Evaluación SEA

Condominio Vista Golf

Rol 2132736958
SEA · DIA · Aprobado · 2017-09-20 · Región de La Araucanía · Inmobiliaria Vista Golf SpA

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANIA

Califica Ambientalmente la DIA del proyecto CONDOMINIO VISTA GOLF, en la Comuna de Temuco.

Resolución Exenta N2 291/2018

Temuco, 14 de agosto de 2018

VISTOS:

1”. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) de fecha 15/09/2017, Adenda N1 de fecha 26/04/2018 y la Adenda N”2 de fecha 26/07/2018, del CONDOMINIO VISTA GOLF admisible mediante la RES. SEA N234 de fecha 20/09/2017.

2”. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del CONDOMINIO VISTA GOLF.

3”. El Acta Sesión N*8 de 4/10/2017, del Comité Técnico de la Región de La Araucanía. 4”. El ICE de la DIA del CONDOMINIO VISTA GOLF de fecha 03/08/2018.

5”. El Acta Sesión N*7 de 13 de agosto de 2018, de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de La Araucanía.

6”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del CONDOMINIO VISTA GOLF.

7”. Lo dispuesto en la Ley N219.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N*18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N21.600, de 2008, de la Contraloría General de La República.

CONSIDERANDO:

1”. Que, Inmobiliaria Vista Golf SpA. a través de su representante Sr. Rodrigo Andrés Alonso Bolzoni (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del PROYECTO CONDOMINIO VISTA GOLF (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Titular Inmobiliaria Vista Golf SpA

R.U.T 76.466.063-3

Domicilio Nueva de Lyon 145 of. 102 Providencia. Comuna Temuco

Región La Araucanía

Fono 224849723

Representante Legal Rodrigo Andrés Alonso Bolzoni - 7.362.067-8

email contacto(pocuro.cl Domicilio Claro Solar N*523 Temuco

RCA N*291/2018. DIA del proyecto CONDOMINIO VISTA GOLF, Comuna de Temuco

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANIA

2”. Que, conforme se indica en el Informe Consolidado de la Evaluación de fecha 03/08/2018, el Director Regional de la Región de La Araucanía ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto:

  • — El proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto.

  • — Cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los Permisos Ambientales señalados en los artículos N” 140, 142, 148 y 156 del D.S. N2 40/2012, los que han sido informados favorable por los servicios competentes.

  • — No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

3”. Que, en sesión de N? 5, la Comisión de Evaluación de la Región de la Región de La Araucanía acordó calificar favorablemente la DIA del CONDOMINIO VISTA GOLF, aprobando íntegramente el

contenido del ICE.

4”. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. Antecedentes generales del proyecto o actividad

Objetivo general

El proyecto tiene por objeto atender la demanda habitacional de la Región de la Araucanía, en especial de la comuna de Temuco, mediante la construcción y habilitación del Condominio Vista Golf, el que contará con 509 viviendas, emplazadas en el área urbana de dicha comuna.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras O acciones

En base a los antecedentes descritos anteriormente, el Proyecto es sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (“SE/A4”), de acuerdo a la Ley General de Bases del Medio Ambiente N2 19.300, y el Decreto Supremo N40/2012, que “Aprueba Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental” (“Reglamento del SEIA”, “D.S. N 40/2012”).

La tipología del proyecto corresponde a un proyecto inmobiliario y cuyo ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, se genera a través del siguiente literal:

h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas.

h.1. Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características:

h.1.3. Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas.

Vida útil

Dadas las características de un proyecto de tipo inmobiliario, se considera una operación de carácter indefinida dependiendo de las constantes mantenciones, mejoras o ampliaciones que cada propietario realice.

Monto de

inversión

US$ 90.000.000

Gestión, acto O faena mínima, que da cuenta del inicio de la ejecución del

Conforme a lo expuesto, se estima que el Proyecto iniciará sus actividades una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental favorable, con la instalación de un cerco perimetral y la correspondiente instalación de faena.

RCA N*291/2018. DIA del proyecto CONDOMINIO VISTA GOLF, Comuna de Temuco

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANIA

4.1. Antecedentes generales del proyecto o actividad

proyecto de modo

sistemático y permanente, para efectos de la caducidad de la RCA Proyecto o| Si | No | No, la DIA de cuenta de cronograma continuo de ejecución. actividad se desarrolla por Xx etapas Proyecto o | Si | No | El proyecto no modifica proyecto existente. actividad modifica un proyecto O X actividad existente Proyecto modifica | Si No otra RCA El proyecto no modifica otra RCA. Xx

Ubicación del proyecto o actividad

División político- | El proyecto está situado en la Región de La Araucanía, en la Provincia de Cautín administrativa y Comuna de Temuco. Justificación de la | El área del proyecto se emplaza en una zona urbana, de predios particulares, localización campos y poblaciones dentro de los límites urbanos de la comuna de Temuco. Zona denominada por el Plan Regulador Vigente de la comuna de Temuco como ZM6 (Zona mixta 6) en la cual se permite el uso del suelo con fin residencial. Además, se justifica la localización de este proyecto como una manera de contribuir a la solución de la demanda habitacional de la comuna producto de la natural expansión de esta, respetando su planificación territorial. Superficie 48,82 ha. Total 13 lotes 386.076,06 Calles 51.485,67 Calle acceso común 704,07 Equipamiento 9.616,51 Área verde 35.777,00 Equipamiento comunitario 547,17 Total terreno 484.206,48 Coordenadas CENTROIDE | Este (m) | Norte (m) UTM en Datum WGS84 Punto 1 714444 5714692

Caminos o vías de acceso

Se ubicará en el acceso Norte de la ciudad de Temuco, Avenida Rudecindo Ortega, Región de La Araucanía.

RCA N*291/2018. DIA del proyecto CONDOMINIO VISTA GOLF, Comuna de Temuco

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANIA

Tabla ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. Partes y obras del proyecto

Nombre Descripción Carácter | Fase Cierre perimetral | Este cierre cubrirá el área que será intervenida | Temporal | Construcción y control de | por el proyecto. Para el control de acceso se acceso. construirá una garita de control. Oficinas Se utilizarán contenedores para el equipo que | Temporal | Construcción administrativas. | trabajará en el proyecto, los cuales estarán dotados de puestos de trabajo, salas de reuniones y baños. Bodega y taller. Se contará con un contenedor para el| Temporal | Construcción almacenamiento de insumos, herramientas y equipos. Vestidores, Se habilitarán estas instalaciones de conformidad | Temporal | Construcción comedor duchas | con las exigencias previstas en el D.S. N594/1999 y baños. “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo”. La alimentación de los trabajadores correrá por cuenta de éstos. Bodega de | El proyecto contará con una bodega de | Temporal Construcción almacenamiento | aproximadamente 20 m? para el almacenamiento de sustancias | de sustancias peligrosas, la cual cumplirá con lo peligrosas dispuesto en el Decreto Supremo N43/2015. Área de | para el acopio temporal de residuos sólidos | Temporal Construcción almacenamiento | industriales no peligrosos, se dispondrá de un temporal de | área de almacenamiento temporal que contará residuos con un cierre perimetral no menor a 2 m de industriales no | altura y la debida señalización. peligrosos Almacenamiento | los residuos sólidos asimilables a domésticos se | Temporal | Construcción temporal de | dispondrán en contenedores de 125 litros, con residuos tapa para posteriormente ser transportados y domésticos dispuestos finalmente en un relleno sanitario autorizado. Bodega de | Esta bodega contará con las autorizaciones | Temporal Construcción almacenamiento | sanitarias correspondientes y será ejecutada temporal de | conforme las exigencias del D.S. N*148/2003 residuos “Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos peligrosos (BAT): | Peligrosos” Estacionamientos | para la instalación de faenas se dispondrá de | Temporal | Construcción estacionamientos de vehículos y de maquinaria. Etapas de | Etapa 1 Permanen- | Construcción Construcción Fase de construcción: Esta fase comenzará con la te / Operación preparación del terreno a través de limpieza, escarpe, corte relleno y nivelación del terreno, para luego dar paso a las acciones asociadas a la construcción de las viviendas y urbanización proyectadas para la primera etapa las cuales son: construcción de muros de contención, fundaciones, obra gruesa, terminaciones, urbanización, pavimentación, obras exteriores y recepción de obra. 4

RCA N*291/2018. DIA del proyecto CONDOMINIO VISTA GOLF, Comuna de Temuco

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANIA

Para esta primera etapa se contempla la construcción de 40 casas las que conformarán el sub-condominio 1, y 1 edificio tipo 3 con 20 departamentos además de equipamiento según se indica en el plano de etapas constructivas (Anexo 3)

Fase de operación: consistirá en la entrega y ocupación de las viviendas por sus propietarios y futuros residentes.

Etapa 2

Fase de construcción: las acciones asociadas a la construcción de las viviendas y urbanización proyectadas para la etapa 2 son de iguales características a las detalladas en la etapa 1 En esta etapa se construirán 43 casas, correspondientes al sub-condominio 2, además de un edificio tipo 3, el cual contendrá 20 departamentos

Fase de operación: consistirá en la entrega y ocupación de las viviendas por sus propietarios y futuros residentes.

Etapa 3

Fase de construcción: Al igual que las etapas anteriores, las acciones serán las asociadas a construcción y habilitación de viviendas y urbanización, tales como: preparación del terreno, construcción de muros de contención, fundaciones, obra gruesa, terminaciones, urbanización, pavimentación, obras exteriores y recepción de obra.

Se contempla para esta etapa la construcción de 20 casas para el sub-condominio 3 y un edificio tipo 3 el que contendrá 20 departamentos.

Fase de operación: Entrega y ocupación de las viviendas por sus propietarios y futuros residentes.

Etapa 4

Fase de construcción: Acciones asociadas a la construcción y habilitación de viviendas y urbanización, tales como: preparación del terreno, construcción de muros de contención, fundaciones, obra gruesa, terminaciones, urbanización, pavimentación, obras exteriores y recepción de obra.

Específicamente se construirán 16 casas que completarán el sub-condominio 3 y un edificio tipo 3 con 20 departamentos.

Fase de operación: Entrega y ocupación de las viviendas por sus propietarios y futuros residentes.

RCA N*291/2018. DIA del proyecto CONDOMINIO VISTA GOLF, Comuna de Temuco

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANIA

Etapa 5

Fase de construcción: En esta etapa se realizarán las acciones necesarias para la construcción y habilitación del sub-condominio 4 el que estará conformado por 30 casas. Además, se construirán y habilitarán 16 casas las que serán parte del sub- condominio 5.

