Evaluación SEA

MODIFICACION PROYECTO TECNICO "CULTIVO DE MITILIDOS, SECTOR BAHÍA ILQUE, COMUNA DE PUERTO MONTT (SOL Nº 215101088)"

Rol 2132268698
SEA · DIA · Aprobado · 2017-03-23 · Región de Los Lagos · Carmen Isolina Cortés Jara

REPÚBLICA DE CHILE

COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LOS LAGOS Califica Ambientalmente el proyecto "Modificación Proyecto Técnico "Cultivo de Mitílidos, Sector Bahía Hllque, Comuna de Puerto Montt (Sol N* 215101088)"", de la Sra. Carmen Cortés Jara. ÍA o »

Resolución Exenta Ni 00 0363 Puerto Montt, () 1 SEL 20H

VISTOS:

1. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 09/06/2017 y su Adenda Complementaria del 19/07/2017, del proyecto “Modificación Proyecto Técnico "Cultivo de Mitílidos, Sector Bahía llque, Comuna de Puerto Montt (Sol N 215101088)"; presentado por la Sra. Carmen Isolina Cortés Jara, con fecha 21/03/2017.

2. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE)-dé.la DIA del proyecto “Modificación Proyecto Técnico "Cultivo de Mitílidos, Sector Bahía Tlque, Comuna de Puerto Montt (Sol N 215101088)"".

3. El Acta de Evaluación N 10 de fecha 24/08/2017, del Comité Técnico de la Región de Los Lagos.

4?. El ICE de la DIA del proyecto “Modificación Proyecto Técnico "Cultivo de Mitílidos, Sector Bahía Tlque, Comuna de Puerto Montt (Sol N* 215101088)", de 24/08/2017.

5". El Acta de 01/09/2017, de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos.

6”. La Resolución de Calificación Ambiental N76 de 2004, de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Los Lagos, del proyecto “Modificación Proyecto Técnico "Cultivo de Mitilidos, Sector Bahía llque, Comuna de Puerto Montt (Sol N 215101088)", que se modifica a través de la presente Resolución.

7”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Modificación Proyecto Técnico "Cultivo de Mitílidos, Sector Bahía Jlque, Comuna de Puerto Montt (Sol N* 215101088)"".

8”. Lo dispuesto en la Ley N 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SETA); la Ley N? 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

CONSIDERANDO:

  1. Que, la Sra. Carmen Isolina Cortés Jara (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SELA) la DIA del proyecto “Modificación Proyecto Técnico "Cultivo de Mitílidos, Sector Bahía Iique, Comuna de Puerto Montt (Sol N” 215101088)"", (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Antecedentes del titular z : Sra. Carmen Isolina Cortés Jara Nombre o razón social Rut 6.618.705-5 Domicilio Pdte. Ibáñez, Antuhue Manzana A N* 12, Puerto Montt Teléfono +56 65-255948; 997792337 Fax Le] +56 65-272820

22, Que, conforme se indica en el ICE de fecha 24/08/2017, el Director Regional de la Región de Los Lagos ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en el permiso ambiental sectorial aplicable; no genera ni presenta los efectos, características O circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.

3”, Que, en sesión de 01/09/2017, la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos acordó calificar favorablemente el proyecto “Modificación Proyecto Técnico "Cultivo de Mitílidos, Sector Bahía Uque, Comuna de Puerto Montt (Sol N* 215101088)"", aprobando integramente el contenido del ICE del 24/08/2017, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

42, Que, en sesión de 01/09/2017, la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos acordó calificar favorablemente el proyecto “Modificación Proyecto Técnico "Cultivo de Mitilidos, Sector Bahía llque, Comuna de Puerto Montt (Sol N” 215101088)"", aprobando el contenido del ICE de fecha 24/08/2017.

5". Que, el Director Regional del SEA resolvió aprobar integramente el contenido del ICE de fecha 24/08/2017, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

6”. Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

6.1. Antecedentes generales del proyecto o actividad

Objetivo general Aumentar la producción de Mytilus chilensis (chorito) de 800 a 990 toneladas/año, por medio de la instalación de 20 long-line dobles de 150 m de longitud para captación y engorda, ocupando un espacio marítimo de 5,14 há.

Tipología principal, | n.2) Producción anual de moluscos filtradores u otras especies filtradoras a así como las aplicables | través de un sistema de producción extensivo.

a sus partes, obras o acciones

Vida útil 25 años

Monto de inversión US $ 194.030

Gestión, acto o faena La instalación de las líneas de cultivo, que en este caso se encuentran 20 mínima que da cuenta | Ya instaladas.

del inicio de la ejecución

Etapa de Operación, el hito se materializa con la siembra de la primera línea instalada.

Proyecto o actividad | Si | No

se desarrolla por

etapas XxX

Proyecto o actividad | Si | No | Se trata de un aumento de producción. modifica un proyecto

o actividad existente Xx

Proyecto modifica otra

El proyecto contempla la modificación de un proyecto

RCA

Si | No | existente que cuenta con una RCA N* 75/2004, para alcanzar una producción máxima de 990 toneladas de mitílidos, de las cuales el 60% corresponderá a semillas (594 ton) y el 40%

será para engorda (396 ton).

División político- administrativa

Región de Los Lagos, Provincia de Llanquihue, comuna de Puerto Montt, Bahía llque, al suroeste de Punta Ilque.

Descripción de la localización

El proyecto se localiza en Área Apta para el ejercicio de la Acuicultura (AAA), de acuerdo con el Decreto N” 371 de 1993 de la Subsecretaría de Marina, los aspectos oceanográficos y biológicos favorecen los cultivos de este recurso. El proyecto se localiza en la comuna de Puerto Montt, lugar donde se ha desarrollado en forma creciente la actividad acuícola. Por lo mismo, se ha visto diversificada la actividad económica desde la mano de obra en la industria salmonera hacia otros recursos cultivables, como lo es la mitilicultura y el cultivo de macroalgas.

Superficie

5,14 ha

Cabe señalar que todas las actividades asociadas al proyecto se desarrollarán al interior de la concesión solicitada. No contempla instalaciones en tierra.

