Evaluación SEA

Planta Fotovoltaica Guadalupe

Rol 2132100888
SEA · DIA · Aprobado · 2017-01-23 · Región de Valparaíso · GUADALUPE SOLAR SPA

REPÚBLICA DE CHILE

COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE VALPARAÍSO Califica Ambientalmente el proyecto “Planta Fotovoltaica Guadalupe” Resolución Exenta N* 1 6 Valparaíso, 2.7 NOV. 2017 VISTOS:

  1. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 19 de junio de 2017 y su Adenda Complementaria de fecha 06 de octubre de 2017, del proyecto “Planta Fotovoltaica Guadalupe”, presentado por GUADALUPE SOLAR SpA, con fecha 20 de enero de 2017.

2?. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Planta Fotovoltaica Guadalupe”.

3”. El Acta de Evaluación N* 24/2017 de fecha 28 de febrero de 2017, del Comité Técnico de la Región de Valparaíso.

4”. El ICE de la DIA del proyecto “Planta Fotovoltaica Guadalupe”, de fecha 03 de noviembre de 2017.

5". El acuerdo adoptado en la Sesión Ordinaria N* 16 de fecha 13 de noviembre de 2017, de la Comisión de Evaluación de la Región de Valparaíso.

6”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Planta Fotovoltaica Guadalupe”.

7. Lo dispuesto en la Ley N” 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N” 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N? 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución DD.PP. N 109, de 30 de Junio de 2015 que nombra titular en el Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Valparaíso, como Director Regional a don Alberto Acuña Cerda; y la Resolución N 1600, del 30 de octubre de 2008, de la Contraloría General de la República.

CONSIDERANDO:

1”. Que, GUADALUPE SOLAR SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Planta Fotovoltaica Guadalupe” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social GUADALUPE SOLAR SpA.

Rut 76.440,334-7

Domicilio Hendaya 60, Of. 601, Las Condes, Santiago. Teléfono (56-2) 3221 7420 - (56-2) 3221 7427

Nombre representante legal Verónica Silvestre Adelantado.

Rut representante legal 24.163.854-5

Domicilio representante legal | Av. Suecia 0155, Of. 704, Providencia, Santiago. Teléfono representante legal (56-2) 3221 7420 - (S6-2) 3221 7427

1 de 35

4)

Correo electrónico Titular o representante legal

vsilvestre()emanagement.cl

29, Que, conforme se indica en el ICE de fecha 03 de noviembre de 2017, el Director Regional de la Región de Valparaíso ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto:

  • Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable;

Cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental, contenidos en los

permisos ambientales sectoriales señalados en los artículos 138, 140, 142, 146, 148, 156 y 160 del RSELA, aplicables al Proyecto.

No genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley

N” 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental, y;

  • El titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el o los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.

  • Que, en Sesión Ordinaria N*16 de fecha 13 de noviembre de 2017, la Comisión de Evaluación de la Región de Valparaíso acordó calificar favorablemente el proyecto “Planta Fotovoltaica Guadalupe”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 03 de noviembre de 2017, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

  • Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a

continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general La construcción y operación de una planta solar fotovoltaica para la

generación de 5,6 MW, los cuales serían inyectados al Sistema Interconectado Central (SIC).

Tipología principal, así

como las aplicables a sus | c) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW.

partes, obras o acciones

Vida útil 25 años, con posibilidad de extensión dependiendo del mercado.

Monto de inversión US $7,83 millones de dólares.

Gestión, acto o faena

mínima que da cuenta del | La instalación del primer contenedor dentro de la instalación de faenas.

inicio de la ejecución

Proyecto se desarrolla por Si No etapas XX] Proyecto modifica un Si No proyecto o actividad

[X] Proyecto modifica otra(s) Si No RCA XX]

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político- administrativa

Región de Valparaíso, Provincia de Los Andes, Comuna de Los Andes. Localizado en zona rural a una distancia de aproximadamente 8 km en dirección suroeste de la localidad de Los Andes.

Descripción de la localización

La imagen con la ubicación general se presenta en la Figura 1-1 de la DIA, mientras que en el Plano 1 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria se presenta el plano con el layout de emplazamiento específico de los polígonos del Proyecto y sus

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respectivas coordenadas UTM.

Superficie

La superficie total del Proyecto será de 12,04 hectáreas, correspondiente a la suma de la superficie del área intervenida y no intervenida.

Coordenadas UTM en Datum

WGS84

La coordenada del punto de acceso al Proyecto es N: 6.364.734,63 m y E: 356.680,98.

El detalle de las coordenadas de los polígonos que conforman el Proyecto (Sector Norte y Sector Sur) se presenta en el Plano 1 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria.

El punto de conexión a la red pública de distribución eléctrica será N: 6.364.729,53 y E: 356.689,22.

Caminos de acceso

Se utilizará un acceso ubicado en Ruta 57 “Autopista Los Libertadores”, que conecta con un camino local (Km 0, m 100) que lleva a la ruta E-039.

Referencia al expediente de evaluación de los

georreferenciación

información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

mapas, e | Puntos 1.2 de la DIA.

Anexo 1 de la Adenda Complementaria.

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Patio de salvataje.

Se habilitará un lugar para el acopio temporal de residuos industriales, tales como restos de cubierta vegetal, excedentes del escarpe de los caminos, restos de maderas de los embalajes y Jestos metálicos de las estructuras. Este lugar tendrá una superficie de 11,6 m?, y consistirá en un recinto cercado con malla metálica y portón de acceso, el piso será de terreno natural compactado.

En el Plano G6 del Anexo 02 de la DIA se presenta un plano de dicha instalación.

Bodega de almacenamiento

Lugar donde se almacenarán las herramientas de trabajo, materiales, equipos de protección personal, entre otros. Dicha bodega tendrá una superficie de 11,1

temporal de | mí, y su plano se presenta en el Plano G6 del Anexo 02 de la DIA.

materiales.

Gaveta de | Corresponderá al lugar donde se almacenarán las sustancias peligrosas, la cual sustancias tendrá una superficie de 5,9 m?. El plano de la gaveta de sustancias peligrosas peligrosas. se presenta en el Plano G6 del Anexo 02 de la DIA.

Sala de basuras.

Para los residuos asimilables a domiciliarios e industriales no peligrosos de pequeño tamaño, se considera una bodega de almacenamiento transitorio en la instalación de faena, con una superficie de 7,7 m?. En el interior del recinto se ubicarán contenedores de material sólido con tapa. Las características técnicas de dicha bodega se presentan en el punto 1.2 del Anexo 17 de la DIA.

Bodega de Almacenamiento Temporal de Residuos Peligrosos.

Se considera la construcción de una bodega temporal para almacenar residuos peligrosos con una superficie de 7,7 m?, cuyas características estarán acorde a lo determinado en el D.S. N* 148/2003 del Ministerio de Salud, entre ellas:

  • Contará con una base continua, impermeable y resistente.

  • Tendrá un cierre perimetral de a lo menos 1,80 metros de altura que impida el libre acceso de personas y animales.

  • Estará techada y protegida de condiciones ambientales tales como

humedad, temperatura y radiación solar.

Tendrá una capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior

al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total

de los contenedores almacenados.

  • Contará con señalética de acuerdo a la NCh 2190 Of2003.

Tendrá acceso restringido.

Contará_con medidas de seguridad y equipamiento contra incendios.

»

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Contará con 1 extintor (para los elementos combustibles clase B se usarán los extintores adecuados).

El almacenamiento no se extenderá más allá de 6 meses, y la cantidad almacenada, será inferior a 12 toneladas anuales.

El emplazamiento de la bodega se presenta en el Plano G6 del Anexo 02 de la DIA, y sus características técnicas se presentan en el punto 1.3 del Anexo 17 de la DIA.

Caseta de primeros auxilios.

Consistirá en un contenedor adecuadamente adaptado para este propósito, con pisos y muros lavables, una camilla, botiquín, un escritorio y sillas. Se dispondrá de agua potable fría y caliente. El emplazamiento de la caseta se presenta en el Plano G6 del Anexo 02 de la DIA.

Contenedores para lockers.

Corresponderán a 2 contenedores habilitados para el cambio de ropa de los trabajadores, con una superficie de 15,3 m”. Su emplazamiento se presenta en el Plano G6 del Anexo 02 de la DIA.

Servicios higiénicos químicos.

Corresponderán a 8 baños químicos, cuya ubicación se presenta en el Plano G6 del Anexo 02 de la DIA.

Duchas portátiles con vestidor.

Se implementarán duchas químicas que se mantendrán ubicadas en la instalación de faena, siendo 8 duchas en el período de mayor cantidad de trabajadores. Su emplazamiento se presenta en el Plano G6 del Anexo 02 de la DIA.

Depósito de agua para uso industrial.

Corresponderá a un estanque de 10 m' de capacidad.

Depósito de agua potable.

Corresponderá a dos tanques de 10 mé cada uno, los que contarán con un sistema de potabilización de agua para asegurar la calidad de ésta.

Estacionamientos

Corresponderá a una superficie de 115,5 m?, y contará con 3 estacionamientos para vehículos livianos y 2 estacionamientos para buses. El piso será de suelo natural compactado. Su emplazamiento se presenta en el Plano G6 del Anexo 02 de la DIA.

Patio de maniobras.

El Proyecto contará con un patio de maniobras para camiones, con una superficie de 350 m?. Su emplazamiento se presenta en el Plano G6 del Anexo 02 de la DIA.

Zona de Acopio

La instalación de faena contará con una zona de carga y descarga para la

de Grandes | recepción del material que será utilizado durante la construcción del Proyecto,

Materiales. con una superficie de 150 m?. Desde este punto se despachará el material a los distintos frentes de trabajo. Su emplazamiento se presenta en el Plano G6 del Anexo 02 de la DIA.

Zona de | El abastecimiento de combustible para los generadores y maquinaria (pesada y

Abastecimiento liviana), se realizará mediante camiones surtidores en un lugar habilitado para

de Combustible.

esto. Dicho lugar contará con control de derrames, señalética, ventilación, etc. Su emplazamiento se presenta en el Plano G6 del Anexo 02 de la DIA.