Las acciones que se realizarán en esta etapa son: preparación del terreno, construcción de muros de contención, fundaciones, obra gruesa, terminaciones, urbanización, pavimentación, obras exteriores y recepción de obra.

Fase de operación: Entrega y ocupación de las viviendas por sus propietarios y futuros residentes.

Etapa 6

Fase de construcción: las obras que se realizarán en esta etapa corresponderán a la construcción y habilitación de 32 viviendas que completarán el sub-condominio 5 y 15 viviendas que serán parte del sub-condominio 6, además se realizará la conformación de áreas verdes según se indica en el plano del loteo por etapas (anexo 3)

Las acciones que se llevarán a cabo serán: preparación del terreno, construcción de muros de contención, fundaciones, obra gruesa, terminaciones, urbanización, pavimentación, obras exteriores y recepción de obra.

Fase de operación: Entrega y ocupación de las viviendas por sus propietarios y futuros residentes.

Etapa 7

Fase de construcción: En esta etapa se completará el sub-condominio 6 con la construcción de 18 casas y se construirán, además, 25 casas que serán parte del sub- condominio 7.

Las acciones que se llevarán a cabo serán: preparación del terreno, construcción de muros de contención, fundaciones, obra gruesa, terminaciones, urbanización, pavimentación, obras exteriores y recepción de obra.

Fase de operación: Entrega y ocupación de las viviendas por sus propietarios y futuros residentes.

Etapa 8

Fase de construcción: En esta etapa se completará el sub-condominio 7 con la construcción de 24 casas y se construirán 21 casas que serán parte del sub-condominio 8. Las acciones asociadas a la construcción serán: preparación del terreno, construcción de muros de contención, fundaciones, obra gruesa,

RCA N*291/2018. DIA del proyecto CONDOMINIO VISTA GOLF, Comuna de Temuco

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANIA

terminaciones, urbanización, pavimentación, obras exteriores y recepción de obra.

Fase de operación: Entrega y ocupación de las viviendas por sus propietarios y futuros residentes.

Etapa 9

Fase de construcción: En esta etapa se finalizará el sub-condominio 8 con la construcción de 24 casas, además se construirá un edificio tipo 1 el cual se compone de 20 departamentos. Las acciones asociadas a la construcción serán: preparación del terreno, construcción de muros de contención, fundaciones, obra gruesa, terminaciones, urbanización, pavimentación, obras exteriores y recepción de obra.

Fase de operación: Entrega y ocupación de las viviendas por sus propietarios y futuros residentes.

Etapa 10

Fase de construcción: En esta etapa se construirán 15 casas las que serán parte del condominio 9 y además se construirá un edificio tipo 2 el cual cuenta con 28 departamentos. Las acciones asociadas a la construcción serán: preparación del terreno, construcción de muros de contención, fundaciones, obra gruesa, terminaciones, urbanización, pavimentación, obras exteriores y recepción de obra.

Fase de operación: Entrega y ocupación de las viviendas por sus propietarios y futuros residentes.

Etapa 11

Fase de construcción: en la última etapa del proyecto se finalizará el sub-condominio 9 con la construcción y habilitación de 14 casas. A parte de estas obras se construirá un edificio tipo 2 conformado por 28 departamentos. Las acciones asociadas a la construcción serán: preparación del terreno, construcción de muros de contención, fundaciones, obra gruesa, terminaciones, urbanización, pavimentación, obras exteriores y recepción de obra.

Fase de operación: Entrega y ocupación de las viviendas por sus propietarios y futuros residentes.

RCA N*291/2018. DIA del proyecto CONDOMINIO VISTA GOLF, Comuna de Temuco

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANIA

4.3.Acciones del proyecto

Tabla 4.3 Acciones del proyecto

Nombre

Fase

Cierre

Instalación faena

Limpieza y escarpe

Corte, relleno y nivelación de terreno Muros de contención Fundaciones

Obra gruesa

Terminaciones Urbanización Pavimentación

Obras exteriores

Recepción Obras por etapas

Construcción

No hay acciones solo ocupación y mantención de las condiciones | Operación establecidas durante la evaluación ambiental, en especial aquellas

asociadas a no generar emisiones de material particulado superiores a

las declaradas en este proceso de evaluación que restringen usar la

leña como combustible.

Cierre

No aplica Cierre

4.4.Cronología de las fases del proyecto o actividad

Tabla 4.4 Cronología de las fases del proyecto o actividad

4.4.1 Fase de Construcción

Fecha estimada de inicio

Detalle de etapas:

Etapa 1: construcción de 40 casas las que conformarán el sub- condominio 1 y un edificio tipo 3 con 20 departamentos además de equipamiento.

Etapa 2: construirán 43 casas correspondientes al sub- condominio 2, además de un edificio tipo 3 el cual contendrá 20 departamentos

Etapa 3: construcción de 20 casas para el sub-condominio 3 y un edificio tipo 3 el que contendrá 20 departamentos.

Etapa 4: se construirán 16 casas que completarán el sub- condominio 3 y un edificio tipo 3 con 20 departamentos.

Etapa 5: construcción del sub-condominio 4 el que estará conformado por 30 casas. Además, se construirán 16 casas las que serán parte del sub-condominio 5.

Etapa 6: construcción y habilitación de 32 viviendas que completarán el sub-condominio 5 y 15 viviendas que serán parte del sub-condominio 6, además se realizará la conformación de áreas verdes.

RCA N*291/2018. DIA del proyecto CONDOMINIO VISTA GOLF, Comuna de Temuco

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANIA

Etapa 7: se completará el sub-condominio 6 con la construcción de 18 casas y se construirán, además, 25 casas que serán parte del sub-condominio 7.

Etapa _8: se completará el sub-condominio 7 con la construcción de 24 casas y se construirán 21 casas que serán parte del sub-condominio 3.

Etapa 9: se finalizará el sub-condominio 8 con la construcción de 24 casas, además se construirá un edificio tipo 1 el cual se compone de 20 departamentos.

Etapa 10: se construirán 15 casas las que serán parte del condominio 9 y además se construirá un edificio tipo 2 el cual contará con 28 departamentos.

Etapa 11: se finalizará el sub-condominio 9 con las construcciones y habilitación de 14

Parte, obra o acción que | instalación de faena. establece el inicio Fecha estimada de término Progresiva en 11 etapas de 135 meses Parte, obra oO acción que | Proyecto se materializa en 11 etapas. establece el término o. Duración (meses) Actividad 11|12|13|4|5|6|7|8|9|10|11/|12 | 13/14 Limpieza y escarpe Corte, relleno y nivelación de terreno 1 Muros de contención E - a Fundaciones ¿ Obra gruesa Terminaciones Urbanización Pavimentación Obras exteriores Recepción Obra 4.4.2 Fase de Operación Fecha estimada de inicio Para dar inicio a la etapa de operación es necesario que las viviendas estén completamente habilitadas para su uso, habiendo concluido completamente la fase de construcción, por lo que se espera que el inicio de la fase de operación del proyecto sea el año 2019, año en que se entrega la primera etapa del proyecto. El término de la fase de operación de todo el proyecto se dará con la entrega de la totalidad de las viviendas, de todas las etapas que lo componen, a sus nuevos propietarios, lo que se estima sea el año 2029. Parte, obra o acción que | Entrega de viviendas a propietarios por etapa.

establece el inicio

Fecha estimada de término

2029

RCA N*291/2018. DIA del proyecto CONDOMINIO VISTA GOLF, Comuna de Temuco

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANIA

4.4.3 Fase de Cierre

Fecha estimada de inicio No aplica Parte, obra o acción que | No aplica establece el inicio

Fecha estimada de término No aplica Parte, obra o acción que | No aplica establece el término

4.5. Mano de obra

Tabla 4.5 Mano de obra

Fases

Número máximo de personas

Construcción

150 trabajadores por etapa (11 etapas)

Operación 10 Cierre 0 160

Total

  1. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley

N*19.300:

5.1. Sobre la inexistencia de riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de

efluentes, emisiones y residuos

Tabla 5.1 Sobre la inexistencia de riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos

Impacto ambiental

No aplican impactos significativos

Existencia de población cuya salud pudiera verse afectada

No aplica

Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta riesgo

para la salud de la población debido en consideración a lo dispuesto en el

a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, artículo 5 del Reglamento del SEIA:

a) La superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento O disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento.

Tal como se indica en el informe de emisiones atmosféricas, el proyecto generará emisiones de material particulado y gases tanto en la fase de construcción como en la de operación.

Las emisiones atmosféricas en la fase de construcción corresponderán a material particulado y gases de combustión. Las actividades productoras de estas emisiones serán el tránsito de vehículos y maquinarias y acciones asociadas a la preparación del terreno para la construcción, tales como: escarpe, excavaciones y carguío de camiones. Estas emisiones serán de carácter temporal y de impacto local limitado debido a las medidas tomadas tales como:

o Se humectarán los caminos no pavimentados, se mantendrán aseadas las vías de acceso y de la instalación de faenas

10

RCA N*291/2018. DIA del proyecto CONDOMINIO VISTA GOLF, Comuna de Temuco

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANIA

o Los vehículos y maquinarias que se utilizarán en esta fase contarán con su revisión técnica al día.

o Realizar mantenciones preventivas a vehículos y maquinarias para evitar una emisión excesiva de gases.

o Se humectará el material de excavación.

o Los camiones circularán cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos impidiendo la dispersión de polvo a la atmósfera.

o El límite de velocidad máxima para los camiones, maquinaria y vehículos livianos será de 30 km/h en la obra.

Por otro lado, las emisiones en la fase de operación del proyecto estarán dadas por la circulación de vehículos livianos provenientes de los habitantes de las viviendas, además de las producidas por la calefacción a gas incorporada en las viviendas, cuyos resultados se presentan en el Anexo 12. Como síntesis se puede concluir que estas emisiones no sobrepasarán los máximos permitidos por el Plan de Descontaminación Atmosférica para las Comunas de Temuco y Padre Las Casas.

De acuerdo a la relación del proyecto con las Normas de Calidad Primaria aplicables, a continuación, se detalla lo siguiente:

Agua

El proyecto contempla la modificación de cauce superficial, el cual corresponde a un canal de regadío de tierra, sección irregular y poca profundidad y un proyecto de sistema de evacuación de aguas lluvias.

