AMPLIACIÓN PLANTA DE PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE EXPLOSIVOS
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE ATACAMA
Califica Ambientalmente el proyecto “AMPLIACIÓN PLANTA DE PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE EXPLOSIVOS”
Resolución Exenta N2 70
Copiapó, 20 de agosto de 2018
VISTOS:
1”. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) con fecha 18 de enero de 2017, del proyecto “AMPLIACIÓN PLANTA DE PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE EXPLOSIVOS”, presentado por los Sr. Diego Rodríguez Christensen, en representación de MAXAM CHILE S.A.
2”. Los pronunciamientos y observaciones de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo I! del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “AMPLIACIÓN PLANTA DE PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE EXPLOSIVOS”.
3”. El Acta de Evaluación N” 12/2018 de fecha 31 de julio de 2018, elaborada por el Comité Técnico.
4”. El ICE de la DIA del proyecto “AMPLIACIÓN PLANTA DE PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE EXPLOSIVOS” de fecha 31 de julio de 2018.
5”. La sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama, de fecha 08 de agosto de 2018.
6”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “AMPLIACIÓN PLANTA DE PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE EXPLOSIVOS”.
7”. Lo dispuesto en la Ley N2 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N2 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA); Resolución Toma de Razón DD.PP N* 756 del 15 de junio de 2015, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, que nombra a doña Verónica Ossandón Pizarro como Directora Regional Subrogante y la Resolución N2 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
CONSIDERANDO:
1”. Que, MAXAM CHILE S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “AMPLIACIÓN PLANTA DE PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE EXPLOSIVOS” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Antecedentes del Titular
Nombre o razón social MAXAM CHILE S.A.
Domicilio Puerta del Sol 55 Of. 82 — Las Condes, Santiago. Nombre representante legal | Diego Rodríguez Christensen,
Domicilio representante | Puerta del Sol 55 Of. 82 — Las Condes, Santiago. legal
2”. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 31 de julio de 2018, la Directora Regional (S) del Servicio de Evaluación Ambiental Región de Atacama, ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto:
e El Proyecto cumple con la normativa ambiental vigente.
e El Proyecto no genera los efectos, características y circunstancias del Art. 11 de la Ley de Bases del Medio Ambiente, motivo por el cual no requiere de la presentación de un ElA.
3”. Que, en sesión de fecha 08 de agosto de 2018, la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama acordó calificar favorablemente el proyecto “AMPLIACIÓN PLANTA DE PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE EXPLOSIVOS”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 31 de julio de 2018, el que forma parte integrante de la presente Resolución.
4”, Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. Antecedentes generales
Objetivo general
El proyecto consiste en la ampliación de la Planta de fabricación de explosivos, que elabora Matriz de Rioflex y Rioflex encartuchado, específicamente amplía el almacenamiento de nitrato de amonio, almacenamiento de nitrato de hexamina, aumenta la capacidad del almacenamiento de polvorines en terrenos de Maxam Chile S.A. Finalmente, realiza un reordenamiento de las instalaciones administrativas y del personal, del tipo modular, dentro del mismo predio para las instalaciones de Sala de Reuniones, Oficinas, Instalaciones para el personal y Servicios Higiénicos.
Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones
letra ñ.2) y ñ.4) del Artículo 3 del Reglamento del SEIA.
Vida útil
Se estima en 30 años, considerando que la fase de construcción durará 6 meses, la fase de operación 29 años y la fase de cierre 6 meses. El cronograma del proyecto se presenta en Tablas 1,2, 3 y 4 de la Adenda Complementaria.
Gestión, acto oO faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución
Corresponde al Montaje de la segunda línea de producción de Matriz de Rioflex.
SI NO
Proyecto se desarrollará por
etapas e Proyecto modifica un Si NO Considerando RCA 203/11 Situación Proyectada proyecto o actividad 3.2 Descripción del proyecto 6.000 ton/mes (...) La capacidad de producción máxima de Matriz Rioflex se estima en 1.200 ton/mes. 3.2 Descripción del proyecto 200.000 Kg/mes (...) Adicionalmente, se considera la instalación de un proceso de encartuchado para explosivo de Rioflex, de producción máxima 10.000 Kg/mes. (...) 3.2.1 Principales obras y actividades Construcción de bodega b)Construcción de bodegas para | de almacenamiento de materias primas (Hexamina) sustancias peligrosas (ácido acético, piroantimoniato, perclorato de sodio, nitrito, polvo de aluminio) 3.2.1 Principales obras y actividades Para los servicios básicos d) Instalaciones higiénicas: Para los | del personal, se servicios básicos del personal del | incorporará una fosa proyecto, se considera el uso de las | séptica de 1.200 l/día actuales instalaciones con que cuenta | para las nuevas oficinas la empresa mediante resolución | administrativas y baños aprobación del Proyecto de Instalación | químicos instalados en de Agua Potable N? 1045 e Instalación | distintos puntos de la ] de Alcantarillado Particular N2 1046, | planta.
ambas de abril de 2009 de la SEREMI de Salud de Atacama, adjunto en anexo 4 de la DIA.
3.2.2 Servicios requeridos Proyecto eléctrico: Capacidad eléctrica 175 KVA
Capacidad eléctrica 400 KVA
3.2.3 Suministros correspondientes a sustancias peligrosas:
Nitrato de hexamina: la solución es almacenada en isotanques de 24.000 kg de capacidad con concentración 61%. Se estima un almacenamiento mensual de 180 ton.
Nitrato de hexamina Sólida, se almacenará en sacos 25 kg y big bags de 425 kg, con una concentración 98%. Almacenamiento 1.000 ton para 3 meses.
3.2.3 Suministros correspondientes a sustancias peligrosas:
Nitrato Amónico (denso): Su almacenamiento se efectuará en las canchas de acopio del Titular, en las actuales instalaciones, las que se encuentran debidamente autorizadas para una capacidad de almacenamiento de 2.000 toneladas.
Nitrato amónico denso y poroso, se almacenará en 7 canchas, con una capacidad total 5.500 ton.
3.2.3 Suministros correspondientes a sustancias peligrosas Bodega de residuos peligrosos
Ampliación y reubicación de la bodega de residuos peligrosos. La bodega
tendrá una superficie de 36 m2.
3.2.3 Suministros correspondientes a sustancias peligrosas MYCE: se almacenará en tambores de 120 l, se estima un consumo mensual de 3.000 kg.
Crosslinker: mezcla de glicol con aditivos, se almacenará en tambores de 120 litros, se estima un consumo mensual de 3.000 kg.
Ya no se utilizarán estas sustancia como materia prima
3.2.3 Suministros correspondientes a sustancias peligrosas: Almacenamiento salitre sódico agrícola: se utiliza como materia prima, almacenamiento 60 tn/mes
No se considera almacenamiento y uso de salitre sódico agrícola como materia prima.
3.2.3 Suministros correspondientes a sustancias peligrosas
Petróleo diésel, se almacenará 14.000 |. se
Petróleo diésel: almacenamiento | estima un consumo 83 10.000 | l/mes.
3.2.3 Suministros correspondientes a | Almacenamiento Matriz sustancias peligrosas Rioflex (producto Almacenamiento Matriz Rioflex | terminado): total
(producto terminado) 50 ton
proyectado 200 ton.
3.2.3 Suministros correspondientes a sustancias peligrosas Almacenamiento rioflex encartuchado 10 ton, en polvorín autorizado 56 ton
Almacenamiento rioflex encartuchado: 200 ton y almacenamiento de altos explosivos, en 2 polvorines de 100 ton cada uno.
3.2.4 Descripción de la etapa de construcción
b) Edificaciones
De acuerdo con la ingeniería conceptual realizada, se estima la construcción de las siguientes áreas:
25.915 m2 proyectados
Recinto Descripción 1 Etapa (m2) Área Proceso 250 Proceso Matriz Rioflex Industrial | — Encartuchado Bodegas 50 Materias Primas TOTAL Proceso 300 3.3.1 Transporte de producto | En Adenda terminado y materias primas se | Complementaria el utilizará los servicios de la empresa | Titular señala que el Trasportes Verasay. Flujo vehicular | Transporte para los
considerando una 1.200 ton/mes camiones/mes.
producción de será de 43
productos terminados y materias primas, será por terceros autorizados que cuente con las
autorizaciones ambientales y sectoriales correspondientes.
Consumo de
potable: 6.000 l/día Consumo de agua industrial: 900 m3/mes
3.3.2 Recurso hídrico a) Agua potable: Consumo de agua potable 2.700 l/día b) Agua industrial: Consumo de agua industrial 60 m3/mes
agua
Humectación de caminos 90 m3/mes | No se considera,
(30 m3 para cada fase construcción- | humectación de
operación). caminos, serán mejorados con bischofita.
4.2. Ubicación del Proyecto
División político- administrativa
El proyecto se ubica en la Región de Atacama, Provincia y Comuna de Copiapó.
Justificación de la localización
El Titular señala que la finalidad de emplazar la planta en esta zona es netamente operacional, y con el claro objetivo de poder proveer el servicio de abastecimiento de Matriz Rioflex y cartuchos explosivos Rioflex a faenas mineras de la Región de Atacama, y estar cerca de las rutas principales para el despacho de productos. La materia prima principal, para la elaboración de Matriz Rioflex, es el nitrato de amonio, la cual se encuentra almacenada en las actuales instalaciones, con sus respectivas autorizaciones de acuerdo a Resolución de Calificación Ambiental Res. Ex. N2203 de fecha 22 de septiembre de 2011, de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama.
Superficie En Adenda Complementaria, el Titular indica que la superficie total del proyecto que corresponde a 47.382 m2, donde se ubicarán las instalaciones permanentes y temporales. En figura 6 de la Adenda Complementaria, se presenta las obras del proyecto.
Coordenadas En la Tabla 1 de la Adenda, se presenta las coordenadas del proyecto, en Anexo 1,
UTM en Datum WGS84
de la Adenda se presenta la Cartografía del proyecto y en la figura 6 de la Adenda Complementaria se presenta las obras a construir y las obras eliminadas del proyecto.
