Colector Barwick
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REPÚBLICA DE CHILE. COMISIÓN DE EVALUACIÓN XII REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA
Califica Ambientalmente el proyecto "Colector Barwick"
Resolución Exenta N* 106/2017
Punta Arenas, 22 de agosto de 2017
VISTOS:
-
La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), y su Adenda de fecha 18 de julio de 2017, del proyecto “Colector Barwick”, presentado por la Empresa Nacional del Petróleo - Magallanes con fecha 17 de febrero de 2017.
-
Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Colector Barwick”.
-
El Acta de Evaluación N*%018/2017 de fecha 08 de marzo de 2017, del Comité Técnico de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena,
4, EL ICE de la DIA del proyecto “Colector Barwick” de fecha 09 de agosto de 2017.
-
El acuerdo adoptado en la sesión N*09 de fecha 22 de agosto de 2017, de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.
-
Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Colector Barwick”.
-
Lo dispuesto en la Ley N19,300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N%40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
CONSIDERANDO:
- Que, la Empresa Nacional del Petróleo - Magallanes (en adelante, el Titular), ha.sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SETA) la DIA del proyecto “Colector Barwick” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Empresa Nacional del Petróleo — Magallanes Rut 92.604.000-6
Domicilio José Nogueira 1101, Punta Arenas
Teléfono 56-61-2243477
Nombre representante legal Ramiro Emesto Parra Armendáriz
Rut representante legal 8.965,749-0
Domicilio representante legal | José Nogueira 1101, Punta Arenas
Teléfono representante legal 56-61-2221150
Correo Electrónico rparra(Qmag.enap.cl, cmunozr(Ymag.enap.cl
- Que, conforme se indica en el ICE de fecha 09 de agosto de 2017, la Directora Regional de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto; cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos N137 y N156 del D.S. N*40/2012; y no genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad
_de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
'4/ Que, en sesión de fecha 22 de agosto de 2017, la Comisión de Evaluación de la Región de
Ma: Sallanes y de la Antártica Chilena acordó calificar favorablemente el proyecto “Colector
Barwiék>, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 09 de agosto de 2017, el que
AOtn3 ppárte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el
artíc lg 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las con; ¡de faciones técnicas en que se fundamenta.
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Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, y en su Adenda, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del proyecto es la que a continuación se
indica:
4.1.
ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
El Proyecto consiste en la construcción de un colector para transportar la producción de hidrocarburos de 5 PAD, cuya longitud total será de 16.850 metros. A su vez, el proyecto tiene asociada la construcción de centrales de flujo y su respectiva línea de flujo que conectará la producción de los pozos al colector, estas se ubicarán al interior de la plataforma de los PAD respectivos, además se contempla el uso de trampas de lanzamiento y recepción para la mantención del ducto, estas instalaciones serán de tipo superficial, y se ubicaran en el trazado del colector.
Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones
Tipología principal: j) Oleoductos gasoductos, ductos mineros u otros análogos.
Vida útil
20 años
Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución
Tendido de la Línea
Proyecto se desarrolla por SI NO etapas
Proyecto modifica un proyecto
o actividad
Proyecto Modifica otra (s) Xx RCA
4.2.
UBICACIÓN DEL PROYECTO
División administrativa
político-
Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, Provincia de Tierra del Fuego, comuna de Primavera.
Descripción de la localización
El diseño del trazado de la línea de flujo, se ha realizado considerando la ubicación de instalaciones existentes y del pozo asociado, de esta manera se busca minimizar la intervención del suelo.
Superficie
Para la etapa de construcción se considera una superficie máxima de intervención de 20,2 ha, es decir, un ancho máximo de faja a utilizar de 12 m.
La intervención del suelo propiamente tal, al momento de la construcción, es decir, para la apertura de la zanja, se estima un ancho de 1,2 m (ancho máximo de la pala excavadora), por lo tanto, la superficie total efectiva es 2,0 ha.
El Proyecto en evaluación considera la construcción de cinco centrales de flujo. Estas serán instaladas en cada plataforma de pozo, siendo áreas ya intervenidas y
estabilizadas estructuralmente, en una superficie de 65x65 m (4.225 m?) cada una.