La obra de modificación de cauce consiste en rectificar el recorrido del canal dentro del condominio, de manera de no interferir con las edificaciones proyectadas. Esto implica su entubamiento y un nuevo trazado en toda la longitud dentro del proyecto, además de la incorporación de obra de captación y descarga al inicio y al final del proyecto.

En cuanto al proyecto de evacuación de las aguas lluvias, escurrirán en forma superficial por las calles hasta ser interceptadas mediante sumideros, posteriormente a través de colectores se evacuarán hacia zonas de infiltración ubicadas en las áreas verdes al interior del condominio.

Dadas las características de las obras y los antecedentes presentados, estas obras no generarán riesgo para la salud de la población.

En el caso de la modificación de cauce del canal de regadío, se presentan todos los antecedentes necesarios para la obtención del PAS 156, entre ellas, las medidas tendientes a minimizar los efectos sobre la calidad de las aguas, aguas abajo del lugar de construcción de las obras y un plan de seguimiento de la calidad de las aguas durante

11

RCA N*291/2018. DIA del proyecto CONDOMINIO VISTA GOLF, Comuna de Temuco

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANIA

la fase de construcción.

En cuanto a las aguas lluvias, como se mencionó anteriormente se evacuarán mediante colectores hacia zonas de infiltración ubicadas en las áreas verdes pertenecientes al condominio. En relación a esto, se realizó un estudio de mecánica de suelo mediante 8 calicatas de 4 m de profundidad y un sondaje de 30 m de profundidad, no encontrándose presencia de napa freática (Ver Anexo 11 de la DIA).

Cabe señalar que el proyecto no contempla la emisión de efluentes sobre cuerpos de agua superficiales cercanos al proyecto, debido a que la generación de aguas residuales corresponderá a aguas servidas las que en la fase de construcción serán retiradas en los baños químicos, por parte de una empresa autorizada que cumpla con la normativa aplicable y en la fase de operación serán vertidas al sistema de alcantarillado proporcionado por la empresa de servicios sanitarios.

Conclusión.

En base a los antecedentes presentados en los puntos precedentes, no se espera superación de alguna norma de calidad primaria de aire y agua vigentes.

b) La superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento.

A partir del estudio de ruido efectuado para este proyecto, se estima que las emisiones de ruidos serán más significativas en la fase de construcción y estarán asociadas al movimiento de tierra y las obras constructivas propiamente tal, por lo que la evaluación de los niveles de ruido proyectados consideró estas actividades.

La normativa ambiental vigente corresponde al Decreto Supremo N*38 del Ministerio del Medio Ambiente el cual establece los Niveles Máximos Permisibles de Presión Sonora Corregida (NPC), de acuerdo al tipo de zona establecido por el uso de suelos permitido en los documentos de planificación territorial.

Según el Plan Regulador Comunal de Temuco el terreno en donde se emplazará el proyecto se ubica en zona ZM6 la que permite los siguientes usos: Residencial, equipamiento a toda escala, actividad productiva e infraestructura. Según el D.S. N*”38/11 del MMA, esta zona corresponde a zona lll, en la que se definen los siguientes niveles máximos permisibles de presión sonora.

12

RCA N*291/2018. DIA del proyecto CONDOMINIO VISTA GOLF, Comuna de Temuco

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANIA

c) La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en caso que no sea posible evaluar el riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anteriores.

De acuerdo a lo establecido en los literales a y b del artículo 5 del Reglamento del SEIA, no se generarán riesgos a la salud de las personas, por la emisión de contaminantes sobre recursos naturales renovables.

Por otro lado, en cuanto a las emisiones de material particulado que se generen en la fase de construcción del proyecto no superan la normativa y serán controladas con la humectación de caminos, encarpado de camiones, mantención de maquinaria al día y restricción de velocidad, así también las emisiones en la fase de operación estarán dadas por la circulación de vehículos particulares en caminos pavimentados provenientes de las viviendas del proyecto y calefacción a gas. Para mayores antecedentes en Anexo 12 se adjunta el informe con la estimación de emisiones a la atmósfera.

d) La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

En cuanto a los residuos generados en la etapa de construcción, estos serán debidamente almacenados. Los residuos asimilables a domésticos generados por los trabajadores serán dispuestos en contenedores con tapa evitando así el contacto de estos con el suelo y que se emitan malos olores. Además, su permanencia será acotada ya que serán transportados de forma semanal (2 a 3 veces por semana) a un relleno sanitario autorizado. En cuanto a los materiales excedentes como restos de hormigón, madera, despuntes metálicos, estos tendrán una corta permanencia en un patio de acopio para luego ser enviados a un sitio de disposición autorizado. Debido a la naturaleza de estos residuos (sólidos, inorgánicos, estables) no emiten contaminantes sobre los recursos naturales renovables.

Los residuos peligrosos serán mantenidos temporalmente en contenedores con tapa debidamente rotulados según lo indica la NCh N2190/93, para lo cual en la zona del proyecto existirá una pequeña bodega para la mantención transitoria de estos residuos, los cuales serán manejados según lo establecido en el Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos D.S. N148/2003.

Por lo tanto, no se contempla la exposición a contaminantes por manejo de residuos sobre los recursos naturales que puedan ser generados durante la etapa de construcción, que afecten o pongan en riesgo la salud de la población.

Durante la fase de operación del proyecto, la disposición de los residuos domiciliarios generados por parte de los habitantes del conjunto habitacional se manejará a través del uso de contenedores con tapa quedando a responsabilidad de cada vivienda, para posteriormente ser trasladados a un relleno sanitario a través de la recolección municipal que se realizará aproximadamente tres veces por semana.

Los residuos líquidos que se generen durante la fase de operación del proyecto corresponderán a aguas servidas producto de las actividades diarias de los habitantes del

13

RCA N*291/2018. DIA del proyecto CONDOMINIO VISTA GOLF, Comuna de Temuco

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANIA

conjunto habitacional, las cuales serán descargadas a través del sistema de alcantarillado que dispondrá el proyecto y procesadas por la empresa sanitaria.

De acuerdo a lo anterior, no se contempla la exposición a contaminantes por manejo de residuos sobre los recursos naturales que puedan ser generados durante la fase de operación, que afecten o pongan en riesgo la salud de la población.

5.2.Sobre la inexistencia de efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

Tabla 5.2 Sobre la inexistencia de efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

Impacto ambiental

| No aplican impactos significativos

Los siguientes antecedentes justifican

que el proyecto o actividad no genera o presenta efectos

adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento del Reglamento

del SEIA:

Recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos.

No aplica

a) la pérdida de suelo o de su

capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización,

compactación o presencia de contaminantes.

El presente proyecto se emplaza en una zona urbana, dentro de los límites urbanos de la comuna de Temuco, zona denominada por el Plan Regulador Vigente de la Comuna de Temuco como ZM6 (Zona mixta 6) en la cual se permite el uso del suelo con fin residencial. El terreno presenta alto grado de intervención antrópica y la mayor parte de la cobertura se encuentra intervenida; compuesta principalmente de pastizales formando praderas abiertas y algunos parches boscosos.

Una vez que el proyecto entre en construcción el suelo que se extraiga producto del escarpe y excavaciones será utilizado para rellenar aquellas zonas donde se proyecten las áreas verdes del proyecto habitacional.

En conclusión, no se generarán o presentará pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes, debido a las características del proyecto.

b) La superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se deberá considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley

El área de influencia tanto para el componente flora y vegetación como para el componente fauna, corresponde a la superficie de 23,48 ha que serán intervenidas con la construcción y habilitación del condominio.

La flora y vegetación está compuesta principalmente por pastizales con presencia de especies nativas, las cuales se encuentran cubriendo una pequeña parte del área de estudio, formando parches boscosos.

Las características vegetacionales del área de estudio están definidas por el alto grado de intervención antrópica (pastizal, acumulación de residuos domiciliarios y despeje de vegetación) facilitando el

14

RCA N*291/2018. DIA del proyecto CONDOMINIO VISTA GOLF, Comuna de Temuco

REPÚBLICA DE CHILE

COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANIA

N*19.300.

establecimiento de especies vegetales invasoras, las cuales no permiten el crecimiento de flora nativa. Además, la evaluación de la distribución geográfica indica que todas las especies reconocidas en la zona tienen una amplia distribución en Chile, no registrándose especies exclusivas del área de estudio o restringidas a la región de la Araucanía. A esto se agrega que de acuerdo a la revisión de antecedentes y a la normativa vigente, en el área del proyecto no se registran especies clasificadas en categoría de conservación.

De acuerdo a los antecedentes presentados, en el área intervenida no se generan efectos adversos significativos, ya que el terreno ya se encuentra con un alto grado de intervención antrópica.

En cuanto a la fauna del lugar, según el estudio de Fauna terrestre (Anexo 8), fue posible la identificación de un total de 11 especies, correspondiente sólo al grupo de aves las cuales se encuentran distribuidas en 5 órdenes: Ciconiiformes, Charadriiformes, Falconiformes, Piciformes y por último los Passeriformesel cual abarcó la mayor diversidad y mayor riqueza con 28 individuos, 42 % del total de individuos.

Es importante mencionar que posiblemente debido a las condiciones de hábitat presentes en el lugar, asociados al alto grado de intervención antrópica, estacionalidad del monitoreo y a la falta de sitios con las características adecuadas que permitan el asentamiento y la presencia de herpetofauna (anfibios y reptiles), tales como refugios y áreas de reproducción, este grupo de vertebrados se encuentra ausente dentro del área del proyecto.

Del total de avifauna registrada en el presente estudio sólo una se encuentra dentro de las categorías de conservación y corresponde a Theristicus melanopis (Bandurria). Esta especie actualmente tiene un amplio rango de distribución dentro de nuestro país, distribuyéndose desde Antofagasta hasta la región de Magallanes. Se destaca adicionalmente que la especie posee un comportamiento que es altamente tolerante a la presencia humana, por lo que se registra en gran número de individuos dentro de asentamientos humanos. Se hace necesario señalar, que a la fecha, esta especie se encuentra propuesta dentro del proceso número 13 del Reglamento de Clasificación de especies, el cual propone modificar su clasificación a especie de “Preocupación Menor”, ya que actualmente no se lograron identificar amenazas actuales como potenciales.

Finalmente, no se pudo encontrar amenazas actuales que afecten de manera directa a tanto a esta especie, como las otras registradas dentro del área del proyecto.

15

RCA N*291/2018. DIA del proyecto CONDOMINIO VISTA GOLF, Comuna de Temuco

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANIA

c) La magnitud y duración del impacto del proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base.

