Modernización y Mejoramiento de Procesos Secundarios en Planta Azucarera Ñuble, IANSAGRO S.A.
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE BIOBIO
Califica Ambientalmente el proyecto “MODERNIZACIÓN Y MEJORAMIENTO DE PROCESOS SECUNDARIOS EN PLANTA AZUCARERA ÑUBLE”.
Resolución Exeñta N* 0 3 0 Concepción, p 2 4 ENE 2018
VISTOS:
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La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) y su Adenda de fecha 31/10/2017, del proyecto “Modernización y Mejoramiento de Procesos Secundarios en Planta Azucarera Ñuble”, presentado por IANSAGRO S.A con fecha 18/05/2017.
-
Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto Modernización y Mejoramiento de Procesos Secundarios en Planta Azucarera Ñuble.
3". El Acta de Evaluación N* 43 de fecha 06/12/2017, del Comité Técnico de la Región del Biobío.
- El ICE de la DIA del proyecto “Modernización y Mejoramiento de Procesos Secundarios en Planta Azucarera Ñuble” de fecha 05/01/2018.
5%, El Acta N? 2 de fecha 15 de enero de 2018 de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío.
6*. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Modernización y Mejoramiento de Procesos Secundarios en Planta Azucarera Ñuble”.
7%. Lo dispuesto en la Ley N 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Organos de la Administración del Estado; la Ley N 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón y la Resolución N” 10 de 2017 que la modifica; el Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío, aprobado mediante Resolución Exenta N 267 de fecha 21 de julio de 2014: y la Resolución Toma Razón N* 119046/82/2017, de fecha 23 de agosto de 2017, del Servicio de Evaluación Ambiental, que nombra al Director Regional en el Servicio de Evaluación Ambiental Región del Biobio.
CONSIDERANDO:
- Que, IANSAGRO S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Modernización y Mejoramiento de Procesos Secundarios en Planta Azucarera Ñuble” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social
IANSAGRO S.A. Ed 96.772.810-1 Domúciblo Rosario Norte 615, Piso 23, Las Condes, Santiago Teléfono
+56 42 454447
Nombre representante legal Juan Ernesto Arismendi Guilquiruca
Rut representante legal 2.377.640-6
Domicilio representante legal Panamericana Sur km 385, San Carlos |
+56 42 454447
Teléfono representante legal
Correo electrónico Titular o 3 E
Jarismen(Diansa.cl representante legal j
20 Que, conforme se indica en el ICE de fecha 05/01/2018, el Director Regional de la Región del Biobío ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 10 del iCE: cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados en la sección 11 de este documento; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19,300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el o los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
39 Que, en sesión de fecha 15 de enero de 2018 la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío acordó calificar favorablemente el proyecto “Modernización y Mejoramiento de Procesos Secundarios en Planta Azucarera Ñuble”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 05/01/2018, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el articulo 60 inciso segundo del Reglamento del SELA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
- Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, y en su Adenda, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general El objetivo general del proyecto consiste en modernizar y mejorar los procesos secundarios de la Planta Azucarera Nuble para optimizar los procesos productivos de IANSA y entregar la energía eléctrica excedente al Sistema Interconectado Central (SIC). Lo anterior, a través de la implementación del presente proyecto, el cual será ejecutado en 2 etapas, a saber:
La primera etapa consiste en el “Cambio del equipo turbogenerador”. Se reemplazará el turbogenerador de 6,4 MW (existente) por uno de 9,4 MW, utilizando la misma generación de vapor. Lo anterior, permitirá cubrir la necesidad de energía eléctrica que requiere el proceso productivo actual de la Planta; entre estos, los necesarios para sustentar la recirculación de agua actual y reducir la dependencia de energía externa y grupos electrógenos. Este cambio no implica un aumento en el consumo de combustible, debido a que el turbogenerador con el mismo caudal actual de vapor, es capaz de generar una mayor cantidad de energía eléctrica, suficiente para el complejo industrial.
La Etapa 2, corresponde a la "Habilitación de sistemas para la
disminución en captación de agua fresca y generación de RILes”. Para que sea posible de realizar de una manera continua en el tiempo, se requiere que previamente se ejecute la Etapa 1, dado que ésta materializará el equipo necesario que permitirá proveer de energia eléctrica de forma económicamente sostenible para la operación continua de la Etapa 2, lo cual, por consecuencia, permitirá reducir el uso y la dependencia de agua superficial, logrando un menor consumo de agua fresca, menor generación de RlLes y la adaptación del complejo industrial al cambio climático y a las sequias prolongadas. Esta segunda etapa será descrita someramente, ya que la calificación ambiental recaerá en la primera de ellas, en función de lo establecido en el art. 14 del D.S. 40/2012 del MMA. Una vez que se produzca la circunstancia de que depende la segunda etapa, para su ejecución, el titular deberá ingresar dicha etapa al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, si corresponde.
Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones
Tipología primaria Letra c. Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW. Tipología Secundaria
Letra k.1 Instalaciones fabriles cuya potencia instalada sea igual o superior a dos mil kilovoltios-ampere (2.000 KVA).
Vida útil
20 años
Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución
Se considera que la actividad que da inicio a la materialización del Proyecto, corresponderá al montaje del nuevo turbogenerador.
Proyecto se desarrolla por Si No | En conformidad con lo indicado en el artículo 14 del etapas Reglamento del SEIA (D.S. N”40/2012) el presente [X] proyecto se desarrollará por etapas. Proyecto modifica un Si No | El Proyecto busca aumentar su eficiencia energética proyecto o actividad en la sección de generación eléctrica de la Planta Nuble, consistente en el reemplazo de uno de los Xx tres turbogeneradores de vapor existentes. Se reemplazará el turbogenerador de 6,4 MW por uno de 9,4 MW, utilizando la misma generación de vapor. Proyecto modifica otra(s) Si No | El proyecto no modifica otra (s) RCA, ya que este RCA [X] | proyecto no cuenta con ninguna RCA preyia,
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político- administrativa
La Planta se encuentra ubicada en la Comuna de San Carlos, Provincia de Ñuble, Región del Biobío.
Descripción de la localización
Específicamente las instalaciones se encuentran ubicadas al costado poniente de la Ruta 3 Sur aproximadamente a 12 kilómetros al norte de la ciudad de Chillán en sector Cocharcas.
Superficie
En la actualidad la Planta Ñuble tiene una superficie total de 337.800 m',
La primera etapa del proyecto, así como la segunda, no considera construir ninguna obra anexa a las ya existentes, puesto que se considera solo un recambio de turbogenerador manteniendo la ubicación y superficie actual, la cual corresponde a 223,3 m.
Coordenadas UTM en Datum
WGS84
Tabla 1: Coordenadas de ubicación geográfica del proyecto.
Coordenadas UTM (WGS 84— HUSO 18) Vértice N*
Este
763,410 763.426
Norte
5.954.651 5.954.628
Noroeste Noreste |
5.954.632 5.954.616
763.391 763.406
Suroeste | | Sureste |
Caminos de acceso
El camino de acceso al Proyecto es la ruta Panamericana Sur, km 385.
Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones
Capítulo 1.5, Localización del proyecto. Punto 1.5.2, Representación Cartográfica, de la DIA
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO
4.3.1, FASE DE CONSTRUCCIÓN
Parte/obra N* 1: | Se consideran baños químicos para los trabajadores en el área de la Servicios instalación de faena.
sanitarios
Acción N* 1: | Para el uso de la grúa se preparará el terreno incorporando árido compactado
Preparación del terreno
para asegurar la estabilidad de la grúa durante su operación. Los áridos serán comprados a tercero autorizado,
Parte/obra N* 2: Oficinas y Bodegas
Las oficinas y bodegas necesarias para el montaje del turbogenerador serán tipo conteiner y tendrán las características necesarias para que sean utilizadas para el personal de la fase de construcción, por su parte las bodegas tendrán las condiciones para mantener los residuos, principalmente, a acopiar.
Acción N* 2: Retiro de techumbre
Como primera actividad se considera retirar un parte del techo de la sala de turbinas, desde dicho espacio se considera que la grúa pueda realizar sus operaciones y extraer desde las alturas las partes del turbogenerador, asimismo, se utilizará este espacio abierto en el techo para instalar el nuevo turbogenerador, toda vez que las partes de turbogenerador hayan sido extraidas.
Parte/obra N*? 3: Instalación del
nuevo turbogenerador
Luego del desmontaje del actual turbogenerador de 6.4 MW y limpieza del sitio, se instalará un nuevo turbogenerador de 9,4 MW, el cual está compuesto por un turbogenerador a vapor de 45 bar, 450%C, un reductor mecánico, un generador eléctrico, un estanque de aceite hidráulico, gabinetes eléctricos de monitoreo y control y otros elementos menores, Todos los equipos serán instalados mediante una grúa que ingresará los equipos por el techo de la sala de turbinas.
El Proyecto se ha enfocado en reducir al máximo las modificaciones de la fundación de la turbina actual, por lo que no se requerirá demolición alguna, La fundación de los equipos secundarios de la turbina actual, ubicada a nivel de piso, si serán demolidos pero son de volúmenes mínimos. Para los equipos nuevos ubicados en el mismo nivel si se construirán nueyas fundaciones (aproximadamente 8m),
las principales actividades del Proyecto en esta Etapa 1 serán: - Preparación del terreno.
-
Retiro de techumbre.
-
Desmontaje del turbogenerador actual.
-
Limpieza del área.
-
Instalación del turbogenerador nuevo.
-
Reinstalación de la misma techumbre.
-
Pruebas y puesta en marcha.
Acción N* 3: Desmontaje del turbogenerador actual
Se desmontará el actual turbogenerador de 6,4 MW, el cual consiste en una turbina de vapor, un reductor y un generador. Estos equipos más los gabinetes eléctricos serán retirados mediante una grúa extrayéndolos por el techo del edificio, el cual será removido para esta maniobra, y se repondrá después de montada la nueya turbina y siendo depositados en un camión para luego ser almacenados en el patio de salvataje, protegidos con carpas para su futura disposición o venta.
El estanque de aceite hidráulico, dos enfriadores aire-agua del generador,
4
enfriadores de aceite, piping, y otros elementos menores retirados mediante maniobras a nivel de piso, depositados en un camión para luego ser almacenados en el patio de salvataje, protegidos con carpas para su futura disposición o venta.
Una vez retirado el turbogenerador existen e instalado el nuevo turbogenerador se procederá a instalar nuevamente y bajo las mismas condiciones iniciales el techo del edificio para el funcionamiento del Proyecto.
Luego que todas las piezas y equipos del turbogenerador existente se procederá a realizar una limpieza del sitio para recibir en óptimas condiciones al nuevo turbogenerador.
Se contempla el cambio en componentes (piping) de circuitos de recirculación en edificio principal de Planta, asociado al sistema de columnas barométricas.
Se considera realizar cambios en sistemas de impulsión (bombas), manteniendo características de caudal de aguas y consumos de energía eléctrica. Los cambios serán orientados a mejorar la fiabilidad operativa de estos sistemas. Optimización mediante cambios de válvulas, sistemas de control, automatización y control mediante PLC (Controlador Lógico Programable) de circuitos de recirculación, con el fin de asegurar la fiabilidad y continuidad operativa de los sistemas de recirculación.