Coordenadas UTM WGS84
Coordenadas de Conexión de los PAD al Colector
Coordenadas Longitud (m) Inicio / Fin Este Norte Inicio (Pozo Barwick) 447.128 4.131.858 16.850 érmi : 6.8 Término (Colector 446.468 4.146.334 Arenal) Coordenadas Centrales de Flujo Central de Flujo Coordenadas Este Norte Pozo Barwick ZG-1 447.126 4.131.853 PAD Estancia Rita ZG-1 446.055 4.142.703 PAD Cortado Creek ZG-1 447.161 4.144.088 PAD Cabaña Oeste ZG-4 447.563 . 4.145.462 PAD Cabaña Oeste ZG-3 446.745 4.146.308 Coordenadas Trampas de Lanzamiento y Recepción Tramo Trampa Coordenadas Este Norte Barwick ZG-1- Lanzamiento 447.155 4.131.777 Estancia Rita ZG-1 Recepción 445.902 4.142.613 Estancia Rita Lanzamiento 445.902 4.142.683 ZG-1 — Cabaña Oeste ZG-3 Recepción 446.553 4.146.334
minos de acceso j
</
Para acceder al Colector Barwick, se debe llegar a la Isla Tierra del Fuego a través del cruce de Bahía Azul y Transitar 10 km por la ruta CH-257 hasta la intersección con la ruta Y-65, por la cual se debe avanzar 42,9 km hasta el empalme del camino de acceso al PAD Cabaña Oeste ZG 3
«| Referencia al expediente de evaluación de los mapas,
Capítulo 1 de la DIA y Capitulo I del ICE
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georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO
4.3.1,
FASE DE CONSTRUCCIÓN
Tendida de Linea
Corresponde a la distribución lineal del tramo de cañería a lo largo del trazado, para ser posteriormente soldado. Esta actividad se realiza antes y durante la apertura de zanja, dejando la tubería soldada junto a la zanja, para realizar la prueba de uniones soldadas
Apertura de Zanjas
Esta etapa involucra la preparación de la pista y excavación de la zanja que contendrá el ducto. El movimiento de tierra necesario para abrir la zanja, se planificará a fin de que este espacio sea el mínimo necesario, con el objeto de acotar el impacto a la menor superficie de suelo posible, además, en el área de trabajo no se dispondrán materiales sobrantes de las excavaciones.
El trazado del Colector cruza dos rutas, Y-65 y Y-655, el soterramiento de la tubería se realizará de acuerdo al manual de carretera del MOP de tal manera que no se vea comprometida la infraestructura vial.
La instalación del ducto se describe sin vega, con vega y en atravieso de cauce.
Etapa de Pruebas
Terminada la construcción, comenzará la fase de prueba del ducto, dentro de la cual se tienen las siguientes tareas:
-
Prueba de Uniones Soldadas
-
Prueba de Porosidad
-
Prueba de Revestimiento
-
Prueba de Resistencia
Tapado y Cierre de Zanjas
Una vez terminada la etapa de prueba del ducto, se realizarán las siguientes actividades:
- Restitución de la tierra más profunda (horizonte mineral)
Instalación de la cinta de advertencia
-
Relleno y Tapado de zanja que contendrá el ducto
-
Restitución de la capa vegetal en los lugares que fue retirada
-
Retiro de los elementos y materiales sobrantes de la construcción
Una vez concluidas las acciones de construcción del ducto, se instalarán letreros donde se indique el diámetro de la línea, la presión, la empresa a la cual pertenece y el número de teléfono para llamados frente a una emergencia. Dichos letreros se localizarán a distancias prudentes, considerando además, como en todos los proyectos, su instalación en los sectores de pozos y límites prediales, entre otros.
Trampas de Lanzamiento
Para realizar la mantención y limpieza del ducto, se incorporará el uso de 4 trampas: 2 de lanzamiento y 2 de recepción en todo el trazado. Para esto el colector se divide en dos tramos: lero Barwick ZG 1-Estancia Rita ZG 1 y el 2do Estancia Rita ZG 1 — Cabaña Oeste ZG 3. Estas trampas son de tipo superficial y se ubicaran en el trazado del colector.
Para la construcción de las trampas, se requiere de la preparación del área necesaria, desmalezando y compactando adecuadamente la superficie. El área constructiva contemplada para estas instalaciones es de 20 metros por 10 metros aproximadamente de terreno. Es importante mencionar que las trampas permanecerán en su totalidad sobre un patín para su transporte
Las Trampas de recepción y lanzamiento consideran los siguientes componentes principales: Válvulas de venteo Drenaje; Manómetros; Venteo; Cámara de trampa o barril.
Construcción de Centrales de Flujo
Las centrales de flujo se emplazarán al interior de las planchadas de los PAD, el área de cada central es de 0,42 ha (65 x 65 m). Es importante mencionar que están permanecerán en su totalidad sobre un patín para su transporte, por lo que se contempla el retiro de todas las instalaciones que estén sobre la superficie para su traslado, instalación a otro lugar o destino que corresponda. Las centrales de flujo consideran los siguientes componentes principales: $ Manifold para conectar la llegada de las líneas de flujo. $ Interconexiones con separadores (Unidades de Prueba). $ Unidades de prueba para separación. $ Interconexiones con etapa de absorción (si corresponde). $ Absorvedor y unidad regeneradora de glicol. $ Estanques de almacenamiento. $ Red de gas combustible.
Instrumentación, válvulas y equipos menores.
Reéursos naturales renovables
Cubierta vegetal en el trazado de la línea de flujo
] siones y efluentes 3]
Polvo en suspensión, emisiones de maquinarias, ruido, todos de baja magnitud y por encontrarse en áreas abiertas podrán disiparse rápidamente,
J Résiduos, productos químicos 5 sustancias que puedan Játe
tar el medio ambiente.