Instalación de faenas.

Para la instalación de faenas se utilizarán principalmente contenedores especialmente adecuados para habilitar las dependencias que se requieran, estos serán principalmente contenedores de 20 pies y 40 pies de tipo metálico. La instalación de faena estará ubicada en el extremo norte del área donde se emplazará el Proyecto, y sus partes y obras corresponderán a las siguientes:

Partes/Obra Superficie Patio de salvataje 11,6 Bodega de almacenamiento . 11,1 temporal de materiales Gaveta de sustancias peligrosas 5,9 Sala de basuras Ed Bodega de Almacenamiento Temporal de Residuos 7,7 Peligrosos Caseta de primeros auxilios 15,3

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Contenedores para lockers 15,3 Servicios higiénicos químicos 13,1 Duchas portátiles con vestidor 21,0

Depósito de agua para uso 5.7

industrial ?

Depósito de agua potable 11,4

Estacionamientos 115,5 Patio de maniobras 350,0 Zona de Acopio de Grandes 150,0 Materiales Zona de Abastecimiento 80,0 de Combustible Grupo electrógeno 1 6,0 Grupo electrógeno 2 6,0 Grupo electrógeno 3 6,0

El emplazamiento de dichas partes y obras se presentan en el plano G6 del Anexo 2 de la DIA.

Preparación del | * Corta de la vegetación y la limpieza superficial del terreno (no mayor a 10 terreno. cm de profundidad).

  • Excavación para la construcción de las zanjas que conducirán el cableado subterráneo, las cuales tendrán una profundidad de 60 cm y un ancho de 50 cm.

  • Mejora y construcción de los caminos internos y de acceso requerirá de tareas de escarpe superficial y compactación.

  • Cimentaciones de las fundaciones de los inversores y transformadores, bodegas, casetas de vigilancia, instalaciones sanitarias, oficinas temporales y postaciones eléctricas de los tramos de la línea de media tensión.

  • Construcción del cruce del canal Los Quilos, mediante la instalación de un cabezal de alcantarilla de hormigón de 3,2 x 1,3 x 6 metros, sobre el cual se colocará terreno natural, utilizando material de descarte proveniente de la propia construcción del Proyecto.

Ejecución de | Se realizará escarpe para la creación de los caminos internos del Proyecto. En escarpes para | €l Plano 2 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria, se presentan las caminos superficies a escarpar correspondientes a los caminos internos e instalaciones. interiores.

Instalación Se instalarán los soportes, bloques de seguimiento, inversores, estructural y | transformadores, cajas de conexiones combinadoras y los módulos eléctrica fotovoltaicos. Así mismo, se construirá la línea de 12 kV para la evacuación de incluyendo el | la energía eléctrica que se generará, la cual tendrá una longitud de 82,4 metros, montaje de | y contará con 3 postes de hormigón.

módulos,

inversores,

transformadores,

protecciones,

cableado y

postaciones.

Pruebas y puesta en servicio.

Se realizará la verificación de las condiciones físicas y eléctricas de las instalaciones. Se ejecutará una serie de pruebas y a su vez la puesta en marcha de la planta fotovoltaica. Con estas pruebas se buscarán fallas de funcionamiento ocasionadas por montaje defectuoso o transporte inadecuado y se corregirán antes de la entrada en operación del Proyecto, así como también se verificará el estado de los equipos para su correcta puesta en servicio y operación

Posterior a esta etapa la planta fotovoltaica estará en condiciones de operar.

Instalación de la Planta de Tratamiento de

Se realizará la instalación de la PTAS compacta que servirá para la fase de operación del Proyecto, diseñada para el uso de siete (7) trabajadores.

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Aguas Servidas

(PTAS). Desmontaje de | Terminadas las obras de construcción y las actividades de prueba y puesta en instalación de | marcha del Proyecto, se procederá al desmontaje y retiro de todos los faenas. elementos ajenos al terreno que hayan formado parte de las instalaciones temporales de faena para la construcción. Recursos El Proyecto realizará la extracción de suelo mediante escarpe y excavación naturales para la construcción de zanjas para el cableado subterráneo, para fundaciones, renovables para la instalación de la PTAS, entre otros. Los volúmenes de material a escarpar y a excavar serán los siguientes: Descripció Volumen escripción e Escarpe de terreno 699,5 Excavaciones 779,9 Total 1.479,4 Del material a extraer, el 90% (1.331,5 m?) se reutilizará como material de relleno, en las mimas actividades que requerirán excavaciones, por tanto, solamente el 10 % de lo excavado (147,9 mí) será retirado para disposición final. Emisiones y Emisiones a la atmósfera efluentes El Proyecto en esta fase considera las emisiones de material particulado

respirable (MP0), material particulado fino respirable (MP,s), monóxido de carbono (CO), hidrocarburos y compuestos orgánicos volátiles (HC/COV), óxidos de nitrógeno (NOx), óxidos de azufre (SOx) y amoniaco (NH).

Sá, MP MP,,s Co HC/COV | NOx SOx NH; Setividad t/año t/año t/año t/año tlaño | t/año | t/año Despeje de Ñ Ñ - - Ñ ¿holes 0,001 0,001 Movimiento | 0066 | 0066 | - - . . 5 de tierra Acopio de material en 0,00120 | 0,000177 - - - - - pilas Movimiento

de tierra por construcción y | 0,488 0,035 - - » - - mejoramientos de los caminos Resuspensión de material particulado en 0,787 0,108 - - - - - caminos pavimentados Resuspensión de material particulado 3,786 0,415 - - - - - caminos no pavimentados Combustión de motores de 0,005 0,005 0,058 0,012 0,250 | 0,007 - vehículos Combustión de motores maquinaria y equipos

Total 5,27 0,74 0,93 0,19 2,96 | 0,07 | 0,002 Fuente: Informe de Emisiones Atmosféricas (Anexo 07 de la DIA).

0,140 0,108 0,877 | 0,179 | 2,710 | 0,064 | 0,002

El Proyecto realizará las siguientes medidas de control, las cuales se detallan en la Tabla 14 de la Adenda:

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  • Mantención de maquinarias en buen estado.

  • Revisiones técnicas de vehículos y maquinarias al día.

  • Los caminos no pavimentados serán recubiertos por un reductor de polvo basado en agua con polímeros acrílicos modificados.

  • Límite de velocidad de circulación de vehículos en caminos no pavimentados de 30 km/h (vehículos vacíos) y 20 km/h (vehículos cargados).

Ruido

En el Anexo 4 de la Adenda Complementaria, se presenta el Informe de Ruido, donde se evalúa el cumplimiento del D.S. N* 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente. Para dicho fin, las fuentes de ruidos se agruparon en diferentes frentes de trabajo de acuerdo al cronograma del Proyecto y usos típicos, tal como se señala a continuación.

Frentes de trabajo utilizados:

  • Habilitación de terreno (HT).

  • Chipeadora (CH).

  • Obra Gruesa (OG).

  • Montaje (C).

La evaluación de cumplimiento normativo, considerando la implementación de medidas de control es la siguiente:

Recepto E A) proyectado AB(A) Evaluación r T CH | 0G | C | máximo HT CH O0G Cc 1 47 | 50 | 47 | 49 54 Cumple | Cumple | Cumple | Cumple 2 51 | 57 | 55 | 55 65 Cumple | Cumple | Cumple | Cumple 3 50 | 56 | 54 | 54 65 Cumple | Cumple | Cumple | Cumple 4 49 | 51 | 48 | 49 S6 Cumple | Cumple | Cumple | Cumple

Las medidas de control consideradas para el cumplimiento normativo se detallan en el numeral 3.4.2.2 del Anexo 4 de la Adenda Complementaria, y corresponden a las siguientes:

  • Para las faenas ruidosas (maquinaria pesada, martillos, taladros, sierra, vibrador, entre otras) se implementarán pantallas acústicas perimetrales fijas y móviles.

Así mismo, en la Respuesta 19 de la Adenda Complementaria, se presentan como compromisos ambientales voluntarios, las siguientes medidas de control de ruido:

  • Prohibir que los camiones se estacionen o detengan, dentro o fuera de la obra, manteniendo su motor encendido.

  • La maquinaria y faenas estacionarias se ubicarán en los deslindes no colindantes con receptores sensibles.

  • Capitación al personal de la obra en relación a los aspectos fundamentales del D.S. N” 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente y al manejo de las medidas de control de ruido.

  • Informar a la comunidad vecina la programación de faenas ruidosas.

  • Monitoreo de ruido.

Vibraciones El Proyecto no generará vibraciones de consideración.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Residuos líquidos Se generarán 10,5 m'/día de residuos líquidos domésticos producidos por el

uso de baños químicos y duchas, estas aguas serán extraídas, transportadas, tratadas y dispuestas por una empresa autorizada.

Residuos sólidos

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Residuos no peligrosos

Nombre

Descripción

Domiciliario

*

Descripción: Papeles, cartones, botellas plásticas, envases; entre otros, generados por el personal del Proyecto.

Cantidad: 17,61 (t/Proyecto). Manejo: Contenedores herméticamente.

rotulados y cerrados

Industriales

»

Descripción: Restos de madera, hormigón, embalajes, cartones y metales.

Cantidad: 100 (m'/Proyecto).

Manejo: Patio de salvataje.

Industriales

Descripción: Excedentes de tierra y cubierta vegetal. Cantidad: 1.479,4 (m'/Proyecto). Manejo: Patio de salvataje.

Industriales

E

Descripción: Paneles solares deteriorados. Cantidad: 130 (kg/Proyecto). Manejo: Bodega de residuos no peligrosos.

Residuos peligrosos

Nombre

Descripción

Peligrosos | *

  • Descripción: Desengrasantes y desechos de paños con

aceites y restos de combustible.

Cantidad: 103,09 (kg/Proyecto).

  • Manejo: Contenedor rotulado, con tapa y material resistente, ubicados dentro de bodega RESPEL.