Una vez terminada la instalación del nuevo turbogenerador se procederá a realizar pruebas de funcionamiento, Primero se realizará una prueba estática en donde se hará rotar la turbina y se verificará que el sistema de control responda apropiadamente. Esta actividad tiene contemplado alrededor de 20 días. Finalmente, se realizará una prueba de eficiencia que verificará que el funcionamiento del turbogenerador sea el indicado por el proveedor de la máquina.
Se contempla realizar mejoras en piletas, circuitos y ventiladores de torres de enfriamiento existentes, que corresponden a actualización de componentes manteniendo las caracteristicas actuales de caudal de agua y consumos de energía eléctrica. Los cambios serán orientados a mejorar la fiabilidad operativa de estas torres de enfriamiento.
Mejoras en sistemas de impulsión de la Planta, a través de cambios en bombas e instalación de una o más bombas stand by.
Parte/obra N* 4: Instalación de techumbre Acción N? 4: Limpieza del área
Parte/obra N 5: Obras en circuitos y sistemas de impulsión al interior de edificio principal Acción N 5: Pruebas y Puesta en marcha Acción N* 6: Mejoras en torres de enfriamiento existentes Recursos naturales renovables
Durante la fase de construcción se extraerá agua de pozo de la Planta Ñuble que cuenta con derechos de uso otorgados.
La extracción se estima de aproximadamente 6 m'/mes durante los primeros 4 meses de la construcción, esta extracción se realizará solo durante el período de la construcción para una actividad puntual que es la albañearia.
Emisiones efluentes
y
Emisiones a la atmósfera
Las emisiones generadas en la fase de construcción presentan sus mayores aportes en emisiones por las actividades de circulación de vehículos por caminos pavimentados, gases de combustión de vehículos y uso de maquinaria. Las principales emisiones de contaminantes durante la fase de construcción corresponden a 1,02 ton/fase de NOx y 0,21 ton/fase de CO, las cuales se resumen a continuación:
Tabla 2: Caracterización de las emisiones a la atmosfera - construcción
ipod Emisiones totales calculadas (ton/año)
E MP0 | mp2s | CO | HC | NOx | sOx Fuente arcales No aplica al Proyecto Fuentes 0,000107 | 0,000057 |0,00038 | 0.00008 0,0017 0.00005 móviles Maquinaria 0.078 0,078 10,21312 0,096 1,020 -
Total 0,078107 [0,078057 [0,2135 |0,09608 1,0217 — /0,00005 Emisiones
Aguas servidas
Se generarán aguas servidas producto del uso de baños, duchas y lavamanos para un promedio de 25 personas (peak de trabajadores en la fase de construcción), lo que considerando una dotación de 100 L/persona/día, generarán un efluente de 2.000 l/día (60 m"/mes).
Durante la fase de construcción se utilizarán baños químicos, los cuales serán manejados por empresas contratistas autorizadas para su limpieza, retiro y disposición final en lugares autorizados.
Residuos líquidos industriales
Durante la fase de construcción no se generarán RILes, ya que en esta fase del Proyecto (reemplazo de un turbogenerador) no se considera el lavado de ninguna maquinaria, ni vehículo al interior de la Planta.
Asimismo, no existirá lavado de ruedas de vehículos, como tampoco lavado de camiones incluyendo camiones mixer.
Ruido
Para determinar las emisiones de ruido del proyecto, en su fase de construcción se elaboró un Estudio de Impacto Acústico (Anexo 1.7 de la DIA del proyecto), dicho estudio consideró la identificación de las fuentes de emisión de ruido y la medición en las fuentes receptoras,
Las mediciones de ruido se realizaron en los sectores sensibles cercanos al emplazamiento del Proyecto, obteniéndose ocho (8) puntos de muestreo de ruido. La mayoría de los receptores se encuentran dentro del límite urbano definido por el PRC de San Carlos, de este modo R1 se emplaza en Zona AV (área verde): R2, R3 y R4 en ZH-3 (Zona habitacional); R5 en ZP2 (Zona productiva molesta); mientras que R6, R7 y R8 se emplazan fuera del fímite urbano.
Los resultados obtenidos fueron evaluados según los límites máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/2011 del MMA, dando como resultado el cumplimiento de la normativa en todos los receptores evaluados, tanto en la operación actual de la Planta, como al evaluar en conjunto con las actividades de construcción del Proyecto.
En ambas situaciones no se requiere de medidas de mitigación de ruido para el cumpliendo de la normativa.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente,
Residuos sólidos domiciliarios
Se estima que en la fase de construcción se generará un máximo estimado de 0,53 t/mes de residuos sólidos domiciliarios, tales como: restos de alimentos, papel, plástico, cartón y otros insumos inertes de oficina. Este cálculo proviene de un valor máximo aproximado de generación de residuos domiciliarios de 0,5 kg/trabajador/día, considerando una dotación máxima de 35 trabajadores.
Los residuos serán almacenados en contenedores cerrados herméticos. Luego serán enviados al sitio autorizado al interior de la Planta Ñuble en un contenedor compactador y luego, serán enviados, finalmente, a un lugar autorizado para su disposición final (a modo de referencia en Ecobio Chillán Viejo).
Residuos Industriales No Peligrosos
Con respeto a este tipo de residuos, su manejo se realizará mediante un acopio clasificado según tipo de residuo, en un sitio de almacenamiento al interior de la Planta, y posteriormente serán enviados a sitios de disposición final que cuenten con las autorizaciones correspondientes, en función de su naturaleza.
Se propuso un registro detallado del destino de disposición final de los residuos de la construcción transportados en camiones. Lo anterior, con el fin de asegurar que dicha disposición sea efectivamente realizada en un sitio autorizado, por lo cual se mantendrá en la instalación de faena los contratos o documentos (boletas o facturas) que aseguren la disposición en un sitio autorizado. En la siguiente tabla se presenta la caracterización y manejo de dichos residuos.
Tabla 3. Residuos Industriales No Peligrosos-Fase de Construcción
Cantidad Descripción máxima Manejo de Residuo estimada Resto de materiales (resto | 4toneladas/fase de cables, Los residuos serán recolectados desde plásticos) los puntos de generación y trasladados Mad 2 toneladas/fase | hacia el sitio de disposición de la acera instalación de faena para luego enviar A a destinatario autorizado, Cañerías 6 11 m lineales pulgadas Cañerías $ 20 m lineales pulgadas
Es preciso señalar que la madera en donde viene el turbogenerador está certificada de origen por el proveedor (TGM), a pesar de ello la madera al ser recibida será inspeccionada visualmente y en caso de encontrar algún insecto o signo de este se informará inmediatamente al Servicio Agrícola Ganadero. En caso contrario, se almacenará en sitio de acopio transitorio de madera (residuos) y luego incinerado, según lo indicado por el SAG.
s fluorescentes u otros,
Aceites, as, baterías, tul
Para el desmontaje del turbogenerador, actividad que se realizará durante la fase de construcción del Proyecto, se generarán 4,4 toneladas de residuos peligrosos en total, esta fase tendrá una duración de 6 meses.
Actualmente la Planta Azucarera cuenta con una Bodega de Almacenamiento Temporal de Residuos Peligrosos (BAT RESPEL), la cual posee la capacidad suficiente para almacenar temporalmente este tipo de residuos y se encuentra autorizada por la Autoridad Sanitaria. No obstante, en caso de que se supere la capacidad de almacenamiento máximo de la BAT de RESPEL, se aumentará la frecuencia de retiro de residuos peligrosos durante la fase de construcción o éstos se retirarán inmediatamente una vez generados.
¿e
Tabla 4. Residuos Peligrosos — Fase de construcción
Cantidad máxima Descripción estimada (t) Manejo de Residuos Pinturas Los residuos serán recolectados desde 2 los puntos de generación y trasladados ala bodega RESPEL autorizada en la Aerosoles 2 Planta Ñuble, para luego enviar a
destinatario autorizado, El almacenamiento de estos residuos
Guaipe con aceite 0,2 no superará los 6 meses. Recoiectado in situ. en un tambor de 02 100 litros. Almacenado temporalmente Resto de aceite 7 en la bodega Respel para finalmente ser vendido a un tercero autorizado. Total 4.4
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Capítulo 4,2 Fase de Construcción del ICE, sección 4,2.3. Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar, sección 4,2.4. Emisiones y efluentes, subsección 4,2,4.1. Emisiones a la atmósfera, 4.2.4.2. Emisiones líquidas o efluentes, 424.3. Emisiones de ruido, sección 4.2.5. Residuos, subsección 4.2.5.1, Residuos no peligrosos, 4.2.5.2,Residuos peligrosos.
4.3.2. FASE DE OPERACIÓN
El Proyecto busca aumentar su eficiencia de generación energética de la Planta, mediante el reemplazo de uno de los tres turbogeneradores de vapor existentes. Se reemplazará el turbogenerador de 6,4 MW por uno de 9,4 MW, haciendo más eficiente el uso del vapor.
Para la fase de operación del Proyecto, el turbogenerador entregará energía a la Planta de la misma forma que se efectúa actualmente, pero sin la incorporación de energía eléctrica externa. La duración de esta fase será aproximadamente de 20 años.
Parte/obra pe “Operación de equipo
turbogenerador” Acción 1:
Actividades de Mantención y Conservación
Entre las actividades contempladas para la fase de operación, se consideran aquellas destinadas a la inspección y revisión del turbogenerador con el propósito de evitar cualquier circunstancia que pongan en riesgo la operatividad del Proyecto. En relación a lo mencionado se presentan las siguientes mantenciones:
- Inspección
*« Revisión Parcial
- Revisión General El detalle de cada uno de estos sistemas de monitoreo y control se encuentran descritos en el punto 1.8.5. de la DIA del proyecto.
Acción 2 “Habilitación de sistemas para la disminución en
La segunda etapa consiste en la captación de agua fresca mediante la recirculación de aguas industriales y por ende disminuir la generación de residuos industriales líquidos.
Los objetivos especificos de esta segunda etapa son:
captación de| 1) Disminución de la captación de agua fresca mediante la recirculación de agua fresca y | aguas industriales. generación de | 2) Disminución de la generación de RILes, como consecuencia del objetivo RILes” anterior. Duración: 12 meses. Recursos Durante la fase de operación se extraerá agua de pozo, los caudales se encuentran naturales autorizados para la extracción (Anexo 1.5,3 de ta DIA del proyecto). La renovables operación del nuevo turbogenerador no generará un aumento de extracción de agua de pozo. Se prevé la misma cantidad de agua extraída actualmente. Emisiones y | Emisiones a la atmósfera efluentes
Con la finalidad de analizar y cuantificar las emisiones atmosféricas, a
continuación, se presenta la caracterización de las emisiones, que se producirán con la ejecución de la Etapa 1 el proyecto existente.
Para la caracterización de las emisiones atmosféricas generadas por las actividades de la Planta Azucarera Ñuble, se identificaron las fuentes de emisión puntuales, fuentes de emisión de área y emisiones de fuentes móviles:
. Las fuentes de emisión puntuales de material particulado y gases de combustión corresponden al conjunto de calderas generadoras de vapor, grupos electrógenos y hornos secadores de coseta.
. Las fuentes de emisión de área de material particulado corresponden a los acopios de finos, tales como acopios de carbón, CAL TANSAZ2, caliza, coke y escoria.
. Las fuentes de emisión móviles de material particulado y gases de combustión corresponden a la combustión de motores, resuspensión de material particulado por tránsito de vehículos, por transferencia y volteo de finos.
El siguiente cuadro resume aquellas emisiones generadas por las actividades actuales de la Planta Azucarera (actividades existentes) y el aporte en emisiones atmosféricas que generará el funcionamiento de la etapa 1 del proyecto.
