Evaluación SEA

Sistema de Transmisión S/E Pichirropulli - S/E Tineo

Rol 2132447295
SEA · EIA · Aprobado · 2017-06-08 · Interregional · TRANSELEC CONCESIONES S.A.

REPÚBLICA DE CHILE SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL DIRECCIÓN EJECUTIVA VISTOS: CALIFICA AMBIENTALMENTE EL PROYECTO "SISTEMA DE TRANSMISIÓN S/E PICHIRROPULLI - S/E TINEO" RESOLUCIÓN EXENTA N' SANTIAGO, 2 6 OCT 2018 l. El Estudio de Impacto Ambiental (en adelante "EIA"), su Adenda de fecha 9 de enero de 2018, su Adenda Complementaria de fecha 12 de octubre de 2018 y su Segunda Adenda Complementaria de fecha 13 de agosto de 2018, del proyecto "Sistema de Transmisión S/E Pichirropulli - S/E Tineo", presentado por Transe lec Concesiones S.A. con fecha O 1 de junio de 2017. 2. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones conferidas, participaron en la evaluación del EIA, y que se detallan en el Capítulo 3.3. del Informe Consolidado de Evaluación (en adelante "ICE") del EIA del proyecto "Sistema de Transmisión SIE Pichirropulli - SIE Tineo". 3. La Resolución Exenta N' 0140, de fecha 06 de febrero de 2018, que dio inicio a un proceso de consulta a pueblos indígena (en adelante "PCPI"), conforme a lo previsto en el artículo 85 del D.S. N' 40/2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante "RSEIA"); la Resolución Exenta W 382, de fecha 06 de abril de 2018, que amplía el PCPI; los tres Protocolos de Acuerdo Final; el Informe Final del PCPI; y la Resolución Exenta N' 1196, de fecha 12 de octubre de 2018, que resuelve dar término al PCPI; todos de la Dirección ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. 4. El ICE del EIA del proyecto "Sistema de Transmisión SIE Pichirropulli - SIE Tineo" de fecha 12 de octubre de 2018 de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. 5. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental del EIA del proyecto "Sistema de Transmisión SIE Pichirropulli- SIE Tineo". 6. Lo dispuesto en la Ley N' 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. N' 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante, "Reglamento del SEIA", o "RSEIA"); en la Ley N' 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los órganos de la Administración del Estado; en la Ley N' 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto N' 46, de 20 18, del Ministerio de Medio Ambiente, que nombra Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental y en la Resolución N' 1.600 de 2008, de la Contraloria General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón. CONSIDERANDO: l. Que, Transelec Concesiones S.A. (en adelante, el "Titular"), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante "SEIA") el EIA del proyecto "Sistema de Transmisión SIE Pichirropulli - SIE Tineo" (en adelante, el "Proyecto"). Los antecedentes del Titular son los siguientes: Nombre o razón social Transelec Concesiones S.A. Rut 76.524.463-3 Domicilio Orinoco 90, piso 14, Las Condes Teléfono (56-2) 2467 7000 Nombre representante legal David Noe Scheinwald Rut representante legal 10984323-7 Domicilio representante legal Orinoco 90, piso 14, Las Condes Teléfono representante legal (56-2) 2467 7000 Correo electrónico Titular o dnoe@transelec.cl representante legal Página l de 155

2. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 12 de octubre de 2018, la Dirección Ejecutiva ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto, el Proyecto cumple con las condiciones o exigencias establecidas en el Capítulo 12 del ICE; el Proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en el Capítulo 10 del ICE; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados en el Capítulo 11 del ICE; se hace cargo adecuadamente de los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el Titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los (3) Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.

3. Que, el Director Ejecutivo del SEA resolvió aprobar el contenido del ICE de fecha 12 de octubre de 2018 con excepción de las siguientes consideraciones:

3.1. Se rectifica lo indicado en punto 5 del ICE, toda vez que se ha indicado que existen tres impactos significativos señalados en los literales b) y f) del artículo 11 de la Ley, debiendo precisar que son cuatro impactos significativos señalados en los literales b) c) y f) del artículo 11 de la Ley

3.2. Se rectifica la denominación del impacto C-MH-05 descrita en los numerales 5.1.2, 7.2.1, 7.2.4, 7.2.5, 7.2.6, 7.2.7 y 8.1.2 del ICE, el cual corresponde a “C-MH-05 Intervención en terrenos de la Comunidad Puilo Chiguaipulli, por atravieso aéreo de la LAT en Parcela 1-A, en la localidad de Río Negro”.

3.3. Se rectifica lo indicado en la Tabla 8.1.4 del ICE, debiendo precisar lo siguiente: - Parámetros a monitorear: “Se propone que, durante el periodo de implementación de esta medida, se establezca un representante o grupo conformado por miembros de la Comunidad y representantes del Titular para acordar la operacionalización de esta propuesta.” - Límites permitidos o comprometidos: “Respecto a las medidas contempladas para este impacto el indicador de cumplimiento corresponde a la entrega de informes semestrales que den cuenta de los avances de la ejecución de las medidas. Los informes contemplarán actas de reuniones con la Comunidad y listados de asistencia. Asimismo, se considera la entrega de un informe final que contempla los detalles de las medidas”.

3.4. Se complementa lo indicado en la Tabla 4.1 del ICE, referente a las coordenadas UTM en Datum WGS84, incorporando como referencia la información entregada en el punto 1.1.2. de la Adenda Complementaria.

3.5. Se rectifica lo indicado en la letra a) de la tabla 6.1.1 del ICE. Respecto a la conclusión esta debe indicar que “(…) el proyecto no presenta o genera impactos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, específicamente no se reconoce la pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes”.

3.6. Se rectifica lo indicado en la letra c) de la tabla 6.1.1 del ICE. Respecto a la conclusión esta debe indicar que “(…) el proyecto no presenta o genera impactos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, específicamente sobre la magnitud y duración del impacto del proyecto o actividad sobre el suelo. Toda vez que el impacto es calificado como no significativo, no obstante, lo anterior el titular se compromete a implementar un “Plan de compensación de suelo” en el marco de los “Compromisos Ambientales Voluntarios” de este proceso de evaluación.

3.7. Se rectifica lo indicado en la letra b) de la tabla 6.1.2 del ICE. Respecto a la conclusión precisando que el Proyecto presenta obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento sobre la comunidad Putrihue de los Ángeles.

3.8. Se precisa lo indicado en la Tabla 6.1.3 del ICE respecto a que el Proyecto si se localiza en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a que se presenta la susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, considerando la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde ellas habitan, según lo dispuesto en el artículo 8 literal del Reglamento del SEIA.

3.9. Se rectifica lo indicado en la letra c) de la tabla 6.2.1 del ICE respecto de la implementación de Plantas de tratamientos de aguas servidas en la fase de operación, toda vez que el Titular ha indicado que se implementarán fosas sépticas.

3.10. Se rectifica lo indicado en la letra a) de la tabla 6.2.3 del ICE, donde se señala que se realizó la prospección arqueológica cubriendo un total de 46,38% del área de influencia del Proyecto. Al respecto, se precisa que de acuerdo a los antecedentes presentados en el Anexo 6 de la segunda Adenda Complementaria, el porcentaje total efectivo sería alrededor del 80% sobre lo ya indicado.

3.11. Se rectifica la Tabla 7.1.1. del ICE, referente a la oportunidad de la medida de compensación, la cual se desarrollará durante la fase de construcción y no al término de la fase según lo indicado.

3.12. Se rectifica lo señalado en la Tabla 12.1.1 del ICE, en relación a la forma de control y seguimiento, precisando lo siguiente “Se reportará a la SMA a través de informes semestrales, a partir del inicio de la fase de operación del Proyecto”.

3.13. Se rectifica lo señalado en la Tabla 12.1.2 del ICE, en relación a la forma de control y seguimiento, precisando lo siguiente “El Titular informará con una frecuencia semestral el avance del cumplimiento de la presente medida”.

3.14. Se rectifica lo indicado en la Tabla 4.5.2 y 4.6.2 del ICE, referente al suministro de agua potable. Al respecto, se debe omitir la información referente a la forma en que se proveerá de agua potable al Proyecto, considerando que estos dependerán de las autorizaciones de la Autoridad Sanitaria respectiva.

3.15. Se rectifica lo indicado en la Tabla 4.5.5.1, 4.6.5.1 y 10.2.11 del ICE, debiendo corregirse el término “residuos sólidos domiciliarios”. Por “residuos asimilables a domiciliarios”, considerando lo estipulado en el D.S. N° 189/2005 del MINSAL.

3.16. Se rectifica lo indicado en la Tabla 4.5.2 del ICE, referente a la alimentación debiendo eliminar el cumplimiento de las disposiciones normativas aplicables a los comedores, estipuladas en el D.S N° 594 del MINSAL, considerando que dicha información debe ser autorizada por la autoridad sanitaria correspondiente.

3.17. Se rectifica lo indicado en la Tabla 4.5.4.2 del EIA, debiendo eliminarse la expresión “disposición temporal”, puesto que ésta no aplica al manejo de aguas servidas. Asimismo, se debe considerar que el DS 594/1999 del MINSAL no considera una autorización para las empresas que proveen servicios higiénicos provisorios, por lo tanto, se elimina la referencia en la citada tabla.

3.18. Se rectifica la siguiente información contenida en la Tabla 10.2.21 del ICE: - Se rectifica lo indicado en la sección “Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica” donde se indica que los lodos generados serán retirados semanalmente, debiendo rectificarse señalando que el manejo de lodos será realizado por un tercero autorizado por la autoridad sanitaria, quien los retirará mediante camión especializado y transportados a un lugar de tratamiento autorizado. - Se debe eliminar la obtención del PAS 138 como indicador de cumplimiento.

3.19. Se rectifica la condición señalada en la Tabla 4.5.4.1, 5.2.1, 6.2.1, 10.2.1 del ICE, la cual establecía que “Las obras del proyecto sólo podrán iniciarse una vez aprobado el PCE. Con todo, el lapso entre la aprobación y el inicio de ejecución del proyecto no podrá exceder los tres meses”, quedando de la siguiente forma: El Titular deberá presentar una vez obtenida la RCA y antes del inicio de ejecución de las obras el Plan de Compensación de Emisiones ante la SEREMI de Medio Ambiente de la Región de Los Lagos.

3.20. Se complementa o rectifica los siguientes puntos del ICE, en concordancia con lo señalado en el ORD N° 683/2018, de fecha 22 de octubre de 2018, de la Dirección Nacional de Turismo:

3.21.1 Se complementa la forma de implementación señala en la Tabla 12.1.11, 12.1.12 y 12.1.3 del ICE, señalando su forma de cumplimiento que “El programa deberá sustentarse bajo un trabajo planificado y de coordinación entre empresarios/prestadores que se encuentren incorporados al registro del Servicio Nacional de Turismo con los municipios de las comunas involucradas”.

3.21. Se rectifican los siguientes puntos del ICE, en concordancia con lo señalado en el ORD. N° 30-EA/2018, de fecha 19 de octubre de 2018, de la Corporación Nacional Forestal (CONAF);

3.22.1 “Respecto del punto 8.1.1 del ICE se deben incluir los siguientes parámetros a medir; cobertura de dosel, índice de esbeltez y establecimiento de regeneración.

3.22.2 Se rectifica lo señalado en la Tabla 5.2.2.2 del ICE en la cual se precisan las superficies asociadas a la perdida de bosque nativo. A la descripción indicada en el ICE, se agrega y/o precisa lo siguiente: El Proyecto requerirá la corta de 82,85 ha con presencia de bosque nativo de los tipos forestales: Siempreverde (bosque higrófilo, higrófilo mixto, laurifolio y valdiviano (26,96 ha)) y del tipo Roble Raulí Coihue (bosque de Nothofagus obliqua (53,86 ha)) y 2,03 ha de Esclerófilo.

3.22.3 Se complementa el Capítulo 12 del ICE, incorporando los siguientes compromisos voluntarios “Mantenimiento de la cobertura vegetacional al interior de la franja de seguridad” y “Remplazo de especies exóticas por nativas”, los cuales se detallan en la Tabla 12.5 y 12.6 del presente documento.

3.22.4 Se complementa lo indicado en la forma de implementación y el indicador de cumplimiento de la medida descrita el punto 7.1.1 del ICE, indicando

- Oportunidad: “La medida se desarrollará durante la fase de construcción” - Indicador de cumplimiento de la medida queda de la siguiente forma: “Una vez finalizadas las obras de plantación, se enviará a la SMA y a CONAF, un informe de implementación de la medida, cuyos contenidos mínimos serán:

 Cartografía digital del lugar de implementación.  Registro fotográfico georreferenciado de la colecta de semillas  Densidades y distribución de la especie objetivo.  Ubicación en coordenadas UTM de los árboles padres de la especie Boldo (kmz y shp).  Registro del track de la colecta de semillas (kmz y shp)  Registro de que las semillas colectadas que fueron efectivamente las viverizadas, entre otras variables que permitan constatar que el germoplasma utilizado es perteneciente al sector de Río Bueno — La Unión.

Durante el periodo de establecimiento se informará semestralmente durante 5 años el estado de consolidación de la vegetación en términos globales, reportando al menos los siguientes parámetros:

 Sobrevivencia (%).  DAC.  Altura y cobertura del dosel.  Índice de esbeltez.  Estado fitosanitario.  Establecimiento de regeneración.

Al término del periodo de establecimiento, se considera que la medida cumplió su objetivo alcanzando un prendimiento del 75 % de los ejemplares plantados. En caso que se genere alguna contingencia que afecte el cumplimiento de la meta en el plazo propuesto, el Titular se compromete a extender los esfuerzos y el plazo hasta alcanzar el prendimiento señalado.

Para mayor información revisar las respuestas 8.1.3 de la Adenda, respuesta 8.1.1 de la Adenda Complementaria y 4.1.1 y 4.1.2 de la segunda Adenda Complementaria”.

3.22. Se complementa o rectifica los siguientes puntos del ICE, en concordancia con lo señalado en el ORD N° 184525/2018, de fecha 17 de octubre de 2018, de la Subsecretaria del Medio Ambiente:

3.23.1 Se complementa la forma de cumplimiento del D.S N° 38/2012 del Ministerio del Medio Ambiente del punto 10.2.10 del ICE, cuyo objetivo es detallar los 7 receptores. A la descripción indicada en el ICE, se agrega y/o precisa lo siguiente:

Forma de cumplimiento: “Durante la fase de construcción, se identificaron 7 de los 71 puntos evaluados que superan los límites permitidos de las emisiones de ruido para asentamientos humanos (receptores sensibles) por el D.S. N° 38/2011, que corresponden al R23, R27, R41, R47, R57 y R66 (…)”

3.23. Se complementa, en concordancia con lo señalado en el ORD N° 67, de fecha 22 de octubre de 2018, de la Dirección General de Aguas, en relación del Permiso Ambiental Mixto del Artículo 156 del Reglamento del SEIA. Permiso para efectuar modificaciones de cauce, que se indica en el punto 11.2.8 del ICE y se agrega como condición o exigencia lo siguiente:

En el caso de ocurrencia de un evento de afloramiento de aguas se deberá: informar el volumen total aflorado, detallar la solución de drenaje y de infiltración adoptada, informar los registros de niveles de los pozos cercanos a los sectores donde se deberá realizar el agotamiento de la napa y posterior reinyección. Todo lo anterior, deberá ser remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente (en adelante, “SMA”) en un informe técnico a presentar una vez concluida la fase de construcción del Proyecto.

3.24. Se rectifican los siguientes puntos del ICE, en concordancia con lo señalado en el ORD. N° 2122-2018, de fecha 19 de octubre de 2018, del Gobierno Regional de Los Ríos:

3.25.1 Se rectifica el punto 3.5.1 del ICE, donde se indica el fundamento del pronunciamiento sobre compatibilidad territorial, rectificando lo indicado en el Ord, 1706/2018, por lo siguiente:

El Gobierno Regional de Los Ríos, mediante el oficio Ord. N° 1706/2018, señala que no existe pronunciamiento en relación al Artículo 8°, referente a la compatibilidad territorial, debido a que no existen instrumentos de planificación y ordenamiento territorial regional vigentes en el área de emplazamiento del Proyecto, para poder “precisar fundadamente si el proyecto presentado es o no compatible con el uso permitido por el o los instrumentos que sean aplicables”, lo cual fue ratificado por la votación del Consejo Regional de Los Ríos.

3.25. Se complementa el punto 3.5.2 del ICE, donde se indica el fundamento del pronunciamiento sobre las políticas, planes y programas de desarrollo regional. A la descripción indicada en el ICE, se agrega y/o precisa lo siguiente:

“El proyecto no se relaciona explícitamente con las políticas, planes y programas de desarrollo regional, como la Estrategia Regional de Desarrollo 2009-2019 de la Región de Los Ríos”.

3.26. Se complementa o rectifica los siguientes puntos del ICE, en concordancia con lo señalado en el ORD N° 4198/2018, de fecha 23 de octubre de 2018, del Consejo de Monumentos Nacionales:

3.27.1 Se rectifica lo señalado en el punto 3.6.4 del ICE, aclarando que el oficio correspondiente al Consejo de Monumentos Nacionales es el Ord. CMN Nº 3795/2018 de fecha 13 de septiembre de 2018.

3.27.2 Se rectifica lo indicado en la letra a) de la Tabla 6.2.3 y la Tabla 11.2.1 del ICE, en relación a la caracterización de los sitios faltantes por prospectar, se debe rectificar la siguiente condición “Al respecto, la caracterización de los sitios a afectar debe realizarse una vez obtenida la RCA favorable y antes del comienzo de las obras, cuyos resultados deben ser remitidos al Consejo mediante un informe elaborado por un arqueólogo o licenciado en arqueología.

Por otra parte, si en dicha caracterización superficial de los hallazgos que se intervendrán, eventualmente se encuentran materiales históricos asociados, se deberá proceder de acuerdo a la normativa vigente: Ley N° 17.288 del Ministerio de Educación Pública, sobre Monumentos Nacionales y el Decreto Supremo Nº 484/1990 del Ministerio de Educación y Reglamento de la Ley 17.288 sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas, para lo cual se paralizarán las obras en el frente de trabajo de los hallazgos y se notificará de inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales para que este último organismo, disponga los pasos a seguir”, debiendo indicar:

Al respecto, la caracterización de los sitios a afectar debe realizarse una vez obtenida la RCA favorable y previo al inicio de las obras. Los resultados de las caracterizaciones deben ser remitidas al Consejo de Monumentos Nacionales y a la SMA mediante un informe elaborado por un arqueólogo/a titular del permiso, para que se establezcan las medidas a seguir, y solo luego que sean cumplidas, el Consejo podrá dar conformidad al inicio de las obras en dichos sectores.

3.27.3 Se precisa lo indicado en las Tablas 6.2.3, 11.2.1 y 12.2.1 del ICE, respecto a la entrega del informe de los resultados de la caracterización realizada indicando que los resultados de las caracterizaciones deben ser remitidas al Consejo de Monumentos Nacionales y a la SMA mediante un informe elaborado por un arqueólogo/a titular del permiso.

Por otra parte, se incorpora a dichas Tablas la siguiente condición:

En relación a aquellas áreas en las que no se haya podido realizar inspección visual arqueológica por la presencia de vegetación densa, deberán ser prospectadas posterior a las obras de corte y tala, remitiendo al Consejo de Monumentos Nacionales y a la SMA los resultados obtenidos de dicha prospección mediante un informe, un mes antes del inicio de las obras de construcción Lo mismo se hará para el caso de los predios en los que los propietarios, no otorgaron autorización de ingreso.

3.27. Se complementa o rectifica los siguientes puntos del ICE, en concordancia con lo señalado en el ORD N° 4820/2018, de fecha 19 de octubre de 2018, del Servicio Agrícola y Ganadero, Dirección Nacional:

3.28.1 Se rectifica lo indicado en la Tabla 4.1 del ICE, específicamente referente a la superficie de la instalación de faena norte, dado que corresponde a 1,395 ha según lo señalado en la respuesta 1.11.2 de la Adenda, totalizando una superficie de 90,355 ha en obras temporales.

3.28.2 Se rectifica lo indicado en la Tabla 5.2.2.1 del ICE, referente al impacto ambiental no significativo 7 (C- ED-02), precisando lo siguiente: “Todas las instalaciones temporales del Proyecto necesarias para la fase de construcción, donde se generará la inhabilitación temporal de 64 ha”.

3.28.3 Se complementa la Tabla 9.1.8 del ICE, donde se indican las acciones o medida a implementar para controlar la emergencia. A la descripción indicada en el ICE, se agrega y/o precisa lo siguiente:

“Transporte hacia centro de rescate y rehabilitación: Esta actividad se hará en el centro de recate y rehabilitación más cercana”

3.28.4 Se rectifica lo indicado en la Tabla 11.2.9 del ICE, respecto al pronunciamiento del órgano competente. Dicha información se complementa con lo indicado en el Ord. 266 /2018, de fecha 17 de octubre de 2018, de la SEREMI de Agricultura, Región de Los Ríos. A la descripción indicada en el ICE, se precisa lo siguiente:

“El Servicio Agrícola y Ganadero, Dirección Nacional, mediante el oficio ordinario N° 4076, de fecha 31 de agosto de 2018, se pronuncia conforme, otorgando el permiso ambiental sectorial.

El Ministerio de Vivienda y Urbanismo, mediante el oficio ordinario N° 0015, de fecha 24 de enero de 2018, se pronuncia conforme, otorgando el permiso ambiental sectorial”.

3.28.5 Se rectifica lo indicado en la Tabla 12.1.5 del ICE, según las siguientes precisiones: - En lo referente al lugar se indica: La compensación de suelo tendrá lugar en el terreno ubicado en el predio La Huacha, de la Comuna de Frutillar (ROL 294-34 y 294-36), de propiedad de Marta Angélica Ojeda Alvarado. - En lo referente a la Forma se indica: Para la ejecución del compromiso se considerarán los términos especificados por el Sistema de Incentivos para la Sustentabilidad Agroambiental de los Suelos Agropecuarios, programa financiado por el Ministerio de Agricultura de Chile.

La ejecución del compromiso considera mejorar la permeabilidad del suelo, y subsecuentemente, mejorar su drenaje desde la condición “pobre” a “imperfecto”. La manera de evaluar este parámetro, será midiendo con ensayos Porchet la velocidad de infiltración antes y después de realizar el drenaje. Las medidas fueron acordadas con el propietario del predio, quien además propuso el polígono a evaluar para esta medida de mejoramiento de suelo. Se adjunta carta de compromiso y conocimiento de participación en este PCS por parte del propietario en el Anexo 12.3 de la Adenda complementaria.

  • En lo referente al indicador que acredite su cumplimiento se complementa con lo siguiente: “Además, el plan de compensación debe lograr una profundidad de suelo mayor a 40 cm y una velocidad de infiltración mayor a 0,5 cm/hora. Adicionalmente, el suelo en el que se realizará la compensación, deberá cumplir con todos los parámetros de clasificación de la capacidad de uso a la cual se compromete llegar, de manera tal que no existan limitaciones que impidan el paso en la clasificación de uso a una mejor categoría, lo que debe cumplir los criterios de aproximación y si procede los criterios de definición establecidos en la Pauta de Estudio del SAG 2011 (Rectificada)”.

En consecuencia, el ICE forma parte integrante de la presente Resolución, con excepción de las consideraciones señaladas.

4. Que, según lo señalado en el EIA y sus anexos, en su Adenda, Adenda Complementaria y Segunda Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES DEL PROYECTO O ACTIVIDAD. Objetivo general El objetivo del Proyecto es dar cumplimiento al Decreto Exento N° 201/2014 del Ministerio de Energía, que “fija plan de expansión del Sistema de Transmisión Troncal para los doce meses siguientes y fija valor de inversión referencial para un nuevo proceso de licitación de obra que indica” mediante la construcción y operación de una nueva línea de alta tensión de 2x500 kV, energizada en 220 kV y de una subestación seccionadora que potenciará y otorgará mayor confiabilidad al Sistema Interconectado Central (SIC). Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones La tipología principal de ingreso según lo señalado en el artículo 3 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA), corresponde al literal b) específicamente los subliterales; b.1); y b.2):

“b) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones.

b.1. Se entenderá por líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas líneas que conducen energía eléctrica con una tensión mayor a veintitrés kilovoltios (23 kV).

b.2. Se entenderá por subestaciones de líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas que se relacionan a una o más líneas de transporte de energía eléctrica y que tienen por objeto mantener el voltaje a nivel de transporte.” Vida útil Indefinido. Monto de inversión 82 MM US$. Gestión, acto o faena mínima, que da cuenta del inicio de la ejecución del proyecto de modo sistemático y permanente, para efectos Corresponde a la habilitación del terreno (replanteo topográfico) para las instalaciones de faena previstas para la zona norte, centro y sur de la línea transmisión eléctrica.

4.1. ANTECEDENTES GENERALES DEL PROYECTO O ACTIVIDAD. de la caducidad de la RCA Proyecto o actividad se desarrolla por etapas Si No

[X] Proyecto o actividad modifica un proyecto o actividad existente Si No

[X] Proyecto modifica otra(s) RCA Si No

[X]

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO O ACTIVIDAD. División político- administrativa Las partes, obras y acciones del Proyecto se emplazan en la Región de Los Ríos y la Región de Los Lagos, pasando por las siguientes comunas:

Región Provincia Comuna Los Ríos Valdivia Paillaco Ranco La Unión Río Bueno Los Lagos Osorno San Pablo Osorno Río Negro Purranque Llanquihue Frutillar Llanquihue Justificación de la localización La localización de la LTE, de acuerdo a lo señalado en el Decreto Exento N° 201/2014 del Ministerio de Energía, que solicita la construcción de una nueva LTE entre la S/E Pichirropulli existente y la nueva S/E Tineo, con una longitud aproximada de 142 km. Superficie En las siguientes Tablas se identifican las superficies que serán necesarias para las principales instalaciones del Proyecto:

OBRAS TEMPORALES INSTALACIONES SUPERFICIE (ha) Instalación de faena zona norte 1,45 Instalación de faena zona centro 3,36 Instalación de faena zona sur 3,36 Frentes de trabajo en torres 15,80 Plazas de tendido conductores 59,90 Plazas de tendido OPGW 5,04 Habilitación de huellas temporales 1,50 TOTAL 90,41

OBRAS PERMANENTES INSTALACIONES SUPERFICIE (m2) Área de emplazamiento en las torres 2x500 kV 1.152 Área de emplazamiento de las torres seccionamientos 1x220 kV 87 Subestación Pichirropulli 120 Subestación Tineo 22.600 TOTAL 23.959 Coordenadas UTM en Datum WGS84 Las coordenadas de las partes y obras del Proyecto están expresadas en UTM (DATUM WGS84, HUSO 18 SUR) en las tablas del numeral 1.3 del Capítulo 1 del EIA y actualizadas de acuerdo a la información entregada en el punto 1.1.2. de la Adenda Complementaria. Caminos o vías de acceso Para los trabajos constructivos se contempla el uso de la vialidad pública y de las huellas y/o caminos existentes. Por otra parte tanto para las fases de construcción y operación el acceso a las estructuras, será efectuado a través de la faja de servidumbre. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones  En el Anexo 1-2 del EIA.  En el Anexo 1-1 de la Adenda.  En el Anexo 1-1 de la Adenda Complementaria.

4.3. PARTES Y OBRAS QUE COMPONEN EL PROYECTO

Nombre Descripción Carácter/ Fase Instalaciones de Faena (Norte- Centro-Sur) Las instalaciones de faena (IIFF) corresponden a infraestructuras transitorias en predios que se encuentran habilitados para oficinas y apoyo, donde se coordinan y se proveen insumos, maquinarias y los equipos necesarios para la construcción del Proyecto. Las IIFF cuentan con bodegas; talleres; patio de estructuras; patios de salvataje; sitios de acumulación temporal de residuos industriales no peligrosos y para residuos domésticos los cuales estarán delimitados y señalizados para la disposición de los residuos domésticos y asimilables; y un sitio de acopio o bodegas de acumulación temporal (BAT) de los eventuales residuos peligrosos generados durante la fase de construcción, cuyo transporte y disposición final se realizará por una empresa autorizada y en sitios que cuenten con autorización de la Autoridad Sanitaria.

UBICACIÓN IIFF NORTE (oficinas) (Coordenadas –UTM WGS84 Huso 18 Sur) VÉRTICE ESTE (m) NORTE (m) P1 679.935,88 5.552.014,55 P2 679.976,28 5.551.985,09 P3 679.993,96 5.552.009,34 P4 680.010,12 5.551.997,56 P5 679.974,77 5.551.949,07 P6 679.918,21 5.551.990,31

INSTALACIÓN DE FAENA NORTE (oficinas) ID INSTALACIÓN SUP (m2) CANTIDAD SUP TOTAL (m2) 1 Garita 4 1 4,00 2 Oficina contratista 18 6 108,00 3 Oficina ITO 18 3 54,00 4 Sala primero auxilios 18 1 18,00 5 Comedor 36 1 36,00 16 Baños duchas 18 2 36,00 17 Sala de cambio 18 2 36,00 18 Planta de tratamiento 12 1 12,00 20 Grupo generador 9 1 8,75 21 Estanques agua potable 15 1 15,00 23 Estacionamientos 13 9 112,50 Total superficie recintos 440,25 Área libre de recintos 2.259 TERRENO OFICINAS 2.700

UBICACIÓN PATIO DE ESTRUCTURAS (Coordenadas –UTM WGS84 Huso 18 Sur) VÉRTICE ESTE (m) NORTE (m) P1 680.288,12 5.551.965,94 P2 680.343,54 5.551.915,38 P3 680.242,42 5.551.804,59 P4 680.187,02 5.551.855,15

PATIO DE ESTRUCTURAS ID INSTALACIÓN SUP (m2) CANTIDAD SUP TOTAL (m2) 6 Container pañol 18 2 36,00 7 Bodega de materiales 120 1 120,00 8 Bodega patio 18 1 18,00 9 Bodega combustible 16 1 16,00 10 BAT res. peligrosos 16 1 16,00 11 Bodega sust. peligrosas 16 1 16,00 12 Laboratorio 36 1 36,00 13 Taller enfierradura 120 1 120,00 14 Taller OO.CC menores 96 1 96,00 15 Taller soldadura 40 1 40,00 19 Patio salvataje resnopel 45 6 270,00 22 Carga de combustible 30 1 30,00 Total superficie recintos 814 Área libre de recintos 10.436 Carácter: Temporal

Fase: Construcción

PATIO ESTRUCTURAS 11.250

UBICACIÓN IIFF CENTRO (Coordenadas –UTM WGS84 Huso 18 Sur) VÉRTICE ESTE (m) NORTE (m) P1 657.416,93 5.493.145,36 P2 657.643,38 5.493.065,86 P3 657.597,01 5.492.933,76 P4 657.370,56 5.493.013,26

INSTALACIÓN DE FAENA CENTRO ID INSTALACIÓN SUP (m2) CANTIDAD SUP TOTAL (m2) 1 Garita/portería 4 1 4,00 2 Oficinas Contratista/admini strativas 18 6 108,00 3 Oficina ITO/técnica 18 2 36,00 4 Sala primeros auxilios 18 1 18,00 5 Comedor 36 1 36,00 6 Container pañol 18 2 36,00 7 Bodega de materiales/suminis tros 120 1 120,00 8 Bodega patio 18 1 18,00 9 Bodega combustible 16 1 16,00 10 BAT res. peligrosos 16 1 16,00 11 Bodega sust. peligrosas 16 1 16,00 12 Laboratorio 36 1 36,00 13 Taller enfierradura 120 1 120,00 14 Taller OO.CC menores 96 1 96,00 15 Taller soldadura 40 1 40,00 16 Baños duchas 18 2 36,00 17 Sala de cambio 18 2 36,00 18 Planta de tratamiento 12 1 12,00 19 Patio salvataje resnopel 45 6 270,00 20 Grupo generador 9 1 8,75 21 Estanques agua potable 15 1 15,00 22 Carga de combustible 30 1 30,00 23 Estacionamientos 13 10 125,00 24 Patio de estructuras 21.700 1 21.700 Total superficie recintos 22.948 Área libre de recintos 10.652 TERRENO TOTAL 33.600

UBICACIÓN IIFF SUR (Coordenadas –UTM WGS84 Huso 18 Sur) VÉRTICE ESTE NORTE P1 659.535,56 5.427.794,29 P2 659.675,56 5.427.794,29 P3 659.675,56 5.427.554,29 P4 659.535,56 5.427.554,29

INSTALACIÓN DE FAENA SUR ID INSTALACIÓN SUP (m2) CANTIDAD SUP TOTAL (m2) 1 Garita/portería 4 1 4,00 2 Oficinas Contratista/admini strativas 18 6 108,00 3 Oficina ITO/técnica 18 2 36,00

4 Sala primeros auxilios 18 1 18,00 5 Comedor 36 1 36,00 6 Container pañol 18 2 36,00 7 Bodega de materiales/suminist ros 120 1 120,00 8 Bodega patio 18 1 18,00 9 Bodega combustible 16 1 16,00 10 BAT res. peligrosos 16 1 16,00 11 Bodega sust. peligrosas 16 1 16,00 12 Laboratorio 36 1 36,00 13 Taller enfierradura 120 1 120,00 14 Taller OO.CC menores 96 1 96,00 15 Taller soldadura 40 1 40,00 16 Baños duchas 18 2 36,00 17 Sala de cambio 18 2 36,00 18 Planta de tratamiento 12 1 12,00 19 Patio salvataje resnopel 45 6 270,00 20 Grupo generador 9 1 8,75 21 Estanques agua potable 15 1 15,00 22 Carga de combustible 30 1 30,00 23 Estacionamientos 13 10 125,00 24 Patio de estructuras 21.700 1 21.700 Total superficie recintos 22.948 Área libre de recintos 10.652 TERRENO TOTAL 33.600 Frentes de Trabajo en Línea de Alta Tensión Para la construcción de la línea, se considera la habilitación de frentes de trabajo por cada estructura del trazado. Dada la forma de realizar estos trabajos, los frentes serán móviles y se irán desplazando a lo largo de la línea a medida que avanzan los trabajos y con una lógica de avance paralelo.

Los frentes de trabajo consideran el uso temporal de una superficie de alrededor de 20x20 m en la zona de emplazamiento de cada torre y estarán provistas con un cierre para evitar el ingreso de terceros y animales.

En su interior considera las siguientes instalaciones:

 Baños químicos.  Dispensadores de agua.  Espacio liberado para maniobras de equipos, maquinarias y vehículos. Carácter: Temporal

Fase: Construcción Canchas de tendido en Línea de Alta Tensión Para el tendido de la línea se considera la habilitación de 50 plazas de tendido del conductor y de 31 plazas de tendido OPGW.

Las plazas de tendido serán cercadas con malla caminera tipo dorman, considerando en su interior lo siguiente:

 Equipos de tendido (winche y freno).  Baños químicos.  Espacio liberado para maniobras de equipos, maquinarias, carretes y vehículos.  Dispensadores de agua.

Carácter: Temporal

Fase: Construcción Las estructuras que conforman la Línea de Transmisión Eléctrica de La LTE corresponde a torres metálicas auto-soportadas, de acero galvanizado del tipo enrejado, con cuatro patas. Las uniones de todas las estructuras son apernadas. Se utilizarán principalmente 4 tipos de estructuras, las que están determinadas paras las distintas condiciones de terreno y de tracción de la línea de transmisión. Abarca una superficie total de 751 hectáreas, cálculo estimado al multiplicar la franja de seguridad promedio de la línea (52,9 m de ancho) por el largo del trazado equivalente Carácter: Permanente

Fase: Construcción/ Operación

4.4. FASE DE CONSTRUCCIÓN 4.4.1. ACCIONES Nombre Descripción Instalación de faena y frentes de trabajo La fase de construcción comenzará con la habilitación de los terrenos para las IIFF (Norte, Centro y Sur), las superficies destinadas para estas obras se encuentran libres de vegetación y relativamente nivelados, por lo que se retirarán las piedras superficiales de forma manual, para luego acopiarlas alrededor del área ocupada por cada instalación. En caso de requerir nivelación o escarpe superficial, este material será reservado en los contornos del predio, ordenado en camellones y sembrado por herbáceas persistentes.

Una vez terminada la preparación de la superficie del terreno, se procederá a la instalación de los contenedores que harán de oficinas y bodegas, para luego implementar los talleres, patios de maniobras, patios de salvataje, BAT de residuos peligrosos, BAT para acopio temporal de combustibles, etc.

Esta actividad es fundamental para el inicio de la obra línea, pues desde las IIFF se coordinan los trabajos y se proveen los insumos, maquinarias y equipos para la construcción del Proyecto. A su vez, se implementarán frentes de trabajo en función del avance de la obra. Despeje de la vegetación/ Replanteo topográfico La actividad de despeje de vegetación comenzará con la marcación de los límites de la faja de seguridad, en los sectores donde exista vegetación que se requiera despejar y la marcación de individuos puntuales en aquellos casos en que el despeje será por individuos. Esta actividad se realizará en conjunto con los equipos de replanteo topográfico de las estructuras y de micro ruteo éste último destinado a la implementación 2x500 kV a 142 km. Las estructuras del seccionamient o 1x220 kV Rahue – Puerto Montt” El tendido implica una superficie total de 21,7 hectáreas, cálculo estimado al multiplicar la franja de seguridad promedio de la línea (31 m de ancho) por el largo del trazado equivalente a 7 km. Carácter: Permanente

Fase: Construcción/ Operación La S/E Tineo La nueva S/E contará en su primera etapa con un patio principal de 220 kV, en configuración interruptor y medio, además de la tecnología híbrida GIS compacta. El Proyecto incluye las diagonales o bahías para el seccionamiento completo de la línea 2x220 kV Rahue - Puerto Montt y las correspondientes bahías o semi-diagonales para la nueva línea.

Adicionalmente, la S/E incluye un espacio para la instalación de:

 5 diagonales o bahías en el patio proyectado de 500 kV.  2 bancos de autotransformadores 500/220/66 kV, que conecten los patios de 500 kV y 220 kV, con sus respectivos equipamientos y elementos de seguridad y maniobra.  Equipos, servicio y/o facilidades que requiera el patio proyectado de 500 kV.

Esta S/E será del tipo inatendido, lo cual significa que no contará con presencia de operadores de manera permanente.

UBICACIÓN S/E TINEO (Coordenadas –UTM WGS84 Huso 18 Sur) VÉRTICE ESTE (m) NORTE (m) 1 659.568,56 5.428.368,51 2 659.698,54 5.428.370,75 3 659.701,98 5.428.171,1 4 659.572 5.428.168,86 Carácter: Permanente

Fase: Construcción/ Operación Ampliación de paños en S/E Pichirropulli Para la conexión de la línea en la S/E Pichirropulli, se considera completar dos (2) medias diagonales existentes con tecnología híbrida con configuración de interruptor y medio, con todas las características necesarias para cumplir con el presente Proyecto.

UBICACIÓN AMPLIACIÓN S/E PICHIRROPULLI (Coordenadas –UTM WGS84 Huso 18 Sur) VÉRTICE ESTE (m) NORTE (m) 1 679.994,766 5.552.037,226 2 679.974,919 5.552.009,854 3 679.945,691 5.552.031,197 4 679.965,741 5.552.058,523 Carácter: Permanente

Fase: Construcción/ Operación

del plan de manejo biológico.

El replanteo topográfico consiste en identificar y determinar mediante una brigada topográfica la ubicación exacta, georreferenciada con una tolerancia de 20 m aproximadamente, de cada una de las obras permanente del Proyecto. Esta labor se ejecutará disponiendo líneas de cal en el suelo para delimitar las áreas, montando sobre el terreno estacas y niveles para controlar cotas de excavación y taludes. Para esto se mantendrá personal de topografía que controlará los trabajos mediante equipamiento especializado. En caso excepcional el desplazamiento de las estructuras será por un afloramiento rocoso que dificulte las excavaciones o bien que el desnivel acentuado aumente el riesgo de erosión.

La corta de vegetación se efectuará conforme a las normas y procedimientos establecidos, y se iniciará solo después que la Corporación Nacional Forestal (CONAF) notifique la resolución aprobatoria del Plan de Manejo Forestal (PMF) cuando corresponda.

La madera aprovechable será apilada y clasificada en trozos aserrables o cortado como leña para el uso del propietario o del Titular. En este último caso, el material será donado a la comunidad, respaldando la donación a través de un registro de entrega. El material se dispondrá ordenado en un lugar cercano, fuera de la franja de servidumbre, dentro del predio del propietario. La disposición se ejecutará en “metros ruma o similar” preferentemente en un sitio cercano al lugar de corta del material.

Por su parte, el material vegetal no aserrable (ramas de no más de un metro de largo, o fuste de hasta 8 cm de diámetro) será dispuesto en la misma faja de servidumbre, enterrados o triturados mediante maquinaria conformando una cubierta orgánica para favorecer su descomposición natural. Escarpe y nivelación Para construir las obras permanentes del Proyecto, será necesario despejar y preparar el terreno. En primer lugar, se realizará el escarpe (retiro de piedras, materia vegetal y promontorios de tierra), luego de esto se procederá a nivelar, rellenar y compactar el terreno. El contenido orgánico superficial del suelo retirado será acopiado y distribuido en las inmediaciones del predio de acuerdo a las condiciones topográficas.

Los rellenos se realizarán para lograr la cota de diseño de la plataforma y proveer un suelo estable en donde se ubicarán las futuras instalaciones. Estos se realizarán con materiales granulares. Transporte de suministros, equipos y personal LTE: La línea eléctrica está compuesta por estructuras metálicas, conductores, aisladores y herrajes, en donde, la distribución se originará desde los centros de acopio en la IIFF hacia las obras, se llevará a cabo mayoritariamente por vía terrestre (camiones grúa, planos, mixer, ¾ y tolva). Para la carga y descarga de materiales y suministros, se utilizarán los camiones grúa, en apoyo a aquellos vehículos de transporte que no poseen grúa propia. Los camiones tolva serán cargados con apoyo de retroexcavadores, mientras que los camiones mixer serán cargados con el hormigón en las plantas de hormigón de terceros, ya que el Proyecto no considera construcción de plantas de hormigón propias.

S/E: Los suministros que se utilizarán corresponden a estructuras metálicas de acero, equipos eléctricos, hormigón armado, material de relleno y materiales generales de construcción. También se consideran otros insumos como agua para humectación de la plataforma y los accesos. Los centros de acopio de los suministros estarán en la IIFF, por lo que la distribución de dichos materiales hacia los frentes de trabajo se llevará a cabo con el apoyo de camiones grúa, planos, mixer, ¾ y tolva. Para la carga y descarga de materiales y suministros, se utilizarán los camiones grúa, en apoyo a aquellos vehículos de transporte que no poseen grúa propia. Los camiones tolva serán cargados con apoyo de retroexcavadores, mientras que los camiones mixer serán cargados con el hormigón en las plantas de hormigón de terceros.

Para el traslado y arribo de los materiales de construcción al centro de acopio se utilizará la red vial existente (caminos troncales, caminos secundarios y accesos existentes que podrían requerir mejoramiento para su utilización). Construcción de las fundaciones y de las mallas de puesta a tierra LTE: La construcción de las fundaciones comprende las siguientes actividades: excavación según el tipo de suelos (no superando los 6,1 m), emplantillado, colocación de barras de fundación de las estructuras, armado de la enfierradura, moldajes (cuando corresponda), hormigonado, relleno compactado e instalación de malla puesta a tierra. Las excavaciones se ejecutarán mediante máquinas neumáticas, retroexcavadoras o en forma manual, lo cual estará condicionado por el tipo de suelo, las características topográficas del terreno y disponibilidad de acceso.

En cuanto al excedente de material, éste será reutilizado en el relleno y compactado de las excavaciones a realizar en la línea, así como también, será distribuido uniformemente en los terrenos aledaños según se requiera. Las actividades posteriores se realizan secuencialmente, tomando la precaución de dejar los días de fraguado correspondiente del hormigón, el que será llevado a las posturas a través de camiones mixer, cuyo vaciado podrá ser manual y/o apoyado a través de bombas de hormigón.

Se instalará en cada estructura un sistema de puesta a tierra (reticulado metálico alrededor de la torre unida a las patas de la torre), considerando en cada caso el diseño particular de fundación de la estructura, la topografía y naturaleza del terreno. Las uniones de las pletinas, entre ellas y con otros elementos estructurales se ejecutarán mediante soldadura eléctrica al arco.

S/E: La plataforma será construida de acuerdo a las recomendaciones del estudio de mecánica de suelo, que se debe realizar como parte de la ingeniería del Proyecto. Se utilizará como relleno, áridos de proveedores autorizados de las zonas cercanas a la S/E. Éstos se acopian temporalmente en el área de trabajo y luego se procede a su distribución con motoniveladora en la superficie de la plataforma, en capas sucesivas que serán compactadas con rodillo, hasta lograr la cota deseada.

Los equipos y elementos que se instalarán deberán ser protegidos por una extensa malla de puesta a tierra subterránea, la cual se construirá unos 60 cm por debajo de la cota superior de la plataforma. La malla de puesta a tierra se materializa construyendo una red de zanjas en cuyos surcos se instalará el cable de cobre. Posteriormente, las zanjas serán rellenadas y compactadas con el mismo material proveniente de las excavaciones. Una vez finalizado el movimiento de tierra, se procederá al hormigonado de los paños. La construcción de las fundaciones comprende las siguientes actividades: excavación, emplantillado, colocación de pernos de anclaje para suportación de estructuras, armado de la enfierradura, moldajes (cuando corresponda), hormigonado y relleno compactado con el mismo material proveniente de las excavaciones. Las excavaciones se ejecutarán con máquinas neumáticas, retroexcavadoras o en forma manual según sea el caso.

En el caso de realizar excavaciones en suelos y tener una eventual presencia de napas, por infiltración de agua o napa surgente, se procederá a detener la faena y verificar si en un radio de 400 m existen pozos para evitar una afectación a terceros, a continuación, se tendrá en cuenta las siguientes consideraciones:

 Verificar las condiciones de seguridad para desarrollar correctamente la actividad de excavación.  Excavar las cuatro patas hasta el nivel en que el agua aflore o se infiltre.  Evaluar el tipo de napa con la cual se inunda la excavación (por infiltración o surgente).  Si la excavación se satura por aguas infiltradas, se agrandará ésta, en uno de los vértices, con el propósito que permita realizar en este una sobre excavación con mayor profundidad, para introducir la manguera de succión de una motobomba, que le permita retirar el agua del fondo de la excavación. Al borde de las excavaciones, se debe confeccionar un pretil o canalización superficial, que permita desviar las aguas para que escurran por la superficie del terreno adyacente.

Si la excavación proyectada se satura por aguas de napas surgentes, se harán uno o dos pozos más profundos en un punto cercano a dichas excavaciones para introducir la manguera de succión de una motobomba para extraer el agua, lo que permitirá mantener el sello de la excavación sin la presencia de ésta. En este caso, las motobombas estarán en funcionamiento el tiempo que sea necesario para mantener las excavaciones libres de agua.

Las aguas canalizadas a través de mangueras, desde el punto mismo del afloramiento, hacia el dren de infiltración que se ubicará a algunos metros de las labores, con el fin de reincorporar la totalidad de las aguas subterráneas extraídas. Cabe destacar que una vez terminadas las obras civiles, se procederá al desarme del dren restituyendo las condiciones naturales del área. Montaje de las estructuras y de los equipos LTE: Las estructuras se trasladarán desde los patios de acopio en las IIFF hacia el área de instalación para ser armadas en el piso, conectando sus partes mediante pernos, planchas, tuercas y golillas, como un mecano, para luego proceder al montaje por tramos con apoyo del camión grúa.

Una vez armada la sección inferior de la estructura, se continúa con el montaje de los cuerpos superiores con el apoyo de una pluma con tecle o huinche manual, izando cada

pieza hasta el nivel requerido. Cada tipo de estructura cuenta con su propio set de planos de montaje. Una vez armada completamente la estructura, se procede al torque de todos los pernos, verificando el giro y verticalidad de ella a través de equipos topográficos.

S/E: Una vez fraguadas las fundaciones, se procederá al montaje electromecánico de las estructuras metálicas galvanizadas, que corresponden principalmente a “estructuras altas” para suportación de conductores y otras estructuras de menor envergadura sobre las que se montarán los equipos eléctricos de alta tensión. Montaje de conjuntos de aislación y ferretería, tendido de conductores y cable de guardia Una vez terminado el montaje de las estructuras, las actividades continúan con la tarea de colocar en las torres el cable metálico que transportará la electricidad desde un extremo a otro de la línea. Se instalarán los herrajes soportantes de las cadenas de aisladores, así como también los herrajes que conectarán las cadenas de aisladores con el conductor. Posteriormente se iniciará el montaje del cable de guardia y de los conductores. En un extremo del tramo a tender se instalará el equipo de tendido denominado “freno” (equipo que se utiliza para retener el conductor, evitando que toque el suelo), y el carrete del conductor, y en el otro extremo se ubicará un huinche para tirar el conductor. El traslado del conductor sobre el tramo a tender se realiza mediante poleas que se suspenden de todas las torres del tramo en construcción.

La instalación de los equipos de tendido se realizará conforme al programa de tendido que desarrolle el contratista según los tramos efectivamente habilitados para esto. En este proceso se tendrá especial cuidado en las zonas identificadas con bosque nativo, para no afectar más de lo considerado. Además, se instruirá al personal de obra, indicando la prohibición de afectar especies de flora y vegetación fuera de la superficie a ocupar por el Proyecto.

Previo a la ejecución de estas actividades, en los frentes de trabajo que involucren atravieso de caminos públicos, se solicitará autorización a la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas para ejecutar el respectivo atravieso aéreo con la instalación de portales de protección. Estos atraviesos se realizarán instalando estructuras o portales de madera en cada una de las intersecciones en que la línea de transmisión eléctrica atraviese caminos públicos. Dichos portales provisorios ayudarán a proteger a los usuarios ante eventuales caídas de conductores que pudiesen interrumpir el servicio que presta dicha infraestructura.

Una vez que el conductor se haya instalado entre las estructuras de anclaje, se procederá a tensarlo hasta la tensión de diseño. Los cables quedarán suspendidos en zonas poco transitables y cruces de camino, cumpliendo con lo establecido en la normativa aplicable, respecto de las distancias de seguridad. Finalmente, se fijarán mecánicamente los conductores a las crucetas de las torres, mediante el empleo de las cadenas de aislación. Luego del proceso de templado, que involucra el tensionado de los conductores, el trabajo de construcción de la línea queda finalizado. Casa de servicios generales S/E Tineo: Corresponde al edificio que albergará los diversos dispositivos que conectan, manejan, supervisan y protegen a la S/E. Estará conformada por una sala de control, sala de baterías, grupo de emergencia y otros. Dentro de la sala de control, se ubicarán elementos como el tablero del sistema de comunicaciones, el tablero del sistema de control, el tablero del sistema de protección y el tablero de servicios auxiliares.

El diseño de esta caseta cumplirá con lo indicado en la NCh 433 del diseño sísmico de edificios, los elementos de albañilería reforzada, se diseñarán según la NCh 2123 y la NCh 1928. La ejecución de las obras cumplirá con las estipulaciones contenidas en las Normas del Instituto Nacional de Normalización (INN), con la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones y con los Reglamentos para instalaciones domiciliarias de electricidad y sanitarias vigentes. Canaleta de cables S/E: Para canalizar los cables de control y fuerza, entre equipos de patio y el edificio de la casa de control, serán construidas canaletas de hormigón. La unión entre las cajas de control de los equipos y la canaleta de cables más cercana será a través de ductos. Los cruces de conductores por los caminos interiores se realizarán mediante ductos de PVC, canalizados en forma subterránea. Construcción del cierre perimetral y del sistema de iluminación Para proteger la S/E Tineo y sus instalaciones, el recinto será rodeado por un muro de placas de hormigón prefabricado con protecciones anti-trepado. También se construirá una red de iluminación al interior, consistente en postes metálicos tubulares y luminarias especiales, que permitirán realizar trabajos nocturnos y/o entregar seguridad a las instalaciones.

Para la Ampliación de la S/E Pichirropulli, se ejecutará la ampliación del cierre perimetral ya construido. Esta ampliación será protegida por un cerco metálico reticulado interior, que modificará el cerco metálico existente. También se ampliará la red de

iluminación interior, consistente en postes metálicos tubulares y luminarias especiales, que permitirán realizar trabajos nocturnos y/o entregar seguridad a las instalaciones. Terminaciones Las terminaciones de la línea consisten en la instalación de los accesorios y se realizan con posterioridad al tensado y engrampado de conductores, preferentemente. Estos trabajos incluyen:

 Instalación de las placas de numeración.  Instalación de placas peligro.  Instalación de amortiguadores.  Instalación de balizas de señalización diurna.  Instalación de dispositivos anti-escalamiento  Instalación de dispositivos para evitar colisiones de avifauna.  Pintado de torres (si se requiriese).  Encauce de aguas lluvia (si se requiere).  Restitución de terreno a la geoforma natural. Conexión y pruebas de energización Una vez realizadas todas las terminaciones, se procede la revisión del correcto funcionamiento de los equipos, la continuidad eléctrica del sistema, la conexión a tierra, las secuencias de fases y la instrumentación de control. Se realizarán pruebas con carga, las que incluirán la protocolización de pruebas de montaje, pruebas eléctricas y mecánica de todos los equipos. Las pruebas de recepción de la línea, dejará en condiciones de ser energizada. Durante las pruebas de energización se verificará la continuidad de cada fase y se comprobará su debida secuencia y puesta a tierra.

Para realizar la puesta en servicio de la línea, se requiere efectuar las siguientes pruebas previas:

a) Inspección visual a través de un recorrido pedestre del estado de la línea. b) Verificación del retiro de todas las puestas a tierra provisionales. c) Verificación de la medida de resistencia y continuidad del conductor. d) Verificación de secuencia y correspondencia de fases. Desmovilización y cierre de la fase de construcción Consiste en desmantelar todas las instalaciones complementarias y temporales de la obra, considerando las siguientes actividades:

 Desarme y retiro de instalaciones temporales.  Limpieza y restauración general del terreno.

4.4.2. SUMINISTROS BÁSICOS. Nombre Descripción Suministro eléctrico Se construirán sistemas de alumbrado y fuerza provisorios para cada IIFF (iluminación general, fuerza y alumbrado, alimentación a motores y máquinas en general, etc.).

Para abastecer de energía eléctrica a las IIFF, se utilizará un (1) grupo electrógeno diésel de 18 kV por cada instalación, es decir, el Proyecto contempla la utilización de 3 grupos electrógenos. En aquellas instalaciones cercanas a redes de abastecimiento establecidas, se priorizará un empalme provisorio. Agua potable El abastecimiento será mediante bidones sellados de agua purificada, adquiridos a través de una empresa autorizada. Estos dispensadores serán dispuestos en cada oficina y bodega de las IIFF. Asimismo, los servicios higiénicos contarán con agua potable para el servicio de duchas y sanitarios.

En definitiva, las IIFF para efectos de la cantidad y calidad de agua potable que se suministrará, cumplirán con las exigencias establecidas en el D.S. Nº 594/99, del Ministerio de Salud, “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo”. Agua Industrial El abastecimiento será por un proveedor externo autorizado en la(s) región(es) respectivas a través de camiones aljibe. Que será utilizada para:

 Humectación de caminos y material de excavaciones fuera de la temporada de lluvias.  Realización de rellenos compactados.  Lavado de equipos y accesorios con excedentes de hormigón. Servicios higiénicos En las IIFF se dispondrán servicios higiénicos (baños y duchas) de acuerdo a lo establecido en el DS 594/99 del MINSAL. En el caso de contar con personal femenino, existirán baños exclusivos en las instalaciones de faena.

Cada IIFF contempla la utilización de plantas de tratamiento de aguas servidas (PTAS) de tipo compacta de lodos activados (tratamiento aeróbico) y con capacidades distintas,

tal como se detalla a continuación:

 IIFF Norte: considera 2 PTAS de 2,5 m3  IIFF Centro: considera 1 PTAS de 12 m3  IIFF Sur: considera 1 PTAS de 7,5 m3

El servicio de limpieza y mantención de las PTAS será contratado a una empresa autorizada por la SEREMI de Salud de la región respectiva.

El agua potable para los servicios higiénicos será obtenida mediante camiones aljibes autorizados y su almacenamiento se realizará en estanques de acumulación. Estarán construidos de acuerdo a lo estipulado por la Autoridad y contendrá un sistema de cloración para asegurar la potabilidad del agua dando cumplimiento a la NCh 409 para agua potable.

En los frentes de trabajo se dispondrán baños químicos móviles, los cuales serán manipulados por una empresa que cuente con las autorizaciones pertinentes, en caso de contar con personal femenino, se realizará la misma división del servicio.

Se dará cumplimiento a las disposiciones establecidas en los artículos 24 y 26 del D.S. Nº 594 de 1999 del MINSAL, sobre las “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”. Alimentación El Proyecto no considera la preparación de alimentos en las IIFF. La alimentación será provista por un restaurante o una empresa local autorizada por la autoridad sanitaria.

También se podrá proveer colaciones en terreno a través de un servicio de alimentación que posea las autorizaciones para el transporte y manipulación. En tal caso se contará con un comedor en cada IIFF que reúna los requisitos del artículo 28 del D.S. N° 594, que aprueba el reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Maquinarias, equipos y vehículos El transporte de materiales, equipos e insumos, se usará la red vial pública existente, utilizándose principalmente camiones y camionetas, como los equipos y maquinarias requeridos. Para mayor información, en la Tabla 1-27 del Capítulo 1 “Descripción del Proyecto” en el EIA se listan las maquinarias o equipos requeridos y el tiempo de operación.

Se debe señalar que al interior de las instalaciones del Proyecto no se realizará el lavado de ningún tipo de vehículo ni la mantención de maquinarias, a excepción del lavado de las canoas de los camiones mixer. Para otro tipo de mantención se contactará empresas autorizadas de la zona para realizar estos servicios. Combustible El transporte y abastecimiento de combustibles y de lubricantes requeridos para cada frente de trabajo serán suministrados por las compañías distribuidoras del mercado regional. Cabe destacar que, el trasvasije de combustibles, se realizará respetando los procedimientos de seguridad establecidos en el Decreto Supremo Nº 160/2008 del Ministerio de Economía. Hormigón Un total de 12.527 m3 de hormigón se utilizarán en la construcción de las fundaciones y estructuras soportantes. El hormigón será abastecido mediante camiones mixer provenientes de plantas de hormigón cercanas al Proyecto, en el caso de ser necesario de un volumen menor se considerará la fabricación de hormigón in situ con equipos compactos (trompos). Sustancias Peligrosas Tipo de Sustancia: pintura, oleo, esmalte, barniz marino, látex, anticorrosivo, pinturas epóxicas, adherentes, antiadherentes, impermeabilizantes., diluyente de pinturas, galvanizado en frío, entre otros.

Para mayor detalle revisar la Tabla 1-33 del Capítulo 1 “Descripción del Proyecto” en el EIA se presenta el detalle de las sustancias peligrosas a utilizar y en la respuesta 1.8.1 de la Adenda.

Forma de Provisión: tercero autorizado

Almacenamiento: cada IIFF contará con una bodega para almacenamiento, acondicionada para estas sustancias, con una superficie aproximada de 18 m², en donde el almacenamiento no superará las 10 toneladas (t) de sustancias inflamables o 12 t de las otras clases de sustancias peligrosas que no sean inflamables.

4.4.3. RECURSOS NATURALES A EXTRAER, EXPLOTAR O UTILIZAR. Nombre Descripción Flora y vegetación Se requiere la extracción (corta) de árboles que se distancien a menos de 9 m del

conductor en la vertical y 7,25 en la horizontal, conforme a la norma NSEG 5 E.n. 71 “Reglamento de instalaciones eléctricas de corrientes fuertes”, alrededor de 83 ha de bosque nativo y 17,3 ha de plantaciones, lo que suma un total de 100 ha aproximadamente. Suelo Se contempla la utilización del suelo, para la materialización de las obras permanentes implicando la pérdida permanente de alrededor 3,32 ha de suelo con capacidad de cultivo. En cuanto a la superficie de la faja de seguridad del trazado a causa de la “tala” de las plantaciones forestales, se evitará dejar el suelo desnudo para la activación del proceso erosivo en las áreas de intervención. En cuanto a las instalaciones temporales, una vez terminada la intervención, según el escarpe, la superficie será devuelta a su condición inicial.

4.4.4. EMISIONES A LA ATMÓSFERA. Nombre Descripción MP10 La siguiente Tabla indica las emisiones de material particulado de tamaño respirable segregado por las distintas actividades que se realizarán durante la fase de construcción:

Actividad MP10 (kg) Tránsito caminos pavimentados 1.814,7 Tránsito caminos no pavimentados 39.893,5 Excavación 417,7 Escarpe 595,5 Transferencia de material 179,9 Combustión maquinarias 7.233,1 Tránsito de vehículos 178,8 TOTAL (kg) 50.313,1 TOTAL (t) 50,31 Fuente Tabla 1-34 del Capítulo 1 del EIA.

Además, de acuerdo lo señalado en la Tabla 1-35. Resumen estimaciones de emisiones – Fase de Construcción – Tramo Osorno del Capítulo 1 “Descripción del Proyecto” en el EIA, se identifica las emisiones de material particulado de tamaño respirable que supera los límites establecido en el D.S. 47/2016 del Ministerio del Medio Ambiente que estable el Plan de Descontaminación Atmosférica para la Comuna de Osorno, en su artículo 56.

A continuación, se detalla el resumen de la estimación de emisiones en la siguiente Tabla:

Actividad MP10 (kg) Tránsito caminos pavimentados 375,48 Tránsito caminos no pavimentados 1.284,14 Excavación 43,25 Escarpe 45,68 Transferencia de material 5,47 Combustión maquinarias 652,58 Tránsito de vehículos 37,96 TOTAL (kg) 2.444,6 TOTAL (t) 2,44 Límite DS N°47/2016 PDA Osorno 1 Fuente Tabla 1-35 del Capítulo 1 del EIA.

Al respecto la Subsecretaria de Medio ambiente mediante el oficio ordinario 180397 de fecha 31 de enero de 2018, indica:

“El titular deberá presentar el Programa de Compensación de Emisiones (PCE) ante la SEREMI del Medio Ambiente de la Región de Los Lagos para su aprobación. Dicho PCE deberá cumplir con los criterios de integridad ambiental señalados en el artículo 56 del D.S. N°47/2015 del MMA, es decir, que las medidas sean cuantificables, efectivas, adicionales y permanentes. Específicamente en 2,44 ton de MP10 por lo que deberá compensar sus emisiones en un 120%”.

