Evaluación SEA

Remodelación Estadio Fiscal de San Felipe

Rol 2132209396
SEA · DIA · Aprobado · 2017-03-09 · Región de Valparaíso · Instituto Nacional de Deportes de Chile

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN

REGIÓN DE VALPARAÍSO Califica Ambientalmente el proyecto “Remodelación Estadio Fiscal de San Felipe” Resolución Exenta N* 4 0 6 Valparaíso, 4 4 NOV, 2017 VISTOS:

1*. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) presentada con fecha 09 de marzo de 2017, su Adenda de fecha 12 de julio de 2017 y su Adenda Complementaria de fecha 28 de septiembre de 2017, del proyecto “Remodelación Estadio Fiscal de San Felipe”, presentado por el Instituto Nacional de Deportes de Chile.

2”. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo III del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Remodelación Estadio Fiscal de San Felipe”.

3”, El Acta de Evaluación N* 40/2017 de 28 de febrero de 2017, del Comité Técnico de la Región de Valparaíso.

4?. El ICE de la DIA del proyecto “Remodelación Estadio Fiscal de San Felipe” de fecha 19 de octubre de 2017.

5”. El acuerdo adoptado en Sesión Ordinaria N? 15 de la Comisión de Evaluación de la Región de Valparaíso, de fecha 30 de octubre de 2017.

6”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Remodelación Estadio Fiscal de San Felipe”.

7. Lo dispuesto en la Ley N 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley N? 20.417; el Decreto Supremo N 40 del Ministerio del Medio Ambiente (MMA), de fecha 30 de octubre de 2012, publicado en el Diario Oficial con fecha 12 de agosto de 2013, Aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante “RSEIA”), y sus modificaciones; la Ley N18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de la Administración del Estado (en adelante “Ley N? 19.880”); la Resolución DD.PP. N? 109, de 30 de junio de 2015 que nombra titular en el Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Valparaíso, como Director Regional a don Alberto Acuña Cerda; y la Resolución N* 1600, de 30 de octubre de 2008, de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del Trámite de Toma de Razón.

CONSIDERANDO:

  1. Que, el Instituto Nacional de Deportes de Chile (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Remodelación Estadio Fiscal de San Felipe” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Instituto Nacional de Deportes de Chile

Rut 61.107.000-4

Domicilio Fidel Oteiza N 1956, 4 piso, Providencia - Santiago Teléfono 227540200

Nombre representante legal Christian Rodolfo Droguett Campos

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Rut representante legal

12.516.894-9

Domicilio representante legal Fidel Oteiza N* 1956, 4? piso, Providencia - Santiago

Teléfono representante legal 227540200

representante legal

Correo electrónico Titular o | frodriguez(Qurbanoproyectos.com

22, Que, conforme se indica en el ICE de fecha 19 de octubre de 2017, el Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Valparaíso ha recomendado aprobar la Declaración Ambiental del Proyecto, basándose en que:

  • Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
  • Cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales de los artículos 140 y 142 del RSEIA, aplicables al

Proyecto.

  • No genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental.

  • El titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Solicitud y/o Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.

3". Que, en Sesión Ordinaria N* 15 de fecha 30 de octubre de 2017, la Comisión de Evaluación de la Región de Valparaíso acordó calificar favorablemente el proyecto “Remodelación Estadio Fiscal de San Felipe”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 19 de octubre de 2017, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SETA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

42, Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a

continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general

El objetivo del Proyecto es construir un estadio que satisfaga las necesidades deportivas de la comuna de San Felipe, para lo que se ha dispuesto un tamaño apropiado para los usuarios del lugar, además de una distribución de los espacios de estacionamiento y circulaciones que aseguren un correcto funcionamiento. Al mismo tiempo, se consideró una estética consensuada con la comunidad beneficiada.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones

De conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias citadas y, específicamente, el artículo 3% del RSEIA, las siguientes tipologías resultan aplicables al Proyecto:

“g) Proyectos de desarrollo urbano o turístico, en zonas no comprendidas en alguno de los planes evaluados estratégicamente de conformidad a lo establecido en el párrafo 1” bis del Título II de la Ley. Se entenderá por planes a los instrumentos de planificación territorial.

g.1. Se entenderá por proyectos de desarrollo urbano aquellos que contemplen obras de edificación y/o urbanización cuyo destino sea habitacional, industrial y/o de equipamiento, de acuerdo a las siguientes especificaciones:

g.1.2. Proyectos de equipamiento que correspondan a predios y/o edificios destinados en forma permanente a salud, educación, seguridad, culto, deporte, esparcimiento, cultura, comercio, servicios, fines científicos o sociales y que contemplen al menos una de las siguientes características:

a) Superficie construida igual o mayor a cinco mil metros cuadrados (5.000 m”);

b) Superficie predial igual o mayor a veinte mil metros cuadrados (20.000 m?);

c) Capacidad de atención, afluencia o permanencia simultánea igual o mayor a ochocientas (800) personas;

d) Doscientos (200) o más sitios para el estacionamiento de

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vehículos ”.

Vida útil El proyecto contempla un horizonte de operación indefinido, no

considerándose un cierre propiamente tal, sino el reacondicionamiento de las instalaciones en caso de ser necesario. Por lo anterior, la vida útil del proyecto es indefinida.

Monto de inversión USD $ 16.6 millones

Gestión, acto o faena | Instalación del cierre perimetral del terreno y la instalación de faenas mínima que da cuenta del destinada para la construcción del proyecto.

inicio de la ejecución

Proyecto se desarrolla por Si No etapas XX] Proyecto modifica un Si No proyecto o actividad

[X] Proyecto modifica otra(s) Si No RCA YX]

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político- administrativa

Región de Valparaíso, Provincia de San Felipe, comuna de San Felipe.

Justificación de la localización

El Proyecto se emplaza en el lugar en el que se encuentra actualmente el Estadio Fiscal de San Felipe, que se someterá a remodelación. El proyecto se ubicará cercano a barrios residenciales, que provee de buenos accesos a centros comerciales, de salud, colegios, grandes tiendas, cines, restaurantes y entretención.

La localización del Proyecto, le otorga al estadio ventajas de distancia y accesibilidad principalmente al centro de San Felipe y a comunas aledañas. Por su cercanía a la ruta Ch 60, permite un fácil acceso a otros centros regionales del norte y sur del país, como asimismo a sus principales puertos y aeropuertos.

Superficie

El terreno donde se emplazará el Proyecto, tiene una superficie neta de 50.941 m?. El detalle de las superficies se presenta en la siguiente tabla:

Superficie | Total en m? Construida 10.713,60 Sin construir | 40.227,4 Areas verdes | 16.267,50

Coordenadas UTM en Datum WGS84

Féritoa Coordenadas Este Norte A 337.676,29 | 6.373.877,64 B 337.681,94 | 6.373.889,54 C 337.675,88 | 6.373.930,60 D 337.717,48 | 6.373.939,72 E 337.780,30 | 6.374.091,82 F 337.649,65 | 6.374.146,71 G 337.429,49 | 6.374.272,76 H 337.531,67 | 6.374.068,96

Caminos o vías de acceso

Las rutas de ingreso al Proyecto, tanto para vehículos como peatones, son las que se presentan a continuación:

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  • Ingreso desde el Norte:
  • Manso de Velasco - Coronel Santiago Bueras - Proyecto.

  • Portus — Cajales — Las Heras — Dardignac — Coronel Stgo Bueras — Proyecto.

  • Ingreso desde el Sur:

  • Ruta 60 CH (O-P) — Manso de Velasco — Coronel Stgo Bueras —Proyecto.

  • — Ingreso desde el Oriente:

  • Av. Michimalongo — Yungay —Libertador Bernardo O”Higgins — Manso de Velasco — Coronel Santiago Bueras — Proyecto.

  • Av. Michimalongo — Yungay —Libertador Bernardo O Higgins — Cajales — Las Heras — Dardignac — Coronel Santiago Bueras — Proyecto.
  • Ingreso desde el Poniente:

  • Ruta 60 CH (P-O) — Manso de Velasco — Coronel Santiago Bueras — Proyecto.

En la Figura N? 3 de la DIA se muestra el detalle de estos accesos.

Referencia al expediente de Capítulo 1, numeral 1.8 de la DIA evaluación de los mapas, Anexo 10 de la Adenda georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 43,1. DE CONSTRUCCIÓN o

Nombre Descripción

Actividades que se desarrollarán para dar cuenta del inicio del proyecto y

Obras previas para limpiar y asegurar la zona de trabajo

Construcción de un cierre perimetral para delimitar el área de trabajo. Este cierre, estará compuesto por una estructura de placas OSB de 2,4 m de altura, más una malla antipolvo (raschel) que totaliza 4 m de altura de cierre.

Cierre perimetral

Esta tendrá una superficie de 2.402 m?, conformada por contenedores, que se retirarán una vez terminada la fase de construcción del proyecto.

La habilitación de la instalación de faena, se llevará a cabo una vez realizadas las actividades de limpieza del terreno, consistente en la instalación de los módulos de oficinas y bodegas. Todo el personal involucrado en esta actividad será instruido sobre las funciones específicas que desarrollarán.

Una vez emplazados los módulos, se procederá a la instalación de techumbres. Para ello, se prepararán cerchas, utilizando herramientas de carpintería, para luego ser montadas sobre los módulos.

Posterior a la instalación de techumbres, se realizarán los trabajos de albañilería y terminaciones de la instalación de faena.

El piso de las oficinas, será un radier de hormigón bien terminado, dejado en condiciones de tránsito de interior. En los sitios que se coloque un radier, se instalará previamente una capa de polietileno sobre el terreno natural.