La construcción del proyecto inmobiliario intervendrá una superficie aproximada de 23,48 ha, donde se proyecta realizar escarpe de aproximadamente unos 20 cm de profundidad y excavaciones.

Las obras constructivas tendrán una duración de 154 meses, mientras que la vida útil del proyecto será indefinida.

Los residuos líquidos, serán descargados en un principio durante la fase de construcción, a través del uso de baños químicos proporcionados por una empresa autorizada la que se hará debidamente cargo de estos residuos según la normativa vigente aplicable, posteriormente los residuos líquidos serán descargados a través del sistema de alcantarillado de Aguas Araucanía.

Los residuos domiciliarios, residuos no peligrosos y residuos peligrosos serán debidamente almacenados y dispuestos en lugares autorizados y siempre actuando según lo indique la normativa vigente aplicable, la que será descrita en el capítulo 3 de la presente DIA.

Cabe destacar que el proyecto evacuará sus aguas lluvias desde sumideros y colectores hacia zonas de infiltración ubicadas en las áreas verdes al interior del condominio. Sobre el particular, se realizó un estudio de mecánica de suelo mediante 8 calicatas de 4 m de profundidad y un sondaje de 30 m de profundidad, no encontrándose presencia de napa freática, lo cual permite descartar cualquier impacto asociado a las aguas subterráneas.

En relación a las emisiones atmosféricas estas serán controladas en la fase de construcción con las medidas descritas en el punto 1.4.7 de la descripción del proyecto. Las emisiones atmosféricas generadas durante la fase de operación corresponderán al flujo de vehículos asociado a la actividad diaria del conjunto habitacional, además de las emisiones producto de la calefacción a gas contemplada, donde se prevé que el material particulado y gases de combustión no superarán los límites máximos permitidos por el Plan de Descontaminación Atmosférico de las comunas de Temuco y Padre Las Casas.

En conclusión y de acuerdo a los antecedentes planteados en el presente literal, no se generarán o presentarán efectos adversos significativos en magnitud y duración del impacto del proyecto sobre el suelo, agua o aire. Esto será así, dado que el titular del presente proyecto procederá según la legislación ambiental aplicable.

d) La superación de los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por

El proyecto no tiene capacidad de superar normas secundarias oO efectos adversos sobre la biota, generados por la magnitud y duración, de cualquiera de sus fases.

16

RCA N*291/2018. DIA del proyecto CONDOMINIO VISTA GOLF, Comuna de Temuco

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANIA

sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las normas vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. En caso que no sea posible evaluar el efecto adverso de acuerdo a lo anterior, se considerará la magnitud y duración del efecto generado sobre la biota por el proyecto o actividad y su relación con la condición de línea de base.

e) La diferencia entre los niveles estimados de ruido con proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación.

De acuerdo al estudio de fauna realizado para el proyecto, la fauna en el sector está representada por aves. De este grupo se observó una mayor diversidad con una riqueza total de 11 especies, siendo las especies de mayor abundancia, Vanellus chilensis (Queltehue) seguido de Theristicus melanopis (Bandurria).

Debido a la inexistencia de una normativa nacional referida a los efectos del ruido en la fauna, se utilizarán los valores indicados en diversos estudios internacionales, los cuales establecen que se requiere una exposición de al menos 40 días con niveles por sobre los 95 dB medidos en el oído del ave para producir efectos permanentes en el aparato auditivo de éstas. Por otro lado, niveles sobre 85 dB podrían producir trastornos en el comportamiento de aves silvestres, por ejemplo, migraciones a sectores con menos niveles de ruido.

Según dichos antecedentes, se consideró el valor de 85 dB (parámetro establecido por la EPA), como valor mínimo ante el cual se ve afectada la fauna silvestre, por lo cual los niveles de ruido generados por el proyecto no deberían sobrepasar dicho valor en zonas en las cuales se concentren las especies encontradas. De acuerdo a los resultados de las modelaciones realizadas en el estudio de ruido (Anexo 8), la evaluación para la influencia del proyecto sobre fauna del sector en estudio arrojó como resultado, que si bien se proyectan niveles sobre los 85 dB(A), esto será en un radio máximo de 5 metros en torno a la principal fuente generadora de ruido, por lo cual es posible determinar que el efecto sobre la fauna del sector expuesta a los niveles de ruido del proyecto no será de gran magnitud, considerando niveles de ruido bajo los 60 dB(A) al interior del límite del predio.

17

RCA N*291/2018. DIA del proyecto CONDOMINIO VISTA GOLF, Comuna de Temuco

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANIA

f) El impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables.

Fase de construcción

Los residuos generados en la etapa de construcción, serán debidamente almacenados. Los residuos asimilables a domésticos generados por los trabajadores serán dispuestos en contenedores con tapa evitando así el contacto de estos con el suelo y que se emitan malos olores.

Además, su permanencia será acotada ya que serán transportados de forma semanal (2 a 3 veces por semana) a un relleno sanitario autorizado. En cuanto a los materiales excedentes como restos de hormigón, madera, despuntes metálicos, estos tendrán una corta permanencia en un patio de acopio para luego ser enviados a un sitio de disposición autorizado. Debido a la naturaleza de estos residuos (sólidos, inorgánicos, estables) no emiten contaminantes sobre los recursos naturales renovables.

Los residuos peligrosos serán mantenidos temporalmente en contenedores con tapa debidamente rotulados según lo indica la NCh 2190/93, para lo cual en la zona del proyecto existirá una pequeña bodega para la mantención transitoria de estos residuos, los cuales serán manejados según lo establecido en el Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos D.S N*148/2003.

Fase de operación

La disposición de los residuos domiciliarios generados por parte de los habitantes del conjunto habitacional se manejará a través del uso de contenedores con tapa quedando a responsabilidad de cada vivienda, para posteriormente ser trasladados a un relleno sanitario a través de la recolección municipal que se realizará aproximadamente tres veces por semana.

Los residuos líquidos que se generen durante la fase de operación del proyecto corresponderán a aguas servidas producto de las actividades diarias de los habitantes del conjunto habitacional, las cuales serán descargadas a través del sistema de alcantarillado que dispondrá el proyecto y procesadas por la empresa sanitaria.

g) El impacto generado por el volumen o caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra, incluyendo el generado por ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales. La evaluación de dicho impacto deberá considerar siempre la magnitud de la alteración en:

g.1. Cuerpos de aguas subterráneas

que contienen aguas fósiles.

g.2. Cuerpos o cursos de aguas en

que se generen fluctuaciones de

g.1. Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles.

El presente proyecto no contempla intervenir o explotar cursos o cuerpos de aguas subterráneas que contengan aguas fósiles.

g.2. Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles.

Este proyecto no contempla intervenir o extraer recursos hídricos de cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles.

g.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas.

No se contempla en este proyecto intervenir o explotar vegas y/o bofedales.

g.4. Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas

18

RCA N*291/2018. DIA del proyecto CONDOMINIO VISTA GOLF, Comuna de Temuco

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANIA

niveles.

g.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas.

g.4. Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso O descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales.

g.5. La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse.

que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales.

Este proyecto no contempla intervenir o explota áreas o zonas de humedales, estuarios o turberas.

g.5. La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse.

No se contempla intervenir o explotar glaciares en el presente proyecto.

h) Los impactos que pueda generar la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas O ecosistemas determinados.

El presente proyecto no contempla la introducción de especies exóticas de ningún tipo al territorio nacional, o en áreas, zonas o ecosistema alguno.

5.3.Sobre la inexistencia de reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos

Tabla 5.3 Sobre la inexistencia de reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos

Impacto ambiental No aplica Existencia de grupos humanos en el | No aplica área de influencia

Reasentamiento de comunidades | No aplica

humanas

Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del SEIA:

a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural.

El Proyecto no interviene, usa o restringe el acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. Lo anterior, se justifica debido a que no se identificaron recursos naturales que fuesen empleados por la población perteneciente al área de influencia del Proyecto, en actividades formales e informales de subsistencia de recursos naturales. Del mismo modo, no se percibieron prácticas culturales o económicas desarrolladas por la población que refirieran a utilización de recursos naturales, ya que no se identificaron áreas verdes con fines recreacionales y/o turísticos. Adicionalmente, no se restringe el acceso a cursos de agua utilizados con fines recreacionales.

De acuerdo a la caracterización del tipo de actividad económica desarrollada por los habitantes colindantes del área de estudio del Proyecto “Vista El Golf”, las principales ramas de actividad económica identificadas es el sector comercial, en el cual, existen negocios asociados a comercio al por menor y servicios, entre los que destacan almacenes, ferreterías, servicio automotriz y locales de comida rápida, no siendo actividades que se relacionen directamente con la utilización de recursos naturales de la manera en que el Art. 7 del RSEIA se

19

RCA N2291/2018. DIA del proyecto CONDOMINIO VISTA GOLF, Comuna de Temuco

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANIA

refiere.

Para mayores antecedentes en el Anexo 10 de la DIA se adjunta el Estudio de Medio Humano desarrollado para este proyecto.

b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.

Para la etapa de construcción el Proyecto considera una serie de medidas de control con la finalidad de no afectar la libre circulación, conectividad o un aumento significativo en los tiempos de desplazamiento, las cuales son detalladas en la DIA.

En el sector de emplazamiento del proyecto se controlará periódicamente el cumplimiento de las medidas de seguridad y se instalaran las señaléticas necesarias y normadas tendientes a minimizar y prevenir riegos, tanto para la salida como la entrada de vehículos. El arribo de camiones en general será planificado, así como también su permanencia en la obra, evitando aglomeraciones excesivas de vehículos en la calzada.

En relación a este literal es de importancia señalar que el proyecto se ubica en el acceso norte de la ciudad de Temuco, en donde colinda con la Avenida Rudecindo Ortega.

Dado que se trata de un condominio, tendrá sólo una vía de acceso a través de la Avenida Mencionada. Ésta es una de las vías más importantes de la comuna y absorbe casi todo el flujo de acceso a Temuco, que entra y sale desde y hacia el norte. En la vía hay presencia de variados modos de transporte: de carga, de pasajeros, particulares, bicicletas, peatones.