El Titular deberá presentar una vez obtenida la RCA y antes del inicio de ejecución de las obras el Plan de Compensación de Emisiones ante la SEREMI de Medio Ambiente de la Región de Los Lagos. MP2,5 La siguiente Tabla indica las emisiones de material particulado fino segregado por las distintas actividades a realizar:

Actividad Contaminante (Fase Construcción) MP2,5 (kg) Tránsito caminos pavimentados 439,0 Tránsito caminos no pavimentados 3.989,3

Excavación 214,4 Escarpe 595,5 Transferencia de material 27,2 Combustión maquinarias 7.233,1 Tránsito de vehículos 178,8 TOTAL (kg) 12.677,4 TOTAL (t) 12,68 Fuente Tabla 1-34 del Capítulo 1 del EIA. PTS La siguiente Tabla indica las partículas totales suspendidas segregadas por las distintas actividades a realizar:

Actividad Contaminante (Fase Construcción) PTS (kg) Tránsito caminos pavimentados 9.454,1 Tránsito caminos no pavimentados 139.623,7 Excavación 2.042,0 Escarpe 595,5 Transferencia de material 380,3 Combustión maquinarias 7.233,1 Tránsito de vehículos 178,8 TOTAL (kg) 159.507,5 TOTAL (t) 159,51 Fuente Tabla 1-34 del Capítulo 1 del EIA. SO2-NOx- CO La siguiente Tabla indica las emisiones de monóxido de carbono, óxidos de nitrógeno y dióxido de azufre segregados por las distintas actividades a realizar:

Actividad Contaminante (Fase Construcción) SO2 (kg) NOx (kg) CO (kg) Tránsito caminos pavimentados - - - Tránsito caminos no pavimentados - - - Excavación - - - Escarpe - - - Transferencia de material - - - Combustión maquinarias - 66.809,4 24.528,2 Tránsito de vehículos 124,5 4.120,4 854,4 TOTAL (kg) 124,5 70.929,8 25.382,6 TOTAL (t) 0,12 70,93 25,38 Fuente Tabla 1-34 del Capítulo 1 del EIA. HC/COV La siguiente Tabla indica las emisiones de hidrocarburos y compuestos orgánicos volátiles segregados por las distintas actividades a realizar:

Actividad Contaminante (Fase Construcción) HC/COV (kg) Tránsito caminos pavimentados - Tránsito caminos no pavimentados - Excavación - Escarpe - Transferencia de material - Combustión maquinarias 11.274,5 Tránsito de vehículos 185,4 TOTAL (kg) 11.460,0 TOTAL (t) 11,46 Fuente Tabla 1-34 del Capítulo 1 del EIA. Respecto a los resultados obtenidos de la modelación de dispersión de contaminantes, éstos permiten concluir, que las modelaciones realizadas no provocan efectos adversos significativos en los receptores analizados, toda vez que:

 Las emisiones son esporádicas espacial y temporales, acotadas al tiempo y espacio territorial en que éstas se generan. De acuerdo a esto, su aporte no se concentra en una zona en particular haciendo que su impacto evaluado muestre que no existen aportes significativos en centros poblados o en donde está siendo monitoreado el material particulado sedimentable.  Los resultados modelados, en cada uno de los escenarios no generan aportes significativos en sus criterios diarios y anuales, y no sobrepasan las normativas vigentes correspondientes a NO2 (D.S. N° 114/2002) y CO (D.S. N° 115/2002) y SO2 (D.S. N° 113/2002).  La inclusión de los aportes en conjunto con las líneas de base para los receptores analizados no sobrepasa las normativas de calidad del aire, salvo en la zona saturada de Osorno que la Línea de Base por si sola sobrepasa los límites normativos.

 Los resultados modelados, en cada uno de los escenarios evaluados no generan aportes significativos en sus criterios diarios y anuales, y no sobrepasan las normativas vigentes correspondientes a MP10 (D.S. N° 59/1998) y MP2.5 (D.S. N° 11/2012) y MPS (D.S. N° 4/1992).

De acuerdo a la información presentada en párrafos anteriores, respecto a la estimación de sus emisiones durante la fase de construcción, indica que los aportes de MP10 superan el límite establecido en el artículo 56 del D.S. 47/2015 que establece el “Plan de descontaminación Atmosférica de Osorno (PDAO)”; específicamente en 2,44 ton de MP10 por lo que deberá compensar sus emisiones en un 120% (oficio Ordinario N° 180397 de fecha 31 de enero de 2018).

4.4.5. EMISIONES LÍQUIDAS. Nombre Descripción Domésticos Cantidad: los baños químicos de los frentes de trabajo tendrán una generación total de 30,8 m3/día y las IIFF generarán una cantidad de 13,8 m3/día de agua servidas, generando una cantidad estimada de 44,6 m3/día.

Manejo: el subcontratista de los baños químicos será quien mantenga el correcto mantenimiento y funcionamiento de este servicio. Las IIFF contarán con plantas de tratamiento de aguas servidas.

Disposición Temporal: los frentes de trabajo serán dotados de baños químicos cuyos servicios serán subcontratados a empresas autorizadas, conforme a lo exigido por el DS Nº594/99 y las IIFF contarán con sistemas independientes de recolección y tratamiento.

Disposición Final: el subcontratista de los baños químicos será quien mantenga el correcto mantenimiento y funcionamiento de este servicio disponiendo los residuos en un sitio acreditado por la SEREMI de Salud. Industriales No se considera la generación de residuos líquidos industriales durante la fase de construcción del Proyecto, si bien se generarán residuos líquidos producto de las labores de lavado de canoas de los mixer, estos residuos serán reducidos a un residuo sólido.

4.4.6. RUIDO. Nombre Descripción Ruido Los niveles de ruido se concentran entre los 36 y 68 dB(A), sin embargo, solo 7 de los 71 puntos evaluados superan los límites permitidos para asentamientos humanos (receptores sensibles) por el D.S. N° 38/2011 que “Establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes…” del MMA, información que se detalla en la siguiente Tabla:

Tabla: Receptores de emisiones acústicas durante la fase de construcción RECEPTOR Coordenadas –UTM WGS84 Huso 18 Sur LÍMITE D.S. 38/2011 NIVEL MODELADO dB(a) ESTE (m) NORTE (m) R23 660.074 5.525.545 48 51 R27 656.778 5.518.487 50 51 R41 649.115 5.483.534 53 54 R47 648.580 5.476.260 58 68 R53 650.172 5.465.751 53 56 R57 651.462 5.457.003 49 52 R66 657.782 5.430.327 49 51 Fuente: Anexo 2-2 del Capítulo 2 del EIA.

A causa de lo anterior, se contemplará la implementación de medidas de control de ruido, consistentes en barreras acústicas modulares, conformadas por paneles de madera OSB o similar que posea 10 kg/m2 de densidad superficial, que se interpondrán entre los frentes de trabajo y los puntos receptores identificados.

Por otra parte, se evaluaron receptores sensibles de fauna, en donde se determinaron 45 puntos de fauna. En donde, los niveles fluctúan entre 39 y 83 dB, niveles que se encuentran por debajo del criterio de la Environmental Protection Agency (EPA) de Estados Unidos, “Effects of noise on wildlife and other animals” (1971), por lo que no se contemplan medidas de control específicas.

4.4.7. OTRAS EMISIONES. Nombre Descripción Vibraciones Los resultados obtenidos para el nivel de vibración en la fase de construcción arrojan una velocidad peak de partícula (PPV) de hasta 0.050 pul/seg para el receptor más cercano a los frentes de trabajo. Dichos valores en todos los casos se encuentran bajo el criterio adoptado para estos efectos, definido por el documento de Referencia de la Federal Transit Administration (FTA) de Estados Unidos, por lo tanto, no se contempla la implementación de medidas de control de vibraciones.

4.4.8. RESIDUOS NO PELIGROSOS. Nombre Descripción Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD) Tipo: restos de alimentos, cartones, envases y envoltorios, papeles, desechos de alimentos y artículos de aseo personal, etc.

Cantidad: 0,38 toneladas/día (11,4 ton/mes).

Manejo: en los frentes de trabajo los residuos serán retirados diariamente; por otra parte, en las IIFF la frecuencia de retiro será cada 2-3 veces a la semana por una empresa autorizada por la autoridad sanitaria.

Disposición Temporal: en los frentes de trabajo los residuos se almacenarán en recipientes demarcados con tapa; por otra parte, los residuos que se generen en las IIFF se almacenarán en sitios de acopio temporal.

Disposición Final: rellenos sanitarios autorizados por la SEREMI de Salud. Residuos Industriales No Peligrosos (RISES) Tipo: restos de materiales de construcción, escombros, puntas de fierros, plásticos, elementos de protección personal, neumáticos, etc.).

Cantidad: 0,05 toneladas/día (1,5 ton/mes).

Manejo: se dará prioridad de la reutilización de los materiales, en los frentes de trabajo los residuos serán retirados diariamente en camiones cubiertos y depositados dentro de los parios de salvataje de cada IIFF la frecuencia de retiro será mensualmente o cada vez que sea necesario.

Disposición Temporal: en los frentes de trabajo los residuos se almacenarán en recipientes demarcados con tapa; por otra parte, los residuos que se generen en las IIFF se almacenarán en sitios de acopio temporal.

Disposición Final: sitio autorizado por la SEREMI de Salud.

4.4.9. RESIDUOS PELIGROSOS Nombre Descripción Residuos Industriales Peligrosos (RESPEL) Tipo: restos de aceite, aceites usados, huaipes, etc.

Cantidad: 0,003 toneladas/día (0,1 ton/mes).

Manejo: serán retirados y almacenados en receptáculos o tambores debidamente sellados y rotulados.

Disposición Temporal: las IIFF contarán con una bodega de acopio temporal (BAT) de 18 m2 en conformidad a lo indicado en el D.S. 148/2003 del MINSAL.

Disposición Final: sitio autorizado por la SEREMI de Salud.

4.5. FASE DE OPERACIÓN 4.5.1. ACCIONES. Nombre Descripción Mantenimiento preventivo Corresponde al Plan de Mantenimiento de Líneas de Transmisión, que define las actividades predictivas y preventivas que se deben ejecutar en forma periódica a la línea de transmisión. El acceso a las estructuras será efectuado a través de la faja de servidumbre. Las principales actividades y trabajos a realizar son los siguientes:

 Inspecciones visuales.  Inspecciones de diagnóstico.  Lavado y/o limpieza de aislación. Mantenimiento de la faja de servidumbre. Mantenimiento predictivo/diagnóstico Predice el comportamiento futuro, diagnosticando partes para evitar desviaciones en el comportamiento:

 Termografía.  Coronografía.  Verificación de amortiguadores/separadores. Mantenimiento correctivo Corresponde a las reparaciones que se ejecuten a las instalaciones por anormalidades detectadas en el sistema. Su envergadura dependerá de la magnitud de la falla o de la anomalía que exista.

En condiciones normales, se empleará equipamiento mecánico menor y una cuadrilla de trabajadores que laborarán en función de la criticidad de la anormalidad detectada, principalmente en altura (en las estructuras), sin afectar el terreno del entorno. Los trabajos habituales y característicos de mantenimiento correctivo son:

 Reemplazo de aislación dañada.  Reemplazo de placas de peligro de muerte y señalización.  Reposición de perfiles metálicos sustraídos y/o dañados.  Reparación de conductor, aplicando armaduras preformadas y/o uniones a compresión.  Reemplazo de separadores/amortiguadores de vibración dañados.  Reparación de caminos y senderos de acceso a las estructuras. Reparaciones de emergencia Corresponden a las reparaciones por anormalidades no detectados oportunamente o por daños provocados por terceros o por la naturaleza. Las actividades de reparación pueden requerir el uso de equipo mayor y de personal competente. Sólo en caso de algunas fallas mayores, como el colapso de estructuras es posible que se requiera emplear una mayor cantidad de personal y de maquinaria pesada, como grúas, tractores, equipo de movimiento de tierra y camiones, que permiten reestablecer la continuidad del servicio

Ante la eventual caída de alguna torre o corte de conductor, operan las protecciones de la línea, las cuales interrumpen inmediatamente la transmisión de energía eléctrica. La ocurrencia de una emergencia como la descrita es de muy baja probabilidad, según la experiencia de operación de este tipo de instalaciones. Una vez terminadas estas reparaciones, se recolectarán los desechos de las reparaciones y los residuos para ser depositados en sitios autorizados para este efecto. Actividades de mantenimiento S/E Tineo Corresponden a las inspecciones periódicas de la S/E que tienen por objetivo detectar problemas tales como el deterioro de componentes que ameriten reparación o bien su reemplazo.

El mantenimiento consiste en una inspección realizada por el contratista, una vez al año (sin desconexión)

4.5.2. SUMINISTROS BÁSICOS. Nombre Descripción Energía Líneas de Transmisión Durante los trabajos nocturnos, se utilizan equipos de iluminación autónomos tipo linternas. Sin embargo, durante las eventuales mantenciones correctivas mayores que se lleven a cabo en periodos nocturnos, la energía requerida será suministrada por un grupo electrógeno de 18 kV.

S/E Tineo Será suministrada por una distribuidora local mediante el empalme eléctrico respectivo. Además, se considera un grupo electrógeno de 45 kV a modo preventivo.

Ampliación S/E Pichirropulli En relación a las obras y actividades que se realicen en la S/E Pichirropulli, se utilizarán las dependencias existentes en dicha S/E, según lo establecido en la RCA 25/2015. Agua Líneas de Transmisión Se requerirá solo para consumo del equipo de operadores y técnicos de mantención, será provisto mediante dispensadores de agua purificada debidamente certificados y adquiridos en comercios establecidos. Para los trabajos en la línea se utilizan botellas, con unos 5-10 litros por brigada/día.

S/E Tineo Se instalará un sistema de estanque que abastecerá de agua para el uso de los servicios higiénicos del personal. Esta será reabastecida periódicamente por terceros autorizados quienes se encargarán del abastecimiento y mantención de dicho estanque. El cual cumplirá con las condiciones sanitarias señaladas en el D.S. N° 594 del MINSAL.

El agua potable presente en el edificio de control corresponderá a agua envasada cuya presentación corresponde a bidones de aproximadamente 20 litros. El suministro como la mantención de los dispensadores será realizada por empresas autorizadas en la región.

Ampliación S/E Pichirropulli En relación a las obras y actividades que se realicen en la S/E Pichirropulli, se utilizarán las dependencias existentes en dicha S/E, según lo establecido en la RCA 25/2015.

Combustible y lubricantes El requerimiento de combustible será para los vehículos menores del tipo camionetas 4x4 y camiones ¾ utilizados para las actividades de mantenimiento, los que se abastecerán en estaciones de combustibles presentes en las localidades más cercanas al área del Proyecto.

El uso de combustible y aceite, para los equipos mecanizados utilizados, especialmente en mantenciones de emergencia y trabajos correctivos, como equipos de compresión hidráulicos, y para la corta de árboles con motosierras, requieren de un volumen bajo. En condiciones normales la operación de carga de combustible se hace en el taller antes de salir y, en caso de requerirse, se aplican procedimientos adecuados para evitar la contaminación del entorno por un posible derrame de estos elementos. Maquinarias, equipos y vehículos Se considera el uso de un vehículo liviano para el transporte de personal a las visitas de inspección que se realizarán en un día cada cuatro meses aproximadamente. En caso de mantenimiento correctivo, se contempla un camión y herramientas acordes con la actividad de mantenimiento que sea necesario ejecutar.

4.5.3. RECURSOS NATURALES A EXTRAER, EXPLOTAR O UTILIZAR. El Proyecto no considera la utilización, explotación o extracción de los recursos naturales renovables, sin embargo, se realizará el despeje de la vegetación interior de la faja de servidumbre por razones de seguridad, dando continuidad a la condición propiciada al término a la fase de construcción. Lo anterior se justifica, principalmente, por la tipología del Proyecto.

4.5.4. EMISIONES A LA ATMÓSFERA. No se generarán emisiones de material particulado o gases de combustión, salvo las mínimas que se producirán por el flujo ocasional de vehículos que desarrollen labores de mantención y reparación de los componentes de la línea de transmisión eléctrica y las subestaciones asociadas.

4.5.5. EMISIONES LÍQUIDAS. Nombre Descripción Industriales Para la fase de operación no se generarán residuos industriales líquidos. Domésticos Cantidad: 1,2 m3/día

Manejo: el subcontratista de los baños químicos, será quien mantenga el correcto mantenimiento y funcionamiento de este servicio. Las S/E contarán con sistemas independientes de recolección y tratamiento.

Disposición Temporal: los baños químicos serán subcontratados a empresas autorizadas, conforme a lo exigido por el DS Nº 594/1999. Las S/E contarán con sistemas independientes de recolección y tratamiento.

Disposición Final: el subcontratista de los baños químicos será quien mantenga el correcto mantenimiento y funcionamiento de este servicio.

4.5.6. RUIDO. Nombre Descripción Ruido No se prevén emisiones de ruido en las subestaciones que contempla el Proyecto, por lo cual, la única potencial fuente de ruido asociada a esta fase será el denominado “Efecto Corona” que se produce en los conductores eléctricos a lo largo del trazado.

Los niveles de ruido que se generarán durante la fase de operación sobre asentamientos humanos corresponderán a niveles imperceptibles, desde los (<10 dB) hasta 47 dB(A), no superándose los límites establecidos por el D.S. N° 38.

Con respecto a los puntos de fauna, considerando la baja emisión sonora asociada a las líneas eléctricas (48 dB(A) bajo la línea) que equivalen aproximadamente a 51 dB, y considerando el límite de 85 dB para fauna establecido por el documento de la EPA “Effects of noise on wildlife and other animals” (1971), asociado más bien a ruidos impulsivos que pudieran alertarlos, es posible señalar que el ruido emitido durante la operación del Proyecto no generará efectos sobre la fauna.

4.5.7. OTRAS EMISIONES. Nombre Descripción Vibraciones No se prevé la generación de vibraciones. Campos electromagnéticos La línea de transmisión eléctrica generará radiaciones eléctricas y magnéticas del tipo no radiantes, es decir, no se propagan, y dada las características de las líneas, no revisten ningún riesgo para la salud de las personas.

La estimación de los campos generados por las líneas proyectadas, incluidos los efectos

sinérgicos asociados a instalaciones eléctricas de transmisión existentes en el entorno de las áreas del Proyecto, arroja los siguientes resultados:

PARÁMETRO LÍNEA 2X500KV 1.155 A LÍNEA 1X220 KV 506,5 A LÍMITE Magnitud de campo eléctrico existente a 1 m de altura sobre el suelo ≤ 1930 [Volt/m] ≤1300 [Volt/m] 3000 [Volt/m] Normativa Argentina (Resolución 77/98 de la Secretaría de Energía) Magnitud de inducción magnética máxima existente a un metro de altura sobre el suelo 7,60 [micro Tesla] 0,76 [micro Tesla] 25 [micro Tesla] Normativa Argentina (Resolución 77/98 de la Secretaría de Energía) Ruido de radio frecuencia máximo 41,75 [dB/ 1 µV/m] 39,45 [dB/ 1 µV/m] 53-60 [dB/ 1 µV/m] Normativa Canadiense de acuerdo al nivel de voltaje de la línea (CAN3-C108.3.1-M84)

Efecto sinérgico

La línea de 2x500 kV presenta un extenso trayecto de su trazado en forma paralela a una línea de 110 kV. Al respecto, teniendo en cuenta la proximidad entre los ejes de las líneas de 50 m, el efecto conjunto de campos de ambos trazados, considerando en forma conservadora la superposición directa de las magnitudes, se estima que su máximo aumenta levemente, llegando a Campo eléctrico de 3.213 [V/m] y una Inducción magnética de 17,59 [mili Gauss].

El efecto más considerable se concentra entre ambos trazados, aumentando las magnitudes en el borde de la franja de seguridad de las líneas, pero sin sobrepasar los máximos tolerables. En particular el Campo eléctrico resulta ser 2.273 [V/m] y la Inducción magnética 12,76 [mili Gauss].

A partir de los bordes de la franja de seguridad de la línea, las magnitudes de campo eléctrico y de campo magnético generados por la línea de 2x500kV, son seguras de acuerdo a la Resolución 77/98 de la Secretaría de Energía (normativa Argentina).

4.5.8. RESIDUOS NO PELIGROSOS. Nombre Descripción Residuos Sólido Domiciliario (RSD) Tipo: restos de alimentos, cartones, envases y envoltorios, papeles, desechos de alimentos y artículos de aseo personal, etc.

Cantidad: 0,002 toneladas/día (1,08 ton/año).

Manejo: los residuos serán recolectados por el contratista.

Disposición Temporal: instalaciones habilitadas y autorizada para tales usos.

Disposición Final: relleno sanitario autorizado por la autoridad sanitaria. Residuos Sólidos Industriales no Peligrosos (RISES). Tipo: restos de materiales de construcción, escombros, puntas de fierros, plásticos, elementos de protección personal, neumáticos, etc.)

Cantidad: 0,002 toneladas/día (1 ton/año).

Manejo: los residuos serán recolectados por el Contratista.

Disposición Temporal: en instalaciones del Titular en zona sur (Temuco).

Disposición Final: sitio autorizado por la autoridad sanitaria.

4.5.9. RESIDUOS PELIGROSOS Para la fase de operación no se considera la generación de residuos peligrosos.

4.6. FASE CIERRE No se considera el desarrollo de una fase de cierre, ya que las obras y áreas del Proyecto podrán ser mantenidas y/o actualizadas según los requerimientos y avances tecnológicos, por lo tanto, el Proyecto extenderá su vida útil de forma indefinida.

4.7. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO O ACTIVIDAD. 4.7.1. Fase de Construcción Fecha estimada de inicio Noviembre de 2018. Parte, obra o acción que establece el inicio Corresponde a la habilitación del terreno (replanteo topográfico) para las instalación de las faena (IIFF) previstas para la zona norte, centro y sur de la línea transmisión eléctrica (LTE). Fecha estimada de término Noviembre de 2020. Parte, obra o acción que establece el término Corresponde a la desmovilización de todas las obras auxiliares (IIFF y patios). 4.7.2. Fase de Operación Fecha estimada de inicio Noviembre de 2020. Parte, obra o acción que establece el inicio Corresponde a la puesta en servicio de la línea. Fecha estimada de término No aplica Parte, obra o acción que establece el término No aplica 4.7.3. Fase de Cierre* No se considera fase de cierre, ya que se extenderá su vida útil de forma indefinida, toda vez que las obras y áreas del Proyecto podrán ser mantenidas y/o actualizadas según los requerimientos y avances tecnológicos.

5. Que, los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300 que el Proyecto genera o presenta son los que a continuación se describen:

5.1. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE. Impacto ambiental [C-FV-02] Pérdida de bosque nativo representante de alguna singularidad ambiental de la vegetación.

Corresponde a la pérdida de un recurso de alto valor ambiental debido a su escasez y su singularidad ambiental. El Proyecto requiere la corta de 2,03 ha del bosque de Peumus boldus (boldo) y 0,57 ha de bosque hidrófilo al interior del Sitio Prioritario Rio Bueno. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Flora y vegetación. Parte, obra o acción que lo genera El impacto se generará producto de la habitación de la faja de seguridad del tendido aéreo de la LTE principal, la cual considera una longitud de 142 km y un ancho promedio de 52,9 m, superficie determinada de acuerdo a los vanos entre las torres.

Para mayor información revisar el Capítulo 3, numeral 3.5.1.2 específicamente la Tabla 3-19 del EIA; la respuesta 7.2.1 de la Adenda. Fase en que se presenta Construcción. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 5.1.1. del Capítulo 5 del ICE. El Titular estableció la siguiente medida para hacerse cargo del impacto significativo del Proyecto sobre la flora y vegetación y corresponde a la siguiente medida de compensación:

 Plantación de un parche de bosque esclerófilo bajo parámetros de la singularidad ambiental que los caracteriza. Consiste en reponer la pérdida de singularidades ambientales mediante la creación de parches boscosos que, una vez establecidos, compensen la pérdida generada por las necesidades de corta del Proyecto. El detalle de la medida se presenta en el numeral 7.1.1. del ICE.

5.2. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS. Impacto ambiental [C-MH-05] Intervención en terrenos de la Comunidad Puilo Chiguaipulli, por atravieso aéreo de la LAT en Parcela 1-A, en la localidad de Río Negro.

El impacto se relaciona con la intervención de un espacio territorial destinado para fines tradicionales y culturales entregado por CONADI a miembros de la comunidad indígena Puilo Chiguaipulli.

La intervención está referida a restricciones del uso del predio bajo los conductores, en particular, a evitar el emplazamiento de recintos, viviendas y/o plantaciones de árboles que superen los 4 m de altura. Todo tipo de actividades agrícolas, ganaderas u otras, podrán ser desarrollados al interior de la faja de seguridad. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Grupos humanos, incluyendo grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas. Parte, obra o acción que lo genera El impacto se genera producto del cruce aéreo de los conductores entre las estructuras 224 y 225, por el predio individualizado como Parcela 1-A, ubicado en la comuna de Río Negro, localidad La Esmeralda. La franja de seguridad dentro del predio (extremo norponiente del predio) asociada a este atravieso aéreo, tendrá un ancho de 50 m y una extensión a 400 m aproximadamente, imponiendo restricción de uso a una superficie aprox. de 2 ha. La afectación del predio no compromete viviendas, recintos ni otra infraestructura productiva.

Para mayor información revisar el Capítulo 3, numeral 3.5.1.6 específicamente la Tabla 3-28, Anexo 2-19, el Anexo 2-18-6 del EIA y la respuesta 6.3.4 de la Adenda; Protocolo de Acuerdo Final con la Comunidad Puilo Chiguaipulli; Informe Final del Proceso Consulta Pueblos Indígenas. Fase en que se presenta Construcción y operación. Impacto ambiental [C-MH-06] Intervención y alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres del grupo humano perteneciente al pueblo indígena mapuche- huilliche, Familia Maragaño–Llanllán.

El impacto se relaciona con intervención de un espacio territorial destinado para fines tradicionales y culturales entregado por CONADI. El Proyecto considera el atravieso de la LTE, por un predio que posee una superficie de 17,53 ha, el cual fue adquirido gracias a un subsidio recibido para la adquisición de tierras indígenas del Fondo de Tierras y Aguas estipuladas en la Ley N° 19.253, por lo cual tiene prohibición de enajenación y fue entregado a fin que la familia pudiera hacer un uso o aprovechamiento del mismo. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Grupos humanos, incluyendo grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas. Parte, obra o acción que lo genera La afectación del predio es producto de la instalación de una torre dentro de la propiedad (estructura 225), la que ocupará en total una superficie de aproximada de 32,5 m². Además, el trazado conlleva el establecimiento de una franja de servidumbre proyectada sobre el terreno, que limitará el uso dentro de esta franja de recintos, viviendas y/o plantaciones de árboles que superen los 4 m de altura.

La superficie correspondiente a la faja de servidumbre asciende a 0,8 ha. Esta área se sitúa en el extremo sur poniente del predio. En adición a lo anterior, y para efectos de la construcción de la LAT, se deberá realizar la corta de 0,45 ha de plantaciones de eucaliptus y pino oregón que tienen 10 años de plantados, de 0,01 ha de bosque nativo (correspondiente a la singularidad ambiental tipo forestal roble-raulí-coihue) y de 0,05 ha de especies arbóreas que no constituyen bosque.

Para mayor información revisar el Capítulo 3, numeral 3.5.1.6 específicamente la Tabla 3-29, el Anexo 2-19 del EIA y la respuesta 7.10.2 de la Adenda; Protocolo de Acuerdo Final con la Familia Maragaño Llanllán; Informe Final del Proceso Consulta Pueblos Indígenas. Fase en que se presenta Construcción y operación. Impacto ambiental [C-MH-11] Alteración temporal de la forma de vida tradicional de la Comunidad Indígena Putrihue de Los Ángeles, producto de la incorporación de flujos no habituales de vehículos y personas en el sector.

Posibilidad de alteración temporal del sistema de vida de la Comunidad Indígena Putrihue de Los Ángeles, producto del uso de las rutas que son transitadas por la comunidad, incorporando un flujo no habitual, de vehículos y de personas.

La Comunidad Putrihue de Los Ángeles, se emplaza aproximadamente a 500 metros de la línea de transmisión, ubicada en la comuna de Purranque localidad rural de Los Ángeles. Cuenta con 28 socios que conforman 11 familias.

Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Grupos humanos, incluyendo grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas. Parte, obra o acción que lo genera El impacto se generaría durante el periodo de construcción de las estructuras 225 a la 252, ocupando la única ruta de acceso de la Comunidad, la ruta U-800.

Para mayor información revisar el Capítulo 3, numeral 3.5.1.6 específicamente la Tabla 3-33, el Anexo 3-4 del EIA y la respuesta 6.3.3 de la Adenda; Protocolo de Acuerdo Final con la Comunidad Putrihue de Los Ángeles; Informe Final del Proceso Consulta Pueblos Indígenas. Fase en que se presenta Construcción. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 5.1.2. del Capítulo 5 del ICE. El Titular estableció las siguientes medidas para hacerse cargo del impacto significativo del Proyecto sobre la alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos incluyendo grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, que corresponden a las siguientes:

 Protocolo de trabajo en el predio de la comunidad en la fase de construcción y operación del Proyecto. Consiste en fijar lineamientos y acciones que orientarán el relacionamiento con la Comunidad Puilo Chiguaipulli, en el marco de la fase de construcción y operación del Proyecto. El detalle de la medida se presenta en el numeral 7.2.1. del ICE.  Protocolo de relacionamiento en fase de construcción y operación. Consiste en fijar lineamientos y acciones que orientarán el relacionamiento con la Familia Maragaño-Llanllán, durante la fase de construcción y operación del Proyecto. El detalle de la medida se presenta en el numeral 7.2.2. del ICE.  Protocolo uso ruta U-800 durante fase de construcción. Consiste en establecer lineamientos y acciones para el Titular y sus contratistas respecto al uso de la ruta U-800 con el objetivo de evitar molestias y afectación en los sistemas de vida y costumbres de los miembros de la Comunidad Putrihue de Los Ángeles. El detalle de la medida se presenta en el numeral 7.2.3. del ICE.  Construcción de una sede para la comunidad Puilo Chiguaipulli. Consiste en proveer de un espacio físico a los socios de la Comunidad Puilo Chiguaipulli, a través de la implementación de una sede. El detalle de la medida se presenta en el numeral 7.2.4. del ICE.  Mejoramiento de acceso para la comunidad. Consiste en proveer de un camino a la Comunidad Puilo Chiguaipulli que proporcione conectividad intrapredial a todos sus socios. El detalle de la medida se presenta en el numeral 7.2.5. del ICE.  Ejecución de proyecto de empalme eléctrico. Consiste en dotar de empalme eléctrico y factibilidad de acceso a electricidad a los socios de la Comunidad Puilo Chiguaipulli. El detalle de la medida se presenta en el numeral 7.2.6. del ICE.  Entrega de materiales necesarios para la construcción de invernaderos. Consiste en dotar de los materiales necesarios para que cada socio de la Comunidad Puilo Chiguaipulli pueda construir un invernadero de una dimensión correspondiente a 20x5 m dentro de cada subdivisión predial. El detalle de la medida se presenta en el numeral 7.2.7. del ICE.  Plantación de pino oregón. Consiste en la reposición de superficie de plantación de pino Oregón que será cortada a causa de la instalación de la línea de transmisión. El detalle de la medida se presenta en el numeral 7.2.8. del ICE.  Instalación sistema fotovoltaico domiciliario. Consiste en dotar de un sistema fotovoltaico que supla un 70% del porcentaje anual del consumo eléctrico, considerando un consumo actual anual de 2592 kW, que tiene la Familia Maragaño-Llanllán en su vivienda. El detalle de la medida se presenta en el numeral 7.2.9. del ICE.  Mejoramiento de la ruka. Consiste en la reparación de la ruka que actualmente utiliza la Comunidad Putrihue de Los Ángeles. El detalle de la medida se presenta en el numeral 7.2.10. del ICE.  Asesoría en técnicas agrícolas. Consiste en prestar asesorías a los asociados de la Comunidad Putrihue de Los Ángeles para la realización de sus propios cultivos. El detalle de la medida se presenta en el numeral 7.2.11. del ICE.

6. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los demás efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

6.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental [C-CA-01] Aumento de la concentración en la norma primaria de los contaminantes MP10, MP2,5 y gases de combustión en la comuna de Osorno.

Respecto a los resultados obtenidos de la modelación de dispersión de contaminantes, éstos permiten concluir, que las modelaciones realizadas no

provocan efectos adversos significativos en los receptores analizados

De acuerdo a la información presentada por el titular, respecto a la estimación de sus emisiones durante la fase de construcción, indica que los aportes de MP10 superan el límite establecido en el artículo 56 del D.S. 47/2015 que establece el “Plan de descontaminación Atmosférica de Osorno (PDAO)”; específicamente en 2,44 ton de MP10 por lo que deberá compensar sus emisiones en un 120%. Al respecto la Subsecretaria de Medio ambiente mediante el oficio ordinario 180397 de fecha 31 de enero de 2018, indica:

“El titular deberá presentar el Programa de Compensación de Emisiones (PCE) ante la SEREMI del Medio Ambiente de la Región de Los Lagos para su aprobación. Dicho PCE deberá cumplir con los criterios de integridad ambiental señalados en el artículo 56 del D.S. N°47/2015 del MMA, es decir, que las medidas sean cuantificables, efectivas, adicionales y permanentes”.

El Titular deberá presentar una vez obtenida la RCA y antes del inicio de ejecución de las obras el Plan de Compensación de Emisiones ante la SEREMI de Medio Ambiente de la Región de Los Lagos Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Emisiones atmosféricas. Parte, obra o acción que lo genera Las emisiones serán producto principalmente del tránsito de vehículos y los movimientos de tierra requeridos (carácter temporal). Además, se producirán emisiones de monóxido de carbono (CO), óxidos de nitrógeno (NOx), óxidos de azufre (SOx) e hidrocarburos/compuestos orgánicos volátiles (HC/COV) debido al uso de maquinaria y el tránsito de vehículos.

Para mayor información revisar el Capítulo 3, numeral 3.5.1.1 específicamente la Tabla 3-13 y el Anexo 3-1 del EIA. Fase en que se presenta Construcción. Impacto ambiental [C-CA-02] Aumento de concentración en la norma secundaria del contaminante Material Particulado Sedimentable (MPS).

Alteración de la calidad del aire y posible afectación a las actividades agrícolas y ganaderas con énfasis en la producción y exportación de frutos rojos y actividades respectivas a la producción de leche. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Emisiones atmosféricas. Parte, obra o acción que lo genera Las emisiones tendrán un carácter temporal y serán producto principalmente del tránsito de vehículos y los movimientos de tierra requeridos para efectuar las obras del Proyecto.

Para mayor información revisar el Capítulo 3, numeral 3.5.1.1 específicamente la Tabla 3-14 y en el Anexo 3-1B del EIA; la respuesta 3.1.1. y el Anexo 3-1 de la Adenda. Fase en que se presenta Construcción. Impacto ambiental [C-RU-01] Incremento temporal de los niveles de ruido producto de las obras de construcción.

De acuerdo a lo anteriormente expuesto, los niveles de ruido se concentran entre los 36 y 68 dB(A), sin embargo, solo 7 de los 71 puntos evaluados superan los límites permitidos para asentamientos humanos (receptores sensibles) por el D.S. N° 38/2011. A causa de lo anterior, se contemplará la implementación de medidas de control de ruido, consistentes en barreras acústicas modulares, conformadas por paneles de madera OSB o similar que posea 10 kg/m2 de densidad superficial, que se interpondrán entre los frentes de trabajo y los puntos receptores identificados. Dando cumplimiento a la norma citada anteriormente.

Por otra parte, los niveles de ruido para los 45 puntos receptores sensibles de fauna fluctúan entre 39 y 83 dB, niveles que se encuentran por debajo del criterio de la Environmental Protection Agency (EPA) de Estados Unidos, “Effects of noise on wildlife and other animals” (1971), por lo que no se contemplan medidas de control específicas. Componente(s) Ruido.

ambiental(es) afectado(s) Parte, obra o acción que lo genera El Proyecto generará un incremento en los niveles de ruido, el que tendrá carácter temporal y que serán producto principalmente de la maquinaria y el tránsito de vehículos.

Para mayor información revisar el Capítulo 3, numeral 3.5.1.1 específicamente la Tabla 3-15 y el Anexo 3-2 del EIA. Fase en que se presenta Construcción. Impacto ambiental [O-CE-01] Generación de campos electromagnéticos.

El impacto asociado a la generación de campos electromagnéticos, en términos generales, corresponde a los efectos de los campos electromagnéticos (eléctricos, magnéticos y radio interferencia) sobre la salud de la población (ruido audible y electromagnetismo) y la perturbación de frecuencias de radio y televisión (radio interferencia).

Téngase presente que en Chile no existe regulación relativa a los valores límites permitidos de exposición de las personas a los campos electromagnéticos. No obstante, la regulación ambiental aplicable, señala que, de no existir una regulación nacional, debe aplicarse como norma de referencia aquella que se encuentre vigente en estados específicos.

La recomendación de uso más frecuente para público general y exposición permanente, es la publicada por la ICNIRP, que establece 5.000 (V/m) para el campo eléctrico y 200 (micro Tesla) para la inducción magnética. Sin embargo, de acuerdo con lo señalado en el Artículo 11 de la Ley 19.300 (“se priorizará aquel Estado que posea similitud en sus componentes ambientales, con la situación nacional y/o local”), al respecto, se puede considerar la normativa aplicada en la República Argentina, Resolución 77/98, Secretaría de Energía, que establece 3.000 (V/m) para el campo eléctrico y 25 (micro Tesla) para la inducción magnética. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Campos electromagnéticos. Parte, obra o acción que lo genera Sectores aledaños a las LAT debido al funcionamiento de la línea de transmisión principal y sus seccionamientos en conjunto a la operación de la S/E Tineo.

Para mayor información revisar el Capítulo 3, numeral 3.5.3.1 específicamente la Tabla 3-36 y el Anexo 1-3 del EIA. Fase en que se presenta Operación. Impacto ambiental [O-RU-01] Incremento permanente de los niveles de ruido generado en los conductores eléctricos. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Ruido. Parte, obra o acción que lo genera El Proyecto generará incremento en los niveles de ruido, el que tendrá carácter permanente debido al denominado “Efecto Corona” que se produce en los conductores eléctricos a lo largo del trazado.

Al respecto, la Subsecretaría del Medio Ambiente, mediante oficio Ordinario N° 180397, de fecha 31 de enero de 2018, señala que “Se solicita incluir dentro del plan de monitoreo de ruido mencionado por el titular en la respuesta a la observación 7.1.4 de la Adenda, 4 campañas de mediciones en los receptores R40, R47 y R68, de acuerdo a los procedimientos y criterios establecidos en el D.S. N°38/11 del MMA. Para lo anterior, deberá utilizar el Reporte Técnico (Resolución Exenta N° 693/2015) de la Superintendencia del Medio Ambiente para registrar y evaluar la emisión de ruido, en periodo diurno y nocturno, sobre el ruido de las Líneas de Transmisión Eléctrica generado por el efecto corona en la fase de operación del proyecto.

Las campañas deberán realizarse el primer año de operación del proyecto. Se solicitan dos campañas en invierno, una en otoño y otra en verano. Para cada campaña se debe buscar la situación más desfavorable en la emisión de ruido generado por el efecto corona”.

Para mayor información revisar el Capítulo 3, numeral 3.5.3.2 específicamente la

Tabla 3-37 y el Anexo 3-2 del EIA. Fase en que se presenta Operación. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 5.2.1. del Capítulo 5 del ICE. Considerando que, si bien las emisiones de MP10 durante la fase de construcción superarán el límite establecido en el Plan de Descontaminación Atmosférica de Osorno, el Titular deberá presentar un Plan de Compensación de Emisiones (PCE) ante la SEREMI del Medio Ambiente de la Región de Los Lagos. Por otra parte, los efluentes no superarán los límites establecidos en las normas primarias o de referencia en ninguna de las fases del Proyecto.

En base a los antecedentes presentados en el proceso de evaluación y lo expuesto en los informes emanados por parte de los Órganos de la Administración del Estado que han participado en el proceso de evaluación la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental concluye que no habrá una afectación significativa por la exposición a contaminantes, por las emisiones, efluentes y el manejo de residuos del Proyecto, por tanto, no presenta o genera riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos conforme lo establecido por la letra a) del artículo 11 de la Ley N° 19.300.

6.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental [C-ED-01] Inhabilitación permanente de suelos.

El impacto se genera por la inhabilitación permanente de suelos Clase I-II-III, en donde, las obras del Proyecto intervendrán áreas con suelos preferentemente agrícolas, lo que generarán la pérdida permanente de este recurso. La pérdida de suelos de aptitud preferentemente agrícola será de 3,32 ha, considerando los siguientes criterios:

 La suma de las superficies de cada una de las cuatro fundaciones de cada torre de la LAT de 2x500 kV (3,12 m² por torre).  La suma de las superficies de cada una de las cuatro fundaciones de cada torre de los seccionamientos 1x220 kV (3,12 m² por torre).  La superficie destinada a la nueva S/E Tineo (2.600 m²).

Al respecto, el Titular argumenta que la porción superficial del suelo retirado de cada excavación será distribuida en las inmediaciones, evitando su eliminación o transporte fuera del sitio. Asimismo, el suelo en el espacio entre los apoyos de cada torre no será intervenido, siendo posible que siga siendo utilizado para pastoreo u otros usos que sean compatibles al interior de la faja de seguridad. Esto se ve favorecido por la altura y el amplio espacio entre las “patas” de cada torre, en especial en el caso de la LAT 2x500 KV. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Suelo. Parte, obra o acción que lo genera Las obras del Proyecto involucran las siguientes superficies: apoyos de torres (1,12 ha), SE Tineo (1,53 ha), Camino de acceso SE Tineo (0,67 ha).

Para mayor información revisar el Capítulo 3, numeral 3.5.1.1 específicamente la Tabla 3-16; la respuesta 7.5.2 de la Adenda. Fase en que se presenta Construcción. Impacto ambiental [C-ED-02] Inhabilitación temporal de suelos Clase I-II-III.

Inhabilitación temporal de áreas preferentemente agrícolas. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Suelo. Parte, obra o acción que lo genera Todas las instalaciones temporales del Proyecto necesarias para la fase de construcción, donde se generará la inhabilitación temporal de 64 ha., específicamente:

 Superficie IIFF Sur (3,36 ha).  Superficie plazas de tendido conductor (54,6 ha).  Superficie plazas de tendido OPGW (3.69).  Superficie habilitación de huellas de acceso a estructuras (2,34 ha).

Para mayor información revisar el Capítulo 3, numeral 3.5.1.1 específicamente la Tabla 3-17; la respuesta 7.5.1 de la Adenda. Fase en que se presenta Construcción. Impacto ambiental [C-FV-01] Pérdida de superficie de bosque nativo.

El Proyecto requerirá la corta de 82,85 ha con presencia de bosque nativo de los tipos forestales: Siempreverde (bosque higrófilo, higrófilo mixto, laurifolio y valdiviano (26,96 ha)) y de la singularidad ambiental tipo forestal Roble Raulí Coihue (bosque de Nothofagus obliqua (53,86 ha)) y 2,03 ha de Esclerófilo.

En relación a la información considerada por el Titular. El bosque nativo de ambos tipos forestales, como consecuencia de un prolongado manejo agropecuario y forestal se encuentra fragmentado, de manera que cualquier de éstos que se encuentre en el llano central de las regiones de los Ríos o de los Lagos se puede considerar como un "remanente", por lo que no representa algo singular, al menos, en el contexto regional. (Singularidades propuestas por CONAF (2014)). Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Flora y vegetación. Parte, obra o acción que lo genera Habilitación de la faja de seguridad del tendido aéreo de la LTE principal, la cual considera una longitud de 142 km y un ancho promedio de 52,9 m, superficie determinada de acuerdo a los vanos entre las torres.

Para mayor información revisar el Capítulo 3, numeral 3.5.1.2 específicamente la Tabla 3-18; el Capítulo 9 y el Anexo 9-5 todos del EIA; el Anexo 1-4 de la Adenda, y su actualización presentados en el Anexo 5.3 de la Adenda Complementaria y Anexo 1 de la Segunda Adenda Complementaria. Fase en que se presenta Construcción. Impacto ambiental [C-FV-03] Pérdida de especies de flora en categoría de conservación (referencia libro rojo) en el marco de la corta de bosque.

La pérdida de bosque, según los impactos C-FV-01 y C-FV-02, implica la pérdida de ejemplares de flora no leñosa que forman parte de la composición florística de los bosques que serán afectados. En particular, se identificó las especies Fascicularia bicolor (chupalla), Greigia sphacelata (chupón) ambas en categoría vulnerable y la Greigia pearcei como insuficientemente conocida, todas ellas identificadas según Hoffmann & Flores, 1989. Por otra parte, también se identificó la especie nativa Lapageria Rosea (copihue) que se encuentra resguardada mediante el Decreto N° 129/1971 del MINAGRI.

Al respecto, el Titular indica que las poblaciones de estas especias forman parte de todos los tipos de bosque nativo del área del Proyecto, sin embargo, no necesariamente se encontrará presente en las áreas que requieran corta.

Si bien, las especies tienen presencia en cualquiera de las formaciones vegetales que constituyen bosque, tanto el chupalla y chupón están descritas de manera referencia por Hoffmann & Flores, 1989, con categoría de amenaza Vulnerable pero no han vuelto a ser clasificadas por el comité y la presencia de ambas no confiere al bosque un carácter de preservación. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Flora y vegetación. Parte, obra o acción que lo genera Habilitación de la faja de seguridad del tendido aéreo de la LTE principal, la cual considera una longitud de 142 km y un ancho de 52,9 m, superficie determinada de acuerdo a los vanos entre las torres.

Para mayor información revisar el Capítulo 3, numeral 3.5.1.2 específicamente la Tabla 3-20 del EIA. Fase en que se presenta Construcción. Impacto ambiental [C-FT-01] Pérdida de hábitat de fauna por corta de bosque nativo.

El impacto “pérdida y fragmentación de hábitat de fauna”, se provoca a causa de la corta de bosque nativo generando fragmentación del hábitat, dividiendo poblaciones y discontinuando servicios ecosistémicos.

Al respecto, se identifican las siguientes especies de anfibios: Calyptocephalella gayi, Bathachyla leptopus, Batrachyla taeniata, Eupsophus calcaratus, Eupsophus emiliopugini, Eupsophus roseus, Hylorina sylvatica y Pleurodema thaul y además los siguientes reptiles: Tachymenis chilensis, Liolaemus cyanogaster y Liolaemus pictus. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Fauna Parte, obra o acción que lo genera El impacto se produce por las actividades de corta de bosque nativo en áreas que forman parte del trazado de la LTE de 500 kV.

Para mayor información revisar el Capítulo 3, numeral 3.5.1.2 específicamente la Tabla 3-21 del EIA. Fase en que se presenta Construcción. Impacto ambiental [C-FT-02] Pérdida de individuos o ejemplares de avifauna

El impacto se produce por la potencial colisión de una o más aves en algunas áreas que forman parte del trazado de la LTE principal. Al respecto, se identificaron las siguientes especies con la posibilidad de tener incidentes: Phalacrocorax brasilianus (yeco), Theristicus melanopis (bandurria), Anas georgica (pato jergón grande), Anas flavirostris (pato jergón chico), Anas sibilatrix (pato real), Cathartes aura (jote de cabeza colorada), Coragyps atratus (jote de cabeza negra), Geranoaetus polyosoma (aguilucho), Buteo ventralis (aguilucho cola rojiza), Circus cinereus (vari), Caracara plancus (traro), Falco sparverius (cernícalo), Milvago chimango (tiuque), Larus dominicanus (gaviota dominicana), Larus maculipennis (gaviota cahuil), Columba araucana (torcaza), Zenaida auriculata (tórtola) y Enicognathus leptorhynchus (choroy).

Al respecto el Titular indica, que, de acuerdo a los resultados obtenidos, se puede concluir que el impacto es calificado como Negativo no significativo (-66), si bien existe probabilidad de colisión de ciertos grupos de aves, en especial las de mayor tamaño, la criticidad de este impacto es menor debido a que el valor ambiental es bajo con respecto a la singularidad, carácter único y prístino del hábitat y las especies que potencialmente pueden verse afectadas. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Fauna Parte, obra o acción que lo genera El impacto se produce por la habilitación del trazado de la Línea de Transmisión de 500 kV.

Para mayor información revisar la respuesta 7.3.7 de la Adenda. Fase en que se presenta Construcción. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 5.2.2. del Capítulo 5 del ICE. De acuerdo al análisis realizado respecto a los antecedentes presentados en el proceso de evaluación y lo expuesto en los informes emanados por parte de los Órganos de la Administración del Estado que han participado en el proceso de evaluación, la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental concluye que el Proyecto no generará una pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad, la magnitud y duración del impacto del Proyecto sobre el suelo, agua y aire no serán significativas y no habrá una afectación significativa a especies de fauna y a la biota marina, en conformidad lo establecido por la letra b) del artículo 11 de la Ley N° 19.300.

6.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental [C-MH-01] Incorporación de un flujo no habitual de vehículos y personas en 6 puntos sensibles, ubicados en rutas de bajo estándar vial, próximas a sectores poblados rurales.

Posibilidad de alteración temporal del sistema de vida, producto del uso de las rutas incorporando un flujo no habitual, de vehículos y de personas. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Grupos humanos, incluyendo grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas.

Parte, obra o acción que lo genera Se identificaron 7 puntos o subtramos que podrían ser percibidos por la comunidad como sensible, dada sus características o estándar actual de funcionamiento. Además, se considera el uso diario para desplazarse de las comunidades indígena y no indígena, estas rutas son:

 Subtramo de la Ruta T-676, próximo a la escuela Nueva Aurora, localidad de Pichirropulli, comuna de Paillaco.  Subtramos de la Ruta T-804, que une Cocule con Río Bueno, y conexión con Ruta 5 Sur.  Subtramos de la Ruta U-126, en su intersección con las rutas U-120 y U-130, localidad de Caracol, Comuna de San Pablo.  Subtramo Ruta U-588, próximo de la localidad de Chapaco, Comuna de Río Negro.  Subtramo Ruta U-800, próximo a localidad de Los Ángeles, Comuna de Purranque.  Subtramo de la Ruta V-272 próximo a la Localidad de Villa Alegre, Comuna de Frutillar.  Subtramo de la Ruta V-30, próximo a la localidad Colegual, y su intersección con la Rutas V-284 y V-288, Comuna de Llanquihue.

Para mayor información, revisar el Capítulo 3, numeral 3.5.1.5 específicamente la Tabla 3-24 y el Anexo 3-4 del EIA Fase en que se presenta Construcción. Impacto ambiental [C-MH-02] Posibilidad de alteración temporal de la forma de vida tradicional de la Comunidad Indígena Lleufu Antri, producto de las actividades constructivas que implica el uso de rutas comunes.

Alteración temporal de la vida tradicional de comunidades indígenas Lleufu Antri, que se emplaza aproximadamente a 3 km de la LTE, en la comuna de La Unión Localidad rural de Rapaco. La Comunidad está compuesta por seis familias Huilliche, quienes descienden del tronco familiar Zumerzo Prieto y LLeufu Antri, la mayoría poseen títulos de dominio de un promedio de 4 y 5 ha, destinadas principalmente para el desarrollo de la actividad agrícola. Así mismo, la Comunidad participa de las actividades convocadas por la Asociación de Comunidades Indígenas de la Unión, entre las cuales destacan la realización del Wetripantu y juegos de Palin. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Grupos humanos, incluyendo grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas. Parte, obra o acción que lo genera El Proyecto estima la alteración temporal de los sistemas de vida, producto de las actividades constructivas de las estructuras 29 a la 37 durante 15 días, dado que se incorporará un flujo no habitual de vehículos en las rutas T-712 y T-716 utilizado también por la comunidad de manera cotidiana.

Para mayor información, revisar el Capítulo 3, numeral 3.5.1.6 específicamente Tabla 3-25 y el Anexo 3-4 del EIA. Fase en que se presenta Construcción. Impacto ambiental [C-MH-03] Posibilidad de alteración temporal de la forma de vida tradicional de Comunidad Indígena Pucoihue, producto de las actividades constructivas que implica el uso de rutas comunes.

Alteración temporal de la forma de vida y costumbres de la comunidad Pucoihue, emplazada a unos 4 km de la línea en la localidad de Pucoihue a la cual se accede por la Ruta U- 40. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Grupos humanos, incluyendo grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas. Parte, obra o acción que lo genera Se estima que el Proyecto alteraría en forma temporal producto de las actividades constructivas de las estructuras 144 a la 152 durante 15 días, dado que se incorporará un flujo no habitual en las rutas U-40 y U-490.

Para mayor información, revisar el Capítulo 3, numeral 3.5.1.6 específicamente la Tabla 3-26 y el Anexo 3-4 del EIA. Fase en que se presenta Construcción. Impacto ambiental [C-MH-04] Posibilidad de alteración temporal de la forma de vida tradicional

de la Comunidad Tukuayen Inchen Mapu, producto del uso de rutas comunes.

Alteración temporal de la forma de vida y costumbres de la comunidad Tukuayen Inchen Mapu, ubicada en el sector Trocomo, en la comuna de Osorno, aproximadamente a 1 km del Proyecto, entre la Torre 159 y 160, y a 1,7 km de la Ruta U-72. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Grupos humanos, incluyendo grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas. Parte, obra o acción que lo genera Se estima que el Proyecto podría alterar en forma temporal los sistemas de vida, producto de las actividades constructivas de las estructuras 158 y la 168 durante 4 días, dado que se incorporará un flujo no habitual de en las rutas U-490 y U-72.

Para mayor información, revisar el Capítulo 3, numeral 3.5.1.6 específicamente la Tabla 3-27 y el Anexo 3-4 del EIA. Fase en que se presenta Construcción. Impacto ambiental [C-MH-07] Posibilidad de alteración temporal de la forma de vida tradicional de la Comunidad Indígena El Rincón, producto de las actividades constructivas.

Alteración temporal de las forma de vida y costumbres de la comunidad Indígena El Rincón, ubicada en el sector y comuna de Río Negro, a unos 4 km al noroeste de la ciudad y aproximadamente a 2 km del Proyecto. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Grupos humanos, incluyendo grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas. Parte, obra o acción que lo genera Se estima que el Proyecto podría alterar en forma temporal los sistemas de vida, producto de las actividades constructivas de las estructuras 210 y 219 durante 4 días, dado que se incorporará un flujo no habitual en la calle Carlos Condell y ruta U-500.

Para mayor información revisar el Capítulo 3, numeral 3.5.1.6 específicamente la Tabla 3-30 y el Anexo 3-4 del EIA. Fase en que se presenta Construcción. Impacto ambiental [C-MH-08] Alteración temporal de la forma de vida tradicional de la Comunidad Indígena Nehuen Chahuilco, producto de las actividades constructivas que contemplan el uso de rutas utilizadas cotidianamente por la Comunidad.

Alteración temporal de las formas de vida y costumbres de la comunidad Indígena Nehuen Chahuilco perteneciente a la localidad de Rincón de Chahuilco, ubicada en la comuna de Río Negro aproximadamente a 12 km al norte de la ciudad, se ingresa a ella a través de la ruta U-516 y se encuentra ubicada aproximadamente a 500 m del Proyecto. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Grupos humanos, incluyendo grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas. Parte, obra o acción que lo genera Se estima que el Proyecto podría alterar en forma temporal este sistema de vida, producto de las actividades constructivas de las estructuras 178 a la 185 durante 15 días, dado que se incorporará un flujo no habitual en las rutas U-504, U-500, U-516 y U-506.

Para mayor información revisar el Capítulo 3, numeral 3.5.1.6 específicamente la Tabla 3-31, y en el Anexo 3-4 del EIA. Fase en que se presenta Construcción. Impacto ambiental [C-MH-09] Alteración temporal de la forma de vida tradicional del Cacique de Rahue, Efraín Antriao, producto de actividades no habituales en el sector.

Alteración temporal de las formas de vida y costumbres del Cacique de Rahue, el cual se ubica aproximadamente a 2,8 km de la IIFF Centro y a 2,6 km de la LAT, a la altura de la estructura 186. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Grupos humanos, incluyendo grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas. Parte, obra o acción Se estima que el Proyecto alteraría en forma temporal los sistemas de vida,

que lo genera producto de la incorporación de un flujo de vehículos y personas no habituales para estas actividades constructivas.

La ruta U-510 que da acceso al predio del Cacique de Rahue no será utilizada para las actividades constructivas toda vez que los flujos desde la IIFF Centro será desde un camino interior de la misma hasta la Ruta U-510 para luego salir a la caletera de la ruta 5.

Para mayor información revisar el Capítulo 3, numeral 3.5.1.6 específicamente la Tabla 3-32 y el Anexo 3-4 del EIA. Fase en que se presenta Construcción. Impacto ambiental [C-MH-10] Posibilidad de alteración temporal de la forma de vida tradicional de la de Comunidad Indígena Mari Mari Ñuquemapu, por la incorporación de un flujo de vehículos y personas no habituales en el sector.

Alteración temporal de las forma de vida y costumbres de la Comunidad Indígena Mari Mari Ñuquemapu, ubicadas en la localidad de Corte Alto, Comuna de Purranque. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Grupos humanos, incluyendo grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas. Parte, obra o acción que lo genera Se estima que el Proyecto incorporará un flujo de vehículos y personas no habituales en el sector durante la construcción de las torres 267 a la 286 la cual considera el uso de las rutas U-970 y la U-960-V, durante 30 días.

Para mayor información revisar el Capítulo 3, numeral 3.5.1.6 específicamente la Tabla 3-33 y el Anexo 3-4 del EIA. Fase en que se presenta Construcción. De acuerdo al análisis realizado respecto a los antecedentes presentados en el proceso de evaluación y lo expuesto en los informes emanados por parte de los Órganos de la Administración del Estado que han participado en el proceso de evaluación, la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental concluye que el Proyecto no generará una alteración significativa al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica, así como tampoco el Proyecto no dificultará y tampoco impedirá el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de grupo humanos, en base a los antecedentes aquí presentados y en conformidad lo establecido por la letra c) del artículo 11 de la Ley N° 19.300.

6.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMAS A POBLACIONES, RECURSOS Y ÀREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER EFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental [C-AP-01] Incorporación de obras dentro de los límites de los sitios prioritarios “Corredor Ribereño Río Bueno” y “Río Maullín”. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Áreas protegidas, poblaciones protegidas, recursos protegidos, glaciares, humedales protegidos, sitios prioritarios para la conservación. Parte, obra o acción que lo genera La línea de transmisión de 2x500 kV, entre las estructuras 63 a la 65, hará atravieso aéreo del sitio prioritario “Corredor Ribereño Río Bueno” en un tramo de 739 m. En el caso de los sitios prioritarios de la región de Los Lagos, atravesará un tramo de alrededor de 2,66 km del seccionamiento de la LAT Rahue Puerto Montt, se insertará al interior del sitio prioritario “Río Maullín”.

Para mayor información revisar el Capítulo 3, numeral 3.5.1.3 específicamente la Tabla 3-22 del EIA. Fase en que se presenta Construcción. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 5.2.4. del Capítulo 5 del ICE. El Proyecto no generará una Susceptibilidad de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental, se considera la extensión, magnitud o duración de la intervención de sus partes, obras o acciones, así como de los impactos generados por el proyecto o actividad, teniendo en especial consideración los objetos de protección que se pretenden resguardar. Considerando lo anterior, la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, concluye que el Proyecto no presenta o genera una alteración significativa, en términos de la localización y

valor ambiental del territorio, conforme lo establecido por la letra d) del artículo 11 de la Ley N° 19.300.

6.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental [C-PA-01] Incorporación de un elemento nuevo en la “lectura visual” del paisaje.

La intrusión de los elementos, que corresponde a la instalación de infraestructura. En general, el Proyecto se mantiene en su mayor proporción oculto a los puntos o rutas desde los cuales puede acceder un observador habitual, siendo las líneas de transmisión las obras a las cuales es posible tener acceso visual, no así la S/E Tineo proyectada, obra que por su emplazamiento se mantiene oculta. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Paisaje. Parte, obra o acción que lo genera Todas las instalaciones del Proyecto, corresponden a un nuevo elemento que modifica la lectura visual del territorio, siendo las LTE las obras, respecto de las cuales, es posible tener mayor acceso visual.

Para mayor información revisar el Capítulo 3, numeral 3.5.1.4 específicamente la Tabla 3-23 y los Anexos 2-17 y 3-3 del EIA. Fase en que se presenta Construcción. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Sección 5.2.5. del Capítulo 5 del ICE. El Proyecto no generará una alteración significativa por la duración o la magnitud en que se alteren atributos de las áreas de emplazamiento del Proyecto con valor paisajístico o que se obstruya el acceso o se alteren zonas con valor turístico. Considerando lo anterior, la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, concluye que el Proyecto no presenta o genera una alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona conforme lo establecido por la letra e) del artículo 11 de la Ley N° 19.300.

7. Que, del proceso de evaluación ambiental del Proyecto puede concluirse que las siguientes medidas de mitigación, reparación y/o compensación son adecuadas para hacerse cargo de los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300 que genera o presenta el Proyecto, las que deberán implementarse para su ejecución de la siguiente forma:

7.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

7.1.1. Plantación de un parche de bosque esclerófilo bajo parámetros de la singularidad ambiental que los caracteriza. Tipo de medida Compensación. Componente(s) ambiental(es) objeto de protección Flora y vegetación. Impacto asociado [C-FV-02] Pérdida de bosque nativo representante de alguna singularidad ambiental de la vegetación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Reponer la pérdida de singularidades ambientales mediante la creación de parches boscosos que, una vez establecidos, compensen la pérdida generada por las necesidades de corta del Proyecto.

Descripción: Recrear el hábitat bajo parámetros de distribución y selección de especies en el marco de la singularidad ambiental de la vegetación en una mayor proporción en que se genera la pérdida, se consideró compensar una superficie de cinco (5) ha, lo anterior por sobre lo dispuesto en la reforestación asociada al cumplimiento normativo en el Plan de Manejo Forestal incluido en el Anexo 1-4 de la Adenda.

