S/E Seccionadora Nueva Lampa 220 kV
REPÚBLICA DE CHILE | COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO
Califica Ambientalmente el Proyecto "S/E Seccionadora Nueva Lampa 220 KV".
Resolución Exenta N* 090/2018.
Santiago, 8 de marzo de 2018.
VISTOS:
1”. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), admitida a trámite con fecha 22 de junio de 2017, la Adenda de fecha 30 de noviembre de 2017 y la Adenda Complementaria de fecha 1 de febrero de 2018 del proyecto “S/E Seccionadora Nueva Lampa 220 KV” presentada por ENEL Distribución S.A.
2”. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “S/E Seccionadora Nueva Lampa 220 KV”.
3". El Acta de Evaluación N* 04/2017 de fecha 22 de febrero de 2018 del Comité Técnico de la Región Metropolitana.
4?. El ICE de la DIA del proyecto “S/E Seccionadora Nueva Lampa 220 KV” de fecha 23 de febrero de 2018.
5*. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, de fecha 8 de marzo de 2018.
6”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “S/E Seccionadora Nueva Lampa 220 KV”.
7%. Lo dispuesto en la Ley N” 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N' 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N” 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto Supremo N? 674, de fecha 11 de marzo de 2014 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la Resolución Exenta N 279 de fecha 03 de abril de 2017, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental; y en la Resolución N* 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
CONSIDERANDO: 17. Que, ENEL Distribución S.A., en adelante, el Titular, ha sometido al Sistema de Evaluación de
Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “S/E Seccionadora Nueva Lampa 220 KV” (en adelante, el proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social ENEL Distribución S.A.
Rut 96.800.570-7
Domicilio Santa Rosa 76, piso 3. Comuna de Santiago. Teléfono (56-2) 26752548
Nombre representante legal Andreas Gebhardt Strobel
Rut representante legal 7.033.726-6
Domicilio del/los representante legal
Santa Rosa 76, piso 8. Comuna de Santiago.
Correo electrónico del titular o representante legal
nelson.oliva(Qenel.com
2%. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 23 de febrero de 2018, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Metropolitana, ha recomendado aprobar el proyecto, considerando que:
e Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable;
e Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 140 y 142 del D.S. N* 40/2012 MMA;
e No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
3”. Que, en sesión de fecha 8 de marzo de 2018, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, acordó calificar favorablemente el proyecto “S/E Seccionadora Nueva Lampa 220 KV”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 23 de febrero de 2018, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
42, Que, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general.
El objetivo del Proyecto es la construcción y operación de una nueva subestación de 220 kV, en configuración interruptor y medio, que permita seccionar la línea de transmisión eléctrica Polpaico —Cerro Navia para así mejorar la calidad de servicio existente dando mayor seguridad, confiabilidad y flexibilizar la operación del SIC.
Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras 0 acciones.
Tipología principal: De acuerdo al artículo 10 de la Ley 19.300 y al artículo 3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el proyecto ingresa al SEIA según lo señalado en la letra:
“b) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones.
“b.1) Se entenderá por líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas líneas que conducen energía eléctrica con una tensión mayor a veintitrés kilovoltios (23 kV)”.
En este aspecto, el Proyecto considera la implementación de una línea de alta tensión (LAT) de 220 kV con una longitud aproximada de 70 m que permitirá conducir la energía eléctrica desde la línea existente (Polpaico — Cerro Navia) hasta la Subestación Seccionadora Nueva Lampa.
“b.2) Se entenderá por subestaciones de líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas que se relacionan a una o más líneas de transporte de energía eléctrica y que tienen por objeto mantener el voltaje a nivel de transporte”.
En este aspecto, el Proyecto considera la construcción y operación de una nueva subestación cuyo objetivo es seccionar la Línea de doble circuito 220 KV Polpaico — Cerro Navia, manteniendo el voltaje actual.
Tipología Secundaria: no tiene.
Vida útil.
Por el tipo de Proyecto, no se considera una vida útil definida ya que debido a las características de estas instalaciones, es probable que el funcionamiento se extienda en el tiempo (vida útil indefinida). Esto se logra mediante la continua renovación de los equipos de acuerdo a los programas de inspección y mantención, sumando la incorporación de innovaciones tecnológicas. No obstante, en caso de un eventual cierre, el cual no se estima que sea antes de 50 años, se elaborará un Plan de cierre Ambiental.
Monto de inversión
US$ 12,88.- Millones de dólares.
Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución.
El hito de inicio corresponde a la implementación de la instalación de faenas y preparación del terreno para la plataforma de la subestación.
Proyecto se Si No Punto 1.1.8 de la DIA desarrolla por etapas. 7
Proyecto modifica Si No Punto 1.1.6 de la DIA un proyecto O [Xx]
actividad.
Proyecto modifica Si No Punto 1.1.6 de la DIA otra(s) RCA. [X]
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político- administrativa.
El Proyecto se encuentra localizado en la Región Metropolitana, provincia de Chacabuco, comuna de Lampa, aproximadamente a 3 kilómetros de la Autopista Panamericana Norte. En la figura 1-2 de la DIA se muestra la localización del Proyecto respecto de la División Político Administrativa y en la figura 1-3 de la DIA se muestra una representación cartográfica del Proyecto.
Justificación de la localización.
La ubicación del Proyecto se justifica en los requerimientos establecidos en el Decreto Exento N373 de 2016 del Ministerio de Energía, respecto a las obras de ampliación necesarias para la expansión del Sistema de Transmisión Troncal del SIC (y del SING) y en la Resolución Exenta N567 de la Comisión Nacional de Energía que aprueba las Bases de Licitación de las Obras contempladas en el Decreto N* 373 antes mencionado, en lo que especifica lo siguiente: “Construcción de una subestación seccionadora Nueva Lampa 220 kV y el seccionamiento de la línea 2x220 kV Polpaico - Cerro Navia en la nueva subestación”, para la cual se ha definido que deberá ubicarse en torno a la actual subestación Lampa.
La comuna de Lampa. actualmente no cuenta con Plan Regulador vigente, por tanto se considera la zonificación propuesta por el Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS).
El uso de suelo que establece el PRMS indica que los alrededores donde se encuentra ubicada actualmente la S/E Lampa, presenta una zonificación cuyo uso de suelo es habitacional mixto. En la figura 1- 6 de la DIA se muestra el emplazamiento del Proyecto y la zonificación indicada en el PRMS.
En el Anexo Anexo 17 de la DIA se adjunta el Certificado de Informaciones Previas (CIP) N* 390 de fecha 24/01/2017 emitido por la DOM de la I. Municipalidad de Lampa, en el cual se indica que el uso de suelo permitido según el PRMS es “Zonas Habitacionales Mixtas”, cuyos usos permitidos, dentro de otros, corresponde a “macroinfraestructura sanitaria, energética y de telecomunicaciones ”.
Superficie.
La superficie del límite predial corresponde a un total de 1,7 ha. El área de intervención del Proyecto será inferior a ésta, correspondiendo a la superficie a utilizar por la instalación de faenas y la superficie a utilizar por la subestación seccionadora.
Para la fase de construcción se contempla la utilización de una superficie aproximada de 2.600 m? asociada a la Instalación de Faenas, tal como se muestra en la tabla 1-7 de la DIA, en la cual se encuentran las obras temporales (oficinas, bodegas, estacionamientos, patio de estructuras y equipos, entre otras). También se considera como obra temporal la habilitación de 4 estructuras auxiliares que abarcan una superficie aproximada de 2 m? cada una.
Por su parte, durante la fase de operación se contempla una superficie
total aproximada de 9.339 mi, donde se encuentran las obras permanentes asociadas a la Subestación Seccionadora Nueva Lampa 220 kV. Adicionalmente, como parte de las obras permanentes se considera la instalación de una nueva estructura de derivación denominada Torre TAP, la cual reemplazará a una estructura de la línea existente (torre N*40). La Torre TAP abarca una superficie aproximada de 9 m?. El detalle de estas superficies se presentan en la siguiente tabla:
Tabla 1: Superficies obras permanentes del Proyecto.
Obra S/E Lampa Superficie (m”) Sala de Control, Protecciones y comunicaciones Casa Sala de baterías 142 Control | Zona de lavado de ojos Sala de servicios auxiliares Grupo Generador Patio 1.437 Otras áreas (incluido áreas verdes y accesos) 7.760 Total 9.339
Fuente: Tabla 1-8 de la DIA.
Coordenadas UTM en Datum WGS84.
Tabla 2: Coordenadas referenciales de los límites prediales de la
Subestación. Coordenadas Vértice Este (m) Norte (m) 1 336.367 6.311.880 2 336.500 6.311.973 3 336.552 6.311.861 4 336.407 6.311.793
Fuente: Tabla 1-4 de la DIA.
Para mayor claridad, se adjunta el desglose de las coordenadas referenciales de cada obra del Proyecto, tanto para las obras temporales (fase de construcción) como para las obras permanentes (fase de operación). Para la fase de construcción se utilizarán cuatro torres auxiliares (A39-1, A39-2, A40-1 y A40-2) con el objetivo de mantener operativa la línea Polpaico — Cerro Navia, mientras se realizan las obras para la habilitación de la Torre TAP, que permitirá conectar la subestación Nueva Lampa 220 kV con la línea existente.
Tabla 3: Coordenadas referenciales de la obras temporales (Instalación de faenas y torres auxiliares).
Detalle Vértice | Este (m) | Norte (m)
1 336.434 6.311.806
2 336.430 6.311.815
la 3 336.472 6.311.834 Instalación de Faenas 4 336.455 6311.871 5 336.474 6.311.880
6 336.495 6.311.834 A39-1 336.425 6.311.657 A39-2 336.455 6.311.670 A40-1 336.346 6.311.830 A40-2 336.376 6.311.844 Fuente: Tabla 1-5 de la DIA.
Torres Auxiliares
Tabla 4: Coordenadas referenciales de la superficie intervención
4
subestación Nueva Lampa 220 kV y Torre TAP.
Vértice Este (m) Norte (m) 1 336.398 6.311.877
2 336.442 6.311.907
3 336.472 6.311.843
4 336.433 6.311.825
El 336.439 6.311.813
6 336.430 6.311.809 Torre TAP 336.368 6.311.823
Fuente: Tabla 1-6 de la DIA.
Los caminos de acceso serán los existentes en la zona, los cuales se encuentran pavimentados y en buenas condiciones. No se considera para la ejecución del Proyecto, la habilitación y/o mejoramiento de caminos. El acceso a las obras se realizará por la Autopista Panamericana Norte, para posteriormente utilizar la calle la Montaña y acceder al Proyecto desde el sur por calle Porvenir. Es importante señalar, que las calles interiores hacia el Proyecto se encuentran construidas y terminadas hasta el borde del terreno donde se emplazará la Subestación Seccionadora Nueva Lampa 220 kV. (Figura 1-7 de la DIA).
Caminos de acceso.
Referencia al expediente de | 2 Planos de planta y archivo en formato KMZ partes y obras del evaluación de los mapas, proyecto, Anexo 2 de la DIA.
georreferenciación e | + Plano plataforma de subestación, Anexo 1 de la Adenda. información e Emplazamiento del proyecto, figuras 1-1, 1-2 y 1-3 de la DIA. complementaria sobre la|+e Georreferenciación del proyecto, tablas 1-4 a 1-6 de la DIA. localización de sus partes, | e Registro fotográfico emplazamiento del Proyecto, Anexo 9 de la obras y acciones. Adenda.
4.3. FASE DE CONSTRUCCION.
4.3.1. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO.
4.3.1.1 PARTES Y OBRAS
Nombre Descripción Instalación de | Corresponderá a instalaciones destinadas al apoyo de las actividades que se faenas desarrollarán en la fase de construcción, cuya superficie aproximada será de
2.600 m? (incluidos caminos interiores). La instalación de faenas se encontrará aledaña al lugar donde se construirá la Subestación Seccionadora Nueva Lampa 220 kV. En las figuras 1-8 y 1-9 de la DIA, se presenta la ubicación de dicha instalación y en el Anexo 2 de la DIA se adjunta plano respectivo.
Las partes que componen esta instalación corresponden a contenedores para oficina, comedor, bodega de herramientas, zonas de servicios higiénicos, zona de acopio temporal de residuos no peligrosos y zona de acopio temporal de residuos peligrosos, estacionamiento, entre otros (tabla 1-10 de la DIA).
Una vez finalizadas todas las actividades de construcción, el Contratista retirará todas las instalaciones provisorias asociadas a la instalación de faenas. Se realizará la limpieza del área y se dejará el terreno en las mismas condiciones iniciales.
Instalación de | Para la construcción de la Torre TAP es necesario utilizar un trazado auxiliar torres auxiliares para la línea existente Polpaico — Cerro Navia, lo cual se logra a través de una línea auxiliar formada por 4 estructuras, las cuales se instalarán a cada lado de la línea de forma tal, de habilitar el espacio necesario para la construcción e instalación de la Torre TAP de manera segura. Las coordenadas de cada una de las torres auxiliares se presentan en la tabla 1-5 de la DIA y un esquema del tipo de torre auxiliar se presenta en la figura 1-10 de la DIA.
Retiro de | Se procederá con el retiro de la estructura existente Torre N40, para lo cual se estructura comenzará con el desarme de la estructura y demolición de los primeros 30 cm existente de la fundación. El resto de la fundación quedará en el lugar.
Retiro de torres auxiliares
Una vez instalada la Torre Tap, se procederá a sacar las torres auxiliares y restaurar las condiciones iniciales en este sector. Luego se conectarán los circuitos respectivos.
Sitio de acopio de residuos
Durante los trabajos de la S/E Seccionadora Nueva Lampa, se generarán residuos sólidos asimilables a domésticos y residuos sólidos industriales no peligrosos, los cuales se almacenarán temporalmente en un lugar establecido en la instalación de faenas (figura 3-1 de la DIA), que será habilitada solamente durante la fase de construcción y eventual fase de cierre del Proyecto. Mayores antecedentes en el punto 3.4.2 de la DIA (PAS 140).
Bodega de | Los residuos peligrosos a generar en la fase de construcción corresponden
almacenamiento principalmente a tóner de impresoras, tubos fluorescentes, guaipes
temporal de | contaminados con aceites provenientes de la limpieza de conductores y
residuos envases contaminados con hidrocarburos, envases de pinturas y brochas, los
peligrosos cuales se almacenarán en una bodega de acopio temporal de residuos peligrosos que dará cumplimiento al D.S. N*148/03 del MINSAL, dentro de la Instalación de Faenas, de acuerdo a los antecedentes presentados en el punto 3.4.3 de la DIA (PAS 142).
Almacenamiento | Durante esta fase se utilizarán las siguientes sustancias peligrosas:
de Sustancias
peligrosas Tabla 5: Sustancias peligrosas, fase de construcción.
