECTO
43.1. ETAPA DE CONSTRUCCIÓN E
Obras Existentes
El proyecto se emplaza en un recinto arrendado que tiene la infraestructura para desarrollar todas las actividades del depósito y terminal de buses y que a continuación se describen:
Área Administración y Servicios: Corresponde a un edificio de 2 pisos, en el segundo piso está la administración del Terminal compuesto por oficinas, sala de reuniones y servicios higiénicos, es el lugar físico donde se administra, gestiona y opera el control del proyecto; en el primer piso tiene dos áreas, una para el descanso y esparcimiento de los conductores y personal del Terminal y en la segunda área está provista de duchas, lockers y servicios higiénicos.
Área Control de Acceso: El terminal tiene un acceso que se divide en entrada y salida, separados por un bandejón central y tiene una garita de control que es un edificio pequeño de 2 pisos y con barreras de control de ingreso y salida de buses, con señalización respectiva, el cual controlará las salidas y entradas de los buses y visitas.
Área de Estacionamientos de Buses, Maniobra y Circulación: El terminal tiene 170 sitios para depósito de vehículos de los cuales 147 son estacionamientos para Buses y 23 para vehículos menores, junto con el área de maniobra y circulación respectiva da una superficie de 10.386,26 m?.
Área de Abastecimiento de Combustible COPEC: El punto surtidor de combustible, es una marquesina, que tiene 1 surtidor de combustible (petróleo diésel) con estanque subterráneo de almacenamiento de 30 m? CL PD Clase IL, cuyas características constructivas y de seguridad dan cumplimiento al DS N160/2009, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Ver Anexo N13: Combustible SEC de la DIA.
En particular tiene:
- Sistema de medición manual con regla realizado diariamente y cuando se carga el estanque, que permite llevar un control exacto del contenido de los estanques, permitiendo llevar un correcto control del stock y de sus fluctuaciones,
—Manual de uso y contingencias (ver Anexo N*06: Plan de Contingencias y Emergencias en Adenda complementaria)
Áreas Verdes y Cierres Perimetrales: Se considerarán áreas verdes al costado del edificio de la administración con un ancho mínimo de 2,0 m. y largo de 8 m. Conjuntamente se extenderá un área verde en el bandejón central de acceso al recinto. El área arrendada cuentaa de cierre perimetral en toda el área del terreno, estos muros cercan la superficie de 10.969,68 m/, siendo muros de más de 3 metros de alto.
Actividades Previas
La fase de construcción no se efectuará en este proyecto, ya que, está realizada, por lo que el presente proyecto viene a regularizar ambientalmente las obras ya implementadas en un recinto arrendado que cuenta con los edificios necesarios para la administración y esparcimiento de los conductores, cierre perimetral como es un muro que lo cerca, la garita de acceso, terreno en su mayoría nivelado para estacionamientos, baños y duchas para los conductores y el personal, etc, instalaciones que tienen la Recepción Definitiva de Obras de la DOM de Alto Hospicio (ver Anexo N*04: Recepción Definitiva DOM de la Adenda Complementaria).
No obstante, lo anterior, se aplicarán las siguientes mejoras al terreno para la operación del proyecto:
- Nivelación del Terreno de Estacionamientos de Buses: Se nivelará el terreno con material integral, la empresa contratista comprará material integral a canteras o empréstitos con autorizaciones respectiva, dentro de las comunas de Iquique, Huara o Pozo Almonte. El material se trasladará en camiones y se acopiará dentro del recinto. Por otra parte, con motoniveladora y/o cargador frontal se esparcirá el materia ya humectado con camión aljibe y se nivelará el terreno con la cargador frontal o motoniveladora, para terminar, se compactará con rodillo. No existen períodos de prueba, ni puesta en marcha.
Acceso al Recinto (asfaltado): Estas actividades se desarrollará posterior a la presentación del proyecto de mejoramiento al acceso del terminal a la Dirección de Regional de Vialidad, documento que entregará el detalle de la ingeniería propuesta para dicho acceso,
En términos generales se asfaltará el acceso al recinto desde Ruta 6-16 al frontis del recinto amurallado, la empresa contratista preparará el terreno del acceso al recinto (escarificado, nivelación, relleno con material base) ocupando motoniveladora, rodillo y aljibes, para luego imprimir el suelo a través de una emulsión asfáltica, después se comprará el asfalto en caliente a planta de asfalto con autorización respectiva, se trasladará el asfalto en camiones que son especiales para tal efecto y con camión slurry se colocará el asfalto en el acceso al recinto, para después compactarlo con rodillo neumático y se demarcará. Después se colocarán las soleras tipo A, en los costados del acceso y en el bandejón central que separa la entrada y salida de los buses en el acceso al recinto. No existen períodos de prueba, ni puesta en marcha.
Suministros Básicos Sanitarios.
En el caso de las obras de mejoramiento nivelación y asfalto del acceso, que estén alejadas a una distancia mayor a 75 mt., se ocuparán baños químicos en proporción a la cantidad de trabajadores y se fiscalizará por parte de la Asociación Gremial al contratista que realice las obras para cumplir con la normativa correspondiente del D.S. 594/1999,
Ubicación y Cantidad de Recursos Naturales Renovables a Extraer o Explotar por el Proyecto para Satisfacer sus Necesidades
Solamente se comprará material estabilizado a empréstito o cantera para nivelación de ciertas zonas del terreno, aproximadamente unos 80 mt de material (4 camiones de 20 mt! cada una), esto estará a cargo de la empresa contratista que nivelará el terreno, no obstante, se solicitarán todos los permisos y autorizaciones respectivas.
La empresa privada que estará a cargo de la nivelación y asfalto será la encargada de definir la cantera o empréstito a ocupar. La Asociación Gremial como mandante le exigirá en su contrato que la cantera o empréstito a ocupar este autorizada para vender áridos respectivos, ya sea, de canteras o empréstitos autorizados de Iquique, Huara o Pozo Almonte.
Emisiones del Proyecto y las Formas de Abatimiento y Control Contempladas
En relación a las mejoras a implementar Nivelación y Asfaltado,
— Las emisiones de parte de la nivelación del terreno, se produce por el material particulado en suspensión, el cual se minimizará antes de esparcirlo en el terreno humectándolo en su acopio a través de camión aljibe.
- El Asfalto del acceso al recinto, en su elaboración en la planta de asfalto autorizada, todas las plantas de asfalto autorizadas tienen métodos que minimizan sus contaminaciones a la atmósfera a través de filtros de la misma planta y uso de agua en el proceso.
— Para que no se produzcan efectos adversos en el área del proyecto, en específico en sus suelos, se pedirán a todos los socios que mantengan los buses a parte de las revisiones técnicas al día, un cuidado especial en las mantenciones y se multarán a los buses que contaminen el área del proyecto.
Cantidad y Manejo de Residuos, Productos Químicos y Otras Sustancias que puedan Afectar el Medio Ambiente
En relación a las mejoras a implementar en la etapa de operación:
-= La actividad de nivelación a través de material integral no tiene residuos significativos, prácticamente imperceptibles.
— La obra de pavimentación del acceso al recinto, no va a tener residuos, ya que se ocupará todo el asfalto que se disponga en el acceso y si sobra, se ocupará dentro del recinto en lugares específicos como el acceso a la garita.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Acápites 4.1 y 4.2 del ICE
4.3.2. FASE DE OPERACIÓN
Descripción
El terminal operará con un servicio de 167 Buses, Marca Mercedes Benz, modelos LO914 Y LO915, de 8 m. de longitud. Los buses tienen una antigúedad que fluctúa desde el 2004 al 2017, todos ellos en cumplimiento de la correspondiente revisión técnica N A, “Aptos para Transporte Público Urbano” y los certificados respectivos de Emisiones Contaminantes N A, aprobando la norma de emisiones, tienen todos ellos sello verde, siendo Vehículos diésel y catalíticos.