Instalación de faenas

El proyecto contempla la demolición de algunas zonas del actual estadio fiscal de San Felipe, correspondientes a piscinas de recreación, media luna, graderías y camarines antiguos. La superficie total a demoler corresponde a 6.108 m?.

Demolición

Previo al inicio de las excavaciones, se efectuará la limpieza o escarpe del

Limpieza del terreno — | trato superior de material vegetal, en toda la superficie del terreno del a Ñ 5] . s ..

proyecto a modificar, equivalente a 14.844,9 m”, para definir la ubicación

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de todas las obras contempladas.

Excavaciones

Esta partida estará referida a la excavación masiva del proyecto. Se deberán retirar 3.500 m' de material, el que será dispuesto en botadero autorizado.

Esta faena, se realiza con máquina retroexcavadora y camiones. Todo camión que salga de la obra, deberá estar encarpado.

Obra gruesa

Aquellas correspondientes a la construcción del proyecto.

Estructura

Luego de las excavaciones, se procederá con la construcción de la obra gruesa. Los principales materiales requeridos para la remodelación del estadio serán: acero, hormigón y moldajes.

El acero para el hormigón armado, llegará a la obra ya cortado y preparado para ser incorporado en la construcción. También se requerirá acero de refuerzo de hormigones.

Los moldajes, en general metálicos, se arrendarán y llegarán a la obra listos para ser utilizados.

El hormigón se encargará a una planta proveedora, idealmente cercana al proyecto y llegará a la faena en camiones mixer, conforme a los programas y requerimientos.

Se ubicarán las enfierraduras según el respectivo proyecto y los moldajes para generar las costillas principales del estadio, compuestas por pilares y vigas, según diseño de arquitectura y detalles de cálculo. Se hará el hormigonado con secuencias apropiadas y vibrados especiales para generar una terminación limpia de los hormigones, que luego quedarán a la vista. Del mismo modo se hormigoneará el resto de los muros que forman parte de la obra gruesa en primer y segundo piso. A continuación, se hormigoneará la losa de piso y cielo del piso prensa-vip. Finalmente se empotrará la estructura metálica principal a la cubierta a la estructura principal de hormigón.

Terminaciones

Esta etapa comprende la tabiquería de todos los recintos, en cada uno de los pisos, revestimientos de pisos y muros, instalación de artefactos, butacas y el cierro, tanto de cubierta como de fachada. Estas terminaciones se harán de acuerdo a las especificaciones técnicas y detalles constructivos de arquitectura y especialidades.

Obras exteriores

La pavimentación de los corrales de acceso al estadio y de los estacionamientos vehiculares se hará según las especificaciones de arquitectura, cálculo, aguas lluvias y paisajismo. De esta manera se asegura la solución de alto tráfico.

Los cierros especificados en la arquitectura y el paisajismo deben hacerse de modo coordinado, para permitir que las obras no interfieran con la arborización y el sistema de riego proyectado para todas las zonas exteriores.

Suministros Básicos

Se solicitará empalme eléctrico

Energía eléctrica dsd 2 8 a la red eléctrica existente

El suministro se realizará mediante el empalme que se

. habilite en el punto indicado Agua potable y alcantarillado | ¿y el certificado de

factibilidad. Ver numeral 4.6.2 del ICE

La provisión de servicios higiénicos se realizará a través del empalme existente. Para Servicios Higiénicos las actividades que se realicen a más de 75 m de los servicios higiénicos fijos, se dispondrá de sanitarios químicos.

Se requerirá acero estructural,

Materiales de construcción 303 ñ hormigón, volcanita, perfiles

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metalcon, cerámica, que serán provistos por proveedores autorizados.

Se necesitarán pinturas, adhesivos entre otros, que serían provistos por proveedores autorizados.

Sustancias Peligrosas

Recursos naturales renovables

El Proyecto no contempla la extracción o explotación de recursos naturales renovables.

Emisiones y efluentes

Emisiones atmosféricas

El Proyecto generará gases por combustión interna de maquinaria y vehículos, además del movimiento y recorrido de camiones y vehículos transportadores de material, provocando la resuspensión del material particulado.

Para determinar las emisiones anuales totales del proyecto, dado que la fase de construcción y operación se realizarían en forma paralela en el año 3, se sumaron las emisiones de acuerdo al cronograma del proyecto, y se presentan a continuación.

Añol | Año2 | Año3 | Año4 Contaminante | Etapa Origen (t/año) | (t/año) | (t/año) | (t/año) Resuspensión | 1,4573 | 1,7921 | 0,3241 Construcción Combustión | 0,4082 | 0,2321 | 0,0393 MP Operación Combustión 0,0436 | 0,0872 Total 1,8655 | 2,0243 | 0,4070 | 0,0872 Construcción 5,3278 | 2,7437 | 0,5825 Combustión NO, Operación 0,4930 | 0,9859 Total 5,3278 | 2,7437 | 1,0754 | 0,9859 Construcción 0,2006 | 0,0006 | 0,0002 Combustión SO, Operación 0,0314 | 0,0628 Total 0,2006 | 0,0006 | 0,0317 | 0,0628

Emisiones líquidas o efluentes

Residuos líquidos domiciliarios Cantidad estimada: 25,7 m' para el período de máxima demanda.

Forma de manejo: Para la instalación de faenas, se implementarán servicios higiénicos fijos, que estarán conectados al empalme existente, mientras que en actividades que se realicen a más de 75 m de los servicios fijos, se dispondrá de

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sanitarios químicos móviles, los que serán abastecidos y mantenidos adecuadamente por empresas externas autorizadas.

Residuos líquidos industriales No se generarán Riles, ya que no se realizará ningún tipo de proceso industrial en esta fase del proyecto.

Se estima se generarán aguas residuales producto del lavado de ruedas de los camiones, en donde se limpiarán del barro adherido a las mismas, estas aguas serán conducidas por una canaleta hacia un tambor retenedor para luego ser reutilizadas en la humectación de materiales oO bien se dejará evaporar el agua y el residuo resultante (tierra) será reutilizado o enviado a sitio de disposición final en conjunto con los excedentes de excavaciones y escarpe.

Ruido

Debido a que la fase construcción del Proyecto implicará diversas actividades y por ende la utilización de diferentes máquinas y equipos, se evalúan de manera individual cada una de ellas. Estas actividades serán:

  • Demolición y Excavación

  • — Obra Gruesa

  • Terminaciones

Los mecanismos de control de ruido corresponden a barreras acústicas, complementadas con recomendaciones administrativas, tales como mantener una velocidad máxima de circulación de 10 km/h dentro del predio del Proyecto, evitar mantener camiones en espera fuera del predio del proyecto, controlar o prohibir el uso de bocinas de camiones de manera injustificada, entre otras, de acuerdo a lo señalado en el numeral 4.6.4.3 del ICE.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Residuos no peligrosos

Se estima que se generarán 2003,4 m' de residuos de la construcción, los que serán almacenados Residuos Sólidos de la | temporalmente dentro de la zona construcción o RESCON de acopio y serán dispuestos en instalaciones que cuenten con autorizaciones vigentes de la Autoridad Sanitaria.

Se estima que se generarán 0,432 3/41. . m”/día de estos residuos, los que serán almacenados contenedores plásticos con ruedas y tapa, cada uno de 360 litros de capacidad y retirados por una empresa autorizada por la SEREMI de

Residuos asimilables a domiciliarios

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IB | Salud.

Residuos peligrosos

Se generarán 2,88 m'/mes, los cuales serán almacenados en la bodega de residuos peligrosos y posteriormente dispuestos en sitios autorizados, conforme a lo establecido en el D.S. N* 148/2003 de MINSAL.

Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente

Clasificación (D.S. | Sustancia peligrosa Cantidad (ton) N978) Inflamables Adhesivos 135 Pinturas 800 Total 935

Estas sustancias se almacenaran en la bodega de materiales que cumplirá con el D.S. N*43 /2015.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Numeral 4.6 del ICE

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN

Nombre

Descripción

Estadio

El campo de juego se emplazará en orientación norte-sur, con un leve giro que permite generar una galería Pacífico que enfrente en algún ángulo hacia el Norte, orientación recomendada por la FIFA. Con respecto al aforo del nuevo Estadio de San Felipe; en las graderías Norte, Andes y Pacífico, incluyendo el VIP, se cuentan 7.826 espectadores, de los cuales 26 correspondes a los espacios de accesibilidad universal en graderías. El proyecto se organiza en base a cuatro (4) circulaciones principales, a saber, circulación de graderías Pacífico, Norte, Andes, VIP, prensa y jugadores. Todas estas con corrales de acceso peatonal individual.

Estacionamientos

En total el proyecto dispone de 370 estacionamientos para el público general, de los cuales 13 corresponden a estacionamientos de accesibilidad universal, según la normativa. Además, el proyecto cuenta con 200 estacionamientos de bicicletas subdivididos en ambos accesos principales. El diseño de los espacios para los estacionamientos y su disposición respecto a las áreas destinadas a este fin, se encuentran normalizados de acuerdo a lo dispuesto en el manual de recomendaciones para el diseño del espacio vial urbano REDEVU.

Accesos

El proyecto contempla 2 accesos vehiculares en total, uno por la calle Santiago Bueras y el otro, por la calle Estadio San Felipe. Para el caso de los peatones, se contemplan accesos por calle Santiago Bueras y por la calle Estadio San Felipe

Aguas lluvias

Para la evacuación de las aguas lluvias para los pavimentos se recolectará mediante rejillas y sumideros, los cuales serán conectados a colectores que conducirán las aguas lluvias hasta estanques de regulación, conformados por hidroceldas marca Atlantis.