Coordenadas localización

Coordenadas UTM y Geográficas según Carta SHOA N* 7320

Vértice | Norte U.T.M Este U.T.M | Latitud S Longitud W A 5390207.27 660143.09 | 41%3725.66" | 73%4'39.51" B 5390207.29 660657.41 | 41%3725,29" | 73%4'17,29" Cc 5390107.33 660657.41 41%37'28.53" | 73%4/17.20" D 5390107.31 660143.10 | 41%37'28.90" | 73%439.41"

Caminos de acceso

Las alternativas de acceso pueden ser por vía marítima o terrestre. Por vía marítima se puede acceder por Bahía Ilque y por vía terrestre a través de la ruta costera que une Puerto Montt con Calbuco. El proyecto se localiza en Bahía lique, a unos 30 kilómetros al sur-oeste de la ciudad de Puerto Montt, por el camino costero que llega hasta Calbuco. El acceso al sector se realiza a través de la ruta V-815 que corresponde a un camino ripiado en regulares condiciones y que conecta la ciudad de Puerto Montt con el sector de Huelmo situado al sur del área del proyecto. Luego se sigue la ruta V-823 hasta la costa. Ambas alternativas facilitarían el acceso al lugar donde se emplaza el proyecto.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la

localización de sus

Cap. 1.3 de la DIA. Plano Batimétrico y de Sustrato presentado en el Adenda.

partes, Obras y acciones

6.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

Obra... ml Instalación . implementación. ampliación —. cultivo... de |.

| Cabo señalar que esta etapa ya está operativa

“mitílidos

Acciones:

Armado . del - sistema de-| El armado del sistema consiste en un cabo. de fondeo: de

anclaje a polipropileno, que une la línea madre a: Un: fondeo de cemento: de : a : .000-kilos:

Armado. del sistema. de | Construcción del fondeo:

cultivo a Ez Consiste básicamente en un cubo de concreto de 7.000 “kilos; con

ina Ventosa en la cara inferior y Un anillo: de: fierro de 1”. de diámetro en la cara superior para unirlo:al isla y guardacabo del extremo de. cada línea.

Armádo de: líneas La líneas madres (20) que conforman los long-line dobles de:150 m de longitud; son suspendidas por boyas de un volumen de 350 J litros, las cuales son:de color negro, de forma cilíndrica, y poseen | un asa u “oreja” por la cual se-pasá cada cabo, de la línea madre, y es fijado con un cabo de polipropileno de 8. mm de diámetro.

Instalación de la línea.

Consiste en trasladar primero los anclajes utilizando una barcaza la *| cual dispone de un huinche hidráulico: Una vez que la marea alta permite: que: queden: suspendidos.son trasladados: al: lugar -definitivo. Posteriormente se procede a instalar las líneas madres armadas con:las. boyas.: La: línea se une: alos cabos de:fondeo'de cada: muerto y luego es. tensada:con:la barcaza, para lograr úna adecuada disposición de las líneas en el agua.

Instalación del sistema de Instalación de los Long-line:

Cultivo. a : [UA través delos long-line se amarrán boyas equidistantes cada 1:65 o y] maprox.; en los: extremos. se ubican anclajes para fijarlos al: fondo ]¿marino: Cada línea consta de un cabo de.22 mm de diámetro y 150 Jm de largo, dispuestos en forma paralela. Las cuerdas de engorda | se:amarran a la línea madre mediante un cabo de polipropileno de a ¿021 8 om de diámetro, separadas a una distancia de 40.0m.

AS de las. En el centro de cultivo se dispondrá de 4 plataformas de trabajo ea de Tajo flotantes, las que estarán compuestas de una estructura de metal | que tendrán una superficie de 80 1", 60.m' al dos palomas de

70 mí a a : o

La “plataforma más pequeña 60 0 estará destinada. E exclusivamente para la cosecha. a .

: En estas estructuras se icólizaio diversas labores, entre ellas: | centro de “acopio, encordado de semillas las cuelgas. de | crecimiento, transporte de cosechas armado : eparación de líneas y cuerdas para la engorda,. actividad de siemb y cosecha de las a Hneas, entre otras... q

, En las lalaforias cadera ise dispondrá de un contenedor

4

retirados diariamente por. el encargado el. centro. Se asegurará

residuos ali mar.

mise almacenarán en ninguna. de . o

hermético de 50.L para depósito de residuos sólidos, los que serán |

Respecto á los omtubles se indica que éstos no se 11

un bote y se. diendo [de las án dentro de la

las

servicio, la - que deberá contar. con. a e correspondientes, si la reparación se realizara en tierra.

Recursos naturales renovables

El desarrollo de este proyecto y en específico en su etapa de construcción, no contempla la extracción ni la explotación de ningún recurso natural.

Emisiones y efluentes

Gases Combustión de Motores

Se generarán emisiones de monóxido de carbono (CO), producto de la utilización de un motor fuera de borda ubicado en un bote, un motor de compresor para buceo y el motor de la barcaza. Para todos los casos, las emisiones serán mínimas debido a la baja frecuencia y duración de las actividades que se desarrollaran con estos equipos.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Residuos provenientes del armado de las balsas

Aquellos residuos que se generen producto de la instalación de las líneas de cultivo, principalmente cuerdas y trozos de mallas, (ambos reciclables) se asegurará que no queden, ya sea flotando o en sectores costeros.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo 4.6. del Informe Consolidado de Evaluación.

Obra 1:

Ampliación e instalación Sistema de cultivo en base a long line.

Acciones:

Obtención de Engorda

Semilla y

Obtención de Semilla

Inicialmente, en esta fase se comprarán semillas a centros de cultivos autorizados, y/o se contratará el servicio de captación a terceros mediante la instalación de colectores propios en un área destinada a la captación de mitílidos. De acuerdo al ciclo biológico de los choritos, la temporada de captación de semilla se extiende desde octubre a febrero. En este período se instalarán los colectores en los centros contratados y/o captarán semillas en la propia concesión. En cualquiera de estos casos se dejarán allí hasta que alcancen una talla adecuada para su traslado y/o siembra.

Engorda Una vez alcanzado el tamaño de semilla óptimo, el cual puede

ocurrir desde febrero en adelante, dependiendo ¡del centro de captación y sus condiciones ambientales, se procederá a seleccionarla por tamaño o “calibre”, para su posterior encordado.

