Edificio IRZ
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO
Califica Ambientalmente el proyecto “Edificio IRZ”.
Resolución Exenta N* 137/2018
Santiago, 12 de abril de 2018
VISTOS:
1”. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), admitida a trámite con fecha 11 de octubre de 2017, su Adenda de fecha 19 de enero de 2018 y su Adenda Complementaria de fecha 02 de marzo de 2018 del proyecto “Edificio IRZ” presentada por Inmobiliaria Irarrázaval Dos SpA.
2”. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Edificio IRZ”.
3”. El Acta de Evaluación N 05/2017 de fecha 19 de octubre de 2017 y el Acta de Evaluación N02/2018 de fecha 23 de marzo de 2018 del Comité Técnico de la Región Metropolitana.
4”. El ICE de la DIA del proyecto “Edificio IRZ” de fecha 23 de marzo de 2018. 5”. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, de fecha 10 de abril de 2018.
6”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Edificio IRZ”.
7”. Lo dispuesto en la Ley N 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N” 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N” 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto Exento N 428, de fecha 11 de marzo de 2018 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la Resolución Exenta N? 303 de fecha 06 de abril de 2018, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, y en la Resolución N 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
CONSIDERANDO:
1”. Que, Inmobiliaria Irarrázaval Dos SpA., en adelante, el Titular, ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Edificio IRZ” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Inmobiliaria Irarrázaval Dos SpA. Rut 76.749.185-9
Domicilio Av. Bicentenario 3883, 703, Vitacura Teléfono (+562) 29536005
Nombre representante legal Ronald Hirsch Frederic
Rut representante legal 6.898.257-K
lo de ambos representantes | ¡0<s Alcalde Delano 10200, Lo Bamechea Teléfono de ambos representantes
legales (+562) 29536005
Correo electrónico ambos A Ñ
representantes legales jwatkinsfOpuntablanca.cl
2”. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 23 de marzo de 2018, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Metropolitana, ha recomendado aprobar el proyecto, considerando que: + Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable; + Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 132, 140 y 142 del D.S. N* 40/2012 del MMA;
- No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
3”. Que, en sesión de fecha 10 de abril de 2018, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, acordó calificar favorablemente el proyecto “Edificio IRZ”, aprobando integramente el contenido del ICE de fecha 23 de marzo de 2018, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4”. Que, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general El objetivo del Proyecto consiste en la construcción de un edificio con destino habitacional a emplazar en la comuna de Ñuñoa, el que constará de 477 departamentos distribuidos en dos torres de 25 pisos con 7 pisos en fachada continua, y un último piso para servicios y áreas comunes del edificio. Además contempla 394 estacionamientos para vehículos, 197 estacionamientos para bicicletas, 4 locales comerciales y áreas recreacionales interiores.
Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras O
El Proyecto debe someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante SEIA) según lo señalado en la letra h) del artículo 10 de la Ley 19.300, modificada por la Ley 20.417; y, el artículo 3* del
acciones D.S. 40/2012, referido al Reglamento del SEIA, que dispone en dicha norma, lo siguiente:
“h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas.
h.1. Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características:
h.1.1. que se emplacen en áreas extensión urbana o en área rural, de acuerdo al instrumento de planificación correspondiente y requieran de sistemas propios de producción y distribución de agua potable y/o de recolección, tratamiento y disposición de aguas servidas;
h.1.2. que den lugar a la incorporación al dominio nacional de uso público de vías expresas o troncales;
h.1.3. que se emplacen en una superficie igual o superior a 7 hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas; O
h.1.4. que consulten la construcción de edificios de uso público con una capacidad para cinco mil (5.000) o más personas o con mil (1.000) o más estacionamientos.”
De acuerdo a lo anterior, el Proyecto debe ingresar al SEIA debido a que se ubica en la Región Metropolitana, la cual se encuentra declarada como zona saturada por ozono, material particulado respirable, partículas en suspensión y monóxido de carbono, y zona latente por dióxido de nitrógeno. Por otro lado, porque el Proyecto contempla la construcción de un edificio con un total de 477 departamentos (viviendas).
Vida útil Indefinida
Monto de inversión US$ 31.198.226.
Gestión, acto O faena mínima que da cuenta
El acto o faena mínima que dará inicio a la ejecución del proyecto corresponde a las excavaciones.
del inicio de la ejecución
Proyecto o actividad | Si | No se desarrolla por
etapas 1X] Proyecto oO actividad | Si | No modifica un Proyecto o 1X] actividad existente
Proyecto modifica | Si | No otra(s) RCA [sólo en 1X] caso de que el Proyecto sí modifique
un Proyecto o actividad]
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División administrativa
político-
Región Metropolitana, Provincia de Santiago, comuna de Ñuñoa, en la Av. Irarrázaval N*2889-2921.
Justificación de la localización
El área o zona en la que se emplaza el Proyecto corresponde a una Zona 1-A, de acuerdo a Certificados de Informaciones Previas del Anexo 2 de la DIA, cuyos usos permitidos corresponden a residencial, equipamiento (todos excepto parques zoológicos, casinos de juegos, crematorios, cementerios y cárceles) y zonas productivas; según el Plan Regulador vigente. Lo cual permite la realización de este tipo de proyecto. Por otro lado, la adecuada accesibilidad en su entorno inmediato potencia la conectividad en relación a avenidas y transporte público.
Superficie
El Proyecto se emplazará en un terreno de superficie neta de 3.201,76 mí, cuya superficie total construida será de 34.836,77 m,
Mayores antecedentes se presentan en el plano de fusión aprobado por la Municipalidad, adjunto en el Anexo 1 de la Adenda, y en el Anexo 1 de la Adenda Complementaria.
Coordenadas UTM en Datum WGS84
Las coordenadas de los vértices del polígono y referencias del proyecto son las siguientes: Tabla N*1: Coordenadas del predio.
Coordenadas UTM WGS84 Vértice Este (m) Norte (m) A 351.205 6.297.164 B 351.241 6.297.159 Cc 351.232 6.297.072 D 351.195 6.297.076
FUENTE. Tabla de la Figura 1. de la DIA
Caminos de acceso
Las principales rutas de acceso utilizadas se definieron en función de los insumos requeridos para la construcción del Proyecto, así como las zonas de destino de los residuos generados por este, considerando las rutas más probables a seguir durante la etapa de construcción, las que se presentan en la siguiente tabla.
Tabla N*2: Rutas de acceso fase de construcción
Actividad Rutas principales
Material Escombros Demolición: —lrarrázaval-Exequiel Obras Fernández-Jose Domingo Cañas-Manuel Antonio Matta- previas El Parque-Tupper-Blanco Encalada-Exposición-Melipilla- Proyecto Pedro Aguirre Cerda-Suiza- Pdte. Salvador Allende-
Camino Rio Mackenna Material_ Hormigón: Exequiel Fernández-Sergio Vieira- Pedro de Valdivia-Irarrázaval Material Escombros y Tierra: lrarrázaval-Exequiel Fernández-Jose Domingo Cañas-Manuel Antonio Matta- El Parque-Tupper-Blanco Encalada-Exposición-Melipilla- Pedro Aguirre Cerda-Suiza-Pdte. Salvador Allende- Camino Rio Mackenna Material Acero: Portugal-Santa Elvira-Padre Orellana- Manuel Antonio Matta-San Eugenio-Matta Ote-Republica de Israel-Fernandez Concha-Irarrázaval Material_Otros Materiales: Vicuña Mackenna-Malaquías Concha-Emilio Vaisse- Irarrázaval Material RESPEL: Irarrázaval-Exequiel Fernández-Jose Domingo Cañas-Manuel Antonio Matta-Av. Viel-Autopista Central-Jose Joaquín Prieto-Vespucio- Camino a Lonquén-Santa Marta-Las Industrias Material Otros Materiales: Vicuña Mackenna-Malaquías Concha-Emilio Vaisse- Irarrázaval Material RESPEL: Irarrázaval-Exequiel Fernández-Jose Domingo Cañas-Manuel Antonio Matta-Av, Viel-Autopista Central-Jose Joaquín Prieto-Vespucio- Camino a Lonquén-Santa Marta-Las Industrias
FUENTE. Tabla 1 de la DIA.
Obra gruesa
Terminaciones
La conectividad en el área del Proyecto está dada principalmente por la Av. Irarrázaval, Av. Pedro de Valdivia y Av. José Pedro Alessandri.
Referencia expediente
evaluación de
mapas,
georreferenciación
información
complementaria sobre la localización de sus obras
partes, acciones
al | En el Anexo 3 de la DIA, se entrega la cartografía digital georreferenciada del de | Proyecto.
los | En el Anexo 2 de la Adenda Complementaria, se presenta kmz con el recorrido de vehículos asociados al proyecto.
e
y
4.3. FASE DE CONSTRUCCION
4.3.1 PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO.
4.3.1 PARTES Y OBRAS
Cierre Previo a las obras previas se realizará el cierre perimetral del terreno, el cual perimetral considerará la instalación de barreras acústicas. Demolición La actividad consideró la demolición de las edificaciones existentes previas. Se aclara
que el Titular ha desarrollado las actividades de demolición y despeje del terreno durante la evaluación ambiental. Las razones por las cuales el Titular desarrolló dichas actividades corresponden principalmente a reducir la proliferación de vectores sanitarios (moscas, ratones y otros insectos) en el predio, además de evitar la ocupación ¡legal del terreno que pudiese haber promovido la acumulación de basura, además de malestar entre los vecinos. El período para efectuar esta actividad fue de aproximadamente dos semanas. El volumen de escombros de demolición corresponde a 1.500 m'. La totalidad del material encontrado fue tratado como escombro, siendo dispuesto en el botadero autorizado.
En el Anexo 2 de la Adenda, se presentan los documentos referentes a la demolición (permisos y certificados de botaderos).
Instalación de faenas
Incorpora el establecimiento de cierres y elementos temporales, tales como bodegas, oficinas, servicios higiénicos, recinto para obreros, letreros de obras, además de instalaciones provisorias de electricidad, alcantarillado y agua potable.
Respecto a las características constructivas, éstas corresponderán a instalaciones modulares del tipo container, cuya estructura será de perfiles de acero de diversas secciones y espesores conforme al tipo o modelo de container utilizado.
En la Figura 4 y Anexo 3 de la DIA, se presenta la instalación de faenas y sus partes.
Servicios sanitarios
Los servicios sanitarios (baños químicos, duchas, lavatorios) serán implementados a partir del D.S. 594/99, referido a las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas de Lugares de Trabajo. En cuanto al suministro de agua potable y servicio de alcantarillado se solicitará la conexión con la empresa sanitaria del sector. Considerando que se propone el uso de baños químicos para la instalación de faenas, durante la Fase de construcción, previo a la conexión al sistema público de recolección y conducción de las aguas servidas, se hace presente que:
e Será responsabilidad del Titular la instalación, mantención, transporte y limpieza de estos servicios higiénicos provisorios.
e El número mínimo de artefactos, se debe calcular en base a la tabla del artículo 23 del D.S. 594/99 del MINSAL sobre las “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo”.
e Los baños químicos no podrán estar instalados a más de 75 m del área de trabajo.
e Las duchas portátiles deberán contar con un sistema de conducción, que evite el escurrimiento por el terreno de las aguas generadas, evitando apozamientos y focos de insalubridad.
e El punto de la descarga de las aguas servidas debe ser acreditado, manteniendo en las obras copia del Convenio del Uso de Colectores suscrito con la respectiva empresa sanitaria, que autoriza dicha descarga.
Bodega almacenamiento temporal de residuos peligrosos
Esta bodega dará cumplimiento a lo estipulado en el D.S. N*148/03 del MINSAL. Las principales características de la bodega de almacenamiento temporal de los residuos peligrosos, se detallan en el punto 9.1.3 del ICE (PAS 142).
Bodega de almacenamiento de sustancias peligrosas
Las condiciones de almacenamiento de las sustancias peligrosas serán las correspondientes al tipo, cantidad y tiempo de almacenamiento de éstas, en cumplimiento del D.S. 43/2015 del MINSAL. Las principales características de la bodega de almacenamiento temporal de los residuos peligrosos, se detallan en el punto 10.2.1 del ICE.
Obra gruesa
Primero se realizará la actividad de socalzados de manera de generar un refuerzo estructural de las fundaciones que considerará el Proyecto.
Posterior a las excavaciones, socalzados y fundaciones, se realizará el levantamiento de los elementos estructurales de hormigón armado tales como pilares, vigas y losas, muros y cubiertas. Avanzada la obra gruesa, se continuará con la instalación de tabiquerías, ductos e impermeabilización.
Para mayor detalle de ésta actividad ver acápite A.5.1.2.2. de la DIA.
4.3.1.2 ACCIONE
S
Nombre
Descripción
Replanteo trazado
y
Corresponde a la demarcación del proyecto en terreno
Preparación de terreno (Movimiento de tierra)
De manera previa a las excavaciones y relleno, se efectuará el escarpe del estrato superior del suelo en toda la superficie que considera el Proyecto.
Cabe mencionar que dicho escarpe se empleará para despejar el terreno, cuyos residuos serán dispuestos en un botadero previamente establecido y autorizado por el organismo del Estado con competencias.
Se estima que el volumen generado por esta actividad corresponderá a 963,53 mí,
Excavaciones
Respecto de las obras de excavación, se aclara que no se realizará acopio, ya que la tierra se irá retirando a medida que se excave, de acuerdo a lo indicado en el acápite 4.3.5 del Anexo 2 de la Adenda Complementaria. En relación al sector de disposición final, deberá estar autorizado por el organismo del Estado competente.
La cantidad de material estimada a extraer será de 29.333 mí, al cual se aplica un factor de esponjamiento de un 25%, alcanzando un volumen total de 36.666,7 m'.
Terminaciones y Obras exterior
Corresponde a la ejecución de las terminaciones en los diferentes niveles tendientes a habilitar los recintos para su uso, así como también mejoramiento de espacios públicos.
Instalaciones
Esta actividad tiene relación con la incorporación de los diferentes equipos y redes que permitirán el suministro y operación de las viviendas. Las principales instalaciones consideradas corresponden a: Alcantarillado de aguas servidas, agua fría y caliente, artefactos sanitarios, evacuación de aguas lluvias, instalaciones eléctricas, elementos de intercomunicación, cierres exteriores de las viviendas, pavimentos exteriores, entre otros.
Actividades de Para el caso de mantenciones de equipos y maquinaria a emplear en obra, estas
mantención y serán efectuadas por empresas externas, fuera del área del Proyecto. Se
reparación implementará un registro en obra, de los talleres autorizados donde serán realizadas las mantenciones de maquinarias, manteniendo las boletas y/o facturas en obra para consulta de los organismos del Estado con competencias en fiscalización.
Flujo de En el Anexo 4 de la DIA se presenta el Certificado de ingreso del ElISTU de fecha
vehículos 21/09/2017 y en el Anexo 2 de la Adenda se presenta el Certificado de Aprobación del
durante la EISTU.