Sustancias químicas El Proyecto no utilizaría productos químicos específicos.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Puntos 4.2, 4.5.1, 4.5.3, 4.5.4 y 4.5.5 del ICE.

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN

Contratación de

mano de obra.

Durante la operación del Proyecto se generarán siete (7) puestos de trabajo, directos y permanentes.

Verificación y puesta en marcha inicial.

  • Pruebas finales de conexión de los paneles, parametrización, conexión y puesta en marcha inversores, transformadores y celdas de protección en media tensión.

  • Elaboración de los partes de alta en servicio.

Mantenimiento preventivo y correctivo de la planta solar.

Mantenimiento preventivo

  • Revisión visual diaria de todos los paneles, inversores, estructuras de soporte, motores eléctricos de los seguidores, cajas de conexiones y conexiones eléctricas en las salas de inversores y transformadores.

  • Monitorización diaria de la producción en función de la radiación solar

existente.

  • Sustitución y/o recambio de pequeño material defectuoso tal como tornillería, conectores, fusible o elementos de protección eléctrica.

  • Ejecución de pequeñas obras

O reparaciones en general de las

infraestructuras: mecánica, eléctrica y albañilería, según necesidades de la

planta.

  • Solución de pequeñas averías.

Mantenimiento correctivo

  • Solución de cualquier incidencia extraordinaria.

  • Reparar averías de seguidores, sustitución de componentes, herrajes.

  • Reparar averías de inversores, incluso sustitución parcial y total.

  • Reparar averías de celdas de Media Tensión (MT) incluido cable seco.

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Reparar averías de transformadores de potencia, incluso sustitución. + Maniobras de sustitución de fusibles, maniobras de intemperie. * Análisis termo gráficos, entre otros.

Mantención de paneles.

La limpieza de los paneles se realizará de manera semestral por una empresa externa especialista, mediante el uso de agua ¡onizada.

Principales + Strings. ) componentes de | * Cajas de conexión. la planta | * Conectores. fotovoltaica + Estructura de soporte.

  • Inversores.

  • Transformadores.

  • Cableado- Línea Subterránea.

  • Cableado Línea Aérea interna 12 kV.

Dichos componentes son descritos en el numeral 1.3.2 de la DIA. Productos El Proyecto generará 5,6 MW de energía eléctrica, la cual será inyectada a la generados red pública. Dicha conexión se realizará en el siguiente punto:

Coordenadas UTM (datum WGS84 y huso Punto 1958) Norte (m) Este (m) Conexión a la red pública de distribución 6.364.729,53 356.689,22 eléctrica

Recursos El Proyecto utilizaría la radiación solar para la producción de 5,6 MW de naturales energía eléctrica. renovables Emisiones y Emisiones atmosféricas efluentes El Proyecto en esta fase considera las emisiones de material particulado

respirable (MP0), material particulado fino respirable (MP, 5), monóxido de carbono (CO), hidrocarburos y compuestos orgánicos volátiles (HC/COV), óxidos de nitrógeno (NOx), óxidos de azufre (SOx) y amoniaco (NH).

MP | MP,s | CO | HC/COV | NOx | SOx NH;

actiyldna t/año | t/año | t/año t/año tlaño | t/año | t/año

Resuspensión de material particulado en caminos

pavimentados

Resuspensión de material particulado 1,19 caminos no

pavimentados Combustión

de motores en | 0,001 0,001 | 0,008 0,001 0,03 | 0,001 - ruta

PTAS - - - - - -

0,0594 | 0,007 - - - - -

0,131 5 - - a -

0,00128

Total 1,25 0,139 | 0,008 0,001 0,03 | 0,001 | 0,00128

Fuente: Informe de Emisiones Atmosféricas (Anexo 07 de la DIA).

El Proyecto realizará las siguientes medidas de control, las cuales se detallan en la Tabla 14 de la Adenda:

  • Revisiones técnicas de vehículos y maquinarias al día.

  • Los caminos no pavimentados serán recubiertos por un reductor de polvo basado en agua con polímeros acrílicos modificados.

Límite de velocidad de circulación de vehículos en caminos no

pavimentados de 30 km/h (vehículos vacíos) y 20 km/h (vehículos cargados).

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Ruido En el Anexo 4 de la Adenda Complementaria se presenta el Informe de Ruido,

donde se evalúa el cumplimiento del D.S. N* 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente.

La evaluación de cumplimiento normativo, considerando la implementación de medidas de control es la siguiente:

AB(A) Periodo Lite e Receptor 8 máximo | Evaluación proyectado | (diurno/nocturno) (BA)

1 49 Diurno 54 Cumple 20 Nocturno 45 Cumple

) 48 Diurno 65 Cumple 19 Nocturno 47 Cumple

3 47 Diurno 65 Cumple 15 Nocturno 46 Cumple

4 51 Diurno 56 Cumple 20 Nocturno 44 Cumple

Las medidas de control consideradas para el cumplimiento normativo

corresponderán a las siguientes:

  • Se implementarán pantallas acústicas perimetrales fijas, las cuales se encuentran descritas en el Anexo 4 de la Adenda Complementaria.

Vibraciones El Proyecto no generará vibraciones de consideración.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Residuos líquidos

Se generarán 1.050 l/día de aguas servidas, las cuales serán tratadas por la PTAS modular, y dispuesta mediante drenes de infiltración.

Los detalles del sistema de infiltración se presentan en el Plano 3 del Anexo 1 de la Adenda Complementaria.

Residuos sólidos

Residuos no peligrosos

Nombre Descripción

  • Descripción: Papeles, cartones, botellas plásticas, envases; entre otros, generados por el

Residuos sólidos personal del Proyecto.

domésticos * Cantidad: 3,83 t/año.

  • Manejo: Contenedores rotulados y cerrados herméticamente.

  • Descripción: Paneles solares defectuosos.

  • Cantidad: 78 kg/año.

  • Manejo: Bodega de residuos industriales no peligrosos.

Industrial

Residuos peligrosos El Proyecto no generará residuos peligrosos en la fase de operación.

Sustancias químicas

Nombre Descripción

  • Capacidad máxima de almacenamiento: 10 kg.

Ñ A * Tipo: granulado con concentración de 65%. Hipoclorito

de Calcio * Envases en Bidón de plástico con un contenido neto de 5 kg con tapón de jebe y tapa roscada externa para asegurar la conservación del producto.

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  • Capacidad máxima de almacenamiento: 10 litros.

  • Tipo: ió 0, Hipodlorito Tipo: granulado con concentración de 5%.

de Sodio * Envases en botella plástico con un contenido neto de 1 litro con tapón de rosca sellada externa para asegurar la conservación del producto.

  • Capacidad máxima de almacenamiento: 5 kg.
  • Tipo: 1ó 0, Bisulfato de Tipo: granulado con concentración de 100%. Sodio * Envases en Bidón de plástico con un contenido neto de 1

kg con tapón de jebe y tapa roscada externa para asegurar la conservación del producto.

Las fichas descriptivas de dichas sustancias químicas se detallan en el Anexo 4 de la DIA.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Puntos 4.2, 4.6.1, 4.6.3, 4.6.4, 4.6.5 y 4.6.6 del ICE.

4.3.3. FASE DE CI

ERRE

Montaje instalación de faenas.

Se realizará el montaje de una instalación de faena que apuntará principalmente a la habilitación de una zona para depósito de materiales, una zona para el estacionamiento de maquinarias y se utilizará la sala de operación, como oficinas para contratistas.

Desconexión de la planta.

Desconexión eléctrica de la planta.

Desmontaje de paneles fotovoltaicos y estructuras.

Se realizará el desmontaje de estructuras como los paneles fotovoltaicos, los soportes, el cableado, los inversores y trasformadores, el cerco perimetral y la instalación de faenas.

Restauración del suelo.

Se realizará una vez finalizadas las actividades de la etapa de cierre y en las zonas donde el Proyecto intervendrá el suelo, como el hincado de los pilares de soporte para los paneles, los caminos internos, las zanjas para la conducción de cables y las fundaciones de hormigón.

El área total que se restaurará serán 1,87 hectáreas, y dicha restauración

consistirá en lo siguiente:

  • Descompactación manual con rastrillo.

  • Incorporación de material orgánico, con el objetivo de resguardar las propiedades del suelo,

Restauración de cubierta vegetal.

Se realizará subsolador (arado del suelo) y posteriormente una hidrosiembra, de acuerdo a lo detallado en la Respuesta 2 de la Adenda Complementaria. Dentro del primer año posterior al desmantelamiento de las instalaciones se realizarán los análisis de suelo para el uso del subsolador, las pruebas de campo para la medición de la capacidad de infiltración, la caracterización y el acondicionamiento del suelo para la siembra, la preparación de la mezcla y la hidrosiembra.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta

Puntos 4.2 y 4.7.1.1 del ICE.

fase.

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO

4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Fecha estimada de inicio

Octubre 2017.

11 de 35

Parte, obra o acción que establece el inicio

Instalación de Faenas (Instalación del Primer Contenedor).

Fecha estimada de término

Marzo 2018.

Parte, obra o acción que establece el término

Puesta en marcha del Proyecto, correspondiendo a la actividad concreta de conexión de la planta a la red de distribución eléctrica local.

4,42, FASE DE OPERACIÓN -

Fecha estimada de inicio

Marzo 2018.

Parte, obra o acción que establece el inicio

Puesta en marcha del Proyecto, correspondiendo a la actividad concreta de conexión de la planta a la red de distribución eléctrica local.

Fecha estimada de

25 años después.

término

Parte, obra o acción que | Inicio del desmantelamiento.

establece el término

4.4.3. FASE DE CIERRE

Fecha estimada de inicio | 25 años después de la puesta en marcha del Proyecto.

Parte, obra o acción que establece el inicio

Desmantelamiento de la planta y retiro de soportes.

Fecha término

estimada de | 4 meses después del inicio del desmantelamiento.

Parte, obra o acción que establece el término

Retiro de cerco perimetral.

5%, Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACION, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS.