Aguas servidas (12 a 15 m de capacidad por baño químico, retirados cada 3 a 5 días) a disponer en lugar autorizado; Residuos sólidos (10 m) a disponer en
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lugar autorizado; residuos peligrosos (50 kg) almacenados en la bodega de almacenamiento temporal de Enap.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Capitulo IV
4,3.2.. FASE DE OPERACIÓN
Reinyección de aguas de formación de centrales de flujo
Los líquidos del separador de la central de flujo, se almacenan en un estanque de 500 barriles de capacidad (79,5 m?), en el cual por el principio de la gravedad, en forma primaria se separan el agua de formación de los hidrocarburos. Los hidrocarburos son transportados vía terrestre hacia el terminal de Gregorio, y el agua de formación reinyectada en los pozos aprobados en Tierra del Fuego para su reinyección (RCA N? 003/2014 y N* 095/2014).
Mantenciones Programadas
Durante la vida útil del Proyecto, es posible que se tenga que cambiar tramos del ducto, esto debido a la pérdida de espesor a causa de la corrosión u otros factores que son atingentes a la operación. En el caso de ser necesario un cambio de tramo, se aplicará el mismo procedimiento constructivo señalado, donde se incluye lo estipulado en el Plan de Intervención de Cubierta Vegetal.
Respecto a la mantención y limpieza de los ductos, es importante aclarar que, debido a que la longitud del Colector es de 16.850 metros, se incorporará el uso de 4 trampas: 2 de lanzamiento y 2 de recepción en todo el trazado. Para esto el colector se divide en dos tramos: lero Barwick ZG 1-Estancia Rita ZG 1 y el 2do Estancia Rita ZG 1 — Cabaña Oeste ZG 3. Estas trampas se ubicarán en el trazado del colector.
Las centrales de flujo, operarán en forma permanente, 24 horas al día. Para ello, ENAP cuenta con operadores que trabajan por turnos de 12 horas, los cuales registran datos de los parámetros operacionales de la instalación y reportan cualquier desvío para solucionarlo. En este caso existe una mantención preventiva diaria que tiene relación a verificación de empaques y bombas entre otros aspectos. ;
Operación de las Instalaciones
El Proyecto requiere de operación continua, 365 días del año durante las 24 horas del día.
La operación, control y labores de mantención, se harán con la misma infraestructura operacional existente para el manejo de las instalaciones de ENAP en Magallanes, anteriormente mencionadas.
Plan de Ambiental
Emergencia
El control del proceso corresponde a una operación segura, lo que no implica que, por un eventual error operacional o por la acción de terceros, se produzcan contingencias durante la etapa de operación.
Las posibles contingencias han sido previamente analizadas y principalmente se traducen en roturas de algún tramo del ducto. Las acciones a seguir ante eventualidades o contingencias radican en dejar sin utilizar la línea hasta que sea evaluada y reparada.
Productos Generados
El transporte de fluidos a través de ductos subterráneos, es diseñado y construido de acuerdo a normas técnicas acordes a la legislación de cada país, y correspondientes a una operación intrínsecamente segura, ya que para ello, además, se utilizan tecnologías mundialmente probadas.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Capítulo IV
4.3.3. FASE DE CIERRE
Abandono o Cierre
El Colector permanecerá enterrado, ya que por sus características metálicas revestidas con polietileno tricapa los transforman en inertes y resulta ambientalmente inconveniente su retiro al tener que intervenir nuevamente la capa de suelo vegetal recuperada.
La central de flujo, se emplaza en su totalidad sobre un patín para su transporte, por lo que se contempla el retiro de todas las instalaciones que estén sobre la superficie para su traslado, instalación a otro lugar o destino según lo estime el Titular.
Las trampas al presentarse sobre patines, se contemplan el retiro de todas las instalaciones que estén sobre superficie para su traslado e instalación a otro lugar o destino que corresponda. Las trampas de recepción y lanzamiento, serán desmanteladas antes de proceder al cierre y/o abandono, conforme al Plan de Cierre de Faena con que cuenta el Titular. Las trampas serán trasladas a los patio de Bodega del responsable del activo, posteriormente se realizará una inspección técnica para aquellas trampas que serán reutilizadas en otra instalación.
esmantelamiento o aseguramiento de infraestructura
El ducto permanecerá enterrado, ya que por sus características metálicas revestidas con polietileno tricapa es inerte.
Restauración
El Plan de Intervención de Cubierta Vegetal, busca disminuir las distorsiones sobre el suelo y la vegetación presentes en las áreas consideradas para la construcción de la línea de flujo.
| Prevención de
futuras
emisiones
Las cañerías metálicas que conforman cl ducto están protegidas externamente con poliuretano tricapa (HDPE), permitiendo un comportamiento inerte frente a
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la agresividad del subsuelo.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta | Capítulo IV fase.
4.4, DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO
4.4.1. Fase de Construcción
Fecha estimada de inicio Inicio: Agosto de 2017,
Parte, obra oO acción que
es Tendido de la línea. establece el inicio
Fecha estimada de término Termino: Diciembre de 2017
Parte, obra o acción que
Es Cierre de Zanja e Instalación de estanques de almacenamiento. establece el término
4.4.2, Fase de Operación
Fecha estimada de inicio Inicio: enero de 2018.
