Evaluación SEA

Edificios Perú Plaza I - II

Rol 2132043397
SEA · DIA · Aprobado · 2017-01-06 · Región Metropolitana de Santiago · Latakia S.A.

1 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

Califica Ambientalmente el proyecto “Edificios Perú Plaza I-II”

Resolución Exenta Nº 059/2018

Santiago, 13 de febrero de 2018

VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), admitida a trámite con fecha 06 de enero de 2017, su Adenda de fecha 10 de abril de 2017 y su Adenda Complementaria de fecha 22 de diciembre de 2017, del proyecto “Edificios Perú Plaza I-II” presentada por Latakia S.A.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 2 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Edificios Perú Plaza I-II”

3°. Las Actas de Evaluación N° 07/2017 de fecha 26 de enero de 2017 y N° 01/2018 de fecha 11 de enero de 2018, del Comité Técnico de la Región Metropolitana.

4°. El ICE de la DIA del proyecto “Edificios Perú Plaza I-II” de 29 de enero de 2018.

5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, de fecha 06 de febrero de 2018.

6°. La Resolución Exenta Nº 0219, de fecha 23 de mayo de 2017, de la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) de la Región Metropolitana, que dispuso la realización de un proceso de participación ciudadana, conforme a lo previsto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

7°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Edificios Perú Plaza I-II”

8°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto Exento N°404 del 07 de febrero de 2018, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la Resolución Exenta N° 279 de fecha 03 de abril de 2017, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, y en la Resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

2 CONSIDERANDO:

1°. Que, Latakia S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Edificios Perú Plaza I-II” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social LATAKIA S.A. Rut 76.379.058-4 Domicilio Avenida Luis Pasteur 5850, oficina 203, Vitacura Teléfono (56-2) 22190906 Nombre representante legal 1 Rodrigo Vildósola Brieba Rut representante legal 1 10.549.202-2 Correo electrónico del representante legal 1 rodrigovildosola@absal.cl Nombre representante legal 2 Víctor Saleh Babum Rut representante legal 2 6.269.736-9 Correo electrónico del representante legal 2 rodrigovildosola@absal.cl Domicilio de los representantes legales Avenida Luis Pasteur 5850, oficina 203, Vitacura Teléfono de los representantes legales (56-2) 22190906

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 29 de enero de 2018, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Metropolitana, ha recomendado aprobar el proyecto, considerando que: • Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable; • Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 140 y 142 del D.S. Nº 40/2012 del MMA; • No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

3°. Que, en sesión de 06 de febrero de 2018, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana acordó calificar favorablemente el proyecto “Edificios Perú Plaza I-II”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 29 de enero de 2018, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1 ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El objetivo del Proyecto es la construcción de un proyecto inmobiliario, el cual considera la construcción de dos (2) edificios de 16 pisos cada uno, los cuales aportarán un total de 483 departamentos, 447 estacionamientos y 237 bicicleteros, en la comuna de Recoleta. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones Tipología principal: De acuerdo al artículo 10 de la Ley 19.300 y al artículo 3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el proyecto ingresa al SEIA según lo señalado en la letra:

“h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas. h.1. Se entenderá por Proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los Proyectos destinados a equipamiento, y que 3 presenten alguna de las siguientes características: h.1.3. Que se emplacen en una superficie igual o superior a 7 hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas”.

De acuerdo a la tipología, la presentación del Proyecto al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental es de carácter obligatorio, debido a que se trata de un proyecto inmobiliario que contempla la construcción de 483 departamentos en la Región Metropolitana, la cual ha sido declarada zona latente para Dióxido de Nitrógeno (NO2) y saturada para Partículas Totales en Suspensión (PTS), Material Particulado Respirable (PM10), Monóxido de Carbono (CO) y Ozono (O3), de acuerdo al Decreto Supremo Nº 131/1996 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, actualizado por el Decreto Supremo Nº 66/2009 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

Tipología Secundaria: no tiene. Vida útil Indefinida Monto de inversión US$ 40,9 millones Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución El acto o faena mínima que dará inicio a la ejecución del proyecto consistirá en la instalación de faenas en el área de emplazamiento del proyecto. Proyecto o actividad se desarrolla por etapas Si No El Proyecto no se acoge al artículo 14 del D.S. N° 40/2013 del MMA. El Proyecto será construido en dos (2) etapas consecutivas de acuerdo al cronograma presentado en la figura N°4 de la Adenda.

[X] Proyecto o actividad modifica un proyecto o actividad existente Si No

[X] Proyecto modifica otra(s) RCA Si No

[X]

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El Proyecto se emplazará en Avenida Perú N° 1471 y N° 1479, comuna de Recoleta, Región Metropolitana, Provincia de Santiago. Descripción de la localización La localización del proyecto se justifica en virtud de la disponibilidad de terreno existente en el sector, el cual ha sido definido para el desarrollo inmobiliario conforme a la planificación territorial, contando actualmente con factibilidad sanitaria otorgada por la empresa Aguas Andinas, actual concesionario sanitario del sector, la que permitirá proveer de agua potable y alcantarillado al proyecto. La comuna de Recoleta, cuenta con un Plan Regulador Comunal Vigente (Res. 104/2005), actualizado en Agosto de 2012 (D.S. N° 2591 del 10 de Agosto de 2012 de la Municipalidad de Recoleta). Según lo indicado en el actual Plan Regulador Comunal (PRC) de Recoleta, el Proyecto se emplaza en la zona denominada “U-H”, la cual corresponde al Área Norte y Oriente, y en las zonas de edificación E-A2 y E-B1. Los usos permitidos según el PRC de Recoleta, corresponden a viviendas y equipamiento de escala vecinal. 4 Superficie La superficie bruta del Proyecto es de 12.093,35 m2. Tabla 4.2.1: Superficie del Proyecto Descripción Superficie (m2) Lote A (Perú Plaza I) 6.012,56 Lote B (Perú Plaza II) 5.538,54 AUP (Afectación a Utilidad Pública) 542,25 Total 12.093,35 Fuente: Tabla 1 de la Adenda Coordenadas UTM en Datum WGS84 En la siguiente tabla se presentan las coordenadas de ubicación del proyecto: Tabla 4.2.2: Vértices del Proyecto Vértice Coordenadas del Proyecto en DATUM WGS 84 Este Oeste 1 347661,93 6301486,69 2 347718,75 6301493,02 3 347754,32 6301503,43 4 347749,31 6301535,29 5 347749,51 6301548,49 6 347745,48 6301583,18 7 347733,59 6301578,99 8 347730,52 6301609,19 9 347727,00 6301621,12 10 347730,98 6301623,02 11 347725,33 6301650,68 12 347698,59 6301643,67 13 347702,67 6301622,97 14 347654,18 6301607,00 15 347655,68 6301587,73 16 347657,68 6301555,33 Fuente: Tabla 1-1 de la DIA Caminos de acceso El acceso al Proyecto en fase de construcción y operación se realizará por Avenida Perú. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones Los planos del Proyecto se encuentran en el Anexo 11 de la DIA, en los Anexos1 y 2 de la Adenda y en el Anexo 1 de la Adenda Complementaria. Los archivos KMZ del Proyecto se encuentran en el Anexo 3 de la Adenda.

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Habilitación de instalación de faenas Una vez que se haya procedido con la demolición y despeje de los sectores propuestos para la ubicación de la instalación de faenas, se llevarán a cabo las actividades de instalación de los contenedores destinados a alojar las oficinas y otras instalaciones auxiliares de la construcción, como comedores, servicios higiénicos, duchas, vestidores, y los empalmes eléctricos y sanitarios necesarios. Los servicios sanitarios (lavatorios, baños y duchas) serán implementados de acuerdo al D.S. N° 594 de 1999 del MINSAL, “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas de los Lugares de Trabajo”. El suministro de agua potable y servicio de alcantarillado serán entregados por la empresa Aguas Andinas a través de las conexiones existentes en el terreno, de acuerdo a la factibilidad adjunta en el Anexo 5.3 de la Adenda Complementaria. Además, se contará con bodegas y sitios para el acopio de materiales y residuos producidos en la obra. Bodega de Este tipo de residuos no se mezclará por ningún motivo con los residuos de 5 residuos peligrosos escombros o inertes, para ello se dispondrán en una bodega especialmente destinada para ellos. Así se evitará que en los sitios de disposición final pudiesen causar detrimento en la calidad de la napa por lixiviación o lavado de suelo en el mismo sitio. Lo señalado anteriormente, se llevará a cabo según lo establecido en el D.S. N° 148/03 del MINSAL. Contratación de personal Para llevar a cabo los trabajos, en la fase de construcción se estima que serán requeridos en promedio 157 trabajadores, y un máximo 257 en el periodo de mayor intensidad, incluyendo todas las fases de construcción del Proyecto (demolición, obra gruesa, terminaciones, obras exteriores, etc.). Además, se contará con profesionales competentes exigidos por la normativa vigente (Prevencionista de riesgos), los que velarán por la seguridad física de cada uno de los trabajadores que se desempeñen en este Proyecto. Faenas de demolición Se proyecta demoler una estructura actualmente existente en el terreno del Edificio Perú Plaza II, la cual contempla una superficie construida de 1.490 m2. Esta actividad se ejecutará conforme a las exigencias del MINVU. Además, cabe señalar, que la demolición se llevará a cabo durante la Etapa 1 del Proyecto. De forma general, las demoliciones serán realizadas de manera mecánica, por medio de la utilización de grúas y el retiro de los escombros será con retroexcavadoras, los cuales serán posteriormente transportados a un sitio que cuente con la autorización la SEREMI de Salud RM para la recepción de este tipo de residuos. A continuación, se describen paso a paso las actividades generales a realizar en el orden correspondiente: a. Desratización: Se procederá a desratizar todo el terreno previo a cualquier faena de demolición para evitar que posibles roedores existentes migren hacia edificaciones vecinas, esto se hace en conformidad a lo exigido y con empresas autorizadas por la SEREMI de Salud Región Metropolitana. b. Desmantelamiento manual: Se retirarán de forma manual todos los elementos que no requieran de intervención de maquinaria, tales como ventanas, tabiques, losas y techos. c. Desmantelamiento de estructuras metálicas: Se procederá a la desmantelación de todas las estructuras metálicas utilizando principalmente herramientas de oxicorte. d. Humectación de estructuras: todas las estructuras sólidas presentes en el área del Proyecto serán humectadas previo a las faenas de demolición para evitar desprendimiento de polvo. e. Demolición: Posteriormente se realizará la demolición de muros y radieres con el uso de maquinaria. Los trabajos se coordinarán con los vecinos y la municipalidad. f. Acopio de escombros: Todo el material removido será clasificado y acopiado en sectores previamente definidos para su posterior traslado a un sitio de disposición autorizado, privilegiando la reutilización y reciclaje de madera, muros y planchas de zinc. g. Retiro y disposición final de escombros: La carga y descarga de los escombros, se realizará mediante cargador frontal a camiones tolva y siguiendo las normativas vinculadas a esta actividad. Excavaciones La excavación corresponde a la remoción del material del terreno para la construcción de las obras subterráneas, donde se removerán un total de 31.879,1 m3, de los cuales 15.413,8 m3 corresponden a Perú Plaza I y 16.465,3 m3 a Perú Plaza II. Esta actividad se realizará mediante la utilización de máquinas excavadoras, retroexcavadoras y cargador frontal, además de emplearse camiones de tipo batea para el retiro del material. Se buscará la reutilización del material, a través de la venta de empresas autorizadas para su comercialización. En el caso de que esto no sea factible, el material producto de la excavación será llevado a sitios de disposición final autorizados. Obra Previa La obra previa a ejecutar, consiste en todas aquellas actividades que cumplan con brindar todos los requerimientos y servicios de la obra, a fin de ejecutar las actividades propias de ésta desde el inicio de la etapa de obra gruesa. Entre las actividades se encuentran: instalación de grúas, dotación de servicios de agua y electricidad, entre otras. Obra Gruesa La obra gruesa consiste en las actividades de construcción de las fundaciones, sobrecimientos, bases de pavimentos, y las estructuras resistentes de hormigón armado (pilares, vigas, losas, tabiques, entre otras). Esta actividad es la que 6 comprende mayor cantidad de mano de obra. En esta actividad, también se incluye la impermeabilización de las terrazas y las obras de saneamiento de aguas lluvias. Terminaciones Esta actividad corresponde a las terminaciones de subterráneo, departamentos (terminaciones gruesas y finas) y espacios comunes. En esta etapa, las faenas se limitan exclusivamente a trabajos menores como la instalación de cerámicas, artefactos sanitarios, cocinas, ventanas, pinturas, entre otros. Instalaciones Esta etapa contempla la ejecución de toda actividad para abastecer al Proyecto de todos los servicios básicos proyectados, es decir, agua potable, alcantarillado, aguas lluvias, instalación eléctrica y de corrientes débiles, entre otras. Término de Obra El término de obra corresponde a la instalación de todas las estructuras menores y terminaciones propias del edificio y sus departamentos. Recepción final La etapa de recepción del edificio, considera la corrección de observaciones menores de terminaciones finas y entrega de los recintos, como también la obtención de la recepción municipal. Recursos naturales renovables El Proyecto no contempla la extracción o explotación de recursos naturales renovables. Emisiones atmosféricas anuales del Proyecto Se generarán gases por combustión interna de maquinaria y vehículos, además del movimiento y recorrido de camiones y vehículos transportadores de material, provocando la re-suspensión del material particulado. Las medidas de abatimiento están detalladas en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria.

Cabe destacar, que las emisiones generadas por el proyecto durante la fase de construcción no superarán los límites normativos descritos en el D.S. N° 66/2010 del MINSGPRES (PPDA R.M), como se muestra a continuación:

Tabla 4.3.1: Emisiones Atmosféricas totales del Proyecto Contaminante Etapa Origen Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Límite PPDA Emisiones (ton/año) MP10 Construcción Re suspensión 1,4677 1,8002 0,3308

2,5 Combustión 0,4083 0,2322 0,0394

Operación Combustión

0,0436 0,0872 Total 1,8760 2,0324 0,4138 0,0872 NOx Construcción Combustión 5,3370 2,7529 0,5901

8 Operación

0,4930 0,9859 Total 5,3370 2,7529 1,0831 0,9859 SOx Construcción Combustión 0,2006 0,0007 0,0002

50 Operación

0,0314 0,0628 Total 0,2006 0,0007 0,0317 0,0628 Fuente: Tabla 34 de Anexo 3 de Adenda Complementaria

A contar del año 4 en adelante el proyecto se encontrará en operación total, con los dos edificios construidos y asumiendo que están todas las viviendas habitadas. Por consecuencia las emisiones serán constantes los años siguientes. Mediante ORD. N° 26, de fecha 09 de enero de 2018, la SEREMI de Medio Ambiente se pronuncia conforme a la Adenda Complementaria. Ruido Debido a que la construcción del Proyecto implica diversas fases y por ende la utilización de diferentes máquinas y equipos, se evalúan de manera individual cada una de ellas. Estas fases son: • Demolición • Excavación • Obra Gruesa y Terminaciones Las faenas que requieren de mecanismos de control de ruido son las faenas de demolición, excavación y hormigonado (construcción de obra gruesa). A continuación, se presenta la evaluación normativa para cada punto receptor del Proyecto con la implementación de las medidas de control sonoras: Tabla 4.3.2: Evaluación normativa sobre receptores con medidas de control – Demolición. Punto NPS [dBA] Límite normativo [dBA] Exceso de nivel [dB] R1 46 60 0 7 R2 47 60 0 R3 50 60 0 R4 49 60 0 R5 60 60 0 R6 54 60 0 R7 52 60 0 R8 52 60 0 Fuente: Tabla 32 del Anexo 6 de la Adenda

Tabla 4.3.3: Evaluación normativa sobre receptores con medidas de control – Excavación etapa 1. Punto NPS [dBA] Límite normativo [dBA] Exceso de nivel [dB] R1 57 60 0 R2 59 60 0 R3 58 60 0 R4 49 60 0 R5 58 60 0 R6 60 60 0 R7 60 60 0 R8 53 60 0 Fuente: Tabla 33 del Anexo 6 de la Adenda

Tabla 4.3.4: Evaluación normativa sobre receptores con medidas de control – Obra Gruesa y Terminaciones Etapa 1. Punto NPS [dBA] Límite normativo [dBA] Exceso de nivel [dB] R1 57 60 0 R2 58 60 0 R3 57 60 0 R4 49 60 0 R5 40 60 0 R6 45 60 0 R7 46 60 0 R8 51 60 0 Fuente: Tabla 35 del Anexo 6 de la Adenda

Tabla 4.3.5: Evaluación normativa sobre receptores con medidas de control – Obra Gruesa Etapa 1 + Excavación Etapa 2. Punto NPS [dBA] Límite normativo [dBA] Exceso de nivel [dB] R1 57 60 0 R2 58 60 0 R3 57 60 0 R4 58 60 0 R5 56 60 0 R6 51 60 0 R7 48 60 0 R8 53 60 0 Fuente: Tabla 36 del Anexo 6 de la Adenda

Tabla 4.3.6: Evaluación normativa sobre receptores con medidas de control – Obra Gruesa y Terminaciones Etapa 2. Punto NPS [dBA] Límite normativo [dBA] Exceso de nivel [dB] R1 40 60 0 R2 41 60 0 R3 46 60 0 R4 58 60 0 R5 58 60 0 R6 51 60 0 R7 49 60 0 R8 49 60 0 Etapa 1 58 60 0 8 Fuente: Tabla 37 del Anexo 6 de la Adenda

Las medidas de control, para cada etapa del Proyecto, consisten principalmente en: • Las faenas constructivas se realizarán solo entre las 07:00 y las 21:00 horas. • Demolición: Se instalarán barreras acústicas que deben presentar las características señaladas en el Anexo 6 de la Adenda. • Excavación Etapa 1: Se instalarán barreras acústicas que deben presentar las características señaladas en el Anexo 6 de la Adenda. • Obra Gruesa y Terminaciones Etapa 1: Se mantendrán las barreras acústicas indicadas anteriormente. • Además, para las faenas desarrolladas a nivel de piso, se emplearán barreras acústicas modulares portátiles confeccionadas con un material que cumpla con condiciones de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m3 (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm de espesor o material equivalente). • Para el caso de faenas de construcción en altura, se cubrirán los vanos con planchas cuyo material deberá cumplir con condiciones de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m3 (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm de espesor o material equivalente). • Para el caso del Camión Mixer, se deberá utilizar un túnel acústico orientado de norte a sur (caras abiertas). El túnel estará conformado por un panel doble de madera OSB de 15 mm separado al menos 80 mm y relleno con material absorbente tipo lana mineral o fibra de vidrio de al menos 50 mm de espesor y recubierto con malla tipo raschel para impedir su desprendimiento y deterioro. • Obra Gruesa Etapa 1 + Excavación Etapa 2: Esta medida estará orientada a proteger todos los receptores que presentaron superación normativa, consiste en panel de madera OSB 15 mm o similar técnico de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m3, los cuales se ubicarán tal como se indica en el Anexo 6 de la Adenda. • Obra Gruesa y Terminaciones Etapa 2: Se instalarán barreras acústicas que deben contar con las características señaladas en el Anexo 6 de la Adenda. Mediante ORD. N° 2217, de fecha 26 de abril de 2017, la SEREMI de Salud se pronuncia conforme con la Adenda. Vibraciones Considerando que Chile no cuenta con una normativa específica que permita regular las vibraciones de índole ambiental, se utiliza lo recomendado por el Servicio de Evaluación Ambiental en su informe final para evaluación de vibración del estudio “Elaboración de una Guía Metodológica de Evaluación de Ruido y Vibraciones en el SEIA”, en donde se establecen metodologías y se recopilan antecedentes de normativas internacionales y estándares de referencia que tengan como objetivo proteger la salud de la población. A continuación, se evalúan los niveles de vibración estimados para las distintas fases del Proyecto: Tabla 4.3.7: Evaluación de niveles de vibración – Demolición. Punto PPV (in/sec) Proyectado Límite R1 0,004 0,2 R2 0,005 0,2 R3 0,014 0,2 R4 0,091 0,2 R5 0,091 0,2 R6 0,018 0,2 R7 0,009 0,2 R8 0,006 0,2 Fuente: Anexo 6 de la Adenda

Tabla 4.3.8: Evaluación de niveles de vibración– Excavación Etapa 1. Punto PPV (in/sec) Proyectado Límite R1 0,109 0,2 R2 0,109 0,2 R3 0,109 0,2 R4 0,016 0,2 R5 0,003 0,2 9 R6 0,004 0,2 R7 0,004 0,2 R8 0,010 0,2 Fuente: Anexo 6 de la Adenda

Tabla 4.3.9: Evaluación de niveles de vibración– Obra Gruesa y Terminaciones Etapa 1. Punto PPV (in/sec) Proyectado Límite R1 0,187 0,2 R2 0,174 0,2 R3 0,187 0,2 R4 0,030 0,2 R5 0,005 0,2 R6 0,007 0,2 R7 0,008 0,2 R8 0,019 0,2 Fuente: Anexo 6 de la Adenda

Tabla 4.3.10: Evaluación de niveles de vibración – Obra Gruesa y Terminaciones Etapa 1 + Excavaciones Etapa 2. Punto PPV (in/sec) Proyectado Límite R1 0,187 0,2 R2 0,187 0,2 R3 0,187 0,2 R4 0,032 0,2 R5 0,005 0,2 R6 0,007 0,2 R7 0,008 0,2 R8 0,020 0,2 Fuente: Anexo 6 de la Adenda

Tabla 4.3.11: Evaluación de niveles de vibración – Obra Gruesa y Terminaciones Etapa 2. Punto PPV (in/sec) Proyectado Límite R1 0,004 0,2 R2 0,005 0,2 R3 0,014 0,2 R4 0,091 0,2 R5 0,091 0,2 R6 0,018 0,2 R7 0,009 0,2 R8 0,006 0,2 Etapa 1 0,032 0,2 Fuente: Anexo 6 de la Adenda

Para asegurar el cumplimiento del criterio establecido de las emisiones de vibración, se restringirá el uso de la placa compactadora, la cual no podrá operar a menos de 9 metros de los receptores R1, R2 y R3. Para llevar a cabo las obras referidas a esta maquinaria, se utilizará otra maquinaria similar en función, pero de menor tamaño y emisión de vibración como por ejemplo compactador manual pequeño. Residuos líquidos Los residuos líquidos generados durante la fase de construcción son principalmente residuos del tipo domiciliario asociado al manejo de los baños instalados en faenas y en obra, los cuales se estiman que serán del orden diario de 25,7 m3 para el periodo de máxima demanda (257 trabajadores), considerando una dotación de 100 L/personas/día. En terreno no se realizarán actividades de lavado de maquinarias, trasvasije de aceites u otros. Todas esas actividades serán realizadas por las empresas responsables de las maquinarias en lugares habilitados (externo al sitio de faena) para esta función, o serán adquiridos por medio de empresas externas (en el caso del hormigón) y serán trasladados al sector de faena para su uso. 10 No se realizará lavado de camiones mixer al interior de la obra, quedando estipulado en el contrato de prestación de servicios que el responsable del lavado y manejo de los residuos líquidos derivados de dicha actividad será la empresa contratada para el abastecimiento de hormigón, no generándose este tipo de residuos en obra. Se estima que se generen aguas residuales producto del lavado de ruedas de los camiones, dicho sistema corresponderá a aspersión manual, consistente en una motobomba y pavimento estable con canaletas que conducirán las aguas hacia un tambor retenedor para luego ser reutilizadas en la humectación de materiales o bien se dejará evaporar el agua y el residuo resultante (tierra) será reutilizado o enviado a sitio de disposición final en conjunto con los excedentes de excavaciones y escarpe, una vez que el tambor se encuentre a su 90% de capacidad serán retirados y reemplazados por un tambor vacío. Una alternativa contemplada para no generar aguas residuales producto del lavado de ruedas, corresponde a una solución mecánica por medio de resaltos en el pavimento a la salida de la obra que permita que el barro adherido a las ruedas se desprenda. El barro que se desprenda será recogido y dispuesto con los residuos de excavaciones y/o escombros, para luego ser llevado a un sitio de disposición final autorizado. Residuos sólido domiciliario y asimilables Durante la fase de construcción se contempla la generación de residuos asimilables a domiciliarios generados por el personal presente en obra, estos residuos provendrán principalmente de los comedores. Se contempla la generación de 1,03 m3 /día, en el momento de máxima demanda de trabajadores (257). Dichos residuos serán almacenados de forma transitoria en contenedores con tapa especialmente destinados para ellos y al interior presentarán bolsas plásticas, para evitar la proliferación de vectores de interés sanitario (tales como moscas, animales, roedores). Su retiro y disposición final será provisto por una empresa autorizada ante la Autoridad Sanitaria para dichos fines. Residuos Escombros Se contempla la generación de escombros, tales como fierros, maderas, cartones y restos de hormigón principalmente, donde se espera generar 1.120 m3 por Perú Plaza I y 1.050 m3 por Perú Plaza II. Estos residuos serán almacenados a granel de forma transitoria en un sitio destinado especialmente para ello al interior de la instalación de faena, el cual se encontrará claramente delimitado y señalizado. Si bien se considera fomentar la reutilización de los residuos producidos dentro de la obra, el Proyecto no contempla la habilitación de un sector de acopio de la fracción valorizable de los residuos (o patio de salvataje). Este tipo residuo será inmediatamente cargado sobre camiones, para luego ser vendidos a empresas autorizadas para su comercialización, y, en el caso de que esto no sea factible, el material producto de la excavación será llevado a sitios de disposición final autorizados. En cuanto al retiro de escombros desde altura, se utilizará un sistema de conducto cerrado y cubierto con malla tipo raschel para evitar la dispersión de polvo. Preliminarmente, se ha considerado el traslado de estos materiales a Nexo Residuos Ltda. (Camino Campo Alegra S/N°, Lote 2 b, Hijuelas IV, Pudahuel). Si al momento de iniciar la construcción del Proyecto no fuera posible disponer los residuos inertes de la construcción en este lugar, se realizará la disposición en cualquier sitio de los indicados en la página web de la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana (www.asrm.cl). En obra se mantendrá un registro de la disposición final de escombros generados en la fase de construcción, el cual será emitido por la empresa encargada de la disposición final de los residuos inertes cada vez que se genere el traslado de dichos residuos. El encargado de obras deberá mantener el registro, el cual se encontrará disponible para su revisión cada vez que la Autoridad Ambiental lo solicite. Residuos Inertes de la Construcción (Excavaciones y Escarpe) Debido a la construcción de las obras asociadas al Proyecto, se generarán residuos producto de las excavaciones y escarpe. El Proyecto no considera una zona para acumular temporalmente este tipo de residuos, por lo que serán inmediatamente cargados sobre camiones, para luego ser vendidos a empresas autorizadas para su comercialización. En el caso de que esto no sea factible, el material producto de la 11 excavación será llevado a sitios de disposición final autorizados. La cantidad total de residuos producto de la excavación es 31.879,1 m3, de los cuales 15.413,8 m3 corresponden a Perú Plaza I y 16.465,3 m3 a Perú Plaza II. Además, en obra se mantendrá un registro de la disposición final de estos residuos generados en la fase de construcción, el cual será emitido por la empresa encargada de la disposición final cada vez que se genera el traslado de dichos residuos. El encargado de mantener el registro en obra, será designado por el Titular y se encontrará disponible para su revisión cada vez que la Autoridad Ambiental lo solicite. Residuos Peligrosos Se generarán residuos del tipo peligroso consistente principalmente en los envases de las sustancias peligrosas listadas en la Tabla 1-12 de la DIA. Se estima que la cantidad de estos residuos será de 1.764 L totales. Este tipo de residuos no se mezclará por ningún motivo con los residuos de escombros o inertes, para ello se dispondrán en una bodega especialmente destinada para ellos. Así se evitará que en los sitios de disposición final pudiesen causar detrimento en la calidad de la napa por lixiviación o lavado de suelo en el mismo sitio. Lo señalado anteriormente, se llevará a cabo según lo establecido en el D.S. N° 148/03 del MINSAL. En cuanto al transporte y disposición final, será realizado con una empresa que se encuentre autorizada para dichos fines por parte de la Autoridad Sanitaria. Además, en obra se mantendrá un registro de disposición final de estos residuos, el cual será emitido por la empresa encargada de la disposición final cada vez que se genere el traslado de ellos. El encargado de mantener el registro será designado por el Titular y se encontrará disponible para su revisión cada vez que la Autoridad Ambiental lo solicite. Sustancias peligrosas Durante la fase de construcción del proyecto, se utilizarán sustancias peligrosas conforme a la clasificación descrita en la NCh 382 Of. 2004. Para su almacenamiento, se indica que, de acuerdo a la compatibilidad de las sustancias químicas, estás se almacenarán en una misma bodega. Además, debido a que las cantidades no superarán los 600 kg o L en total, serán dispuestas en una bodega común en cumplimiento a la normativa D.S. N°43/2015 del MINSAL. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Tabla 4.1 Partes y obras del proyecto. Tabla 4.2 Acciones. Tabla 4.3.3 Recursos naturales renovables. Tabla 4.3.4.1 Emisiones a la atmósfera. Tabla 4.3.4.2 Emisiones líquidas. Tabla 4.3.4.3 Ruido. Tabla 4.3.4.4 Vibraciones Tabla 4.3.5.1 Residuos no peligrosos. Tabla 4.3.5.2 Residuos peligrosos. Tabla 4.3.5.3 Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar al medio ambiente. 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN Aguas Lluvias Las aguas lluvias que sean captadas dentro del área del proyecto, serán conducidas a través de bajadas de aguas lluvias hacia los drenes de infiltración ubicados al interior del condominio. Los cuales se sitúan según las ubicaciones indicadas en el proyecto de aguas lluvias. 12 Una vez ya construido el edificio, la mantención del sistema de infiltración será de responsabilidad del mismo a través de la administración de éste, por lo que el titular con el fin de evitar problemas de funcionamiento del sistema de evacuación de aguas lluvias durante la operación, dejará indicado en el Reglamento de Copropiedad que la mantención de estas obras deberá hacerse de la siguiente forma: • La limpieza de techos, canaletas y cubiertas deberá ser realizada una vez terminado el otoño y una vez finalizado el invierno. • Las cámaras sifones de agua lluvia deberán ser limpiadas por lo menos una vez cada tres meses. El proyecto de aguas lluvias se puede observar en el Anexo 9 de la DIA. Salas de basura Debido a que el edificio tendrá un destino habitacional, sólo se generarán Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD) y asimilables a domiciliarios durante la fase de operación. Según lo establecido en el Proyecto señalado en el Anexo 10 de la DIA, se consideran en total 2 salas de basura y 4 ductos distribuidos en el subterráneo N°1 de cada edificio. Además, la sala de basura del Edificio Perú Plaza I tendrá 25 contenedores de 360 litros y el Edificio Perú Plaza II tendrá 21 contenedores de 360 litros para la basura común. Para tener mayor información revisar el PAS 140 para la fase de operación (Acápite 3.4.1 de la DIA). Los residuos serán retirados cada 3 días por el camión recolector municipal. Prueba o Puesta en Marcha La fase de operación da inicio con la firma de la primera escritura de compraventa a los futuros propietarios, a partir de ese momento la operación pasa a estar a cargo de ellos. Mantención y Conservación Las actividades de mantención y conservación estarán asociadas al cumplimiento normativo del correcto funcionamiento de los equipos instalados en los edificios, considerando: grupos electrógenos, ascensores y sistema eléctrico, entre otros. Por lo que, la mantención deberá ser desarrollada por el personal o empresas competentes y autorizadas de acuerdo a las especificaciones de los equipos. Por otro lado, mantener en buen estado las áreas comunes del edificio es responsabilidad de los propietarios de las viviendas y de la administración del edificio. Sin perjuicio de lo anterior, el Titular tendrá presente, que en caso de ser calificado ambientalmente favorable las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la respectiva Resolución, son de su responsabilidad, sean implementadas por el directamente o a través de un tercero. Productos generados No aplica al Proyecto Recursos naturales renovables No aplica al Proyecto Emisiones atmosféricas Durante la fase de operación del proyecto las emisiones atmosféricas corresponden a la utilización de vehículos particulares (fuentes móviles) de los propietarios de las viviendas, dichas emisiones corresponderán a polvo re- suspendido, y a partículas y gases provenientes de la combustión de los vehículos. Debido a que el proyecto se ubica dentro del anillo Américo Vespucio, según la “Guía para la Estimación de Emisiones de Proyectos Inmobiliarios para Región Metropolitana” de la Secretaría Regional del Medio Ambiente de la Región Metropolitana, no es necesario estimar las emisiones del proyecto durante su fase de operación por circulación de vehículos. Por otra parte, se considera la utilización de un grupo generador para cada edificio de 110 kVA de emergencia para mantener la presurización de las escaleras en caso de incendio, se considera un uso aproximado de 24 horas anuales. Además, se considera la utilización de 4 calderas por cada edificio para el agua caliente. Las emisiones por este equipo se presentan en la siguiente tabla: 13

Tabla 4.3.12: Emisiones por combustión interna Fase Operación Equipo Unidad MP10 CO NOx SOx COV Grupo Electrógeno Ton/año 0,0057 0,0171 0,0794 0,0053 - Caldera 0,0815 0,0815 0,9065 0,0576 1,0792 Total 0,0872 0,0987 0,9859 0,0628 1,0792 Fuente: Tabla 33 de Anexo 3 de Adenda Complementaria Mediante ORD. N° 26, de fecha 09 de enero de 2018, la SEREMI de Medio Ambiente se pronuncia conforme a la Adenda Complementaria. Ruido Durante la fase de operación las fuentes de ruido significativas corresponden a un grupo electrógeno, salas de calderas y sala multiuso. Con respecto a los salones multiuso, se realizarán eventos menores como cumpleaños y reuniones. En cuanto a los niveles de ruido esperados, se han realizado mediciones en salas de similares características, donde el Nivel de Presión Sonora Continuo Equivalente (NPSeq) medido al interior durante un cumpleaños de aproximadamente 40 niños, varía entre 65 y 83 dBA para períodos de 15 minutos. Y, en cuanto a las salas de calderas que se ubicarán en piso 16, no se espera emisión de ruido ya que éstas serán atenuadas por las mismas edificaciones asociadas al Proyecto, siendo imperceptibles auditivamente en los receptores. Los equipos del grupo electrógeno, se encontrarán ubicados en salas cerradas herméticamente en pisos subterráneos donde las emisiones de ruido se vean atenuadas por la obra gruesa del edificio, cuyos muros deberán ser de material sólido con una densidad superficial superior a 40 Kg/m2, que aseguren una pérdida por transmisión sonora será superior a 45 dB(A). Además, se implementará una medida de control de ruido en el escape de aire del Grupo electrógeno, siendo ésta, al menos, un silenciador industrial que atenúe como mínimo 9 dB(A). Dado lo anterior, el proyecto cumple con la normativa D.S. N°38/2011 del MMA utilizando medidas de control en el escape de aire del grupo electrógeno. A continuación se señala la evaluación normativa:

Tabla 4.3.13: Evaluación de normativa con medidas de control, período nocturno Punto NPS [dBA] Límite normativo [dBA] Exceso de nivel [dB] R1 44 45 0 R2 45 45 0 R3 41 45 0 R4 38 45 0 R5 43 45 0 R6 44 45 0 R7 45 45 0 R8 39 45 0 Fuente: Tabla 38 del Anexo6 de la Adenda Mediante ORD. N° 2217, de fecha 26 de abril de 2017, la SEREMI de Salud se pronuncia conforme a la Adenda. Aguas Servidas Durante la operación del proyecto sólo se generarán residuos líquidos de tipo domiciliario (aguas servidas), estos efluentes serán vertidos a la red de alcantarillado público, para lo que se cuenta con el respectivo certificado de factibilidad entregado por la Empresa Aguas Andinas S.A. Residuos Sólidos Domiciliarios Debido a que el edificio tendrá un destino habitacional, sólo se generarán Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD) y asimilables a domiciliarios durante la fase de operación. Se considera un total de 1.336 habitantes para 483 viviendas, la cual se ha considerado para el desarrollo del Proyecto de salas de basura. 14 Según lo establecido en el Proyecto señalado en el Anexo 10 de la DIA, se consideran en total 2 salas de basura y 4 ductos distribuidos en el subterráneo N°1 de cada edificio. Además, la sala de basura del Edificio Perú Plaza I tendrá 25 contenedores de 360 litros y el Edificio Perú Plaza II tendrá 21 contenedores de 360 litros para la basura común. Para tener mayor información revisar el PAS 140 para la fase de operación (Acápite 3.4.1 de la DIA). Los residuos serán retirados cada 3 días por el camión recolector municipal. De acuerdo a lo señalado anteriormente y teniendo en cuenta una dotación de 4 L/habitante/día, el total de residuos producidos por el proyecto será de 16.032 Litros cada 3 días. Residuos peligrosos No se generarán durante esta fase del Proyecto. Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente No se generarán durante esta fase del Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Tabla 4.1 Partes y obras del proyecto. Tabla 4.2 Acciones. Tabla 4.4.5.1 Emisiones a la atmósfera. Tabla 4.4.5.2 Emisiones líquidas. Tabla 4.4.5.3 Ruido. Tabla 4.4.6.1 Residuos no peligrosos. Tabla 4.4.6.2 Residuos peligrosos. Tabla 4.4.6.3 Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar al medio ambiente. 4.3.3. FASE DE CIERRE El proyecto no contempla fase de cierre.

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Primer semestre 2018, después de obtener la RCA y contar con todos los permisos municipales y de otros servicios correspondientes. Parte, obra o acción que establece el inicio El acto o faena mínima que dará inicio a la ejecución del proyecto consistirá en la instalación de faenas. Fecha estimada de término La fecha estimada para su término es Noviembre de 2020. Parte, obra o acción que establece el término El término se da con la recepción municipal del Proyecto. 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio La fecha estimada para la operación del Proyecto es Noviembre de 2020. Parte, obra o acción que Se inicia con la entrega de los primeros departamentos. 15 establece el inicio Fecha estimada de término La operación está proyectada de forma indefinida, no contempla una fecha de término de la fase. Parte, obra o acción que establece el término La operación está proyectada de forma indefinida, no contempla una fecha de término de la fase. 4.4.3. FASE DE CIERRE El proyecto no contempla fase de abandono o cierre, ya que su duración es de carácter indefinida.

4.5. MANO DE OBRA Fases Número máximo de personas Número promedio de personas Construcción 257 157 Operación 12 12 Cierre No contempla fase de cierre

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

5.1 RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN Impacto ambiental Riesgo para la salud de la población. Existencia de población cuya salud pudiera verse afectada Según lo indicado en el actual Plan Regulador Comunal (PRC) de Recoleta, el Proyecto se emplaza en la zona denominada “U-H”, la cual corresponde al Área Norte y Oriente, y en las zonas de edificación E-A2 y E-B1. Los usos permitidos según el PRC de Recoleta, corresponden a: • Viviendas • Equipamiento de escala vecinal Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento del SEIA: a) La superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. Se considera que el proyecto genere emisiones de material particulado y gases durante la fase de construcción, las que son de carácter temporal, no peligrosas y de efecto local limitado, tal como se muestra en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria. Las fuentes de emisión durante la fase de construcción son principalmente fugitivas y se aplicarán las siguientes medidas de control: • Respecto del polvo fugitivo generado por la construcción, se cumplirá con lo establecido en la OGUC (Art. 5.8.3), disponiendo la instalación de cierres de telas u otros elementos para evitar la dispersión de polvo, el riego de materiales o pilas de almacenamiento que puedan desprender polvo, el aseo de las vías de acceso, utilización de contenedores cerrados que eviten la dispersión de polvo al momento de retirar los escombros. • Adicionalmente, se cumplirá con las medidas descritas en el acápite 1.5.7 de la DIA. Respecto a la fase de operación, los edificios contarán con un grupo generador de emergencia por ende habrá emisiones de material particulado y gases por la de combustión de sus motores diésel. Además, cada edificio contará con 4 calderas utilizadas para 16 calefacción. De acuerdo a lo anterior, las emisiones de esta fase son mínimas, no se requieren medidas de control ni compensación. Estos valores se encuentran en la tabla 33 del Anexo 5 de la Adenda. b) La superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. Respecto a la emisión de Ruido, en base a mediciones realizadas en terreno, éstas indican que las actividades inherentes a la fase de construcción del proyecto no superarán el Nivel de inmisión de ruido máximo permitido por el D.S. N° 38/11 del MMA, para horario diurno y nocturno, al implementar las medidas de control y gestión indicadas. Durante la fase de operación, las fuentes de ruido estarán constituidas por las actividades típicas de un conjunto inmobiliario, se implementará una medida de control de ruido acorde, que atenúe como mínimo 9 dB(A) en la salida de escape del Grupo Electrógeno, a fin de no superar la normativa. Lo anterior se acredita en el Anexo 6 de la Adenda. c) La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en caso que no sea posible evaluar el riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anteriores. Tanto las emisiones como efluentes que se generarán durante la construcción del Proyecto corresponden a las típicas de una construcción de viviendas (escombros, tierra, etc.), que no corresponden a sustancias que puedan generar riesgo para la salud de la población. Los residuos líquidos generados durante la fase de construcción son principalmente residuos del tipo domiciliario asociado al manejo de los baños instalados en faenas y en obra, los cuales se estiman que serán del orden diario de 25,7 m3 para el periodo de máxima demanda (257 trabajadores), considerando una dotación de 100 L/personas/día. Se contempla el uso de baños químicos en forma previa a la habilitación de faenas y luego se contempla el uso de servicios higiénicos conectados a la red de agua potable y alcantarillado existente. Durante la operación del proyecto sólo se generarán residuos líquidos de tipo domiciliario (aguas servidas), estos efluentes serán vertidos a la red de alcantarillado público, para lo que se cuenta con el respectivo certificado de factibilidad entregado por la Empresa Aguas Andinas S.A. d) La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. El Proyecto no afecta la calidad ambiental de los recursos naturales renovables respecto de la exposición de contaminantes, tal como se señala en el acápite 1.5.8 y 2.5 de la DIA, además el área de emplazamiento del proyecto se trata de un terreno inserto en una zona urbana, al interior de la comuna de Recoleta y regulado por IPTs que permiten la actividad proyectada. Para la fase de construcción se contempla el siguiente manejo de residuos sólidos: • Residuos sólidos domiciliarios y asimilables: Generados principalmente por el comedor del personal. Almacenados transitoriamente en contenedores con tapa y retirados por una empresa autorizada. Se contempla la generación de 1,03 m3 /día. • Residuos de escombros: serán almacenados a granel transitoriamente hasta su reutilización o dispuestos en un lugar debidamente autorizado. Se proyecta generar 2.170 m3 totales de escombros y 1.490 m3 totales por demolición. • Residuos inertes de la construcción: serán inmediatamente cargados sobre camiones, para luego ser llevados a sitios de disposición final debidamente autorizados. Se estima generar 31.879,1 m3 totales de excavaciones y 1.150 m3 totales de escarpe. • Residuos peligrosos: serán almacenados transitoriamente en una bodega especialmente destinada para ellos para su posterior traslado a empresa autorizada. Se estima generar 1.764 L 17 totales. Respecto a la fase de construcción, sólo se generarán Residuos Sólidos Domiciliarios y asimilables a domiciliarios. Se considera un total de 1.336 habitantes para 483 viviendas, para lo cual se ha considerado el desarrollo del proyecto de salas de basura. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico. Puntos 5 y 6.1 del ICE. El proyecto no genera ni presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que este genera o produce.

5.2 EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE RECURSOS NATURALES RENOVABLES Impacto ambiental Efecto adverso significativo sobre recursos naturales renovables Recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos. El Proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento del Reglamento del SEIA: a) La pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes. Cabe mencionar que el terreno se encuentra intervenido principalmente por la presencia de construcciones, por consiguiente, no se prevén perdidas de suelo que sustente biodiversidad o que tenga características favorables para uso agrícola. b) La superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se deberá considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley 19.300. El Proyecto no genera efecto significativo de la diversidad biológica del área a intervenir tal como se indica en el acápite 2.1 de la DIA, el Proyecto se encuentra al interior de la comuna de Recoleta en un terreno altamente intervenido por la acción del hombre (tanto el terreno como su entorno), encontrándose en un sector completamente urbanizado, con lo cual es posible concluir que el área no representa ninguna singularidad desde el punto de vista biótico. c) La magnitud y duración del impacto del proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base. De acuerdo a los análisis y estudios realizados de forma preliminar se indica lo siguiente: • El Proyecto cumple con la normativa de emisiones atmosféricas, estas emisiones son de carácter temporal, no peligrosas y de efecto local limitado. • El Proyecto tiene factibilidad sanitaria, de acuerdo a los certificados entregados en el Anexo 5.3 de la Adenda complementaria. • El Proyecto realiza manejo de residuos sólidos y líquidos y es un suelo intervenido. d) La superación de los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. Dado que en el área de Proyecto no se encuentra aplicables normas secundarias, la construcción y operación del Proyecto no afecta a recursos protegidos por ellas. 18 A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las normas vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. En caso que no sea posible evaluar el efecto adverso de acuerdo a lo anterior, se considerará la magnitud y duración del efecto generado sobre la biota por el proyecto o actividad y su relación con la condición de línea de base. e) La diferencia entre los niveles estimados de ruido con proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación. El área de emplazamiento del Proyecto se encuentra inserta en una zona donde no se identificó evidencia de fauna nativa en algún estado de conservación que pudiera ver alterado su hábitat, esto principalmente dado que el área de emplazamiento corresponde a una zona altamente intervenida y que no contiene unidades vegetacionales que presenten recursos o condiciones propicias para configurar un hábitat para fauna, sumado a que el terreno se encuentra cercado en su totalidad. f) El impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables. El Proyecto contempla la generación de residuos peligrosos en bajas cantidades, consistentes principalmente en envases de pintura y solventes entre otros, estos serán almacenados en obra siempre en una cantidad menor a 600 kg y serán dispuestos en un sitio autorizado por la Autoridad correspondiente. En relación a su manejo, éste será en cumplimiento de la normativa vigente, previniendo la contaminación de recursos naturales renovables. g) El impacto generado por el volumen o caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra, incluyendo el generado por ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales. La evaluación de dicho impacto deberá considerar siempre la magnitud de la alteración en: g.1. Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles. g.2. Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles. g.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas. g.4. Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales. g.5. La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse. El Proyecto no contempla la intervención y/o explotación de recursos hídricos. El Proyecto se ubica en una zona de vulnerabilidad moderada del acuífero, por lo cual se tendrá especial cuidado durante las actividades de excavación para no alumbrar agua. Hay que señalar además que las exploraciones del subsuelo realizadas hasta los 30 metros de profundidad no detectaron la presencia de nivel freático. A lo anterior se suma que la intervención del subsuelo será hasta una profundidad máxima de 5,7 metros aproximadamente. g.1) El Proyecto no contempla la intervención y/o explotación aguas subterráneas que contienen aguas fósiles. g.2) El Proyecto no contempla la intervención y/o explotación cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles. g.3) El Proyecto no contempla la intervención y/o explotación de vegas y/o bofedales, viéndose afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas. g.4) El Proyecto no contempla la intervención y/o explotación de áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas, viéndose afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales. g.5) El Proyecto no se ubica cerca de ningún glaciar que pudiera verse afectado por el desarrollo del Proyecto. h) Los impactos que pueda generar la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados. El Proyecto no contempla la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico. Punto 6.2 del ICE El proyecto no genera efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos 19 naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

5.3 REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Existencia de grupos humanos en el área de influencia El área de influencia determinada corresponde al conjunto de viviendas, equipamiento y servicios que se identifican entre las calles Francisco Silva, Unión, Av. Recoleta y Arzobispo Valdivieso, se identifican barrios residenciales que datan de al menos 40 a 50 años de antigüedad, cada uno con organizaciones sociales vigentes. Reasentamiento de comunidades humanas El proyecto no generará reasentamiento de comunidades humanas. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del SEIA: a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. Los grupos humanos que habitan el área de influencia del Proyecto no acceden a recursos naturales disponibles para sustento económico o para cualquier otro uso tradicional, como medicinal, espiritual o cultural, debido a que el lugar donde se emplazará el Proyecto corresponde a un sitio no habitado en la actualidad y que anteriormente se utilizaba como estadio. Por lo tanto, no se considera que se interviene, usa o restringe el acceso a estos recursos. b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. El área de influencia cuenta con conectividad para el transporte público como para el privado, debido a la presencia de vías estructurantes, dentro de las cuales se encuentran principalmente la Av. Perú y calle Arzobispo Valdivieso. La primera permite conectar el sector con el resto de la ciudad debido a que cruza la comuna desde el extremo sur hasta el extremo norte donde intersecta con la Autopista Vespucio Norte, lo que posibilita la conexión de manera expedita con el sector oriente y norponiente de Santiago. Cabe señalar que, en el área de influencia, no se identifica congestión vehicular u otro impedimento que dificulte el desplazamiento de los residentes por estas vías, a lo que se agrega que el acceso al edificio se encontrará por Av. Perú, la cual es una vía amplia y de tráfico vehicular moderado en el sector, y por ende sin interrumpir el tránsito vehicular interior de la población Lemus. En relación al sistema Metro de Santiago, la estación más cercana es Cementerios, ubicándose a 465 metros de distancia del Proyecto. Este medio de transporte es fundamental para el transporte de la población que reside o trabaja en el área de influencia. Este medio da conectividad con lugares de trabajo ubicados tanto en Recoleta como en otras comunas de Santiago. Durante la construcción se contará con todas las medidas de seguridad vial necesarias para asegurar la seguridad de peatones y vehículos que circulen por la vía, además de implementar medidas que permitan la libre circulación de los peatones y residentes del sector. Según los antecedentes presentados, no se estima la generación de impactos significativos en la conectividad y los tiempos de viaje de los grupos humanos del área de influencia del Proyecto. 20 Para mayores antecedentes ver Estudio Medio Humano Anexo 6 de la DIA. c) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. El área de influencia cuenta con acceso a bienes y servicios, además de vías estructurantes y medios de transporte público que permite a la población acceder a una mayor oferta de equipamiento, servicios y comercio, tanto dentro de la comuna como en las aledañas. Respecto a esto, el área de influencia se encuentra cercana a la zona sur de Recoleta, la que presenta una amplia oferta de servicios que permite a los residentes subsanar sus necesidades. Junto con esto, el área de influencia cuenta con equipamiento educacional, ya que se ubican 4 colegios, 1 instituto técnico y 1 jardín infantil, además de encontrarse próximo a una zona de concentración de establecimientos de salud ubicados en la comuna de Independencia. En relación a esto, cabe mencionar que la construcción del Proyecto contempla la instalación de 11 locales comerciales que cuentan con acceso independiente y que permitirá entregar al sector una mayor cantidad de servicios. En relación al equipamiento comunitario, el área de influencia presenta sedes sociales donde se reúnen las organizaciones, ya sea semanalmente o para realizar alguna actividad extraordinaria. Además, cabe destacar que el área se verá beneficiada con el Proyecto ya que se encuentra aprobada la extensión y mejoramiento del bandejón central de Av. Perú, que contempla un espacio recreacional y deportivo para los residentes de la comuna. Debido a que en el territorio comunal se ubican los cerros Blanco y San Cristóbal, Recoleta presenta una de las cifras más altas respecto a áreas verdes por habitante. El área de influencia se encuentra próxima a estos dos hitos geográficos, además del Parque Bicentenario de la Infancia. En el sector poniente del área de influencia se ubican dos plazas que otorgan un espacio de recreación y encuentro para la población. Por su parte, el Proyecto contempla la instalación de áreas verdes para sus residentes, además de equipamiento como gimnasio, salas multiuso, quinchos, piscina, salas de primeros auxilios y lavandería. La llegada de nuevos habitantes y sus demandas en infraestructura serán cubiertas por la oferta de bienes y servicios públicos y privados disponibles dentro de la comuna y fuera de ella. Tanto a partir de la información recogida en el estudio de Medio Humano, como la que se expone en el PLADECO 2014-2018, dan cuenta de que en la comuna existe una amplia red de equipamiento de salud pública y privada. Junto con esto, se entregan los antecedentes disponibles en cuanto a la capacidad de establecimientos de educación, los cuales también presentan disponibilidad de cupos para absorber la posible demanda que podría generar el Proyecto. Por lo señalado, el Proyecto no generará impactos significativos en relación al acceso a bienes, servicios e infraestructura por parte de la población del área de influencia. Para mayores antecedentes ver Estudio Medio Humano Anexo 6 de la DIA. d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión El área de influencia es de composición heterogénea, ya que convergen sectores residenciales, industriales inofensivos, cementerios y de comercio local que configuran una actividad social dinámica. En este contexto y como se ha mencionado anteriormente, donde se 21 social del grupo. emplazará el Proyecto corresponde a un área planteada por los instrumentos de planificación territorial comunal como de renovación urbana, acogiéndose su construcción a este tipo de planteamiento. Si bien en el sector se identifican barrios residenciales que datan de al menos 40 a 50 años de antigüedad, cada uno con organizaciones sociales vigentes, la información proporcionada por los dirigentes de aquellos territorios y de los profesionales de la Municipalidad coinciden en que con el tiempo la participación de los vecinos en actividades a nivel comunitario ha disminuido, siendo actualmente bastante baja, llevando incluso a que cada vez se convoquen menos instancias de este tipo. De igual manera, la construcción y operación del Proyecto no interferirá en las actividades cotidianas que se realicen por parte de las organizaciones, sino más bien, la llegada de los futuros residentes podría significar la incorporación de nuevos inscritos en estos grupos, aumentando la participación, o bien, creando otros nuevos, con el fin de dinamizar las relaciones sociales. Además, la instalación del Proyecto se contempla sobre el eje de Av. Perú, siendo el acceso peatonal y de vehículos por esta avenida, descartando la necesidad de transitar por las calles interiores de población Lemus, y por ende descartando un aumento considerable en el tránsito de personas que pudieran afectar las actividades cotidianas de sus residentes. En consideración a lo anterior, se descarta que el Proyecto pueda tener impactos significativos en la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios que puedan afectar sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo. Para mayores antecedentes ver Estudio de Medio Humano Anexo 6 de la DIA. Para los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, además de las circunstancias señaladas precedentemente, se considerará la duración y/o magnitud de la alteración en sus formas de organización social particular. El proyecto “Edificios Perú Plaza I-II” no se emplaza en las cercanías de tierras indígenas, áreas de desarrollo indígena o pueblos indígenas. Referencia al ICE. Puntos 6.3 del ICE El proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

5.4 LOCALIZACIÓN Y VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO Impacto ambiental Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. Existencia de poblaciones protegidas El Proyecto no se ubica cercano a poblaciones protegidas. Se ubica en un terreno en la comuna de Recoleta. Existencia de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental El Proyecto no se ubica cercano a recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares. 22 Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no se localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del SEIA. Susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, considerando la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde ellas habitan. El Proyecto no se ubica cercano a poblaciones protegidas, según lo indicado en http://sig.sea.gob.cl/analisisTerritorialExterno/ para un radio de 5 km de distancia. El Proyecto se ubica en un terreno en la comuna de Recoleta. Susceptibilidad de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental, se considerará la extensión, magnitud o duración de la intervención de sus partes, obras o acciones, así como de los impactos generados por el proyecto o actividad, teniendo en especial consideración los objetos de protección que se pretenden resguardar. El Proyecto no se ubica cercano a recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, según lo indicado en http://sig.sea.gob.cl/analisisTerritorialExterno/ para un radio de 5 km de distancia. El Proyecto se ubica en un terreno en la comuna de Recoleta. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico. Punto 6.4 del ICE. Por lo anteriormente expuesto, es posible indicar que durante ambas fases del Proyecto no se afectará la localización o el valor ambiental del territorio.

5.5 VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO Impacto ambiental Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona. Existencia de valor turístico La zona donde se emplazará el Proyecto no posee valor turístico. Existencia de valor paisajístico La zona donde se emplazará el Proyecto no posee valor paisajístico. Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del SEIA: a) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico. El paisaje que predomina en el área del Proyecto corresponde a urbano, con presencia de edificaciones de menos altura, ya sea de 1, 2, 4 y 6 pisos, además de una estación de servicio Petrobras, un club social, una empresa de confección de ropa, entre otros. En sectores, un poco más alejados, se puede observar la presencia de edificaciones en altura. De acuerdo a lo anterior, el Proyecto se va a instalar en un sector residencial y de equipamiento. Debido a que la zona donde se ubica el proyecto es un área urbana, es posible indicar que las obras del Proyecto no generarán efectos sobre el valor paisajístico o turístico, ya que se mimetiza con el paisaje artificial generado por la intervención antrópica del sector. b) La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico. La duración o magnitud en que se obstruya el acceso o se alteren zonas con valor turístico. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico. Punto 6.5 del ICE. En virtud de lo anterior, se puede indicar que el Proyecto no obstruirá la visibilidad de zonas con valor paisajístico y turístico, ni alterará atributos de zonas con valor paisajístico o turístico.

23 5.6 ALTERACIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental Alteración del patrimonio cultural Existencia de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. El área del Proyecto no presenta monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural que pudiesen verse afectados por su construcción, lo anterior en base a la inspección visual arqueológica realizada en el área en estudio (véase Anexo 8 de la DIA). Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SEIA: a) La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N°17.288. De acuerdo a los antecedentes aportados por el informe de inspección visual arqueológica (Anexo 8 de la DIA) el Proyecto no removerá, destruirá, excavará, trasladará, deteriorará, intervendrá o modificará en forma permanente algún Monumento Nacional definido por la Ley N°17.288. b) La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena. De acuerdo a los antecedentes presentados en la DIA el Proyecto no modificará o deteriorará en forma permanente construcciones, lugares o sitios que, por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena. c) La afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas. El Proyecto no afectará lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del Proyecto o actividad, considerando especialmente las referidas a los pueblos indígenas. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico. Punto 6.6 del ICE. El proyecto no genera alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general los pertenecientes al patrimonio cultural.

6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.1.1 Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Fase de Construcción y Operación Parte, obra o acción a la que aplica Construcción: Patio temporal de Residuos corresponde a una instalación destinada para el almacenamiento transitorio de residuos sólidos domiciliarios y escombros generados durante la 24 faena, con la finalidad de ser enviados de manera posterior a los destinatarios autorizados, cumpliendo con los estándares y plazos establecidos en la normativa vigente. Dicho sector contará con un lugar para el almacenamiento temporal para los escombros y otro para los residuos sólidos domésticos, estando estos debidamente separados por sectores dentro del mismo patio de acopio. Cabe mencionar, que los residuos inertes de la construcción (excavaciones y escarpe) serán inmediatamente cargados sobre camiones, para luego ser vendidos a empresas autorizadas para su comercialización. En el caso de que esto no sea factible, el material producto de la excavación será llevado a sitios de disposición final autorizados. Operación: Los sitios de acopios temporales de residuos corresponderán a cámaras especialmente acondicionadas para ello (4 salas de basura, 2 por cada edificio) ubicadas en el subterráneo N° 1, conectadas a todos los pisos mediante ductos. Además, para el Edificio Perú Plaza I se contemplan 25 contenedores de 360 Litros y para el Edificio Perú Plaza II se contemplan 21 contenedores de 360 Litros. Los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios serán almacenados en contenedores tapados al interior de la sala de basura Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que las condiciones de saneamiento y seguridad eviten un riesgo a la salud de la población. Los contenidos técnicos y formales para su otorgamiento se presentaron en el acápite 3.4.1 de la DIA y en las respuestas 52 a la 62 de la Adenda Pronunciamiento del órgano competente ORD N° 2217, de fecha 26 de abril de 2017, de la SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago. La autoridad sanitaria indica lo siguiente: “El Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo 140 del DS N°40/12, está relacionado con la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según lo establecido en los artículos 79 y 80 del D.F.L. N° 725 de 1967, Código Sanitario. Al respecto, esta SEREMI indica que el titular ha presentado los antecedentes para otorgar este PAS, pronunciándose conforme”. Referencia al ICE para mayores detalles. Tabla 9.1.1 del ICE

6.1.2 Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA. Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a la que aplica El almacenamiento se llevará a cabo en un sitio destinado especialmente para ello dentro de la instalación de faenas (bodega de residuos peligrosos), en él se almacenarán residuos peligrosos e industriales propios de la construcción tales como solventes, pinturas, aceites y combustible para maquinarias, entre otros Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que el almacenamiento de residuos en un sitio no afecte la calidad de las aguas, suelo y aire que pueda poner en riesgo la salud de la población. Los contenidos técnicos y formales para su otorgamiento se 25 presentaron en el acápite 3.4.2 de la DIA y en las respuestas 63 a la 72 de la Adenda. Pronunciamiento del órgano competente ORD N° 2217, de fecha 26 de abril de 2017, de la SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago. La autoridad sanitaria indica lo siguiente: “Respecto del Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo 142 del Reglamento del SEIA, relacionado con los sitio de almacenamiento de residuos peligrosos, será el establecido en el artículo 29 del D.S. 148/03 MINSAL, “Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos”. El requisito para su otorgamiento consiste en que el almacenamiento de residuos no afecte la calidad de las aguas, suelo y aire que puede poner en riesgo la salud de la población. Al respecto, esta SEREMI indica que el titular ha presentado los antecedentes para otorgar este PAS, pronunciándose conforme”. Referencia al ICE para mayores detalles. Tabla 9.1.2 del ICE

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1 COMPONENTE/MATERIA: Medio Ambiente e Institucionalidad Vigente NORMA Ley y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (LGUC, OGUC) Otros cuerpos legales No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Ejecución de las obras durante la fase de construcción hasta la recepción municipal del proyecto. Forma de cumplimiento El proyecto se ajustará a las disposiciones indicadas por la ordenanza, respetando las normas legales que regulan la actividad bajo evaluación ambiental. Indicador que acredita su cumplimiento Se considerará la obtención de los permisos municipales (edificación y recepción final). Forma de control y seguimiento No aplica Referencia al ICE para mayores detalles. Capítulo 8, punto 8.1.1

7.2 COMPONENTE/MATERIA: Aire - Emisiones Atmosféricas NORMA Decreto Supremo N° 66/2009 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Reformula y Actualiza Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA) Otros cuerpos legales Ley N° 19.300, de Bases Generales del Medio Ambiente (LBGMA) y su modificación Ley N° 20.417 Decreto Supremo N°1.150/80 Ministerio del Interior. Constitución Política de la República. Código Sanitario Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación Parte, obra o acción a la que aplica Construcción: Ejecución de las obras y transporte de materiales y residuos asociados al proyecto. Operación: Grupo generador de emergencia y 4 calderas 26 Forma de cumplimiento Para el manejo y control de las emisiones provenientes de las actividades de movimiento de tierra, excavaciones y constructivas se consideran las medidas descritas en los acápites 1.5.7 y 1.6.9 de la DIA, conforme a la estimación de emisión de contaminantes. Tanto para las actividades de construcción y operación, el Proyecto no deberá compensar sus emisiones, ya que está bajo los límites establecidos en el PPDA, tal como se demuestra en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria. Indicador que acredita su cumplimiento Contar con los registros asociados a mantenciones de maquinarias y revisiones técnicas y registro fotográfico de señalización de restricción de velocidad y sistema de limpieza de ruedas entre otros. Forma de control y seguimiento Exigencia a contratistas de revisiones técnicas y permisos de circulación al día. Referencia al ICE para mayores detalles. Capítulo 8, punto 8.2.1

7.3 COMPONENTE/MATERIA: Aire - Emisiones Atmosféricas NORMA Decreto Supremo N° 144/1961, del Ministerio de Salud. Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosférico de Cualquier Naturaleza Otros cuerpos legales Código Sanitario Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y Operación Parte, obra o acción a la que aplica Actividades propias de la construcción y operación de grupos electrógenos durante la fase de operación. Forma de cumplimiento Los movimientos de tierra, las actividades de carga, descarga y movimiento de camiones se realizarán tomando las medidas necesarias para captar y eliminar el polvo, evitando molestias a la comunidad. Se utilizarán equipos que cuenten con las autorizaciones correspondientes, además de la realización de mantenciones periódicas. Indicador que acredita su cumplimiento Se considera contar con los registros de mantenciones y revisiones técnicas al día de los camiones y maquinarias utilizadas en la obra, además de las exigencias de los contratistas de transitar con los camiones encarpados para evitar la dispersión de polvo. Para la operación se contará con las autorizaciones de los equipos y la declaración de emisiones correspondientes. Forma de control y seguimiento Verificación y exigencia de la documentación pertinente a los contratistas y respectivas autorizaciones y declaración de emisiones. Referencia al ICE para mayores detalles. Capítulo 8, punto 8.2.2

7.4 COMPONENTE/MATERIA: Aire - Emisiones Atmosféricas NORMA Decreto Supremo N° 75/1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece condiciones para el transporte de cargas que indica Otros cuerpos legales No aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que Transporte residuos (excedentes de tierra de excavaciones). 27 aplica Forma de cumplimiento Se utilizarán vehículos adecuados, además de la ejecución de acciones que eviten el escurrimiento o dispersión de los contaminantes, especialmente la re-suspensión de material particulado a la atmósfera desde la carga del camión, para ello se utilizarán carpas para el cubrimiento de la carga, además humidificación del material o residuo a transportar. Indicador que acredita su cumplimiento Se llevará un registro, a modo de CheckList, de las actividades señaladas para evitar escurrimiento o dispersión de contaminantes. Forma de control y seguimiento Control al ingreso/egreso de la obra de que los camiones que transporten tierra de excavaciones o material para relleno entren y salga de la obra encarpados. Referencia al ICE para mayores detalles. Capítulo 8, punto 8.2.3

7.5 COMPONENTE/MATERIA: Aire –Ruido NORMA Decreto Supremo N° 38/2011 de Ministerio de Medio Ambiente. Niveles Máximos Permisibles de Ruidos Molestos Generados por Fuentes que indica Otros cuerpos legales Decreto Supremo N° 1.150/80 Ministerio del Interior. Constitución Política de la República. Ley N° 19.300, de Bases Generales del Medio Ambiente (LBGMA) y su modificación Ley N° 20.417 Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación. Parte, obra o acción a la que aplica Fase de construcción: Demolición, excavaciones y obra gruesa. Fase de operación: Sala de bombas, eléctrica, multiuso y grupo generador. Forma de cumplimiento Se llevó a cabo un Estudio Acústico, el cual determinó que no se superarían los niveles establecidos en el decreto durante la fase de construcción, si se implementan medidas especiales de abatimiento descritas en el Estudio Acústico Anexo 6 de la Adenda. Además, para la fase de operación no se superan los niveles, al implementar la medida de control indicada para el grupo generador. Indicador que acredita su cumplimiento Registros de mediciones de control realizadas Forma de control y seguimiento Mantener registros en obras Referencia al ICE para mayores detalles. Capítulo 8, punto 8.2.4

7.6 COMPONENTE/MATERIA: Residuos – No Peligrosos NORMA Decreto con fuerza de Ley N° 725/1967 del Ministerio de Salud Pública. Aprobó Código Sanitario (D.O. N° 31/1/68/). Párrafo III, del Título II. De los Desperdicios y Basuras Otros cuerpos legales No Aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y operación Parte, obra o acción a la que aplica Bodegas y sitios de almacenamiento transitorio, para la fase de construcción. Salas de basura, para la fase de operación. Forma de cumplimiento El proyecto no contempla la construcción ni operación de ninguna planta de tratamiento ni lugar de disposición final de residuos sólidos. 28 Los residuos sólidos del proyecto serán debidamente transportados y depositados en lugares de depósitos autorizados de la Región Metropolitana. La tierra resultante de los movimientos de tierra será debidamente transportada y depositada en rellenos autorizados por la Autoridad Sanitaria. Los camiones de transporte de escombros reunirán las condiciones técnicas señaladas en el D.S. N° 75/87 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Los camiones de transporte de residuos sólidos tendrán la autorización de la Autoridad Sanitaria. Durante la fase de operación los residuos del edificio serán acumulados en salas de basura por un periodo de 3 días y retirados por el servicio municipal de recolección de basura. Indicador que acredita su cumplimiento La solicitud y aprobación de los permisos de acumulación de residuos para la fase de construcción y operación. Forma de control y seguimiento Verificación de las condiciones de los sitios de acumulación y contar con los permisos y/o autorizaciones correspondientes. Referencia al ICE para mayores detalles. Capítulo 8, punto 8.2.5

7.7 COMPONENTE/MATERIA: Residuos – Peligrosos NORMA Decreto Supremo N° 148/2003 del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos Otros cuerpos legales Decreto Supremo N°1.150/80 Ministerio del Interior. Constitución Política de la República. Decreto con Fuerza de Ley N° 725/1967 del Ministerio de Salud Pública. Aprobó Código Sanitario (D.O. 31/1/68). Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Bodega de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos. Forma de cumplimiento Durante el proceso de evaluación ambiental se entregaron los antecedentes técnicos para el otorgamiento del PAS 142, para la acumulación transitoria de residuos peligrosos durante la fase de construcción del proyecto. Indicador que acredita su cumplimiento Contar con el permiso de la Autoridad Sanitaria y copia de los recibos, boletas o facturas que certifiquen el transporte y disposición final de los residuos peligrosos. Forma de control y seguimiento Verificación de las condiciones de la bodega y registro de transporte y disposición final en sitio autorizado. Referencia al ICE para mayores detalles. Capítulo 8, punto 8.2.6

7.8 COMPONENTE/MATERIA: Emisiones y Residuos NORMA Decreto Supremo N° 1/2013 del Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba el reglamento del registro de emisiones y transferencia de contaminantes, RETC Otros cuerpos legales Decreto Supremo N°1.150/80 Ministerio del Interior. Constitución Política de la República. Ley N° 19.300, de Bases Generales del Medio Ambiente (LBGMA) y su modificación Ley N° 20.417 Decreto con Fuerza de Ley N° 725/1967 del Ministerio de Salud Pública. Aprobó Código Sanitario (D.O. 31/1/68). 29 Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Generación de escombros y residuos inertes propios de la construcción. Forma de cumplimiento Se designará a un encargado de informar los residuos de escombros e inertes propios de la construcción generados de forma anual a través del sistema de Ventanilla Única (RETC) realizando las declaraciones pertinentes una vez al año durante todo el periodo que dure la fase de construcción. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de declaración de residuos a través del RETC de forma anual. Forma de control y seguimiento Contar con todos los registros de envío de residuos a sitio de disposición final y anualmente realizar la declaración correspondiente. Referencia al ICE para mayores detalles. Capítulo 8, punto 8.2.7

7.9 COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y Transporte NORMA Decreto Supremo N° 75/1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que indica Otros cuerpos legales No Aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Transporte materiales y residuos (excedentes de tierra de excavaciones y escombros). Forma de cumplimiento Se utilizarán vehículos adecuados, además de la ejecución de acciones que eviten el escurrimiento o dispersión de los contaminantes, tales como cubrimiento con lonas de los materiales transportados, humidificación de los mismos, carga y descarga adecuada, etc. Indicador que acredita su cumplimiento Se llevará un registro, a modo de CheckList, de las actividades señaladas para evitar escurrimiento o dispersión de contaminantes. Forma de control y seguimiento Control al ingreso/egreso de la obra de que los camiones que transporten tierra de excavaciones y escombros o material para relleno entren y salgan de la obra encarpados. Referencia al ICE para mayores detalles. Capítulo 8, punto 8.3.1

7.10 COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y Transporte NORMA Decreto con fuerza de Ley N° 850/1998 del Ministerio de Obras Públicas. Fija el texto Refundido, Coordinado y sistematizado de la Ley N° 15.850/64 y del Decreto con Fuerza de Ley N° 206/60 Otros cuerpos legales No Aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Transporte de materiales y residuos. Forma de cumplimiento Los camiones a utilizar durante la construcción, se ajustarán a las dimensiones establecidas en estas normas. En el eventual caso de transporte de materiales, que por su tamaño y/o peso, impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se acordarán las medidas de seguridad a adoptar en cada caso. 30 También el Proyecto no evacuará las aguas lluvia hacia vías públicas. De hecho, el Proyecto contempla que las aguas lluvias serán infiltradas por medio de módulos de infiltración ubicados en el 1° subterráneo. Además de no derramar ni vaciar materiales de ninguna especie en caminos y vías públicas. Indicador que acredita su cumplimiento En caso de necesario, se contará con la autorización de la Dirección de Vialidad. Forma de control y seguimiento Registro de las dimensiones de los camiones y de carga máxima. Registro de todas las medidas comprometidas en esta normativa. Referencia al ICE para mayores detalles. Capítulo 8, punto 8.3.2

7.11 COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y Transporte NORMA Decreto Supremo N° 200/1993 del Ministerio de Obras Públicas. Establece pesos máximos a los vehículos para circular en las vías urbanas del país Otros cuerpos legales No Aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Transporte de materiales y residuos. Forma de cumplimiento Los camiones a utilizar, se ajustarán a las dimensiones establecidas en estas normas. En el eventual caso de transporte de materiales, que por su tamaño y/o peso, impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se acordarán las medidas de seguridad a adoptar en cada caso. Indicador que acredita su cumplimiento En caso de ser necesario, se contará con la autorización de la Dirección de Vialidad. Forma de control y seguimiento Registro de las dimensiones de los camiones y de carga máxima Referencia al ICE para mayores detalles. Capítulo 8, punto 8.3.3

7.12 COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y Transporte NORMA Decreto Supremo N° 158/1980 del Ministerio de Obras Públicas. Fija el peso máximo de los vehículos que pueden circular por caminos públicos Otros cuerpos legales No Aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Transporte de materiales y residuos. Forma de cumplimiento Los camiones se ajustarán a las dimensiones establecidas en esta norma. En el eventual caso de transporte de materiales, que por su tamaño y/o peso, impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se acordarán las medidas de seguridad a adoptar en cada caso Indicador que acredita su cumplimiento Guía de despacho de los productos o factura, para validar el peso o capacidad de los camiones. Forma de control y seguimiento Registro de las dimensiones de los camiones y de carga máxima. Referencia al ICE para mayores detalles. Capítulo 8, punto 8.3.4

31 7.13 COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y Transporte NORMA Decreto Supremo N° 298/95 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Reglamento transporte de cargas peligrosas por calles y caminos Otros cuerpos legales No Aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Transporte de sustancias y residuos peligrosos desde y hacia la obra. Forma de cumplimiento Todo transporte de sustancias peligrosas será realizado en vehículos que cumplan con esta norma. De hecho, el transporte será realizado por las empresas proveedoras de los insumos Indicador que acredita su cumplimiento Guía de despacho de los productos o factura, para validar la propiedad de los camiones Forma de control y seguimiento Registro de vehículos que ingresen a la obra con sustancias peligrosas Referencia al ICE para mayores detalles. Capítulo 8, punto 8.3.5

7.14 COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y Transporte NORMA Decreto Supremo N° 18/2001 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transporte. Prohíbe circulación de vehículos de carga en vías que indica Otros cuerpos legales No Aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Transporte de materiales y residuos. Forma de cumplimiento Se tendrá en consideración las restricciones que establece del Decreto N°18 de 2001 y sus modificaciones del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Indicador que acredita su cumplimiento Restringir la utilización de las vías indicadas, en los contratos suscritos con empresas prestadoras de servicios. Forma de control y seguimiento Copias de los contratos con la restricción de circulación por las vías indicadas. Registro en obra de las rutas utilizadas por los vehículos asociados al Proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles. Capítulo 8, punto 8.3.6

7.15 COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio NORMA Decreto Supremo N° 17.288/1970 del Ministerio de Educación Pública, sobre Monumentos Nacionales. Modifica las Leyes N° 16.617 y N° 16.719; deroga el Decreto de Ley N° 651, de 17 de octubre 1925 (última versión de 12-02-2010) Otros cuerpos legales Decreto Supremo Nº 484 de 1991 del Ministerio de Educación (D.O. 02.04.91) Desarrolla los procedimientos necesarios para ejecutar la Ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Durante faenas de excavaciones (remoción de superficie) Forma de cumplimiento Se realizó una prospección superficial y un análisis bibliográfico de la zona, en el cual se concluyó que no existen bienes patrimoniales ni 32 arqueológicos en el Área de Influencia del proyecto (Ver Anexo 8 de la DIA). Indicador que acredita su cumplimiento El informe del arqueólogo ya realizado y además se tendrá registro de paralizaciones de obras y aviso al CMN en caso de encontrar restos arqueológicos durante las excavaciones. Forma de control y seguimiento Seguimiento por medio de capataz o personal que supervise las obras de excavación, en caso de realizar algún hallazgo se procederá a paralizar la obra, tomar registro fotográfico e informar al CMN. Referencia al ICE para mayores detalles. Capítulo 8, punto 8.3.7

7.16 COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio NORMA Decreto Supremo N° 484 de 1991 del Ministerio de Educación (D.O. 02.04.91). Desarrolla los procedimientos necesarios para ejecutar la Ley N° 17.288, sobre Monumentos Nacionales Otros cuerpos legales Ley Nº 17.288/1970 del Ministerio de Educación Pública, sobre Monumentos Nacionales, Modifica las leyes N°16.617 y N°16.719; deroga el Decreto Ley 651, de 17 de octubre de 1925 (última versión de 12-02-2010). Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción Parte, obra o acción a la que aplica Durante faenas de excavaciones (remoción de superficie). Forma de cumplimiento En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico, el titular procederá a informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales tal como lo indica la ley. Indicador que acredita su cumplimiento El informe del arqueólogo ya fue realizado y se tendrá registro de paralizaciones de obras y aviso al CMN en caso de encontrar restos arqueológicos durante las excavaciones. Forma de control y seguimiento Seguimiento por medio de capataz o personal que supervise las obras de excavación, en caso de realizar algún hallazgo se procederá a paralizar la obra, tomar registro fotográfico e informar al CMN. Referencia al ICE para mayores detalles. Capítulo 8, punto 8.3.8

7.17 COMPONENTE/MATERIA: Instalaciones de Gas, Eléctricas NORMA Decreto Supremo N° 298/2005 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Aprueba reglamento para la certificación de productos eléctricos y combustibles, y deroga decreto que indica Otros cuerpos legales No Aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra o acción a la que aplica Instalaciones de gas, eléctricas y calderas Forma de cumplimiento Previo a la operación del proyecto se realizarán las certificaciones y aprobaciones correspondientes (grupo electrógeno de emergencia), dando cumplimiento a lo indicado en el citado decreto. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de las certificaciones y aprobaciones emitidas por la SEC. Forma de control y seguimiento No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles. Capítulo 8, punto 8.3.9

7.18 COMPONENTE/MATERIA: Instalaciones de Gas 33 NORMA Decreto Supremo N° 66/2017 del el Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Aprueba Reglamento de instalaciones interiores y medidores de gas. Otros cuerpos legales Decreto Supremo N°1.150/80 Ministerio del Interior. Constitución Política de la República. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra o acción a la que aplica Instalaciones de gas y calderas Forma de cumplimiento Se dará cumplimiento en todo momento a los requisitos establecidos en el cuerpo normativo en relación a la seguridad de las instalaciones. Indicador que acredita su cumplimiento Se contará con los proyectos de instalaciones, además de la inscripción de la declaración de las instalaciones ante la SEC al momento de la puesta en marcha Forma de control y seguimiento Mantenciones periódicas por Servicio Técnico correspondiente, se contará con el registro de dichas mantenciones. Referencia al ICE para mayores detalles. Capítulo 8, punto 8.3.10

7.19 COMPONENTE/MATERIA: Instalaciones Eléctricas NORMA Decreto Supremo N° 191/1996 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Aprueba Reglamento de Instaladores de Gas Otros cuerpos legales Decreto Supremo N°1.150/80 Ministerio del Interior. Constitución Política de la República. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra o acción a la que aplica Instalaciones de gas. Forma de cumplimiento Se emplearán sólo instaladores certificados (con su licencia al día) por la SEC. Indicador que acredita su cumplimiento Contrato de trabajo con copia de la licencia correspondiente. Forma de control y seguimiento No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles. Capítulo 8, punto 8.3.11

7.20 COMPONENTE/MATERIA: Instalaciones Eléctricas NORMA Resolución Exenta SEC N° 1128/2006 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción Otros cuerpos legales No Aplica Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra o acción a la que aplica Instalaciones de gas y eléctricas. Forma de cumplimiento Se declararán todas las instalaciones que correspondan ante la SEC, en concordancia lo indicado en los citados decretos y resoluciones. Indicador que acredita su cumplimiento Registro de las declaraciones correspondientes Forma de control y seguimiento No aplica. Referencia al ICE para mayores detalles. Capítulo 8, punto 8.3.12 34

7.21 COMPONENTE/MATERIA: Instalaciones Eléctricas NORMA Decreto Supremo N° 92/1983 del Ministerio de Economía. Aprueba Reglamento de Instaladores Eléctricos y de Electricistas de Recintos de Espectáculos Públicos Otros cuerpos legales Decreto Supremo N°1.150/80 Ministerio del Interior. Constitución Política de la República. Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra o acción a la que aplica Instalaciones eléctricas Forma de cumplimiento Se declararán todas las instalaciones de electricidad ante la SEC previo a su puesta en servicio en los términos indicados. Indicador que acredita su cumplimiento Se emplearán sólo instaladores certificados (con su licencia al día) por la SEC. Forma de control y seguimiento Contrato de trabajo con copia de la licencia correspondiente. Referencia al ICE para mayores detalles. Capítulo 8, punto 8.3.13

8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:

8.1 Condición sobre la componente ambiental agua Impacto asociado Recursos Hídricos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción De acuerdo al Oficio Ordinario N° 644 de fecha 25 de abril de 2017, de la Dirección General de Aguas, Región Metropolitana de Santiago, el titular deberá cumplir las siguientes exigencias: 1. “Que, el Titular compromete el mantenimiento del sistema de infiltración de aguas lluvias, de acuerdo a lo presentado en respuesta a la Observación 9 del Adenda 1. 2. Que, en caso de ocurrencia de accidente que comprometa los recursos hídricos subterráneos y/o superficiales, se informará antes de 24 horas, a la Dirección General de Aguas de la Región Metropolitana, indicando lo siguiente: a. Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. b. Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. c. Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. d. En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la DGA. (sólo en caso de accidentes). 3. Que, en atención a la posible existencia de napas colgadas, que puedan ser afloradas durante la construcción del proyecto, el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la Dirección General de Aguas Región Metropolitana, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua subterránea. A continuación y como medida de manejo preliminar, el Titular no debe almacenar las aguas sino que reincorporarlas al medio mediante zanjas que permitan la infiltración previa verificación de su calidad. En caso que la zanja de infiltración no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se complementará con la implementación de uno o más pozos de absorción. En todo caso, las medidas aquí señaladas serán analizadas en conjunto con DGA RMS, a la luz de la envergadura de la situación acaecida. Al respecto, de manera preliminar se deberá proceder 35 considerando las siguientes actividades: a. Detener las actividades en el frente de trabajo. b. Excavar por el costado de las obras en el que se presenta el alumbramiento una zanja del largo necesario para reincorporar el recurso hídrico a su medio. c. En caso que la zanja no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se construirá un pozo de absorción (o más de ser necesario). d. Verificación de la calidad del agua previo a su infiltración. e. Una vez tomadas las medidas definitivas y controlado el afloramiento, se podrán retomar las actividades constructivas. 4. Que, debido a que el área de proyecto se encuentra en el Sector Santiago Central (Acuífero Maipo), el cual se encuentra declarado como Área de Restricción para nuevas extracciones de aguas subterráneas, de acuerdo a Resolución DGA N° 286, del 01 de Septiembre de 2005 modificada por Resolución DGA N° 231, del 11 de Octubre de 2011, el Titular debe tener presente que debe evitar alumbramiento de aguas subterráneas en toda las fases de proyecto para evitar impactos en la calidad y niveles del recurso hídrico. 5. Téngase presente, que las aguas son bienes nacionales de uso público y se otorga a los particulares el derecho de aprovechamiento de ellas, en conformidad a las disposiciones del Código de Aguas, de acuerdo a lo establecido en los artículos 5° y siguientes de dicho Código. 6. Téngase presente, que las modificaciones que fueren necesarias realizar en cauces naturales o artificiales, con motivo de la construcción de obras que puedan causar daño a la vida, salud o bienes de la población o que de alguna manera alteren el régimen de escurrimiento de las aguas, serán de responsabilidad del interesado y deberán ser aprobadas previamente por la Dirección General de Aguas según lo estipulan los artículos 4° y 171° del Código de Aguas. 7. Que, los residuos sólidos de la construcción provenientes de excavaciones y los catalogados como escombros, generados en la etapa de construcción del proyecto que serán enviados a un sitio autorizado para su disposición final, no podrán contener sustancias o residuos peligrosos, tales como: pinturas, solventes, hidrocarburos, etc., debido a que tales elementos pueden causar un detrimento en la calidad de la napa por la lixiviación o lavado de suelo en el sitio de disposición final. Por lo tanto, se debe mantener un registro en faena de la disposición final de materiales, los cuales no podrán ser dispuestos en cauces superficiales o áreas no definidas para ello. 8. Que, si adquiriese áridos de terceros, se debe considerar que los proyectos de abastecimiento del material cuenten con la aprobación respectiva del Organismo competente para la extracción de cauces superficiales (DOH) y/o Resolución de Calificación Ambiental favorable con el objetivo de evitar impactos ambientales a los cauces naturales y de esta manera, asegurar que el titular se haga cargo de los posibles impactos originados de su actividad en todo el ciclo de vida del proyecto”. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10, Tabla 10.2.1 del ICE y Oficio Ordinario N° 644 de fecha 25 de abril de 2017 de la Dirección General de Aguas, Región Metropolitana.

8.2 Condiciones sobre ruido Impacto asociado Ruido Fase del Proyecto a la que aplica Construcción De acuerdo al Oficio Ordinario N° 599 de fecha 30 de enero de 2017, de la SEREMI de Salud RM, el titular deberá cumplir las siguientes exigencias: 1. “Debido a que la evaluación normativa se realizó para el horario diurno estipulado en el D.S.Nº38/11 del MMA, es que, se deberán realizar las faenas constructivas sólo entre las 07:00 y las 21:00 horas. 2. Se deberán implementar barreras acústicas cuyo material deberá cumplir con condiciones de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m3. (Ejemplo: paneles de madera OSB de 15mm. de espesor o material equivalente). La barrera deberá ser instalada de manera que tanto sus junturas como la ubicación desde y hacia el suelo este completamente hermética. La altura mínima y la ubicación de las barreras deberá seguir las indicaciones señaladas en las 36 figuras 7 y 8 del Anexo 5 “Estudio Acústico y Vibraciones” de la DIA, para la etapa que corresponda. 3. Para las faenas desarrolladas a nivel de piso, se deberán emplear barreras acústicas modulares portátiles confeccionadas con un material que deberá cumplir con condiciones de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m3 (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm de espesor o material equivalente) o generar un encapsulamiento a dichas fuentes o en su defecto ubicarlas al centro, a nivel de suelo de la obra gruesa. Dichas pantallas deberán tener una altura mínima de 1.8 m y estar conformadas por tres hojas de 1,5 m de ancho cada una, con el objeto de rodear a la fuente de ruido. Estas pantallas podrán disponerse de dos o más unidades, conformando una sola pantalla de mayor tamaño, encerrando de mejor manera la fuente emisora de ruido y actuando más eficientemente. La cara interna de la pantalla (que da hacia la fuente de ruido) deberá estar cubierta por una capa de espuma de poliuretano o fibra de vidrio de vidrio de al menos 3 cm espesor y cubierta por una tela tipo arpillera que impida su deterioro (por ejemplo malla rachel). 4. Para el caso de faenas de construcción en altura, en sectores específicos del edificio, en donde se ejecuten los trabajos, se deberán cubrir los vanos con planchas cuyo material deberá cumplir con condiciones de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m3 (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm de espesor o material equivalente), con el objeto de mitigar los niveles de ruido generados al interior de la estructura que se propagan al exterior. Esta medida se irá desplazando por los pisos a medida que se construya el edificio. 5. Se deberá utilizar un túnel acústico para el Camión Mixer orientado de norte a sur (caras abiertas). El túnel deberá estar conformado por un panel doble de madera OSB de 15mm separado al menos 80 mm y relleno con material absorbente tipo lana mineral o fibra de vidrio de al menos 50mm de espesor y recubierto con malla tipo rachel para impedir su desprendimiento y deterioro. Las dimensiones mínimas del recinto serán las siguientes: longitud 10 m, ancho 3 m altura 4 metros. 6. Para la etapa Obra Gruesa Etapa 1 + Excavación Etapa 2, se deberá mantener las mismas medidas de control de ruido indicadas con anterioridad. 7. Para la etapa Obra Gruesa y Terminaciones Etapa 2, una vez la etapa 1 sea habitada se deberán implementar barreras acústicas con las mismas características constructivas anteriormente señaladas para las otras etapas siguiendo la altura y ubicación presentada en la figura 14 del Anexo 5 “Estudio Acústico y Vibraciones” de la DIA, en conjunto con implementar las medidas propuestas en las exigencias anteriores. 8. Se deberá restringir el uso de la placa compactadora, la cual no podrá operar a menos de 9 m de los receptores R1, R2 y R3. Para llevar a cabo las obras referidas a dicha maquinaria, se deberá utilizar otra maquinaria similar en función, pero de menor tamaño y emisión de vibración como por ejemplo compactador manual pequeño”. De acuerdo a lo comprometido como respuesta a las observaciones del proceso de participación ciudadana, el Titular deberá cumplir con la siguiente exigencia: 9. Durante la fase de construcción, se deberán instalar placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10, Tabla 10.2.2.1 del ICE y Oficio Ordinario N° 599 de fecha 30 de enero de 2017 de la SEREMI de Salud, Región Metropolitana.

8.3 Condiciones sobre ruido Impacto asociado Ruido Fase del Proyecto a la que aplica Operación De acuerdo al Oficio Ordinario N° 599 de fecha 30 de enero de 2017, de la SEREMI de Salud RM, el titular deberá cumplir las siguientes exigencias: 1. “Los equipos del grupo electrógeno, deberán encontrarse ubicados en salas cerradas herméticamente en pisos subterráneos donde las emisiones de ruido se verán notablemente atenuadas por la propia obra gruesa del edificio, cuyos muros deberán ser de material sólido con una densidad superficial superior a 40 Kg/m2, que aseguren una pérdida por transmisión sonora será superior a 45 dB(A). 2. Los equipos en las salas deberán estar provistos de montajes anti-vibratorios, ya sea sobre apoyos o sobre losa flotante con el propósito de evitar ruido estructural a los departamentos del edificio. Los ductos y cañerías que estén en contacto con la estructura del edificio deberán ser aislados mecánicamente de dicha estructura a través de un material que amortigüe las vibraciones. 37 Debido a la superación normativa estimada producto de la salida de escape del Grupo Electrógeno de Emergencia, se deberá implementar una medida de control de ruido acorde, siendo ésta, al menos, un silenciador industrial que atenúe como mínimo, los 9 dB(A) indicados como superación normativa, como el que se especifica en la ficha técnica contenida en la figura 15 Anexo 5 “Estudio Acústico y Vibraciones” de la DIA, o uno similar”. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10, Tabla 10.2.2.2 del ICE y Oficio Ordinario N° 599 de fecha 30 de enero de 2017 de la SEREMI de Salud, Región Metropolitana.

8.4 Condiciones sobre vialidad y transporte Impacto asociado Vialidad y transporte Fase del Proyecto a la que aplica Construcción De acuerdo al Oficio Ordinario N° 1230, de fecha 29 de enero de 2018, de la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, el titular deberá cumplir las siguientes exigencias: 1. El Titular debe comprometerse a materializar todas las medidas de mitigación que han resultado de la aprobación del EISTU, antes de la recepción final de las obras. 2. En ningún caso el Titular podrá utilizar las medidas de mitigación del EISTU, como compromisos ambientales voluntarios. 3. Cumplir el Decreto Supremo Nº 75 de 1987 Ministerio de Transportes que establece que los vehículos que transporten desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. 4. Se deberá dar cumplimiento al Decreto Nº 18 de 2001 y sus modificaciones del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el cual prohíbe la circulación de vehículos de carga por las vías al interior del Anillo Américo Vespucio. 5. En relación a las obras que se realicen en la vía pública, se solicita considerar lo dispuesto en Capítulo Nº 5 "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía" del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos”. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10, Tabla 10.2.3 del ICE y Oficio Ordinario N° 0373 de fecha 12 de enero de 2017 de la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones

8.5 Condiciones sobre medio humano Impacto asociado Medio humano Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Respecto al traslado de la animita, indicada en el punto 15 de la Adenda Complementaria, el Titular deberá realizar el traslado bajo supervisión de un profesional idóneo, que elabore un registro de la actividad, de acuerdo con el instructivo N° 223 de la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10, Tabla 10.2.4 del ICE

  1. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

9.1 Compromiso ambiental voluntario Plan de comunicación Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Informar a la comunidad de los horarios de generación de ruido y establecer contacto de comunicación para recibir eventuales quejas o reclamos y tomar las medidas correctivas pertinentes. Descripción: Se instalará un cartel fuera de la obra que indique lo 38 siguiente: periodo de duración de las obras, horarios de faenas, días de la semana en los cuales se trabajará, número de contacto y/o e-mail de administrador de obra en caso de existir consultas y/o reclamos por parte de la comunidad. Justificación: La información a los vecinos acerca de la duración, tipo de obra, horarios entre otros respecto de la construcción permite que se dimensione la actividad de construcción que se desarrolle. Establecer un canal de comunicación y un tiempo de respuesta adecuado, hace que se puedan gestionar las molestias que pudiera causar la obra a la comunidad y que todos sientan que han sido informados. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Se dispondrán carteles informativos en el acceso de la obra. Forma: El cartel deberá estar en óptimo estado durante todo el periodo que dure la fase de construcción. Oportunidad: El cartel permanecerá durante toda la fase de construcción. Indicador que acredite su cumplimiento Letrero en buen estado y con la información visible. Forma de control y seguimiento Cartel: Inspección mensual del letrero por parte del Prevencionista de la obra. Reclamos: Se mantendrá un registro de reclamos y respuestas en una carpeta en donde se imprimirán los correos recibidos y enviados, además de registrar los llamados telefónicos de vecinos Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10, Tabla 10.1.1 del ICE

9.2 Compromiso ambiental voluntario Canal Formal de Comunicación y Generación del Vínculo con la Comunidad Aledaña del Proyecto-1 Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Establecer un plan de comunicación y manejo con la comunidad aledaña previo a la ejecución de las obras. Descripción: El Titular del Proyecto se compromete a hacer las gestiones para realizar una reunión de presentación del Proyecto previo al inicio de construcción o la excavación masiva. La reunión se sostendrá con representantes de la directiva de la junta de vecinos Población Lemus. En esta reunión, asistirá el Jefe de Proyecto y Administrador de Obras, abordando los siguientes temas: • Presentación que contenga una breve descripción del Proyecto y detalle de las actividades asociadas a las obras del Proyecto: se dará a conocer a los dirigentes los horarios del paso de camiones, faenas, cierres de calle y todos los aspectos relacionados a la fase de construcción. • Presentación de un canal formal de comunicación: el Administrador de Obras dará su contacto telefónico y un correo que la empresa creará como canal de comunicación de consultas/reclamos y observaciones a la fase de construcción del Proyecto. El Titular se compromete a responder a las inquietudes levantadas por la comunidad en un plazo de no más de 20 días hábiles. • Levantamiento de otras inquietudes asociadas a la fase de construcción que existan por parte de la comunidad: en reunión sostenida con Junta de Vecinos mencionada, se espera además generar la instancia en donde los vecinos puedan plantear inquietudes relacionadas a la fase de construcción que no se estén considerando por parte del Titular. Justificación: Dicho compromiso se enmarca en el interés del Titular por mantener un vínculo con los vecinos aledaños al Proyecto a fin gestionar 39 y responder las inquietudes asociadas al Proyecto que surjan de la comunidad. El Titular se compromete a realizar un acta de reunión que deberá ser firmada por los asistentes, en donde se tome conocimiento y registro de los temas expuestos y los acuerdos tomados. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La reunión se realizará en la sede de la Junta de Vecinos o en las oficinas de la instalación de faenas del Proyecto. Forma: Se dará aviso con la debida anticipación a los participantes mediante cartillas informativas y correos electrónicos. Oportunidad: Previo al inicio de la fase de construcción del Proyecto Indicador que acredite su cumplimiento Para acreditar el cumplimiento de este compromiso, se contará con copia en obra y original en oficinas del Titular del acta de reunión firmada por todos los participantes de la reunión, además de copias del aviso de la reunión. Forma de control y seguimiento Registro en obra del acta de reunión informativa. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10, Tabla 10.1.2 del ICE

9.3 Compromiso ambiental voluntario Canal Formal de Comunicación y Generación del Vínculo con la Comunidad Aledaña del Proyecto-2 Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Establecer un plan de comunicación y manejo con la comunidad aledaña durante la ejecución de las obras. Descripción: En base a la reunión de presentación del Proyecto planteada en el compromiso 1, el Titular se compromete a gestionar la realización de reuniones trimestrales con los dirigentes de la Junta de Vecinos de la Población Lemus, a fin de monitorear temas levantados y hacer seguimiento a posibles dudas/quejas/sugerencias en torno a la fase de construcción del Proyecto. El Titular se compromete a realizar un acta de reunión que deberá ser firmada por los asistentes, en donde se tome conocimiento y registro de los temas expuestos y los acuerdos tomados. Justificación: Dicho compromiso se enmarca en el interés del Titular por mantener un vínculo con los vecinos aledaños al Proyecto a fin gestionar y responder las inquietudes asociadas al Proyecto que surjan de la comunidad. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: La reunión se realizará en la sede de la Junta de Vecinos durante la fase de construcción del Proyecto. Forma: Para ello se programarán las reuniones durante la reunión informativa previo al inicio de la fase de construcción, estableciendo el calendario de reuniones del cual se hará entrega de una copia a la organización. Oportunidad: Reuniones trimestrales con los dirigentes de la Junta de Vecino de la Población Lemus. Indicador que acredite su cumplimiento Para acreditar el cumplimiento de este compromiso, se contará con copia en obra y original en oficinas del Titular del acta de reunión firmada por todos los participantes de la reunión, además de las copias del calendario de reuniones. Forma de control y seguimiento Registro en obra de las respectivas actas de reunión. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10, Tabla 10.1.3 del ICE 40

9.4 Compromiso ambiental voluntario Medidas de tránsito en caso de cortejos fúnebres Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Facilitar el tránsito de los cortejos fúnebres durante la fase de construcción del Proyecto Descripción: Cada vez que transite un cortejo fúnebre en alguna de las vías utilizadas por los camiones, se dará prioridad a estos. Justificación: Dicho compromiso se enmarca en el interés del Titular por respetar las actividades realizadas en la comuna Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Vías donde transiten los cortejos fúnebres. Forma: • Implementación de comunicaciones a los proveedores con medidas para suprimir y/o reducir el tránsito a la obra por Av. Perú. • Instruir a los encargados de regular el acceso de la obra (paleteros) con las medidas tendientes a facilitar el tránsito de los cortejos Oportunidad: Durante la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento No Aplica Forma de control y seguimiento Existirá un encargado de verificar que esto se lleve a cabo. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10, Tabla 10.1.4 del ICE

9.5 Compromiso ambiental voluntario Uso de especies nativas de bajo requerimiento hídrico Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Fomentar el uso de especies nativas de bajo requerimiento hídrico en el área del proyecto. Descripción: Se utilizarán especies nativas en las áreas verdes del proyecto, como Quillay, Algarrobo, Pimiento, Cola de Zorro y Quila. Justificación: Aportar a la conservación de especies nativas y disminuir la utilización de agua para su mantención. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En las áreas verdes del Proyecto Forma: Mediante el proyecto de paisajismo presentado en la DOM de Recoleta. Oportunidad: Durante la etapa de terminaciones y obras exteriores del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Proyecto de Paisajismo presentado y aprobado por la Dirección de Obras Municipales de Recoleta. Forma de control y seguimiento Registro fotográfico al momento de finalizar el proyecto de paisajismo. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10, Tabla 10.1.5 del ICE

9.6 Compromiso ambiental voluntario Punto Limpio Fase del Proyecto a la que aplica Operación 41 Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Fomentar el reciclaje en los residentes de los edificios. Descripción: Los edificios contaran con closets ecológicos donde se podrá segregar los residuos de acuerdo a sus características. Los residuos que serán reciclados corresponden principalmente a cartón, papelería, vidrios, plásticos, entre otros. Justificación: Fomentar el desarrollo de una conciencia ecológica entre los residentes del proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: En los closets ecológicos ubicados en cada piso de los edificios. Forma: Los residentes deberán clasificar sus residuos para luego disponerlos en el lugar designado. Oportunidad: Cada vez que los residentes lo estimen conveniente Indicador que acredite su cumplimiento Registro fotográfico de los closets ecológicos con su clasificación. Forma de control y seguimiento No Aplica Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10, Tabla 10.1.6 del ICE

9.7 Compromiso ambiental voluntario Simulacro evacuación de la edificación en altura Fase del Proyecto a la que aplica Operación Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Informar a los residentes del proyecto sobre las escaleras de emergencia y como deben evacuar el edificio en caso de alguna emergencia. Descripción: Se incorporará en el Primer Reglamento de Copropiedad la obligatoriedad de realizar un simulacro al año de evacuación de la edificación en altura. Justificación: Que todo residente sepa cómo actuar ante una emergencia. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Pisos superiores de los edificios. Forma: Durante la fase de operación del Proyecto Oportunidad: Una vez al año en los pisos superiores de los edificios. Indicador que acredite su cumplimiento El Director de Obras al momento de extender el Certificado que declare al condominio acogido al régimen de copropiedad inmobiliaria, deberá revisar que en el Primer Reglamento de Copropiedad se indique la obligatoriedad de realizar un simulacro al año de evacuación de la edificación en altura. Forma de control y seguimiento Contar con el compromiso en el Primer Reglamento de Copropiedad. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10, Tabla 10.1.7 del ICE

9.8 Compromiso ambiental voluntario Tránsito de vehículos, durante la construcción, fuera de la Población Lemus Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Generar menores molestias a los vecinos de la Población Lemus por el tránsito de vehículos pesados. Descripción: Prohibir el tránsito de vehículos pesados por el interior de la Población Lemus durante la fase de construcción. Justificación: Dicho compromiso se enmarca en el interés del Titular por mantener una buena relación con los vecinos aledaños al Proyecto, 42 generando la menor molestia posible durante la fase de construcción del proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Población Lemus. Forma: Se establecerán los contratos/órdenes de compra con los proveedores de materiales y los servicios de retiro de residuos. Oportunidad: Al momento de establecer las órdenes de compra/contratos de compra de materiales y provisión de servicios. Indicador que acredite su cumplimiento Para acreditar el cumplimiento de este compromiso, se contará con copia en obra de los contratos, solicitudes y comunicaciones con los transportistas que establezca esta solicitud. Se contará con instrucciones visibles en la obra que establezcan esta condición Forma de control y seguimiento Registro en obra de las comunicaciones con los proveedores de materiales y servicios en donde se deja expresa constancia de esta exigencia. Existirá un encargado en obra de verificar que los camiones no ingresen a la Población Lemus. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10, Tabla 10.1.8 del ICE

10°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS

10.1.1. Actividad Sísmica Mayor Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Parte, obra o acción asociada Asociada a toda el área en general, a nivel regional Acciones o medidas a implementar • Identificar la ubicación de las llaves de agua, corte general de gas e interruptores o fusibles de electricidad y aprender a cortar su paso. • Identificar las zonas de seguridad. • Señalización de las vías de evacuación y zonas seguras. • Realizar simulacros. • Realizar inducciones a los trabajadores sobre las zonas de seguridad y plan de emergencia. Forma de control y seguimiento • Correcta mantención de señalética que identifique la zona segura al interior de la obra. Esta labor será del prevencionista de riesgos presente en la obra. • Libro y/o registro de las inducciones, registro fotográfico de señaléticas. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7, Tabla 7.1.1 del ICE Acápite 1.8 de la DIA Edificios Perú Plaza I – II Anexo 7 de la Adenda

10.1.2. Incendios en obra Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Parte, obra o acción asociada Al interior de la obra e inmediaciones de ella, principalmente producto de mal manejo de sustancias inflamables o por no respetar la restricción de fumar al interior de la obra. Acciones o medidas a implementar • Prohibición de fumar, hacer fogatas y 43 encender fuego al interior de la obra. • Carteles informativos con las medidas. • Mantener la obra limpia y ordenada para evitar eventuales focos. • Capacitaciones a los trabajadores directos y subcontratos. Forma de control y seguimiento • Señalética al interior de la obra con la indicación de “Prohibido fumar” en sectores de riesgos como bodega residuos peligroso, sustancias peligrosas, etc. Además, se habilitará un sector que cuente con las condiciones pertinentes para permitir a sus trabajadores la realización de éstas prácticas. • Registro fotográfico de señaléticas y libro de registro de capacitaciones Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7, Tabla 7.1.2 del ICE Acápite 1.8 de la DIA Edificios Perú Plaza I – II Anexo 7 de la Adenda

10.1.3. Derrames de sustancias peligrosas y combustibles Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Parte, obra o acción asociada Al interior de la obra, asociadas al manejo de sustancias peligrosas y/o fallas en las maquinarias y camiones. Acciones o medidas a implementar • Revisión periódica de los contenedores y bodega de almacenamiento. • Revisión periódica de todas las maquinarias y camiones para evitar eventuales filtraciones de aceites o combustible, además de la implementación de un plan preventivo de revisión técnica. • Exigencia a los contratistas de que todas las maquinarias y camiones cuenten con mantenciones, revisiones técnicas al día y permisos de circulación según corresponda. Forma de control y seguimiento • Libro y/o registro de mantenciones realizadas a la maquinaria presente en obra. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7, Tabla 7.1.3 del ICE Acápite 1.8 de la DIA Edificios Perú Plaza I – II Anexo 7 de la Adenda

10.1.4. Alumbramiento napa freática Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Parte, obra o acción asociada Al interior de la obra producto de las excavaciones para la materialización de los subterráneos. Acciones o medidas a implementar • Capacitaciones al personal, para que sepa cómo actuar ante un posible alumbramiento de napa freática. Forma de control y seguimiento • Hojas de asistencia firmadas de las capacitaciones, acreditando la capacitación de cada uno de los trabajadores asociados a actividades que podrían afectar la napa 44 freática Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7, Tabla 7.1.4 del ICE Acápite 1.8 de la DIA Edificios Perú Plaza I – II Anexo 7 de la Adenda

10.1.5. Proliferación de vectores de interés sanitario asociado a RSD Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Parte, obra o acción asociada Al interior de la obra, causas asociadas al manejo de residuos sólidos domiciliarios (RSD) Acciones o medidas a implementar • Almacenamiento en contenedores tapados y con bolsa plástica en su interior. • No acumulación por tiempos prolongados, se estima su extracción 3 veces por semana. • Inducción al personal y trabajadores de depositar RSD en los lugares habilitados y mantener siempre los contenedores tapados. • Implementación de sistema de control de vectores mensual. Forma de control y seguimiento • Libro y/o registro de las capacitaciones, y se mantendrá en obra copia de los recibos obtenidos posterior a los controles de plaga. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7, Tabla 7.1.5 del ICE Acápite 1.8 de la DIA Edificios Perú Plaza I – II Anexo 7 de la Adenda

10.1.6. Actividad Sísmica Mayor Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación Parte, obra o acción asociada Asociada a toda el área en general, a nivel regional Acciones o medidas a implementar • Identificar la ubicación de las llaves de agua, corte general de gas e interruptores o fusibles de electricidad y aprender a cortar su paso. • Identificar las zonas de seguridad, vías de evacuación y zonas seguras. Forma de control y seguimiento • Señalética que identifique permanentemente la zona segura Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7, Tabla 7.1.6 del ICE Acápite 1.8 de la DIA Edificios Perú Plaza I – II Anexo 7 de la Adenda

10.1.7. Incendios Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación Parte, obra o acción asociada Al interior del proyecto debido a fallas eléctricas o fugas de gas Acciones o medidas a implementar • Identificar la ubicación de las llaves de agua, corte general de gas e interruptores o fusibles de electricidad y aprender a cortar su paso. • Identificar las zonas de seguridad, vías de evacuación y zonas seguras. • Identificar redes húmedas y secas. 45 Forma de control y seguimiento • Copias o recibos de las mantenciones de todos los sistemas vinculados a la administración del edificio. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7, Tabla 7.1.7 del ICE Acápite 1.8 de la DIA Edificios Perú Plaza I – II Anexo 7 de la Adenda

10.1.8. Obstrucción de los shafts de basura Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación Parte, obra o acción asociada Asociado al mal manejo y uso de los usuarios (propietarios) Acciones o medidas a implementar • Estipular que los shafts de basura no son para botar botellas o cartones, ya que estos podrían quedar atrapadas en el ducto y producir una obstrucción. Además, la basura debe guardarse en bolsas plásticas, bien cerradas y de tamaño adecuado para que quepa por la apertura de la tolva. Forma de control y seguimiento • Se mantendrá señalética de los elementos con prohibición de ser arrojados a través del ducto de la basura Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7, Tabla 7.1.8 del ICE Acápite 1.8 de la DIA Edificios Perú Plaza I – II Anexo 7 de la Adenda

10.1.9. Proliferación de vectores de interés sanitario asociado a RSD Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación Parte, obra o acción asociada Al interior de los edificios, causas asociadas al manejo de residuos sólidos domiciliarios (RSD) Acciones o medidas a implementar • Almacenamiento en contenedores tapados y con bolsa plástica en su interior, en sala de basura debidamente autorizada por la Autoridad Sanitaria en cada una de las torres. • No acumular por tiempos prolongados la basura, se estima su extracción 3 veces por semana. Forma de control y seguimiento • Inspecciones aleatorias por parte del personal de la administración, de manera que sea posible verificar la correcta manipulación de los RSD. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7, Tabla 7.1.9 del ICE Acápite 1.8 de la DIA Edificios Perú Plaza I – II Anexo 7 de la Adenda

10.2. PLAN DE EMERGENCIAS

10.2.1. Actividad sísmica (sismos o terremotos) Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción Parte, obra o acción asociada Asociada a toda el área en general, a nivel regional. Acciones a implementar • Se detendrán las tareas haciendo abandono 46 rápidamente de las superficies en altura (andamios, plataformas en voladizo), espacios confinados, excavaciones, bajo estructuras y bordes, ya que aumenta el peligro de derrumbe y caída desde altura. El personal se reunirá en el “Punto de Encuentro” más cercano o “Zona de Seguridad” de la Obra. • El electromecánico de mantención desenergizará todos los artefactos y/o equipos eléctricos para evitar un principio de incendio ante presencia de gas, además procederá a desconectar la fuente eléctrica de la grúa una vez que esta haya bajado la carga. • Después del sismo, se evacuará a todo el personal a la “Zona de Seguridad” de la Obra, se deberá prestar y/o coordinar la atención a los lesionados, tomar asistencia a todo el personal reunido, comprobar el funcionamiento de los servicios (luz, gas, agua), cerrar y señalizar con cinta de peligro zonas de trabajo dañado o con peligro. Los trabajadores no se podrán retirar de la obra o reingresar a trabajar hasta que el Comité de Emergencias designado lo indique. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el caso de consecuencias graves a las instalaciones del proyecto y/o vecinas o fatales por la situación se emergencia se procederá a avisar a las autoridades pertinentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA (http://snifa.sma.gob.cl/SistemaSeguimientoAmbiental/) Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7, Tabla 7.2.1 del ICE Acápite 1.8 de la DIA Edificios Perú Plaza I – II Anexo 7 de la Adenda

10.2.2. Incendios en obra Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Parte, obra o acción asociada Al interior de la obra e inmediaciones de ella, principalmente producto de mal manejo de sustancias inflamables o por no respetar la restricción de fumar al interior de la obra. Acciones a implementar • Las personas que se encuentren en el lugar procederán de inmediato a utilizar los extintores portátiles e informarán inmediatamente al coordinador del área afectada. • El coordinador del área siniestrada evaluará la situación, en caso que el amago no pueda ser controlado con los extintores de la obra, dará la alerta de evacuación y solicitará la presencia de bomberos. • El electromecánico de mantención debe cortar el suministro de energía eléctrica de la obra. • Si el incendio amenaza con propagarse a otro punto las instalaciones, se procederá a despejar el sector de todo tipo de material que pueda entrar en combustión. • El personal de obra solo podrá actuar ante un amago de incendio, ya que bajo situaciones de incendio declarado solo podrá intervenir bomberos.

Importante: Cabe mencionar, que dependiendo de la composición química del residuo o elemento que se inflame será el tipo de extintor o medio con el cual se 47 debe abatir el incendio. Esta información se encuentra en el anexo 7 de la Adenda. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el caso de consecuencias graves a las instalaciones del proyecto y/o vecinas o fatales por la situación se emergencia se procederá a avisar a las autoridades pertinentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA (http://snifa.sma.gob.cl/SistemaSeguimientoAmbiental/) Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7, Tabla 7.2.2 del ICE Acápite 1.8 de la DIA Edificios Perú Plaza I – II Anexo 7 de la Adenda

10.2.3. Derrame de sustancias peligrosas o combustible Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Parte, obra o acción asociada Al interior de la obra, asociadas al manejo de sustancias peligrosas y/o fallas en las maquinarias y camiones. Acciones a implementar • El personal que detecte el derrame dará aviso al Responsable en Obra (Jefe de Obra o Prevencionista de Riesgo). • Seguidamente el encargado dispondrá: detener (cuando corresponda), contener, recuperar el material del derrame y almacenar en un contenedor para disponerlo en algún lugar habilitado según el tipo de peligrosidad indicado en la hoja de seguridad correspondiente. Se establece que dentro de cada bodega estén siempre disponibles dichas hojas. • El Responsable en Obra, hará una evaluación de sus causas y dispondrá con el operario encargado las acciones para recuperar el líquido derramado y el material contaminado, abarcando toda el área afectada. • Se delimitará el área afectada. • Se deberán utilizar los implementos de absorción correspondiente, en el caso de residuos líquidos no inflamables se procederá con arena o aserrín y para el caso de residuos líquidos inflamables se procederá con carbón activado para derrames sobre el suelo; también se podrán utilizar almohadillas absorbentes universales, cordones, telas o paños para derrames sobre agua. Si el residuo es sólido se recogerá por medio de pala y escoba. • Cuando el derrame se produzca en algún suelo con riesgo de infiltración, se retirará el material del suelo, hasta una profundidad de 10 cm por debajo del nivel afectado por la contaminación. • En los lugares donde el derrame se encuentre disperso en el terreno, el material absorbente se podrá esparcir, mezclar con el suelo y recuperar en contenedor apropiado. • El material recogido de un derrame (recuperado) será dispuesto adecuadamente en recipientes para su posterior traslado y disposición final en lugar autorizado por la Autoridad Sanitaria competente. • Se dará aviso a las autoridades pertinentes frente a cualquier accidente.

48 IMPORTANTE: Siempre debe haber en bodega implementos de seguridad para la contención de derrames de acuerdo a la sustancia almacenada (inerte químicamente), lo básico que debe estar presente es: guantes, antiparras, mascarillas y overol o delantal para la protección personal, además de los implementos necesarios para la contención como tal (pala, escoba, contenedor, arena, aserrín y/o carbón activado, etc.). Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el caso de derrames de gran envergadura (más de 200 L) se procederá a comunicar a la SMA través del Sistema de Seguimiento Ambiental (http://snifa.sma.gob.cl/SistemaSeguimientoAmbiental/). Y en caso de que sea necesario, se dará aviso a la SEREMI de Salud. En el caso que sea necesario, se entregará un informe inmediatamente a la DGA en un plazo máximo de 24 horas. Dicho informa contendrá la siguiente información: • Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. • Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. • Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. • En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la DGA. (Sólo en caso de accidentes).

Además, se presentará un “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias” en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento a la Autoridad Ambiental. En este informe se considerará: • Antecedentes del accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.). • La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, aguas subterráneas o aire). • La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnica(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados. • La identificación de los parámetros representativos y las normativas (nacionales e internacionales de referencia) que utilizará para monitorear los componentes ambientales afectados por una emergencia y/o contingencia. • Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas 49 aplicables a esta materia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7, Tabla 7.2.3 del ICE Acápite 1.8 DIA Edificios Perú Plaza I – II Acápite 16 de la Adenda Edificios Perú Plaza I – II Acápite 18 de la Adenda Edificios Perú Plaza I – II Anexo 7 de la Adenda

10.2.4. Alumbramiento de napa freática Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Parte, obra o acción asociada Al interior de la obra producto de las excavaciones para la materialización de los subterráneos. Acciones a implementar • Detener las actividades del frente de trabajo. • Excavar, por el costado de las obras en el que se presente el alumbramiento, una zanja del largo necesario para reincorporar el recurso hídrico a su medio. • En caso que la zanja no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se construirá un pozo de absorción (o más de ser necesario). • Verificación de la calidad del agua, previa a su infiltración. • Una vez tomadas las medidas definitivas y controlado el afloramiento, se podrán retomar las actividades constructivas. • En caso que el procedimiento anterior no tenga efecto, se procederá a bombear para agotar la napa, y el agua se hará llegar al curso de agua más cercano. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el caso de que se active este plan de emergencia, se procederá a comunicar a la DGA través del Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA (http://snifa.sma.gob.cl/SistemaSeguimientoAmbiental/) Y en caso de que sea necesario, por posible contaminación de la napa, se dará aviso a la SEREMI de Salud. En el caso que sea necesario, se entregará un informe inmediatamente a la DGA en un plazo máximo de 24 horas. Dicho informe contendrá la siguiente información: • Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. • Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. • Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. • En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la DGA. (Sólo en caso de accidentes).

Además, se presentará un “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias” en un plazo no 50 superior a 48 horas de ocurrido el evento a la Autoridad Ambiental. En este informe se considerará: • Antecedentes del accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.). • La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, aguas subterráneas o aire). • La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnica(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados. • La identificación de los parámetros representativos y las normativas (nacionales e internacionales de referencia) que utilizará para monitorear los componentes ambientales afectados por una emergencia y/o contingencia. • Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia. Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7, Tabla 7.2.4 del ICE Acápite 1.8 DIA Edificios Perú Plaza I - II Acápite 16 de la Adenda Edificios Perú Plaza I – II Acápite 18 de la Adenda Edificios Perú Plaza I – II Anexo 7 de la Adenda

10.2.5. Proliferación de vectores de interés sanitario, asociado a RSD Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Parte, obra o acción asociada Al interior de la obra, causas asociadas al manejo de residuos sólidos domiciliarios (RSD) Acciones a implementar • En caso de corresponder a una plaga se dará aviso a la Autoridad Sanitaria y se llamará a Control de Plagas. • Se evacuará al personal en caso de ser necesario. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan En el caso de que se produzcan efectos sobre los vecinos con reclamos directos de los afectados, se procederá a comunicar a la SMA través del Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA (http://snifa.sma.gob.cl/SistemaSeguimientoAmbiental/) Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7, Tabla 7.2.5 del ICE Anexo 7 de la Adenda

10.2.6. Actividad Sísmica mayor (terremoto) Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación Parte, obra o acción asociada Asociada a toda el área en general, a nivel regional Acciones a implementar • Mantener la calma. • Evaluar los daños y seguir las instrucciones de las Autoridades. 51 Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan No aplica Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7, Tabla 7.2.6 del ICE Acápite 1.8 de la DIA Edificios Perú Plaza I – II Anexo 7 de la Adenda

10.2.7. Incendios Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación Parte, obra o acción asociada Al interior del proyecto debido a fallas eléctricas o fugas de gas. Acciones a implementar • Utilizar los sistemas de abatimiento de incendios en caso de ser controlable. • Llamar inmediatamente al Cuerpo de Bomberos más cercano. • En caso de ser solicitado por Bomberos, evacuar el edificio por las escaleras de emergencias. • No interferir con el actuar de Bomberos. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan No aplica Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7, Tabla 7.2.7 del ICE Acápite 1.8 de la DIA Edificios Perú Plaza I – II Anexo 7 de la Adenda

10.2.8. Obstrucción de los ductos de aguas lluvias Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación Parte, obra o acción asociada Asociado a la poca o nula mantención del sistema de aguas lluvias. Acciones a implementar • Contratar personal capacitado para limpiar los ductos de agua lluvia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan No aplica Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7, Tabla 7.2.8 del ICE Acápite 1.8 de la DIA Edificios Perú Plaza I – II Anexo 7 de la Adenda

10.2.9. Obstrucción de los shafts de basura Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación Parte, obra o acción asociada Asociado al mal manejo y uso de los usuarios (propietarios). Acciones a implementar • Contratar personal capacitado para limpiar los shafts de basura. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan No aplica Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7, Tabla 7.2.9 del ICE Acápite 1.8 de la DIA Edificios Perú Plaza I – II Anexo 7 de la Adenda

10.2.10. Proliferación de vectores de interés sanitario, asociado a RSD 52 Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación Parte, obra o acción asociada Al interior de los edificios, causas asociadas al manejo de residuos sólidos domiciliarios (RSD) Acciones a implementar • Realizar acciones de limpieza • Contactar a una empresa autorizada en control de vectores Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan No aplica Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Capítulo 7, Tabla 7.2.10 del ICE Acápite 1.8 de la DIA Edificios Perú Plaza I – II Anexo 7 de la Adenda

  1. Que, durante el proceso de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, se formularon observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto, las que han sido consideradas en el proceso de evaluación de la forma que a continuación se señala.

11.1 Evaluación técnica de las observaciones ciudadanas

Las observaciones formuladas por la ciudadanía que cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 30 bis de la Ley Nº 19.300 y en el artículo 95 del Reglamento del SEIA son las siguientes:

  1. Rodrigo Carreño Cómo se hará cargo el titular del gran impacto que generará la pérdida de 13.724,47 m2 de suelo natural, que actualmente permite la absorción de aguas lluvias y humedad, y alimenta las aguas subterráneas, áreas muy escasas en la ciudad y que con el proyecto serán totalmente impermeabilizadas, dejará de existir un área de absorción en el barrio. ¿Cómo se evitará y que el agua se acumule en superficie y no se generen anegamientos? ¿Cómo se evitará que la napa subterránea deje de recibir agua? ¿Cómo se evaluó este impacto? ¿Cuáles son las medidas de control y mitigación al respecto? Evaluación técnica de la observación: Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que el proyecto no altera la capacidad del terreno para infiltrar las aguas lluvias del área comprometida dado que el total de las aguas lluvias captadas por los edificios son dispuestas en el mismo terreno mediante su infiltración por drenes construidos especialmente para este fin. En efecto, el proyecto de detalle que se presentó en el Anexo 9 de la DIA, considera que las aguas lluvias que sean captadas dentro del área del proyecto se infiltren mediante drenes, por cuanto no habrá diferencia entre el agua que es infiltrada sin proyecto con lo que será una vez construidos los edificios. Mediante la infiltración de las aguas lluvias se cumple con los lineamientos del SERVIU, que solicita que las aguas lluvias se manejen al interior de los predios, no se recarga ninguna red existente de aguas lluvias y el balance de las aguas subterráneas se mantiene. Todo lo anterior ha sido materia de la evaluación ambiental, no teniendo observaciones de los servicios competentes.

53

  1. Oscar Matías Benavente Zolezzi

Observación 1

El proyecto "Edificios Perú Plaza I - II" generará efectos adversos significativos sobre la calidad de las comunidades humanas aledañas en las siguientes circunstancias:

Provocará sombra en las casas aledañas generando un déficit de horas de sol que afecta la salud de las personas y aumentan el consumo eléctrico.

Esta problemática se enmarca dentro del artículo 7°, inciso sexto, del Reglamento del SEIA, sobre La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultura.

Afectará a las comunidades aledañas producto de la emisión de material particulado (PM10) que podrían ser dañinas para la salud de las personas si superan la norma, generará ruidos por sobre la norma provocando molestias y daños físicos y sicológicos a las personas, y provocará vibraciones que podrían provocar daño estructural a las viviendas aledañas si no son monitoreadas.

Provocará un aumento significativo en los tiempos de desplazamiento en horas punta, pues se incorporarán al menos 447 vehículos (en estacionamiento) a un área que ya está congestionada en horas punta. Aun cuando en la DIA (pp. 92) se indique que el área no presenta congestión vehicular, en hora punta, los desplazamientos desde el edificio hacia Vespucio norte (por Av. Salto) y a Santa Maria (por av. Perú) toman entre 45 a 60 min.

Esta problemática se enmarca dentro del artículo 7°, inciso sexto, del Reglamento del SEIA, sobre La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. Provocará una obstrucción y/o restricción a la libre circulación de las personas de la villa Lemus, pues:

  1. En fase de construcción habrá vehículos livianos, vehículos de transporte de material y vehículos de transporte de escombros que circularán dentro de la villa Lemus (Tabla 1-10 Ruta Fase de Construcción; DIA)

  2. En fase de operación del edificio habrá vehículos de particulares del edificio estacionados en la villa Lemus.

Ambas problemáticas se enmarcan dentro del artículo 7°, inciso sexto, del Reglamento del SEIA, sobre La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.

Provocará una alteración en el alcantarillado de aguas servidas de la villa Lemus, el cual tiene al menos 70 años de antigüedad y no existen proyectos evaluados por el SEIA en donde se haya demostrado que la carga de 1723 nuevos habitantes no generen un colapso del alcantarillado.

Esta problemática se enmarca dentro del artículo 7°, inciso sexto, del Reglamento del SEIA, sobre La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.

Provocará daño a la salud de las personas que viven aledañas al proyecto durante la fase de operación, debido a que el proyecto contempla la construcción de estacionamientos colindantes con las casas de los vecinos de la villa Lemus, y por ende, los gases de los automóviles afectarán a los vecinos.

La construcción del proyecto “Edificios Plaza Perú I-II” se llevará a cabo en predios que correspondían a un estadio deportivo en el cual las personas de la villa Lemus y sus alrededores realizaban actividades deportivas. Debido a que el proyecto no contempla compensar un espacio deportivo para los vecinos de la villa y sus alrededores, la construcción de éste impide el ejercicio de intereses comunitarios como el deporte que se practicaban en el estadio.

54 Esta problemática se enmarca dentro del artículo 7°, inciso sexto, del Reglamento del SEIA, sobre La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo.

De esta manera, y dado que la construcción del proyecto "Edificios Perú Plazas I-II" generarán impactos ambientales negativos en todas sus fases, requiero una explicación técnica sobre el por qué este proyecto no entro al SEIA como un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), en donde la empresa deba evaluar todos los impactos ambientales negativos y proponer medidas de compensación a la comunidad aledaña.

Observación 2

En la página 20 de la DIA se presenta una tabla con el número de departamentos que se pretende construir en ambos edificios (483 en total; Plaza Perú I y II). En base a este número de departamentos se ha estimado un total de 1366 habitantes, asumiendo un total de 2,8 habitantes por departamento.

Debido a que Recoleta es uno de los lugares que ha recibido gran cantidad de inmigrantes en los últimos años, es necesario que la constructora rehaga el análisis de la vialidad del proyecto (alcantarillado, ascensores, agua potable, electricidad, espacios verdes, estacionamientos, etc.) asumiendo una densidad mayor de personas por departamento (5 a 10 habitantes). Lo anterior se justifica en función de lo que se ha visto en otras comunas que han permitido la construcción de grandes edificios, en donde la densidad de personas resultó ser mucho mayor de lo que las constructoras declararon en sus respectivas DIAS.

Observación 3

En la Figura 1-9 de la DIA, se muestra un mapa con los estacionamientos del proyecto. Del mapa se desprende que todo el perímetro del edificio que colinda con los vecinos de la villa Lemus estará ocupado por estacionamientos.

Dado que (i) la combustión de hidrocarburos provoca gases nocivos para la salud y (ii) los autos generan ruidos molestos (alarmas), se requiere cambiar el diseño de estos estacionamientos. Se sugiere poner una franja de áreas verdes colindante con los vecinos de un ancho de al menos 10 m. con el fin de minimizar efectos adversos a la salud de los vecinos colindantes.

Observación 4

En la Tabla 1-10 Ruta Fase de Construcción de la DIA, se indica que vehículos livianos, vehículos de carga de material y vehículos de escombros tienen una ruta de regreso que contempla el tránsito por el interior de la Villa Lemus (vuelta en U en Desiderio Lemus).

Dado que en el interior de la Villa Lemus existe una vida en comunidad que implica, entre otros niños jugando en la calle, exigimos que durante la fase de construcción todo tránsito se haga por fuera de la villa Lemus.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar, que:

Respecto del punto 2.1) de la observación, los recursos naturales a que se refiere este artículo 7 del Reglamento del SEIA están referidos a aquellos que dan sustento económico a un grupo o que generan alguna costumbre o tradición que pudiera verse afectada por la realización del proyecto.

Al hacer el análisis sobre la base de lo anterior es posible indicar que no existen actividades económicas de grupos que se sustenten en el área del proyecto por el recurso de la luz, así como tampoco tradiciones que pudieran verse afectadas por la construcción del proyecto.

Es importante reiterar que el proyecto cumple con el Instrumento de Planificación (IPT) en términos de la altura, rasantes y sombras proyectadas a los terrenos aledaños. 55

Por último, el proyecto cumple con lo establecido en el artículo 2.6.11 de O.G.U.C. b) Afectará a las comunidades aledañas producto de la emisión de material particulado (PM10) que podrían ser dañinas para la salud de las personas si superan la norma, generará ruidos por sobre la norma provocando molestias y daños físicos y sicológicos a las personas, y provocará vibraciones que podrían provocar daño estructural a las viviendas aledañas si no son monitoreadas.

Respecto a las emisiones atmosféricas, el proyecto no superará los límites indicados en el artículo 98 del Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica de Santiago (PPDA), tal como se demuestra en la Tabla 4 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria.

Además, como compromisos se contempla la implementación de cierres con planchas OSB y sobre esta se adicionará malla tipo raschel que cumplirán la doble función de retener material particulado y controlar las emisiones de ruido. Adicionalmente se han contemplado medidas como humectación de las áreas de movimiento de tierra, acopio de tierra y vías de circulación interna; se estabilizarán y compactarán las zonas de tránsito de maquinaria y vehículos; se prohibirá la quema de maderas u otro material al interior de la obra, entre otros.

Respecto a las emisiones atmosféricas, el proyecto no superará los límites indicados en el artículo 98 del Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica de Santiago (PPDA), tal como se demuestra en la Tabla 4 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria.

Además, como compromisos se contempla la implementación de cierres con planchas OSB y sobre esta se adicionará malla tipo raschel que cumplirán la doble función de retener material particulado y controlar las emisiones de ruido. Adicionalmente se han contemplado medidas como humectación de las áreas de movimiento de tierra, acopio de tierra y vías de circulación interna; se estabilizarán y compactarán las zonas de tránsito de maquinaria y vehículos; se prohibirá la quema de maderas u otro material al interior de la obra, entre otros.

En cuanto a las emisiones de ruido generadas durante la fase de construcción, cabe destacar que al implementar las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (Cierres perimetrales de hasta 6 m de altura con características de barrera acústica mediante paneles de madera OSB, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), permitiendo demostrar que los niveles de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente en todos los receptores, considerando la situación más desfavorable.

Finalmente, para asegurar el cumplimiento de la normativa de referencia para las vibraciones se restringirá el uso de la placa compactadora, la cual no podrá operar a menos de 9 metros de los receptores R1, R2 y R3 (Ver Anexo 6 de la Adenda 1).

En materia de estacionamientos, el proyecto considera 447 estacionamientos y de acuerdo a la normativa vigente los estacionamientos requeridos serían 202, es decir, el proyecto considera 245 estacionamientos adicionales. Con esta cantidad se asegura que no se estacionarán los vehículos particulares del edificio en la Villa Lemus.

Respecto a la fase de construcción del proyecto, se aclara que los vehículos no ingresarán a la población Lemus. Para esto, se ha decido actualizar las rutas a utilizar durante la Fase de Construcción del Proyecto. Por lo tanto, la calle a utilizar por los vehículos que transitan desde el Norte será por Av. Perú, Vuelta en U en calle Rapa Nui y luego tomar nuevamente Av. Perú y los camiones que salgan del proyecto hacia el centro será por calle Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Puma, María Graham y luego tomaran nuevamente Av. Perú.

Adicionalmente, el Titular se compromete a que todo tránsito de vehículos livianos, vehículos de carga de material y vehículos de escombros a realizar durante la fase de construcción será por fuera de la Villa Lemus, lo cual quedará estipulado en el contrato de prestación de los servicios. Por otra parte, se realizó un estudio que evalúa los tiempos de desplazamiento (ver Anexo 5.1), que concluye que se observa una disminución en los parámetros de congestión en ambos períodos al incorporar el proyecto, indicadores que se mejoran en la situación con proyecto y mitigaciones, estableciendo que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, con lo que es posible descartar que en términos viales el proyecto pueda generar los efectos de la letra b) del artículo 7 del reglamento del SEIA.

56 Se aclara que Aguas Andinas por medio de los Certificados N°008993 del 11/12/2017 y N°008885 del 06/12/2017 (ambos vigentes a la fecha), certifica que la propiedad ubicada en Av. Perú N°1471 y N°1479 contarán con servicio de agua potable y alcantarillado. Esto queda demostrado a continuación:

Figura Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza I

Figura Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza II

Tal como se ha señalado, la provisión de agua potable es obligación de la empresa concesionaria y la calidad de este servicio está regulado por la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS). No obstante, lo anterior, en virtud de las inquietudes manifestadas por la comunidad y en el afán de mejorar el proyecto, el titular gestionó la actualización del proyecto sanitario solicitando a Aguas Andinas la modificación de la descarga a otro colector evitando el paso por el interior de la población Lemus. Según los Certificados de Factibilidad Sanitaria presentados en el Anexo 5.3, el punto de conexión será en la intersección de las Avenidas Perú y Arzobispo Valdivieso.

El Titular destaca que en el diseño del emplazamiento del proyecto se dio prioridad a que los edificios no queden aledaños a las casas vecinas, y se le diera el mayor distanciamiento posible. Para esto, los volúmenes fueron ubicados en sectores más centrales, dejando una parte de los estacionamientos en superficie en los sectores más cercanos a las viviendas colindantes, de forma de dar un espacio entre las casas y los edificios. Asimismo, en los deslindes que colindan a las casas 57 vecinas se incluirá una franja de árboles y áreas verdes para separar los estacionamientos de las viviendas. Esto se puede observar en la imagen presentada a continuación:

Figura Árboles y Áreas Verdes Edificios Perú Plaza I – II

Es importante destacar que los vehículos de los estacionamientos permanecen con el motor apagado, siendo su funcionamiento y circulación mayor el momento de llegada en la tarde y a primera hora en la mañana para retirarse. Por otro lado, los vehículos que circulan por las calles deben contar con la revisión técnica al día, tal como lo indica el Decreto Supremo 211/1991 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, cuya última actualización data del año 2012 y que toma como antecedente el Plan de Prevención y Descontaminación de la Región Metropolitana (PPDA), que a su vez se basa en las normas primarias de la calidad del aire establecidas en base a la salud de la población. En este sentido, el hecho que haya autos estacionados cercano a los deslindes del predio no debiera generar problemas en la salud de los vecinos, ya que corresponde a una situación similar a la que ocurre con los autos estacionados en las calles. Por otro lado, el área donde se emplazará el Proyecto si bien corresponde a un antiguo estadio deportivo privado, este se encontraba en desuso desde el año 2014. A mayor abundamiento, el terreno fue adquirido por el Titular mediante un proceso de compra-venta.

Asimismo, la evaluación ambiental del proyecto ha sido realizada en conformidad a la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Inmobiliarios que se Desarrollen en Zonas Urbanas (2017), a fin de descartar la presencia de potenciales impactos significativos relacionados al Artículo 7, literales a) y d) del RSEIA.

A partir de la información expuesta en el estudio de Medio Humano es posible concluir que se han evaluado todos los indicadores que señala la Autoridad Ambiental, descartando así impactos significativos referidos a los literales antes señalados.

Respecto del punto 2.2) cabe señalar e informar que la cantidad total de habitantes fue calculada de acuerdo con el tipo de departamento y su capacidad. Según esto, es que se ha considerado un total de 1.336 habitantes para las 483 viviendas como proyecto completo. Cabe destacar, de acuerdo a lo señalado por el titular del presente proyecto, en el Reglamento de Co-propiedad como Reglamento interno de convivencia, se dejará establecido y regulado respecto de la cantidad de habitantes por departamento, por lo cu7al, ningún departamento debería tener mayor cantidad de personas que la indicadas en el reglamento de Co-propiedad.

Respecto del punto 2.3) de la observación, en cuanto a la ubicación de los estacionamientos y viviendas colindantes, el diseño del emplazamiento del proyecto tuvo en consideración que los edificios no queden aledaños a las casas vecinas, y se le diera el mayor distanciamiento posible. Para esto, los volúmenes fueron ubicados en sectores más centrales, dejando una parte de los 58 estacionamientos en superficie en los sectores más cercanos a las viviendas colindantes, de forma de dar un espacio entre las casas y los edificios.

Junto a lo anterior, en los deslindes que colindan a las casas vecinas se incluirá una franja de árboles y áreas verdes para separar los estacionamientos de las viviendas. Esto se puede observar en la imagen presentada en la Figura 1 “Árboles y Áreas Verdes Edificios Perú Plaza I – II” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA.

Respecto de la preocupación referida a la emisión de gases y ruidos de los vehículos vinculados a estos estacionamientos, es posible señalar que dichos los vehículos estacionados, permanecen con el motor apagado, siendo su funcionamiento y circulación mayor el momento de llegada en la tarde y a primera hora en la mañana para retirarse. Por otro lado, la circulación de vehículos por las calles, no forman parte del presente proyecto y no son atribuibles al titular, dado que el cumplimiento normativo especifico en dichas materias, corresponden a particulares quienes de acuerdo a la normativa vigente deben contar con la revisión técnica al día, tal como lo indica el Decreto Supremo 211/1991 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, cuya última actualización data del año 2012 y que toma como antecedente el Plan de Prevención y Descontaminación de la Región Metropolitana (PPDA), que a su vez se basa en las normas primarias de la calidad del aire establecidas en base a la salud de la población.

En cuanto a la preocupación que suenen las alarmas de los vehículos, ésta corresponde a una situación que sucede en cualquier lugar en donde haya autos estacionados y se activen sus mecanismos de seguridad en caso de intentos de robo. No corresponde a una situación permanente, debiera ser muy eventual y no distinta a la de autos estacionados en la vialidad pública.

Respecto del punto 2.4) de la observación, para la fase de construcción, se modificaron las rutas a utilizar, de modo de no contemplar el tránsito de camiones por el interior de la villa Lemus. Por lo tanto, la calle a utilizar por los vehículos que transitan desde el Norte será por Av. Perú, Vuelta en U en calle Rapa Nui y luego tomar nuevamente Av. Perú y los camiones que salgan del proyecto hacia el centro será por calle Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Puma, María Graham y luego tomaran nuevamente Av. Perú.

Las rutas actualizadas a utilizar durante la fase de construcción del proyecto son presentadas en la Tabla 1 “Ruta Fase de Construcción” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA.

Adicionalmente, el titular del proyecto, ha adquirido el compromiso ambiental voluntario que establece que todo tránsito de vehículos de carga de material y vehículos de escombros a realizar durante la fase de construcción será por fuera de la Villa Lemus, lo cual quedará estipulado en el contrato de prestación de los servicios y se deja expresamente considerado y detallado en el Compromiso Ambiental Voluntario presentado en el numeral 10.1.8 del Informe Consolidado de Evaluación “Compromiso ambiental voluntario Tránsito de vehículos, durante la construcción, fuera de la Población Lemus”.

  1. Rodrigo Carreño

a. Al revisar el certificado de avalúo fiscal de la propiedad de fecha del 26 de junio de 2017, información pública del SII, éste indica que el uso del predio corresponde a Deporte y Recreación. Se solicita al titular que explique cómo hará posible la construcción de los edificios, si el uso de suelo registrado y autorizado por SII no es habitacional. Al respecto, además, explique si se requiere un cambio de uso de suelo, y porqué estos antecedentes no fueron adjuntos a la DIA y a la Adenda.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que el Plan Regulador Comunal de Recoleta consignó el sector en que se ubican los terrenos del proyecto como de uso residencial (Ver Certificado de Informaciones Previas adjunto en Anexo 1 de la DIA), no requiriéndose cambio de uso de suelo. El instrumento que establece el uso de suelo, de acuerdo a la normativa vigente, es el 59 Plan Regulador Comunal. Los Certificados de Avalúo Fiscal no establecen usos de suelo, solamente indica las actividades existentes en un terreno en un momento determinado, independientemente de su uso de suelo. El proyecto se ajusta a la normativa territorial vigente, establecida a través del Plan Regulador Comunal de Recoleta y es en virtud de este instrumento que ha sido diseñado y obtenido los permisos municipales.

  1. Laura Isabel Mendoza Donoso

Primero señalar que me extraña mucho dos torres en ele, porque en realidad eso son cuatro torres, lo cual significan 483 departamento, que para el espacio en que se construirán me parecen excesivos. Primero, porque ya tenemos gran cantidad de flujo vehícular, con grandes tacos por las mañanas y las tardes, y el estudio que se hizo antes de aprobar esta cantidad de departamentos no consideró que avenida Perú se enangostó con el parque que están haciendo en el medio, tampoco consideró que en un décimo de nuestra población se construirá una población y media, dónde se agregarán al menos 430 autos más todos aquellos que no tengan estacionamiento, colapsando nuestras calles, que por un lado están encajonadas por el cerro y por otro lado por el regimiento Buin. Asimismo, en el mismo sentido la locomoción colectiva es escasa y ya viene saturada, lo mismo el caso del metro. Agregando esta cantidad de gente y vehículos a una calle que ya ha sufrido una sobrepoblación de edificios en Avenida Perú y sus alrededores. Puedo entender la demanda habitacional del sector por su cercanía a polos centrales, sin embargo, ya sobrepasamos el punto de saturación de nuestras calles, locomoción, y buen vivir. En el caso emblemático de Estación central, la nueva normativa del plan regulador, establece 15 pisos para la Alameda y cuatro pisos para el resto de la Comuna. En este caso, la Alameda se puede comparar a Recoleta, y nosotros estaríamos en los cuatro pisos. Considerando además que Recoleta tiene un alto flujo vehicular, pero es la mitad de la Alameda.

Asimismo, es bien sabido como las casas aledañas a los edificios se convierten en patios traseros recibiendo basura, latas, botellas de los habitantes. Ya sin edificios hemos tenido problemas que nunca tuvimos cuando ese espacio fue un centro deportivo y recreacional, tan escasos en este sector. Por ejemplo, la malla que separa mi casa del sitio fue cortada por lo que se metió un ladrón a mi casa, ya que la constructora no hizo en todo este tiempo la debida mantención. Tampoco la constructora se ha preocupado de ser responsables con los vecinos en el sentido expuesto, entonces a mí me aterra tener este tipo de gente que no se ha preocupado de lo poco, menos se va a preocupar de lo mucho cuando estén construyendo, llenando de polvo, ruido insoportable constante y lo más terrible de cientos de personas que pueden entrar a nuestras residencias, perdiendo la seguridad y el bienestar del que hoy gozamos, y es por el cual vinimos a vivir a este barrio. Es decir, nos quitarán el descanso.

Por otro lado, las dos torres porque no es una, sino dos en el que serán construida al norte, quitarán todo el sol de la tarde a nuestras casas. En el invierno a las 14:30 hrs. ya no tendremos sol, provocando humedad, mayor gasto en calefacción y posibles enfermedades. Asimismo, la privacidad de nuestros hogares será completamente vulnerada, casas de un piso, a lo más dos enfrentadas a torres de 16 pisos, a un centenar de departamentos mirando la intimidad de nuestros hogares.

Estás torres son un gran detrimento a nuestra calidad de vida, nos usurparán nuestro diario buen vivir con tacos insufribles, falta de acceso al transporte público, sombra, invadiendo nuestra intimidad y trasgrediendo nuestra seguridad y tranquilidad.

El lucro y la codicia está matando nuestra historia, nuestra vida de barrio, nuestra seguridad y nuestro buen vivir.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que el proyecto contempla la construcción de 2 edificios de 2 unidades estructurales independientes.

Junto a lo anterior, es preciso aclarar que el proyecto será construido de acuerdo con lo permitido en el Plan Regulador Comunal (PRC) de Recoleta, donde los usos de suelo permitidos corresponden a 60 vivienda y equipamiento de escala vecinal, lo cual se encuentra ratificado con la obtención de los permisos de edificación de los 2 edificios.

El proyecto cuenta con un EISTU aprobado mediante el oficio N°3960 del 11 de Mayo de 2017 de la SEREMI de Transportes de la Región Metropolitana, que sí incluye en su evaluación el bandejón central que se encuentra en construcción en la Avenida Perú, para lo cual consideró el diseño final de esta obra.

El Titular informa que se han realizado trabajos de limpieza y desratización del terreno, de manera que aun cuando la obra no ha iniciado la construcción, no haya molestias por el estado del terreno. En forma adicional, el proyecto cumplirá estrictamente con la normativa ambiental y sanitaria dando el adecuado manejo a todos los residuos que se generen durante las etapas de construcción y operación, tal como se ha detallado largamente en la DIA: • La acumulación de residuos al interior de la obra será en sectores especialmente habilitados para ello, que tendrán que ser autorizados por la SEREMI de Salud. • El retiro de los residuos será con la frecuencia adecuada al tipo de residuo y a las capacidades de almacenamiento. • El retiro y disposición será realizado por empresas autorizadas para este fin.

El proyecto debe cumplir con la normativa de ruido, cuyas modelaciones han sido detalladas en la DIA y para lo cual implementará barreras de OSB de 6 metros de altura, superando incluso las recomendaciones dada por la modelación de ruido. Tomará medidas tales como humectación de caminos internos y acopios de manera de minimizar la generación de material particulado y cumplirá en forma estricta con toda la normativa ambiental pertinente.

Por último, se informa que el proyecto cumple con el Instrumento de Planificación (IPT) en términos de la altura, rasantes y sombras proyectadas a los terrenos aledaños al proyecto, así como con lo establecido en el artículo 2.6.11 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (O.G.U.C). En efecto, los edificios se encuentran emplazados en el terreno distantes varios metros de los deslindes, con el propósito de generar menores efectos de sombras y ventilación de las casas vecinas. Lo anterior se encuentra detallado en el estudio de sombras aprobado por la D.O.M de Recoleta y forma parte integrante del Permiso de Edificación Nº 29 de fecha 25 de abril de 2016 (Edificio Perú Plaza I) y Permiso de Edificación N°53 de fecha 16 de octubre de 2017 (Edificio Perú Plaza II) otorgado por la D.O.M de Recoleta. Estos permisos acreditan que el proyecto cumple con el Instrumento de Planificación Territorial vigente para este sector en forma íntegra.

Desde el punto de vista del paisajismo, considerado en el perímetro del terreno se incluye la plantación de árboles que aportan a mantener la privacidad de los vecinos.

Respecto de los efectos en la vialidad cercana al proyecto, y como se demostró en el estudio de Impacto Vial y en el Estudio de Microsimulación de Tráfico presentado por el titular en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria, los efectos generados no alteran significativamente la situación existente, dado que el proyecto realizará medidas de mitigación resultantes de los estudios realizados.

  1. Rodrigo Carreño

¿Cómo se hará cargo el titular del gran impacto que generará la pérdida de 13.724,47 m2 de suelo natural, que actualmente permite la absorción de aguas lluvias y humedad, y alimenta las aguas subterráneas, áreas muy escasas en la ciudad y que con el proyecto serán totalmente impermeabilizadas, dejará por tanto de existir un área de absorción en el barrio?

¿Cómo se evitará y que el agua se acumule en superficie y no se generen anegamientos? ¿Cómo se evitará que la napa subterránea deje de recibir agua? ¿Cómo se evaluó este impacto? ¿Cuáles son las medidas de control y mitigación al respecto?

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que el proyecto no altera la capacidad del 61 terreno para infiltrar las aguas lluvias del área comprometida dado que el total de las aguas lluvias captadas por los edificios son dispuestas en el mismo terreno mediante su infiltración por drenes construidos especialmente para este fin.

En efecto, el proyecto de detalle que se presentó en el Anexo 9 de la DIA, considera que las aguas lluvias que sean captadas dentro del área del proyecto se infiltren mediante drenes, por cuanto no habrá diferencia entre el agua que es infiltrada sin proyecto con lo que será una vez construidos los edificios.

Mediante la infiltración de las aguas lluvias se cumple con los lineamientos del SERVIU, que solicita que las aguas lluvias se manejen al interior de los predios, no se recarga ninguna red existente de aguas lluvias y el balance de las aguas subterráneas se mantiene.

Todo lo anterior ha sido materia de la evaluación ambiental, no teniendo observaciones de los servicios competentes.

  1. Rodrigo Carreño

Observación 1

  1. En relación a la información sobre los predios originales donde se emplaza el proyecto, el titular entrega en la Adenda los mismos antecedentes y planimetrías que entregó en la DIA, sin hacer diferencia ni hacerse cargo de la observación que se realizó en el ICSARA. Además, adjunta planimetría inscrita en el Conservador de Bienes Raíces, pero nada dice sobre los predios originales, antes que el titular los adquiriera, ni cómo logró la fusión previa de éstos, considerando que en los planos de loteo original de la población Lemus, existían dos calles que atravesaban los predios, prolongación de las calles Ricardo Lemus y Juan Antonio Ríos, y nada explica sobre cómo las adquirió, ni en qué momento fueron fusionadas. Asimismo, presenta un documento del SII, que certifica los roles de los predios, pero el documento es de fecha 06 de enero de 2016, el proyecto fue presentado en enero de 2017, y dice claramente en su segundo párrafo que se encuentra en trámite de subdivisión de los predios, por lo tanto, aún no cuenta con esta subdivisión. Se solicita al titular que se pronuncie sobre esto, que aclare la situación predial, entregue toda la información verídica y actualizada, y que demuestre que no cometió un ilícito, tanto en la adquisición de los predios, como en todo el trámite de fusión de los predios y posterior subdivisión, inscripción en bienes raíces, y obtención de roles de la propiedad.

Observación 2

  1. El titular presenta un permiso de edificación de uno de los edificios, Perú Plaza I, y no entrega ningún antecedente sobre el permiso de edificación del segundo edificio. ¿Existe ese permiso?, ¿cuándo será otorgado?, ¿qué pasará si las condiciones que exija el municipio para otorgarlo no sean compatibles con las condiciones establecidas en as RCA?, ¿qué pasará si el edificio que tiene permiso de edificación no cumple la normativa ambiental y debe ser modificado?, ¿cómo tendremos la seguridad como vecinos que el edificio que está siendo evaluado ambientalmente es el que tiene la autorización de construcción?, ¿cómo nos garantizan que no construirán otro edificio, para cumplir con la LGUC y no con la Ley 19.300?

  2. En relación al permiso de edificación presentado, éste tiene diferencias importantes con los antecedentes entregados en la DIA. En el permiso se indica que se construirán 96 viviendas, sin embargo, en la DIA se indica que serán 261 departamentos, eso es 165 departamentos más que los aprobados para ser construidos. Además, en el permiso de edificación presentado no están autorizados locales comerciales, ni bicicleteros, construcciones que sí fueron presentadas en la DIA. Por otro lado, el permiso de edificación indica que hay una altura máxima proyectada de 43 metros, sin embargo, en la DIA se habla de 38 metros, hay una diferencia importante de altura entre ambos documentos. Se solicita que aclare toda la información inconsistente entre ambos documentos, que indique cual es la información real, que argumente cómo dará cumplimiento a lo establecido en la RCA, si ésta no tiene concordancia con lo exigido en el permiso de edificación, y que explique cómo garantizará que la información entregada es fidedigna, dada las reiteradas inconsistencias y falta a la verdad de la información entregada del proyecto en las distintas instancias.

62 3. El titular indica tanto en la DIA como en la Adenda, que el proyecto cuenta con Anteproyecto aprobado por el municipio para los dos Edificios con fecha de resolución 23 de octubre del 2015, el que se encuentra vencido actualmente y lo estaban al momento de presentar la DIA. Este documento contiene información que no coincide con el permiso de edificación, además éste último indica expresamente en el literal E) de los vistos que no hay un anteproyecto. Por lo que se solicita que aclare la información entregada, indicando cual es la realmente verídica, que explique porqué existe tal inconsistencia de información y que garantice que no hay falta a la verdad en todo lo informado, sobre todo considerando que son instrumentos públicos, y cómo ciudadanos queremos saber cuál es el proyecto real que se está evaluando y que se pretende construir.

  1. En la serie de documentos presentados, tanto en la DIA como en la Adenda, se plantean diferentes superficies, tanto del terreno como de la construcción, se solicita indicar cuál es la superficie real del terreno del cuál es dueño el titular, cuál será la superficie que se construirá y cuál será la superficie que quedará sin construir.

  2. El permiso de edificación presentado por el titular indica que se acoge al beneficio de “conjunto armónico”, al respecto la LGUC, en su artículo 107, y en lo específico, la DDU- ESPECÍFICA N°04/2009 del 23 de marzo de 2009, en su numeral 4 establece “complementariamente a lo antes indicado, se debe considerar en lo relativo al cumplimiento de los requisitos establecidos para los conjuntos armónicos en la disposición contenida en el artículo 107 de la LGUC, que éstos, además, deben constituirse como “agrupaciones de construcciones”, materia respecto de la cual se ha pronunciado la CGR, por lo que deberá estarse a lo dispuesto en el Dictamen N°045301 de fecha de 29.09.08, que señala expresamente que dicho concepto implica la existencia de una agrupación de construcciones, no correspondiendo otorgar la calidad a un proyecto constituido por una sola unidad”. Considerando esta normativa, se solicita que se aclare y amplié la información, de cómo es posible que se haya acogido a este beneficio si el permiso es para la construcción de una sola unidad de edificio. Consiguientemente, se solicita aclarar cuales normativa establecida por el PRC en relación a rasantes, porcentaje de constructibilidad, altura, etc., se pretende exceder acogiéndose al beneficio de conjunto armónico, siendo que no es posible que suceda cuando el permiso ha sido otorgado para un solo edificio. Considerando todo lo anterior, dado que no es posible acogerse al beneficio de conjunto armónico, se solicita que se rediseñe el edificio, cumpliendo estrictamente la normativa de construcción establecida por el PRC, sin exceder ninguna norma.