Referencia al ICE para mayores | Numeral 6.1 del ICE. detalles sobre este impacto específico

Durante la ejecución del Proyecto se generarán emisiones y residuos que serán manejados y/o controlados según se detalla en el numeral 4.5.4, 4.5.5, 4.6.5 y 4.6.6 del ICE, por lo tanto, la ejecución del Proyecto no considerará generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE.

Referencia al ICE para mayores | Numeral 6.2 del ICE. detalles sobre este impacto específico

Los principales impactos que generará el Proyecto se detallan en el numeral 5.2 del ICE. Específicamente, en relación al recurso flora, en el área de ejecución del Proyecto existe la presencia de individuos de Algarrobo (Prosopis chilensis), en categoría de Vulnerable, y Quisco (Trichocereus chiloensis), en categoría de Casi Amenazada, de los cuales solamente serían intervenidos dos (2) individuos de Quisco, ya que los Algarrobos no serían afectados. Las medidas de manejo y protección de dichos individuos se presentan en el numeral 6.2, letra b), del ICE. Por lo tanto, la ejecución del Proyecto no considerará generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS.

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Referencia al ICE para mayores | Numeral 6.3 del ICE. detalles sobre este impacto específico

El Proyecto no generará impactos sobre los grupos humanos.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR.

Referencia al ICE para mayores | Numeral 6.4 del ICE. detalles sobre este impacto específico

El proyecto no se ubicará próximo a poblaciones, recursos, áreas protegidas sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como no afectará el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA.

Referencia al ICE para mayores | Numeral 6.5 del ICE. detalles sobre este impacto específico

La zona donde se emplazará el Proyecto no posee valor paisajístico o turístico.

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL.

Referencia al ICE para mayores | Numeral 6.6 del ICE. detalles sobre este impacto específico

El Proyecto no generará impactos sobre el patrimonio cultural, ya que en el área de intervención del Proyecto no se presentan sitios con valor patrimonial, sin embargo, en las cercanías (50 metros) se identificó una piedra con grabados (petroglifo), la cual será protegida de acuerdo a lo señalado en el numeral 6.6 del ICE.

6”. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES DE CONTENIDO ÚNICAMENTE AMBIENTAL

Al Proyecto no le aplica ningún permiso ambiental sectorial de contenido únicamente ambiental.

6.2. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.2.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagúies, aguas servidas de cualquier naturaleza, del artículo 138 del Reglamento del SEIA.

Fase del Proyecto a | Fase de operación. la cual corresponde

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Parte, obra o acción a la que aplica

PTAS de tipo modular.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

En el Oficio Ord. N* 1666 del 23 de octubre de 2017 la SEREMI de Salud de la Región de Valparaíso realizó observaciones a la Adenda Complementaria del Proyecto, sin embargo, dichas observaciones guardan relación con información sanitaria técnica específica, necesaria para describir con exactitud el dimensionamiento y características de la PTAS y su sistema de disposición de las aguas tratadas, las cuales pueden ser tramitadas sectorialmente con dicha autoridad.

Debido a lo anterior, el otorgamiento del presente Permiso Ambiental Sectorial estará condicionado a que el titular, de manera sectorial, entregue la siguiente información:

  • Presentar la determinación del Índice de Absorción del terreno donde se edificará el sistema de drenaje del efluente tratado, lo cual se debe basar en lo expuesto en el D.S. N* 236/1926, Reglamento General de Alcantarillados Particulares, Fosas Sépticas, Cámaras Filtrantes, Cámaras de Contacto, Cámaras Absorbentes y Letrinas Domiciliarias, del Ministerio de Salud. Se debe incorporar la estratigrafía del terreno, y señalar en planimetría el lugar donde se llevó a cabo la prueba de infiltración.

  • Señalar la superficie requerida para la infiltración del caudal medio diario que se generarán en las instalaciones, la cual se determina considerando las alturas que van desde la clave de la tubería filtrante a la base de la zanja, por la longitud de la misma: S = (2H x L).

  • Actualizar el plano con detalle de corte y de planta de las unidades que compondrán el sistema de tratamiento de aguas servidas.

Así mismo, el efluente tratado no deberá ser utilizado para humectación ni regadío, sino que, dispuesto mediante drenes de infiltración, de acuerdo a lo establecido en el D.S. N* 236/1926, Reglamento General de Alcantarillados Particulares, Fosas Sépticas, Cámaras Filtrantes, Cámaras de Contacto, Cámaras Absorbentes y Letrinas Domiciliarias, del Ministerio de Salud.

Pronunciamiento del órgano competente

Mediante el Ord. N* 1666 del 23 de octubre de 2017 la SEREMI de Salud de la Región de Valparaíso se pronuncia con observaciones.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 9.2.1 del ICE.

6.2.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del Reglamento del SEIA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Fase de construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción a la que aplica

Bodega destinada a la acumulación temporal de residuos domésticos y no peligrosos.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No hay.

Pronunciamiento del órgano competente

Mediante el Ord. N* 262 del 13 de febrero de 2017 la SEREMI de Salud de la Región de Valparaíso se pronuncia conforme.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 9.2.2 del ICE.

6.2.3. Permiso permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del

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artículo 142 del Reglamento del SEIA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Fase de construcción y cierre.

Parte, obra o acción a la que aplica

Bodega de residuos peligrosos.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No hay.

Pronunciamiento del órgano competente

Mediante el Ord. N* 262 del 13 de febrero de 2017 la SEREMI de Salud de la Región de Valparaíso se pronuncia conforme.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 9.2.3 del ICE.

6.2.4. Permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, para el establecimiento de centros de reproducción o criaderos y para la utilización sustentable del recurso, del artículo 146 del Reglamento del SETA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Fase de Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

  • Instalación de faenas.
  • Preparación del terreno.
  • Ejecución de escarpes para caminos interiores.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

Los informes con los resultados del Plan de Rescate y Relocalización, deberán ser enviados a la Superintendencia del Medio Ambiente.

Pronunciamiento del órgano competente

Mediante el Ord. N* 1663 del 3 de julio de 2017 el Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de Valparaíso se pronuncia conforme.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 9.2.4 del ICE.

6.2.5. Permiso para corta de bosque nativo, del artículo 148 del Reglamento del SETA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Fase de construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

  • Instalación de faenas.
  • Preparación del terreno.
  • Ejecución de escarpes para caminos interiores.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No hay.

Pronunciamiento del órgano competente

Mediante el Ord. N”* 84-EA/2017 del 16 de octubre de 2017 la Corporación Nacional Forestal de la Región de Valparaíso se pronuncia conforme.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 9.2.5 del ICE.

6.2.6. Permiso para efe

ctuar modificaciones de cauce, del artículo 156 del Reglamento del SEIA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Fase de construcción.

Parte, obra o acción a

Cruce del canal Los Quilos.

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la que aplica

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No hay.

Pronunciamiento del órgano competente

Mediante el Ord. N* 840 del 30 de junio de 2017 la Dirección General de Aguas de la Región de Valparaíso se pronuncia conforme.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 9.2.6 del ICE.

6.2.7. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos, del artículo 160 del Reglamento del SEIA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Fase de construcción y operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Paneles fotovoltaicos y estructuras.

Condiciones o | No hay. exigencias

específicas para su otorgamiento

Pronunciamiento del órgano competente

Mediante el Ord. N 2595 del 20 de octubre de 2017 y el Ord. N 1859 del 04 de julio de 2017, el Servicio Agrícola y Ganadero y la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, respectivamente, se pronuncian conforme.

ambos de la Región de Valparaíso,

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 9.2.7 del ICE.

  1. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1 Componente/materia: Emisiones a la atmósfera.

Norma

D.S. N 4/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, modificado por D.S. N 58/2004 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Normas de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y Fija los Procedimientos para su Control.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará

Fase de construcción, operación y cierre.

sustancias a la que aplica

cumplimiento Parte, obra, acción, | Todo el Proyecto. emisión, residuo O

Forma de cumplimiento

Se tendrá disponible y actualizado el certificado de revisión técnica al día y de gases.

Indicador que acredita su

Documentos de revisiones técnicas y mantenciones vigentes de los

cumplimiento vehículos. Forma de control y| Se llevará respaldo y se hará revisión mensual de documentos de seguimiento revisiones técnicas y mantenciones vigentes de los vehículos.

Referencia al mayores detalles

ICE para

Numeral 8.2.1 del ICE.

7.2 Componente/materia: Emisiones a la atmósfera.

Norma

D.S. N” 144/1961 del Ministerio de Salud. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.

Fase del proyecto a la que

Fase de construcción, operación y cierre.

16 de 35

aplica o en la que se dará cumplimiento

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Todo el Proyecto.

Forma de cumplimiento

  • Los camiones que transporten material volátil mantendrán su carga cubierta.

  • Velocidad restringida de camiones siempre dentro del rango (Max. 30 km/h). Este tema se reforzará con charlas a los trabajadores, junto a la instalación de señalética. Cuando vayan cargados se reducirá a 20 km/h.

  • Los vehículos estacionados se mantendrán con su motor apagado.

  • Mantención permanente de vehículos y maquinaria (en lugares autorizados, fuera de la obra), y exigencia de revisión técnica al día.

  • Se mantendrá la obra aseada y sin desperdicios mediante colocación de recipientes recolectores, claramente identificados y estratégicamente ubicados.

  • Capacitación a los trabajadores, sobre el control de emisiones atmosféricas, de acuerdo a las funciones que cada uno desempeñe.

  • Los caminos no pavimentados del Proyecto se mejorarán con un reductor de polvo el cual será mantenido.

  • Las zanjas durante la etapa de construcción y cierre también serán humectadas previa su ejecución para evitar el levantamiento de polvo adicional.

Indicador que acredita su cumplimiento

  • Sistema de control interno, para las velocidades establecidas.

  • Se mantendrá copia de las revisiones técnicas y mantenciones de vehículos y maquinarias.

  • Se llevará un registro de las mantenciones realizadas a los caminos durante la fase de operación.

  • Se realizarán inspecciones periódicas a los vehículos con carga para verificar la forma de traslado de esta.