Justificación: Reposición de singularidades ambientales asociadas a la vegetación. Específicamente se intervendrán 2,03 ha de formaciones de boldo (Peumus boldus), considerado como bosque reliquia y se intervendrán 0,57 ha bosque higrófilo al interior del Sitio Prioritario Río Bueno. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La ubicación de la implementación de la medida es coincidente a la latitud en la que se genera el impacto. La medida se implementará en un islote identificado en el rio Bueno, donde se distribuye naturalmente el tipo forestal esclerófilo, representado por Peumus boldus (boldo), una especie conspicua debido a que en

dicha zona se encuentra su límite distribucional. Específicamente, se propone el islote cuyas coordenadas UTM son: 662.838 E; 5.534.514 N, en datum WGS84, huso 18 sur.

Forma: Corresponde a la plantación de un parche recreando una formación natural de boldo en esta latitud, considerando una densidad de 1.600 plantas por hectárea en distribución aleatoria. Las plantas serán obtenidas en viveros locales certificados. El origen del material genético será obtenido de ejemplares presentes en el sector del Rio Bueno-La Unión, se presentará un informe a la SMA, en el que se precisará: la ubicación en coordenadas UTM de los árboles padres de la especie Boldo (kmz y shp), registro fotográfico georreferenciado de la colecta de semillas, registro del track de la colecta de semillas (kmz y shp), registro de que las semillas colectadas que fueron efectivamente las viverizadas.

Se implementará una protección individual de las plantas a establecer con la instalación de mallas metálicas “corrumet” o similar.

El establecimiento de los ejemplares, se realizará en casillas manuales, de 50x50x50 cm de profundidad para cada planta, retirando ramas y piedras de mayor tamaño, rellenando con tierra compost de ser necesario. Además, se confeccionarán tres hoyos a una distancia máxima de 15 cm de la planta a una profundidad de 5 cm donde se pondrá el fertilizante en una dosis adecuada para cada especie.

Se realizará un control mecánico de maleza sobre un área de 50x50 cm alrededor de cada planta, dos veces al año.

Oportunidad: La medida se desarrollará durante la fase de construcción. Indicador de cumplimiento Una vez finalizadas las obras de plantación, se enviará a la SMA y a CONAF, un informe de implementación de la medida, cuyos contenidos mínimos serán:

 Cartografía digital del lugar de implementación.  Registro fotográfico georreferenciado de la colecta de semillas  Densidades y distribución de la especie objetivo.  Ubicación en coordenadas UTM de los árboles padres de la especie Boldo (kmz y shp).  Registro del track de la colecta de semillas (kmz y shp)  Registro de que las semillas colectadas que fueron efectivamente las viverizadas, entre otras variables que permitan constatar que el germoplasma utilizado es perteneciente al sector de Río Bueno — La Unión.

Durante el periodo de establecimiento se informará semestralmente durante 5 años el estado de consolidación de la vegetación en términos globales, reportando al menos los siguientes parámetros:

 Sobrevivencia (%).  DAC.  Altura y cobertura del dosel.  Índice de esbeltez.  Estado fitosanitario.  Establecimiento de regeneración.

Al término del periodo de establecimiento, se considera que la medida cumplió su objetivo alcanzando un prendimiento del 75 % de los ejemplares plantados. En caso que se genere alguna contingencia que afecte el cumplimiento de la meta en el plazo propuesto, el Titular se compromete a extender los esfuerzos y el plazo hasta alcanzar el prendimiento señalado.

Para mayor información revisar las respuestas 8.1.3 de la Adenda, respuesta 8.1.1 de la Adenda Complementaria y 4.1.1 y 4.1.2 de la segunda Adenda Complementaria. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 7.1.1. del Capítulo 7 del ICE.

7.1.2. Protocolo uso ruta U-800 durante fase de construcción. Tipo de medida Mitigación. Componente(s) ambiental(es) objeto Grupos humanos, incluyendo grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas.

de protección Impacto asociado [C-MH-11] Posibilidad de alteración temporal de la forma de vida tradicional de la Comunidad Indígena Putrihue de Los Ángeles, producto de la incorporación de flujos no habituales de vehículos y personas en el sector. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Establecer lineamientos y acciones para el Titular y sus contratistas respecto al uso de la ruta U-800 con el objetivo de evitar molestias y afectación en los sistemas de vida y costumbres de los miembros de la Comunidad Putrihue de Los Ángeles.

Descripción: Se establece un protocolo asociado al uso de la ruta U-800, que considerará acciones tendientes a evitar las molestias que se generarían por el tránsito de vehículos y maquinaria asociados al Proyecto.

Justificación: Esta medida responde a la preocupación que ha expresado la Comunidad respecto al uso de la ruta por vehículos y maquinarias del Proyecto durante la fase de construcción. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En la ruta U-800 en el tramo asociado a la construcción de las estructuras 225 a 255.

Forma: El protocolo considera las siguientes acciones

Coordinación de flujo: se considera concentrar los flujos vehiculares fuera de las horas de mayor uso del camino por la comunidad. Esto es de lunes a domingo entre las 07:30 a las 09:00 horas y durante la tarde entre las 17:30 a 19:00 horas. De requerirse tránsito en forma puntual en estos horarios, el Titular se coordinará con representantes de la comunidad con 48 horas de antelación.

Mantenimiento: se realizará mantenimiento de la ruta U-800 en tramo utilizado por la comunidad. Se mantendrá en las mismas condiciones que la actual (sin Proyecto). Se contará con registro fotográfico previo al inicio de obras. Se remitirá copia a la comunidad y se mantendrá otra en IIFF Centro. Al término de las obras se entregará el camino en iguales condiciones basales.

Señalética: Se instalará señaléticas verticales sobre seguridad vial (manual carreteras MOP).

Velocidad: Se realizará control de velocidad (50 km/hora), a todos los vehículos de Transelec que utilicen el camino, que ingrese a la obra o que efectúe trabajos entre las estructuras 225 a 255.

Humectación: Se humectará carpeta de rodado del camino en periodos secos, en caso que coincida con construcción de estructuras 225 a 255.

Información: Se realizarán campañas informativas a la comunidad informando mediante volantes, reuniones y puerta a puerta. Se hace presente que en la entrega de información se dará a conocer las empresas contratistas, teléfonos de contacto, logos de los trabajadores, etc. Se dispondrá de un libro de sugerencias, felicitaciones y/o reclamos en la IIFF Centro, sin embargo, se contará con personal de relacionamiento con la comunidad a quien se le podrán hacer llegar todas estas inquietudes

Control de tráfico: Se realizará control de tráfico con bandereros en tramo correspondiente.

Oportunidad: Durante toda la fase de construcción en el tramo asociado a las estructuras 225 a 255. Indicador de cumplimiento Una vez terminada la construcción de las estructuras 225 a 255, se remitirá un informe a la SMA, en un plazo no mayor a 3 meses, acompañando, a lo menos, los siguientes contenidos:

 Registro de capacitación a contratistas y colaboradores de Transelec.  Registros fotográficos de las condiciones de la ruta previa utilización del camino.  Registro fotográfico de las condiciones de la ruta una vez terminada la actividad de construcción de las estructuras  Registro de instalación de señaléticas.  Registro de humectación de caminos.  Registro de campañas informativas.

 Acta de conformidad firmada por la Comunidad Putrihue de Los Ángeles. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 7.2.3. del Capítulo 7 del ICE.

7.1.3. Construcción de una sede para la comunidad Puilo Chiguaipulli. Tipo de medida Compensación. Componente(s) ambiental(es) objeto de protección Grupos humanos, incluyendo grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas. Impacto asociado [C-MH-05] Intervención en terrenos de la Comunidad Puilo Chiguaipulli, por atravieso aéreo de la LAT en Parcela 1-A, en la localidad de Río Negro. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Proveer de un espacio físico a los socios de la Comunidad Puilo Chiguaipulli, a través de la implementación de una sede.

Descripción: Se construirá una sede para la comunidad con una superficie de 60 m2.

Justificación: Los socios de la Comunidad requieren la construcción de una sede para la realización de actividades comunitarias. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Predio Rol 321-99 perteneciente a la Comunidad Pullo Chiguaipulli.

Forma: Se considera la construcción de una sede de madera prefabricada de una superficie de 60 m2, con dos baños con lavamanos y W.C. respectivamente (ambos baños conectados a solución particular de alcantarillado tipo fosa); habilitada y conectada con puntos eléctricos; estanque para el agua potable y su infraestructura para sostenerlo; cocina a leña y un espacio libre en el cual los socios de la comunidad puedan desarrollar sus actividades. Se considera habilitar accesos a los baños desde el exterior.

La materialidad que tendrá la sede es la siguiente:

 Loza de cemento corrido.  Corredor exterior cubierto.  Baños con capacidad para discapacitados.  Revestimiento de piso cerámico.  Estructura vertical pino IPV 2”X3”.  Estructura techumbre cerchas pino 1”x4”.  Cubierta zincalum 0,35.  Aislación muros de poliestireno expandido.  Aislación cielo lana de vidrio.  Revestimiento exterior Smart side panel.  Revestimiento interior yeso cartón y fibrocemento.  Cielo yeso cartón.

En adición, se considera:

 Loza y set de cubiertos para 18 personas.  3 mesas de polietileno y acero.  20 sillas metálicas con tapizado en el respaldo y asiento.

Oportunidad: Durante los primeros 10 meses, una vez obtenida la RCA favorable. Indicador de cumplimiento  Acta de entrega de los implementos de la sede (loza, mesas y sillas), firmada por la Comunidad Puilo Chiguaipulli.  Entrega de un acta firmado por la Comunidad Puilo Chiguaipulli, con registro fotográfico que acredite la construcción de la sede ante la SMA en un plazo no mayor a 3 meses desde la firma del acta. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 7.2.4. del Capítulo 7 del ICE.

7.1.4. Mejoramiento de acceso para la comunidad. Tipo de medida Compensación. Componente(s) ambiental(es) objeto de protección Grupos humanos, incluyendo grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas.

Impacto asociado [C-MH-05] Intervención en terrenos de la Comunidad Puilo Chiguaipulli, por atravieso aéreo de la LAT en Parcela 1-A, en la localidad de Río Negro. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Proveer de un camino a la Comunidad Puilo Chiguaipulli que proporcione conectividad intrapredial a todos sus socios.

Descripción: Se construirá un camino que proporcione acceso y conectividad a todos los socios de la Comunidad.

Justificación: Los socios de la Comunidad requieren conectividad y acceso dentro de su predio. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Predio Rol 321-99 perteneciente a la Comunidad Pullo Chiguaipulli.

Forma: Se considera la elaboración de la ingeniería del camino y su posterior construcción. Al respecto, se considerará desarrollar las siguientes acciones:

 Habilitación de un nuevo camino de una longitud aproximada de 350 metros.  Arreglo del camino existente de aproximadamente 800 metros.  El camino en toda su extensión, tendrá un ancho de 3,5 metros.  Se considera la compactación y llenado con material, escarpe en casos específicos, badén o similar para el cruce del cauce, sin interferir curso normal del cauce.  Perfilado del camino (retiro de la capa vegetal), implementación de tela geotextil y posteriormente una capa de aproximadamente 50 cm de áridos (base).

Oportunidad: Dentro de los primeros 12 meses, una vez obtenida la RCA favorable. Indicador de cumplimiento Entrega de un acta firmado por la Comunidad Puilo Chiguaipulli, con registro fotográfico que acredite la habilitación, arreglo y perfilado del camino a la SMA en un plazo no mayor a 3 meses desde la firma del acta. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 7.2.5. del Capítulo 7 del ICE.

7.1.5. Ejecución de proyecto de empalme eléctrico. Tipo de medida Compensación. Componente(s) ambiental(es) objeto de protección Grupos humanos, incluyendo grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas. Impacto asociado [C-MH-05] Intervención en terrenos de la Comunidad Puilo Chiguaipulli, por atravieso aéreo de la LAT en Parcela 1-A, en la localidad de Río Negro. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Dotar de empalme eléctrico y factibilidad de acceso a electricidad a los socios de la Comunidad Puilo Chiguaipulli.

Descripción: Se considera la elaboración y posterior ejecución de un proyecto de empalme eléctrico que dotará de electricidad a los socios de la Comunidad.

Justificación: Los socios de la Comunidad requieren tener acceso a electricidad, dado que tienen planes de instalarse definitivamente en el predio. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Predio Rol 321-99 perteneciente a la Comunidad Pullo Chiguaipulli.

Forma: Se considera la elaboración de la ingeniería para la instalación del empalme eléctrico y posterior ejecución. El proyecto considera la instalación de la siguiente infraestructura:

 Instalación de línea trifásica de 600 metros aproximadamente de-media tensión (hasta la mitad del predio de la comunidad).  Instalación de transformador (en mitad del predio).  Instalación de línea bifásica hasta la última subdivisión.  Instalación de un poste y medidor al pie de cada predio.

Oportunidad: Dentro de los primeros 12 meses, una vez obtenida la RCA favorable. Indicador de cumplimiento Una vez terminadas las obras, se remitirá un informe a la SMA, en un plazo no mayor a 3 meses, acompañando los siguientes contenidos:

 Ingeniería del proyecto de empalme eléctrico.

 Registro fotográfico de la instalación del empalme eléctrico.  Acta de recepción del empalme eléctrico firmado por los asociados de la Comunidad. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 7.2.6. del Capítulo 7 del ICE.

7.1.6. Entrega de materiales necesarios para la construcción de invernaderos. Tipo de medida Compensación. Componente(s) ambiental(es) objeto de protección Grupos humanos, incluyendo grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas. Impacto asociado [C-MH-05] Intervención en terrenos de la Comunidad Puilo Chiguaipulli, por atravieso aéreo de la LAT en Parcela 1-A, en la localidad de Río Negro. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Dotar de los materiales necesarios para que cada socio de la Comunidad Puilo Chiguaipulli pueda construir un invernadero de una dimensión correspondiente a 20x5 m dentro de cada subdivisión predial.

Descripción: Se realizará la compra y entrega de los materiales necesarios para que los 9 socios de la Comunidad puedan construir sus invernaderos.

Justificación: Los socios de la Comunidad requieren de los materiales necesarios para la construcción e implementación de nueve (9) invernaderos y así puedan realizar cultivos de su interés. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Predio Rol 321-99 perteneciente a la Comunidad Puilo Chiguaipulli.

Forma: Se realizará la compra y entrega de los materiales necesarios para que los socios de la Comunidad puedan construir nueve (9) invernaderos de una dimensión de 20x5 m. A continuación, se detallan los materiales y las cantidades asociadas que serán entregados a cada socio:

 40 kg Polietileno invernadero 2 temporadas 4-8 m.  29 Tiras de PVC hidráulico 25 mm x 6 m.  15 Polines de 4” impregnados.  40 Piezas de madera de pino elaborado de 2x3” x 3,2 m.  30 Piezas de madera de pino elaborado de 3x3” x 3,2 m.  30 Piezas de madera de pino elaborado de 1x2” x 3,2 m.  20 Piezas de madera de pino elaborado de lx4” x 3,2 m.  5 kg de clavos 4”.  3 kg de clavos de 3”.  3 Pack de Bisagras 2 unidades de 3 ½”

En adición, se consideran los materiales para la implementación del sistema de riego:

 252 m de cinta de riego.  50 m plansa de ½”.  8 conectores de cinta de riego de tipo pinchado.  4 conectores de cinta de riego para plansa de ½”.  4 mini válvulas de PVC de ½”.  8 codos ½”.  8T ½”.

Oportunidad: Dentro de los primeros 6 meses después de la notificación de la RCA favorable. Indicador de cumplimiento  Acta de entrega de los materiales necesarios para la construcción de los nueve (9) invernaderos.

 Una vez entregados los materiales, se remitirá un informe a la SMA, en un plazo no mayor a 3 meses, acompañando el acta de recepción de materiales firmada por cada uno de los socios de la Comunidad que construirá los (9) invernaderos. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 7.2.7. del Capítulo 7 del ICE.

7.1.7. Mejoramiento de la ruka Tipo de medida Compensación.

Componente(s) ambiental(es) objeto de protección Grupos humanos, incluyendo grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas. Impacto asociado [C-MH-11] Posibilidad de alteración temporal de la forma de vida tradicional de la Comunidad Indígena Putrihue de Los Ángeles, producto de la incorporación de flujos no habituales de vehículos y personas en el sector. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Reparación de la ruka que actualmente utiliza la Comunidad Putrihue de Los Angeles.

Descripción: Se realizará reparación de la ruca dado que actualmente posee deficiencias y deterioro, tanto por el uso como por causas climatológicas.

Justificación: Actualmente la Comunidad no puede utilizar la ruka de forma adecuada debido a las deficiencias y deterioro que presenta. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Ruka perteneciente a la Comunidad Putrihue de Los Ángeles, ubicada en la ruta U-800, en la localidad de Los Ángeles, Comuna de Purranque, Región de Los Lagos.

Forma: Se consideran los siguientes mejoramientos:

 Construcción de un radier con recubrimiento cerámico (superficie de toda la ruca).  Reparación de terraza exterior y plataforma de acceso.  Instalación de dos (2) puertas de exterior de PVC, estilo madera.  Instalación de seis (6) ventanas de termopanel.  Construcción de dos (2) baños al exterior de la ruka (albañilería, estuco de terminación y recubrimiento de cerámico), la que considera una estructura de techumbre y cubierta de cielo similar a la existente. Cada baño tendrá un lavamanos y un sanitario con una superficie de 3,22 m2. Ambos baños estarán conectados a una solución particular de alcantarillado (tipo fosa) y al sistema de agua potable existente.  Instalación de dos luminarias externas del tipo proyector de área LED de 50 W (uso doméstico e industrial). Incluye postación, soporte y conexión a red eléctrica existente.  Cambio de ampolletas interior existente por LED.  Despeje del deslinde, construcción de cerco perimetral (polines impregnados y malla de gallinero).  Instalación de material de relleno en superficie exterior (superficie de 500 m2).  Equipamiento:

Cocina: Loza y set de cubiertos para 18 personas, mueble kit lavaplatos.

Exterior: Carpa araña de 6x12 m más mástiles, 5 metros de polietileno y acero, y 20 sillas metálicas con tapizado en el respaldo y asiento.

Oportunidad: Dentro de los primeros 12 meses, una vez obtenida la RCA favorable.. Indicador de cumplimiento Acta de entrega del equipamiento de la ruka, suscrita por los representantes de la comunidad

Entrega de un acta firmado por la Comunidad Putrihue de Los Ángeles, con registro fotográfico de la ruka a la SMA en un plazo no mayor a 3 meses desde la firma del acta. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 7.2.10. del Capítulo 7 del ICE.

7.1.8. Asesoría en técnicas agrícolas Tipo de medida Compensación. Componente(s) ambiental(es) objeto de protección Grupos humanos, incluyendo grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas. Impacto asociado [C-MH-11] Posibilidad de alteración temporal de la forma de vida tradicional de la Comunidad Indígena Putrihue de Los Ángeles, producto de la incorporación de flujos no habituales de vehículos y personas en el sector. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Prestar asesorías a los asociados de la Comunidad Putrihue de Los Ángeles para la realización de sus propios cultivos.

Descripción: La medida consiste en la asesoría a los asociados interesados de la Comunidad en participar de la asesoría y talleres prácticos agrícolas

Justificación: Hay miembros de la comunidad que poseen cultivos y les interesa conocer y aprender técnicas que les permitan aprovechar al máximo sus cultivos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Localidad de Los Ángeles, comuna de Purranque.

Forma: Se contratará a un profesional de la localidad que enseñará a los asociados técnicas agrícolas del interés para la Comunidad. Se coordinarán y acordarán en conjunto con la Comunidad las temáticas a desarrollar, para lo cual, de forma previa se realizará un taller de diagnóstico con los interesados, con el objetivo de focalizar las temáticas a tratar en la asesoría. Ésta tendrá una duración máxima de seis (6) meses y contempla la realización de un (1) taller mensual. También se coordinará con la comunidad los días y horario en los que se desarrollarán los talleres, y la temática general será el cultivo de hortalizas. Respecto a los insumos, se contemplan únicamente los insumos necesarios para realizar las asesorías.

Oportunidad: En el invierno siguiente a la obtención de la RCA favorable. Indicador de cumplimiento Una vez terminada la asesoría, se remitirá un informe a la SMA, en un plazo no mayor a 3 meses, acompañando, al menos, los siguientes contenidos:

(1) Registro fotográfico. (2) Acta de asistencia con la firma de los miembros de la Comunidad que participaron. (3) Acta de conformidad firmada por la Comunidad Putrihue de Los Ángeles. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 7.2.11. del Capítulo 7 del ICE.

7.2. FASE DE CONSTRUCCIÓN Y OPERACIÓN

7.2.1. Protocolo de trabajo en el predio de la comunidad en la fase de construcción y operación del Proyecto. Tipo de medida Mitigación. Componente(s) ambiental(es) objeto de protección Grupos humanos, incluyendo grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas. Impacto asociado [C-MH-05] Intervención en terrenos de la Comunidad Puilo Chiguaipulli, por atravieso aéreo de la LAT en Parcela 1-A, en la localidad de Río Negro. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Fijar lineamientos y acciones que orientarán el relacionamiento con la Comunidad Puilo Chiguaipulli, en el marco de la fase de construcción y operación del Proyecto.

Descripción: Se elaboró un protocolo que regulará las acciones asociadas a la construcción y operación del Proyecto:

Antes de construcción:

 Charlas periódicas a cuadrillas de trabajo para recordar comportamientos esperados.  Tomar contacto presencial o telefónico con al menos 48 horas de anticipación para coordinar fecha.  Entregar información a socios de la comunidad respecto a trabajos a realizar.

Durante la construcción:

 Conducción con precaución.  Avisar y coordinar ingreso al predio.  Consensuar condiciones de salida del predio.  Registro y verificación del estado del lugar.  Cuidado con ejecución del trabajo.

Término de construcción:

 Registro detallado del cierre.  Conformidad de los propietarios.

Operación:

 Labores de mantenimiento.  Avisar ingreso al predio. Cuidar ejecución. de trabajos.

Justificación: Para la Comunidad es relevante contar con un protocolo de relacionamiento para la fase de construcción y operación del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Predio Rol 321-99 perteneciente a la Comunidad Pullo Chiguaipulli.

Forma: Se realizarán capacitaciones a todos los trabajadores relacionados con el Proyecto en la fase de construcción y operación para que apliquen las acciones indicadas en el protocolo.

Oportunidad: Durante la fase de construcción del Proyecto, particularmente, las acciones para la construcción de las obras del Proyecto en el predio de la Comunidad y durante toda la fase de operación. Indicador de cumplimiento Una vez terminada la construcción de las obras del Proyecto en el predio, se remitirá un informe a la SMA, en un plazo no mayor a 3 meses desde la fecha de término de la construcción, acompañando, a lo menos, los siguientes contenidos:

 Registro de capacitaciones establecidas en el protocolo a los contratistas del Proyecto en la fase de construcción, adjuntando lista de asistencia y registro fotográfico.  Ficha de visita al predio.  Firma de conformidad del cumplimiento del protocolo por parte de la Comunidad.

En la fase de operación, se remitirá un informe cada cinco años a la SMA, en un plazo no mayor a 3 meses desde la fecha de término del período de reporte del informe, acompañando, a lo menos, los siguientes contenidos:

 Ficha de visita al predio.  Firma de conformidad del cumplimiento del protocolo por parte de la Comunidad. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 7.2.1. del Capítulo 7 del ICE.

7.2.2. Protocolo de relacionamiento en fase de construcción y operación. Tipo de medida Mitigación. Componente(s) ambiental(es) objeto de protección Grupos humanos, incluyendo grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas. Impacto asociado [C-MH-06] Intervención y alteración de los sistemas de vida y costumbres del grupo humano perteneciente al pueblo indígena mapuche-huilliche, Familia Maragaño–Llanllán. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Fijar lineamientos y acciones que orientarán el relacionamiento con la Familia Maragaño-Llanllán, durante la fase de construcción y operación del Proyecto.

Descripción: Se elaboró un documento que fijara las acciones que deberán desarrollar tanto el Titular del Proyecto como sus contratistas durante la fase de construcción y operación del Proyecto. El criterio principal establecido es que NO se utilizará el camino existente en el predio de la familia para acceder al sector de la instalación de la estructura 225 y de la servidumbre, sino que se hará uso de los caminos de los predios vecinos. Un segundo criterio, es que siempre se avisará a la familia antes de acceder al predio, salvo en situaciones excepcionales. Este protocolo consiste en:

Antes de la construcción:

 Informarse de las costumbres del lugar y de condiciones especiales del propietario, para anticipar formas de realizar un trabajo respetuoso y con

las mínimas molestias.  Realización de inducción y charlas periódicas a las cuadrillas de trabajo para recordar el comportamiento esperado en el predio.  Tomar contacto presencial o telefónico con el propietario para coordinar fecha y buscar alternativas para compatibilizar la construcción con las actividades del propietario. Se deberá considerar un margen mínimo de 48 horas previo inicio de actividades.  En el contacto inicial, entregar información al propietario de lo que se realizará y la duración de los trabajos.  Entregar información de contacto del Titular y contratistas al propietario para establecer un canal de comunicación directa.

Durante la construcción:

 Conducción con precaución.  Avisar y coordinar ingreso al predio, mínimo de 48 horas antes.  Consensuar condiciones de salida del predio.  Registro y verificación del estado del lugar.  Cuidado con ejecución del trabajo.  Respetar acuerdos del presente documento y del protocolo de relacionamiento.  Entregar información necesaria sobre las obras y acciones.  Completar formularios de visita al predio.

Término de la construcción:

 Registro detallado del cierre.  Conformidad del o los propietarios.

Fase de operación: (labores de mantenimiento)

 Durante esta fase el ingreso será por la faja de servidumbre.  Avisar ingreso a predio, mínimo 48 horas antes.  Cuidar ejecución de trabajos.  Entregar información necesaria sobre las obras y acciones.  Completar formularios de visita al predio.

Justificación: Para el propietario del predio es relevante contar con un protocolo de relacionamiento entre las partes para la fase de construcción y operación del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Dentro del predio perteneciente a la Familia Maragaño-Llanllán, denominado Parcela 12, Lote A4, Comuna de Río Negro, región de Los Lagos.

Forma: Se realizarán capacitaciones a todos los trabajadores relacionados con el Proyecto en la fase de construcción y operación para que apliquen las acciones indicadas en el protocolo.

Oportunidad: Durante las fases de construcción y operación del Proyecto, particularmente las acciones para la construcción de las obras del Proyecto en el predio de la familia Maragaño-Llanllán. Indicador de cumplimiento Una vez terminada la construcción de las obras del Proyecto en el predio, se remitirá un informe a la SMA, en un plazo no mayor a 3 meses desde la fecha de término de la construcción, acompañando, a lo menos, los siguientes contenidos:

 Registro de capacitaciones establecidas en el protocolo a los contratistas del Proyecto en la fase de construcción, adjuntando lista de asistencia y registro fotográfico.  Ficha de visita al predio.  Firma de conformidad del cumplimiento del protocolo por parte del dueño del predio.

En la fase de operación, se remitirá un informe cada 3 años a la SMA, en un plazo no mayor a 3 meses desde la fecha de término del período de reporte del informe, acompañando, a lo menos, los siguientes contenidos:

 Ficha de visita al predio.  Firma de conformidad del cumplimiento del protocolo por parte del dueño del predio. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 7.2.2. del Capítulo 7 del ICE.

7.2.3. Plantación pino oregón. Tipo de medida Compensación. Componente(s) ambiental(es) objeto de protección Grupos humanos, incluyendo grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas. Impacto asociado [C-MH-06] Intervención y alteración de los sistemas de vida y costumbres del grupo humano perteneciente al pueblo indígena mapuche-huilliche, Familia Maragaño–Llanllán. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Reposición de superficie de plantación de pino Oregón que será cortada a causa de la instalación de la línea de transmisión.

Descripción: De acuerdo a solicitud del Propietario, se realizará plantación en forma de cortinas compuesta por 5, 6 y 7 hileras de árboles. También se realizará mantención de la plantación hasta completar los 2 años.

Justificación: A causa de la instalación de la línea de transmisión, se deberá realizar corta de plantación forestal de pino Oregón, el cual es una de las actividades económicas de la Familia Maragaño-Llanllán (se deberá realizar la corta de 0,8 hectáreas). Considerando lo anterior, se compensará dicha corta con una plantación de 1,12 ha de pino Oregón, equivalente a un total de 1.800 plantas. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En el predio perteneciente a la Familia Maragaño-Llanllán, denominado Parcela 12, Lote A4, Comuna de Río Negro, región de Los Lagos.

Forma:

 Se realizará la plantación en el lugar acordado con la familia, dentro el predio.  Se considera la plantación de individuos de pino oregón de 20-40 cm de altura.  Se realizará la plantación de hileras de árboles, con una superficie total de plantación de 1,12 hectáreas, correspondiendo 1.800 plantas en dicha superficie.  Se contempla la instalación de tres tipos de cortinas: 5 hileras (0,16 ha), en el borde sur-oriente del predio; 6 hileras (0,75 ha), en los bordes sur- poniente, oriente y norte del predio, dejando el espacio libre para el paso de la línea de baja tensión existente; y 7 hileras (0,21 ha), en el borde poniente del predio. Todo acordado con la familia, de acuerdo a la siguiente imagen.

 Se considera cercado perimetral con postes impregnados y 4 hebras de

alambre de púa. Además, implementar un portón de acceso al sitio de la plantación.  Se contempla la protección individual de cada planta con el uso de protectores tipo shelter o malla corrumet.  La plantación se realizará en el otoño siguiente a la obtención de la RCA favorable, con la debida preparación de sitio, y contempla el monitoreo semestral durante 2 años, posterior al establecimiento.  Solo se utilizará fertilizante de establecimiento en caso de requerirse, lo cual será analizado una vez que sea posible el ingreso al predio.  No se realizará riego de establecimiento, ni riego de mantención, a menos que exista un periodo prolongado de escasez de lluvia, lo que será coordinado con el propietario, todo esto, debido a las condiciones climáticas existentes en la región.  En caso de existir mortalidad, se realizará replante en el otoño siguiente a la primera plantación.  Se espera conseguir un prendimiento del 75% al cabo de 2 años, tal como lo establece la normativa forestal vigente.

Oportunidad: Se implementará en el primer otoño siguiente a la obtención de la RCA favorable. Indicador de cumplimiento  Informes semestrales durante dos años después de la plantación de pino oregón a la SMA, acompañando los registros fotográficos y las actas de las visitas verificando el comportamiento de la plantación, las mortalidades y los replantes realizados. Los informes semestrales deberán ser enviados a la SMA, en un plazo no mayor a tres meses desde el término del período de reporte del respectivo informe.

 Acta final de conformidad con la medida firmada por la Familia Maragaño- Llanllán. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 7.2.8. del Capítulo 7 del ICE.

7.2.4. Instalación sistema fotovoltaico domiciliario. Tipo de medida Compensación. Componente(s) ambiental(es) objeto de protección Grupos humanos, incluyendo grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas. Impacto asociado [C-MH-06] Intervención y alteración de los sistemas de vida y costumbres del grupo humano perteneciente al pueblo indígena mapuche-huilliche, Familia Maragaño–Llanllán. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Dotar de un sistema fotovoltaico que supla un 70% del porcentaje anual del consumo eléctrico, considerando un consumo actual anual de 2592 kW, que tiene la Familia Maragaño-Llanllán en su vivienda

Descripción: Instalación de un sistema on grid de 1560 Wp que contará con 6 unidades de módulos fotovoltaicos de 260 W policristalinos, 1 inversor, cable solar, kit de aluminio para montaje en techo (o suelo), medidor bidireccional, inscripción en la SEC con formulario TE4, y los trámites con la compañía distribuidora para cumplir con requisitos de la Ley 20.571.

El sistema se conectará a la red eléctrica existente, para dotar de energía a la vivienda. Los meses de menor generación del panel, que serían mayo, junio, julio y agosto, serán compensados en los meses de mayor generación del panel, inyectándola a la red, generando una cuenta de ahorro de energía, equilibrando así el gasto anual de energía de la vivienda.

Justificación: Esta medida se sustenta en que la Familia Maragaño-Llanllán necesita suplir parte del consumo eléctrico de la vivienda en la que actualmente habita.

Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Dentro del predio perteneciente a la Familia Maragaño-Llanllán, denominado Parcela 12, Lote A4, Comuna de Río Negro, región de Los Lagos.

Forma: Se realizará un diagnóstico preliminar para evaluar si es que el sistema se puede instalar en el techo o en el suelo. Posteriormente, se realizará la instalación.

Oportunidad: Dentro de los primeros 12 meses obtenida la RCA favorable. Indicador de cumplimiento Registro del consumo eléctrico anual de la vivienda que refleje la disminución de un 70% de éste, considerando el consumo actual de la vivienda de 2592 kW.

Entrega de un acta firmado por la Familia Maragaño-Llanllán, con registro fotográfico del sistema fotovoltaico a la SMA en un plazo no mayor a 3 meses desde la firma del acta. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 7.2.9. del Capítulo 7 del ICE.

8. Que, el plan de seguimiento de las variables ambientales relevantes que fueron objeto de evaluación ambiental es el siguiente:

8.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

8.1.1. Seguimiento de parámetros de flora y vegetación. Impacto asociado [C-FV-02] Pérdida de bosque nativo representante de alguna singularidad ambiental de la vegetación. Medida(s) asociada(s) Plantación de un parche de bosque esclerófilo bajo parámetros de la singularidad ambiental que los caracteriza Componente (s) ambiental (es) objeto de seguimiento Flora y vegetación. Ubicación de los puntos/zonas de medición y control Las coordenadas UTM son: 662.838 E; 5.534.514 N, en datum WGS84, huso 18 sur. Parámetros a monitorear  Sobrevivencia (%).  DAC.  Altura.  Estado fitosanitario.  Cobertura de dosel  Índice de esbeltez  Establecimiento de regeneración Límites permitidos o comprometidos Se considera que la medida cumple su objetivo una vez alcanzado el prendimiento del 75 % de los ejemplares plantados. Duración y frecuencia de la medición Duración: La medida se implementará al término de la fase de construcción, Se realizará seguimiento y monitoreo semestral durante los cinco primeros años luego del establecimiento.

Frecuencia: Se informará semestralmente a la SMA los resultados de dicho monitoreo. Método o procedimiento de medición de cada parámetro El Proyecto dispondrá de manera permanente de un equipo encargado de medio ambiente, quien periódicamente actualizará el registro del cumplimiento de la medida. Se entregará un primer informe que respalde el origen del material genético de boldo, en el que se indicará: la ubicación en coordenadas UTM de los árboles padres de la especie Boldo (kmz y shp), registro fotográfico georreferenciado de la colecta de semillas, registro del track de la colecta de semillas (kmz y shp), registro de las semillas colectadas que fueron efectivamente las viverizadas. Al término del periodo de establecimiento, se considera que la medida cumplió su objetivo si se logra un prendimiento del 75% de los ejemplares plantados. Plazo y frecuencia de entrega de informes Plazo: se implementará en un máximo de dos meses con continuidad por cuatro años en prácticas de mantenimiento que aseguren su permanencia en el tiempo

Frecuencia: durante 5 años se informará semestralmente el estado de consolidación de la vegetación en términos globales. Organismo destinatario de SMA, a través de su página web.

informes Referencia al ICE para mayores detalles Sección 8.1.1. del Capítulo 8 del ICE.

8.1.2. Seguimiento de parámetros de medio humano. Impacto asociado [C-MH-11] Posibilidad de alteración temporal de la forma de vida tradicional de la Comunidad Indígena Putrihue de Los Ángeles, producto de la incorporación de flujos no habituales de vehículos y personas en el sector. Medida(s) asociada(s) Protocolo uso ruta U-800 durante fase de construcción. Mejoramiento de la ruka. Asesoría en técnicas agrícolas. Componente (s) ambiental (es) objeto de seguimiento Grupos humanos, incluyendo grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas. Ubicación de los puntos/zonas de medición y control Predio de la comunidad indígena Putrihue de Los Ángeles y la ruta U-800. Parámetros a monitorear Se propone que, durante el periodo de implementación de esta medida, se establezca un representante o grupo conformado por miembros de la Comunidad y representantes del Titular para acordar la operacionalización de esta propuesta. Límites permitidos o comprometidos Respecto a las medidas contempladas para este impacto el indicador de cumplimiento corresponde a la entrega de informes semestrales que den cuenta de los avances de la ejecución de las medidas. Los informes contemplarán actas de reuniones con la Comunidad y listados de asistencia. Asimismo, se considera la entrega de un informe final que contempla los detalles de las medidas. Duración y frecuencia de la medición Duración: El protocolo se implementará durante la construcción de las estructuras 225 a la 255. Las otras dos (2) medidas estarán sujetas a la obtención de la RCA favorable y la conformación de un representante o grupo por parte de la familia.

Frecuencia: No aplica Método o procedimiento de medición de cada parámetro El Procedimiento de medición será a través de un acta de conformidad firmada por los miembros del comité y grupo a cargo de la ejecución de la medida. Plazo y frecuencia de entrega de informes Respecto al protocolo, se dará aviso a la SMA al término de la construcción de las estructuras 225 a la 255 de acuerdo a lo pactado en la medida.

En cuanto a las demás medidas, una vez finalizadas las obras se enviará, a la SMA y a otros actores, en caso que la Comunidad considere pertinente, el informe final de la ejecución de la medida. Organismo destinatario de informes SMA, a través de su página web. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 8.1.4. del Capítulo 8 del ICE.

8.2. FASE DE CONSTRUCCIÒN Y OPERACIÓN

8.2.1. Seguimiento de parámetros de medio humano Impacto asociado [C-MH-05] Intervención en terrenos de la Comunidad Puilo Chiguaipulli, por atravieso aéreo de la LAT en Parcela 1-A, en la localidad de Río Negro. Medida(s) asociada(s) Protocolo de trabajo en el predio de la comunidad en la fase de construcción y operación del Proyecto. Construcción de una sede para la comunidad Puilo Chiguaipulli. Mejoramiento de acceso para la comunidad. Ejecución de proyecto de empalme eléctrico.

Entrega de materiales necesarios para la construcción de invernaderos. Componente (s) ambiental (es) objeto de seguimiento Grupos humanos, incluyendo grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas. Ubicación de los puntos/zonas de medición y control Predio Rol 321-99 perteneciente a la Comunidad Puilo Chiguaipulli. Parámetros a monitorear Se propone que, durante el periodo de implementación de estas medidas, se establezca un comité o grupo conformado por miembros de la Comunidad y representantes del Titular para acordar la operacionalización de esta propuesta. Límites permitidos o comprometidos Respecto a las medidas contempladas para los impactos, el indicador de cumplimiento corresponde a la entrega de informes semestrales que den cuenta de los avances de la ejecución de las medidas. Los informes contemplarán actas de reuniones con la Comunidad y listados de asistencia. Asimismo, se considera la entrega de un informe final que contempla los detalles de las medidas. Duración y frecuencia de la medición Duración: El protocolo de trabajo en el predio se implementará durante la construcción y operación del Proyecto.

Las otras cuatro (4) medidas estarán sujetas a la obtención de la RCA favorable y la conformación de un comité o miembros organizados de la comunidad

Frecuencia: No aplica Método o procedimiento de medición de cada parámetro El Procedimiento de medición será a través de un acta de conformidad firmada por los miembros del comité y grupo a cargo de la ejecución de la medida. Plazo y frecuencia de entrega de informes Respecto al protocolo, se dará aviso a la SMA al término de la fase de construcción en el predio y cada 5 años durante la fase de operación de acuerdo a lo pactado en la medida.

En cuanto a las demás medidas, una vez finalizadas las obras se enviará a la SMA y a otros actores, en caso que la Comunidad considere pertinente, el informe final de la ejecución de la medida. Organismo destinatario de informes SMA, a través de su página web. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 8.1.2. del Capítulo 8 del ICE.

8.2.2. Seguimiento de parámetros de medio humano Impacto asociado [C-MH-06] Intervención y alteración de los sistemas de vida y costumbres del grupo humano perteneciente al pueblo indígena mapuche-huilliche, Familia Maragaño–Llanllán. Medida(s) asociada(s) Protocolo de relacionamiento en fase de construcción y operación. Plantación pino oregón. Instalación sistema fotovoltaico domiciliario. Componente (s) ambiental (es) objeto de seguimiento Grupos humanos, incluyendo grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas. Ubicación de los puntos/zonas de medición y control Dentro del predio perteneciente a la Familia Maragaño-Llanllán, denominado Parcela 12, Lote A4, Comuna de Río Negro, región de Los Lago Parámetros a monitorear Se propone que, durante el periodo de implementación de esta medida, se establezca un representante o grupo conformado por la familia Maragaño- Llanllán y representantes del Titular para acordar la operacionalización de esta propuesta. Límites permitidos o comprometidos Respecto a las medidas contempladas para este impacto el indicador de cumplimiento corresponde a la entrega de informes semestrales que den cuenta de los avances de la ejecución de las medidas. Los informes contemplarán actas de reuniones con la familia y listados de asistencia. Asimismo, se considera la entrega de un informe final que contempla los

detalles de las medidas. Duración y frecuencia de la medición Duración: El protocolo se implementará durante la construcción y operación del Proyecto.

Las otras dos (2) medidas, estarán sujetas a la obtención de la RCA favorable y la conformación de un representante o grupo por parte de la familia

Frecuencia: Para la plantación de pino de oregón se realizará un monitoreo semestral durante 2 años posteriormente al establecimiento.

Para el sistema fotovoltaico, durante un año se realizará el seguimiento del consumo con el objetivo de reflejar la disminución del 70% del consumo, considerando el consumo actual de la vivienda de 2592 kW. Método o procedimiento de medición de cada parámetro El Procedimiento de medición será a través de un acta de conformidad firmada por los miembros de la familia o grupo a cargo de la ejecución de la medida. Plazo y frecuencia de entrega de informes Respecto al protocolo, se dará aviso a la SMA al término de la fase de construcción en el predio y cada 3 años durante la fase de operación de acuerdo a lo pactado en la medida.

Informes semestrales durante 2 años. Organismo destinatario de informes SMA, a través de su página web. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 8.1.3. del Capítulo 8 del ICE.

9. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

9.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES DE CONTENIDO ÚNICAMENTE AMBIENTAL

El proyecto no presenta permisos ambientales sectoriales (PAS) con contenidos únicamente ambientales, ya que las partes obras o acciones del proyecto no intervienen algún tipo de recurso ambiental que deba someter una tramitación que se describa entre los artículos 111 y 130 del Reglamento del SEIA.

9.2. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

9.2.1. Permiso Ambiental Sectorial Mixto del Artículo 132 del RSEIA. Permiso para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico. Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Aplica a todas las obras partes y acciones que requieren obras de excavación y movimiento de tierra para su implementación. Construcción de la LTE de aproximadamente 142 km, que parte desde la S/E Pichirropulli hasta la futura S/E Tineo. El Proyecto además considera los seccionamientos de los circuitos 1x220 kV, LAT Rahue-Puerto Montt, los que implican un trazado de alta tensión de 7 km aproximadamente y se componen de 28 torres, en la comuna de Llanquihue. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El permiso para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico, será el establecido en los artículos 22 y 23 de la Ley N° 17.288, sobre Monumentos Nacionales. El requisito para su otorgamiento consiste en proteger y/o conservar el patrimonio cultural de la categoría monumento arqueológico, incluidos aquellos con valor antropológico o paleontológico.

El Proyecto requiere intervenir 14 sitios arqueológicos de los 16 catastrados dentro del área de influencia, sobre los cuales se solicita la tramitación del PAS. Para los otros dos (2) sitios se propone implementar medidas de protección, consistentes en un cierre perimetral y monitoreo arqueológico permanente.

La actualización de los contenidos técnicos y formales para acreditar el cumplimiento de lo establecido se presentan adjunto en el Anexo 6 de la segunda Adenda Complementaria. Pronunciamiento del órgano competente El Consejo de Monumentos Nacionales mediante el oficio ordinario N° 3795, de fecha 13 de septiembre de 2018, señala que:

“Este Consejo no da conformidad a los antecedentes del Permiso Ambiental Sectorial contenido en el Art. Nº 132 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S. N° 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, referente a intervenciones en sitios arqueológicos y/o paleontológicos, ya que el titular no ha logrado completar la línea de base del componente arqueológico, sin el cual este organismo no puede evaluar adecuadamente los impactos del proyecto sobre estos monumentos, como tampoco sus compensaciones”.

Al respecto, el Servicio de Evaluación Ambiental–Dirección Ejecutiva, considera que, durante el proceso de evaluación ambiental del Proyecto, el Titular presento los antecedentes de al menos el 80% del total de los hallazgos para acreditar la forma de cumplimiento de este permiso sectorial (Anexo 6 de la segunda Adenda Complementaria). No obstante, deberá realizar la caracterización sub-superficial de los 5 sitios (AP1, AP2, AP14, AP15 y AP16) aprobadas mediante el oficio Ord. CMN N° 942/18 por el Consejo de Monumento, una vez resuelta la situación sobre el proceso Concesional, que según ha argumentado (respuesta 2.2 de la Adenda Extraordinaria) se encuentra en proceso de obtención.

Al respecto, la caracterización de los sitios a afectar debe realizarse una vez obtenida la RCA favorable y los resultados obtenidos de dicha prospección deberán ser adjuntados mediante un informe, un mes antes del inicio de las obras de la fase de construcción. Los resultados de las caracterizaciones deben ser remitidas al Consejo de Monumentos Nacionales y a la SMA mediante un informe elaborado por un arqueólogo/a titular del permiso, para que se establezcan las medidas a seguir, y solo luego que sean cumplidas, el Consejo podrá dar conformidad al inicio de las obras en dichos sectores.

En relación a aquellas áreas en las que no se haya podido realizar inspección visual arqueológica por la presencia de vegetación densa, deberán ser prospectadas posterior a las obras de corte y tala, remitiendo al Consejo de Monumentos Nacionales y a la SMA los resultados obtenidos de dicha prospección mediante un informe, un mes antes del inicio de las obras de construcción Lo mismo se hará para el caso de los predios en los que los propietarios, no otorgaron autorización de ingreso. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 11.2.1. del Capítulo 11 del ICE.

9.2.2. Permiso Ambiental Sectorial Mixto del Artículo 138 del Reglamento del SEIA. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza. Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica Construcción: sistemas de recolección y tratamiento de aguas servidas presentes en IIFF Norte, Centro y Sur.

Operación: en la S/E Tineo, las aguas servidas serán recolectadas a través de una fosa estanca con retiro de terceros autorizados. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que la disposición de aguas servidas no amenace la salud de la población. Al respecto el Proyecto durante la fase de construcción, considera 3 sistemas independientes de recolección y tratamiento de aguas servida, las cuales serán recolectadas, trasladadas de forma gravitacional mediante una red de recolección particular, para descargar en la planta de tratamiento de aguas servidas domésticas en modalidad lodos activados y con capacidad suficiente de tratamiento.

Se considerará como primera opción de disposición de las aguas tratadas, la humectación de caminos internos del Proyecto y como sistema alternativo de disposición, se considera la utilización de drenes de infiltración.

La actualización de los contenidos técnicos y formales para acreditar el cumplimiento de lo establecido se presentan adjunto en el Anexo 5-2 de la Adenda Complementaria. Pronunciamiento del órgano competente El Departamento de Salud Ambiental del Ministerio de Salud, mediante el oficio ordinario N° B32/2561, de fecha 25 de junio de 2018, se pronuncia conforme, otorgando el permiso ambiental sectorial bajo las siguientes consideraciones:

“a. Los antecedentes presentados por el titular durante el proceso de evaluación, dan respuesta a los contenidos ambientales, establecidos para el otorgamiento del permiso ambiental sectorial contenido en el art. 138 del Reglamento del SEIA. Este permiso es aplicable a los sistemas de alcantarillado particular que se habilitarán durante la fase de construcción del proyecto en las Instalaciones de Faena Norte, Centro y Sur.

Según lo declarado, éstos consisten en tres plantas de tratamiento de aguas servidas, modalidad lodos activados, que tendrán asociado un sistema de reutilización del efluente tratado. Ello para ser usado en humectación de caminos internos del proyecto, el que contará además, con un sistema alternativo de disposición del efluente tratado, en base a drenes de infiltración. Serán utilizados en épocas de lluvias o cuando el efluente tratado no pueda ser usado en humectación. Las características específicas de los sistemas de tratamiento, se encuentran descritas en el Anexo 5-2 de la adenda complementaria.

b. Sin perjuicio de lo anterior, se deberá dejar establecido que durante la tramitación sectorial, el titular deberá presentar ante la SEREMI de Salud respectiva, los antecedentes sanitarios que permitan ratificar que la cantidad de agua requerida para la humectación de caminos es concordante con el efluente generado en los sistemas de tratamiento. Para ello se deberá considerar al menos, la capacidad de infiltración del suelo en las áreas de aplicación y un balance de aguas.

Asimismo, se deberá consignar que durante la tramitación sectorial se deberán incluir en los proyectos de ingeniería de los sistemas de tratamiento, los antecedentes sanitarios específicos que permitan validar técnicamente la propuesta de levantar el terreno, para aumentar la distancia entre la napa y el sistema de infiltración.

c. Por último, cabe precisar que no corresponde incluir dentro del permiso contenido en el artículo 138 del Reglamento del SEIA, al sistema de manejo de aguas servidas propuesto para la Subestación Tineo, habilitado para la fase de operación del proyecto. Este no contempla tratamiento, sino que solo la acumulación de las aguas servidas y su posterior retiro con camión limpia fosa.

En este sentido, cabe precisar que aun cuando la Autoridad Sanitaria Regional acepta esta solución excepcional, teniendo presente las características del lugar de emplazamiento, las condiciones de operación y los antecedentes aportados por el titular, ésta no puede ser incluida en la autorización sanitaria de los sistemas de alcantarillado particular. No obstante, las condiciones de operación de esta instalación, serán establecidas sectorialmente por la SEREMI de Salud de la Región de los Lagos, en el marco de sus competencias y atribuciones”. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 11.2.2. del Capítulo 11 del ICE.

9.2.3. Permiso Ambiental Sectorial Mixto del Artículo 140 del RSEIA. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase. Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto requiere de sitios de disposición de almacenamiento temporal en cada instalación de faena durante la fase de construcción, a la espera de ser retirados y dispuestos en un sitio de disposición final autorizado para dicho fin. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que las condiciones de saneamiento y seguridad eviten un riesgo a la salud de la población.

La actualización de los contenidos técnicos y formales para acreditar el cumplimiento de lo establecido se presentan adjunto en el Anexo 5-3 de la Adenda. Pronunciamiento del órgano competente El Departamento de Salud Ambiental del Ministerio de Salud, mediante el oficio ordinario N° B32/2561, de fecha 25 de junio de 2018, se pronuncia conforme, otorgando el permiso ambiental sectorial bajo la siguiente consideración:

“En cuanto al Permiso contenido en el art. 140 del Reglamento del SEIA,

aplicable a los sitios de almacenamiento de residuos no peligrosos, que se habilitarán en las Instalaciones de Faena Norte, Centro y Sur, el titular ha acreditado durante el proceso de evaluación, todos los contenidos técnicos y formales estipulados para su otorgamiento. Las características y condiciones de operación de los sitios de almacenamiento de residuos no peligrosos contemplados en este proyecto, se encuentran descritas en el Anexo 5-3 de la adenda”. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 11.2.3. del Capítulo 11 del ICE.

9.2.4. Permiso Ambiental Sectorial Mixto del Artículo 142 del RSEIA. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos.. Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto requiere un sitio de almacenamiento temporal destinado a los residuos peligrosos que se generen durante la fase de construcción del Proyecto. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que el almacenamiento de residuos en un sitio no afecte localidad de las aguas, suelo y aire que pueda poner en riesgo la salud de la población.

La actualización de los contenidos técnicos y formales para acreditar el cumplimiento de lo establecido se presentan adjunto en el Anexo 5-4 de la Adenda. Pronunciamiento del órgano competente El Departamento de Salud Ambiental del Ministerio de Salud, mediante el oficio ordinario N° B32/2561, de fecha 25 de junio de 2018, se pronuncia conforme, otorgando el permiso ambiental sectorial bajo la siguiente consideración:

“Respecto del Permiso contenido en el art. 142 del Reglamento del SEIA, requerido por los sitios de almacenamiento de residuos peligrosos que se habilitarán en las Instalaciones de Faena Norte, Centro y Sur, el titular ha acreditado durante el proceso de evaluación, los contenidos técnicos y formales estipulados para su otorgamiento. Las características y condiciones de operación de los sitios de almacenamiento de residuos peligrosos, se encuentran descritas en el Anexo 5-4 de la adenda”. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 11.2.4. del Capítulo 11 del ICE

9.2.5. Permiso Ambiental Sectorial Mixto del artículo 146 del RSEIA. Permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, para el establecimiento de centros de reproducción o criaderos y para la utilización sustentable del recurso. Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Sectores donde se efectuarán las actividades de corte, despeje de vegetación y movimientos de tierra. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que el proyecto de caza o captura sea adecuado para la especie y necesario para los fines indicados.

La actualización de los contenidos técnicos y formales para acreditar el cumplimiento de lo establecido se presentan adjunto en el Anexo 8 de la Segunda Adenda Complementaria. Pronunciamiento del órgano competente La Dirección Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero, mediante el oficio ordinario N° 4076, de fecha 31 de agosto de 2018, se pronuncia conforme. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 11.2.5. del Capítulo 11 del ICE

9.2.6. Permiso Ambiental Sectorial Mixto del Artículo 148 del RSEIA. Permiso para corta de bosque nativo. Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Construcción del Sistema de Transmisión Eléctrica.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en reforestar o regenerar una superficie de terreno igual, a lo menos, a la cortada o explotada, con especies del mismo tipo forestal.

La actualización de los contenidos técnicos y formales para acreditar el cumplimiento de lo establecido se presentan adjunto en el Anexo 5-3 de la Adenda complementaria; y el Anexo 1 de la Segunda Adenda Complementaria. Pronunciamiento del órgano competente La Dirección Ejecutiva de la Corporación Nacional Forestal, mediante el oficio ordinario N° 24-EA, de fecha 29 de agosto de 2018, se pronuncia conforme, otorgando el permiso ambiental sectorial. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 11.2.6. del Capítulo 11 del ICE

9.2.7. Permiso Ambiental Sectorial Mixto del Artículo 149 del RSEIA. Permiso para la corta de plantaciones en terrenos de aptitud preferentemente forestal. Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Construcción del sistema de transmisión eléctrica. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en reforestar una superficie de terreno igual, a lo menos, a la cortada o explotada.

La actualización de los contenidos técnicos y formales para acreditar el cumplimiento de lo establecido se presentan adjunto en el Anexo 5-4 de la Adenda complementaria. Pronunciamiento del órgano competente La Dirección Ejecutiva de la Corporación Nacional Forestal, mediante el oficio ordinario N° 24-EA, de fecha 29 de agosto de 2018, se pronuncia conforme, otorgando el permiso ambiental sectorial. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 11.2.7. del Capítulo 11 del ICE

9.2.8. Permiso Ambiental Sectorial Mixto del Artículo 156 del RSEIA. Permiso para efectuar modificaciones de cauce.. Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica A partir del estudio se concluyó que las torres indicadas en la Tabla a continuación se encontrarían dentro del área de inundación extraordinaria de algún cauce natural.

CAUCE TORRES EN ÁREA DE INUNDACIÓN Río Llollehue 22-23-33 Río Bueno 65 Río Pilmaiquén 72-73-74 Estero Dollinco 94 Río Colegua 333 Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El permiso para efectuar modificaciones de cauce, será el establecido en el artículo 41 e inciso 1º del artículo 171 del Decreto con Fuerza de Ley Nº 1.122, de 1981, del Ministerio de Justicia, Código de Aguas, siempre que no se trate de obras de regularización o defensa de cauces naturales. El requisito para su otorgamiento consiste en no afectar la vida o salud de los habitantes, mediante la no contaminación de las aguas.

La fase de construcción considera un periodo de 21 meses, sin embargo, cada estructura considera un período de construcción de 1 semana aproximado, lo que podría variar en función de las condiciones de terreno. Al respecto, es necesario considerar las siguientes actividades: roce franja de seguridad; replanteo topográfico; habilitación de accesos temporales a las torres; construcción de las fundaciones y mallas de puesta a tierra para las estructuras; montaje de estructuras; montaje de conjuntos de aislación y ferretería, tendido de conductores y cable de guardia; Conexión y pruebas de energización.

En el caso de ocurrencia de un evento de afloramiento de aguas se deberá: informar el volumen total aflorado, detallar la solución de drenaje y de infiltración

adoptada, informar los registros de niveles de los pozos cercanos a los sectores donde se deberá realizar el agotamiento de la napa y posterior reinyección. Todo lo anterior, deberá ser remitido a la SMA en un informe técnico a presentar una vez concluida la fase de construcción del Proyecto.

La actualización de los contenidos técnicos y formales para acreditar el cumplimiento de lo establecido se presentan adjunto en el Anexo 5-8 de la Adenda. Pronunciamiento del órgano competente La Dirección General de Aguas, mediante el oficio ordinario N° 36, de fecha 20 de junio de 2018, se pronuncia conforme, otorgando el permiso ambiental sectorial bajo la siguiente consideración:

El titular deberá ejecutar el monitoreo de calidad de las aguas antes y después de la fase de construcción de las torres, considerando en cada uno de estos monitoreos, la medición aguas arriba y otras aguas abajo de cada uno de los seis atraviesos proyectados. Esto fue acogido por el titular en la Respuesta 10.3 de la Adenda Complementaria.

Los monitoreos comprometidos deberán ser consolidados y remitidos a la Autoridad Competente en un informe una vez terminada la etapa de construcción de las torres. Cabe señalar que deberán seguirse los lineamientos de la Minuta DGA DCPRH N°26/2017. Esto fue acogido por el titular en la Respuesta 10.3 de la Adenda Complementaria.

“La justificación presentada por el titular, en cuanto a descartar la necesidad de construir obras de defensa para las torres afectas al PAS 156, deberá ser complementada en el marco del proyecto sectorial de modificación de cauce que el titular deberá presentar a la DGA, de manera de que en dicha etapa el Servicio pueda ponderar la información presentada y/o requerir nuevos antecedentes de ser necesario”. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 11.2.8. del Capítulo 11 del ICE

9.2.9. Permiso Ambiental Sectorial Mixto del Artículo 160 del RSEIA. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos Fase del Proyecto a la cual corresponde Fase de construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica Construcción: IIFF Norte, Centro y Sur.

Operación: S/E Tineo. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Los requisitos para su otorgamiento consisten en no originar nuevos núcleos urbanos al margen de la planificación urbana y no generar pérdida de degradación del recurso natural suelo.

La actualización de los contenidos técnicos y formales para acreditar el cumplimiento de lo establecido se presentan adjunto en el Anexo 9-8 del EIA; la respuesta 5.10.2. de la Adenda; y la respuesta 2.9. de la Segunda Adenda Complementaria. Pronunciamiento del órgano competente El Servicio Agrícola y Ganadero, Dirección Nacional, mediante el oficio ordinario N° 4076, de fecha 31 de agosto de 2018, se pronuncia conforme, otorgando el permiso ambiental sectorial.

El Ministerio de Vivienda y Urbanismo, mediante el oficio ordinario N° 0015, de fecha 24 de enero de 2018, se pronuncia conforme, otorgando el permiso ambiental sectorial. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 11.2.9. del Capítulo 11 del ICE

  1. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

10.1 D.F.L. Nº 458/1975 y D.S. Nº 47/1992, ambos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC). Norma D.F.L. Nº 458/1975 y D.S. Nº 47/1992, ambos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) y

10.1 D.F.L. Nº 458/1975 y D.S. Nº 47/1992, ambos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC). Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC). Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica Las obras e instalaciones del Proyecto se localizarán fuera de las áreas reguladas por instrumentos de planificación territorial vigentes en las comunas de las localidades que forman parte del área de influencia del Proyecto, correspondientes a los Planes Reguladores Comunales de Paillaco, La Unión, Río Bueno, San Pablo, Osorno, Río Negro, Purranque, Frutillar y Llanquihue. De esta forma, la localización de las instalaciones del Proyecto corresponde a un área rural. Forma de cumplimiento El Proyecto comprende obras de uso de suelo del tipo infraestructura energética (línea de transmisión y subestación), a las que les es aplicable lo señalado en el artículo 2.1.29 de la OGUC y las interpretaciones que, de este artículo, se realizan en las Circulares DDU 218 y 219 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU). Lo anterior, en el entendido que las redes y trazados de uso de suelo del tipo infraestructura se encontrarán siempre admitidas tanto en el área urbana como rural, y se sujetarán a las disposiciones que establezcan los organismos competentes.

Respecto a la caseta de control y otras obras no consideradas como infraestructura energética, el Titular dentro del procedimiento de evaluación de impacto ambiental, presentó los antecedentes del PAS descrito en el artículo 160 del RSEIA. Indicador que acredita su cumplimiento Presentación de los antecedentes y obtención del PAS descrito en el art. 160 del RSEIA. Forma de control y seguimiento Ejecución de instalaciones de acuerdo a las condiciones y requerimientos otorgados por la autoridad sectorial y ambiental en el contexto de otorgamiento del PAS 160. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.1.1. del Capítulo 10 del ICE

10.2 D.S. Nº 144/1961, del Ministerio de Salud Pública. Norma D.S. Nº 144/1961, del Ministerio de Salud Pública, que establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica Construcción: Las actividades que generarán material particulado, serán las actividades que consideren movimientos de tierra, transporte y utilización de grupos electrógenos. Estas actividades corresponden a los escarpes, caminos, construcción de fundaciones, carga y transporte de material, el traslado de vehículos y maquinarias por caminos no pavimentados. Del mismo modo, se generarán emisiones gaseosas debido a los procesos de combustión interna de los motores de vehículos livianos, camiones, equipos electrógenos y de la maquinaria utilizada en esta fase.

La Estimación de Emisiones del Proyecto se encuentra en el Anexo 3-1 del EIA y del Anexo 3-1 de la Adenda.