Caminos de acceso
El acceso al área, se encuentra ubicado en el Km. 12,5 de la Ruta Ch31, distante a 9 kilómetros en dirección noreste de la ciudad de Copiapó. El camino es de asfalto con una pista por sentido de tránsito, este camino atraviesa la quebrada de Paipote. En Adenda el Titular señala que adoptará una medida en el camino de acceso, que consiste en un acceso simple de 10 metros de ancho con radios de giro de 15 metros, con pistas de ingreso y salida de 3,5 metros de ancho y 40 metros de largo. También realizará un ensanche generando una pista de incorporación (deceleración) de 140 mt. que empalma con el acceso de frente (oreja), el cual será de asfalto en toda su extensión, y se mejorará la demarcación de la intersección Ruta CH-31 / Acceso a Planta y la señalización.
Referencia al expediente de evaluación de los mapas,
En la Tabla 1 de la Adenda, se presenta los vértices del proyecto, en Anexo 1, de la Adenda se presenta la Cartografía del proyecto y en la figura 6 de la Adenda Complementaria se presenta las obras a construir y las obras eliminadas del proyecto.
georreferenciac ión e información complementari a sobre la localización de sus partes, obras y acciones
4.3. Partes, obras y acciones que componen el Proyecto
4.3.1. Fase de construcción
Partes obras
y
Línea de producción de Matriz Aumento de capacidad de producción actual de Matriz Rioflex,
actualmente es de 1.200 ton/mes y se proyecta un aumento de producción a 6.000 ton/mes, para lo cual se instalará una nueva línea de producción de Matriz, la que posee las mismas características que la existente, la nueva línea se instalará en el mismo galpón donde funciona la actual línea de producción.
Construcción de canchas de almacenamiento de nitrato de amonio
Se habilitará canchas para el almacenamiento de nitrato de amonio, para lo cual en el Anexo 7 de la Adenda Complementaria, en la Definición de sus partes, acciones y obras física en el punto 2., se señala que se construirán 7 nuevas canchas de 500 ton cada una, por lo cual la capacidad de almacenamiento de nitrato de amonio aumentará de 2.000 ton a una capacidad total de 5.500 ton.
Construcción de dos canchas de almacenamiento de nitrato de hexamina Reemplazo de uso de nitrato de hexamina en solución a nitrato de hexamina en estado sólido, efectuando el proceso de dilución directamente en las instalaciones. Este cambio considera la habilitación de 1 cancha al aire libre, de 1.000 ton de almacenamiento, en sacos de 25 kg o big bags de 425 kg, lo que permite un abastecimiento para un período de 3 meses.
Construcción de estanques de almacenamiento de diésel
Para la producción de Matriz se proyecta el uso de dos nuevos estanques, para el almacenamiento de combustible diésel de 4.000 y 5.000 | con su respectivo pretil de contención.
Construcción de parapetos
Construcción de un sistema de seguridad y contención, para lo cual se utilizará el mismo material removido en las obras de movimiento de tierra, estos parapetos serán para las obras del nuevo polvorín, las 7 canchas de nitrato de amonio, la cancha de nitrato de hexamina, y Polvorín de Accesorios.
Caminos interiores
Se habilitarán accesos hacia polvorín de accesorios, y a canchas de almacenamiento de nitrato de amonio.
Construcción de un nuevo polvorín
Para el almacenamiento de altos explosivos de 100 ton a 200 ton equivalentes en dinamita 60%, de igual capacidad y características del existente.
Almacenamiento de accesorios
Se habilitará un almacenamiento de accesorios (iniciadores o fulminantes) en dos polvorines de 739 kg equivalentes en dinamita 60%, cada uno.
Bodega de almacenamiento
Se construirá una bodega de almacenamiento de materias primas peligrosas. Las consideraciones generales de diseño de la bodega de
sustancias peligrosas se efectúan bajo el cumplimiento de la normativa vigente sobre el almacenamiento de sustancias peligrosas DS 43/15. Instalaciones administrativas y del personal, del tipo modular
Se reubicarán las instalaciones administrativas y del personal, del tipo modular dentro del mismo predio, como oficinas tipo conteiner, las que contarán con sistemas particulares de agua potable y alcantarillado. Almacenamiento de residuos
Para el almacenamiento de residuos peligrosos, se construirá un sitio de almacenamiento transitorio con las siguientes especificaciones técnicas: . Piso de radier de hormigón impermeabilizado con revestimiento epóxico y pendiente de 2%.
» Cierre perimetral, con cerca tipo acmafor o similar, de altura H=1.90 m. * Techumbre, planchas de zinc-aluminio para protección de temperatura y radicación solar.
- Instalación con capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad, ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados.
e Ventilación natural mediante secciones con malla metálica en costados de la bodega.
- Implementos necesarios para el control de incendios.
Camino de acceso
El acceso al área, es un camino existente que se encuentra ubicado en el Km. 12,5 de la Ruta Ch31. El camino es de asfalto con una pista por sentido de tránsito. En Adenda el Titular señala que adoptará una medida en el camino de acceso, que consiste en a un acceso simple de 10 metros de ancho con radios de giro de 15 metros, con pistas de ingreso y salida de 3,5 metros de ancho y 40 metros de largo. También realizará un ensanche generando una pista de incorporación (deceleración) de 140 mts. que empalma con el acceso de frente (oreja), el cual será de asfalto en toda su extensión, y mejorará la demarcación de la intersección Ruta CH-31 / Acceso a Planta y la señalización.
Acciones
Movimiento de tierra
La construcción de canchas de almacenamiento generará movimiento de tierra, donde el material se utilizará para la construcción de parapetos, Por lo tanto, no se considera la generación de excedentes ni movimiento de estos materiales fuera de las instalaciones.
Compactación del terreno
Se realizará una compactación para las 7 nuevas canchas de Nitrato de Amonio (de 500 ton cada una), la cancha de Nitrato de Hexamina (cancha de 1.000 ton), almacenamiento de altos explosivos de 100 ton a 200 ton, almacenamiento de accesorios (iniciadores o fulminantes) en los dos polvorines, oficinas, bodegas de almacenamiento de materias primas, y sitios para el almacenamiento transitorio de residuos peligrosos. Construcción del almacenamiento de altos explosivos
Se construirá un edificio polvorín que almacenará los altos explosivos de 100 ton a 200 ton, este se encontrará adyacente al polvorín existente, donde se habilitarán sistemas de seguridad, alarmas y combate de incendios.
Construcción radier
Las bodegas respectivas que contengan líquidos deberán tener un sistema de control de derrames el consistirá en:
- Bodega auto contenida, con piso de pendiente no inferior a 0,5% que permita el escurrimiento del derrame hacia una zona de acumulación o con contención perimetral, a través de soleras y/o lomos de toro.
e Sistema de recolección conectado a una cámara de contención estanca la que tendrá un volumen equivalente al 110% del envase de mayor capacidad, con un mínimo de 1,1 metros cúbicos. Además, contará con sistemas de contención separados y agentes de adsorción y neutralización,
Insumo
Agua Potable La planta cuenta con instalaciones básicas para el almacenamiento y
distribución del agua potable para el personal, lo que se presenta en el Anexo 8 de la DIA, Resolución de aprobación del Proyecto de Instalación de Agua Potable Particular N2 1045 de abril de 2009 de la SEREMI de Salud de Atacama. Además, en Adenda, se indica que el insumo será de 3.900 l/día, y será suministrado por camiones aljibe autorizado por la empresa Transporte y Servicios E.!.R.L, desde Aguas Chañar planta Vicuña. Servicios higiénicos
La planta cuenta con un sistema de disposición de aguas servidas particular, lo que se presenta en el Anexo 8 de la DIA, Resolución de aprobación del Proyecto de Instalación de Alcantarillado Particular N£ 1046 de abril de 2009 de la Seremi de Salud de Atacama.
Agua industrial
El uso de agua industrial será principalmente para distintas actividades que requieran humectación. En Adenda, se indica que se proveerá por camiones aljibe autorizado por la empresa Transporte y Servicios E.I.R.L, desde Aguas Chañar planta Vicuña. El consumo será de 400 m3/mes. Alimentación
Se privilegiará la contratación de mano de obra local, el alojamiento y la alimentación del personal, tanto administrativo como de obras, se realizará en residenciales, y hoteles en las localidades cercanas al proyecto.
Transporte de personas
Se realizará con vehículos de la empresa de acuerdo a los horarios de ingreso y salida de la planta. Se contemplan 26 personas a transportar. Transporte de insumos
En Tabla 8 de la Adenda Complementaria, se presenta la cantidad de viajes para los insumos para esta fase.
Hormigón
Se estima un consumo de 88 m3 en 4 meses, el suministro se realizará desde Copiapó, por una empresa subcontratista.
Energía
Se contará con el suministro de la red pública, se estima un consumo de 400 KVA.
Combustible (diésel)
Será suministrado en camiones cisterna, desde punto COPEC de Tierra Amarilla. Se estima un consumo de 16.000lts/mes.
Emisiones Atmosféric as
Las actividades durante la fase de construcción que generarán mayores aportes a las emisiones de material particulado (MP10 y MP2,5), están asociadas a excavaciones, movimiento de tierra, tránsito vehicular y combustión de vehículos, maquinarias y grupo electrógeno. En la Tabla 10-1 del Anexo 4 de la Adenda Complementaria, se presentan las emisiones para cada contaminante expresadas en Ton/año.
La tasa de emisión de MP10 se estiman en 3,79 ton/año. Para el caso del MP2,5 la tasa de emisión es de 0,82 ton/año.
Se contemplan las siguientes medidas de control de emisiones:
-
En Adenda Complementaria el Titular señala que los caminos internos de la Planta se encuentran estabilizados con bischofita, quedando un tramo de 400 metros, en la ruta de ingreso a la planta sin estabilizar, los que serán cubiertos por una cobertura del mismo material.
-
Uso de cubierta y carga adecuada de los vehículos de transporte de materiales.