  3. Al ver los planos de elevaciones se puede observar que la altura máxima de construcción es de 38 metros, sin embargo, se ve construcciones sobre el piso 16, que superan la altura, y que claramente aumenta el volumen total de los edificios. Se solicita al titular que explique a qué corresponden estas construcciones y que demuestre que incluyéndolas no se superara la altura máxima permitida. Además, que considere, que si estas obras corresponden al beneficio de “conjunto armónico”, aunque no es posible que se acoja a éste dado que sólo un edificio tiene el permiso de edificación, la norma establece que las salas de máquinas, chimeneas, estanques, miradores, y similares, deben estar considerados en el proyecto aprobado, deben cumplir la normativa sobre las rasantes y no pueden ocupar más del 20% de la superficie de la última planta del edificio. Se solicita que demuestre y garantice que así sucederá.

  4. En relación a la rasante y la proyección de sombra, el titular adjunta una planimetría muy compleja y que no es posible de entender por los vecinos del barrio. Se solicita que se presente de manera clara, con fotomontaje en 3D, la proyección de los edificios, y el efecto de las sombras en cada una de las estaciones del año, y en cada uno de los predios colindantes, y en la población en general, de manera de que podamos tener la claridad de cómo nos afectará la sombra de los edificios, saber cuántas horas sol perderemos por la construcción de éstos, y que nos demuestre que esto no nos afectará nuestra calidad de vida.

  5. Al revisar el certificado de avalúo fiscal de la propiedad, de fecha del 26 de junio de 2017, información pública entregada por el SII, éste indica que el uso del predio corresponde Deporte y Recreación. Se solicita al titular que explique por qué no tiene uso habitacional, cómo hará posible la construcción de los edificios, si el uso de suelo registrado y autorizado por SII no es habitacional-comercial. Al respecto, además, explique si se requiere un cambio de uso de suelo, y porqué estos antecedentes no fueron adjuntos a la DIA y a la Adenda.

63 9. Los edificios pretenden emplazarse en unos terrenos que hasta el 2014 fueron un área de deporte, recreación y esparcimiento para los vecinos de la población Lemus, de hecho, así lo establece el uso del predio el certificado de avalúo fiscal. Originalmente en el terreno existían canchas de tenis, una piscina y abundantes áreas verdes. Hoy todavía existen, pero están en desuso, salvo las áreas verdes, que fueron cortadas cuando ingresó el proyecto en el SEIA. Además de la perdida para nosotros de estos espacios de recreación, nos preocupa el gran impacto que tiene el pavimentar una superficie de 13.724,47 m2, que hoy es suelo natural. Hoy día la población Lemus, la comuna y la región cuenta con más de una hectárea de suelo para absorber aguas lluvias y alimentar las napas subterráneas, que con la construcción de los edificios se impermeabilizarán, y se convertirán en un gran terreno cubierto de hormigón. A esto, debemos sumar que son suelos de alta calidad, todo el terreno de la población eran chacras, y nosotros en nuestras viviendas contamos con excelentes suelos de cultivo, todos suelos de uso I, II, y III, que serán perdidos con la construcción de estos edificios, y que nada se menciona sobre ellos en la DIA. Se asume que, por ser un área urbana, no hay suelo que cuidar, proteger y conservar. Por todo lo anterior, se solicita que se aclare sobre qué sucederá con todo el suelo natural que se perderá, como se absorberá el agua de lluvia que cae sobre este terreno, cómo se evitará que al no existir ese te suelo natural se generen anegamientos, y colapsen las calles de la población, cómo se logrará que las aguas lluvias que hoy alimentan directamente la napa subterránea lo sigan haciendo, no hay ningún tubo ni sistema que resista, y que pasará con los suelos de excelente calidad agrícola que se perderán, por qué no se entrega nada de información sobre ello, cuál es la medida que compensa esta pérdida.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

Respecto del punto 1.1. de la observación, cabe señalar que el lote original fue adquirido a sus propietarios y debidamente inscrito en los registros correspondientes. Lo anterior, se encuentra registrado en la Resolución N° 04 de la DOM de Recoleta de fecha 04 de Noviembre de 2015, en la cual, se aprobó la subdivisión del lote original en el Lote A y el Lote B. El Lote A se ubica en Av. Perú 1471, tiene el rol N°2476-5 y en él se construirá el Edificio Perú Plaza I. El Lote B se ubica en Av. Perú 1479, tiene el rol N°2476-59 y en él se construirá el Edificio Perú Plaza II. Para la construcción de dichos edificios la DOM de Recoleta aprobó el Permiso de Edificación N°29 de fecha 25 de abril de 2016 y sus modificaciones y el Permiso de Edificación N° 53 de fecha 16 de octubre de 2017.

Respecto del punto 2.1. de la observación, el Edificio Perú Plaza I en el Lote A cuenta con Permiso de Edificación N°29 otorgado por la DOM de Recoleta con fecha 25 de abril de 2016. El Edificio Perú Plaza I aprobado mediante dicho permiso y sus modificaciones corresponde al Edificio Perú Plaza I sometido a evaluación ambiental mediante la presente DIA.

El Edificio Perú Plaza II cuenta con Anteproyecto aprobado por la DOM de Recoleta con fecha 18 de enero de 2017 y con Permiso de Edificación N° 53 de la DOM de Recoleta, otorgado con fecha 16 de octubre de 2017.

No se construirá ningún edificio distinto de los Edificios Perú Plaza I y Perú Plaza II, antes mencionados, ni ningún edificio adicional a los anteriores.

Respecto del punto 2.2. de la observación, los 96 departamentos (viviendas) que aparecen en el Permiso de Edificación N°29 de fecha 25 de abril de 2016 se rectificaron a 261 departamentos (viviendas) mediante Resolución N°27 de fecha 20 de mayo de 2016. Por lo que, la indicación de 96 viviendas correspondió a un error de transcripción de la DOM. Se adjunta en el Anexo 5.2 la resolución N°32/16 de fecha 01 junio de 2016 que rectifica a la anterior (entre otros errores). Asimismo, mediante Resolución N°27 de fecha 20 mayo de 2016 la DOM rectificó el Permiso de Edificación N°29 de fecha 25 de abril de 2016 mencionando los 11 locales comerciales aprobados. Estas dos rectificaciones (N*27 y 32) forman parte integrante del Permiso de Edificación N°29 del 25 de abril de 2016 otorgado por la DOM.

Por su parte la exigencia de construir bicicleteros en el proyecto se origina en el Artículo 2.4.1 bis de la O.G.U.C., que establece su existencia obligatoria. No es necesario que se mencionen 64 expresamente en la resolución del permiso de edificación, por cuanto los bicicleteros deben estar graficados en los planos aprobados por la DOM.

Finalmente, según el Certificado de Informes Previos N°42 de fecha 21 de Enero de 2016 otorgado por la DOM, que se acompaña en la DIA, la altura máxima permitida por el Plan Regulador Comunal de Recoleta en la zona A2 es de 38 metros. Al acogerse el proyecto a las normas sobre conjunto armónico establecidas por el Artículo 2.6.4. de la Ley General de Urbanismo y Construcciones Artículo 2.6.9 de la O.G.U.C., la altura máxima se puede incrementar hasta en un 25%, llegando a un máximo posible de 47,5 metros. El proyecto no utiliza la totalidad de este beneficio legal, sino que está diseñado con una altura máxima de 43,51 metros.

Respecto del punto 2.3. de la observación, los Edificios Perú Plaza I y Perú Plaza II serán construidos de acuerdo a lo aprobado mediante el Permiso de Edificación N°29 de fecha 25 de abril de 2016 y sus modificaciones y mediante el Permiso de Edificación N° 53 de fecha 16 de octubre de 2017, ambos aprobados por la DOM de Recoleta. La normativa vigente permite efectuar ajustes menores entre las condiciones contenidas en un Anteproyecto y las condiciones contenidas en el Permiso de Edificación respectivo. No existiendo por lo tanto, inconsistencia en la información entregada.

Finalmente, en la Tabla 6 “Característica Proyecto”, del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA, se presenta la información del Proyecto a construir con las superficies aprobadas a la fecha mediante el Permiso de Edificación N°29 del 25 de abril de 2016 (Perú Plaza I) y mediante el Permiso de Edificación N° 53 de fecha 16 de octubre de 2017 (Perú Plaza II).

Respecto del punto 2.4. de la observación, cabe señalar que tal como se indica en el numeral 1 de la Adenda, la superficie bruta del Proyecto fue rectificada a 12.093,35 m2. Mayores detalles ver Figura 8 “Superficie Edificios Perú Plaza I-II” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA. En cuanto a la superficie construida, ver Tabla 9 “Superficie construida” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA.

Respecto del punto 2.5. de la observación, cabe señalar que ambos proyectos cumplen con la condición de Conjunto Armónico, ya que se trata en cada caso de dos edificios en un mismo terreno, un edificio de viviendas y otro de equipamiento (locales comerciales), en ambos casos. Se cumple también con la siguiente condición establecida en el Artículo 2.6.4 de la O.G.U.C.: Condición de Dimensión: los dos proyectos se emplazan en terrenos que superan en más de 5 veces la superficie predial mínima establecida por el Plan Regulador, estando Perú Plaza I en un terreno de 6.012,56 m2, y Perú Plaza II en un predio de 5.538,54 m. La superficie predial mínima establecida para este sector es 160.m2.

Además, se cumple con los siguientes requisitos establecidos en el mismo artículo: a) El terreno enfrenta en al menos 20 metros a una vía existente o proyectada en el Plan Regulador respectivo, de un ancho mínimo de 20 m., con calzada de no menos de 14 m. En el caso que la calzada no se encuentre materializada con las características señaladas, deberá ser ensanchada por el proyecto, hasta encontrarse o empalmarse con una calzada existente de al menos el mismo ancho. En el caso de estos proyectos, los respectivos frentes prediales de los terrenos en que se ubicarán los edificios Perú Plaza I y Perú Plaza II, son 68,78 m y 51,72 m., respectivamente. Avenida Perú, por su parte, tiene un ancho proyectado de 36 m. y una calzada ejecutada de 14 metros.

b) Que se ejecute un proyecto de mejoramiento en el espacio público que enfrenta el terreno, en toda el área comprendida entre la línea oficial y la solera, de acuerdo al diseño y características establecidos en el respectivo plano seccional. Este es el caso en Avenida Perú.

Respecto del punto 2.6. de la observación, cabe señalar que la altura máxima de 38 m se supera al acogerse estos proyectos a la condición de conjunto armónico, que como se explicaba en consulta 1.11, permite que un aumento del 25% de la altura permitida por el Plan Regulador. En este caso es posible alcanzar una altura máxima de hasta 47,5 m., siendo la altura proyectada de 43,51 m en el punto más alto de Perú Plaza I y de 42,47 en Perú Plaza II.

65 La condición de Conjunto Armónico se muestra en Rectificación de Permiso N°32 del 01 de junio de 2016 (Rectificación al permiso 29 del 25 de abril de 2016), de Perú Plaza I, y en la resolución N°01 del 18 de enero de 2017, de aprobación de anteproyecto para Perú Plaza II.

Respecto a sobrepasar las rasantes, para ambos proyectos se presentó ante la Dirección de Obras un plano de sombras, acogido a artículos 2.6.11, 2.6.12, 2.6.13 y 2.6.14 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Además, cabe destacar que en los pisos superiores no existe sala de máquinas que pudieran hacer aumentar la altura ya definida.

Respecto del punto 2.7. de la observación, los edificios se encuentran emplazados en el terreno distantes varios metros de los deslindes, con el propósito de generar menores efectos de sombras y ventilación de las casas vecinas. Lo anterior se encuentra detallado en el estudio de sombras aprobado por la D.O.M de Recoleta y forma parte integrante del Permiso de Edificación Nº 29 de fecha 25 de abril de 2016 (Edificio Perú Plaza I) y Permiso de Edificación N°53 de fecha 16 de octubre de 2017 (Edificio Perú Plaza II) otorgado por la D.O.M de Recoleta. Estos permisos acreditan que el proyecto cumple con el Instrumento de Planificación Territorial vigente para este sector en forma íntegra.

Respecto del punto 2.8. de la observación, el Plan Regulador Comunal de Recoleta consignó el sector en que se ubican los terrenos del proyecto como de uso residencial (Ver Certificado de Informaciones Previas adjunto en Anexo 1 de la DIA), no requiriéndose cambio de uso de suelo. El instrumento que establece el uso de suelo, de acuerdo a la normativa vigente, es el Plan Regulador Comunal. Los Certificados de Avalúo Fiscal no establecen usos de suelo, solamente indica las actividades existentes en un terreno en un momento determinado, independientemente de su uso de suelo. El proyecto se ajusta a la normativa territorial vigente, establecida a través del Plan Regulador Comunal de Recoleta y es en virtud de este instrumento que ha sido diseñado y obtenido los permisos municipales.

Respecto del punto 2.9. de la observación, sobre el uso de suelo, el Instrumento de Planificación Territorial (IPT) vigente, consignó este como de uso residencial (Ver Certificado de Informaciones Previas adjunto en Anexo 1 de la DIA). Además, cabe mencionar que en el terreno no hay ninguna actividad agrícola actual ni en el pasado cercano.

El titular del proyecto, efectivamente compró un estadio que a esa fecha (año 2014) se encontraba en desuso. Este estadio era privado y fueron los antiguos propietarios los que pusieron este terreno a la venta. Conforme al entendido que el titular del proyecto compró un terreno que no estaba siendo utilizado y cuyo uso de suelo permitía el desarrollo residencial en altura, es que ha desarrollado el proyecto, sometiéndose a todo el cumplimiento normativo que corresponde, tal como se ha detallado en el presente documento. En cuanto a las aguas lluvias, el proyecto contempla que éstas que sean captadas dentro del área del proyecto y se infiltrarán mediante drenes, por cuanto no habrá diferencia entre el agua que es infiltrada ahora, con lo que será una vez construido el edificio. Por lo tanto, no se producirá anegamiento o colapso en las calles producto de las lluvias, ya que por requerimientos del SERVIU, la solución de las aguas lluvias debe producirse en forma interna al predio. El proyecto de aguas lluvias se ha presentado como Anexo 9 de la DIA.

  1. Rodrigo Carreño

  2. En relación al plano de accesibilidad, sólo se hace referencia al acceso hacia el predio donde estarán los edificios, pero no ilustra cómo será la accesibilidad de los vehículos desde las calles aledañas, considerando las rutas posibles. Cuál será el acceso y circulación de los vehículos que vienen de El Salto, y cómo los harán para salir los autos desde los edificios en las mañanas, en la hora punta, cuando actualmente se generan grandes atochamientos por Av. Perú, y cuando se termine el Parque de Av. Perú habrá una vía menos, y si le sumamos los 447 vehículos que saldrán en las mañanas, y llegarán en las tardes. Dónde está el estudio vial que demuestre que no se generarán los impactos significativos según lo indica el literal b) del Art. 7 del RSEIA, tanto en Av. Perú, como en toda el área de influencia, incluyendo el interior de la población Lemus.

  3. En relación a la circulación de los camiones y toda la maquinaria pesada que circulará en la etapa de construcción, el titular no ha demostrado como evitará que se generen los impactos 66 significativos relacionados con la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento, considerando el literal b) del art. 7 del RSEIA. Actualmente ya se generan atochamientos y largas filas de vehículos por A. Perú, como se evitará que esto no se acreciente con los camiones y maquinarias.

  4. En la DIA y en la Adenda se indican que el inicio de las obras será en abril de 2017, y que la construcción durará 3 años, dos años para cada edificio, con traslape de un año. Al respecto se solicita aclarar: la fecha de inicio, ésta no puede ser mientras no sea aprobado el proyecto y cuente con su RCA; porqué si se plantea que el proyecto se construirá en 2 etapas hay traslape de obras, si es en dos etapas, se debe terminar una y luego comenzar la segunda; para el momento del traslape, ¿se consideró que durante ese año todas las emisiones, circulación de vehículos, ruido, y todos los impactos generados por el proyecto deben ser multiplicados por dos’, lo que significa que nosotros en la población tendremos el doble de afectación. ¿Dónde demostró que esos impactos no serán significativos?; ¿qué pasa con todos los efectos en la salud que nos provocará el doble de emisiones?; ¿qué pasará con toda nuestra calidad de vida con los impactos que generará el proyecto durante la construcción?; ¿cómo se pretende evitar aumentar los niveles de contaminación con toda la circulación de vehículos que generará el proyecto considerando que estamos dentro de la región metropolitana, considerada como zona saturada por el MMA?

  5. Dentro de las medidas de control de polvo, se propone el uso de Malla Rachel, ¿cómo se pretende evitar la contaminación y emisión de polvo con una malla?, ¿dónde están los estudios e investigaciones de respaldo que argumenten que una malla es suficiente para controlar el polvo? ¿cómo es posible que una empresa que se supone es seria y responsable con la comunidad propone ese tipo de medidas de control de polvo?; ¿Dónde están los antecedentes que permiten descartar la generación de impactos significativos en la salud, por emisiones de polvo y material particulado, y todo lo indicado en el art. 5 del RSEIA?; ¿porqué no proponen medidas más coherentes, y que genere un control real de las emisiones, como grandes murallas verdes, con vegetación, en todo el perímetro del predio, que permita absorber polvo y contaminantes, emitir oxígeno y amortiguar el ruido?; ¿Cuáles son las medidas de compensación por emisiones?, ¿Dónde se compensará, y plantará vegetación para mitigar el impacto en la materia?

  6. Nos preocupa todo el riesgo a nuestra salud que implican la construcción de estas torres; las emisiones de polvo, sustancias contaminantes, y ruido, considerando que el proyecto se emplaza en un barrio residencial, donde viven muchos adultos mayores, existe un centro para atención de personas con Alzheimer a menos de 100 metros del límite del predio ¿Cuáles son las medidas de mitigación y control para que el centro no se vea afectado?, además, a menos de una cuadra se encuentran un liceo técnico y una escuela, y hay un predio colindante con el proyecto donde hay un jardín infantil (a menos de 50 metros), ¿se le informó a los padres de los niños que durante 3 años ellos estarán con todo el impacto de la construcción encima?, ¿saben los dueños del jardín el impacto que generarán los edificios a su equipamiento y funcionamiento normal de sus actividades?, sobre todo considerando que el titular indica en su DIA que las emisiones no cumplen la norma, y no sabemos cómo se dará cumplimiento. Sumado a todo lo anterior, ¿Cuáles son los antecedentes que demuestran que no generarán los impactos significativos según lo establecen el art. 5 y literal c) del art. 7 del RSEIA?

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto 1) de la observación, es importante señalar que el proyecto, considerando ambas etapas, cuenta con Estudio de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano (EISTU) aprobado mediante el ORD.SM/AGD/Nº3960 del 11 de Mayo 2017.

La metodología de Estudios de Impacto sobre el Sistema de Transporte (EISTU) se refiere al desarrollo, revisión y aprobación de los estudios estipulados en la Ordenanza General de Urbanismo 67 y Construcciones, el DFL N°850 (MOP) de 1997 y el DS N°83 de 1985, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

El objetivo fundamental de esta metodología consiste en entregar una guía que normalice los estudios de impacto de proyectos que afectan el Sistema de Transporte Urbano. Establece la manera de identificar y evaluar los diferentes tipos de impactos que sobre el área de influencia del estudio provoca la localización de actividades relevantes, tales como la construcción y habilitación de proyectos habitacionales, centros comerciales, industrias y otros.

El Estudio de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano se solicita cuando el proyecto contempla alguna de las exigencias que figuran en el cuadro contenido en el numeral 1.3 del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA.

En lo particular, el proyecto Perú Plaza consiste en la construcción de 2 edificios de viviendas cada uno con 16 pisos y un sector de locales comerciales. Cuenta con un total de 447 estacionamientos (436 para viviendas y 11 para locales comerciales) distribuidos en 2 niveles, uno a nivel calle y 1 subterráneo.

De acuerdo a la metodología de Estudios de Impacto sobre el Sistema de Transporte (EISTU), para el proyecto Edificio Perú Plaza se desarrolló un estudio táctico sin reasignación mayor, el cual fue aprobado por la ventanilla única compuesta por la SEREMITT, la Ilustre Municipalidad de Recoleta, SERVIU, Transantiago, UOCT. (ORD.SM/AGD/Nº3960 del 11 de Mayo 2017). Este estudio recogió todos los impactos producidos por los estacionamientos del proyecto, considerando las medidas de mitigación necesarias para reducir significativamente dichos impactos, lo cual fue debidamente revisado y aprobado por los organismos públicos técnicos en este tema. Este estudio consideró como situación base la existencia del bandejón central, que efectivamente elimina una pista vehicular, dando paso al bandejón con una ciclovía, conforme a lo cual las modelaciones realizadas para efectos del proyecto ya consideraron esta situación.

Dentro de las medidas de mitigación definidas por la ventanilla única se considera la Ejecución del proyecto Zona 30 en el cuadrante formado por Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Eloísa Lemus, Elcira Lemus y María Graham de acuerdo a lo estipulado por la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta. También se considera la reprogramación y la normalización del controlador del semáforo ubicado en Av. Perú con Arzobispo Valdivieso, incluyendo la tarea de sintonía fina y la reconfiguración de las EPROMS de los controladores y la Repavimentación de calle Doctor Ostornol, entre Francisco Silva y Arzobispo Valdivieso.

Con respecto a las rutas de acceso, estas son presentadas en las figuras referenciales, Figura 2 Rutas de Salida del Proyecto y Figura 3 Rutas de Ingreso al Proyecto, ambas del Anexo PAC (Anexo 5) de la Adenda complementaria, las cuales han sido tomadas desde el EISTU del proyecto.

Las modelaciones viales que generó este estudio indican que la vialidad del proyecto no se verá saturada por efectos de la operación del proyecto inmobiliario, lo cual fue evaluado en las horas punta de la mañana y de la tarde. Adicionalmente se realizó un estudio que evalúa los tiempos de desplazamiento (ver Anexo 5.1), que concluye que se observa una disminución en los parámetros de congestión en ambos períodos al incorporar el proyecto, indicadores que se mejoran en la situación con proyecto y mitigaciones, estableciendo que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, con lo que es posible descartar que en términos viales el proyecto pueda generar los efectos de la letra b) del artículo 7 del reglamento del SEIA.

Por otro lado, es importante destacar que el área de influencia cuenta con recorridos de 13 paraderos del Transantiago, mediante los cuales la población puede acceder a recorridos locales y troncales que permiten acceder a una mayor variedad de equipamiento y servicios para satisfacer las necesidades de la población.

Además, el área de influencia se encuentra próxima a la estación de Metro Cementerios, la cual se emplaza a 465 Metros de distancia del Proyecto. Cabe destacar, que ambos sistemas cuentan con capacidad para recibir a futuros usuarios.

Finalmente, se debe señalar que el proyecto y ejecución del bandejón central y la ciclo vía, no forman parte del presente proyecto en evaluación ambiental y no corresponde al titular de éste, sino 68 que corresponde a un proyecto de la Municipalidad, tanto en su diseño como ejecución. En consecuencia a eso, el titular ha aportado a dicho proyecto con el diseño armónico y conjunto con el municipio en lo que respecta al frente predial del proyecto, incluso llegando hasta el paradero existente en la esquina de Avda. Perú con Valdivieso.

Respecto del punto 2) de la observación, durante la fase de construcción, el titular ha actualizado las rutas a utilizar durante esta Fase, de modo de no contemplar el tránsito de camiones por el interior de la villa Lemus. Por lo tanto, la calle a utilizar por los vehículos que transitan desde el Norte será por Av. Perú, Vuelta en U en calle Rapa Nui y luego tomar nuevamente Av. Perú y los camiones que salgan del proyecto hacia el centro será por calle Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Puma, María Graham y luego tomaran nuevamente Av. Perú.

Adicionalmente, el Titular se compromete a que todo tránsito de vehículos livianos, vehículos de carga de material y vehículos de escombros a realizar durante la fase de construcción será por fuera de la Villa Lemus, lo cual quedará estipulado en el contrato de prestación de los servicios. Por otro lado, el titular se compromete a que los camiones queden estacionados al interior de la obra, de manera de no causar los atochamientos y eventuales accidentes que le preocupan a la comunidad. Por lo que, la vida en comunidad de la Villa Lemus no se verá afectada por la construcción del Proyecto, ni se generarán los efectos indicados en la letra b del artículo 7 del Reglamento del SEIA, ya que el proyecto se desarrolla al interior de un sector ya cercado por el que no circulan personas ni da conectividad a otros sectores.

Respecto del punto 3) el proyecto no comenzará hasta no contar con una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable, por lo que, en la Ficha Resumen de la Adenda Complementaria se actualiza la fecha de inicio de la obra a según quede establecido en la RCA. Por otro lado, se aclara que en el informe de Estimación de Emisiones y en el Estudio de Ruido y Vibraciones se consideró el traslape de ambas etapas del proyecto. Por lo que, los resultados finales no deben ser multiplicados por dos, esta situación ya ha sido considerada en los cálculos del proyecto.

Respecto a las emisiones atmosféricas, el proyecto no superará los límites indicados en el artículo 98 del Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica de Santiago (PPDA), tal como se demuestra en la Tabla 4 del Anexo PAC de la Adenda complementaria. Además, como compromisos se contempla la implementación de cierres con planchas OSB y sobre esta se adicionará malla tipo raschel que cumplirán la doble función de retener material particulado y controlar las emisiones de ruido. Adicionalmente se han contemplado medidas como humectación de las áreas de movimiento de tierra, acopio de tierra y vías de circulación interna; se estabilizarán y compactarán las zonas de tránsito de maquinaria y vehículos; se prohibirá la quema de maderas u otro material al interior de la obra; los vehículos contarán con revisión técnica al día; entre otros.

En cuanto a las emisiones de ruido generadas durante la fase de construcción, cabe destacar que al implementar las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (plancha OSB como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), los niveles estimados de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente en todos los receptores, considerando la situación más desfavorable.

Finalmente, para asegurar el cumplimiento de la normativa de referencia para las vibraciones se restringirá el uso de la placa compactadora, la cual no podrá operar a menos de 9 metros de los receptores R1, R2 y R3 (Ver Anexo 6 de la Adenda).

Por lo tanto, el proyecto cumple con toda la normativa ambiental que le aplica. Es importante mencionar que las normativas que el proyecto ha acreditado su cumplimiento tienen sus fundamentos en la salud de la población. De la siguiente forma: • El artículo 1º del DS 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente establece que “El objetivo de la presente norma es proteger la salud de la comunidad mediante el establecimiento de niveles máximos de emisión de ruido generados por las fuentes emisoras de ruido que esta norma regula.” • El artículo 1º del DS 66/2010 del Ministerio de Medio Ambiente (PPDA) indica lo siguiente: “El presente Decreto regirá en la Región Metropolitana y tendrá por objeto cumplir con las normas primarias de calidad ambiental de aire vigentes, asociadas a los contaminantes material particulado respirable como concentración de 24 horas y anual, y ozono como concentración de 8 horas, establecidas en el Decreto Supremo Nº 59, de 1998 y 69 en el Decreto Supremo Nº 112, de 2002, respectivamente, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, y abandonar el estado de latencia en que se encuentra el contaminante monóxido de carbono como concentración de 8 horas a que se refiere el Decreto Supremo Nº 115, de 2002, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, mediante la reducción de las emisiones de los referidos contaminantes y sus precursores, de manera de proteger la vida o salud de la población.”.

Conforme a lo anterior, mediante el cumplimiento de las normas ambientales que el titular ha acreditado que la salud de la población no será afectada por la ejecución del proyecto, que ha tomado en consideración que estamos en una región saturada y latente en contaminación ambiental y que se han tomado todas las medidas que corresponden a este tipo de actividades para que se genere la menor molestia en los vecinos. Es importante reiterar que la construcción de este proyecto no es distinta a la construcción de edificios que se realiza en muchos sectores de la Región Metropolitana.

Respecto del punto 4) de la observación, se aclara que el proyecto no superará los límites indicados en el artículo 98 del PPDA, por cuanto no le corresponde compensar emisiones. En la Tabla 86 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria se muestran las cifras de las emisiones atmosféricas (Ver Tabla 86 Emisiones Atmosféricas Totales del Proyecto).

De todas formas, para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante su fase de construcción, se contemplan cierres con planchas OSB y sobre esta se adicionará malla tipo raschel que cumplirán la doble función de retener material particulado y controlar las emisiones de ruido. Adicionalmente se han contemplado medidas como humectación de las áreas de movimiento de tierra, acopio de tierra y vías de circulación interna, se estabilizarán y compactarán las zonas de tránsito de maquinaria y vehículos, se prohibirá la quema de maderas u otro material al interior de la obra, entre otros.

Respecto del punto 5) de la observación, se informa que el titular ha señalado que el Proyecto no superará los límites indicados en el artículo 98 del Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica de Santiago (PPDA), tal como se demuestra en la Tabla 4 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria. Es importante señalar que dicha norma está basada en la salud de la población, por cuanto su cumplimiento es concordante con la inquietud ciudadana. Además, como compromisos se contempla la implementación de cierres con planchas OSB y sobre esta se adicionará malla tipo raschel que cumplirán la doble función de retener material particulado y controlar las emisiones de ruido. Adicionalmente se han contemplado medidas como humectación de las áreas de movimiento de tierra, acopio de tierra y vías de circulación interna; se estabilizarán y compactarán las zonas de tránsito de maquinaria y vehículos; se prohibirá la quema de maderas u otro material al interior de la obra; los vehículos contarán con revisión técnica al día; entre otros.

Por lo tanto, el proyecto cumple con la normativa de emisiones atmosféricas y es una actividad que se realiza en múltiples puntos de la Región Metropolitana, en donde a diario se convive con la construcción de edificios.

Respecto a la información del proyecto, se ha comprometido una reunión informativa con los vecinos en forma previa al inicio de la construcción. Por otro lado, el proyecto cuenta con un proceso de participación ciudadana que pretende informar a la comunidad respecto de las obras y actividades que realizará el proyecto. La DIA entrega información respecto de cómo el proyecto no genera los impactos señalados en los artículos 5 y 7 del reglamento del SEIA. De esta forma se cuenta con: • Una evaluación acústica, que acredita como el proyecto cumplirá con la normativa de ruido. • Una estimación de emisiones, que establece medidas para control de éstas y verifica el cumplimiento del PPDA. • Una descripción del manejo de residuos durante la fase de construcción y operación, que dan cuenta del cumplimiento normativo de los residuos. • Factibilidad Sanitaria, que establece la forma de descarga de las aguas servidas del proyecto.

Todo lo anterior permite demostrar que el proyecto no genera riesgo para la salud de la población.

• Equipamiento de salud

70 De acuerdo con los datos de la Encuesta Casen 2015, el acceso a establecimientos de salud de la población de Recoleta se distribuye de la siguiente manera:

Gráfico: Porcentaje de acceso a establecimientos de salud según tipo

A partir del gráfico presentado, se extrae que la mayoría de la población (62,6%) accede a establecimientos de salud público, seguido por atención en consultas y centros médicos privados (22,2%). Este comportamiento difiere del comportamiento de la población del área de influencia, ya que según la información de entrevistados expuesta en el punto 5.5.2 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA “la mayoría de la población se encuentra afiliada al sistema previsional Fonasa y en menor medida a Isapres. Por lo general son los adultos mayores e inmigrantes quienes, por razones económicas, acceden a la red de establecimientos públicos, específicamente al CESFAM Dr. Patricio Hevia (Valdivieso) y CESFAM Recoleta, mientras que la población adulta y jóvenes acceden a centros privados en el sector centro y oriente de la ciudad.” (p. 48)”

Considerando el perfil socioeconómico estimado de los futuros residentes del Proyecto, estos contarán mayoritariamente con afiliación a sistema FONASA y en menor medida ISAPRE, accediendo a atención de salud en centros privados, sin recurrir a los centros de salud públicos, específicamente a los CESFAM que corresponden al territorio.

En cuanto a la oferta de centros de salud privados, el área de influencia se encuentra próxima a 5 establecimientos, sin superar los 3,2 km. de distancia.

De esta manera se concluye:

- Según el perfil socioeconómico que se estima corresponderán los futuros residentes del Proyecto, contarán mayoritariamente con sistema de afiliación FONASA, por lo que podrán acceder a establecimientos de salud privados. Respecto a la oferta de equipamiento, a no más de 3,2 kilómetros de distancia respecto al área del Proyecto se encuentran 5 establecimientos cercanos. Lo anterior indica que los habitantes del proyecto inmobiliario no colapsarán el Consultorio Valdivieso (Patricio Hevia).

• Equipamiento educacional

De acuerdo con los datos de la Encuesta Casen 2015, el acceso a establecimientos educacionales de la población de la comuna de Recoleta se divide en la siguiente manera:

Gráfico 10: Comuna de establecimiento educacional al cual accede la población de Recoleta 71

Como se observa en los datos, un 63% de la población de Recoleta accede a establecimientos educacionales en la misma comuna. En tabla 45 del Anexo PAC del Adenda Complementaria se presenta un listado pormenorizado de los establecimientos educacionales de la comuna.

La mayoría de los establecimientos disponibles en la comuna son de dependencia Particular Subvencionado y existen 1.566 matrículas vacantes.

Respecto a la demanda que generará el Proyecto, se utiliza la información disponible en el proyecto de sala de basura adjunto en el anexo 10 de la DIA, donde se estima que los departamentos de dos o más dormitorios estarían acondicionados para recibir un grupo familiar, por ende, población en edad escolar. Por cada uno de ellos se calcula según el indicador de INE (2010), donde durante el año 2008 cada mujer aportó 1,9 hijos/as en promedio. Se estima que el Proyecto aportaría 648 residentes en edad escolar, de los cuales, considerando la tendencia que demuestra la Encuesta Casen 2015, el 63% accedería a equipamiento educacional de la comuna, es decir 408 estudiantes.

De esta manera se concluye:

Se estima que el Proyecto aportará 648 residentes en edad escolar, de los cuales 408 buscarán acceder a establecimientos en Recoleta. Como se indica en el punto 5.5.3 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA, en el área de influencia existen cuatro establecimientos educacionales, los cuales cuentan con 155 vacantes según curso de ingreso principal, los que podrían cubrir de manera parcial la demanda que se estima generaría el Proyecto.

- En total la comuna cuenta con 1.566 vacantes según curso de ingreso, es decir, permite absorber la demanda que se estima generaría el Proyecto.

- La mayoría de los establecimientos disponibles, tanto en el área de influencia como en la comuna, son de dependencia Particular Subvencionada, acorde a la preferencia del perfil socioeconómico (C2) que se estima corresponderá a los ocupantes del Proyecto. Respecto al tema de la basura de los edificios, se aclara que los Edificios Perú Plaza I-II cuentan con su Proyecto de Basura el cual de acuerdo a la normativa deberá estar debidamente aprobado por la Autoridad Sanitaria. Además, cabe destacar, que el retiro de los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios es obligación de la Municipalidad, conforme a la normativa vigente, la cual cobra por este servicio en conjunto con las contribuciones.

En relación al análisis del Artículo 7, literal d) respecto la dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los 72 sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo, se informa que la evaluación ambiental del proyecto ha sido realizada en conformidad a la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Inmobiliarios que se Desarrollen en Zonas Urbanas (2017), a fin de descartar la presencia de potenciales impactos significativos relacionados al Artículo 7, letra d) del RSEIA.

Los antecedentes presentados en el punto 6.1.1 del Estudio de Medio Humano adjunto en el Anexo 6 de la DIA señalan que, “el sector donde se planea la construcción del Proyecto corresponde a un antiguo estadio deportivo adquirido por el Titular. Cabe señalar que dicho lugar se encontraba en desuso desde el año 2014 y que actualmente el predio está deshabilitado y no se evidencia presencia de residentes permanentes ni intermitentes. Por lo cual en el sitio donde se emplazará el Proyecto no existen grupos humanos ni personas las cuales puedan ser impactadas significativamente ni ser propensas a reasentamiento por parte del Proyecto.” A partir de los antecedentes presentados se descarta que el Proyecto pueda generar impacto significativo según lo estipulado en el Artículo 7 del RSEIA respecto a reasentamiento de grupos humanos, además de alteración de sistemas de vida, específicamente según el literal d).

En relación al transporte, el área de influencia cuenta con 13 paraderos Transantiago, estando el más cercano a aproximadamente 20 m. de distancia (PB170-Avenida Perú Esq. / Arz. Valdivieso), por donde transitan los recorridos 116 y B15. A aproximadamente a 550 metros en dirección poniente del lugar donde se ubicará el Proyecto, se encuentra Av. Recoleta, la cual presenta una mayor oferta de recorridos de buses.

El área de influencia se encuentra próxima a la estación de Metro Cementerios correspondiente a la Línea 2, emplazada sobre el eje Av. Recoleta, a aproximadamente 465 metros de distancia (15 minutos a pie desde el extremo oriente del área de influencia).

La oferta actual permite cubrir la demanda generada en el área de influencia, ya que a pocos metros cuentan con amplia oferta (buses y Metro) sobre el eje Recoleta.

El Proyecto cuenta con 447 estacionamientos para 483 viviendas, es decir, una proporción de 0,92 estacionamientos/vivienda. Considerando el perfil socioeconómico del público objetivo del Proyecto (C2), sólo un 49% cuenta con vehículo particular, por lo que se estima que alrededor de 237 viviendas requieran de estacionamiento, siendo la demanda menor a la oferta que proporcionará el Proyecto.

La demanda de energía del área de influencia se encuentra cubierta en un 100% por la empresa Enel. Esto se extenderá a la situación del Proyecto.

La demanda de servicios sanitarios del área de influencia se encuentra cubierta en un 100% por la empresa Aguas Andinas. Por su parte el Proyecto cuenta con factibilidad sanitaria En relación a la infraestructura básica y equipamiento comunitario en el punto 5.5.4 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA se señala que “la mayoría de calles y veredas se observan en buen estado, permitiendo el tránsito sin mayores problemas de los peatones. Aun así, cabe señalar que en ciertos puntos se identifica deterioro del pavimento especialmente en el sector poniente del área de influencia, entre las calles El Salto Chico y Av. Recoleta, debido a que se trata de un sector residencial bastante antiguo, cuyas fachadas también evidencian un notorio estado de deterioro, tal como se ha mencionado en el punto 5.5.1; respecto a las luminarias los entrevistados señalan que se encuentran en buen estado.” (p.53) Junto a esto se debe considerar el proyecto de la Municipalidad y GORE que contempla el mejoramiento del bandejón central de Av. Perú. Por su parte el Titular se hará cargo de mejorar la solera poniente del Proyecto, ensanchando la calzada, implementando baldosa, franja de césped, luminaria, árboles y arbustos. (ver anexo 1 de la Adenda complementaria). Durante la fase de operación, la administración de los edificios se hará cargo de las áreas verdes y de mantener limpio el frente de la propiedad. Por otro lado, la Municipalidad será la encargada de la mantención de las luminarias.

Respecto a equipamiento infraestructura de equipamiento comunitario, como se indica en el mismo anexo, “se identifica equipamiento comunitario, representado en la presencia de sedes sociales y multicanchas” (p.53). Por su parte, el Proyecto contempla la instalación de áreas verdes para sus residentes, además de equipamiento como gimnasio, salas multiuso, quinchos, piscina, salas de primeros auxilios y lavandería.

73 En el área de influencia se identifican servicios comerciales menores, principalmente establecimientos que permiten el abastecimiento de los residentes. Para una mayor oferta de servicios y compras mayores, deben trasladarse fuera de este sector. Al respecto, la construcción del Proyecto contempla la instalación de 11 locales comerciales que cuentan con acceso independiente y que permitirá proporcionar una mayor cantidad servicios.

El área de influencia presenta disponibilidad acotada de servicios, siendo la mayoría de abastecimiento y comercio. De esta manera, la población del área de influencia se traslada hacia otros puntos de Recoleta, sector oriente o centro de Santiago que se emplaza a pocos minutos, con el fin de acceder a una mayor oferta de servicios bancarios y financieros. Por su parte, el Proyecto contempla la instalación de 11 locales comerciales que cuentan con acceso independiente y que permitirá entregar al sector una mayor cantidad servicios.

En conclusión, se descarta que el Proyecto pueda generar impacto significativo según lo establecido en el literal c) del Artículo 7 del RSEIA.

  1. Rodrigo Carreño

Observación 1

  1. En relación al ruido que generará el proyecto, tanto en su etapa de construcción como de operación, los estudios realizados no hacen referencia al nivel base de ruido en la población, que es bajísimo, entre los 30 y 40 decibeles, por lo que cualquier uso de maquinaria, o vehículos pesados, generarán fácilmente un impacto altísimo en la población y en las aves que conviven aquí, por lo que la evaluación no debe sólo medir la superación de la norma, sino que además cuanto es el ruido que se suma al existente, no es lo mismo si el ruido base es 30, y la norma es de 60, a que si el nivel base es 50. Al ser un nivel base menor, el impacto en nuestra salud es mucho mayor, porque nosotros no estamos acostumbrados a niveles de ruido alto, nosotros vivimos en silencio y mucha tranquilidad, por lo que exigimos que la evaluación se haga considerando ello. Por otro lado, no corresponde que se haga la evaluación por emisores independientes, se debe hacer con los emisores funcionando simultáneamente, porque en una construcción nunca funciona una maquinaria sola, siempre hay más de una, además de los martillos y usos de herramientas menores, que también son muy ruidosas. Por lo que solicitamos que se considere el impacto sinérgico en el ámbito del ruido en la población, y que se entreguen todos los antecedentes que descarten los impactos significativos en la salud en los términos de lo indicado por el Art. 5 del RSEIA. Sumado a lo anterior, que pasará en el año en que se pretende trabajar en ambos predios a la vez, cuando haya un traslape en la etapa de construcción. Y qué pasará con todo el ruido que se generará en la etapa de operación, con 427 vehículos circulando en el sector, que hoy no lo hacen y con cerca de 2000 personas realizando sus actividades en un lugar donde hoy vive menos población que esa. Cómo pretenden lograr que las barreras de ruido propuestas impidan generar contaminación acústica en la población, la solución es no generar ese ruido, no tratar de taparlo, menos con un panel de madera y plástico, es una falta de respeto y atropello a los derechos de las personas y a nuestra calidad de vida. Finalmente, el titular habla en reiteradas ocasiones sobre las medidas de mitigación que implementará para las emisiones de ruido, eso significa que el impacto de este es significativo, ¿se asume en los cálculos un impacto de significancia según lo indicado por el art. 5 del RSEIA?, ¿por lo que debe compensar y mitigar, y por lo tanto estamos hablando de que su proyecto debería haber ingresado como un EIA y no como una DIA?

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

a) Nivel base de Ruido existente en la población o línea base de Ruido. La Normativa vigente de ruido distingue en su aplicación entre zonas urbanas y zonas rurales. Tratándose de zonas rurales efectivamente corresponde tomar en cuenta el nivel de ruido actual para establecer los límites de ruido, permitiéndose a un proyecto emitir hasta 10 dB más que el nivel de ruido de fondo con un techo de 65 dB en horario diurno (equivalente a Zona III). Para zonas urbanas, como en este caso, los límites máximos están expresamente definidos por la normativa vigente, siendo 60 dB el estándar a cumplir para el 74 proyecto en todos los receptores evaluados en el entorno. Sin perjuicio de lo anterior, solamente de manera referencial, el Estudio Acústico presentado en el Anexo 5 de la DIA contempló una visita a terreno y un levantamiento del nivel de ruido de fondo que da cuenta del ambiente actual en horario diurno en dichos puntos receptores, constatando niveles entre 46 y 70 dB en los distintos receptores tal como se señaló en el punto 5.1 del citado Estudio Acústico. Efectivamente en los puntos al interior de la citada población se registraron los menores niveles, pero en ningún caso por debajo de 46 dB como promedio. En el Anexo A del Anexo PAC de la Adenda Complementaria se aportan mayores antecedentes de dichas mediciones referenciales.

b) Evaluación de Impacto en la Salud de los habitantes del entorno del proyecto. En el Anexo 6 de la Adenda de la DIA, se presentó la última versión del Estudio Acústico en el cual se acredita mediante modelaciones de ruido, el cumplimiento normativo del D.S. Nº 38/11 del MMA. “Norma de Emisión de Ruido Generados por Fuentes Que indica”. Este decreto se basa en la salud de la población y recoge los niveles recomendados al efecto por la organización Mundial de la Salud (OMS), por cuanto acreditar su cumplimiento, es la única forma objetiva, legal y vigente que posee un proyecto para acreditar que no generará efectos en la salud de la población.

c) Cantidad de maquinaria considerada para la evaluación y escenarios de modelación. Es pertinente aclarar a la comunidad, que no es efectivo lo señalado en la observación toda vez que, tal como se señala en el Estudio Acústico presentado en el Anexo 5 de la DIA y actualizado en el Anexo 6 de la Adenda de la DIA, el escenario de modelación para todas las actividades de la fase de construcción (Demolición, Excavación, Obra Gruesa y Terminaciones) considera el funcionamiento simultáneo de todas las máquinas que componen dichas obras, detalladas en las tablas 4, 5 y 7, en los sectores más cercanos a cada uno de los receptores evaluados. Dado lo anterior, es posible garantizar que los resultados obtenidos son representativos de la situación más desfavorable. Así mismo, es importante notar que uno de los escenarios evaluados (presentado en la Tabla 36 del Estudio Acústico) considera justamente aquel momento en que los trabajos de terminaciones y obra gruesa de la Etapa 1 se superponen con las actividades de excavación de la Etapa 2, acuerdo con el cronograma del proyecto. Por lo tanto esta situación también se encuentra cubierta en el referido estudio Acústico, habiéndose demostrado el cumplimiento respectivo.

d) Medidas de control incorporadas por el proyecto. El proyecto presenta una evaluación inicial a modo de memoria de cálculo cuya utilidad está relacionada con el dimensionamiento de las medidas de control de ruido que éste incorporará como parte de su diseño. Por lo anterior, tanto las barreras acústicas perimetrales como todas las medidas descritas son acciones y elementos que forman parte de los compromisos ambientales del proyecto y que serán implementadas desde el inicio de la fase de construcción, por lo que en rigor, los potenciales impactos que motivan dichas medidas de control, en la práctica no se producirán. Es importante mencionar que las barreras acústicas planteadas son de uso común en todas las obras de construcción que se ejecutan actualmente en la comuna de Recoleta y en todas la Región metropolitana, y su efectividad ha sido demostrada mediante cálculos teóricos y validada por la autoridad competente.

  1. Rodrigo Carreño

Observación 1

  1. En el predio donde se pretenden construir los edificios existía abundante vegetación, que rodeaba la piscina, las áreas verdes y de descanso, y generaba una gran sombra y refugio para las aves del barrio. Estas áreas existían hasta el momento en que el titular presentó su proyecto al SEIA, una vez ingresado y después que como vecinos solicitamos el proceso de Participación Ciudadana, el titular cortó toda la vegetación, sin siquiera informar de su existencia en la DIA, ni dar espacio para conocer qué especies eran, si tenían algún valor ambiental, o si había alguna especie en categoría de conservación. Cortó toda la vegetación a pesar de estar dentro del proceso de evaluación ambiental, en el cual una de las dimensiones que se evalúa es justamente la vegetación, esta situación es posible comprobarla si se compara las imágenes de Google Earth con 75 la situación actual. Al respecto, el titular puede justificar que el contar con un permiso de edificación le permite cortar la vegetación y hacer acciones de despeje, pero eso no es así, pues el permiso de edificación es del lote A y la vegetación cortada es del lote B. Es un reflejo del mal actuar del titular, de muy mala fe y por sobre todo preocupado sólo de su proyecto, sin considerar todo el daño que puede provocar. Se solicita que el titular aclare esta situación, entregue los antecedentes que justifiquen que no hay daño ambiental, ni que no actuó tratando de modificar la situación de base para disminuir los impactos que generará su proyecto, y que esta acción no genera los impactos significativos en los términos indicados por el art. 6 del RSEIA.

  2. En relación a las rutas de circulación de los vehículos informadas, se indica que los vehículos que vienen desde el norte, por El Salto, para poder ingresar al predio de los edificios giraran en “U” tanto en Celia Coloma como en Desiderio Lemus, situación que no es posible, porque no está permitido doblar en “U” en Avenida Perú, porque frente a Desiderio Lemus no hay continuidad de calle, hay un bandejón central con áreas verdes y ciclovías actualmente en construcción, y porque en Celia Coloma, el radio de giro existente no permite hacer la manobra indicada, los vehículos tendrían que doblar en segunda fila, cometiendo una infracción, y menos es posible para los vehículos mayores, camiones y maquinaria pesada. A toda esta situación se le debe sumar que el bandejón central cuenta con una ciclovía, y un alto tráfico de bicicletas, en ambos sentidos y que se verán en situación de riesgo, con todo el tráfico que generará el proyecto, tanto en fase construcción como de ejecución. Se solicita al titular que explique qué solución generará para esta situación, cómo evitara los accidentes y garantizara que la circulación de los vehículos no es a costa de infracciones de tránsito y de la seguridad vial del sector, y que todo lo antes expuesto no implica la generación de impactos significativos en los términos indicados por el literal b) del art. 7 del RSEIA, que habla específicamente de la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento, se solicita entregar todos los antecedentes que permitan descartar impactos en estos términos.

  3. En la exposición del proyecto, el titular se comprometió a que no entraría en la población con los camiones, para acceder al predio, dado que no puede girar en Av. Perú, sólo le queda la alternativa de Dominica, lo que implica que debe sumar todo Av. Perú como parte de su área de influencia de impacto vial, al respecto se solicita que explique cómo evitará el ingreso de camiones, y los antecedentes que argumenten la no generación de impactos significativos en los términos indicados por el literal b) del art. 7 del RSEIA.

  4. Se solicita que se informe claramente y de manera didáctica para que todos los vecinos comprendamos, cuantos camiones circularán al día durante la etapa de construcción, cada cuanto tiempo ingresarán o saldrán del predio y por la población, o en las calles aledañas, cuanto aumentará el tráfico vehicular en el sector, qué tipo de camiones, cuantas son las emisiones que generarán en la población, y cuánto tiempo durará toda esta etapa. Se solicita que se evalué la magnitud de este impacto, y que descarte la generación de impactos significativos en los términos indicados por el literal b) del art. 7 del RSEIA.

  5. Se solicita que se explique claramente cuáles serán las medidas de seguridad vial dentro de la población para que los niños que juegan libremente, y la circulación de las personas que transitan por las calles de la población, no se vea afectada, ni suceda ningún accidente.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto 1) de la observación, se debe señalar que la eliminación de malezas y el despeje del terreno se realizó por una solicitud de los vecinos para eliminar la presencia de ratones, y junto a lo anterior, dar cumplimiento a requerimientos de la SEREMI de Salud, de manera de evitar la proliferación de vectores.

No obstante lo anterior, se debe destacar que los árboles no fueron eliminados, sólo se realizó la limpieza del terreno de los arbustos secos, realizándose solo un trabajo de despeje y limpieza.

A mayor abundamiento, se debe indicar que en el predio existía vegetación introducida y de carácter ornamental, la cual no requiere permiso para su corta y que no cumplen con ninguno de los 76 impactos a lo que se refiere el artículo 6 del Reglamento del SEIA, toda vez que no había vegetación nativa en categoría de conservación, así como tampoco recursos naturales únicos, representativos o escasos.

Respecto del punto 2) de la observación, para evitar la situación indicada en la observación, se ha decido actualizar las rutas a utilizar durante la Fase de Construcción del Proyecto. Por lo tanto, la calle a utilizar por los vehículos que transitan desde el Norte será por Av. Perú, Vuelta en U en calle Rapa Nui y luego tomar nuevamente Av. Perú y los camiones que salgan del proyecto hacia el centro será por calle Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Puma, María Graham y luego tomaran nuevamente Av. Perú.

Cabe destacar, que dicha calle no será modificada por el bandejón central y cuenta con el radio de giro necesario para el volteo de los camiones.

Además, durante la Fase de Construcción del Proyecto se contará con todas las medidas de seguridad vial necesarias para resguardar la seguridad de peatones, ciclistas y vehículos que circulan por la vía, además se contempla implementar medidas que permitan la libre circulación, tales como: • Señalizaciones de transito reglamentarias e informativa, señales de advertencia de peligros de las obras, la que se mantendrán día y noche. • Bandereros durante la operación de vehículos de carga. • Barreras, mallas de protección, restricción de estacionamiento de camiones en la vía pública, y dispositivos de seguridad para proteger a los peatones durante todo el periodo que duren las obras.

Por otro lado, el titular se compromete a que los camiones queden estacionados al interior de la obra, de manera de no causar los atochamientos y eventuales accidentes que le preocupan a la comunidad.

La vida en comunidad de la Villa Lemus no se verá afectada por la construcción del Proyecto, ni se generarán los efectos indicados en la letra b del artículo 7 del Reglamento del SEIA, ya que el proyecto se desarrolla al interior de un sector ya cercado por el que no circulan personas ni da conectividad a otros sectores.

Para la etapa de operación, adicional al EISTU se realizó un estudio que evalúa los tiempos de desplazamiento y que concluye indicando que se producirá una disminución en los parámetros de congestión en ambos períodos al incorporar el proyecto, indicadores que se mejoran en la situación con proyecto y mitigaciones, estableciendo que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, con lo que es posible descartar que en términos viales el proyecto pueda generar los efectos de la letra b) del artículo 7 del reglamento del SEIA.

Respecto del punto 3) de la observación, el Titular presenta una actualización de las rutas a utilizar durante la Fase de Construcción del Proyecto. Por lo tanto, la calle a utilizar por los vehículos que transitan desde el Norte será por Av. Perú, Vuelta en U en calle Rapa Nui y luego tomar nuevamente Av. Perú y los camiones que salgan del proyecto hacia el centro será por calle Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Puma, María Graham y luego tomaran nuevamente Av. Perú.

Cabe destacar, que dicha calle no será modificada por el bandejón central y cuenta con el radio de giro necesario para el volteo de los camiones. Por lo tanto, los vehículos a utilizar durante la fase de construcción no harán ingreso a la Población Lemus. Además, esto quedará establecido en el contrato de prestación de los servicios.

Durante la Fase de Construcción del Proyecto se contará con todas las medidas de seguridad vial necesarias para resguardar la seguridad de peatones, ciclistas y vehículos que circulan por la vía, además se contempla implementar medidas que permitan la libre circulación, tales como: • Señalizaciones de transito reglamentarias e informativa, señales de advertencia de peligros de las obras, la que se mantendrán día y noche. • Bandereros durante la operación de vehículos de carga. • Barreras, mallas de protección, restricción de estacionamiento de camiones en la vía pública, y dispositivos de seguridad para proteger a los peatones durante todo el periodo que duren las obras. 77

Por otro lado, el titular se compromete a que los camiones queden estacionados al interior de la obra, de manera de no causar los atochamientos y eventuales accidentes que le preocupan a la comunidad.

Por lo anterior, se prevé que la vida en comunidad de la Villa Lemus no se verá afectada por la construcción del Proyecto, ni se generarán los efectos indicados en la letra b del artículo 7 del Reglamento del SEIA, ya que el proyecto se desarrolla al interior de un sector ya cercado por el que no circulan personas ni da conectividad a otros sectores.

Respecto del punto 4) de la observación, se debe señalar que:

a) La cantidad de camiones que circularán al día durante la etapa de construcción y el tipo de camiones, a continuación, es presento en la Tabla 2 “Frecuencia de camiones asociados a la fase de construcción” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA.

b) El titular del proyecto, ha adquirido el compromiso ambiental voluntario que establece que todo tránsito de vehículos de carga de material y vehículos de escombros a realizar durante la fase de construcción será por fuera de la Villa Lemus, lo cual quedará estipulado en el contrato de prestación de los servicios y se deja expresamente considerado y detallado en el Compromiso Ambiental Voluntario presentado en el numeral 10.1.8 del Informe Consolidado de Evaluación “Compromiso ambiental voluntario Tránsito de vehículos, durante la construcción, fuera de la Población Lemus”. Respecto de la frecuencia estimada de camiones que ingresarán y saldrán de la obra cada se estima en 8 vehículos por hora por Avenida Perú.

c) De acuerdo a la metodología utilizada en el presente proyecto, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en el marco del análisis del EISTU, durante los horarios punta de un día laboral, es decir: entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00. De acuerdo a los flujos obtenidos para la intersección de Av. Perú con Arzobispo Valdivieso presentados en las figuras contenidas en el literal c) del numeral 1.4 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria, es posible señalar que según éstas mediciones, el flujo que circularía frente al proyecto en período punta mañana es de 1.127 VEQ/hr y en punta tarde 891 VEQ/hr. Respecto del aumento de tráfico, tal como se ha indicado, se estima que en promedio aumentará en 8 camiones por hora (4 de ingreso y 4 de egreso) más vehículos livianos (no más de 10 diarios), todos los cuales circularán por fuera de la Población Lemus.

d) Según lo señalado en la Guía para la Estimación de Emisiones Atmosféricas de Proyectos Inmobiliarios para la Región Metropolitana de la SEREMI de Medio Ambiente, durante la Fase de Construcción del proyecto, se generarían emisiones directas, es decir, las que se emitirían dentro del predio o terreno donde se desarrolle la actividad y las emisiones indirectas, tales como, las asociadas al aumento del transporte producto de la nueva actividad. Las emisiones desagregadas anualmente según lo indicado en el cronograma para la fase de construcción, y haciendo la distinción de las actividades (directas e indirectas) son presentadas en la Tabla 3 “Resumen de emisiones totales en fase de construcción” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA.

e) La duración estimada de las actividades más importantes a realizar durante cada una de las etapas: Etapa 1: • Demolición: 2 meses • Excavación: 2 meses • Obra gruesa: 10 meses • Terminaciones: 12 meses

Etapa 2: • Excavación: 2 meses • Obra gruesa: 10 meses • Terminaciones: 12 meses

78 De acuerdo al artículo 98 del PPDA (D.S. N°66/2009) y según lo presentado en el informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas (Anexo 3 de la Adenda Complementaria), el Proyecto no supera los límites permitidos para emisiones atmosféricas. Lo anterior, se corroboraría según los datos presentados en la Tabla 4 “Emisiones Atmosféricas Totales del Proyecto” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA.

A modo de minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante su fase de construcción, se consideran las siguientes medidas que el Titular se ha comprometido a materializar: • Humectación: Según la letra a) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se humectarán las áreas de movimientos de tierra y vía de circulación interna de acuerdo a los requerimientos en terreno, contemplándose un mínimo de 2 veces al día durante el periodo que duren las excavaciones. La fuente de agua provendrá de un arranque de agua potable en la obra o en su defecto por medio de camión aljibe que posea las autorizaciones y permisos correspondientes, se mantendrá registro en obra por medio de boletas o facturas. • Camiones encarpados: Según la letra c) del artículo 5.8.3 de la OGUC, el transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver Figura 6). • Estabilización y compactación de caminos: Según la letra b) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículo por el periodo correspondiente (tiempo en que duren las excavaciones). • Cierre perimetral en los deslindes: Según la letra g) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se construirá cierre perimetral en los deslindes del proyecto con mallas tipo raschel, el cual será mantenido en buen estado. La finalidad de este cierre es evitar la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área del proyecto y sectores circundantes. Los cierres podrán ser reemplazados por los paneles OSB con fines acústicos, adicionándoles 50 cm por sobre el nivel con malla raschel. (Ver ejemplo en Figura 4 “Cierre Perimetral” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA). • No se realizarán quemas: Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros combustibles al interior de la obra. • Limpiar ruedas: Según la letra d) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se limpiarán las ruedas de los vehículos del barro adherido previo al abandono de ellos de la zona de faenas, es decir, a la salida de la obra dando cumplimiento al artículo 5.8.3 de la OGUC. • Revisión técnica y mantenciones al día: En cuanto a la emisión de gases, se exigirá a los contratistas mantener los vehículos con revisión técnica y mantenciones al día, manteniendo el registro en obra.

Respecto del punto 5) de la observación, el titular se comprometió a que durante la construcción del proyecto se contará con todas las medidas de seguridad vial necesarias para resguardar la seguridad de peatones y vehículos que circulan por la vía, además de implementar medidas que permitan la libre circulación de los peatones y residentes del sector, tales como: • Señalizaciones de transito reglamentarias e informativa, señales de advertencia de peligros de las obras, la que se mantendrán día y noche. • Bandereros durante la operación de vehículos de carga. • Barreras, mallas de protección, restricción de estacionamiento de camiones en la vía pública, y dispositivos de seguridad para proteger a los peatones durante todo el periodo que duren las obras.

En cuanto a las vías que serán utilizadas por los vehículos y maquinarias, éstas se pueden ver en la Tabla 95 del Anexo PAC de la Adenda (Ver, Tabla 95 Rutas del Proyecto durante la Fase de Construcción).

Es importante señalar que durante el período de construcción quedará estipulado en el contrato de prestación de los servicios que no circularán los camiones por el interior de la Población Lemus. Por lo tanto, la calle a utilizar por los vehículos que transitan desde el Norte será por Av. Perú, Vuelta en U en calle Rapa Nui y luego tomar nuevamente Av. Perú y los camiones que salgan del proyecto hacia el centro será por calle Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Puma, María Graham y luego tomaran nuevamente Av. Perú.

En el Anexo 3 de la Adenda Complementaria, se presentan las rutas a utilizar por los vehículos durante la Fase de Construcción del Proyecto. 79

Respecto de la operación, durante la tramitación del EISTU se estableció señalética que el proyecto debe instalar y mejorar.

  1. Rodrigo Carreño

Observación 1 Nos preocupa el alto volumen de residuos (áridos, escombros, industriales) que generará el proyecto durante la construcción, y como se manejará tanto la basura domiciliaria de más de 3000 personas (el número de habitantes no es claro, en algunos capítulos hablan de 1300 personas, y en los certificados de factibilidad de Aguas Andina habla de 1700 personas, sumando ambos edificios), y todas sus aguas residuales. El Titular no entrega antecedentes técnicas de la red de alcantarillado, sólo adjunta un certificado de factibilidad de Aguas Andinas, sin explicar en ninguna parte como se logrará que las aguas servidas del edificio se conecten al pequeño colector de 175 mm. que indica el certificado, que es insuficiente, considerando que los edificios de esas envergaduras necesitan colectores de al menos 200 mm., sobre todo en una avenida como lo es Av. Perú. Sumado, a que los antecedentes son insuficientes para tener la claridad que el abastecimiento de agua potable de los edificios no compromete el suministro para los vecinos de nuestra población. Sin considerar, que uno de los certificados venció el 08 de febrero de 2017, y que la solicitud de factibilidad se hace por los dos edificios separados, no considerándolos en su conjunto, y su efecto sinérgico, tanto la factibilidad técnica, como los impactos que generan a la red preexistente (es distinto el impacto de 261 deptos. y 1500 personas; al impacto de 483 deptos., 3200 personas). Sobre este punto, los vecinos de la Población Lemus tenemos una especial preocupación, dado que, por un lado, el titular presenta certificados de factibilidad de agua y alcantarillado de Aguas Andinas vencidos y no especificando el número de personas que habitarán, y por otro, el Titular no entrega antecedentes técnicos de la red de alcantarillado, ni los antecedentes suficientes para tener la claridad que el abastecimiento de agua potable de los edificios no comprometen el suministro para los vecinos de nuestra población. Al respecto, debemos indicar que como vecinos hemos investigado las planchetas de los colectores en el sector, y nos hemos encontrado con que el proyecto se tendrá que conectar con el viejo colector de Desiderio Lemus (dentro de nuestra población), construido el año 1959 en hormigón simple, que tiene un diámetro de 175 mm, cuya cola inicial sale a la Av. Perú , para recoger las casas de la población junto al estadio, por el cual se pretende evacuar las aguas servidas de los 483 departamentos de las torres en proyecto. No hay otro colector, hacia el norte de calle San Cristóbal y al oriente de la Av. Perú y Av. El Salto, no existe infraestructura de aguas servidas con capacidad suficiente para la alta densidad ocupacional que generaran estos edificios. En otros sectores de la comuna, con mayor densidad poblacional y de edificios, los colectores tienen un diámetro de 250 y 300 mm, para conectarse a una red mayor de 600 y 1000 mm. El titular no sólo no entrega estos antecedentes técnicos, sólo informa los 175 mm de diámetro que sale en el certificado de Aguas Andinas, sino que además no está considerando una obra vital para su proyecto, como lo es la conexión con la red de alcantarillado, y que además es parte de las tipologías secundarias de este. Por lo que la gravedad de la situación, además de nuestra preocupación por lo que sucederá cuando entre en funcionamiento esos edificios en un sector residencial que no tiene la capacidad de carga para aumentar en más del triple la población. Además, afectará todo el sector de Valdivieso hacia el interior y Av. México, por El Salto, hacia Vespucio, porque la pendiente sigue hacia allá, por lo que debe ser considerado en el área de influencia. El titular no tiene considerado estos aspectos, es negligente en sus cálculos y evaluaciones, y provocará el colapso de todo el sistema de agua potable y alcantarillado desde nuestra población hacia el norte. Se solicita pronunciarse sobre todo lo anterior, entregue los antecedentes que descartes todos esos impactos, y su significancia en los términos indicados por los art. 5 y 7 del RSEIA. Se solicita especial atención, si se toma en cuenta que el que Titular del proyecto indica en su Declaración de Impacto Ambiental, que el proyecto sólo se evalúa por la tipología de proyectos inmobiliarios, pero nada dice sobre las tipologías de los literales o), por ej. o.2) alcantarillado que se conecte a una red existente que atiende a más de 10.000 hab. (el proyecto se instala en un territorio donde ningún proyecto inmobiliario ha sido evaluado en el SEIA, por lo que no es posible saber el efecto sinérgico sobre la red de alcantarillado, la cual viene desde la comuna de Providencia, trasladando las aguas residuales de mucho más de 10 mil hab.); o.7) sistemas de tratamientos de residuos industriales, y I.5) sobre uso de grandes volúmenes de áridos. Evaluación técnica de la observación:

80 Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que el retiro y disposición final de los residuos a generar durante la fase de construcción del proyecto será provisto por empresas autorizadas ante la Autoridad Sanitaria para dichos fines. Además, estos serán retirados periódicamente, no generando grandes acumulaciones de residuos. Por ejemplo, los residuos sólidos domiciliarios serán retirados 3 veces a la semana, los escombros serán retirados según necesidad y los residuos de excavaciones serán retirados inmediatamente mediante el carguío directo en camiones, que apenas se llenen se irán al lugar destinado a la disposición de este material.

Por otro lado y según lo indicado en el acápite 1.4.1 de la DIA, la población estimada del proyecto para ambos edificios será del orden de 1.336 habitantes, lo cual concuerda con el proyecto de basura el cual a su vez debe ser aprobado por la Autoridad Sanitaria como etapa normal de uno proyecto de esta naturaleza. Es importante señalar que el retiro de la basura proveniente de los residentes del proyecto es de obligación de cada municipio, que para ello cobra por el servicio en conjunto con las contribuciones, por lo que el retiro serán los camiones municipales. Cabe destacar, que la factibilidad sanitaria indica un total de 1.723 habitantes, debido a que puede abarcar esa cantidad de personas. Sin embargo, la cantidad de habitantes reales son los 1.336 indicados en el proyecto de basura.

Se aclara que Aguas Andinas por medio de los Certificados N°008993 del 11/12/2017 y N°00885 del 06/12/2017 (ambos vigentes a la fecha), certifica que la propiedad ubicada en Av. Perú N°1471 y N°1479 contarán con servicio de agua potable y alcantarillado. Es relevante mencionar que esta empresa sanitaria al contar con la concesión sanitaria del sector se encuentra obligada a prestar el servicio de abastecimiento de agua potable, recolección y tratamiento de aguas servidas, siendo parte de la obligación de la concesión sanitaria proveer la infraestructura (redes, plantas, etc.) que requieren para ello. No obstante lo anterior, en virtud de las inquietudes manifestadas por la comunidad y en el afán de mejorar el proyecto, el titular gestionó la actualización del proyecto sanitario solicitando a Aguas Andinas la modificación de la descarga a otro colector evitando el paso por el interior de la población Lemus. Según los Certificados de Factibilidad Sanitaria presentados en el Anexo 5.3, el punto de conexión será en la intersección de las Avenidas Perú y Arzobispo Valdivieso.

Cabe mencionar, que se realizarán excavaciones al interior del predio para realizar las conexiones de agua potable y alcantarillado a la red distribución existente, ya que cualquier modificación a éstas debe ser realizada por la empresa concesionaria del sector, que en este caso corresponde a Aguas Andinas.

Finalmente, se debe señalar que es obligación de la empresa sanitaria contar una red de abastecimiento para toda la población del sector y si correspondiera el ingreso al SEIA por modificaciones a la red de alcantarillado, como menciona el supuesto, esto no es de responsabilidad del titular de esta DIA, sino de la empresa que provee el servicio. Conforme a lo indicado, no es tipología secundaria de ingreso al SEIA de ninguna forma la letra o.2 del artículo 3º del Reglamento del SEIA, toda vez que las redes de alcantarillado y agua potable son de tuición de la empresa que posee concesión sanitaria, tal como lo ha establecido la legislación sanitaria vigente.

  1. Rodrigo Carreño

Observación 1

El proyecto adolece profundamente de coherencia entre los diversos instrumentos normativos que presenta. Existen importantes diferencias entre el proyecto que se presenta al SEIA, el proyecto que tiene permiso de edificación, que es sólo la mitad del proyecto, y todos los antecedentes entregados en el EISTU. Cómo es posible que se pretenda aprobar un proyecto ambientalmente que es totalmente diferente al entregado a la DOM. Esto es un claro indicador del negligente trabajo que realiza el titular, y que ha sido parte del comportamiento al borde de la ley en otras comunas de la región, generando profundo daños al medio ambiente y a la calidad de vida de las personas que viven junto a los proyectos. El proyecto y sus impactos que se ingresa al SEIA debe ser el mismo que se tramita en la DOM y debe ser el mismo del EISTU. No es posible que la ruta vehicular del EISTU sea diferente a la que se propone en la DIA. O que el número de departamentos, las 81 dimensiones de las construcciones sean distintas en la DIA y el permiso de edificación. Se solicita que se haga un trabajo serio, no sólo pensando en el negocio del titular, sino que por sobre todo en la calidad de vida de las personas y el daño que generará en las personas, para eso existe el SEIA y toda la normativa ambiental del país, para resguardar los derechos fundamentales de las personas.

En relación a los mismo y a la mala fe con la que actúa el titular, en algunos antecedentes que ingresa, hace referencia a un solo edificio, y en otros ingresa los dos edificios, según conveniencia habla de uno o dos, se solicita absoluta claridad y seriedad por parte del titular, y que entregue toda la información fidedigna, considerando siempre los dos edificios, y todos los impactos sinérgicos que generará la construcción de ambos edificios, considerando además que los beneficios a los que se quiere acoger como conjunto armónico deben ser bajo el cumplimiento de la norma, que actualmente no la cumple. Además, se solicita que sea claro en toda la normativa ambiental que debe cumplir, y que considere que el cumplirla, no lo libera del SEIA, pues la evaluación ambiental tiene por objeto medir todos los impactos que generan los proyectos a pesar del cumplimiento de la normativa, y que debe hacerse cargo el titular de éstos, no terceros.

Finalmente se solicita que se pronuncie sobre todo lo anterior, y sobre toda la inconsistencia que hay entre los distintos proyectos ingresados a la DOM. El titular hace mención a los anteproyectos aprobados el 2015, los cuales están vencidos; tiene un anteproyecto aprobado en enero del 2017, pero que es un proyecto totalmente distinto a los anteriores, y que no lo menciona, donde se establece claramente que el segundo lote es parte del mismo proyecto, y que se condiciona el permiso de edificación a la presentación y aprobación de un Estudio de Impacto Ambiental, y a la presentación de un EISTU, por lo que se solicita que aclare y entregue los antecedentes de porqué se presenta una DIA y no un EIA, que es lo indicado por el organismo con competencia ambiental, el Municipio de Recoleta.

Además, sumado a todo lo anterior, se solicita que entregue todos los antecedentes que descartan los impactos significativos en los términos del art. 7 del RSEIA, dado que la presentación del EISTU no lo exime de ello, éste estudio es sólo para evaluar el impacto vial urbano del proyecto, en los tiempos de desplazamiento, pero no para evaluar los otros impactos mencionados en el citado artículo.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

A. El proyecto presentado a evaluación ambiental al SEIA, contempla la construcción de dos edificios: 1. El Edificio Perú Plaza I cuenta con Permiso de Edificación N° 29, aprobado con fecha 25 de abril de 2016 y que fue modificado posteriormente por las resoluciones N° 27 de fecha 20 de mayo de 2016 y N° 32 de fecha 1 de junio de 2016, que forman parte integrante del Permiso de Edificación.

  1. El Edificio Perú Plaza II cuenta con Permiso de Edificación N° 53 de 16 de octubre de
  2. Lo construido será lo indicado expresamente en los Permisos de Edificación de cada edificio, con sus correspondientes modificaciones y lo evaluado ambientalmente. Al considerar ambas etapas, se ha dado estricto cumplimiento a la normativa ambiental.

Respecto de si el proyecto debió ingresar por vía de Declaración de Impacto Ambiental (DIA) o por Estudio de Impacto Ambiental (EIA), la determinación del instrumento de ingreso está dada por la Ley 19.300 sobre Bases del Medio Ambiente, en virtud de la cual, solo deben ingresar por EIA aquellos proyectos que generen los impactos del artículo 11 de la Ley 19.300. A partir de las prospecciones y estudios realizados (emisiones atmosféricas, ruido y vibraciones, patrimonio arqueológico, factibilidad de servicios sanitarios, medio humano), es posible indicar que el proyecto no genera ninguno de los efectos, características y/o circunstancias señaladas en las letras a) a la f) del artículo 11 de la Ley 19.300, o en los artículos 5 al 10 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Dicho esto, el proyecto ingresó al SEIA como una DIA.

82 Cabe destacar además que el proyecto no contempla más edificios que estas dos etapas. Las características del proyecto se presentan en la Tabla 7 “Características del Proyecto” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA, y son las que corresponden con el EISTU aprobado.

B. El proyecto ha calculado las emisiones y sus rutas producto de las actividades de construcción, que no tienen relación con el EISTU del proyecto que modela la operación del proyecto. Cabe mencionar que, conforme a los estándares exigidos por la Guía para la Estimación de Emisiones de Proyectos Inmobiliarios para la Región Metropolitana de la SEREMI de Medio Ambiente, al estar el proyecto dentro del anillo Américo Vespucio, no se requiere calcular las emisiones producto del tráfico de la operación del proyecto.

Por lo que, en el Anexo 3 de Estimación de Emisiones de la Adenda Complementaria del Proyecto se presentan los cálculos de emisiones a generar durante la fase de construcción del Proyecto y las emisiones generadas por el grupo generador y las calderas empleadas en la fase de operación.

Respecto a las emisiones atmosféricas, el proyecto no superará los límites indicados en el artículo 98 del Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica de Santiago (PPDA), tal como se demuestra en la Tabla 2 del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA. Además, como compromisos se contempla la implementación de cierres con planchas OSB y sobre esta se adicionará malla tipo raschel que cumplirán la doble función de retener material particulado y controlar las emisiones de ruido. Adicionalmente se han contemplado medidas como humectación de las áreas de movimiento de tierra, acopio de tierra y vías de circulación interna; se estabilizarán y compactarán las zonas de tránsito de maquinaria y vehículos; se prohibirá la quema de maderas u otro material al interior de la obra, entre otros.

En cuanto a las emisiones de ruido generadas durante la fase de construcción, cabe destacar que al implementar las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda (plancha OSB como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), los niveles estimados de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente. Para asegurar el cumplimiento de la normativa de referencia para las vibraciones se restringirá el uso de la placa compactadora, la cual no podrá operar a menos de 9 metros de los receptores R1, R2 y R3 (Ver Anexo 6 de la Adenda 1).

Por otro lado, en el Anexo 5.1 se presenta un estudio de microsimulación que permite estimar las velocidades vehiculares con y sin proyecto, que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, no generándose la condición que establece el artículo 7 respecto de aumentos significativos en tiempos de desplazamiento. Cabe mencionar que la micro simulación incluye las medidas de mitigación que resultan del EISTU.

Finalmente, en el Estudio de Medio Humano adjunto en el Anexo 6 de la DIA y en la respuesta 2.88 del Anexo PAC de la Adenda complementaria, se presentan los antecedentes que permiten descartar los efectos indicados en el artículo 7 del Reglamento del SEIA. (todos los estudios se consideró ambos edificios).

  1. Rodrigo Carreño

Observación 1

  1. Otro aspecto que es de nuestra preocupación es que en el pasado mes de diciembre (antes que el Titular ingresara su proyecto al SEIA), se inició en Av. Perú, frente a la localización del proyecto, la construcción de un bandejón áreas verdes y ciclovías, que continua el ya existente desde Santos Dumont hasta Valdivieso. Un proyecto con fondos regionales, muy esperado en la comuna, que es parte del Plan Maestro de Ciclovías para la RM del Gobierno Regional. El Titular no dice nada sobre este proyecto, y todos los aspectos técnicos relacionados con la circulación de los vehículos, las personas, y el tránsito en general fueron evaluados sin considerarlo. Lo que modifica radicalmente el funcionamiento de las vías (se reducen las vías actuales con el proyecto de 83 los bandejones), es por esto que vemos con preocupación cómo afectara al tránsito de esta vía y a las calles interiores de nuestra población, el aumento significativo de automóviles que trae consigo este proyecto inmobiliario. Además, que el Titular indica que el ingreso al edificio es por calles que en la actualidad no es posible realizar giro ni retorno (bandejón Celia Coloma). Además, evaluar la significancia del impacto en los términos del art. 7 del RSEIA.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar y aclarar que el EISTU aprobado mediante el oficio N°3960 del 11 de Mayo de 2017, incluye en su evaluación el bandejón central que se encuentra en construcción en la Avenida Perú mediante el diseño final que éste tendrá. Lo anterior fue motivo de consultas y modificaciones en el marco de la tramitación de este permiso sectorial.

Dada la utilización del diseño final del proyecto del bandejón en el EISTU, todos los flujos y las medidas adoptadas para que no se genere saturación en las vías (y por ende no aumenten significativamente los tiempos de desplazamiento) están contemplados, lo cual permite asegurar que el proyecto no generará aumentos significativos en los tiempos de desplazamiento de la población, no generando los efectos de la letra b) del artículo 7 del reglamento del SEIA, tal como se presenta en el Anexo 5.1, en donde se presenta una microsimulación de la red vial, que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas.

  1. Rodrigo Carreño

  2. Nos preocupa profundamente todo el impacto que generará la demolición, excavación, vibraciones, y todas las actividades en la etapa de construcción del proyecto, en los predios directamente colindantes. Todos los antecedentes hacen referencia dentro del predio, pero ¿cómo se evitará el socavamiento de los predios vecinos, el asentamiento de las construcciones, que las vibraciones no deterioren las construcciones, vidrios, obra fina y terminaciones de las viviendas vecinas?; ¿existe un estudio de mecánica de suelo e ingeniería estructural que permita demostrar que no se impactará en éstos términos?; ¿consideraron los estudios de mecánica de suelo que el predio y toda la población se encuentran sobre depósitos aluvionales, de los faldeos del cerro San Cristóbal, no rocosos, de alta inestabilidad, y que pueden generar un gran impacto en todos los terrenos contiguos con todas las actividades del proyecto en la fase de construcción?

  3. Porqué el titular decide hacer un proyecto de esta envergadura, junto a un barrio residencial, antiguo, que tiene una muy alta calidad de vida, donde se vive muy tranquilo, con mucha convivencia entre los vecinos, y relaciones comunitarias, con intercambio entre distintas generaciones, y que todo eso será afectado y modificado con su proyecto. Porqué el titular no pensó ni preguntó a los vecinos todo el impacto que generará este proyecto. Porqué sólo decidió por un proyecto que le genere altos dividendos sin importar en los efectos en la vida de las personas.

  4. El titular no propone compromisos voluntarios, sólo mantener cierta comunicación con la comunidad, sin indicar ningún detalle de ésta, y sólo con los sólo con dirigentes de la JJVV. ¿Porque no se considera a toda la comunidad de la población Lemus?, ¿por qué sus compromisos ambientales son tan precarios?, ¿por qué no propone con detalle otros compromisos voluntarios que permitan mitigar y reparar todo el daño que generará la construcción de los edificios?

  5. Porqué el proyecto no consideró la construcción del bandejón y hermosamiento de Av. Perú en la evaluación de los impactos, si este proyecto del gobierno regional fue aprobado el 2016, 3-4 meses antes que el titular ingrese la DIA a evaluación, por lo tanto, estaba en conocimiento de ello. Es más, cuando ingresa el proyecto, los trabajos ya habían comenzado, y en la DIA ninguna referencia hace sobre éste, y no considera en su evaluación de impacto, ni el cambio en su área de influencia ni línea de base, ni que la situación actual es muy distinta a la presentada en la DIA, ni todos los impactos que generará el proyecto sobre el bandejón ya construido, tanto en la etapa de construcción, 84 sobre todo con el flujo de camiones y maquinaria pesada, y luego con la circulación de 220 bicicletas, cerca de 2000 personas y 440 vehículos.

  6. El titular no propone ningún tipo de monitoreo durante la etapa de construcción y de ejecución de todos los impactos de su proyecto. Como medirán que efectivamente no se está emitiendo ruido sobre la norma, como medirán que las emisiones de polvo y material particulado y cualquier contaminante esté dentro del norma, como se medirá que el tráfico vehicular no generé los ECC indicados en el literal b) art. 7 del RSEIA.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto 1) de la observación, dado que Chile no cuenta con norma específica para la evaluación del impacto por vibraciones, el Estudio Acústico y de Vibraciones, presentado en el Anexo 6 de la Adenda 1, utiliza como norma de referencia un estándar definido por el departamento de Transportes de California, en Estados Unidos, recomendada para la evaluación de proyectos con uso de maquinaria pesada como excavadoras, compactadores, camiones, etc. El estudio acústico demuestra que en términos generales no existirá riesgo de incumplimiento del estándar de evaluación. Solo en el caso particular de la compactación, será necesaria aplicar la restricción descrita en el punto 11 del referido estudio, que específicamente consistente en reemplazar el uso de rodillos compactadores o máquinas compactadoras en sectores cercanos a los receptores (menos de 9 m) por compactadoras manuales. Con la implementación de lo anterior, no existirá riesgo de daño sobre las edificaciones vecinas acreditándose por lo tanto el cumplimiento de la norma de referencia adoptada.

Por otro lado, se realizó un Estudio completo de mecánica de suelos que fue acompañado en la DIA, sobre el cual se desarrolló el proyecto estructural, en conformidad con los estándares de la normativa aplicable.

Este sistema de entibación discontinua asegura la estabilidad de la excavación y terreno vecinos, así como también de las construcciones que en ellos exista.

Respecto del punto 2) de la observación, se debe señalar que la decisión del titular de implementar el proyecto Edificios Perú Plaza I-II en dichos sectores, se funda y se sustenta debido a que el Instrumento de Planificación Territorial (IPT) consignó el suelo del proyecto como de uso residencial con altura, con densidades habitacionales claramente establecidas, por lo que, permite la construcción del proyecto. En efecto, la formulación del Plan Regulador Comunal (PRC) tiene un proceso de consulta pública para recibir los comentarios y observaciones de la comunidad, lo cual fue llevado a cabo durante la formulación de este IPT y su modificación del año 2012.

No obstante lo anterior, se puede mencionar que el diseño del proyecto considera el contexto en donde se localiza, respecto de lo cual, tomó algunas consideraciones durante su diseño: • El diseño ha contemplado que todos los accesos, ya sean de construcción y operación, sean a través de Avda. Perú, que corresponde a una vía importante en el contexto metropolitano. Lo anterior con el objeto de que no haya ingreso y salida de vehículos al interior del barrio Lemus. • Se ha contemplado un mejoramiento notable de la vereda que enfrenta el proyecto en Avda. Perú, pasando de la situación actual, en que la vereda tiene alrededor de 1 metro de ancho a una que tendrá 4,5 metros y cuyo diseño ha sido aprobado mediante ORD. N°1500/409/2017 del SECPLA de la Municipalidad de Recoleta. • Se ha diseñado el proyecto de forma tal que los edificios se ubiquen en los sectores NO aledaño a las casas, de manera que contemplar que hayan áreas verdes y estacionamientos en estos sectores y dejar un distanciamiento amplio.

Respecto del punto 3) de la observación, cabe mencionar que la JJ.VV. corresponde a la organización que representa al barrio y por ello se establece un canal formal de comunicación con los dirigentes, entendiendo que, a su vez, ellos lo tienen con la comunidad.

85 No obstante lo anterior, se realizarán charlas con la comunidad antes del inicio de cada etapa, de manera de presentar a los vecinos el proyecto, las actividades y las personas que estarán a cargo (Ver Tabla 21 Compromiso Voluntario – Adenda Complementaria).

Para mayor información, en la Tabla 87 Compromisos Ambientales Voluntarios – Fase de Construcción y la Tabla 88 Compromisos Ambientales Voluntarios – Fase de Operación del Anexo PAC de la Adenda Complementaria, se presentan los Compromisos Voluntarios adquiridos por el Titular en la DIA y Adenda.

Respecto del punto 4) de la observación, cabe señalar que, tomando en consideración lo señalado en la observación y teniendo en cuenta la nueva estructura vial de Avenida Perú con el bandejón central, este último siendo un proyecto de diseño y ejecución del Municipio, el Titular ha actualizado las rutas a utilizar durante la Fase de Construcción del Proyecto. Por lo tanto, la calle a utilizar por los vehículos que transitan desde el Norte será por Av. Perú, Vuelta en U en calle Rapa Nui y luego tomar nuevamente Av. Perú y los camiones que salgan del proyecto hacia el centro será por calle Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Puma, María Graham y luego tomaran nuevamente Av. Perú.

Se aclara que el EISTU aprobado mediante el oficio N°3960 del 11 de Mayo de 2017 sí incluye en su evaluación el bandejón central que se encuentra en construcción en la Avenida Perú, para lo cual consideró el diseño final de esta obra. Por lo tanto, el proyecto Edificios Perú Plaza I-II para sus dos fases considera la construcción del bandejón y hermosamiento de Av. Perú.

Respecto del punto 5) de la observación, monitoreo etapa de construcción. En relación al tema ruido, el titular ha acreditado que mediante la implementación de las medidas señaladas en la DIA dará cumplimiento a la norma de ruido existente en forma diaria, razón por la cual no es necesario establecer un plan de monitoreo de ruido. De esta manera, la principal medida corresponde a las planchas de OSB, las cuales podrán ser observadas con facilidad por los vecinos. Complementariamente, en caso de ocurrir molestias de ruido, se podrá recurrir a la persona encargada de la obra, la cual verificará que todas las medidas comprometidas se encuentren implementadas y, en caso de corresponder, podrá reforzar alguna medida que pueda disminuir la molestia de los vecinos. Cabe señalar, sin embargo, que el concepto de molestia fue expresamente retirado de la norma de ruido por ser de carácter subjetivo.

Respecto del material particulado, se debe señalar que el titular se comprometió que para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante su fase de construcción, se contemplan cierres con planchas OSB y sobre esta se adicionará malla tipo raschel que cumplirán la doble función de retener material particulado y controlar las emisiones de ruido. Adicionalmente se han contemplado medidas como humectación de las áreas de movimiento de tierra, acopio de tierra y vías de circulación interna, se estabilizarán y compactarán las zonas de tránsito de maquinaria y vehículos, se prohibirá la quema de maderas u otro material al interior de la obra, entre otros.

El proyecto no supera los límites indicados en el artículo 98 del PPDA, por lo que no le corresponde compensar emisiones, como se señala en la Tabla 99 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria (Ver Tabla 99 Emisiones Atmosféricas Totales del Proyecto).

Durante todo el proceso de evaluación ambiental, el titular del proyecto ha acreditado cumplimiento de la normativa ambiental aplicable. En particular, ha acredita que todo el manejo y disposición de descargas, efluentes y residuos será realizado conforme a la normativa vigente, utilizándose transportes y lugares de disposición autorizados para los residuos sólidos y líquidos.

Para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante su fase de construcción, se consideran las siguientes medidas que el Titular se compromete a materializar:

• Humectación: Según la letra a) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se humectarán las áreas de movimientos de tierra y vía de circulación interna de acuerdo a los requerimientos en terreno, contemplándose un mínimo de 2 veces al día durante el periodo que duren las excavaciones. La fuente de agua provendrá de un arranque de agua potable en la obra o en su defecto por medio de camión aljibe que posea las autorizaciones y permisos correspondientes, se mantendrá registro en obra por medio de boletas o facturas. 86 • Camiones encarpados: Según la letra c) del artículo 5.8.3 de la OGUC, el transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver Figura 4 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria). • Estabilización y compactación de caminos: Según la letra b) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículo por el periodo correspondiente (tiempo en que duren las excavaciones). • Cierre perimetral en los deslindes: Según la letra g) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se construirá cierre perimetral en los deslindes del proyecto con mallas tipo raschel, el cual será mantenido en buen estado. La finalidad de este cierre es evitar la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área del proyecto y sectores circundantes. Los cierres podrán ser reemplazados por los paneles OSB con fines acústicos, adicionándoles 50 cm por sobre el nivel con malla raschel.

Conforme a lo anterior, el titular del proyecto compromete el cumplimiento de la normativa ambiental vigente que le aplica, cuya base es la salud de la población. Todo el detalle de los estudios y cálculos se presentan en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria.

  1. Rodrigo Carreño

Observación 1

Como ciudadano y residente en la comuna y del sector desde el año 2003 a la fecha, puedo comentar que los horarios puntas de mañana y tarde han aumentado y se han desplazado en al menos 30 a 45 minutos a raíz que los distintos colegios del sector, la ruta de acceso a la ciudad empresarial, debido a la gran cantidad de proyectos inmobiliarios nuevos y entregados y que además, comparten las mismas rutas de acceso que ya están colapsadas, sumado a lo anterior, un ineficiente sistema de transporte público en el sector, por lo anterior, se solicita respaldar con la información clara y suficiente que permita dar cumplimiento al objetivo principal del artículo 7, letras b), c) y d), del Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental según DS40.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que el EISTU desarrollado y aprobado por la Ventanilla Única de la SEREMI de Transportes y Telecomunicación es de la Región Metropolitana, contempla un completo análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de describir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente, proceso que incluye a la Municipalidad de Recoleta.

Sobre esto, se construyen los escenarios base o sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos mencionados en la pregunta. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

De acuerdo a los resultados de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los efectos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, llegando a escenarios en que no se genera de saturación vial, lo cual es un indicador para establecer que no habrá aumentos significativos en los tiempos de desplazamiento por circulaciones vehiculares y que se comprueba mediante una microsimulación de la red vial (ver Anexo 5.1).

87 Respecto a los flujos que se producirán por los peatones, el sector cuenta con 13 recorridos del Transantiago y, adicionalmente, Metro ha indicado que la estación Cementerios tiene una capacidad de reserva en horarios punta de alrededor de 2000 personas/hora.

Todo lo anterior permite acreditar que no habrá aumentos significativos en los tiempos de desplazamientos, tampoco habrá obstrucción o restricción a la libre circulación de las personas, toda vez que el proyecto se desarrolla al interior de un sector ya cercado por el que no circulan personas ni da conectividad a otros sectores, con lo cual no se da ninguna de las condiciones conforme a lo indicado en el literal b) del artículo 7 del Reglamento del SEIA.

A continuación, se presentan los antecedentes para el análisis del Artículo 7, literal c) respecto la alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica: En primer lugar, según la estimación del proyecto de sala de basura, el Proyecto contempla la construcción de 483 viviendas, por lo que se estima que aportará 1.336 nuevos residentes al área de influencia. Es necesario considerar el perfil de los usuarios de las nuevas viviendas. El Proyecto ofrecerá viviendas cuya superficie irá desde los 36 m2 a 54 m2. Lo anterior determina un valor de venta promedio de 2.770 UF. De esta manera, el perfil del comprador de estas viviendas estaría conformado principalmente por los grupos socioeconómicos medios C2 Según el Estudio de Grupos Socioeconómicos de la Asociación de empresas de Investigaciones de Mercado (AIM) realizado el año 2015, presentan las características señaladas en la Tabla 10: “Características de acceso a bienes y equipamiento según grupo socioeconómico” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA.

• Equipamiento de salud De acuerdo con los datos de la Encuesta Casen 2015, el acceso a establecimientos de salud de la población de Recoleta se distribuye según los porcentajes presentados en el Gráfico 1: “Porcentaje de acceso a establecimientos de salud según tipo”, del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA.

A partir de los datos contenidos en dicho gráfico, es posible señalar que la mayoría de la población (62,6%) accede a establecimientos de salud público, seguido por atención en consultas y centros médicos privados (22,2%). Este comportamiento difiere del comportamiento de la población del área de influencia, ya que según la información de entrevistados expuesta en el punto 5.5.2 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA “la mayoría de la población se encuentra afiliada al sistema previsional Fonasa y en menor medida a Isapres. Por lo general son los adultos mayores e inmigrantes quienes, por razones económicas, acceden a la red de establecimientos públicos, específicamente al CESFAM Dr. Patricio Hevia (Valdivieso) y CESFAM Recoleta, mientras que la población adulta y jóvenes acceden a centros privados en el sector centro y oriente de la ciudad.” (p. 48)”. Considerando el perfil socioeconómico estimado de los futuros residentes del Proyecto, estos contarán mayoritariamente con afiliación a sistema FONASA y en menor medida ISAPRE, accediendo a atención de salud en centros privados, sin recurrir a los centros de salud públicos, específicamente a los CESFAM que corresponden al territorio.

En cuanto a la oferta de centros de salud privados, el área de influencia se encuentra próxima a 5 establecimientos, sin superar los 3,2 km. de distancia. En la Figura 9: “Ubicación de establecimientos de salud privados respecto al área de influencia” y en la Tabla 11: “Establecimientos de salud privados cercanos al área de influencia”, ambas del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA, se detalla la ubicación del Proyecto respecto de establecimientos de salud privados y sus características.

De acuerdo a todo lo anteriormente expuesto, es posible señalar lo siguiente:

  • Según el perfil socioeconómico que se estima corresponderán los futuros residentes del Proyecto, contarán mayoritariamente con sistema de afiliación FONASA, por lo que podrán acceder a establecimientos de salud privados. Respecto a la oferta de equipamiento, a no más de 3,2 kilómetros de distancia respecto al área del Proyecto se encuentran 5 establecimientos cercanos.

• Equipamiento educacional

De acuerdo con los datos de la Encuesta Casen 2015, el acceso a establecimientos educacionales de la población de la comuna de Recoleta se divide según puede apreciarse en el Gráfico 2: “Comuna de establecimiento educacional al cual accede la población de Recoleta” del Anexo Participación 88 Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA, respecto del cual, puede observarse que un 63% de la población de Recoleta accede a establecimientos educacionales en la misma comuna.

Por otra parte, la infraestructura educacional de la comuna, puede apreciarse en la Tabla 12: “Características de establecimientos educacionales de la comuna de Recoleta” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA. Respecto de dicha tabla, la mayoría de los establecimientos disponibles en la comuna son de dependencia Particular Subvencionado y que existen 1.566 matrículas vacantes según curso de ingreso.

Respecto a la demanda que podría generar el Proyecto, se utiliza la información disponible en el proyecto de sala de basura adjunto en el anexo 10 de la DIA, donde se estima que los departamentos de dos o más dormitorios estarían acondicionados para recibir un grupo familiar, por ende, población en edad escolar. Por cada uno de ellos se calcula según el indicador de INE (2010), donde durante el año 2008 cada mujer aportó 1,9 hijos/as en promedio.

Considerando los antecedentes presentados en la Tabla 13: “Estimación de población en edad escolar por parte del Proyecto” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA, se estima que el Proyecto aportaría 648 residentes en edad escolar, de los cuales, considerando la tendencia que demuestra la Encuesta Casen 2015, el 63% accedería a equipamiento educacional de la comuna, es decir 408 estudiantes.

De acuerdo a todo lo anteriormente expuesto, es posible señalar lo siguiente:

  • Se estima que el Proyecto aportará 648 residentes en edad escolar, de los cuales 408 buscarán acceder a establecimientos en Recoleta. Como se indica en el punto 5.5.3 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA, en el área de influencia existen cuatro establecimientos educacionales, los cuales cuentan con 155 vacantes según curso de ingreso principal, los que podrían cubrir de manera parcial la demanda que se estima generaría el Proyecto.

  • En total la comuna cuenta con 1.566 vacantes según curso de ingreso, es decir, permite absorber la demanda que se estima generaría el Proyecto.

  • La mayoría de los establecimientos disponibles, tanto en el área de influencia como en la comuna, son de dependencia Particular Subvencionada, acorde a la preferencia del perfil socioeconómico (C2) que se estima corresponderá a los ocupantes del Proyecto.

• Transporte

El área de influencia cuenta con 13 paraderos Transantiago, estando el más cercano a aproximadamente 20 m. de distancia (PB170-Avenida Perú Esq. / Arz. Valdivieso), por donde transitan los recorridos 116 y B15. A aproximadamente a 550 metros en dirección poniente del lugar donde se ubicará el Proyecto, se encuentra Av. Recoleta, la cual presenta una mayor oferta de recorridos de buses.

El área de influencia se encuentra próxima a la estación de Metro Cementerios correspondiente a la Línea 2, emplazada sobre el eje Av. Recoleta, a aproximadamente 465 metros de distancia (15 minutos a pie desde el extremo oriente del área de influencia). La oferta actual permite cubrir la demanda generada en el área de influencia, ya que a pocos metros cuentan con amplia oferta (buses y Metro) sobre el eje Recoleta. El Proyecto cuenta con 447 estacionamientos para 483 viviendas, es decir, una proporción de 0,92 estacionamientos/vivienda. Considerando el perfil socioeconómico del público objetivo del Proyecto (C2), sólo un 49% cuenta con vehículo particular, por lo que se estima que alrededor de 237 viviendas requieran de estacionamiento, siendo la demanda menor a la oferta que proporcionará el Proyecto.

• Energía

La demanda de energía del área de influencia se encuentra cubierta en un 100% por la empresa Enel. Esto se extenderá a la situación del Proyecto.

• Sanitaria

89 La demanda de servicios sanitarios del área de influencia se encuentra cubierta en un 100% por la empresa Aguas Andinas. Por su parte el Proyecto cuenta con factibilidad sanitaria.

• Infraestructura Básica y Equipamiento Comunitario

Según es presentado en el numeral 5.5.4 del estudio de Medio Humano del anexo 6 de la DIA “la mayoría de calles y veredas se observan en buen estado, permitiendo el tránsito sin mayores problemas de los peatones. Aun así, cabe señalar que en ciertos puntos se identifica deterioro del pavimento especialmente en el sector poniente del área de influencia, entre las calles El Salto Chico y Av. Recoleta, debido a que se trata de un sector residencial bastante antiguo, cuyas fachadas también evidencian un notorio estado de deterioro, tal como se ha mencionado en el punto 5.5.1; respecto a las luminarias los entrevistados señalan que se encuentran en buen estado.” (p.53) Junto a esto se debe considerar el proyecto de la Municipalidad y GORE que contempla el mejoramiento del bandejón central de Av. Perú. Por su parte el Titular se hará cargo de mejorar la solera poniente del Proyecto, ensanchando la calzada, implementando baldosa, franja de césped, luminaria, árboles y arbustos (ver anexo 1 de la Adenda Complementaria). Durante la fase de operación, la administración de los edificios se hará cargo de las áreas verdes y de mantener limpio el frente de la propiedad. Por otro lado, la Municipalidad será la encargada de la mantención de las luminarias.

Respecto a equipamiento infraestructura de equipamiento comunitario, como se indica en el mismo anexo, “se identifica equipamiento comunitario, representado en la presencia de sedes sociales y multicanchas” (p.53). Por su parte, el Proyecto contempla la instalación de áreas verdes para sus residentes, además de equipamiento como gimnasio, salas multiuso, quinchos, piscina, salas de primeros auxilios y lavandería.

• Servicios Comerciales

En el área de influencia se identifican servicios comerciales menores, principalmente establecimientos que permiten el abastecimiento de los residentes. Para una mayor oferta de servicios y compras mayores, deben trasladarse fuera de este sector. Al respecto, la construcción del Proyecto contempla la instalación de 11 locales comerciales que cuentan con acceso independiente y que permitirá proporcionar una mayor cantidad servicios.

• Finanzas

El área de influencia presenta disponibilidad acotada de servicios, siendo la mayoría de abastecimiento y comercio. De esta manera, la población del área de influencia se traslada hacia otros puntos de Recoleta, sector oriente o centro de Santiago que se emplaza a pocos minutos, con el fin de acceder a una mayor oferta de servicios bancarios y financieros. Por su parte, el Proyecto contempla la instalación de 11 locales comerciales que cuentan con acceso independiente y que permitirá entregar al sector una mayor cantidad servicios.

Respecto de los siguientes indicadores para evaluar posibles impactos relacionados a la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, estos son presentados en la Tabla 14: “Análisis Artículo 7, letra d) según Guía de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Inmobiliarios que se Desarrollen en Zonas Urbanas (2017)” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA.

Cabe indicar que la información expuesta en dicha tabla fue extraída del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA, a partir de la cual es posible concluir que se han evaluado todos los indicadores que señala la Autoridad Ambiental, frente a los cuales el Proyecto generará impactos significativos, descartando así el literal d) del Artículo 7 del RSEIA. En conclusión, se descarta que el Proyecto pueda generar impacto significativo según lo establecido en los literales b), c) y d) del Artículo 7 del RSEIA.

  1. Rodrigo Carreño

Observación 1

90 La DIA, correspondiente al estudio de emisiones acústicas, se presentan datos de ruido por receptores, indicando como línea base de ruido del sector una sola medición por receptor. Además, por lo visto en las imágenes no se observa tránsito al momento de realizar las mediciones y se desconoce la época del año en que se realiza el estudio. Se sugiere re-evaluar dicho estudio con sensores continuos que presenten gráficas de comportamiento de ruido y en diferentes épocas del año, considerando los cambios de temperatura, humedad relativa y velocidades del viento, con el fin de observar los niveles máximos de ruidos naturales del sector en el contexto actual, con el fin de tener una línea base real y representativa del impacto del ruido en el medio humano adyacente al proyecto.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que la normativa vigente de ruido distingue en su aplicación entre zonas urbanas y zonas rurales. Tratándose de zonas rurales efectivamente corresponde tomar en cuenta el nivel de ruido actual para establecer los límites de ruido, permitiéndose a un proyecto emitir hasta 10 dB más que el nivel de ruido de fondo con un techo de 65 dB en horario diurno (equivalente a Zona III). Para zonas urbanas, como es este caso, los límites máximos están expresamente definidos por la normativa vigente, siendo 60 dB el estándar a cumplir para el proyecto en todos los receptores evaluados en el entorno independientemente del nivel de ruido de fondo. Sin perjuicio de lo anterior, solamente de manera referencial, el estudio acústico contempló una visita a terreno y un levantamiento del nivel de ruido de fondo que da cuenta del ambiente actual en horario diurno en dichos puntos receptores, constatando niveles entre 46 y 70 dB en los distintos receptores tal como se señaló en el punto 5.1 de dicho estudio. En el Anexo A del Anexo PAC de la Adenda Complementaria se aportan mayores antecedentes de dichas mediciones referenciales.

Respecto del impacto por ruido, el estudio acústico presentado en el Anexo 5 del a DIA y en el Anexo 6 de la Adenda 1 del proyecto, se presenta de manera detallada, mediante modelaciones con software especializado que el proyecto dará cumplimiento a los límites máximos establecidos por el D.S. Nº 38/11 del MMA. “Norma de Emisión de Ruido Generados por Fuentes Que Indica”. Se debe tener en cuenta que esta normativa se basa en la salud de la población y recoge los niveles recomendados al efecto por la organización Mundial de la Salud (OMS), por cuanto acreditar su cumplimiento, es la única forma objetiva, legal y vigente que posee un proyecto para demostrar que no generará efectos en la salud de la población.

  1. Rodrigo Carreño

Observación 1

  1. Se solicita aclarar como abordará y complementará la información errática, ya que bajo el escenario que al momento de escavar en la etapa de construcción la realidad lo obligue a remover mayores cantidades de material, lo que está directamente relacionado con los resultados de las modelaciones y medidas de mitigación en todas las dimensiones, generando un cambio de proyecto que puede ser significativo.

  2. Se solicita aclarar como abordará el estudio de variabilidad estacional e interanual del nivel freático, ítem crítico para los diseños de las fundaciones de los edificios, lo que puede poner en riesgo la seguridad de las personas que habitarán estos departamentos y los transeúntes que pasen por las cercanías de estos antes un colapso.

  3. De acuerdo a los resultados de las mediciones de SPT, caracterización del terreno en base a las calicatas realizadas y ante el escenario que exista durante la vida útil del proyecto un sismo de magnitud igual o superior al año 2010 con un periodo de retorno de 25 años, se solicita complementar la campaña geotécnica y estudio de suelo con el objeto de garantizar la seguridad de las personas, contemplando al menos: • Estudiar un marco geológico local. • Estudiar un marco geomorfológico local. • Estudio de licuefacción. • Ensayos de permeabilidad (Lefranc). 91 • Ensayo de Consolidación (ASTM D2435). • Ensayo Triaxial con medición de presión de poros CIU (ASTM 2850). • Corte Directo (ASTM D3080)

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto 1) de la observación, cabe señalar que los cálculos del movimiento de tierra realizados por ingenieros especialistas, han sido presentados en el numeral 43 de la Adenda de la DIA, y la justificación de los cálculos de volumen de los movimientos de tierra, se encuentran en la Tabla 15 “Justificación cubicación Excavación”; Tabla 16 “Excavación Pilas Perú I”; Tabla 17 “Excavación por Superficie”; Tabla 19 “Excavación por Taludes”, todas del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA, los cuales toman como base la topografía y el proyecto y respecto de los cuales, los volúmenes de cubicación de material a excavar corresponder a los valores reales.

Respecto del punto 2) de la observación, cabe señalar que según los antecedentes presentados en la “Aclaración Posición Nivel Freático” adjunto en el Anexo 4 de la Adenda de la DIA, el sondaje realizado reporta que el subsuelo desde la superficie hasta los 30 m de profundidad no se detectó napa de agua o nivel freático.

Por otro lado, de acuerdo a los antecedentes geológicos existentes en el área el nivel freático se ubica entre 45 a 50 m de profundidad, y muy probablemente en la actualidad esté bajo esos niveles, puesto que la tendencia histórica es que la napa ha descendido varios metros en los últimos años. No existe ninguna razón ni estudio serio que justifique la presencia de nivel freático superficial o cercano a los niveles de fundación definidos de los edificios proyectados, por lo que no hay ningún riesgo en este proyecto con respecto a las personas o estructura. Junto a lo anterior, en el Anexo 5.4 se entrega el resultado de la medición del nivel freático realizada en el pozo profundo existente en el terreno por la empresa especialista QUINTA Ingeniería y Construcción Ltda., con fecha 20 de septiembre del año 2017, en donde se constata que no se encontró napa freática a los 60 metros de profundidad que corresponde a la profundidad total del pozo.

De acuerdo a lo anterior, se descarta la existencia de napa a pocos metros de profundidad y por lo tanto cualquier compromiso con la estabilidad de las estructuras de ambos edificios. Además, los drenes de infiltración se encontrarán ubicados a una profundidad no mayor de 5,70 metros. Por lo tanto, los drenes estarán a 54,3 m por sobre el eventual nivel freático, según lo señalado anteriormente (no se encontró napa freática a los 60 metros de profundidad), no generando afectación de forma alguna sobre las aguas subterráneas, así como tampoco riesgo de colapso de los edificios.

Respecto del punto 3) de la observación, cabe señalar la campaña geotécnica de exploración se basa en la normativa vigente NCh433, actualizada con el DS 61 del año 2011” Diseño sísmico de edificios” y con la NCh1508 Of2008 “Geotecnia: Estudio de Mecánica de Suelos” en donde se establece los ensayos requeridos para clasificación sísmica del predio y como determinar parámetros resistentes del suelo.

Para ambos casos se realizaron los ensayos pertinentes que debían realizarse al suelo encontrado. Por lo cual, y dentro de los ensayos solicitados, no aplican ni son realizables a este tipo de suelos, por lo siguiente: - Licuefacción: Este fenómeno y comportamiento de suelos sólo aplica a arenas saturadas y limos de baja plasticidad, No se encuentra ningún tipo de suelo de esta naturaleza en las prospecciones realizadas y tampoco existe nivel freático.

- Ensayos de permeabilidad Lefranc: Dada la profundidad de fundación de los edificios, los drenes serán del tipo superficiales, este ensayo se realiza cuando el proyecto de aguas lluvias contempla pozos profundos de infiltración, dado que el área en donde se realiza el ensayo corresponde a la misma perforación del sondaje. Para este proyecto se realizaron dos ensayos de infiltración por el método Porchet según las técnicas expuestas por el MINVU en el año 1996. 92

- Ensayo de consolidación: Este ensayo permite medir la deformación y/o asentamiento que podría tener un suelo fino (arcilla o limo) en el tiempo mientras se encuentre totalmente saturado. Las prospecciones reportan en los 30 m de profundidad suelos granulares del tipo grava arenosa sin presencia de nivel freático.

- Ensayo Triaxial: La medición de presión de poros en un ensayo triaxial se realiza con el fin de conocer el comportamiento del suelo al ser sometido a carga mientras se encuentra saturado, la extracción de esta muestra se debe realizar de forma inalterada y no pueden existir gravas en la probeta a ensayar.

Nuevamente dada la naturaleza del subsuelo encontrado en la exploración este tipo de ensayos no aplica ni tampoco se pueden realizar.

- Corte Directo: Este ensayo se ejecuta en arenas y al igual que en el ensayo triaxial la extracción de la muestra debe ser inalterada. El ensayo se realiza tallando una muestra de 5 cm ancho por 5 cm de largo y 2,5 cm de alto. Dada la naturaleza del suelo de fundación (gravas de tamaño 10”), el ensayo pierde todo tipo de efectividad y veracidad de los parámetros que pudiera entregar.

Con respecto al estudio geológico y geomorfológico de la zona el único antecedente fidedigno y realizado por una entidad seria y de prestigio en nuestro país es el boletín N° 33 del Instituto de Investigaciones Geológicas (actual SERNAGEOMIN). Este Boletín es utilizado por todos los profesionales geotécnicos que estudian día a día los suelos de Santiago y de la Región Metropolitana el que se complementa con el conocimiento que cada profesional tiene de la zona en estudio. La empresa que realizó el estudio de Mecánica de Suelos ha realizado alrededor de 30 proyectos en la comuna y no se te tiene ningún antecedente distinto a los ya presentados

  1. Rodrigo Carreño

Observación 1

Respecto del Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias desarrollado en la DIA, se solicita al titular entregar la información para cada situación de riesgo o contingencia y situación de emergencia respectivamente.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

A continuación, se presenta la información para cada situación de riesgo o contingencias y situación de emergencia que tendrá el Proyecto:

Fase de Construcción • Plan de Prevención de Contingencias En las siguientes tablas se presentan las medidas a implementar para prevenir las posibles situaciones de riesgo o contingencia que se puedan presentar durante la fase de construcción del Proyecto.

Tabla 91 Prevención de riesgos y contingencias en fase de construcción Situación de riesgo o contingencia 1: Actividad Sísmica Mayor (Terremotos) Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Parte, obra o acción asociada Asociada a toda el área en general, a nivel regional. Acciones o medidas a implementar • Identificar la ubicación de las llaves de agua, corte general de gas e interruptores o fusibles de electricidad y aprender a cortar su paso. • Identificar las zonas de seguridad. 93 • Señalización de las vías de evacuación y zonas seguras. • Realizar simulacros. • Realizar inducciones a los trabajadores sobre las zonas de seguridad y plan de emergencia. Forma de Control y seguimiento • Correcta mantención de señalética que identifique la zona segura al interior de la obra. Esta labor será del prevencionista de riesgos presente en la obra. • Libro y/o registro de las inducciones, registro fotográfico de señaléticas. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.8 DIA Edificios Perú Plaza I – II y Anexo 7 de la Adenda Acciones o medida a implementar para controlar la contingencia • Cortar las llaves de agua, cortar el gas e interruptores o fusibles de electricidad. • Ir a a las zonas de seguridad. • Seguir las señaléticas de las vías de evacuación y zonas seguras. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos No Aplica Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.8 DIA Edificios Perú Plaza I – II y Anexo 7 de la Adenda

Situación de riesgo o contingencia 2: Incendios en obra Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Parte, obra o acción asociada Al interior de la obra e inmediaciones de ella, principalmente producto de mal manejo de sustancias inflamables o por no respetar la restricción de fumar al interior de la obra. Acciones o medidas a implementar • Prohibición de fumar, hacer fogatas y encender fuego al interior de la obra. • Carteles informativos con las medidas. • Mantener la obra limpia y ordenada para evitar eventuales focos. • Capacitaciones a los trabajadores directos y subcontratos. Forma de Control y seguimiento • Señalética al interior de la obra con la indicación de “Prohibido fumar” en sectores de riesgos como bodega residuos peligroso, sustancias peligrosas, etc. Además, se habilitará un sector que cuente con las condiciones pertinentes para permitir a sus trabajadores la realización de éstas prácticas. • Registro fotográfico de señaléticas y libro de registro de capacitaciones Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.8 DIA Edificios Perú Plaza I – II y Anexo 7 de la Adenda Acciones o medida a implementar para controlar la contingencia • No fumar, no hacer fogatas ni encender fuego al interior de la obra. • Seguir las medidas de los carteles informativos. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos No Aplica 94 Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.8 DIA Edificios Perú Plaza I – II y Anexo 7 de la Adenda

Situación de riesgo o contingencia 3: Derrames sustancias peligrosas y combustibles Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Parte, obra o acción asociada Al interior de la obra, asociadas al manejo de sustancias peligrosas y/o fallas en las maquinarias y camiones. Acciones o medidas a implementar • Revisión periódica de los contenedores y bodega de almacenamiento. • Revisión periódica de todas las maquinarias y camiones para evitar eventuales filtraciones de aceites o combustible, además de la implementación de un plan preventivo de revisión técnica. • Exigencia a los contratistas de que todas las maquinarias y camiones cuenten con mantenciones, revisiones técnicas al día y permisos de circulación según corresponda. Forma de Control y seguimiento • Libro y/o registro de mantenciones realizadas a la maquinaria presente en obra. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.8 DIA Edificios Perú Plaza I – II y Anexo 7 de la Adenda Acciones o medida a implementar para controlar la contingencia • Estar atentos a todos los contenedores y bodega de almacenamiento. Revisión filtraciones de aceites o combustible de todas las maquinarias y camiones. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos No Aplica Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.8 DIA Edificios Perú Plaza I – II y Anexo 7 de la Adenda

Situación de riesgo o contingencia 4: Alumbramiento de napa freática Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Parte, obra o acción asociada Al interior de la obra producto de las excavaciones para la materialización de los subterráneos. Acciones o medidas a implementar Capacitaciones al personal, para que sepa cómo actuar ante un posible alumbramiento de napa freática. Forma de Control y seguimiento Hojas de asistencia firmadas de las capacitaciones, acreditando la capacitación de cada uno de los trabajadores asociados a actividades que podrían afectar la napa freática Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.8 DIA Edificios Perú Plaza I – II y Anexo 7 de la Adenda Acciones o medida a implementar para controlar la contingencia Ver medidas a tomar en el Plan de Emergencia para fase de operación Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos No Aplica Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.8 DIA Edificios Perú Plaza I – II y Anexo 7 de la Adenda 95

Situación de riesgo o contingencia 5: Accidentes de trabajo en las instalaciones Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Parte, obra o acción asociada Al interior de la obra, dependerá de las actividades desarrolladas Acciones o medidas a implementar • Capacitaciones e inducciones periódicas en la forma de proceder según el tipo de trabajo y los riesgos que enfrentan. • Disponibilidad permanente de los Elementos de Protección Personal (EPP) según el tipo de trabajo a realizar. • Exigir la utilización de los EPP Forma de Control y seguimiento Hojas firmadas que acrediten recibo de EPP completo, además de rondas periódicas realizadas por el prevencionista de riesgos para verificar el estado de las condiciones laborales en las que se encuentran los trabajadores de la obra. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.8 DIA Edificios Perú Plaza I – II y Anexo 7 de la Adenda Acciones o medida a implementar para controlar la contingencia Cada trabajador debe contar con sus EPP despendiendo de la actividad a realizar. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos No Aplica Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.8 DIA Edificios Perú Plaza I – II y Anexo 7 de la Adenda

Situación de riesgo o contingencia 6: Accidentes de trayecto Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Parte, obra o acción asociada Trayecto de los trabajadores desde su hogar hasta la obra, causas ajenas al desarrollo normal de la obra. Acciones o medidas a implementar Capacitaciones e inducciones periódicas al personal. Forma de Control y seguimiento En caso de existir algún accidente de trayecto, el encargado de la obra actuará de acuerdo a los protocolos establecidos por la empresa contratada por la constructora Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.8 DIA Edificios Perú Plaza I – II y Anexo 7 de la Adenda Acciones o medida a implementar para controlar la contingencia Actuar de acuerdo a los protocolos establecidos por la empresa contratada por la constructora. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos No Aplica Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.8 DIA Edificios Perú Plaza I – II y Anexo 7 de la Adenda

Situación de riesgo o contingencia 7: Proliferación de vectores de interés sanitario asociado a RSD Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Parte, obra o acción asociada Al interior de la obra, causas asociadas al manejo de residuos sólidos domiciliarios (RSD) Acciones o medidas a implementar • Almacenamiento en contenedores tapados y con bolsa plástica en su 96 interior. • No acumulación por tiempos prolongados, se estima su extracción 3 veces por semana. • Inducción al personal y trabajadores de depositar RSD en los lugares habilitados y mantener siempre los contenedores tapados. • Implementación de sistema de control de vectores mensual. Forma de Control y seguimiento • Libro y/o registro de las capacitaciones, y se mantendrá en obra copia de los recibos obtenidos posterior a los controles de plaga. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.8 DIA Edificios Perú Plaza I – II y Anexo 7 de la Adenda Acciones o medida a implementar para controlar la contingencia • Verificar que el almacenamiento de todos los RSD es en contenedores tapados y con bolsa plástica en su interior. • Solicitar el retiro de los residuos mínimo cada 3 veces por semana. • Mantener al día el sistema control de vectores. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos No Aplica Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.8 DIA Edificios Perú Plaza I – II y Anexo 7 de la Adenda

Plan de Emergencia En las tablas presentadas a continuación, se indican los procedimientos de acción ante el desarrollo de una situación de emergencia.

Tabla 92 Plan de emergencias en fase de construcción Situación de emergencia 1: Actividad sísmica (sismos o terremotos) Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Construcción Parte, obra o acción asociada Asociada a toda el área en general, a nivel regional. Acciones a implementar para controlar la emergencia • Se detendrán las tareas haciendo abandono rápidamente de las superficies en altura (andamios, plataformas en voladizo), espacios confinados, excavaciones, bajo estructuras y bordes, ya que aumenta el peligro de derrumbe y caída desde altura. El personal se reunirá en el “Punto de Encuentro” más cercano o “Zona de Seguridad” de la Obra. • El electromecánico de mantención desenergizará todos los artefactos y/o equipos eléctricos para evitar un principio de incendio ante presencia de gas, además procederá a desconectar la fuente eléctrica de la grúa una vez que esta haya bajado la carga. • Después del sismo, se evacuará a todo el personal a la “Zona de Seguridad” de la Obra, se deberá prestar y/o coordinar la atención a los lesionados, tomar asistencia a todo el personal reunido, comprobar el funcionamiento de los servicios (luz, gas, agua), cerrar y señalizar con cinta de peligro zonas de trabajo dañado o con peligro. Los trabajadores no se podrán retirar de la obra o reingresar a trabajar hasta que el Comité de Emergencias designado lo indique. Oportunidad y vías de En el caso de consecuencias graves a las instalaciones del 97 comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos proyecto y/o vecinas o fatales por la situación se emergencia se procederá a avisar a las autoridades pertinentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA (http://snifa.sma.gob.cl/SistemaSeguimientoAmbiental/) Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.8 DIA Edificios Perú Plaza I – II y Anexo 7 de la Adenda

Situación de emergencia 2: Incendios en obra Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Parte, obra o acción asociada Al interior de la obra e inmediaciones de ella, principalmente producto de mal manejo de sustancias inflamables o por no respetar la restricción de fumar al interior de la obra. Acciones a implementar para controlar la emergencia • Las personas que se encuentren en el lugar procederán de inmediato a utilizar los extintores portátiles e informarán inmediatamente al coordinador del área afectada. • El coordinador del área siniestrada evaluará la situación, en caso que el amago no pueda ser controlado con los extintores de la obra, dará la alerta de evacuación y solicitará la presencia de bomberos. • El electromecánico de mantención debe cortar el suministro de energía eléctrica de la obra. • Si el incendio amenaza con propagarse a otro punto las instalaciones, se procederá a despejar el sector de todo tipo de material que pueda entrar en combustión. • El personal de obra solo podrá actuar ante un amago de incendio, ya que bajo situaciones de incendio declarado solo podrá intervenir bomberos. Importante: Cabe mencionar, que dependiendo de la composición química del residuo o elemento que se inflame será el tipo de extintor o medio con el cual se debe abatir el incendio. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos En el caso de consecuencias graves a las instalaciones del proyecto y/o vecinas o fatales por la situación se emergencia se procederá a avisar a las autoridades pertinentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA (http://snifa.sma.gob.cl/SistemaSeguimientoAmbiental/) Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.8 DIA Edificios Perú Plaza I – II y Anexo 7 de la Adenda Acápite 17 de la Adenda Edificios Perú Plaza I – II

Situación de emergencia 3: Derrame sustancias peligrosas o combustible Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Parte, obra o acción asociada Al interior de la obra, asociadas al manejo de sustancias peligrosas y/o fallas en las maquinarias y camiones. Acciones a implementar para controlar la emergencia • El personal que detecte el derrame dará aviso al Responsable en Obra (Jefe de Obra o Prevencionista de Riesgo). • Seguidamente el encargado dispondrá: detener (cuando corresponda), contener, recuperar el material del derrame y almacenar en un contenedor para disponerlo en algún lugar habilitado según el tipo de peligrosidad indicado en la hoja de seguridad correspondiente. Se establece que dentro de cada bodega estén siempre disponibles dichas hojas. • El Responsable en Obra, hará una evaluación de sus causas y dispondrá con el operario encargado las 98 acciones para recuperar el líquido derramado y el material contaminado, abarcando toda el área afectada. • Se delimitará el área afectada. • Se deberán utilizar los implementos de absorción correspondiente, en el caso de residuos líquidos no inflamables se procederá con arena o aserrín y para el caso de residuos líquidos inflamables se procederá con carbón activado para derrames sobre el suelo; también se podrán utilizar almohadillas absorbentes universales, cordones, telas o paños para derrames sobre agua. Si el residuo es sólido se recogerá por medio de pala y escoba. • Cuando el derrame se produzca en algún suelo con riesgo de infiltración, se retirará el material del suelo, hasta una profundidad de 10 cm por debajo del nivel afectado por la contaminación. • En los lugares donde el derrame se encuentre disperso en el terreno, el material absorbente se podrá esparcir, mezclar con el suelo y recuperar en contenedor apropiado. • El material recogido de un derrame (recuperado) será dispuesto adecuadamente en recipientes para su posterior traslado y disposición final en lugar autorizado por la Autoridad Sanitaria competente. • Se dará aviso a las autoridades pertinentes frente a cualquier accidente.

IMPORTANTE: Siempre debe haber en bodega implementos de seguridad para la contención de derrames de acuerdo a la sustancia almacenada (inerte químicamente), lo básico que debe estar presente es: guantes, antiparras, mascarillas y overol o delantal para la protección personal, además de los implementos necesarios para la contención como tal (pala, escoba, contenedor, arena, aserrín y/o carbón activado, etc.). Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos En el caso de derrames de gran envergadura (más de 200 L) se procederá a comunicar a la SMA través del Sistema de Seguimiento Ambiental (http://snifa.sma.gob.cl/SistemaSeguimientoAmbiental/). Y en caso de que sea necesario, se dará aviso a la SEREMI de Salud. En el caso que sea necesario, se entregará un informe inmediatamente a la DGA en un plazo máximo de 24 horas. Dicho informa contendrá la siguiente información: • Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. • Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. • Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. • En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la DGA. (Sólo en caso de accidentes). Además, se presentará un “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias” en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento a la Autoridad Ambiental. En este informe se considerará: 99 • Antecedentes del accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.). • La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, aguas subterráneas o aire). • La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnica(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados. • La identificación de los parámetros representativos y las normativas (nacionales e internacionales de referencia) que utilizará para monitorear los componentes ambientales afectados por una emergencia y/o contingencia. • Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.8 DIA Edificios Perú Plaza I – II y Anexo 7 de la Adenda Acápite 16 de la Adenda Edificios Perú Plaza I – II Acápite 18 de la Adenda Edificios Perú Plaza I – II

Situación de emergencia 4: Alumbramiento de napa freática Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Parte, obra o acción asociada Al interior de la obra producto de las excavaciones para la materialización de los subterráneos. Acciones a implementar para controlar la emergencia • Detener las actividades del frente de trabajo. • Excavar, por el costado de las obras en el que se presente el alumbramiento, una zanja del largo necesario para reincorporar el recurso hídrico a su medio. • En caso que la zanja no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se construirá un pozo de absorción (o más de ser necesario). • Verificación de la calidad del agua, previa a su infiltración. • Una vez tomadas las medidas definitivas y controlado el afloramiento, se podrán retomar las actividades constructivas. • En caso que el procedimiento anterior no tenga efecto, se procederá a bombear para agotar la napa, y el agua se hará llegar al curso de agua más cercano. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos En el caso de que se active este plan de emergencia, se procederá a comunicar a la DGA través del Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA (http://snifa.sma.gob.cl/SistemaSeguimientoAmbiental/) Y en caso de que sea necesario, se dará aviso a la SEREMI de Salud. En el caso que sea necesario, se entregará un informe inmediatamente a la DGA en un plazo máximo de 24 horas. Dicho informa contendrá la siguiente información: • Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. • Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. 100 • Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. • En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la DGA. (Sólo en caso de accidentes).

Además, se presentará un “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias” en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento a la Autoridad Ambiental. En este informe se considerará: • Antecedentes del accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.). • La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, aguas subterráneas o aire). • La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnica(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados. • La identificación de los parámetros representativos y las normativas (nacionales e internacionales de referencia) que utilizará para monitorear los componentes ambientales afectados por una emergencia y/o contingencia. • Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.8 DIA Edificios Perú Plaza I – II y Anexo 7 de la Adenda Acápite 16 de la Adenda Edificios Perú Plaza I – II Acápite 18 de la Adenda Edificios Perú Plaza I – II

Situación de emergencia 5: Accidentes de trabajo en las instalaciones Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Parte, obra o acción asociada Al interior de la obra, dependerá de las actividades desarrolladas Acciones a implementar para controlar la emergencia Incidentes con Lesión a Personas: Para efectos de la aplicación del Plan de emergencias, se considerarán aquellas lesiones tipificadas como: accidentes con tiempo perdido, graves y fatales. Incidentes Con Tiempo Perdido (CTP): El trabajador requiere atención médica y debe ser ingresado a la Mutual de Seguridad. Accidentes Graves: El trabajador requiere atención médica y de acuerdo a lo establecido en la Circular Nº 2345 de la SUSESO (Ley Nº 20.123), corresponden a: • El accidentado requiere maniobras de rescate y/o resucitación: En el caso de caída desde altura, solo personal especializado (de rescate médico profesional) procederá a moverlo y a trasladarlo. Si el accidente es por electrocución, antes de prestar los primeros auxilios se debe desconectar la energía eléctrica y asegurarse que el accidentado no está en contacto con está. 101 • El accidentado ha sufrido amputación: Deberá ser trasladado lo antes posible, al centro asistencial más cercano. Si la primera atención es brindada en otro centro médico que no sea de Mutual, informar de inmediato a esta para su rescate. • El accidente involucra a un número tal de trabajadores que afecte el desarrollo normal de la obra: Por ejemplo, una intoxicación masiva. En todos los casos de accidente grave, se debe detener el funcionamiento de la faena afectada. Accidente Fatal: Accidente que tuvo consecuencia fatal para una o más personas, se debe suspender de inmediato la faena afectada, aislar el lugar del accidente sin alterar ni mover equipos o materiales involucrados en el accidente y despachar al personal a excepción de los testigos del accidente.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos En el caso de accidentes leves, graves y/o fatales se procederá a informar al Organismo Administrador respectivo, Inspección del Trabajo y/o SEREMI de Salud R.M de acuerdo a lo estipulado en el artículo 76° de la Ley N°16.744/1968 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social a través de los conductos regulares establecidos. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.8 DIA Edificios Perú Plaza I – II y Anexo 7 de la Adenda

Situación de emergencia 6: Accidentes de trayecto Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Parte, obra o acción asociada Trayecto de los trabajadores desde su hogar hasta la obra, causas ajenas al desarrollo normal de la obra Acciones a implementar para controlar la emergencia • El accidentado deberá dar aviso al Prevencionista de Riesgos de la obra o a su superior, el cual será derivado a la Mutual de Seguridad para su evaluación y posterior accionar. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos En el caso de accidentes leves, graves y/o fatales se procederá a informar al Organismo Administrador respectivo, Inspección del Trabajo y/o SEREMI de Salud R.M de acuerdo a lo estipulado en el artículo 76° de la Ley N°16.744/1968 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social a través de los conductos regulares establecidos. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.8 DIA Edificios Perú Plaza I – II y Anexo 7 de la Adenda

Situación de emergencia 7: Proliferación de vectores de interés sanitario, asociado a RSD Fase del Proyecto a la que aplica Fase de construcción Parte, obra o acción asociada Al interior de la obra, causas asociadas al manejo de residuos sólidos domiciliarios (RSD) Acciones a implementar para controlar la emergencia • En caso de corresponder a una plaga se dará aviso a la Autoridad Sanitaria y se llamará a Control de Plagas. • Se evacuará al personal en caso de ser necesario. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos En el caso de que se produzcan efectos sobre los vecinos con reclamos directos de los afectados, se procederá a comunicar a la SMA través del Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA (http://snifa.sma.gob.cl/SistemaSeguimientoAmbiental/) 102 Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.8 DIA Edificios Perú Plaza I – II y Anexo 7 de la Adenda

Además, los elementos de apoyo para enfrentar gran parte de las emergencias ocasionadas en obra, son los siguientes: • Estación de emergencia, ubicada en Instalación de Faenas. • Extintores de incendios, ubicados en distintos sectores de la obra (según D.S N° 594). • Alarmas de emergencia. • Cuadrilla de emergencia, la cual corresponde a un grupo de trabajadores y miembros de la línea de mando debidamente seleccionados y capacitados que prestarán funciones de apoyo en situaciones de emergencia. En caso que la emergencia derive en un procedimiento de evacuación, se actuará de la siguiente forma: • Los encargados como coordinadores de emergencia de área son los únicos autorizados a evacuar un área. Sólo el coordinador general de emergencias podrá dar la instrucción de evacuar a todo el personal de obra y paralizar faenas. • El grupo de personas encargadas de realizar y/o dirigir una evacuación serán los integrantes de la cuadrilla de emergencias, coordinadores de área y Jefe de Prevención de Riesgos de obra. • Las vías de circulación, accesos y salidas deben encontrarse claramente señalizadas, con el propósito de que la operación de evacuación resulte con éxito. Las personas evacuadas deberán tener claridad del destino, por lo tanto, la instrucción entregada en las charlas y la señalética dispuesta debe ser clara sobre la ubicación de las zonas de seguridad de la obra. Luego de que se haya controlado la situación de emergencia, se procederá de la siguiente forma para que el establecimiento vuelva a la normalidad: • El coordinador general será el encargado de declarar el fin del estado de emergencia y autorizar el retorno normal a las actividades. • Si después de la emergencia la zona queda potencialmente peligrosa, se instalará una protección rígida que impida el paso de personas y equipos, además de la colocación de la señalética de prohibición el paso. La zona afectada por una emergencia, se encontrarán vigiladas hasta que se retire la protección instalada y/o el área sea limpiada. • Los trabajadores serán informados mediante una charla del estado de normalidad de la obra, precauciones y prohibiciones. Finalmente, después de la ocurrencia de cualquier emergencia se deberá: • Evaluar los efectos sobre el o los recursos afectados y su medio ambiente asociado. • Dar aviso a las autoridades pertinentes (DGA, SMA, etc.), mediante un Informe Preliminar de Contingencias y/o Emergencias. • Evaluar las situaciones que dieron origen al accidente. • Corregir las situaciones de riesgo. • Reestructurar del Plan de Contingencias. • Capacitar al personal.

Fase de Operación • Plan de Prevención de Contingencias En las tablas presentadas a continuación, se indican las medidas a implementar para prevenir las posibles situaciones de riesgo o contingencia que se puedan presentar durante la fase de operación del Proyecto.

Tabla 93 Prevención de riesgos y contingencias en fase de operación Situación de riesgo o contingencia 1: Actividad Sísmica Mayor (Terremotos) Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Operación Parte, obra o acción asociada Asociada a tota el área en general, a nivel regional Acciones o medidas a implementar • Identificar la ubicación de las llaves de agua, corte general de gas e interruptores o fusibles de electricidad 103 y aprender a cortar su paso. • Identificar las zonas de seguridad, vías de evacuación y zonas seguras. Forma de Control y seguimiento Señalética que identifique permanentemente la zona segura Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.8 DIA Edificios Perú Plaza I – II y Anexo 7 de la Adenda Acciones o medida a implementar para controlar la contingencia • Cortar las llaves de agua, cortar gas e interruptores o fusibles de electricidad. • Seguir la señalética de las zonas de seguridad, vías de evacuación y zonas seguras. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos No aplica Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.8 DIA Edificios Perú Plaza I – II y Anexo 7 de la Adenda

Situación de riesgo o contingencia 2: Incendios Fase del Proyecto a la que aplica Fase de Operación Parte, obra o acción asociada Al interior del proyecto debido a fallas eléctricas o fugas de gas Acciones o medidas a implementar • Identificar la ubicación de las llaves de agua, corte general de gas e interruptores o fusibles de electricidad y aprender a cortar su paso. • Identificar las zonas de seguridad, vías de evacuación y zonas seguras. • Identificar redes húmedas y secas. Forma de Control y seguimiento Copias o recibos de las mantenciones de todos los sistemas vinculados a la administración del edificio. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.8 DIA Edificios Perú Plaza I – II y Anexo 7 de la Adenda Acciones o medida a implementar para controlar la contingencia • Cortas las llaves de agua, cortar gas e interruptores o fusibles de electricidad. • Ir a zonas de seguridad, seguir las vías de evacuación y zonas seguras. • Identificar redes húmedas y secas. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos No aplica Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.8 DIA Edificios Perú Plaza I – II y Anexo 7 de la Adenda

Situación de riesgo o contingencia 3: Fallas ascensores Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación Parte, obra o acción asociada Asociado a la poca o nula mantención de los ascensores. Acciones o medidas a implementar Estipulación en contrato de copropiedad de la periodicidad recomendada por fabricante de las mantenciones, las que deberán ser ejecutadas por la administración del edificio. Forma de Control y seguimiento Estipulación en contrato de copropiedad de la periodicidad recomendada por fabricante de las mantenciones, las que deberán ser ejecutadas por la administración del edificio. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción Acápite 1.8 DIA Edificios Perú Plaza I – II y Anexo 7 de la Adenda. 104 detallada Acciones o medida a implementar para controlar la contingencia Verificar la mantención de los ascensores. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos No aplica Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.8 DIA Edificios Perú Plaza I – II y Anexo 7 de la Adenda.

Situación de riesgo o contingencia 4: Falla de los grupos generadores de emergencia Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación Parte, obra o acción asociada Asociada a la poca o nula mantención del grupo generador Acciones o medidas a implementar Estipulación en contrato de copropiedad las fechas de mantención recomendadas por fabricante de las mantenciones, las que deberán ser ejecutadas por la administración del edificio. Forma de Control y seguimiento La administración tendrá copia o recibo de las mantenciones realizadas al grupo generador. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.8 DIA Edificios Perú Plaza I – II y Anexo 7 de la Adenda Acciones o medida a implementar para controlar la contingencia Verificar la mantención de los grupos generadores de emergencia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos No aplica Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.8 DIA Edificios Perú Plaza I – II y Anexo 7 de la Adenda

Situación de riesgo o contingencia 5: Fuga de Gas Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación Parte, obra o acción asociada Malas prácticas de los habitantes del proyecto, instalaciones defectuosas Acciones o medidas a implementar Mantener la certificación de la SEC al día Forma de Control y seguimiento Certificaciones disponibles en la administración del edificio. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.8 DIA Edificios Perú Plaza I – II y Anexo 7 de la Adenda Acciones o medida a implementar para controlar la contingencia Verificar las instalaciones de gas Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos No aplica Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.8 DIA Edificios Perú Plaza I – II y Anexo 7 de la Adenda

Situación de riesgo o contingencia 6: Obstrucción de los ductos de aguas lluvias Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación Parte, obra o acción asociada Asociado a la poca o nula mantención del sistema de aguas lluvias. Acciones o medidas a implementar Estipulación en contrato de copropiedad de las fechas y actividades de mantención, las que deberán ser ejecutadas por la administración del edificio. Forma de Control y seguimiento La administración llevará un registro de las mantenciones realizadas en el edificio. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción Acápite 1.8 DIA Edificios Perú Plaza I – II y Anexo 7 de la Adenda 105 detallada Acciones o medida a implementar para controlar la contingencia Verificar la mantención de los ductos de aguas lluvias Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos No aplica Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.8 DIA Edificios Perú Plaza I – II y Anexo 7 de la Adenda

Situación de riesgo o contingencia 7: Obstrucción de los shafts de basura Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación Parte, obra o acción asociada Asociado al mal manejo y uso de los usuarios (propietarios) Acciones o medidas a implementar Estipular que los shafts de basura no son para botar botellas o cartones, ya que estos podrían quedar atrapadas en el ducto y producir una obstrucción. Además, la basura debe guardarse en bolsas plásticas, bien cerradas y de tamaño adecuado para que quepa por la apertura de la tolva. Forma de Control y seguimiento Se mantendrá señalética de los elementos con prohibición de ser arrojados a través del ducto de la basura Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.8 DIA Edificios Perú Plaza I – II y Anexo 7 de la Adenda Acciones o medida a implementar para controlar la contingencia Verificar la mantención de shafts de basura Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos No aplica Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.8 DIA Edificios Perú Plaza I – II y Anexo 7 de la Adenda

Situación de riesgo o contingencia 8: Proliferación de vectores de interés sanitario asociado a RSD Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación Parte, obra o acción asociada Al interior de la obra, causas asociadas al manejo de residuos sólidos domiciliarios (RSD) Acciones o medidas a implementar • Almacenamiento en contenedores tapados y con bolsa plástica en su interior, en sala de basura debidamente autorizada por la Autoridad Sanitaria en cada una de las torres. • No acumular por tiempos prolongados la basura, se estima su extracción 3 veces por semana. Forma de Control y seguimiento Inspecciones aleatorias por parte del personal de la administración, de manera que sea posible verificar la correcta manipulación de los RSD. Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.8 DIA Edificios Perú Plaza I – II y Anexo 7 de la Adenda Acciones o medida a implementar para controlar la contingencia • Verificar que el almacenamiento de todos los RSD es en contenedores tapados y con bolsa plástica en su interior. • Solicitar el retiro de los residuos mínimo cada 3 veces por semana. 106 Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos No aplica Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.8 DIA Edificios Perú Plaza I – II y Anexo 7 de la Adenda

Plan de Emergencia En las tablas presentadas a continuación, se indican los procedimientos para enfrentar las situaciones de emergencia en fase de operación.

Tabla 94 Plan de emergencias en fase de operación Situación de emergencia 1: Actividad Sísmica Mayor (terremoto) Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación Parte, obra o acción asociada Asociada a toda el área en general, a nivel regional Acciones a implementar para controlar la emergencia • Mantener la calma. • Evaluar los daños y seguir las instrucciones de las Autoridades. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos No aplica Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.8 DIA Edificios Perú Plaza I – II y Anexo 7 de la Adenda

Situación de emergencia 2: Incendios Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación Parte, obra o acción asociada Al interior del proyecto debido a fallas eléctricas o fugas de gas. Acciones a implementar para controlar la emergencia • Utilizar los sistemas de abatimiento de incendios en caso de ser controlable. • Llamar inmediatamente al Cuerpo de Bomberos más cercano. • En caso de ser solicitado por Bomberos, evacuar el edificio por las escaleras de emergencias. • No interferir con el actuar de Bomberos. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos No aplica Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.8 DIA Edificios Perú Plaza I – II y Anexo 7 de la Adenda

Situación de emergencia 3: Falla de ascensores Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación Parte, obra o acción asociada Asociadas a la poca o nula mantención de los ascensores. Acciones a implementar para controlar la emergencia • Quien identifique fallas deberá dar aviso inmediato a la administración del edificio para el cierre del ascensor. • No utilizar el o los ascensores defectuosos. • Realizar las reparaciones correspondientes por medio de un especialista certificado. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos No aplica Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.8 DIA Edificios Perú Plaza I – II y Anexo 7 de la Adenda

107 Situación de emergencia 4: Fallas del grupo generador de emergencia Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación Parte, obra o acción asociada Asociadas a la poca o nula mantención del grupo generador. Acciones a implementar para controlar la emergencia • Quien identifique fallas deberá dar aviso inmediato a la administración para que se desconecte el grupo generador. • No utilizar el o los grupos generadores. • Realizar las reparaciones correspondientes por medio de un especialista certificado. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos No aplica Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.8 DIA Edificios Perú Plaza I – II y Anexo 7 de la Adenda

Situación de emergencia 5: Fugas de gas Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación Parte, obra o acción asociada Malas prácticas de los habitantes del proyecto, instalaciones defectuosas. Acciones a implementar para controlar la emergencia • Quien detecte una fuga de gas deberá llamar inmediatamente al Cuerpo de Bomberos más cercano para identificar la fuente. • No fumar. • Cortar inmediatamente el paso de gas y apagar interruptores o fusibles de electricidad. • En caso de ser indicado por Bomberos u otro servicio público se deberá evacuar el edificio. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos No aplica Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.8 DIA Edificios Perú Plaza I – II y Anexo 7 de la Adenda

Situación de emergencia 6: Obstrucción de los ductos de aguas lluvias Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación Parte, obra o acción asociada Asociado a la poca o nula mantención del sistema de aguas lluvias. Acciones a implementar para controlar la emergencia Contratar personal capacitado para limpiar los ductos de agua lluvia. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos No aplica Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.8 DIA Edificios Perú Plaza I – II y Anexo 7 de la Adenda

Situación de emergencia 7: Obstrucción de los shafts de basura Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación Parte, obra o acción asociada Asociado al mal manejo y uso de los usuarios (propietarios). Acciones a implementar para controlar la emergencia Contratar personal capacitado para limpiar los shafts de basura. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos No aplica Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción Acápite 1.8 DIA Edificios Perú Plaza I – II y Anexo 7 de la Adenda 108 detallada

Situación de emergencia 8: Proliferación de vectores de interés sanitario, asociado a RSD Fase del Proyecto a la que aplica Fase de operación Parte, obra o acción asociada Al interior de la obra, causas asociadas al manejo de residuos sólidos domiciliarios (RSD) Acciones a implementar para controlar la emergencia • Realizar acciones de limpieza. • Contactar a una empresa autorizada en control de vectores Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos No aplica Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Acápite 1.8 DIA Edificios Perú Plaza I – II y Anexo 7 de la Adenda

  1. Rodrigo Carreño

Considerando que existen antecedentes de descubrimientos paleontológicos históricos en el sector, y considerando, además, que la letra f) del artículo 11 de la ley 19.300 indica que aquellos proyectos que generan una “Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural”. La DIA no explica de manera clara las acciones a tomar en caso de un descubrimiento como el anteriormente mencionado, se sugiere mejorar la metodología de prospección realizando un estudio en el terreno, con el fin de descartar o verificar la presencia de restos paleontológicos.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Se aclara que de encontrarse algún vestigio arqueológico durante la fase de construcción del proyecto, se procederá de acuerdo a lo indicado en los Artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley N° 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto.

De todas formas, cabe mencionar, que inmediatamente aprobada la RCA se realizará un sondeo arqueológico. De acuerdo a los resultados obtenidos en la excavación, el Consejo de Monumentos Nacionales evaluará las medidas a realizar por el titular del proyecto.

  1. Rodrigo Carreño

Observación 1 El titular declara las principales fuentes de emisión (MP10, NOx, CO y HC) y metodologías internacionales para su estimación, pero no reconoce y se hace cargo que hoy las comunas de la zona centro-norte de Santiago, son las principales comunas con mayor tasa de contaminación y son las que gatillan las preemergencia ambientales, además en la comuna no existe estación de monitoreo de calidad del aire que permita respaldar el cumplimiento a la normativa vigente, además, el estudio de emisiones presentado, no se compara con el caso base para evaluar el aporte de este proyecto a la contaminación durante los 4 años que dura la vida de construcción, sólo se circunscribe a dar cumplimiento a los límites máximos de la norma, y no a la adición del caso base para ver el real impacto, más aún que las proyecciones son hechas en base al informe EISTU que no está disponible en los antecedentes de la presente DIA y cuya resolución emitida es para otro proyecto con otros volúmenes y fases y duración de construcción, inhabilitando este estudio de emisiones para ser considerado en esta DIA. Se solicita la titular actualizar el estudio de emisiones considerando efectuar medidas reales que permita elaborar la línea base ambiental de la zona de acuerdo a las exigencias de la normativa vigente tanto para normas primarias y secundarias de 109 calidad ambiental, (Plan de Descontaminación de Santiago), como también, considerando además, lo establecido recientemente por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en cuanto a los nuevos Valores Guía que recomienda utilizar como indicador de la concentración de partículas material en el aire, las de diámetro inferior a 2,5 micras (PM2,5), que es el mejor indicador de contaminación urbana en función de sus fuentes de emisión dada la gravedad y daño que generan en la penetración de nuestras vías respiratorias. Se solicita al titular que adquiera un compromiso ambiental voluntario en cuanto a la instalación de una estación de monitoreo de la calidad del aire de acuerdo a la normativa vigente instalada en la población Lemus, con la cual pueda elaborar la línea base ambiental de calidad del aire y que ésta sea factible conectarla a la red de monitoreo que hoy dispone la autoridad respectiva.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

El proyecto ha calculado las emisiones atmosféricas en base a los estándares utilizados actualmente en los procesos de evaluación ambiental, para lo cual se ha utilizado la Guía para la Estimación de Emisiones Atmosféricas de Proyectos Inmobiliarios para la RM de la SEREMI de Medio Ambiente.

Los datos utilizados para realizar el cálculo de las emisiones se basan en las características del proyecto, además de considerar las especificaciones técnicas de cada maquinaria y vehículo.

Según lo señalado en la Tabla 86 del Aneco PAC de la Adenda Complementaria, el proyecto no supera los límites indicados en el artículo 98 del Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica de Santiago (PPDA).

Cabe destacar, que toda la revisión de los cálculos ha sido realizada por la SEREMI de Medio Ambiente y la SEREMI de Salud.

Es importante reiterar que el EISTU no forma parte de los antecedentes del cálculo de emisiones, dado que las emisiones conforme a la Guía para la Estimación de Emisiones Atmosféricas de Proyectos Inmobiliarios para la RM de la SEREMI de Medio Ambiente sólo se calculan para la etapa de construcción para proyectos ubicados al interior del Anillo Américo Vespucio. El EISTU es realizado para la etapa de operación del proyecto.

En cuanto a la solicitud de instalar una estación de monitoreo de la calidad del aire en la población Lemus, cabe mencionar que, para que una Estación de Monitoreo se conecte a la red MACAM y pueda validar la línea base debe ser del tipo Escala Urbana. Esto significa que los niveles que medirá corresponderán a todas las fuentes cercanas y no sólo los niveles generados por el proyecto.

La idea de instalar una estación de monitoreo es que sea representativa en el largo plazo, para que la información obtenida pueda ser usada en la generación de políticas públicas para control de calidad de aire. Sin embargo, no va enfocada en el control de un proyecto puntual, ya que éste genera perturbaciones temporales y no a largo plazo.

Además, en la Resolución Exenta N°744 del 2017, la cual establece criterios para calificar estaciones de monitoreo de MP10 como de representatividad poblacional, señala que el cabezal del instrumento de medición deberá ubicarse alejado de fuentes emisiones que puedan alterar la representatividad de la medición, ya sea un área contigua a acopios de material, sitios emisores de polvo, etc. Además, debe cumplir con una serie de otros requisitos, tales como: el cabezal del instrumento se debe ubicar a una distancia mayor o igual a 15 metros de avenidas o calles principales; mayor o igual a 50 metros de distancia entre la ubicación del cabezal y autopistas urbanas y carreteras; la estación deberá tener cielo despejado sobre ella y una exposición óptima a la atmosfera; se deberá evitar la ubicación de la estación en lugares con obstrucción a la circulación de vientos, como la presencia de árboles, edificios, muros o vegetación frondosa; entre otros.

Según lo señalado en el párrafo anterior, no se puede instalar una Estación de Monitoreo en el área colindante al Proyecto, ya que durante la etapa de construcción las mediciones ser verán alteradas por las actividades propias de una obra. Asimismo, el proyecto se encuentra colindante a Avenida 110 Perú y los sectores aledaños no presentan las características para implementar lo solicitado, ya que no cuentan con un sitio despejado para ubicar la red de monitoreo.

  1. Rodrigo Carreño

Observación 1

El titular entrega su informe de emisiones en función de un plazo que no es el mismo que declara para la tramitación ambiental y los volúmenes de material a remover considerados no se condicen con los entregados en la DIA, informe de emisiones y la resolución del EISTU, lo que inhabilita sus resultados por ser proyectos distintos, y dada la sensibilidad de la materia en cuestión amerita un análisis de inadmisibilidad de la presente DIA, por lo cual se solicita aclarar y respaldar o bien volver a presentar el proyecto a través de una EIA.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que el proyecto ha calculado las emisiones producto de las actividades de construcción, que no tienen relación con el EISTU del proyecto que modela la operación del proyecto. Cabe mencionar que, conforme a los estándares exigidos por la Guía para la Estimación de Emisiones de Proyectos Inmobiliarios para la Región Metropolitana de la SEREMI de Medio Ambiente, al estar el proyecto dentro del anillo Américo Vespucio, no se requiere calcular las emisiones producto del tráfico de la operación del proyecto.

Por lo anterior, en el Anexo 3 de Estimación de Emisiones de la Adenda Complementaria del Proyecto se presentan los cálculos de emisiones a generar durante la fase de construcción del Proyecto y las emisiones generadas por el grupo generador y las calderas empleadas en la fase de operación.

Cabe destacar que las emisiones fueron calculadas según el cronograma presentado en la Figura N°4 de la Adenda de la DIA, el cual actualiza al presentado en la DIA. Además, los volúmenes coinciden con los presentados en la DIA y en el Anexo de emisiones, lo cual se puede observar en Figura 10 “Residuos Generados y Manejo Asociado” y Figura 11 “Volúmenes a Transportar” ambas del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA.

Adicionalmente, en el Anexo 5 de Estimación de Emisiones de la Adenda de la DIA, fueron actualizados los volúmenes de Excavación según lo señalado en el numeral 27 de la Adenda de la DIA del proyecto. (ver Figura 12 “Cubicaciones Excavación Actualizadas” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA).

  1. Rodrigo Carreño

Observación 1

Se solicita entregar información de la estación de vientos, con el propósito de disponer información representativa del comportamiento de los vientos y la calidad de sus registros, por lo tanto se requiere información de ubicación georreferenciada, altura de medición, y niveles de instalación de instrumentos, tipos y marca de instrumentos, certificados de calibración de instrumentos, periodo de medición, otros que pueda aportar el titular.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que el proyecto da cumplimiento a la normativa ambiental aplicable a temas de aire, y las cuales se encuentran detalladas en el numeral 8.2 Normativa Ambiental Específica del presente Informe Consolidado de Evaluación, entre las cuales destacan: 111 - Decreto Supremo N° 66/2009 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Reformula y Actualiza Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA) - Decreto Supremo N° 144/1961, del Ministerio de Salud. Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosférico de Cualquier Naturaleza - Decreto Supremo N° 75/1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece condiciones para el transporte de cargas que indica.

  1. Rodrigo Carreño

Observación 1

No es posible descartar que el Proyecto genere o presente los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, en particular el literal c) de dicho artículo, esto es la alteración significativa a los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en particular no es posible justificar la inexistencia de la circunstancia señalada en el literal b) del artículo 7 del Decreto Supremo Nº 40/12 del MMA, vale decir la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que el EISTU desarrollado y aprobado por la Ventanilla Única de la SEREMI de Transportes y Telecomunicación es de la Región Metropolitana, contempla un completo análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de describir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios base o sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos mencionados en la pregunta. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, llegando a escenarios en que no se genera de saturación vial, lo cual es un indicador para establecer que no habrán aumentos significativos en los tiempos de desplazamiento por circulaciones vehiculares, lo que se comprueba en el Anexo 5.1 en donde se presenta una microsimulación vial que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas.

Respecto a los flujos que se producirán por los peatones, el sector cuenta con 13 recorridos del Transantiago y, adicionalmente, Metro ha indicado que la estación Cementerios tiene una capacidad de reserva en horarios punta de alrededor de 2000 personas/hora. Todo lo anterior permite acreditar que no habrá aumentos significativos en los tiempos de desplazamientos, tampoco habrá obstrucción o restricción a la libre circulación de las personas, toda vez que el proyecto se desarrolla al interior de un sector ya cercado por el que no circulan personas ni da conectividad a otros sectores, con lo cual no se da ninguna de las condiciones conforme a lo indicado en el literal b) del artículo 7 del Reglamento del SEIA.

  1. Rodrigo Carreño

Observación 1

112 No es posible descartar que el Proyecto genere o presente los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, en particular el literal c) de dicho artículo, esto es la alteración significativa a los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en particular no es posible justificar la inexistencia de la circunstancia señalada en el literal b) del artículo 7 del Decreto Supremo Nº 40/12 del MMA, vale decir la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que el EISTU desarrollado y aprobado por la Ventanilla Única de la SEREMI de Transportes y Telecomunicación es de la Región Metropolitana, contempla un completo análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de describir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente, proceso que incluye a la Municipalidad de Recoleta.

