Modificación Lodge y Área de Acampar Lago Grey, Torres del Paine
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REPÚBLICA DE CHILE | COMISIÓN DE EVALUACIÓN
XII REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA
VISTOS:
1,
2
32,
4%.
Se,
6*,
TP
8.
Califica Ambientalmente el proyecto "Modificación
Lodge y Área de Acampar Lago Grey, Torres del
Paine" Resolución Exenta N* 059/2018
Punta Arenas, 25 de abril de 2018
La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 11/10/2017 y su Adenda Complementaria de fecha 03/04/2018, del proyecto “Modificación Lodge y Área de Acampar Lago Grey, Torres del Paine”, presentado por Vértice S.A. con fecha 07/07/2017.
Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Modificación Lodge y Área de Acampar Lago Grey, Torres del Paine”.
El Acta de Evaluación N*036/2017 de fecha 02/08/2017, del Comité Técnico de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.
El ICE de la DIA del proyecto “Modificación Lodge y Área de Acampar Lago Grey, Torres del Paine” de fecha 16/04/2018.
El acuerdo adoptado en la sesión N%06 de fecha 24/04/2018, de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.
La Resolución de Calificación Ambiental N*167/2010, de la Comisión Regional del Medio Ambiente del proyecto “Servicio de Albergue y Área de Acampar destinados a Caminantes de Zona Primitiva, sector Lago Grey, Lago Dickson y los Perros, Parque Nacional Torres del Paine” que se modifica a través de la presente Resolución.
La Resolución de Calificación Ambiental N*149/2011, de la Comisión de Evaluación del proyecto “Ampliación Refugio Lago Grey” que se modifica a través de la presente Resolución,
Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Modificación Lodge y Área de Acampar Lago Grey, Torres del Paine”.
9%. Lo dispuesto en la Ley N19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N*1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
CONSIDERANDO:
- Que, Vértice S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Modificación Lodge y Área de Acampar Lago Grey, Torres del Paine” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Vertice S.A. E Rut 99.505.160-5 Domicilio Bulnes N*1202, Puerto Natales Teléfono 61-2412742 Nombre representante legal Rodrigo Meunier Cornejo Rut representante legal 12.722.748-9 Domicilio representante legal | Bulnes N?1202, Puerto Natales Teléfono representante legal | 61-2412742
A UN ¡Corréo Electrónico rmeunier(Overticepatagonia,cl
- Qué; donforme se indica en el ICE de fecha 16/04/2018, el Director Regional de la Región de
Magallanes y de la Antártica Chilena, ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto
o Guímple con la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto; cumple con los “requisitos de carácter ambiental contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos
señalados en los artículos N138, N142 y N160 del D.S. N40/2012; y no genera los efectos
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AN
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39,
4%.
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características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
Que, en sesión de fecha 24/04/2018, la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena acordó calificar favorablemente el proyecto “Modificación Lodge y Area de Acampar Lago Grey, Torres del Paine”, aprobando integramente el contenido del ICE de fecha 16/04/2018, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica: 4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
El objetivo del Titular es normalizar las instalaciones existentes que no cuentan con Resolución de Calificación Ambiental y, evaluar ambientalmente la construcción de 3 Plataformas para domos de personal, la relocalización del Área de Camping y la modificación de la disposición de aguas residuales del sistema de Tratamiento.
Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones
p) Ejecución de obras, programas o actividades en parques nacionales, reservas nacionales, monumentos naturales reservas de zonas vírgenes, santuarios de la naturaleza, parques marinos, reservas marinas o en cualesquiera otras áreas colocadas bajo protección oficial, en los casos en que la legislación respectiva lo permita.
Vida útil
Indefinida, sujeto a mantenciones de las obras
Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución
La acción que establece el inicio de la ejecución del proyecto y la fase de construcción, es la instalación de los artefactos de ahorro de agua
SI NO
Proyecto se desarrolla por etapas
Xx
Proyecto modifica un proyecto o actividad
El proyecto modifica los proyectos “Servicio de Albergue y Área de Acampar destinados a Caminantes de Zona Primitiva, sector Lago Grey, Lago Dickson y los Perros, Parque Nacional Torres del Paine”, RCA N 167/2010, y “Ampliación Refugio Lago Grey”, RCA N 149/2011, de acuerdo a lo descrito en el Capítulo I, punto 1.8 del ICE.
Proyecto Modifica otra (s) RCA
El proyecto modifica los proyectos “Servicio de Albergue y Área de Acampar destinados a Caminantes de Zona Primitiva, sector Lago Grey, Lago Dickson y los Perros, Parque Nacional Torres del Paine”, RCA N 167/2010, y “Ampliación Refugio Lago Grey”, RCA N 149/2011, de acuerdo a lo descrito en el Capítulo I, punto 1.8 del ICE.
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-administrativa
Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, Provincia de Ultima Esperanza, Comuna de Torres del Payne.
Descripción de la localización
Los servicios turísticos se desarrollan en un sector que presentan múltiples atractivos turísticos, asociados a los recursos escénicos, de vegetación y fauna, en el Parque Nacional Torres del Paine, en el sector de Refugio existente y calificado ambientalmente, dentro de un área definida como de “Uso Público” según el Plan de Manejo del Parque Nacional Torres del Paine vigente, es decir, consiste en áreas naturales o intervenidas. Aunque se trata de mantener un ambiente lo más natural posible, se acepta la presencia e influencia de concentraciones de visitantes y facilidades.
Las instalaciones a normalizar ocupan una superficie total dentro del predio de 104,48 m2; la superficie a construir 61,80 m2 y la superficie
Superficie del terreno a ocupar con cancha de infiltración y que se destinará a área de camping alcanza a 1.080,00 m2. Es decir, el total de superficie a intervenir alcanza los 1.246,28 m2.
Coordenadas UTM / WGS 84 HUSO18 Punto de Referencia Norte Este Coordenadas Pi sector de infiltración 434775614 627983.85 Nuevo Sector Camping Grey 4347791.00 627960.00
- Caminós de acceso
Para acceder desde Punta Arenas al sector, se utiliza la vialidad pública, fundamentalmente la Ruta 9, posteriormente Y-150 hasta el sector del Hotel Grey y finalmente por medio de navegación se en el Lago Grey, se accede al área del Refugio.
Igualmente, para acceder al área desde el sector del Refugio Paine Grande, es posible utilizar sendero existente - de mediana dificultad - que corresponde a parte del Circuito denominado “W”,
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Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones
Capítulo 1 del ICE y de la DIA
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO
4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
Preparación de sitio de emplazamiento de instalaciones
La preparación del sitio sólo consiste en la limpieza del sector donde se habilitará la nueva zona de camping y donde se implementará el nuevo sistema de disposición de efluentes, la que se realizará manualmente con herramientas menores
Construcción
a) Plataformas de domos
En la construcción de las nuevas plataformas se consideran las mismas especificaciones indicadas precedentemente, es decir, plataformas de 4,85 m x 4,81 m; elaboradas con poyos de ciprés; tabiquería de pino y planchas de terciado estructural.
b) Habilitación nueva área de camping
Respecto a la habilitación de la nueva área de camping, ésta sólo considera la limpieza del sector y la construcción de un pequeño cerco con el único objetivo de ordenar el flujo de pasajeros hacia el sector de camping, evitando el tránsito por la zona de drenes.
