Evaluación SEA

Modificación Hotel Las Torres Patagonia

Rol 2132520884
SEA · DIA · Aprobado · 2017-07-10 · Región de Magallanes y de la Antártica Chilena · Las Torres de la Patagonia S.A.

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REPÚBLICA DE CHILE. COMISIÓN DE EVALUACIÓN XII REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

Califica Ambientalmente el proyecto "Modificación Hotel Las Torres Patagonia"

Resolución Exenta N* 135/2017

Punta Arenas, 12 de diciembre de 2017

VISTOS:

  1. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), y su Adenda de fecha 10/10/2017, del proyecto “Modificación Hotel Las Torres Patagonia”, presentado por Las Torres de la Patagonia S.A. con fecha 04/07/2017.

  2. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Modificación Hotel Las Torres Patagonia”,

  3. El Acta de Evaluación N*035/2017 de fecha 02/08/2017, del Comité Técnico de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.

  4. El ICE de la DIA del proyecto “Modificación Hotel Las Torres Patagonia” de fecha 27/11/2017.

  5. El acuerdo adoptado en la sesión N%15 de fecha 12/12/2017, de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.

  6. La Resolución de Calificación Ambiental N*54 de 1999, de la Comisión Regional del Medio Ambiente del proyecto “Ampliación Hostería Las Torres de la Patagonia” que se modifica a través de la presente Resolución.

  7. La Resolución de Calificación Ambiental N%150 de 2001, de la Comisión Regional del Medio Ambiente del proyecto “Ampliación Hostería Las Torres de la Patagonia - Recepción y Centro Interpretativo” que se modifica a través de la presente Resolución.

  8. La Resolución de Calificación Ambiental N*173 de 2002, de la Comisión Regional del Medio Ambiente del proyecto “Ampliación Hostería Las Torres de la Patagonia — Viviendas para el Personal” que se modifica a través de la presente Resolución.

  9. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Modificación Hotel Las Torres Patagonia”.

  10. Lo dispuesto en la Ley N19,300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N19,880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N*1.600, de 2008, de la Contraloría General de la

República. CONSIDERANDO: 19, Que, Las Torres de la Patagonia S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de

Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Modificación Hotel Las Torres Patagonia” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Las Torres de la Patagonia S.A. 1 Rut 99.575.520-3 PA Domicilio Avenida Colón +41131, Punta Arenas 4 Teléfono 612614184 Nombre representante legal Josian Yaksic Kusanovic y Paola Milosevic Milic Rut representante legal 10.119.979-7; 12.937.123-4 Domicilio representante legal | Avenida Colón 41131, Punta Arenas

y Teléfono representante legal 612614184

lee ( SECREiCorteo Electrónico josianyaksicygmail.com

2% Que, /conforme se indica en el ICE de fecha 27/11/2017, la Directora Regional de la Región

de Mágallanes y de la Antártica Chilena, ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto

cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto; cumple con los

So requisitos de carácter ambiental contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos http://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docld=e3/16/bb577ac420b41e7a57586ffea6282ba830d4 1115

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señalados en los artículos N%138, 142, 156 y 160 del D.S. N40/2012; y no genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

a, Que, en sesión de fecha 12/12/2017, la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena acordó calificar favorablemente el proyecto “Modificación Hotel Las Torres Patagonia”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 27/11/2017, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

42, Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, y en su Adenda, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica:

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4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Consiste en mejorar las condiciones de servicio a los visitantes que acceden al establecimiento, conforme a los mejores estándares turísticos para este tipo de prestaciones, y normalizar las instalaciones construidas con posterioridad al año 2001 que no cuentan con calificación ambiental.

Objetivo general

p) Ejecución de obras, programas o actividades en parques nacionales,

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras O

reservas nacionales, monumentos naturales reservas de zonas vírgenes, santuarios de la naturaleza, parques marinos, reservas marinas o en

acciones cualesquiera otras áreas colocadas bajo protección oficial, en los casos en que la legislación respectiva lo permita. Vida útil Indefinida, sujeto a mantención de las obras

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

Trámite del permiso sectorial ante la DGA, cuya fecha de inicio al mes de obtenida la RCA.

sI NO

Proyecto se desarrolla por etapas

x

Proyecto modifica un proyecto o actividad

Proyecto Modifica otra (s) RCA

Los proyectos a modificar, y que se encuentran ejecutados, están relacionadas al Proyecto "Ampliación Hostería Las Torres de la Patagonia”, con RCA N54/1999, del 6 de diciembre de 1999; Proyecto "Ampliación Hostería Las Torres de la Patagonia - Recepción y Centro Interpretativo”, con RCA N 150/2001 del 13 de noviembre del 2001 y Proyecto “Ampliación Hostería Las Torres de la Patagonia — Viviendas para el Personal”, con RCA N*173/2002 del 13 de Agosto de 2002.

Para mayor detalle, remitirse al punto 1.8 del Capítulo I del ICE.

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político-administrativa

Región de Magallanes, Provincia de Ultima Esperanza, Comuna de Torres del Payne.

Descripción de la localización

Los servicios turísticos se desarrollan en sectores que presentan múltiples atractivos turísticos, asociados a los recursos escénicos, de vegetación y fauna, en el área del Parque Nacional Torres del Paine.

Por otro lado, los lugares para establecer las instalaciones se han definido considerando el emplazamiento histórico de las antiguas edificaciones de uso ganadero y además, se han definido sitios que no alteren significativamente el valor paisajístico del área ni obstruyan las vistas.

Superficie

Las obras se emplazan sobre una superficie equivalente a 2.437,03 m?