Tabla 5: Estimación de emisiones de actividades existentes y generadas por el
MP 393 tomaño 0,0008 ton/año 393 ton/año co 343 ton/año 0,00024 ton/año 343 ton/año NOx 243 ton/año 0,0011 ton/año 243 ton/año SOx 1356 ton/año 0,000075 ton/año 1,356 ton/año
Mayores antecedentes respecto de las emisiones atmosféricas se describen en el Anexo 1 de la Adenda del proyecto.
Ruido Respecto a las emisiones sonoras, de acuerdo a lo expuesto en el Anexo 1.7 de la DIA, y complementado en el cuerpo de la Adenda, se identificaron $ receptores cercanos al Proyectos, de los cuales las emisiones sonoras actuales y futuras son similares en horario diurno y noctumo, cumpliendo con el D.S. N*38/11 del MMA. A continuación, en la siguiente tabla se presenta la caracterización de las emisiones sonoras de las actividades actuales y futuras de la Planta Azucarera Ñuble,
Tabla 6. Caracterización de emisiones sonoras proyecto existente(Planta Azucarera Ñuble) y su modificación (Implementación Turbogenerador)
Ki 31 32 Y 55 32 2 45 R2 58 40 40 60 40 40 85
R3 75 36 | 36 50 36 36 45
Ba 30 (34 24 50 34 34 45
76 z 2 20 am | a 20
| R6 $9 25 25 63 25 25 50
RT 38 37 36 55 31 36 50
B8 426 39 39 30. 39 39 45
En relación con las emisiones odorantes, el proyecto no generará un aumento por sobre las emisiones odorantes generadas por las actividades existentes, debido a que el proyecto en Etapa 1 corresponde a la sustitución de un
l
turbogenerador que no contempla un cambio en el proceso productivo de la Planta y/o disminución de captación de agua fresca y por lo tanto, no modificará las condiciones actuales de la Planta Azucarera Ñuble, esta situación se evaluará en la Etapa 2 del proyecto mediante la presentación de un nuevo proyecto al SEIA si corresponde.
Respecto a las actividades existentes, en el área productiva de la Planta se identificaron cinco (5) puntos de muestreo en las fuentes emisoras secador N*l, secador N”2 y nave de proceso. Por otra parte, se realizó el análisis y estimación de emisiones de las lagunas de decantación (LD) mediante factores de emisión. Las emisiones de olores obtenidas para el muestreo de las fuentes emisoras se presenta en la siguiente tabla,
LD-1A
LD-1B 0,33 E 918 LD-2A 0,33 É 1,916 LD -2B 0,33 Ñ 963 LS 0,33 15.502 5.116
Tabla 7: Caracterización de fuentes emisoras de olor Planta Azucarera Nuble Nota a: Las fuentes del área productiva fueron obtenidas mediante el proceso de caracterización de olor, el cual incluye la toma de muestras y análisis olfatométrico
Nota b: Las fuentes de la Planta de Tratamiento de RLes fweron homologadas de las lagunas de decantación de la Planta Los Ángeles (RCA N*263/2017)
Para evaluar la dispersión de las emisiones de olor de las fuentes presentadas en la tabla anterior, hacia las comunidades vecinas y receptores de interés, se realizó una modelación de dispersión de olores de acuerdo a la Guía para el uso de modelos de calidad de aire del SEIA. Para evaluar los resultados de la modelación se utilizó la Technical Guidance Note IPPC H4 del Reino Unido, normativa de referencia que será utilizada para verificar el impacto de las concentraciones de olor sobre los receptores sensibles.
En el área se identificaron 5 receptores discretos que luego, a partir del modelo de dispersión de olores, se detectó que los aportes en las concentraciones de olor sobre dichos receptores, respecto a la norma de referencia que aplica sobre el
percentil 98, están bajo el límite de 3 ouE/m', lo cual es un indicador que no
deberían existir molestias, como se puede observar en la tabla a continuación:
Tabla 8: Caracterización de emisiones odorantes en Planta Azucarera Ñuble
R2 - Casa 580 0,97
Particular 3 R3 — Nueva 400 0,74
Esperanza
RA — Villa la 1.010 0,71
Primavera
R5 — Estación
Cocharcas 810 0,65
Nota a: La norma de referencia establece un límite de 3 OUE/m3 para periodos horarios con percentil 98, dicho límite es, entre otros rubros, para remolacheras y azucareras, Fuente: Anexo 2 — Estudio de Impacto Odorante.
10
Para mayores antecedentes respecto de las emisiones del Proyecto, el titular presentó en el Anexo 2 de la Adenda un Estudio de Impacto Odorante.
Aguas servidas Se generarán aguas servidas producto del uso de baños, duchas y lavamanos.
Como se ha mencionado anteriormente, el Proyecto no involucra aumento de
personal por lo que la cantidad de aguas servidas se mantendrá como en la actualidad. A continuación se entrega una estimación de las aguas servidas en la etapa de operación, considerando la cantidad actual de aguas servidas y la proyectada con etapa 1.
son recolectadas y dirigidas hacia la fosa séptica existente y autorizada por el Seremi de Salud (Resolución Ne? 0010272001)
Nota a; la cantidad de aguas servidas generadas actualmente, se estimó en base al turno de mayor dotación de la Planta Azucarera de 300 trabajadores, una generación de 100 litros/dia-trabajador y un factor de recuperación de 0,8. No se contempla la generación de aguas servidas durante la operación del Proyecto en Etapa 1, tal como se menciona en el acápite 1.8.4 del capítulo 1 de la DIA, no se contempla la contratación de personal adicional para la fase de operación del Provecto
Fuente: Adenda del proyecto.
Residuos liquidos industriales
Durante la fase de operación no se generarán RILes asociado a la operación del turbogenerador ( etapa 1 del proyecto). Lo que se generará es un despiche de agua de la caldera y turbinas, la cual es considerada como agua limpia dentro de la Planta Ñuble, es un agua con una temperatura mayor pero que no contiene DBO, ni SST. Esta es dirigida a un canal de cintura que recorre perimetralmente la planta por el lado sur poniente que recibe descargas de “aguas limpias” y no están relacionadas con el proceso azucarero,
A continuación se entrega una estimación de las emisiones de residuos líquidos en la etapa de operación, considerando la cantidad actual de Riles y la proyectada con etapa 1.
Tabla 10: Caracterización de residuos industriales líquidos fase de operación
331200 a 828.000 | Los residuos m3/año___| liquidos industriales se tratan en la | Descarga al
columnas ÉS 6.576.000 a | Planta de | Rio Ñuble barométricas y 289120 | 0m3/año 7.891.200 | Tratamiento — de despiche de agua 0 m3 laño m3/año RiLes existente.
La generación del despiche de agua del turbogenerador solo se produce cada vez que el equipo se pone en
Despiche de agua A de 6mi/año | Omi/año | 4m3/año | Operación O se | Descamesal turt erado! ríb) letiene. Jo Nuble
Estas aguas de
despiche son
enviadas a la
Planta de
Tratamiento de
RILes existente.
Nota b: actualmente en la Planta Azucarera operan 2 turhogeneradores que generan 6 m3 de agua de despiche al año. en el futuro una vez implementado el
Proyecto en Etapa 1, operará únicamente el nuevo turbogenerador de 9,4 MW. Los turbogeneradores existentes de 2,2 MW cada uno, operarán en caso de contingencias, por lo tanto se prevé una disminución de agua de despiche debido a la operación de solo un turbogenerador,
Fuente: Adenda del proyecto.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
Residuos sólidos domiciliarios A continuación en la siguiente tabla se describen los residuos domiciliarios que serán generados por el proyecto, su cantidad y manejo.
Tabla 11: Caracterización de residuos domiciliarios fase operación Cantidad
Cantidad erada Tipo de [Cantidad a futura Manej [Frecuencia ho Residuo| actual | proyecto | (%tual más q. de retiro : cto) final (Empan | PY La basura doméstica se mantendrá en Enyases | 109,5 105 | RENEO, Sitio de ene | ton/año Do oaño cerrados yy aan disposición otros(a) en Ñ lugares | Semanal final determinados de la a autorizado
Planta luego serán llevados al sitio autorizado y habilitado al interior de la Planta para ser transportados a un sitio autorizado para su disposición final,
Nota a; la cantidad de residuos domiciliarios generados actualmente, se estimó en base al turno de mayor dotación de la Planta Azucarera de 300 trabajadores y una generación de 1 kg/dia-trabajador. No se contempla la generación de residuos domiciliarios durante la operación del Proyecto en Etapa 1, tal como se menciona en el acápite 1.8.4 del capítulo 1 de la DIA, no se contempla la contratación de personal adicional para la fase de operación del Proyecto,
Residu dustrial eli A continuación en la siguiente tabla se describen los residuos industriales no peligrosos que serán generados por el proyecto y la actividad existente, en su
fase de operación, cantidad y manejo.
Tabla 12: Caracterización de los residuos industriales no peligrosos, fase de operación.
Cantidad encrada | Cantidad | ya Tipo de Cantidad | E por el futura en Frecuencia E ss Residuo actual | Proyecto (actual más de retiro Pre (Etapa 1) proyecto)
Cenizas provenientes de ciclones
360 tonaño (Ciclón)
0 tor/año
360 ton/año
Ceniza provenientes dei filtro de mangas (b)
450 ton/año
0 ton/año
450 ton/año (FDM)
La ceniza captada directamente los — tormillos
es
de de
evacuación de los
FDM y cich mediante
maxisacos de m. Una vez
¡Ones
1 que
estos alcanzan %
se cierran y trasladados a sitio disposición
son un de
transitoria (ceniza y escoria) donde
son almacen:
ados
en los mismos
mMAxisacos, vez que
Una se
aproximadamente,
20 maxisacos enviados a
son un
sitio autorizado
(ECOBIO).
Semanal
Sitio de disposición final
sutorizado
Cada 20 dias
ECOBIO Chillán Viejo
Escoria de calderas y
e cosetas
8376 ton/año
6 ton/año
3.376 ton/año
La escoria
se
recolecta desde las
calderas secadores coseta Nevarlos a
y de para
un
sito autorizado y
habilitado interior de Planta — para
disposición y/o reuso,
al la ser
su final
l vez al mes
Sitio que [cuente con autorización sanitaria
Pasto y jcolilla de lremolacha
20.700 ton/año
0 ton/año
20.700 ton/año
El pasto y colilla
proveniente proceso recepción preparación remolacha, recolectan almacenarlos
del de y de se
para en
un sitio autorizado
y — habilitado interior de Planta para transportados
al
la ser aun
sitio autorizado
para disposición y/o reuso,
su final
Diario durante dias de campaña remolacha (3 meses aproximada mente)
Sitio que cuente con autorización sanitaria
Residuos pst domiciliar '0s
182,5
O ton/año
182,5 ton/año
Estos residuos recolectan desde
su punto generación almacenarlos
de para en
un sitio autorizado
y habilitado interior de Planta — para transportados
al
la ser aun
sitio autorizado
su
disposición final.
lyez ala semana.
Sitio que cuente con autorización sanitaria
Estos residuos
Reid recolectan desde Sitio que esiduos
. 37.595 37.595 su punto de cuente sólidos [0 ton/día E neración — para] 1 vez al mes
reciclables dodiaño ico nc en
un sitio autorizado y habilitado al interior de la Planta para ser transportados a un sitio autorizado para su disposición — final Í y/o reuso
Nota b: Las cenizas provenientes del filtro de mangas corresponde a la situación acmal de la planta azucarera, sin embargo, este aún no se encuentra operativo. Fuente: Información extraida de la Adenda del proyecto.