Forma de control y | Revisión mensual de las revisiones técnicas y mantenciones de

seguimiento vehículos y maquinarias. Realización de informes sobre las inspecciones periódicas a los vehículos con carga para verificar la forma de traslado de esta.

Referencia al ICE para | Numeral 8.2.2 del ICE.

mayores detalles

7.3 Componente/materia: Emisiones a la atmósfera.

Norma

D.S. N 138/2005 del Ministerio de Salud, modificado por Decreto N 90/2010 del Ministerio de Salud. Establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de Construcción.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Todo el Proyecto.

Forma de cumplimiento

El titular declarará las emisiones de los grupos electrógenos que se utilicen durante la ejecución de las distintas fases del Proyecto, de acuerdo a los formularios que para este efecto ha desarrollado la autoridad sanitaria o a través del sitio web para el registro de emisiones y transferencias de contaminantes (www.retc.cl).

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro realizado en línea, a través del sitio web antes señalado.

Forma de control y| Registro realizado en línea, a través del sitio web antes señalado. seguimiento Referencia_al_ ICE para | Numeral 8.2.3 del ICE.

17 de 35

[mayores detalles

7.4 Componente/materia: Ruido.

Norma

D.S. N* 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente. Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción, operación y cierre.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Todo el Proyecto.

Forma de cumplimiento

Fase construcción:

Las emisiones de ruido con la implementación de barreras acústicas darán cumplimiento a los límites máximos establecidos en la presente norma, tal como se señala a continuación:

R dB(A) proyectado dB(A) Evaluación pa máxi ptor | HT | CH [| OG|C mo HT CH | 0G C 1 47 50 47 49 54 Cumpl | Cum | Cum | Cumpl e ple ple e Cumpl | Cum | Cum | Cumpl 2 51 57 35 55 65 e ple ple > Cumpl | Cum | Cum | Cumpl 3 50 56 54 | 54 65 é ple ple e Cumpl | Cum | Cum | Cumpl 4 49 51 48 | 49 56 é ple ple de

El estudio de impacto acústico se presenta en el Anexo 4 de la

Adenda Complementaria.

El detalle de la medida de control se presenta en el punto 3.4.2.2

del Anexo 4 de la Adenda Complementaria, y corresponderán a

las siguientes:

  • Para las faenas ruidosas (maquinaria pesada, martillos, taladros, sierra, vibrador, etc.) se implementarán pantallas acústicas perimetrales fijas y móviles.

Así mismo, en la Respuesta 19 de la Adenda Complementaria se

presentan como compromisos voluntarios, medidas de control de

ruido, como las siguientes:

  • Prohibir que los camiones se estacionen o detengan, dentro o fuera de la obra, manteniendo su motor encendido.

  • La maquinaria y faenas estacionarias se ubicarán en los deslindes no colindantes con receptores sensibles.

  • Capitación al personal de la obra en relación a los aspectos fundamentales del D.S. N* 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente y al manejo de las medidas de control de ruido.

  • Informar a la comunidad vecina la programación de faenas ruidosas.

  • Monitoreo de ruido.

Fase construcción:

En el Anexo 4 de la Adenda Complementaria se presenta el Informe de Ruido.

La evaluación de cumplimiento normativo, considerando la implementación de medidas de control sería la siguiente:

dB(A) Periodo Límite o Receptor (diurno/noctu máximo Evaluación proyectado mo) (dBA)

1 49 Diurno 54 Cumple

20 Nocturno 45 Cumple

2 48 Diurno 65 Cumple

19 Nocturno 47 Cumple

3 47 Diurno 65 Cumple

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15 Nocturno 46 Cumple 4 51 Diurno S6 Cumple 20 Nocturno 44 Cumple

Las medidas de control consideradas para el cumplimiento normativo corresponderían a las siguientes: * Se implementarán pantallas acústicas perimetrales fijas.

Fase de cierre:

En el Anexo 4 de la Adenda Complementaria se presenta el Informe de Ruido. Para dicho fin, se consideró la operación simultánea de todas las fuentes de ruido en los deslindes del Proyecto más cercanos a los receptores, agrupadas en un frente de trabajo.

La evaluación de cumplimiento normativo, considerando la implementación de medidas de control es la siguiente:

Receptor o do dB(A) máximo Evaluación 1 49 54 Cumple 2 S5 65 Cumple 3 54 65 Cumple 4 49 S6 Cumple

Las medidas de control consideradas para el cumplimiento

normativo se detallan en el punto 3.4.2.2 del Anexo 4 de la

Adenda Complementaria, y corresponderán a las siguientes:

  • Para las faenas ruidosas (maquinaria pesada, martillos, taladros, sierra, vibrador, etc.) se implementarán pantallas acústicas perimetrales fijas y móviles.

Indicador que acredita su

Registro de inscripción y declaración de fuentes fijas en la web

cumplimiento www.declaracionemisiones.cl. Forma de control y| Informes de los monitoreos de ruido establecidos como seguimiento compromisos voluntarios en la Respuesta 19 de la Adenda

Complementaria.

Referencia al mayores detalles

ICE para

Numeral 8.2.4 del ICE.

7.5 Componente/materia: Residuos Peligrosos.

Norma

D.S. N? 148/2003 del Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción y cierre.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Todo el Proyecto.

Forma de cumplimiento

Durante las fases de construcción y cierre del Proyecto se generarán residuos peligrosos que serán almacenados temporalmente en la bodega de RESPEL, para ser transportados y dispuestos finalmente por una empresa autorizada.

Los RESPEL en ningún caso permanecerán almacenados más de seis meses ya que durante las fases de construcción y cierre serán retirados con una frecuencia de dos veces al mes.

Indicador que acredita su cumplimiento

  • Obtención del PAS 142.

  • Obtención de la autorización sanitaria para el funcionamiento de las zonas de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, se mantendrá copia de las autorizaciones sanitarias de las empresas transportistas y de disposición final de residuos utilizadas en el Proyecto y se mantendrá registro de facturas y/o guías de despacho de los residuos sólidos que sean despachados desde la faena, así como respaldo del Registro de Emisiones y

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Transferencia de Contaminantes (RETC).

Forma de control y| Revisión mensual del manejo de los residuos peligrosos con seguimiento indicaciones establecidas en la resolución de autorización sanitaria, así como el estado de las declaraciones SIDREP de las cuales la última no puede tener una antigijedad mayor a 6 meses. Referencia al ICE para | Numeral 8.2.5 del ICE.

mayores detalles

7.6 Componente/materia: Residuos.

Norma

D.S. N 594/1999 del Ministerio de Salud, modificado por Decreto N 123/2015 del Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción, operación y cierre.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Todo el Proyecto.

Forma de cumplimiento

  • El Proyecto contará con almacenamiento temporal de residuos industriales.

  • La disposición de todos los residuos se realizará en sitios autorizados.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se mantendrá copia de las autorizaciones sanitarias de las empresas transportistas y de disposición final de residuos utilizadas en el Proyecto y se mantendrá registro de las facturas y/o guías de despacho de los residuos sólidos que sean despachados desde las faenas. Se hará registro en el Sistema Nacional de Declaración de Residuos (SINADER).

Forma de control y | Se llevará registro de disposición de residuos en sitios autorizados. seguimiento Chequeando timbre en guías de despacho, se verificará las patentes

de los transportistas de residuos, verificando que estén autorizados. Referencia al ICE para | Numeral 8.2.6 del ICE.

mayores detalles

7.7 Componente/materia: Residuos.

Norma

Decreto con Fuerza de Ley N* 725/1967 del Ministerio de Salud, modificado por Ley 20.724, Código Sanitario.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción, operación y cierre.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Todo el Proyecto.

Forma de cumplimiento

Residuos domésticos y Residuos industriales no peligrosos:

  • Fase de construcción: Retiro periódico desde contenedores dispuestos en la instalación de faena. Retiro desde éste y disposición en sitio autorizado para su disposición final

Fase de operación: Almacenados en bolsas plásticas (residuos domésticos). Almacenamiento temporal en contenedor (residuos no peligrosos). Retiro y disposición en sitio autorizado para su disposición final.

Fase de cierre: Retiro periódico desde contenedores en frentes de trabajo y almacenamiento temporal en contenedor principal. Retiro desde éste y disposición en sitio autorizado para su disposición final.

Residuos industriales peligrosos:

Solo aplicará a la fase de construcción y cierre del Proyecto: Disposición temporal en bodega exclusiva y disposición en sitio autorizado.

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Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de salidas para disposición final de residuos, tanto domésticos como industriales no peligrosos, como residuos peligrosos.

Forma de control y| Se mantendrá siempre en obra copia de todos los recibos

seguimiento vinculados a la disposición final de los diferentes tipos de residuos en sitios autorizados, de manera que sea posible acreditar la correcta gestión de los residuos.

Referencia al ICE para | Numeral 8.2.7 del ICE.

mayores detalles

7.8 Componente/materia: Residuos Sólidos.

Norma

D.S. N* 4/2009 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Reglamento para el Manejo de Lodos Generados en Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de operación.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

PTAS.

Forma de cumplimiento

El retiro de lodos se realizará por una empresa autorizada y su disposición final se realizará en un sitio autorizado.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se mantendrá en faena el respaldo de las limpiezas y mantenciones realizadas mediante registros correspondientes, así como del retiro de los lodos por la empresa autorizada.

El retiro será de forma periódica según la recomendación del fabricante.

Forma de control y| Chequeo mensual de registros de retiro y disposición final de lodos seguimiento por la empresa autorizada. Referencia al ICE para | Numeral 8.2.8 del ICE.

mayores detalles

7.9 Componente/materia: Aguas servidas,

Norma

D.S. N* 236/1926 del Ministerio de Salud. Reglamento general de alcantarillados particulares fosas sépticas, cámaras filtrantes, cámaras de contacto, cámaras absorbentes y letrinas domiciliarias.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción, operación y cierre.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Todo el Proyecto.

Forma de cumplimiento

Durante la fase de construcción y cierre se contará con baños químicos, uno para cada diez trabajadores. Adicionalmente se dispondrá de duchas químicas y baños químicos con lavatorios y excusados con taza de WC, en las instalaciones de faena, en cantidad de acuerdo a lo establecido en los artículos 23 y 24 del presente decreto.