El cerco se construirá con madera de pino, de 2x3 los verticales y 2x2 los horizontales, a una altura máxima de 1 m. aproximadamente.
c) Modificación sistema de tratamiento
Respecto a la construcción nuevo sistema de tratamiento y disposición de efluentes, sólo se requiere las excavaciones para la instalación de fosas y el tendido de tubería para infiltrar Aguas Grises (5 líneas de drenaje) y Aguas Negras Tratadas (3 líneas de drenaje). La nueva cancha de infiltración definida de acuerdo a pruebas de absorción, debe contar con una superficie de infiltración de alrededor de 105 m2,
Cabe mencionar que, de acuerdo a los cálculos, se consideró una superficie para aguas grises de 110 m2 y de 68 m2 para aguas negras, dando un total de superficie a infiltra de 178 m2.
Especificaciones Técnicas se adjuntan en Anexo N* 5 de la Adenda Complementaria.
Instalación Artefactos Sanitarios
Se dispondrán de duchas con pulsadores y aireadores, y aireador ahorro para grifería de lavamanos y temporizador. Adicionalmente, el proyecto contempla la instalación de urinarios y WC de bajo consumo, en reemplazo a los actuales.
Retiro de equipos y limpieza del sitio
Una vez terminada la obra se procede al retiro de los equipos menores involucrados en esta fase y se realiza la limpieza de las áreas intervenidas en la construcción.
Recursos naturales renovables
La construcción de 3 plataformas para domos de personal ocupará 61,80 n?, pero estarán montadas sobre poyos sin apoyarse en el suelo, por lo que la superficie intervenida es mínima. Así mismo, la modificación del sistema de Tratamiento, considera la realización de pequeñas excavaciones para insertar los estanques y tuberías en zonas que se encuentran cubiertas solamente por capa vegetal, principalmente de hierba baja, la que una vez realizadas las excavaciones, es restituida en los mismos lugares donde extrajo, para de esta manera volver a la condición original.
Emisiones y efluentes
Acorde a la mínima cantidad de equipos requeridos en esta fase, existirá una generación mínima de emisiones a la atmósfera, correspondientes al uso calefacción a leña que se empleará para servir al personal de construcción en los lugares de uso común; emisiones por el uso de la cocina a gas, así como producto del funcionamiento de equipos electrógenos que serán usados en forma intermitente durante la etapa de construcción.
No se generan emisiones de material particulado por movimiento de tierra, debido a los factores mencionados en el acápite anterior.
Las principales emisiones sonoras de la etapa corresponderán a la operación de algunas herramientas que producirán un aumento momentáneo e insignificante en los niveles de ruido en el entorno inmediato a las áreas del proyecto.
Residuos, productos químicos y Otras . sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
Para esta etapa habrá una mínima generación de residuos líquidos domésticos producto de los trabajos de construcción para cuyo manejo se utilizarán las instalaciones existentes.
Durante la fase de construcción, se estima una generación de 180 kg. de residuos sólidos domiciliarios, para la totalidad de la fase de construcción. Estos residuos estarán compuestos de materia orgánica, papeles, cartones, plásticos, entre otros, los que no presentan
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características de peligrosidad. Se dispondrán en contenedores para la basura disponibles en el sector, los que junto a los residuos habituales de la operación en dichas áreas serán retirados periódicamente, trasladados a lugar autorizado.
El retiro de lodos se realizará una vez al año en mayo. Mediante una bomba se extraen los lodos de las plantas y se almacenan en contenedores de 60lt sellados. Estos contenedores se trasladan en carretilla hasta el inicio del huinche, y mediante un sistema de rieles se desplaza los cargamentos desde el refugio hasta la playa en lago Grey (cercano al puesto de CONAP).
Una vez acopiados todos los contenedores en la playa, estos se cargan en embarcación y se trasladan por medio de la ruta de navegación autorizada hasta el muelle del catamarán Grey 3. En dicho lugar se cargan los contenedores en camionetas de la empresa y se acercan al camión aljibes de 15.000 lt, el cual mediante bombas extrae el lodo de los contenedores y los retira definitivamente del Parque.
En cuanto a la generación de residuos sólidos industriales (no peligrosos), se estima que se generará un máximo de 0,8 m3 para la totalidad de la faena, los que serán dispuestos en lugar autorizado. Estos residuos estarán compuestos de despuntes de fierro y restos de soldadura, que no presentan características de peligrosidad.
En cuanto a la generación de residuos peligrosos, se estima una generación durante toda la fase de construcción de 4 kg, y provienen principalmente de envases vacíos de pegamentos y tubos de silicona, los que serán dispuestos en contenedores herméticos que se mantendrán cerrados y serán etiquetados y manejados de acuerdo a las exigencias estipuladas en el Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos D.S. N*148/03 del Ministerio de Salud.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Capitulo IV
4.3,2, FASE DE OPERACIÓN
Sistema de tratamiento de las aguas servidas
El sistema que se plantea para el sector de Refugio Grey, estará dividido en dos plantas de tratamiento que recibirán aguas con distinta carga orgánica:
i. Una que trataría todas las aguas negras provenientes del Refugio y Camping.
ii. otra que trataría todas las aguas grises provenientes del Refugio y Camping.
En el sector se dispone de factibilidad técnica para separar todas las aguas grises provenientes desde el Refugio.
Para aguas grises se proyectó un tratamiento primario consistente en una fosa séptica de doble cámara, mientras que para las aguas negras se proyecta un sistema de tratamiento primario, secundario y terciario consistente en lodos activados de 22.5 m3.
Del análisis para los dos sistemas de tratamiento, se concluye que se requeriría un estanque tipo fosa séptica de unos 14 m3 para las aguas grises y una planta de tratamiento con lodos activados de 20 m3 para las aguas negras, considerando condiciones de máxima capacidad (530 hab), escenarios de bajas temperaturas y tiempos de retención altos en caso de producirse fallas en los sistemas de aireación.
Al considerar que actualmente la zona de Grey dispone de dos estanques de tratamiento primario de 18 m3, podría destinarse ambos estanques instalándolos en serie para el tratamiento y almacenamiento de las aguas grises. Una ventaja de esto es que se reduciría la posibilidad de que pasen a la red de drenaje de aguas grises o de irrigación los aceites y grasas, ya que el efluente pasaría por tres cámaras (cámara desgrasadora y los dos estanques), los cuales generan un gran problema de obturación en las cañerías.
Respecto al sitio actual de disposición de aguas servidas en Grey, consiste en un sistema de drenes de 64 m2 y dos pozos. Este sistema será destinado para eventos de contingencia o cuando la planta esté operando sin energía como un sistema primario.
Dado que el sistema de drenes tiene una superficie de 64 m2, el caudal máximo diario que podría recibir es de 64 m2 x 70 /m2/día = 4.5 m3/día. Los pozos de Grey tendrían una capacidad de infiltración de hasta 5.7 m3/día.