Residuos peligrosos
La generación de los residuos peligrosos se vincula al funcionamiento de maquinaria y a la generación de filtrado de aceite lubricante y varios de mantención, como por ejemplo: guaipes con aceite, filtros, aerosoles.
A continuación en la siguiente tabla se describen los residuos peligrosos que serán generados por el proyecto y la actividad existente, cantidades y formas de manejo.
Tabla 13: Residuos Peligrosos — Fase operación
Tipode | Cantidad | Cantidad Cantidad Manejo Frecuencia Sitio de Residuo actual generada futura de retiro | disposició par el (actual n final Proyecto más (Etapa 1) | proyecto) En una primera Aceites, etapa, los grasas, residuos — serán Sitio que baterias, 10 recolectados cuente tubos ton/año 0 ton/año 10 ton/año| desde los Cada 6 con fluorescen puntos de | meses autorizació les u Otros. generación y n sanitaria trasladados a la bodega RESPEL autorizada en la Planta Ñuble, para luego enviar a destinatario autorizado.
Referencia al
Capitulo 4.3 Fase de Operación del ICE, sección 4.3.5. Recursos naturales a
ICE para | extraer, explotar o utilizar, sección 4.3.6 Emisiones, efluentes y residuos, mayores detalles | Subsección 4,3,6.1, Emisiones, 4.3.6.2, Efluentes, 4.3.6.3. Residuos. sobre esta fase, 4,33. FASE DE CIERRE Acción l: En el caso de requerir el cierre del proyecto, se removerán todos los Desmantelamient | componentes de las instalaciones a través de las siguientes actividades: 0 0 aseguramiento de infraestructura | * Retiro de equipos.
Desmantelamiento de estructuras. . Demolición de estructuras de hormigón. . Retiro de escombros. . Limpieza del lugar. . Cierre del sector.
Los equipos serán vendidos en caso de que éstos puedan seguir operando, el
14
resto de los equipos será enviado a sitios autorizados para su disposición final.
El material demolido se enviará a centros autorizados para su manejo y los hoyos resultantes de la extracción serán rellenados con material de relleno externo que entreguen características similares al terreno del Proyecto y provengan de sitios autorizados. El Titular se hará cargo del retiro de los escombros por medio de empresas transportistas autorizadas quienes los trasportarán a sitios de disposición final autorizados por la autoridad competente.
Acción 2: Restauración
Para la fase de cierre no se considera la necesidad de realizar labores de restauración, ya que la Planta se emplaza en un área con altos niveles de intervención antrópica, por lo que no existe presencia de geoforma o morfología vegetacional o de cualquier otro componente ambiental que pueda ser afectado y que sea necesaria su restauración.
Acción Le Prevención de futuras emisiones
Durante la fase de cierre, se generará emisiones similares a las de la fase de construcción, considerando emisiones menores para esta fase. Las principales actividades generadoras de emisiones atmosféricas serán debido a labores de demolición y transporte de material dentro de la obra. Las medidas para controlar las emisiones serán las mismas que para la etapa de construcción.
En relación a la fase de cierre, se realizará el desmantelamiento de todas las estructuras construidas. De acuerdo a la naturaleza de la maquinaria empleada para dichas actividades, la emisión de ruido será de menor magnitud respecto de las labores de construcción. Dado lo anterior, se presentan niveles de ruido conformes con los límites permisibles establecidos en la legislación vigente (Decreto Supremo N* 38/2011
MMA que establece “Norma de Emisión de ruidos generados por fuentes que indica”), considerando niveles de ruido de referencia.
No se prevén que durante la fase de cierre del Proyecto se generen olores, ni otro tipo de emisiones, ya que las actividades a realizar durante esta fase se resumen en acciones de desmantelamiento y restructuración del suelo que no generarán fuentes de olores u otras emisiones que puedan afectar al medio ambiente o a las poblaciones cercanas.
mA FE Mantención, conservación y supervisión
Como se indicó anteriormente, el Proyecto considera una vida útil indefinida y sólo se ha contemplado una fase de cierre teórica para efectos de evaluación ambiental.
Sin perjuicio de lo anterior, se considera que las actividades involucradas en una hipotética fase de cierre tendrán características similares a la fase de construcción descrita anteriormente, tanto en emisiones atmosféricas como en ruido. Por otra parte, el manejo de residuos será similar a lo detallado en la fase de construcción del Proyecto, en donde éstos (residuos peligrosos y no peligrosos) serán manejados en sitios autorizados de la instalación de faena para su posterior retiro y envio a sitios autorizados.
Con respecto al suelo, el Titular se hará cargo del retiro de todas las instalaciones, residuos y escombros por medio de empresas transportistas autorizadas quienes los trasportarán a sitios de disposición final autorizados por la autoridad competente.
Recursos naturales renovables
De forma indirecta para la fase de construcción, operación y cierre para el funcionamiento de la Planta Ñuble se requiere de agua. Agua requerida para cubrir las necesidades sanitarias y para la fabricación de azúcar. El agua será extraída desde los pozos autorizados que cuenta la Planta Ñuble.
Emisiones y efluentes
Emisiones atmosféricas Durante la fase de cierre, se generará emisiones similares a las de la fase de
construcción, considerando emisiones menores para esta fase. Las principales actividades generadoras de emisiones atmosféricas serán debido a labores de demolición y transporte de material dentro de la obra. Las medidas para controlar las emisiones serán las mismas que para la etapa de construcción.
Ruido En relación a la fase de cierre, se realizará el desmantelamiento de todas las
estructuras construidas. De acuerdo a la naturaleza de la maquinaria empleada para dichas actividades, la emisión de ruido será de menor magnitud respecto de
Y 15
NE
las labores de construcción. Dado lo anterior, se presentan niveles de ruido conformes con los límites permisibles establecidos en la legislación vigente (Decreto Supremo N* 38/2011 MMA que establece “Norma de Emisión de ruidos generados por fuentes que indica”), considerando niveles de ruido de referencia.
Otras emisiones
No se prevén que durante la fase de cierre del Proyecto se generen olores, ni otro tipo de emisiones, ya que las actividades a realizar durante esta fase se resumen en acciones de desmantelamiento y restructuración del suelo que no generarán fuentes de olores u otras emisiones que puedan afectar al medio ambiente o a las poblaciones cercanas.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que
puedan afectar el medio ambiente.
En la fase de cierre, los residuos serán manejados cumpliendo con la normativa vigente, utilizando zonas autorizadas para el depósito y almacenaje de residuos peligrosos y no peligrosos y asegurando que la disposición y transporte de dichos residuos estará a cargo por terceros autorizados.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Capítulo 4.4 Fase de cierre del ICE. Capítulo 1.9, Descripción de la Fase de Cierre de la DIA, subsección 1.9.8, Emisiones del proyecto o actividad y formas de abatimiento y control contempladas. Capitulo 2.5, Ubicación y cuantificación de los recursos naturales renovables a extraer o explotar por el proyecto. Capítulo 2.7 Cantidad y manejo de residuos productos químicos y otras sustancias de la DIA, subsección 2.7.1. Cantidad y manejo de residuos líquidos y sólidos,
4.4. DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO
4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
Fecha estimada de inicio
Noviembre 2017
Parte, obra o acción que establece el inicio
Habilitación de instalación de faena
Fecha estimada de
término
6 meses desde el inicio de esta etapa.
Parte, obra o acción que establece el término
Pruebas y puesta en marcha de turbogenerador
4.4.2. FASE DE OPERACIÓN
Fecha estimada de inicio
Mayo 2018
Parte, obra o acción que establece el inicio
Pruebas de equipos mecánicos
Fecha estimada de
término
20 años desde el inicio de la operación
Parte, obra o acción que establece el término
Cese de actividades eléctricas. Paralización de equipos
4.4.3, FASE DE CIERRE
Fecha estimada de inicio
A partir del término de la vida útil, estimada de 20 años
Parte, obra o acción que establece el inicio
El inicio de la fase de cierre del proyecto se registrará con la firma del “Acta de entrega de terreno”
Fecha término
estimada
de | 3 meses de iniciada la fase
Parte, obra o acción que establece el término
El término de la fase estaría dado por el retiro de la instalación de
faenas y limpieza del lugar. O
5%, Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS
Impacto ambiental . La superación en los valores de las concentraciones establecidas en las normas de calidad primaria
. La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales.
Parte, obra o acción que lo genera - Cambio del turbogenerador
- Habilitación de sistemas para la disminución en captación de agua fresca y generación de RILes.
Fase en que se presenta Operación
Referencia al ICE para mayores Capítulo 8 del ICE “Antecedentes que justifiquen que el detalles sobre este impacto especifico | proyecto o actividad no requiere de la presentación de un estudio de impacto ambiental”. Sección 8.1, Sobre la inexistencia de riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos.
Durante la evaluación ambiental se descartó la presencia de un riesgo para la salud de la población. Lo anterior, debido a las siguientes consideraciones:
-
Para el análisis de la dispersión de emisiones de los contaminantes generados por el Proyecto, el titular presentó una modelación con el software Calpuff View, donde las concentraciones de los contaminantes evaluados se compararon con las concentraciones máximas establecidas en las normas de calidad primaria y secundaria vigentes. De acuerdo al análisis de receptores en el área de influencia y a las curvas de iso-concentración se concluyó que, sumando las actividades existentes en la Planta Azucarera, no se generará un aporte significativo en las comunas declaradas como zonas saturadas por MP10 y MP2,5.
-
— Para evaluar la significancia del impacto de ruido sobre receptores, tanto dentro como fuera del límite urbano, se realizó evaluación del D.S.N“38/11 del MMA, durante los periodos diurno y nocturno, de los cuales se obtuvieron resultados similares a la situación de ruido actual, en la gran mayoría de los receptores evaluados. No obstante, según lo establecido en la letra g) del Articulo 19? del D.S.N*38/11 del MMA se realizaron modelaciones a partir de la normativa ISO 9613, donde se presentan niveles de ruido conformes con los límites permisibles establecidos en el mismo Decreto.
-
Respecto al recurso aire, los principales contaminantes corresponden a emisiones atmosféricas de material particulado y gases de combustión, y de acuerdo a la modelación de emisiones efectuada por el titular se concluye que en ninguno de los cinco receptores cercanos a la planta de sobrepasa los valores de referencia de calidad (primarios y secundarios).
-
Respecto a olores, el Proyecto no generará emisiones odoriferas que puedan generar un riesgo a la salud de la población. En este contexto el titular presentó en el Anexo 2 de la Adenda del proyecto un Estudio de Impacto Odorante de las actividades existentes de la Planta Azucarera, del cual se concluye que el proyecto existente más su modificación no sobrepasa los valores de referencia internacional definidos como limite de inmisión de olor para fuentes relacionadas con este tipo de rubro,
-
— Respecto a efluentes líquidos, para todas las fases del Proyecto se generarán aguas servidas, las que irán dirigidas hacia la fosa séptica autorizada por la Seremi de Salud donde recibirán su tratamiento y luego realizará una infiltración con drenes, sistema autorizado mediante la Resolución N* 001027/2001.
-
Nose generarán RILes en las fases del Proyecto.