Construcción Según lo señalado por el Titular, en la respuesta 4.1 de la Adenda, para la Fase de
Construcción el Proyecto se considerarán una serie de medidas con la finalidad de no afectar la libre circulación, conectividad o un aumento significativo en los tiempos de desplazamiento, las cuales son detalladas a continuación.
o Se evitará la circulación de camiones relacionados con el Proyecto en las horas de alto flujo vehicular (de 7:00 a 9:00 horas y de 18:00 a 20:00 horas). Existirá personal que estará efectuando controles de tránsito mediante banderas al momento de entrada y salida de vehículos de la obra.
Existirá un letrero informativo con horarios, plazos de obras, flujos de camiones y contacto de encargado de relaciones con la comunidad.
Respecto a la frecuencia de camiones diaria que accederá al Proyecto durante su construcción, el Titular espera un promedio de 19 camiones durante la obra gruesa del Proyecto, tal como se indica en la Tabla 11 de la Adenda y Tabla 62 del Anexo 2 del Adenda Complementaria.
4.3.2 SUMINISTROS BÁSICOS
Nombre
Descripción
Agua potable, servicios higiénicos
Respecto a los servicios higiénicos se incorporarán instalaciones sanitarias que serán conectadas a la red de alcantarillado existente, según el D.S. 594/1999 del MINSAL. En el Anexo 2 de la Adenda se presenta el certificado de factibilidad de agua potable y alcantarillado vigente. Cabe indicar que previo a la conexión al sistema de agua potable y alcantarillado, se utilizarán baños químicos para la instalación de faenas, los que serán provistos por Una empresa autorizada. Además, de acuerdo a la respuesta 2.18 de la Adenda, el Titular tiene presente que será su responsabilidad la instalación, mantención, limpieza y transporte de estos servicios higiénicos provisorios, considerando además que:
- El número mínimo de artefactos, será calculado en base a la tabla del artículo 23 del D.S. 594/99 del MINSAL. Las duchas portátiles contarán con un sistema de conducción y recolección, que
evite el escurrimiento por el terreno de las aguas generadas, evitando
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apozamientos y focos de insalubridad.
e Los baños químicos no podrán estar instalados a más de 75 m del área de trabajo.
e El punto de descarga de las aguas servidas será acreditado, manteniendo en las obras copia de la factura u otro documento que respalde la disposición adecuada de los mismos o copia del Convenio Uso de Colectores suscrito con la respectiva empresa sanitaria, que autoriza dicha descarga.
Agua industrial
Para las actividades de humectación, lavado de ruedas y camiones, se utilizará las aguas provenientes de la red pública de agua potable existente, de acuerdo a la respuesta 1.15 del Adenda.
Energía eléctrica
Se solicitará un empalme eléctrico provisorio a una empresa del sector, de acuerdo al Anexo 2 de la Adenda.
Abastecimiento de combustible
La recarga de combustible para las maquinarias, se realizará en la estación de servicio más cercana, de acuerdo a lo indicado en el acápite A.5.5.3 de la DIA.
En la Tabla 8 de la DIA se detalla la maquinaria a emplear durante la Fase de
Maquinaria Construcción. En la Tabla 9 de la DIA se presenta el listado y su respectiva clasificación de acuerdo a la NCh 382 of. 2004, de las Sustancias peligrosas consideradas para la Fase de Sustancias Construcción. peligrosas En relación al almacenamiento de las sustancias peligrosas señaladas, este es
efectuado de acuerdo a lo estipulado en el D.S. 43/2015 del MINSAL que Aprueba Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas.
4.3.3 RECURSOS NATURALES RENOVABLES
De acuerdo a las características del proyecto descritas en los párrafos precedentes, se indica que el proyecto no contempla la extracción o explotación de recursos naturales renovables.
4.3.4 EMISIONES Y EFLUENTES
4.3.4.1 EMISIONES A LA ATMÓSFERA
Nombre Descripción Durante la Fase de Construcción se generarán emisiones a la atmósfera principalmente por las actividades de demolición, excavación, y tránsito de vehículos, de acuerdo a lo presentado en el Anexo 2 de la Adenda Complementaria. A continuación, se presenta un resumen las emisiones del Proyecto durante la Fase de Construcción. Tabla 3. Cuadro resumen con emisiones MP10 totales en fase de construcción Tipo de Emisión Actividad 1 2 3 Demolición 0,15587 | 0,00000 | 0,00000 Perforación 0,00177 | 0,00000 | 0,00000 Escarpe 0,00607 | 0,00000 | 0,00000 Excavación 0,74383 | 0,00000 | 0,00000 Emisiones Directas | Pesados camino no pavimentado | 0,23798 | 0,21214 | 0,10845 Livianos camino no pavimentado | 0,00331 | 0,00824 | 0,00551 Camino pavimentado interior 0,00053 | 0,00031 | 0,00016 Emisiones Acopio 0,00000 | 0,00000 | 0,00000 atmosféricas Carga 0,02659 | 0,00053 | 0,00058 . del Combustión maquinas 0,11479 | 0,49525 | 0,13762 royecto por Combustión Veh Livianos 3,4,E-06 | 6,3,E-06 | 3,6,E-06 Combustión camiones 0,00017 | 0,00019 | 0,00009
Transito caminos pavimentados 0,19771 | 0,19869 | 0,05507 Pesados caminos no pavimentados | 1,27043 | 0,02844 | 0,03365
Emisiones Indirectas
Volteo 0,02659 | 0,00053 | 0,00058 Combustión Livianos 0,00135 | 0,00324 | 0,00270 Combustión Pesados 0,01719 | 0,00439 | 0,00206 Grupo electrógeno 0,00000 | 0,00000 | 0,00000 MP10 Total en (ton/año) 2,80 0,95 0,35 Emisión Máxima Según PPDA. en (ton/año) 2,5 25 2,5
FUENTE. Tabla 75 Anexo 2 de la Adenda Complementaria.
Tabla 4. Cuadro resumen con emisiones de CO, HC, NOX y SOx Año 1. Año 1 co NOX HC | Sox
ACTIVIDAD
Combustión maquinaria 0,38467 | 1,09168 | 0,17713 | 0,09503 Combustión camiones al interior del recinto 0,00181 | 0,00494 | 0,00046 | 0,00046
Combustión vehículos livianos al interior del 0,00013 | 0,00027 | 0,00005 | 0,00000 recinto Combustión camiones al exterior del recinto 0,18570 | 0,70420 | 0,04108 | 0,00078
Combustión vehículos livianos al exterior del 0,01019 | 0,00566 | 0,01536 | 0,00131
recinto Total (ton/año) 0,583 1,807 0,234 0,098 Limite Max PPDA (ton/año) 100 8 100 50
FUENTE. Tabla 76 Anexo 2 de la Adenda Complementaria.
Tabla 5. Cuadro resumen con emisiones de CO, HC, NOX y SOx Año 2.
ACTIVIDAD ESE co NOX HC SOx Combustión maquinaria 1,39065 | 6,22634 | 0,62778 | 0,53458 Combustión camiones al interior del recinto 0,00205 | 0,00559 | 0,00052 | 0,00001 Combustión vehículos livianos al interior del 0,00021 | 0,00047 | 0,00008 | 0,00000 recinto Combustión camiones al exterior del recinto 0,04744 | 0,17991 | 0,01049 | 0,00020 Combustión vehículos livianos al exterior del 0,02445 | 0,01358 | 0,03687 | 0,00315 recinto Total (ton/año) 1,465 6,426 0,676 0,538 Limite Max PPDA (ton/año) 100 8 100 50
FUENTE. Tabla 77 Anexo 2 de la Adenda Complementaria.
Tabla 6. Cuadro resumen con emisiones de CO, HC, NOX y SOx Año 3. ACTIVIDAD Año 3
co NOX HC SOx Combustión maquinaria 0,38782 | 1,72236 | 0,17515 | 0,01315
Combustión camiones al interior del recinto 0,00098 | 0,00267 | 0,00025 | 0,00000
Combustión vehículos livianos al interior del 0,00009 | 0,00000 | 0,00014 | 0,00000
recinto Combustión camiones al exterior del recinto 0,02211 | 0,08383 | 0,00489 | 0,00009 Combustión vehículos livianos al exterior del 0,02037 | 0,01132 | 0,03072 | 0,00262 recinto Total (ton/año) 0,431 1,820 0,211 0,016 Limite Max PPDA (ton/año) 100 8 100 50
FUENTE. Tabla 78 Anexo 2 de la Adenda Complementaria.
En base a la estimación de emisiones de material particulado MP10 y de gases HC, CO, NOx y SO, realizada para la Fase de Construcción del Proyecto presentada en el Anexo 2 de la Adenda Complementaria, y su respectiva comparación con los límites máximos de emisión para los contaminantes establecidos en el Artículo 98 del PPDA para la Región Metropolitana, se concluye que el proyecto debe compensar sus emisiones de MP10 para el Año 1, dado que supera los límites permitidos.
Al respecto de acuerdo a lo indicado por la Seremi de Medio Ambiente, mediante Oficio ORD. N* 212 de fecha 14/03/2018, el cual se pronuncia conforme, señala que se debe cumplir con lo siguiente:
“Presentar ante la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente de la Región Metropolitana (SEREMI MA RM), un Programa de Compensación de Emisiones (PCE) para MP10, en formato físico y digital, en un plazo no superior a 60 días una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental (RCA), considerando un aumento del 150% en las emisiones según lo establecido en el artículo 98 del D.S 66/2009. Las cantidades a compensar por año cronológico y fase del proyecto se presentan a continuación:
Fase Construcción Año 1 Contaminante MP 10 Emisiones anuales (ton) 2,8 Límite de emisiones según artículo 90 2,5 DS N*66/09, MINSEGPRES [ton/año) Emisiones a compensar (150%) [ton] 4,2
El PCE a presentar deberá proponer una vía de compensación que cumpla con los
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siguientes criterios:
-
Comparable: Las emisiones a compensar deben ser comparables en cuanto a características de composición y granulometría.
-
Real: Que implique una rebaja efectiva de emisiones.
-
Cuantificable: Existencia de un método que permita medir dichas reducciones
-
Adicional: Que la medida propuesta por el titular no responda a otras obligaciones, o que no corresponda a una acción que se ¡ba a realizar de todas formas.
-
Permanente: Que la reducción permanezca por el periodo en que el proyecto esté obligado a reducir emisiones.
-
Exigible: Los compromisos que adquiere el titular deben ser suscritos formalmente”.
4.3.4.2 EMISIONES LÍQUIDAS O EFLUENTES
Nombre
Descripción
Residuos líquidos
Los residuos líquidos generados durante la Fase de Construcción corresponden a: e Residuos líquidos domiciliarios (aguas servidas) e Residuos líquidos industriales
Las aguas servidas provendrán desde duchas, W.C, lavamanos de la instalación de faenas, los que serán descargados a la red de alcantarillado existente, de acuerdo a Certificado de Factibilidad de Agua potable y alcantarillado del Anexo 2 de la Adenda. Cabe mencionar que previo a la conexión al sistema de agua potable y alcantarillado, se utilizarán baños químicos, cuyos residuos serán almacenados en dichos baños y retirados posteriormente, todo lo anterior realizado por empresas autorizadas por la autoridad sanitaria competente.
Se estima un caudal máximo diario de 18 m? de aguas servidas, durante 28 meses.
Los residuos líquidos industriales corresponden a:
Lavado de ruedas: Para los residuos provenientes del lavado de rueda de los camiones, se incorporará un pavimento impermeabilizado con pendientes, que encauce de manera gravitacional los efluentes a una cámara desgrasadora. Dicha cámara contará con capacidad suficiente para evitar derrames, cuyos residuos serán retirados por contratistas autorizados por la SEREMI de Salud y dispuestos en lugares aptos para este tipo de residuos. Se mantendrá un registro en obra a través del cual se acredite su disposición final.
Lavado de camiones mixer: Se realizará lavado de camiones mixer en el mismo lugar que se efectúa el lavado de ruedas. Para ello se dispondrá de un pavimento impermeabilizado (radier de hormigón sellado) con pendiente mínima de 4%, el cual encauzará la lechada del lavado de canoas de camiones mixer a una cámara recolectora con rejilla decantadora, la que estará conectada con una piscina decantadora de acumulación de hormigón impermeabilizado. Respecto a los restos de hormigón, estos serán retenidos en la cámara, los cuales una vez secos serán picados por personal de la obra y acumulados en una batea de escombros para posteriormente ser llevados a un lugar de disposición final autorizado. En relación a los residuos líquidos provenientes del lavado de canoas y del lavado de ruedas, estos serán acumulados de manera temporal en la piscina señalada, para luego ser retirados por contratistas autorizados por la SEREMI de Salud y dispuestos en un lugar autorizado.
El Titular se compromete a que, no se efectuarán labores de lavado de los mezcladores, ni de ruedas en el espacio público, dando cumplimiento al Cap. 8, Art. 5.8.3. N* 3 de la O.G.U.C.
En el Anexo 1 de la Adenda se presenta el sistema de lavado de canoas y ruedas.
4.3.4.3 EMISIONES DE RUIDO
Nombre
Descripción
Ruido
Las emisiones de ruido del proyecto son generadas por: Demolición, Excavación y preparación de terreno, Obra gruesa y Terminaciones.
Según los resultados presentados en el Anexo 4 de la DIA, los niveles de ruido cumplen con lo exigido por el D.S. N* 38/11 del MMA, al estar bajo los límites máximos permitidos con medidas de control. Cabe indicar que, las situaciones evaluadas corresponden a los escenarios de modelación más desfavorables, donde se esperan los mayores impactos, sin embargo, se estima que en la práctica sean menores.
Para mayor detalle revisar Estudio de Ruido y Vibraciones del Anexo N*4. Estudios de Especialidad de la DIA.
Al respecto la SEREMI de Salud, mediante Oficio ORD. N* 1561 de fecha 13/03/2018, se pronuncia conforme a los resultados de las emisiones acústicas.
4.3.4.4 VIBRACIONES
Nombre
Descripción
Vibraciones
En el Anexo 4 de la DIA. Estudio de Ruido y Vibraciones, se presentaron los
8
antecedentes relativos a los niveles de vibraciones estimado en receptores del área de influencia del proyecto. De acuerdo a los resultados obtenidos respecto a vibraciones, se concluye los niveles de vibración estimados, tanto en receptores externos como internos, se encuentran bajo de los límites establecidos en la normativa de referencia utilizada, Transit Noise and Vibration Impact Assesment de la Federal Transit Administration — USA - May 2006.
4.3.5 RESIDUOS
4.3.5.1 RESIDUO
S NO PELIGROSOS
Nombre
Descripción
Residuos sólidos
Durante la fase de construcción se generarán residuos sólidos no peligrosos correspondientes a:
Domiciliarios y asimilables a domiciliarios
Industriales
De acuerdo a lo siguiente:
Durante la Fase de Construcción existirá la generación de Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD) por parte de los trabajadores de la obra. En la siguiente tabla se presentan los residuos sólidos domiciliarios generados diariamente en esta fase.
Tabla 7. Residuos sólidos domiciliarios en Fase de Construcción.