Productos generados

El Proyecto corresponde a un Recinto deportivo, por lo que no contempla de ninguna manera, la elaboración de productos, no correspondiendo llevar una cuantificación y forma de manejo de los mismos.

Recursos naturales

renovables

El Proyecto no contempla la extracción o explotación de recursos naturales renovables para satisfacer las necesidades del mismo durante la fase de operación.

Emisiones y efluentes

Emisiones atmosféricas

Durante la fase de operación las principales emisiones atmosféricas dicen relación con material particulado MP0, NOx y SOx, las que se encuentran asociadas a las siguientes actividades:

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  • Motores de vehículos.

  • Operación de grupo electrógeno de emergencia.

  • Circulación de vehículos.

En el numeral 4.6.4.1 del ICE se indican las emisiones anuales totales del proyecto, dado que la fase de construcción y operación se realizarían en forma paralela en el año 3.

Emisiones líquidas o efluentes

Aguas servidas Provenientes de los servicios higiénicos, duchas y cocinas, las cuales descargarán al alcantarillado público para lo cual se cuenta con certificado de factibilidad. Se estima una generación de 728,6 m'/día, para la capacidad de ocupación completa del estadio (7.826 visitantes).

Ruido

En relación con las emisiones acústicas las fuentes de ruido significativas corresponden a fuentes puntuales y una fuente móvil, que rodea el perímetro del estadio. Se efectuó la modelación considerando la máxima capacidad del estadio, la cual se estima en 7.826 personas.

Concluyendo que los niveles de ruido generados por la ejecución del proyecto, cumplen con el límite máximo de ruido establecido por el D.S. N* 38/11 del MMA.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan

Residuos no peligrosos

Durante la fase de operación, se generarán Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD) por parte de los visitantes y trabajadores del estadio, provenientes principalmente de los baños, oficinas y el público asistente, en los días de eventos. Los residuos serán dispuestos en Basureros urbanos y papeleros, que serán distribuidos a través del recinto deportivo, según su requerimiento. Estos serán transportados por personal de aseo, hasta la sala de basura para posteriormente ser almacenados en contenedores de 800 litros.

afectar el medio ambiente. Referencia al ICE

para mayores detalles sobre esta fase.

Numeral 4.7 del ICE

4.3.3. FASE DE CIERRE

El proyecto no contempla fase de cierre debido a las características del mismo, el cual tiene considerada una vida útil de carácter indefinido.

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO

4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Fecha estimada de inicio

4 de diciembre de 2017

Parte, obra o acción que

establece el inicio

Ejecución del cierre perimetral del terreno, limpieza, escarpe y la instalación de faenas.

Fecha estimada de término

30 de septiembre de 2019

Parte, obra o acción que

establece el término

Construcción de los estacionamientos en superficie y a los jardines que rodearán al terreno de juego.

4.4.2. FASE DE OPERACIÓN

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Fecha estimada de inicio | 01 de octubre de 2019

Parte, obra o acción que | Habilitación del Estadio Fiscal de San Felipe establece el inicio

imada d 7 EOS : Pechaestimada de El proyecto considera una fase de operación indefinida

término

Parte, obra o acción que | El proyecto se diseñó para operar de manera indefinida. Considerando

establece el término mantenciones para su preservación. Por lo que no se considera fase de cierre.

El Proyecto no contempla una fase de cierre.

5”. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

Referencia al ICE para mayores Numeral 6.1 del ICE detalles sobre este impacto específico

Los antecedentes que justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento del SEIA, se detallan en el numeral 6.1 del ICE.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

Referencia al ICE para mayores | Numeral 6.2 del ICE detalles sobre este impacto específico

Los antecedentes que justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento del SEIA, se detallan en el numeral 6.2 del ICE.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

Referencia al ICE para mayores | Numeral 6.3 del ICE detalles sobre este impacto específico

Los antecedentes que justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del SEIA, se detallan en el numeral 6.3 del ICE.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR

Referencia al ICE para mayores | Numeral 6.4 del ICE detalles sobre este impacto específico

Los antecedentes que justifican que el proyecto o actividad no se localiza en o próximo a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del SEIA,

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se detallan en el numeral 6.4 del ICE.

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

Referencia al ICE para mayores | Numeral 6.5 del ICE detalles sobre este impacto específico

Los antecedentes que justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del SEIA, se detallan en el numeral 6.5 del ICE.

5.6. ALTERACIÓN [DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO,

ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL

Referencia al ICE para mayores | Numeral 6.6 del ICE detalles sobre este impacto específico

Los antecedentes que justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SEIA, se detallan en el numeral 6.6 del ICE.

6”. Que, resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA.

Fase del Proyecto a | Construcción y operación la cual corresponde

Parte, obra o acción a | Fase _de Construcción: Demolición, excavación, obra gruesa, la que aplica terminaciones y obras exteriores.

Fase de Operación: Estadio

Condiciones o No hay exigencias específicas para su otorgamiento

Pronunciamiento del | Ord. N* 1617 de fecha 17 de octubre de 2017, de la SEREMI de Salud, Órgano competente Región de Valparaíso, se pronuncia conforme al Proyecto, entendiendo que se han entregado todos los antecedentes y contendidos técnicos y formales requeridos para el otorgamiento del PAS.

Referencia al ICE Numeral 9.2.1 del ICE para mayores detalles

6.1.2. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA.

Fase del Proyecto a Construcción la cual corresponde

Parte, obra o acción a | Estadio

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la que aplica

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No hay

Pronunciamiento del órgano competente

Ord. N* 1617 de fecha 17 de octubre de 2017, de la SEREMI de Salud, Región de Valparaíso, se pronuncia conforme al Proyecto, entendiendo que se han entregado todos los antecedentes y contendidos técnicos y formales requeridos para el otorgamiento del PAS.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 9.2.2 del ICE

7?. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1. COMPONENTE/MATERIA: Ordenamiento territorial

Norma

D.F.L. N 458/1975 y D.S. N 47/1992, ambos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC).

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Operación

Parte, obra o acción a la que aplica

Todas las obras y partes físicas del proyecto.

Forma de cumplimiento

De acuerdo al Plan Regulador Comunal de San Felipe, la Remodelación del Estadio Fiscal de San Felipe se encuentra emplazada en la zona R-9, de uso exclusivo de áreas deportivas que incluyen canchas exteriores. Por lo tanto, el proyecto se emplaza de acuerdo a lo estipulado en el Plan Regulador Comunal vigente.

Indicador que acredita su cumplimiento

El proyecto se encuentra admitido conforme a las normas urbanísticas vigentes. Contar con la recepción final del Director de Obras Municipales, terminada la fase de construcción.

Forma de control y seguimiento

El proyecto se encuentra admitido conforme a las normas urbanísticas vigentes.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.1 del ICE

7.2. COMPONENTE/MATERIA: Ordenamiento territorial

Norma

Resolución Afecta N* 31/4/157, de fecha 13 de octubre de 1998, del Gobierno Regional de Valparaíso, que aprueba la Reformulación del Plan Regulador de la Comuna de San Felipe, y sus modificaciones.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Operación

Parte, obra o acción a la que aplica

Todas las obras y partes físicas del proyecto.

Forma de cumplimiento

De acuerdo al Plan Regulador Comunal de San Felipe, la Remodelación del Estadio Fiscal de San Felipe se realizaría en la zona R-9, de uso exclusivo de áreas deportivas que incluyen canchas exteriores. Por lo tanto, el proyecto se emplazaría de acuerdo a lo estipulado en el Plan Regulador Comunal vigente.

Indicador que acredita su

El proyecto se encuentra admitido conforme a las normas

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cumplimiento

urbanísticas vigentes.

Forma de control y seguimiento

El proyecto se encuentra admitido conforme a las normas urbanísticas vigentes.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.2 del ICE

7.3. COMPONENTE/MATERI

A: Aire y emisiones a la atmósfera

Norma

D.S. N* 144/1961, del Ministerio de Salud Pública, Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y operación

Parte, obra o acción a la que aplica

Durante la fase de construcción, las principales emisiones atmosféricas se encuentran asociadas a las siguientes actividades: Excavaciones, Demolición, Escarpe, Movimientos de tierra (carga y descarga de tierra), circulación de vehículos por caminos pavimentados, Circulación de vehículos por caminos no pavimentados, Motores de vehículos y maquinaria de construcción. Por otra parte, se generarían gases propios de la combustión de maquinarias y equipos utilizados en esta fase.

Durante la fase de operación las principales emisiones atmosféricas dicen relación con material particulado MP0, NOx y SOx, las que se encuentran asociadas a las siguientes actividades: Motores de vehículos, operación de grupo electrógeno de emergencia, Circulación de vehículos.

Forma de cumplimiento

El proyecto considera actividades, especialmente en la fase de construcción, susceptibles de generar emisiones atmosféricas. De acuerdo a lo anterior, a fin de controlar las emisiones atmosféricas, el Titular del proyecto adoptará una serie de medidas en su fase de construcción entre las que se destacan:

  • El tránsito de maquinaria y vehículos en caminos y huellas sin tratamiento superficial, se realizará a baja velocidad, es decir, 30 km/h con carga cubierta y 40 km/h sin carga.

  • Los camiones que transportarán el material para la construcción, cumplirán con las disposiciones correspondientes del DS N* 75/87, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que “Establece Condiciones para el Transporte de Cargas”.