Se mantendrán en el centro de cultivo, los antecedentes necesarios para acreditar el origen de las semillas utilizadas para la fase de engorda.

Cosecha

La cosecha se realiza una vez que la cuerda de crecimiento- engorda alcanza un peso aproximado de 66 kg.

Esta actividad será realizada en una embarcación que la empresa subcontratará a un tercero, la cual estará destinada a cosecha y contará con una grúa hidráulica para levantar los long-lines.

Las cuelgas de choritos serán colocadas sobre la superficie de una plataforma, donde se procederá a desprender o desgranar los choritos de las cuelgas, para su posterior traslado en contenedores del tipo mallas, bins o maxisacos, a la planta de proceso mediante camiones o la misma barcaza.

Siembra

Una vez ingresada la semilla al centro de cultivo, será seleccionada por tamaño o “calibre”, para su posterior encordado, utilizando el sistema de siembra chileno (también llamado francés-modificado). Además, se utilizará el sistema español, en el cual la semilla es encordada en cuerdas hechas de malla anchovetera y lobera, utilizando para esto una máquina encordadora hidráulica, que se encuentra instalada en la barcaza de la empresa.

El período de siembra comenzará una vez seleccionada y clasificada la semilla en el centro de cultivo, lo que se estima que podrá ser desde marzo y pudiendo extenderse hasta finales de noviembre. En esta etapa se pondrá especial cuidado en la selección y la adecuada distribución de la semilla en las cuerdas de engorda, asegurando que éstas lleven la cantidad necesaria para obtener cosechas con cuerdas de buen rendimiento y evitar posteriores manejos y mortalidades indeseadas.

Reflote de Líneas Reparación de Sistemas

y

Esta actividad consiste en revisar periódicamente los sistemas y reflotar aquellos long-line que presenten hundimiento total o parcial por la pérdida de unidades de flotación, producto del desplazamiento de las líneas por temporales, crecimiento excesivo de las cuelgas o por robo de flotadores. Para ello, se deberá reponer aquel flotador que faltase y/o redistribuir homogéneamente el peso de las cuelgas de cultivo. Se verificará periódicamente la capacidad de carga de las estructuras y sistemas de cultivo.

Traslado de materiales semillas

y

Para el transporte de materiales y semillas al centro se contratará un servicio de transporte que deberá contar con una barcaza que posea baños (excusado con tasa de W.C. y lavatorio) y suministro de agua necesaria.

El titular señala que la carga y descarga de insumos o producto (incluidas las cosechas), se realizarán en el muelle flotante de Trusal, ubicado en la Babía de llque, y cuyas coordenadas de ubicación son 41%37”29.16"S - 73%04'56.10"0 (Datum WGS 84, HUSO 13).

Limpieza de playa

Esta actividad será realizada cada 15 días o menos, dependiendo de las necesidades de limpieza. La limpieza, incluye el fondo de la concesión de acuicultura, de aquellas artes de cultivo, residuos y/o desechos asociados a las actividades acuícolas.

El plan de Playas Limpias considera:

a. Identificación del área de limpieza georreferenciada a Datum WGS - 84, Huso 185.

b. Recursos materiales y humanos dispuestos para la limpieza, incluyendo los servicios externos considerados para la limpieza de

la costa y/o retiro de los desechos si así fuese el caso.

c. Procedimientos de recolección, acopio temporal y retiro de los residuos.

d. Frecuencia de la limpieza y retiro de los desechos

e. Registros de la limpieza, acopio temporal, despacho y disposición final de los residuos (registros disponibles en el centro y oficinas administrativas para su fiscalización).

f. Remitir un informe semestral a la Gobernación Marítima de Puerto Montt.

Recursos naturales renovables

El desarrollo de este proyecto y en específico en su etapa de operación, no contempla la extracción ni la explotación de ningún recurso natural.

Emisiones y efluentes Monóxido de Carbono

Las emisiones a la atmósfera se generarán producto de las emisiones de monóxido de carbono (CO), producto de la utilización de un motor fuera de borda ubicado en un bote, un motor de compresor para buceo y el motor de la barcaza. Para todos los casos, las emisiones serán mínimas debido a la baja frecuencia y duración de las actividades que se desarrollarán con estos equipos. Por otra parte, el motor de la embarcación y del compresor, será nuevo, y diseñado bajo las normas internacionales que le permiten su funcionamiento y comercialización debido a que las cantidades de monóxido que se emiten están dentro de los niveles internacionalmente aceptados. El tiempo de uso corresponderá a fracciones o intervalos no superiores a 20 minutos al día. Además, para ocasiones de supervisión y revisión de los sistemas de cultivo bajo el agua, la frecuencia no será mayor de 8 veces al mes y una duración de 20 minutos por cada vez.

Ruido

No se generarán ruidos del tipo fluctuante o impulsivo, de acuerdo a lo establecido en las letras f de los artículos Sto. y 6to.

En el caso de los motores (fuera de borda, compresor y barcaza), dado su baja frecuencia y duración, los NPSeq (dB A lento), para los trabajadores no excederán los valores establecidos en la normativa vigente,

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Residuos Domiciliarios

Se generarían 4,0 tom/año. Se almacenarán en contenedores plásticos con tapa hermética. Se retirarán del centro en una embarcación del titular del proyecto, Tanto el traslado como la disposición final, se realizará por empresa autorizada para este tipo de servicio y a un vertedero autorizado para este tipo de residuos.

Residuos no orgánicos

Se generarían 4,5 ton/año. Se almacenarán en contenedores plásticos con tapa hermética, arrendados a empresa de servicio. Se retirarán del centro por empresa de servicio autorizada para retiro y traslado a la planta de pesquera Transantartic para su disposición final.

Residuos Orgánicos

El volumen que se generaría sería 3,0 ton/año. Se almacenarán en contenedores plásticos con tapa hermética. Se retirarán del centro en una embarcación del titular del proyecto, hasta los contenedores plásticos, ubicados sobre una balsa, previo al retiro por parte de empresa autorizada, para ser transportada a la planta de Pesquera Transantartic,

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo 4.7. del Informe Consolidado de Evaluación.

de Cultivo E

las actividades del centro, todo tipo de soportes no. degradables. o de degradación lenta que se “utilizaron como sistema. de fijación al “fondo, con excepción: de las estructuras de concret anclas, Esta labor será realizada. por una empresa autorizada.