Tasa de Generación Kg ponsldadida eltimen N* Personas/día Ka/hab. dí RSD/ RSD RSD/día úsgihab día) día (kg/m?) (mé/día) 180 Pe 90 0,6 (máximo) 05 150 Su 30 0,2 (promedio) y
FUENTE. Tabla 20 de la DIA
Para el almacenamiento temporal de residuos se dispondrán contenedores con ruedas de tapa hermética, reforzados en su interior por una bolsa de plástico resistente, siendo distribuidos de manera uniforme al interior del terreno. Los residuos serán almacenados por un período máximo de tres días, siendo retirados según la frecuencia de recolección de basuras del camión municipal. En cuanto a su disposición final, estos serán derivados a un lugar autorizado.
Se generarán residuos de demolición, excedentes de tierra (por actividades de preparación del terreno y excavaciones) y escombros (restos de hormigón, despuntes de madera, restos de cerámica y PVC), cuyos volúmenes se presentan en las tablas a continuación.
Tabla 8. Volúmenes de excedentes de tierra Tierra escarpe (m') 963,53 FUENTE. Tabla 3 de la Adenda
Total (m') 37.630,3
Excavación (m') 36.666,7
Tabla 9. Generación de escombros
Años Escombros obras (m') Escombros demolición (m”) 1 0 1.500 2 1.137,07 [0] 3 1.231,83 [0]
Total 2.369 1.500
FUENTE. Tabla 3 de la Adenda
Cabe indicar que como restos de hormigón producto del lavado de canoas de los mixer se prevé se generarán 14 kg/día de hormigón (2 kg/camión; 7 camiones mixer/día) durante un total de 14 meses. Estos residuos serán retenidos en cámara recolectora con rejilla. Una vez secos serán picados por personal de la obra y acumulados en una batea de escombros para posteriormente ser llevados a un lugar de disposición final autorizado, de acuerdo a lo indicado en la respuesta 1.8 de la Adenda.
La disposición de los residuos de demolición final será un sitio autorizado por la autoridad sanitaria. Respecto de los excedentes de tierra, éstos serán retirados a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana, manteniendo un registro (boleta, factura u otro documento) en obra de dicho procedimiento, cuyo transporte se realizará en camiones con lonas, u otro sistema que impida la dispersión del material al aire. Cabe señalar que no se realizará acopio de material. Por último, los escombros, serán almacenados temporalmente en contendedores debidamente identificados. El retiro se efectuará por empresas autorizadas por las entidades
competentes, para ser trasladado a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud de la
9
Región Metropolitana para la disposición de residuos de la construcción y escombros, manteniendo un registro (boleta, factura u otro documento) en obra de dicho procedimiento.
4.3.5.2 RESIDUOS PELIGROSOS
Nombre
Descripción
Residuos peligrosos
Se refiere a los residuos que contienen sustancias peligrosas, tales como guaipes, brochas, tubos fluorescentes, pilas, envases de adhesivos, latas de spray, etc. En la Tabla 44 de la DIA se presenta la estimación y caracterización de residuos peligrosos durante la Fase de Construcción.
Los residuos peligrosos deberán ser almacenados en contenedores metálicos con tapa u otro material compatible químicamente con la cantidad de residuos a almacenar, impidiendo el derrame o fuga de material durante el almacenamiento transitorio o transporte, no deberán ser almacenados por un periodo mayor a 6 meses y se mantendrá en obra los correspondientes registros de los sitios de disposición final autorizados. Se deberá contar con una bodega para el almacenamiento temporal de los residuos peligrosos, la que se ubicará dentro del sitio destinado de acopio de residuos y que considerará los aspectos especificados en el D.S. 148/2003 del MINSAL.
al para
Referencia ICE mayores detalles esta fase
sobre
Capítulo 4 del ICE, punto 4.6 Fase de Construcción
4.4. FASE DE OPERACIÓN
4.4.1 PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO.
4.4.1.1 PARTES Y OBRAS.
Otras partes del proyecto (Habitalidad)
El proyecto contará con sala de presurización, hall acceso, piscina, sala común, sala técnica, gimnasio, quincho y locales comerciales.
Sala de basura
El Proyecto constará de dos salas de basura y sus shaft de ductos de basura. El primer subterráneo será utilizado para la circulación de contenedores de basura y desplazamiento de éstos entre salas de basura y área de precarguío. Esta última se ubicará en el 1? piso, en el sector de acceso vehicular, y servirá como estacionamiento provisorio de contenedores de basura, a la espera del servicio recolector municipal. El ascenso y descenso de contenedores de basura entre 1? subterráneo y 1” piso se realizará utilizando la rampa de acceso vehicular. Se aclara que la basura generada en los locales comerciales no se tratará junto con la basura generada por los habitantes de los departamentos, debiendo ser gestionada por cada locatario, quien la almacenará y se encargará su retirada.
En el Anexo 1 de la Adenda se presenta plano de la Sala de Basura y mayores antecedentes se describen en el punto 9.1.2 del ICE (PAS 140).
S
Descripción
Las actividades de mantención, estarán asociadas al cumplimiento normativo del correcto funcionamiento de los equipos instalados en el edificio, considerando: ascensores, grupo electrógeno, sistema eléctrico, aguas lluvias entre otros. La mantención deberá ser desarrollada por personal o empresas competentes y autorizadas, de acuerdo a lo indicado en acápite A.5.1.2.2, A.6.5 y A.6.5 de la DIA.
No obstante lo anterior, el Titular tendrá presente que en caso de ser calificado ambientalmente favorable, las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental, serán de su responsabilidad, sean implementadas por él o a través de un tercero.
4.4.1.2 ACCIONE Nombre Actividades de mantención y conservación Flujo de vehículos durante la Operación
Asociado a el ingreso y egreso de los vehículos a las zonas de estacionamientos de los edificios y locales comerciales.
En el Anexo 4 de la DIA se presenta el Certificado de ingreso del EISTU de fecha 21/09/2017 y en el Anexo 2 de la Adenda se presenta el Certificado de Aprobación del EISTU.
4.4.2 SUMINISTROS BÁSICOS
Nombre
Descripción
Agua Potable y Alcantarillado
Para la descarga de las aguas servidas del proyecto, se cuenta con una descarga a alcantarillado público, de acuerdo a certificado de agua potable y alcantarillado, de la
de Aguas | empresa Aguas Andinas, ver Factibilidad de Agua Potable y Alcantarillado del Anexo Servidas 2. Documentos de la Adenda. Aguas lluvias Todas las aguas lluvias provenientes del edificio (dos torres) y terreno serán
conducidas mediante canaletas hacia cámaras decantadoras (zanjas drenes),
10
calculadas a través de datos hidrológicos en base a la superficie del terreno. De acuerdo a esto, se obtendrá el índice de aguas lluvias del área, el coeficiente de ponderación de la zona y el índice de infiltración de aguas lluvias.
Mayor información en Anexo 3 de la DIA
La factibilidad del suministro de energía eléctrica será proporcionada por la empresa Energía Enel S.A. y estará de acuerdo a las normas vigentes de la Superintendencia de Eléctrica Electricidad y Combustibles (SEC).
Se considera también la utilización de un grupo electrógeno de emergencia.
4.4.3 PRODUCTOS GENERADOS
No aplica
4.4.4 RECURSOS NATURALES RENOVABLES
No aplica
4.4.5 EMISIONES Y EFLUENTES
4.4.5.1 EMISIONES ATMOSFÉRICAS
De acuerdo al Estudio de Emisiones Atmosféricas del Anexo 2 de la Adenda Complementaria, se considera como fuente de emisión el material particulado y gases provenientes del grupo electrógeno a utilizar como respaldo de energía. En la siguiente tabla se muestran los totales de la estimación de emisiones en la Fase de Operación del Proyecto, clasificados por tipo de contaminante a nivel anual.
Tabla 10. Resumen de emisiones de Operación en (ton/año).
Año Operación MP10 [ej0) NOx SOx 4 Grupos Electrógenos 0,00481 0,01458 0,06750 0,00449 Total Emisión (ton/año) 0,005 0,015 0,067 0,004 Límite Max PPDA 2,5 100 8 50
FUENTE. Tabla 82 del Anexo 2 de la Adenda Complementaria
De acuerdo a los resultados de la estimación de emisiones de material particulado y gases, el Proyecto no sobrepasará los límites en la Fase de Operación y cumplirá con los límites establecidos en el D.S. N*66/2009 del MINSEGPRES.
Al respecto de acuerdo a lo indicado por la Seremi de Medio Ambiente, mediante Oficio ORD. N” 212 de fecha 14/03/2018, el cual se pronuncia conforme, señala que se debe cumplir con lo siguiente:
“Presentar ante la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente de la Región Metropolitana (SEREMI MA RM), un Programa de Compensación de Emisiones (PCE) para MP10, en formato físico y digital, en un plazo no superior a 60 días una vez
Emisiones obtenida la Resolución de Calificación Ambiental (RCA), considerando un aumento del Atmosféricas 150% en las emisiones según lo establecido en el artículo 98 del D.S 66/2009. Las cantidades a compensar por año cronológico y fase del proyecto se presentan a continuación: Fase Construcción Año El Contaminante MP 10 Emisiones anuales (ton) 2,8 Límite de emisiones según artículo 90 2,5 DS N*66/09, MINSEGPRES [ton/año) Emisiones a compensar (150%) [ton] 4,2
El PCE a presentar deberá proponer una vía de compensación que cumpla con los
siguientes criterios:
-
Comparable: Las emisiones a compensar deben ser comparables en cuanto a características de composición y granulometría.
-
Real: Que implique una rebaja efectiva de emisiones.
-
Cuantificable: Existencia de un método que permita medir dichas reducciones
-
Adicional: Que la medida propuesta por el titular no responda a otras obligaciones, o que no corresponda a una acción que se ¡ba a realizar de todas formas.
-
Permanente: Que la reducción permanezca por el periodo en que el proyecto esté obligado a reducir emisiones.
Exigible: Los compromisos que adquiere el titular deben ser suscritos formalmente”.
4.4.5.2 EMISIONES LÍQUIDAS O EFLUENTES
Nombre Descripción Residuos Durante la fase de operación, se contempla la generación de residuos líquidos Líquidos provenientes de los servicios higiénicos, para lo que se estima un caudal diario de 536
11
m'. La descarga de las aguas servidas se realizará a la red púbica de alcantarillado, de acuerdo a Certificado de Factibilidad de Agua potable y alcantarillado del Anexo 2 de la Adenda.
4.4.5.3 EMISIONES DE RUIDO
Nombre Descripción Durante la Fase de Operación las fuentes de ruido significativas corresponden al grupo Electrógeno. Según los resultados presentados en el Anexo 4 de la DIA, los niveles de ruido cumplen con lo exigido por el D.S. N 38/11 del MMA, al estar bajo los límites máximos permitidos con medidas de control. Al respecto, en las siguientes tablas se presentan los resultados obtenidos: Tabla 11. Evaluación normativa con medidas de control, período diurno — Fase Operación. Límite normativo Exceso de ¿Cumple Funto Nes (dB4] [dBA] nivel [dB] norma? Rint 49 65 0 Sí FUENTE. Tabla 30 del Anexo 4 de la DIA Ruido Tabla 12. Evaluación normativa con medidas de control, período nocturno — Fase Operación. Límite normativo Exceso de ¿Cumple Punto NPS [dBA] [dBA] nivel [dB] norma? R1 43 50 0 Sí R2 31 50 0 Sí R3 27 50 (0) Sí R4 27 50 0 Sí R5 34 50 0 Sí R6 29 50 0 Sí R7 27 50 0 Sí R8 25 50 0 Sí Rint 49 50 0 Sí FUENTE. Tabla 31 del Anexo 4 de la DIA Al respecto la SEREMI de Salud, mediante Oficio ORD. N 1561 de fecha 13/03/2018, el cual se pronuncia conforme ante los resultados de las emisiones acústicas. 4.4.5.4 VIBRACIONES Nombre Descripción ; E El proyecto en esta fase no generará emisiones de vibraciones debido al uso que se le Vibraciones
dará, el cual corresponde a habitacional.
4.4.6 RESIDUOS
4.4.6.1 RESIDUO;
S NO PELIGROSOS
Nombre
Descripción
Residuos sólido domiciliario y asimilables
Durante la Fase de Operación habrá generación de Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD) por parte de los habitantes de los departamentos.
El Proyecto constará de dos salas de basura y sus shaft de ductos de basura. El primer subterráneo será utilizado para la circulación de contenedores de basura y desplazamiento de éstos entre salas de basura y área de precarguío. Esta última se ubicará en el 1” piso, en el sector de acceso vehicular, y servirá como estacionamiento provisorio de contenedores de basura, a la espera del servicio recolector municipal. El ascenso y descenso de contenedores de basura entre 1” subterráneo y 1” piso se realizará utilizando la rampa de acceso vehicular. Cabe mencionar que el edificio contempla el uso de dos compactadores de basura, uno en cada sala de basuras. Se aclara que la basura generada en los locales comerciales no se tratará junto con la basura generada por los habitantes de los departamentos, debiendo ser gestionada por cada locatario, quien la almacenará y se encargará de tu retirada.
En la siguiente tabla se presentan los residuos sólidos domiciliarios generados cuyo cálculo de estos residuos se extrajo del proyecto de basura del edificio, para mayor detalle revisar el Anexo 1 de la Adenda.
Tabla 13. Residuos Sólidos Domiciliarios en Fase de Operación.
Personas Generación Volumen Volumen Volumen Contenedores (l/hab/día) (Udia) (1/3 días) compactado (l) (360 |) 1.237* 4 4.948 14.844 4.948 14
FUENTE. Tabla 26 de la DIA.
*No se contabiliza población asociada a locales comerciales, ya que su basura la
12
gestionarán de manera independiente
4.4.6.2 RESIDUOS PELIGROSOS
Residuos Sólidos Peligrosos
No aplica
Productos químicos y sustancias
No aplica
Referencia al ICE para mayores detalles
esta fase
sobre
Capítulo 4, punto 4.7 Fase de Operación
4.5 FASE DE CIERRE
El proyecto no contempla fase de cierre debido a las características del mismo, el cual tiene considerada
Una vida útil de carácter indefinido.
4.6. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO.
4.6.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
Fecha estimada de inicio
Mayo 2018
Parte, obra o acción que establece el inicio
La acción que dará inicio a la ejecución de la fase de construcción del proyecto corresponderá a las excavaciones.
Fecha estimada de término
Septiembre 2020
Parte, obra o acción que establece el término
El término se da con la obtención de la recepción final municipal.
4.6.2. FASE DE OPERACION
Fecha estimada de inicio
Octubre 2020
Parte, obra o acción que establece el inicio
El hito de inicio corresponde a la recepción final municipal.
Fecha estimada de término
Indefinido
Parte, obra o acción que establece el termino
Dada las características que presenta el proyecto, sus partes y sus obras, se considera que la vida útil es de carácter indefinido.
4.7. MANO DE OBRA
Fases Número promedio de personas Construcción 180 (en promedio 60)
Operación 4
Cierre No contempla
5”. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS.
Impacto ambiental
Aumento de las emisiones atmosféricas y aumento de las emisiones acústicas; Generación de residuos sólidos, líquidos y peligrosos.
Existencia de población cuya salud pudiera verse afectada
El proyecto se localiza en un área urbana de la comuna de Ñuñoa, clasificada según el Plan Regulador Comunal como una Zona 1-A, que permite la ocupación residencial de todo tipo.
Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento del SEIA:
a) La superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes 0 el aumento O disminución significativos, según corresponda, de la concentración or sobre los límites establecidos
Fase de Construcción:
Los niveles de emisiones de MP10 para el Año 1 superan el límite máximo establecido por el Plan de Prevención y Descontaminación de la Región Metropolitana (PPDA), dado que generará 2,8 ton/año de PM10. Por tanto, el Titular presentará un Plan de Compensación de emisiones considerando un aumento del 150% en las emisiones de MP10, correspondientes a 4,2 ton/año.
Fase de Operación:
13
en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento.
El proyecto no supera el límite máximo establecido por el Plan de Prevención y Descontaminación de la Región Metropolitana (PPDA).
Además, se proponen acciones de control con el objetivo de evitar el impacto de las emisiones.
Para mayor detalle revisar Estudio de Emisiones del Anexo 2 de la Adenda Complementaria.
b) La superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento.
Fase de Construcción y Operación:
Los niveles de ruidos generados en las Fases de Construcción (periodo diurno) y Operación (periodo diurno y nocturno) cumplen con el límite máximo establecido por el D.S. 38/2011 del MMA, aplicando las medidas de control descritas en el Estudio de Ruido y Vibraciones del Anexo 4 de la DIA.
c) La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en caso que no sea posible evaluar el riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anteriores.
Fase de Construcción y Operación:
El Titular en el Anexo 2 de la Adenda Complementaria, presenta el Estudio de Emisiones actualizado, donde indica que el Proyecto compensará sus emisiones de MP 10 del Año 1, en un 150%, según lo establecido en el artículo 98 del D.S. 66/2009. Para los años restantes de la Fase de Construcción y durante la Fase de Operación el proyecto no supera el límite máximo establecido por el Plan de Prevención y Descontaminación de la Región Metropolitana (PPDA).
En el Anexo 4 de la DIA, presenta el cálculo de las emisiones acústicas, dando cumplimiento al D.S. N*38/2011 del MMA.
El Proyecto cuenta con factibilidad de agua potable y alcantarillado, según los antecedentes emitidos por la empresa de aguas y obras sanitarias del sector, incluidos en Anexo 2 de la Adenda, por tanto, los residuos líquidos, correspondientes a aguas servidas serán descargados a la red de alcantarillado existente durante la Fase de Construcción y Operación del proyecto.
Cabe indicar que previo a la conexión al sistema de agua potable y alcantarillado, se utilizarán baños químicos para la instalación de faenas, para los que se contará con un registro en obra de las boletas, facturas u otros documentos en caso de contratar alguna empresa de retiro.
Por otra parte, los residuos líquidos generados durante la Fase de Construcción corresponden a aguas industriales provenientes del lavado de ruedas y camiones, serán acumulados temporalmente en la piscina decantadora, para luego ser retirados por contratistas autorizados por la SEREMI de Salud y dispuestos en un lugar autorizado.
d) La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.
Fase de Construcción y Operación:
No se generarán residuos a partir de la mantención de equipos, herramientas y vehículos, ya que esta actividad se llevará a cabo fuera del área del Proyecto, por una empresa autorizada para dichos fines.
Los residuos sólidos de la construcción provenientes de excavaciones y los catalogados como escombros, generados en la Fase de Construcción que sean enviados a un sitio autorizado para su disposición final, no contendrán sustancias o residuos peligrosos, tales como: pinturas, solventes, hidrocarburos, etc. Además, se mantendrá un registro en faena de la disposición final de estos materiales.
Durante la Fase de Construcción y Operación, el Titular mantendrá el registro de envío de residuos a sitios de disposición final por medio de comprobantes tales como: boletas, facturas, orden de compra, guías de despacho o contratos con empresas contratistas, de forma ordenada y actualizada. El Proyecto considera un manejo adecuado de todo los tipos de residuos, los cuales serán manejados y retirados, para ser llevados a su sitio de disposición final debidamente autorizado por la SEREMI de Salud RM.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.
Capítulo 6, Puntos 6.1 del ICE.
El proyecto no genera ni presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que este genera o produce.
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5.2. EFECTOS ADVERSOS SIG
NIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS
RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE.
Impacto ambiental
Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire
Recursos naturales renovables escasos, único o representativos
El área de emplazamiento del Proyecto, es un sector urbano, intervenido. En este sector no existen recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos.
Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos
significativos sobre la cantidad y cal aire, en consideración a lo dispuesto
idad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y en el artículo 6 del Reglamento del Reglamento del SEIA:
a) La pérdida de suelo o de su
capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización,
compactación contaminantes.
o presencia de
El desarrollo del Proyecto no genera una pérdida de suelo o su capacidad para sustentar biodiversidad, debido a que el sector en el cual se localiza corresponde a una zona urbana y totalmente intervenida, mayores antecedentes en Anexo 6 de la DIA.
b) La superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se deberá considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley 19.300.
El desarrollo del Proyecto no presenta evidencia de la presencia de algas, hongos y/o animales silvestres, debido a que el sector en el cual se localiza corresponde a una zona urbana y totalmente intervenida, mayores antecedentes en el Anexo 6 de la DIA. Además, no existe vegetación presente en el lugar.
Por lo anterior, no se generarán efectos adversos significativos a una superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada.
Cc) La magnitud y duración del impacto del Proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base.
Suelo: el suelo corresponde a un suelo intervenido que se encuentra en una zona urbana.
Agua: El Proyecto no contempla la extracción y/o utilización de este recurso para su materialización ni operación. Todo el requerimiento de agua ya sea para uso industrial o doméstico, será adquirido a empresas que cuenten con las debidas autorizaciones o la conexión a la red pública.
Aire: Las principales emisiones del Proyecto, se generan al interior de su área de influencia, de forma temporal, donde operarán las principales fuentes, asociadas al movimiento de tierra y al tránsito de vehículos en caminos no pavimentados, en Fase de Construcción y asociadas al uso de grupo electrógeno de emergencia, en la Fase de Operación.
Adicionalmente, el Titular en el Anexo 2 de la Adenda Complementaria, presenta el Estudio de Emisiones actualizado, donde indica que el Proyecto compensará sus emisiones de MP 10 del Año 1, en un 150%, según lo establecido en el artículo 98 del D.S. 66/2009. Para los años restantes de la Fase de Construcción y durante la Fase de Operación el proyecto no supera el límite máximo establecido por el Plan de Prevención y Descontaminación de la Región Metropolitana (PPDA).
Residuos líquidos: El Proyecto cuenta con factibilidad de agua potable y alcantarillado, según los antecedentes emitidos por la empresa de aguas y obras sanitarias del sector, incluidos en Anexo 2 de la Adenda, por tanto, los residuos líquidos, correspondientes a aguas servidas serán descargados a la red de alcantarillado existente durante la Fase de Construcción y Operación del proyecto.
Cabe indicar que previo a la conexión al sistema de agua potable y alcantarillado, se utilizarán baños químicos para la instalación de faenas, para los que se contará con un registro en obra de las boletas, facturas u otros documentos en caso de contratar alguna empresa de retiro.
Por otra parte, los residuos líquidos generados durante la Fase de Construcción corresponden a aguas industriales provenientes del lavado de ruedas y camiones, serán acumulados temporalmente en la piscina decantadora, para luego ser retirados por contratistas
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autorizados por la SEREMI de Salud y dispuestos en un lugar autorizado.
Residuos sólidos: durante la Fase de Construcción los residuos domiciliarios y asimilables se dispondrán en contenedores con ruedas y tapa hermética, reforzados en su interior con una bolsa de plástico, siendo distribuidos de manera uniforme al interior del terreno. Los residuos serán almacenados por un período máximo de tres días, siendo retirados según la frecuencia de recolección de basuras del camión municipal. En cuanto a su disposición final, estos serán derivados a un lugar autorizado. Los residuos no peligrosos excedentes de tierra no se realizará acopio temporal, por lo que serán retirados por empresas autorizadas a medida que se generen. Los residuos no peligrosos correspondientes a escombros, restos de hormigón del lavado de canoas de camiones mixer y residuos de demolición serán almacenados temporalmente en contenedores debidamente identificados para posteriormente ser retirados por empresas autorizadas, para ser trasladado a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana para la disposición de residuos de la construcción y escombros, manteniendo un registro (boleta, factura u otro documento) en obra de dicho procedimiento. Los residuos peligrosos serán almacenados al interior de la bodega de residuos peligrosos, cuyas características se describen en el punto 9.1.3 del ICE, los que no deberán ser almacenados por un periodo mayor a 6 meses y se mantendrá en obra los correspondientes registros de los sitios de disposición final autorizados.
Durante la Fase de Operación se generarán residuos domiciliarios y asimilables, para lo que se constará de dos salas de basura y sus shaft de ductos de basura, para ser retirados por el servicio recolector municipal.
d) La superación de los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las normas vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. En caso que no sea posible evaluar el efecto adverso de acuerdo a lo anterior, se considerará la magnitud y duración del efecto generado sobre la biota por el Proyecto o actividad y su relación con la condición de línea de base.
Fase de construcción y de operación:
Dado que en el área del proyecto no se encuentra aplicables normas secundarias, la construcción del proyecto no afecta a recursos protegidos por ellas.
e) La diferencia entre los niveles estimados de ruido con Proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción (o) alimentación.
Debido a la ubicación del proyecto un área urbana y totalmente intervenida, no se ha evidenciado presencia de fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación.
f) El impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables.
Fase de Construcción:
Se aclara que durante la Fase de Construcción se utilizarán sustancias químicas, como pinturas, aceites, solventes, las cuales serán almacenadas en una bodega común y se dará cumplimiento a lo indicado en la norma D.S. N*43/2015 del MINSAL o aquella que la reemplace.
Respecto de los residuos (domiciliarios, peligrosos y no peligrosos) generados durante la Fase de Construcción, estos serán transportados y dispuestos conforme a lo establecido en la
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normativa vigente y en sitios autorizados por la SEREMI de Salud RM
Fase de Operación:
En relación de los residuos domiciliarios y asimilables a generarse durante la Fase de Operación, se constará de dos salas de basura y sus shaft de ductos de basura, para ser retirados por el servicio recolector municipal. Adicionalmente se aclara que no se utilizarán y generarán sustancias y residuos peligrosos durante esta fase.
g) El impacto generado por el volumen oO caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca oO subcuenca hidrográfica a otra, incluyendo el generado por ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales. La evaluación de dicho impacto deberá considerar siempre la magnitud de la alteración en:
9.1. Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles.
9.2. Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles.
9.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas.
9.4. Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso oO descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales.
9.5. La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse.
En el Anexo 3. Estudio Mecánica de Suelos de la Adenda y Anexo 3. Plano de profundidad de napa subterránea de la DIA, se encuentra un croquis la ubicación de calicatas y sondajes, estratigrafías y estratigrafías sondaje, con las estratigrafías realizadas. En ninguna de las prospecciones antes señaladas hubo detección del nivel freático.
El Proyecto no interviene ni explota recursos hídricos. A la vez, dadas sus características y tipología de ingreso, no considera el trasvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra, ni tampoco el generado por ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales.
h) Los impactos que pueda generar la introducción de especies exóticas al territorio
nacional o en áreas, zonas oO ecosistemas determinados.
Fase de Construcción y de Operación: El proyecto no contempla la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.
Capítulo 6, Punto 6.2 del ICE
El proyecto no genera efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS
Impacto ambiental
Aumento en los tiempos de desplazamiento, en los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos que se ubican en el área de influencia del proyecto.
Existencia de grupos humanos en el área de influencia
En el área de influencia del Proyecto, existen viviendas, comercio, centros educacionales e industrias. Respecto al sector aledaño al área de emplazamiento del Proyecto, se observan viviendas unifamiliares de un piso principalmente y locales comerciales de barrio.
En el Anexo 4 de la DIA y Anexo 3 de la Adenda, se presentan el Estudio de Medio Humano.
Reasentamiento de comunidades humanas
El Proyecto no genera el reasentamiento de grupos humanos
Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del SEIA:
a) La intervención, restricción _al
uso 0 acceso de los
El Proyecto no interviene, usa o restringe el acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para
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recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural.
cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural, dado que no se identificaron (durante los terrenos efectuados) recursos naturales que fuesen empleados por la población perteneciente al Área de Influencia del Proyecto. Del mismo modo, no se identificaron prácticas culturales o económicas desarrolladas por la población que refirieran a utilización de recursos naturales en el Área de Influencia.
De acuerdo a la caracterización del tipo de actividad económica desarrollada en el área de estudio del Proyecto (Ver dimensión socioeconómica) las principales actividades económicas desarrolladas en el sector tienen relación con Restoranes, Farmacias y Salones de belleza, actividades que no se relacionan directamente con utilización de recursos naturales de la manera en que el Art. 7 del RSEIA se refiere, entendiendo que dicho alcance se asocia con comunidades o localidades que dependen exclusivamente de la explotación de los recursos que se encuentran en su territorio, no siendo el caso del presente Proyecto.
b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.
Para la Fase de Construcción el Proyecto considera una serie de medidas de control con la finalidad de no afectar la libre circulación, conectividad o un aumento significativo en los tiempos de desplazamiento, las cuales son detalladas a continuación:
e Se evitará la circulación de camiones relacionados con el Proyecto en las horas de alto flujo vehicular (de 7:00 a 9:00 horas y de 18:00 a 20:00 horas).
e Existiá personal que estará efectuando controles de tránsito mediante banderas al momento de entrada y salida de vehículos de la obra.
e Existirá un letrero informativo con horarios, plazos de obras, flujos de camiones y contacto de encargado de relaciones con la comunidad.
Para la Fase de Operación, se han realizado tres análisis cuyo objetivo es descartar el literal b).
El primero corresponde a un análisis de capacidad vial determinado por los flujos vehiculares proyectados. El segundo, corresponde a un análisis de capacidad peatonal de veredas y finalmente, un análisis del transporte público.
Flujos Vehiculares:
Respecto a los flujos vehiculares, se realizó un análisis de capacidad vial donde a partir de las rutas de entrada y salida al Proyecto se obtuvo como resultado que ninguno de los flujos proyectados supera las capacidades en las rutas evaluadas.
De acuerdo a lo anteriormente planteado, se evidencia que para la fecha de operación del Proyecto no se superarán las capacidades de las rutas de entrada y salida, teniendo en cuenta el flujo vehicular proyectado y la inclusión de los edificios presentes en el Área de Influencia. (Para mayor detalle revisar Anexo B y Anexo D. Excel Análisis Vehicular, del Anexo 4 de la DIA.)
Flujos Peatonales:
En relación a los flujos peatonales, se realizó un análisis de densidad de veredas para descartar que con la incorporación del Proyecto estas superen su capacidad. En este sentido, obtenidos los resultados se verificó que ninguno de los flujos proyectados supera las capacidades en las veredas evaluadas.