== -Puesta en Marcha Planta € Tratamiento
Actualmente el refugio Grey está prestando servicios los 365 días del año (incluso en invierno). Por lo tanto, la planta, una vez encendida, operaria continuamente a excepción de las veces que se requiera realizar mantenciones anuales, las cuales serían en la temporada baja, de forma de ponerla en marcha en la condición con menor afluencia de visitantes. Una vez encendida la planta, se debe considerar un tiempo adicional de
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operación para alcanzar el estado óptimo. De acuerdo a la experiencia del fabricante, la planta de tratamiento requiere un tiempo de aproximado de 30 días para llegar a su funcionamiento óptimo. Para evitar problemas de tipo de descargas con alto contenido de carga orgánica en la puesta en marcha, el fabricante recomienda llenar los estanques de la planta a medio nivel con agua limpia y un caudal bajo de aguas negras (lo cual ocurre en temporada baja). A medida que se van generando las descargas de aguas negras y se llena la planta al 100%, el efluente inicial estará diluido, con lo cual se controla la descarga inicial de puesta en marcha. De lo anterior, se considerará un mes previo a la fecha a la cual se debe tener la planta a su funcionamiento óptimo. Además, se procederá a realizar los siguientes chequeos y mantenciones para posteriormente encender la planta: $ Chequeo electrónico de los equipos de control, correspondientes a configuración de reloj temporizador y equipos de cloración y
decloración
$ Chequeo de que motores sopladores están limpios y operan correctamente
$ Chequeo de que la electrobomba para recircular lodos opera correctamente
$ Chequeo de que la bomba elevadora opera correctamente
$ Chequeo de que los filtros de anillas y cuarzo estén limpios
$ Sistemas de cloración y decloración limpios y con la carga correspondiente de compuestos
$ Chequeo de que la cámara desgrasadora esté limpia (se limpiara cada tres meses)
$ Chequeo de que la planta estará limpia con una cantidad de lodos en su interior que permita una rápida reactivación del tratamiento biológico.
$ Se corrobora de tener los estanques con agua potable hasta la mitad de su capacidad y se comenzara a alimentar la planta con las descargas de aguas negras,
$ De acuerdo a la experiencia del fabricante, para una eficiente puesta en marcha se deben adicionar durante el primer mes de operación una dosis de 250 g de bacterias cada 7 días (correspondiendo a 1 kg en mes de puesta en marcha) para favorecer el rápido funcionamiento de la planta.
En Anexo N* 1 de la Adenda Complementaria, se adjunta Hoja Técnica
de Bacterias a utilizar.
Sistemas de Aguas Tratadas
Infiltración
de
Para toda la zona de Grey, se requiere disponer de una superficie para infiltración de aguas tratadas de 178 m2 (68 aguas negras + 110 aguas grises) que podrá infiltrar hasta 51.6 m3/día.
Para las aguas negras tratadas, se consideran 3 líneas de drenaje, ubicados dentro de una cancha de infiltración de 17.5x3.9 m. Con ello tendría una capacidad de infiltración de 19.7 m3/día
Las aguas grises tratadas, consideran 5 líneas de drenaje, ubicados dentro de una cancha de infiltración de 17.5x6.3 m. Con ello tendría una capacidad de infiltración de 31.9 m3/día.
A su vez, se destinara la actual zona de infiltración para contingencias, el actual consiste en un sistema de drenes de 64 m2 y dos pozos de infiltración.
Ante una eventual saturación del sistema de infiltración, se procederá a detener el flujo en la zona saturada mediante cierre de la o las válvulas de las líneas saturadas. En caso de que el resto de los drenes del sistema nuevo no puedan infiltrar todas las aguas debido al cierre de las líneas saturadas, se redistribuirán las aguas al sistema actual de infiltración. Cabe mencionar que cada línea de dren dispondrá desde su caja de distribución una válvula que permitirá abrir o cerrar cada tubería, facilitando el control de distribución. Una vez cerrado el flujo hacia la zona de saturación, se procederá a su revisión y eventual mantenimiento.
Flujómetro
El proyecto instalará un flujómetro. Una vez instalado se procede a registrar diariamente el consumo para tener a fin de mes un informe detallado que estará disponible en la Oficina de Administración del refugio Grey, en carpetas físicas y digitales bajo la responsabilidad del Jefe de Mantención, y del Administrador general del Refugio. El procedimiento de registro de datos consiste en los siguientes pasos:
i. Diariamente el Jefe de Mantención, a las 6:00 am, revisa el flujómetro instalado en la red de agua potable en la base de las copas de aguas y anota en una libreta el consumo total a la fecha.
ii. En la oficina de Administración, el Jefe de Mantención traspasa los datos registrados a una plantilla Excel, en la cual se le resta el valor del día anterior y con ello se obtiene el consumo diario.
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iii. A fin de mes se imprimen las plantillas digitales y se archivan en carpetas para respaldo físico. A su vez se envían copias digitales a las oficinas centrales en Puerto Natales para registro externo. En Anexo N* 2 de la Adenda Complementaria, se adjunta Certificación DICTUC de Flujómetro adquirido, donde se presentan sus características técnicas.
Monitoreo
Se adquirirá instrumental para un monitoreo diario de temperatura, pH, oxígeno disuelto entre otros, tales como termómetro, pHmetro, medidor de oxígeno disuelto y elementos para aplicar el “Test de cono imhoff”. Se mantendrá registro de los monitoreos diarios, en caso de ser requeridos durante una fiscalización.
Se efectuará un Monitoreo durante uno de los meses de más alto flujo de turistas, en la primera temporada una vez notificada la RCA, analizando los parámetros establecidos en el Decreto Supremo N* 46 “Establece Norma de Emisión de Residuos Líquidos a Aguas Subterráneas”, a objeto determinar si el efluente corresponde a una fuente emisora. Los resultados serán remitidos a la Superintendencia del Medio Ambiente, con copia a la SEREMI de Salud, a más tardar al finalizar la temporada de operación (abril 2019). Dependiendo de los resultados, la autoridad sanitaria podrá solicitar la continuación de los monitoreos en época de máxima ocupación.
Emisiones y efluentes
No existen emisiones atmosféricas derivadas del proyecto que se somete a evaluación, empero, éste no se modifica respecto a lo calificado ambientalmente, por cuanto durante la fase de operación normal del Refugio, las emisiones atmosféricas que se generan corresponden a los gases que se generan de chimeneas de combustión lenta que funcionan a leña, a las emisiones producto del uso de la cocina a gas y a las emisiones de gases producto del funcionamiento de equipos electrógenos. No se generan emisiones derivadas de las mantenciones al Sistema de tratamiento ni del proceso de disposición de aguas grises y negras.
No se modifica respecto a lo calificado ambientalmente. La operación del Refugio no genera ruidos molestos; la única fuente de generación de ruido corresponde a uso de un generador eléctrico, que se ubica en recinto donde está restringido el acceso y contempla las medidas de aislación necesarias para disminuir las emisiones sonoras generadas.
En abril de 2017 se efectuó evaluación acústica en receptores cercanos a la Sala de Generadores durante el proceso de operación con el objetivo de determinar la magnitud del ruido producido por éste y su cumplimiento respecto del D.S. N38/11. Los resultados arrojaron que las emisiones acústicas en el lugar de medición (Habitación de Pasajeros de Refugio Grey), cumplen con la normativa vigente. En Anexo N 4.3 de la DIA, se adjunta Informe de Emisiones acústicas.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
La generación de aguas servidas será tratadas y dispuestas en nuevas canchas de infiltración, pero a su vez disminuirán debido a la implementación de los artefactos sanitarios con ahorro de agua. En cuanto a los operadores de las PTAS utilizarán las instalaciones del Refugio.