Operación: Durante esta fase no se generarán emisiones de material particulado o gases de combustión, salvo las mínimas que se producirán por el flujo ocasional de vehículos que desarrollen labores de mantención y reparación de los componentes de la LTE y S/E asociadas. Forma de cumplimiento A fin de controlar las emisiones atmosféricas, el Titular adoptará las siguientes medidas de abatimiento y control en su fase de construcción:

 El tránsito de maquinaria y vehículos en caminos y huellas sin tratamiento superficial, se realizará a baja velocidad, específicamente a 30 km/h con carga cubierta y 40 km/h sin carga.  Los camiones que transportarán el material para la construcción,

10.2 D.S. Nº 144/1961, del Ministerio de Salud Pública. cumplirán con las disposiciones correspondientes del D.S. Nº 75/1987, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que establece condiciones para el transporte de cargas.  Se realizará la humectación en periodo de bajas precipitaciones, de todos aquellos materiales que puedan desprender polvo, de los sitios de desplazamiento y vías de circulación de vehículos, máquinas y equipos, sobre todo en los horarios de mayor flujo vehicular, siempre y cuando se trate de vías no estabilizadas y con viviendas o caseríos próximos.  La ejecución de los movimientos de tierra y excavaciones se realizará humectando previamente la superficie del suelo, en caso de ser necesario.  Los vehículos poseerán las revisiones técnicas al día y la mantención de la maquinaria se realizará de acuerdo a las especificaciones del fabricante en talleres mecánicos autorizados.

Por otra parte, de acuerdo a la información presentada por el Titular, respecto a la estimación de sus emisiones durante la fase de construcción, indica que los aportes de MP10 superan el límite establecido en el artículo 56 del D.S. 47/2015 que establece el “Plan de descontaminación Atmosférica de Osorno (PDAO)”; específicamente en 2,44 ton de MP10 por lo que deberá compensar sus emisiones en un 120%. Indicador que acredita su cumplimiento Mantener disponible un registro interno de:

 Humectación de caminos.  Cumplimiento de las medidas de control de emisiones atmosféricas.  Catastro de vehículos y maquinarias con las fechas de las revisiones técnicas y mantenciones respectivas.  Presentación del Plan de Compensación de Emisiones ante la SEREMI de Medio Ambiente de la Región de Los Lagos y su respectiva aprobación. Forma de control y seguimiento Verificación en terreno de los registros de las mantenciones y revisiones técnicas y la verificación de medidas establecidas en el Plan de Compensación de Emisiones (PCE). Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.2.1. del Capítulo 10 del ICE

10.3 D.S. N° 138/2005, del Ministerio de Salud. Norma D.S. Nº 138/ 2005, del Ministerio de Salud, que establece obligación de declarar emisiones que indica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento D.S. N° 1/2013, del Ministerio del Medio Ambiente, reglamento del registro de emisiones y transferencias de contaminantes (RETC). Parte, obra o acción a la que aplica Fase de construcción. Forma de cumplimiento Se generarán emisiones de contaminantes atmosféricos debido a los procesos de combustión interna de los equipos electrógenos utilizados en la fase de construcción. Indicador que acredita su cumplimiento El Titular debe realizar la declaración de emisiones de los grupos electrógenos que se utilicen durante la ejecución de la fase de construcción, de acuerdo a los formularios que para este efecto ha desarrollado la autoridad sanitaria y a través del sitio web para el registro de emisiones y transferencias de contaminantes (www.retc.cl), dando cumplimento al D.S. Nº 1/2013, Reglamento del RETC. Forma de control y seguimiento  Registro del Titular y proyecto en el RETC.  Comprobante de realización de declaración anual. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.2.2. del Capítulo 10 del ICE

10.4 D.S. N° 4/1994, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.

10.4 D.S. N° 4/1994, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Norma D.S. N° 4/1994, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos Motorizados y fija los procedimientos para su control. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera utilizar vehículos regulados por la presente norma. Forma de cumplimiento El Titular debe dar cumplimiento a las norma de emisión y exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del Proyecto, durante todas las fases, cumplan con estas normas, lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases. Indicador que acredita su cumplimiento Se deberá tener un registro de los vehículos de propiedad del Titular y terceros, que le aplique la presente norma, acreditando la revisión técnica y gases al día. Forma de control y seguimiento Contar con un registro de la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.2.3. del Capítulo 10 del ICE

10.5 D.S. N° 55/1994, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Norma D.S. N° 55/1994, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados pesados. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera utilizar vehículos regulados por la presente norma. Forma de cumplimiento El Titular debe dar cumplimiento de la norma de emisión y exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del Proyecto, cumplan con estas normas, lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases. Indicador que acredita su cumplimiento Se deberá tener un registro de los vehículos de propiedad del Titular y terceros, que le aplique la presente norma, acreditando la revisión técnica y gases al día. Forma de control y seguimiento Contar con un registro de la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.2.4. del Capítulo 10 del ICE

10.6 D.S. N° 54/1994, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Norma D.S. N° 54/1994, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que establece normas de emisión aplicables a los vehículos motorizados medianos que indica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera utilizar vehículos regulados por la presente norma. Forma de cumplimiento El Titular debe dar cumplimiento de la norma de emisión y exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del Proyecto, cumplan con estas normas lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases. Indicador que acredita su cumplimiento Se deberá tener un registro de los vehículos de propiedad del Titular y terceros, que le aplique la presente norma, acreditando la revisión técnica y gases al día.

10.6 D.S. N° 54/1994, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Forma de control y seguimiento Contar con un registro de la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.2.5. del Capítulo 10 del ICE

10.7 D.S. N° 211/1991, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Norma D.S. N° 211/1991, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que establece normas sobre emisiones de vehículos motorizados livianos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera la utilización de vehículos motorizados livianos principalmente para el transporte del personal. Forma de cumplimiento Se exigirá que todos los vehículos motorizados livianos sean sometidos a mantenciones periódicas y cumplan con las normas de emisión establecidas, acreditando mediante el certificado de revisión técnica al día. Esta obligación deberá ser considerada por el Titular y terceros contratistas. Indicador que acredita su cumplimiento Se deberá tener un registro de los vehículos de propiedad del Titular y terceros, que le aplique la presente norma, acreditando la revisión técnica y gases al día. Forma de control y seguimiento Contar con un registro de los certificados de revisión técnica al día de los vehículos utilizados. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.2.6. del Capítulo 10 del ICE

10.8 D.S. Nº 47/1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Norma D.S. Nº 47/1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera actividades destinadas a la construcción y demolición de obras, las que son susceptibles de generar emisiones atmosféricas. Adicionalmente, se contempla movimientos de tierra y tránsito vehicular para transportar tanto el material propio de la construcción como material excedente de la faena. Forma de cumplimiento Se dará cumplimiento a las medidas de control de emisiones descritas en el artículo 5.8.3 de la OGUC, según corresponda a las características del Proyecto, con el objeto de controlar las emisiones, de acuerdo a las siguientes medidas:

 Humectar el terreno en forma oportuna, y suficiente durante el período en que se realicen las faenas de manejo de materiales, relleno y excavaciones, para cuyos efectos se mantendrá un registro del suministro de agua utilizado para estos efectos.  Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta.  Mantener la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes colectores.  El tránsito de maquinaria y vehículos en caminos y huellas sin tratamiento superficial, se realizará a baja velocidad, 30 km/h con carga cubierta y 40 km/h sin carga. Se mantendrá disponible un registro interno de la ejecución de estas medidas, con objeto de dar cumplimiento a la norma analizada. Indicador que acredita su cumplimiento Se dará cumplimiento mediante un registro de las medidas indicadas, el cual estará a disposición de la autoridad para su fiscalización. Forma de control y seguimiento Copia del registro del cumplimiento de las medidas ejecutadas a disposición de la autoridad para su fiscalización.

10.8 D.S. Nº 47/1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.2.7. del Capítulo 10 del ICE

10.9 D.S. Nº 75/1987, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Norma D.S. Nº 75/1987, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que establece condiciones para el transporte de carga que indica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Se considera el uso de vehículos para el transporte de estructuras, equipos, áridos, hormigón y otros insumos, generando emisiones a la atmósfera. Forma de cumplimiento Se dará cumplimiento a las exigencias establecidas en la presente norma, mediante la utilización de vehículos idóneos y la ejecución de acciones que eviten el escurrimiento o dispersión de los materiales, tales como cubrimiento con lonas, humidificación, carga y descarga adecuada, mantenimiento periódico de los camiones. Indicador que acredita su cumplimiento Verificación en terreno de la exigencia descrita, especialmente del sellado de camiones al entrar y salir de la faena, registrando el cumplimiento de las medidas indicadas. Forma de control y seguimiento Copia del registro del cumplimiento de las medidas ejecutadas a disposición de la autoridad para su fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.2.8. del Capítulo 10 del ICE

10.10 D.S. 47/2015, del Ministerio del Medio Ambiente. Norma D.S. 47/2015, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece plan de descontaminación atmosférica para la comuna de Osorno. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto generará emisiones de material particulado de carácter temporal, que serán producto principalmente del tránsito de vehículos y los movimientos de tierra requeridos. Además, se producirán emisiones de monóxido de carbono (CO), óxidos de nitrógeno (NOx), óxidos de azufre (SOx) e hidrocarburos/compuestos orgánicos volátiles (HC/COV) debido al uso de maquinaria y el tránsito de vehículos. Forma de cumplimiento El Proyecto compensará sus emisiones de MP10 en un 120%, ya que la emisión de este contaminante durante la fase de construcción es superior a 1 ton/año. De esta manera, se estima que las emisiones a compensar corresponden a 2,92 ton (revisar Anexo 3-1 del EIA). Por ello, el Titular presentará a la SEREMI del Medio Ambiente de Los Lagos un programa de compensación de emisiones, en un plazo que no podrá exceder los tres meses entre la aprobación y el inicio de ejecución del Proyecto (oficio Ordinario N° 180397, de fecha 31 de enero de 2018, de la Subsecretaría del Medio Ambiente) que cumplirá con los criterios de integridad ambiental señalados en el Artículo 56 del D.S. N° 47/2015, para dar cumplimiento a lo establecido en el PDA de Osorno. Indicador que acredita su cumplimiento Presentación y aprobación del programa de compensación de emisiones en la forma y plazos aprobados por la autoridad. Forma de control y seguimiento Revisión y fiscalización de las medidas y condiciones establecidas en el programa de compensación de emisiones propuesto. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.2.9. del Capítulo 10 del ICE

10.11 D.S. Nº 38/2012, del Ministerio de Medio Ambiente. Norma D.S. Nº 38/2012, del Ministerio de Medio Ambiente, que establece norma de ruidos generados por fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del Decreto N° 146, de 1997.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica Construcción: El ruido se producirá debido a la maquinaria que se utilizará en la preparación del terreno y montaje de las instalaciones y estructuras.

Operación: El nivel de ruido perceptible corresponde al generado por la ionización del aire que rodea a los conductores de alta tensión, que tiene lugar cuando el gradiente eléctrico supera la rigidez dieléctrica del aire y se manifiesta en forma de pequeñas chispas o descargas a escasos centímetros de los cables conocida como efecto corona. El grado o intensidad de la descarga de la corona y el ruido audible están condicionados por factores ambientales, esto es humedad, densidad, neblina, viento y agua en forma de lluvia. Forma de cumplimiento Durante la fase de construcción, se identificaron 7 de los 71 puntos evaluados que superan los límites permitidos de las emisiones de ruido para asentamientos humanos (receptores sensibles) por el D.S. N° 38/2011, que corresponden al R23, R27, R41, R47, R53, R57 y R66. A causa de lo anterior, se contemplará la implementación de medidas de control de ruido, consistentes en barreras acústicas modulares, conformadas por paneles de madera OSB o similar que posea 10 kg/m2 de densidad superficial, que se interpondrán entre los frentes de trabajo y los puntos receptores identificados

Durante la fase de operación, la única potencial fuente de ruido asociada a esta fase será el denominado “Efecto Corona” que se produce en los conductores eléctricos a lo largo del trazado. Al respecto, la Subsecretaría del Medio Ambiente, mediante oficio Ordinario N° 180397, de fecha 31 de enero de 2018, señala que “Se solicita incluir dentro del plan de monitoreo de ruido mencionado por el titular en la respuesta a la observación 7.1.4 de la Adenda, 4 campañas de mediciones en los receptores R40, R47 y R68, de acuerdo a los procedimientos y criterios establecidos en el D.S. N°38/11 del MMA. Para lo anterior, deberá utilizar el Reporte Técnico (Resolución Exenta N° 693/2015) de la Superintendencia del Medio Ambiente para registrar y evaluar la emisión de ruido, en periodo diurno y nocturno, sobre el ruido de las Líneas de Transmisión Eléctrica generado por el efecto corona en la fase de operación del proyecto.

Las campañas deberán realizarse el primer año de operación del proyecto. Se solicitan dos campañas en invierno, una en otoño y otra en verano. Para cada campaña se debe buscar la situación más desfavorable en la emisión de ruido generado por el efecto corona”.

Los resultados obtenidos de la modelación del impacto acústico del Proyecto, se detallan en el Anexo N° 3-2 del EIA. Indicador que acredita su cumplimiento  La implementación de paneles de madera OSB o similar que posea 10 kg/m2 de densidad superficial a los receptores identificados.  El Titular no debe superar los niveles máximos permitidos en la norma. Forma de control y seguimiento  Fiscalización en terreno de la implementación de las medidas de control.  Informe trimestral durante el primer año de operación ante la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.2.10. del Capítulo 10 del ICE

10.12 D.F.L. Nº 725/1967, que establece el Código Sanitario y D.F.L. N° 1, de 1990, ambos del Ministerio de Salud. Norma D.F.L. Nº 725/1967, que establece el Código Sanitario y D.F.L. N° 1, de 1990, que determina materias que requieren autorización sanitaria expresa, ambos del Ministerio de Salud. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica Durante la fase de construcción se generarán residuos sólidos domiciliarios y del tipo asimilable a domiciliario, industriales no peligrosos y peligrosos.

En fase de operación se generarán residuos sólidos domiciliarios y del tipo

asimilable a domiciliario e industriales no peligrosos. Forma de cumplimiento Fase de construcción: Residuos asimilables a domiciliarios: Serán retirados diariamente de los frentes de trabajo, en donde existirán tambores con tapa claramente identificados para la disposición, posteriormente serán almacenados de manera temporal en el área de acopio de residuos domésticos de las IIFF en contenedores cerrados para posteriormente ser enviados por una empresa autorizada a rellenos sanitarios autorizados. Los residuos que se generen en las IIFF se almacenarán en sus sitios de acopio temporal. La frecuencia de retiro será cada 2-3 días a la semana.

Residuos sólidos industriales no peligrosos: Serán acumulados temporalmente en el área de acopio de residuos no peligrosos de las IIFF para su reutilización, reciclaje o comercialización. El remanente deberá ser transportado a un sitio de disposición final autorizado.

Como parte, se priorizará la reutilización de aquellos materiales que tengan algún valor comercial o puedan ser aprovechados por contratistas o subcontratistas (maderas, cartones, despuntes o excedentes metálicos, chatarra, etc.). Además, en los contratos de provisión se privilegiará la devolución de los envases al proveedor.

Residuos peligrosos: Se considera que la generación de carácter marginal. En caso de ocurrir, serán trasladados al momento de su generación a las S/E para su acopio temporal. Serán retirados y almacenados en una BAT de residuos peligrosos habilitada en la IIFF para residuos peligrosos y serán retirados por una empresa autorizada con un máximo de 6 meses, para su disposición final en un recinto autorizado.

Al respecto, el Titular ha presentado los antecedentes técnicos y formales necesarios para tramitar el otorgamiento del PAS descrito en el artículo 142 del RSEIA.

Fase de operación: Residuos asimilables a domiciliarios: el Proyecto producirá residuos en bajas cantidades, serán aquellos que pudiesen generarse en los breves periodos de las mantenciones y reparaciones. En cada actividad los residuos serán recolectados por el Contratista para ser almacenados y dispuestos en conformidad con lo establecido por la legislación aplicable, a través de los CARD (Centro de Acopio Residuos y Desechos) de cada zona.

Residuos sólidos industriales no peligrosos: Se generarán pequeñas cantidades de residuos sólidos no peligrosos provenientes de las actividades de mantención de la LAT, correspondientes a restos de ferretería, conductores o aisladores, los que serán recolectados por el Contratista a cargo de la mantención de las obras para ser almacenados y dispuestos en conformidad con lo establecido por la legislación aplicable.

Respecto a la S/E Pichirropulli y la operación de la nueva S/E Tineo, eventualmente se generarán este tipo de residuos sólidos como chatarra y piezas de recambio, particularmente durante las actividades de mantención. Estas serán enviadas a sitios de disposición final autorizados presentes en la región. Indicador que acredita su cumplimiento Se deberá contar con lugares autorizados para el almacenamiento de los residuos generados por el Proyecto de conformidad a los PAS 140 y 142 del RSEIA. Además de contar con un registro de la trazabilidad del retiro y disposición final de los residuos generados. Forma de control y seguimiento Contar con la copia física e integra de los permisos respectivos y de los registros para la revisión y fiscalización de la autoridad en las dependencias del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.2.11. del Capítulo 10 del ICE

10.13 D.S. N° 1/2013, del Ministerio del Medio Ambiente. Norma D.S. N° 1/2013, del Ministerio del Medio Ambiente, reglamento del

registro de emisiones y transferencias de contaminantes (RETC). Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica Durante la fase de construcción se generarán residuos sólidos domiciliarios y del tipo asimilable a domiciliario, industriales no peligrosos y peligrosos.

En fase de operación se generarán residuos sólidos domiciliarios y del tipo asimilable a domiciliario e industriales no peligrosos. Forma de cumplimiento Se declarará la generación de residuos a través de la ventanilla única que dispone el RETC. Indicador que acredita su cumplimiento  Registro del Titular y Proyecto en el RETC.  Comprobante de realización de la declaración anual. Forma de control y seguimiento Contar con los registros y declaraciones. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.2.12. del Capítulo 10 del ICE

10.14 D.S. N° 148/2003, del Ministerio de Salud. Norma D.S. Nº 148/2003, del Ministerio de Salud, reglamento sanitario de residuos peligrosos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Corresponden a residuos relacionados a aceites usados, arenas y tierras contaminadas con hidrocarburos, paños y buzos contaminados con pinturas o derivados de hidrocarburos, entre otros. Forma de cumplimiento Los residuos serán almacenados en una bodega de acopio temporal, debidamente identificados y clasificados, en conformidad con el D.S. N° 148/2003, para cuyos efectos se ha solicitado el PAS del artículo 142 del RSEIA. El transporte y la disposición final de estos residuos, será realizado a través de una empresa autorizada,

Cabe señalar que los residuos sólidos peligrosos serán dispuestos en receptáculos cerrados herméticamente y el tiempo máximo de almacenamiento será de 6 meses. La disposición final se realizará a través de una empresa autorizada de la zona, declarando oportunamente la cantidad de residuos peligrosos en el SIDREP.

Las bodegas para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos, contemplarán todas aquellas medidas necesarias para evitar que la descarga accidental de residuos peligrosos o sus subproductos signifiquen una contaminación de los recursos naturales (suelo, aire, aguas subterráneas, flora o fauna) o pongan en riesgo la salud de las personas. Indicador que acredita su cumplimiento Contar con la autorización sanitaria de la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, lo que corresponde al otorgamiento del PAS del artículo 142 del Reglamento. Adicionalmente, se mantendrá un registro interno de las actividades de retiro y deposición final de los residuos peligrosos. Forma de control y seguimiento Contar con la copia física e integra del PAS 142 del RSEIA en faena. Además, de los registros asociados para su revisión y fiscalización por parte de la autoridad, en las dependencias del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.2.13. del Capítulo 10 del ICE

10.15 D.F.L. Nº 850/1997, del Ministerio de Obras Públicas. Norma D.F.L. Nº 850/1997, del Ministerio de Obras Públicas, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 15.840/64 y del D.F.L. Nº 206/60, sobre construcción y conservación de caminos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará Fase de construcción y operación.

cumplimiento Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera el transporte de maquinaria u otros objetos indivisibles durante las fases de construcción y operación utilizando caminos públicos en la medida que los requerimientos de mantención de los equipos y obras del Proyecto lo requieran. Forma de cumplimiento En caso de requerirse el transporte de maquinarias u otros objetos indivisibles, que excedan los pesos o dimensiones permitidos, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad, se acordarán las medidas de seguridad a adoptar en cada caso y se comunicará lo pertinente a Carabineros de Chile.

El Titular exigirá contractualmente a los contratistas que presten el servicio, el cumplimiento a los permisos y autorizaciones contenidas en este Decreto, y hará el seguimiento de estricto cumplimiento. Indicador que acredita su cumplimiento  Se contará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad. El Titular mantendrá un registro interno de dichos permisos en caso que existieran.  Copia de los Contratos celebrados con empresas transportistas en el que conste la exigencia de cumplir con la normativa de vialidad y transporte. Forma de control y seguimiento Verificación de la autorización previa de la Dirección de Vialidad en el evento de efectuar el transporte de maquinarias que excedan los pesos o dimensiones permitidos. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.2.14. del Capítulo 10 del ICE

10.16 D.S. Nº 160/2008, del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción. Norma D.S. Nº 160/2008, del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción, reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción, refinación, transporte y almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Los combustibles y lubricantes requeridos en faena, durante el período de construcción de las obras, serán suministrados por las compañías distribuidoras del mercado regional. Sólo se considera transporte y abastecimiento puntual de combustible a terreno. Los equipos serán abastecidos con la frecuencia requerida según las necesidades del Proyecto. Forma de cumplimiento El abastecimiento y mantención de maquinaria se realizará en estaciones de servicio fuera de las faenas y además se dispondrá de un área de almacenamiento en el Proyecto. Esta área contará con un piso de hormigón impermeable y un pretil que permita contener posibles derrames evitando así la contaminación del suelo.

Se instalarán letreros de advertencias tales como ‘‘Inflamable, no fumar, ni encender fuego’’, visibles a lo menos a 3 metros de distancia. Cuando se proceda a la carga de combustible en faena de maquinaria y/o equipos, este procedimiento será realizado siempre con sistemas de bandejas antiderrame para evitar cualquier contaminación del suelo, además, el área será demarcada con conos u otro sistema que alerte de la actividad en ejecución. Indicador que acredita su cumplimiento  Registro de las cantidades y proveedores.  Registro de capacitación de trabajadores encargados de la manipulación de combustible.  Protocolo de abastecimiento de combustible.  Registro fotográfico de señalética de advertencia. Forma de control y seguimiento  Verificación de la documentación comprometida.  Registro y el protocolo deberán estar siempre disponibles en las IIFF en caso de fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.2.15. del Capítulo 10 del ICE

10.17 Resolución N° 610/1982, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción

Norma Resolución N° 610/1982, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que prohíbe el uso de bifenilos policlorinados (PCB) en equipos eléctricos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera la utilización de grupos electrógenos en su fase de construcción. Forma de cumplimiento Se cumplirá con la prohibición del uso de binefilos policlorados (PCB), como fluido dieléctrico en transformadores, condensadores y cualquier otro equipo eléctrico. Indicador que acredita su cumplimiento El indicador de cumplimiento es la no utilización en el Proyecto de bifenilos policlorinados (PCB). Forma de control y seguimiento Acta de fiscalización. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.2.16. del Capítulo 10 del ICE

10.18 D.S. N° 43/2015, Ministerio de Salud. Norma D.S. N° 43/2015, Ministerio de Salud, que aprueba reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto contempla el almacenamiento de sustancias peligrosas, consistente en pinturas, diluyentes, adherentes, antiadherentes, entre otros. Forma de cumplimiento Cada IIFF contará con una bodega para almacenamiento de estas sustancias (recinto o instalación acondicionada). Estas bodegas serán identificadas con su nombre, ubicándose alejadas a lo menos 5 metros de otra infraestructura, se emplazarán en el patio de cada IIFF, separadas de otras bodegas y contarán con las hojas de seguridad de cada producto que sea almacenado, de modo que cada trabajador pueda identificar la composición y riesgos a la salud.

Las bodegas de sustancias peligrosas tendrán una superficie aproximada de 18 m² y contarán con un radier de hormigón impermeabilizado con bermas y pretiles anti derrames, capaz de contener el 110% del contenedor de mayor volumen y recipiente para conducir el derrame.

Las principales características de las bodegas de sustancias peligrosas son las siguientes:

 Tendrán una base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a las sustancias almacenadas;  Contarán con un cierre perimetral de a lo menos, 1,80 m de altura, el cual impedirá el libre acceso de personas y animales;  Estarán techadas y protegidas de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar;  Tendrán un sistema colector de eventuales derrames, con una capacidad de retención no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad, ni al 20% del volumen total de los envases almacenados;  Las sustancias peligrosas estarán contenidas en envases y debidamente etiquetadas de acuerdo a lo estipulado en el D.S N° 43/2015. Además, las sustancias compatibles se almacenarán juntas y las no compatibles separadas entre sí.  Contarán con señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of. 93, versión 2003.  Tendrán vías de escape accesibles en caso de emergencia y contarán con extintores de incendios cuyo tipo, potencial de extinción y capacidad en kilos será determinado en función de los materiales combustibles o inflamables que existan. El número total de extintores, su ubicación y señalización dependerá de la superficie total a proteger en

cada bodega y se definirá según lo dispuesto en los artículos pertinentes del DS. Nº 594/99 Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.  Estarán señalizadas con letreros visibles, en los que se indicará si corresponde a sustancias peligrosas o residuos peligrosos. Indicador que acredita su cumplimiento Mantención de un registro en faena de las hojas de seguridad de cada una de las sustancias peligrosas a almacenar. Forma de control y seguimiento Revisión de la copia del registro de sustancias peligrosas. Verificación en terreno del cumplimiento de la norma. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.2.17. del Capítulo 10 del ICE

10.19 D.S. N° 298/1995 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Norma D.S. N° 298/1995 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, reglamenta transporte de cargas peligrosas por calles y caminos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto contempla el transporte de sustancias peligrosas. Forma de cumplimiento El transporte de sustancias peligrosas será realizado por terceros debidamente autorizados, quienes cumplirán todas las condiciones, normas y procedimientos aplicables al transporte de carga, por calles y caminos señalados en la presente norma. Indicador que acredita su cumplimiento Se exigirá contractualmente a las empresas contratistas a cargo del transporte de sustancias peligrosas que cumplan con las disposiciones del presente decreto, contando con la respectiva autorización sanitaria. Forma de control y seguimiento Copia del contrato de prestación de servicios con las empresas autorizadas que realicen el transporte de sustancias peligrosas, en el cual conste la exigencia de cumplir con las disposiciones de esta norma. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.2.18. del Capítulo 10 del ICE

10.20 D.F.L. N° 725/1968, del Ministerio de Salud. Norma D.F.L. N° 725/1968, del Ministerio de Salud, modificado por la Ley N° 20.380, de 2009, Código Sanitario. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica A causa de la configuración lineal del Proyecto, se contempla la generación de residuos líquidos industriales asociados al lavado de las canoas de los camiones mixer. Esta actividad se realizará en cada uno de los frentes de trabajo habilitados por cada una de las torres y a medida que se avanza en las obras civiles. Forma de cumplimiento Después de cada vaciado de camión mixer en cada fundación se realizará el lavado de canoas, cuyo residuo (por camión corresponde a 20 litros aprox.) se dispondrá en tambores de 200 litros, situados en el mismo frente de trabajo. Esta operación se realizará sobre un polietileno extendido sobre el suelo para prevenir el contacto con el suelo.

Los tambores serán trasladados a la IIFF, inmediatamente después de finalizada la faena de hormigonado (en el mismo día). La IIFF contaran con una piscina de fraguado cercano al acceso principal con techumbre aisladas de los fenómenos climáticos que eviten el fraguado del material.

Los tambores serán vertidos en la piscina de fraguado, luego la pasta de hormigón residual fraguará en 7 días aproximadamente, quedando en estado sólido. Este proceso será sucesivo y se realizará durante los días que durará la actividad de hormigonado de fundaciones. Una vez solidificado este material, este será demolido con medios mecánicos para ser removido como un residuo sólido y cargado a un camión tolva para ser trasladado a

un sitio de disposición. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá un registro del retiro del residuo (tratado) por una empresa externa y dispuesto en un sitio autorizado por la autoridad. Forma de control y seguimiento  Mantención del registro de retiro de residuos en las dependencias del Proyecto para revisión de la autoridad.  Copia de autorización sanitaria de empresa encargada de realizar el manejo de los residuos. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.2.19. del Capítulo 10 del ICE

10.21 D.F.L. N° 725/1968, del Ministerio de Salud. Norma D.F.L. N° 725/1968, del Ministerio de Salud, modificado por la Ley N° 20.380, de 2009, Código Sanitario. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica Se generarán aguas servidas domésticas a causa de los baños químicos y servicios higiénicos conectados a una PTAS durante las fases de construcción y operación del Proyecto. Forma de cumplimiento Fase de construcción: El Proyecto considera 3 sistemas independientes de recolección y tratamiento, trasladadas de forma gravitacional mediante una red de recolección particular, para descargar en la planta de tratamiento de aguas servidas domésticas de las IIFF. Para el patio de estructuras de la IIFF Norte se generarán aguas servidas producto de la utilización de baños químicos los que estarán acordes a las exigencias del D.S. N° 594/1999 del MINSAL y su mantención y limpieza estará a cargo de terceros que cuenten con los permisos vigentes ante la autoridad sanitaria. Se presentarán los antecedentes del PAS del artículo 138 del RSEIA, para la construcción de la PTAS, como destino de las aguas servidas generadas, ubicadas dentro de la IIFF. Los frentes de trabajo de las líneas serán dotados de baños químicos cuyos servicios serán subcontratados a empresas autorizadas, conforme a lo exigido por el D.S. Nº 594/1999 del MINSAL. El Titular deberá velar para que el contratista mantenga el correcto mantenimiento y funcionamiento de estos servicios.

Fase operación: Se generarán aguas servidas domésticas provenientes del frente de trabajo montado para efectos de las actividades de mantención, por lo que se deberá contar con el servicio de baños químicos de acuerdo a la dotación de personal, según lo establecido en el D.S. N° 594/1999 del MINSAL. Respecto de la S/E Pichirropulli se utilizarán los servicios higiénicos existentes y en S/E Tineo se utilizarán los servicios higiénicos que se implementarán en la fase de construcción. Indicador que acredita su cumplimiento Presentación de antecedentes y obtención del PAS descrito en el artículo 138 del RSEIA; Registro de mantenimiento de baños químicos; registro de los antecedentes del proveedor autorizado; registro del retiro de los efluentes de los baños químicos y del sitio de disposición autorizado por la autoridad. Forma de control y seguimiento Mantenimiento de autorizaciones y registros en las dependencias del Proyecto, para revisión de la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.2.20. del Capítulo 10 del ICE

10.22 D.S. Nº 4/2009 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Norma D.S. Nº 4/2009, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, reglamento para el manejo de lodos generados en plantas de tratamiento de aguas servidas. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Los lodos que se generarán por el funcionamiento de las PTAS, serán retirados por un tercero autorizado por la autoridad sanitaria, quien los retirará mediante camión especializado y transportados a un lugar de

tratamiento autorizado. Forma de cumplimiento Se llevará un estricto control del retiro de los lodos mediante un registro a disposición del control y fiscalización de la autoridad, el documento será timbrado para que certifique la disposición final de los lodos en un recinto autorizado.

Se indica que los lodos serán estabilizados según lo establecido en el numeral 6 del Artículo 6° del D.S. N° 4/2009 del MINSEGPRES. Para mayor información revisar el Anexo 9-1 del EIA. Indicador que acredita su cumplimiento Se contará con:  Obtención del PAS 138.  Contrato o certificado de empresa autorizada para el transporte de lodos.  Registros de recepción de lodos por parte de empresa encargada de disposición final. Forma de control y seguimiento Se mantendrá copia de autorizaciones, certificados y registros en las dependencias del Proyecto para revisión de la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.2.21. del Capítulo 10 del ICE

10.23 D.F.L. N° 1122/1981 del Ministerio de Justicia. Norma D.F.L. N° 1122, que fija texto del código de aguas. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica La naturaleza de las obras relacionadas con la construcción y operación del Proyecto incluye la modificación de cauces naturales, particularmente en lo relacionado con algunas torres emplazadas en el área de inundación de cauces naturales si correspondiese. Forma de cumplimiento En el Anexo 9-7 del EIA se presentan los antecedentes técnicos y formales para el otorgamiento del PAS del artículo 156 del RSEIA, que permita acreditar la no afectación de la vida o salud de los habitantes, mediante la no contaminación de las aguas. Indicador que acredita su cumplimiento Presentación de antecedentes técnicos y otorgamiento del PAS del artículo 156 del RSEIA, previo al inicio de las obras y la ejecución de las mismas según corresponda. Forma de control y seguimiento Copia física e integra del PAS 156 del RSEIA en las dependencias del Proyecto y revisión en terreno de la ejecución de las obras según lo pactado en el EIA. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.2.22. del Capítulo 10 del ICE

10.24 Ley N° 19.473/1996, del Ministerio de Agricultura. Norma Ley Nº 19.473, de 1996, sustituye texto de la Ley N° 4.601, sobre caza, y su reglamento, contenido en el D.S. Nº 5, de 1998, modificado por el D.S. Nº 53, de 2003, ambos del Ministerio de Agricultura. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica Se registraron 104 especies en el área de influencia del Proyecto. La mayor riqueza de especies la presentan las aves con 78 especies, siguen los mamíferos con 17 especies (nueve mesomamíferos y ocho micromamíferos) y luego los herpetozoos con 9 especies (seis anfibios y tres reptiles). De las especies identificadas, 31 se ha establecido su categoría de conservación de acuerdo al reglamento de clasificación de especies silvestres, un mamífero está en peligro, dos anfibios y un mamífero (pero solo en la XIV región) es Vulnerable. Forma de cumplimiento Se realizará rescate y relocalización de anfibios, considerando su baja movilidad, para evitar accidentes que perjudique a cualquiera de las especies del área de estudio. Se determinó que la mejor herramienta de gestión para este grupo de vertebrados que se localicen en el ámbito del Proyecto, para lo cual se solicitará el PAS del artículo 146 del RSEIA.

Indicador que acredita su cumplimiento Presentación de antecedentes técnicos y obtención del PAS descritos en el artículo 146 del RSEIA; registro de ejecución de las actividades de rescate y relocalización señaladas. Forma de control y seguimiento Se mantendrá las autorizaciones y registros disponibles en las dependencias del Proyecto para control de la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.3.1. del Capítulo 10 del ICE

10.25 D.S. N° 430/1992, del Ministerio de Economía. Norma D.S. N° 430/1992, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley General de Pesca y Acuicultura (Ley N°18.892) y sus modificaciones. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento El área de influencia del Proyecto se encuentra inserta entre la cuenca del rio Bueno y el rio Puelo. Parte, obra o acción a la que aplica Se dará cumplimiento Art. N° 136 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, por cuanto la ejecución del Proyecto no introducirá a ningún cuerpo de agua agentes contaminantes químicos, biológicos o físicos que causen daño a los recursos hidrobiológicos, sin que previamente hayan sido neutralizados para evitar tales daños.

Para estos efectos, se cuenta con un plan de prevención de contingencias y emergencias incluyendo medidas de prevención de riesgos y control de accidentes para evitar potenciales impactos derivados de derrames de aceites, combustibles y materiales a alguno de los cuerpos de agua presentes en el trazado de la LTE, según se indica en el Anexo 9-1 de la Adenda. Forma de cumplimiento  Registro de capacitación de trabajadores sobre el “Plan de prevención de contingencias y emergencias”.  Plan de contingencia y emergencia siempre disponible para consulta, tanto en las IIFF como en el transporte de sustancias peligrosas, según corresponda. Indicador que acredita su cumplimiento  Verificación en terreno por parte de la autoridad del cumplimiento de la aplicabilidad del Plan de contingencia y emergencia.  Registro de trabajadores capacitados disponible en las IIFF en caso de fiscalización. Forma de control y seguimiento El área de influencia del Proyecto se encuentra inserta entre la cuenca del rio Bueno y el rio Puelo. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.3.2. del Capítulo 10 del ICE

10.26 R.E. N° 133/2005, del Ministerio de Agricultura. Norma R.E. Nº 133/2005 del Ministerio de Agricultura, que establece regulaciones cuarentenarias para el ingreso de embalajes de madera. (modificada mediante Resolución Exenta N° 2.859/2007, del Servicio Agrícola y Ganadero). Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto considera la utilización de madera para el embalaje de los equipos. Forma de cumplimiento El Titular procurará que los embalajes de madera cumplan con esta norma y requerirá su cumplimiento por parte de cualquier contratista, para cuyos efectos se exigirá que los embalajes cuenten con la certificación de los embalajes de madera de un espesor superior a los 5 mm, utilizados para el transporte de cualquier envío procedente del extranjero o en tránsito por el territorio nacional, incluida la madera de estiba de carga, deberán ser fabricados con madera descortezada y tratada en el país de origen de la madera con alguno de los tratamientos descritos en la norma. De esta manera deberá contar con la marca para certificar que cumplió con estas exigencias. Para ello, se exigirá contractualmente a los Contratistas, que la

internación de equipos o maquinarias en embalajes de madera sea realizada bajo estrictas medidas de tratamiento fitosanitario en origen. Asimismo, en caso de sospecha de transmisión de plagas (según procedencia), el contratista solicitará inspección del SAG, o bien aplicará tratamientos fitosanitarios complementarios. Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá un registro interno y actualizado que contenga la información de los embalajes utilizados en el Proyecto, se asegurará que los embalajes de madera cumplan con esta norma y se requerirá de su cumplimiento por parte de cualquier contratista. Forma de control y seguimiento Se mantendrá disponible para la autoridad el registro de toda información relacionada con la obtención de los embalajes utilizados. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.3.3. del Capítulo 10 del ICE

10.27 D.S. N° 4.363/1931, del Ministerio de Tierras y Colonización. Norma D.S. N° 4.363/31, Ministerio de Tierras y Colonización, que aprueba texto definitivo de la Ley de Bosques, D.L. Nº 2565/1979 del Ministerio de Agricultura, que sustituye el D.L. Nº 701/1974 y Ley 20.283 sobre recuperación del bosque nativo y fomento forestal. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que aplica En relación con la vegetación silvestre en el área de estudio se registran comunidades caracterizadas como bosque nativo (12,7 %), matorrales (0,7%), parques (19,3 %) y praderas (55%), además se encuentran plantaciones forestales de exóticas (2,4%) y cultivos de forrajeras y hortícolas (9,6 %). Se observa que los ecosistemas pratenses, praderas, parques y cultivos son dominantes con cerca de un 84% en tanto que bosques y matorrales al 16%.

El bosque nativo se clasificó en bosque caducifolio de roble (49,9%), higrófilos (14%), higrófilos mixtos con roble (15%), valdiviano (18,2%) esclerofilo (2,7%) y laurifolio de los Lagos (0,1%).

Al respecto, para dar cumplimiento a lo estipulado en la Ley N° 20.283 y su Reglamento, en lo relativo a formaciones xerofíticas, en las formaciones arbustivas del área de estudio, no se encuentran especies listadas en DS N° 68/2009 (MINAGRI), lo que no origina la necesidad de elaborar planes de trabajo de formaciones xerofíticas. Ya que, no hay presencia de bosque de preservación. Forma de cumplimiento Para efectos de la ejecución del Proyecto, se requiere cortar especies nativas y plantaciones en terrenos de aptitud preferentemente forestal. Por tanto, se presenta los antecedentes de los PAS descritos en el artículo N° 148 y 149 del RSEIA. Lo anterior implica, que la corta de las especies se realizará una vez que se cuente con la aprobación de los respectivos Planes de Manejo por la CONAF. Indicador que acredita su cumplimiento  Presentación de los antecedentes técnicos y obtención de los PAS descritos en los artículos 148 y 149 del RSEIA y la aprobación de los respectivos Planes de Manejo.  Registro de implementación de los Planes de Manejo indicados. Forma de control y seguimiento Se mantendrá copia de las autorizaciones y registros en las dependencias del Proyecto, para revisión de la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.3.4. del Capítulo 8 del ICE

10.28 Decreto Nº 82/2011 del Ministerio de Agricultura. Norma Decreto Nº 82/2011 del Ministerio de Agricultura, que aprueba reglamento sobre suelos, agua y humedales. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción. Parte, obra o acción a la que El Proyecto requiere realizar la corta de bosque nativo para cumplir con la

aplica normativa eléctrica en la faja de seguridad del tendido aéreo de la LTE principal. Forma de cumplimiento El Titular debe dar cumplimiento a lo estipulado en el Reglamento mediante la realización de la corta de bosque nativo presente en los cauces naturales que atraviesa la línea, en los términos señalados en el inciso segundo del artículo 3 del reglamento, esto es, realizando corta de selección y dejando una cobertura arbórea de al menos un 50%.

Al respecto, se dará cumplimiento a las obligaciones sectoriales a través de la solicitud del PAS descrito en el artículo 148 del RSEIA y presentación del Plan de Manejo en los términos indicados en el artículo 18 del presente Reglamento. Indicador que acredita su cumplimiento Presentación de los antecedentes técnicos y obtención del PAS descrito en el artículo 148 del RSEIA; registro de las actividades de corta de bosque nativo (que se ajusten al artículo 3° del Reglamento y al plan de manejo aprobado por CONAF). Forma de control y seguimiento Se mantendrá copia de las autorizaciones y registros en las dependencias del Proyecto, para revisión de la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.3.5. del Capítulo 10 del ICE

10.29 Ley Nº 17.288, de 1970, del Ministerio de Educación. Norma Ley Nº 17.288/1970, del Ministerio de Educación, Legisla sobre Monumentos Nacionales; Modifica las Leyes 16.617 y 16.719; Deroga el Decreto Ley 651, de 17 de octubre de 1925. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica De los 142 kilómetros lineales que comprende la LTE principal y los 7 kilómetros que comprenden los seccionamientos, correspondientes 1.202,42 ha, la prospección arqueológica permitió identificar un total de 16 registros arqueológicos, consistentes en 7 sitios arqueológicos y 9 hallazgos aislados. Los sitios corresponden principalmente a dispersiones de material cerámico y lítico. Los hallazgos aislados presentan el mismo tipo de material cultural registrado en los sitios, pero en menor densidad. Se trataría de hallazgos de temporalidad prehispánica. Forma de cumplimiento Si durante la ejecución de las obras que impliquen excavación y/o remoción de suelo se produjera algún hallazgo arqueológico o paleontológico no previsto se procederá según lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Ley 17.288 sobre Monumentos Nacionales y los artículos 20 y 23 del Reglamento sobre Excavaciones y Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. De producirse la anterior situación, el Titular paralizará las obras en el frente de trabajo del o de los hallazgos y notificará de inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo disponga los pasos a seguir, cuya implementación será financiada por el Titular. Indicador que acredita su cumplimiento  Presentación de los antecedentes técnicos y formales para la obtención del PAS descrito en el artículo 132 del RSEIA.  Registro de avisos realizados al Consejo de Monumentos Nacionales, en caso de verificarse un hallazgo. Forma de control y seguimiento Obtención favorable de los permisos tramitados, pronunciamiento conforme del Servicio competente Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.3.6. del Capítulo 10 del ICE

10.30 Ley N° 19.253 del Ministerio de Planificación y Cooperación. Norma Ley N° 19.253 del Ministerio de Planificación y Cooperación, que establece norma sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fase de construcción y operación.

Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto consiste en la construcción y operación de una nueva LTE de 2x500 kV, desde la S/E Pichirropulli existente hasta la S/E Tineo proyectada, la LAT será de aproximadamente de 142 km que atraviesa 9 comunas: Paillaco, La Unión, Río Bueno, San Pablo, Osorno, Rio Negro, Purranque, Llanquihue y Frutillar. Forma de cumplimiento Tal como se señala en la línea de base de medio humano, existen comunidades indígenas en las comunas que atraviesa la LAT. Respecto a ellas, existirá una alteración temporal de la forma de vida tradicional de las Comunidades Indígenas producto de las actividades constructivas que implica el uso de rutas comunes, por el atravieso del tendido en predios de algunas de las comunidades y actividades propias del Proyecto que no son habituales en el sector. Al respecto, se llevó a cabo un proceso de consulta indígena en conformidad a los mecanismos que determinó el Servicio de Evaluación Ambiental. (ver informe final de PCPI publicado en el expediente electrónico) Indicador que acredita su cumplimiento  Actas y registros definidos para cada una de las medidas que fueron adoptadas en el PCPI.  Informe final de PCPI.  Resolución que resuelve el Termino del Proceso de Consulta a Pueblos Indígenas con los grupos humanos pertenecientes al pueblo indígena del área de influencia del Proyecto. Forma de control y seguimiento Antecedentes que acrediten el cumplimiento de las medidas señaladas remitidas en un informe a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 10.3.7. del Capítulo 10 del ICE

  1. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:

El Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental estableció las siguientes condiciones o exigencias para la aprobación del Proyecto:

11.1. Condición o exigencia para realizar la caracterización sub-superficial de sitios arqueológicos Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Completar la caracterización sub-superficial de los sitios arqueológicos (AP1, AP2, AP14, AP15 y AP16 comprometidos y que cuentan con permiso de excavación, otorgado mediante el oficio ORD. N° 942-18 del Consejo de Monumentos Nacionales.

Descripción: Presentar un informe ejecutivo de excavación y/o remoción de suelo según lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Ley 17.288 sobre Monumentos Nacionales y los artículos 20 y 23 del Reglamento sobre Excavaciones y Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas.

Justificación: La caracterización solicitada se debe realizar a modo de permitir evaluar los impactos que pudiesen generarse sobre los Monumentos Arqueológicos registrados dentro del área de influencia del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Sitios arqueológicos AP1, AP2, AP14, AP15 y AP16.

CÓDIG O COORDENADAS WGS84 18S ESTE (m) NORTE (m) AP1 661.844 5.529.019 AP2 661.077 5.527.590 AP14 656.837 5.436.211 AP15 656.726 5.436.412 AP16 656.886 5.436.121

Forma: a través del permiso sectorial.

Oportunidad: una vez obtenida la RCA favorable y antes del comienzo de las obras, cuyos resultados deben ser remitidos al Consejo de Monumentos Nacionales y la SMA mediante un informe elaborado por un arqueólogo o

licenciado en arqueología. Indicador que acredite su cumplimiento El Titular debe realizar la caracterización de todos los sitios pendientes, finalizando la ejecución de los pozos de sondeo de los sitios AP1, AP2, AP14, AP15 y AP16, remitiendo además un informe elaborado por un arqueólogo/a titular del permiso al Consejo de Monumentos Nacionales y la SMA con los antecedentes y resultados en conformidad a lo señalado en el Ord. CMN N° 942/18.

En relación a aquellas áreas en las que no se haya podido realizar inspección visual arqueológica por la presencia de vegetación densa, deberán ser prospectadas posterior a las obras de corte y tala, remitiendo al Consejo de Monumentos Nacionales y a la SMA los resultados obtenidos de dicha prospección mediante un informe, un mes antes del inicio de las obras de construcción. Lo mismo se hará para el caso de los predios en los que los propietarios, no otorgaron autorización de ingreso. Forma de control y seguimiento Conformidad del organismo competente, en este caso del Consejo de Monumentos Nacionales. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 12.2.1. del Capítulo 12 del ICE

11.2. Condición o exigencia para implementar un plan de seguimiento de colisiones. Impacto asociado No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: determinar el umbral máximo de colisiones de avifauna identificadas en el área de influencia.

Descripción: el monitoreo lo realizará un equipo conformado por especialistas en fauna, los que efectuarán recorridos pedestres en cada tramo que posee los desviadores de vuelo, considerando un ancho de 25 m a cada lado del eje central de la línea eléctrica (50 m de ancho total) para completar un recorrido total de 34,6 km buscando restos de aves colisionadas y retirando los restos encontrados para evitar un doble registro, así como para determinar con mayor precisión, mediante colecciones de comparación, la especie, edad y sexo de los ejemplares afectados. El registro de la información se efectuará de manera estandarizada, para lo cual se construirá una ficha de registro.

Justificación: el monitoreo solicitado se debe realizar a modo de permitir evaluar cuantitativamente la efectividad de las medidas anticolisión de la avifauna. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: los 17 sectores en los cuales como medida de prevención para eventuales colisiones se instalarán desviadores de vuelo, los que corresponden en total a 34,6 km de tendido.

Forma: Se debe emitir un informe técnico que contenga a lo menos lo siguiente:

 El estado de los desviadores de vuelo, con el fin de constatar su correcto funcionamiento.  El flujo de tránsito por el sector.  La tasa de mortalidad interestacional y su tendencia.  Cuantificación de carcazas.  Determinación de tasa de remoción por carroñeros.  Estudio de tránsito aéreo para determinar la efectividad de la medida.  Incorporar puntos de control en áreas sin disuasores de vuelo.

Oportunidad: monitoreo quincenal durante el primer año de operación del Proyecto, el cual deberá ser replanteado en el segundo año de operación, para cual se deberá emitir la actualización del plan de seguimiento en el transcurso del último trimestre del año 1. Indicador que acredite su cumplimiento Se deberá emitir un informe trimestral a la SMA con copia al Servicio Agrícola Ganadero (SAG). Forma de control y seguimiento Se remitirá una carta ante la SMA y el SAG cuando se dé inicio a la implementación del plan de seguimiento, incluyendo un cronograma de actividades a ejecutar.

Recepción del informe trimestral por parte de la SMA, SAG y a la Subsecretaría del Medio Ambiente, además de la acreditación de la recepción de la propuesta de actualización del Plan de seguimiento para el segundo año. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 12.2.2. del Capítulo 12 del ICE

  1. Que, durante el procedimiento de evaluación del EIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

12.1. Mantenimiento de especies arbustivas con una cobertura de 80% en todas las áreas afectas a corta Impacto asociado [si aplica] [C-FV-01] Pérdida de superficie de bosque nativo. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: mantener el sotobosque de las áreas de intervención de bosque nativo debido a la construcción del Proyecto, con el fin de minimizar efectos no deseados en la masa forestal contigua a la intervención y evitar mayor daño al ecosistema intervenido.

Descripción: la medida pretende mantener a lo menos un 80% de la cobertura arbustiva original, que se encuentra en los rodales de bosque nativo a intervenir por el Proyecto. Se ha confeccionado una base de datos a partir de la línea de base del componente ambiental flora y vegetación terrestre en formato shp y kmz, donde se presentan las características del estrato arbustivo en los rodales a intervenir, los que sirven como base para definir la cobertura arbustiva mínima que se mantendrá durante la fase de operación del Proyecto, que corresponde al 80% de la cobertura arbustiva media definida para cada rodal.

Justificación: mantención de características del sotobosque para conservar servicios ecosistémicos del estrato arbustivo original del bosque nativo a intervenir, minimizando los efectos no deseados en el bosque nativo aledaño a la intervención. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: el compromiso se implementará en cada uno de los rodales de bosque nativo a intervenir. Estos rodales se encuentran identificados y caracterizados en el respectivo plan de manejo forestal (PAS 148, Anexo 5-3 de la Adenda Complementaria y Anexo 1 de la segunda Adenda Complementaria). En el Anexo 12-2 de la Adenda complementaria, se incluye un archivo shp y kmz con la información de la caracterización del estrato arbustivo, su especie dominante y su cobertura, para cada uno de los rodales a intervenir, la que será la línea de base de los datos a monitorear.

Forma: La medida cuenta con 2 etapas:

1) Al término de la fase de construcción:

 Se realizará la limpieza del área intervenida para retirar residuos de la corta.  Se realizarán labores de reparación de daños a ejemplares arbustivos mediante poda de limpieza.

2) Durante la fase de operación:

 Se evitará que el parche de vegetación disminuya su tamaño, manteniendo las condiciones lo más similares a las del interior del parche, asociado a la cobertura vegetal.  En caso que los resultados del monitoreo y seguimiento de la cobertura arbustiva de los bosques intervenidos sea menor al 80% original, se plantarán especies arbustivas hasta completar la cobertura necesaria. Entre las especies arbustivas propuestas se destacan Berberis darwinii, Buddleja globosa, Fuchsia magellanica, Gaultheria phillyreifolia, Ovidia andina, Rhaphithamnus spinosus y Ugni molinae, las que se encuentran en el área de estudio según el catálogo florístico de las formaciones vegetacionales.

Oportunidad: previo a la corta de bosque nativo.

Indicador que acredite su cumplimiento Durante la fase de construcción, se levantará un registro de las actividades de limpieza y labores de reparación que se realicen.

Durante la fase de operación, se realizará un seguimiento de la cobertura de vegetación en la faja de seguridad. La frecuencia del seguimiento será semestral durante al menos dos años, donde se realizará un muestreo mediante parcelas para medir la cobertura del estrato arbustivo, utilizando la metodología de la carta de ocupación de tierras (COT) y manteniendo un registro fotográfico de cada muestra, para que, en caso de ser necesario, se aplicará el enriquecimiento con las especies arbustivas propuestas, hasta lograr la cobertura objetivo. Semestralmente se actualizará la base de datos y se comparará con la base de datos original para verificar los rodales en los que se deberá enriquecer el estrato leñoso bajo. Forma de control y seguimiento Se reportará a la SMA a través de informes semestrales, a partir del inicio de la fase de operación del Proyecto. La frecuencia del seguimiento será semestral durante al menos dos años. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 12.1.1. del Capítulo 12 del ICE

12.2. Transferencia técnica para el manejo sustentable del bosque nativo. Impacto asociado [si aplica] [C-FV-01] Pérdida de superficie de bosque nativo. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: promover el manejo adecuado del bosque nativo, a través de la entrega de conocimientos técnicos a propietarios de la zona, que actualmente no proporcionan el manejo que corresponde a las superficies de bosque nativo que son de su propiedad.

Este compromiso tiene el objetivo manejar a lo menos 83 ha de bosque nativo. Esta superficie estará compuesta por un número “N” de propietarios, independiente de la superficie de los predios de cada uno de los interesados, sin embargo, los propietarios interesados deben ser aquellos que serán afectos por la intervención de bosques por causa de las obras.

Descripción: esta medida está alineada al espíritu de la Ley 20.283, que según el Artículo 1º busca “la protección, la recuperación y el mejoramiento de los bosques nativos, con el fin de asegurar la sustentabilidad forestal y la política ambiental”.

Justificación: durante las campañas de terreno realizadas en el marco de la evaluación ambiental del Proyecto, se ha constatado que en general, el tratamiento silvicultural de los bosques nativos de los propietarios vinculados a las áreas de corta (118 propietarios), tiende a la degradación disminuyendo su sostenibilidad. El área del Proyecto tiene fuerte vocación agropecuaria y el manejo del bosque nativo no es parte de las prácticas habituales por parte de los propietarios. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: en los predios cuyo bosque nativo será intervenido por las obras del Proyecto.

Forma: Para alcanzar el objetivo, en la ejecución de la medida se consideran las siguientes etapas:

1) Capacitación introductoria. 2) Evaluación técnica. 3) Elaboración de documento técnico. 4) Tramitación del Plan de Manejo.

Oportunidad: el compromiso se implementará a partir del inicio de la fase de construcción y hasta el término de está. Indicador que acredite su cumplimiento Una vez realizada la capacitación introductoria se confeccionará un documento dónde todos los propietarios interesados deberán inscribirse y firmar un compromiso de adhesión a la medida. Este documento contendrá:

 Listado de visita y contacto con propietarios, indicando su disposición (favorable o no) para participar en el programa de capacitación.

 Registro fotográfico de capacitación a propietarios.

Durante el periodo de evaluación técnica, una vez que la propuesta de manejo sea comunicada a los propietarios, estos deberán firmar la aprobación de esta para que pueda ser elaborado el documento técnico.

 Presentación de informes técnicos de evaluación predial (se incluirá en informe ambiental por rol).  Informe de labores de campo (se incluirá en informe ambiental por predio).

Una vez elaborado el plan de manejo forestal, la medida finaliza con la presentación de este ante la autoridad y su correspondiente tramitación y aprobación.

Por lo tanto, se dará por cumplido el compromiso, con la tramitación y aprobación de Planes de Manejo Forestal para 83 ha de bosque nativo en total como mínimo. Forma de control y seguimiento El Titular informará con una frecuencia semestral el avance del cumplimiento de la presente medida durante la fase de construcción del proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 12.1.2. del Capítulo 12 del ICE

12.3. Reforestación de bosque nativo en la ribera del Río Bueno (reforestación/enriquecimiento). Impacto asociado [si aplica] [C-FV-01] Pérdida de superficie de bosque nativo. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: generar una continuidad longitudinal de la vegetación a lo largo de la ribera, además de enfocar los esfuerzos en sitios que mediante la reforestación conecten los pequeños parches de bosque nativo remanentes. Proporcionar una masa forestal ribereña que proteja el suelo en zonas degradadas.

Descripción: se ha seleccionado la ribera del río Bueno para la implementación de la medida de reforestación del bosque nativo, que se suma a otros esfuerzos e iniciativas en curso para la recuperación del bosque nativo que ha sido degradado a causa de diversas presiones ocasionadas principalmente por la actividad agrícola y ganadera.

Justificación: al igual que la mayor parte del valle central de la región, las inmediaciones del río Bueno presentan una fuerte presión generada por las actividades agrícolas y ganaderas que llegan hasta el límite del área de protección de las riberas del cauce, generando una pérdida de la naturalidad del área y la introducción de especies exóticas. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: el Proyecto compromete la reforestación de una superficie de 17,6 ha en los bordes fluviales del río Bueno. Se han seleccionado los siguientes sitios:

Compromiso Voluntario Asociado a Pérdida de Bosque Nativo (10 ha), Rol 524-121, franja situada a la orilla del río colindante a pradera para ganado. Compromiso Voluntario Asociado a Pérdida de singularidad ambiental de los bosques (7,6 ha), Rol 21-5, se han considerado 3 zonas del polígono total (orilla del río, sector quemado y actividad no identificada), excluyendo el área donde se realizan actividades comunitarias.

En el Anexo 4 de esta Segunda Adenda Complementaria, se incluye un archivo shp y kmz con los polígonos a reforestar con una fecha descriptiva de cada predio.

Forma: Para alcanzar el objetivo, en la ejecución de la medida se consideran las siguientes etapas:

1) Limpieza del terreno. 2) Preparación del terreno. 3) Plantación. 4) Fertilización. 5) Protección de lagomorfos y ganado.

6) Monitoreo 1. 7) Monitoreo 2.

Oportunidad: el compromiso se implementará a partir del inicio de la fase de construcción y hasta el término de está. Indicador que acredite su cumplimiento Monitoreo semestral durante el primer año posterior a realizada la reforestación para evaluar la densidad, esta debe mantenerse en 1.200 pl/ha durante ese año. En caso que en el monitoreo semestral se encuentre menor densidad se realizará una plantación con el número de individuos correspondiente para alcanzar la densidad inicial de plantación (1.200 pl/ha).

Monitoreo semestral durante los 4 años posteriores a la reforestación para evaluar la densidad. Esta debe mantenerse en 900 pl/ha a partir del segundo año, hasta el quinto año. En caso que en el monitoreo semestral se encuentre menor densidad se realizará una plantación con el número de individuos correspondiente para alcanzar el 75% de la densidad inicial de plantación, que corresponde a 900 pl/ha. Forma de control y seguimiento El Titular informará con una frecuencia semestral el avance del cumplimiento de la presente medida durante los 4 años posteriores a la reforestación. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 12.1.3. del Capítulo 12 del ICE

12.4. Rescate de ejemplares previo a la corta de bosque. Impacto asociado [si aplica] [C-FV-03] Pérdida de especies de flora en categoría de conservación (referencia libro rojo) en el marco de la corta de bosque. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: rescate de ejemplares previo a la corta de bosque.

Descripción: durante la fase de construcción del Proyecto, previo a la corta de bosque necesaria para la ejecución del Proyecto, se procederá a liberar las áreas de corta de estas especies, mediante un Plan de Manejo Biológico tendiente al rescate de los ejemplares de las especies presentes en las áreas de corta: Fascicularia bicolor (chupalla), Greigia sphacelata (chupón) y Lapageria rosea (copihue).

Justificación: evitar la corta innecesaria de ejemplares de flora en categoría de conservación. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Todos los sectores afectos a corta de bosque nativo serán prospectados previo a su corta para identificar presencia de estas especies y programar su rescate.

Forma: etapas del plan de manejo biológico:

1) Cuantificación de ejemplares. 2) Rescate y viverización. 3) Relocalización. 4) Monitoreo y seguimiento. 5) Fichas de rescate y relocalización.

Oportunidad: previo a la corta de bosque nativo. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de realización de cada una de las etapas del Plan de Manejo Biológico. Forma de control y seguimiento El Titular informará mediante un informe técnico y apoyo gráfico sobre los resultados y avances a la SMA , según establezca el Plan de Manejo Biológico que sea aprobado por CONAF. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 12.1.4. del Capítulo 12 del ICE

12.5 Mantenimiento de la cobertura vegetacional al interior de la franja de seguridad Impacto asociado C-FV-02: Pérdida de superficie de Bosque Nativo

Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Mantener el sotobosque de las áreas de intervención de bosque nativo debido a la construcción del proyecto, con el fin de minimizar efectos no deseados en la masa forestal contigua a la intervención.

Descripción: La medida pretende mantener a lo menos un 80% del promedio del rango de la cobertura arbustiva original, que se encuentra en los rodales de bosque nativo a intervenir por el proyecto. La cobertura arbustiva mínima que se mantendrá durante la fase de operación del proyecto, se define en base a los datos de la línea de base del componente ambiental flora y vegetación terrestre, los que corresponden al 80% de la cobertura arbustiva media definida para cada rodal.

Justificación: Mantención de las características del sotobosque para conservar servicios ecosistémicos del estrato arbustivo original del bosque nativo a intervenir. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La medida se implementará en cada uno de los rodales de bosque nativo a intervenir. Estos rodales se encuentran identificados y caracterizados en el respectivo plan de manejo forestal (PAS 148). En anexo 12-2 de la Adenda Complementaria, se incluye un archivo SHP y KMZ con la información de la caracterización del estrato arbustivo, su especie dominante y su cobertura, para cada uno de los rodales a intervenir, la que será la línea de base de los datos a monitorear.

Forma: La medida cuenta con 2 etapas:

1.- Al término de la fase de construcción:

• Se realizará la limpieza del área intervenida para retirar residuos de la corta. • Se realizarán labores de reparación de daños a ejemplares arbustivos mediante poda de limpieza.

2.- Durante la fase de operación:

• Se evitará que el parche de vegetación disminuya su tamaño, manteniendo las condiciones lo más similares a las del interior del parche, asociado a la cobertura vegetal. • En caso que los resultados del monitoreo y seguimiento de la cobertura arbustiva de los bosques intervenidos sea menor al 80% original, se plantarán especies arbustivas hasta completar la cobertura necesaria. Entre las especies arbustivas propuestas se destacan Berberis darwinii, Buddleja globosa, Fuchsia magellanica, Gaultheria phillyreifolia, Ovidia andina, Rhaphithamnus spinosus y Ugni molinae, las que se encuentran en el área de estudio según el catálogo florístico de las formaciones vegetacionales.