Clase Ítem Unidad [Cantidad Nal Almacenamiento 382 ; A Tambor para combustible Diesel litros/mes| 80 3 de 200 litros Desmoldante litros/mes| 30 3 e So nal proveniente de fábrica Acelerante de 4 En envase original litros/mes| 3 - : e fraguado proveniente de fábrica Puente En envase original Adherencia AUS hn a proveniente de fábrica Impermeabilizante litros/mes 20 _ En envase original Hormigón proveniente de fábrica Pintura Epóxica Ñ os (Gálones) Unidad 10 3 Envase original
Fuente: Tabla 1-19 de la DIA.
Por tratarse de una instalación GÍS, se requerirá del gas SF6 (Hexafluoruro de Azufre), el cual será suministrado directamente por el proveedor de los equipos GIS. Este gas viene contenido en cilindros de acero especialmente diseñados para su transporte y almacenamiento. En el Anexo 3.5 de la DIA, se detalla el manejo en terreno de este gas.
La bodega de sustancias peligrosas se diseñará bajo el Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas del D.S. N“43/15 del MINSAL.
4.3.1.2 ACCIONES
Nombre
Descripción
Movimiento de tierras
Esta actividad comienza con la preparación del terreno para la construcción de las obras, para lo cual se utilizarán excavadoras, retroexcavadoras y camiones tolva. Se procederá a limpieza, escarpe y excavación del terreno hasta 1 m de profundidad, para posteriormente elevar la cota del mismo hasta 1,8 metros con material de relleno. Una vez preparado el terreno, se procede a realizar la fundación de la plataforma de la S/E seccionadora Nueva Lampa 220 kV. En el caso de la construcción de la torre TAP, se considera una profundidad de excavación de 3,05 m, por lo cual se prevé que en este sector se requerirá el agotamiento de la napa mientras se realicen estos movimientos de tierra, considerando que según resultados de la mecánica de suelos y calicata realizada en Adenda, la napa se encuentra a 2,7 m de profundidad.
Subestación
Las principales actividades que contempladas para la habilitación de la S/E
6
seccionadora Nueva Lampa 220kV
Seccionadora son:
o Construcción de plataforma y caminos interiores aproximadamente 3.700 mí”.
Construcción de fundaciones y estructuras para marco de línea 220 kV. Construcción de fundación GIS
Construcción de fundaciones y estructuras para tubos GIL.
Construcción sala de control de albañilería.
Construcción cierro perimetral de la subestación tipo Acmafor. Construcción de canalizaciones las que incluyen canaletas y ductos para cables de control.
Cabe destacar que la subestación contempla la implementación de una faja arborizada alrededor de ella según lo establece el Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS).
Construcción de fundaciones
Corresponde a habilitación de las obras civiles que soporten los equipos y estructuras eléctricas, las que se construirán en hormigón armado, acorde a las dimensiones y especificaciones de diseño de cada uno de éstos. Cabe mencionar, que el transporte de hormigón será de una empresa proveedora.
Montaje de estructuras
Los componentes serán transportados en camiones hacia los lugares destinados para su instalación. El montaje de las estructuras, armado de la torre y hasta que esté completamente anclada a sus fundaciones, se realizará con camión pluma, grúa o sistema manual. Para el armado de cada estructura y de todos los elementos metálicos, se ejecutará como se indique en los planos de diseño. Las placas base y de apoyo serán colocadas y niveladas acorde a los planos, y deberán tener un apoyo completo y uniforme. Posteriormente, deberán ser alineadas y ajustadas, antes del torque definitivo. Las superficies de apoyo y aquellas que estarán en contacto permanente deberán estar limpias de óxidos, polvo, grasa, u otro elemento antes de proceder al montaje.
Montaje de equipos eléctricos
Se realiza acorde a las especificaciones de los fabricantes, y en base a los planos del montaje. El equipo principal a instalar es el Equipo GIS “Gas Incapsulated Swittchgear” (encapsulado en SF6), con sus conexiones a las posiciones de líneas, GIL “Gas Incapsulated Line”. Dado que el SF6 no es un gas tóxico ni nocivo, pero su efecto como gas invernadero es manejado con un estricto control, se implementará el respectivo procedimiento operativo “Manipulación y almacenamiento de gas hexafluoruro de azufre (SF6)”, descrito en el Anexo 3.5 de la DIA. Los demás equipos, corresponden a equipos menores (es decir, peso menor a 2.000 kg), equipos de control y equipos de servicios auxiliares. Se instalarán en la sala de control, una vez terminados los trabajos civiles.
Seccionamiento Línea 220 kV Polpaico-Cerro Navia.
La instalación de la nueva estructura de derivación denominada Torre TAP se
encontrará ubicada en el eje de la línea 220 kV Polpaico — Cerro Navia, 15 m
al sur de la actual torre N%40, la cual será retirada y reemplazada por la nueva
torre (Torre TAP), y a una distancia de aproximadamente 70 m al poniente del eje del marco de línea de la subestación Nueva Lampa 220 kV (figura 1-16 de la DIA). Las principales actividades consideradas para la construcción de la
Torre TAP, corresponde a las siguientes:
-
Construcción de fundación y estructura para Torre TAP. La actividad asociada a las fundaciones se encuentra descrita en el punto 1.4.4.4 de la DIA.
-
Retiro de la torre existente N*40.
-
Construcción de fundaciones y estructuras de línea auxiliar. Para la instalación de la Torre TAP, es necesario utilizar un trazado auxiliar para la línea existente Polpaico — Cerro Navia, lo cual se logra a través de una línea auxiliar formada por 4 estructuras tipo Spax, las cuales serán denominadas A39-1, A39-2, A40-1 y A40-2. Para ello, se contempla realizar excavaciones en los puntos donde irán dichas torres auxiliares, en el Anexo 2.2 de la DIA, se adjunta plano de ubicación de las torres auxiliares. (Plano CHI-27906, Anexo 2.2).
-
Montaje de la nueva estructura, Torre TAP, a ubicar en el vano entre las torres N39 y N40 de la Línea Polpaico — Cerro Navia (descrita en el
punto 1.4.4.5 de la DIA). - Instalación de Cable de Guardia desde la Torre TAP a la subestación seccionadora Nueva Lampa 220 kV (marcos de línea). Luego de construida la Torre TAP en el eje de la línea Polpaico — Cerro Navia y de realizar el retiro de la estructura existente (torre N*40), se procederá al retiro de la estructuras que forman la línea auxiliar, restableciendo las condiciones del entorno.
Comisionamiento
Previo a la energización de los equipos eléctricos, se realizan una serie de ensayos eléctricos y de funcionamiento con el propósito de revisar el correcto funcionamiento de los equipos y sistemas instalados. Las pruebas que se realizarán están definidas por los estándares del Titular y de la autoridad competente (por ejemplo, Coordinador Eléctrico Nacional) y siguen las referencias internacionales sin que ninguna de estas pruebas afecte el medioambiente. Ejemplo de las pruebas que se pueden realizar: tensión aplicada, relación de transformación en equipos de medidora, velocidad de apertura o cierre de interruptores, presión de gas SF6, etc. Cuando los equipos han aprobado las pruebas de funcionamiento y ensayos eléctricos se coordina la primera conexión, energización y puesta en servicio. Para esto se envía previamente toda la información técnica requerida por el Coordinador Eléctrico Nacional (CEN) y con ello se garantiza el adecuado funcionamiento de la instalación y permite su conexión al sistema eléctrico nacional.
Terminaciones de terreno
Se desarrollarán terminaciones del cierre perimetral, terminaciones de iluminación, instalación de señalética de equipos (placas de identificación) y faja arborizada.
Actividades de transporte
El transporte de los materiales, tales como hormigón, armaduras, material de relleno y gravilla, se realizará desde los lugares de venta o almacenamiento hasta el lugar de las obras, el cual estará a cargo del proveedor del material o del personal calificado de la empresa Contratista. Para el transporte de material se utilizará la red vial existente en la zona (punto 1.2.5 de la DIA), mediante camiones adecuados para el tipo de material, cumpliendo con la normativa vigente. Los equipos de construcción serán transportados en camiones, acordes al peso y dimensiones de cada elemento. Para esta fase se contempla habilitar un total de 8 estacionamientos para vehículos livianos y 4 estacionamientos para vehículos pesados (camiones tolva, camión mixer, entre otros). En la siguiente tabla se indican los vehículos a utilizar para el transporte de materiales, así como su frecuencia de uso y tiempo de utilización.
Tabla 6: Camiones requeridos para el transporte en la fase de
construcción. Vehículo Cantidad Frecuencia de | Duración (Meses) (Unidades) uso Camión tolva 3 Diario 12 Camión mixer 1 Semanal 5 Camión rampla 1 Semanal 3
Fuente: Tabla 1-16 de la DIA.
Adicionalmente, se considera también el transporte de residuos desde la bodega de almacenamiento temporal, hacia sitios de disposición final autorizados, actividad que será realizada por empresas externas que cuenten con las resoluciones de funcionamiento respectivas.
El titular mantendrá en la instalación de faenas un registro permanente de entradas y salidas de camiones y las actividades asociadas con sus respectivas frecuencias, de acuerdo al formato de la tabla 2 de la Adenda.
Lavado de ruedas, canoas y herramientas
Lavado de ruedas: Este sistema será activado después de las lluvias en el sector o cuando las condiciones climáticas y atmosféricas lo ameriten. No se contempla realizar lavado de ruedas en época seca, ya que no existirá arrastre de barro a la calzada. Sólo se efectuará lavado de ruedas de camiones antes de su salida a la vía pública. Este sistema estará justo ubicado a un costado del acceso/salida de la instalación de faenas. (Figura 4 de la Adenda). El sistema para lavado será construido in situ al comienzo de las obras, para evitar
contaminación y suciedad a los caminos aledaños. Las dimensiones de este sistema será de 6x3 m. Se realizará un escarpe de aproximadamente 20 cm, considerando que el terreno natural debe quedar con una pendiente entre el 3% y 4% hacia el lado del poso de drenaje, y se protegerá utilizando un geotextil en toda la superficie, entre las soleras de confinamiento y el cubo-dren. Las soleras de confinamiento será tipo A o similar, y se instalarán en una base de Hormigón H-15, con respaldo a 2/3 de la altura. El pozo de drenaje tendrá dimensiones de 1x1x1 m, rodeado de geotextil y será rellenado con bolones de diámetro que varía entre 3 /2”” y 6””. Cada vehículo saliente deberá pasar por este sistema, el que contará con un operario quien lavará la totalidad de las ruedas con una hidrolavadora. Como se trata solo de agua con tierra (barro o lodo), sin ningún tipo de contaminante, no se considera descarga O almacenamiento de ésta para su retiro, sino que será conducida hasta el sistema de evacuación de aguas lluvias.
Lavado de canoas y herramientas: No se considera el lavado de camiones mixer al interior de las áreas de trabajo, únicamente se requerirá del lavado de las canoas de descarga y de las herramientas para proveer el hormigón. El área de lavado se localizará a un costado de la instalación de faenas y se dispondrá de un área para ello, que consistirá en una piscina provisoria con pendiente 15%. La piscina estará cubierta con una geomembrana, ya sea de PVC o HDPE, dependiendo de la disponibilidad y factibilidad existente en el mercado (detalles técnicos, en la respuesta 1.10 de la Adenda), la que deberá asegurar resistencia, durabilidad e impermeabilización ante cualquier agente químico y físico. Adicionalmente, la piscina estará protegida con un cerco perimetral y contará con presencia de señalética que indique la dirección y ubicación de la piscina y además con un letrero con recomendaciones para el usuario en el sector de lavado (figura 1-14 de la DIA). El Titular realizará inspecciones semanales a la piscina para verificar su funcionamiento, condiciones de la membrana y requerimientos de extracción de residuos. Dejará registro con observaciones de la inspección, los cuales estarán en faenas (respuesta 1.10 c) y d) de la Adenda). Por su parte, las aguas generadas corresponden a un residuo de pH básico, llamado “lechada”, que está compuesto por agua, cemento, áridos (arena, grava) en suspensión y aditivos (en cantidad inferior al 1% de la masa total: fluidificantes, aceleradores, etc.). Después que el área de lavado sea utilizada por el camión, la “lechada” decantará separándose de los sólidos y el agua residual se evaporará, por lo que no se generarán residuos líquidos. Los sólidos restantes (residuos de hormigón) serán dispuestos por una empresa especializada en un sitio autorizado por la Autoridad competente.
Manejo de Aguas lluvias
Las aguas lluvias serán evacuadas al sistema existente de ZUDC (Zonas Urbanizables con Desarrollo Condicionado) “Valle Grande” de la comuna de Lampa, el cual se encuentra aprobado mediante el Ord.N1950 de 31.10.2002 de la Secretaria Regional Ministerial de Obras Públicas R.M y Ord N5437 DE 24.10.02 de la Dirección Nacional de Obras Públicas. Para ello se considera elevar el terreno donde se construirá la subestación en 1,85 metros, nivelar y dar la pendiente que genere el escurrimiento gravitacional de las aguas lluvias captadas en las conducciones internas de la subestación, hacia el sistema de canales colectores de aguas lluvias de Valle Grande. En el Anexo 1.2 de la Adenda, se adjunta plano con el sistema de colección aguas lluvias con su trazado completo.
4.3.2 SUMINISTROS BÁSICOS
Nombre
Descripción
Abastecimiento de agua potable, agua industrial y servicios higiénicos
Agua potable: Será suministrada a través de empresa que cuente con las autorizaciones sanitarias respectivas, tales como: autorización de sistema de tratamiento, envasado y del transporte de agua potable (vehículo). Se considera un abastecimiento de agua potable equivalente de 6,75 m'/día, considerando una mano de obra máxima de 45 trabajadores, y una dotación de 150 L/trabajador/día. Cabe destacar que la dotación de agua potable considera la provisión necesaria para las duchas. El abastecimiento de agua potable en cuanto a cantidad y calidad, se realizará acorde a lo establecido en el D.S. N 735/1969, que establece el “Reglamento de los Servicios de Agua Destinados al Consumo Humano” y sus modificaciones según D.S.N131/2006 y D.S. N*
9
76/2009 y el D.S. N* 594/2000, del MINSAL.
Agua Industrial: Las aguas requeridas para el lavado de ruedas y lavado de canoas serán abastecidas mediante camiones aljibes y almacenadas en un estanque habilitado exclusivamente para este fin. El Titular asegurará que la empresa proveedora tenga las autorizaciones correspondientes de extracción, cuyos antecedentes serán solicitados previamente a la contratación del servicio.
Servicios higiénicos: En la instalación de faenas como en los frentes de trabajo se utilizarán baños químicos, los cuales serán provistos por una empresa externa autorizada encargada de la instalación, limpieza, del transporte y la disposición final de aguas servidas. La provisión de servicios higiénicos para los trabajadores se ajustará en todo momento a las exigencias establecidas en el D.S. N 594/1999 del MINSAL. Considerando que las labores de construcción del Proyecto duraran más de seis meses, el Proyecto se conectará al sistema de alcantarillado existente. En el Anexo 4 de la Adenda se adjunta el Certificado de Factibilidad de Agua Potable y Alcantarillado N8/2017 de fecha 22/08/2017 de la empresa sanitaria Novaguas S.A.