En área de influencia, en la actualidad existe buen acceso al transporte público, ya que cumple con un alto estándar, donde no existe indicios de congestión. Se visualiza buena provisión de paraderos de transporte público por ambas calzadas de la avenida En este orden de ideas debemos indicar que no se aprecian demoras, insuficiencia de espacio, aglomeraciones de pasajeros, entre otros, ya que por ser un sector límite entre el radio urbano y rural, no existe una gran densidad poblacional. El sector de interés además cuenta con veredas y ciclovía, que permite una buenas transitabilidad, sin embargo, se aprecia un bajo flujo peatonal y de bicicletas.

En la vía Rudecindo Ortega no se visualizan intersecciones propiamente tal, ya que esta arteria no tiene oposición en el área de influencia, ni con señales de prioridad o semaforizadas. En estricto rigor lo que se aprecia son cruces con mini rotondas que son utilizadas como retornos y accesos laterales (Acceso UC Campus Norte/ Acceso conjunto habitacional Mariposas, Acceso SOFO).

Dado los antecedentes expuestos y según el Estudio de Impacto Sobre Sistemas de Transporte Urbano (Anexo 17), se concluye que el proyecto Vista Golf, viene a favorecer el desarrollo del sector norte de la ciudad de Temuco. Sector que tiene una baja densidad y bajo desarrollo en comparación con otros puntos de la ciudad de Temuco. Asimismo, las modelaciones realizadas en el

20

RCA N*291/2018. DIA del proyecto CONDOMINIO VISTA GOLF, Comuna de Temuco

REPÚBLICA DE CHILE

COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANIA

EISTU, producto del levantamiento de datos efectuados en el terreno y la medida de mitigación contemplada, indican que no existen grados de congestión en la vía en la situación actual y tampoco en la situación con proyecto.

Es de importancia añadir que, tanto en la etapa de construcción como en la de operación se contemplan medidas de mitigación para reducir al máximo los niveles de congestión en la vialidad, tales medidas se detallan en el EISTU del proyecto.

c) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.

En la etapa de construcción, las personas que trabajen en la obra se prevé que sea población flotante, por lo tanto, población no permanente, por lo que no hará uso de servicios tales como salud o educación cercanos. Consecuentemente, es posible acreditar que el Proyecto durante su fase de construcción no generará una alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. Respecto de la etapa de operación, si bien el proyecto contempla 509 viviendas, se prevé que la llegada progresiva en el tiempo de nuevos habitantes aportará a dinamizar las actividades comerciales cercanas al proyecto, lo cual motivará el surgimiento de nuevos comercios de barrio, aumento de matrículas o bien el aumento de establecimientos educacionales y la adición de nuevos servicios dentro de la comunidad.

d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura O intereses

comunitarios, que puedan afectar los |

sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo.

El proyecto se emplazará en una zona urbana, de predios particulares, campos y poblaciones. Es importante destacar que según el Estudio de Medio Humano (Anexo 10), en el sector donde se emplazará el proyecto no existen familias pertenecientes a alguna etnia o grupo que desarrolle manifestaciones culturales relacionadas con tradiciones que puedan verse afectadas, por lo que, en consecuencia, el proyecto no dificulta o impide el ejercicio o manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social

Conclusión: De acuerdo a los antecedentes presentados en los puntos precedentes, se puede concluir que, de acuerdo al Artículo 7, del Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental, el proyecto no generará reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

Para los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, además de las circunstancias señaladas precedentemente, se considerará la duración y/o magnitud de la alteración en sus formas de organización social particular.

El. Proyecto no tiene la capacidad de alterar significativamente a pueblos indígenas ya que su emplazamiento es en un área urbana.

21

RCA N*291/2018. DIA del proyecto CONDOMINIO VISTA GOLF, Comuna de Temuco

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANIA

5.4.Sobre la inexistencia de localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar

Tabla 5.4 Sobre la inexistencia de localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar

Impacto ambiental No hay Existencia de poblaciones protegidas | No hay Existencia de recursos y áreas | No aplica

protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental

Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no se localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del

SEIA.

Susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, considerando la extensión, magnitud o duración de la intervención en

áreas donde ellas habitan.

La zona de emplazamiento del proyecto, corresponde a un área urbana, que presenta intervención antrópica, aledaña a predios particulares sin calidad indígena. Además, dicho sector no se encuentra protegido por leyes especiales.

Susceptibilidad de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental, se considerará la extensión, magnitud o duración de la

Respecto de recursos protegidos, tomando en consideración la información levanta sobre flora y vegetación, así como las acciones que desarrollará el Proyecto, es posible concluir que el área corresponde a Una zona urbana e industrial sin presencia de especies protegidas o en categoría de conservación.

intervención de sus partes, obras o

acciones, así como de los impactos | Asimismo, no existen humedales protegidos ni glaciares

generados por el proyecto O | susceptibles de ser afectados por el Proyecto, que se

actividad, teniendo en especial | localicen dentro del área de ejecución o próximos a ella.

consideración los objetos de

protección que se pretenden | Finalmente, en relación a territorios con valor ambiental,

resguardar. en el área de influencia no se identificaron otras áreas o territorios con valor ambiental además de los aspectos ya indicados.

5.5. Sobre la inexistencia de alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del

valor paisajístico o turístico de una zona

Tabla 5.5 Sobre la inexistencia de alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona

Impacto ambiental No hay Existencia de valor turístico No Hay Existencia de valor paisajístico No hay

De justificar que en el área o espacio geográfico no existe valor paisajístico ni turístico, se descarta de plano la generación de una alteración significativa de dichos valores.

Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del SEIA:

22

RCA N*291/2018. DIA del proyecto CONDOMINIO VISTA GOLF, Comuna de Temuco

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANIA

A) LA DURACIÓN O LA MAGNITUD EN QUE SE OBSTRUYE LA VISIBILIDAD A UNA ZONA CON VALOR PAISAJÍSTICO.

No aplica - En términos paisajísticos, el sector donde se desarrolla el Proyecto no posee atributos naturales que le otorguen una calidad que la haga única o representativa, dado que el área de emplazamiento corresponde a un sector intervenido antrópicamente en el pasado y de uso urbano. Además, el Proyecto no tiene la capacidad de obstruir la visibilidad de zonas con valor paisajístico.

B) LA DURACIÓN O LA MAGNITUD EN QUE SE ALTEREN ATRIBUTOS DE UNA ZONA CON VALOR PAISAJÍSTICO.

No aplica, el proyecto no se emplaza en una zona de valor paisajístico - cabe destacar que el Proyecto al estar en zona urbana, se localizará en un sector donde se admiten proyectos inmobiliarios, el cual ya presenta habilitación de este tipo de proyectos en su entorno inmediato.

LA DURACIÓN O MAGNITUD EN QUE SE OBSTRUYA EL ACCESO O SE ALTEREN ZONAS CON VALOR TURÍSTICO.

El área del proyecto se encuentra emplazada en un recinto privado, en cuyos alrededores no hay alteración de atributos de una zona con valor turística, como se ha señalado el área de emplazamiento corresponde a un área urbana residencial.

5.6. Sobre la inexistencia de alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural

Tabla 5.6 Sobre la inexistencia de alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural

Impacto ambiental

No se generan impactos ambientales significativos que ameriten la presentación de un ElA.

Existencia de monumentos sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

No existen

De justificarse que en el área o espacio geográfico no existe patrimonio cultural, se descarta de plano la generación o presencia de una alteración de dicho patrimonio.

Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a lo dispuesto en el artículo 10 del

Reglamento del SEIA:

a) La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N*17.288.

De acuerdo al informe de prospección arqueológica adjunto en el Anexo 9, el área de emplazamiento del proyecto corresponde a un sitio intervenido caracterizado por el impacto humano visible donde no se observó evidencias superficiales de carácter patrimonial.

Debe señalarse que en caso de efectuarse algún hallazgo arqueológico durante alguna de las faenas de remoción de tierras deberá procederse según lo establecido en los artículos N 26 y 27 de la Ley N” 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N 20 y 23 del Reglamento de la Ley N2 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir.

b) La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o sitios que

Como se indicó en el punto anterior, de acuerdo, a la información presentada en el Anexo 9 DIA, el proyecto no generará deterioro o modificación permanente de algún

23

RCA N*291/2018. DIA del proyecto CONDOMINIO VISTA GOLF, Comuna de Temuco

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANIA

por sus características constructivas,

por su antiguedad, por

científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al incluido el patrimonio cultural indígena.

patrimonio cultural,

su valor

o lugares.

lugar o sitio que por sus características constructivas, por su antiguedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena, ya que en el área del proyecto se encuentra emplazado en un terreno privado, en el cual no existen tales construcciones

c) La afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas.

loteos

De acuerdo a la información presentada en el informe de medio humano que se adjunta en el Anexo 9-DIA, el proyecto se emplazará en una zona intervenida, aledaña a habitacionales desarrollan actividades o manifestaciones culturales propias de alguna etnia, en especial la mapuche.

particulares,

donde no se

6”. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

Condiciones o

reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación,

selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase - Fase Construcción.

Contenedores con

tapa de 125 L., de capacidad. Residuos No Peligrosos: Zona de acopio temporal delimitada, en el

área de faenas.

consiste en que las condiciones de saneamiento y seguridad eviten un riesgo a la salud de

la población, para ello se presentan los antecedentes técnicos y formales que lo acrediten (formularios y planos de ubicación.)

. Parte, obra o acción . . Organismo Permiso s exigencias para su a que aplica . Competente otorgamiento Art. 140 RSEIA - Permiso [Residuos El requisito para su [Pronunciamiento para la construcción, domiciliarios: otorgamiento conforme Of. Seremi de

Salud N A20-934/2013.

El proyecto incluye la construcción de un sitio de almacenamiento para residuos domiciliarios en la etapa de construcción, el cual deberá ser de capacidad suficiente para contener todos los contenedores, tener piso impermeable, techo y espacio delimitado por medio de paredes, malla divisoria u otro. Lo anterior es requisito para

otorgar el Permiso ¡Ambiental Sectorial. lAdemás, el titular deberá presentar los antecedentes requeridos durante la etapa de

aprobación de proyecto sectorial en esta SEREMI de Salud, posterior a la obtención de la RCA favorable.

24

RCA N*291/2018. DIA del proyecto CONDOMINIO VISTA GOLF, Comuna de Temuco

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANIA

Art .148 RSEIA Permiso para corta de bosque native — Fase de Construcción.

Despeje del terreno

para la construcción

de las oras

El requisito para su otorgamiento

consiste en reforestar o regenerar una

superficie de terreno igual, a lo menos, a la cortada o explotada, con especies del mismo

tipo forestal.