Ruido
Las emisiones de ruido del proyecto serán propias de la construcción de las obras (limpieza y compactación del terreno, el movimiento de tierra, la circulación de vehículos por rutas y caminos, el funcionamiento de maquinaria y vehículos utilizados en las faenas) y serán temporales y acotadas solo a la etapa de construcción, dando cumplimiento al D.S N? 38/11 MMA.
Además, el Titular en Adenda señala que se considera como verificador del cumplimiento de la normativa para el ruido, un monitoreo durante los primeros tres meses de la fase de construcción y cierre, presentando los resultados a la SMA a través de un informe generado 30 días después del monitoreo.
Efluentes líquidos
Se considera un sistema particular de alcantarillado, compuesto por una fosa séptica, como tratamiento de las aguas servidas y pozo absorbente para su disposición final.
Control: Los lodos serán retirados por lo menos una vez al año por una empresa que se encuentre autorizada por la Autoridad Sanitaria. El retiro se efectuará mediante camión limpia fosa.
En Adenda el Titular indica que contará con un registro de respaldo que acredite cada retiro y disposición final de los lodos generados durante esta fase, de la empresa autorizada para realizar dicho servicio. Se mantendrán en faena los registros mencionados, los que se encontrarán disponible para cuando la autoridad lo requiera.
Baños Químicos se utilizarán en los frentes de trabajo.
Período de tiempo: 6 meses.
Control: La mantención y limpieza de los baños químicos se realizarán una vez por semana. Esta función será desarrollada por terceros, los cuales contarán con los permisos vigentes ante la autoridad sanitaria para realizar dichos trabajos.
Cantidad: 3.120 l/día entre los efluentes de la fosa séptica y baños químicos.
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Residuos
Residuos asimilables a domésticos
Durante esta fase se generarán residuos sólidos asimilables a domésticos como residuos orgánicos, papel, cartón, desechos de oficina, etc., se estima una cantidad de 26 kg/día, y la forma de manejo será a través de la instalación de contenedores de plástico con tapa, los que permanecerán cerrados, en las diferentes áreas de trabajo. Se almacenarán en la zona de acopio temporal, los que serán retirados dos veces por semana, por una empresa autorizada y luego a disposición final autorizado.
En Adenda, el Titular señala que se mantendrá un registro de respaldo que acredite la disposición final de los Residuos Sólidos Domiciliarios en relleno sanitario autorizado, el que se encontrará disponible para cuando la autoridad lo requiera.
Residuos Industriales no peligrosos
Se generarán residuos sólidos industriales no peligrosos como restos de bolsas de papel, plásticos, etc., se estima una cantidad de 0,3ton/mes, la forma de manejo será a través de la instalación de contenedores en las diferentes áreas de trabajo, y luego se almacenará en 2 contenedores los que serán retirados semanalmente, por una empresa autorizada, para luego ser dispuestos en un lugar autorizado.
Residuos industriale s Peligros
Se generarán residuos sólidos peligrosos como aceites y lubricantes usados, envases de pinturas y/o solventes, trapos contaminados, etc., se estima una generación de 37 kg/año, los que serán dispuestos dentro de un contenedor para este tipo de residuo, ubicado en la bodega de residuos peligrosos, para luego ser retirados por una empresa autorizado y trasladados a su disposición final fuera del área del proyecto, en un recinto autorizado. Tiempo de almacenamiento: máximo 6 meses.
Referencia al ICE para mayores detalles
Capítulo IV.
4.3.2. Fase de operación
Acciones
Operación dela Planta
La Planta en operación tendrá una capacidad máxima de producción de 6.000 ton/mes de producto terminado, Matriz Rioflex. Para alcanzar dicho aumento se operará con la instalación de una segunda línea de producción Matriz Rioflex de las mismas características de la línea existente.
El laboratorio de ensayos se encuentra ubicado al interior de la planta de producción de Matriz de Rioflex, en dicho laboratorio se realizan controles de pH, viscosidad y densidad al producto terminado (Matriz Rioflex). Los instrumentos que se utilizan para los ensayos corresponden a vasos de precipitación, medidor de pH, viscosímetro y espátula de enrase, después de realizados los controles respectivos los instrumentos son lavados y el agua resultante de este proceso es acumulada para su reutilización en el proceso de fabricación de Matriz de Rioflex.
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Habilitación de canchas de almacenamiento
Las canchas de almacenamiento son:
-
Nitrato de hexamina: se habilitará una cancha de almacenamiento de Nitrato de Hexamina, con una capacidad de almacenamiento de 1.000 ton cada 3 meses. La cancha de acopio, destinada para el almacenamiento del Nitrato de Hexamina, contará con una superficie de 60 m x 30 m y con un parapeto de 2 m de altura, 7 m de espesor en la base y de 1 m en la parte superior, siendo la base de terreno natural compactado.
-
Nitrato Amónico: se habilitarán en 7 nuevas canchas de 500 ton, el aumento de capacidad de almacenamiento de nitrato de amonio, de 2.000 ton llegando a una capacidad total de 5.500 ton.
Las canchas de acopio, destinadas para el almacenamiento del Nitrato Amónico, contarán con una superficie de 40 m x 40 m cada una contando con un parapeto de 2 m de altura,7 m de espesor en la base y de 1 m en la parte superior, siendo la base de terreno natural compactado.
Limpieza y mantención a la Fabricación Matriz
El mezclador, la bomba y sistemas de almacenamiento utilizados en el proceso de elaboración de Matriz Rioflex, son lavados con una mínima cantidad de agua industrial, cuya dosificación es controlada. El lavado tiene como objetivo la remoción de residuos de mezcla en estas unidades, el líquido con restos de producto resultante de este aseo, es utilizado de manera íntegra para el próximo batch de elaboración de Matriz.
Habilitación del almacenamiento de explosivos
Aumento de la capacidad de almacenamiento de altos explosivos de 100 ton a 200 ton equivalentes en dinamita 60%. Se consideran solamente labores de carga y descarga de explosivos.
En el polvorín de alto explosivo se almacena:
-
ANFO ensacado
-
Cartuchos de dinamita, hidrogel y emulsión
-
Cordón detonante
-
Mecha de seguridad
-
Boosters
e Explosivo para precorte
Habilitación del almacenamiento de accesorios
Almacenamiento de accesorios (iniciadores o fulminantes) en dos polvorines de 739 kg equivalentes en dinamita 60%, cada uno. Se consideran solamente labores de carga y descarga de accesorios.
En el de accesorios se almacena:
- Detonadores no eléctricos
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- Fulminante
- Mecha compuesta
-
Detonadores electrónicos
-
Detonadores eléctricos
Habilitación de la línea de producción de Rioflex encartuchado
Aumento de capacidad de producción de Rioflex encartuchado de 10.000 kg/mes a 200.000 kg/mes. El aumento de esta capacidad de producción considera la utilización de la misma línea productiva, y la misma cantidad de operarios, solamente contempla una optimización del proceso productivo. Este proceso de mezcla y encartuchado se realizará dentro de las mismas instalaciones de la planta.
Habilitación Bodega de almacenamiento de materias primas peligrosas
Se habilitará la bodega de almacenamiento de materias primas peligrosas. Se consideran labores de carga, descarga y gestión de materias primas. La zona de carga y descarga de bodega de almacenamiento de sustancias peligrosas, dará cumplimiento a lo establecido en el D.S. N*43/15, piso sólido radier, pintura epóxica resistente al agua y sustancias químicas. Las materias primas (MMPP) peligrosas se almacenan de forma de cumplir con el método de valoración de inventario primero en entrar, primero en salir (por sus siglas en inglés FIFO: First in firstout).
Insumos
Agua para uso industrial En Adenda el Titular indica que se requerirá de agua industrial para el
proceso productivo y la que será almacenada en tres estanques de 10.000 litros cada uno, durante la fase de operación el consumo será de 900 m3/mes, el suministro se realizará en camiones aljibe autorizado por la empresa Transporte y Servicios E.I.R.L, desde Aguas Chañar planta Vicuña. Agua Potable
En Adenda el Titular indica que se tendrá un consumo estimado de 6.000 l/día, el suministro será por camiones aljibe autorizado por la empresa Transporte y Servicios E.!.R.L, desde Aguas Chañar planta Vicuña y será almacenado en dos estanques de 5.000 | de capacidad.
Energía eléctrica
Se contará con el suministro de la red pública, se estima un consumo de 400 KVA. Y un generador de emergencia con una capacidad de 475 kVA. Transporte de personal
El transporte de personal será de 40 personas, se realizará con vehículos de la empresa de acuerdo a los horarios de ingreso y salida de la planta. Transporte de insumos
En Tabla 8 de la Adenda Complementaria, se presenta la cantidad de viajes para los insumos para esta fase.
Servicios higiénicos
La planta cuenta con instalaciones básicas para el personal, con sistema de disposición de aguas servidas particular, en Anexo 8 de la DIA, se presenta la Resolución de aprobación del Proyecto de Instalación de
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Alcantarillado Particular N2 1046 de abril de 2009 de la Seremi de Salud de Atacama.
Combustible (diésel)
Se requerirá Diésel el que será suministrado en camiones cisterna, desde punto COPEC de Tierra Amarilla. Se estima un consumo de 83.000 l/mes. Para la producción de Matriz se proyecta el uso de dos nuevos estanque para el almacenamiento de combustible diésel de 4.000 y 5.000 | con su respectivo pretil de contención.
Emisiones Atmosféric as
Las actividades en la fase de operación que generarán mayores aportes a las emisiones de material particulado (MP10 y MP2,5), están asociadas a tránsito vehicular por caminos no pavimentados y pavimentados y su combustión interna de maquinarias, camiones y camionetas, además se considera la instalación de un equipo generador de emergencia ante eventual corte del suministro eléctrico. En la Tabla 10-2 de la Adenda Complementaria, se presentan las emisiones para cada contaminante expresadas en Ton/año.
La tasa de emisión de MP10 se estiman en 2,83 ton/año. Para el caso del MP2,5 la tasa de emisión es de 0,72 ton/año.