Parte, obra o acción que | Operación de las Instalaciones establece el inicio
Fecha estimada de término Término: año 2038
Parte, obra o acción que
a Cese de la Producción de los Pozos establece el término
4.4.3. Fase de Cierre
Fecha estimada de inicio Año 2038
Parte, obra o acción que | Limpieza interna del ducto. establece el inicio
Fecha estimada de término Un mes iniciada la etapa
Parte, obra o acción que
Su Desconexión mediante el cierre de válvulas. establece el término
Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la nexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N?* 19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS
Los trabajos específicos considerados en el Proyecto se desarrollarán alejados de centros poblados. El centro urbano más próximo es Cerro Sombrero, el cual se ubica a 35 km en línea recta.
El Proyecto no superará los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente. Las emisiones de ruido serán debido a los motores de la maquinaria a utilizar, las cuales serán de baja magnitud y equivalentes a 6 meses, estimándose su rápida disipación debido al frecuente viento de la zona.
Las emisiones a la atmósfera, serán de corta duración y de baja magnitud y no constituye un riesgo para la Salud de la población.
Los residuos sólidos no peligrosos serán producto de soldaduras y despuntes metálicos, estimandose en 10 m?, mientras que los peligrosos serán guaipes, paños empetrolados, aceites y grasa, equivalentes a 50 kg. Ambos serán almacenados temporalmente y rotulados señalando su clasificación y/o composición, los primeros, trasladados a lugar autorizado, y los RESPEL, trasladados a la bodega de almacenamiento de Cerro Sombrero.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este | Capítulo VI impacto específico
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE
El Proyecto contempla la utilización máxima de 20,2 ha de Estepa en la etapa de construcción, para las cuales se cuenta con Plan de Intervención de Cubierta Vegetal, que se ejecuta durante y posterior a la construcción. Dicho Plan contempla monitoreos de evaluación hasta la segunda temporada de crecimiento vegetativo, en la cual si se observa una recuperación irregular o parcia de la pradera, se procede a aplicar técnicas agrícolas de recuperación hasta alcanzar un mínimo del 60% de cobertura vegetacional. La remoción de suelo será de carácter temporal, ya que se considera restituir tanto el suelo como la cubierta vegetal mediante la aplicación del PICV, neutralizando la erosión, impermcabilización y compactación del suelo, además de su degradación. Adicionalmente, la inspección de terreno permitió constatar que otras líneas de flujo construidas recientemente presentan una recuperación significativa de cobertura vegetacional. En tal sentido, no se afecta en el tiempo la capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización o compactación producto de la construcción del ducto. En relación al emplazamiento de las centrales de flujo, estas serán instaladas dentro de un área intervenida “(planchada de pozo existente), sin efectuar perdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad adicional a la efectuada por la construcción de la plataforma del PAD ya existente. a La supérficie de suelo a intervenir directamente por las obras del proyecto será de 2 ha lo que corresponde a Al franja de 1,2 metros de ancho a lo largo de la longitud total del colector de 16.850 metros, en la ¿laboración de la línea base para la presente DIA se han expuesto para su evaluación, los resultados en cuantó a la diversidad biológica presente en el área de estudio (franja de 15 m a cada lado desde el eje central del ducto) y se ha descartado un efecto adverso significativo, sobre las comunidades de flora y fauna préseñtes en el área evaluada.
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Respecto a la flora, se identificaron tres comunidades vegetacionales: (1) Coirón mata (festuca gracillima — Chiliotrichum diffusum), (2) Brezal de Empetrum rubrum y (3) Vega de gramíneas y ciperáceas. La comunidad registrada, corresponde a las asociaciones del ambiente de Estepa Patagónica de la región de Magallanes. En esta comunidad no se encontraron especies de flora en alguna categoría de conservación, de acuerdo al “Libro Rojo de la Flora Terrestre de Chile” (CONAF, 1989), como a su vez, tampoco se encontraron especies de flora incluidas en el listado unificado de especies con alguna categoría de conservación, clasificadas por MMA (2014). Ñ
Respecto a la fauna, durante la prospección realizada en terreno se registró la presencia de 13 especies, 11 aves y 2 mamíferos, las cuales corresponden a las especies descritas para el ambiente de Estepa Patagónica de la región de Magallanes, según literatura referida.
En el área prospectada, solo se registraron dos especies en categoría de conservación: Lama guanicos (guanaco) y Pseudalopex griseus (zorro gris), especies de fauna clasificadas como LC “preocupación menor” incluidas en el listado unificado de especies en categoría de riesgo, clasificadas por MMA (2014). Considerando la posibilidad de la presencia de especies en categoría de conservación en el sector al momento de ejecutarse el proyecto, se realizará una charla de inducción al personal encargado de la construcción, con la finalidad de transmitir su estado de conservación, respecto de su ambiente natural y consideraciones en caso de avistamiento, entre otros, En el caso de que la construcción se realice entre los meses de septiembre y noviembre, que corresponden a la época de migración del Canquén Colorado a Chile, se realizará un monitoreo por un especialista previo a la construcción en el área del trazado y en especial en las zonas sensibles de nidificación (vegas).