Oportunidad: al término de la fase de construcción y durante la fase de operación. Indicador que acredite su cumplimiento Durante la fase de operación, se realizará un seguimiento de la cobertura de vegetación en la faja de seguridad. La frecuencia del seguimiento será semestral durante al menos dos años. Se realizará un muestreo mediante parcelas para medir la cobertura del estrato arbustivo, utilizando la metodología de la carta de ocupación de tierras (COT) y manteniendo un registro fotográfico de cada muestra. En caso de ser necesario, se aplicará el enriquecimiento con las especies arbustivas propuestas, hasta lograr la cobertura objetivo.

Semestralmente, se actualizará la base de datos y se comparará con la base de datos original, para verificar los rodales en los que se deberá enriquecer el estrato leñoso bajo durante un plazo de 5 años. Forma de control y seguimiento Se reportará a la SMA a través de informes semestrales a partir del inicio de la fase de operación del proyecto durante 5 años.

12.6 Remplazo de especies exóticas por nativas Impacto asociado C-FV-02: Pérdida de superficie de Bosque Nativo Fase del Proyecto a la Fase de construcción.

que aplica Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Establecer especies nativas en reemplazo de exóticas

Descripción: Este compromiso considera el reemplazo de especies forestales exóticas, por especies nativas, debido a que el proyecto contempla la corta de plantaciones forestales (cantidad indicada en el PAS149). Se debe mantener un 75% de sobrevivencia posterior a los 5 años de establecimiento de la reforestación

Justificación: El compromiso se ha definido como una forma de aportar a la diversidad biológica mediante el establecimiento de especies nativa. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Sitio de reforestación asociado al PAS 149, el cual será indicado en la tramitación sectorial correspondiente.

Forma: La Implementación se realizará en los plazos que se indiquen en la tramitación sectorial del PAS 149. El plazo para dar cumplimiento es hasta 2 años de realizada la actividad de corta.

Oportunidad: Durante la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Se reportará a la SMA a través de informes semestrales a partir del inicio de la fase de operación del proyecto durante 5 años. Forma de control y seguimiento Comprobante de envío de reportes a la SMA.

12.7. Plan de Compensación de Suelo. Impacto asociado [si aplica] [C-ED-01] Inhabilitación permanente de suelos. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: implementar un Plan de Compensación de Suelo (PCS).

Descripción: el Proyecto Sistema de Transmisión S/E Pichirropulli - S/E Tineo, de propiedad de Transelec, en consideración a la superficie de suelo que afecta 3,32 ha, compromete la ejecución de un plan de compensación de suelo basada en el mejoramiento del drenaje en 5,0 hectáreas de terreno ubicadas en la comuna de Frutillar.

Justificación: en consideración a que el Proyecto afecta de manera permanente e irreversible, una superficie de 3,32 hectáreas de suelos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La compensación de suelo tendrá lugar en el terreno ubicado en el predio La Huacha, de la Comuna de Frutillar (ROL 294-34 y 294-36), de propiedad de Marta Angélica Ojeda Alvarado.

Forma: La finalidad del PCS es mejorar la clase de drenaje desde la condición “pobre” a “imperfecto” y aumentar, por la vía del descenso del nivel freático, la profundidad efectiva de los suelos. Para lo anterior, se proyecta la instalación de tuberías ranuradas enterradas que permitan acelerar la evacuación del agua acumulada en el perfil del terreno. La manera de evaluar el éxito de la medida, será midiendo con ensayos Porchet la velocidad de infiltración antes y después de realizar el drenaje.

Para mayores antecedentes asociados al PCS, revisar lo señalado en el Anexo 12.3 de la Adenda complementaria.

Oportunidad: Una vez obtenida la RCA se ajustara el cronograma propuesto en el PCS. Indicador que acredite su cumplimiento Se entregará un informe a la autoridad competente que dé cuenta del estado inicial de los terrenos seleccionados, junto con el proyecto definitivo de drenaje, con observaciones de campo adicionales y parámetro de diseño definitivo. Se anexará un cronograma actualizado de las labores a ejecutar, acotado a los meses disponibles para ejecutar la obra de compensación posterior a la fecha real de la Resolución de Calificación Ambiental favorable.

Posterior a la ejecución de las labores, se entregará a la SMA un informe descriptivo con el impacto de las labores de compensación, utilizando los

indicadores finales descritos en este PCS.

Además, el plan de compensación debe lograr una profundidad de suelo mayor a 40 cm y una velocidad de infiltración mayor a 0,5 cm/hora. Adicionalmente, el suelo en el que se realizará la compensación, deberá cumplir con todos los parámetros de clasificación de la capacidad de uso a la cual se compromete llegar, de manera tal que no existan limitaciones que impidan el paso en la clasificación de uso a una mejor categoría, lo que debe cumplir los criterios de aproximación y si procede los criterios de definición establecidos en la Pauta de Estudio del SAG 2011 (Rectificada)”. Forma de control y seguimiento El Titular deberá entregar dos informes a la SMA uno al término de la implementación de la medida y el otro a 6 meses de implementado; según establezca el Plan de compensación de suelos que sea aprobado por el SAG. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 12.1.5. del Capítulo 12 del ICE

12.8. Reserva y mantenimiento del suelo proveniente del escarpe superficial para realizar el cierre de las instalaciones temporales. Impacto asociado [si aplica] [C-ED-02] Inhabilitación temporal de suelos Clase I-II-III. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: reserva y mantenimiento del suelo proveniente del escarpe superficial para realizar el cierre de las instalaciones temporales.

Descripción: se destinará un área de acopio de suelo vegetal que estará destinado a conservar las características de fertilidad del suelo, evitando la mineralización de la materia orgánica durante el periodo que dura la fase de construcción. Al final de esta fase, este suelo será utilizado para devolver las características de las áreas involucradas, previo a la intervención.

Justificación: la inhabilitación temporal de los suelos se justifica para las labores de apoyo a las obras por ende se hace necesario no modificar las condiciones originales de los mismos en pro de la preservación del recurso. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: superficie donde se emplacen las instalaciones temporales.

Forma: todo el suelo vegetal que será removido, se dispondrá en cordones trapezoidales, cuyas dimensiones se definirá in situ para mantener el acopio estable y que contenga todo el volumen requerido de reservar, con una altura máxima de 2,5 m y un ancho de hasta 8 m.

La totalidad de la superficie del material acopiado se sembrará con una mezcla de gramíneas. Se proveerá de riegos de emergencia los primeros 2 meses desde realizada la siembra para asistir la germinación de las semillas a razón de 3 L/m².

Se consideran las siguientes labores de mantención, durante todo el periodo del acopio:

 Retiro de material vegetal seco cuando sea necesario, el material vegetal será incorporado al material del acopio en aquellas zonas con baja cobertura.  Resiembras en zonas con pérdida de cobertura.  Riego de persistencia en temporada seca (noviembre a marzo) a razón de 1 L/m², durante los cuatro meses que corresponde al periodo más seco del año, 1 vez a la semana, el agua será comprada a proveedores autorizados.

Oportunidad: durante la fase de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento Registro de las actividades realizadas para la ejecución del compromisos o labores de mantención realizadas. Forma de control y seguimiento El Titular deberá emitir un informe fotográfico semestral a la SMA, según establezca el Plan de compensación de suelos que sea aprobado por el SAG. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 12.1.6. del Capítulo 12 del ICE

12.9. Compromiso de manejo ambiental (Patrimonio Cultural). Impacto asociado [si aplica] No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: mantener un monitoreo arqueológico permanente durante la fase de construcción del Proyecto, en particular durante la tarea de intervención inicial de las superficies a ocupar por las obras.

Descripción: el arqueólogo hará una liberación de las áreas, luego de su inspección de los sectores que serán ocupados por obras. Esta nueva prospección tendrá énfasis en el subtramo de la LAT que no ha sido prospectado como parte de los estudios contenidos en este EIA.

Justificación: asegurar la adecuada gestión y protección de posibles sitios o hallazgos de interés patrimonial posible de aparecer durante la remoción de la superficie del terreno. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: emplazamiento del Proyecto.

Forma: no se intervendrán suelos que no sean liberados por un arqueólogo, en donde, se registrara esta acción mediante un informe mensual. En caso que se registre un hallazgo arqueológico o paleontológico no previsto, el Titular paralizará las obras en el frente de trabajo del o de los hallazgos y notificará de inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo disponga los pasos a seguir, cuya implementación será financiada por el Titular.

Oportunidad: Durante la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Informe mensual elaborado por arqueólogo, el que será remitido al Consejo de Monumentos Nacionales y a la SMA durante toda la fase de construcción del proyecto. Forma de control y seguimiento  Copia del informe en las instalaciones del Proyecto a disposición en caso de fiscalización.  Registro fotográfico. El numeral 11.1.3. del Capítulo 11 del EIA. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 12.1.7. del Capítulo 12 del ICE

12.10. Compromiso de manejo ambiental (Infraestructura-Vialidad). Impacto asociado [si aplica] No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: mejorar la condición basal de la vialidad.

Descripción: el Titular gestionará y financiará el diseño e implementación de un conjunto de medidas viales para mejorar la condición basal de la plataforma vial en aquellos puntos mayormente sensibles, según se indica en el Capítulo 7 del Anexo 3-4 del EIA.

Justificación: aportar al mejoramiento de la infraestructura vial utilizada por la comunidad, y facilitar las labores de transporte asociado a la construcción. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: vialidad pública estructurante utilizada por el Proyecto.

Forma: la implementación será paulatina, de acuerdo a las necesidades del Proyecto en su fase de construcción. El detalle de las mejoras viales se presenta en el Anexo 3-4 del EIA.

Oportunidad: durante la fase de construcción del Proyecto y por un periodo de 18 meses, previa autorización de la dirección de vialidad del MOP o municipios de acuerdo a quien corresponda la tuición de la ruta o camino. Indicador que acredite su cumplimiento Se informará a la SMA, las autorizaciones sectoriales y los registros de implementación caso a caso. Forma de control y seguimiento  Registro de actas de asistencia de las reuniones con los actores asociados al compromiso.

 Registro fotográfico: antes y después efectuado el compromiso. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 12.1.8. del Capítulo 12 del ICE

12.11. Compromiso de manejo ambiental (Medio Humano-Vialidad). Impacto asociado [si aplica] [C-MH-01] Incorporación de un flujo no habitual de vehículos y personas en 6 puntos sensibles, ubicados en rutas de bajo estándar vial, próximas a sectores poblados rurales. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: compromisos de gestión de transporte de cargas en accesos desde rutas de bajo estándar vial en cercanías a zonas pobladas.

Descripción: este compromiso considera lo siguiente:

 Registro fotográfico de las rutas, en el sector de acceso a las estructuras, de manera previa y posterior a su utilización.  Campaña de comunicación a la comunidad del entorno sobre:  Inicio y término del uso del acceso en cuestión.  Inicio y Término de las labores de transporte de cargas.  Banderero permanente mientras se encuentre en uso el acceso desde la vialidad pública.  Restitución de la condición de la vía al término de su uso conforme al registro fotográfico inicial.

Justificación: facilitar el tránsito vehicular en las rutas. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Se consideran los siguientes accesos desde rutas públicas a las áreas de obras:

 Ruta T-676, también conocida como Balmaceda, en la localidad de Pichirropulli.  Ruta T-804, principal vía de acceso a la localidad de Cocule.  Ruta U-126, en su intersección con las rutas U-120 y U-130, principal camino para los habitantes de la localidad de Caracol, de la comuna de San Pablo. Ruta U-588, camino principal para los habitantes de la localidad de Chapaco, de la comuna de Río Negro.  Ruta U-800, camino principal para los habitantes de la localidad de Los Ángeles, comuna de Purranque.  Ruta V-272, utilizada por la comunidad de la Localidad de Villa Alegre, Comuna de Frutillar, que empalma con la Ruta V-20, la que permite la conexión con el resto de las localidades comunales.  Ruta V-30, en la intersección de la Ruta V-30, con la Ruta V-284 y Ruta V- 288, sector en el cual se emplaza la Escuela Colegual.

Forma:

 Actividades de información a la comunidad (reuniones, puerta a puerta, folletos, etc.).  Estado del acceso inicial y final (set fotográfico).  Cumplimientos de horarios y plazos.

Oportunidad: previo a la apertura de un acceso desde la vialidad pública hacia el área de obras, en los sectores señalados. Al término del uso de la vialidad señalada. Indicador que acredite su cumplimiento Se informará a la SMA, previo a la apertura del acceso y al término del uso de cada acceso. Registro de actas de asistencia de las reuniones con los actores asociados al compromiso. Registro fotográfico del seguimiento del compromiso. Forma de control y seguimiento Se mantendrá registros disponibles para control de la Autoridad. Copia de comprobante de informe realizado a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 12.1.9. del Capítulo 12 del ICE

12.12. Compromiso de manejo ambiental (Paisaje). Impacto asociado [si aplica] [C-PA-01] Incorporación de un elemento nuevo en la “lectura visual” del paisaje. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: reducir la alternación de las vistas paisajísticas en sector parcelas Fundo Rahue.

Descripción: diseño e implementación de cortinas de árboles al interior de predios privados, con el fin de favorecer el ocultamiento del tendido eléctrico proyectado.

Justificación: durante el proceso de relacionamiento comunitario y socialización del Proyecto, el comité de adelanto Parcelas Fundo Rahue solicitó al Titular en forma explícita, la instalación de pantallas arbóreas que oculten la vista hacia las torres proyectadas, dado su distanciamiento respecto de las obras del Proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: predios de la parcelación de Rahue, en la comuna de Osorno.

Forma: el compromiso estará sujeto a la voluntad de cada propietario, bajo las siguientes condiciones:

 Las cortinas de árboles se instalarán en terrenos que sean cedidos para estos efectos por los propietarios involucrados.  El Titular del Proyecto financiará la plantación de los árboles y ésta se materializará dentro del primer año de la fase de construcción.  La mantención de las cortinas será de cargo de los beneficiarios de la medida.  Se contemplan árboles de rápido crecimiento.

Oportunidad: la plantación se hará dentro del primer año de la fase de construcción. La localización de las cortinas de árboles dentro de cada predio será definida de mutuo acuerdo con el comité de adelanto parcelaciones de Rahue. Este acuerdo se formalizará mediante un Acta. Indicador que acredite su cumplimiento  Formalización de un acta de acuerdos.  Formulación de un acta de conformidad por parte de los beneficiarios de la plantación.  Registro fotográfico de las plantaciones.  Registro fotográfico: antes y después efectuada el compromiso. Forma de control y seguimiento Se mantendrá actas y registros disponibles para revisión de la Autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 12.1.10. del Capítulo 12 del ICE

12.13. Fomento a las actividades turísticas en el territorio. Programa 1. Impacto asociado [si aplica] No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: poner en valor rutas temáticas y turísticas de las comunas de Osorno, Río Negro, San Pablo, Purranque y Frutillar.

Descripción: a través de un trabajo en conjunto con los municipios de Osorno, Río Negro, San Pablo, Purranque y Frutillar, se financiará la instalación de señalética o infografía del tipo: Pendones Roller, señalética pizarras acrílicos, paneles araña o madera, para potenciar y poner en valor rutas temáticas y turísticas de las mencionadas comunas. Se instalará un máximo de 25 unidades (5 en cada comuna). Las señaléticas tendrán información del lugar que se requiere relevar asociada a la historia, así como puntos de interés turístico del sector.

Justificación: se identifica en diversos PLADECOS de las comunas del área de influencia la necesidad de potenciar accesos hacia destinos turísticos. Lugar, forma y Lugar: comunas de Osorno, Río Negro, San Pablo, Purranque y Frutillar.

oportunidad de implementación

Forma: el mecanismo que se propone para implementar la medida y consensuar los lugares de instalación consistirá en un proceso que contiene tres etapas:

 Revisión de fuentes secundarias: revisión de documentos históricos, artículos académicos, y documentos generados desde el sector público, a partir de la cual se identificarán los principales hitos, pueblos y lugares a potenciar y resaltar a través de la implementación de infografía.  Reuniones con municipios: presentación de propuestas preliminar de lugares a potenciar y tipo de señalética idónea para poner en valor dichos sectores y posterior validación por parte de los municipios respectivos.  Implementación: instalación de infografía y señalética en lugares consensuados con los municipios respectivos.

La infografía y/o señalética tipo que se piensa instalar en los distintos sectores corresponde al tipo pendones roller, señalética pizarras acrílico, paneles araña o madera. Se propone instalar un máximo de 25 unidades.

El programa deberá sustentarse bajo un trabajo planificado y de coordinación entre empresarios/prestadores que se encuentren incorporados al registro del Servicio Nacional de Turismo con los municipios de las comunas involucradas

Oportunidad: la instalación de señaléticas e infografía, se realizará dentro del primer año de la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Se remitirá un Informe final de cumplimiento del compromiso a la SMA dentro del primer trimestre del segundo año de construcción. Acta de acuerdo con los municipios que reflejará el tipo de señalética a utilizar y su ubicación. Registro fotográfico de la instalación de señalética. Forma de control y seguimiento Se mantendrá acta y registro disponible para revisión de la Autoridad. Copia de comprobante de informe de cumplimiento remitido a la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 12.1.11. del Capítulo 12 del ICE

12.14. Fomento a las actividades turísticas en el territorio. Programa 2. Impacto asociado [si aplica] No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: contribuir a la formalización de microempresarios dedicados a emprendimientos turísticos de las comunas pertenecientes al área de influencia del Proyecto.

Descripción: a través de un trabajo en conjunto con los municipios del área de influencia del Proyecto: Paillaco, La Unión, Río Bueno, San Pablo, Osorno, Río Negro, Purranque, Frutillar y Llanquihue, se realizará apoyo a micro- empresarios que posean emprendimientos turísticos para formalizar sus negocios cumpliendo con estándares de SERNATUR. Se otorgarán un máximo de 20 cupos, que se distribuirán de la siguiente forma:

 Paillaco: 2 cupos.  La Unión: 2 cupos.  Río Bueno: 2 cupos.  San Pablo: 2 cupos.  Osorno: 2 cupos.  Río Negro: 2 cupos.  Purranque: 2 cupos.  Frutillar: 2 cupos.  Llanquihue: 4 cupos.

Se debe señalar que se da prioridad a Llanquihue (4 cupos), dado que el Proyecto considera un mayor número de acciones en su fase de construcción en dicha comuna.

Justificación: en diversos PLADECOS de las comunas del área de influencia se

deja en manifiesto que la informalidad en el desarrollo de este tipo de actividades se presenta como un problema para el desarrollo turístico. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: en las 9 comunas del área de influencia, con prioridad en Llanquihue.

Forma: para implementar el presente programa, se realizarán las siguientes etapas:

1) Catastro y convocatoria: se elaborará un listado de microempresarios/micro- emprendedores a partir de la revisión de fuentes secundarias y en conjunto con funcionarios de Fomento productivo o Turismo (según corresponda) de cada municipio involucrado. Con esta información y en conjunto con los municipios, se realizará una convocatoria mediante llamados telefónicos a cada una de las personas identificadas y que cumplan con los criterios de selección (ser micro-emprendedor y no contar con registro SERNATUR).

2) Postulación y selección de beneficiarios: el postulante tendrá un plazo de cuatro semanas para acercarse a la municipalidad respectiva y postular a través de una ficha que estará a disposición en el departamento de fomento productivo o turismo, según corresponda. La ficha de postulación comprenderá los siguientes ítems a ser evaluados:

 Cumplimiento de requisitos básicos: ser micro-emprendedor y no contar con registro en SERNATUR.  Motivación: razones por las que expresa su interés en el programa.  Identidad Local: que el micro-emprendimiento releve o refuerce la cultura local.  Originalidad: que sea un tipo de micro-emprendimiento que aporte algo distinto, innovador o singular en la zona.

Cada ítem contará con una puntuación de 0 a 1, evaluados por un comité compuesto por representantes de Transelec y del municipio, y quienes obtengan el mayor puntaje participarán del programa. Ante porcentajes iguales se optará por el que tenga mayor puntaje en el ítem de identidad local, luego en ítem originalidad y luego motivación. Si empatan en todos los ítems se hará un sorteo. Posteriormente serán contactados los seleccionados para coordinar las siguientes actividades.

3) Apoyo y asistencia a micro-emprendedores: la asistencia a los beneficiarios será mediante visitas presenciales de un profesional con conocimiento en formulación y gestión de proyectos públicos (Profesional a cargo del programa) durante un período máximo de 12 meses, quien será responsable de construir un plan de trabajo para cada beneficiario. Se preparará una carpeta por iniciativa que contenga el plan de trabajo, fichas de registro de visitas (que presente avances y problemas presentados, etc.), copia de gastos y reembolsos, y todos los documentos asociados al proceso. Una vez finalizado el apoyo, se entregará una copia de la carpeta al beneficiario. El apoyo también considera los costos asociados a financiamiento de trámites legales para regularizar emprendimientos, como por ejemplo: Escritura pública y protocolización, inscripción registro comercio del conservador de bienes raíces, publicación en diario oficial y costos de traslados para realizar trámites.

El programa deberá sustentarse bajo un trabajo planificado y de coordinación entre empresarios/prestadores que se encuentren incorporados al registro del Servicio Nacional de Turismo con los municipios de las comunas involucradas.

Oportunidad: el hito de inicio de ejecución de este compromiso será la instalación de las tres IIFF. El plazo de ejecución será de un máximo de 12 meses a partir de mencionado hito. Indicador que acredite su cumplimiento Se entregarán un total de 2 informes a la SMA y a los municipios respetivos. El primer informe de avance se entregará dentro de los primeros 6 meses de implementación y un informe de cierre que se remitirá al cabo de 12 meses de implementación. Registro de convocatoria. Registro de recepción de postulaciones. Carpetas con antecedentes de los beneficiarios y planes de trabajo asociados. Registro de capacitaciones. Forma de control y Se mantendrá registros y comprobantes de envío de informes disponibles para

seguimiento revisión de la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 12.1.12. del Capítulo 12 del ICE

12.15. Fomento a las actividades turísticas en el territorio. Programa 3. Impacto asociado [si aplica] No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: apoyar y asesorar a operadores y prestadores de servicios de la comuna de Llanquihue, focalizando en los sectores de Río Maullín y Pichilaguna en la formulación de proyectos turísticos financiables por fondos concursables públicos. Actualmente existe desconocimiento respecto a la oferta de proyectos financiables por fondos públicos que abordan la temática turística, por tanto, este programa apoyará a beneficiarios a postular a nuevos financiamientos.

Descripción: a través de un trabajo en conjunto con el municipio de Llanquihue, se realizará apoyo y asesoramiento a operadores y prestadores de servicios para que puedan formular proyectos turísticos financiables por fondos públicos. Se asesorará y apoyará a un máximo de 10 operadores/prestadores de servicios.

Justificación: para la comuna de Llanquihue, resulta de interés poner en valor los atractivos turísticos del sector de Río Maullín y Pichilaguna. Asimismo, existe desconocimiento respecto a oferta de fondos concursables públicos asociados a la temática turística. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: sector de Río Maullín y Pichilaguna.

Forma: para implementar el presente programa, se ejecutarán las siguientes etapas:

1) Catastro y convocatoria: se elaborará un listado con potenciales beneficiarios en base a registro de la Municipalidad de Llanquihue. Esto permitirá enfocar de mejor manera la medida, de acuerdo al conocimiento que tiene el municipio del territorio y de los diversos emprendimientos turísticos existentes. Con listado validado, se realizará convocatoria que consistirá principalmente en envío de correos electrónicos y llamados telefónicos a los potenciales beneficiarios.

2) Postulación y selección: a las personas interesadas, se les convocará a una reunión de inicio de programa, donde se informará del programa y se realizará postulación. El mecanismo de selección será mediante la conformación de un comité evaluador, conformado por: representantes de Transelec, del municipio y eventualmente de SERNATUR. Este comité estará a cargo de calificar las postulaciones en función de criterios como: factibilidad del proyecto, sostenibilidad en el tiempo e impacto positivo para la comunidad. La medida contempla un cupo máximo de 10 personas.

3) Apoyo y asistencia: para asistir técnicamente a los beneficiarios del programa, se contará con un profesional con conocimiento en formulación y gestión de proyectos públicos, a disposición de los beneficiarios durante la construcción del proyecto. Mencionad Profesional estará encargado de apoyar en la búsqueda de fondos públicos a los cuales los beneficiarios podrían postular (SERCOTEC, FOSIS, CORFO, Municipios, Universidades u otros), además de capacitar a las personas en la formulación de proyectos, revisión y apoyo en la redacción de proyectos y seguimiento de los mismos. La asesoría técnica contempla el financiamiento de costos asociados a movilización hacia lugares de capacitación y postulación, gestión de trámites y documentos requeridos para postulación (ejemplo, gastos para iniciación de actividades en SII, constitución de personalidad jurídica y giro comercial, entre otros).

El programa deberá sustentarse bajo un trabajo planificado y de coordinación entre empresarios/prestadores que se encuentren incorporados al registro del Servicio Nacional de Turismo con los municipios de las comunas involucradas

Oportunidad: el hito de inicio de este compromiso será la instalación de las 3 IIFF del Proyecto. Se ejecutará durante los primeros 12 meses contados desde el hito de inicio. Indicador que acredite su cumplimiento Se entregarán un total de 2 informes a la SMA y a los municipios respectivos. Un primer informe de avance que se entregará dentro de los primeros 6 meses de implementación y un informe de cierre que se remitirá al cabo de los 12 meses de implementación. Registro de convocatoria. Registro de recepción de postulaciones. Carpetas con antecedentes de los beneficiarios. Registro de capacitaciones. Forma de control y seguimiento Se mantendrá registros y comprobantes de envío de informes disponibles para revisión de la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 12.1.13. del Capítulo 12 del ICE

12.16. Fomento a la identidad Mapuche–Huilliche. Programa 1 Impacto asociado [si aplica] No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: contribuir al fomento de la identidad mapuche-huilliche en comunas del área de influencia donde existe un elevado número de población perteneciente a dicha etnia, a través de la implementación de talleres que promuevan la tradición y cultura mapuche-huilliche, y fortalecimiento de capacidades en el ámbito del patrimonio tangible.

Descripción: a través de un trabajo en conjunto con los Municipios de Paillaco, La Unión, San Pablo, Osorno, Río Negro y Purranque, se realizará el financiamiento e implementación de 6 talleres (1 en cada comuna) que promuevan la cultura mapuche-huilliche y el fortalecimiento de las capacidades en el ámbito del patrimonio tangible.

Justificación: Este programa va en línea con la imagen objetivo, lineamientos y prioridades de las comunas del área de influencia del Proyecto, en especial en comunas como Paillaco, La Unión, San Pablo, Osorno, Río Negro y Purranque que poseen un alto porcentaje de población perteneciente a la etnia mapuche- huilliche. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: comunas de Paillaco, La Unión, San Pablo, Osorno, Río Negro y Purranque.

Forma: Para la implementación de este programa, se ejecutarán las siguientes etapas:

1) Propuesta de talleres y validación: se elaborará una propuesta de talleres con temáticas asociadas a la tradición y cultura mapuche-huilliche y fortalecimiento de capacidades en el ámbito del patrimonio tangible a las oficinas de Asuntos indígenas, PDTI (o su símil en atribuciones) de cada municipio involucrado, para que estos definan el curso a realizar, de acuerdo a las necesidades e intereses.

2) Convocatoria y mecanismos de postulación: para realizar la convocatoria se instalarán afiches en lugares estratégicos para la comuna, que indiquen el beneficio y la manera de acceder a él. También se emitirán avisos radiales en medios locales. Para el caso de las comunidades o asociaciones indígenas identificadas en el área de influencia, se realizará una convocatoria personalizada a los dirigentes a través de visitas a terreno, llamadas telefónicas y/o cartas certificadas. Para postular, los potenciales beneficiarios deberán completar una ficha que estará disponible en los municipios correspondientes. Los requisitos que deberán cumplir los interesados y deberán adjuntar en la ficha de postulación serán los siguientes:

 Poseer calidad de persona indígena (certificado CONADI).  Carta de compromisos de asistencia (mínimo 75%).  Residir en la comuna por la cual postula al taller.

Las inscripciones estarán abiertas durante 4 semanas y los cupos se irán completando por orden de inscripción.

3) Implementación de talleres: se realizará 1 taller por comuna y cada uno de éstos deberá tener un mínimo de 10 personas y un máximo de 30 personas para su ejecución. Los talleres tendrán una duración total de 20 horas pedagógicas repartidas en 5 clases de 4 horas cada una, una vez a la semana. Adicionalmente se considera una jornada de convivencia y cierre del taller. Las clases serán expositivas/teóricas y prácticas. Serán realizadas en sedes de las comunidades, casas, municipalidad o en lugar idóneo, de acuerdo al tipo de taller, definido en conjunto con los municipios. Cada clase contará con un servicio simple de refrigerios para los asistentes (té, café, sándwich, jugo).

Oportunidad: durante el primer semestre del segundo año de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento El informe se remitirá a la SMA una vez ejecutado el último taller, dentro del segundo semestre del segundo año de construcción del Proyecto. Registro de convocatoria. Registro de beneficiarios. Listado de asistencia a los talleres. Registro fotográfico. Certificados de participación de los talleres. Forma de control y seguimiento Se mantendrá registros y comprobantes de envío de informe disponibles para revisión de la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 12.1.14. del Capítulo 12 del ICE

12.17. Fomento a la identidad Mapuche–Huilliche. Programa 2. Impacto asociado [si aplica] No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: apoyo y fomento al rescate del patrimonio cultural mapuche-huilliche, a través del financiamiento de proyectos tales como: recopilación de sitios de significación cultural, plantas medicinales, cultivos tradicionales, historias de vida de personajes tipos mapuches, mitos, leyendas u otros.

Descripción: a través de un trabajo en conjunto con los Municipios de Paillaco, La Unión, San Pablo, Osorno, Río Negro y Purranque, se realizará el financiamiento de proyectos para el rescate del patrimonio cultural mapuche- huilliche. Se destinará un máximo de 6 fondos de hasta 150 UF cada uno.

Justificación: este programa va en línea con la imagen objetivo, lineamientos y prioridades de las comunas del área de influencia del Proyecto, en especial en comunas como Paillaco, La Unión, San Pablo, Osorno, Río Negro y Purranque que poseen un alto porcentaje de población perteneciente a la etnia mapuche- huilliche. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: comunas de Paillaco, La Unión, San Pablo, Osorno, Río Negro y Purranque.

La Implementación de este Programa considera la ejecución de las siguientes etapas:

1) Convocatoria: se instalarán afiches en lugares estratégicos de la comuna, que indiquen el beneficio y la manera de acceder a él. Complementariamente se emitirán avisos radiales en medios locales durante cuatro semanas. Para el caso de las comunidades o asociaciones indígenas identificadas en el área de influencia del Proyecto, se realizará una convocatoria personalizada a los dirigentes a través de visitas en terreno, llamadas telefónicas y/o cartas certificadas. Terminada la convocatoria, se dará un plazo de un mes para que los interesados postulen proyectos. También, se pondrá a disposición de los interesados un profesional experto en formulación de proyectos que los apoye a elaborar ideas de proyectos.

2) Selección: se definirá un Comité evaluador compuesto por representantes de Transelec, del municipio (encargado de asuntos indígenas o PDTI) y eventualmente CONADI o de temas afines a recuperación de patrimonio (CNCA), los cuales darán un puntaje a los proyectos en función de criterios como: factibilidad del proyecto, sostenibilidad en el tiempo e impacto positivo en la comunidad.

3) Implementación: durante la implementación, los beneficiarios contarán con el apoyo y asesoría de un profesional para la ejecución de los proyectos. Se financiará un total de 6 proyectos, cada uno dispondrá de un monto máximo de 150 UF.

Oportunidad: este compromiso se ejecutará durante el primer semestre del segundo año de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento El informe se remitirá a la SMA una vez ejecutado el último Proyecto, dentro del segundo semestre del segundo año de construcción del Proyecto. Registro de convocatoria. Registro de beneficiarios. Registro de implementación de proyectos ganadores. Forma de control y seguimiento Se mantendrá registros y comprobantes de envío de informe disponibles para revisión de la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 12.1.15. del Capítulo 12 del ICE

12.18. Fomento a la economía y empleo local. Impacto asociado [si aplica] No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: fortalecer y crear ferias dedicadas a la comercialización de productos agropecuarios en las comunas de Purranque y Río Negro.

Descripción: en Purranque, fortalecer un espacio existente en el cual se realiza la comercialización de productos agropecuarios.

En Río Negro, dotar de indumentaria y equipamiento para la realización de una feria itinerante para la comercialización de productos agropecuarios.

Justificación: en las comunas de Purranque y Río Negro se muestra la necesidad de fortalecer y crear espacios para la comercialización de productos agropecuarios. Además, este programa está en línea con los ejes estratégicos de fortalecer el emprendimiento local de ambas comunas. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: en Purranque el compromiso se implementará en el lugar donde se desarrolla actualmente la principal feria agropecuaria de la comuna.

En Río Negro, no se puede determinar una ubicación en particular dado que se dotará de equipamiento e indumentaria para realizar una feria itinerante.

Forma:

Purranque: la implementación de este programa en la comuna de Purranque consta de las siguientes etapas:

1) Diagnóstico situación actual: se realizará una evaluación respecto al estado de la infraestructura existente en la que se desarrolla la feria los días sábados y domingos, particularmente la asociada a los baños y al techo del galpón (Municipio expresó en reuniones necesidad de reparar estos elementos en específico).

2) Presentación de propuesta de arreglos: se presentará al municipio la propuesta de reparación de los baños y el techo del galpón. Con la validación, se procederá a ejecutar los trabajos.

3) Ejecución de reparaciones: los trabajos se ejecutarán de forma coordinada

con el Municipio y en días en los cuales la infraestructura a intervenir no sea utilizada, para no entorpecer el normal funcionamiento de las ferias u otras actividades que se desarrollen en el lugar.

Rio Negro: la implementación de este programa en la comuna de Río Negro consta de las siguientes etapas:

1) Reuniones con Municipio: se sostendrán reuniones con el municipio de Río Negro para detallar los elementos necesarios para implementar la feria itinerante. No obstante lo anterior, y de acuerdo a lo planteado por el mismo municipio a la fecha, necesitarían carpas tipo toldos con estructuras metálicas que sean fáciles de mover, así como sillas y mesas para que se instalen los emprendedores.

2) Presentación de propuesta de indumentaria/equipamiento: Se presentará al municipio propuesta de aporte que consistirá en carpas tipo toldos con estructuras metálicas, mesas y sillas. Con la validación del municipio, se procederá a la adquisición de mencionados elementos.

3) Adquisición y entrega de indumentaria: Se realizará la adquisición de la indumentaria y se hará entrega al municipio.

Oportunidad: tanto en Purranque como en Río Negro, el período de implementación será durante el segundo semestre del primer año de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Se remitirán informes ante la SMA y a los municipios respectivos durante el primer semestre del segundo año de construcción del Proyecto.

Purranque:  Informe de diagnóstico de situación de baños y techo de galpón.  Informe con registros fotográficos del cumplimiento.

Río Negro:  Registro de reuniones con el municipio. Informe de cumplimiento con registro de adquisición de indumentarias/equipamientos y entrega de los mismos al municipio. Forma de control y seguimiento Se mantendrá registros y comprobantes de envío de informe disponibles para revisión de la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 12.1.16. del Capítulo 12 del ICE

12.19. Gestión y educación en medio ambiente. Impacto asociado [si aplica] No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: acercar el conocimiento sobre la energía a las comunidades de las comunas de Llanquihue, Paillaco y Frutillar. Lo anterior a través del desarrollo de un programa de asistencia técnica y entrega de materiales que permitan fortalecer la enseñanza en dichas materias en escuelas públicas.

Descripción: a través de un trabajo experiencial protagonizado por estudiantes, se busca que los jóvenes y la comunidad escolar (profesores, apoderados, directores, jefes de UTP, etc.) comprendan el significado e impacto que genera la energía, la necesidad que tenemos de ella y cómo es su proceso energético, considerando las implicancias que tiene un uso responsable de ésta. Se enfatizará en las formas en que la acción humana puede generar impactos positivos en el medio ambiente por medio de la creación de proyectos escolares de intervención urbana (entendida ésta como una transformación del espacio público cuya finalidad es comunicar alguna idea a la comunidad), que tienen el objetivo de concientizar a la población local y mitigar problemáticas relacionadas al uso energético. El programa tiene un carácter anual y se ejecutará durante el primer año de construcción del Proyecto.

Justificación: el desarrollo del programa permitirá que comunidades escolares

de un total de tres (3) establecimientos educacionales de las comunas de Paillaco, Llanquihue y Frutillar conozcan la utilidad e importancia de la infraestructura energética. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: en un total de tres (3) escuelas básicas de las comunas de Llanquihue, Paillaco y Frutillar.

Forma: la implementación de este programa en las escuelas será de la siguiente forma:

1) Selección de escuelas: en conjunto con los Departamentos de educación y administración municipal (DAEM) de las comunas de Llanquihue, Paillaco y Frutillar, se escogerá una escuela en cada comuna mencionada. Se priorizarán las escuelas que tengan cursos de 7mo y 8vo básico.

2) Implementación:

 Estudiantes de escuelas: el programa contempla el desarrollo de un total de 16 sesiones a los estudiantes de forma anual (1 semestre). Cada sesión tiene una duración de 90 minutos (2 horas pedagógicas). Es relevante señalar que este programa se ajusta a la malla curricular de las escuelas, insertándose en los ramos de ciencias naturales o ciencias tecnológicas. El programa contempla talleres asociados a introducción al método científico, investigación sobre conceptos energéticos y uso cotidiano y vinculación diaria con la energía y la identificación de problemáticas locales asociadas con el consumo energético. Para el desarrollo de estos, el programa proveerá de todos los materiales necesarios (principalmente se utilizarán materiales reciclables). También, se entregarán manuales que servirán de guía tanto para estudiantes como profesores.  Apoderados: se realizarán dos sesiones en total. La primera sesión será a modo introductorio para involucrar a los apoderados en el programa, explicando la metodología de trabajo y el rol de los apoderados y la comunidad escolar en el programa. La segunda sesión consistirá en una capacitación en Energías Renovables No Convencionales, esperando que entiendan el proceso de aprendizaje de los estudiantes y puedan acompañarlos.  Profesores: El docente es una pieza central en el desarrollo del programa. Se espera que el profesor cumpla dos roles dentro de este: de guía, quien liderará el aprendizaje y monitor, encargado de registrar y revisar el desarrollo del proyecto.

3) Evaluación y cierre: Se elaborarán informes de cierre para cada escuela beneficiada con registros fotográficos, actas de asistencias y descripción detallada de las actividades.

Oportunidad: durante el primer semestre del primer año de la fase de construcción. El hito de inicio será coincidente con comienzo del semestre 1 o 2 del año escolar. Indicador que acredite su cumplimiento Se remitirán los informes (3 en total) de implementación a los municipios de Paillaco, Frutillar, Llanquihue y a la SMA. Estos documentos se enviarán una vez finalizado el programa. Registro fotográfico de los talleres. Registro de asistencia de los estudiantes. Forma de control y seguimiento Se mantendrá registros y comprobantes de envío de informe disponibles para revisión de la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 12.1.17. del Capítulo 12 del ICE

12.20. Gestión comunitaria y socialización. Impacto asociado [si aplica] No aplica. Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción y durante los dos (2) primeros años de operación. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: atender de forma oportuna las sugerencias, quejas y reclamos que puedan manifestar los vecinos del Proyecto, frente a eventuales desviaciones de los protocolos de control de impactos o molestias que puedan surgir a causa de

la fase de construcción del Proyecto. Asimismo, entregar información relevante del Proyecto durante la construcción en las localidades y sectores más cercanos al Proyecto.

Descripción: para la gestión comunitaria y socialización, se implementará un mecanismo de consulta, quejas y reclamos.

Justificación: es necesario contar con un mecanismo directo de comunicación con los vecinos y localidades del área de influencia del Proyecto para dar soluciones oportunas a eventuales problemáticas que pudiesen surgir a causa de la fase de construcción y durante los primeros dos años de construcción. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: buzones de quejas y reclamos se instalarán en las instalaciones de faenas zona norte, centro y sur. En adición se contará con un profesional encargado de las relaciones comunitarias quien facilitará la comunicación entre las comunidades a lo largo del área de influencia del Proyecto.

Forma: constará de:

 Buzones de quejas y reclamos: Se instalarán buzones en las tres instalaciones de faenas.  Encargado de comunidades del Proyecto: Se contará con un profesional que se hará cargo de las comunicaciones con la comunidad en el “día a día” del Proyecto durante la fase de construcción.  Correo electrónico y teléfono de contacto: se contará con estos medios, los cuales se pondrán a disposición de forma previa al inicio de construcción en las localidades del área de influencia del Proyecto.  Durante construcción: de forma semestral, se coordinarán reuniones para ir exponiendo los avances del Proyecto con los municipios por los cuales atraviesa el Proyecto. También, se organizarán reuniones informativas en las localidades más cercanas al Proyecto.  Durante los primeros dos años de operación: continuarán en funcionamiento exclusivamente los mecanismos de comunicación asociados a buzón de quejas y reclamos en la S/E Tineo y correo electrónico.

Oportunidad: durante la fase de construcción y durante los primeros dos años de operación (durante la operación, funcionarán exclusivamente el buzón de quejas y reclamos de la S/E Tineo y el correo electrónico). Indicador que acredite su cumplimiento Fase de construcción:  Se elaborarán un total de 4 informes (de carácter semestral).  Registro de quejas, reclamos y/o sugerencias recibidos durante el periodo correspondiente, ya sea vía telefónica, correo y/o vía buzón en las IIFF Norte, Centro y Sur.  Individualización de las personas que dejaron quejas, reclamos y/o sugerencias.  Procedimientos y acciones adoptados para resolver las quejas, reclamos y/o sugerencias.  Actividades y talleres de sociabilización durante la fase de construcción.

Fase de operación:  Se elaborarán un total de 2 informes (de carácter anual).  Registro de quejas, reclamos y/o sugerencias durante el periodo correspondiente, ya sea vía telefónica, correo y/o vía buzón en la S/E Pichirropulli.  Individualización de las personas que dejaron quejas, reclamos y/o sugerencias. Procedimientos y acciones adoptados para resolver las quejas, reclamos y/o sugerencias. Forma de control y seguimiento Se mantendrá comprobante de envío de informes y registros disponible para revisión de la autoridad. Referencia al ICE para mayores detalles Sección 12.1.18. del Capítulo 12 del ICE

  1. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

13.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS

13.1.1. Riesgos operacionales – Accidentes de tránsito. Riesgo o contingencia Los riesgos están asociados a accidentes de tránsito. Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción y operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Obras del Proyecto y sus instalaciones anexas, transporte por vialidad pública. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Los riesgos que se identifican ante un accidente de tránsito, asociado a un choque, colisión o atropello, corresponden a lesionados, derrames de la carga, derrames de hidrocarburos, incendio y obstrucción de la vía. Las siguientes medidas de seguridad se establecerán para reducir los riesgos de accidentes de tránsito:

 Se exigirá que todos los conductores que participen del Proyecto se encuentren certificados (licencia de conducir aplicable a su función).  Los vehículos que transporten maquinaria y materiales al área de trabajo contarán con la señalética exigidas por la legislación vigente.  El peso de los camiones cargados con equipos o materiales no deberá exceder los máximos permitidos de acuerdo al tipo de rutas/puentes que se estén utilizando.  Será obligatorio respetar límites de velocidades dispuestos en la señalización de las vías de circulación.  Será obligatorio realizar conducción a la defensiva y fomentar el autocuidado.  Se mantendrán en orden y buen estado de los equipos de emergencia del vehículo, tales como extintor, dispositivos reflectantes para emergencia, botiquín de primeros auxilios, equipos de comunicación.  Control sobre la ubicación de los trabajadores, acotando la movilidad de éstos únicamente a las áreas de obras e IIFF. Forma de control y seguimiento  Registro de capacitaciones a los conductores.  Se solicitará a cada conductor la licencia de conducción requerida de acuerdo al vehículo a utilizar.  Registro de inspecciones asociadas a la existencia de señalización asociada al transporte de insumos, maquinaria y materiales al área de trabajo. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de accidentes de tránsito donde se vea involucrado un vehículo de transporte de carga de insumos y/o de pasajeros, se activará el siguiente mecanismo:

 El chofer será el encargado de dar aviso a quien corresponda, según lo indicado en el protocolo (Plan de contingencia y emergencia), de la ocurrencia de un incidente. En caso que el chofer del camión se encuentre imposibilitado de dar aviso, lo podrá hacer cualquier persona que se encuentre en el área del accidente.  En caso de haber accidentados, serán trasladados al centro de atención médica más cercano.  Se delimitará el lugar del accidente con conos u otro material para evitar que se produzca otro accidente.  Se informará a Carabineros de Chile del accidente.  Se entregará información inmediata a los prevencionistas de riesgos de Transelec.  Cuando la carga resulte dañada, se acudirá al lugar del accidente con personal y equipos apropiados de

trabajo para efectuar las maniobras de recuperación de la carga dañada y despeje de la vía de tránsito.  En caso que se produzca derrame de sustancias, se activarán los procedimientos y acciones definidas por el Proyecto para enfrentar este tipo de emergencias (líquidos o químicos, hidrocarburos o combustibles, sustancias peligrosas, entre otros).  En caso de que se produzca un incendio producto del accidente se activará el procedimiento y acciones frente a incendios. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se llevará a cabo un informe preliminar, que será entregado en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, a la autoridad ambiental (SMA) y a los organismos con competencia en la materia.

Se dará aviso telefónico a Carabineros (133); Bomberos (132); Ambulancia Mutual (6003012222); Aviso accidente fatal (6003607777); Oficina de Transelec (02-24677000) según corresponda conforme a la emergencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Sección 9.1.1. del Capítulo 9 del ICE

13.1.2. Riesgos operacionales – Derrames de hidrocarburos, sustancias y residuos peligrosos. Riesgo o contingencia Los riesgos están asociados a derrames de hidrocarburos, sustancias y residuos peligrosos. Fase del proyecto a la que aplica Los riesgos están asociados a derrames de hidrocarburos, sustancias y residuos peligrosos. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Fase de construcción y operación. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Obras del Proyecto y sus instalaciones anexas, se generan debido a accidentes con equipos motorizados y prácticas inadecuadas de almacenamiento de combustibles, residuos peligrosos y otros materiales contaminantes que se vierten en superficies desprotegidas o cuerpos de agua cercanos a los frentes de trabajo. Forma de control y seguimiento Respecto de los riesgos asociados al manejo de este tipo de sustancias al interior de las instalaciones del Proyecto, éstos están relacionados con derrames desde estanques de combustibles y bodegas de almacenamiento, además de la manipulación de las sustancias, los cuales podrían resultar en la contaminación del suelo y agua. A continuación, se describe el manejo de sustancias y residuos peligrosos del Proyecto:

Almacenamiento: las principales medidas de prevención a implementar para evitar la ocurrencia de derrames durante el almacenamiento de sustancias o residuos peligrosos son:

 Los sitios de almacenamiento de residuos industriales peligrosos estarán bien delimitados y tendrán un portón de acceso restringido, pudiendo ingresar solamente el personal responsable de su operación.  Se contará con señalización de seguridad y el personal a cargo del manejo y la manipulación de los residuos contará con el uso de Elementos de Protección Personal (E.P.P) adecuados, como por ejemplo guantes resistentes, pechera o delantal impermeable y botas de goma.  Los residuos industriales peligrosos se almacenarán dentro de contenedores adecuados con tapa.

 El almacenamiento será ordenado y no se obstruirán vías de ingreso. Deberá ser retirado en los tiempos requeridos evitando así la generación de vectores.  El almacenamiento será ordenado y no se obstruirán las vías de ingreso.  El retiro de los residuos a disposición final no podrá esperar a que los contenedores superen el 70% de su capacidad.  Las BAT tendrán una capacidad de retención de escurrimiento o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores. La contención será mediante bandejas ubicada en la base de la BAT.  Contará con extintor para rápida acción en caso de incendios.  Se mantendrá limpieza de malezas a objeto de evitar probabilidad de incendios.  Se realizará revisión periódica de contenedores para verificar su estado.

Descarga y manipulación: las principales medidas de prevención a implementar para evitar la ocurrencia de derrames durante los procesos de abastecimiento, descarga y manipulación de sustancias y residuos peligrosos serán:

 Se verificará que cada sustancia cuente con su hoja de seguridad (en español), manteniendo copia de las mismas en el área de trabajo y bodegas.  Las sustancias peligrosas a granel o envasadas estarán acondicionadas al interior del contenedor o bodegas, de forma de soportar los riesgos de carga, transporte y descarga.  Los estanques, cajas y envases deberán estar marcados y etiquetados de acuerdo con la correspondiente clasificación y tipo de riesgo, de conformidad con lo establecido en la Norma Chilena Oficial NCh. 2190 y en el D.S. N°148/2003, Reglamento sobre manejo de residuos peligrosos.  El motor del vehículo deberá estar detenido mientras se realicen las operaciones de abastecimiento y descarga, se cercará el área con conos y se colocará dos cuñas en las ruedas del camión. El área de carga debe estar identificada y cubierta con polietileno o base impermeable y pretil para prevenir contaminación en caso de pérdidas accidentales de combustible.

Manejo de Gas SF6: el Proyecto utilizará Gas SF6 (en bajas proporciones) y aceite dieléctrico utilizado al interior de los transformadores de potencial, ambos aislantes eléctricos que serán suministrados por terceros autorizados. De manera complementaria al manejo descrito anteriormente, el Titular cuenta con un procedimiento operacional para el Manejo, Gestión y Almacenamiento de SF6 (Apéndice A de este capítulo), respecto del aceite dieléctrico este no tiene un procedimiento por las razones expuestas anteriormente.

Manejo de residuos no peligrosos: los sitios de almacenamiento de residuos estarán bien delimitados y tendrán un portón de acceso restringido, pudiendo ingresar solamente el personal responsable de su operación.

 Se contará con señalización de seguridad y el personal a cargo del manejo y la manipulación de los residuos contará con el uso de Elementos de Protección Personal (E.P.P) adecuados, como por ejemplo guantes resistentes, pechera o delantal impermeable y botas de goma.  Los residuos domésticos se dispondrán dentro de contenedores de basura fabricados de HDPE o similar, con tapa y sistema de ruedas con freno.  El almacenamiento será ordenado y no se obstruirán vías de ingreso. Deberá ser retirado en los tiempos requeridos evitando así la generación de vectores.  Los residuos industriales no peligrosos estarán al interior de contenedores adecuados  El almacenamiento será ordenado y no se obstruirán las vías de ingreso.  El retiro de los residuos a disposición final no podrá esperar a que los contenedores superen el 80% de su capacidad.  Contará con extintor para rápida acción en caso de incendios.  Se mantendrá limpieza de malezas a objeto de evitar probabilidad de incendios.  Se realizará revisión periódica de contenedores para verificar su estado. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia Almacenamiento:  Registro de ingreso del personal a los sitios de almacenamiento de residuos peligrosos.  Acta de entrega de EPP.  Registro de ingreso y salida de residuos.

Descarga y manipulación:  Se mantendrá un registro de la cantidad de materiales que se manejen en cada área.

Manejo de residuos no peligrosos:  Existirá un registro de ingreso y salida de residuos. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En caso que se produzca una emergencia relacionada con derrames se actuará de la siguiente forma:

 Ante derrames, filtraciones, escapes de gas, de sustancias peligrosas, hay que alejarse del lugar físico en forma inmediata.  Cerrar válvulas o llaves de paso si éstas se encuentran fuera del área de peligro, avisar a viva voz para que los demás trabajadores del área se enteren.  El personal que detecte el derrame de residuos o sustancias peligrosas, deberá dar aviso de inmediato al supervisor en terreno y al jefe de emergencias.  Al terminar el aviso, la cuadrilla encargada de contención de derrames deberá contener y posteriormente limpiar la zona afectada con elementos adecuados dependiendo de la naturaleza de la sustancia o residuos derramado.  En caso de riesgo de explosión y/o inflamación llamar de inmediato a personal de Bomberos. Los residuos o sustancias derramados; además de los elementos utilizados para su contención y/o recolección serán destinados en contenedores adecuados, los cuales serán dispuestos finalmente en un lugar de disposición autorizado.  Se procederá a anotar el evento producido en las planillas de control, en cuanto a cantidad y forma

de contención que se realizó. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Sección 9.1.2. del Capítulo 9 del ICE

13.1.3. Riesgos operacionales – Manejo de residuos no peligrosos. Riesgo o contingencia Los riesgos están asociados al manejo de residuos no peligrosos. Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción y operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Obras del Proyecto y sus instalaciones anexas, se generan ante una falla del sistema de manejo de residuos no peligrosos, en los que fallan las medidas para la recolección de éstos residuos, se originan de prácticas inadecuadas en el almacenamiento y/o transporte de residuos no peligrosos. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Los sitios de almacenamiento de residuos estarán bien delimitados y tendrán un portón de acceso restringido, pudiendo ingresar solamente el personal responsable de su operación.

 Se contará con señalización de seguridad y el personal a cargo del manejo y la manipulación de los residuos contará con el uso de Elementos de Protección Personal (E.P.P) adecuados, como por ejemplo guantes resistentes, pechera o delantal impermeable y botas de goma.  Los residuos domésticos se dispondrán dentro de contenedores de basura fabricados de HDPE o similar, con tapa y sistema de ruedas con freno.  El almacenamiento será ordenado y no se obstruirán vías de ingreso. Deberá ser retirado en los tiempos requeridos evitando así la generación de vectores.  Los residuos industriales no peligrosos estarán al interior de contenedores adecuados.  El almacenamiento será ordenado y no se obstruirán las vías de ingreso.  El retiro de los residuos a disposición final no podrá esperar a que los contenedores superen el 80% de su capacidad.  Contará con extintor para rápida acción en caso de incendios.  Se mantendrá limpieza de malezas a objeto de evitar probabilidad de incendios.  Se realizará revisión periódica de contenedores para verificar su estado. Forma de control y seguimiento  Acta de entrega de EPP.  Existirá un registro de ingreso y salida de residuos. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En el caso que haya una falla en la recolección de los residuos no peligrosos, se actuará de la siguiente manera:

 Se identificará el tipo de falla para definir acciones a seguir.  Se verificará los residuos, siendo revisados y llevados a los contenedores correspondientes (señalizados) o bien al patio de salvataje, se incrementará momentáneamente el área de acumulación manteniendo los mismos estándares de lo autorizado.  Se detendrán o controlarán aquellas faenas que generen más desechos a fin de evitar colapso de residuos sin capacidad de ser manejados o incrementar reutilización de material.  Se buscarán alternativas de empresas que efectúen la recolección de residuos.

 Se mantendrá seguimiento de los desechos hasta asegurar su retiro y disposición final.

En caso que la falla en el manejo de los residuos genere proliferación de vectores y/o malos olores, se tomarán las siguientes acciones:

 Se deberán retirar de manera inmediata los residuos no peligrosos y asimilables a domiciliarios almacenados a través de transporte autorizado.  Verificar el estado de los contenedores de residuos.  Contactar de manera inmediata al comité de emergencias a efectos de solicitar que una empresa especializada autorizada por la autoridad sanitaria, realice la desinfección del lugar.  Revisar los procedimientos de manejo de residuos y en caso de ser necesario, aumentar la frecuencia de retiro de los residuos. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se llevará a cabo un informe preliminar, que será entregado en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, a la autoridad ambiental (SMA) y a los organismos con competencia en la materia.

Se dará aviso telefónico a Carabineros (133); Bomberos (132); Ambulancia Mutual (6003012222); Aviso accidente fatal (6003607777); Oficina de Transelec (02-24677000) según corresponda conforme a la emergencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Sección 9.1.3. del Capítulo 9 del ICE

13.1.4. Riesgos operacionales – Aguas servidas. Riesgo o contingencia Los riesgos están asociados al manejo de aguas servidas. Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Solución sanitaria en Instalaciones de faena. Se genera debido a falla del sistema de tratamiento de aguas servidas en las PTAS. Fallas operacionales, tales como falla de un equipo, falta de limpieza, fallo del suministro eléctrico, derrames, etc. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Las contingencias identificadas para esta componente, se relacionan con problemas operacionales (falla de un equipo, falta de limpieza, fallo del suministro eléctrico, etc.) y derrames. Es importante señalar que, el sistema de tratamiento de aguas servidas propuesto no genera malos olores producto de su correcto funcionamiento, sin embargo, en el caso de problemas operacionales, existe la posibilidad de generación de olores molestos, de acuerdo al problema operacional que exista.

FUENTE DE OLOR CAUSAS ACCIÓN PREVENTIVAS Red de recolección de aguas servidas (PTAS y fosa) Acumulación de sólidos Se considera realizar inspecciones periódicas a las redes de recolección, a modo de realizar limpieza de las mismas o toda vez que sea necesario Tratamiento aeróbico (PTAS) Falla de sopladores de aire Se contará con sopladores Stand- By a modo de

contar con respaldo de equipos críticos Disposición final (PTAS y fosas: humectación de caminos y drenes de infiltración) Calidad del agua tratada no cumple con D.S. N° 46, de 2002, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que establece Norma de Emisión de Residuos Líquidos a Aguas Subterráneas. Se contará con autocontroles y análisis de calidad de agua tratada, con el objeto de dar cumplimiento a la normativa. Acumulación de lodos (PTAS y fosas) Tiempo de retención de lodos mayor al necesario Se realizará inspecciones regulares para verificar la capacidad de acumulación Forma de control y seguimiento Se dispondrá en planta de un libro que estará disponible para la comunidad ante eventuales denuncias o reclamos de eventos de malos olores. Este libro será administrado por el operador de la planta quien dará aviso oportuno al Jefe de Planta para dar solución inmediata de la contingencia. Además existirá un procedimiento de manejo de quejas que será instruido al personal de planta. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En el caso de corte de energía eléctrica de la instalación de faena.

 La PTAS tendrán conexión un grupo electrógeno de respaldo de la Planta.

En caso de derrames desde la PTAS o FOSA, se considera las siguientes acciones:

 Antes de proceder con las labores de control del derrame, la brigada de emergencias deberá proceder a ponerse el equipo de protección personal adecuado.  Se debe detener el derrame lo más pronto posible, cerrando una válvula o una manguera con fuga o colocando en el lugar un recipiente para recuperar el agua servida y/o lodo que se está fugando.  Se debe comenzar la limpieza lo más pronto posible, para esto se recomienda usar materiales absorbentes sobre el suelo, pavimento u hormigón para recoger los líquidos derramados.  Debe dispersar materiales absorbentes sueltos para derrames sobre todo el área del derrame, trabajando en círculos desde afuera hacia dentro. Esto disminuye las posibilidades de salpicar o de esparcir el agua servida derramada.  Una vez que haya sido absorbido el líquido derramado, en los casos de derrames pequeños, se debe colocar el líquido con el material absorbente al interior de una bolsa de poliuretano con una escobilla y un recogedor, y en los casos de derrames grandes, en un recipiente plástico con tapa de rosca, con revestimiento de polietileno.  Todos los equipos mecánicos de bloqueo o cierre deberán poder manejarse manualmente, en caso de fallas operacionales o cortes de energía eléctrica.  Cuando sean de esperar peligros o daños

especiales como consecuencia de la falta de corriente eléctrica, deberán preverse plantas eléctricas fijas de emergencia.  Se preverá que las partes eléctricas y mecánicas de la instalación sean intercambiables.  Se preverán repuestos, accesorios requeridos y materiales de trabajo, en caso de avería o paro de las partes de la instalación de la Planta de Tratamiento. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se llevará a cabo un informe preliminar, que será entregado, en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, a la autoridad ambiental (SMA) y a los organismos con competencia en la materia.

Se dará aviso telefónico a Carabineros (133); Bomberos (132); Ambulancia Mutual (6003012222); Aviso accidente fatal (6003607777); Oficina de Transelec (02-24677000) según corresponda conforme a la emergencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Sección 9.1.4. del Capítulo 9 del ICE

13.1.5. Riesgos operacionales – Incendio en área de faena Riesgo o contingencia Los riesgos están asociados a incendio en el área de faenas. Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Las causas básicas de los incendios son de variada índole, entre la que pueden destacar el orden y aseo, fósforos y colillas de cigarrillo, eliminación de basuras, cuartos y secadores de la ropa, superficies recalentadas, ignición espontánea, chispas, electricidad estática, trabajos de soldadura y corte, etc. Las condiciones que pueden contribuir al inicio o propagación de incendios corresponden a la falla de equipos, manejo inadecuado de sustancias peligrosas, explosiones y derrames de material inflamable y cuyas consecuencias pueden afectar trabajadores, procesos e infraestructura del Proyecto. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia A continuación, se presentan las medidas preventivas para contingencias de incendio:

 Ejecución del Programa de prevención en el área del Proyecto  Se asignará una persona que será responsable de asegurar el mantenimiento de los equipos de extinción de incendios. Estos estarán de acuerdo a la capacidad en m2 según D.S. N° 594/99 del Ministerio de Salud.  El experto en prevención de riesgos en la faena definirá una zona, alrededor del área de almacenamiento de combustibles, donde esté expresamente prohibido encender fogatas, fumar, portar fósforos u otros elementos que produzcan chispas.  Para reducir el riesgo de incendios, se instalarán señales apropiadas concernientes a la prohibición de uso de fuego en las áreas de almacenamiento de combustible, aceite, sustancias y residuos.  Se definirá un punto de encuentro en caso de incendio en la obra.  Se realizará un flujograma para saber quién y qué debe realizar en un incendio en la obra.  Control de la vegetación en líneas de transmisión.  Que el personal adopte una conducta preventiva contra el incendio.

Forma de control y seguimiento  Los extintores serán sometidos a revisión, control y mantención preventiva según normas chilenas oficiales, realizada por el fabricante o servicio técnico, de acuerdo con lo indicado en el DS N° 369/1996, del MINECON, o la norma que lo reemplace.  Registro de capacitaciones a los trabajadores. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de incendio en el área donde se realizarán las obras y se ubicarán las instalaciones del Proyecto se activará el siguiente Plan de Emergencia:

 El personal del área afectada, al detectar el fuego informará al supervisor en terreno y al jefe de emergencias del piso en que se produzca el incendio, quienes decidirán la evacuación.  Existirá un Comité de Emergencias con la adecuada instrucción, el que procederá al ataque inicial del fuego. Si este se vuelve incontrolable, debe evacuar junto con el resto del personal afectado y comunicar la situación al supervisor en terreno y/o al jefe de emergencia del área correspondiente.  El supervisor en terreno y/o el jefe de emergencia, una vez informado, se dirige al área, evalúa la situación, determina las acciones a seguir (evacuación total, corte total de suministros, etc.) y solicita ayuda externa cuando sea necesario (Bomberos, Carabineros, Mutual de Seguridad, etc.).  El Comité de Emergencias en conjunto con el Jefe de Emergencia preparará el ingreso de bomberos y les indicarán las vías de acceso. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se llevará a cabo un informe preliminar, que será entregado en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, a la autoridad ambiental (SMA) y a los organismos con competencia en la materia.