Coordenadas

Coordenadas UTM / WGS 84

Punto de Referencia Norte Este Eobal LAS Toros dela 4.351.007,72 649.184,36 Patagonia

Caminos de acceso

Para acceder desde Punta Arenas al sector Las Torres de la estancia Cerro Paine, se utiliza la vialidad pública, fundamentalmente la Ruta 9 en alrededor de 325 kilómetros; la Ruta Y-150 en 20 kilómetros, la Ruta Y- 156 al interior del Parque Nacional Torres del Paine en 18 kilómetros y caminos al interior de la Estancia Cerro Paine.

| Referencia al expediente de 2413 PJ evaluación de los: mapas, gcorreferenciación e información complementaria 2 | Sobre” la localización de sus 22 | partes, obras y acciones

Capítulo I del ICE y Capítulo I de la DIA

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Documento - e3/16/bb577ac420b41e7a57586ffea6282ba830d4 4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Obra Nueva

Para la captación de agua se implementará un sistema en base a tubería instalada en álveo del estero, y las actividades a realizar son: - Instalación tubo con rejilla en álveo de estero - Emplazamiento de estanque desarenador - Instalación estanques acumulación Instalación sistema de cloración

Recursos naturales renovables

La construcción de la infraestructura, implicó la intervención de un área total de 2.437,03m?. Igualmente se han instalado Sistema Particulares de Alcantarillado y de Disposición de efluentes, así como el tendido de cañería de gas y cables conductores de electricidad, obras que consideraron la realización de excavaciones para insertar tuberías en zonas que se encuentran cubiertas solamente por capa vegetal que consiste en hierba baja, la que luego fue restituida para volver a la condición original.

Emisiones y efluentes

Durante la fase de construcción, no se generarán emisiones de ningún tipo. Cabe señalar que las aguas servidas se dispondrán de acuerdo a lo permitido actualmente por el Hotel.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Durante la fase de construcción, se estima una generación de 90 kg. Estimándose que las obras de construcción demandarán un máximo de 30 días y ocuparán un máximo de 6 personas; se estima una generación de Residuos Sólidos Domiciliarios de 0,5 kg/persona/día; estos residuos estarán compuestos de materia orgánica, papeles, cartones, plásticos, entre otros, los que no presentan características de peligrosidad.

Para su disposición se utilizarán contenedores para la basura con tapas disponibles en distintos puntos, los que junto a los residuos habituales de la operación serán retirados periódicamente y dispuestos en lugar autorizado.

Los Residuos Sólidos Industriales (No Peligrosos), se ha estimado una

generación de 0,5 m?, Estos residuos estarán compuestos de despuntes de fierro y restos de soldadura, que no presentan características de peligrosidad.

Los residuos Sólidos Peligrosos, se ha estimado una generación de 1 kg. provienen principalmente de envases vacíos de pinturas y diluyentes, los que serán dispuestos en contenedores herméticos que se mantendrán cerrados y serán etiquetados y manejados de acuerdo a las exigencias estipuladas en el Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos D.S. N*148/03 del Ministerio de Salud.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo IV

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN

Prestación de servicios turísticos

La Fase de Operación del proyecto corresponde a la prestación de servicios turísticos, así como a las acciones asociadas a la logística requerida para el adecuado funcionamiento del sector, esto es, abastecimiento de suministros, traslado de personal y retiro de residuos. El detalle de la oferta de alojamiento y personal a utilizar la infraestructura, es el siguiente:

Categoría N? personas Personal (máximo diario) 205 Huéspedes (máximo diario) 170 Pasajeros en tránsito (usuarios bar) 200 Total 575

Para optar al uso de las instalaciones en cada sector, los visitantes solicitan el servicio cuando acceden al complejo turístico, o bien en base a reservas efectuadas con antelación.

El período de operación del Hotel es desde el mes de 15 septiembre al 15 de abril del año siguiente.

Emisiones y efluentes

Para la etapa de operación, las emisiones adicionales a la atmósfera son poco significativas y sólo tienen su origen en calefacción de las viviendas del personal, que utiliza boscas con termosifón que alimenta a los radiadores. Por otro lado, aun cuando en el sector se generan emisión de gases y material particulado producto de la operación de los vehículos que circulan en el sector, en esta materia y por el mínimo volumen adicional de vehículos que transita por el sector se genera un cambio marginal respecto a la situación previa. Existen emisiones mínimas producto del uso de la cocina a gas y a las emisiones de gases producto

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del funcionamiento de equipo electrógeno que es usado durante las 24 horas del día.

Para satisfacer los requerimientos de disposición de las aguas servidas generadas por la totalidad de instalaciones del Hotel, se ha construido un conjunto de 12 sistemas particulares de Alcantarillado — independientes entre sí — que satisfacen los requerimientos de distintos sectores.

La operación no genera ruidos molestos. La única fuente de generación de ruido corresponde al generador eléctrico, el que de acuerdo a antecedentes entregados por proveedores, presenta mínimos niveles de emisiones.

Los equipos se ubican en recintos donde está restringido el acceso y contempla las medidas de aislación necesaria para mitigar las emisiones sonoras generadas, siendo el ruido imperceptible a 50 metros.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Se estima, para el período de máxima atención de visitantes, una generación de 218,5 Kg/día de residuos sólidos domiciliarios, considerando personal, huésped y pasajeros en tránsito, los cuales se dispondrán en lugar autorizado.

Durante esta etapa, no se generarán residuos sólidos industriales no peligrosos.

La generación de residuos peligrosos por temporada en los distintos sectores del hotel es baja, esporádica y corresponde principalmente a filtros y aceite de motores en desuso y en menor medida a envases de pintura, tubos de silicona y envases de spray vacios; toner y cartridge de tintas de impresora en desuso.

Se llevará el registro de los certificados de recepción y/o disposición de los residuos peligrosos, emitidos por la entidad proveedora, la empresa recepcionadora o el sitio de disposición final según sea el caso.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo IV

4.3.3. FASE DE CIERRE

Partes, Obras y Acciones

Dada la naturaleza del Proyecto, no se contempla una etapa de abandono propiamente tal, sino que el titular realizará periódicamente trabajos de mantención y mejoras cuando sea necesario para mantener en óptimas condiciones las instalaciones.

En caso de que el Titular considerara el cierre, no se contempla el desmantelamiento de la infraestructura existente, sino que al cese del contrato de arriendo se entregará la infraestructura al propietario del predio para ser destinado a usos equivalentes u otros.

Mantención, supervisión

conservación y

La mantención requerida de los generadores se realiza en la caseta donde se encuentran instalados y se programará según horas de uso.

Se contemplan las siguientes mantenciones:

Cambio de aceites y filtros: Serán realizadas cada 500 hrs. de uso para lo cual se dispondrá de contenedores para la descarga de aceite desde el generador al contenedor (retiro) el cual luego de la descarga total del aceite en descarte, será trasladado de manera hermética al área de acopio donde permanecerá hasta la fecha que corresponda al abastecimiento y retiro. Esta operación se realizará en la caseta del generador, que cuenta con radier de hormigón y canaleta de contención perimetral.