En cuanto al agua, la prospección permitió confirmar la presencia de un cauce de carácter temporal en el trazado entre el PAD estancia Rita ZG-1 a Cortado Creek ZG-1, el que requiere del respectivo Permiso Ambiental Sectorial 156 de atravieso de cauces.
Como parte del proyecto y, consecuentemente, del plan de abandono, se considerará el pleno restablecimiento del escurrimiento natural, en su condición original, de aguas lluvias y deshielos.
Asimismo se abordará la obligatoriedad de que no se formen cuerpos de aguas artificiales en los terrenos abandonados.
El Proyecto no contempla el uso de productos químicos en ninguna de sus etapas, por lo tanto no habrá impacto debido a la utilización y/o manejo de dichas sustancias. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este | Capítulo VI impacto específico 5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS El Proyecto y su área de influencia no generan reasentamiento de comunidades humanas. Los trabajos específicos considerados en el Proyecto se desarrollarán alejados de centros poblados. El centro urbano más próximo es Cerro Sombrero, el cual se ubica a 35 km en línea recta. El Proyecto no contempla la intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales a grupos o comunidades para el sustento económico, uso tradicional, medicina, espiritual o cultural. La línea de flujo se localiza en un sector utilizado en operaciones petroleras, desde antes de la entrada en vigencia de la Ley 19.300, coexistiendo con la ganadería del lugar hasta la actualidad. Además, la construcción del colector, que involucra actividades en el lugar desde el tendido de la línea hasta la instalación de los estanques de almacenamiento, tiene una corta duración equivalente a 6 meses, y la magnitud se estima puntual, ya que como máximo uso del terreno, se ocuparán 12 metros de ancho a lo largo del ducto, mientras que para la etapa de operación, esta superficie se reducirá a 6 metros de ancho, es decir, a 10,1 hectáreas. El Proyecto no involucra la obstrucción, restricción a la libre circulación, conectividad o aumento significativo en el tiempo de desplazamiento a grupos humanos o comunidades. Por el contrario, la actividad petrolera ha implicado la ampliación de la red caminera al interior de los predios, los cuales son utilizados por los propietarios para acceder a sus puestos o en el arreo de animales. Respecto al uso de las carreteras principales, existirá el transporte de los materiales necesarios para la construcción del colector, lo cual será llevado a cabo por 5 camiones, los que realizaran 20 viajes, mientras que las maquinarias realizarán un viaje hasta finalizar la faena, desde Punta Arenas hasta la locación. El Proyecto no genera alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios O infraestructura básica de grupos humanos o comunidades; el proyecto no obstruye rutas o caminos de acceso, ni impide el libre desplazamiento.
El Proyecto no genera la dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este | Capítulo VI impacto específico 5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y AREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL Ñ VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Los trabajos específicos considerados en el Proyecto se desarrollarán alejados de centros poblados. El “centro urbano más próximo es Cerro Sombrero, el cual se ubica a 35 km en línea recta. Respecto a Cullen, qué opera como campamento y centro de operaciones para la industria del hidrocarburo, se localiza a 62 km en línea recta. No existen poblaciones protegidas o comunidades indígenas susceptibles de ser afectadas.
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Respecto a recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental, la cercanía del Proyecto a aquellos puntos de relevancia es: MN Laguna de los Cisnes a 46 km., Bahía Lomas a 46 km., Glaciar Marinelli a 178 km.
Respecto al valor ambiental del territorio, se puede indicar que su uso principal es la ganadería extensiva
lanar, seguido de la industria petrolera. El área no ofrece alternativas productivas relacionadas con el
turismo o ecoturismo, siendo la propiedad de carácter privado sin acceso a pasajeros o visitantes.
Referencia al ICE para
mayores detalles sobre este | Capítulo VI
impacto específico .
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA
Si bien el área no presenta un valor paisajístico significativo, el proyecto consiste en enterrar los ductos a 1
metro bajo tierra, por lo tanto no hay obstrucción visual. La faena tiene una duración que no excederá los 6
meses y lo que se observará es la retroexcavadora en el track de construcción.
Se entenderá que una zona tiene valor turístico cuando, teniendo valor paisajístico, cultural y/o patrimonial,
atraiga flujos de visitantes o turistas hacia ella; en tal sentido la línea de flujo no se localizan próximas a
zonas de valor paisajístico.
El colector en evaluación no se localiza próxima a zonas de valor paisajísticos, por lo tanto no se genera la
obstrucción de accesos.
En el área de influencia y emplazamiento del Proyecto no existe presencia de pueblos indígenas que
pudiesen ser afectados por la alteración del valor paisajístico o turístico de la zona.
Referencia al ICE para
mayores detalles sobre este | Capítulo VI
impacto específico
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL
En la inspección arqueológica a lo largo del trazado del colector, se registraron 2 hallazgos aislados de
material arqueológico, no se registró material paleontológico o histórico en superficie. Además, el Proyecto
no involucra la alteración o deterioro de algún sitio definido como Monumento Nacional.
De acuerdo a los antecedentes del área de estudio, los hallazgos y sitios más cercanos al proyecto se ubican
fuera del buffer de construcción. Los hallazgos cercanos serán delimitados para su protección y no
alteración, además de un monitoreo arqueológico durante la construcción del colector.