-
No se efectuarán alteraciones al recurso suelo, ya que se utilizarán los mismos cimientos existentes para alojar el nuevo turbogenerador.
-
Todos los residuos generados por el Proyecto contarán con un adecuado manejo, serán clasificados según tipo y acopiados en contenedores adecuados al interior de la Planta.
AA,
Además se procurará que la disposición final de todos los residuos sea en un lugar autorizado.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE
Impacto ambiental + Pérdida de la calidad y cantidad de agua superficial
y subterránea
-
La superación en los valores de las concentraciones establecidas en las normas de calidad secundaria.
-
La magnitud y duración del impacto del proyecto sobre el aire en relación con la condición de línea de base.
-
Magnitud y duración del impacto sobre la fauna ictica y su relación con la condición de línea de base.
-
La diferencia entre niveles de ruido con proyecto y nivel de ruido de fondo donde se concentre fauna nativa.
-
La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos
naturales. Componente(s) ambiental(es) Agua superficial, agua subterránea, aire y fauna íctica. afectado(s) Parte, obra o acción que lo genera - — Cambio del turbogenerador - Habilitación de sistemas para la disminución en captación de agua fresca y generación de RILes Fase en que se presenta Construcción/Operación
Referencia al ICE para mayores | Capítulo 8 del ICE “Antecedentes que justifiquen que el detalles sobre este impacto específico | proyecto o actividad no requiere de la presentación de un
estudio de impacto ambiental”. Sección 8.2. Sobre la inexistencia de efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.
Durante la evaluación ambiental se descartó la presencia de efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, en consideración a los siguientes aspectos:
El proyecto no intervendrá recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos. ya que no fueron identificados en el área de influencia.
El Proyecto no generará efectos adversos significativos sobre el recurso suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes, ya que se ubicará al interior de la Planta Ñuble, en el mismo sitio del turbogenerador existente, por lo tanto el Proyecto se encuentra en suelos que ya están intervenidos y pavimentados por las actuales instalaciones.
El Proyecto no considera la intervención, explotación, extracción o alteración de la flora y fauna clasificada en alguna categoría de conservación, según se establece en el artículo 37 de la Ley N? 19,300.
La ejecución de la Etapa 1 del Proyecto no generará impactos sobre la biota acuática, ya que no involucra una modificación de las condiciones actuales del RIL vertido al río Ñuble, al no implicar verter ninguna sustancia al cuerpo de agua superficial.
De acuerdo a la modelación de emisiones atmosféricas presentada por el titular, la modificación al Proyecto no alterará la condición basal del componente aire. Además no se superan los valores o concentraciones máximas permisibles establecidas en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes.
La sustitución de uno de los turbogeneradores no involucra modificación de las condiciones actuales del RIL vertido al rio Ñuble.
Dada las características del proyecto, la magnitud de las emisiones atmosféricas, ruido,
18
residuos sólidos y líquidos (mínimas, tendientes a cero). se concluye que el referido proyecto no generará ningún efecto negativo sobre la biota.
El Proyecto no generará niveles de ruido significativos que puedan afectar a los recursos naturales del entorno, Asimismo, y en consideración a que el proyecto se emplaza en una zona industrial intervenida y cuyos niveles de ruido no altera significativamente los niveles de ruido de fondo actuales, no se prevé impactos significativos sobre la escasa fauna identificada.
Todos los residuos generados por el Proyecto contarán con un adecuado manejo, serán clasificados según tipo y acopiados en contenedores adecuados al interior de la Planta. Además se procurará que la disposición final de todos los residuos sea en un lugar autorizado, por lo que no se prevé un impacto significativo que pueda afectar recursos naturales renovables.
El Proyecto no generará impactos en cuerpos de aguas subterráneas que contengan aguas fósiles, dado que no se contempla la explotación ni intervención de los mismos,
El Proyecto no generará fluctuaciones en cuerpos o cursos de agua, dado que no los interviene. El agua industrial utilizada para el enfriamiento del turbogenerador es recirculada mediante un sistema cerrado. por lo tanto, no se generarán RlLes provenientes de la operación del turbogenerador.
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS
Impacto ambiental * Alteración al acceso de los recursos naturales
utilizados como sustento económico del grupo.
» Alteración para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo.
Parte, obra o acción que lo genera - Cambio del turbogenerador
- Habilitación de sistemas para la disminución en captación de agua fresca y generación de RILes
Fase en que se presenta Construcción/Operación
Referencia al ICE para mayores | Capítulo 8 del ICE “Antecedentes que justifiquen que el detalles sobre este impacto específico | proyecto o actividad no requiere de la presentación de un
estudio de impacto ambiental”. Sección 8.3. Sobre la inexistencia de reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
Durante la evaluación ambiental se descartó una alteración significativa a los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a los siguientes aspectos:
El Proyecto no interviene en el uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico o para cualquier otro uso tradicional de los grupos humanos establecidos en el área de influencia, ya que las obras y acciones del proyecto se desarrollarán al interior de la Planta IANSA Ñuble. Por lo mismo tampoco será afectado el ejercicio o manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, al desarrollarse estas actividades dentro de sus poblaciones o casas particulares,
Las modificaciones al Proyecto no obstruirán la libre circulación, conectividad o implicarán un aumento significativo de los tiempos de desplazamiento de los habitantes de las zonas aledañas, el cual es realizado por los grupos humanos del área de influencia principalmente por la Ruta 5 con tiempos de desplazamientos que varian entre 10 a 30 minutos.
El acceso y calidad de bienes, equipamiento, servicios o infraestructura básica, no será afectada por las modificaciones del Proyecto ya que los trabajos se desarrollarán dentro de la Planta IANSA Ñuble.
De acuerdo a la caracterización del área de influencia de la componente medio humano (anexo 2.1 Caracterización Ambiental de la DIA), se concluye que no se registran Comunidades y Asociaciones indígenas que puedan verse afectadas por la ejecución del
proyecto. .
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR
Impacto ambiental No aplica Componente(s) ambiental(es) No aplica afectado(s)
Parte, obra o acción que lo genera No aplica Fase en que se presenta No aplica
Referencia al ICE para mayores | Capítulo 8 del ICE “Antecedentes que justifiquen que el detalles sobre este impacto especifico | proyecto o actividad no requiere de la presentación de un estudio de impacto ambiental”. Sección 8.4. Sobre la inexistencia de localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.
Durante la evaluación ambiental se descarió que el proyecto afectara poblaciones protegidas, considerando la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde ellas habitan, ya que en el área de influencia del Proyecto no se registraron comunidades ni asociaciones indígenas. Por lo tanto, la materialización del Proyecto no afectará a ninguna población protegida, dado que el Proyecto se emplaza en un sector de uso de suelo industrial donde no se registró a ninguna población susceptible de ser afectada.
Se descarta también la susceptibilidad de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental, ya que en el área del Proyecto no existen áreas protegidas o sitios prioritarios, las otras áreas bajo protección oficial más cercanas al Proyecto son:
. Monumento Nacional Murales de la Escuela México a 8,5 km del Proyecto.
. Monumento Nacional Catedral de Chillán a 8,6 km al del Proyecto.
. Zona de Interés Turístico Cordillera de Chillán-Laguna del Laja a 9 km del Proyecto. . Sitios Prioritarios Cerro Cayumanque a 38 km del Proyecto.
Por otra parte, en el área del Proyecto no se registran humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental.
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA
Impacto ambiental No aplica Componente(s) ambiental(es) No aplica afectado(s)
Parte, obra o acción que lo genera No aplica Fase en que se presenta No aplica
Referencia al ICE para mayores | Capitulo 8 del ICE “Antecedentes que justifiquen que el detalles sobre este impacto especifico | proyecto o actividad ho requiere de la presentación de un estudio de impacto ambiental”. Sección 8.5, Sobre la inexistencia de alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona.
Durante la evaluación ambiental se descartó una alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a los siguientes aspectos:
- El paisaje en el área de influencia del Proyecto no presenta atributos biofísicos que le
otorguen algún valor paisajístico, ya que ésta corresponde al Valle agrícola interior, con alto
grado de intervención antrópica en el área de influencia ya que se encuentra en la zona
20
industrial. Según el análisis realizado, la unidad de paisaje del Proyecto (Valle agrícola interior) adquiere una calidad visual Baja, ya que presenta más del 50% de sus atributos en esta categoría.
En cuanto a áreas de interés histórico, existen cinco Monumento Nacional cercanos al área de influencia, a una distancia que fluctúa entre ocho y 17 km.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL
Impacto ambiental No aplica
Parte, obra o acción que lo genera No aplica
Fase en que se presenta No aplica
Referencia al ICE para mayores | Capítulo $ del ICE “Antecedentes que justifiquen que el detalles sobre este impacto específico | proyecto o actividad no requiere de la presentación de un
estudio de impacto ambiental”, Sección 8.6, Sobre la inexistencia de alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.
Durante la evaluación ambiental se descartó una alteración a monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a los siguientes aspectos:
De acuerdo a la revisión bibliográfica de la base de datos del Consejo de Monumentos Nacionales, permitió determinar que la comuna de San Carlos sólo posee un monumento nacional, correspondiente al Monumento Casa donde nació Violeta Parra (Decreto Supremo N* 668/1992), el cual está a 14 km del Proyecto, por lo tanto, no existe relación espacial con el Proyecto.
Dentro de la zona residencial aledaña y más cercana al Proyecto, no se registra población protegida (comunidades indígenas), por tanto no existe una alteración a prácticas, patrimonio o actividades tradicionales.
En el área del Proyecto no se registran lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano. A su vez, no se registran pueblos indígenas en las cercanías del área de localización del Proyecto,
6*. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales mixtos. asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
6.1.1. Permiso para la construcción de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del Reglamento del SELA
Fase del Proyecto a Fase de construcción y cierre. la cual corresponde
Parte, obra o acción a | Será aplicable para los residuos no peligrosos generados tanto en fase de la que aplica construcción como en fase de cierre. debido a que no se contempla la
generación de residuos no peligrosos durante la fase de operación del Proyecto en Etapa 1.
Condiciones o No se establecieron condiciones o exigencias por el organismo competente exigencias que informa respecto de los requisitos del permiso.
especificas para su
otorgamiento
Pronunciamiento del | ORD. N* 2970 de fecha 15 de noviembre de 2017, publicado por la órgano competente SEREMI de Salud de la región del Biobío, quien se pronuncia conforme
( Y
con los antecedentes proporcionados por el titular en relación al presente PAS.
7%. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
TA. Normas relacionadas al emplazamiento del proyecto
7.1.1. Plan Regulador de San Carlos
Tabla 7.1.1.1. Norma Plan Regulador de San Carlos
Componente/materia: Uso del territorio y su relación con la planificación territorial
Norma Plan Regulador de San Carlos
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción/Operación
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Instalación del turbogenerador (Etapa I).
Forma de cumplimiento No aplica
Indicador que acredita su cumplimiento
Se identificó que el uso actual del área de influencia del Proyecto se clasifica en la zona norte como urbano y la zona Sur como agrícola y las zonificaciones que corresponden según el Plan Regulador de San Carlos son; Zona Productiva Molesta, Zona de Equipamiento y área Verde.
Forma de control y| Noaplica seguimiento 712. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos
y sustancias peligrosas del proyecto
7.2.1. Norma sobre residuos Tabla 7.2.1.1 Norma D.S. N* 148/03 del MINSAL.
Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos D.S. N” 148/2003 del MINSAL, Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos.