Conforme en base al Of. 22. EA/2018, condicionado a incluir sectorialmente medidas de protección y programa de monitoreo de reforestación.

Art. 142 del RSEIA - El permiso para los sitios de almacenamiento de residuos peligrosos, será el establecido en el artículo 29 del Decreto N*148, de 2003, del Ministerio de Salud, Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos — Fase de construcción.

Bodega de almacenamiento RESPEL.

Tendrá una base

continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos.

Contará con un cierre perimetral de a lo menos 1,80 metros de altura que impida el libre acceso

El requisito para su otorgamiento consiste en que el almacenamiento de residuos en un sitio no afecte la calidad de las aguas, suelo y aire que pueda poner en riesgo la

Pronunciamiento conforme Of. Seremi de Salud N A20- 934/2018.

de personas y

animales. Art. 156 del RSEIA - | la obra consiste en | El requisito para su (Of. Conforme DGA Permiso para efectuar | rectificar el | otorgamiento N578/2018 - Of. Conforme modificaciones de cauce, | recorrido del canal | consiste en no [DOH N 806/2018. será el establecido en el | dentro del | afectar la vida o [Condiciones DGA: relativa

artículo 41 e inciso 1* del artículo 171 del Decreto con Fuerza de Ley N21.122, de 1981, del Ministerio de Justicia, Código de Aguas, siempre que no se trate de obras de regularización o defensa de cauces naturales — Fase de Construcción — Operación.

condominio de manera de no interferir con las edificaciones proyectadas. Esto implica su entubamiento y un nuevo trazado en toda la longitud dentro del proyecto además de la incorporación de obras de captación y descarga al inicio y final del proyecto.

salud de los habitantes, mediante la no contaminación de las aguas

a descarga del agua de la piscina al alcantarillado de aguas servidas, adjuntada en el Anexo 1 de la denda, se debe obtener la factibilidad de conexión a la red de agua potable de la empresa sanitaria ¡Aguas Araucanía S.A., antes de iniciar la construcción del proyecto, para utilizarla en esta fase y en la fase de operación.

25

RCA N%291/2018. DIA del proyecto CONDOMINIO VISTA GOLF, Comuna de Temuco

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANIA

Decreto Supremo N*54/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicacio nes

Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados medianos.

Los vehículos y maquinarias que se utilicen en la

fase de construcción del proyecto circularán en óptimas condiciones mecánicas y con su revisión

técnica al día.

Durante la fase de construcción

Registro de las mantenciones y revisiones técnicas, disponible en la oficina de control del jefe de obras.

Decreto Supremo N*55 del Ministerio de Transporte y Telecomunica- ciones

Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados.

Los vehículos y maquinarias que se utilicen en la

fase de construcción del proyecto circularán en óptimas condiciones mecánicas y con su revisión

técnica al día.

Durante la fase de

construcción.

Registro de las mantenciones y revisiones técnicas, disponible en la oficina de control del jefe de obras.

Decreto Supremo N*211, Ministerio de Transporte y Telecomunica- ciones

Establece normas sobre emisiones de vehículos motorizados livianos

Se exigirá a los

contratistas y empleados

responsables del transporte, que cuenten con sus revisiones

técnicas al día. Señalética para control de velocidad al

interior de la obra

Durante la construcción

Revisión periódica de revisión técnica vigente por el encargado de obra. Revisión periódica de antecedentes de

respaldo donde consten las inspecciones efectuadas a vehículos con carga.

Decreto Supremo N*279, Ministerio de Salud

Reglamento para el control de la emisión de contaminantes de vehículos motorizados de combustión interna

El Titular exigirá que todos los vehículos motorizados, sean sometidos a mantenciones

periódicas y cumplan las normas de

emisión que les sean aplicables.

Durante la construcción

Revisión periódica de revisión técnica vigente por el encargado de obra. Revisión periódica de antecedentes de

respaldo donde consten las inspecciones efectuadas a vehículos con carga.

D. S. N*47 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo

Reglamenta la Ley General de Urbanismo y Construcciones y regula el procedimiento administrativo, el proceso de planificación urbana, el proceso de urbanización, el

Durante la fase de construcción del proyecto, el titular cumplirá con las formas de abatimiento y control

Durante la fase de

construcción.

Cumplimiento de

las medidas propuestas en la Estimación de Emisiones

Atmosféricas.

28

RCA N*291/2018. DIA del proyecto CONDOMINIO VISTA GOLF, Comuna de Temuco

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANIA

proceso de construcción, y los estándares técnicos de diseño y de construcción exigibles en los dos últimos.

Artículo 5.8.3. Establece medidas a implementar para minimizar emisiones en todo proyecto de construcción, reparación, modificación, alteración, reconstrucción o demolición.

establecidas en el capítulo 1.4.8.

D. S. N”4/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunica- ciones

Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control.

Todos los vehículos contaran con la revisión técnica al día, dando cumplimiento a la norma de emisión indicada en este cuerpo legal.

Durante la fase de construcción

Registro de las mantenciones y revisiones técnicas. Disponible en la oficina de control del jefe de obras.

D.S. N*69/1989 del Ministerio de Minería

Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control.

Para el transporte de material se

utilizarán camiones cuya carga promedio será de 27 t. Los vehículos y maquinaria circularán en óptimas condiciones mecánicas y con sus revisiones

técnicas al día.

Durante la fase de construcción

Registro de las mantenciones y revisiones técnicas, disponible en la oficina de control del jefe de obras.

D.S. N*1215/1978 del Ministerio de Salud

Establece las normas mínimas destinadas a prevenir y controlar la contaminación atmosférica, fijando, además las normas primarias de calidad del aire, estando vigentes las referidas a monóxido de carbono (CO), dióxido de azufre (SO2) y dióxido de nitrógeno (NO2).

La norma es aplicable a todo el territorio nacional. Dicha resolución establece las normas de calidad del aire fijando concentraciones máximas para PTS, CO, SO2 y NO2. Sin embargo, el D.S N*110

Para el transporte de material se

utilizarán camiones cuya carga promedio será de 27 t. Los vehículos y maquinaria circularán en óptimas condiciones mecánicas y con sus revisiones

técnicas al día

Durante la fase de construcción

Registro de las mantenciones y revisiones técnicas, disponible en la oficina de control del jefe de obras.

29

RCA N*291/2018. DIA del proyecto CONDOMINIO VISTA GOLF, Comuna de Temuco

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANIA

derogó la norma de PTS

(Partículas Totales); norma de SO2, modificada por el

fue D.S. N112 y la de dióxido de nitrógeno por el D.S N114

la

DTO 8/2015 del Ministerio del Medio Ambiente

Establece Plan de Descontaminación Atmosférica por PM2,5, para las comunas de

Temuco y Padre Las Casas Actualización del Plan de

Descontaminación por MP10, para las mismas comunas.

Establece límite de emisión

de material particulado para proyectos que se sometan el sistema de

Según informe de

estimaciones de emisiones

atmosféricas, el proyecto no

superará el límite de 0,5 ton/año en

su fase de operación, debido al sistema de

Según Art. 58 del DTO 8/2015, se considera la fase de operación del proyecto.

Para la fase de Operación se evaluó la factibilidad de incorporar la prohibición

sugerida, con una propuesta de cláusula que

prohíbe el uso de estufa a leña, la cual se adjunta en el Anexo 6 de la Adenda 1.

Se elaboró un informe en donde se fundamenta de forma técnica, el cumplimiento a lo establecido en el

evaluación ambiental, ración de artículo 32 del PDA límite de emisión que, si es calderas a gas. (D.S. N8/2015 del igualado o superado se MMA), referente a deberá compensar. los parámetros de transmitancia térmica de la envolvente, riesgo de condensación, infiltraciones de aire y ventilación (ver Anexo 1 Adenda 2). Materia: Generación de Ruido Identificación de | establece Forma de Fase de Indicadores de la Normativa cumplimiento cumplimiento | cumplimiento Esta norma establece Informe de los niveles máximos emisiones permisibles de presión o acústicas (Ver sonora corregidos y los La generación de Anexo 8 DIA). criterios técnicos para ruido del proyesta se Me evaluó mediante un | Durante la . D.S. N38/2011 eváluar callit . la Estudio de Impacto | fase de Monitores emisión de ruidos frecuencia

del MMA

molestos generados por fuentes fijas hacia la comunidad, tales como las actividades industriales, comerciales,

Acústico (Ver Anexo 8) en el que se indica el cumplimiento de la normativa aplicable.

construcción y Operación

mensual, según el periodo de tiempo que dure la etapa de construcción, elaborado en base a las estimaciones

30

RCA N*291/2018. DIA del proyecto CONDOMINIO VISTA GOLF, Comuna de Temuco

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANIA

u otras.

recreacionales, artísticas

especificas

establecidas en el D.S. N*38/11 del MMA. Barrera Acústica Perimetral

construida

considerando el uso de tableros de OSB de 15 mm

(densidad

superficial

promedio 11 Kg/m2), lana mineral con espesor de 50 mm como material

absorbente y una malla (o material de mayor densidad) para el recubrimiento de esta.

3 Etapa 1 Sector receptor P1 E2 4 170 Etapa 2 Sector receptores PE1 E3a 3 73 Etapa 3 Sector receptores PE1 E3b 4 174 Etapa 3 Sector receptores PE2 ES 4 158 Etapa 4 Sector receptores PE3 ES 4 130 Etapa 5 Sector receptores PE4 EG 4 180 Etapa 6 Sector receptores PES E7 3.9 200 Etapa 7 Sector receptores PE6 E8 4 235 Etapa 8 Sector receptores PE7 E9 4.4 225 Etapa 9 Sector receptores PE8 E10 4 273 Etapa 10 Sector receptores PE9 E11 4.4 258 Etapa 11 Sector receptores PE10 La empresa entregará 3 A Ñ P . 8 Registro de Establece las exigencias | a los trabajadores los : entrega y relacionadas el | elementos de 0, .00 pa recepción de D.F.L. fomento, protección y | protección personal y o “ : 7 Durante la elementos de N*725/1968 del | recuperación de la salud | equipamientos de o e Ñ . . fase de protección Ministerio de | de los habitantes de la | seguridad, necesarios 0, Ap . construcción | personal, Salud República, salvo | para ejecutar las . . : o disponible en la aquellas sometidas a | actividades de A 5% oficina de control otras leyes. construcción del Ñ del jefe de obras proyecto.

31

RCA N*291/2018. DIA del proyecto CONDOMINIO VISTA GOLF, Comuna de Temuco

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANIA

D. S. N*594/1999 del MINSAL

Establece las condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Artículo 74.

