Edificio Carrión
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO
Califica Ambientalmente el proyecto “Edificio Carrión”.
Resolución Exenta N* 126/2018
Santiago, 6 de abril de 2018
VISTOS:
1?. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), admitida a trámite con fecha 14 de julio de 2017, su Adenda de fecha 14 de noviembre de 2017 y su Adenda Complementaria de fecha 13 de febrero de 2018 del proyecto “Edificio Carrión” presentada por Inmobiliaria Paz SpA.
2”. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Edificio Carrión”.
3”. El Acta de Evaluación N* 05/2018 de fecha 08 de marzo de 2018 del Comité Técnico de la Región Metropolitana.
4?. El ICE de la DIA del proyecto “Edificio Carrión” de fecha 12 de marzo de 2018. 5”. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, de fecha 03 de abril de 2018.
6”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Edificio Carrión”.
7”. Lo dispuesto en la Ley N 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N” 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto Exento N? 428, de fecha 11 de marzo de 2018 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la Resolución Exenta N? 279 de fecha 03 de abril de 2017, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, y en la Resolución N 1.600 de 2008, de lá Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
CONSIDERANDO: 17. Que, Inmobiliaria Paz SpA., en adelante, el Titular, ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Edificio Carrión” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
N 2 ñ 'ombre o razón social Inmobiliaria Paz SpA.
us 76.701.870-3 Domicilio Av. Apoquindo 4501, Piso 21, Las Condes - Santiago, Chile Teléfono (+562) 2863 55 63
Nomb á ombre representantes legales Ignacio Alarcón Sepúlveda
Rut representantes legales 10.623.192-3
Domicilio de ambos representantes legales | Av. Apoquindo 4501, Piso 21, Las Condes - Santiago, Chile
Teléfono de ambos representantes legales | (+562) 2863 55 63
Correo electrónico ambos representantes carolina.phillips(Qpazcorp.cl legales
2. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 12 de marzo de 2018, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Metropolitana, ha recomendado aprobar el proyecto, considerando que: + Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable; + Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 132, 140, 142 del D.S. N 40/2012 del MMA;
-
No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
-
Que, en sesión de fecha 03 de abril de 2018, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, acordó calificar favorablemente el proyecto “Edificio Carrión”, aprobando el contenido del ICE de fecha 12 de marzo de 2018, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
-
Que, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
El objetivo del proyecto es proponer una solución habitacional a la demanda existente en el sector, mediante la construcción de un proyecto inmobiliario, el cual considera la construcción de un proyecto con dos edificios habitacionales, los cuales aportarán un total de 667 departamentos, 239 estacionamientos y 108 bicicleteros.
Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones
En efecto, las partes, acciones y obras del Proyecto constituyen un proyecto listado en el artículo 10% de la Ley N*19.300, el que establece en su numeral h), que se deberán someter al SEIA los proyectos que cumplan con algunas de las siguientes condiciones:
“h.1: Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjunto de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características:
- h.1.1: Que se emplacen en áreas de extensión urbana o en área rural, de acuerdo al instrumento de planificación, correspondiente y requieran de sistemas propios de producción y distribución de agua potable y/o de recolección, tratamiento y disposición de aguas servidas;
» h.1.2: Que den lugar a la incorporación al dominio nacional de uso público de vías expresas o troncales;
» h.1.3: Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas; o
» h.1.4: Que consulten la construcción de edificios de uso público con una capacidad para cinco mil (5.000) o más personas o con mil (1.000) o más estacionamientos.”
De acuerdo a lo anterior, el proyecto debe ingresar al SEIA ya que:
. Corresponde a un proyecto de tipo inmobiliario que se ubica dentro del ámbito de la Región Metropolitana, la cual ha sido declarada zona latente para Dióxido de Nitrógeno (NO2) y saturada para Partículas Totales en Suspensión (PTS), Material Particulado Respirable (PM10), Monóxido de Carbono (CO) y Ozono (03). La Región cuenta con el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA), que ha sido dictado conforme al artículo 44 de la Ley Bases del Medio Ambiente.
. El proyecto contempla la construcción de 667 departamentos.
Vida útil
Indefinida
Monto de inversión
US$ 32,6 Millones de dólares
Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución
El acto o faena mínima que dará inicio a la ejecución del proyecto corresponde a las excavaciones masivas.
Proyecto o actividad se | Si | No desarrolla por etapas
(xX] Proyecto o actividad | Si | No modifica un Proyecto o Xx actividad existente Xx] Proyecto modifica otra(s) | Si | No RCA [sólo en caso de Xx que el Proyecto sí [X]
modifique un Proyecto o actividad]
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
El Proyecto se localiza en la Región Metropolitana, Provincia de Santiago, comuna de Independencia, específicamente en el área compuesta por 3 terrenos cuya ubicación es calle Carrión N1507, N1521 y N*1551.
La localización del proyecto se justifica en virtud de la disponibilidad de terreno existente en el sector, el cual ha sido definido para el desarrollo inmobiliario conforme a la planificación territorial, contando actualmente con factibilidad sanitaria otorgada por la empresa Aguas Andinas, actual concesionario sanitario del sector, la que permitirá proveer de agua potable y alcantarillado al proyecto.
División político- administrativa Justificación de la localización
Superficie
La construcción del proyecto “Edificio Carrión” se proyecta sobre un terreno cuya superficie total es de 4.926,10 m?. La superficie total construida corresponde a 38.408,30 m'.
Coordenadas UTM en Datum WGS84
A continuación, se entregan las coordenadas del emplazamiento del Proyecto. Tabla 4.1.1 : Vértices del proyecto, DATUM WGS 84
Vértice Este (m) Norte (m) 1 345.639,244 6.301.118,23 2 345.682,399 6.301.116,49 3 345.688,68 6.301.005,13 4 345.643,075 6.301.005,38
Fuente: Tabla 1-1 de la DIA
Caminos de acceso
El acceso principal al proyecto en etapa de construcción se realizará por calle Carrión. De esta forma, los caminos de acceso más importantes y/o vías más utilizadas para acceder al proyecto corresponden a las
siguientes:
- Desde el Norte: Fermín Vivaceta, Carrión
» Desde el Sur: Fermín Vivaceta, Carrión
» Desde el Oriente: Costanera Norte, Recoleta, Santos Dumont, Carrión
- Desde el Poniente: Domingo Santa María, Fermín Vivaceta, Carrión
Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones
Anexo N5 de la DIA “Planos del proyecto” Anexo N1 de la DIA “Certificado de Informaciones Previas” Anexo N*1 de Adenda “Antecedentes generales” KMZ instalación de faenas
4.3. FASE DE CONSTRUCCION
4.3.1 PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO.
4.3.1 PARTES Y OBRAS
Demolición Previo a la fase de construcción del proyecto se realizó la demolición de estructuras existentes en el terreno, la cual contempló la generación de 2.291 m' de escombros en el proceso | Cierre Se construirá cierre perimetral en los deslindes del proyecto, en base a los muros medianeros existente y reforzados de ser | perimetral necesario, por medio de bastidores 20x20x2 mm sobre pilares 100x100x3, con mallas tipo Raschel en su parte superior hasta
al menos 50 cm sobre el nivel del cierre definido de acuerdo con el estudio de ruido que forma parte de la DIA, el cual será mantenido en buen estado durante todo el transcurso de la fase de construcción. La finalidad de este cierre es evitar la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área del proyecto y sectores circundantes.
Para el frente hacia la calle Carrión se ejecutará un cierre conformado por estructura de bastidores 20x20x2 mm. sobre pilares metálicos 100x100x3, revestimiento continuo de plancha de Zinc de espesor 0.4 mm y adhesivo termo laminado P4 | Anti grafiti, de altura: 4.0 m.
Además se realizará el cierre perimetral del terreno, el cual considerará la instalación de barreras acústicas de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m', para los frentes de trabajo, su altura en el deslinde hacia el deslinde Sur será 45 metros de longitud y 5 metros de altura, mientras que en deslinde Norte, Oriente, Poniente será de 255 metros de longitud y 6 metros, lo que se especifica en tabla 7 de Adenda.
Preparación de | terreno
De manera previa a las excavaciones y relleno, se efectuará el escarpe del estrato superior del suelo en toda la superficie que considera el Proyecto. Cabe mencionar que dicho escarpe se empleará para despejar el terreno, cuyos residuos serán
3
dispuestos en un botadero previamente establecido y autorizado por el organismo del Estado con competencias. Se estima que el volumen generado por esta actividad corresponderá a 986 m'. Al respecto, se deberá mantener en obra las boletas y/o facturas emitida por el receptor final de dichos residuos para acreditar su cumplimiento, dicha información deberá estar disponible para consulta de los organismos del Estado con competencias en fiscalización. Para mayor detalle ver el informe Actualizado de la Estimación de Emisiones Atmosféricas del Anexo 3.1 de la Adenda
Instalación de faena
Durante esta actividad, se incorpora el establecimiento de cierres y elementos temporales, tales como bodegas, oficinas,
comedores, servicios higiénicos, letreros de obras, además de instalaciones provisorias de electricidad, alcantarillado y agua |
potable.
Respecto a las características constructivas, éstas corresponderán a instalaciones modulares del tipo container, cuya estructura será de perfiles de acero de diversas secciones y espesores conforme al tipo o modelo de container utilizado.
Para mayor detalle revisar Plano de Instalación de Faenas del Anexo 1.5, adjuntos en la Adenda.
Excavación
Primero se realizará la actividad de Socalzados de manera de generar un refuerzo estructural de las fundaciones que considerará el Proyecto, con el objetivo de mejorar o mantener su estabilidad y/o traspasar las cargas a una cota más profunda.
El material proveniente de las excavaciones será inmediatamente cargado sobre camiones, para luego ser vendidos a empresas autorizadas para su comercialización.
El titular mantendrá en el frente de trabajo un registro de la cantidad retirada y las boletas y/o facturas del recetor final.
La cantidad de material estimada a extraer será de 16.128 m' (valor modificado que se justifica con la corrección del |
porcentaje de esponjamiento, el cual se presenta en detalle en Anexo 3.1 y Anexo 3.5 de la Adenda)
| Construcción de
En primer lugar, se considerará la ejecución de fundaciones con el fin de otorgar un elemento estructural de transferencia de las cargas que considera el Proyecto al terreno.
Luego se considerará la actividad de moldaje que corresponderá a un conjunto de elementos dispuestos de forma tal que | cumplen con la función de moldear el hormigón fresco a la norma y tamaño especificado, controlando su posición y |
alineamiento dentro de las tolerancias exigidas.
Para el Proyecto, se considerarán elementos metálicos, madera o similar, su instalación se realizará procurando asegurar que |
no se deforme desde el momento del montaje hasta el descimbre. En estos deberán quedar colocados los elementos de anclaje y/o instalaciones que estarán incorporados o empotrados en las estructuras resistentes de hormigón. Cuando el
moldaje se use en reiteradas ocasiones, se deberá tomar la precaución de mantener limpia y lisa su superficie, eliminando |
aquellas protuberancias originadas por el hormigón. Posteriormente se instalarán las obras de saneamiento y evacuación de aguas lluvias, y obras de suministro sanitario en general.
Corresponderá a la ejecución de las terminaciones en los diferentes niveles tendientes a habilitar los recintos para su uso, destacando actividades de pavimentado de interiores comunes y departamentos, revestimiento de muros, artefactos, pinturas, aislaciones, etc.
| Obra Gruesa
|
|
| Terminaciones Bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos
Descripción: Se dispondrá al interior de la instalación de faenas una bodega para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos.
Las características de la bodega se presentan a continuación:
Muro exterior:
e Tabique perimetral de yeso-cartón (Volcanitad 15 mm ST; Malla Metálica, Mortero; Enchape Cerámico, '
AislanglasQ R122) con una densidad media aparente de 14 kg/m? con resistencia F-60 según lo indicado en el Listado oficial de Comportamiento al Fuego de Elementos y Componentes de la Construcción, MINVU - DITEC, Edición 14-1,marzo de 2014,
e Enchape interior de planchas de zinc de 0,35 mm de espesor (delgada lámina de acero recubierta por ambas caras con una aleación de aluminio y zinc), impermeables, resistentes a la corrosividad, incombustible y con una resistencia F-15.
e Altura será de 1,7 m.
Cubierta:
e Planchas onduladas de fierro Zinc - Alum Toledano de 0,35 mm de espesor,
e Cumbrera metálica tipo caballete de 0,35 x 2 m,
Con alerón de 40 cm por sobre el cierre perimetral de la bodega, y resistencia F-15. Lana mineral “aisland” 50 mm de densidad media aparente de 80 kg/m,
Perfil de acero galvanizado CA de 60x38x6x0,85 (0) 0,4 m,
Plancha fibrocemento de 6 mm, Látex fachada terminación color blanco,
Hacia el interior se colocará doble plancha volcanita ST 15 mm.
Plancha fibrocemento de 6 mm, Látex fachada terminación color blanco.
Tabique F-15 interior:
e Volcanita ST 10 mm,
e Lana mineral “aisland” 50 mm de densidad media aparente de 40 Kg/m3,
e Perfil de acero galvanizado,
e Plancha fibrocemento de 6 mm, Látex fachada terminación color blanco.
Radier: e Hormigón cepillado H-20, e Impermeabilización en IGOL DENSO para prevenir lixiviación. Ventilación: e Natural, por medio de abertura entre el cierre perimetral y el techo, que permita la circulación natural del aire. e La abertura será cubierta con malla acma para evitar el ingreso de animales y/o aves. Fijación malla Acma:
Plancha fibrocemento de 6 mm, Látex fachada terminación color blanco, Malla acma soldada a perfil, Angulo 50x50x3 mm, e Volcanita ST 10 mm. Huminación: e Natural por medio de aberturas en la bodega. Señalización: o Señalética por medio de carteles que indiquen el tipo de bodega (ej.: "Residuos Peligrosos"), y rombos de peligrosidad de acuerdo con lo indicado en la Norma Chilena NCh 2.190 Of 2003. + Además, se contarán con las Hojas de Datos de Seguridad de los residuos almacenados en el exterior de la bodega y en las oficinas de la instalación de faenas. Contenedores: + Contenedores de 200 L, de acero resistente al fuego y hermético para evitar eventuales filtraciones. + _ Todos se encontrarán debidamente señalizados según el residuo a almacenar y de acuerdo a la NCh 2190 Of. 2003
Sector de ¡ contenedores de residuos sólidos domiciliarios
Espacio destinado para el almacenamiento transitorio de residuos sólidos domiciliarios, con la finalidad de ser enviados de manera posterior a los destinatarios autorizados, cumpliendo con los estándares y plazos establecidos en la normativa vigente. Los residuos serán retirados con una frecuencia de 3 veces por semana por el servicio municipal de la comuna. Estos residuos se almacenarán en contenedores con tapa hermética y dentro de bolsas plásticas para evitar la proliferación de vectores de interés sanitario (moscas, mosquitos y ratones). El piso del sector destinado a la bodega considerará la impermeabilización del suelo por medio de polietileno de alta densidad y/o plástico para evitar infiltraciones desde los contenedores.
Bodega Común de almacenamiento de materiales
Producto del uso de sustancias peligrosas durante la fase de construcción, se instalará una bodega de almacenamiento, en la cual no se podrá realizar mezclas ni re-envasado de sustancias peligrosas.