En esta mantención también se realiza el reemplazo de filtros de aceite los cuales también son almacenados en envases herméticos en bodega de almacenamiento de residuos peligrosos y posteriormente son retirados con destino a Puerto Natales. Se prevé el uso de 18 filtros y 125 Lts. de aceites lubricantes por año; adicionalmente, el generador de respalda utiliza 8 filtros y 50 lts. de aceites al año.

La mantención es realizada por empresa externa.

Las mantenciones generales de instalaciones se realizarán previamente al inicio de temporada en el mes de septiembre y una segunda instancia de mantención al término de la temporada en el mes de abril. El área de servicios se mantendrá siempre en buen estado de conservación y limpieza.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo TV

4,4, DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO

:4,4,1, Fase de Construcción

Fecha estimada de inicio

al mes de obtenida la RCA

EST Parte, obra o acción que establece el inicio

Trámite del permiso sectorial ante la DGA

-+.|-Fecha estimada de término

noviembre de 2018

Parte, obra o acción que establece el término

implementación del sistema de captación de agua

4,4,2. Fase de Operación

Una vez obtenida la RCA

PON Féchaestimada de inicio

Parte, obra o acción que establece el inicio

Uso de la infraestructura normalizada del Hotel

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Fecha estimada de término Indefinida

Parte, obra o acción que establece el término

No se contempla Parte, obra o acción que establece el

término 4.4.3. Fase de Cierre Fecha estimada de inicio Indefinida Parte, obra o acción que establece el inicio Indefinida Fecha estimada de término Indefinida

Parte, obra o acción que establece el término | Indefinida

Se, Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley

N? 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

Las emisiones atmosféricas que se generarán en la etapa de construcción del Proyecto, son insignificantes, pues corresponderán solamente a la calefacción a leña por medio de una chimenea de combustión lenta para el personal de construcción, en los lugares de uso común como el comedor y estar de personal y emisiones producto del uso de la cocina a gas. No se generan emisiones de material particulado por movimiento de tierra.

Para la etapa de operación las únicas fuentes de emisión de ruido corresponden a los vehículos asociados a la operación del proyecto y al generador eléctrico, que se encuentran en operación, el que de acuerdo a antecedentes entregados por proveedores, presenta bajos niveles de emisiones. Los equipos se ubican en recintos donde está restringido el acceso y contempla las medidas de aislación necesaria para mitigar las emisiones sonoras generadas, siendo el ruido imperceptible a 50 metros.

El proyecto no contempla la descarga de residuos líquidos a cuerpos de aguas superficiales ni subterráneas y para la etapa de operación las aguas servidas generadas serán tratadas con un sistema de fosas y pozos para la posterior infiltración en el terreno.

No generará la exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, ya que sus residuos sólidos y líquidos serán mínimos y manejados y dispuestos de acuerdo a la normativa vigente.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este | Capítulo VI impacto específico

5.2, EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

“Gavilea kingii, por ejemplo, se podría plantear la necesidad de incorporar una fuerte estrategia de

El proyecto se emplaza al interior de la estancia Cerro Paine en áreas intervenidas.

El Proyecto no considera la contaminación del suelo, dado el manejo de residuos y sustancias peligrosas establecido por el Titular que evitará el contacto de dicho componente con estos residuos y/o sustancias. Durante la operación, se consideran intervenciones mínimas sobre el componente suelo, ya que el tránsito vehicular y de pasajeros sólo se desarrollarán por las sendas existentes.

A la fecha realizada la prospección (Mayo 2017), no se encontraron especies en categoría de conservación, sobre las comunidades de flora y fauna presentes en el árca, se asumirá como criterio precautorio que algunas de dichas especies pudieran estar presentes en el área de influencia. Por tal razón, se propone replicar los censos de diversidad biológica realizada para la línea base, utilizando la misma metodología para el recurso vegetación in situ, e incorporando una campaña de prospección de fauna en el área de influencia, ambas campañas en periodo de máxima actividad biológica (Primavera-Verano).

En caso de encontrar especies en categoría de amenaza durante los muestreos, se tomarán las siguientes medidas para evitar efecto negativo (potencial o real) sobre las poblaciones podría ser llevadas a cabo:

i. Registro de las poblaciones mediante cámara fotográfica y GPS para delimitar, previo permiso de las autoridades correspondientes (e.g. Conaf), mediante exclusiones contra herbivoría los individuos detectados. Se realizará un exhaustivo muestreo en sectores adyacentes a infraestructura de refugios y/o campings, con el objeto de detectar la única especie en amenaza de conservación (Gavilea kingii). Si se detectan poblaciones se pondrá énfasis en la necesidad de delimitar áreas de exclusión de plantas individuales (mediante protectores tipo Shelter), con el objeto de interrumpir procesos de herbívora potencial por liebres que pudieran dañar dichas poblaciones. La herbívora temprana de tales plantas podría afectar procesos de polinización natural entre individuos de la especie, por lo que los protectores individuales mencionados, podrán ayudar a proteger las plantas contra la depredación por liebres.

ii. Colecta de germoplasma (e.g. semillas) o estructuras que puedan clonarse (c.g. rizomas) para la conservación ex-situ de los individuos registrados. Si se detectan individuos de la orquídea Gavilea kingii, una forma eficiente de conservación puede ser la colecta de germolpasma (semillas), en la época de semillación que ocurre en el mes de enero. Dicho material será colectado según protocolos estándar, para ser donado al Banco de Germoplasma del Sag. Este banco contiene la infraestructura necesaria para conservar ex-situ (o fuera del hábitat natural) por años material genético con fines de investigación. Alternativamente, la colecta de material vivo, por ejemplo rizomas, podría desarrollarse de manera no destructiva para iniciar investigación sobre reproducción asexual (e.g. clonación) del material vegetativo. Esta opción representa una vía adicional para potenciar la conservación de una especie en peligro de extinción.

iii, Acciones de difusión de especies en categoría de conservación de Torres del Paine. Se podrá plantear la incorporación de señalética y/o material gráfico de difusión de especies de plantas en categoría de amenaza, para generar estrategias de difusión para el público usuario del parque nacional. Si se detecta la especie

investigación y difusión para potenciar una concienciación ambiental sobre esta especie, para obtener