Sobre esto, se construyen los escenarios base o sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos mencionados en la pregunta. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

De acuerdo a los resultados de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los efectos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, llegando a escenarios en que no se genera de saturación vial, lo cual es un indicador para establecer que no habrá aumentos significativos en los tiempos de desplazamiento por circulaciones vehiculares y que se comprueba mediante una microsimulación de la red vial (ver Anexo 5.1).

Respecto a los flujos que se producirán por los peatones, el sector cuenta con 13 recorridos del Transantiago y, adicionalmente, Metro ha indicado que la estación Cementerios tiene una capacidad de reserva en horarios punta de alrededor de 2000 personas/hora.

Todo lo anterior permite acreditar que no habrá aumentos significativos en los tiempos de desplazamientos, tampoco habrá obstrucción o restricción a la libre circulación de las personas, toda vez que el proyecto se desarrolla al interior de un sector ya cercado por el que no circulan personas ni da conectividad a otros sectores, con lo cual no se da ninguna de las condiciones conforme a lo indicado en el literal b) del artículo 7 del Reglamento del SEIA.

A continuación, se presentan los antecedentes para el análisis del Artículo 7, literal c) respecto la alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica: En primer lugar, según la estimación del proyecto de sala de basura, el Proyecto contempla la construcción de 483 viviendas, por lo que se estima que aportará 1.336 nuevos residentes al área de influencia. Es necesario considerar el perfil de los usuarios de las nuevas viviendas. El Proyecto ofrecerá viviendas cuya superficie irá desde los 36 m2 a 54 m2. Lo anterior determina un valor de venta promedio de 2.770 UF. De esta manera, el perfil del comprador de estas viviendas estaría conformado principalmente por los grupos socioeconómicos medios C2 Según el Estudio de Grupos Socioeconómicos de la Asociación de empresas de Investigaciones de Mercado (AIM) realizado el año 2015, presentan las características señaladas en la Tabla 10: “Características de acceso a bienes y equipamiento según grupo socioeconómico” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA.

• Equipamiento de salud De acuerdo con los datos de la Encuesta Casen 2015, el acceso a establecimientos de salud de la población de Recoleta se distribuye según los porcentajes presentados en el Gráfico 1: “Porcentaje 113 de acceso a establecimientos de salud según tipo”, del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA.

A partir de los datos contenidos en dicho gráfico, es posible señalar que la mayoría de la población (62,6%) accede a establecimientos de salud público, seguido por atención en consultas y centros médicos privados (22,2%). Este comportamiento difiere del comportamiento de la población del área de influencia, ya que según la información de entrevistados expuesta en el punto 5.5.2 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA “la mayoría de la población se encuentra afiliada al sistema previsional Fonasa y en menor medida a Isapres. Por lo general son los adultos mayores e inmigrantes quienes, por razones económicas, acceden a la red de establecimientos públicos, específicamente al CESFAM Dr. Patricio Hevia (Valdivieso) y CESFAM Recoleta, mientras que la población adulta y jóvenes acceden a centros privados en el sector centro y oriente de la ciudad.” (p. 48)”. Considerando el perfil socioeconómico estimado de los futuros residentes del Proyecto, estos contarán mayoritariamente con afiliación a sistema FONASA y en menor medida ISAPRE, accediendo a atención de salud en centros privados, sin recurrir a los centros de salud públicos, específicamente a los CESFAM que corresponden al territorio.

En cuanto a la oferta de centros de salud privados, el área de influencia se encuentra próxima a 5 establecimientos, sin superar los 3,2 km. de distancia. En la Figura 9: “Ubicación de establecimientos de salud privados respecto al área de influencia” y en la Tabla 11: “Establecimientos de salud privados cercanos al área de influencia”, ambas del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA, se detalla la ubicación del Proyecto respecto de establecimientos de salud privados y sus características.

De acuerdo a todo lo anteriormente expuesto, es posible señalar lo siguiente:

  • Según el perfil socioeconómico que se estima corresponderán los futuros residentes del Proyecto, contarán mayoritariamente con sistema de afiliación FONASA, por lo que podrán acceder a establecimientos de salud privados. Respecto a la oferta de equipamiento, a no más de 3,2 kilómetros de distancia respecto al área del Proyecto se encuentran 5 establecimientos cercanos.

• Equipamiento educacional

De acuerdo con los datos de la Encuesta Casen 2015, el acceso a establecimientos educacionales de la población de la comuna de Recoleta se divide según puede apreciarse en el Gráfico 2: “Comuna de establecimiento educacional al cual accede la población de Recoleta” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA, respecto del cual, puede observarse que un 63% de la población de Recoleta accede a establecimientos educacionales en la misma comuna.

Por otra parte, la infraestructura educacional de la comuna, puede apreciarse en la Tabla 12: “Características de establecimientos educacionales de la comuna de Recoleta” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA. Respecto de dicha tabla, la mayoría de los establecimientos disponibles en la comuna son de dependencia Particular Subvencionado y que existen 1.566 matrículas vacantes según curso de ingreso.

Respecto a la demanda que podría generar el Proyecto, se utiliza la información disponible en el proyecto de sala de basura adjunto en el anexo 10 de la DIA, donde se estima que los departamentos de dos o más dormitorios estarían acondicionados para recibir un grupo familiar, por ende, población en edad escolar. Por cada uno de ellos se calcula según el indicador de INE (2010), donde durante el año 2008 cada mujer aportó 1,9 hijos/as en promedio.

Considerando los antecedentes presentados en la Tabla 13: “Estimación de población en edad escolar por parte del Proyecto” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA, se estima que el Proyecto aportaría 648 residentes en edad escolar, de los cuales, considerando la tendencia que demuestra la Encuesta Casen 2015, el 63% accedería a equipamiento educacional de la comuna, es decir 408 estudiantes.

De acuerdo a todo lo anteriormente expuesto, es posible señalar lo siguiente:

  • Se estima que el Proyecto aportará 648 residentes en edad escolar, de los cuales 408 buscarán acceder a establecimientos en Recoleta. Como se indica en el punto 5.5.3 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA, en el área de influencia existen cuatro establecimientos 114 educacionales, los cuales cuentan con 155 vacantes según curso de ingreso principal, los que podrían cubrir de manera parcial la demanda que se estima generaría el Proyecto.

  • En total la comuna cuenta con 1.566 vacantes según curso de ingreso, es decir, permite absorber la demanda que se estima generaría el Proyecto.

  • La mayoría de los establecimientos disponibles, tanto en el área de influencia como en la comuna, son de dependencia Particular Subvencionada, acorde a la preferencia del perfil socioeconómico (C2) que se estima corresponderá a los ocupantes del Proyecto.

• Transporte

El área de influencia cuenta con 13 paraderos Transantiago, estando el más cercano a aproximadamente 20 m. de distancia (PB170-Avenida Perú Esq. / Arz. Valdivieso), por donde transitan los recorridos 116 y B15. A aproximadamente a 550 metros en dirección poniente del lugar donde se ubicará el Proyecto, se encuentra Av. Recoleta, la cual presenta una mayor oferta de recorridos de buses.

El área de influencia se encuentra próxima a la estación de Metro Cementerios correspondiente a la Línea 2, emplazada sobre el eje Av. Recoleta, a aproximadamente 465 metros de distancia (15 minutos a pie desde el extremo oriente del área de influencia). La oferta actual permite cubrir la demanda generada en el área de influencia, ya que a pocos metros cuentan con amplia oferta (buses y Metro) sobre el eje Recoleta. El Proyecto cuenta con 447 estacionamientos para 483 viviendas, es decir, una proporción de 0,92 estacionamientos/vivienda. Considerando el perfil socioeconómico del público objetivo del Proyecto (C2), sólo un 49% cuenta con vehículo particular, por lo que se estima que alrededor de 237 viviendas requieran de estacionamiento, siendo la demanda menor a la oferta que proporcionará el Proyecto.

• Energía

La demanda de energía del área de influencia se encuentra cubierta en un 100% por la empresa Enel. Esto se extenderá a la situación del Proyecto.

• Sanitaria

La demanda de servicios sanitarios del área de influencia se encuentra cubierta en un 100% por la empresa Aguas Andinas. Por su parte el Proyecto cuenta con factibilidad sanitaria.

• Infraestructura Básica y Equipamiento Comunitario

Según es presentado en el numeral 5.5.4 del estudio de Medio Humano del anexo 6 de la DIA “la mayoría de calles y veredas se observan en buen estado, permitiendo el tránsito sin mayores problemas de los peatones. Aun así, cabe señalar que en ciertos puntos se identifica deterioro del pavimento especialmente en el sector poniente del área de influencia, entre las calles El Salto Chico y Av. Recoleta, debido a que se trata de un sector residencial bastante antiguo, cuyas fachadas también evidencian un notorio estado de deterioro, tal como se ha mencionado en el punto 5.5.1; respecto a las luminarias los entrevistados señalan que se encuentran en buen estado.” (p.53) Junto a esto se debe considerar el proyecto de la Municipalidad y GORE que contempla el mejoramiento del bandejón central de Av. Perú. Por su parte el Titular se hará cargo de mejorar la solera poniente del Proyecto, ensanchando la calzada, implementando baldosa, franja de césped, luminaria, árboles y arbustos (ver anexo 1 de la Adenda Complementaria). Durante la fase de operación, la administración de los edificios se hará cargo de las áreas verdes y de mantener limpio el frente de la propiedad. Por otro lado, la Municipalidad será la encargada de la mantención de las luminarias.

Respecto a equipamiento infraestructura de equipamiento comunitario, como se indica en el mismo anexo, “se identifica equipamiento comunitario, representado en la presencia de sedes sociales y multicanchas” (p.53). Por su parte, el Proyecto contempla la instalación de áreas verdes para sus residentes, además de equipamiento como gimnasio, salas multiuso, quinchos, piscina, salas de primeros auxilios y lavandería. 115

• Servicios Comerciales

En el área de influencia se identifican servicios comerciales menores, principalmente establecimientos que permiten el abastecimiento de los residentes. Para una mayor oferta de servicios y compras mayores, deben trasladarse fuera de este sector. Al respecto, la construcción del Proyecto contempla la instalación de 11 locales comerciales que cuentan con acceso independiente y que permitirá proporcionar una mayor cantidad servicios.

• Finanzas

El área de influencia presenta disponibilidad acotada de servicios, siendo la mayoría de abastecimiento y comercio. De esta manera, la población del área de influencia se traslada hacia otros puntos de Recoleta, sector oriente o centro de Santiago que se emplaza a pocos minutos, con el fin de acceder a una mayor oferta de servicios bancarios y financieros. Por su parte, el Proyecto contempla la instalación de 11 locales comerciales que cuentan con acceso independiente y que permitirá entregar al sector una mayor cantidad servicios.

Respecto de los siguientes indicadores para evaluar posibles impactos relacionados a la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, estos son presentados en la Tabla 14: “Análisis Artículo 7, letra d) según Guía de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Inmobiliarios que se Desarrollen en Zonas Urbanas (2017)” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA.

Cabe indicar que la información expuesta en dicha tabla fue extraída del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA, a partir de la cual es posible concluir que se han evaluado todos los indicadores que señala la Autoridad Ambiental, frente a los cuales el Proyecto generará impactos significativos, descartando así el literal d) del Artículo 7 del RSEIA. En conclusión, se descarta que el Proyecto pueda generar impacto significativo según lo establecido en los literales b), c) y d) del Artículo 7 del RSEIA.

  1. Rodrigo Carreño

Observación 1

No es posible justificar que el Proyecto no genere o presente los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, en particular no es posible justificar la inexistencia de los efectos, características o circunstancias señaladas en el literal b) y c) del artículo 7 del Decreto Supremo Nº 40/12 del MMA, vale decir, la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento, y la alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que el EISTU desarrollado y aprobado por la Ventanilla Única de la SEREMI de Transportes y Telecomunicación es de la Región Metropolitana, contempla un completo análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de describir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente, proceso que incluye a la Municipalidad de Recoleta.

Sobre esto, se construyen los escenarios base o sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos mencionados en la pregunta. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo 116 vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

De acuerdo a los resultados de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los efectos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, llegando a escenarios en que no se genera de saturación vial, lo cual es un indicador para establecer que no habrá aumentos significativos en los tiempos de desplazamiento por circulaciones vehiculares y que se comprueba mediante una microsimulación de la red vial (ver Anexo 5.1).

Respecto a los flujos que se producirán por los peatones, el sector cuenta con 13 recorridos del Transantiago y, adicionalmente, Metro ha indicado que la estación Cementerios tiene una capacidad de reserva en horarios punta de alrededor de 2000 personas/hora.

Todo lo anterior permite acreditar que no habrá aumentos significativos en los tiempos de desplazamientos, tampoco habrá obstrucción o restricción a la libre circulación de las personas, toda vez que el proyecto se desarrolla al interior de un sector ya cercado por el que no circulan personas ni da conectividad a otros sectores, con lo cual no se da ninguna de las condiciones conforme a lo indicado en el literal b) del artículo 7 del Reglamento del SEIA.

A continuación, se presentan los antecedentes para el análisis del Artículo 7, literal c) respecto la alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica: En primer lugar, según la estimación del proyecto de sala de basura, el Proyecto contempla la construcción de 483 viviendas, por lo que se estima que aportará 1.336 nuevos residentes al área de influencia. Es necesario considerar el perfil de los usuarios de las nuevas viviendas. El Proyecto ofrecerá viviendas cuya superficie irá desde los 36 m2 a 54 m2. Lo anterior determina un valor de venta promedio de 2.770 UF. De esta manera, el perfil del comprador de estas viviendas estaría conformado principalmente por los grupos socioeconómicos medios C2 Según el Estudio de Grupos Socioeconómicos de la Asociación de empresas de Investigaciones de Mercado (AIM) realizado el año 2015, presentan las características señaladas en la Tabla 10: “Características de acceso a bienes y equipamiento según grupo socioeconómico” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA.

• Equipamiento de salud De acuerdo con los datos de la Encuesta Casen 2015, el acceso a establecimientos de salud de la población de Recoleta se distribuye según los porcentajes presentados en el Gráfico 1: “Porcentaje de acceso a establecimientos de salud según tipo”, del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA.

A partir de los datos contenidos en dicho gráfico, es posible señalar que la mayoría de la población (62,6%) accede a establecimientos de salud público, seguido por atención en consultas y centros médicos privados (22,2%). Este comportamiento difiere del comportamiento de la población del área de influencia, ya que según la información de entrevistados expuesta en el punto 5.5.2 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA “la mayoría de la población se encuentra afiliada al sistema previsional Fonasa y en menor medida a Isapres. Por lo general son los adultos mayores e inmigrantes quienes, por razones económicas, acceden a la red de establecimientos públicos, específicamente al CESFAM Dr. Patricio Hevia (Valdivieso) y CESFAM Recoleta, mientras que la población adulta y jóvenes acceden a centros privados en el sector centro y oriente de la ciudad.” (p. 48)”. Considerando el perfil socioeconómico estimado de los futuros residentes del Proyecto, estos contarán mayoritariamente con afiliación a sistema FONASA y en menor medida ISAPRE, accediendo a atención de salud en centros privados, sin recurrir a los centros de salud públicos, específicamente a los CESFAM que corresponden al territorio.

En cuanto a la oferta de centros de salud privados, el área de influencia se encuentra próxima a 5 establecimientos, sin superar los 3,2 km. de distancia. En la Figura 9: “Ubicación de establecimientos de salud privados respecto al área de influencia” y en la Tabla 11: “Establecimientos de salud privados cercanos al área de influencia”, ambas del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA, se detalla la ubicación del Proyecto respecto de establecimientos de salud privados y sus características.

De acuerdo a todo lo anteriormente expuesto, es posible señalar lo siguiente:

117 - Según el perfil socioeconómico que se estima corresponderán los futuros residentes del Proyecto, contarán mayoritariamente con sistema de afiliación FONASA, por lo que podrán acceder a establecimientos de salud privados. Respecto a la oferta de equipamiento, a no más de 3,2 kilómetros de distancia respecto al área del Proyecto se encuentran 5 establecimientos cercanos.

• Equipamiento educacional

De acuerdo con los datos de la Encuesta Casen 2015, el acceso a establecimientos educacionales de la población de la comuna de Recoleta se divide según puede apreciarse en el Gráfico 2: “Comuna de establecimiento educacional al cual accede la población de Recoleta” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA, respecto del cual, puede observarse que un 63% de la población de Recoleta accede a establecimientos educacionales en la misma comuna.

Por otra parte, la infraestructura educacional de la comuna, puede apreciarse en la Tabla 12: “Características de establecimientos educacionales de la comuna de Recoleta” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA. Respecto de dicha tabla, la mayoría de los establecimientos disponibles en la comuna son de dependencia Particular Subvencionado y que existen 1.566 matrículas vacantes según curso de ingreso.

Respecto a la demanda que podría generar el Proyecto, se utiliza la información disponible en el proyecto de sala de basura adjunto en el anexo 10 de la DIA, donde se estima que los departamentos de dos o más dormitorios estarían acondicionados para recibir un grupo familiar, por ende, población en edad escolar. Por cada uno de ellos se calcula según el indicador de INE (2010), donde durante el año 2008 cada mujer aportó 1,9 hijos/as en promedio.

Considerando los antecedentes presentados en la Tabla 13: “Estimación de población en edad escolar por parte del Proyecto” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA, se estima que el Proyecto aportaría 648 residentes en edad escolar, de los cuales, considerando la tendencia que demuestra la Encuesta Casen 2015, el 63% accedería a equipamiento educacional de la comuna, es decir 408 estudiantes.

De acuerdo a todo lo anteriormente expuesto, es posible señalar lo siguiente:

  • Se estima que el Proyecto aportará 648 residentes en edad escolar, de los cuales 408 buscarán acceder a establecimientos en Recoleta. Como se indica en el punto 5.5.3 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA, en el área de influencia existen cuatro establecimientos educacionales, los cuales cuentan con 155 vacantes según curso de ingreso principal, los que podrían cubrir de manera parcial la demanda que se estima generaría el Proyecto.

  • En total la comuna cuenta con 1.566 vacantes según curso de ingreso, es decir, permite absorber la demanda que se estima generaría el Proyecto.

  • La mayoría de los establecimientos disponibles, tanto en el área de influencia como en la comuna, son de dependencia Particular Subvencionada, acorde a la preferencia del perfil socioeconómico (C2) que se estima corresponderá a los ocupantes del Proyecto.

• Transporte

El área de influencia cuenta con 13 paraderos Transantiago, estando el más cercano a aproximadamente 20 m. de distancia (PB170-Avenida Perú Esq. / Arz. Valdivieso), por donde transitan los recorridos 116 y B15. A aproximadamente a 550 metros en dirección poniente del lugar donde se ubicará el Proyecto, se encuentra Av. Recoleta, la cual presenta una mayor oferta de recorridos de buses.

El área de influencia se encuentra próxima a la estación de Metro Cementerios correspondiente a la Línea 2, emplazada sobre el eje Av. Recoleta, a aproximadamente 465 metros de distancia (15 minutos a pie desde el extremo oriente del área de influencia). La oferta actual permite cubrir la demanda generada en el área de influencia, ya que a pocos metros cuentan con amplia oferta (buses y Metro) sobre el eje Recoleta. El Proyecto cuenta con 447 estacionamientos para 483 viviendas, es decir, una proporción de 0,92 estacionamientos/vivienda. Considerando el perfil socioeconómico del público objetivo del Proyecto (C2), sólo un 49% cuenta con vehículo particular, por lo que se estima que alrededor de 118 237 viviendas requieran de estacionamiento, siendo la demanda menor a la oferta que proporcionará el Proyecto.

• Energía

La demanda de energía del área de influencia se encuentra cubierta en un 100% por la empresa Enel. Esto se extenderá a la situación del Proyecto.

• Sanitaria

La demanda de servicios sanitarios del área de influencia se encuentra cubierta en un 100% por la empresa Aguas Andinas. Por su parte el Proyecto cuenta con factibilidad sanitaria.

• Infraestructura Básica y Equipamiento Comunitario

Según es presentado en el numeral 5.5.4 del estudio de Medio Humano del anexo 6 de la DIA “la mayoría de calles y veredas se observan en buen estado, permitiendo el tránsito sin mayores problemas de los peatones. Aun así, cabe señalar que en ciertos puntos se identifica deterioro del pavimento especialmente en el sector poniente del área de influencia, entre las calles El Salto Chico y Av. Recoleta, debido a que se trata de un sector residencial bastante antiguo, cuyas fachadas también evidencian un notorio estado de deterioro, tal como se ha mencionado en el punto 5.5.1; respecto a las luminarias los entrevistados señalan que se encuentran en buen estado.” (p.53) Junto a esto se debe considerar el proyecto de la Municipalidad y GORE que contempla el mejoramiento del bandejón central de Av. Perú. Por su parte el Titular se hará cargo de mejorar la solera poniente del Proyecto, ensanchando la calzada, implementando baldosa, franja de césped, luminaria, árboles y arbustos (ver anexo 1 de la Adenda Complementaria). Durante la fase de operación, la administración de los edificios se hará cargo de las áreas verdes y de mantener limpio el frente de la propiedad. Por otro lado, la Municipalidad será la encargada de la mantención de las luminarias.

Respecto a equipamiento infraestructura de equipamiento comunitario, como se indica en el mismo anexo, “se identifica equipamiento comunitario, representado en la presencia de sedes sociales y multicanchas” (p.53). Por su parte, el Proyecto contempla la instalación de áreas verdes para sus residentes, además de equipamiento como gimnasio, salas multiuso, quinchos, piscina, salas de primeros auxilios y lavandería.

• Servicios Comerciales

En el área de influencia se identifican servicios comerciales menores, principalmente establecimientos que permiten el abastecimiento de los residentes. Para una mayor oferta de servicios y compras mayores, deben trasladarse fuera de este sector. Al respecto, la construcción del Proyecto contempla la instalación de 11 locales comerciales que cuentan con acceso independiente y que permitirá proporcionar una mayor cantidad servicios.

• Finanzas

El área de influencia presenta disponibilidad acotada de servicios, siendo la mayoría de abastecimiento y comercio. De esta manera, la población del área de influencia se traslada hacia otros puntos de Recoleta, sector oriente o centro de Santiago que se emplaza a pocos minutos, con el fin de acceder a una mayor oferta de servicios bancarios y financieros. Por su parte, el Proyecto contempla la instalación de 11 locales comerciales que cuentan con acceso independiente y que permitirá entregar al sector una mayor cantidad servicios.

Respecto de los siguientes indicadores para evaluar posibles impactos relacionados a la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, estos son presentados en la Tabla 14: “Análisis Artículo 7, letra d) según Guía de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Inmobiliarios que se Desarrollen en Zonas Urbanas (2017)” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA.

Cabe indicar que la información expuesta en dicha tabla fue extraída del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA, a partir de la cual es posible concluir que se han evaluado todos los 119 indicadores que señala la Autoridad Ambiental, frente a los cuales el Proyecto generará impactos significativos, descartando así el literal d) del Artículo 7 del RSEIA. En conclusión, se descarta que el Proyecto pueda generar impacto significativo según lo establecido en los literales b), c) y d) del Artículo 7 del RSEIA.

  1. Rodrigo Carreño

Observación 1

En relación a los horarios para el tránsito de camiones, el titular coordinará los horarios para evitar aumentar el flujo vehicular en los horarios punta. Se solicita entregar un procedimiento o protocolo que permita garantizar y fiscalizar a las juntas de vecinos el cumplimiento de este compromiso con el objetivo principal de dar cumplimiento del artículo 7, letras b), c) y d), del Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental según DS40.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que se contará con un registro de la entrada y salida de camiones al interior de la obra, lo cual podrá será objeto de fiscalización por parte de las autoridades pertinentes.

  1. Rodrigo Carreño

Observación 1

Afectación en viviendas, cierres perimetrales, piscinas, quinchos etc., producido por vibraciones en la compactación del terreno de fundación y otras obras del proyecto. Se solicita aclarar y respaldar de como abordará la afectación producida por los trabajos de compactación y vibración que alteren la calidad de vida de los residentes de las casas aledañas al proyecto y de los posibles daños estructurales que se puedan generar en los diversos componentes de las viviendas.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

En el anexo 6 de la DIA se acredita el cumplimiento de las normas de referencia de vibraciones, dado que Chile no cuenta con norma específica se ha utilizado lo recomendado por el Servicio de Evaluación Ambiental en su informe final para evaluación de vibración del estudio “Elaboración de una Guía Metodológica de Evaluación de Ruido y Vibraciones en el SEIA" que estable el rango límite para las vibraciones generadas por las actividades durante el periodo de construcción. En efecto, para los escenarios más desfavorables de las siguientes etapas del proyecto, se logra un nivel de vibraciones por debajo del límite establecido: 1. Excavaciones: Cumple 2. Obra Gruesa y Terminaciones Etapa 1+Demolición Etapa2: Cumple 3. Obra Gruesa y Terminaciones Etapa 1+Excavación Etapa 2: Cumple 4. Obra Gruesa y Terminaciones Etapa 2: Cumple

Las etapas 2 y 3 requieren para cumplir, restringir el uso de placas compactadoras próximas a los puntos de control R1, R2 y R3. Como complemento a lo anterior, el Titular se compromete a adelantar la actividad de demolición de la totalidad de las instalaciones existentes con el propósito de no superponer estas faenas de la construcción. 2

  1. Laura Isabel Mendoza Donoso

120 Observación 1

El proyecto tiene pendiente la aprobación del EISTU correspondiente, es decir el estudio de impacto sobre el transporte urbano y que por lo demás define las medidas de mitigación obligatorias que debe ejecutar el proyecto. ¿Cuándo será este estudio presentado? Ya que uno de nuestros mayores problemas es el transporte urbano.

Por otro lado, nos preocupa enormemente el tema de alcantarillado, por la destrucción de nuestras calles y las molestias incluidas, pero por, sobre todo, porque casi se triplicará la población con estas torres. ¿La presión del agua ya ha disminuido, qué estudio avala la factibilidad? ¿Y asegura agua y alcantarillado para nuestra población?

Esperando su buena acogida.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar el proyecto cuenta con EISTU aprobado mediante Oficio N°3960 con fecha 11 de Mayo de 2017. Dicho EISTU, contempla los 447 estacionamientos correspondientes a ambos edificios.

Finalmente señalar que el titular del proyecto debe dar cumplimiento a todas las medidas de mitigación señaladas en dicho oficio.

Respecto del tema del alcantarillado, el titular informó que la empresa sanitaria Aguas Andinas, por medio de los Certificados N°008993 del 11/12/2017 y N°008885 del 06/12/2017 (ambos vigentes a la fecha), acredita que la propiedad ubicada en Av. Perú N°1471 y N°1479, contará con servicio de agua potable y alcantarillado. Es relevante mencionar, que esta empresa sanitaria al contar con la concesión sanitaria del sector se encuentra obligada a prestar el servicio de abastecimiento de agua potable, recolección y tratamiento de aguas servidas, siendo parte de la obligación de la concesión sanitaria proveer la infraestructura (redes, plantas, etc.) que requieren para ello (Ver en Anexo PAC de la Adenda Complementaria, Figura 49 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza I y Figura 50 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza II)

El abastecimiento de agua potable de un sector el interior de una concesión sanitaria, como es el sector del proyecto, es de exclusiva responsabilidad de la empresa sanitaria dueña de la concesión, que en este caso corresponde a Aguas Andinas. No es posible que el titular se haga cargo de una obligación que por ley le compete a una empresa que cuenta como único giro el sanitario. Es deber de la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) velar porque esta empresa preste el servicio con la calidad que corresponde. Al respecto, la única obligación del titular del proyecto es contar con certificados de factibilidad Sanitaria emitidos por Aguas Andinas, lo que se presenta en el Anexo 5.3 de la Adenda Complementaria, tal como fue contestado en la consulta N°1.24 anterior.

  1. Rodrigo Carreño

Observación 1

  1. Se solicita que se demuestre que no se cometió un vicio esencial en el procedimiento de evaluación, dado que nosotros solicitamos la PAC el 06 de febrero, se nos notificó el rechazo de la PAC el 06 de marzo, y nosotros presentamos el recurso de reposición el 13 de marzo, y recién el 23 de mayo se nos respondió, dos meses y medio después, cuando además ya se habían emitido dos ICSARA y la evaluación del proyecto estaba muy avanzada, entonces no sólo se nos responde tarde, sino además se nos limita profundamente el espacio de participación, y de influir en el procedimiento de la evaluación, que es el objetivo principal de la participación de la ciudadanía en el SEIA. Además, una vez iniciada la PAC, el 01 de junio, nosotros estuvimos tratando varios días de ingresar observaciones en el sistema, situación que la expresamos por correo electrónico y en el taller PAC, y se nos dijo que hubo un problema en el sistema, pero no se ha hecho nada para reponer los días en que no pudimos hacer las observaciones. En el sistema computacional, claramente se debería poder detectar el problema, al menos hasta el 7-8 de junio no pudimos subir 121 observaciones, es más en la página del SEA no figuraba en el listado de proyectos con PAC ni el proyecto de “Plaza Perú I y II” ni el “Carmen Oriente”. A nosotros como ciudadanos se nos debe garantizar el cumplimiento adecuado del procedimiento y nuestra participación que en esta ocasión dura escasos 20 días hábiles. Por otro lado, al tener acceso a un escaso espacio de participación, y con un proceso de evaluación muy avanzado, no pudimos expresarnos sobre el termino anticipado de la evaluación por la deficiencia de los antecedentes entregados por el titular, que no permiten evaluar como corresponde los impactos, y que tampoco se haya considerado que este proyecto debería ser un EIA por la magnitud de los impactos. En relación a lo mismo, como se garantiza, considerando todo lo sucedido, que se harán cargo de nuestras observaciones, como se incluirán nuestras observaciones en la evaluación, como nos darán respuestas, y cómo el titular se hace cargo, cómo se garantiza que los organismos con competencia ambiental se pronuncien sobre las respuestas que nos dio el titular, como se garantiza que la PAC sea temprana. Por todo lo anterior, solicitamos que se nos garantice que no se ha cometido un vicio esencial en el procedimiento.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera que la observación no es pertinente ambientalmente, pues no hace referencia a ningún aspecto técnico del proyecto. No obstante lo anterior, Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que: Como bien señala el observante inicialmente la Dirección regional del SEA RM, resolvió rechazar la apertura de un proceso de Participación Ciudadana en este proyecto, sin embargo, a propósito del Recurso de Reposición presentado por el solicitante y de manera excepcional respecto de la tipología propia del proyecto el SEA mediante Resolución Exenta N° 0219 de fecha 23 de mayo de 2017, disputó la realización de un proceso de participación ciudadana a partir del cual se formularon observaciones ciudadanas y estas han sido incluidas en el proceso y enviadas al titular en el ICSARA complementario.

El proceso de Participación ciudadana se llevó a cabo dando estricto cumplimento a la normativa vigente. Respecto de las actividades de participación ciudadana se informa que está disponible en la plataforma Web del SEA el informe del proceso, donde se describen las actividades participativas realizadas y sus respectivos medios de verificación.

Por otra parte, lo avanzado del proceso de evaluación no resulta un obstáculo a la hora de realizar por parte de la ciudadanía sus respectivas observaciones, ya que pueden nutrirse de las observaciones de los servicios y de la información actualizada por el titular mediante Adenda. Por lo demás las respuestas a las mismas deben constar en el Informe Consolidado de Evaluación, así como en la RCA y es en último término el SEA, como administrador del Sistema de Evaluación Ambiental quien debe velar por la ponderación y suficiencia de las respuestas.

En lo referente a las fallas que pudo haber presentado el sitio web durante el proceso PAC, es preciso reconocer que algunas veces se pueden presentar intermitencias en la página. Sin perjuicio de lo anterior, la realización de la observación por el sistema no es la única modalidad de realizar las observaciones, existiendo siempre la posibilidad de concurrir a la oficina de partes del SEA RM y presentar materialmente la observación. Incluso en las diferentes actividades y asistencias técnicas se ha señalado que existe la posibilidad incluso de ir a buscar las observaciones de ser necesario.

  1. Rodrigo Carreño

Observación 1

  1. En relación a todos los impactos que tienen que ver con el Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos (art. 7 del Reglamento de Evaluación Ambiental), nos preocupan los todos los impactos que nos pueden afectar en relación a: literal b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento, por lo que se solicita descartar que el aumento de flujo de vehículos en la población cuando el proyecto entre en operación, el tránsito de camiones y maquinaria pesada durante la construcción, vayan a generar un impacto significativo el términos de este literal, asimismo, que el transporte público, tanto el metro como los buses del Transantiago, y las Ciclovías se vayan a ver afectados significativamente por todas las acciones del proyecto, y entregar todas las explicaciones y aclaraciones sobre las 122 contradicciones presentadas entre el EISTU-DIA, de manera de descartar el impacto de significancia; literal c) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica, se solicita que se entreguen todos los antecedentes que permitan descartar el impacto de significancia en el consultorio Valdivieso “Patricio Hevia”, que tiene una capacidad de carga limitada y no está preparada para recibir a las cerca de 3000 personas que vivirán en los edificios, el colapso de los jardines infantiles cerca de la población, sobre todo el que está justo en el predio colindante por Av. Perú, además de los colegios del sector y liceos, hay 4 a menos de 2 cuadras cada uno, y que el ingreso a estos establecimiento no se vea afectado, así como el colapso del sistema de extracción de basura, en la población está planeado para 1500 personas y se sumaran cerca de 3000 personas más, y pasa 3 veces por semana, cómo se hará para qué éste de abasto y no colapse, el Municipio está en conocimiento de esta situación, cuál será la solución; literal d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo, nosotros como vecinos tenemos muchas actividades comunitarias en las calles de la población y el sector, que el titular nada dice sobre cómo evitará interrumpir y respetar nuestra actividad, asimismo, nosotros nos vemos profundamente afectados en nuestras dinámicas, privacidad, sentimiento de arraigo y cohesión social con la existencia de los edificios, nuestros intereses comunitarios por la vida de barrio, tranquilidad, el medio ambiente, crear áreas verdes de recreación, huertas barriales y actividades al aire libre se ven absolutamente frustradas con los edificios; y sobre la Animita que está justo en el ingreso al predio, de los edificios, pertenece a un abuelito con su nieta, que tenían un carrito donde vendían mote con huesillos, vivían en Valdivieso, y es muy significativa para todos los vecinos de la población Lemus y de Valdivieso su existencia, no pueden moverla, y hacer lo que se les ocurra con ella, es parte de nuestras expresiones culturales, como evitarán el impacto significativo. Finalmente, nos preocupa muy en particular sobre qué ocurrirá con la Familia que vive en el terreno donde se emplazarán los edificios, el titular dice que es un cuidador, y presenta un contrato que falta a la verdad, ahí toda a vida ha vivido un trabajador con su señora y su hija, y también vivía una pareja joven con su bebé, que tenían un auto, y apenas los vecinos solicitamos el proceso de PAC, el titular los hizo desaparecer a todos, y ahora muestra un contrato que está vencido, ¿qué pasó con ellos?, ¿Dónde los trasladaron?, que pasa con todo lo que tienen que cumplir en el caso de reasentamiento de una familia, donde se debe considerar su desplazamiento y reubicación, además de que esto es un impacto significativo, el titular no se está haciendo cargo de todo lo anterior.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Los camiones y la maquinaria pesada que se utilice en el período de construcción, no utilizarán las vías que forman parte de la población Lemus.

De acuerdo a la metodología de Estudios de Impacto sobre el Sistema de Transporte (EISTU), para el proyecto Edificio Perú Plaza se desarrolló un estudio táctico sin reasignación mayor, el cual fue aprobado por la ventanilla única compuesta por la SEREMITT, la Ilustre Municipalidad de Recoleta, SERVIU, Transantiago, UOCT. (ORD.SM/AGD/Nº3960 del 11 de mayo 2017). Este estudio recogió todos los impactos producidos por los estacionamientos del proyecto, considerando las medidas de mitigación necesarias para reducir significativamente dichos impactos.

Dentro de las medidas de mitigación definidas por la ventanilla única se considera la Ejecución del proyecto Zona 30 en el cuadrante formado por Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Eloísa Lemus, Elcira Lemus y María Graham de acuerdo a lo estipulado por la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta. También se considera la reprogramación y la normalización del controlador del semáforo ubicado en Av. Perú con Arzobispo Valdivieso, incluyendo la tarea de sintonía fina y la reconfiguración de las EPROMS de los controladores y la Repavimentación de calle Doctor Ostornol, entre Francisco Silva y Arzobispo Valdivieso.

El Proyecto ofrecerá viviendas cuya superficie irá desde los 36 m2 a 54 m2. Lo anterior determina un valor de venta promedio de 2.770 UF. De esta manera, el perfil del comprador de estas viviendas estaría conformado principalmente por los grupos socioeconómicos medios C2.

• Equipamiento de salud 123 De acuerdo con los datos de la Encuesta Casen 2015, el acceso a establecimientos de salud de la población de Recoleta se distribuye de la siguiente manera: Gráfico: Porcentaje de acceso a establecimientos de salud según tipo

A partir del gráfico presentado, se extrae que la mayoría de la población (62,6%) accede a establecimientos de salud público, seguido por atención en consultas y centros médicos privados (22,2%). Este comportamiento difiere del comportamiento de la población del área de influencia, ya que según la información de entrevistados expuesta en el punto 5.5.2 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA “la mayoría de la población se encuentra afiliada al sistema previsional Fonasa y en menor medida a Izares. Por lo general son los adultos mayores e inmigrantes quienes, por razones económicas, acceden a la red de establecimientos públicos, específicamente al CESFAM Dr. Patricio Hevia (Valdivieso) y CESFAM Recoleta, mientras que la población adulta y jóvenes acceden a centros privados en el sector centro y oriente de la ciudad.” (p. 48)”. Considerando el perfil socioeconómico estimado de los futuros residentes del Proyecto, estos contarán mayoritariamente con afiliación a sistema FONASA y en menor medida ISAPRE, accediendo a atención de salud en centros privados, sin recurrir a los centros de salud públicos, específicamente a los CESFAM que corresponden al territorio. En cuanto a la oferta de centros de salud privados, el área de influencia se encuentra próxima a 5 establecimientos, sin superar los 3,2 km. de distancia. De esta manera se concluye: - Según el perfil socioeconómico que se estima corresponderán los futuros residentes del Proyecto, contarán mayoritariamente con sistema de afiliación FONASA, por lo que podrán acceder a establecimientos de salud privados. Respecto a la oferta de equipamiento, a no más de 3,2 kilómetros de distancia respecto al área del Proyecto se encuentran 5 establecimientos cercanos. Lo anterior indica que los habitantes del proyecto inmobiliario no colapsarán el Consultorio Valdivieso (Patricio Hevia).

• Equipamiento educacional De acuerdo con los datos de la Encuesta Casen 2015, el acceso a establecimientos educacionales de la población de la comuna de Recoleta se divide en la siguiente manera: 124 Gráfico 10: Comuna de establecimiento educacional al cual accede la población de Recoleta

Como se observa en los datos, un 63% de la población de Recoleta accede a establecimientos educacionales en la misma comuna. En tabla 45 del Anexo PAC del Adenda Complementaria se presenta un listado pormenorizado de los establecimientos educacionales de la comuna. La mayoría de los establecimientos disponibles en la comuna son de dependencia Particular Subvencionado y existen 1.566 matrículas vacantes. Respecto a la demanda que generará el Proyecto, se utiliza la información disponible en el proyecto de sala de basura adjunto en el anexo 10 de la DIA, donde se estima que los departamentos de dos o más dormitorios estarían acondicionados para recibir un grupo familiar, por ende, población en edad escolar. Por cada uno de ellos se calcula según el indicador de INE (2010), donde durante el año 2008 cada mujer aportó 1,9 hijos/as en promedio. Se estima que el Proyecto aportaría 648 residentes en edad escolar, de los cuales, considerando la tendencia que demuestra la Encuesta Casen 2015, el 63% accedería a equipamiento educacional de la comuna, es decir 408 estudiantes. De esta manera se concluye: - Se estima que el Proyecto aportará 648 residentes en edad escolar, de los cuales 408 buscarán acceder a establecimientos en Recoleta. Como se indica en el punto 5.5.3 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA, en el área de influencia existen cuatro establecimientos educacionales, los cuales cuentan con 155 vacantes según curso de ingreso principal, los que podrían cubrir de manera parcial la demanda que se estima generaría el Proyecto. - En total la comuna cuenta con 1.566 vacantes según curso de ingreso, es decir, permite absorber la demanda que se estima generaría el Proyecto. - La mayoría de los establecimientos disponibles, tanto en el área de influencia como en la comuna, son de dependencia Particular Subvencionada, acorde a la preferencia del perfil socioeconómico (C2) que se estima corresponderá a los ocupantes del Proyecto. Respecto al tema de la basura de los edificios, se aclara que los Edificios Perú Plaza I-II cuentan con su Proyecto de Basura el cual de acuerdo a la normativa deberá estar debidamente aprobado por la Autoridad Sanitaria. Además, cabe destacar, que el retiro de los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios es obligación de la Municipalidad, conforme a la normativa vigente, la cual cobra por este servicio en conjunto con las contribuciones. En relación al análisis del Artículo 7, literal d) respecto la dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo, se informa que la evaluación ambiental del 125 proyecto ha sido realizada en conformidad a la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Inmobiliarios que se Desarrollen en Zonas Urbanas (2017), a fin de descartar la presencia de potenciales impactos significativos relacionados al Artículo 7, letra d) del RSEIA. Cabe indicar que la información expuesta en la tabla fue extraída del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA, a partir de la cual es posible concluir que se han evaluado todos los indicadores que señala la Autoridad Ambiental, frente a los cuales el Proyecto generará impactos significativos, descartando así el literal d) del Artículo 7 del RSEIA. A partir de los antecedentes presentados en el punto 6.1.1 del Estudio de Medio Humano adjunto en el Anexo 6 de la DIA, “el sector donde se planea la construcción del Proyecto corresponde a un antiguo estadio deportivo adquirido por el Titular. Cabe señalar que dicho lugar se encontraba en desuso desde el año 2014 y que actualmente el predio está deshabilitado y no se evidencia presencia de residentes permanentes ni intermitentes. Por lo cual en el sitio donde se emplazará el Proyecto no existen grupos humanos ni personas las cuales puedan ser impactadas significativamente ni ser propensas a reasentamiento por parte del Proyecto.” A partir de los antecedentes presentados se descarta que el Proyecto pueda generar impacto significativo según lo estipulado en el Artículo 7 del RSEIA respecto a reasentamiento de grupos humanos, además de alteración de sistemas de vida, específicamente según el literal d).

  1. Rodrigo Carreño

Observación 1

  1. Nos parece muy preocupante que un proyecto que va a construir 483 departamentos, para 3200 personas aprox., sólo se considere como tipología el literal h.1) y no se le exija como tipología secundaria los literales o.2) alcantarillado que se conecte a una red existente que atiende a más de 10.000 hab. (el proyecto se instala en un territorio donde ningún proyecto inmobiliario ha sido evaluado en el SEIA, por lo que no es posible saber el efecto sinérgico sobre la red de alcantarillado, la cual viene desde la comuna de Providencia, trasladando las aguas residuales de mucho más de 10 mil hab.); o.7) sistemas de tratamientos de residuos industriales, y I.5) sobre uso de grandes volúmenes de áridos.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto a la tipología de ingreso se aclara que el proyecto en efecto ingresa al sistema de evaluación de impacto ambiental por la tipología h.1) Proyectos inmobiliarios, se aclara que el proyecto no presenta tipologías secundarias. En lo que dice relación con la exigencia de una tipología secundaria en virtud del alcantarillado, es preciso hacer presente que el proyecto cuenta con Factibilidad Sanitaria otorgada por la empresa Aguas Andinas la que consta en los Certificados N° 001007 de fecha 08-02-2016 y N° 006739 de 12-09-2016 adjuntos en el anexo N° 2 de la DIA. El primero se otorga sobre una población estimada de 989 habitantes y dos empleados, con un consumo medio diario de 305 m3 y señala que: “2. La presión mínima sostenible en el tiempo para las redes públicas de agua potable, es de 15 m.c.a. para el consumo máximo horario, de acuerdo a lo establecido en la norma chilena NCh 691. En consecuencia, la .presión mínima para el diseño de la instalación domiciliaria de agua potable, aguas abajo de la llave de paso que se ubica después del medidor, es de 14 m.c.a., para el consumo máximo diario, de acuerdo a lo establecido en la norma chilena NCh 2485. 3. Para la descarga de las aguas servidas de la propiedad, considerando la información entregada por ustedes y la disponible en esta empresa, deben conectarse a la red de recolección de alcantarillado existente, de 175 mm. de diámetro, con tubería de cemento comprimido, en AV. PERU. La profundidad aproximada del colector es de 1,6 m.”

El segundo Certificado, se otorga sobre una población estimada de 734 habitantes con un consumo medio diario de 223,84 m3 e indica: “3. La presión real disponible que se pueda mantener en el tiempo, es de 15 m.c.a, para el consumo máximo horario, en el punto de conexión entregado en esta factibilidad. 126 4. Para la descarga de las aguas servidas de la propiedad, considerando la información entregada por ustedes y la disponible en esta empresa, deben conectarse a la red de recolección de alcantarillado existente, de 175 mm. de diámetro, con tubería de cemento comprimido, en AV. PERÚ. La profundidad aproximada del colector es de 1,86 m.

A mayor abundamiento, se adjuntan los certificados de Aguas Andinas vigentes a la fecha (Certificados N°008993 del 11/12/2017 y N°008885 del 06/12/2017), los cuales certifica que la propiedad ubicada en Av. Perú N°1471 y N°1479 contarán con servicio de agua potable y alcantarillado. Esto queda demostrado a continuación:

Figura Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza I

Figura Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza II

Tal como se ha señalado, la provisión de agua potable es obligación de la empresa concesionaria y la calidad de este servicio está regulado por la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS). Por lo anterior, no procedería evaluar a este respecto ninguna tipología secundaria.

  1. Rodrigo Carreño

Observación 1 127 1. Solicitamos que se aclare cuál es la Población real que vivirá en los edificios, todos los documentos hablan de números distintos, en general siempre se dice 1500 personas, peros los anteproyectos, y permisos de edificación hablan de 1600 en cada edificio, porque eso significa al menos 3200 personas, por lo que necesitamos una respuesta real, con información seria y fidedigna que nos y en base a esos se evalúen los impactos del proyectos, y que nos garanticen que no se generan impactos significativos. Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar y aclarar que se considera un total de 1.336 habitantes para las 483 viviendas (ambos edificios), la cual fue calculada de acuerdo con al tipo de departamento y a su capacidad.

Por otro lado, cabe mencionar que en el Anteproyecto de Edificación y en el Permiso de Edificación se indica que la densidad permitida corresponde a 1.600 hab/ha.

  1. Rodrigo Carreño

Observación 1 1. Se solicita al titular que explique cómo garantizara que los taludes en el borde del predio para construir no socavarán los predios colindantes, el escarpe lo realizarán justo en el límite con los otros predios, sin ninguna medida de seguridad, ni control de talud y asumiendo que no pasará nada con las viviendas y vecinos inmediatos, incluyendo, los edificios de 4 pisos que están en la esquina de av. Perú con Valdivieso, y los chalet que están en Valdivieso, que son considerados como patrimonio arquitectónico según el PRC, y el titular nada ha dicho sobre ello. Estas casas colindan con el predio y son de un alto valor patrimonial para el barrio y la comuna, y el titular no ha descartado que se vayan a producir daño en ellos, ni el impacto significativo en los términos indicados por el art. 10 del RSEIA. Se solicita hacerse cargo y darnos garantía como ciudadanos. Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

El proyecto cuenta con estudio de mecánica de suelos y cálculo estructural, ambos suscritos por profesionales de las áreas correspondientes. Dichos proyectos contemplan taludes de 70° en los sectores donde existe espacio disponible y pilas de hormigón armado autosoportantes en donde no es posible generar taludes. Este proyecto asegura tanto la estabilidad global como puntual de la excavación con lo cual ninguna vivienda, del tipo que sea, que se encuentre en el perímetro o cercano a este, sufrirá daños o asentamientos por la excavación en sí misma.

A su vez el artículo 10 del DS. 40/2013 señala: “El titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

A objeto de evaluar si el proyecto o actividad genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, se considerará: a) La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N° 17.288. b) La magnitud en que se modifiquen o deterioren en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena. c) La afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y 128 naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente las referidas a los pueblos indígenas”.

Asimismo, la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental respecto de la aplicación de la letra f) del artículo 11 de la Ley 19.300, establece que para que se configure la alteración de un Monumento Histórico, es decir, la aplicación de dicho literal, se debe considerar la magnitud en que dicho monumento o zona se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o modifique en forma permanente.

Conforme a lo anterior, la actividad sujeta a evaluación ambiental no genera las características o circunstancias indicadas en la letra f) de la Ley de Bases del Medio Ambiente por cuanto: a. Como bien se señala en la Declaración de Impacto Ambiental, el proyecto no considera la remoción, destrucción, excavación, traslado, deterioro o modificación de algún Monumento Nacional de aquellos definidos en la Ley 17.288; o la modificación, deterioro en construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad pertenecen al patrimonio cultural. b. Los criterios de determinación de efectos sobre bienes pertenecientes al patrimonio cultural, deben estar constituidos por patrones objetivos claramente apreciables y, tal como señala la DIA, no se realizará ningún tipo de actividad que pudiese generar algún tipo de efecto, característica o circunstancia de tipo negativo sobre la existencia los chalet que están en Valdivieso, que el PRC de Recoleta ubica como sectores especiales”. c. Por lo demás, debido a las características del proyecto y su localización, éste no constituye riesgo alguno para el patrimonio arqueológico y cultural que pudiera existir en el área.

En base a los antecedentes presentados por el titular, el proyecto no genera o presenta alteraciones de monumentos, sitios con valor arqueológico, histórico y en general, pertenecientes al patrimonio cultural.

  1. Rodrigo Carreño

Observación 1 Estudio de la sobra en los meses de Otoño e Invierno, focalizados principalmente desde las 15:00 hrs. En amarilllo los horarios en que habrá sol y en gris los horarios en que habrá luz solar. Los cuadros son a 50, 70 y 100 metros de la base de los edificios, es a escala real con la altura de los mismos y los grados de en qué el sol comienza a inclinarse. Como muestra el ejemplo a partir de las 15:00 hrs, nuestras casas ya no tendrán Sol. Por tanto, los 10 metros y 20 metros de distancia a los muros de los vecinos son totalmente perjudiciales para la salud de los vecinos principalmente en los meses de invierno. Ver documento adjunto. Estudio de la sobra en los meses de Otoño e Invierno, focalizados principalmente desde las 15:00 hrs. En amarilllo los horarios en que habrá sol y en gris los horarios en que habrá luz solar. Los cuadros son a 50, 70 y 100 metros de la base de los edificios, es a escala real con la altura de los mismos y los grados de en que el sol comienza a inclinarse. Como muestra el ejemplo a partir de las 15:00 hrs, nuestras casas ya no tendrán sol. Ver la siguiente figura. Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que el proyecto cumple con el Instrumento de Planificación (IPT) en términos de la altura, rasantes y sombras proyectadas a los terrenos aledaños al proyecto. Además, el Proyecto cumple con lo establecido en el artículo 2.6.11 de O.G.U.C.

Adicionalmente, se debe destacar que de acuerdo a lo establecido por el marco legal vigente (Ley N°19.300), la evaluación de impacto ambiental es un procedimiento que busca determinar si el impacto ambiental de una actividad o proyecto se ajusta a las normas vigentes.

129 Por lo que, la evaluación de impacto ambiental en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) se basa en el estudio de las partes, obras y acciones de un proyecto o actividad a ejecutarse y cómo éstas alteran los compontes del medio ambiente implicados.

En cuanto a las DIAs, el Titular del proyecto debe justificar la inexistencia de impactos ambientales significativos. Dentro de los temas a justificar se encuentran los siguientes:

• “Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos”: Dentro de este punto, deben ser evaluados las emisiones, efluentes y residuos: atmosféricos, ruido, residuos, vibraciones, radiación y efluentes líquidos. • “Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire”: Dentro de este tema, se considerará como un efecto significativo cuando el proyecto o actividad altera la calidad o cantidad de un recurso natural renovable de manera permanente, si se altera su capacidad de regeneración o renovación, y si se alteran las condiciones que hacen posible la presencia y desarrollo de las especies y ecosistemas. • “Reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humano”: En este contexto, se evalúa si existirá perdida de ingreso, viviendas, de redes económicas, de acceso a servicios públicos, de redes sociales, de bienes comunitarios, entre otros. • “Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar”. • “Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona”: En este punto debe analizar si el lugar cuenta con un valor paisajístico y se debe determinar la calidad visual del paisaje. • “Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural”: Aquí se debe evaluar cuándo un proyecto o actividad genera o presenta alteración de un Monumento Histórico o Zona Típica o Pintoresca considerando la magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente dicho monumento o zona. Lo mismo para los monumentos arqueológicos.

De acuerdo a la Guía De Evaluación de Impacto Ambiental Artículo 11 De La Ley N° 19.300 Letra A), Riesgo Para La Salud De La Población, este riesgo en el marco del SEIA se refiere al riesgo para la salud de la población asociado a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos. Tanto los efluentes, emisiones y residuos han sido ampliamente descritos en su generación, manejo y disposición final en la DIA y las Adendas, acreditándose el cumplimiento normativo para cada uno de ellos. En particular el efecto de la sombra de una construcción queda supeditado al cumplimiento de Instrumento de Planificación Territorial vigente, no estando regulado por el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Conforme a lo anterior y en el entendido que el proyecto de sombras fue parte integrante de los antecedentes de los permisos municipales, el proyecto cumple con la normativa que lo regula.

  1. Rodrigo Carreño

Observación 1

El Titular emplaza su proyecto en un sector donde el 100% de las residencias son casas habitación de uno a dos pisos, por lo que al construirse torres de 17 pisos rompe la morfología y tipología habitacional, sin mantener la armonía urbanística del entorno. Esta situación provocará una pérdida importante de la luz solar y de la vida privada de los vecinos del proyecto, afectando el modo de vida, las costumbres y los sentimientos de arraigos de la comunidad de vecinos en el entorno del proyecto, Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental, Articulo 7, letra d).

Adicionalmente se puede considerar que la perdida de la luz solar como una restricción a un recurso natural con potencial económico, como se indica en el Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental, Articulo 7, letra a).

130 Durante el período de construcción, que dura 5 años llegarán 400 personas diariamente a trabajar a la construcción desde donde tendrán vista privilegiada al entorno, los patios de las casas, pudiéndose producir acoso a mujeres y niños desde el interior de la obra como desde el exterior del proyecto en construcción, en un sector donde la mayor circulación de personas a pie corresponde a niños y jóvenes que se movilizan desde sus casas a sus colegios y viceversa. Muy probablemente llegará también comercio ambulante en la calle asociado a venta de comida para los trabajadores, que se establecerá en los alrededores cercanos a los accesos de la obra. Podría suceder que en el horario de almuerzo de los trabajadores puedan salir a descansar a los alrededores del Proyecto, y dejar todo sucio y hacer uso indebido del espacio público.

Durante la operación del proyecto, los vecinos directos del proyecto tendrán en forma permanente pérdida de privacidad y pérdida de luz solar. De acuerdo a las estimaciones propias entre las 12:00 y 16:00 horas, dependiendo de la época del año, las casas quedarán sin luz solar todos los días del año, lo que provocará menoscabo del uso al aire libre en los espacios privados de las casas del entorno, así como la permanente exposición a la visión de los vecinos de los edificios del Proyecto, lo que no ocurre en la situación sin el Proyecto o en una situación donde se construyeran casas en el sitio del proyecto, conservando la armonía de arquitectura del sector.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

La evaluación ambiental del proyecto ha sido realizada en conformidad a la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Inmobiliarios que se Desarrollen en Zonas Urbanas (2017), a fin de descartar la presencia de potenciales impactos significativos relacionados al Artículo 7, literales a) y d) del RSEIA.

A partir de la información expuesta en el estudio de Medio Humano es posible concluir que se han evaluado todos los indicadores que señala la Autoridad Ambiental, descartando así impactos significativos referidos a los literales antes señalados.

La pérdida de luz solar no se encuentra incluido en los indicadores anteriores para la evaluación ambiental de este tipo de proyectos.

Consiguientemente, se debe aclarar que la obra se construirá en 3 años y no en los 5 indicados en la observación. Se estima un máximo de 257 trabajadores (157 en promedio), no llegando al valor indicado en la consulta.

Es importante señalar que la obra contará con espacios para que los trabajadores tomen sus respectivas horas de colación, no necesitando salir de la obra para estos fines.

El Titular se compromete a velar por la permanente limpieza y orden de las áreas exteriores relativas al Frente predial de la obra. Además, se velará porque los trabajadores de la constructora mantengan una conducta adecuada durante su jornada laboral.

Por último, los edificios se encuentran emplazados en el terreno distantes varios metros de los deslindes, con el propósito de generar menores efectos de sombras y ventilación de las casas vecinas. Lo anterior se encuentra detallado en el estudio de sombras aprobado por la D.O.M de Recoleta y forma parte integrante del Permiso de Edificación Nº 29 de fecha 25 de abril de 2016 (Edificio Perú Plaza I) y Permiso de Edificación N°53 de fecha 16 de octubre de 2017 (Edificio Perú Plaza II) otorgado por la D.O.M de Recoleta. Estos permisos acreditan que el proyecto cumple con el Instrumento de Planificación Territorial vigente para este sector en forma íntegra. Por otro lado, en el paisajismo considerado en el perímetro del terreno se incluye la plantación de árboles que aportan a mantener la privacidad de los vecinos.

  1. Rodrigo Carreño

Observación 1

131 1. El titular define un Área influencia amplia, aunque no la define adecuadamente, y no se hace cargo de todos los impactos que generará en ella, ni tampoco hace una descripción adecuada de ésta, por lo tanto, toda su evaluación tiene un déficit estructural, que refleja lo mal elaborado del proyecto y lo mal evaluado de los impactos. Se solicita hacerse cargo de la situación descrita, y darnos una respuesta adecuada.

  1. El titular nada dice sobre el efecto sombra de los edificios en la población y en todas las personas que vivimos ahí, hay muchos estudios que han demostrado los efectos de la carencia de sol, y como se transforma el clima local por este efecto, en un sector que tiene un clima privilegiado, y muy templado en comparación con el resto de la ciudad, gracias a todas las condiciones naturales y ambientales que el titular pretende modificar. Se solicita hacerse cargo de todo lo anterior y demostrar que no se generaran impactos significativos en los términos del art. 5 y art. 6 del RSEIA por el efecto sombra.

  2. Nada se dice sobre el impacto en el paisaje que generaran los edificios, son dos tremendas torres, que nos taparán la vista del cerro blanco desde nuestra población, y nos taparan la vista del cerro San Cristóbal cuando miremos desde las calles al poniente de av. Perú. Además, transformara toda la configuración urbana del barrio, que no tiene edificaciones en altura. Se solicita hacerse cargo de todo lo anterior y entregar todos los antecedentes que permitan descartar la generación de impactos significativos en los términos del art. 09 del RSEIA.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

De acuerdo al punto 1.1) de la observación, de acuerdo a lo indicado en Decreto Supremo 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, normativa que define como área de influencia a “el área o espacio geográfico, cuyos atributos, elementos naturales o socioculturales deben ser considerados con la finalidad de definir si el proyecto o actividad genera o presenta alguno de los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, o bien para justificar la inexistencia de dichos efectos, características o circunstancias” (DS 40/2012 MMA, Art.2, literal a). Es decir, el entorno susceptible a ser afectado por la ejecución de un proyecto, tanto en su fase de construcción como operación.

Como se indica en el punto 4 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA, el área de influencia definida consideró en primera instancia la contextualización del Proyecto dentro del territorio comunal, mediante una revisión software cartográfico y el diagnóstico de equipamiento por macrozonas, identificado en el PLADECO 2014-2018. En segundo lugar, se consideraron los resultados de la observación realizada en terreno entre los meses de agosto y septiembre de 2016, donde se rescataron elementos constitutivos del sector, principalmente orientados a elementos físicos de las viviendas, hitos significativos del espacio y movilización de la población dentro del territorio, como rutas de desplazamiento y redes de conectividad utilizadas en actividades diarias, disponibilidad de servicios. Finalmente, mediante las entrevistas semiestructuradas aplicadas, se rescató los límites territoriales reconocidos por la población residente del área de influencia.

De esta manera se consideró el área de influencia que puede apreciarse en la Ilustración 1: “Área de influencia estudio Medio Humano” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA, y que es justificada y detallada en la Tabla 28: Justificación del área de influencia Medio Humano, del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA.

Durante el mes de enero de 2017, posterior a la fecha de ingreso a tramitación del Proyecto, la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Inmobiliarios que se Desarrollen en Zonas Urbanas (2017), establece que el área de influencia para el componente humano “debe tener en consideración los impactos ambientales potencialmente significativos, así como el espacio geográfico en el cual se emplazan las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, por lo tanto, para su determinación se hace necesaria la superposición del emplazamiento del proyecto en el territorio, y la identificación de los espacios territoriales donde interactúan o se relacionan las comunidades o grupos humanos, de existir (…) convendrá considerar los límites socio-espaciales que implican las localidades o unidades vecinales, así como aquellas barreras físicas como las 132 grandes avenidas, entendiendo que éstas restringen flujos y los concentran en puntos específicos como cruces peatonales, interacciones de calles u otros, Asimismo, también se debe considerar la presencia de elementos que aglutinan o son polos de atracción de la población, tales como los estadios, teatros, parques, centros comerciales, enclaves productivos, entre otros.” (p.28).

De esta manera, los criterios de determinación del área de influencia y su justificación van acorde a lo estipulado por la Autoridad Ambiental, ya que se consideró la división administrativa por macrozonas que plantea el PLADECO 2014-2018 de las cuales el área de influencia se ubica en la N°5 y 6; además de límites reconocidos por la población del sector, rutas de desplazamiento utilizadas para acceder a equipamiento y servicios, además de enclaves productivos, específicamente el sector empresarial que se encuentra en dirección poniente al Proyecto.

De acuerdo al punto 1.2) de la observación, el artículo 5 del Reglamento del SEIA, la Guía Riesgo para la Salud de la Población (http://www.sea.gob.cl/sites/default/files/migration_files/20121109_GUIA_RIESGO_A_LA_SALU D.pdf), indica que este riesgo se origina en la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos que genera el proyecto. De manera de justificar la inexistencia en el riesgo para la salud de la población que genera el proyecto se ha realizado en la DIA y sus adendas un cuidadoso análisis de los efluentes, emisiones y residuos que generarán ambas etapas del proyecto, acreditándose el cumplimiento normativo para cada una de ellos.

Respecto del artículo 6, tal como se indica en la respuesta 2.126, el proyecto no afecta recursos naturales renovables objeto de protección ambiental.

De acuerdo al punto 1.3) de la observación, según el Estudio de Paisajismo adjunto en el Anexo 5.6 de la Adenda Complemnataria, el Proyecto se ubica en la Macrozona “Centro” y Subzona “Cuencas y Valles Interiores”, en la región metropolitana de Santiago. La caracterización del paisaje de la zona en estudio determinó el reconocimiento de un tercer nivel Jerárquico denominado “Zona Homogénea Matriz Urbana con fondo de cerro”, representativa de los elementos característicos del paisaje de la cuenca de Santiago.

Según dicho estudio, el Cerro San Cristóbal se presenta como fondo escénico al visualizarse sus laderas de exposición norponiente, donde se evidencia fuerte intervención antrópica producto de las dinámicas urbanas que estas absorben, como es el caso de los remontes observados principalmente desde la vereda poniente de Av. Perú. Junto con lo anterior, las mixturas de usos, la falta de arborización y de otros elementos urbanos en el espacio público son factores que inciden en la percepción de una imagen urbana no consolidada y que restan belleza escénica al sector, especialmente en el último tramo de Av. Perú hacia el norte, por lo que se espera que las obras de ensanche que se están realizando aportarán en ese sentido al tramo en estudio. En cuanto al Cerro Blanco, ubicado hacia el sur poniente del área de estudio, es escasamente visible, producto de la combinación de factores como su baja altura (89 metros sobre el nivel de cota vial) y la relación de proporción de los perfiles de calle (relación ancho – alto) que restringen los campos visuales.

Al interior de la Villa Lemus, se determinó un carácter residencial consolidado, con tipologías de edificación aislada y una altura de 1 y 2 pisos. El cerro San Cristóbal se observa más imponente, evidenciando a su vez la fuerte intervención de sus laderas producto del remonte de edificaciones aisladas.

Se determinó un cuarto nivel jerárquico de paisaje denominado “Unidad de Paisaje Villa Lemus”, atribuible a la cuenca visual del punto de observación PO3. Al igual que los atributos biofísicos descritos y valorados para la Zona Homogénea descrita, la ponderación de sus atributos biofísicos, estéticos y estructurales determinó que esta unidad presenta una Calidad Visual Media, siendo las características y atributos del cerro San Cristóbal y sus laderas en su estado de conservación actual, los que determinan la valorización señalada.

De acuerdo con el análisis de visibilidad de las cuencas visuales analizadas, en conjunto con la simulación y visualización del Proyecto representada en los fotomontajes, se determinó que para los puntos considerados relevantes por su condición de permanencia (PO1 y PO2) la obstrucción generada hacia el cerro es parcial, acotada y no significativa. En los fotomontajes Nº1 y Nº2 (PO1 y PO2) se corrobora lo señalado apreciándose a su vez, que el Proyecto queda relegado en un segundo plano de visión y su presencia queda obstruida parcialmente por la arborización presente. Por su parte, en el fotomontaje Nº3 (PO3), ubicado al interior de la Villa Lemus, se puede apreciar que el 133 Proyecto no interfiere con la visibilidad del Cerro San Cristóbal, así como tampoco con la del Cerro Blanco, el cual es prácticamente imperceptible desde la Villa, pues sólo se logra apreciar una parte mínima de su cumbre.

De acuerdo a lo señalado en la “Guía de evaluación de impacto ambiental – Valor Paisajístico en el SEIA, 2013” los tipos de impacto sobre el valor paisajístico se clasifican en las dos siguientes categorías: • Obstrucción de la visibilidad a una zona con valor paisajístico. • Alteración de los atributos de una zona con valor paisajístico.

Esta clasificación es coherente con lo señalado en el Artículo 11, letra e) de la Ley Nº19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y sus modificaciones, así como en el Artículo 9 del Reglamento del SEIA (D.S. Nº40/12 del MMA), donde señalan, que a objeto de evaluar si el proyecto o actividad, en cualquiera de sus fases, genera o presenta una alteración significativa del valor paisajístico de una zona, se debe considerar la duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico y la duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico:

a) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico. b) La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico.

Al respecto, la descripción y valoración de los atributos biofísicos del paisaje de la zona de estudio, la ubicación del Proyecto en una zona urbana donde la planificación territorial permite su posicionamiento, el análisis de visibilidad que da cuenta de las relaciones establecidas entre su posicionamiento y los cerros de la zona, así como la visibilidad obtenida desde sectores de permanencia considerados relevantes, son argumentos que permiten concluir que las obras del Proyecto no generará obstrucciones visuales significativas sobre el elemento o atributo considerado con más valor dentro de este análisis. A su vez, el Proyecto tampoco alterará significativamente atributos del elemento considerado con valor en este estudio ya que se posicionará sobre suelo urbano (plano) donde la planificación territorial lo permite.

Es importante señalar que el proyecto brinda atributos o elementos urbanos propuestos a nivel de calle que enriquecen el espacio público hacia Av. Perú y que ayudan a consolidar la imagen urbana que se pretende para el sector. Los edificios se proyectan retranqueados respecto de la línea de edificación relevando los atributos a nivel de calle proyectados a escala humana, como todo el mobiliario público, locales comerciales y arborización urbana, definiendo, en conjunto con el ensanche y bandejón central propuesto por el SECPLA de Recoleta, el nuevo perfil de calle y la imagen urbana del sector, en coherencia a lo que establecen los instrumentos de planificación territorial.

Para ver detalles del Estudio de Paisaje, ver Anexo 5.6. de la Adenda Complementaria.

Con todo lo anterior se concluye que el Proyecto no genera efectos significativos en cuanto a la obstrucción visual ni a la alteración de los atributos de una zona con valor paisajístico.

  1. Rodrigo Carreño

Observación 1

  1. El titular no hace una correcta evaluación de impactos para descartar la procedencia de los ECC que ART. 11 de la Ley N°19.300 y no considera la sumatoria de los impactos de ambos predios, los evalúa individualmente, cuando debería evaluar el impacto sinérgico de ambos, y descartar entregando todos los antecedentes que permitan comprobar efectivamente la ocurrencia de los ECC del art. 11 de la ley. No existen los antecedentes que permitan confirmar que no debería haber ingresado como un EIA. Se solicita hacerse cargo de todo lo anterior.

Evaluación técnica de la observación:

134 Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

El Proyecto presentado contempla la construcción de dos edificios, por lo que todos los antecedentes y estudios presentados para su evaluación ambiental, se han considerado ambos edificios y el cronograma de construcción de ellos (ver cronograma Figura N°4 de la Adenda 1).

Respecto de si el proyecto debió ingresar por vía de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) o por Estudio de Impacto Ambiental (EIA), la determinación del instrumento de ingreso está dada por la Ley 19.300 sobre Bases del Medio Ambiente, en virtud de la cual, solo deben ingresar por Estudio de Impacto Ambiental aquellos proyectos que generen los impactos del artículo 11 de la Ley 19.300. A partir de las prospecciones y estudios realizados (emisiones atmosféricas, ruido y vibraciones, patrimonio arqueológico, factibilidad de servicios sanitarios, medio humano), es posible indicar que el proyecto no genera ninguno de los efectos, características y/o circunstancias señaladas en las letras a) a la f) del artículo 11 de la Ley 19.300, o en los artículos 5 al 10 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, razón por la cual el proyecto ingresa al sistema como DIA y no como un EIA.

Para mayor detalle se puede revisar el capítulo 2 de la DIA, donde se presentan los antecedentes que justifican la inexistencia de efectos, características o circunstancias del Artículo 11 de la Ley 19.300, en conformidad a los oficios de los servicios con competencia ambiental respecto a la DIA del proyecto.

  1. Rodrigo Carreño

Observación 1

Es esta Observación, demostramos la imposibilidad de giros de los camiones que usará la inmobiliaria y la tala no autorizada de los árboles en el espacio del terreno en que solo cuenta con un anteproyecto. Ver documento adjunto:

Fotografía 1 Así estaba el Estadio Montserrat y Avenida Perú antes de antes de la llegada de La Inmobiliaria. Observar que Avenida Perú permitía todo tipo de giros, cuestión que hoy para camiones de la envergadura necesaria, será imposible. Queremos dejar explicita la denuncia que se talaron los árboles que se ven en la fotografía, en la parte en que no está aprobado ningún proyecto, solo un anteproyecto. En el segundo taller realizado por el SEA, la inmobiliaria expresa que tiene pleno derecho, según nuestro estudio no se permite cuando hay Anteproyecto. Tenemos un video en que muestra una retroexcavadora arrancándolos.

Fotografía 2 Una mirada más de Avenida Perú sin el Parque Perú, cuyos potenciales retornos de camiones se ven imposibilitados ahora, Celia Coloma es nuestra única salida de la población, si algún camión intenta girar en “U”, generará un gran colapso a nuestros vecinos. El eventual giro en “U” de camiones será también un problema, en horas pick de Sur a Norte y en horario Pick de Norte a Sur.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que, de acuerdo a lo señalado en la observación, se ha decido actualizar las rutas a utilizar durante la Fase de Construcción del Proyecto. Por lo tanto, la calle a utilizar por los vehículos que transitan desde el Norte será por calle Unión. Cabe destacar, que dicha calle no será modificada por el bandejón central y cuenta con el radio de giro necesario para el volteo de los camiones.

Por otro lado, se aclara que la eliminación de malezas y el despeje del terreno se realizaron por una solicitud de los vecinos para eliminar la presencia de ratones. 135

Cabe destacar, que en el predio existía vegetación introducida y de carácter ornamental que no requería permiso para su corta. Por lo que, se sacó y limpió el terreno para cumplir con un requerimiento de la SEREMI de Salud, de manera de evitar la proliferación de vectores.

Es importante aclarar que la limpieza de un terreno, en términos de vegetación, no requiere de permisos municipales de aprobación.

  1. Rodrigo Carreño

Observación 1

  1. Como se nos garantizara que el titular no tendrá el comportamiento que ha tenido en otros proyectos, que además de impactar significativamente la calidad de vida de las personas que cerca a sus proyectos, han colapsado todo el sistema urbano, teniendo que invertir los municipios y SERVIU en nueva infraestructura de agua potable, alcantarillado, recolección de basura, sistema de transporte público, con recursos públicos que son de todos los chilenos, porque el titular no se hace cargo de sus impactos. Un buen ejemplo es lo que sucede actualmente en calle ecuador, donde actualmente están construyendo un colector. Se solicita pronunciarse y hacerse cargo.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que en virtud del artículo 47 del D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente (D.S Nº 40/2012), y de acuerdo a los pronunciamientos de los Organismos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental que participaron del proceso de evaluación, es posible concluir que:

a) El proyecto en cuestión cumple con la normativa de carácter ambiental. b) Se han identificado todos los permisos ambientales sectoriales aplicables al proyecto, y expresamente se pronuncie respecto del cumplimiento de los requisitos y contenidos de dichos permisos. c) El proyecto o actividad no genera o presenta alguno de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

  1. Rodrigo Carreño

Observación 1

CALCULO DE LAS EMISIONES DEBIDO A LAS EXCAVACIONES Y ESCARPE

No existe una caracterización topográfica de la situación actual del terreno y de la situación final del terreno que permita definir adecuadamente la cantidad de material a retirar por escarpes para materializar la excavación para el emplazamiento de la obra gruesa de los subterráneos de los edificios, que permita definir con más exactitud cuántos son los m3 de cada etapa del movimiento de tierra en:

• Escarpe • Excavación • Rellenos para áreas verdes y paisajismo

Para determinar con más precisión la cantidad de viajes de camiones que moverán la tierra del Proyecto para estas etapas.

El estudio de las emisiones hace referencia a valores obtenidos del estudio de la mecánica de suelos, lo que no es correcto, porque este último estudio no presenta información de la cantidad de m3 que 136 se deben remover. Adicionalmente el estudio de emisiones no indica la relación entre los m3 de la excavación y la cantidad de viajes.

Por otra parte, el terreno presenta un sector importante de material de otras excavaciones que fueron depositados en la superficie del terreno que es necesario dimensionar para retirar de la obra y tener en cuenta para el cálculo de las emisiones.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que en el Anexo de Estimación de Emisiones se hace mención a la Mecánica de Suelos del Proyecto debido a que de ella se obtuvo la densidad del material solamente. Sin embargo, los cálculos del movimiento de tierra fueron realizados por ingenieros especialistas, cuyos cálculos fueron adjuntados en el numeral 43 de la Adenda, toman como base la topografía y el proyecto. En base a ellos en el Anexo de Estimación de Emisiones Atmosféricas se realizaron los cálculos de los viajes que significa toda la construcción del proyecto. Además, en la Tabla 6 del Anexo 5 Estimación de Emisiones Atmosféricas de la Adenda se realiza la relación entre los m3 de la excavación y la cantidad de viajes a realizar para su disposición final. Mayores detalles ver Figura 7 “Volúmenes a transportar y viajes asociados” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA de la DIA.

  1. Rodrigo Carreño

Observación 1

DEFINICIÓN DE LA PROFUNDIDAD DE LA NAPA FREATICA

Hay evidencia de presencia de agua a muy baja profundidad en el sitio del terreno, con una excavación de pocos metros de profundidad, provocando un afloramiento de la napa subterránea del sector.

La posición del sondaje que midió la profundidad de la napa freática en el terreno, se ubicó en la zona lejos de la zona inundable del terreno. Cabe señalar que también hay una incongruencia en la ubicación del sondaje, puesto que el texto del informe del sondaje.

La presencia de agua a baja profundidad modifica la capacidad de soporte del suelo y los empujes en los muros de los subterráneos, por lo que se hace necesario estudiar la presencia y profundidad de la napa de agua subterránea de manera seria.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que el proyecto ha incluido los cálculos estructurales que son parte fundamental del desarrollo de la ingeniería de un proyecto de estas características.

En este sentido, la Mecánica de Suelos contratada a una empresa especialista en el rubro, y que es parte fundamental en el cálculo estructural realizó 4 pozos de prospección de 8 m de profundidad y un sondaje a rotación de 30 m de profundidad y en ningún punto explorado se observa nivel freático. Todos los antecedentes geológicos que se tienen del sector muestran napa de agua bajo los 45 m de profundidad, por lo que este factor no influye en los parámetros resistentes del subsuelo. El estudio fue realizado teniendo en cuanta los antecedentes geológicos locales disponibles y las exploraciones realizadas al interior del predio según normativa vigente. La ubicación del sondaje es representativa de todo el predio para los efectos de posición de napa subterránea.

137 El hecho que exista una zona inundable se puede deber a una condición local de acumulación de agua superficial (lluvia, riego, filtración de piscina existente) por presencia de estratos finos impermeables. También puede estar afectada por vías preferenciales de agua que a los pies de cerro circulan a modo de vertientes lo que explicaría la acumulación de agua en el sitio.

En el Anexo 5.4 se entrega el resultado de la medición del nivel freático realizada en el pozo profundo existente en el terreno por la empresa especialista QUINTA Ingeniería y Construcción Ltda., con fecha 20 de septiembre de 2017, en donde se constata que no se encontró napa freática a los 60 metros de profundidad que corresponde a la profundidad total del pozo.

Consecuente con lo anterior, se descarta la existencia de napa a pocos metros de profundidad y por lo tanto cualquier compromiso con la estabilidad de las estructuras de ambos edificios. Además, los drenes de infiltración se encontrarán ubicados a una profundidad no mayor de 5,70 metros.

Por lo tanto, los drenes estarán a 54,3 m por sobre el eventual nivel freático, según lo señalado anteriormente (no se encontró napa freática a los 60 metros de profundidad), no generando afectación de forma alguna sobre las aguas subterráneas.

  1. Rodrigo Carreño

Observación 1

Se solicita la definición de seguimiento y el programa de reparación de los daños que se causará a las calles debido al tránsito de los vehículos pesados por periodos prolongados de tiempo.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que, el titular del proyecto será responsable de materializar todas las obras definidas en el EISTU que se hacen cargo del impacto vial de los vehículos que incorpora el proyecto, que incluyen algunas obras de repavimentación. Finalmente, el titular es responsable de ejecutar las obras de todo el frente predial, de forma tal de terminarlos como ha sido definido por la Municipalidad.

El titular a objeto de mantener las condiciones de las vías por efecto de la construcción del proyecto. Una vez que el municipio ha recibido el proyecto, es el SERVIU quien debe preocuparse de mantener su estado, dado que es vialidad de uso público y de ninguna manera exclusivo para el proyecto.

  1. Rodrigo Carreño

Observación 1

La caracterización del medio humano y social del barrio se hizo sin entrevistar a las personas que aquí vivimos, y entregando información no real, por lo que toda la evaluación de impactos sobre el medio humano carece de sustento. Se debe rectificar y evaluar como corresponde. se solicita pronunciarse al respecto.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que en el punto 3 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA, se detalla la metodología utilizada para la elaboración del informe de caracterización del área de influencia. Se indica que la información fue extraída tanto de fuentes secundarias como de primarias. Respecto a estas últimas, se aplicaron técnicas de investigación cualitativa como entrevistas semiestructuradas y observación de campo, ambas en 138 terreno, específicamente los días 5 de agosto, 07, 09, 13, 26 de septiembre y 16 de noviembre de 2016.

En cuanto a las entrevistas, estas estuvieron dirigidas a profesionales municipales, específicamente a encargados municipales de las Macrozonas N°5 y 6 reconocidas por el PLADECO 2014-2018, en las cuales se ubica el área de influencia. Esto fue complementado con entrevistas a dirigentes de las Juntas de Vecinos Población Lemus y Villa San Cristóbal además de un residente de población Lemus. El detalle de las entrevistas aplicadas según se muestra en la Tabla 29: “Actores entrevistados Estudio Medio Humano” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA.

Cabe agregar que sus resultados y la pauta de observación realizada se encuentran en el punto 8 del estudio de Medio Humano, adjunto en el anexo 6 de la DIA.

  1. Rodrigo Carreño

Observación 1

Considerando que la caracterización social del proyecto se realizó en base a proyecciones del Censo de 2002, se sugiere realizar una caracterización más representativa de los habitantes del sector, en base a que es información absolutamente extemporánea.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que en el punto 3 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA, se indica “La metodología de trabajo utilizada en la ejecución del presente estudio, se basa en la recopilación y sistematización de fuentes secundarias, principalmente la revisión de datos estadísticos provenientes del Censo de Población y Vivienda 2002”. Al respecto, en pie de página se detalla “No se considerarán los datos del Censo 2012, debido a la resolución de invalidación mediante la Auditoría Técnica a la base de datos de levantamiento censal, por parte de la misma institución durante el año 2014.” (p.7).

A la fecha de elaboración del informe de Medio Humano, la información demográfica reconocida como válida corresponde a los datos de Censo 2002 y la proyección comunal al 2020 realizada por INE. Al respecto, cabe indicar que el menor nivel al que puede realizarse una proyección de población es el comunal, por lo que los datos de Censo 2002 fueron trabajadores en software Redatam Plus+ para efectos del área de influencia.

A mayor abundamiento, en el área de influencia no se han desarrollado proyectos inmobiliarios que pudieran alterar de manera considerable los datos demográficos expuestos respecto a este sector. Es más, mediante la información obtenida a través de los entrevistados, destacan que el área de influencia corresponde a una población notoriamente adulta y adulta mayor, descartando así grandes flujos migratorios que pudieran alterar considerablemente los datos en cuestión.

  1. Rodrigo Carreño

Observación 1

  1. Se requiere que el titular presente de manera más detallada y desglosada el análisis de la Dimensión de bienestar social básico; es decir identificando con claridad el acceso de los grupos humanos a: a) Bienes; b) Equipamiento; y c) Servicios

  2. Medio Físico: Respecto de la tabla 1 (análisis de la relación de los componentes ambientales con el proyecto), Medio físico – planificación territorial; ¿cuáles son los criterios utilizados por el titular para concluir que el proyecto no afecta actividades económicas y productivas de la población?

139 3. ¿Cuáles son los criterios utilizados para indicar que el proyecto no afecta construcciones, espacios públicos y actividades económicas productivas?, la razón indicada (dado que esta en un sitio en desuso) es inadecuada, el titular debe indicar la relación con construcciones relevantes; viviendas, equipamiento colegios). No está claro como el titular llega a tal conclusión, la razón que el terreno no esté en uso, no es válida, pues se debe analizar con el equipamiento existente, en los alrededores, y hay varias viviendas que se enfrentan directamente al proyecto inmobiliario.

  1. Medio Humano – Dimensión Bienestar social básico; ¿Cuáles son los criterios y metodología utilizada por el titular para concluir que el proyecto no afecta a los grupos humanos, a bienes, equipamiento y servicios?

  2. ¿Cuáles son los tipos de datos utilizados (cualitativos y cuantitativos), que permitió caracterizar el grupo humano

  3. ¿El proyecto si afecta los tiempos de desplazamiento de los vecinos aledaños al proyecto, lo mismo con los apoderados y alumnos del colegio s cercanos, como el titular llega a concluir que no hay efectos?, en análisis realizado en el anexo correspondiente no es preciso en este aspecto.

  4. El proyecto afectara los tiempos de desplazamiento de todos los vecinos, dado que las rutas a utilizar diariamente ya se encuentran colapsadas, más aún con la cantidad de autos solo indicados por la cantidad de estacionamientos, más los vehículos y camiones que utilizara el proyecto en sus fases de construcción. El proyecto si afecta el acceso de los grupos humanos a bienes, servicios y equipamientos.

  5. Es cuestionable los criterios para la definición del área de influencia de medio humano presentada por el proyecto. El titular no cumple con los contenidos mínimos para una descripción detallada del área de influencia.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

a) Debido a que el área donde se ubicará el proyecto no es utilizada para extraer recursos naturales ni es utilizado para generar actividades productivas, se descarta impactos significativos respecto a la intervención, uso o restricción a recursos naturales que sustentes actividades económicas.

b) Por una parte, cabe indicar que el área donde se emplazará el Proyecto si bien corresponde a un antiguo estadio deportivo privado, este se encontraba en desuso desde el año 2014. A mayor abundamiento, el terreno fue adquirido por el Titular mediante un proceso de compra-venta.

Por otra parte, el estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA, considera la evaluación de potenciales impactos según lo estipulado en el Artículo 7, letras a), b), c) y d) del RSEIA, que pudieran producirse por parte del Proyecto sobre el componente humano dentro del polígono presentado en la Ilustración 2: “Área de influencia estudio Medio Humano” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA.

c) En primer lugar, según la estimación del proyecto de sala de basura, el Proyecto contempla la construcción de 483 viviendas, por lo que se estima que aportará 1.336 nuevos residentes al área de influencia.

Es necesario considerar el perfil de los usuarios de las nuevas viviendas. El Proyecto ofrecerá viviendas cuya superficie irá desde los 36 m2 a 54 m2. Lo anterior determina un valor de venta promedio de 2.770 UF. De esta manera, el perfil del comprador de estas viviendas estaría conformado principalmente por los grupos socioeconómicos medios C2 Según el Estudio de Grupos Socioeconómicos de la Asociación de empresas de Investigaciones de Mercado (AIM) realizado el año 2015. Características que son 140 presentadas en la Tabla 30: “Características de acceso a bienes y equipamiento según grupo socioeconómico” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA.

• Equipamiento de salud

De acuerdo con los datos de la Encuesta Casen 2015, el acceso a establecimientos de salud de la población de Recoleta se distribuye según los porcentajes presentados en el Gráfico 1: “Porcentaje de acceso a establecimientos de salud según tipo”, del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA.

A partir de los datos contenidos en dicho gráfico, es posible señalar que la mayoría de la población (62,6%) accede a establecimientos de salud público, seguido por atención en consultas y centros médicos privados (22,2%). Este comportamiento difiere del comportamiento de la población del área de influencia, ya que según la información de entrevistados expuesta en el punto 5.5.2 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA “la mayoría de la población se encuentra afiliada al sistema previsional Fonasa y en menor medida a Isapres. Por lo general son los adultos mayores e inmigrantes quienes, por razones económicas, acceden a la red de establecimientos públicos, específicamente al CESFAM Dr. Patricio Hevia (Valdivieso) y CESFAM Recoleta, mientras que la población adulta y jóvenes acceden a centros privados en el sector centro y oriente de la ciudad.” (p. 48)”. Considerando el perfil socioeconómico estimado de los futuros residentes del Proyecto, estos contarán mayoritariamente con afiliación a sistema FONASA y en menor medida ISAPRE, accediendo a atención de salud en centros privados, sin recurrir a los centros de salud públicos, específicamente a los CESFAM que corresponden al territorio.

En cuanto a la oferta de centros de salud privados, el área de influencia se encuentra próxima a 5 establecimientos, sin superar los 3,2 km. de distancia. En la Figura 9: “Ubicación de establecimientos de salud privados respecto al área de influencia” y en la Tabla 11: “Establecimientos de salud privados cercanos al área de influencia”, ambas del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA, se detalla la ubicación del Proyecto respecto de establecimientos de salud privados y sus características.

De acuerdo a todo lo anteriormente expuesto, es posible señalar lo siguiente:

- Según el perfil socioeconómico que se estima corresponderán los futuros residentes del Proyecto, contarán mayoritariamente con sistema de afiliación FONASA, por lo que podrán acceder a establecimientos de salud privados. Respecto a la oferta de equipamiento, a no más de 3,2 kilómetros de distancia respecto al área del Proyecto se encuentran 5 establecimientos cercanos.

• Equipamiento educacional

De acuerdo con los datos de la Encuesta Casen 2015, el acceso a establecimientos educacionales de la población de la comuna de Recoleta se divide según puede apreciarse en el Gráfico 2: “Comuna de establecimiento educacional al cual accede la población de Recoleta” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA, respecto del cual, puede observarse que un 63% de la población de Recoleta accede a establecimientos educacionales en la misma comuna.

Por otra parte, la infraestructura educacional de la comuna, puede apreciarse en la Tabla 12: “Características de establecimientos educacionales de la comuna de Recoleta” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA. Respecto de dicha tabla, la mayoría de los establecimientos disponibles en la comuna son de dependencia Particular Subvencionado y que existen 1.566 matrículas vacantes según curso de ingreso.

Respecto a la demanda que podría generar el Proyecto, se utiliza la información disponible en el proyecto de sala de basura adjunto en el anexo 10 de la DIA, donde se estima que los departamentos de dos o más dormitorios estarían acondicionados para recibir un grupo familiar, por ende, población en edad escolar. Por cada uno de ellos se calcula según el indicador de INE (2010), donde durante el año 2008 cada mujer aportó 1,9 hijos/as en promedio. 141

Considerando los antecedentes presentados en la Tabla 13: “Estimación de población en edad escolar por parte del Proyecto” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA, se estima que el Proyecto aportaría 648 residentes en edad escolar, de los cuales, considerando la tendencia que demuestra la Encuesta Casen 2015, el 63% accedería a equipamiento educacional de la comuna, es decir 408 estudiantes.

De acuerdo a todo lo anteriormente expuesto, es posible señalar lo siguiente:

- Se estima que el Proyecto aportará 648 residentes en edad escolar, de los cuales 408 buscarán acceder a establecimientos en Recoleta. Como se indica en el punto 5.5.3 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA, en el área de influencia existen cuatro establecimientos educacionales, los cuales cuentan con 155 vacantes según curso de ingreso principal, los que podrían cubrir de manera parcial la demanda que se estima generaría el Proyecto.

- En total la comuna cuenta con 1.566 vacantes según curso de ingreso, es decir, permite absorber la demanda que se estima generaría el Proyecto.

- La mayoría de los establecimientos disponibles, tanto en el área de influencia como en la comuna, son de dependencia Particular Subvencionada, acorde a la preferencia del perfil socioeconómico (C2) que se estima corresponderá a los ocupantes del Proyecto.

• Transporte

El área de influencia cuenta con 13 paraderos Transantiago, estando el más cercano a aproximadamente 20 m. de distancia (PB170-Avenida Perú Esq. / Arz. Valdivieso), por donde transitan los recorridos 116 y B15. A aproximadamente a 550 metros en dirección poniente del lugar donde se ubicará el Proyecto, se encuentra Av. Recoleta, la cual presenta una mayor oferta de recorridos de buses.

El área de influencia se encuentra próxima a la estación de Metro Cementerios correspondiente a la Línea 2, emplazada sobre el eje Av. Recoleta, a aproximadamente 465 metros de distancia (15 minutos a pie desde el extremo oriente del área de influencia).

La oferta actual permite cubrir la demanda generada en el área de influencia, ya que a pocos metros cuentan con amplia oferta (buses y Metro) sobre el eje Recoleta.

El Proyecto cuenta con 447 estacionamientos para 483 viviendas, es decir, una proporción de 0,92 estacionamientos/vivienda. Considerando el perfil socioeconómico del público objetivo del Proyecto (C2), sólo un 49% cuenta con vehículo particular, por lo que se estima que alrededor de 237 viviendas requieran de estacionamiento, siendo la demanda menor a la oferta que proporcionará el Proyecto.

• Energía

La demanda de energía del área de influencia se encuentra cubierta en un 100% por la empresa Enel. Esto se extenderá a la situación del Proyecto.

• Sanitaria

La demanda de servicios sanitarios del área de influencia se encuentra cubierta en un 100% por la empresa Aguas Andinas. Por su parte el Proyecto cuenta con factibilidad sanitaria.

• Infraestructura Básica y Equipamiento Comunitario

Según es presentado en el numeral 5.5.4 del estudio de Medio Humano del anexo 6 de la DIA “la mayoría de calles y veredas se observan en buen estado, permitiendo el tránsito sin mayores problemas de los peatones.

Aun así, cabe señalar que en ciertos puntos se identifica deterioro del pavimento especialmente en el sector poniente del área de influencia, entre las calles El Salto Chico y 142 Av. Recoleta, debido a que se trata de un sector residencial bastante antiguo, cuyas fachadas también evidencian un notorio estado de deterioro, tal como se ha mencionado en el punto 5.5.1; respecto a las luminarias los entrevistados señalan que se encuentran en buen estado.” (p.53) Junto a esto se debe considerar el proyecto de la Municipalidad y GORE que contempla el mejoramiento del bandejón central de Av. Perú. Por su parte el Titular se hará cargo de mejorar la solera poniente del Proyecto, ensanchando la calzada, implementando baldosa, franja de césped, luminaria, árboles y arbustos (ver anexo 1 de la Adenda Complementaria). Durante la fase de operación, la administración de los edificios se hará cargo de las áreas verdes y de mantener limpio el frente de la propiedad. Por otro lado, la Municipalidad será la encargada de la mantención de las luminarias.

Respecto a equipamiento infraestructura de equipamiento comunitario, como se indica en el mismo anexo, “se identifica equipamiento comunitario, representado en la presencia de sedes sociales y multicanchas” (p.53).

El Proyecto contempla la instalación de áreas verdes para sus residentes, además de equipamiento como gimnasio, salas multiuso, quinchos, piscina, salas de primeros auxilios y lavandería.

• Servicios Comerciales

En el área de influencia se identifican servicios comerciales menores, principalmente establecimientos que permiten el abastecimiento de los residentes. Para una mayor oferta de servicios y compras mayores, deben trasladarse fuera de este sector. Al respecto, la construcción del Proyecto contempla la instalación de 11 locales comerciales que cuentan con acceso independiente y que permitirá proporcionar una mayor cantidad servicios.

• Finanzas

El área de influencia presenta disponibilidad acotada de servicios, siendo la mayoría de abastecimiento y comercio. De esta manera, la población del área de influencia se traslada hacia otros puntos de Recoleta, sector oriente o centro de Santiago que se emplaza a pocos minutos, con el fin de acceder a una mayor oferta de servicios bancarios y financieros. Por su parte, el Proyecto contempla la instalación de 11 locales comerciales que cuentan con acceso independiente y que permitirá entregar al sector una mayor cantidad servicios.

Respecto de los siguientes indicadores para evaluar posibles impactos relacionados a la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, estos son presentados en la Tabla 14: “Análisis Artículo 7, letra d) según Guía de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Inmobiliarios que se Desarrollen en Zonas Urbanas (2017)” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA.

Cabe indicar que la información expuesta en dicha tabla fue extraída del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA, a partir de la cual es posible concluir que se han evaluado todos los indicadores que señala la Autoridad Ambiental, frente a los cuales el Proyecto generará impactos significativos, descartando así el literal d) del Artículo 7 del RSEIA.

En conclusión, se descarta que el Proyecto pueda generar impacto significativo según lo establecido en los literales b), c) y d) del Artículo 7 del RSEIA.

d) En el punto 3 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA, se detalla la metodología utilizada para la elaboración del informe de caracterización del área de influencia. Se indica que la información fue extraída tanto de fuentes secundarias como de primarias. Respecto a estas últimas, se aplicaron técnicas de investigación cualitativa como entrevistas semiestructuradas y observación de campo, ambas en terreno, específicamente los días 5 de agosto, 07, 09, 13, 26 de septiembre y 16 de noviembre de 2016.

En cuanto a las entrevistas, estas estuvieron dirigidas a profesionales municipales, específicamente a encargados municipales de las Macrozonas N°5 y 6 reconocidas por el PLADECO 2014-2018, en las cuales se ubica el área de influencia. Esto fue complementado con entrevistas a dirigentes de las Juntas de Vecinos Población Lemus y 143 Villa San Cristóbal además de un residente de población Lemus. El detalle de las entrevistas aplicadas según se muestra en la Tabla 29: “Actores entrevistados Estudio Medio Humano” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA.

Cabe agregar que sus resultados y la pauta de observación realizada se encuentran en el punto 8 del estudio de Medio Humano, adjunto en el anexo 6 de la DIA.

e) El EISTU desarrollado y aprobado por la Ventanilla Única, contempla un completo análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de describir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios base o sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Para reflejar el efecto de los colegios cercanos al proyecto, se realizaron mediciones de flujo vehicular en los puntos señalados en las imágenes incluidas en el numeral 2.23 del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA.

Las mediciones obtenidas en terreno permitieron calibrar de manera adecuada los modelos computacionales que fueron utilizados para la representación actual y con proyecto del área de influencia.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, no llegando a generar escenarios de saturación vial que pudieran aumentar significativamente los tiempos de desplazamiento vehiculares, lo que se comprueba en el Anexo 5.1 en donde se presenta una microsimulación vial que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas.

Respecto a los flujos que se producirán por los peatones, el sector cuenta con 13 recorridos del Transantiago y, adicionalmente, Metro ha indicado que la estación Cementerios tiene una capacidad de reserva en horarios punta de alrededor de 2000 personas/hora.

Todo lo anterior permite acreditar que no habrá aumentos significativos en los tiempos de desplazamientos, tampoco habrá obstrucción o restricción a la libre circulación de las personas, toda vez que el proyecto se desarrolla al interior de un sector ya cercado por el que no circulan personas ni da conectividad a otros sectores, con lo cual no se da ninguna de las condiciones conforme a lo indicado en el literal b) del artículo 7 del Reglamento del SEIA.

f) El EISTU desarrollado y aprobado por la Ventanilla Única, contempla un completo análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de describir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios base o sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron 144 mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

En la figura denominada “Tabla 35 Ubicación puntos de medición”, del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA, se muestran los puntos de medición de flujos. Estas mediciones obtenidas en terreno permitieron calibrar de manera adecuada los modelos computacionales que fueron utilizados para la representación actual y con proyecto del área de influencia.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, no llegando a generar escenarios de saturación vial que pudieran aumentar significativamente los tiempos de desplazamiento vehiculares, lo que se comprueba en el Anexo 5.1 en donde se presenta una microsimulación vial que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas.

En cuanto al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica, se debe considerar que el área de influencia presenta acceso a bienes y servicios, además de vías estructurantes y medios de transporte público que permiten a la población acceder a una mayor oferte de equipamiento, servicios y comercio, tanto dentro de la comuna como en comunas aledañas.

Junto con esto, el área de influencia cuenta con un buen equipamiento educacional, además de encontrarse próximo a una zona de concentración de establecimientos de salud ubicados en la comuna de Independencia. En cuanto al equipamiento comunitario, el área de influencia presenta sedes sociales donde se reúnen las organizaciones, ya sea semanalmente o para realizar alguna actividad extraordinaria. Además, el área se verá beneficiada con el proyecto que ya se encuentra aprobado de extensión y mejoramiento del bandejón central de Av. Perú, que contempla un espacio recreacional y deportivo para los residentes de la comuna.

Asimismo, debido a que en el territorio comunal se ubican los cerros Blanco y San Cristóbal, Recoleta presenta una de las cifras más altas respecto a áreas verdes por habitante. Por su parte, el Proyecto contempla la instalación de áreas verdes para sus residentes, además de equipamiento como gimnasio, salas multiuso, quinchos, piscina, salas de primeros auxilios y lavandería.

Por lo tanto, la llegada de nuevos habitantes y sus demandas en infraestructura serán cubiertas por la oferta de bienes y servicios públicos y privados disponibles dentro de la comuna y fuera de ella.

g) De acuerdo a lo indicado en Decreto Supremo 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, normativa que define como área de influencia a “el área o espacio geográfico, cuyos atributos, elementos naturales o socioculturales deben ser considerados con la finalidad de definir si el proyecto o actividad genera o presenta alguno de los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, o bien para justificar la inexistencia de dichos efectos, características o circunstancias” (DS 40/2012 MMA, Art.2, literal a). Es decir, el entorno susceptible a ser afectado por la ejecución de un proyecto, tanto en su fase de construcción como operación.

Como se indica en el punto 4 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA, el área de influencia definida consideró en primera instancia la contextualización del Proyecto dentro del territorio comunal, mediante una revisión software cartográficos y el diagnóstico de equipamiento por macrozonas, identificado en el PLADECO 2014-2018. En segundo lugar, se consideraron los resultados de la observación realizada en terreno entre los meses de agosto y septiembre de 2016, donde se rescataron elementos constitutivos del sector, principalmente orientados a elementos físicos de las viviendas, hitos significativos del espacio y movilización de la población dentro del territorio, como rutas de desplazamiento y redes de conectividad utilizadas en actividades diarias, disponibilidad de servicios. Finalmente, mediante las entrevistas semiestructuradas aplicadas, se rescató los límites territoriales reconocidos por la población residente del área de influencia. 145

De esta manera se consideró como área de influencia el polígono que se presenta en la Ilustración 3: 2Área de influencia estudio Medio Humano” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA y la justificación detallada se presenta en la Tabla 36: “Justificación del área de influencia Medio Humano” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA.

Durante el mes de enero de 2017, posterior a la fecha de ingreso a tramitación del Proyecto, la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Inmobiliarios que se Desarrollen en Zonas Urbanas (2017), establece que el área de influencia para el componente humano “debe tener en consideración los impactos ambientales potencialmente significativos, así como el espacio geográfico en el cual se emplazan las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, por lo tanto, para su determinación se hace necesaria la superposición del emplazamiento del proyecto en el territorio, y la identificación de los espacios territoriales donde interactúan o se relacionan las comunidades o grupos humanos, de existir (…) convendrá considerar los límites socio-espaciales que implican las localidades o unidades vecinales, así como aquellas barreras físicas como las grandes avenidas, entendiendo que éstas restringen flujos y los concentran en puntos específicos como cruces peatonales, interacciones de calles u otros. Asimismo, también se debe considerar la presencia de elementos que aglutinan o son polos de atracción de la población, tales como los estadios, teatros, parques, centros comerciales, enclaves productivos, entre otros.” (p.28).

De esta manera, los criterios de determinación del área de influencia y su justificación van acorde a lo estipulado por la Autoridad Ambiental, ya que se consideró la división administrativa por macrozonas que plantea el PLADECO 2014-2018 de las cuales el área de influencia se ubica en la N°5 y 6; además de límites reconocidos por la población del sector, rutas de desplazamiento utilizadas para acceder a equipamiento y servicios, además de enclaves productivos, específicamente el sector empresarial que se encuentra en dirección poniente al Proyecto. Todo lo anterior ha sido revisado en el proceso de tramitación ambiental, no teniendo observaciones en esta materia.

  1. Oscar Matías Benavente Zolezzi

Observación 1

En el apartado 1.5.7.1 (pp. 41 a 44 de la DIA) el titular indica que emitirá material particulado a la atmósfera en forma directa e indirecta. De acuerdo a la estimación realizada en el anexo 4 de la DIA, se ha estimado que el proyecto no superará los límites máximos permisibles establecidos en el PPDA de la región Metropolitana (D.S. N° 66/2010 del MINSEGPRES).

Dado que estos cálculos sólo consideran emisiones totales mensuales, el titular no ha justificado numéricamente si las emisiones atmosféricas superarán la línea base del área de influencia de manera diaria. En caso que las emisiones diarias superen la línea base del área de influencia, la población aledaña a la obra está sujeta a un riesgo inminente de enfermedades respiratorias, sobretodo porque dicha población incluye adultos mayores e infantes (jardín infantil y colegio colindante a la obra).

Por lo mismo, exijo que el titular del proyecto se haga cargo de esta problemática estableciendo una red de monitoreo de material particulado (MP-10) con el fin de establecer si las emisiones diarias superan:

• Los valores medidos en la estación de monitoreo de calidad de aire más próxima al proyecto (comuna de Independencia con una concentración promedio de 69,5 ug/m3). • Los valores de la línea base del área de influencia. Para determinar la línea base del área de influencia, el titular del proyecto debería monitorear al menos por un año la concentración de material particulado en el área de influencia previo al inicio del proyecto.

Esta red de monitoreo debe tener puntos de observación en las casas colindantes al proyecto, en el jardín infantil, en el colegio y en la misma faena. Con el fin de garantizar la veracidad de los resultados, la red de monitoreo debe estar a cargo de una empresa externa al titular del proyecto y 146 los resultados del monitoreo deberán ser publicados de manera horaria en una plataforma web accesible por toda persona.

En caso que las emisiones diarias de material particulado MP10 sean mayores, el titular deberá proponer un plan de acción que contemple la paralización de la acción que esté provocando el exceso de MP10, junto con la limpieza de las casas aledañas.

En caso que el titular no quiera incorporar dicha medida voluntaria de monitoreo de sus emisiones, exijo que éste establezca el estado de salud de los vecinos que colindan con el proyecto. Para ello, el titular debería costear y coordinar la visita de un médico broncopulmonar (junto con los exámenes pertinentes) que indique el estado de salud de la población que será expuesta al material particulado y las emisiones gaseosas.

De esta manera se podrá establecer con precisión si las personas afectadas por las emisiones atmosféricas del proyecto sufrieron alguna enfermedad broncopulmonar durante la fase de construcción del proyecto.

Observación 2

En el apartado 1.5.7.2 (pp. 44 de la DIA) el titular indica que emitirá sonidos durante la fase de construcción del proyecto, los cuales excederán la norma (D.S. Nº38/11 del MMA los límites máximos de emisión permitidos son 60 y 45 dB en horarios diurno y nocturno, respectivamente) en todos los puntos evaluados por el titular (Tablas 1-18 y 1-19 de la DIA).

El titular ha indicado que sus medidas de control de ruido controlarán el exceso de ruido generado, sin embargo, el titular no contempla ninguna medida que asegure que se cumpla la norma de manera diaria. Lo anterior tiene importantes implicancias en la calidad de vida de las personas que colindan con la obra (casas particulares, jardín infantil y colegio), pues los excesos de ruido provocan daño psicológico y físico

Por lo mismo, exijo que el titular del proyecto se haga cargo de esta problemática estableciendo una red de monitoreo de sonido con el fin de establecer si las emisiones diarias superan lo establecido en el D.S. Nº38/11 del MMA. Esta red de monitoreo debe tener puntos de observación en las casas colindantes al proyecto, en el jardín infantil, en el colegio y en la misma faena (ver mapa en DIA, pp. 48).

Con el fin de garantizar la veracidad de los resultados, la red de monitoreo debe estar a cargo de una empresa externa al titular del proyecto y los resultados del monitoreo deberán ser publicados de manera horaria en una plataforma web accesible por toda persona.

En caso que las emisiones diarias de sonido superen la norma, el titular deberá proponer un plan de acción que contemple la paralización de la acción que esté provocando el exceso de sonido, junto con una medida de compensación a la población afectada.

Observación 3

En el apartado 1.5.7.3 (pp. 55 de la DIA) el titular indica que emitirá vibraciones durante obra gruesa de la etapa 1 en conjunto con la demolición y excavación de la etapa 2 los cuales excederán los límites máximos establecidos.

El titular ha propuesto una medida de control para la vibración, la cual debería minimizar cualquier impacto en las construcciones aledañas, sin embargo, no hay una justificación cuantitativa de dicha medida.

En base a lo anterior, exijo al titular que se haga un catastro del estado estructural de las construcciones aledañas antes del comienzo de las obras. Este catastro servirá como punto de referencia en caso que dichas construcciones presenten problemas estructurales producto de la construcción del proyecto.

147 Con el fin de garantizar la veracidad del catastro, este deberá estar a cargo de una empresa externa al titular del proyecto.

En caso que haya daños a las construcciones aledañas, el titular deberá proponer un plan de acción que contemple la indemnización correspondiente.

Observación 4

En el acápite 2.1.4 sobre medio Humano y Construido de la DIA (pp. 87), el titular del proyecto NO DECLARA la existencia del conjunto CHALETS CALLE VALDIVIESO, que corresponde a cuatro casas patrimoniales de dos pisos de altura (Anexo página 93).

Estas viviendas están declaradas como patrimonio bajo la categoría denominada Sectores Especiales, que serían aquellos “edificios o conjuntos que se quiere proteger como parte de la identidad comunal (circular DDU Nº55 del MINVU; edificios o unidades morfológicamente reconocibles).

El artículo 3.4.7 de la ordenanza local de Recoleta (Marzo 2009) “Resguardo al entorno de los monumentos nacionales e inmuebles de conservación”, se indican las condiciones que deben cumplir los proyectos que se realicen en predios colindantes a monumentos nacionales o inmuebles de conservación. Estos proyectos deben considerar en su diseño una relación armónica con estos patrimonios, cosa que el titular del proyecto “Edificios Perú Plaza I – II” no ha hecho, porque éste no ha declarado la existencia de los CHALETS de manera intencional.

En este escenario, exijo al titular del proyecto “Edificios Perú Plaza I – II” que haga un estudio sobre el impacto estructural (ver Observación 7), arquitectónico y paisajístico de los edificios en este conjunto patrimonial.

Ver documentos en Anexo: a) INVENTARIO PATRIMONIAL, I. MUNICIPALIDAD DE RECOLETA. Instrumento de Conservación de Bienes Arquitectónicos Patrimoniales. b) RESUMEN ORDENANZA LOCAL DEL PLAN REGULADOR DE RECOLETA.

Observación 5

En el acápite 2.1.4 sobre medio Humano y Construido de la DIA (pp. 87), el titular del proyecto declara intencionalmente que el terreno que quiere utilizar para edificar estaba eriazo. Lo anterior no es cierto, ya que éste correspondía al estadio Monserrat, que a pesar de haber sido una propiedad privada, cumplía un rol público importante para los vecinos de la villa Lemus al haber sido el área verde más cercana a la villa.

Nótese que el parque más cercano se encuentra a más de 1 km del Proyecto (Parque Cerro Blanco) y la plaza más cercana se encuentra a más de 400 metros del Proyecto.

En este sentido, emplazo al titular del proyecto a que se haga cargo de esta problemática y ofrezca una compensación por el despojo de la única área verde cercana que tenía la villa. Para ello sugiero que el titular del proyecto construya un parque dentro del área del estadio Monserrat. Este parque debe contar con áreas verdes, multicanchas y camarines, y debe estar a cargo de la junta de vecinos de la Villa Lemus.

Observación 6

En el acápite 2.1.4 sobre medio Humano y Construido de la DIA (pp. 92), el titular declara que en el área de influencia del proyecto Cabe señalar que en el área de influencia “no se identifica congestión vehicular u otro impedimento que impida el desplazamiento de los residentes por estas vías, a lo que se agrega que el acceso al edificio se encontrará por Av. Perú, la cual es una vía amplia y de tráfico vehicular moderado en el sector, y por ende sin interrumpir el tránsito vehicular interior de población Lemus”.

148 Lo anterior es una aseveración injustificada por parte del titular, ya que en horario punta el tránsito por avenida Perú hacia Américo Vespucio Norte o Santa Maria toma al menos 1 hora.

En este sentido, exijo que el titular haga un estudio serio y actualizado sobre el impacto vial que generaría el proyecto en el desplazamiento diario de los vecinos de la villa Lemus. Este proyecto aporta directamente cerca de 500 vehículos privados, más el transporte escolar, taxis y otros.

Observación 7

En el acápite 2.1.4 sobre medio Humano y Construido de la DIA (pp. 93), el titular declara que “la participación de los vecinos de la villa Lemus en actividades a nivel comunitario ha disminuido, siendo actualmente bastante baja, llevando incluso a que cada vez se convoquen menos instancias de este tipo”. Esta afirmación está supuestamente respaldada por dirigentes vecinales y profesionales de la municipalidad, sin embargo, no se presenta ningún nombre, fecha o grabación que respalde esto.

Nuevamente, ésta frase viene a corroborar que la DIA presentada por el titular del proyecto “Edificios Perú Plaza I – II” está llena de lugares comunes, falsedades y omisiones intencionales que buscaban una aprobación rápida del SEIA.

En este contexto, pido energéticamente al SEIA que prohíba la construcción del proyecto “Edificios Perú Plaza I – II” debido a que la forma actual del proyecto genera impactos ambientales profundos en su área de influencia (ver observaciones 1 a 9).

Yo, Oscar Benavente, vecino de la villa Lemus, no quiero tener que convivir con un edificio que sea catalogado en el futuro como un “gueto vertical”. En ningún caso me opongo al progreso de la comuna, pero la forma actual de este proyecto no generará un progreso sustentable de la comuna

Espero mis observaciones sean tomadas en cuentas por el SEIA y tengan un grado de vinculación con el futuro de este proyecto.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto 1) de la observación, El cálculo de emisiones no se realizó de forma diaria, ya que los límites permitidos en el PPDA se expresan de forma anual. Por lo tanto, las emisiones fueron estimadas sobra una base anual y expresadas de acuerdo a una programación concreta en el que se realizarán las actividades, tal como se indica en la Guía para la Estimación de Emisiones Atmosféricas de Proyectos Inmobiliarios para la RM de la SEREMI de Medio Ambiente.

El PPDA fue realizado teniendo como objeto cumplir con las normas primarias de calidad ambiental de aire vigentes, asociadas a los contaminantes material particulado respirable como concentración de 24 horas y anual, y ozono como concentración de 8 horas, establecidas en el Decreto Supremo Nº 59, de 1998 y en el Decreto Supremo Nº 112, de 2002, respectivamente, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, y abandonar el estado de latencia en que se encuentra el contaminante monóxido de carbono como concentración de 8 horas a que se refiere el Decreto Supremo Nº 115, de 2002, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, mediante la reducción de las emisiones de los referidos contaminantes y sus precursores, de manera de proteger la vida o salud de la población.”

Es importante señalar que la construcción de edificios es una actividad que se realiza en muchos sectores de la Región Metropolitana y el país.

En cuanto a la solicitud de instalar una estación de monitoreo de la calidad del aire, cabe mencionar que, para que una Estación de Monitoreo se conecte a la red MACAM y pueda validar la línea base debe ser del tipo Escala Urbana. Cabe señalar, que esto significa que los niveles que medirá corresponderán a todas las fuentes cercanas y no sólo los niveles generados por el proyecto. 149

La idea de instalar una estación de monitoreo es que sea representativa en el largo plazo, para que la información obtenida pueda ser usada en la generación de políticas públicas para control de calidad de aire. Sin embargo, no va enfocada en el control de un proyecto puntual, ya que éste genera perturbaciones temporales y no a largo plazo.

Además, en la Resolución Exenta N°744 del 2017, la cual establece criterio para calificar estaciones de monitoreo de MP10 como de representatividad poblacional, señala que el cabezal del instrumento de medición deberá ubicarse alejado de fuentes emisiones que puedan alterar la representatividad de la medición, ya sea un área contigua a acopios de material, sitios emisores de polvo, etc. Además, debe cumplir con una serie de otros requisitos, como: el cabezal del instrumento se debe ubicar a una distancia mayor o igual a 15 metros de avenidas o calles principales; mayor o igual a 50 metros de distancia entre la ubicación del cabezal y autopistas urbanas y carreteras; la estación deberá tener cielo despejado sobre ella y una exposición óptima a la atmosfera; se deberá evitar la ubicación de la estación en lugares con obstrucción a la circulación de vientos, como la presencia de árboles, edificios, muros o vegetación frondosa; entre otros.

Según lo señalado en el párrafo anterior, no se puede instalar una Estación de Monitoreo en el área colindante al Proyecto, ya que durante la etapa de construcción las mediciones ser verán alteradas por las actividades propias de una obra. Asimismo, el proyecto se encuentra colindante a Avenida Perú y los sectores aledaños no presentan las características para implementar lo solicitado, ya que no cuentan con un sitio despejado para ubicar la red de monitoreo.

Respecto de la solicitud de costear revisiones médicas que establezcan la salud de los vecinos del proyecto, es importante recalcar que el objeto del proyecto es la construcción de edificios de carácter residencial, actividad que se replica en mucho sectores al interior de Santiago, que cumple con toda la normativa ambiental que le aplica y que ha sido detallada en forma extensa en los documentos (DIA y Adendas) ingresadas en el proceso, por cuanto no resulta pertinente la solicitud ciudadana, la que no es acogida por el titular del proyecto.

Respecto del punto 2) de la observación, el titular ha acreditado que mediante la implementación de las medidas señaladas en la DIA dará cumplimiento a la norma de ruido existente en forma diaria, razón por la cual no es necesario establecer un plan de monitoreo de ruido. De esta manera, la principal medida corresponde a las planchas de OSB, las cuales podrán ser observadas con facilidad por los vecinos. Complementariamente, en caso de ocurrir molestias de ruido, se podrá recurrir a la persona encargada de la obra, la cual verificará que todas las medidas comprometidas se encuentren implementadas y, en caso de corresponder, podrá reforzar alguna medida que pueda disminuir la molestia de los vecinos. Cabe señalar, sin embargo, que el concepto de molestia fue expresamente retirado de la norma de ruido por ser de carácter subjetivo.

Respecto del punto 3) de la observación, es preciso señalar que efectivamente en el punto 11 del referido estudio acústico, se establece como medida de control de vibraciones para el escenario especificado, una restricción consistente en reemplazar el uso de rodillos compactadores o máquinas compactadoras en sectores cercanos a los receptores (menos de 9 m) por compactadoras manuales que no poseen emisión de vibraciones significativas. Con la implementación de esta medida, no existirá riesgo de daño sobre las edificaciones vecinas. acreditándose por lo tanto el cumplimiento de la norma de referencia CALTRANS, adoptada. Lo anterior, dado que al reemplazar la maquinaria señalada, el nivel de vibraciones total del frente de trabajo se reduce a 0.18 pul/seg de PPV en los receptores más cercanos, cumpliendo el límite de 0,2 pul/seg.

A pesar de lo anterior, el titular se compromete a establecer el estado de los cierros de las propiedades vecinas previo a la construcción y en caso que se determine que hubo daño, lo reparará.

Respecto del punto 4) de la observación, en calle Arzobispo Valdivieso Nºs 0139, 0151, 0165, 0173, se identifica un conjunto de cuatro construcciones tipo chalet, los cuales son reconocidos como “Sector Especial, Comuna de Recoleta” por la Ordenanza Local de marzo 2009. Sin embargo, la construcción más cercana a estos corresponde al Edificio Etapa 2, cuyas obras se encontrarán a 30 m. de distancia aproximadamente respecto al deslinde de los chalets, colindando sólo con estacionamientos, como se observa en la Figura 42 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria (Ver Fig. 42: Emplazamiento del Proyecto respecto a Conjunto de Chalets de calle Valdivieso).

150 Cabe señalar que el Proyecto se ajusta a la normativa territorial vigente, establecida a través del Plan Regulador Comunal de Recoleta y es en virtud de este instrumento que ha sido diseñado y obtenido los permisos municipales que dan cuenta de esta situación.

De esta manera se descarta que el Proyecto pueda generar cualquier tipo de impacto sobre estas construcciones.

Respecto del punto 5) de la observación, de acuerdo a los antecedentes y documentos presentados por el titular, en el terreno en que se ejecutará el proyecto funcionó un club deportivo privado hasta antes del año 2014, el que fue adquirido por el titular del proyecto presentado. Desde esa fecha, en el terreno no han existido actividades de ningún tipo. El proyecto en evaluación cumple con la normativa aplicable conforme a la legislación vigente y no contempla compensaciones del tipo de las señaladas en la consulta.

Respecto del punto 6) de la observación, cabe señalar que el EISTU desarrollado y aprobado por la Ventanilla Única, contempla un completo análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de describir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios base o sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00. Para representar la demanda aportada por el proyecto se consideraron los 447 estacionamientos que contemplan ambos edificios.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, que se realizan de manera que no se produzca saturación de las vías, lo que podría causar aumentos significativos en los tiempos de desplazamiento, lo cual es ratificado por una microsimulación de la red vial del sector que se adjunta en el Anexo 5.1, que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas.

Respecto del punto 7) de la observación, cabe señalar que en el punto 8 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA, se presentan los resultados de las entrevistas aplicadas en terreno durante la elaboración del informe de caracterización del componente humano.

Es importante mencionar que no se presentan nombres ni grabaciones porque la metodología del SEA no lo solicita. Se ha solicitado expresamente que no se incorporen nombres de las personas que dan las entrevistas, sólo rango etario, ocupación y relación con el terreno.

Específicamente en el punto 4.2 de la pauta de entrevistas se plantea la siguiente pregunta: ¿Cuáles son las actividades típicas y/o tradicionales del sector? ¿Se realiza alguna celebración en comunidad o actividad social relevante? Ante la cual se obtienen los resultados expuestos en la Tabla 37: “Resultados entrevistas respecto a actividades comunitarias en el área de influencia” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA.

A partir de la percepción de los entrevistados es posible extraer que la realización de actividades a nivel comunitario y su participación ha disminuido, centrándose en celebraciones de Fiestas Patrias y Navidad, las que se organizan en conjunto con el municipio y tienen lugar en las sedes de cada Junta de Vecinos.

Específicamente respecto a Población Lemus, la principal actividad comunitaria ligada a la propia identidad del sector es la Feria Costumbrista, la cual se realiza desde hace 4 años en la calle Francisco Silva. Al respecto, el Titular se ha comprometido a suspender las obras y flujo de vehículos asociados a la fase de construcción del Proyecto durante el día en que se celebre la Fiesta 151 Costumbrista de población Lemus. De esta manera no se afectará ni alterará el normal desarrollo de esta actividad tradicional del sector.

Finalmente, se debe señalar que este proyecto ha sido evaluado conforme a la Ley 19.300 y al Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), y le correspondió ser evaluada como una Declaración de Impacto Ambiental, la cual en virtud del artículo 47 del D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente (D.S Nº 40/2012), y de acuerdo a los pronunciamientos de los Organismos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental que participaron del proceso de evaluación, es posible concluir que:

a) El proyecto en cuestión cumple con la normativa de carácter ambiental. b) Se han identificado todos los permisos ambientales sectoriales aplicables al proyecto, y expresamente se pronuncie respecto del cumplimiento de los requisitos y contenidos de dichos permisos. c) El proyecto o actividad no genera o presenta alguno de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

  1. Julio César Carmona López

  2. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida que reside no sólo en nosotros, reside hace 70 años en los fundadores que optan por vivir de esta manera; protegidos por el Cerro San Cristóbal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa; mirando lo cerros de Huechuraba para saber si va a llover o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago, como un oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

  3. Observaciones componentes ambiental proyecto Perú Plaza I-II

El artículo bis de la ley 19.300, sobre las Bases Generales de Medio Ambiente, estipulan que las Declaraciones de Impacto Ambiental deben considerar algunas materias entre las que se encuentra: letra b) los antecedentes necesarios que justifiquen la inexistencia de los efectos, características o circunstancias del artículo 11 que pueden dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental.

Se considera que el proyecto no logra justificar a cabalidad lo señalado en el artículo 11 de la Ley 19.300, detallando a continuación:

a) Riesgo a la salud de la población debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos. - Incremento de los residuos provocados por los usuarios de 483 departamentos y el Strip Center. El problema se acentúa debido a que la construcción de un shaft es convencional y no incorpora la gestión de residuos sólidos, incumpliendo los instrumentos de las normativas locales de la política ambiental de Recoleta y la Ordenanza Ambiental Municipal nº61 con de fecha del 21-06-2016. - Incremento de emisiones de diversos gases contaminantes generados por fuentes móviles (autos de las personas que habitarán en el edificio). Contribuyendo a la contaminación atmosférica del sector. El proyecto contempla 447 estacionamientos. - Contaminación acústica

b) Efectos adversos y significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos suelo, agua y aire. El proyecto inmobiliario “Perú Plaza I-II” se encuentra proyectado entre los cerros San Cristóbal y Cerro Blanco, ambos considerados por la comuna como área de circulación de aves que habitan en la comuna de Recoleta.

Unas de las funciones que cumplen los cerros, parques y área verdes es permitir el desplazamiento y la colonización de especies, en este caso de la avifauna de la Región Metropolitana.

152 La intervención o alteración de esa zona provoca una fragmentación de los hábitats, lo que desencadena una serie de procesos ecológico y del ecosistema. Basados en estudios (Censo de Pájaros en la Ciudad, Juan Luis Veliz, 2015) y trabajos de investigación, existen aproximadamente 16 especies de aves que habitan en la comuna de Recoleta y que se desplazan en las áreas verdes, cerros y territorio. Las aves cumplen un rol vital en el ecosistema, actuando como agente de dispersor de semillas, polinizadores de platas, controladores biológicos, entre otros Dado el incremento inmobiliario de la comuna, y la construcción del proyecto Perú Plaza I- II, de la inmobiliaria LATAKIA S.A.; ¿posee algún estudio que establezca la preservación y conservación de las aves que se desplazan por el corredor biológico de los cerros San Cristóbal y Blanco, justificando que la construcción de las 2 torres de 16 pisos de altura no alterará el desplazamiento de las especies?

c) Reasentamiento de las comunidades urbanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. Se considera que el Proyecto Perú Plaza I y II altera la calidad de vida del sector y la Identidad local, la cual se Identifica por ser una población de adultos mayores, tranquila y sin mayor afluencia. La construcción de 2 torres de 16 pisos, con 483 departamentos, genera de forma Instantánea un aumento de la densidad demográfica que satura los bienes y servicios de la comuna y en especial del sector, como el Incremento de residuos, la saturación vehicular, el deterioro de las calles, la pérdida de privacidad, la pérdida de hora/luz y el valor paisajístico. De igual forma se debe sumar, los problemas sociales que conlleva un Street Center, como lo es la Inseguridad y más cuando el proyecto no puede asegurar que las actividades comerciales de los locales sean acorde al modo de vida de nuestro sector.

En base a los antecedentes entregados, la Inmobiliaria Latakia S.A ¿Adquiere como compromiso voluntario la compensación y/o reparación a los vecinos, de los daños en muros y/o panderetas de las casas aledañas al proyecto, los que se podrían generar durante los trabajos de construcción?

d) Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona. El Proyecto Perú Plaza I y II modifica y afecta la calidad del paisaje dado que la construcción de 2 torres de 16 pisos generará cambios en la visibilidad del paisaje, los que poseen un efecto sobre las personas, catalogados como: - Impactos Directos: Derivados del desarrollo sobre vistas del paisaje, como son la Intrusión o la obstrucción. - La reacción de los observadores que pueden ser afectados por la calidad del fondo escénico. - Impacto sobre la Calidad Visual: Alterando la visibilidad; la calidad paisajística; la calidad visual del entorno Inmediato (500-700 m.); la fragilidad y la frecuentación humana, ya que la población influida Incide de manera directa en la calidad del paisaje.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto 1) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo 153 vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto

Respecto del punto 2.a) de la observación, el titular compromete que los residuos que se generen durante la operación del proyecto serán almacenados por los propietarios en sus departamentos, para luego ser trasladados mediante ductos a las salas de basura del proyecto.

En las salas de basura, los residuos domiciliarios serán almacenados de forma transitoria al interior de contenedores con tapa y bolsas plástica con la finalidad de evitar filtraciones de líquidos percolados y proliferación de vectores de interés sanitario.

Cabe destacar, que los ductos contarán con cierro hermético especial. Además, las terminaciones de los recintos tendrán tolvas lavables y cierre hermético. El ingreso a la sala de basura contará con burlete de goma y control para mosca vinagrera al igual que el ducto de ventilación superior (malla mosquitera).

Finalmente, los contenedores de basura serán retirados por el camión municipal con una frecuencia aproximada de 3 veces por semanas.

En cuanto al Strip Center, cada local será encargado de sacar su basura a la zona de precarguío ubicado en el frente del predio. Luego el camión municipal será el encargado de realizar el retiro.

En la Tabla 96, se presenta la forma en que se dará cumplimiento normativo al manejo de residuos sólidos domiciliarios durante la fase de operación del proyecto:

Tabla 96 Cumplimiento Normativo COMPONENTE/MATERIA: Residuos - No peligrosos (domiciliarios) NORMA Decreto con Fuerza de Ley N° 725/1967 del Ministerio de Salud Pública. Aprobó Código Sanitario (D.O. 31/1/68). Párrafo III, del Título II. De los Desperdicios y Basuras. Otros cuerpos legales No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra o acción a la que aplica Salas de basura, para la fase de operación Forma de cumplimiento Durante la fase de operación los residuos del edificio serán acumulados en salas de basura por un periodo de 3 días y retirados por el servicio municipal de recolección de basura Indicador que acredita su cumplimiento La solicitud y aprobación de los permisos de acumulación de residuos para la fase de operación Forma de control y seguimiento Contar con los permisos y/o autorizaciones correspondientes

Cabe destacar que el Proyecto de basura se encuentra en tramitación por parte de la Autoridad Sanitaria.

154 Respecto de la Agenda Ambiental planteada en la Política Ambiental Municipal de Recoleta (2014), esta considera objetivos específicos y líneas de acción los que se pueden ver en la siguiente Tabla:

Tabla 97 Agenda Ambiental Recoleta N° Objetivo Específico Líneas de Acción 1 Fortalecer las capacidades municipales para desarrollar una Gestión Ambiental Inscripción y Participación del Sistema de Certificación Ambiental Municipal (SCAM) Elaboración de Ordenanza Ambiental Capacitación a funcionarios municipales en temas ambientales Mejoramiento de la fiscalización ambiental 2 Elevar la calidad ambiental en la comuna Mejorar y fortalecer la fiscalización sanitaria Tenencia responsable de mascotas Gestión sustentable de los residuos sólidos domiciliarios bajo un enfoque de basura cero Consolidar y crear más áreas verdes Recuperación de micro basurales 3 Elevar la conciencia ambiental en la comuna, fortaleciendo la educación para la sustentabilidad Promoción de la Educación Ambiental a nivel comunal Apoyo a la formulación de proyectos ambientales con financiamiento externo 4 Enfrentamiento del cambio climático y descontaminación atmosférica Mitigación: reducción de contaminantes atmosféricos locales y globales Adaptación al cambio climático

De acuerdo a la línea de acción “Gestión sustentable de los residuos sólidos domiciliarios bajo un enfoque de basura cero”, se puede señalar que el Proyecto contempla, a un costado de ambas salas de basura, Closets Ecológicos donde la comunidad podrá separas sus residuos según composición. Además, el reciclaje de estos estará a cargo de la administración con la empresa que estime conveniente.

Para la fase de construcción, se priorizará la segregación de materiales para su posterior reutilización y/o reciclaje al interior de la obra en la medida en que sea posible.

Lo señalado anteriormente aporta a la Política Ambiental de Recoleta, ya que genera una conciencia ambiental en la comunidad y provoca una reducción de los residuos al interior del condominio.

Por otro lado, la Ordenanza Ambiental Municipal N°61 de fecha del 21-06-2016 respecto a residuos sólidos señala lo siguiente:

• Del Manejo de los Residuos Sólidos Urbanos o De acuerdo a la Estrategia de Basura Cero adoptada para el manejo de los residuos sólidos domiciliarios, la Municipalidad de Recoleta desarrollará y promoverá iniciativas en las siguientes líneas de acción.  Separación en el origen y Recolección puerta a puerta de productos reutilizables y materiales reciclables.  Reciclaje de residuos sólidos secos.  Etc. o Queda prohibida la incineración de residuos domiciliarios en el territorio comunal. Asimismo, el Municipio no autorizará en el territorio de su jurisdicción la operación de servicios de recolección de residuos domiciliarios que tengan como destino final de estos la incineración en plantas localizadas fuera de la comuna. o Los residuos domiciliarios no deben incluir materiales tóxicos, corrosivos, peligrosos, etc., los que deben ser manejados y dispuestos según regulaciones específicas. o La comunidad debe adecuarse a la programación municipal para la recolección de los residuos sólidos en cuanto a días, horarios y medios para la prestación de los servicios de recolección. 155 o Los generadores de residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios deberán depositarlos en receptáculos de material lavable con tapa hermética, de material plástico autorizados por el municipio. Los residuos a su vez deben ser depositados en bolsas plásticas de una densidad que asegure la contención de los residuos. o Entre otros.

• Del manejo de disposición final de escombros y materiales similares. o Queda prohibido botar escombros y voluminosos en los Bienes Nacionales de Uso Público. o Se prohíbe arrojar y almacenar basuras, escombros, chatarras o desperdicios de cualquier tipo en terrenos de particulares sin la autorización expresa del propietario del mismo, del Municipio y del Servicio de Salud. o No son asimilables a escombros aquellos residuos de la construcción, tales como restos o envases de plásticos o metálicos de pinturas, solventes, aceites, impermeabilizantes y otros compuestos químicos. Tampoco lo son: papeles, plásticos, cartones, polímeros de aislación, residuos orgánicos, envases de cualquier tipo, todo material factible de ser arrastrado por el viento y el agua, y todo desecho con posibilidad de emitir gases, malos olores, líquidos percolados y otros productos contaminados. Estos elementos deberán ser trasladados obligatoriamente al lugar de disposición final autorizado por el Servicio de Salud, con el propio emisor. o El traslado vía terrestre de escombros, arenas, ripio, tierra, productos de elaboración, maderas y otros desechos asimilables a escombros, que puedan escurrir, caer al suelo o sean factibles de ser esparcidos, sólo podrá hacerse en vehículos especialmente acondicionados para cumplir dicho menester, los que deberán estar provistos de carpas en buen estado u otros elementos protectores. o La carga de escombros y de elementos asimilables a estos, sólo podrá realizarse al interior de las propiedades. En caso de requerid efectuar la carga en la vía pública o en un Bien Nacional de Uso Público diverso, deberá contar con la respectiva autorización municipal por parte de la Dirección de Tránsito y/o de Obras Municipales.

Por lo que, a continuación, se presenta como dará cumplimiento el Proyecto a lo señalado por la Ordenanza Ambiental de Recoleta para cada una de sus fases:

Fase de Operación: • El Proyecto contempla, a un costado de ambas salas de basura, Closets Ecológicos donde la comunidad podrá separas sus residuos según composición. Además, el reciclaje de estos estará a cargo de la administración con la empresa que estime conveniente. • El Proyecto no considera la incineración de los residuos domiciliarios generados en el condominio. • Los residuos que se generen durante la operación del proyecto corresponden principalmente al tipo no peligrosos (domiciliarios), que generarán los usuarios de los departamentos diariamente. • La administración de los edificios se adecuará a la programación municipal para la recolección de los residuos en cuanto a días, horarios y medios para la prestación de los servicios de recolección. • Los residuos serán almacenados por los propietarios en sus departamentos, para luego ser trasladados mediante ductos a las salas de basura del proyecto.

Ya en las salas de basura, los residuos domiciliarios serán almacenados de forma transitoria al interior de contenedores con tapa y bolsas plástica con la finalidad de evitar filtraciones de líquidos percolados y proliferación de vectores de interés sanitario.

Cabe destacar, que los ductos contarán con cierro hermético especial. Además, las terminaciones de los recintos tendrán tolvas lavables y cierre hermético. El ingreso a la sala de basura contará con burlete de goma y control para mosca vinagrera al igual que el ducto de ventilación superior (malla mosquitera).

Fase de Construcción: 156 • Los residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios serán almacenados de forma transitoria en contenedores con tapa especialmente destinados para ellos y al interior presentarán bolsas plásticas, para evitar la proliferación de vectores de interés sanitario. • En cuanto a los escombros, cabe señalar que si bien se considera la reutilización de los residuos producidos en obra, el proyecto no contempla la habilitación de un sector de acopio para la fracción valorizable de los residuos. Los excedentes serán llevados a un sitio de disposición final debidamente autorizado. • En ningún caso se botarán escombros en los Bienes Nacionales de Uso Público o en terrenos de particulares. • Los residuos generados por la excavaciones y escarpe serán inmediatamente cargados sobre camiones, para luego ser llevados a sitios de disposición final autorizados. • Los residuos Peligrosos generados por los envases de las sustancias peligrosas a utilizar en obra, no se mezclarán por ningún motivo con los residuos de escombros o inertes, para ello se dispondrán en una bodega especialmente destinada para ellos. Así se evitará que en los sitios de disposición final pudiesen causar detrimento en la calidad de la napa por lixiviación o lavado de suelo en el mismo sitio. Lo señalado anteriormente, se llevará a cabo según lo establecido en el D.S. N°148/03 del MINSAL. • Todos los residuos serán dispuestos en lugares autorizados por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana. Además, en obra se mantendrá un registro de la disposición final de estos residuos generados en la etapa de construcción, el cual será emitido por la empresa encargada de la disposición final cada vez que se genera el traslado de dichos residuos. El encargado de mantener el registro en obra, será designado por el Titular y se encontrará disponible para su revisión cada vez que la Autoridad Ambiental lo solicite. • La obra tendrá un sistema de control de vectores sanitarios a través de una empresa debidamente autorizada y se mantendrá los lugares de trabajo en buenas condiciones de orden y limpieza para evitar o eliminar la presencia de vectores sanitarios, según lo establece el art. 11 del D.S. Nº 594 de 1999, modificado por D.S. Nº 201 de 2001, ambos del MINSAL. • En ninguna circunstancia se incinerarán residuos al interior de la obra. • El transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humedecer la carga en caso de ser necesario. • Finalmente, la carga de escombros y de elementos asimilables, sólo se realizará al interior de la propiedad.

Respecto de las emisiones de gases generados por fuentes móviles (autos de los habitantes de los edificios), se debe destacar que, todos los vehículos motorizados deben contar con su Certificado de Revisión Técnica, el que debe ser renovado anualmente y es requisito para obtener el permiso de circulación en marzo. El objetivo de la revisión técnica de los vehículos es velar por el correcto funcionamiento de sus sistemas de seguridad y emisiones, para así evitar accidentes de tránsitos y contaminación ambiental.

Todo esto de acuerdo al D.S. 156/1990 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, actualizado el 11 de Febrero de 2017, y al D.S. N° 211/1991 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, actualizado el 29 de Septiembre de 2012 y que toma como antecedente el Plan de Prevención y Descontaminación de la Región Metropolitana (PPDA), que a su vez se basa en las normas primarias de la calidad del aire establecidas en base a la salud de la población.

Cuando los vehículos se encuentren en el estacionamiento del proyecto, el motor se encontrará detenido, siendo su funcionamiento y circulación mayor al momento de llegada en la tarde y a primera hora en la mañana para retirarse. En este sentido, el hecho que haya autos estacionados cercano a los deslindes del predio no debiera generar problemas en la salud de los vecinos, ya que corresponde a una situación similar a la que ocurre con los autos estacionados en las calles.

Con respecto a la emisión de ruido asociado a los vehículos particulares que harán uso de los estacionamientos y las personas que habitarán los edificios, es importante tener en cuenta que dichas fuentes de ruido se encuentran dentro de las exclusiones del ámbito de aplicación de la normativa vigente (D.S. N°38/11 del MMA) especificadas en el Artículo 5, ya que corresponden a la actividad propia del uso de viviendas y edificaciones, no atribuibles al proyecto sino más bien a la conducta de sus habitantes. En este sentido, la evaluación ambiental presentada en el Anexo 6 de la Adenda 1 permite garantizar el cumplimiento de la citada normativa durante la fase de operación 157 del proyecto, que en este caso está relacionada con el funcionamiento de equipos tales como grupo electrógeno, calderas, etc.

No obstante lo anterior, de acuerdo con la experiencia del consultor, en condiciones normales las fuentes señaladas no deberían representar inconvenientes para los vecinos ya que son de baja emisión de ruido. De todos modos, a nivel municipal los ruidos molestos de este tipo se encuentran regulados y controlados por carabineros y personal de seguridad de la comuna.

Respecto del punto 2.b) de la observación, en el área de influencia del proyecto, a través de un análisis bibliográfico y la experiencia en terreno en la Tabla 85 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria el titular señala las especies existentes (Ver Tabla 85 Tabla de aves potenciales del área de influencia).

En relación a la consulta se entregan las siguientes consideraciones técnicas en relación a las aves en un terreno urbano: • En los estudios de biodiversidad urbana se reconoce el valor de las aves como indicadores de aspectos importantes de los ecosistemas urbanos como la estructura vegetacional, siendo este el hábitat principal de las aves dentro de las ciudades. • Díaz y Armesto (2003) compararon la composición de avifauna entre la comuna de La Reina y la Reserva Rio Clarillo, concluyendo que la riqueza de aves aumenta cuando aumenta el follaje de los árboles, y a su vez cuando estos son nativos. • Los corredores de desplazamiento de aves urbanas poseen dos componentes principales (1) estructural o física, que se refiere a la disposición espacial de diferentes tipos de hábitats o al orden de los elementos en el paisaje y (2) funcional o de comportamiento, la cual corresponde al comportamiento propio de individuos, de especies o de procesos ecológicos de la estructura física del paisaje. • En estudios con radio trasmisores, realizados en la comuna de Providencia, se determinó que las aves (zorzal) se movilizan por la cuidad en tramos cortos, utilizando como ruta de desplazamiento las arboledas urbanas, lo jardines de casas, las áreas verdes de edificios, donde se detienen por algunos minutos. Prefieren calles con mayor vegetación.

En relación a lo anterior, se debe considerar que el proyecto no afectará sectores que son considerados como áreas de descanso o corredor de desplazamiento de las aves, más bien realizará un refuerzo de estas, a través de la incorporación de áreas verdes y nuevos árboles en las calles, lo que el titular evidencia en la Figura 45 y 46 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria (Ver, Figura 45 Árboles y Áreas Verdes Edificios Perú Plaza I – II; Figura 46 Proyecto de Paisajismo Edificio Perú Plaza I).

Tal como queda establecido, el proyecto incorpora 1.602,27 m2 en el Edificio Perú Plaza I y 1.682,14 m2 en el Edificio Perú Plaza II de nuevas áreas verdes, contemplando la utilización de árboles de gran tamaño.

En el diseño paisajístico urbano se establece que el proyecto como tal no generará una alteración conductual en la migración de las aves del sector, más bien reforzará las vías migratorias, generando nuevos sectores de posaderos y rutas de desplazamiento.

Sobre la avifauna presente en el Parque Metropolitano y El Cerro Blanco, se debe mencionar que ambas unidades no son parte del área de influencia del proyecto, por lo tanto, las partes y obras de este no tendrían una interacción en el componente faunístico que en estos habitan. Para el caso de las rutas migratorias, tal como se menciona anteriormente, el proyecto no generará una interacción negativa, más bien realizará un proyecto de paisajismo que colaborará en el hábitat urbano de estas especies.

En relación a las categorías de conservación mencionadas en la consulta, cabe mencionar que las especies mencionadas no se encuentran amenazadas en la actualidad. El carpinterito (Veniliornis lignarius), no ha sido clasificado por el Comité de Clasificación de Especies, tampoco presenta clasificación en el reglamento de la Ley de Caza, por lo tanto no presenta una categoría de conservación. Para el caso de la torcaza (Patagioenas araucana) esta fue clasificada por el comité como en preocupación menor, es decir: “Una especie se considerará "Preocupación Menor" cuando, habiendo sido evaluada, no cumple ninguno de los criterios que definen las categorías de En Peligro Crítico, En Peligro, Vulnerable o Casi Amenazada. Se incluyen en esta categoría especies 158 abundantes y de amplia distribución, y que por lo tanto pueden ser identificadas como de preocupación menor”.

El señala que la afirmación realizada por la cuidadania en relación a que “existen dos especies en categoría de conservación en la población y que se verá afectado su hábitat con las torres: torcaza chilena y carpinterito”, no es correcta, puesto que no se encontraron especies en categoría de conservación en el área en estudio.

Sobre la información entrega por el titular, respecto de realizar un levantamiento de terreno de la avifauna, dicha solicitud corresponde a la realización de un estudio de línea base de fauna vertebrada terrestre, instrumento técnico que ha sido definido en el artículo 18 inciso e.2. Sin embargo, el Proyecto fue ingresado bajo la forma de Declaración de Impacto Ambiental (DIA), las que no deben incluir o presentar líneas bases de acuerdo a lo establecido en el artículo 19 del Decreto Supremo (DS) 40 de 2013 (Ministerio de Medio Ambiente) el cual aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el que establece que las líneas de base sólo forman parte de los Estudios de Impacto Ambiental (EIA), tal como lo establece el artículo 18 del mismo reglamento.

De la misma forma, el artículo 19 del D.S 40 en su inciso b.1 se establece que dentro de las Declaraciones de Impacto Ambiental, se pueden incluir, en el caso que fuese necesario, antecedentes que justifiquen la inexistencia de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que puedan dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental. Profundizando en lo anterior, en el mismo inciso, en su apartado b.3 el D.S 40 establece lo siguiente: “En casos de corresponder, la ubicación y cuantificación de los recursos naturales renovables a extraer o explotar por el proyecto o actividad para satisfacer sus necesidades”. Por lo tanto, correspondería presentar una caracterización de avifauna solo en el caso que se requiera justificar la inexistencia de las características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300.

En relación a la tabla de especies potenciales de avifauna, se establece que dentro del área de influencia no existe evidencia de especies de avifauna que puedan ser consideradas como recursos escasos, únicos o representativos, cuya afectación puedan generar efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, y que por lo tanto puedan dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental.

En conclusión, no es necesario presentar una caracterización de línea base, toda vez que la bibliografía descarta que existan elementos, asociados a la avifauna, que sean considerados como escasos, únicos o representativos.

De la misma forma, se descarta la existencia de las circunstancias que generen impactos significativos sobre lo indicado en el artículo 6 del RSEIA. Lo anterior, responde a que el área de influencia presentado en proyecto, se desarrolla en su totalidad en la ciudad de Santiago, considerada como la urbe más densificada y urbanizada de Chile. En términos ecológicos, se establece que las ciudades corresponden a una matriz urbana donde se ha realizado un desplazamiento de las condiciones naturales originales, para dar paso a la construcción de una ciudad. Producto de lo anterior, el ensamblaje faunístico del sector permitiría sólo el desarrollo de especies que no son especialistas de hábitat y que por lo tanto, su conservación no se encontraría amenazada en la actualidad, sin ser consideradas como recursos escasos, únicos o representativos.

Respecto del punto 2.c) de la observación, en relación al análisis del Artículo 7, literal d) respecto de la dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo, se informa que la evaluación ambiental del proyecto ha sido realizada en conformidad a la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Inmobiliarios que se Desarrollen en Zonas Urbanas (2017), a fin de descartar la presencia de potenciales impactos significativos relacionados al Artículo 7, letra d) del RSEIA.

Los antecedentes presentados en el punto 6.1.1 del Estudio de Medio Humano adjunto en el Anexo 6 de la DIA señalan que, “el sector donde se planea la construcción del Proyecto corresponde a un antiguo estadio deportivo adquirido por el Titular. Cabe señalar que dicho lugar se encontraba en desuso desde el año 2014 y que actualmente el predio está deshabilitado y no se evidencia presencia de residentes permanentes ni intermitentes. Por lo cual en el sitio donde se emplazará el Proyecto no 159 existen grupos humanos ni personas las cuales puedan ser impactadas significativamente ni ser propensas a reasentamiento por parte del Proyecto.”

A partir de los antecedentes presentados se descarta que el Proyecto pueda generar impacto significativo según lo estipulado en el Artículo 7 del RSEIA respecto a reasentamiento de grupos humanos, además de alteración de sistemas de vida, específicamente según el literal d).

Complementariamente, se debe informar que el Plan Regulador Comunal de Recoleta permite tanto el uso de suelo habitacional como el uso de suelo equipamiento comercial en los terrenos que se ejecutará el proyecto. Por ello, la Dirección de Obras Municipales (DOM) ha otorgado válidamente los Permisos de Edificación para ambos edificios. La idea que los locales comerciales sean un aporte positivo al sector en función de los distintos beneficios de la existencia de equipamiento comercial de una escala adecuada para los barrios.

En relación a los otros aspecto de la observación en el punto c) se informa que el Proyecto ofrecerá viviendas cuya superficie irá desde los 36 m2 a 54 m2. Lo anterior determina un valor de venta promedio de 2.770 UF. De esta manera, el perfil del comprador de estas viviendas estaría conformado principalmente por los grupos socioeconómicos medios C2.

• Equipamiento de salud

De acuerdo con los datos de la Encuesta Casen 2015, el acceso a establecimientos de salud de la población de Recoleta se distribuye de la siguiente manera:

Gráfico: Porcentaje de acceso a establecimientos de salud según tipo

A partir del gráfico presentado, se extrae que la mayoría de la población (62,6%) accede a establecimientos de salud público, seguido por atención en consultas y centros médicos privados (22,2%). Este comportamiento difiere del comportamiento de la población del área de influencia, ya que según la información de entrevistados expuesta en el punto 5.5.2 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA “la mayoría de la población se encuentra afiliada al sistema previsional Fonasa y en menor medida a Isapres. Por lo general son los adultos mayores e inmigrantes quienes, por razones económicas, acceden a la red de establecimientos públicos, específicamente al CESFAM Dr. Patricio Hevia (Valdivieso) y CESFAM Recoleta, mientras que la población adulta y jóvenes acceden a centros privados en el sector centro y oriente de la ciudad.” (p. 48)”

Considerando el perfil socioeconómico estimado de los futuros residentes del Proyecto, estos contarán mayoritariamente con afiliación a sistema FONASA y en menor medida ISAPRE, accediendo a atención de salud en centros privados, sin recurrir a los centros de salud públicos, específicamente a los CESFAM que corresponden al territorio.

En cuanto a la oferta de centros de salud privados, el área de influencia se encuentra próxima a 5 establecimientos, sin superar los 3,2 km. de distancia.

160 De esta manera se concluye:

- Según el perfil socioeconómico que se estima corresponderán los futuros residentes del Proyecto, contarán mayoritariamente con sistema de afiliación FONASA, por lo que podrán acceder a establecimientos de salud privados. Respecto a la oferta de equipamiento, a no más de 3,2 kilómetros de distancia respecto al área del Proyecto se encuentran 5 establecimientos cercanos. Lo anterior indica que los habitantes del proyecto inmobiliario no colapsarán el Consultorio Valdivieso (Patricio Hevia).

• Equipamiento educacional

De acuerdo con los datos de la Encuesta Casen 2015, el acceso a establecimientos educacionales de la población de la comuna de Recoleta se divide en la siguiente manera:

Gráfico 10: Comuna de establecimiento educacional al cual accede la población de Recoleta

Como se observa en los datos, un 63% de la población de Recoleta accede a establecimientos educacionales en la misma comuna. En tabla 45 del Anexo PAC del Adenda Complementaria se presenta un listado pormenorizado de los establecimientos educacionales de la comuna.

La mayoría de los establecimientos disponibles en la comuna son de dependencia Particular Subvencionado y existen 1.566 matrículas vacantes.

Respecto a la demanda que generará el Proyecto, se utiliza la información disponible en el proyecto de sala de basura adjunto en el anexo 10 de la DIA, donde se estima que los departamentos de dos o más dormitorios estarían acondicionados para recibir un grupo familiar, por ende, población en edad escolar. Por cada uno de ellos se calcula según el indicador de INE (2010), donde durante el año 2008 cada mujer aportó 1,9 hijos/as en promedio.

Se estima que el Proyecto aportaría 648 residentes en edad escolar, de los cuales, considerando la tendencia que demuestra la Encuesta Casen 2015, el 63% accedería a equipamiento educacional de la comuna, es decir 408 estudiantes.

De esta manera se concluye:

- Se estima que el Proyecto aportará 648 residentes en edad escolar, de los cuales 408 buscarán acceder a establecimientos en Recoleta. Como se indica en el punto 5.5.3 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA, en el área de influencia existen 161 cuatro establecimientos educacionales, los cuales cuentan con 155 vacantes según curso de ingreso principal, los que podrían cubrir de manera parcial la demanda que se estima generaría el Proyecto. - En total la comuna cuenta con 1.566 vacantes según curso de ingreso, es decir, permite absorber la demanda que se estima generaría el Proyecto. - La mayoría de los establecimientos disponibles, tanto en el área de influencia como en la comuna, son de dependencia Particular Subvencionada, acorde a la preferencia del perfil socioeconómico (C2) que se estima corresponderá a los ocupantes del Proyecto. Respecto al tema de la basura de los edificios, se aclara que los Edificios Perú Plaza I-II cuentan con su Proyecto de Basura el cual de acuerdo a la normativa deberá estar debidamente aprobado por la Autoridad Sanitaria. Además, cabe destacar, que el retiro de los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios es obligación de la Municipalidad, conforme a la normativa vigente, la cual cobra por este servicio en conjunto con las contribuciones.

En relación al análisis del Artículo 7, literal d) respecto la dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo, se informa que la evaluación ambiental del proyecto ha sido realizada en conformidad a la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Inmobiliarios que se Desarrollen en Zonas Urbanas (2017), a fin de descartar la presencia de potenciales impactos significativos relacionados al Artículo 7, letra d) del RSEIA.

Los antecedentes presentados en el punto 6.1.1 del Estudio de Medio Humano adjunto en el Anexo 6 de la DIA señalan que, “el sector donde se planea la construcción del Proyecto corresponde a un antiguo estadio deportivo adquirido por el Titular. Cabe señalar que dicho lugar se encontraba en desuso desde el año 2014 y que actualmente el predio está deshabilitado y no se evidencia presencia de residentes permanentes ni intermitentes. Por lo cual en el sitio donde se emplazará el Proyecto no existen grupos humanos ni personas las cuales puedan ser impactadas significativamente ni ser propensas a reasentamiento por parte del Proyecto.”

A partir de los antecedentes presentados se descarta que el Proyecto pueda generar impacto significativo según lo estipulado en el Artículo 7 del RSEIA respecto a reasentamiento de grupos humanos, además de alteración de sistemas de vida, específicamente según el literal d).

Respecto del tema de transportes, el área de influencia cuenta con 13 paraderos Transantiago, estando el más cercano a aproximadamente 20 m. de distancia (PB170-Avenida Perú Esq. / Arz. Valdivieso), por donde transitan los recorridos 116 y B15. A aproximadamente a 550 metros en dirección poniente del lugar donde se ubicará el Proyecto, se encuentra Av. Recoleta, la cual presenta una mayor oferta de recorridos de buses.

El área de influencia se encuentra próxima a la estación de Metro Cementerios correspondiente a la Línea 2, emplazada sobre el eje Av. Recoleta, a aproximadamente 465 metros de distancia (15 minutos a pie desde el extremo oriente del área de influencia).

La oferta actual permite cubrir la demanda generada en el área de influencia, ya que a pocos metros cuentan con amplia oferta (buses y Metro) sobre el eje Recoleta.