El proyecto se encuentra en operación actualmente, funcionando en forma Óptima el depósito de buses, la carga de combustible y la parte administrativa y de gestión del terminal. El proyecto opera con variantes del Servicio: Unidad de gestión de transporte circuito N?1 de la licitación de los servicios, como son: 1, 1A, 1B, 400, 1 21, los cuales corresponden a distintos recorridos entre Iquique y Alto Hospicio y sus
5
horarios. Los que se describen a continuación:
Horarios de Atención al Usuarios por Variante Diurna
Horarios de Ate
ación
Lunes a Viernes | Sábado
1 05:50—21:00 06:00—21:00 | 07:00—21:00
122 06:15 21:00 06:30—21:00 | 08:00—20:30 1B | 06:00—21:00 06:10—21:00 | 07:00—21:00 400 | 06:10—20:30 06:30—20:30 | 07:30-20:30 10 | 06:00—21:00 06:10—21:00 | 07:00-21:00
Horarios de Atención al Usuarios por Variante Nocturna
Horarios de Atención —
p a sn E Sábado | Domingo y Festivos 1 | 22:30-—00:05 22:30 — 00:05 nome [A . e. e IB 22:30 —00:10 22:30 —00:10 e. 400 .-.- ma En 121 | 22:30-00:10 | 22:30-00:10 me.
Variante Diurna del Circuito N%]
Frecuencia Período | — Flota Fuera de Punt: E 5 Longitud ==> E Flota | Plota .— Record me Max | Min a o (Km) o E 20% 5% So (veh/hr) (veh/hr) a Rea e E 66 8 | 7 6 To 24 1A | 50 8 7 6 24 18 IB 53 8 7 6 25 20 400 50 8 7 5 24 18 121 65 8 7 6 31 24 Variante Nocturna del Circuito N*1 _ Períodos Frecuencia Perí Flota E E Punta Fuera de Punta — N% | Longitud _— Jj. servici | Recorrido va o (Km) pa os o . 120% 5% (veh/hr) UE Reseña Rese a a z a a ryva lo. 33 4 4 4 4 e .o- 1A E == cn ci en O IB 27 4 4 4 4 ca Hee 400 e me + me me. e me. 12 33 4 4 4 4 - e”
Partes, Obras y Acciones Asociadas a la Etapa de Operación
Limpieza de buses: Solo se realizará la limpieza al interior de los buses en el área de estacionamiento, con la cual se procederá al retiro de la basura doméstica o asimilable a domiciliaria que dejan los usuarios, así como a la limpieza de asientos y pasillos. El retiro de ese tipo de basura se realizará inmediatamente después de terminado cada recorrido o servicio, la cual se depositará en los basureros dde las instalaciones del proyecto buses.
El lavado exterior de los buses, es decir, de la carrocería no es parte de los servicios del terminal de buses y no se realiza dentro del recinto del proyecto, sino está a cargo
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de cada socio de la Asociación Gremial.
Área de Abastecimiento de Combustible Copec: En el Anexo 7 de la Adenda 1 se presenta la ubicación específica del Área de Abastecimiento de Combustible Copec, dentro del área del proyecto.
Sistema de control en caso de derrames: Para el caso de derrames y emergencias del surtidor de combustible, existe un Manual de uso y contingencias de la Línea N1 en cumplimiento al DS N160/2009, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción (ver Anexo N*06 de la Adenda Complementaria Plan de Contingencias y Manual de Emergencias Línea N91).
Las mantenciones de los buses no es parte de los servicios del terminal y no se realizan dentro del mismo, sino está a cargo de cada socio de la Asociación Gremial. No obstante, hay un compromiso de parte de cada uno de ellos de realizarlo en un establecimiento con las autorizaciones y permisos respectivos.
Actividades de Mantención y Conservación, se indican aquellos Aspectos a Considerar para las Actividades Generales
Nivelación del Terreno de Estacionamientos de Buses: Cada 2 años se verificará la nivelación del terreno, si fuese necesario se volverá a nivelar a través del mismo procedimiento descrito anteriormente.
Acceso de Asfalto al Recinto: Cada 2 años se realizará una auscultación del pavimento asfaltico del acceso al terminal con el fin de verificar la aparición de grietas, hundimientos, etc. y en caso de aparecer daños en el pavimento asfáltico se repararán según normativo vigente del manual de carreteras de Vialidad, MOP.
Descripción de Suministros Básicos
Todos los servicios básicos para la operación del proyecto están suministrados por el mismo recinto arrendado, ya que está urbanizado, es decir, tiene energía, agua, servicios higiénicos.
Emisiones del Proyecto y las Formas de Abatimiento y Control Contempladas
Emisiones Atmosféricas
- Para los buses, se exigirán las mantenciones según kilometraje como corresponden así se mantendrán las distintas emisiones controladas, como el estándar de la revisión técnica que es la normativa anual aplicada.
— Para el terreno de estacionamientos y depósito de los buses, se humectará al menos 4 veces al día y cada vez que sea necesario al producirse un material particulado en suspensión visible a criterio del personal encargado del patio de estacionamiento que corresponda al turno.
= Mayores detalles sobre el calculo de las emisiones atmosféricas se presenta en el Anexo N*09 Estimaciones emisiones atmosféricas de la DIA.
Emisiones de Ruido
Las emisiones de ruido que se generaran en las dependencias del proyecto corresponden la operación propiamente tal del deposito con los movimientos de los microbuses y máquinas y herramientas como son pistola neumática Compresor Herramientas manuales Esmeril angular,
El titular declara que las mediciones efectuadas en 6 receptores sensibles cercanos al proyecto (informe de emisiones de ruido presentado en el anexo 8 de la adenda complementaria), no superarán los niveles permitidos para una Zona III de acuerdo a lo estipulado en el D.S: N 38/11 del MMA. Mayores detalles Ver Anexo N08 Informe de emisión de ruido de la Adenda Complementaria.
Rerpur Tipo de Zona dbáy nn D. Li Evaluación Pl MI 59,5 65 Cumple P2 HI 58,3 65 Cumple P3 mI 63,8 65 Cumple P4 Mm 65,0 65 Cumple PS mn 63.8 65 Cumple P6 nu 62,7 65 Cumple
El titular deberá aumentar la altura del muro en el punto PI, donde se ubica una vivienda, para minimizar en forma preventiva el ruido del deposito hacia ese receptor sensible.
Cantidad y Manejo de Residuos, Productos Químicos y Otras Sustancias que puedan Afectar el Medio Ambiente
En relación a la Operación del terminal:
— Los residuos asimilables a domiciliarios son retirados diariamente por el camión de basura Municipal de Alto Hospicio
= En la limpieza interior de los buses se recogerá la basura dejada por los usuarios a través de bolsa y se dejará en basurero del terminal
— En la limpieza interior de los buses no se ocuparán productos químicos de ninguna especie.
= Para que no se produzcan efectos adversos en el área del proyecto, en específico en sus suelos, se pedirán a todos los socios que mantengan los buses a parte de las revisiones técnicas al día, un cuidado especial en las mantenciones y se multarán a los buses que contaminen el área del proyecto
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Acápite 4.3 del ICE
FASE DE CIERRE
Descripción Fase de Cierre
El proyecto no contempla una fase de cierre, ya que, es un recinto arrendado y las modificaciones como la nivelación y el asfalto en su acceso, son mejoras al terreno, las cuales no se destruirán. El proyecto tiene una vida útil indefinida.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Acápite 4.4 del ICE
4.5. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO —
4.5.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN —
Fecha estimada de inicio
Segundo Semestre 2018
Parte, obra o acción que establece el inicio
La faena mínima que dará inicio al proyecto, será con las actividades de nivelación de la zona de estacionamientos y el asfaltado del acceso al recinto del proyecto, esta última se desarrollará posterior a la presentación del proyecto de mejoramiento al acceso del terminal a la Dirección de Regional de Vialidad, documento que entregará el detalle de la ingeniería propuesta para dicho acceso.
Fecha estimada de término
No indica
Parte, obra o acción que establece el término
Nivelación y Asfaltado concluidos.
4.5.2. FASE DE OPERACIÓN
Fecha estimada de inicio
Segundo Semestre 2018
Parte, obra o acción que establece el inicio
Termino de Nivelación del Estacionamiento y Asfaltado del acceso
Fecha estimada de término
No indica.