Se estima para el período de máxima atención de visitantes, una generación estimada de 160 Kg/día. Para el depósito de éstos, se cuenta con contenedores móviles, rotulados y con tapas individuales. Los residuos sólidos se acopian en bodega y son retirados por embarcación autorizada, con una frecuencia de una vez por semana, siendo trasladada a punto de disposición final autorizado.
La Bodega en el sector tiene una capacidad que le permite soportar alrededor del6 días sin retiro de residuos, de tal forma que existe la capacidad de tolerar un extenso período con condiciones climáticas desfavorables que impidan la navegación en el lago Grey.
El retiro de lodos se realizará una vez al año en mayo, una vez finalizada la temporada. Mediante una bomba se extraen los lodos de las plantas y se almacenan en contenedores de 60lt sellados. Estos contenedores se trasladan en carretilla hasta el inicio del huinche, y mediante un sistema de rieles se desplaza los cargamentos desde el refugio hasta la playa en lago Grey (cercano al puesto de CONAP).
Una vez acopiados todos los contenedores en la playa, estos se cargan en embarcación y se trasladan por medio de la ruta de navegación autorizada hasta el muelle del catamarán Grey 3. En dicho lugar se cargan los contenedores en camionetas de la empresa y se acercan al camión aljibes de 15.000 It, el cual mediante bombas extrae el lodo de los contenedores y los retira definitivamente del Parque.
Durante la fase de operación, no se generarán residuos sólidos industriales no peligrosos.
En cuanto a los residuos peligrosos, se dispondrán en bodegas de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, la cual se normaliza en
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de acuerdo a la normativa vigente, D.S. N*148.
esta evaluación. El manejo y disposición de los mismos, se deberán regir
Referencia al ICE para mayores
detalles sobre esta fase. Capítulo IY
4.3.3. FASE DE CIERRE
La etapa de abandono contempla dejar las instalaciones a la CONAF, una vez finalizado el contrato de concesión vigente, esto es, el año 2026. De acuerdo a lo establecido en contrato de concesión, existirá un proceso
Abandono continuo y sistemático de conservación de las estructuras e instalaciones, por lo que éstas se encontrarán en óptimo estado de operación al concluir el contrato cuando sean entregadas a CONAF, es decir, no se contempla el desmantelamiento de la infraestructura existente.
Mantención, conservación y | Dada la naturaleza del Proyecto, no se contempla una etapa de abandono
supervisión propiamente tal, sino que el titular realizará periódicamente trabajos de
mantención y mejoras cuando sea necesario para mantener en óptimas condiciones las instalaciones. En caso de abandono, se contempla dejar las instalaciones a la CONAF, una vez finalizado el contrato de
concesión vigente, esto es, el año 2026.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Capítulo IV
4.4. DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO
4.4.1. Fase de Construcción
Fecha estimada de inicio
Inicio al mes de notificada la RCA
Parte, obra o acción que establece el inicio
Instalación de los artefactos de ahorro de agua
Fecha estimada de término
Dos meses de notificada la RCA
Parte, obra o acción que establece el término
Limpieza del sitio y puesta en operación de los nuevos artefactos de ahorro de agua
4.4.2, Fase de Operación
Fecha estimada de inicio
Dos meses de notificada la RCA
Parte, obra o acción que establece el inicio
Puesta en marcha de las nuevas infraestructuras y sistema de tratamiento de aguas servidas
Fecha estimada de término
No se contempla fecha de término
Parte, obra o acción que establece el término
Sujeto a las actividades de mantención, y contrato de concesión con CONAF
4,4.3. Fase de Cierre
Fecha estimada de inicio
Dada la naturaleza del Proyecto, no se contempla una etapa
Se,
de abandono propiamente tal
Parte, obra o acción que establece el inicio
El titular realizará periódicamente trabajos de mantención y mejoras cuando sea necesario para mantener en óptimas condiciones las instalaciones
Fecha estimada de término
Una vez finalizado el contrato de concesión vigente, esto es, el año 2026
Parte, obra o acción que establece el término
En caso de abandono, se contempla dejar las instalaciones a la CONAF
inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300:
Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS
Las emisiones atmosféricas que se generaron en las etapas dentro de la fase de construcción fueron insignificantes pues solo se generaron emisiones del funcionamiento de equipos electrógenos. En la última etapa de la fase de construcción se generarán bajas emisiones pues corresponderán solamente a la calefacción a leña por medio de una chimenea de combustión lenta para el personal de construcción, en los lugares de uso común como el comedor y estar de personal, a las emisiones producto del uso de la cocina a gas así como las emisiones de gases producto del funcionamiento de equipo electrógeno que será usado en forma intermitente durante la etapa de construcción. No se generan emisiones de material particulado por movimiento de tierra, debido a dos factores principales: las excavaciones que se realizan son menores (para instalar poyos y tuberías), y que la tierra se encuentra con alto contenido de humedad debido a las condiciones climáticas del lugar y a la época del año en que se realizan los trabajos.
En tanto en la fase de operación, serán muy poco significativas y tienen su origen en las emisiones atmosféricas que se generan corresponden a los gases que se generan de chimeneas de combustión lenta que funcionan a leña. Adicionalmente, estarán acotadas sólo al entorno del Proyecto, sector que no se encuentra declarado latente o saturado por algún tipo de contaminante atmosférico
Por otro lado, no se generan emisiones derivadas de las mantenciones al Sistema de tratamiento ni del proceso de disposición de aguas grises y negras.
Las principales emisiones sonoras de la etapa de construcción corresponden a la operación de equipos comunes a este tipo de construcción (herramientas menores, generador), que estarán bajo el estándar establecido, estimándose su rápida disipación debido al frecuente viento de la zona.
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La operación del Refugio no genera ruidos molestos; la única fuente de generación de ruido corresponde a uso de un generador eléctrico, que se ubica en recintos donde está restringido el acceso y contempla las medidas de aislación necesaria para mitigar las emisiones sonoras generadas.
Durante la etapa de construcción de infraestructura que se normaliza, así como para la fase a desarrollar, se utilizó y utilizará el sistema de las instalaciones existentes que cuentan con Resolución sanitaria.
Durante la fase de Operación, se estima que se utilizarán un total de 18,3 m3/día de agua potable, asociada a la cantidad de personal permanente, al número estimado de pasajeros que alojan en Refugio y en Camping, además de los pasantes en tránsito.
Las aguas servidas generadas, serán tratadas por medio del Sistema de Tratamiento y el efluente será descargado de manera directa y gravitacional hasta una malla de drenes, la cual realizará el proceso de infiltración al terreno aledaño.
El manejo de los residuos, serán de acuerdo a lo descrito en el presente documento, y dispuestos en lugares autorizados.
A si mismo, no existe población estable en el área de influencia del Proyecto. Las personas presentes en el área son parte de una población flotante constituida por personal de Vértice S.A., que se desempeña en el sector preferentemente entre los meses de octubre y marzo, además de turistas nacionales o extranjeros que visitan el sector por períodos acotado de tiempo.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este | Capítulo VI impacto específico
5.2, EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE
A
Durante la fase de construcción, la pérdida de suelo no será significativa, ya que sólo se ocupa una superficie mínima de suelo de sólo 1.246,28 m2 correspondiente a la infraestructura a regularizar y por construir, aunque mayoritariamente (1.100 m2), corresponde al nuevo sector definido para habilitar el camping y al de la cancha de infiltración.