El Proyecto cuenta con 447 estacionamientos para 483 viviendas, es decir, una proporción de 0,92 estacionamientos/vivienda. Considerando el perfil socioeconómico del público objetivo del Proyecto (C2), sólo un 49% cuenta con vehículo particular, por lo que se estima que alrededor de 237 viviendas requieran de estacionamiento, siendo la demanda menor a la oferta que proporcionará el Proyecto.

Respecto del tema de la energía el área de influencia se encuentra cubierta en un 100% por la empresa Enel. Esto se extenderá a la situación del Proyecto. Sanitaria La demanda de servicios sanitarios del área de influencia se encuentra cubierta en un 100% por la empresa Aguas Andinas. Por su parte el Proyecto cuenta con factibilidad sanitaria

En relación a la Infraestructura Básica y Equipamiento Comunitario, tal como se indica en el punto 5.5.4 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA “la mayoría de calles y veredas se observan en buen estado, permitiendo el tránsito sin mayores problemas de los peatones. Aun así, cabe señalar que en ciertos puntos se identifica deterioro del pavimento especialmente en el sector poniente del área de influencia, entre las calles El Salto Chico y Av. Recoleta, debido a que se trata 162 de un sector residencial bastante antiguo, cuyas fachadas también evidencian un notorio estado de deterioro, tal como se ha mencionado en el punto 5.5.1; respecto a las luminarias los entrevistados señalan que se encuentran en buen estado.” (p.53) Junto a esto se debe considerar el proyecto de la Municipalidad y GORE que contempla el mejoramiento del bandejón central de Av. Perú. Por su parte el Titular se hará cargo de mejorar la solera poniente del Proyecto, ensanchando la calzada, implementando baldosa, franja de césped, luminaria, árboles y arbustos. (ver anexo 1 de la Adenda Complementaria). Durante la fase de operación, la administración de los edificios se hará cargo de las áreas verdes y de mantener limpio el frente de la propiedad. Por otro lado, la Municipalidad será la encargada de la mantención de las luminarias.

Respecto a equipamiento infraestructura de equipamiento comunitario, como se indica en el mismo anexo, “se identifica equipamiento comunitario, representado en la presencia de sedes sociales y multicanchas” (p.53). Por su parte, el Proyecto contempla la instalación de áreas verdes para sus residentes, además de equipamiento como gimnasio, salas multiuso, quinchos, piscina, salas de primeros auxilios y lavandería.

En el área de influencia se identifican servicios comerciales menores, principalmente establecimientos que permiten el abastecimiento de los residentes. Para una mayor oferta de servicios y compras mayores, deben trasladarse fuera de este sector. Al respecto, la construcción del Proyecto contempla la instalación de 11 locales comerciales que cuentan con acceso independiente y que permitirá proporcionar una mayor cantidad servicios.

El área de influencia presenta disponibilidad acotada de servicios, siendo la mayoría de abastecimiento y comercio. De esta manera, la población del área de influencia se traslada hacia otros puntos de Recoleta, sector oriente o centro de Santiago que se emplaza a pocos minutos, con el fin de acceder a una mayor oferta de servicios bancarios y financieros. Por su parte, el Proyecto contempla la instalación de 11 locales comerciales que cuentan con acceso independiente y que permitirá entregar al sector una mayor cantidad servicios. En conclusión, se descarta que el Proyecto pueda generar impacto significativo según lo establecido en el literal c) del Artículo 7 del RSEIA.

Además, el titular del Proyecto “Edificios Perú Plaza I – II”, se compromete a que en caso que se verifiquen daños a muros y/o panderetas de las casas aledañas atribuibles a las obras del proyecto, realizar las reparaciones que corresponda.

Respecto del punto 2.d) de la observación, la descripción y valoración de los atributos biofísicos del paisaje de la zona de estudio, la ubicación del Proyecto en una zona urbana donde la planificación territorial permite su posicionamiento, el análisis de visibilidad que da cuenta de las relaciones establecidas entre su posicionamiento y los cerros de la zona, así como la visibilidad obtenida desde sectores de permanencia considerados relevantes, son argumentos que permiten señalar que las obras del Proyecto no generarán obstrucciones visuales significativas sobre el elemento o atributo considerado con más valor dentro de este análisis. A su vez, el Proyecto tampoco alterará significativamente atributos del elemento considerado con valor en este estudio ya que se posicionará sobre suelo urbano (plano) donde la planificación territorial lo permite.

Es importante señalar que el proyecto brinda atributos o elementos urbanos propuestos a nivel de calle que posibilitan enriquecer el espacio público hacia Av. Perú y que ayudan a consolidar la imagen urbana que se pretende para el sector. Los edificios se proyectan retranqueados respecto de la línea de edificación relevando los atributos a nivel de calle proyectados a escala humana, como todo el mobiliario público, locales comerciales y arborización urbana, definiendo, en conjunto con el ensanche y bandejón central propuesto por el SECPLA de Recoleta, el nuevo perfil de calle y la imagen urbana del sector, en coherencia a lo que establecen los instrumentos de planificación territorial.

Complementariamente, de acuerdo a lo señalado en la “Guía de evaluación de impacto ambiental – Valor Paisajístico en el SEIA, 2013” los tipos de impacto sobre el valor paisajístico se clasifican en las dos siguientes categorías: • Obstrucción de la visibilidad a una zona con valor paisajístico. • Alteración de los atributos de una zona con valor paisajístico.

Esta clasificación es coherente con lo señalado en el Artículo 11, letra e) de la Ley Nº19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y sus modificaciones, así como en el Artículo 9 del 163 Reglamento del SEIA (D.S. Nº40/12 del MMA), donde señalan, que a objeto de evaluar si el proyecto o actividad, en cualquiera de sus fases, genera o presenta una alteración significativa del valor paisajístico de una zona, se debe considerar la duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico y la duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico: a) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico. b) La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico.

Al respecto, la descripción y valoración de los atributos biofísicos del paisaje de la zona de estudio, la ubicación del Proyecto en una zona urbana donde la planificación territorial permite su posicionamiento, el análisis de visibilidad que da cuenta de las relaciones establecidas entre su posicionamiento y los cerros de la zona, así como la visibilidad obtenida desde sectores de permanencia considerados relevantes, son argumentos que permiten concluir que las obras del Proyecto no generará obstrucciones visuales significativas sobre el elemento o atributo considerado con más valor dentro de este análisis. A su vez, el Proyecto tampoco alterará significativamente atributos del elemento considerado con valor en este estudio ya que se posicionará sobre suelo urbano (plano) donde la planificación territorial lo permite.

El proyecto brinda atributos o elementos urbanos propuestos a nivel de calle que pueden enriquecer el espacio público hacia Av. Perú y que ayudan a consolidar la imagen urbana que se pretende para el sector. Los edificios se proyectan retranqueados respecto de la línea de edificación relevando los atributos a nivel de calle proyectados a escala humana, como todo el mobiliario público, locales comerciales y arborización urbana, definiendo, en conjunto con el ensanche y bandejón central propuesto por el SECPLA de Recoleta, el nuevo perfil de calle y la imagen urbana del sector, en coherencia a lo que establecen los instrumentos de planificación territorial.

Para ver detalles del Estudio de Paisaje, ver Anexo 5.6. de la Adenda Complementaria.

Por lo anterior, es posible señalar que el Proyecto no genera efectos significativos en cuanto a la obstrucción visual ni a la alteración de los atributos de una zona con valor paisajístico.

Por último, se informa que el proyecto cumple con el Instrumento de Planificación (IPT) en términos de la altura, rasantes y sombras proyectadas a los terrenos aledaños al proyecto, así como con lo establecido en el artículo 2.6.11 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (O.G.U.C)

  1. Julio Carmona Hernández

  2. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida que reside no sólo en nosotros, reside hace 70 años en los fundadores que optan por vivir de esta manera; protegidos por el Cerro San Cristóbal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa; mirando lo cerros de Huechuraba para saber si va a llover o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago, como un oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

  3. Observaciones componentes ambiental proyecto Perú Plaza I-II

El artículo bis de la ley 19.300, sobre las Bases Generales de Medio Ambiente, estipulan que las Declaraciones de Impacto Ambiental deben considerar algunas materias entre las que se encuentra: letra b) los antecedentes necesarios que justifiquen la inexistencia de los efectos, características o circunstancias del artículo 11 que pueden dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental. Se considera que el proyecto no logra justificar a cabalidad lo señalado en el artículo 11 de la Ley 19.300, detallando a continuación:

a) Riesgo a la salud de la población debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos. - incremento de los residuos provocados por los usuarios de 483 departamentos y el Strip Center. El problema se acentúa debido a que la construcción de un shaft es convencional y 164 no incorpora la gestión de residuos sólidos, incumpliendo los instrumentos de las normativas locales de la política ambiental de Recoleta y la Ordenanza Ambiental Municipal nº61 con de fecha del 21-06-2016. - incremento de emisiones de diversos gases contaminantes generados por fuentes móviles (autos de las personas que habitarán en el edificio). Contribuyendo a la contaminación atmosférica del sector. El proyecto contempla 447 estacionamientos. - contaminación acústica

b) Efectos adversos y significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos suelo, agua y aire.

El proyecto inmobiliario “Perú Plaza I-II” se encuentra proyectado entre los cerros San Cristóbal y Cerro Blanco, ambos considerados por la comuna como área de circulación de aves que habitan en la comuna de Recoleta.

Unas de las funciones que cumplen los cerros, parques y área verdes es permitir el desplazamiento y la colonización de especies, en este caso de la avifauna de la Región Metropolitana.

La intervención o alteración de esa zona provoca una fragmentación de los hábitats, lo que desencadena una serie de procesos ecológico y del ecosistema. Basados en estudios (Censo de Pájaros en la Ciudad, Juan Luis Veliz, 2015) y trabajos de investigación, existen aproximadamente 16 especies de aves que habitan en la comuna de Recoleta y que se desplazan en las áreas verdes, cerros y territorio. Las aves cumplen un rol vital en el ecosistema, actuando como agente de dispersor de semillas, polinizadores de platas, controladores biológicos, entre otros

Dado el incremento inmobiliario de la comuna, y la construcción del proyecto Perú Plaza I- II, de la inmobiliaria LATAKIA S.A.; ¿posee algún estudio que establezca la preservación y conservación de las aves que se desplazan por el corredor biológico de los cerros San Cristóbal y Blanco, justificando que la construcción de las 2 torres de 16 pisos de altura no alterará el desplazamiento de las especies?

c) Reasentamiento de las comunidades urbanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

Se considera que el Proyecto Perú Plaza I y II altera la calidad de vida del sector y la Identidad local, la cual se Identifica por ser una población de adultos mayores, tranquila y sin mayor afluencia. La construcción de 2 torres de 16 pisos, con 483 departamentos, genera de forma Instantánea un aumento de la densidad demográfica que satura los bienes y servicios de la comuna y en especial del sector, como el Incremento de residuos, la saturación vehicular, el deterioro de las calles, la pérdida de privacidad, la pérdida de hora/luz y el valor paisajístico. De igual forma se debe sumar, los problemas sociales que conlleva un Street Center, como lo es la Inseguridad y más cuando el proyecto no puede asegurar que las actividades comerciales de los locales sean acorde al modo de vida de nuestro sector.

En base a los antecedentes entregados, la Inmobiliaria Latakia S.A ¿Adquiere como compromiso voluntario la compensación y/o reparación a los vecinos, de los daños en muros y/o panderetas de las casas aledañas al proyecto, los que se podrían generar durante los trabajos de construcción?

d) Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona.

El Proyecto Perú Plaza I y II modifica y afecta la calidad del paisaje dado que la construcción de 2 torres de 16 pisos generará cambios en la visibilidad del paisaje, los que poseen un efecto sobre las personas, catalogados como:

- Impactos Directos: Derivados del desarrollo sobre vistas del paisaje, como son la Intrusión o la obstrucción.

165

La reacción de los observadores que pueden ser afectados por la calidad del fondo escénico.

- Impacto sobre la Calidad Visual: Alterando la visibilidad; la calidad paisajística; la calidad visual del entorno Inmediato (500-700 m.); la fragilidad y la frecuentación humana, ya que la población influida Incide de manera directa en la calidad del paisaje.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto 1) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto

Respecto del punto 2.a) de la observación, el titular compromete que los residuos que se generen durante la operación del proyecto serán almacenados por los propietarios en sus departamentos, para luego ser trasladados mediante ductos a las salas de basura del proyecto.

En las salas de basura, los residuos domiciliarios serán almacenados de forma transitoria al interior de contenedores con tapa y bolsas plástica con la finalidad de evitar filtraciones de líquidos percolados y proliferación de vectores de interés sanitario.

Cabe destacar, que los ductos contarán con cierro hermético especial. Además, las terminaciones de los recintos tendrán tolvas lavables y cierre hermético. El ingreso a la sala de basura contará con burlete de goma y control para mosca vinagrera al igual que el ducto de ventilación superior (malla mosquitera).

Finalmente, los contenedores de basura serán retirados por el camión municipal con una frecuencia aproximada de 3 veces por semanas.

En cuanto al Strip Center, cada local será encargado de sacar su basura a la zona de precarguío ubicado en el frente del predio. Luego el camión municipal será el encargado de realizar el retiro.

En la Tabla 96, se presenta la forma en que se dará cumplimiento normativo al manejo de residuos sólidos domiciliarios durante la fase de operación del proyecto:

Tabla 96 Cumplimiento Normativo 166 COMPONENTE/MATERIA: Residuos - No peligrosos (domiciliarios) NORMA Decreto con Fuerza de Ley N° 725/1967 del Ministerio de Salud Pública. Aprobó Código Sanitario (D.O. 31/1/68). Párrafo III, del Título II. De los Desperdicios y Basuras. Otros cuerpos legales No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra o acción a la que aplica Salas de basura, para la fase de operación Forma de cumplimiento Durante la fase de operación los residuos del edificio serán acumulados en salas de basura por un periodo de 3 días y retirados por el servicio municipal de recolección de basura Indicador que acredita su cumplimiento La solicitud y aprobación de los permisos de acumulación de residuos para la fase de operación Forma de control y seguimiento Contar con los permisos y/o autorizaciones correspondientes

Cabe destacar que el Proyecto de basura se encuentra en tramitación por parte de la Autoridad Sanitaria.

Respecto de la Agenda Ambiental planteada en la Política Ambiental Municipal de Recoleta (2014), esta considera objetivos específicos y líneas de acción los que se pueden ver en la siguiente Tabla:

Tabla 97 Agenda Ambiental Recoleta N° Objetivo Específico Líneas de Acción 1 Fortalecer las capacidades municipales para desarrollar una Gestión Ambiental Inscripción y Participación del Sistema de Certificación Ambiental Municipal (SCAM) Elaboración de Ordenanza Ambiental Capacitación a funcionarios municipales en temas ambientales Mejoramiento de la fiscalización ambiental 2 Elevar la calidad ambiental en la comuna Mejorar y fortalecer la fiscalización sanitaria Tenencia responsable de mascotas Gestión sustentable de los residuos sólidos domiciliarios bajo un enfoque de basura cero Consolidar y crear más áreas verdes Recuperación de micro basurales 3 Elevar la conciencia ambiental en la comuna, fortaleciendo la educación para la sustentabilidad Promoción de la Educación Ambiental a nivel comunal Apoyo a la formulación de proyectos ambientales con financiamiento externo 4 Enfrentamiento del cambio climático y descontaminación atmosférica Mitigación: reducción de contaminantes atmosféricos locales y globales Adaptación al cambio climático

De acuerdo a la línea de acción “Gestión sustentable de los residuos sólidos domiciliarios bajo un enfoque de basura cero”, se puede señalar que el Proyecto contempla, a un costado de ambas salas de basura, Closets Ecológicos donde la comunidad podrá separas sus residuos según composición. 167 Además, el reciclaje de estos estará a cargo de la administración con la empresa que estime conveniente.

Para la fase de construcción, se priorizará la segregación de materiales para su posterior reutilización y/o reciclaje al interior de la obra en la medida en que sea posible.

Lo señalado anteriormente aporta a la Política Ambiental de Recoleta, ya que genera una conciencia ambiental en la comunidad y provoca una reducción de los residuos al interior del condominio.

Por otro lado, la Ordenanza Ambiental Municipal N°61 de fecha del 21-06-2016 respecto a residuos sólidos señala lo siguiente:

• Del Manejo de los Residuos Sólidos Urbanos o De acuerdo a la Estrategia de Basura Cero adoptada para el manejo de los residuos sólidos domiciliarios, la Municipalidad de Recoleta desarrollará y promoverá iniciativas en las siguientes líneas de acción.  Separación en el origen y Recolección puerta a puerta de productos reutilizables y materiales reciclables.  Reciclaje de residuos sólidos secos.  Etc. o Queda prohibida la incineración de residuos domiciliarios en el territorio comunal. Asimismo, el Municipio no autorizará en el territorio de su jurisdicción la operación de servicios de recolección de residuos domiciliarios que tengan como destino final de estos la incineración en plantas localizadas fuera de la comuna. o Los residuos domiciliarios no deben incluir materiales tóxicos, corrosivos, peligrosos, etc., los que deben ser manejados y dispuestos según regulaciones específicas. o La comunidad debe adecuarse a la programación municipal para la recolección de los residuos sólidos en cuanto a días, horarios y medios para la prestación de los servicios de recolección. o Los generadores de residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios deberán depositarlos en receptáculos de material lavable con tapa hermética, de material plástico autorizados por el municipio. Los residuos a su vez deben ser depositados en bolsas plásticas de una densidad que asegure la contención de los residuos. o Entre otros.

• Del manejo de disposición final de escombros y materiales similares. o Queda prohibido botar escombros y voluminosos en los Bienes Nacionales de Uso Público. o Se prohíbe arrojar y almacenar basuras, escombros, chatarras o desperdicios de cualquier tipo en terrenos de particulares sin la autorización expresa del propietario del mismo, del Municipio y del Servicio de Salud. o No son asimilables a escombros aquellos residuos de la construcción, tales como restos o envases de plásticos o metálicos de pinturas, solventes, aceites, impermeabilizantes y otros compuestos químicos. Tampoco lo son: papeles, plásticos, cartones, polímeros de aislación, residuos orgánicos, envases de cualquier tipo, todo material factible de ser arrastrado por el viento y el agua, y todo desecho con posibilidad de emitir gases, malos olores, líquidos percolados y otros productos contaminados. Estos elementos deberán ser trasladados obligatoriamente al lugar de disposición final autorizado por el Servicio de Salud, con el propio emisor. o El traslado vía terrestre de escombros, arenas, ripio, tierra, productos de elaboración, maderas y otros desechos asimilables a escombros, que puedan escurrir, caer al suelo o sean factibles de ser esparcidos, sólo podrá hacerse en vehículos especialmente acondicionados para cumplir dicho menester, los que deberán estar provistos de carpas en buen estado u otros elementos protectores. o La carga de escombros y de elementos asimilables a estos, sólo podrá realizarse al interior de las propiedades. En caso de requerid efectuar la carga en la vía pública o en un Bien Nacional de Uso Público diverso, deberá contar con la respectiva autorización municipal por parte de la Dirección de Tránsito y/o de Obras Municipales.

168 Por lo que, a continuación, se presenta como dará cumplimiento el Proyecto a lo señalado por la Ordenanza Ambiental de Recoleta para cada una de sus fases:

Fase de Operación: • El Proyecto contempla, a un costado de ambas salas de basura, Closets Ecológicos donde la comunidad podrá separas sus residuos según composición. Además, el reciclaje de estos estará a cargo de la administración con la empresa que estime conveniente. • El Proyecto no considera la incineración de los residuos domiciliarios generados en el condominio. • Los residuos que se generen durante la operación del proyecto corresponden principalmente al tipo no peligrosos (domiciliarios), que generarán los usuarios de los departamentos diariamente. • La administración de los edificios se adecuará a la programación municipal para la recolección de los residuos en cuanto a días, horarios y medios para la prestación de los servicios de recolección. • Los residuos serán almacenados por los propietarios en sus departamentos, para luego ser trasladados mediante ductos a las salas de basura del proyecto.

Ya en las salas de basura, los residuos domiciliarios serán almacenados de forma transitoria al interior de contenedores con tapa y bolsas plástica con la finalidad de evitar filtraciones de líquidos percolados y proliferación de vectores de interés sanitario.

Cabe destacar, que los ductos contarán con cierro hermético especial. Además, las terminaciones de los recintos tendrán tolvas lavables y cierre hermético. El ingreso a la sala de basura contará con burlete de goma y control para mosca vinagrera al igual que el ducto de ventilación superior (malla mosquitera).

Fase de Construcción: • Los residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios serán almacenados de forma transitoria en contenedores con tapa especialmente destinados para ellos y al interior presentarán bolsas plásticas, para evitar la proliferación de vectores de interés sanitario. • En cuanto a los escombros, cabe señalar que si bien se considera la reutilización de los residuos producidos en obra, el proyecto no contempla la habilitación de un sector de acopio para la fracción valorizable de los residuos. Los excedentes serán llevados a un sitio de disposición final debidamente autorizado. • En ningún caso se botarán escombros en los Bienes Nacionales de Uso Público o en terrenos de particulares. • Los residuos generados por la excavaciones y escarpe serán inmediatamente cargados sobre camiones, para luego ser llevados a sitios de disposición final autorizados. • Los residuos Peligrosos generados por los envases de las sustancias peligrosas a utilizar en obra, no se mezclarán por ningún motivo con los residuos de escombros o inertes, para ello se dispondrán en una bodega especialmente destinada para ellos. Así se evitará que en los sitios de disposición final pudiesen causar detrimento en la calidad de la napa por lixiviación o lavado de suelo en el mismo sitio. Lo señalado anteriormente, se llevará a cabo según lo establecido en el D.S. N°148/03 del MINSAL. • Todos los residuos serán dispuestos en lugares autorizados por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana. Además, en obra se mantendrá un registro de la disposición final de estos residuos generados en la etapa de construcción, el cual será emitido por la empresa encargada de la disposición final cada vez que se genera el traslado de dichos residuos. El encargado de mantener el registro en obra, será designado por el Titular y se encontrará disponible para su revisión cada vez que la Autoridad Ambiental lo solicite. • La obra tendrá un sistema de control de vectores sanitarios a través de una empresa debidamente autorizada y se mantendrá los lugares de trabajo en buenas condiciones de orden y limpieza para evitar o eliminar la presencia de vectores sanitarios, según lo establece el art. 11 del D.S. Nº 594 de 1999, modificado por D.S. Nº 201 de 2001, ambos del MINSAL. • En ninguna circunstancia se incinerarán residuos al interior de la obra. • El transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humedecer la carga en caso de ser necesario. 169 • Finalmente, la carga de escombros y de elementos asimilables, sólo se realizará al interior de la propiedad.

Respecto de las emisiones de gases generados por fuentes móviles (autos de los habitantes de los edificios), se debe destacar que, todos los vehículos motorizados deben contar con su Certificado de Revisión Técnica, el que debe ser renovado anualmente y es requisito para obtener el permiso de circulación en marzo. El objetivo de la revisión técnica de los vehículos es velar por el correcto funcionamiento de sus sistemas de seguridad y emisiones, para así evitar accidentes de tránsitos y contaminación ambiental.

Todo esto de acuerdo al D.S. 156/1990 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, actualizado el 11 de Febrero de 2017, y al D.S. N° 211/1991 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, actualizado el 29 de Septiembre de 2012 y que toma como antecedente el Plan de Prevención y Descontaminación de la Región Metropolitana (PPDA), que a su vez se basa en las normas primarias de la calidad del aire establecidas en base a la salud de la población.

Cuando los vehículos se encuentren en el estacionamiento del proyecto, el motor se encontrará detenido, siendo su funcionamiento y circulación mayor al momento de llegada en la tarde y a primera hora en la mañana para retirarse. En este sentido, el hecho que haya autos estacionados cercano a los deslindes del predio no debiera generar problemas en la salud de los vecinos, ya que corresponde a una situación similar a la que ocurre con los autos estacionados en las calles.

Con respecto a la emisión de ruido asociado a los vehículos particulares que harán uso de los estacionamientos y las personas que habitarán los edificios, es importante tener en cuenta que dichas fuentes de ruido se encuentran dentro de las exclusiones del ámbito de aplicación de la normativa vigente (D.S. N°38/11 del MMA) especificadas en el Artículo 5, ya que corresponden a la actividad propia del uso de viviendas y edificaciones, no atribuibles al proyecto sino más bien a la conducta de sus habitantes. En este sentido, la evaluación ambiental presentada en el Anexo 6 de la Adenda 1 permite garantizar el cumplimiento de la citada normativa durante la fase de operación del proyecto, que en este caso está relacionada con el funcionamiento de equipos tales como grupo electrógeno, calderas, etc.

No obstante lo anterior, de acuerdo con la experiencia del consultor, en condiciones normales las fuentes señaladas no deberían representar inconvenientes para los vecinos ya que son de baja emisión de ruido. De todos modos, a nivel municipal los ruidos molestos de este tipo se encuentran regulados y controlados por carabineros y personal de seguridad de la comuna.

Respecto del punto 2.b) de la observación, en el área de influencia del proyecto, a través de un análisis bibliográfico y la experiencia en terreno en la Tabla 85 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria el titular señala las especies existentes (Ver Tabla 85 Tabla de aves potenciales del área de influencia).

En relación a la consulta se entregan las siguientes consideraciones técnicas en relación a las aves en un terreno urbano: • En los estudios de biodiversidad urbana se reconoce el valor de las aves como indicadores de aspectos importantes de los ecosistemas urbanos como la estructura vegetacional, siendo este el hábitat principal de las aves dentro de las ciudades. • Díaz y Armesto (2003) compararon la composición de avifauna entre la comuna de La Reina y la Reserva Rio Clarillo, concluyendo que la riqueza de aves aumenta cuando aumenta el follaje de los árboles, y a su vez cuando estos son nativos. • Los corredores de desplazamiento de aves urbanas poseen dos componentes principales (1) estructural o física, que se refiere a la disposición espacial de diferentes tipos de hábitats o al orden de los elementos en el paisaje y (2) funcional o de comportamiento, la cual corresponde al comportamiento propio de individuos, de especies o de procesos ecológicos de la estructura física del paisaje. • En estudios con radio trasmisores, realizados en la comuna de Providencia, se determinó que las aves (zorzal) se movilizan por la cuidad en tramos cortos, utilizando como ruta de desplazamiento las arboledas urbanas, lo jardines de casas, las áreas verdes de edificios, donde se detienen por algunos minutos. Prefieren calles con mayor vegetación.

En relación a lo anterior, se debe considerar que el proyecto no afectará sectores que son considerados como áreas de descanso o corredor de desplazamiento de las aves, más bien realizará 170 un refuerzo de estas, a través de la incorporación de áreas verdes y nuevos árboles en las calles, lo que el titular evidencia en la Figura 45 y 46 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria (Ver, Figura 45 Árboles y Áreas Verdes Edificios Perú Plaza I – II; Figura 46 Proyecto de Paisajismo Edificio Perú Plaza I).

Tal como queda establecido, el proyecto incorpora 1.602,27 m2 en el Edificio Perú Plaza I y 1.682,14 m2 en el Edificio Perú Plaza II de nuevas áreas verdes, contemplando la utilización de árboles de gran tamaño.

En el diseño paisajístico urbano se establece que el proyecto como tal no generará una alteración conductual en la migración de las aves del sector, más bien reforzará las vías migratorias, generando nuevos sectores de posaderos y rutas de desplazamiento.

Sobre la avifauna presente en el Parque Metropolitano y El Cerro Blanco, se debe mencionar que ambas unidades no son parte del área de influencia del proyecto, por lo tanto, las partes y obras de este no tendrían una interacción en el componente faunístico que en estos habitan. Para el caso de las rutas migratorias, tal como se menciona anteriormente, el proyecto no generará una interacción negativa, más bien realizará un proyecto de paisajismo que colaborará en el hábitat urbano de estas especies.

En relación a las categorías de conservación mencionadas en la consulta, cabe mencionar que las especies mencionadas no se encuentran amenazadas en la actualidad. El carpinterito (Veniliornis lignarius), no ha sido clasificado por el Comité de Clasificación de Especies, tampoco presenta clasificación en el reglamento de la Ley de Caza, por lo tanto no presenta una categoría de conservación. Para el caso de la torcaza (Patagioenas araucana) esta fue clasificada por el comité como en preocupación menor, es decir: “Una especie se considerará "Preocupación Menor" cuando, habiendo sido evaluada, no cumple ninguno de los criterios que definen las categorías de En Peligro Crítico, En Peligro, Vulnerable o Casi Amenazada. Se incluyen en esta categoría especies abundantes y de amplia distribución, y que por lo tanto pueden ser identificadas como de preocupación menor”.

El señala que la afirmación realizada por la ciudadanía en relación a que “existen dos especies en categoría de conservación en la población y que se verá afectado su hábitat con las torres: torcaza chilena y carpinterito”, no es correcta, puesto que no se encontraron especies en categoría de conservación en el área en estudio.

Sobre la información entrega por el titular, respecto de realizar un levantamiento de terreno de la avifauna, dicha solicitud corresponde a la realización de un estudio de línea base de fauna vertebrada terrestre, instrumento técnico que ha sido definido en el artículo 18 inciso e.2. Sin embargo, el Proyecto fue ingresado bajo la forma de Declaración de Impacto Ambiental (DIA), las que no deben incluir o presentar líneas bases de acuerdo a lo establecido en el artículo 19 del Decreto Supremo (DS) 40 de 2013 (Ministerio de Medio Ambiente) el cual aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el que establece que las líneas de base sólo forman parte de los Estudios de Impacto Ambiental (EIA), tal como lo establece el artículo 18 del mismo reglamento.

De la misma forma, el artículo 19 del D.S 40 en su inciso b.1 se establece que dentro de las Declaraciones de Impacto Ambiental, se pueden incluir, en el caso que fuese necesario, antecedentes que justifiquen la inexistencia de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que puedan dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental. Profundizando en lo anterior, en el mismo inciso, en su apartado b.3 el D.S 40 establece lo siguiente: “En casos de corresponder, la ubicación y cuantificación de los recursos naturales renovables a extraer o explotar por el proyecto o actividad para satisfacer sus necesidades”. Por lo tanto, correspondería presentar una caracterización de avifauna solo en el caso que se requiera justificar la inexistencia de las características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300.

En relación a la tabla de especies potenciales de avifauna, se establece que dentro del área de influencia no existe evidencia de especies de avifauna que puedan ser consideradas como recursos escasos, únicos o representativos, cuya afectación puedan generar efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, y que por lo tanto puedan dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental. 171

En conclusión, no es necesario presentar una caracterización de línea base, toda vez que la bibliografía descarta que existan elementos, asociados a la avifauna, que sean considerados como escasos, únicos o representativos.

De la misma forma, se descarta la existencia de las circunstancias que generen impactos significativos sobre lo indicado en el artículo 6 del RSEIA. Lo anterior, responde a que el área de influencia presentado en proyecto, se desarrolla en su totalidad en la ciudad de Santiago, considerada como la urbe más densificada y urbanizada de Chile. En términos ecológicos, se establece que las ciudades corresponden a una matriz urbana donde se ha realizado un desplazamiento de las condiciones naturales originales, para dar paso a la construcción de una ciudad. Producto de lo anterior, el ensamblaje faunístico del sector permitiría sólo el desarrollo de especies que no son especialistas de hábitat y que por lo tanto, su conservación no se encontraría amenazada en la actualidad, sin ser consideradas como recursos escasos, únicos o representativos.

Respecto del punto 2.c) de la observación, en relación al análisis del Artículo 7, literal d) respecto de la dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo, se informa que la evaluación ambiental del proyecto ha sido realizada en conformidad a la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Inmobiliarios que se Desarrollen en Zonas Urbanas (2017), a fin de descartar la presencia de potenciales impactos significativos relacionados al Artículo 7, letra d) del RSEIA.

Los antecedentes presentados en el punto 6.1.1 del Estudio de Medio Humano adjunto en el Anexo 6 de la DIA señalan que, “el sector donde se planea la construcción del Proyecto corresponde a un antiguo estadio deportivo adquirido por el Titular. Cabe señalar que dicho lugar se encontraba en desuso desde el año 2014 y que actualmente el predio está deshabilitado y no se evidencia presencia de residentes permanentes ni intermitentes. Por lo cual en el sitio donde se emplazará el Proyecto no existen grupos humanos ni personas las cuales puedan ser impactadas significativamente ni ser propensas a reasentamiento por parte del Proyecto.”

A partir de los antecedentes presentados se descarta que el Proyecto pueda generar impacto significativo según lo estipulado en el Artículo 7 del RSEIA respecto a reasentamiento de grupos humanos, además de alteración de sistemas de vida, específicamente según el literal d).

Complementariamente, se debe informar que el Plan Regulador Comunal de Recoleta permite tanto el uso de suelo habitacional como el uso de suelo equipamiento comercial en los terrenos que se ejecutará el proyecto. Por ello, la Dirección de Obras Municipales (DOM) ha otorgado válidamente los Permisos de Edificación para ambos edificios. La idea que los locales comerciales sean un aporte positivo al sector en función de los distintos beneficios de la existencia de equipamiento comercial de una escala adecuada para los barrios.

En relación a los otros aspecto de la observación en el punto c) se informa que el Proyecto ofrecerá viviendas cuya superficie irá desde los 36 m2 a 54 m2. Lo anterior determina un valor de venta promedio de 2.770 UF. De esta manera, el perfil del comprador de estas viviendas estaría conformado principalmente por los grupos socioeconómicos medios C2.

• Equipamiento de salud

De acuerdo con los datos de la Encuesta Casen 2015, el acceso a establecimientos de salud de la población de Recoleta se distribuye de la siguiente manera:

Gráfico: Porcentaje de acceso a establecimientos de salud según tipo 172

A partir del gráfico presentado, se extrae que la mayoría de la población (62,6%) accede a establecimientos de salud público, seguido por atención en consultas y centros médicos privados (22,2%). Este comportamiento difiere del comportamiento de la población del área de influencia, ya que según la información de entrevistados expuesta en el punto 5.5.2 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA “la mayoría de la población se encuentra afiliada al sistema previsional Fonasa y en menor medida a Isapres. Por lo general son los adultos mayores e inmigrantes quienes, por razones económicas, acceden a la red de establecimientos públicos, específicamente al CESFAM Dr. Patricio Hevia (Valdivieso) y CESFAM Recoleta, mientras que la población adulta y jóvenes acceden a centros privados en el sector centro y oriente de la ciudad.” (p. 48)”

Considerando el perfil socioeconómico estimado de los futuros residentes del Proyecto, estos contarán mayoritariamente con afiliación a sistema FONASA y en menor medida ISAPRE, accediendo a atención de salud en centros privados, sin recurrir a los centros de salud públicos, específicamente a los CESFAM que corresponden al territorio.

En cuanto a la oferta de centros de salud privados, el área de influencia se encuentra próxima a 5 establecimientos, sin superar los 3,2 km. de distancia.

De esta manera se concluye:

- Según el perfil socioeconómico que se estima corresponderán los futuros residentes del Proyecto, contarán mayoritariamente con sistema de afiliación FONASA, por lo que podrán acceder a establecimientos de salud privados. Respecto a la oferta de equipamiento, a no más de 3,2 kilómetros de distancia respecto al área del Proyecto se encuentran 5 establecimientos cercanos. Lo anterior indica que los habitantes del proyecto inmobiliario no colapsarán el Consultorio Valdivieso (Patricio Hevia).

• Equipamiento educacional

De acuerdo con los datos de la Encuesta Casen 2015, el acceso a establecimientos educacionales de la población de la comuna de Recoleta se divide en la siguiente manera:

Gráfico 10: Comuna de establecimiento educacional al cual accede la población de Recoleta

173

Como se observa en los datos, un 63% de la población de Recoleta accede a establecimientos educacionales en la misma comuna. En tabla 45 del Anexo PAC del Adenda Complementaria se presenta un listado pormenorizado de los establecimientos educacionales de la comuna.

La mayoría de los establecimientos disponibles en la comuna son de dependencia Particular Subvencionado y existen 1.566 matrículas vacantes.

Respecto a la demanda que generará el Proyecto, se utiliza la información disponible en el proyecto de sala de basura adjunto en el anexo 10 de la DIA, donde se estima que los departamentos de dos o más dormitorios estarían acondicionados para recibir un grupo familiar, por ende, población en edad escolar. Por cada uno de ellos se calcula según el indicador de INE (2010), donde durante el año 2008 cada mujer aportó 1,9 hijos/as en promedio.

Se estima que el Proyecto aportaría 648 residentes en edad escolar, de los cuales, considerando la tendencia que demuestra la Encuesta Casen 2015, el 63% accedería a equipamiento educacional de la comuna, es decir 408 estudiantes.

De esta manera se concluye:

- Se estima que el Proyecto aportará 648 residentes en edad escolar, de los cuales 408 buscarán acceder a establecimientos en Recoleta. Como se indica en el punto 5.5.3 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA, en el área de influencia existen cuatro establecimientos educacionales, los cuales cuentan con 155 vacantes según curso de ingreso principal, los que podrían cubrir de manera parcial la demanda que se estima generaría el Proyecto. - En total la comuna cuenta con 1.566 vacantes según curso de ingreso, es decir, permite absorber la demanda que se estima generaría el Proyecto. - La mayoría de los establecimientos disponibles, tanto en el área de influencia como en la comuna, son de dependencia Particular Subvencionada, acorde a la preferencia del perfil socioeconómico (C2) que se estima corresponderá a los ocupantes del Proyecto. Respecto al tema de la basura de los edificios, se aclara que los Edificios Perú Plaza I-II cuentan con su Proyecto de Basura el cual de acuerdo a la normativa deberá estar debidamente aprobado por la Autoridad Sanitaria. Además, cabe destacar, que el retiro de los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios es obligación de la Municipalidad, conforme a la normativa vigente, la cual cobra por este servicio en conjunto con las contribuciones.

En relación al análisis del Artículo 7, literal d) respecto la dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los 174 sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo, se informa que la evaluación ambiental del proyecto ha sido realizada en conformidad a la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Inmobiliarios que se Desarrollen en Zonas Urbanas (2017), a fin de descartar la presencia de potenciales impactos significativos relacionados al Artículo 7, letra d) del RSEIA.

Los antecedentes presentados en el punto 6.1.1 del Estudio de Medio Humano adjunto en el Anexo 6 de la DIA señalan que, “el sector donde se planea la construcción del Proyecto corresponde a un antiguo estadio deportivo adquirido por el Titular. Cabe señalar que dicho lugar se encontraba en desuso desde el año 2014 y que actualmente el predio está deshabilitado y no se evidencia presencia de residentes permanentes ni intermitentes. Por lo cual en el sitio donde se emplazará el Proyecto no existen grupos humanos ni personas las cuales puedan ser impactadas significativamente ni ser propensas a reasentamiento por parte del Proyecto.”

A partir de los antecedentes presentados se descarta que el Proyecto pueda generar impacto significativo según lo estipulado en el Artículo 7 del RSEIA respecto a reasentamiento de grupos humanos, además de alteración de sistemas de vida, específicamente según el literal d).

Respecto del tema de transportes, el área de influencia cuenta con 13 paraderos Transantiago, estando el más cercano a aproximadamente 20 m. de distancia (PB170-Avenida Perú Esq. / Arz. Valdivieso), por donde transitan los recorridos 116 y B15. A aproximadamente a 550 metros en dirección poniente del lugar donde se ubicará el Proyecto, se encuentra Av. Recoleta, la cual presenta una mayor oferta de recorridos de buses.

El área de influencia se encuentra próxima a la estación de Metro Cementerios correspondiente a la Línea 2, emplazada sobre el eje Av. Recoleta, a aproximadamente 465 metros de distancia (15 minutos a pie desde el extremo oriente del área de influencia).

La oferta actual permite cubrir la demanda generada en el área de influencia, ya que a pocos metros cuentan con amplia oferta (buses y Metro) sobre el eje Recoleta.

El Proyecto cuenta con 447 estacionamientos para 483 viviendas, es decir, una proporción de 0,92 estacionamientos/vivienda. Considerando el perfil socioeconómico del público objetivo del Proyecto (C2), sólo un 49% cuenta con vehículo particular, por lo que se estima que alrededor de 237 viviendas requieran de estacionamiento, siendo la demanda menor a la oferta que proporcionará el Proyecto.

Respecto del tema de la energía el área de influencia se encuentra cubierta en un 100% por la empresa Enel. Esto se extenderá a la situación del Proyecto. Sanitaria La demanda de servicios sanitarios del área de influencia se encuentra cubierta en un 100% por la empresa Aguas Andinas. Por su parte el Proyecto cuenta con factibilidad sanitaria

En relación a la Infraestructura Básica y Equipamiento Comunitario, tal como se indica en el punto 5.5.4 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA “la mayoría de calles y veredas se observan en buen estado, permitiendo el tránsito sin mayores problemas de los peatones. Aun así, cabe señalar que en ciertos puntos se identifica deterioro del pavimento especialmente en el sector poniente del área de influencia, entre las calles El Salto Chico y Av. Recoleta, debido a que se trata de un sector residencial bastante antiguo, cuyas fachadas también evidencian un notorio estado de deterioro, tal como se ha mencionado en el punto 5.5.1; respecto a las luminarias los entrevistados señalan que se encuentran en buen estado.” (p.53) Junto a esto se debe considerar el proyecto de la Municipalidad y GORE que contempla el mejoramiento del bandejón central de Av. Perú. Por su parte el Titular se hará cargo de mejorar la solera poniente del Proyecto, ensanchando la calzada, implementando baldosa, franja de césped, luminaria, árboles y arbustos. (ver anexo 1 de la Adenda Complementaria). Durante la fase de operación, la administración de los edificios se hará cargo de las áreas verdes y de mantener limpio el frente de la propiedad. Por otro lado, la Municipalidad será la encargada de la mantención de las luminarias.

Respecto a equipamiento infraestructura de equipamiento comunitario, como se indica en el mismo anexo, “se identifica equipamiento comunitario, representado en la presencia de sedes sociales y multicanchas” (p.53). Por su parte, el Proyecto contempla la instalación de áreas verdes para sus residentes, además de equipamiento como gimnasio, salas multiuso, quinchos, piscina, salas de primeros auxilios y lavandería.

175 En el área de influencia se identifican servicios comerciales menores, principalmente establecimientos que permiten el abastecimiento de los residentes. Para una mayor oferta de servicios y compras mayores, deben trasladarse fuera de este sector. Al respecto, la construcción del Proyecto contempla la instalación de 11 locales comerciales que cuentan con acceso independiente y que permitirá proporcionar una mayor cantidad servicios.

El área de influencia presenta disponibilidad acotada de servicios, siendo la mayoría de abastecimiento y comercio. De esta manera, la población del área de influencia se traslada hacia otros puntos de Recoleta, sector oriente o centro de Santiago que se emplaza a pocos minutos, con el fin de acceder a una mayor oferta de servicios bancarios y financieros. Por su parte, el Proyecto contempla la instalación de 11 locales comerciales que cuentan con acceso independiente y que permitirá entregar al sector una mayor cantidad servicios. En conclusión, se descarta que el Proyecto pueda generar impacto significativo según lo establecido en el literal c) del Artículo 7 del RSEIA.

Además, el titular del Proyecto “Edificios Perú Plaza I – II”, se compromete a que en caso que se verifiquen daños a muros y/o panderetas de las casas aledañas atribuibles a las obras del proyecto, realizar las reparaciones que corresponda.

Respecto del punto 2.d) de la observación, la descripción y valoración de los atributos biofísicos del paisaje de la zona de estudio, la ubicación del Proyecto en una zona urbana donde la planificación territorial permite su posicionamiento, el análisis de visibilidad que da cuenta de las relaciones establecidas entre su posicionamiento y los cerros de la zona, así como la visibilidad obtenida desde sectores de permanencia considerados relevantes, son argumentos que permiten señalar que las obras del Proyecto no generarán obstrucciones visuales significativas sobre el elemento o atributo considerado con más valor dentro de este análisis. A su vez, el Proyecto tampoco alterará significativamente atributos del elemento considerado con valor en este estudio ya que se posicionará sobre suelo urbano (plano) donde la planificación territorial lo permite.

Es importante señalar que el proyecto brinda atributos o elementos urbanos propuestos a nivel de calle que posibilitan enriquecer el espacio público hacia Av. Perú y que ayudan a consolidar la imagen urbana que se pretende para el sector. Los edificios se proyectan retranqueados respecto de la línea de edificación relevando los atributos a nivel de calle proyectados a escala humana, como todo el mobiliario público, locales comerciales y arborización urbana, definiendo, en conjunto con el ensanche y bandejón central propuesto por el SECPLA de Recoleta, el nuevo perfil de calle y la imagen urbana del sector, en coherencia a lo que establecen los instrumentos de planificación territorial.

Complementariamente, de acuerdo a lo señalado en la “Guía de evaluación de impacto ambiental – Valor Paisajístico en el SEIA, 2013” los tipos de impacto sobre el valor paisajístico se clasifican en las dos siguientes categorías: • Obstrucción de la visibilidad a una zona con valor paisajístico. • Alteración de los atributos de una zona con valor paisajístico.

Esta clasificación es coherente con lo señalado en el Artículo 11, letra e) de la Ley Nº19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y sus modificaciones, así como en el Artículo 9 del Reglamento del SEIA (D.S. Nº40/12 del MMA), donde señalan, que a objeto de evaluar si el proyecto o actividad, en cualquiera de sus fases, genera o presenta una alteración significativa del valor paisajístico de una zona, se debe considerar la duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico y la duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico: c) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico. d) La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico.

Al respecto, la descripción y valoración de los atributos biofísicos del paisaje de la zona de estudio, la ubicación del Proyecto en una zona urbana donde la planificación territorial permite su posicionamiento, el análisis de visibilidad que da cuenta de las relaciones establecidas entre su posicionamiento y los cerros de la zona, así como la visibilidad obtenida desde sectores de permanencia considerados relevantes, son argumentos que permiten concluir que las obras del Proyecto no generará obstrucciones visuales significativas sobre el elemento o atributo considerado con más valor dentro de este análisis. A su vez, el Proyecto tampoco alterará significativamente 176 atributos del elemento considerado con valor en este estudio ya que se posicionará sobre suelo urbano (plano) donde la planificación territorial lo permite.

El proyecto brinda atributos o elementos urbanos propuestos a nivel de calle que pueden enriquecer el espacio público hacia Av. Perú y que ayudan a consolidar la imagen urbana que se pretende para el sector. Los edificios se proyectan retranqueados respecto de la línea de edificación relevando los atributos a nivel de calle proyectados a escala humana, como todo el mobiliario público, locales comerciales y arborización urbana, definiendo, en conjunto con el ensanche y bandejón central propuesto por el SECPLA de Recoleta, el nuevo perfil de calle y la imagen urbana del sector, en coherencia a lo que establecen los instrumentos de planificación territorial.

Para ver detalles del Estudio de Paisaje, ver Anexo 5.6. de la Adenda Complementaria.

Por lo anterior, es posible señalar que el Proyecto no genera efectos significativos en cuanto a la obstrucción visual ni a la alteración de los atributos de una zona con valor paisajístico.

Por último, se informa que el proyecto cumple con el Instrumento de Planificación (IPT) en términos de la altura, rasantes y sombras proyectadas a los terrenos aledaños al proyecto, así como con lo establecido en el artículo 2.6.11 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (O.G.U.C)

  1. Mónica López Hernández

Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida que reside no sólo en nosotros, reside hace 70 años en los fundadores que optan por vivir de esta manera; protegidos por el Cerro San Cristóbal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa; mirando lo cerros de Huechuraba para saber si va a llover o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago, como un oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

El Artículo 12 bis de la Ley N°19.300, Sobre Bases Generales de Medio Ambiente, estipula que las declaraciones de Impacto Ambiental deben considerar algunas materias, entre las que se encuentra: letra b) Los antecedentes necesarios que justifiquen la inexistencia de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 que pueden dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental.

Se considera que el proyecto no logra justificar a cabalidad lo señalado en el artículo 11 de la Ley N°19.300, detallando a continuación:

a) Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos.

Incremento de residuos generados por los usuarios de los 483 departamentos y del Strip Center. El problema se acentúa, debido a que' la construcción del shaft de basura es convencional y no incorpora la gestión de residuos sólidos, incumpliendo los instrumentos normativos locales como la Política Ambiental de Recoleta y La Ordenanza Ambiental Municipal N°61 con fecha 21/06/2016.

Incremento de emisiones de diversos gases contaminantes generados por fuentes móviles (autos de las personas que habitarán en el edificio). Contribuyendo a la contaminación atmosférica del sector. El proyecto contempla 447 estacionamientos.

Contaminación acústica por fuentes móviles (se considera un flujo mínimo 447 vehículos).

b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

El Proyecto inmobiliario "Edificios Perú Plaza I - II" se encuentra proyectado entre los Cerros San Cristóbal y Cerro Blanco, ambos considerados por la comunidad como áreas de circulación de las aves que habitan en la comuna de Recoleta. 177

Una de las funciones que cumplen los Cerros, Parques y áreas verdes, es permitir el desplazamiento y la colonización de especies, en este caso de la avifauna de la región metropolitana.

La intervención y/o alteración de estas zonas provoca una fragmentación de los hábitats, lo que desencadena una serie de modificaciones en los procesos ecológicos y naturales del ecosistema. Basados en estudios (CENSO DE PÁJAROS EN LA CIUDAD, Juan Luis Véliz, 2015) y trabajos de investigación existen aproximadamente 16 especies de aves que habitan en la comuna de Recoleta y que se desplazan entre las áreas verdes, parques y cerros del territorio. Las aves cumplen un rol ecológico vital en los ecosistemas, actuando como agentes de dispersión de semillas, polinizadores de plantas, controladores biológicos, entre otras.

Dado el incremento del parque inmobiliario en la comuna y la construcción del Proyecto Perú Plaza I y II, la inmobiliaria Latakia S.A; ¿Posee algún estudio que establezca la preservación y conservación de las aves que se desplazan por el corredor biológico del Cerro San Cristóbal y el Cerro Blanco, justificando que la construcción de las 2 torres de 16 pisos no alterará el desplazamiento de las especies?

c) Reasentamiento de las comunidades urbanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

Se considera que el Proyecto Perú Plaza I y II altera la calidad de vida del sector y la Identidad local, la cual se Identifica por ser una población de adultos mayores, tranquila y sin mayor afluencia. La construcción de 2 torres de 16 pisos, con 483 departamentos, genera de forma Instantánea un aumento de la densidad demográfica que satura los bienes y servicios de la comuna y en especial del sector, como el Incremento de residuos, la saturación vehicular, el deterioro de las calles, la pérdida de privacidad, la pérdida de hora/luz y el valor paisajístico. De igual forma se debe sumar, los problemas sociales que conlleva un Street Center, como lo es la Inseguridad y más cuando el proyecto no puede asegurar que las actividades comerciales de los locales sean acorde al modo de vida de nuestro sector.

En base a los antecedentes entregados, la Inmobiliaria Latakia S.A ¿Adquiere como compromiso voluntario la compensación y/o reparación a los vecinos, de los daños en muros y/o panderetas de las casas aledañas al proyecto, los que se podrían generar durante los trabajos de construcción?

d) Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona.

El Proyecto Perú Plaza I y II modifica y afecta la calidad del paisaje dado que la construcción de 2 torres de 16 pisos generará cambios en la visibilidad del paisaje, los que poseen un efecto sobre las personas, catalogados como: - Impactos Directos: Derivados del desarrollo sobre vistas del paisaje, como son la Intrusión o la obstrucción. - La reacción de los observadores que pueden ser afectados por la calidad del fondo escénico. - Impacto sobre la Calidad Visual: Alterando la visibilidad; la calidad paisajística; la calidad visual del entorno Inmediato (500-700 m.); la fragilidad y la frecuentación humana, ya que la población influida Incide de manera directa en la calidad del paisaje.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto 1) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto 178 mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto

Respecto del punto 2.a) de la observación, el titular compromete que los residuos que se generen durante la operación del proyecto serán almacenados por los propietarios en sus departamentos, para luego ser trasladados mediante ductos a las salas de basura del proyecto.

En las salas de basura, los residuos domiciliarios serán almacenados de forma transitoria al interior de contenedores con tapa y bolsas plástica con la finalidad de evitar filtraciones de líquidos percolados y proliferación de vectores de interés sanitario.

Cabe destacar, que los ductos contarán con cierro hermético especial. Además, las terminaciones de los recintos tendrán tolvas lavables y cierre hermético. El ingreso a la sala de basura contará con burlete de goma y control para mosca vinagrera al igual que el ducto de ventilación superior (malla mosquitera).

Finalmente, los contenedores de basura serán retirados por el camión municipal con una frecuencia aproximada de 3 veces por semanas.

En cuanto al Strip Center, cada local será encargado de sacar su basura a la zona de precarguío ubicado en el frente del predio. Luego el camión municipal será el encargado de realizar el retiro.

En la Tabla 96, se presenta la forma en que se dará cumplimiento normativo al manejo de residuos sólidos domiciliarios durante la fase de operación del proyecto:

Tabla 96 Cumplimiento Normativo COMPONENTE/MATERIA: Residuos - No peligrosos (domiciliarios) NORMA Decreto con Fuerza de Ley N° 725/1967 del Ministerio de Salud Pública. Aprobó Código Sanitario (D.O. 31/1/68). Párrafo III, del Título II. De los Desperdicios y Basuras. Otros cuerpos legales No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra o acción a la que aplica Salas de basura, para la fase de operación Forma de cumplimiento Durante la fase de operación los residuos del edificio serán acumulados en salas de basura por un periodo de 3 días y retirados por el servicio municipal de recolección de basura Indicador que acredita su cumplimiento La solicitud y aprobación de los permisos de acumulación de residuos para la fase de 179 operación Forma de control y seguimiento Contar con los permisos y/o autorizaciones correspondientes

Cabe destacar que el Proyecto de basura se encuentra en tramitación por parte de la Autoridad Sanitaria.

Respecto de la Agenda Ambiental planteada en la Política Ambiental Municipal de Recoleta (2014), esta considera objetivos específicos y líneas de acción los que se pueden ver en la siguiente Tabla:

Tabla 97 Agenda Ambiental Recoleta N° Objetivo Específico Líneas de Acción 1 Fortalecer las capacidades municipales para desarrollar una Gestión Ambiental Inscripción y Participación del Sistema de Certificación Ambiental Municipal (SCAM) Elaboración de Ordenanza Ambiental Capacitación a funcionarios municipales en temas ambientales Mejoramiento de la fiscalización ambiental 2 Elevar la calidad ambiental en la comuna Mejorar y fortalecer la fiscalización sanitaria Tenencia responsable de mascotas Gestión sustentable de los residuos sólidos domiciliarios bajo un enfoque de basura cero Consolidar y crear más áreas verdes Recuperación de micro basurales 3 Elevar la conciencia ambiental en la comuna, fortaleciendo la educación para la sustentabilidad Promoción de la Educación Ambiental a nivel comunal Apoyo a la formulación de proyectos ambientales con financiamiento externo 4 Enfrentamiento del cambio climático y descontaminación atmosférica Mitigación: reducción de contaminantes atmosféricos locales y globales Adaptación al cambio climático

De acuerdo a la línea de acción “Gestión sustentable de los residuos sólidos domiciliarios bajo un enfoque de basura cero”, se puede señalar que el Proyecto contempla, a un costado de ambas salas de basura, Closets Ecológicos donde la comunidad podrá separas sus residuos según composición. Además, el reciclaje de estos estará a cargo de la administración con la empresa que estime conveniente.

Para la fase de construcción, se priorizará la segregación de materiales para su posterior reutilización y/o reciclaje al interior de la obra en la medida en que sea posible.

Lo señalado anteriormente aporta a la Política Ambiental de Recoleta, ya que genera una conciencia ambiental en la comunidad y provoca una reducción de los residuos al interior del condominio.

Por otro lado, la Ordenanza Ambiental Municipal N°61 de fecha del 21-06-2016 respecto a residuos sólidos señala lo siguiente:

• Del Manejo de los Residuos Sólidos Urbanos o De acuerdo a la Estrategia de Basura Cero adoptada para el manejo de los residuos sólidos domiciliarios, la Municipalidad de Recoleta desarrollará y promoverá iniciativas en las siguientes líneas de acción.  Separación en el origen y Recolección puerta a puerta de productos reutilizables y materiales reciclables.  Reciclaje de residuos sólidos secos.  Etc. 180 o Queda prohibida la incineración de residuos domiciliarios en el territorio comunal. Asimismo, el Municipio no autorizará en el territorio de su jurisdicción la operación de servicios de recolección de residuos domiciliarios que tengan como destino final de estos la incineración en plantas localizadas fuera de la comuna. o Los residuos domiciliarios no deben incluir materiales tóxicos, corrosivos, peligrosos, etc., los que deben ser manejados y dispuestos según regulaciones específicas. o La comunidad debe adecuarse a la programación municipal para la recolección de los residuos sólidos en cuanto a días, horarios y medios para la prestación de los servicios de recolección. o Los generadores de residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios deberán depositarlos en receptáculos de material lavable con tapa hermética, de material plástico autorizados por el municipio. Los residuos a su vez deben ser depositados en bolsas plásticas de una densidad que asegure la contención de los residuos. o Entre otros.

• Del manejo de disposición final de escombros y materiales similares. o Queda prohibido botar escombros y voluminosos en los Bienes Nacionales de Uso Público. o Se prohíbe arrojar y almacenar basuras, escombros, chatarras o desperdicios de cualquier tipo en terrenos de particulares sin la autorización expresa del propietario del mismo, del Municipio y del Servicio de Salud. o No son asimilables a escombros aquellos residuos de la construcción, tales como restos o envases de plásticos o metálicos de pinturas, solventes, aceites, impermeabilizantes y otros compuestos químicos. Tampoco lo son: papeles, plásticos, cartones, polímeros de aislación, residuos orgánicos, envases de cualquier tipo, todo material factible de ser arrastrado por el viento y el agua, y todo desecho con posibilidad de emitir gases, malos olores, líquidos percolados y otros productos contaminados. Estos elementos deberán ser trasladados obligatoriamente al lugar de disposición final autorizado por el Servicio de Salud, con el propio emisor. o El traslado vía terrestre de escombros, arenas, ripio, tierra, productos de elaboración, maderas y otros desechos asimilables a escombros, que puedan escurrir, caer al suelo o sean factibles de ser esparcidos, sólo podrá hacerse en vehículos especialmente acondicionados para cumplir dicho menester, los que deberán estar provistos de carpas en buen estado u otros elementos protectores. o La carga de escombros y de elementos asimilables a estos, sólo podrá realizarse al interior de las propiedades. En caso de requerid efectuar la carga en la vía pública o en un Bien Nacional de Uso Público diverso, deberá contar con la respectiva autorización municipal por parte de la Dirección de Tránsito y/o de Obras Municipales.

Por lo que, a continuación, se presenta como dará cumplimiento el Proyecto a lo señalado por la Ordenanza Ambiental de Recoleta para cada una de sus fases:

Fase de Operación: • El Proyecto contempla, a un costado de ambas salas de basura, Closets Ecológicos donde la comunidad podrá separas sus residuos según composición. Además, el reciclaje de estos estará a cargo de la administración con la empresa que estime conveniente. • El Proyecto no considera la incineración de los residuos domiciliarios generados en el condominio. • Los residuos que se generen durante la operación del proyecto corresponden principalmente al tipo no peligrosos (domiciliarios), que generarán los usuarios de los departamentos diariamente. • La administración de los edificios se adecuará a la programación municipal para la recolección de los residuos en cuanto a días, horarios y medios para la prestación de los servicios de recolección. • Los residuos serán almacenados por los propietarios en sus departamentos, para luego ser trasladados mediante ductos a las salas de basura del proyecto.

181 Ya en las salas de basura, los residuos domiciliarios serán almacenados de forma transitoria al interior de contenedores con tapa y bolsas plástica con la finalidad de evitar filtraciones de líquidos percolados y proliferación de vectores de interés sanitario.

Cabe destacar, que los ductos contarán con cierro hermético especial. Además, las terminaciones de los recintos tendrán tolvas lavables y cierre hermético. El ingreso a la sala de basura contará con burlete de goma y control para mosca vinagrera al igual que el ducto de ventilación superior (malla mosquitera).

Fase de Construcción: • Los residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios serán almacenados de forma transitoria en contenedores con tapa especialmente destinados para ellos y al interior presentarán bolsas plásticas, para evitar la proliferación de vectores de interés sanitario. • En cuanto a los escombros, cabe señalar que si bien se considera la reutilización de los residuos producidos en obra, el proyecto no contempla la habilitación de un sector de acopio para la fracción valorizable de los residuos. Los excedentes serán llevados a un sitio de disposición final debidamente autorizado. • En ningún caso se botarán escombros en los Bienes Nacionales de Uso Público o en terrenos de particulares. • Los residuos generados por las excavaciones y escarpe serán inmediatamente cargados sobre camiones, para luego ser llevados a sitios de disposición final autorizados. • Los residuos Peligrosos generados por los envases de las sustancias peligrosas a utilizar en obra, no se mezclarán por ningún motivo con los residuos de escombros o inertes, para ello se dispondrán en una bodega especialmente destinada para ellos. Así se evitará que en los sitios de disposición final pudiesen causar detrimento en la calidad de la napa por lixiviación o lavado de suelo en el mismo sitio. Lo señalado anteriormente, se llevará a cabo según lo establecido en el D.S. N°148/03 del MINSAL. • Todos los residuos serán dispuestos en lugares autorizados por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana. Además, en obra se mantendrá un registro de la disposición final de estos residuos generados en la etapa de construcción, el cual será emitido por la empresa encargada de la disposición final cada vez que se genera el traslado de dichos residuos. El encargado de mantener el registro en obra, será designado por el Titular y se encontrará disponible para su revisión cada vez que la Autoridad Ambiental lo solicite. • La obra tendrá un sistema de control de vectores sanitarios a través de una empresa debidamente autorizada y se mantendrá los lugares de trabajo en buenas condiciones de orden y limpieza para evitar o eliminar la presencia de vectores sanitarios, según lo establece el art. 11 del D.S. Nº 594 de 1999, modificado por D.S. Nº 201 de 2001, ambos del MINSAL. • En ninguna circunstancia se incinerarán residuos al interior de la obra. • El transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humedecer la carga en caso de ser necesario. • Finalmente, la carga de escombros y de elementos asimilables, sólo se realizará al interior de la propiedad.

Respecto de las emisiones de gases generados por fuentes móviles (autos de los habitantes de los edificios), se debe destacar que, todos los vehículos motorizados deben contar con su Certificado de Revisión Técnica, el que debe ser renovado anualmente y es requisito para obtener el permiso de circulación en marzo. El objetivo de la revisión técnica de los vehículos es velar por el correcto funcionamiento de sus sistemas de seguridad y emisiones, para así evitar accidentes de tránsitos y contaminación ambiental.

Todo esto de acuerdo al D.S. 156/1990 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, actualizado el 11 de Febrero de 2017, y al D.S. N° 211/1991 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, actualizado el 29 de Septiembre de 2012 y que toma como antecedente el Plan de Prevención y Descontaminación de la Región Metropolitana (PPDA), que a su vez se basa en las normas primarias de la calidad del aire establecidas en base a la salud de la población.

Cuando los vehículos se encuentren en el estacionamiento del proyecto, el motor se encontrará detenido, siendo su funcionamiento y circulación mayor al momento de llegada en la tarde y a primera hora en la mañana para retirarse. En este sentido, el hecho que haya autos estacionados 182 cercano a los deslindes del predio no debiera generar problemas en la salud de los vecinos, ya que corresponde a una situación similar a la que ocurre con los autos estacionados en las calles.

Con respecto a la emisión de ruido asociado a los vehículos particulares que harán uso de los estacionamientos y las personas que habitarán los edificios, es importante tener en cuenta que dichas fuentes de ruido se encuentran dentro de las exclusiones del ámbito de aplicación de la normativa vigente (D.S. N°38/11 del MMA) especificadas en el Artículo 5, ya que corresponden a la actividad propia del uso de viviendas y edificaciones, no atribuibles al proyecto sino más bien a la conducta de sus habitantes. En este sentido, la evaluación ambiental presentada en el Anexo 6 de la Adenda 1 permite garantizar el cumplimiento de la citada normativa durante la fase de operación del proyecto, que en este caso está relacionada con el funcionamiento de equipos tales como grupo electrógeno, calderas, etc.

No obstante lo anterior, de acuerdo con la experiencia del consultor, en condiciones normales las fuentes señaladas no deberían representar inconvenientes para los vecinos ya que son de baja emisión de ruido. De todos modos, a nivel municipal los ruidos molestos de este tipo se encuentran regulados y controlados por carabineros y personal de seguridad de la comuna.

Respecto del punto 2.b) de la observación, en el área de influencia del proyecto, a través de un análisis bibliográfico y la experiencia en terreno en la Tabla 85 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria el titular señala las especies existentes (Ver Tabla 85 Tabla de aves potenciales del área de influencia).

En relación a la consulta se entregan las siguientes consideraciones técnicas en relación a las aves en un terreno urbano: • En los estudios de biodiversidad urbana se reconoce el valor de las aves como indicadores de aspectos importantes de los ecosistemas urbanos como la estructura vegetacional, siendo este el hábitat principal de las aves dentro de las ciudades. • Díaz y Armesto (2003) compararon la composición de avifauna entre la comuna de La Reina y la Reserva Rio Clarillo, concluyendo que la riqueza de aves aumenta cuando aumenta el follaje de los árboles, y a su vez cuando estos son nativos. • Los corredores de desplazamiento de aves urbanas poseen dos componentes principales (1) estructural o física, que se refiere a la disposición espacial de diferentes tipos de hábitats o al orden de los elementos en el paisaje y (2) funcional o de comportamiento, la cual corresponde al comportamiento propio de individuos, de especies o de procesos ecológicos de la estructura física del paisaje. • En estudios con radio trasmisores, realizados en la comuna de Providencia, se determinó que las aves (zorzal) se movilizan por la cuidad en tramos cortos, utilizando como ruta de desplazamiento las arboledas urbanas, lo jardines de casas, las áreas verdes de edificios, donde se detienen por algunos minutos. Prefieren calles con mayor vegetación.

En relación a lo anterior, se debe considerar que el proyecto no afectará sectores que son considerados como áreas de descanso o corredor de desplazamiento de las aves, más bien realizará un refuerzo de estas, a través de la incorporación de áreas verdes y nuevos árboles en las calles, lo que el titular evidencia en la Figura 45 y 46 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria (Ver, Figura 45 Árboles y Áreas Verdes Edificios Perú Plaza I – II; Figura 46 Proyecto de Paisajismo Edificio Perú Plaza I).

Tal como queda establecido, el proyecto incorpora 1.602,27 m2 en el Edificio Perú Plaza I y 1.682,14 m2 en el Edificio Perú Plaza II de nuevas áreas verdes, contemplando la utilización de árboles de gran tamaño.

En el diseño paisajístico urbano se establece que el proyecto como tal no generará una alteración conductual en la migración de las aves del sector, más bien reforzará las vías migratorias, generando nuevos sectores de posaderos y rutas de desplazamiento.

Sobre la avifauna presente en el Parque Metropolitano y El Cerro Blanco, se debe mencionar que ambas unidades no son parte del área de influencia del proyecto, por lo tanto, las partes y obras de este no tendrían una interacción en el componente faunístico que en estos habitan. Para el caso de las rutas migratorias, tal como se menciona anteriormente, el proyecto no generará una interacción negativa, más bien realizará un proyecto de paisajismo que colaborará en el hábitat urbano de estas especies. 183

En relación a las categorías de conservación mencionadas en la consulta, cabe mencionar que las especies mencionadas no se encuentran amenazadas en la actualidad. El carpinterito (Veniliornis lignarius), no ha sido clasificado por el Comité de Clasificación de Especies, tampoco presenta clasificación en el reglamento de la Ley de Caza, por lo tanto no presenta una categoría de conservación. Para el caso de la torcaza (Patagioenas araucana) esta fue clasificada por el comité como en preocupación menor, es decir: “Una especie se considerará "Preocupación Menor" cuando, habiendo sido evaluada, no cumple ninguno de los criterios que definen las categorías de En Peligro Crítico, En Peligro, Vulnerable o Casi Amenazada. Se incluyen en esta categoría especies abundantes y de amplia distribución, y que por lo tanto pueden ser identificadas como de preocupación menor”.

El señala que la afirmación realizada por la ciudadanía en relación a que “existen dos especies en categoría de conservación en la población y que se verá afectado su hábitat con las torres: torcaza chilena y carpinterito”, no es correcta, puesto que no se encontraron especies en categoría de conservación en el área en estudio.

Sobre la información entrega por el titular, respecto de realizar un levantamiento de terreno de la avifauna, dicha solicitud corresponde a la realización de un estudio de línea base de fauna vertebrada terrestre, instrumento técnico que ha sido definido en el artículo 18 inciso e.2. Sin embargo, el Proyecto fue ingresado bajo la forma de Declaración de Impacto Ambiental (DIA), las que no deben incluir o presentar líneas bases de acuerdo a lo establecido en el artículo 19 del Decreto Supremo (DS) 40 de 2013 (Ministerio de Medio Ambiente) el cual aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el que establece que las líneas de base sólo forman parte de los Estudios de Impacto Ambiental (EIA), tal como lo establece el artículo 18 del mismo reglamento.

De la misma forma, el artículo 19 del D.S 40 en su inciso b.1 se establece que dentro de las Declaraciones de Impacto Ambiental, se pueden incluir, en el caso que fuese necesario, antecedentes que justifiquen la inexistencia de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que puedan dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental. Profundizando en lo anterior, en el mismo inciso, en su apartado b.3 el D.S 40 establece lo siguiente: “En casos de corresponder, la ubicación y cuantificación de los recursos naturales renovables a extraer o explotar por el proyecto o actividad para satisfacer sus necesidades”. Por lo tanto, correspondería presentar una caracterización de avifauna solo en el caso que se requiera justificar la inexistencia de las características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300.

En relación a la tabla de especies potenciales de avifauna, se establece que dentro del área de influencia no existe evidencia de especies de avifauna que puedan ser consideradas como recursos escasos, únicos o representativos, cuya afectación puedan generar efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, y que por lo tanto puedan dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental.

En conclusión, no es necesario presentar una caracterización de línea base, toda vez que la bibliografía descarta que existan elementos, asociados a la avifauna, que sean considerados como escasos, únicos o representativos.

De la misma forma, se descarta la existencia de las circunstancias que generen impactos significativos sobre lo indicado en el artículo 6 del RSEIA. Lo anterior, responde a que el área de influencia presentado en proyecto, se desarrolla en su totalidad en la ciudad de Santiago, considerada como la urbe más densificada y urbanizada de Chile. En términos ecológicos, se establece que las ciudades corresponden a una matriz urbana donde se ha realizado un desplazamiento de las condiciones naturales originales, para dar paso a la construcción de una ciudad. Producto de lo anterior, el ensamblaje faunístico del sector permitiría sólo el desarrollo de especies que no son especialistas de hábitat y que por lo tanto, su conservación no se encontraría amenazada en la actualidad, sin ser consideradas como recursos escasos, únicos o representativos.

Respecto del punto 2.c) de la observación, en relación al análisis del Artículo 7, literal d) respecto de la dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo, se informa que la evaluación ambiental del proyecto ha sido realizada en conformidad a la Guía de 184 Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Inmobiliarios que se Desarrollen en Zonas Urbanas (2017), a fin de descartar la presencia de potenciales impactos significativos relacionados al Artículo 7, letra d) del RSEIA.

Los antecedentes presentados en el punto 6.1.1 del Estudio de Medio Humano adjunto en el Anexo 6 de la DIA señalan que, “el sector donde se planea la construcción del Proyecto corresponde a un antiguo estadio deportivo adquirido por el Titular. Cabe señalar que dicho lugar se encontraba en desuso desde el año 2014 y que actualmente el predio está deshabilitado y no se evidencia presencia de residentes permanentes ni intermitentes. Por lo cual en el sitio donde se emplazará el Proyecto no existen grupos humanos ni personas las cuales puedan ser impactadas significativamente ni ser propensas a reasentamiento por parte del Proyecto.”

A partir de los antecedentes presentados se descarta que el Proyecto pueda generar impacto significativo según lo estipulado en el Artículo 7 del RSEIA respecto a reasentamiento de grupos humanos, además de alteración de sistemas de vida, específicamente según el literal d).

Complementariamente, se debe informar que el Plan Regulador Comunal de Recoleta permite tanto el uso de suelo habitacional como el uso de suelo equipamiento comercial en los terrenos que se ejecutará el proyecto. Por ello, la Dirección de Obras Municipales (DOM) ha otorgado válidamente los Permisos de Edificación para ambos edificios. La idea que los locales comerciales sean un aporte positivo al sector en función de los distintos beneficios de la existencia de equipamiento comercial de una escala adecuada para los barrios.

En relación a los otros aspecto de la observación en el punto c) se informa que el Proyecto ofrecerá viviendas cuya superficie irá desde los 36 m2 a 54 m2. Lo anterior determina un valor de venta promedio de 2.770 UF. De esta manera, el perfil del comprador de estas viviendas estaría conformado principalmente por los grupos socioeconómicos medios C2.

• Equipamiento de salud

De acuerdo con los datos de la Encuesta Casen 2015, el acceso a establecimientos de salud de la población de Recoleta se distribuye de la siguiente manera:

Gráfico: Porcentaje de acceso a establecimientos de salud según tipo

A partir del gráfico presentado, se extrae que la mayoría de la población (62,6%) accede a establecimientos de salud público, seguido por atención en consultas y centros médicos privados (22,2%). Este comportamiento difiere del comportamiento de la población del área de influencia, ya que según la información de entrevistados expuesta en el punto 5.5.2 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA “la mayoría de la población se encuentra afiliada al sistema previsional Fonasa y en menor medida a Isapres. Por lo general son los adultos mayores e inmigrantes quienes, por razones económicas, acceden a la red de establecimientos públicos, específicamente al CESFAM Dr. Patricio Hevia (Valdivieso) y CESFAM Recoleta, mientras que la población adulta y jóvenes acceden a centros privados en el sector centro y oriente de la ciudad.” (p. 48)” 185

Considerando el perfil socioeconómico estimado de los futuros residentes del Proyecto, estos contarán mayoritariamente con afiliación a sistema FONASA y en menor medida ISAPRE, accediendo a atención de salud en centros privados, sin recurrir a los centros de salud públicos, específicamente a los CESFAM que corresponden al territorio.

En cuanto a la oferta de centros de salud privados, el área de influencia se encuentra próxima a 5 establecimientos, sin superar los 3,2 km. de distancia.

De esta manera se concluye:

- Según el perfil socioeconómico que se estima corresponderán los futuros residentes del Proyecto, contarán mayoritariamente con sistema de afiliación FONASA, por lo que podrán acceder a establecimientos de salud privados. Respecto a la oferta de equipamiento, a no más de 3,2 kilómetros de distancia respecto al área del Proyecto se encuentran 5 establecimientos cercanos. Lo anterior indica que los habitantes del proyecto inmobiliario no colapsarán el Consultorio Valdivieso (Patricio Hevia).

• Equipamiento educacional

De acuerdo con los datos de la Encuesta Casen 2015, el acceso a establecimientos educacionales de la población de la comuna de Recoleta se divide en la siguiente manera:

Gráfico 10: Comuna de establecimiento educacional al cual accede la población de Recoleta

Como se observa en los datos, un 63% de la población de Recoleta accede a establecimientos educacionales en la misma comuna. En tabla 45 del Anexo PAC del Adenda Complementaria se presenta un listado pormenorizado de los establecimientos educacionales de la comuna.

La mayoría de los establecimientos disponibles en la comuna son de dependencia Particular Subvencionado y existen 1.566 matrículas vacantes.

Respecto a la demanda que generará el Proyecto, se utiliza la información disponible en el proyecto de sala de basura adjunto en el anexo 10 de la DIA, donde se estima que los departamentos de dos o más dormitorios estarían acondicionados para recibir un grupo familiar, por ende, población en edad escolar. Por cada uno de ellos se calcula según el indicador de INE (2010), donde durante el año 2008 cada mujer aportó 1,9 hijos/as en promedio.

186 Se estima que el Proyecto aportaría 648 residentes en edad escolar, de los cuales, considerando la tendencia que demuestra la Encuesta Casen 2015, el 63% accedería a equipamiento educacional de la comuna, es decir 408 estudiantes.

De esta manera se concluye:

- Se estima que el Proyecto aportará 648 residentes en edad escolar, de los cuales 408 buscarán acceder a establecimientos en Recoleta. Como se indica en el punto 5.5.3 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA, en el área de influencia existen cuatro establecimientos educacionales, los cuales cuentan con 155 vacantes según curso de ingreso principal, los que podrían cubrir de manera parcial la demanda que se estima generaría el Proyecto. - En total la comuna cuenta con 1.566 vacantes según curso de ingreso, es decir, permite absorber la demanda que se estima generaría el Proyecto. - La mayoría de los establecimientos disponibles, tanto en el área de influencia como en la comuna, son de dependencia Particular Subvencionada, acorde a la preferencia del perfil socioeconómico (C2) que se estima corresponderá a los ocupantes del Proyecto. Respecto al tema de la basura de los edificios, se aclara que los Edificios Perú Plaza I-II cuentan con su Proyecto de Basura el cual de acuerdo a la normativa deberá estar debidamente aprobado por la Autoridad Sanitaria. Además, cabe destacar, que el retiro de los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios es obligación de la Municipalidad, conforme a la normativa vigente, la cual cobra por este servicio en conjunto con las contribuciones.

En relación al análisis del Artículo 7, literal d) respecto la dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo, se informa que la evaluación ambiental del proyecto ha sido realizada en conformidad a la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Inmobiliarios que se Desarrollen en Zonas Urbanas (2017), a fin de descartar la presencia de potenciales impactos significativos relacionados al Artículo 7, letra d) del RSEIA.

Los antecedentes presentados en el punto 6.1.1 del Estudio de Medio Humano adjunto en el Anexo 6 de la DIA señalan que, “el sector donde se planea la construcción del Proyecto corresponde a un antiguo estadio deportivo adquirido por el Titular. Cabe señalar que dicho lugar se encontraba en desuso desde el año 2014 y que actualmente el predio está deshabilitado y no se evidencia presencia de residentes permanentes ni intermitentes. Por lo cual en el sitio donde se emplazará el Proyecto no existen grupos humanos ni personas las cuales puedan ser impactadas significativamente ni ser propensas a reasentamiento por parte del Proyecto.”

A partir de los antecedentes presentados se descarta que el Proyecto pueda generar impacto significativo según lo estipulado en el Artículo 7 del RSEIA respecto a reasentamiento de grupos humanos, además de alteración de sistemas de vida, específicamente según el literal d).

Respecto del tema de transportes, el área de influencia cuenta con 13 paraderos Transantiago, estando el más cercano a aproximadamente 20 m. de distancia (PB170-Avenida Perú Esq. / Arz. Valdivieso), por donde transitan los recorridos 116 y B15. A aproximadamente a 550 metros en dirección poniente del lugar donde se ubicará el Proyecto, se encuentra Av. Recoleta, la cual presenta una mayor oferta de recorridos de buses.

El área de influencia se encuentra próxima a la estación de Metro Cementerios correspondiente a la Línea 2, emplazada sobre el eje Av. Recoleta, a aproximadamente 465 metros de distancia (15 minutos a pie desde el extremo oriente del área de influencia).

La oferta actual permite cubrir la demanda generada en el área de influencia, ya que a pocos metros cuentan con amplia oferta (buses y Metro) sobre el eje Recoleta.

El Proyecto cuenta con 447 estacionamientos para 483 viviendas, es decir, una proporción de 0,92 estacionamientos/vivienda. Considerando el perfil socioeconómico del público objetivo del Proyecto (C2), sólo un 49% cuenta con vehículo particular, por lo que se estima que alrededor de 237 viviendas requieran de estacionamiento, siendo la demanda menor a la oferta que proporcionará el Proyecto.

187 Respecto del tema de la energía el área de influencia se encuentra cubierta en un 100% por la empresa Enel. Esto se extenderá a la situación del Proyecto. Sanitaria La demanda de servicios sanitarios del área de influencia se encuentra cubierta en un 100% por la empresa Aguas Andinas. Por su parte el Proyecto cuenta con factibilidad sanitaria

En relación a la Infraestructura Básica y Equipamiento Comunitario, tal como se indica en el punto 5.5.4 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA “la mayoría de calles y veredas se observan en buen estado, permitiendo el tránsito sin mayores problemas de los peatones. Aun así, cabe señalar que en ciertos puntos se identifica deterioro del pavimento especialmente en el sector poniente del área de influencia, entre las calles El Salto Chico y Av. Recoleta, debido a que se trata de un sector residencial bastante antiguo, cuyas fachadas también evidencian un notorio estado de deterioro, tal como se ha mencionado en el punto 5.5.1; respecto a las luminarias los entrevistados señalan que se encuentran en buen estado.” (p.53) Junto a esto se debe considerar el proyecto de la Municipalidad y GORE que contempla el mejoramiento del bandejón central de Av. Perú. Por su parte el Titular se hará cargo de mejorar la solera poniente del Proyecto, ensanchando la calzada, implementando baldosa, franja de césped, luminaria, árboles y arbustos. (ver anexo 1 de la Adenda Complementaria). Durante la fase de operación, la administración de los edificios se hará cargo de las áreas verdes y de mantener limpio el frente de la propiedad. Por otro lado, la Municipalidad será la encargada de la mantención de las luminarias.

Respecto a equipamiento infraestructura de equipamiento comunitario, como se indica en el mismo anexo, “se identifica equipamiento comunitario, representado en la presencia de sedes sociales y multicanchas” (p.53). Por su parte, el Proyecto contempla la instalación de áreas verdes para sus residentes, además de equipamiento como gimnasio, salas multiuso, quinchos, piscina, salas de primeros auxilios y lavandería.

En el área de influencia se identifican servicios comerciales menores, principalmente establecimientos que permiten el abastecimiento de los residentes. Para una mayor oferta de servicios y compras mayores, deben trasladarse fuera de este sector. Al respecto, la construcción del Proyecto contempla la instalación de 11 locales comerciales que cuentan con acceso independiente y que permitirá proporcionar una mayor cantidad servicios.

El área de influencia presenta disponibilidad acotada de servicios, siendo la mayoría de abastecimiento y comercio. De esta manera, la población del área de influencia se traslada hacia otros puntos de Recoleta, sector oriente o centro de Santiago que se emplaza a pocos minutos, con el fin de acceder a una mayor oferta de servicios bancarios y financieros. Por su parte, el Proyecto contempla la instalación de 11 locales comerciales que cuentan con acceso independiente y que permitirá entregar al sector una mayor cantidad servicios. En conclusión, se descarta que el Proyecto pueda generar impacto significativo según lo establecido en el literal c) del Artículo 7 del RSEIA.

Además, el titular del Proyecto “Edificios Perú Plaza I – II”, se compromete a que en caso que se verifiquen daños a muros y/o panderetas de las casas aledañas atribuibles a las obras del proyecto, realizar las reparaciones que corresponda.

Respecto del punto 2.d) de la observación, la descripción y valoración de los atributos biofísicos del paisaje de la zona de estudio, la ubicación del Proyecto en una zona urbana donde la planificación territorial permite su posicionamiento, el análisis de visibilidad que da cuenta de las relaciones establecidas entre su posicionamiento y los cerros de la zona, así como la visibilidad obtenida desde sectores de permanencia considerados relevantes, son argumentos que permiten señalar que las obras del Proyecto no generarán obstrucciones visuales significativas sobre el elemento o atributo considerado con más valor dentro de este análisis. A su vez, el Proyecto tampoco alterará significativamente atributos del elemento considerado con valor en este estudio ya que se posicionará sobre suelo urbano (plano) donde la planificación territorial lo permite.

Es importante señalar que el proyecto brinda atributos o elementos urbanos propuestos a nivel de calle que posibilitan enriquecer el espacio público hacia Av. Perú y que ayudan a consolidar la imagen urbana que se pretende para el sector. Los edificios se proyectan retranqueados respecto de la línea de edificación relevando los atributos a nivel de calle proyectados a escala humana, como todo el mobiliario público, locales comerciales y arborización urbana, definiendo, en conjunto con el ensanche y bandejón central propuesto por el SECPLA de Recoleta, el nuevo perfil de calle y la 188 imagen urbana del sector, en coherencia a lo que establecen los instrumentos de planificación territorial.

Complementariamente, de acuerdo a lo señalado en la “Guía de evaluación de impacto ambiental – Valor Paisajístico en el SEIA, 2013” los tipos de impacto sobre el valor paisajístico se clasifican en las dos siguientes categorías: • Obstrucción de la visibilidad a una zona con valor paisajístico. • Alteración de los atributos de una zona con valor paisajístico.

Esta clasificación es coherente con lo señalado en el Artículo 11, letra e) de la Ley Nº19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y sus modificaciones, así como en el Artículo 9 del Reglamento del SEIA (D.S. Nº40/12 del MMA), donde señalan, que a objeto de evaluar si el proyecto o actividad, en cualquiera de sus fases, genera o presenta una alteración significativa del valor paisajístico de una zona, se debe considerar la duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico y la duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico: e) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico. f) La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico.

Al respecto, la descripción y valoración de los atributos biofísicos del paisaje de la zona de estudio, la ubicación del Proyecto en una zona urbana donde la planificación territorial permite su posicionamiento, el análisis de visibilidad que da cuenta de las relaciones establecidas entre su posicionamiento y los cerros de la zona, así como la visibilidad obtenida desde sectores de permanencia considerados relevantes, son argumentos que permiten concluir que las obras del Proyecto no generará obstrucciones visuales significativas sobre el elemento o atributo considerado con más valor dentro de este análisis. A su vez, el Proyecto tampoco alterará significativamente atributos del elemento considerado con valor en este estudio ya que se posicionará sobre suelo urbano (plano) donde la planificación territorial lo permite.

El proyecto brinda atributos o elementos urbanos propuestos a nivel de calle que pueden enriquecer el espacio público hacia Av. Perú y que ayudan a consolidar la imagen urbana que se pretende para el sector. Los edificios se proyectan retranqueados respecto de la línea de edificación relevando los atributos a nivel de calle proyectados a escala humana, como todo el mobiliario público, locales comerciales y arborización urbana, definiendo, en conjunto con el ensanche y bandejón central propuesto por el SECPLA de Recoleta, el nuevo perfil de calle y la imagen urbana del sector, en coherencia a lo que establecen los instrumentos de planificación territorial.

Para ver detalles del Estudio de Paisaje, ver Anexo 5.6. de la Adenda Complementaria.

Por lo anterior, es posible señalar que el Proyecto no genera efectos significativos en cuanto a la obstrucción visual ni a la alteración de los atributos de una zona con valor paisajístico.

Por último, se informa que el proyecto cumple con el Instrumento de Planificación (IPT) en términos de la altura, rasantes y sombras proyectadas a los terrenos aledaños al proyecto, así como con lo establecido en el artículo 2.6.11 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (O.G.U.C).

  1. Génesis Carmona López

  2. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida que reside no sólo en nosotros, reside hace 70 años en los fundadores que optan por vivir de esta manera; protegidos por el Cerro San Cristóbal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa; mirando lo cerros de Huechuraba para saber si va a llover o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago, como un oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

  3. Observaciones componentes ambiental proyecto Perú Plaza I-II

189 El artículo 12 bis de la ley 19.300, sobre las Bases Generales de Medio Ambiente, estipulan que las Declaraciones de Impacto Ambiental deben considerar algunas materias entre las que se encuentra: letra b) los antecedentes necesarios que justifiquen la inexistencia de los efectos, características o circunstancias del artículo 11 que pueden dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental.

Se considera que el proyecto no logra justificar a cabalidad lo señalado en el artículo 11 de la Ley 19.300, detallando a continuación:

a) Riesgo a la salud de la población debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos. - Incremento de los residuos provocados por los usuarios de 483 departamentos y el Strip Center. El problema se acentúa debido a que la construcción de un shaft es convencional y no incorpora la gestión de residuos sólidos, incumpliendo los instrumentos de las normativas locales de la política ambiental de Recoleta y la Ordenanza Ambiental Municipal nº61 con de fecha del 21-06-2016. - Incremento de emisiones de diversos gases contaminantes generados por fuentes móviles (autos de las personas que habitarán en el edificio). Contribuyendo a la contaminación atmosférica del sector. El proyecto contempla 447 estacionamientos. - Contaminación acústica

b) Efectos adversos y significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos suelo, agua y aire. El proyecto inmobiliario “Perú Plaza I-II” se encuentra proyectado entre los cerros San Cristóbal y Cerro Blanco, ambos considerados por la comuna como área de circulación de aves que habitan en la comuna de Recoleta.

Unas de las funciones que cumplen los cerros, parques y área verdes es permitir el desplazamiento y la colonización de especies, en este caso de la avifauna de la Región Metropolitana.

La intervención o alteración de esa zona provoca una fragmentación de los hábitats, lo que desencadena una serie de procesos ecológico y del ecosistema. Basados en estudios (Censo de Pájaros en la Ciudad, Juan Luis Veliz, 2015) y trabajos de investigación, existen aproximadamente 16 especies de aves que habitan en la comuna de Recoleta y que se desplazan en las áreas verdes, cerros y territorio. Las aves cumplen un rol vital en el ecosistema, actuando como agente de dispersor de semillas, polinizadores de platas, controladores biológicos, entre otros

Dado el incremento inmobiliario de la comuna, y la construcción del proyecto Perú Plaza I- II, de la inmobiliaria LATAKIA S.A.; ¿posee algún estudio que establezca la preservación y conservación de las aves que se desplazan por el corredor biológico de los cerros San Cristóbal y Blanco, justificando que la construcción de las 2 torres de 16 pisos de altura no alterará el desplazamiento de las especies?

c) Reasentamiento de las comunidades urbanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. Se considera que el Proyecto Perú Plaza I y II altera la calidad de vida del sector y la Identidad local, la cual se Identifica por ser una población de adultos mayores, tranquila y sin mayor afluencia. La construcción de 2 torres de 16 pisos, con 483 departamentos, genera de forma Instantánea un aumento de la densidad demográfica que satura los bienes y servicios de la comuna y en especial del sector, como el Incremento de residuos, la saturación vehicular, el deterioro de las calles, la pérdida de privacidad, la pérdida de hora/luz y el valor paisajístico. De igual forma se debe sumar, los problemas sociales que conlleva un Street Center, como lo es la Inseguridad y más cuando el proyecto no puede asegurar que las actividades comerciales de los locales sean acorde al modo de vida de nuestro sector.

En base a los antecedentes entregados, la Inmobiliaria Latakia S.A ¿Adquiere como compromiso voluntario la compensación y/o reparación a los vecinos, de los daños en muros y/o panderetas de las casas aledañas al proyecto, los que se podrían generar durante los trabajos de construcción? 190

d) Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona. El Proyecto Perú Plaza I y II modifica y afecta la calidad del paisaje dado que la construcción de 2 torres de 16 pisos generará cambios en la visibilidad del paisaje, los que poseen un efecto sobre las personas, catalogados como: - Impactos Directos: Derivados del desarrollo sobre vistas del paisaje, como son la Intrusión o la obstrucción. - La reacción de los observadores que pueden ser afectados por la calidad del fondo escénico. - Impacto sobre la Calidad Visual: Alterando la visibilidad; la calidad paisajística; la calidad visual del entorno Inmediato (500-700 m.); la fragilidad y la frecuentación humana, ya que la población influida Incide de manera directa en la calidad del paisaje.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto 1) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto

Respecto del punto 2.a) de la observación, el titular compromete que los residuos que se generen durante la operación del proyecto serán almacenados por los propietarios en sus departamentos, para luego ser trasladados mediante ductos a las salas de basura del proyecto.

En las salas de basura, los residuos domiciliarios serán almacenados de forma transitoria al interior de contenedores con tapa y bolsas plástica con la finalidad de evitar filtraciones de líquidos percolados y proliferación de vectores de interés sanitario.

Cabe destacar, que los ductos contarán con cierro hermético especial. Además, las terminaciones de los recintos tendrán tolvas lavables y cierre hermético. El ingreso a la sala de basura contará con burlete de goma y control para mosca vinagrera al igual que el ducto de ventilación superior (malla mosquitera).

Finalmente, los contenedores de basura serán retirados por el camión municipal con una frecuencia aproximada de 3 veces por semanas.

En cuanto al Strip Center, cada local será encargado de sacar su basura a la zona de precarguío ubicado en el frente del predio. Luego el camión municipal será el encargado de realizar el retiro.

191 En la Tabla 96, se presenta la forma en que se dará cumplimiento normativo al manejo de residuos sólidos domiciliarios durante la fase de operación del proyecto:

Tabla 96 Cumplimiento Normativo COMPONENTE/MATERIA: Residuos - No peligrosos (domiciliarios) NORMA Decreto con Fuerza de Ley N° 725/1967 del Ministerio de Salud Pública. Aprobó Código Sanitario (D.O. 31/1/68). Párrafo III, del Título II. De los Desperdicios y Basuras. Otros cuerpos legales No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra o acción a la que aplica Salas de basura, para la fase de operación Forma de cumplimiento Durante la fase de operación los residuos del edificio serán acumulados en salas de basura por un periodo de 3 días y retirados por el servicio municipal de recolección de basura Indicador que acredita su cumplimiento La solicitud y aprobación de los permisos de acumulación de residuos para la fase de operación Forma de control y seguimiento Contar con los permisos y/o autorizaciones correspondientes

Cabe destacar que el Proyecto de basura se encuentra en tramitación por parte de la Autoridad Sanitaria.

Respecto de la Agenda Ambiental planteada en la Política Ambiental Municipal de Recoleta (2014), esta considera objetivos específicos y líneas de acción los que se pueden ver en la siguiente Tabla:

Tabla 97 Agenda Ambiental Recoleta N° Objetivo Específico Líneas de Acción 1 Fortalecer las capacidades municipales para desarrollar una Gestión Ambiental Inscripción y Participación del Sistema de Certificación Ambiental Municipal (SCAM) Elaboración de Ordenanza Ambiental Capacitación a funcionarios municipales en temas ambientales Mejoramiento de la fiscalización ambiental 2 Elevar la calidad ambiental en la comuna Mejorar y fortalecer la fiscalización sanitaria Tenencia responsable de mascotas Gestión sustentable de los residuos sólidos domiciliarios bajo un enfoque de basura cero Consolidar y crear más áreas verdes Recuperación de micro basurales 3 Elevar la conciencia ambiental en la comuna, fortaleciendo la educación para la sustentabilidad Promoción de la Educación Ambiental a nivel comunal Apoyo a la formulación de proyectos ambientales con financiamiento externo 4 Enfrentamiento del cambio climático y descontaminación atmosférica Mitigación: reducción de contaminantes atmosféricos locales y globales Adaptación al cambio climático

192 De acuerdo a la línea de acción “Gestión sustentable de los residuos sólidos domiciliarios bajo un enfoque de basura cero”, se puede señalar que el Proyecto contempla, a un costado de ambas salas de basura, Closets Ecológicos donde la comunidad podrá separas sus residuos según composición. Además, el reciclaje de estos estará a cargo de la administración con la empresa que estime conveniente.

Para la fase de construcción, se priorizará la segregación de materiales para su posterior reutilización y/o reciclaje al interior de la obra en la medida en que sea posible.

Lo señalado anteriormente aporta a la Política Ambiental de Recoleta, ya que genera una conciencia ambiental en la comunidad y provoca una reducción de los residuos al interior del condominio.

Por otro lado, la Ordenanza Ambiental Municipal N°61 de fecha del 21-06-2016 respecto a residuos sólidos señala lo siguiente:

• Del Manejo de los Residuos Sólidos Urbanos o De acuerdo a la Estrategia de Basura Cero adoptada para el manejo de los residuos sólidos domiciliarios, la Municipalidad de Recoleta desarrollará y promoverá iniciativas en las siguientes líneas de acción.  Separación en el origen y Recolección puerta a puerta de productos reutilizables y materiales reciclables.  Reciclaje de residuos sólidos secos.  Etc. o Queda prohibida la incineración de residuos domiciliarios en el territorio comunal. Asimismo, el Municipio no autorizará en el territorio de su jurisdicción la operación de servicios de recolección de residuos domiciliarios que tengan como destino final de estos la incineración en plantas localizadas fuera de la comuna. o Los residuos domiciliarios no deben incluir materiales tóxicos, corrosivos, peligrosos, etc., los que deben ser manejados y dispuestos según regulaciones específicas. o La comunidad debe adecuarse a la programación municipal para la recolección de los residuos sólidos en cuanto a días, horarios y medios para la prestación de los servicios de recolección. o Los generadores de residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios deberán depositarlos en receptáculos de material lavable con tapa hermética, de material plástico autorizados por el municipio. Los residuos a su vez deben ser depositados en bolsas plásticas de una densidad que asegure la contención de los residuos. o Entre otros.

• Del manejo de disposición final de escombros y materiales similares. o Queda prohibido botar escombros y voluminosos en los Bienes Nacionales de Uso Público. o Se prohíbe arrojar y almacenar basuras, escombros, chatarras o desperdicios de cualquier tipo en terrenos de particulares sin la autorización expresa del propietario del mismo, del Municipio y del Servicio de Salud. o No son asimilables a escombros aquellos residuos de la construcción, tales como restos o envases de plásticos o metálicos de pinturas, solventes, aceites, impermeabilizantes y otros compuestos químicos. Tampoco lo son: papeles, plásticos, cartones, polímeros de aislación, residuos orgánicos, envases de cualquier tipo, todo material factible de ser arrastrado por el viento y el agua, y todo desecho con posibilidad de emitir gases, malos olores, líquidos percolados y otros productos contaminados. Estos elementos deberán ser trasladados obligatoriamente al lugar de disposición final autorizado por el Servicio de Salud, con el propio emisor. o El traslado vía terrestre de escombros, arenas, ripio, tierra, productos de elaboración, maderas y otros desechos asimilables a escombros, que puedan escurrir, caer al suelo o sean factibles de ser esparcidos, sólo podrá hacerse en vehículos especialmente acondicionados para cumplir dicho menester, los que deberán estar provistos de carpas en buen estado u otros elementos protectores. o La carga de escombros y de elementos asimilables a estos, sólo podrá realizarse al interior de las propiedades. En caso de requerid efectuar la carga en la vía pública o 193 en un Bien Nacional de Uso Público diverso, deberá contar con la respectiva autorización municipal por parte de la Dirección de Tránsito y/o de Obras Municipales.

Por lo que, a continuación, se presenta como dará cumplimiento el Proyecto a lo señalado por la Ordenanza Ambiental de Recoleta para cada una de sus fases:

Fase de Operación: • El Proyecto contempla, a un costado de ambas salas de basura, Closets Ecológicos donde la comunidad podrá separas sus residuos según composición. Además, el reciclaje de estos estará a cargo de la administración con la empresa que estime conveniente. • El Proyecto no considera la incineración de los residuos domiciliarios generados en el condominio. • Los residuos que se generen durante la operación del proyecto corresponden principalmente al tipo no peligrosos (domiciliarios), que generarán los usuarios de los departamentos diariamente. • La administración de los edificios se adecuará a la programación municipal para la recolección de los residuos en cuanto a días, horarios y medios para la prestación de los servicios de recolección. • Los residuos serán almacenados por los propietarios en sus departamentos, para luego ser trasladados mediante ductos a las salas de basura del proyecto.

Ya en las salas de basura, los residuos domiciliarios serán almacenados de forma transitoria al interior de contenedores con tapa y bolsas plástica con la finalidad de evitar filtraciones de líquidos percolados y proliferación de vectores de interés sanitario.

Cabe destacar, que los ductos contarán con cierro hermético especial. Además, las terminaciones de los recintos tendrán tolvas lavables y cierre hermético. El ingreso a la sala de basura contará con burlete de goma y control para mosca vinagrera al igual que el ducto de ventilación superior (malla mosquitera).

Fase de Construcción: • Los residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios serán almacenados de forma transitoria en contenedores con tapa especialmente destinados para ellos y al interior presentarán bolsas plásticas, para evitar la proliferación de vectores de interés sanitario. • En cuanto a los escombros, cabe señalar que si bien se considera la reutilización de los residuos producidos en obra, el proyecto no contempla la habilitación de un sector de acopio para la fracción valorizable de los residuos. Los excedentes serán llevados a un sitio de disposición final debidamente autorizado. • En ningún caso se botarán escombros en los Bienes Nacionales de Uso Público o en terrenos de particulares. • Los residuos generados por la excavaciones y escarpe serán inmediatamente cargados sobre camiones, para luego ser llevados a sitios de disposición final autorizados. • Los residuos Peligrosos generados por los envases de las sustancias peligrosas a utilizar en obra, no se mezclarán por ningún motivo con los residuos de escombros o inertes, para ello se dispondrán en una bodega especialmente destinada para ellos. Así se evitará que en los sitios de disposición final pudiesen causar detrimento en la calidad de la napa por lixiviación o lavado de suelo en el mismo sitio. Lo señalado anteriormente, se llevará a cabo según lo establecido en el D.S. N°148/03 del MINSAL. • Todos los residuos serán dispuestos en lugares autorizados por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana. Además, en obra se mantendrá un registro de la disposición final de estos residuos generados en la etapa de construcción, el cual será emitido por la empresa encargada de la disposición final cada vez que se genera el traslado de dichos residuos. El encargado de mantener el registro en obra, será designado por el Titular y se encontrará disponible para su revisión cada vez que la Autoridad Ambiental lo solicite. • La obra tendrá un sistema de control de vectores sanitarios a través de una empresa debidamente autorizada y se mantendrá los lugares de trabajo en buenas condiciones de orden y limpieza para evitar o eliminar la presencia de vectores sanitarios, según lo establece el art. 11 del D.S. Nº 594 de 1999, modificado por D.S. Nº 201 de 2001, ambos del MINSAL. • En ninguna circunstancia se incinerarán residuos al interior de la obra. 194 • El transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humedecer la carga en caso de ser necesario. • Finalmente, la carga de escombros y de elementos asimilables, sólo se realizará al interior de la propiedad.

Respecto de las emisiones de gases generados por fuentes móviles (autos de los habitantes de los edificios), se debe destacar que, todos los vehículos motorizados deben contar con su Certificado de Revisión Técnica, el que debe ser renovado anualmente y es requisito para obtener el permiso de circulación en marzo. El objetivo de la revisión técnica de los vehículos es velar por el correcto funcionamiento de sus sistemas de seguridad y emisiones, para así evitar accidentes de tránsitos y contaminación ambiental.

Todo esto de acuerdo al D.S. 156/1990 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, actualizado el 11 de Febrero de 2017, y al D.S. N° 211/1991 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, actualizado el 29 de Septiembre de 2012 y que toma como antecedente el Plan de Prevención y Descontaminación de la Región Metropolitana (PPDA), que a su vez se basa en las normas primarias de la calidad del aire establecidas en base a la salud de la población.

Cuando los vehículos se encuentren en el estacionamiento del proyecto, el motor se encontrará detenido, siendo su funcionamiento y circulación mayor al momento de llegada en la tarde y a primera hora en la mañana para retirarse. En este sentido, el hecho que haya autos estacionados cercano a los deslindes del predio no debiera generar problemas en la salud de los vecinos, ya que corresponde a una situación similar a la que ocurre con los autos estacionados en las calles.

Con respecto a la emisión de ruido asociado a los vehículos particulares que harán uso de los estacionamientos y las personas que habitarán los edificios, es importante tener en cuenta que dichas fuentes de ruido se encuentran dentro de las exclusiones del ámbito de aplicación de la normativa vigente (D.S. N°38/11 del MMA) especificadas en el Artículo 5, ya que corresponden a la actividad propia del uso de viviendas y edificaciones, no atribuibles al proyecto sino más bien a la conducta de sus habitantes. En este sentido, la evaluación ambiental presentada en el Anexo 6 de la Adenda 1 permite garantizar el cumplimiento de la citada normativa durante la fase de operación del proyecto, que en este caso está relacionada con el funcionamiento de equipos tales como grupo electrógeno, calderas, etc.

No obstante lo anterior, de acuerdo con la experiencia del consultor, en condiciones normales las fuentes señaladas no deberían representar inconvenientes para los vecinos ya que son de baja emisión de ruido. De todos modos, a nivel municipal los ruidos molestos de este tipo se encuentran regulados y controlados por carabineros y personal de seguridad de la comuna.

Respecto del punto 2.b) de la observación, en el área de influencia del proyecto, a través de un análisis bibliográfico y la experiencia en terreno en la Tabla 85 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria el titular señala las especies existentes (Ver Tabla 85 Tabla de aves potenciales del área de influencia).

En relación a la consulta se entregan las siguientes consideraciones técnicas en relación a las aves en un terreno urbano: • En los estudios de biodiversidad urbana se reconoce el valor de las aves como indicadores de aspectos importantes de los ecosistemas urbanos como la estructura vegetacional, siendo este el hábitat principal de las aves dentro de las ciudades. • Díaz y Armesto (2003) compararon la composición de avifauna entre la comuna de La Reina y la Reserva Rio Clarillo, concluyendo que la riqueza de aves aumenta cuando aumenta el follaje de los árboles, y a su vez cuando estos son nativos. • Los corredores de desplazamiento de aves urbanas poseen dos componentes principales (1) estructural o física, que se refiere a la disposición espacial de diferentes tipos de hábitats o al orden de los elementos en el paisaje y (2) funcional o de comportamiento, la cual corresponde al comportamiento propio de individuos, de especies o de procesos ecológicos de la estructura física del paisaje. • En estudios con radio trasmisores, realizados en la comuna de Providencia, se determinó que las aves (zorzal) se movilizan por la cuidad en tramos cortos, utilizando como ruta de desplazamiento las arboledas urbanas, lo jardines de casas, las áreas verdes de edificios, donde se detienen por algunos minutos. Prefieren calles con mayor vegetación. 195

En relación a lo anterior, se debe considerar que el proyecto no afectará sectores que son considerados como áreas de descanso o corredor de desplazamiento de las aves, más bien realizará un refuerzo de estas, a través de la incorporación de áreas verdes y nuevos árboles en las calles, lo que el titular evidencia en la Figura 45 y 46 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria (Ver, Figura 45 Árboles y Áreas Verdes Edificios Perú Plaza I – II; Figura 46 Proyecto de Paisajismo Edificio Perú Plaza I).

Tal como queda establecido, el proyecto incorpora 1.602,27 m2 en el Edificio Perú Plaza I y 1.682,14 m2 en el Edificio Perú Plaza II de nuevas áreas verdes, contemplando la utilización de árboles de gran tamaño.

En el diseño paisajístico urbano se establece que el proyecto como tal no generará una alteración conductual en la migración de las aves del sector, más bien reforzará las vías migratorias, generando nuevos sectores de posaderos y rutas de desplazamiento.

Sobre la avifauna presente en el Parque Metropolitano y El Cerro Blanco, se debe mencionar que ambas unidades no son parte del área de influencia del proyecto, por lo tanto, las partes y obras de este no tendrían una interacción en el componente faunístico que en estos habitan. Para el caso de las rutas migratorias, tal como se menciona anteriormente, el proyecto no generará una interacción negativa, más bien realizará un proyecto de paisajismo que colaborará en el hábitat urbano de estas especies.

En relación a las categorías de conservación mencionadas en la consulta, cabe mencionar que las especies mencionadas no se encuentran amenazadas en la actualidad. El carpinterito (Veniliornis lignarius), no ha sido clasificado por el Comité de Clasificación de Especies, tampoco presenta clasificación en el reglamento de la Ley de Caza, por lo tanto no presenta una categoría de conservación. Para el caso de la torcaza (Patagioenas araucana) esta fue clasificada por el comité como en preocupación menor, es decir: “Una especie se considerará "Preocupación Menor" cuando, habiendo sido evaluada, no cumple ninguno de los criterios que definen las categorías de En Peligro Crítico, En Peligro, Vulnerable o Casi Amenazada. Se incluyen en esta categoría especies abundantes y de amplia distribución, y que por lo tanto pueden ser identificadas como de preocupación menor”.

El señala que la afirmación realizada por la ciudadanía en relación a que “existen dos especies en categoría de conservación en la población y que se verá afectado su hábitat con las torres: torcaza chilena y carpinterito”, no es correcta, puesto que no se encontraron especies en categoría de conservación en el área en estudio.

Sobre la información entrega por el titular, respecto de realizar un levantamiento de terreno de la avifauna, dicha solicitud corresponde a la realización de un estudio de línea base de fauna vertebrada terrestre, instrumento técnico que ha sido definido en el artículo 18 inciso e.2. Sin embargo, el Proyecto fue ingresado bajo la forma de Declaración de Impacto Ambiental (DIA), las que no deben incluir o presentar líneas bases de acuerdo a lo establecido en el artículo 19 del Decreto Supremo (DS) 40 de 2013 (Ministerio de Medio Ambiente) el cual aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el que establece que las líneas de base sólo forman parte de los Estudios de Impacto Ambiental (EIA), tal como lo establece el artículo 18 del mismo reglamento.

De la misma forma, el artículo 19 del D.S 40 en su inciso b.1 se establece que dentro de las Declaraciones de Impacto Ambiental, se pueden incluir, en el caso que fuese necesario, antecedentes que justifiquen la inexistencia de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que puedan dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental. Profundizando en lo anterior, en el mismo inciso, en su apartado b.3 el D.S 40 establece lo siguiente: “En casos de corresponder, la ubicación y cuantificación de los recursos naturales renovables a extraer o explotar por el proyecto o actividad para satisfacer sus necesidades”. Por lo tanto, correspondería presentar una caracterización de avifauna solo en el caso que se requiera justificar la inexistencia de las características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300.

En relación a la tabla de especies potenciales de avifauna, se establece que dentro del área de influencia no existe evidencia de especies de avifauna que puedan ser consideradas como recursos 196 escasos, únicos o representativos, cuya afectación puedan generar efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, y que por lo tanto puedan dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental.

En conclusión, no es necesario presentar una caracterización de línea base, toda vez que la bibliografía descarta que existan elementos, asociados a la avifauna, que sean considerados como escasos, únicos o representativos.

De la misma forma, se descarta la existencia de las circunstancias que generen impactos significativos sobre lo indicado en el artículo 6 del RSEIA. Lo anterior, responde a que el área de influencia presentado en proyecto, se desarrolla en su totalidad en la ciudad de Santiago, considerada como la urbe más densificada y urbanizada de Chile. En términos ecológicos, se establece que las ciudades corresponden a una matriz urbana donde se ha realizado un desplazamiento de las condiciones naturales originales, para dar paso a la construcción de una ciudad. Producto de lo anterior, el ensamblaje faunístico del sector permitiría sólo el desarrollo de especies que no son especialistas de hábitat y que por lo tanto, su conservación no se encontraría amenazada en la actualidad, sin ser consideradas como recursos escasos, únicos o representativos.

Respecto del punto 2.c) de la observación, en relación al análisis del Artículo 7, literal d) respecto de la dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo, se informa que la evaluación ambiental del proyecto ha sido realizada en conformidad a la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Inmobiliarios que se Desarrollen en Zonas Urbanas (2017), a fin de descartar la presencia de potenciales impactos significativos relacionados al Artículo 7, letra d) del RSEIA.

Los antecedentes presentados en el punto 6.1.1 del Estudio de Medio Humano adjunto en el Anexo 6 de la DIA señalan que, “el sector donde se planea la construcción del Proyecto corresponde a un antiguo estadio deportivo adquirido por el Titular. Cabe señalar que dicho lugar se encontraba en desuso desde el año 2014 y que actualmente el predio está deshabilitado y no se evidencia presencia de residentes permanentes ni intermitentes. Por lo cual en el sitio donde se emplazará el Proyecto no existen grupos humanos ni personas las cuales puedan ser impactadas significativamente ni ser propensas a reasentamiento por parte del Proyecto.”

A partir de los antecedentes presentados se descarta que el Proyecto pueda generar impacto significativo según lo estipulado en el Artículo 7 del RSEIA respecto a reasentamiento de grupos humanos, además de alteración de sistemas de vida, específicamente según el literal d).

Complementariamente, se debe informar que el Plan Regulador Comunal de Recoleta permite tanto el uso de suelo habitacional como el uso de suelo equipamiento comercial en los terrenos que se ejecutará el proyecto. Por ello, la Dirección de Obras Municipales (DOM) ha otorgado válidamente los Permisos de Edificación para ambos edificios. La idea que los locales comerciales sean un aporte positivo al sector en función de los distintos beneficios de la existencia de equipamiento comercial de una escala adecuada para los barrios.

En relación a los otros aspecto de la observación en el punto c) se informa que el Proyecto ofrecerá viviendas cuya superficie irá desde los 36 m2 a 54 m2. Lo anterior determina un valor de venta promedio de 2.770 UF. De esta manera, el perfil del comprador de estas viviendas estaría conformado principalmente por los grupos socioeconómicos medios C2.

• Equipamiento de salud

De acuerdo con los datos de la Encuesta Casen 2015, el acceso a establecimientos de salud de la población de Recoleta se distribuye de la siguiente manera:

Gráfico: Porcentaje de acceso a establecimientos de salud según tipo 197

A partir del gráfico presentado, se extrae que la mayoría de la población (62,6%) accede a establecimientos de salud público, seguido por atención en consultas y centros médicos privados (22,2%). Este comportamiento difiere del comportamiento de la población del área de influencia, ya que según la información de entrevistados expuesta en el punto 5.5.2 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA “la mayoría de la población se encuentra afiliada al sistema previsional Fonasa y en menor medida a Isapres. Por lo general son los adultos mayores e inmigrantes quienes, por razones económicas, acceden a la red de establecimientos públicos, específicamente al CESFAM Dr. Patricio Hevia (Valdivieso) y CESFAM Recoleta, mientras que la población adulta y jóvenes acceden a centros privados en el sector centro y oriente de la ciudad.” (p. 48)”

Considerando el perfil socioeconómico estimado de los futuros residentes del Proyecto, estos contarán mayoritariamente con afiliación a sistema FONASA y en menor medida ISAPRE, accediendo a atención de salud en centros privados, sin recurrir a los centros de salud públicos, específicamente a los CESFAM que corresponden al territorio.

En cuanto a la oferta de centros de salud privados, el área de influencia se encuentra próxima a 5 establecimientos, sin superar los 3,2 km. de distancia.

De esta manera se concluye:

- Según el perfil socioeconómico que se estima corresponderán los futuros residentes del Proyecto, contarán mayoritariamente con sistema de afiliación FONASA, por lo que podrán acceder a establecimientos de salud privados. Respecto a la oferta de equipamiento, a no más de 3,2 kilómetros de distancia respecto al área del Proyecto se encuentran 5 establecimientos cercanos. Lo anterior indica que los habitantes del proyecto inmobiliario no colapsarán el Consultorio Valdivieso (Patricio Hevia).

• Equipamiento educacional

De acuerdo con los datos de la Encuesta Casen 2015, el acceso a establecimientos educacionales de la población de la comuna de Recoleta se divide en la siguiente manera:

Gráfico 10: Comuna de establecimiento educacional al cual accede la población de Recoleta

198

Como se observa en los datos, un 63% de la población de Recoleta accede a establecimientos educacionales en la misma comuna. En tabla 45 del Anexo PAC del Adenda Complementaria se presenta un listado pormenorizado de los establecimientos educacionales de la comuna.

La mayoría de los establecimientos disponibles en la comuna son de dependencia Particular Subvencionado y existen 1.566 matrículas vacantes.

Respecto a la demanda que generará el Proyecto, se utiliza la información disponible en el proyecto de sala de basura adjunto en el anexo 10 de la DIA, donde se estima que los departamentos de dos o más dormitorios estarían acondicionados para recibir un grupo familiar, por ende, población en edad escolar. Por cada uno de ellos se calcula según el indicador de INE (2010), donde durante el año 2008 cada mujer aportó 1,9 hijos/as en promedio.

Se estima que el Proyecto aportaría 648 residentes en edad escolar, de los cuales, considerando la tendencia que demuestra la Encuesta Casen 2015, el 63% accedería a equipamiento educacional de la comuna, es decir 408 estudiantes.

De esta manera se concluye:

- Se estima que el Proyecto aportará 648 residentes en edad escolar, de los cuales 408 buscarán acceder a establecimientos en Recoleta. Como se indica en el punto 5.5.3 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA, en el área de influencia existen cuatro establecimientos educacionales, los cuales cuentan con 155 vacantes según curso de ingreso principal, los que podrían cubrir de manera parcial la demanda que se estima generaría el Proyecto. - En total la comuna cuenta con 1.566 vacantes según curso de ingreso, es decir, permite absorber la demanda que se estima generaría el Proyecto. - La mayoría de los establecimientos disponibles, tanto en el área de influencia como en la comuna, son de dependencia Particular Subvencionada, acorde a la preferencia del perfil socioeconómico (C2) que se estima corresponderá a los ocupantes del Proyecto. Respecto al tema de la basura de los edificios, se aclara que los Edificios Perú Plaza I-II cuentan con su Proyecto de Basura el cual de acuerdo a la normativa deberá estar debidamente aprobado por la Autoridad Sanitaria. Además, cabe destacar, que el retiro de los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios es obligación de la Municipalidad, conforme a la normativa vigente, la cual cobra por este servicio en conjunto con las contribuciones.

En relación al análisis del Artículo 7, literal d) respecto la dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los 199 sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo, se informa que la evaluación ambiental del proyecto ha sido realizada en conformidad a la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Inmobiliarios que se Desarrollen en Zonas Urbanas (2017), a fin de descartar la presencia de potenciales impactos significativos relacionados al Artículo 7, letra d) del RSEIA.

Los antecedentes presentados en el punto 6.1.1 del Estudio de Medio Humano adjunto en el Anexo 6 de la DIA señalan que, “el sector donde se planea la construcción del Proyecto corresponde a un antiguo estadio deportivo adquirido por el Titular. Cabe señalar que dicho lugar se encontraba en desuso desde el año 2014 y que actualmente el predio está deshabilitado y no se evidencia presencia de residentes permanentes ni intermitentes. Por lo cual en el sitio donde se emplazará el Proyecto no existen grupos humanos ni personas las cuales puedan ser impactadas significativamente ni ser propensas a reasentamiento por parte del Proyecto.”

A partir de los antecedentes presentados se descarta que el Proyecto pueda generar impacto significativo según lo estipulado en el Artículo 7 del RSEIA respecto a reasentamiento de grupos humanos, además de alteración de sistemas de vida, específicamente según el literal d).

Respecto del tema de transportes, el área de influencia cuenta con 13 paraderos Transantiago, estando el más cercano a aproximadamente 20 m. de distancia (PB170-Avenida Perú Esq. / Arz. Valdivieso), por donde transitan los recorridos 116 y B15. A aproximadamente a 550 metros en dirección poniente del lugar donde se ubicará el Proyecto, se encuentra Av. Recoleta, la cual presenta una mayor oferta de recorridos de buses.

El área de influencia se encuentra próxima a la estación de Metro Cementerios correspondiente a la Línea 2, emplazada sobre el eje Av. Recoleta, a aproximadamente 465 metros de distancia (15 minutos a pie desde el extremo oriente del área de influencia).

La oferta actual permite cubrir la demanda generada en el área de influencia, ya que a pocos metros cuentan con amplia oferta (buses y Metro) sobre el eje Recoleta.

El Proyecto cuenta con 447 estacionamientos para 483 viviendas, es decir, una proporción de 0,92 estacionamientos/vivienda. Considerando el perfil socioeconómico del público objetivo del Proyecto (C2), sólo un 49% cuenta con vehículo particular, por lo que se estima que alrededor de 237 viviendas requieran de estacionamiento, siendo la demanda menor a la oferta que proporcionará el Proyecto.

Respecto del tema de la energía el área de influencia se encuentra cubierta en un 100% por la empresa Enel. Esto se extenderá a la situación del Proyecto. Sanitaria La demanda de servicios sanitarios del área de influencia se encuentra cubierta en un 100% por la empresa Aguas Andinas. Por su parte el Proyecto cuenta con factibilidad sanitaria

En relación a la Infraestructura Básica y Equipamiento Comunitario, tal como se indica en el punto 5.5.4 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA “la mayoría de calles y veredas se observan en buen estado, permitiendo el tránsito sin mayores problemas de los peatones. Aun así, cabe señalar que en ciertos puntos se identifica deterioro del pavimento especialmente en el sector poniente del área de influencia, entre las calles El Salto Chico y Av. Recoleta, debido a que se trata de un sector residencial bastante antiguo, cuyas fachadas también evidencian un notorio estado de deterioro, tal como se ha mencionado en el punto 5.5.1; respecto a las luminarias los entrevistados señalan que se encuentran en buen estado.” (p.53) Junto a esto se debe considerar el proyecto de la Municipalidad y GORE que contempla el mejoramiento del bandejón central de Av. Perú. Por su parte el Titular se hará cargo de mejorar la solera poniente del Proyecto, ensanchando la calzada, implementando baldosa, franja de césped, luminaria, árboles y arbustos. (ver anexo 1 de la Adenda Complementaria). Durante la fase de operación, la administración de los edificios se hará cargo de las áreas verdes y de mantener limpio el frente de la propiedad. Por otro lado, la Municipalidad será la encargada de la mantención de las luminarias.

Respecto a equipamiento infraestructura de equipamiento comunitario, como se indica en el mismo anexo, “se identifica equipamiento comunitario, representado en la presencia de sedes sociales y multicanchas” (p.53). Por su parte, el Proyecto contempla la instalación de áreas verdes para sus residentes, además de equipamiento como gimnasio, salas multiuso, quinchos, piscina, salas de primeros auxilios y lavandería.

200 En el área de influencia se identifican servicios comerciales menores, principalmente establecimientos que permiten el abastecimiento de los residentes. Para una mayor oferta de servicios y compras mayores, deben trasladarse fuera de este sector. Al respecto, la construcción del Proyecto contempla la instalación de 11 locales comerciales que cuentan con acceso independiente y que permitirá proporcionar una mayor cantidad servicios.

El área de influencia presenta disponibilidad acotada de servicios, siendo la mayoría de abastecimiento y comercio. De esta manera, la población del área de influencia se traslada hacia otros puntos de Recoleta, sector oriente o centro de Santiago que se emplaza a pocos minutos, con el fin de acceder a una mayor oferta de servicios bancarios y financieros. Por su parte, el Proyecto contempla la instalación de 11 locales comerciales que cuentan con acceso independiente y que permitirá entregar al sector una mayor cantidad servicios. En conclusión, se descarta que el Proyecto pueda generar impacto significativo según lo establecido en el literal c) del Artículo 7 del RSEIA.

Además, el titular del Proyecto “Edificios Perú Plaza I – II”, se compromete a que en caso que se verifiquen daños a muros y/o panderetas de las casas aledañas atribuibles a las obras del proyecto, realizar las reparaciones que corresponda.

Respecto del punto 2.d) de la observación, la descripción y valoración de los atributos biofísicos del paisaje de la zona de estudio, la ubicación del Proyecto en una zona urbana donde la planificación territorial permite su posicionamiento, el análisis de visibilidad que da cuenta de las relaciones establecidas entre su posicionamiento y los cerros de la zona, así como la visibilidad obtenida desde sectores de permanencia considerados relevantes, son argumentos que permiten señalar que las obras del Proyecto no generarán obstrucciones visuales significativas sobre el elemento o atributo considerado con más valor dentro de este análisis. A su vez, el Proyecto tampoco alterará significativamente atributos del elemento considerado con valor en este estudio ya que se posicionará sobre suelo urbano (plano) donde la planificación territorial lo permite.

Es importante señalar que el proyecto brinda atributos o elementos urbanos propuestos a nivel de calle que posibilitan enriquecer el espacio público hacia Av. Perú y que ayudan a consolidar la imagen urbana que se pretende para el sector. Los edificios se proyectan retranqueados respecto de la línea de edificación relevando los atributos a nivel de calle proyectados a escala humana, como todo el mobiliario público, locales comerciales y arborización urbana, definiendo, en conjunto con el ensanche y bandejón central propuesto por el SECPLA de Recoleta, el nuevo perfil de calle y la imagen urbana del sector, en coherencia a lo que establecen los instrumentos de planificación territorial.

Complementariamente, de acuerdo a lo señalado en la “Guía de evaluación de impacto ambiental – Valor Paisajístico en el SEIA, 2013” los tipos de impacto sobre el valor paisajístico se clasifican en las dos siguientes categorías: • Obstrucción de la visibilidad a una zona con valor paisajístico. • Alteración de los atributos de una zona con valor paisajístico.

Esta clasificación es coherente con lo señalado en el Artículo 11, letra e) de la Ley Nº19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y sus modificaciones, así como en el Artículo 9 del Reglamento del SEIA (D.S. Nº40/12 del MMA), donde señalan, que a objeto de evaluar si el proyecto o actividad, en cualquiera de sus fases, genera o presenta una alteración significativa del valor paisajístico de una zona, se debe considerar la duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico y la duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico: a) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico. b) La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico.

Al respecto, la descripción y valoración de los atributos biofísicos del paisaje de la zona de estudio, la ubicación del Proyecto en una zona urbana donde la planificación territorial permite su posicionamiento, el análisis de visibilidad que da cuenta de las relaciones establecidas entre su posicionamiento y los cerros de la zona, así como la visibilidad obtenida desde sectores de permanencia considerados relevantes, son argumentos que permiten concluir que las obras del Proyecto no generará obstrucciones visuales significativas sobre el elemento o atributo considerado con más valor dentro de este análisis. A su vez, el Proyecto tampoco alterará significativamente 201 atributos del elemento considerado con valor en este estudio ya que se posicionará sobre suelo urbano (plano) donde la planificación territorial lo permite.

El proyecto brinda atributos o elementos urbanos propuestos a nivel de calle que pueden enriquecer el espacio público hacia Av. Perú y que ayudan a consolidar la imagen urbana que se pretende para el sector. Los edificios se proyectan retranqueados respecto de la línea de edificación relevando los atributos a nivel de calle proyectados a escala humana, como todo el mobiliario público, locales comerciales y arborización urbana, definiendo, en conjunto con el ensanche y bandejón central propuesto por el SECPLA de Recoleta, el nuevo perfil de calle y la imagen urbana del sector, en coherencia a lo que establecen los instrumentos de planificación territorial.

Para ver detalles del Estudio de Paisaje, ver Anexo 5.6. de la Adenda Complementaria.

Por lo anterior, es posible señalar que el Proyecto no genera efectos significativos en cuanto a la obstrucción visual ni a la alteración de los atributos de una zona con valor paisajístico.

Por último, se informa que el proyecto cumple con el Instrumento de Planificación (IPT) en términos de la altura, rasantes y sombras proyectadas a los terrenos aledaños al proyecto, así como con lo establecido en el artículo 2.6.11 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (O.G.U.C).

  1. Consejo Vecinal de Desarrollo Tejiendo Barrio, Tejiendo Sueños - Maritza Gallardo

  2. En relación a la información sobre los predios originales donde se emplaza el proyecto, el titular entrega en la Adenda los mismos antecedentes y planimetrías que entregó en la DIA, sin hacer diferencia ni hacerse cargo de la observación que se realizó en el ICSARA. Además, adjunta planimetría inscrita en el Conservador de Bienes Raíces, pero nada dice sobre los predios originales, antes que el titular los adquiriera, ni cómo logró la fusión previa de éstos, considerando que en los planos de loteo original de la población Lemus, existían dos calles que atravesaban los predios, prolongación de las calles Ricardo Lemus y Juan Antonio Ríos, y nada explica sobre cómo las adquirió, ni en qué momento fueron fusionadas. Asimismo, presenta un documento del Sil, que certifica los roles de los predios, pero el documento es de fecha 06 de enero de 2016, el proyecto fue presentado en enero de 2017, y dice claramente en su segundo párrafo que se encuentra en trámite de subdivisión de los predios, por lo tanto, aún no cuenta con esta subdivisión. Se solicita al titular que se pronuncie sobre esto, que aclare la situación predial, entregue toda la información verídica y actualizada, y que demuestre que no cometió un ¡lícito, tanto en la adquisición de los predios, como en todo el trámite de fusión de los predios y posterior subdivisión, inscripción en bienes raíces, y obtención de roles de la propiedad.

2.- El titular presenta un permiso de edificación de uno de los edificios, Perú Plaza I, y no entrega ningún antecedente sobre el permiso de edificación del segundo edificio. ¿Existe ese permiso?, ¿cuándo será otorgado?, ¿qué pasará si las condiciones que exija el municipio para otorgarlo no sean compatibles con las condiciones establecidas en as RCA?, ¿qué pasará si el edificio que tiene permiso de edificación no cumple la normativa ambiental y debe ser modificado?, ¿cómo tendremos la seguridad como vecinos que el edificio que está siendo evaluado ambientalmente es el que tiene la autorización de construcción?, ¿cómo nos garantizan que no construirán otro edificio, para cumplir con la LGUC y no con la Ley 19.300?

3.- En relación al permiso de edificación presentado, éste tiene diferencias importantes con los antecedentes entregados en la DIA. En el permiso se indica que se construirán 96 viviendas, sin embargo, en la DIA se indica que serán 261 departamentos, eso es 165 departamentos más que los aprobados para ser construidos. Además, en el permiso de edificación presentado no están autorizados locales comerciales, ni bicicleteros, construcciones que sí fueron presentadas en la DIA. Por otro lado, el permiso de edificación indica que hay una altura máxima proyectada de 43 metros, sin embargo, en la DIA se habla de 38 metros, hay una diferencia importante de altura entre ambos documentos. Se solicita que aclare toda la información inconsistente entre ambos documentos, que indique cual es la información real, que argumente cómo dará cumplimiento a lo establecido en la RCA, si ésta no tiene concordancia con lo exigido en el permiso de edificación, y que explique cómo garantizará que la información entregada es fidedigna, dada las reiteradas inconsistencias y falta a la verdad de la información entregada del proyecto en las distintas instancias.

202 4.- El titular indica tanto en la DIA como en la Adenda, que el proyecto cuenta con Anteproyecto aprobado por el municipio para los dos Edificios con fecha de resolución 23 de octubre del 2015, el que se encuentra vencido actualmente y lo estaban al momento de presentar la DIA. Este documento contiene información que no coincide con el permiso de edificación, además éste último indica expresamente en el literal E) de los vistos que no hay un anteproyecto. Por lo que se solicita que aclare la información entregada, indicando cual es la realmente verídica, que explique porqué existe tal inconsistencia de información y que garantice que no hay falta a la verdad en todo lo informado, sobre todo considerando que son instrumentos públicos, y cómo ciudadanos queremos saber cuál es el proyecto real que se está evaluando y que se pretende construir.

5.- En la serie de documentos presentados, tanto en la DIA como en la Adenda, se plantean diferentes superficies, tanto del terreno como de la construcción, se solicita indicar cuál es la superficie real del terreno del cuál es dueño el titular, cuál será la superficie que se construirá y cuál será la superficie que quedará sin construir.

6.- El permiso de edificación presentado por el titular indica que se acoge al beneficio de "conjunto armónico", al respecto la LGUC, en su artículo 107, y en lo específico, la DDU-ESPECÍFICA N°04/2009 del 23 de marzo de 2009, en su numeral 4 establece "complementariamente a lo antes indicado, se debe considerar en lo relativo al cumplimiento de los requisitos establecidos para los conjuntos armónicos en la disposición contenida en el artículo 107 de la LGUC, que éstos, además, deben constituirse como "agrupaciones de construcciones", materia respecto de la cual se ha pronunciado la CGR, por lo que deberá estarse a lo dispuesto en el Dictamen N°045301 de fecha de 29.09.08, que señala expresamente que dicho concepto implica la existencia de una agrupación de construcciones, no correspondiendo otorgar la calidad a un proyecto constituido por una sola unidad". Considerando esta normativa, se solicita que se aclare y amplié la información, de cómo es posible que se haya acogido a este beneficio si el permiso es para la construcción de una sola unidad de edificio. Consiguientemente, se solicita aclarar cuales normativa establecida por el PRC en relación a rasantes, porcentaje de constructibilidad, altura, etc., se pretende exceder acogiéndose al beneficio de conjunto armónico, siendo que no es posible que suceda cuando el permiso ha sido otorgado para un solo edificio. Considerando todo lo anterior, dado que no es posible acogerse al beneficio de conjunto armónico, se solicita que se rediseñe el edificio, cumpliendo estrictamente la normativa de construcción establecida por el PRC, sin exceder ninguna norma.

7.- Al ver los planos de elevaciones se puede observar que la altura máxima de construcción es de 38 metros, sin embargo, se ve construcciones sobre el piso 16, que superan la altura, y que claramente aumenta el volumen total de los edificios. Se solicita al titular que explique a qué corresponden estas construcciones y que demuestre que incluyéndolas no se superara la altura máxima permitida. Además, que considere, que si estas obras corresponden al beneficio de "conjunto armónico", aunque no es posible que se acoja a éste dado que sólo un edificio tiene el permiso de edificación, la norma establece que las salas de máquinas, chimeneas, estanques, miradores, y similares, deben estar considerados en el proyecto aprobado, deben cumplir la normativa sobre las rasantes y no pueden ocupar más del 20% de la superficie de la última planta del edificio. Se solicita que demuestre y garantice que así sucederá.

8.- En relación a la rasante y la proyección de sombra, el titular adjunta una planimetría muy compleja y que no es posible de entender por los vecinos del barrio. Se solicita que se presente de manera clara, con fotomontaje en 3D, la proyección de los edificios, y el efecto de las sombras en cada una de las estaciones del año, y en cada uno de los predios colindantes, y en la población en general, de manera de que podamos tener la claridad de cómo nos afectará la sombra de los edificios, saber cuántas horas sol perderemos por la construcción de éstos, y que nos demuestre que esto no nos afectará nuestra calidad de vida.

9.- Al revisar el certificado de avalúo fiscal de la propiedad, de fecha del 26 de junio de 2017, información pública entregada por el Sil, éste indica que el uso del predio corresponde Deporte y Recreación. Se solicita al titular que explique por qué no tiene uso habitacional, cómo hará posible la construcción de los edificios, si el uso de suelo registrado y autorizado por Sil no es habitacional- comercial. Al respecto, además, explique si se requiere un cambio de uso de suelo, y porqué estos antecedentes no fueron adjuntos a la DIA y a la Adenda.

10.- Los edificios pretenden emplazarse en unos terrenos que hasta el 2014 fueron un área de de deporte, recreación y esparcimiento para los vecinos de la población, de hecho, así lo establece el uso del predio el certificado de avalúo fiscal. Originalmente en el terreno existían canchas de tenis, 203 una piscina y abundantes áreas verdes. Hoy todavía existen, pero están en desuso, salvo las áreas verdes, que fueron cortadas cuando ingresó el proyecto en el SEIA. Además de la perdida para nosotros de estos espacios de recreación, nos preocupa el gran impacto que tiene el pavimentar una superficie de 13.724,47 m2, que hoy es suelo natural. Hoy día la población, la comuna y la región cuenta con más de una hectárea de suelo para absorber aguas lluvias y alimentar las napas subterráneas, que con la construcción de los edificios se impermeabilizarán, y se convertirán en un gran terreno cubierto de hormigón. A esto, debemos sumar que son suelos de alta calidad, todo el terreno de la población eran chacras, y nosotros en nuestras viviendas contamos con excelentes suelos de cultivo, todos suelos de uso I, II, y III, que serán perdidos con la construcción de estos edificios, y que nada se menciona sobre ellos en la DIA. Se asume que, por ser un área urbana, no hay suelo que cuidar, proteger y conservar. Por todo lo anterior, se solicita que se aclare sobre qué sucederá con todo el suelo natural que se perderá, como se absorberá el agua de lluvia que cae sobre este terreno , cómo se evitará que al no existir ese te suelo natural se generen anegamientos, y colapsen las calles de la población, cómo se logrará que las aguas lluvias que hoy alimentan directamente la napa subterránea lo sigan haciendo, no hay ningún tubo ni sistema que resista, y que pasará con los suelos de excelente calidad agrícola que se perderán, por qué no se entrega nada de información sobre ello, cuál es la medida que compensa esta pérdida.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

Respecto del punto 1) de la observación, cabe señalar que el lote original fue adquirido a sus propietarios y debidamente inscrito en los registros correspondientes. A mayor abundamiento, a través de la Resolución N°04 de la DOM de Recoleta de fecha 04 de Noviembre de 2015 se aprobó la subdivisión del lote original en el Lote A y el Lote B. El Lote A se ubica en Av. Perú 1471, tiene el rol N°2476-5 y en él se construirá el Edificio Perú Plaza I. El Lote B se ubica en Av. Perú 1479, tiene el rol N°2476-59 y en él se construirá el Edificio Perú Plaza II. Para la construcción de dichos edificios la DOM de Recoleta aprobó el Permiso de Edificación N°29 de fecha 25 de abril de 2016 y sus modificaciones y el Permiso de Edificación N° 53 de fecha 16 de octubre de 2017.

Respecto del punto 2) de la observación, el Edificio Perú Plaza I en el Lote A cuenta con Permiso de Edificación N°29 otorgado por la DOM de Recoleta con fecha 25 de abril de 2016. El Edificio Perú Plaza I aprobado mediante dicho permiso y sus modificaciones corresponde al Edificio Perú Plaza I sometido a evaluación ambiental mediante la presente DIA.

El Edificio Perú Plaza II cuenta con Anteproyecto aprobado por la DOM de Recoleta con fecha 18 de enero de 2017 y con Permiso de Edificación N° 53 de la DOM de Recoleta, otorgado con fecha 16 de octubre de 2017.

No se construirá ningún edificio distinto de los Edificios Perú Plaza I y Perú Plaza II, antes mencionados, ni ningún edificio adicional a los anteriores.

Respecto del punto 3) de la observación, los 96 departamentos (viviendas) que aparecen en el Permiso de Edificación N°29 de fecha 25 de abril de 2016 se rectificaron a 261 departamentos (viviendas) mediante Resolución N°27 de fecha 20 de mayo de 2016. Por lo que, la indicación de 96 viviendas correspondió a un error de transcripción de la DOM. Se adjunta en el Anexo 5.2 la resolución N°32/16 de fecha 01 junio de 2016 que rectifica a la anterior (entre otros errores). Asimismo, mediante Resolución N°27 de fecha 20 mayo de 2016 la DOM rectificó el Permiso de Edificación N°29 de fecha 25 de abril de 2016 mencionando los 11 locales comerciales aprobados. Estas dos rectificaciones (N*27 y 32) forman parte integrante del Permiso de Edificación N°29 del 25 de abril de 2016 otorgado por la DOM.

Por su parte la exigencia de construir bicicleteros en el proyecto se origina en el Artículo 2.4.1 bis de la O.G.U.C., que establece su existencia obligatoria. No es necesario que se mencionen expresamente en la resolución del permiso de edificación, por cuanto los bicicleteros deben estar graficados en los planos aprobados por la DOM.

Finalmente, según el Certificado de Informes Previos N°42 de fecha 21 de Enero de 2016 otorgado por la DOM, que se acompaña en la DIA, la altura máxima permitida por el Plan Regulador 204 Comunal de Recoleta en la zona A2 es de 38 metros. Al acogerse el proyecto a las normas sobre conjunto armónico establecidas por el Artículo 2.6.4. de la Ley General de Urbanismo y Construcciones Artículo 2.6.9 de la O.G.U.C., la altura máxima se puede incrementar hasta en un 25%, llegando a un máximo posible de 47,5 metros. El proyecto no utiliza la totalidad de este beneficio legal, sino que está diseñado con una altura máxima de 43,51 metros.

Respecto del punto 4) de la observación, los Edificios Perú Plaza I y Perú Plaza II serán construidos de acuerdo a lo aprobado mediante el Permiso de Edificación N°29 de fecha 25 de abril de 2016 y sus modificaciones y mediante el Permiso de Edificación N° 53 de fecha 16 de octubre de 2017, ambos aprobados por la DOM de Recoleta. La normativa vigente permite efectuar ajustes menores entre las condiciones contenidas en un Anteproyecto y las condiciones contenidas en el Permiso de Edificación respectivo. No existiendo por lo tanto, inconsistencia en la información entregada.

Finalmente, en la Tabla 6 “Característica Proyecto”, del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA, se presenta la información del Proyecto a construir con las superficies aprobadas a la fecha mediante el Permiso de Edificación N°29 del 25 de abril de 2016 (Perú Plaza I) y mediante el Permiso de Edificación N° 53 de fecha 16 de octubre de 2017 (Perú Plaza II).

Respecto del punto 5) de la observación, cabe señalar que tal como se indica en el numeral 1 de la Adenda, la superficie bruta del Proyecto fue rectificada a 12.093,35 m2. Mayores detalles ver Figura 8 “Superficie Edificios Perú Plaza I-II” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA. En cuanto a la superficie construida, ver Tabla 9 “Superficie construida” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA

Respecto del punto 6) de la observación, cabe señalar que ambos proyectos cumplen con la condición de Conjunto Armónico, ya que se trata en cada caso de dos edificios en un mismo terreno, un edificio de viviendas y otro de equipamiento (locales comerciales), en ambos casos. Se cumple también con la siguiente condición establecida en el Artículo 2.6.4 de la O.G.U.C.: Condición de Dimensión: los dos proyectos se emplazan en terrenos que superan en más de 5 veces la superficie predial mínima establecida por el Plan Regulador, estando Perú Plaza I en un terreno de 6.012,56 m2, y Perú Plaza II en un predio de 5.538,54 m. La superficie predial mínima establecida para este sector es 160.m2.

Además, se cumple con los siguientes requisitos establecidos en el mismo artículo: a) El terreno enfrenta en al menos 20 metros a una vía existente o proyectada en el Plan Regulador respectivo, de un ancho mínimo de 20 m., con calzada de no menos de 14 m. En el caso que la calzada no se encuentre materializada con las características señaladas, deberá ser ensanchada por el proyecto, hasta encontrarse o empalmarse con una calzada existente de al menos el mismo ancho. En el caso de estos proyectos, los respectivos frentes prediales de los terrenos en que se ubicarán los edificios Perú Plaza I y Perú Plaza II, son 68,78 m y 51,72 m., respectivamente. Avenida Perú, por su parte, tiene un ancho proyectado de 36 m. y una calzada ejecutada de 14 metros.

b) Que se ejecute un proyecto de mejoramiento en el espacio público que enfrenta el terreno, en toda el área comprendida entre la línea oficial y la solera, de acuerdo al diseño y características establecidos en el respectivo plano seccional. Este es el caso en Avenida Perú.

Respecto del punto 7) de la observación, cabe señalar que la altura máxima de 38 m se supera al acogerse estos proyectos a la condición de conjunto armónico, que como se explicaba en consulta 1.11, permite que un aumento del 25% de la altura permitida por el Plan Regulador. En este caso es posible alcanzar una altura máxima de hasta 47,5 m., siendo la altura proyectada de 43,51 m en el punto más alto de Perú Plaza I y de 42,47 en Perú Plaza II.

La condición de Conjunto Armónico se muestra en Rectificación de Permiso N°32 del 01 de junio de 2016 (Rectificación al permiso 29 del 25 de abril de 2016), de Perú Plaza I, y en la resolución N°01 del 18 de enero de 2017, de aprobación de anteproyecto para Perú Plaza II.

205 Respecto a sobrepasar las rasantes, para ambos proyectos se presentó ante la Dirección de Obras un plano de sombras, acogido a artículos 2.6.11, 2.6.12, 2.6.13 y 2.6.14 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Además, cabe destacar que en los pisos superiores no existe sala de máquinas que pudieran hacer aumentar la altura ya definida.

Respecto del punto 8) de la observación, los edificios se encuentran emplazados en el terreno distantes varios metros de los deslindes, con el propósito de generar menores efectos de sombras y ventilación de las casas vecinas. Lo anterior se encuentra detallado en el estudio de sombras aprobado por la D.O.M de Recoleta y forma parte integrante del Permiso de Edificación Nº 29 de fecha 25 de abril de 2016 (Edificio Perú Plaza I) y Permiso de Edificación N°53 de fecha 16 de octubre de 2017 (Edificio Perú Plaza II) otorgado por la D.O.M de Recoleta. Estos permisos acreditan que el proyecto cumple con el Instrumento de Planificación Territorial vigente para este sector en forma íntegra.

Respecto del punto 9) de la observación, el Plan Regulador Comunal de Recoleta consignó el sector en que se ubican los terrenos del proyecto como de uso residencial (Ver Certificado de Informaciones Previas adjunto en Anexo 1 de la DIA), no requiriéndose cambio de uso de suelo. El instrumento que establece el uso de suelo, de acuerdo a la normativa vigente, es el Plan Regulador Comunal. Los Certificados de Avalúo Fiscal no establecen usos de suelo, solamente indica las actividades existentes en un terreno en un momento determinado, independientemente de su uso de suelo. El proyecto se ajusta a la normativa territorial vigente, establecida a través del Plan Regulador Comunal de Recoleta y es en virtud de este instrumento que ha sido diseñado y obtenido los permisos municipales.

Respecto del punto 10) de la observación, sobre el uso de suelo, el Instrumento de Planificación Territorial (IPT) vigente, consignó este como de uso residencial (Ver Certificado de Informaciones Previas adjunto en Anexo 1 de la DIA). Además, cabe mencionar que en el terreno no hay ninguna actividad agrícola actual ni en el pasado cercano.

El titular del proyecto, efectivamente compró un estadio que a esa fecha (año 2014) se encontraba en desuso. Este estadio era privado y fueron los antiguos propietarios los que pusieron este terreno a la venta. Conforme al entendido que el titular del proyecto compró un terreno que no estaba siendo utilizado y cuyo uso de suelo permitía el desarrollo residencial en altura, es que ha desarrollado el proyecto, sometiéndose a todo el cumplimiento normativo que corresponde, tal como se ha detallado en el presente documento. En cuanto a las aguas lluvias, el proyecto contempla que éstas que sean captadas dentro del área del proyecto y se infiltrarán mediante drenes, por cuanto no habrá diferencia entre el agua que es infiltrada ahora, con lo que será una vez construido el edificio. Por lo tanto, no se producirá anegamiento o colapso en las calles producto de las lluvias, ya que por requerimientos del SERVIU, la solución de las aguas lluvias debe producirse en forma interna al predio. El proyecto de aguas lluvias se ha presentado como Anexo 9 de la DIA.

  1. Comité de Protección del Barrio Lemus - Marcelo Estrada

  2. La descripción de las rutas de acceso al proyecto es errónea, ya que no corresponde a la situación actual existente. FUNDAMENTOS:

1.1 En la descripción de los caminos o vías de acceso (pto. 1.3.4) se señala que la ruta de acceso desde el norte, poniente y oriente se realiza por “Avenida Perú, vuelta en U por calle Celia Coloma y finalmente Avenida Perú”. En el sector se está construyendo el proyecto que transforma la Av. Perú en una calle con un parque central. Con ese proyecto en el cruce Celia Coloma no se permite el viraje en U hacia el norte, ya que se transforma en un retorno donde sólo se puede virar hacia el sur.

1.2 En la descripción de las vías de acceso durante la etapa de construcción (pto. 1.5.5.9) para materiales, hormigón, botadero y vehículos livianos se dice que acceden desde el norte por Av. Perú y “vuelta en U Desiderio Lemus”. Con el nuevo bandejón no existe cruce en Desiderio Lemus.

206 1.3 En la descripción de la ruta de salida para residuos peligrosos hacia Pudahuel dice “Avenida Perú – Domínica – Purísima”, lo que es inviable. Ya que, desde el acceso a la obra, con bandejón central, no se puede virar al sur.

1.4 En ese sentido se solicita que el proyecto presente su evaluación de rutas de acceso de acuerdo a la nueva situación con bandejón central, calzadas de 2 pistas por sentido y retornos para vehículos livianos pero que restringen el viraje de camiones.

1.5 Además, se solicita describir como se ordenará el cronograma de las obras en relación a las obras en ejecución del bandejón central Av. Perú y Cliclovía El Salto (proyecto Serviu en ejecución).

1.6 La empresa Latakia muestra con la aprobación del EISTU, rutas de acceso a la obra desde el sector norte por dentro de la Población Lemus siendo estas distintas de las descritas en la DIA.

  1. Diferencias en la descripción de los accesos al proyecto. FUNDAMENTOS:

5.3 Ambos corresponden al mismo predio Av. Perú 1471, rol SII 2476-5 y al mismo propietario Latakia S. a. y, esta DIA se realiza por el “Proyecto Edificios Perú Plaza I y II” de Av. Perú 1471, propietario Katakia S. A.

5.4 Queda claro entonces que el Permiso de Edificación vigente (PE N°29,2016) corresponde a un fraccionamiento del proyecto lo que está prohibido de acuerdo al Art. 11 bis de la ley N°19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente. El que señala que “los proponentes no podrán, a sabiendas, fraccionar sus proyectos o actividades con el objeto de varia el instrumento de evaluación o de eludir el ingreso al sistema de evaluación de impacto ambiental, añadiendo que será competencia de la Superintendencia del Medio Ambiente determinar la infracción a esta obligación y requerir al proponente, previo informe del Servicio de Evaluación Ambiental – SEA, su adecuado ingreso al sistema”.

5.5 Dado que “corresponde a la autoridad ambiental velar porque los proyectos no sean fraccionados con el fin de eludir la normativa sobre el sistema de evaluación de impacto ambiental” se solicita su pronunciamiento sobre la validez del Permiso de Edificación N°29 del 2016, ya que este expresamente no cumplió con la normativa ambiental vigente, al tratarse de un fraccionamiento y no contar con una DIA aprobada.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

a) A modo de evitar la situación indicada en la observación, el Titular ha actualizado las rutas a utilizar durante la Fase de Construcción del Proyecto. Por lo tanto, la calle a utilizar por los vehículos que transitan desde el Norte será por Av. Perú, Vuelta en U en calle Rapa Nui y luego tomar nuevamente Av. Perú y los camiones que salgan del proyecto hacia el centro será por calle Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Puma, María Graham y luego tomaran nuevamente Av. Perú. Cabe destacar, que dicha calle no será modificada por el proyecto del bandejón central en Avda. Perú de la Municipalidad y se cuenta con el radio de giro necesario para el volteo de los camiones. b) A modo de evitar la situación indicada en la observación, el Titular ha decido actualizar las rutas a utilizar durante la Fase de Construcción del Proyecto. Por lo tanto, la calle a utilizar por los vehículos que transitan desde el Norte será por Av. Perú, Vuelta en U en calle Rapa Nui y luego tomar nuevamente Av. Perú y los camiones que salgan del proyecto hacia el centro será por calle Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Puma, María Graham y luego tomaran nuevamente Av. Perú. c) A modo de evitar la situación indicada, el Titular ha decido actualizar las rutas a utilizar durante la Fase de Construcción del Proyecto. Para mayor detalle ver Tabla 1 del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA. 207 d) A modo de evitar la situación indicada en la observación, el Titular ha decido actualizar las rutas a utilizar durante la Fase de Construcción del Proyecto. Por lo tanto, la calle a utilizar por los vehículos que transitan desde el Norte será por Av. Perú, Vuelta en U en calle Rapa Nui y luego tomar nuevamente Av. Perú y los camiones que salgan del proyecto hacia el centro será por calle Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Puma, María Graham y luego tomaran nuevamente Av. Perú. e) Se debe aclarar, que las obras del bandejón central de Av. Perú y Ciclovía el Salta se encuentran en ejecución en estos momentos. Por lo que, al momento de comenzar la construcción del Proyecto Edificios Perú Plaza I-II, dichas obras se encontrarán finalizadas. f) Al respecto se debe aclarar y señalar lo siguiente: • Como medida voluntaria del titular, dispondrá que los camiones tanto que ingresen como salgan de la obra, no Ingresen a la Población Lemus durante la fase de construcción. Ver detalle en Compromiso Ambiental Voluntario presentado en el numeral 10.1.8 del Informe Consolidado de Evaluación “Compromiso ambiental voluntario Tránsito de vehículos, durante la construcción, fuera de la Población Lemus”. • Que, las rutas de vehículos livianos y pesados señalados en la DIA corresponden a las rutas a utilizar durante la fase de construcción del Proyecto, las cuales fueron modificadas y son presentadas en detalle en la Tabla 1 del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA. • Las rutas vehiculares señaladas en el EISTU corresponden a las rutas utilizadas para modelar la fase de operación, las que consideran como base el bandejón central de Avenida Perú ya materializado. • Por último, el Lote A correspondiente a Perú Plaza I se ubica en Av. Perú 1471 con el rol N°2476-5 y el Lote B correspondiente a Perú Plaza II se ubica en Av. Perú 1479 con rol N°2476-59. Por tanto, se trata de dos lotes para cada etapa del proyecto. Y en consecuencia a lo que establece la norma la Declaración de Impacto Ambiental está siendo tramitada para ambos lotes del terreno como un proyecto completo. g) En este caso no existe ningún fraccionamiento de proyecto, por cuanto no obstante que cada edificio se ejecutará en un terreno distinto, el titular ha decidido someter ambos edificios conjuntamente a evaluación ambiental mediante la presente Declaración de Impacto Ambiental. La totalidad de las obras y acciones que forman parte del proyecto han sido incluidas en la presente evaluación. No ha existido ni existe en este caso fraccionamiento de ningún tipo. La DIA del proyecto incluye los dos edificios habitacionales y los locales comerciales que serán construidos en dos terrenos ubicados en Av. Perú, de conformidad con el Permiso de Edificación N°29 del 25 de abril de 2016 (Perú Plaza I) y con el Permiso de Edificación N° 53 de 16 de octubre de 2017 (Perú Plaza II). No existen obras del proyecto no incluidas en la evaluación ambiental. Dichos permisos de edificación fueron solicitados y otorgados legalmente por la DOM de Recoleta. Cabe señalar que de acuerdo a la normativa vigente la calificación ambiental de un proyecto no es requisito previo para el otorgamiento de permisos urbanísticos, como subdivisiones, anteproyectos o permisos de edificación.