Componente/materia: Norma
El artículo 6* establece las condiciones para el manejo de residuos peligrosos.
El artículo 33 establece las condiciones que se deben considerar para el almacenamiento de residuos peligrosos.
El artículo 36 establece las disposiciones relativas al transporte de residuos peligrosos.
El artículo 43 establece que toda instalación de eliminación de residuos peligrosos deberá contar con un proyecto previamente aprobado por la Autoridad Sanitaria.
El artículo 80 establece las condiciones que deben cumplir los tenedores de residuos peligrosos, dentro de las que destaca la obligación de someterse al Sistema de Declaración y Seguimiento de tales residuos
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Todas las fases.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que
Instalación del turbogenerador (Etapa D). Manejo de residuos
22
aplica
Forma de cumplimiento
El Proyecto no aumentará la generación actual de residuos peligrosos de la Planta. Desde el lugar de origen de la Planta serán direccionados a la bodega de residuos peligrosos autorizada.
Desde este lugar serán retirados los residuos por una empresa autorizada quienes los transportarán a su disposición final autorizado.
Indicador que acredita su cumplimiento
Y Autorización sanitaria del lugar de almacenamiento.
Y Registro de retiro de residuos.
Y Autorización sanitaria de empresa encargada del transporte.
Y” Autorización sanitaria de lugar de disposición final.
Forma de seguimiento
control y
Presentación de los informes ambientales, monitoreos, registros, compromisos voluntarios y/o exigencias, según corresponda, a través del portal de la SMA con copia al organismo competente, según la materia informada.
Tabla 7.2.1.2 Norma: D.S. N” 594/99 Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales
básicas en los lugares de trabajo Componente/materia: Residuos Norma D.S, N* 594/1999, Reglamento sobre condiciones sanitarias
y ambientales básicas en los lugares de trabajo.
»s El Artículo 18 señala que la acumulación, tratamiento y disposición final de residuos industriales dentro del pedio industrial, deberá contar con autorización sanitaria.
e El artículo 19, señala que las empresas que realicen el tratamiento o disposición final de sus residuos fuera del predio, sea directamente o a través de la contratación de terceros, deberán contar con autorización sanitaria, previo al inicio de tales actividades.
- El artículo 20 establece que sea que el tratamiento y/o disposición final de los residuos industriales se realice fuera o dentro del predio industrial, la empresa previo al inicio de las actividades, deberá presentar a la autoridad sanitaria una declaración en que conste la cantidad y calidad de los residuos industriales que genere.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Todas las fases.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Instalación del turbogenerador (Etapa 1). Manejo de residuos sólidos y líquidos (aguas servidas)
Forma de cumplimiento
Fase de Construcción: Todos los residuos serán almacenados temporalmente en la bodega de residuos peligrosos y en el área de acopio de residuos no peligrosos de la instalación de faena, según corresponda. Adecuando la frecuencia de retiro y envío de residuos a disposición final, según se requiera.
Mayores detalles respecto del manejo de cada residuo, fueron presentados en el Permiso Ambiental Sectorial que aplica a la construcción, operación y cierre del acopio de residuos industriales no peligrosos (PAS 140), el cual fue descrito en el Capítulo 4. Permisos Ambientales Sectoriales, Anexo 3.1 de la DIA. Los residuos peligrosos generados serán almacenados en la bodega de RESPEL con que cuenta la Planta (Anexo 1,5.4 de la DIA).
Fase de Operación: Se utilizarán los sitios autorizados para el
E LB
almacenamiento de residuos peligrosos y no peligrosos (ver Anexo 1.5.4) donde serán depositados los residuos generados por el Proyecto. Se aclara que el Proyecto no generará un aumento por sobre la cantidad actual generada de residuos de residuos domiciliarios, no peligrosos y peligrosos.
Indicador que acredita su cumplimiento
Y” Autorización — sanitaria del lugar de almacenamiento,
Y” Registro de retiro de residuos.
Y Autorización sanitaria de empresa encargada del
transporte.
Forma de seguimiento
control y
Presentación de los informes ambientales, monitoreos, registros, compromisos voluntarios y/o exigencias, según corresponda, a través del portal de la SMA con copia al organismo competente, según la materia informada.
Tabla 7.2.1,3 Norma: Código Sanitario. Decreto con Fuerza de Ley N* 723/1967. Ministerio
de Salud.
Componente/materia:
Residuos
Norma
Código Sanitario, Decreto con Fuerza de Ley N* 725/1967. Ministerio de Salud e El artículo 80 de este Código establece que la Autoridad Sanitaria, deberá autorizar la instalación y vigilar el funcionamiento de todo lugar destinado a la acumulación. selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, así como a los medios que las transporten.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Todas las fases.
Parte. obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Instalación del turbogenerador (Etapa ID. Manejo de residuos sólidos y líquidos ( aguas servidas)
Forma de cumplimiento
Fase de Construcción; Todos los residuos serán almacenados temporalmente en la bodega de residuos peligrosos y en el área de acopio de residuos no peligrosos de la instalación de faena, según corresponda. Adecuando la frecuencia de retiro y envio de residuos a disposición final, según se requiera.
Mayores detalles respecto del manejo de cada residuo, fueron presentados en el Permiso Ambiental Sectorial que aplica a la construcción, operación y cierre del acopio de residuos industriales no peligrosos (PAS 140), el cual fue descrito en el Capítulo 4. Permisos Ambientales Sectoriales, Anexo 3.1 de la DIA. Los residuos peligrosos generados serán almacenados en la bodega de RESPEL con que cuenta la Planta (Anexo 1.5.4 de la DIA).
Fase de Operación: Se utilizarán los sitios autorizados para el almacenamiento de residuos peligrosos y no peligrosos (ver Anexo 1.5.4), donde serán depositados los residuos generados por el Proyecto. Se aclara que no existen residuos no peligrosos en las fases de operación, sólo cenizas que son retiradas in situ por maxisacos y llevadas a un sitio autorizado para su disposición final.
Indicador que acredita su cumplimiento
y” Autorización — sanitaria del almacenamiento.
Y Registro de retiro de residuos,
Y” Autorización sanitaria de
transporte.
lugar de
empresa encargada del
Forma de seguimiento
control y
Presentación de los informes ambientales, monitoreos, registros, compromisos voluntarios y/o exigencias, según corresponda, a través del portal de la SMA con copia al organismo competente,
2
| según la materia informada.
Tabla 7.2.1.4 Norma: Decreto Supremo N? 43/2015 Aprueba Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas.
Componente/materia:
Sustancias Peligrosas
Norma
Decreto Supremo N* 43/2015 Aprueba Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas
- El artículo 5% establece que toda instalación de
almacenamiento de sustancias peligrosas sobre 10
toneladas de sustancias inflamables o 30 toneladas de otra
clase de sustancias peligrosas requerirá de autorización sanitaria para su funcionamiento
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Todas las fases.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Instalación del turbogenerador (Etapa 1). Manejo de residuos sólidos y líquidos ( aguas servidas)
Forma de cumplimiento
Fase de Construcción: El Proyecto requerirá sustancias peligrosas que serán almacenadas en la bodega de sustancias peligrosas al interior de la instalación de faena, cumpliendo con lo establecido en los articulos 19 y siguiente del presente Reglamento.
Fase de Operación: Para el Proyecto no se requerirá de ninguna sustancia peligrosa en la fase de operación. El turbogenerador requiere de aceite para 5u funcionamiento, sin embargo este aceite se mantiene en un circuito cerrado. Al iniciar la operación del nuevo turbogenerador será cargado con el mismo aceite que fue recolectado del turbogenerador desmantelado, Debido a lo anterior, en la fase de operación no se requerirá de ninguna sustancia peligrosa extra aparte de la ya mencionada. Es preciso aclarar que el aceite extraído desde el turbogenerador existente será retirado in situ y depositado en tambores de 200 litros y se almacenará en bodega de lubricantes existente en Planta Ñuble hasta su uso posterior en la nueva turbina
Indicador que acredita su cumplimiento
Y Cada envase con sustancias se encontrará debidamente rotulado,
Y” Se realizarán capacitaciones a los trabajadores encargados de manejar sustancias peligrosas.
Y” Almacenamiento acondicionado para el almacenaje de pequeñas cantidades en fase de construcción.
Y Se mantendrá registro de capacitaciones realizadas a los trabajadores.
Y Registro fotográfico del sitio acondicionado para el
peligrosas
almacenaje de sustancias peligrosas durante la construcción. Forma de control y |Presentación de los informes ambientales, monitoreos, registros, seguimiento compromisos voluntarios y/o exigencias, según corresponda, a través del portal de la SMA con copia al organismo competente, según la materia informada. 7.2.2. Normas sobre emisiones
Tabla 7.2.2.1 Norma D.S, N* 144/61 del MINSAL. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.
Componente/materia: Aire
Norma D.S. N* 144/61 del MINSAL: Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.
AM 7
En su artículo 1? se establece que los gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, deberá captarse o eliminarse en forma tal que no cause peligros, daños o molestias al vecindario.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Todas las fases del Proyecto (construcción, operación y cierre).
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Instalación del turbogenerador (Etapa D.
Forma de cumplimiento
Fase de Construcción:
-
Se exigirá a los contratistas, mediante cláusulas incluidas en los contratos, el cumplimiento en la mantención adecuada de la maquinaria de transporte.
-
La maquinaria utilizada para efectos de transporte, en la fase de construcción, contará con revisión técnica al día cumpliendo con la “Norma de Emisión Aplicables a Vehiculos Motorizados Pesados”, D.S. N? 55/1994
-
MINTRATEL, que establece los valores máximos de gases y partículas que un motor o vehículo puede emitir bajo condiciones normalizadas, a través del tubo de escape O por evaporación. El cumplimiento de este cuerpo normativo será, asimismo, incluido en los contratos con los terceros respectivos.
-
Los vehiculos y maquinarias serán manejados con precaución y a velocidad moderada (20 km/h) al interior de la Planta, con objeto de minimizar la emisión de material particulado.
-
Para evitar el levantamiento de material particulado generado por transporte de material, se cubrirá todo material transportado, cumpliendo así con el D.S. N* 75/1987 del MINTRATEL, que establece las condiciones para el transporte de carga.
Fase de Operación: El Proyecto en su Etapa 1 no modificará las condiciones actuales de operación de la planta, ni tampoco aumentará la generación de vapor producto de la sustitución de un turbogenerador a uno de mayor potencia. La única fuente de emisión del Proyecto en su Etapa 1 corresponde al grupo electrógeno de emergencia. (Anexo 1 de la Adenda del proyecto).
Asimismo, durante esta fase se considerarán las siguientes medidas:
-
Se restringirá la velocidad de circulación de camiones a20 km/h.
-
Los vehículos poseerán las revisiones técnicas al día. La mantención de la maquinaria se realizará de acuerdo a las especificaciones del fabricante, en talleres mecánicos autorizados.
-
Todo vehículo inscrito en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados después del 1 de septiembre de 1994, portará el sello que acredite el cumplimiento de los límites máximos de sus emisiones y aquellos que no lo porten, no serán admitidos en la obra. La Inspección Técnica de Obras será la encargada de verificar y exigir al contratista el cumplimiento de esta obligación.
-
El Titular procurará que las condiciones técnicas y las emisiones de gases de los vehículos motorizados medianos
2
cumplan con esta norma de emisión. En caso de subcontratar servicios de transporte, se señalará expresamente en los contratos que se suscriban la obligación de cumplir con las disposiciones de esta norma, a través del certificado de revisión técnica al día.