Con objeto de conocer cómo se comportarán las capacidades de la vereda analizada con la operación del Proyecto, teniendo en cuenta el flujo actual + el aporte del Proyecto, se efectuó un análisis peatonal según lo dispuesto en el Manual de Vialidad Urbana del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
A partir de lo anterior, y entendiendo que dentro de la escala de densidades propuesta, donde se plantean tránsitos libre (l), medio (11), denso (II!) y muy denso (IV), se considera una superación de la capacidad de la vereda en la situación de transito muy denso. A partir de lo anterior, se espera que todas las densidades en los periodos evaluados de acuerdo a la proyección realizada de las diferentes veredas analizadas, sean de Tránsito Libre, lo cual implica que los peatones podrán transitar por las veredas
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analizadas de manera fluida, sin obstrucción o posibles atochamientos, ya que la densidad de las veredas se encuentra en su nivel más bajo en relación a su capacidad total. En este sentido, las personas no verán afectados sus tiempos de desplazamiento hacia el transporte público presente en el Área de Influencia. (Para mayor detalle del análisis de peatones, revisar Anexo B. Análisis Literal b y Anexo C. Excel Análisis Peatonal del Anexo 4 de la DIA.) Transporte Público:
Se analizó el transporte público para descartar la afectación a este componente en cuanto al aporte de pasajeros a los servicios de Transantiago y Metro, además de evaluar la capacidad de la infraestructura de paraderos de Transantiago. Lo anterior con la finalidad de contar con antecedentes cuantitativos del aporte del Proyecto al transporte público en el Área de Influencia.
Respecto a los antecedentes presentados, los pasajeros proyectados que utilizarán el servicio de buses Transantiago, no superarán la capacidad de los buses en ninguno de los paraderos evaluados del Área de Influencia.
Por otra parte, previo a la operación del Proyecto entrarán en operación las líneas 3 y 6 de Metro, las cuales de acuerdo al acápite 5.1.5 del Anexo 4 de la DIA, tendrán estaciones dentro de los límites del Área de Influencia, por lo que los residentes verán mejorada su movilidad en transporte público de manera considerable.
Finalmente, en base a los antecedentes presentados respecto a las capacidades peatonales y vehiculares a partir de los flujos proyectados a la fecha de operación del Proyecto, junto con el análisis realizado al transporte público que podrían utilizar los habitantes del Proyecto, se concluye que el Proyecto durante su operación no obstruirá o restringirá la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento, como se indica en el literal b) del Artículo 7 del Reglamento de SEIA.
c) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.
Respecto a la Fase de Construcción del Proyecto, se prevé que no existirá población permanente en el sector, sino más bien sólo la mano de obra considerada como población flotante, la cual no hará uso de servicios tales como salud o educación cercanos. Respecto a posibles accidentes, los trabajadores serán trasladados a los servicios en convenio tales como La Mutual de Seguridad u Hospital del Trabajador.
Conforme a lo anterior, es posible acreditar que el Proyecto durante su Fase de Construcción no generará una alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.
Para la justificación de la Fase de Operación, se han realizado tres análisis cuyo objetivo es descartar el literal c).
El primero corresponde a un análisis de acceso a la salud pública, a partir del número de consultas proyectadas. El segundo, corresponde a un análisis de acceso a establecimientos educacionales y finalmente, un análisis del comercio presente en el Área de Influencia.
Acceso a Salud:
Para poder realizar un análisis de capacidad de los centros de salud se consideraron los centros de salud del Servicio de Salud Metropolitano Oriente, el que agrupa las comunas de Peñalolén, Macul, Nuñoa, Providencia, La Reina, Las Condes, Vitacura, Lo Barnechea, Isla de Pascua. Estos centros de salud, fueron considerados dado que el proyecto se encuentra dentro del área de atención de este organismo, cuyo único fin de esta distribución, es el de permitir gestionar y coordinar servicios de salud, para la entrega de una atención integral, accesible, oportuna, eficiente y de calidad, que favorezca la prevención, recuperación y rehabilitación de la demanda de salud de la población.
Por lo anterior, las consultas estimadas para el año 2013 de Ñuñoa son 313.525. Para el año 2022 año en que entraría en operación el Proyecto en su totalidad, las consultas para el Servicio de Salud Metropolitano Oriente se proyectan en un total de 2.140.069 consultas. Por lo que las consultas correspondiente a Ñuñoa serían de 350.924 consultas.
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De acuerdo a lo anterior, las consultas del Área de Influencia corresponderían a 36.057 consultas. La estimación se realizó a partir de una proporción entre la población comunal, el Área de Influencia y el Proyecto. Cabe destacar que para el cálculo de la población del Área de Influencia se incluyeron los datos censales y estimación de población del Proyecto con un factor de 3,6 habitantes por vivienda. Es por esto que como las consultas (36.057) estimadas para el Área de Influencia) son mayores a la población total estimada del Área de Influencia proyectada para el 2022 (24.296 habitantes), se entiende que la oferta (centros de salud públicos) podría cubrir la demanda proyectada. Por lo anterior, se concluye que el Proyecto no generará una alteración al acceso a los centros de salud presentes en el sector.
Acceso a la Educación:
Respecto al acceso a la educación, en primer lugar se aclara para evaluar esta componente bajo un contexto de un escenario desfavorable, se estima que un 20% de la población del Proyecto esté en edad escolar. De acuerdo a esto, la cantidad de personas en edad escolar es de 341 habitantes.
Por otro lado, es posible mencionar que existe un gran número de establecimientos educacionales en el Área de Influencia y sus cercanías, destacando en el interior el Liceo Comercial Particular Ñuñoa, el Colegio Preciosa Sangre y el Colegio Divina Pastora de Ñuñoa, además de otros 13 establecimientos cercanos a esta. Cabe señalar que los establecimientos educacionales señalados disponen de matrícula para un total de 8.667 alumnos. Además de un mínimo de 1.682 vacantes que se generan cada año. Considerando que la población en edad escolar que aportaría el Proyecto implicaría un total de 341 estudiantes, destaca una adecuada cantidad de vacantes para absorber la futura demanda. Cabe precisar que el análisis descrito anteriormente considera algunos supuestos. En primer lugar, se contempla que el 100% de los estudiantes que aportará el Proyecto se matriculará en alguno de los mencionados Colegios. Lo anterior corresponde a la peor condición existente, dado que con frecuencia los alumnos no se cambian, pudiendo incluso estar ya considerados en las matrículas existentes. Además, destaca que el área de captación de los establecimientos educacionales suele ser de varias comunas, sin embargo, para efectos de análisis sólo se evalúan los establecimientos dentro del Área de Influencia del proyecto y aquellos que se encuentren cercanos a ella, correspondientes a un sector de la comuna de Ñuñoa.
Complementando el análisis realizado, se entrega a continuación la variación de matrículas de establecimientos educacionales de la comuna de Ñuñoa, de la cual se destaca la evidente disminución de matrículas desde el año 2008 hasta el 2016, alcanzado un delta máximo de 4.026 matrículas entre estos años. De acuerdo a esta información, teniendo en cuenta los antecedentes históricos en cuanto a los establecimientos educacionales de la comuna, la cual era capaz de absorber una demanda de 42.346 estudiantes, se entiende que existe una cantidad suficiente de matrículas disponibles para absorber los residentes en edad escolar del Proyecto, edificios con Permiso de Edificación y edificios en construcción que no ingresan al SEIA. Cabe recordar que un porcentaje importante de los nuevos residentes del Área de Influencia ya hacen uso de las matriculas en la comuna, por lo que los análisis presentados consideran un peor escenario con la suposición de que todas las personas en edad escolar estudian fuera de la comuna de Ñuñoa, se cambiarán de establecimiento y se inscribirán en los establecimientos de ésta.
Por lo anterior, es posible concluir que existe una amplia oferta de establecimientos educacionales cercanos al Área de Influencia, por lo que existiría una adecuada capacidad de absorción de la futura demanda ejercida por el Proyecto, descartando de esta forma una alteración por parte del Proyecto al acceso a la educación. Comercio:
Durante las campañas efectuadas en terreno, fue posible detectar una gran cantidad y variedad de locales comerciales, los cuales se
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concentran en las Avenidas principales, como Irarrázaval y Pedro de Valdivia. En este sentido se identificó en el área un total de 271 locales comerciales, de los cuales el 8,05% corresponde a Restoranes, 7,28% a Farmacias, 8,9% botillerías, 6, 51% a Salones de belleza y un 5,75% a Tiendas de ropa. Estas son las principales actividades desarrolladas en el sector, además existen bancos, panaderías, ferreterías, carnicerías, verdulerías, entre otros.
En virtud de lo anterior se concluye que el Proyecto no genera una alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.
d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo.
El Proyecto no dificulta o impedimenta el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo, ya que no se identificó en el grupo humano del área de influencia actividades o prácticas culturales vinculadas a mantener o fortalecer sentimiento de arraigo o pertenencia a una identidad local determinada.
En el caso de actividades, ritos comunitarios o festividades tradicionales, la población entrevistada indicó que no se desarrollan actividades comunitarias de carácter colectivo en el sector, por lo que la participación de la población se restringe a actividades gestionadas principalmente por el Municipio en sus dependencias, y en menor medida, los colegios también realizan actividades con la comunidad cercana.
Por otra parte, es posible indicar que las relaciones primarias directas entre vecinos (especialmente en las casas antiguas), constituyen parte de su identidad y arraigo al lugar. A pesar, de la desvinculación de las personas con las organizaciones sociales sufrida a través de los años, dichas relaciones no serán alteradas por la construcción y funcionamiento de un nuevo proyecto habitacional, ya que hace más de 15 años prevalecen las viviendas en altura, por lo que la inclusión del Proyecto no es algo nuevo para los residentes del sector, sino que más bien se puede afirmar que forman parte de su actual identidad barrial. Por su parte, el edificio contará con una administración que podrá interactuar principalmente con la junta de vecinos correspondiente con el fin de dialogar y hacer partícipe a los residentes en futuras actividades. Así mismo, en ninguna de las dimensiones abordadas en la caracterización de la población del Área de Influencia se evidencia un impacto significativo que origine pérdida o modificación de rasgos de la identidad local y una pérdida de sentimiento de arraigo o apego al territorio.
Para los grupos humanos | El Proyecto no se localiza próximo a territorios con grupos humanos pertenecientes a pueblos | y/o comunidades protegidas por leyes especiales. En el capítulo B.6 indígenas, además de las | de la DIA, se presenta la distribución de los pueblos indígenas y las circunstancias señaladas | áreas de desarrollo indígena en el país.
precedentemente, se considerará la duración y/o magnitud de la alteración en sus formas de organización social particular.
Referencia al ICE.
Capítulo 6, Punto 6.3 del ICE
El proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN
QUE SE PRETENDE EMPLAZAR.
Impacto ambiental
El proyecto no presenta impacto sobre las poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como tampoco ante el valor ambiental del territorio.
Existencia de
protegidas
poblaciones
De acuerdo con los levantamientos de información realizados, no existe la presencia de poblaciones protegidas en o en las cercanías del área del proyecto.
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Existencia de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental
El proyecto no se ubica cercano a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares. Se ubica en un terreno en la comuna de Independencia, la cual no posee valor ambiental.
Los siguientes antecedentes justific:
poblaciones, recursos y áreas protegi
glaciares, susceptibles de ser afecta
an que el proyecto o actividad no se localización en o próxima a das, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y dos, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende
emplazar, en consideración a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del SEIA.
Susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, considerando la extensión, magnitud O duración de la
intervención en áreas donde ellas habitan.
El área de influencia del Proyecto no se localiza en o próxima a recursos protegidos, de acuerdo a los antecedentes presentados en el acápite B.6 de la DIA.
Susceptibilidad de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental, se considerará la extensión, magnitud o duración de la intervención de sus partes, obras o acciones, así como de los impactos generados por el Proyecto oO actividad, teniendo en especial consideración los objetos de protección que se pretenden resguardar.
El Proyecto no se localiza en o próximo recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares susceptibles de ser afectados, tampoco afectará el valor ambiental del territorio. Lo anterior, debido a que el proyecto el proyecto se localizará en un terreno intervenido y urbanizado, con edificaciones existentes (de acuerdo al Anexo 6 de la DIA). Además, de acuerdo Instrumento de Planificación Territorial (IPT) vigente en la comuna, correspondiente al Plan Regulador Comunal (PRC) propio, el proyecto se localiza en una Zona 1-A, que permite la ocupación residencial de todo tipo.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.
Capítulo 6, Punto 6.4 del ICE.
Por lo anteriormente expuesto, es posible indicar que durante ambas fases del Proyecto no se afectará la localización o el valor ambiental del territorio.
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA
Impacto ambiental
El proyecto no presenta impactos sobre el valor paisajístico o turístico de la zona.
Existencia de valor turístico
El proyecto no presenta valor turístico.
Existencia de valor paisajístico
El proyecto no presenta valor paisajístico
Los siguientes antecedentes justific significativa del valor paisajístico o tul del Reglamento del SEIA:
an que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración rístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en el artículo 9
a) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico.
b) La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico.
La duración o magnitud en que se obstruya el acceso o se alteren zonas con valor turístico.
El área de emplazamiento del proyecto no presenta un valor paisajístico, cultural y/o patrimonial significativo, dado que está inmerso en un entorno urbano consolidado (Anexo 6 de la DIA), por lo que no atrae flujo de visitantes o turistas. Además las actividades del Proyecto, en términos de su magnitud y duración, estarán acotadas al lugar de emplazamiento, por lo que no se considera una alteración significativa del valor turístico de la zona.
Las actividades del Proyecto, en términos de su magnitud y duración, estarán acotadas al lugar de emplazamiento, por lo que no se considera una alteración significativa del valor turístico de la zona.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.
Capítulo 6, Punto 6.5 del ICE.
En virtud de lo anterior, se puede in
dicar que el Proyecto no obstruirá la visibilidad de zonas con valor
paisajístico y turístico, ni alterará atributos de zonas con valor paisajístico o turístico.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENT
HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS P
OS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, ERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL.
Impacto ambiental
Remoción de sitio arqueológico
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Existencia de monumentos sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.
El Proyecto llevará a cabo el rescate arqueológico en el predio del Proyecto, mediante la ejecución de unidades de 2 x 2 metros, en un área de 15% del terreno.
Los materiales recuperados en las excavaciones deberán ser analizados por especialistas según tipo de materia.
Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al
patrimonio cultural, en consideración
a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SEIA:
a) La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente
algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N*17.288.
b) La magnitud en que se
modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antiguedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena.
c) La afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad oO grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del Proyecto o actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas.
De acuerdo a las prospecciones arqueológicas realizadas en el área de emplazamiento del Proyecto, se ha identificado un sector de este como sitio arqueológico, por lo tanto se realizará un rescate en dicho sector.
Las condiciones sobre esta componente se presentan en el punto 9.1.1 del ICE.
Por otro lado, una vez finalizado el rescate arqueológico, con el inicio de las obras se debe realizar monitoreo arqueológico permanente, por arqueólogo (s) y/o licenciado (s) en arqueología, por cada frente de trabajo, y durante las obras de limpieza, escarpe y excavación sub-superficial del terreno. A partir de esta actividad se deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente el informe mensual de monitoreo elaborado por el arqueólogo, el que deberá incluir los antecedentes indicados en la respuesta 5.2 de la Adenda Complementaria
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto
específico.