  1. Comité de Mejoramiento del Entorno y de Seguridad Vecinos en Acción - Luis Ormazábal Labra

a. Alcantarillado La red de alcantarillado en estos momentos esta con problemas en una población de 6000. Si construyen edificios 16 pisos con 480 departamentos colapsara la red de alcantarillado tendrían problemas las personas que están habitados por este proyecto.

b. La red vial de Valdivieso Tendríamos problemas salida de Valdivieso hacia Recoleta por atochamiento vehicular y contaminación del sector, tercera edad, niños.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente: 208

Respecto del punto a) de la observación, el titular informó que la empresa sanitaria Aguas Andinas, por medio de los Certificados N°008993 del 11/12/2017 y N°008885 del 06/12/2017 (ambos vigentes a la fecha), acredita que la propiedad ubicada en Av. Perú N°1471 y N°1479, contará con servicio de agua potable y alcantarillado. Es relevante mencionar, que esta empresa sanitaria al contar con la concesión sanitaria del sector se encuentra obligada a prestar el servicio de abastecimiento de agua potable, recolección y tratamiento de aguas servidas, siendo parte de la obligación de la concesión sanitaria proveer la infraestructura (redes, plantas, etc.) que requieren para ello (Ver en Anexo PAC de la Adenda Complementaria, Figura 49 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza I y Figura 50 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza II)

El abastecimiento de agua potable de un sector el interior de una concesión sanitaria, como es el sector del proyecto, es de exclusiva responsabilidad de la empresa sanitaria dueña de la concesión, que en este caso corresponde a Aguas Andinas. No es posible que el titular se haga cargo de una obligación que por ley le compete a una empresa que cuenta como único giro el sanitario. Es deber de la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) velar porque esta empresa preste el servicio con la calidad que corresponde. Al respecto, la única obligación del titular del proyecto es contar con certificados de factibilidad Sanitaria emitidos por Aguas Andinas, lo que se presenta en el Anexo 5.3 de la Adenda Complementaria, tal como fue contestado en la consulta N°1.24 anterior.

Respecto del punto b) de la observación, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto. Entre ellas destacan la Implementación de 3ª fase exclusiva peatonal con el objetivo de disminuir el conflicto generado por el viraje a la derecha en la intersección Av. Recoleta con Arzobispo Valdivieso. Esta implementación será ingresada a UOCT para su revisión y aprobación. También se evaluará la implementación de la bidireccional de Arzobispo Valdivieso hasta Av. Recoleta, con la finalidad de dar continuidad a la red vial, y analizar el comportamiento de los flujos del proyecto en esta vía, el que será revisado y aprobado por Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta y UOCT.

  1. Comité de Protección del Barrio Lemus - Marcelo Estrada Rojas

a. Con fecha 23 de octubre de 2015 el titular Latakia presenta un anteproyecto con 2 edificios de 483 departamentos. Después con fecha noviembre 2015 presentan una solicitud de subdivisión predial aceptada por la DOM de Recoleta, aprobándose un permiso de edificación en abril de 2016 por 1 solo edificio que no catalogaba para un DIA. Después en enero 2017, estando ya vencido el anteproyecto del 2015, presentan un nuevo anteproyecto por solo el 2do edificio que también unitariamente no calificaba para someterse al Sistema de Evaluación Ambiental, es por esto que en el anteproyecto la DOM de Recoleta le solicita un Estudio de Impacto Ambiental ya que es claramente un proyecto conjunto y que generaba un posible fraccionamiento para saltarse la institucionalidad, este último anteproyecto no se informa en la Declaración del titular.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los 209 antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que el presente proyecto consiste en la construcción de dos edificios en dos terrenos distintos, cada uno de los cuales cuenta con un permiso de Edificación distinto, no existiendo ningún tipo de fraccionamiento de proyecto, por cuanto no obstante que cada edificio se ejecutará en un terreno distinto.

Respecto de si el proyecto debió o no ingresar como Estudio de Impacto Ambiental, es posible indicar que el proyecto no genera ninguno de los efectos, características y/o circunstancias señaladas en las letras a) a la f) del artículo 11 de la Ley 19.300, o en los artículos 5 al 10 del Reglamento del SEIA que regulan la misma materia. Por lo cual, el proyecto ingresa al SEIA a través de una DIA. Finalmente cabe señalar, que durante la evaluación ambiental de esta DIA, ningún organismo público con competencias ambientales ha señalado que el proyecto produzca alguno de los efectos, características y/o circunstancias señaladas en las letras a) a la f) del artículo 11 de la Ley 19.300 ni ha requerido la presentación de un EIA.

  1. Catalina Avendaño Leal

a. Alcantarillado Ya tenemos el alcantarillado colapsado más con las torres nuevas nos afectará demasiado nuestro servicio ya que somos diez poblaciones de nuestro sector.

b. Salud También nos afectará ya que contamos con un consultorio pequeño.

c. Colapso vial Nuestro sector cuenta con solo una salida de locomoción. ¿Quién responderá por el deterioro de nuestras calles?

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto a) de la observación, el titular informó que la empresa sanitaria Aguas Andinas, por medio de los Certificados N°008993 del 11/12/2017 y N°008885 del 06/12/2017 (ambos vigentes a la fecha), acredita que la propiedad ubicada en Av. Perú N°1471 y N°1479, contará con servicio de agua potable y alcantarillado. Es relevante mencionar, que esta empresa sanitaria al contar con la concesión sanitaria del sector se encuentra obligada a prestar el servicio de abastecimiento de agua potable, recolección y tratamiento de aguas servidas, siendo parte de la obligación de la concesión sanitaria proveer la infraestructura (redes, plantas, etc.) que requieren para ello (Ver en Anexo PAC de la Adenda Complementaria, Figura 49 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza I y Figura 50 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza II)

El abastecimiento de agua potable de un sector el interior de una concesión sanitaria, como es el sector del proyecto, es de exclusiva responsabilidad de la empresa sanitaria dueña de la concesión, que en este caso corresponde a Aguas Andinas. No es posible que el titular se haga cargo de una obligación que por ley le compete a una empresa que cuenta como único giro el sanitario. Es deber de la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) velar porque esta empresa preste el servicio con la calidad que corresponde. Al respecto, la única obligación del titular del proyecto es contar con certificados de factibilidad Sanitaria emitidos por Aguas Andinas, lo que se presenta en el Anexo 5.3 de la Adenda Complementaria, tal como fue contestado en la consulta N°1.24 anterior.

Respecto del punto b) de la observación, se informa que el Proyecto ofrecerá viviendas cuya superficie irá desde los 36 m2 a 54 m2. Lo anterior determina un valor de venta promedio de 2.770 UF. De esta manera, el perfil del comprador de estas viviendas estaría conformado principalmente por los grupos socioeconómicos medios C2.

• Equipamiento de salud

210 De acuerdo con los datos de la Encuesta Casen 2015, el acceso a establecimientos de salud de la población de Recoleta se distribuye de la siguiente manera:

Gráfico: Porcentaje de acceso a establecimientos de salud según tipo

A partir del gráfico presentado, se extrae que la mayoría de la población (62,6%) accede a establecimientos de salud público, seguido por atención en consultas y centros médicos privados (22,2%). Este comportamiento difiere del comportamiento de la población del área de influencia, ya que según la información de entrevistados expuesta en el punto 5.5.2 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA “la mayoría de la población se encuentra afiliada al sistema previsional Fonasa y en menor medida a Isapres. Por lo general son los adultos mayores e inmigrantes quienes, por razones económicas, acceden a la red de establecimientos públicos, específicamente al CESFAM Dr. Patricio Hevia (Valdivieso) y CESFAM Recoleta, mientras que la población adulta y jóvenes acceden a centros privados en el sector centro y oriente de la ciudad.” (p. 48)”

Considerando el perfil socioeconómico estimado de los futuros residentes del Proyecto, estos contarán mayoritariamente con afiliación a sistema FONASA y en menor medida ISAPRE, accediendo a atención de salud en centros privados, sin recurrir a los centros de salud públicos, específicamente a los CESFAM que corresponden al territorio.

En cuanto a la oferta de centros de salud privados, el área de influencia se encuentra próxima a 5 establecimientos, sin superar los 3,2 km. de distancia.

De esta manera se concluye:

- Según el perfil socioeconómico que se estima corresponderán los futuros residentes del Proyecto, contarán mayoritariamente con sistema de afiliación FONASA, por lo que podrán acceder a establecimientos de salud privados. Respecto a la oferta de equipamiento, a no más de 3,2 kilómetros de distancia respecto al área del Proyecto se encuentran 5 establecimientos cercanos. Lo anterior indica que los habitantes del proyecto inmobiliario no colapsarán el Consultorio Valdivieso (Patricio Hevia).

Respecto del punto c) de la observación, el titular del proyecto será responsable de materializar todas las obras definidas en el EISTU que se hacen cargo del impacto vial de los vehículos que incorpora el proyecto, que incluyen algunas obras de repavimentación. Finalmente, el titular es responsable de ejecutar las obras de todo el frente predial, de forma tal de terminarlos como ha sido definido por la Municipalidad.

El titular a objeto de mantener las condiciones de las vías por efecto de la construcción del proyecto. Una vez que el municipio ha recibido el proyecto, es el SERVIU quien debe preocuparse de mantener su estado, dado que es vialidad de uso público y de ninguna manera exclusivo para el proyecto.

211

  1. Maritza Ximena Gallardo Domihual

a. Colapso vial

b. Colapso de evacuación de aguas servidas Los ductos de evacuación de aguas servidas, no tienen la capacidad de evacuar los desechos de la cantidad de gente que poblarán estas torres.

c. Destrucción de calles por mucho tráfico de vehículos

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto a) de la observación, el titular del proyecto será responsable de materializar todas las obras definidas en el EISTU que se hacen cargo del impacto vial de los vehículos que incorpora el proyecto, que incluyen algunas obras de repavimentación. Finalmente, el titular es responsable de ejecutar las obras de todo el frente predial, de forma tal de terminarlos como ha sido definido por la Municipalidad.

El titular a objeto de mantener las condiciones de las vías por efecto de la construcción del proyecto. Una vez que el municipio ha recibido el proyecto, es el SERVIU quien debe preocuparse de mantener su estado, dado que es vialidad de uso público y de ninguna manera exclusivo para el proyecto.

Respecto del punto b) de la observación, el titular informó que la empresa sanitaria Aguas Andinas, por medio de los Certificados N°008993 del 11/12/2017 y N°008885 del 06/12/2017 (ambos vigentes a la fecha), acredita que la propiedad ubicada en Av. Perú N°1471 y N°1479, contará con servicio de agua potable y alcantarillado. Es relevante mencionar, que esta empresa sanitaria al contar con la concesión sanitaria del sector se encuentra obligada a prestar el servicio de abastecimiento de agua potable, recolección y tratamiento de aguas servidas, siendo parte de la obligación de la concesión sanitaria proveer la infraestructura (redes, plantas, etc.) que requieren para ello (Ver en Anexo PAC de la Adenda Complementaria, Figura 49 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza I y Figura 50 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza II)

Por otro lado, es obligación de la empresa sanitaria contar una red que de abasto para toda la población del sector y si este servicio genera problemas, es la SISS la encargada de su fiscalización. Desgraciadamente el titular de este proyecto no cuenta con ninguna herramienta para poder fiscalizar a una empresa sanitaria y poder dar mejoras a los problemas que se detallan en la consulta.

Respecto del punto c) de la observación, el titular del proyecto será responsable de materializar todas las obras definidas en el EISTU que se hacen cargo del impacto vial de los vehículos que incorpora el proyecto, que incluyen algunas obras de repavimentación. Finalmente, el titular es responsable de ejecutar las obras de todo el frente predial, de forma tal de terminarlos como ha sido definido por la Municipalidad.

El titular a objeto de mantener las condiciones de las vías por efecto de la construcción del proyecto. Una vez que el municipio ha recibido el proyecto, es el SERVIU quien debe preocuparse de mantener su estado, dado que es vialidad de uso público y de ninguna manera exclusivo para el proyecto.

  1. Verónica Andrea Saravia Hernández

212 1. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida que reside no sólo en nosotros, reside hace 70 años en los fundadores que optan por vivir de esta manera; protegidos por el Cerro San Cristóbal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa; mirando lo cerros de Huechuraba para saber si va a llover o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago, como un oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

  1. Observaciones componentes ambiental proyecto Perú Plaza I-II

El artículo 12 bis de la ley 19.300, sobre las Bases Generales de Medio Ambiente, estipulan que las Declaraciones de Impacto Ambiental deben considerar algunas materias entre las que se encuentra: letra b) los antecedentes necesarios que justifiquen la inexistencia de los efectos, características o circunstancias del artículo 11 que pueden dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental.

Se considera que el proyecto no logra justificar a cabalidad lo señalado en el artículo 11 de la Ley 19.300, detallando a continuación:

a) Riesgo a la salud de la población debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos. - Incremento de los residuos provocados por los usuarios de 483 departamentos y el Strip Center. El problema se acentúa debido a que la construcción de un shaft es convencional y no incorpora la gestión de residuos sólidos, incumpliendo los instrumentos de las normativas locales de la política ambiental de Recoleta y la Ordenanza Ambiental Municipal nº61 con de fecha del 21-06-2016. - Incremento de emisiones de diversos gases contaminantes generados por fuentes móviles (autos de las personas que habitarán en el edificio). Contribuyendo a la contaminación atmosférica del sector. El proyecto contempla 447 estacionamientos. - Contaminación acústica

b) Efectos adversos y significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos suelo, agua y aire. El proyecto inmobiliario “Perú Plaza I-II” se encuentra proyectado entre los cerros San Cristóbal y Cerro Blanco, ambos considerados por la comuna como área de circulación de aves que habitan en la comuna de Recoleta.

Unas de las funciones que cumplen los cerros, parques y área verdes es permitir el desplazamiento y la colonización de especies, en este caso de la avifauna de la Región Metropolitana.

La intervención o alteración de esa zona provoca una fragmentación de los hábitats, lo que desencadena una serie de procesos ecológico y del ecosistema. Basados en estudios (Censo de Pájaros en la Ciudad, Juan Luis Veliz, 2015) y trabajos de investigación, existen aproximadamente 16 especies de aves que habitan en la comuna de Recoleta y que se desplazan en las áreas verdes, cerros y territorio. Las aves cumplen un rol vital en el ecosistema, actuando como agente de dispersor de semillas, polinizadores de platas, controladores biológicos, entre otros.

Dado el incremento inmobiliario de la comuna, y la construcción del proyecto Perú Plaza I- II, de la inmobiliaria LATAKIA S.A.; ¿posee algún estudio que establezca la preservación y conservación de las aves que se desplazan por el corredor biológico de los cerros San Cristóbal y Blanco, justificando que la construcción de las 2 torres de 16 pisos de altura no alterará el desplazamiento de las especies?

c) Reasentamiento de las comunidades urbanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. Se considera que el Proyecto Perú Plaza I y II altera la calidad de vida del sector y la Identidad local, la cual se Identifica por ser una población de adultos mayores, tranquila y sin mayor afluencia. La construcción de 2 torres de 16 pisos, con 483 departamentos, genera de forma Instantánea un aumento de la densidad demográfica que satura los bienes y servicios de la comuna y en especial del sector, como el Incremento de residuos, la 213 saturación vehicular, el deterioro de las calles, la pérdida de privacidad, la pérdida de hora/luz y el valor paisajístico. De igual forma se debe sumar, los problemas sociales que conlleva un Street Center, como lo es la Inseguridad y más cuando el proyecto no puede asegurar que las actividades comerciales de los locales sean acordes al modo de vida de nuestro sector.

En base a los antecedentes entregados, la Inmobiliaria Latakia S.A ¿Adquiere como compromiso voluntario la compensación y/o reparación a los vecinos, de los daños en muros y/o panderetas de las casas aledañas al proyecto, los que se podrían generar durante los trabajos de construcción?

d) Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona. El Proyecto Perú Plaza I y II modifica y afecta la calidad del paisaje dado que la construcción de 2 torres de 16 pisos generará cambios en la visibilidad del paisaje, los que poseen un efecto sobre las personas, catalogados como: - Impactos Directos: Derivados del desarrollo sobre vistas del paisaje, como son la Intrusión o la obstrucción. - La reacción de los observadores que pueden ser afectados por la calidad del fondo escénico. - Impacto sobre la Calidad Visual: Alterando la visibilidad; la calidad paisajística; la calidad visual del entorno Inmediato (500-700 m.); la fragilidad y la frecuentación humana, ya que la población influida Incide de manera directa en la calidad del paisaje.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto 1) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto

Respecto del punto 2.a) de la observación, el titular compromete que los residuos que se generen durante la operación del proyecto serán almacenados por los propietarios en sus departamentos, para luego ser trasladados mediante ductos a las salas de basura del proyecto.

En las salas de basura, los residuos domiciliarios serán almacenados de forma transitoria al interior de contenedores con tapa y bolsas plástica con la finalidad de evitar filtraciones de líquidos percolados y proliferación de vectores de interés sanitario.

214 Cabe destacar, que los ductos contarán con cierro hermético especial. Además, las terminaciones de los recintos tendrán tolvas lavables y cierre hermético. El ingreso a la sala de basura contará con burlete de goma y control para mosca vinagrera al igual que el ducto de ventilación superior (malla mosquitera).

Finalmente, los contenedores de basura serán retirados por el camión municipal con una frecuencia aproximada de 3 veces por semanas.

En cuanto al Strip Center, cada local será encargado de sacar su basura a la zona de precarguío ubicado en el frente del predio. Luego el camión municipal será el encargado de realizar el retiro.

En la Tabla 96, se presenta la forma en que se dará cumplimiento normativo al manejo de residuos sólidos domiciliarios durante la fase de operación del proyecto:

Tabla 96 Cumplimiento Normativo COMPONENTE/MATERIA: Residuos - No peligrosos (domiciliarios) NORMA Decreto con Fuerza de Ley N° 725/1967 del Ministerio de Salud Pública. Aprobó Código Sanitario (D.O. 31/1/68). Párrafo III, del Título II. De los Desperdicios y Basuras. Otros cuerpos legales No Aplica Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra o acción a la que aplica Salas de basura, para la fase de operación Forma de cumplimiento Durante la fase de operación los residuos del edificio serán acumulados en salas de basura por un periodo de 3 días y retirados por el servicio municipal de recolección de basura Indicador que acredita su cumplimiento La solicitud y aprobación de los permisos de acumulación de residuos para la fase de operación Forma de control y seguimiento Contar con los permisos y/o autorizaciones correspondientes

Cabe destacar que el Proyecto de basura se encuentra en tramitación por parte de la Autoridad Sanitaria.

Respecto de la Agenda Ambiental planteada en la Política Ambiental Municipal de Recoleta (2014), esta considera objetivos específicos y líneas de acción los que se pueden ver en la siguiente Tabla:

Tabla 97 Agenda Ambiental Recoleta N° Objetivo Específico Líneas de Acción 1 Fortalecer las capacidades municipales para desarrollar una Gestión Ambiental Inscripción y Participación del Sistema de Certificación Ambiental Municipal (SCAM) Elaboración de Ordenanza Ambiental Capacitación a funcionarios municipales en temas ambientales Mejoramiento de la fiscalización ambiental 215 2 Elevar la calidad ambiental en la comuna Mejorar y fortalecer la fiscalización sanitaria Tenencia responsable de mascotas Gestión sustentable de los residuos sólidos domiciliarios bajo un enfoque de basura cero Consolidar y crear más áreas verdes Recuperación de micro basurales 3 Elevar la conciencia ambiental en la comuna, fortaleciendo la educación para la sustentabilidad Promoción de la Educación Ambiental a nivel comunal Apoyo a la formulación de proyectos ambientales con financiamiento externo 4 Enfrentamiento del cambio climático y descontaminación atmosférica Mitigación: reducción de contaminantes atmosféricos locales y globales Adaptación al cambio climático

De acuerdo a la línea de acción “Gestión sustentable de los residuos sólidos domiciliarios bajo un enfoque de basura cero”, se puede señalar que el Proyecto contempla, a un costado de ambas salas de basura, Closets Ecológicos donde la comunidad podrá separas sus residuos según composición. Además, el reciclaje de estos estará a cargo de la administración con la empresa que estime conveniente.

Para la fase de construcción, se priorizará la segregación de materiales para su posterior reutilización y/o reciclaje al interior de la obra en la medida en que sea posible.

Lo señalado anteriormente aporta a la Política Ambiental de Recoleta, ya que genera una conciencia ambiental en la comunidad y provoca una reducción de los residuos al interior del condominio.

Por otro lado, la Ordenanza Ambiental Municipal N°61 de fecha del 21-06-2016 respecto a residuos sólidos señala lo siguiente:

• Del Manejo de los Residuos Sólidos Urbanos o De acuerdo a la Estrategia de Basura Cero adoptada para el manejo de los residuos sólidos domiciliarios, la Municipalidad de Recoleta desarrollará y promoverá iniciativas en las siguientes líneas de acción.  Separación en el origen y Recolección puerta a puerta de productos reutilizables y materiales reciclables.  Reciclaje de residuos sólidos secos.  Etc. o Queda prohibida la incineración de residuos domiciliarios en el territorio comunal. Asimismo, el Municipio no autorizará en el territorio de su jurisdicción la operación de servicios de recolección de residuos domiciliarios que tengan como destino final de estos la incineración en plantas localizadas fuera de la comuna. o Los residuos domiciliarios no deben incluir materiales tóxicos, corrosivos, peligrosos, etc., los que deben ser manejados y dispuestos según regulaciones específicas. o La comunidad debe adecuarse a la programación municipal para la recolección de los residuos sólidos en cuanto a días, horarios y medios para la prestación de los servicios de recolección. o Los generadores de residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios deberán depositarlos en receptáculos de material lavable con tapa hermética, de material plástico autorizados por el municipio. Los residuos a su vez deben ser depositados en bolsas plásticas de una densidad que asegure la contención de los residuos. 216 o Entre otros.

• Del manejo de disposición final de escombros y materiales similares. o Queda prohibido botar escombros y voluminosos en los Bienes Nacionales de Uso Público. o Se prohíbe arrojar y almacenar basuras, escombros, chatarras o desperdicios de cualquier tipo en terrenos de particulares sin la autorización expresa del propietario del mismo, del Municipio y del Servicio de Salud. o No son asimilables a escombros aquellos residuos de la construcción, tales como restos o envases de plásticos o metálicos de pinturas, solventes, aceites, impermeabilizantes y otros compuestos químicos. Tampoco lo son: papeles, plásticos, cartones, polímeros de aislación, residuos orgánicos, envases de cualquier tipo, todo material factible de ser arrastrado por el viento y el agua, y todo desecho con posibilidad de emitir gases, malos olores, líquidos percolados y otros productos contaminados. Estos elementos deberán ser trasladados obligatoriamente al lugar de disposición final autorizado por el Servicio de Salud, con el propio emisor. o El traslado vía terrestre de escombros, arenas, ripio, tierra, productos de elaboración, maderas y otros desechos asimilables a escombros, que puedan escurrir, caer al suelo o sean factibles de ser esparcidos, sólo podrá hacerse en vehículos especialmente acondicionados para cumplir dicho menester, los que deberán estar provistos de carpas en buen estado u otros elementos protectores. o La carga de escombros y de elementos asimilables a estos, sólo podrá realizarse al interior de las propiedades. En caso de requerid efectuar la carga en la vía pública o en un Bien Nacional de Uso Público diverso, deberá contar con la respectiva autorización municipal por parte de la Dirección de Tránsito y/o de Obras Municipales.

Por lo que, a continuación, se presenta como dará cumplimiento el Proyecto a lo señalado por la Ordenanza Ambiental de Recoleta para cada una de sus fases:

Fase de Operación: • El Proyecto contempla, a un costado de ambas salas de basura, Closets Ecológicos donde la comunidad podrá separas sus residuos según composición. Además, el reciclaje de estos estará a cargo de la administración con la empresa que estime conveniente. • El Proyecto no considera la incineración de los residuos domiciliarios generados en el condominio. • Los residuos que se generen durante la operación del proyecto corresponden principalmente al tipo no peligrosos (domiciliarios), que generarán los usuarios de los departamentos diariamente. • La administración de los edificios se adecuará a la programación municipal para la recolección de los residuos en cuanto a días, horarios y medios para la prestación de los servicios de recolección. • Los residuos serán almacenados por los propietarios en sus departamentos, para luego ser trasladados mediante ductos a las salas de basura del proyecto.

Ya en las salas de basura, los residuos domiciliarios serán almacenados de forma transitoria al interior de contenedores con tapa y bolsas plástica con la finalidad de evitar filtraciones de líquidos percolados y proliferación de vectores de interés sanitario.

Cabe destacar, que los ductos contarán con cierro hermético especial. Además, las terminaciones de los recintos tendrán tolvas lavables y cierre hermético. El ingreso a la sala de basura contará con burlete de goma y control para mosca vinagrera al igual que el ducto de ventilación superior (malla mosquitera). 217

Fase de Construcción: • Los residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios serán almacenados de forma transitoria en contenedores con tapa especialmente destinados para ellos y al interior presentarán bolsas plásticas, para evitar la proliferación de vectores de interés sanitario. • En cuanto a los escombros, cabe señalar que si bien se considera la reutilización de los residuos producidos en obra, el proyecto no contempla la habilitación de un sector de acopio para la fracción valorizable de los residuos. Los excedentes serán llevados a un sitio de disposición final debidamente autorizado. • En ningún caso se botarán escombros en los Bienes Nacionales de Uso Público o en terrenos de particulares. • Los residuos generados por la excavaciones y escarpe serán inmediatamente cargados sobre camiones, para luego ser llevados a sitios de disposición final autorizados. • Los residuos Peligrosos generados por los envases de las sustancias peligrosas a utilizar en obra, no se mezclarán por ningún motivo con los residuos de escombros o inertes, para ello se dispondrán en una bodega especialmente destinada para ellos. Así se evitará que en los sitios de disposición final pudiesen causar detrimento en la calidad de la napa por lixiviación o lavado de suelo en el mismo sitio. Lo señalado anteriormente, se llevará a cabo según lo establecido en el D.S. N°148/03 del MINSAL. • Todos los residuos serán dispuestos en lugares autorizados por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana. Además, en obra se mantendrá un registro de la disposición final de estos residuos generados en la etapa de construcción, el cual será emitido por la empresa encargada de la disposición final cada vez que se genera el traslado de dichos residuos. El encargado de mantener el registro en obra, será designado por el Titular y se encontrará disponible para su revisión cada vez que la Autoridad Ambiental lo solicite. • La obra tendrá un sistema de control de vectores sanitarios a través de una empresa debidamente autorizada y se mantendrá los lugares de trabajo en buenas condiciones de orden y limpieza para evitar o eliminar la presencia de vectores sanitarios, según lo establece el art. 11 del D.S. Nº 594 de 1999, modificado por D.S. Nº 201 de 2001, ambos del MINSAL. • En ninguna circunstancia se incinerarán residuos al interior de la obra. • El transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humedecer la carga en caso de ser necesario. • Finalmente, la carga de escombros y de elementos asimilables, sólo se realizará al interior de la propiedad.

Respecto de las emisiones de gases generados por fuentes móviles (autos de los habitantes de los edificios), se debe destacar que, todos los vehículos motorizados deben contar con su Certificado de Revisión Técnica, el que debe ser renovado anualmente y es requisito para obtener el permiso de circulación en marzo. El objetivo de la revisión técnica de los vehículos es velar por el correcto funcionamiento de sus sistemas de seguridad y emisiones, para así evitar accidentes de tránsitos y contaminación ambiental.

Todo esto de acuerdo al D.S. 156/1990 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, actualizado el 11 de Febrero de 2017, y al D.S. N° 211/1991 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, actualizado el 29 de Septiembre de 2012 y que toma como antecedente el Plan de Prevención y Descontaminación de la Región Metropolitana (PPDA), que a su vez se basa en las normas primarias de la calidad del aire establecidas en base a la salud de la población.

Cuando los vehículos se encuentren en el estacionamiento del proyecto, el motor se encontrará detenido, siendo su funcionamiento y circulación mayor al momento de llegada en la tarde y a primera hora en la mañana para retirarse. En este sentido, el hecho que haya autos estacionados 218 cercano a los deslindes del predio no debiera generar problemas en la salud de los vecinos, ya que corresponde a una situación similar a la que ocurre con los autos estacionados en las calles.

Con respecto a la emisión de ruido asociado a los vehículos particulares que harán uso de los estacionamientos y las personas que habitarán los edificios, es importante tener en cuenta que dichas fuentes de ruido se encuentran dentro de las exclusiones del ámbito de aplicación de la normativa vigente (D.S. N°38/11 del MMA) especificadas en el Artículo 5, ya que corresponden a la actividad propia del uso de viviendas y edificaciones, no atribuibles al proyecto sino más bien a la conducta de sus habitantes. En este sentido, la evaluación ambiental presentada en el Anexo 6 de la Adenda 1 permite garantizar el cumplimiento de la citada normativa durante la fase de operación del proyecto, que en este caso está relacionada con el funcionamiento de equipos tales como grupo electrógeno, calderas, etc.

No obstante lo anterior, de acuerdo con la experiencia del consultor, en condiciones normales las fuentes señaladas no deberían representar inconvenientes para los vecinos ya que son de baja emisión de ruido. De todos modos, a nivel municipal los ruidos molestos de este tipo se encuentran regulados y controlados por carabineros y personal de seguridad de la comuna.

Respecto del punto 2.b) de la observación, en el área de influencia del proyecto, a través de un análisis bibliográfico y la experiencia en terreno en la Tabla 85 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria el titular señala las especies existentes (Ver Tabla 85 Tabla de aves potenciales del área de influencia).

En relación a la consulta se entregan las siguientes consideraciones técnicas en relación a las aves en un terreno urbano: • En los estudios de biodiversidad urbana se reconoce el valor de las aves como indicadores de aspectos importantes de los ecosistemas urbanos como la estructura vegetacional, siendo este el hábitat principal de las aves dentro de las ciudades. • Díaz y Armesto (2003) compararon la composición de avifauna entre la comuna de La Reina y la Reserva Rio Clarillo, concluyendo que la riqueza de aves aumenta cuando aumenta el follaje de los árboles, y a su vez cuando estos son nativos. • Los corredores de desplazamiento de aves urbanas poseen dos componentes principales (1) estructural o física, que se refiere a la disposición espacial de diferentes tipos de hábitats o al orden de los elementos en el paisaje y (2) funcional o de comportamiento, la cual corresponde al comportamiento propio de individuos, de especies o de procesos ecológicos de la estructura física del paisaje. • En estudios con radio trasmisores, realizados en la comuna de Providencia, se determinó que las aves (zorzal) se movilizan por la cuidad en tramos cortos, utilizando como ruta de desplazamiento las arboledas urbanas, lo jardines de casas, las áreas verdes de edificios, donde se detienen por algunos minutos. Prefieren calles con mayor vegetación.

En relación a lo anterior, se debe considerar que el proyecto no afectará sectores que son considerados como áreas de descanso o corredor de desplazamiento de las aves, más bien realizará un refuerzo de estas, a través de la incorporación de áreas verdes y nuevos árboles en las calles, lo que el titular evidencia en la Figura 45 y 46 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria (Ver, Figura 45 Árboles y Áreas Verdes Edificios Perú Plaza I – II; Figura 46 Proyecto de Paisajismo Edificio Perú Plaza I).

Tal como queda establecido, el proyecto incorpora 1.602,27 m2 en el Edificio Perú Plaza I y 1.682,14 m2 en el Edificio Perú Plaza II de nuevas áreas verdes, contemplando la utilización de árboles de gran tamaño.

En el diseño paisajístico urbano se establece que el proyecto como tal no generará una alteración conductual en la migración de las aves del sector, más bien reforzará las vías migratorias, generando nuevos sectores de posaderos y rutas de desplazamiento.

Sobre la avifauna presente en el Parque Metropolitano y El Cerro Blanco, se debe mencionar que ambas unidades no son parte del área de influencia del proyecto, por lo tanto, las partes y obras de este no tendrían una interacción en el componente faunístico que en estos habitan. Para el caso de 219 las rutas migratorias, tal como se menciona anteriormente, el proyecto no generará una interacción negativa, más bien realizará un proyecto de paisajismo que colaborará en el hábitat urbano de estas especies.

En relación a las categorías de conservación mencionadas en la consulta, cabe mencionar que las especies mencionadas no se encuentran amenazadas en la actualidad. El carpinterito (Veniliornis lignarius), no ha sido clasificado por el Comité de Clasificación de Especies, tampoco presenta clasificación en el reglamento de la Ley de Caza, por lo tanto no presenta una categoría de conservación. Para el caso de la torcaza (Patagioenas araucana) esta fue clasificada por el comité como en preocupación menor, es decir: “Una especie se considerará "Preocupación Menor" cuando, habiendo sido evaluada, no cumple ninguno de los criterios que definen las categorías de En Peligro Crítico, En Peligro, Vulnerable o Casi Amenazada. Se incluyen en esta categoría especies abundantes y de amplia distribución, y que por lo tanto pueden ser identificadas como de preocupación menor”.

El señala que la afirmación realizada por la cuidadania en relación a que “existen dos especies en categoría de conservación en la población y que se verá afectado su hábitat con las torres: torcaza chilena y carpinterito”, no es correcta, puesto que no se encontraron especies en categoría de conservación en el área en estudio.

Sobre la información entrega por el titular, respecto de realizar un levantamiento de terreno de la avifauna, dicha solicitud corresponde a la realización de un estudio de línea base de fauna vertebrada terrestre, instrumento técnico que ha sido definido en el artículo 18 inciso e.2. Sin embargo, el Proyecto fue ingresado bajo la forma de Declaración de Impacto Ambiental (DIA), las que no deben incluir o presentar líneas bases de acuerdo a lo establecido en el artículo 19 del Decreto Supremo (DS) 40 de 2013 (Ministerio de Medio Ambiente) el cual aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el que establece que las líneas de base sólo forman parte de los Estudios de Impacto Ambiental (EIA), tal como lo establece el artículo 18 del mismo reglamento.

De la misma forma, el artículo 19 del D.S. 40 en su inciso b.1 se establece que dentro de las Declaraciones de Impacto Ambiental, se pueden incluir, en el caso que fuese necesario, antecedentes que justifiquen la inexistencia de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que puedan dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental. Profundizando en lo anterior, en el mismo inciso, en su apartado b.3 el D.S 40 establece lo siguiente: “En casos de corresponder, la ubicación y cuantificación de los recursos naturales renovables a extraer o explotar por el proyecto o actividad para satisfacer sus necesidades”. Por lo tanto, correspondería presentar una caracterización de avifauna solo en el caso que se requiera justificar la inexistencia de las características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300.

En relación a la tabla de especies potenciales de avifauna, se establece que dentro del área de influencia no existe evidencia de especies de avifauna que puedan ser consideradas como recursos escasos, únicos o representativos, cuya afectación puedan generar efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, y que por lo tanto puedan dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental.

En conclusión, no es necesario presentar una caracterización de línea base, toda vez que la bibliografía descarta que existan elementos, asociados a la avifauna, que sean considerados como escasos, únicos o representativos.

De la misma forma, se descarta la existencia de las circunstancias que generen impactos significativos sobre lo indicado en el artículo 6 del RSEIA. Lo anterior, responde a que el área de influencia presentado en proyecto, se desarrolla en su totalidad en la ciudad de Santiago, considerada como la urbe más densificada y urbanizada de Chile. En términos ecológicos, se establece que las ciudades corresponden a una matriz urbana donde se ha realizado un desplazamiento de las condiciones naturales originales, para dar paso a la construcción de una ciudad. Producto de lo anterior, el ensamblaje faunístico del sector permitiría sólo el desarrollo de especies que no son especialistas de hábitat y que por lo tanto, su conservación no se encontraría amenazada en la actualidad, sin ser consideradas como recursos escasos, únicos o representativos.

220 Respecto del punto 2.c) de la observación, en relación al análisis del Artículo 7, literal d) respecto de la dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo, se informa que la evaluación ambiental del proyecto ha sido realizada en conformidad a la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Inmobiliarios que se Desarrollen en Zonas Urbanas (2017), a fin de descartar la presencia de potenciales impactos significativos relacionados al Artículo 7, letra d) del RSEIA.

Los antecedentes presentados en el punto 6.1.1 del Estudio de Medio Humano adjunto en el Anexo 6 de la DIA señalan que, “el sector donde se planea la construcción del Proyecto corresponde a un antiguo estadio deportivo adquirido por el Titular. Cabe señalar que dicho lugar se encontraba en desuso desde el año 2014 y que actualmente el predio está deshabilitado y no se evidencia presencia de residentes permanentes ni intermitentes. Por lo cual en el sitio donde se emplazará el Proyecto no existen grupos humanos ni personas las cuales puedan ser impactadas significativamente ni ser propensas a reasentamiento por parte del Proyecto.”

A partir de los antecedentes presentados se descarta que el Proyecto pueda generar impacto significativo según lo estipulado en el Artículo 7 del RSEIA respecto a reasentamiento de grupos humanos, además de alteración de sistemas de vida, específicamente según el literal d).

Complementariamente, se debe informar que el Plan Regulador Comunal de Recoleta permite tanto el uso de suelo habitacional como el uso de suelo equipamiento comercial en los terrenos que se ejecutará el proyecto. Por ello, la Dirección de Obras Municipales (DOM) ha otorgado válidamente los Permisos de Edificación para ambos edificios. La idea que los locales comerciales sean un aporte positivo al sector en función de los distintos beneficios de la existencia de equipamiento comercial de una escala adecuada para los barrios.

En relación a los otros aspecto de la observación en el punto c) se informa que el Proyecto ofrecerá viviendas cuya superficie irá desde los 36 m2 a 54 m2. Lo anterior determina un valor de venta promedio de 2.770 UF. De esta manera, el perfil del comprador de estas viviendas estaría conformado principalmente por los grupos socioeconómicos medios C2.

• Equipamiento de salud

De acuerdo con los datos de la Encuesta Casen 2015, el acceso a establecimientos de salud de la población de Recoleta se distribuye de la siguiente manera:

Gráfico: Porcentaje de acceso a establecimientos de salud según tipo

A partir del gráfico presentado, se extrae que la mayoría de la población (62,6%) accede a establecimientos de salud público, seguido por atención en consultas y centros médicos privados (22,2%). Este comportamiento difiere del comportamiento de la población del área de influencia, ya que según la información de entrevistados expuesta en el punto 5.5.2 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA “la mayoría de la población se encuentra afiliada al sistema previsional Fonasa y en menor medida a Isapres. Por lo general son los adultos mayores e 221 inmigrantes quienes, por razones económicas, acceden a la red de establecimientos públicos, específicamente al CESFAM Dr. Patricio Hevia (Valdivieso) y CESFAM Recoleta, mientras que la población adulta y jóvenes acceden a centros privados en el sector centro y oriente de la ciudad.” (p. 48)”

Considerando el perfil socioeconómico estimado de los futuros residentes del Proyecto, estos contarán mayoritariamente con afiliación a sistema FONASA y en menor medida ISAPRE, accediendo a atención de salud en centros privados, sin recurrir a los centros de salud públicos, específicamente a los CESFAM que corresponden al territorio.

En cuanto a la oferta de centros de salud privados, el área de influencia se encuentra próxima a 5 establecimientos, sin superar los 3,2 km. de distancia.

De esta manera se concluye:

- Según el perfil socioeconómico que se estima corresponderán los futuros residentes del Proyecto, contarán mayoritariamente con sistema de afiliación FONASA, por lo que podrán acceder a establecimientos de salud privados. Respecto a la oferta de equipamiento, a no más de 3,2 kilómetros de distancia respecto al área del Proyecto se encuentran 5 establecimientos cercanos. Lo anterior indica que los habitantes del proyecto inmobiliario no colapsarán el Consultorio Valdivieso (Patricio Hevia).

• Equipamiento educacional

De acuerdo con los datos de la Encuesta Casen 2015, el acceso a establecimientos educacionales de la población de la comuna de Recoleta se divide en la siguiente manera:

Gráfico 10: Comuna de establecimiento educacional al cual accede la población de Recoleta

Como se observa en los datos, un 63% de la población de Recoleta accede a establecimientos educacionales en la misma comuna. En tabla 45 del Anexo PAC del Adenda Complementaria se presenta un listado pormenorizado de los establecimientos educacionales de la comuna.

La mayoría de los establecimientos disponibles en la comuna son de dependencia Particular Subvencionado y existen 1.566 matrículas vacantes.

Respecto a la demanda que generará el Proyecto, se utiliza la información disponible en el proyecto de sala de basura adjunto en el anexo 10 de la DIA, donde se estima que los departamentos de dos o 222 más dormitorios estarían acondicionados para recibir un grupo familiar, por ende, población en edad escolar. Por cada uno de ellos se calcula según el indicador de INE (2010), donde durante el año 2008 cada mujer aportó 1,9 hijos/as en promedio.

Se estima que el Proyecto aportaría 648 residentes en edad escolar, de los cuales, considerando la tendencia que demuestra la Encuesta Casen 2015, el 63% accedería a equipamiento educacional de la comuna, es decir 408 estudiantes.

De esta manera se concluye:

- Se estima que el Proyecto aportará 648 residentes en edad escolar, de los cuales 408 buscarán acceder a establecimientos en Recoleta. Como se indica en el punto 5.5.3 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA, en el área de influencia existen cuatro establecimientos educacionales, los cuales cuentan con 155 vacantes según curso de ingreso principal, los que podrían cubrir de manera parcial la demanda que se estima generaría el Proyecto. - En total la comuna cuenta con 1.566 vacantes según curso de ingreso, es decir, permite absorber la demanda que se estima generaría el Proyecto. - La mayoría de los establecimientos disponibles, tanto en el área de influencia como en la comuna, son de dependencia Particular Subvencionada, acorde a la preferencia del perfil socioeconómico (C2) que se estima corresponderá a los ocupantes del Proyecto. Respecto al tema de la basura de los edificios, se aclara que los Edificios Perú Plaza I-II cuentan con su Proyecto de Basura el cual de acuerdo a la normativa deberá estar debidamente aprobado por la Autoridad Sanitaria. Además, cabe destacar, que el retiro de los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios es obligación de la Municipalidad, conforme a la normativa vigente, la cual cobra por este servicio en conjunto con las contribuciones.

En relación al análisis del Artículo 7, literal d) respecto la dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo, se informa que la evaluación ambiental del proyecto ha sido realizada en conformidad a la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Inmobiliarios que se Desarrollen en Zonas Urbanas (2017), a fin de descartar la presencia de potenciales impactos significativos relacionados al Artículo 7, letra d) del RSEIA.

Los antecedentes presentados en el punto 6.1.1 del Estudio de Medio Humano adjunto en el Anexo 6 de la DIA señalan que, “el sector donde se planea la construcción del Proyecto corresponde a un antiguo estadio deportivo adquirido por el Titular. Cabe señalar que dicho lugar se encontraba en desuso desde el año 2014 y que actualmente el predio está deshabilitado y no se evidencia presencia de residentes permanentes ni intermitentes. Por lo cual en el sitio donde se emplazará el Proyecto no existen grupos humanos ni personas las cuales puedan ser impactadas significativamente ni ser propensas a reasentamiento por parte del Proyecto.”

A partir de los antecedentes presentados se descarta que el Proyecto pueda generar impacto significativo según lo estipulado en el Artículo 7 del RSEIA respecto a reasentamiento de grupos humanos, además de alteración de sistemas de vida, específicamente según el literal d).

Respecto del tema de transportes, el área de influencia cuenta con 13 paraderos Transantiago, estando el más cercano a aproximadamente 20 m. de distancia (PB170-Avenida Perú Esq. / Arz. Valdivieso), por donde transitan los recorridos 116 y B15. A aproximadamente a 550 metros en dirección poniente del lugar donde se ubicará el Proyecto, se encuentra Av. Recoleta, la cual presenta una mayor oferta de recorridos de buses.

El área de influencia se encuentra próxima a la estación de Metro Cementerios correspondiente a la Línea 2, emplazada sobre el eje Av. Recoleta, a aproximadamente 465 metros de distancia (15 minutos a pie desde el extremo oriente del área de influencia).

La oferta actual permite cubrir la demanda generada en el área de influencia, ya que a pocos metros cuentan con amplia oferta (buses y Metro) sobre el eje Recoleta.

El Proyecto cuenta con 447 estacionamientos para 483 viviendas, es decir, una proporción de 0,92 estacionamientos/vivienda. Considerando el perfil socioeconómico del público objetivo del Proyecto (C2), sólo un 49% cuenta con vehículo particular, por lo que se estima que alrededor de 223 237 viviendas requieran de estacionamiento, siendo la demanda menor a la oferta que proporcionará el Proyecto.

Respecto del tema de la energía el área de influencia se encuentra cubierta en un 100% por la empresa Enel. Esto se extenderá a la situación del Proyecto. Sanitaria La demanda de servicios sanitarios del área de influencia se encuentra cubierta en un 100% por la empresa Aguas Andinas. Por su parte el Proyecto cuenta con factibilidad sanitaria

En relación a la Infraestructura Básica y Equipamiento Comunitario, tal como se indica en el punto 5.5.4 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA “la mayoría de calles y veredas se observan en buen estado, permitiendo el tránsito sin mayores problemas de los peatones. Aun así, cabe señalar que en ciertos puntos se identifica deterioro del pavimento especialmente en el sector poniente del área de influencia, entre las calles El Salto Chico y Av. Recoleta, debido a que se trata de un sector residencial bastante antiguo, cuyas fachadas también evidencian un notorio estado de deterioro, tal como se ha mencionado en el punto 5.5.1; respecto a las luminarias los entrevistados señalan que se encuentran en buen estado.” (p.53) Junto a esto se debe considerar el proyecto de la Municipalidad y GORE que contempla el mejoramiento del bandejón central de Av. Perú. Por su parte el Titular se hará cargo de mejorar la solera poniente del Proyecto, ensanchando la calzada, implementando baldosa, franja de césped, luminaria, árboles y arbustos. (ver anexo 1 de la Adenda Complementaria). Durante la fase de operación, la administración de los edificios se hará cargo de las áreas verdes y de mantener limpio el frente de la propiedad. Por otro lado, la Municipalidad será la encargada de la mantención de las luminarias.

Respecto a equipamiento infraestructura de equipamiento comunitario, como se indica en el mismo anexo, “se identifica equipamiento comunitario, representado en la presencia de sedes sociales y multicanchas” (p.53). Por su parte, el Proyecto contempla la instalación de áreas verdes para sus residentes, además de equipamiento como gimnasio, salas multiuso, quinchos, piscina, salas de primeros auxilios y lavandería.

En el área de influencia se identifican servicios comerciales menores, principalmente establecimientos que permiten el abastecimiento de los residentes. Para una mayor oferta de servicios y compras mayores, deben trasladarse fuera de este sector. Al respecto, la construcción del Proyecto contempla la instalación de 11 locales comerciales que cuentan con acceso independiente y que permitirá proporcionar una mayor cantidad servicios.

El área de influencia presenta disponibilidad acotada de servicios, siendo la mayoría de abastecimiento y comercio. De esta manera, la población del área de influencia se traslada hacia otros puntos de Recoleta, sector oriente o centro de Santiago que se emplaza a pocos minutos, con el fin de acceder a una mayor oferta de servicios bancarios y financieros. Por su parte, el Proyecto contempla la instalación de 11 locales comerciales que cuentan con acceso independiente y que permitirá entregar al sector una mayor cantidad servicios. En conclusión, se descarta que el Proyecto pueda generar impacto significativo según lo establecido en el literal c) del Artículo 7 del RSEIA.

Además, el titular del Proyecto “Edificios Perú Plaza I – II”, se compromete a que en caso que se verifiquen daños a muros y/o panderetas de las casas aledañas atribuibles a las obras del proyecto, realizar las reparaciones que corresponda.

Respecto del punto 2.d) de la observación, la descripción y valoración de los atributos biofísicos del paisaje de la zona de estudio, la ubicación del Proyecto en una zona urbana donde la planificación territorial permite su posicionamiento, el análisis de visibilidad que da cuenta de las relaciones establecidas entre su posicionamiento y los cerros de la zona, así como la visibilidad obtenida desde sectores de permanencia considerados relevantes, son argumentos que permiten señalar que las obras del Proyecto no generarán obstrucciones visuales significativas sobre el elemento o atributo considerado con más valor dentro de este análisis. A su vez, el Proyecto tampoco alterará significativamente atributos del elemento considerado con valor en este estudio ya que se posicionará sobre suelo urbano (plano) donde la planificación territorial lo permite.

Es importante señalar que el proyecto brinda atributos o elementos urbanos propuestos a nivel de calle que posibilitan enriquecer el espacio público hacia Av. Perú y que ayudan a consolidar la imagen urbana que se pretende para el sector. Los edificios se proyectan retranqueados respecto de la línea de edificación relevando los atributos a nivel de calle proyectados a escala humana, como 224 todo el mobiliario público, locales comerciales y arborización urbana, definiendo, en conjunto con el ensanche y bandejón central propuesto por el SECPLA de Recoleta, el nuevo perfil de calle y la imagen urbana del sector, en coherencia a lo que establecen los instrumentos de planificación territorial.

Complementariamente, de acuerdo a lo señalado en la “Guía de evaluación de impacto ambiental – Valor Paisajístico en el SEIA, 2013” los tipos de impacto sobre el valor paisajístico se clasifican en las dos siguientes categorías: • Obstrucción de la visibilidad a una zona con valor paisajístico. • Alteración de los atributos de una zona con valor paisajístico.

Esta clasificación es coherente con lo señalado en el Artículo 11, letra e) de la Ley Nº19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y sus modificaciones, así como en el Artículo 9 del Reglamento del SEIA (D.S. Nº40/12 del MMA), donde señalan, que a objeto de evaluar si el proyecto o actividad, en cualquiera de sus fases, genera o presenta una alteración significativa del valor paisajístico de una zona, se debe considerar la duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico y la duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico: a) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico. b) La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico.

Al respecto, la descripción y valoración de los atributos biofísicos del paisaje de la zona de estudio, la ubicación del Proyecto en una zona urbana donde la planificación territorial permite su posicionamiento, el análisis de visibilidad que da cuenta de las relaciones establecidas entre su posicionamiento y los cerros de la zona, así como la visibilidad obtenida desde sectores de permanencia considerados relevantes, son argumentos que permiten concluir que las obras del Proyecto no generará obstrucciones visuales significativas sobre el elemento o atributo considerado con más valor dentro de este análisis. A su vez, el Proyecto tampoco alterará significativamente atributos del elemento considerado con valor en este estudio ya que se posicionará sobre suelo urbano (plano) donde la planificación territorial lo permite.

El proyecto brinda atributos o elementos urbanos propuestos a nivel de calle que pueden enriquecer el espacio público hacia Av. Perú y que ayudan a consolidar la imagen urbana que se pretende para el sector. Los edificios se proyectan retranqueados respecto de la línea de edificación relevando los atributos a nivel de calle proyectados a escala humana, como todo el mobiliario público, locales comerciales y arborización urbana, definiendo, en conjunto con el ensanche y bandejón central propuesto por el SECPLA de Recoleta, el nuevo perfil de calle y la imagen urbana del sector, en coherencia a lo que establecen los instrumentos de planificación territorial.

Para ver detalles del Estudio de Paisaje, ver Anexo 5.6. de la Adenda Complementaria.

Por lo anterior, es posible señalar que el Proyecto no genera efectos significativos en cuanto a la obstrucción visual ni a la alteración de los atributos de una zona con valor paisajístico.

La descripción y valoración de los atributos biofísicos del paisaje de la zona de estudio, la ubicación del Proyecto en una zona urbana donde la planificación territorial permite su posicionamiento, el análisis de visibilidad que da cuenta de las relaciones establecidas entre su posicionamiento y los cerros de la zona, así como la visibilidad obtenida desde sectores de permanencia considerados relevantes, son argumentos que permiten señalar que las obras del Proyecto no generarán obstrucciones visuales significativas sobre el elemento o atributo considerado con más valor dentro de este análisis. A su vez, el Proyecto tampoco alterará significativamente atributos del elemento considerado con valor en este estudio ya que se posicionará sobre suelo urbano (plano) donde la planificación territorial lo permite.

Para ver detalles del Estudio de Paisaje, ver Anexo 5.6. de la Adenda Complementaria.

Por lo anterior, es posible señalar que el Proyecto no genera efectos significativos en cuanto a la obstrucción visual ni a la alteración de los atributos de una zona con valor paisajístico.

Por último, se informa que el proyecto cumple con el Instrumento de Planificación (IPT) en términos de la altura, rasantes y sombras proyectadas a los terrenos aledaños al proyecto, así como 225 con lo establecido en el artículo 2.6.11 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (O.G.U.C)

  1. Magalí Bruna Farías

a. Alcantarillado Se afectará a las 10 población de sector oriente, por lo tanto, las aguas servidas estarían ingresando a las tuberías del alcantarillado antiguo, ya que, en Avenida México del Salto al cerro, actualmente las cámaras se llevan de estas aguas servidas.

b. Paisajismo Estos edificios afectarán el paisajismo quedaría como encerrado y también su contaminación.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto a) de la observación, el titular informó que la empresa sanitaria Aguas Andinas, por medio de los Certificados N°008993 del 11/12/2017 y N°008885 del 06/12/2017 (ambos vigentes a la fecha), acredita que la propiedad ubicada en Av. Perú N°1471 y N°1479, contará con servicio de agua potable y alcantarillado. Es relevante mencionar, que esta empresa sanitaria al contar con la concesión sanitaria del sector se encuentra obligada a prestar el servicio de abastecimiento de agua potable, recolección y tratamiento de aguas servidas, siendo parte de la obligación de la concesión sanitaria proveer la infraestructura (redes, plantas, etc.) que requieren para ello (Ver en Anexo PAC de la Adenda Complementaria, Figura 49 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza I y Figura 50 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza II)

Por otro lado, es obligación de la empresa sanitaria contar una red que de abasto para toda la población del sector y si este servicio genera problemas, es la SISS la encargada de su fiscalización. Desgraciadamente el titular de este proyecto no cuenta con ninguna herramienta para poder fiscalizar a una empresa sanitaria y poder dar mejoras a los problemas que se detallan en la consulta.

Respecto del punto b) de la observación, específicamente respecto de la descripción y valoración de los atributos biofísicos del paisaje de la zona de estudio, la ubicación del Proyecto en una zona urbana donde la planificación territorial permite su posicionamiento, el análisis de visibilidad que da cuenta de las relaciones establecidas entre su posicionamiento y los cerros de la zona, así como la visibilidad obtenida desde sectores de permanencia considerados relevantes, son argumentos que permiten concluir que las obras del Proyecto no generará obstrucciones visuales significativas sobre el elemento o atributo considerado con más valor dentro de este análisis. A su vez, el Proyecto tampoco alterará significativamente atributos del elemento considerado con valor en este estudio ya que se posicionará sobre suelo urbano (plano) donde la planificación territorial lo permite.

Es importante señalar que el proyecto brinda atributos o elementos urbanos propuestos a nivel de calle que enriquecen el espacio público hacia Av. Perú y que ayudan a consolidar la imagen urbana que se pretende para el sector. Los edificios se proyectan retranqueados respecto de la línea de edificación relevando los atributos a nivel de calle proyectados a escala humana, como todo el mobiliario público, locales comerciales y arborización urbana, definiendo, en conjunto con el ensanche y bandejón central propuesto por el SECPLA de Recoleta, el nuevo perfil de calle y la imagen urbana del sector, en coherencia a lo que establecen los instrumentos de planificación territorial.

Complementariamente, de acuerdo a lo señalado en la “Guía de evaluación de impacto ambiental – Valor Paisajístico en el SEIA, 2013” los tipos de impacto sobre el valor paisajístico se clasifican en las dos siguientes categorías: • Obstrucción de la visibilidad a una zona con valor paisajístico. • Alteración de los atributos de una zona con valor paisajístico.

226 Esta clasificación es coherente con lo señalado en el Artículo 11, letra e) de la Ley Nº19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y sus modificaciones, así como en el Artículo 9 del Reglamento del SEIA (D.S. Nº40/12 del MMA), donde señalan, que a objeto de evaluar si el proyecto o actividad, en cualquiera de sus fases, genera o presenta una alteración significativa del valor paisajístico de una zona, se debe considerar la duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico y la duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico: a) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico. b) La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico.

Al respecto, la descripción y valoración de los atributos biofísicos del paisaje de la zona de estudio, la ubicación del Proyecto en una zona urbana donde la planificación territorial permite su posicionamiento, el análisis de visibilidad que da cuenta de las relaciones establecidas entre su posicionamiento y los cerros de la zona, así como la visibilidad obtenida desde sectores de permanencia considerados relevantes, son argumentos que permiten concluir que las obras del Proyecto no generará obstrucciones visuales significativas sobre el elemento o atributo considerado con más valor dentro de este análisis. A su vez, el Proyecto tampoco alterará significativamente atributos del elemento considerado con valor en este estudio ya que se posicionará sobre suelo urbano (plano) donde la planificación territorial lo permite.

El proyecto brinda atributos o elementos urbanos propuestos a nivel de calle que pueden enriquecer el espacio público hacia Av. Perú y que ayudan a consolidar la imagen urbana que se pretende para el sector. Los edificios se proyectan retranqueados respecto de la línea de edificación relevando los atributos a nivel de calle proyectados a escala humana, como todo el mobiliario público, locales comerciales y arborización urbana, definiendo, en conjunto con el ensanche y bandejón central propuesto por el SECPLA de Recoleta, el nuevo perfil de calle y la imagen urbana del sector, en coherencia a lo que establecen los instrumentos de planificación territorial.

Para ver detalles del Estudio de Paisaje, ver Anexo 5.6. de la Adenda Complementaria.

Por lo anterior, es posible señalar que el Proyecto no genera efectos significativos en cuanto a la obstrucción visual ni a la alteración de los atributos de una zona con valor paisajístico.

  1. Pedro Santibañez López

a. Alcantarillado colapsado Colapsará debido a la mayor ocupación de las redes existentes por la nueva población que dejará en pésimas condiciones a las 10 poblaciones ya existentes desde los años 45 y más suman más de 8500 habitantes.

b. Colapso vial Debido a lo angosto de nuestras calles no pueden resistir la movilización que se agregará con la nueva población. Además, habrá contaminación ambiental y de ruidos molestos y deterioro de nuestras calles y vidas. Aumentará en un 100 % tráfico

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto a) de la observación, el titular informó que la empresa sanitaria Aguas Andinas, por medio de los Certificados N°008993 del 11/12/2017 y N°008885 del 06/12/2017 (ambos vigentes a la fecha), acredita que la propiedad ubicada en Av. Perú N°1471 y N°1479, contará con servicio de agua potable y alcantarillado. Es relevante mencionar, que esta empresa sanitaria al contar con la concesión sanitaria del sector se encuentra obligada a prestar el servicio de abastecimiento de agua potable, recolección y tratamiento de aguas servidas, siendo parte de la obligación de la concesión sanitaria proveer la infraestructura (redes, plantas, etc.) que requieren para ello (Ver en Anexo PAC de la Adenda Complementaria, Figura 49 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza I y Figura 50 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza II) 227

Por otro lado, es obligación de la empresa sanitaria contar una red que de abasto para toda la población del sector y si este servicio genera problemas, es la SISS la encargada de su fiscalización. Desgraciadamente el titular de este proyecto no cuenta con ninguna herramienta para poder fiscalizar a una empresa sanitaria y poder dar mejoras a los problemas que se detallan en la consulta.

Respecto del punto b) de la observación, específicamente de la emisión de ruido asociado a los vehículos particulares que harán uso de los estacionamientos y las personas que habitarán los edificios, es importante tener en cuenta que dichas fuentes de ruido se encuentran dentro de las exclusiones del ámbito de aplicación de la normativa vigente (D.S. N°38/11 del MMA) especificadas en el Artículo 5, ya que corresponden a la actividad propia del uso de viviendas y edificaciones, no atribuibles al proyecto sino más bien a la conducta de sus habitantes. En este sentido, la evaluación ambiental presentada en el Anexo 6 de la Adenda 1 permite garantizar el cumplimiento de la citada normativa durante la fase de operación del proyecto, que en este caso está relacionada con el funcionamiento de equipos tales como grupo electrógeno, calderas, etc.

No obstante lo anterior, de acuerdo con la experiencia del consultor, en condiciones normales las fuentes señaladas no deberían representar inconvenientes para los vecinos ya que son de baja emisión de ruido. De todos modos, a nivel municipal los ruidos molestos de este tipo se encuentran regulados y controlados por carabineros y personal de seguridad de la comuna.

Respecto del deterioro de las calles, el titular del proyecto será responsable de materializar todas las obras definidas en el EISTU que se hacen cargo del impacto vial de los vehículos que incorpora el proyecto, que incluyen algunas obras de repavimentación. Finalmente, el titular es responsable de ejecutar las obras de todo el frente predial, de forma tal de terminarlos como ha sido definido por la Municipalidad.

El titular a objeto de mantener las condiciones de las vías por efecto de la construcción del proyecto. Una vez que el municipio ha recibido el proyecto, es el SERVIU quien debe preocuparse de mantener su estado, dado que es vialidad de uso público y de ninguna manera exclusivo para el proyecto.

  1. Jessica Mariana Rámirez Hidalgo

a. Colapso Alcantarillado Impacto en el volumen que soporta la actual red de alcantarillado

b. Colapso vial El aumento del parque automotriz afecta la red vial, dificultando los desplazamientos de los habitantes del barrio Valdivieso en su salida hacia Recoleta.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto a) de la observación, el titular informó que la empresa sanitaria Aguas Andinas, por medio de los Certificados N°008993 del 11/12/2017 y N°008885 del 06/12/2017 (ambos vigentes a la fecha), acredita que la propiedad ubicada en Av. Perú N°1471 y N°1479, contará con servicio de agua potable y alcantarillado. Es relevante mencionar, que esta empresa sanitaria al contar con la concesión sanitaria del sector se encuentra obligada a prestar el servicio de abastecimiento de agua potable, recolección y tratamiento de aguas servidas, siendo parte de la obligación de la concesión sanitaria proveer la infraestructura (redes, plantas, etc.) que requieren para ello (Ver en Anexo PAC de la Adenda Complementaria, Figura 49 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza I y Figura 50 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza II)

228 Por otro lado, es obligación de la empresa sanitaria contar una red que de abasto para toda la población del sector y si este servicio genera problemas, es la SISS la encargada de su fiscalización. Desgraciadamente el titular de este proyecto no cuenta con ninguna herramienta para poder fiscalizar a una empresa sanitaria y poder dar mejoras a los problemas que se detallan en la consulta.

Respecto del punto b) de la observación, y de acuerdo a los antecedentes presentados por el titular, el EISTU contempla un completo análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de describir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios base o sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

La metodología estableces que para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología utilizada, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Además, en la metodología el titular determinó puntos de medición de flujos. Estas mediciones obtenidas en terreno permitieron calibrar de manera adecuada los modelos computacionales que fueron utilizados para la representación actual y con proyecto del área de influencia.

De acuerdo a la metodología, para representar la demanda aportada por el proyecto se consideraron los 447 estacionamientos que contemplan ambos edificios.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto. Para mayor detalle ver Anexo 5.1. de la Adenda Complementaria.

  1. Luis Poblete Cornejo

a. Alcantarillado Porque el edificio si es demasiado alto, y por lo tanto, esto albergaría a muchas familias nuevas en el sector. El sistema de la red en nuestro barrio corre serios peligros de colapsar y por lo tanto inundar a nuestras casas y calles avenidas, etc. Trayendo consigo numerosas molestias, infecciones, enfermedades, sobre todo a nuestros niños.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto a) de la observación, el titular informó que la empresa sanitaria Aguas Andinas, por medio de los Certificados N°008993 del 11/12/2017 y N°008885 del 06/12/2017 (ambos vigentes a la fecha), acredita que la propiedad ubicada en Av. Perú N°1471 y N°1479, contará con servicio de agua potable y alcantarillado. Es relevante mencionar, que esta empresa sanitaria al contar con la concesión sanitaria del sector se encuentra obligada a prestar el servicio de abastecimiento de agua potable, recolección y tratamiento de aguas servidas, siendo parte de la obligación de la concesión sanitaria proveer la infraestructura (redes, plantas, etc.) que requieren para ello (Ver en Anexo PAC de la Adenda Complementaria, Figura 49 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza I y Figura 50 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza II)

Por otro lado, es obligación de la empresa sanitaria contar una red que de abasto para toda la población del sector y si este servicio genera problemas, es la SISS la encargada de su fiscalización. Desgraciadamente el titular de este proyecto no cuenta con ninguna herramienta para poder fiscalizar a una empresa sanitaria y poder dar mejoras a los problemas que se detallan en la consulta. 229

  1. José Gabriel Guzmán Orellana

a. Ruidos molestos contaminación acústica La carga vial que generará la posible construcción de los edificios, traerá consigo mayores atochamientos por un mayor parque automotriz, cuyas calles no están aptas, ejemplo avenida Valdivieso que es un corredor transantiago y que evacua 10 poblaciones.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente.

El EISTU desarrollado y aprobado por la Ventanilla Única, contempla un completo análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de describir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios base o sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

En la siguiente figura se representa el área de influencia del EISTU y se puede apreciar que se consideraron todas las vías que podrían verse afectadas por el proyecto.

Figura Área de Influencia EISTU

De acuerdo a la metodología, para representar la demanda aportada por el proyecto se consideraron los 447 estacionamientos que contemplan ambos edificios.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto y no generan escenarios de saturación vial.

230 62. Litz Patricia Palma Bozo

a. Trafico El construir estos edificios tendremos un colapso en el trafico ya que Valdivieso sale a Recoleta atravesando Av. Perú y esto colapsaría las calles.

b. En el alcantarillado El alcantarillado no es suficiente para absorber a estos nuevos edificios que van a ser construidos lo que colapsaría los alcantarillados ya que existe actualmente 10 poblaciones existentes que ocupan este alcantarillado.

c. Contaminación acústica Por la construcción de estos famosos edificios sería infernal para los vecinos. No estamos preparados como barrio para recibir más pobladores.

Evaluación técnica de la observación:

Respecto del punto a) de la observación, el EISTU contempla un completo análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de describir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios base o sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

La metodología estableces que para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología utilizada, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Además, en la metodología el titular determinó puntos de medición de flujos. Estas mediciones obtenidas en terreno permitieron calibrar de manera adecuada los modelos computacionales que fueron utilizados para la representación actual y con proyecto del área de influencia.

De acuerdo a la metodología, para representar la demanda aportada por el proyecto se consideraron los 447 estacionamientos que contemplan ambos edificios.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto. Para mayor detalle ver Anexo 5.1. de la Adenda Complementaria.

Respecto del punto b) de la observación, el titular informó que la empresa sanitaria Aguas Andinas, por medio de los Certificados N°008993 del 11/12/2017 y N°008885 del 06/12/2017 (ambos vigentes a la fecha), acredita que la propiedad ubicada en Av. Perú N°1471 y N°1479, contará con servicio de agua potable y alcantarillado. Es relevante mencionar, que esta empresa sanitaria al contar con la concesión sanitaria del sector se encuentra obligada a prestar el servicio de abastecimiento de agua potable, recolección y tratamiento de aguas servidas, siendo parte de la obligación de la concesión sanitaria proveer la infraestructura (redes, plantas, etc.) que requieren para ello (Ver en Anexo PAC de la Adenda Complementaria, Figura 49 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza I y Figura 50 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza II)

Por otro lado, es obligación de la empresa sanitaria contar una red que de abasto para toda la población del sector y si este servicio genera problemas, es la SISS la encargada de su fiscalización. Desgraciadamente el titular de este proyecto no cuenta con ninguna herramienta para poder fiscalizar a una empresa sanitaria y poder dar mejoras a los problemas que se detallan en la consulta.

231 Respecto del punto c) de la observación, las emisiones de ruido generadas durante la fase de construcción se encuentran abordadas en el Estudio presentado en el Anexo 6 de la Adenda 1 del proyecto.

Dicho estudio establece y entrega sustento técnico a todas las medidas de control que el proyecto implementará (Cierres perimetrales de hasta 6 m de altura con características de barrera acústica mediante paneles de madera OSB, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), permitiendo demostrar que los niveles de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente en todos los receptores, considerando la situación más desfavorable.

Además, para reforzar las medidas de control señaladas anteriormente, el Titular se compromete a instalar placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindante con viviendas habitadas para disminuir posibles molestias a los vecinos. Para mayor detalle ver tabla presenta a continuación:

Tabla 98 Placas OSB en deslindes del Proyecto

Placas OSB en deslindes Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar afectaciones a los vecinos de la Población Lemus. Descripción: Durante la fase de construcción se instalarán placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas. Justificación: El presente compromiso se enmarca en la solicitud realizada por la Población de aumentar la altura de las barreras para asegurar la tranquilidad de los vecinos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Placas OSB de 6 metros de altura en los tres frentes que colindan a viviendas de la Población Lemus. Forma: Las Placas OSB se mantendrán en buen estado durante todo el periodo que dure la fase de construcción. Oportunidad: Las Placas OSB permanecerá durante toda la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Letrero en Registro fotográfico de las placas OSB. Forma de control y seguimiento Existirá un encargado en obra de verificar que las placas OSB se encuentran en buen estado y que den cumplimiento a la altura comprometida.

Por otro lado, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en periodo diurno (lunes a viernes entre las 08:00 a 19:00 horas, y, los sábados entre las 08:00 a 14:00 horas).

  1. Antoine Laurent

a. Escolar Con 1500 personas más (cual dobla la actual población de la Lemus) puedo imaginar que no van a ser únicamente solteros así que los niños de estas torres van a ir a nuestros colegios cuales ya son llenos. Colapso de colegios.

b. Salud No hay médicos o establecimientos de salud suficientes para un aporte de 1500 personas aproximadas. Colapso del sistema de salud.

c. Trafico 1) Durante la obra, los camiones y otros vehículos de construcción van a molestar no solo la población Lemus, si no también todas las poblaciones alrededor. 2) Doblando la población de la Lemus, aumentar demasiado el número de carros y colapsar el tráfico. 3) Colapso de tránsito, contaminación de aire y ruido.

232

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto a), se informa que el Proyecto ofrecerá viviendas cuya superficie irá desde los 36 m2 a 54 m2. Lo anterior determina un valor de venta promedio de 2.770 UF. De esta manera, el perfil del comprador de estas viviendas estaría conformado principalmente por los grupos socioeconómicos medios C2.

• Equipamiento de salud

De acuerdo con los datos de la Encuesta Casen 2015, el acceso a establecimientos de salud de la población de Recoleta se distribuye de la siguiente manera:

Gráfico: Porcentaje de acceso a establecimientos de salud según tipo

A partir del gráfico presentado, se extrae que la mayoría de la población (62,6%) accede a establecimientos de salud público, seguido por atención en consultas y centros médicos privados (22,2%). Este comportamiento difiere del comportamiento de la población del área de influencia, ya que según la información de entrevistados expuesta en el punto 5.5.2 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA “la mayoría de la población se encuentra afiliada al sistema previsional Fonasa y en menor medida a Isapres. Por lo general son los adultos mayores e inmigrantes quienes, por razones económicas, acceden a la red de establecimientos públicos, específicamente al CESFAM Dr. Patricio Hevia (Valdivieso) y CESFAM Recoleta, mientras que la población adulta y jóvenes acceden a centros privados en el sector centro y oriente de la ciudad.” (p. 48)”

Considerando el perfil socioeconómico estimado de los futuros residentes del Proyecto, estos contarán mayoritariamente con afiliación a sistema FONASA y en menor medida ISAPRE, accediendo a atención de salud en centros privados, sin recurrir a los centros de salud públicos, específicamente a los CESFAM que corresponden al territorio.

En cuanto a la oferta de centros de salud privados, el área de influencia se encuentra próxima a 5 establecimientos, sin superar los 3,2 km. de distancia.

De esta manera se concluye:

Según el perfil socioeconómico que se estima corresponderán los futuros residentes del Proyecto, contarán mayoritariamente con sistema de afiliación FONASA, por lo que podrán acceder a establecimientos de salud privados. Respecto a la oferta de equipamiento, a no más de 3,2 kilómetros de distancia respecto al área del Proyecto se encuentran 5 233 establecimientos cercanos. Lo anterior indica que los habitantes del proyecto inmobiliario no colapsarán el Consultorio Valdivieso (Patricio Hevia).

• Equipamiento educacional

De acuerdo con los datos de la Encuesta Casen 2015, el acceso a establecimientos educacionales de la población de la comuna de Recoleta se divide en la siguiente manera:

Gráfico 10: Comuna de establecimiento educacional al cual accede la población de Recoleta

Como se observa en los datos, un 63% de la población de Recoleta accede a establecimientos educacionales en la misma comuna. En tabla 45 del Anexo PAC del Adenda Complementaria se presenta un listado pormenorizado de los establecimientos educacionales de la comuna.

La mayoría de los establecimientos disponibles en la comuna son de dependencia Particular Subvencionado y existen 1.566 matrículas vacantes.

Respecto a la demanda que generará el Proyecto, se utiliza la información disponible en el proyecto de sala de basura adjunto en el anexo 10 de la DIA, donde se estima que los departamentos de dos o más dormitorios estarían acondicionados para recibir un grupo familiar, por ende, población en edad escolar. Por cada uno de ellos se calcula según el indicador de INE (2010), donde durante el año 2008 cada mujer aportó 1,9 hijos/as en promedio.

Se estima que el Proyecto aportaría 648 residentes en edad escolar, de los cuales, considerando la tendencia que demuestra la Encuesta Casen 2015, el 63% accedería a equipamiento educacional de la comuna, es decir 408 estudiantes.

De esta manera se concluye:

Se estima que el Proyecto aportará 648 residentes en edad escolar, de los cuales 408 buscarán acceder a establecimientos en Recoleta. Como se indica en el punto 5.5.3 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA, en el área de influencia existen cuatro establecimientos educacionales, los cuales cuentan con 155 vacantes según curso de ingreso principal, los que podrían cubrir de manera parcial la demanda que se estima generaría el Proyecto. - En total la comuna cuenta con 1.566 vacantes según curso de ingreso, es decir, permite absorber la demanda que se estima generaría el Proyecto. - La mayoría de los establecimientos disponibles, tanto en el área de influencia como en la comuna, son de dependencia Particular Subvencionada, acorde a la preferencia del perfil 234 socioeconómico (C2) que se estima corresponderá a los ocupantes del Proyecto. Respecto al tema de la basura de los edificios, se aclara que los Edificios Perú Plaza I-II cuentan con su Proyecto de Basura el cual de acuerdo a la normativa deberá estar debidamente aprobado por la Autoridad Sanitaria. Además, cabe destacar, que el retiro de los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios es obligación de la Municipalidad, conforme a la normativa vigente, la cual cobra por este servicio en conjunto con las contribuciones.

En relación al análisis del Artículo 7, literal d) respecto la dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo, se informa que la evaluación ambiental del proyecto ha sido realizada en conformidad a la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Inmobiliarios que se Desarrollen en Zonas Urbanas (2017), a fin de descartar la presencia de potenciales impactos significativos relacionados al Artículo 7, letra d) del RSEIA.

Los antecedentes presentados en el punto 6.1.1 del Estudio de Medio Humano adjunto en el Anexo 6 de la DIA señalan que, “el sector donde se planea la construcción del Proyecto corresponde a un antiguo estadio deportivo adquirido por el Titular. Cabe señalar que dicho lugar se encontraba en desuso desde el año 2014 y que actualmente el predio está deshabilitado y no se evidencia presencia de residentes permanentes ni intermitentes. Por lo cual en el sitio donde se emplazará el Proyecto no existen grupos humanos ni personas las cuales puedan ser impactadas significativamente ni ser propensas a reasentamiento por parte del Proyecto.”

A partir de los antecedentes presentados se descarta que el Proyecto pueda generar impacto significativo según lo estipulado en el Artículo 7 del RSEIA respecto a reasentamiento de grupos humanos, además de alteración de sistemas de vida, específicamente según el literal d).

Respecto del punto b), el Proyecto contempla la construcción de 483 viviendas, por lo que se estima que aportará 1.336 nuevos residentes al área de influencia.

Es necesario considerar el perfil de los usuarios de las nuevas viviendas. El Proyecto ofrecerá viviendas cuya superficie irá desde los 36 m2 a 54 m2. Lo anterior determina un valor de venta promedio de 2.770 UF. De esta manera, el perfil del comprador de estas viviendas estaría conformado principalmente por los grupos socioeconómicos medios C2 Según el Estudio de Grupos Socioeconómicos de la Asociación de empresas de Investigaciones de Mercado (AIM) realizado el año 2015, presentan las características señaladas en la Tabla 83 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria (Ver Tabla 83: Características de acceso a bienes y equipamiento según grupo socioeconómico).

Considerando estos antecedentes, el titular presenta un análisis respecto al equipamiento de salud. De acuerdo con los datos de la Encuesta Casen 2015, el acceso a establecimientos de salud de la población de Recoleta, se presenta en el Gráfico 19 respecto del Porcentaje de acceso a establecimientos de salud según tipo.

A partir de dicho gráfico, se extrae que la mayoría de la población (62,6%) accede a establecimientos de salud público, seguido por atención en consultas y centros médicos privados (22,2%). Este comportamiento difiere del comportamiento de la población del área de influencia, ya que según la información de entrevistados expuesta en el punto 5.5.2 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA “la mayoría de la población se encuentra afiliada al sistema previsional Fonasa y en menor medida a Isapres. Por lo general son los adultos mayores e inmigrantes quienes, por razones económicas, acceden a la red de establecimientos públicos, específicamente al CESFAM Dr. Patricio Hevia (Valdivieso) y CESFAM Recoleta, mientras que la población adulta y jóvenes acceden a centros privados en el sector centro y oriente de la ciudad.” (p. 48)

Considerando el perfil socioeconómico estimado de los futuros residentes del Proyecto, estos contarán mayoritariamente con afiliación a sistema FONASA y en menor medida ISAPRE, accediendo a atención de salud en centros privados, sin recurrir a los centros de salud públicos, específicamente a los CESFAM que corresponden al territorio.

En cuanto a la oferta de centros de salud privados, el área de influencia se encuentra próxima a 5 establecimientos, sin superar los 3,2 km. de distancia. En la Figura 43: Ubicación de establecimientos de salud privados respecto al área de influencia y Tabla 84: Establecimientos de 235 salud privados cercanos al área de influencia, se detallan la ubicación respecto al Proyecto y sus características.

En conclusión, según el perfil socioeconómico, que el titular estima corresponderán los futuros residentes del Proyecto (C2), éstos contarán mayoritariamente con sistema de afiliación FONASA, por lo que podrán acceder a establecimientos de salud privados. Respecto a la oferta de equipamiento, a no más de 3,2 kilómetros de distancia respecto al área del Proyecto, se encuentran cinco (5) establecimientos privados cercanos. De esta manera, se estima que los futuros residentes del Proyecto no accederán a atención en el CESFAM que corresponde al sector.

Respecto del punto c) de la observación, contaminación de aire, se debe señalar que el titular se compromete que para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante su fase de construcción, se contemplan cierres con planchas OSB y sobre esta se adicionará malla tipo raschel que cumplirán la doble función de retener material particulado y controlar las emisiones de ruido. Adicionalmente se han contemplado medidas como humectación de las áreas de movimiento de tierra, acopio de tierra y vías de circulación interna, se estabilizarán y compactarán las zonas de tránsito de maquinaria y vehículos, se prohibirá la quema de maderas u otro material al interior de la obra, entre otros.

El proyecto no supera los límites indicados en el artículo 98 del PPDA, por lo que no le corresponde compensar emisiones, como se señala en la Tabla 99 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria (Ver Tabla 99 Emisiones Atmosféricas Totales del Proyecto).

Durante todo el proceso de evaluación ambiental, el titular del proyecto ha acreditado cumplimiento de la normativa ambiental aplicable. En particular, ha acredita que todo el manejo y disposición de descargas, efluentes y residuos será realizado conforme a la normativa vigente, utilizándose transportes y lugares de disposición autorizados para los residuos sólidos y líquidos.

Para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante su fase de construcción, se consideran las siguientes medidas que el Titular se compromete a materializar:

• Humectación: Según la letra a) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se humectarán las áreas de movimientos de tierra y vía de circulación interna de acuerdo a los requerimientos en terreno, contemplándose un mínimo de 2 veces al día durante el periodo que duren las excavaciones. La fuente de agua provendrá de un arranque de agua potable en la obra o en su defecto por medio de camión aljibe que posea las autorizaciones y permisos correspondientes, se mantendrá registro en obra por medio de boletas o facturas. • Camiones encarpados: Según la letra c) del artículo 5.8.3 de la OGUC, el transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver Figura 4 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria). • Estabilización y compactación de caminos: Según la letra b) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículo por el periodo correspondiente (tiempo en que duren las excavaciones). • Cierre perimetral en los deslindes: Según la letra g) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se construirá cierre perimetral en los deslindes del proyecto con mallas tipo raschel, el cual será mantenido en buen estado. La finalidad de este cierre es evitar la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área del proyecto y sectores circundantes. Los cierres podrán ser reemplazados por los paneles OSB con fines acústicos, adicionándoles 50 cm por sobre el nivel con malla raschel.

Conforme a lo anterior, el titular del proyecto compromete el cumplimiento de la normativa ambiental vigente que le aplica, cuya base es la salud de la población. Todo el detalle de los estudios y cálculos se presentan en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria.

Respecto de las emisiones de ruido generadas durante la fase de construcción, dicho tópico se encuentra abordado en el Estudio presentado en el Anexo 6 de la Adenda 1 del proyecto.

Dicho estudio establece y entrega sustento técnico a todas las medidas de control que el proyecto implementará (Cierres perimetrales de hasta 6 m de altura con características de barrera acústica mediante paneles de madera OSB, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, 236 entre otras), permitiendo demostrar que los niveles de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente en todos los receptores, considerando la situación más desfavorable.

Además, para reforzar las medidas de control señaladas anteriormente, el Titular se compromete a instalar placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindante con viviendas habitadas para disminuir posibles molestias a los vecinos. Para mayor detalle ver tabla presenta a continuación:

Tabla 98 Placas OSB en deslindes del Proyecto

Placas OSB en deslindes Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar afectaciones a los vecinos de la Población Lemus. Descripción: Durante la fase de construcción se instalarán placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas. Justificación: El presente compromiso se enmarca en la solicitud realizada por la Población de aumentar la altura de las barreras para asegurar la tranquilidad de los vecinos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Placas OSB de 6 metros de altura en los tres frentes que colindan a viviendas de la Población Lemus. Forma: Las Placas OSB se mantendrán en buen estado durante todo el periodo que dure la fase de construcción. Oportunidad: Las Placas OSB permanecerá durante toda la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Letrero en Registro fotográfico de las placas OSB. Forma de control y seguimiento Existirá un encargado en obra de verificar que las placas OSB se encuentran en buen estado y que den cumplimiento a la altura comprometida.

Por otro lado, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en periodo diurno (lunes a viernes entre las 08:00 a 19:00 horas, y, los sábados entre las 08:00 a 14:00 horas).

  1. Eliana Berrios Sandoval

a. Colapso Vial En avenida Perú, Avenida El Salto, Avenida Valdivieso es muy complicada ya que en las horas punta se hace imposible avanzar, por la gran cantidad de vehículos y las calles no son muy amplias.

b. Alcantarillado Es sumamente preocupante ya que nuestro barrio tiene mucha población y hemos tenido problemas en muchas oportunidades en tiempos de lluvias estos colapsan con el nuevo edificio va a ser peor.

c. Contaminación Ya tenemos bastante con la contaminación ya sea ambiental como de ruidos como que hay demasiada población circulante en este barrio y nos quitaría la panorámica de nuestro cerro San Cristóbal.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

237 Respecto del punto a) de la observación, y de acuerdo a los antecedentes presentados por el titular, el EISTU contempla un completo análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de describir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios base o sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

La metodología estableces que para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología utilizada, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Además, en la metodología el titular determinó puntos de medición de flujos. Estas mediciones obtenidas en terreno permitieron calibrar de manera adecuada los modelos computacionales que fueron utilizados para la representación actual y con proyecto del área de influencia.

De acuerdo a la metodología, para representar la demanda aportada por el proyecto se consideraron los 447 estacionamientos que contemplan ambos edificios.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto. Para mayor detalle ver Anexo 5.1. de la Adenda Complementaria.

Respecto del punto b) de la observación, el titular informó que la empresa sanitaria Aguas Andinas, por medio de los Certificados N°008993 del 11/12/2017 y N°008885 del 06/12/2017 (ambos vigentes a la fecha), acredita que la propiedad ubicada en Av. Perú N°1471 y N°1479, contará con servicio de agua potable y alcantarillado. Es relevante mencionar, que esta empresa sanitaria al contar con la concesión sanitaria del sector se encuentra obligada a prestar el servicio de abastecimiento de agua potable, recolección y tratamiento de aguas servidas, siendo parte de la obligación de la concesión sanitaria proveer la infraestructura (redes, plantas, etc.) que requieren para ello (Ver en Anexo PAC de la Adenda Complementaria, Figura 49 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza I y Figura 50 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza II)

Por otro lado, es obligación de la empresa sanitaria contar una red que de abasto para toda la población del sector y si este servicio genera problemas, es la SISS la encargada de su fiscalización. Desgraciadamente el titular de este proyecto no cuenta con ninguna herramienta para poder fiscalizar a una empresa sanitaria y poder dar mejoras a los problemas que se detallan en la consulta.

Respecto del punto c) de la observación, contaminación ambiental, se debe señalar que el titular se compromete que para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante su fase de construcción, se contemplan cierres con planchas OSB y sobre esta se adicionará malla tipo raschel que cumplirán la doble función de retener material particulado y controlar las emisiones de ruido. Adicionalmente se han contemplado medidas como humectación de las áreas de movimiento de tierra, acopio de tierra y vías de circulación interna, se estabilizarán y compactarán las zonas de tránsito de maquinaria y vehículos, se prohibirá la quema de maderas u otro material al interior de la obra, entre otros.

El proyecto no supera los límites indicados en el artículo 98 del PPDA, por lo que no le corresponde compensar emisiones, como se señala en la Tabla 99 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria (Ver Tabla 99 Emisiones Atmosféricas Totales del Proyecto).

Durante todo el proceso de evaluación ambiental, el titular del proyecto ha acreditado cumplimiento de la normativa ambiental aplicable. En particular, ha acredita que todo el manejo y disposición de descargas, efluentes y residuos será realizado conforme a la normativa vigente, utilizándose transportes y lugares de disposición autorizados para los residuos sólidos y líquidos.

238 Para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante su fase de construcción, se consideran las siguientes medidas que el Titular se compromete a materializar:

• Humectación: Según la letra a) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se humectarán las áreas de movimientos de tierra y vía de circulación interna de acuerdo a los requerimientos en terreno, contemplándose un mínimo de 2 veces al día durante el periodo que duren las excavaciones. La fuente de agua provendrá de un arranque de agua potable en la obra o en su defecto por medio de camión aljibe que posea las autorizaciones y permisos correspondientes, se mantendrá registro en obra por medio de boletas o facturas. • Camiones encarpados: Según la letra c) del artículo 5.8.3 de la OGUC, el transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver Figura 4 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria). • Estabilización y compactación de caminos: Según la letra b) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículo por el periodo correspondiente (tiempo en que duren las excavaciones). • Cierre perimetral en los deslindes: Según la letra g) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se construirá cierre perimetral en los deslindes del proyecto con mallas tipo raschel, el cual será mantenido en buen estado. La finalidad de este cierre es evitar la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área del proyecto y sectores circundantes. Los cierres podrán ser reemplazados por los paneles OSB con fines acústicos, adicionándoles 50 cm por sobre el nivel con malla raschel.

Conforme a lo anterior, el titular del proyecto compromete el cumplimiento de la normativa ambiental vigente que le aplica, cuya base es la salud de la población. Todo el detalle de los estudios y cálculos se presentan en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria.

Respecto de las emisiones de ruido generadas durante la fase de construcción se encuentran abordadas en el Estudio presentado en el Anexo 6 de la Adenda 1 del proyecto.

Dicho estudio establece y entrega sustento técnico a todas las medidas de control que el proyecto implementará (Cierres perimetrales de hasta 6 m de altura con características de barrera acústica mediante paneles de madera OSB, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), permitiendo demostrar que los niveles de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente en todos los receptores, considerando la situación más desfavorable.

Además, para reforzar las medidas de control señaladas anteriormente, el Titular se compromete a instalar placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindante con viviendas habitadas para disminuir posibles molestias a los vecinos. Para mayor detalle ver tabla presenta a continuación:

Tabla 98 Placas OSB en deslindes del Proyecto

Placas OSB en deslindes Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar afectaciones a los vecinos de la Población Lemus. Descripción: Durante la fase de construcción se instalarán placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas. Justificación: El presente compromiso se enmarca en la solicitud realizada por la Población de aumentar la altura de las barreras para asegurar la tranquilidad de los vecinos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Placas OSB de 6 metros de altura en los tres frentes que colindan a viviendas de la Población Lemus. Forma: Las Placas OSB se mantendrán en buen estado durante todo el periodo que dure la fase de construcción. Oportunidad: Las Placas OSB permanecerá durante toda la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su Letrero en Registro fotográfico de las placas OSB. 239 cumplimiento Forma de control y seguimiento Existirá un encargado en obra de verificar que las placas OSB se encuentran en buen estado y que den cumplimiento a la altura comprometida.

Por otro lado, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en periodo diurno (lunes a viernes entre las 08:00 a 19:00 horas, y, los sábados entre las 08:00 a 14:00 horas).

En relación al tema del paisajismo, según el Estudio de Paisajismo adjunto en el Anexo 5.6 de la Adenda Complementaria y de acuerdo a los lineamientos establecidos en la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental – Valor Paisajístico en el SEIA, se determinó que el atributo que representa mayor valor para la Zona Homogénea corresponde al Cerro San Cristóbal, el cual se configura como fondo escénico desde determinados puntos, brindando mayor grado de naturalidad al paisaje urbano. Sin embargo, este se encuentra altamente intervenido en sus laderas de exposición norponiente, lo cual evidencia la manera en que estos elementos absorben las dinámicas de la trama urbana. Los atributos Relieve, Suelo y Vegetación presentaron una valorización Media, mientras que el atributo Fauna presentó una valorización Baja. De acuerdo a lo anterior, se establece que la zona en estudio no presenta en su conjunto ningún atributo cuya valoración sea Alta o Destacada. En consecuencia y según lo señalado por la Guía antes mencionada, se determina que el área de estudio “no presenta valor paisajístico”.

De acuerdo a lo señalado en la “Guía de evaluación de impacto ambiental – Valor Paisajístico en el SEIA, 2013” los tipos de impacto sobre el valor paisajístico se clasifican en las dos siguientes categorías: • Obstrucción de la visibilidad a una zona con valor paisajístico. • Alteración de los atributos de una zona con valor paisajístico.

Esta clasificación es coherente con lo señalado en el Artículo 11, letra e) de la Ley Nº19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y sus modificaciones, así como en el Artículo 9 del Reglamento del SEIA (D.S. Nº40/12 del MMA), donde señalan, que a objeto de evaluar si el proyecto o actividad, en cualquiera de sus fases, genera o presenta una alteración significativa del valor paisajístico de una zona, se debe considerar la duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico y la duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico: a) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico. b) La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico.

Al respecto, la descripción y valoración de los atributos biofísicos del paisaje de la zona de estudio, la ubicación del Proyecto en una zona urbana donde la planificación territorial permite su posicionamiento, el análisis de visibilidad que da cuenta de las relaciones establecidas entre su posicionamiento y los cerros de la zona, así como la visibilidad obtenida desde sectores de permanencia considerados relevantes, son argumentos que permiten concluir que las obras del Proyecto no generará obstrucciones visuales significativas sobre el elemento o atributo considerado con más valor dentro de este análisis. A su vez, el Proyecto tampoco alterará significativamente atributos del elemento considerado con valor en este estudio ya que se posicionará sobre suelo urbano (plano) donde la planificación territorial lo permite.

El proyecto brinda atributos o elementos urbanos propuestos a nivel de calle que pueden enriquecer el espacio público hacia Av. Perú y que ayudan a consolidar la imagen urbana que se pretende para el sector. Los edificios se proyectan retranqueados respecto de la línea de edificación relevando los atributos a nivel de calle proyectados a escala humana, como todo el mobiliario público, locales comerciales y arborización urbana, definiendo, en conjunto con el ensanche y bandejón central propuesto por el SECPLA de Recoleta, el nuevo perfil de calle y la imagen urbana del sector, en coherencia a lo que establecen los instrumentos de planificación territorial.

Para ver detalles del Estudio de Paisaje, ver Anexo 5.6. de la Adenda Complementaria.

Con todo lo anterior se concluye que el Proyecto no genera efectos significativos en cuanto a la obstrucción visual ni a la alteración de los atributos de una zona con valor paisajístico.

240

  1. Rosa Pinto Oyarce

a. Alcantarillado La evacuación de aguas servidas a alcantarillado de parte de este proyecto hará colapsar los alcantarillados en el sector de Valdivieso, ya que en este sector se juntan la evacuación de la población Lemus y la de los barrios de Valdivieso.

b. Vialidad Los barrios interiores de Valdivieso tenemos como única salida, la calle Valdivieso, que se verá colapsada con el tráfico en el intervalo entre Francisco Silva y Avenida Peru, que cuenta con 2 colegios que en hora punta ya provoca congestión, además el horario de funcionamiento de los cementerios.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto a) de la observación, el titular informó que la empresa sanitaria Aguas Andinas, por medio de los Certificados N°008993 del 11/12/2017 y N°008885 del 06/12/2017 (ambos vigentes a la fecha), acredita que la propiedad ubicada en Av. Perú N°1471 y N°1479, contará con servicio de agua potable y alcantarillado. Es relevante mencionar, que esta empresa sanitaria al contar con la concesión sanitaria del sector se encuentra obligada a prestar el servicio de abastecimiento de agua potable, recolección y tratamiento de aguas servidas, siendo parte de la obligación de la concesión sanitaria proveer la infraestructura (redes, plantas, etc.) que requieren para ello (Ver en Anexo PAC de la Adenda Complementaria, Figura 49 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza I y Figura 50 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza II)

Por otro lado, es obligación de la empresa sanitaria contar una red que de abasto para toda la población del sector y si este servicio genera problemas, es la SISS la encargada de su fiscalización. Desgraciadamente el titular de este proyecto no cuenta con ninguna herramienta para poder fiscalizar a una empresa sanitaria y poder dar mejoras a los problemas que se detallan en la consulta.

Respecto del punto b) de la observación, el EISTU contempla un completo análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de describir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios base o sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

La metodología estableces que para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología utilizada, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Además, en la metodología el titular determinó puntos de medición de flujos. Estas mediciones obtenidas en terreno permitieron calibrar de manera adecuada los modelos computacionales que fueron utilizados para la representación actual y con proyecto del área de influencia.

De acuerdo a la metodología, para representar la demanda aportada por el proyecto se consideraron los 447 estacionamientos que contemplan ambos edificios.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto. Para mayor detalle ver Anexo 5.1. de la Adenda Complementaria.

241

  1. Ramón Sebastián Padizza Baeza

a. Alcantarillado Colapso de aguas servidas a todas las poblaciones, Lemus, Valdivieso, México y el Salto.

b. Colapso vial Cierres Av. Perú, Valdivieso y El salto pos la estreches de las calles, por los funerales de los cementerios, católico y Trinidad, Cementerio General, y salida a Américo Vespucio Norte.

c. Ambiental La única entrada es por el lado de Av. Perú y El Salto hacia el laso de los cerros que estamos Encerrados.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto a) de la observación, el titular informó que la empresa sanitaria Aguas Andinas, por medio de los Certificados N°008993 del 11/12/2017 y N°008885 del 06/12/2017 (ambos vigentes a la fecha), acredita que la propiedad ubicada en Av. Perú N°1471 y N°1479, contará con servicio de agua potable y alcantarillado. Es relevante mencionar, que esta empresa sanitaria al contar con la concesión sanitaria del sector se encuentra obligada a prestar el servicio de abastecimiento de agua potable, recolección y tratamiento de aguas servidas, siendo parte de la obligación de la concesión sanitaria proveer la infraestructura (redes, plantas, etc.) que requieren para ello (Ver en Anexo PAC de la Adenda Complementaria, Figura 49 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza I y Figura 50 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza II)

Por otro lado, es obligación de la empresa sanitaria contar una red que de abasto para toda la población del sector y si este servicio genera problemas, es la SISS la encargada de su fiscalización. Desgraciadamente el titular de este proyecto no cuenta con ninguna herramienta para poder fiscalizar a una empresa sanitaria y poder dar mejoras a los problemas que se detallan en la consulta.

Respecto de b) y c) de la observación, el EISTU contempla un completo análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de describir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios base o sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

La metodología estableces que para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología utilizada, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Además, en la metodología el titular determinó puntos de medición de flujos. Estas mediciones obtenidas en terreno permitieron calibrar de manera adecuada los modelos computacionales que fueron utilizados para la representación actual y con proyecto del área de influencia.

De acuerdo a la metodología, para representar la demanda aportada por el proyecto se consideraron los 447 estacionamientos que contemplan ambos edificios.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto. Para mayor detalle ver Anexo 5.1. de la Adenda Complementaria. 242

Por último, el titular del proyecto será responsable de materializar todas las obras definidas en el EISTU que se hacen cargo del impacto vial de los vehículos que incorpora el proyecto, que incluyen algunas obras de repavimentación. Finalmente, el titular es responsable de ejecutar las obras de todo el frente predial, de forma tal de terminarlos como ha sido definido por la Municipalidad. Una vez que el municipio ha recibido el proyecto, es el SERVIU quien debe preocuparse de mantener su estado, dado que es vialidad de uso público y de ninguna manera exclusivo para el proyecto.

  1. María Olivares Olivares

a. Colapso de nuestras redes de alcantarillado. Sé que somos que poblaciones del sector Valdivieso, con una gran población las redes colectoras no darán abasto a la nueva población que llegaría y nos traería un gran problema de salud y ambiental.

b. Problema Vial. Nuestras calles son angostas tanto Valdivieso con Avenida Perú y el Salto recibirán sus atochamiento de nuevos vehículos y locomoción colectiva algunos tendremos mayor demora en trasladarnos.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto a) de la observación, el titular informó que la empresa sanitaria Aguas Andinas, por medio de los Certificados N°008993 del 11/12/2017 y N°008885 del 06/12/2017 (ambos vigentes a la fecha), acredita que la propiedad ubicada en Av. Perú N°1471 y N°1479, contará con servicio de agua potable y alcantarillado. Es relevante mencionar, que esta empresa sanitaria al contar con la concesión sanitaria del sector se encuentra obligada a prestar el servicio de abastecimiento de agua potable, recolección y tratamiento de aguas servidas, siendo parte de la obligación de la concesión sanitaria proveer la infraestructura (redes, plantas, etc.) que requieren para ello (Ver en Anexo PAC de la Adenda Complementaria, Figura 49 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza I y Figura 50 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza II)

Por otro lado, es obligación de la empresa sanitaria contar una red que de abasto para toda la población del sector y si este servicio genera problemas, es la SISS la encargada de su fiscalización. Desgraciadamente el titular de este proyecto no cuenta con ninguna herramienta para poder fiscalizar a una empresa sanitaria y poder dar mejoras a los problemas que se detallan en la consulta.

Respecto del punto b) de la observación, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00. En la siguiente figura se representa el área de influencia del EISTU y se puede apreciar que se consideraron todas las vías que podrían verse afectadas por el proyecto, tales como las cercanas a los establecimientos educacionales y a las vías mencionadas en la pregunta.

Figura ÁREA DE INFLUENCIA EISTU 243

De acuerdo a la metodología, para representar la demanda aportada por el proyecto se consideraron los 447 estacionamientos que contemplan ambos edificios.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto. Finalmente, se presenta en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria un estudio de microsimulación que permite estimar las velocidades vehiculares con y sin proyecto, que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, no generándose la condición que establece el artículo 7 respecto de aumentos significativos en tiempos de desplazamiento. Cabe mencionar que la micro simulación incluye las medidas de mitigación que resultan del EISTU.

  1. Soledad del Rosario Fuentes Ascensio

a. Nudo Vial Las actuales obras de Plaza Perú y su ciclo vía han producido un estrechamiento de las vías de tránsito vehicular, sin haber sido considerado en el proyecto de la Empresa Latakia. Asimismo, la calle se estrecha aún más dejando una sola pista en la zona del parque de la Infancia y frente a los puestos de ventas de flores quienes cuentan con permisos legales para funcionar.

b. Nudo Vial Retraso en los tiempos de traslado en horas punta por avenida Perú: Fenómeno que se produce en ambos sentidos tanto en las mañanas como en las tardes. En este aspecto, incide en el flujo vial de un semáforo con 4 cortes de tránsito en Avenida Perú con Val divieso "El Salto, avenida Perú, calle Puma y la propia Valdivieso, todas éstas con vías de doble tránsito y con flecha verde de giro a la izquierda" que implican que los tiempos se extiendan en demasía. Asimismo, también incide la existencia de 2 colegios cercanos que presentan movimiento de transporte escolar y de particulares en las horas de ingreso y salida de los estudiantes (en El Salto al llegar a Valdivieso se encuentra el Colegio Teresa Cancino) (En Valdivieso al llegar al Salto se encuentra el Instituto Tecnológico y Comercial Recoleta INTECO).

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto a) de la observación, cabe señalar que el EISTU desarrollado y aprobado por la Ventanilla Única, contempla un completo análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de describir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. 244

Efectivamente la Avda. Perú ha sido intervenida construyendo una ciclovía y reduciendo la capacidad de esta a dos pistas por sentido. Sin embargo, dentro de la modelación del EISTU se consideró esta reducción de capacidad de Avda. Perú como parte de la situación base.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto.

De acuerdo al proyecto entregado por la municipalidad de Recoleta, el proyecto de Avda. Perú incluida la ciclovía, considera 2 pistas por sentido en toda su extensión y frente a la zona del parque de la infancia, el proyecto considera señales RPO-14 “No Estacionar Toda la Cuadra”. Ver figura contenida en el numeral 2.29 del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA.

Respecto del punto b) de la observación, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

En la siguiente figura se muestran los puntos de medición de flujos. Estas mediciones obtenidas en terreno permitieron calibrar de manera adecuada los modelos computacionales que fueron utilizados para la representación actual y con proyecto del área de influencia. En la figura se representa el área de influencia del EISTU y se puede apreciar que se consideraron todas las vías que podrían verse afectadas por el proyecto, tales como las cercanas a los establecimientos educacionales y a las vías mencionadas en la pregunta.

Figura ÁREA DE INFLUENCIA EISTU

De acuerdo a la metodología, para representar la demanda aportada por el proyecto se consideraron los 447 estacionamientos que contemplan ambos edificios.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto. Dentro de las medidas de mitigación 245 se considera la normalización y la reprogramación del semáforo ubicado en Av. Perú con Arzobispo Valdivieso, incluyendo la tarea de sintonía fina y la reconfiguración de las EPROMS de los controladores, considerando el proyecto en operación. Esta medida de mitigación mejorará los tiempos de desplazamiento en el sector.

  1. Fabián Arancibia Lanzarotti

a. Colegios en la intersección de las avenidas. En el cruce de intersección de las calles El Salto con Avenida Valdivieso y Avenida Perú se encuentran dos colegios, uno por Avenida El Salto y el otro por Avenida Valdivieso. La llegada y retiro de alumnos en vehículos aumentan los ya saturado de este cruce de calles con semáforo de 4 tiempos.

b. Templos religiosos. En la iglesia Nuestra Señora de la Merced que está al costado del colegio y junto con los edificios religiosos permanentes se suman los velorios para difuntos -tienen sala mortuoria- ¿Cómo haremos si se agrega el doble de personas en nuestra población Lemus?

c. Cementerios varios. ¿Y los cortejos permanentes que pasan a cinco cementerios distintos por este cruce?

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto a) de la observación, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

En la siguiente figura se muestran los puntos de medición de flujos. Estas mediciones obtenidas en terreno permitieron calibrar de manera adecuada los modelos computacionales que fueron utilizados para la representación actual y con proyecto del área de influencia. En la figura se representa el área de influencia del EISTU y se puede apreciar que se consideraron todas las vías que podrían verse afectadas por el proyecto, tales como las cercanas a los establecimientos educacionales y a las vías mencionadas en la pregunta.

Figura ÁREA DE INFLUENCIA EISTU

246

De acuerdo a la metodología, para representar la demanda aportada por el proyecto se consideraron los 447 estacionamientos que contemplan ambos edificios.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto. Dentro de las medidas de mitigación se considera la normalización y la reprogramación del semáforo ubicado en Av. Perú con Arzobispo Valdivieso, incluyendo la tarea de sintonía fina y la reconfiguración de las EPROMS de los controladores, considerando el proyecto en operación. Esta medida de mitigación mejorará los tiempos de desplazamiento en el sector.

Respecto del punto b), el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas el día 4 de agosto de 2016 y en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Las mediciones obtenidas en terreno permitieron calibrar de manera adecuada los modelos computacionales que fueron utilizados para la representación actual y con proyecto del área de influencia.

De acuerdo a la metodología, para representar la demanda aportada por el proyecto se consideraron los 447 estacionamientos que contemplan ambos edificios. Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto. Estas medidas establecen que no se generarán escenarios de saturación de las vías que puedan hacer aumentar los tiempos de desplazamiento en forma significativa, lo cual es ratificado por una microsimulación de la red vial del sector que se adjunta en el Anexo 5.1 del Adenda Complementario, que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas.

Respecto del punto c) de la observación, el Proyecto las siguientes medidas para facilitar el tránsito de los cortejos fúnebres durante la fase de construcción:

247

Dentro de las medidas de mitigación producto del EISTU, se considera para la intersección de Arzobispo Valdivieso con Av. Recoleta la demarcación de los estacionamientos y pista de viraje izquierda. También se considera la implementación de 3ª fase exclusiva peatonal con el objetivo de disminuir el conflicto generado por el viraje a la derecha en esta intersección. También se considera la evaluación de la implementación de la bidireccional de Arzobispo Valdivieso hasta Av. Recoleta, con la finalidad de dar continuidad a la red vial, y analizar el comportamiento de los flujos del proyecto en esta vía.

Con estas medidas de mitigación se facilita el tránsito de cortejos fúnebres una vez que esté en operación el proyecto.

  1. Mónica Armijo Q.

a. Nudo Vial Los estacionamientos de las Torres Plaza Perú no serán suficientes para la cantidad de habitantes de dicho condominio por lo que quienes no cuenten con estacionamiento en dicho espacio residencial utilizarán las calles interiores de la Población Lemus. De esta forma, por ejemplo, una primera Torre contará con 16 pisos, con un total de 261 departamentos, 01 Subterráneo y sólo con 93 estacionamientos, con una superficie total de 6.012 metros cuadrados, lo que se agrega lo ya dicho.

b. Nudo Vial El acceso desde el norte a la Población Lemus sólo se puede realizar avanzando hasta el semáforo de calle Unión para doblar hacia la izquierda y bajar nuevamente por avenida Perú hasta María Graham o Desiderio Lemus, generando este desplazamiento más congestión.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto a) de la observación, el proyecto en la Etapa 1 contempla 190 estacionamientos vendibles para los dueños de departamentos lo que corresponde a una tasa de 73%, la Etapa 2 contempla 220 estacionamientos para los dueños de departamentos, que corresponde a una tasa del 99%. A lo anterior se deben agregar los estacionamientos de visita exigidos por la normativa (26 estacionamientos en ambas etapas).

El titular señala que estos valores son superiores a la tenencia de vehículos en la comuna de Recoleta, que corresponde a 0,41 vehículos por vivienda (Fuente Encuesta Origen Destino, 2012).

248 De esta forma, el proyecto establece una tasa superior de estacionamientos al requerimiento que tiene la comuna, de manera que los residentes puedan estacionar sus vehículos al interior del proyecto y no afectar los sectores aledaños al proyecto

Respecto del punto b) de la observación, el acceso a la Población Lemus se ve afectado por la construcción del proyecto del bandejón central en Avda. Perú, proyecto que fue desarrollado por la Municipalidad de Recoleta. De acuerdo al proyecto, no es posible doblar a la izquierda en Unión, sin embargo, pasada la intersección con calle Unión existe un retorno donde es posible realizar dicha maniobra.

Respecto de la congestión, se realizó una microsimulación de la red vial del sector que se adjunta en el Anexo 5.1, que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por ende la situación actual una vez que el proyecto esté en plena operación no se verá afectada en cuanto a los tiempos de desplazamiento.

  1. Paola Lanzarotti Avilés

  2. Nudo Vial. La presencia y tránsito de camiones de alto tonelaje y de trocha ancha que sobrepasa los 2,50 mts., a parte de la congestión que producirá su desplazamiento por las calles interiores de la población, si se encuentran con vehículos estacionados en uno o ambos costados de la calle y/o se encuentran con un vehículo en la curva de las torres de alta tensión generará un atochamiento y/o un riesgo de accidente, esto es muy preocupante ya que para la construcción de una primera torre de 16 pisos se proyecta un cronograma de trabajo de 16 meses de construcción.

  3. Nudo Vial. La actual población existente experimenta problemas de congestión vehicular y nudo vial, tanto para la salida como para el acceso a la población, por lo que la llegada de nuevos habitantes en los departamentos que se proyectan construir, esta problemática se tornará más seria ya que se incrementará en prácticamente el doble la cantidad de personas. En este sentido, si cada departamento tuviera un solo vehículo, casi se triplicaría la cantidad de estos móviles en la superficie actual.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto 1) de la observación, cabe señalar que durante el período de construcción quedará estipulado en el contrato de prestación de los servicios que no circularán los camiones por el interior de la Población Lemus. Así mismo el titular del proyecto se comprometió a que los camiones queden estacionados al interior de la obra, de manera de no causar los atochamientos y eventuales accidentes que le preocupan a la comunidad.

Respecto del punto 2) de la observación, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas el día 4 de agosto de 2016 y en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Las mediciones obtenidas en terreno permitieron calibrar de manera adecuada los modelos computacionales que fueron utilizados para la representación actual y con proyecto del área de influencia. 249

De acuerdo a la metodología, para representar la demanda aportada por el proyecto se consideraron los 447 estacionamientos que contemplan ambos edificios. Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto. Estas medidas establecen que no se generarán escenarios de saturación de las vías que puedan hacer aumentar los tiempos de desplazamiento en forma significativa, lo cual es ratificado por una microsimulación de la red vial del sector que se adjunta en el Anexo 5.1 del Adenda Complementario, que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas.

  1. Freddy Montes Pradenas

  2. Nudo Vial Transporte público cuenta con 2 servicios que recorren toda la avenida Perú hacia el Salto y Ciudad Empresarial, éstas son las B-15 y la 116. Ambos servicios de transporte público hacen sus recorridos tomando y bajando pasajeros a todo lo largo de la avenida Perú, deteniéndose en la misma vía, generando congestión, impactando en los tiempos de traslado de los otros vehículos. Además, el recorrido 116 para girar y tomar la avenida Perú, realiza una maniobra desde la calle Domínica, y dependiendo del flujo vehicular de la Avenida Perú, tiende a bloquear el paso de los vehículos que transitan hacia las calles Bomberos, Núñez y Purísima, mientras espera el espacio para tomar la avenida, produciendo un enorme taco.

  3. Nudo Vial Cortejos fúnebres: Se genera congestión y retraso en los tiempos de traslados de los transportes particulares y transporte público, pues para ingresar al cementerio Santísima Trinidad, Cementerio Católico y Cementerio General, los cortejos fúnebres que vienen desde la zona sur oriente deben ingresar por calle Valdivieso para acceder a dichos recintos. Del mismo modo, los cortejos fúnebres que siguen su recorrido por avenida el Salto (continuación de avenida Perú) para acceder a los cementerios Parque del Recuerdo y Parque Santiago, mantienen la congestión vehicular y alargando los tiempos de traslado de los demás vehículos.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto 1) de la observación, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas el día 4 de agosto de 2016 y en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Las mediciones obtenidas en terreno permitieron calibrar de manera adecuada los modelos computacionales que fueron utilizados para la representación actual y con proyecto del área de influencia.

De acuerdo a la metodología, para representar la demanda aportada por el proyecto se consideraron los 447 estacionamientos que contemplan ambos edificios. 250 Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto. Estas medidas establecen que no se generarán escenarios de saturación de las vías que puedan hacer aumentar los tiempos de desplazamiento en forma significativa, lo cual es ratificado por una microsimulación de la red vial del sector que se adjunta en el Anexo 5.1 del Adenda Complementario, que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas.

Respecto del punto 2) de la observación, El Proyecto las siguientes medidas para facilitar el tránsito de los cortejos fúnebres durante la fase de construcción:

Dentro de las medidas de mitigación producto del EISTU, se considera para la intersección de Arzobispo Valdivieso con Av. Recoleta la demarcación de los estacionamientos y pista de viraje izquierda. También se considera la implementación de 3ª fase exclusiva peatonal con el objetivo de disminuir el conflicto generado por el viraje a la derecha en esta intersección. También se considera la evaluación de la implementación de la bidireccional de Arzobispo Valdivieso hasta Av. Recoleta, con la finalidad de dar continuidad a la red vial, y analizar el comportamiento de los flujos del proyecto en esta vía. Con estas medidas de mitigación se facilita el tránsito de cortejos fúnebres una vez que esté en operación el proyecto.

  1. Cynthia Toledo Troncoso

a. Congestión Vial. Con la llegada de los edificios aumentaron considerablemente la llegada y salida de vehículos de la población, que en horario punta sufre de Gran atochamiento, sí a esto le sumamos la reducción de salidas por la contaminación del parque Perú nos veremos atrapados.

b. Aumento de velocidad y flujo Vial por calles interiores. Debido a la falta de accesos las calles interiores se verán afectadas por el aumento de flujo de vehículos pequeños. Y es seguro que durante el proceso de construcción camiones usarán nuestras calles poniendo en riesgo la salud de nuestros niños y adultos mayores.

c. Atochamiento de Avenida Perú y El Salto. La avenida Perú y El Salto son avenidas o calles que en éste momento se encuentran saturadas como Av. Recoleta es usada para el transporte público estas son alternativas para el tránsito hacia el centro norte a Santiago. Al aumentar considerablemente la densidad poblacional, doblando la actual con la construcción de las torres, esto estará colapsado no sólo en horas punta sino gran parte del día. 251

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto a) de la observación, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto y que permiten asegurar que la operación del proyecto no generará escenarios de saturación vial, permitiendo la circulación de los actuales y futuros habitantes del sector, lo cual es ratificado por una microsimulación de la red vial del sector que se adjunta en el Anexo 5.1, que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas.

Respecto del punto b) de la observación, en el Adenda Complementario el Titular presenta una actualización de las rutas a utilizar durante la Fase de Construcción del Proyecto. En la actualización se indica que, la calle a utilizar por los vehículos que transitan desde el Norte será por Av. Perú, Vuelta en U en calle Rapa Nui y luego tomar nuevamente Av. Perú y los camiones que salgan del proyecto hacia el centro será por calle Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Puma, María Graham y luego tomaran nuevamente Av. Perú. Adicionalmente, el Titular se compromete a que todo tránsito de vehículos livianos, vehículos de carga de material y vehículos de escombros a realizar durante la fase de construcción será por fuera de la Villa Lemus, lo cual quedará estipulado en el contrato de prestación de los servicios.

Por otro lado, en el EISTU las rutas de accesos al proyecto consideran la utilización de las vías al interior de la población Lemus, sin embargo, como parte de las medidas de mitigación se considera la ejecución del proyecto Zona 30 en el cuadrante formado por Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Eloísa Lemus, Elcira Lemus y María Graham de acuerdo a lo estipulado por la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta. Este proyecto reduce considerablemente la velocidad en el área con las respectivas medidas de seguridad para los habitantes de la población Lemus.

En forma adicional y con el objeto de establecer si habrá disminuciones de velocidad adicionales por la operación del proyecto, se realizó una microsimulación de la red vial del sector que se presenta en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria, que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas.

Respecto del punto c) de la observación, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo 252 vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

El área de influencia del EISTU y se puede apreciar que se consideraron todas las vías que podrían verse afectadas por el proyecto, tales como las de la Población Lemus.

Figura ÁREA DE INFLUENCIA EISTU

  1. Alejandra Valenzuela Tolis

a. ¿Cuál es el impacto que tendrá la llegada de tantas personas en las escuelas del sector?

b. ¿Cómo resuelven el tema de la contaminación acústica producto de los autos que vendrán y los edificios?

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto a), se informa que el Proyecto ofrecerá viviendas cuya superficie irá desde los 36 m2 a 54 m2. Lo anterior determina un valor de venta promedio de 2.770 UF. De esta manera, el perfil del comprador de estas viviendas estaría conformado principalmente por los grupos socioeconómicos medios C2.

• Equipamiento de salud

De acuerdo con los datos de la Encuesta Casen 2015, el acceso a establecimientos de salud de la población de Recoleta se distribuye de la siguiente manera:

Gráfico: Porcentaje de acceso a establecimientos de salud según tipo 253

A partir del gráfico presentado, se extrae que la mayoría de la población (62,6%) accede a establecimientos de salud público, seguido por atención en consultas y centros médicos privados (22,2%). Este comportamiento difiere del comportamiento de la población del área de influencia, ya que según la información de entrevistados expuesta en el punto 5.5.2 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA “la mayoría de la población se encuentra afiliada al sistema previsional Fonasa y en menor medida a Isapres. Por lo general son los adultos mayores e inmigrantes quienes, por razones económicas, acceden a la red de establecimientos públicos, específicamente al CESFAM Dr. Patricio Hevia (Valdivieso) y CESFAM Recoleta, mientras que la población adulta y jóvenes acceden a centros privados en el sector centro y oriente de la ciudad.” (p. 48)”

Considerando el perfil socioeconómico estimado de los futuros residentes del Proyecto, estos contarán mayoritariamente con afiliación a sistema FONASA y en menor medida ISAPRE, accediendo a atención de salud en centros privados, sin recurrir a los centros de salud públicos, específicamente a los CESFAM que corresponden al territorio.

En cuanto a la oferta de centros de salud privados, el área de influencia se encuentra próxima a 5 establecimientos, sin superar los 3,2 km. de distancia.

De esta manera se concluye:

Según el perfil socioeconómico que se estima corresponderán los futuros residentes del Proyecto, contarán mayoritariamente con sistema de afiliación FONASA, por lo que podrán acceder a establecimientos de salud privados. Respecto a la oferta de equipamiento, a no más de 3,2 kilómetros de distancia respecto al área del Proyecto se encuentran 5 establecimientos cercanos. Lo anterior indica que los habitantes del proyecto inmobiliario no colapsarán el Consultorio Valdivieso (Patricio Hevia).

• Equipamiento educacional

De acuerdo con los datos de la Encuesta Casen 2015, el acceso a establecimientos educacionales de la población de la comuna de Recoleta se divide en la siguiente manera:

Gráfico 10: Comuna de establecimiento educacional al cual accede la población de Recoleta

254

Como se observa en los datos, un 63% de la población de Recoleta accede a establecimientos educacionales en la misma comuna. En tabla 45 del Anexo PAC del Adenda Complementaria se presenta un listado pormenorizado de los establecimientos educacionales de la comuna.

La mayoría de los establecimientos disponibles en la comuna son de dependencia Particular Subvencionado y existen 1.566 matrículas vacantes.

Respecto a la demanda que generará el Proyecto, se utiliza la información disponible en el proyecto de sala de basura adjunto en el anexo 10 de la DIA, donde se estima que los departamentos de dos o más dormitorios estarían acondicionados para recibir un grupo familiar, por ende, población en edad escolar. Por cada uno de ellos se calcula según el indicador de INE (2010), donde durante el año 2008 cada mujer aportó 1,9 hijos/as en promedio.

Se estima que el Proyecto aportaría 648 residentes en edad escolar, de los cuales, considerando la tendencia que demuestra la Encuesta Casen 2015, el 63% accedería a equipamiento educacional de la comuna, es decir 408 estudiantes.

De esta manera se concluye:

Se estima que el Proyecto aportará 648 residentes en edad escolar, de los cuales 408 buscarán acceder a establecimientos en Recoleta. Como se indica en el punto 5.5.3 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA, en el área de influencia existen cuatro establecimientos educacionales, los cuales cuentan con 155 vacantes según curso de ingreso principal, los que podrían cubrir de manera parcial la demanda que se estima generaría el Proyecto. - En total la comuna cuenta con 1.566 vacantes según curso de ingreso, es decir, permite absorber la demanda que se estima generaría el Proyecto. - La mayoría de los establecimientos disponibles, tanto en el área de influencia como en la comuna, son de dependencia Particular Subvencionada, acorde a la preferencia del perfil socioeconómico (C2) que se estima corresponderá a los ocupantes del Proyecto. Respecto al tema de la basura de los edificios, se aclara que los Edificios Perú Plaza I-II cuentan con su Proyecto de Basura el cual de acuerdo a la normativa deberá estar debidamente aprobado por la Autoridad Sanitaria. Además, cabe destacar, que el retiro de los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios es obligación de la Municipalidad, conforme a la normativa vigente, la cual cobra por este servicio en conjunto con las contribuciones.

En relación al análisis del Artículo 7, literal d) respecto la dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo, se informa que la evaluación ambiental del 255 proyecto ha sido realizada en conformidad a la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Inmobiliarios que se Desarrollen en Zonas Urbanas (2017), a fin de descartar la presencia de potenciales impactos significativos relacionados al Artículo 7, letra d) del RSEIA.

Los antecedentes presentados en el punto 6.1.1 del Estudio de Medio Humano adjunto en el Anexo 6 de la DIA señalan que, “el sector donde se planea la construcción del Proyecto corresponde a un antiguo estadio deportivo adquirido por el Titular. Cabe señalar que dicho lugar se encontraba en desuso desde el año 2014 y que actualmente el predio está deshabilitado y no se evidencia presencia de residentes permanentes ni intermitentes. Por lo cual en el sitio donde se emplazará el Proyecto no existen grupos humanos ni personas las cuales puedan ser impactadas significativamente ni ser propensas a reasentamiento por parte del Proyecto.”

A partir de los antecedentes presentados se descarta que el Proyecto pueda generar impacto significativo según lo estipulado en el Artículo 7 del RSEIA respecto a reasentamiento de grupos humanos, además de alteración de sistemas de vida, específicamente según el literal d).

Respecto del punto b) de la observación, específicamente de la emisión de ruido (contaminación acústica), asociado a los vehículos particulares que harán uso de los estacionamientos y las personas que habitarán los edificios, es importante tener en cuenta que dichas fuentes de ruido se encuentran dentro de las exclusiones del ámbito de aplicación de la normativa vigente (D.S. N°38/11 del MMA) especificadas en el Artículo 5, ya que corresponden a la actividad propia del uso de viviendas y edificaciones, no atribuibles al proyecto sino más bien a la conducta de sus habitantes. En este sentido, la evaluación ambiental presentada en el Anexo 6 de la Adenda 1 permite garantizar el cumplimiento de la citada normativa durante la fase de operación del proyecto, que en este caso está relacionada con el funcionamiento de equipos tales como grupo electrógeno, calderas, etc.

No obstante lo anterior, de acuerdo con la experiencia del consultor, en condiciones normales las fuentes señaladas no deberían representar inconvenientes para los vecinos ya que son de baja emisión de ruido. De todos modos, a nivel municipal los ruidos molestos de este tipo se encuentran regulados y controlados por carabineros y personal de seguridad de la comuna.

Respecto de las emisiones de ruido generadas durante la fase de construcción, estas se encuentran abordadas en el Estudio presentado en el Anexo 6 de la Adenda 1 del proyecto.

Dicho estudio establece y entrega sustento técnico a todas las medidas de control que el proyecto implementará (Cierres perimetrales de hasta 6 m de altura con características de barrera acústica mediante paneles de madera OSB, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), permitiendo demostrar que los niveles de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente en todos los receptores, considerando la situación más desfavorable.

Además, para reforzar las medidas de control señaladas anteriormente, el Titular se compromete a instalar placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindante con viviendas habitadas para disminuir posibles molestias a los vecinos. Para mayor detalle ver tabla presenta a continuación:

Tabla 98 Placas OSB en deslindes del Proyecto

Placas OSB en deslindes Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar afectaciones a los vecinos de la Población Lemus. Descripción: Durante la fase de construcción se instalarán placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas. Justificación: El presente compromiso se enmarca en la solicitud realizada por la Población de aumentar la altura de las barreras para asegurar la tranquilidad de los vecinos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Placas OSB de 6 metros de altura en los tres frentes que colindan a viviendas de la Población Lemus. Forma: Las Placas OSB se mantendrán en buen estado 256 durante todo el periodo que dure la fase de construcción. Oportunidad: Las Placas OSB permanecerá durante toda la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Letrero en Registro fotográfico de las placas OSB. Forma de control y seguimiento Existirá un encargado en obra de verificar que las placas OSB se encuentran en buen estado y que den cumplimiento a la altura comprometida.

Por otro lado, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en periodo diurno (lunes a viernes entre las 08:00 a 19:00 horas, y, los sábados entre las 08:00 a 14:00 horas).

  1. Pedro Pablo Navarrete Moreno

a. Como lo harán los camiones para circular durante la construcción, si por la población no pueden pasar y por Av. Perú hay menos vías de circulación, y ahora no pueden retornar en ninguna calle de Av. Perú. Tendrían que pasar en Dominica, ¿así lo hará? b. Si vienen por Av. El Salto, ¿por dónde ingresaran al predio de los edificios? c. ¿Cómo evitarán generar colapso de las calles y del sistema de transporte público en Av. Perú con la circulación de camiones? d. ¿Cuantos camiones circularan en el día? e. ¿Cada cuánto tiempo? ¿Cuántos durante la construcción? f. ¿Que pasara con la atención de los consultorios de Av. Valdivieso que atiende a la población y no tienen capacidad para atender a las personas?, lo mismo pasará con los colegios y jardines infantiles que no pueden asistir más niños porque no tienen capacidad g. En Av. Perú hay ciclo vía y muchos ciclistas circulan por ahí, ¿cómo evitarán los accidentes y daños a ellos?, ¿cómo serán las medidas de seguridad para que no haya accidentes h. ¿Cómo lo harán con las 227 bicicletas que ingresarán en los horarios punta a los edificios? i. ¿Qué pasará con la situación del Metro Cementerio que tendría que recibir más personas?, más de lo habitual ¿cómo se evitará el colapso de la estación?

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto a), respecto del tránsito de camiones, el titular se compromete a contar con un banderero y tomará todas las medidas de seguridad vial durante la construcción, tal como corresponde, de manera de evitar que ocurran accidentes. Con el mismo ánimo, el titular se ha comprometido a que no habrá tránsito de camiones por el interior de la Villa Lemus durante la etapa de construcción y, además, como medida del EISTU, ejecutará el proyecto que tiene el municipio para este barrio, consistente en dejar el sector con un tope de velocidad de 30 km/h. En caso de molestias existirá un encargado de recibir denuncias y, en la medida de lo posible, se tomarán las medidas que ayuden a la buena convivencia entre la obra y sus vecinos directos.

Respecto del punto b) y c,) en el Adenda Complementario el Titular presenta una actualización de las rutas a utilizar durante la Fase de Construcción del Proyecto. En la actualización se indica que, la calle a utilizar por los vehículos que transitan desde el Norte será por Av. Perú, Vuelta en U en calle Rapa Nui y luego tomar nuevamente Av. Perú y los camiones que salgan del proyecto hacia el centro será por calle Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Puma, María Graham y luego tomaran nuevamente Av. Perú. Adicionalmente, el Titular se compromete a que todo tránsito de vehículos livianos, vehículos de carga de material y vehículos de escombros a realizar durante la fase de construcción será por fuera de la Villa Lemus, lo cual quedará estipulado en el contrato de prestación de los servicios.

Se aclara que los camiones no circularán por la Villa Lemus durante la Fase de Construcción. Por lo que, el Titular se compromete a que todo tránsito de vehículos de carga de material y vehículos de escombros a realizar durante la fase de construcción será por fuera de la Villa Lemus, lo cual quedará estipulado en el contrato de prestación de los servicios y se deja expresamente considerado en el Compromiso Ambiental Voluntario 4. 257

Por otro lado, el titular se compromete a que los camiones queden estacionados al interior de la obra, de manera de no causar los atochamientos y eventuales accidentes que le preocupan a la comunidad.

Respecto del punto d) y e) de la observación, la cantidad de camiones que circularán al día durante la etapa de construcción y cada cuanto tiempo, se detalla en la Tabla 2 “Frecuencia de camiones asociados a la fase de construcción” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA, estimándose en 37 y 33 camiones diarios que ingresarán a la obra, dependiendo de la etapa. La frecuencia será durante toda la jornada laboral, estimándose en 4 camiones por hora de ingreso.

Respecto del punto f) de la observación, se informa que el Proyecto ofrecerá viviendas cuya superficie irá desde los 36 m2 a 54 m2. Lo anterior determina un valor de venta promedio de 2.770 UF. De esta manera, el perfil del comprador de estas viviendas estaría conformado principalmente por los grupos socioeconómicos medios C2.

• Equipamiento de salud

De acuerdo con los datos de la Encuesta Casen 2015, el acceso a establecimientos de salud de la población de Recoleta se distribuye de la siguiente manera:

Gráfico: Porcentaje de acceso a establecimientos de salud según tipo

A partir del gráfico presentado, se extrae que la mayoría de la población (62,6%) accede a establecimientos de salud público, seguido por atención en consultas y centros médicos privados (22,2%). Este comportamiento difiere del comportamiento de la población del área de influencia, ya que según la información de entrevistados expuesta en el punto 5.5.2 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA “la mayoría de la población se encuentra afiliada al sistema previsional Fonasa y en menor medida a Isapres. Por lo general son los adultos mayores e inmigrantes quienes, por razones económicas, acceden a la red de establecimientos públicos, específicamente al CESFAM Dr. Patricio Hevia (Valdivieso) y CESFAM Recoleta, mientras que la población adulta y jóvenes acceden a centros privados en el sector centro y oriente de la ciudad.” (p. 48)”

Considerando el perfil socioeconómico estimado de los futuros residentes del Proyecto, estos contarán mayoritariamente con afiliación a sistema FONASA y en menor medida ISAPRE, accediendo a atención de salud en centros privados, sin recurrir a los centros de salud públicos, específicamente a los CESFAM que corresponden al territorio.

En cuanto a la oferta de centros de salud privados, el área de influencia se encuentra próxima a 5 establecimientos, sin superar los 3,2 km. de distancia.

De esta manera se concluye: 258

- Según el perfil socioeconómico que se estima corresponderán los futuros residentes del Proyecto, contarán mayoritariamente con sistema de afiliación FONASA, por lo que podrán acceder a establecimientos de salud privados. Respecto a la oferta de equipamiento, a no más de 3,2 kilómetros de distancia respecto al área del Proyecto se encuentran 5 establecimientos cercanos. Lo anterior indica que los habitantes del proyecto inmobiliario no colapsarán el Consultorio Valdivieso (Patricio Hevia).

Respecto del punto g) y h) durante la Fase de Construcción del Proyecto se contará con todas las medidas de seguridad vial necesarias para resguardar la seguridad de peatones, ciclistas y vehículos que circulan por la vía, además se contempla implementar medidas que permitan la libre circulación, tales como:

• Señalizaciones de transito reglamentarias e informativa, señales de advertencia de peligros de las obras, la que se mantendrán día y noche. • Bandereros durante la operación de vehículos de carga. • Barreras, mallas de protección, restricción de estacionamiento de camiones en la vía pública, y dispositivos de seguridad para proteger a los peatones durante todo el periodo que duren las obras.

Además, con el nuevo proyecto de la Municipalidad de Recoleta, el cual incluye bandejón central y ciclovía, los ciclistas tendrán una infraestructura exclusiva para su uso y así se evitará cualquier tipo de accidente.

El proyecto ha sido diseñado en cumplimiento de toda la normativa vigente. De esta manera ha aprobado un EISTU que contempla medidas como demarcaciones, señaléticas, mejoramiento radios de giro, entre otros, para evitar afectaciones a transeúntes y ciclistas.

Para contribuir con el desplazamiento de los residentes por medio de transporte no motorizado y fomentar el uso de la bicicleta, el Titular el Proyecto ha considerado 237 bicicleteros para los edificios Perú Plaza I – II. Lo cual contribuye con el cuidado del medio ambiente, ya que su uso reduce los niveles de contaminación ambiental como monóxido y dióxido de carbono, hidrocarburos y otras partículas que favorecen la contaminación del aire. Además, esto va en concordancia con el Proyecto de bandejón central y ciclovía que ha impulsado la Municipalidad de Recoleta. Por lo que, los nuevos usuarios podrán aprovechar esta nueva infraestructura que estará disponible una vez que entre en operación el Proyecto. Por otro lado, cabe destacar, que no existen antecedentes que puedan hacer concluir que el uso de bicicletas en la Región Metropolitana genera congestión en horario punta.

Respecto del punto i), de acuerdo a los datos proporcionados por el titular, el elemento crítico de la estación Cementerio de METRO S.A., como en todas las estaciones, es la zona de torniquetes que tiene una capacidad de 2700 Pax/hr. Actualmente en la hora punta mañana (7:30-8:30 hrs), la afluencia en la estación Cementerio es de 597 Pax/hr y en la hora punta tarde (17:45-18:45 hrs) 656 Pax/hr. De acuerdo a estos datos en la estación Cementerio existe una capacidad de reserva de aprox 2.000 Pax/hr.

  1. Berta Holgado Vargas

a. ¿Cuál es el impacto paisajístico para los habitantes de la población Lemus? b. ¿Cuáles son los efectos en la identidad de los habitantes de Lemus? c. ¿Cuál es el impacto que se produce en la calidad de vida de los habitantes de la población de ambos? d. ¿Cuál es el impacto que produce en la biodiversidad del sector?

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente: 259

Respecto del punto a) de la observación, según el Estudio de Paisaje presentado en el Anexo 5.6 de la Adenda Complementaria, la calidad visual del paisaje se determinó en función de la caracterización de los atributos visuales de la unidad de paisaje identificada. La Tabla 82 del Anexo PAC (Anexo 5) de la Adenda Complementaria, resume la caracterización según los atributos biofísicos, estructurales y estéticos identificados para la unidad (Ver Tabla 82 Calidad visual de la UP1 Unidad Villa Lemus).

La “Guía de Evaluación de Impacto Ambiental – Valor Paisajístico en el SEIA” define cuatro (4) categorías de paisaje referidas a la calidad visual; Baja - Media – Alta – Destacada. Cuyos criterios para su definición son de acuerdo a lo siguiente.

• Paisaje de Calidad Destacada Se consideran paisajes de calidad destacada aquellos donde uno o más de uno de sus atributos visuales se valoran como destacados, transformándose en el o los elementos que permiten reconocer en el paisaje una condición destacada.

• Paisaje de Calidad Alta Se consideran paisajes de calidad alta aquellos paisajes donde la mayoría de sus atributos se reconocen como calidad alta, con rasgos sobresalientes. Si más del 50% de los atributos se valoran en la categoría alta, entonces el paisaje tiene esta condición. Igualmente, si se valoran los atributos en igual cantidad en las categorías alta y media y ningún atributo en la categoría baja, entonces el paisaje presenta una calidad visual alta.

• Paisaje de Calidad Media Se consideran paisajes de calidad media aquellos cuyos atributos se valoran como comunes o recurrentes. Si más del 50% de los atributos se valoran en la categoría media, entonces el paisaje tiene una calidad visual media. Igualmente, si se valoran los atributos en las categorías alta y media en igual cantidad y un atributo en la categoría baja, entonces el paisaje presenta una calidad visual media.

• Paisaje de Calidad Baja Se consideran paisajes de calidad baja aquellos que contienen muy poca variedad de atributos y además éstos se valoran en calidad baja. Si más del 50% de los atributos se valoran en la categoría baja, entonces el paisaje asume esta condición de calidad visual baja. Igualmente, si se valoran los atributos en igual cantidad en las categorías media y baja, y ningún atributo en la categoría alta, entonces el paisaje presenta una calidad visual baja.

De acuerdo a lo anterior, el resultado de la ponderación de los valores de los atributos biofísicos, estructurales y estéticos para la unidad descrita se pueden ver en la Tabla N°1 del Anexo PAc de la Adenda Complementaria (Ver Tabla Nº 1: Ponderación de la Valoración de la calidad visual de los atributos biofísicos, estéticos y estructurales).

Con lo anterior, se concluye que el paisaje de la unidad UP, Unidad Villa Lemus presenta una calidad visual “Media”.

Las justificaciones de las respectivas valoraciones se presentan en la Tabla N°2 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria (Ver Tabla Nº 2: Ponderación de la Valoración de la calidad visual de los atributos biofísicos, estéticos y estructurales).

Para ver detalles del Estudio de Paisaje, ver Anexo 5.6. de la Adenda Complementaria.

Por lo anterior, es posible señalar que el Proyecto no genera efectos significativos en cuanto a la obstrucción visual ni a la alteración de los atributos de una zona con valor paisajístico.

Respecto del punto b) de la observación, la evaluación ambiental del proyecto ha sido realizada en conformidad a la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Inmobiliarios que se Desarrollen en Zonas Urbanas (2017), a fin de descartar la presencia de potenciales impactos significativos relacionados al Artículo 7, literales a) y d) del RSEIA.

260 A partir de la información expuesta en el estudio de Medio Humano es posible concluir que se han evaluado todos los indicadores que señala la Autoridad Ambiental, descartando así impactos significativos referidos a los literales antes señalados.

Respecto del punto c), tal como se ha acreditado en forma extensa durante este documento, el titular realizó un estudio para descartar efectos significativos del proyecto en la calidad de vida de los grupos humanos al interior del área de influencia determinada para este fin, por el proyecto. El análisis fue realizado en base a los parámetros de reglamento del SEIA, el cual establece: “A objeto de evaluar la alteración significativa a los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos, se considerará la generación de efectos adversos significativos sobre la calidad de vida de éstos, en consideración a la duración o magnitud de cualquiera de las siguientes circunstancias: a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. c) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo.”

Asimismo, la evaluación ambiental del proyecto ha sido realizada en conformidad a la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Inmobiliarios que se Desarrollen en Zonas Urbanas (2017), a fin de descartar la presencia de potenciales impactos significativos relacionados al Artículo 7, literales a) y d) del RSEIA.

A partir de la información expuesta en el estudio de Medio Humano es posible concluir que se han evaluado todos los indicadores que señala la Autoridad Ambiental, descartando así impactos significativos referidos a los literales antes señalados.

Respecto del punto d) de la observación, la biodiversidad juega un rol muy importante en los ambientes urbanos, al proporcionar servicios ecosistémicos como la purificación del aire y el agua, también mejora la estética, aporta a la recreación de las personas y es muy importante para la educación de la población urbana respecto a la naturaleza y la conservación de las especies (McKinney, 2008).

El proyecto no afecta ningún elemento que no permita la continuación de lo anteriormente descrito.

  1. María José Sillano Moya

a. Salud. Me preocupa el riesgo a la salud que implica la construcción de las torres las emisiones de polvo, todas las sustancias contaminantes que se emitirán, todo el ruido que se generará durante la construcción. ¿Cuáles fueron las medidas para que todos los que vivimos alrededor, no nos veamos afectados? En la población hay muchos adultos mayores además hay un jardín infantil junto al predio donde se construirán los edificios. ¿Cómo se hará para que nuestros abuelitos y niños no se vean afectados? No queremos que nuestra calidad de vida sea afectada. Vivimos en una población muy tranquila sin ruido con mucha vegetación la que se verá afectada con toda esa población que doblaría el número de personas que viven en la población. Seremos afectados de desde nuestra privacidad no podemos estar en nuestros patios tranquilos con toda esa gente mirando desde los edificios. Qué pasará con todos los vehículos que se sumarán en los edificios, son más de 400 vehículos que actualmente no existen en el barrio y que ahora circularán por ahí. Las calles no dan abasto para tanto vehículo, y además aumentará la congestión y toda la contaminación que generarán es en un proyecto donde actualmente no hay tanta cantidad de vehículos. 261 Que pasara con la seguridad en las calles con todos los vehículos circulando por la población. Habitualmente hay muchos niños jugando y todos nosotros caminamos por las calles y con todo no con todos los vehículos no se podrá.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Según lo solicitado en la observación, en la Tabla 100 y Tabla 101 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria, se presenta la segregación, descripción y clasificación de las sustancias y residuos peligrosos a utilizar durante la fase de construcción. (Ver Tabla 100. Listado de Sustancias peligrosas utilizadas en la Fase de Construcción y Tabla 101. Listado de residuos peligrosos utilizados en la Fase de Construcción).

Cabe destacar, que el almacenamiento de las sustancias peligrosas se realizará en una misma bodega de acuerdo a la compatibilidad de las sustancias químicas. Además, debido a que las cantidades no superarán los 600 kg. o L en total serán dispuestas en una bodega común en cumplimiento a lo establecido en el artículo 10 del D.S. N° 78/2009 del MINSAL.

Respecto a los residuos del tipo peligrosos provenientes de los envases de las sustancias peligrosas, se dispondrán en una bodega especialmente destinada para ellos. Así se evitará que en los sitios de disposición final pudiesen causar detrimento en la calidad de la napa por lixiviación o lavado de suelo en el mismo sitio. Lo señalado anteriormente, se llevará a cabo según lo establecido en el D.S. N°148/03 del MINSAL.

En cuanto al transporte y disposición final, será realizado con una empresa que se encuentre autorizada para dichos fines por parte de la Autoridad Sanitaria. Además, en obra se mantendrá un registro de disposición final de estos residuos, el cual será emitido por la empresa encargada de la disposición final cada vez que se genere el traslado de ellos. El encargado de mantener el registro será designado por el Titular y se encontrará disponible para su revisión cada vez que la Autoridad Ambiental lo solicite.

Las medidas también contemplan la implementación de planes de contingencia y emergencia ante la posible ocurrencia de algún evento.

En el Anexo 5.7 de la Adenda Complementaria, se presentan las hojas de seguridad de las sustancias nombradas en la Tabla 85.

Respecto de las medidas, el titular ha indicado y comprometido en la DIA y Adendas que, en cuanto a emisiones atmosféricas, el proyecto no superará los límites indicados en el artículo 98 del Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica de Santiago (PPDA), tal como se demuestra en la Tabla 4 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria. Además, como compromisos se contempla la implementación de cierres con planchas OSB y sobre esta se adicionará malla tipo raschel que cumplirán la doble función de retener material particulado y controlar las emisiones de ruido. Adicionalmente se han contemplado medidas como humectación de las áreas de movimiento de tierra, acopio de tierra y vías de circulación interna; se estabilizarán y compactarán las zonas de tránsito de maquinaria y vehículos; se prohibirá la quema de maderas u otro material al interior de la obra; los vehículos contarán con revisión técnica al día; entre otros.

En cuanto a las emisiones de ruido generadas durante la fase de construcción, cabe destacar que al implementar las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (plancha OSB como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), los niveles estimados de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente en todos los receptores, considerando la situación más desfavorable.

Además, para asegurar el cumplimiento de la normativa de referencia para las vibraciones se restringirá el uso de la placa compactadora, la cual no podrá operar a menos de 9 metros de los receptores R1, R2 y R3 (Ver Anexo 6 de la Adenda 1). 262

Por otro lado, para efectos de seguridad vial se ha contemplado: • Señalizaciones de transito reglamentarias e informativa, señales de advertencia de peligros de las obras, la que se mantendrán día y noche. • Bandereros durante la operación de vehículos de carga. • Barreras, mallas de protección, restricción de estacionamiento de camiones en la vía pública, y dispositivos de seguridad para proteger a los peatones durante todo el periodo que duren las obras.

De acuerdo a lo señalado por el titular, las medidas comprometidas evitarán afectaciones a la población colindante al proyecto.

Respecto de la salud de las personas y las emisiones atmosféricas, la información presentada por el titular señala que esta no superará los límites indicados en el artículo 98 del Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica de Santiago (PPDA), tal como se demuestra en la Tabla 4 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria. Además, como compromisos se contempla la implementación de cierres con planchas OSB y sobre esta se adicionará malla tipo raschel que cumplirán la doble función de retener material particulado y controlar las emisiones de ruido. Adicionalmente se han contemplado medidas como humectación de las áreas de movimiento de tierra, acopio de tierra y vías de circulación interna; se estabilizarán y compactarán las zonas de tránsito de maquinaria y vehículos; se prohibirá la quema de maderas u otro material al interior de la obra; los vehículos contarán con revisión técnica al día; entre otros.

En cuanto a las emisiones de ruido generadas durante la fase de construcción, cabe destacar que al implementar las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (plancha OSB como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), los niveles estimados de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente en todos los receptores, considerando la situación más desfavorable.

Además, para asegurar el cumplimiento de la normativa de referencia para las vibraciones se restringirá el uso de la placa compactadora, la cual no podrá operar a menos de 9 metros de los receptores R1, R2 y R3 (Ver Anexo 6 de la Adenda 1). Por otro lado, para efectos de seguridad vial se ha contemplado: • Señalizaciones de transito reglamentarias e informativa, señales de advertencia de peligros de las obras, la que se mantendrán día y noche. • Bandereros durante la operación de vehículos de carga. • Barreras, mallas de protección, restricción de estacionamiento de camiones en la vía pública, y dispositivos de seguridad para proteger a los peatones durante todo el periodo que duren las obras.

Con todas las medidas señaladas anteriormente, se evitarán afectaciones a los abuelitos y niños pertenecientes a la población colindante al proyecto.

Respecto de la emisión de ruido (contaminación acústica), asociado a los vehículos particulares que harán uso de los estacionamientos y las personas que habitarán los edificios, es importante tener en cuenta que dichas fuentes de ruido se encuentran dentro de las exclusiones del ámbito de aplicación de la normativa vigente (D.S. N°38/11 del MMA) especificadas en el Artículo 5, ya que corresponden a la actividad propia del uso de viviendas y edificaciones, no atribuibles al proyecto sino más bien a la conducta de sus habitantes. En este sentido, la evaluación ambiental presentada en el Anexo 6 de la Adenda 1 permite garantizar el cumplimiento de la citada normativa durante la fase de operación del proyecto, que en este caso está relacionada con el funcionamiento de equipos tales como grupo electrógeno, calderas, etc.

No obstante lo anterior, de acuerdo con la experiencia del consultor, en condiciones normales las fuentes señaladas no deberían representar inconvenientes para los vecinos ya que son de baja emisión de ruido. De todos modos, a nivel municipal los ruidos molestos de este tipo se encuentran regulados y controlados por carabineros y personal de seguridad de la comuna.

Respecto de las emisiones de ruido generadas durante la fase de construcción, estas se encuentran abordadas en el Estudio presentado en el Anexo 6 de la Adenda 1 del proyecto.

263 Dicho estudio establece y entrega sustento técnico a todas las medidas de control que el proyecto implementará (Cierres perimetrales de hasta 6 m de altura con características de barrera acústica mediante paneles de madera OSB, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), permitiendo demostrar que los niveles de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente en todos los receptores, considerando la situación más desfavorable.

Además, para reforzar las medidas de control señaladas anteriormente, el Titular se compromete a instalar placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindante con viviendas habitadas para disminuir posibles molestias a los vecinos. Para mayor detalle ver tabla presenta a continuación:

Tabla 98 Placas OSB en deslindes del Proyecto

Placas OSB en deslindes Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar afectaciones a los vecinos de la Población Lemus. Descripción: Durante la fase de construcción se instalarán placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas. Justificación: El presente compromiso se enmarca en la solicitud realizada por la Población de aumentar la altura de las barreras para asegurar la tranquilidad de los vecinos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Placas OSB de 6 metros de altura en los tres frentes que colindan a viviendas de la Población Lemus. Forma: Las Placas OSB se mantendrán en buen estado durante todo el periodo que dure la fase de construcción. Oportunidad: Las Placas OSB permanecerá durante toda la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Letrero en Registro fotográfico de las placas OSB. Forma de control y seguimiento Existirá un encargado en obra de verificar que las placas OSB se encuentran en buen estado y que den cumplimiento a la altura comprometida.

Por otro lado, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en periodo diurno (lunes a viernes entre las 08:00 a 19:00 horas, y, los sábados entre las 08:00 a 14:00 horas).

En relación al aumento de la cantidad de vehículos y de la congestión El EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

En la siguiente figura se muestran los puntos de medición de flujos. Estas mediciones obtenidas en terreno permitieron calibrar de manera adecuada los modelos computacionales que fueron utilizados para la representación actual y con proyecto del área de influencia.

Figura 20 Ubicación puntos de medición 264

De acuerdo a la metodología, para representar la demanda aportada por el proyecto se consideraron los 447 estacionamientos que contemplan ambos edificios.

Como resultado de este estudio, se generan medidas que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto y permiten asegurar un escenario en que no se saturarán las vías, por el tráfico vehicular.

Es importante mencionar que las emisiones atmosféricas que genera el proyecto han sido cuantificadas y evaluadas en conformidad a la normativa ambiental vigente (en particular al PPDA).

En relación a la contaminación de aire, se debe señalar que el titular se compromete que para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante su fase de construcción, se contemplan cierres con planchas OSB y sobre esta se adicionará malla tipo raschel que cumplirán la doble función de retener material particulado y controlar las emisiones de ruido. Adicionalmente se han contemplado medidas como humectación de las áreas de movimiento de tierra, acopio de tierra y vías de circulación interna, se estabilizarán y compactarán las zonas de tránsito de maquinaria y vehículos, se prohibirá la quema de maderas u otro material al interior de la obra, entre otros.

El proyecto no supera los límites indicados en el artículo 98 del PPDA, por lo que no le corresponde compensar emisiones, como se señala en la Tabla 99 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria (Ver Tabla 99 Emisiones Atmosféricas Totales del Proyecto).

Durante todo el proceso de evaluación ambiental, el titular del proyecto ha acreditado cumplimiento de la normativa ambiental aplicable. En particular, ha acredita que todo el manejo y disposición de descargas, efluentes y residuos será realizado conforme a la normativa vigente, utilizándose transportes y lugares de disposición autorizados para los residuos sólidos y líquidos.

Para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante su fase de construcción, se consideran las siguientes medidas que el Titular se compromete a materializar:

• Humectación: Según la letra a) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se humectarán las áreas de movimientos de tierra y vía de circulación interna de acuerdo a los requerimientos en terreno, contemplándose un mínimo de 2 veces al día durante el periodo que duren las excavaciones. La fuente de agua provendrá de un arranque de agua potable en la obra o en su defecto por medio de camión aljibe que posea las autorizaciones y permisos correspondientes, se mantendrá registro en obra por medio de boletas o facturas. • Camiones encarpados: Según la letra c) del artículo 5.8.3 de la OGUC, el transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, 265 además de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver Figura 4 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria). • Estabilización y compactación de caminos: Según la letra b) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículo por el periodo correspondiente (tiempo en que duren las excavaciones). • Cierre perimetral en los deslindes: Según la letra g) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se construirá cierre perimetral en los deslindes del proyecto con mallas tipo raschel, el cual será mantenido en buen estado. La finalidad de este cierre es evitar la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área del proyecto y sectores circundantes. Los cierres podrán ser reemplazados por los paneles OSB con fines acústicos, adicionándoles 50 cm por sobre el nivel con malla raschel.

Conforme a lo anterior, el titular del proyecto compromete el cumplimiento de la normativa ambiental vigente que le aplica, cuya base es la salud de la población. Todo el detalle de los estudios y cálculos se presentan en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria.

Respecto de los accidentes y aumento del tránsito vheicular, la obra contará con un banderero y tomará todas las medidas de seguridad vial durante la construcción, tal como corresponde, de manera de evitar que éstos ocurran. Con el mismo ánimo, el titular se ha comprometido a que no habrá tránsito de camiones por el interior de la Villa Lemus durante la etapa de construcción y, además, como medida del EISTU, ejecutará el proyecto que tiene el municipio para este barrio, consistente en dejar el sector con un tope de velocidad de 30 km/h. En caso de molestias existirá un encargado de recibir denuncias y, en la medida de lo posible, se tomarán las medidas que ayuden a la buena convivencia entre la obra y sus vecinos directos.

  1. Fernanda Isabel Romero Gárate

  2. Afecta la calidad de la vida Actualmente, el barrio es un barrio seguro, tranquilo y no hay ninguna garantía de que en el proyecto de tan envergadura se aseguren las condiciones de la calidad de vida por las que elegimos este barrio. Se perderán toda la privacidad y luminosidad de todas las casas.

  3. Capacidad y seguridad vial La cantidad de personas que llegará con este proyecto aumentará la congestión vial y la contaminación del aire, el ruido y los accidentes de tránsito.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto 1) de la observación, el titular realizó un estudio para descartar efectos significativos del proyecto en la calidad de vida de los grupos humanos al interior del área de influencia determinada para este fin, por el proyecto. El análisis fue realizado en base a los parámetros de reglamento del SEIA, el cual establece: “A objeto de evaluar la alteración significativa a los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos, se considerará la generación de efectos adversos significativos sobre la calidad de vida de éstos, en consideración a la duración o magnitud de cualquiera de las siguientes circunstancias: a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. c) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo.”

266 Asimismo, la evaluación ambiental del proyecto ha sido realizada en conformidad a la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Inmobiliarios que se Desarrollen en Zonas Urbanas (2017), a fin de descartar la presencia de potenciales impactos significativos relacionados al Artículo 7, literales a) y d) del RSEIA.

A partir de la información expuesta en el estudio de Medio Humano es posible concluir que se han evaluado todos los indicadores que señala la Autoridad Ambiental, descartando así impactos significativos referidos a los literales antes señalados.

Respecto a la afectación a la calidad de vida por la contaminación del aire, se debe señalar que el titular se compromete que para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante su fase de construcción, se contemplan cierres con planchas OSB y sobre esta se adicionará malla tipo raschel que cumplirán la doble función de retener material particulado y controlar las emisiones de ruido. Adicionalmente se han contemplado medidas como humectación de las áreas de movimiento de tierra, acopio de tierra y vías de circulación interna, se estabilizarán y compactarán las zonas de tránsito de maquinaria y vehículos, se prohibirá la quema de maderas u otro material al interior de la obra, entre otros.

El proyecto no supera los límites indicados en el artículo 98 del PPDA, por lo que no le corresponde compensar emisiones, como se señala en la Tabla 99 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria (Ver Tabla 99 Emisiones Atmosféricas Totales del Proyecto).

Durante todo el proceso de evaluación ambiental, el titular del proyecto ha acreditado cumplimiento de la normativa ambiental aplicable. En particular, ha acredita que todo el manejo y disposición de descargas, efluentes y residuos será realizado conforme a la normativa vigente, utilizándose transportes y lugares de disposición autorizados para los residuos sólidos y líquidos.