Sistema abastecimiento eléctrico
de
La energía requerida para la instalación de faenas y frente de trabajo será mediante la red existente. En el caso de ser necesario, ante alguna emergencia, se utilizará un equipo electrógeno de una potencia de 50 KW que opere con diésel. Este equipo se mantendrá sobre un pretil con material impermeabilizado.
Combustible
Se requerirá combustible para el grupo electrógeno. El lugar de almacenamiento de los bidones de combustibles cumplirá con el D.S. N* 160/2008 MINECON, es decir, contará con un área de seguridad de 2 metros alrededor de los envases y se dispondrá de arenas o pretiles (piso impermeable) con el fin de contener los eventuales derrames. Se controlará mensualmente la hermeticidad de los bidones y se mantendrá los radieres o arenas libres de residuos de combustibles. Adicionalmente a lo anterior, se contará con los implementos de protección personal, kit para el control de derrames, material impermeabilizante y señalización de advertencia. Previo a la realización de cualquier actividad que involucre la manipulación de combustible, se acondicionará el área de trabajo de modo que se pueda prevenir y lograr una confinación adecuada en caso de contingencias. Para la carga de combustibles se utilizará un sistema cerrado con membrana impermeabilizante que pueda contener un eventual derrame, el cual será puesto bajo el acople de la boquilla del bidón y el estanque del grupo generador de forma tal que pueda contener el volumen en caso de derrame y así evitar el contacto con el suelo. (Figura 2 de la Adenda). El detalle de medidas consideradas para evitar accidentes y/o derrames se presenta en la respuesta 1.5 de la Adenda.
Maquinaria equipos
Y
Los equipos y maquinarias a utilizar en esta fase corresponden a:
Tabla 7: Maquinaria y equipos, fase de construcción. Equipos y maquinaria Cantidad Excavadora
.
Camión Aljibe Motoniveladora Rodillo Compactador Retro excavadora Camión Pluma Grúa telescópica
Camioneta
Camión tolva
Camión mixer Camión rampla Fuente: Elaboración propia con información de la tabla 1-20 de la DIA.
»riolujuj=o|o|oi=|=|=
10
4.3.3 RECURSOS NATURALES RENOVABLES
La fase de construcción no contempla extraer o explotar recursos naturales renovables, ya que se ejecutará en un lugar ya intervenido.
4.3.4 EMISIONES Y EFLUENTES
4.3.4.1 EMISIONES A LA ATMOSFERA
Nombre
Descripción
Emisiones
En el Anexo D de la Adenda Complementaria, se adjunta el informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas actualizado del Proyecto. Durante esta fase, las emisiones atmosféricas generadas estarán asociadas principalmente a las siguientes actividades:
Escarpes
Excavaciones
Transferencia y apilado de material
Erosión
Tránsito de vehículos por vías no pavimentadas al interior. Tránsito de vehículos en caminos pavimentados
Tránsito de maquinaria en ruta y fuera de ruta. Funcionamiento del grupo electrógeno.
Combustión de maquinaria, equipos y vehículos.
En dicho contexto, las emisiones generadas por el Proyecto son:
Tabla 8: Resumen Emisiones atmosféricas del Proyecto.
Contaminante Año Emisiones (ton/año) | Límite del PPDA mr E 25 Nox z za 3 Sox : 07 s0
Fuente: Tabla 70, Anexo D de la Adenda Complementaria.
De acuerdo a los cálculos realizados y adjuntos en el Anexo D de la Adenda Complementaria, el Proyecto no supera los límites establecidos en el artículo 98 del PPDA, por lo cual no deberá compensar emisiones. Al respecto, la SEREMI de Medio Ambiente, mediante oficio Ord. N*146 de fecha 14 de febrero de 2018, se pronuncia conforme al Proyecto.
4.3.4.2 EMISIONES LÍQUIDAS O EFLUENTES
Nombre
Descripción
Residuos líquidos
industriales (Lavado ruedas, canoas y herramientas)
Lavado de ruedas: Este sistema será activado después de las lluvias en el sector o cuando las condiciones climáticas y atmosféricas lo ameriten. No se contempla realizar lavado de ruedas en época seca. Sólo se efectuará lavado de ruedas de camiones antes de su salida a la vía pública. Este sistema estará justo ubicado a un costado del acceso/salida de la instalación de faenas. (Figura 4 de la Adenda). Para asegurar que las aguas son sólo “agua + Tierra”, el titular previa a su descarga al sistema de evacuación de aguas lluvias, realizará una medición de estas aguas específicamente de los parámetros hidrocarburos y aceites. Para ello, habilitará una cámara de inspección en la cual se tomará muestra para su análisis que asegure que estas aguas están libres de contaminantes que afecten el entorno. La frecuencia de muestreo se estima en una (1) muestra cada tres (3) meses durante la fase de construcción y en los periodos que se realice dicha actividad. En la figura 1 de la Adenda se muestra un esquema con el sistema de lavado, en el cual se adiciona la cámara de inspección. En caso que los resultados de los análisis realizados previos a su conducción al sistema de evacuación de aguas lluvias indiquen presencia de contaminantes, estos serán manejados de acuerdo a la legislación aplicable, es decir se considerará un residuo peligroso y por tanto su gestión se regirá bajo lo indicado en el D.S. N* 148/03 MINSAL.
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Lavado de canoas y herramientas: las aguas generadas corresponden a un residuo de pH básico, llamado “lechada”, que está compuesto por agua, cemento, áridos (arena, grava) en suspensión y aditivos (en cantidad inferior al 1% de la masa total: fluidificantes, aceleradores, etc.). Después que el área de lavado sea utilizada por el camión, la “lechada” decantará separándose de los sólidos y el agua residual se evaporará, por lo que no se generarán residuos líquidos. Los sólidos restantes (residuos de hormigón) serán dispuestos por una empresa especializada en un sitio autorizado por la Autoridad Sanitaria de la Región. Ante la eventualidad que las aguas de lavado de las canaletas de los camiones mixers, no sean evaporadas en su totalidad desde la piscina habilitada para tal fin, éstas serán retiradas por un camión succionador para posteriormente ser dispuestas en un sitio autorizado por la SEREMI de Salud, por tanto, no se generarán impactos al recurso hídrico. Se tendrá copia en la instalación de faenas, del registro de cada retiro por empresa autorizada.
Residuos líquidos domésticos (Aguas servidas)
Se considerarán baños químicos dentro de la instalación de faenas, desde los cuales se generará residuos líquidos domésticos o aguas servidas, equivalentes a 6,75 m'/día (mano de obra máxima de 45 trabajadores, y una dotación de 150 L/trabajador/día). Estos residuos serán manejados de acuerdo a lo indicado en el D.S. N 594/1999 MINSAL y se contará con los servicios de una empresa autorizada para estos fines, que cuente con las resoluciones respectivas, la que estará encargada de su mantención, retiro y disposición de aguas servidas en un lugar autorizado. Se llevará un registro y copia de los documentos que acrediten la disposición final de los residuos. Adicionalmente, considerando que las labores de construcción del Proyecto se extenderán por más de seis meses, el Proyecto se conectará al sistema de alcantarillado existente. En el Anexo 4 de la Adenda se adjunta el Certificado de Factibilidad de Agua Potable y Alcantarillado N8/2017 de fecha 22/08/2017 de la empresa sanitaria Novaguas S.A.
4.3.4.3 EMISIONES DE RUIDO
Nombre
Descripción
Ruido y vibraciones
En el Anexo 4 de la DIA se presenta en Estudio Acústico y Vibraciones del Proyecto, documento en el cual se identifican los receptores sensibles que pudiesen verse afectados por la ejecución del proyecto, se estiman los niveles de ruido y vibración generados en las distintas actividades de la fase de construcción, se evalúan las emisiones acústicas con respecto a los límites establecidos por el D.S. N* 38/11 del MMA y para vibraciones se utiliza el criterio establecido en la guía “Transit Noise and Vibration Impact Assesment de lafederal Transit Administration — USA —May 2006” que establece un criterio de aceptabilidad para zonas resienciales y un límite de riesgo de daño estructural. Finalmente, se establecen las medidas de control en caso de superar el límite establecido por la normativa o criterios de referencia.
Cabe señalar que los receptores identificados se encuentran en Zona ZUC del PRMS, el que permite usos de suelo residencial, equipamiento, infraestructura y actividades productivas inofensivas, por lo que los límites máximos corresponden a los establecidos para Zona III del D.S. N* 38/2011 del MMA.
En la tabla 11 del Anexo 4 antes citado, se evalúan los resultados de la modelación en cada punto receptor, en horario diurno. En dicha tabla se observa cumplimiento normativo en todos los puntos receptores, a excepción de 2 puntos. Por esa razón, en el capítulo 8 del Anexo se detallan medidas de control a implementar, que consisten principalmente en barreras acústicas y medidas de gestión. A continuación, se evalúan los niveles de ruido estimados implementando las medidas de control y el resultado se observa en la tabla 15 del Anexo 4. En ella se observa que los niveles estimados, con la correcta implementación de las medidas de control propuestas, cumplen con los límites máximos establecidos en el D.S. N*38/11 MMA.
Al respecto, la SEREMI de Salud se pronuncia conforme mediante Ord. 864 de fecha 13/02/2018, sin perjuicio de ello, detalla en el Ord. 4181 de fecha 14/07/2017 las exigencias que deberá a considerar el proyecto, basadas en las medidas y compromisos propuestos por el titular durante la evaluación del
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proyecto:
“ETAPA DE CONSTRUCCIÓN
2.1.1 Las faenas de construcción deberán realizarse dentro del horario diurno del D.S. N*38/11 del MMA (07:00 horas a 21:00 horas).
2.12 Se deberá implementar barreras acústicas cuyo material deberá cumplir condiciones de densidad superficial de al menos 10 kg/m2, como por ejemplo paneles de OSB de espesor de 15 mm. Las junturas de los paneles que conformen la barrera serán herméticas tanto entre ellas como en la unión con el piso. Las barreras se ubicarán en el perímetro de los sectores de la construcción de las torres auxiliares y en la cara sur del área del proyecto. La figura 8 y 9 del Anexo 4 de la DIA muestra la ubicación y altura de las barreras propuestas.
2.1.3 Se deberán implementar las “Medidas de Gestión” señaladas en el apartado 8.3 “Medidas de Gestión” del Anexo 4 de la DIA.
TODAS LAS ETAPAS
2.1.4 Se deberán cumplir en todo momento los límites máximos permitidos por el D.S. N* 38/2011 del MMA, que establece “Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica” o el que lo reemplace”.
Por otra parte, en la tabla 14 del Anexo 4, se presentan los resultados de la estimación de los niveles de vibración producto del empleo de maquinaria relevante en este aspecto. El resultado indica que los niveles de vibración se encuentran por debajo de los límites establecidos en la normativa de referencia.
4.3.5 RESIDUOS Y
SUSTANCIAS PELIGROSAS
4.3.5.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS
Nombre
Descripción
Residuos sólidos domiciliarios y asimilables
Se considera la generación de residuos domésticos, correspondientes a papel, cartón, botellas plásticas y de aluminio, restos de comida y envoltorios. La cantidad generada será de 675 kg/mes, considerando una tasa de 0,5 kg/trabajador/día, una mano de obra máxima de 45 trabajadores y 30 días al mes.
Los residuos domiciliarios serán recolectados en bolsas de basura y llevados a la zona de residuos domiciliarios dentro del patio de salvataje, la que estará ubicada al interior de la instalación de faenas. Los residuos serán retirados con una frecuencia de 2 a 3 veces por semana, por el sistema de recolección Municipal, para ser dispuestos en rellenos autorizados por la Secretaría Ministerial de Salud. Los residuos domiciliarios serán almacenados en contenedores de polipropileno.
Mayores detalles en el punto 3.4.2 de la DIA (PAS 140) y respuesta 1.21 de la Adenda.
Residuos inertes de la construcción, escarpe y escombros
Los residuos industriales no peligrosos corresponderán a restos de materiales a utilizar durante las actividades de construcción, como restos metálicos, cable conductor, material de embalaje, plásticos, madera, restos de hormigón por lavado de canoas y escombros. Estos residuos serán acopiados en una zona temporal dentro de la Instalación de Faenas, para ser reciclados o reutilizados en la medida que sea posible. El residuo de hormigón se mantendrá en la piscina hasta su retiro y disposición final. Los escombros provenientes de excavaciones, serán retirados desde los frentes de trabajos y llevados a botaderos autorizados por la Seremi de Salud. El material de excavaciones será usado dentro del mismo predio, como material de relleno.
Se programarán retiros con una frecuencia mínima mensual, dependiendo de la tasa de generación. El retiro será mediante empresas autorizadas para ser llevados a su destino final, ya sea reciclaje o disposición final en un sitio autorizado. Para lo anterior, como medio de verificación se llevará a cabo un registro de los residuos que sean retirados, documentos que se encontrarán disponibles en la instalación de faenas del Proyecto de acuerdo al formato presentado en la respuesta 1.14 de la Adenda.
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Mayores detalles en el punto 3.4.2 de la DIA (PAS 140) y respuesta 1.21 de la Adenda.
4.3.5.2 RESIDUOS PELIGROSOS Nombre Descripción Los residuos peligrosos a generar corresponden principalmente a tóner de impresoras, tubos fluorescentes, huaipes contaminados con aceites provenientes de la limpieza de conductores y envases contaminados con sustancias químicas, envases de pinturas y brochas, los cuales se almacenarán en bodega de acopio temporal que dará cumplimiento al D.S. 148/03 del MINSAL, dentro de la Instalación de Faenas. Estos residuos serán retirados por empresa autorizada a medida que sea necesario, procurando que permanezcan en la bodega por un período máximo de 6 meses, para ser llevados a disposición final por empresa autorizada, llevando un control de todos los residuos retirados. En la siguiente tabla se entregan los antecedentes correspondientes a la generación de RESPEL. Tabla 9: Estimación de residuos peligrosos, fase de construcción. Clasificación | Clasificación Forma de e de de manejo E ED Unidad Ear peligrosidad | peligrosidad 2r0so e (Art.18DS | (Art. 90DS 148) 148) Tónerde lid mes 1 112 adoro | Los residuos impresoras peligrosos Tubos 4 generados uarescentes Unid./mes 1 1.11 A1180 serán Huaipes manejados por contaminados personal a Kg/mes 2 19 A4060 capacitado hidrocarburos para ello en Envases contenedores contaminados a herméticos y “ón Unid./mes 1 111.2 A4130 diferenciados hidrocarburos por tipo de . Envases de : residuo y Residivos Pintura | Unid/mes 1 112 A4070 apilados. en peligrosos forma ordenada en el caso de los envases vacíos de hidrocarburo. Estos residuos peligrosos permanecerán Brochas Unid./mes 5 112 A4070 al interior de la bodega a la espera de su retiro por empresa autorizada y llevado a relleno sanitario de seguridad.
Fuente: Tabla 1-28 de la DIA.