Desmantelami to sel Centro Í

Se retirará, al término de « su «vida útil o a la cesación definitiva de

pernos y.

7

| externa, que finalmente se ocupe de la disposición final delos elementos que no sirván o presten utilidad.

Acciones . : Desmantelamiento. ¡

aseguramiento a infraestructura o E

E de | de degradación lenta que se utilizaron como sistema de fijación al.

Se retirará, al término de su vida: útil o.a la cesación definitiva de las actividades del centro, todo tipo de soportes no degradables :0

“fondo, con excepción de las estructuras de: concreto, pernos y «| anclas. Esta labor será realizada por una empresa autorizada externa, que finalmebte se: ocupe. de: la o final. Sl los. elementos que no sirvan. O presten utilidad.

“Faenas de Limpieza. Lo o

El titular señala que se realizarán faenas de vo al término: da | ciclo productivo. y/o cierre definitivo del lugar, remitiendo en. este «último caso, un informe que incluya todos los: documentos de “[ respaldo (incluidos registros visuales) a la Dirección Regional del "Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura. o

Referencia al

fase.

ICE para Capítulo 4.8. del Informe Consolidado de Evaluación, mayores detalles sobre esta

Fecha estimada de inicio

Enero 20 14

Parte, obra o acción que establece el inicio

Instalación de las líneas de cultivo

Fecha estimada de término

Marzo 2014

Parte, obra o acción que establece el término

Instalación de los long lines

Fecha estimada de inicio

Una vez obtenida la Autorización correspondiente

Parte, obra o acción que establece el inicio

Obtención de semillas de chorito: se materializa con la siembra de la primera línea instalada.

Fecha estimada de término

A los 12 meses de iniciada la primera siembra

Parte, obra o acción que establece el término

Cuando las cuelgas de crecimiento hayan alcanzado un peso final de 66 kg aprox.

6.43. F

Fecha estimada de inicio

25 años post RCA

Parte, obra o acción que establece el inicio

Desarme del centro

Fecha término

estimada de

3 meses post inicio de labor de cierre centro

Parte, obra o acción que establece el término

No se especifica

7”. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N*

19.300:

7.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

Impacto no significativo No se identificó impacto o riesgo sobre la salud de la población.

7.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

Impacto no significativo Contaminación de terreno de playa adyacente al centro de cultivo Producto de la carga y descarga de material a utilizar en el centro, como de producto que se genere en el centro, como así también el traslado de residuos, se consultó en la evaluación ambiental del riesgo de contaminación por este tipo de residuos en el sector de playa donde se ubicaría el muelle donde se realizarían las actividades de carga y descarga.

Componente(s) ambiental(es) Recurso Suelo

afectado(s)

Parte, obra o acción que lo genera Traslado de materiales y semillas

Fase en que se presenta Operación

Impacto no significativo Alteración de la calidad físico química de las aguas Producto de la actividad propia del centro de cultivo se generaría fecas y restos de partículas producto del metabolismo de los mitílidos, que se dispersarían para finalmente depositarse en el fondo marino. También se considera la caída de residuos al mar, desde plataformas de trabajo del centro de cultivo.

Componente ambiental afectado Recurso agua y biota acuática presente en el sector

Parte, obra o acción que lo genera Obtención de Semilla y la Engorda Cosecha Traslado de Material e Insumos

Fase en que se presenta Etapa de Operación

Referencia al ICE para mayores | Capítulo 6.2. del Informe Consolidado de Evaluación.

detalles sobre este impacto específico

Se entregan antecedentes bibliográficos donde se determina que existe una variedad de factores que podrían generar mayor o menor dispersión de fecas y alimento no consumido. No obstante también se conoce que dicha materia puede ser aprovechada por otros organismos, y hasta por los mismos individuos generadores de tales residuos. Por otra parte y conociendo la línea de base del lugar, existen otros centros de cultivo similares y también de engorda de salmones, cuyas estructuras provocarían el no avance de las partículas y su inminente sedimentación en el fondo marino.

Se destaca durante la evaluación ambiental, el compromiso de constantes capacitaciones a los operarios del centro de cultivo, la cual conlleva además la identificación de puntos críticos, todos tendientes a disminuir la caída de residuos al mar, y la ejecución de planes de acción al respecto.

Se indica la mantención de receptáculos adecuados y empotrados a cada plataforma de trabajo, más el uso de tecnología para la cosecha de mitilidos, donde se busca minimizar los desprendimientos, dado que las cuelgas son izadas y desgranadas continuamente, cayendo el producto a un tambor rotatorio que desgrana el producto, transportándolo a un bins, evitando caídas al mar.

7.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

Impacto no significativo No se identificó impacto no significativo.

7.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA-LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR

Impacto no significativo No se identificó impacto no significativo.

7.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

Impacto no significativo No se identificó impacto no significativo.

7.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTORICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL

Impacto no significativo Posible afectación a sitio con valor arqueológico Parte, obra o acción que lo genera Ubicación del centro de cultivo Fase en que se presenta Todas

Referencia al 1CE para mayores | Punto 6.6 del Capítulo 6 del Informe Consolidado de detalles sobre este impacto específico | Evaluación.

El lugar donde se desarrollará el proyecto se encuentra cercano al sitio arqueológico de Bahía llque (acceso se encuentra a una distancia aproximada de 500 metros al noroeste), sin embargo el proyecto no contempla instalaciones en tierra, ni vías de acceso que puedan deteriorar el sitio arqueológico. Titular se compromete a constante instrucción de sus operarios, acerca de las medidas de acción en caso de hallazgo de restos arqueológicos.