Capítulo 6, Punto 6.6 del ICE.
El proyecto no genera alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general los pertenecientes al patrimonio cultural.
6”. Que, resultan aplicables al pronunciamientos, asociados a continuación:
proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales y
las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
6.1.1. Permiso 132
6.1.1. Permiso para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico
Fase del Proyecto a la cual corresponde
Fase de construcción
Parte, obra o acción a la que aplica
Excavaciones
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
Durante la Fase de Construcción, se realizará el rescate arqueológico se efectuará en el 15% del área señalizada en función de las áreas en color verde, que abarcan la totalidad de los pozos con presencia de material cultural, de acuerdo a lo presentado en las Figuras 2, 3 y 4 del Anexo 4 de la Adenda Complementaria. De acuerdo a lo indicando en la respuesta 5.2 de la Adenda Complementaria, una vez finalizado el rescate arqueológico, con el inicio de las obras se debe realizar monitoreo arqueológico permanente, por arqueólogo (s) y/o licenciado (s) en arqueología, por cada frente de trabajo, y durante las obras de limpieza, escarpe y excavación sub-superficial del terreno. A partir de esta actividad se deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente el informe mensual de monitoreo elaborado por el arqueólogo, el que deberá incluir los siguientes antecedentes: a) Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha.
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b) Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación.
c) Plan mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el arqueólogo.
d) Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances.
e) Realizar charlas de inducción - por el arqueólogo o licenciado en arqueología - a los trabajadores del proyecto, sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo, antes del inicio de cada obra. Se deberá remitir en los informes de monitoreo los contenidos de la inducción realizada y la constancia de asistentes a la misma con la firma de cada trabajador.
f) El informe final de monitoreo debe dar cuenta de las actividades realizadas, y de haberse detectado sitios arqueológicos, incluir la información de rescate correspondiente. En estos casos se incluirá una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales arqueológicos que se encuentren motivo de esta actividad. Se debe recordar que para los rescates de hallazgos no previstos que aparezcan durante el monitoreo o en otra instancia, se deberá solicitar el permiso de intervención arqueológica, según el Artículo 7” del Reglamento de Excavación, establecida en la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales.
yg) De recuperarse materiales arqueológicos, la propuesta de destinación definitiva deberá ser indicada al momento de entregar el informe final del monitoreo, para lo cual, se remitirá un documento oficial de la institución museográfica aceptando la eventual destinación. Se deben solventar los gastos de análisis, conservación y embalaje del material arqueológico, así como su traslado a la institución receptora.
Mayores antecedentes del PAS se indican en el Anexo 4 de la Adenda Complementaria.
Pronunciamiento del órgano competente
El Consejo de Monumentos Nacionales mediante Oficio ORD. N* 1305 de fecha 15/03/2018, se pronuncia respecto del PAS del Art. 132, indicando lo siguiente:
“1- Falta información en los planos entregados. Estos no incluyen ninguna escala que permita calcular las dimensiones de las áreas propuestas donde se realizarán las unidades de rescate (zona 1 y zona 2). Por lo anterior no es posible verificar si las 36 unidades propuestas corresponden al 15% que tiene que ser rescatado en la totalidad del sitio.
2- Durante la presente evaluación la solicitud se deberá remitir junto con la carta del director de la institución depositaria aceptando la eventual destinación de los materiales arqueológicos excavados de museo aprobando el depósito de materiales arqueológicos que podrían obtenerse en los trabajos de rescate”.
No obstante lo anterior, este Servicio Regional considera que las observaciones son condiciones para el otorgamiento del PAS del Art. 132. Por tanto, el Titular deberá cumplir con lo indicado anteriormente.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capitulo 9, Tabla 9.1.1 del ICE.
6.1.2. Permiso 140
6.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del RSEIA.
Fase del Proyecto a la cual corresponde
Fase de construcción y operación
Parte, obra o acción a la que aplica
Conforme a lo señalado en el ítem 3.4.1 de la DIA, las partes, obra o acción a la
que le aplica este PAS corresponden a:
Fase de construcción,
Sitio de almacenamiento transitorio de residuos sólidos domésticos e industriales no peligrosos
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Fase de operación: Salas de basuras ubicadas en el 1? subterráneo del edificio.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
Fase de construcción:
El área de instalación de faenas contará con una instalación destinada para el almacenamiento transitorio de residuos sólidos domésticos e industriales no peligrosos generados durante la faena, con la finalidad de ser enviados de manera posterior a los destinos autorizados, cumpliendo con los estándares y plazos establecidos en la normativa vigente. Adicionalmente, las bateas donde se realizará el almacenamiento a granel contarán con cubierta impermeable para contener las emisiones de material particulado, de acuerdo a la respuesta 3.3 de la Adenda.
Mayores antecedentes del PAS se indican en el acápite C.2.1 de la DIA. Fase de Operación:
Para los residuos sólidos domiciliarios durante la Fase de Operación, se ha establecido un sistema de almacenamiento temporal que conduce hacia dos salas de basura ubicadas en el subterráneo 1”, la que será manejadas por personal de aseo, estando prohibido el acceso para personas ajenas. En relación al procedimiento de recolección, los habitantes del edificio contarán con un shaft de basuras, el cual estará en el sector núcleo del edificio. Por estas vías los residentes botarán los residuos domiciliarios en bolsas cerradas, de tamaño pequeño y que no contengan en ningún caso elementos contundentes en su interior tales como botellas de vidrio o escombros.
Mayores antecedentes del PAS se indican en el acápite C.2.1.2 de la DIA. Adicionalmente en el Anexo 1 de la Adenda se presentan los Planos de Proyecto Basura.
Pronunciamiento del | Al respecto, la Secretaría Regional Ministerial de Salud, de la Región
órgano competente Metropolitana, mediante Oficio. Ord N*1561 de fecha 13/03/2018, se pronuncia conforme al proyecto y señala que el Titular ha entregado todos los antecedentes y contenidos requeridos del PAS.
Referencia al ICE para | Capitulo 9, Tabla 9.1.2 del ICE.
mayores detalles.
6.1.3. Permiso 142
6.1.3. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo
142 del RSEIA.
Fase del Proyecto a la cual | Construcción
corresponde
Parte, obra o acción a la | Bodega de almacenamiento de residuos peligrosos que aplica
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
El Proyecto contempla para la Fase de Construcción el almacenamiento de residuos peligrosos mediante una bodega de acopio temporal. La bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos se instalará sobre una base de hormigón, cumpliendo los requerimientos del D.S. N* 148/2003 del MINSAL y las características constructivas de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción.
Dicha bodega tendrá las siguientes características:
o Dimensiones: 1,6 metros de ancho, 3,2 metros de largo y 2 metros de alto.
e Piso: Tendrá una base continua de hormigón, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos.
e Cierre: Contará con un cierre perimetral de a lo menos 1,8 metros de altura que impida el libre acceso de personas y animales. Dicho cierre estará compuesto por una estructura de un material de resistencia al fuego acorde a los materiales almacenados.
e Techo: Será de un material de resistencia al fuego acorde a los materiales almacenados, que brinde protección ante condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar.
e Capacidad de retención: Estará conformada por un borde canal conductor de 10 cm por 15 cm, cuya capacidad de retención de escurrimiento o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. Cabe precisar, que la bodega además contará con elementos tales como arena o aserrín (dependiendo de la sustancia/residuo) y, pala y escoba para recuperar los materiales contaminados, los que serán dispuestos en un contendor destinado exclusivamente para la disposición de este tipo de residuos, el cual se encontrará en la bodega de residuos peligrosos. La bodega
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Chilena Oficial N* 2245 del 2003: Sustancias químicas. - Hojas de datos de seguridad. - Requisitos (NCh 2245. Of2003) o la que la sustituya.
e El Titular deberá dar cumplimiento a las condiciones indicadas por la SEREMI de Medio Ambiente, Región Metropolitana en su oficio 212 de fecha 14/03/2018, el que señala:
“Presentar ante la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente de la Región Metropolitana (SEREMI MA RM), un Programa de Compensación de Emisiones (PCE) para MP10, en formato físico y digital, en un plazo no superior a 60 días una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental (RCA), considerando un aumento del 150% en las emisiones según lo establecido en el artículo 98 del D.S 66/2009. Las cantidades a compensar por año cronológico y fase del proyecto se presentan a continuación:
Fase Construcción Año 1 Contaminante MP 10 Emisiones anuales (ton) 2,8 Límite de emisiones según artículo 90 DS N*66/09, 25 MINSEGPRES [ton/año) Emisiones a compensar (150%) [ton] 4,2
El PCE a presentar deberá proponer una vía de compensación que cumpla con los siguientes criterios: - Comparable: Las emisiones a compensar deben ser comparables en cuanto a características de composición y granulometría. - Real: Que implique una rebaja efectiva de emisiones. - Cuantificable: Existencia de un método que permita medir dichas reducciones - Adicional: Que la medida propuesta por el titular no responda a otras obligaciones, o que no corresponda a una acción que se ¡ba a realizar de todas formas. - Permanente: Que la reducción permanezca por el periodo en que el proyecto esté obligado a reducir emisiones. - Exigible: Los compromisos que adquiere el titular deben ser suscritos formalmente”.
e El Titular deberá dar cumplimiento a la condición indicada por la SEREMI de Salud que se pronunció mediante Oficio ORD N*1561 de fecha 15/03/2018, el que señala:
“EMISIONES ATMOSFÉRICAS
1.1.1 Medidas De Control y abatimiento, respecto al control de las emisiones por material particulado, estas deben ser efectivas, y el uso de malla rashell, se informa que esta no es eficaz para la contención de material particulado fino, se consideran con mejor eficiencia de contención las alternativas de “lona y humectación”, para los apilamientos de tierra y/o escombros Además, se deberá agregar a estas “medidas de control y abatimiento”, que las acciones de control de las emisiones de material particulado y gases, tendrá que fortalecerse en periodos de contingencia ambiental: Alerta, Preemergencia y emergencia”.
e El Consejo de Monumentos Nacionales se pronunció mediante Oficio ORD. N* 1305 de fecha 15/03/2018, con observaciones. No obstante lo anterior, se otorgó el PAS 132 condicionado al cumplimiento de dichas observaciones. Por tanto, el Titular deberá cumplir con la entrega de los antecedentes solicitados por el Consejo de Monumentos Nacionales durante la tramitación sectorial, y a lo siguiente:
1- Realizar monitoreo arqueológico permanente, por arqueólogo (s) y/o
licenciado (s) en arqueología, por cada frente de trabajo, y durante las obras
del proyecto que impliquen limpieza, escarpe y excavación subsuperficial del
terreno. A partir de esta actividad se deberá remitir a la Superintendencia del
Medio Ambiente el informe mensual de monitoreo elaborado por el
arqueólogo, el que deberá incluir los siguientes antecedentes:
-
Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha.
-
Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación.
-
Plan mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en libro
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de obras los días monitoreados por el arqueólogo.
Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances.
Realizar charlas de inducción -por el arqueólogo o licenciado en arqueología- a los trabajadores del proyecto, sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo, antes del inicio de cada obra. Se deberá remitir en los informes de monitoreo los contenidos de la inducción realizada y la constancia de asistentes a la misma con la firma de cada trabajador.
El informe final de monitoreo debe dar cuenta de las actividades realizadas, y de haberse detectado sitios arqueológicos, incluir la información de rescate correspondiente. En estos casos se incluirá una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales arqueológicos que se encuentren motivo de esta actividad. Se debe recordar que para los rescates de hallazgos no previstos que aparezcan durante el monitoreo o en otra instancia, se deberá solicitar el permiso de intervención arqueológica, según el Artículo 7” del Reglamento de Excavación, establecida en la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales.
De recuperarse materiales arqueológicos, la propuesta de destinación definitiva deberá ser indicada al momento de entregar el informe final del monitoreo, para lo cual, se remitirá un documento oficial de la institución museográfica aceptando la eventual destinación. Se deben solventar los gastos de análisis, conservación y embalaje del material arqueológico, así como su traslado a la institución receptora.
El Titular deberá dar cumplimiento a las condiciones indicadas por la Seremi de Transportes y Telecomunicaciones en su oficio. Ord N*1753 de fecha 13/02/2018, el que señala: “1. El Titular se ha comprometido a materializar todas las medidas de mitigación del EISTU antes de la recepción final de las obras.+ 2. Cualquier cambio en el proyecto, que implique diferencias con el EISTU aprobado, deberá ser informado a esta Secretaría Regional Ministerial. 3. No se podrá considerar ninguna medida de mitigación contemplada en el EISTU como Compromiso Ambiental Voluntario. Las principales medidas que se señalan son las siguientes:
Se debe presentar proyecto de señalización y demarcación de las vías directas dentro del área de influencia del proyecto acorde a la siguiente tramificación:
o Av. Irarrázaval, entre José Pedro Alessandri y Av. Pedro de
Valdivia. o PDublé Almeyda, entre Los Tres Antonios y Exequiel Fernández.
o Exequiel Fernández, entre Irarrázaval y Dublé Almeyda.
o Los 3 Antonios, entre Irarrázaval y Dublé Almeyda. Toda demarcación será aplicada con pintura termoplástica con post sembrado de microesferas, la cual debe dar cumplimiento a lo establecido en el capítulo N* 3 del Manual de Señalización de Tránsito del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MINTRATEL). Las señales (según plano) deberán dar cumplimiento a la norma vigente establecida en el manual de señalización de Transito del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones (MINTRATEL). Todas las señales deben ser confeccionadas con tela de alta intensidad y protegidas con antigrafitis, además deberán ser modelo OMEGA Norma Ñuñoa, pintado con esmalte color negro. La ejecución de esta medida de mitigación se realizará una vez que se solicite la recepción definitiva del proyecto a la Dirección de Obras Municipales, en donde serán considerados aspectos de seguridad vial, reemplazar la señalización vertical en mal estado, lo que debe estar ejecutado y recibido conforme por la Dirección de Tránsito de la 1. Municipalidad de Nuñoa antes de la puesta en marcha del Proyecto. Retranquear mediana del cruce Suecia con Av. Irarrázaval, de tal manera de permitir el viraje nor-poniente a la pista de vehículos privados en periodo punta mañana. Realizar limpieza de refugio, demarcación de cajón de parada de buses, actualización de gráfica de señal y poste, iluminación Lea, provisión e instalación de basurero y accesibilidad universal en el andén en las
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siguientes paradas de transporte público pertenecientes área de influencia del proyecto:
o PD49 Av. Irarrázaval / Av. Pedro de Valdivia.
o PD8 Av. Irarrázaval / Av. Pedro de Valdivia.
o PD319 Ricardo Lyon / Av. Irarrázaval.
o PD336 Exequiel Fernández / Av. Irarrázaval. Materializar cruce peatonal en José Luis Araneda con Capitán Orella implementando demarcación, tachas reflectantes, vallas peatonales y balizas de tipo solar. Demoler paso peatonal a nivel de acera existente ubicado en Chile - España con Calle Cervantes, y volver a ejecutarlo según normas vigentes, ya que actualmente se encuentra deteriorado. Instalar balizas peatonales en intersección Ricardo Lyon con Capitán Orella. Instalar balizas en cruces peatonales al frente del proyecto. Realizar mejoramiento o implementación de dispositivos de rodados, utilizando la materialidad adecuada a normativa vigente en las siguientes intersecciones.