La mantención de la maquinaria y camiones será efectuada fuera del área del Proyecto, en lugares autorizados, por lo que no se generarán residuos peligrosos como aceites y lubricantes asociados a esta actividad al interior del área de faenas. Para lo anterior, el Titular mantendrá en la instalación de faenas un registro y copia de los documentos que acrediten que la mantención de la maquinaria y camiones se realiza en talleres autorizados. (Respuesta 1.15 de la Adenda).
Particularmente para este tipo de residuos, se dará cumplimiento con lo dispuesto en el D.S. N 148/2003, D.F.L N725/1967 y D.F.L N*1/1989, todos
del MINSAL. Además, se hará la correspondiente declaración de retiro,
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transporte y disposición final a la Autoridad Sanitaria (SIDREP) a través de la ventanilla única.
Mayores detalles en cuanto al manejo de RESPEL se encuentran en el PAS 142, punto 3.4.3 de la DIA y respuesta 1.15 de la Adenda.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Capítulo IV del ICE.
4.4. FASE DE OPERACIÓN.
4.4.1 PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO.
4.4.1.1 PARTES Y
OBRAS.
S/E seccionadora
La subestación Seccionadora Nueva Lampa 220 kV consiste en la construcción de una nueva subestación, configuración interruptor y medio, con tecnología tipo GIS; contará con dos marcos de línea para recibir la acometida de los circuitos desde la Torre TAP, como también tendrá ductos GIL entre el equipo GIS. La subestación seccionadora Nueva Lampa 220 kV tendrá una sala de control, la cual alojará los equipos del sistema de control y protecciones. Por otro lado, considera la instalación de una malla de puesta a tierra en todas las instalaciones, como también un cable de guardia o malla aérea, la cual dará resguardo a todo el Proyecto, incluyendo el tramo de la acometida de línea entre la Torre Tap y Subestación Seccionadora Nueva Lampa 220 kV. (Mayores antecedentes, en Anexo 2.3 de la DIA, planos del Proyecto (Plano CHI 28018)). De lo anterior, forman parte del Proyecto los siguientes elementos: Equipo GIS, Ductos GIL, Sala de Control, Marcos de línea, Malla de puesta a tierra y cable de guardia o malla aérea.
Plataforma de la subestación
La plataforma es parte de la subestación seccionadora y consiste en la construcción de plataforma de 3.700 m?, incluyendo caminos interiores. Esta albergará la totalidad de las obras, equipos, sala de control y estructuras que componen la S/E seccionadora Nueva Lampa 220 kV. Por otro lado, se implementarán accesos y caminos interiores en la plataforma para hacer factible los requerimientos de desplazamiento de equipos, y facilitar las labores de mantenimiento.
Sala de control
Consistirá en una sala de protección, control y comunicaciones, una sala de banco de baterías (características técnicas de las baterías en el Anexo 5 de la Adenda) y una sala para servicios generales de la S/E de corriente alterna y continúa. Considera además, un sistema de detección y alarma de incendio en su interior y un sistema de alarma y detección de intrusión (control de acceso de terceros). Contará con un sistema de aire acondicionado, con el fin de mantener la sala de control climatizada. Colindante a la sala de servicios, se encuentra ubicado el equipo generador de respaldo, el que será utilizado en caso de cortes de energía.
Equipos principales
Los principales equipos que forman parte de la S/E seccionadora Nueva Lampa 220 kV son: 1 GIS, configuración Interruptor y medio, 4 Ductos GIL, 12 Pararrayos con contador de descargas y 1 Generador de emergencia Insonorizado de 120 kVA. El listado completo se encuentra descrito en los planos adjuntos del Anexo 2 de la DIA.
Seccionamiento Línea 220 kV Polpaico — Cerro Navia
Considera la instalación de nueva estructura de derivación (Torre TAP), la que permitirá realizar la acometida hacia la S/E seccionadora Nueva Lampa 220 KV de los cuatro circuitos de línea:
Circuito N? 1 línea 220 kV S/E Polpaico — S/E Nueva Lampa. Circuito N 2 línea 220 kV S/E Polpaico — S/E Nueva Lampa. - Circuito N? 1 línea 220 kV S/E Nueva Lampa — S/E Cerro Navia. Circuito N 2 línea 220 kV S/E Nueva Lampa — S/E Cerro Navia.
El Proyecto considera que, con la instalación de la Torre TAP y el retiro de la torre N* 40, se mantendrán las tensiones de la línea actual.
La Figura N* 1-12 de la DIA y el Plano CHI-27904 (Anexo 2.4 de la DIA) muestran información más detallada de la Torre TAP.
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Torre TAP
Se ubicará en el eje de la línea Polpaico — Cerro Navia, permitiendo el tendido de conductores hacia la S/E seccionadora Nueva Lampa 220 kV, con longitud aproximada de 70 metros. La construcción de esta torre reemplazará la existente (torre N* 40), manteniendo el número de estructuras constante. La Torre proyectada será una estructura reticulada de acero galvanizado con crucetas en tres niveles principales y otras tres crucetas en nivel secundario de forma tal de lograr la acometida a la subestación seccionadora Nueva Lampa 220 kV. Detalle de la Torre TAP se muestra en plano CHI-27904 adjunto en Anexo 2.4. Las coordenadas de la Torre TAP (UTM WGS84 Huso 19 S) son 336.368 E, 6.311.823 N.
Estacionamientos
La operación de la planta se realizará de forma remota, por ende, sólo se consideran actividades de mantención de la Subestación. De acuerdo a ello, durante las mantenciones que se realicen en la planta o cada vez que se requiera ingreso de vehículos a la subestación, los automóviles serán estacionados en los caminos interiores de ésta, por tanto no se considera la habilitación de una zona especial de estacionamientos, no obstante el Titular asegurará que para las actividades de operación, los operarios no estacionen en la vía pública.
4.4.1.2 ACCIONES.
Nombre Descripción Operación La actividad principal de la Subestación Seccionadora Nueva Lampa será subestación seccionar la Línea 220 kV de doble circuito 220 kV Polpaico — Cerro Navia seccionadora de propiedad de TRANSELEC S.A., con el fin de dar mayor seguridad, confiabilidad y flexibilizar la operación del SIC. Actividades de | Aguas lluvias: El Proyecto contempla implementar un sistema de recolección Mantención mediante canaletas perimetrales, cuyas aguas lluvias serán conducidas
gravitacionalmente hasta el sistema existente de Valle Grande, por tanto las actividades de mantención están acotadas a la red interna de canaletas de recolección, para lo cual se contempla realizar inspecciones periódicas (en forma semestral o cada vez que se requiera) para verificar el estado de las canaletas, limpieza de éstas y funcionamiento correcto, es decir que las aguas lluvias están siendo efectivamente conducidas hasta el punto de conexión con el sistema existente.
Dentro de las actividades de mantención, se consideran actividades de aseo, las cuales se realizan cada quince días aproximadamente. Estas actividades tienen por objetivo mantener las condiciones de higiene en la subestación, por tanto, son de corta duración. Adicionalmente a las mantenciones de aseo, se consideran inspecciones programadas a la subestación, las que tendrán como objetivo realizar inspecciones visuales y pruebas periódicas de los equipos para prevenir fallas. Las principales actividades asociadas a las inspecciones programadas son:
e Mantenimiento preventivo del grupo electrógeno: Se realizará cada tres meses e incluye: revisión de niveles agua, aceite, combustible y revisión
de la carga de la batería, además de limpieza y chequeo del motor en general.
e Mantenimiento preventivo básico: Se realizarán inspecciones cada 3 años, a fin de detectar prematuramente cualquier potencial falla. Estas inspecciones serán realizadas por personas de Enel Distribución Chile S.A. y/o contratistas autorizados por la empresa. No se utiliza equipo mayor, eventualmente herramientas de mano y equipos de medición a distancia.
e Mantenimiento contra fallas: Corresponde a reparaciones de las instalaciones tras fallas que comprometen la continuidad del servicio, de diversa envergadura, según la anomalía producida, con programación de corto plazo después de producida la falla. Por su naturaleza, no tienen una frecuencia predefinida y se consideran esporádicas.
e Reparaciones de emergencia: Estas actividades pueden requerir uso de equipo mayor y de personal adecuado, sin afectar a la propiedad ajena y en una zona limitada alrededor del sector de la estructura. Por su naturaleza, no tienen una frecuencia predefinida y se consideran esporádicas.
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Vialidad
Para las visitas de inspección se considera el uso de una camioneta cada 15 días, la que realizará el respectivo viaje de ida y vuelta. En tanto, para las mantenciones se utilizarán dos camionetas como máximo y un camión en caso de ser necesario.
4.4.2 SUMINISTROS BÁSICOS
Nombre
Descripción
Agua potable y alcantarillado de aguas servidas
Para aquellas mantenciones que requieren mayor mano de obra, se abastecerá de agua potable para consumo humano mediante surtidores de agua embotellada con dispensador, etiquetados y debidamente autorizados. La provisión de agua será contratada a una empresa calificada para tal fin, dando cumplimiento a los parámetros de la NCh. 409 Of 2005 de calidad de agua para uso potable.
Dado que la Subestación no considera contratación de mano de obra permanente para su operación, no existirán instalaciones sanitarias. Sin embargo, para mantenciones o limpiezas en la subestación, el contratista deberá habilitar baños químicos para el personal en un número proporcional a la cantidad de trabajadores, tal como lo indica el D.S. N*594/1999 MINSAL.
Energía eléctrica
El abastecimiento de la energía eléctrica para los servicios auxiliares de la Subestación Seccionadora Nueva Lampa 200 kV se obtendrá a través de empalmes a la red existente. En caso de emergencia, se contará con un generador para el funcionamiento de las baterías y caídas del sistema eléctrico. El generador tendrá una potencia de 120 KVA.
Combustible
Para el funcionamiento del equipo generador de emergencia se requerirá de combustible, el que será abastecido con bidones 20 litros en la instalación de la subestación. No se considera almacenamiento de combustible, ya que el generador contará con estanque propio, que será rellenado cada vez que se requiera.
Previo a la realización de cualquier actividad que involucre la manipulación de combustible, se acondicionará el área de trabajo de modo que se pueda prevenir y lograr una confinación adecuada en caso de contingencias. (Mayores antecedentes en el punto 1.5.6.5 de la DIA).
4.4.3 PRODUCTOS GENERADOS
Dadas las características del Proyecto, no se considera la generación de productos a entregar o
despachar.
4.4.4 RECURSOS NATURALES RENOVABLES
El proyecto no contempla en su fase de operación, la extracción ni explotación de recursos
renovables.
4.4.5 EMISIONES Y EFLUENTES
4.4.5.1 EMISIONES ATMOSFÉRICAS
Las emisiones durante esta fase se deberán exclusivamente al tránsito de vehículos y combustión de vehículos y equipos. A continuación, se presenta un cuadro resumen con las principales emisiones de la fase de Operación:
Tabla 10: Resumen Emisiones atmosféricas del Proyecto.
Contaminante Emisiones (ton/año) Límite del PPDA MP 9,27E-04 2,5 Emisiones NOx 6,00E-03 8 SOx 1,21E-03 50 Fuente: Tabla 71 del Anexo D de la Adenda Complementaria. De acuerdo a los cálculos realizados y adjuntos en el Anexo D de la Adenda Complementaria, el Proyecto no supera los límites establecidos en el artículo 98 del PPDA, por lo cual no deberá compensar emisiones. Al respecto, la SEREMI de Medio Ambiente, mediante oficio Ord. N*146 de fecha 14 de febrero de 2018, se pronuncia conforme al Proyecto. Campos El titular realizó las modelaciones de campo eléctrico, inducción magnética y electromagnéticos radio interferencia las que se presentan a continuación. Cabe destacar, que para
los equipos GIS el campo eléctrico hacia el exterior es nulo.
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Tabla 11: Resumen de resultados de Campos Electromagnéticos.
'Cambo Campo Límite Radio Límite A p Límite | Magnético y interferencia | [dB/1 Instalación | Eléctrico a (micro [V/m] [V/m] (micro Tesla) [dB/ 11 p Tesla) V/m] V/m] GIS 0 5.000 20 200 44 - 50 53 A 320 | 5.000 3,20 200 47,22 53 subestación Torre TAP 1.190 5.000 2,74 200 --- ----
Fuente: Tabla 1-37 de la DIA.
De acuerdo a lo anterior, Proyecto cumple con la normativa canadiense de referencia, tanto en campo eléctrico, campo magnético y radio interferencia. Mayores detalles, en el Anexo 16 de la DIA “Estudio de Campos Electromagnéticos”.
4.4.5.2 EMISIONES LÍQUIDAS O EFLUENTES
Nombre
Descripción
Residuos líquidos y Aguas servidas
Cuando se efectúen mantenciones o limpiezas en la Subestación Seccionadora Nueva Lampa 220 kV, el contratista a cargo dispondrá de agua y baños químicos a los trabajadores, así como del transporte y disposición final de los residuos generados en dichas actividades, todo lo anterior, con empresas debidamente autorizadas. Se prevé que cada tres años se realizará mantenimiento de la subestación seccionadora Nueva Lampa 220 kV.
Dada la naturaleza del Proyecto, no habrá generación de residuos industriales líquidos asociados al funcionamiento de la Subestación Seccionadora Nueva Lampa 220 kV.
4.4.5.3 EMISIONES DE RUIDO
Nombre Descripción La fase de operación contempla principalmente el funcionamiento de la Subestación. En la tabla 9 del Anexo 4 de la DIA se presentan los niveles de ruido durante esta fase, en cada punto receptor. Los niveles fluctúan entre 25 y 34 dBA. Ruido Finalmente, en la tabla 12 del Anexo 4 antes citado, se evalúan los niveles estimados y se concluye que ellos cumplen con los límites normativos, según lo establece el D.S. N” 38/2011 del MMA, en cada punto receptor tanto para horario diurno como nocturno. Al respecto, la SEREMI de Salud se pronuncia conforme mediante Ord. 864 de fecha 13/02/2018. 4.4.6 RESIDUOS 4.4.6.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS Nombre Descripción
Residuos sólidos domiciliarios y asimilables
Durante la operación de la Subestación y por las actividades que se desarrollan en ésta, no se generarán residuos de tipo domiciliario, puesto que la operación de la S/E será automatizada.
Cuando existan mantenciones, las empresas que realizarán estas actividades subcontratarán los servicios, los que se encargarán de la adecuada gestión de los residuos que se generen y deberán transportar y disponer los residuos de tipo doméstico en lugares autorizados. El Titular verificará que los subcontratos cumplan con estos requerimientos.
Residuos industriales no peligrosos
Si en las actividades de mantención existe la generación de residuos industriales tales como: cables, fierro, cartones, maderas, etc., el Titular contratará los servicios de una empresa para que éstos sean transportados y dispuestos en lugares autorizados. El Titular verificará que las empresas que realicen esta actividad cuenten con las resoluciones correspondientes.
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Respecto al protocolo de gestión de los residuos generados por las actividades de mantención, se utilizará el Procedimiento general de residuos adjunto el Anexo 3.2 de la DIA, el cual será entregado a la empresa contratista que realice las actividades descritas anteriormente.