8”. Que resulta aplicable al Proyecto el siguiente permiso ambiental sectorial, asociado a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

8.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES DE CONTENIDO ÚNICAMENTE AMBIENTAL

Fase del proyecto a la cual | Fase de operación corresponde

Parte, obra o acción a la que | Todo el Proceso productivo aplica

Condiciones o exigencias | El permiso será el establecido en el inciso 3% del artículo 87 del

10

específicas otorgamiento

para

su

Decreto Supremo N 430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N 18.892 de 1989 y sus modificaciones, Ley General de Pesca y Acuicultura, Los requisitos para su otorgamiento consisten en no generar efectos adversos en la vida acuática y prevenir el surgimiento de condiciones anaeróbicas en las áreas de la acuicultura.

competente

Pronunciamiento del órgano

Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, a través de ORD. N* (D.AC.) ORD. SEÍA. N? 250 , de fecha 09 de Agosto de 2017, informa que el proyecto da cumplimiento con los requisitos señalados en el Artículo 116 del D.S. (MMA) N? 40 de 2013 y sus modificaciones, para una producción máxima de 990 toneladas de mitílidos, condicionado a lo siguiente:

  • El titular deberá dar cumplimiento al Reglamento Ambiental para la Acuicultura, D.S. (MINECON) N* 320 de 2001.

  • El titular deberá cumplir con el cronograma de actividades y programa de producción señalado en el respectivo Proyecto Técnico de la modificación de concesión de acuicultura.

_En conformidad a lo señalado en el numeral 5 de la Resolución (SUBPESCA) N* 3612 de 2009 y a las características del proyecto, éste se clasifica en Categoría 2.

Durante la evaluación ambiental, se solicitó aclarar aspectos que decían relación con algunas características físicas del sedimento que pudiesen ser alteradas, como es el color y olor, y si se asegura que con tal caracterización se da cumplimiento a lo dispuesto en el art. 87 del D.S. N*430/1991. Al respecto se aclara que al revisar los resultados obtenidos de materia orgánica, estos no incumplen los límites de aceptabilidad (<9 Y% MOT) establecidos en la resolución 3612/2009, por lo que se puede concluir que los sedimentos presentan condiciones aeróbicas.

9”. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

9.1. Normas relacionadas al emplazamiento del proyecto

Norma Constitución Política de la República

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Cierre

Forma de cumplimiento

El proyecto ingresa al Sistema de Evaluación : de Impacto Ambiental (SETA) para evaluar la forma previa a su ejecución los impactos que éste tendría sobre el medio ambiente.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se presenta a tramitación al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) Región de Los Lagos, la presente Declaración de Impacto Ambiental (DIA), para obtener una Calificación Ambiental Favorable.

Forma de control y seguimiento

A través de documentación y registros estipulados en Resolución de Calificación Ambiental.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.3. del Informe Consolidado de Evaluación.

Norma

ses Generales del medio Ambiente y sus Ley N*19.300/1994, Ministerio Secretaría

Ley sobre Bas modificaciones.

11

General de la Presidencia

cumplimiento

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará

Construcción, Operación y Cierre

Forma de cumplimiento

Se presenta a tramitación ante el Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Los Lagos, el presente proyecto mediante la Declaración de Impacto Ambiental, con ello acredita que el proyecto no generará los efectos adversos significativos descritos en el artículo 11.

Indicador que acredita su cumplimiento

Elaboración de la DIA, Evaluación de la DIA por parte del SEA y la Obtención de RCA. Informes arnbientales aeróbicos INFAS, la periodicidad de los informes se realizara de acuerdo a la Res. Exe. 3612/2009 (SUBPESCA)

Forma de control

seguimiento

y

Realización de Informes Ambientales (INFAs), Mantención de registros al día e Informar a la Autoridad pertinente.

Referencia + al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.3. del Informe Consolidado de Evaluación

9.2. Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, residuos y sustancias peligrosas del proyecto

Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Decreto Supremo N* 40/2012.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Cierre

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Todo el proyecto.

Forma de cumplimiento

Sometimiento al proceso de Evaluación de Impacto Ambiental, con el Ingreso de la correspondiente Declaración de Impacto Ambiental, en la cual bajo juramento, se establecen todas las medidas necesarias para el cumplimiento de las normas.

Indicador que acredita su

Obtención de una Resolución de Calificación Ambiental Favorable

mayores detalles

cumplimiento de la DIA.

Forma de control y | Todos los aspectos ambientales que se integran en la RCA son

seguimiento fiscalizables por la SMA. Mantener registros al día e Informar a la Autoridad pertinente.

Referencia al ICE para | Capítulo 8.3. del Informe Consolidado de Evaluación.

ente Acuático

Fija T

exto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N 18.892 de 1989 y sus modificaciones, Ley General de Pesca y Acuicultura (LGPA) Decreto N 430/1991. Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Cierre

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Todo el proyecto

Forma de cumplimiento

Se dará cumplimiento a la ley, la cual apunta a promover el máximo crecimiento económico de la acuicultura en un marco de sustentabilidad ambiental e igualdad en el acceso a la actividad.

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Indicador que acredita su cumplimiento

  1. Mantención de todas las estructuras de cultivo e instalaciones de apoyo dentro de la posición concesionada. 2. La logística de operación del centro será diseñada considerando no:entorpecer el desarrollo de otras actividades en el sector. 3. Se considera el uso de tecnología orientada a la no generación de condiciones anacróbicas del área, verificador INFA. 4. Una vez obtenida la RCA y permisos sectoriales, el titular se compromete a dar inicio de la operación de su concesión en los plazos indicados por esta Ley. Verificador: se dará aviso a todas las entidades pertinentes del inicio de la operación del proyecto, entre otras.

Forma de control y | Mantener registros al día e Informar a la Autoridad pertinente. seguimiento Referencia al ICE para | Capítulo 8.3. del Informe Consolidado de Evaluación.

mayores detalles

¡biente Acuático

Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N 18,892 de 1989 y sus modificaciones, Ley General de Pesca y Acuicultura (LGPA) Decreto N 430/1991. Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

la que se dará cumplimiento

Fase del proyecto a la que aplica o en

Construcción, Operación y Cierre

sustancias a la que aplica

Parte, obra, acción, emisión, residuo o

Todo el proyecto

Forma de cumplimiento

Se dará cumplimiento a la ley, la cual apunta a promover el máximo crecimiento económico de la acuicultura en un marco de sustentabilidad ambiental e igualdad en el acceso a la actividad.

detalles

Indicador que acredita su | Se mantendrá en el centro de cultivo. registros que

cumplimiento acrediten el cumplimiento del RAMA, se mantendrá de manera digital o en papel la CPS e INFAs:

Forma de control y seguimiento Mantener registros al día e Informar a la Autoridad pertinente. Se cumplirá con las especificaciones del Artículo 4.