Se contemplan medidas de control de emisiones como:
-
En Adenda Complementaria el Titular señala que los caminos internos de la Planta se encuentran estabilizados con bischofita, quedando un tramo de 400 metros, en la ruta de ingreso a la planta sin estabilizar, los que serán cubiertos por una cobertura del mismo material.
-
Uso de cubierta y carga adecuada de los vehículos de transporte de materiales
Ruido Estas emisiones se generan debido a: compresores (interior galpón productivo), molinillo de molienda de nitrato de amonio, motor de mezcladora, dando cumplimiento al D.S N* 38/11 MMA.
Efluentes Aguas servidas:
líquidos
Se considera un sistema particular de alcantarillado, compuesto por una fosa séptica, como tratamiento de las aguas servidas y pozo absorbente para su disposición final.
Control: Los lodos serán retirados por lo menos dos veces al año por una empresa que se encuentre autorizada por la Autoridad Sanitaria. El retiro se efectuará mediante camión limpia fosa.
En Adenda el Titular indica que contará con un registro de respaldo que acredite cada retiro y disposición final de los lodos generados durante esta fase. Se mantendrán en faena los registros mencionados, los que se encontrarán disponible para cuando la autoridad lo requiera.
Período de tiempo: 29 años. Cantidad: 4.800 l/día emisiones de la fosa séptica
Líquido por lavado de materiales de laboratorio
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En el laboratorio de ensayos se realizan controles de pH, viscosidad y densidad al producto terminado (Matriz Rioflex), para los cuales se utilizan como instrumentos para los ensayos vasos de precipitación, medidor de pH, viscosímetro y espátula de enrase, los que luego son lavados y el agua resultante de este proceso es acumulada para su reutilización en el proceso de fabricación de Matriz de Rioflex.
El agua de lavado es recogida en un recipiente colector de 20 1 y diariamente reutilizada con el agua de proceso, en los siguientes batch de producción de matriz, por lo tanto, no existe generación de residuos líquidos o necesidad de tratamiento.
Emisión: 25 — 50 l/día, dependiendo del nivel de producción
Control: Se contempla un registro donde se evidenciará la generación de agua de lavado por batch, con la firma del encargado de laboratorio, y la firma del jefe de producción que evidencia la recepción y reutilización de estas aguas en el batch correspondiente. En la Figura 1, de la Adenda Complementaria, se presenta el formato de registro del proceso.
Residuos
Residuos Domésticos y asimilables a domésticos
Se generarán residuos domésticos como residuos orgánicos, papel, cartón, desechos de oficina, etc., se estima una cantidad de 40 kg/día, y en cuanto a la forma de manejo se instalarán contenedores de plástico con tapa, los que permanecerán cerrados, en las diferentes áreas de trabajo. Se almacenarán en la zona de acopio temporal, los que serán retirados dos veces por semana por una empresa autorizada y luego a disposición final autorizado.
En Adenda el Titular señala que se mantendrá un registro de respaldo que acredite la disposición final de los Residuos Sólidos Domiciliarios en relleno sanitario autorizado, el que se encontrará disponible para cuando la autoridad lo requiera.
Residuos Industriales no peligrosos
Se generarán residuos sólidos industriales no peligrosos como restos de bolsas de papel, plásticos, etc., se estima una cantidad de 3 ton/mes, la forma de manejo es a través de contenedores en las diferentes áreas de trabajo, y luego se almacenarán en 2 contenedores los que serán retirados semanalmente, para luego ser dispuestos en un lugar autorizado.
Residuos peligrosos
Se generarán residuos sólidos peligrosos como aceites y lubricantes usados, envases de pinturas y/o solventes, aerosoles, big bag vacíos de nitrato de hexamina y nitrato de amonio, trapos contaminados, pilas y baterías, etc., se estima una generación de 192,75 Ton/año, los que serán dispuestos dentro de un contenedor para este tipo de residuos, ubicado en la bodega de residuos peligrosos con un tiempo máximo de almacenamiento de 6 meses, para luego ser retirados por una empresa autorizada y trasladados a su disposición final fuera del área del proyecto, en un recinto autorizado.
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Sustancias El Proyecto en la fase de Operación utilizará las siguientes sustancias peligrosas: Tipo de | Cantida | Unida | Tiempo de Forma de | Clasificació sustancia d d almacenamien | almacenamien | n (Según peligrosa to to NCh. 382. Of 2004. Tóxicas, explosivas, radioactiva S, inflamable S, corrosivas o reactivas) Nitrato de | 1.000 Ton 3 meses Sacos 25 kg Big 3 Hexamina bags de 425 kg Nitrato de | 5.500 Ton 1,5 mese Big Bags 1.250 5.1 Amonio kg Ácido Acético | 22.900 L 1,55 meses IBC 1,000 litros 8 Perclorato de | 26.000 Kg 3 meses Sacos 25 kg 5.1 Sodio Piroantimonia | 25.800 L 3 meses Tambores 250 5.1 to kg Nitrito 8.300 Kg 1 mes Sacos 25 kg 6.1 Diésel 14.000 |L 2 días Granel 3 Polvo de | 12.000 | Kg 12 meses Sacos 25 kg 4.1 aluminio Fuente: Basado en Tabla 14 de la Adenda y Adenda Complementaria. Productos terminado | Cantidades Clasificación (Según NCh. 382. Of 2004. Tóxicas, explosivas, radioactivas, inflamables, corrosivas o reactivas) Matriz de Rioflex 6.000.000(Kg/mes) 5.1 ANFO 500.000(Kg/mes) 15D Rioflex encartuchado | 200.000(Kg/mes) 1.1D Sensibilizante 170.000(Kg/mes) 1.1 Fuente: basado en Tabla 36 de la DIA y Tabla 8 de la Adenda. Referencia all IGEl para Capítulo IV, mayores detalles 4.3.3. Fase de cierre Desmantelamiento o aseguramiento de infraestructura Se retirarán del área todos los equipos, según corresponda:
Desmontaje equipos línea Matriz Acciones > Retiro del nitrato de hexamina almacenado en canchas Retiro de explosivos almacenados en polvorines Retiro de sustancias peligrosas almacenadas en bodega Retiro de accesorios almacenados en polvorines de accesorios
Retiro contenedores instalaciones administrativas Y se realizará cierre de los caminos secundarios evitando el acceso a todas las instalaciones presentes. Restauración El Proyecto considera Restitución geoforma (topografía) en el área de las canchas (parapetos), modificado a las condiciones más cercanas a la situación sin proyecto. Mantención, conservación y supervisión Mientras las instalaciones y terrenos se mantengan en propiedad de Maxam se efectuará vigilancia, mantención, conservación, control de plagas, y todo lo necesario para mantener la propiedad en buenas condiciones, en ningún caso la instalación quedará abandonada.
Agua industrial El uso de agua industrial será principalmente para distintas actividades
que requieran humectación. En Adenda el Titular indica que el agua industrial que se requerirá será de 180 m3/mes. El suministro se realizará en camiones aljibe autorizado por la empresa Transporte y Servicios E.I.R.L, desde Aguas Chañar planta Vicuña.
Agua Potable
En Adenda el Titular indica que el consumo estimado será de 1.500 |/día, el suministro será por camiones aljibe autorizado por la empresa
Suministro Transporte y Servicios E.I.R.L, desde Aguas Chañar planta Vicuña. Energía Se contará con el suministro de la red pública, se estima un consumo de 400 KVA. Transporte de personal El transporte será para 10 personas, se realizará con vehículos de la empresa de acuerdo a los horarios de ingreso y salida de la planta. Combustible (diésel) Será suministrado en camiones cisterna, desde punto COPEC de Tierra Amarilla. Se estima un consumo de 10.000 Its/mes. Las actividades en la fase de cierre que generarán mayores aportes a las emisiones de material particulado (MP10 y MP2,5), están asociadas a escarpe, excavaciones, tránsito de vehículos, operación de máquinas, etc. En la Tabla 10-3 de la Adenda Complementaria se presentan las emisiones para cada contaminante expresadas en Ton/año.
Emisiones La tasa de emisión de MP10 se estiman en 3,68 ton/año. Para el caso del
ala MP2,5 la tasa de emisión es de 0,79 ton/año. ' Se contemplan medidas de control de emisiones como:
atmósfera . . A 1 - En Adenda Complementaria el Titular señala que los caminos internos de la Planta se encuentran estabilizados con bischofita, quedando un tramo de 400 metros, en la ruta de ingreso a la planta sin estabilizar, los que serán cubiertos por una cobertura del mismo material. - Uso de cubierta y carga adecuada de los vehículos de transporte de materiales
Cid) Aguas servidas:
líquidos
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Se considera un sistema particular de alcantarillado, compuesto por una fosa séptica, como tratamiento de las aguas servidas y pozo absorbente para su disposición final.
Control: Los lodos serán retirados por lo menos una vez al año por una empresa que se encuentre autorizada por la Autoridad Sanitaria. El retiro se efectuará mediante camión limpia fosa.
En Adenda el Titular indica que contará con un registro de respaldo que acredite cada retiro y disposición final de los lodos generados durante esta fase, de la empresa autorizada para realizar dicho servicio. Se mantendrán en faena los registros mencionados, los que se encontrarán disponible para cuando la autoridad lo requiera.
Además, se utilizarán Baños Químicos en los frentes de trabajo.
Período de tiempo: 6 meses.
Control: La mantención y limpieza de los baños químicos se realizarán una vez por semana. Esta función será desarrollada por terceros, los cuales contarán con los permisos vigentes ante la autoridad sanitaria para realizar dichos trabajos.
Cantidad: 3.120 l/día entre las emisiones de la fosa séptica y baños químicos.
Ruido
Estas emisiones se generan debido a: compresores (interior galpón productivo), molinillo de molienda de nitrato de amonio, motor de mezcladora, dando cumplimiento al D.S N* 38/11 MMA.