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conocimiento más detallado sobre la biología de la especie, y enriquecer el relato sobre la historia natural para la flora de Torres del Paine. En cuanto a las especies con algún grado de vulnerabilidad en el área y teniendo en cuenta que además, junto con la presencia transitoria de turistas en el sector, existe una población residente en el caso de los trabajadores, por lo que se contemplarán algunas medidas para cautelar las especies: a) Incluir en las inducciones corporativas, charlas de capacitación respecto a la fauna vulnerable y en peligro existente en el lugar, las cuales contendrán información relevante como la identificación de las especies, aspectos generales de su biología y recomendaciones generales para la conservación de la especie. b) Difundir información relativa a las especies en riesgo entre los turistas, con información relevante como las sugeridas para las charlas, En consecuencia y fundamentalmente por tratarse de un área fuertemente intervenida antrópicamente desde hace más de 90 años, se concluye que el Proyecto no generará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de la flora y fauna silvestre El Proyecto no considera la descarga de aguas residuales a cuerpos o cauces de agua, por lo que no se afectarán los parámetros físicos, químicos y biológicos de ellos. Por otra parte, no existe el riesgo de derrames de combustible en cuerpos de agua por cuanto las operaciones asociadas a combustibles se efectuarán en recintos que cuentan con las medidas de resguardo (pretiles de contención) que evitan la posibilidad de un derrame. Se cuenta con un protocolo para enfrentar eventuales derrames, presentado en Plan de Contingencia. Durante la ejecución de la ctapa de construcción y operación, no se generan emisiones a la atmosfera de material particulado, debido a que las excavaciones que se realizaron fueron menores y que la tierra se encontraba con alto contenido de humedad debido a las condiciones climáticas del lugar y a la época del año en que se realizaron los trabajos. Durante la ejecución de la etapa de operación, se generarán emisiones a la atmosfera de gases, principalmente producto de la combustión de motores de vehículos de transporte de pasajeros, trabajadores, insumos y residuos, las que no serán significativas, sino de pequeña escala, baja extensión y se dispersarán rápidamente considerando la existencia de una buena ventilación en el área, producto de los vientos predominantes, especialmente en temporada de verano, época donde se concentra la operación. Para la etapa de operación las únicas fuentes de emisión de ruido corresponden a los vehículos asociados a la operación del proyecto y a generadores eléctricos, que igualmente se encuentran en operación. Para efectos de evaluación, se ha definido como ruido de fondo un nivel de 35 dB(A), correspondiente a un nivel típico de ambientes silvestres según se detalla en el manual acústico “Silencer Application Handbook”. En cuanto a las sustancias químicas que se utilizaron y se utilizarán en las fases de construcción y operación del Proyecto, se realizó y se estima un consumo mínimo y eventual de éstas para el desarrollo de algunas actividades específicas. Su uso se realizó y se realizará tomando todos los resguardos para evitar el contacto entre ellas y los recursos naturales del entorno (suelo, agua). Referencia al ICE para mayores detalles sobre este | Capítulo VI impacto específico 5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS El Proyecto no contempla la intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales a grupos o comunidades para el sustento económico, uso tradicional, medicina, espiritual o cultural, atendiendo las condiciones presentadas y detalladas en el en la descripción del Proyecto. El Proyecto no involucra la obstrucción, restricción a la libre circulación, conectividad o aumento significativo en el tiempo de desplazamiento a grupos humanos o comunidades. El movimiento de vehículos estimado es bajo, en la fase de operación se estima el movimiento de no más de 114 viajes mensuales de vehículos para transporte de pasajero, trabajadores, insumos y retiro de residuos que no afecta para nada el tránsito del sector, por lo que se puede establecer que no se generará obstrucción o restricción de la libre circulación, conectividad o aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. El Proyecto no genera la dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo. El proyecto se emplaza en terrenos privados, donde no existe asentamiento de comunidades humanas en forma permanente. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este | Capítulo VI impacto específico 5.4, LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y AREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR No"existe presencia de población, comunidades o grupos humanos protegidos por leyes especiales en las proximidades del área de emplazamiento del proyecto. La localización del proyecto no afectará a comunidades cercanas ya que el centro urbano más próximo — Villa Cerro Castillo - se encuentra a unos 42 kilómetros en línea recta del Hotel en la estancia Cerro Paine. De igual manera, en el área del proyecto no existen sitios de valor ambiental indicados por la autoridad y que pudiesen verse afectado por la construcción. La infraestructura - ya construida - se emplaza al interior de la estancia Cerro Paine, colindante a sector del Parque Nacional Torres del Paine. En el área de desarrollo del proyecto no se ubican humedales protegidos y dada la baja intensidad, naturaleza y extensión espacial de las actividades a desarrollar, no habrá impactos acumulativos durante la

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operación del Hotel, en consecuencia, las áreas y los sitios identificados no serán susceptibles de ser afectados por ninguna de las etapas del Proyecto debido a las distancias existentes entre ellos,

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este | Capítulo VI impacto específico

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

Como se establece en el informe Paisajístico (Anexo N* 6 de la DIA), para evaluar los impactos visuales en el paisaje se identificaron la totalidad de las intervenciones asociadas a las áreas que comprende el estudio y se caracterizaron de acuerdo al tipo de impacto que producen en el paisaje, y la magnitud de estos.

Con relación a los tipos de impactos, las intervenciones provocan modificaciones estéticas en el paisaje, es decir, modifican los atributos estéticos del paisaje, siendo estos, la luminosidad, el color, la forma y la textura.

Sin embargo la magnitud de estos impactos varía entre medio e insignificante; la determinación de la magnitud consideró el grado de visibilidad de las intervenciones -por sus características visuales básicas, su tamaño y distancia a puntos de observación- y la alteración que provocan en los atributos del paisaje. Debido a las dimensiones de las intervenciones, éstas no inciden notoriamente en la dominancia visual de la escena.

Para propender a una integración con el paisaje, la infraestructura existente tendrá una adaptación cromática y de texturas de las construcciones al entorno, buscando la integración paisajística. Esto se está haciendo: las casa nuevas de la villa se pintaron grises para evitar el impacto visual, contenedores y bodegas se pintan verdes, el rojo característico de HLT no se ha repintado hace 5 años y se plantea realizar el reemplazo del revestimiento o bien realizar un granallado mecánico que permita eliminar todo rastro de tinte de las edificaciones que conforman el Hotel. Esta acción se va a desarrollar a contar antes del inicio de la temporada 2019 — 2020, es decir, para estar concluido en el mes de septiembre de 2019.