Las principales fuentes de emisión de ruido corresponderán a las actividades relacionadas con movimientos de tierra, circulación de maquinaria y camiones, durante el

Durante la fase de construcción

Registro de entrega y recepción de Elementos de protección personal.

Disponible en la

desarrollo de las oficina de control actividades del jefe de obras. constructivas del proyecto.

Materia: Agua Servida y Agua Potable.

Identificación establece Forma de Fase de Indicadores de

de la Normativa

cumplimiento

cumplimiento

cumplimiento

El Proyecto requerirá

para sus distintas Factura de agua Aprueba el reglamento de instalaciones fases de desarrollo, | Durante la | potable y D.S. N2 50/2003 o instalaciones de agua | fase de | alcantarillado domiciliarias de agua o tad del MOP otable de potable y aguas | construcción | emitido por la P . y servidas respaldadas | y operación empresa Aguas alcantarillado 4 por la empresa Araucanía. sanitaria El suministro de agua para los trabajadores en una primera instancia durante la f construcción se 5 de s ucción Certificado de Reglamento sobre del proyecto, será autorización del D.S N*594/1999 8 o. A provisto mediante | Durante la IO condiciones sanitarias y proveedor de agua del Ministerio agua envasada, | fase de

de Salud.

ambientales básicas en los lugares de trabajo.

utilizando sistema de dispensadores, el cual será reemplazado por agua de la red de agua potable, una vez que se realice la conexión

construcción

potable, factibilidad de agua potable.

respectiva. El proyecto contempla disponer de baños Registro de químicos durante la número de baños Reglamento sobre | fase de construcción uímicos; D.S N'594/1999 | 89" MS " | Durante la | 4YIMICOS o condiciones sanitarias y | del proyecto, Así resolución de del Ministerio : he: 52 fase de “a ambientales básicas en | como también el uso 54 aprobación y de Salud. Ñ a construcción . Ñ los lugares de trabajo. de sistema de funcionamiento de alcantarillado una vez las instalaciones que este esté sanitarias. conectado.

32

RCA N*291/2018. DIA del proyecto CONDOMINIO VISTA GOLF, Comuna de Temuco

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANIA

Materia: Residuos sólidos y líquidos.

Identificación de la Normativa

establece

Forma de cumplimiento

Fase de cumplimiento

Indicadores de cumplimiento

Prohíbe la descarga de

Las aguas servidas que se generen durante la fase de construcción

Registro de la

. serán evacuadas A aguas servidas y ; limpieza de los . . . mediante el uso de 2 o. residuos industriales o a e baños químicos y : y baños químicos, y ] mineros en los ríos y d : retiro de las aguas : serán retiradas por . lagunas, o en cualquier servidas en fase de DEL. otra fuente o masa de | Y"4 empres | orante la construcción N725/1968 del . autorizada que | fase de ] id agua que sirva para az Antecedentes que Ministerio de . cumpla con la | construcción . proporcionar agua ; : 1d acrediten Salud normativa aplicable y | y operación , potable a alguna prestación de o : en la fase de o. población, para riego o ña , servicios por parte o operación serán balneario, sin que antes . . de una empresa vertidas al sistema de Sali se proceda a su p sanitaria para la 0 alcantarillado A, depuración . fase de operación. proporcionado por la empresa de servicios sanitarios. Los residuos líquidos que se generen durante la construcción, del proyecto Registro de la corresponderán a limpieza de los aguas servidas, las que baños químicos y serán manejadas retiro de las aguas mediante el uso de servidas. 1LS. Condiciones sanitarias baños químicos, las Durante la resolución de N594/1999 del ambientales básicas o cuales serán retiradas fase de aprobación y Ministerio de los | de trabai por una empresa % funcionamiento de Salud os lugares de trabajo. autorizada construcción | las instalaciones ambientalmente y sanitarias dispuestos en una (alcantarillado), PTAS, también disponibles en la

autorizada. Así como también a través del

oficina de control del jefe de obras.

uso del sistema de alcantarillado una vez que este esté conectado. Los residuos sólidos ue se eneren Ñ a q g Registro del retiro durante las Ñ Ra de residuos actividades - generados durante constructivas pal Durante la la fase de D.S. 594/1999 Condiciones sanitarias y | proyecto serán pq E Ñ hat s p fase de construcción del del Ministerio ambientales básicas en | manejados a través de » : . 0e: construcción | proyecto. de Salud los lugares de trabajo. áreas específicas para 0, y Operación Documento

ser mantenidos, es decir en la instalación de faenas se dispondrá de una superficie delimitada

disponible en la oficina de control del jefe de obras.

33

RCA N*291/2018. DIA del proyecto CONDOMINIO VISTA GOLF, Comuna de Temuco

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANIA

para mantener los residuos de la construcción (residuos no peligrosos) y en

contenedores con tapa debidamente identificados se mantendrán los residuos asimilables a domiciliarios.

Los residuos de la construcción y los asimilables a domiciliarios serán retirados por una

empresa autorizada y enviados a disposición

final a un relleno sanitario también autorizado. Así también en la fase de operación los habitantes de las viviendas contarán

con contenedores los cuales serán retirados por el servicio de aseo Municipal.

Materia: Residuos Peligrosos.

Identificación establece Forma de Fase de Indicadores de de la Normativa cumplimiento cumplimiento | cumplimiento Establece las | Para la mantención

D.S N”148/2003 del Ministerio de Salud

condiciones sanitarias y de seguridad mínimas a que deberá someterse la generación, tenencia, almacenamiento, transporte, tratamiento, reúso, reciclaje, disposición final y otras formas de eliminación de los residuos peligrosos.

temporal de residuos peligrosos durante la fase de construcción del proyecto se utilizarán contenedores rotulados, los cuales serán manejados en una bodega exclusiva para este tipo de residuos. Posteriormente serán retirados por una empresa de transporte autorizada y dispuestos en un relleno de seguridad también autorizado.

Durante la fase de construcción

Comprobante de retiro de residuos peligrosos por parte de transportistas y destinatarios autorizados. Registro disponible en la oficina de control del jefe de obras.

34

RCA N*291/2018. DIA del proyecto CONDOMINIO VISTA GOLF, Comuna de Temuco

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANIA

Materia: Almacenamiento Sustancias Peligrosas

Identificación de la Normativa

establece

Forma de cumplimiento

Fase de cumplimiento

Indicadores de cumplimiento

NCh. N*382/2004

Establece

una

clasificación general de las sustancias peligrosas

en clase y división.

Esta

clasificación se realiza de acuerdo a los riesgos

inherentes y significativos

más que

presentan las sustancias

para el

transporte

terrestre en territorio

nacional, manipulación almacenamiento

en

su y

asociados al transporte.

Las sustancias serán

clasificadas de acuerdo a esta normativa. Su clasificación estará visible

para disponerlas correctamente en bodegas.

Durante la fase de construcción

Registro de las sustancias peligrosas almacenadas dentro de la obra.

D.S. N*”43/2016 del ministerio de Salud

Reglamento Almacenamiento Sustancias Peligrosa

de de

Las sustancias serán almacenadas en una bodega destinada para este fin, clasificadas según peligrosidad y compatibilidad.

Durante la fase de construcción

La inspección debe ser visual por parte

de la Autoridad fiscalizadora, de igual modo se

mantendrá dentro de la obra una ficha de registro de las sustancias almacenadas, la cantidad y la peligrosidad de estas.

Materia: Vialidad y Transporte.

Identificación establece Forma de Fase de Indicadores de de la Normativa cumplimiento cumplimient | cumplimiento (e) El. proyecto en su etapa de construcción ó za Lo requiere del Registro de control D.S N158/1987 | Fija el peso máximo de : ea ol 4 transporte de | Durante la de camiones. del Ministerio los vehículos que : : : he materiales en | fase de Disponible en la de Obras pueden circular por . s o AL n AÑ camiones, cuyo | construcción | oficina de control Públicas. caminos públicos. . . : tonelaje promedio del jefe de obras. corresponderá a 27 toneladas. El proyecto en su fase de construcción requiere del D.S. N75/1987 transporte de Registro de control del Ministerio Establece condiciones | materiales. El | Durante la de camiones. de Transporte y | para el transporte de | transporte se realizará | fase de Disponible en la

Telecomunicaci ones

cargas.

en camiones con tolva cubierta, cumpliendo de esta forma lo establecido en dicho decreto.

construcción

oficina de control del jefe de obras.

35

RCA N*291/2018. DIA del proyecto CONDOMINIO VISTA GOLF, Comuna de Temuco

REPÚBLICA DE CHILE

COMISIÓN DE

EVALUACIÓN

REGIÓN DE LA ARAUCANIA

D.S. N2 00/93 del Ministerio de Obras Públicas

Establece pesos máximos a los vehículos para circular en las vías urbanas del País

Se dará cumplimiento, no excediendo el peso máximo permitido.

Durante la fase de construcción

Se contara con la ficha técnica de los camiones

indicando el peso máximo permitido.

Materia: Aguas ll

uvias

Identificación de la Normativa

establece

Forma de cumplimiento

Fase de cumplimiento

Indicadores de cumplimiento

Ley No 19.525, Ministerio de Obras Públicas

Regula Sistemas de Evacuación y Drenaje de Aguas Lluvias.

El proyecto contará con

un sistema de evacuación de aguas lluvias.

Los caudales de Aguas lluvias escurrirán en forma superficial por las calles hasta ser interceptadas mediante sumideros, posteriormente a través de colectores se evacuarán hacia Zonas de Infiltración ubicadas en las áreas verdes al interior del Condominio.

Construcción

Obtención de Oficio de aprobación por la entidad correspondiente.

Materia: Patrimonio Cultural.

Identificación de la Normativa

establece

Forma de cumplimiento

Fase de cumplimiento

Indicadores de cumplimiento

Las actividades de construcción del proyecto podrían dar

lugar a hallazgos de elementos o, , s 4 Se comunicará el patrimoniales bajo el hallazgo al subsuelo. En este caso a Ps Gobernador se dará cumplimiento a 2. la normativa Provincial, de Ley 17.288 de : acuerdo a lo ; instruyendo al personal . Monumentos Legisla sobre los Durante la | dispuesto en el a para detener de ñ Nacionales, del | monumentos - . fase de | artículo 26 de la Peli t 4 inmediato las obras en ” Ministerio de nacionales . construcción | Ley sobre ., curso y dar aviso a la Educación a Monumentos supervisión de la faena. . 2. Nacionales y el En forma adicional se , artículo 23 del entrega en la presente Ñ Reglamento de la DIA, un informe de la : 05 citada Ley. prospección arqueológica desarrollada en el área de influencia del proyecto. 36

RCA N*291/2018. DIA del proyecto CONDOMINIO VISTA GOLF, Comuna de Temuco

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANIA

D.S.