Residuos no peligrosos
Residuos Domésticos y asimilables a domésticos
Se generarán residuos domésticos como residuos orgánicos, papel, cartón, desechos de oficina, etc., se estima una cantidad de 40 kg/día, y en cuanto a la forma de manejo se instalarán contenedores de plástico con tapa, los que permanecerán cerrados, en las diferentes áreas de trabajo. Se almacenarán en la zona de acopio temporal, los que serán retirados dos veces por semana por una empresa autorizada y luego a disposición final autorizado.
En Adenda el Titular señala que se mantendrá un registro de respaldo que acredite la disposición final de los Residuos Sólidos Domiciliarios en relleno sanitario autorizado, el que se encontrará disponible para cuando la autoridad lo requiera.
Residuos Industriales no peligrosos
Se generarán residuos sólidos industriales no peligrosos como restos de bolsas de papel, plásticos, etc., se estima una cantidad de 3 ton/mes, la forma de manejo es a través de contenedores en las diferentes áreas de trabajo, y luego se almacenarán en 2 contenedores los que serán retirados semanalmente, para luego ser dispuestos en un lugar autorizado.
Referencia al ICE para mayores detalles
Capítulo IV.
18
4.4, Descripción de las fases del Proyecto
4.1.1. Fase de construcción
Fecha estimada de inicio
Septiembre de 2018.
Parte, obra o acción que establece el inicio
Montaje de la segunda línea de producción de Matriz de Rioflex.
Fecha estimada de término
Febrero de 2019.
Parte, obra o acción que establece el término
Término de la construcción de canchas de almacenamiento de nitrato de amonio.
4.4.2 Fase de Operación
Fecha estimada de inicio
Febrero de 2019,
Parte, obra o acción que establece el inicio
Operación producción Matriz Rioflex en segunda línea.
Fecha estimada de término
Febrero de 2048.
Parte, obra o acción que establece el término
Fin de producción matriz de rioflex.
4.4.3 Fase de Cierre
Fecha estimada de inicio
Marzo de 2048.
Parte, obra o acción que establece el inicio
Desmontaje de los equipos línea Matriz.
Fecha estimada de término
Agosto de 2048.
Parte, obra o acción que establece el término
Restitución de la geoforma (topografía) en el área de las canchas (parapetos).
Fuente: Elaboración SEA Atacama, de acuerdo a DIA
4.5, Mano de Obra del Proyecto
Fase N? de Personas Máxima Construcción 26 Operación 40 Cierre =
Fuente: Elaboración SEA Atacama, de acuerdo a DIA.
19
5”. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N*
19.300:
emisiones y residuos
5.1. Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes,
Impacto no significativo
Salud de la población:
El Proyecto generará emisiones atmosféricas de material particulado MP10 y MP2,5 y gases durante la fase de construcción, las cuales se prevé no representen un riesgo para la salud de la población, dado que la fase de construcción posee un carácter de temporal (aproximadamente 6 meses) y acotado, debido a que se irá trabajando por frentes de trabajo, es decir, que van avanzando a medida que se van desarrollando las actividades, las cuales tendrán valores estimados de emisión MP10 de 3,79 ton/año, para el caso del MP2,5 la tasa de emisión es de 0,82 ton/año. Durante la fase de operación se espera que las emisiones sean mínimas, provenientes principalmente del tránsito de vehículos las cuales tendrán valores estimados de emisión MP10 de 2,83 ton/año, para el caso del MP2,5 la tasa de emisión es de 0,72 ton/año. Durante la fase de cierre, se prevé que las emisiones no representen un riesgo para la salud de la población, dado que la fase posee un carácter de temporal (aproximadamente 6 meses) y las actividades que realizarán son de desmantelamiento, las cuales tendrán valores estimados en la tasa se emisión MP10 de 3,68 ton/año, para el caso del MP2,5 la tasa de emisión es de 0,79 ton/año. Sin perjuicio de lo indicado precedentemente, se presentaron medidas ambientales para controlar las emisiones atmosféricas, las que se describen en el Capítulo 10 de este documento.
Los antecedentes se presentan en el Capítulo 3 de la DIA, Adenda, y su Anexo 8, complementado con Adenda Complementaria, su Anexo 4, Estimación Emisiones Atmosféricas y su Anexo 6, modelaciones emisiones atmosféricas, Anexo 1, Il y Ill Modelación de emisiones.
Parte, obra o acción que lo genera
Movimiento de tierra
Compactación del terreno
Construcción del almacenamiento de altos explosivos Construcción radier.
Operación de la Planta
Habilitación de canchas de almacenamiento
Limpieza y mantención a la Fabricación Matriz
20
Habilitación del almacenamiento de explosivos Habilitación del almacenamiento de accesorios
Habilitación de la línea de producción de Rioflex encartuchado
Habilitación Bodega de almacenamiento de materias primas peligrosas
Desmantelamiento o aseguramiento de infraestructura Restauración Mantención, conservación y supervisión
Fase en que se presenta
Construcción/Operación/cierre
Impacto no significativo
Ruido:
El proyecto para su fase de construcción y cierre, utilizará maquinarias para preparación y nivelación del terreno y transporte de personal, que generará emisión de ruido, estos trabajos se realizarán en horario diurno, estas fases serán acotadas dado que cada fase dura 6 meses. En la fase de operación las emisiones de ruido se generarán producto de la utilización de compresores al interior galpón productivo, molinillo de molienda de nitrato de amonio, motor de mezcladora. De acuerdo a lo señalado, el proyecto cumple con el D.S. N” 38/2011 del MMA, durante todas las fases; en los 4 receptores existentes más cercanos que corresponden a industrias donde trabajan personas, el receptor más cercano ubicado a 250 mts.
Sin perjuicio de indicado anteriormente, se presentaron medidas ambientales para verificar el cumplimiento normativo, que se describen en el Capítulo 10 de este documento.
Los antecedentes se presentan en el Capítulo 3 de la DIA, complementada en Adenda, y Anexo 9 de la Adenda, complementada en Adenda Complementaria.
Parte, obra o acción que lo genera
Construcción de canchas, parapetos y polvorín (Movimiento de tierra)
Construcción de caminos interiores Almacenamiento de accesorios Almacenamiento de residuos Operación de la Planta
Fase en que se presenta
Construcción/Operación/cierre
Impacto no significativo
Residuos:
El Proyecto generará residuos sólidos domiciliarios, industriales no peligrosos e industriales peligrosos durante la fase de construcción, operación y cierre del Proyecto.
21
Sin embargo, no se prevé efectos adversos a la salud de la población por exposición a contaminantes en relación con su manejo e impactos sobre los recursos naturales renovables, debido a que estos residuos serán manejados, transportados y dispuestos en lugares autorizados.
Parte, obra o acción que lo genera
Operación de la Planta
Habilitación de canchas de almacenamiento Limpieza y mantención a la Fabricación Matriz Habilitación del almacenamiento de explosivos Habilitación del almacenamiento de accesorios
Habilitación de la línea de producción de Rioflex encartuchado
Habilitación Bodega de almacenamiento de materias primas peligrosas
Desmantelamiento o aseguramiento de infraestructura
Fase en que se presenta
Construcción/Operación/cierre
Referencia al ICE para mayores detalles
Capítulos IV y VI
Por lo anterior, no se considera pertinente la presentación de un ElA, por cuanto los antecedentes expuestos, el Proyecto no genera o presenta riesgos para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce.
5.2. Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire
Impacto no significativo
Sobre los recursos naturales renovables:
El área de emplazamiento del Proyecto y sus alrededores presentan un alto grado de intervención antrópica. No se registraron especies en categoría de conservación en la instalación de las obras del proyecto, de acuerdo a lo indicado en Adenda Complementaria en el área de influencia.
El Titular realizó 2 campañas de terreno con fecha 30 de marzo de 2017 y 09 de mayo de 2017, en la primera campaña se registraron 2 especies listadas en alguna categoría de conservación, las cuales se encontraron localizadas en el sector noroeste: Erjosyce confinis y Cistanthe cachinalensis, en categoría Vulnerable y En Peligro respectivamente, estas no se encuentran cercanas a las obras del Proyecto. La segunda campaña de terreno se registró la presencia de la comunidad de Cistanthe cachinalensis, así como los restos vegetales de Nolanasp, Atriplexsp, y Adesmiasp. Sin embargo, estas últimas se registraron en sectores que no serán intervenidos por el proyecto. En la figura 7 de la Adenda Complementaria se
22
presentaron las especies registradas que no se verán intervenidas.
En el área de emplazamiento de las Canchas de Nitrato de Amonio 4 y 6 se encontraron 4 individuos aislados de Atriplexsp. y Nolanasp. los cuáles serán descepados producto de las obras, estos poseen una alta representatividad en la región y no se encuentran dentro de las especies en categoría de conservación, dadas por el RCE o el Libro Rojo.
Los antecedentes se presentan en el Capítulo 3 de la DIA, en Adenda y su Anexo 7 Informe de Flora y vegetación, complementado en Adenda Complementaria.
Respecto a la fauna el área del proyecto y sus alrededores
presentan un alto grado de intervención antrópica no registrándose especies de fauna.
Parte, obra o acción que lo genera
Habilitación del terreno (Movimiento de tierra). Construcción de canchas de almacenamiento. Construcción de polvorín.
Fase en que se presenta
Construcción
Impacto no significativo
Alteración del recurso hídrico
El proyecto no interviene flujos de aguas superficiales permanente ni semipermanentes. El área de construcción de las obras del proyecto se ubica cerca del sector quebrada de Paipote. Por las características de la construcción no se generarán alteraciones en el entorno que tengan repercusiones en el transporte natural de sólidos por procesos erosivos, el proyecto no afectará el recurso hídrico.
Los antecedentes se presentan en el Capítulo 3 de la DIA.
Parte, obra o acción que lo genera
Construcción de canchas, parapetos y polvorín (Movimiento de tierra)
Construcción de caminos interiores Almacenamiento de accesorios Almacenamiento de residuos
Fase en que se presenta
Construcción/Operación/Cierre
Impacto no significativo
Emisiones Atmosféricas:
El Proyecto generará emisiones atmosféricas de material particulado MPS, durante todas las fases del proyecto, la cual se prevé no representen un riesgo para la flora, y recursos silvoagropecuarios, teniendo en consideración que las emisiones son bajas y que no se encuentran especies de fauna en categoría de conservación y respecto
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a las especies de flora no se encuentran en categoría de conservación en la instalación de las obras del proyecto.