Parte, obra o acción que establece el término
El proyecto tiene una vida útil indefinida
4.5.3, FASE DE CIERRE
Fecha estimada de inicio
No indica
Parte, obra o acción que establece el inicio
El proyecto no contempla una fase de cierre, ya que, es un recinto arrendado y las modificaciones como la nivelación y el asfalto en su acceso, son mejoras al terreno que no se destruirán. El proyecto tiene una vida útil indefinida
Fecha estimada de término No indica P; ió EE
arte, obra o acción que No indica establece el término
5,
Que, durante el proceso de
evaluación, se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia
de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300:
5.1, RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBL,
ÓN, DEBIDO A LA CANTI
CAL DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto no significativo ¡ones Atmosféricas.
Parte, obra o acción que lo genera
Las emisiones atmosféricas que generará el proyecto serán principalmente en la etapa de operación y provendrán del flujo vehicular total y producto de la combustión de los motores de los microbuses de la Línea 1. Asimismo, el movimiento de los microbuses se producirá material particulado en suspensión por lo que se aplicaran medidas preventivas de humectación del terreno para minimizar el levantamiento de polvo y partículas en la operación del proyecto.
Fase en que se presenta
Etapa de Operación
Impacto no significativo
Parte, obra o acción que lo genera
Las emisiones de ruido que se generaran en las dependencias del proyecto corresponden a la operación propiamente tal del depósito, con los ruidos de los movimientos de los microbuses y algunas máquinas y herramientas como son pistola neumática, compresor, y herramientas manuales como esmeril angular. Las emisiones de ruido se realizarán en horario diurno.
El titular declara que las mediciones efectuadas en 6 receptores sensibles cercanos al proyecto (informe de emisiones de ruido presentado en el anexo 8 de la adenda complementaria), no superarán los niveles permitidos para una Zona III de acuerdo a lo estipulado en el D.S. N* 38/11 del MMA. No obstante, de acuerdo a los antecedentes presentados y en base a la recomendación de la comisión de evaluación, el titular deberá levantar la altura del muro ubicado en el receptor P1 en forma preventiva, dado que se encuentra colindante con una vivienda.
Fase en que se presenta
Etapa de Construcción y Operación
ES
Parte, obra o acción que lo genera
El proyecto considera la nivelación de un terreno arrendado ya intervenido y usado como depósito de buses, Sin embargo, se exigirá que cada chofer no contamine con desechos y residuos de ninguna naturaleza el área arrendada por la Asociación Gremial.
Se solicitará a la empresa que contaminó el suelo del sector de “Taller” que remedie dicho suelo colindante al terreno arrendado por la asociación gremial en concordancia a la normativa ambiental vigente, y que se implementen las medidas correspondientes para prevenir la degradación y la contaminación del terreno.
Para que no se produzcan efectos adversos en el área del proyecto, en específico en sus suelos, se pedirán a todos los socios que mantengan los buses a parte de las revisiones técnicas al día, un cuidado especial en las mantenciones y se multarán a los buses que contaminen el área del proyecto.
Fase en que se presenta
Fase de Operación
Con relación a los efectos, características o circunstancias señalados en la letra a) del artículo 11
6.
7.
de la Ley 19.300, la cual señala que se deberá presentar un ElA si “el proyecto o actividad genera O presenta riesgos para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce”, es posible indicar de acuerdo a las características del proyecto, que las principales emisiones corresponderán a emisiones de material particulado, gases de combustión y ruido que se generarán en la fase de operación principalmente, producto del movimiento de los microbuses, sin embargo estas serán restringidas solo en horario diurno y focalizado solo en el área del proyecto. Al respecto se concluye que de acuerdo a los antecedentes evaluados es posible indicar que el proyecto no genera riesgos para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de emisiones o residuos
Al proyecto no le son aplicables los permisos ambientales sectoriales señalados del artículo 111* al artículo 160? del Titulo VII del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (D.S. 40/2012). No obstante, considerando que el proyecto corresponde a un depósito industrial, definido como cualquier recinto, cubierto o no, que de forma fija o temporal, se dedique exclusivamente a albergar vehículos de transporte terrestre una vez concluidos sus servicios, maquinarias y equipos industriales, contenedores, chatarra y otros similares; se encuentra sujeto al pronunciamiento del artículo 161 del reglamento RSEIA, D.S. 40/2012.
Al respecto, la Seremi de Salud mediante oficio ORD N* 554. de fecha 10 de abril de 2018, se pronuncia conforme con el proyecto dado que “cumple con la normativa de carácter ambiental de competencia de la SEREMI de Salud” y califica la actividad como inofensiva.
PRONUNCIAMIENTO - | BODEGAJE DE BUSES DEL TERMINAL Norma Reglamento SEIA 161
Sectorial de Referencia | Grandes Depósitos Autoridad Servicio Salud Iquique
Estacionamiento y Depósito de Buses.
El área del proyecto cuenta con una superficie de terreno de 10.969,68 m2, siendo las superficies edificadas de 888,54 m2, está emplazado en una zona de carácter industrial mixta.
Relación con el proyecto Área de Estacionamientos de Buses, Maniobra y Circulación: El terminal tiene 170 sitios para depósito de vehículos de los cuales 147 son estacionamientos para Buses y 23 para vehículos menores, junto con el área de maniobra y circulación respectiva da una superficie de 10.386,26 m2.
Verificación diaria de no exceder la cantidad máxima de
Requisitos y forma de cumplimiento vehículos de bodegaje del terminal.
Punto 1.5 del Capítulo 1.
Capítulo 2 y 3.
Anexo 11 Espacio Geográfico del área de influencia Anexo 08 Informe de ruido ambiental
Anexo 09 Estimaciones de Emisiones Atmosféricas Anexo 06 Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias.
Referencia a la DIA y/o Adenda para mayores detalles
Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1. Normativa de Emisiones Atmosféricas
COMPONENTE / MATERIA:
Esta norma tiene como objetivo ver “los gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes de cualquier naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, deberán captarse o eliminarse en forma tal que no causen peligros, daños o molestias al vecindario”, y prohibir la circulación de vehículos que despidan humo visible a través del tubo de escape. Como también, dice le corresponderá la autoridad sanitaria calificar los peligros, daños o
molestias que pueda producir todo contaminante que se libere a la atmósfera, cualquiera sea su origen.
NORMA:
DECRETO 144/02. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación |
Relación con el Proyecto: La norma es aplicable al proyecto, por cuanto generará emisiones de material particulado MP10 y gases (CO, HC, SOX y NOX), producto de la circulación de buses dentro del terminal. Si cualquier bus despide humo visible a través del tubo de escape, se debe prohibir su circulación. Forma e Indicadores de cumplimiento:
Indicador de Cumplimiento: No Aplica
Medio de Verificación: Revisión Técnica bajo norma de buses y verificación visual de cualquier persona dentro del terminal.
Cabe destacar que la etapa de cierre o abandono, por su destino de uso y características no contiene.
Referencia de la DIA o Adenda para mayores detalles Punto 1.5.10 del Capítulo I de la DIA
Anexo 09, Estimaciones de emisiones atmosféricas
COMPONENTE / MATERIA: => El objetivo de esta norma establece las normas de emisión de contaminantes, aplicables a los vehículos motorizados pesados, y fija los procedimientos para su control. Esta norma para vehículos motorizados pesados, determina los niveles de emisiones para motores diésel y a gasolina.
Se considera vehículo motorizado pesado a aquél “destinado al transporte de personas o carga, por calles y caminos, y que tiene un peso bruto vehicular igual o superior a 3.860 kg.”, también, indica el significado de norma de emisión corresponde a “valores máximos de gases y partículas, que un motor o vehículo puede emitir bajo condiciones normalizadas, a través del tubo de escape O por evaporación.”
Los vehículos motorizados, a los que les corresponda cumplir con la norma de emisión, deben llevar un rótulo que así lo certifique.
También se señala los niveles máximos de emisión, de acuerdo al tipo de vehículo pesado de que se trate.
NORMA:
Decreto 55/94. Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados que indica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación
Relación con el Proyecto:
La norma aplica al proyecto por los buses adentro del terminal. Forma e Indicadores de cumplimiento:
Las condiciones técnicas y las emisiones de gases de los vehículos motorizados pesados, como los Buses, serán las establecidas en esta normativa.
Indicador de cumplimiento: Los buses tendrán la revisión técnica y de emisiones conforme a la norma.