Para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante su fase de construcción, se consideran las siguientes medidas que el Titular se compromete a materializar:

• Humectación: Según la letra a) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se humectarán las áreas de movimientos de tierra y vía de circulación interna de acuerdo a los requerimientos en terreno, contemplándose un mínimo de 2 veces al día durante el periodo que duren las excavaciones. La fuente de agua provendrá de un arranque de agua potable en la obra o en su defecto por medio de camión aljibe que posea las autorizaciones y permisos correspondientes, se mantendrá registro en obra por medio de boletas o facturas. • Camiones encarpados: Según la letra c) del artículo 5.8.3 de la OGUC, el transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver Figura 4 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria). • Estabilización y compactación de caminos: Según la letra b) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículo por el periodo correspondiente (tiempo en que duren las excavaciones). • Cierre perimetral en los deslindes: Según la letra g) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se construirá cierre perimetral en los deslindes del proyecto con mallas tipo raschel, el cual será mantenido en buen estado. La finalidad de este cierre es evitar la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área del proyecto y sectores circundantes. Los cierres podrán ser reemplazados por los paneles OSB con fines acústicos, adicionándoles 50 cm por sobre el nivel con malla raschel.

Conforme a lo anterior, el titular del proyecto compromete el cumplimiento de la normativa ambiental vigente que le aplica, cuya base es la salud de la población. Todo el detalle de los estudios y cálculos se presentan en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria.

En relación a la emisión de ruido (contaminación acústica), asociado a los vehículos particulares que harán uso de los estacionamientos y las personas que habitarán los edificios, es importante tener en cuenta que dichas fuentes de ruido se encuentran dentro de las exclusiones del ámbito de aplicación de la normativa vigente (D.S. N°38/11 del MMA) especificadas en el Artículo 5, ya que corresponden a la actividad propia del uso de viviendas y edificaciones, no atribuibles al proyecto sino más bien a la conducta de sus habitantes. En este sentido, la evaluación ambiental presentada en el Anexo 6 de la Adenda 1 permite garantizar el cumplimiento de la citada normativa durante la 267 fase de operación del proyecto, que en este caso está relacionada con el funcionamiento de equipos tales como grupo electrógeno, calderas, etc.

No obstante lo anterior, de acuerdo con la experiencia del consultor, en condiciones normales las fuentes señaladas no deberían representar inconvenientes para los vecinos ya que son de baja emisión de ruido. De todos modos, a nivel municipal los ruidos molestos de este tipo se encuentran regulados y controlados por carabineros y personal de seguridad de la comuna.

En relación a las emisiones de ruido generadas durante la fase de construcción, estas se encuentran abordadas en el Estudio presentado en el Anexo 6 de la Adenda 1 del proyecto.

Dicho estudio establece y entrega sustento técnico a todas las medidas de control que el proyecto implementará (Cierres perimetrales de hasta 6 m de altura con características de barrera acústica mediante paneles de madera OSB, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), permitiendo demostrar que los niveles de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente en todos los receptores, considerando la situación más desfavorable.

Además, para reforzar las medidas de control señaladas anteriormente, el Titular se compromete a instalar placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindante con viviendas habitadas para disminuir posibles molestias a los vecinos. Para mayor detalle ver tabla presenta a continuación:

Tabla 98 Placas OSB en deslindes del Proyecto

Placas OSB en deslindes Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar afectaciones a los vecinos de la Población Lemus. Descripción: Durante la fase de construcción se instalarán placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas. Justificación: El presente compromiso se enmarca en la solicitud realizada por la Población de aumentar la altura de las barreras para asegurar la tranquilidad de los vecinos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Placas OSB de 6 metros de altura en los tres frentes que colindan a viviendas de la Población Lemus. Forma: Las Placas OSB se mantendrán en buen estado durante todo el periodo que dure la fase de construcción. Oportunidad: Las Placas OSB permanecerá durante toda la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Letrero en Registro fotográfico de las placas OSB. Forma de control y seguimiento Existirá un encargado en obra de verificar que las placas OSB se encuentran en buen estado y que den cumplimiento a la altura comprometida.

Por otro lado, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en periodo diurno (lunes a viernes entre las 08:00 a 19:00 horas, y, los sábados entre las 08:00 a 14:00 horas).

Por último, se informa que el proyecto cumple con el Instrumento de Planificación (IPT) en términos de la altura, rasantes y sombras proyectadas a los terrenos aledaños al proyecto, así como con lo establecido en el artículo 2.6.11 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (O.G.U.C)

Respecto del punto 2) de la observación, acerca de la capacidad y seguridad vial, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del 268 proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Respecto de los accidentes de tránsito, la obra contará con un banderero y tomará todas las medidas de seguridad vial durante la construcción, tal como corresponde, de manera de evitar que éstos ocurran. Con el mismo ánimo, el titular se ha comprometido a que no habrá tránsito de camiones por el interior de la Villa Lemus durante la etapa de construcción y, además, como medida del EISTU, ejecutará el proyecto que tiene el municipio para este barrio, consistente en dejar el sector con un tope de velocidad de 30 km/h. En caso de molestias existirá un encargado de recibir denuncias y, en la medida de lo posible, se tomarán las medidas que ayuden a la buena convivencia entre la obra y sus vecinos directos.

  1. María Teresa Rojas Millacheo

a. Ruido y efectos en la salud mental, estrés. Vivo junto al estadio, conozco el impacto que genera el ruido presente de altos decibeles, en el estado de ánimo, generando cansancio irritabilidad, tensión permanente y estrés en las personas.

b. Impacto Vial. Nuestra población habita en aproximadamente 350 viviendas la llegada de 483 viviendas en el espacio reducido generará una invasión de vehículos qué que transitarán por nuestras calles, aumentará el nivel de tacos que ya existe. Por esta razón es necesario realizar un estudio de impacto en el tránsito vehicular del sector.

c. Alcantarillado. Durante el verano es habitual sentir malos olores provenientes de los alcantarillados, con en el aumento de los desechos, la red puede colapsar.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto a) de la observación, específicamente de la emisión de ruido (contaminación acústica), asociado a los vehículos particulares que harán uso de los estacionamientos y las personas que habitarán los edificios, es importante tener en cuenta que dichas fuentes de ruido se encuentran dentro de las exclusiones del ámbito de aplicación de la normativa vigente (D.S. N°38/11 del MMA) especificadas en el Artículo 5, ya que corresponden a la actividad propia del uso de viviendas y edificaciones, no atribuibles al proyecto sino más bien a la conducta de sus habitantes. En este sentido, la evaluación ambiental presentada en el Anexo 6 de la Adenda 1 permite garantizar el cumplimiento de la citada normativa durante la fase de operación del proyecto, que en este caso está relacionada con el funcionamiento de equipos tales como grupo electrógeno, calderas, etc.

No obstante lo anterior, de acuerdo con la experiencia del consultor, en condiciones normales las fuentes señaladas no deberían representar inconvenientes para los vecinos ya que son de baja emisión de ruido. De todos modos, a nivel municipal los ruidos molestos de este tipo se encuentran regulados y controlados por carabineros y personal de seguridad de la comuna.

En relación a las emisiones de ruido generadas durante la fase de construcción, estas se encuentran abordadas en el Estudio presentado en el Anexo 6 de la Adenda 1 del proyecto.

269 Dicho estudio establece y entrega sustento técnico a todas las medidas de control que el proyecto implementará (Cierres perimetrales de hasta 6 m de altura con características de barrera acústica mediante paneles de madera OSB, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), permitiendo demostrar que los niveles de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente en todos los receptores, considerando la situación más desfavorable.

Además, para reforzar las medidas de control señaladas anteriormente, el Titular se compromete a instalar placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindante con viviendas habitadas para disminuir posibles molestias a los vecinos. Para mayor detalle ver tabla presenta a continuación:

Tabla 98 Placas OSB en deslindes del Proyecto

Placas OSB en deslindes Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar afectaciones a los vecinos de la Población Lemus. Descripción: Durante la fase de construcción se instalarán placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas. Justificación: El presente compromiso se enmarca en la solicitud realizada por la Población de aumentar la altura de las barreras para asegurar la tranquilidad de los vecinos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Placas OSB de 6 metros de altura en los tres frentes que colindan a viviendas de la Población Lemus. Forma: Las Placas OSB se mantendrán en buen estado durante todo el periodo que dure la fase de construcción. Oportunidad: Las Placas OSB permanecerá durante toda la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Letrero en Registro fotográfico de las placas OSB. Forma de control y seguimiento Existirá un encargado en obra de verificar que las placas OSB se encuentran en buen estado y que den cumplimiento a la altura comprometida.

Por otro lado, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en periodo diurno (lunes a viernes entre las 08:00 a 19:00 horas, y, los sábados entre las 08:00 a 14:00 horas).

Respecto del punto b) de la observación, acerca del impacto vial, de acuerdo a la metodología de Estudios de Impacto sobre el Sistema de Transporte (EISTU), para el proyecto Edificio Perú Plaza se desarrolló un estudio táctico sin reasignación mayor, el cual fue aprobado por la ventanilla única compuesta por la SEREMITT, la Ilustre Municipalidad de Recoleta, SERVIU, Transantiago, UOCT. (ORD.SM/AGD/Nº3960 del 11 de mayo 2017).

Este estudio recogió todos los impactos producidos por los estacionamientos del proyecto, considerando las medidas de mitigación necesarias para reducir significativamente dichos impactos, estableciéndose escenarios de no saturación vial. Este estudio se realizó considerando la construcción de la ciclovía por Avda. Perú.

Respecto del punto c) de la observación, el titular informó que la empresa sanitaria Aguas Andinas, por medio de los Certificados N°008993 del 11/12/2017 y N°008885 del 06/12/2017 (ambos vigentes a la fecha), acredita que la propiedad ubicada en Av. Perú N°1471 y N°1479, contará con servicio de agua potable y alcantarillado. Es relevante mencionar, que esta empresa sanitaria al contar con la concesión sanitaria del sector se encuentra obligada a prestar el servicio de abastecimiento de agua potable, recolección y tratamiento de aguas servidas, siendo parte de la obligación de la concesión sanitaria proveer la infraestructura (redes, plantas, etc.) que requieren para ello (Ver en Anexo PAC de la Adenda Complementaria, Figura 49 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza I y Figura 50 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza II)

Por otro lado, es obligación de la empresa sanitaria contar una red que de abasto para toda la población del sector y si este servicio genera problemas, es la SISS la encargada de su fiscalización. 270 Desgraciadamente el titular de este proyecto no cuenta con ninguna herramienta para poder fiscalizar a una empresa sanitaria y poder dar mejoras a los problemas que se detallan en la consulta.

  1. Emilia Aburto

a. Salud. Aquí hay muchos adultos mayores, muchos de ellos enfermos de asma, alergias, hipertensión. Tierra en el aire. Será irrespirable, nos sentiremos observados, nos taparan el sol, el consultorio que nos corresponde va a colapsar por exceso de personas que asistirán.

b. Contaminación. Los camiones que transportan materiales producirán tierra y elementos propios de la construcción. El aire será irrespirable, los ruidos no nos dejarán vivir las partículas que habrá en el aire serán causal de enfermedades.

c. Alcantarillado y aguas servidas. Las aguas servidas serán demasiadas. El colector no soportará y acarreará problemas y malos olores. La presión del agua será menor lo que aumentará las molestias.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto a) de la observación, se informa que el Proyecto ofrecerá viviendas cuya superficie irá desde los 36 m2 a 54 m2. Lo anterior determina un valor de venta promedio de 2.770 UF. De esta manera, el perfil del comprador de estas viviendas estaría conformado principalmente por los grupos socioeconómicos medios C2.

• Equipamiento de salud

De acuerdo con los datos de la Encuesta Casen 2015, el acceso a establecimientos de salud de la población de Recoleta se distribuye de la siguiente manera:

Gráfico: Porcentaje de acceso a establecimientos de salud según tipo

A partir del gráfico presentado, se extrae que la mayoría de la población (62,6%) accede a establecimientos de salud público, seguido por atención en consultas y centros médicos privados (22,2%). Este comportamiento difiere del comportamiento de la población del área de influencia, ya que según la información de entrevistados expuesta en el punto 5.5.2 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA “la mayoría de la población se encuentra afiliada al sistema previsional Fonasa y en menor medida a Isapres. Por lo general son los adultos mayores e 271 inmigrantes quienes, por razones económicas, acceden a la red de establecimientos públicos, específicamente al CESFAM Dr. Patricio Hevia (Valdivieso) y CESFAM Recoleta, mientras que la población adulta y jóvenes acceden a centros privados en el sector centro y oriente de la ciudad.” (p. 48)”

Considerando el perfil socioeconómico estimado de los futuros residentes del Proyecto, estos contarán mayoritariamente con afiliación a sistema FONASA y en menor medida ISAPRE, accediendo a atención de salud en centros privados, sin recurrir a los centros de salud públicos, específicamente a los CESFAM que corresponden al territorio.

En cuanto a la oferta de centros de salud privados, el área de influencia se encuentra próxima a 5 establecimientos, sin superar los 3,2 km. de distancia.

De esta manera se concluye:

- Según el perfil socioeconómico que se estima corresponderán los futuros residentes del Proyecto, contarán mayoritariamente con sistema de afiliación FONASA, por lo que podrán acceder a establecimientos de salud privados. Respecto a la oferta de equipamiento, a no más de 3,2 kilómetros de distancia respecto al área del Proyecto se encuentran 5 establecimientos cercanos. Lo anterior indica que los habitantes del proyecto inmobiliario no colapsarán el Consultorio Valdivieso (Patricio Hevia).

En relación al tema de la luminosidad, se informa que el proyecto cumple con el Instrumento de Planificación (IPT) en términos de la altura, rasantes y sombras proyectadas a los terrenos aledaños al proyecto, así como con lo establecido en el artículo 2.6.11 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (O.G.U.C)

Respecto del punto b) de la observación, contaminación de aire, se debe señalar que el titular se compromete que para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante su fase de construcción, se contemplan cierres con planchas OSB y sobre esta se adicionará malla tipo raschel que cumplirán la doble función de retener material particulado y controlar las emisiones de ruido. Adicionalmente se han contemplado medidas como humectación de las áreas de movimiento de tierra, acopio de tierra y vías de circulación interna, se estabilizarán y compactarán las zonas de tránsito de maquinaria y vehículos, se prohibirá la quema de maderas u otro material al interior de la obra, entre otros.

El proyecto no supera los límites indicados en el artículo 98 del PPDA, por lo que no le corresponde compensar emisiones, como se señala en la Tabla 99 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria (Ver Tabla 99 Emisiones Atmosféricas Totales del Proyecto).

Durante todo el proceso de evaluación ambiental, el titular del proyecto ha acreditado cumplimiento de la normativa ambiental aplicable. En particular, ha acredita que todo el manejo y disposición de descargas, efluentes y residuos será realizado conforme a la normativa vigente, utilizándose transportes y lugares de disposición autorizados para los residuos sólidos y líquidos.

Para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante su fase de construcción, se consideran las siguientes medidas que el Titular se compromete a materializar:

• Humectación: Según la letra a) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se humectarán las áreas de movimientos de tierra y vía de circulación interna de acuerdo a los requerimientos en terreno, contemplándose un mínimo de 2 veces al día durante el periodo que duren las excavaciones. La fuente de agua provendrá de un arranque de agua potable en la obra o en su defecto por medio de camión aljibe que posea las autorizaciones y permisos correspondientes, se mantendrá registro en obra por medio de boletas o facturas. • Camiones encarpados: Según la letra c) del artículo 5.8.3 de la OGUC, el transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver Figura 4 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria). • Estabilización y compactación de caminos: Según la letra b) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículo por el periodo correspondiente (tiempo en que duren las excavaciones). 272 • Cierre perimetral en los deslindes: Según la letra g) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se construirá cierre perimetral en los deslindes del proyecto con mallas tipo raschel, el cual será mantenido en buen estado. La finalidad de este cierre es evitar la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área del proyecto y sectores circundantes. Los cierres podrán ser reemplazados por los paneles OSB con fines acústicos, adicionándoles 50 cm por sobre el nivel con malla raschel.

Conforme a lo anterior, el titular del proyecto compromete el cumplimiento de la normativa ambiental vigente que le aplica, cuya base es la salud de la población. Todo el detalle de los estudios y cálculos se presentan en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria.

En relación a la emisión de ruido (contaminación acústica), asociado a los vehículos particulares que harán uso de los estacionamientos y las personas que habitarán los edificios, es importante tener en cuenta que dichas fuentes de ruido se encuentran dentro de las exclusiones del ámbito de aplicación de la normativa vigente (D.S. N°38/11 del MMA) especificadas en el Artículo 5, ya que corresponden a la actividad propia del uso de viviendas y edificaciones, no atribuibles al proyecto sino más bien a la conducta de sus habitantes. En este sentido, la evaluación ambiental presentada en el Anexo 6 de la Adenda 1 permite garantizar el cumplimiento de la citada normativa durante la fase de operación del proyecto, que en este caso está relacionada con el funcionamiento de equipos tales como grupo electrógeno, calderas, etc.

No obstante lo anterior, de acuerdo con la experiencia del consultor, en condiciones normales las fuentes señaladas no deberían representar inconvenientes para los vecinos ya que son de baja emisión de ruido. De todos modos, a nivel municipal los ruidos molestos de este tipo se encuentran regulados y controlados por carabineros y personal de seguridad de la comuna.

En relación a las emisiones de ruido generadas durante la fase de construcción, estas se encuentran abordadas en el Estudio presentado en el Anexo 6 de la Adenda 1 del proyecto.

Dicho estudio establece y entrega sustento técnico a todas las medidas de control que el proyecto implementará (Cierres perimetrales de hasta 6 m de altura con características de barrera acústica mediante paneles de madera OSB, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), permitiendo demostrar que los niveles de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente en todos los receptores, considerando la situación más desfavorable.

Además, para reforzar las medidas de control señaladas anteriormente, el Titular se compromete a instalar placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindante con viviendas habitadas para disminuir posibles molestias a los vecinos. Para mayor detalle ver tabla presenta a continuación:

Tabla 98 Placas OSB en deslindes del Proyecto

Placas OSB en deslindes Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar afectaciones a los vecinos de la Población Lemus. Descripción: Durante la fase de construcción se instalarán placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas. Justificación: El presente compromiso se enmarca en la solicitud realizada por la Población de aumentar la altura de las barreras para asegurar la tranquilidad de los vecinos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Placas OSB de 6 metros de altura en los tres frentes que colindan a viviendas de la Población Lemus. Forma: Las Placas OSB se mantendrán en buen estado durante todo el periodo que dure la fase de construcción. Oportunidad: Las Placas OSB permanecerá durante toda la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Letrero en Registro fotográfico de las placas OSB. Forma de control y seguimiento Existirá un encargado en obra de verificar que las placas 273 OSB se encuentran en buen estado y que den cumplimiento a la altura comprometida.

Por otro lado, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en periodo diurno (lunes a viernes entre las 08:00 a 19:00 horas, y, los sábados entre las 08:00 a 14:00 horas).

Respecto del punto c) de la observación, el titular informó que la empresa sanitaria Aguas Andinas, por medio de los Certificados N°008993 del 11/12/2017 y N°008885 del 06/12/2017 (ambos vigentes a la fecha), acredita que la propiedad ubicada en Av. Perú N°1471 y N°1479, contará con servicio de agua potable y alcantarillado. Es relevante mencionar, que esta empresa sanitaria al contar con la concesión sanitaria del sector se encuentra obligada a prestar el servicio de abastecimiento de agua potable, recolección y tratamiento de aguas servidas, siendo parte de la obligación de la concesión sanitaria proveer la infraestructura (redes, plantas, etc.) que requieren para ello (Ver en Anexo PAC de la Adenda Complementaria, Figura 49 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza I y Figura 50 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza II)

El abastecimiento de agua potable de un sector el interior de una concesión sanitaria, como es el sector del proyecto, es de exclusiva responsabilidad de la empresa sanitaria dueña de la concesión, que en este caso corresponde a Aguas Andinas. No es posible que el titular se haga cargo de una obligación que por ley le compete a una empresa que cuenta como único giro el sanitario. Es deber de la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) velar porque esta empresa preste el servicio con la calidad que corresponde. Al respecto, la única obligación del titular del proyecto es contar con certificados de factibilidad Sanitaria emitidos por Aguas Andinas, lo que se presenta en el Anexo 5.3 de la Adenda Complementaria, tal como fue contestado en la consulta N°1.24 anterior.

  1. Camila Marambio Fernández

a. Contaminación acústica y ambiental. La construcción de los edificios generará un gran impacto ambiental en el barrio ya que durante la edificación se levantarán partículas de polvo las cuales llegarán rápidamente a los hogares aledañas causando problemas respiratorios en nuestra población compuesta en gran parte por adultos mayores. Por otro lado la edificación generará gran perjuicio en cuanto a la acústica de nuestro tranquilo barrio. b. Problemas en servicios básicos. Por el aumento explosivo de la población se verá en desmedro el servicio de alcantarillado del barrio el cual ya ha presentado múltiples falencias a lo largo de los años. c. Desvalorización de nuestras propiedades. Al construirse dos Torres tan cercanas a las casas de nuestro barrio varias de ellas se verán afectadas en cuanto a la pérdida de privacidad, bloqueo directo de la luz solar, etcétera. Por lo que existe una gran probabilidad de que nuestro patrimonio se desvaloriza en el mercado. d. Atochamientos. Diariamente se generan grandes atochamientos en las calles aledañas a nuestro barrio, Avenidas Perú, Valdivieso y El Salto etcétera. La construcción del proyecto Perú Plaza no contempla medidas para evitar el impacto que genera eran cientos de vehículos que este proyecto conlleva por lo que el problema que ya existe sólo se agravará.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto a) de la observación, específicamente de la emisión de ruido (contaminación acústica), asociado a los vehículos particulares que harán uso de los estacionamientos y las personas que habitarán los edificios, es importante tener en cuenta que dichas fuentes de ruido se encuentran dentro de las exclusiones del ámbito de aplicación de la normativa vigente (D.S. N°38/11 del MMA) especificadas en el Artículo 5, ya que corresponden a la actividad propia del uso de viviendas y edificaciones, no atribuibles al proyecto sino más bien a la conducta de sus habitantes. En este sentido, la evaluación ambiental presentada en el Anexo 6 de la Adenda 1 permite garantizar el cumplimiento de la citada normativa durante la fase de operación del proyecto, que en este caso está relacionada con el funcionamiento de equipos tales como grupo electrógeno, calderas, etc. 274

No obstante lo anterior, de acuerdo con la experiencia del consultor, en condiciones normales las fuentes señaladas no deberían representar inconvenientes para los vecinos ya que son de baja emisión de ruido. De todos modos, a nivel municipal los ruidos molestos de este tipo se encuentran regulados y controlados por carabineros y personal de seguridad de la comuna.

En relación a las emisiones de ruido generadas durante la fase de construcción, estas se encuentran abordadas en el Estudio presentado en el Anexo 6 de la Adenda 1 del proyecto.

Dicho estudio establece y entrega sustento técnico a todas las medidas de control que el proyecto implementará (Cierres perimetrales de hasta 6 m de altura con características de barrera acústica mediante paneles de madera OSB, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), permitiendo demostrar que los niveles de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente en todos los receptores, considerando la situación más desfavorable.

Además, para reforzar las medidas de control señaladas anteriormente, el Titular se compromete a instalar placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindante con viviendas habitadas para disminuir posibles molestias a los vecinos. Para mayor detalle ver tabla presenta a continuación:

Tabla 98 Placas OSB en deslindes del Proyecto

Placas OSB en deslindes Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar afectaciones a los vecinos de la Población Lemus. Descripción: Durante la fase de construcción se instalarán placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas. Justificación: El presente compromiso se enmarca en la solicitud realizada por la Población de aumentar la altura de las barreras para asegurar la tranquilidad de los vecinos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Placas OSB de 6 metros de altura en los tres frentes que colindan a viviendas de la Población Lemus. Forma: Las Placas OSB se mantendrán en buen estado durante todo el periodo que dure la fase de construcción. Oportunidad: Las Placas OSB permanecerá durante toda la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Letrero en Registro fotográfico de las placas OSB. Forma de control y seguimiento Existirá un encargado en obra de verificar que las placas OSB se encuentran en buen estado y que den cumplimiento a la altura comprometida.

Por otro lado, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en periodo diurno (lunes a viernes entre las 08:00 a 19:00 horas, y, los sábados entre las 08:00 a 14:00 horas).

En relación a la contaminación del aire, se debe señalar que el titular se compromete que para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante su fase de construcción, se contemplan cierres con planchas OSB y sobre esta se adicionará malla tipo raschel que cumplirán la doble función de retener material particulado y controlar las emisiones de ruido. Adicionalmente se han contemplado medidas como humectación de las áreas de movimiento de tierra, acopio de tierra y vías de circulación interna, se estabilizarán y compactarán las zonas de tránsito de maquinaria y vehículos, se prohibirá la quema de maderas u otro material al interior de la obra, entre otros.

El proyecto no supera los límites indicados en el artículo 98 del PPDA, por lo que no le corresponde compensar emisiones, como se señala en la Tabla 99 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria (Ver Tabla 99 Emisiones Atmosféricas Totales del Proyecto).

Durante todo el proceso de evaluación ambiental, el titular del proyecto ha acreditado cumplimiento de la normativa ambiental aplicable. En particular, ha acredita que todo el manejo y disposición de 275 descargas, efluentes y residuos será realizado conforme a la normativa vigente, utilizándose transportes y lugares de disposición autorizados para los residuos sólidos y líquidos.

Para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante su fase de construcción, se consideran las siguientes medidas que el Titular se compromete a materializar:

• Humectación: Según la letra a) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se humectarán las áreas de movimientos de tierra y vía de circulación interna de acuerdo a los requerimientos en terreno, contemplándose un mínimo de 2 veces al día durante el periodo que duren las excavaciones. La fuente de agua provendrá de un arranque de agua potable en la obra o en su defecto por medio de camión aljibe que posea las autorizaciones y permisos correspondientes, se mantendrá registro en obra por medio de boletas o facturas. • Camiones encarpados: Según la letra c) del artículo 5.8.3 de la OGUC, el transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver Figura 4 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria). • Estabilización y compactación de caminos: Según la letra b) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículo por el periodo correspondiente (tiempo en que duren las excavaciones). • Cierre perimetral en los deslindes: Según la letra g) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se construirá cierre perimetral en los deslindes del proyecto con mallas tipo raschel, el cual será mantenido en buen estado. La finalidad de este cierre es evitar la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área del proyecto y sectores circundantes. Los cierres podrán ser reemplazados por los paneles OSB con fines acústicos, adicionándoles 50 cm por sobre el nivel con malla raschel.

Conforme a lo anterior, el titular del proyecto compromete el cumplimiento de la normativa ambiental vigente que le aplica, cuya base es la salud de la población. Todo el detalle de los estudios y cálculos se presentan en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria.

Respecto del punto b) de la observación, el titular informó que la empresa sanitaria Aguas Andinas, por medio de los Certificados N°008993 del 11/12/2017 y N°008885 del 06/12/2017 (ambos vigentes a la fecha), acredita que la propiedad ubicada en Av. Perú N°1471 y N°1479, contará con servicio de agua potable y alcantarillado. Es relevante mencionar, que esta empresa sanitaria al contar con la concesión sanitaria del sector se encuentra obligada a prestar el servicio de abastecimiento de agua potable, recolección y tratamiento de aguas servidas, siendo parte de la obligación de la concesión sanitaria proveer la infraestructura (redes, plantas, etc.) que requieren para ello (Ver en Anexo PAC de la Adenda Complementaria, Figura 49 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza I y Figura 50 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza II)

Por otro lado, es obligación de la empresa sanitaria contar una red que de abasto para toda la población del sector y si este servicio genera problemas, es la SISS la encargada de su fiscalización. Desgraciadamente el titular de este proyecto no cuenta con ninguna herramienta para poder fiscalizar a una empresa sanitaria y poder dar mejoras a los problemas que se detallan en la consulta.

Respecto del punto c) de la observación, luminosidad, se informa que el proyecto cumple con el Instrumento de Planificación (IPT) en términos de la altura, rasantes y sombras proyectadas a los terrenos aledaños al proyecto, así como con lo establecido en el artículo 2.6.11 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (O.G.U.C) 2

En relación a la preocupación del observante por cuanto señala que existe una gran probabilidad que su patrimonio se desvaloriza en el mercado por la pérdida de privacidad y bloqueo de luz solar, esta Dirección Regional considera no pertinente la observación, toda vez que no hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación por cuanto el potencial efecto al que alude la observación, referida a la pérdida de plusvalía de las propiedades, no forma parte de la evaluación ambiental en el marco del sistema de evaluación de impacto ambiental.

Respecto del punto d) de la observación, específicamente del tema de los atochamientos. el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y 276 de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

En la siguiente figura se muestran los puntos de medición de flujos. Estas mediciones obtenidas en terreno permitieron calibrar de manera adecuada los modelos computacionales que fueron utilizados para la representación actual y con proyecto del área de influencia.

Figura 20 Ubicación puntos de medición

De acuerdo a la metodología, para representar la demanda aportada por el proyecto se consideraron los 447 estacionamientos que contemplan ambos edificios.

Como resultado de este estudio, se generaron las siguientes medidas que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto: 1. Pavimentación de una franja de 2 metros de Av. Perú, entre el proyecto y calle Arzobispo Valdivieso, de acuerdo a lo aprobado y establecido en el proyecto de tratamiento de espacio público por la I. Municipalidad de Recoleta.

  1. Repavimentación de calle Doctor Ostornol, entre Francisco Silva y Arzobispo Valdivieso, de acuerdo a lo indicado en plano de medidas de mitigación.

  2. Elaboración y ejecución de proyecto de demarcación y señalización en los siguientes tramos contenidos dentro del área de influencia del proyecto: • Av. Perú, entre Arzobispo Valdivieso y Celia Coloma (frente del proyecto) • Celia Coloma, entre Av. Perú y Elcira Lemus • Eloísa Lemus, entre Desiderio Lemus y Elcira Lemus • Elcira Lemus, y Eloísa Lemus y Celia Coloma • Arzobispo Valdivieso, entre Av. Recoleta y Doctor Ostornol • Unión, entre Av. Recoleta y Francisco Silva. • María Graham, entre Av. Recoleta y Av. Perú. • El Salto Chico, entre Unión y Arzobispo Valdivieso. • Puma, entre Unión y Arzobispo Valdivieso. 277 • Av. El Salto, entre Doctor Ostornol y Arzobispo Valdivieso. • Doctor Ostornol, entre Av. Recoleta y Arzobispo Valdivieso.

Esta medida incluye la demarcación de líneas de parada, uso de pistas y cruces peatonales. Para el caso de la intersección de Arzobispo Valdivieso con Av. Recoleta se incluirá la demarcación de estacionamientos y pista de viraje izquierda.

  1. Reprogramación de los siguientes semáforos, incluyendo la tarea de sintonía fina y la reconfiguración de las EPROMS de los controladores: • Av. Recoleta con Arzobispo Valdivieso • Av. Recoleta-Semáforo Peatonal • Av. Recoleta con Unión • Av. El Salto con Dr. Ostornol • Av. Perú con Arzobispo Valdivieso • Av. El Salto con México • Av. Perú con Unión • Av. Perú con Schlack • Av. Perú con San Cristóbal • Av. Perú con Santos Dumont

  2. Normalización del controlador ubicado en Av. Perú con Arzobispo Valdivieso.

  3. Instalación de unidades de respaldo de energía (UPS) para los semáforos ubicados en la intersección de Av. Recoleta con Unión y Av. Perú con Unión.

  4. Deberá realizar un estudio de justificación de semáforo peatonal en Av. Perú y Desiderio Lemus (frente a proyecto), el cual deberá ser revisado y aprobado por UOCT. De justificarse, deberá presentar el Proyecto de Semaforización y el Estudio de Programaciones a la misma UOCT, para su revisión y aprobación. El mandante deberá hacerse cargo de la ejecución de su construcción de acuerdo a la normativa vigente.

  5. Implementación de 3ª fase exclusiva peatonal con el objetivo de disminuir el conflicto generado por el viraje a la derecha en la intersección Av. Recoleta con Arzobispo Valdivieso. Esta implementación deberá ser ingresada a UOCT para su revisión y aprobación.

  6. Mejoramiento de los siguientes paraderos de transporte público: • Paradero PB 150 ubicado en Av. Perú y Desiderio Lemus • Paradero PB 170 ubicado en Av. Perú con Arzobispo Valdivieso

Este mejoramiento incluye el cambio de piezas defectuosas, cambio y/o actualización de señal de parada y demarcación de los cajones “Solo Bus”, en material termoplástico. Todo esto de acuerdo al estándar indicado por DTPM.

  1. Mejoramiento radios de giro en la intersección de Av. El Salto con calle Doctor Ostornol.

  2. Ejecución del proyecto Zona 30 en el cuadrante formado por Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Eloísa Lemus, Elcira Lemus y María Graham de acuerdo a lo estipulado por la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta.

  3. Ejecución de un estudio de demanda de pasajeros en paraderos catastrados, para determinar el aumento de demanda en condición de plena operación del proyecto, el cual deberá ser revisado y aprobado por la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta y por DTPM, debiendo materializar, en caso que corresponda, las obras asociadas.

  4. Evaluación de la implementación de la bidireccional de Arzobispo Valdivieso hasta Av. Recoleta, con la finalidad de dar continuidad a la red vial, y analizar el comportamiento de los flujos del proyecto en esta vía, el que deberá ser revisado y aprobado por Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta y UOCT. La evaluación del proyecto no considera la implementación de las obras resultantes de este análisis.

278 14. Habilitación de dispositivos de rodados de Desiderio Lemus con Av. Perú y Celia Coloma con Av. Perú.

  1. Instalación de segregador horizontal en todo el frente predial de acuerdo a lo determinado por la I. Municipalidad de Recoleta.

  2. Instalación de baliza y espejo cóncavo en los accesos del proyecto, esto para prevenir posibles conflictos con los peatones.

  3. Mónica Mabel Fernández Pessoa

a. Evacuación de aguas servidas y aguas lluvias Durante los últimos años hemos sufrido inundaciones de nuestras propiedades debido a la saturación de los colectores de aguas servidas que provocan salidas por los ductos del alcantarillado domiciliario. La explosiva demanda sobre este servicio provocará mayores problemas porque no se contemplan obras de mitigación.

b. Congestión vial Este barrio dispone de pocas salidas a calles de mayor capacidad vial. Por tanto, la creación de edificios con gran cantidad de vehículos provocará congestión y mayor contaminación, ya que no se contemplan aperturas de calles interiores.

c. Ruidos molestos y daño a la propiedad Los trabajos de edificación implican temporadas de mucho ruido, polvo y falta de privacidad. La falta de medidas de protección puede dañar las propiedades aledañas. Sin contar la suciedad y malestares que provocaran a los residentes.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto a) de la observación, el titular informó que la empresa sanitaria Aguas Andinas, por medio de los Certificados N°008993 del 11/12/2017 y N°008885 del 06/12/2017 (ambos vigentes a la fecha), acredita que la propiedad ubicada en Av. Perú N°1471 y N°1479, contará con servicio de agua potable y alcantarillado. Es relevante mencionar, que esta empresa sanitaria al contar con la concesión sanitaria del sector se encuentra obligada a prestar el servicio de abastecimiento de agua potable, recolección y tratamiento de aguas servidas, siendo parte de la obligación de la concesión sanitaria proveer la infraestructura (redes, plantas, etc.) que requieren para ello (Ver en Anexo PAC de la Adenda Complementaria, Figura 49 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza I y Figura 50 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza II)

El abastecimiento de agua potable de un sector el interior de una concesión sanitaria, como es el sector del proyecto, es de exclusiva responsabilidad de la empresa sanitaria dueña de la concesión, que en este caso corresponde a Aguas Andinas. No es posible que el titular se haga cargo de una obligación que por ley le compete a una empresa que cuenta como único giro el sanitario. Es deber de la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) velar porque esta empresa preste el servicio con la calidad que corresponde. Al respecto, la única obligación del titular del proyecto es contar con certificados de factibilidad Sanitaria emitidos por Aguas Andinas, lo que se presenta en el Anexo 5.3 de la Adenda Complementaria, tal como fue contestado en la consulta N°1.24 anterior.

Respecto del punto b) de la observación, en relación a la congestión vial, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

279 Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

En la siguiente figura se muestran los puntos de medición de flujos. Estas mediciones obtenidas en terreno permitieron calibrar de manera adecuada los modelos computacionales que fueron utilizados para la representación actual y con proyecto del área de influencia.

Figura 20 Ubicación puntos de medición

De acuerdo a la metodología, para representar la demanda aportada por el proyecto se consideraron los 447 estacionamientos que contemplan ambos edificios.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas.

Respecto de la contaminación del aire, se debe señalar que el titular se compromete que para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante su fase de construcción, se contemplan cierres con planchas OSB y sobre esta se adicionará malla tipo raschel que cumplirán la doble función de retener material particulado y controlar las emisiones de ruido. Adicionalmente se han contemplado medidas como humectación de las áreas de movimiento de tierra, acopio de tierra y vías de circulación interna, se estabilizarán y compactarán las zonas de tránsito de maquinaria y vehículos, se prohibirá la quema de maderas u otro material al interior de la obra, entre otros.

El proyecto no supera los límites indicados en el artículo 98 del PPDA, por lo que no le corresponde compensar emisiones, como se señala en la Tabla 99 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria (Ver Tabla 99 Emisiones Atmosféricas Totales del Proyecto).

Durante todo el proceso de evaluación ambiental, el titular del proyecto ha acreditado cumplimiento de la normativa ambiental aplicable. En particular, ha acredita que todo el manejo y disposición de descargas, efluentes y residuos será realizado conforme a la normativa vigente, utilizándose transportes y lugares de disposición autorizados para los residuos sólidos y líquidos.

280 Para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante su fase de construcción, se consideran las siguientes medidas que el Titular se compromete a materializar:

• Humectación: Según la letra a) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se humectarán las áreas de movimientos de tierra y vía de circulación interna de acuerdo a los requerimientos en terreno, contemplándose un mínimo de 2 veces al día durante el periodo que duren las excavaciones. La fuente de agua provendrá de un arranque de agua potable en la obra o en su defecto por medio de camión aljibe que posea las autorizaciones y permisos correspondientes, se mantendrá registro en obra por medio de boletas o facturas. • Camiones encarpados: Según la letra c) del artículo 5.8.3 de la OGUC, el transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver Figura 4 del Anexo 3 de la Adenda complementaria). • Estabilización y compactación de caminos: Según la letra b) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículo por el periodo correspondiente (tiempo en que duren las excavaciones). • Cierre perimetral en los deslindes: Según la letra g) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se construirá cierre perimetral en los deslindes del proyecto con mallas tipo raschel, el cual será mantenido en buen estado. La finalidad de este cierre es evitar la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área del proyecto y sectores circundantes. Los cierres podrán ser reemplazados por los paneles OSB con fines acústicos, adicionándoles 50 cm por sobre el nivel con malla raschel.

Conforme a lo anterior, el titular del proyecto compromete el cumplimiento de la normativa ambiental vigente que le aplica, cuya base es la salud de la población. Todo el detalle de los estudios y cálculos se presentan en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria.

Respecto del punto c) de la observación, específicamente de la emisión de ruido (contaminación acústica), asociado a los vehículos particulares que harán uso de los estacionamientos y las personas que habitarán los edificios, es importante tener en cuenta que dichas fuentes de ruido se encuentran dentro de las exclusiones del ámbito de aplicación de la normativa vigente (D.S. N°38/11 del MMA) especificadas en el Artículo 5, ya que corresponden a la actividad propia del uso de viviendas y edificaciones, no atribuibles al proyecto sino más bien a la conducta de sus habitantes. En este sentido, la evaluación ambiental presentada en el Anexo 6 de la Adenda 1 permite garantizar el cumplimiento de la citada normativa durante la fase de operación del proyecto, que en este caso está relacionada con el funcionamiento de equipos tales como grupo electrógeno, calderas, etc.

No obstante lo anterior, de acuerdo con la experiencia del consultor, en condiciones normales las fuentes señaladas no deberían representar inconvenientes para los vecinos ya que son de baja emisión de ruido. De todos modos, a nivel municipal los ruidos molestos de este tipo se encuentran regulados y controlados por carabineros y personal de seguridad de la comuna.

En relación a las emisiones de ruido generadas durante la fase de construcción, estas se encuentran abordadas en el Estudio presentado en el Anexo 6 de la Adenda 1 del proyecto.

Dicho estudio establece y entrega sustento técnico a todas las medidas de control que el proyecto implementará (Cierres perimetrales de hasta 6 m de altura con características de barrera acústica mediante paneles de madera OSB, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), permitiendo demostrar que los niveles de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente en todos los receptores, considerando la situación más desfavorable.

Además, para reforzar las medidas de control señaladas anteriormente, el Titular se compromete a instalar placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindante con viviendas habitadas para disminuir posibles molestias a los vecinos. Para mayor detalle ver tabla presenta a continuación:

Tabla 98 Placas OSB en deslindes del Proyecto

281 Placas OSB en deslindes Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar afectaciones a los vecinos de la Población Lemus. Descripción: Durante la fase de construcción se instalarán placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas. Justificación: El presente compromiso se enmarca en la solicitud realizada por la Población de aumentar la altura de las barreras para asegurar la tranquilidad de los vecinos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Placas OSB de 6 metros de altura en los tres frentes que colindan a viviendas de la Población Lemus. Forma: Las Placas OSB se mantendrán en buen estado durante todo el periodo que dure la fase de construcción. Oportunidad: Las Placas OSB permanecerán durante toda la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Letrero en Registro fotográfico de las placas OSB. Forma de control y seguimiento Existirá un encargado en obra de verificar que las placas OSB se encuentran en buen estado y que den cumplimiento a la altura comprometida.

Por otro lado, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en periodo diurno (lunes a viernes entre las 08:00 a 19:00 horas, y, los sábados entre las 08:00 a 14:00 horas).

  1. Alberto Fernández Insulza

a. Tema el alcantarillado y evacuación de desechos basurales El suscrito ha sufrido, en el pasado interrupciones graves en la evacuación de aguas servidas por lo que creo que los nuevos proyectos de edificación en altura colapsaron el servicio de descarga. El problema de la basura es evidente para quien quiere observar las calles aledañas.

b. Tema de salud y bienestar Son extremadamente perjudiciales para la salud las emanaciones que se producirán en los momentos de edificación; se agrega a ello los problemas de ruido que provocarán los vehículos en circulación en el interior del edificio con las angustias consiguientes para los pobladores.

c. Tema: transporte colectivo El impacto que producirá la llegada de 300 automóviles de los nuevos habitantes de los edificios es de tal gravedad que aún con mejoras en los semáforos y otros elementos afines no impedirán el caos en Av. Valdivieso con Av. Perú y Av. El Salto.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto a) de la observación, específicamente respecto de la evacuación de las aguas servidas el titular informó que la empresa sanitaria Aguas Andinas, por medio de los Certificados N°008993 del 11/12/2017 y N°008885 del 06/12/2017 (ambos vigentes a la fecha), acredita que la propiedad ubicada en Av. Perú N°1471 y N°1479, contará con servicio de agua potable y alcantarillado. Es relevante mencionar, que esta empresa sanitaria al contar con la concesión sanitaria del sector se encuentra obligada a prestar el servicio de abastecimiento de agua potable, recolección y tratamiento de aguas servidas, siendo parte de la obligación de la concesión sanitaria proveer la infraestructura (redes, plantas, etc.) que requieren para ello (Ver en Anexo PAC de la Adenda Complementaria, Figura 49 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza I y Figura 50 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza II) 282

Por otro lado, es obligación de la empresa sanitaria contar una red que de abasto para toda la población del sector y si este servicio genera problemas, es la SISS la encargada de su fiscalización. Desgraciadamente el titular de este proyecto no cuenta con ninguna herramienta para poder fiscalizar a una empresa sanitaria y poder dar mejoras a los problemas que se detallan en la consulta.

En relación al tema de la basura, el titular señala en el proyecto que la Agenda Ambiental planteada en la Política Ambiental Municipal de Recoleta (2014), considera objetivos específicos y líneas de acción los que se pueden ver en la siguiente Tabla:

Tabla 97 Agenda Ambiental Recoleta N° Objetivo Específico Líneas de Acción 1 Fortalecer las capacidades municipales para desarrollar una Gestión Ambiental Inscripción y Participación del Sistema de Certificación Ambiental Municipal (SCAM) Elaboración de Ordenanza Ambiental Capacitación a funcionarios municipales en temas ambientales Mejoramiento de la fiscalización ambiental 2 Elevar la calidad ambiental en la comuna Mejorar y fortalecer la fiscalización sanitaria Tenencia responsable de mascotas Gestión sustentable de los residuos sólidos domiciliarios bajo un enfoque de basura cero Consolidar y crear más áreas verdes Recuperación de micro basurales 3 Elevar la conciencia ambiental en la comuna, fortaleciendo la educación para la sustentabilidad Promoción de la Educación Ambiental a nivel comunal Apoyo a la formulación de proyectos ambientales con financiamiento externo 4 Enfrentamiento del cambio climático y descontaminación atmosférica Mitigación: reducción de contaminantes atmosféricos locales y globales Adaptación al cambio climático

De acuerdo a la línea de acción “Gestión sustentable de los residuos sólidos domiciliarios bajo un enfoque de basura cero”, se puede señalar que el Proyecto contempla, a un costado de ambas salas de basura, Closets Ecológicos donde la comunidad podrá separas sus residuos según composición. Además, el reciclaje de estos estará a cargo de la administración con la empresa que estime conveniente.

Para la fase de construcción, se priorizará la segregación de materiales para su posterior reutilización y/o reciclaje al interior de la obra en la medida en que sea posible.

Lo señalado anteriormente aporta a la Política Ambiental de Recoleta, ya que genera una conciencia ambiental en la comunidad y provoca una reducción de los residuos al interior del condominio.

Por otro lado, la Ordenanza Ambiental Municipal N°61 de fecha del 21-06-2016 respecto a residuos sólidos señala lo siguiente:

• Del Manejo de los Residuos Sólidos Urbanos o De acuerdo a la Estrategia de Basura Cero adoptada para el manejo de los residuos sólidos domiciliarios, la Municipalidad de Recoleta desarrollará y promoverá iniciativas en las siguientes líneas de acción.  Separación en el origen y Recolección puerta a puerta de productos reutilizables y materiales reciclables.  Reciclaje de residuos sólidos secos.  Etc. o Queda prohibida la incineración de residuos domiciliarios en el territorio comunal. Asimismo, el Municipio no autorizará en el territorio de su jurisdicción la 283 operación de servicios de recolección de residuos domiciliarios que tengan como destino final de estos la incineración en plantas localizadas fuera de la comuna. o Los residuos domiciliarios no deben incluir materiales tóxicos, corrosivos, peligrosos, etc., los que deben ser manejados y dispuestos según regulaciones específicas. o La comunidad debe adecuarse a la programación municipal para la recolección de los residuos sólidos en cuanto a días, horarios y medios para la prestación de los servicios de recolección. o Los generadores de residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios deberán depositarlos en receptáculos de material lavable con tapa hermética, de material plástico autorizados por el municipio. Los residuos a su vez deben ser depositados en bolsas plásticas de una densidad que asegure la contención de los residuos. o Entre otros.

• Del manejo de disposición final de escombros y materiales similares. o Queda prohibido botar escombros y voluminosos en los Bienes Nacionales de Uso Público. o Se prohíbe arrojar y almacenar basuras, escombros, chatarras o desperdicios de cualquier tipo en terrenos de particulares sin la autorización expresa del propietario del mismo, del Municipio y del Servicio de Salud. o No son asimilables a escombros aquellos residuos de la construcción, tales como restos o envases de plásticos o metálicos de pinturas, solventes, aceites, impermeabilizantes y otros compuestos químicos. Tampoco lo son: papeles, plásticos, cartones, polímeros de aislación, residuos orgánicos, envases de cualquier tipo, todo material factible de ser arrastrado por el viento y el agua, y todo desecho con posibilidad de emitir gases, malos olores, líquidos percolados y otros productos contaminados. Estos elementos deberán ser trasladados obligatoriamente al lugar de disposición final autorizado por el Servicio de Salud, con el propio emisor. o El traslado vía terrestre de escombros, arenas, ripio, tierra, productos de elaboración, maderas y otros desechos asimilables a escombros, que puedan escurrir, caer al suelo o sean factibles de ser esparcidos, sólo podrá hacerse en vehículos especialmente acondicionados para cumplir dicho menester, los que deberán estar provistos de carpas en buen estado u otros elementos protectores. o La carga de escombros y de elementos asimilables a estos, sólo podrá realizarse al interior de las propiedades. En caso de requerid efectuar la carga en la vía pública o en un Bien Nacional de Uso Público diverso, deberá contar con la respectiva autorización municipal por parte de la Dirección de Tránsito y/o de Obras Municipales.

Por lo que, a continuación, se presenta como dará cumplimiento el Proyecto a lo señalado por la Ordenanza Ambiental de Recoleta para cada una de sus fases:

Fase de Operación: • El Proyecto contempla, a un costado de ambas salas de basura, Closets Ecológicos donde la comunidad podrá separas sus residuos según composición. Además, el reciclaje de estos estará a cargo de la administración con la empresa que estime conveniente. • El Proyecto no considera la incineración de los residuos domiciliarios generados en el condominio. • Los residuos que se generen durante la operación del proyecto corresponden principalmente al tipo no peligrosos (domiciliarios), que generarán los usuarios de los departamentos diariamente. • La administración de los edificios se adecuará a la programación municipal para la recolección de los residuos en cuanto a días, horarios y medios para la prestación de los servicios de recolección. • Los residuos serán almacenados por los propietarios en sus departamentos, para luego ser trasladados mediante ductos a las salas de basura del proyecto.

Ya en las salas de basura, los residuos domiciliarios serán almacenados de forma transitoria al interior de contenedores con tapa y bolsas plástica con la finalidad de evitar filtraciones de líquidos percolados y proliferación de vectores de interés sanitario.

284 Cabe destacar, que los ductos contarán con cierro hermético especial. Además, las terminaciones de los recintos tendrán tolvas lavables y cierre hermético. El ingreso a la sala de basura contará con burlete de goma y control para mosca vinagrera al igual que el ducto de ventilación superior (malla mosquitera).

Fase de Construcción: • Los residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios serán almacenados de forma transitoria en contenedores con tapa especialmente destinados para ellos y al interior presentarán bolsas plásticas, para evitar la proliferación de vectores de interés sanitario. • En cuanto a los escombros, cabe señalar que si bien se considera la reutilización de los residuos producidos en obra, el proyecto no contempla la habilitación de un sector de acopio para la fracción valorizable de los residuos. Los excedentes serán llevados a un sitio de disposición final debidamente autorizado. • En ningún caso se botarán escombros en los Bienes Nacionales de Uso Público o en terrenos de particulares. • Los residuos generados por las excavaciones y escarpe serán inmediatamente cargados sobre camiones, para luego ser llevados a sitios de disposición final autorizados. • Los residuos Peligrosos generados por los envases de las sustancias peligrosas a utilizar en obra, no se mezclarán por ningún motivo con los residuos de escombros o inertes, para ello se dispondrán en una bodega especialmente destinada para ellos. Así se evitará que en los sitios de disposición final pudiesen causar detrimento en la calidad de la napa por lixiviación o lavado de suelo en el mismo sitio. Lo señalado anteriormente, se llevará a cabo según lo establecido en el D.S. N°148/03 del MINSAL. • Todos los residuos serán dispuestos en lugares autorizados por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana. Además, en obra se mantendrá un registro de la disposición final de estos residuos generados en la etapa de construcción, el cual será emitido por la empresa encargada de la disposición final cada vez que se genera el traslado de dichos residuos. El encargado de mantener el registro en obra, será designado por el Titular y se encontrará disponible para su revisión cada vez que la Autoridad Ambiental lo solicite. • La obra tendrá un sistema de control de vectores sanitarios a través de una empresa debidamente autorizada y se mantendrá los lugares de trabajo en buenas condiciones de orden y limpieza para evitar o eliminar la presencia de vectores sanitarios, según lo establece el art. 11 del D.S. Nº 594 de 1999, modificado por D.S. Nº 201 de 2001, ambos del MINSAL. • En ninguna circunstancia se incinerarán residuos al interior de la obra. • El transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humedecer la carga en caso de ser necesario. • Finalmente, la carga de escombros y de elementos asimilables, sólo se realizará al interior de la propiedad.

Por lo anterior, es posible señalar que la generación de residuos del proyecto no afectará la calidad de vida de los vecinos, dado que éstos serán dispuestos en rellenos sanitarios autorizados luego de ser recolectados por los servicios administrados por el municipio, toda vez que el retiro de los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios es obligación de la Municipalidad. Complementariamente, corresponde informar que los proyectos de salas de basura de los Edificios Perú Plaza I-II se encuentran en tramitación por parte de la Autoridad Sanitaria. Con todo, los habitantes del proyecto dispondrán, a través de los shaft de basura, sus residuos domiciliarios en contenedores ubicados en las salas de basura de los edificios. Posteriormente, el camión de la basura retirará los residuos generados con una frecuencia aproximada de 3 veces por semana.

Por consiguiente, el titular señala que el Proyecto cumplirá con lo que indica el Código Sanitario para estos fines.

Respecto del punto b) de la observación, contaminación de aire, se debe señalar que el titular se compromete que para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante su fase de construcción, se contemplan cierres con planchas OSB y sobre esta se adicionará malla tipo raschel que cumplirán la doble función de retener material particulado y controlar las emisiones de ruido. Adicionalmente se han contemplado medidas como humectación de las áreas de movimiento de tierra, acopio de tierra y vías de circulación interna, se estabilizarán y compactarán las zonas de tránsito de maquinaria y vehículos, se prohibirá la quema de maderas u otro material al interior de la obra, entre otros. 285

El proyecto no supera los límites indicados en el artículo 98 del PPDA, por lo que no le corresponde compensar emisiones, como se señala en la Tabla 99 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria (Ver Tabla 99 Emisiones Atmosféricas Totales del Proyecto).

Durante todo el proceso de evaluación ambiental, el titular del proyecto ha acreditado cumplimiento de la normativa ambiental aplicable. En particular, ha acredita que todo el manejo y disposición de descargas, efluentes y residuos será realizado conforme a la normativa vigente, utilizándose transportes y lugares de disposición autorizados para los residuos sólidos y líquidos.

Para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante su fase de construcción, se consideran las siguientes medidas que el Titular se compromete a materializar:

• Humectación: Según la letra a) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se humectarán las áreas de movimientos de tierra y vía de circulación interna de acuerdo a los requerimientos en terreno, contemplándose un mínimo de 2 veces al día durante el periodo que duren las excavaciones. La fuente de agua provendrá de un arranque de agua potable en la obra o en su defecto por medio de camión aljibe que posea las autorizaciones y permisos correspondientes, se mantendrá registro en obra por medio de boletas o facturas. • Camiones encarpados: Según la letra c) del artículo 5.8.3 de la OGUC, el transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver Figura 4 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria). • Estabilización y compactación de caminos: Según la letra b) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículo por el periodo correspondiente (tiempo en que duren las excavaciones). • Cierre perimetral en los deslindes: Según la letra g) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se construirá cierre perimetral en los deslindes del proyecto con mallas tipo raschel, el cual será mantenido en buen estado. La finalidad de este cierre es evitar la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área del proyecto y sectores circundantes. Los cierres podrán ser reemplazados por los paneles OSB con fines acústicos, adicionándoles 50 cm por sobre el nivel con malla raschel.

Conforme a lo anterior, el titular del proyecto compromete el cumplimiento de la normativa ambiental vigente que le aplica, cuya base es la salud de la población. Todo el detalle de los estudios y cálculos se presentan en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria.

En relación a las emisiones de ruido asociado a los vehículos particulares que circularán y harán uso de los estacionamientos, es importante tener en cuenta que dichas fuentes de ruido se encuentran dentro de las exclusiones del ámbito de aplicación de la normativa vigente (D.S. N°38/11 del MMA) especificadas en el Artículo 5, ya que corresponden a la actividad propia del uso de viviendas y edificaciones, no atribuibles al proyecto sino más bien a la conducta de sus habitantes. En este sentido, la evaluación ambiental presentada en el Anexo 6 de la Adenda 1 permite garantizar el cumplimiento de la citada normativa durante la fase de operación del proyecto, que en este caso está relacionada con el funcionamiento de equipos tales como grupo electrógeno, calderas, etc.

No obstante lo anterior, de acuerdo con la experiencia del consultor, en condiciones normales las fuentes señaladas no deberían representar inconvenientes para los vecinos ya que son de baja emisión de ruido. De todos modos, a nivel municipal los ruidos molestos de este tipo se encuentran regulados y controlados por carabineros y personal de seguridad de la comuna.

En relación a las emisiones de ruido generadas durante la fase de construcción, estas se encuentran abordadas en el Estudio presentado en el Anexo 6 de la Adenda 1 del proyecto.

Dicho estudio establece y entrega sustento técnico a todas las medidas de control que el proyecto implementará (Cierres perimetrales de hasta 6 m de altura con características de barrera acústica mediante paneles de madera OSB, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), permitiendo demostrar que los niveles de ruido cumplen con los límites máximos 286 establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente en todos los receptores, considerando la situación más desfavorable.

Además, para reforzar las medidas de control señaladas anteriormente, el Titular se compromete a instalar placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindante con viviendas habitadas para disminuir posibles molestias a los vecinos. Para mayor detalle ver tabla presenta a continuación:

Tabla 98 Placas OSB en deslindes del Proyecto

Placas OSB en deslindes Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar afectaciones a los vecinos de la Población Lemus. Descripción: Durante la fase de construcción se instalarán placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas. Justificación: El presente compromiso se enmarca en la solicitud realizada por la Población de aumentar la altura de las barreras para asegurar la tranquilidad de los vecinos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Placas OSB de 6 metros de altura en los tres frentes que colindan a viviendas de la Población Lemus. Forma: Las Placas OSB se mantendrán en buen estado durante todo el periodo que dure la fase de construcción. Oportunidad: Las Placas OSB permanecerá durante toda la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Letrero en Registro fotográfico de las placas OSB. Forma de control y seguimiento Existirá un encargado en obra de verificar que las placas OSB se encuentran en buen estado y que den cumplimiento a la altura comprometida.

Por otro lado, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en periodo diurno (lunes a viernes entre las 08:00 a 19:00 horas, y, los sábados entre las 08:00 a 14:00 horas).

Respecto del punto c) de la observación, acerca del transporte colectivo, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

En la siguiente figura se muestran los puntos de medición de flujos. Estas mediciones obtenidas en terreno permitieron calibrar de manera adecuada los modelos computacionales que fueron utilizados para la representación actual y con proyecto del área de influencia.

Figura 20 Ubicación puntos de medición

287

De acuerdo a la metodología, para representar la demanda aportada por el proyecto se consideraron los 447 estacionamientos que contemplan ambos edificios.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas.

  1. María Consuelo Datolli Cuevas

a. Salud Aquí habemos muchos adultos mayores. Varios de ellos, enfermos de asma, hipertensión. El aire que respiraremos será fatal para nosotros, nos sentiremos observados. El consultorio que nos corresponde va a colapsar por exceso de personas que lo consultaran.

b. Contaminación Los camiones que transportan materiales expulsaran tierra y elementos propios de la construcción. El aire será irrespirable. Las partículas que desprende serán causales de enfermedades.

c. Alcantarillado y aguas servidas Las aguas servidas serán demasiadas. El colector no soportará, y acarreará problemas y malos olores. La presión del agua será menor, en fin, no viviremos tranquilos.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto a) de la observación, se informa que el titular ha señalado que el Proyecto no superará los límites indicados en el artículo 98 del Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica de Santiago (PPDA), tal como se demuestra en la Tabla 4 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria. Es importante señalar que dicha norma está basada en la salud de la población, por cuanto su cumplimiento es concordante con la inquietud ciudadana. Además, como compromisos se contempla la implementación de cierres con planchas OSB y sobre esta se adicionará malla tipo raschel que cumplirán la doble función de retener material particulado y controlar las emisiones de ruido. Adicionalmente se han contemplado medidas como humectación 288 de las áreas de movimiento de tierra, acopio de tierra y vías de circulación interna; se estabilizarán y compactarán las zonas de tránsito de maquinaria y vehículos; se prohibirá la quema de maderas u otro material al interior de la obra; los vehículos contarán con revisión técnica al día; entre otros.

Por lo tanto, el proyecto cumple con la normativa de emisiones atmosféricas y es una actividad que se realiza en múltiples puntos de la Región Metropolitana, en donde a diario se convive con la construcción de edificios.

Respecto a la información del proyecto, se ha comprometido una reunión informativa con los vecinos en forma previa al inicio de la construcción. Por otro lado, el proyecto cuenta con un proceso de participación ciudadana que pretende informar a la comunidad respecto de las obras y actividades que realizará el proyecto. La DIA entrega información respecto de cómo el proyecto no genera los impactos señalados en los artículos 5 y 7 del reglamento del SEIA. De esta forma se cuenta con: • Una evaluación acústica, que acredita como el proyecto cumplirá con la normativa de ruido. • Una estimación de emisiones, que establece medidas para control de éstas y verifica el cumplimiento del PPDA. • Una descripción del manejo de residuos durante la fase de construcción y operación, que dan cuenta del cumplimiento normativo de los residuos. • Factibilidad Sanitaria, que establece la forma de descarga de las aguas servidas del proyecto.

Todo lo anterior permite demostrar que el proyecto no genera riesgo para la salud de la población.

• Equipamiento de salud

De acuerdo con los datos de la Encuesta Casen 2015, el acceso a establecimientos de salud de la población de Recoleta se distribuye de la siguiente manera:

Gráfico: Porcentaje de acceso a establecimientos de salud según tipo

A partir del gráfico presentado, se extrae que la mayoría de la población (62,6%) accede a establecimientos de salud público, seguido por atención en consultas y centros médicos privados (22,2%). Este comportamiento difiere del comportamiento de la población del área de influencia, ya que según la información de entrevistados expuesta en el punto 5.5.2 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA “la mayoría de la población se encuentra afiliada al sistema previsional Fonasa y en menor medida a Isapres. Por lo general son los adultos mayores e inmigrantes quienes, por razones económicas, acceden a la red de establecimientos públicos, específicamente al CESFAM Dr. Patricio Hevia (Valdivieso) y CESFAM Recoleta, mientras que la población adulta y jóvenes acceden a centros privados en el sector centro y oriente de la ciudad.” (p. 48)”

Considerando el perfil socioeconómico estimado de los futuros residentes del Proyecto, estos contarán mayoritariamente con afiliación a sistema FONASA y en menor medida ISAPRE, 289 accediendo a atención de salud en centros privados, sin recurrir a los centros de salud públicos, específicamente a los CESFAM que corresponden al territorio.

En cuanto a la oferta de centros de salud privados, el área de influencia se encuentra próxima a 5 establecimientos, sin superar los 3,2 km. de distancia.

De esta manera se concluye:

- Según el perfil socioeconómico que se estima corresponderán los futuros residentes del Proyecto, contarán mayoritariamente con sistema de afiliación FONASA, por lo que podrán acceder a establecimientos de salud privados. Respecto a la oferta de equipamiento, a no más de 3,2 kilómetros de distancia respecto al área del Proyecto se encuentran 5 establecimientos cercanos. Lo anterior indica que los habitantes del proyecto inmobiliario no colapsarán el Consultorio Valdivieso (Patricio Hevia).

Respecto del punto b) de la observación, contaminación de aire, se debe señalar que el titular se compromete que para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante su fase de construcción, se contemplan cierres con planchas OSB y sobre esta se adicionará malla tipo raschel que cumplirán la doble función de retener material particulado y controlar las emisiones de ruido. Adicionalmente se han contemplado medidas como humectación de las áreas de movimiento de tierra, acopio de tierra y vías de circulación interna, se estabilizarán y compactarán las zonas de tránsito de maquinaria y vehículos, se prohibirá la quema de maderas u otro material al interior de la obra, entre otros.

El proyecto no supera los límites indicados en el artículo 98 del PPDA, por lo que no le corresponde compensar emisiones, como se señala en la Tabla 99 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria (Ver Tabla 99 Emisiones Atmosféricas Totales del Proyecto).

Durante todo el proceso de evaluación ambiental, el titular del proyecto ha acreditado cumplimiento de la normativa ambiental aplicable. En particular, ha acredita que todo el manejo y disposición de descargas, efluentes y residuos será realizado conforme a la normativa vigente, utilizándose transportes y lugares de disposición autorizados para los residuos sólidos y líquidos.

Para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante su fase de construcción, se consideran las siguientes medidas que el Titular se compromete a materializar:

• Humectación: Según la letra a) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se humectarán las áreas de movimientos de tierra y vía de circulación interna de acuerdo a los requerimientos en terreno, contemplándose un mínimo de 2 veces al día durante el periodo que duren las excavaciones. La fuente de agua provendrá de un arranque de agua potable en la obra o en su defecto por medio de camión aljibe que posea las autorizaciones y permisos correspondientes, se mantendrá registro en obra por medio de boletas o facturas. • Camiones encarpados: Según la letra c) del artículo 5.8.3 de la OGUC, el transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver Figura 4 del Anexo 3 de la Adenda complementaria). • Estabilización y compactación de caminos: Según la letra b) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículo por el periodo correspondiente (tiempo en que duren las excavaciones). • Cierre perimetral en los deslindes: Según la letra g) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se construirá cierre perimetral en los deslindes del proyecto con mallas tipo raschel, el cual será mantenido en buen estado. La finalidad de este cierre es evitar la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área del proyecto y sectores circundantes. Los cierres podrán ser reemplazados por los paneles OSB con fines acústicos, adicionándoles 50 cm por sobre el nivel con malla raschel.

Conforme a lo anterior, el titular del proyecto compromete el cumplimiento de la normativa ambiental vigente que le aplica, cuya base es la salud de la población. Todo el detalle de los estudios y cálculos se presentan en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria.

290 Respecto del punto c) de la observación, el titular informó que la empresa sanitaria Aguas Andinas, por medio de los Certificados N°008993 del 11/12/2017 y N°008885 del 06/12/2017 (ambos vigentes a la fecha), acredita que la propiedad ubicada en Av. Perú N°1471 y N°1479, contará con servicio de agua potable y alcantarillado. Es relevante mencionar, que esta empresa sanitaria al contar con la concesión sanitaria del sector se encuentra obligada a prestar el servicio de abastecimiento de agua potable, recolección y tratamiento de aguas servidas, siendo parte de la obligación de la concesión sanitaria proveer la infraestructura (redes, plantas, etc.) que requieren para ello (Ver en Anexo PAC de la Adenda Complementaria, Figura 49 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza I y Figura 50 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza II)

El abastecimiento de agua potable de un sector el interior de una concesión sanitaria, como es el sector del proyecto, es de exclusiva responsabilidad de la empresa sanitaria dueña de la concesión, que en este caso corresponde a Aguas Andinas. No es posible que el titular se haga cargo de una obligación que por ley le compete a una empresa que cuenta como único giro el sanitario. Es deber de la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) velar porque esta empresa preste el servicio con la calidad que corresponde. Al respecto, la única obligación del titular del proyecto es contar con certificados de factibilidad Sanitaria emitidos por Aguas Andinas, lo que se presenta en el Anexo 5.3 de la Adenda Complementaria, tal como fue contestado en la consulta N°1.24 anterior.

  1. Lucía Carrasco Gutiérrez

a. Diseño paisajístico y altura de los edificios Las torres de 16 pisos taparan la vista y cortaran la línea natural de visión hacia el cerro. La altura afectará directamente la luz solar y redundará en el gasto mayor de la electricidad, en el crecimiento y desarrollo de las especies vegetales, huertas domésticas, etc. Así como en la salud.

b. Estacionamientos Las casas que colindan directamente se verán perjudicadas con los estacionamientos y los olores a los gases de bencina y el ruido de los autos. No es proporcional a la cantidad de departamentos.

c. Lluvias NUNCA esta población se ha inundado con las lluvias porque el est. Monserrat absorbe las aguas lluvias. ¿Ahora al quedar todo pavimentado, por dónde escurrirán esas aguas?

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto a) de la observación, según el Estudio de Paisaje presentado en el Anexo 5.6 de la Adenda Complementaria, la calidad visual del paisaje se determinó en función de la caracterización de los atributos visuales de la unidad de paisaje identificada. La Tabla 82 del Anexo PAC (Anexo 5) de la Adenda Complementaria, resume la caracterización según los atributos biofísicos, estructurales y estéticos identificados para la unidad (Ver Tabla 82 Calidad visual de la UP1 Unidad Villa Lemus).

La “Guía de Evaluación de Impacto Ambiental – Valor Paisajístico en el SEIA” define cuatro (4) categorías de paisaje referidas a la calidad visual; Baja - Media – Alta – Destacada. Cuyos criterios para su definición son de acuerdo a lo siguiente: • Paisaje de Calidad Destacada Se consideran paisajes de calidad destacada aquellos donde uno o más de uno de sus atributos visuales se valoran como destacados, transformándose en el o los elementos que permiten reconocer en el paisaje una condición destacada.

• Paisaje de Calidad Alta 291 Se consideran paisajes de calidad alta aquellos paisajes donde la mayoría de sus atributos se reconocen como calidad alta, con rasgos sobresalientes. Si más del 50% de los atributos se valoran en la categoría alta, entonces el paisaje tiene esta condición. Igualmente, si se valoran los atributos en igual cantidad en las categorías alta y media y ningún atributo en la categoría baja, entonces el paisaje presenta una calidad visual alta.

• Paisaje de Calidad Media Se consideran paisajes de calidad media aquellos cuyos atributos se valoran como comunes o recurrentes. Si más del 50% de los atributos se valoran en la categoría media, entonces el paisaje tiene una calidad visual media. Igualmente, si se valoran los atributos en las categorías alta y media en igual cantidad y un atributo en la categoría baja, entonces el paisaje presenta una calidad visual media.

• Paisaje de Calidad Baja Se consideran paisajes de calidad baja aquellos que contienen muy poca variedad de atributos y además éstos se valoran en calidad baja. Si más del 50% de los atributos se valoran en la categoría baja, entonces el paisaje asume esta condición de calidad visual baja. Igualmente, si se valoran los atributos en igual cantidad en las categorías media y baja, y ningún atributo en la categoría alta, entonces el paisaje presenta una calidad visual baja.

De acuerdo a lo anterior, el resultado de la ponderación de los valores de los atributos biofísicos, estructurales y estéticos para la unidad descrita se pueden ver en la Tabla N°1 del Anexo PAc de la Adenda Complementaria (Ver Tabla Nº 1: Ponderación de la Valoración de la calidad visual de los atributos biofísicos, estéticos y estructurales).

Con lo anterior, se concluye que el paisaje de la unidad UP, Unidad Villa Lemus presenta una calidad visual “Media”.

Las justificaciones de las respectivas valoraciones se presentan en la Tabla N°2 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria (Ver Tabla Nº 2: Ponderación de la Valoración de la calidad visual de los atributos biofísicos, estéticos y estructurales).

Para ver detalles del Estudio de Paisaje, ver Anexo 5.6. de la Adenda Complementaria.

Por lo anterior, es posible señalar que el Proyecto no genera efectos significativos en cuanto a la obstrucción visual ni a la alteración de los atributos de una zona con valor paisajístico.

Por último, se informa que el proyecto cumple con el Instrumento de Planificación (IPT) en términos de la altura, rasantes y sombras proyectadas a los terrenos aledaños al proyecto, así como con lo establecido en el artículo 2.6.11 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (O.G.U.C)

Respecto del punto b) de la observación, para evitar afectación a las casas colindantes o molestias por los estacionamientos, el Titular ha decidido incluir una franja de árboles y áreas verdes en los deslindes que colindan a las viviendas vecinas, lo que se puede observar en la imagen presentada a continuación:

Figura Árboles y Áreas Verdes Edificios Perú Plaza I - II 292

Cabe señalar que los autos solamente estarán en funcionamiento al llegar y retirarse, que ellos cumplirán con las normas de emisiones vigentes (revisión técnica al día) y que este proyecto no es distinto a muchos proyectos habitacionales en altura existentes en la Región Metropolitana.

En cuanto a la cantidad de estacionamientos, el proyecto ha considerado una tasa muy superior a la de la comuna de Recoleta (0,41 vehículos/vivienda de acuerdo a la Encuesta Origen Destino del año 2012), por cuanto ha considerado debidamente esta variable.

Respecto del punto c) de la observación, de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que el proyecto no altera la capacidad del terreno para infiltrar las aguas lluvias del área comprometida dado que el total de las aguas lluvias captadas por los edificios son dispuestas en el mismo terreno mediante su infiltración por drenes construidos especialmente para este fin.

En efecto, el proyecto de detalle que se presentó en el Anexo 9 de la DIA, considera que las aguas lluvias que sean captadas dentro del área del proyecto se infiltren mediante drenes, por cuanto no habrá diferencia entre el agua que es infiltrada sin proyecto con lo que será una vez construidos los edificios.

Mediante la infiltración de las aguas lluvias se cumple con los lineamientos del SERVIU, que solicita que las aguas lluvias se manejen al interior de los predios, no se recarga ninguna red existente de aguas lluvias y el balance de las aguas subterráneas se mantiene.

Todo lo anterior ha sido materia de la evaluación ambiental, no teniendo observaciones de los servicios competentes.

  1. Lucía América de Las Nieves Carrasco Gutiérrez

a. Impacto vial Los camiones NO deben pasar por nuestra población bajo ningún concepto. Por Av. Valdivieso ya está colapsada pues el bandejón de Av. Perú disminuyó en 1 pista la avenida. Hay 3 colegios cercanos unido a los 3 cementerios cuyos carros mortuorios transitaran también por esta vía de avenida Perú. Produciendo tacos.

b. Emisiones de polvo y sustancias contaminantes, ruido y vibraciones. La pasada y el trabajo de los camiones levantará polvo haciendo la vida doméstica un caos. La ropa limpia y el 293 polvo entrarán a las casas. Las máquinas emitirán ruidos y los obreros trabajadores gritan y solicitan las herramientas metiendo bulla. Se perderá la privacidad.

c. Emergencias 1) ¿Si se produjera un incendio una vez construidas las torres, tienen contemplado mangueras o sistemas de alarmas de fuego? 2) Basuras por donde las sacarán? 3) Aguas lluvias. ¿Contemplan sistemas de drenaje adecuado?

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto a) de la observación, impacto vial, el titular se ha comprometido a que los camiones no ingresarán a la población Lemus durante el período o Fase de construcción, con lo cual se da cumplimiento al planteamiento ciudadano, mediante un compromiso ambiental voluntario descrito en el anexo PAC del Adenda complementaria.

Complementariamente, se debe señalar que el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Dentro de las medidas de mitigación producto del EISTU, se considera para la intersección de Arzobispo Valdivieso con Av. Recoleta la demarcación de los estacionamientos y pista de viraje izquierda. También se considera la implementación de 3ª fase exclusiva peatonal con el objetivo de disminuir el conflicto generado por el viraje a la derecha en esta intersección. También se considera la evaluación de la implementación de la bidireccional de Arzobispo Valdivieso hasta Av. Recoleta, con la finalidad de dar continuidad a la red vial, y analizar el comportamiento de los flujos del proyecto en esta vía. Con estas medidas de mitigación se facilita el tránsito de cortejos fúnebres una vez que esté en operación el proyecto. Para la etapa de construcción se ha propuesto un compromiso ambiental voluntario correspondiente a que cada vez que transite un cortejo fúnebre en alguna de las vías utilizadas por los camiones, se dará prioridad a estos. Como resultado del EISTU, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto. Adicionalmente se realizó una microsimulación presentada en el Anexo 5.1 Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas.

Respecto del punto b) de la observación, contaminación de aire, se debe señalar que el titular se compromete que para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante su fase de construcción, se contemplan cierres con planchas OSB y sobre esta se adicionará malla tipo raschel que cumplirán la doble función de retener material particulado y controlar las emisiones de ruido. Adicionalmente se han contemplado medidas como humectación de las áreas de movimiento de tierra, acopio de tierra y vías de circulación interna, se estabilizarán y compactarán las zonas de tránsito de maquinaria y vehículos, se prohibirá la quema de maderas u otro material al interior de la obra, entre otros.

El proyecto no supera los límites indicados en el artículo 98 del PPDA, por lo que no le corresponde compensar emisiones, como se señala en la Tabla 99 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria (Ver Tabla 99 Emisiones Atmosféricas Totales del Proyecto).

294 Durante todo el proceso de evaluación ambiental, el titular del proyecto ha acreditado cumplimiento de la normativa ambiental aplicable. En particular, ha acredita que todo el manejo y disposición de descargas, efluentes y residuos será realizado conforme a la normativa vigente, utilizándose transportes y lugares de disposición autorizados para los residuos sólidos y líquidos.

Para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante su fase de construcción, se consideran las siguientes medidas que el Titular se compromete a materializar:

• Humectación: Según la letra a) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se humectarán las áreas de movimientos de tierra y vía de circulación interna de acuerdo a los requerimientos en terreno, contemplándose un mínimo de 2 veces al día durante el periodo que duren las excavaciones. La fuente de agua provendrá de un arranque de agua potable en la obra o en su defecto por medio de camión aljibe que posea las autorizaciones y permisos correspondientes, se mantendrá registro en obra por medio de boletas o facturas. • Camiones encarpados: Según la letra c) del artículo 5.8.3 de la OGUC, el transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver Figura 4 del Anexo 3 de la Adenda complementaria). • Estabilización y compactación de caminos: Según la letra b) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículo por el periodo correspondiente (tiempo en que duren las excavaciones). • Cierre perimetral en los deslindes: Según la letra g) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se construirá cierre perimetral en los deslindes del proyecto con mallas tipo raschel, el cual será mantenido en buen estado. La finalidad de este cierre es evitar la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área del proyecto y sectores circundantes. Los cierres podrán ser reemplazados por los paneles OSB con fines acústicos, adicionándoles 50 cm por sobre el nivel con malla raschel.

Conforme a lo anterior, el titular del proyecto compromete el cumplimiento de la normativa ambiental vigente que le aplica, cuya base es la salud de la población. Todo el detalle de los estudios y cálculos se presentan en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria.

En relación a las emisiones de ruido (contaminación acústica), asociado a los vehículos particulares que harán uso de los estacionamientos y las personas que habitarán los edificios, es importante tener en cuenta que dichas fuentes de ruido se encuentran dentro de las exclusiones del ámbito de aplicación de la normativa vigente (D.S. N°38/11 del MMA) especificadas en el Artículo 5, ya que corresponden a la actividad propia del uso de viviendas y edificaciones, no atribuibles al proyecto sino más bien a la conducta de sus habitantes. En este sentido, la evaluación ambiental presentada en el Anexo 6 de la Adenda 1 permite garantizar el cumplimiento de la citada normativa durante la fase de operación del proyecto, que en este caso está relacionada con el funcionamiento de equipos tales como grupo electrógeno, calderas, etc.

No obstante lo anterior, de acuerdo con la experiencia del consultor, en condiciones normales las fuentes señaladas no deberían representar inconvenientes para los vecinos ya que son de baja emisión de ruido. De todos modos, a nivel municipal los ruidos molestos de este tipo se encuentran regulados y controlados por carabineros y personal de seguridad de la comuna.

En relación a las emisiones de ruido generadas durante la fase de construcción, estas se encuentran abordadas en el Estudio presentado en el Anexo 6 de la Adenda 1 del proyecto.

Dicho estudio establece y entrega sustento técnico a todas las medidas de control que el proyecto implementará (Cierres perimetrales de hasta 6 m de altura con características de barrera acústica mediante paneles de madera OSB, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), permitiendo demostrar que los niveles de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente en todos los receptores, considerando la situación más desfavorable.

Además, para reforzar las medidas de control señaladas anteriormente, el Titular se compromete a instalar placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindante con viviendas habitadas para disminuir posibles molestias a los vecinos. Para mayor detalle ver tabla presenta a continuación: 295

Tabla 98 Placas OSB en deslindes del Proyecto

Placas OSB en deslindes Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar afectaciones a los vecinos de la Población Lemus. Descripción: Durante la fase de construcción se instalarán placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas. Justificación: El presente compromiso se enmarca en la solicitud realizada por la Población de aumentar la altura de las barreras para asegurar la tranquilidad de los vecinos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Placas OSB de 6 metros de altura en los tres frentes que colindan a viviendas de la Población Lemus. Forma: Las Placas OSB se mantendrán en buen estado durante todo el periodo que dure la fase de construcción. Oportunidad: Las Placas OSB permanecerá durante toda la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Letrero en Registro fotográfico de las placas OSB. Forma de control y seguimiento Existirá un encargado en obra de verificar que las placas OSB se encuentran en buen estado y que den cumplimiento a la altura comprometida.

Por otro lado, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en periodo diurno (lunes a viernes entre las 08:00 a 19:00 horas, y, los sábados entre las 08:00 a 14:00 horas).

Sobre el incremento de las vibraciones a consecuencia de la construcción de los edificios, el titular señala en el Proyecto que, dado que Chile no cuenta con norma específica para la evaluación del impacto por vibraciones, el Estudio Acústico y Vibraciones, presentado en el Anexo 6 de la Adenda 1, utiliza como norma de referencia un estándar definido por el Departamento de Transportes de California, en Estados Unidos, recomendada para la evaluación de proyectos con uso de maquinaria pesada como excavadoras, compactadores, camiones, etc.. Este estudio demuestra que no existirá riesgo de incumplimiento del estándar de evaluación, acreditándose por lo tanto el cumplimiento de la norma de referencia adoptada.

Respecto del punto c.1.) de la observación, el titular señala en el proyecto que, en caso de incendio durante la fase de operación del proyecto, cada edificio contará con su red húmeda y seca, además de contar con alarmas para dar aviso de la emergencia a la comunidad.

Respecto del tema de la basura que planeta la observación, el titular señala en su proyecto que la Agenda Ambiental planteada en la Política Ambiental Municipal de Recoleta (2014), considera objetivos específicos y líneas de acción los que se pueden ver en la siguiente Tabla:

Tabla 97 Agenda Ambiental Recoleta N° Objetivo Específico Líneas de Acción 1 Fortalecer las capacidades municipales para desarrollar una Gestión Ambiental Inscripción y Participación del Sistema de Certificación Ambiental Municipal (SCAM) Elaboración de Ordenanza Ambiental Capacitación a funcionarios municipales en temas ambientales Mejoramiento de la fiscalización ambiental 2 Elevar la calidad ambiental en la comuna Mejorar y fortalecer la fiscalización sanitaria Tenencia responsable de mascotas Gestión sustentable de los residuos sólidos domiciliarios bajo un enfoque de basura cero Consolidar y crear más áreas verdes 296 Recuperación de micro basurales 3 Elevar la conciencia ambiental en la comuna, fortaleciendo la educación para la sustentabilidad Promoción de la Educación Ambiental a nivel comunal Apoyo a la formulación de proyectos ambientales con financiamiento externo 4 Enfrentamiento del cambio climático y descontaminación atmosférica Mitigación: reducción de contaminantes atmosféricos locales y globales Adaptación al cambio climático

De acuerdo a la línea de acción “Gestión sustentable de los residuos sólidos domiciliarios bajo un enfoque de basura cero”, se puede señalar que el Proyecto contempla, a un costado de ambas salas de basura, Closets Ecológicos donde la comunidad podrá separas sus residuos según composición. Además, el reciclaje de estos estará a cargo de la administración con la empresa que estime conveniente.

Para la fase de construcción, se priorizará la segregación de materiales para su posterior reutilización y/o reciclaje al interior de la obra en la medida en que sea posible.

Lo señalado anteriormente aporta a la Política Ambiental de Recoleta, ya que genera una conciencia ambiental en la comunidad y provoca una reducción de los residuos al interior del condominio.

Por otro lado, la Ordenanza Ambiental Municipal N°61 de fecha del 21-06-2016 respecto a residuos sólidos señala lo siguiente:

• Del Manejo de los Residuos Sólidos Urbanos o De acuerdo a la Estrategia de Basura Cero adoptada para el manejo de los residuos sólidos domiciliarios, la Municipalidad de Recoleta desarrollará y promoverá iniciativas en las siguientes líneas de acción.  Separación en el origen y Recolección puerta a puerta de productos reutilizables y materiales reciclables.  Reciclaje de residuos sólidos secos.  Etc. o Queda prohibida la incineración de residuos domiciliarios en el territorio comunal. Asimismo, el Municipio no autorizará en el territorio de su jurisdicción la operación de servicios de recolección de residuos domiciliarios que tengan como destino final de estos la incineración en plantas localizadas fuera de la comuna. o Los residuos domiciliarios no deben incluir materiales tóxicos, corrosivos, peligrosos, etc., los que deben ser manejados y dispuestos según regulaciones específicas. o La comunidad debe adecuarse a la programación municipal para la recolección de los residuos sólidos en cuanto a días, horarios y medios para la prestación de los servicios de recolección. o Los generadores de residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios deberán depositarlos en receptáculos de material lavable con tapa hermética, de material plástico autorizados por el municipio. Los residuos a su vez deben ser depositados en bolsas plásticas de una densidad que asegure la contención de los residuos. o Entre otros.

• Del manejo de disposición final de escombros y materiales similares. o Queda prohibido botar escombros y voluminosos en los Bienes Nacionales de Uso Público. o Se prohíbe arrojar y almacenar basuras, escombros, chatarras o desperdicios de cualquier tipo en terrenos de particulares sin la autorización expresa del propietario del mismo, del Municipio y del Servicio de Salud. o No son asimilables a escombros aquellos residuos de la construcción, tales como restos o envases de plásticos o metálicos de pinturas, solventes, aceites, impermeabilizantes y otros compuestos químicos. Tampoco lo son: papeles, plásticos, cartones, polímeros de aislación, residuos orgánicos, envases de cualquier tipo, todo material factible de ser arrastrado por el viento y el agua, y todo desecho con posibilidad de emitir gases, malos olores, líquidos percolados y otros productos 297 contaminados. Estos elementos deberán ser trasladados obligatoriamente al lugar de disposición final autorizado por el Servicio de Salud, con el propio emisor. o El traslado vía terrestre de escombros, arenas, ripio, tierra, productos de elaboración, maderas y otros desechos asimilables a escombros, que puedan escurrir, caer al suelo o sean factibles de ser esparcidos, sólo podrá hacerse en vehículos especialmente acondicionados para cumplir dicho menester, los que deberán estar provistos de carpas en buen estado u otros elementos protectores. o La carga de escombros y de elementos asimilables a estos, sólo podrá realizarse al interior de las propiedades. En caso de requerid efectuar la carga en la vía pública o en un Bien Nacional de Uso Público diverso, deberá contar con la respectiva autorización municipal por parte de la Dirección de Tránsito y/o de Obras Municipales.

Por lo que, a continuación, se presenta como dará cumplimiento el Proyecto a lo señalado por la Ordenanza Ambiental de Recoleta para cada una de sus fases:

Fase de Operación: • El Proyecto contempla, a un costado de ambas salas de basura, Closets Ecológicos donde la comunidad podrá separas sus residuos según composición. Además, el reciclaje de estos estará a cargo de la administración con la empresa que estime conveniente. • El Proyecto no considera la incineración de los residuos domiciliarios generados en el condominio. • Los residuos que se generen durante la operación del proyecto corresponden principalmente al tipo no peligrosos (domiciliarios), que generarán los usuarios de los departamentos diariamente. • La administración de los edificios se adecuará a la programación municipal para la recolección de los residuos en cuanto a días, horarios y medios para la prestación de los servicios de recolección. • Los residuos serán almacenados por los propietarios en sus departamentos, para luego ser trasladados mediante ductos a las salas de basura del proyecto.

Ya en las salas de basura, los residuos domiciliarios serán almacenados de forma transitoria al interior de contenedores con tapa y bolsas plástica con la finalidad de evitar filtraciones de líquidos percolados y proliferación de vectores de interés sanitario.

Cabe destacar, que los ductos contarán con cierro hermético especial. Además, las terminaciones de los recintos tendrán tolvas lavables y cierre hermético. El ingreso a la sala de basura contará con burlete de goma y control para mosca vinagrera al igual que el ducto de ventilación superior (malla mosquitera).

Fase de Construcción: • Los residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios serán almacenados de forma transitoria en contenedores con tapa especialmente destinados para ellos y al interior presentarán bolsas plásticas, para evitar la proliferación de vectores de interés sanitario. • En cuanto a los escombros, cabe señalar que si bien se considera la reutilización de los residuos producidos en obra, el proyecto no contempla la habilitación de un sector de acopio para la fracción valorizable de los residuos. Los excedentes serán llevados a un sitio de disposición final debidamente autorizado. • En ningún caso se botarán escombros en los Bienes Nacionales de Uso Público o en terrenos de particulares. • Los residuos generados por las excavaciones y escarpe serán inmediatamente cargados sobre camiones, para luego ser llevados a sitios de disposición final autorizados. • Los residuos Peligrosos generados por los envases de las sustancias peligrosas a utilizar en obra, no se mezclarán por ningún motivo con los residuos de escombros o inertes, para ello se dispondrán en una bodega especialmente destinada para ellos. Así se evitará que en los sitios de disposición final pudiesen causar detrimento en la calidad de la napa por lixiviación o lavado de suelo en el mismo sitio. Lo señalado anteriormente, se llevará a cabo según lo establecido en el D.S. N°148/03 del MINSAL. • Todos los residuos serán dispuestos en lugares autorizados por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana. Además, en obra se mantendrá un registro de la disposición final de estos residuos generados en la etapa de construcción, el cual será emitido por la empresa encargada de la disposición final cada vez que se genera el traslado de dichos residuos. El 298 encargado de mantener el registro en obra, será designado por el Titular y se encontrará disponible para su revisión cada vez que la Autoridad Ambiental lo solicite. • La obra tendrá un sistema de control de vectores sanitarios a través de una empresa debidamente autorizada y se mantendrá los lugares de trabajo en buenas condiciones de orden y limpieza para evitar o eliminar la presencia de vectores sanitarios, según lo establece el art. 11 del D.S. Nº 594 de 1999, modificado por D.S. Nº 201 de 2001, ambos del MINSAL. • En ninguna circunstancia se incinerarán residuos al interior de la obra. • El transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humedecer la carga en caso de ser necesario. • Finalmente, la carga de escombros y de elementos asimilables, sólo se realizará al interior de la propiedad.

Respecto del punto c.2) de la observación, específicamente del tema de la basura, el titular señala en el proyecto que la Agenda Ambiental planteada en la Política Ambiental Municipal de Recoleta (2014), considera objetivos específicos y líneas de acción los que se pueden ver en la siguiente Tabla:

Tabla 97 Agenda Ambiental Recoleta N° Objetivo Específico Líneas de Acción 1 Fortalecer las capacidades municipales para desarrollar una Gestión Ambiental Inscripción y Participación del Sistema de Certificación Ambiental Municipal (SCAM) Elaboración de Ordenanza Ambiental Capacitación a funcionarios municipales en temas ambientales Mejoramiento de la fiscalización ambiental 2 Elevar la calidad ambiental en la comuna Mejorar y fortalecer la fiscalización sanitaria Tenencia responsable de mascotas Gestión sustentable de los residuos sólidos domiciliarios bajo un enfoque de basura cero Consolidar y crear más áreas verdes Recuperación de micro basurales 3 Elevar la conciencia ambiental en la comuna, fortaleciendo la educación para la sustentabilidad Promoción de la Educación Ambiental a nivel comunal Apoyo a la formulación de proyectos ambientales con financiamiento externo 4 Enfrentamiento del cambio climático y descontaminación atmosférica Mitigación: reducción de contaminantes atmosféricos locales y globales Adaptación al cambio climático

De acuerdo a la línea de acción “Gestión sustentable de los residuos sólidos domiciliarios bajo un enfoque de basura cero”, se puede señalar que el Proyecto contempla, a un costado de ambas salas de basura, Closets Ecológicos donde la comunidad podrá separas sus residuos según composición. Además, el reciclaje de estos estará a cargo de la administración con la empresa que estime conveniente.

Para la fase de construcción, se priorizará la segregación de materiales para su posterior reutilización y/o reciclaje al interior de la obra en la medida en que sea posible.

Lo señalado anteriormente aporta a la Política Ambiental de Recoleta, ya que genera una conciencia ambiental en la comunidad y provoca una reducción de los residuos al interior del condominio.

Por otro lado, la Ordenanza Ambiental Municipal N°61 de fecha del 21-06-2016 respecto a residuos sólidos señala lo siguiente:

• Del Manejo de los Residuos Sólidos Urbanos 299 o De acuerdo a la Estrategia de Basura Cero adoptada para el manejo de los residuos sólidos domiciliarios, la Municipalidad de Recoleta desarrollará y promoverá iniciativas en las siguientes líneas de acción.  Separación en el origen y Recolección puerta a puerta de productos reutilizables y materiales reciclables.  Reciclaje de residuos sólidos secos.  Etc. o Queda prohibida la incineración de residuos domiciliarios en el territorio comunal. Asimismo, el Municipio no autorizará en el territorio de su jurisdicción la operación de servicios de recolección de residuos domiciliarios que tengan como destino final de estos la incineración en plantas localizadas fuera de la comuna. o Los residuos domiciliarios no deben incluir materiales tóxicos, corrosivos, peligrosos, etc., los que deben ser manejados y dispuestos según regulaciones específicas. o La comunidad debe adecuarse a la programación municipal para la recolección de los residuos sólidos en cuanto a días, horarios y medios para la prestación de los servicios de recolección. o Los generadores de residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios deberán depositarlos en receptáculos de material lavable con tapa hermética, de material plástico autorizados por el municipio. Los residuos a su vez deben ser depositados en bolsas plásticas de una densidad que asegure la contención de los residuos. o Entre otros.

• Del manejo de disposición final de escombros y materiales similares. o Queda prohibido botar escombros y voluminosos en los Bienes Nacionales de Uso Público. o Se prohíbe arrojar y almacenar basuras, escombros, chatarras o desperdicios de cualquier tipo en terrenos de particulares sin la autorización expresa del propietario del mismo, del Municipio y del Servicio de Salud. o No son asimilables a escombros aquellos residuos de la construcción, tales como restos o envases de plásticos o metálicos de pinturas, solventes, aceites, impermeabilizantes y otros compuestos químicos. Tampoco lo son: papeles, plásticos, cartones, polímeros de aislación, residuos orgánicos, envases de cualquier tipo, todo material factible de ser arrastrado por el viento y el agua, y todo desecho con posibilidad de emitir gases, malos olores, líquidos percolados y otros productos contaminados. Estos elementos deberán ser trasladados obligatoriamente al lugar de disposición final autorizado por el Servicio de Salud, con el propio emisor. o El traslado vía terrestre de escombros, arenas, ripio, tierra, productos de elaboración, maderas y otros desechos asimilables a escombros, que puedan escurrir, caer al suelo o sean factibles de ser esparcidos, sólo podrá hacerse en vehículos especialmente acondicionados para cumplir dicho menester, los que deberán estar provistos de carpas en buen estado u otros elementos protectores. o La carga de escombros y de elementos asimilables a estos, sólo podrá realizarse al interior de las propiedades. En caso de requerid efectuar la carga en la vía pública o en un Bien Nacional de Uso Público diverso, deberá contar con la respectiva autorización municipal por parte de la Dirección de Tránsito y/o de Obras Municipales.

Por lo que, a continuación, se presenta como dará cumplimiento el Proyecto a lo señalado por la Ordenanza Ambiental de Recoleta para cada una de sus fases:

Fase de Operación: • El Proyecto contempla, a un costado de ambas salas de basura, Closets Ecológicos donde la comunidad podrá separas sus residuos según composición. Además, el reciclaje de estos estará a cargo de la administración con la empresa que estime conveniente. • El Proyecto no considera la incineración de los residuos domiciliarios generados en el condominio. • Los residuos que se generen durante la operación del proyecto corresponden principalmente al tipo no peligrosos (domiciliarios), que generarán los usuarios de los departamentos diariamente. 300 • La administración de los edificios se adecuará a la programación municipal para la recolección de los residuos en cuanto a días, horarios y medios para la prestación de los servicios de recolección. • Los residuos serán almacenados por los propietarios en sus departamentos, para luego ser trasladados mediante ductos a las salas de basura del proyecto.

Ya en las salas de basura, los residuos domiciliarios serán almacenados de forma transitoria al interior de contenedores con tapa y bolsas plástica con la finalidad de evitar filtraciones de líquidos percolados y proliferación de vectores de interés sanitario.

Cabe destacar, que los ductos contarán con cierro hermético especial. Además, las terminaciones de los recintos tendrán tolvas lavables y cierre hermético. El ingreso a la sala de basura contará con burlete de goma y control para mosca vinagrera al igual que el ducto de ventilación superior (malla mosquitera).

Fase de Construcción: • Los residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios serán almacenados de forma transitoria en contenedores con tapa especialmente destinados para ellos y al interior presentarán bolsas plásticas, para evitar la proliferación de vectores de interés sanitario. • En cuanto a los escombros, cabe señalar que si bien se considera la reutilización de los residuos producidos en obra, el proyecto no contempla la habilitación de un sector de acopio para la fracción valorizable de los residuos. Los excedentes serán llevados a un sitio de disposición final debidamente autorizado. • En ningún caso se botarán escombros en los Bienes Nacionales de Uso Público o en terrenos de particulares. • Los residuos generados por la excavaciones y escarpe serán inmediatamente cargados sobre camiones, para luego ser llevados a sitios de disposición final autorizados. • Los residuos Peligrosos generados por los envases de las sustancias peligrosas a utilizar en obra, no se mezclarán por ningún motivo con los residuos de escombros o inertes, para ello se dispondrán en una bodega especialmente destinada para ellos. Así se evitará que en los sitios de disposición final pudiesen causar detrimento en la calidad de la napa por lixiviación o lavado de suelo en el mismo sitio. Lo señalado anteriormente, se llevará a cabo según lo establecido en el D.S. N°148/03 del MINSAL. • Todos los residuos serán dispuestos en lugares autorizados por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana. Además, en obra se mantendrá un registro de la disposición final de estos residuos generados en la etapa de construcción, el cual será emitido por la empresa encargada de la disposición final cada vez que se genera el traslado de dichos residuos. El encargado de mantener el registro en obra, será designado por el Titular y se encontrará disponible para su revisión cada vez que la Autoridad Ambiental lo solicite. • La obra tendrá un sistema de control de vectores sanitarios a través de una empresa debidamente autorizada y se mantendrá los lugares de trabajo en buenas condiciones de orden y limpieza para evitar o eliminar la presencia de vectores sanitarios, según lo establece el art. 11 del D.S. Nº 594 de 1999, modificado por D.S. Nº 201 de 2001, ambos del MINSAL. • En ninguna circunstancia se incinerarán residuos al interior de la obra. • El transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humedecer la carga en caso de ser necesario. • Finalmente, la carga de escombros y de elementos asimilables, sólo se realizará al interior de la propiedad.

Por lo anterior, es posible señalar que la generación de residuos del proyecto no afectará la calidad de vida de los vecinos, dado que éstos serán dispuestos en rellenos sanitarios autorizados luego de ser recolectados por los servicios administrados por el municipio, toda vez que el retiro de los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios es obligación de la Municipalidad. Complementariamente, corresponde informar que los proyectos de salas de basura de los Edificios Perú Plaza I-II se encuentran en tramitación por parte de la Autoridad Sanitaria. Con todo, los habitantes del proyecto dispondrán, a través de los shaft de basura, sus residuos domiciliarios en contenedores ubicados en las salas de basura de los edificios. Posteriormente, el camión de la basura retirará los residuos generados con una frecuencia aproximada de 3 veces por semana.

301 Por consiguiente, el titular señala que el Proyecto cumplirá con lo que indica el Código Sanitario para estos fines.

Respecto del punto c.3), de la observación, los edificios contemplan que las aguas lluvias que sean captadas dentro del área del proyecto serán conducidas a través de bajadas de aguas lluvias hacia los drenes de infiltración, por cuanto no habrá diferencia entre el agua que es infiltrada ahora, con la que será infiltrada una vez construidos los edificios.

Por otro lado, una vez ya construidos los edificios, la mantención del sistema de infiltración será de responsabilidad del mismo a través de la administración de éste, por lo que el titular con el fin de evitar problemas de funcionamiento del sistema de evacuación de aguas lluvias durante la fase de operación, dejará indicado en el Reglamento de Copropiedad que la mantención de estas obras deberá hacerse de la siguiente forma: • La limpieza de techos, canaletas y cubiertas deberá ser realizada una vez terminado el otoño y una vez finalizado el invierno. • Las cámaras sifones de agua lluvia deberán ser limpiadas por lo menos una vez cada tres meses.

Cabe destacar, que el proyecto de Aguas Lluvias fue presentado en el Anexo 9 de la DIA, y materia de revisión por parte de los servicios públicos con competencia en esta materia.

  1. Víctor Rodrigo Alegría Ravello

a. Quisiéramos saber por qué no se realizó un estudio de impacto ambiental, considerando los efectos, características y circunstancias enumeradas en el artículo 11 de la Ley 19.300.

Letra B: Como vecinos consideramos que la cantidad de agua se va a ver disminuida en muchos hogares, ya que los alcantarillados no están diseñados para xxxxxxxx su contención y el abastecimiento de este recurso natural tan necesario y vital para el diario vivir.

Letra C: Considerando que este es un barrio endémico de la comuna de Recoleta ex Conchalí, la población fue fundada por nuestros padres quienes lucharon por la construcción de calles y llegada de bienes básicos (alcantarillados, luz, apertura de calles, etc). Frente a esto nos vemos totalmente molestos debido a la construcción de las torres modificara, y llevará y cambiaría nuestro sistema de vida y costumbre de barrio tranquilo, residencial, el cual jamás ha tenido problemas de congestión vial, ruido y construcciones ajenas a las cuales estamos acostumbrado.

Letra E: Uno de los proyectos al año 2017 fue el valor paisajísticos de nuestra linda “Avenida Perú” con un valor propio de la comuna de Recoleta. Debido a la cercanía del Cerro San Cristóbal y Barrio Bellavista, el impacto visual de la construcción de dos (2) torres de 18 pisos genera un impacto negativo a gran escala.

b. Anexo 6: Estudio acústico y vibraciones Según el estudio yo estoy enmarcada en el RI (Receptor RI), el único medio de mitigación que aplaca el ruido producto de la excavaciones y terminaciones en una barrera de , el límite máximo de ruido en mi barrio es 60 dba y solo considerando el ruido producido por el camión mixel, grua horquilla xxxx, sobrepasa por creces lo señalado en el DS38/11 considera que las medidas de mitigación propuestas son nulas para mitigar el gran impacto generado por un proceso constructivo. INVITO A VER EL ESTUDIO Y REVISAR IN SITU LOS CRITERIOS UTILIZADOS EN LAS TABLAS DEL CAP 7 Y 8.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

El presente proyecto ha sido evaluado conforme a la Ley 19.300 y al Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), y le correspondió ser evaluada como una Declaración de Impacto Ambiental (DIA), la cual en virtud del artículo 47 del D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio 302 del Medio Ambiente (D.S Nº 40/2012), y de acuerdo a los pronunciamientos de los Organismos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental que participaron del proceso de evaluación, es posible concluir que:

a) El proyecto en cuestión cumple con la normativa de carácter ambiental. b) Se han identificado todos los permisos ambientales sectoriales aplicables al proyecto, y expresamente se pronuncie respecto del cumplimiento de los requisitos y contenidos de dichos permisos. c) El proyecto o actividad no genera o presenta alguno de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

Respecto de la Sección a) de la observación, específicamente respecto de la letra b) de la Ley 19.300, recursos naturales, el titular informó que la empresa sanitaria Aguas Andinas, por medio de los Certificados N°008993 del 11/12/2017 y N°008885 del 06/12/2017 (ambos vigentes a la fecha), acredita que la propiedad ubicada en Av. Perú N°1471 y N°1479, contará con servicio de agua potable y alcantarillado. Es relevante mencionar, que esta empresa sanitaria al contar con la concesión sanitaria del sector se encuentra obligada a prestar el servicio de abastecimiento de agua potable, recolección y tratamiento de aguas servidas, siendo parte de la obligación de la concesión sanitaria proveer la infraestructura (redes, plantas, etc.) que requieren para ello (Ver en Anexo PAC de la Adenda Complementaria, Figura 49 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza I y Figura 50 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza II)

El abastecimiento de agua potable de un sector el interior de una concesión sanitaria, como es el sector del proyecto, es de exclusiva responsabilidad de la empresa sanitaria dueña de la concesión, que en este caso corresponde a Aguas Andinas. No es posible que el titular se haga cargo de una obligación que por ley le compete a una empresa que cuenta como único giro el sanitario. Es deber de la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) velar porque esta empresa preste el servicio con la calidad que corresponde. Al respecto, la única obligación del titular del proyecto es contar con certificados de factibilidad Sanitaria emitidos por Aguas Andinas, lo que se presenta en el Anexo 5.3 de la Adenda Complementaria, tal como fue contestado en la consulta N°1.24 anterior.

Respecto de la Sección a) de la observación, específicamente respecto de la letra c) de la Ley 19.300, alteración significativa de los sistemas de vida, el PLADECO 2014-2018 reconoce Av. Perú como eje de renovación urbana, donde se han llevado a cabo algunos proyectos inmobiliarios, amparados por los instrumentos de planificación territorial vigentes de la comuna, específicamente el Plan Regulador Comunal del año 2005 y sus posteriores modificaciones durante el 2006. Ante este antecedente y debido a su ubicación sobre este eje, el Proyecto podría calificarse dentro de aquellos pensados en una renovación urbana, ya que posibilitará la llegada de nuevos residentes al sector, considerando que el tipo de vivienda que contempla está orientado a residentes atraídos por la buena conectividad tanto interna de la comuna, como con el resto de la ciudad otorgada principalmente por la presencia del Metro. Al ser el área de influencia un sector con cómoda accesibilidad hacia todos estos servicios, representa el mayor atractivo para habitar el sector por quienes requieren accesibilidad hacia dichos lugares, apuntando principalmente a jóvenes profesionales. Referente planteamiento ciudadano, cabe indicar que el Proyecto cumple con las condiciones estipuladas por el IPT comunal vigente, permitiendo mantener el perfil residencial del área de influencia.

Respecto de la Sección a) de la observación, específicamente respecto de la letra e) de la Ley 19.300, valor paisajístico, el titular señala que según el Estudio de Paisajismo adjunto en el Anexo 5.6 de la Adenda Complementaria, el Proyecto se ubica en la Macrozona “Centro” y Subzona “Cuencas y Valles Interiores”, en la Región Metropolitana de Santiago. La caracterización del paisaje de la zona en estudio determinó el reconocimiento de un tercer nivel Jerárquico denominado “Zona Homogénea Matriz Urbana con fondo de cerro”, representativa de los elementos característicos del paisaje de la cuenca de Santiago.

Según dicho estudio, el Cerro San Cristóbal se presenta como fondo escénico al visualizarse sus laderas de exposición norponiente, donde se evidencia fuerte intervención antrópica producto de las dinámicas urbanas que estas absorben, como es el caso de los remontes observados principalmente desde la vereda poniente de Av. Perú. Junto con lo anterior, las mixturas de usos, la falta de arborización y de otros elementos urbanos en el espacio público son factores que inciden en la percepción de una imagen urbana no consolidada y que restan belleza escénica al sector, 303 especialmente en el último tramo de Av. Perú hacia el norte, por lo que se espera que las obras de ensanche que se están realizando aportarán en ese sentido al tramo en estudio. En cuanto al Cerro Blanco, ubicado hacia el sur poniente del área de estudio, es escasamente visible, producto de la combinación de factores como su baja altura (89 metros sobre el nivel de cota vial) y la relación de proporción de los perfiles de calle (relación ancho – alto) que restringen los campos visuales.

Al interior de la Villa Lemus, se determinó un carácter residencial consolidado, con tipologías de edificación aislada y una altura de 1 y 2 pisos. El cerro San Cristóbal se observa más imponente, evidenciando a su vez la fuerte intervención de sus laderas producto del remonte de edificaciones aisladas.

Se determinó un cuarto nivel jerárquico de paisaje denominado “Unidad de Paisaje Villa Lemus”, atribuible a la cuenca visual del punto de observación PO3. Al igual que los atributos biofísicos descritos y valorados para la Zona Homogénea descrita, la ponderación de sus atributos biofísicos, estéticos y estructurales determinó que esta unidad presenta una Calidad Visual Media, siendo las características y atributos del cerro San Cristóbal y sus laderas en su estado de conservación actual, los que determinan la valorización señalada.

De acuerdo con el análisis de visibilidad de las cuencas visuales analizadas, en conjunto con la simulación y visualización del Proyecto representada en los fotomontajes, se determinó que para los puntos considerados relevantes por su condición de permanencia (PO1 y PO2) la obstrucción generada hacia el cerro es parcial, acotada y no significativa. En los fotomontajes Nº1 y Nº2 (PO1 y PO2) se corrobora lo señalado apreciándose a su vez, que el Proyecto queda relegado en un segundo plano de visión y su presencia queda obstruida parcialmente por la arborización presente. Por su parte, en el fotomontaje Nº3 (PO3), ubicado al interior de la Villa Lemus, se puede apreciar que el Proyecto no interfiere con la visibilidad del Cerro San Cristóbal, así como tampoco con la del Cerro Blanco, el cual es prácticamente imperceptible desde la Villa, pues sólo se logra apreciar una parte mínima de su cumbre.

Ahora bien, según lo señalado en la “Guía de evaluación de impacto ambiental – Valor Paisajístico en el SEIA, 2013” los tipos de impacto sobre el valor paisajístico se clasifican en las dos siguientes categorías: • Obstrucción de la visibilidad a una zona con valor paisajístico. • Alteración de los atributos de una zona con valor paisajístico.

Esta clasificación es coherente con lo señalado en el Artículo 11, letra e) de la Ley Nº19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y sus modificaciones, así como en el Artículo 9 del Reglamento del SEIA (D.S. Nº40/12 del MMA), donde señalan, que a objeto de evaluar si el proyecto o actividad, en cualquiera de sus fases, genera o presenta una alteración significativa del valor paisajístico de una zona, se debe considerar la duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico y la duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico:

a) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico. b) La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico.

Al respecto, la descripción y valoración de los atributos biofísicos del paisaje de la zona de estudio, la ubicación del Proyecto en una zona urbana donde la planificación territorial permite su posicionamiento, el análisis de visibilidad que da cuenta de las relaciones establecidas entre su posicionamiento y los cerros de la zona, así como la visibilidad obtenida desde sectores de permanencia considerados relevantes, son argumentos que permiten concluir que las obras del Proyecto no generará obstrucciones visuales significativas sobre el elemento o atributo considerado con más valor dentro de este análisis. A su vez, el Proyecto tampoco alterará significativamente atributos del elemento considerado con valor en este estudio ya que se posicionará sobre suelo urbano (plano) donde la planificación territorial lo permite.

El proyecto brinda atributos o elementos urbanos propuestos a nivel de calle que podrán enriquecer el espacio público hacia Av. Perú y que ayudan a consolidar la imagen urbana que se pretende para el sector. Los edificios se proyectan retranqueados respecto de la línea de edificación relevando los atributos a nivel de calle proyectados a escala humana, como todo el mobiliario público, locales comerciales y arborización urbana, definiendo, en conjunto con el ensanche y bandejón central 304 propuesto por el SECPLA de Recoleta, el nuevo perfil de calle y la imagen urbana del sector, en coherencia a lo que establecen los instrumentos de planificación territorial.

Para ver detalles del Estudio de Paisaje, ver Anexo 5.6. de la Adenda Complementaria.

Con todo lo anterior se concluye que el Proyecto no genera efectos significativos en cuanto a la obstrucción visual ni a la alteración de los atributos de una zona con valor paisajístico. Tampoco genera un impacto negativo a gran escala respecto d la Avenida Perú, dado que se ajusta a la planificación territorial del sector, incluyendo su altura.

Respecto de la Sección b) de la observación, el titular aclara que el Estudio Acústico aludido está estructurado como una secuencia de información por lo que es necesario revisarlo de principio a fin para comprender lo allí presentado.

Particularmente, el Capítulo 7 muestra el listado de maquinarias con sus niveles de emisión (medidos por la Norma Británica de referencia a 10 m) y el Capítulo 8 presenta los niveles sobre los receptores inicialmente calculados por el software, que dan cuenta de la operación simultánea de las máquinas y ante una propagación directa (sin muros medianeros ni obstáculos). Con ello, se dimensionan las medidas de control a implementar en el caso más desfavorable.

Los niveles finales que recibirá cada receptor de acuerdo con las estimaciones (con medidas de control) se presentan en el Capítulo 10, en las tablas 32 a 36, por cada etapa de la construcción del proyecto demostrando que todos ellos se encontrarán bajo los límites máximos permisibles.

De acuerdo a los antecedentes presentados por el titular, dicho estudio ha sido realizado bajo los actuales estándares de evaluación ambiental, revisado por los organismos con competencia ambiental, por lo que el titular ha acreditado el cumplimiento del D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente, norma aplicable a las emisiones de ruido.

  1. Regina Tatiana Villouta Dattoli

a. Salud La construcción de edificios de 16 pisos nos va a perjudicar enormemente. Mi casa quedará muy cerca de ellos y pienso que habrá ruidos molestos, aparte de que seremos observados y producirán efectos indeseados.

b. Contaminación Respecto a esto hay mucho que decir, hasta aquí hemos tenido aire limpio, pero con la construcción y después la altura de los edificios tendremos aire contaminado. Mi hija sufre de alergia. ¿Qué pasará con ella? ¿Y el sol, lo tendremos?

c. Alcantarillado y aguas servidas Otro problema son las aguas servidas. Qué colector soportará el desecho de tantas familias que llegaran, va a ser un caos. Yo y mi familia estamos totalmente en contra de esto.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto a) de la observación, específicamente de la emisión de ruido (contaminación acústica), asociado a los vehículos particulares que harán uso de los estacionamientos y las personas que habitarán los edificios, es importante tener en cuenta que dichas fuentes de ruido se encuentran dentro de las exclusiones del ámbito de aplicación de la normativa vigente (D.S. N°38/11 del MMA) especificadas en el Artículo 5, ya que corresponden a la actividad propia del uso de viviendas y edificaciones, no atribuibles al proyecto sino más bien a la conducta de sus habitantes. En este sentido, la evaluación ambiental presentada en el Anexo 6 de la Adenda 1 permite garantizar el cumplimiento de la citada normativa durante la fase de operación del proyecto, que en este caso está relacionada con el funcionamiento de equipos tales como grupo electrógeno, calderas, etc. 305

No obstante lo anterior, de acuerdo con la experiencia del consultor, en condiciones normales las fuentes señaladas no deberían representar inconvenientes para los vecinos ya que son de baja emisión de ruido. De todos modos, a nivel municipal los ruidos molestos de este tipo se encuentran regulados y controlados por carabineros y personal de seguridad de la comuna.

En relación a las emisiones de ruido generadas durante la fase de construcción, estas se encuentran abordadas en el Estudio presentado en el Anexo 6 de la Adenda 1 del proyecto.

Dicho estudio establece y entrega sustento técnico a todas las medidas de control que el proyecto implementará (Cierres perimetrales de hasta 6 m de altura con características de barrera acústica mediante paneles de madera OSB, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), permitiendo demostrar que los niveles de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente en todos los receptores, considerando la situación más desfavorable.

Además, para reforzar las medidas de control señaladas anteriormente, el Titular se compromete a instalar placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindante con viviendas habitadas para disminuir posibles molestias a los vecinos. Para mayor detalle ver tabla presenta a continuación:

Tabla 98 Placas OSB en deslindes del Proyecto

Placas OSB en deslindes Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar afectaciones a los vecinos de la Población Lemus. Descripción: Durante la fase de construcción se instalarán placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas. Justificación: El presente compromiso se enmarca en la solicitud realizada por la Población de aumentar la altura de las barreras para asegurar la tranquilidad de los vecinos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Placas OSB de 6 metros de altura en los tres frentes que colindan a viviendas de la Población Lemus. Forma: Las Placas OSB se mantendrán en buen estado durante todo el periodo que dure la fase de construcción. Oportunidad: Las Placas OSB permanecerá durante toda la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Letrero en Registro fotográfico de las placas OSB. Forma de control y seguimiento Existirá un encargado en obra de verificar que las placas OSB se encuentran en buen estado y que den cumplimiento a la altura comprometida.

Por otro lado, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en periodo diurno (lunes a viernes entre las 08:00 a 19:00 horas, y, los sábados entre las 08:00 a 14:00 horas).

Respecto del punto b) de la observación, contaminación de aire, se debe señalar que el titular se compromete que para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante su fase de construcción, se contemplan cierres con planchas OSB y sobre esta se adicionará malla tipo raschel que cumplirán la doble función de retener material particulado y controlar las emisiones de ruido. Adicionalmente se han contemplado medidas como humectación de las áreas de movimiento de tierra, acopio de tierra y vías de circulación interna, se estabilizarán y compactarán las zonas de tránsito de maquinaria y vehículos, se prohibirá la quema de maderas u otro material al interior de la obra, entre otros.

El proyecto no supera los límites indicados en el artículo 98 del PPDA, por lo que no le corresponde compensar emisiones, como se señala en la Tabla 99 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria (Ver Tabla 99 Emisiones Atmosféricas Totales del Proyecto).

306 Durante todo el proceso de evaluación ambiental, el titular del proyecto ha acreditado cumplimiento de la normativa ambiental aplicable. En particular, ha acredita que todo el manejo y disposición de descargas, efluentes y residuos será realizado conforme a la normativa vigente, utilizándose transportes y lugares de disposición autorizados para los residuos sólidos y líquidos.

Para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante su fase de construcción, se consideran las siguientes medidas que el Titular se compromete a materializar:

• Humectación: Según la letra a) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se humectarán las áreas de movimientos de tierra y vía de circulación interna de acuerdo a los requerimientos en terreno, contemplándose un mínimo de 2 veces al día durante el periodo que duren las excavaciones. La fuente de agua provendrá de un arranque de agua potable en la obra o en su defecto por medio de camión aljibe que posea las autorizaciones y permisos correspondientes, se mantendrá registro en obra por medio de boletas o facturas. • Camiones encarpados: Según la letra c) del artículo 5.8.3 de la OGUC, el transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver Figura 4 Anexo 3 de la Adenda complementaria). • Estabilización y compactación de caminos: Según la letra b) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículo por el periodo correspondiente (tiempo en que duren las excavaciones). • Cierre perimetral en los deslindes: Según la letra g) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se construirá cierre perimetral en los deslindes del proyecto con mallas tipo raschel, el cual será mantenido en buen estado. La finalidad de este cierre es evitar la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área del proyecto y sectores circundantes. Los cierres podrán ser reemplazados por los paneles OSB con fines acústicos, adicionándoles 50 cm por sobre el nivel con malla raschel.

Conforme a lo anterior, el titular del proyecto compromete el cumplimiento de la normativa ambiental vigente que le aplica, cuya base es la salud de la población. Todo el detalle de los estudios y cálculos se presentan en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria.

En relación a las Emisiones Atmosféricas que genere el Proyecto, el titular compromete que éstas tendrán un impacto acotado a las áreas de generación y, además, son de carácter temporal, por lo que no se mantendrán en el tiempo.

Además, de acuerdo al artículo 98 del PPDA (D.S. N°66/2009) y según lo presentado en el informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas (Anexo 3 de la Adenda Complementaria), el Proyecto no supera los límites permitidos para emisiones atmosféricas.

Cabe mencionar que para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante su fase de construcción, se consideran las siguientes medidas que el Titular se comprometió a materializar: • Humectación: Según la letra a) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se humectarán las áreas de movimientos de tierra y vía de circulación interna de acuerdo a los requerimientos en terreno, contemplándose un mínimo de 2 veces al día durante el periodo que duren las excavaciones. La fuente de agua provendrá de un arranque de agua potable en la obra o en su defecto por medio de camión aljibe que posea las autorizaciones y permisos correspondientes, se mantendrá registro en obra por medio de boletas o facturas. • Camiones encarpados: Según la letra c) del artículo 5.8.3 de la OGUC, el transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver Figura 6). • Estabilización y compactación de caminos: Según la letra b) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículo por el periodo correspondiente (tiempo en que duren las excavaciones). • Cierre perimetral en los deslindes: Según la letra g) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se construirá cierre perimetral en los deslindes del proyecto con mallas tipo raschel, el cual será mantenido en buen estado. La finalidad de este cierre es evitar la dispersión de polvo y 307 caída de material al exterior del área del proyecto y sectores circundantes. Los cierres podrán ser reemplazados por los paneles OSB con fines acústicos, adicionándoles 50 cm por sobre el nivel con malla raschel. En la Figura 44: Cierre Perimetral del Anexo PAC de la Adenda Complementaria el titular presenta imágenes para graficar lo señalado. • No se realizarán quemas: Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros combustibles al interior de la obra. • Limpiar ruedas: Según la letra d) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se limpiarán las ruedas de los vehículos del barro adherido previo al abandono de ellos de la zona de faenas, es decir, a la salida de la obra dando cumplimiento al artículo 5.8.3 de la OGUC. • Revisión técnica y mantenciones al día: En cuanto a la emisión de gases, se exigirá a los contratistas mantener los vehículos con revisión técnica y mantenciones al día, manteniendo el registro en obra.

Según lo señalado anteriormente, el proyecto no produce riesgos para la salud de la población, lo que ha sido analizado por el titular en conformidad a la Guía del Artículo 5 del Reglamento del SEIA.

Respecto del punto c) de la observación, el titular informó que la empresa sanitaria Aguas Andinas, por medio de los Certificados N°008993 del 11/12/2017 y N°008885 del 06/12/2017 (ambos vigentes a la fecha), acredita que la propiedad ubicada en Av. Perú N°1471 y N°1479, contará con servicio de agua potable y alcantarillado. Es relevante mencionar, que esta empresa sanitaria al contar con la concesión sanitaria del sector se encuentra obligada a prestar el servicio de abastecimiento de agua potable, recolección y tratamiento de aguas servidas, siendo parte de la obligación de la concesión sanitaria proveer la infraestructura (redes, plantas, etc.) que requieren para ello (Ver en Anexo PAC de la Adenda Complementaria, Figura 49 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza I y Figura 50 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza II)

Por otro lado, es obligación de la empresa sanitaria contar una red que de abasto para toda la población del sector y si este servicio genera problemas, es la SISS la encargada de su fiscalización. Desgraciadamente el titular de este proyecto no cuenta con ninguna herramienta para poder fiscalizar a una empresa sanitaria y poder dar mejoras a los problemas que se detallan en la consulta.

  1. Carolina Carrasco Gutiérrez (1)

a. Ecosistema Esta calle Desiderio Lemus se encuentra ubicada a los pies del cerro San Cristóbal. Se suele encontrar en nuestros patios diferentes tipos de pájaros como zorzales, tórtolas, loros, etc que bajan en busca de agua y comida, al edificar torres tan altas, más el ruido de las máquinas y camiones, es muy probable que estos huyan y desaparezcan con gran pena para todos.

b. Salud Mayoritariamente los vecinos de esta calle somos adultos mayores y personas de la tercera edad, enfermos, asmáticos, hipertensos, operados de cataratas y un tanto sordas. El levantamiento de polvo que se producirá por los movimientos de tierra y el ruido de las máquinas y camiones son terriblemente perjudiciales para nosotros y aún más que nos privaran del sol tan necesario para la salud. Los estacionamientos también será otro problema para la salud por el monóxido de C que emitirán.

c. Privacidad y alcantarillados Nuestros patios colindan con la posible edificación nos quitará además del sol, la privacidad a la cual estamos acostumbrados y necesitados. Los colectores de aguas servidas ya están colapsados debido a que tienen más de 50 años de uso, al recibir más de 1.700 personas (si calculamos 4 personas por departamento) REVENTARÁ, además que es este un barrio que no tiene hasta el momento, problemas de corte de agua.

Evaluación técnica de la observación:

308 Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto a) de la observación, los corredores de desplazamiento de aves urbanas poseen dos componentes principales: (1) estructural o física, que se refiere a la disposición espacial de diferentes tipos de hábitats o al orden de los elementos en el paisaje; y (2) funcional o de comportamiento, la cual corresponde al comportamiento propio de individuos, de especies o de procesos ecológicos de la estructura física del paisaje.

En estudios con radio trasmisores, realizados en la comuna de Providencia, se determinó que las aves (zorzal) se movilizan por la cuidad en tramos cortos, utilizando como ruta de desplazamiento las arboledas urbanas, lo jardines de casas, las áreas verdes de edificios, donde se detienen por algunos minutos. Prefieren calles con mayor vegetación.

En relación a lo anterior, se debe considerar que el proyecto no afectará sectores que son considerados como áreas de descanso o corredor de desplazamiento de las aves, más bien realizará un refuerzo de estas, a través de la incorporación de áreas verdes y nuevos árboles en las calles, lo que el titular evidencia en la Figura 45 y 46 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria (Ver, Figura 47 Árboles y Áreas Verdes Edificios Perú Plaza I – II; Figura 48 Proyecto de Paisajismo Edificio Perú Plaza I).

Complementariamente, el proyecto incorpora 1.602,27 m2 en el Edificio Perú Plaza I y 1.682,14 m2 en el Edificio Perú Plaza II de nuevas áreas verdes, contemplando la utilización de árboles de gran tamaño.

En el diseño urbano se establece que el proyecto como tal no generará una alteración conductual en la migración de las aves del sector, más bien reforzará las vías migratorias, generando nuevos sectores de posaderos y rutas de desplazamiento.

Respecto del punto b) de la observación, contaminación de aire, se debe señalar que el titular se compromete que para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante su fase de construcción, se contemplan cierres con planchas OSB y sobre esta se adicionará malla tipo raschel que cumplirán la doble función de retener material particulado y controlar las emisiones de ruido. Adicionalmente se han contemplado medidas como humectación de las áreas de movimiento de tierra, acopio de tierra y vías de circulación interna, se estabilizarán y compactarán las zonas de tránsito de maquinaria y vehículos, se prohibirá la quema de maderas u otro material al interior de la obra, entre otros.

El proyecto no supera los límites indicados en el artículo 98 del PPDA, por lo que no le corresponde compensar emisiones, como se señala en la Tabla 99 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria (Ver Tabla 99 Emisiones Atmosféricas Totales del Proyecto).

Durante todo el proceso de evaluación ambiental, el titular del proyecto ha acreditado cumplimiento de la normativa ambiental aplicable. En particular, ha acredita que todo el manejo y disposición de descargas, efluentes y residuos será realizado conforme a la normativa vigente, utilizándose transportes y lugares de disposición autorizados para los residuos sólidos y líquidos.

Para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante su fase de construcción, se consideran las siguientes medidas que el Titular se compromete a materializar:

• Humectación: Según la letra a) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se humectarán las áreas de movimientos de tierra y vía de circulación interna de acuerdo a los requerimientos en terreno, contemplándose un mínimo de 2 veces al día durante el periodo que duren las excavaciones. La fuente de agua provendrá de un arranque de agua potable en la obra o en su defecto por medio de camión aljibe que posea las autorizaciones y permisos correspondientes, se mantendrá registro en obra por medio de boletas o facturas. • Camiones encarpados: Según la letra c) del artículo 5.8.3 de la OGUC, el transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver Figura 4 Anexo 3 de la Adenda complementaria). 309 • Estabilización y compactación de caminos: Según la letra b) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículo por el periodo correspondiente (tiempo en que duren las excavaciones). • Cierre perimetral en los deslindes: Según la letra g) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se construirá cierre perimetral en los deslindes del proyecto con mallas tipo raschel, el cual será mantenido en buen estado. La finalidad de este cierre es evitar la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área del proyecto y sectores circundantes. Los cierres podrán ser reemplazados por los paneles OSB con fines acústicos, adicionándoles 50 cm por sobre el nivel con malla raschel.

Conforme a lo anterior, el titular del proyecto compromete el cumplimiento de la normativa ambiental vigente que le aplica, cuya base es la salud de la población. Todo el detalle de los estudios y cálculos se presentan en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria.

Respecto de la afectación a la salud de las personas por emisiones de gases generados por fuentes móviles (autos de los habitantes de los edificios), se debe destacar que, todos los vehículos motorizados deben contar con su Certificado de Revisión Técnica, el que debe ser renovado anualmente y es requisito para obtener el permiso de circulación en marzo. El objetivo de la revisión técnica de los vehículos es velar por el correcto funcionamiento de sus sistemas de seguridad y emisiones, para así evitar accidentes de tránsitos y contaminación ambiental.

Todo esto de acuerdo al D.S. 156/1990 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, actualizado el 11 de Febrero de 2017, y al D.S. N° 211/1991 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, actualizado el 29 de Septiembre de 2012 y que toma como antecedente el Plan de Prevención y Descontaminación de la Región Metropolitana (PPDA), que a su vez se basa en las normas primarias de la calidad del aire establecidas en base a la salud de la población.

Cuando los vehículos se encuentren en el estacionamiento del proyecto, el motor se encontrará detenido, siendo su funcionamiento y circulación mayor al momento de llegada en la tarde y a primera hora en la mañana para retirarse. En este sentido, el hecho que haya autos estacionados cercano a los deslindes del predio no debiera generar problemas en la salud de los vecinos, ya que corresponde a una situación similar a la que ocurre con los autos estacionados en las calles.

Respecto del punto c) de la observación, específicamente respecto de los alcantarillados el titular informó que la empresa sanitaria Aguas Andinas, por medio de los Certificados N°008993 del 11/12/2017 y N°008885 del 06/12/2017 (ambos vigentes a la fecha), acredita que la propiedad ubicada en Av. Perú N°1471 y N°1479, contará con servicio de agua potable y alcantarillado. Es relevante mencionar, que esta empresa sanitaria al contar con la concesión sanitaria del sector se encuentra obligada a prestar el servicio de abastecimiento de agua potable, recolección y tratamiento de aguas servidas, siendo parte de la obligación de la concesión sanitaria proveer la infraestructura (redes, plantas, etc.) que requieren para ello (Ver en Anexo PAC de la Adenda Complementaria, Figura 49 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza I y Figura 50 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza II).

El abastecimiento de agua potable de un sector el interior de una concesión sanitaria, como es el sector del proyecto, es de exclusiva responsabilidad de la empresa sanitaria dueña de la concesión, que en este caso corresponde a Aguas Andinas. No es posible que el titular se haga cargo de una obligación que por ley le compete a una empresa que cuenta como único giro el sanitario. Es deber de la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) velar porque esta empresa preste el servicio con la calidad que corresponde. Al respecto, la única obligación del titular del proyecto es contar con certificados de factibilidad Sanitaria emitidos por Aguas Andinas, lo que se presenta en el Anexo 5.3 de la Adenda Complementaria, tal como fue contestado en la consulta N°1.24 anterior.

  1. Carolina Carrasco Gutiérrez (2)

a. Red vial y cierre de calle Av. Perú Este último tiempo Av. Perú ha sido cerrada, para los vecinos de la población Lemus, debido a la construcción, en el bandejón central, de una ciclo vía. Por la avenida Perú baja una gran cantidad de vehículos, en la mañana que se dirige hacia la ciudad empresarial y otras empresas del sector que es la única vía para llegar a destino. Los vecinos no tenemos vías de salida, excepto por avenida Valdivieso que es una calle bastante estrecha por la cual los vehículos suben y bajan en un solo carril. La constructora ha ofrecido como solución la 310 instalación de semáforos, pero esa no es ninguna solución a Valdivieso con av. Perú convergen los vehículos que vienen de Av. El Salto, Av. Valdivieso, Av. Perú y todos los que vienen de Recoleta, transformándose en largas filas de vehículos que quieren pasar. Esto se acrecienta más tarde por los cotejos fúnebres que vienen desde el centro, algunos doblan hacia Recoleta a los cementerios General, Católico y Santísima Trinidad. Otros siguen por Av. El Salto hacia el cementerio Israelita ubicado más abajo y también el cementerio de Santiago. ¿Quisiéramos saber cómo se solucionará esto cuando lleguen dos mil personas y más?

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente.

El EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Todas las vías mencionadas en la pregunta fueron consideradas en el área de influencia y por lo tanto fueron modeladas en la situación sin proyecto y con proyecto.

De acuerdo a la metodología, para representar la demanda aportada por el proyecto se consideraron los 447 estacionamientos que contemplan ambos edificios.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto. Adicionalmente se presentó en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria una microsimulación que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas. Por último, es importante reiterar que el proyecto contempla 1.338 nuevos residentes y no sobre 2.000 como señala la consulta.

  1. Irma Gladys Contreras Jaña

a. Estacionamientos y tráfico Considero que para el número de departamentos que van a construir no es suficiente y nos ocupan nuestros espacios. Las calles no dan abasto para tanto tráfico. Con respecto a los edificios creo que tendrían que ver la posibilidad de hacerlo distante de nuestras casas para no obstruir el sol.

b. 3ra Edad Para nosotros será muy molesto los ruidos, el polvo que deterioran también la salud.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto a) de la observación, la cantidad de estacionamientos para la Etapa 1 será de 190 unidades para los dueños de los departamentos y para la Etapa 2 de 220 unidades. Lo que 311 representa una proporción, respecto de los departamentos del 73% para la Etapa I y 99% para la Etapa II.

De acuerdo a la normativa vigente, los estacionamientos requeridos serían de 202 unidades y el proyecto considera 245 estacionamientos adicionales. Con esta cantidad se asegura que no se utilizarán como estacionamiento los espacios colindantes a los edificios, ya que considerando el perfil socioeconómico del público objetivo del Proyecto (C2), sólo un 49% cuenta con vehículo particular, por lo que se estima que alrededor de 237 viviendas requerirán de estacionamiento, siendo la demanda menor a la oferta que proporcionará el Proyecto.

Respecto del aumento del flujo vehicular, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

De acuerdo a la metodología, para representar la demanda aportada por el proyecto se consideraron los 447 estacionamientos que contemplan ambos edificios.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto. Adicionalmente se presentó en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria una microsimulación que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas. Es importante mencionar que el área del proyecto no contempla ninguna vía que haya sido consignada por el Plan regulador Comunal y que requiera abrir.

Respecto de la luminosidad, se informa que el proyecto cumple con el Instrumento de Planificación (IPT) en términos de la altura, rasantes y sombras proyectadas a los terrenos aledaños al proyecto, así como con lo establecido en el artículo 2.6.11 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (O.G.U.C)

Respecto del punto b) de la observación, específicamente de la emisión de ruido (contaminación acústica), asociado a los vehículos particulares que harán uso de los estacionamientos y las personas que habitarán los edificios, es importante tener en cuenta que dichas fuentes de ruido se encuentran dentro de las exclusiones del ámbito de aplicación de la normativa vigente (D.S. N°38/11 del MMA) especificadas en el Artículo 5, ya que corresponden a la actividad propia del uso de viviendas y edificaciones, no atribuibles al proyecto sino más bien a la conducta de sus habitantes. En este sentido, la evaluación ambiental presentada en el Anexo 6 de la Adenda 1 permite garantizar el cumplimiento de la citada normativa durante la fase de operación del proyecto, que en este caso está relacionada con el funcionamiento de equipos tales como grupo electrógeno, calderas, etc.

No obstante lo anterior, de acuerdo con la experiencia del consultor, en condiciones normales las fuentes señaladas no deberían representar inconvenientes para los vecinos ya que son de baja emisión de ruido. De todos modos, a nivel municipal los ruidos molestos de este tipo se encuentran regulados y controlados por carabineros y personal de seguridad de la comuna.

En relación a las emisiones de ruido generadas durante la fase de construcción, estas se encuentran abordadas en el Estudio presentado en el Anexo 6 de la Adenda 1 del proyecto.

Dicho estudio establece y entrega sustento técnico a todas las medidas de control que el proyecto implementará (Cierres perimetrales de hasta 6 m de altura con características de barrera acústica mediante paneles de madera OSB, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, 312 entre otras), permitiendo demostrar que los niveles de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente en todos los receptores, considerando la situación más desfavorable.

Además, para reforzar las medidas de control señaladas anteriormente, el Titular se compromete a instalar placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindante con viviendas habitadas para disminuir posibles molestias a los vecinos. Para mayor detalle ver tabla presenta a continuación:

Tabla 98 Placas OSB en deslindes del Proyecto

Placas OSB en deslindes Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar afectaciones a los vecinos de la Población Lemus. Descripción: Durante la fase de construcción se instalarán placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas. Justificación: El presente compromiso se enmarca en la solicitud realizada por la Población de aumentar la altura de las barreras para asegurar la tranquilidad de los vecinos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Placas OSB de 6 metros de altura en los tres frentes que colindan a viviendas de la Población Lemus. Forma: Las Placas OSB se mantendrán en buen estado durante todo el periodo que dure la fase de construcción. Oportunidad: Las Placas OSB permanecerá durante toda la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Letrero en Registro fotográfico de las placas OSB. Forma de control y seguimiento Existirá un encargado en obra de verificar que las placas OSB se encuentran en buen estado y que den cumplimiento a la altura comprometida.

Por otro lado, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en periodo diurno (lunes a viernes entre las 08:00 a 19:00 horas, y, los sábados entre las 08:00 a 14:00 horas).

Con relación al impacto sobre la salud de las personas por la contaminación del aire, se debe señalar que el titular se compromete a minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante su fase de construcción. Para ello, se contemplan cierres con planchas OSB y sobre esta se adicionará malla tipo raschel que cumplirán la doble función de retener material particulado y controlar las emisiones de ruido. Adicionalmente se han contemplado medidas como humectación de las áreas de movimiento de tierra, acopio de tierra y vías de circulación interna, se estabilizarán y compactarán las zonas de tránsito de maquinaria y vehículos, se prohibirá la quema de maderas u otro material al interior de la obra, entre otros.

El proyecto no supera los límites indicados en el artículo 98 del PPDA, por lo que no le corresponde compensar emisiones, como se señala en la Tabla 99 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria (Ver Tabla 99 Emisiones Atmosféricas Totales del Proyecto).

Durante todo el proceso de evaluación ambiental, el titular del proyecto ha acreditado cumplimiento de la normativa ambiental aplicable. En particular, ha acredita que todo el manejo y disposición de descargas, efluentes y residuos será realizado conforme a la normativa vigente, utilizándose transportes y lugares de disposición autorizados para los residuos sólidos y líquidos.

Para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante su fase de construcción, se consideran las siguientes medidas que el Titular se compromete a materializar:

• Humectación: Según la letra a) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se humectarán las áreas de movimientos de tierra y vía de circulación interna de acuerdo a los requerimientos en terreno, contemplándose un mínimo de 2 veces al día durante el periodo que duren las excavaciones. La fuente de agua provendrá de un arranque de agua potable en la obra o en 313 su defecto por medio de camión aljibe que posea las autorizaciones y permisos correspondientes, se mantendrá registro en obra por medio de boletas o facturas. • Camiones encarpados: Según la letra c) del artículo 5.8.3 de la OGUC, el transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver Figura 4 Anexo 3 de la Adenda complementaria). • Estabilización y compactación de caminos: Según la letra b) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículo por el periodo correspondiente (tiempo en que duren las excavaciones). • Cierre perimetral en los deslindes: Según la letra g) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se construirá cierre perimetral en los deslindes del proyecto con mallas tipo raschel, el cual será mantenido en buen estado. La finalidad de este cierre es evitar la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área del proyecto y sectores circundantes. Los cierres podrán ser reemplazados por los paneles OSB con fines acústicos, adicionándoles 50 cm por sobre el nivel con malla raschel.

Conforme a lo anterior, el titular del proyecto compromete el cumplimiento de la normativa ambiental vigente que le aplica, cuya base es la salud de la población. Todo el detalle de los estudios y cálculos se presentan en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria.

  1. Hernán Marambio Álvarez

  2. Congestión vehicular Actualmente, ya existe un gran problema se congestión en la zona. La construcción de este proyecto sólo agravará este problema. A pesar de que se ha planteado esta situación, la inmobiliaria no ha planteado un plan para descongestionar a futuro. (Posible aperturas de calles aledañas).

  3. Urbanización de un barrio residencial Nuestro barrio, por años, se ha caracterizado por ser un barrio residencial y tranquilo en el que se ha formado una comunidad de vecinos preocupados los unos por los otros. Este proyecto inducirá una pérdida de nuestra comunidad, tras la llegada de miles de personas ajenas a nosotros.

  4. Desvalorización de las propiedades El costo en nuestras casas se verá disminuido con el edificio, tras la construcción del proyecto que acarrea el bloqueo de luz solar, específicamente a las casas contiguas.

  5. Impacto ambiental El impacto ambiental que se generará será tan importante tanto en la acústica que se verá mermada por lo que conlleva una construcción de esta magnitud. Además, se levantarán partículas milimetradas (sic) que podrán acarrear serios problemas respiratorios.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto 1) de la observación, en relación al aumento del flujo vehicular, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

314 Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

De acuerdo a la metodología, para representar la demanda aportada por el proyecto se consideraron los 447 estacionamientos que contemplan ambos edificios.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto. Adicionalmente se presentó en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria una microsimulación que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas. Es importante mencionar que el área del proyecto no contempla ninguna vía que haya sido consignada por el Plan regulador Comunal y que requiera abrir.

Respecto del punto 2) de la observación, específicamente de la urbanización de un barrio residencial, el Proyecto corresponde a la construcción de edificios de departamentos de vivienda, donde se estima que los futuros residentes del Proyecto sean jóvenes profesionales, matrimonios jóvenes y adultos con niños, manteniendo el perfil residencial del sector. Las principales rutas de desplazamiento de los futuros residentes del Proyecto se estima que corresponderán a Av. Perú y hacia el poniente para acceder a servicios comerciales y de transporte como Metro, por lo que se descarta que requieran desplazarse hacia las calles interiores de población Lemus (dirección oriente). Por lo demás, el Proyecto no contará con vías de acceso hacia el sector del barrio Lemus, sino que ha diseñado que los accesos durante la construcción y operación sean por Avda. Perú, que corresponde a una vialidad importante en el contexto metropolitano.

En relación al análisis del Artículo 7, literal d) respecto de la dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo, se informa que la evaluación ambiental del proyecto ha sido realizada en conformidad a la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Inmobiliarios que se Desarrollen en Zonas Urbanas (2017), a fin de descartar la presencia de potenciales impactos significativos relacionados al Artículo 7, letra d) del RSEIA.

Los antecedentes presentados en el punto 6.1.1 del Estudio de Medio Humano adjunto en el Anexo 6 de la DIA señalan que, “el sector donde se planea la construcción del Proyecto corresponde a un antiguo estadio deportivo adquirido por el Titular. Cabe señalar que dicho lugar se encontraba en desuso desde el año 2014 y que actualmente el predio está deshabilitado y no se evidencia presencia de residentes permanentes ni intermitentes. Por lo cual en el sitio donde se emplazará el Proyecto no existen grupos humanos ni personas las cuales puedan ser impactadas significativamente ni ser propensas a reasentamiento por parte del Proyecto.”

A partir de los antecedentes presentados se descarta que el Proyecto pueda generar impacto significativo según lo estipulado en el Artículo 7 del RSEIA respecto a reasentamiento de grupos humanos, además de alteración de sistemas de vida, específicamente según el literal d).

Complementariamente, se debe informar que el Plan Regulador Comunal de Recoleta permite tanto el uso de suelo habitacional como el uso de suelo equipamiento comercial en los terrenos que se ejecutará el proyecto. Por ello, la Dirección de Obras Municipales (DOM) ha otorgado válidamente los Permisos de Edificación para ambos edificios. La idea que los locales comerciales sean un aporte positivo al sector en función de los distintos beneficios de la existencia de equipamiento comercial de una escala adecuada para los barrios.

En relación a los otros aspecto de la observación en el punto c) se informa que el Proyecto ofrecerá viviendas cuya superficie irá desde los 36 m2 a 54 m2. Lo anterior determina un valor de venta promedio de 2.770 UF. De esta manera, el perfil del comprador de estas viviendas estaría conformado principalmente por los grupos socioeconómicos medios C2.

• Equipamiento de salud

De acuerdo con los datos de la Encuesta Casen 2015, el acceso a establecimientos de salud de la población de Recoleta se distribuye de la siguiente manera: 315

Gráfico: Porcentaje de acceso a establecimientos de salud según tipo

A partir del gráfico presentado, se extrae que la mayoría de la población (62,6%) accede a establecimientos de salud público, seguido por atención en consultas y centros médicos privados (22,2%). Este comportamiento difiere del comportamiento de la población del área de influencia, ya que según la información de entrevistados expuesta en el punto 5.5.2 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA “la mayoría de la población se encuentra afiliada al sistema previsional Fonasa y en menor medida a Isapres. Por lo general son los adultos mayores e inmigrantes quienes, por razones económicas, acceden a la red de establecimientos públicos, específicamente al CESFAM Dr. Patricio Hevia (Valdivieso) y CESFAM Recoleta, mientras que la población adulta y jóvenes acceden a centros privados en el sector centro y oriente de la ciudad.” (p. 48)”

Considerando el perfil socioeconómico estimado de los futuros residentes del Proyecto, estos contarán mayoritariamente con afiliación a sistema FONASA y en menor medida ISAPRE, accediendo a atención de salud en centros privados, sin recurrir a los centros de salud públicos, específicamente a los CESFAM que corresponden al territorio.

En cuanto a la oferta de centros de salud privados, el área de influencia se encuentra próxima a 5 establecimientos, sin superar los 3,2 km. de distancia.

De esta manera se concluye:

- Según el perfil socioeconómico que se estima corresponderán los futuros residentes del Proyecto, contarán mayoritariamente con sistema de afiliación FONASA, por lo que podrán acceder a establecimientos de salud privados. Respecto a la oferta de equipamiento, a no más de 3,2 kilómetros de distancia respecto al área del Proyecto se encuentran 5 establecimientos cercanos. Lo anterior indica que los habitantes del proyecto inmobiliario no colapsarán el Consultorio Valdivieso (Patricio Hevia).

• Equipamiento educacional

De acuerdo con los datos de la Encuesta Casen 2015, el acceso a establecimientos educacionales de la población de la comuna de Recoleta se divide en la siguiente manera:

Gráfico 10: Comuna de establecimiento educacional al cual accede la población de Recoleta

316

Como se observa en los datos, un 63% de la población de Recoleta accede a establecimientos educacionales en la misma comuna. En tabla 45 del Anexo PAC del Adenda Complementaria se presenta un listado pormenorizado de los establecimientos educacionales de la comuna.

La mayoría de los establecimientos disponibles en la comuna son de dependencia Particular Subvencionado y existen 1.566 matrículas vacantes.

Respecto a la demanda que generará el Proyecto, se utiliza la información disponible en el proyecto de sala de basura adjunto en el anexo 10 de la DIA, donde se estima que los departamentos de dos o más dormitorios estarían acondicionados para recibir un grupo familiar, por ende, población en edad escolar. Por cada uno de ellos se calcula según el indicador de INE (2010), donde durante el año 2008 cada mujer aportó 1,9 hijos/as en promedio.

Se estima que el Proyecto aportaría 648 residentes en edad escolar, de los cuales, considerando la tendencia que demuestra la Encuesta Casen 2015, el 63% accedería a equipamiento educacional de la comuna, es decir 408 estudiantes.

De esta manera se concluye:

- Se estima que el Proyecto aportará 648 residentes en edad escolar, de los cuales 408 buscarán acceder a establecimientos en Recoleta. Como se indica en el punto 5.5.3 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA, en el área de influencia existen cuatro establecimientos educacionales, los cuales cuentan con 155 vacantes según curso de ingreso principal, los que podrían cubrir de manera parcial la demanda que se estima generaría el Proyecto. - En total la comuna cuenta con 1.566 vacantes según curso de ingreso, es decir, permite absorber la demanda que se estima generaría el Proyecto. - La mayoría de los establecimientos disponibles, tanto en el área de influencia como en la comuna, son de dependencia Particular Subvencionada, acorde a la preferencia del perfil socioeconómico (C2) que se estima corresponderá a los ocupantes del Proyecto. Respecto al tema de la basura de los edificios, se aclara que los Edificios Perú Plaza I-II cuentan con su Proyecto de Basura el cual de acuerdo a la normativa deberá estar debidamente aprobado por la Autoridad Sanitaria. Además, cabe destacar, que el retiro de los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios es obligación de la Municipalidad, conforme a la normativa vigente, la cual cobra por este servicio en conjunto con las contribuciones.

En relación al análisis del Artículo 7, literal d) respecto la dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los 317 sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo, se informa que la evaluación ambiental del proyecto ha sido realizada en conformidad a la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Inmobiliarios que se Desarrollen en Zonas Urbanas (2017), a fin de descartar la presencia de potenciales impactos significativos relacionados al Artículo 7, letra d) del RSEIA.

Los antecedentes presentados en el punto 6.1.1 del Estudio de Medio Humano adjunto en el Anexo 6 de la DIA señalan que, “el sector donde se planea la construcción del Proyecto corresponde a un antiguo estadio deportivo adquirido por el Titular. Cabe señalar que dicho lugar se encontraba en desuso desde el año 2014 y que actualmente el predio está deshabilitado y no se evidencia presencia de residentes permanentes ni intermitentes. Por lo cual en el sitio donde se emplazará el Proyecto no existen grupos humanos ni personas las cuales puedan ser impactadas significativamente ni ser propensas a reasentamiento por parte del Proyecto.”

A partir de los antecedentes presentados se descarta que el Proyecto pueda generar impacto significativo según lo estipulado en el Artículo 7 del RSEIA respecto a reasentamiento de grupos humanos, además de alteración de sistemas de vida, específicamente según el literal d).

Respecto del tema de transportes, el área de influencia cuenta con 13 paraderos Transantiago, estando el más cercano a aproximadamente 20 m. de distancia (PB170-Avenida Perú Esq. / Arz. Valdivieso), por donde transitan los recorridos 116 y B15. A aproximadamente a 550 metros en dirección poniente del lugar donde se ubicará el Proyecto, se encuentra Av. Recoleta, la cual presenta una mayor oferta de recorridos de buses.

El área de influencia se encuentra próxima a la estación de Metro Cementerios correspondiente a la Línea 2, emplazada sobre el eje Av. Recoleta, a aproximadamente 465 metros de distancia (15 minutos a pie desde el extremo oriente del área de influencia).

La oferta actual permite cubrir la demanda generada en el área de influencia, ya que a pocos metros cuentan con amplia oferta (buses y Metro) sobre el eje Recoleta.

El Proyecto cuenta con 447 estacionamientos para 483 viviendas, es decir, una proporción de 0,92 estacionamientos/vivienda. Considerando el perfil socioeconómico del público objetivo del Proyecto (C2), sólo un 49% cuenta con vehículo particular, por lo que se estima que alrededor de 237 viviendas requieran de estacionamiento, siendo la demanda menor a la oferta que proporcionará el Proyecto.

Respecto del tema de la energía el área de influencia se encuentra cubierta en un 100% por la empresa Enel. Esto se extenderá a la situación del Proyecto. Sanitaria La demanda de servicios sanitarios del área de influencia se encuentra cubierta en un 100% por la empresa Aguas Andinas. Por su parte el Proyecto cuenta con factibilidad sanitaria

En relación a la Infraestructura Básica y Equipamiento Comunitario, tal como se indica en el punto 5.5.4 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA “la mayoría de calles y veredas se observan en buen estado, permitiendo el tránsito sin mayores problemas de los peatones. Aun así, cabe señalar que en ciertos puntos se identifica deterioro del pavimento especialmente en el sector poniente del área de influencia, entre las calles El Salto Chico y Av. Recoleta, debido a que se trata de un sector residencial bastante antiguo, cuyas fachadas también evidencian un notorio estado de deterioro, tal como se ha mencionado en el punto 5.5.1; respecto a las luminarias los entrevistados señalan que se encuentran en buen estado.” (p.53) Junto a esto se debe considerar el proyecto de la Municipalidad y GORE que contempla el mejoramiento del bandejón central de Av. Perú. Por su parte el Titular se hará cargo de mejorar la solera poniente del Proyecto, ensanchando la calzada, implementando baldosa, franja de césped, luminaria, árboles y arbustos. (ver anexo 1 de la Adenda Complementaria). Durante la fase de operación, la administración de los edificios se hará cargo de las áreas verdes y de mantener limpio el frente de la propiedad. Por otro lado, la Municipalidad será la encargada de la mantención de las luminarias.

Respecto a equipamiento infraestructura de equipamiento comunitario, como se indica en el mismo anexo, “se identifica equipamiento comunitario, representado en la presencia de sedes sociales y multicanchas” (p.53). Por su parte, el Proyecto contempla la instalación de áreas verdes para sus residentes, además de equipamiento como gimnasio, salas multiuso, quinchos, piscina, salas de primeros auxilios y lavandería.

318 En el área de influencia se identifican servicios comerciales menores, principalmente establecimientos que permiten el abastecimiento de los residentes. Para una mayor oferta de servicios y compras mayores, deben trasladarse fuera de este sector. Al respecto, la construcción del Proyecto contempla la instalación de 11 locales comerciales que cuentan con acceso independiente y que permitirá proporcionar una mayor cantidad servicios.

El área de influencia presenta disponibilidad acotada de servicios, siendo la mayoría de abastecimiento y comercio. De esta manera, la población del área de influencia se traslada hacia otros puntos de Recoleta, sector oriente o centro de Santiago que se emplaza a pocos minutos, con el fin de acceder a una mayor oferta de servicios bancarios y financieros. Por su parte, el Proyecto contempla la instalación de 11 locales comerciales que cuentan con acceso independiente y que permitirá entregar al sector una mayor cantidad servicios. En conclusión, se descarta que el Proyecto pueda generar impacto significativo según lo establecido en el literal c) del Artículo 7 del RSEIA.

Además, el titular del Proyecto “Edificios Perú Plaza I – II”, se compromete a que en caso que se verifiquen daños a muros y/o panderetas de las casas aledañas atribuibles a las obras del proyecto, realizar las reparaciones que corresponda.