Por otro lado, el Proyecto no considera la contaminación del suelo, en virtud del manejo de residuos y sustancias peligrosas establecido por el Titular que evitará el contacto de dicho componente con estos residuos y/o sustancias.
En el levantamiento de información preparada para la DIA, se han expuestos los antecedentes de la diversidad biológica presente en el área de intervención, y se ha descartado un efecto adverso significativo sobre las comunidades de flora y fauna presentes en el área.
Se pudo determinar que la vegetación en el área está conformada por cuatro fisonomías, Bosque mixto de Lenga y Coihue: esta cobertura vegetacional forma parte de la vegetación primaria y secundaria de los sectores cercanos al refugio, Matorral bajo de Chaura (Gaultheria mucronata): este tipo de vegetación corresponde posiblemente a los fragmentos de matorral mesófito incendiados durante el incendio Olguín del 2011-2012, Matorral de Calafate (Berberis microphylla): este matorral está dominado por el calafate, con superficies menores, dando cuenta probablemente de incendios antiguos donde la especie dominante, puede rebrotar con facilidad dominando en cobertura y Pradera de Pasto Miel (Holcus lanatus): esta formación vegetal da cuenta del enorme y extenso impacto ecológico que tuvo la ganadería en el área durante los tiempos de colonización.
No se realizaron expediciones de campo debido a la imposibilidad de asistir a terreno en fechas poco idóneas para el estudio de la flora (junio 2017), sin embargo, se efectuó una clasificación de la vegetación en base a imágenes satelitales que ha resultado de gran utilidad para determinar especies dominantes y co- dominantes.
Aunque ninguna de las especies detectadas forma parte del listado de especies en categorías de conservación del Ministerio del Medio Ambiente, se asumirá como criterio precautorio que algunas de dichas especies pudieran estar en el área de influencia, razón por la cual - para hacerse cargo de un potencial impacto, se propone efectuar una nueva prospección en periodo de máxima floración (diciembre-enero) y se tomarán una serie de medidas para evitar que sobre ellas no se produzcan los efectos del art. 6% del D.S. 40 del RSEIA:
i. Registro de las poblaciones mediante cámara fotográfica y GPS para delimitar, previo permiso de las autoridades correspondientes (Conaf), mediante exclusiones contra herbivoría los individuos detectados. Se realizará un exhaustivo muestreo en sectores adyacentes a infraestructura de refugios y/o campings, con el objeto de detectar la única especie en amenaza de conservación (Gavilea kingii). Si se detectan poblaciones se pondrá énfasis en la necesidad de delimitar áreas de exclusión de plantas individuales (mediante protectores tipo Shelter), con el objeto de interrumpir procesos de herbívora potencial por liebres que pudieran dañar dichas poblaciones. La herbívora temprana de tales plantas podría afectar procesos de polinización natural entre individuos de la especie, por lo que los protectores individuales mencionados, podrán ayudar a proteger las plantas contra la depredación por liebres.
ii. Colecta de germoplasma (semillas) o estructuras que puedan clonarse (rizomas) para la conservación ex- situ de los individuos registrados. Si se detectan individuos de la orquídea Gavilea kingii, una forma eficiente de conservación puede ser la colecta de germolpasma (semillas), en la época de semillación que ocúrré,en el mes de enero. Dicho material será colectado según protocolos estándar, para ser donado al Banco, de Germoplasma del Sag. Este banco contiene la infraestructura necesaria para conservar ex-situ (o ra del hábitat natural) por años material genético con fines de investigación. Alternativamente, la colecta de material vivo, por ejemplo rizomas, podría desarrollarse de manera no destructiva para iniciar igación sobre reproducción asexual (e.g. clonación) del material vegetativo. Esta opción representa ¡Adicional para potenciar la conservación de una especie en peligro de extinción.
Aéciones de difusión de especies en categoría de conservación de Torres del Paine. Se incorporará señalética y/o material gráfico de difusión de especies de plantas en categoría de amenaza, para generar
inves
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estrategias de difusión para el público usuario del parque nacional.
Para la implementación del sistema de tratamiento de aguas servidas y en particular la nueva área de infiltración, se intervendrá un sector en el que actualmente se emplaza el área de camping, es decir, se encuentra intervenido; dicha intervención será mínima y transitoria, pues una vez instalado los drenes, la cubierta será restituida, por lo que la magnitud y duración del impacto es puntual y de corta duración. Destacar que no se utilizarán maquinarias, solo herramientas menores.
Los resultados del levantamiento de Fauna, concluyen (Anexo 7 de la Adenda), que la obtención de la información para la generación de los listados, hace mención a dos especies que poseen sub especies que se encuentran en categorías de vulnerables Pseudalopex culpaeus lycoides y Cinclodes oustaleti baeckstroemii. La distribución para la primera se restringe a la Isla de Tierra del Fuego y para la segunda el archipiélago de Juan Fernandez. Como dichas subespecies no han sido registradas en el área no existe posibilidad de afectarlas, sin embargo, se citan las amenazas descritas para ambas y que podrían afectar a la especie, amenazas que no se encuentran descritas como resultados posibles de la ejecución del proyecto. De acuerdo a la información concerniente a F. peregrinus, queda de manifiesto que el proyecto no generará las amenazas que afectan a la especie tale como la destrucción de hábitat o la disminución de alimento, inclusive no se contempla el desarrollo de proyectos eólicos, única amenaza descrita exclusivamente para esta especie. En cuanto al Huemul, no se generaran efectos adversos de acuerdo a las amenazas descritas para la especie, sin embargo, es necesario tomar atención sobre la presencia de la especie en el entorno inmediato, coordinando con la CONAF, las posibles acciones a seguir de acuerdo a la frecuencia de la presencia del o los individuos que pudieran ser avistados.
Adicionalmente, en cuanto al tratamiento de las especies con algún grado de vulnerabilidad, se considerará algunas acciones, teniendo en cuenta que en el lugar existe una población residente en el caso de los trabajadores y transitoria como es el caso de los visitantes, en tal sentido desarrollará las siguientes actividades:
a) Incluir en las inducciones corporativas, charlas de capacitación respecto a la fauna vulnerable y en peligro existente en el lugar, las cuales tendrán información relevante como la identificación de las especies, aspectos generales de su biología y recomendaciones generales para la conservación de la especie.
b) Difundir información relativa a las especies en riesgo entre los turistas, con información relevante como las sugeridas para las charlas al personal,
Adicionalmente, se contempla el consumo de 18,3 m3/día de agua potable, que será obtenida del lago Grey y sobre la cual existen derechos de aprovechamiento.
El Proyecto no considera la descarga de aguas residuales a cuerpos o cauces de agua, por lo que no se afectarán los parámetros físicos, químicos y biológicos de ellos.
Por otra parte, no existe el riesgo de derrames de combustible en cuerpos de agua por cuanto las operaciones asociadas a combustibles se efectuarán en recintos que cuentan con las medidas de resguardo (pretiles de contención) que evitan la posibilidad de un derrame, aun así se cuenta con planes de contingencia y emergencia ante cualquier eventualidad.