4.4.6.2 RESIDUOS
PELIGROSOS
Nombre
Descripción
Residuos peligrosos
Durante la fase de operación no se generarán residuos peligrosos, sin embargo, es posible que debido a las mantenciones se genere algún tipo de residuo. No se consideran acopios temporales dentro de la subestación en esta fase, los residuos que pudiesen generarse serán trasladados en forma inmediata al sitio de disposición final.
Por su parte, la subestación contará con baterías libres de mantenimiento, cuyas características técnicas se adjuntan en el Anexo 5 de la Adenda. Cuando acabe la vida útil de las baterías y deban ser reemplazadas, pasarán a ser residuos peligrosos, por tanto, el Titular contratará los servicios de una empresa autorizada para el retiro y disposición final de las baterías. La forma de control que utilizará el Titular será exigir la resolución que autoriza la empresa al retiro y disposición de residuos peligrosos.
En cuanto a los residuos generados por el recambio del gas SF6 serán devueltos al proveedor o trasladados a sitio de disposición final autorizado.
Respecto al protocolo de gestión de los residuos generados por las actividades de mantención, se utilizará el Procedimiento general de residuos adjunto el Anexo 3.2 de la DIA, el cual será entregado a la empresa contratista que realice las actividades descritas anteriormente.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Capítulo TV del ICE.
4.5. FASE DE CIERRE.
Acción Descripción Desmantelamiento | En la eventualidad que exista una fase de cierre: O aseguramiento de la estabilidad | Habilitación instalación de faenas: Las actividades de cierre consideran la de la | instalación temporal de la infraestructura de apoyo necesaria para comenzar la infraestructura fase de cierre. Esta obra se encontrará al interior del predio de la subestación utilizada por el | seccionadora Nueva Lampa 220 kV. Las instalaciones utilizadas corresponden proyecto o | a contenedores prefabricados los que serán llevados al sitio designado actividad. mediante camiones.
Desconexión de las líneas y equipos: Para el retiro de las instalaciones, se desconectará la red eléctrica de la subestación, labor que será realizada por
personal calificado y con todas las medidas de seguridad y procedimientos pertinentes.
Desmantelamiento de los equipos y estructuras: Se retirarán todas las partes que componen la subestación, con la ayuda de un camión pluma y una grúa cuando se requiera.
Retiro de obras civiles y restitución del terreno: Las obras civiles serán demolidas parcialmente dejando en su lugar las fundaciones profundas y en caso de ser requerido se procederá a la nivelación del terreno.
Retiro de los residuos: Se efectuará el retiro de todos los residuos almacenados en las bodegas. Todo lo que no pueda ser reutilizado o reciclado serán residuos, los cuales serán llevados dependiendo de su clasificación a los sitios de disposición final autorizados por empresas de transporte autorizadas.
Retiro de instalación de faenas: Una vez terminadas todas las actividades de la fase de cierre, el Contratista retirará todas las instalaciones provisorias asociadas a la instalación de faenas.
Restauración de la
morfología, vegetación y cualquier otro
En los sectores de la subestación (plataforma), se restaurará el terreno a condiciones similares a las originales. Se retirará la gravilla, posibles escombros y el asfalto de las vías internas y accesos a la subestación. En los lugares intervenidos o desnudos, se descompactará el suelo y de ser necesario
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se realizará relleno en los lugares con diferencia de nivel.
Por el tipo de Proyecto, no se prevén emisiones que puedan afectar el ecosistema incluido el aire, suelo y agua posterior al desmantelamiento de las
Emisiones Atmosféricas: Corresponderán a MP y gases de combustión de motores, producidos en las actividades de reacondicionamiento del terreno. Estas fuentes emisoras, serán transitorias y de pequeña escala.
Residuos líquidos domésticos: En caso de presentarse la necesidad de cerrar el Proyecto, los efluentes domésticos serán semejantes a los generados durante la fase de construcción, originados en la instalación de faenas correspondientes a aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos, por lo que se implementarán las mismas medidas definidas para la fase de construcción. Residuos industriales líquidos: No se generarán residuos industriales líquidos. Residuos sólidos domésticos: Ante un eventual cierre, los residuos a generarse serían de naturaleza similar a los correspondientes a la fase de construcción en términos de cantidades y características, por lo que se implementarán las
Residuos sólidos no peligrosos: Corresponderán a escombros, restos metálicos, maderas, plásticos, restos de conductor entre otros, los cuales serán almacenados en la bodega de acopio temporal para su traslado y disposición final, gestión realizada por empresa que cuente con las resoluciones de
Residuos sólidos peligrosos: Estos residuos corresponderán a baterías, aceites usados, entre otros. Estos serán almacenados en forma segregada dentro de la bodega de residuos peligrosos habilitada y serán manejados de acuerdo al D.S N? 148/03 MINSAL o la normativa que lo reemplace.
No se consideran actividades de mantención, así como tampoco de conservación y supervisión mientras se desarrollan las actividades de cierre ni
componente
ambiental que
haya sido afectado
durante la
ejecución del
proyecto.
Prevención de
emisiones y
residuos. instalaciones. mismas medidas de manejo. funcionamiento respectivas.
Mantenciones,
conservación y
supervisiones. posterior a estas.
4.6. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO O ACTIVIDAD.
4.6.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN.
Fecha estimada de inicio
Se estima para enero de 2018.
Parte, obra o acción que establece el inicio.
El hito que da e inicio corresponde a la implementación de la instalación de faenas y preparación del terreno para la plataforma de la subestación.
Fecha estimada de término.
Se estima para diciembre de 2019.
Parte, obra o acción que establece el término.
Comisionamiento.
4.6.2. FASE DE OPERACIÓN.
Fecha estimada de inicio
Se estima para enero de 2020.
Parte, obra o acción que establece el inicio
Puesta en servicio.
Fecha estimada de término
No se considera una vida útil definida ya que debido a las características de estas instalaciones, es probable que el funcionamiento se extienda en el tiempo (vida útil indefinida). En el caso de un eventual cierre, se estima que sea no antes de SO años.
Parte, obra o acción que establece el término
No aplica.
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4.6.3. FASE DE CIERRE
No se considera una vida útil definida ya que debido a las características de estas instalaciones, es probable que el funcionamiento se extienda en el tiempo (vida útil indefinida). En el caso de un eventual cierre, se estima que sea no antes de 50 años.
4.7 MANO DE OBRA
Fases Número máximo de personas Número promedio de personas Construcción 45 35
Operación La operación de la subestación no requiere de mano de obra permanente, ya que
opera de manera remota. Sin embargo, para las mantenciones se estima entre 1 trabajador y 6 como máximo.
Cierre
45 35
5”. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N?
19.300:
Tabla 5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS.
no significativo.
Construcción. Contaminante Año Emisiones (ton/año) jl 7 Més 2 1,0 1 6,4 NOx 2 69 1 0,7 SOx > 0.5 Fuente: Tabla 70, Anexo D de la Adenda Complementaria Impacto ambiental Tabla 13: Resumen Emisiones atmosféricas del Proyecto, Fase de Operación. Contaminante Emisiones (ton/año) MP 9,27E-04 NOx 6,00E-03 SOx 1,21E-03
Aire: Aumento en las concentraciones de material particulado y otros contaminantes atmosféricos, generación de campos eléctricos y magnéticos y
aumento en los niveles de ruido.
En el Anexo D de la Adenda Complementaria se adjunta la estimación de emisiones del Proyecto, la que se resume en las tablas siguientes:
Tabla 12: Resumen Emisiones atmosféricas del Proyecto, Fase de
Fuente: Tabla 71 del Anexo D de la Adenda Complementaria.
De acuerdo a la estimación de emisiones que se presenta, el Proyecto no supera los valores de las concentraciones y periodos establecidos en las normas primarias vigentes.
Para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante la fase de construcción, el titular considera implementar medidas de control descritas en la tabla 1-24 de la DIA.
De los resultados obtenidos en el Estudio de Campo Electromagnético (Anexo 16 de la DIA), se concluye que, respecto de los equipos encapsulados, las barras de S/E Nueva Lampa y Torre de seccionamiento y la generación de campo eléctrico y magnético que ellos pudiesen emitir, la
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totalidad de los receptores evaluados cumplen con los límites permisibles de la normativa de referencia aplicable (ICNIRP).
Parte, obra o acción que lo genera.
Emisiones atmosféricas:
Construcción: Escarpe, excavaciones, transferencia y apilado de material, erosión, actividades de transporte, funcionamiento equipo electrógeno, combustión de maquinaria y equipos.
Campos eléctricos y magnéticos: Operación: Funcionamiento de la S/E.
Emisiones acústicas: Construcción: Actividades de construcción y empleo de maquinaria asociada a estas actividades.
Existencia de población cuya salud pudiera verse afectada
Existe población en el área de influencia, la cual corresponde a sector de expansión urbana de tipo habitacional, en la que actualmente se están desarrollando proyectos inmobiliarios, transformando el entorno geográfico y social del sector. El área de influencia, en este sentido, está compuesta por barrios y condominios en diferentes etapas de consolidación social y al mismo tiempo por sectores en etapa de construcción.
Fase en que se | Construcción y Operación (según corresponda). presenta.
Referencia al ICE | Puntos 5.1 y 6.1 del ICE.
para mayores
detalles sobre este impacto específico.
El proyecto no genera ni presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que este genera o produce.
Tabla 5.2. EFECTOS
ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE
LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE.
Impacto ambiental no significativo
Recurso hídrico: Alteración en la cantidad y calidad de aguas subterráneas.
El manejo de residuos sólidos para ambas fases del proyecto se realiza conforme lo establece la legislación vigente. Los residuos generados en la fase de construcción y operación serán manejados y dispuestos en sitios autorizados según se detalla en los puntos 3.4.2 y 3.4.3 de la DIA, respuestas 1.15 y 1.21 de la Adenda y Anexo 3.2 de la DIA.
Los residuos líquidos provenientes de las aguas residuales del lavado de canoas mixer y herramientas en la fase de construcción se evaporarán naturalmente o en su defecto, serán retiradas por un camión succionador para posteriormente ser dispuestas en un sitio autorizado por la SEREMI de Salud. En relación a las aguas generadas del lavado de ruedas, serán conducidas hasta el sistema de evacuación de aguas lluvias. En la eventualidad de verificarse presencia de contaminantes en dichas aguas residuales, serán manejadas de acuerdo al D.S. N* 148/2003 MINSAL.
Se generarán residuos líquidos domésticos provenientes de los baños químicos presentes en la instalación de faenas. Estos serán manejados de acuerdo a lo indicado en el D.S. N*594/99 MINSAL y se contará con los servicios de una empresa autorizada para estos fines, que cuente con las resoluciones respectivas. Considerando que las labores de construcción del Proyecto duraran más de seis meses, el Proyecto se conectará al sistema de alcantarillado existente. Durante la operación, cuando se efectúen mantenciones (cada tres años), el contratista a cargo dispondrá de agua y baños químicos a los trabajadores, así como del transporte y disposición final de los residuos generados en dichas actividades.
Durante la fase de construcción se utilizarán sustancias peligrosas, cuyo manejo se ajustará a lo establecido en el D.S. N*43/2015 MINSAL. El abastecimiento del combustible para los grupos electrógenos de respaldo (ambas fases) se realizará a través de bidones de 20 Litros en la zona de los trabajos. El lugar de almacenamiento de estos bidones cumplirá con el D.S.
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N* 160/2009 MINECON. Se contará con los implementos de protección personal, kit para el control de derrames, material impermeabilizante y señalización de advertencia.
De acuerdo a los cálculos de emisiones atmosféricas, adjuntos en el Anexo D de la Adenda Complementaria, el Proyecto no supera los límites establecidos en el artículo 98 del PPDA, por tanto no deberá compensar emisiones.
La zona donde se instalará el Proyecto corresponde a un área de Acuífero Somero según el Mapa de la Vulnerabilidad de SERNAGEOMIN 2003 y Resumen Ejecutivo Plan Director para la Gestión de los Recursos Hídricos Cuenca del Río Maipo Fase II Actualización del Modelo de Operación del Sistema y Formulación del Plan MOP 2008. En este escenario, el Proyecto se emplaza dentro del Loteo Valle Grande, donde se encuentra actualmente el desarrollo de proyectos inmobiliarios. Este loteo cuenta con autorización sectorial que le permitió desarrollar un sistema de evacuación de aguas lluvias facilitando el escurrimiento hacia cauces receptores cercanos, eliminando así los problemas de drenaje. El sistema de manejo de aguas lluvias, se ajusta a la solución general adoptada por el estudio “Plan Maestro de evacuación y drenaje de aguas lluvias del Gran Santiago”, consistiendo en una red de colectores y canales que descargan en los estanques de retención. Para materializar esta solución de evacuación de aguas lluvias, se realizó una elevación de la cota del terreno con relleno estructural lo que permitió nivelar y dar pendiente hacia los colectores del sistema de evacuación de aguas lluvias, por tanto, se estimó que el riesgo de inundación por efectos de la napa, disminuye y se asume como bajo.
Por otra parte, se realizaron calicatas complementarias a las presentadas en el Anexo 7 de la DIA, cuyos resultados indican que la profundidad mínima de la napa se encuentra a 2,7 m (Anexo 14 de la Adenda), mientras que las excavaciones necesarias para construir la plataforma de la subestación seccionadora, se realizarán a un metro (1 m) de profundidad, la cual luego será rellenada hasta nivel superficial (es decir se rellenará hasta un metro, esto para mejorar las condiciones de estabilidad de la plataforma). Posteriormente, la superficie será nivelada hasta 1,85m - 1,8m dando así la pendiente necesaria para que las aguas lluvias puedan ser conducidas hasta el sistema existente de Valle Grande (Anexo 1 de la Adenda).
Por otra parte, para las fundaciones de la torre TAP se prevé que requerirán agotamiento de la napa, ya que las fundaciones serán a 3,05 m de profundidad. Al respecto, el Titular evitará a realizar las excavaciones de esta Torre en época estacional donde se estima que la napa estará a un menor nivel de profundidad, es decir se evitará realizar labores de excavación en la torre TAP en invierno, donde el nivel freático está más cercano a la superficie. (Respuesta 1.5 de la Adenda Complementaria).
De forma complementaria a lo anterior, es importante señalar que el Titular considera medidas como prevención ante accidentes o incidentes que pudiesen afectar los niveles y calidad de las aguas subterráneas y el medio ambiente detalladas en el punto 1.4.6.2 de la DIA y Respuesta 1.5 de la Adenda.
En relación a la biota del Área de Influencia del Proyecto, y de acuerdo a la caracterización de los ecosistemas terrestres de flora y fauna (Anexo 8 y Anexo 9 de la DIA), gran parte del suelo a utilizar para la ejecución del Proyecto se encuentra intervenida y presenta importantes evidencias de antropización en su vegetación y un elevado nivel de perturbación, así como una constante presión antrópica.