  • Humectación en periodo de bajas precipitaciones, de aquellos materiales que puedan desprender polvo, de los sitios de desplazamiento y vías de circulación de vehículos, máquinas y equipos, sobre todo en los horarios de mayor flujo vehicular, siempre y cuando se trate de vías no estabilizadas

  • La ejecución de los movimientos de tierra y excavaciones se realizará humectando previamente la superficie del suelo, en caso de ser necesario.

  • Los vehículos contarán con las revisiones técnicas al día. La mantención de la maquinaria se realizaría de acuerdo a las especificaciones del fabricante, en talleres mecánicos autorizados.

Indicador que acredita su cumplimiento

El indicador de cumplimiento será mantener disponible un registro

interno de:

  • Un registro que contenga la información de la humectación, indicando fecha, hora, cantidad de agua utilizada y superficie humectada, la que debe estar disponible para la autoridad sanitaria, que permita verificar el cumplimiento de dicha medida en la etapa de seguimiento y fiscalización.

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=a

  • El cumplimiento de las medidas de control de emisiones atmosféricas.

  • Catastro de vehículos y fechas de respectivas revisiones técnicas y mantenciones.

Forma de control y seguimiento

Verificación en terreno, mantención y revisión de los registros internos.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.2.1 del ICE

7.4. COMPONENTE/MATERI

A: Aire y emisiones a la atmósfera

Norma

D.S. N* 138/2005, del Ministerio de Salud, Establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación

Parte, obra o acción a la que aplica

Durante la fase de operación el proyecto contempla un grupo electrógeno de emergencia.

Forma de cumplimiento

El Titular se compromete a declarar las emisiones de los grupos electrógenos que utilicen durante la ejecución de la fase de operación del Proyecto, de acuerdo a los formularios que para este efecto ha desarrollado la autoridad sanitaria y a través del sitio web para el registro de emisiones y transferencias de contaminantes (www.retc.cl), dando cumplimento al D.S. N* 1/2013 Reglamento del RETC.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro del Formulario de Declaración de Emisiones de todas aquellas emisiones de fuentes fijas a las que resulte aplicable. Se ingresaría a través del Sistema de Ventanilla única, según las disposiciones de la Resolución Exenta N” 1.139/2013 MMA que establece Normas Básicas para Aplicación RETC.

Forma de control y seguimiento

Registro de la declaración de las emisiones.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.2.2 del ICE

7.5. COMPONENTE/MATERL

A: Aire y emisiones a la atmósfera

Norma

D.S. N? 4/1994 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Establece Normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos Motorizados y fija los procedimientos para su control, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

El proyecto considera utilizar los vehículos regulados por la presente norma.

Forma de cumplimiento

Se cumplirá con la norma de emisión y se exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del proyecto, durante todas sus fases, cumplan con estas normas, lo que se verificaría con el certificado de revisión técnica y de gases.

Indicador que acredita su cumplimiento

Contar con la certificación técnica de los vehículos utilizados, disponibles para su control y verificación.

Forma de control y seguimiento

Revisión de la certificación técnica de los vehículos utilizados, disponibles para su control y verificación.

Referencia al ICE para

mayores detalles

Numeral 8.2.3 del ICE

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7.6. COMPONENTE/MATERIA: Aire y emisiones a la atmósfera

Norma

DS. N* 55/1994, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados pesados.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

El proyecto considera utilizar los vehículos regulados por la presente norma,

Forma de cumplimiento

Se cumplirá con la normas de emisión y se exigiría que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del proyecto cumplan con estas, lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases.

Indicador que acredita su cumplimiento

Contar con la certificación técnica de los vehículos utilizados, disponibles para su control y verificación.

Forma de control y seguimiento

Revisión de la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.2.4 del ICE

7.7. COMPONENTE/MATERI

A: Aire y emisiones a la atmósfera

Norma

D.S. N* 54/1994, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Establece normas de emisión aplicables a los vehículos motorizados medianos que indica.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

El proyecto considera utilizar los vehículos regulados por la presente norma.

Forma de cumplimiento

Se cumplirá con las normas de emisión y se exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del proyecto cumplan con estas, lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases.

Indicador que acredita su cumplimiento

Contar con la certificación técnica de los vehículos utilizados, disponibles para su control y verificación.

Forma de control y seguimiento

Revisión de la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.2.5 del ICE

7.8. COMPONENTE/MATERI

A: Aire y emisiones a la atmósfera

Norma

Decreto Supremo N” 211/1991, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que Establece Normas sobre Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

El proyecto considera la utilización de vehículos motorizados livianos principalmente para el transporte del personal.

Forma de cumplimiento

Como medida de control de las emisiones de gases de combustión, se exigirá que todos los vehículos motorizados livianos sean sometidos a mantenciones periódicas y cumplan con las normas de emisión establecidas por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, lo que se acreditará a través del Certificado

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de Revisión Técnica al día. Esta obligación será cumplida por el Titular y sus terceros contratistas.

Indicador que acredita su Como indicador de cumplimiento se mantendrá un registro interno cumplimiento de las mantenciones periódicas de los vehículos de propiedad del titular, lo que se acreditará a través del Certificado de revisión técnica al día.

Forma de control y Registro de los certificados de revisión técnica al día. seguimiento Referencia al ICE para Numeral 8.2.6 del ICE

mayores detalles

7.9. COMPONENTE/MATERIA: Aire y emisiones a la atmósfera

Norma D.S. N* 47/1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones.

Fase del Proyecto a la que | Construcción aplica o en la que se dará

cumplimiento

Parte, obra o acción a la El proyecto considera actividades destinadas ala construcción y » e a Ci

que aplica demolición de obras, las que son susceptibles de generar emisiones

atmosféricas. Adicionalmente, contempla movimientos de tierra y tránsito vehicular para transportar tanto el material propio de la construcción como material excedente de la faena.

Forma de cumplimiento El proyecto dará cumplimiento a las medidas de control de emisiones descritas en el artículo 5.8.3 de la OGUC, según corresponda a las características del proyecto.

Con todo, con el objeto de controlar las emisiones, se establecerían las siguientes medidas:

  • Humectar las zonas donde se desarrollen las obras o partes que pudieran generar emisiones por resuspensión de polvo en forma oportuna, y suficiente durante el período en que se realicen las faenas de manejo de materiales, relleno y excavaciones, para cuyos efectos se mantendrá un registro del suministro de agua utilizado para estos efectos.

  • Los ingresos a la faena contarían con pavimentos estables.

  • El proyecto considera camiones con cubierta de lona para el traslado de material que pudiera significar una resuspensión del material particulado.

  • Se realizará el lavado del lodo de las ruedas de los vehículos que abandonen la faena mediante un rodiluvio en la salida de los camiones. Mantener la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes colectores distribuidos de manera uniforme en los frentes de trabajo.

  • Los escombros ubicados en altura serían descargados por una bajada de escombros de 100% polietilento, rotomodelado, cuyo diseño genera seguridad en la operación en obras de altura y la modulación por piso, eliminando la polución de polvo.

  • El proyecto considerará la instalación de malla en los frentes de trabajo, con el fin de evitar la caída de materiales y reducir la dispersión del polvo generado en los mismos.

» El proyecto evitará la ejecución de procesos secos, considerando un plan de humectación para las actividades que generan sólidos en suspensión.

  • El tránsito de maquinaria y vehículos en caminos y huellas sin tratamiento superficial, se realizará a baja velocidad, 30 km/h con carga cubierta y 40 km/h sin carga. Se mantendrá disponible un registro interno de la ejecución de estas medidas, con objeto de dar cumplimiento a la norma analizada.

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Indicador que acredita su cumplimiento

Se mantendrá, a modo de indicador de cumplimiento, un registro interno de las medidas anteriormente señaladas.

Forma de control y seguimiento

Verificación en terreno y mantención de los registros en las faenas.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.2.7 del ICE

7.10. COMPONENTE/MATERIA: Aire y emisiones a la atmósfera

Norma

D.S. N* 75/1987, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Establece Condiciones para el Transporte de Carga que Indica.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

Se considerará el uso de vehículos para el transporte de estructuras, equipos, áridos, hormigón y otros insumos, generando emisiones a la atmósfera.

Forma de cumplimiento

El Titular del proyecto cumplirá las exigencias establecidas en la presente norma, mediante la utilización de vehículos idóneos y la ejecución de acciones que eviten el escurrimiento o dispersión de los materiales, tales como cubrimiento con lonas de los materiales transportados, humidificación de los mismos, carga y descarga adecuada, mantenimiento periódico de los camiones.

Indicador que acredita su cumplimiento

Verificación en terreno de la exigencia descrita, especialmente del sellado de camiones al entrar y salir de la faena.

Forma de control y seguimiento

Verificación en terreno y registro de las exigencias realizadas por los contratistas.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.2.8 del ICE

7.11. COMPONENTE/MATERIA: Ruido

Norma

D.S. N 38/2012, del Ministerio de Medio Ambiente, Establece Norma de Ruidos Generados por Fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del Decreto N 146, de 1997.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y operación

Parte, obra o acción a la que aplica

Durante la fase de construcción, el ruido se producirá fundamentalmente debido a la maquinaria que se utilizará en la preparación del terreno y montaje de las instalaciones y estructuras durante la demolición y construcción excavación, construcción obra gruesa, fase de construcción terminaciones, y fase de construcción de obras exteriores. Durante la fase de operación, el ruido se producirá fundamentalmente debido al funcionamiento del grupo electrógeno de emergencia y al producido por las personas asistentes al estadio.