Medio de Verificación: Revisiones técnicas al día por el encargado de Operaciones de los Buses. Cabe destacar que la etapa de cierre o abandono, por su destino de uso y características no contiene.
Referencia de la DIA o Adenda para mayores detalles Punto 1.5.10 del Capítulo I de la DIA | Anexo 09 Estimaciones de emisiones atmosféricas
COMPONENTE / MATERIA: > E - => El objetivo de esta norma es proteger la salud de las personas de los efectos agudos y crónicos de dicho contaminante, con un nivel de riesgo aceptable. Fijan límites máximos de concentración en el aire, siendo estos: o Concentración anual será de 20 g/m3 o Concentración 24 horas será de 50 ug/m3
Por otro lado, se considerarán sobrepasada la norma, cuando:
11
o Como concentración anual, el percentil 98 de los promedios diarios registrados durante un año sea mayor a 50 ug/m3, en cualquier estación monitora EMRP, o
o Como concentración de 24 horas, el promedio tri-anual de las concentraciones anuales sea mayor a 20 ug/m3, en cualquier estación EMRP.
NORMA:
Decreto 12/11. Establece Norma Primaria de Calidad Ambiental para Material Particulado Fino Respirable MP2,5
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación
Relación con el Proyecto:
La norma aplica al proyecto en cuanto a la generación de emisiones de PM2,5 por las actividades de circulación de los buses dentro del terminal (ver Anexo N*09 Estimación de emisiones atmosféricas).
Forma e Indicadores de cumplimiento:
Indicador de Cumplimiento: No aplica.
Medio de Verificación: Se tomarán las medidas de mitigación mencionadas Capítulo I y II de la DIA y Anexo N*09, como es la humectación del terreno y la limpieza de polvo de los Buses humectándolos. Se verificará por registros correspondientes a limpieza en etapa de operación.
El Proyecto bajo el escenario ambiental más desfavorable cumplirá siempre con la normativa de calidad del aire vigente para el material particulado MP 2,5.
Cabe destacar que la etapa de cierre o abandono, por su destino de uso y características no contiene.
Referencia de la DIA o Adenda para mayores detalles
Punto 1.5.10 del Capítulo I de la DIA Anexo 09 Estimaciones de emisiones atmosféricas
COMPONENTE / MATERIA:
El objetivo de esta norma es proteger la salud de las personas de sus efectos agudos y crónicos, |
con un nivel de riesgo aceptable. Fijan límites máximos de concentración en el aire, siendo estos: o Concentración 24 horas será de 150 1g/m3N o Concentración anual será de 50 ug/m3N Por otro lado, se considerarán sobrepasada la norma, cuando: o El Percentil 98 de las concentraciones de 24 horas registradas durante un período anual en cualquier estación monitora clasificada como EMRP, sea mayor o igual a 150 ug/m3N o si antes que concluyese el primer período anual de mediciones certificadas por el Servicio de Salud competente se registrare en alguna de las estaciones monitoras de Material Particulado Respirable MP10 clasificada como EMRP, un número de días con mediciones sobre el valor de 150 ug/m3N mayor que siete (7). o Como concentración anual, calculada como promedio aritmético de tres años calendario consecutivo en cualquier estación monitora clasificada como EMRP, sea mayor o igual que 50 ug/m3.
NORMA:
Decreto 59/98. Establece Norma de Calidad Primaria para Material Particulado Respirable MP10, en Especial de los Valores que Definen Situaciones de Emergencia.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación
Relación con el Proyecto:
La norma aplica al proyecto para el Material Particulado Resuspendido MP10, generado por emisiones dentro del terminal por la circulación interna de los buses.
Forma e Indicadores de cumplimiento:
Indicador de cumplimiento: No aplica.
Medio de Verificación: Se tomarán las medidas de mitigación mencionadas Capítulo 1 y Il de la DIA y Anexo N“09, como es la humectación del terreno. Se verificará por registros correspondientes a limpieza en etapa de operación.
El Proyecto bajo el escenario ambiental más desfavorable cumplirá siempre con la normativa de calidad del aire vigente para el material particulado respirable MP 10.
Cabe destacar que la etapa de cierre o abandono, por su destino de uso y características no contiene.
Referencia de la DIA o Adenda para mayores detalles
12
Punto 1.5.10 del Capítulo I de la DIA Anexo 09 Estimaciones de emisiones atmosféricas
COMPONENTE / MATERIA:
La presente norma de calidad ambiental, tiene por objetivo proteger la salud de la población de aquellos efectos agudos y crónicos generados por la exposición a niveles de concentración de dióxido de azufre en el aire. Fijan límites máximos de concentración en el aire, siendo estos: o Concentración anual será de 31 ppbv (80 Lg/m3N) o Concentración de 24 horas será de 96 ppbv (250 Lg/m3N) Por otro lado, se considerarán sobrepasada la norma, cuando: o Como concentración anual, el promedio aritmético de los valores de concentración anual de tres años calendarios sucesivos, en cualquier estación monitora EMRPG, fuere mayor o igual al nivel indicado de 31 ppbv (80 1g/m3N) o Como concentración de 24 horas, cuando el promedio aritmético de tres años sucesivos, del percentil 99 de las concentraciones de 24 horas registradas durante un año calendario, en cualquier estación monitora EMRPG, fuere mayor o igual al nivel indicado en 96 ppbv (250 g/m3N).
NORMA:
Decreto 113/02. Establece Norma Primaria de Calidad de Aire para Dióxido de Azufre (SO2)
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación
Relación con el Proyecto:
La norma aplica al proyecto por las emisiones de los buses dentro del terminal.
Forma e Indicadores de cumplimiento:
Indicador de Cumplimiento: No Aplica
Medio de Verificación: Revisión Técnica bajo norma de Buses.
El Proyecto bajo el escenario ambiental más desfavorable cumplirá siempre con la normativa de calidad del aire vigente para dióxido de azufre (SO2).
Cabe destacar que la etapa de cierre o abandono, por su destino de uso y características no contiene.
Referencia de la DIA o Adenda para mayores detalles
Punto 1.5.10 del Capítulo 1 de la DIA Anexo 09 Estimaciones de emisiones atmosféricas
COMPONENTE / MATERIA
La presente norma de calidad ambiental, tiene por objetivo proteger la salud de la población de aquellos efectos agudos y crónicos generados por la exposición a niveles de concentración de dióxido de nitrógeno en el aire. Fijan límites máximos de concentración en el aire, siendo estos:
o Concentración anual será de 53 ppbv (100 g/m3N)
o Concentración de 1 hora será de 213 ppbv (400 1g/m3N) Por otro lado, se considerarán sobrepasada la norma, cuando:
o Como concentración anual, el promedio aritmético de los valores de concentración anual de tres años calendarios sucesivos, en cualquier estación monitora EMRPG, fuere mayor o igual al nivel indicado de 53 ppbv (100 .g/m3N)
o Como concentración de 1 hora, cuando el promedio aritmético de tres años sucesivos del percentil 99 de los máximos diarios de concentración de 1 hora registrados durante un año calendario, en cualquier estación monitora EMRPG, fuere mayor o igual al nivel indicado de 213 ppbv (400 ug/m3N).
NORMA
Decreto 114/02. Establece Norma Primaria de Calidad de Aire para Dióxido de Nitrógeno (NO2).
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación
Relación con el Proyecto:
La norma aplica al proyecto por las emisiones de los buses dentro del terminal.
Forma e Indicadores de cumplimiento:
Indicador de Cumplimiento: No Aplica
Medio de Verificación: Revisión Técnica bajo norma de Buses.
13
El Proyecto bajo el escenario ambiental más desfavorable cumplirá siempre con la normativa de calidad del aire vigente para dióxido de nitrógeno NO2.
Cabe destacar que la etapa de cierre o abandono, por su destino de uso y Características no contiene.