El último módulo construido (Ciprés) cuyo revestimiento se encuentra en estado natural, por efecto del agua y del viento se torna gris y se integra al entorno, entregando continuidad a las pendientes y tienen a mimetizarse con el paisaje inmediato.

Con relación al Valor Turístico del Territorio, el área de emplazamiento del proyecto (Hotel Las Torres, Torres del Paine) no cuenta con protección oficial del Servicio Nacional de Turismo con el fin de preservar el recurso turístico presente en ésta, por ejemplo bajo la figura de una declaratoria de Zona o Centro de Interés Turístico Nacional. Se adjunta en Anexo N? 14, Certificado de SERNATUR que establece que no se encuentra emplazado en Zona de Interés Turístico (ZOIT), según definición determinada en la Ley de Turismo N* 20.423.

El citado Certificado establece que el proyecto se inserta en un área de carácter turístico para la Provincia de Ultima Esperanza, por lo que la actividad es compatible con el desarrollo del área.

De igual manera, puede indicarse que el sector se encuentra dentro de una de las 5 Áreas Turísticas Prioritarias identificadas y validadas por SERNATUR para la Región de Magallanes y Antártica Chilena, específicamente la denominada Torres del Paine-Puerto Natales.

El área de desarrollo del proyecto, se emplaza en la Macrozona de Torres del Paine, donde el Plan destaca una serie de atractivos.

La Macrozona de Torres del Paine incluye el Parque Nacional homónimo, que fuera declarado Reserva de la Biosfera por la UNESCO en 1978 y que es reconocido como un atractivo turístico de jerarquía internacional. Este parque posee grandes bellezas y senderos habilitados para caminatas, una alta gama de atractivos que permiten el desarrollo de una variedad de actividades tales como kayaking, caminata en hielo, pesca deportiva, navegaciones, trekking, cabalgatas, birdwatching, entre otras; para lo cual cuenta con una amplia oferta de servicios turísticos, concentrados principalmente en la naturaleza e intereses especiales.

En el caso particular del Flujo de Visitantes, el sector donde se emplaza el Hotel Las Torres de la Patagonia presenta una alta intensidad de uso, al ser un área de paso de los senderos más populares del Parque Nacional Torres del Paine, como lo son la “W” y en particular la ruta hacia la “Base las Torres”.

En efecto, como se presenta en el Segundo Informe de Contadores de Flujo en los Circuitos de Montaña del PN Torres del Paine, en el marco de proyecto desarrollado por el CEQUA, al revisar los registros de caminantes que transitaron desde y hacia Cuernos, así como los del sector Base Torres, el contador arrojó (en el mes de febrero de 2016) un máximo diario de 2.357 registros en el área de Base torres, es decir, alrededor de 1.180 personas considerando la doble direccionalidad que es registrada.

Cabe resaltar que los visitantes y turistas que acceden al área de influencia, lo hacen producto de los atractivos presentes en el área, que han sido profusamente promovidos en campañas internacionales y no como consecuencia del proyecto, que opera como establecimiento de alojamiento desde el año 1992.

En tal sentido, el bajo número de pasajeros atendidos por el Hotel respecto a los visitantes que circulan en el sector en ruta a los atractivos, ni las instalaciones obstruyen el acceso o alteran el valor turístico del área, por el contrario, la potencian.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este | Capítulo VI impacto específico

AN ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, “CARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL

"El Proyecto no alterará monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico o histórico, que

pertenecen al patrimonio cultural. Los procesos se desarrollarán al interior de predio privado ya intervenido en la actualidad.

Los Monumentos Nacionales son bienes patrimoniales que cuentan con protección oficial, de acuerdo a lo estipulado en la Ley N” 17.288 sobre Monumentos Nacionales. La existencia de Monumentos Históricos,

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6*.

6.1.

de

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Zonas Típicas o Pintorescas y Santuarios de la Naturaleza, se ha corroborado considerado el sitio web del Consejo de esta entidad. En el caso de los Monumentos Arqueológicos y Paleontológicos, lo cual incluye los sitios, se entiende su categoría, independiente si son conocidos o no, y que el estado de la investigación existente no sustituye la inspección en el área del Proyecto, mediante la cual se podrían registrar.

Los bienes que se encuentran bajo protección en la Comuna de Torres del Payne, se presentan a continuación.

Distancia estancia Cerro Paine

Í Siti É Categoría nio (Kms. Línea recta) Monument E :

onumento Cementerio de Cerro Castillo 48 Histórico

Cueva del Milodón (cueva grande y cueva chica) y el conjunto rocoso 64 denominado Silla del Diablo Debido al lugar en que se emplaza el Proyecto, se puede establecer que el proyecto, no involucra la alteración de nuevas áreas, ni la alteración o deterioro de algún sito definido como Monumento Nacional. Por otro lado, de acuerdo a lo establecido en el Plan de Manejo del Parque Nacional Torres del Paine, en el área de desarrollo del proyecto no hay sitios de importancia histórica, así como tampoco se han identificado sitios arqueológicos en los estudios realizados en el área.

No obstante lo anterior, en caso de identificarse hallazgos durante las labores de construcción del Proyecto, se procederá según lo indicado en la Ley de Monumentos Nacionales N* 17.288.

Monumento Histórico

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este | Capítulo VI impacto específico

Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados

a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación: Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos

6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagúes, aguas servidas de cualquier naturaleza, del artículo N%138 del Reglamento del SEIA

Fase del Proyecto a la cual

Construcción — Operación corresponde

Recolección, tratamiento y disposición de las aguas servidas

Parte, obra o acción a que aplica A e generadas en el complejo turistico.

Pronunciamiento del órgano | Oficio 744 de fecha 30 de octubre de 2017, de la Secretaría competente Regional Ministerial de Salud.