Cabe señalar que debido a que el hallazgo HA-1 se encuentra a 23 metros del eje del trazado del colector, no
se deberá cercar el área. Lo anterior a solicitud del Consejo de Monumentos Nacionales.
Referencia al ICE para
mayores detalles sobre este | Capítulo VI
impacto específico
6”. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos
6.1.1. Permiso para la Aprobación del Plan de Cierre de una Faena Minera, del artículo N*137 del Reglamento del SEIA
Fase del Proyecto a la cual
Abandono o Cierre
corresponde Parte, obra o acción a que aplica Construcción Colector Barwick -
mr F Oficio N*148 de fecha 28 de junio de 2017 del Servicio de Pronunciamiento del órgano
Geología y Minería, Región de Magallanes y Antártica
competente : P Chilena.
6.1.2. Permiso para Efectuar Modificaciones de Cauce, del artículo N*156del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde
Construcción
Parte, obra o acción a que aplica Construcción Colector Barwick Pronunciamiento del órgano | Oficio N275 de fecha 01 de agosto de 2017 de la Dirección competente Regional de Aguas, Región de Magallanes y Antártica Chilena. Referencia al ICE para mayores Capítulo IX detalles 7. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente: : Norma D.F.L. N725, Código Sanitario Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará | Todas cumplimiento NN Parte, Obra o Acción a la que Todas
Aplica /Forma de cumplimiento Artículos 67 y 68: Cumplirá la normativa a partir de reglamentos internos y procedimientos internacionales.
húp:/infofirmá.sea.gob .cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docld=a8/d8/54417135bdec5a91799e26a7d16c27f2ebed 7/13
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Artículos 70 y 71: El agua potable y de consumo será proporcionada por un contratista y provendrá desde Punta Arenas en bidones. Para la etapa de construcción se dispondrá de baños químicos proporcionados por un contratista con autorización sanitaria. Las aguas servidas serán retiradas por medio de camión aljibe a una instalación que cuente con la autorización de la autoridad para tal efecto. .
Artículos 72 y 73: Se dispondrá de baños químicos proporcionados por un contratista con autorización sanitaria. Las aguas servidas serán retiradas por medio de camión aljibe a una instalación con permiso de la autoridad para tal efecto. El Proyecto no descargará aguas servidas y residuos industriales o mineros en ríos o lagunas, o en cualquier otra fuente o masa de agua que sirva para proporcionar agua potable a alguna población. Artículo 77: El Proyecto no contempla la habilitación de campamentos para personal.
Artículo 78: El retiro de los desechos corresponde a un contratista, el cual contará con las autorizaciones pertinentes emanadas de la Autoridad para ejecutar las labores.
Artículo 67 y 68: Registros en reglamentos y procedimiento interno.
Artículos 70, 71, 72 y 73: Documento de acreditación de transporte, habilitación, retiro de baños químicos y saneamiento del sector. Documentos de despacho y recepción de aguas servidas. Documento de
an acredita su distribución de agua potable y de consumo en bidones. Artículo 77: El Proyecto no contempla la habilitación de campamentos
para personal. Ñ Artículo 78: Documento de despacho y recepción de residuos a lugar autorizado.
Forma de comrel $ Corresponderá a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Autoridad
Seguimiento Sanitaria, en uso de sus facultades legales, fiscalizar el permanente cumplimiento de las normas.
Nora D.S. N*S594/99, Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará | Todas * cumplimiento Parte, Obra o Acción a la que
a Todas
Aplica
Forma de cumplimiento
Artículo 16: El Proyecto no contempla el vaciado a la red de alcantarillado público.
Artículo 18: ENAP - Magallanes posee un contrato para la eliminación de todos sus residuos.
Artículo 19: ENAP - Magallanes exige a sus contratistas que dispongan de todas las autorizaciones que la ley exige, de otra forma no podrían formar contrato con la empresa.
Artículo 20: ENAP - Magallanes cuenta con un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos autorizados por la autoridad sanitaria que está vigente y a la vez con contratos que garantiza su disposición final. Los residuos industriales no peligrosos serán retirados y transportados a lugar autorizado por una empresa calificada.
Artículos 24 y 26: Para la etapa de construcción, se utilizarán baños químicos, donde las aguas servidas serán retiradas por una empresa con autorización sanitaria, la cual se encargará de realizar la disposición final en un lugar donde le esté habilitado. Para la ctapa de construcción, las aguas servidas serán acumuladas en estanques y, posteriormente, serán transportadas a la planta de tratamiento autorizada para su disposición final.
Indicador que acredita cumplimiento
Artículo 16: Documentos de despacho y recepción de aguas servidas. Artículos 18, 19 y 20: Registros del Plan de Manejo de Residuos Peligrosos, documento de despacho y recepción de residuos a lugar autorizado.
Artículos 24 y 26: Documento de acreditación de transporte, habilitación, retiro de baños químicos y saneamiento del sector. Documentos de despacho y recepción de aguas servidas.