La bodega será cerrada en su perímetro por muros o paredes sólidas, resistentes a la acción del agua, incombustibles, con piso sólido, liso e impermeable, no poroso.
Su diseño y características de construcción se ajustarán a lo señalado en la normativa vigente y en la OGUC.
Las características del lugar de almacenamiento de sustancias peligrosas presentan las siguientes características:
-
El piso será impermeable y resistente a la sustancia almacenada.
-
La zona de almacenamiento tendrá acceso controlado.
-
La bodega de sustancias peligrosas contará con un sistema de contención de derrames mediante materiales absorbentes, | además de un sistema manual de extinción de incendios, a base de extintores.
-
Los envases menores o iguales a 5 kg o litros y los de vidrio, se encontrarán en estanterías de material no absorbente, liso y lavable, con barras antivuelco, con control de derrames y ventilación para evitar la acumulación de gases en su interior.
-
Se contará con las hojas de seguridad de cada una de las sustancias almacenadas, disponibles para quienes las manejan.
En la obra se dispondrá de un registro escrito o electrónico en idioma español de las sustancias almacenadas, registro que estará a disposición del personal que trabaja y/o transita en la bodega, como también de los organismos del Estado fiscalizadores y de bomberos. Una vez utilizadas las sustancias, los envases serán almacenados como residuos peligrosos en la bodega de almacenamiento temporal.
Zona de acopio de escombros
Corresponderá a la ubicación para almacenar temporalmente los escombros. Estos serán retirados según necesidad a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana, manteniendo un registro (boleta, factura u otro documento) en obra de dicho procedimiento. El transporte se llevará a cabo en camiones que contarán con lonas (encarpados), para impedir la dispersión de material al aire o caída de escombros.
4.3.1.2 ACCIONES
' Nombre
Descripción
Carga y descarga
Las actividades de carga y descarga se efectuarán mediante el uso de excavadora, retroexcavadora o minicargador en | camiones tolva, considerando las siguientes acciones:
-
Se humectarán como mínimo dos veces al día las áreas de movimiento de tierra y circulación interna, y se cubrirán las pilas de tierra, con lona o malla Raschel.
-
Se instalarán barreras perimetrales con doble capa, con malla Raschel de altura suficiente para contener emisiones.
-
Se exigirá que todos los vehículos utilizados en faena se encuentren con sus mantenciones y revisiones técnicas al día.
El transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado), manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humedecer la carga en caso de ser | necesario.
| Flujos vehiculares
Cabe indicar que durante la construcción se contará con todas las medidas de seguridad vial necesarias para la seguridad de peatones y vehículos que circulen por calle Carrión, además de implementar medidas que permitan la libre circulación de los peatones y residentes del sector, tales como: | - Señalizaciones de transito reglamentarias e informativas, señales de advertencia de peligro de las obras, las que se mantendrán día y noche;
-
Bandereros durante la operación de vehículos de carga;
-
Barreras, mallas de protección, restricción de estacionamiento de camiones en la vía pública, y dispositivos de seguridad para proteger a los peatones durante todo el periodo que duren las obras. El proyecto no utilizará la calle ni la vereda que enfrenta, salvo para la construcción de las obras de acceso al proyecto (periodo acotado que dura como máximo 2 semanas). Durante la fase de construcción, el flujo máximo de entrada y/o salida de camiones se presentará durante las actividades de hormigonado y excavaciones que contemplan como máximo 8 camiones por hora en conjunto (para hormigonado exclusivamente se estima un máximo de 3 camiones por hora), pero esto se da en distintos periodos, lo cual no afectará ni la
libre circulación ni los tiempos de desplazamiento de los peatones que utilizan la acera, para ello se programará la mejor | manera para el ingreso de camiones de hormigón y la máquina excavadora fuera del horario punta para no intervenir el | tráfico actual.
Movimiento de
maquinarias y equipos
Para la ejecución de las obras durante la fase de construcción será necesario contar con maquinaria acorde, para ello se arrendarán a empresas especializadas. Se estima la utilización de la siguiente maquinaria:
Tabla 4.6.1.2.1: Lista de Maquinaria a utilizar en Fase de construcción
Maquinaria Combustible Actividad i Excavadora Diésel MT | Minicargador Diésel MT+0G+T | Retroexcavadora Diésel MT | Placa compactadora Diésel OG | Bomba hormigonera Diésel OG | Camión tolva Diésel MT+0G+T : Camión mixer Diésel OG+T
Camión plano Diésel OG+T
Camión pequeño Diésel OG+T
Grúa torre Eléctrico OG
Vibrador de inmersión Eléctrico OG
Rotomartillo Eléctrico OG+T
Soldadora Eléctrico OG+T
Elevador plataforma Eléctrico OG+T
Esmeril angular Eléctrico OG+T
Fuente: Adenda, tabla 9 lista de maquinarias. !
Recepción de
La etapa de la recepción de los edificios de departamentos contempla la corrección de terminaciones finas y la tramitación |
de agua potable
las obras de la recepción final municipal y respuestas a observaciones realizadas por la DOM. | 4.3.2 SUMINISTROS BASICOS | Nombre Descripción | Alojamiento Durante la fase de construcción no se contempla la pernoctación de trabajadores en el área del proyecto, esto se debe a la | SJRnnsn ubicación de éste y su accesibilidad dentro de la ciudad de Santiago. La alimentación será responsabilidad de cada trabajador presente en obra, los cuales llevarán sus propios alimentos. Alimentación El Titular se compromete a instalar un comedor que cumpla con las exigencias establecidas en el D.S.N594/1999 del MINSAL, además de facilitar los medios para calentar los alimentos. El proyecto no contempla el transporte de los trabajadores a la obra, debido a que ésta se encuentra ubicada en un lugar de | Transporte de 57 ñ | | fácil acceso dentro de la Región Metropolitana. | El agua potable utilizada en la fase de construcción provendrá la red existente, provisionada por la empresa Aguas Andinas, | la cual es la actual concesionaria del sector. En el Anexo 3 de la DIA, se adjunta la Factibilidad Sanitaria. l En relación a las aguas servidas, se realizarán instalaciones sanitarias las cuales serán conectadas a la red de alcantarillado | existente, cumpliendo en todo momento con los requisitos estipulados en el D.S. N594 “Reglamento sobre las Condiciones era! Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo”. Abastecimiento
Adicionalmente, se contará con baños químicos en los sectores más alejados de la instalación de faenas (a más de 75 m), lo cual se produce durante los trabajos de la obra gruesa en altura. Las aguas servidas generadas por estos, serán dispuestas en lugares autorizados y estará bajo la responsabilidad de la empresa contratista encargada de la limpieza de los baños | químicos, sin perjuicio de lo anterior, el titular exigirá a dicha empresa las autorizaciones correspondientes. Una vez
realizada la conexión a la red de alcantarillado su disposición será a través de la misma, para lo cual se realizarán las | tramitaciones y conexiones pertinentes.
| Aguas lluvias
Durante la fase de construcción las aguas lluvias serán infiltradas según condiciones naturales del terreno, no se realizarán obras asociadas a su manejo ni intervención de ningún tipo.
Servicios Sanitarios
El proyecto dispondrá de baños químicos para los trabajadores de manera provisoria, para las faenas a ejecutarse en altura, durante la fase de construcción en la cantidad que corresponda según la normativa vigente D.S. N594/1999 del Ministerio de Salud (MINSAL), los que serán retirados y mantenidos por una empresa autorizada exigiendo al Contratista la | documentación que acredite que el vertido se efectuará en un lugar autorizado. Esta implementación dará cumplimiento con las disposiciones establecidas en los arts. 24, 25 y 26 del D.S. N594/1999 modificado por D.S. N*201 de 2001 ambos del MINSAL, sobre las “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”, con relación a que:
- El número mínimo de artefactos se calculará en base a la tabla del art. 23 del citado D.S.
-
Los baños químicos no podrán estar instalados a más de 75 m del área de trabajo.
-
Se deberá acreditar el punto de descarga de las aguas servidas, manteniendo en las obras copia de la factura u otro documento que acredite la disposición adecuada de los mismos y/o copia del Convenio del Uso de Colectores suscrito con la | respectiva empresa sanitaria, que autoriza dicha descarga, estableciéndose que el transporte, habilitación y limpieza de los baños químicos será responsabilidad del empleador.
En la instalación de faenas, los servicios higiénicos estarán conectados a la red de agua potable y alcantarillado existente, según la factibilidad adjunta en el Anexo 3 de la DIA.
Sin perjuicio de lo anterior, en altura y en los frentes de trabajo ubicados a más de 75 m de la instalación de faenas se mantendrán baños químicos.
Abastecimiento eléctrico
La energía que se utilizará en la fase de construcción será provista por medio de empalme a la red eléctrica existente, el cual | se encuentra habilitado en la actualidad.
Se utilizará un grupo electrógeno solo para el período inicial de construcción de los edificios, específicamente para la utilización de las grúas, los cuales contarán con una potencia de 100 kVA. La utilización del grupo electrógeno será de carácter temporal, condicionado a la habilitación del empalme eléctrico en el área.
Abastecimiento Combustible
La recarga de combustible para las maquinarias se realizará diariamente mediante la estación de servicios más cercana, o aquella con la cual se realice un convenio de suministro.
No obstante lo anterior, se considera mantener un almacenamiento provisorio en obra para un máximo de 220 L de petróleo diésel debido al funcionamiento del grupo generador. Para ello se dispondrá de una bodega habilitada exclusivamente (bodega de combustible), la cual contará con radier de hormigón, polietileno de alta densidad, arena para contener derrames, | ventilación natural, acceso restringido y las señalizaciones correspondientes según la NCh 2190 of. 2003.
Maquinarias y equipos
Los equipos y maquinarias que se utilizarán en esta fase del proyecto serán arrendados a empresas proveedoras.
Tabla4.6.2.1. : Listado de Maquinaria a utilizar en fase de construcción
Maquinaria Unidades Potencia/consumo Combustible Actividad Minicargador 1 74 HP Diésel Obra Gruesa Excavadora 1 137 HP Diésel Movimiento de Tierra y
Excavaciones Retroexcavadora 1 S6kW Diésel Movimiento de Tierra y Excavaciones Cargador Frontal 1 74 HP Diésel Movimiento de Tierra y Excavaciones Bomba Hormigón 1 43 kW Diésel Obra Gruesa Camión Batea 1 350 HP Diésel Movimiento de Tierra y Excavaciones/ Obra Gruesa Camión mixer 1 380 HP Diésel Subterráneo/Obra Gruesa Grupo electrógeno 1 100 KkVA Diésel 2 primeros meses Grúa 2 SOKVA Eléctrico AOS Vibrador eléctrico 3 2.8 kW Eléctrico SAnamEsa Rottomartillo 2 0,8 kW Eléctrico Obra Gruesa / Terminaciones Demoledor 2 14A Eléctrico Obra Gruesa Cincelador 2 3600 rpm Eléctrico ap Gress Atomillador eléctrico 3 0,7kW Eléctrico coil Terminaciones Soplador 2 0,8 kW Eléctrico Obra Gruesa / Terminaciones Pistola impacto calibre 4 0,85 kW Eléctrico Obra Grises 27 Terminaciones Esmeril Angular 2 0,9 kW Eléctrico Obra Gruesa / Terminaciones Aspiradora luster 3 0,1 kW Eléctrico Terminaciones Compresor eléctrico 2 1 HP Eléctrico Pe OEA Maquina solar 1 200 A Eléctrico Gbra Gruesa
Fuente: Tabla 1-8 de DIA
Áridos
Dadas las buenas condiciones del terreno y que las excavaciones se hacen con alto grado de precisión no hace necesario realizar rellenos controlados que requieran de áridos.
Sólo se consideran un volumen de 5 m” en caso de ser necesaria la realización de nivelaciones menores.
| Hormigón
Se proveerá de hormigón premezclado para la materialización de la obra, el cual será trasladado en camiones mixer desde la empresa proveedora contratada para dichos fines hasta las instalaciones de faenas.
Cabe señalar que en los contratos de los proveedores de hormigón se establece que la obra deberá hacer lavado de canoa del camión. Por lo tanto, se realizará lavado de este elemento al interior de la obra.
Para tal efecto, los restos de lechada procedentes del lavado de los camiones serán encauzados hasta unos tambores, donde se dejará secar la mezcla hasta que el agua evapore. Los restos de hormigón presentes en el tambor serán tratados como residuos de escombros, y retirados por contratistas autorizados por la SEREMI de Salud y dispuestos en lugares aptos para | este tipo de residuos. Se mantendrá un registro en obra a través del cual se acredite su disposición final. El abastecimiento de | agua para el lavado de los camiones mixer detallado anteriormente, provendrá de la red pública. El Titular se compromete a que, no se efectuarán labores de lavado de los mezcladores, ni de ruedas en el espacio público, dando cumplimiento al Cap. 8, Art. 5.8.3. N de la O.G.U.C.
4.3.3 RECURSOS NATURALES RENOVABLES |
De acuerdo a las características del proyecto descritas en los párrafos precedentes, se indica que el proyecto no contempla la extracción o explotación de recursos naturales renovables.
4.3.4 EMISIONES Y EFLUENTES | 4.3.4.1] EMISIONES A LA ATMOSFERA 1
Nombre Descripción Tabla4.6.4.1.1: Estimaciones Atmosféricas fase de construcción Contaminante Origen Año 1 Año 2 Límite PPDA (ton/año) (ton/año) (ton/año) MP10 Re-Suspensión 0,642 0,142 - Emisiones - | atmosféricas combustión 1,049 0,108 2,5 | anuales del Total 1,691 0,250 3 proyecto l NOx Combustión 3,335 1,345 8 | | SOX Combustión 0,001 0,001 50 |
Fuente: Anexo 3.1 de Adenda “Actualización de Estimación de Emisiones”
4.3.4.2 EMISIONES LÍQUIDAS O EFLUENTES
Nombre
Descripción
Residuos líquidos
Los residuos líquidos generados durante la etapa de construcción corresponden a:
» Residuos líquidos domiciliarios » Residuos líquidos industriales
Los residuos del tipo domiciliario son aquellos asociados al manejo de los baños instalados en faenas y en obra, los cuales se estiman que serán del orden diario de 28 m' para el periodo de máxima demanda (186 trabajadores), considerando una dotación de 150 L/personas/día.
Se contempla la generación de residuos líquidos industriales provenientes del lavado de ruedas de camiones mixer que abandonen el área de trabajo. El sistema que se implementará para el lavado de neumáticos consistirá en un pavimento impermeabilizado con pendientes, que encauce de manera gravitacional los efluentes a una cámara recolectora decantadora. Dicha cámara contará con capacidad suficiente para evitar derrames, cuyos residuos serán retirados por contratistas autorizados por la SEREMI de Salud y dispuestos en lugares aptos para este tipo de residuos. Se mantendrá un registro en obra a través del cual se acredite su disposición final.
Es importante señalar que en terreno no se realizarán actividades de lavado de maquinarias y equipos, trasvasije de | combustibles, aceites u otros. Todas estas actividades serán realizadas por las empresas responsables de las maquinarias en | lugares habilitados (externos al sitio de faena), para esta función.