6.1.2. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo 142 del Reglamento del SEIA

Fase del Proyecto a la cual di 5% c as : “| Construcción y Operación

corresponde

Parte, obra o acción a que aplica Manejo de residuos peligrosos

Pronunciamiento del órgano | Oficio 744 de fecha 30 de octubre de 2017, de la Secretaría competente Regional Ministerial de Salud

6.1.3. Permiso para efectuar modificación de cauce, del artículo 156 del Reglamento del SEIA

Fase del Proyecto a la cual

Construcción corresponde

5d A Captación de agua de un estero denominado “Estero Sin Parte, obra o acción a que aplica

Nombre” Pronunciamiento del órgano | Oficio 277 de fecha 01 de agosto de 2017, de la Dirección competente General de Aguas

6.1.4. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos, del artículo 160 del Reglamento del SETA

Fase del Proyecto a la cual si Construcción

corresponde

Parte, obra o acción a que aplica Construcción de las obras contempladas en el proyecto Pronunciamiento del Órgano | Oficio 645 de fecha 18 de octubre de 2017, del Servicio competente Agrícola y Ganadero

Referencia al ICE para mayores

detalles Capítulo IX

Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de

cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

Decreto con Fuerza de Ley N” 458 del Ministerio de Vivienda y

“Norma S Ñ Ml CN Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcción

Faséidel Proyecto a la que apliéa' o en la que se dará | Construcción - Operación “|! dumplimiento

Forma de cumplimiento Para dar cumplimiento a lo establecido en la esta norma, el Titular del

E Proyecto solicitará, previamente a la aprobación de los permisos de construcción por parte de la Dirección de Obras Municipales, el Informe Favorable para la Construcción (Ex Cambio de Uso de Suelo) de la

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Indicador que acredita su cumplimiento

Secretaría Regional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y de la Dirección Regional del Servicio Agrícola y Ganadero,

Sin perjuicio de lo anterior, y por tratarse del Permiso Ambiental Sectorial señalado en el Artículo 160 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental — RSEIA (D.S. N* 40/12), el Titular presentará los antecedentes técnicos y formales necesarios ante la autoridad para el Informe Favorable para la Construcción, de acuerdo a lo indicado en el artículo 160 del RSEIA.

Presentación y aprobación del Permiso Ambiental Sectorial N*160. Posterior a la evaluación ambiental del Proyecto, se solicitará sectorialmente el Informe Favorable para la Construcción para las obras de edificación que lo requieran.

Forma de control y

seguimiento

Dirección de Obras Municipales de la I. Municipalidad de Torres del Payne.

Norma

Decreto Supremo N*46/03 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Establece Norma de Emisión de Residuos Liquidos a Aguas Subterráneas

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación

Forma de cumplimiento

El Proyecto considera la generación de aguas servidas, cuyos efluentes serán infiltrados en el sector, previo paso por fosas sépticas.

Indicador que acredita su

cumplimiento

Se efectuarán monitoreos para determinar si es fuente emisora, el que se hará en período de máxima ocupación, y se tendrá un registro de éstos.

Forma de control y

seguimiento

Correspondará a la Autoridad sanitaria y SMA del control y seguimiento del monitoreo.

Norma

Ley N* 4.601 del Ministerio de Agricultura. Ley de Caza

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las Fases

Forma de cumplimiento

Se realizarán charlas de inducción a las empresas contratistas y personal propio, por otra parte se realizarán ahuyentamiento controlado a objeto de no afectar ejemplares de fauna.

Indicador que acredita su

cumplimiento

Registros charlas de capacitación, relativas al resguardo y cuidado de la fauna.

Forma de seguimiento

control y

Corresponderá a la Superintendencia del Medio Ambiente, en uso de sus facultades legales, fiscalizar el permanente cumplimiento de las normas

Norma

DFL N*725, Código Sanitario

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las Fases

Forma de cumplimiento

Los residuos generados en la operación del Hotel, corresponden a residuos domésticos y peligrosos, que se dispondrán en áreas construidas para tal efecto, acorde a lo establecido en la normativa vigente.

La generación de residuos peligrosos por temporada es baja y corresponde principalmente a 26 Filtros y 175 litros, algunos envases de pintura, tubos de silicona, envases de spray vacios y cartridge de tintas de impresora. Los residuos generados se dispondrán en cumplimiento del DS N* 148/03. Se mantendrá un sitio temporal autorizado para almacenamiento de residuos peligrosos.

Para resolver el tema de las aguas servidas generadas, serán descargadas, previo paso por fosa séptica, de manera directa y gravitacional hasta una malla de drenes, la cual realizará el proceso de infiltración al terreno.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registros de disposición de residuos. Resolución Sanitaria Sistemas Alcantarillado.

Forma de seguimiento

control y

Corresponderá a la Superintendencia del Medio Ambiente, en uso de sus facultades legales, fiscalizar el permanente cumplimiento de las normas.

Norma

D.S. N* 38/2011 de Ministerio de Medio Ambiente, Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las Fases

Forma de cumplimiento

Para la etapa de operación las únicas fuentes de emisión de ruido corresponden a los vehículos asociados a la operación del proyecto (cuyo número no varía respecto a la situación vigente) y a generadores eléctricos, que igualmente se encuentran en operación. Se debe señalar que éstos se ubican en sala donde está restringido el acceso, y contempla las medidas de aislación necesaria para mitigar las emisiones sonoras generadas, siendo el ruido imperceptible a 50 metros y estará dentro de lo establecido en Tabla del Art. 75.

Indicador que acredita su

Registro de Mantención de generadores para mantener condiciones

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cumplimiento

originales, acorde a lo establecido por fabricante.

Forma de seguimiento

control y

Corresponderá a la Superintendencia del Medio Ambiente, en uso de sus facultades legales, fiscalizar el permanente cumplimiento de las normas.

Norma

D.S. N* 594, Aprueba Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las Fases

Forma de cumplimiento

Para la etapa de operación las únicas fuentes de emisión de ruido corresponden a los vehículos asociados a la operación del proyecto (cuyo número no varía respecto a la situación vigente) y a generadores eléctricos, que igualmente se encuentran en operación. Se debe señalar que éstos se ubican en sala donde está restringido el acceso, y contempla las medidas de aislación necesaria para mitigar las emisiones sonoras generadas, siendo el ruido imperceptible a 50 metros y estará dentro de lo establecido en Tabla del Art. 75.

Respecto a los residuos generados en la etapa de Construcción, se utilizaron los contenedores para la basura con tapas, disponibles en distintos puntos del sector, los que serán retirados periódicamente y dispuestos en vertedero autorizado en Puerto Natales.