En cuanto a la flora y vegetación presente en el Al, se registraron dos tipos de recubrimiento de suelo; áreas sin vegetación y áreas provista de vegetación conformada por formaciones de tipo pastizal. No se registraron
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unidades cartográficas ambientalmente singulares para el componente flora y vegetación en el área de influencia. De acuerdo a lo anterior, el Proyecto no alterará la biodiversidad, puesto que el terreno a utilizar ya se encuentra intervenido.
Parte, obra o acción | Excavaciones. que lo genera
Fase en que se | Construcción.
presenta Referencia al ICE para mayores | Puntos 5.2 y 6.2 del ICE
detalles sobre este impacto específico.
El proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.
Tabla 5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS, O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS.
En base al Anexo 12 de la DIA, se concluye que no existe intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales, ya que la población que forma parte del área de influencia tiende a incorporarse a las dinámicas económicas mediante la venta de mano de obra y servicios anexos y conexos a distintas actividades productivas. En el caso del predio agrícola ubicado al norte del emplazamiento del Proyecto, no es intervenido por ninguna obra o acción del Proyecto, por lo cual no se altera su uso o la posibilidad de seguir siendo utilizado para actividades agrícolas, debiendo consignarse que las familias que habitan el área de influencia no realizan actividades agrícolas de forma directa o indirecta en dicho predio. Al respecto, el Titular aclara en la respuesta 4.3 de la Adenda, lo siguiente: “*...tal como se indicó en el punto 4.4.2 de informe de Medio Humano, en el área de influencia caracterizada para este componente, se encuentra el predio denominado Huayanay que conserva la calidad de tierra agrícola, en el cual aún se desarrollan actividades productivas de siembra y cosecha de forma estacional, para lo cual contrata mano de obra local, fundamentalmente del sector El Taqueral, aledaño al predio.
Al respecto se informa que dicho predio se encuentra emplazado en límite Norte del área de Influencia y a 153 metros del emplazamiento de la Subestación Seccionadora, ...”, “Conforme a lo anterior, se indica que el presente Proyecto en evaluación no afectará las actividades desarrolladas por los grupos humanos que utilizan el terreno para cultivos agrícolas esporádicos, principalmente por lo siguiente:
-
El predio agrícola se encuentra localizado al Norte de la zona del emplazamiento del presente Proyecto en evaluación, aproximadamente a 153 metros de este, separado por la subestación existente denominada “Lampa 220/23 kV”, lo cual constituye una barrera fisica entre el Proyecto y el predio Agrícola, lo que impide que las actividades que se desarrollen en el área del Proyecto sean visibles en el predio señalado.
-
Los movimientos de tierra que se efectuaran por las actividades del Proyecto serán acotadas y de corta duración y no se utilizarán los caminos que llevan al predio agrícola, por lo cual, no existirá obstrucción o restricción a la libre circulación de las personas que ingresen al predio Agrícola. Las obras del Proyecto se desarrollarán en un espacio acotado y el uso de las rutas existentes o proyectadas no se verá afectadas con un tránsito tal que imposibilite su uso o aumento los tiempos de desplazamiento, pues no se contempla el corte de rutas o desvíos de tránsito. En la siguiente figura se presenta las vías a utilizar por el Proyecto y la ubicación del Predio Agrícola.”
Por otro lado, y en base a la información levantada en terreno por el Titular (Anexo 12 de la DIA), los habitantes del sector no desarrollan actividades culturales ni manifestaciones tradicionales que puedan ser afectadas por el Proyecto.
En otro aspecto y en la condición de zona de expansión urbana a partir del desarrollo de los proyectos inmobiliarios, se ha dotado de diferentes vías que permiten el tránsito de vehículos y transporte público, de acuerdo a la información del Anexo 12 de la DIA
Las calles interiores de los barrios, todas ellas pavimentadas, los comunican con la calle La Montaña Norte, que les permite acceder a la Ruta 5 Norte o a la autopista Vespucio Norte por calle San Martin. Además, existe en el sector un antiguo camino, actualmente en manos privadas, pero con uso público, conocido como el camino La Vilana, que permite a los habitantes del sector, acceder a la parte norte de la comuna de Lampa. Este camino es de regulares condiciones, el cual es
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utilizado por vehículos particulares, minibuses y camiones, además de vehículos de tracción animal.
El desarrollo inmobiliario ha construido para los barrios existentes diferentes calles que permiten la conectividad de las viviendas, destacando la calle Costanera Poniente y calle El Porvenir que actualmente terminan cercanas al emplazamiento del Proyecto. Otras rutas de mayor uso son La Montaña Norte, Río Maule y Río Loa.
Las rutas y flujos de comunicación y transporte del Al, son fundamentalmente hacia Santiago (por motivos laborales) y Lampa para los servicios municipales. Para ello, los habitantes utilizan vehículos particulares y un sistema de buses que recorre las principales calles de los sectores y que tienen como principal destino la estación del metro Vespucio. Las calles más utilizadas por los habitantes del área de influencia, corresponden a La Montaña Norte, El Porvenir, Boulevar San Cristóbal, Río Maule, Río Loa, Las Vertientes
Por otra parte, según lo presentado en el Anexo 6 de la DIA “Estudio de impacto vial”, el Análisis Operacional para el año 2017 indica que para todos los dispositivos analizadas existen buenos niveles de servicio para el período de mayor demanda, con grados de saturación máximos no superiores a 9,8%.
Por otro lado, las intersecciones analizadas poseen buenos indicadores operacionales, se presentan condiciones físicas y de regulación bien determinadas y sin problemas de infraestructura, ya que se encuentra recientemente entregada a bien nacional de uso público.
De los análisis desarrollados se observa que, los impactos viales en los diferentes cortes analizados son bajos e imperceptibles al usuario, ya que los efectos asociados se generan básicamente por la proyección de los flujos actuales existentes en los escenarios de base para los cortes temporales 2018 y 2020, debido a que, los flujos inducidos por el Proyecto son bajos, dentro del orden de 47 veq/hr y 3 veq/hr para las fases de construcción y operación, respectivamente.
Los aumentos de tiempo máximos son de 0,4 y 0,1 segundos, para los escenarios 2018 y 2020, respectivamente, indicando que no existe un impacto perceptible por los usuarios. De esta forma, no se impacta los grupos humanos colindantes a las rutas del Proyecto.
De acuerdo a lo anterior, se concluye que no existe obstrucción o restricción a la libre circulación de las personas por la ejecución del Proyecto, de la misma forma la ejecución de este no provocará un aumento significativo en los tiempos de transporte y desplazamiento de las personas. Lo anterior, dado que las obras del Proyecto se desarrollarán en un espacio acotado y el uso de las rutas existentes o proyectadas no se verá afectado con un tránsito tal que imposibilite su uso o aumento los tiempos de desplazamiento, pues no se contempla el corte de rutas o desvíos de tránsito.
Según lo presentado en el Anexo 12 y en Anexo 13 de la DIA, respecto a los bienes, equipamientos, servicios e infraestructura básica próxima al área de emplazamiento del Proyecto, se tiene lo siguiente:
-
Transporte: El área de influencia en los términos ya descritos como una zona de expansión urbana habitacional, posee transporte público que permite conectar el sector con la estación del metro Vespucio y terminal San Borja. En el Al, se identificaron cuatro líneas de buses de transporte público. Sin perjuicio de lo anterior, se identifica además que existe un alto uso de vehículos particulares para la movilización de las personas.
-
Establecimientos educacionales: En el área de influencia y en sectores aledaños se ubican 3 establecimientos de educación que contemplan los ciclos pre-básica, básica y media, y 2 que corresponden a población pre-escolar. Los establecimientos educacionales son utilizados de manera preferente, pero no de manera exclusiva, por los niños y jóvenes, de las familias existentes en el sector.
-
Establecimientos de salud: Los centros más cercanos al Al del Proyecto se ubican en la ciudad de Lampa, distante 11 kilómetros al nor-oeste en línea recta del emplazamiento del Proyecto, donde se ubica el Consultorio José Bauza, que tiene asociado un SAPU (servicio atención primaria de urgencia) y un COSAM (Centro salud mental). Para acceder a ellos desde el Al del proyecto, existen dos posibles rutas de uso habitual, utilizando la Ruta 5 Norte o utilizar el camino privado de uso público La Vilana.
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de subcontratos encargados del retiro y disposición final de estos residuos, verificar el manejo de residuos y mantención de áreas limpias.
7.20 D.S. N*148/2003 del
Peligrosos.
MINSAL. Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos
Componente/materia:
Residuos peligrosos.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará
cumplimiento
Construcción y eventual cierre.
Parte, obra o acción a la que
aplica
Manejo de residuos peligrosos.
Forma de cumplimiento
Los RESPEL generados durante la construcción serán almacenados en un sitio de acopio temporal (bodega de residuos) ubicado en la instalación de faena, el cual dará cumplimiento a lo dispuesto en el presente decreto.
En la fase de eventual cierre, el manejo de los residuos peligrosos será de forma similar a lo descrito en la fase de construcción del Proyecto.
Indicador que acredita su |e
cumplimiento
Solicitud, tramitación y aprobación del permiso ambiental sectorial para el almacenamiento temporal de los residuos peligrosos (PAS 142).
e Comprobantes de las declaraciones de Residuos Peligrosos a través del SIDREP del portal de ventanilla única, que den cuenta del transporte y la disposición final de los RESPEL.
e Copia de la realización de la Declaración jurada anual dando fe
de la veracidad de la información ingresada en el RETC, como
asimismo que no existan omisiones al respecto.
Forma de control
seguimiento
y | Se asignará un profesional ambiental el cual será el responsable de
obtener las autorizaciones sectoriales, revisar las autorizaciones de subcontratos, verificar el manejo de residuos, mantención de áreas limpias y registrar los Comprobantes de declaración de residuos a través del Sistema Ventanilla única RETC y Registro de Autorizaciones.
7.21 D.S. N*43/2015 del MINSAL. Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas.
Componente/materia:
Sustancias Peligrosas.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción.
Parte, obra o acción a la que aplica
Almacenamiento de sustancias peligrosas.
Forma de cumplimiento
Durante la fase de construcción, se considera una bodega de almacenamiento de sustancias peligrosas en las áreas de instalaciones de faenas, la que contará con la ventilación adecuada, iluminación, extintores, hojas de seguridad y señalética respectiva, acorde a lo establecido en la presente normativa.
Adicionalmente, se asignará a un responsable de bodega el cual dará las respectivas instrucciones sobre los procedimientos, sustancias a almacenar, riesgos entre otros contenidos.
Indicador que acredita su
e Registro de las instrucciones al personal sobre las medidas de
cumplimiento resguardo a considerar. e Registros de las hojas de seguridad de cada una de las sustancias a almacenar. e Registro fotográfico con la respectivas señaléticas de la bodega de sustancias peligrosas. Forma de control y |El profesional a cargo asignado por el Titular, verificará de forma seguimiento periódica que la bodega se encuentre limpia y ordenada, con su
señalética correspondiente, hojas de seguridad, caducidad del extintor y
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| que el personal a cargo cuente con su capacitación correspondiente.
7.22 Ley N*458/1976, MINVU. Ley General de Urbanismo y Construcciones, (LGUC).
Componente/materia:
Ordenamiento territorial.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción y operación.
Parte, obra o acción a la que aplica
Todas las obras y partes que componen la subestación seccionadora Nueva Lampa.
Forma de cumplimiento
La comuna de Lampa actualmente no cuenta con Plan Regulador vigente, por tanto se considera la zonificación propuesta por el PRMS (Plan Regulador Metropolitano de Santiago). El uso de suelo que establece el PRMS indica que los alrededores donde se encuentra ubicada actualmente la subestación Lampa, presenta una zonificación cuyo uso de suelo es habitacional mixto. El artículo 3.1.1.1 indica que “corresponde al territorio del Área Urbana Metropolitana en el cual es posible emplazar actividades: Residenciales; de Equipamiento; Productivas y de Almacenamiento, de carácter inofensivo e Infraestructura y Transporte. Sin perjuicio de lo anterior, serán obligatorias las normas contenidas en el Título 8” de esta Ordenanza, en cuanto a respetar las áreas descritas en el Artículo 8.2.1., que representan restricciones al desarrollo urbano”. Por tanto, considerando que el uso de suelo actual para zonas habitacionales mixtas permite la instalación del tipo de infraestructura, dando cumplimiento a la Resolución Exenta N*567 y al nivel de intervención que presenta el área, el emplazamiento del Proyecto Subestación seccionadora Nueva Lampa 220 KV justifica su localización.
Adicionalmente, en el Anexo 17 de la DIA, se adjuntó el Certificado de Informaciones Previas (CIP) el cual indica el uso de suelo permitido en el área de emplazamiento del Proyecto (Zona habitacional mixta cuyo uso permitido, entre otros, se indica la macroinfraestructura sanitaria, energética y de telecomunicaciones.
Indicador que acredita su cumplimiento
-
Obtención de RCA favorable, ya que dentro del proceso de evaluación ambiental se analiza la compatibilidad territorial del Proyecto respecto a los usos de suelo indicados en el PRMS.
-
CIP (Certificado de Informaciones Previas)
Forma de seguimiento
control y
El Titular asignará a un profesional competente que verificará que los trabajos se realicen de acuerdo a la normativa aplicable y de acuerdo a lo aprobado en su RCA.
7.23 D.S. N*47/1992, MINVU. Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
Componente/materia:
Ordenamiento territorial.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Todas las fases.
Parte, obra o acción a la que aplica
Todas las obras y partes que componen la subestación seccionadora Nueva Lampa.
Forma de cumplimiento
El Titular desarrollará los trabajos de construcción o eventual cierre de forma tal de no causar molestia a los vecinos, para lo cual desarrollará solo trabajos en horario diurno, no obstruirá calles, depositará el material de excavación dentro del mismo terreno de la subestación seccionadora Nueva Lampa y realizará manejo adecuado de sus residuos de acuerdo a la normativa vigente. Todo anterior, se deberá realizar de acuerdo a la normativa aplicable y de acuerdo a lo aprobado en su RCA
Indicador que acredita su cumplimiento
Registros fotográficos de las labores de construcciones, que respalden que las labores de construcción están siendo realizadas
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acordes a lo estipulado en la RCA
Registros de las autorizaciones para el Almacenamiento Temporal de los Residuos Peligrosos y los no Peligrosos.
Copia de autorizaciones sanitarias de las empresas contratistas encargadas del transporte y disposición de residuos.
Forma de control
seguimiento
Se asignará un profesional ambiental el cual será el responsable de verificar los registros fotográficos (frecuencia mensual, una vez iniciada la fase de construcción del Proyecto). Adicionalmente deberá verificar las respectivas autorizaciones sectoriales (bodega de residuos peligrosos y patio de salvataje), revisar las autorizaciones de subcontratos encargados del retiro y disposición final de estos residuos, verificar el manejo de residuos y mantención de áreas limpias.
y
8”, Que, para ejecutar
el proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en
concordancia con el artículo 25 de la Ley N* 19.300:
8.1. Condición o exigencia 1: Ruido.
Impacto asociado
Aumento en los niveles de ruido.