Se dará aviso telefónico a Carabineros (133); Bomberos (132); Ambulancia Mutual (6003012222); Aviso accidente fatal (6003607777); Oficina de Transelec (02-24677000) según corresponda conforme a la emergencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Sección 9.1.5. del Capítulo 9 del ICE

13.1.6. Riesgos operacionales - Hidrogeología. Riesgo o contingencia Los riesgos están asociados a la hidrogeología. Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Excavaciones para fundación de torres. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia No aplica Forma de control y seguimiento No aplica Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de eventos relacionados a este riesgo, específicamente contaminación de los cursos hídricos producto de las obras del Proyecto se implementarán las siguientes medidas:

 Ante cualquier derrame de alguna sustancia o residuo, cualquier trabajador que lo detecte deberá dar aviso inmediato a su superior directo.  El superior directo confirmará el hecho y dará aviso inmediato al encargado de la brigada de emergencia, para que ésta actúe de acuerdo a la emergencia que esté en proceso.

 El Responsable del Plan, deberá tomar medidas inmediatas, tales como: convocar al grupo de respuesta, establecer la suspensión de las operaciones, etc. En particular, se detendrán todas las faenas, en caso de no haber estado estas detenidas.  Comenzar a dirigir las acciones de control con los recursos y medios a su alcance y deberá determinar si la emergencia pueda afectar o alcanzar los sectores aledaños al Proyecto.  Antes de proceder con las labores de control de la emergencia, el personal encargado deberá proceder a ponerse el equipo de protección personal adecuado.  Se deberá contener la emergencia lo más pronto posible, de acuerdo a su tipología, procediendo a la limpieza y contención del contaminante.  Se elaborará registro del incidente.

En caso de alumbramiento de aguas subterráneas se deberá:

 Detener las actividades en el frente de trabajo.  Dar aviso inmediato a la DGA.  Excavar por el costado de las obras en el que se presenta el alumbramiento una zanja del largo necesario para reincorporar el recurso hídrico a su medio.  En caso que la zanja no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se construirá un pozo de absorción (o más de ser necesarios).  Una vez tomadas las medidas definitivas y controlado el afloramiento, se podrán retomar las actividades constructivas. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se llevará a cabo un informe preliminar, que será entregado, en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, a la autoridad ambiental (SMA) y a los organismos con competencia en la materia.

Se dará aviso telefónico a Carabineros (133); Bomberos (132); Ambulancia Mutual (6003012222); Aviso accidente fatal (6003607777); Oficina de Transelec (02-24677000) según corresponda conforme a la emergencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Sección 9.1.6. del Capítulo 9 del ICE

13.1.7. Riesgos naturales. Riesgo o contingencia Los riesgos naturales comprenden eventos naturales excepcionales, tales como terremotos, tsunamis, eventos de alta precipitación etc., todos estos capaces de dañar parcial o totalmente las instalaciones del Proyecto y al personal. Dada la conformación física del área de emplazamiento del Proyecto, se han identificado los riesgos asociados a condiciones climáticas adversas y riesgo de sismos. Fase del proyecto a la que aplica Fase de construcción y operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Obras del Proyecto y sus instalaciones anexas. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia Riesgos asociados a condiciones climáticas: debido a eventuales fenómenos climáticos que pueden ocurrir en el área del Proyecto, se tienen las siguientes medidas preventivas:

 Disponer de planes de evacuación del personal para estos eventos.

 Exigir contractualmente al contratista que informe a su personal acerca de las vías de evacuación y los procedimientos de respuesta ante emergencias considerados por el Proyecto.  Las vías de evacuación estarán debidamente señalizadas y se asegurará que permanezcan libres de cualquier obstáculo en todo momento.  En la instalación de faena y frentes de trabajo, se mantendrán equipos de radio y elementos de seguridad necesarios para enfrentar las eventualidades.  Supervisar que cunetas y alcantarillas se mantengan limpias y funcionando, durante las primeras lluvias.

Riesgo de sismo: Las medidas preventivas para el caso de riegos asociados a sismos son los siguientes:

 Disponer de planes de evacuación del personal para estos eventos.  Exigir contractualmente al contratista que informe a su personal acerca de las vías de evacuación y los procedimientos de respuesta ante emergencias considerados por el Proyecto.  En la instalación de faena, se mantendrán equipos de radio y elementos de seguridad necesarios para enfrentar las eventualidades. Forma de control y seguimiento  Registro de capacitaciones a los trabajadores.  Registro del correcto funcionamiento de los equipos y elementos de seguridad. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia En caso de eventos asociados a este riesgo, específicamente en presencia de lluvia, se aplicarán las siguientes medidas:

 Se activará la cadena de comunicación para dar la alerta de la emergencia.  El Jefe de terreno en conjunto con el prevencionista de la obra deberán evaluar la situación de los caminos utilizados para el transporte de material.  Se cubrirán todos los tableros eléctricos que se encuentren en la intemperie, además de la paralización de las faenas de soldadura a la intemperie.  Cuando mejoren las condiciones climáticas, el Jefe de terreno y el prevencionista evaluarán el área de trabajo para su posterior autorización de reanudación de las faenas.  En caso de detectarse un incidente o deterioro en las estructuras por algún incidente hidrológico asociado a estas condiciones se adoptarán las siguientes medidas:  Inspeccionar e identificar las estructuras dañadas; y  Reparar o reemplazar las estructuras dañadas.

Riesgo de sismo:

 Detener las labores, desenchufar equipos y herramientas eléctricas. Cortar agua y luz.  Siga las instrucciones del jefe de obra, o actúe según el plan de emergencia. No correr.  Protegerse y mantenerse bajo mesas o vigas según sea el caso. Alejarse de lugares de posible caída de objetos pesados.  Dejar andamios y mantenerse sobre una superficie sólida. Alejarse de muros y cables eléctricos.

 No usar fósforos ni velas, solo linternas o pilas.  Se evacuará al personal del área del Proyecto hacia zonas de seguridad, previamente identificados para estos efectos y que estarán debidamente señalizadas en las fases de construcción y operación del Proyecto.  Esperar instrucciones posteriores del Site Manager y el prevencionista de riesgos. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se llevará a cabo un informe preliminar, que será entregado, en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, a la autoridad ambiental (SMA) y a los organismos con competencia en la materia.

Se dará aviso telefónico a Carabineros (133); Bomberos (132); Ambulancia Mutual (6003012222); Aviso accidente fatal (6003607777); Oficina de Transelec (02-24677000) según corresponda conforme a la emergencia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Sección 9.1.7. del Capítulo 9 del ICE

13.1.8. Riesgos sobre avifauna. Riesgo o contingencia Colisión de avifauna. Fase del proyecto a la que aplica Fase de operación. Emplazamiento, parte, obra o acción asociada Tendido y estructuras de la LTE. Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia  Implementación de dispositivos “salva pájaro” en torres (antipercha y desviadores de vuelo).  Monitoreo para la detección de aves heridas.  Acciones para el retiro de nidos desde estructuras eléctricas. Forma de control y seguimiento Monitoreo. Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia El Titular propone un programa de rescate, mantención temporal, traslado y manejo de aves afectadas por colisiones. Este programa permitirá actuar frente a “aves heridas”, que corresponderá a aquellas aves que presenten algún daño visible en su cuerpo o plumaje y que les impidan desplazarse de manera autónoma. Cada vez que ocurra el hallazgo de un ave herida, personal de TRANSELEC según la zona de hallazgo, coordinará la notificación al SAG y al centro de rescate y rehabilitación más cercano.

Para el manejo de las aves, se activará el programa de rescate que consistirá en:

 Asegurar las condiciones de bienestar animal, es decir evitar estresar al animal de forma innecesaria. Con el fin de disminuir los estímulos visuales durante el manejo, deberá colocarse una capucha sobre la cabeza de aves de mayor tamaño, y mantener a las aves en un lugar fresco y de poca intensidad lumínica.  Procedimiento de sujeción o contención de las aves. Implica la utilización de chinguillo o guardamanos, y colocación del animal dentro de un contenedor apropiado.  Transporte hacia centro de rescate y rehabilitación: Esta actividad se hará en el centro de recate y rehabilitación más cercano. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan Se remitirá una carta ante la SMA y el SAG cuando se dé inicio a la implementación del plan de seguimiento, incluyendo cronograma de actividades.

Recepción del informe trimestral por parte de la SMA, SAG y a la Subsecretaría del Medio

Ambiente, además de la acreditación de recepción de la actualización de Plan de seguimiento para el segundo año. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Sección 9.1.8. del Capítulo 9 del ICE

  1. Que, durante el proceso de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley N° 19.300, se formularon observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto, las que han sido consideradas en el proceso de evaluación de la forma que a continuación se señala.

14.1 Admisibilidad de las observaciones ciudadanas

Todas las observaciones ciudadanas presentadas cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 29 de la Ley N°19.300 y en el artículo 83 del Reglamento del SEIA sobre admisibilidad.

14.2 Evaluación técnica de las observaciones ciudadanas

Las observaciones formuladas por la ciudadanía que cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 29 de la Ley Nº 19.300 y en el artículo 83 del RSEIA se sistematizan y evalúan técnicamente a continuación:

14.2.1 Observante: Reinaldo Iván Vargas Castillo

Observación:

El proyecto no presenta elaboración apropiada para el componente hongos. Sólo se realizó una campaña sin considerar la estacionalidad de los denominados macrohongos. Asimismo, no hay evidencias de un levantamiento del componente líquenes u hongos liquenizados, los que son perennes y parte constitutiva de la zona a ser afectada.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

De manera de complementar el estudio de flora no vascular, en la Adenda se presenta el Anexo 3-16 que contiene el Informe consolidado de todas las campañas realizadas para el presente proyecto en evaluación. Se aclara además que no se registraron especies de líquenes distribuidos para el área del proyecto que presenten alguna categoría de conservación.

16.2.2 Observante: David Fernando Cantero

Observación 1:

Capítulo 2: Área de Influencia y Líneas Base, Anexo 2-15 (referenciado en el capítulo 2) denominado “Uso del Territorio y su relación con la planificación territorial”: Acápite 6.4. sobre “Actividades Económicas y Productivas Existentes y Planificadas”, y 6.4.2. sobre “Actividades Económicas y Productivas Planificadas”.

En este Estudio de Impacto Ambiental se omite las afectaciones ambientales del Proyecto Parque Eólico AURORA (proyecto que cuenta con RCA Nº 539 de 2015), sin tener claridad que existan otros proyectos en igual condición (con RCA aprobada), y que presenten carga ambiental y que está no esté considerada en el actual proyecto, siendo esta omisión un elemento clave para ver el escenario de cargas ambientales en todo el proyecto.

Evaluación técnica de la observación: Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

El análisis de la relación del proyecto con el “Proyecto Parque Eólico Aurora” fue presentado en el Anexo 2-20 del EIA. Respecto de otros proyectos analizados con RCA aprobada, se realizó la búsqueda no encontrándose proyectos que puedan relacionarse de modo de formar cargas ambientales en el territorio.

En la Tabla 55. Análisis necesidades de corta proyectos con RCA de la Adenda, se hace un análisis detallado de las necesidades de corta para cada proyecto analizado en el Capítulo 2 Anexo 2-20, los que corresponden a aquellos proyectos con RCA vigente, que se encuentran en las cercanías del área del proyecto; respecto de aquellos proyectos sin Resolución de Calificación Ambiental, no es posible su identificación en el territorio. De los treinta y cuatro (34) proyectos, sólo tres (3) presentan intervención o corta de bosque nativo y ninguno de ellos declaró efectos adversos significativos sobre la flora y vegetación. Observación 2:

Capítulo 2: Área de Influencia y Líneas Base, se hace mención al área de influencia del proyecto.

Según Art. 2 letra a) del D.S. 40 de 2012, se define el área de influencia de los proyectos y se instruye definir claramente esta para cada proyecto, no siendo esto claramente posible en el proyecto en estudio, dado que según componente se menciona vagamente algunas ideas de área de influencia, pero no se establece fehacientemente esta área para todo el proyecto para sus componentes, lo que es relevante para los procesos de comprensión de la influencia del mismos.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

Respecto del área de influencia, ésta fue descrita y justificada en el Capítulo 2 del EIA. Además, en la Sección 2. Determinación y Justificación del Área de Influencia del Proyecto o Actividad de la Adenda, se precisaron con mayor detalle las áreas de influencia de los distintos componentes que fueron sujeto de análisis para el presente proyecto en evaluación.

Ahora bien, en la letra a) del artículo 2 del Reglamento del SEIA se define área de influencia como “El área o espacio geográfico, cuyos atributos, elementos naturales o socioculturales deben ser considerados con la finalidad de definir si el proyecto o actividad genera o presenta alguno de los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, o bien para justificar la inexistencia de dichos efectos, características o circunstancias”.

Las áreas de influencia se definen de manera distinta para cada componente ambiental presente en el área del proyecto, mediante el análisis contrastado de las obras del proyecto y las características de los elementos del medio ambiente: Como resultado de dicho análisis las áreas de influencia definidas para cada componente ambiental fueron definidas de manera sintética en la Tabla 13-3. Área de Influencia por componente.

Por último, en el Anexo 2-1 de la Adenda, se presentan las cartografías de las áreas de influencia del proyecto, que grafican lo expuesto en la Tabla 13-3. Área de Influencia por componente.

Observación 3:

Capítulo 2: Área de Influencia y Líneas Base, Anexo 2-11 (referenciado en el capítulo 2) denominado “Línea Base de Fauna Terrestre”. Descripción de fauna y estudios realizados.

  • En relación a Micromamíferos, no hay ninguna estación de muestreo en área de seccionamiento, aun cuando se intervienen relictos de bosques en varios puntos del seccionamiento.
  • En relación a estudios de avifauna estos son insuficientes si se considera que, en el sector del seccionamiento, se han descrito más de 100 especies, identificándose áreas de río, pradera, bosque y laguna no descritas en EIA, por lo que esto es un componente evaluado parcialmente.
  • En relación a la componente fauna en general nada se habla de las interacciones bióticas con el medio y las condiciones para que estas especies subsistan o se relacionen con la intervención de este proyecto.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

Respecto de los puntos señalados en la observación se informa lo siguiente:

i) El muestreo de fauna se hace utilizando diferentes metodologías que se aplican de manera general en todo el trazado de la LAT. Para el estudio de los micromamíferos la herramienta principal es el trampeo vivo, actividad que demanda alto esfuerzo en términos de instalación y revisión de trampas. Sin embargo, las estaciones de muestreo de micromamíferos se instalaron en diferentes ambientes incluyendo formaciones de bosque como las presentes en el área de seccionamiento. En el área destinada a subestación se estudió rodales boscosos. En el área hay parches o rodales de bosque y no corresponde el término de bosque relicto que corresponde a formaciones de bosque existentes en regiones más septentrionales.

ii) El estudio reconoce la presencia de diferentes especies de aves y no hay taxa que hayan sido descartados sin haber realizado diferentes campañas de terreno. Para la evaluación del proyecto se realizó estudios de tránsito aéreo en varios sectores representativos en temporadas de invierno, primavera y verano de 2016, lo que permitió abordar la variación estacional debido a las estaciones climáticas contrastantes y relevar los posibles cambios en la riqueza, composición y abundancia de la avifauna; motivo por el que el estudio realizado se considera representativo, ya que recoge la variabilidad de estos parámetros en las poblaciones de aves del área de influencia. Este informe comprende las temporadas donde se producen los principales movimientos descritos para las aves que habitan en el país, ya sea como residentes o visitantes.

iii) El proyecto se ubica en un mosaico de ambientes, todos intervenidos; las formaciones dominantes son las praderas de uso agrícola y las plantaciones, hay manchones de bosque y también bosque ribereño. El Proyecto ha sido diseñado de manera de lograr la menor afectación de la vegetación boscosa, manteniendo el sotobosque y minimizando la corta de árboles a solo algunos ejemplares. Adicionalmente, cabe mencionar que se reemplaza el método de tala rasa por un método de “corta arbórea sectorizada” determinada por el modelo de distanciamiento entre la copa de los árboles y los conductores, manteniendo al interior de la faja de seguridad de la LAT, la cobertura vegetal del sotobosque. La mantención de los hábitats boscosos, principalmente bosque ribereño y rodales aislados permite que las especies más especiales del hábitat, mantengan ese ambiente que contiene alimentación y refugios, por lo que las relaciones bióticas no se verán afectadas.

Observación 4:

Capítulo 1: Descripción del Proyecto o Actividad, respecto de las fundaciones en general.

Se hace mención general a las excavaciones para fundaciones en todo el proyecto, no existiendo más que una estimación de la profundidad y tamaños de las mismas, dado la falta de estudios de los suelos y sus características geológicas, incluso sin saber a qué profundidad se encuentran las napas, (a saber, en sector de río Colegual y proyecto Eólico Aurora, napas cercanas a 2 m de profundidad) lo que podría generar contaminación de las mismas; no estando evaluada esta condición y/o afectación.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

El tamaño de las fundaciones para la totalidad de las torres es de una sección de 1 m de diámetro y profundidad de hasta 6 m.- Estas dimensiones están de acuerdo a las necesidades de anclaje que se derivan del cálculo de los esfuerzos de la línea y la mecánica de suelos. Ahora bien, realizada la identificación de pozos para consumo humano en el área de influencia del proyecto a una distancia de hasta 500 m, (Ver Tabla 3-6. Pozos situados a menos de 500 m del trazado del Proyecto de la Adenda Complementaria), la Tabla 13-1 Pozos situados a menos de 500 m del trazado del Proyecto de la Adenda Complementaria, presenta el detalle de los 13 pozos identificados que cuentan con medición de nivel estático y dinámico.

De los pozos cercanos en el radio de hasta 500 metros es posible observar que el pozo 2 tiene un registro menor a 2 metros en el área, pudiendo ser posible un contacto con el nivel freático en la ejecución de las fundaciones entre las torres 230 a 241 (ver Figura 3-1. Área de posible contacto con nivel freático, Torres 32 a 42 y Figura 3-2. Área de posible contacto con nivel freático, Torres 230 a 241 de la Adenda Complementaria). Es preciso señalar que el Titular durante la ejecución de las fundaciones, no considera la realización de excavaciones en la temporada de lluvias y en caso de existir un eventual alumbramiento de aguas subterráneas, se aplicará el procedimiento constructivo descrito en la sección 1.5.1.2.1 del EIA que señala lo siguiente:

 Verificar las condiciones de seguridad para desarrollar correctamente la actividad de excavación.  Excavar para las cuatro fundaciones hasta el nivel en que el agua aflore o se infiltre.  Evaluar el tipo de napa con la cual se inunda la excavación (por infiltración o surgente).  Si la excavación se satura por aguas infiltradas, se agrandará ésta, en uno de los vértices, con el propósito que permita realizar en este una sobre excavación con mayor profundidad, para introducir la manguera de succión de una motobomba, que le permita retirar el agua del fondo de la excavación. Al

borde de las excavaciones, se debe confeccionar un pretil o canalización superficial, que permita desviar las aguas para que escurran por la superficie del terreno adyacente.

Si la excavación proyectada se satura por aguas de napas surgentes, se harán uno o dos pozos más profundos en un punto cercano a dichas excavaciones para introducir la manguera de succión de una motobomba para extraer el agua, lo que permitirá mantener el sello de la excavación sin la presencia de ésta. En este caso, las motobombas estarán en funcionamiento el tiempo que sea necesario para mantener las excavaciones libres de agua. Ver Figura 13-1 Forma de extracción de agua de la Adenda Complementaria.

Se canalizará el agua a través de mangueras, desde el punto mismo de afloramiento, hacia el dren de infiltración que se ubicará a algunos metros de las labores. El objetivo final es la reincorporación total de aguas subterráneas a través de drenes de infiltración, sin modificar o alterar la condición natural de éstas. Cabe destacar que una vez terminadas las obras civiles (excavaciones y fundaciones), se procederá al desarme del dren restituyendo las condiciones naturales del área.

Debido a las acciones antes mencionadas, vale decir, excavaciones en temporada seca y, la reincorporación total de aguas subterráneas a través de drenes de infiltración en caso de un eventual afloramiento, no se prevé que un eventual afloramiento, pueda generar un impacto en el recurso hídrico del sector, toda vez que la misma agua que aflore será naturalmente drenada en zanja, sin sufrir alteración alguna a los parámetros físico-químicos de la misma.

Por otra parte, y con el fin de no alterar los niveles y calidad de los pozos cercanos, en caso de alumbramiento de agua, se procederá a detener la faena y verificar si en un radio de hasta 500 m existen pozos de agua con prioridad de aquellos para consumo humano. Esto permitirá definir la posición más adecuada para el punto de re-inyección del agua extraída desde el frente de excavación ante un eventual alumbramiento de aguas durante la instalación de las torres.

Junto a lo anterior, antes de continuar con la excavación y de existir pozos de terceros en las inmediaciones (radio de hasta 500 m), se efectuará una medición de los niveles freáticos antes, durante y después de ejecutada la obra, para detectar cualquier posible alteración del suministro y evitar una afectación a las personas que se proveen de dichas aguas.

La práctica constructiva indica que el reducido plazo que involucra la excavación para la fundación de las torres (1 a 2 días aprox. por torre), y la eventual re-inyección de las aguas durante este proceso, es un factor que incide en el casi nulo riesgo de afectación a terceros en lo que respecta a la provisión de agua para consumo humano aportada por pozos de agua existentes en las inmediaciones de las áreas de trabajo.

Finalmente, y en caso de existir un afloramiento en dicha zona se enviará a la Autoridad Competente (DGA y SMA), una vez concluida la fase de construcción del Proyecto, un informe que contenga a lo menos la siguiente información:

  • Sector donde ocurrió afloramiento de aguas subterráneas (coordenadas UTM WGS84 Huso 19 Sur).
  • Volumen total aflorado y duración del evento.
  • Solución de drenaje y de infiltración adoptada con el debido tratamiento para evitar contaminación de la napa.
  • Registros de niveles en los pozos cercanos de acuerdo al plan de contingencias detallado en el Anexo 9-1 de la Adenda que señala lo siguiente:

En caso de alumbramiento de aguas subterráneas se deberá:

Antes de aplicar el procedimiento que se detalla a continuación, se procederá a detener la faena y verificar si en un radio de hasta 500 m existen pozos de agua con prioridad de aquellos para consumo humano. Esto permitirá definir la posición más adecuada para el punto de re-inyección del agua extraída desde el frente de excavación. El titular aumenta a 500 m el radio de revisión sobre la existencia de pozos, para dar más seguridad a la medida, siendo que en Adenda se realizó hasta los 400 m.

Junto a lo anterior, antes de continuar con la excavación y de existir pozos de terceros en las inmediaciones (radio de 400 m), se efectuará una medición de los niveles freáticos antes, durante y después de ejecutada la obra, para detectar cualquier posible alteración del suministro y evitar una afectación a las personas que se proveen de dichas aguas.

El procedimiento corresponde a:

 Detener las actividades en el frente de trabajo.  Dar aviso inmediato a la DGA.  Excavar por el costado de las obras en el que se presenta el alumbramiento una zanja del largo necesario para reincorporar el recurso hídrico a su medio.

 En caso que la zanja no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se construirá un pozo de absorción (o más de ser necesarios).  Una vez tomadas las medidas definitivas y controlado el afloramiento, se podrán retomar las actividades constructivas.

En las instalaciones de faenas, estará disponible un registro de las actividades realizadas en caso de alumbramiento de aguas subterráneas, las acciones adoptadas y los resultados del seguimiento descrito en esta respuesta, en caso que la Autoridad lo requiera consultar. Sin embargo, el titular se asegurará de las mantenciones al día de las maquinarias que operarán en los frentes de trabajo y los procedimientos a adoptar para con sus trabajadores a fin de resguardar la integridad medioambiental y evitar la contaminación de la napa.

Respecto de los estudios preliminares de suelo realizados por la ingeniería de obras y otros, ejecutados en el marco del EIA y Adenda (ver anexos 3-3 y 3-4 de ese documento), éstos indican que las características geológicas de los suelos, no implicarían una restricción o limitación para la construcción de las torres.

Respecto de la condición de alumbramiento de aguas subterráneas, esta tiene el carácter de eventual, en tanto, el programa de obras contemplará evitar excavaciones en la temporada de lluvias, temporada en que este evento podría ser más probable. En caso de ocurrir algún alumbramiento, se aplicará el procedimiento constructivo descrito en la sección 1.5.1.2.1 del EIA, que conlleva extraer el agua desde el frente de excavación y luego, reinyectarlo en un punto inmediato fuera del área de trabajo. La práctica constructiva indica que el reducido plazo que involucra la excavación para la fundación de las torres (2 a 3 días por torre), y la eventual re-inyección de las aguas durante este proceso, es un factor que incide en el casi nulo riesgo de afectación a terceros en lo que respecta a la provisión de agua para consumo humano aportada por pozos de agua existentes en las inmediaciones de las áreas de trabajo.

Por lo tanto, no se prevé impacto del proyecto sobre las aguas subterráneas. Sin embargo, en vista que éste ha sido también una preocupación de la Autoridad, en la Adenda fue incluida una medida preventiva para resguardar el suministro de agua a terceros, que podrían eventualmente utilizar dichas aguas para consumo en las inmediaciones. De esta manera, en caso de verificarse alumbramiento de aguas en el sitio de excavación, se procederá a detener la faena y verificar si en un radio de 400 m existen pozos de agua con prioridad de aquellos para consumo humano. Esto permitirá definir la posición más adecuada para el punto de re-inyección del agua extraída desde el frente de excavación. El titular aumenta a 400 m el radio de revisión sobre la existencia de pozos, para dar más seguridad a la medida.

Junto a lo anterior, antes de continuar con la excavación y de existir pozos de terceros en las inmediaciones (radio de 400 m), se efectuará una medición de los niveles freáticos antes, durante y después de ejecutada la obra, para detectar cualquier posible alteración del suministro y evitar una afectación a las personas que se proveen de dichas aguas.

Observación 5:

Capítulo 1: Descripción del Proyecto o Actividad, Acápite 1.5.1.3.3 denominado “Habilitación de accesos temporales a cada torre”.

No se explica qué pasará en los lugares donde pase las intervenciones para ingreso a predios (huellas para acceder las torres y tender la línea eléctrica), no existiendo claridad de esta afectación y los nichos de especies nativas, toda vez que aún no se han definido en el proyecto, o por lo menos no se han presentado y menos se han correlacionado con las especies existentes en ellos.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

Respecto del acceso a las estructuras, se utilizarán las huellas y/o caminos existentes. Debido a las características del terreno, no se requerirá la habilitación de accesos temporales a las estructuras. Lo anterior se relaciona con el hecho que:

 La zona cuenta con una importante red de caminos y huellas de uso público, más otros caminos intraprediales, que podrán ser utilizados para acceder a los sitios de instalación de las torres.  El sector por donde se extiende el trazado presenta un uso predominante de praderas, aspecto que ha sido aprovechado por la ingeniería de obras, para proponer un desplazamiento a través del “potrero abierto”.  La zona no presenta una topografía accidentada siendo factibles ciertos desplazamientos a través de la propia faja de servidumbre

Esta definición de la ingeniería permite reducir la carga ambiental del proyecto por concepto de obras temporales, ya que se prescindirá de corta de vegetación y escarpe de suelos con motivo de estas obras del proyecto. En el Anexo 1-1 de la Adenda, el Titular presenta cartografía que incluye la red de tránsito del proyecto en su fase de construcción.

No se prevé un impacto sobre las huellas y caminos existentes, dado el bajo flujo vehicular que contempla el proyecto, ni tampoco un deterioro significativo en su funcionalidad. Luego del tránsito directo a través de los predios, de verificarse un efecto de compactación del terrero o senda utilizada, el titular ha previsto una descompactación o remoción del terreno con uso de maquinaria.

Respecto del impacto ambiental sobre la fauna asociado particularmente a los accesos del proyecto, no se contempla impacto. No obstante, a los sectores en que el uso del acceso implica remover vegetación, aplicará como medida de control general la implementación del plan de manejo biológico para las plantas, que consiste es rescatar y reubicar aquellos ejemplares de interés de conservación descritos en el EIA. Lo mismo se hará con la fauna menor con menores posibilidades de desplazamiento, para lo cual se contempla un rescate y relocalización de anfibios y el ahuyentamiento para el caso de reptiles.

Ahora bien, para acceder a las torres y su tendido eléctrico se habilitarán huellas interprediales que conectarán desde los caminos enrolados al punto de cada estructura. Los lugares donde se habilitarán huellas temporales interprediales corresponden a terrenos de pradera o áreas de cultivo, lo anterior se puede verificar en los planos de proyecto Anexo 1-1 de la Adenda Complementaria, áreas con escasa a nula presencia de especies nativas de flora y fauna. Dicha decisión tiene su respaldo en los resultados de las campañas de terreno de medio biótico, las que fueron realizadas en las cuatro estaciones del año.

En todos los suelos intervenidos por obras temporales el Titular implementará la restauración del suelo a su condición basal en relación a los siguientes parámetros:

 Retención de humedad;  Profundidad de suelo;  Densidad aparente.

Cabe destacar que el diseño del proyecto ha tenido especial cuidado de proyectar obras en áreas de baja naturalidad, en especial aquellas obras del proyecto que tienen el carácter de temporal como los caminos de acceso a las estructuras, los que una vez finalizada la fase de construcción, serán restaurados a su condición inicial antes de ser intervenidos. En el Anexo 11-1 del EIA se encuentra el Plan de Manejo Biológico que tiene por objeto el rescate del 100 % de las especies que se afectan.

Observación 6:

Capítulo 2: Área de Influencia y Líneas Base, Anexo 2-11 denominado “Línea Base de Fauna Terrestre”. Descripción de fauna y estudios realizados.

En dicho informe se presentan las áreas de estudio en distintos planos (laminas 4, 5, 6, etc.) para mostrar la ubicación de los lugares de observación y en los cuales se describe a la localidad de Llanquihue como Purranque y a Purranque como Llanquihue, por lo que cualquier conclusión e identificación de especies es incorrecta para su interpretación y evaluación posterior.

En dicho informe se contemplan aseveraciones generales para condiciones particulares de terreno, hábitat, condición de intervención antrópica, condición de preservación, uso del suelo etc. por lo que este tipo de conclusiones son vagas e imprecisas (proyecto con más de 140 km de intervención).

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

Respecto de los puntos señalados en la observación se informa lo siguiente:

i. El titular indica que ha realizado precisiones a la cartografía del EIA y detallado los puntos en los cuales se hizo el registro de especies por tipo de ambientes naturales. Como resultado de estas precisiones, en el Adenda se adjuntaron los siguientes anexos:

 Cartografía del proyecto (anexo 1-1)  Cartografías áreas de influencia del proyecto (anexo 2-1)  Registros de flora y vegetación (anexo 3-8)  Registros de Fauna (anexo 3-10)

Efectivamente, se debió a un error de transcripción de la toponimia, por lo que la cartografía y archivos digitales fueron presentados con las localidades señaladas de manera correcta en el Anexo 3-9 de la Adenda. La Tabla 13-4. Registros de Fauna de la Adenda, presenta la información respecto de la fauna detectada y sus respectivas coordenadas.

ii. El análisis de los impactos del proyecto se ha hecho por tipo de obra o actividad, según el área donde éstas se inserten o ejecuten. Si bien pueden existir singularidades en cada territorio, la propuesta de medidas de control de dichos impactos (y de riesgos ambientales) se ha planteado de manera tal, que su implementación reconozca estas singularidades. Un ejemplo de estas medidas es la adopción de un microruteo de flora que permitirá identificar y rescatar ejemplares de flora con problemas de conservación, en cada uno de los sitios de intervención de obras.

16.2.3 Observante: Mödinger Hnos. S.A. Representante: Enrique Mödinger Hoebel

Observación 1:

Tema: Capítulo 2: Área de Influencia y Líneas Base.

Sección 2.2.1 Espacios geográficos. Dentro de la superficie afectada por el seccionamiento de los circuitos 1x220 kV, LAT Rahue – Puerto Montt, no se menciona aquellos ubicados en la comuna de Llanquihue, indicándose únicamente que el trazado de alta tensión que se proyecta contempla torres únicamente en comuna de Frutillar. A tales efectos, se indica lo siguiente: – “…De carácter más bien puntual, el sistema de transmisión incluye también los seccionamientos de los circuitos 1x220 kV, LAT Rahue – Puerto Montt, con un trazado de alta tensión de 7 km aproximadamente y que se compone de 28 torres, todas en la comuna de Frutillar”

Información incompleta o errónea, que no permite dimensionar ninguno de los efectos características o circunstancias implícitas en el Art. 11 de la Ley 19.300, dado que no correspondería al área de afectación presentada.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que se aclara que, efectivamente, es en la comuna de Llanquihue y no en la comuna de Frutillar donde se ubica la totalidad del seccionamiento 2x220 kV.

Observación 2:

Tema: Capítulo 2: Área de Influencia y Líneas Base.

Tabla 2-1 sobre componentes ambientales sin relación con el proyecto. En componente ambiental se menciona que el seccionamiento está dentro de límites del sitio prioritario Humedal del Maullín.

Dado lo anterior, la geometría de la línea puede ser modificada en virtud de mantener la afectación de la componente ecosistema, sobre el Sitio prioritario, sin generar una nueva afectación a la componente medio Humano (actividades agrícolas existentes) o distinta a la presentada en el actual EIA.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

El proyecto en evaluación, consideró, desde la fase de diseño, una serie de criterios de carácter socio ambiental para su definición, lo que implicó múltiples adecuaciones, analizándose alrededor de 12 alternativas con múltiples variantes cada una e incorporando de una serie de optimizaciones referidas a:

 Priorizar el paralelismo con una LAT actualmente existente;  Reducir la intervención en bosque nativo;  Reducir el atravieso por sectores con propietarios indígenas;  Reducir la cantidad de comunas de 11 a 9 por donde atraviesa la LAT

Para efectos de la presente tramitación ambiental, el titular no considera mayores cambios en este sector, porque si bien se encuentra dentro de los límites del SP, el proyecto no tiene influencia sobre el objeto de conservación de dicho Sitio Prioritario.

Respecto de si el Proyecto generará o no afectación de la componente ecosistema del Sitio Prioritario, se aclara que el Proyecto señala que no existirá una afectación significativa al Sitio Prioritario del Humedal del Río Maullín debido a que, en el caso de los sitios prioritarios de la región de Los Lagos, un tramo de alrededor de 2,66 km del seccionamiento de la LAT Rahue Puerto Montt, se insertará al interior del sitio prioritario “Río Maullín”, sitio que además corresponde a uno de los sitios prioritarios de la región considerados para efectos del SEIA, según el Of. Ord. N° 100143 del año 2010. En la Figura 13-2. Sitio Prioritario Humedal Río Maullín del Adenda, se grafica lo señalado.

Para el caso de este Sitio Prioritario, si bien un tramo de la línea proyectada se emplazará en su interior, cabe destacar que:

 En su totalidad se localizará en terrenos de praderas.  El trazado se extenderá alejado de la caja del río y de los bosques que vinculan el cauce, fuera de las zonas ribereñas y sin interferencia con las áreas de humedales asociadas al cauce.  Excepto del trazado no se prevén en el sector otras obras, tales como caminos o huellas que pudieran extenderse más allá de la franja de servidumbre.

Bajo estas consideraciones, se identificó como una hipótesis el posible desplazamiento de las aves que forman parte del objeto de conservación entre la caja del rio Maullín y las áreas al norte del eje de la LAT proyectada. Para identificar o descartar un posible impacto se estudió con detalle las rutas de vuelo de las aves en distintas temporadas y en distintos puntos, a lo largo del tramo, que pudiese actuar como barrera. Utilizando para dicho análisis una metodología estandarizada, los estudios desarrollados no identificaron rutas de vuelo que pudieran ser interrumpidas por la LAT. Lo anterior se presenta en los siguientes anexos de línea base de fauna: Anexo 2.9 del EIA y Anexo 3.9 de la Adenda.

Dicha conclusión, se puede explicar debido a la riqueza del hábitat al interior de la caja del rio, la que cuenta con una calidad muy superior a los hábitats del entorno o corresponden a ambientes distintos como, por ejemplo, el rio Maullín que corresponde a un curso de agua de tipo lótico, es decir, las aves que aprovechan esta condición no utilizarán las aguas quietas de la Pichilaguna y viceversa.

Observación 3:

Tema: Capítulo 2: Área de Influencia y Líneas Base.

Anexo 2-15 (referenciado en el Capítulo 2) denominado “Uso del Territorio y su relación con la planificación territorial” incluye la Tabla 1.- denominada “Localidades Área de Influencia Proyecto”, no resultando incluida en la misma la comuna de Llanquihue.

Clara omisión, falta de información en el proceso de evaluación.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

Efectivamente, la incoherencia en la información se debió a un error de edición de la tabla. Por lo tanto, cabe señalar que para la evaluación del proyecto si se consideraron las localidades correspondientes a la división política administrativa de Llanquihue (comuna), las que corresponden a Colegual, Totoral, Pichilaguna y La Cruzada que forman parte del área de influencia del componente Medio Humano.

Observación 4:

Tema: Capítulo 2: Área de Influencia y Líneas Base.

Anexo 2-15 (referenciado en el capítulo 2) denominado “Uso del Territorio y su relación con la planificación territorial”.

Se cita en el acápite 6 denominado “Resultados” a la “Guía para la Descripción del Uso del Territorio” (SEA, 2013), para indicar que la ordenación del territorio corresponde a “un proceso y un instrumento de planificación, de carácter técnico - político - administrativo, con el que se pretende configurar, en el largo plazo, una organización del uso y ocupación del territorio, acorde con las potencialidades y limitaciones del mismo, las expectativas y aspiraciones de la población y los objetivos de desarrollo. Se concreta en planes que expresan el modelo territorial de largo plazo que la sociedad percibe como deseable y las estrategias mediante las cuales se actuará sobre la realidad para evolucionar hacia dicho modelo” (Massiris 2002)”.

No habiendo consulta a los vecinos directamente afectados, por el proyecto sometido a evaluación, previa a esta instancia, no se cumple el precepto de las Expectativas y Aspiraciones de la Población directamente afectada.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

Se cumplieron con todas las instancias de Participación Ciudadana que considera la Ley N° 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente y el RSEIA. Complementariamente, previo al ingreso del Estudio de Impacto Ambiental, el Titular señala que realizó una serie de reuniones de comunicación e información sobre los contenidos del proyecto. Se informó que en dichas reuniones participaron los vecinos directamente relacionados con el proyecto realizando las consultas pertinentes las cuales fueron atendidas de forma presencial. El detalle de dichas actividades se puede encontrar en el Capítulo 13 “Descripción de Acciones Previas con la Comunidad a la Presentación del Estudio de Impacto Ambiental” del EIA.

Desde el punto de vista de la parte de la observación que hace mención a la “Guía para la Descripción del Uso del Territorio” del SEA del año 2013, se entiende que la solicitud apunta a los intereses de todos los habitantes, que confluyen finalmente en la forma en que se percibe el territorio. Al respecto, es posible indicar que el proyecto corresponde a un tipo de uso denominado de infraestructura, el que está presente a lo largo de todo el trazado del proyecto en sus distintas tipologías y perceptualmente incorpora un nuevo elemento que no es desconocido en la lectura del paisaje y que se mantiene oculto en una gran proporción y se encuentra integrado territorialmente a los grandes predios productivos de la zona. A su vez, los accesos visuales al proyecto son discretos y tienen alcance desde las rutas públicas que atraviesan el proyecto; dichas rutas también son parte del uso de suelo infraestructura.

Observación 5:

Tema: Capítulo 2: Área de Influencia y Líneas Base.

Anexo 2-15 (referenciado en el capítulo 2) denominado “Uso del Territorio y su relación con la planificación territorial”: En su acápite 6.3.1.2.6, se hace referencia a la comuna de Llanquihue.

No se describe lugar de ubicación del seccionamiento de los circuitos 1x220 kV, LAT Rahue – Puerto Montt; no se incluyen las actividades agropecuarias del área de influencia del seccionamiento en el medio socio cultural y menos en el productivo. Asimismo, en las imágenes y descripciones realizadas éstas no son georreferenciadas de manera que permitan contextualizar donde se realizarán las intervenciones respecto a lo exhibido. En el paisaje tampoco se muestra la relevancia paisajística de los terrenos del seccionamiento, entre otros.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

Respecto de cada uno de los puntos consultados se informa lo siguiente:

i. En los anexos 1-2 y 2-1 de la Adenda, se adjunta cartografía que permite verificar la ubicación del seccionamiento de los circuitos 1x220 kV. ii. A lo largo del seccionamiento, el territorio corresponde a praderas de pastoreo con baja presencia de ganado. El área de seccionamiento corresponde a un predio privado en el que no se identifican actividades culturales, si se identifican actividades asociadas a la observación de la naturaleza en el rio Maullín. Al sur del trazado del seccionamiento y Pichilaguna, al norte del trazado, para ambas áreas colindantes con el área del proyecto no se identifica relación funcional ni visual entre el proyecto y ambos enclaves. Las obras del proyecto se presentan en el Anexo 1-1 de la Adenda. iii. Las actividades culturales que se realizan en la zona del seccionamiento, corresponden predominantemente a las descritas para la comuna de Llanquihue y fueron incluidas en la línea de base de medio humano del EIA, en el Capítulo 2, Anexos 2.18 y 2.19. iv. La georreferenciación de las imágenes y descripciones realizadas en la zona del seccionamiento, y en general, de todas las áreas utilizadas por las obras, se presentan actualizadas en el Anexo 1-1 de la Adenda. v. Respecto de la relevancia paisajística del área del seccionamiento, se realizó un levantamiento específico para el eje vial Ruta V-40, que incluye el área de influencia de la LAT, y se incorporaron puntos de observación desde el Rio Maullín para descartar incidencia visual y desde la Pichilaguna desde el centro turístico. Los resultados indican que el único sector con intervisibilidad hacia el proyecto corresponde a la intersección de la ruta V-40 con la V-86 desde y hacia la Pichilaguna, situación definida por la morfología ondulada y cortinas vegetales que obstaculizan los flujos visuales. Cabe destacar que esta vista se desarrolla

solo en esta fuga visual que se genera por la ausencia de vegetación, y es visible durante un corto tramo, considerando la velocidad de un automóvil; el resto del proyecto se mantiene oculto a cualquier observador común.

Observación 6:

Tema: Capítulo 2: Área de Influencia y Líneas Base.

Anexo 2-15 (referenciado en el capítulo 2) denominado “Uso del Territorio y su relación con la planificación territorial”: Acápite 6.4. sobre “Actividades Económicas y Productivas Existentes y Planificadas”, y 6.4.2. sobre “Actividades Económicas y Productivas Planificadas”.

Sin perjuicio que se menciona la necesidad de “En este sentido y para el caso de que los efectos del Proyecto radiquen sobre elementos socioculturales, debe realizarse una caracterización a nivel local”, y de que adicionalmente se indica que se revisaron documentos para evaluar otras actividades en el lugar, no se presenta absolutamente nada en relación al Parque Eólico AURORA (proyecto que cuenta con RCA), ya sea en relación a cualquiera de sus componentes ambientales. Asimismo, en infraestructura se desconoce proyecto de generación eléctrica y menos su carga ambiental, aun cuando el proyecto, reitero, cuanta con RCA aprobada de 2015 (RCA Nº 539 de 2015).

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que el proyecto “Parque Eólico Aurora” se encuentra analizado en el Anexo 2-20 del EIA.

Observación 7:

Tema: Capítulo 2: Área de Influencia y Líneas Base.

Anexo 2-15 (referenciado en el capítulo 2) denominado “Uso del Territorio y su relación con la planificación territorial”. Se hace mención en su acápite 6.4.1.2.6 al listado de actividades económicas de la comuna de Llanquihue.

Se referencia a actividades hasta el año 2013, omitiéndose cualquier actividad posterior a esa fecha y no indicando la importancia de las actividades económicas y la implicancia en la cadena de valor de la comuna, omitiendo cual es el efecto que conlleva la intervención de predios agrícolas en la producción de pasto y cereales para forraje que luego obtienen valor agregado en la misma comuna (Llanquihue), existiendo una integración vertical en esta cadena de valor comunal con intervención directa de más de 500 puestos de trabajo local, llegando a los 800 puestos directos a nivel nacional y superando largamente los 2000 indirectos, únicamente en dicha cadena de valor.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

La información oficial corresponde al Reporte Estadístico Comunal disponible en la plataforma online de la Biblioteca del Congreso para el período 2009-2013. No obstante, el estudio de Línea Base de Medio Humano y el estudio antropológico, presentado en los Anexos 2-18 y 2-19 del EIA, respectivamente, presentan información de detalle respecto de las actividades de la zona.

Concretamente, respecto a si el Proyecto afectará las actividades productivas (mayoritariamente de tipo silvoagropecuario) y su cadena de valor, el Titular ha acreditado que no existirá tal afectación por las siguientes razones:

 El programa de construcción tiene como requisito minimizar todo tipo de interferencias con la funcionalidad del territorio; además que dichas actividades serán realizadas previa coordinación con los propietarios respetivos.  Las actividades de construcción generan limitaciones puntuales de escala espacial y temporal muy inferior a la escala de uso de los distintos predios productivos. A nivel predial, la intervención en el sitio de instalación de torres corresponde a frentes de trabajo de 400 m2 no simultáneos, cada uno con presencia de uno o dos semanas por sitio, todo ello coordinado con los propietarios respetivos.  Durante la fase de operación no existen limitaciones al uso de la totalidad de la faja de servidumbre para todas las actividades agrícolas, incluido el espacio basal de cada torre.

 Esta magnitud espacial de la intervención y su temporalidad no implica efectos significativos en el funcionamiento del predio, no obstante, cualquier reparación necesaria será de carácter pecuniario y corresponde a un acuerdo entre privados y no a una materia ambiental.

Observación 8:

Tema: Capítulo 2: Área de Influencia y Líneas Base.

Anexo 2-15 (referenciado en el capítulo 2) denominado “Uso del Territorio y su relación con la planificación territorial”. Se hace mención en su acápite 6.1.2.2.6 a la Infraestructura vial y/o de Transporte de la comuna de Llanquihue.

No se menciona la intervención o cruce por ruta V-86, que corresponde a la entrada a los predios de Agrícola Llanquihue S.A., ni los proyectos MOP de desarrollo y conectividad con Ruta V-50 (Puerto Varas - Rio Frío), por lo que se asume no evaluada (tabla 52, Pág. 163), o a lo menos sub estimada las condiciones reales actuales de la ruta V-86 y la planificación vial de la misma.

Dentro de la infraestructura no se hace mención de la afectación considerando que en las inmediaciones de la instalación de la subestación Tineo se encuentra la Escuela Sector La Cruzada, que, si bien es reconocida en el EIA al referirse a la infraestructura existente, no es evaluada la afectación en uso de los accesos.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

El cruce de la principal entrada a Llanquihue (V-40) con la Intersección de la Ruta V-86 fue evaluada por el Estudio de Impacto Vial presentado en el Anexo 3-4 del EIA (capitulo 5 página 24 de dicho anexo). Respecto de la entrada a los predios de Agrícola Llanquihue S.A. por la ruta V-86, ésta no corresponde a una intersección vial sino a la interfaz entre la vialidad pública y una actividad privada, por tanto, no corresponde su modelación particular, sin embargo, los datos de flujo obtenidos contienen aquellos flujos aportados por la actividad de Agrícola Llanquihue S.A. como situación basal y la modelación de las intersecciones de la ruta V-86 contienen estos flujos.

Los resultados de dicha evaluación indican que dicha intersección, al sumarle los flujos necesarios para la construcción del proyecto, el grado de saturación (razón entre el flujo y la capacidad; el flujo corresponde a la demanda por el uso de un dispositivo vial y la capacidad es la oferta de atención que provee tal dispositivo; el grado de saturación muestra el balance entre oferta vial y demanda) está por debajo del 90%, lo que indica un buen funcionamiento de la intersección en su situación con proyecto. Las longitudes de cola no presentan vehículos en cola. Se observa un leve aumento de la demora promedio entre el escenario base y con proyecto en los accesos sur y oriente.

Respecto a los proyectos MOP de desarrollo y conectividad con Ruta V-50 y la Escuela Particular “Línea Cruzada”, a la que se hace mención, no se verán mayormente afectados por el proyecto ya que la ruta V-50 no será utilizada por este, toda vez que los flujos para las obras del seccionamiento se realizarán por la Ruta V-40 y V-86.

En conclusión, los resultados del estudio realizado señalan que no existe impacto en los puntos indicados. No obstante, lo anterior, el proyecto implementará una serie de medidas voluntarias de mejoramiento a lo largo del trazado que permitirán una mejor convivencia entre los vecinos y la fase de construcción.

Para verificar que el proyecto no generará alteraciones a la funcionalidad vial (u otras variables socio- ambientales), el titular ha dispuesto de un mecanismo de comunicación con la comunidad que permitirá mantener un diálogo constante durante la fase de construcción, cuyos detalles se pueden revisar en la Sección 11.2.5 del Capítulo 11 del EIA.

Observación 9:

Tema: Capítulo 2: Área de Influencia y Líneas Base.

Anexo 2-15 (referenciado en el capítulo 2) denominado “Uso del Territorio y su relación con la planificación territorial”. Se hace mención en su Apéndice A, denominado Línea de Base Vial, en el acápite 3.1.1.43 efectúa descripción de vía V-284.

Se entrega información falsa respecto las cantidades de pistas del camino indicando 4 pistas, 2 por sentido, lo que no corresponde a la realidad, por lo que cualquier conclusión tomada respecto a esta información es errada.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

El Titular rectificó la información respecto de la vía V-284, indicando que se trató de un error puntual, toda vez que dicha vía corresponde a una calzada simple, bidireccional y ripiada. Dicha condición es la que se encuentra referida en el estudio correspondiente.

Observación 10:

Tema: Capítulo 2: Área de Influencia y Líneas Base.

Se hace mención a área de influencia del proyecto.

Según Art. 2 letra a) del D.S. 40 de 2012, que aprueba el Reglamento del Sistema De Evaluación de Impacto Ambiental, área de influencia se define de la siguiente manera: “El área o espacio geográfico, cuyos atributos, elementos naturales o socioculturales deben ser considerados con la finalidad de definir si el proyecto o actividad genera o presenta alguno de los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, o bien para justificar la inexistencia de dichos efectos, características o circunstancias”.

Revisado el proyecto, éste no define claramente el Área de Influencia. Únicamente existen en algunos estudios específicos áreas definidas en virtud de la linealidad del proyecto, sin existir buffer para el mismo, o definición de mapas con áreas directamente afectadas o de interés y áreas indirectamente afectadas o de extensión, sin poder saber si realmente el proyecto afecta o no a otras superficies, para las efectos, características o circunstancias descritas en el artículo 11 del ya citado reglamento.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

En la Sección 2 de la Adenda se precisaron con mayor detalle las áreas de influencia de los distintos componentes que fueron sujeto de análisis para el presente proyecto en evaluación. Complementariamente, se informa que las áreas de influencia definidas para cada componente ambiental se presentan, de manera resumida, en la Tabla 13-5. Área de Influencia por componente de la Adenda Complementaria. Por último, en el Anexo 2-1 de la Adenda, se presentan las cartografías de las áreas de influencia del proyecto, que grafican lo expuesto en la Tabla 13-5. Área de Influencia por componente de la Adenda Complementaria.

Observación 11:

Tema: Capítulo 2: Área de Influencia y Líneas Base.

Anexo 2-11 (referenciado en el capítulo 2) denominado “Línea Base de Fauna Terrestre”. Descripción de fauna y estudios realizados.

En la página 16, la figura 5 denominada “Estaciones de muestreo de micromamíferos” no contempla el estudio de micromamíferos en área de seccionamiento lineal. Toma especial relevancia lo anterior al considerar la ubicación del seccionamiento, toda vez que corresponde a un área de preservación (río Maullín). Además, no se hace referencia a estudio de avifauna en el sector, considerando que es reconocido como un reservorio de avifauna con identificación en cercanías de la subestación proyectada y el seccionamiento (Río Maullín, bosque siempre verde, pradera y laguna), existiendo estudios que reportan más de 100 especies en el área (un 24% de la avifauna nacional conocida).

Por su parte, en la Figura 2, Figura 3 y Figura 4, páginas 13, 14 y 15, respectivamente del ya referido Anexo 2-11, muestra imágenes de las áreas de estudio de Fauna, indicando en plano a Llanquihue como Purranque, por lo que la información puede tener errores en lo indicado en el informe y por ende en las especies encontradas o reportadas en la comuna de Llanquihue.

Tampoco se reconocen relaciones biológicas entre los distintos estudios presentados en Anexo 2-11, por lo que no se entiende, cómo puede ser considerado los efectos sinérgicos de alteración de las cadenas tróficas o cualquier modificación positiva o negativa que exista sobre el ecosistema lo que al no estar presentado se entiende como no evaluado y, por lo tanto, incompleto para una correcta evaluación de esta componente ambiental.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

En relación con cada uno de los puntos observados en la consulta se informa lo siguiente:

i. Respecto del estudio de tránsito aéreo en el sector de la Pichilaguna, éste se realizó en las temporadas de invierno, primavera y verano de 2016, diseño que permitió abordar estaciones climáticas contrastantes y relevar los posibles cambios en la riqueza, composición y abundancia de la avifauna. Por este motivo el estudio realizado se considera representativo, ya que recoge la variabilidad de estos parámetros en las poblaciones de aves del sector.

De modo ilustrativo, se comenta que la mayor proporción de la avifauna chilena despliega su conducta reproductiva durante las temporadas de primavera y verano, incluyendo la selección del territorio, cortejo, apareamiento y finalmente la crianza (etapas que varían según cada especie) (Stotz et al. 1997), temporadas que forman parte del estudio presentado.

Adicionalmente, algunas de las aves que residen en Chile realizan desplazamientos a lo largo de su distribución geográfica para afrontar las temporadas de invierno y verano según sus distintos requerimientos ecológicos, mientras que otras bajan de la cordillera de los Andes y permanecen en áreas próximas a la costa durante una parte del invierno. La mayoría de las aves migratorias que visitan Chile en forma regular lo hacen por la costa durante las temporadas de primavera y verano, época en que aprovechan la mayor oferta de alimento [Martínez & González 2004].

El estudio de tránsito aéreo realizado en la Pichilaguna comprende las temporadas donde se producen los principales movimientos descritos para las aves que habitan en el país, ya sea como residentes o visitantes, motivo por el que la ejecución de una campaña de otoño en este sector se considera innecesario, ya que no aportaría información significativamente distinta a la ya presentada en la línea de base.

En dicho estudio no se identifica relación entre la caja del rio Maullín y la Pichilaguna, lo anterior es coherente con la diferencia entre los tipos de hábitat que presentan ambas áreas.

En conclusión, se puede afirmar que no existirá afectación al Sitio Prioritario del Humedal del Río Maullín según los siguientes antecedentes:

Para el caso de este Sitio Prioritario, si bien un tramo de la línea proyectada se emplazará en su interior, cabe destacar que:

 Se localizará en su totalidad en terrenos de praderas.  El trazado se extenderá alejado de la caja del río y de los bosques que vinculan el cauce, fuera de las zonas ribereñas, y sin interferencia con las áreas de humedales asociadas al cauce.  Excepto del trazado no se prevén en el sector otras obras, tales como caminos o huellas que pudieran extenderse más allá de la franja de servidumbre.

Complementariamente, para descartar algún efecto sobre las aves que frecuentan la caja del rio Maullín y otras áreas al norte del eje de la LAT proyectada, se estudiaron con detalle las rutas de vuelo de las aves en distintas temporadas y en distintos puntos, a lo largo del tramo que pudiese actuar como barrera, utilizando para ello una metodología comúnmente utilizada en estudios de evaluación ambiental. Los estudios realizados no identificaron rutas de vuelo que puedan ser interrumpidas por la LAT. Esta materia puede ser consultada con mayor detalle en los anexos de línea base de fauna (Anexo 2.9 del EIA y Anexo 3.9 de la Adenda). Lo anterior se puede explicar debido a la riqueza del hábitat al interior de la caja del rio (de calidad muy superior a los hábitats del entorno). El rio Maullín corresponde a un curso de agua de tipo lótico, donde las aves aprovechan esta condición con preferencia, siendo menos frecuentes en aguas quietas, como, por ejemplo, en la Pichilaguna.

La reevaluación de impactos sobre los componentes bióticos consideró la revaloración de los impactos “Pérdida de Superficie de Bosque Nativo” que aumentó la valoración en los parámetros “criticidad”, “acumulación”, “recuperabilidad”.

Se incorporó un nuevo impacto propuesto en el EIA como una situación de riesgo por su baja probabilidad “Pérdida de individuos o ejemplares de avifauna” ya que dada la interacción conocida que existe entre las aves y los tendidos eléctricos, se identificó la presencia de aves de mayor tamaño, que son las que tienen mayores posibilidades de colisionar. Considerando toda la extensión del sistema de transmisión y las características de hábitat y conducta de las especies registradas en el estudio de tránsito aéreo (SAG 2015), aquellas con posibilidad de tener incidentes son:

 Orden Pelecaniformes: Yeco (Phalacrocorax brasilianus);  Orden Ciconiformes: Bandurria (Theristicus melanopis);

 Orden Anseriformes: Pato jergón grande (Anas georgica), pato jergón chico (Anas flavirostris), pato real (Anas sibilatrix);  Orden Falconiformes: Jote de cabeza colorada (Cathartes aura), Jote de cabeza negra (Coragyps atratus), aguilucho (Geranoaetus polyosoma), aguilucho cola rojiza (Buteo ventralis), vari (Circus cinereus), traro (Caracara plancus), cernícalo (Falco sparverius) y tiuque (Milvago chimango);  Orden Charadriiformes: Gaviota dominicana (Larus dominicanus), gaviota cahuil (Larus maculipennis);  Orden Columbiformes: Torcaza (Columba araucana) y tórtola (Zenaida auriculata);  Orden Psittaciformes: Choroy (Enicognathus leptorhynchus).

El impacto fue calificado como negativo no significativo (-66), si bien existe probabilidad de colisión de ciertos grupos de aves, en especial las de mayor tamaño, la criticidad de este impacto es menor debido a que el valor ambiental es bajo con respecto a la singularidad, carácter único y prístino del hábitat y las especies que potencialmente pueden verse afectadas.

ii. Respecto de las figuras 2, 3 y 4 del Anexo 2-11, se informa que el nombre indicado corresponde a un error de transcripción de la toponimia y se rectificó indicando que donde dice “Purranque” debe decir “Llanquihue”.

iii. Se aclara que el análisis de los impactos ha incluido la condición de acumulativa o sinérgica de algunos efectos ambientales, tal como se describe en la sección 3.2.6. del Capítulo 3 del EIA. Esto implicó considerar las relaciones biológicas entre los distintos componentes evaluados, lo cual fue reforzado en la Adenda, incluyéndose una re-evaluación ambiental para el caso de ciertos componentes bióticos (para más detalles, ver sección 7.2 de la Adenda).

Observación 12:

Tema: Capítulo 3: Predicción y Evaluación de Impactos.

Sección 3.4.1 denominada “Identificación de afectación de cada componente ambiental con motivo de la implementación del Proyecto”, se acompaña la Tabla 3-9 titulada “Componentes Ambientales susceptibles de ser impactados”.

En Aspectos del Medio Humano, no se consideran los aspectos e impactos sobre la productividad de los lugares de afectación, la pérdida de patrimonio, la afectación directa a los procesos de producción agrícola, la fragilidad económica de los procesos productivos, la condición de costumbres en el uso agrícola y ganadero de los terrenos, omitiendo cualquier evaluación sobre este componente ambiental, identificado por la normativa ambiental y no reconocido por el proyecto.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

No se presume una alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos que habitan en las cercanías de las obras del proyecto, puesto que las actividades señaladas por el observante se mantienen sin cambios en la situación con proyecto respecto de la situación basal, a excepción de los cambios que pueden ocurrir en relación al uso de las rutas por la integración del transporte de cargas durante el plazo que dura la fase de construcción, en donde la evaluación de impactos recoge esta perturbación como un impacto que se relaciona con la necesidad del proyecto de compartir la vialidad pública para la fase de construcción.

El artículo 7 reconoce como un efecto, característica o circunstancia que puede dar origen a un Estudio de Impacto Ambiental, las siguientes condiciones:

 Letra a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural.  Letra b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.  Letra c) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.  Letra d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo.

Respecto de los aspectos señalados por el observante, todos incluidos en los literales anteriores, fueron analizados para efectos de la elaboración de la Tabla 3-9 presentada en el EIA y evaluados en su mérito, sin identificar impactos ni cambios significativos respecto de la condición basal. A continuación, se expone un análisis sintético de dicho análisis:

a) Respecto de la “Productividad de los lugares de afectación” “La afectación directa a los procesos de producción agrícola” “La fragilidad económica de los procesos productivos”:

Ninguna de estas variables se verá afectada toda vez que las actividades de construcción generan limitaciones puntuales de escala espacial y temporal muy inferior a la escala de uso de los distintos predios productivos.

A nivel predial, la intervención en el sitio de instalación de torres corresponde a frentes de trabajo de 400 m2 no simultáneos, cada uno con presencia de 1 o 2 semanas por sitio, todo ello coordinado con los propietarios respetivos. En adición, es un requisito del programa de construcción, minimizar todo tipo de interferencias con la funcionalidad del territorio, lo anterior coordinado caso a caso y anticipadamente con cada propietario y sus trabajadores.

A nivel territorial, se desarrolló un estudio de impacto vial para identificar si existen localidades que puedan ser perjudicadas en el tránsito personal familiar o de cargas, sin identificar nodos viales que sumen tiempos de desplazamiento o debiliten la calidad del tránsito o la plataforma vial.

b) Respecto de “La pérdida de patrimonio” y “La condición de costumbres en el uso agrícola y ganadero de los terrenos”.