Forma de cumplimiento

De acuerdo a la modelación detallada en el referido estudio acompañado en el Anexo 1 de la Adenda, el proyecto cumplirá con los límites establecidos por el D.S. N* 38/2011, en todas las zonas en que se emplazan los receptores respectivos.

Indicador que acredita su cumplimiento

No superación de los niveles máximos permitidos en la norma.

Forma de control y seguimiento

Fiscalización de la RCA por parte de la autoridad.

Referencia al ICE para

Numeral 8.2.9 del ICE

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mayores detalles

7.12. COMPONENTE/MATERIA: Residuos líquidos (aguas servidas)

Norma

D.S. N” 594/1999, del Ministerio de Salud, Reglamento de las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y operación

Parte, obra o acción a la que aplica

Se generarán aguas servidas domésticas durante todas las fases del proyecto, provenientes de los baños, lavamanos, duchas y comedor

Forma de cumplimiento

Durante la fase de construcción, para la instalación de faenas, se implementarán servicios higiénicos fijos, que estarán conectados al empalme existente, mientras que en actividades que se realicen a más de 75 m de los servicios fijos, se dispondrá de sanitarios químicos móviles, de acuerdo a lo señalado en el artículo 23 del D.S. N” 594/99, del Ministerio de Salud, y su mantención y limpieza estará a cargo de terceros que cuenten con los permisos vigentes ante la autoridad sanitaria, la que se realizará según necesidades. El Titular llevará un estricto control d los retiros de estos residuos, manteniendo disponible para control de la Autoridad, el documento timbrado que certifique la disposición final de las aguas servidas en un recinto. Autorizado.

Durante la fase operación, las Aguas servidas asimilables a domésticas provenientes de los servicios higiénicos, duchas y cocinas, se descargarán al alcantarillado público, mediante la conexión al empalme existente

Indicador que acredita su cumplimiento

Verificación en terreno de los baños químicos en las cantidades requeridas y por empresas autorizadas. Se mantendrá un registro de los antecedentes de la empresa autorizada que los provee y de la cantidad de baños suministrados, así como el retiro de los efluentes de los baños químicos por una empresa y a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud.

Forma de control y

Verificación en terreno del cumplimiento de la provisión de las

seguimiento soluciones sanitarias, y mantención de los registros de la empresa y suministro de baños químicos por parte de la empresa sanitaria, así como de las autorizaciones sanitarias correspondientes.

Referencia al ICE para Numeral 8.2.10 del ICE

mayores detalles

7.13. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Sólidos

Norma

D.F.L. N* 725/1967 del Ministerio de Salud, que Establece el Código Sanitario y D.F.L. N? 1, de 1990, del Ministerio de Salud, Determina Materias que Requieren Autorización Sanitaria Expresa.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y operación

Parte, obra o acción a la que aplica

Fase de construcción

  • Residuos Sólidos de la construcción o RESCON: La producción de los Residuos Sólidos de Construcción (RESCON) que se generarán se estima en 2.003,4 m* de residuos de la construcción.

  • Residuos asimilables a domiciliarios o RSD: Durante la fase de construcción, se generarán Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD) por parte de los trabajadores de la obra, provenientes principalmente del comedor y los baños. El cálculo de estos residuos se estima una tasa de generación de 0,81 kg de residuos por habitante al día.

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  • Residuos Peligrosos: El proyecto en su fase de construcción generará 2,88 m'/mes de residuos peligrosos correspondientes a envases de pintura, solventes, envases de pegamentos y envases de aceites y barnices

Fase de operación * Residuos asimilables a domiciliarios:

Durante la fase de operación, se generarán Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD) por parte de los visitantes y trabajadores del estadio, provenientes principalmente de las cocinas, baños, oficinas. El cálculo de estos residuos se realiza utilizando la tasa de generación de recintos deportivos, el cual corresponde a 0,25 kg/butaca en cada evento.

Forma de cumplimiento

Fase de Construcción

1- Respecto de los Residuos Sólidos de la construcción o RESCON:

Serán almacenados temporalmente dentro de un área específica al interior de la obra, para ser posteriormente transportados y dispuestos en instalaciones que cuenten con autorizaciones vigentes de la autoridad Sanitaria de la Región de Valparaíso.

Los excedentes como plásticos, maderas, papel y metales, serán gestionados por una empresa que se encargará de reciclar estos residuos de una manera ambientalmente responsable, cumpliendo todas las normativas establecidas en la actualidad.

El transporte de los RESCON los efectuará una empresa autorizada y se realizaría 2 veces a la semana o cuando sea necesario.

Los residuos serán derivados a disposición final autorizada, para lo cual se mantendrá un registro permanente en obra, adjuntando boletas, facturas u otros documentos que acrediten la disposición final. De igual forma, una vez concluida la Fase de Construcción, se remitirá a la Superintendencia del Medio Ambiente un informe consolidado a través del cual se certifique la disposición final de los escombros.

La empresa encargada de construir el proyecto realizará una vez al mes la declaración de residuos sólidos industriales y asimilables a domiciliarios que se realiza en el SINADER por medio de la ventanilla única RETC. Informe consolidado a través del cual se certifique la disposición final de los escombros.

2- Respecto de los Residuos asimilables a domiciliarios o RSD:

Para almacenar temporalmente los residuos, se dispondrán de 2 - 3 contenedores plásticos con ruedas y tapa, cada uno de 360 litros de capacidad, reforzados en su interior, por una bolsa plástica resistente, los cuales serán vaciados todos los días en dos contenedores de 1.100 litros. Estos contenedores se encontrarán en la zona de instalación de faenas, donde se implementará un área de almacenamiento provisorio para estos residuos, la que tendrá las siguientes características: * Superficie aproximada de 148 m'- + Delimitada por rejas para impedir el acceso de vectores. * Acceso controlado. * Suelos impermeables y lavables. * Seencontrará identificada como área de almacenamiento de residuos domiciliarios. + Contará con un letrero de no fumar. * Señalización los elementos de protección personal que se deben utilizar para manipular este tipo de residuos. * — Poseerá un extintor para casos de emergencias.

Es importante mencionar que los contenedores estarán distribuidos

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uniformemente al interior del terreno.

El retiro de los residuos asimilables a domiciliarios lo realizará una empresa autorizada por la SEREMI de Salud. Se estima que se efectuará tres veces a la semana o cuando se requiera. La disposición final se efectuará en un relleno Sanitario autorizado. Una vez al mes, la constructora encargada de la obra realizará la declaración de residuos industriales y asimilables a domiciliarios que se efectuaría en el SINADER por medio de la ventanilla única RETC.

3- Respecto de los residuos Peligrosos:

Se contará con una bodega para el almacenamiento de los residuos peligrosos de aproximadamente 246 m, la que se ubicará dentro del sitio destinado al acopio de residuos, tal como se muestra en el plano de instalación de faenas adjunto en el Anexo 2 de la DIA y que considerará las siguientes características:

  • Poseerá cierre perimetral de a lo menos 1,80 m de altura para evitar la entrada de animales y personal no autorizado a la bodega.

  • Tendrá una capacidad de contención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados, todo lo anterior para evitar que los contaminantes se filtren a las napas subterráneas. Dicha Bodega cumpliría con las especificaciones del D.S. N* 47/1992. Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

  • Los contenedores estarán debidamente rotulados según la NCh 2190 Of 93, además el contenedor será de un material resistente al residuo que se deposite en su interior, sería a prueba de infiltraciones, resistente a los esfuerzos producidos en su manipulación, carga, descarga y transporte del residuo.

  • En la bodega se colocarán, en una zona visible, las fichas de seguridad de los residuos almacenados en esta bodega.

  • La bodega tendrá un letrero en el cual se indique que en este lugar se almacenan residuos peligrosos.

En la bodega de RESPEL se mantendrá un registro de ingreso y egreso de residuos. En este documento también se indicará el tipo de tratamiento que se realizaría al residuo, lugar de disposición y empresa de transporte. Las mantenciones de la maquinaria y equipos que se utilizarán en la obra, se realizará por empresas externas, fuera del área del proyecto. Se implementará un registro en obra, de los talleres autorizados donde se realizarán las mantenciones de maquinaria usada por la constructora.

En caso que se produzca un derrame de algún residuo peligroso en obra, se aplicará el procedimiento de emergencia para derrames, el cual se presenta en el Anexo 3 de la Adenda.

Respecto a este tipo de residuos, el titular del proyecto se asegurará que tanto la empresa que preste el servicio de transporte como el servicio de tratamiento, cuenten con las autorizaciones sanitarias correspondientes y cumplan con las disposiciones generales del D.S. N” 148/2003 MINSAL. La empresa encargada de construir el proyecto, efectuará la declaración de residuos peligrosos que se realiza en el SIDREP por medio de la ventanilla única RETC y mantendría en obra una copia de esta declaración.

Fase de Operación Los residuos serán dispuestos en basureros urbanos y papeleros, los

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cuales serán distribuidos a través del recinto deportivo, según su requerimiento. Estos serán transportados por personal de aseo, hasta la sala de basura para posteriormente ser almacenados en contenedores de 800 litros.

Por su parte, el servicio de aseo, o camión recolector de basura, deberá estar contratado o coordinado entre la administración del estadio y la Municipalidad. El operario de limpieza del edificio retirará los desechos desde la sala de basura para su traslado hasta la estación de pre-carguío, con una frecuencia no mayor a los tres días por cada retiro.