No se considera el almacenamiento permanente de combustible en obra, no obstante, en caso de derrames accidentales de combustible que pudieran generarse producto de la falla de algún equipo u otra fuente, se tendrá en consideración el procedimiento indicado en el Plan de Contingencia indicado en el acápite 1.8.1 de la DIA.
Cabe destacar y tal como se señaló anteriormente (cuadro 4.3.2 del presente documento), se considera mantener un | almacenamiento provisorio en obra para un máximo de 220 L de petróleo diésel debido al funcionamiento del grupo generador a utilizar durante los primeros dos meses de la construcción del proyecto.
Ñ ; : . | Una alternativa complementaria al lavado de ruedas corresponde a una solución mecánica por medio de resaltos en el |
pavimento a la salida de la obra que permita que el barro adherido a las ruedas se desprenda. El barro que se desprenda será recogido y dispuesto con los residuos de excavaciones y/o escombros, para luego ser llevado a un sitio de disposición final autorizado.
Para garantizar que el agua del lavado de las ruedas de los camiones, no contengan residuos peligrosos tales como aceites | hidráulicos o combustibles, se mantendrá en obra el registro asociado a las mantenciones de cada uno de ellos con la finalidad de asegurar que no existan derrames de algún tipo al interior de la obra y que pudiesen verse adheridos a las ruedas de los camiones.
4.3.4.3 EMISIONES DE RUIDO
| Nombre Descripción Dado que los niveles de ruido estimados durante las actividades de demolición, construcción y operación exceden el límite establecido por el D.S. N”38/11 del MMA, a continuación, se indican los puntos receptores estimados con medidas de control que consisten en la implementación de barreras acústicas, barreras acústicas modulares, cierres de vanos, restricción de maquinaria y otras medidas de gestión, orientadas a cumplir con la normativa vigente. Tabla 4.6.4.3.1: Evaluación normativa sobre receptores con medidas de control Punto NPS [dBA] Medidas de Mitigación Demolición RI 57 e Barreras Acústicas Fijas R2 59 o Restricción de Maquinaria R3 59 Demolición R4 33 e Barreras Acústicas Modulares Móviles y RS 9 . ñ e Pantallas Acústicas R6 50 Excavación RI 55 e Barreras Acústicas Fijas R2 56 o Restricción de Maquinaria | R3 56 Demolición ¡: Ruido as Rá 48 e Barreras Acústicas Modulares Móviles y ze se e Pantallas Acústicas R6 s0 R7 Sí Obra gruesa y terminaciones RI 55 e Barreras Acústicas Fijas, R2 34 Modulares R3 54 e Móviles y Pantallas Acústicas R4 51 e Restricción de Maquinaria R5 55 e Túnel para Camión Mixer R6 47 e Cierre de Vanos en altura R7 60
Fuente: Tabla 22 de Adenda “Emisiones de Ruidos y vibraciones generadas por el Proyecto.
Con la correcta implementación de las medidas de control, los niveles estimados de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N'38/11 del MMA durante las faenas de demolición, excavación y obra gruesa y terminaciones.
4.3.4.4 EMISIONES DE RUIDO Nombre Descripción A continuación, se presenta la evaluación de los niveles de vibración estimados para las distintas faenas del proyecto Tabla4.6.4.4.1: Evaluación niveles de vibración
. . Punto NPS [dBA] ¿Cumple?
Vibraciones Demolición | RI 0,05922 0,2 Sí
R2 0,10880 0,2 Sí
R3 0,10880 0,2 Sí
R4 0,01857 0,2 Sí
RS 0,10880 0,2 Sí
R6 0,01426 0,2 Sí
Excavación
R1 0,07441 0,2 Sí
R2 0,13671 0,2 Sí
R3 0,13671 0,2 Sí
R4 0,02333 0,2 Sí
R5 0,13671 0,2 Sí
R6 0,01792 0,2 Sí
R7 0,13671 0,2 Sí
Obra gruesa y terminaciones
R1 0,07066 0,2 Sí
R2 0,12981 0,2 Sí |
R3 0,12981 0,2 Sí | | R4 0,02216 0,2 Sí |
RS 0,12981 0,2 Sí |
R6 0,01702 0,2 Sí |
R7 0,12981 02 Si |
Fuente: Tabla 22 de Adenda “Emisiones de Ruidos y vibraciones generadas por el Proyecto. |
|
| A su vez, el manual “Transportation and Construction Vibration Guidance Manual” de la California Department of | Transportation (Caltrans) de Estados Unidos (2013), presenta en su capítulo 6: “Vibration Criteria” los criterios de respuesta humana para vibración continúa, con un límite PPV de 0,2 (in/sec) asociada a “molestia” (el cual pudiese tener riesgo en la salud), y que como se observa en la tabla anterior, las vibraciones generadas presentan cumplimiento.
4.3.5 RESIDUOS 4.3.5.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS
Nombre Descripción
Durante la fase de construcción se generarán los siguientes residuos sólidos:
Tabla4.6.5.1.1: Residuos sólidos fase de construcción
Tipo de Residuo Descripción Manejo de Residuo Disposición final Camntidad generada Domiciliarios y | Durante la fase de construcción | Almacenamiento Traslado a sitios | 0,74 m'/día en el Asimilables a | se contempla la generación de | temporal en | autorizados por la | momento de Domiciliarios residuos asimilables a | contenedores con tapa | SEREMI de Salud | máxima domiciliarios generados por el | y herméticos ubicados | de forma semanal, | demanda de personal presente en obra, estos | dentro de la obra, estos | por medio de | trabajadores residuos provendrán | serán retirados con una | camiones (186 principalmente de los | frecuencia semanal. habilitados para | trabajadores.) Residuos comedores. estos fines. sólidos Dichos residuos serán almacenados de forma
transitoria en contenedores con tapa especialmente destinados para ellos y al interior | presentarán bolsas plásticas, | para evitar la proliferación de | vectores de interés sanitario I (tales como moscas, animales,
roedores). | Escombros A su vez se contempla la | Almacenamiento Traslado a sitios 22 mé/semana l generación de escombros, tales | temporal en | autorizados por la
como fierros, maderas, cartones | contenedores ubicados | SEREMI de Salud
10
y restos de hormigón principalmente. Estos residuos serán
almacenados a granel de forma transitoria en un sitio destinado especialmente para ello al interior de la instalación de faenas, el cual se encontrará claramente delimitado y señalizado.
Si bien se considera fomentar la reutilización de los residuos producidos dentro de la obra, el proyecto no contempla la habilitación de un sector de acopio para la fracción valorizable de los residuos (o patio de salvataje).
dentro de la obra, los que serán retirados con una frecuencia semanal.
de forma por medio de camiones habilitados para estos fines.
semanal,
Residuos
(Excavaciones Escarpe)
Inertes de la Construcción
Y
Debido a la construcción de las obras asociadas al proyecto, se generarán residuos producto de las excavaciones y escarpe. El proyecto no considera una zona para acumular temporalmente este tipo de residuos, por lo que serán inmediatamente cargados sobre camiones, para luego ser vendidos a empresas autorizadas para su comercialización. En el caso de que esto no sea factible, el
material producto de la excavación será llevado a sitios de disposición final autorizados.
Además, en obra se mantendrá un registro de la disposición final de estos residuos generados en la etapa de construcción, el cual será emitido por la empresa encargada de la disposición final cada vez que se genera el traslado de dichos residuos. El encargado de mantener el registro en obra será designado por el Titular y se encontrará disponible para su revisión cada vez que la Autoridad Ambiental lo solicite.
No se realiza almacenamiento en obra, el material es directamente cargado sobre camiones y transportado a sitio de disposición final.
Traslado a sitios
autorizados por la SEREMI de Salud de forma semanal,
durante la duración de las actividades de excavación.
Excavación: 16.128 m totales
Escarpe: 1.000 mé
totales
Fuente: Punto 1.5.8.1 de la DIA
4.3.5.2 RESIDUOS PELIGROSOS
Nombre Descripción Se generarán residuos del tipo peligroso consistente principalmente en diluyentes, restos de pinturas al óleo, entre otras. En una cantidad de 2.181 litros totales.
Residuos Este tipo de residuos no se mezclará por ningún motivo con los residuos de escombros o inertes, para ello se dispondrán en |
peligrosos una bodega especialmente destinada para ellos. Así se evitará que en los sitios de disposición final pudiesen causar detrimento en la calidad de la napa por lixiviación o lavado de suelo en el mismo sitio. Su retiro se realizará cada 6 meses. La cantidad generada Lo señalado anteriormente, se llevará a cabo según lo establecido en el D.S. N148/03 del MINSAL.
Referencia al | Capítulo IV del ICE, punto 4.6 Fase de Construcción
ICE para
mayores
detalles sobre
esta fase
4.4. FASE DE OPERACIÓN
4.4.1 PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO.
11
4.4.1.1 PARTES Y OBRAS.
El proyecto contará con sala eléctrica, sala de bombas, sala de basura, hall acceso, sala de caldera, piscina, salas comunes, gimnasio, zonas
verdes y quinchos.
4.4.1.2 ACCIONES.
Nombre Descripción Entrega de los La fase de operación da inicio con la firma de la primera escritura de traspaso de las viviendas a los futuros propietarios, a | departamentos partir de ese momento la operación pasa a estar a cargo de ellos a través de su comité de administración y Administrador, sin
perjuicio de las responsabilidades legales que tenga el Titular respecto del cumplimiento de la RCA y otras normas atingentes.
Mantenciones y Conservación
Las actividades de mantención y conservación estarán asociadas al cumplimiento normativo del correcto funcionamiento de los equipos instalados en los edificios, considerando: grupos electrógenos, ascensores y sistema eléctrico, entre otros. Por lo que la mantención deberá ser desarrollada por el personal o empresas competentes y autorizadas de acuerdo con las especificaciones de los equipos.
Por otro lado, mantener en buen estado las áreas comunes del edificio es responsabilidad de los propietarios de las viviendas y de la administración del edificio.
4.4.2 SUMINISTROS BASICOS
Nombre
Descripción
Agua Potable y Alcantarillado de Aguas Servidas
El agua potable y alcantarillado será provista por la empresa sanitaria Aguas Andinas, la cual posee la concesión sanitaria del sector donde se emplazará el proyecto
| Aguas lluvias
Las aguas lluvias que sean captadas dentro del área del proyecto, serán conducidas a través de colectores de aguas lluvia y |
canaletas hacia los drenes de infiltración ubicados al interior del condominio. Todos los elementos mencionados se sitúan según las ubicaciones indicadas en el proyecto de aguas lluvias.
Una vez ya construido el edificio, la mantención del sistema de infiltración será de responsabilidad del mismo a través de la administración de éste, por lo que el titular con el fin de evitar problemas de funcionamiento del sistema de evacuación de aguas lluvias durante la operación, dejará indicado en el Reglamento de Copropiedad que la mantención de estas obras deberá hacerse de la siguiente forma:
- La limpieza de techos, canaletas y cubiertas deberá ser realizada una vez terminado el otoño y una vez finalizado el |
invierno. +» Las cámaras sifones de agua lluvia deberán ser limpiadas por lo menos una vez cada tres meses.
Mayor información en anexo N?7 de la DIA
Servicios Sanitarios
Este punto se llevará a cabo por medio de baños particulares ubicados en cada departamento, los cuales se encontrarán conectado al sistema de alcantarillado. Respecto a esto, el proyecto cuenta con factibilidad de servicios sanitarios de Agua Andinas, para disponer las aguas servidas al alcantarillado. Anexo 3 de la DIA se encuentra Certificado de factibilidad.
| Energía | Eléctrica
La factibilidad del suministro de energía eléctrica será proporcionada por la empresa Enel, la cual es la encargada de abastecer de electricidad a la comuna de Independencia, y esto se realizará de acuerdo a la normativa vigente de la Superintendencia de Electricidad y Combustible (SEC).
Las instalaciones eléctricas que se proyecten ya sean provisorias o permanentes, previo a su puesta en servicio serán declaradas ante la SEC, y realizadas por instaladores eléctricos de la Clase correspondiente y autorizados por esta según lo establecido en el D.S. N*92/1983 de la SEC “Reglamento de instaladores eléctricos y de electricistas de recintos de espectáculos públicos”.
Además, se considera la instalación de dos grupos electrógenos de 100 kVA para la presurización de las escaleras en caso de incendios (grupo de emergencia), de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 4.3.7, número 3 de la OGUC, el cual señala que los edificios de más de 7 pisos deben contar con una zona vertical de seguridad, la que debe estar dotada de sistemas de
iluminación de emergencia y de presurización en caso de escaleras interiores, que permitan a los usuarios evacuar el |
edificio, sin peligro de verse afectados por los humos y gases generados por el incendio, aun cuando el suministro normal de energía eléctrica sea interrumpido. Cada torre contará con un grupo electrógeno de emergencia y se encontrarán ubicados en el subterráneo del edificio.
Maquinarias
Equipos y
Se utilizarán dos grupos electrógenos de emergencia, destinado a mantener la presurización de las escaleras en caso de incendio. Este se utilizará exclusivamente para estos fines, no considerándose el uso de otros sistemas similares en caso de cortes de energía. Además, se considera a su vez la instalación y utilización de 2 calderas a gas natural por edificio, para agua sanitaria.
4.4.3 PRODUCTOS GENERADOS
No aplica
4.4.4 RECURSOS NATURALES RENOVABLES
No aplica
4.4.5 EMISIONES Y EFLUENTES
12
4.4.5.1 EMISIONES ATMOSFÉRICAS
Emisiones Atmosféricas
Tabla 4.7.5.1.1.: Estimación de emisiones en fase de Operación
Contaminante Origen Año 1 Año 2 Año 3 Límite PPDA Emisiones (ton/año) MP10 Combustión 0 0 0,053 NOx Combustión 0 0 0,604 8 SOx Combustión 0 0 0,039 50
Fuente: Anexo 3.1 de Adenda “Actualización de Estimación de Emisiones”
4.4.5.2 EMISIONES LIQUIDAS O EFLUENTES
¡Nombre Descripción
| Durante la etapa de operación, se contempla la generación de residuos líquidos provenientes de los servicios higiénicos Residuos (baños y duchas), lavaplatos y lavadora de ropa. Líquidos Según el certificado de factibilidad de agua potable y alcantarillado otorgado por Aguas Andinas, el caudal de aguas
servidas será de 486.500 m' /día
4.4.5.3 EMISIONES DE RUIDO
Nombre Descripción Debido a la superación normativa estimada producto de las salidas de escape de los Grupos Electrógenos de Emergencia, se Ruido implementará una medida de control de ruido en cada uno de ellos acorde, siendo ésta, al menos, un silenciador crítico que atenúe como mínimo, los 25 dB(A) indicados como superación normativa. 4.4.5.4 VIBRACIONES ' Nombre Descripción bo . El proyecto en esta fase no generará emisiones de vibraciones debido al uso que se le dará, el cual corresponde a | Vibraciones habitacional. 4.4.6 RESIDUOS
4.4.6.1 RESIDUO
S NO PELIGROSOS
Nombre
Descripción
| Residuos sólido
domiciliario y
Debido a que el edificio tendrá un destino habitacional, sólo se generarán Residuos Sólidos domiciliarios (RSD) y asimilables a domiciliarios durante la fase de operación. Para el desarrollo del proyecto de salas de basura, se considera que para las 667 viviendas se establecerán un total de 1.601
asimilables habitantes. Según lo establecido en el proyecto señalado en el Anexo 6 de la DIA, se consideran en total 2 salas de basura con su respectivo compactador (el cual compacta los residuos en una relación 3:1), y 10 ductos distribuidos en cada torre. Además, cada sala de basura tendrá 9 contenedores de 360 litros para los residuos sólidos domiciliarios. 4.4.6.2 RESIDUOS PELIGROSOS ¡| Residuos No aplica | Sólidos Peligrosos Productos No aplica químicos y sustancias Referencia al | Capitulo IV ICE para mayores detalles sobre esta fase
4.5 FASE DE CIERRE
El proyecto no contempla fase de cierre debido a las características del mismo, el cual tiene considerada una vida útil de carácter indefinido.