En cuanto a las sustancias químicas que se utilizarán en las fases de construcción y operación del Proyecto, se estima un consumo mínimo y eventual de éstas para el desarrollo de algunas actividades específicas. Su uso se realizará tomando todos los resguardos para evitar el contacto entre ellas y los recursos naturales del entorno (suelo, agua). Referencia al ICE para mayores detalles sobre este | Capítulo VI impacto específico 5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS El Proyecto no contempla la intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales a grupos O comunidades para el sustento económico, uso tradicional, medicina, espiritual o cultural, atendiendo las condiciones presentadas y detalladas en el presente proyecto. Como se ha señalado, no existe población estable en el área de influencia del Proyecto, que se vea afectada en ninguna de sus etapas. El Proyecto no involucra la obstrucción, restricción a la libre circulación, conectividad o aumento significativo en el tiempo de desplazamiento a grupos humanos o comunidades. El movimiento de vehículos estimado es despreciable, en la fase de construcción fue necesario un movimiento de 10 viajes de vehículos de carga menor y para la última sub-etapa de la fase de construcción se estima el movimiento de no más de 5 viajes de vehículos de carga menor y Van para transporte de trabajadores, por lo que el bajo número no afecta para nada el tránsito del sector, por lo que se puede establecer que no se generará obstrucción o restricción de la libre circulación, conectividad o aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. En tanto en la fase de operación, asociado al proyecto que se somete a evaluación sólo implicará el movimiento de alrededor de 2 vehículos al año (camión retiro de lodos), situación idéntica a lo actual y que no afecta el tránsito local. El Proyecto no genera alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica de grupos humanos o comunidades; el proyecto no obstruye rutas o caminos de acceso, ni impide el libre desplazamiento. El Proyecto no genera alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios O infraestructura básica de grupos humanos o comunidades; el proyecto no obstruye rutas o caminos de ¡We acceso, ni impide el libre desplazamiento. AS El Proyecto no genera la dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, me cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo. El proyecto se emplaza en terrenos del Parque Nacional Torres del Paine, donde no existe asentamiento de comunidades humanas en forma permanente. Ñ Ñ o
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Referencia al ICE para mayores detalles sobre este | Capítulo VI impacto específico
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y AREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR
No existe presencia de población, comunidades o grupos humanos protegidos por leyes especiales en las proximidades del área de emplazamiento del proyecto. La localización del proyecto no afectará a comunidades cercanas ya que el centro urbano más próximo — Villa Cerro Castillo - se encuentra a unos 65 kilómetros en línea recta del sector Grey en el Parque Nacional Torres del Paine.
De igual manera, existen sitios de valor ambiental indicados por la autoridad, pero éstos no son afectados por la construcción. La infraestructura ya construida así como la que se habilitará en el contexto del proyecto, se emplaza en el Parque Nacional Torres del Paine, en sector que según el Plan de Manejo del PNTP se encuentra dentro de la “Zona de Uso Público”.
En el área de desarrollo del proyecto no se ubican humedales protegidos y aun cuando la actividad del campamento se desarrolla próxima al glaciar Grey, dada la baja intensidad, naturaleza y extensión espacial de éstas, no habrá impactos acumulativos durante la operación del, en consecuencia, en ningún caso éste se verá afectado por el desarrollo del Proyecto.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este | Capítulo VI impacto específico
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TERMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA
Atendiendo el valor paisajístico del sector, el Proyecto ha incorporado medidas para evitar al máximo impacto en las condiciones paisajísticas del lugar, entre ellas se estableció la no corta de especies arbóreas. De igual manera, las construcciones junto con ser de menor tamaño, se emplazaron en áreas de menor visibilidad no interfiriendo los atributos singulares, ni obstruyendo las vistas, ni llamando la atención del observador, evitando la generación de impactos de tipo medio.
En consecuencia, las actividades y obras del proyecto, no obstruyen de manera significativa la visibilidad a la zona de valor paisajístico.
Debido a la superficie y al tipo de intervención, la pérdida de atributos biofísicos del paisaje es de menor magnitud pues sólo implica la pérdida parcial de un atributo biofísico (en este caso superficie acotada de vegetación).
La infraestructura ya construida así como la que se habilitará en el contexto del proyecto, se emplaza en el Parque Nacional Torres del Paine, en sector que según el Plan de Manejo del PNTP se encuentra dentro de la “Zona de Uso Público”, por lo que el proyecto en evaluación, no genera efectos en el valor turístico.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este | Capítulo VI impacto específico
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL
El Proyecto no alterará monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico o histórico, que pertenecen al patrimonio cultural. Los procesos se desarrollarán en del Parque Nacional Torres del Paine definida de “Uso Público”, ya intervenidos, no habiéndose identificado ningún tipo de recursos pertenecientes al patrimonio cultural en los procesos de construcción realizados.
Debido al lugar en que se emplaza el Proyecto, se puede establecer que el proyecto, no involucra la alteración de nuevas áreas, ni la alteración o deterioro de algún sitio definido como Monumento Nacional. Por otro lado, de acuerdo a lo establecido en el Plan de Manejo del Parque Nacional Torres del Paine, en el área de desarrollo del proyecto no hay sitios de importancia histórica, así como tampoco se han identificado sitios arqueológicos en los estudios realizados en el área.
No obstante, lo anterior, en caso de identificarse hallazgos durante las labores de construcción del Proyecto, se procederá según lo indicado en la Ley de Monumentos Nacionales N* 17.288.
El sitio de valor cultural más cercano al Proyecto es Villa Cerro Castillo, donde se emplaza el Monumento Histórico Cementerio de Cerro Castillo y se encuentra a 65 kilómetros en línea recta del área del proyecto, por lo que no es afectado por el proyecto en ninguna circunstancia.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este | Capítulo VI impacto específico
6”. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos
6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagiies, aguas servidas de cualquier naturaleza, del artículo N*138 del Reglamento del SEIA
Fase del Proyecto a la cual
Construcción y Operación corresponde
Sistema de tratamiento de las aguas servidas, y disposición de
Parte, obra o acción a que aplica A a 3 ; En z ape ep las mismas mediante sistemas de infiltración en el suelo.
Pronunciamiento del órgano | Oficio N*311 de fecha 16 de abril de 20183, de la Secretaría
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Documento - 5f/2b/846b956a68142a31ff5ddb4fb790b9b44b66 competente | Regional Ministerial de Salud 6.1.2. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo N142 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual de 04 omESpOndO Construcción y Operación Parte, obralo acción aqueraplica Habilitación de bodega para acopio temporal de residuos peligrosos Pronunciamiento del órgano | Oficio N784 de fecha 13 de noviembre de 2017, de la competente Secretaría Regional Ministerial de Salud 6.1.3. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos, del artículo N160 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual de Construcción corresponde Parte, obra o acción a que aplica Construcción de 3 plataformas para instalar domos de personal Pronunciamiento del órgano | Oficio N448 de fecha 01 de agosto de 2017, del Servicio competente Agrícola y Ganadero Referencia al ICE para mayores Capítulo IX detalles 7. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de
cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
Norma
Decreto con Fuerza de Ley N* 458 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Ley General de Urbanismo y Construcción
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción
Parte, Obra o Acción a la que Aplica
Construcción de las obras
Forma de cumplimiento
Para dar cumplimiento a lo establecido en la esta norma, el Titular del Proyecto solicitará, previamente a la aprobación de los permisos de construcción por parte de la Dirección de Obras Municipales, el Informe Favorable para la Construcción (Ex Cambio de Uso de Suelo) de la Secretaría Regional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y de la Dirección Regional del Servicio Agrícola y Ganadero.