Además, el proyecto no presenta superación de normas secundarias.
Parte, obra o acción que lo genera
Movimiento de tierra
Compactación del terreno
Construcción del almacenamiento de altos explosivos Construcción radier.
Operación de la Planta
Habilitación de canchas de almacenamiento
Limpieza y mantención a la Fabricación Matriz Habilitación del almacenamiento de explosivos Habilitación del almacenamiento de accesorios
Habilitación de la línea de producción de Rioflex encartuchado
Habilitación Bodega de almacenamiento de materias primas peligrosas
Desmantelamiento o aseguramiento de infraestructura Restauración
Mantención, conservación y supervisión
Fase en que se presenta
Construcción/Operación/cierre
Impacto no significativo
Para el desarrollo del proyecto, se utilizará una superficie de 47.382 m2, se trata de un área ya intervenida, por lo que la unidad predominante corresponde a áreas desprovistas de vegetación.
Los antecedentes se presentan en el Capítulo 4 de la DIA.
Parte, obra o acción que lo genera
Construcción de canchas, parapetos y polvorín (Movimiento de tierra)
Construcción de caminos interiores Almacenamiento de accesorios Almacenamiento de residuos
Fase en que se presenta
Construcción
Referencia al ICE para mayores detalles
Capítulos V y VI
Por lo anterior, no se considera pertinente la presentación de un ElA, por cuanto los antecedentes expuestos, el Proyecto no genera efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovales, incluidos el suelo, agua y aire.
5.3. Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida
y costumbres de grupos humanos
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Impacto no significativo
Reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
En el área del proyecto no existe presencia de población humana, solo existen 4 receptores que corresponden a industrias donde trabajan personas. El grupo humano más próximo al desarrollo del proyecto se encuentra a 3,5 km y corresponde a la localidad de Paipote, tampoco existen grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, ni tierras indígenas o áreas de desarrollo indígenas, próximas al lugar de emplazamiento del Proyecto. El proyecto no considera la intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. El proyecto no generará obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. No se producirá alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. Además, el proyecto no generará dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura oO intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo.
Parte, obra o acción que lo genera
Habilitación del terreno (Movimiento de tierra). Construcción de canchas de almacenamiento. Construcción de polvorín.
Operación de la planta de producción de Rioflex.
Fase en que se presenta
Construcción/Operación
Referencia al ICE para mayores detalles
Capítulos V y VI
Por lo anterior, no se considera pertinente la presentación de un ElA, por cuanto los antecedentes expuestos, el Proyecto no genera efectos adversos significativos sobre el reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos
humanos.
5.4. Localización próxima a población, recurso y área protegida susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que pretende emplazar.
Impacto no significativo
Afectación a un área de protección oficial
En el área de emplazamiento del proyecto no se localiza en oO próximo recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos,
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Referencia al ICE para Capítulo VII! mayores detalles .1.11 Decreto Supremo N* 211/1991
Componente/materia:
Establece normas sobre emisiones de vehículos motorizados livianos.
Norma
Decreto Supremo N2 211 de 1991, que establece normas sobre emisiones de vehículos motorizados livianos que indica, 18 de Octubre de 1991, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Otros cuerpos legales asociados
No aplica.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
El Proyecto considera transporte del personal.
Forma de cumplimiento
Se utilizarán vehículos para el transporte de materias primas, y transporte de personal, así como también, para el transporte de residuos.
El Titular procurará que las condiciones técnicas y las emisiones de gases de los vehículos motorizados livianos, ya sean propios, de contratistas, subcontratistas o de proveedores, cumplan los requerimientos establecidos en este Decreto.
Indicador que acredita su cumplimiento
- Se mantendrá la revisión técnica de los vehículos livianos al día.
- Se mantendrán los registros de mantenciones periódicas y copia de la documentación disponibles para su inspección dentro de los vehículos.
Forma de control
seguimiento
y
Los Registros de las revisiones técnicas y mantenciones se encontrarán disponibles en faena.
Referencia al ICE para mayores detalles
Capítulo VII!
.1.12 Decreto Supremo N” 54/1994
Componente/materia:
Establece Norma de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Medianos.
Norma
Decreto Supremo N? 54 de 1994, Establece Norma de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Medianos, 08 de Marzo de 1994, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Otros cuerpos legales asociados
No aplica.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
El proyecto considera transporte de insumos y transporte de personal.
Forma de cumplimiento
El Titular procurará que las condiciones técnicas y las emisiones de gases de los vehículos motorizados medianos, ya sean propios, de contratistas,
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subcontratistas o de proveedores, cumplan los requerimientos establecidos en este Decreto.
Indicador que acredita su cumplimiento
Los vehículos motorizados medianos y utilizados por el Proyecto tendrán su certificado de revisión técnica vigente.
Forma de control y | -Losregistros de las revisiones técnicas. seguimiento -Documento que acrediten el permiso de circulación. y mantenciones se encontrarán disponibles en faena. Referencia al ICE para Capítulo VIII mayores detalles .1.13 Decreto Supremo N” 236/1926
Componente/materia:
Alcantarillados particulares, fosas sépticas, cámaras filtrantes, cámaras de contacto, cámaras absorbentes y letrinas domiciliarias
Norma
Decreto N” 236/1926, Reglamento general de alcantarillados particulares, fosas sépticas, cámaras filtrantes, cámaras de contacto, cámaras absorbentes y letrinas domiciliarias, 30 de abril de 1926, Ministerio de Salud Pública.
Otros cuerpos legales asociados
No aplica.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción, operación y cierre
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
La instalación y mantenimiento de los baños químicos estará a cargo de una empresa autorizada para el manejo y retiro de aguas servidas.
Durante las fases de construcción, operación y cierre, se habilitará un sistema particular de alcantarillado compuesto por una fosa séptica cuyo efluente clarificado será dispuesto por medio de un pozo absorbente para lo cual el titular solicitará el Permiso Ambiental Sectorial establecido en el artículo 138 del RSEIA.
Forma de cumplimiento
Los residuos de los baños químicos serán retirados por empresa autorizada para estos fines, a la cual el Titular del Proyecto exigirá los certificados correspondientes que acrediten el total cumplimiento de la normativa vigente.
El sistema particular de alcantarillado, compuesto por fosa séptica, como tratamiento de las aguas servidas y un pozo absorbente para su disposición final.
Indicador que acredita su cumplimiento
e Autorización del sistema de alcantarillado particular.
e Retiro de residuos por empresa autorizada.
Forma de control
seguimiento
y
- Inspección visual de los equipos.
Copia comprobante autorización sanitaria de la empresa contratista para la mantención y retiro de los baños químicos.
Comprobante del retiro y disposición final de los lodos, por empresas autorizadas.
Autorización del Permiso Ambiental Sectorial establecido en el artículo 138 del RSEIA.
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Referencia al ICE para mayores detalles
Capítulo VII!
Sustancias peligrosas
7,1.14 Decreto Supremo N* 298/1994
Componente/materia:
Transporte de cargas peligrosas por calles y caminos.
Norma
Decreto Supremo N? 298 de 1994, Reglamenta transporte de cargas peligrosas por calles y caminos, 25 de noviembre de 1994, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Otros cuerpos legales asociados
No aplica.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción y operación.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
El proyecto considera el transporte de sustancias peligrosas.
Forma de cumplimiento
Para el transporte de sustancias peligrosas se utilizarán vehículos debidamente acondicionados que cumplan con todos los requisitos.
El Titular se responsabilizará que el transporte, almacenamiento, manejo y disposición de estas sustancias se efectúe conforme a la normativa aplicable.
Indicador que acredita su cumplimiento
- Registro de sustancias transportadas, con la respectiva identificación, rotulación y condiciones de almacenamiento.
- Registro de Hojas de Seguridad de todas las sustancias.
Forma de seguimiento
control y
Registros de que el transporte de estas sustancias se efectúe conforme a la normativa aplicable, disponibles en faena.
Referencia al ICE para mayores detalles
Capítulo VII!
7.1,15 Decreto Supremo N” 43/2015
Componente/materia:
Almacenamiento de sustancias peligrosas.
Norma
Decreto Supremo N2 43 de 2015, Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas, 27 de julio de 2015, Ministerio de Salud.
Otros cuerpos legales asociados
No aplica.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción y operación.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
El proyecto considera el almacenamiento de sustancias peligrosas.
Forma de cumplimiento
La bodega de almacenamiento de sustancias peligrosas será construida dando cumplimiento a las consideraciones generales de diseño conforme la
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normativa, con un alero que estructuralmente descansa en la estructura soportante de la bodega.
La zona de carga y descarga de la bodega que contará con un piso sólido de radier, pintura epóxica resistente al agua y sustancias químicas.
Para mayor detalle en anexo 3 de Adenda se presenta plano de diseño de la bodega y se adjunta HDS de piroantimoniato (SPA3) y perclorato de sodio.
Esta bodega contará con rótulos externos e internos, que indiquen las clases y divisiones de las sustancias almacenadas, de acuerdo a la NCh 2.190 Of 2003.
La Cuantificación y forma de manejo sustancias peligrosas almacenadas en bodega SUSPEL se establece en Adenda Tabla 10, según el siguiente cuadro:
Producto Cantidad Unidad Forma de N2 Envases máxima a almacenamiento | en bodega almacenar
Ácido Acético 22.900 ] 18C 1.000 litros 23 Perclorato de 26.000 Kg Sacos 25 kg 1040 Sodio
Piroantimoniato 25.800 | Tambores 250 kg 103 Nitrito 8.300 Kg Sacos 25 kg 332 Polvo de 12.000 Kg Sacos 25 kg 480 aluminio
Fuente: basada en Tabla 10 de la Adenda.