4.6. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO.
4.6.1. FASE
DE CONSTRUCCIÓN
Fecha estimada de inicio
Abril de 2018
el inicio
Parte, obra o acción que establece
La acción que dará inicio a la ejecución de la fase de construcción del proyecto corresponderá a las excavaciones masivas
13
Fecha estimada de término
Abril de 2020
Parte, obra o acción que establece el término
El término se da con la obtención de la recepción final municipal.
4.6.2. FASE DE OPERACIÓN.
Fecha estimada de inicio
Mayo de 2020
Parte, obra o acción que establece el inicio
El hito de inicio corresponde a la entrega de los departamentos a los futuros propietarios
Fecha estimada de término
Indefinido
Parte, obra o acción que establece el termino
Dada las características que presenta el proyecto, sus partes y sus obras, se considera que la vida útil es de carácter indefinido.
4.7. MANO DE OBRA
Fases Número promedio de personas Construcción 113 (Máximo de 186 personas) Operación 6
5". Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300:
EMISIONES Y RESIDUOS.
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES,
Impacto ambiental
Deterioro de la calidad del aire (MP10); Aumento temporal en los niveles de ruidos basales; Generación de residuos sólidos, líquidos y peligrosos
Reglamento del SEIA:
Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 5 del
a) La superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento.
Fase de Construcción:
Se considera que el proyecto genere emisiones de material particulado y gases durante la fase de construcción, las que son de carácter temporal, no peligrosas y de efecto local limitado.
Las fuentes de emisión durante la fase de construcción son principalmente fugitivas y se aplicarán las siguientes medidas de control:
e Respecto del polvo fugitivo generado por la construcción, se cumplirá con lo establecido en la OGUC (Art. 5.8.3), disponiendo de un cierre perimetral con malla tipo Raschel en su parte superior hasta al menos 50 cm sobre el nivel del cierre acústico.
e Se humectarán las áreas de movimientos de tierra y vía de circulación interna de acuerdo con los requerimientos en terreno.
e El transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado)
e Seejecutará diariamente la limpieza y aspirado de las calles pavimentadas interiores y del perímetro de la obra para evitar la re-suspensión de polvo.
Entre otras medidas de control y gestión, las cuales se encuentran listadas en el capítulo 6 del estudio actualizado de emisiones atmosféricas adjunto en el anexo 3.1 de la presente Adenda. De todas maneras, de acuerdo con la estimación de emisiones realizada para el proyecto, en fase de construcción no se superarán los límites establecidos en el art. 98 del D.S. N*”66/2010 del MINSEGPRES (PPDA de la Región Metropolitana).
Fase de Operación: Desde el punto de vista de las emisiones atmosféricas, los edificios contarán con 2
grupos electrógenos de emergencia por ende habrá emisiones de material particulado y gases por la de combustión de sus motores diésel. Además, cada edificio contará con 4 calderas utilizadas para calefacción.
Debido a que el proyecto se encuentra emplazado dentro del anillo Américo Vespucio, según la Guía para la Estimación de Emisiones Atmosféricas de Proyectos Inmobiliarios para la Región Metropolitana (Seremi MA RM, 2012), no es necesario estimar las emisiones para la fase de operación del proyecto en relación con la circulación de vehículos.
14
De acuerdo a la estimación de emisiones realizada para el proyecto (ver Anexo 3.1 de la Adenda), en fase de operación no se superarán los límites establecidos en el art. 98 del D.S. N*66/2010 del MINSEGPRES (PPDA de la Región Metropolitana).
b) La superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento.
Fase de Construcción:
Respecto a la emisión de Ruido, es posible aseverar que con la correcta implementación de las medidas de control, los niveles proyectados para la fase de construcción no superarán el Nivel de inmisión de ruido máximo permitido por el D.S. N*38/11 del MMA para horario diurno.
Fase de Operación: Durante operación las fuentes de ruido estarán constituidas por las actividades
típicas de un conjunto inmobiliario. En esta fase las fuentes de ruido significativas corresponden a dos grupos electrógenos de emergencia ubicados en el piso -1, uno al interior cada torre y cuyo escape de aire será en dirección norponiente y sur en el piso 1. Para cumplir con los niveles de emisión de ruido se implementará una medida de control correspondiente a un silenciador crítico el que se implementará en el escape de cada uno de los equipos. Con esta medida los niveles de ruido no superarían los 50 dBA en los puntos receptores, cumpliendo con los límites máximos permisibles para el período diurno y nocturno que corresponde al más restrictivo para la Zona III según el D.S. N*38/11 del MMA Lo anterior se acredita en el Anexo 4.1 de la Adenda.
c) La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en caso que no sea posible evaluar el riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anteriores.
Fase de construcción:
Tanto las emisiones como efluentes que se generarán durante la construcción del proyecto corresponden a las típicas de una construcción de viviendas (polvo, gases de combustión, aguas servidas, etc.), que no corresponden a sustancias que puedan generar riesgo para la salud de la población.
Para ello se han tomado medidas para evitar su dispersión y posibles efectos en los recursos naturales que puedan desencadenar riesgo para la salud de la población, las que fueron descritas en los literales anteriores.
Fase de Operación: Las únicas emisiones y efluentes generados en esta fase corresponden a MP y
gases de combustión producto del uso de calderas, grupos electrógenos y vehículos particulares los cuales cumplen con los límites de emisión definidos en el PPDA. Respecto de los efluentes, éstos corresponderán los típicos de un proyecto inmobiliario (aguas servidas), los cuales serán dispuestos en la red de alcantarillado público.
d) La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.
Fase de Construcción:
El proyecto no afecta la calidad ambiental de los recursos naturales renovables respecto de la exposición de contaminantes, además el área de emplazamiento del proyecto se trata de un terreno inserto en una zona urbana, al interior de la comuna de Independencia y regulado por IPTs que permiten la actividad proyectada.
Los únicos residuos generados por el proyecto corresponden a escombros, tierra de excavaciones, residuos domiciliarios generados en los comedores y residuos peligrosos. Todos ellos tendrán un manejo adecuado según el tipo de residuo, siendo segregados unos de otros para evitar su contaminación y serán llevados a sitios de disposición final autorizados por la Autoridad Sanitaria.
Si bien el proyecto generará residuos peligrosos, éstos tendrán un manejo diferenciado y en cumplimiento a lo indicado en el D.S. N*148/2004 del MINSAL, tanto en su almacenamiento temporal, transporte y disposición final.
Fase de Operación: Los únicos residuos generados en esta fase corresponden a residuos domiciliarios
generados por la comunidad, los cuales serán llevados a sitio de disposición final autorizado por medio de sistema de recolección municipal.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.
Capítulo VI, Puntos 6.1 del ICE.
El proyecto no genera ni presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones
o residuos que este genera o produce.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE.
Impacto ambiental
Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire
15
Recursos naturales renovables escasos, único o representativos
En el área del proyecto, no se presentan recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos. El área de emplazamiento corresponde a una completamente intervenida, en la cual existían edificaciones previas que fueron demolidas.
Los siguientes antecedentes justifican que e
1 proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la
cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento del Reglamento del SEIA:
a) La pérdida de suelo o de su capacidad
para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes.
El proyecto corresponde a un proyecto de carácter inmobiliario que se instala en un sector que el Plan Regulador comunal de Independencia ha designado como Zona “C” Renovación. Éste sector permite el desarrollo de residencias, equipamiento, áreas verdes y espacios públicos. Por otra parte, cabe mencionar que el terreno se encontraba compuesto, antes de ser demolido, principalmente por viviendas de fachada continua, por consiguiente, no se prevén perdidas de suelo que sustente biodiversidad o que tenga características favorables para uso agrícola.
b) La superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se deberá considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley 19.300.
El proyecto no genera efecto significativo de la diversidad biológica del área a intervenir tal como se indica en el acápite 2.1 de la DIA, el proyecto se encuentra al interior de la comuna de Independencia en un terreno altamente intervenido por la acción del hombre (tanto el terreno como su entorno), encontrándose en un sector completamente urbanizado, con lo cual es posible concluir que el área no representa ninguna singularidad desde el punto de vista biótico.
c) La magnitud y duración del impacto del Proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base.
Fase de construcción:
De acuerdo con los análisis y estudios realizados de forma preliminar se indica que la duración de los efectos es de carácter temporal (durante la fase de construcción), y de efecto local limitado al área de intervención del proyecto.
Fase de operación: Para la operación, en base a lo señalado en el ítem 1.6.6.2 de la DIA el agua
potable y alcantarillado será provista por la empresa sanitaria Aguas Andinas, la cual posee la concesión sanitaria del sector donde se emplazará el proyecto (en el Anexo 5.2 de la Adenda, se presenta el certificado de factibilidad sanitaria).
d) La superación de los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las normas vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. En caso que no sea posible evaluar el efecto adverso de acuerdo a lo anterior, se considerará la magnitud y duración del efecto generado sobre la biota por el Proyecto o actividad y su relación con la condición de línea de base.
Fase de construcción:
Dado que en el área del proyecto no se encuentra aplicables normas secundarias, la construcción del proyecto no afecta a recursos protegidos por ellas.
Fase de operación:
Dado que en el área del proyecto no se encuentra aplicables normas secundarias, la operación del proyecto no afecta a recursos protegidos por ellas.
El Titular en el Anexo 3.1 “Actualización de Estimación de Emisiones Atmosféricas” de la Adenda, indica que en ninguna de las fases del proyecto se supera los límites máximos establecido por el Plan de Prevención y Descontaminación de la Región Metropolitana (PPDA), y considerando la tipología del proyecto en evaluación, no se sobrepasarán los límites establecidos en el D.S. N*22/2009 del Minsegpres (que establece norma de calidad secundaria de aire para SO»).
e) La diferencia entre los niveles estimados de ruido con Proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación.
Fase de construcción:
El proyecto no generará niveles de ruido significativos en ninguna de sus fases que puedan afectar a los recursos naturales del entorno.
De acuerdo con las estimaciones de vibración realizadas, se da cumplimiento al documento técnico “Transit Noise and Vibration Impact Assessment” de la Federal Transport Administration de Estados Unidos (norma de referencia), bajo la condición de utilizar las medidas de control propuestas.
Fase de Operación: El proyecto no generará niveles de ruido significativos en ninguna de sus fases que
puedan afectar a los recursos naturales del entorno.
De acuerdo con las estimaciones de vibración realizadas, se da cumplimiento al documento técnico “Transit Noise and Vibration Impact Assessment” de la Federal Transport Administration de Estados Unidos (norma de referencia), bajo la condición de utilizar las medidas de control propuestas.
16
f) El impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables.
Fase de Construcción:
Respecto de las sustancias peligrosas, éstas corresponden en su mayoría a sustancias inflamables y corrosivas, las cuales serán manejadas conforme la normativa vigente (D.S. N“%43/2015 MINSAL) y en cantidades que no sobrepasarán los 600 kg o L.
En relación con su manejo éste será en cumplimiento de la normativa vigente, previniendo la contaminación de recursos naturales renovables.
Fase de Operación: No se generarán residuos peligrosos en esta fase.
g) El impacto generado por el volumen o caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra, incluyendo el generado por ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales. La evaluación de dicho impacto deberá considerar siempre la magnitud de la alteración en:
g.1. Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles.
g.2. Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles.
2.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas.
2.4. Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales.
g-5. La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse.
Fase de Construcción:
El proyecto no contempla la intervención y/o explotación de recursos hídricos.
El proyecto se ubica en una zona de vulnerabilidad moderada del acuífero, por lo cual se tendrá especial cuidado durante las actividades de excavación para no alumbrar agua. Hay que señalar además que a la profundidad de 30 metros no se detectó la presencia de napa subterránea. A lo anterior se suma que la intervención del subsuelo será hasta una profundidad máxima de 7,81 metros aproximadamente por la construcción de los drenes.
Fase de Operación: El proyecto no contempla la intervención y/o explotación de recursos hídricos.
h) Los impactos que pueda generar la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados.
El proyecto no contempla la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados, en ninguna de sus fases.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.
Capítulo VI, Punto 6.2 del ICE
El proyecto no genera efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos
el suelo, agua y aire.
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS
Impacto ambiental
Aumento en los tiempos de desplazamiento y obstrucción del libre tránsito de peatones e incremento en la demanda de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.
Existencia de grupos humanos en el área de influencia
Vecinos de las calles Benzanilla, Escanilla y Carrión, las cuales son directamente colindantes al área de influencia del proyecto y la Junta de Vecinos N98 la cual se ubica en calle San Luis con Av. Fermín Vivaceta
Reasentamiento de comunidades humanas
El sector donde se contempla la construcción del proyecto corresponde a un sitio residencial, adquirido por el Titular, compuesto por tres predios: Carrión N1507, N1521 y N*1551, que actualmente se encuentra deshabitado.
De acuerdo a lo señalado, en el sitio no existe población o recursos que sustenten a grupos humanos, por lo cual no se producirá desplazamiento y/o reubicación de grupos humanos producto de la construcción y funcionamiento del edificio.
Los siguientes antecedentes justifican que e
vida y costumbres de grupos humanos, en c
1 proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa de los sistemas de onsideración a lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del SEIA:
a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural.
El sitio donde se emplazará el Proyecto y su área de influencia no presenta recursos naturales, ya que se trata de un suelo 100% urbano, transformado desde su condición natural hace décadas.
El área de influencia presenta un uso residencial urbano exclusivo, por lo cual no presenta uso por parte de la población local para actividades productivas basadas en recursos naturales.
Por lo cual, la letra a) referida a intervención, uso o restricción a recursos naturales que sustentes actividades económicas o tradicionales se descarta.
17
b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.
Considerando los datos de la Encuesta Origen-Destino (EOD) de Viajes (2012) encargada por SECTRA, donde se indica que un 20% de los habitantes de Independencia se desplazan mediante transporte público, 17% transporte privado, y un 56% por medios no motorizados, el área de influencia cuenta con buena conectividad, ya que presenta vías que permiten salida a una red de conexión con comunas aledañas y el resto de la ciudad.