Referencia de la DIA o Adenda para mayores detalles
Punto 1.5.10 del Capítulo I de la DIA Anexo 09 Estimaciones de emisiones atmosféricas
COMPONENTE / MATERIA: _ o ==
La presente norma de calidad ambiental, tiene por objetivo proteger la salud de la población de
aquellos efectos agudos generados por la exposición a niveles de concentración de monóxido de carbono en el aire, Fijan límites máximos de concentración en el aire, siendo estos: o Concentración de 8 horas será de 9 ppmv (10 mg/m3N) o Concentración de 1 hora será de 26 ppmv (30 mg/m3N) Por otro lado, se considerarán sobrepasada la norma, cuando:
o Como concentración de 8 horas, cuando el promedio aritmético de tres años sucesivos, del percentil 99 de los máximos diarios registrados durante un año calendario, en cualquier estación monitora EMRPG fuere mayor o igual al nivel indicado de 9 ppmv (10 mg/m3N)
o Como concentración de 1 hora, cuando el promedio aritmético de tres años sucesivos, del percentil 99 de los máximos diarios registrados durante un año calendario, en cualquier estación monitora EMRPG, fuere mayor o igual al nivel indicado de 26 ppmv (30 mg/m3N).
NORMA:
Decreto 115/02. Establece Norma Primaria de Calidad de Aire para Monóxido de carbono (CO).
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación
Relación con el Proyecto:
La norma aplica al proyecto por las emisiones de los buses dentro del terminal.
Forma e Indicadores de cumplimiento:
Indicador de Cumplimiento: No Aplica
Medio de Verificación: Revisión Técnica bajo norma de Buses.
El Proyecto bajo el escenario ambiental más desfavorable cumplirá siempre con la normativa de calidad del aire vigente para el monóxido de carbono CO.
Cabe destacar que la etapa de cierre o abandono, por su destino de uso y características no contiene.
Referencia de la DIA o Adenda para mayores detalles
Punto 1.5.10 del Capítulo I de la DIA Anexo 09 Estimaciones de emisiones atmosféricas
COMPONENTE / MATERIA: _
La presente norma tiene por objetivo proteger la salud de la población del país y en particular la población infantil, de aquellos efectos crónicos y crónicos diferidos generados por la exposición a niveles de concentración de plomo en el aire.
Fijan límites máximos de concentración en el aire, siendo estos:
Concentración anual será de 0,5 1g/m3N
Por otro lado, se considerarán sobrepasada la norma, cuando:
El promedio aritmético de los valores de concentración anual de dos años sucesivos supera el nivel de la norma en cualquier estación EMPB. Asimismo se considerará sobrepasada la norma si la concentración anual correspondiente al primer período anual contado desde la entrada en vigencia de la presente norma, es superior en más de un 100% al nivel de la norma, en cualquier estación EMPB.
NORMA:
Decreto 136/00. Establece Norma de Calidad Primaria para Plomo en el Aire.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación
Relación con el Proyecto:
La norma aplica al proyecto por las emisiones de los buses dentro del terminal.
14
Forma e Indicadores de cumplimiento:
Indicador de Cumplimiento: No Aplica
Medio de Verificación: Revisión Técnica bajo norma de Buses.
El Proyecto bajo el escenario ambiental más desfavorable cumplirá siempre con la normativa de calidad del aire vigente para el plomo.
Cabe destacar que la etapa de cierre o abandono, por su destino de uso y características no contiene.
Referencia de la DIA o Adenda para mayores detalles
22.
Punto 1.5.10 del Capítulo I de la DIA
Anexo 09 Estimaciones de emisiones atmosféricas
Normativa de Emisiones de Ruido
COMPONENTE / MATERIA:
El objetivo de esta norma es proteger la salud de la comunidad mediante el establecimiento de niveles máximos de emisión de ruido generados por las fuentes emisoras de ruido que esta norma regula. La presente norma de emisión se aplicará en todo el territorio nacional.
NORMA: DECRETO 38/11. Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que indica, Elaborada a partir de la Revisión del Decreto N* 146, DE 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento:
Operación
Relación con el Proyecto:
En la etapa de operación los niveles de ruido no superan el límite normativo en todos los puntos receptores sensibles seleccionados y por ende, no se tomarán medidas de mitigación. Las fuentes de ruido del proyecto en etapa de operación son:
o Traslado y circulación de buses dentro del terminal
o Encendido de Buses Se muestra a través del Anexo N08 Informe de Ruido Ambiental. Versión 03, la evaluación del NPC diurno según el D.S. N 38 del MMA, extracto a continuación.
Relación con el Proyecto según su Etapa de Operación
Nivel de cumplimiento de Ruido en Terreno Arrendado
E — Evaluación según D.S. 38/11 del MMA cn Tipo de Zona NPC [dBA] e! Evaluación Pl TH 59,5 65 Cumple P2 10 58,3 65 Cumple P3 100 63,8 65 Cumple P4 1004 65,0 65 Cumple PS Tr 63,8 65 Cumple P6 Tr 62,7 65 Cumple
Todos los receptores cumplen con los límites establecidos en el D.S.38/11 del MMA
Forma e Indicadores de cumplimiento:
Emisiones de ruido conforme a la norma Medio de Verificación: No Aplica. Cabe destacar que la etapa de cierre o abandono, por su destino de uso y características no contiene.
Referencia de la DIA o Adenda para mayores detalles
Punto 2.5 del Capítulo 2 de la DIA Capítulo 3 de la DIA Anexo 08 Informe medición de ruido ambiental línea N*1
7.3.
Normativa de Fauna Silvestre
COMPONENTE / MATERIA:
Las disposiciones del presente reglamento se aplicarán a la caza, captura, crianza, conservación y utilización sustentable de especímenes de la fauna silvestre, con excepción de las especies y los recursos hidrobiológicos, cuya preservación se rige por la ley N” 18.892, General de Pesca y Acuicultura, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por decreto supremo N* 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
15
NORMA
Decreto 5. Apruebe Reglamento de la Ley de Caza
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación
Relación con el Proyecto:
La norma aplica al proyecto en la circulación interna del terminal y externa en el área del proyecto frente a la visualización del especímenes y su forma de actuar frente a los mismos.
Forma e Indicadores de cumplimiento:
Seguimiento de protocolos de actuación e información a las autoridades competentes.
Referencia de la DIA o Adenda para mayores detalles
Anexo 06 Plan de prevención de contingencias y emergencias
7.4,
Normativa Sanitaria y Ambientales en lugares de trabajo
COMPONENTE / MATERI
Establece normas sobre condiciones ambientales y sanitarias básicas en los lugares de trabajo.
NORMA:
DECRETO 594/99. Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación
Relación con el Proyecto:
Se aclara que sólo los artículos siguientes deben considerarse normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto:
Artículo 16: No podrán vaciarse a la red pública de desagiies de aguas servidas sustancias radiactivas, corrosivas, venenosas, infecciosas, explosivas o inflamables o que tengan carácter peligroso en conformidad a la legislación y reglamentación vigente. La descarga de contaminantes al sistema de alcantarillado se ceñirá a lo dispuesto en la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente y las normas de emisión y demás normativa complementaria de ésta.
Artículo 17: En ningún caso podrán incorporarse a las napas de agua subterránea de los subsuelos o arrojarse en los canales de regadío, acueductos, ríos, esteros, quebradas, lagos, lagunas, embalses o en masas o en cursos de agua en general, los relaves industriales o mineros o las aguas contaminadas con productos tóxicos de cualquier naturaleza, sin ser previamente sometidos a los tratamientos de neutralización o depuración que prescriba en cada caso la autoridad sanitaria.
Artículo 18: La acumulación, tratamiento y disposición final de residuos industriales dentro del predio industrial, local o lugar de trabajo, deberá contar con la autorización sanitaria. Para los efectos del presente reglamento se entenderá por residuo industrial todo aquel residuo sólido o líquido, o combinaciones de éstos, provenientes de los procesos industriales y que por sus características físicas, químicas o microbiológicas no puedan asimilarse a los residuos domésticos.
Artículo 19: Las empresas que realicen el tratamiento o disposición final de sus residuos industriales fuera del predio, sea directamente o a través de la contratación de terceros, deberán contar con autorización sanitaria, previo al inicio de tales actividades. Para obtener dicha autorización, la empresa que produce los residuos industriales deberá presentar los antecedentes que acrediten que tanto el transporte, el tratamiento, como la disposición final es realizada por personas o empresas debidamente autorizadas por el Servicio de Salud correspondiente.