- Revisión e inspección de todos los vehiculos y maquinarias utilizados durante la operación.
Indicador que acredita su cumplimiento
Y Registros de mantención de maquinarias.
Y Copia de revisión técnica al día, y mantención de vehículos.
Y” Se mantendrá un archivo en el cual consten que los Vehículos están inscritos en el Registro Nacional de Vehiculos Motorizados.
Y Registro fotográfico de circulación de camiones con
carga encarpada.
Forma de control y
seguimiento
Presentación de los informes ambientales, monitoreos, registros, compromisos voluntarios y/o exigencias, según corresponda, a través del portal de la SMA con copia al organismo competente, según la materia informada.
Tabla 7.2.2.2 Norma D.S. N* 138/05 del MINSAL. Establece obligación de declarar
emisiones que indica.
Componente/materia:
Aire
Norma
D.S. N” 138/05 del MINSAL, Establece obligación de declarar emisiones que indica.
El artículo 1? establece que todos los titulares de fuentes fijas de emisión de contaminantes atmosféricos, deberán entregar a la SEREMI de Salud los antecedentes necesarios para estimar las emisiones provenientes de cada una de sus fuentes.
Dentro de los obligados, se encuentran las instalaciones que poseen calderas y equipos electrógenos.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Todas las fases del Proyecto (construcción, operación y cierre)
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
El Proyecto en todas sus fases generará emisiones atmosféricas, provenientes de calderas que operan a carbón, para el suministro de energía eléctrica y funcionamiento de los distintos procesos de la Planta Azucarera.
Forma de cumplimiento
El titular se compromete a cumplir con la obligación de declaración emanada de este decreto, a través de la plataforma de ventanilla única del RETC.
Indicador que acredita su cumplimiento
Y” Comprobante de inscripción en sistema de declaración F- 138 a través de la ventanilla única del RETC, según las disposiciones de la Resolución Exenta N” 1.139/2013
MMA.
Comprobante de realización de la declaración del año correspondiente.
Archivo en donde consten los “Certificados de
Declaración Recepcionadas conforme” de la SEREMI de Salud, según revisión de la autoridad sanitaria.
Forma de control y
seguimiento
El sistema de ventanilla única del RETC se encontrará actualizado y podrá ser revisado por la Autoridad para la realización de eventuales fiscalizaciones. Presentación de los informes ambientales, monitoreos, registros, compromisos voluntarios y/o exigencias, según corresponda, a través del portal de la SMA con copia al organismo competente, según la materia informada.
mar
2
Tabla 7.2.2.3. Norma D.S. N? 38/2011 del MMA, Norma de Emisión de Ruidos Molestos
Generados por Fuentes Fijas Componente/materia: Ruido Norma Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes
Fijas
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción/Operación/Cierre
Parte, obra, acción, emisión. residuo o sustancias a la que aplica
Instalación y operación del turbogenerador
Forma de cumplimiento
Las actividades relacionadas con la construcción y operación darán lugar a un aumento de los niveles de presión sonora en los alrededores del sitio de emplazamiento del Proyecto. Sin embargo, no sobrepasan lo establecido en el D.S. N* 38/2011 del MMA, que Establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica, respecto a los niveles de ruido permitido.
Indicador que acredita su cumplimiento
Y” Informe de emisión de ruido fase de operación, realizado dentro del primer año desde el inicio de dicha fase.
Forma de seguimiento
control y
Presentación de los informes ambientales, monitoreos, registros, compromisos voluntarios y/o exigencias, según corresponda, a través del portal de la SMA con copia al organismo competente, según la materia informada.
Tabla 7.2.2.4 Norma: Decreto Supremo N* 1/2013 del MMA, Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC.
Componente/materia:
Emisiones
Norma
Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC. El presente Reglamento establece el sistema de ventanilla única denominado Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes.
-
Suarticulo 26 señala que los establecimientos que generen anualmente más de 12 toneladas de residuos, estarán obligados a declarar al 30 de marzo de cada año sus residuos generados el año anterior,
-
Su artículo 30, establece los Decretos, cuya obligación de declarar, quedará regulada por las disposiciones del RETC.
Fase del proyecto a la que | Operación
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Parte, obra, acción, emisión, | Operación del turbogenerador
residuo o sustancias a la que aplica
Forma de cumplimiento
Dado que el proyecto corresponde a una modificación de un proyecto existente, el impacto ambiental consideró la suma de los impactos del proyecto original y su modificación.
El Proyecto en todas sus fases generará emisiones atmosféricas, provenientes de las dos (2) calderas que operan a carbón y de la tercera caldera de respaldo que opera a petróleo, para el suministro de energía eléctrica y funcionamiento de los distintos procesos de la Planta Azucarera. Por este motivo, deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el D.S. N” 138/2005 MINSAL.
Junto con lo anterior, habrá generación de residuos, regulados por el Código Sanitario y el D.S. N* 594/1999 MINSAL.
Por otro lado, en todas sus fases de ejecución, habrá generación de residuos peligrosos, por lo que se debe dar cumplimiento a lo
28
dispuesto por el Título VI del D.S. N” 148/2003 MINSAL,
Las declaraciones reguladas por estos decretos, serán cumplidas por el titular mediante el cumplimiento de las disposiciones del RETC
Indicador que acredita su cumplimiento
Y” Comprobante de inscripción en sistema de ventanilla única, según las disposiciones de la Resolución Exenta N* 1,139/2013 MMA que aprueba Norma Básica para aplicación del Reglamento del RETC.
Y” Comprobante de realización de la declaración para el año que corresponda.
Y Archivo en donde consten los “Certificados de Declaración Recepcionadas conforme” de la SEREMI de Salud, dependiendo del resultado de la autoridad sanitaria.
Forma de seguimiento
control y
Presentación de los informes ambientales, monitoreos, registros, compromisos voluntarios y/o exigencias, según corresponda, a través del portal de la SMA con copia al organismo competente, según la materia informada.
Tabla 7.2.2.5 Norma: Decreto con Fuerza de Ley N* 1/2007, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito
Componente/materia:
Emisiones
Norma
Decreto con Fuerza de Ley N” 1/2007, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito + Su artículo 78 establece que los vehículos motorizados deberán estar equipados, ajustados o carburados de modo que el motor no emita materiales o gases contaminantes en un índice superior a los permitidos
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Todas las fases (construcción, operación y cierre).
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Movimiento de vehículos y maquinaria
Forma de cumplimiento
El titular exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del proyecto, cumplan con esta Ley, lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases al día.
Indicador que acredita su cumplimiento
Y Se tendrá un registro de las revisiones técnicas y de las mantenciones realizadas a los vehículos utilizados por el proyecto.
Y Se incluirá cláusulas en los contratos respecto a las condiciones de los vehículos que emplearán los contratistas.
Forma de seguimiento
control y
Presentación de los informes ambientales, monitoreos, registros, compromisos voluntarios y/o exigencias, según corresponda, a través del portal de la SMA con copia al organismo competente, según la materia informada.
Tabla 7.2.2.6 Norma: Decreto Supremo N?* 75/1987. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Establece condiciones para el transporte de carga que indica.
Componente/materia:
Emisiones
Norma
Decreto Supremo N* 75/1987. Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones, Establece condiciones para el transporte de carga que indica
- El inciso segundo del artículo 2? señala que en las zonas
urbanas el transporte de materiales que produzcan
polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc.,
deberá efectuarse con lonas o plásticos de dimensiones
adecuadas, u otro sistema, que impida su dispersión al aire.
Otros asociados
cuerpos legales
- Decreto Supremo N? 298/1994, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos
« Establece Dimensiones Máximas de los Vehículos para circular por vías públicas. Resolución N* 1/1995 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.
«e Decreto Supremo N* 158/1980. Ministerio de Obras Públicas, Fija el Peso Máximo de los Vehículos que Pueden Circular por Caminos Públicos,
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Todas las fases (construcción, operación y cierre).
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Transporte de materiales o insumos
Forma de cumplimiento
Se exigirá que el transporte de dichos materiales por zonas urbanas, en cada una de las fases del proyecto, se efectúe con la sección de carga de los camiones cubierta con lonas, con el fin de impedir la dispersión de polvo y el escurrimiento de materiales,
Indicador que acredita su cumplimiento
Y Se realizará un registro de entrada y salida de camiones con carga cubierta, que establezca: patente, hora y fecha.
Y” Contratos con empresas contratistas en los que se exigirá dicha obligación.
Forma de seguimiento
control y
Presentación de los informes ambientales, monitoreos, registros, compromisos voluntarios y/o exigencias, según corresponda, a través del portal de la SMA con copia al organismo competente, según la materia informada.
Tabla 7.2.2.7 Norma: Decreto Supremo N” 55/1994. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Establece Normas de Emisión Aplicable a Vehículos Motorizados
pesados.
Componente/materia: Emisiones
Norma Decreto Supremo N* 55/1994. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Establece Normas de Emisión Aplicable a Vehículos Motorizados pesados. Establece los yalores máximos de gases que un vehículo, o motor, puede emitir bajo condiciones normalizadas a través del tubo de escape o por evaporación, para circular en la Región Metropolitana, en el territorio continental de la V Región y en las regiones IV, VI, VIH, VIIL IX y X..
Otros cuerpos legales « Decreto Supremo N* 4/1994, Ministerio de Transportes y
asociados Telecomunicaciones Establece Normas de Emisión de
Contaminantes Aplicables a los Vehiculos Motorizados y fija los Procedimientos para su Control.
- Decreto Supremo N” 279/1983, Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento para el Control de la Emisión de Vehículos Motorizados de Combustión Interna.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Todas las fases (construcción, operación y cierre).
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Transporte de materiales o insumos
Forma de cumplimiento
El proyecto contempla la utilización de vehículos pesados, los que cumplirán con los valores señalados en esta norma de emisión. En caso de subcontratar servicios de transporte, se señalará expresamente en los contratos que se suscriban la obligación de cumplir con las disposiciones de esta norma, a través del certificado de revisión técnica, en fase de construcción y operación,
Indicador que acredita su cumplimiento
Se mantendrá un registro con las copias de las revisiones técnicas al día
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Forma de seguimiento
control y
Presentación de los informes ambientales, monitoreos, registros, compromisos voluntarios y/o exigencias, según corresponda, a través del portal de la SMA con copia al organismo competente, según la materia informada.
Tabla 7.2.2.8 Norma: Decreto Supremo N* 10/2012. Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento de calderas, autoclayes y equipos que utilizan vapor de agua
Componente/materia:
Emisiones
Norma
Este Reglamento establece las condiciones y requisitos de seguridad que deben cumplir las calderas, autoclaves y equipos que utilizan vapor de agua, con el objeto de resguardar su funcionamiento seguro y evitar daños a la salud de las personas.
- El artículo 9” regula las caracteristicas que deben cumplir los recintos donde se emplacen las calderas.
e El artículo 44, establece que será responsabilidad del propietario o usuario de la caldera velar porque las revisiones y pruebas se efectúen en la forma establecida por este Reglamento
Otros cuerpos asociados
legales
e Decreto Supremo N? 484/1990 Ministerio de Educación Pública. Reglamento de la Ley N* 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Todas las fases (construcción, operación y cierre).