En relación con ello, las vías perimetrales del área de influencia corresponden a vías estructurantes de la comuna de Independencia, especificamente Av. Independencia, Av. Domingo Santa María, y calles Fermín Vivaceta y Gamero. En ellas se identifican recorridos de Transantiago, así como también recorridos de colectivos. Cabe señalar que en ambos casos la oferta de transporte público permite a los residentes del área de influencia desplazarse hacia otros puntos de la comuna y la ciudad, siguiendo las tendencias de desplazamiento detectadas por la EOD (012).
Además, se debe considerar que, para permitir el desplazamiento de la población del área de influencia, durante la construcción se contará con todas las medidas de seguridad vial necesarias para la seguridad de peatones y vehículos que circulen por las vías colindantes, además de implementar medidas que permitan la libre circulación de los peatones y residentes del sector.
Finalmente, se debe considerar que el tipo de viviendas del Proyecto se orienta a grupos medios C2-C3, los cuales según el Estudio de Grupos Socioeconómicos de la Asociación de Empresas de Investigaciones de Mercado (AIM), durante el año 2015:
e Aproximadamente el 50% realiza sus viajes diarios en transporte público, para lo cual el área de influencia dispone de un sólido sistema de transporte público, tal como se ha mencionado anteriormente en el capítulo 5.1 de la DIA, donde se especifican las calles y recorridos de Transantiago disponibles en el área de influencia.
c) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios O infraestructura básica.
El área de influencia se caracteriza por su buen acceso a bienes y servicios, además de vías estructurantes y medios de transporte público que permiten a la población acceder a una mayor oferta de equipamiento, servicios y comercio, tanto dentro de la comuna como en las aledañas. Respecto a esto, el área de influencia se encuentra emplazada en un barrio emblemático de la comuna de Independencia, en el sector de los hospitales, estando además cerca de la Biblioteca Municipal, el Estadio Municipal Juan Antonio Ríos y el SAPU del mismo nombre.
En relación con lo anterior, la comuna cuenta con una red de atención primaria de administración municipal que se distribuye a lo largo del territorio comunal. Además, cuenta con amplia oferta de Hospitales, así como también de centros médicos y clínicas privadas. En específico, en el área de influencia y sus alrededores hay un total de 10 establecimientos de salud disponibles.
Además, como se mencionó, el tipo de viviendas del Proyecto se orienta a grupos medios C2-C3, de los cuales “cerca del 80% se encuentra adscrita al sistema de afiliación FONASA, permitiendo optar a atención tanto en centros privados como públicos”, de los cuales hay amplia oferta en el área de influencia y sus alrededores.
A partir de los antecedentes presentados, se estima que los futuros residentes del Proyecto podrán acceder a los establecimientos de salud tanto públicos como privados mencionados anteriormente; y además tienen la opción de desplazarse hacia el sector de Hospitales, ubicado entre los límites de las comunas de Independencia y Recoleta.
Por otro lado, destaca la disponibilidad de equipamiento educacional, ya que el área de influencia alberga una buena oferta de establecimientos educacionales, considerando que los hay de tipo técnico, científico humanista, escuelas básicas y liceos, además de la presencia del Campus Norte de la Universidad de Chile que alberga a las Facultades de Medicina, Ciencias Químicas y farmacéuticas, Odontología y el Hospital Clínico de la Universidad de Chile.
En cuanto a servicios comerciales, el área de influencia destaca por su oferta de supermercados disponibles en el “Centro Vivaceta Plaza”, así como también la gran cantidad de ferias libres disponibles, y la buena dotación de minimarkets y pequeños bazares en el área de influencia.
Es así como se establece que la llegada de nuevos habitantes y sus demandas en infraestructura serán cubiertas por la oferta de bienes y servicios públicos y
18
privados disponibles dentro de la comuna y fuera de ella.
d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura O intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo.
Frente a la dificultad o impedimento para el ejercicio o manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios que puedan afectar el sentimiento de arraigo y cohesión social, tal como lo indica el literal d) del artículo 7 del Reglamento del SELA, se ha considerado lo definido por la autoridad en la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Inmobiliarios que se Desarrollen en Zonas Urbanas (2017), la cual permite orientar el análisis de la afectación de los proyectos sobre grupos humanos cercanos.
Según indica esta Guía, para descartar la presencia de potenciales impactos significativos, se deben considerar, entre otros, los siguientes indicadores:
e Procesos de cambio en el territorio: El área de influencia corresponde a un predio que actualmente se encuentra deshabitado, siendo regularizado por la construcción de viviendas formales. Por ello, se trata de un área anteriormente intervenida que ha sufrido distintos cambios respecto a su conformación original, principalmente debido al desarrollo inmobiliario de viviendas dirigido a residentes de la comuna.
o Identificación de actividades de tipo socioculturales y localización espacial del desarrollo de festividades y/o hitos culturales: De acuerdo a lo que se plantea en el punto 2.1.5 de la DIA acerca de Festividades y Costumbres, en el área de influencia se llevan a cabo ciertas celebraciones con procesiones, como lo es la Fiesta de Cuasimodo y el Carnaval de Migrantes, sin embargo, debido a la localización de estas celebraciones y las rutas de las procesiones previamente definidas, las obras y posterior operación del Proyecto no interferirán con su normal realización.
e Catastro de sitios con significancia cultural: En el área de influencia, especificamente, no se encuentran monumentos históricos o zonas patrimoniales. Cercano al área de influencia (1 km. aproximadamente), se encuentran algunos monumentos históricos de la comuna, pero debido a su distancia estos no se verán afectados por el Proyecto, en fase de construcción ni en fase de operación.
o Distribución de organizaciones funcionales en el territorio y caracterización de la participación ciudadana: En el área de influencia sólo se identifica la Junta de Vecinos del Barrio Carrión, la cual no se vería afectada por el Proyecto, ya que su sede se encuentra aproximadamente a tres cuadras del predio donde se construirá el Proyecto, por tanto, el funcionamiento de esta es independiente del Proyecto. Por tanto, el Proyecto en ningún caso impedirá el desplazamiento de las organizaciones sociales ni afectará su representatividad o su nivel de convocatoria, al contrario, su implementación podría significar la incorporación de nuevos inscritos en estos grupos, aumentando la participación, o bien, creando otros nuevos con el fin de dinamizar las relaciones sociales.
Para los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, además de las circunstancias señaladas precedentemente, se considerará la duración y/o magnitud de la alteración en sus formas de organización social particular.
El proyecto “Edificio Carrión” no se emplaza en o en las cercanías de tierras indígenas, áreas de desarrollo indígena o pueblos indígenas.
Referencia al ICE.
Capítulo VI, Punto 6.3 del ICE
El proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres
de grupos humanos.
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE
SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL EMPLAZAR.
VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE
Impacto ambiental
Localizarse en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares.
Existencia de poblaciones protegidas
De acuerdo con los levantamientos de información realizados (en terreno y bibliográficos), no existe la presencia de poblaciones protegidas en o en las cercanías del área del proyecto.
19
Existencia de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental
El proyecto no se ubica cercano a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares. Se ubica en un terreno en la comuna de Independencia, la cual no posee valor ambiental.
Los siguientes antecedentes justifican que áreas protegidas, sitios prioritarios para la como el valor ambiental del territorio en Reglamento del SEIA.
el proyecto o actividad no se localización en o próxima a poblaciones, recursos y conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en el artículo 8 del
Susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, considerando la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde ellas habitan.
En el área del proyecto no existen poblaciones protegidas.
Susceptibilidad de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental, se considerará la extensión, magnitud o duración de la intervención de sus partes, obras o acciones, así como de los impactos generados por el Proyecto o actividad, teniendo en especial consideración los objetos de protección que se pretenden resguardar.
El proyecto no se ubica cercano a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, según lo indicado en http://sig.sea.gob.cl/analisisTerritorialExterno/ para un radio de 5km de distancia. El proyecto se ubica en un terreno en la comuna de Independencia, la cual no posee valor ambiental.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.
Capítulo VI, Punto 6.4 del ICE.
Por lo anteriormente expuesto, es posible indicar que durante ambas fases del Proyecto no se afectará la localización o el valor
ambiental del territorio.
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA
Impacto ambiental
Alterar significativamente, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona
Existencia de valor turístico
El proyecto no presenta valor turístico.
Existencia de valor paisajístico
El proyecto no presenta valor paisajístico
Los siguientes antecedentes justifican que
el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor
paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del SETA:
a) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico.
El proyecto no interviene, obstruye ni se emplaza en zonas con valor paisajístico.
b) La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico.
El proyecto no interviene, obstruye ni se emplaza en zonas con valor paisajístico.
La duración o magnitud en que se obstruya el acceso o se alteren zonas con valor turístico.
El proyecto no interviene, obstruye ni se emplaza en zonas con valor turístico.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.
Capítulo VI, Punto 6.5 del ICE.
En virtud de lo anterior, se puede indicar que
e el Proyecto no obstruirá la visibilidad de zonas con valor paisajístico y turístico, ni
alterará atributos de zonas con valor paisajístico o turístico.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL.
Impacto ambiental
Generar o presentar alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, a los pertenecientes al patrimonio cultural
Existencia de monumentos sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y,
Se considera desarrollar una etapa de Rescate Arqueológico, con el fin de obtener mayor información en relación a la posible presencia de material de data
20
en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.
prehispánica e histórica, que permita confirmar o descartar
la presencia de algún contexto cultural primario, relacionado o no con el hallazgo realizado en la unidad 11 y/o
con el componente prehispánico identificado en el predio ubicado inmediatamente al poniente del terreno del
Proyecto (proyecto Carrión — Escanilla).
Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SEIA:
a) La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N*17.288.
b) La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigúedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena.
De acuerdo con los antecedentes aportados por el Informe Ejecutivo de Caracterización Arqueológica (Anexo 7.2 de la Adenda), el proyecto no removerá, destruirá, excavará, trasladará, deteriorará, intervendrá o modificará en forma permanente algún Monumento Nacional definido por la Ley N*17.288.
De acuerdo con los antecedentes presentados en la DIA y en la Adenda, el proyecto no modificará o deteriorará en forma permanente construcciones, lugares o sitios que, por sus características constructivas, por su antigiiedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena.
c) La afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura oO folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del Proyecto o actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas.
El proyecto no afectará lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente las referidas a los pueblos indígenas.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.
Capítulo VI, Punto 6.6 del ICE.
El proyecto no genera alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general los
pertenecientes al patrimonio cultural.
6”. Que, resultan aplicables al proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales y pronunciamientos, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
6.1.1. Permiso 132
RSEIA.
6.1.1. Permiso para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico del artículo 132 del
Fase del Proyecto a la cual corresponde
Fase de construcción
Parte, obra o acción a la que aplica
Conforme a lo señalado en el Anexo 7 de la Adenda, las partes, obras o acciones a la que le aplica este PAS corresponden a:
Fase de construcción,
Sondeo arqueológico realizado en el área del proyecto.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
El requisito para su otorgamiento consiste en proteger y/o conservar el patrimonio cultural de la categoría monumento arqueológico, incluidos aquellos con valor antropológico o paleontológico. Los contenidos técnicos y formales para su otorgamiento se presentaron en Anexo 7 de Adenda y anexo 3.1 de Adenda complementaria.
Pronunciamiento del
competente
órgano
Consejo de Monumentos Nacionales, mediante ORD N*1258, de fecha 12/03/2018, observa lo siguiente:
“Con respecto a la metodología de rescate arqueológico planteada por el titular en el anexo 3.1 punto 3 se solicita modificar la misma a fin de incorporar la excavación del sitio de manera global; considerando excavaciones de al menos el 20% para las áreas de alta densidad, 10% para la de media densidad y 5% para las de baja densidad
Además dentro de la metodología de harneo se deberá modificar para que la malla
21
utilizada no supere los 4mm.”
6.1.2. Permiso 140
6.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del
RSEIA.
Fase del Proyecto a la cual corresponde
Fase de construcción y operación
Parte, obra o acción a la que aplica
Conforme a lo señalado en el ítem 3.4.1 de la DIA, las partes, obra o acción a la que le aplica este PAS corresponden a:
Fase de construcción,
Sitios de almacenamiento transitorio ubicados en la instalación de faenas de residuos no peligrosos:
» Residuos sólidos domiciliarios.
- Residuos escombros.
Fase de operación:
Salas de basura de los edificios que acumularán residuos sólidos domiciliarios
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
El requisito para su otorgamiento consiste en que las condiciones de saneamiento y seguridad eviten un riesgo a la salud de la población. Los contenidos técnicos y formales para su otorgamiento se presentaron en ítem 3.4.1 de la DIA.
Pronunciamiento del
competente
Órgano
La Seremi de Salud RM, mediante ORD N*6678, de fecha 28/11/2017, precisa que:
“Respecto del Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo 140 del DS N40/12, relacionado con la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, será el establecido en los artículos 79 y 80 del D.F.L. N 725 de 1967, Código Sanitario, y siempre que no corresponda la aplicación de otro permiso ambiental sectorial por la misma acción. Al respecto esta SEREMI de Salud no presenta observaciones, por lo que se puede otorgar dicho permiso para la etapa de construcción y operación. ”
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capitulo IX, Tabla 9.1.1 del ICE.
6.1.3. Permiso 142
6.1.3. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo 142 del RSEIA.
Fase del la
corresponde
Proyecto a
cual | Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica
Bodega de residuos peligrosos
Condiciones o exigencias específicas
para su otorgamiento
El requisito para su otorgamiento consiste en que el almacenamiento de residuos en un sitio no afecte la calidad de las aguas, suelo y aire que pueda poner en riesgo la salud de la población. Los contenidos técnicos y formales para su otorgamiento se presentaron en el ítem
3.4.2 de la DIA
Pronunciamiento del
competente
órgano
La Seremi de Salud RM, mediante ORD N*6678, de fecha 28/11/2017, precisa que:
“El Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo 142 del Reglamento del SEIA, relacionado con los sitio de almacenamiento de residuos peligrosos, será el establecido en el artículo 29 del D.S. 148/03 MINSAL, “Reglamente Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos”. El requisito para su otorgamiento consiste en que el almacenamiento de residuos no afecte la calidad de las aguas, suelo y aire que puede poner en riesgo la salud de la población. Al respecto esta SEREMI de Salud no presenta observaciones, por lo que se puede otorgar dicho permiso para la etapa de construcción del proyecto.”
Referencia al detalles.
ICE para mayores
Capitulo IX, Tabla 9.1.2 del ICE
22
7". Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto es la siguiente:
Tabla 7.1. Norma [D.S. N*66/2019, MINSEGPRES]
Componente/materia:
Aire - Emisiones Atmosféricas
Norma
Decreto Supremo N*66/2009 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Reformula y Actualiza Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA)
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica
Ejecución de las obras y transporte de materiales y residuos asociados al proyecto (fase de construcción)
Forma de cumplimiento
Conforme a las estimaciones de emisión de contaminantes, tanto para las actividades de movimiento de tierra, excavaciones y construcción, el proyecto no deberá compensar sus emisiones, ya que está bajo los límites establecidos en el PPDA, tal como se demuestra en el Anexo 9 de la DIA.
Indicador acredita
cumplimiento
que su
Contar con los registros asociados a mantenciones de maquinarias y revisiones técnicas y registro fotográfico de señalización de restricción de velocidad y sistema de limpieza de ruedas entre otros.