Para resolver el tema de las aguas servidas generadas, serán descargadas, previo paso por fosa séptica, de manera directa y gravitacional hasta una malla de drenes, la cual realizará el proceso de infiltración al terreno.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de Mantención de generadores para mantener condiciones originales, acorde a lo establecido por fabricante.

Guías de retiro de residuos.

Resolución Sanitaria Sistemas Alcantarillado.

Forma de control y seguimiento

Corresponderá a la Superintendencia del Medio Ambiente, en uso de sus facultades legales, fiscalizar el permanente cumplimiento de las normas.

Norma

Ley N* 20.920. Establece Marco para la Gestión de Residuos, la Responsabilidad Extendida del Producto y Fomento al Reciclaje

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las Fases

Forma de cumplimiento

Respecto a los residuos generados en la etapa de Construcción, se utilizarán los contenedores diferenciados para los diferentes residuos con tapas, disponibles en distintos puntos del sector, los que serán retirados periódicamente y dispuestos en lugar autorizado

Indicador que acredita su cumplimiento

Guías de retiro de residuos

Forma de seguimiento

control y

Corresponderá a la Autoridad del Medio Ambiente, en uso de sus facultades legales, fiscalizar el permanente cumplimiento de las normas.

Norma

D.S.148/03, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las Fases

Forma de cumplimiento

Se contará con un sitio autorizado para el manejo de residuos peligrosos

Indicador que acredita su cumplimiento

Registros de disposición de residuos peligrosos. Se mantendrán en Oficina de Operaciones en Torres del Paine, bajo la responsabilidad del Gerente de Operaciones

Forma de seguimiento

control y

Corresponderá a la Superintendencia del Medio Ambiente, en uso de sus facultades legales, fiscalizar el permanente cumplimiento de las normas.

Norma

Ley 17.288/70 Monumentos Nacionales

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico, el Titular procederá según lo establecido en la Ley N? 17.288 (Art. 26 y 27) y en el D.S. N? 484/90 (Art. 20 y 23); es decir, se dará aviso al Gobernador Provincial quien ordenará a Carabineros que se haga responsable de la vigilancia del hallazgo hasta que el Consejo de Monumentos Nacionales se haga cargo del mismo. Además, el Titular dará aviso inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, de cuya implementación será responsable el titular.

Indicador que acredita su

Foumplimiento

Aviso a las autoridades competentes ante posibles hallazgos. Resguardo de posibles hallazgos.

“Forma / de control y

Consejo de Monumentos Nacionales, el que cuenta con la cooperación de las autoridades civiles, militares y Carabineros de Chile,

seguimiento

D.S. N” 484 Reglamento de la Ley N* 17.288, Sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Palcontológicas

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Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Forma de cumplimiento

Construcción

En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico, el Titular procederá según lo establecido en la Ley N 17.288 (Art. 26 y 27) y en el D.S. N 484/90 (Art. 20 y 23); es decir, se dará aviso al Gobernador Provincial quien ordenará a Carabineros que se haga responsable de la vigilancia del hallazgo hasta que el Consejo de Monumentos Nacionales se haga cargo del mismo. Además, el Titular dará aviso inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, de cuya implementación será responsable el titular.

Indicador que acredita su cumplimiento

Aviso a las autoridades competentes ante posibles hallazgos. Resguardo de posibles hallazgos.

Forma de seguimiento

control y

Consejo de Monumentos Nacionales, el que cuenta con la cooperación de las autoridades civiles, militares y Carabineros de Chile.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias:

8.1. Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS)

Impacto asociado

Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS)

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Objetivo, justificación

descripción y

Efectuar estudios y diseños que permitan otorgar una solución integral para el sector, en base a una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas y sistema de disposición final de todas las aguas servidas del complejo del Hotel Las Torres de la Patagonia

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Realizar los estudios y diseño de una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas y sistema de disposición final para todo el complejo turístico. De acuerdo a lo descrito en el Cronograma de Actividades del Proyecto de la DIA, la segunda etapa consiste en que al año dos se obtendrá la RCA, habilitará nuevo sistema de tratamiento y sistema de disposición final de todas las aguas servidas del Hotel Las Torres de la Patagonia.

Indicador que acredite su

cumplimiento

Ingreso a evaluación al SEIA del Proyecto de Planta de Tratamiento de Aguas Servidas y sistema de disposición final de todas las aguas servidas del Hotel Las Torres de la Patagonia, y obtención de la respectiva RCA dentro del plazo de dos años contados desde la notificación al titular de la Resolución de Calificación Ambiental del presente proyecto.

Forma de seguimiento

control y

Registro de ingreso del proyecto a evaluación ambiental y obtención de RCA.

8.2. Plan contra Incendios

Impacto asociado

Incendios

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción - Operación

Objetivo, justificación

descripción y

El titular deberá incorporar al Plan contra incendio los siguientes

antecedentes:

a. Flujograma de respuesta, plan de enlace, y en general mapas que faciliten y mejoren las comprensiones del plan, ubicando instalaciones, puntos de agua, problemática, señales, bodega de herramientas, accesos y caminos entre otros.

b. Incorporar las medidas de evacuación para los visitantes.

c. Plan de manejo de la vegetación en torno a las instalaciones y la normativa de uso del fuego o fuentes de calor en su predio.

d. En relación al equipamiento, complementar el anexo 1 del Plan, incorporando otros elementos como por ejemplo mangueras, línea de combustible, pitones, gemelos, comprobar manguera de succión de 3”, entre otros. Revisar listado de equipos y herramientas para el control de incendios de acuerdo al número de personas que integrarán la brigada contra incendios forestales, los cuales son incompletos o insuficientes, como por ejemplo, se contempla disponer de solo 2 cascos.

e. Se solicita indicar el número de personas que conformarán la brigada contra incendios forestales.

5 ' Lugar, forma y oportunidad de implementación

Generación del Plan general de acuerdo a los antecedentes solicitados por CONAF.

Indicador que acredite su

cumplimiento

Remitir el Plan de Protección contra incendios definitivo, en un plazo de un mes otorgada la RCA, a la Superintendencia del Medio Ambiente y Corporación Nacional Forestal.