Durante la fase de operación se tendrán baños conectados a una PTAS modular.

Indicador que acredita su cumplimiento

  • Registro de compra de bidones de agua potable, para trabajadores.

  • Baños químicos arrendados, para las etapas de construcción y de cierre del Proyecto.

  • Mantención baños químicos, para las etapas de construcción y cierre. Para el caso de la etapa de operación, se mantendrá respaldo de mantención de planta de tratamiento de aguas servidas.

  • Registro de inspecciones de prevención de riesgos internas, para

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corroborar cumplimiento de las medidas de higiene y seguridad de los trabajadores.

Forma de seguimiento

control y

Revisión mensual de registro de:

  • Compra de bidones de agua potable, para trabajadores.

  • Baños químicos arrendados, para las etapas de construcción y de cierre del Proyecto.

  • Mantención baños químicos, para las etapas de construcción y cierre. Para el caso de la etapa de operación, se mantendrá respaldo de mantención de planta de tratamiento de aguas servidas.

  • Revisión mensual del manejo de los residuos con indicaciones establecidas en la resolución de autorización sanitaria.

Referencia al mayores detalles

ICE para

Numeral 8.2.9 del ICE.

7.10 Componente/materia: Aguas Servidas.

Norma

D.S. N* 594/1999 del Ministerio de Salud, modificado por Decreto N? 123/2015 del Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción, operación y cierre.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Todo el Proyecto.

Forma de cumplimiento

Durante la fase de construcción y cierre se contará con baños químicos, uno para cada diez trabajadores. Adicionalmente se dispondrá de duchas químicas y baños químicos con lavatorios y excusados con taza de WC, en las instalaciones de faena, en cantidad de acuerdo a lo establecido en los artículos 23 y 24 del presente decreto.

Durante la fase de operación se tendrán baños conectados a una PTAS modular.

Indicador que acredita su cumplimiento

  • Registro de compra de bidones de agua potable, para trabajadores.

  • Baños químicos arrendados, para las etapas de construcción y de cierre del Proyecto.

  • Mantención baños químicos, para las etapas de construcción y cierre. Para el caso de la etapa de operación, se mantendrá respaldo de mantención de planta de tratamiento de aguas servidas.

  • Registro de inspecciones de prevención de riesgos internas, para corroborar cumplimiento de las medidas de higiene y seguridad de los trabajadores.

Forma de seguimiento

control y

Mantención y revisión mensual de registro de:

  • Compra de bidones de agua potable, para trabajadores.

  • Baños químicos arrendados, para las etapas de construcción y de cierre del Proyecto.

  • Mantención baños químicos, para las etapas de construcción y cierre. Para el caso de la etapa de operación, se mantendrá respaldo de mantención de planta de tratamiento de aguas servidas.

  • Revisión mensual del manejo de los residuos con indicaciones establecidas en la resolución de autorización sanitaria.

Referencia al mayores detalles

ICE para

Numeral 8.2.10 del ICE.

7.11 Componente/materia: Sustancias peligrosas.

Norma

[| D.S, N* 43/2015 del Ministerio de Salud, Reglamento de

22 de 35

Almacenamiento de Sustancias Peligrosas.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción, operación y cierre.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Todo el Proyecto.

Forma de cumplimiento

Durante la etapa de operación, se almacenarán las siguientes sustancias químicas:

  • Hipoclorito de Sodio.

  • Hipoclorito de Calcio.

  • Bisulfato de Sodio.

Debido a que las cantidades que se van a almacenar no superarán los 600 kg o L y los productos químicos que se almacenan cumplirán con los requisitos para poder ser almacenados en pequeñas cantidades, se dispondrá dentro de la bodega de almacenamiento de materiales no peligrosos un espacio diferenciado para el almacenamiento de las sustancias químicas mencionadas.

La modalidad de almacenamiento será en envases de capacidad inferior a 5 kg y por lo tanto se instalarán dentro de una estantería cerradas de material no absorbente, liso y lavable. Dicha estantería contará con un sistema de ventilación para evitar la acumulación de gases.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se llevará un registro de la cantidad de producto almacenado, de su uso y de su nuevo suministro por parte de la empresa autorizada.

Forma de control y| Chequeo mensual de correcto cumplimiento de las medidas de seguimiento cumplimiento propuestas, que son:

  • Identificación de la sustancia química y el proveedor.

  • Se llevará un registro de la cantidad de producto almacenado, de su uso y de su nuevo suministro por parte de la empresa autorizada, así como un registro de mantenimiento de los equipos de extinción de fuego.

Referencia al ICE para | Numeral 8.2.11 del ICE.

mayores detalles

7.12 Componente/materia: Flora.

Norma

D.S. N? 366/1944, que Reglamenta la Explotación de Quillay y Otras Especies Forestales, del Ministerio de Tierras y Colonización.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Instalaciones auxiliares temporales y definitivas e instalaciones principales.

Forma de cumplimiento

Su forma de cumplimiento será mediante un enriquecimiento con la reforestación de individuos de Espino y Maitén sobre las áreas del Proyecto que corresponden a “Bosque escaso de Acacia caven con presencia ocasional de Talguenea quinquinervia” y “Bosque muy claro de Acacia caven con presencia ocasional de Talguenea quinquinervia”, que no contemplan obra alguna. Éstas áreas suman en total 9,52 ha, que a una densidad de 300 individuos por hectárea corresponderá reforestar una cantidad total de 2.856 plantas.

Indicador que acredita su

La reforestación 1:5.

cumplimiento

Forma de control y Se realizará seguimiento de los individuos plantados, durante 3 seguimiento años, o una vez establecida la plantación.

Referencia al ICE para | Numeral 8.3.1.1 del ICE.

mayores detalles

23 de 35

7.13 Componente/materia: Flora.

Norma

Ley N* 20.283, Ley Sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal, del Ministerio de Agricultura.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Todo el Proyecto.

Forma de cumplimiento

Para la instalación de los paneles fotovoltaicos se realizará la corta de 5,11 hectáreas de bosque nativo de Espino (Acacia caven), y su reforestación en una superficie de igual magnitud, al interior del mismo predio. El plano de las áreas de corta y reforestación se presentan en el Plano 02 del Anexo 5 de la Adenda Complementaria.

En el Anexo 5 de la Adenda Complementaria se presentan los antecedentes del PAS 148.

Indicador que acredita su cumplimiento

Autorización por parte de la Corporación Nacional Forestal de la Región de Valparaíso del Plan de Manejo Forestal, de manera previa a la construcción del Proyecto.

Forma de seguimiento

control y

  • Se protegerá el área con acceso restringido.

  • Se mantendrá acotada el área de despeje de vegetación a lo estrictamente necesario, de forma de no afectar las formaciones vegetales aledañas.

  • Para esto se mantendrá informado al personal de trabajo en charlas de capacitación y mediante demarcación del área de corta.

  • Para privilegiar la adaptación y prendimiento de la reforestación, se priorizará la obtención de plantas de viveros de la comuna y germoplasma local.

  • Se informará al personal acerca de las medidas de protección a la que está afecta la flora.

Referencia al mayores detalles

ICE para

Numeral 8.3.1.2 del ICE.

7.14 Componente/materia: Fauna.

Norma

Ley N 4.601, sobre Caza y Ley N” 19.473, que sustituye el texto de la Ley N” 4.601, y artículo 609 del Código Civil y su reglamento D.S. N 53/2004 del Ministerio de Agricultura. Modifica al Decreto N? 5 de 1998 del Ministerio de Agricultura.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción, operación y cierre.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Todo el Proyecto.

Forma de cumplimiento

Quedarán prohibidas las actividades de caza y/o captura de especies de fauna silvestre en toda el área del Proyecto.

En el área donde se emplazará el Proyecto se encuentran individuos de Lagartija lemniscata (Liolaemus lemniscatus), en categoría de Preocupación Menor. Para su protección el titular realizará el rescate y relocalización de los individuos.

En el Anexo 6 de la Adenda se presentan los antecedentes del PAS 146.

Indicador que acredita su | No indica. cumplimiento Forma de control y| Se llevará un registro de actividades en que informe sobre

seguimiento

prohibición de actividades de caza y/o captura de especies de fauna silvestre en toda el área del Proyecto.

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Referencia al mayores detalles

ICE para

Numeral 8.3.2.1 del ICE.

7.15 Componente/materia: Patrimonio cultural.

Norma

Ley N 17.288 de Monumentos Nacionales y D.S. N” 484/1990 Reglamento de la Ley N 17.288 sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, del Ministerio de Educación.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción, operación y cierre.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que

Todas las partes, obras y acciones del Proyecto.

aplica

Forma de cumplimiento

Ante la eventualidad de que se realice un hallazgo arqueológico o paleontológico no previsto durante las excavaciones del Proyecto o en el monitoreo arqueológico, se procederá según lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Ley N 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos 20 y 23 del D.S, N 484 Reglamento de la Ley N” 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda obra en el sector de hallazgo e informando de inmediato y por escrito a la Superintendencia del Medio Ambiente y al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este último organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación será efectuada por el titular del Proyecto.

Indicador que acredita su

Informe de cumplimiento, durante la fase de construcción tras la

mayores detalles

cumplimiento realización de las zanjas de cableado.

Forma de control y| Envío de informes a la Superintendencia del Medio Ambiente. seguimiento

Referencia al ICE para | Numeral 8.3.3.1 del ICE.

8”. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

8.1 Protección de petrog

lifo.

Impacto asociado

Alteración de sitio arqueológico.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y cierre.

Objetivo, descripción

Objetivo: Proteger el petroglifo encontrado, con el fin de evitar cualquier

y justificación afectación sobre éste durante las fases del Proyecto. Descripción: Instalación de un cerco visible de 1,20 metros de altura, dejando un buffer de 10 metros alrededor de éste. Junto a la realización de charlas inductivas al personal sobre la protección del sitio arqueológico. Justificación: Mediante la identificación y delimitación del petrográfico se logrará su protección.