Forma de control y seguimiento
Exigencia a contratistas de revisiones técnicas y permisos de circulación al día.
Referencia al ICE
Capítulo VIII, Tabla 8.1.1
Tabla 7.2. Norma [D.S. N*144/1961, MINSAL]
Componente/materia:
Aire - Emisiones Atmosféricas
Norma
Decreto Supremo N*144/1961, del Ministerio de Salud. Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de cualquier naturaleza
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de Construcción y Operación
Parte, obra o acción a la que aplica
Actividades propias de la construcción y operación de grupos electrógenos durante la fase de operación.
Forma de cumplimiento
Los movimientos de tierra, las actividades de carga, descarga y movimiento de camiones se realizarán tomando las medidas necesarias para captar y eliminar el polvo, evitando molestias a la comunidad.
Se utilizarán equipos que cuenten con las autorizaciones correspondientes, además de la realización de mantenciones periódicas.
Indicador acredita
cumplimiento
que su
Se considera contar con los registros de mantenciones y revisiones técnicas al día de los camiones y maquinarias utilizadas en la obra, además de las exigencias de los contratistas de transitar con los camiones encarpados para evitar la dispersión de polvo. Para la operación se contará con las autorizaciones de los equipos y la declaración de emisiones correspondientes.
Forma de control y seguimiento
Verificación y exigencia de la documentación pertinente a los contratistas y respectivas autorizaciones y declaración de emisiones.
Referencia al ICE
Capítulo VIII, Tabla 8.1.2
Tabla 7.3. Norma [D.S. N*54/1994, MTT]
Componente/materia:
Aire - Emisiones Atmosféricas
Norma
Decreto Supremo N*54 de 1994, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que establece normas de emisión aplicables a los vehículos motorizados medianos que indica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica
Vehículos que se usarán en el Proyecto.
Forma de cumplimiento
Se cumplirá con la norma de emisión y se exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del proyecto cumplan con estas normas lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases.
Indicador que acredita su cumplimiento
Contar con la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación.
Forma_ de control y
Revisión de la certificación técnica de los vehículos utilizados para su control y verificación.
23
seguimiento
Referencia al ICE
Capítulo VII, Tabla 8.1.3.
Tabla 7.4. Norma [ D.S. N*75/1987, MTT]
Componente/materia:
Aire - Emisiones Atmosféricas
Norma
Decreto Supremo N*75/1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece condiciones para el transporte de cargas que indica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica
Transporte residuos (excedentes de tierra de excavaciones).
Forma de cumplimiento
Se utilizarán vehículos adecuados, además de la ejecución de acciones que eviten el escurrimiento o dispersión de los contaminantes, especialmente la re-suspensión de material particulado a la atmósfera desde la carga del camión, para ello se utilizarán carpas para el cubrimiento de la carga, además humidificación del material o residuo a transportar.
Indicador que acredita su
Se llevará un registro, a modo de lista de chequeo, de las actividades señaladas para evitar
cumplimiento escurrimiento o dispersión de contaminantes.
Forma de control y | Control al ingreso/egreso de la obra de que los camiones que transporten tierra de seguimiento excavaciones o material para relleno entren y salga de la obra encarpados.
Referencia al ICE Capítulo VII, Tabla 8.1.4.
Tabla 7.5. Norma [D.S. N*38 de 2012, MMA]
Componente/materia:
Aire — Ruido
Norma
Decreto Supremo N*38/2012 del Ministerio de Medio Ambiente. Niveles Máximos Permisibles de Ruidos Molestos Generados por Fuentes que indica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción y operación.
Parte, obra o acción a la que aplica
Fase de construcción: Excavaciones y obra gruesa. Fase de operación: Sala de bombas, eléctrica, multiuso y grupos electrógenos.
Forma de cumplimiento
Se llevó a cabo un Estudio Acústico, el cual determinó que no se superarían los niveles establecidos en el decreto durante la fase de construcción, si se implementan medidas especiales de abatimiento descritas en el Estudio Acústico Anexo 10 de la presente DIA. Además, para la fase de operación no se superan los niveles, al implementar la medida de control indicada para los grupos electrógenos.
Indicador que acredita su
Establecer un registro en obra para eventuales reclamos de la comunidad, incluyendo en ello
cumplimiento el ruido generado por la actividad, durante la fase de construcción.
Forma de control y | Registro de reclamos y verificación del estado de las medidas de abatimiento de ruido. seguimiento
Referencia al ICE Capítulo VIII, Tabla 8.1.5.
Tabla 7.6. Norma [D.S. N%43/2016, MINSAL]
Componente/materia:
Sustancias Peligrosas
Norma
Decreto Supremo N*43 del 2016, del Ministerio de Salud, que Aprueba el Reglamento sobre almacenamientos de sustancias peligrosas
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción
Parte, obra o acción a la que aplica
Bodega común de almacenamiento de materiales en la Instalación de faenas.
Forma de cumplimiento
Se dispondrán las sustancias peligrosas necesarias para la construcción del proyecto en una bodega común ubicada en la instalación de faenas. Se mantendrá registro de todas las sustancias peligrosas almacenadas en la bodega común para asegurar las incompatibilidades químicas, además de las hojas de datos de seguridad correspondientes. Los sectores de almacenamiento estarán debidamente señalizados según la NCh 2120, Of 2004 y NCh 382 of. 2004. No se almacenarán más de 600 kg o L en total.
Indicador que acredita su cumplimiento
Ordenes de compra de materiales que correspondan a sustancias peligrosas. Inventario de materiales (sustancias peligrosas) para asegurar que se cumplan con las cantidades máximas.
Referencia al ICE
Capítulo VIII, Tabla 8.1.6
24
Tabla 7.7. Norma [D.F.L N*725/1967, Ministerio Salud Pública]
Componente/materia:
Residuos - No peligrosos (domiciliarios e inertes de la construcción).
Norma
Decreto con Fuerza de Ley N*725/1967 del Ministerio de Salud Pública. Aprobó Código Sanitario (D.O. 31/1/68). Párrafo III, del Título II. De los Desperdicios y Basuras.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción y operación
Parte, obra o acción a la que aplica
Bodegas y sitios de almacenamiento transitorio, para la fase de construcción. Salas de basura, para la fase de operación.
Forma de cumplimiento
El proyecto no contempla la construcción ni operación de ninguna planta de tratamiento ni lugar de disposición final de residuos sólidos.
Los residuos sólidos del proyecto serán debidamente transportados y depositados en lugares de depósitos autorizados de la Región Metropolitana.
La tierra resultante de los movimientos de tierra será debidamente transportada y depositada en rellenos autorizados por la Autoridad Sanitaria.
Los camiones de transporte de escombros reunirán las condiciones técnicas señaladas en el D.S. N*75 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.
Los camiones de transporte de residuos sólidos tendrán la autorización de la Autoridad Sanitaria.
Durante la fase de operación los residuos del edificio serán acumulados en salas de basura y retirados por el servicio municipal de recolección de basura. Los residuos reciclables serán dispuestos en repisas de closet ecológicos, y los retirarán, luego de que el encargado los lleve a la sala de basura, camiones de reciclaje, y a falta de este, se llevarán a un punto limpio.
Indicador que acredita su
La solicitud y aprobación de los permisos de acumulación de residuos para la fase de
cumplimiento construcción y operación.
Forma de control y | Verificación de las condiciones de los sitios de acumulación y contar con los permisos y/o seguimiento autorizaciones correspondientes.
Referencia al ICE
Capítulo VII, Tabla 8.1.7.
Tabla 7.8. Norma [D.S. N*148 de 2003, MINSAL]
Componente/materia:
Residuos - Peligrosos
Norma
Decreto Supremo N*148/2003 del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica
Bodega de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos.
Forma de cumplimiento
- Sesolicitará el PAS 142 para la acumulación transitoria de residuos peligrosos durante la construcción del proyecto.
Indicador que acredita su cumplimiento
- Contar con el permiso de la Autoridad Sanitaria y copia de los recibos, boletas o facturas que certifiquen el transporte y disposición final de los residuos peligrosos.
Forma . de control y|- Verificación de las condiciones de la bodega y registro de transporte y disposición final seguimiento en sitio autorizado. Referencia al ICE Capítulo VIII, Tabla 8.1.8
Tabla 7.9. Norma [D.S. N*1/2013, MMA].
Componente/materia:
Emisiones y residuos
Norma
Decreto Supremo N*1/2013 del Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba el reglamento del registro de emisiones y transferencia de contaminantes, RETC.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Generación de escombros y residuos inertes propios de la construcción.
Forma de cumplimiento
Se designará a un encargado de informar los residuos de escombros e inertes propios de la construcción generados de forma anual a través del sistema de Ventanilla Única (RETO), realizando las declaraciones pertinentes una vez al año durante todo el periodo que dure la
25
fase de construcción.
Indicador que acredita su
Registro de declaración de residuos a través del RETC de forma anual.
cumplimiento
Forma de control y | Contar con todos los registros de envío de residuos a sitio de disposición final y anualmente seguimiento realizar la declaración correspondiente.
Referencia al ICE Capítulo VIII, Tabla 8.1.9
Tabla 7.10. Norma [D.S. N*18/2001, MTT].
Componente/materia:
Vialidad y Transporte
Norma
Decreto Supremo N*18/2001 del Ministerio de Transporte y úTelecomunicaciones, Subsecretaría de Transporte, Prohíbe circulación de vehículos de carga en vías que indica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción
Parte, obra o acción a la que aplica
Transporte de materiales y residuos.
Forma de cumplimiento
Se tendrá en consideración las restricciones que establece del Decreto N*18 de 2001 y sus modificaciones del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.
Indicador que acredita su
Recomendación de horarios de tránsito por las vías indicadas en los contratos suscritos con
cumplimiento empresas prestadoras de servicios.
Forma de control y | Copias de los contratos con la recomendación de los horarios de circulación.
seguimiento
Referencia al ICE Capítulo VII, Tabla 8.1.11.
Tabla 7.11. Norma [D.S. N*1/1995, MTT]
Componente/materia: Vialidad y Transporte
Norma Decreto Supremo N*1 de 1995, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que
establece dimensiones máximas a vehículos que indica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica
Tránsito de vehículos que circularán por el Proyecto.
Forma de cumplimiento
Se dará cumplimiento a las exigencias contenidas en la presente resolución. Si en algún caso alguno de los vehículos exceda las dimensiones establecidas, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y será comunicada oportunamente a Carabineros de Chile con el objeto de que adopten las medidas de seguridad necesarias para el desplazamiento de dichos vehículos.
Indicador que acredita su cumplimiento
Contar con la autorización previa de la Dirección de Vialidad en el evento de efectuar el transporte de maquinarias que excedan las dimensiones permitidas, y se llevará un registro de dichas autorizaciones.
Forma de control y | Verificar que se cuente con la autorización previa de la Dirección de Vialidad en el evento de seguimiento efectuar el transporte de maquinarias que excedan las dimensiones permitidas. Referencia al ICE Capítulo VIIL, Tabla 8.1.12.
Tabla 7.12. Norma [D.F.L N*850/1998, MOP]
Componente/materia:
Vialidad y Transporte
Norma
Decreto con Fuerza de Ley N850/1998 del Ministerio de Obras Públicas. Fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N15.850/64 y del Decreto con Fuerza de Ley N*206/60.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica
Transporte de materiales y residuos.
Forma de cumplimiento
Los camiones a utilizar durante la construcción se ajustarán a las dimensiones establecidas en estas normas. En el eventual caso de transporte de materiales, que por su tamaño y/o peso, impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se acordarán las medidas de seguridad a adoptar en cada caso.
También el proyecto no evacuará las aguas lluvia hacia vías públicas. De hecho, el proyecto contempla que las aguas lluvias serán infiltradas por medio de módulos de infiltración
26
ubicados al interior del condominio. Además de no derramar ni vaciar materiales de ninguna especie en caminos y vías públicas.
Indicador que acredita su cumplimiento
En caso de necesario, se contará con la autorización de la Dirección de Vialidad.
Forma de control y seguimiento
Registro de las dimensiones de los camiones y de carga máxima.
Referencia al ICE
Capítulo VIII, Tabla 8.1.13
Tabla 7.13. Norma [D.S. N*200/1993, MOP]
Componente/materia:
Vialidad y Transporte
Norma
Decreto Supremo N*200/1993 del Ministerio de Obras Públicas, Establece pesos máximos a los vehículos para circular en las vías urbanas del país.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción
Parte, obra o acción a la que aplica
Transporte de materiales y residuos.
Forma de cumplimiento
Los camiones a utilizar se ajustarán a las dimensiones establecidas en estas normas. En el eventual caso de transporte de materiales, que por su tamaño y/o peso, impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se acordarán las medidas de seguridad a adoptar en cada caso.
Indicador que acredita su
En caso de ser necesario, se contará con la autorización de la Dirección de Vialidad.
cumplimiento
Forma de control y | Registro de las dimensiones de los camiones y de carga máxima. seguimiento
Referencia al ICE Capítulo VIII, Tabla 8.1.14
Tabla 7.14. Norma [D.S. 158/1980, MOP]
Componente/materia:
Vialidad y Transporte
Norma
Decreto Supremo N*158/1980 del Ministerio de Obras Públicas. Fija el peso máximo de los vehículos que pueden circular por caminos públicos.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica
Transporte de materiales y residuos
Forma de cumplimiento
Los camiones se ajustarán a las dimensiones establecidas en esta norma. En el eventual caso de transporte de materiales, que por su tamaño y/o peso, impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se acordarán las medidas de seguridad a adoptar en cada caso.
Indicador que acredita su
Guía de despacho de los productos o factura, para validar el peso o capacidad de los
cumplimiento camiones.
Forma de control y | Registro de las dimensiones de los camiones y de carga máxima. seguimiento
Referencia al ICE Capítulo VIIL, Tabla 8.1.15
Tabla 7.15. Norma [D.S. N*298/1995, MTT].
Componente/materia:
Vialidad y Transporte
Norma
D.S. N*298/95 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Reglamenta transporte de cargas peligrosas por calles y caminos.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica
Transporte de sustancias y residuos peligrosos desde y hacia la obra.
Forma de cumplimiento
Todo transporte de sustancias peligrosas será realizado en vehículos que cumplan con esta norma. De hecho, el transporte será realizado por las empresas proveedoras de los insumos
Indicador que acredita su cumplimiento
Guía de despacho de los productos o factura, para validar la propiedad de los camiones.
27
Forma de control y | Registro de vehículos que ingresen a la obra con sustancias peligrosas seguimiento Referencia al ICE Capítulo VIII, Tabla 8.1.16
Tabla 7.16. Norma [Ley N* 17.288/1970, Ministerio de Educación Pública]
Componente/materia:
Patrimonio
Norma
Ley N17.288/1970 del Ministerio de Educación Pública, sobre Monumentos Nacionales., Modifica las leyes N16.617 y N*16.719; deroga el Decreto Ley 651, de 17 de octubre de 1925 (última versión de 12-02-2010).
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica
Durante faenas de excavaciones (remoción de superficie).