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Funcionamiento del Turbogenerador
Forma de cumplimiento
El Proyecto operará con 2 calderas a carbón (N de registro SSN-8 y SSN-9). Las dos calderas existentes tienen una producción de vapor de 32 th cada una, entre ambas se obtendrán 64 1h de presión de vapor. Existe también otra caldera de respaldo (N de registro SSN-86) que tiene una producción de vapor de 20 t/h
Indicador que acredita su cumplimiento
Y Se realizarán muestreos isocinéticos, una vez iniciada la fase de operación.
Y El área de emplazamiento de calderas cumplirá con lo establecido por el artículo 9? de esta reglamentación.
Forma de seguimiento
control y
Presentación de los informes ambientales, monitoreos, registros, compromisos voluntarios y/o exigencias, según corresponda, a través del portal de la SMA con copia al organismo competente, según la materia informada.
7.2.3. Normas sobre patrimonio arqueológico y cultural
de 17 de octubre de 1925
Tabla 7.2.3.1 Norma: Ley N 17.288/1970. Ministerio de Educación Pública. Legisla sobre Monumentos Nacionales; modifica las leyes N 16.617 y 16.719; deroga Decreto Ley N* 651,
Componente/materia:
[ Patrimonio arqueológico y cultural
Norma
-
En esta Ley se establece la prohibición de efectuar excavaciones cientificas de carácter arqueológico, antropológico o paleontológico en el territorio nacional, sin autorización previa del Consejo de Monumentos Nacionales.
-
El artículo 26 establece que toda persona natural o jurídica que al hacer excavaciones en cualquier punto del territorio nacional y con cualquier finalidad, encontrare ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico, está obligada a denunciar inmediatamente el descubrimiento al Gobernador quién ordenará a Carabineros que se haga responsable de su vigilancia hasta que el Consejo se haga cargo de él,
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fases construcción,
Parte, obra, acción, emisión. residuo o sustancias a la que aplica
Funcionamiento del Turbogenerador
Forma de cumplimiento
El área de emplazamiento del Proyecto, corresponde a un área totalmente intervenida por las instalaciones dela planta industrial de IANSAGRO, por lo que no existe Monumentos Nacionales cercanos a la Planta, No obstante, lo anterior, ante la eventual aparición de restos arqueológicos y/o paleontológicos no previstos durante la ejecución de las obras, el Titular dará aviso las autoridades competentes, procediendo según lo establecido en los artículos 26 y 27 de esta Ley.
Indicador que acredita su cumplimiento
Y” Documentación de avisos realizados al Consejo de Monumentos Nacionales, ante eventuales hallazgos observados en la ejecución de las obras.
Forma de control
seguimiento
y
Presentación de los informes ambientales, monitoreos, registros, compromisos voluntarios y/o exigencias, según corresponda, a través del portal de la SMA con copia al organismo competente, según la materia informada.
$. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de
Emergencias, son las siguientes: 8.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS
8.1.1. Riesgo por incendio en etapa 1 del proyecto
Tabla 8.1.1.1, Riesgo por incendio en etapa 1 del proyecto
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción/Operación
Parte, obra o acción asociada
Instalación del turbogenerador (Etapa 1)
Acciones o medidas a implementar .
Implementación
- Las puertas de la instalación contaran
de sistema de detección y control automático de incendio en el nuevo turbogenerador.
con pretiles para evitar la salida de la espuma que puede afectar a la calidad de las aguas.
Forma de control y seguimiento .
Lista de chequeo del prevencionista de
riesgo para todo el personal que realizara las labores y cuenta con los elementos de protección personal adecuados, en buen estado y que
32
garanticen la seguridad del trabajador.
e Lista de chequeo de las áreas de peligro, seguridad y de trabajo correctamente señalizadas y protegidas.
e Capacitaciones al personal sobre protocolo de emergencias y contingencias,
e Capacitaciones al protocolo de emergencias y contingencias.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Sección 1.10. “Planes de prevención de contingencias y emergencias” de la DIA y cuerpo de la Adenda.
8.1.2. Riesgo por contaminación de aguas subterráneas
Tabla 8.1.2.1. Riesgo por contaminación de aguas subterráneas
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación
Parte, obra o acción asociada
Instalación del turbogenerador (Etapa 1)
Acciones o medidas a implementar
. Areas de acopio de carbón: Superficie de acopios pavimentada con pretiles laterales que conducen el agua de precipitaciones de este sector hacia sumideros de agua lluvia.
. Evacuación de aguas lluvias desde áreas de acopio de carbón: consta de un sistema de tuberías que conducen lo colectado a un dren de cintura, que deriva la totalidad de su caudal al sistema de tratamiento de RiLes de Planta Ñuble, Lo anterior, asegura la impermeabilización y el correcto tratamiento de aguas el área de acopios de carbón.
Forma de control y seguimiento
Y” Chequeo del buen funcionamiento de los sistemas de evacuación de aguas,
Y Lista de aquellos sistemas que
debieron reemplazarse por fallas o roturas.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Sección 1.10. “Planes de prevención de contingencias y emergencias” de la DIA y cuerpo de la Adenda.
8.2. PLAN DE EMERGENCIAS
8.2.1. Situación de emergencia: Incendio
8.2.1.1 Situación de emergencia: Incendio
Fase del Proyecto a la que aplica
Instalación del turbogenerador (Etapa D).
Parte, obra o acción asociada
Cambio de equipo turbogenerador.
Acciones a implementar
e Dirigirse a escuchar la señal de alarma, a los puntos de encuentros definidos en las diferentes áreas operativas.
e Prestar auxilio a las personas afectadas a la emergencia.
e Colaborar y coordinar con los grupos de apoyo externo.
33
O
El líder de la brigada o supervisor del área acudirá al lugar siniestrado e identificara el tipo de material que se está combustionando (combustible, producto químico, techumbre equipos y/o circuitos eléctricos / electrónicos,
etc.) + El líder o supervisor del área solicita el corte del suministro del gas,
combustible aire y/o electricidad, etc,
Las unidades de brigadas locales de emergencia deberán actuar según sus procedimientos internos.
Si el incendio no puede ser controlado con recursos propios, el jefe de planta solicitara la evaluación del lugar afectado hacia las zonas seguridad establecida.
Una vez terminada la emergencia se activaran los protocolos correspondientes.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
De acuerdo a los procedimientos establecidos por la SMA, el titular deberá dar aviso oportuno
expediente de eyaluación que contenga la descripción detallada
de la activación de los planes según corresponda. Referencia al ICE o documentos del Sección 1.10. “Planes de prevención de
contingencias y emergencias” de la DIA y cuerpo de la Adenda.
8.2.2. Situación de emergencia: Derrames de
sustancias peligrosas
8.2.2.1. Situación de emergencia: Derrames de sustancias peligrosas
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción/Operación
Parte, obra o acción asociada
Cambio e instalación de equipo turbogenerador
Acciones a implementar
- Se deberá estar seguro que las personas que ejecutaran la acción de limpieza se encuentren debidamente capacitadas para ello y cuenten además con los elementos y equipamiento de protección, las personas que carezcan de equipo de protección personal adecuados para la realización de trabajo, deben permanecer alejadas del área.
Ante derrames de ácido sulfúrico: e cerrar alimentación de ácido sulfúrico
-
Acordonar (conos, cintas, peligro, etc.) el área de exposición dejando una distancia segura para el personal que trabaja en el área, de ser necesario se cortaran los caminos de acceso al lugar de la emergencia.
-
En todo momento utilizar mascara para soluciones acidas y ponerse en posición a favor del viento es decir alejándose
de las emanaciones de gases ácidos.
El personal que ha sufrido el contacto químico, no deberá ser evacuado del
34
lugar hasta que no haya completado el tiempo de lavado en la ducha de
emergencias. Agregar solución neutralizadora. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA | De acuerdo a los procedimientos establecidos de la activación del Plan por la SMA, el titular deberá dar aviso oportuno de la activación de los planes según corresponda. Referencia al ICE o documentos del Sección 1.10. “Planes de prevención de expediente de evaluación que contenga la contingencias y emergencias” de la DIA y descripción detallada cuerpo de la Adenda.
8.2.3. Situación de emergencia: Corte de energía 8.2.3.1. Situación de emergencia: Corte de energía
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción/Operación Parte, obra o acción asociada Cambio e instalación de equipo turbogenerador Acciones a implementar + En caso de corte del suministro de
energía, el personal deberá activar las paradas de energía en las consolas de control.
-
El personal eléctrico de turno se dirige a la sala eléctrica a verificar si el problema es interno o externo,
-
Eljefe de planta de ser necesario dará la orden solo si es necesaria la evacuación general o parcial de la planta a las zonas de seguridad.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA | De acuerdo a los procedimientos establecidos
de la activación del Plan por la SMA, el titular deberá dar aviso oportuno de la activación de los planes según corresponda. Referencia al ICE o documentos del Sección 1.10. “Planes de prevención de expediente de evaluación que contenga la contingencias y emergencias” de la DIA y descripción detallada cuerpo de la Adenda. 9. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información
respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente, De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte,
-
Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4” de la presente Resolución.
-
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular
deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la
descripción del mismo. ALC Ls ON
- Que, para que el proyecto “Modernización y Mejoramiento de Procesos Secundarios en Planta Azucarera Nuble” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
13, Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
14, Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaria de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y articulo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
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Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SELA, deberá someterse al SEIA.
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Que, el proyecto corresponde a uno que se desarrolla por etapas, de acuerdo a lo establecido en el art. 14 del D.S, 40/2012 del MMA, se hace presente que una vez que se produzca la circunstancia de que depende la segunda etapa, para su ejecución, el titular deberá ingresar dicha etapa al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, si corresponde.
-
Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
y; Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “MODERNIZACIÓN Y MEJORAMIENTO DE PROCESOS SECUNDARIOS EN PLANTA AZUCARERA ÑUBLE”, de IANSAGRO S.A.
2% Certificar que el proyecto “MODERNIZACIÓN Y MEJORAMIENTO DE PROCESOS SECUNDARIOS EN PLANTA AZUCARERA NUBLE” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3% Certificar que el proyecto “MODERNIZACIÓN Y MEJORAMIENTO DE PROCESOS SECUNDARIOS EN PLANTA AZUCARERA ÑUBLE” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales mixtos que se señalan en los artículos 140 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
49, Certificar que el proyecto “MODERNIZACIÓN Y MEJORAMIENTO DE PROCESOS SECUNDARIOS EN PLANTA AZUCARERA ÑUBLE” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
So, Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4" del presente acto.
6,
Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de
acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N* 19.300 ante el/la Director/a Ejecutivo/a del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Anótese, Comuníquese, Notifíquese y Archívese
que Inostioza Sanhueza Intendehte (S)
te (S) Comisión de Evaluación
Región del Biobío
o etario Comisión dp Ev / Refión del E
Titular del proyecto
Miembros de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobi CONADI, Región del Biobío Nu SAG, Región del Biobío
Servicio Nacional de Pesca, Región del Biobío
DGA, Región del Biobio
DOH, Región del Biobio
Dirección de Vialidad, Región del Biobio
Gobernación Provincial de Ñuble
Nustre Municipalidad de San Carlos
Subsecretaria de Pesca y Acuicultura
Gobierno Regional
Superintendencia de Servicios Sanitarios
Superintendencia de Medio Ambiente (SMA)
e Expediente de Evaluación Ambiental del Proyecto “Modernización y Mejoramiento de Procesos Secundarios en Planta Azucarera Ñuble, [ANSAGRO S.A.” +« Archivo Servicio de Evaluación Ambiental, Región del Biobío