El combustible utilizado por la planta será petróleo diésel, mediante un estanque de almacenamiento de 5.000 litros con pretil de contención para la producción actual de ANFO. Para la producción de Matriz se proyecta el uso de dos nuevos estanques para el almacenamiento de combustible diésel de 4.000 y 5.000 litros con su respectivo pretil de contención.
Los nuevos estanques cumplirán con lo establecido en este Decreto sobre almacenamiento de sustancias peligrosas y D.S. N” 160, “Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción, Refinación,
Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos”.
Indicador que acredita su cumplimiento
Corresponderá a la resolución de autorización de la Bodega Almacenamiento de Sustancias Peligrosas, otorgada por la Autoridad Sanitaria, SEREMI de Salud, Región de Atacama.
Forma de control y seguimiento
-Autorización sanitaria almacenamiento sustancias peligrosas. -Registro sustancias almacenadas.
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-Registro de Hojas de Seguridad de todas las sustancias peligrosas, se mantendrán en idioma español y formato actualizado, de acuerdo a normativa vigente.
-Registro y continua revisión de los procedimientos involucrados en labores de almacenamiento y movimientos de estas sustancias. Disponibles en faena.
Referencia al ICE para mayores detalles
Capítulo VIII
7.1.16 Decreto Supremo N” 3.144/1954
Componente/materia:
Almacenamiento de sustancias peligrosas.
Norma
Decreto Supremo N? 3.144 de 1954, Aprueba el Reglamento de Fabricación y Comercio de armas de fuego, municiones, explosivos y productos químicos, 26 de noviembre de 1954, Ministerio de Defensa Nacional; Subsecretaría y administración general de guerra.
Otros cuerpos legales asociados
No aplica.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción y operación.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
El proyecto considera el almacenamiento de nitrato de amonio.
Forma de cumplimiento
El Proyecto contempla el almacenamiento de nitrato de amonio, nitrato de hexamina, Matriz que serán empleados para la fabricación de explosivos.
El Titular cumplirá con las disposiciones del Decreto relativas a dicha sustancia, adoptando las medidas necesarias para tales efectos y obteniendo las autorizaciones que de acuerdo a la normativa vigente procedan. Cabe destacar que el manejo y almacenamiento del nitrato de amonio se realizará de conformidad con la hoja de datos de seguridad (HDS) y respetando en su totalidad las indicaciones de seguridad establecidas en los procedimientos de trabajo.
Indicador que acredita su
- Inspección visual y registro fotográfico de la implementación de las medidas.
cumplimiento - Autorización de la Dirección General de Movilización Nacional del Ministerio de Defensa Nacional. - Aplicación de los procedimientos de trabajo. - Manejo de las sustancias peligrosas según lo indicado en las Hojas de Datos de Seguridad (HDS). Forma de control y|- Renovación y actualización de la autorización de la Dirección General de seguimiento Movilización Nacional del Ministerio de Defensa Nacional.
- Hojas de Datos de Seguridad (HDS).
- Registro de las sustancias almacenadas, con respectiva identificación, rotulación y condiciones de almacenamiento disponibles en faena.
Referencia al ICE para mayores detalles
Capítulo VIII
Contaminación Lumínica
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7.1.17 Decreto Supremo N” 43/2012
Componente/materia:
Contaminación Lumínica
Norma
Decreto Supremo N” 43/12, Establece Norma de Emisión para la Regulación de la Contaminación Lumínica, elaborada a partir de la revisión del Decreto N2 686, de 1998, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, 17 de diciembre de 2012. Ministerio de Medio Ambiente.
Otros cuerpos legales asociados
No aplica.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
El proyecto tendrá iluminación que cumpla con los estándares necesarios para disminuir la contaminación lumínica, utilizando ampolletas y faroles que concentren la luz hacia el piso y esta no sea emitida hacia el cielo.
Forma de cumplimiento
El Titular se asegurará de utilizar iluminaria que cumpla con los estándares necesarios para disminuir la contaminación lumínica, utilizando ampolletas y faroles que concentren la luz hacia el piso y esta no sea emitida hacia el cielo. Por otra parte, los trabajos se concentrarán durante la jornada de trabajo diurna.
La iluminación a implementar dentro del área del Proyecto, se regirá con lo establecido por el decreto, evitando flujos radiantes hacia el hemisferio superior para no generar contaminación lumínica.
Indicador que acredita su cumplimiento
Registro con la implementación de las medidas y registro de inspecciones del estado de luminaria.
Forma de seguimiento
control y
Se mantendrán los registros de las medidas e inspecciones en faena.
Referencia al ICE para mayores detalles
Capítulo VIII
Control de armas
7.1.18 Decreto Supremo N” 400/1977
Componente/materia:
Control de armas
Norma
Decreto Supremo N* 400/1977, que Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 17.798 sobre Control de Armas y Explosivos, 06 de diciembre de 1977, Ministerio de Defensa Nacional.
Otros cuerpos legales asociados
Decreto N” 83/2007 que aprueba el Reglamento Complementario de la Ley N* 17.798.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de operación.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
El proyecto habilitarán canchas de almacenamiento de nitrato de amonio, nitrato de hexamina, producción de Rioflex encartuchado, altos explosivos y Almacenamiento de accesorios (iniciadores o fulminantes).
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Forma de cumplimiento
Las instalaciones de la planta darán cumplimiento al radio de seguridad, calculados para una instalación de este tipo, tal como se observa en plano Emplazamiento General.
La construcción y habilitación de las canchas de almacenamiento se realizarán en cumplimiento de los requerimientos establecidos en el artículo 242 del Decreto N” 83/2007 que aprueba el Reglamento Complementario de la Ley N? 17.798 sobre control de armas y elementos similares.
Indicador que acredita su cumplimiento
Obtención de la resolución de autorización otorgada por la DGMN Dirección General de Movilización Nacional del Ministerio de Defensa, para la fase de operación del proyecto.
- Inspección visual y registro fotográfico de la implementación de las medidas.
-
Autorización de la Dirección General de Movilización Nacional del Ministerio de Defensa Nacional.
-
Aplicación de los procedimientos de trabajo.
-
Manejo de las sustancias peligrosas según lo indicado en las Hojas de Datos de Seguridad (HDS).
Forma de seguimiento
control y
-
Registro y actualización de resoluciones de autorización otorgadas por la DGMMN. Disponibles en faenas.
-
Renovación y actualización de la autorización de la Dirección General de Movilización Nacional del Ministerio de Defensa Nacional.
-
Hojas de Datos de Seguridad (HDS).
-
Registro de las sustancias almacenadas, con respectiva identificación, rotulación y condiciones de almacenamiento d. Disponibles en faena.
Referencia al ICE para mayores detalles
Capítulo VIII
Combustibles
7.1,19 Decreto Supremo 160/2008
Componente/materia:
Manejo, Transporte y Almacenamiento de Sustancias Peligrosas
Norma
Decreto Supremo N” 160 de 2008, Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción, Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos., 26 de mayo de 2008, Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Otros cuerpos legales asociados
No aplica.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de operación.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Se consideran 2 estanques de almacenamiento de petróleo diésel.
Forma de cumplimiento
Los estanques de almacenamiento de Diésel ultra, de 4.000 y 5.000 litros con su respectivo pretil de contención, cumplirán con las condiciones de seguridad establecidas en el presente decreto. Además, se controlarán los riesgos a fin de que no existan peligros para las personas y/o cosas.
Indicador que acredita su cumplimiento
Certificado de estanque de combustible.
Forma de control
seguimiento
y
Se mantendrá copia del certificado del estanque de combustible, accesible en faena del proyecto.
Referencia al ICE para mayores detalles
Capítulo VIII
8.1 Normas relacionadas con componentes ambientales (fauna, vegetación y flora, suelo, agua,
patrimonio cultural) Patrimonio Cultural
8.1.1 LeyN217.288/1970
Componente/materia:
Patrimonio cultural,
Norma
Ley N2 17.288 de 1970, Ley sobre Monumentos Nacionales, 4 de febrero de 1970, Ministerio de Educación.
Otros cuerpos legales
Decreto Supremo N2 484 de 1990, Reglamento de la Ley N2 17.288, sobre Monumentos Nacionales, 02 de abril de 1991, Ministerio de Educación.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento ] Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Fase de construcción,
Movimiento de tierra Compactación terreno
Obras de construcción
Tránsito de vehículos y camiones
Forma de cumplimiento
El Proyecto durante la construcción no intervendrá monumentos históricos, monumentos arqueológicos, monumentos públicos o santuarios de la naturaleza.
Indicador que acredita su cumplimiento
En caso de nuevos hallazgos de elementos propios del patrimonio cultural, se paralizarán de las obras en caso de algún hallazgo de ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, antropológico o arqueológico/paleontológico, y se notificará el hecho al Gobernador Provincial y al Consejo de Monumentos Nacionales para acordar los pasos a seguir.
Forma de control
seguimiento
y
Registro del Comprobante ingreso al Consejo de Monumentos Nacionales, ante la eventualidad de encontrar algún hallazgo arqueológico.
Referencia al ICE para mayores detalles
Capítulo VIII
.1.2 Norma Decreto Suprem:
o N? 484/1990
Componente/materia:
Patrimonio cultural.
Norma
Decreto Supremo N2 484 de 1990, Reglamento de la Ley N2 17.288, sobre Monumentos Nacionales, 02 de abril de 1991, Ministerio de Educación.
Otros cuerpos legales asociados
No aplica.
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Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
= Movimiento de tierra
=» Compactación terreno
= Obras de construcción
= Tránsito de vehículos y camiones
Forma de cumplimiento
El Proyecto durante la construcción no intervendrá monumentos históricos, monumentos arqueológicos, monumentos públicos o santuarios de la naturaleza.
Indicador que acredita su cumplimiento
En caso de nuevos hallazgos de elementos propios del patrimonio cultural, se paralizarán de las obras en caso de algún hallazgo de ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, antropológico O arqueológico/paleontológico, y se notificará el hecho al Gobernador Provincial y al Consejo de Monumentos Nacionales para acordar los pasos a seguir.
Forma de seguimiento
control y
Registro del Comprobante ingreso al Consejo de Monumentos Nacionales, ante la eventualidad de encontrar algún hallazgo arqueológico.