Respecto del punto 3), relativo a la luminosidad, se informa que el proyecto cumple con el Instrumento de Planificación (IPT) en términos de la altura, rasantes y sombras proyectadas a los terrenos aledaños al proyecto, así como con lo establecido en el artículo 2.6.11 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (O.G.U.C)

En relación a la preocupación del observante por cuanto señala que existe una gran probabilidad que su patrimonio se desvaloriza en el mercado por la pérdida de privacidad y bloqueo de luz solar, esta Dirección Regional considera no pertinente la observación, toda vez que no hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación por cuanto el potencial efecto al que alude la observación, referida a la pérdida de plusvalía de las propiedades, no forma parte de la evaluación ambiental en el marco del sistema de evaluación de impacto ambiental.

Respecto del punto 4) de la observación, específicamente de la emisión de ruido (contaminación acústica), asociado a los vehículos particulares que harán uso de los estacionamientos y las personas que habitarán los edificios, es importante tener en cuenta que dichas fuentes de ruido se encuentran dentro de las exclusiones del ámbito de aplicación de la normativa vigente (D.S. N°38/11 del MMA) especificadas en el Artículo 5, ya que corresponden a la actividad propia del uso de viviendas y edificaciones, no atribuibles al proyecto sino más bien a la conducta de sus habitantes. En este sentido, la evaluación ambiental presentada en el Anexo 6 de la Adenda 1 permite garantizar el cumplimiento de la citada normativa durante la fase de operación del proyecto, que en este caso está relacionada con el funcionamiento de equipos tales como grupo electrógeno, calderas, etc.

No obstante lo anterior, de acuerdo con la experiencia del consultor, en condiciones normales las fuentes señaladas no deberían representar inconvenientes para los vecinos ya que son de baja emisión de ruido. De todos modos, a nivel municipal los ruidos molestos de este tipo se encuentran regulados y controlados por carabineros y personal de seguridad de la comuna.

En relación a las emisiones de ruido generadas durante la fase de construcción, estas se encuentran abordadas en el Estudio presentado en el Anexo 6 de la Adenda 1 del proyecto.

Dicho estudio establece y entrega sustento técnico a todas las medidas de control que el proyecto implementará (Cierres perimetrales de hasta 6 m de altura con características de barrera acústica mediante paneles de madera OSB, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), permitiendo demostrar que los niveles de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente en todos los receptores, considerando la situación más desfavorable.

Además, para reforzar las medidas de control señaladas anteriormente, el Titular se compromete a instalar placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindante con viviendas habitadas para disminuir posibles molestias a los vecinos. Para mayor detalle ver tabla presenta a continuación:

319 Tabla 98 Placas OSB en deslindes del Proyecto

Placas OSB en deslindes Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar afectaciones a los vecinos de la Población Lemus. Descripción: Durante la fase de construcción se instalarán placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas. Justificación: El presente compromiso se enmarca en la solicitud realizada por la Población de aumentar la altura de las barreras para asegurar la tranquilidad de los vecinos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Placas OSB de 6 metros de altura en los tres frentes que colindan a viviendas de la Población Lemus. Forma: Las Placas OSB se mantendrán en buen estado durante todo el periodo que dure la fase de construcción. Oportunidad: Las Placas OSB permanecerá durante toda la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Letrero en Registro fotográfico de las placas OSB. Forma de control y seguimiento Existirá un encargado en obra de verificar que las placas OSB se encuentran en buen estado y que den cumplimiento a la altura comprometida.

Por otro lado, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en periodo diurno (lunes a viernes entre las 08:00 a 19:00 horas, y, los sábados entre las 08:00 a 14:00 horas).

En relación a la contaminación del aire, se debe señalar que el titular se compromete a minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante su fase de construcción. Para ello, se contempla el cierre con planchas OSB y sobre esta se adicionará malla tipo raschel que cumplirán la doble función de retener material particulado y controlar las emisiones de ruido. Adicionalmente se han contemplado medidas como humectación de las áreas de movimiento de tierra, acopio de tierra y vías de circulación interna, se estabilizarán y compactarán las zonas de tránsito de maquinaria y vehículos, se prohibirá la quema de maderas u otro material al interior de la obra, entre otros.

El proyecto no supera los límites indicados en el artículo 98 del PPDA, por lo que no le corresponde compensar emisiones, como se señala en la Tabla 99 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria (Ver Tabla 99 Emisiones Atmosféricas Totales del Proyecto).

Durante todo el proceso de evaluación ambiental, el titular del proyecto ha acreditado cumplimiento de la normativa ambiental aplicable. En particular, ha acredita que todo el manejo y disposición de descargas, efluentes y residuos será realizado conforme a la normativa vigente, utilizándose transportes y lugares de disposición autorizados para los residuos sólidos y líquidos.

Para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante su fase de construcción, se consideran las siguientes medidas que el Titular se compromete a materializar:

• Humectación: Según la letra a) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se humectarán las áreas de movimientos de tierra y vía de circulación interna de acuerdo a los requerimientos en terreno, contemplándose un mínimo de 2 veces al día durante el periodo que duren las excavaciones. La fuente de agua provendrá de un arranque de agua potable en la obra o en su defecto por medio de camión aljibe que posea las autorizaciones y permisos correspondientes, se mantendrá registro en obra por medio de boletas o facturas. • Camiones encarpados: Según la letra c) del artículo 5.8.3 de la OGUC, el transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver Figura 4 Anexo 3 de la Adenda complementaria). • Estabilización y compactación de caminos: Según la letra b) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículo por el periodo correspondiente (tiempo en que duren las excavaciones). 320 • Cierre perimetral en los deslindes: Según la letra g) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se construirá cierre perimetral en los deslindes del proyecto con mallas tipo raschel, el cual será mantenido en buen estado. La finalidad de este cierre es evitar la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área del proyecto y sectores circundantes. Los cierres podrán ser reemplazados por los paneles OSB con fines acústicos, adicionándoles 50 cm por sobre el nivel con malla raschel.

Conforme a lo anterior, el titular del proyecto compromete el cumplimiento de la normativa ambiental vigente que le aplica, cuya base es la salud de la población. Todo el detalle de los estudios y cálculos se presentan en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria.

  1. Amelia Pessoa Soto

a. Alcantarillado y aguas servidas Ya en años anteriores hemos tenido problemas en la evacuación de aguas servidas y con este proyecto de edificación colapsará totalmente el Servicio de descarga, inundando nuestras propiedades debido a la saturación de los colectores.

b. Desvalorización de nuestras propiedades Al construirse estas torres tan cercanas a nuestras propiedades no tendremos privacidad ninguna: por el contrario, nos llenaremos de polvo, suciedad, ruidos molestos que no dejarán estudiar a nuestros jóvenes. Además, conlleva la desvalorización de nuestras propiedades.

c. Ya se producen múltiples atochamientos en Av. Perú, Valdivieso y El Salto. Aún con semáforos, no impidieron el caos que se producirá ya que éstos existen y con la llegada de 300 a 400 vehículos que llegarán el colapso será total.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto a) de la observación, el titular informó que la empresa sanitaria Aguas Andinas, por medio de los Certificados N°008993 del 11/12/2017 y N°008885 del 06/12/2017 (ambos vigentes a la fecha), acredita que la propiedad ubicada en Av. Perú N°1471 y N°1479, contará con servicio de agua potable y alcantarillado. Es relevante mencionar, que esta empresa sanitaria al contar con la concesión sanitaria del sector se encuentra obligada a prestar el servicio de abastecimiento de agua potable, recolección y tratamiento de aguas servidas, siendo parte de la obligación de la concesión sanitaria proveer la infraestructura (redes, plantas, etc.) que requieren para ello (Ver en Anexo PAC de la Adenda Complementaria, Figura 49 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza I y Figura 50 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza II)

Por otro lado, es obligación de la empresa sanitaria contar una red que de abasto para toda la población del sector y si este servicio genera problemas, es la SISS la encargada de su fiscalización. Desgraciadamente el titular de este proyecto no cuenta con ninguna herramienta para poder fiscalizar a una empresa sanitaria y poder dar mejoras a los problemas que se detallan en la consulta.

Respecto del punto b) de la observación, contaminación del aire por material particulado, se debe señalar que el titular se compromete a minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante su fase de construcción. Para ello, se contemplan cierres con planchas OSB y sobre esta se adicionará malla tipo raschel que cumplirán la doble función de retener material particulado y controlar las emisiones de ruido. Adicionalmente se han contemplado medidas como humectación de las áreas de movimiento de tierra, acopio de tierra y vías de circulación interna, se estabilizarán y compactarán las zonas de tránsito de maquinaria y vehículos, se prohibirá la quema de maderas u otro material al interior de la obra, entre otros.

321 El proyecto no supera los límites indicados en el artículo 98 del PPDA, por lo que no le corresponde compensar emisiones, como se señala en la Tabla 99 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria (Ver Tabla 99 Emisiones Atmosféricas Totales del Proyecto).

Durante todo el proceso de evaluación ambiental, el titular del proyecto ha acreditado cumplimiento de la normativa ambiental aplicable. En particular, ha acredita que todo el manejo y disposición de descargas, efluentes y residuos será realizado conforme a la normativa vigente, utilizándose transportes y lugares de disposición autorizados para los residuos sólidos y líquidos.

Para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante su fase de construcción, se consideran las siguientes medidas que el Titular se compromete a materializar:

• Humectación: Según la letra a) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se humectarán las áreas de movimientos de tierra y vía de circulación interna de acuerdo a los requerimientos en terreno, contemplándose un mínimo de 2 veces al día durante el periodo que duren las excavaciones. La fuente de agua provendrá de un arranque de agua potable en la obra o en su defecto por medio de camión aljibe que posea las autorizaciones y permisos correspondientes, se mantendrá registro en obra por medio de boletas o facturas. • Camiones encarpados: Según la letra c) del artículo 5.8.3 de la OGUC, el transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver Figura 4 del Anexo 3 de la Adenda complementaria). • Estabilización y compactación de caminos: Según la letra b) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículo por el periodo correspondiente (tiempo en que duren las excavaciones). • Cierre perimetral en los deslindes: Según la letra g) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se construirá cierre perimetral en los deslindes del proyecto con mallas tipo raschel, el cual será mantenido en buen estado. La finalidad de este cierre es evitar la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área del proyecto y sectores circundantes. Los cierres podrán ser reemplazados por los paneles OSB con fines acústicos, adicionándoles 50 cm por sobre el nivel con malla raschel.

Conforme a lo anterior, el titular del proyecto compromete el cumplimiento de la normativa ambiental vigente que le aplica, cuya base es la salud de la población. Todo el detalle de los estudios y cálculos se presentan en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria.

En relación a la preocupación del observante por cuanto señala no tendrán privacidad y que sus propiedades se desvalorizaran, esta Dirección Regional considera no pertinente la observación, toda vez que no hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación por cuanto el potencial efecto al que alude la observación, referida a la pérdida de plusvalía de las propiedades, no forma parte de la evaluación ambiental en el marco del sistema de evaluación de impacto ambiental.

Respecto del punto c) de la observación, específicamente de la emisión de ruido (contaminación acústica), asociado a los vehículos particulares que harán uso de los estacionamientos y las personas que habitarán los edificios, es importante tener en cuenta que dichas fuentes de ruido se encuentran dentro de las exclusiones del ámbito de aplicación de la normativa vigente (D.S. N°38/11 del MMA) especificadas en el Artículo 5, ya que corresponden a la actividad propia del uso de viviendas y edificaciones, no atribuibles al proyecto sino más bien a la conducta de sus habitantes. En este sentido, la evaluación ambiental presentada en el Anexo 6 de la Adenda 1 permite garantizar el cumplimiento de la citada normativa durante la fase de operación del proyecto, que en este caso está relacionada con el funcionamiento de equipos tales como grupo electrógeno, calderas, etc.

No obstante lo anterior, de acuerdo con la experiencia del consultor, en condiciones normales las fuentes señaladas no deberían representar inconvenientes para los vecinos ya que son de baja emisión de ruido. De todos modos, a nivel municipal los ruidos molestos de este tipo se encuentran regulados y controlados por carabineros y personal de seguridad de la comuna.

322 En relación a las emisiones de ruido generadas durante la fase de construcción, estas se encuentran abordadas en el Estudio presentado en el Anexo 6 de la Adenda 1 del proyecto.

Dicho estudio establece y entrega sustento técnico a todas las medidas de control que el proyecto implementará (Cierres perimetrales de hasta 6 m de altura con características de barrera acústica mediante paneles de madera OSB, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), permitiendo demostrar que los niveles de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente en todos los receptores, considerando la situación más desfavorable.

Además, para reforzar las medidas de control señaladas anteriormente, el Titular se compromete a instalar placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindante con viviendas habitadas para disminuir posibles molestias a los vecinos. Para mayor detalle ver tabla presenta a continuación:

Tabla 98 Placas OSB en deslindes del Proyecto

Placas OSB en deslindes Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar afectaciones a los vecinos de la Población Lemus. Descripción: Durante la fase de construcción se instalarán placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas. Justificación: El presente compromiso se enmarca en la solicitud realizada por la Población de aumentar la altura de las barreras para asegurar la tranquilidad de los vecinos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Placas OSB de 6 metros de altura en los tres frentes que colindan a viviendas de la Población Lemus. Forma: Las Placas OSB se mantendrán en buen estado durante todo el periodo que dure la fase de construcción. Oportunidad: Las Placas OSB permanecerá durante toda la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Letrero en Registro fotográfico de las placas OSB. Forma de control y seguimiento Existirá un encargado en obra de verificar que las placas OSB se encuentran en buen estado y que den cumplimiento a la altura comprometida.

Por otro lado, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en periodo diurno (lunes a viernes entre las 08:00 a 19:00 horas, y, los sábados entre las 08:00 a 14:00 horas).

Respecto del punto d) de la observación, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

En la siguiente figura se muestran los puntos de medición de flujos. Estas mediciones obtenidas en terreno permitieron calibrar de manera adecuada los modelos computacionales que fueron utilizados para la representación actual y con proyecto del área de influencia.

323 Figura Ubicación puntos de medición

De acuerdo a la metodología, para representar la demanda aportada por el proyecto se consideraron los 447 estacionamientos que contemplan ambos edificios.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto. Adicionalmente se presentó en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria una microsimulación que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas.

  1. Julio Alejandro Macari Hernández

a. Infraestructura de alcantarillado público para construcción en altura. El proyecto no cuenta con infraestructura de alcantarillado público suficiente. La factibilidad de alcantarillado otorgado por Aguas Andinas es claramente insuficiente con conexión a cañería existente de D= 180mm por Av. Perú, debiendo el edificio desaguar con cañería de D= 300 mm. Esto implica la rotura y reposición de pavimentos por calles interiores de la Villa Lemus, no contemplados en el proyecto y sus efectos ambientales.

b. Infraestructura de agua potable pública para la construcción en altura. El proyecto no cuenta con infraestructura de agua potable publica suficiente. La factibilidad de agua potable otorgado por Aguas Andinas es claramente insuficiente con conexión a cañería existente de D= 100mm por Avda. Perú. Esto implica en la construcción de obras de extensión de matriz de mayor diámetro no considerados en el proyecto y sus efectos ambientales.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto a) de la observación, cabe señalar que el lote original fue adquirido a sus propietarios y debidamente inscrito en los registros correspondientes. A mayor abundamiento, a través de la Resolución N°04 de la DOM de Recoleta de fecha 04 de Noviembre de 2015 se aprobó la subdivisión del lote original en el Lote A y el Lote B. El Lote A se ubica en Av. Perú 1471, tiene el rol N°2476-5 y en él se construirá el Edificio Perú Plaza I. El Lote B se ubica en Av. Perú 1479, tiene el rol N°2476-59 y en él se construirá el Edificio Perú Plaza II. Para la construcción de dichos edificios la DOM de Recoleta aprobó el Permiso de Edificación N°29 de fecha 25 de abril de 2016 y sus modificaciones y el Permiso de Edificación N° 53 de fecha 16 de octubre de 2017.

324 Respecto del punto b) de la observación, el titular informó que la empresa sanitaria Aguas Andinas, por medio de los Certificados N°008993 del 11/12/2017 y N°008885 del 06/12/2017 (ambos vigentes a la fecha), acredita que la propiedad ubicada en Av. Perú N°1471 y N°1479, contará con servicio de agua potable y alcantarillado. Es relevante mencionar, que esta empresa sanitaria al contar con la concesión sanitaria del sector se encuentra obligada a prestar el servicio de abastecimiento de agua potable, recolección y tratamiento de aguas servidas, siendo parte de la obligación de la concesión sanitaria proveer la infraestructura (redes, plantas, etc.) que requieren para ello (Ver en Anexo PAC de la Adenda Complementaria, Figura 49 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza I y Figura 50 Certificado Factibilidad Sanitaria Edificio Perú Plaza II)

Por otro lado, es obligación de la empresa sanitaria contar una red que de abasto para toda la población del sector y si este servicio genera problemas, es la SISS la encargada de su fiscalización. Desgraciadamente el titular de este proyecto no cuenta con ninguna herramienta para poder fiscalizar a una empresa sanitaria y poder dar mejoras a los problemas que se detallan en la consulta.

  1. Juan Guillermo Flores Sepúlveda

a) La Municipalidad de Recoleta solicitó: Estudio de Impacto Ambiental. Mediante Ley de Transparencia de la Municipalidad de Recoleta hemos conseguido acceso a la resolución de aceptación del anteproyecto Nº 1 del 18 de enero de 2017, la cual no ha sido asociada a la presente DIA. Esta resolución expresa que este proyecto excede el umbral mínimo de exigencia de estudio de impacto ambiental (300 viviendas), con un total de 483 viviendas y 13 locales comerciales; debiendo, por lo tanto, presentar el citado estudio antes del inicio de las obras. Sin embargo, la empresa está presentando una DIA por la primera resolución del anteproyecto Nº28 del 23 de octubre de 2015, que no pedía un EIA sino sólo una DIA. La resolución de 2017 también indica la intención de la empresa para evitar la necesidad del estudio y, por lo tanto, lo exigen en la última resolución.

b) Deterioro de calidad de vida. El proyecto se vende por los desarrolladores y constructores como una renovación urbana que entrega calidad de vida, “observante de la norma” y en armonía con sus vecinos. Una encuentra realizada por la Universidad de Chile entre 746 residentes de barrios, en renovación urbana, en el Gran Santiago, concluyó que, para los vecinos antiguos, la calidad de vida de sus barrios disminuye con la renovación. Así, para los encuestados y encuestadas, la nota promedio asignada con anterioridad a la llegada de los edificios en altura es de un 6.0, mientras que la nota que adjudican para calificar la situación actual de sus barrios, apenas alcanza un promedio de 4.8 (López et al., 2013). Los efectos negativos que la renovación urbana ha tenido en los barrios de Santiago Centro y estación Normal (sic) son conocidos y bien documentados y han causado impacto en los últimos años (Pozo 2013, El Mercurio 2017).

c) Polvo producido por los vehículos. La entrada y salida de vehículos de la obra genera una gran cantidad de contaminantes. El transporte de los materiales al lugar de la obra provoca mucho polvo o material particulado. Las ruedas de los vehículos contienen gran cantidad de material particulado suspendido tales como polvo, arena, arcilla y cemento. Estas materias quedan suspendidas en el aire, suelo y agua. Además, los vehículos transportan este material suspendido fuera de la obra, lo que implica que no sólo se pueden enfermar los trabajadores sino también la comunidad.

d) Polvo provocado por las actividades de la construcción La mayoría de las actividades de construcción como excavaciones, rellenos, movimiento de tierra, blanqueo, pintura, azulejado, mezclas de hormigón y acabado provocan un efecto adverso sobre el entorno, pues provocan una gran cantidad de material particulado.

e) Polvo provocado por los materiales de la producción Estos materiales son cemento, áridos, arena, arcilla, cal, madera y carbono de calcio. Los trabajadores que laboran en la obra, y emplean esos materiales, así como los vecinos colindantes al proyecto, tienen una alta exposición al polvo emitido por ello (Baby et al 2008, citado por Singh 2011), demuestra que el polvo de cemento contiene metales pesados tales como níquel, cobalto, plomo y cromo como concomitantes peligrosos para el ambiente 325 biótico con impacto adverso para la vegetación, para la salud urbana y animal y para los ecosistemas. Diversos estudios han demostrado que hay una relación entre la exposición al polvo de cemento, el deterioro crónico del funcionamiento de los pulmones y los síntomas respiratorios de la población humana. El polvo de cemento irrita la piel, la mucosa de ojos y el sistema respiratorio. Su deposición en el tracto respiratorio provoca una reacción base que aumenta los valores del pH que irrita las mucosas expuestas Zeleke et al. 2010). La exposición al polvo de cemento ha sido asociada al incremento de sufrir anormalidades del hígado, desórdenes hormonales y carcinogénesis. Se ha planteado que la reducción de la capacidad antioxidante y el aumento de peroxidación lípida del plasma podrían explicar los mecanismos causales de enfermedades (Aydin et al, 2010).

f) Ruido • Ruido proveniente de los vehículos, por ejemplo, transporte de materiales. • Ruido proveniente de las actividades de la construcción, por ejemplo, excavación, relleno. • Ruido proveniente de las herramientas de la construcción, por ejemplo, mezcladora de hormigón, máquinas eléctricas

En la obra, los trabajadores utilizan herramientas como mezcladora de hormigón, trituradoras de hormigón, compactadoras, lijadoras, cepilladoras, cortadora de discos, taladros y motosierras y son quienes más sufren por la exposición al ruido derivado de la construcción. También, los residentes que viven vecinos a la obra en construcción y quienes usan las calles cercanas a la obra. Lo anterior significa que muchas personas sufren a diario por los ruidos de la construcción dado el crecimiento de esta franja de Gaza (sic). El proyecto no considera monitoreo de niveles de ruido, los vecinos estiman que los ruidos pueden provocar pérdidas de la audición temporal o permanente, estrés y molestia. Manifestándolo a los representantes de la empresa constructora luego de la presentación realizada en la Junta de Vecinos el 12 de junio de 2017; sin embargo, los representantes de la empresa, y especialmente su consultora ambiental, Leticia Del Pozzo, desestimaron la necesidad de realizar un monitoreo argumentando que no hay norma que lo exija. Los encuestados en el estudio de Enshassi et al (2014), indicaron que los ruidos de las construcciones podrían provocar trastornos sociales en sus hogares, trabajos y cuando intentaban dormir. Potencialmente, los ruidos de la construcción pueden molestar a las personas las 24 horas del día, los 7 días a la semana. Los efectos del ruido en la salud son consecuencia de los elevados niveles de ruido. Un elevado nivel de ruido en el trabajo u otros lugares puede producir deterioro de la audición, hipertensión, enfermedades cardíacas isquémicas, molestias y perturbación del sueño. Cambios en el sistema inmunológico y defectos de nacimiento han sido atribuidos a la exposición de ruido (Passhier- Vermeer y Passhier 2000). Se sabe que la exposición al ruido induce zumbidos, hipertensión, vasoconstrucción, y otros efectos cardiovasculares adversos. (WRUC 2007) Ijigah et al (2013) realizaron una investigación en Nigeria encontrando que la contaminación por ruido se encontraba en un 6º lugar con un índice de importancia relativa (IIR) de 0,794 en una escala de 0 a 1.

g) Efectos sobre la comunidad Las obras de construcción cierran calles y perturban los intereses de las personas. El transporte de la construcción provoca interrupción de tráfico debido al cierre de calles o caminos, además, los encuestados estimaron que el ruido y la vibración producidos por la construcción y el movimiento vehicular podían provocar trastornos sociales en los hogares, en el lugar de trabajo y a la hora de dormir. Enshassi et al 2014 clasificaron este efecto con un IIR= 0,7 Ijigah et al (2013) realizaron su estudio en Nigeria y encontraron que el trastorno social ocupaba el nº 14 con un IIR=0,711. Zolfagharian et al (2014) encontraron que el trastorno social se ubicaba en el nº22.

h) Tránsito de camiones La interrupción del tráfico que se producirá por el tránsito de camiones en la construcción es considerada como un alto impacto por los estudiantes. Los responsables del proyecto plantean que los responsables no pasarán por la población para llegar a la obra. Sin embargo, el plan de acceso fue generado por la empresa antes de la actual construcción del bandejón central en avenida Perú que cerró el ingreso por Desiderio Lemus. Por lo tanto, los camiones no tendrán forma de llegar desde el norte. Si no es a través de la población, para luego virar hacia el norte por avenida Perú y luego poder entrar a la obra. 326

i) Tráfico Actualmente, los vecinos de la población Lemus tienen gran dificultad para entrar o salir en las horas punta, teniendo que enfrentar colas provenientes de Valdivieso, que es la única salida que tiene, luego de que las obras de la avenida Perú cerraran los accesos. El proyecto agravará la situación no sólo durante la construcción, sino que luego de su habilitación habitacional (sic), producto de un alto número de personas que se incorporará al uso de las mismas vías de acceso. La empresa presenta como principal medida de mitigación, la mejora eléctrica de semáforos de avenida Perú con avenida Valdivieso (normalización del controlador e instalación de una UPS). Sin embargo, esto no tendrá absolutamente ningún efecto en mejorar el tráfico vehicular en las horas punta, dado que el problema no es que no funcione el semáforo, sino que la capacidad de las calles es insuficiente para el flujo vehicular habitual, el cual será posiblemente triplicado por este proyecto. 483 departamentos equivalen más o menos a 1300 personas nuevas. Por lo tanto, los vecinos colindantes consideramos absolutamente insuficientes las medidas de mitigación presentadas.

j) Vibraciones Los vecinos de la población Lemus, también consideramos importante el impacto que tendrán las vibraciones generadas por la construcción. La población está constituida principalmente por casas de más de 70 años y algunas son de adobe. El proyecto no considera los efectos que las vibraciones puedan tener ni presentan medidas de mitigación.

k) Colapso de estacionamientos públicos Los vecinos manifestamos nuestra preocupación por el excesivo uso que harán los moradores de los edificios de los espacios púbicos de estacionamientos de la población Lemus. Nuestra preocupación se basa en el hecho de que para 483 departamentos sólo se construirán 447 estacionamientos para autos, considerando que hoy en día cada familia tiene al menos un auto, es evidente que los estacionamientos privados del proyecto serán insuficientes y, por lo tanto, los moradores de los edificios ocuparán los espacios de estacionamiento del vecindario. Lo que redundará en que los residentes de la población Lemus no podrán estacionar fuera de sus propias casas. Este problema fue planteado a los responsables del proyecto, presentación hecha en la junta vecinal, pero estos manifestaron que están dentro de la norma y que no estiman que se vendan todos los estacionamientos ni produzca tal efecto. Su estimación se basa en que en sus proyectos anteriores nunca se han vendido todos los estacionamientos dado que según indicaron hay muchas familias jóvenes que no tienen recursos para comprar un auto. Por lo tanto, no estiman necesaria una medida de mitigación. Estamos en desacuerdo con la información de la empresa, la cual si bien puede ser cierta al momento del inicio de venta de sus departamentos; esto no implica que – eventualmente- todos los estacionamientos sean vendidos, mucho después de que la empresa se retire de nuestra población. Alucen que están dentro de la norma y que la norma no la hacen las inmobiliarias.

l) Salubridad e higiene Desde que la empresa ABSAL comenzó sus trabajos, los vecinos colindantes hemos tenido bastante invación de ratas en nuestras casas. Esto fue indicado a la empresa en la presentación en la junta vecinal, a lo cual sólo respondieron que han hecho desratizaciones. Sin embargo, esto evidentemente no ha sido suficiente, la empresa no manifestó ninguna voluntad de tomar medidas al respecto. Los vecinos, además, estamos preocupados por la acumulación de basura en el vecindario producto de estos edificios. La inminente llegada de inmigrantes, especialmente en cités de avenida Valdivieso ha significado una acumulación constante en las vías públicas. Estas no son sólo bolsas de basura que tiran en el piso para que sean destruidas por los perros, sino que también electrodomésticos, muebles, colchones etc. Ni los vecinos ni la municipalidad han podido solucionar este problema; por lo tanto, prevemos que este tremendo proyecto habitacional podría empeorar muchísimo más la situación, ya que no hay forma de prever ni controlar el nivel educacional de las 483 familias que llegarán y no existen medidas de mitigación para generar un adecuado control de la cantidad de basura que será generada y dónde será depositada. Si los habitantes de los departamentos no encuentran dónde desechar sus basuras y muebles viejos, de seguro que buscarán una vereda o pasaje de nuestra población para hacerlo. Tampoco, nada parece indicar que si los vecinos de las torres decidieran sacar sus basuras por los portones que dan hacia las calles de la población (Ricardo Lemus y Juan Antonio Ríos), no puedan hacerlo. 327 Aún si, como indica la empresa, ellos no permitirán tránsito de camiones y autos desde la propiedad hacia esas calles, los vecinos, luego de comprar los departamentos podrán hacerlo. Los vecinos vemos como única medida de mitigación efectiva que estas calles sean habilitadas como tal hasta avenida Perú, pero como pasos peatonales. Estas calles son espacios públicos y fueron concedidas al antiguo Estadio Montserrat, dado que el beneficio de ese proyecto presentaba para toda la comunidad. Sin embargo, como ese beneficio ya no existe, solicitamos que las calles sean devueltas a la comunidad. Por ser calles, son de dominio público y este carácter no puede cambiarse por un plan regulador, ni puede ser cedido a un privado sin una desafección, la cual no ha ocurrido; por lo tanto, la comunidad de vecinos solicita su habilitación pública y peatonal, como medida de mitigación ambiental del presente proyecto.

m) Estudio de sombras mal realizado Las torres generarán gran sombra durante gran parte del año sobre las casas del costado sur, oriente y poniente. Eso redundará no sólo en la oscuridad de los patios y hogares, sino que en mayor frío y humedad en las casas. Un estudio de la Universidad de Chile sobre renovación urbana midió los efectos sobre los últimos 10 años. Entre la consecuencia de los vecinos está el exceso de sombra, (López et al 2013). Los vecinos tendrán un aumento del gasto de electricidad y parafina para iluminación y calefacción. La humedad favorecerá el crecimiento de hongos, lo cual puede llevar a un aumento de enfermedades respiratorias, especialmente en niños y asmáticos. El proyecto no considera medidas de mitigación para estos impactos. Al plantearle el problema a los representantes en la junta vecinal, ellos manifestaron que, en las partes cercanas al límite del terreno, las torres guardan una distancia de 10,4 metros. Esto nos parece absolutamente insuficiente considerando que los edificios tendrán una altura de 16 metros. Revisando en detalle el estudio de sombra de la empresa, incluido en su DIA, detectamos que la rasante 70º por el costado oriente del proyecto parte desde los 6 metros de altura y por el otro lado –sur- desde los 14 metros, ambos costados dan hacia la población Lemus. Según el artículo 2.6.3 de la Ordenanza General de Construcciones y Urbanismos las rasantes se aplican desde las alturas máximas permitidas sólo en el caso de edificaciones contiguas, cuando las edificaciones son aisladas, debe aplicarse desde el nivel del suelo. La población Lemus es EB1 según el plano regulador vigente. El cual permite construcción continua sólo en frentes menores a 15 metros y el terreno del proyecto inmobiliario tiene un frente mayor a 15 metros, así como la mayoría de las casas de la población Lemus y, por lo tanto, son viviendas aisladas. Por lo tanto, concluimos que el estudio de sombras está mal hecho porque sobreestima el volumen teórico del edificio y solicitamos que sea hecho nuevamente.

n) Potencia eléctrica Actualmente la población Lemus ha tenido cortes eléctricos en reiteradas oportunidades. Esto preocupa a la población ya que la construcción es una operación energéticamente intensa y lo mismo pasaría con el uso del edificio a lo largo de su vida operativa. Creemos importante que se reconozca a los edificios Perú Plaza I y II como un potente agente consumidor de energía y emisor de contaminantes durante su vida operativa.

o) Impacto visual y privacidad La población Lemus, es un sector residencial donde las casas son generalmente de uno y dos pisos. La construcción de estos edificios rompe significativamente con el esquema existente de nuestra población, produciendo un perfil urbano irregular que reemplaza la actual estructura de nuestra población. Por otra parte, estos edificios interrumpen nuestra privacidad, sobre todo para los vecinos colindantes, los cuales están a 10,4 metros de distancia.

p) Conclusiones Esperamos que el Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental acoja nuestra observación y nos ayude a evitar los graves y negativos efectos que este proyecto tendrá sobre nuestra calidad de vida. El proyecto alude un beneficio social para dar respuesta a una supuesta necesidad habitacional de Santiago. Sin embargo, la población Lemus no tiene tal necesidad y estamos asumiendo esa externalidad con todos los costos que conllevará en aumentar en varias veces su densidad poblacional actual, sin ser beneficiada sino perjudicada. Dada la extensión de los impactos ambientales de este proyecto y que tal como lo indica la Municipalidad de Recoleta en su resolución del anteproyecto Nº1 del presente año, es necesario y exigimos que se realice un Estudio de Impacto Ambiental. 328

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto de la letra a) de la observación, se debe informar que los proyectos inmobiliarios que exceden de las 300 viviendas deben ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) de acuerdo a la letra h.1.3 del artículo 3° del Reglamento del SEIA (DS N°40/2013 del Ministerio del Medio Ambiente) que señala:

“Letra h): Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturada. h.1: Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjunto de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características: • h.1.1: Que se emplacen en áreas de extensión urbana o en área rural, de acuerdo al instrumento de planificación, correspondiente y requieran de sistemas propios de producción y distribución de agua potable y/o de recolección, tratamiento y disposición de aguas servidas; • h.1.2: Que den lugar a la incorporación al dominio nacional de uso público de vías expresas o troncales; • h.1.3: Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas; o • h.1.4: Que consulten la construcción de edificios de uso público con una capacidad para cinco mil (5.000) o más personas o con mil (1.000) o más estacionamientos.”

De acuerdo a lo anterior, el proyecto ingresó al SEIA ya que: • Corresponde a un proyecto de tipo inmobiliario que se ubica en la Región Metropolitana, la cual ha sido declarada zona latente para Dióxido de Nitrógeno (NO2) y saturada para Partículas Totales en Suspensión (PTS), Material Particulado Respirable (PM10), Monóxido de Carbono (CO) y Ozono (O3). La Región, cuenta con el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA), que ha sido dictado conforme al artículo 44 de la Ley Bases del Medio Ambiente. • El proyecto contempla la construcción de 483 departamentos.

Habiendo establecido la necesidad de ingreso al SEIA, lo siguiente es determinar si debe hacerse a través de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) o un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), en caso que se produzca alguno de los efectos características y/o circunstancias señaladas por el artículo 11 de la Ley 19.300. A partir de las prospecciones y estudios realizados (emisiones atmosféricas, ruido y vibraciones, patrimonio arqueológico, factibilidad de servicios sanitarios, medio humano), es posible indicar que el proyecto no genera ninguno de los efectos, características y/o circunstancias señaladas en las letras a) a la f) del artículo 11 de la Ley 19.300, o en los artículos 5 al 10 del Reglamento del SEIA que regulan la misma materia. Por lo cual, el proyecto ingresa al SEIA a través de una DIA.

Cabe señalar que durante la evaluación ambiental de esta DIA ningún organismo público con competencias ambientales ha señalado que el proyecto produzca alguno de los efectos, características y/o circunstancias señaladas en las letras a) a la f) del artículo 11 de la Ley 19.300 ni ha requerido la presentación de un EIA.

Adicionalmente, es importante comentar y aclarar que toda diferencia o discrepancia entre lo presentado en la Resolución de Aprobación del Anteproyecto y el Permiso de Edificación, se produce por la evolución del proyecto, desde un anteproyecto a un proyecto definitivo. El desarrollo mismo de un proyecto en cada uno de sus componentes puede arrojar modificaciones entre la etapa de Anteproyecto y el Permiso de Edificación, respecto de las cuales la autoridad pudo haberse pronunciado de manera distinta. Esta es una situación común en los proyectos de esta naturaleza.

La construcción del proyecto, por lo tanto, debe ajustarse a lo permitido a través de los Permisos de Edificación de cada edificio, como también, de lo evaluado ambientalmente en el SEIA.

329 En la Tabla 8 “Característica Proyecto” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA, se presenta la información del Proyecto a construir con las superficies aprobadas a la fecha mediante el Permiso de Edificación N°29 del 25 de abril de 2016 (Perú Plaza I) y mediante el Permiso de Edificación N° 53 de fecha 16 de octubre de 2017 (Perú Plaza II).

Respecto de la letra b), según plantea el PLADECO 2014-2018, la aprobación del Plan Regulador Comunal del año 2005 reconoce Av. Perú como eje de renovación urbana, donde se han llevado a cabo algunos proyectos inmobiliarios. Posterior, durante el año 2006 se realizó la primera modificación al instrumento con el fin de restringir las condiciones de construcción de los nuevos inmobiliarios, lo cual impactó notoriamente en la producción en dicha zona. Considerando dicho antecedente, cabe señalar que el Proyecto se ajusta a la normativa territorial vigente, establecida a través del Plan Regulador Comunal de Recoleta y es en virtud de este instrumento que ha sido diseñado y obtenido los permisos municipales que dan cuenta de esta situación.

Respecto de la letra c) de la observación, el titular se compromete a que el transporte de materiales o residuos que despendan polvo se realizará con la carga cubierta (encarpado), manteniendo una distancia mínima de 10 cm. entre la superficie de la carga y la cubierta, además, de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver figura 4 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria).

En cuanto a las ruedas de los vehículos, se limpiarán del barro adherido previo al abandono de la zona de faenas, es decir, a la salida de la obra dando cumplimiento al artículo 5.8.3 de la OGUC.

Además, para evitar las emisiones de gases generadas por los vehículos livianos y pesados, se exigirá a los contratistas mantener los vehículos con revisión técnica y mantenciones al día. Dicho registro se mantendrá en obra.

Además, cabe destacar que el proyecto no supera los límites indicados en el artículo 98 del PPDA, tal como se puede observar en la Tabla 4 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria.

Según estos antecedentes, no se verá afectada la salud de los vecinos colindantes al área del proyecto.

Respecto de la letra d) de la observación, el titular ha comprometido y entregado los antecedentes para acreditar el cumplimiento de todas las medidas para controlar el polvo que producen las actividades de construcción. Además, para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante dicha fase de construcción, el titular consideró las siguientes medidas: • Humectación: Según la letra a) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se humectarán las áreas de movimientos de tierra y vía de circulación interna de acuerdo a los requerimientos en terreno, contemplándose un mínimo de 2 veces al día durante el periodo que duren las excavaciones. La fuente de agua provendrá de un arranque de agua potable en la obra o en su defecto por medio de camión aljibe que posea las autorizaciones y permisos correspondientes, se mantendrá registro en obra por medio de boletas o facturas. • Camiones encarpados: Según la letra c) del artículo 5.8.3 de la OGUC, el transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver Figura 4 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria). • Estabilización y compactación de caminos: Según la letra b) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículo por el periodo correspondiente (tiempo en que duren las excavaciones). • Cierre perimetral en los deslindes: Según la letra g) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se construirá cierre perimetral en los deslindes del proyecto con mallas tipo raschel, el cual será mantenido en buen estado. La finalidad de este cierre es evitar la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área del proyecto y sectores circundantes. Los cierres podrán ser reemplazados por los paneles OSB con fines acústicos, adicionándoles 50 cm por sobre el nivel con malla raschel, lo que se muestra en la Figura 51 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria (Ver Figura 51 Cierre Perimetral) • No se realizarán quemas: Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros combustibles al interior de la obra. • Limpiar ruedas: Según la letra d) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se limpiarán las ruedas de los vehículos del barro adherido previo al abandono de ellos de la zona de faenas, es decir, a la salida de la obra dando cumplimiento al artículo 5.8.3 de la OGUC. 330 • Revisión técnica y mantenciones al día: En cuanto a la emisión de gases, se exigirá a los contratistas mantener los vehículos con revisión técnica y mantenciones al día, manteniendo el registro en obra.

Respecto de la letra e) de la observación, se debe aclarar que en la obra no se fabricará cemento, solamente se utilizará hormigón premezclado. Con todo, de manera de prevenir la exposición al polvo generado por el cemente, se tomarán las siguientes medidas: • Usar hormigón premezclado • Humedecer el polvo en el punto donde se genera • Instalar un sistema local de ventilación por extracción. • La persona que manipule el cemento utilizará mascara respiratoria, antiparras y guantes de PVC • El material se almacenará en recintos cerrados, secos y con adecuada ventilación Con estas medidas se evitará generar afectación a los trabajadores y vecinos colindantes al proyecto. Respecto a otros materiales que puedan generan polvo en suspensión, ya sea áridos, arena, entre otros, se tomarán las siguientes medidas: • El transporte de materiales o residuos se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humectar la carga en caso de ser necesario. • Se mantendrán humectados y/o cubierto con lona o malla raschel las pilas de tierra, escombros u otro material que pueda desprender polvo.

Finalmente, se debe destacar que el titular ha acreditado el cumplimiento de las normas ambientales en cuanto al manejo de efluentes, descargas y residuos, lo que conforme al artículo 5 del Reglamento del SEIA, el proyecto no generaría riesgo para la salud de la población.

Respecto de la letra f) de la observación, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en horario diurno (lunes a viernes entre las 08:00 a 19:00 horas, y, los sábados entre las 08:00 a 14:00 horas), por lo que, los vecinos colindantes al proyecto no se verán afectados ni durante el periodo nocturno, ni los fines de semana.

En cada una de las etapas del Proyecto se implementarán las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (placa sólida de madera aglomerada (OSB) como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), medidas que permiten garantizar que los niveles estimados de ruido cumplirán con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente. Este decreto se basa en la salud de la población y recoge los niveles recomendados al efecto por la organización Mundial de la Salud (OMS), por cuanto acreditar su cumplimiento, es la única forma objetiva, legal y vigente que posee un proyecto para acreditar que no generará efectos en la salud de la población.

En cuanto a la solicitud de realizar un monitoreo acústico, el titular ha acreditado el cumplimiento de la norma, por cuanto sólo se propone la verificación de las medidas de control indicadas en la evaluación acústica. No obstante lo anterior, el titular compromete que, en caso de producirse molestias a la comunidad por este factor, los vecinos podrán ponerse en contacto con el encargado de la obra, quien verificará el cumplimiento de las medidas y, en caso de ser necesario, las reforzará.

Además, para reforzar las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1, el Titular se compromete a instalar placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas para disminuir posibles molestias a los vecinos, cuyos detalles se presentan en la siguiente Tabla:

Tabla 102 Placas OSB en deslindes del Proyecto Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar afectaciones a los vecinos de la Población Lemus. Descripción: Durante la fase de construcción se instalarán placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas. Justificación: El presente compromiso se enmarca en la solicitud realizada por la 331 Población de aumentar la altura de las barreras para asegurar la tranquilidad de los vecinos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Placas OSB de 6 metros de altura en los tres frentes que colindan a viviendas de la Población Lemus. Forma: Las Placas OSB se mantendrán en buen estado durante todo el periodo que dure la fase de construcción. Oportunidad: Las Placas OSB permanecerá durante toda la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Letrero en Registro fotográfico de las placas OSB. Forma de control y seguimiento

Existirá un encargado en obra de verificar que las placas OSB se encuentran en buen estado y que den cumplimiento a la altura comprometida.

Respecto de la letra g) de la observación, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en periodo diurno, por lo que, los vecinos colindantes al proyecto no se verán afectados durante el periodo nocturno. El horario de trabajo será de 08:00 a 19:00 horas de lunes a viernes, y sábado de 08:00 a 14 horas.

En cada una de las etapas del Proyecto se implementarán las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (placa sólida de madera aglomerada (OSB) como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras). Por lo tanto, según los antecedentes entregados por el titular, los niveles estimados de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente.

Dado que Chile no cuenta con una normativa específica que permita regular las vibraciones de índole ambiental, se utiliza lo recomendado por el Servicio de Evaluación Ambiental en su informe final para evaluación de vibración del estudio “Elaboración de una Guía Metodológica de Evaluación de Ruido y Vibraciones en el SEIA”, en donde se establecen metodologías y se recopilan antecedentes de normativas internacionales y estándares de referencia que tengan como objetivo proteger la salud de la población. Por consiguiente, el criterio de evaluación utilizado es el establecido en la guía “Transportation and Construction Vibration” (2004) del California Department of Transportation (Caltrans), Division of Environmental Analysis (USA).

Complementariamente, en el Anexo 6 de la Adenda 1 se acredita el cumplimiento de las normas de referencia de vibraciones.

En cuanto a la consulta sobre si el proyecto pudiera cerrar calles por las actividades de construcción, es importante señalar que la única obra que puede impedir de forma momentánea el uso de la vereda es la construcción de la vereda frente al proyecto, lo que representa un proyecto de mejora a la condición actual que poseen los peatones.

Respecto de la letra h) de la observación, se aclara que los vehículos durante la fase de construcción del proyecto no ingresarán a la población Lemus. Para esto, se ha decido actualizar las rutas a utilizar durante la Fase de Construcción del Proyecto. Por lo tanto, la calle a utilizar por los vehículos que transitan desde el Norte será por Av. Perú, Vuelta en U en calle Rapa Nui y luego tomar nuevamente Av. Perú y los camiones que salgan del proyecto hacia el centro será por calle Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Puma, María Graham y luego tomaran nuevamente Av. Perú. Adicionalmente, el Titular se compromete a que todo tránsito de vehículos livianos, vehículos de carga de material y vehículos de escombros a realizar durante la fase de construcción será por fuera de la Villa Lemus, lo cual quedará estipulado en el contrato de prestación de los servicios y ha sido establecido como un compromiso ambiental voluntario que quedará en forma expresa en la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del Proyecto.

Respecto de la letra i) de la observación, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios 332 sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

En la siguiente figura se muestran los puntos de medición de flujos. Estas mediciones obtenidas en terreno permitieron calibrar de manera adecuada los modelos computacionales que fueron utilizados para la representación actual y con proyecto del área de influencia.

Figura 20 Ubicación puntos de medición

De acuerdo a la metodología, para representar la demanda aportada por el proyecto se consideraron los 447 estacionamientos que contemplan ambos edificios.

Como resultado de este estudio, se generaron las siguientes medidas que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto:

  1. Pavimentación de una franja de 2 metros de Av. Perú, entre el proyecto y calle Arzobispo Valdivieso, de acuerdo a lo aprobado y establecido en el proyecto de tratamiento de espacio público por la I. Municipalidad de Recoleta.

  2. Repavimentación de calle Doctor Ostornol, entre Francisco Silva y Arzobispo Valdivieso, de acuerdo a lo indicado en plano de medidas de mitigación.

  3. Elaboración y ejecución de proyecto de demarcación y señalización en los siguientes tramos contenidos dentro del área de influencia del proyecto: • Av. Perú, entre Arzobispo Valdivieso y Celia Coloma (frente del proyecto) • Celia Coloma, entre Av. Perú y Elcira Lemus • Eloísa Lemus, entre Desiderio Lemus y Elcira Lemus • Elcira Lemus, y Eloísa Lemus y Celia Coloma • Arzobispo Valdivieso, entre Av. Recoleta y Doctor Ostornol • Unión, entre Av. Recoleta y Francisco Silva. • María Graham, entre Av. Recoleta y Av. Perú. • El Salto Chico, entre Unión y Arzobispo Valdivieso. • Puma, entre Unión y Arzobispo Valdivieso. • Av. El Salto, entre Doctor Ostornol y Arzobispo Valdivieso. 333 • Doctor Ostornol, entre Av. Recoleta y Arzobispo Valdivieso.

Esta medida incluye la demarcación de líneas de parada, uso de pistas y cruces peatonales. Para el caso de la intersección de Arzobispo Valdivieso con Av. Recoleta se incluirá la demarcación de estacionamientos y pista de viraje izquierda.

  1. Reprogramación de los siguientes semáforos, incluyendo la tarea de sintonía fina y la reconfiguración de las EPROMS de los controladores: • Av. Recoleta con Arzobispo Valdivieso • Av. Recoleta-Semáforo Peatonal • Av. Recoleta con Unión • Av. El Salto con Dr. Ostornol • Av. Perú con Arzobispo Valdivieso • Av. El Salto con México • Av. Perú con Unión • Av. Perú con Schlack • Av. Perú con San Cristóbal • Av. Perú con Santos Dumont

  2. Normalización del controlador ubicado en Av. Perú con Arzobispo Valdivieso.

  3. Instalación de unidades de respaldo de energía (UPS) para los semáforos ubicados en la intersección de Av. Recoleta con Unión y Av. Perú con Unión.

  4. Deberá realizar un estudio de justificación de semáforo peatonal en Av. Perú y Desiderio Lemus (frente a proyecto), el cual deberá ser revisado y aprobado por UOCT. De justificarse, deberá presentar el Proyecto de Semaforización y el Estudio de Programaciones a la misma UOCT, para su revisión y aprobación. El mandante deberá hacerse cargo de la ejecución de su construcción de acuerdo a la normativa vigente.

  5. Implementación de 3ª fase exclusiva peatonal con el objetivo de disminuir el conflicto generado por el viraje a la derecha en la intersección Av. Recoleta con Arzobispo Valdivieso. Esta implementación deberá ser ingresada a UOCT para su revisión y aprobación.

  6. Mejoramiento de los siguientes paraderos de transporte público: • Paradero PB 150 ubicado en Av. Perú y Desiderio Lemus • Paradero PB 170 ubicado en Av. Perú con Arzobispo Valdivieso

Este mejoramiento incluye el cambio de piezas defectuosas, cambio y/o actualización de señal de parada y demarcación de los cajones “Solo Bus”, en material termoplástico. Todo esto de acuerdo al estándar indicado por DTPM.

  1. Mejoramiento radios de giro en la intersección de Av. El Salto con calle Doctor Ostornol.

  2. Ejecución del proyecto Zona 30 en el cuadrante formado por Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Eloísa Lemus, Elcira Lemus y María Graham de acuerdo a lo estipulado por la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta.

  3. Ejecución de un estudio de demanda de pasajeros en paraderos catastrados, para determinar el aumento de demanda en condición de plena operación del proyecto, el cual deberá ser revisado y aprobado por la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta y por DTPM, debiendo materializar, en caso que corresponda, las obras asociadas.

  4. Evaluación de la implementación de la bidireccional de Arzobispo Valdivieso hasta Av. Recoleta, con la finalidad de dar continuidad a la red vial, y analizar el comportamiento de los flujos del proyecto en esta vía, el que deberá ser revisado y aprobado por Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta y UOCT. La evaluación del proyecto no considera la implementación de las obras resultantes de este análisis.

334 14. Habilitación de dispositivos de rodados de Desiderio Lemus con Av. Perú y Celia Coloma con Av. Perú.

  1. Instalación de segregador horizontal en todo el frente predial de acuerdo a lo determinado por la I. Municipalidad de Recoleta.

  2. Instalación de baliza y espejo cóncavo en los accesos del proyecto, esto para prevenir posibles conflictos con los peatones.

Respecto a que los compromisos viales son mayores que los indicados y que, además, el estudio vial fue debidamente revisado por los organismos competentes, dentro de los cuales estuvo el municipio, la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana y la UOCT.

Respecto de la letra j) de la observación, se debe señalar que el titular del Proyecto, realizó una evaluación de las vibraciones que se generarán producto de las actividades de construcción del proyecto. Dado que Chile no cuenta con norma específica para la evaluación del impacto por vibraciones, el Estudio Acústico y Vibraciones, presentado en el Anexo 6 de la Adenda 1, utiliza como norma de referencia un estándar definido por el departamento de Transportes de California, en Estados Unidos, recomendada para la evaluación de proyectos con uso de maquinaria pesada como excavadoras, compactadores, camiones, etc. El titular acredita que dicho estudio demuestra que se cumplirá con la norma de referencia utilizada. Por lo anterior, el titular expone en el Proyecto, que no existirá riesgo de daño sobre las edificaciones vecinas, acreditándose por lo tanto el cumplimiento de la norma de referencia adoptada, lo cual ha sido revisado y validado por los organismos con competencia ambiental que revisaron este estudio, no habiendo observaciones a la fecha.

Respecto de la letra k) de la observación, la tasa de estacionamientos exigida por la normativa para este proyecto es 34,5% para la Etapa 1 y 35,6% para la Etapa 2. De acuerdo a la Encuesta Origen- Destino (2012) la tasa de tenencia de vehículos en la comuna de Recoleta, que corresponde a 0,41 vehículos por vivienda, es decir 41%.

El proyecto contempla una cantidad de estacionamientos superior a los valores anteriores. El proyecto contempla una cantidad de estacionamientos muy superior a los valores anteriores. La Etapa 1 contempla 190 estacionamientos vendibles para los dueños de departamentos lo que corresponde a una tasa de 73%, la Etapa 2 contempla 220 estacionamientos para los dueños de departamentos, que corresponde a una tasa del 99%.

A lo anterior se deben agregar los estacionamientos de visita exigidos por la normativa (26 estacionamientos en ambas etapas).

Respecto de la letra l) de la observación, el titular señala que la eliminación de malezas, el despeje del terreno y la desratización se realizó, precisamente, por una solicitud de los vecinos para eliminar la presencia de ratones. Además, para evitar nuevas afectaciones a los vecinos colindantes al proyecto, el Titular ha mantenido limpio el terreno y realizará las desratizaciones exigidas por la normativa.

En el proyecto el Titular también informa que los proyectos de Basura se encuentran en aprobación por parte de la Autoridad Sanitaria. Dichos permisos permitirán que los habitantes del proyecto puedan disponer sus residuos domiciliarios, a través de ductos, al interior de contenedores ubicados en las salas de basuras. Además, cabe destacar, que el retiro de los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios es obligación de la Municipalidad y se realizará por Avenida Perú. Para mayor detalle ver respuesta 2 de la Adenda Complementaria.

Durante la etapa de construcción, el manejo de basuras será la acumulación en un sector habilitado para ello, siendo el traslado y disposición con empresas autorizadas para tal fin. Por esta razón, no habrá acumulación de residuos fuera de la obra.

Respecto a la habilitación de pasos peatonales al interior del proyecto, se informa a la comunidad que estos son propiedad del Titular, ya que el lote original fue adquirido a sus propietarios y debidamente inscrito en los registros correspondientes, no habiendo sobre ellos servidumbres de paso. 335

Respecto de la letra m) de la observación, los edificios se encuentran emplazados en el terreno distantes varios metros de los deslindes, con el propósito de generar menores efectos de sombras y ventilación de las casas vecinas. Lo anterior se encuentra detallado en el estudio de sombras aprobado por la D.O.M de Recoleta y forma parte integrante del Permiso de Edificación Nº 29 de fecha 25 de abril de 2016 (Edificio Perú Plaza I) y Permiso de Edificación N°53 de fecha 16 de octubre de 2017 (Edificio Perú Plaza II) otorgado por la D.O.M de Recoleta. Estos permisos acreditan que el proyecto cumple con el Instrumento de Planificación Territorial vigente para este sector en forma íntegra

Respecto de la letra n) de la observación, cabe señalar que los terrenos en que se ubicará el proyecto se ubican al interior del área de concesión eléctrica de la empresa Enel. Dicha empresa se encuentra legalmente obligada a prestar servicios eléctricos tanto a la población Lemus como a los edificios del proyecto, además de los demás habitantes en su área de concesión. La Superintendencia de Electricidad y Combustibles es el organismo público encargado de fiscalizar a dicha empresa concesionaria, contando con múltiples facultades en caso que existan problemas de servicio, como cortes reiterados. Finalmente, se debe aclarar que los edificios del proyecto no serán agentes contaminantes.

Respecto de la letra o) de la observación, el Instrumento de Planificación Territorial (IPT) consignó el suelo del proyecto como de uso residencial, por lo que, permite la construcción del proyecto; el proyecto cumple con el IPT en términos de la altura, rasantes y sombras proyectadas a los terrenos aledaños al proyecto. Además, el proyecto cumple con lo establecido en el artículo 2.6.11 de Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Por lo anterior, se debe señalar que el Proyecto cumple con los instrumentos legales que permiten la elaboración del Proyecto.

  1. Juan Pablo Quezada Bustos

Tal como indica la resolución exenta 0219 del 23 de mayo de 2017, el proyecto genera una "carga ambiental" producto de "externalidades ambientales negativas en localidades próximas durante su construcción u operación". La resolución indica que durante la fase de construcción existirán diversos impactos ambientales a las comunidades próximas, tales como: emisiones atmosféricas, emisiones de ruido, vibraciones, población flotante, entre otros, que afectarán de manera directa a los vecinos solicitantes, que residen en un terreno colindante al lugar de emplazamiento del Proyecto, a su vez durante la etapa de operación, los mismo vecinos se verán afectados por el tránsito vehicular que aportará el Proyecto Edificios Perú Plaza I - 11, de aquí en adelante el Proyecto, al área de influencia, emisiones de ruido, etc.

Mediante ley de transparencia ante la Municipalidad de Recoleta, hemos conseguido acceso a la resolución de aprobación de anteproyecto N21 del 18 de Enero de 2017, la cual no ha sido asociada al presente DIA. Esta resolución indica expresamente que el proyecto excede el umbral mínimo de exigencia de Estudio de Impacto Ambiental (300 viviendas) con un total de 483 viviendas y 13 locales comerciales, debiendo por lo tanto presentar el citado Estudio antes del inicio de las obras. Sin embargo, la empresa está presentando un DIA por la primera resolución de anteproyecto, N28 del 23 de Octubre 201S, que no pedía el EIA sino solo una DIA. La resolución de 2017 también indica la intención de la empresa para evitar la necesidad del estudio y por lo tanto lo exigen en la última resolución.

El Proyecto se vende por los desarrolladores y constructores como una renovación urbana que entrega calidad de vida, "observante de la norma" y en diálogo con los vecinos. Una encuesta realizada por la Universidad de Chile entre 746 residentes de barrios en renovación urbana en el Gran Santiago concluyó que para los vecinos antiguos la calidad de vida en el barrio disminuye con la renovación. Así, para los encuestados/as, la nota promedio asignada a la calidad de vida de sus barrios con anterioridad a la llegada de edificios en altura es de un 6,0, mientras que la nota que adjudican para calificar la situación actual de sus barrios apenas alcanza a un valor promedio de 4,8 (López et al 2013). Los efectos negativos que la llamada renovación urbana ha tenido en los barrios de Santiago Centro y Estación Normal son conocidos y bien documentados y han causado impacto público en los últimos años (Pozo 2013; El Mercurio 2017).

336 Motivados por esta preocupación, los vecinos de la Población Lemus nos hemos organizado en comités encargados de recopilar las inquietudes de los vecinos al Proyecto. El Comité de Medio Ambiente registró las inquietudes en área medioambiental, manifestadas en reuniones en la junta de vecinos y mediante medios de comunicación social. Basados en este trabajo, hemos resumido la multiplicidad de impactos identificados, los cuales fueron agrupados en dos categorías: Efectos en el ecosistema y Efectos sobre la comunidad.

1.- Efectos en el ecosistema

Polvo producido por los vehículos: la entrada y salida de vehículos de la obra genera una gran cantidad de contaminantes. El transporte de los materiales al lugar de la obra provoca mucho polvo o material particulado. Las ruedas de los vehículos contienen gran cantidad de material particulado suspendido, tales como polvo, arena, arcilla y cemento. Estas materias quedan suspendidas en el aire, suelo y agua. Además, los vehículos transportan este material particulado fuera de la obra, lo que implica que no sólo se pueden enfermar los trabajadores sino también la comunidad.

Polvo provocado por las actividades de la construcción: La mayoría de las actividades de la construcción como excavaciones, rellenos, movimientos de tierra, blanqueo, pintura, azulejado, mezcla de hormigón y trabajos de acabado provocan un efecto adverso sobre el entorno, pues generan una gran cantidad de material particulado.

Polvo provocado por los materiales de la construcción: Estos materiales son cemento, áridos, arena, arcilla, cal, madera y carbonato de calcio. Los trabajadores que laboran en la obra y emplean esos materiales, así como los vecinos colindantes al proyecto, tienen una alta exposición al polvo emitido por ellos.

Baby et al. (2008) citado por Singh (2011) demuestra que el polvo de cemento contiene metales pesados como: níquel, coba lto, plomo y cromo, contaminantes peligrosos para el ambiente biótico, con impacto adverso para la vegetación, para la salud humana y animal y para los ecosistemas. Diversos estudios han demostrado que existe una relación entre la exposición al polvo de cemento, el deterioro crónico de la función de los pulmones y los síntomas respiratorios en la población humana. El polvo de cemento irrita la piel, la mucosa de ojos y el sistema respiratorio. Su deposición en el tracto respiratorio provoca una reacción básica que aumenta los valores del pH que irrita las mucosas expuestas (Zeleke et al., 2010). La exposición al polvo de cemento ha sido asociada al incremento del riesgo de sufrir anormalidades del hígado, desórdenes pulmonares y carcinogénesis. Se ha planteado que la reducción de la capacidad antioxidante y el aumento del nivel de peroxidación lipídica del plasma podrían explicar los mecanismos causales de enfermedades (Aydin et al., 2010).

Ruido • Ruido proveniente de los vehículos en movimiento (por ej ., transporte de materiales) • Ruido proveniente de las actividades de la construcción (por ej., excavación, relleno) • Ruido proveniente de las herramientas para la construcción (por ej., mezcladora de hormigón, máquinas eléctricas)

En la obra, los trabajadores utilizan herramientas como: mezcladoras de hormigón, trituradoras de hormigón, compactadoras, lijadoras, cepilladoras, cortadoras de disco, taladros y motosierras, y son quienes más sufren por la exposición al ruido derivado de la construcción. También los residentes que viven vecinos a la obra en construcción y quienes usan las calles cercanas a la obra. Lo anterior significa que muchas personas sufren a diario por los ruidos de la construcción, dado el crecimiento de ésta en la Franja de Gaza.

El Proyecto no considera monitoreo de los niveles de ruido. Los vecinos estiman que el ruido puede provocar pérdida de la audición, temporal o permanente, estrés y molestias, manifestándolo a los representantes de la empresa constructora luego la presentación realizada en la Junta de Vecinos el12 de junio de 2017. Sin embargo, los representantes de la empresa, y en especial su consultora Ambiental Letizia Dal Pozzo, desestimaron la necesidad de realizar un monitoreo, argumentando que no hay norma que lo exija. Los encuestados en el estudio de Enshassi et al (2014), indicaron que los ruidos de la construcción podían provocar trastornos sociales en sus hogares, trabajos y cuando intentaban dormir. Potencialmente, los ruidos de la construcción pueden molestar a las personas las 24 horas del día, los 7 días de la semana. Los efectos del ruido en la salud son consecuencia de los elevados niveles de ruido. Un elevado nivel de ruido en el lugar de trabajo u 337 otros ruidos puede producir deterioro de la audición, hipertensión, enfermedades cardíacas isquémicas, molestias y perturbación del sueño. Cambios en el sistema inmunológico y defectos de nacimiento han sido atribuidos a la exposición al ruido (Passchier-Vermeer y Passchier, 2000). Se sabe que la exposición al ruido induce zumbido de oídos, hipertensión, vasoconstricción y otros efectos cardiovasculares adversos (WRUC, 2007). Ijigah et al. (2013) realizaron su investigación en Nigeria, encontrando que la "contaminación por ruido" se ubicaba en el sexto lugar con un índice de Importancia Relativa (IIR) de 0,794, en una escala de O a 1.

2.- Efectos sobre la comunidad

Las obras de construcción cierran calles y perturban los intereses de las personas. El transporte en la construcción provoca interrupción del tráfico debido al cierre de calles o caminos. Además, los encuestados estimaron que el ruido y la vibración producidos por las actividades de la construcción y el movimiento vehicular podían provocar trastornos sociales en los hogares, en el lugar de trabajo y a la hora de dormir. Enshassi et al (2014) clasificaron este efecto con un IIR=0.79. Ijigah et al. (2013) realizaron su estudio en Nigeria y encontraron que el "Trastorno social" ocupaba el lugar número 14, con un IIR=0.711 Zolfagharian et al. (2012) encontraron que el "Trastorno social" se ubicaba en el lugar número 22.

Tránsito de camiones: La interrupción del tráfico que se producirá por el tránsito de camiones de la construcción es considerado como de alto impacto negativo por los estudiantes. Los responsables del Proyecto plantean que los camiones no pasarán por la Población para llegar a la obra. Sin embargo, el plan de acceso fue generado por la empresa antes de la actual construcción del bandejón central de av. Perú que cerró el ingreso por Desiderio Lemus. Por lo tanto, los camiones no tendrán forma de llegar desde el norte si no es a través de la Población, para luego virar hacia el norte por Av. Perú y luego poder entrar a la Obra.

Tráfico: Actualmente, los vecinos de la Población Lemus tienen gran dificultad para salir o entrar en las horas punta, teniendo que enfrentar colas de varias cuadras por Av. Valdivieso que es la única salida que tiene luego que las obras de la Av. Perú cerraran sus otros accesos. El Proyecto agravará la situación no solo durante la construcción sino que luego su habilitación habitacional, producto del alto número de personas que se incorporarán al uso de las mismas vías de acceso. La Empresa presenta como principal medida de mitigación la mejora del sistema eléctrico del semáforo de Av. Perú con Av. Valdivieso (normalización del controlador e instalación de una UPS). Sin embargo, esto no tendrá absolutamente ningún efecto en mejorar el flujo vehicular en las horas punta, dado que el problema no es que no funcione el semáforo sino que la capacidad de las calles es insuficiente para el flujo vehicular habitual, el cual será posiblemente triplicado con este Proyecto (483 departamentos = más de 1300 personas nuevas). Por lo tanto, los vecinos colindantes consideramos absolutamente insuficientes las medidas de mitigación presentadas.

Vibraciones: Los vecinos de la Población Lemus también consideran importante el impacto que tendrán las vibraciones generadas por la construcción. La población está constituida principalmente por casa de más de 70 años, algunas de adobe. El Proyecto no considera los efectos que las vibraciones puedan tener ni presenta medidas de mitigación.

Colapso de estacionamientos públicos: Los vecinos manifestamos nuestra preocupación por el uso excesivo que harán los moradores de los edificios de los espacios públicos de estacionamiento de la Población Lemus. Nuestra preocupación se basa en el hecho que para 483 departamentos solo se construirán 447 estacionamientos para autos. Considerando que hoy en día cada familia tiene al menos un auto, es evidente que los estacionamientos privados del Proyecto serán insuficientes y por lo tanto los moradores de los edificios utilizarán los espacios de estacionamiento del vecindario. Esto redundará en que los vecinos de la Población Lemus no podrán estacionar fuera de sus propias casas. Este problema fue planteado a los responsables del Proyecto en la presentación hecha en la Junta Vecinal, pero estos manifestaron que están dentro de la norma y que no estiman que se vendan todos los estacionamientos ni produzca tal efecto. Su estimación se basa en que en sus proyectos anteriores nunca se venden todos los estacionamientos, dado que según ellos indicaron, hay muchas familias jóvenes que no tienen recursos para comprar un auto. Por lo tanto, no estiman necesaria una medida de mitigación. Estamos en desacuerdo con la estimación de la empresa, la cual, si bien puede ser cierta al momento de la venta de sus departamentos, esto no implica que eventualmente todos los estacionamientos sean vendidos, mucho después de que la empresa se retire de nuestra Población. Aluden que están dentro de la Norma y que la Norma no la hacen las inmobiliarias. 338

Salubridad e higiene: Desde que la Empresa ABSAL comenzó sus trabajos, los vecinos colindantes hemos tenido constante invasión de ratas en nuestras casas. Esto fue indicado a la empresa luego de su presentación en la Junta Vecinal, a lo cual solo respondieron que han hecho desratizaciones. Sin embargo, esto evidentemente no ha sido suficiente, pero la empresa no manifestó ninguna voluntad de tomar medidas al respecto. Los vecinos además estamos preocupados por la acumulación de basura en el vecindario producto de estos edificios. La reciente llegada de inmigrantes a la Población, especialmente en cites ubicados en Av. Valdivieso, han significado una acumulación constante en las vías públicas.

Esto no es solo bolsas de basura que dejan en el piso para que sean destruidas por los perros, sino también electrodomésticos, muebles, colchones, etc. Ni los vecinos ni la municipalidad han podido solucionar este problema. Por lo tanto, prevemos que este tremendo Proyecto habitacional podría empeorar muchísimo más la situación ya que no hay forma de prever ni menos controla el nivel educacional de las 483 familias que llegarán y no existen medidas de mitigación para permitir un adecuado control de la cantidad de basura generadas ni de donde será depositada. Si los habitantes de los departamentos no encuentran donde desechar su basuras y muebles viejos, de seguro buscarán una vereda o pasaje en nuestra población para hacerlo. Tampoco nada parece evitar que si los vecinos de las torres eventualmente decidieran sacar su basura por los portones que dan hace las calles de la Población (Ricardo Lemus y Juan Antonio Ríos), que puedan hacerlo. Aun si como indica la Empresa, ellos no permitirán tránsito de camiones ni autos desde la propiedad hacia esas calles, los vecinos luego de comprar los departamentos podrían hacerlo. Los vecinos vemos como única medida de mitigación efectiva, que estas calles sean habilitadas como tal, hasta Av. Perú, pero como pasos peatonales. Estas calles son espacios públicos, y fueron concedidas al antiguo Estadio Monserrat dado el beneficio que ese proyecto representaba para toda la comunidad . Sin embargo, como ese beneficio ya no existe, solicitamos que las calles sean devueltas a la comunidad . Por ser calles, son de dominio público y este carácter no puede cambiarse por un plan regulador ni puede ser cedido a un privado sin una desafección, la cual no ha ocurrido. Por lo tanto, la comunidad de vecinos solicita su habilitación pública y peatonal como medida de mitigación medioambiental del presente Proyecto.

Sombra: Las torres generarán sombra gran parte del año sobre las casas del costado sur, oriente y poniente. Esto redundará no solo en oscuridad en los patios y hogares sino en mayor frío y humedad en las casas. Un estudio de la U. de Chile sobre renovación urbana midió los efectos en los últimos 10 años. Entre las consecuencias para los vecinos está el exceso de sombra (López et al 2013). Los vecinos por lo tanto tendrán un aumento en el gasto de electricidad y parafina para iluminación y calefacción. La humedad favorecerá el crecimiento de hongos lo cual puede llevar a un aumento en las enfermedades respiratorias, especialmente en niños y asmáticos. El Proyecto no considera fuentes de mitigación para estos impactos. Al plantearle el problema a los responsables del Proyecto en la Junta Vecinal, ellos indicaron que en la parte más cercana al límite del terreno, las torres guardan una distancia de 10,4 metros. Esto nos parece absolutamente insuficiente considerando que las torres tendrán 16 pisos de alto. Revisando en detalle el estudio de sombras realizado por la empresa e incluido en su OlA, detectamos que la rasante de 70º por el costado oriente del proyecto parte desde los 6 mts de altura y por el lado sur parte desde los 14 mts, ambos costados que dan hacia la Población Lemus. Según el Art. 2.6.3 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, las rasantes se aplican desde la altura máxima permitida solo en el caso de edificaciones continuas. Cuando las edificaciones son aisladas, debe aplicarse desde el nivel del suelo. el Barrio Lemus, es zona EB1 del según el plan Regulador vigente, el cual permite construcción continua SOLO EN FRENTES MENORES A 15 mts y. El terreno del proyecto inmobiliario tiene un frente mucho mayor a 15 mts, así como la mayoría de las casas de la población Lemus y por lo tanto son viviendas aisladas. Por lo tanto, concluimos que el estudio de sombras está mal hecho porque sobreestima el volumen teórico del edificio y solicitamos que sea hecho nuevamente

Potencia eléctrica: Actualmente, la Población Lemus ha tenido cortes eléctricos prolongados en varias oportunidades. Esta situación preocupa a la comunidad, ya que el periodo de construcción es una operación energética mente intensa, y lo mismo sucedería con el uso del edificio a lo largo de su vida operativa. Creemos importante que se reconozca a los Edificios Perú Plaza 1- II como un potente agente consumidor de energía y emisor de contaminantes durante su vida operativa.

Impacto Visual y privacidad: La Población Lemus es un sector residencial, donde las casas son principalmente de uno o dos pisos. La construcción de estos edificios rompe significativamente con 339 el esquema existente en nuestra población, produciendo un perfil urbano irregular que reemplaza la actual estructura de nuestra población. Por otra parte, estos edificios interrumpen nuestra privacidad, sobre todo para los vecinos colindantes, los cuales están 10,4 metros de distancia.

Esperamos que el Servicio de Evaluación Ambiental acoja nuestras observaciones y nos ayude a evitar los graves y negativos efectos que este proyecto tendrá sobre nuestra calidad de vida. El proyecto alude un beneficio social por dar respuesta a una supuesta necesidad habitacional de Santiago. Sin embargo, la Población Lemus no tiene tal necesidad y estaría asumiendo esta externalidad con todos los costos que conllevará aumentar en varias veces su densidad poblacional actual, sin ser beneficiada sino perjudicada. Dada la extensión de los impactos ambientales del citado proyecto, y que tal como lo indica la Municipalidad de Recoleta en su Resolución de Anteproyecto Nº l del presente año, es necesario y exigimos que se realice un Estudio de Impacto Ambiental.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto a la alusión a la Resolución Exenta 0219 del 23 de mayo de 2017, se debe señalar que las emisiones atmosféricas del proyecto no superarán los límites indicados en el artículo 98 del Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica de Santiago (PPDA), tal como se demuestra en la Tabla 4 del Anexo PAC de la Adenda complementaria. Además, como compromisos se contempla la implementación de cierres con planchas OSB y sobre esta se adicionará malla tipo raschel que cumplirán la doble función de retener material particulado y controlar las emisiones de ruido. Adicionalmente se han contemplado medidas como humectación de las áreas de movimiento de tierra, acopio de tierra y vías de circulación interna; se estabilizarán y compactarán las zonas de tránsito de maquinaria y vehículos; se prohibirá la quema de maderas u otro material al interior de la obra, entre otros.

En cuanto a las emisiones de ruido generadas durante la fase de construcción, cabe destacar que al implementar las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (plancha OSB como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), los niveles estimados de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente. Finalmente, para asegurar el cumplimiento de la normativa de referencia para las vibraciones se restringirá el uso de la placa compactadora, la cual no podrá operar a menos de 9 metros de los receptores R1, R2 y R3 (Ver Anexo 6 de la Adenda 1). Asimismo, el proyecto ha aprobado un EISTU, que ha evaluado el efecto que se producirá por los vehículos que introduce el proyecto, el cual ha sido revisado y aprobado por los servicios competentes. Debido a lo señalado anteriormente el proyecto no genera externalidades negativas, ya que ya que los impactos ambientales citados son impactos regulados, que tienen medidas para hacerse cargo de los mismos.

Respecto de lo planteado en la observación en relación a los fundamentos de la DIA, se debe informar que los proyectos inmobiliarios que exceden de las 300 viviendas deben ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) de acuerdo a la letra h.1.3 del artículo 3° del Reglamento del SEIA (DS N°40/2013 del Ministerio del Medio Ambiente) que señala:

“Letra h): Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturada. h.1: Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjunto de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características: • h.1.1: Que se emplacen en áreas de extensión urbana o en área rural, de acuerdo al instrumento de planificación, correspondiente y requieran de sistemas propios de producción y distribución de agua potable y/o de recolección, tratamiento y disposición de aguas servidas; • h.1.2: Que den lugar a la incorporación al dominio nacional de uso público de vías expresas o troncales; • h.1.3: Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas; o 340 • h.1.4: Que consulten la construcción de edificios de uso público con una capacidad para cinco mil (5.000) o más personas o con mil (1.000) o más estacionamientos.”

De acuerdo a lo anterior, el proyecto ingresó al SEIA ya que: • Corresponde a un proyecto de tipo inmobiliario que se ubica en la Región Metropolitana, la cual ha sido declarada zona latente para Dióxido de Nitrógeno (NO2) y saturada para Partículas Totales en Suspensión (PTS), Material Particulado Respirable (PM10), Monóxido de Carbono (CO) y Ozono (O3). La Región, cuenta con el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA), que ha sido dictado conforme al artículo 44 de la Ley Bases del Medio Ambiente. • El proyecto contempla la construcción de 483 departamentos.

Habiendo establecido la necesidad de ingreso al SEIA, lo siguiente es determinar si debe hacerse a través de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) o un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), en caso que se produzca alguno de los efectos características y/o circunstancias señaladas por el artículo 11 de la Ley 19.300. A partir de las prospecciones y estudios realizados (emisiones atmosféricas, ruido y vibraciones, patrimonio arqueológico, factibilidad de servicios sanitarios, medio humano), es posible indicar que el proyecto no genera ninguno de los efectos, características y/o circunstancias señaladas en las letras a) a la f) del artículo 11 de la Ley 19.300, o en los artículos 5 al 10 del Reglamento del SEIA que regulan la misma materia. Por lo cual, el proyecto ingresa al SEIA a través de una DIA.

Cabe señalar que durante la evaluación ambiental de esta DIA ningún organismo público con competencias ambientales ha señalado que el proyecto produzca alguno de los efectos, características y/o circunstancias señaladas en las letras a) a la f) del artículo 11 de la Ley 19.300 ni ha requerido la presentación de un EIA.

Adicionalmente, es importante comentar y aclarar que toda diferencia o discrepancia entre lo presentado en la Resolución de Aprobación del Anteproyecto y el Permiso de Edificación, se produce por la evolución del proyecto, desde un anteproyecto a un proyecto definitivo. El desarrollo mismo de un proyecto en cada uno de sus componentes puede arrojar modificaciones entre la etapa de Anteproyecto y el Permiso de Edificación, respecto de las cuales la autoridad pudo haberse pronunciado de manera distinta. Esta es una situación común en los proyectos de esta naturaleza.

La construcción del proyecto, por lo tanto, debe ajustarse a lo permitido a través de los Permisos de Edificación de cada edificio, como también, de lo evaluado ambientalmente en el SEIA.

En la Tabla 8 “Característica Proyecto” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA, se presenta la información del Proyecto a construir con las superficies aprobadas a la fecha mediante el Permiso de Edificación N°29 del 25 de abril de 2016 (Perú Plaza I) y mediante el Permiso de Edificación N° 53 de fecha 16 de octubre de 2017 (Perú Plaza II).

Respecto de la encuesta realizada por la Universidad de Chile, según plantea el PLADECO 2014- 2018, la aprobación del Plan Regulador Comunal del año 2005 reconoce Av. Perú como eje de renovación urbana, donde se han llevado a cabo algunos proyectos inmobiliarios. Posterior, durante el año 2006 se realizó la primera modificación al instrumento con el fin de restringir las condiciones de construcción de los nuevos inmobiliarios, lo cual impactó notoriamente en la producción en dicha zona. Considerando dicho antecedente, cabe señalar que el Proyecto se ajusta a la normativa territorial vigente, establecida a través del Plan Regulador Comunal de Recoleta y es en virtud de este instrumento que ha sido diseñado y obtenido los permisos municipales que dan cuenta de esta situación.

Respecto de la consulta sobre el polvo producido por los vehículos, el titular se compromete a que el transporte de materiales o residuos que despendan polvo se realizará con la carga cubierta (encarpado), manteniendo una distancia mínima de 10 cm. entre la superficie de la carga y la cubierta, además, de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver figura 4 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria).

En cuanto a las ruedas de los vehículos, se limpiarán del barro adherido previo al abandono de la zona de faenas, es decir, a la salida de la obra dando cumplimiento al artículo 5.8.3 de la OGUC.

341 Además, para evitar las emisiones de gases generadas por los vehículos livianos y pesados, se exigirá a los contratistas mantener los vehículos con revisión técnica y mantenciones al día. Dicho registro se mantendrá en obra.

Además, cabe destacar que el proyecto no supera los límites indicados en el artículo 98 del PPDA, tal como se puede observar en la Tabla 4 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria.

Según estos antecedentes, no se verá afectada la salud de los vecinos colindantes al área del proyecto.

Respecto de la consulta sobre el polvo provocado por las actividades de construcción, el titular ha comprometido y entregado los antecedentes para acreditar el cumplimiento de todas las medidas para controlar el polvo que producen las actividades de construcción. Además, para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante dicha fase de construcción, el titular consideró las siguientes medidas: • Humectación: Según la letra a) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se humectarán las áreas de movimientos de tierra y vía de circulación interna de acuerdo a los requerimientos en terreno, contemplándose un mínimo de 2 veces al día durante el periodo que duren las excavaciones. La fuente de agua provendrá de un arranque de agua potable en la obra o en su defecto por medio de camión aljibe que posea las autorizaciones y permisos correspondientes, se mantendrá registro en obra por medio de boletas o facturas. • Camiones encarpados: Según la letra c) del artículo 5.8.3 de la OGUC, el transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver Figura 4 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria). • Estabilización y compactación de caminos: Según la letra b) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículo por el periodo correspondiente (tiempo en que duren las excavaciones). • Cierre perimetral en los deslindes: Según la letra g) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se construirá cierre perimetral en los deslindes del proyecto con mallas tipo raschel, el cual será mantenido en buen estado. La finalidad de este cierre es evitar la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área del proyecto y sectores circundantes. Los cierres podrán ser reemplazados por los paneles OSB con fines acústicos, adicionándoles 50 cm por sobre el nivel con malla raschel, lo que se muestra en la Figura 51 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria (Ver Figura 51 Cierre Perimetral) • No se realizarán quemas: Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros combustibles al interior de la obra. • Limpiar ruedas: Según la letra d) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se limpiarán las ruedas de los vehículos del barro adherido previo al abandono de ellos de la zona de faenas, es decir, a la salida de la obra dando cumplimiento al artículo 5.8.3 de la OGUC. • Revisión técnica y mantenciones al día: En cuanto a la emisión de gases, se exigirá a los contratistas mantener los vehículos con revisión técnica y mantenciones al día, manteniendo el registro en obra.

Respecto de la consulta sobre el polvo provocado por los materiales de la construcción, se debe aclarar que en la obra no se fabricará cemento, solamente se utilizará hormigón premezclado. Con todo, de manera de prevenir la exposición al polvo generado por el cemente, se tomarán las siguientes medidas: • Usar hormigón premezclado • Humedecer el polvo en el punto donde se genera • Instalar un sistema local de ventilación por extracción. • La persona que manipule el cemento utilizará mascara respiratoria, antiparras y guantes de PVC • El material se almacenará en recintos cerrados, secos y con adecuada ventilación Con estas medidas se evitará generar afectación a los trabajadores y vecinos colindantes al proyecto. Respecto a otros materiales que puedan generan polvo en suspensión, ya sea áridos, arena, entre otros, se tomarán las siguientes medidas: • El transporte de materiales o residuos se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humectar la carga en caso de ser necesario. 342 • Se mantendrán humectados y/o cubierto con lona o malla raschel las pilas de tierra, escombros u otro material que pueda desprender polvo.

Finalmente, se debe destacar que el titular ha acreditado el cumplimiento de las normas ambientales en cuanto al manejo de efluentes, descargas y residuos, lo que conforme al artículo 5 del Reglamento del SEIA, el proyecto no generaría riesgo para la salud de la población.

Respecto de la consulta sobre el ruido, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en horario diurno (lunes a viernes entre las 08:00 a 19:00 horas, y, los sábados entre las 08:00 a 14:00 horas), por lo que, los vecinos colindantes al proyecto no se verán afectados ni durante el periodo nocturno, ni los fines de semana.

En cada una de las etapas del Proyecto se implementarán las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (placa sólida de madera aglomerada (OSB) como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), medidas que permiten garantizar que los niveles estimados de ruido cumplirán con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente. Este decreto se basa en la salud de la población y recoge los niveles recomendados al efecto por la organización Mundial de la Salud (OMS), por cuanto acreditar su cumplimiento, es la única forma objetiva, legal y vigente que posee un proyecto para acreditar que no generará efectos en la salud de la población.

En cuanto a la solicitud de realizar un monitoreo acústico, el titular ha acreditado el cumplimiento de la norma, por cuanto sólo se propone la verificación de las medidas de control indicadas en la evaluación acústica. No obstante lo anterior, el titular compromete que, en caso de producirse molestias a la comunidad por este factor, los vecinos podrán ponerse en contacto con el encargado de la obra, quien verificará el cumplimiento de las medidas y, en caso de ser necesario, las reforzará.

Además, para reforzar las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1, el Titular se compromete a instalar placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas para disminuir posibles molestias a los vecinos, cuyos detalles se presentan en la siguiente Tabla:

Tabla 102 Placas OSB en deslindes del Proyecto Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar afectaciones a los vecinos de la Población Lemus. Descripción: Durante la fase de construcción se instalarán placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas. Justificación: El presente compromiso se enmarca en la solicitud realizada por la Población de aumentar la altura de las barreras para asegurar la tranquilidad de los vecinos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Placas OSB de 6 metros de altura en los tres frentes que colindan a viviendas de la Población Lemus. Forma: Las Placas OSB se mantendrán en buen estado durante todo el periodo que dure la fase de construcción. Oportunidad: Las Placas OSB permanecerá durante toda la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Letrero en Registro fotográfico de las placas OSB. Forma de control y seguimiento

Existirá un encargado en obra de verificar que las placas OSB se encuentran en buen estado y que den cumplimiento a la altura comprometida.

343 Respecto de la consulta sobre los efectos de la comunidad, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en periodo diurno, por lo que, los vecinos colindantes al proyecto no se verán afectados durante el periodo nocturno. El horario de trabajo será de 08:00 a 19:00 horas de lunes a viernes, y sábado de 08:00 a 14 horas.

En cada una de las etapas del Proyecto se implementarán las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (placa sólida de madera aglomerada (OSB) como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras). Por lo tanto, según los antecedentes entregados por el titular, los niveles estimados de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente.

Dado que Chile no cuenta con una normativa específica que permita regular las vibraciones de índole ambiental, se utiliza lo recomendado por el Servicio de Evaluación Ambiental en su informe final para evaluación de vibración del estudio “Elaboración de una Guía Metodológica de Evaluación de Ruido y Vibraciones en el SEIA”, en donde se establecen metodologías y se recopilan antecedentes de normativas internacionales y estándares de referencia que tengan como objetivo proteger la salud de la población. Por consiguiente, el criterio de evaluación utilizado es el establecido en la guía “Transportation and Construction Vibration” (2004) del California Department of Transportation (Caltrans), Division of Environmental Analysis (USA).

Complementariamente, en el Anexo 6 de la Adenda 1 se acredita el cumplimiento de las normas de referencia de vibraciones.

En cuanto a la consulta sobre si el proyecto pudiera cerrar calles por las actividades de construcción, es importante señalar que la única obra que puede impedir de forma momentánea el uso de la vereda es la construcción de la vereda frente al proyecto, lo que representa un proyecto de mejora a la condición actual que poseen los peatones.

Respecto de la consulta sobre el tránsito de camiones, se aclara que los vehículos durante la fase de construcción del proyecto no ingresarán a la población Lemus. Para esto, se ha decido actualizar las rutas a utilizar durante la Fase de Construcción del Proyecto. Por lo tanto, la calle a utilizar por los vehículos que transitan desde el Norte será por Av. Perú, Vuelta en U en calle Rapa Nui y luego tomar nuevamente Av. Perú y los camiones que salgan del proyecto hacia el centro será por calle Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Puma, María Graham y luego tomaran nuevamente Av. Perú. Adicionalmente, el Titular se compromete a que todo tránsito de vehículos livianos, vehículos de carga de material y vehículos de escombros a realizar durante la fase de construcción será por fuera de la Villa Lemus, lo cual quedará estipulado en el contrato de prestación de los servicios y ha sido establecido como un compromiso ambiental voluntario que quedará en forma expresa en la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del Proyecto.

Respecto de la consulta sobre el tráfico, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

En la siguiente figura se muestran los puntos de medición de flujos. Estas mediciones obtenidas en terreno permitieron calibrar de manera adecuada los modelos computacionales que fueron utilizados para la representación actual y con proyecto del área de influencia.

Figura 20 Ubicación puntos de medición 344

De acuerdo a la metodología, para representar la demanda aportada por el proyecto se consideraron los 447 estacionamientos que contemplan ambos edificios.

Como resultado de este estudio, se generaron las siguientes medidas que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto:

  1. Pavimentación de una franja de 2 metros de Av. Perú, entre el proyecto y calle Arzobispo Valdivieso, de acuerdo a lo aprobado y establecido en el proyecto de tratamiento de espacio público por la I. Municipalidad de Recoleta.

  2. Repavimentación de calle Doctor Ostornol, entre Francisco Silva y Arzobispo Valdivieso, de acuerdo a lo indicado en plano de medidas de mitigación.

  3. Elaboración y ejecución de proyecto de demarcación y señalización en los siguientes tramos contenidos dentro del área de influencia del proyecto: • Av. Perú, entre Arzobispo Valdivieso y Celia Coloma (frente del proyecto) • Celia Coloma, entre Av. Perú y Elcira Lemus • Eloísa Lemus, entre Desiderio Lemus y Elcira Lemus • Elcira Lemus, y Eloísa Lemus y Celia Coloma • Arzobispo Valdivieso, entre Av. Recoleta y Doctor Ostornol • Unión, entre Av. Recoleta y Francisco Silva. • María Graham, entre Av. Recoleta y Av. Perú. • El Salto Chico, entre Unión y Arzobispo Valdivieso. • Puma, entre Unión y Arzobispo Valdivieso. • Av. El Salto, entre Doctor Ostornol y Arzobispo Valdivieso. • Doctor Ostornol, entre Av. Recoleta y Arzobispo Valdivieso.

Esta medida incluye la demarcación de líneas de parada, uso de pistas y cruces peatonales. Para el caso de la intersección de Arzobispo Valdivieso con Av. Recoleta se incluirá la demarcación de estacionamientos y pista de viraje izquierda.

  1. Reprogramación de los siguientes semáforos, incluyendo la tarea de sintonía fina y la reconfiguración de las EPROMS de los controladores: • Av. Recoleta con Arzobispo Valdivieso • Av. Recoleta-Semáforo Peatonal • Av. Recoleta con Unión • Av. El Salto con Dr. Ostornol • Av. Perú con Arzobispo Valdivieso • Av. El Salto con México • Av. Perú con Unión 345 • Av. Perú con Schlack • Av. Perú con San Cristóbal • Av. Perú con Santos Dumont

  2. Normalización del controlador ubicado en Av. Perú con Arzobispo Valdivieso.

  3. Instalación de unidades de respaldo de energía (UPS) para los semáforos ubicados en la intersección de Av. Recoleta con Unión y Av. Perú con Unión.

  4. Deberá realizar un estudio de justificación de semáforo peatonal en Av. Perú y Desiderio Lemus (frente a proyecto), el cual deberá ser revisado y aprobado por UOCT. De justificarse, deberá presentar el Proyecto de Semaforización y el Estudio de Programaciones a la misma UOCT, para su revisión y aprobación. El mandante deberá hacerse cargo de la ejecución de su construcción de acuerdo a la normativa vigente.

  5. Implementación de 3ª fase exclusiva peatonal con el objetivo de disminuir el conflicto generado por el viraje a la derecha en la intersección Av. Recoleta con Arzobispo Valdivieso. Esta implementación deberá ser ingresada a UOCT para su revisión y aprobación.

  6. Mejoramiento de los siguientes paraderos de transporte público: • Paradero PB 150 ubicado en Av. Perú y Desiderio Lemus • Paradero PB 170 ubicado en Av. Perú con Arzobispo Valdivieso

Este mejoramiento incluye el cambio de piezas defectuosas, cambio y/o actualización de señal de parada y demarcación de los cajones “Solo Bus”, en material termoplástico. Todo esto de acuerdo al estándar indicado por DTPM.

  1. Mejoramiento radios de giro en la intersección de Av. El Salto con calle Doctor Ostornol.

  2. Ejecución del proyecto Zona 30 en el cuadrante formado por Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Eloísa Lemus, Elcira Lemus y María Graham de acuerdo a lo estipulado por la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta.

  3. Ejecución de un estudio de demanda de pasajeros en paraderos catastrados, para determinar el aumento de demanda en condición de plena operación del proyecto, el cual deberá ser revisado y aprobado por la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta y por DTPM, debiendo materializar, en caso que corresponda, las obras asociadas.

  4. Evaluación de la implementación de la bidireccional de Arzobispo Valdivieso hasta Av. Recoleta, con la finalidad de dar continuidad a la red vial, y analizar el comportamiento de los flujos del proyecto en esta vía, el que deberá ser revisado y aprobado por Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta y UOCT. La evaluación del proyecto no considera la implementación de las obras resultantes de este análisis.

  5. Habilitación de dispositivos de rodados de Desiderio Lemus con Av. Perú y Celia Coloma con Av. Perú.

  6. Instalación de segregador horizontal en todo el frente predial de acuerdo a lo determinado por la I. Municipalidad de Recoleta.

  7. Instalación de baliza y espejo cóncavo en los accesos del proyecto, esto para prevenir posibles conflictos con los peatones.

Respecto a que los compromisos viales son mayores que los indicados y que, además, el estudio vial fue debidamente revisado por los organismos competentes, dentro de los cuales estuvo el municipio, la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana y la UOCT.

Respecto de la consulta sobre las vibraciones, se debe señalar que el titular del Proyecto, realizó una evaluación de las vibraciones que se generarán producto de las actividades de construcción del proyecto. Dado que Chile no cuenta con norma específica para la evaluación del impacto por 346 vibraciones, el Estudio Acústico y Vibraciones, presentado en el Anexo 6 de la Adenda 1, utiliza como norma de referencia un estándar definido por el departamento de Transportes de California, en Estados Unidos, recomendada para la evaluación de proyectos con uso de maquinaria pesada como excavadoras, compactadores, camiones, etc. El titular acredita que dicho estudio demuestra que se cumplirá con la norma de referencia utilizada. Por lo anterior, el titular expone en el Proyecto, que no existirá riesgo de daño sobre las edificaciones vecinas, acreditándose por lo tanto el cumplimiento de la norma de referencia adoptada, lo cual ha sido revisado y validado por los organismos con competencia ambiental que revisaron este estudio.

Respecto de la consulta sobre colapso de estacionamientos públicos, la tasa de estacionamientos exigida por la normativa para este proyecto es 34,5% para la Etapa 1 y 35,6% para la Etapa 2. De acuerdo a la Encuesta Origen-Destino (2012) la tasa de tenencia de vehículos en la comuna de Recoleta, que corresponde a 0,41 vehículos por vivienda, es decir 41%.

El proyecto contempla una cantidad de estacionamientos superior a los valores anteriores. El proyecto contempla una cantidad de estacionamientos muy superior a los valores anteriores. La Etapa 1 contempla 190 estacionamientos vendibles para los dueños de departamentos lo que corresponde a una tasa de 73%, la Etapa 2 contempla 220 estacionamientos para los dueños de departamentos, que corresponde a una tasa del 99%.

A lo anterior se deben agregar los estacionamientos de visita exigidos por la normativa (26 estacionamientos en ambas etapas).

Respecto de la consulta sobre salubridad e higiene, el titular señala que la eliminación de malezas, el despeje del terreno y la desratización se realizó, precisamente, por una solicitud de los vecinos para eliminar la presencia de ratones. Además, para evitar nuevas afectaciones a los vecinos colindantes al proyecto, el Titular ha mantenido limpio el terreno y realizará las desratizaciones exigidas por la normativa.

En el proyecto el Titular también informa que los proyectos de Basura se encuentran en aprobación por parte de la Autoridad Sanitaria. Dichos permisos permitirán que los habitantes del proyecto puedan disponer sus residuos domiciliarios, a través de ductos, al interior de contenedores ubicados en las salas de basuras. Además, cabe destacar, que el retiro de los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios es obligación de la Municipalidad y se realizará por Avenida Perú. Para mayor detalle ver respuesta 2 de la Adenda Complementaria.

Durante la etapa de construcción, el manejo de basuras será la acumulación en un sector habilitado para ello, siendo el traslado y disposición con empresas autorizadas para tal fin. Por esta razón, no habrá acumulación de residuos fuera de la obra.

Respecto a la habilitación de paso peatonales al interior del proyecto, se informa a la comunidad que estos son propiedad del Titular, ya que el lote original fue adquirido a sus propietarios y debidamente inscrito en los registros correspondientes, no habiendo sobre ellos servidumbres de paso.

Respecto de la consulta sobre el estudio de sombras, los edificios se encuentran emplazados en el terreno distantes varios metros de los deslindes, con el propósito de generar menores efectos de sombras y ventilación de las casas vecinas. Lo anterior se encuentra detallado en el estudio de sombras aprobado por la D.O.M de Recoleta y forma parte integrante del Permiso de Edificación Nº 29 de fecha 25 de abril de 2016 (Edificio Perú Plaza I) y Permiso de Edificación N°53 de fecha 16 de octubre de 2017 (Edificio Perú Plaza II) otorgado por la D.O.M de Recoleta. Estos permisos acreditan que el proyecto cumple con el Instrumento de Planificación Territorial vigente para este sector en forma íntegra.

Respecto de la consulta sobre la potencia eléctrica, de la observación, cabe señalar que los terrenos en que se ubicará el proyecto se ubican al interior del área de concesión eléctrica de la empresa Enel. Dicha empresa se encuentra legalmente obligada a prestar servicios eléctricos tanto a la población Lemus como a los edificios del proyecto, además de los demás habitantes en su área de concesión. La Superintendencia de Electricidad y Combustibles es el organismo público encargado de fiscalizar a dicha empresa concesionaria, contando con múltiples facultades en caso que existan problemas de servicio, como cortes reiterados. Finalmente, se debe aclarar que los edificios del proyecto no serán agentes contaminantes. 347

Respecto de la consulta sobre el impacto visual y la privacidad, el titular señala que el Instrumento de Planificación Territorial (IPT) consignó el suelo del proyecto como de uso residencial, por lo que, permite la construcción del proyecto; el proyecto cumple con el IPT en términos de la altura, rasantes y sombras proyectadas a los terrenos aledaños al proyecto. Además, el proyecto cumple con lo establecido en el artículo 2.6.11 de Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Por lo anterior, se debe señalar que el Proyecto cumple con los instrumentos legales que permiten la elaboración del Proyecto.

  1. Rodrigo Carreño González

Tal como indica la resolución exenta 0219 del 23 de mayo de 2017, el proyecto genera una "carga ambiental" producto de "externalidades ambientales negativas en localidades próximas durante su construcción u operación". La resolución indica que durante la fase de construcción existirán diversos impactos ambientales a las comunidades próximas, tales como: emisiones atmosféricas, emisiones de ruido, vibraciones, población flotante, entre otros, que afectarán de manera directa a los vecinos solicitantes, que residen en un terreno colindante al lugar de emplazamiento del Proyecto, a su vez durante la etapa de operación, los mismo vecinos se verán afectados por el tránsito vehicular que aportará el Proyecto Edificios Perú Plaza I - 11, de aquí en adelante el Proyecto, al área de influencia, emisiones de ruido, etc.

Mediante ley de transparencia ante la Municipalidad de Recoleta, hemos conseguido acceso a la resolución de aprobación de anteproyecto N21 del 18 de Enero de 2017, la cual no ha sido asociada al presente DIA. Esta resolución indica expresamente que el proyecto excede el umbral mínimo de exigencia de Estudio de Impacto Ambiental (300 viviendas) con un total de 483 viviendas y 13 locales comerciales, debiendo por lo tanto presentar el citado Estudio antes del inicio de las obras. Sin embargo, la empresa está presentando un DIA por la primera resolución de anteproyecto, N28 del 23 de Octubre 201S, que no pedía el EIA sino solo una DIA. La resolución de 2017 también indica la intención de la empresa para evitar la necesidad del estudio y por lo tanto lo exigen en la última resolución.

El Proyecto se vende por los desarrolladores y constructores como una renovación urbana que entrega calidad de vida, "observante de la norma" y en diálogo con los vecinos. Una encuesta realizada por la Universidad de Chile entre 746 residentes de barrios en renovación urbana en el Gran Santiago concluyó que para los vecinos antiguos la calidad de vida en el barrio disminuye con la renovación. Así, para los encuestados/as, la nota promedio asignada a la calidad de vida de sus barrios con anterioridad a la llegada de edificios en altura es de un 6,0, mientras que la nota que adjudican para calificar la situación actual de sus barrios apenas alcanza a un valor promedio de 4,8 (López et al 2013). Los efectos negativos que la llamada renovación urbana ha tenido en los barrios de Santiago Centro y Estación Normal son conocidos y bien documentados y han causado impacto público en los últimos años (Pozo 2013; El Mercurio 2017).

Motivados por esta preocupación, los vecinos de la Población Lemus nos hemos organizado en comités encargados de recopilar las inquietudes de los vecinos al Proyecto. El Comité de Medio Ambiente registró las inquietudes en área medioambiental, manifestadas en reuniones en la junta de vecinos y mediante medios de comunicación social. Basados en este trabajo, hemos resumido la multiplicidad de impactos identificados, los cuales fueron agrupados en dos categorías: Efectos en el ecosistema y Efectos sobre la comunidad.

1.- Efectos en el ecosistema

Polvo producido por los vehículos: la entrada y salida de vehículos de la obra genera una gran cantidad de contaminantes. El transporte de los materiales al lugar de la obra provoca mucho polvo o material particulado. Las ruedas de los vehículos contienen gran cantidad de material particulado suspendido, tales como polvo, arena, arcilla y cemento. Estas materias quedan suspendidas en el aire, suelo y agua. Además, los vehículos transportan este material particulado fuera de la obra, lo que implica que no sólo se pueden enfermar los trabajadores sino también la comunidad.

Polvo provocado por las actividades de la construcción: La mayoría de las actividades de 348 la construcción como excavaciones, rellenos, movimientos de tierra, blanqueo, pintura, azulejado, mezcla de hormigón y trabajos de acabado provocan un efecto adverso sobre el entorno, pues generan una gran cantidad de material particulado.

Polvo provocado por los materiales de la construcción: Estos materiales son cemento, áridos, arena, arcilla, cal, madera y carbonato de calcio. Los trabajadores que laboran en la obra y emplean esos materiales, así como los vecinos colindantes al proyecto, tienen una alta exposición al polvo emitido por ellos.

Baby et al. (2008) citado por Singh (2011) demuestra que el polvo de cemento contiene metales pesados como: níquel, coba lto, plomo y cromo, contaminantes peligrosos para el ambiente biótico, con impacto adverso para la vegetación, para la salud humana y animal y para los ecosistemas. Diversos estudios han demostrado que existe una relación entre la exposición al polvo de cemento, el deterioro crónico de la función de los pulmones y los síntomas respiratorios en la población humana. El polvo de cemento irrita la piel, la mucosa de ojos y el sistema respiratorio. Su deposición en el tracto respiratorio provoca una reacción básica que aumenta los valores del pH que irrita las mucosas expuestas (Zeleke et al., 2010). La exposición al polvo de cemento ha sido asociada al incremento del riesgo de sufrir anormalidades del hígado, desórdenes pulmonares y carcinogénesis. Se ha planteado que la reducción de la capacidad antioxidante y el aumento del nivel de peroxidación lipídica del plasma podrían explicar los mecanismos causales de enfermedades (Aydin et al., 2010).

Ruido • Ruido proveniente de los vehículos en movimiento (por ej ., transporte de materiales) • Ruido proveniente de las actividades de la construcción (por ej., excavación, relleno) • Ruido proveniente de las herramientas para la construcción (por ej., mezcladora de hormigón, máquinas eléctricas)

En la obra, los trabajadores utilizan herramientas como: mezcladoras de hormigón, trituradoras de hormigón, compactadoras, lijadoras, cepilladoras, cortadoras de disco, taladros y motosierras, y son quienes más sufren por la exposición al ruido derivado de la construcción. También los residentes que viven vecinos a la obra en construcción y quienes usan las calles cercanas a la obra. Lo anterior significa que muchas personas sufren a diario por los ruidos de la construcción, dado el crecimiento de ésta en la Franja de Gaza.

El Proyecto no considera monitoreo de los niveles de ruido. Los vecinos estiman que el ruido puede provocar pérdida de la audición, temporal o permanente, estrés y molestias, manifestándolo a los representantes de la empresa constructora luego la presentación realizada en la Junta de Vecinos el12 de junio de 2017. Sin embargo, los representantes de la empresa, y en especial su consultora Ambiental Letizia Dal Pozzo, desestimaron la necesidad de realizar un monitoreo, argumentando que no hay norma que lo exija. Los encuestados en el estudio de Enshassi et al (2014), indicaron que los ruidos de la construcción podían provocar trastornos sociales en sus hogares, trabajos y cuando intentaban dormir. Potencialmente, los ruidos de la construcción pueden molestar a las personas las 24 horas del día, los 7 días de la semana. Los efectos del ruido en la salud son consecuencia de los elevados niveles de ruido. Un elevado nivel de ruido en el lugar de trabajo u otros ruidos puede producir deterioro de la audición, hipertensión, enfermedades cardíacas isquémicas, molestias y perturbación del sueño. Cambios en el sistema inmunológico y defectos de nacimiento han sido atribuidos a la exposición al ruido (Passchier-Vermeer y Passchier, 2000). Se sabe que la exposición al ruido induce zumbido de oídos, hipertensión, vasoconstricción y otros efectos cardiovasculares adversos (WRUC, 2007). Ijigah et al. (2013) realizaron su investigación en Nigeria, encontrando que la "contaminación por ruido" se ubicaba en el sexto lugar con un índice de Importancia Relativa (IIR) de 0,794, en una escala de O a 1.

2.- Efectos sobre la comunidad

Las obras de construcción cierran calles y perturban los intereses de las personas. El transporte en la construcción provoca interrupción del tráfico debido al cierre de calles o caminos. Además, los encuestados estimaron que el ruido y la vibración producidos por las actividades de la construcción y el movimiento vehicular podían provocar trastornos sociales en los hogares, en el lugar de trabajo y a la hora de dormir. Enshassi et al (2014) clasificaron este efecto con un IIR=0.79. Ijigah et al. (2013) realizaron su estudio en Nigeria y encontraron que el "Trastorno social" ocupaba el lugar 349 número 14, con un IIR=0.711 Zolfagharian et al. (2012) encontraron que el "Trastorno social" se ubicaba en el lugar número 22.

Tránsito de camiones: La interrupción del tráfico que se producirá por el tránsito de camiones de la construcción es considerado como de alto impacto negativo por los estudiantes. Los responsables del Proyecto plantean que los camiones no pasarán por la Población para llegar a la obra. Sin embargo, el plan de acceso fue generado por la empresa antes de la actual construcción del bandejón central de av. Perú que cerró el ingreso por Desiderio Lemus. Por lo tanto, los camiones no tendrán forma de llegar desde el norte si no es a través de la Población, para luego virar hacia el norte por Av. Perú y luego poder entrar a la Obra.

Tráfico: Actualmente, los vecinos de la Población Lemus tienen gran dificultad para salir o entrar en las horas punta, teniendo que enfrentar colas de varias cuadras por Av. Valdivieso que es la única salida que tiene luego que las obras de la Av. Perú cerraran sus otros accesos. El Proyecto agravará la situación no solo durante la construcción sino que luego su habilitación habitacional, producto del alto número de personas que se incorporarán al uso de las mismas vías de acceso. La Empresa presenta como principal medida de mitigación la mejora del sistema eléctrico del semáforo de Av. Perú con Av. Valdivieso (normalización del controlador e instalación de una UPS). Sin embargo, esto no tendrá absolutamente ningún efecto en mejorar el flujo vehicular en las horas punta, dado que el problema no es que no funcione el semáforo sino que la capacidad de las calles es insuficiente para el flujo vehicular habitual, el cual será posiblemente triplicado con este Proyecto (483 departamentos = más de 1300 personas nuevas). Por lo tanto, los vecinos colindantes consideramos absolutamente insuficientes las medidas de mitigación presentadas.

Vibraciones: Los vecinos de la Población Lemus también consideran importante el impacto que tendrán las vibraciones generadas por la construcción. La población está constituida principalmente por casa de más de 70 años, algunas de adobe. El Proyecto no considera los efectos que las vibraciones puedan tener ni presenta medidas de mitigación.

Colapso de estacionamientos públicos: Los vecinos manifestamos nuestra preocupación por el uso excesivo que harán los moradores de los edificios de los espacios públicos de estacionamiento de la Población Lemus. Nuestra preocupación se basa en el hecho que para 483 departamentos solo se construirán 447 estacionamientos para autos. Considerando que hoy en día cada familia tiene al menos un auto, es evidente que los estacionamientos privados del Proyecto serán insuficientes y por lo tanto los moradores de los edificios utilizarán los espacios de estacionamiento del vecindario. Esto redundará en que los vecinos de la Población Lemus no podrán estacionar fuera de sus propias casas. Este problema fue planteado a los responsables del Proyecto en la presentación hecha en la Junta Vecinal, pero estos manifestaron que están dentro de la norma y que no estiman que se vendan todos los estacionamientos ni produzca tal efecto. Su estimación se basa en que en sus proyectos anteriores nunca se venden todos los estacionamientos, dado que según ellos indicaron, hay muchas familias jóvenes que no tienen recursos para comprar un auto. Por lo tanto no estiman necesaria una medida de mitigación. Estamos en desacuerdo con la estimación de la empresa, la cual si bien puede ser cierta al momento de la venta de sus departamentos, esto no implica que eventualmente todos los estacionamientos sean vendidos, mucho después de que la empresa se retire de nuestra Población. Aluden que están dentro de la Norma y que la Norma no la hacen las inmobiliarias.

Salubridad e higiene: Desde que la Empresa ABSAL comenzó sus trabajos, los vecinos colindantes hemos tenido constante invasión de ratas en nuestras casas. Esto fue indicado a la empresa luego de su presentación en la Junta Vecinal, a lo cual solo respondieron que han hecho desratizaciones. Sin embargo, esto evidentemente no ha sido suficiente, pero la empresa no manifestó ninguna voluntad de tomar medidas al respecto. Los vecinos además estamos preocupados por la acumulación de basura en el vecindario producto de estos edificios. La reciente llegada de inmigrantes a la Población, especialmente en cites ubicados en Av. Valdivieso, han significado una acumulación constante en las vías públicas.

Esto no es solo bolsas de basura que dejan en el piso para que sean destruidas por los perros, sino también electrodomésticos, muebles, colchones, etc. Ni los vecinos ni la municipalidad han podido solucionar este problema. Por lo tanto, prevemos que este tremendo Proyecto habitacional podría empeorar muchísimo más la situación ya que no hay forma de prever ni menos controla el nivel educacional de las 483 familias que llegarán y no existen medidas de mitigación para permitir un adecuado control de la cantidad de basura generadas ni de donde será depositada. Si los habitantes 350 de los departamentos no encuentran donde desechar su basuras y muebles viejos, de seguro buscarán una vereda o pasaje en nuestra población para hacerlo. Tampoco nada parece evitar que si los vecinos de las torres eventualmente decidieran sacar su basura por los portones que dan hace las calles de la Población (Ricardo Lemus y Juan Antonio Ríos), que puedan hacerlo. Aun si como indica la Empresa, ellos no permitirán tránsito de camiones ni autos desde la propiedad hacia esas calles, los vecinos luego de comprar los departamentos podrían hacerlo. Los vecinos vemos como única medida de mitigación efectiva, que estas calles sean habilitadas como tal, hasta Av. Perú, pero como pasos peatonales. Estas calles son espacios públicos, y fueron concedidas al antiguo Estadio Monserrat dado el beneficio que ese proyecto representaba para toda la comunidad . Sin embargo, como ese beneficio ya no existe, solicitamos que las calles sean devueltas a la comunidad . Por ser calles, son de dominio público y este carácter no puede cambiarse por un plan regulador ni puede ser cedido a un privado sin una desafección, la cual no ha ocurrido. Por lo tanto, la comunidad de vecinos solicita su habilitación pública y peatonal como medida de mitigación medioambiental del presente Proyecto.

Sombra: Las torres generarán sombra gran parte del año sobre las casas del costado sur, oriente y poniente. Esto redundará no solo en oscuridad en los patios y hogares sino en mayor frío y humedad en las casas. Un estudio de la U. de Chile sobre renovación urbana midió los efectos en los últimos 10 años. Entre las consecuencias para los vecinos está el exceso de sombra (López et al 2013). Los vecinos por lo tanto tendrán un aumento en el gasto de electricidad y parafina para iluminación y calefacción. La humedad favorecerá el crecimiento de hongos lo cual puede llevar a un aumento en las enfermedades respiratorias, especialmente en niños y asmáticos. El Proyecto no considera fuentes de mitigación para estos impactos. Al plantearle el problema a los responsables del Proyecto en la Junta Vecinal, ellos indicaron que en la parte más cercana al límite del terreno, las torres guardan una distancia de 10,4 metros. Esto nos parece absolutamente insuficiente considerando que las torres tendrán 16 pisos de alto. Revisando en detalle el estudio de sombras realizado por la empresa e incluido en su OlA, detectamos que la rasante de 70º por el costado oriente del proyecto parte desde los 6 mts de altura y por el lado sur parte desde los 14 mts, ambos costados que dan hacia la Población Lemus. Según el Art. 2.6.3 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, las rasantes se aplican desde la altura máxima permitida solo en el caso de edificaciones continuas. Cuando las edificaciones son aisladas, debe aplicarse desde el nivel del suelo. el Barrio Lemus, es zona EB1 del según el plan Regulador vigente, el cual permite construcción continua SOLO EN FRENTES MENORES A 15 mts y. El terreno del proyecto inmobiliario tiene un frente mucho mayor a 15 mts, así como la mayoría de las casas de la población lemus y por lo tanto son viviendas aisladas. Por lo tanto, concluimos que el estudio de sombras está mal hecho porque sobreestima el volumen teórico del edificio y solicitamos que sea hecho nuevamente

Potencia eléctrica: Actualmente, la Población Lemus ha tenido cortes eléctricos prolongados en varias oportunidades. Esta situación preocupa a la comunidad, ya que el periodo de construcción es una operación energética mente intensa, y lo mismo sucedería con el uso del edificio a lo largo de su vida operativa. Creemos importante que se reconozca a los Edificios Perú Plaza 1- II como un potente agente consumidor de energía y emisor de contaminantes durante su vida operativa.

Impacto Visual y privacidad: La Población Lemus es un sector residencial, donde las casas son principalmente de uno o dos pisos. La construcción de estos edificios rompe significativamente con el esquema existente en nuestra población, produciendo un perfil urbano irregular que reemplaza la actual estructura de nuestra población. Por otra parte, estos edificios interrumpen nuestra privacidad, sobre todo para los vecinos colindantes, los cuales están 10,4 metros de distancia.

Esperamos que el Servicio de Evaluación Ambiental acoja nuestras observaciones y nos ayude a evitar los graves y negativos efectos que este proyecto tendrá sobre nuestra calidad de vida. El proyecto alude un beneficio social por dar respuesta a una supuesta necesidad habitacional de Santiago. Sin embargo, la Población Lemus no tiene tal necesidad y estaría asumiendo esta externalidad con todos los costos que conllevará aumentar en varias veces su densidad poblacional actual, sin ser beneficiada sino perjudicada. Dada la extensión de los impactos ambientales del citado proyecto, y que tal como lo indica la Municipalidad de Recoleta en su Resolución de Anteproyecto Nº l del presente año, es necesario y exigimos que se realice un Estudio de Impacto Ambiental.

Evaluación técnica de la observación: 351

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto a la alusión a la Resolución Exenta 0219 del 23 de mayo de 2017, se debe señalar que las emisiones atmosféricas del proyecto no superarán los límites indicados en el artículo 98 del Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica de Santiago (PPDA), tal como se demuestra en la Tabla 4 del Anexo PAC de la Adenda complementaria. Además, como compromisos se contempla la implementación de cierres con planchas OSB y sobre esta se adicionará malla tipo raschel que cumplirán la doble función de retener material particulado y controlar las emisiones de ruido. Adicionalmente se han contemplado medidas como humectación de las áreas de movimiento de tierra, acopio de tierra y vías de circulación interna; se estabilizarán y compactarán las zonas de tránsito de maquinaria y vehículos; se prohibirá la quema de maderas u otro material al interior de la obra, entre otros.

En cuanto a las emisiones de ruido generadas durante la fase de construcción, cabe destacar que al implementar las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (plancha OSB como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), los niveles estimados de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente. Finalmente, para asegurar el cumplimiento de la normativa de referencia para las vibraciones se restringirá el uso de la placa compactadora, la cual no podrá operar a menos de 9 metros de los receptores R1, R2 y R3 (Ver Anexo 6 de la Adenda 1). Asimismo, el proyecto ha aprobado un EISTU, que ha evaluado el efecto que se producirá por los vehículos que introduce el proyecto, el cual ha sido revisado y aprobado por los servicios competentes. Debido a lo señalado anteriormente el proyecto no genera externalidades negativas, ya que ya que los impactos ambientales citados son impactos regulados, que tienen medidas para hacerse cargo de los mismos.

Respecto de lo planteado en la observación en relación a los fundamentos de la DIA, se debe informar que los proyectos inmobiliarios que exceden de las 300 viviendas deben ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) de acuerdo a la letra h.1.3 del artículo 3° del Reglamento del SEIA (DS N°40/2013 del Ministerio del Medio Ambiente) que señala:

“Letra h): Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturada. h.1: Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjunto de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características: • h.1.1: Que se emplacen en áreas de extensión urbana o en área rural, de acuerdo al instrumento de planificación, correspondiente y requieran de sistemas propios de producción y distribución de agua potable y/o de recolección, tratamiento y disposición de aguas servidas; • h.1.2: Que den lugar a la incorporación al dominio nacional de uso público de vías expresas o troncales; • h.1.3: Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas; o • h.1.4: Que consulten la construcción de edificios de uso público con una capacidad para cinco mil (5.000) o más personas o con mil (1.000) o más estacionamientos.”

De acuerdo a lo anterior, el proyecto ingresó al SEIA ya que: • Corresponde a un proyecto de tipo inmobiliario que se ubica en la Región Metropolitana, la cual ha sido declarada zona latente para Dióxido de Nitrógeno (NO2) y saturada para Partículas Totales en Suspensión (PTS), Material Particulado Respirable (PM10), Monóxido de Carbono (CO) y Ozono (O3). La Región, cuenta con el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA), que ha sido dictado conforme al artículo 44 de la Ley Bases del Medio Ambiente. • El proyecto contempla la construcción de 483 departamentos.

Habiendo establecido la necesidad de ingreso al SEIA, lo siguiente es determinar si debe hacerse a través de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) o un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), en caso que se produzca alguno de los efectos características y/o circunstancias señaladas por el artículo 11 de la Ley 19.300. A partir de las prospecciones y estudios realizados (emisiones 352 atmosféricas, ruido y vibraciones, patrimonio arqueológico, factibilidad de servicios sanitarios, medio humano), es posible indicar que el proyecto no genera ninguno de los efectos, características y/o circunstancias señaladas en las letras a) a la f) del artículo 11 de la Ley 19.300, o en los artículos 5 al 10 del Reglamento del SEIA que regulan la misma materia. Por lo cual, el proyecto ingresa al SEIA a través de una DIA.

Cabe señalar que durante la evaluación ambiental de esta DIA ningún organismo público con competencias ambientales ha señalado que el proyecto produzca alguno de los efectos, características y/o circunstancias señaladas en las letras a) a la f) del artículo 11 de la Ley 19.300 ni ha requerido la presentación de un EIA.

Adicionalmente, es importante comentar y aclarar que toda diferencia o discrepancia entre lo presentado en la Resolución de Aprobación del Anteproyecto y el Permiso de Edificación, se produce por la evolución del proyecto, desde un anteproyecto a un proyecto definitivo. El desarrollo mismo de un proyecto en cada uno de sus componentes puede arrojar modificaciones entre la etapa de Anteproyecto y el Permiso de Edificación, respecto de las cuales la autoridad pudo haberse pronunciado de manera distinta. Esta es una situación común en los proyectos de esta naturaleza.

La construcción del proyecto, por lo tanto, debe ajustarse a lo permitido a través de los Permisos de Edificación de cada edificio, como también, de lo evaluado ambientalmente en el SEIA.

En la Tabla 8 “Característica Proyecto” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA, se presenta la información del Proyecto a construir con las superficies aprobadas a la fecha mediante el Permiso de Edificación N°29 del 25 de abril de 2016 (Perú Plaza I) y mediante el Permiso de Edificación N° 53 de fecha 16 de octubre de 2017 (Perú Plaza II).

Respecto de la encuesta realizada por la Universidad de Chile, según plantea el PLADECO 2014- 2018, la aprobación del Plan Regulador Comunal del año 2005 reconoce Av. Perú como eje de renovación urbana, donde se han llevado a cabo algunos proyectos inmobiliarios. Posterior, durante el año 2006 se realizó la primera modificación al instrumento con el fin de restringir las condiciones de construcción de los nuevos inmobiliarios, lo cual impactó notoriamente en la producción en dicha zona. Considerando dicho antecedente, cabe señalar que el Proyecto se ajusta a la normativa territorial vigente, establecida a través del Plan Regulador Comunal de Recoleta y es en virtud de este instrumento que ha sido diseñado y obtenido los permisos municipales que dan cuenta de esta situación.

Respecto de la consulta sobre el polvo producido por los vehículos, el titular se compromete a que el transporte de materiales o residuos que despendan polvo se realizará con la carga cubierta (encarpado), manteniendo una distancia mínima de 10 cm. entre la superficie de la carga y la cubierta, además, de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver figura 4 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria).

En cuanto a las ruedas de los vehículos, se limpiarán del barro adherido previo al abandono de la zona de faenas, es decir, a la salida de la obra dando cumplimiento al artículo 5.8.3 de la OGUC.

Además, para evitar las emisiones de gases generadas por los vehículos livianos y pesados, se exigirá a los contratistas mantener los vehículos con revisión técnica y mantenciones al día. Dicho registro se mantendrá en obra.

Además, cabe destacar que el proyecto no supera los límites indicados en el artículo 98 del PPDA, tal como se puede observar en la Tabla 4 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria.

Según estos antecedentes, no se verá afectada la salud de los vecinos colindantes al área del proyecto.

Respecto de la consulta sobre el polvo provocado por las actividades de construcción, el titular ha comprometido y entregado los antecedentes para acreditar el cumplimiento de todas las medidas para controlar el polvo que producen las actividades de construcción. Además, para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante dicha fase de construcción, el titular consideró las siguientes medidas: • Humectación: Según la letra a) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se humectarán las áreas de movimientos de tierra y vía de circulación interna de acuerdo a los requerimientos en 353 terreno, contemplándose un mínimo de 2 veces al día durante el periodo que duren las excavaciones. La fuente de agua provendrá de un arranque de agua potable en la obra o en su defecto por medio de camión aljibe que posea las autorizaciones y permisos correspondientes, se mantendrá registro en obra por medio de boletas o facturas. • Camiones encarpados: Según la letra c) del artículo 5.8.3 de la OGUC, el transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver Figura 4 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria). • Estabilización y compactación de caminos: Según la letra b) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículo por el periodo correspondiente (tiempo en que duren las excavaciones). • Cierre perimetral en los deslindes: Según la letra g) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se construirá cierre perimetral en los deslindes del proyecto con mallas tipo raschel, el cual será mantenido en buen estado. La finalidad de este cierre es evitar la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área del proyecto y sectores circundantes. Los cierres podrán ser reemplazados por los paneles OSB con fines acústicos, adicionándoles 50 cm por sobre el nivel con malla raschel, lo que se muestra en la Figura 51 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria (Ver Figura 51 Cierre Perimetral) • No se realizarán quemas: Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros combustibles al interior de la obra. • Limpiar ruedas: Según la letra d) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se limpiarán las ruedas de los vehículos del barro adherido previo al abandono de ellos de la zona de faenas, es decir, a la salida de la obra dando cumplimiento al artículo 5.8.3 de la OGUC. • Revisión técnica y mantenciones al día: En cuanto a la emisión de gases, se exigirá a los contratistas mantener los vehículos con revisión técnica y mantenciones al día, manteniendo el registro en obra.

Respecto de la consulta sobre el polvo provocado por los materiales de la construcción, se debe aclarar que en la obra no se fabricará cemento, solamente se utilizará hormigón premezclado. Con todo, de manera de prevenir la exposición al polvo generado por el cemente, se tomarán las siguientes medidas: • Usar hormigón premezclado • Humedecer el polvo en el punto donde se genera • Instalar un sistema local de ventilación por extracción. • La persona que manipule el cemento utilizará mascara respiratoria, antiparras y guantes de PVC • El material se almacenará en recintos cerrados, secos y con adecuada ventilación Con estas medidas se evitará generar afectación a los trabajadores y vecinos colindantes al proyecto. Respecto a otros materiales que puedan generan polvo en suspensión, ya sea áridos, arena, entre otros, se tomarán las siguientes medidas: • El transporte de materiales o residuos se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humectar la carga en caso de ser necesario. • Se mantendrán humectados y/o cubierto con lona o malla raschel las pilas de tierra, escombros u otro material que pueda desprender polvo.

Respecto de la consulta sobre el ruido, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en horario diurno (lunes a viernes entre las 08:00 a 19:00 horas, y, los sábados entre las 08:00 a 14:00 horas), por lo que, los vecinos colindantes al proyecto no se verán afectados ni durante el periodo nocturno, ni los fines de semana.

En cada una de las etapas del Proyecto se implementarán las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (placa sólida de madera aglomerada (OSB) como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), medidas que permiten garantizar que los niveles estimados de ruido cumplirán con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente. Este decreto se basa en la salud de la población y recoge los niveles recomendados al efecto por la organización Mundial de la Salud (OMS), por cuanto acreditar su cumplimiento, es la única forma objetiva, legal y vigente que posee un proyecto para acreditar que no generará efectos en la salud de la población.

354 En cuanto a la solicitud de realizar un monitoreo acústico, el titular ha acreditado el cumplimiento de la norma, por cuanto sólo se propone la verificación de las medidas de control indicadas en la evaluación acústica. No obstante lo anterior, el titular compromete que, en caso de producirse molestias a la comunidad por este factor, los vecinos podrán ponerse en contacto con el encargado de la obra, quien verificará el cumplimiento de las medidas y, en caso de ser necesario, las reforzará.

Además, para reforzar las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1, el Titular se compromete a instalar placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas para disminuir posibles molestias a los vecinos, cuyos detalles se presentan en la siguiente Tabla:

Tabla 102 Placas OSB en deslindes del Proyecto Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar afectaciones a los vecinos de la Población Lemus. Descripción: Durante la fase de construcción se instalarán placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas. Justificación: El presente compromiso se enmarca en la solicitud realizada por la Población de aumentar la altura de las barreras para asegurar la tranquilidad de los vecinos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Placas OSB de 6 metros de altura en los tres frentes que colindan a viviendas de la Población Lemus. Forma: Las Placas OSB se mantendrán en buen estado durante todo el periodo que dure la fase de construcción. Oportunidad: Las Placas OSB permanecerá durante toda la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Letrero en Registro fotográfico de las placas OSB. Forma de control y seguimiento

Existirá un encargado en obra de verificar que las placas OSB se encuentran en buen estado y que den cumplimiento a la altura comprometida.

Respecto de la consulta sobre los efectos de la comunidad, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en periodo diurno, por lo que, los vecinos colindantes al proyecto no se verán afectados durante el periodo nocturno. El horario de trabajo será de 08:00 a 19:00 horas de lunes a viernes, y sábado de 08:00 a 14 horas.

En cada una de las etapas del Proyecto se implementarán las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (placa sólida de madera aglomerada (OSB) como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras). Por lo tanto, según los antecedentes entregados por el titular, los niveles estimados de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente.

Dado que Chile no cuenta con una normativa específica que permita regular las vibraciones de índole ambiental, se utiliza lo recomendado por el Servicio de Evaluación Ambiental en su informe final para evaluación de vibración del estudio “Elaboración de una Guía Metodológica de Evaluación de Ruido y Vibraciones en el SEIA”, en donde se establecen metodologías y se recopilan antecedentes de normativas internacionales y estándares de referencia que tengan como objetivo proteger la salud de la población. Por consiguiente, el criterio de evaluación utilizado es el establecido en la guía “Transportation and Construction Vibration” (2004) del California Department of Transportation (Caltrans), Division of Environmental Analysis (USA).

Complementariamente, en el Anexo 6 de la Adenda 1 se acredita el cumplimiento de las normas de referencia de vibraciones. 355

En cuanto a la consulta sobre si el proyecto pudiera cerrar calles por las actividades de construcción, es importante señalar que la única obra que puede impedir de forma momentánea el uso de la vereda es la construcción de la vereda frente al proyecto, lo que representa un proyecto de mejora a la condición actual que poseen los peatones.

Respecto de la consulta sobre el tránsito de camiones, se aclara que los vehículos durante la fase de construcción del proyecto no ingresarán a la población Lemus. Para esto, se ha decido actualizar las rutas a utilizar durante la Fase de Construcción del Proyecto. Por lo tanto, la calle a utilizar por los vehículos que transitan desde el Norte será por Av. Perú, Vuelta en U en calle Rapa Nui y luego tomar nuevamente Av. Perú y los camiones que salgan del proyecto hacia el centro será por calle Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Puma, María Graham y luego tomaran nuevamente Av. Perú. Adicionalmente, el Titular se compromete a que todo tránsito de vehículos livianos, vehículos de carga de material y vehículos de escombros a realizar durante la fase de construcción será por fuera de la Villa Lemus, lo cual quedará estipulado en el contrato de prestación de los servicios y ha sido establecido como un compromiso ambiental voluntario que quedará en forma expresa en la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del Proyecto.

Respecto de la consulta sobre las vibraciones, se debe señalar que el titular del Proyecto, realizó una evaluación de las vibraciones que se generarán producto de las actividades de construcción del proyecto. Dado que Chile no cuenta con norma específica para la evaluación del impacto por vibraciones, el Estudio Acústico y Vibraciones, presentado en el Anexo 6 de la Adenda 1, utiliza como norma de referencia un estándar definido por el departamento de Transportes de California, en Estados Unidos, recomendada para la evaluación de proyectos con uso de maquinaria pesada como excavadoras, compactadores, camiones, etc. El titular acredita que dicho estudio demuestra que se cumplirá con la norma de referencia utilizada. Por lo anterior, el titular expone en el Proyecto, que no existirá riesgo de daño sobre las edificaciones vecinas, acreditándose por lo tanto el cumplimiento de la norma de referencia adoptada, lo cual ha sido revisado y validado por los organismos con competencia ambiental que revisaron este estudio.

Respecto de la consulta sobre colapso de estacionamientos públicos, la tasa de estacionamientos exigida por la normativa para este proyecto es 34,5% para la Etapa 1 y 35,6% para la Etapa 2. De acuerdo a la Encuesta Origen-Destino (2012) la tasa de tenencia de vehículos en la comuna de Recoleta, que corresponde a 0,41 vehículos por vivienda, es decir 41%.

El proyecto contempla una cantidad de estacionamientos superior a los valores anteriores. El proyecto contempla una cantidad de estacionamientos muy superior a los valores anteriores. La Etapa 1 contempla 190 estacionamientos vendibles para los dueños de departamentos lo que corresponde a una tasa de 73%, la Etapa 2 contempla 220 estacionamientos para los dueños de departamentos, que corresponde a una tasa del 99%.

A lo anterior se deben agregar los estacionamientos de visita exigidos por la normativa (26 estacionamientos en ambas etapas).

Respecto de la consulta sobre el tráfico, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

En la siguiente figura se muestran los puntos de medición de flujos. Estas mediciones obtenidas en terreno permitieron calibrar de manera adecuada los modelos computacionales que fueron utilizados para la representación actual y con proyecto del área de influencia.

356 Figura 20 Ubicación puntos de medición

De acuerdo a la metodología, para representar la demanda aportada por el proyecto se consideraron los 447 estacionamientos que contemplan ambos edificios.

Como resultado de este estudio, se generaron las siguientes medidas que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto:

  1. Pavimentación de una franja de 2 metros de Av. Perú, entre el proyecto y calle Arzobispo Valdivieso, de acuerdo a lo aprobado y establecido en el proyecto de tratamiento de espacio público por la I. Municipalidad de Recoleta.

  2. Repavimentación de calle Doctor Ostornol, entre Francisco Silva y Arzobispo Valdivieso, de acuerdo a lo indicado en plano de medidas de mitigación.

  3. Elaboración y ejecución de proyecto de demarcación y señalización en los siguientes tramos contenidos dentro del área de influencia del proyecto: • Av. Perú, entre Arzobispo Valdivieso y Celia Coloma (frente del proyecto) • Celia Coloma, entre Av. Perú y Elcira Lemus • Eloísa Lemus, entre Desiderio Lemus y Elcira Lemus • Elcira Lemus, y Eloísa Lemus y Celia Coloma • Arzobispo Valdivieso, entre Av. Recoleta y Doctor Ostornol • Unión, entre Av. Recoleta y Francisco Silva. • María Graham, entre Av. Recoleta y Av. Perú. • El Salto Chico, entre Unión y Arzobispo Valdivieso. • Puma, entre Unión y Arzobispo Valdivieso. • Av. El Salto, entre Doctor Ostornol y Arzobispo Valdivieso. • Doctor Ostornol, entre Av. Recoleta y Arzobispo Valdivieso.

Esta medida incluye la demarcación de líneas de parada, uso de pistas y cruces peatonales. Para el caso de la intersección de Arzobispo Valdivieso con Av. Recoleta se incluirá la demarcación de estacionamientos y pista de viraje izquierda.

  1. Reprogramación de los siguientes semáforos, incluyendo la tarea de sintonía fina y la reconfiguración de las EPROMS de los controladores: • Av. Recoleta con Arzobispo Valdivieso • Av. Recoleta-Semáforo Peatonal • Av. Recoleta con Unión • Av. El Salto con Dr. Ostornol • Av. Perú con Arzobispo Valdivieso • Av. El Salto con México 357 • Av. Perú con Unión • Av. Perú con Schlack • Av. Perú con San Cristóbal • Av. Perú con Santos Dumont

  2. Normalización del controlador ubicado en Av. Perú con Arzobispo Valdivieso.

  3. Instalación de unidades de respaldo de energía (UPS) para los semáforos ubicados en la intersección de Av. Recoleta con Unión y Av. Perú con Unión.

  4. Deberá realizar un estudio de justificación de semáforo peatonal en Av. Perú y Desiderio Lemus (frente a proyecto), el cual deberá ser revisado y aprobado por UOCT. De justificarse, deberá presentar el Proyecto de Semaforización y el Estudio de Programaciones a la misma UOCT, para su revisión y aprobación. El mandante deberá hacerse cargo de la ejecución de su construcción de acuerdo a la normativa vigente.

  5. Implementación de 3ª fase exclusiva peatonal con el objetivo de disminuir el conflicto generado por el viraje a la derecha en la intersección Av. Recoleta con Arzobispo Valdivieso. Esta implementación deberá ser ingresada a UOCT para su revisión y aprobación.

  6. Mejoramiento de los siguientes paraderos de transporte público: • Paradero PB 150 ubicado en Av. Perú y Desiderio Lemus • Paradero PB 170 ubicado en Av. Perú con Arzobispo Valdivieso

Este mejoramiento incluye el cambio de piezas defectuosas, cambio y/o actualización de señal de parada y demarcación de los cajones “Solo Bus”, en material termoplástico. Todo esto de acuerdo al estándar indicado por DTPM.

  1. Mejoramiento radios de giro en la intersección de Av. El Salto con calle Doctor Ostornol.

  2. Ejecución del proyecto Zona 30 en el cuadrante formado por Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Eloísa Lemus, Elcira Lemus y María Graham de acuerdo a lo estipulado por la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta.

  3. Ejecución de un estudio de demanda de pasajeros en paraderos catastrados, para determinar el aumento de demanda en condición de plena operación del proyecto, el cual deberá ser revisado y aprobado por la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta y por DTPM, debiendo materializar, en caso que corresponda, las obras asociadas.

  4. Evaluación de la implementación de la bidireccional de Arzobispo Valdivieso hasta Av. Recoleta, con la finalidad de dar continuidad a la red vial, y analizar el comportamiento de los flujos del proyecto en esta vía, el que deberá ser revisado y aprobado por Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta y UOCT. La evaluación del proyecto no considera la implementación de las obras resultantes de este análisis.

  5. Habilitación de dispositivos de rodados de Desiderio Lemus con Av. Perú y Celia Coloma con Av. Perú.

  6. Instalación de segregador horizontal en todo el frente predial de acuerdo a lo determinado por la I. Municipalidad de Recoleta.

  7. Instalación de baliza y espejo cóncavo en los accesos del proyecto, esto para prevenir posibles conflictos con los peatones.

Respecto a que los compromisos viales son mayores que los indicados y que, además, el estudio vial fue debidamente revisado por los organismos competentes, dentro de los cuales estuvo el municipio, la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana y la UOCT.

Respecto de la consulta sobre salubridad e higiene, el titular señala que la eliminación de malezas, el despeje del terreno y la desratización se realizó, precisamente, por una solicitud de los vecinos 358 para eliminar la presencia de ratones. Además, para evitar nuevas afectaciones a los vecinos colindantes al proyecto, el Titular ha mantenido limpio el terreno y realizará las desratizaciones exigidas por la normativa.

En el proyecto el Titular también informa que los proyectos de Basura se encuentran en aprobación por parte de la Autoridad Sanitaria. Dichos permisos permitirán que los habitantes del proyecto puedan disponer sus residuos domiciliarios, a través de ductos, al interior de contenedores ubicados en las salas de basuras. Además, cabe destacar, que el retiro de los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios es obligación de la Municipalidad y se realizará por Avenida Perú. Para mayor detalle ver respuesta 2 de la Adenda Complementaria.

Durante la etapa de construcción, el manejo de basuras será la acumulación en un sector habilitado para ello, siendo el traslado y disposición con empresas autorizadas para tal fin. Por esta razón, no habrá acumulación de residuos fuera de la obra.

Respecto a la habilitación de pasos peatonales al interior del proyecto, se informa a la comunidad que estos son propiedad del Titular, ya que el lote original fue adquirido a sus propietarios y debidamente inscrito en los registros correspondientes, no habiendo sobre ellos servidumbres de paso.

Respecto de la consulta sobre el estudio de sombras, los edificios se encuentran emplazados en el terreno distantes varios metros de los deslindes, con el propósito de generar menores efectos de sombras y ventilación de las casas vecinas. Lo anterior se encuentra detallado en el estudio de sombras aprobado por la D.O.M de Recoleta y forma parte integrante del Permiso de Edificación Nº 29 de fecha 25 de abril de 2016 (Edificio Perú Plaza I) y Permiso de Edificación N°53 de fecha 16 de octubre de 2017 (Edificio Perú Plaza II) otorgado por la D.O.M de Recoleta. Estos permisos acreditan que el proyecto cumple con el Instrumento de Planificación Territorial vigente para este sector en forma íntegra.

Respecto de la consulta sobre la potencia eléctrica, de la observación, cabe señalar que los terrenos en que se ubicará el proyecto se ubican al interior del área de concesión eléctrica de la empresa Enel. Dicha empresa se encuentra legalmente obligada a prestar servicios eléctricos tanto a la población Lemus como a los edificios del proyecto, además de los demás habitantes en su área de concesión. La Superintendencia de Electricidad y Combustibles es el organismo público encargado de fiscalizar a dicha empresa concesionaria, contando con múltiples facultades en caso que existan problemas de servicio, como cortes reiterados. Finalmente, se debe aclarar que los edificios del proyecto no serán agentes contaminantes.

Respecto de la consulta sobre el impacto visual y la privacidad, el titular señala que el Instrumento de Planificación Territorial (IPT) consignó el suelo del proyecto como de uso residencial, por lo que, permite la construcción del proyecto; el proyecto cumple con el IPT en términos de la altura, rasantes y sombras proyectadas a los terrenos aledaños al proyecto. Además, el proyecto cumple con lo establecido en el artículo 2.6.11 de Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Por lo anterior, se debe señalar que el Proyecto cumple con los instrumentos legales que permiten la elaboración del Proyecto.

  1. Ramón Osvaldo Araya Cisternas

1. La Municipalidad de Recoleta solicitó: Estudio de Impacto Ambiental. Mediante Ley de Transparencia de la Municipalidad de Recoleta hemos conseguido acceso a la resolución de aceptación del anteproyecto Nº 1 del 18 de enero de 2017, la cual no ha sido asociada a la presente DIA. Esta resolución expresa que este proyecto excede el umbral mínimo de exigencia de estudio de impacto ambiental (300 viviendas), con un total de 483 viviendas y 13 locales comerciales; debiendo, por lo tanto, presentar el citado estudio antes del inicio de las obras. Sin embargo, la empresa está presentando una DIA por la primera resolución del anteproyecto Nº28 del 23 de octubre de 2015, que no pedía un EIA sino sólo una DIA. La resolución de 2017 también indica la intención de la empresa para evitar la necesidad del estudio y, por lo tanto, lo exigen en la última resolución.

2. Deterioro de calidad de vida 359 El proyecto se vende por los desarrolladores y constructores como una renovación urbana que entrega calidad de vida, “observante de la norma” y en armonía con sus vecinos. Una encuentra realizada por la Universidad de Chile entre 746 residentes de barrios, en renovación urbana, en el Gran Santiago, concluyó que para los vecinos antiguos, la calidad de vida de sus barrios disminuye con la renovación. Así, para los encuestados y encuestadas, la nota promedio asignada con anterioridad a la llegada de los edificios en altura es de un 6.0, mientras que la nota que adjudican para calificar la situación actual de sus barrios, apenas alcanza un promedio de 4.8 (López et al., 2013). Los efectos negativos que la renovación urbana ha tenido en los barrios de Santiago Centro y estación Normal (sic) son conocidos y bien documentados y han causado impacto en los últimos años (Pozo 2013, El Mercurio 2017).

3. Polvo producido por los vehículos La entrada y salida de vehículos de la obra genera una gran cantidad de contaminantes. El transporte de los materiales al lugar de la obra provoca mucho polvo o material particulado. Las ruedas de los vehículos contienen gran cantidad de material particulado suspendido tales como polvo, arena, arcilla y cemento. Estas materias quedan suspendidas en el aire, suelo y agua. Además, los vehículos transportan este material suspendido fuera de la obra, lo que implica que no sólo se pueden enfermar los trabajadores sino también la comunidad.

4. Polvo provocado por las actividades de la construcción La mayoría de las actividades de construcción como excavaciones, rellenos, movimiento de tierra, blanqueo, pintura, azulejado, mezclas de hormigón y acabado provocan un efecto adverso sobre el entorno, pues provocan una gran cantidad de material particulado.

5. Polvo provocado por los materiales de la producción Estos materiales son cemento, áridos, arena, arcilla, cal, madera y carbono de calcio. Los trabajadores que laboran en la obra, y emplean esos materiales, así como los vecinos colindantes al proyecto, tienen una alta exposición al polvo emitido por ello (Baby et al 2008, citado por Singh 2011), demuestra que el polvo de cemento contiene metales pesados tales como níquel, cobalto, plomo y cromo como concomitantes peligrosos para el ambiente biótico con impacto adverso para la vegetación, para la salud urbana y animal y para los ecosistemas. Diversos estudios han demostrado que hay una relación entre la exposición al polvo de cemento, el deterioro crónico del funcionamiento de los pulmones y los síntomas respiratorios de la población humana. El polvo de cemento irrita la piel, la mucosa de ojos y el sistema respiratorio. Su deposición en el tracto respiratorio provoca una reacción base que aumenta los valores del pH que irrita las mucosas expuestas Zeleke et al. 2010). La exposición al polvo de cemento ha sido asociada al incremento de sufrir anormalidades del hígado, desórdenes hormonales y carcinogénesis. Se ha planteado que la reducción de la capacidad antioxidante y el aumento de peroxidación lípida del plasma podrían explicar los mecanismos causales de enfermedades (Aydin et al, 2010).

6. Ruido • Ruido proveniente de los vehículos, por ejemplo, transporte de materiales • Ruido proveniente de las actividades de la construcción, por ejemplo, excavación, relleno. • Ruido proveniente de las herramientas de la construcción, por ejemplo, mezcladora de hormigón, máquinas eléctricas

En la obra, los trabajadores utilizan herramientas como mezcladora de hormigón, trituradoras de hormigón, compactadoras, lijadoras, cepilladoras, cortadora de discos, taladros y motosierras y son quienes más sufren por la exposición al ruido derivado de la construcción. También, los residentes que viven vecinos a la obra en construcción y quienes usan las calles cercanas a la obra. Lo anterior significa que muchas personas sufren a diario por los ruidos de la construcción dado el crecimiento de esta franja de Gaza (sic). El proyecto no considera monitoreo de niveles de ruido, los vecinos estiman que los ruidos pueden provocar pérdidas de la audición temporal o permanente, estrés y molestia. Manifestándolo a los representantes de la empresa constructora luego de la presentación realizada en la Junta de Vecinos el 12 de junio de 2017; sin embargo, los representantes de la empresa, y especialmente su consultora ambiental, Leticia Del Pozzo, desestimaron la necesidad de realizar un monitoreo argumentando que no hay norma que lo exija. Los encuestados en el estudio de Enshassi et al (2014), indicaron que los ruidos de las construcciones podrían provocar trastornos sociales en sus hogares, trabajos y cuando intentaban dormir. Potencialmente, los ruidos de la construcción pueden molestar a las personas las 24 horas del día, los 7 días a la semana. Los efectos del ruido en la salud son consecuencia de los elevados niveles de ruido. Un elevado nivel de ruido en el trabajo u otros lugares puede producir deterioro de la audición, hipertensión, enfermedades 360 cardíacas isquémicas, molestias y perturbación del sueño. Cambios en el sistema inmunológico y defectos de nacimiento han sido atribuidos a la exposición de ruido (Passhier- Vermeer y Passhier 2000). Se sabe que la exposición al ruido induce zumbidos, hipertensión, vasoconstrucción, y otros efectos cardiovasculares adversos. (WRUC 2007) Ijigah et al (2013) realizaron una investigación en Nigeria encontrando que la contaminación por ruido se encontraba en un 6º lugar con un índice de importancia relativa (IIR) de 0,794 en una escala de 0 a 1.

7. Efectos sobre la comunidad Las obras de construcción cierran calles y perturban los intereses de las personas. El transporte de la construcción provoca interrupción de tráfico debido al cierre de calles o caminos, además, los encuestados estimaron que el ruido y la vibración producidos por la construcción y el movimiento vehicular podían provocar trastornos sociales en los hogares, en el lugar de trabajo y a la hora de dormir. Enshassi et al 2014 clasificaron este efecto con un IIR= 0,7 Ijigah et al (2013) realizaron su estudio en Nigeria y encontraron que el trastorno social ocupaba el nº 14 con un IIR=0,711. Zolfagharian et al (2014) encontraron que el trastorno social se ubicaba en el nº22.

8. Tránsito de camiones La interrupción del tráfico que se producirá por el tránsito de camiones en la construcción es considerada como un alto impacto por los estudiantes. Los responsables del proyecto plantean que los responsables no pasarán por la población para llegar a la obra. Sin embargo, el plan de acceso fue generado por la empresa antes de la actual construcción del bandejón central en avenida Perú que cerró el ingreso por Desiderio Lemus. Por lo tanto, los camiones no tendrán forma de llegar desde el norte. Si no es a través de la población, para luego virar hacia el norte por avenida Perú y luego poder entrar a la obra.

9. Tráfico Actualmente, los vecinos de la población Lemus tienen gran dificultad para entrar o salir en las horas punta, teniendo que enfrentar colas provenientes de Valdivieso, que es la única salida que tiene, luego de que las obras de la avenida Perú cerraran los accesos. El proyecto agravará la situación no sólo durante la construcción, sino que luego de su habilitación habitacional (sic), producto de un alto número de personas que se incorporará al uso de las mismas vías de acceso. La empresa presenta como principal medida de mitigación, la mejora eléctrica de semáforos de avenida Perú con avenida Valdivieso (normalización del controlador e instalación de una UPS). Sin embargo, esto no tendrá absolutamente ningún efecto en mejorar el tráfico vehicular en las horas punta, dado que el problema no es que no funcione el semáforo, sino que la capacidad de las calles es insuficiente para el flujo vehicular habitual, el cual será posiblemente triplicado por este proyecto. 483 departamentos equivalen más o menos a 1300 personas nuevas. Por lo tanto, los vecinos colindantes consideramos absolutamente insuficientes las medidas de mitigación presentadas.

10. Vibraciones Los vecinos de la población Lemus, también consideramos importante el impacto que tendrán las vibraciones generadas por la construcción. La población está constituida principalmente por casas de más de 70 años y algunas son de adobe. El proyecto no considera los efectos que las vibraciones puedan tener ni presentan medidas de mitigación.

11. Colapso de estacionamientos públicos Los vecinos manifestamos nuestra preocupación por el excesivo uso que harán los moradores de los edificios de los espacios púbicos de estacionamientos de la población Lemus. Nuestra preocupación se basa en el hecho de que para 483 departamentos sólo se construirán 447 estacionamientos para autos, considerando que hoy en día cada familia tiene al menos un auto, es evidente que los estacionamientos privados del proyecto serán insuficientes y, por lo tanto, los moradores de los edificios ocuparán los espacios de estacionamiento del vecindario. Lo que redundará en que los residentes de la población Lemus no podrán estacionar fuera de sus propias casas. Este problema fue planteado a los responsables del proyecto, presentación hecha en la junta vecinal, pero estos manifestaron que están dentro de la norma y que no estiman que se vendan todos los estacionamientos ni produzca tal efecto. Su estimación se basa en que en sus proyectos anteriores nunca se han vendido todos los estacionamientos dado que según indicaron hay muchas familias jóvenes que no tienen recursos para comprar un auto. Por lo tanto, no estiman necesaria una medida de mitigación. Estamos en desacuerdo con la información de la empresa, la cual si bien puede ser cierta al momento del inicio de venta de sus departamentos; esto no implica que –eventualmente- 361 todos los estacionamientos sean vendidos, mucho después de que la empresa se retire de nuestra población. Alucen que están dentro de la norma y que la norma no la hacen las inmobiliarias.

12. Salubridad e higiene Desde que la empresa ABSAL comenzó sus trabajos, los vecinos colindantes hemos tenido bastante invación de ratas en nuestras casas. Esto fue indicado a la empresa en la presentación en la junta vecinal, a lo cual sólo respondieron que han hecho desratizaciones. Sin embargo, esto evidentemente no ha sido suficiente, la empresa no manifestó ninguna voluntad de tomar medidas al respecto. Los vecinos, además, estamos preocupados por la acumulación de basura en el vecindario producto de estos edificios. La inminente llegada de inmigrantes, especialmente en cités de avenida Valdivieso ha significado una acumulación constante en las vías públicas. Estas no son sólo bolsas de basura que tiran en el piso para que sean destruidas por los perros, sino que también electrodomésticos, muebles, colchones etc. Ni los vecinos ni la municipalidad han podido solucionar este problema; por lo tanto, prevemos que este tremendo proyecto habitacional podría empeorar muchísimo más la situación, ya que no hay forma de prever ni controlar el nivel educacional de las 483 familias que llegarán y no existen medidas de mitigación para generar un adecuado control de la cantidad de basura que será generada y dónde será depositada. Si los habitantes de los departamentos no encuentran dónde desechar sus basuras y muebles viejos, de seguro que buscarán una vereda o pasaje de nuestra población para hacerlo. Tampoco, nada parece indicar que si los vecinos de las torres decidieran sacar sus basuras por los portones que dan hacia las calles de la población (Ricardo Lemus y Juan Antonio Ríos), no puedan hacerlo. Aún si, como indica la empresa, ellos no permitirán tránsito de camiones y autos desde la propiedad hacia esas calles, los vecinos, luego de comprar los departamentos podrán hacerlo. Los vecinos vemos como única medida de mitigación efectiva que estas calles sean habilitadas como tal hasta avenida Perú, pero como pasos peatonales. Estas calles son espacios públicos y fueron concedidas al antiguo Estadio Montserrat, dado que el beneficio de ese proyecto presentaba para toda la comunidad. Sin embargo, como ese beneficio ya no existe, solicitamos que las calles sean devueltas a la comunidad. Por ser calles, son de dominio público y este carácter no puede cambiarse por un plan regulador, ni puede ser cedido a un privado sin una desafección, la cual no ha ocurrido; por lo tanto, la comunidad de vecinos solicita su habilitación pública y peatonal, como medida de mitigación ambiental del presente proyecto.

13. Estudio de sombras mal realizado Las torres generarán gran sombra durante gran parte del año sobre las casas del costado sur, oriente y poniente. Eso redundará no sólo en la oscuridad de los patios y hogares, sino que en mayor frío y humedad en las casas. Un estudio de la Universidad de Chile sobre renovación urbana midió los efectos sobre los últimos 10 años. Entre la consecuencia de los vecinos está el exceso de sombra, (López et al 2013). Los vecinos tendrán un aumento del gasto de electricidad y parafina para iluminación y calefacción. La humedad favorecerá el crecimiento de hongos, lo cual puede llevar a un aumento de enfermedades respiratorias, especialmente en niños y asmáticos. El proyecto no considera medidas de mitigación para estos impactos. Al plantearle el problema a los representantes en la junta vecinal, ellos manifestaron que, en las partes cercanas al límite del terreno, las torres guardan una distancia de 10,4 metros. Esto nos parece absolutamente insuficiente considerando que los edificios tendrán una altura de 16 metros. Revisando en detalle el estudio de sombra de la empresa, incluido en su DIA, detectamos que la rasante 70º por el costado oriente del proyecto parte desde los 6 metros de altura y por el otro lado –sur- desde los 14 metros, ambos costados dan hacia la población Lemus. Según el artículo 2.6.3 de la Ordenanza General de Construcciones y Urbanismos las rasantes se aplican desde las alturas máximas permitidas sólo en el caso de edificaciones contiguas, cuando las edificaciones son aisladas, debe aplicarse desde el nivel del suelo. La población Lemus es EB1 según el plano regulador vigente. El cual permite construcción continua sólo en frentes menores a 15 metros y el terreno del proyecto inmobiliario tiene un frente mayor a 15 metros, así como la mayoría de las casas de la población Lemus y, por lo tanto, son viviendas aisladas. Por lo tanto, concluimos que el estudio de sombras está mal hecho porque sobreestima el volumen teórico del edificio y solicitamos que sea hecho nuevamente.

14. Potencia eléctrica Actualmente la población Lemus ha tenido cortes eléctricos en reiteradas oportunidades. Esto preocupa a la población ya que la construcción es una operación energéticamente intensa y lo mismo pasaría con el uso del edificio a lo largo de su vida operativa. Creemos importante que se reconozca a los edificios Perú Plaza I y II como un potente agente consumidor de energía y emisor de contaminantes durante su vida operativa.