Corresponderá a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Autoridad
Forma de control soi 8
Es on y Sanitaria, en uso de sus facultades legales, fiscalizar el permanente seguimiento E S cumplimiento de las normas. Nólma D.S. N*148/03, Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos A Peligrosos Fase del Proyecto a la que
Aplica
aplica o en la que se dará | Todas cumplimiento
A Parte, Obra o Acción a la que
' a Todas
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Forma de cumplimiento
Los RESPEL serán manejados de acuerdo a los procedimientos establecidos en el Plan de Manejo de RESPEL y transportados a la Bodega de almacenamiento temporal en Cerro Sombrero autorizada por la Resolución Exenta N*27 del 2009.
Indicador que acredita su cumplimiento
Registros del Plan de manejo de RESPEL
Forma de control y seguimiento
Corresponderá a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Autoridad Sanitaria, en uso de sus facultades legales, fiscalizar el permanente cumplimiento de las normas.
Norma
D.S. N*132/2004, Reglamento de Seguridad Minera
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará | Todas cumplimiento Parte, Obra o Acción a la que
a Todas
Aplica
Forma de cumplimiento
Artículo 67: De acuerdo a lo señalado, en forma previa a la fase de construcción, ENAP enviará a SERNAGEOMIN la Resolución de Calificación Ambiental que califica favorablemente al Proyecto.
Artículo 68: Respecto a las emisiones asociadas a la maquinaria es importante señalar que todos los vehículos utilizados durante la construcción y operación se encuentran con las respectivas revisiones técnicas al día.
Artículo 69: ENAP — Magallanes realiza actividades de inducción donde hace extensivos los compromisos ambientales a las empresas contratistas y subcontratistas. Además el Titular cuenta con planes y programas para dar cumplimiento a los compromisos ambientales asociados a la tramitación de la presente DIA.
Artículo 70: El presente Proyecto dará cumplimiento a todas las disposiciones relativas a componentes ambientales establecidos en el Reglamento de Seguridad Minera.
Artículo 312: Los reglamentos antes señalados corresponden a procedimientos que la empresa ha ido realizado a lo largo de los años actualizándolo ee incorporando nueva normativa. En los entes fiscalizadores según corresponda, obran los procedimientos adoptados por la empresa.
Artículos 493, 497, 498 y 499: Corresponde a procedimientos que la empresa ha ido realizado a lo largo de los años actualizándolo e incorporando nueva normativa. En los entes fiscalizadores según corresponda, obran los procedimientos adoptados por la empresa.
Artículo 500: Durante la etapa de construcción, el Proyecto generará desechos menores los cuales serán retirados y dispuestos oportunamente en lugares autorizados. Se cumplirán íntegra y cabalmente los requisitos del presente Decreto Supremo.
Indicador que acredita su cumplimiento
Artículo 67: Presentación de proyecto de explotación y RCA asociada Artículo 68: Registros del Plan de Manejo de Residuos y Revisiones Técnicas :
Artículo 69: Planes y programas asociados a los compromisos ambientales y listas de asistencia a inducciones.
Artículo 70: Plan de Manejo de Residuos Peligroso y Autorización municipal para disposición de desechos en lugar autorizado
Artículos 493, 497, 498 y 499: Plan de cierre de faena minera aprobado Artículo 312: Reglamento interno de seguridad aprobado
Artículo 500: Plan de cierre de faena minera aprobado
Corresponderá a la Superintendencia del Medio Ambiente y a
Forma de control y 4 Sl ue Sernageomin, en uso de sus facultades legales, fiscalizar el permanente seguimiento SN cumplimiento de las normas. Norma Ley 20.551 Regula el Cierre de Faenas e Instalaciones Mineras
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Cierre o Abandono
Parte, Obra o Acción a la que Aplica
Cierre o Abandono del proyecto
Forma de cumplimiento
El Titular cumplirá con lo señalado en la Ley 20.551 y presentará el respectivo plan de cierre de forma sectorial al Servicio para su aprobación de acuerdo a lo señalado en el Artículo 4*.
Indicador que acredita su cumplimiento
Ejecución del Plan de cierre aprobado y la estabilidad física y química del lugar donde operó la faena.
Forma de control y seguimiento
Corresponderá a la Superintendencia del Medio Ambiente y a Sernageomin, en uso de sus facultades legales, fiscalizar el permanente cumplimiento de las normas.
¿Norma
Ley 17.288, Ley sobre Monumentos Nacionales
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Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción
Parte, Obra o Acción a la que Aplica
Obras de escarpe debHterreno-y emtodas tastactividades que consideren la remoción de la superficie
Forma de cumplimiento
En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante la ctapa constructiva, el titular informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales como se establece en los Artículos N26 y 27 de la Ley N*17.288.
Indicador que acredita su
cumplimiento
El reporte escrito del hallazgo, al Consejo de Monumentos Nacionales, si se identifican o detectan.
Forma de seguimiento
control y
Consejo de Monumentos Nacionales, el que cuenta con la cooperación de las autoridades civiles, militares y Carabineros de Chile.