La sala de basura se encontrará ubicada en el primer piso zona sur del recinto, con una superficie total de 36,63 m ,, las que tendrán las siguientes características de acuerdo al D.S. N* 10/2010, que aprueba el Reglamento de Condiciones Sanitarias, Ambientales y de Seguridad Básicas en Locales de Uso Público, que dispone lo siguiente:

  • Contará con paredes, pisos y cielos de material liso, lavable, no absorbente y resistente a golpes, además de sistemas de ventilación, iluminación, provisión de agua para lavado del recinto, depósitos y desagiles suficientes.

  • Tendrá espacio suficiente para la manipulación de los recipientes de basura y dispondría de puertas de cierre automático que aseguren el fácil acceso al recinto y faciliten el aislamiento del resto de las dependencias del local.

» Tendrá acceso controlado e ingresaría a esta sala solo personal autorizado.

  • Esta sala tendrá ductos de ventilación protegidos con rejillas para impedir el paso de insectos, roedores y demás vectores de interés sanitario.

  • Sus paredes tendrán aislante para impedir que los olores migren a otras dependencias.

Los residuos serán retirados por camiones de recolección municipal. La frecuencia de retiro será de 3 veces a la semana. Los residuos domiciliarios serán dispuestos en un relleno sanitario autorizado. Para mayor información ver Anexo 8 de la DIA, donde se presenta PAS 140, sobre permiso para acumulación de residuos, y el Anexo 11 de la Adenda.

Indicador que acredita su cumplimiento

Contar con lugares autorizados para el almacenamiento de los residuos sólidos generados por el proyecto en la fase de construcción y operación de conformidad a los PAS 140 y 142 del Reglamento del SEIA.

Forma de control y seguimiento

Almacenar los residuos sólidos en los lugares autorizados para dichos efectos. Registro de los permisos relativos a dichas instalaciones.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.2.11 del ICE

7.14. COMPONENTE/MATERI

A: Residuos Sólidos

Norma

D.S. N* 594/1999, del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y operación

Parte, obra o acción a la que aplica

Fase de Construcción:

Residuos Sólidos de la construcción o RESCON:

La producción de los Residuos Sólidos de Construcción (RESCON) que se generarán por el proyecto puede estimarse 2.003,4 m3 de residuos de la construcción.

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Residuos asimilables a domiciliarios o RSD

Durante la fase de construcción, se generarán Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD) por parte de los trabajadores de la obra, provenientes principalmente del comedor y los baños. El cálculo de estos residuos se estima una tasa de generación de 0,81 kg de residuos por habitante al día.

Residuos Peligrosos: El proyecto en su fase de construcción generaría 2,88 m'/mes de

residuos peligrosos correspondientes a envases de pintura, solventes, envases de pegamentos y envases de aceites y barnices.

Fase de operación

Residuos asimilables a domiciliarios:

Durante la fase de operación, se generarán Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD) por parte de los visitantes y trabajadores del estadio, provenientes principalmente de las cocinas, baños, oficinas. El cálculo de estos residuos se realizó utilizando la tasa de generación de recintos deportivos, el cual corresponde a 0,25 kg/butaca en cada evento.

Forma de cumplimiento

Fase de Construcción

Respecto de los Residuos Sólidos de la construcción o RESCON: Serán almacenados temporalmente dentro de un área específica al interior de la obra, para ser posteriormente transportados y dispuestos en instalaciones que cuenten con autorizaciones vigentes de la Autoridad Sanitaria.

Los excedentes como plásticos, maderas, papel y metales, serán gestionados por una empresa que se encargará de reciclar estos residuos de una manera ambientalmente responsable, cumpliendo todas las normativas establecidas en la actualidad.

El transporte de los RESCON los efectuará una empresa autorizada y se realizará 2 veces a la semana o cuando sea necesario. Los residuos serán derivados a disposición final autorizada, para lo cual se mantendrá un registro permanente en obra, adjuntando boletas, facturas u otros documentos que acrediten la disposición final. De igual forma, una vez concluida la Fase de Construcción, se remitirá a la Superintendencia del Medio Ambiente un informe consolidado a través del cual se certifique la disposición final de los escombros La empresa encargada de construir el proyecto, realizará una vez al mes la declaración de residuos sólidos industriales y asimilables a domiciliarios que se realiza en el SINADER por medio de la ventanilla única RETC. Informe consolidado a través del cual se certifique la disposición final de los escombros.

Respecto de los Residuos asimilables a domiciliarios o RSD:

Para almacenar temporalmente los residuos, se dispondrán de 2 - 3 contenedores plásticos con ruedas y tapa, cada uno de 360 litros de capacidad, reforzados en su interior por una bolsa plástica resistente, los cuales serán vaciados todos los días en dos contenedores de 1.100 litros. Estos contenedores, se encontrarán en la zona de instalación de faenas, donde se implementará un área de almacenamiento provisorio para estos residuos, la que tendrá las siguientes características:

  • Superficie aproximada de 148 m?,

  • Delimitada por rejas para impedir el acceso de vectores.

» Acceso controlado.

» Suelos impermeables y lavables.

» Se encontrará identificada como área de almacenamiento de

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residuos domiciliarios. + Contará con un letrero de no fumar.

  • Señalización los elementos de protección personal que se deben utilizar para manipular este tipo de residuos.

  • Poseerá un extintor para casos de emergencias. Los contenedores estarán distribuidos uniformemente al interior del terreno. El retiro de los residuos asimilables a domiciliarios lo realizará una empresa autorizada por la SEREMI de Salud. Se estima que se efectuará tres veces a la semana o cuando se requiera. La disposición final se efectuará en un relleno Sanitario autorizado. Una vez al mes, la constructora encargada de la obra realizará la declaración de residuos industriales y asimilables a domiciliarios que se efectuará en el SINADER (Sistema Nacional de Declaración de Residuos) por medio de la ventanilla única RETC (Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes).

Respecto de los residuos Peligrosos:

Se acumularán, temporalmente, en el área de almacenamiento de los residuos peligrosos de aproximadamente 246 m', la que se ubicará dentro del sitio destinado al acopio de residuos, tal como se muestra en el plano de instalación de faenas adjunto en el Anexo N* 2 de la DIA y que consideraría las siguientes características:

  • Poseerá cierre perimetral de a lo menos 1,80 m de altura para evitar la entrada de animales y personas ajenas a la bodega

  • Tendrá una capacidad de contención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor mayor capacidad al 20% del volumen total de los contenedores almacenados, todo lo anterior para evitar que los contaminantes se filtren a las napas subterráneas. Dicha Bodega cumpliría con las especificaciones del D.S. N* 47/1992 Ordenanza General de Urbanismo y Construcción.

  • Los contenedores estarán debidamente rotulados según la NCh 2190 Of 93, además el contenedor será de un material resistente al residuo que se deposite en su interior, será a prueba de infiltraciones, resistente a los esfuerzos producidos en su manipulación, carga, descarga y transporte del residuo.

  • En la bodega se colocarán, en una zona visible, las fichas de seguridad de los residuos almacenados en esta bodega.

  • La bodega tendrá un letrero en el cual se indique que en este lugar se almacenan residuos peligrosos.

  • En la bodega de RESPEL se mantendrá un registro de ingreso y egreso de residuos. En este documento también se indicará el tipo de tratamiento que se realizará al residuo, lugar de disposición y empresa de transporte.

En caso que se produzca un derrame de algún residuo peligroso en obra, se aplicará el procedimiento de emergencia para derrames, el cual se presenta en el Anexo 3 de la Adenda.

Respecto a este tipo de residuos, el titular del proyecto se asegurará que tanto la empresa que preste el servicio de transporte como el servicio de tratamiento, cuenten con las autorizaciones sanitarias correspondientes y cumplan con las disposiciones generales del D.S. N* 148/2003 MINSAL. La empresa encargada de construir el proyecto, efectuará la declaración de residuos peligrosos que se realiza en el SIDREP por medio de la ventanilla única RETC y mantendría en obra una copia de esta declaración.

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Fase de Operación Los residuos serán dispuestos en basureros urbanos y papeleros, los

cuales serán distribuidos a través del recinto deportivo, según su requerimiento. Estos serán transportados por personal de aseo, hasta la sala de basura, para posteriormente ser almacenados en contenedores de 800 litros. Por su parte, el servicio de aseo, o camión recolector de basura, deberá ser contratado o coordinado entre la administración del estadio y la Municipalidad. El operario de limpieza del estadio retirará los desechos desde la sala de basura para su traslado hasta la estación de pre-carguío, con una frecuencia no mayor a los tres días por cada retiro. Dicha sala

tendrá una superficie total de 36,63 m, las que tendrán las

siguientes características de acuerdo al D.S. N* 10/2010, que

aprueba el Reglamento de Condiciones Sanitarias Ambientales y de

Seguridad Básicas en Locales de Uso Público, que dispone lo

siguiente:

  • Contará con paredes, pisos y cielos de material liso, lavable, no absorbente y resistente a golpes, además de sistemas de ventilación, iluminación, provisión de agua para lavado del recinto, depósitos y desagiies suficientes.

  • Tendrá espacio suficiente para la manipulación de los recipientes de basura y dispondría de puertas de cierre automático que aseguren el fácil acceso al recinto y faciliten el aislamiento del resto de las dependencias del local.

Tendrá acceso controlado e ingresaría a esta sala

solo personal autorizado.

» Esta sala tendrá ductos de ventilación protegidos con rejillas para impedir el paso de insectos, roedores y demás vectores de interés sanitario.

+» Susparedes tendrán aislante para impedir que los olores migren a otras dependencias.

  • Los residuos serán retirados por camiones de recolección municipal. La frecuencia de retiro será de 3 veces a la semana. Los residuos domiciliarios serán dispuestos en un relleno sanitario autorizado. Para mayor información ver Anexo 8 de la DIA, donde se presenta PAS 140, sobre permiso para acumulación de residuos, y el Anexo 11 de la Adenda.