Fase del Proyecto a la que aplica
Todas las fases.
Objetivo Objetivo: Cumplimiento al D.S. N*38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente.
Lugar, forma y | Lugar: Area del proyecto.
oportunidad de
implementación Forma: De acuerdo a lo señalado por la SEREMI de Salud RM en el Ord.
N?* 4181 de fecha 14 de julio de 2017:
Fase de Construcción:
e “Las faenas de construcción deberán realizarse dentro del horario diurno del D.S. N*38/11 del MMA (07:00 horas a 21:00 horas).
Se deberá implementar barreras acústicas cuyo material deberá cumplir condiciones de densidad superficial de al menos 10 kg/m, como por ejemplo paneles de OSB de espesor de 15 mm. Las junturas de los paneles que conformen la barrera serán herméticas tanto entre ellas como en la unión con el piso. Las barreras se ubicarán en el perímetro de los sectores de la construcción de las torres auxiliares y en la cara sur del área del proyecto. La figura 8 y 9 del Anexo 4 de la DIA muestra la ubicación y altura de las barreras propuestas.
Se deberán implementar las “Medidas de Gestión” señaladas en el apartado 8.3 “Medidas de Gestión” del Anexo 4 de la DIA”.
Todas las fases:
“Se deberán cumplir en todo momento los límites máximos permitidos por el D.S. N* 38/2011 del MMA, que establece “Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica” o el que lo reemplace. ”
Oportunidad: Durante todas las fases del proyecto.
8.2. Condición o exigencia 2: Vialidad.
Impacto asociado
Uso de la vialidad adyacente.
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción
Objetivo, descripción y justificación
Manejo de las vías aledañas al proyecto.
Forma y oportunidad de implementación
De acuerdo a lo señalado por la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones en el Ord. AGD N? 10222 de fecha 26 de diciembre de 2017, se condiciona lo siguiente:
e “El Titular deberá mantener un registro permanente de la entrada y
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salida de camiones al proyecto”.
o “Cumplir el Decreto Supremo N* 75 de 1987Ministerio de Transportes... ”
o “Se deberá dar cumplimiento al decreto N*18 de 2001 y sus modificaciones del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, ... ”
o “Enrelación a las obras que se realicen en la vía pública, se solicita considerar lo dispuesto en Capítulo N* 5 “Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía” del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos”.
8.3. Condición o exigencia 3: Recurso hídrico.
Fase del | Construcción y Operación, según corresponda
Proyecto a la
que aplica
Condición Forma: La Dirección Regional de Aguas de la Región Metropolitana se pronuncia,
mediante el oficio Ord. N* 236 de fecha 9 de febrero de 2018: “(...) Conforme Condicionado, según se detalla más adelante y en virtud de los antecedentes presentados por el Titular del proyecto, considerando cumplimiento normativo durante el proceso de evaluación de impacto ambiental:
“1. Que, durante las Fases de Construcción y Operación las aguas provendrán desde la red de abastecimiento de la empresa Novaguas S.A., según lo declarado en respuesta a la Observación 1.13 y Anexo 4 del Adenda 1.
-
Que, el Titular se compromete a realizar el mantenimiento del sistema de aguas lluvias según lo declarado en respuesta a la Observación 1.22 letra c) del Adenda 1.
-
Que, el Titular declara que realizará el lavado de ruedas de camiones, el que será activado después de las lluvias y/o cuando las condiciones climáticas lo ameriten. Las aguas para el sistema de lavado de rudas provendrán desde camiones aljibes que contarán con las autorizaciones correspondientes. El sistema de lavado de dimensiones 6 metros x 3 metros, contará con un geomembrana con el fin de evitar infiltraciones hacia la napa freática. Las aguas generadas serán almacenadas en una cámara de inspección donde se realizará la toma de muestra, previa a cada descarga al sistema de aguas lluvias, de los parámetros de aceites y grasas e hidrocarburos. En caso de presencia de aceites y grasas y/o hidrocarburos en los análisis de laboratorio, los residuos líquidos que se generen serán trasladados por camión habilitado a sitio de disposición final autorizado, de acuerdo a respuesta a la Observación 1.6 del Adenda Complementaria.
-
Que, el Titular declara que no realizará lavado de camiones mezcladores al interior de la áreas de trabajo, únicamente se realizará lavado de canaletas de descarga de los camiones mixer y herramientas para proveer hormigón (palas, carretillas, etc) a través de una piscina con pendiente 15%, revestida con doble capa de polietileno o geotextil y cerco perimetral. En caso de que las aguas residuales no sean evaporadas en su totalidad desde la piscina habilitada, éstas serán retiradas por un camión succionador para posteriormente ser dispuestas en un sitio autorizado, de acuerdo a respuesta a la Observación 1.9 del Adenda 1.
3 Que, el Titular declara que evitará labores de excavación en la Torre Tap durante los meses de invierno y que los trabajos de fundación de la torre durará entre 2 a 4 semanas, de acuerdo a lo indicado en respuesta a la Observación 5.1 letra b) literal i) de la Adenda Complementaria.
- Que, el Titular declara que, ante afloramiento de las aguas durante la construcción de las fundaciones de la Torreo Tap, las aguas serán incorporadas al sistema de evacuación de aguas lluvias de Valle Grande, sin embargo, la gestión de dichas aguas serán aprobadas por la Autoridad, en atención a los ensayos y mediciones requeridas, de acuerdo a las acciones y medidas indicadas en el Plan de Contingencias presentado en el Anexo A del Adenda Complementaria.
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- Que, el proyecto se emplazará en un área recurrentemente inundable de acuerdo al el Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS), por lo que el Titular declara que se implementó un proyecto de evacuación de aguas lluvias de Valle Grande, aprobado por el ORD N 1950/2008 y ORD N 5437/2002. Adicionalmente, el Titular declara que el proyecto elevará en 1,85 metros la cota del terreno, de acuerdo a respuesta a la Observación 2.3 del Adenda 1.
$. Que, tal como se informó al Titular durante el proceso de evaluación, debe considerar que el Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS) indica en su Árt. 8.2.1.1 letra a.2), que existen zonas ubicadas en el Área Urbana Metropolitana que presentan problemas de afloramiento potencial de aguas subterráneas, dentro de las que se encuentra la Comuna de Lampa. Por lo tanto, el Titular deberá considerar que la autorización de obras de urbanización y/o edificación en estas áreas, deberá condicionarse al cumplimiento de lo siguiente:
La napa freática no podrá tener una profundidad menor a 5 m en la época más desfavorable del año.
La napa freática deberá estar a más de 3 m, bajo el sello de fundación”. Al respecto, el Titular debe presentar los resultados de sondajes y medición de la profundidad del acuífero durante 3 días a lo menos, ante la Dirección de Obras Municipales respectiva, previo al inicio de la Fase de Construcción y en caso de ser calificado ambientalmente favorable. En caso de no cumplir tales condiciones en forma natural, la urbanización deberá considerar las obras de drenaje que resuelvan dicho aspecto.
9, Que, en caso de ocurrencia de accidente que comprometa los recursos hídricos subterráneos, se informará antes de 24 horas, a la SMA, señalando lo siguiente:
a. Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.
b. Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación.
c. valuación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia.
d. En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la Autoridad. (sólo en caso de accidentes).
- Que, en atención a los antecedentes presentados por el Titular, para descartar los efectos del Art. 11 en pozos de terceros, con ocasión del posible afloramiento de aguas subterráneas durante la fundación de la Torre Tap (entre ellos, evitar construcción de fundaciones de Torre Tap en los meses de invierno y el periodo de construcción de la Torre entre 2 a 4 semanas), y considerando el Estudio Hidrogeológico presentado, que indica: ...obteniéndose un valor máximo del orden de 0,26 m en el pozo más cercano para el caso de nivel estático promedio, y un valor máximo de 1,13 m para el caso de nivel estático máximo. Este descenso es el que se produciría en el largo plazo, por lo que durante el periodo de los trabajos se considera que se alcanzarán descensos aún menores. En términos de caudales de bombeo, para el caso más desfavorable se estima que durante las primeras 6 horas se debería bombear un caudal de 2,5 l/s, equivalente a un volumen total de 52 m. Una vez que se logra llegar a la cota de 476,45, se debe estabilizar el caudal a 0,022 l/s en el caso más desfavorable. Este escenario no afecta la capacidad de regeneración o renovación del recurso, referido a la alteración de cauces y álveos de aguas superficiales y su relación con el sistema acuífero”. Por tanto, ante el potencial afloramiento de aguas durante la Fase de Construcción del proyecto, tanto el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la SMA, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua, señalando las medidas que ha aplicado hasta ese momento. Á continuación, y de manera preliminar, se deberá proceder considerando las siguientes actividades:
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i. Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final.
ii. Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin que esto además le permita al Titular diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento.
iii. Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. A su vez se solicita al Titular que acompañe imágenes fotográficas (con fecha) describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (según corresponda), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final).
iv. Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad.
v. El Titular deberá informar el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 h.
vi, Si el afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, el Titular deberá incurrir en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva, o bien determinar si responde a un cambio sustantivo de las variables evaluadas, sobre las cuales fueron establecidas las condiciones o medidas ambientales.
-
Que, debido a que el área de proyecto se encuentra en el Sector Colina Sur (Acuífero Maipo), el cual se encuentra declarado como Área de Restricción para nuevas extracciones de aguas subterráneas, de acuerdo a Resolución DGA N? 286, del 01 de Septiembre de 2005 modificada por Resolución DGA N* 231, del 11 de Octubre de 2011, el Titular debe tener presente que debe evitar alumbramiento de aguas subterráneas en toda las fases de proyecto para evitar impactos en la calidad y niveles del recurso hídrico.
-
Téngase presente, que las aguas son bienes nacionales de uso público y se otorga a los particulares el derecho de aprovechamiento de ellas, en conformidad a las disposiciones del Código de Aguas, de acuerdo a lo establecido en los artículos 5? y siguientes de dicho Código.
-
Téngase presente, que las modificaciones que fueren necesarias realizar en cauces naturales o artificiales, con motivo de la construcción de obras que puedan causar daño a la vida, salud o bienes de la población o que de alguna manera alteren el régimen de escurrimiento de las aguas, serán de responsabilidad del interesado y deberán ser aprobadas previamente por la Dirección General de Aguas según lo estipulan los artículos 4 y 171 del Código de Aguas.
-
Que, los residuos sólidos de la construcción provenientes de excavaciones y los catalogados como escombros, generados en la etapa de construcción del proyecto que serán enviados a un sitio autorizado para su disposición final, no Podrán contener sustancias o residuos peligrosos, tales como: Pinturas, solventes, hidrocarburos, etc., debido a que tales elementos pueden causar un detrimento en la calidad de la napa por la lixiviación o lavado de suelo en el sitio de disposición fmnal. Por lo tanto, se debe mantener un registro en faena de la disposición final de materiales, los cuales no podrán ser dispuestos en cauces superficiales o áreas no definidas para ello.
-
Que, si adquiriese áridos de terceros, se debe considerar que los proyectos de abastecimiento del material cuenten con la aprobación respectiva del Organismo competente para la extracción de cauces superficiales (DOH) y/o Resolución de Calificación Ambiental favorable con el objetivo de evitar impactos ambientales a
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los cauces naturales y de esta manera, asegurar que el titular se haga cargo de los posibles impactos originados de su actividad en todo el ciclo de vida del proyecto.”
8.4 Condición o exigencia 4: Residuos.
Fase del | Construcción y operación según corresponda
Proyecto a la
que aplica
Condición De acuerdo a lo señalado por la SEREMI de Medio Ambiente, mediante el oficio
Ord. N* 1045 de fecha 19 de diciembre de 2017 y lo acogido por el titular en la respuesta 1.7 de la Adenda Complementaria:
“El titular deberá implementar un registro que dé cuenta de los residuos generados en la fase de construcción, indicando cantidades mensuales generadas que son enviadas a destino autorizado, conforme al “Listado de sitios autorizados para disposición de escombros inertes” publicado en la página de la SEREMI de Salud RMS, lo anterior a objeto de acreditar el cumplimiento de la normativa vigente aplicable a esta materia. Una vez concluida la fase de construcción deberá remitir dicho registro, con su respectiva documentación de respaldo (boleta, factura, guía de despacho, certificado de destinatario, etc.), a la Superintendencia del Medio Ambiente, SEREMI del Medio Ambiente RMS, SEREMI de Salud RMS y los organismos competentes según el siguiente formato:
Lugar autorizado de
Mes Cantidad ton/mes disposición final
Se debe tener presente que se encuentra vigente la Ley 20.879 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que “SANCIONA EL TRANSPORTE DE DESECHOS HACIA VERTEDEROS CLANDESTINOS”, cuyo objetivo es sancionar a quien encargue o realice, el transporte, traslado o depósito de basuras, desechos o residuos de cualquier tipo, hacia o en la vía pública, sitios eriazos, en vertederos o depósitos clandestinos o ilegales, o en los bienes nacionales de uso público”.
8.5 Condición o exigencia 5: Otras condiciones o exigencias.
Fase del | Construcción y operación según corresponda
Proyecto a la
que aplica
Condición La Superintendencia de Electricidad y Combustibles precisa en su Ord. N* 10452
de fecha 28 de junio de 2017, lo siguiente:
“ ..el titular del proyecto en comento deberá tener presente en su materialización, además de las disposiciones mencionadas en la DIA, las disposiciones contenidas en al menos; los siguientes cuerpos normativos y reglamentarios:
e D.FL. 4/20.018 del 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, “Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto de Fuerza de Ley N” 1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica” (LGSE) y sus modificaciones posteriores.
e D.S. N” 327 de 1997, del Ministerio de Minería, “Fija Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos”.
e Decreto N* 291 de 2007, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, “Aprueba Reglamento que establece la Estructura, Funcionamiento y Financiamiento de los Centros de Despacho Económico de Carga” y sus modificaciones posteriores.
e DS. N* 115 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, aprobatorio de la "Norma Técnica NCH Elec. 4/2003, Instalaciones de Consumo en Baja Tensión y deroga en lo pertinente, el decreto número 91, de
S0
1984".
D.S. N* 4188 de 1955, del Ministerio del Interior, aprobatorio del “Reglamento de Instalaciones Eléctricas de Corrientes Fuertes”, NSEG 5. E.n. 71, Electricidad. “Instalaciones Eléctricas de Corrientes Fuertes”.
D.S. N 1261 del957, del Ministerio del Interior, aprobatorio de la Norma NSEG 6 E.n. 71. Electricidad. “Cruces y Paralelismos de Líneas Eléctricas”. Resolución Exenta N 321, del 21 de julio de 2014, del Ministerio de Energía, que dictó la “Norma Técnica con exigencias de Seguridad y Calidad de Servicio para el Sistema Interconectado del Norte Grande y Sistema Interconectado Central”, y sus modificaciones posteriores.
Resolución Exenta N” 610, de 1982, de SEC "Prohíbe el uso de PCB en equipos eléctricos".