Referencia al ICE para mayores | Capítulo 8.3. del Informe Consolidado de Evaluación.

9.3. Normas relacionadas con componentes ambientales (fauna, vegetación y flora, suelo,

agua, patrimonio cultural)

Norma

Resolución (SUBPESCA) N*

3612 de 2009, Establece contenidos y metodologías para elaborar la caracterización preliminar de sitio y la información ambiental.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Levantamiento de información (CPS) y Operación.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Todo el proyecto

Forma de cumplimiento

Mediante la CPS y el desarrollo de monitoreo ambientales. Se emitirán informes ambientales cuando corresponda y se informará el estado de la bitácora de Planes de Contingencia, que den cuanta de la condición ambiental, en el área donde se emplaza el proyecto.

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Indicador que acredita su | Realización de CPS e INFAs.

cumplimiento

Forma de control y | Mantención en el centro de documentación sobre CPS e INFAs seguimiento para su revisión por fiscalizadores. Envío a la SMA para su

revisión.

Referencia . al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.3. del Informe Consolidado de Evaluación.

D.S. N*1/92 Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Cierre

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Todo el proyecto

Forma de cumplimiento

A través de capacitación al personal del centro de cultivo y personal de empresas externas respecto a los cuidados del medio.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de las capacitaciones

Forma de seguimiento

control y

Registros en el Centro a disposición de los fiscalizadores.

Referencia: al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.3. del Informe Consolidado de Evaluación.

Norma

Decreto “Supremo o 17. 288/1970 del Ministerio de Educación

Monumentos Nacionales.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación y Cierre

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Todo el proyecto

Forma de cumplimiento

Se mantendrá plena comunicación con las autoridades pertinentes en caso de cualquier hallazgo encontrado en el sector, tanto en el área marina como costera.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se comunicará el hallazgo al Gobernador Provincial, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley sobre Monumentos Nacionales y el artículo 23 del Reglamento de la citada Ley.

Forma de seguimiento

control y

De acuerdo a programación de servicios fiscalizadores.

Referencia: al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.3. del Informe Consolidado de Evaluación.

  1. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

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10.1. Capacitación a operarios del Centro en diversos temas

Impacto asociado (si aplica)

Efectos negativos de contaminación sobre el agua y sector de playa; Efecto sobre patrimonio arqueológico.

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: Conocer la asignación de medidas a ejecutar ante el varamiento de alguna especie acuática y para evitar contaminación del medio; preparar a trabajadores en caso de hallazgos arqueológicos.

Descripción:

_Capacitar al personal de Pesquera Trans Antatic Ltda. y al personal que preste algún servicio a la empresa mencionada en las instalaciones del Centro de Cultivo de Bahía Ilque, referente al varamiento de alguna especie acuática. El personal tendrá las competencias necesarias para proceder ante un evento de las características mencionadas, avisando a las autoridades y entregando el apoyo que sea necesario y se tenga disponible.

_ Se realizará capacitación al personal que realizará labores de carga y descarga en muelle.

_Se capacitará al personal en temas de gestión de residuos, de modo de evitar que los residuos sólidos puedan caer al mar; en dicha capacitación se identificarán puntos críticos, para su consideración y planes de acción.

._ Se instruirá a los operarios acerca de las medidas a tomar en caso de hallazgo de restos arqueológicos.

Justificación: Capacitaciones y procedimientos para el actuar correcto y oportuno del personal, protegiendo el medio ambiente del sector.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: Se efectuará en Bahía Ilque.

Forma: Capacitaciones directas; ejecución e implementación de procedimientos; mantener red de contacto principal.

Oportunidad: Capacitaciones de carácter obligatorio cada 3 meses al personal. Si alguien ingresa al centro debe ser capacitado a más tardar al décimo día hábil de trabajo o visita.

Indicador que acredite su cumplimiento

_Registro obligatorio y evidencia fotográfica de cada capacitación.

-_. Informar a las autoridades competentes que el personal se encuentra capacitado.

Forma de control y

Envío a la SMA de los registros correspondientes a las Capacitaciones; y

mayores detalles

seguimiento mantención en el Centro de las acreditaciones de las Capacitaciones realizadas. Referencia al ICE para | Capítulo 10 del Informe Consolidado de Evaluación.

  1. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

11.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS

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11.1.1. Riesgo o contingencia Temporales y terremotos

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción, Operación y Cierre

Parte, obra o acción asociada

En Etapa de Construcción (Instalación de infraestructura),

En etapa de Operación el Proceso productivo (siembra, trabajos cotidianos asociados a la productividad, cosecha) En etapa de Cierre (Desmantelamiento de la infraestructura).

Acciones o medidas a implementar

_Revisión periódica de las condiciones climatológicas. _Toda vez que se anuncie temporal se detendrán las faenas según indique autoridad marítima.

_Se deberá restituir o controlar una posible contingencia de hundimiento o cortes de líneas como, cabos, boyas, etc.

_Posterior a un temporal y/o terremoto, y cuando la condición de navegación sean seguras, se deberán evaluar los daños y establecer las medidas necesarias para restablecer la operación.

_Se debe evaluar si existe algún tipo de daño ambiental, como pérdida de biomasa (desprendimiento de individuos) o pérdida de materiales. En este caso se aplicarán los planes de contingencia correspondientes.

Forma de control y seguimiento

Toda vez que ocurra este tipo de contingencia, se debe informar del evento al Servicio Nacional de Pesca y Autoridad Marítima competente dentro de un plazo de 24 horas desde que se detectó el hecho. La responsabilidad recaerá en el Titular de la Concesión.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo 7 del Informe Consolidado de Evaluación

11.1.2. Situación de riesgo o contingencia Caída del hombre al agua

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción, Operación y Cierre

Parte, obra o acción asociada

En Etapa de Construcción (Instalación de infraestructura) En etapa de Operación el Proceso productivo (siembra, trabajos cotidianos asociados a la productividad, cosecha) En etapa de Cierre (Desmantelamiento de la infraestructura).