Indicador que acredita su cumplimiento

Contar con lugares autorizados para el almacenamiento de los residuos sólidos generados por el proyecto en la fase de construcción y operación de conformidad a los PAS 140 y 142 del Reglamento del SEIA.

Forma de control y seguimiento

Almacenar los residuos sólidos en los lugares autorizados para dichos efectos. Registro de los permisos relativos a dichas instalaciones.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.2.12 del ICE

7.15. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos

Norma

D.S. N* 1/2013, del Ministerio del Medio Ambiente, “Reglamento

del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC>”.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y operación

Parte, obra o acción a la que aplica

El proyecto generará residuos industriales no peligrosos y residuos peligrosos durante la fase de construcción.

Forma de cumplimiento

Se declarará la generación de residuos a través de la ventanilla única

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que dispone el RETC.

Indicador que acredita su cumplimiento

El indicador de cumplimiento consiste en realizar la declaración de residuos mediante la ventanilla única del RETC.

Forma de control y seguimiento

Revisión de los registros y declaraciones.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.2.13 del ICE

7.16. COMPONENTE/MATERI

A: Residuos peligrosos

Norma

D.S. N” 148/2003, del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario de Residuos Peligrosos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

El proyecto en su fase de construcción generará residuos peligrosos correspondientes a envases de pintura, solventes, envases de pegamentos y envases de aceites y barnices.

Respecto a este tipo de residuos, el titular del proyecto se asegurará que tanto la empresa que preste el servicio de transporte como el servicio de tratamiento, cuenten con las autorizaciones sanitarias correspondientes y cumplan con las disposiciones generales del D.S. N* 148/2003 MINSAL. Cabe señalar, que los residuos acopiados en ningún caso se almacenarán por un período mayor a 6 meses.

No se contempla la generación de residuos industriales peligrosos durante la fase de operación.

Forma de cumplimiento

Se contará con una bodega para el almacenamiento de los residuos peligrosos de aproximadamente 246 m?, la que se ubicará dentro del sitio destinado al acopio de residuos, tal como se muestra en el plano de instalación de faenas adjunto en el Anexo N”2 de la DIA y que considera las siguientes características:

  • Poseerá cierre perimetral de a lo menos 1,80 m de altura para evitar la entrada de animales y personal no autorizado a la bodega.

  • Tendrá una capacidad de contención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados, todo lo anterior para evitar que los contaminantes se filtren a las napas subterráneas. Dicha Bodega cumpliría con las especificaciones del D.S. N* 47/1992 Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

  • Los contenedores estarán debidamente rotulados según la NCh 2190 Of 93, además el contenedor será de un material resistente al residuo que se deposite en su interior, será a prueba de infiltraciones, resistente a los esfuerzos producidos en su manipulación, carga, descarga y transporte del residuo.

  • En la bodega se colocarán en una zona visible las fichas de seguridad de los residuos almacenados en esta bodega.

  • La bodega tendrá un letrero en el cual se indique que en este lugar se almacenan residuos peligrosos.

En la bodega de RESPEL se mantendrá un registro de ingreso y egreso de residuos. En este documento también se indicará el tipo de tratamiento que se realizaría al residuo, lugar de disposición y empresa de transporte.

Las mantenciones de la maquinaria y equipos que se utilizarán en la obra, se realizará por empresas externas, fuera del área del proyecto, Se implementará un registro en obra, de los talleres

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autorizados donde se realizarán las mantenciones de maquinaria usada por la constructora.

En caso que se produzca un derrame de algún residuo peligroso en obra, se aplicará el procedimiento de emergencia para derrames, el cual se presenta en el Anexo N 3 de la Adenda. Respecto a este tipo de residuos, el proyecto se asegurará que tanto la empresa que preste el servicio de transporte como el de tratamiento, cuenten con las autorizaciones sanitarias correspondientes y cumplan con las disposiciones generales del D.S. N 148/2003 MINSAL. La empresa encargada de construir el proyecto, efectuaría la declaración de residuos peligrosos que se realiza en el SIDREP por medio de la ventanilla única RETC y mantendría en obra una copia de esta declaración.

No se contempla la generación de residuos industriales peligrosos durante la fase de operación.

Indicador que acredita su cumplimiento

El indicador de cumplimiento para estos efectos, será contar con la autorización sanitaria de la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, para lo que se solicita el PAS establecido en el artículo 142 del Reglamento.

Adicionalmente, el titular mantendrá un registro interno de las actividades de retiro y deposición final en sitio autorizado de los residuos peligrosos del proyecto.

Forma de control y seguimiento

Verificación en terreno del indicador de cumplimiento, además de contar con los registros comprometidos.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.2.14 del ICE

7.17. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio Cultural

Norma

Ley N* 17.288, sobre Monumentos Nacionales; Modifica las Leyes 16.617 y 16.719; Deroga el Decreto Ley 651, de 17 de octubre de 1925.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

No se registraron hallazgos y/o elementos arqueológicos en el área del proyecto.

Para mayor detalle, la Línea de base de Arqueología se presenta en el Anexo 4 de la DIA.

Forma de cumplimiento

Si durante la ejecución de las obras que impliquen excavación y/o remoción de suelo se produjera algún hallazgo arqueológico o paleontológico no previsto se procederá según lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Ley 17.288 sobre Monumentos Nacionales y los artículos 20 y 23 del Reglamento sobre Excavaciones y Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. De producirse la anterior situación, el Titular paralizará las obras en el frente de trabajo del o de los hallazgos y notificará de inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo disponga los pasos a seguir, cuya implementación será financiada por el Titular.

Indicador que acredita su cumplimiento

De encontrarse hallazgos arqueológicos durante las fases de construcción, del proyecto, deberá detenerse cualquier obra susceptible de causar daño a dichos hallazgos y dar aviso inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales, cumpliendo con lo establecido en el artículo 26 y 27 de dicha Ley, llevando un registro de dichas actividades.

Forma de control y seguimiento

Revisión del registro de las exigencias anteriores y cumplimiento de las obligaciones descritas en el evento de verificarse nuevos hallazgos.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.3.1 del ICE

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7.18. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio Cultural

Norma

D.S. N? 484/1990 del Ministerio de Educación, que Aprueba el Reglamento de la Ley N* 17.288, sobre Monumentos Nacionales Sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológica.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

No se registraron hallazgos y/o elementos arqueológicos en el área del proyecto. Para mayor detalle, la Línea de base de Arqueología se presenta en el Anexo 4 de la DIA.

Forma de cumplimiento

Si durante la ejecución de las obras que impliquen excavación y/o remoción de suelo se produjera algún hallazgo arqueológico o paleontológico no previsto se procederá según lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Ley 17.288 sobre Monumentos Nacionales y los artículos 20 y 23 del Reglamento sobre Excavaciones y Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. De producirse la anterior situación, el Titular paralizará las obras en el frente de trabajo del o de los hallazgos y notificará de inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo disponga los pasos a seguir, cuya implementación será financiada por el Proyecto.

Indicador que acredita su cumplimiento

De encontrarse hallazgos arqueológicos durante las fases de construcción del proyecto, deberá detenerse cualquier obra susceptible de causar daño a dichos hallazgos y dar aviso inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales, cumpliendo con lo establecido en el artículo 26 y 27 de dicha Ley, llevando un registro de dichas actividades.

Forma de control y seguimiento

Revisión del registro de las exigencias anteriores y cumplimiento de las obligaciones descritas en el evento de verificarse nuevos hallazgos.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.3.2 del ICE

7.19. COMPONENTE/MATERIA: Fauna

Norma

Decreto Supremo N* 430/1992, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley General de Pesca y Acuicultura (Ley N?18.892) y sus modificaciones.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y operación

Parte, obra o acción a la que aplica

El Proyecto considera ejecutar obras en las cercanías del Rio Aconcagua

Forma de cumplimiento

El Proyecto no introducirá contaminantes a cuerpos de agua que causen daño a las especies hidrobiológicas, así como tampoco producirá derrames al Rio Aconcagua. En efecto, el proyecto presentado a evaluación colinda con la ruta 60 — CH, que actuará como buffer y protegerá las obras civiles existentes hacia el lado opuesto del río, evitando su contacto con las aguas del río Aconcagua. Sin perjuicio de lo anterior el Proyecto tomará medidas para que no existan derrames al rio Aconcagua, tales como realizar el almacenamiento de residuos y sustancias peligrosas de acuerdo a lo establecido en la normativa sanitaria y realizar la disposición de estos en recintos autorizados por la Autoridad Sanitaria.

Indicador que acredita su cumplimiento

Contar con lugares autorizados para el almacenamiento de los residuos sólidos generados por el proyecto en la fase de construcción y operación de conformidad a los PAS 140 y 142 del

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Reglamento del SEIA. Registro en faena del ingreso y egreso de las sustancias dispuestas en una bodega, que cumpla con las características indicadas por la normativa vigente.

Forma de control y

seguimiento disposición de los

Revisión de copia física de los registros de almacenamiento y

residuos y sustancias peligrosas en conformidad

a la normativa vigente.

Referencia al ICE para mayores detalles

8”. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumpli

rse las siguientes condiciones o exigencias, en

concordancia con el artículo 25 de la Ley N* 19.300:

8.1. Condición o exigencia 1

Fase del Proyecto ala | Construcción

que aplica

Urbanismo, Región de Valparaíso, el titular deber: * correspondientes, conforme a lo estipulad

El proyecto deberá tramitar el Estudio de (EISTU) conforme a las disposiciones del

De acuerdo al Oficio Ordinario N* 986 de fecha 06/04/2017, de la SEREMI de Vivienda y

á cumplir las siguientes exigencias:

La totalidad de Obras de edificación deberán contar con los permisos de edificación

o en el artículo 116 de la LGUC.