Artículo 20: En todos los casos, sea que el tratamiento y/o disposición final de los residuos industriales se realice fuera o dentro del predio industrial, la empresa, previo al inicio de tales actividades, deberá presentar a la autoridad sanitaria una declaración en que conste la cantidad y calidad de los residuos industriales que genere, diferenciando claramente los residuos industriales peligrosos. Para los efectos del presente reglamento se entenderá por residuos peligrosos los señalados a continuación, sin perjuicio de otros que pueda calificar como tal la autoridad sanitaria: Antimonio, compuestos de antimonio, Arsénico, compuestos de arsénico, Asbesto (polvo y fibras), Berilio, compuestos de berilio, Bifenilos polibromados, Bifenilos policlorados, Cadmio, compuestos de cadmio, Cianuros inorgánicos, Cianuros orgánicos, Compuestos de cobre, Compuestos de cromo hexavalente, Compuestos de zinc, Compuestos inorgánicos de flúor, con
16
exclusión del fluoruro cálcico, Compuestos orgánicos de fósforo, Dibenzoparadioxinas policloradas, Dibenzofuranos policlorados, Desechos clínicos, Eteres Fenoles, compuestos fenólicos, con inclusión de clorofenoles, Medicamentos y productos farmacéuticos, Mercurio, compuestos de mercurio, Metales carbonilos, Nitratos y nitritos, Plomo, compuestos de plomo, Productos químicos para el tratamiento de la madera, Selenio, compuestos de selenio, Soluciones ácidas o ácidos en forma sólida, Soluciones básicas o bases en forma sólida, Solventes orgánicos, Sustancias corrosivas, Sustancias explosivas, Sustancias infecciosas, Sustancias inflamables, Talio, compuestos de talio, Telurio, compuestos de telurio.
Artículo 24 (inciso segundo): Una vez finalizada la faena temporal, el empleador será responsable de reacondicionar sanitariamente el lugar que ocupaba la letrina o baño químico, evitando la proliferación de vectores, los malos olores, la contaminación ambiental y la ocurrencia de accidentes causados por la instalación.
Artículo 26: Las aguas servidas de carácter doméstico deberán ser conducidas al alcantarillado público, o en su defecto, su disposición final se efectuará por medio de sistemas o plantas particulares en conformidad a los reglamentos específicos vigentes.
Artículo 42: El almacenamiento de materiales deberá realizarse por procedimientos y en lugares apropiados y seguros para los trabajadores. Todo lo referente al almacenamiento de sustancias peligrosas se regirá por lo dispuesto en el decreto supremo N? 43 de 2015 del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. No obstante lo anterior, para aquellas exclusiones establecidas en el artículo 3 de dicha norma, los recintos que almacenen sustancias peligrosas clasificadas según NCh 382:2013, sin perjuicio de la normativa específica que les aplique, deberán dar cumplimiento a lo siguiente:
a) Construirse según lo establecido en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, de acuerdo al estudio de carga combustible, y ser destinados específicamente para tal efecto. Para el caso de sustancias inflamables envasadas, sobre 10 toneladas, deberán almacenarse en una bodega exclusiva para ellas.
b) Contar con las hojas de datos de seguridad, según lo establecido en NCh 2245 of. 2003.
e) Disponer de un plan de emergencias que incorpore todas las posibles emergencias que puedan producirse, con sus respectivos procedimientos, cadena de mando, plano que incluya todas las instalaciones, zonas de seguridad, vías de acceso y de salida, lista actualizada de sustancias peligrosas, equipos y elementos para combatir la emergencia.
d) El personal que manipule las sustancias peligrosas deberá estar debidamente capacitado sobre los peligros y riesgos asociados a su manipulación.
e) Las sustancias peligrosas deberán estar etiquetadas de acuerdo a lo establecido en el Título XIL del decreto supremo N 43, de 2015, del Ministerio de Salud, con excepción de los plaguicidas que deberán ajustarse a la normativa específica para ellos. Los estanques de almacenamiento de combustibles líquidos deberán cumplir las exigencias dispuestas en el decreto supremo N 160, de 2008, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba el Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos.
En la etapa de operación se requerirá como máximo 210 trabajadores.
Todos los trabajadores antiguos tienen las inducciones correspondientes en cumplimiento a la normativa vigente de prevención de riesgos y a su disposición los manuales y planes de prevención de riesgos, junto con el reglamento interno de la empresa, como también para los trabajadores nuevos deberán tener los mismos conocimientos, necesarios para trabajar en el terminal.
Forma e Indicadores de cumplimiento:
Los servicios básicos están implementados, ya que, las instalaciones de baños, duchas, guardarropía, casilleros, camarines, están construidos en el primer piso del edificio, además de un área de esparcimiento y recreación. Todas las instalaciones construidas en el Terreno arrendado tienen la recepción definitiva de la DOM (ver Anexo N03) y las instalaciones de agua potable y energía a través de las empresas Aguas del Altiplano y Eligsa respectivamente (ver Anexo N11). Indicador de Cumplimiento: retiro de residuos asimilables a domiciliarios por los camiones municipales mediante pago de derecho de aseo Municipal de Alto Hospicio y el comprobante respectivo (ver Anexo N*11)
Cabe destacar que la etapa de cierre o abandono, por su destino de uso y características no contiene.
17
Se verificará semanalmente el cumplimiento del artículo 16
Se verificará semanalmente el cumplimiento del artículo 17.
Se verificará semanalmente el cumplimiento del artículo 18.
Se verificará semanalmente el cumplimiento del artículo 19.
Se verificará semanalmente el cumplimiento del artículo 24 inciso segundo. Se verificará semanalmente el cumplimiento del artículo 26.
Se verificará semanalmente el cumplimiento del artículo 42.
Referencia de la DIA o Adenda para mayores detalles
Punto 1.5 del Capítulo 01 de la DIA.
Capítulo 3 de la DIA
7.5. Normativa Ordenanza Comunal sobre Medio Ambiente
COMPONENTE / MATERIA: _ == E El objetivo de esta ordenanza municipal de Alto hospicio, es definir las normas generales, obligatorias y permanentes que tiendan a la protección y conservación el medio ambiente, contribuyendo al ejercicio del derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, y al desarrollo sustentable de la comuna de Alto Hospicio.
La Ordenanza tendrá aplicación en todo el territorio de la Comuna de Alto Hospicio, debiendo todo residente o persona que transite por ella, dar estricto cumplimiento a sus disposiciones.
Se aplicará asimismo a todas las actividades e instalaciones industriales y comerciales que se desarrollen en la comuna.
Se prohíbe toda actividad que produzca emanaciones o emisiones de gases, humos, polvo u olores que importen un riesgo a la salud o causen molestias a la comunidad o vecinos, cuando sobrepasen los límites establecidos por la autoridad sanitaria.
Se prohíbe toda quema o incineración de residuos sólidos o líquidos, desperdicios, pastos, O cualquier otro tipo de material combustible en vía pública, sector al aire libre o recintos privados. Todos aquellos establecimientos industriales y comerciales, así como actividades de distinto tipo, que posean patios o sectores sin pavimentar al interior de sus predios por donde haya movimiento de camiones u otro tipo de vehículos, deberán humectar la superficie del suelo por donde éstos circulan con agua o alguna otra aplicación y que impida en forma permanente el levantamiento de polvo. Dicha aplicación deberá se r inocua al suelo.
NORMA:
Decreto 2812/15, Aprueba Ordenanza de Medio Ambiente
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación
Relación con el Proyecto:
La norma aplica al proyecto en la circulación interna del terminal en el levantamiento de polvo. Forma e Indicadores de cumplimiento:
El terminal de buses en su interior y en su acceso exterior es humectado 4 veces al día el suelo para cumplir con las disposiciones de no tener material particulado en suspensión y cumplimiento a esta Ordenanza Municipal. En un período inferior a 6 meses y en cumplimiento de la normativa vial, se construirá un acceso asfaltado al terminal.
Indicador de Cumplimiento: No Aplica.
Medio de Verificación: No aplica.
Cabe destacar que la etapa de cierre o abandono, por su destino de uso y características no contiene.
Referencia de la DIA o Adenda para mayores detalles
Punto 1.5 del Capítulo 1 de la DIA
- Que, el titular deberá realizar los siguientes compromisos ambientales voluntarios y exigencias con ocasión de las obras y actividades del proyecto “Depósito y Terminal de Buses Línea NL, Trans.Satelite”, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N? 19,300.