Acciones o medidas a implementar

Informar oportuna y convenientemente a los trabajadores de la empresa acerca de los riesgos que implican sus labores en el mar, las medidas preventivas y los aspectos de seguridad a bordo de embarcaciones y/o plataformas de trabajo en el mar.

Los trabajadores del centro deberán estar acostumbrados al balanceo de las embarcaciones o plataformas de trabajo en el mar.

Los trabajadores deben utilizar siempre chalecos salvavidas.

El encargado deberá conocer el estado y condiciones climáticas del día para programar las actividades en el centro.

Sujetarse con un arnés de seguridad, cinturón o cuerda cuando se presenten condiciones climáticas adversas, o de

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lo contrario salir a tierra.

En caso de mal tiempo, los trabajadores no deberán trabajar solos.

En caso de puerto cerrado, no se podrá trabajar en el mar.

Se realizará un curso de capacitación sobre temas de seguridad a bordo, una vez al año.

Forma de control y seguimiento Se registrará en un documento (Anexo 9 del Adenda) las capacitaciones realizadas al personal.

Referencia al ICE o documentos del | Capítulo 7 del Informe Consolidado de Evaluación.

expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

accidentales de estructuras de cultivo u otros materiales

Fase del proyecto a la que aplica Construcción , Operación y Cierre

Parte, obra o acción asociada Todo el proyecto

Acciones o medidas a implementar | _Reflote de las estructuras comprometidas

para prevenir la contingencia _Recuperación de estructuras flotantes perdidas, para lo cual se deberá dar aviso oportuno a las autoridades pertinentes

_ Como acción preventiva preventiva: se considera realizar una inspección de las estructuras de cultivo, así como una limpieza de las líneas.

_ Para evitar las pérdidas accidentales delas estructuras de cultivo u otros materiales se realizarán las siguientes inspecciones: Procedimientos de Chequeo y Control de materiales y/o estructuras; Procedimientos de Mantenimiento Preventivo y Reemplazo de materiales y/o estructuras;

Forma de control y seguimiento Las actividades y sus resultados serán mantenidas en un Registro de Control y Prevención, en una planilla tipo Excel, en donde se señalarán las fechas, horas y toda la información inspeccionada y los mantenimientos o reemplazos realizados a cada línea de cultivo. En esta planilla se tendrá la especificación inicial de cada línea de cultivo, donde se especificará sus características iniciales (dimensiones y vida útil) y todas sus posteriores modificaciones. Se contempla emitir un informe semestral a la Autoridad Marítima acerca de la ejecución del Programa. La implementación de este Programa se realizará desde el momento que se cuente con la autorización.

Referencia a documentos del | Capítulo 7 del Informe Consolidado de Evaluación. expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

mE

Construcción , Operación y Cierre

Fase del proyecto a la que aplica

Parte, obra o acción asociada Todo el proyecto

Acciones o medidas a implementar ¡ Adecuada y destacada señalización del cultivo que para prevenir la contingencia prevenga el acercamiento excesivo de una embarcación ajena al centro.

Referencia__a documentos del | Punto 3 de la DIA y Ficha de Fiscalización adjunta al

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expediente : de evaluación contenga la descripción detallada

que

Adenda.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

Reparación de las estructuras dañadas Reflotación de estructuras sumergidas Recuperación de estructuras flotantes pérdidas

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

Toda vez que ocurra este tipo de contingencia, se debe informar del evento a la SMA, al Servicio Nacional de Pesca y a la Autoridad Marítima competente, dentro de un plazo de 24 horas desde detectado el hecho. Esta comunicación será realizada por el Titular del Centro de Cultivo. Inicialmente esta comunicación será vía correo electrónico ó bien vía telefónica.

del que

Referencia; a documentos expediente * de evaluación contenga la descripción detallada

Capítulo 7 del Informe Consolidado de Evaluación.

Hs

Riesgo o contingencia Mortalidad Masiva de Organismos

Fase del proyecto a la que aplica

Operación

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

_. Propender a un adecuado manejo del cultivo, considerando factores climáticos como exposición al viento :

_ Estar atento a desprendimiento de estructuras de cultivo _ Vigilar presencia de fauna incrustante Atender preventivamente aparición de patologías

Forma de control y seguimiento

Documentar estas acciones preventivas.

del que

Referencia. a documentos expediente: de evaluación contenga la descripción detallada

Punto 3 de la DIA y Ficha de Fiscalización adjunta al Adenda.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

Recuperación máxima de individuos para su disposición en vertederos autorizados.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

Por un lado, toda vez que ocurra este tipo de emergencia, se debe informar del evento al Servicio Nacional de Pesca y Autoridad Marítima competente dentro de un plazo de 24 horas desde detectado el hecho. Por otro lado, se deberá se presentar un informe en el plazo de 15 días de detectado el hecho, incluyendo los siguientes datos: a) Localidad exacta del desprendimiento o mortalidad, señalando la identificación del centro de cultivo; b) Especies y razas involucradas; c) Número estimado de individuos y su peso aproximado; d) Circunstancias en que ocurrió el hecho; e) Estado sanitario de los ejemplares desprendidos o muertos; f) Período del último tratamiento terapéutico, señalando el compuesto utilizado, si correspondiere; g) Estado de aplicación del plan de acción ante contingencias ambientales; h) Registro fotográfico de las artes de cultivo afectadas.

del que

Referencia: a documentos expediente: de evaluación contenga la descripción detallada

Capítulo 7 del Informe Consolidado de Evaluación.

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Fase del proyecto a la que aplica

Construcción, Operación y Cierre.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

_Mitigar el tráfico de embarcaciones desde áreas con presencia de FANS a áreas libres de FANS.

_No se deberán realizar transportes de infraestructuras como boyas, cabos, boyerines, colectores desde áreas con presencia de FANS a áreas libres de FANS:

_Las embarcaciones e implementos utilizados en las cosechas de moluscos no deberán ser transferidas de áreas con presencia de FANS a áreas libres de FANSs.

_El titular señala que como medida ante un evento de Contingencia FAN, para prevenir hundimiento de líneas por aumento en el peso de las cuelgas se realizará la instalación de nuevas boyas (todas las que sean necesarias) hasta que el centro esté en condiciones para cosechar.