Norma
D.S. N*484, Reglamento de la Ley N” 17.288, Sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción
Parte, Obra o Acción a la que Aplica
Obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren la remoción de la superficie
Forma de cumplimiento
El titular del Proyecto se compromete a respetar todo lo enunciado en la Ley de Monumentos Nacionales y su Reglamento, De esta manera, el Titular del Proyecto se compromete en la eventualidad de encontrar cualquier hallazgo de carácter arqueológico, antropológico o paleontológico de dar aviso o informar a las autoridades pertinentes. De acuerdo a lo señalado por las leyes mencionadas.
Indicador que acredita su
cumplimiento
El reporte escrito del hallazgo, al Consejo de Monumentos Nacionales, si se identifican o detectan.
mayores detalles
Forma de control y | Consejo de Monumentos Nacionales, el que cuenta con la cooperación de seguimiento las autoridades civiles, militares y Carabineros de Chile. Referencia al ICE para
Capítulo VIII
Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
8.1.
PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS
8.1.1.
Prevención y Control de Incendios Forestales para la Construcción de Líneas de Flujo
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción
Parte, obra o acción asociada
Saldaduras
El plan está compuesto por las siguientes actividades: - Medidas de Prevención de Incendios de Pastizal
mayores detalles
Acciones o medidas -a | - Trabajo de Soldadura implementar - - Plan de Presupresión de Incendios de Pastizal - - Supresión de Incendios de Pastizal - - Personal de Brigada contra Incendios y Recursos Disponibles Forma de control : z os y Programa de Ataque Contra Incendios en Pastizales seguimiento Referencia al ICE para
Capítulo VII
8.2.
PLAN DE EMERGENCIAS
8.2.1.
Fugas en ductos de
transporte de gas
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación
Parte, obra o acción asociada
Transporte de gas natural
Acciones a implementar
- Aislar éste mediante las válvulas más cercanas, en forma remota si el
sistema contempla esta opción o en forma directa si no lo tuviera.
Recorrer el trazado del ducto para ubicar el punto de fuga.
-
Aislar el lugar donde se produce la fuga evitando riesgos de explosión o incendio.
-
Aviso a la línea de supervisión.
-
Notificación a la autoridad competente si aplica de acuerdo a D.S. N2280.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Se avisará a la Superintendencia del Medio Ambiente dentro de las primeras 24 horas y una vez analizada las causas y los efectos de la emergencia, se entregará un informe final.
Referencia al ICE
mayores detalles
para
Capítulo VI
Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos,
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mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
Que, para que el proyecto “Colector Barwick” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un
cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVE:
1.
(05)
. Definir como gestión, acto o faena mínima
Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Colector Barwick” de la Empresa Nacional del Petróleo - Magallanes.
. Certificar que el proyecto “Colector Barwick” cumple con la normativa de carácter ambiental
aplicable.
. Certificar que el proyecto “Colector Barwick” cumple con los requisitos de carácter ambiental
contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos N137 y N156 del D.S. N” 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
. Certificar que el proyecto “Colector Barwick” no genera los efectos, características o
circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
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/COR/C h
Distribución:
- Ramiro Parra Armendaris
Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, Región de Magallanes y Antártica Chilena Corporación Nacional Forestal, Región de Magallanes y Antártica Chilena
Dirección de Obras Hidráulicas, Región de Magallanes y Antártica Chilena
Dirección de Obras Portuarias, Magallanes y Antártica Chilena
Dirección de Vialidad, Región de Magallanes y Antártica Chilena
-
Dirección General de Aguas, Región de Magallanes y Antártica Chilena
-
Gobernación Marítima de Punta Arenas
-
Gobierno Regional, Región de Magallanes y Antártica Chilena
-
Ilustre Municipalidad de Primavera
-
Ilustre Municipalidad de Punta Arenas
Secretaría Regional Ministerial de Agricultura, Región de Magallanes y Antártica Chilena
Secretaría Regional Ministerial de Energía, Región de Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Minería, Región de Magallanes y Antártica Chilena
Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región de Magallanes y Antártica Chilena
Chilena
Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Magallanes y Antártica Chilena
Servicio Nacional de Geología y Minería, Región de Magallanes y Antártica Chilena Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, Región de Magallanes y Antártica Chilena Servicio Nacional de Turismo, Región de Magallanes y Antártica Chilena
Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Magallanes y Antártica Chilena Comisión Chilena de Energía Nuclear
- Consejo de Monumentos Nacionales
C/c:
» Encargada Participación Ciudadana
-
Superintendencia del Medio Ambiente
-
Oficial de Partes de la Región
-
Expediente del Proyecto "Colector Barwick"
-
Archivo Servicio de Evaluación Ambiental, Magallanes y Antártica Chilena
Firmas Electrónicas: + Firmado por: SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL
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Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales, Región de Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Magallanes y Antártica Chilena
Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, Región de Magallanes y Antártica Chilena
Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Magallanes y Antártica
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23/8/2017 Documento - a8/d8/54417135bdec5a9179926a7d16027f2ebed + Firmado por: José Luis Riffo Fideli Fecha-Hora: 22-08-2017 18:41:53:193 UTC -03:00
El documento original está disponible en la siguiente dirección url: http://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento? docTd=a8/d8/54417135bdec5a91799e26a7d16c27febed
http:/linfofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docld=a8/d8/54417135bdec5a91799e26a7d16c027f2ebed
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