Sin perjuicio de lo anterior, y por tratarse del Permiso Ambiental Sectorial señalado en el Artículo 160% del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental — RSEIA (D.S. N* 40/12), el Titular presentará los antecedentes técnicos y formales necesarios ante la autoridad para el Informe Favorable para la Construcción, de acuerdo a lo indicado en el artículo 160 del RSEIA,
Indicador que acredita su
cumplimiento
Presentación y aprobación del Permiso Ambiental Sectorial N*160. Posterior a la evaluación ambiental del Proyecto, se solicitará sectorialmente el Informe Favorable para la Construcción para las obras de edificación que lo requieran.
Norma
Decreto Supremo N*46/03 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Establece Norma de Emisión de Residuos Líquidos a Aguas Subterráneas.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación
Parte, Obra o Acción a la que Aplica
Monitoreo del afluente
Forma de cumplimiento
El Proyecto considera la generación de aguas servidas, cuyos efluentes serán infiltrados en el sector, previo paso por sistema de tratamiento.
Indicador que acredita su
cumplimiento
Se efectuará un Monitoreo durante uno de los meses de más alto flujo de turistas, en la primera temporada una vez notificada la RCA, analizando los parámetros establecidos en el Decreto Supremo N* 46 “Establece Norma de Emisión de Residuos Líquidos a Aguas Subterráneas”, a objeto determinar si el efluente corresponde a una fuente emisora.
Los resultados serán remitidos a la Superintendencia del Medio Ambiente, con copia a la SEREMI de Salud, a más tardar al finalizar la temporada de
Forma Ñ de coñtoal y operación (abril 2019). Dependiendo de los resultados, la autoridad
seguimiento sanitaria podrá solicitar la continuación de los monitoreos en época de máxima ocupación.
Norma Ley N* 4.601 del Ministerio de Agricultura. Ley de Caza
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción y Operación
Parte, Obra o Acción a la que Aplica
Construcción y Operación del proyecto
Forma de cumplimiento
Se realizarán charlas de inducción a las empresas contratistas y personal
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propio, por otra parte se realizarán ahuyentamiento controlado a objeto de no afectar ejemplares de fauna.
Indicador que acredita su
cumplimiento
Registros charlas de capacitación, relativas al resguardo y cuidado de la fauna,
Norma
DFL N?725, Código Sanitario
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción y Operación
Parte, Obra o Acción a la que Aplica
Construcción y Operación del proyecto
Forma de cumplimiento
Respecto a los residuos generados en la etapa de Construcción, se utilizará los contenedores para la basura con tapas, disponibles en distintos puntos del sector, los que serán retirados periódicamente y dispuestos en vertedero autorizado.
Se mantendrá un sitio temporal autorizado para almacenamiento de residuos peligrosos.
Para resolver el tema de las aguas servidas generadas, se utiliza Sistema de Tratamiento, cuyo efluente será descargado de manera directa y gravitacional hasta una malla de drenes, la cual realizará el proceso de infiltración al terreno aledaño a la PTAS,
Indicador que acredita su
cumplimiento
Guía de retiro y Registros de disposición de residuos.
Registro de los envíos y recepciones a disposición final de residuos peligrosos, se mantendrán en Oficina, bajo la responsabilidad del Gerente de Operaciones.
Resolución Sanitaria Sistemas Alcantarillado.
Norma
D.S. N* 38/2011 de Ministerio de Medio Ambiente, Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción y Operación
Parte, Obra o Acción a la que Aplica
Construcción y Operación del proyecto
Forma de cumplimiento
Para la fase de construcción y como medida de control para reducir el impacto producido por las actividades de construcción, se realizaron las siguientes medidas:
-
Mantención periódica de equipos según frecuencia establecida en los manuales, principalmente silenciadores.
-
Empleo de técnicas constructivas apropiadas.
-
Utilización de equipos de baja emisión sonora, la cual está asociada a equipo nuevo y en buen estado de mantenimiento.
-
Realizar tareas ruidosas, como corte de fierros, construcción de elementos constructivos, etc. en lugares como talleres o bodegas. Además se involucrará al personal en el control de ruidos molestos e instruirlo respecto a los métodos correctos de trabajo y de uso de equipos y herramientas.
-
Las faenas serán durante el día en horario permitidos y en los niveles sonoros estipulados por la ley, por lo que el ruido a emitir no será mayor al permitido para el sector de la instalación de faenas.
Para la etapa de operación las únicas fuentes de emisión de ruido corresponden al generador (no varía respecto a la situación actual). Se debe señalar que éstos se ubican en sala donde está restringido el acceso, y contempla las medidas de aislación necesaria para mitigar las emisiones sonoras generadas, siendo el ruido imperceptible a 50 metros.
Indicador que acredita su cumplimiento
Registro de Mantención de generadores para mantener condiciones originales, acorde a lo establecido por fabricante. Informe Ruido.
Norma
D.S. N” 594, Aprueba Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción y Operación
Parte, Obra o Acción a la que Aplica
Construcción y Operación del proyecto
¿Forma de cumplimiento
Para la etapa de operación las únicas fuentes de emisión de ruido corresponden al generador (no varía respecto a la situación vigente). Se debe señalar que éstos se ubican en sala donde está restringido el acceso, y contempla las medidas de aislación necesaria para mitigar las emisiones sonoras generadas, siendo el ruido imperceptible a 50 metros.
Respecto a los residuos generados en la etapa de Construcción, se utilizará los contenedores para la basura con tapas, disponibles en distintos puntos del sector, los que serán retirados periódicamente y dispuestos en vertedero autorizado.
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Para resolver el tema de las aguas servidas generadas, se utiliza Sistema de Tratamiento, cuyo efluente será descargado de manera directa y gravitacional hasta una malla de drenes, la cual realizará el proceso de infiltración al terreno aledaño a la PTAS.
Indicador que acredita su
cumplimiento
Registro de Mantención de generadores para mantener condiciones originales, acorde a lo establecido por fabricante. Informe Ruido
Guías de retiro y registros de disposición de residuos.
Resolución Sanitaria Sistemas Alcantarillado.
Norma
Ley N* 20.920. Establece Marco para la Gestión de Residuos, la Responsabilidad Extendida del Producto y Fomento al Reciclaje.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción y Operación
Parte, Obra o Acción a la que Aplica
Construcción y Operación del proyecto
Forma de cumplimiento
Respecto a los residuos generados en la etapa de Construcción, se utilizará los contenedores para la basura con tapas, disponibles en distintos puntos del sector, los que serán retirados periódicamente y dispuestos en vertedero autorizado.
Indicad i ; Ñ : via y
a sra 8 Guías de retiro y Registro de disposición de residuos
cumplimiento
Norma D.S.148/03, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción y Operación
Parte, Obra o Acción a la que
Construcción y Operación del proyecto
Aplica
Forma de cumplimiento Se contará con un sitio autorizado para el manejo de residuos peligrosos. Indicador que acredita su | Registros de disposición de residuos peligrosos. Se mantendrán en Oficina, cumplimiento bajo la responsabilidad del Gerente de Operaciones.