8.1. COMPROMISO N*1: Programa Uso Eficiente del Agua
inal, a través sensibilizaciones, monitoreo, |
Objetivo: Optimizar el consumo: del agua en el tez
Componente ambiental Involucrado Agua
18
Compromiso voluntario
Actividades de capacitación y sensibilización sobre el uso de agua
Elaborar una línea base de Consumo Inventario de dispositivos de suministro de agua potable
Realizar mantenimiento de baños y redes de agua requeridas
Fase de implementación Operación Duración 3 años o Actividades de capacitación y sensibilización sobre
Resultado esperado
el uso de agua
o Elaborar una línea base de Consumo
o Seguimiento y análisis de los consumos de agua potable
o Inventario de dispositivos de suministro de agua potable
o Realizar mantenimiento de baños y redes de agua
requeridas
Lugar de aplicación
Terminal de buses
Forma de implementación
Capacitaciones
Indicador de cumplimiento
Seguimiento y análisis de los consumos de agua potable anual
8.2. COMPROMISO N?2: Programa Uso Eficiente de la Energía Objetivo: Optimizar el consumo de energía en el Termin = control, mantenimiento y cumpl
monitoreo,
Componente ambiental Involucrado
Energía
Compromiso voluntario
Actividades de capacitación y sensibilización sobre el uso de energía
Elaboración de línea base de consumo
Inventario de luminarias
Inventario de equipos eléctricos y electrónicos Diagnóstico de redes e instalaciones eléctricas
Cambio de luminarias según se requiera
Fase de implementación
Operación
Duración
3 años
Resultado esperado
oActividades de capacitación y sensibilización sobre el uso de energía
oElaboración de línea base de consumo
oSeguimiento y análisis de los consumos de energía
oInventario de luminarias
oInventario de equipos eléctricos y electrónicos
oDiagnóstico de redes e instalaciones eléctricas
oCambio de luminarias según se requiera
Lugar de aplicación
Terminal de Buses
Forma de implementación
Capacitaciones
Indicador de cumplimiento
Seguimiento y análisis de los consumos de energía anual
8.3. COMPROMISO N? 3: Programa de Implementación de Prácticas Soste Objetivo: Promover en el terminal prác E
“internas y del entorno que tr
Componente ambiental Involucrado
Compromiso voluntario
Las actividades que harán parte de este programa, se establecen en el marco de tres líneas de acción que abarcan
un campo amplio de la gestión ambiental y son los siguientes:
Movilidad Urbana Sostenible
Mejoramiento de las Condiciones Ambientales Internas y/o de su Entorno
Adaptación Al Cambio Climático
Fase de implementación
Operación
Duración
3 años
Resultado esperado
o Movilidad Urbana Sostenible - Apoyar e incentivar la participación en actividades como el día sin carro - Incentivar el uso de la bicicleta - Campañas que muestren las ventajas del uso de transporte público y el uso compartido de vehículos
o Mejoramiento de las Condiciones Ambientales Internas y/o de su Entorno - Realizar actividades de orden y aseo en los puestos de trabajo - Ejecutar actividades de Saneamiento Ambiental en el terminal y su entorno
o Adaptación Al Cambio Climático - Realizar la Semana Ambiental
Lugar de aplicación
Terminal de Buses y Buses en su recorrido
Forma de implementación
Capacitaciones
Indicador de cumplimiento
Aplicar por lo menos cada líneas de acción por año de ejecución del proyecto.
8.4. De acuerdo a los antecedentes presentados por el titular sobre emisiones de ruido y en base a la recomendación de la Comisión de Evaluación, para asegurar el cumplimiento normativo, el titular deberá levantar la altura del muro ubicado en el receptor P1, en un metro como mínimo, dado que el proyecto se encuentra colindante con una vivienda en dicho punto.
- Que, las medidas relevantes de los Planes Consolidados de Contingencia y Emergencia del proyecto, se encuentran adjuntos en el Anexos 6 de la Adenda complementaria, y se enumeran en el capítulo VII del ICE, siendo sus contenidos técnicos generales los siguientes:
9.1. Planes de Contingencias
9.1.1. En Caso de Incendio
Procedimiento, Medida o Acción
Las emergencias debidas a incendios presentan un riesgo importante tanto para las personas que operan en el terminal, como para los vehículos e instalaciones. Al tratarse de emergencias mayores como un incendio en el recinto, la entidad que debe asumir la dirección de las acciones de control y coordinación de todos los actores involucrados, es bomberos, no obstante, el personal del terminal estará debidamente capacitado para poder enfrentar y tomar acciones en caso de una emergencia de este tipo.
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación o Ejecución
Parte, obra o acción asociada
Vehículos y/o instalaciones
Resumen de las Acciones o medidas principales a implementar
Antes:
Mantener operativos (funcionando, señalizados y despejados) los equipos y sistemas contra incendios. _ Mantenerse debidamente instruido en la ubicación
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y uso de equipos contra incendios.
Mantener despejadas y claramente señalizadas las vías de evacuación. Conocer las zonas de seguridad. Durante: En caso de amago de incendio, controlar la situación, dar aviso al Cuerpo de Bomberos. Tratar de extinguir sólo si se está capacitado en uso de extintores, el fuego es controlable y no corre peligro su integridad física, de lo contrario pedir ayuda. En caso de Incendio declarado: Evacuar el lugar afectado y dar la alarma general para evacuar todo el recinto. Cortar la energía eléctrica desde el tablero general y otros suministros de gas o combustibles. Si se ha comenzado a evacuar no regresar por ningún motivo, salir sólo con lo indispensable, servir de guía a visitas o clientes, Revisar baños y otras dependencias en que pudieran quedar personas atrapadas e ir cerrando las puertas de las dependencias a fin de evitar la propagación de humo y llamas. Si la atmósfera es demasiado densa, por el humo y los gases, debe cubrir su nariz y boca con un paño mojado y considerar que más cerca del piso encontrará una atmósfera más tolerable (avanzar agachado). Después: En caso de incendio, solo podrán habilitarse las dependencias, si Bomberos, la Dirección de Obras Municipales, o algún organismo estatal, así lo autorizan. En ausencia de ellos, hasta que la directiva, haya revisado prolijamente las instalaciones y no existan evidencias o riesgo de caída oO desprendimiento de materiales, o daños en sistemas de alimentación sanitaria, eléctrica o de otro tipo.
Referencia de la DIA o Adendas para mayores detalles
Anexo 6 de la Adenda Complementaria
9.1.2. En caso de Sismo
Procedimiento, Medida o Acción
En caso de sismo
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación o Ejecución
Parte, obra o acción asociada
Vehículos y/o instalaciones
Resumen de las Acciones o medidas principales a implementar
Antes:
Reparar deterioros de la infraestructura. Asegurar objetos pesados que puedan caer desde altura.
Sacar objetos que puedan caer de altura.
Sacar objetos que al caer puedan obstruir pasillos.
Anclar a los muros bibliotecas y muebles que puedan tumbarse.
Determinar el lugar más seguro y adecuado para protegerse.
Determinar el punto de encuentro de Evacuación, externo al recinto.
Disponer de elementos de iluminación a pilas o baterías.
Durante:
Desconectar o apagar artefactos encendidos, eléctricos o de gas.
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Después:
Permanecer bajo vigas, pilares, muebles o lugares de seguridad preestablecidos.
Mantenerse aparte de ventanales o puertas de vidrio.
Cuando el encargado de las Instalaciones, o quien esté a cargo de la emergencia, de aviso para la evacuación del recinto, seguir instrucciones: salir con paso rápido, por las vías de evacuación señaladas (no correr) hasta la zona de seguridad preestablecida, servir de guía a visitas o clientes.
Evacuar solo si así se dispone.
Ayudar a personas que tengan alguna dificultad.
No regresar hasta que se autorice.
Verificar focos de incendios, escapes de gas o fallas eléctricas.
Realizar sólo llamados telefónicos indispensables.
Referencia de la DIA o Adendas para mayores detalles
Anexo 6 de la Adenda Complementaria
9.1.3. En caso de Terremoto
Procedimiento, Medida o Acción
En caso de Terremoto
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación o Ejecución
Parte, obra o acción asociada
Vehículos y/o instalaciones
Resumen de las Acciones o medidas principales a implementar
Antes:
Durante:
Después:
Conocer la ubicación de: botiquín de primeros auxilios, linternas, radio a pilas, pilas, etc.