Norma NCh Elec 10/1984. Electricidad. “Trámite para la puesta en servicio de una instalación interior”.
El equipo electrógeno de la faena de 50 kW y el grupo electrógeno de 120 KVA, de ser nuevos, deberán contar con su correspondiente Certificación de Aprobación emitido por un Organismo de Certificación autorizado por esta Superintendencia, para tal efecto, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N* 298, de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba el “Reglamento para la Certificación de Productos Eléctricos y de Combustibles ”.
Las Instalaciones Eléctrica Interior que se proyectem, provisorias O permanentes, previo a su puesta en servicio, deberán ser declaradas ante esta Superintendencia, mediante instaladores eléctricos de la Clase correspondiente, autorizados por ésta, según lo establecido en el D.S. 92, de 1983, “Reglamento de Instaladores Eléctricos y de Electricistas de recintos de espectáculos públicos” de acuerdo al procedimiento establecido en la Resolución Exenta SEC N 1128, de 2006, “Establece Procedimientos y Plazos de Tramitación para la presentación de las Declaraciones que indica, deja sin efecto Resolución Exenta N 2082, del 15 de Diciembre de 2005, y Modifica Resolución Exenta N* 796 del 02 de Junio de 2006, ambas de esta Superintendencia” y el Trámite Eléctrico TE1 “Declaración de Instalación Eléctrica Interior”.
La reglamentación citada precedentemente se encuentra disponible en el sitio WEB institucional de SEC (www.sec.cl)”.
9". Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el titular del proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
Tabla 9.1 Compromiso ambiental voluntario 1: Monitoreo de los niveles de ruido.
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción.
Objetivo, descripción y justificación
Monitorear los niveles de ruido para los receptores más cercanos al área del Proyecto, la efectividad de las pantallas acústicas y a su vez la verificación del cumplimiento normativo.
Lugar, forma y oportunidad de implementación
Lugar: Receptores identificados en el Estudio de impacto acústico (según Anexo 4 de la presente DIA). Específicamente en los receptores cercanos a las torres auxiliares, en el periodo de mayor intervención de las obras.
En la siguiente tabla, se presenta la ubicación de los receptores donde se efectuará el monitoreo de ruido:
Punto Coordenadas UTM Este Norte RI 336.411 6.311.666 R2 336.528 6.311.678
Coordenadas geográficas WGS 84 Huso 19
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Forma y oportunidad: La medición de ruido se realizará solo una vez y durante las condición más desfavorable desde el punto de vista de emisión acústica.
Indicador que acredite su cumplimiento
Las mediciones serán presentadas en un informe que será emitido a la Superintendencia del Medio Ambiente, dentro del mes siguiente de efectuada la medición.
10%, Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de
Emergencias, son las siguientes:
10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS
10.1.1. PLAN DE EMERGENCIAS
Las medidas o acciones relevantes del plan de prevención de emergencias son las que se detallan a continuación. Mayores detalles en los Anexos 3.1, 3.3 y 3.4 de la DIA, Anexo A de la Adenda Complementaria, Respuestas 1.29 y 1.30 de la Adenda y Respuestas 1.8 a 1.10 de la Adenda
Complementaria.
10.1.1.1 Situación de emergencia 1: Derrames de combustibles.
Fase del proyecto a la que aplica.
Construcción y Operación
Construcción: Instalación de faenas y frente de trabajo.
ee ale AOS Operación: Labores de mantención, inspección y control de las operaciones. Para derrames de combustibles (diésel), se deben seguir las siguientes acciones:
Acciones a implementar
Eliminar toda fuente de ignición.
Contener el derrame inmediatamente de manera de evitar que este alcance cursos de agua, y alcantarillas, especialmente por el riesgo de explosión de sus vapores en la red de alcantarillado. Utilizar como elementos de absorción materiales inertes, como tierra o arena, nunca aserrín u otros materiales que puedan entrar en combustión.
Disponer los residuos en bolsas de 80 micras de espesor, dentro de contenedores metálicos cerrados.
Dar disposición final a los residuos según lo indicado en el Procedimiento GA-PO-DSM.08 “Gestión de Residuos” (Anexo 3.1 de la DIA).
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos
En el caso de verificar contaminación de los recursos hídricos por las actividades del Proyecto se dará aviso en un plazo máximo de 24 horas a la SMA, DGA y Municipalidad, en la que detallará el lugar de ocurrencia, fecha, medidas adoptadas, entre otras. Cuando el derrame tenga una superficie contaminada superior a diez metros cuadrados y/o con un derrame superior a los 10 litros (emergencia de magnitud leve) y que genere daño directo a la entorno y a los recursos naturales cercanos, se informará en un plazo máximo de 24 horas de ocurrido el incidente a la SMA, mediante el informe de Respuesta Ante Emergencias Ambientales”, adjunto en Anexo 3.1. de la DIA.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada.
Respuesta 1.10 de la Adenda Complementaria.
10.1.1.2 Situación de emergencia 2: Afloramiento de napa subterránea.
Fase del Proyecto a la que
a Construcción aplica Parte, obra oO acción Le ; Ed Construcción fundaciones Torre TAP. asociada
Acciones a implementar
En caso de ocurrencia de afloramiento de agua subterránea se deberá proceder considerando las siguientes actividades;
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e Verificar la calidad del agua mediante toma de muestras a través de laboratorio acreditado, que asegure que la calidad de las aguas a ser gestionadas (dispuestas), es de similar calidad natural a la de las aguas de la fuente donde corresponda su disposición final.
o Efectuar pruebas hidráulicas para determinar los volúmenes y caudales de agua comprometidos, a fin que esto además le permita al Titular diseñar las medidas para el control de la estabilidad de los taludes en el sector del afloramiento.
o Enviar de inmediato los resultados de los análisis químicos y pruebas hidráulicas a la SMA, en un Informe que detalle los hechos. A su vez se solicita al Titular que acompañe imágenes fotográficas (con fecha) describa los procedimientos seguidos y el análisis y discusión de los resultados respecto de la calidad (parámetros de la NCh 409), volúmenes y caudales, así como las respectivas conclusiones y recomendaciones para la gestión de dichas aguas (disposición final).
e Una vez comprobada la naturaleza de la situación acaecida, mediante los ensayos y mediciones solicitados, se analizará la medida de gestión definitiva en conjunto con la Autoridad.
o El Titular deberá informar el resultado de las acciones implementadas, comunicando la fecha cierta en que se pudo controlar el afloramiento, en un plazo menor a 24 h.
e Siel afloramiento de aguas responde a un escenario permanente, el Titular deberá incurrir en los estudios suficientes y necesarios que permitan determinar la posibilidad de alcanzar una solución definitiva, o bien determinar si responde a un cambio sustantivo de las variables evaluadas, sobre las cuales fueron establecidas las condiciones o medidas ambientales.
Particularmente, en caso de ocurrencia de accidente que comprometa
los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos, se informará
antes de 24 horas, a la Superintendencia del Medio Ambiente, indicando lo siguiente:
e Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.
e Detalle de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación.
e Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia.
eo En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas (sólo en caso de accidentes).
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos
Aviso a la DGA y SMA en un plazo inferior a 24 horas, el medio será telefónico y posterior un reporte, en la que detallará el lugar de ocurrencia, fecha, medidas adoptadas, entre otras.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Respuestas 1.3 de la Adenda, 1.8 y 1.10 de Complementaria.
la Adenda
10.1.1.3 Situación de emergencia 3: Incendio.
Fase del Proyecto a la que
. Con: ión aplica. strucció: Parte, obra o acción dá . ñ r Ó asociada, Frentes de trabajo e instalación de faenas.
Acciones a implementar
-
En caso de incendio el Encargado de la obra deberá iniciar las medidas de control.
-
Si el personal no puede realizar acciones para apagar el amague de incendio sin poner en riesgo su integridad, el Encargado de
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obra deberá solicitar apoyo externo. Mientras tanto se debe desenergizar todos los circuitos eléctricos del sector de la emergencia, ejecutar las medidas de control delimitando el área siniestrada y prohibiendo el acceso del personal.
o El reintegro al trabajo lo autorizará solamente el encargado autorizado después de evaluar e inspeccionar el área del proyecto, verificando que se encuentra en condiciones de ser ocupado en forma segura.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos
Entregar informe a la autoridad cuando la emergencia lo amerite.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Respuesta 1.10 de la Adenda Complementaria.
10.1.1.4 Situación de emergencia 4: Sismo.
Fase del Proyecto a la que
q Construcción aplica
rte, Obra oO acción enla q Ea ña Frentes de trabajo e instalación de faenas asociada
Acciones a implementar
e Durante la ocurrencia de un sismo fuerte o terremoto todo el personal debe mantener la calma y esperar a que este termine.
e Nose debe encender fósforos, velas u objetos inflamables durante o después del sismo.
e Una vez finalizado el sismo se debe evacuar, en forma ordenada y con calma, dirigiéndose a la zona de seguridad más cercana a través de las vías de evacuación. Una vez iniciada la evacuación, por ningún motivo los trabajadores deben volver a las instalaciones en busca de sus pertenencias o algún otro objeto.
e Los trabajadores deberán esperar en las zonas de seguridad la información o indicaciones que entregue el Encargado de obra.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de
la activación del Plan u sn
otros organismos
Referencia a documentos
del AA rca dela Adenda.
evaluación que contenga la descripción detallada
10.1.2. PLAN DE CONTINGENCIAS.
Las medidas o acciones relevantes del plan de prevención de contingencias son las que se detallan a continuación. Mayores detalles en los Anexos 3.1, 3.3 y 3.4 de la DIA, Anexo A de la Adenda Complementaria, Respuestas 1.29 y 1.30 de la Adenda y Respuestas 1.8 a 1.10 de la Adenda
Complementaria.
10.1.2.1 Situación de riesgo o contingencia 1: Movimiento sísmico.
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción y Operación.
Instalación de faenas. Subestación. Cabe destacar que las acciones a ejecutar, serán solo
Parte, obra o acción E ee z aplicables en caso que el personal de mantenimiento se encuentre en asociada la subestación, ya que se considera una operación remota de esta instalación. Construcción e Se dispondrá de planes de evacuación del personal ante este tipo Acciones o medidas a de eventos. Si bien este riesgo no se puede prevenir, si se pueden
implementar para prevenir la contingencia.
mitigar sus consecuencias sobre el personal.
e En caso de estar presente en el sector el Prevencionista de Riesgo, liderará las acciones de evacuación y resguardo del personal, de lo contrario el manejo del personal estará a cargo del ITO de la
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Obra en la fase de construcción. Operación: Previa a las actividades de mantención, los operarios deberán ser informados sobre el Protocolo de Respuesta a Emergencias, inducción que deberá indicar las zonas de seguridad de la subestación, vías de evacuación, entre otros contenidos.
Forma de control
seguimiento
o
e Charlas Obligación de Informar (ODD). Capacitación de los Planes de Emergencias.
Registro de los planes de evacuación si es que se desarrollan.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Respuesta 1.9 de la Adenda Complementaria.
10.1.2.2 Situación de riesgo
o contingencia 2: Riesgos por incendios.
Fase del Proyecto a la que
Construcción y Operación
aplica
Parte, obra o acción | Instalación de faenas y frentes de trabajo.
asociada Subestación seccionadora.
Acciones oO medidas a | Se informará e instruirá a los trabajadores y personal técnico que
implementar para prevenir la contingencia
participa en los trabajos respecto de las normas de prevención, detección y supresión de incendios durante los trabajos. En este sentido dicha información estará referida a los siguientes tópicos:
e Advertencia sobre el uso de agentes iniciadores de incendios. Instrucciones precisas sobre las acciones inmediatas a tomar en caso de originarse un incendio, tales como: forma de dar aviso, detallar ubicación del siniestro y el tipo de material que es afectada por el fuego.
En área donde se almacene material o sustancias de carácter combustible, se tendrán extintores del tipo ABC, para un rápido control de un amago de incendio.
Todos los vehículos contarán con reglamentación.
sus extintores según
Forma de control
seguimiento
o
Registro fotográfico de la existencia de extintores en el área de instalación de faenas.
Registro de charlas de capacitación.
Extintores en vehículos.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Respuesta 1.9 de la Adenda Complementaria.
10.1.2.3 Situación de riesgo
o contingencia 3: Derrame de combustible.
Fase del Proyecto a la que
- Construcción. aplica. Parte, obra oO acción .s , Ss ea a Instalación de faenas, frentes de trabajos y en torres de derivación. asociada. Acciones oO medidas a|e El manejo de combustibles se realizará en áreas previamente
implementar para prevenir
definidas y demarcadas, con material impermeable en el piso y
y actuar frente a la sistema de contención de derrames. Además se contará con un kit contingencia de control de derrames (pala, bolsas y material absorbente).
e Se contará con un procedimiento de cómo actuar ante un eventual derrame, el cual debe ser conocido por todo el personal involucrado en la manipulación de combustible.
a central. 9 Registro de charlas de capacitación. Referencia a documentos | Respuesta 1.9 de la Adenda Complementaria. del expediente de
evaluación que contenga la descripción detallada
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-
Que, durante el proceso de evaluación no hubo solicitud de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N* 19.300, por lo que, no se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto.
-
Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
-
Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.
-
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
-
Que, para que el proyecto "S/E Seccionadora Nueva Lampa 220 KV" pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
-
Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
-
Que, el Titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
-
Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2” letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
-
Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
- Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "S/E Seccionadora Nueva Lampa 220 KV" de ENEL Distribución S.A.
22, Certificar que el proyecto “S/E Seccionadora Nueva Lampa 220 KV" cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3", Certificar que el proyecto "S/E Seccionadora Nueva Lampa 220 KV", cumple con los requisitos de carácter ambiental contenido en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140 y 142 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4%. Certificar que el proyecto "S/E Seccionadora Nueva Lampa 220 KV", no genera los efectos,
características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
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6”. Definir como gestión, acto o faena mínima del proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.
7%. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo
20 de la Ley N* 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
JMZV.
Distribución:
— Andreas Gebhardt Strobel
— Intendente Región Metropolitana
— DGA, Región Metropolitana de Santiago.
— DOH, Región Metropolitana de Santiago.
— Gobierno Regional, Región Metropolitana.
— Ilustre Municipalidad de Lampa.
- CONAF, Región Metropolitana.
— SAG, Región Metropolitana.
— SEC, Región Metropolitana.
— SEREMI MOP, Región Metropolitana de Santiago.
— SEREMI del Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago. — SEREMI de Agricultura, Región Metropolitana.
— SEREMI de Bienes Nacionales, Región Metropolitana de Santiago. — SEREMI de Desarrollo Social, Región Metropolitana de Santiago. — SEREMI de Energía, Región Metropolitana.
— SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago.
— SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago. — SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana de Santiago. — Consejo de Monumentos Nacionales.
— Superintendencia de Servicios Sanitarios.
— SERNAGEOMIN, Zona Central.
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e Expediente del Proyecto "S/E Seccionadora Nueva Lampa 220 KV". e Archivo Servicio Evaluación Ambiental RM.
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