o Av. Irarrázaval — Suecia (2).
o Av. Chile España — Cervantes (2).
o Varsovia / Ricardo Lyon (1).
o José Luis Araneda / Capitán Orella (1). Cambiar los controladores actuales por controladores A5 en las siguientes intersecciones:
o Av. Irarrázaval con Los Tres Antonios.
o Av. Irarrázaval con José Pedro Alessandri.
o Av. Irarrázaval con Villaseca.
o Av. Irarrázaval con Exequiel Fernández. Se debe realizar la instalación de unidades de respaldo de energía (UPS), que garanticen a lo menos, tres horas de funcionamiento, en las siguientes intersecciones:
o Av. Irarrázaval con José Pedro Alessandri. Realizar reprogramación de semáforo y sintonía fina de los siguientes semáforos pertenecientes a la red de área de influencia.
o Av. Pedro de Valdivia - Av. Irarrázaval. Dublé Almeyda - Los 3 Antonios. Dublé Almeyda - Exequiel Fernández. Av. Irarrázaval - Los 3 Antonios. Av. Irarrázaval - Exequiel Fernández. Av. Irarrázaval - José Pedro Alessandri.
o Av. Irarrázaval — Villaseca. Realizar bacheo en 240 m? de calzada de Av. José Pedro Alessandri, entre Av. Irarrázaval y Calle Cervantes de manera de mejorar las condiciones de circulación en la calzada. Realizar mejoramiento de aproximadamente 50 m? de vereda peatonal según materialidad existente en vereda poniente de Av. Chile España entre Av. Irarrázaval y Cervantes. Realizar mejoramiento de aproximadamente 80 mí? de vereda peatonal según materialidad existente en vereda poniente de Av. José Pedro Alessandri entre Av. Irarrázaval y Dublé Almeyda. Realizar mantención en la ciclovía existente en Av. Chile España, entre Simón Bolívar y Calle Cervantes. La mantención considera demarcación, señalización, e implementación de zonas mixtas en los sectores donde se ubiquen paradas de Transantiago. La mantención de la ciclovía existente deberá cumplir con lo expuesto en el art. 2.3.2 bis, punto 2 de la OGUC. Se debe implementar al interior del proyecto estacionamientos de bicicletas para una capacidad de 197 unidades. Instalar baliza y espejo cóncavo en los accesos del proyecto.
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- El Titular deberá mantener un registro permanente de la entrada y salida de camiones al proyecto.5. Cumplir el Decreto Supremo N* 75 de 1987 Ministerio de Transportes que establece que los vehículos que transporten desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. En zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas de plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que
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impida su dispersión al aire.6. Se deberá dar cumplimiento al Decreto N 18 de 2001 y sus modificaciones del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el cual prohíbe la circulación de vehículos de carga por las vías al interior del Anillo Américo Vespucio. 7. En relación a las obras que se realicen en la vía pública, se solicita considerar lo dispuesto en Capítulo N 5 "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía" del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos”.
e El Titular deberá dar cumplimiento a las condiciones indicadas por la Dirección General de Aguas, de la Región Metropolitana, en su oficio. Ord. N*158 de fecha 31/01/2018, el que señala:
“1. Que, las aguas que utilizará el proyecto provendrán desde la red de abastecimiento de la empresa Aguas Andinas S.A., según lo declarado en el Anexo N*2 del Adenda 1.
-
Que, el Titular declara que realizará lavado de ruedas y de canoas de camiones mixer y que los residuos líquidos serán acumulados de forma temporal en piscina de hormigón impermeabilizada y retirados por contratistas autorizados por la SEREMI de Salud y dispuestos en un lugar autorizado. Por otra parte, declara que los sólidos generados serán retenidos en cámara recolectora con rejilla y una vez secos serán picados por personal de la obra y acumulados en una batea de escombros para posteriormente ser llevados a un lugar de disposición final autorizado. Al respecto, se precisa que el Titular además, deberá mantener registro de la disposición de los residuos líquidos y sólidos, en el lugar del proyecto para facilitar su fiscalización.
-
Que, el Titular declara en Anexo N” 4 Plan de Contingencias y Emergencias del Adenda 1 que, en caso de ocurrencia de accidente que comprometa los recursos hídricos subterráneos, informará antes de 24 horas, a la Superintendencia del Medio Ambiente, indicando lo siguiente:
a. Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.
b. Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación.
c. Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia.
d. En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad. (sólo en caso de accidentes).
- Que, el Titular declara en Anexo N? 4 Plan de Contingencias y Emergencias del Adenda 1, que ante el potencial afloramiento de aguas durante la Fase de Construcción del proyecto, tanto el Titular y/o sus Contratistas tendrán presente dar aviso inmediato a la SMA, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, señalando las medidas que ha aplicado hasta ese momento. A continuación, y de manera preliminar, se deberá proceder considerando las siguientes actividades:
a. Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final.
b. Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin que esto además le permita al Titular diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento.
c. Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. A su vez se solicita al Titular que acompañe imágenes fotográficas (con fecha) describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final)
d. Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad
e. El Titular deberá informar el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 hr.
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f. Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, el Titular deberá incurrir en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva, o bien determinar si responde a un cambio sustantivo de las variables evaluadas, sobre las cuales fueron establecidas las condiciones o medidas ambientales.
-
Que, el Titular declara que las aguas lluvias provenientes del edificio (dos torres) y terreno serán conducidas mediante canaletas hacia cámaras decantadoras (zanjas drenes) y con el fin de evitar problemas de funcionamiento del sistema durante la operación, dejará indicado en el Reglamento de Copropiedad que el mantenimiento permanente de estas obras deberá incluir la limpieza periódica en cada elemento componente del conjunto evacuador de aguas lluvias (canaletas, techo, piletas, cámaras y rejillas).
-
Que, debido a que el área de proyecto se encuentra en el Sector Santiago Central (Acuífero Maipo), el cual se encuentra declarado como Área de Restricción para nuevas extracciones de aguas subterráneas, de acuerdo a Resolución DGA N 286, del 01 de Septiembre de 2005 modificada por Resolución DGA N 231, del 11 de Octubre de 2011, el Titular debe tener presente que debe evitar alumbramiento de aguas subterráneas en toda las fases de proyecto para evitar impactos en la calidad y niveles del recurso hídrico.
-
Que, aún cuando el Titular declara que el proyecto no considera la extracción o explotación de recursos naturales renovables, debe tener presente que las aguas son bienes nacionales de uso público y se otorga a los particulares el derecho de aprovechamiento de ellas, en conformidad a las disposiciones del Código de Aguas, de acuerdo a lo establecido en los artículos 5* y siguientes de dicho Código.
-
Que, aún cuando no se ocasiona intervención de cauces, el Titular debe tener presente, que las modificaciones que fueren necesarias realizar en cauces naturales o artificiales, con motivo de la construcción de obras que puedan causar daño a la vida, salud o bienes de la población o que de alguna manera alteren el régimen de escurrimiento de las aguas, serán de responsabilidad del interesado y deberán ser aprobadas previamente por la Dirección General de Aguas según lo estipulan los artículos 4? y 171* del Código de Aguas.
-
Que, los residuos sólidos de la construcción provenientes de excavaciones y los catalogados como escombros, generados en la Fase de Construcción del proyecto que sean enviados a un sitio autorizado para su disposición final, no podrán contener sustancias o residuos peligrosos, tales como: pinturas, solventes, hidrocarburos, etc., debido a que tales elementos pueden causar un detrimento en la calidad de la napa por la lixiviación o lavado de suelo en el silo de disposición final. Por lo tanto, se debe mantener un registro en faena de la disposición final de materiales, los cuales no podrán ser dispuestos en cauces superficiales o áreas no definidas para ello.
-
Que, si adquiriese áridos de terceros, se debe considerar que los proyectos de abastecimiento del material cuenten con la aprobación respectiva del Organismo competente para la extracción de cauces superficiales (DOH) y/o Resolución de Calificación Ambiental favorable con el objetivo de evitar impactos ambientales a los cauces naturales y de esta manera, asegurar que el Titular se haga cargo de los posibles impactos originados de su actividad en todo el ciclo de vida del proyecto.
El Titular deberá dar cumplimiento a la condición indicada por la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo, en su oficio. Ord N*01246 de fecha 19/03/2018, el que señala:
“Que el titular al obtener el PE del proyecto definitivo, ante la Dirección de Obras Municipales, de cumplimiento a lo indicado en la zonificación Z-1 tramo A de la Ordenanza del PRC que señala: “Los proyectos que se emplacen en la zona Z-1 A y zona Z-1.B, para el destino Equipamiento y Residencial, deben resolver el acceso y salida desde las áreas de estacionamiento por calles laterales o presentar una segregación funcional parcial con su entorno. Servicios anexos solo con accesos normalizados referido a la segregación funcional.”
El Titular deberá considerar las indicaciones de la Municipalidad de Ñuñoa, en su oficio. Ord N*01 de fecha 27/02/2018, el que señala:
“1, Descripción de Proyecto 1.1 Superficie predial: De acuerdo ala Resolución de Fusión de Lotes
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N2929 de fecha 23.11.2017 (aprobada por la DOM de Nuñoa), inscrita en el Conservador de Bienes Raíces de Santiago bajo el N51776 de fecha 07.12.2017, el predio cuenta con una superficie bruta (terreno total) de 3.416,60m*, desglosado en un área neta de 3.201,70mY y un área afecta a utilidad pública (por ensanche de vía) de 214,90mí.
Cabe aclarar que la altura normativa del edificio corresponde a 26 pisos,
correspondiendo el último piso a un nivel de servicios y áreas comunes de
la copropiedad.
1.2 Ocupación de suelo: Se aclara que la ocupación de suelo
aplicable al caso, por tratarse de un "PROYECTO RESIDENCIAL" (según definición del Art. 1.1.2. OGUC), corresponde a un 60% de acuerdo a las condiciones urbanísticas aplicables a dicho uso para la Zona Z-1A del Plan Regulador Comuna de Ñuñoa (PRC). El proyecto considera un 44%, cumpliendo con la precitada exigencia. Respecto al porcentaje destinado a "área libre” citado en este punto, se informa que el PRC solo contempla como exigencia un porcentaje de “Área Libre de Esparcimiento", que para el caso de la Zona Z-1A corresponde a un 30% mínimo, que a su vez podrá ser techada hasta en un 50% de acuerdo a esa misma preceptiva. Según lo informado en la presentación del Anteproyecto de Edificación Resolución N64/2017 aprobado con fecha 14.06.2017, el Área Libre Esparcimiento propuesta corresponde a 1 .303,57m, equivalente a un 41% (calculado en base a la superficie del predio fusionado), cumpliendo por tanto con la exigencia.
1.3 Estacionamiento de comercio: La ubicación de las unidades de estacionamiento que corresponden a la exigencia para comercio, son: 1 unidad ubicada en el nivel -1 y 3 unidades ubicadas en el nivel -2, lo anterior de acuerdo a los planos incluidos en la solicitud de aprobación de Permiso de Edificación, expediente N* 554/2017 el cual a la fecha se encuentra "en trámite" dentro de esta Dirección de Obras Municipales.
1.4 Permiso de Edificación aprobado: A la fecha, el desarrollo inmobiliario
sometido a la evaluación del SEA, no cuenta con Permiso de Edificación aprobado y solo cuenta con Resolución de Anteproyecto de Edificación N*64/2017 de fecha 14.06.2017.
Como se indicó en el numeral 1.3 del presente informe, esta DOM mantiene en trámite una Solitud de Permiso de Edificación ingresada bajo el número de expediente 554/2017 de fecha 29.09.2017, para la cual, dentro del proceso de revisión se han tenido en consideración los aspectos normativos ya incluidos y aprobados en la referida Resolución de Anteproyecto, vigente a la fecha de ingreso de dicha solicitud.
9”. Que, el Titular ha propuestos los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
9.1 Compromiso ambiental voluntario: Plan de comunicación
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de Construcción, al inicio de las excavaciones
Objetivo, descripción y justificación
Objetivo:
Informar a los residentes del área de influencia del Proyecto respecto a las medidas de control que este incorpora, además de recepcionar registros de denuncias, respuestas y acciones implementadas. Descripción y justificación:
De acuerdo a la respuesta 8.2 de la Adenda, se instalará un cartel informativo al ingreso de la obra durante toda la Fase de Construcción del proyecto, con información semanal de las actividades. Se establecerá también un encargado de recibir y buscar solución a posibles quejas de la comunidad disponiendo los medios de comunicación pertinentes para estos temas (correo electrónico), dando respuesta en un plazo máximo de 3 días hábiles para reclamos catalogados como urgentes (que generen afectación grave al involucrado), y de 7 días para reclamos menores o consultas. La solución a cada reclamo se comunicará vía correo electrónico a cada afectado informando de las medidas a seguir y el tiempo en que se resolverá.
Además se realizará una encuesta trimestral a los receptores identificados en el presente proceso de evaluación, con el fin de evaluar si las medidas consideradas para material particulado, ruido y vibraciones están dando cumplimiento. De no ser así, se tomarán las medidas
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necesarias en un plazo de 7 días hábiles.
Lugar, forma y oportunidad de implementación
Lugar de implementación: Acceso del Proyecto.
Forma y oportunidad de implementación: Instalación de cartel informativo con información de actividades ruidosas y horarios.
Indicador que acredite su cumplimiento
e Registro fotográfico de cartel informativo.
e Registro fotográfico o papel de quejas de las comunidades aledañas.
e Registro fotográfico o papel identificados.
e Registro fotográfico o papel de respuestas a consultas emitidas.
de encuestas a receptores
Forma de seguimiento
control y
e Comprobación mensual de cumplimiento de medidas ante reclamos.
e Registro trimestral de encuestas.
e Registro semanal de cumplimiento de medidas ante receptores.
e Se informará a la SMA al final de las obras.
9.2 Compromiso ambiental voluntario, instalación de bicicletero en espacios públicos de la comuna
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de Construcción
Objetivo, justificación
descripción y
Objetivo:
Incentivar el transporte limpio y activo en la Región Metropolitana, mediante el uso de la bicicleta.
Descripción y justificación:
El Titular se compromete a instalar bicicleteros en espacios públicos de la comuna, con el fin que estos puedan ser utilizados por toda la comunidad y no sólo por los residentes del Proyecto. El total de bicicleteros a instalar será de 20, aumentando así en un 10% los estacionamientos de bicicletas del Proyecto. Adicionalmente, y hasta equiparar el número de estacionamientos de bicicletas con el número de departamentos, se instalarán un total de 260 ganchos en distintos puntos de los subterráneos (en estacionamientos de vehículos y bodegas), para que cada propietario pueda guardar la bicicleta.
Lugar, forma y oportunidad de implementación
Lugar de implementación:
Interior del proyecto y lugares al exterior a definir con la Municipalidad, siendo prioridad espacios tales como plazas, exteriores de colegios o centros de salud, antes de la recepción final del edificio.