Las características del proyecto en su fase de construcción no interfieren con los elementos del patrimonio agrícola ni ganadero, toda vez que las actividades agrícolas se mantendrán sin variación. Durante la fase de construcción las intervenciones son menores: a nivel predial, la intervención en el sitio de instalación de torres corresponde a frentes de trabajo de 400 m2 no simultáneos, cada uno con presencia de 1 o 2 semanas por sitio, todo ello coordinado con los propietarios respectivos. Durante la fase de operación la faja de seguridad solo impone restricciones de constructibilidad, sin embargo, cualquier actividad presente en el territorio podrá continuar desarrollándose de manera completamente habitual. Respecto de los accesos visuales la mayor parte del proyecto se mantiene oculto al interior de terrenos agrícolas, siendo visible particularmente desde las rutas públicas, cuyos índices de naturalidad son bajos y la incorporación de este nuevo elemento no genera cambios en la percepción de territorio.

Observación 13:

Tema: Capítulo 3: Predicción y Evaluación de Impactos

Sección 3.4.1 denominada “Identificación de afectación de cada componente ambiental con motivo de la implementación del Proyecto”. Tabla 3-10 sobre “Componentes Ambientales susceptibles de ser impactados por el Proyecto en cualquiera de sus fases”. En dicha tabla, al referirse al uso del territorio, se indica para aquello relacionado a las actividades económicas, lo siguiente: “El proyecto considera intervenciones puntuales y escasas durante la fase de construcción las que no interfieren o afectan actividades económicas de ningún tipo, se descarta también, mediante un Estudio de Impacto Vial (anexo 3-4), que el proyecto en su fase de construcción genere congestión vehicular situación que puede perjudicar el normal desarrollo de la economía local.”.

Lo señalado no es veraz si se analiza desde la perspectiva de la productividad de los terrenos afectados, la pérdida de uso del mismo (animales no pastorean bajo líneas en operación y durante construcción no se pueden tener animales en el lugar). Hay que considerar también que en la etapa de construcción se romperán cercos o construirán accesos que limitan el uso con animales de los potreros. También se perderá la productividad en pasto de primavera - verano para Silos o Bolos del invierno siguiente, modificando las costumbres en el uso del terreno. Por su parte, en el proceso de corta de pasto el manejo de maquinaria agrícola será objeto de pérdida patrimonial, toda vez que la altura de la catenaria (según indicado en EIA, Tabla 1-22 Cap. 1 es de 7,32 m) impedirá el normal uso de las mismas, dado que la altura de los equipos de cosecha supera los 5,3 metros. Es más, según NCh Nº 5 de 1955 en Art 105 indica que para tensiones mayores a los 10.000 Volt se calculara a una tasa de 0,6 cm por cada 1000 V la distancia mínima y para 220.000 V son 1,32 m, lo que implicaría un riesgo potencial en los procesos productivos. Esta intervención no se define en EIA, ni ninguno de los efectos que pueda generar la intervención de los predios en el seccionamiento, dando a entender que los predios son de bajo nivel de uso casi como sitios eriazos, lo cual es completamente alejado de la realidad.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

Durante la fase de construcción no existirá impedimento para la tenencia de animales ni para la producción de alimento de animales, siendo un requisito del programa de construcción minimizar todo tipo de

interferencias con la funcionalidad del territorio. Es decir, ninguna acción del proyecto quedará sin el respaldo de la autorización del propietario y bajo una cuidadosa coordinación.

En relación a la pérdida de productividad de los terrenos que contempla las obras del proyecto a nivel predial, se informa que la intervención en el sitio de instalación de torres corresponde a frentes de trabajo de 400 m2 no simultáneos, cada uno con presencia de 1 o 2 semanas por sitio. Adicionalmente, se utilizarán las huellas intraprediales existentes para las faenas agrícolas en cada uno de los predios, sin restar superficie de cultivo, todo lo anterior en coordinación con cada uno de los propietarios. La merma en la productividad de pasto de primavera que pueda provocar el uso de los 400 m2 del frente de trabajo, así como cualquier pérdida que se genere sobre la producción de la temporada, será motivo de la coordinación con los propietarios, cuestión que, en todo caso, no constituye una materia ambiental, siendo abordado por el Titular como parte de sus prácticas de convivencia en el marco de su responsabilidad social empresarial.

En relación a la pérdida de uso relacionada a restricciones para actividades de tipo pecuario, el ganado no tiene restricciones de uso ni bajo de las líneas, ni bajo de las torres. La única restricción está relacionada a la fase de construcción en la que, tal como se indica en párrafos anteriores, la intervención en el sitio de instalación de torres corresponde a frentes de trabajo de 400 m2 no simultáneos, cada uno con presencia de 1 o 2 semanas por sitio. Adicionalmente, se utilizarán las huellas intraprediales existentes para las faenas agrícolas en cada uno de los predios, sin restar superficie de cultivo, todo lo anterior en coordinación con cada uno de los propietarios. En ningún caso se romperán cercos, pudiendo ser necesarias ciertas modificaciones en cuyo caso serán correctamente coordinadas con los propietarios.

Respecto de las máquinas de cosecha, efectivamente, si las alturas de los vástagos de los equipos superan las alturas de seguridad y se evidencia riesgo, sea este para los operarios cosechadores o la continuidad operacional de la LAT, el Proyecto deberá considerar caso a caso las dificultades y, en acuerdo con el propietario generar la solución que evite la perdida de áreas para forraje (respecto de esto último, existen diversas alternativas de solución, como por ejemplo la compra de forraje a otros productores). En ningún caso estas situaciones generarán cambios o impactos relevantes sobre la producción agrícola.

Observación 14:

Tema: Capítulo 3: Predicción y Evaluación de Impactos.

Sección 3.4.1 denominada “Identificación de afectación de cada componente ambiental con motivo de la implementación del Proyecto”. Tabla 3-10 sobre “Componentes Ambientales susceptibles de ser impactados por el Proyecto en cualquiera de sus fases”, al referirse a la componente turismo, indica “El emplazamiento del proyecto no interfiere un territorio con presencia de atractivos turísticos que puedan ser alterados por las obras de proyecto, se reconoce que una proporción de la LAT proyectada en la comuna de Llanquihue, específicamente 2 km del seccionamiento, se encuentra al interior del destino turístico “Lago Llanquihue-Todos Los Santos”, no obstante, esta intervención no tiene relación funcional ni estética con los atractivos turísticos que envuelve este territorio, por tanto el proyecto no tendrá efectos sobre la oferta y demanda turística de la zona”.

El proyecto no se hace cargo de la componente turismo adecuadamente. A modo de ejemplo, ni siquiera evalúa la Ruta de la Cecina, atractivo turístico que se viene explotando por más de 12 años, el cual considera la existencia de un área de conservación incluida y declarada con más de 60 Has. de bosque nativo y a menos de 1 km de la ubicación del proyecto (seccionamiento).

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

El componente turismo fue considerado en el procedimiento de evaluación, por tal razón, las obras del Proyecto, en virtud de la elección de su posición en el territorio, no obstruyen la visibilidad de zonas de interés paisajístico y/o turístico asociado al paisaje. A nivel de Subzona, la ruta 5 es un eje que se constituye como el límite entre los paisajes dominados por los grandes atributos paisajísticos de la región como los volcanes y los lagos, al oriente de la ruta 5, territorio en el que están presentes en todas las escenas, independiente del uso de suelo, y los paisajes de carácter productivo, agrícola, ganadero y forestal, al poniente de la ruta 5 y los que escasamente se ven influenciados por escenas en las que dominen dichos atributos de escala regional. En general, el proyecto se mantiene en su mayor proporción oculto a los puntos o rutas desde los cuales puede acceder un observador común, siendo las líneas de transmisión la parte del proyecto a las cuales será posible tener acceso visual desde las rutas públicas que se acercan o atraviesan los trazados de dichas líneas. El acceso visual a las áreas del proyecto se encuentra fuertemente fraccionado debido a:

 La configuración en el espacio de los elementos antes descritos, genera que las escenas sucedan en cuencas visuales de tamaños reducidos y con baja intervisibilidad entre cuencas visuales adyacentes.

 Las grandes proporciones del territorio son predios de propiedad privada, a los cuales no accede un observador habitual, por tanto, los accesos visuales se encuentran acotados a la vialidad pública.

En particular, en lo que se refiere a la Ruta de la Cecina, ésta si fue considerada en el informe de línea de base de la componente turismo, específicamente considerándola en el catastro de atractivos turísticos de la comuna de Llanquihue (apartado 5.2.1., Tabla N°2). En la Tabla N° 3 de Localización atractivos turísticos más cercanos a las obras del proyecto del EIA, en donde se indica que la Ruta se encuentra a 1,9 km de distancia de la ubicación del proyecto. No obstante lo anterior, no se identifican impactos para este atractivo con motivo de la implementación de este proyecto. Respecto a las 60 has de área de conservación que se asocia a la Ruta de la Cecina, para efectos de la componente turismo, se concluye que la LAT no tendrá relación funcional, ni estética, con los atractivos turísticos que envuelve este territorio. Por tanto, el proyecto no tendrá efectos sobre la oferta y demanda turística de la zona y, por ende, sobre esta Ruta en particular.

De acuerdo a la intervisibilidad del Proyecto, el alcance visual de los observadores, turistas o visitantes tendrían un alcance sobre ciertos atractivos localizados en el buffer de 2 km definido como área de influencia directa del proyecto para el componente turismo. Sin embargo, las obras del Proyecto, consisten principalmente en una Línea de Alta Tensión, cuya ubicación se acota principalmente a predios agrícolas no turísticos y a su paso por el costado de la Ruta 5 Sur, obras y ubicación que no son capaces de generar obstrucción de la visibilidad del flujo de observadores, como también, la accesibilidad a estos atractivos turísticos.

Por otra parte, el trazado del proyecto en evaluación recorre en paralelo el trazado de la línea existente Línea de transmisión 220 kV Rahue-Puerto Montt. Por ende, es un sector ya intervenido, desde la estructura 197 hasta la estructura 365 del trazado principal, considerando que la proyección hacia el poniente del destino turístico “Lago Llanquihue-Todos Los Santos” es a partir de la estructura 321, aproximadamente.

Por último y en relación con la proporción de la LAT que pasa por parte del polígono definido para el Destino “Lago Llanquihue- Todos Los Santos”, es posible señalar que esta equivale a 19 km, lo cual, si se compara con la extensión del polígono que abarca el Destino “Lago Llanquihue- Todos Los Santos” (110 km aproximadamente), representa un porcentaje muy mínimo de intervención (17%), tal como se presenta en la Figura 13-4. Destinos Turísticos asociados al proyecto de la Adenda Complementaria.

Con los antecedentes aportados anteriormente el Titular aclara que no se configura afectación para el componente turismo desde el punto de vista del destino turístico “Lago Llanquihue Todos Los Santos”.

Observación 15:

Tema: Capítulo 1: Descripción del Proyecto o Actividad.

Cap. 1, respecto de las fundaciones en general

No se hace mención del tamaño de fundaciones, indicándose únicamente que son 4 por torre y de hormigón. No se indica cómo serán (geometría) ni tampoco el lugar de eliminación de desperdicios del hormigón en la obra, señalándose a tal efecto únicamente de que serán 3,14 m2 de superficie por cada torre en fundaciones. Ni siquiera en el acápite 1.4.2.1.1. denominado “Fundaciones”, se menciona la profundidad o volumen, mientras que en el acápite 1.5.1.3.5 titulado “Construcción de las fundaciones y mallas de puesta a tierra para las estructuras” se muestra en la Tabla 1-24 un volumen a extraer para las fundaciones, sin tener las cantidades en cada una de las torres, y sin aclarar si esta condición es igual para cada fundación o varía según ubicación, tipo de suelo o geografía del lugar.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

La totalidad de las dimensiones de las fundaciones de la totalidad de las torres son de 1 m de diámetro y 6 m de profundidad cada una y corresponden a cuatro por torre. No se prevé la generación de desperdicios de hormigón del residuo proveniente del lavado de canoas de los camiones mixer, cuyo tratamiento se describe en el punto 1.5.8.2 del Capítulo 1 del EIA, y que, en síntesis, consiste en que después de cada vaciado de camión mixer en cada fundación se realizará el lavado de canoas, cuyo residuo de 20 litros aproximadamente (por camión), se dispondrá en tambores de 200 litros, situados en el mismo frente de trabajo. Esta operación se realizará sobre un polietileno extendido sobre el suelo para prevenir el contacto de residuos con el terreno. Estos tambores serán trasladados con el residuo en su interior a la instalación de faenas, inmediatamente después de finalizada la faena de hormigonado (en el mismo día).

Respecto de las posibles variaciones según ubicación, tipo de suelo o geografía del lugar, esta información se puede encontrar en el EIA literal 1.5.1.2.1, en la Tabla 1-23 del Capítulo 1. En síntesis, la geografía del lugar y el relieve no tendrían incidencia mayor en el volumen de excavación, sino que ello estaría determinado por el tipo de torre o diseño de la fundación. Para mayor abundamiento, se recomienda der Tabla 13-2. Excavaciones y Rellenos por modelo de estructura, presentada en la Adenda Complementaria.

También es importante señalar que si bien se contemplan estructuras que involucran una superficie de excavación mayor, las profundidades de las excavaciones no superarán los 6,1 m.

Respecto del excedente de material, éste será reutilizado en el relleno y compactado de las excavaciones a realizar en la línea, así como también, será distribuido uniformemente en los terrenos aledaños según se requiera.

Observación 16:

Tema: Capítulo 1: Descripción del Proyecto o Actividad.

Acápite 1.5.1.3.3 denominado “Habilitación de accesos temporales a cada torre”, se indica lo siguiente: “Para el acceso a las estructuras, se utilizarán las huellas y/o caminos existentes, debido a las características del terreno, no se requerirá habilitación de accesos temporales a las estructuras”.

No se explica qué pasará en predios en los que no hay huella que dirijan a la ubicación de las torres, presumiéndose que se usará trazado proyectado por línea eléctrica, el cual no coincide con los accesos actuales de los predios y menos con los ordenamientos para procesos productivos (cortes, siembra, abono, fumigación etc.) que realizan los dueños de los predios. Tampoco se hace referencia a resguardo de animales de pastoreo o como se recuperarán los suelos intervenidos, generando sobre compactación en superficies agrícolas (condición ampliamente conocida e incluso consignada en Manual de carretera Capitulo IX sobre temas ambientales como una de las más importantes en la afectación, al ingreso de maquinaria sobre suelos agrícolas), condición que van en detrimento de la condición de pradera y la calidad del suelo.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

En aquellos tramos que no existen caminos intraprediales que permitan acceder a los sitios de instalación de las torres, el tránsito será a “potrero abierto” previa autorización del propietario respectivo, siendo ello factible por la ausencia de accidentes topográfico que dificulten dicho tránsito, por la corta extensión de los trabajos y el tipo de maquinaria requerida.

Terminada la fase de construcción, aquellas huellas generadas por el proyecto con motivo del tránsito vehicular, serán descompactadas y devueltas a su condición basal previa intervención. Siendo obras temporales, únicamente de apoyo a la fase de construcción, se contempla esta modalidad de acceso justamente para no generar pérdida de vegetación y con ello, evitar perturbaciones de hábitat innecesarias. Respecto de la actividad pecuaria, el titular tomará las precauciones para evitar accidentes con el ganado en acuerdo y coordinación con cada uno de los propietarios.

Respecto de los tipos de caminos a utilizar en el acceso a la construcción de las torres, corresponden a la red vial pública desde la cual se accederá a los caminos intraprediales para concluir o “rematar” en el punto de instalación de cada torre. Este último tramo, en caso de no contar con una huella o camino intrapredial, se realizará a “potrero abierto” como se ha descrito.

En vista que la ingeniería de las obras está avanzada en la definición de la logística constructiva, en el EIA se presentó la red de caminos a ser utilizados en la fase de construcción y actualizada en los Anexos 1-1 y 1-2 de la Adenda.

La construcción de los caminos de acceso (solo un camino de 1,5 km para acceder a S/E Tineo) o el uso de los caminos existentes, no pondrá en riesgo a la vegetación y fauna presente en la zona.

En relación al ordenamiento para procesos productivos que realizan los dueños de los predios, el titular, previo al inicio de la fase de construcción en cada predio, coordinará con cada propietario las labores constructivas de manera de no generar interferencias con las actividades agrícolas. En ningún caso es posible iniciar obras sin esta coordinación previa y acuerdo mutuo. De igual forma, los resguardos con los animales de pastoreo será parte esencial de la coordinación con cada propietario y sus trabajadores. Lo anterior, estará ligado a la implementación y control de “buenas prácticas constructivas” y comportamiento respetuoso de cada uno de los integrantes de los equipos de trabajo. Los acuerdos o coordinación de estos

aspectos con los propietarios serán registrados por escrito y firmados por el propietario y el titular. Este documento se mantendrá disponible para revisión y fiscalización de la autoridad.

También existirán libros de reclamos y sugerencias que estarán disponibles en las instalaciones de faenas, y en los cuales, los propietarios podrán registrar si ven interrumpidos en algún grado el funcionamiento de sus predios por causa de la ejecución de obras.

Respecto a la restauración de suelos, en todos los suelos intervenidos por obras temporales, el titular se implementará una recuperación del suelo a su condición basal, teniendo en cuenta los siguientes parámetros:

 Retención de humedad;  Profundidad de suelo;  Densidad aparente

El indicador de la “retención de humedad” y “densidad aparente” se verificarán por la vía de análisis de laboratorio realizado a muestras de suelo tomadas desde secciones de área de influencia asociadas a instalación de faenas.

El indicador del nivel de profundidad efectiva del suelo se verificará por el crecimiento efectivo de raíces. Se compararán los niveles de profundidad efectiva evidenciados en la línea de base de suelos (antes del proyecto), y los alcanzados en las áreas restauradas al cabo de dos años de monitoreo. Este monitoreo requiere la excavación de calicatas para verificar, al cabo de dos años, la profundidad efectiva alcanzada por las raíces en las áreas de restauración de suelos del proyecto.

El Titular contará con los registros de condición base (previo a la intervención) y los registros de la condición después de restaurada el área.

Observación 17:

Tema: Capítulo 1: Descripción del Proyecto y Actividad.

Acápite 1.5.2 denominado “Fecha estimada e indicación de la parte, obra o acción que establezca el inicio y término de la fase”.

Indica fecha de inicio el mes de noviembre del año 2018 y en el acápite siguiente, esto es, el 1.5.3 que contiene en su tabla 1-25 el cronograma de la fase de construcción, se muestra que los trabajos de línea Seccionamiento comienzan en mes 13, lo que correspondería a noviembre de 2019 y duran 4 meses, o sea hasta el mes de febrero de 2020. Cabe señalar que dicho periodo corresponde al de cosecha y guardado de pasto para invierno, lo que implica un año sin producción de alimento en los campos intervenidos, dejando mermada la producción de alimento de animales para el año 2020, obligando a los afectados a requerir alternativas en el suministro de materia seca (expresión para fuente de alimento animal), lo que implicará impactos en movimiento de vehículos en otros lugares de producción y traerá consecuencias a los animales asociada al uso de alimentos distintos a los tradicionales, sin considerar otros aspectos de la pérdida de productividad a nivel comunal, lo que no es tratado parte alguna del EIA presentado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

La construcción de las obras no impedirá la producción de alimento de animales, siendo un requisito del programa de construcción, minimizar todo tipo de interferencias con la funcionalidad del territorio.

A nivel predial, la intervención en el sitio de instalación de torres corresponde a frentes de trabajo de 400 m2 no simultáneos, cada uno con presencia de 1 o 2 semanas por sitio, todo ello coordinado con los propietarios respetivos.

Los frentes de trabajo y la circulación de trabajadores y vehículos se limitarán a los sitios de obra. Por lo tanto, no se identifica una posible interrupción en los procesos productivos ni una merma de los productos de cosecha.

El resguardado del período de cosecha, la guarda de pasto para el invierno, y la producción de alimento en los campos intervenidos, serán parte de las coordinaciones con cada uno de los propietarios y sus trabajadores de manera que estos procesos no se vean afectados.

En caso que no sea posible evitar perturbar dichos procesos, se acordará la manera de compensar cualquier pérdida. Tal como se indica en la observación anterior, en ningún caso es posible iniciar obras sin la coordinación previa con el propietario y el acuerdo mutuo, respecto de la oportunidad y forma de intervención. Estos acuerdos serán respaldados mediante la generación de un registro firmado por el propietario y el Titular, dicho registro se mantendrá disponible para revisión y fiscalización de la autoridad.

Observación 18:

Tema: Capítulo 1: Descripción del Proyecto y Actividad.

Acápite 1.5.8.2 denominado “Residuos líquidos” se distingue entre los domésticos y los industriales. Sobre estos último, se contempla la generación de aquellos asociados al lavado de las canoas de los camiones mixer. Esta actividad se realizará en cada uno de los frentes de trabajo.

Si bien la descripción del procedimiento indica que este excedente será retirado en tambores inmediatamente después de finalizada la faena de hormigonado (en el mismo día), no se asegura la pérdida de material a piso dentro de las praderas intervenidas, subestimando el volumen por cada camión mixer en apenas 20 litros.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

Respecto del retiro de residuos este será realizado sobre un polietileno extendido sobre el suelo para prevenir el contacto de residuos con el terreno. Respecto del transporte este será ejecutado con los tambores cerrados y no a su plena capacidad para así evitar goteo a piso o derrames en el transporte. Además del tratamiento por la generación de desperdicios de hormigón descrito en el punto 1.5.8.2 del Capítulo 1 del EIA, que en síntesis consiste en que después de cada vaciado de camión mixer en cada fundación se realizará el lavado de canoas, cuyo residuo de 20 litros aproximadamente (por camión), se dispondrá en tambores de 200 litros, situados en el mismo frente de trabajo, en la Adenda se han incorporado nuevas medidas preventivas para evitar que este residuo afecte el suelo. Para ello, se diseñará una piscina de fraguado con techumbre capaz de aislar la lechada en presencia de fuertes precipitaciones y así evitar el retraso del fraguado. Estas piscinas se instalarán al interior del área de faenas y cercano al acceso principal. Asimismo, las faenas de hormigonado se suspenderán en días de precipitaciones intensas o prolongadas.

El titular contempla las siguientes medidas de contingencia, que se activarán en caso de rebalse de las piscinas de fraguado:

 Suspensión inmediata del uso de la piscina, hasta su limpieza y/o retiro del exceso de agua y/o sedimentos  El material retirado de las piscinas será dispuesto en un lugar autorizado administrado por terceros. Por su parte, el agua será retirada por un camión limpia fosas, entendiendo que el agua que provocó su rebalse, fue el exceso de precipitaciones que superaron las acciones preventivas descritas.  Mientras se supera la contingencia, el lavado de las canoas de los camiones se hará en las dependencias del proveedor del servicio de suministro de hormigones.

Observación 19:

Tema: Capítulo 1: Descripción del Proyecto y Actividad.

Acápite 1.6.1.1 denominado “Actividades Operativas en la Línea de Transmisión y sus Seccionamientos”

No se hace referencia a cómo será el ingreso a predios para efectos de su mantención durante el periodo de operación. No hay información respecto de qué forma se buscará impedir que el ingreso de terceros a los predios con ocasión de las mantenciones precitadas, ponga en riesgo la seguridad de los animales, la intervención de cercos, la sobre compactación de terrenos por ingreso de maquinaria etc., extendiéndose las afectaciones por mayor tiempo de lo declarado en el EIA y que hace referencia a intervenciones solo en periodo de construcción.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

Durante la etapa de operación no se construirán caminos de acceso, siendo utilizados aquellos transitados durante la etapa de construcción de la línea de transmisión, que corresponderán a caminos y/o huellas de acceso existentes. El acceso a las torres será efectuado a través de la faja de servidumbre, sobre la cual, el titular tendrá “derecho a paso”, y la autorización legal para efectuar tareas preventivas y de mantención. Lo anterior será siempre coordinado con los propietarios de cada predio.

Se aclara que el principal trabajo preventivo es la ejecución de las inspecciones visuales pedestres, que sólo requieren un “liniero” (operario a pie), que efectúa una inspección visual de la línea, estructuras y entorno, y registra posibles condiciones fuera de estándar. El principal trabajo correctivo o de mantención de la faja de seguridad, se relaciona con la mantención de la altura o proximidad de la vegetación a los conductores y otras estructuras, según el estándar de diseño u operación, el cual considera la normativa actual vigente que regula las condiciones de seguridad de la transmisión.

Asimismo, el tránsito por la faja de seguridad producto de las labores de mantención no generará por sí mismo una huella, siempre abierta para el tránsito de los operarios, que cause fragmentación permanente del dosel arbóreo, arbustivo y herbáceo de los sectores intervenidos.

Tal como se menciona en el Capítulo 1 en el acápite 1.6.1.1.1. del EIA, las labores de inspección y mantenimiento se inician con una inspección visual en promedio tres veces al año. A su vez, dado el avance de la tecnología, es posible incorporar a la inspección visual pedestre, el apoyo de drones los que permiten el apoyo para reducir las necesidades de acceso, no solo a la faja, sino que al predio. Con la información levantada de la inspección visual, se definen las labores a desarrollar y las necesidades de acceso a sectores puntuales.

Observación 20:

Tema: Capítulo 1: Descripción del Proyecto y Actividad.

Acápite 1.9 denominado “Resumen de medidas de manejo ambiental incorporadas en la ingeniería del proyecto”, se incluye la Tabla 1-45 titulada “Medidas de Manejo Ambiental” se indican distintos componentes y medidas.

En tabla no se hace referencia en el uso del resto del territorio y particularmente en el caso del seccionamiento, a los potreros de los campos, y pérdida de uso para el manejo de animales mientras duren los trabajos. En el caso del suelo, solo se reconoce afectación sobre 5 Has de terreno en categorías I, II o III, siendo sub valorado el tamaño real de la afectación solo por la intervención de accesos a los lugares de ubicación de las torres proyectadas, con esto no se considera afectación por tránsito sobre praderas u otros terrenos en el proceso de ingreso a predios, sin considerar medidas de mitigación, compensación o reparación que señala la Ley y su Reglamento para suelos intervenidos. Claramente la información es insuficiente y sub estima las afectaciones en todo el proyecto.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

La intervención consiste en que cada punto corresponde a un frente de trabajo de 400 m2 no simultáneos, en que cada uno durará 1 o 2 semanas. Por el tipo de intervención y la temporalidad de las obras no se presumen efectos en el uso del resto del territorio. No obstante, todos los trabajos serán coordinados con los propietarios y cualquier reparación necesaria será de carácter pecuniario y corresponde a un acuerdo entre privados y no a una materia ambiental.

Respecto del suelo, se presume la pérdida permanente del recurso suelo para 1,94 ha, asociados a las obras permanentes del proyecto y se compensarán 5 ha mediante un Plan de Compensación de Suelos el que se encuentra detallado en el Anexo 8.1 de la Adenda. Para la inhabilitación temporal de suelos, que corresponde a las obras temporales, cuyo efecto es básicamente la pérdida de pradera y compactación por tránsito y actividades en los potreros para efectos de la fase de construcción, se restituirán las características del área previa a la intervención.

Respecto de las acciones específicas que se realizarán para restituir la pérdida de pradera y compactación por tránsito y actividades en los potreros, el Proyecto implementará como medida ambiental específica la restauración de suelo a su condición basal en todas las áreas utilizadas para las instalaciones de faenas. En base a lo anterior, los parámetros seleccionados serán los siguientes:

 Retención de humedad medido en laboratorio como “agua aprovechable”;  Profundidad de suelo;

 Densidad aparente medida desde “terrón no disturbado” en laboratorio (relevante para descartar compactación mecanizada del terreno)

Ya que se trata de una obra temporal que tiene medidas auto contenidas que asegurarán la condición original de la pradera una vez terminadas las obras puntuales, el Proyecto establecer que bajo ningún punto de vista existirá perdida de pradera y/o compactación.

Para el caso de los sectores de tránsito y frentes de trabajo, de común acuerdo con los respectivos propietarios se aplicará un escarificado con maquinaria para efectos de descompactación. Al término de las obras se recuperará la continuidad de la pradera mediante el establecimiento de pradera de rápido cubrimiento para proteger el suelo antes del próximo periodo de precipitaciones.

Observación 21:

Tema: Anexos del EIA

Anexo 2-15 (referenciado en el capítulo 2) denominado “Uso del Territorio y su relación con la planificación territorial”.

Formalmente presenta inconsistencias que impiden realizar una lectura y seguimiento lógico del mismo. A modo meramente ejemplar, están repetidos numerales como es el caso de 6.1 “Instrumentos de Ordenamiento Territorial” (pág. 10) y luego se indica 6.1 “Equipamiento e infraestructura relevante” (pág. 128).

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que, efectivamente, dicha inconsistencia corresponde a un error de edición. Por consiguiente, lo indicado en la página 128 corresponde al punto 6.5 y no al numeral 6.1.

Observación 22:

Tema: Capítulo 6: Plan de Medidas de Mitigación Reparación y Compensación.

Capítulo 6, General.

Las medidas no contemplan condiciones de compensación, mitigación o reparación sobre los efectos en el medio humano y las actividades que se ejecutan en las áreas de intervención del proyecto, solo reconociendo a las etnias indígenas como parte del medio humano. Adicionalmente no considera efectos sinérgicos ni relaciones biológicas en la componente fauna y/o flora, por lo que no exhibe medidas en este sentido. Así, claramente se ve evaluado parcialmente las componentes ambientales en el área de influencia del proyecto.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

El Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y Compensación, aplica a los Impactos significativos. Bajo ese precepto, el Capítulo 6 del EIA se hace cargo de dichos impactos, presentados de manera resumida en la Tabla 13-5. Impactos Significativos del Proyecto, de la Adenda Complementaria.

No obstante, lo anterior, aquellas medidas ambientales que se hacen cargo de los efectos del proyecto que no se evalúan como impactos significativos, se denominan, de acuerdo al D.S 40/2012 Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, “Compromisos Voluntarios”. Entre los compromisos voluntarios del Proyecto, se consideraron dos tipos de compromisos:

a) Medidas de manejo ambiental: Son aquellas que se hacen cargo de aquellos impactos evaluados como no significativos. Estas medidas permiten asegurar y verificar que se mantiene la condición de impactos no significativos y complementan a aquellas medidas de ingeniería descritas en el Capítulo 1 del EIA y que tienen propósitos similares. A saber:

 Flora y vegetación

Plan de Manejo Biológico

La relocalización de los ejemplares se llevará a cabo inmediatamente al lado de la franja de seguridad de la LAT en la misma situación ambiental (tipo de vegetación). El detalle del plan se encuentra en el Anexo 11- 1 del EIA. Las formaciones que contienen ejemplares que deberán ser relocalizados se muestran en formato KMZ y SHP en el Anexo 3-1 de la Adenda Complementaria.

De igual forma, con motivo de la perdida de bosque nativo, se han diseñado las siguientes medidas, las que se detallan en el anexo 1-4 de la Adenda y en la Sección 12 de la Adenda Complementaria:

  • Transferencia técnica para el manejo sustentable de bosque nativo
  • Mantenimiento de arbustivas en todas las áreas afectas a corta
  • Enriquecimiento y reforestación de bosque nativo en riberas del río Bueno
  • La reforestación comprometida por corta de plantaciones forestales se realizará con especies nativas

 Suelo

Plan de Compensación de Suelo

Se presenta un plan de compensación de suelo de 5 ha en Anexo 12-3 de la Adenda Complementaria.

 Patrimonio cultural

Medidas para la conservación de sitios arqueológicos

Se detallan las medidas respecto de los pozos de sondeo arqueológicos en la Adenda Complementaria.

 Infraestructura- Vialidad

Medidas de vialidad estructurante

Las medidas respecto de este componente se incorporaron en el Anexo 3-4 del EIA.

 Paisaje

Medidas Paisaje

Las medidas se presentan en el Anexo 3-3 del EIA.

b) Otras acciones ambientales: Son aquellas que no son exigidas por la legislación ambiental vigente, si no que forman parte de los compromisos ambientales voluntarios, los que promuevan los beneficios del proyecto en el territorio y que se pueden observar en la respuesta a la observación 12.3 de la Adenda Complementaria. A saber:

  • Fomento a las actividades turísticas en el territorio
  • Fomento a la identidad Mapuche – Huilliche
  • Fomento a la economía y empleo local
  • Gestión y educación en energía y medio ambiente
  • Gestión comunitaria y socialización

Cabe señalar que todas estas medidas fueron desarrolladas en el Capítulo 11 del EIA y reestructuradas según las observaciones presentadas en la Adenda Complementaria.

16.2.4 Observante: Junta de Vecinos Pichilaguna Norte, Representante: Pablo Esteban Flores Dieguez

Observación 1:

Respecto al Proyecto levantando de información ambiental para el componente Fauna Terrestre:

Nuestra comunidad que se encuentra situada en el extremo Norte de Pichilaguna – Llanquihue tiene preocupación por el impacto sobre las aves que cohabitan en el corredor de Pichilaguna y Rio Maullín. En esta Laguna habitan algunas especies que se encuentran en peligro de extinción como es, por ejemplo, el ave Siete Colores (Tachuris rubrigastra) esta ave vive entre los Juncos, Totoras y humedales que están en el entorno de Pichilaguna y el corredor que se hace entre la Laguna y el Rio Maullín. También esta preocupación está dada por la afectación de la diversidad de la fauna que existe en nuestra laguna.

Es importante conocer cuáles son las medidas de protección y de mantención del hábitat para estas aves.

Orden Familia Nombre común Nombre científico

Orden Familia Nombre común Nombre científico Galliformes Odontophoridae Codorníz Gallipepla califórnica Podicipediformes Podicipedidae Pimpollo Rollandia rolland Huala Podiceps major Picurio Poilymbus podiceps Pelecaniformes Phalacrocoracidae Yeco Phalacrocorax brasilianus Ciconiformes Ardeidae Huairavillo Ixobrychus involucris Garza grande Casmerodius albus Garza chica Egretta thula Huairavo Nycticorax nycticorax Anseriformes Anatidae Cisne cuello negro Cygnus melanocoryphus Falconiformes Cathartidae Jote cabeza negra Coragyps atratus Jote cabeza colorada Cathartes aura Accipitridae Peuco Parabuteo unicinctus Falconidae Tiuque Milvago chimango Gruiformes Rallidae Pidén Pardirallus sanguinolentus Tagüita Gallinula melanops Tagua de frente roja Fulica rufifrons Tagua común Fulica armillata Tagua chica Fulica leucoptera Charadriformes Charadridae Queltehue Vanellus chilensis Laridae Gaviota dominicana Larus dominicanus Columbiformes Columbidae Paloma Columba livia Apodiformes Trochilidae Picaflor Sephanoides sephanoides Passeriformes Furnaridae Churrete Cinclodes patagonicus Rayadito Aphrastura spinicauda Tijeral Leptasthenura aegithaloides Trabajador Phleocryptes melanops Tyrannidae Diucón Pyrope pyrope Siete colores Tachuris rubrigastra Cachudito Anairetes parulus Hirundinidae Golondrina chilena Tachycineta meyeni Troglodytidae Chercán Troglodytes aedon Muzcicapidae Zorzál Turdus falcklandii Mimida Tenca Mimus thenca Emberizidae Chincol Zonotrichia capensis Passeridae Gorrión Passer domesticus Icteridae Mirlo Molothrus bonariensis Trile Agelaius thilius Loica Sturnella loyca Tordo Curaeus curaeus Thraupidae Chirihue Sicalis luteola luteiventris Fringillidae Diuca Diuca diuca Jilguero Carduelis barbata

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

Para efectos del análisis de afectación del objeto de conservación del Sitio Prioritario Rio Maullín, se planteó la hipótesis de posibles rutas de vuelo entre el rio Maullín y corredor Pichilaguna o cualquier potencial hábitat que se localice al sur de la LAT proyectada, constituyendo la LAT una posible barrera que genere impactos a la funcionalidad del territorio.

Para descartar lo anterior y específicamente en el literal 4.2.3 del Anexo 2-11 del EIA, se desarrolla el Estudio de Transito de Aves que aporta con detalle las rutas de vuelo de las aves en distintas temporadas y en distintos puntos a lo largo del tramo la que pudiese actuar como barrera. Para dicho estudio se utilizó una metodología estandarizada, cuyos resultados específicos para el sector Pichilaguna y sector Río Maullín, se presentan en la Tabla 13-6. Estudio de tránsito aéreo de aves en AV1 (Pichilaguna) y en la Tabla 13-7. Estudio de tránsito aéreo de aves en AV1_1 (río Maullín) de la Adenda Complementaria.

Los antecedentes aportados por el Estudio permiten señalar que los estudios desarrollados no identificaron rutas de vuelo que puedan ser interrumpidas por la LAT ya que la mayor proporción de las aves presentó un vuelo batido; otros registros correspondieron a ejemplares posados en árboles; mientras que la conducta de planeo se observó en especies de mayor envergadura.

Lo anterior se puede explicar debido a la riqueza del hábitat al interior de la caja del Rio Maullín, de calidad muy superior a los hábitats del entorno o por lo menos distintos. Por ejemplo, el Río Maullín corresponde a un curso de agua de tipo lótico y las aves que aprovechan esta condición no utilizarán las aguas quietas de la Pichilaguna y viceversa. A su vez, en sus desplazamientos las aves siguen corrientes eólicas que son afectadas por la topografía, por lo que el relieve es un factor importante para identificar los sectores con alto tránsito de aves. Por ejemplo, cañones o quebradas donde se formen túneles de viento o serranías donde se produzcan corrientes térmicas ascendentes, son lugares que ayudan al vuelo de planeo de las aves. En el caso del proyecto, no hay quebradas pronunciadas o serranías que tengan este efecto.

En síntesis, no se observaron en el sector estudiado áreas con alta concentración de aves; las mayores concentraciones se registraron en sectores regularmente usados para alimentación y descanso, como fue el caso de zonas de cultivos, pequeños cuerpos de agua y ambientes ribereños.

Complementariamente, se informa que en los análisis realizados se consideraron los impactos producidos por electrocución y posible choque con las líneas aéreas. En forma específica y para prevenir dichos impactos se realizaron estudios de tránsito aéreo tanto en el Río Maullín como en el sector de la Pichilaguna. El estudio se realizó en las temporadas de invierno, primavera y verano de 2016, lo que permitió abordar la variación debida a distintas estaciones climáticas y relevar los posibles cambios en la riqueza, composición y abundancia de la avifauna; el estudio realizado se considera representativo, ya que recoge la variabilidad de estos parámetros en las poblaciones de aves del sector y ha permitido evaluar la necesidad de medidas en el diseño de la LAT que minimice los efectos negativos. Los estudios que detallan los resultados se pueden encontrar en el Capítulo 2, Anexo 2.11 del EIA.

Además, hay un conjunto de medidas de diseño de las torres y la línea eléctrica que se han considerado en el proyecto y que están destinados a mitigar el posible impacto sobre las aves. Por ejemplo, se colocarán disuasores de vuelo en el cable de guardia, con el fin de evitar la colisión de aves, en 17 puntos de la LAT, dentro de los que se encuentran el sector del río Maullín y la Pichilaguna.

Por último, se modificó la forma de intervención de bosques y vegetación que no constituyen bosque, considerando solo la corta de árboles que se distancien a más de 9 m del conductor en la vertical y 7,25 m en la horizontal, conforme a la norma NSEG, dejando el sotobosque (herbáceas y arbustivas) y árboles menores a esa altura sin intervención. Adicionalmente, los sectores cercanos a cursos de agua no serán intervenidos directamente, aplicándose una corta selectiva. Todo esto favorecerá la mantención de ambientes frecuentados por las aves.

Observación 2:

Respecto al Proyecto levantando de información ambiental para el componente Campos Electro Magnéticos:

Nuestra Parcelación que consta de casi 100 parcelas de agrado y libres de contaminación y polución, fue generada para salir de los centros urbanos donde se encuentran mayormente estos componentes.

El concepto de contaminación electromagnética, también conocida como electropolución o electrosmog, se refiere a la presunta existencia de una exposición excesiva a las radiaciones de espectro electromagnético (o campos electromagnéticos) generadas por equipos electrónicos u otros elementos producto de la actividad humana.

Se emplea el término "contaminación" puesto que se sospecha que ciertos campos electromagnéticos podrían ser, para las especies vivas, un factor de perturbación, pudiendo afectar a su salud o hábitos reproductivos. Estas cuestiones son objeto de polémica social y mediática, y también de intenso estudio académico, sin que hasta la fecha haya sido probada científicamente la existencia de efectos adversos.

Sin embargo, la Organización Mundial de la Salud estima que, a los niveles promedio de intensidad a los que se somete un adulto en los países desarrollados, no existen efectos adversos para la salud. Igualmente

la OMS considera probado que no existe correlación entre los altos niveles de campo electromagnético y los síntomas de la denominada hipersensibilidad electromagnética, cuyas causas aún no se conocen.

Un aspecto polémico refiere a los hipotéticos efectos nocivos que podrían producir, a largo plazo, las emisiones de radiación electromagnética. Algunos casos puntuales de supuestos aumentos en la probabilidad de cáncer en personas que viven en zonas cercanas a torres de alta tensión, como así también la reciente preocupación sobre el uso de la telefonía celular, y de las antenas de celulares y o WiMAX han contribuido a despertar cierto grado de "alarma social"". Para nosotros es muy importante tener información respecto a las mediciones, mitigación y control de estos campos magnéticos.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

Los campos electromagnéticos forman parte de la ecuación que define el diseño de las líneas, subestaciones y equipos utilizados en los sistemas de transmisión eléctrica. En relación a líneas de trasmisión, la variable “campos electromagnéticos” condiciona la altura de los conductores sobre el suelo y el dimensionamiento de los conductores, lo que permite desarrollar la ingeniería de los proyectos; en tal sentido, el proyecto no requiere medidas que minimicen la emisión.

En nuestro país no existe reglamentación relativa a los valores límites permitidos de exposición de las personas a los campos electromagnéticos de frecuencia industrial. No obstante, la regulación ambiental que rige el tema de emisiones señala que, de no existir una regulación nacional, debe aplicarse como norma de referencia aquella que se encuentre vigente en estados específicos. El Decreto Nº 40 del Ministerio del Medio Ambiente, que “Aprueba Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”, publicado el 12-08-2013, y que entró en vigencia el 24-12-2013, indica en su Artículo 11:

“Las normas de calidad ambiental y de emisión que se utilizarán como referencia para los efectos de evaluar si se genera o presenta el riesgo indicado en la letra a) y los efectos adversos señalados en la letra b), ambas del artículo 11 de la Ley, serán aquellas vigentes en los siguientes Estados: República Federal de Alemania, República Argentina, Australia, República Federativa del Brasil, Canadá, Reino de España, Estados Unidos Mexicanos, Estados Unidos de América, Nueva Zelandia, Reino de los Países Bajos, República Italiana, Japón, Reino de Suecia y Confederación Suiza. Para la utilización de las normas de referencia, se priorizará aquel Estado que posea similitud en sus componentes ambientales, con la situación nacional y/o local, lo que será justificado razonablemente por el proponente”.

La recomendación de uso más frecuente para público general y exposición permanente, es la publicada por la Comisión Internacional sobre Protección frente a Radiaciones No Ionizantes o ICNIRP por sus siglas en inglés, que establece 5.000 [V/m] para el campo eléctrico y 200 [micro Tesla] para la inducción magnética. Sin embargo, de acuerdo con lo señalado en el Artículo 11 señalador (“se priorizará aquel Estado que posea similitud en sus componentes ambientales, con la situación nacional y/o local”), se puede considerar la normativa aplicada en la República Argentina, que establece 3.000 [V/m] para el campo eléctrico y 25 [micro Tesla] para la inducción magnética.

De acuerdo a lo anterior, el proyecto fue evaluado en relación a los campos eléctricos y campos magnéticos respecto de la normativa argentina, que es la más restrictiva. Las conclusiones del análisis realizado, indican que se cumple ampliamente con los límites seguros para exposición de público general. Los resultados fueron presentados en el Anexo 1-3 presentado en el EIA. Las principales conclusiones de dicho estudio fueron:

 Línea de 2x500kV

  • La magnitud de campo eléctrico existente a un metro de altura sobre el suelo en el borde de la franja de seguridad de la línea de 500 kV doble circuito, no supera 1.930 [Volt/m], inferior al límite más restrictivo de 3000 V/m considerado seguro para las personas por la normativa argentina.
  • La magnitud de inducción magnética máxima existente a un metro de altura sobre el suelo en el borde de la franja de la línea de 500 kV doble circuito, operando con corriente de 1.155 Amperes equilibrados en régimen permanente, es de 7,60 [micro Tesla], inferior al límite más restrictivo de 25 [micro Tesla] considerado seguro para las personas por la normativa argentina.
  • El ruido de radio frecuencia máximo estimado para la línea es 41,75 [dB/ 1 V/m] y está bajo el valor 60 [dB/ 1 V/m] propuesto como límite tolerable por la normativa canadiense para el nivel de voltaje de la línea, en el límite de la franja de servidumbre.

 Línea de 1x220 kV

  • La magnitud del campo eléctrico existente a un metro de altura sobre el suelo en el borde de la franja de la línea de 220 kV, no supera 1.300 [Volt/m], inferior al límite más restrictivo de 3000 [V/m] considerado seguro.
  • La magnitud de inducción magnética máxima existente a un metro de altura sobre el suelo en el borde de la franja de la línea de 220 kV operando con corriente de 506,5 Amperes equilibrados en régimen permanente, es de 0,76 micro Tesla, inferior al límite más restrictivo de 25 micro Tesla considerado seguro para las personas por la normativa argentina.
  • El ruido de radio frecuencia máximo estimado es 39,45 [dB/ 1 V/m] y está bajo el valor 53 [dB/ 1 V/m] propuesto como límite tolerable por la normativa canadiense para el nivel de voltaje de la línea, en el límite de la franja de servidumbre.

En conclusión, según lo descrito anteriormente, el proyecto no contempla medidas especiales para minimizar campos electromagnéticos, no previéndose efecto alguno sobre la salud de las personas.

Observación 3:

Respecto al Proyecto levantando de información ambiental para el componente Paisaje:

Como comunidad estamos preocupados por la instalación de estas gigantescas torres que pueden ocasionar un deterioro a nuestra plusvalía y calidad de vida para cada uno de nosotros. Es importante tener claridad cómo se mitiga visualmente el conjunto de estas torres.

Se ha visto que en la construcción de ellas se debe eliminar los bosques y arbustos que se encuentran bajo de ellas. Generando no solo un problema visual, sino que también un problema de eliminación de bosque nativo.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

Para el acceso a las estructuras, se utilizarán las huellas y/o caminos existentes, sin embargo y debido a las características del terreno, en algunos casos se requerirá la habilitación de accesos temporales para la fundación de las estructuras con su consiguiente restablecimiento a sus condiciones originales. Lo anterior se relaciona con el hecho que:

  • La zona cuenta con una importante red de caminos y huellas de uso público, más otros caminos intraprediales, que podrán ser utilizados para acceder a los sitios de instalación de las torres.
  • El sector por donde se extiende el trazado presenta un uso predominante de praderas, aspecto que ha sido aprovechado por la ingeniería de obras, para proponer un desplazamiento a través del “potrero abierto”.
  • La zona no presenta una topografía accidentada siendo factibles ciertos desplazamientos a través de la propia faja de servidumbre.

Esta definición de la ingeniería permite reducir la carga ambiental del proyecto por concepto de obras temporales, ya que se prescindirá de corta de vegetación y escarpe de suelos con motivo de estas obras del proyecto. En el Anexo 1-1 de la Adenda Complementaria se acompaña la cartografía que incluye la red de caminos del proyecto en su fase de construcción.

Se ha optado por evitar la tala rasa al interior de la senda de penetración, reemplazando esta modalidad de trabajo por el uso de métodos alternativos de extensión del conductor que no impliquen intervención o corta de vegetación. Asimismo, como uno de los compromisos ambientales voluntarios del proyecto se prevé recuperar hasta el 80% de la cobertura inicial del sotobosque. Ver detalle en sección 12 de la Adenda Complementaria.

Respecto del impacto significativo “perdida de bosque nativo”, el proyecto contempló el diseño de una serie de medidas entre las cuales se pretende conservar la información genética de las poblaciones de boldo “Peumus boldus” en el límite sur de su distribución. El término “plantación” es utilizado para definir la acción inicial que contempla la medida, sin embargo, para el establecimiento de este parche boscoso se considera:

  • Distribución “agrupada” de los ejemplares
  • Plantación de varios individuos por casilla para su selección mediante competencia
  • Incorporación de especies acompañantes

La especie objetivo es el Boldo (Peumus boldus), sin embargo, se consideran otras especies acompañantes que estimulen el desarrollo del boldo. Entre las especies acompañantes se proponen especies como maqui, arrayan macho, arrayan y pelu, que podrían generar un efecto nodriza.

Se considera una densidad de 1.600 plantas por hectárea, en distribución aleatoria, donde el 50% será boldo y el otro 50% será para las especies acompañantes en partes iguales.

Cabe destacar que, respecto de la pérdida de especies de flora singular, en el marco global del proyecto y bajo la lógica de “recuperación o protección de un ecosistema”, se complementa con el compromiso voluntario “Enriquecimiento y reforestación de bosque nativo en riberas del río Bueno”, compromiso que compromete la reforestación y el enriquecimiento de una superficie de 17,6 ha en los bordes fluviales del río Bueno, incluidos los bancos medios en el cauce. Esta medida además contribuirá a mantener el cauce y vegetación asociada como un corredor biológico y/o hábitat para fauna local. Esta medida se realizará en un tramo de 22 km del río Bueno, entre la ciudad de río Bueno y el sector de Trumao, tal como se detalla en el Anexo 1-4 de la Adenda.

El Proyecto contempló el diseño de un compromiso ambiental voluntario denominado “Transferencia técnica para el manejo sustentable de bosque nativo” que tiene como objetivo principal el contribuir al manejo sustentable del bosque nativo donde se pretende capacitar a los propietarios de este tipo de formación vegetal, para promover la recuperación y protección de estos bosques de acuerdo con el espíritu de la Ley N°20.283, evitando procesos de degradación y sobreexplotación del recurso.

Durante las campañas de terreno realizadas se ha constatado que en general, el tratamiento silvicultural de los bosques nativos de los propietarios vinculados al proyecto tiende a la degradación disminuyendo su sostenibilidad. El área del proyecto tiene fuerte vocación agropecuaria y el manejo del bosque nativo no es parte de las prácticas habituales por parte de los propietarios. Son ejemplos de lo señalado la implementación de plantaciones de especies exóticas incorporadas al interior de formaciones de bosque nativo maduro, o el despeje floreo de bosque nativo en zonas muy próximas a cursos de agua, entre otros, antecedentes que justifican la medida propuesta.

Respecto de la relevancia paisajística del área del seccionamiento, se informa que se realizó un levantamiento específico para el eje vial Ruta V-40 que incluye el área de influencia de la LAT, y se incorporaron puntos de observación desde el Rio Maullín para descartar incidencia visual y desde la Pichilaguna desde centro turístico. Los resultados indican que el único sector con intervisibilidad hacia el proyecto corresponde a la intersección de la ruta V-40 con la V-86 desde y hacia la Pichilaguna, situación definida por la morfología ondulada y cortinas vegetales que obstaculizan los flujos visuales. Cabe destacar que esta vista se desarrolla solo en esta fuga visual que se genera por la ausencia de vegetación, y es visible durante un corto tramo, considerando la velocidad de un automóvil; el resto del proyecto se mantiene oculto a cualquier observador común.

De acuerdo a lo expuesto, se puede señalar que no se configura una reevaluación de impactos sobre dichos componentes aludidos.

Observación 4:

Respecto al Proyecto levantando de información ambiental para el componente Turismo:

En el conjunto parcelación existe un lugar que se construyó con el objetivo de poder realizar avistamientos de aves que habitan en la laguna. Este Lugar se llama Lodge Gracias a La Vida el atrae a más de 2.000 personas al año a realizar esta experiencia con la fauna de la Laguna.

Creemos que sin lugar a dudas el impacto que tendrá en el área podría ver desmejorado las condiciones para cada una de estas aves y disminuyendo la cantidad de visitantes del Lodge Gracias a La Vida.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

El proyecto no interviene el sector denominado Pichilaguna, dado que el tendido eléctrico pasa a 300 m de ésta. En este punto, la LAT sigue el eje de la ruta existente V-40 y va paralela a la línea eléctrica ya existente. Dado que no se intervendrá este ambiente, no se prevé que haya disminuciones de las poblaciones de avifauna debido a la existencia del proyecto.

Los estudios de tránsito aéreo permitieron establecer la riqueza de aves que se mueven en ambos sectores, río Maullín y Pichilaguna, y se determinó que esta diversidad existe aun cuando en el área ya existen líneas eléctricas. Adicionalmente, el titular indica que no se cortará la vegetación de la Pichilaguna y que en ese sector se colocarán disuasores de vuelos, para evitar la colisión con aves.

El estudio de Impacto Ambiental no contempla una evaluación de variables económicas asociadas al componente turismo, en particular porque: i) no se prevé un efecto significativo del proyecto en el sector

aludido (Ver Anexo 2-16 del EIA); y ii) porque dichas variables son sensibles a un sinnúmero de factores no atribuibles necesariamente al proyecto.

El Proyecto no interferirá en la actividad económica del Lodge “Gracias a la Vida”, pues no causará intervención directa en los terrenos donde éste se emplaza, ni en sus inmediaciones toda vez que el seccionamiento (estructura 12) se encuentra a 1,5 km mientras que la línea principal (estructura 362) se encuentra a 4,5 km. Tampoco se prevé que el proyecto provoque un deterioro de la calidad ambiental del área que signifique una pérdida relevante de sus atractivos turísticos.

Sobre los efectos del proyecto en aves que viven el sector, para efectos del análisis de afectación del objeto de conservación del Sitio Prioritario Rio Maullín, se planteó la hipótesis de posibles rutas de vuelo entre el rio Maullín y corredor Pichilaguna o cualquier potencial hábitat que se localice al sur de la LAT proyectada, constituyendo la LAT una posible barrera que genere impactos a la funcionalidad del territorio.

Para descartar lo anterior y específicamente en el literal 4.2.3 del Anexo 2-11 del EIA, se desarrolla el Estudio de Transito de Aves que aporta con detalle las rutas de vuelo de las aves en distintas temporadas y en distintos puntos a lo largo del tramo la que pudiese actuar como barrera. Para dicho estudio se utilizó una metodología estandarizada, cuyos resultados específicos para el sector Pichilaguna y sector Río Maullín, se presentan en la Tabla 13-6. Estudio de tránsito aéreo de aves en AV1 (Pichilaguna) y en la Tabla 13-7. Estudio de tránsito aéreo de aves en AV1_1 (río Maullín) de la Adenda Complementaria.

Los antecedentes aportados por el Estudio permiten señalar que los estudios desarrollados no identificaron rutas de vuelo que puedan ser interrumpidas por la LAT ya que la mayor proporción de las aves presentó un vuelo batido; otros registros correspondieron a ejemplares posados en árboles; mientras que la conducta de planeo se observó en especies de mayor envergadura.

Lo anterior se puede explicar debido a la riqueza del hábitat al interior de la caja del Rio Maullín, de calidad muy superior a los hábitats del entorno o por lo menos distintos. Por ejemplo, el Río Maullín corresponde a un curso de agua de tipo lótico y las aves que aprovechan esta condición no utilizarán las aguas quietas de la Pichilaguna y viceversa. A su vez, en sus desplazamientos las aves siguen corrientes eólicas que son afectadas por la topografía, por lo que el relieve es un factor importante para identificar los sectores con alto tránsito de aves. Por ejemplo, cañones o quebradas donde se formen túneles de viento o serranías donde se produzcan corrientes térmicas ascendentes, son lugares que ayudan al vuelo de planeo de las aves. En el caso del proyecto, no hay quebradas pronunciadas o serranías que tengan este efecto.

En síntesis, no se observaron en el sector estudiado áreas con alta concentración de aves; las mayores concentraciones se registraron en sectores regularmente usados para alimentación y descanso, como fue el caso de zonas de cultivos, pequeños cuerpos de agua y ambientes ribereños.

Observación 5:

Respecto al Proyecto levantando de información ambiental para el componente Flora y Vegetación:

Se han apreciado en los distintos tendidos de estas torres la disminución de la Flora y vegetación por debajo del tendido. ¿Qué se desarrollará para evitar esta desforestación? Entendiendo que existen en algunas áreas Bosque Nativo y Naturaleza virgen.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

Se rectifica el método constructivo y se prescindirá de la intervención a través de penetración. En su reemplazo, en caso de no contar con las posibilidades de paso pedestre por algunos de estos parches boscosos, se realizará el paso aéreo del “perlón” mediante el apoyo de drones de carga o mediante el método de “arco y flecha”, que permitirán el atravieso de la vegetación sin necesidad de realizar cortas. Esta actualización del método constructivo surge del análisis de distintas alternativas evaluadas técnicamente, con la finalidad de minimizar las intervenciones sobre el bosque nativo.

Tal como se indica en relación al PAS 148 (Anexo 5-3 de la Adenda Complementaria y Anexo 1 de la segunda Adenda Complementaria), se incluye como medida de protección de la vegetación aledaña al área de corta y dentro de la faja de seguridad, un volteo dirigido de los individuos a cortar, para minimizar el daño a la vegetación aledaña y al sotobosque al interior de la faja. En términos generales las medidas preventivas presentadas son las siguientes:

Durante el procedimiento de roce y tala se aplicarán técnicas de volteo dirigido, utilizando cuñas y cortes que permiten determinar la dirección de caída, buscando de este modo eliminar los daños en la vegetación

aledaña, al orientar la caída de los árboles hacia la dirección deseada (por ejemplo, hacia la franja de servidumbre).

En caso que los árboles a voltear estén orientados en una dirección contraria a la deseada, se realizará el volteo utilizando además equipos de apoyo, consistentes en cadenas y tecles, que ayudarán a guiar la caída dentro de la franja de servidumbre.

La actividad de volteo contará con operadores forestales con experiencia y conocimientos en seguridad, técnicas de trabajo y efectos ambientales del roce y/o tala de árboles. A este respecto, será requisito de contratación la experiencia demostrable en la aplicación de las técnicas de volteo dirigido.

Respecto de la conservación del sotobosque, existe una eventual pérdida de individuos vegetales producto de las labores de volteo de árboles. Sin embargo, también es posible que la densidad arbustiva presente en el sotobosque sea abierta (cobertura inferior al 80%) o la composición específica del rodal corresponda mayoritariamente a especies invasoras (ej. zarzamora); en todos estos casos, el compromiso del titular es mantener una cobertura mínima de un 80% de la cobertura presente en el rodal. La cobertura arbustiva de cada rodal se presenta en el Anexo 12-2 de la Adenda Complementaria, que describe en específico, la medida de conservación del sotobosque.

Para hacerse cargo de los impactos ambientales negativos producidos por la poda y/o eliminación de vegetación en la faja de seguridad, el Proyecto asumió una serie de consideraciones de diseño y acciones de mitigación enfocadas en el control de la erosión, fragmentación de hábitat, pérdida de ejemplares de interés de conservación, entre otras.

El Proyecto ha minimizado, en lo posible, la intervención del bosque nativo desde el diseño de las obras, buscando un trazado optimizado en la Adenda que asegure la menor corta posible. De esta forma se logró reducir en un 20% la superficie de bosque nativo que se había declarado para corta en el EIA. Por otra parte, siendo este un impacto ineludible del proyecto, el titular ha dado cumplimiento con la exigencia de compensación que impone la Ley, y propuesto acciones compensatorias complementarias que deberán ser evaluadas y aprobadas por la Autoridad.

Observación 6:

Respecto al Proyecto levantando de información ambiental para el componente Medio Humano:

Creemos que un proyecto como este impacta directamente con la calidad de vida que uno tiene. Modificando forma de que hoy vivimos. En el sentido de estar libres de contaminación y efectos producto a estas construcciones. Entendemos que se han reunido con diversas comunidades para dar facilidades y soluciones a cada una de ellas. Creemos que para nuestro caso también se debieran dar algunas respuestas para buscar acuerdos.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

Se cumplieron con todas las instancias de Participación Ciudadana que considera la Ley 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente y el D.S. 40/2013 Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Adicionalmente, previo al ingreso del Estudio de Impacto Ambiental, se realizaron una serie de reuniones de comunicación del proyecto en las que participaron los vecinos directamente relacionados con el proyecto realizando las consultas pertinentes las cuales fueron atendidas de forma presencial. Los detalles de dichas actividades se encuentran en el Capítulo 13 del EIA “Descripción de Acciones Previas con la Comunidad a la Presentación del Estudio de Impacto Ambiental” del EIA.

Respecto de la localidad de Pichilaguna, es importante destacar que, si bien forma parte del área de influencia del Proyecto, al ser una localidad extensa no toda la localidad como tal forma parte del área de influencia pues existen sectores, como es el caso del sector de Pichilaguna Norte, que no serán intervenidos por el Proyecto. Particularmente, las obras y partes del proyecto interactuarán con el sector de Pichilaguna ubicado en torno a la ruta V-40.

En el caso particular de las reuniones sostenidas en la localidad de Pichilaguna, dentro del proceso de participación ciudadana anticipada, se realizaron dos reuniones con la agrupación Sol de Pichilaguna, agrupación de habitantes del sector que viven en torno a la ruta V-40. Las mencionadas reuniones se sostuvieron los días 26 de febrero y 6 de abril de 2017.

En cuanto al proceso de Participación Ciudadana formal (durante el proceso de evaluación), Reglamentado por el D.S 40/2013, se debe mencionar que se realizó una presentación abierta a la comunidad de Llanquihue el 27 de julio de 2017 en la Escuela Inés Gallardo Alvarado.

Además, el Titular elaboró y distribuyó un folleto informativo que fue entregado a los habitantes de Llanquihue con información relativa al Proyecto y de los contactos de los profesionales que trabajaron en su diseño, con el objetivo de fijar un canal de comunicación para resolver dudas e inquietudes de los habitantes de la Comuna. Como ejemplo de esta buena práctica, el Titular respondió, vía correo electrónico, algunas consultas de uno de los representantes de Pichilaguna Norte que solicitó información acerca del Proyecto, además de haber respondido dudas de manera telefónica al mismo solicitante.

Además, el titular aclara que con fecha 06 de febrero de 2018 mediante Resolución Exenta N°0140/2018 se da inicio al proceso de consulta a pueblos indígenas, el que se llevó a efecto con los grupos humanos pertenecientes al pueblo indígena mapuche, de las comunidades indígenas Puilo Chiguaipulli, de la comuna de Río Negro y Putrihue de Los Ángeles, de la comuna de Purranque. El proceso se desarrolló en conformidad a los estándares contenidos en el “Convenio N°169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes de la Organización Internacional del Trabajo”, en el marco de la evaluación del Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto. Mediante Resolución Exenta N°0382/2018, se resolvió ampliar el proceso de consulta a fin de incluir al grupo humano correspondiente a la familia Maragaño Llanllán El fin último de dicho proceso, es tratar de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento respecto de la medida consultada, y en específico, respecto a los impactos significativos y las medidas de mitigación, reparación o compensación propuestas por el titular para hacerse cargo de ellos.