Impacto Sobre el Sistema de Transporte Urbano art. 2.4.3 de la OGUC.

Referencia al ICE para | Numeral 10.2.1 del ICE

mayores detalles

9”. Que, durante el procedimiento de evaluación compromisos ambientales voluntarios.

10%, Que, las medidas relevantes del Plan de Emergencias, son las siguientes:

de la DIA el Titular del Proyecto no propuso

Prevención de Contingencias y del Plan de

10.1. Derrame de sustancias y residuos peligrosos

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Parte, obra o acción asociada

Obra gruesa, terminaciones y obras exteriores en donde se utilicen o produzcan sustancias peligrosas O residuos peligrosos respectivamente.

Acciones o medidas a implementar

Cuando se comience con las labores de obra gruesa del proyecto, se implementarán al interior del proyecto las siguientes medidas con el fin de evitar algún posible derrame de sustancias o residuos peligrosos:

» — Identificar las sustancias peligrosas. Mantener las sustancias peligrosas al interior de la bodega destinada para el almacenamiento temporal para este tipo de sustancias.

Mantener los residuos peligrosos al interior de la bodega destinada para el almacenamiento temporal para este tipo de residuos.

Disponer en stock, en un sector de libre acceso y señalizado, los elementos de contención de derrames.

Mantener señalizados los lugares de ubicación de los equipos de extinción portátiles, con accesos despejados, libres de obstáculos.

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  • Establecer capacitaciones continuas al personal respecto a los procedimientos y materiales a emplear para la contención de derrames.

  • Implementar planes de contención y reparación del suelo

Forma de control y seguimiento

Cumplimiento de las normas, condiciones o exigencias establecidas en la RCA, las cuales serán registradas, para cuando la autoridad lo solicite,

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Numeral 7.1.1 del ICE

10.2. Incendio (Fase de construcción)

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Parte, obra o acción asociada

Obras previas, excavaciones, Obra gruesa, terminaciones y obras exteriores.

Acciones o medidas a implementar

Con el fin de disminuir al máximo las posibilidades de generar un incendio al interior del proyecto, es que se implementarán las siguientes medidas en cuanto comience la fase de construcción del Estadio Fiscal de San Felipe.

  • Mantener maquinarias y equipos bajo las normas de seguridad existente.

  • Mantener orden y aseo en los lugares de trabajo.

  • Mantener los equipos de extinción portátil operativos.

  • Todo lugar de trabajo en que exista algún riesgo de incendio, ya sea por la estructura del edificio o por la naturaleza del trabajo que se realiza, deberá contar con extintores de incendio, del tipo adecuado a los materiales combustibles o inflamables que en él existan o se manipulen.

  • El número total de extintores dependerá de la superficie a proteger, para mayor detalle ver artículo 46% del D.S. 594/99. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.

  • Los extintores estarán ubicados en lugares de fácil acceso y claramente identificados, libres de todo obstáculo.

  • Los extintores ubicados a la intemperie se ubicarán en un nicho o gabinete que los proteja de cambios ambientales y que permita su retiro expedito y podrá tener una puerta de vidrio simple, fácil de romper en caso de emergencia.

  • Capacitar al personal respecto al correcto uso y empleo de equipos de extinción portátil y de los residuos que se manejan.

Forma de control y seguimiento

Cumplimiento de las normas, condiciones o exigencias establecidas en la RCA, las cuales

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serán registradas, para cuando la autoridad lo solicite.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Numeral 7.1.2 del ICE

10.3. Derrumbe

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Parte, obra o acción asociada

Obras previas, excavaciones, Obra gruesa, terminaciones y obras exteriores.

Acciones o medidas a implementar

Con el fin de disminuir al máximo las posibilidades de ocurrencia de derrumbes al interior del proyecto, es que se implementarán las siguientes medidas en cuanto comience la fase de construcción del Estadio Fiscal de San Felipe.

  • Efectuar un retiro permanente de los escombros, con objeto de mantener el área despejada.

  • Apuntalar la estructura de apoyo cuando se trabaje con carga.

  • Delimitar el área de trabajo.

  • Emplear elementos de protección personal.

Forma de control y seguimiento

Cumplimiento de las normas, condiciones o exigencias establecidas en la RCA, las cuales serán registradas, para cuando la autoridad lo solicite.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Numeral 7.1.3 del ICE

10.4. Incendio (Fase de operación)

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Parte, obra o acción asociada

Todo el Estadio Fiscal de San Felipe

Acciones o medidas a implementar

  • Se verificarán los extintores y ubicación de cada uno de ellos según los materiales de combustión que puedan afectar a las instalaciones.

  • Se verificarán las instalaciones por el personal del departamento de bomberos.

  • Se establecerán rutas de salida en caso de emergencia.

  • Se realizarán simulacros dos veces al año para verificar que cada persona conoce sus responsabilidades.

  • El proyecto contemplaría la implementación de detectores de humo en áreas de alto o muy cerradas.

  • Se colocarán sistemas automáticos de roció en áreas con mucho personal.

  • Se revisarán las baterías de los detectores de humo una vez al año.

  • Se evitará conectar múltiples dispositivos en el mismo tomacorriente o en la misma línea de alimentación de electricidad.

  • Se evitará sobrecargar los cables con

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extensiones o equipos de alto consumo.

  • Se verificará constantemente el estado de los cables eléctricos y si se encuentran perforados o con peladuras, se realizará su reemplazo.

Forma de control y seguimiento

  • Se realizarán constantemente ejercicios de evacuación.

  • Se revisará anualmente del plan de emergencia.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Numeral 7.1.4 del ICE

10.5. Sismo o temblor

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Parte, obra o acción asociada

Todo el Estadio Fiscal de San Felipe.

Acciones o medidas a implementar

Recuerde que la edificación se pensó a prueba de terremotos

Tener preparado botiquín de primeros auxilios, linternas, radio a pilas, pilas, etc. y algunas provisiones en sitio conocido por todos. Saber cómo desconectar la luz, el gas y el agua.

Informarse sobre el plan de emergencia.

Confeccionar un directorio telefónico para, en caso de necesidad, poder llamar a Protección Civil, Bomberos, Asistencia Sanitaria o Policía

Forma de control y seguimiento

  • Se realizarán constantemente ejercicios de evacuación.

  • Se revisará anualmente del plan de emergencia.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Numeral 7.1.5 del ICE

10.6. Inundaciones

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Parte, obra o acción asociada

Todo el Estadio Fiscal de San Felipe

Acciones o medidas a implementar

  • Realizar mantenciones programadas (una vez al año), al sistema de agua potable y alcantarillado.

  • Capacitar a personal de estadio, sobre el actuar en caso de inundación.

Forma de control y seguimiento

  • Bitácora donde se debe llevar el registro de las mantenciones realizadas al sistema de agua potable y alcantarillado,

  • Registro de capacitaciones al personal.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Numeral 7.1.6 del ICE

11%. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones

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Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

12%, Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

13%, Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

149, Que, para que el proyecto “Remodelación Estadio Fiscal de San Felipe pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

159, Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Valparaíso y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

16%. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA de la Región de Valparaíso la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

17%, Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2” letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SETA. :

  1. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

  1. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Remodelación Estadio Fiscal de San Felipe”, del Instituto Nacional de Deportes de Chile.

2%. Certificar que el proyecto “Remodelación Estadio Fiscal de San Felipe” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3", Certificar que el proyecto “Remodelación Estadio Fiscal de San Felipe” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140 y 142 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4”, Certificar que el proyecto “Remodelación Estadio Fiscal de San Felipe” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5”. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su

ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.

6”. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N* 19.300, ante el/la Director/a Ejecutivo/a del Servicio de

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Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese

riel Aldoney Vargas

Intendente Presidente Z/omisión de Evaluación Ambiental de la Región de Valparaíso

Sy. Christian Rodolfo Droguett Campos, Instituto Nacional de Deportes de Chile. Cerporación Nacional Forestal, Región de Valparaíso

Dirección General de Aguas, Región de Valparaíso

Gobierno Regional, Región de Valparaíso

Ilustre Municipalidad de San Felipe

SEC, Región de Valparaíso

SEREMI de Agricultura, Región de Valparaíso

SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Valparaíso

SEREMI de Desarrollo Social, Región de Valparaíso

SEREMI de Energía, Región de Valparaíso

SEREMI del Medio Ambiente, Región de Valparaíso

SEREMI de Minería, Región de Valparaíso

SEREMI de Obras Públicas, Región de Valparaíso

SEREMI de Salud, Región de Valparaíso

SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Valparaíso SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Valparaíso SERNAGEOMIN, Zona Central

Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Valparaíso

Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, Región de Valparaíso Servicio Nacional Turismo, Región de Valparaíso

Consejo de Monumentos Nacionales

Subsecretaría de Pesca y Acuicultura

Superintendencia de Servicios Sanitarios

YODA ACACACACACACACACAC ACACIA ACA

C/e:

Sr. Superintendente del Medio Ambiente.

Sr. Coordinador Unidad de Participación Ciudadana, Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Valparaíso.

Oficial de Partes de la Región SEA Región de Valparaíso.

Expediente del Proyecto DIA “Remodelación Estadio Fiscal de San Felipe”.

Archivo Servicio Evaluación Ambiental, Región de Valparaíso.

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