Forma de seguimiento

control y

Registro de entrega de los antecedentes a CONAF y SMA

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9P,

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Referencia al ICE

mayores detalles

para

Que, durante el procedimieTto dE TEVamaciómas Ta DIA er Tata der Proyecto propuso t0s

siguientes compromisos ambi

entales voluntarios:

Capítulo X

9.1. Prospección

Impacto asociado (si aplica)

Flora y Fauna

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Objetivo, justificación

descripción y

Se realizará la Campaña de Prospección de Especies de flora y fauna presentes en el área para determinar si existen especies con categoría de conservación, como criterio precautorio que algunas de dichas especies pudieran estar presentes en el área de influencia.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

El Compromiso ambiental abarca las áreas aledañas al Hotel las Torres Patagonia

Indicador que acredite su

cumplimiento

Se enviará una copia del informe final, a más tardar en mayo del año 2018, al Servicio Agrícola y Ganadero y a la Superintendencia de Medio Ambiente sobre los resultados de estos catastros.

Forma de seguimiento

control y

Entre los meses fines de septiembre a fines de diciembre del 2017 y enero 2018, marzo 2018 en caso de la fauna, se ejecutará una campaña de terreno para desarrollar una línea base de flora y fauna adyacentes al Hotel, dentro de la Estancia Cerro Paine.

Referencia al ICE

mayores detalles

para

Capitulo X

Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS

10.1.1. Derrames Aguas Servidas Transporte Terrestre Fase del Proyecto a la que OpsrelÓn aplica

Parte, obra o acción asociada

Limpieza de las fosas, según periocidad indicada en la memoria de cálculo.

Dentro de las acciones a ejecutar, se consideran los siguientes: a) Comunicación b) Acceso a las instalaciones

Acciones 0. medidas a |c) Tratamiento de Victimas implementar d) Procedimiento general para enfrentar un derrame e) Control del derrame de líquidos f) Control del derrame de sólidos g) Registros Forma de control y , . : Ea Registro de traslado de aguas servidas a lugar autorizado. seguimiento 10.1.2. Incendio = Proyecto 4 lá que Todas las fases del proyecto

Parte, obra o acción asociada

Toda la operación del centro turístico

El objetivo es definir los procedimientos, equipos y personal necesarios ante una eventual contingencia de ocurrencia de incendio estructural y que afecte a las instalaciones de Hotel Las Torres Patagonia ubicado en la Estancia Cerro Paine (Anexo 13 de la Adenda)

Dentro del Plan se consideran los siguientes ítems:

a) Responsabilidades y Procedimientos

Acciones o medidas a|b) Conectividad y Acceso a las Instalaciones implementar c) Instalaciones y Edificaciones Cercanas Existentes d) Recurso Agua Red Húmeda Hotel e) Otros Recursos f) Término de la Contingencia g) Informe A si mismo, considera un Anexo A sobre Medidas Preventivas y de Combate ante Incendios Forestales. EQU : Es control y Seguimiento por parte de las autoridades competentes. seguimiento Referencia al ICE para Capítulo VIT mayores detalles 10,2. PLAN DE EMERGENCIAS

10.2.1,

Derrame Peligroso:

s

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción - Operación

Parte, obra o acción asociada

Obra Nueva y operación del Hotel.

Acciones a implementar

Dentro de las acciones a ejecutar, se consideran los siguientes: a. Comunicación

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118,

122,

13%;

142.

15%,

162.

17*.

182.

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b. Acceso a las instalaciones

Tratamiento de Victimas

Procedimiento general para enfrentar un derrame

Control del derrame de líquidos

Control del derrame de sólidos

Registros

h. Elaboración del Informe

Se deberá informar de la activación del plan dentro de las 24 horas de Oportunidad y vías de | ocurrida la contingencia a Corporación Nacional Forestal (Conaf) de la comunicación a la SMA de la | Provincia de Última Esperanza al teléfono 61-2411438 y en primer día activación del Plan hábil siguiente a la contingencia, según horarios de Atención Ciudadana de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA).

RmRogo

Referencia al ICE para mayores detalles

Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una:de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

Que, para que el proyecto “Modificación Hotel Las Torres Patagonia” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

Capítulo VII

RESUELVE:

l,

2.

Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Modificación Hotel Las Torres Patagonia” de Las Torres de la Patagonia S.A.

Certificar que el proyecto “Modificación Hotel Las Torres Patagonia” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

.Certificar que el proyecto “Modificación Hotel Las Torres Patagonia” cumple con los

requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos N138, 142, 156 y 160 del D.S. N 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

.Certificar que el proyecto “Modificación Hotel Las Torres Patagonia” no genera los efectos,

características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

. Definir como gestión, acto o faena mínima del proyecto para dar cuenta del inicio de su “ejecución de modo sistemático y permanente los mencionados en el considerando N%4 del

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presente acto. 6. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20 de la Ley N” 19.300, ante'él Director Ejgcutive-del Servicio de Evaluación Ambiental.

ntendenta (S) Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Magallanes. y Antártica Chilena

YY Nelly Núñez Martínez Directora(S) Regional

Servicio de-Evaluáación Ambiental Región de Magallanes y Antártica Chilena

NNM. E

Distribución:

Josian Yaksic Kusanovic

Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, Región de Magallanes y Antártica Chilena Corporación Nacional Forestal, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Dirección de Obras Hidráulicas, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Dirección de Vialidad, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Dirección General de Aguas, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Gobierno Regional, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Ilustre Municipalidad de Torres del Payne

Secretaría Regional Ministerial de Agricultura, Región de Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales, Región de Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Desarrollo Social, Región de Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Energía, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, Región de Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región de Magallanes y Antártica Chilena Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Servicio Nacional de Turismo, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Magallanes y Antártica Chilena Consejo de Monumentos Nacionales

Cc:

Encargada Participación Ciudadana

Superintendencia del Medio Ambiente

Oficial de Partes de la Región

Expediente del Proyecto "Modificación Hotel Las Torres Patagonia"

  • Archivo Servicio de Evaluación Ambiental, Magallanes y Antártica Chilena

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13/12/2017 Documento - e3/16/bb577ac420b41e7a57586ffea6282ba830d4

Firmas Electrónicas:

  • Firmado por: SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL
  • Firmado por: Nelly Catalina Núñez Martínez Fecha-Hora: 13-12-2017 10:12:41:490 UTC -03:00

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