En el Capítulo 6 del Estudio de Impacto Ambiental, es posible revisar todas las medidas socioambientales de mitigación, reparación y/o compensación que el Titular ha propuesto, a fin de hacerse cargo de los impactos que el proyecto generara. En forma complementaria, en el Capítulo 11 de la Adenda “Compromisos Voluntarios”, se proponen una serie de medidas socioambientales, que atienden aquellos impactos no significativos que el proyecto genera, los que a su vez se complementan en la Sección 12 de la Adenda Complementaria.

16.2.5 Observante: Junta de Vecinos Pichilaguna Norte, Representante: Pablo Esteban Flores Dieguez

Observación 1:

Con Respecto al Componente Fauna Terrestre:

Se requiere conocer con claridad qué efectos y cómo se aminora el impacto sobre los diversos eco sistemas de aves que existen en la zona como, por ejemplo:

Tachuris rubrigastra - Siete Colores que habita de preferencia en los sectores de Pichilaguna y Rio Maullín. Se encuentra en las zonas húmedas e inundables cercanas a los ríos y lagos. Está asociada a las totoras.

Se adjunta también la serie de aves que cohabitan en el área donde se emplazan estas torres.

Orden Familia Nombre común Nombre científico Galliformes Odontophoridae Codorníz Gallipepla califórnica Podicipediformes Podicipedidae Pimpollo Rollandia rolland Huala Podiceps major Picurio Poilymbus podiceps Pelecaniformes Phalacrocoracidae Yeco Phalacrocorax brasilianus Ciconiformes Ardeidae Huairavillo Ixobrychus involucris Garza grande Casmerodius albus Garza chica Egretta thula Huairavo Nycticorax Anseriformes Anatidae Cisne cuello negro Cygnus melanocoryphus Falconiformes Cathartidae Jote cabeza negra Coragyps atratus Jote cabeza colorada Cathartes aura Accipitridae Peuco Parabuteo unicinctus Falconidae Tiuque Milvago chimango Gruiformes Rallidae Pidén Pardirallus sanguinolentus Tagüita Gallinula melanops Tagua de frente roja Fulica rufifrons Tagua común Fulica armillata Tagua chica Fulica leucoptera Charadriformes Charadridae Queltehue Vanellus chilensis Laridae Gaviota dominicana Larus dominicanus

Orden Familia Nombre común Nombre científico Columbiformes Columbidae Paloma Columba livia Apodiformes Trochilidae Picaflor Sephanoides Passeriformes Furnaridae Churrete Cinclodes patagonicus Rayadito Aphrastura spinicauda Tijeral Leptasthenura aegithaloides Trabajador Phleocryptes melanops Tyrannidae Diucón Pyrope Siete colores Tachuris rubrigastra Cachudito Anairetes parulus Hirundinidae Golondrina chilena Tachycineta meyeni Troglodytidae Chercán Troglodytes aedon Muzcicapidae Zorzál Turdus falcklandii Mimida Tenca Mimus thenca Emberizidae Chincol Zonotrichia capensis Passeridae Gorrión Passer domesticus Icteridae Mirlo Molothrus bonariensis Trile Agelaius thilius Loica Sturnella loyca Tordo Curaeus Thraupidae Chirihue Sicalis luteola luteiventris Fringillidae Diuca Diuca Jilguero Carduelis barbata

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

Para efectos del análisis de afectación del objeto de conservación del Sitio Prioritario Rio Maullín, se planteó la hipótesis de posibles rutas de vuelo entre el rio Maullín y corredor Pichilaguna o cualquier potencial hábitat que se localice al sur de la LAT proyectada, constituyendo la LAT una posible barrera que genere impactos a la funcionalidad del territorio.

Para descartar lo anterior y específicamente en el literal 4.2.3 del Anexo 2-11 del EIA, se desarrolla el Estudio de Transito de Aves que aporta con detalle las rutas de vuelo de las aves en distintas temporadas y en distintos puntos a lo largo del tramo la que pudiese actuar como barrera. Para dicho estudio se utilizó una metodología estandarizada, cuyos resultados específicos para el sector Pichilaguna y sector Río Maullín, se presentan en la Tabla 13-6. Estudio de tránsito aéreo de aves en AV1 (Pichilaguna) y en la Tabla 13-7. Estudio de tránsito aéreo de aves en AV1_1 (río Maullín) de la Adenda Complementaria.

Los antecedentes aportados por el Estudio permiten señalar que los estudios desarrollados no identificaron rutas de vuelo que puedan ser interrumpidas por la LAT ya que la mayor proporción de las aves presentó un vuelo batido; otros registros correspondieron a ejemplares posados en árboles; mientras que la conducta de planeo se observó en especies de mayor envergadura.

Lo anterior se puede explicar debido a la riqueza del hábitat al interior de la caja del Rio Maullín, de calidad muy superior a los hábitats del entorno o por lo menos distintos. Por ejemplo, el Río Maullín corresponde a un curso de agua de tipo lótico y las aves que aprovechan esta condición no utilizarán las aguas quietas de la Pichilaguna y viceversa. A su vez, en sus desplazamientos las aves siguen corrientes eólicas que son afectadas por la topografía, por lo que el relieve es un factor importante para identificar los sectores con alto tránsito de aves. Por ejemplo, cañones o quebradas donde se formen túneles de viento o serranías donde se produzcan corrientes térmicas ascendentes, son lugares que ayudan al vuelo de planeo de las aves. En el caso del proyecto, no hay quebradas pronunciadas o serranías que tengan este efecto.

En síntesis, no se observaron en el sector estudiado áreas con alta concentración de aves; las mayores concentraciones se registraron en sectores regularmente usados para alimentación y descanso, como fue el caso de zonas de cultivos, pequeños cuerpos de agua y ambientes ribereños.

Complementariamente, se informa que en los análisis realizados se consideraron los impactos producidos por electrocución y posible choque con las líneas aéreas. En forma específica y para prevenir dichos

impactos se realizaron estudios de tránsito aéreo tanto en el Río Maullín como en el sector de la Pichilaguna. El estudio se realizó en las temporadas de invierno, primavera y verano de 2016, lo que permitió abordar la variación debida a distintas estaciones climáticas y relevar los posibles cambios en la riqueza, composición y abundancia de la avifauna; el estudio realizado se considera representativo, ya que recoge la variabilidad de estos parámetros en las poblaciones de aves del sector y ha permitido evaluar la necesidad de medidas en el diseño de la LAT que minimice los efectos negativos. Los estudios que detallan los resultados se pueden encontrar en el Capítulo 2, Anexo 2.11 del EIA.

Además, hay un conjunto de medidas de diseño de las torres y la línea eléctrica que se han considerado en el proyecto y que están destinados a mitigar el posible impacto sobre las aves. Por ejemplo, se colocarán disuadores de vuelo en el cable de guardia, con el fin de evitar la colisión de aves, en 17 puntos de la LAT, dentro de los que se encuentran el sector del río Maullín y la Pichilaguna.

Por último, se modificó la forma de intervención de bosques y vegetación que no constituyen bosque, considerando solo la corta de árboles que se distancien a más de 9 m del conductor en la vertical y 7,25 m en la horizontal, conforme a la norma NSEG, dejando el sotobosque (herbáceas y arbustivas) y árboles menores a esa altura sin intervención. Adicionalmente, los sectores cercanos a cursos de agua no serán intervenidos directamente, aplicándose una corta selectiva. Todo esto favorecerá la mantención de ambientes frecuentados por las aves.

Observación 2:

Respecto al componente Paisaje:

Nuestra vecindad correspondiente a 90 Parcelas cuya habitabilidad hoy es de un 30% ha determinado invertir en esta zona por el entorno natural del área de Pichilaguna, entendemos que son torres que se emplazan por sobre los 40 mts. Como se ejecutará para la mitigación del impacto visual para nuestra comunidad.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

Respecto de la relevancia paisajística del área del seccionamiento, se informa que se realizó un levantamiento específico para el eje vial Ruta V-40 que incluye el área de influencia de la LAT, y se incorporaron puntos de observación desde el Rio Maullín para descartar incidencia visual y desde la Pichilaguna desde centro turístico. Los resultados indican que el único sector con intervisibilidad hacia el proyecto corresponde a la intersección de la ruta V-40 con la V-86 desde y hacia la Pichilaguna, situación definida por la morfología ondulada y cortinas vegetales que obstaculizan los flujos visuales. Cabe destacar que esta vista se desarrolla solo en esta fuga visual que se genera por la ausencia de vegetación, y es visible durante un corto tramo, considerando la velocidad de un automóvil; el resto del proyecto se mantiene oculto a cualquier observador común.

De acuerdo a lo expuesto, se puede señalar que no se configura una evaluación de impactos sobre dicho componente.

Observación 3:

Con respecto al componente Campos Electromagnéticos:

Campos electromagnéticos y efectos biológicos

La energía electromagnética es emitida en forma de ondas por las fuentes naturales y por numerosas fuentes artificiales. Esas ondas consisten en campos eléctricos y magnéticos oscilantes que se influyen recíprocamente y de diferentes formas con sistemas biológicos tales como células, plantas, animales o seres humanos. Para comprender mejor esa influencia recíproca, es indispensable conocer las propiedades físicas de las ondas que constituyen el espectro magnético.

Las ondas electromagnéticas pueden caracterizarse por su longitud, frecuencia o energía. Los tres parámetros se relacionan entre sí. Cada uno de ellos condiciona el efecto del campo sobre un sistema biológico. La frecuencia de una onda electromagnética es en definitiva el número de veces que cambia el sentido del campo en la unidad de tiempo en un punto dado. Se mide en ciclos por segundo, o hertzios.

Cuanto más corta es la longitud de onda, más alta es la frecuencia. Por ejemplo, el tramo intermedio de una banda de radiodifusión de amplitud modulada tiene una frecuencia de un millón de hertzios (1 MHz) y una

longitud de onda de aproximadamente 300 metros. Los hornos de microondas utilizan una frecuencia de 2.450 millones de hertzios (2,45 GHz) y tienen una longitud de onda de 12 centímetros.

Desde el punto de vista humano es necesario tener claridad respecto a los problemas que se pueden tener a las personas con diferentes problemas por ejemplo cardiacos.

Desde el Punto de Vista de las Fauna, creemos que las aves que habitan en el Área de La Laguna y se desplazan al sector del Rio Maullín se verán afectadas por estos campos magnéticos.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

Es importante tener en consideración que el campo electromagnético de las líneas aéreas es bastante menos invasivo que los campos electromagnéticos generados por bandas de 900 y 1800 MHz que, por ejemplo, son utilizadas por las antenas de telefonía móvil. Por cierto, entre octubre de 2002 y mayo de 2006, se puso en marcha una investigación realizada en Valladolid (España) para examinar si la disminución de la población de gorriones estaba relacionada con la radiación electromagnética de las estaciones base de telefonía móvil u otras fuentes emisoras. El resultado mostró con un alto grado de significación estadística que el número de gorriones se reducía cuando la intensidad del campo eléctrico de las antenas superaba ciertos valores (BALMORI, HALLBERG, 2007). Una investigación similar se realizó en Bélgica. El estudio confirmó una correlación estadísticamente significativa entre la intensidad del campo eléctrico en las bandas de 900 y 1800 MHz y la disminución del número de pájaros (EVERAERT et al. 2007). El estudio mencionado, está referido al campo electromagnético generado por antenas de telefonía móvil (celulares), es decir, de frecuencia muy superior a los 50 Hz de las líneas aéreas.

Otro efecto de las líneas aéreas sobre las aves es el tema de colisión con el tendido eléctrico y electrocución, tema ya tratado en la evaluación y que corresponde a una de las medidas de contingencia ante eventuales sucesos (detalladas en el Anexo 9-1, Acápite 7.3.2.3.7 de la Adenda). La colisión puede producirse indistintamente en líneas de distribución y en líneas de media o alta tensión, como también otros tipos de conductores aéreos. En el caso de electrocución, se produce normalmente en líneas de media tensión (inferiores a 45 kV), debido a la menor distancia entre conductores, que puede ser cubierta por un ave mediana o grande con sus alas extendidas, con problemas para la empresa eléctrica y la población.

Según lo anterior el titular ha descartado afectación sobre las aves a causa de los campos electromagnéticos provocados por líneas de 50 Hz que corresponden a una categoría de baja frecuencia.

Complementariamente, se informa que los campos electromagnéticos forman parte de la ecuación que define el diseño de las líneas, subestaciones y equipos utilizados en los sistemas de transmisión eléctrica. En relación a líneas de transmisión, la variable “campos electromagnéticos” condiciona la altura de los conductores sobre el suelo y el dimensionamiento de los conductores, lo que permite desarrollar la ingeniería de los proyectos de transmisión; en este sentido, el proyecto no requiere medidas que atiendan esta emisión.

Debido a que en nuestro país no existe reglamentación relativa a los valores límites permitidos de exposición de las personas a los campos electromagnéticos de frecuencia industrial, la regulación ambiental que rige el tema de emisiones señala que, de no existir una regulación nacional, debe aplicarse como norma de referencia aquella que se encuentre vigente en estados específicos. El Decreto Nº 40 del Ministerio del Medio Ambiente, “Aprueba Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”, publicado el 12-08-2013, y que entró en vigencia el 24-12-2013, indica en su Artículo 11:

“Las normas de calidad ambiental y de emisión que se utilizarán como referencia para los efectos de evaluar si se genera o presenta el riesgo indicado en la letra a) y los efectos adversos señalados en la letra b), ambas del artículo 11 de la Ley, serán aquellas vigentes en los siguientes Estados: República Federal de Alemania, República Argentina, Australia, República Federativa del Brasil, Canadá, Reino de España, Estados Unidos Mexicanos, Estados Unidos de América, Nueva Zelandia, Reino de los Países Bajos, República Italiana, Japón, Reino de Suecia y Confederación Suiza. Para la utilización de las normas de referencia, se priorizará aquel Estado que posea similitud en sus componentes ambientales, con la situación nacional y/o local, lo que será justificado razonablemente por el proponente”.

La recomendación de uso más frecuente para público general y exposición permanente, es la publicada por la ICNIRP, que establece 5.000 [V/m] para el campo eléctrico y 200 [micro Tesla] para la inducción magnética. Sin embargo, de acuerdo con lo señalado en el Artículo 11 anterior (“se priorizará aquel Estado que posea similitud en sus componentes ambientales, con la situación nacional y/o local”), se puede considerar la normativa aplicada en la República Argentina, que establece 3.000 [V/m] para el campo eléctrico y 25 [micro Tesla] para la inducción magnética.

De acuerdo a lo anterior, el proyecto fue evaluado en relación a los campos eléctricos y campos magnéticos con la normativa argentina, que es la más restrictiva y las conclusiones indican que se cumple ampliamente con los límites seguros para exposición de público general; los resultados fueron presentados en el Anexo 1-3 del EIA y las conclusiones de dicho estudio avalan el cumplimiento de la normativa.

El proyecto no contempla acciones que pueden tener una afectación a la salud de las personas, para lo cual ha puesto a disposición de la Autoridad de todos los antecedentes que establece el D.S. N°40. Para detalles ver sección 4.2.1 del capítulo 4 del EIA. Tampoco contempla medidas especiales para evitar la afectación sobre la salud de las personas, en tanto, la evaluación realizada la ha descartado como un impacto de la operación del proyecto.

Para evaluar la posible afectación del proyecto sobre las aves, se realizaron estudios de tránsito aéreo en los distintos ambientes naturales del área de inserción de obras. Junto con ello se realizó un análisis del riesgo de colisiones y electrocución. Los resultados de estos estudios pueden ser consultados en el Anexo 2.11 del EIA y respuesta 7.3.7 de la Adenda.

En el Anexo 9-1 de la Adenda se actualiza el Plan de Prevención de Riesgos y Contingencias (Capítulo 7 del EIA), reforzándose el protocolo o acción para controlar efectos sobre la avifauna. En efecto, el Titular ha comprometido una inspección en terreno que será realizada por una cuadrilla de profesionales especialistas que recorrerán a pie los sectores inmediatos a los cruces de cauce de la LAT. Esta inspección se hará con una frecuencia semanal por los primeros tres meses de operación de la LAT y luego, con una frecuencia mensual, hasta completar el primer año de operación de la LAT. Los informes de monitoreo serán mensuales y estarán a disposición de la SMA.

Observación 4:

Respecto a Componente Turístico:

Hoy en nuestra Comunidad existe un Lodge llamado Gracias a la Vida que es visitado por más de 2000 personas al año, entre extranjeros y chilenos. Este Lodge se ha especializado en el avistamiento de la Flora y Fauna de nuestra Laguna. Esta especialmente diseñado para avistar las aves de agua dulce y del bosque siempre verde, como Siete Colores, Cachuditos, Queltehues, Bandurrias, Patos, Garzas y mucho más.

Creemos que los efectos producto de esta instalación provocaría una disminución en las aves y por ende en las personas que gustan y buscan estas experiencias.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

El proyecto no interviene el sector denominado Pichilaguna, dado que el tendido eléctrico pasa a 300 m de ésta. En este punto, la LAT sigue el eje de la ruta existente V-40 y va paralela a la línea eléctrica ya existente. Dado que no se intervendrá este ambiente, no se prevé que haya disminuciones de las poblaciones de avifauna debido a la existencia del proyecto.

Los estudios de tránsito aéreo permitieron establecer la riqueza de aves que se mueven en ambos sectores, río Maullín y Pichilaguna, y se determinó que esta diversidad existe aun cuando en el área ya existen líneas eléctricas. Adicionalmente, el titular indica que no se cortará la vegetación de la Pichilaguna y que en ese sector se colocarán disuasores de vuelos, para evitar la colisión con aves.

El estudio de Impacto Ambiental no contempla una evaluación de variables económicas asociadas al componente turismo, en particular porque: i) no se prevé un efecto significativo del proyecto en el sector aludido (Ver Anexo 2-16 del EIA); y ii) porque dichas variables son sensibles a un sinnúmero de factores no atribuibles necesariamente al proyecto.

El Proyecto no interferirá en la actividad económica del Lodge “Gracias a la Vida”, pues no causará intervención directa en los terrenos donde éste se emplaza, ni en sus inmediaciones toda vez que el seccionamiento (estructura 12) se encuentra a 1,5 km mientras que la línea principal (estructura 362) se encuentra a 4,5 km. Tampoco se prevé que el proyecto provoque un deterioro de la calidad ambiental del área que signifique una pérdida relevante de sus atractivos turísticos.

Sobre los efectos del proyecto en aves que viven el sector, para efectos del análisis de afectación del objeto de conservación del Sitio Prioritario Rio Maullín, se planteó la hipótesis de posibles rutas de vuelo entre el rio Maullín y corredor Pichilaguna o cualquier potencial hábitat que se localice al sur de la LAT proyectada, constituyendo la LAT una posible barrera que genere impactos a la funcionalidad del territorio.

Para descartar lo anterior y específicamente en el literal 4.2.3 del Anexo 2-11 del EIA, se desarrolla el Estudio de Transito de Aves que aporta con detalle las rutas de vuelo de las aves en distintas temporadas y en distintos puntos a lo largo del tramo la que pudiese actuar como barrera. Para dicho estudio se utilizó una metodología estandarizada, cuyos resultados específicos para el sector Pichilaguna y sector Río Maullín, se presentan en la Tabla 13-6. Estudio de tránsito aéreo de aves en AV1 (Pichilaguna) y en la Tabla 13-7. Estudio de tránsito aéreo de aves en AV1_1 (río Maullín) de la Adenda Complementaria.

Los antecedentes aportados por el Estudio permiten señalar que los estudios desarrollados no identificaron rutas de vuelo que puedan ser interrumpidas por la LAT ya que la mayor proporción de las aves presentó un vuelo batido; otros registros correspondieron a ejemplares posados en árboles; mientras que la conducta de planeo se observó en especies de mayor envergadura.

Lo anterior se puede explicar debido a la riqueza del hábitat al interior de la caja del Rio Maullín, de calidad muy superior a los hábitats del entorno o por lo menos distintos. Por ejemplo, el Río Maullín corresponde a un curso de agua de tipo lótico y las aves que aprovechan esta condición no utilizarán las aguas quietas de la Pichilaguna y viceversa. A su vez, en sus desplazamientos las aves siguen corrientes eólicas que son afectadas por la topografía, por lo que el relieve es un factor importante para identificar los sectores con alto tránsito de aves. Por ejemplo, cañones o quebradas donde se formen túneles de viento o serranías donde se produzcan corrientes térmicas ascendentes, son lugares que ayudan al vuelo de planeo de las aves. En el caso del proyecto, no hay quebradas pronunciadas o serranías que tengan este efecto.

En síntesis, no se observaron en el sector estudiado áreas con alta concentración de aves; las mayores concentraciones se registraron en sectores regularmente usados para alimentación y descanso, como fue el caso de zonas de cultivos, pequeños cuerpos de agua y ambientes ribereños.

Observación 5:

De acuerdo a Componentes de Ruido:

Nuestra comunidad que se encuentra en un lugar apacible, tranquilo y sin ruidos. ¿Cuáles son las mitigaciones que se establecen para limitar o frenar este aspecto?

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

En el Anexo 1-6 presentado en el EIA se presenta el estudio acústico, que presenta el análisis de las emisiones de ruido del proyecto en contraste con la situación base de ruido. En particular, para el sector de Pichilaguna, se identificó solo un receptor sensible [R69]. El resultado respecto de las características del receptor y su nivel de afectación se presentan de manera sintética en la Tabla B. Medición de ruido entorno Pichilaguna de la Adenda.

De acuerdo a dichos resultados, el aporte de ruido en la fase de construcción en este sector es imperceptible y se encuentra dentro de la norma; en la fase de operación es aún muy inferior. Por tanto, es posible indicar que no existirá afectación producto de los niveles de ruido que emitirá el proyecto. Lo anterior aplica para el sector de Pichilaguna Sur: En consecuencia, la condición de Pichilaguna Norte que se encuentra más alejado es aún inferior y no requiere medidas de abatimiento.

Respecto de la distancia de las torres a las viviendas, se aclara que la vivienda habitada más cercana al proyecto en el sector de Pichilaguna Norte se ubica a una distancia de 1 km aproximadamente.

En este sector no se contempla ni justifica la adopción de medidas especiales de mitigación, reparación o compensación asociadas al componente ruido. En los frentes de trabajo, se adoptarán las medidas de control habitualmente empleadas en la construcción y que fueron descritas en el Anexo 3.2 del EIA. No obstante, lo anterior, para verificar que el proyecto no generará impactos o molestias a las personas por el ruido, se ha dispuesto de un mecanismo de comunicación con la comunidad que permitirá mantener un diálogo constante durante la fase de construcción. Para mayores detalles ver sección 11.2.5 del Capítulo 11 del EIA.

Por último, se debe recalcar que respecto de la localidad de Pichilaguna, es importante destacar que, si bien ésta forma parte del área de influencia del Proyecto, al ser una localidad extensa no toda la localidad como tal forma parte del área de influencia pues existen sectores, como es el caso del sector de Pichilaguna Norte, que no serán intervenidos por el Proyecto. Particularmente, las obras y partes del proyecto interactuarán con el sector de Pichilaguna ubicado en torno a la ruta V-40 por lo que no corresponde levantar medidas en este y otros componentes medioambientales.

  1. Que, de acuerdo a los antecedentes generados durante la evaluación ambiental del Proyecto, la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental dispuso la realización de un Proceso de Consulta a Pueblos Indígenas, según lo establecido en el Convenio N° 169 de la OIT. Dicho proceso se inició con las Comunidades Indígenas Puilo Chiguaipulli y Putrihue de Los Ángeles mediante la Resolución Exenta N° 0140/2018, de fecha 06 de febrero de 2018, de la D.E. del SEA, y, posteriormente ampliada mediante la Resolución Exenta N° 0382, de fecha 06 de abril de 2018, al grupo humano perteneciente a pueblos indígenas, Familia Maragaño – Llanllán.

Durante el Proceso de Consulta a Pueblos Indígenas, participaron los grupos humanos pertenecientes al pueblo indígena mapuche, comunidad indígena Puilo Chiguaipulli y Familia Maragaño-Llanllán, de la comuna de Río Negro; y, comunidad indígena Putrihue de Los Ángeles, de la comuna de Purranque; todos de la Región de Los Lagos.

15.1. Principales Hitos del Proceso de Consulta a Pueblos Indígenas (PCPI)

15.1.1 Resolución N° 0140/2018, de fecha 06 de febrero de 2018, que resuelve el Inicio del Proceso de Consulta a Pueblos Indígenas con los grupos humanos pertenecientes al pueblo indígena mapuche de las comunidades indígenas Puilo Chiguaipulli, de la comuna de Río Negro, y Putrihue de Los Ángeles, de la comuna de Purranque, Región de Los Lagos, en el marco de la Evaluación del EIA del proyecto, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial el 16 de febrero de 2018, y en el diario de circulación regional “El Llanquihue” el 26 de febrero de 2018.

15.1.2 Firma del “Acta de Acuerdo Metodológico” con fecha 27 de marzo de 2018, suscrita por el SEA y los 6 socios presentes en la reunión según lo acordado por la Comunidad Indígena Puilo Chiguaipulli.

15.1.3 Resolución N° 0382/2018, de fecha 06 de abril de 2018, que amplía el Proceso de Consulta a Pueblos Indígenas al grupo humano perteneciente a pueblos indígenas, Familia Maragaño - Llanllán, en el marco de la Evaluación del EIA del proyecto, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial el 20 de abril de 2018, y en el diario de circulación regional “El Llanquihue” el 20 de abril de 2018.

15.1.4 Firma del “Acta de Acuerdo Metodológico” con fecha 09 de abril de 2018, suscrita por el SEA y los padres de la Familia Maragaño-Llanllán.

15.1.5 Firma del “Acta de Acuerdo Metodológico” del 24 de abril de 2018, suscrita por el SEA y los representantes de la Comunidad Indígena Putrihue de Los Ángeles.

15.1.6 El 03 de julio de 2018 se suscribió los Protocolos de Acuerdo Final con los grupos humanos pertenecientes al pueblo indígena mapuche, comunidades indígenas Puilo Chiguaipulli y Familia Maragaño-Llanllán, de la comuna de Río Negro; comunidad indígena Putrihue de Los Ángeles, de la comuna de Purranque; todos de la Región de Los Lagos.

15.1.7 El 05 de octubre de 2018 se publica en el expediente de la evaluación del EIA del proyecto, el Informe Final de la Consulta.

15.1.8 Resolución N° 1196/2018, de fecha 12 de octubre de 2018, que resuelve cerrar el proceso de consulta a pueblos indígenas con los grupos humanos pertenecientes al pueblo indígena mapuche, comunidades indígenas Puilo Chiguaipulli y Familia Maragaño-Llanllán, de la comuna de Río Negro; Putrihue de Los Ángeles, de la comuna de Purranque; todos de la Región de Los Lagos, en el proceso de evaluación del EIA del proyecto, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial el 24 de octubre de 2018, y en el diario de circulación regional “Austral de Osorno” el 24 de octubre de 2018.

15.2 Acuerdos logrados

El PCPI concluye dando cumplimiento a cada una de las etapas definidas en el marco normativo que lo rige, y de acuerdo a los principios de la Consulta que establece el Convenio N° 169 de la OIT.

A través de las reuniones de la etapa de diálogo y encuentros se discutieron los impactos significativos que generará el proyecto, y las medidas propuestas por el Titular para hacerse cargo de éstos. Lo que permitió a los GHPPI afectados incorporar modificaciones en su diseño, de acuerdo a su pertinencia y que además fueron acordadas en la totalidad de los casos con el Titular.

De esta manera, los acuerdos que constan en los tres Protocolo de Acuerdo Final (en adelante “PAF”) y que resultaron del desarrollo de la etapa de diálogo y encuentros, comprenden lo siguiente:

15.2.1 COMUNIDAD INDÍGENA PUILO CHIGUAIPULLI. Impacto ambiental significativo Artículo 7 del Reglamento del SEIA. Reasentamiento de Comunidades Humanas o Alteración Significativa de los Sistemas de Vida y Costumbres de Grupos Humanos. Literales a) y d) Intervención en terrenos de la Comunidad Puilo Chiguaipulli, por atravieso aéreo de la LAT en la Parcela 1-A, en la localidad de Río Negro. El Proyecto, en sus fases de construcción y operación, generará una alteración de la forma de vida tradicional de la Comunidad Indígena Puilo Chiguaipulli, dado que se restringirá el uso de parte del predio de la comunidad, donde se establecerá una franja de seguridad, asociado a ciertas restricciones, dentro de la cual no es posible la construcción de viviendas ni la plantación de árboles mayores de 4 metros. Se cortará 0,89 ha de bosque de coihue, y se restringirán los trabajos comunitarios que realizan los comuneros los fines de semana, afectando su espacio territorial, y sentimientos de arraigo en éste, en términos de lo señalado en el literal a) y d), del artículo 7 del RSEIA, lo cual genera una intervención en un área habitada por GHPPI, considerable en términos de magnitud, extensión y duración. Artículo 8 del Reglamento del SEIA. Localización Y Valor Ambiental Del Territorio. Las obras, partes y acciones del Proyecto se emplazan próximas a la Comunidad Indígena Puilo Chiguaipulli, compuesta por 9 familias mapuches, que habitan el predio afectado, con una relación funcional y cultural trascendental en sus sistemas de vida y costumbres, que se verá intervenida durante la construcción y operación del Proyecto, considerando además, que la duración de la intervención generada por el proyecto, será permanente y definitiva, ya que el Proyecto tiene una vida útil indefinida, todo en términos de lo señalado en el artículo 8 del RSEIA. GHPPI afectado Los nueve socios pertenecientes a la Comunidad Indígena Puilo Chiguaipulli, dueños del predio entregado por CONADI, ubicado en la comuna de Río Negro Parte, obra o acción que lo genera

Línea de Alta Tensión 2x500 Kv Despeje de vegetación en la franja de seguridad Construcción Replanteo topográfico Habilitación de acceso temporales a cada torre Transporte de suministros, equipos y del personal Construcción de las fundaciones y de las mallas de puesta a tierra para las estructuras Montaje de estructuras Montaje de conjuntos de aislación y ferretería, tendido de conductores y cable de guardia Terminaciones Conexión y pruebas de energización Otras acciones relacionadas con la construcción del Proyecto Actividades Operativas en la Línea de Transmisión y sus Seccionamientos (Mantenimiento) Operación Medidas Acordadas CONSTRUCCIÓN DE UNA SEDE PARA LA COMUNIDAD PUILO CHIGUAIPULLI Descripción: Se considera la construcción de una sede de madera prefabricada de una superficie de 60 m², con dos baños con lavamanos y W.C. respectivamente (ambos baños conectados a solución particular de alcantarillado tipo fosa); habilitada y conectada con puntos eléctricos; estanque para el agua potable y su infraestructura para sostenerlo; cocina a leña y un espacio libre en el cual los socios de la comunidad puedan desarrollar sus actividades. Se considera habilitar accesos a los baños desde el exterior. La materialidad que tendrá la sede es la siguiente: - Loza de cemento corrido - Corredor exterior cubierto - Baños con capacidad para discapacitados - Revestimiento de piso cerámico

- Estructura vertical pino IPV 2”X3” - Estructura techumbre cerchas pino 1”x4” - Cubierta zincalum 0,35 - Aislación muros de poliestireno expandido - Aislación cielo lana de vidrio - Revestimiento exterior Smart side panel - Revestimiento interior yeso cartón y fibrocemento - Cielo yeso cartón Para mayores especificaciones de la sede comunitaria, remitirse al plano Sede Social Puilo Chiguaipulli adjunto en el Protocolo de Acuerdo Final disponible en el expediente del Proyecto. En adición, se considera: - Loza y set de cubiertos para 18 personas - 3 mesas de polietileno y acero - 20 sillas metálicas con tapizado en el respaldo y asiento

Oportunidad: Durante los primeros 10 meses, una vez obtenida la RCA favorable.

Indicadores de cumplimiento Entrega de un acta firmado por la Comunidad Puilo Chiguaipulli, con registro fotográfico de la sede a la SMA en un plazo no mayor a 3 meses desde la firma del acta. MEJORAMIENTO DE ACCESO PARA LA COMUNIDAD Descripción Se considera la elaboración de la ingeniería del camino y su posterior construcción. Se considera desarrollar las siguientes acciones: - Habilitación de un nuevo camino de una longitud aproximada de 350 metros. - Arreglo del camino existente de aproximadamente 800 metros. - El camino en toda su extensión, tendrá un ancho de 3,5 metros. - Se considera la compactación y llenado con material, escarpe en casos específicos, badén o similar para el cruce del cauce, sin interferir curso normal del cauce. - Perfilado del camino (retiro de la capa vegetal), implementación de tela geotextil y posteriormente una capa de aproximadamente 50 cm de áridos (base). En el Protocolo de Acuerdo Final disponible en el expediente del proyecto, se adjunta imagen donde se grafica el trazado del camino intrapredial definido con la Comunidad. La sección final del camino, con el fin de dar conectividad a la Sra. Rosa Huenchuán Huenchuán, fue definida en conjunto con ella y se determinó que será en el lote correspondiente a la Sra. Angélica Huenchuán Naguil, acordando que ambas comuneras realizarán un intercambio de terrenos, para que ambas cuenten con un acceso adecuado, y sus viviendas estén localizadas en un terreno apropiado. Para ello se requiere hacer una rectificación de la distribución interna de los lotes en la planimetría de la escritura del predio y la corrección de los cercos perimetrales. Todos los comuneros aceptan esta rectificación y firmarán los documentos necesarios para concretarla. Todos los permisos, y trámites necesarios para la consecución del objetivo de la medida, deberá realizarlos la Comunidad, a través del Titular, otorgando para ello el debido mandato. Asimismo, el Titular se compromete desde ya a aceptar el mandato señalado, y ejecutarlo en su integridad.

Oportunidad: Dentro de los primeros 12 meses, una vez obtenida la RCA favorable.

Indicadores de cumplimiento Entrega de un acta firmado por la Comunidad Puilo Chiguaipulli, con registro fotográfico del camino a la SMA en un plazo no mayor a 3 meses desde la firma del acta. EJECUCIÓN DE PROYECTO DE EMPALME ELÉCTRICO Descripción: Se considera la elaboración de la ingeniería para la instalación del empalme eléctrico y posterior ejecución. El proyecto considera la instalación de la siguiente infraestructura: - Instalación de línea trifásica 600 metros aproximadamente -media tensión- (hasta la mitad del predio de la comunidad) - Instalación de transformador (en mitad del predio) - Instalación de línea bifásica hasta la última subdivisión. - Instalación de un poste y medidor al pie de cada predio En el Protocolo de Acuerdo Final se adjunta una imagen con el trazado preliminar en estudio para la implementación del empalme. Cabe destacar que el trazado del empalme está sujeto al trazado del camino que se construirá (dado que irán de forma paralela).

Oportunidad: Dentro de los primeros 12 meses, una vez obtenida la RCA favorable.

Indicadores de cumplimiento Una vez terminadas las obras, se remitirá un informe a la SMA, en un plazo no mayor a 3 meses, acompañando los siguientes contenidos: - Ingeniería del proyecto de empalme eléctrico - Registro fotográfico de la instalación del empalme eléctrico - Acta de recepción del empalme eléctrico firmado por los asociados de la Comunidad. PROTOCOLO DE TRABAJO EN EL PREDIO DE LA COMUNIDAD EN LA FASE DE CONSTRUCCIÓN Y OPERACIÓN DEL PROYECTO Descripción Se elaboró un protocolo que regulará las acciones asociadas a la construcción y operación del proyecto: i. Antes de construcción: • Charlas periódicas a cuadrillas de trabajo para recordar comportamientos esperados • Tomar contacto presencial o telefónico con al menos 48 horas de anticipación para coordinar fecha • Entregar información a socios de la comunidad respecto a trabajos a realizar ii. Durante la construcción: • Conducción con precaución • Avisar y coordinar ingreso al predio • Consensuar condiciones de salida del predio • Registro y verificación del estado del lugar • Cuidado con ejecución del trabajo iii. Término de construcción • Registro detallado del cierre • Conformidad de propietarios iv. Operación • Labores de mantenimiento

• Avisar ingreso a predio • Cuidar ejecución de trabajos

Oportunidad: Durante la fase de construcción del Proyecto, particularmente, las acciones para la construcción de las obras del Proyecto en el predio de la Comunidad y durante toda la fase de operación.

Indicadores de cumplimiento Una vez terminadas la construcción de las obras del Proyecto en el predio, se remitirá un informe a la SMA, en un plazo no mayor a 3 meses desde la fecha de término de la construcción, acompañando, a lo menos, los siguientes contenidos: - Registro de capacitaciones establecidas en el protocolo a los contratistas del Proyecto en la fase de construcción, adjuntando lista de asistencia y registro fotográfico. - Ficha de visita al predio. - Firma de conformidad del cumplimiento del protocolo por parte de la Comunidad. En la fase de operación, se remitirá un informe cada cinco años a la SMA, en un plazo no mayor a 3 meses desde la fecha de término del período de reporte del informe, acompañando, a lo menos, los siguientes contenidos: - Ficha de visita al predio. - Firma de conformidad del cumplimiento del protocolo por parte de la Comunidad. ENTREGA DE MATERIALES NECESARIOS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE INVERNADEROS Descripción Se realizará la compra y entrega de los materiales necesarios para que los socios de la Comunidad puedan construir 9 invernaderos de una dimensión de 20x5 m. A continuación, se detallan los materiales y las cantidades asociadas que serán entregados a cada socio: - 40 kg Polietileno invernadero 2 temporadas 4-8 Mt. - 29 Tiras de PVC Hidráulico 25 mm x 6 m - 15 Polines de 4” impregnados - 40 Piezas de madera de Pino Elaborado de 2x3” x 3,2m - 30 Piezas de madera de Pino Elaborado de 3x3” x 3,2m - 30 Piezas de madera de Pino Elaborado de 1x2” x 3,2m - 20 Piezas de madera de Pino Elaborado de 1x4” x 3,2m - 5 kg de Clavos 4” - 3 kg de Clavos de 3” - 3 Pack de Bisagras 2 unidades de 3 ½” En adición, se consideran los materiales para la implementación del sistema de riego: - 252 m de cinta de Riego. - 50 m plansa de ½” - 8 conectores de cinta de riego de tipo pinchado. - 4 conectores de cinta de riego para plansa se ½”. - 4 mini válvulas de pvc de ½” - 8 codos ½” - 8 T ½”

Oportunidad: Dentro de los primeros 6 meses después de la notificación de la RCA favorable.

Indicadores de cumplimiento Una vez entregados los materiales, se remitirá un informe a la SMA, en un plazo no mayor a 3 meses, acompañando, a lo menos, el acta de recepción de materiales firmada por los socios de la Comunidad. 15.2.2 COMUNIDAD INDÍGENA PUTRIHUE DE LOS ÁNGELES. Impacto ambiental significativo Artículo 7 del Reglamento del SEIA. Reasentamiento de Comunidades Humanas o Alteración Significativa de los Sistemas de Vida y Costumbres de Grupos Humanos Literal b) El Proyecto, en su fase de construcción, genera una alteración temporal de la forma de vida tradicional de la Comunidad Indígena Putrihue de Los Ángeles, emplazada aproximadamente a 500 metros de la línea de transmisión, producto de la incorporación de flujos permanentes y no habituales de vehículos en la ruta U-800 para el transporte de los insumos y materiales requeridos para la construcción de la línea, misma ruta que la comunidad utiliza para realizar sus actividades cotidianas y por donde circulan no sólo vehículos, sino también peatones, ciclistas y vehículos de tracción animal asociados a la comunidad. La ruta U-800 durante 55 días aproximados, siendo la única ruta de acceso y comunicación del sector, contarán con el paso de 10 vehículos pesados y 4 livianos diariamente; 208 trabajadores utilizando además los caminos y huellas vecinales existentes para construcción la construcción de 28 estructuras (225 a la 252) con una longitud de 14 km aprox. de tendido eléctrico, en términos de lo señalado en el literal b), del artículo 7 del RSEIA. Artículo 8 RSEIA. Localización y Valor Ambiental del Territorio Se genera una intervención en un área habitada por grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, considerable en términos de magnitud, extensión y duración, dado que las obras, partes y acciones del Proyecto se emplazan próximas a la Comunidad Indígena Putrihue de Los Ángeles, compuesta por 15 familias mapuches. En efecto, la familia de la comunidad que se sitúa más cercana al proyecto se encuentra a 380 m, y sus integrantes, utilizan diariamente como única ruta la U-800, movilizándose principalmente caminando. Dicha ruta se verá intervenida en un tramo de 14 km aproximados durante 55 días aproximados, en términos de lo señalado en el artículo 8 del RSEIA. GHPPI afectado Los asociados pertenecientes a la Comunidad Indígena Putrihue de Los Ángeles, en la comuna de Purranque. Parte, obra o acción que lo genera Línea de Alta Tensión 2x500 Kv Despeje de vegetación en la franja de seguridad Construcción Replanteo topográfico Habilitación de acceso temporales a cada torre Transporte de suministros, equipos y del personal Construcción de las fundaciones y de las mallas de puesta a tierra para las estructuras Montaje de estructuras Montaje de conjuntos de aislación y ferretería, tendido de conductores y cable de guardia Terminaciones Conexión y pruebas de energización Construcción de fundaciones Casa de servicios generales Canaleta de cables Montaje de estructuras y equipos Construcción cierre perimetral y sistema de iluminación Prueba y puesta en servicio Otras acciones relacionadas con la construcción del Proyecto Actividades Operativas en la Línea de Transmisión y sus Seccionamientos (Mantenimiento) Operación

Medidas Acordadas MEJORAMIENTO DE LA RUKA Descripción

Se consideran los siguientes mejoramientos:

Construcción de un radier con recubrimiento cerámico (superficie de toda la ruka).

Reparación de terraza exterior y plataforma de acceso.

Instalación de puertas (2) de exterior de PVC, estilo madera.

Instalación de ventanas (6) de termopanel.

Construcción de dos baños al exterior de la ruka (albañilería, estuco de terminación y recubrimiento de cerámico), la que considera una estructura de techumbre y cubierta de cielo similar a la existente. Cada baño tendrá un lavamanos y un sanitario con una superficie de 3,22 m². Ambos baños estarán conectados a una solución particular de alcantarillado (tipo fosa) y al sistema de agua potable existente. - Instalación de dos luminarias externas del tipo proyector de área LED de 50 W (uso doméstico e industrial). Incluye postación, soporte y conexión a red eléctrica existente. - Cambio de ampolletas interior existente por LED. - Despeje del deslinde, construcción de cerco perimetral (polines impregnados y malla de gallinero). - Instalación de material de relleno en superficie exterior (superficie de 500 m²). - Equipamiento: • Cocina: Loza y set de cubiertos para 18 personas, mueble kit lavaplatos. • Exterior: Carpa araña de 6x12 m más mástiles, 5 metros de polietileno y acero y 20 sillas metálicas con tapizado en el respaldo y asiento.

Oportunidad: Dentro de los primeros 12 meses, una vez obtenida la RCA favorable.

Indicadores de cumplimiento Acta de recepción de la ruka mejorada y de entrega del equipamiento firmada por la Comunidad. Entrega de un acta firmado por la Comunidad Putrihue de Los Ángeles, con registro fotográfico de la ruka a la SMA en un plazo no mayor a 3 meses desde la firma del acta. PROTOCOLO USO RUTA U-800 DURANTE FASE DE CONSTRUCCIÓN Descripción El protocolo considera las siguientes acciones - Coordinación de flujo: se considera concentrar los flujos vehiculares fuera de las horas de mayor uso del camino por la comunidad. Esto es de lunes a domingo entre las 07:30 hrs y las 09:00 hrs y durante la tarde entre las 17:30 hrs y 19:00 hrs. De requerirse tránsito en forma puntual en estos horarios, el Titular se coordinará con representante de la comunidad con 48 horas de antelación - Mantenimiento: se realizará mantenimiento de la ruta U-800 en tramo utilizado por la comunidad. Se mantendrá en las mismas condiciones que la actual (sin proyecto). Se contará con registro fotográfico previo al inicio obras. Se remitirá copia a la comunidad y se mantendrá otra en IIFF Centro. Al término de las obras se entregará el camino en iguales condiciones basales. - Señalética: Se instalarán señaléticas verticales sobre seguridad vial (manual carreteras MOP) - Velocidad: Se realizará control de velocidad (50km/hora), a todos los vehículos de Transelec que utilicen el camino, que ingrese a la obra o que efectúe trabajos entre las estructuras 225 a 255. - Humectación: Se humectará carpeta de rodado del camino en periodos secos, en caso que coincida con construcción de estructuras 225 a 255. - Información: Se realizarán campañas informativas a la comunidad informando mediante volantes, reuniones y puerta a puerta. Se hace presente que en la entrega de información se dará a conocer las empresas

contratistas, teléfonos de contacto, logos de los trabajadores, etc. Se dispondrá de un libro de sugerencias, felicitaciones y/o reclamos en la instalación de faena centro, sin embargo, se contará con personal de relacionamiento con la comunidad a quien se le podrán hacer llegar todas estas inquietudes - Control de tráfico: Se realizará control de tráfico con bandereros en tramo correspondiente. Para mayor detalle, remitirse al Protocolo para la utilización de la ruta U-800 Comunidad Putrihue de Los Ángeles adjunto en el Protocolo de Acuerdo Final disponible en el expediente del proyecto.

Oportunidad: Durante toda la fase de construcción en el tramo asociado a las estructuras 225 a 255.

Indicadores de cumplimiento Una vez terminadas la construcción de las estructuras 225 a 255, se remitirá un informe a la SMA, en un plazo no mayor a 3 meses, acompañando, a lo menos, los siguientes contenidos: - Registro de capacitación a contratistas y colaboradores de Transelec - Registros fotográficos de las condiciones de la ruta previa utilización del camino - Registro de instalación de señaléticas - Registro de humectación de caminos - Registro de campañas informativas. - Acta de conformidad firmada por la Comunidad Putrihue de Los Ángeles. ASESORÍA EN TÉCNICAS AGRÍCOLAS Descripción Se contratará a un profesional de la localidad que enseñará a los asociados técnicas agrícolas del interés para la Comunidad. Se coordinarán y acordarán en conjunto con la Comunidad las temáticas a desarrollar, para lo cual de forma previa, se realizará un taller de diagnóstico con los interesados, con el objetivo de focalizar las temáticas a tratar en la asesoría. Ésta tendrá una duración máxima de 6 meses y contempla la realización de 1 taller mensual. También se coordinará con la comunidad los días y horario en los que se desarrollarán los talleres, y la temática general será en cultivo de hortalizas. Respecto a los insumos, se contemplan únicamente los insumos necesarios para realizar las asesorías.

Oportunidad: En el invierno siguiente a la obtención de la RCA favorable.

Indicadores de cumplimiento Una vez terminada la asesoría, se remitirá un informe a la SMA, en un plazo no mayor a 3 meses, acompañando, al menos, los siguientes contenidos: - Registro fotográfico - Acta de asistencia con la firma de los miembros de la Comunidad que participaron. - Acta de conformidad firmada por la Comunidad Putrihue de Los Ángeles. 15.2.3 GRUPO HUMANO PERTENECIENTE A PUEBLOS INDÍGENAS FAMILIA MARAGAÑO- LLANLLÁN Impacto ambiental significativo Artículo 7 del Reglamento del SEIA. Reasentamiento de Comunidades Humanas o Alteración Significativa de los Sistemas de Vida y Costumbres de Grupos Humanos Literal a) El Proyecto genera una alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres del grupo

humano perteneciente al pueblo indígena mapuche-huilliche, Familia Maragaño – Llanllán, que habitan dentro del área de influencia del Proyecto, debido a que existe susceptibilidad que las obras del Proyecto afecten el acceso a los recursos naturales del predio donde habita la familia en comento. El Proyecto considera el atravieso de la línea de transmisión, por el predio de la Familia Maragaño – Llanllán, que tiene una superficie de 17,53 ha, el cual fue adquirido gracias a un subsidio recibido para la adquisición de tierras indígenas del Fondo de Tierras y Aguas estipuladas en la Ley N° 19.253, por lo cual tiene prohibición de enajenación por parte de la CONADI. La afectación del predio es producto de la instalación de una torre dentro de la propiedad (estructura 225), la que ocupará en total una superficie de 32,5 m², aproximadamente. Además, el trazado conlleva el establecimiento de una franja de servidumbre proyectada sobre el terreno, que limitará el uso dentro de esta franja de recintos, viviendas y/o plantaciones de árboles que superen los 4 m de altura. La superficie aproximada correspondiente a la faja de servidumbre asciende a 0,8 ha. Esta área se sitúa en el extremo sur poniente del predio. En adición a lo anterior, y para efectos de la construcción de la LAT, se deberá realizar la corta de 0,45 ha de plantaciones de eucaliptus y pino oregón, que tienen 10 años de plantados y cuya cosecha se espera en unos 10 años más, y de 0,01 ha de bosque nativo (correspondiente a la singularidad ambiental tipo forestal roble-raulí-coihue) y 0,05 ha de especies arbóreas que no constituyen bosque. Por lo tanto, el Proyecto genera una alteración significativa de los sistemas de vidas y costumbres según lo establecido en el literal a) del artículo 7 del Reglamento del SEIA, sobre el grupo humano perteneciente al pueblo indígena mapuche-huilliche, Familia Maragaño – Llanllán, dado que se restringirá en forma indefinida el uso de parte del predio de la familia, debido al establecimiento de la franja de servidumbre, dentro de la cual no es posible la construcción de viviendas, ni la plantación de árboles mayores a 4 metros y además, se cortará la plantación forestal existente, interviniendo y restringiendo así el uso de los recursos naturales que actualmente son parte del sustento económico de la familia. Artículo 8 RSEIA. Localización y Valor Ambiental del Territorio Existe susceptibilidad de afectación al grupo humano perteneciente al pueblo indígena mapuche-huilliche, Familia Maragaño – Llanllán debido a que se contempla la intervención de un terreno con prohibición de enajenación por parte de la CONADI, entregado al Sr. Rigoberto Maragaño, donde habita junto a su esposa y 3 hijos. El Proyecto considera la instalación de la estructura 225, la que ocupará en total una superficie de aproximadamente 32,5 m² de este predio. Adicionalmente, la franja de servidumbre dentro del predio asociada al atravieso aéreo, tendrá una superficie de aproximadamente 0,8 ha, que limitará el uso dentro de dicha superficie de recintos, viviendas y/o plantaciones de árboles que superen los 4 m de altura. Debido a lo anterior, se deberá cortar una superficie total de 0,45 ha de plantaciones de eucaliptus y pino oregón, lo que representa el 15% de la superficie total plantada y corta de bosque nativo correspondiente a una superficie de 0,01 has, lo que representa un 0,2% de la superficie total de bosque nativo presente en el predio. Por lo tanto, de acuerdo a lo establecido en el artículo 8 del Reglamento del SEIA, el Proyecto es susceptible de afectar significativamente, en términos de magnitud y duración, a grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas. Lo anterior, considerando que las obras, partes y acciones del Proyecto se emplazan próximas al grupo humano pertenecientes al pueblo indígena mapuche-huilliche, Familia Maragaño-Llanllán, compuesto por 5 personas y que habitan el predio afectado. Adicionalmente, la intervención generada por el Proyecto en el predio perteneciente a la familia será permanente, debido a que el Proyecto tiene una vida útil indefinida, todo en términos de lo señalado en el artículo 8 del RSEIA. GHPPI afectado Los cinco miembros de la Familia Maragaño - Llanllán, que habitan el predio denominado Parcela 12, Lote A4, de propiedad familiar, entregado por CONADI, en la comuna de Río Negro, Región de Los Lagos.

Parte, obra o acción que lo genera

Línea de Alta Tensión 2x500 Kv Despeje de vegetación en la franja de seguridad Construcción Replanteo topográfico Habilitación de acceso temporales a cada torre Transporte de suministros, equipos y del personal Construcción de las fundaciones y de las mallas de puesta a tierra para las estructuras Montaje de estructuras Montaje de conjuntos de aislación y ferretería, tendido de conductores y cable de guardia Terminaciones Conexión y pruebas de energización Construcción de fundaciones Casa de servicios generales Canaleta de cables Montaje de estructuras y equipos Construcción cierre perimetral y sistema de iluminación Prueba y puesta en servicio Otras acciones relacionadas con la construcción del Proyecto Actividades operativas en la línea de transmisión y sus seccionamientos (mantenimiento) Operación Medidas Acordadas PLANTACIÓN PINO OREGÓN Descripción - Se realizará la plantación en el lugar acordado con la familia, dentro el predio de ésta. - Se considera la plantación de individuos de pino oregón de 20-40 cm de altura. - Se realizará la plantación de hileras de árboles, con una superficie total de plantación de 1,12 hectáreas, correspondiendo 1.800 plantas en dicha superficie. - Se contempla la instalación de tres tipos de cortinas: 5 hileras (0,16 ha), en el borde sur- oriente del predio; 6 hileras (0,75 ha), en los bordes sur-poniente, oriente y norte del predio, dejando el espacio libre para el paso de la línea de baja tensión existente; y 7 hileras (0,21 ha), en el borde poniente del predio. Todo acordado con la familia, según la imagen adjunta. - Se considera cercado perimetral con postes impregnados y 4 hebras de alambres de púa. Además, implementar un portón de acceso al sitio de la plantación. - Se contempla la protección individual de cada planta con el uso de protectores tipo shelter o malla corrumet. - La plantación se realizará en el otoño siguiente a la obtención de la RCA favorable, con la debida preparación de sitio y contempla el monitoreo semestral durante 2 años, posterior al establecimiento. - Solo se utilizará fertilizante de establecimiento en caso de requerirse, lo cual será analizado una vez que sea posible el ingreso al predio. - No se realizará riego de establecimiento, ni riego de mantención, a menos que exista un periodo prolongado de escasez de lluvia, lo que será coordinado con el propietario, todo esto, debido a las condiciones climáticas existentes en la región. - En caso de existir mortalidad, se realizará replante en el otoño siguiente a la primera plantación - Se espera conseguir un prendimiento del 75% al cabo de 2 años, tal como lo establece la normativa forestal vigente.

Oportunidad: Se implementará en el primer otoño siguiente a la obtención de la RCA favorable.

Indicadores de cumplimiento Informes semestrales durante dos años después de la plantación de pino Oregón a la SMA, acompañando los registros fotográficos y las actas de las visitas verificando el comportamiento de la plantación, las mortalidades y los replantes realizados. Los informes semestrales deberán ser enviados a la SMA, en un plazo no mayor a tres meses desde el

término del período de reporte del respectivo informe. Acta final de conformidad con la medida firmada por la Familia Maragaño-Llanllán, donde se indique el cumplimiento del prendimiento del 75% al cabo de 2 años de la plantación de pino Oregón. PROTOCOLO DE RELACIONAMIENTO EN FASE DE CONSTRUCCIÓN Y OPERACIÓN Descripción Se elaboró un documento que fija las acciones que deberán desarrollar tanto el Titular del Proyecto como sus contratistas durante la fase de construcción y operación del Proyecto. El criterio principal establecido es que NO se utilizará el camino existente en el predio de la familia para acceder al sector de la instalación de la estructura 225 y de la servidumbre, sino que se hará uso de los caminos de los predios vecinos. Un segundo criterio, es que siempre se avisará a la familia antes de acceder al predio, salvo en situaciones excepcionales. Para mayor detalle remitirse al Anexo “Protocolo de relacionamiento con propietarios – Predio Rol 321-86 Perteneciente a la familia Maragaño-Llanllán”, cuya síntesis se describe a continuación: i. Antes de la construcción: • Informarse de las costumbres del lugar y de condiciones especiales del propietario, para anticipar formas de realizar un trabajo respetuoso y con las mínimas molestias. • Realización de inducción y charlas periódicas a las cuadrillas de trabajo para recordar el comportamiento esperado en el predio. • Tomar contacto presencial o telefónico con el propietario para coordinar fecha y buscar alternativas para compatibilizar la construcción con las actividades del propietario. Se deberá considerar un margen mínimo de 48 horas previo inicio de actividades. • En el contacto inicial, entregar información al propietario de lo que se realizará y la duración de los trabajos. • Entregar información de contacto del Titular y contratistas al propietario para establecer un canal de comunicación directa. ii. Durante la construcción: • Conducción con precaución. • Avisar y coordinar ingreso al predio, mínimo de 48 horas antes. • Consensuar condiciones de salida del predio. • Registro y verificación del estado del lugar. • Cuidado con ejecución del trabajo. • Respetar acuerdos del presente documento y del protocolo de relacionamiento. • Entregar información necesaria sobre las obras y acciones. • Completar formularios de visita al predio. iii. Término de la construcción • Registro detallado del cierre. • Conformidad del o los propietarios. iv. Fase de operación Para las labores de mantenimiento: • Durante esta fase el ingreso será por la faja de servidumbre • Avisar ingreso a predio, mínimo de 48 horas antes. • Cuidar ejecución de trabajos. • Entregar información necesaria sobre las obras y acciones. • Completar formularios de visita al predio. Oportunidad: Dentro de los primeros 12 meses obtenida la RCA favorable.

INDICADORES DE CUMPLIMIENTO

Una vez terminadas la construcción de las obras del Proyecto en el predio, se remitirá un informe a la SMA, en un plazo no mayor a 3 meses desde la fecha de término de la construcción, acompañando, a lo menos, los siguientes contenidos: - Registro de capacitaciones establecidas en el protocolo a los contratistas del Proyecto en la fase de construcción, adjuntando lista de asistencia y registro fotográfico. - Ficha de visita al predio. - Firma de conformidad del cumplimiento del protocolo por parte de la Familia Maragaño- Llanllán. En la fase de operación, se remitirá un informe cada 3 años a la SMA, en un plazo no mayor a 3 meses desde la fecha de término del período de reporte del informe, acompañando, a lo menos, los siguientes contenidos: - Ficha de visita al predio. - Firma de conformidad del cumplimiento del protocolo por parte de la Familia Maragaño- Llanllán. INSTALACIÓN SISTEMA FOTOVOLTAICO DOMICILIARIO Descripción Instalación de un sistema on grid de 1560 Wp que contará con 6 unidades de módulos fotovoltaicos de 260 W policristalinos, 1 inversor, cable solar, kit de aluminio para montaje en techo (o suelo), medidor bidireccional, inscripción en la SEC con formulario TE4, y los trámites con la compañía distribuidora para cumplir con requisitos de la Ley 20.571. El sistema se conectará a la red eléctrica existente, para dotar de energía a la vivienda. Los meses de menor generación del panel, que serían mayo, junio, julio y agosto, serán compensados en los meses de mayor generación del panel, inyectándola a la red, generando una cuenta de ahorro de energía, equilibrando así el gasto anual de energía de la vivienda.

Oportunidad: Dentro de los primeros 12 meses obtenida la RCA favorable.

Indicadores de cumplimiento Registro del consumo eléctrico anual de la vivienda que refleje la disminución de un 70% de éste, considerando el consumo actual de la vivienda de 2592 kW. Entrega de un acta firmado por la Familia Maragaño-Llanllán, con registro fotográfico del sistema fotovoltaico a la SMA en un plazo no mayor a 3 meses desde la firma del acta.

15.3 Seguimiento y fiscalización de los acuerdos logrados

Según lo establece el Artículo 2 de la Ley Orgánica de la SMA, le corresponderá a ésta ejecutar, organizar y coordinar el seguimiento y fiscalización de las Resoluciones de Calificación Ambiental. Para dichos efectos, la SMA emitió la Res. Ex. N° 223 de fecha 26 de marzo de 2015, que Dicta Instrucciones Generales sobre la Elaboración del Plan de Seguimiento de Variables Ambientales, los Informes de Seguimiento Ambiental y la Remisión de Información al Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental.

El Titular del proyecto deberá elaborar un informe anual sobre el nivel de cumplimiento y avance de los tres Protocolos de Acuerdos Finales. En caso que los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas: Comunidad Indígena Puilo Chiguaipulli, Comunidad Indígena Putrihue de Los Ángeles, Familia Maragaño-Llanllán detectasen incumplimiento total o parcial de los acuerdos o compromisos adquiridos por el titular, se seguirán los protocolos establecidos por la SMA para realizar este tipo de denuncias.

El Titular, junto con remitir este informe a la SMA, deberá enviar una copia (en papel y digital) a los GHPPI: Comunidad Indígena Puilo Chiguaipulli, Comunidad Indígena Putrihue de Los Ángeles, Familia Maragaño-Llanllán.

El contenido de los Protocolos de Acuerdo Final son parte del Informe Final del PCPI del EIA del “Sistema de Transmisión S/E Pichirropulli - S/E Tineo”, siendo parte integrante de la presente RCA, por lo tanto, todos los acuerdos alcanzados en el PCPI serán fiscalizados por la SMA.

  1. Que, el Titular deberá remitir a la SMA la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la SMA. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental, el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la SMA a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

  2. Que, el Titular deberá informar a la SMA la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4 de la presente Resolución.

  3. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la SMA, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

  4. Que, para que el proyecto pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  5. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Dirección Ejecutiva del SEA y a la SMA, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en el EIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

  6. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Ejecutiva del SEA la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

  7. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

  8. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

  1. Calificar favorablemente el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto “Sistema de Transmisión S/E Pichirropulli - S/E Tineo”, de Transelec Concesiones S.A.

  2. Certificar que el proyecto “Sistema de Transmisión S/E Pichirropulli - S/E Tineo” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

  3. Certificar que el proyecto “Sistema de Transmisión S/E Pichirropulli - S/E Tineo” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 132, 138, 140, 142, 146, 148, 149, 156 y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

  4. Certificar que el proyecto “Sistema de Transmisión S/E Pichirropulli - S/E Tineo” se hace cargo adecuadamente de los efectos, características y circunstancias establecidos en el artículo 11 letras b, c y d de la Ley N° 19.300, al proponer medidas de mitigación y compensación adecuadas a tal efecto.

  5. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4 del presente acto.

  6. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a los artículos 20 y 29 de la Ley Nº 19.300, ante el Comité de Ministros. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

  7. PUBLÍQUESE un extracto de esta resolución en el Diario Oficial y en un diario de circulación nacional o de cada una de las regiones del área de influencia del Proyecto.

  8. PUBLÍQUESE este acto en el expediente electrónico del proyecto en el e-SEIA.