N*484/1990 del Ministerio de Educación y Monumentos Nacionales

Reglamento de la Ley N*17.288 sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas.

Durante las actividades de construcción del proyecto y ante la posibilidad de que se encuentre algún elemento de valor arqueológico, antes de iniciar las actividades de habilitación del proyecto, se instruirá a los trabajadores a cerca del procedimiento que se debe llevar a cabo en

caso de encontrar elementos con valor arqueológico durante las faenas de construcción del proyecto.

Durante la fase de construcción

Registro de capacitación a los trabajadores.

Disponible en la oficina de control del jefe de obras.

Materia: Flora y Fauna.

Identificación de la Normativa

establece

Forma de cumplimiento

Fase de cumplimiento

Indicadores de cumplimiento

Ley N*19.473/1996 del Ministerio de Agricultura

Prohíbe en todo el territorio nacional, la caza O captura de ejemplares de la fauna silvestre, catalogados

como especies en peligro de extinción, vulnerable, raro y escasamente

conocido, así como la de las especies catalogadas como

beneficiosas para la actividad silvoagropecuaria.

No se permitirá la caza de ninguna especie por

parte de los trabajadores, para lo cual se impartirán capacitaciones a los trabajadores, por un profesional del área Biológica.

Durante la fase de construcción

Registro de capacitación a los trabajadores.

Disponible en la oficina de control del jefe de obras.

Ley Decreto Supremo N? 5/1998 del Ministerio de Agricultura

Aprueba reglamento de la ley de caza.

Antes de dar inicio a las actividades de construcción del proyecto, se realizará una capacitación a los

trabajadores, respecto de las normas adecuadas para la

protección de la flora y fauna en toda el área que involucra el proyecto.

Durante la fase de construcción

Registro de capacitación a los trabajadores

disponibles en la oficina de control del jefe de obras.

37

RCA N*291/2018, DIA del proyecto CONDOMINIO VISTA GOLF, Comuna de Temuco

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANIA

8”. MEDIDAS RELEVANTES DE LOS PLANES DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS

Tabla Riesgo o contingencia

Golpes eléctricos

Utilizar ropa aislante (zapatos de seguridad, guantes) al momento de operar algún equipo o herramienta eléctrica.

Mantener aisladas y en buen estado todas las conexiones eléctricas.

Volcamientos

Evitar circular por pendientes pronunciadas o a exceso de velocidad.

Evitar la sobrecarga de la maquinaria y camiones. Circular a una distancia prudente dentro del área del proyecto. Mantener la revisión técnica de la maquinaria al día.

El conductor de la maquinaria debe poseer licencia de conducir acorde.

Derrames Hidrocarburos

de

Los camiones de carga con áridos deben circular a velocidad controlada dentro y fuera del predio y con sus mantenciones al día.

No hay trasvase o manipulación de aceites o hidrocarburos dentro del área del proyecto.

Evitar choques o colisiones.

Sismo

Capacitar al personal en relación con los pasos a seguir ante una emergencia.

Mantener las vías de evacuación libre y señalizada.

Asignar personas que estén a cargo de despejar las vías de evacuación.

Asignar personas a cargo del corte del suministro eléctrico, agua ygas.

Incendio

Contar con extintores y la definición de responsabilidades de cómo actuar en caso de emergencia.

Tener los números de las estaciones de bomberos cercanas.

Capacitar al personal en el uso de extintores.

Tabla Emergencia

Golpes eléctricos

Utilizar ropa aislante (zapatos de seguridad, guantes) al momento de operar algún equipo o herramienta eléctrica.

Mantener aisladas y en buen estado todas las conexiones eléctricas.

Volcamientos

Evitar circular por pendientes pronunciadas o a exceso de velocidad.

Evitar la sobrecarga de la maquinaria y camiones. Circular a una distancia prudente dentro del área del proyecto. Mantener la revisión técnica de la maquinaria al día.

El conductor de la maquinaria debe poseer licencia de conducir acorde.

38

RCA N*291/2018. DIA del proyecto CONDOMINIO VISTA GOLF, Comuna de Temuco

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANIA

Los camiones de carga con áridos deben circular a velocidad controlada dentro y fuera del predio y con sus mantenciones al día.

No hay trasvase o manipulación de aceites o hidrocarburos dentro del área del proyecto.

Derrames de Hidrocarburos

Evitar choques o colisiones.

Capacitar al personal en relación con los pasos a seguir ante una emergencia.

Mantener las vías de evacuación libre y señalizada.

Sismo Asignar personas que estén a cargo de despejar las vías de evacuación.

Asignar personas a cargo del corte del suministro eléctrico, agua ygas.

Contar con extintores y la definición de responsabilidades de cómo actuar en caso de emergencia.

Incendio Tener los números de las estaciones de bomberos cercanas.

Capacitar al personal en el uso de extintores.

9”. Que la Comisión de Evaluación Ambiental en su sesión N*7 de fecha 13 de agosto de 2018 Aprueba unánimemente la Declaración de Impacto Ambiental de la DIA CONDOMINIO VISTA GOLF, en atención a la propuesta del ICE elaborado por el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de La Araucanía y citado en el Considerando 2 de la presente resolución.

10”. Que, en la presente aprobación aplican las condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N” 19.300.

10.1. Condición N* 1: Se establece que el titular debe incorporar una cláusula de prohibición de uso de leña para calefacción en los contratos que celebre con los propietarios de las viviendas, para efectos de dar cumplimiento a las condiciones establecidas en el expediente de evaluación de este proyecto. Por cuanto la Resolución de Calificación Ambiental es un acto administrativo de autorización de funcionamiento que acredita cumplimiento de normativa ambiental en los términos y condiciones que se generó la evaluación, en este caso el proyecto no compensó de acuerdo al D.S. N”8/15 por presentar emisiones anuales de material particulado respirable inferiores a 500 kilos año por la vida útil del proyecto, siendo el titular del proyecto el responsable de cumplir con esta condición y la respectiva RCA que lo autoriza a funcionar en los términos que en ella misma se indican.

10.2. Condición N* 2: Conforme a lo establecido en el Plan Regulador Comunal de Temuco vigente, publicado en el Diario Oficial con fecha 2.02.2010, y considerando que el Proyecto se emplaza en la Zona ZM 6, donde parte de un sector se encuentra sujeto a una zona de restricción por productos inflamables ARI-2, se da cuenta que 50 viviendas del Proyecto “Condominio Vista Golf” se encuentran en el Área de Restricción por Productos Inflamables ARI-2, regulada en los artículos 26 y 32 del Plan Regulador Comunal de Temuco, por lo que dicho terreno se mantendrá como una unidad de propiedad del titular y en el futuro, cuando solo cuando le levante la restricción de la ordenanza respectiva, el titular analizará y evaluará en su mérito la pertinencia de construir tales viviendas, las cuales deberán cumplir, en todo caso, la legislación ambiental y toda otra que le sea aplicable.

11”. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del

39

RCA N*291/2018. DIA del proyecto CONDOMINIO VISTA GOLF, Comuna de Temuco

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANIA

Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

12”. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

13”. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

14”. Que, para que la DIA CONDOMINIO VISTA GOLF pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

15”. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de La Araucanía y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

16”. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA de la Región de La Araucanía la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

17”. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2” letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SElA.

18”. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

12, CALIFICAR FAVORABLEMENTE la Declaración de Impacto Ambiental del CONDOMINIO VISTA GOLF, presentado por Inmobiliaria Vista Golf SpA a través de su representante el Sr. Rodrigo Andrés Alonso Bolzoni.

  1. Certificar que el Proyecto CONDOMINIO VISTA GOLF cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

  2. Certificar que el PROYECTO CONDOMINIO VISTA GOLF cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140, 142, 148 y 156 del D.S. N*40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

  3. Certificar que el CONDOMINIO VISTA GOLF no genera los efectos, características o

circunstancias del artículo 11 de la Ley N*19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

40

RCA N*291/2018. DIA del proyecto CONDOMINIO VISTA GOLF, Comuna de Temuco

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANIA

  1. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1. del presente acto.

62, Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el Recurso de Reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N*19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio

de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

ANÓTESE, NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE,

A Y

A + CASAN AYOL BOUCHON Y 2 Y A DENTE/ REGIONAL Cf PRESIDENTE » > A p] 4 ZP + A ASCOMISIÓN DE EVALUACIÓN

== REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

ANDREA FLIES LARA pa DIRECTORA REGIONAL SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL SECRETARIA EJECUTIVA COMISIÓN DE EVALUACIÓN

REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

L/L

“Distribución:

Sr. Rodrigo Andrés Alonso Bolzoni

Gobierno Regional, Región de La Araucanía

Sr. Alcalde Comuna de Temuco

SEREMI de Agricultura, Región de La Araucanía

SEREMI de Bienes Nacionales, Región de La Araucanía SEREMI de Energía, Región de La Araucanía

SEREMI de Salud, Región de La Araucanía

SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de La Araucanía SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de La Araucanía SEREMI Medio Ambiente, Región de La Araucanía SEREMI MOP, Región de La Araucanía

Gobernación Marítima de Valdivia

CONADI, Subdirección Nacional Temuco

CONAF, Región de La Araucanía

DGA, Región de La Araucanía

Dirección de Vialidad, Región de La Araucanía

DOH, Región de La Araucanía

41

RCA N*291/2018. DIA del proyecto CONDOMINIO VISTA GOLF, Comuna de Temuco

REPÚBLICA DE CHILE

COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANIA

SAG, Región de La Araucanía

SEC, Región de La Araucanía

Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, Región de La Araucanía Servicio Nacional Turismo, Región de La Araucanía Consejo de Monumentos Nacionales Subsecretaría de Pesca y Acuicultura Superintendencia de Servicios Sanitarios Superintendencia de Medio Ambiente SERNAGEOMIN, Zona Sur

Archivo Expediente del Proyecto

Archivo Of. De Partes SEA, Región de La Araucanía

RCA N*291/2018. DIA del proyecto CONDOMINIO VISTA GOLF, Comuna de Temuco

42

[OCR parcial: primeras 25 y últimas 15 páginas de 42]