Forma de cumplimiento
Se realizó una prospección arqueológica tipo sondeo arqueológico y un análisis bibliográfico de la zona, en el cual se concluyó que no existen bienes patrimoniales ni arqueológicos en el Area de Influencia del proyecto (Ver Anexo 13 de la presente DIA).
Indicador que acredita su
El informe del arqueólogo ya realizado y además se tendrá registro de paralizaciones de obras
cumplimiento y aviso al CMN en caso de encontrar restos arqueológicos durante las excavaciones.
Forma de control y | Seguimiento por medio de capataz o personal que supervise las obras de excavación, en caso
seguimiento de realizar algún hallazgo se procederá a paralizar la obra, tomar registro fotográfico e informar al CMN.
Referencia al ICE Capítulo VIII, Tabla 8.1.17
Tabla 7.17. Norma [D.S. N“484/1991, Ministerio de Educación]
Componente/materia:
Patrimonio
Norma
Decreto Supremo N484 de 1991 del Ministerio de Educación (D.O. 02.04.91) Desarrolla los procedimientos necesarios para ejecutar la Ley N17.288, sobre Monumentos Nacionales.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica
Durante faenas de excavaciones (remoción de superficie).
Forma de cumplimiento
En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico, el titular procederá a informarlo de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales tal como lo indica la ley.
Indicador que acredita su
El informe del arqueólogo ya fue realizado y se tendrá registro de paralizaciones de obras y
cumplimiento aviso al CMN en caso de encontrar restos arqueológicos durante las excavaciones.
Forma de control y | Seguimiento por medio de capataz o personal que supervise las obras de excavación, en caso
seguimiento de realizar algún hallazgo se procederá a paralizar la obra, tomar registro fotográfico e informar al CMN.
Referencia al ICE Capítulo VIIL, Tabla 8.1.18
Tabla 7.18. Norma [D.S. N*594/1999, MINSAL]
Componente/materia:
Seguridad y Salud Ocupacional
Norma
Decreto Supremo N*594/99 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción
Parte, obra o acción a la que aplica
Instalación de faenas, obra en general.
Forma de cumplimiento
En los sectores más alejados a la instalación de faena, se utilizarán baños químicos en número y condiciones que disponen los artículos 20 a 25 del Reglamento en comento, cuya limpieza y disposición de residuos será de responsabilidad de una empresa autorizada. Además, en instalación de faenas se contará con baños conectados a red de alcantarillado.
Por último, se construirán guardarropías y comedores, suficientes para que los trabajadores se cambien de ropa y consuman alimentos, y se mantendrán las condiciones adecuadas para tales fines.
Indicador que acredita su cumplimiento
Indicadores de cumplimiento normativo (autorización de obras preliminares, y permiso de edificación y su consecuente modificación, otorgado por la Dirección de Obras Municipales
28
de la Municipalidad de Independencia), y del informe realizado por el prevencionista de riesgo respecto de seguridad y salud ocupacional.
Forma de control y| Seguimiento por prevencionista de riesgos de la obra quien deberá velar por el cumplimiento seguimiento del buen estado y óptimas condiciones de los servicios. Referencia al ICE Capítulo VIII, Tabla 8.1.19.
- Que, para ejecutar el proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N* 19.300:
8.1. Otras condiciones o exigencias 1
Fase del | Construcción
Proyecto a la
que aplica
Condición o | El Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), Mediante el ORD. N* 1258 de fecha 13 de marzo de 2018, se exigencia pronunció conforme sobre el proyecto , con las siguientes indicación:
“Con respecto a la metodología de rescate arqueológico planteada por el titular en el anexo 3.1 punto 3 se solicita modificar la misma a fin de incorporar la excavación del sitio de manera global; considerando excavaciones de al menos el 20% para las áreas de alta densidad, 10% para la de media densidad y 3% para la de baja densidad.
Además dentro de la metodología de harneo se deberá modificar para que la malla utilizada no supere los 4mm.
»
8.2. Otras condiciones o exigencias 2
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación
Condición exigencia
La Ilustre Municipalidad de Independencia, mediante el ORD. N* 170 de fecha 12 de marzo de 2018, se pronunció conforme condicionado sobre el proyecto “Edificio Carrión”, indicando lo siguiente:
-
- Si bien el titular señala que se hará cargo de asegurar la estabilidad de todas las construcciones vecinas, subterráneas, veredas y calles a través de entibaciones para la actividad de excavación, resulta necesario desarrollar un plan de contingencia y emergencia, respecto del impacto de las obras en el entorno especialmente con el pasaje Nueva López.
-
Se reitera al titular el cambio de servicio de manejo de residuos de recolección con uso de contenedores innovados, lo anterior para que el proyecto prevea el manejo adecuado de los RSA.
-
Compromisos Voluntarios:
3.1. Mejoramiento del Pasaje Nueva de López, recarpeteo asfáltico y luminaria Led. Al respecto el titular deberá programar una reunión de información y coordinación con los residentes del pasaje.
3.2. Respecto de la instalación de bolardos, se reitera incorporar bolardos tipo jardineras para mejorar la calidad del proyecto de paisajismo del frente predial del proyecto.
3.3. Plantación de árboles, se reitera que las especies arbóreas deberán tener una altura no menos a3 metros.
3.4. Se reitera al titular, desarrollar un Plan de comunicación (con letrero en obra) y verificación de satisfacción de la comunidad del entorno donde se desarrollará el proyecto para la etapa de construcción e inicio del proyecto. El cual deberá considerar a lo menos 2 exposiciones del proyecto y sus alcances a la comunidad con la presencia y apoyo de la Municipalidad de Independencia”
8.3. Otras condiciones
o exigencias 3
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación
Condición exigencia
La Secretaria Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana, mediante su Ord. N* 9799 de fecha 13 de diciembre de 2017, se pronuncia conforme señalando las siguientes observaciones:
1._ “1. El titular deberá materializar todas las medidas de mitigación que resulten de la eventual
29
aprobación del EISTU, antes de la recepción final de las obras.
No se podrá considerar ninguna medida de mitigación contemplada en el EISTU como Compromiso Ambiental Voluntario.
El titular deberá mantener un registro permanente de la entrada y salida de camiones al proyecto”
Cumplir con el Decreto Supremo N*75 de 1987 del Ministerio de Transporte que establece que los vehículos que transporten desperdicio, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo, estarán construidos de forma que ellos no ocurra por causa alguna.
Se deberá dar cumplimiento al Decreto N“18 de 2001 y sus modificaciones del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, el cual prohíbe la circulación de vehículos de carga por las vías al interior del Anillo Américo Vespucio.
En relación a las obras que se realicen en la vía pública, se solicita considerar lo dispuesto en capítulo N*5 “Señalización transitoria y Medidas de seguridad para trabajos en la vía” del Manual de Señalización y sus anexos.”
8.4. Otras condiciones
o exigencias 4
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción y Operación
Condición o exigencia
La Secretaria Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, mediante su Ord. N* 6678 de fecha 28 de noviembre de 2018, se pronuncia conforme señalando las siguientes exigencias:
“Etapa de Construcción:
BIZ
Debido a que la evaluación normativa se realizó para el horario diurno estipulado en el D.S.N%38/11 del MMA, es que, se deberán realizar las faenas constructivas sólo entre las 07:00 y las 21:00 horas.
Se deberán implementar barreras acústicas cuyo material deberá cumplir con condiciones de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m3 (Ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm de espesor o material equivalente). La barrera deberá ser instalada de manera que tanto sus junturas como la ubicación desde y hacia el suelo este completamente hermética de modo que no se generen fugas y se pierda efectividad. La altura mínima y la ubicación de la barrera deberá seguir las indicaciones señaladas en la figura 7 del Anexo 4 “Ruido y Vibraciones” de la Adenda de la DIA.
Para los frentes de trabajo a nivel de piso, se deberán emplear barreras acústicas modulares móviles de 5,2 m de altura (o barreas con pestaña que permitan igualar dicha altura en términos acústicos). Dichas barreras deberán tener como mínimo 15 m de longitud y ubicarse dentro del sector indicado en la figura 12 del Anexo 4 “Ruido y Vibraciones” de la Adenda de la DIA. Las fuentes de ruido del frente de trabajo deberán ubicarse en el centro geométrico de la barrera de tal manera que no existan difracciones laterales, además deberán estar cerradas herméticamente y su materialidad deberá tener una densidad superficial mínima de 10 kg/m2. Éstas barreras se deberán ir reubicando conforme avance el frente de trabajo.
Para fuentes puntuales como por ejemplo la sierra circular, se deberán utilizar pantallas acústicas, las cuales deberán disponerse de dos o más unidades, conformando una sola pantalla de mayor tamaño, encerrando de mejor manera la fuente emisora de ruido y actuando más eficientemente. La cara interna de la pantalla (que da hacia la fuente de ruido) deberá estar cubierta por una capa de espuma de poliuretano o fibra de vidrio de al menos 3 cm de espesor y cubierta por una tela tipo arpillera que impida su deterioro (por ejemplo, malla rachel).
En la faena de Obra gruesa y Terminaciones, la maquinaria, camión tolva, minicargador y esmeril angular, deberán funcionar de manera alternada con el resto de la maquinaria (también entre ellos), nunca en conjunto, debido a que corresponden a las principales fuentes de ruido durante dichas faenas constructivas.
Se deberá implementar un túnel acústico para descarga de hormigón desde el Camión Mixer, el cual deberá estar orientado de norte a sur (caras abiertas), y deberá estar ubicado al interior del área del Proyecto, idealmente en el deslinde oriente. Dicho túnel deberá estar conformado por un panel doble de madera OSB de 15 mm separado al menos 80 mm y relleno con material absorbente tipo lana mineral o fibra de vidrio de al menos 50 mm de espesor y recubierto con malla tipo rachel para impedir su desprendimiento y deterioro. Las dimensiones mínimas deberán ser a lo menos, 10 m de longitud, 3 m de ancho y 4 m de altura.
Para el caso de faenas de construcción en altura, en sectores específicos del edificio, se deberán cubrir los vanos con planchas cuyo material deberá cumplir con condiciones de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m3 (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm. de espesor o material equivalente), con el objeto de mitigar los niveles de ruido generados al interior de la estructura que se propagan al exterior. Esta medida se deberá ir desplazando por los pisos a medida que se construya el edificio.
Etapa de Operación:
30
e Los equipos de grupo electrógeno deberán contar con su respectiva cabina insonorizada de fábrica y encontrarse ubicados en salas cerradas herméticamente en pisos subterráneos, donde las emisiones de ruido se verán notablemente atenuadas por la propia obra gruesa del edificio, cuyos muros deberán ser de material sólido con una densidad superficial superior a 40 Kg/m2, que aseguren una pérdida por transmisión sonora será superior a 45 dB(A).
e Los equipos en las salas deberán estar provistos de montajes anti-vibratorios, ya sea sobre apoyos o sobre losa flotante con el propósito de evitar ruido estructural a los departamentos del edificio. Los ductos y cañerías que estén en contacto con la estructura del edificio deberán ser aislados mecánicamente de dicha estructura a través de un material que amortigúe las vibraciones.
o Se deberá implementar una medida de control de ruido acorde, debido a la superación normativa estimada producto de la salida de escape de los Grupos Electrógenos de Emergencia. Dicha medida deberá considerar lo establecido en la Figura 16 “Ficha Técnica Silenciador Crítico” del Anexo 4 “Ruido y Vibraciones” de la Adenda de la DIA, especificamente un silenciador crítico que logre atenuar lo requerido para que los niveles de ruido generados se encuentren dentro los limites normativos.
1.1.3 Todas las Etapas:
e Se deberán implementar las medidas de gestión señaladas en el punto 10 “Medidas de Gestión” del Anexo 4 “Ruido y Vibraciones” de la Adenda de la DIA.
e Se deberán cumplir en todo momento los límites máximos permitidos por el D.S. N” 38/2011 del MMA, que establece “Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica”, o la que la reemplace. ”
8.5. Otras condiciones
o exigencias 5
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción y Operación
Condición o exigencia
La Dirección General de Aguas, Región Metropolitana, mediante su Ord. N* 1157 de fecha 01 de agosto de 2017, se pronuncia conforme señalando las siguientes Condiciones:
“1. Que, durante las Fases de Construcción y Operación las aguas provendrán desde la red de abastecimiento de la empresa Aguas Andinas S.A., según lo declarado en acápite 1.5.5.2, 1.6.6.2 y Anexo 3 de la DIA.
La Que, el Titular se compromete a realizar el mantenimiento del sistema de aguas lluvias según lo descrito en el acápite 1.6.6.3 de la DIA.
3 Que, el Titular declara que realizará lavado de ruedas en una zona impermeabilizada con pendientes, que encauce de manera gravitacional los efluentes a una cámara con capacidad suficiente para evitar derrames, cuyos residuos serán retirados por contratistas autorizados y dispuestos en lugar autorizado, según lo declarado en acápite 1.5.8.2 de la DIA.
4, Que, en caso de ocurrencia de accidente que comprometa los recursos hídricos subterráneos, se informará antes de 24 horas, a la Dirección General de Aguas de la Región Metropolitana, indicando lo siguiente:
a. Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.
b. Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación.
c. Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia.
d. En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la DGA. (sólo en caso de accidentes).
d Que, ante el potencial afloramiento de aguas durante la Fase de Construcción del proyecto, se solicita al Titular considerar que tanto el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la Dirección General de Aguas Región Metropolitana, en un plazo menor a 24 horas, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua. A continuación, y de manera preliminar, se deberá proceder considerando las siguientes actividades:
a. Detener las actividades en el frente de trabajo
b. Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado y
31
efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos. Se deberá enviar los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la DGA y SMA a la brevedad, en un Informe que detalle los hechos, acompañe imágenes fotográficas (con fecha) describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones.
c. Una vez comprobada la envergadura de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con DGA RMS.
d. Solo una vez aplicadas las medidas y controlado el afloramiento, se podrán retomar las actividades constructivas.
- Que, debido a que el área de proyecto se encuentra en el Sector Santiago Central (Acuífero Maipo), el cual se encuentra declarado como Área de Restricción para nuevas extracciones de aguas subterráneas, de acuerdo a Resolución DGA N 286, del 01 de Septiembre de 2005 modificada por Resolución DGA N 231, del 11 de Octubre de 2011, el Titular debe tener presente que debe evitar alumbramiento de aguas subterráneas en toda las fases de proyecto para evitar impactos en la calidad y niveles del recurso hídrico.
7 Téngase presente, que las aguas son bienes nacionales de uso público y se otorga a los particulares el derecho de aprovechamiento de ellas, en conformidad a las disposiciones del Código de Aguas, de acuerdo a lo establecido en los artículos 5? y siguientes de dicho Código.
$. Téngase presente, que las modificaciones que fueren necesarias realizar en cauces naturales o artificiales, con motivo de la construcción de obras que puedan causar daño a la vida, salud o bienes de la población o que de alguna manera alteren el régimen de escurrimiento de las aguas, serán de responsabilidad del interesado y deberán ser aprobadas previamente por la Dirección General de Aguas según lo estipulan los artículos 4? y 171% del Código de Aguas.