Norma Ley 17.288/70 Monumentos Nacionales
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción
Parte, Obra o Acción a la que Aplica
Movimientos de cubierta vegetal
Forma de cumplimiento
En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico, el Titular procederá según lo establecido en la Ley N* 17.288 (Art. 26 y 27) y en el D.S. N? 484/90 (Art. 20 y 23); es decir, se dará aviso al Gobernador Provincial quien ordenará a Carabineros que se haga responsable de la vigilancia del hallazgo hasta que el Consejo de Monumentos Nacionales se haga cargo del mismo. Además, el Titular dará aviso inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, de cuya implementación será responsable el titular.
Indicador que acredita su
cumplimiento
Aviso a las autoridades competentes ante posibles hallazgos. Resguardo de posibles hallazgos.
Norma
D.S. N* 484 Reglamento de la Ley N” 17.288, Sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción
Parte, Obra o Acción a la que Aplica
Movimientos de cubierta vegetal
Forma de cumplimiento
En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico, el Titular procederá según lo establecido en la Ley N 17.288 (Art. 26 y 27) y en el D.S. N 484/90 (Art. 20 y 23); es decir, se dará aviso al Gobernador Provincial quien ordenará a Carabineros que se haga responsable de la vigilancia del hallazgo hasta que el Consejo de Monumentos Nacionales se haga cargo del mismo. Además, el Titular dará aviso inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, de cuya implementación será responsable el titular,
Indicador que acredita su
cumplimiento
Aviso a las autoridades competentes ante posibles hallazgos. Resguardo de posibles hallazgos.
Referencia al ICE
mayores detalles
para
Capítulo VIM
Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los
siguientes compromisos ambientales voluntarios:
8.1. Prospección
Impacto asociado
| Prospección Flora
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Í Fase del Proyecto a la que Operación
aplica Objetivo, descripción y | Campaña de Prospección de Especies Sobre las Comunidades de Flora justificación Presentes en el Área en Periodo de Máxima Actividad Biológica
Entre los meses fines de diciembre del 2017 y enero 2018, se ejecutará una campaña de terreno para desarrollar una línea base de flora y vegetación adyacentes al Refugio Grey.
Se enviará una copia del informe final, a más tardar en mayo del año 2018, al Servicio Agrícola y Ganadero y a la Superintendencia de Medio Ambiente sobre los resultados de estos catastros.
Lugar, forma y oportunidad de implementación
Indicador que acredite su cumplimiento
Forma de control y seguimiento
Referencia al ICE para mayores detalles
9*, Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
on PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS
Registro de ingreso del informe al SAG y SMA.
Capítulo X
9.1.1. Plan de Contingencia Derrames de Lodos Transporte Terrestre Fase del Proyecto a la que Operación aplica
Parte, obra o acción asociada | Sistema de tratamiento de aguas servidas
Dentro de las acciones a ejecutar, se consideran los siguientes: a) Comunicación
b) Acceso a las instalaciones
Acciones 0. medidas a | c) Tratamiento de Victimas
implementar d) Procedimiento general para enfrentar un derrame
e) Control del derrame de líquidos
f) Control del derrame de sólidos
g) Registros
Forma de control y
e Seguimiento por parte de las autoridades competentes. seguimiento
9.1.2. Plan de Contingencia ante Situación de Incendio Fase del Proyecto a la que aplica Parte, obra o acción asociada | Área de Refugio Paine Dentro del Plan se consideran los siguientes ítems:
a) Responsabilidades
b) Procedimientos Acciones 0 medidas a £) Situnciones Especiales . d) Incendio Vehicular en trayecto implementar beca ,
e) Término de la Emergencia
f Informe Asimismo, se considera un Plan de Medidas Preventivas y de Combate ante Incendios Forestales, detallado en el Anexo A de la DIA.
Construcción y Operación
Forma de control y
2 Seguimiento por parte de las autoridades competentes. seguimiento
Referencia al ICE para mayores detalles 9.2. PLAN DE EMERGENCIAS 9.2.1. Plan de Emergencia Derrames Peligrosos Fase del Proyecto a la que aplica Parte, obra o acción asociada | Manejo de respel Dentro de las acciones a ejecutar, se consideran los siguientes: a) Alcances b) Responsabilidades c) Equipos y Materiales requeridos en la Intervención Acciones a implementar d) Tratamiento de Victimas e) Procedimiento general para enfrentar un derrame f) Control del derrame de líquidos g) Control del derrame de sólidos h) Registros
Capítulo VII
Construcción y Operación
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Referencia al ICE para mayores detalles
10%. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, Ñ
En caso de aplicar el Plan, deberán informar, dentro de 24 horas de ocurrida la emergencia, a la SMA.
Capítulo VII
http://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docld=5f/2b/8d6b956a68142a31ff5ddb4fb790b9b44b66 14/16
mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
- Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.
129, Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
15%. Que, para que el proyecto “Modificación Lodge y Área de Acampar Lago Grey, Torres del Paine” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
- Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
15%, Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
- Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SETA, deberá someterse al SEIA.
17%, Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVE:
- Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Modificación Lodge y Área de Acampar Lago Grey, Torres del Paine” de Vértice S.A.
2%. Certificar que el proyecto “Modificación Lodge y Área de Acampar Lago Grey, Torres del Paine” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3”. Certificar que el proyecto “Modificación Lodge y Área de Acampar Lago Grey, Torres del Paine” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos N138, N142 y N160 del D.S. N 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental,
4?. Certificar que el proyecto “Modificación Lodge y Área de Acampar Lago Grey, Torres del Paine” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
5%. Definir como gestión, acto o faena mínima del proyecto para dar cuenta del inicio de su
ejecución de modo sistemático y permanente los mencionados en el considerando N*4 del
E [presente acto.
Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20 de la. Ley N* 19,300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental.
DS
Notifíquese y Archívese
Nicolás Cogler Galindo Intendente (S) Ó Comisión de Evaluación Ambiental de la
Ho, a SALLANES Y ES
| . ——— JRE/ C
Distribución:
C/e:
RODRIGO MEUNIER CORNEJO
Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, Región de Magallanes y Antártica Chilena Corporación Nacional Forestal, Región de Magallanes y Antártica Chilena
Dirección de Obras Hidráulicas, Región de Magallanes y Antártica Chilena
Dirección General de Aguas, Región de Magallanes y Antártica Chilena
Gobierno Regional, Región de Magallanes y Antártica Chilena
lustre Municipalidad de Torres del Payne
Secretaría Regional Ministerial de Agricultura, Región de Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales, Región de Magallanes y Antártica Chilena
Secretaría Regional Ministerial de Desarrollo Social, Región de Magallanes y Antártica Chilena
Secretaría Regional Ministerial de Energía, Región de Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Magallanes y Antártica Chilena
Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, Región de Magallanes y Antártica Chilena
Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región de Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región de Magallanes y Antártica Chilena
Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Magallanes y Antártica Chilena
Servicio Nacional de Turismo, Región de Magallanes y Antártica Chilena
Consejo de Monumentos Nacionales
Encargada Participación Ciudadana
Superintendencia del Medio Ambiente
Oficial de Partes de la Región
Expediente del Proyecto "Modificación Lodge y Área de Acampar Lago Grey, Torres del Paine"
Archivo Servicio de Evaluación Ambiental, Magallanes y Antártica Chilena