Referencia al ICE para mayores detalles
Capítulo VIII
8”. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
contratados.
8.1 Privilegiar la contratación de mano de obra local y capacitación de quienes sean
Componente
Medio Humano
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de Construcción, operación y cierre.
Objetivo, descripción y justificación
Objetivo: Privilegiar contratación de mano de obra local y fortalecer sus competencias.
Descripción: El reclutamiento y selección de personal Maxam lo desarrollará a través de una empresa consultora externa, a la cual se le exigirá que los candidatos presentados sean al menos en un 90% local.
En Adenda, se indica que se desarrollará a lo menos dos cursos de capacitación que permitan fortalecer la mano de obra de la Región de Atacama.
Justificación: Contar con personal con domicilio cercano a la planta productiva y con competencias adecuadas a su cargo.
Lugar, forma y oportunidad de implementación
Realizar la contratación de mano de obra para las tres fases construcción, operación y cierre.
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Indicador que acredite su cumplimiento
-
Quedará en la ficha del proceso de selección estipulado el origen de la fuente de reclutamiento.
-
Capacitaciones
Forma de control y seguimiento
-Se generará una carpeta física que contenga la ficha de los trabajadores, incluyendo origen de la fuente de reclutamiento, la que se encontrará disponible en las instalaciones del Proyecto, en caso de que la autoridad lo requiera, y la entrega de dicha planilla a la Superintendencia del Medio Ambiente.
— Registro de lista asistencia a capacitaciones.
8.2 Instalación de señaléticas
Impacto asociado
Afectación a la seguridad vial
Fase del Proyecto a la que aplica
Objetivo, descripción y justificación
Construcción, operación y cierre
Objetivo: que los vehículos puedan ser identificados fácilmente en caso de querer presentar una denuncia.
Descripción: se identificarán mediante señalética todos los vehículos, dicha señalética identificará al Titular y al proyecto que pertenece, esta medida se aplicará tanto a los vehículos propios como a los servicios contratados.
Justificación: que los vehículos puedan ser fácilmente identificados en caso de querer presentar una denuncia.
Lugar, forma y oportunidad de implementación
Se realizará la instalación de señaléticas en todos los vehículos, buses, camiones, camionetas y equipos, que identifique al Titular y al proyecto al que pertenece.
Indicador que acredite su cumplimiento
Se deberá llevar un registro de todas las instalaciones de señaléticas que se realicen a los vehículos (fotografías de los vehículos, registro de bitácora con fecha de la instalación, etc.)
Forma de control y seguimiento
Los registros de vehículos se mantendrán en las instalaciones de faena.
8.3 Estabilización de bischofita en camino interior
Impacto asociado
Alteración a la calidad del aire.
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción, construcción y cierre
Objetivo, descripción y justificación
Objetivo: Disminuir emisiones por resuspención de material particulado por el tránsito de vehículos por caminos no pavimentados en la fase de construcción, operación y cierre del proyecto, con un porcentaje de eficiencia de un 90%.
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Descripción: Mediante la estabilización de bischofita en un tramo de 400 metros, en la ruta de ingreso a la planta que es la que se encuentra sin estabilizado.
Justificación: Durante la construcción, operación y cierre del proyecto se afectará la calidad del aire (por emisiones de material particulado).
Lugar, forma y oportunidad de implementación
Lugar: camino de ingreso a la planta que es la que se encuentra sin estabilizado, el cual corresponde a un tramo de 400 metros.
Forma: la estabilización de bischofita en el camino de ingreso a la
planta. Se realizará al inicio de la fase de construcción, y se mantendrá en buenas condiciones en las fases de operación y cierre.
Oportunidad: la aplicación de bischofita en el camino de ingreso a la planta, se realizará al inicio de la fase de construccióny durante toda la vida útil del Proyecto.
Indicador que acredite su cumplimiento
Registro mediante una ficha que contiene como mínimo: Y” Fecha de aplicación Y” Responsable de la aplicación
Y Frecuencia de la mantención de la aplicación de bischofita Y Registro fotográfico
Y Verificación de eficiencia de control de 90% utilizando equipos nefelométricos
Forma de control y seguimiento
Los registros de las fichas se mantendrán en las oficinas del Proyecto para su revisión por parte de las entidades fiscalizadoras.
8.4 Condición o exigencia Monitoreo de ruido
Impacto asociado
Fase del Proyecto a la que aplica
Alteración de los niveles de ruido
Construcción, operación y cierre
Objetivo, descripción y justificación
Objetivo: verificar los niveles de ruido en las fases de construcción, Operación y cierre del proyecto.
Descripción: Consiste en realizar un monitoreo de ruido durante los primeros tres meses de las fases de construcción y cierre, presentando los resultados a la SMA a través de un informe generado 30 días posterior al monitoreo, y contendrá lo siguiente:
La metodología establecida para realizar el informe de monitoreo quedará establecida de acuerdo a lo indicado en D.S.38/11 del MMA.
Ubicación con las coordenadas en Datum WGS 84, de los puntos a medir: deberá ser en los 2 receptores más cercanos, señalados en la Tabla 20 de la Adenda.
El plazo y frecuencia de entrega de los informes: los informes se enviarán a la SMA 30 días después de tomada la medición.
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El informe debe cumplir con todas las directrices que se han establecido por la SMA (formato de reportes de medición de ruido establecido en la Resolución Exenta N* 693/2015 SMA). Justificación: en el sector se encuentra 2 receptores que son los más cercano al proyecto, que pueden verse afectados por la construcción del proyecto, por lo cual se realizarán monitoreos para verificar el cumplimientode la normativa para el ruidoD.S.38/11 del MMA.
Lugar, forma y | Lugar: ubicación de2 receptores más cercano al proyecto (informados oportunidad de | en la Tabla 20 de la Adenda).
implementación Forma: Se realizará un monitoreo de ruido durante los primeros tres
meses de las fases de construcción y cierre, presentando los resultados a la SMA a través de un informe generado 30 días posterior al monitoreo.
Oportunidad: se implementará la medida desde el inicio de la fase de construcción y cierre del Proyecto.
Indicador que | En la fase de construcción y cierre se enviará un informe elaborado de acredite su | acuerdo a lo establecido por la SMA (formato de reportes de medición cumplimiento de ruido establecido en la Resolución Exenta N* 693/2015 SMA).
Forma de control y | El informe sobre la implementación de la medida se enviará a la SMA
seguimiento 30 días después de tomada la medición.
9”. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, se presentan en el Anexo 13 de la DIA, Adenda y su Anexo 12, en los cuales se presentó el Plan de Contingencias y Emergencias, asociado a las eventuales situaciones de riesgo o contingencia identificadas para el Proyecto, lo anterior se completó con lo entregado en la Adenda Complementaria y en el Capítulo Vil del ICE del proyecto “AMPLIACIÓN PLANTA DE PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE EXPLOSIVOS”.
10”. Que, en la sesión de la Comisión de Evaluación, Región de Atacama de fecha 08 de agosto de 2018, la Comisión de Evaluación acordó acoger la propuesta de Calificar Ambientalmente Favorable el proyecto presentado por la Secretaría Técnica basada en que durante el proceso de evaluación ambiental el Titular, del proyecto demostró que cumple con la normativa ambiental vigente, incluido los permisos ambientales sectoriales y además el proyecto no genera los efectos, características y circunstancias del Art. 11 de la Ley de Bases del Medio Ambiente, motivo por el cual no requiere de la presentación de un ElA.
12”. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella
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información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
13”, Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4” de la presente Resolución.
14”. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
15”. Que, para que el proyecto “AMPLIACIÓN PLANTA DE PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE EXPLOSIVOS” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
16* Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
17”. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de Evaluación de la Región Atacama la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
18”. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración en los términos definidos en el artículo 2” letra g) del RSEIA, deberá someterse al SEIA.
19”. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
1”. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Proyecto Subestación Morrillos” presentado por el Sr. Diego Rodríguez Christensen, en representación de MAXAM CHILE S.A.
2”. Certificar que el proyecto “AMPLIACIÓN PLANTA DE PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE EXPLOSIVOS” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3”. Certificar que el proyecto “AMPLIACIÓN PLANTA DE PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE EXPLOSIVOS” requirió cumplir con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales de los artículos 138, 140 y 142 del D.S. N2 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
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4”. Certificar que el proyecto “AMPLIACIÓN PLANTA DE PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE EXPLOSIVOS” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300, que den origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
5”. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4” del presente acto.
6”. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20 de la Ley N* 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Notifíquese y Archívese
SECRETARIO REGIÓN DE ATACAMA
'erónica Ossand
a (S) Regional del Servicio de Evaluación Ambiental Secretaria Comisión de Evaluación
Región de Atacama
ADirec
HO
Distribución: + Sr. Diego Rodríguez Christensen + CONADI, Región de Atacama + CONAF, Región de Atacama + DGA, Región de Atacama * DOH, Región de Atacama + Gobernación Marítima de Caldera + Gobierno Regional, Región de Atacama + llustre Municipalidad de Copiapó + SAG, Región de Atacama + SEC, Región de Atacama
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C/c:
SEREMI de Agricultura, Región de Atacama
SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Atacama SEREMI de Energía, Región de Atacama
SEREMI de Minería, Región de Atacama
SEREMI de Salud, Región de Atacama
SEREMI Desarrollo Social Región de Atacama
SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Atacama SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama SEREMI Medio Ambiente, Región de Atacama SEREMI MOP, Región de Atacama
SERNAGEOMIN, Región de Atacama
Servicio Nacional de Pesca, Región de Atacama Servicio Nacional Turismo, Región de Atacama Consejo de Monumentos Nacionales
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura Superintendencia de Servicios Sanitarios
Encargada de Participación Ciudadana
Expediente del Proyecto "AMPLIACIÓN PLANTA DE PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN
DE EXPLOSIVOS" Superintendencia del Medio Ambiente Archivo Servicio Evaluación Ambiental, 111 Región Atacama
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[OCR parcial: primeras 25 y últimas 15 páginas de 52]