Saber cómo desconectar la electricidad, el gas y el agua.
Disponer de un directorio telefónico con números de emergencia, ver Anexo NS Manual de Emergencias: Teléfonos de Emergencia.
No coloque objetos pesados encima de muebles altos en la oficina asegúrelos en el suelo y fíjelos a la pared.
Desconectar O apagar artefactos encendidos, eléctricos o de gas.
Permanecer bajo vigas, pilares, muebles o lugares de seguridad preestablecidos.
Mantenerse alejado de ventanales o puertas de vidrio.
Ante el aviso de evacuación del recinto seguir instrucciones: salir con paso rápido, por las vías de evacuación señaladas (no correr) hasta el Punto de Encuentro de Evacuación (PEE) establecido, servir de guía a visitas o clientes.
Si ya se está en el exterior alejarse de murallas altas, postes de alumbrado eléctrico y árboles altos.
Evacuar solo si así se dispone.
Ayudar a personas que tengan alguna dificultad.
No regresar hasta que se autorice.
Verificar focos de incendios, escapes de gas o fallas eléctricas.
Realizar sólo llamados telefónicos indispensables.
Referencia de la DIA o Adendas para mayores detalles
Anexo 6 de la Adenda Complementaria
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9.1.4. En caso de Accidente de Persona
Procedimiento, Medida o Acción
En caso de Accidente de Persona
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación o Ejecución
Parte, obra o acción asociada
Vehículos y/o Instalaciones
Resumen de las Acciones o medidas principales a implementar
Antes:
Identificar y evaluar peligro de las actividades que debe realizar. Definir métodos de control que debe adoptar en la ejecución de la actividad. Durante: Dar aviso de manera inmediata al Encargado de Instalación o al Presidente. Prestar auxilio ha lesionado en terreno, identificando lesiones e informar su estado a personal auxiliador. Aislar lesionado, evitar agravamiento de lesiones, no mover en forma innecesaria, adoptar técnicas básicas de traslado de pacientes. Cohibir hemorragias, inmovilizar, acoger al lesionado para evitar baja en funciones vitales del organismo. En situaciones graves con pérdida de conocimiento, partes del organismo, debe aislarse y detener área de proceso y avisar a Autoridad Sanitaria y Dirección del trabajo. Acompañar al lesionado hasta la llegada de personal especializado que realizara su traslado y atención en centro especializado. Después: Colaborar en la información a familiares del lesionado. Comprometerse en el cumplimiento y aplicación de las medidas correctivas que se definan. Normalizar proceso productivo de acuerdo a las instrucciones impartidas.
Referencia de la DIA o Adendas para mayores detalles
Anexo 6 de la Adenda Complementaria
Melida
En caso de Derrames de productos o residuos peligrosos
Procedimiento, Medida o Acción
En caso de Derrames de productos o residuos peligrosos
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación o Ejecución
Parte, obra o acción asociada
Vehículos y/o Instalaciones
Resumen de las Acciones o medidas principales a implementar
En caso de derrame de combustible, lubricantes o derivados del petróleo en la instalación que mantiene COPEC dentro del terminal, ver Anexo N*S5 “Manual de Emergencias: Emergencias en la Instalación”
Avisar en caso de Emergencia Ambiental a la SEREMI Medio Ambiente Regional al teléfono (57) 2368258.
Referencia de la DIA o Adendas para mayores detalles
Anexo 6 de la Adenda Complementaria
9.1.6. En caso de Robo con asalto
Procedimiento, Medida o Acción
En caso de Robo con asalto
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación o Ejecución
Parte, obra o acción asociada
Vehículos y/o Instalaciones
Resumen de las Acciones o medidas principales a implementar
No intentar ningún tipo de control.
No oponer resistencia a las acciones delictuales.
Obedecer las instrucciones del asaltante, pero de manera lenta y calmada.
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Observar los rasgos de los delincuentes. Dar aviso apenas pueda, a la autoridad policial, sin poner en riesgo su vida o la de otras personas.
Referencia de la DIA o Adendas para mayores detalles
Anexo 6 de la Adenda Complementaria
9.1.7. En caso de Eventos relacionados con Fauna Silvestre
Procedimiento, Medida o Acción En caso de Eventos relacionados con Fauna Silvestre
Se aplicará dentro del área de influencia del proyecto una disminución de velocidad y detención del tránsito en el sector del hallazgo de la fauna silvestre muerta o herida como también conificación del sector si fuese necesario a cargo del Encargado de la Instalación.
Fase del Proyecto a la que aplica Operación o Ejecución
Parte, obra o acción asociada Vehículos y/o Instalaciones
Resumen de las Acciones o medidas En caso de algún incidente con Fauna Silvestre dentro del área principales a implementar de influencia como:
Presencia de animales muertos
Presencia de animales heridos
-
Se deberá llamar al SAG al teléfono: 600 81 81 724 y desde celulares: (+56 2) 2345 1100
-
SAG Teléfono de oficina SAG Iquique: 57-2429874
-
Se deberá llamar a Carabineros de Chile: 133
Referencia de la DIA o Adendas para | Anexo 6 de la Adenda Complementaria mayores detalles Respuesta 5.1 y Anexo 8.7 de la Adenda 1
9.1.8. Informe posterior del incidente en área del Proyecto Se deberá elaborar un informe posterior al incidente, el cual deberá señalar a los menos: — El tipo de Emergencia - Los procedimientos realizados (si se cumplieron los descritos dependiendo del incidente) — La disposición de residuos
— Si corresponde, El Seguimiento de la recuperación del suelo afectado, siendo esto aplicado de la misma manera frente a los eventos de filtraciones de combustibles que se presenten en el sitio
Este informe posterior al incidente en el área del proyecto, se debe realizar a más tardar a una semana del incidente y debe ser visado y puesto en conocimiento del Presidente de la A.G. como del Prevencionista de riesgos.
. Que, no se recibió ninguna solicitud de Participación Ciudadana en DIA para este proyecto, durante
el plazo legal de 10 días hábiles para solicitar dicho proceso, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 94? del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental D.S 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente.
. Que, el titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de
las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella
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13.
14.
15.
16.
información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
Que, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
Que, para que el proyecto “Depósito y Terminal de Buses Línea 1, Trans.Satélite” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
Que, el titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Tarapacá y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
Que, el titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA de la Región de Tarapacá, la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
Que, se hace presente al titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SELA.
. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente
Resolución, son de responsabilidad del titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
1.
Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Depósito y Terminal de Buses Línea 1, Trans.Satélite”, de la Asociación Gremial Dueños de TaxiBuses Urbanos Línea N?1.
Certificar que el proyecto “Depósito y Terminal de Buses Línea 1, Trans.Satélite” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
Certificar que el proyecto “Depósito y Terminal de Buses Línea 1, Trans.Satélite” cumple con los requisitos de carácter técnicos y ambientales contenidos en el pronunciamiento del artículo 161? del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y que dicen relación con la Calificación Industrial de proyectos situados dentro de los planes
Certificar que el proyecto “Depósito y Terminal de Buses Línea 1, Trans.Satélite” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.
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- Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N* 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Secretario Comisión de Rvaluación Región de Tarapacá
Distribución:
C/c:
Representante legal del proyecto, Sr. José Tito Mamani Mamani CONADI, Subdirección Nacional Norte
Dirección de Vialidad, Región de Tarapacá
Gobierno Regional, Región de Tarapacá
Ilustre Municipalidad de Alto Hospicio
SAG, Región de Tarapacá
SEREMI Medio Ambiente, Región de Tarapacá
SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Tarapacá
SEREMI de Salud, Región de Tarapacá
SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Tarapacá SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Tarapacá SERNAGEOMIN, Región de Tarapacá
Encargado Participación Ciudadana
Superintendencia del Medio Ambiente
Oficial de Partes de la Región
Expediente del Proyecto “Depósito y Terminal de Buses Línea 1, Trans.Satélite” Archivo Servicio Evaluación Ambiental, I Región de Tarapacá
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