Forma de control y seguimiento

Todas las restricciones antes mencionadas se levantarán una vez terminado el evento de FANS evidenciado a través de informes de análisis de fitoplancton que indiquen niveles de abundancia “Regular” y ausencia de toxinas VDM, VPM, VAM para el análisis toxicológico en carne de moluscos, se contratará el servicio de toma de muestra y análisis a un laboratorio autorizado por SERNAPESCA. Toda vez que ocurra: este tipo de contingencia, se debe informar del evento al Servicio Nacional de Pesca y Autoridad Marítima competente dentro de un plazo de 24 horas desde detectado el hecho. Esta comunicación será realizada por el Titular del Centro de Cultivo. Inicialmente esta comunicación será vía correo electrónico o bien vía telefónica:

del que

Referencia a documentos expediente de evaluación contenga la descripción detallada

Capítulo 7 del Informe Consolidado de Evaluación.

ia para el Control de -ptibles de con

Construcción , Operación y Cierre

Parte, obra o acción asociada

Todo el proyecto

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

_ El Jefe de Centro será el responsable de fiscalizar que los combustibles almacenados en el respectivo centro permanezcan en envases adecuados, dispuestos por la empresa, los cuales deberán estar rotulados, sin fugas y alejados de fuentes de ignición.

_Diariamente el encargado, designado por el Jefe de Centro, realizará un chequeo visual del área de acopio del combustible y verificará que no haya fugas o pérdidas de éste.

_Los operadores que manipulen el combustible tendrán precaución de evitar cualquier derrame por pequeño que este sea,

_Semanalmente se verificará la existencia de los elementos mínimos para una manipulación segura — extintor, mangueras, embudo, tineta de contención,

Mensualmente el Jefe de Centro informará al Gerente o

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Dueño de las condiciones de los envases, mangueras, y todo material utilizado para la manipulación del combustible, a fin de detectar a tiempo, las fallas y proceder con el reemplazo respectivo.

_Mensualmente, el Jefe de Centro chequeará el estado del material de combate a la contaminación, su orden, cantidad y adecuadas condiciones de almacenaje.

del que

Referencia: a documentos expediente * de evaluación contenga la descripción detallada

Capítulo 7 del Informe Consolidado de Evaluación

Acciones 6 medida a implementar para controlar la emergencia

_Detección del derrame.

_ Se informa de la emergencia al jefe de centro o persona que lo suplanta en el cargo

_ Evaluación preliminar rápida de la situación (volumen derramado, viento y corriente predominante, oleaje).

-Jefe de centro dispone con el personal existente las siguientes medidas: o detener filtración y/o derrame (de mantenerse), o contener derrame utilizando material absorbente (paños o virutas), o habiendo el derrame llegado al mar será necesario la aplicación de los elementos de absorción — sistema de absorción tipo “boa” u otro elemento de absorción, apoyándose con las embarcaciones existentes, a fin de evitar que la mancha se siga expandiendo.

_Jefe de centro informa de derrame a jefe de operaciones y gerencia quien comunica de novedad y acciones tomadas a Capitanía de Puerto de Puerto Montt.

_Jefe de centro dispone se recupere producto derramado y material usado en la contención y se acopie en sector predeterminado.

_Evalúa junto con jefe de operaciones medidas para disponer material contaminado.

_ Una vez controlada la situación, detalladamente se tomará nota, incluyendo hora (desglosadas en minutos), de todo lo ocurrido y las acciones realizadas. de esta forma se contará con un registro de todas las actividades efectuadas para controlar y mitigar el problema, a objeto de generar un cronograma, tan detallado como sea posible, para el informe que deberá ser evaluado en forma posterior.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

En caso de un derrame de hidrocarburos, el Jefe de Operaciones deberá informar al Capitán de Puerto de Puerto Montt de la emergencia y de las acciones tomadas.

del que

Referencia: a documentos expediente: de evaluación contenga la descripción detallada

Capítulo 7 del Informe Consolidado de Evaluación.

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  1. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

13, Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 6.4. de la presente Resolución.

14, Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

  1. Que, para que el proyecto “Modificación Proyecto Técnico "Cultivo de Mitílidos, Sector Bahía llque, Comuna de Puerto Montt (Sol N* 215101088)"", pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  2. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

  3. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos, la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

  4. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SELA, deberá someterse al SEÍA,

19, Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas :en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1%. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Modificación Proyecto Técnico "Cultivo de Mitílidos, Sector Bahía Ilque, Comuna de Puerto Montt (Sol N* 215101088)"", de la Sra. Carmen Cortés Jara.

  1. Certificar que el proyecto proyecto “Modificación Proyecto Técnico "Cultivo de Mitílidos, Sector Bahía llque, Comuna de Puerto Montt (Sol N* 215101088)"" cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3. Disponer que el proyecto “Modificación Proyecto Técnico "Cultivo de Mitílidos, Sector Bahía llque, Comuna de Puerto Montt (Sol N” 215101088)"" cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en el permiso ambiental sectorial que se señala en el artículo 116 del D.S. N 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de'Evaluación de Impacto Ambiental.

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4". Disponer que el proyecto “Modificación Proyecto Técnico "Cultivo de Mitílidos, Sector Bahía llque, Comuna de Puerto Montt (Sol N* 215101088)"" no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N” 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5%, Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de: modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 6.4. del presente acto:

6”. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20 de la Ley N* 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental.

Notifíquese y Archívese

ó 1 Distribuciód: Sra. Carmen Cortés Jara Subsecretaría dePesca y Acuicultura SEREMI de Salud, Región de Los Lagos SEREMI Medio. Ambiente, Región de Los Lagos Gobernación Marítima de Puerto Montt Servicio Nacional de Pesca, Región de Los Lagos Gobierno Regional, Región de Los Lagos lustre Municipalidad de Puerto Montt

ele:

Encargada Participación Ciudadana Expediente. del Proyecto “Modificación Proyecto Técnico "Cultivo de Mitílidos, Sector Bahía Ilque, Comuna de Puerto Montt (Sol N* 215101088)"", de la Sra. Carmen Cortés Jara.

+. Archivo Servicio de Evaluación Ambiental, X Región de Los Lagos.

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