Indicador que acredite su cumplimiento
e Informe fotográfico Recepción por parte de la DOM de Ñuñoa.
Forma de seguimiento
control y
Registro de trabajos en el libro de obra.
Registro de recepción de materiales a instalar.
Comprobante de recepción por parte de la Municipalidad según lo indicado en el proyecto. Se informará a la SMA al final de las obras.
9.3 Compromiso ambiental voluntario: Uso de especies arbóreas nativas
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de Construcción
Objetivo, justificación
descripción y
Objetivo:
Reducir la contaminación atmosférica, disminuir el consumo de agua y aumentar la biodiversidad.
Descripción y justificación:
El Titular se compromete a contemplar especies arbustivas nativas, en los espacios destinados a ello, en su mayoría maceteros. Las especies se definirán una vez se elabore el proyecto, pero entre ellas se contará con peumo (Cryptocarya Alba), canelo (Drimis Winteri) o coihue (Nothofagus Dombeyí).
Asimismo, se propone integrar especies nativas en arbolado del tratamiento exterior público, según apruebe el Municipio.
Lugar, forma y oportunidad de implementación
Lugar de implementación: Paisajismo interior del Proyecto, y arbolado incluido en el Tratamiento de
Espacios Públicos (TEP) a aprobar con el Municipio, antes de la recepción final del edificio.
Indicador que acredite su cumplimiento
Planos de paisajismo y TEP aprobados por el Municipio
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Forma de seguimiento
control y
Se informará a la SMA al final de las obras.
9.4 Compromiso ambiental voluntario: Instalación punto de reciclaje al interior del proyecto
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de Operación
Objetivo, justificación
descripción y
Objetivo:
Promover el reciclaje de la comunidad y los trabajadores, con el fin de reutilizar los residuos y así generar una menor cantidad de desechos y un menor impacto ambiental.
Descripción y justificación:
El Titular se compromete a instalar en cada sala de basura (planta -1), un punto ecológico, que consistirá en la diferenciación de containers según tipo de residuo. Así, los residuos reciclados que provienen de los closets ecológicos de cada piso, serán distribuidos en los diferentes containers en la sala de basura por el personal del edificio.
Residuos a reciclar son: vidrio, plásticos, papel y cartón, aluminio, otros valorizables.
Con posterioridad, una empresa de gestión de residuos, como Triciclos o similar, se hará cargo de los residuos a reciclar, con certificaciones respecto al tratamiento y con reportes de respaldo. La gestión con la empresa de reciclaje quedará a cargo de la Administración del edificio.
Lugar, forma y oportunidad de implementación
Lugar de implementación: Espacio común al interior del Proyecto. Para más detalle ver Proyecto de
Basura del Anexo 1. Planos de la adenda.
Indicador que acredite su cumplimiento
e Registro fotográfico de los contenedores e Acuerdo entre Titular y empresa Triciclos
Forma de seguimiento
control y
e Sereportará a la SMA al finalizar las obras.
9.5 Compromiso ambiental voluntario: Instalación de taller de bicicletas al interior del proyecto
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de Construcción
Objetivo, justificación
descripción y
Objetivo: Incentivar el transporte limpio y activo en la Región Metropolitana, mediante el uso de la bicicleta. Descripción y justificación: El Titular se compromete a instalar, dentro de los espacios comunes del edificio, un taller para las bicicletas de los residentes. Este contará con los siguientes elementos:
- Bandeja metálica (20cmx30cm) anclada a muro.
e Kit herramientas X-tools fijas con cable metálico
- Soporte de pared de preparación de bicicleta X-tools
e Mesa de Trabajo (50x120) Para más detalle revisar Plano de Taller de bicicletas en Anexo 1. Planos de la Adenda.
Lugar, forma y oportunidad de implementación
Lugar de implementación: Espacio común del piso 1, antes de la recepción final del edificio.
Indicador que acredite su cumplimiento
Registro fotográfico del taller.
Forma de seguimiento
control y
Se informará a la SMA al final de las obras.
10”. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias,
son las siguientes:
10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS
10.1.1. Derrame de residuos peligrosos
Riesgo o contingencia
Derrame de residuos peligrosos
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de Construcción
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Dentro del predio del Proyecto, y corresponde a las actividades a desarrollar durante la construcción del Proyecto.
Acciones oO medidas a implementar para prevenir
e Capacitar a los trabajadores sobre la prevención de derrames y las formas de acción en caso que estos ocurran.
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la contingencia
Mantener todo residuo debidamente almacenado en el sitio de almacenamiento temporal asignado.
Todo residuo (con potencial derrame) que se esté utilizando, se deberá mantener con su tapa puesta.
Todo recipiente que almacene residuos peligrosos se debe encontrar rotulado de acuerdo al material que contiene.
Mantener a la vista y disposición de todos los trabajadores, las Hojas de Datos de Seguridad de cada uno de los productos que se manejan en obra.
Realizar la manipulación de productos con potencial de derrame en sectores que cuenten con la debida protección en el suelo.
Una vez finalizado el evento, en un plazo no superior a 48 horas, se
procederá a elaborar un
“Informe Preliminar de Emergencia y/o
Contingencias”, que será presentado a la Superintendencia de Medio Ambiente y SEREMI del Medio Ambiente. El informe deberá incluir los siguientes puntos.
Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa, fecha, hora, residuo, emisiones al aire, duración del evento, acciones de control ejecutadas, personas afectadas, etc.).
La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire).
La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnica(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies).
Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de residuos peligrosos u otros, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia.
Registro de capacitaciones y charlas informativas.
Registro de residuos peligrosos al interior de la obra.
Registro de eventos de derrame residuos peligrosos al interior de la obra.
Registro de “Informes Preliminares de Emergencia y/o Contingencias” presentados a la Superintendencia de Medio Ambiente y SEREMI del Medio Ambiente.
Revisión periódica de los protocolos de seguridad parte del experto de Prevención de Riesgos de la obra.
Forma de control y seguimiento Acciones 0 medida a
implementar para controlar la emergencia
Se debe ubicar la fuente de origen del derrame y detenerlo, siempre y cuando dicha labor no presente riesgos para la salud de las personas.
Se deberá mantener al alcance los equipos de control de incendios, con objeto de actuar de manera inmediata en caso que se requiera.
Para el control del derrame, se deberá efectuar un pretil con arena O tierra con la finalidad de controlar la expansión del material.
Una vez controlado el derrame se deberá disponer los residuos en un contenedor al interior de la bodega de RESPEL.
En caso que el derrame se haya producido sobre terreno natural, se deberá retirar la capa de suelo contaminada y trasladarla a un contenedor al interior de la bodega de RESPEL.
En caso de ocurrencia de accidente que comprometa los recursos
hídricos superficiales y/o subterráneos, se informará antes de 24
horas, a la SMA, indicando lo siguiente:
i Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.
ib Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación.
ii. Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia.
iv. En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de
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Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad. (sólo en caso de accidentes).
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia
El Titular se compromete, en el caso que se produzca alguna de las contingencias y/o emergencias, a presentar un informe preliminar en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, a la autoridad ambiental (Superintendencia del Medio Ambiente y SEREMI del Medio Ambiente), el que deberá considerar a lo menos lo siguiente:
a) Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas o cualquier otra relevante relativa a esta materia).
b) La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire).
c) La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados.
d) Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Acápite 8.1 del Anexo 4 de la Adenda y Capítulo 7 punto 7.1.1 del ICE.
10.1.2. Incendio
Riesgo o contingencia
Incendio
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de Construcción
Emplazamiento, parte, obra O acción asociada
Dentro del predio del Proyecto, y corresponde a las actividades a desarrollar durante la construcción del Proyecto.
Acciones oO medidas a implementar para prevenir la contingencia
e El perímetro de la bodega de RESPEL se mantendrá limpio, libre de maleza y de cualquier obstáculo.
e No estará permitido fumar en el área circundante a la bodega de almacenaje de RESPEL, mediante un letrero que se instalará al exterior de dicha bodega.
- Mantener los extintores permanentemente en buen estado de operación:
o Los extintores deberán ser sometidos a revisión y mantención a lo menos una vez al año y serán certificados por un laboratorio acreditado.
o Los extintores estarán ubicados en lugares de fácil acceso y claramente identificados, libres de todo obstáculo
o Todos los trabajadores deben estar instruidos en el empleo y uso de extintores y su respectiva ubicación.
- Mantener claramente señalizados los equipos contra incendios, con sus accesos despejados libres de obstáculos.
e Capacitar a los trabajadores sobre las medidas de prevención y control de incendios
Forma . de control y e Registro de maquinarias y equipos de trabajo. seguimiento e Registro y revisión periódica de los equipos de extinción portátil operativos. e Registro de capacitaciones. Acciones O medida a e Dar aviso de forma inmediata, accionar la alarma e informar al
implementar para controlar la emergencia
encargado directo o supervisor obra.
e Para el control de un eventual incendio, se contará con extintores para su control y en el caso de un incendio mayor se procederá a evacuar la obra. En caso existir heridos, se deberá atender a las personas otorgándoles los primeros auxilios pertinentes en relación al nivel de gravedad.
e Para lo anterior, el extintor deberá considerar los siguientes requerimientos:
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o Para accionar el extintor se debe retirar el seguro con una mano, mientras que con la otra debe dirigir el chorro en forma de abanico a la basa del fuego.
o Al acercarse al fuego para combatirlo con un extintor, se debe tener el viento a la espalda para poder aproximarse más y estar resguardado de las llamas.
o Nunca se debe emplear un extintor a base de agua o espuma para apagar fuegos en equipos eléctricos energizados.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
El Titular se compromete, en el caso que se produzca alguna de las contingencias y/o emergencias, a presentar un informe preliminar en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, a la autoridad ambiental (Superintendencia del Medio Ambiente y SEREMI del Medio Ambiente), el que deberá considerar a lo menos lo siguiente:
a) Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas o cualquier otra relevante relativa a esta materia).
b) La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire).
c) La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados.
d) Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Acápite 8.2 del Anexo 4 de la Adenda y Capítulo 7 punto 7.1.2 del ICE.
10.1.3. Derrumbes
Riesgo o contingencia
Derrumbes
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de Construcción
Emplazamiento, parte, obra O acción asociada
Dentro del predio del Proyecto, y corresponde a las actividades a desarrollar durante la construcción del Proyecto.
Acciones oO medidas a implementar para prevenir la contingencia
e Efectuar un retiro permanente de los escombros, con objeto de mantener el área despejada.
e Apuntalar la estructura de apoyo cuando se trabaje con carga.
e Delimitar el área de trabajo.
e Emplear elementos de protección personal.
Forma de seguimiento
control y
e Registro de retiro de escombros. e Registro de capacitaciones respecto al trabajo con carga.
Acciones O medida a implementar para controlar la emergencia
Avisar al supervisor directo o solicitar ayuda al personal cercano.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
El Titular se compromete, en el caso que se produzca alguna de las contingencias y/o emergencias, a presentar un informe preliminar en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, a la autoridad ambiental (Superintendencia del Medio Ambiente y SEREMI del Medio Ambiente), el que deberá considerar a lo menos lo siguiente:
a) Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas o cualquier otra relevante relativa a esta materia).
b) La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire).
c) La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados.
d) Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos
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sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Acápite 8.3 del Anexo 4 de la Adenda y Capítulo 7 punto 7.1.3 del ICE.
10.1.4. Afloramiento de napas
colgadas
Riesgo o contingencia
Afloramiento de napas colgadas
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de Construcción
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Dentro del predio del Proyecto, y corresponde a las actividades a desarrollar durante la construcción del Proyecto.
Acciones O medida a implementar para controlar la emergencia
Ante el potencial afloramiento de aguas durante la Fase de Construcción del proyecto, tanto el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la SMA, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, señalando las medidas que ha aplicado hasta ese momento. A continuación, y de manera preliminar, se deberá proceder considerando las siguientes actividades:
i. Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final.
Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin que esto además le permita al Titular diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento.
Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. A su vez se solicita al Titular que acompañe imágenes fotográficas (con fecha) describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final).
iv. Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad.
v. El Titular deberá informar el resultado de las acciones
implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo
controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 h. Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, el Titular deberá incurrir en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva, o bien determinar si responde a un cambio sustantivo de las variables evaluadas, sobre las cuales fueron establecidas las condiciones o medidas ambientales.
Forma de control y e Registro de aviso a Superintendencia del Medio Ambiente.
seguimiento e Registro de charlas y/o capacitaciones de las acciones a seguir frente a un posible afloramiento de napas colgadas de agua.
Oportunidad y vías de |El Titular se compromete, en el caso que se produzca alguna de las
comunicación a la SMA de la activación del Plan
contingencias y/o emergencias, a presentar un informe preliminar en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, a la autoridad ambiental (Superintendencia del Medio Ambiente, SEREMI del Medio Ambiente y Dirección General de Aguas), el que deberá considerar a lo menos lo siguiente:
a) Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas o cualquier otra relevante relativa a esta materia).
La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire).
La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos
b)
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naturales que hayan sido afectados.
d) Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia
Referencia a documentos | Acápite 8.4 del Anexo 4 de la Adenda y Capítulo 7 punto 7.1.4 del ICE. del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
-
Que, durante el proceso de evaluación no hubo solicitud de participación ciudadana, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N* 19.300, por lo que, no se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto.
-
Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
-
Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.
-
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
-
Que, para que el proyecto “Edificio IRZ” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
-
Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
-
Que, el Titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
-
Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2” letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
-
Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
1”. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Edificio IRZ” de Inmobiliaria Irarrázaval Dos SpA.
2”. Certificar que el proyecto “Edificio IRZ” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable. 3”. Certificar que el proyecto “Edificio IRZ”, cumple con los requisitos de carácter ambiental contenido en
los permisos ambientales sectoriales mixtos que se señalan en los artículos 132, 140 y 142, del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
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4”. Certificar que el proyecto “Edificio IRZ”, no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N” 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
5”. Definir como gestión, acto o faena mínima del proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.
6”. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20 de la Ley N* 19.300, ante el Director Ejecutivo ds servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer ] El presente acto.
Inte dente - je Evaluación de la
Distribución:
Inmobiliaria Irarrázaval Dos SpA.
Intendenta Región Metropolitana
Consejo de Monumentos Nacionales
Superintendencia de Servicios Sanitarios
DGA, Región Metropolitana de Santiago
DOH, Región Metropolitana de Santiago
SAG, Región Metropolitana de Santiago
SEC, Región Metropolitana de Santiago
SEREMI MOP Región Metropolitana de Santiago
SEREMI Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago SEREMI de Agricultura, Región Metropolitana de Santiago SEREMI de Bienes Nacionales, Región Metropolitana de Santiago SEREMI de Desarrollo Social, Región Metropolitana de Santiago SEREMI de Energía, Región Metropolitana de Santiago
SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago
SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana de Santiago Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM
Gobierno Regional (GORE), Región Metropolitana
Ilustre Municipalidad de Ñuñoa
o... ..........Pe ..oo ooo...
C/c:
. Superintendencia del Medio Ambiente
. Expediente del Proyecto "Edificio IRZ"
o Archivo Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana
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