9 Que, los residuos sólidos de la construcción provenientes de excavaciones y los catalogados como escombros, generados en la etapa de construcción del proyecto que serán enviados a un sitio autorizado para su disposición final, no podrán contener sustancias o residuos peligrosos, tales como: pinturas, solventes, hidrocarburos, etc., debido a que tales elementos pueden causar un detrimento en la calidad de la napa por la lixiviación o lavado de suelo en el sitio de disposición final. Por lo tanto, se debe mantener un registro en faena de la disposición final de materiales, los cuales no podrán ser dispuestos en cauces superficiales o áreas no definidas para ello.
-
Que, si adquiriese áridos de terceros, se debe considerar que los proyectos de abastecimiento del material cuenten con la aprobación respectiva del Organismo competente para la extracción de cauces superficiales (DOH) y/o Resolución de Calificación Ambiental favorable con el objetivo de evitar impactos ambientales a los cauces naturales y de esta manera, asegurar que el titular se haga cargo de los posibles impactos originados de su actividad en todo el ciclo de vida del proyecto.
-
Enrelación con los Antecedentes Técnicos y Formales presentados por el Titular para la Obra del proyecto “Edificio Carrión”, al proyecto no le es aplicable el PAS del Art. 155% del RSEIA, de competencia de la DGA.
-
Enrelación con los Antecedentes Técnicos y Formales presentados por el Titular para la Obra del proyecto “Edificio Carrión”, al proyecto no le es aplicable el PAS del Art. 156% del RSEIA, de competencia de la DGA.
-
Enrelación con los Antecedentes Técnicos y Formales presentados por el Titular para la Obra del proyecto “Edificio Carrión”, al proyecto no le es aplicable el PAS del Art. 157% del RSEIA, de competencia de la DGA.
-
Enrelación con los Antecedentes Técnicos y Formales presentados por el Titular para la Obra del proyecto “Edificio Carrión”, al proyecto no le es aplicable el PAS del Art. 158% del RSEIA, de competencia de la DGA.
-
La Declaración de Impacto Ambiental entrega los antecedentes necesarios para evaluar que el proyecto no requiere presentar un Estudio de Impacto Ambiental, dado que no genera o presenta los efectos adversos, características o circunstancias sobre el recurso hídrico, señalados en el artículo 11% de la Ley Sobre Bases Generales del Medio Ambiente. ”
32
9”. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el titular del proyecto no presentó compromisos ambientales
voluntarios
10%. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS
10.1.1. Incendio
Riesgo o contingencia
Incendio dentro del terreno de la obra
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción y Operación
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Al interior de la obra e inmediaciones de ella, principalmente producto de mal manejo de sustancias inflamables o por no respetar la restricción de fumar al interior de la obra.
Al interior del proyecto debido a fallas eléctricas o fugas de gas.
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia
En fase de construcción: e Prohibición de fumar, hacer fogatas y encender fuego al interior de la obra. e Carteles informativos con las medidas. + Mantener la obra limpia y ordenada para evitar eventuales focos. e Capacitaciones a los trabajadores directos y subcontratos.
Forma de control y seguimiento
En fase de construcción:
e Señalética al interior de la obra con la indicación de “Prohibido fumar”, en sectores de riesgos como bodega residuos peligroso, sustancias peligrosas, etc. Además, se habilitará un sector que cuente con las condiciones pertinentes para permitir a sus trabajadores la realización de estas prácticas.
e Registro fotográfico de señaléticas y libro de registro de capacitaciones
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia
En fase de construcción:
e Las personas que se encuentren en el lugar procederán de inmediato a utilizar los extintores portátiles e informarán inmediatamente al coordinador del área afectada.
e El coordinador del área siniestrada evaluará la situación, en caso que el amago no pueda ser controlado con los extintores de la obra, dará la alerta de evacuación y solicitará la presencia de bomberos.
o El electromecánico de mantención debe cortar el suministro de energía eléctrica de la obra.
e Si el incendio amenaza con propagarse a otro punto las instalaciones, se procederá a despejar el sector de todo tipo de material que pueda entrar en combustión.
e El personal de obra solo podrá actuar ante un amago de incendio, ya que bajo situaciones de incendio declarado solo podrá intervenir bomberos.
En fase de Operación: e Utilizar los sistemas de abatimiento de incendios en caso de ser controlable.
e Llamar inmediatamente al Cuerpo de Bomberos más cercano.
- En caso de ser solicitado por Bomberos, evacuar el edificio por las escaleras de emergencias.
e__No interferir con el actuar de Bomberos.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia
En el caso de que se active este plan de emergencia, se procederá a comunicar a la SMA por medio de su página web en el apartado de Seguimiento Ambiental RCA
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Capítulo VII, Tabla 7.1.1 del ICE
10.1.2. Derrame de Sustancias peligrosas y combustibles
Situación de contingencia
Derrames de sustancias peligrosas y combustibles al interior de la obra
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Al interior de la obra e instalación de faena, asociadas al manejo de sustancias peligrosas y/o fallas en las maquinarias y camiones.
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia
e Revisión periódica de los contenedores y bodega de almacenamiento.
- Revisión periódica de todas las maquinarias y camiones para evitar eventuales filtraciones de aceites o combustible, además de la implementación de un plan preventivo de revisión técnica.
e Exigencia a los contratistas de que todas las maquinarias y camiones
33
cuenten con mantenciones, revisiones técnicas al día y permisos de circulación según corresponda.
Forma de control y seguimiento
Libro y/o registro de mantenciones realizadas a la maquinaria presente en obra.
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia
e El personal que detecte el derrame dará aviso al Responsable en Obra (Jefe de Obra o Prevencionista de Riesgo).
e Seguidamente el encargado dispondrá: detener (cuando corresponda), contener, recuperar el material del derrame y almacenar en un contenedor para disponerlo en algún lugar habilitado según el tipo de peligrosidad indicado en la hoja de seguridad correspondiente. Se establece que dentro de cada bodega estén siempre disponibles dichas hojas.
e El Responsable en Obra, hará una evaluación de sus causas y dispondrá con el operario encargado las acciones para recuperar el líquido derramado y el material contaminado, abarcando toda el área afectada.
e Se delimitará el área afectada.
e Se deberán utilizar los implementos de absorción correspondiente, en el caso de residuos líquidos no inflamables se procederá con arena o aserrín y para el caso de residuos líquidos inflamables se procederá con carbón activado para derrames sobre el suelo; también se podrán utilizar almohadillas absorbentes universales, cordones, telas o paños para derrames sobre agua. Si el residuo es sólido se recogerá por medio de pala y escoba.
e Cuando el derrame se produzca en algún suelo con riesgo de infiltración, se retirará el material del suelo, hasta una profundidad de 10 cm por debajo del nivel afectado por la contaminación.
e En los lugares donde el derrame se encuentre disperso en el terreno, el material absorbente se podrá esparcir, mezclar con el suelo y recuperar en contenedor apropiado.
e El material recogido de un derrame (recuperado) será dispuesto adecuadamente en recipientes para su posterior traslado y disposición final en lugar autorizado por la Autoridad Sanitaria competente.
e Se dará aviso a las autoridades pertinentes frente a cualquier accidente.
IMPORTANTE: Siempre debe haber en bodega implementos de seguridad para la contención de derrames de acuerdo a la sustancia almacenada (inerte químicamente), lo básico que debe estar presente es: guantes, antiparras, mascarillas y overol o delantal para la protección personal, además de los implementos necesarios para la contención como tal (pala, escoba, contenedor, arena, aserrín y/o carbón activado, etc.).
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia
En el caso de que se active este plan de emergencia, se procederá a comunicar a la SMA por medio de su página web en el apartado de Seguimiento Ambiental RCA
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Capítulo VII, Tabla 7.1.2 del ICE
10.1.3. Alumbramiento de napa freático
Riesgo o contingencia
Alumbramiento de napa freática al interior de la obra producto de excavaciones profundas
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Al interior de la obra producto de las excavaciones.
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia
Capacitaciones al personal, para que sepa cómo actuar ante un posible alumbramiento de napa freática.
Forma de control y seguimiento
No aplica
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia
e Detener las actividades del frente de trabajo.
e Excavar, por el costado de las obras en el que se presente el alumbramiento, una zanja del largo necesario para reincorporar el recurso hídrico a su medio.
e En caso que la zanja no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se construirá un pozo de absorción (o más de ser necesario).
e Verificación de la calidad del agua, previa a su infiltración.
e Una vez tomadas las medidas definitivas y controlado el afloramiento, se podrán retomar las actividades constructivas.
e En caso que el procedimiento anterior no tenga efecto, se procederá a
34
bombear para agotar la napa, y el agua se hará llegar al curso de agua más cercano.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia
En el caso de que se active este plan de emergencia, se informará inmediatamente mediante la página web de la SMA en el apartado de Seguimiento Ambiental RCA a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Dirección General de Aguas de la Región Metropolitana.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Capítulo VII, Tabla 7.1.3 del ICE
10.1.4. Proliferación de vectores de interés sanitario
Riesgo o contingencia
Proliferación de vectores de interés sanitario, asociado a RSD.
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción y operación
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Al interior de la obra e instalación de faena, causas asociadas al manejo de residuos sólidos domiciliarios (RSD)
Al interior de la obra, causas asociadas al manejo de residuos sólidos domiciliarios.
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia
En fase de construcción:
- Almacenamiento en contenedores tapados y con bolsa plástica en su interior.
e No acumulación por tiempos prolongados, se estima su extracción 3 veces por semana o según necesidad.
e Inducción al personal y trabajadores de depositar RSD en los lugares habilitados y mantener siempre los contenedores tapados.
- Implementación de sistema de control de vectores mensual.
En fase de Operación: e Realizar acciones de limpieza
e Contactar a una empresa autorizada en control de vectores.
Forma de control y seguimiento
Libro y/o registro de las capacitaciones, y se mantendrá en obra copia de los recibos obtenidos posterior a los controles de plaga.
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia
e En caso de corresponder a una plaga se dará aviso a la Autoridad Sanitaria y se llamará a Control de Plagas. e Se evacuará al personal en caso de ser necesario.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia
En el caso de que se active este plan de emergencia, se procederá a comunicar a la SMA por medio de su página web en el apartado de Seguimiento Ambiental RCA
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Capítulo VIL, Tabla 7.1.4 del ICE
10.1.5. Evento climático extremo
Riesgo o contingencia
Proliferación de vectores de interés sanitario, asociado a RSD
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción y operación
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Al interior de la obra e instalación de faena, causas asociadas al manejo de residuos sólidos domiciliarios (RSD)
Al interior de la obra, causas asociadas al manejo de residuos sólidos domiciliarios.
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia
En fase de construcción:
-
Almacenamiento en contenedores tapados y con bolsa plástica en su interior.
-
No acumulación por tiempos prolongados, se estima su extracción 3 veces por semana o según necesidad.
e Inducción al personal y trabajadores de depositar RSD en los lugares habilitados y mantener siempre los contenedores tapados.
- Implementación de sistema de control de vectores mensual.
En fase de Operación: e Realizar acciones de limpieza
e Contactar a una empresa autorizada en control de vectores
Forma de control y seguimiento
Libro y/o registro de las capacitaciones, y se mantendrá en obra copia de los
35
recibos obtenidos posterior a los controles de plaga.
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia
e En caso de corresponder a una plaga se dará aviso a la Autoridad Sanitaria y se llamará a Control de Plagas.
e Se evacuará al personal en caso de ser necesario.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia
En el caso de que se active este plan de emergencia, se procederá a comunicar a la SMA por medio de su página web en el apartado de Seguimiento Ambiental RCA
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Capítulo VII, Tabla 7.1.5 del ICE
10.1.6. Caída de material de construcción
Riesgo o contingencia
Caída de material de construcción proveniente de altura
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Caminos de accesos, obras temporales y permanentes del Proyecto
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia
e Implementar redes de seguridad
e Charlas a los trabajadores sobre los cuidados que deben tener al trabajar en altura
e Mantener la limpieza y el orden
Forma de control y seguimiento
e A través de charlas periódicas a los trabajadores e Mantención de las redes de seguridad
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia
o Señalizar en caso de objeto caído e Dar aviso al encargado de la obra para que de las instrucciones de cómo proceder
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia
En el caso de que se active este plan de emergencia, se procederá a comunicar a la SMA por medio de su página web en el apartado de Seguimiento Ambiental RCA
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Capítulo VII, Tabla 7.1.6 del ICE
10.1.7. Molestias por ruidos a construcciones colindantes
Riesgo o contingencia
Molestia por ruidos a construcciones colindantes como por ejemplo colegios y hogares de ancianos
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Excavaciones, obra gruesa
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia
e Utilizar paneles OSB para evitar que el ruido molesto se propague
e Utilizar la maquinaria y equipos en horarios prudentes
e Colocar cartel con contacto del encargado de la obra para avisar de ruidos molestos AO
Forma de control y seguimiento
e Registro de los avisos por ruidos molestos que realizan los vecinos. e Mantener en buen estado los paneles OSB
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia
e Detener las maquinarias y equipos que produzcan más ruido e Mover los equipos que generen ruidos molestos a lugares dentro de la obra alejado de los vecinos
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia
En el caso de que se active este plan de emergencia, se procederá a comunicar a la SMA por medio de su página web en el apartado de Seguimiento Ambiental RCA :
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Capítulo VII, Tabla 7.1.7 del ICE
-
Que, durante el proceso de evaluación no hubo solicitud de participación ciudadana, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N* 19.300, por lo que, no se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto.
-
Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda
36
aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
13, Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.
14, Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
-
Que, para que el proyecto “Edificio Carrión” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
-
Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
-
Que, el Titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
-
Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SELA, deberá someterse al SEIA.
19, Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
1?. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Edificio Carrión” de Inmobiliaria Paz SpA.
2”. Certificar que el proyecto “Edificio Carrión” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3”. Certificar que el proyecto “Edificio Carrión”, cumple con los requisitos de carácter ambiental contenido en los permisos ambientales sectoriales mixtos que se señalan en los artículos 132, 140 y 142, del D.S. N” 40/2012 del Ministerio del Medio
Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
- Certificar que el proyecto “Edificio Carrión”, no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
5”. Definir como gestión, acto o faena mínima del proyecto, para dar c; renta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del pres.
6”. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso deréclamación del artículo 20 de la Ley N* 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Landis Í notificación del presente acto. «$
Región Metropolitana de Santiago
37
Distribución:
Ele:
Mario Ignacio Alarcón Sepúlveda, Representante Legal Inmobiliaria PAZ SpA Intendenta Región Metropolitana
CONAF, Región Metropolitana de Santiago
DGA, Región Metropolitana de Santiago
DOH, Región Metropolitana de Santiago
Gobierno Regional, Región Metropolitana
Ilustre Municipalidad de Independencia
SAG, Región Metropolitana de Santiago
SEREMI de Agricultura, Región Metropolitana de Santiago
SEREMI de Desarrollo Social, Región Metropolitana de Santiago
SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago
SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana de Santiago SERVIU, Región Metropolitana
SEREMI Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago
SEREMI MOP Región Metropolitana de Santiago
Consejo de Monumentos Nacionales
Superintendencia de Servicios Sanitarios
Superintendencia del Medio Ambiente
Oficial de Partes de la eva.astudillo(Osea.gob.cl
Expediente del Proyecto "Edificio Carrión" Archivo Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana
38