Lugar, forma y | Lugar: N: 6.363.872,44 y E: 356.835,32 (Coordenadas UTM, Datum

oportunidad de | WGS84 y huso 198).

implementación

Forma: Se instalará un cercado perimetral del sitio arqueológico, mediante un cerco visible de 1,20 metros de altura. El cercado se implementará dejando un buffer de 10 metros alrededor del petroglifo.

Esta actividad será supervisada por un arqueólogo o licenciado en arqueología, e informada a la Superintendencia del Medio Ambiente a

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través de un informe.

Incluirá señalética de identificación y protección, de manera de resguardar el petroglifo durante las fases del Proyecto. Además, se realizará una Charla inductiva al personal sobre el objetivo del presente compromiso ambiental voluntario.

Oportunidad: Este cerco será instalado previo al inicio de las obras (considerando la habilitación de caminos) y durará hasta el final de las mismas.

Indicador que acredite su cumplimiento

La implementación del cerco en buen estado.

Forma de control y seguimiento

Se elaborará un informe, el cual incluirá registros fotográficos del petroglifo con su cerco visible de protección y exclusión. Este informe será remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente a más tardar 15 días posteriores a su instalación. Además, se adjuntará a dicho informe las listas de asistencia a las charlas de inducción señaladas.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 10.1.1 del ICE.

8.2 Monitoreo arqueológico.

Impacto asociado

Alteración de restos arqueológicos.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción.

Objetivo, descripción

Objetivo: Evitar daños a posibles sitios arqueológicos.

y justificación Descripción: Monitoreo arqueológico permanente, el cual será efectuado por un arqueólogo y/o licenciado en arqueología, por cada frente de trabajo. Justificación: Se considera un monitoreo arqueológico permanente debido a la presencia de restos arqueológicos cercanos al área del Proyecto, específicamente el hallazgo denominado como “Petroglifo”, además de la visibilidad baja a nula producto de la vegetación.

Lugar, forma y | Lugar: Áreas del Proyecto donde se realicen obras de limpieza, escarpe y

oportunidad de | excavación sub-superficial del terreno.

implementación Forma: Se realizará monitoreo arqueológico permanente, el cual será efectuado por un arqueólogo y/o licenciado en arqueología, por cada frente de trabajo. Oportunidad: Fase de construcción, durante las obras de limpieza, escarpe y excavación sub-superficial del terreno.

Indicador que | Plan mensual de trabajo especificando en el libro de obras los días

acredite su | monitoreados por el profesional.

cumplimiento

Forma de control y seguimiento

Informe final enviado a la Superintendencia del Medio Ambiente, el cual incluirá la información detallada en la Respuesta 17 de la Adenda Complementaria.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 10.1.2 del ICE.

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O

8.3 Medidas de control de emisiones de material particulado y gases de combustión.

Impacto asociado

Disminución de la calidad de aire.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre.

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: Controlar las emisiones de material particulado y gases a la atmósfera que se generarán como resultado de la operación de vehículos, equipos y maquinaria.

Descripción: Se considerarían las siguientes medidas:

  • Mantención de maquinarias en buen estado.

  • Revisiones técnicas de vehículos y maquinarias al día.

  • Los caminos no pavimentados serán recubiertos por un reductor de polvo basado en agua con polímeros acrílicos modificados. El supresor será aplicado en una superficie de 1.7641 m? (incluirá el camino de acceso y los caminos internos).

  • Límite de velocidad de circulación de vehículos en caminos no pavimentados de 30 km/h (vehículos vacíos) y 20 km/h (vehículos cargados).

Justificación: Controlar que las emisiones se mantengan según lo proyectado.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: Al interior de las instalaciones del Proyecto y en el camino de acceso y caminos internos.

Forma: * Mediante contrato con las empresas contratistas.

  • Se realizará la conservación de la eficacia del supresor de polvo sobre los caminos internos, mediante su humectación con agua entregada por proveedores autorizados. Esta mantención se realizará cada 6 meses, durante los 25 años de operación de la Planta Fotovoltaica.

  • Mediante el control al ingreso de la obra.

  • Mediante inducciones a los trabajadores.

Oportunidad: Durante las distintas fases del Proyecto.

Indicador que acredite su cumplimiento

  • Firma de contratos.

»

Certificados de revisión técnica al día.

»

Caminos con supresor de polvo. Lista de asistencia a inducciones.

»

Forma de control y seguimiento

  • Verificación periódica de la revisión técnica al día, al igual que las mantenciones.

  • Se realizará un seguimiento de las mantenciones al supresor de polvo, por medio de una planilla, donde se registren la fecha en que se ejecute y la fecha de la siguiente mantención, de manera de llevar una planificación de la aplicación del supresor de polvo.

  • Inspección en terreno, observando la velocidad de circulación de vehículos y maquinaria.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 10.1.3 del ICE.

8.4 Protección de 4 individuos de Quisco (Trichocereus chiloensis).

Impacto asociado

Afectación a individuos de flora en categoría de conservación.

Fase del Proyecto a la

Construcción.

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que aplica

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: Conservar el estado de los Quiscos presentes en el área de influencia del Proyecto (4 individuos), en su condición previa a la ejecución del Proyecto.

Descripción: Instalación de señalética de identificación visible y monitoreo durante toda la fase de construcción del Proyecto, el cual será efectuado por un ingeniero forestal o ingeniero agrónomo, quien, además, realizará una charla de capacitación al personal al inicio de la fase de construcción del Proyecto, sobre la ubicación y medidas de cuidado de los Quiscos.

Justificación: Mantener la integridad y el estado previo al inicio del Proyecto, de los 4 individuos de Quiscos.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: La ubicación de los 4 Quiscos es la siguiente:

Nombre Coordenada UTM (datum WGS84 y huso 198) Norte (m) Este (m) QUIS-003 6.364.037 356.607 QUIS-004 6.364.035 356.589 QUIS-005 6.364.080 356.568 QUIS-006 6.364.188 356.638

Forma: Se instalará una señalética colindante a cada uno de los 4 individuos de Quisco (aproximadamente a 1 metro de distancia) identificando el individuo y su estado actual.

Se realizará monitoreo a los individuos durante toda la etapa de construcción del Proyecto, por parte de un ingeniero forestal o ingeniero agrónomo.

Oportunidad: Durante toda la fase de construcción del Proyecto.

Indicador que acredite su cumplimiento

Preservación de los 4 Quiscos en el estado actual (previo a la ejecución del Proyecto).

Forma de control y seguimiento

Informe inicial e informe final del estado de los Quiscos. Es decir que en base al registro mensual del monitoreo, se elaborará un informe en el mes 1 y un informe final, en el último mes de la fase de construcción del Proyecto. Estos informes serán elaborados por el profesional idóneo e incluirán registros fotográficos y descripción del estado de los Quiscos mediante observación directa.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 10.1.4 del ICE.

8.5 Medidas de control

de ruido.

Impacto asociado

Aumento en los niveles de ruido.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción.

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: Atenuar las emisiones de ruido de las obras.

Descripción: Control del ruido que será emitido en la fase de construcción del Proyecto, mediante medidas de gestión.

Justificación: Tienen el fin de minimizar los impactos acústicos.

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Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: Frentes de trabajo.

Forma: Como medidas de control de ruido adicionales, se considerarán las

siguientes:

  • Prohibir que los camiones se estacionen o detengan, dentro o fuera de la obra, manteniendo su motor encendido. Se prohibirá el uso de bocinas en el ingreso de camiones al recinto y se instalará frente al portón una señalética con el texto “No Tocar Bocina”.

  • La maquinaria y faenas estacionarias se ubicarán en los deslindes no colindantes con receptores sensibles.

  • Capacitación al personal de la obra en relación a los aspectos fundamentales del D.S. N” 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente y al manejo de las medidas de control de ruido.

  • Informar a la comunidad vecina la programación de faenas ruidosas.

  • Implementar un plan de seguimiento con monitoreos mensuales de los niveles de ruido emitidos por la obra, con el fin de verificar la efectividad de las medidas de control.

Oportunidad: Fase de construcción del Proyecto.

Indicador que acredite su cumplimiento

Resultados de los monitoreos periódicos de los niveles de ruido emitidos por la obra, los cuales deben estar dentro de los parámetros establecidos en el Anexo 4 de la Adenda Complementaria.

Forma de control y seguimiento

Envío de informes de los monitoreos a la Superintendencia del Medio Ambiente, con frecuencia mensual.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 10.1.5 del ICE.

9, Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

9.1 Sismos.

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre.

asociada

Emplazamiento, parte, obra o acción

Áreas auxiliares, de suministro y planta (sector de paneles fotovoltaicos).

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia.

El diseño de ingeniería y la construcción de las instalaciones del Proyecto obedecerán a normas o estándares nacionales e internacionales de resistencia sísmica.

El Jefe de Emergencias será el responsable de comunicar a las autoridades y al personal acerca de la evacuación del personal desde las zonas afectadas.

Todos los contenedores que contengan sustancias y residuos peligrosos estarán sellados (tapas con seguro), de manera de prevenir vertimientos.

Instalación de señalética de las zonas de seguridad.

Tener a la mano un botiquín con los implementos básicos, una linterna con pilas extras y una radio con baterías.

Mantener las vías de evacuación despejadas (libre de elementos que obstruyan la circulación del personal). Evitar instalaciones aéreas (como por ejemplo repisas) sobre las fuentes de trabajo del personal, de manera de prevenir daño al personal por desprendimiento.

Forma de control y seguimiento

Registro de inspección planeada a las áreas auxiliares, de suministro y planta (sector de paneles fotovoltaicos),

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indicando fecha y encargado.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Numeral 7.1.1 del ICE.

9.2 Inundaciones por rebalse del canal Los Quilos.

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre.

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Zona de Paneles Fotovoltaicos y cruce de canal.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

El de Jefe de Emergencias, será el responsable de comunicar a las autoridades (entre ellas a la Asociación de Canalistas del canal Los Quilos) y al personal acerca de la evacuación.

Retirar los objetos que puedan ser arrastrados por el agua. No atravesar zonas inundadas ya que la fuerza del agua podría arrastrarle.

Dirigirse al terreno más alto y evitar las zonas sujetas a inundaciones.

Forma de control y seguimiento

Registro inspección planeada al canal con su cruce, indicando fecha de la inspección y encargado.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Numeral 7.1.2 del ICE.

9.3 Incendio.

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre.

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Áreas auxiliares, de suministro y planta (sector de paneles fotovoltaicos).

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

En las instalaciones auxiliares y planta se dispondrá de los elementos básicos requeridos para combatir cualquier amago de fuego o incendio, según lo establecido por la normativa vigente en esta materia (extintores, tambores con arena, etc.), con su adecuada señalética y libre de obstáculos que interfieran su rápida utilización.

Estos elementos básicos serán ubicados en las instalaciones auxiliares y planta, considerando zonas como la bodega de residuos peligrosos, grupos electrógenos y patio de salvataje. La ubicación exacta será establecida en la ingeniería de detalle del Proyecto.

La mantención tanto preventiva como correctiva de las conexiones de los paneles e inversores en corriente continua como su instalación, desconexión, será realizada por personal cualificado para evitar cortocircuitos.

Se proveerá de herramientas y equipos de protección individual con los aislamientos adecuados para evitar quemaduras y electrocución.

Se capacitará a todos los trabajadores en procedimientos de trabajo seguro para las actividades que puedan presentar riesgos de incendios.

La capacitación se efectuará por profesional idóneo, ingeniero en prevención de riesgos y/o Jefe de Emergencias en una oficina acondicionada para tal fin. Esta capacitación incluirá el uso de los elementos de extinción de incendios, vías de evacuación y zonas de seguridad, además de las imperfecciones en la infraestructura eléctrica que puedan evidenciar (como cables eléctricos o enchufes dañados) y que puedan dar

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origen a un incendio, de manera que puedan dar aviso al evidenciar alguna de estas situaciones al ingeniero en prevención de riesgos y/o Jefe de Emergencias.

Se creará una Brigada Contra Incendios, quienes tratarán de extinguir el fuego solo si este es controlable y en el caso que no lo sea, procederán a dar aviso inmediato a la Compañía de Bomberos de Los Andes.

Se instalarán alarmas para dar aviso en caso de incendios, en bodegas de almacenamiento de sustancias y residuos peligroso y oficinas de control. El mantenimiento será con frecuencia según proveedor.

Instalación de señalética de “no fumar” en zonas donde se almacenen elementos inflamables y/o que pudiesen generar incendio.

Se establecerá un sistema de registro en caso de incendios, el cual contendrá a lo menos fecha de ocurrencia del evento, personas involucradas, descripción de hechos, y en caso de fauna o vegetación, se definiría especie.

Forma de control y seguimiento

Listado de asistencia del personal a las capacitaciones, incluyendo fecha y relator.

Registro de mantenciones preventivas a la planta fotovoltaica, a alarmas y extintores; Registro de estado de las señaléticas.

Respaldo de chequeo de instalaciones eléctricas de las áreas auxiliares y de suministro. Todos estos registros deben indicar fecha de la revisión, encargado, estado y modificaciones realizadas en caso de que corresponda.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Numeral 7.1.3 del ICE.

9.4 Fuga o derrame de residuos sólidos

peligrosos.

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción y cierre.

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Bodega de almacenamiento de peligrosos.

residuos sólidos

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

Se capacitará al personal que manipule y almacene temporalmente los residuos sólidos peligrosos. La capacitación se realizará por personal idóneo, en un lugar óptimo y habilitado para tal fin.

Las características constructivas del lugar de almacenamiento darán cumplimiento a la normativa vigente, contará con recipientes adecuados y suelos impermeables para poder controlar, en caso de accidente, la no llegada de los residuos sólidos peligrosos al contacto con el suelo.

Se elaborará un procedimiento de emergencia, en caso de fuga o derrame de residuos sólidos peligrosos. Se mantendrá este documento impreso y legible en las inmediaciones asociadas a la contingencia.

Se mantendrán los contenedores en buen estado.

Se dispondrá en la bodega de almacenamiento de residuos sólidos peligrosos y zonas de almacenamiento transitorio de residuos sólidos peligrosos:

  • Herramientas necesarias para el retiro del residuo derramado, contando con palas, estanques de almacenamiento provisorios, elementos de protección individual, según se requiera para recoger el residuo

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sólido peligroso fugado.

  • Hojas de seguridad de cada producto que generó el residuo sólido peligroso.

Existirá un sistema de registro en caso de ocurrencia, el cual contendrá a lo menos: fecha de ocurrencia del evento, personas involucradas, residuos sólidos peligrosos involucrados, descripción de hechos.

Forma de control y seguimiento

Respaldo de chequeos del estado de sistemas de contención de derrames en bodega de residuos sólidos peligrosos y de la condición de los contenedores para este tipo de residuo; indicando fecha de la revisión y encargado. Registro de asistencia a las capacitaciones, indicando fecha y encargado.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Numeral 7.1.4 del ICE.

9.1.5 Rotura de conductos que contienen aguas servidas y productos químicos disueltos, propios del tratamiento de las aguas servidas y durante el desmontaje de la planta de tratamiento y sus

instalaciones auxiliares.

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre.

Emplazamiento, parte, obra o acción asociada

Sector de planta de tratamiento de aguas servidas (área auxiliar de suministro).

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

Se contará con procedimientos para la manipulación y almacenaje de estas sustancias químicas incorporadas en el tratamiento del agua.

Se capacitará al personal que manipule y almacene estas

sustancias químicas.

Se diseñarán las conducciones con los sistemas de control

tales como válvulas de cierre para poder aislar el tramo

dañado y evitar derrames tras la detección de la rotura de la conducción.

Se contará con el almacenaje de pequeño material para

poder reparar de forma inmediata el conducto averiado.

Programación de monitoreo de la PTAS con frecuencia:

al inicio después de 3 semanas de funcionamiento inicial.

Desde el segundo al cuarto mes: monitoreo mensual. A

partir del cuarto mes: Trimestral.

Los monitoreos y extracción de muestras

efectuados por los especialistas,

constructores de PTAS.

El gabinete para el almacenamiento de las sustancias

químicas cumplirá con la normativa atingente.

Disponer en las inmediaciones de la PTAS:

  • Hojas de Seguridad de las sustancias peligrosas utilizadas en el tratamiento del agua.

  • Herramientas necesarias para el retiro de la o las sustancias derramadas, como palas, estanques de almacenamiento provisorios, elementos de protección individual, según se requiera, para recoger la tierra humectada por el agua derramada.

Se dispondrá de protocolos de desmontaje de las instalaciones sanitarias, por los cuales se definen las etapas del desmontaje y los controles previos a la desconexión de los conductos y depósitos, siendo necesario un vaciado de los depósitos de agua potable, agua sin potabilizar y agua tratada por la planta de tratamiento previamente a proceder a la desinstalación de la PTAS.

serán suministradores y

Forma de control y seguimiento

Registro del monitoreo periódico de la PTAS, que

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incluirá revisiones de funcionamiento y estado de componentes; indicando fecha de la revisión y encargado.

Referencia al ICE o documentos del | Numeral 7.1.5 del ICE. expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

  1. Que, el titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

11*. Que, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

12*. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

13*. Que, para que el proyecto “Planta Fotovoltaica Guadalupe” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

14*, Que, el titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Valparaíso y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

15%, Que, el titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA de la Región de Valparaíso la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

16%. Que, se hace presente al titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2” letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA, previo a su ejecución.

17%. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO: 19. Calificar Ambientalmente favorable la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Planta

Fotovoltaica Guadalupe”, de GUADALUPE SOLAR SpA.

2”. Certificar que el proyecto “Planta Fotovoltaica Guadalupe” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3", Certificar que el proyecto “Planta Fotovoltaica Guadalupe” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140, 142, 146, 148, 156 y 160 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

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4?. Certificar que el proyecto “Planta Fotovoltaica Guadalupe” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5%. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.

6”. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 y 30 bis de la Ley N* 19.300, ante el/la Director/a Ejecutivo/a del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese

abriel Aldoney Vargas

Intendente Presidente Comisión de Evaluación Ambiental Región de Valparaíso

/ Albé ESiréctor RegionaHdel Jervicio de Evaluación Ambiental DETRAS Secretarió Comisión ación Ambiental

Región de Valparaíso e

Distribución:

  • Sra. Verónjta Silvestre Adelantado, GUADALUPE SOLAR SpA, Hendaya 60, Oficina 601, Las Condés, Santiago.

« Consdjo de Monumentos Nacionales.

  • Corporación Nacional Forestal, Región de Valparaíso

  • Dirección General de Aguas, Región de Valparaíso.

  • — Gobierno Regional de Valparaíso.

  • lustre Municipalidad de Los Andes.

  • SEREMI de Agricultura, Región de Valparaíso.

  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Valparaíso.

» SEREMI de Desarrollo Social, Región de Valparaíso.

  • SEREMI de Energía, Región de Valparaíso.

  • SEREMI de Minería, Región de Valparaíso

  • SEREMI de Obras Públicas, Región de Valparaíso.

  • SEREMI de Salud, Región de Valparaíso.

  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Valparaíso.

  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Valparaíso.

+» SEREMI del Medio Ambiente, Región de Valparaíso.

  • Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Valparaíso.

  • Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, Región de Valparaíso.

/CGP/rchz

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  • — Servicio Nacional Turismo, Región de Valparaíso.
  • SEC, Región de Valparaíso.

  • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura.

  • Superintendencia de Servicios Sanitarios.

  • Sr. Superintendente del Medio Ambiente.

  • Sr. Coordinador Unidad de Participación Ciudadana, Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Valparaíso.

» — Oficial de Partes de la Región SEA Región de Valparaíso. + Expediente del Proyecto DIA “Planta Fotovoltaica Guadalupe”. + Archivo Servicio Evaluación Ambiental, Región de Valparaíso.

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