362 15. Impacto visual y privacidad La población Lemus, es un sector residencial donde las casas son generalmente de uno y dos pisos. La construcción de estos edificios rompe significativamente con el esquema existente de nuestra población, produciendo un perfil urbano irregular que reemplaza la actual estructura de nuestra población. Por otra parte, estos edificios interrumpen nuestra privacidad, sobre todo para los vecinos colindantes, los cuales están a 10,4 metros de distancia.

16. Conclusiones Esperamos que el Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental acoja nuestra observación y nos ayude a evitar los graves y negativos efectos que este proyecto tendrá sobre nuestra calidad de vida. El proyecto alude un beneficio social para dar respuesta a una supuesta necesidad habitacional de Santiago. Sin embargo, la población Lemus no tiene tal necesidad y estamos asumiendo esa externalidad con todos los costos que conllevará en aumentar en varias veces su densidad poblacional actual, sin ser beneficiada sino perjudicada. Dada la extensión de los impactos ambientales de este proyecto y que tal como lo indica la Municipalidad de Recoleta en su resolución del anteproyecto Nº1 del presente año, es necesario y exigimos que se realice un Estudio de Impacto Ambiental.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto de lo planteado en la observación en relación a los fundamentos de la DIA, se debe informar que los proyectos inmobiliarios que exceden de las 300 viviendas deben ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) de acuerdo a la letra h.1.3 del artículo 3° del Reglamento del SEIA (DS N°40/2013 del Ministerio del Medio Ambiente) que señala:

“Letra h): Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturada. h.1: Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjunto de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características: • h.1.1: Que se emplacen en áreas de extensión urbana o en área rural, de acuerdo al instrumento de planificación, correspondiente y requieran de sistemas propios de producción y distribución de agua potable y/o de recolección, tratamiento y disposición de aguas servidas; • h.1.2: Que den lugar a la incorporación al dominio nacional de uso público de vías expresas o troncales; • h.1.3: Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas; o • h.1.4: Que consulten la construcción de edificios de uso público con una capacidad para cinco mil (5.000) o más personas o con mil (1.000) o más estacionamientos.”

De acuerdo a lo anterior, el proyecto ingresó al SEIA ya que: • Corresponde a un proyecto de tipo inmobiliario que se ubica en la Región Metropolitana, la cual ha sido declarada zona latente para Dióxido de Nitrógeno (NO2) y saturada para Partículas Totales en Suspensión (PTS), Material Particulado Respirable (PM10), Monóxido de Carbono (CO) y Ozono (O3). La Región, cuenta con el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA), que ha sido dictado conforme al artículo 44 de la Ley Bases del Medio Ambiente. • El proyecto contempla la construcción de 483 departamentos.

Habiendo establecido la necesidad de ingreso al SEIA, lo siguiente es determinar si debe hacerse a través de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) o un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), en caso que se produzca alguno de los efectos características y/o circunstancias señaladas por el artículo 11 de la Ley 19.300. A partir de las prospecciones y estudios realizados (emisiones atmosféricas, ruido y vibraciones, patrimonio arqueológico, factibilidad de servicios sanitarios, medio humano), es posible indicar que el proyecto no genera ninguno de los efectos, características y/o circunstancias señaladas en las letras a) a la f) del artículo 11 de la Ley 19.300, o en los artículos 363 5 al 10 del Reglamento del SEIA que regulan la misma materia. Por lo cual, el proyecto ingresa al SEIA a través de una DIA.

Cabe señalar que durante la evaluación ambiental de esta DIA ningún organismo público con competencias ambientales ha señalado que el proyecto produzca alguno de los efectos, características y/o circunstancias señaladas en las letras a) a la f) del artículo 11 de la Ley 19.300 ni ha requerido la presentación de un EIA.

Adicionalmente, es importante comentar y aclarar que toda diferencia o discrepancia entre lo presentado en la Resolución de Aprobación del Anteproyecto y el Permiso de Edificación, se produce por la evolución del proyecto, desde un anteproyecto a un proyecto definitivo. El desarrollo mismo de un proyecto en cada uno de sus componentes puede arrojar modificaciones entre la etapa de Anteproyecto y el Permiso de Edificación, respecto de las cuales la autoridad pudo haberse pronunciado de manera distinta. Esta es una situación común en los proyectos de esta naturaleza.

La construcción del proyecto, por lo tanto, debe ajustarse a lo permitido a través de los Permisos de Edificación de cada edificio, como también, de lo evaluado ambientalmente en el SEIA.

En la Tabla 8 “Característica Proyecto” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA, se presenta la información del Proyecto a construir con las superficies aprobadas a la fecha mediante el Permiso de Edificación N°29 del 25 de abril de 2016 (Perú Plaza I) y mediante el Permiso de Edificación N° 53 de fecha 16 de octubre de 2017 (Perú Plaza II).

Respecto del tema de la calidad de vida, según plantea el PLADECO 2014-2018, la aprobación del Plan Regulador Comunal del año 2005 reconoce Av. Perú como eje de renovación urbana, donde se han llevado a cabo algunos proyectos inmobiliarios. Posterior, durante el año 2006 se realizó la primera modificación al instrumento con el fin de restringir las condiciones de construcción de los nuevos inmobiliarios, lo cual impactó notoriamente en la producción en dicha zona. Considerando dicho antecedente, cabe señalar que el Proyecto se ajusta a la normativa territorial vigente, establecida a través del Plan Regulador Comunal de Recoleta y es en virtud de este instrumento que ha sido diseñado y obtenido los permisos municipales que dan cuenta de esta situación.

Respecto de la consulta sobre el polvo producido por los vehículos, el titular se compromete a que el transporte de materiales o residuos que despendan polvo se realizará con la carga cubierta (encarpado), manteniendo una distancia mínima de 10 cm. entre la superficie de la carga y la cubierta, además, de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver figura 4 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria).

En cuanto a las ruedas de los vehículos, se limpiarán del barro adherido previo al abandono de la zona de faenas, es decir, a la salida de la obra dando cumplimiento al artículo 5.8.3 de la OGUC.

Además, para evitar las emisiones de gases generadas por los vehículos livianos y pesados, se exigirá a los contratistas mantener los vehículos con revisión técnica y mantenciones al día. Dicho registro se mantendrá en obra.

Además, cabe destacar que el proyecto no supera los límites indicados en el artículo 98 del PPDA, tal como se puede observar en la Tabla 4 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria.

Según estos antecedentes, no se verá afectada la salud de los vecinos colindantes al área del proyecto.

Respecto de la consulta sobre el polvo provocado por las actividades de construcción, el titular ha comprometido y entregado los antecedentes para acreditar el cumplimiento de todas las medidas para controlar el polvo que producen las actividades de construcción. Además, para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante dicha fase de construcción, el titular consideró las siguientes medidas: • Humectación: Según la letra a) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se humectarán las áreas de movimientos de tierra y vía de circulación interna de acuerdo a los requerimientos en terreno, contemplándose un mínimo de 2 veces al día durante el periodo que duren las excavaciones. La fuente de agua provendrá de un arranque de agua potable en la obra o en su defecto por medio de camión aljibe que posea las autorizaciones y permisos correspondientes, se mantendrá registro en obra por medio de boletas o facturas. 364 • Camiones encarpados: Según la letra c) del artículo 5.8.3 de la OGUC, el transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver Figura 4 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria). • Estabilización y compactación de caminos: Según la letra b) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículo por el periodo correspondiente (tiempo en que duren las excavaciones). • Cierre perimetral en los deslindes: Según la letra g) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se construirá cierre perimetral en los deslindes del proyecto con mallas tipo raschel, el cual será mantenido en buen estado. La finalidad de este cierre es evitar la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área del proyecto y sectores circundantes. Los cierres podrán ser reemplazados por los paneles OSB con fines acústicos, adicionándoles 50 cm por sobre el nivel con malla raschel, lo que se muestra en la Figura 51 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria (Ver Figura 51 Cierre Perimetral) • No se realizarán quemas: Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros combustibles al interior de la obra. • Limpiar ruedas: Según la letra d) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se limpiarán las ruedas de los vehículos del barro adherido previo al abandono de ellos de la zona de faenas, es decir, a la salida de la obra dando cumplimiento al artículo 5.8.3 de la OGUC. • Revisión técnica y mantenciones al día: En cuanto a la emisión de gases, se exigirá a los contratistas mantener los vehículos con revisión técnica y mantenciones al día, manteniendo el registro en obra.

Respecto de la consulta sobre el polvo provocado por los materiales de la construcción, se debe aclarar que en la obra no se fabricará cemento, solamente se utilizará hormigón premezclado. Con todo, de manera de prevenir la exposición al polvo generado por el cemente, se tomarán las siguientes medidas: • Usar hormigón premezclado • Humedecer el polvo en el punto donde se genera • Instalar un sistema local de ventilación por extracción. • La persona que manipule el cemento utilizará mascara respiratoria, antiparras y guantes de PVC • El material se almacenará en recintos cerrados, secos y con adecuada ventilación

Con estas medidas se evitará generar afectación a los trabajadores y vecinos colindantes al proyecto. Respecto a otros materiales que puedan generan polvo en suspensión, ya sea áridos, arena, entre otros, se tomarán las siguientes medidas: • El transporte de materiales o residuos se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humectar la carga en caso de ser necesario. • Se mantendrán humectados y/o cubierto con lona o malla raschel las pilas de tierra, escombros u otro material que pueda desprender polvo.

Respecto de la consulta sobre el ruido, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en horario diurno (lunes a viernes entre las 08:00 a 19:00 horas, y, los sábados entre las 08:00 a 14:00 horas), por lo que, los vecinos colindantes al proyecto no se verán afectados ni durante el periodo nocturno, ni los fines de semana.

En cada una de las etapas del Proyecto se implementarán las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (placa sólida de madera aglomerada (OSB) como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), medidas que permiten garantizar que los niveles estimados de ruido cumplirán con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente. Este decreto se basa en la salud de la población y recoge los niveles recomendados al efecto por la organización Mundial de la Salud (OMS), por cuanto acreditar su cumplimiento, es la única forma objetiva, legal y vigente que posee un proyecto para acreditar que no generará efectos en la salud de la población.

En cuanto a la solicitud de realizar un monitoreo acústico, el titular ha acreditado el cumplimiento de la norma, por cuanto sólo se propone la verificación de las medidas de control indicadas en la evaluación acústica. No obstante lo anterior, el titular compromete que, en caso de producirse 365 molestias a la comunidad por este factor, los vecinos podrán ponerse en contacto con el encargado de la obra, quien verificará el cumplimiento de las medidas y, en caso de ser necesario, las reforzará.

Además, para reforzar las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1, el Titular se compromete a instalar placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas para disminuir posibles molestias a los vecinos, cuyos detalles se presentan en la siguiente Tabla:

Tabla 102 Placas OSB en deslindes del Proyecto Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar afectaciones a los vecinos de la Población Lemus. Descripción: Durante la fase de construcción se instalarán placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas. Justificación: El presente compromiso se enmarca en la solicitud realizada por la Población de aumentar la altura de las barreras para asegurar la tranquilidad de los vecinos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Placas OSB de 6 metros de altura en los tres frentes que colindan a viviendas de la Población Lemus. Forma: Las Placas OSB se mantendrán en buen estado durante todo el periodo que dure la fase de construcción. Oportunidad: Las Placas OSB permanecerá durante toda la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Letrero en Registro fotográfico de las placas OSB. Forma de control y seguimiento

Existirá un encargado en obra de verificar que las placas OSB se encuentran en buen estado y que den cumplimiento a la altura comprometida.

Respecto de la consulta sobre los efectos de la comunidad, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en periodo diurno, por lo que, los vecinos colindantes al proyecto no se verán afectados durante el periodo nocturno. El horario de trabajo será de 08:00 a 19:00 horas de lunes a viernes, y sábado de 08:00 a 14 horas.

En cada una de las etapas del Proyecto se implementarán las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (placa sólida de madera aglomerada (OSB) como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras). Por lo tanto, según los antecedentes entregados por el titular, los niveles estimados de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente.

Dado que Chile no cuenta con una normativa específica que permita regular las vibraciones de índole ambiental, se utiliza lo recomendado por el Servicio de Evaluación Ambiental en su informe final para evaluación de vibración del estudio “Elaboración de una Guía Metodológica de Evaluación de Ruido y Vibraciones en el SEIA”, en donde se establecen metodologías y se recopilan antecedentes de normativas internacionales y estándares de referencia que tengan como objetivo proteger la salud de la población. Por consiguiente, el criterio de evaluación utilizado es el establecido en la guía “Transportation and Construction Vibration” (2004) del California Department of Transportation (Caltrans), Division of Environmental Analysis (USA).

Complementariamente, en el Anexo 6 de la Adenda 1 se acredita el cumplimiento de las normas de referencia de vibraciones.

En cuanto a la consulta sobre si el proyecto pudiera cerrar calles por las actividades de construcción, es importante señalar que la única obra que puede impedir de forma momentánea el uso de la vereda 366 es la construcción de la vereda frente al proyecto, lo que representa un proyecto de mejora a la condición actual que poseen los peatones.

Respecto de la consulta sobre el tránsito de camiones, se aclara que los vehículos durante la fase de construcción del proyecto no ingresarán a la población Lemus. Para esto, se ha decido actualizar las rutas a utilizar durante la Fase de Construcción del Proyecto. Por lo tanto, la calle a utilizar por los vehículos que transitan desde el Norte será por Av. Perú, Vuelta en U en calle Rapa Nui y luego tomar nuevamente Av. Perú y los camiones que salgan del proyecto hacia el centro será por calle Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Puma, María Graham y luego tomaran nuevamente Av. Perú. Adicionalmente, el Titular se compromete a que todo tránsito de vehículos livianos, vehículos de carga de material y vehículos de escombros a realizar durante la fase de construcción será por fuera de la Villa Lemus, lo cual quedará estipulado en el contrato de prestación de los servicios y ha sido establecido como un compromiso ambiental voluntario que quedará en forma expresa en la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del Proyecto.

Respecto de la consulta sobre las vibraciones, se debe señalar que el titular del Proyecto, realizó una evaluación de las vibraciones que se generarán producto de las actividades de construcción del proyecto. Dado que Chile no cuenta con norma específica para la evaluación del impacto por vibraciones, el Estudio Acústico y Vibraciones, presentado en el Anexo 6 de la Adenda 1, utiliza como norma de referencia un estándar definido por el departamento de Transportes de California, en Estados Unidos, recomendada para la evaluación de proyectos con uso de maquinaria pesada como excavadoras, compactadores, camiones, etc. El titular acredita que dicho estudio demuestra que se cumplirá con la norma de referencia utilizada. Por lo anterior, el titular expone en el Proyecto, que no existirá riesgo de daño sobre las edificaciones vecinas, acreditándose por lo tanto el cumplimiento de la norma de referencia adoptada, lo cual ha sido revisado y validado por los organismos con competencia ambiental que revisaron este estudio.

Respecto de la consulta sobre colapso de estacionamientos públicos, la tasa de estacionamientos exigida por la normativa para este proyecto es 34,5% para la Etapa 1 y 35,6% para la Etapa 2. De acuerdo a la Encuesta Origen-Destino (2012) la tasa de tenencia de vehículos en la comuna de Recoleta, que corresponde a 0,41 vehículos por vivienda, es decir 41%.

El proyecto contempla una cantidad de estacionamientos superior a los valores anteriores. El proyecto contempla una cantidad de estacionamientos muy superior a los valores anteriores. La Etapa 1 contempla 190 estacionamientos vendibles para los dueños de departamentos lo que corresponde a una tasa de 73%, la Etapa 2 contempla 220 estacionamientos para los dueños de departamentos, que corresponde a una tasa del 99%.

A lo anterior se deben agregar los estacionamientos de visita exigidos por la normativa (26 estacionamientos en ambas etapas).

Respecto de la consulta sobre el tráfico, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

En la siguiente figura se muestran los puntos de medición de flujos. Estas mediciones obtenidas en terreno permitieron calibrar de manera adecuada los modelos computacionales que fueron utilizados para la representación actual y con proyecto del área de influencia.

Figura 20 Ubicación puntos de medición 367

De acuerdo a la metodología, para representar la demanda aportada por el proyecto se consideraron los 447 estacionamientos que contemplan ambos edificios.

Como resultado de este estudio, se generaron las siguientes medidas que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto:

  1. Pavimentación de una franja de 2 metros de Av. Perú, entre el proyecto y calle Arzobispo Valdivieso, de acuerdo a lo aprobado y establecido en el proyecto de tratamiento de espacio público por la I. Municipalidad de Recoleta.

  2. Repavimentación de calle Doctor Ostornol, entre Francisco Silva y Arzobispo Valdivieso, de acuerdo a lo indicado en plano de medidas de mitigación.

  3. Elaboración y ejecución de proyecto de demarcación y señalización en los siguientes tramos contenidos dentro del área de influencia del proyecto: • Av. Perú, entre Arzobispo Valdivieso y Celia Coloma (frente del proyecto) • Celia Coloma, entre Av. Perú y Elcira Lemus • Eloísa Lemus, entre Desiderio Lemus y Elcira Lemus • Elcira Lemus, y Eloísa Lemus y Celia Coloma • Arzobispo Valdivieso, entre Av. Recoleta y Doctor Ostornol • Unión, entre Av. Recoleta y Francisco Silva. • María Graham, entre Av. Recoleta y Av. Perú. • El Salto Chico, entre Unión y Arzobispo Valdivieso. • Puma, entre Unión y Arzobispo Valdivieso. • Av. El Salto, entre Doctor Ostornol y Arzobispo Valdivieso. • Doctor Ostornol, entre Av. Recoleta y Arzobispo Valdivieso.

Esta medida incluye la demarcación de líneas de parada, uso de pistas y cruces peatonales. Para el caso de la intersección de Arzobispo Valdivieso con Av. Recoleta se incluirá la demarcación de estacionamientos y pista de viraje izquierda.

  1. Reprogramación de los siguientes semáforos, incluyendo la tarea de sintonía fina y la reconfiguración de las EPROMS de los controladores: • Av. Recoleta con Arzobispo Valdivieso • Av. Recoleta-Semáforo Peatonal • Av. Recoleta con Unión • Av. El Salto con Dr. Ostornol • Av. Perú con Arzobispo Valdivieso • Av. El Salto con México • Av. Perú con Unión 368 • Av. Perú con Schlack • Av. Perú con San Cristóbal • Av. Perú con Santos Dumont

  2. Normalización del controlador ubicado en Av. Perú con Arzobispo Valdivieso.

  3. Instalación de unidades de respaldo de energía (UPS) para los semáforos ubicados en la intersección de Av. Recoleta con Unión y Av. Perú con Unión.

  4. Deberá realizar un estudio de justificación de semáforo peatonal en Av. Perú y Desiderio Lemus (frente a proyecto), el cual deberá ser revisado y aprobado por UOCT. De justificarse, deberá presentar el Proyecto de Semaforización y el Estudio de Programaciones a la misma UOCT, para su revisión y aprobación. El mandante deberá hacerse cargo de la ejecución de su construcción de acuerdo a la normativa vigente.

  5. Implementación de 3ª fase exclusiva peatonal con el objetivo de disminuir el conflicto generado por el viraje a la derecha en la intersección Av. Recoleta con Arzobispo Valdivieso. Esta implementación deberá ser ingresada a UOCT para su revisión y aprobación.

  6. Mejoramiento de los siguientes paraderos de transporte público: • Paradero PB 150 ubicado en Av. Perú y Desiderio Lemus • Paradero PB 170 ubicado en Av. Perú con Arzobispo Valdivieso

Este mejoramiento incluye el cambio de piezas defectuosas, cambio y/o actualización de señal de parada y demarcación de los cajones “Solo Bus”, en material termoplástico. Todo esto de acuerdo al estándar indicado por DTPM.

  1. Mejoramiento radios de giro en la intersección de Av. El Salto con calle Doctor Ostornol.

  2. Ejecución del proyecto Zona 30 en el cuadrante formado por Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Eloísa Lemus, Elcira Lemus y María Graham de acuerdo a lo estipulado por la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta.

  3. Ejecución de un estudio de demanda de pasajeros en paraderos catastrados, para determinar el aumento de demanda en condición de plena operación del proyecto, el cual deberá ser revisado y aprobado por la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta y por DTPM, debiendo materializar, en caso que corresponda, las obras asociadas.

  4. Evaluación de la implementación de la bidireccional de Arzobispo Valdivieso hasta Av. Recoleta, con la finalidad de dar continuidad a la red vial, y analizar el comportamiento de los flujos del proyecto en esta vía, el que deberá ser revisado y aprobado por Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta y UOCT. La evaluación del proyecto no considera la implementación de las obras resultantes de este análisis.

  5. Habilitación de dispositivos de rodados de Desiderio Lemus con Av. Perú y Celia Coloma con Av. Perú.

  6. Instalación de segregador horizontal en todo el frente predial de acuerdo a lo determinado por la I. Municipalidad de Recoleta.

  7. Instalación de baliza y espejo cóncavo en los accesos del proyecto, esto para prevenir posibles conflictos con los peatones.

Respecto a que los compromisos viales son mayores que los indicados y que, además, el estudio vial fue debidamente revisado por los organismos competentes, dentro de los cuales estuvo el municipio, la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana y la UOCT.

Respecto de la consulta sobre salubridad e higiene, el titular señala que la eliminación de malezas, el despeje del terreno y la desratización se realizó, precisamente, por una solicitud de los vecinos para eliminar la presencia de ratones. Además, para evitar nuevas afectaciones a los vecinos 369 colindantes al proyecto, el Titular ha mantenido limpio el terreno y realizará las desratizaciones exigidas por la normativa.

En el proyecto el Titular también informa que los proyectos de Basura se encuentran en aprobación por parte de la Autoridad Sanitaria. Dichos permisos permitirán que los habitantes del proyecto puedan disponer sus residuos domiciliarios, a través de ductos, al interior de contenedores ubicados en las salas de basuras. Además, cabe destacar, que el retiro de los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios es obligación de la Municipalidad y se realizará por Avenida Perú. Para mayor detalle ver respuesta 2 de la Adenda Complementaria.

Durante la etapa de construcción, el manejo de basuras será la acumulación en un sector habilitado para ello, siendo el traslado y disposición con empresas autorizadas para tal fin. Por esta razón, no habrá acumulación de residuos fuera de la obra.

Respecto a la habilitación de paso peatonales al interior del proyecto, se informa a la comunidad que estos son propiedad del Titular, ya que el lote original fue adquirido a sus propietarios y debidamente inscrito en los registros correspondientes, no habiendo sobre ellos servidumbres de paso.

Respecto de la consulta sobre el estudio de sombras, los edificios se encuentran emplazados en el terreno distantes varios metros de los deslindes, con el propósito de generar menores efectos de sombras y ventilación de las casas vecinas. Lo anterior se encuentra detallado en el estudio de sombras aprobado por la D.O.M de Recoleta y forma parte integrante del Permiso de Edificación Nº 29 de fecha 25 de abril de 2016 (Edificio Perú Plaza I) y Permiso de Edificación N°53 de fecha 16 de octubre de 2017 (Edificio Perú Plaza II) otorgado por la D.O.M de Recoleta. Estos permisos acreditan que el proyecto cumple con el Instrumento de Planificación Territorial vigente para este sector en forma íntegra.

Respecto de la consulta sobre la potencia eléctrica, de la observación, cabe señalar que los terrenos en que se ubicará el proyecto se ubican al interior del área de concesión eléctrica de la empresa Enel. Dicha empresa se encuentra legalmente obligada a prestar servicios eléctricos tanto a la población Lemus como a los edificios del proyecto, además de los demás habitantes en su área de concesión. La Superintendencia de Electricidad y Combustibles es el organismo público encargado de fiscalizar a dicha empresa concesionaria, contando con múltiples facultades en caso que existan problemas de servicio, como cortes reiterados. Finalmente, se debe aclarar que los edificios del proyecto no serán agentes contaminantes.

Respecto de la consulta sobre el impacto visual y la privacidad, el titular señala que el Instrumento de Planificación Territorial (IPT) consignó el suelo del proyecto como de uso residencial, por lo que, permite la construcción del proyecto; el proyecto cumple con el IPT en términos de la altura, rasantes y sombras proyectadas a los terrenos aledaños al proyecto. Además, el proyecto cumple con lo establecido en el artículo 2.6.11 de Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Por lo anterior, se debe señalar que el Proyecto cumple con los instrumentos legales que permiten la elaboración del Proyecto.

  1. Ricardo Alejandro Verdugo Salgado (varios solicitantes al final – ver lista)

Tal como indica la resolución exenta 0219 del 23 de mayo de 2017, el proyecto genera una "carga ambiental" producto de "externalidades ambientales negativas en localidades próximas durante su construcción u operación". La resolución indica que durante la fase de construcción existirán diversos impactos ambientales a las comunidades próximas, tales como: emisiones atmosféricas, emisiones de ruido, vibraciones, población flotante, entre otros, que afectarán de manera directa a los vecinos solicitantes, que residen en un terreno colindante al lugar de emplazamiento del Proyecto, a su vez durante la etapa de operación, los mismo vecinos se verán afectados por el tránsito vehicular que aportará el Proyecto Edificios Perú Plaza I - II, de aquí en adelante el Proyecto, al área de influencia, emisiones de ruido, etc.

Mediante ley de transparencia ante la Municipalidad de Recoleta, hemos conseguido acceso a la resolución de aprobación de anteproyecto N^l del 18 de Enero de 2017, la cual no ha sido asociada al presente DIA. Esta resolución indica expresamente que el proyecto excede el umbral mínimo de 370 exigencia de Estudio de Impacto Ambiental (300 viviendas) con un total de 483 viviendas y 13 locales comerciales, debiendo por lo tanto presentar el citado Estudio antes del inicio de las obras. Sin embargo, la empresa está presentando un DIA por la primer resolución de anteproyecto, N-8 del 23 de Octubre 2015, que no pedía el EIA sino solo una DIA. La resolución de 2017 también indica la intención de la empresa para evitar la necesidad del estudio y por lo tanto lo exigen en la última resolución.

El Proyecto se vende por los desarrolladores y constructores como una renovación urbana que entrega calidad de vida, "observante de la norma" y en diálogo con los vecinos. Una encuesta realizada por la Universidad de Chile entre 746 residentes de barrios en renovación urbana en el Gran Santiago concluyó que para los vecinos antiguos la calidad de vida en el barrio disminuye con la renovación. Así, para los encuestados/as, la nota promedio asignada a la calidad de vida de sus barrios con anterioridad a la llegada de edificios en altura es de un 6,0, mientras que la nota que adjudican para calificar la situación actual de sus barrios apenas alcanza a un valor promedio de 4,8 (López et al 2013). Los efectos negativos que la llamada renovación urbana ha tenido en los barrios de Santiago Centro y Estación Normal son conocidos y bien documentados y han causado impacto público en los últimos años (Pozo 2013; El Mercurio 2017).

Motivados por esta preocupación, los vecinos de la Población Lemus nos hemos organizado en comités encargados de recopilar las inquietudes de los vecinos al Proyecto. El Comité de Medio Ambiente registró las inquietudes en área medioambiental, manifestadas en reuniones en la junta de vecinos y mediante medios medios de comunicación social. Basados en este trabajo, hemos resumido la multiplicidad de impactos identificados, los cuales fueron agrupados en dos categorías: Efectos en el ecosistema y Efectos sobre la comunidad.

1.- Efectos en el ecosistema Polvo producido por los vehículos: la entrada y salida de vehículos de la obra genera una gran cantidad de contaminantes. El transporte de los materiales al lugar de la obra provoca mucho polvo o material particulado. Las ruedas de los vehículos contienen gran cantidad de material particulado suspendido, tales como polvo, arena, arcilla y cemento. Estas materias quedan suspendidas en el aire, suelo y agua. Además, los vehículos transportan este material particulado fuera de la obra, lo que implica que no sólo se pueden enfermar los trabajadores sino también la comunidad.

Polvo provocado por las actividades de la construcción: La mayoría de las actividades de la construcción como excavaciones, rellenos, movimientos de tierra, blanqueo, pintura, azulejado, mezcla de hormigón y trabajos de acabado provocan un efecto adverso sobre el entorno, pues generan una gran cantidad de material particulado.

Polvo provocado por los materiales de la construcción: Estos materiales son cemento, áridos, arena, arcilla, cal, madera y carbonato de calcio. Los trabajadores que laboran en la obra y emplean esos materiales, así como los vecinos colindantes al proyecto, tienen una alta exposición al polvo emitido por ellos.

Baby et al. (2008) citado por Singh (2011) demuestra que el polvo de cemento contiene metales pesados como: níquel, cobalto, plomo y cromo, contaminantes peligrosos para el ambiente biótico, con impacto adverso para la vegetación, para la salud humana y animal y para los ecosistemas. Diversos estudios han demostrado que existe una relación entre la exposición al polvo de cemento, el deterioro crónico de la función de los pulmones y los síntomas respiratorios en la población humana. El polvo de cemento irrita la piel, la mucosa de ojos y el sistema respiratorio. Su deposición en el tracto respiratorio provoca una reacción básica que aumenta los valores del pH que irrita las mucosas expuestas (Zeleke et al., 2010). La exposición al polvo de cemento ha sido asociada al incremento del riesgo de sufrir anormalidades del hígado, desórdenes pulmonares y carcinogénesis. Se ha planteado que la reducción de la capacidad antioxidante y el aumento del nivel de peroxidación lipídica del plasma podrían explicar los mecanismos causales de enfermedades (Aydin et al., 2010).

Ruido • Ruido proveniente de los vehículos en movimiento (por ej., transporte de materiales • Ruido proveniente de las actividades de la construcción (por ej., excavación, relleno) • Ruido proveniente de las herramientas para la construcción (por ej., mezcladora de hormigón, máquinas eléctricas)

371 En la obra, los trabajadores utilizan herramientas como: mezcladoras de hormigón, trituradoras de hormigón, compactadoras, lijadoras, cepilladoras, cortadoras de disco, taladros y motosierras, y son quienes más sufren por la exposición al ruido derivado de la construcción. También los residentes que viven vecinos a la obra en construcción y quienes usan las calles cercanas a la obra. Lo anterior significa que muchas personas sufren a diario por los ruidos de la construcción, dado el crecimiento de ésta en la Franja de Gaza.

El Proyecto no considera monitoreo de los niveles de ruido. Los vecinos estiman que el ruido puede provocar pérdida de la audición, temporal o permanente, estrés y molestias, manifestándolo a los representantes de la empresa constructora luego la presentación realizada en la Junta de Vecinos el 12 de junio de 2017. Sin embargo, los representantes de la empresa, y en especial su consultora Ambiental Letizia Dal Pozzo, desestimaron la necesidad de realizar un monitoreo, argumentando que no hay norma que lo exija. Los encuestados en el estudio de Enshassi etal (2014), indicaron que los ruidos de la construcción podían provocar trastornos sociales en sus hogares, trabajos y cuando intentaban dormir. Potencialmente, los ruidos de la construcción pueden molestar a las personas las 24 horas del día, los 7 días de la semana. Los efectos del ruido en la salud son consecuencia de los elevados niveles de ruido. Un elevado nivel de ruido en el lugar de trabajo u otros ruidos puede producir deterioro de la audición, hipertensión, enfermedades cardíacas isquémicas, molestias y perturbación del sueño. Cambios en el sistema inmunológico y defectos de nacimiento han sido atribuidos a la exposición al ruido (Passchier-Vermeer y Passchier, 2000). Se sabe que la exposición al ruido induce zumbido de oídos, hipertensión, vasoconstricción y otros efectos cardiovasculares adversos (WRUC, 2007). Ijigah et al. (2013) realizaron su investigación en Nigeria, encontrando que la "contaminación por ruido" se ubicaba en el sexto lugar con un índice de Importancia Relativa (MR) de 0,794, en una escala de 0 a 1.

2.- Efectos sobre la comunidad Las obras de construcción cierran calles y perturban los intereses de las personas. El transporte en la construcción provoca interrupción del tráfico debido al cierre de calles o caminos. Además, los encuestados estimaron que el ruido y la vibración producidos por las actividades de la construcción y el movimiento vehicular podían provocar trastornos sociales en los hogares, en el lugar de trabajo y a la hora de dormir. Enshassi et al (2014) clasificaron este efecto con un IIR=0.79. Ijigah et al. (2013) realizaron su estudio en Nigeria y encontraron que el "Trastorno social" ocupaba el lugar número 14, con un IIR=0.711. Zolfagharian et al. (2012) encontraron que el "Trastorno social" se ubicaba en el lugar número 22.

Tránsito de camiones: La interrupción del tráfico que se producirá por el tránsito de camiones de la construcción es considerado como de alto impacto negativo por los estudiantes. Los responsables del Proyecto plantean que los camiones no pasarán por la Población para llegar a la obra. Sin embargo, el plan de acceso fue generado por la empresa antes de la actual construcción del bandejón central de av. Perú que cerró el ingreso por Desiderio Lemus. Por lo tanto, los camiones no tendrán forma de llegar desde el norte si no es a través de la Población, para luego virar hacia el norte por Av. Perú y luego poder entrar a la Obra.

Tráfico: Actualmente, los vecinos de la Población Lemus tienen gran dificultad para salir o entrar en las horas punta, teniendo que enfrentar colas de varias cuadras por Av. Valdivieso que es la única salida que tiene luego que las obras de la Av. Perú cerraran sus otros accesos. El Proyecto agravará la situación no solo durante la construcción sino que luego su habilitación habitacional, producto del alto número de personas que se incorporarán al uso de las mismas vías de acceso. La Empresa presenta como principal medida de mitigación la mejora del sistema eléctrico del semáforo de Av. Perú con Av. Valdivieso (normalización del controlador e instalación de una UPS). Sin embargo, esto no tendrá absolutamente ningún efecto en mejorar el flujo vehicular en las horas punta, dado que el problema no es que no funcione el semáforo sino que la capacidad de las calles es insuficiente para el flujo vehicular habitual, el cual será posiblemente triplicado con este Proyecto (483 departamentos = más de 1300 personas nuevas). Por lo tanto, los vecinos colindantes consideramos absolutamente insuficientes las medidas de mitigación presentadas.

Vibraciones: Los vecinos de la Población Lemus también consideran importante el impacto que tendrán las vibraciones generadas por la construcción. La población está constituida principalmente por casa de más de 70 años, algunas de adobe. El Proyecto no considera los efectos que las vibraciones puedan tener ni presenta medidas de mitigación.

372 Colapso de estacionamientos públicos: Los vecinos manifestamos nuestra preocupación por el uso excesivo que harán los moradores de los edificios de los espacios públicos de estacionamiento de la Población Lemus. Nuestra preocupación se basa en el hecho que para 483 departamentos solo se construirán 447 estacionamientos para autos. Considerando que hoy en día cada familia tiene al menos un auto, es evidente que los estacionamientos privados del Proyecto serán insuficientes y por lo tanto los moradores de los edificios utilizarán los espacios de estacionamiento del vecindario. Esto redundará en que los vecinos de la Población Lemus no podrán estacionar fuera de sus propias casas. Este problema fue planteado a los responsables del Proyecto en la presentación hecha en la Junta Vecinal, pero estos manifestaron que están dentro de la norma y que no estiman que se vendan todos los estacionamientos ni produzca tal efecto. Su estimación se basa en que en sus proyectos anteriores nunca se venden todos los estacionamientos, dado que según ellos indicaron, hay muchas familias jóvenes que no tienen recursos para comprar un auto. Por lo tanto no estiman necesaria una medida de mitigación. Estamos en desacuerdo con la estimación de la empresa, la cual si bien puede ser cierta al momento de la venta de sus departamentos, esto no implica que eventualmente todos los estacionamientos sean vendidos, mucho después de que la empresa se retire de nuestra Población. Aluden que están dentro de la Norma y que la Norma no la hacen las inmobiliarias.

Salubridad e higiene: desde que la Empresa ABSAL comenzó sus trabajos, los vecinos colindantes hemos tenido constante invasión de ratas en nuestras casas. Esto fue indicado a la empresa luego de su presentación en la Junta Vecinal, al lo cual solo respondieron que han hecho desratizaciones. Sin embargo, esto evidentemente no ha sido suficiente, pero la empresa no manifestó ninguna voluntad de tomar medidas al respecto. Los vecinos además estamos preocupados por la acumulación de basura en el vecindario producto de estos edificios. La reciente llegada de inmigrantes al la Población, especialmente en cités ubicados en Av. Valdivieso, han significado una acumulación constante en las vías públicas. Esto no es solo bolsas de basura que dejan en el piso para que sean destruidas por los perros, sino también electrodomésticos, muebles, colchones, etc. Ni los vecinos ni la municipalidad han podido solucionar este problema. Por lo tanto, prevemos que este tremendo Proyecto habitacional podría empeorar muchísimo más la situación ya que no hay forma de prever ni menos controla el nivel educacional de las 483 familias que llegarán y no existen medidas de mitigación para permitir un adecuado control de la cantidad de basura generadas ni de donde será depositada. Si los habitantes de los departamentos no encuentran donde desechar su basuras y muebles viejos, de seguro buscarán una vereda o pasaje en nuestra población para hacerlo. Tampoco nada parece evitar que si los vecinos de las torres eventualmente decidieran sacar su basura por los portones que dan hace las calles de la Población (Ricardo Lemus y Juan Antonio Ríos), que puedan hacerlo. Aun si como indica la Empresa, ellos no permitirán tránsito de camiones ni autos desde la propiedad hacia esas calles, los vecinos luego de comprar los departamentos podrían hacerlo. Los vecinos vemos como única medida de mitigación efectiva, que estas calles sean habilitadas como tal, hasta Av. Perú, pero como pasos peatonales. Estas calles son espacios públicos, y fueron concedidas al antiguo Estadio Monserrat dado el beneficio que ese proyecto representaba para toda la comunidad. Sin embargo, como ese beneficio ya no existe, solicitamos que las calles sean devueltas a la comunidad. Por ser calles, son de dominio público y este carácter no puede cambiarse por un plan regulador ni puede ser cedido a un privado sin una desafección, la cual no ha ocurrido. Por lo tanto, la comunidad de vecinos solicita su habilitación pública y peatonal como medida de mitigación medioambiental del presente Proyecto.

Sombra: Las torres generarán sombra gran parte del año sobre las casas del costado sur, oriente y poniente. Esto redundará no solo en oscuridad en los patios y hogares sino en mayor frío y humedad en las casas. Un estudio de la U. de Chile sobre renovación urbana midió los efectos en los últimos 10 años. Entre las consecuencias para los vecinos está el exceso de sombra (López et al 2013). Los vecinos por lo tanto tendrán un aumento en el gasto de electricidad y parafina para iluminación y calefacción. La humedad favorecerá el crecimiento de hongos lo cual puede llevar a un aumento en las enfermedades respiratorias, especialmente en niños y asmáticos. El Proyecto no considera fuentes de mitigación para estos impactos. Al plantearle el problema a los responsables del Proyecto en la Junta Vecinal, ellos indicaron que en la parte más cercana al límite del terreno, las torres guardan una distancia de 10,4 metros. Esto nos parece absolutamente insuficiente considerando que las torres tendrán 16 pisos de alto. Revisando en detalle el estudio de sombras realizado por la empresa e incluido en su DIA, detectamos que la rasante de 70^ por el costado oriente del proyecto parte desde los 6 mts de altura y por el lado sur parte desde los 14 mts, ambos costados que dan hacia la Población Lemus. Según el Art. 2.6.3 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, las rasantes se aplican desde la altura máxima permitida solo en el caso de edificaciones continuas. Cuando las edificaciones son aisladas, debe aplicarse desde el nivel del 373 suelo, el Barrio Lemus, es zona EB1 del según el plan Regulador vigente, el cual permite construcción continua SOLO EN FRENTES MENORES A 15 mts y. El terreno del proyecto inmobiliario tiene un frente mucho mayor a 15 mts, así como la mayoría de las casas de la población lemus y por lo tanto son viviendas aisladas. Por lo tanto, concluimos que el estudio de sombras está mal hecho porque sobreestima el volumen teórico del edificio y solicitamos que sea hecho nuevamente.

Potencia eléctrica: Actualmente, la Población Lemus ha tenido cortes eléctricos prolongados en varias oportunidades. Esta situación preocupa a la comunidad, ya que el periodo de construcción es una operación energéticamente intensa, y lo mismo sucedería con el uso del edificio a lo largo de su vida operativa. Creemos importante que se reconozca a los Edificios Perú Plaza I - II como un potente agente consumidor de energía y emisor de contaminantes durante su vida operativa.

Impacto Visual y privacidad: La Población Lemus es un sector residencial, donde las casas son principalmente de uno o dos pisos. La construcción de estos edificios rompe significativamente con el esquema existente en nuestra población, produciendo un perfil urbano irregular que reemplaza la actual estructura de nuestra población. Por otra parte, estos edificios interrumpen nuestra privacidad, sobre todo para los vecinos colindantes, los cuales están 10,4 metros de distancia.

Esperamos que el Servicio de Evaluación Ambiental acoja nuestras observaciones y nos ayude a evitar los graves y negativos efectos que este proyecto tendrá sobre nuestra calidad de vida. El proyecto alude un beneficio social por dar respuesta a una supuesta necesidad habitacional de Santiago. Sin embargo, la Población Lemus no tiene tal necesidad y estaría asumiendo esta externalidad con todos los costos que conllevará aumentar en varias veces su densidad poblacional actual, sin ser beneficiada sino perjudicada. Dada la extensión de los impactos ambientales del citado proyecto, y que tal como lo indica la Municipalidad de Recoleta en su Resolución de Anteproyecto N^l del presente año, es necesario y exigimos que se realice un Estudio de Impacto Ambiental.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto a la alusión a la Resolución Exenta 0219 del 23 de mayo de 2017, se debe señalar que las emisiones atmosféricas del proyecto no superarán los límites indicados en el artículo 98 del Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica de Santiago (PPDA), tal como se demuestra en la Tabla 4 del Anexo PAC de la Adenda complementaria. Además, como compromisos se contempla la implementación de cierres con planchas OSB y sobre esta se adicionará malla tipo raschel que cumplirán la doble función de retener material particulado y controlar las emisiones de ruido. Adicionalmente se han contemplado medidas como humectación de las áreas de movimiento de tierra, acopio de tierra y vías de circulación interna; se estabilizarán y compactarán las zonas de tránsito de maquinaria y vehículos; se prohibirá la quema de maderas u otro material al interior de la obra, entre otros.

En cuanto a las emisiones de ruido generadas durante la fase de construcción, cabe destacar que al implementar las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (plancha OSB como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), los niveles estimados de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente. Finalmente, para asegurar el cumplimiento de la normativa de referencia para las vibraciones se restringirá el uso de la placa compactadora, la cual no podrá operar a menos de 9 metros de los receptores R1, R2 y R3 (Ver Anexo 6 de la Adenda 1). Asimismo, el proyecto ha aprobado un EISTU, que ha evaluado el efecto que se producirá por los vehículos que introduce el proyecto, el cual ha sido revisado y aprobado por los servicios competentes. Debido a lo señalado anteriormente el proyecto no genera externalidades negativas, ya que ya que los impactos ambientales citados son impactos regulados, que tienen medidas para hacerse cargo de los mismos.

Respecto de lo planteado en la observación en relación a los fundamentos de la DIA, se debe informar que los proyectos inmobiliarios que exceden de las 300 viviendas deben ingresar al 374 Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) de acuerdo a la letra h.1.3 del artículo 3° del Reglamento del SEIA (DS N°40/2013 del Ministerio del Medio Ambiente) que señala:

“Letra h): Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturada. h.1: Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjunto de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características: • h.1.1: Que se emplacen en áreas de extensión urbana o en área rural, de acuerdo al instrumento de planificación, correspondiente y requieran de sistemas propios de producción y distribución de agua potable y/o de recolección, tratamiento y disposición de aguas servidas; • h.1.2: Que den lugar a la incorporación al dominio nacional de uso público de vías expresas o troncales; • h.1.3: Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas; o • h.1.4: Que consulten la construcción de edificios de uso público con una capacidad para cinco mil (5.000) o más personas o con mil (1.000) o más estacionamientos.”

De acuerdo a lo anterior, el proyecto ingresó al SEIA ya que: • Corresponde a un proyecto de tipo inmobiliario que se ubica en la Región Metropolitana, la cual ha sido declarada zona latente para Dióxido de Nitrógeno (NO2) y saturada para Partículas Totales en Suspensión (PTS), Material Particulado Respirable (PM10), Monóxido de Carbono (CO) y Ozono (O3). La Región, cuenta con el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA), que ha sido dictado conforme al artículo 44 de la Ley Bases del Medio Ambiente. • El proyecto contempla la construcción de 483 departamentos.

Habiendo establecido la necesidad de ingreso al SEIA, lo siguiente es determinar si debe hacerse a través de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) o un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), en caso que se produzca alguno de los efectos características y/o circunstancias señaladas por el artículo 11 de la Ley 19.300. A partir de las prospecciones y estudios realizados (emisiones atmosféricas, ruido y vibraciones, patrimonio arqueológico, factibilidad de servicios sanitarios, medio humano), es posible indicar que el proyecto no genera ninguno de los efectos, características y/o circunstancias señaladas en las letras a) a la f) del artículo 11 de la Ley 19.300, o en los artículos 5 al 10 del Reglamento del SEIA que regulan la misma materia. Por lo cual, el proyecto ingresa al SEIA a través de una DIA.

Cabe señalar que durante la evaluación ambiental de esta DIA ningún organismo público con competencias ambientales ha señalado que el proyecto produzca alguno de los efectos, características y/o circunstancias señaladas en las letras a) a la f) del artículo 11 de la Ley 19.300 ni ha requerido la presentación de un EIA.

Adicionalmente, es importante comentar y aclarar que toda diferencia o discrepancia entre lo presentado en la Resolución de Aprobación del Anteproyecto y el Permiso de Edificación, se produce por la evolución del proyecto, desde un anteproyecto a un proyecto definitivo. El desarrollo mismo de un proyecto en cada uno de sus componentes puede arrojar modificaciones entre la etapa de Anteproyecto y el Permiso de Edificación, respecto de las cuales la autoridad pudo haberse pronunciado de manera distinta. Esta es una situación común en los proyectos de esta naturaleza.

La construcción del proyecto, por lo tanto, debe ajustarse a lo permitido a través de los Permisos de Edificación de cada edificio, como también, de lo evaluado ambientalmente en el SEIA.

En la Tabla 8 “Característica Proyecto” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA, se presenta la información del Proyecto a construir con las superficies aprobadas a la fecha mediante el Permiso de Edificación N°29 del 25 de abril de 2016 (Perú Plaza I) y mediante el Permiso de Edificación N° 53 de fecha 16 de octubre de 2017 (Perú Plaza II).

Respecto del tema de la calidad de vida, según plantea el PLADECO 2014-2018, la aprobación del Plan Regulador Comunal del año 2005 reconoce Av. Perú como eje de renovación urbana, donde se han llevado a cabo algunos proyectos inmobiliarios. Posterior, durante el año 2006 se realizó la primera modificación al instrumento con el fin de restringir las condiciones de construcción de los nuevos inmobiliarios, lo cual impactó notoriamente en la producción en dicha zona. Considerando 375 dicho antecedente, cabe señalar que el Proyecto se ajusta a la normativa territorial vigente, establecida a través del Plan Regulador Comunal de Recoleta y es en virtud de este instrumento que ha sido diseñado y obtenido los permisos municipales que dan cuenta de esta situación.

Respecto de la consulta sobre el polvo producido por los vehículos, el titular se compromete a que el transporte de materiales o residuos que despendan polvo se realizará con la carga cubierta (encarpado), manteniendo una distancia mínima de 10 cm. entre la superficie de la carga y la cubierta, además, de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver figura 4 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria).

En cuanto a las ruedas de los vehículos, se limpiarán del barro adherido previo al abandono de la zona de faenas, es decir, a la salida de la obra dando cumplimiento al artículo 5.8.3 de la OGUC.

Además, para evitar las emisiones de gases generadas por los vehículos livianos y pesados, se exigirá a los contratistas mantener los vehículos con revisión técnica y mantenciones al día. Dicho registro se mantendrá en obra.

Además, cabe destacar que el proyecto no supera los límites indicados en el artículo 98 del PPDA, tal como se puede observar en la Tabla 4 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria.

Según estos antecedentes, no se verá afectada la salud de los vecinos colindantes al área del proyecto.

Respecto de la consulta sobre el polvo provocado por las actividades de construcción, el titular ha comprometido y entregado los antecedentes para acreditar el cumplimiento de todas las medidas para controlar el polvo que producen las actividades de construcción. Además, para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante dicha fase de construcción, el titular consideró las siguientes medidas: • Humectación: Según la letra a) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se humectarán las áreas de movimientos de tierra y vía de circulación interna de acuerdo a los requerimientos en terreno, contemplándose un mínimo de 2 veces al día durante el periodo que duren las excavaciones. La fuente de agua provendrá de un arranque de agua potable en la obra o en su defecto por medio de camión aljibe que posea las autorizaciones y permisos correspondientes, se mantendrá registro en obra por medio de boletas o facturas. • Camiones encarpados: Según la letra c) del artículo 5.8.3 de la OGUC, el transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver Figura 4 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria). • Estabilización y compactación de caminos: Según la letra b) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículo por el periodo correspondiente (tiempo en que duren las excavaciones). • Cierre perimetral en los deslindes: Según la letra g) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se construirá cierre perimetral en los deslindes del proyecto con mallas tipo raschel, el cual será mantenido en buen estado. La finalidad de este cierre es evitar la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área del proyecto y sectores circundantes. Los cierres podrán ser reemplazados por los paneles OSB con fines acústicos, adicionándoles 50 cm por sobre el nivel con malla raschel, lo que se muestra en la Figura 51 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria (Ver Figura 51 Cierre Perimetral) • No se realizarán quemas: Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros combustibles al interior de la obra. • Limpiar ruedas: Según la letra d) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se limpiarán las ruedas de los vehículos del barro adherido previo al abandono de ellos de la zona de faenas, es decir, a la salida de la obra dando cumplimiento al artículo 5.8.3 de la OGUC. • Revisión técnica y mantenciones al día: En cuanto a la emisión de gases, se exigirá a los contratistas mantener los vehículos con revisión técnica y mantenciones al día, manteniendo el registro en obra.

Respecto de la consulta sobre el polvo provocado por los materiales de la construcción, se debe aclarar que en la obra no se fabricará cemento, solamente se utilizará hormigón premezclado. Con 376 todo, de manera de prevenir la exposición al polvo generado por el cemente, se tomarán las siguientes medidas: • Usar hormigón premezclado • Humedecer el polvo en el punto donde se genera • Instalar un sistema local de ventilación por extracción. • La persona que manipule el cemento utilizará mascara respiratoria, antiparras y guantes de PVC • El material se almacenará en recintos cerrados, secos y con adecuada ventilación Con estas medidas se evitará generar afectación a los trabajadores y vecinos colindantes al proyecto. Respecto a otros materiales que puedan generan polvo en suspensión, ya sea áridos, arena, entre otros, se tomarán las siguientes medidas: • El transporte de materiales o residuos se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humectar la carga en caso de ser necesario. • Se mantendrán humectados y/o cubierto con lona o malla raschel las pilas de tierra, escombros u otro material que pueda desprender polvo.

Respecto de la consulta sobre el ruido, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en horario diurno (lunes a viernes entre las 08:00 a 19:00 horas, y, los sábados entre las 08:00 a 14:00 horas), por lo que, los vecinos colindantes al proyecto no se verán afectados ni durante el periodo nocturno, ni los fines de semana.

En cada una de las etapas del Proyecto se implementarán las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (placa sólida de madera aglomerada (OSB) como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), medidas que permiten garantizar que los niveles estimados de ruido cumplirán con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente. Este decreto se basa en la salud de la población y recoge los niveles recomendados al efecto por la organización Mundial de la Salud (OMS), por cuanto acreditar su cumplimiento, es la única forma objetiva, legal y vigente que posee un proyecto para acreditar que no generará efectos en la salud de la población.

En cuanto a la solicitud de realizar un monitoreo acústico, el titular ha acreditado el cumplimiento de la norma, por cuanto sólo se propone la verificación de las medidas de control indicadas en la evaluación acústica. No obstante lo anterior, el titular compromete que, en caso de producirse molestias a la comunidad por este factor, los vecinos podrán ponerse en contacto con el encargado de la obra, quien verificará el cumplimiento de las medidas y, en caso de ser necesario, las reforzará.

Además, para reforzar las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1, el Titular se compromete a instalar placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas para disminuir posibles molestias a los vecinos, cuyos detalles se presentan en la siguiente Tabla:

Tabla 102 Placas OSB en deslindes del Proyecto Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar afectaciones a los vecinos de la Población Lemus. Descripción: Durante la fase de construcción se instalarán placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas. Justificación: El presente compromiso se enmarca en la solicitud realizada por la Población de aumentar la altura de las barreras para asegurar la tranquilidad de los vecinos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Placas OSB de 6 metros de altura en los tres frentes que colindan a viviendas de la Población Lemus. Forma: Las Placas OSB se mantendrán en buen estado durante todo el periodo que dure la fase de construcción. Oportunidad: Las Placas OSB permanecerá 377 durante toda la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Letrero en Registro fotográfico de las placas OSB. Forma de control y seguimiento

Existirá un encargado en obra de verificar que las placas OSB se encuentran en buen estado y que den cumplimiento a la altura comprometida.

Respecto de la consulta sobre los efectos de la comunidad, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en periodo diurno, por lo que, los vecinos colindantes al proyecto no se verán afectados durante el periodo nocturno. El horario de trabajo será de 08:00 a 19:00 horas de lunes a viernes, y sábado de 08:00 a 14 horas.

En cada una de las etapas del Proyecto se implementarán las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (placa sólida de madera aglomerada (OSB) como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras). Por lo tanto, según los antecedentes entregados por el titular, los niveles estimados de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente.

Dado que Chile no cuenta con una normativa específica que permita regular las vibraciones de índole ambiental, se utiliza lo recomendado por el Servicio de Evaluación Ambiental en su informe final para evaluación de vibración del estudio “Elaboración de una Guía Metodológica de Evaluación de Ruido y Vibraciones en el SEIA”, en donde se establecen metodologías y se recopilan antecedentes de normativas internacionales y estándares de referencia que tengan como objetivo proteger la salud de la población. Por consiguiente, el criterio de evaluación utilizado es el establecido en la guía “Transportation and Construction Vibration” (2004) del California Department of Transportation (Caltrans), Division of Environmental Analysis (USA).

Complementariamente, en el Anexo 6 de la Adenda 1 se acredita el cumplimiento de las normas de referencia de vibraciones.

En cuanto a la consulta sobre si el proyecto pudiera cerrar calles por las actividades de construcción, es importante señalar que la única obra que puede impedir de forma momentánea el uso de la vereda es la construcción de la vereda frente al proyecto, lo que representa un proyecto de mejora a la condición actual que poseen los peatones.

Respecto de la consulta sobre el tránsito de camiones, se aclara que los vehículos durante la fase de construcción del proyecto no ingresarán a la población Lemus. Para esto, se ha decido actualizar las rutas a utilizar durante la Fase de Construcción del Proyecto. Por lo tanto, la calle a utilizar por los vehículos que transitan desde el Norte será por Av. Perú, Vuelta en U en calle Rapa Nui y luego tomar nuevamente Av. Perú y los camiones que salgan del proyecto hacia el centro será por calle Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Puma, María Graham y luego tomaran nuevamente Av. Perú. Adicionalmente, el Titular se compromete a que todo tránsito de vehículos livianos, vehículos de carga de material y vehículos de escombros a realizar durante la fase de construcción será por fuera de la Villa Lemus, lo cual quedará estipulado en el contrato de prestación de los servicios y ha sido establecido como un compromiso ambiental voluntario que quedará en forma expresa en la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del Proyecto.

Respecto de la consulta sobre el tráfico, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00. 378

En la siguiente figura se muestran los puntos de medición de flujos. Estas mediciones obtenidas en terreno permitieron calibrar de manera adecuada los modelos computacionales que fueron utilizados para la representación actual y con proyecto del área de influencia.

Figura 20 Ubicación puntos de medición

De acuerdo a la metodología, para representar la demanda aportada por el proyecto se consideraron los 447 estacionamientos que contemplan ambos edificios.

Como resultado de este estudio, se generaron las siguientes medidas que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto:

  1. Pavimentación de una franja de 2 metros de Av. Perú, entre el proyecto y calle Arzobispo Valdivieso, de acuerdo a lo aprobado y establecido en el proyecto de tratamiento de espacio público por la I. Municipalidad de Recoleta.

  2. Repavimentación de calle Doctor Ostornol, entre Francisco Silva y Arzobispo Valdivieso, de acuerdo a lo indicado en plano de medidas de mitigación.

  3. Elaboración y ejecución de proyecto de demarcación y señalización en los siguientes tramos contenidos dentro del área de influencia del proyecto: • Av. Perú, entre Arzobispo Valdivieso y Celia Coloma (frente del proyecto) • Celia Coloma, entre Av. Perú y Elcira Lemus • Eloísa Lemus, entre Desiderio Lemus y Elcira Lemus • Elcira Lemus, y Eloísa Lemus y Celia Coloma • Arzobispo Valdivieso, entre Av. Recoleta y Doctor Ostornol • Unión, entre Av. Recoleta y Francisco Silva. • María Graham, entre Av. Recoleta y Av. Perú. • El Salto Chico, entre Unión y Arzobispo Valdivieso. • Puma, entre Unión y Arzobispo Valdivieso. • Av. El Salto, entre Doctor Ostornol y Arzobispo Valdivieso. • Doctor Ostornol, entre Av. Recoleta y Arzobispo Valdivieso.

Esta medida incluye la demarcación de líneas de parada, uso de pistas y cruces peatonales. Para el caso de la intersección de Arzobispo Valdivieso con Av. Recoleta se incluirá la demarcación de estacionamientos y pista de viraje izquierda.

  1. Reprogramación de los siguientes semáforos, incluyendo la tarea de sintonía fina y la reconfiguración de las EPROMS de los controladores: • Av. Recoleta con Arzobispo Valdivieso 379 • Av. Recoleta-Semáforo Peatonal • Av. Recoleta con Unión • Av. El Salto con Dr. Ostornol • Av. Perú con Arzobispo Valdivieso • Av. El Salto con México • Av. Perú con Unión • Av. Perú con Schlack • Av. Perú con San Cristóbal • Av. Perú con Santos Dumont

  2. Normalización del controlador ubicado en Av. Perú con Arzobispo Valdivieso.

  3. Instalación de unidades de respaldo de energía (UPS) para los semáforos ubicados en la intersección de Av. Recoleta con Unión y Av. Perú con Unión.

  4. Deberá realizar un estudio de justificación de semáforo peatonal en Av. Perú y Desiderio Lemus (frente a proyecto), el cual deberá ser revisado y aprobado por UOCT. De justificarse, deberá presentar el Proyecto de Semaforización y el Estudio de Programaciones a la misma UOCT, para su revisión y aprobación. El mandante deberá hacerse cargo de la ejecución de su construcción de acuerdo a la normativa vigente.

  5. Implementación de 3ª fase exclusiva peatonal con el objetivo de disminuir el conflicto generado por el viraje a la derecha en la intersección Av. Recoleta con Arzobispo Valdivieso. Esta implementación deberá ser ingresada a UOCT para su revisión y aprobación.

  6. Mejoramiento de los siguientes paraderos de transporte público: • Paradero PB 150 ubicado en Av. Perú y Desiderio Lemus • Paradero PB 170 ubicado en Av. Perú con Arzobispo Valdivieso

Este mejoramiento incluye el cambio de piezas defectuosas, cambio y/o actualización de señal de parada y demarcación de los cajones “Solo Bus”, en material termoplástico. Todo esto de acuerdo al estándar indicado por DTPM.

  1. Mejoramiento radios de giro en la intersección de Av. El Salto con calle Doctor Ostornol.

  2. Ejecución del proyecto Zona 30 en el cuadrante formado por Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Eloísa Lemus, Elcira Lemus y María Graham de acuerdo a lo estipulado por la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta.

  3. Ejecución de un estudio de demanda de pasajeros en paraderos catastrados, para determinar el aumento de demanda en condición de plena operación del proyecto, el cual deberá ser revisado y aprobado por la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta y por DTPM, debiendo materializar, en caso que corresponda, las obras asociadas.

  4. Evaluación de la implementación de la bidireccional de Arzobispo Valdivieso hasta Av. Recoleta, con la finalidad de dar continuidad a la red vial, y analizar el comportamiento de los flujos del proyecto en esta vía, el que deberá ser revisado y aprobado por Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta y UOCT. La evaluación del proyecto no considera la implementación de las obras resultantes de este análisis.

  5. Habilitación de dispositivos de rodados de Desiderio Lemus con Av. Perú y Celia Coloma con Av. Perú.

  6. Instalación de segregador horizontal en todo el frente predial de acuerdo a lo determinado por la I. Municipalidad de Recoleta.

  7. Instalación de baliza y espejo cóncavo en los accesos del proyecto, esto para prevenir posibles conflictos con los peatones.

Respecto a que los compromisos viales son mayores que los indicados y que, además, el estudio vial fue debidamente revisado por los organismos competentes, dentro de los cuales estuvo el 380 municipio, la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana y la UOCT.

Respecto de la consulta sobre las vibraciones, se debe señalar que el titular del Proyecto, realizó una evaluación de las vibraciones que se generarán producto de las actividades de construcción del proyecto. Dado que Chile no cuenta con norma específica para la evaluación del impacto por vibraciones, el Estudio Acústico y Vibraciones, presentado en el Anexo 6 de la Adenda 1, utiliza como norma de referencia un estándar definido por el departamento de Transportes de California, en Estados Unidos, recomendada para la evaluación de proyectos con uso de maquinaria pesada como excavadoras, compactadores, camiones, etc. El titular acredita que dicho estudio demuestra que se cumplirá con la norma de referencia utilizada. Por lo anterior, el titular expone en el Proyecto, que no existirá riesgo de daño sobre las edificaciones vecinas, acreditándose por lo tanto el cumplimiento de la norma de referencia adoptada, lo cual ha sido revisado por los organismos con competencia ambiental que revisaron este estudio

Respecto de la consulta sobre colapso de estacionamientos públicos, la tasa de estacionamientos exigida por la normativa para este proyecto es 34,5% para la Etapa 1 y 35,6% para la Etapa 2. De acuerdo a la Encuesta Origen-Destino (2012) la tasa de tenencia de vehículos en la comuna de Recoleta, que corresponde a 0,41 vehículos por vivienda, es decir 41%.

El proyecto contempla una cantidad de estacionamientos superior a los valores anteriores. El proyecto contempla una cantidad de estacionamientos muy superior a los valores anteriores. La Etapa 1 contempla 190 estacionamientos vendibles para los dueños de departamentos lo que corresponde a una tasa de 73%, la Etapa 2 contempla 220 estacionamientos para los dueños de departamentos, que corresponde a una tasa del 99%.

A lo anterior se deben agregar los estacionamientos de visita exigidos por la normativa (26 estacionamientos en ambas etapas).

Respecto de la consulta sobre salubridad e higiene, el titular señala que la eliminación de malezas, el despeje del terreno y la desratización se realizó, precisamente, por una solicitud de los vecinos para eliminar la presencia de ratones. Además, para evitar nuevas afectaciones a los vecinos colindantes al proyecto, el Titular ha mantenido limpio el terreno y realizará las desratizaciones exigidas por la normativa.

En el proyecto el Titular también informa que los proyectos de Basura se encuentran en aprobación por parte de la Autoridad Sanitaria. Dichos permisos permitirán que los habitantes del proyecto puedan disponer sus residuos domiciliarios, a través de ductos, al interior de contenedores ubicados en las salas de basuras. Además, cabe destacar, que el retiro de los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios es obligación de la Municipalidad y se realizará por Avenida Perú. Para mayor detalle ver respuesta 2 de la Adenda Complementaria.

Durante la etapa de construcción, el manejo de basuras será la acumulación en un sector habilitado para ello, siendo el traslado y disposición con empresas autorizadas para tal fin. Por esta razón, no habrá acumulación de residuos fuera de la obra.

Respecto a la habilitación de pasos peatonales al interior del proyecto, se informa a la comunidad que estos son propiedad del Titular, ya que el lote original fue adquirido a sus propietarios y debidamente inscrito en los registros correspondientes, no habiendo sobre ellos servidumbres de paso.

Respecto de la consulta sobre el estudio de sombras, los edificios se encuentran emplazados en el terreno distantes varios metros de los deslindes, con el propósito de generar menores efectos de sombras y ventilación de las casas vecinas. Lo anterior se encuentra detallado en el estudio de sombras aprobado por la D.O.M de Recoleta y forma parte integrante del Permiso de Edificación Nº 29 de fecha 25 de abril de 2016 (Edificio Perú Plaza I) y Permiso de Edificación N°53 de fecha 16 de octubre de 2017 (Edificio Perú Plaza II) otorgado por la D.O.M de Recoleta. Estos permisos acreditan que el proyecto cumple con el Instrumento de Planificación Territorial vigente para este sector en forma íntegra.

Respecto de la consulta sobre la potencia eléctrica, de la observación, cabe señalar que los terrenos en que se ubicará el proyecto se ubican al interior del área de concesión eléctrica de la empresa 381 Enel. Dicha empresa se encuentra legalmente obligada a prestar servicios eléctricos tanto a la población Lemus como a los edificios del proyecto, además de los demás habitantes en su área de concesión. La Superintendencia de Electricidad y Combustibles es el organismo público encargado de fiscalizar a dicha empresa concesionaria, contando con múltiples facultades en caso que existan problemas de servicio, como cortes reiterados. Finalmente, se debe aclarar que los edificios del proyecto no serán agentes contaminantes.

Respecto de la consulta sobre el impacto visual y la privacidad, el titular señala que el Instrumento de Planificación Territorial (IPT) consignó el suelo del proyecto como de uso residencial, por lo que, permite la construcción del proyecto; el proyecto cumple con el IPT en términos de la altura, rasantes y sombras proyectadas a los terrenos aledaños al proyecto. Además, el proyecto cumple con lo establecido en el artículo 2.6.11 de Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Por lo anterior, se debe señalar que el Proyecto cumple con los instrumentos legales que permiten la elaboración del Proyecto.

100. Ivonne Marcela Salazar Ibáñez

1. La Municipalidad de Recoleta solicitó: Estudio de Impacto Ambiental. Mediante Ley de Transparencia de la Municipalidad de Recoleta hemos conseguido acceso a la resolución de aceptación del anteproyecto Nº 1 del 18 de enero de 2017, la cual no ha sido asociada a la presente DIA. Esta resolución expresa que este proyecto excede el umbral mínimo de exigencia de estudio de impacto ambiental (300 viviendas), con un total de 483 viviendas y 13 locales comerciales; debiendo, por lo tanto, presentar el citado estudio antes del inicio de las obras. Sin embargo, la empresa está presentando una DIA por la primera resolución del anteproyecto Nº28 del 23 de octubre de 2015, que no pedía un EIA sino sólo una DIA. La resolución de 2017 también indica la intención de la empresa para evitar la necesidad del estudio y, por lo tanto, lo exigen en la última resolución.

2. Deterioro de calidad de vida El proyecto se vende por los desarrolladores y constructores como una renovación urbana que entrega calidad de vida, “observante de la norma” y en armonía con sus vecinos. Una encuentra realizada por la Universidad de Chile entre 746 residentes de barrios, en renovación urbana, en el Gran Santiago, concluyó que para los vecinos antiguos, la calidad de vida de sus barrios disminuye con la renovación. Así, para los encuestados y encuestadas, la nota promedio asignada con anterioridad a la llegada de los edificios en altura es de un 6.0, mientras que la nota que adjudican para calificar la situación actual de sus barrios, apenas alcanza un promedio de 4.8 (López et al., 2013). Los efectos negativos que la renovación urbana ha tenido en los barrios de Santiago Centro y estación Normal (sic) son conocidos y bien documentados y han causado impacto en los últimos años (Pozo 2013, El Mercurio 2017).

3. Polvo producido por los vehículos La entrada y salida de vehículos de la obra genera una gran cantidad de contaminantes. El transporte de los materiales al lugar de la obra provoca mucho polvo o material particulado. Las ruedas de los vehículos contienen gran cantidad de material particulado suspendido tales como polvo, arena, arcilla y cemento. Estas materias quedan suspendidas en el aire, suelo y agua. Además, los vehículos transportan este material suspendido fuera de la obra, lo que implica que no sólo se pueden enfermar los trabajadores sino también la comunidad.

4. Polvo provocado por las actividades de la construcción La mayoría de las actividades de construcción como excavaciones, rellenos, movimiento de tierra, blanqueo, pintura, azulejado, mezclas de hormigón y acabado provocan un efecto adverso sobre el entorno, pues provocan una gran cantidad de material particulado.

5. Polvo provocado por los materiales de la producción Estos materiales son cemento, áridos, arena, arcilla, cal, madera y carbono de calcio. Los trabajadores que laboran en la obra, y emplean esos materiales, así como los vecinos colindantes al proyecto, tienen una alta exposición al polvo emitido por ello (Baby et al 2008, citado por Singh 2011), demuestra que el polvo de cemento contiene metales pesados tales como níquel, cobalto, plomo y cromo como concomitantes peligrosos para el ambiente biótico con impacto adverso para la vegetación, para la salud urbana y animal y para los ecosistemas. Diversos estudios han demostrado que hay una relación entre la exposición al polvo de cemento, el deterioro crónico del 382 funcionamiento de los pulmones y los síntomas respiratorios de la población humana. El polvo de cemento irrita la piel, la mucosa de ojos y el sistema respiratorio. Su deposición en el tracto respiratorio provoca una reacción base que aumenta los valores del pH que irrita las mucosas expuestas Zeleke et al. 2010). La exposición al polvo de cemento ha sido asociada al incremento de sufrir anormalidades del hígado, desórdenes hormonales y carcinogénesis. Se ha planteado que la reducción de la capacidad antioxidante y el aumento de peroxidación lípida del plasma podrían explicar los mecanismos causales de enfermedades (Aydin et al, 2010).

6. Ruido • Ruido proveniente de los vehículos, por ejemplo, transporte de materiales • Ruido proveniente de las actividades de la construcción, por ejemplo, excavación, relleno. • Ruido proveniente de las herramientas de la construcción, por ejemplo, mezcladora de hormigón, máquinas eléctricas

En la obra, los trabajadores utilizan herramientas como mezcladora de hormigón, trituradoras de hormigón, compactadoras, lijadoras, cepilladoras, cortadora de discos, taladros y motosierras y son quienes más sufren por la exposición al ruido derivado de la construcción. También, los residentes que viven vecinos a la obra en construcción y quienes usan las calles cercanas a la obra. Lo anterior significa que muchas personas sufren a diario por los ruidos de la construcción dado el crecimiento de esta franja de Gaza (sic). El proyecto no considera monitoreo de niveles de ruido, los vecinos estiman que los ruidos pueden provocar pérdidas de la audición temporal o permanente, estrés y molestia. Manifestándolo a los representantes de la empresa constructora luego de la presentación realizada en la Junta de Vecinos el 12 de junio de 2017; sin embargo, los representantes de la empresa, y especialmente su consultora ambiental, Leticia Del Pozzo, desestimaron la necesidad de realizar un monitoreo argumentando que no hay norma que lo exija. Los encuestados en el estudio de Enshassi et al (2014), indicaron que los ruidos de las construcciones podrían provocar trastornos sociales en sus hogares, trabajos y cuando intentaban dormir. Potencialmente, los ruidos de la construcción pueden molestar a las personas las 24 horas del día, los 7 días a la semana. Los efectos del ruido en la salud son consecuencia de los elevados niveles de ruido. Un elevado nivel de ruido en el trabajo u otros lugares puede producir deterioro de la audición, hipertensión, enfermedades cardíacas isquémicas, molestias y perturbación del sueño. Cambios en el sistema inmunológico y defectos de nacimiento han sido atribuidos a la exposición de ruido (Passhier- Vermeer y Passhier 2000). Se sabe que la exposición al ruido induce zumbidos, hipertensión, vasoconstrucción, y otros efectos cardiovasculares adversos. (WRUC 2007) Ijigah et al (2013) realizaron una investigación en Nigeria encontrando que la contaminación por ruido se encontraba en un 6º lugar con un índice de importancia relativa (IIR) de 0,794 en una escala de 0 a 1.

7. Efectos sobre la comunidad Las obras de construcción cierran calles y perturban los intereses de las personas. El transporte de la construcción provoca interrupción de tráfico debido al cierre de calles o caminos, además, los encuestados estimaron que el ruido y la vibración producidos por la construcción y el movimiento vehicular podían provocar trastornos sociales en los hogares, en el lugar de trabajo y a la hora de dormir. Enshassi et al 2014 clasificaron este efecto con un IIR= 0,7 Ijigah et al (2013) realizaron su estudio en Nigeria y encontraron que el trastorno social ocupaba el nº 14 con un IIR=0,711. Zolfagharian et al (2014) encontraron que el trastorno social se ubicaba en el nº22.

8. Tránsito de camiones La interrupción del tráfico que se producirá por el tránsito de camiones en la construcción es considerada como un alto impacto por los estudiantes. Los responsables del proyecto plantean que los responsables no pasarán por la población para llegar a la obra. Sin embargo, el plan de acceso fue generado por la empresa antes de la actual construcción del bandejón central en avenida Perú que cerró el ingreso por Desiderio Lemus. Por lo tanto, los camiones no tendrán forma de llegar desde el norte. Si no es a través de la población, para luego virar hacia el norte por avenida Perú y luego poder entrar a la obra.

9. Tráfico Actualmente, los vecinos de la población Lemus tienen gran dificultad para entrar o salir en las horas punta, teniendo que enfrentar colas provenientes de Valdivieso, que es la única salida que tiene, luego de que las obras de la avenida Perú cerraran los accesos. El proyecto agravará la situación no sólo durante la construcción, sino que luego de su habilitación habitacional (sic), producto de un alto número de personas que se incorporará al uso de las mismas vías de acceso. La empresa presenta como principal medida de mitigación, la mejora eléctrica de semáforos de avenida 383 Perú con avenida Valdivieso (normalización del controlador e instalación de una UPS). Sin embargo, esto no tendrá absolutamente ningún efecto en mejorar el tráfico vehicular en las horas punta, dado que el problema no es que no funcione el semáforo, sino que la capacidad de las calles es insuficiente para el flujo vehicular habitual, el cual será posiblemente triplicado por este proyecto. 483 departamentos equivalen más o menos a 1300 personas nuevas. Por lo tanto, los vecinos colindantes consideramos absolutamente insuficientes las medidas de mitigación presentadas.

10. Vibraciones Los vecinos de la población Lemus, también consideramos importante el impacto que tendrán las vibraciones generadas por la construcción. La población está constituida principalmente por casas de más de 70 años y algunas son de adobe. El proyecto no considera los efectos que las vibraciones puedan tener ni presentan medidas de mitigación.

11. Colapso de estacionamientos públicos Los vecinos manifestamos nuestra preocupación por el excesivo uso que harán los moradores de los edificios de los espacios púbicos de estacionamientos de la población Lemus. Nuestra preocupación se basa en el hecho de que para 483 departamentos sólo se construirán 447 estacionamientos para autos, considerando que hoy en día cada familia tiene al menos un auto, es evidente que los estacionamientos privados del proyecto serán insuficientes y, por lo tanto, los moradores de los edificios ocuparán los espacios de estacionamiento del vecindario. Lo que redundará en que los residentes de la población Lemus no podrán estacionar fuera de sus propias casas. Este problema fue planteado a los responsables del proyecto, presentación hecha en la junta vecinal, pero estos manifestaron que están dentro de la norma y que no estiman que se vendan todos los estacionamientos ni produzca tal efecto. Su estimación se basa en que en sus proyectos anteriores nunca se han vendido todos los estacionamientos dado que según indicaron hay muchas familias jóvenes que no tienen recursos para comprar un auto. Por lo tanto, no estiman necesaria una medida de mitigación. Estamos en desacuerdo con la información de la empresa, la cual si bien puede ser cierta al momento del inicio de venta de sus departamentos; esto no implica que –eventualmente- todos los estacionamientos sean vendidos, mucho después de que la empresa se retire de nuestra población. Alucen que están dentro de la norma y que la norma no la hacen las inmobiliarias.

12. Salubridad e higiene Desde que la empresa ABSAL comenzó sus trabajos, los vecinos colindantes hemos tenido bastante invación de ratas en nuestras casas. Esto fue indicado a la empresa en la presentación en la junta vecinal, a lo cual sólo respondieron que han hecho desratizaciones. Sin embargo, esto evidentemente no ha sido suficiente, la empresa no manifestó ninguna voluntad de tomar medidas al respecto. Los vecinos, además, estamos preocupados por la acumulación de basura en el vecindario producto de estos edificios. La inminente llegada de inmigrantes, especialmente en cités de avenida Valdivieso ha significado una acumulación constante en las vías públicas. Estas no son sólo bolsas de basura que tiran en el piso para que sean destruidas por los perros, sino que también electrodomésticos, muebles, colchones etc. Ni los vecinos ni la municipalidad han podido solucionar este problema; por lo tanto, prevemos que este tremendo proyecto habitacional podría empeorar muchísimo más la situación, ya que no hay forma de prever ni controlar el nivel educacional de las 483 familias que llegarán y no existen medidas de mitigación para generar un adecuado control de la cantidad de basura que será generada y dónde será depositada. Si los habitantes de los departamentos no encuentran dónde desechar sus basuras y muebles viejos, de seguro que buscarán una vereda o pasaje de nuestra población para hacerlo. Tampoco, nada parece indicar que si los vecinos de las torres decidieran sacar sus basuras por los portones que dan hacia las calles de la población (Ricardo Lemus y Juan Antonio Ríos), no puedan hacerlo. Aún si, como indica la empresa, ellos no permitirán tránsito de camiones y autos desde la propiedad hacia esas calles, los vecinos, luego de comprar los departamentos podrán hacerlo. Los vecinos vemos como única medida de mitigación efectiva que estas calles sean habilitadas como tal hasta avenida Perú, pero como pasos peatonales. Estas calles son espacios públicos y fueron concedidas al antiguo Estadio Montserrat, dado que el beneficio de ese proyecto presentaba para toda la comunidad. Sin embargo, como ese beneficio ya no existe, solicitamos que las calles sean devueltas a la comunidad. Por ser calles, son de dominio público y este carácter no puede cambiarse por un plan regulador, ni puede ser cedido a un privado sin una desafección, la cual no ha ocurrido; por lo tanto, la comunidad de vecinos solicita su habilitación pública y peatonal, como medida de mitigación ambiental del presente proyecto.

13. Estudio de sombras mal realizado 384 Las torres generarán gran sombra durante gran parte del año sobre las casas del costado sur, oriente y poniente. Eso redundará no sólo en la oscuridad de los patios y hogares, sino que en mayor frío y humedad en las casas. Un estudio de la Universidad de Chile sobre renovación urbana midió los efectos sobre los últimos 10 años. Entre la consecuencia de los vecinos está el exceso de sombra, (López et al 2013). Los vecinos tendrán un aumento del gasto de electricidad y parafina para iluminación y calefacción. La humedad favorecerá el crecimiento de hongos, lo cual puede llevar a un aumento de enfermedades respiratorias, especialmente en niños y asmáticos. El proyecto no considera medidas de mitigación para estos impactos. Al plantearle el problema a los representantes en la junta vecinal, ellos manifestaron que, en las partes cercanas al límite del terreno, las torres guardan una distancia de 10,4 metros. Esto nos parece absolutamente insuficiente considerando que los edificios tendrán una altura de 16 metros. Revisando en detalle el estudio de sombra de la empresa, incluido en su DIA, detectamos que la rasante 70º por el costado oriente del proyecto parte desde los 6 metros de altura y por el otro lado –sur- desde los 14 metros, ambos costados dan hacia la población Lemus. Según el artículo 2.6.3 de la Ordenanza General de Construcciones y Urbanismos las rasantes se aplican desde las alturas máximas permitidas sólo en el caso de edificaciones contiguas, cuando las edificaciones son aisladas, debe aplicarse desde el nivel del suelo. La población Lemus es EB1 según el plano regulador vigente. El cual permite construcción continua sólo en frentes menores a 15 metros y el terreno del proyecto inmobiliario tiene un frente mayor a 15 metros, así como la mayoría de las casas de la población Lemus y, por lo tanto, son viviendas aisladas. Por lo tanto, concluimos que el estudio de sombras está mal hecho porque sobreestima el volumen teórico del edificio y solicitamos que sea hecho nuevamente.

14. Potencia eléctrica Actualmente la población Lemus ha tenido cortes eléctricos en reiteradas oportunidades. Esto preocupa a la población ya que la construcción es una operación energéticamente intensa y lo mismo pasaría con el uso del edificio a lo largo de su vida operativa. Creemos importante que se reconozca a los edificios Perú Plaza I y II como un potente agente consumidor de energía y emisor de contaminantes durante su vida operativa.

15. Impacto visual y privacidad La población Lemus, es un sector residencial donde las casas son generalmente de uno y dos pisos. La construcción de estos edificios rompe significativamente con el esquema existente de nuestra población, produciendo un perfil urbano irregular que reemplaza la actual estructura de nuestra población. Por otra parte, estos edificios interrumpen nuestra privacidad, sobre todo para los vecinos colindantes, los cuales están a 10,4 metros de distancia.

16. Conclusiones Esperamos que el Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental acoja nuestra observación y nos ayude a evitar los graves y negativos efectos que este proyecto tendrá sobre nuestra calidad de vida. El proyecto alude un beneficio social para dar respuesta a una supuesta necesidad habitacional de Santiago. Sin embargo, la población Lemus no tiene tal necesidad y estamos asumiendo esa externalidad con todos los costos que conllevará en aumentar en varias veces su densidad poblacional actual, sin ser beneficiada sino perjudicada. Dada la extensión de los impactos ambientales de este proyecto y que tal como lo indica la Municipalidad de Recoleta en su resolución del anteproyecto Nº1 del presente año, es necesario y exigimos que se realice un Estudio de Impacto Ambiental.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto a la alusión a la Resolución Exenta 0219 del 23 de mayo de 2017, se debe señalar que las emisiones atmosféricas del proyecto no superarán los límites indicados en el artículo 98 del Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica de Santiago (PPDA), tal como se demuestra en la Tabla 4 del Anexo PAC de la Adenda complementaria. Además, como compromisos se contempla la implementación de cierres con planchas OSB y sobre esta se adicionará malla tipo raschel que cumplirán la doble función de retener material particulado y controlar las emisiones de ruido. Adicionalmente se han contemplado medidas como humectación de las áreas de movimiento de tierra, acopio de tierra y vías de circulación interna; se estabilizarán y compactarán las zonas de 385 tránsito de maquinaria y vehículos; se prohibirá la quema de maderas u otro material al interior de la obra, entre otros.

En cuanto a las emisiones de ruido generadas durante la fase de construcción, cabe destacar que al implementar las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (plancha OSB como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), los niveles estimados de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente. Finalmente, para asegurar el cumplimiento de la normativa de referencia para las vibraciones se restringirá el uso de la placa compactadora, la cual no podrá operar a menos de 9 metros de los receptores R1, R2 y R3 (Ver Anexo 6 de la Adenda 1). Asimismo, el proyecto ha aprobado un EISTU, que ha evaluado el efecto que se producirá por los vehículos que introduce el proyecto, el cual ha sido revisado y aprobado por los servicios competentes. Debido a lo señalado anteriormente el proyecto no genera externalidades negativas, ya que ya que los impactos ambientales citados son impactos regulados, que tienen medidas para hacerse cargo de los mismos.

Respecto de lo planteado en la observación en relación a los fundamentos de la DIA, se debe informar que los proyectos inmobiliarios que exceden de las 300 viviendas deben ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) de acuerdo a la letra h.1.3 del artículo 3° del Reglamento del SEIA (DS N°40/2013 del Ministerio del Medio Ambiente) que señala:

“Letra h): Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturada. h.1: Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjunto de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características: • h.1.1: Que se emplacen en áreas de extensión urbana o en área rural, de acuerdo al instrumento de planificación, correspondiente y requieran de sistemas propios de producción y distribución de agua potable y/o de recolección, tratamiento y disposición de aguas servidas; • h.1.2: Que den lugar a la incorporación al dominio nacional de uso público de vías expresas o troncales; • h.1.3: Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas; o • h.1.4: Que consulten la construcción de edificios de uso público con una capacidad para cinco mil (5.000) o más personas o con mil (1.000) o más estacionamientos.”

De acuerdo a lo anterior, el proyecto ingresó al SEIA ya que: • Corresponde a un proyecto de tipo inmobiliario que se ubica en la Región Metropolitana, la cual ha sido declarada zona latente para Dióxido de Nitrógeno (NO2) y saturada para Partículas Totales en Suspensión (PTS), Material Particulado Respirable (PM10), Monóxido de Carbono (CO) y Ozono (O3). La Región, cuenta con el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA), que ha sido dictado conforme al artículo 44 de la Ley Bases del Medio Ambiente. • El proyecto contempla la construcción de 483 departamentos.

Habiendo establecido la necesidad de ingreso al SEIA, lo siguiente es determinar si debe hacerse a través de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) o un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), en caso que se produzca alguno de los efectos características y/o circunstancias señaladas por el artículo 11 de la Ley 19.300. A partir de las prospecciones y estudios realizados (emisiones atmosféricas, ruido y vibraciones, patrimonio arqueológico, factibilidad de servicios sanitarios, medio humano), es posible indicar que el proyecto no genera ninguno de los efectos, características y/o circunstancias señaladas en las letras a) a la f) del artículo 11 de la Ley 19.300, o en los artículos 5 al 10 del Reglamento del SEIA que regulan la misma materia. Por lo cual, el proyecto ingresa al SEIA a través de una DIA.

Cabe señalar que durante la evaluación ambiental de esta DIA ningún organismo público con competencias ambientales ha señalado que el proyecto produzca alguno de los efectos, características y/o circunstancias señaladas en las letras a) a la f) del artículo 11 de la Ley 19.300 ni ha requerido la presentación de un EIA.

386 Adicionalmente, es importante comentar y aclarar que toda diferencia o discrepancia entre lo presentado en la Resolución de Aprobación del Anteproyecto y el Permiso de Edificación, se produce por la evolución del proyecto, desde un anteproyecto a un proyecto definitivo. El desarrollo mismo de un proyecto en cada uno de sus componentes puede arrojar modificaciones entre la etapa de Anteproyecto y el Permiso de Edificación, respecto de las cuales la autoridad pudo haberse pronunciado de manera distinta. Esta es una situación común en los proyectos de esta naturaleza.

La construcción del proyecto, por lo tanto, debe ajustarse a lo permitido a través de los Permisos de Edificación de cada edificio, como también, de lo evaluado ambientalmente en el SEIA.

En la Tabla 8 “Característica Proyecto” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA, se presenta la información del Proyecto a construir con las superficies aprobadas a la fecha mediante el Permiso de Edificación N°29 del 25 de abril de 2016 (Perú Plaza I) y mediante el Permiso de Edificación N° 53 de fecha 16 de octubre de 2017 (Perú Plaza II).

Respecto del tema de la calidad de vida, según plantea el PLADECO 2014-2018, la aprobación del Plan Regulador Comunal del año 2005 reconoce Av. Perú como eje de renovación urbana, donde se han llevado a cabo algunos proyectos inmobiliarios. Posterior, durante el año 2006 se realizó la primera modificación al instrumento con el fin de restringir las condiciones de construcción de los nuevos inmobiliarios, lo cual impactó notoriamente en la producción en dicha zona. Considerando dicho antecedente, cabe señalar que el Proyecto se ajusta a la normativa territorial vigente, establecida a través del Plan Regulador Comunal de Recoleta y es en virtud de este instrumento que ha sido diseñado y obtenido los permisos municipales que dan cuenta de esta situación.

Respecto de la consulta sobre el polvo producido por los vehículos, el titular se compromete a que el transporte de materiales o residuos que despendan polvo se realizará con la carga cubierta (encarpado), manteniendo una distancia mínima de 10 cm. entre la superficie de la carga y la cubierta, además, de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver figura 4 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria).

En cuanto a las ruedas de los vehículos, se limpiarán del barro adherido previo al abandono de la zona de faenas, es decir, a la salida de la obra dando cumplimiento al artículo 5.8.3 de la OGUC.

Además, para evitar las emisiones de gases generadas por los vehículos livianos y pesados, se exigirá a los contratistas mantener los vehículos con revisión técnica y mantenciones al día. Dicho registro se mantendrá en obra.

Además, cabe destacar que el proyecto no supera los límites indicados en el artículo 98 del PPDA, tal como se puede observar en la Tabla 4 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria.

Según estos antecedentes, no se verá afectada la salud de los vecinos colindantes al área del proyecto.

Respecto de la consulta sobre el polvo provocado por las actividades de construcción, el titular ha comprometido y entregado los antecedentes para acreditar el cumplimiento de todas las medidas para controlar el polvo que producen las actividades de construcción. Además, para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante dicha fase de construcción, el titular consideró las siguientes medidas: • Humectación: Según la letra a) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se humectarán las áreas de movimientos de tierra y vía de circulación interna de acuerdo a los requerimientos en terreno, contemplándose un mínimo de 2 veces al día durante el periodo que duren las excavaciones. La fuente de agua provendrá de un arranque de agua potable en la obra o en su defecto por medio de camión aljibe que posea las autorizaciones y permisos correspondientes, se mantendrá registro en obra por medio de boletas o facturas. • Camiones encarpados: Según la letra c) del artículo 5.8.3 de la OGUC, el transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver Figura 4 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria). • Estabilización y compactación de caminos: Según la letra b) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículo por el periodo correspondiente (tiempo en que duren las excavaciones). 387 • Cierre perimetral en los deslindes: Según la letra g) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se construirá cierre perimetral en los deslindes del proyecto con mallas tipo raschel, el cual será mantenido en buen estado. La finalidad de este cierre es evitar la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área del proyecto y sectores circundantes. Los cierres podrán ser reemplazados por los paneles OSB con fines acústicos, adicionándoles 50 cm por sobre el nivel con malla raschel, lo que se muestra en la Figura 51 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria (Ver Figura 51 Cierre Perimetral) • No se realizarán quemas: Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros combustibles al interior de la obra. • Limpiar ruedas: Según la letra d) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se limpiarán las ruedas de los vehículos del barro adherido previo al abandono de ellos de la zona de faenas, es decir, a la salida de la obra dando cumplimiento al artículo 5.8.3 de la OGUC. • Revisión técnica y mantenciones al día: En cuanto a la emisión de gases, se exigirá a los contratistas mantener los vehículos con revisión técnica y mantenciones al día, manteniendo el registro en obra.

Respecto de la consulta sobre el polvo provocado por los materiales de la construcción, se debe aclarar que en la obra no se fabricará cemento, solamente se utilizará hormigón premezclado. Con todo, de manera de prevenir la exposición al polvo generado por el cemente, se tomarán las siguientes medidas: • Usar hormigón premezclado • Humedecer el polvo en el punto donde se genera • Instalar un sistema local de ventilación por extracción. • La persona que manipule el cemento utilizará mascara respiratoria, antiparras y guantes de PVC • El material se almacenará en recintos cerrados, secos y con adecuada ventilación Con estas medidas se evitará generar afectación a los trabajadores y vecinos colindantes al proyecto. Respecto a otros materiales que puedan generan polvo en suspensión, ya sea áridos, arena, entre otros, se tomarán las siguientes medidas: • El transporte de materiales o residuos se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humectar la carga en caso de ser necesario. • Se mantendrán humectados y/o cubierto con lona o malla raschel las pilas de tierra, escombros u otro material que pueda desprender polvo.

Respecto de la consulta sobre el ruido, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en horario diurno (lunes a viernes entre las 08:00 a 19:00 horas, y, los sábados entre las 08:00 a 14:00 horas), por lo que, los vecinos colindantes al proyecto no se verán afectados ni durante el periodo nocturno, ni los fines de semana.

En cada una de las etapas del Proyecto se implementarán las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (placa sólida de madera aglomerada (OSB) como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), medidas que permiten garantizar que los niveles estimados de ruido cumplirán con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente. Este decreto se basa en la salud de la población y recoge los niveles recomendados al efecto por la organización Mundial de la Salud (OMS), por cuanto acreditar su cumplimiento, es la única forma objetiva, legal y vigente que posee un proyecto para acreditar que no generará efectos en la salud de la población.

En cuanto a la solicitud de realizar un monitoreo acústico, el titular ha acreditado el cumplimiento de la norma, por cuanto sólo se propone la verificación de las medidas de control indicadas en la evaluación acústica. No obstante lo anterior, el titular compromete que, en caso de producirse molestias a la comunidad por este factor, los vecinos podrán ponerse en contacto con el encargado de la obra, quien verificará el cumplimiento de las medidas y, en caso de ser necesario, las reforzará.

Además, para reforzar las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1, el Titular se compromete a instalar placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas para disminuir posibles molestias a los vecinos, cuyos detalles se presentan en la siguiente Tabla:

Tabla 102 Placas OSB en deslindes del Proyecto 388 Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar afectaciones a los vecinos de la Población Lemus. Descripción: Durante la fase de construcción se instalarán placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas. Justificación: El presente compromiso se enmarca en la solicitud realizada por la Población de aumentar la altura de las barreras para asegurar la tranquilidad de los vecinos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Placas OSB de 6 metros de altura en los tres frentes que colindan a viviendas de la Población Lemus. Forma: Las Placas OSB se mantendrán en buen estado durante todo el periodo que dure la fase de construcción. Oportunidad: Las Placas OSB permanecerá durante toda la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Letrero en Registro fotográfico de las placas OSB. Forma de control y seguimiento

Existirá un encargado en obra de verificar que las placas OSB se encuentran en buen estado y que den cumplimiento a la altura comprometida.

Respecto de la consulta sobre los efectos de la comunidad, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en periodo diurno, por lo que, los vecinos colindantes al proyecto no se verán afectados durante el periodo nocturno. El horario de trabajo será de 08:00 a 19:00 horas de lunes a viernes, y sábado de 08:00 a 14 horas.

En cada una de las etapas del Proyecto se implementarán las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (placa sólida de madera aglomerada (OSB) como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras). Por lo tanto, según los antecedentes entregados por el titular, los niveles estimados de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente.

Dado que Chile no cuenta con una normativa específica que permita regular las vibraciones de índole ambiental, se utiliza lo recomendado por el Servicio de Evaluación Ambiental en su informe final para evaluación de vibración del estudio “Elaboración de una Guía Metodológica de Evaluación de Ruido y Vibraciones en el SEIA”, en donde se establecen metodologías y se recopilan antecedentes de normativas internacionales y estándares de referencia que tengan como objetivo proteger la salud de la población. Por consiguiente, el criterio de evaluación utilizado es el establecido en la guía “Transportation and Construction Vibration” (2004) del California Department of Transportation (Caltrans), Division of Environmental Analysis (USA).

Complementariamente, en el Anexo 6 de la Adenda 1 se acredita el cumplimiento de las normas de referencia de vibraciones. En cuanto a la consulta sobre si el proyecto pudiera cerrar calles por las actividades de construcción, es importante señalar que la única obra que puede impedir de forma momentánea el uso de la vereda es la construcción de la vereda frente al proyecto, lo que representa un proyecto de mejora a la condición actual que poseen los peatones.

Respecto de la consulta sobre el tránsito de camiones, se aclara que los vehículos durante la fase de construcción del proyecto no ingresarán a la población Lemus. Para esto, se ha decido actualizar las rutas a utilizar durante la Fase de Construcción del Proyecto. Por lo tanto, la calle a utilizar por los vehículos que transitan desde el Norte será por Av. Perú, Vuelta en U en calle Rapa Nui y luego tomar nuevamente Av. Perú y los camiones que salgan del proyecto hacia el centro será por calle Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Puma, María Graham y luego tomaran nuevamente Av. Perú. Adicionalmente, el Titular se compromete a que todo tránsito de vehículos livianos, vehículos de carga de material y vehículos de escombros a realizar durante la fase de construcción será por fuera 389 de la Villa Lemus, lo cual quedará estipulado en el contrato de prestación de los servicios y ha sido establecido como un compromiso ambiental voluntario que quedará en forma expresa en la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del Proyecto.

Respecto de la consulta sobre el tráfico, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

En la siguiente figura se muestran los puntos de medición de flujos. Estas mediciones obtenidas en terreno permitieron calibrar de manera adecuada los modelos computacionales que fueron utilizados para la representación actual y con proyecto del área de influencia.

Figura 20 Ubicación puntos de medición

De acuerdo a la metodología, para representar la demanda aportada por el proyecto se consideraron los 447 estacionamientos que contemplan ambos edificios.

Como resultado de este estudio, se generaron las siguientes medidas que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto:

  1. Pavimentación de una franja de 2 metros de Av. Perú, entre el proyecto y calle Arzobispo Valdivieso, de acuerdo a lo aprobado y establecido en el proyecto de tratamiento de espacio público por la I. Municipalidad de Recoleta.

  2. Repavimentación de calle Doctor Ostornol, entre Francisco Silva y Arzobispo Valdivieso, de acuerdo a lo indicado en plano de medidas de mitigación.

  3. Elaboración y ejecución de proyecto de demarcación y señalización en los siguientes tramos contenidos dentro del área de influencia del proyecto: • Av. Perú, entre Arzobispo Valdivieso y Celia Coloma (frente del proyecto) • Celia Coloma, entre Av. Perú y Elcira Lemus • Eloísa Lemus, entre Desiderio Lemus y Elcira Lemus 390 • Elcira Lemus, y Eloísa Lemus y Celia Coloma • Arzobispo Valdivieso, entre Av. Recoleta y Doctor Ostornol • Unión, entre Av. Recoleta y Francisco Silva. • María Graham, entre Av. Recoleta y Av. Perú. • El Salto Chico, entre Unión y Arzobispo Valdivieso. • Puma, entre Unión y Arzobispo Valdivieso. • Av. El Salto, entre Doctor Ostornol y Arzobispo Valdivieso. • Doctor Ostornol, entre Av. Recoleta y Arzobispo Valdivieso.

Esta medida incluye la demarcación de líneas de parada, uso de pistas y cruces peatonales. Para el caso de la intersección de Arzobispo Valdivieso con Av. Recoleta se incluirá la demarcación de estacionamientos y pista de viraje izquierda.

  1. Reprogramación de los siguientes semáforos, incluyendo la tarea de sintonía fina y la reconfiguración de las EPROMS de los controladores: • Av. Recoleta con Arzobispo Valdivieso • Av. Recoleta-Semáforo Peatonal • Av. Recoleta con Unión • Av. El Salto con Dr. Ostornol • Av. Perú con Arzobispo Valdivieso • Av. El Salto con México • Av. Perú con Unión • Av. Perú con Schlack • Av. Perú con San Cristóbal • Av. Perú con Santos Dumont

  2. Normalización del controlador ubicado en Av. Perú con Arzobispo Valdivieso.

  3. Instalación de unidades de respaldo de energía (UPS) para los semáforos ubicados en la intersección de Av. Recoleta con Unión y Av. Perú con Unión.

  4. Deberá realizar un estudio de justificación de semáforo peatonal en Av. Perú y Desiderio Lemus (frente a proyecto), el cual deberá ser revisado y aprobado por UOCT. De justificarse, deberá presentar el Proyecto de Semaforización y el Estudio de Programaciones a la misma UOCT, para su revisión y aprobación. El mandante deberá hacerse cargo de la ejecución de su construcción de acuerdo a la normativa vigente.

  5. Implementación de 3ª fase exclusiva peatonal con el objetivo de disminuir el conflicto generado por el viraje a la derecha en la intersección Av. Recoleta con Arzobispo Valdivieso. Esta implementación deberá ser ingresada a UOCT para su revisión y aprobación.

  6. Mejoramiento de los siguientes paraderos de transporte público: • Paradero PB 150 ubicado en Av. Perú y Desiderio Lemus • Paradero PB 170 ubicado en Av. Perú con Arzobispo Valdivieso

Este mejoramiento incluye el cambio de piezas defectuosas, cambio y/o actualización de señal de parada y demarcación de los cajones “Solo Bus”, en material termoplástico. Todo esto de acuerdo al estándar indicado por DTPM.

  1. Mejoramiento radios de giro en la intersección de Av. El Salto con calle Doctor Ostornol.

  2. Ejecución del proyecto Zona 30 en el cuadrante formado por Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Eloísa Lemus, Elcira Lemus y María Graham de acuerdo a lo estipulado por la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta.

  3. Ejecución de un estudio de demanda de pasajeros en paraderos catastrados, para determinar el aumento de demanda en condición de plena operación del proyecto, el cual deberá ser revisado y aprobado por la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta y por DTPM, debiendo materializar, en caso que corresponda, las obras asociadas.

391 13. Evaluación de la implementación de la bidireccional de Arzobispo Valdivieso hasta Av. Recoleta, con la finalidad de dar continuidad a la red vial, y analizar el comportamiento de los flujos del proyecto en esta vía, el que deberá ser revisado y aprobado por Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta y UOCT. La evaluación del proyecto no considera la implementación de las obras resultantes de este análisis.

  1. Habilitación de dispositivos de rodados de Desiderio Lemus con Av. Perú y Celia Coloma con Av. Perú.

  2. Instalación de segregador horizontal en todo el frente predial de acuerdo a lo determinado por la I. Municipalidad de Recoleta.

  3. Instalación de baliza y espejo cóncavo en los accesos del proyecto, esto para prevenir posibles conflictos con los peatones.

Respecto a que los compromisos viales son mayores que los indicados y que, además, el estudio vial fue debidamente revisado por los organismos competentes, dentro de los cuales estuvo el municipio, la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana y la UOCT.

Respecto de la consulta sobre las vibraciones, se debe señalar que el titular del Proyecto, realizó una evaluación de las vibraciones que se generarán producto de las actividades de construcción del proyecto. Dado que Chile no cuenta con norma específica para la evaluación del impacto por vibraciones, el Estudio Acústico y Vibraciones, presentado en el Anexo 6 de la Adenda 1, utiliza como norma de referencia un estándar definido por el departamento de Transportes de California, en Estados Unidos, recomendada para la evaluación de proyectos con uso de maquinaria pesada como excavadoras, compactadores, camiones, etc. El titular acredita que dicho estudio demuestra que se cumplirá con la norma de referencia utilizada. Por lo anterior, el titular expone en el Proyecto, que no existirá riesgo de daño sobre las edificaciones vecinas, acreditándose por lo tanto el cumplimiento de la norma de referencia adoptada, lo cual ha sido revisado por los organismos con competencia ambiental que revisaron este estudio

Respecto de la consulta sobre colapso de estacionamientos públicos, la tasa de estacionamientos exigida por la normativa para este proyecto es 34,5% para la Etapa 1 y 35,6% para la Etapa 2. De acuerdo a la Encuesta Origen-Destino (2012) la tasa de tenencia de vehículos en la comuna de Recoleta, que corresponde a 0,41 vehículos por vivienda, es decir 41%.

El proyecto contempla una cantidad de estacionamientos superior a los valores anteriores. El proyecto contempla una cantidad de estacionamientos muy superior a los valores anteriores. La Etapa 1 contempla 190 estacionamientos vendibles para los dueños de departamentos lo que corresponde a una tasa de 73%, la Etapa 2 contempla 220 estacionamientos para los dueños de departamentos, que corresponde a una tasa del 99%.

A lo anterior se deben agregar los estacionamientos de visita exigidos por la normativa (26 estacionamientos en ambas etapas).

Respecto de la consulta sobre salubridad e higiene, el titular señala que la eliminación de malezas, el despeje del terreno y la desratización se realizó, precisamente, por una solicitud de los vecinos para eliminar la presencia de ratones. Además, para evitar nuevas afectaciones a los vecinos colindantes al proyecto, el Titular ha mantenido limpio el terreno y realizará las desratizaciones exigidas por la normativa.

En el proyecto el Titular también informa que los proyectos de Basura se encuentran en aprobación por parte de la Autoridad Sanitaria. Dichos permisos permitirán que los habitantes del proyecto puedan disponer sus residuos domiciliarios, a través de ductos, al interior de contenedores ubicados en las salas de basuras. Además, cabe destacar, que el retiro de los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios es obligación de la Municipalidad y se realizará por Avenida Perú. Para mayor detalle ver respuesta 2 de la Adenda Complementaria.

Durante la etapa de construcción, el manejo de basuras será la acumulación en un sector habilitado para ello, siendo el traslado y disposición con empresas autorizadas para tal fin. Por esta razón, no habrá acumulación de residuos fuera de la obra. 392

Respecto a la habilitación de pasos peatonales al interior del proyecto, se informa a la comunidad que estos son propiedad del Titular, ya que el lote original fue adquirido a sus propietarios y debidamente inscrito en los registros correspondientes, no habiendo sobre ellos servidumbres de paso.

Respecto de la consulta sobre el estudio de sombras, los edificios se encuentran emplazados en el terreno distantes varios metros de los deslindes, con el propósito de generar menores efectos de sombras y ventilación de las casas vecinas. Lo anterior se encuentra detallado en el estudio de sombras aprobado por la D.O.M de Recoleta y forma parte integrante del Permiso de Edificación Nº 29 de fecha 25 de abril de 2016 (Edificio Perú Plaza I) y Permiso de Edificación N°53 de fecha 16 de octubre de 2017 (Edificio Perú Plaza II) otorgado por la D.O.M de Recoleta. Estos permisos acreditan que el proyecto cumple con el Instrumento de Planificación Territorial vigente para este sector en forma íntegra.

Respecto de la consulta sobre la potencia eléctrica, de la observación, cabe señalar que los terrenos en que se ubicará el proyecto se ubican al interior del área de concesión eléctrica de la empresa Enel. Dicha empresa se encuentra legalmente obligada a prestar servicios eléctricos tanto a la población Lemus como a los edificios del proyecto, además de los demás habitantes en su área de concesión. La Superintendencia de Electricidad y Combustibles es el organismo público encargado de fiscalizar a dicha empresa concesionaria, contando con múltiples facultades en caso que existan problemas de servicio, como cortes reiterados. Finalmente, se debe aclarar que los edificios del proyecto no serán agentes contaminantes.

Respecto de la consulta sobre el impacto visual y la privacidad, el titular señala que el Instrumento de Planificación Territorial (IPT) consignó el suelo del proyecto como de uso residencial, por lo que, permite la construcción del proyecto; el proyecto cumple con el IPT en términos de la altura, rasantes y sombras proyectadas a los terrenos aledaños al proyecto. Además, el proyecto cumple con lo establecido en el artículo 2.6.11 de Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Por lo anterior, se debe señalar que el Proyecto cumple con los instrumentos legales que permiten la elaboración del Proyecto.

101. Ignacia Andrea Morales Lewis

  1. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida que reside no sólo en nosotros, reside hace 70 años en los fundadores que optan por vivir de esta manera; protegidos por el Cerro San Cristóbal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa; mirando lo cerros de Huechuraba para saber si va a llover o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago, como un oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

  2. En relación al permiso de edificación presentado, éste tiene diferencias importantes con los antecedentes entregados en la DIA. En el permiso se indica que se construirán 96 viviendas, sin embargo, en la DIA se indica que serán 261 departamentos, eso es 165 departamentos más que los aprobados para ser construidos. Además, en el permiso de edificación presentado no están autorizados locales comerciales, ni bicicleteros, construcciones que sí fueron presentadas en la DIA. Por otro lado, el permiso de edificación indica que hay una altura máxima proyectada de 43 metros, sin embargo, en la DIA se habla de 38 metros, hay una diferencia importante de altura entre ambos documentos. Se solicita que aclare toda la información inconsistente entre ambos documentos, que indique cual es la información real, que argumente cómo dará cumplimiento a lo establecido en la RCA, si ésta no tiene concordancia con lo exigido en el permiso de edificación, y que explique cómo garantizará que la información entregada es fidedigna, dada las reiteradas inconsistencias y falta a la verdad de la información entregada del proyecto en las distintas instancias.

Evaluación técnica de la observación:

393 Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

Es necesario aclarar que los 96 departamentos (viviendas) que aparecen en el Permiso de Edificación N°29 de fecha 25 de abril de 2016 se rectificaron a 261 departamentos (viviendas) mediante Resolución N°27 de fecha 20 de mayo de 2016. Por lo que, la indicación de 96 viviendas correspondió a un error de transcripción de la DOM. Se adjunta en el Anexo 5.2 la resolución N°32/16 de fecha 01 junio de 2016 que rectifica a la anterior (entre otros errores). Asimismo, mediante Resolución N°27 de fecha 20 mayo de 2016 la DOM rectificó el Permiso de Edificación N°29 de fecha 25 de abril de 2016 mencionando los 11 locales comerciales aprobados. Estas dos rectificaciones (N*27 y 32) forman parte integrante del Permiso de Edificación N°29 del 25 de abril de 2016 otorgado por la DOM.

Por su parte la exigencia de construir bicicleteros en el proyecto se origina en el Artículo 2.4.1 bis de la O.G.U.C., que establece su existencia obligatoria. No es necesario que se mencionen expresamente en la resolución del permiso de edificación, por cuanto los bicicleteros deben estar graficados en los planos aprobados por la DOM.

Finalmente, según el Certificado de Informes Previos N°42 de fecha 21 de Enero de 2016 otorgado por la DOM, que se acompaña en la DIA, la altura máxima permitida por el Plan Regulador Comunal de Recoleta en la zona A2 es de 38 metros. Al acogerse el proyecto a las normas sobre conjunto armónico establecidas por el Artículo 2.6.4. de la Ley General de Urbanismo y Construcciones Artículo 2.6.9 de la O.G.U.C., la altura máxima se puede incrementar hasta en un 25%, llegando a un máximo posible de 47,5 metros. El proyecto no utiliza la totalidad de este beneficio legal, sino que está diseñado con una altura máxima de 43,51 metros.

102. Emilia Salinas Martínez

1. La Municipalidad de Recoleta solicitó: Estudio de Impacto Ambiental. Mediante Ley de Transparencia de la Municipalidad de Recoleta hemos conseguido acceso a la resolución de aceptación del anteproyecto Nº 1 del 18 de enero de 2017, la cual no ha sido asociada a la presente DIA. Esta resolución expresa que este proyecto excede el umbral mínimo de exigencia de estudio de impacto ambiental (300 viviendas), con un total de 483 viviendas y 13 locales comerciales; debiendo, por lo tanto, presentar el citado estudio antes del inicio de las obras. Sin embargo, la empresa está presentando una DIA por la primera resolución del anteproyecto Nº28 del 23 de octubre de 2015, que no pedía un EIA sino sólo una DIA. La resolución de 2017 también indica la intención de la empresa para evitar la necesidad del estudio y, por lo tanto, lo exigen en la última resolución.

2. Deterioro de calidad de vida El proyecto se vende por los desarrolladores y constructores como una renovación urbana que entrega calidad de vida, “observante de la norma” y en armonía con sus vecinos. Una encuentra realizada por la Universidad de Chile entre 746 residentes de barrios, en renovación urbana, en el Gran Santiago, concluyó que para los vecinos antiguos, la calidad de vida de sus barrios disminuye con la renovación. Así, para los encuestados y encuestadas, la nota promedio asignada con anterioridad a la llegada de los edificios en altura es de un 6.0, mientras que la nota que adjudican para calificar la situación actual de sus barrios, apenas alcanza un promedio de 4.8 (López et al., 2013). Los efectos negativos que la renovación urbana ha tenido en los barrios de Santiago Centro y estación Normal (sic) son conocidos y bien documentados y han causado impacto en los últimos años (Pozo 2013, El Mercurio 2017).

3. Polvo producido por los vehículos La entrada y salida de vehículos de la obra genera una gran cantidad de contaminantes. El transporte de los materiales al lugar de la obra provoca mucho polvo o material particulado. Las ruedas de los vehículos contienen gran cantidad de material particulado suspendido tales como polvo, arena, arcilla y cemento. Estas materias quedan suspendidas en el aire, suelo y agua. Además, los vehículos transportan este material suspendido fuera de la obra, lo que implica que no sólo se pueden enfermar los trabajadores sino también la comunidad.

4. Polvo provocado por las actividades de la construcción 394 La mayoría de las actividades de construcción como excavaciones, rellenos, movimiento de tierra, blanqueo, pintura, azulejado, mezclas de hormigón y acabado provocan un efecto adverso sobre el entorno, pues provocan una gran cantidad de material particulado.

5. Polvo provocado por los materiales de la producción Estos materiales son cemento, áridos, arena, arcilla, cal, madera y carbono de calcio. Los trabajadores que laboran en la obra, y emplean esos materiales, así como los vecinos colindantes al proyecto, tienen una alta exposición al polvo emitido por ello (Baby et al 2008, citado por Singh 2011), demuestra que el polvo de cemento contiene metales pesados tales como níquel, cobalto, plomo y cromo como concomitantes peligrosos para el ambiente biótico con impacto adverso para la vegetación, para la salud urbana y animal y para los ecosistemas. Diversos estudios han demostrado que hay una relación entre la exposición al polvo de cemento, el deterioro crónico del funcionamiento de los pulmones y los síntomas respiratorios de la población humana. El polvo de cemento irrita la piel, la mucosa de ojos y el sistema respiratorio. Su deposición en el tracto respiratorio provoca una reacción base que aumenta los valores del pH que irrita las mucosas expuestas Zeleke et al. 2010). La exposición al polvo de cemento ha sido asociada al incremento de sufrir anormalidades del hígado, desórdenes hormonales y carcinogénesis. Se ha planteado que la reducción de la capacidad antioxidante y el aumento de peroxidación lípida del plasma podrían explicar los mecanismos causales de enfermedades (Aydin et al, 2010).

6. Ruido • Ruido proveniente de los vehículos, por ejemplo, transporte de materiales • Ruido proveniente de las actividades de la construcción, por ejemplo, excavación, relleno. • Ruido proveniente de las herramientas de la construcción, por ejemplo, mezcladora de hormigón, máquinas eléctricas

En la obra, los trabajadores utilizan herramientas como mezcladora de hormigón, trituradoras de hormigón, compactadoras, lijadoras, cepilladoras, cortadora de discos, taladros y motosierras y son quienes más sufren por la exposición al ruido derivado de la construcción. También, los residentes que viven vecinos a la obra en construcción y quienes usan las calles cercanas a la obra. Lo anterior significa que muchas personas sufren a diario por los ruidos de la construcción dado el crecimiento de esta franja de Gaza (sic). El proyecto no considera monitoreo de niveles de ruido, los vecinos estiman que los ruidos pueden provocar pérdidas de la audición temporal o permanente, estrés y molestia. Manifestándolo a los representantes de la empresa constructora luego de la presentación realizada en la Junta de Vecinos el 12 de junio de 2017; sin embargo, los representantes de la empresa, y especialmente su consultora ambiental, Leticia Del Pozzo, desestimaron la necesidad de realizar un monitoreo argumentando que no hay norma que lo exija. Los encuestados en el estudio de Enshassi et al (2014), indicaron que los ruidos de las construcciones podrían provocar trastornos sociales en sus hogares, trabajos y cuando intentaban dormir. Potencialmente, los ruidos de la construcción pueden molestar a las personas las 24 horas del día, los 7 días a la semana. Los efectos del ruido en la salud son consecuencia de los elevados niveles de ruido. Un elevado nivel de ruido en el trabajo u otros lugares puede producir deterioro de la audición, hipertensión, enfermedades cardíacas isquémicas, molestias y perturbación del sueño. Cambios en el sistema inmunológico y defectos de nacimiento han sido atribuidos a la exposición de ruido (Passhier- Vermeer y Passhier 2000). Se sabe que la exposición al ruido induce zumbidos, hipertensión, vasoconstrucción, y otros efectos cardiovasculares adversos. (WRUC 2007) Ijigah et al (2013) realizaron una investigación en Nigeria encontrando que la contaminación por ruido se encontraba en un 6º lugar con un índice de importancia relativa (IIR) de 0,794 en una escala de 0 a 1.

7. Efectos sobre la comunidad Las obras de construcción cierran calles y perturban los intereses de las personas. El transporte de la construcción provoca interrupción de tráfico debido al cierre de calles o caminos, además, los encuestados estimaron que el ruido y la vibración producidos por la construcción y el movimiento vehicular podían provocar trastornos sociales en los hogares, en el lugar de trabajo y a la hora de dormir. Enshassi et al 2014 clasificaron este efecto con un IIR= 0,7 Ijigah et al (2013) realizaron su estudio en Nigeria y encontraron que el trastorno social ocupaba el nº 14 con un IIR=0,711. Zolfagharian et al (2014) encontraron que el trastorno social se ubicaba en el nº22.

8. Tránsito de camiones La interrupción del tráfico que se producirá por el tránsito de camiones en la construcción es considerada como un alto impacto por los estudiantes. Los responsables del proyecto plantean que los responsables no pasarán por la población para llegar a la obra. Sin embargo, el plan de acceso 395 fue generado por la empresa antes de la actual construcción del bandejón central en avenida Perú que cerró el ingreso por Desiderio Lemus. Por lo tanto, los camiones no tendrán forma de llegar desde el norte. Si no es a través de la población, para luego virar hacia el norte por avenida Perú y luego poder entrar a la obra.

9. Tráfico Actualmente, los vecinos de la población Lemus tienen gran dificultad para entrar o salir en las horas punta, teniendo que enfrentar colas provenientes de Valdivieso, que es la única salida que tiene, luego de que las obras de la avenida Perú cerraran los accesos. El proyecto agravará la situación no sólo durante la construcción, sino que luego de su habilitación habitacional (sic), producto de un alto número de personas que se incorporará al uso de las mismas vías de acceso. La empresa presenta como principal medida de mitigación, la mejora eléctrica de semáforos de avenida Perú con avenida Valdivieso (normalización del controlador e instalación de una UPS). Sin embargo, esto no tendrá absolutamente ningún efecto en mejorar el tráfico vehicular en las horas punta, dado que el problema no es que no funcione el semáforo, sino que la capacidad de las calles es insuficiente para el flujo vehicular habitual, el cual será posiblemente triplicado por este proyecto. 483 departamentos equivalen más o menos a 1300 personas nuevas. Por lo tanto, los vecinos colindantes consideramos absolutamente insuficientes las medidas de mitigación presentadas.

10. Vibraciones Los vecinos de la población Lemus, también consideramos importante el impacto que tendrán las vibraciones generadas por la construcción. La población está constituida principalmente por casas de más de 70 años y algunas son de adobe. El proyecto no considera los efectos que las vibraciones puedan tener ni presentan medidas de mitigación.

11. Colapso de estacionamientos públicos Los vecinos manifestamos nuestra preocupación por el excesivo uso que harán los moradores de los edificios de los espacios púbicos de estacionamientos de la población Lemus. Nuestra preocupación se basa en el hecho de que para 483 departamentos sólo se construirán 447 estacionamientos para autos, considerando que hoy en día cada familia tiene al menos un auto, es evidente que los estacionamientos privados del proyecto serán insuficientes y, por lo tanto, los moradores de los edificios ocuparán los espacios de estacionamiento del vecindario. Lo que redundará en que los residentes de la población Lemus no podrán estacionar fuera de sus propias casas. Este problema fue planteado a los responsables del proyecto, presentación hecha en la junta vecinal, pero estos manifestaron que están dentro de la norma y que no estiman que se vendan todos los estacionamientos ni produzca tal efecto. Su estimación se basa en que en sus proyectos anteriores nunca se han vendido todos los estacionamientos dado que según indicaron hay muchas familias jóvenes que no tienen recursos para comprar un auto. Por lo tanto, no estiman necesaria una medida de mitigación. Estamos en desacuerdo con la información de la empresa, la cual si bien puede ser cierta al momento del inicio de venta de sus departamentos; esto no implica que –eventualmente- todos los estacionamientos sean vendidos, mucho después de que la empresa se retire de nuestra población. Alucen que están dentro de la norma y que la norma no la hacen las inmobiliarias.

12. Salubridad e higiene Desde que la empresa ABSAL comenzó sus trabajos, los vecinos colindantes hemos tenido bastante invación de ratas en nuestras casas. Esto fue indicado a la empresa en la presentación en la junta vecinal, a lo cual sólo respondieron que han hecho desratizaciones. Sin embargo, esto evidentemente no ha sido suficiente, la empresa no manifestó ninguna voluntad de tomar medidas al respecto. Los vecinos, además, estamos preocupados por la acumulación de basura en el vecindario producto de estos edificios. La inminente llegada de inmigrantes, especialmente en cités de avenida Valdivieso ha significado una acumulación constante en las vías públicas. Estas no son sólo bolsas de basura que tiran en el piso para que sean destruidas por los perros, sino que también electrodomésticos, muebles, colchones etc. Ni los vecinos ni la municipalidad han podido solucionar este problema; por lo tanto, prevemos que este tremendo proyecto habitacional podría empeorar muchísimo más la situación, ya que no hay forma de prever ni controlar el nivel educacional de las 483 familias que llegarán y no existen medidas de mitigación para generar un adecuado control de la cantidad de basura que será generada y dónde será depositada. Si los habitantes de los departamentos no encuentran dónde desechar sus basuras y muebles viejos, de seguro que buscarán una vereda o pasaje de nuestra población para hacerlo. Tampoco, nada parece indicar que si los vecinos de las torres decidieran sacar sus basuras por los portones que dan hacia las calles de la población (Ricardo Lemus y Juan Antonio Ríos), no puedan hacerlo. Aún si, como 396 indica la empresa, ellos no permitirán tránsito de camiones y autos desde la propiedad hacia esas calles, los vecinos, luego de comprar los departamentos podrán hacerlo. Los vecinos vemos como única medida de mitigación efectiva que estas calles sean habilitadas como tal hasta avenida Perú, pero como pasos peatonales. Estas calles son espacios públicos y fueron concedidas al antiguo Estadio Montserrat, dado que el beneficio de ese proyecto presentaba para toda la comunidad. Sin embargo, como ese beneficio ya no existe, solicitamos que las calles sean devueltas a la comunidad. Por ser calles, son de dominio público y este carácter no puede cambiarse por un plan regulador, ni puede ser cedido a un privado sin una desafección, la cual no ha ocurrido; por lo tanto, la comunidad de vecinos solicita su habilitación pública y peatonal, como medida de mitigación ambiental del presente proyecto.

13. Estudio de sombras mal realizado Las torres generarán gran sombra durante gran parte del año sobre las casas del costado sur, oriente y poniente. Eso redundará no sólo en la oscuridad de los patios y hogares, sino que en mayor frío y humedad en las casas. Un estudio de la Universidad de Chile sobre renovación urbana midió los efectos sobre los últimos 10 años. Entre la consecuencia de los vecinos está el exceso de sombra, (López et al 2013). Los vecinos tendrán un aumento del gasto de electricidad y parafina para iluminación y calefacción. La humedad favorecerá el crecimiento de hongos, lo cual puede llevar a un aumento de enfermedades respiratorias, especialmente en niños y asmáticos. El proyecto no considera medidas de mitigación para estos impactos. Al plantearle el problema a los representantes en la junta vecinal, ellos manifestaron que, en las partes cercanas al límite del terreno, las torres guardan una distancia de 10,4 metros. Esto nos parece absolutamente insuficiente considerando que los edificios tendrán una altura de 16 metros. Revisando en detalle el estudio de sombra de la empresa, incluido en su DIA, detectamos que la rasante 70º por el costado oriente del proyecto parte desde los 6 metros de altura y por el otro lado –sur- desde los 14 metros, ambos costados dan hacia la población Lemus. Según el artículo 2.6.3 de la Ordenanza General de Construcciones y Urbanismos las rasantes se aplican desde las alturas máximas permitidas sólo en el caso de edificaciones contiguas, cuando las edificaciones son aisladas, debe aplicarse desde el nivel del suelo. La población Lemus es EB1 según el plano regulador vigente. El cual permite construcción continua sólo en frentes menores a 15 metros y el terreno del proyecto inmobiliario tiene un frente mayor a 15 metros, así como la mayoría de las casas de la población Lemus y, por lo tanto, son viviendas aisladas. Por lo tanto, concluimos que el estudio de sombras está mal hecho porque sobreestima el volumen teórico del edificio y solicitamos que sea hecho nuevamente.

14. Potencia eléctrica Actualmente la población Lemus ha tenido cortes eléctricos en reiteradas oportunidades. Esto preocupa a la población ya que la construcción es una operación energéticamente intensa y lo mismo pasaría con el uso del edificio a lo largo de su vida operativa. Creemos importante que se reconozca a los edificios Perú Plaza I y II como un potente agente consumidor de energía y emisor de contaminantes durante su vida operativa.

15. Impacto visual y privacidad La población Lemus, es un sector residencial donde las casas son generalmente de uno y dos pisos. La construcción de estos edificios rompe significativamente con el esquema existente de nuestra población, produciendo un perfil urbano irregular que reemplaza la actual estructura de nuestra población. Por otra parte, estos edificios interrumpen nuestra privacidad, sobre todo para los vecinos colindantes, los cuales están a 10,4 metros de distancia.

16. Conclusiones Esperamos que el Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental acoja nuestra observación y nos ayude a evitar los graves y negativos efectos que este proyecto tendrá sobre nuestra calidad de vida. El proyecto alude un beneficio social para dar respuesta a una supuesta necesidad habitacional de Santiago. Sin embargo, la población Lemus no tiene tal necesidad y estamos asumiendo esa externalidad con todos los costos que conllevará en aumentar en varias veces su densidad poblacional actual, sin ser beneficiada sino perjudicada. Dada la extensión de los impactos ambientales de este proyecto y que tal como lo indica la Municipalidad de Recoleta en su resolución del anteproyecto Nº1 del presente año, es necesario y exigimos que se realice un Estudio de Impacto Ambiental.

Evaluación técnica de la observación:

397 Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto de lo planteado en la observación en relación a los fundamentos de la DIA, se debe informar que los proyectos inmobiliarios que exceden de las 300 viviendas deben ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) de acuerdo a la letra h.1.3 del artículo 3° del Reglamento del SEIA (DS N°40/2013 del Ministerio del Medio Ambiente) que señala:

“Letra h): Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturada. h.1: Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjunto de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características: • h.1.1: Que se emplacen en áreas de extensión urbana o en área rural, de acuerdo al instrumento de planificación, correspondiente y requieran de sistemas propios de producción y distribución de agua potable y/o de recolección, tratamiento y disposición de aguas servidas; • h.1.2: Que den lugar a la incorporación al dominio nacional de uso público de vías expresas o troncales; • h.1.3: Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas; o • h.1.4: Que consulten la construcción de edificios de uso público con una capacidad para cinco mil (5.000) o más personas o con mil (1.000) o más estacionamientos.”

De acuerdo a lo anterior, el proyecto ingresó al SEIA ya que: • Corresponde a un proyecto de tipo inmobiliario que se ubica en la Región Metropolitana, la cual ha sido declarada zona latente para Dióxido de Nitrógeno (NO2) y saturada para Partículas Totales en Suspensión (PTS), Material Particulado Respirable (PM10), Monóxido de Carbono (CO) y Ozono (O3). La Región, cuenta con el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA), que ha sido dictado conforme al artículo 44 de la Ley Bases del Medio Ambiente. • El proyecto contempla la construcción de 483 departamentos.

Habiendo establecido la necesidad de ingreso al SEIA, lo siguiente es determinar si debe hacerse a través de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) o un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), en caso que se produzca alguno de los efectos características y/o circunstancias señaladas por el artículo 11 de la Ley 19.300. A partir de las prospecciones y estudios realizados (emisiones atmosféricas, ruido y vibraciones, patrimonio arqueológico, factibilidad de servicios sanitarios, medio humano), es posible indicar que el proyecto no genera ninguno de los efectos, características y/o circunstancias señaladas en las letras a) a la f) del artículo 11 de la Ley 19.300, o en los artículos 5 al 10 del Reglamento del SEIA que regulan la misma materia. Por lo cual, el proyecto ingresa al SEIA a través de una DIA.

Cabe señalar que durante la evaluación ambiental de esta DIA ningún organismo público con competencias ambientales ha señalado que el proyecto produzca alguno de los efectos, características y/o circunstancias señaladas en las letras a) a la f) del artículo 11 de la Ley 19.300 ni ha requerido la presentación de un EIA.

Adicionalmente, es importante comentar y aclarar que toda diferencia o discrepancia entre lo presentado en la Resolución de Aprobación del Anteproyecto y el Permiso de Edificación, se produce por la evolución del proyecto, desde un anteproyecto a un proyecto definitivo. El desarrollo mismo de un proyecto en cada uno de sus componentes puede arrojar modificaciones entre la etapa de Anteproyecto y el Permiso de Edificación, respecto de las cuales la autoridad pudo haberse pronunciado de manera distinta. Esta es una situación común en los proyectos de esta naturaleza.

La construcción del proyecto, por lo tanto, debe ajustarse a lo permitido a través de los Permisos de Edificación de cada edificio, como también, de lo evaluado ambientalmente en el SEIA.

En la Tabla 8 “Característica Proyecto” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA, se presenta la información del Proyecto a construir con las superficies aprobadas a la fecha mediante el Permiso de Edificación N°29 del 25 de abril de 2016 (Perú Plaza I) y mediante el Permiso de Edificación N° 53 de fecha 16 de octubre de 2017 (Perú Plaza II). 398

Respecto del tema de la calidad de vida, según plantea el PLADECO 2014-2018, la aprobación del Plan Regulador Comunal del año 2005 reconoce Av. Perú como eje de renovación urbana, donde se han llevado a cabo algunos proyectos inmobiliarios. Posterior, durante el año 2006 se realizó la primera modificación al instrumento con el fin de restringir las condiciones de construcción de los nuevos inmobiliarios, lo cual impactó notoriamente en la producción en dicha zona. Considerando dicho antecedente, cabe señalar que el Proyecto se ajusta a la normativa territorial vigente, establecida a través del Plan Regulador Comunal de Recoleta y es en virtud de este instrumento que ha sido diseñado y obtenido los permisos municipales que dan cuenta de esta situación.

Respecto de la consulta sobre el polvo producido por los vehículos, el titular se compromete a que el transporte de materiales o residuos que despendan polvo se realizará con la carga cubierta (encarpado), manteniendo una distancia mínima de 10 cm. entre la superficie de la carga y la cubierta, además, de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver figura 4 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria).

En cuanto a las ruedas de los vehículos, se limpiarán del barro adherido previo al abandono de la zona de faenas, es decir, a la salida de la obra dando cumplimiento al artículo 5.8.3 de la OGUC.

Además, para evitar las emisiones de gases generadas por los vehículos livianos y pesados, se exigirá a los contratistas mantener los vehículos con revisión técnica y mantenciones al día. Dicho registro se mantendrá en obra.

Además, cabe destacar que el proyecto no supera los límites indicados en el artículo 98 del PPDA, tal como se puede observar en la Tabla 4 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria.

Según estos antecedentes, no se verá afectada la salud de los vecinos colindantes al área del proyecto.

Respecto de la consulta sobre el polvo provocado por las actividades de construcción, el titular ha comprometido y entregado los antecedentes para acreditar el cumplimiento de todas las medidas para controlar el polvo que producen las actividades de construcción. Además, para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante dicha fase de construcción, el titular consideró las siguientes medidas: • Humectación: Según la letra a) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se humectarán las áreas de movimientos de tierra y vía de circulación interna de acuerdo a los requerimientos en terreno, contemplándose un mínimo de 2 veces al día durante el periodo que duren las excavaciones. La fuente de agua provendrá de un arranque de agua potable en la obra o en su defecto por medio de camión aljibe que posea las autorizaciones y permisos correspondientes, se mantendrá registro en obra por medio de boletas o facturas. • Camiones encarpados: Según la letra c) del artículo 5.8.3 de la OGUC, el transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver Figura 4 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria). • Estabilización y compactación de caminos: Según la letra b) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículo por el periodo correspondiente (tiempo en que duren las excavaciones). • Cierre perimetral en los deslindes: Según la letra g) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se construirá cierre perimetral en los deslindes del proyecto con mallas tipo raschel, el cual será mantenido en buen estado. La finalidad de este cierre es evitar la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área del proyecto y sectores circundantes. Los cierres podrán ser reemplazados por los paneles OSB con fines acústicos, adicionándoles 50 cm por sobre el nivel con malla raschel, lo que se muestra en la Figura 51 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria (Ver Figura 51 Cierre Perimetral) • No se realizarán quemas: Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros combustibles al interior de la obra. • Limpiar ruedas: Según la letra d) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se limpiarán las ruedas de los vehículos del barro adherido previo al abandono de ellos de la zona de faenas, es decir, a la salida de la obra dando cumplimiento al artículo 5.8.3 de la OGUC. 399 • Revisión técnica y mantenciones al día: En cuanto a la emisión de gases, se exigirá a los contratistas mantener los vehículos con revisión técnica y mantenciones al día, manteniendo el registro en obra.

Respecto de la consulta sobre el polvo provocado por los materiales de la construcción, se debe aclarar que en la obra no se fabricará cemento, solamente se utilizará hormigón premezclado. Con todo, de manera de prevenir la exposición al polvo generado por el cemente, se tomarán las siguientes medidas: • Usar hormigón premezclado • Humedecer el polvo en el punto donde se genera • Instalar un sistema local de ventilación por extracción. • La persona que manipule el cemento utilizará mascara respiratoria, antiparras y guantes de PVC • El material se almacenará en recintos cerrados, secos y con adecuada ventilación Con estas medidas se evitará generar afectación a los trabajadores y vecinos colindantes al proyecto. Respecto a otros materiales que puedan generan polvo en suspensión, ya sea áridos, arena, entre otros, se tomarán las siguientes medidas: • El transporte de materiales o residuos se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humectar la carga en caso de ser necesario. • Se mantendrán humectados y/o cubierto con lona o malla raschel las pilas de tierra, escombros u otro material que pueda desprender polvo.

Respecto de la consulta sobre el ruido, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en horario diurno (lunes a viernes entre las 08:00 a 19:00 horas, y, los sábados entre las 08:00 a 14:00 horas), por lo que, los vecinos colindantes al proyecto no se verán afectados ni durante el periodo nocturno, ni los fines de semana.

En cada una de las etapas del Proyecto se implementarán las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (placa sólida de madera aglomerada (OSB) como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), medidas que permiten garantizar que los niveles estimados de ruido cumplirán con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente. Este decreto se basa en la salud de la población y recoge los niveles recomendados al efecto por la organización Mundial de la Salud (OMS), por cuanto acreditar su cumplimiento, es la única forma objetiva, legal y vigente que posee un proyecto para acreditar que no generará efectos en la salud de la población.

En cuanto a la solicitud de realizar un monitoreo acústico, el titular ha acreditado el cumplimiento de la norma, por cuanto sólo se propone la verificación de las medidas de control indicadas en la evaluación acústica. No obstante lo anterior, el titular compromete que, en caso de producirse molestias a la comunidad por este factor, los vecinos podrán ponerse en contacto con el encargado de la obra, quien verificará el cumplimiento de las medidas y, en caso de ser necesario, las reforzará.

Además, para reforzar las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1, el Titular se compromete a instalar placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas para disminuir posibles molestias a los vecinos, cuyos detalles se presentan en la siguiente Tabla:

Tabla 102 Placas OSB en deslindes del Proyecto Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar afectaciones a los vecinos de la Población Lemus. Descripción: Durante la fase de construcción se instalarán placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas. Justificación: El presente compromiso se enmarca en la solicitud realizada por la Población de aumentar la altura de las barreras para asegurar la tranquilidad de los vecinos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Placas OSB de 6 metros de altura en los 400 tres frentes que colindan a viviendas de la Población Lemus. Forma: Las Placas OSB se mantendrán en buen estado durante todo el periodo que dure la fase de construcción. Oportunidad: Las Placas OSB permanecerá durante toda la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Letrero en Registro fotográfico de las placas OSB. Forma de control y seguimiento

Existirá un encargado en obra de verificar que las placas OSB se encuentran en buen estado y que den cumplimiento a la altura comprometida.

Respecto de la consulta sobre los efectos de la comunidad, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en periodo diurno, por lo que, los vecinos colindantes al proyecto no se verán afectados durante el periodo nocturno. El horario de trabajo será de 08:00 a 19:00 horas de lunes a viernes, y sábado de 08:00 a 14 horas.

En cada una de las etapas del Proyecto se implementarán las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (placa sólida de madera aglomerada (OSB) como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras). Por lo tanto, según los antecedentes entregados por el titular, los niveles estimados de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente.

Dado que Chile no cuenta con una normativa específica que permita regular las vibraciones de índole ambiental, se utiliza lo recomendado por el Servicio de Evaluación Ambiental en su informe final para evaluación de vibración del estudio “Elaboración de una Guía Metodológica de Evaluación de Ruido y Vibraciones en el SEIA”, en donde se establecen metodologías y se recopilan antecedentes de normativas internacionales y estándares de referencia que tengan como objetivo proteger la salud de la población. Por consiguiente, el criterio de evaluación utilizado es el establecido en la guía “Transportation and Construction Vibration” (2004) del California Department of Transportation (Caltrans), Division of Environmental Analysis (USA).

Complementariamente, en el Anexo 6 de la Adenda 1 se acredita el cumplimiento de las normas de referencia de vibraciones.

En cuanto a la consulta sobre si el proyecto pudiera cerrar calles por las actividades de construcción, es importante señalar que la única obra que puede impedir de forma momentánea el uso de la vereda es la construcción de la vereda frente al proyecto, lo que representa un proyecto de mejora a la condición actual que poseen los peatones.

Respecto de la consulta sobre el tránsito de camiones, se aclara que los vehículos durante la fase de construcción del proyecto no ingresarán a la población Lemus. Para esto, se ha decido actualizar las rutas a utilizar durante la Fase de Construcción del Proyecto. Por lo tanto, la calle a utilizar por los vehículos que transitan desde el Norte será por Av. Perú, Vuelta en U en calle Rapa Nui y luego tomar nuevamente Av. Perú y los camiones que salgan del proyecto hacia el centro será por calle Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Puma, María Graham y luego tomaran nuevamente Av. Perú. Adicionalmente, el Titular se compromete a que todo tránsito de vehículos livianos, vehículos de carga de material y vehículos de escombros a realizar durante la fase de construcción será por fuera de la Villa Lemus, lo cual quedará estipulado en el contrato de prestación de los servicios y ha sido establecido como un compromiso ambiental voluntario que quedará en forma expresa en la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del Proyecto.

Respecto de la consulta sobre el tráfico, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado. 401

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

En la siguiente figura se muestran los puntos de medición de flujos. Estas mediciones obtenidas en terreno permitieron calibrar de manera adecuada los modelos computacionales que fueron utilizados para la representación actual y con proyecto del área de influencia.

Figura 20 Ubicación puntos de medición

De acuerdo a la metodología, para representar la demanda aportada por el proyecto se consideraron los 447 estacionamientos que contemplan ambos edificios.

Como resultado de este estudio, se generaron las siguientes medidas que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto:

  1. Pavimentación de una franja de 2 metros de Av. Perú, entre el proyecto y calle Arzobispo Valdivieso, de acuerdo a lo aprobado y establecido en el proyecto de tratamiento de espacio público por la I. Municipalidad de Recoleta.

  2. Repavimentación de calle Doctor Ostornol, entre Francisco Silva y Arzobispo Valdivieso, de acuerdo a lo indicado en plano de medidas de mitigación.

  3. Elaboración y ejecución de proyecto de demarcación y señalización en los siguientes tramos contenidos dentro del área de influencia del proyecto: • Av. Perú, entre Arzobispo Valdivieso y Celia Coloma (frente del proyecto) • Celia Coloma, entre Av. Perú y Elcira Lemus • Eloísa Lemus, entre Desiderio Lemus y Elcira Lemus • Elcira Lemus, y Eloísa Lemus y Celia Coloma • Arzobispo Valdivieso, entre Av. Recoleta y Doctor Ostornol • Unión, entre Av. Recoleta y Francisco Silva. • María Graham, entre Av. Recoleta y Av. Perú. • El Salto Chico, entre Unión y Arzobispo Valdivieso. • Puma, entre Unión y Arzobispo Valdivieso. • Av. El Salto, entre Doctor Ostornol y Arzobispo Valdivieso. • Doctor Ostornol, entre Av. Recoleta y Arzobispo Valdivieso.

402 Esta medida incluye la demarcación de líneas de parada, uso de pistas y cruces peatonales. Para el caso de la intersección de Arzobispo Valdivieso con Av. Recoleta se incluirá la demarcación de estacionamientos y pista de viraje izquierda.

  1. Reprogramación de los siguientes semáforos, incluyendo la tarea de sintonía fina y la reconfiguración de las EPROMS de los controladores: • Av. Recoleta con Arzobispo Valdivieso • Av. Recoleta-Semáforo Peatonal • Av. Recoleta con Unión • Av. El Salto con Dr. Ostornol • Av. Perú con Arzobispo Valdivieso • Av. El Salto con México • Av. Perú con Unión • Av. Perú con Schlack • Av. Perú con San Cristóbal • Av. Perú con Santos Dumont

  2. Normalización del controlador ubicado en Av. Perú con Arzobispo Valdivieso.

  3. Instalación de unidades de respaldo de energía (UPS) para los semáforos ubicados en la intersección de Av. Recoleta con Unión y Av. Perú con Unión.

  4. Deberá realizar un estudio de justificación de semáforo peatonal en Av. Perú y Desiderio Lemus (frente a proyecto), el cual deberá ser revisado y aprobado por UOCT. De justificarse, deberá presentar el Proyecto de Semaforización y el Estudio de Programaciones a la misma UOCT, para su revisión y aprobación. El mandante deberá hacerse cargo de la ejecución de su construcción de acuerdo a la normativa vigente.

  5. Implementación de 3ª fase exclusiva peatonal con el objetivo de disminuir el conflicto generado por el viraje a la derecha en la intersección Av. Recoleta con Arzobispo Valdivieso. Esta implementación deberá ser ingresada a UOCT para su revisión y aprobación.

  6. Mejoramiento de los siguientes paraderos de transporte público: • Paradero PB 150 ubicado en Av. Perú y Desiderio Lemus • Paradero PB 170 ubicado en Av. Perú con Arzobispo Valdivieso

Este mejoramiento incluye el cambio de piezas defectuosas, cambio y/o actualización de señal de parada y demarcación de los cajones “Solo Bus”, en material termoplástico. Todo esto de acuerdo al estándar indicado por DTPM.

  1. Mejoramiento radios de giro en la intersección de Av. El Salto con calle Doctor Ostornol.

  2. Ejecución del proyecto Zona 30 en el cuadrante formado por Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Eloísa Lemus, Elcira Lemus y María Graham de acuerdo a lo estipulado por la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta.

  3. Ejecución de un estudio de demanda de pasajeros en paraderos catastrados, para determinar el aumento de demanda en condición de plena operación del proyecto, el cual deberá ser revisado y aprobado por la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta y por DTPM, debiendo materializar, en caso que corresponda, las obras asociadas.

  4. Evaluación de la implementación de la bidireccional de Arzobispo Valdivieso hasta Av. Recoleta, con la finalidad de dar continuidad a la red vial, y analizar el comportamiento de los flujos del proyecto en esta vía, el que deberá ser revisado y aprobado por Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta y UOCT. La evaluación del proyecto no considera la implementación de las obras resultantes de este análisis.

  5. Habilitación de dispositivos de rodados de Desiderio Lemus con Av. Perú y Celia Coloma con Av. Perú.

403 15. Instalación de segregador horizontal en todo el frente predial de acuerdo a lo determinado por la I. Municipalidad de Recoleta.

  1. Instalación de baliza y espejo cóncavo en los accesos del proyecto, esto para prevenir posibles conflictos con los peatones.

Respecto a que los compromisos viales son mayores que los indicados y que, además, el estudio vial fue debidamente revisado por los organismos competentes, dentro de los cuales estuvo el municipio, la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana y la UOCT.

Respecto de la consulta sobre las vibraciones, se debe señalar que el titular del Proyecto, realizó una evaluación de las vibraciones que se generarán producto de las actividades de construcción del proyecto. Dado que Chile no cuenta con norma específica para la evaluación del impacto por vibraciones, el Estudio Acústico y Vibraciones, presentado en el Anexo 6 de la Adenda 1, utiliza como norma de referencia un estándar definido por el departamento de Transportes de California, en Estados Unidos, recomendada para la evaluación de proyectos con uso de maquinaria pesada como excavadoras, compactadores, camiones, etc. El titular acredita que dicho estudio demuestra que se cumplirá con la norma de referencia utilizada. Por lo anterior, el titular expone en el Proyecto, que no existirá riesgo de daño sobre las edificaciones vecinas, acreditándose por lo tanto el cumplimiento de la norma de referencia adoptada, lo cual ha sido revisado por los organismos con competencia ambiental que revisaron este estudio.

Respecto de la consulta sobre colapso de estacionamientos públicos, la tasa de estacionamientos exigida por la normativa para este proyecto es 34,5% para la Etapa 1 y 35,6% para la Etapa 2. De acuerdo a la Encuesta Origen-Destino (2012) la tasa de tenencia de vehículos en la comuna de Recoleta, que corresponde a 0,41 vehículos por vivienda, es decir 41%.

El proyecto contempla una cantidad de estacionamientos superior a los valores anteriores. El proyecto contempla una cantidad de estacionamientos muy superior a los valores anteriores. La Etapa 1 contempla 190 estacionamientos vendibles para los dueños de departamentos lo que corresponde a una tasa de 73%, la Etapa 2 contempla 220 estacionamientos para los dueños de departamentos, que corresponde a una tasa del 99%.

A lo anterior se deben agregar los estacionamientos de visita exigidos por la normativa (26 estacionamientos en ambas etapas).

Respecto de la consulta sobre la potencia eléctrica, de la observación, cabe señalar que los terrenos en que se ubicará el proyecto se ubican al interior del área de concesión eléctrica de la empresa Enel. Dicha empresa se encuentra legalmente obligada a prestar servicios eléctricos tanto a la población Lemus como a los edificios del proyecto, además de los demás habitantes en su área de concesión. La Superintendencia de Electricidad y Combustibles es el organismo público encargado de fiscalizar a dicha empresa concesionaria, contando con múltiples facultades en caso que existan problemas de servicio, como cortes reiterados. Finalmente, se debe aclarar que los edificios del proyecto no serán agentes contaminantes.

Respecto de la consulta sobre el estudio de sombras, los edificios se encuentran emplazados en el terreno distantes varios metros de los deslindes, con el propósito de generar menores efectos de sombras y ventilación de las casas vecinas. Lo anterior se encuentra detallado en el estudio de sombras aprobado por la D.O.M de Recoleta y forma parte integrante del Permiso de Edificación Nº 29 de fecha 25 de abril de 2016 (Edificio Perú Plaza I) y Permiso de Edificación N°53 de fecha 16 de octubre de 2017 (Edificio Perú Plaza II) otorgado por la D.O.M de Recoleta. Estos permisos acreditan que el proyecto cumple con el Instrumento de Planificación Territorial vigente para este sector en forma íntegra.

Respecto de la consulta sobre salubridad e higiene, el titular señala que la eliminación de malezas, el despeje del terreno y la desratización se realizó, precisamente, por una solicitud de los vecinos para eliminar la presencia de ratones. Además, para evitar nuevas afectaciones a los vecinos colindantes al proyecto, el Titular ha mantenido limpio el terreno y realizará las desratizaciones exigidas por la normativa.

404 En el proyecto el Titular también informa que los proyectos de Basura se encuentran en aprobación por parte de la Autoridad Sanitaria. Dichos permisos permitirán que los habitantes del proyecto puedan disponer sus residuos domiciliarios, a través de ductos, al interior de contenedores ubicados en las salas de basuras. Además, cabe destacar, que el retiro de los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios es obligación de la Municipalidad y se realizará por Avenida Perú. Para mayor detalle ver respuesta 2 de la Adenda Complementaria.

Durante la etapa de construcción, el manejo de basuras será la acumulación en un sector habilitado para ello, siendo el traslado y disposición con empresas autorizadas para tal fin. Por esta razón, no habrá acumulación de residuos fuera de la obra.

Respecto a la habilitación de paso peatonales al interior del proyecto, se informa a la comunidad que estos son propiedad del Titular, ya que el lote original fue adquirido a sus propietarios y debidamente inscrito en los registros correspondientes, no habiendo sobre ellos servidumbres de paso.

Respecto de la consulta sobre el impacto visual y la privacidad, el titular señala que el Instrumento de Planificación Territorial (IPT) consignó el suelo del proyecto como de uso residencial, por lo que, permite la construcción del proyecto; el proyecto cumple con el IPT en términos de la altura, rasantes y sombras proyectadas a los terrenos aledaños al proyecto. Además, el proyecto cumple con lo establecido en el artículo 2.6.11 de Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Por lo anterior, se debe señalar que el Proyecto cumple con los instrumentos legales que permiten la elaboración del Proyecto.

103. Erika Isabel Olave Vasquez

1. La Municipalidad de Recoleta solicitó: Estudio de Impacto Ambiental. Mediante Ley de Transparencia de la Municipalidad de Recoleta hemos conseguido acceso a la resolución de aceptación del anteproyecto Nº 1 del 18 de enero de 2017, la cual no ha sido asociada a la presente DIA. Esta resolución expresa que este proyecto excede el umbral mínimo de exigencia de estudio de impacto ambiental (300 viviendas), con un total de 483 viviendas y 13 locales comerciales; debiendo, por lo tanto, presentar el citado estudio antes del inicio de las obras. Sin embargo, la empresa está presentando una DIA por la primera resolución del anteproyecto Nº28 del 23 de octubre de 2015, que no pedía un EIA sino sólo una DIA. La resolución de 2017 también indica la intención de la empresa para evitar la necesidad del estudio y, por lo tanto, lo exigen en la última resolución.

2. Deterioro de calidad de vida El proyecto se vende por los desarrolladores y constructores como una renovación urbana que entrega calidad de vida, “observante de la norma” y en armonía con sus vecinos. Una encuentra realizada por la Universidad de Chile entre 746 residentes de barrios, en renovación urbana, en el Gran Santiago, concluyó que para los vecinos antiguos, la calidad de vida de sus barrios disminuye con la renovación. Así, para los encuestados y encuestadas, la nota promedio asignada con anterioridad a la llegada de los edificios en altura es de un 6.0, mientras que la nota que adjudican para calificar la situación actual de sus barrios, apenas alcanza un promedio de 4.8 (López et al., 2013). Los efectos negativos que la renovación urbana ha tenido en los barrios de Santiago Centro y estación Normal (sic) son conocidos y bien documentados y han causado impacto en los últimos años (Pozo 2013, El Mercurio 2017).

3. Polvo producido por los vehículos La entrada y salida de vehículos de la obra genera una gran cantidad de contaminantes. El transporte de los materiales al lugar de la obra provoca mucho polvo o material particulado. Las ruedas de los vehículos contienen gran cantidad de material particulado suspendido tales como polvo, arena, arcilla y cemento. Estas materias quedan suspendidas en el aire, suelo y agua. Además, los vehículos transportan este material suspendido fuera de la obra, lo que implica que no sólo se pueden enfermar los trabajadores sino también la comunidad.

4. Polvo provocado por las actividades de la construcción 405 La mayoría de las actividades de construcción como excavaciones, rellenos, movimiento de tierra, blanqueo, pintura, azulejado, mezclas de hormigón y acabado provocan un efecto adverso sobre el entorno, pues provocan una gran cantidad de material particulado.

5. Polvo provocado por los materiales de la producción Estos materiales son cemento, áridos, arena, arcilla, cal, madera y carbono de calcio. Los trabajadores que laboran en la obra, y emplean esos materiales, así como los vecinos colindantes al proyecto, tienen una alta exposición al polvo emitido por ello (Baby et al 2008, citado por Singh 2011), demuestra que el polvo de cemento contiene metales pesados tales como níquel, cobalto, plomo y cromo como concomitantes peligrosos para el ambiente biótico con impacto adverso para la vegetación, para la salud urbana y animal y para los ecosistemas. Diversos estudios han demostrado que hay una relación entre la exposición al polvo de cemento, el deterioro crónico del funcionamiento de los pulmones y los síntomas respiratorios de la población humana. El polvo de cemento irrita la piel, la mucosa de ojos y el sistema respiratorio. Su deposición en el tracto respiratorio provoca una reacción base que aumenta los valores del pH que irrita las mucosas expuestas Zeleke et al. 2010). La exposición al polvo de cemento ha sido asociada al incremento de sufrir anormalidades del hígado, desórdenes hormonales y carcinogénesis. Se ha planteado que la reducción de la capacidad antioxidante y el aumento de peroxidación lípida del plasma podrían explicar los mecanismos causales de enfermedades (Aydin et al, 2010).

6. Ruido • Ruido proveniente de los vehículos, por ejemplo, transporte de materiales • Ruido proveniente de las actividades de la construcción, por ejemplo, excavación, relleno. • Ruido proveniente de las herramientas de la construcción, por ejemplo, mezcladora de hormigón, máquinas eléctricas

En la obra, los trabajadores utilizan herramientas como mezcladora de hormigón, trituradoras de hormigón, compactadoras, lijadoras, cepilladoras, cortadora de discos, taladros y motosierras y son quienes más sufren por la exposición al ruido derivado de la construcción. También, los residentes que viven vecinos a la obra en construcción y quienes usan las calles cercanas a la obra. Lo anterior significa que muchas personas sufren a diario por los ruidos de la construcción dado el crecimiento de esta franja de Gaza (sic). El proyecto no considera monitoreo de niveles de ruido, los vecinos estiman que los ruidos pueden provocar pérdidas de la audición temporal o permanente, estrés y molestia. Manifestándolo a los representantes de la empresa constructora luego de la presentación realizada en la Junta de Vecinos el 12 de junio de 2017; sin embargo, los representantes de la empresa, y especialmente su consultora ambiental, Leticia Del Pozzo, desestimaron la necesidad de realizar un monitoreo argumentando que no hay norma que lo exija. Los encuestados en el estudio de Enshassi et al (2014), indicaron que los ruidos de las construcciones podrían provocar trastornos sociales en sus hogares, trabajos y cuando intentaban dormir. Potencialmente, los ruidos de la construcción pueden molestar a las personas las 24 horas del día, los 7 días a la semana. Los efectos del ruido en la salud son consecuencia de los elevados niveles de ruido. Un elevado nivel de ruido en el trabajo u otros lugares puede producir deterioro de la audición, hipertensión, enfermedades cardíacas isquémicas, molestias y perturbación del sueño. Cambios en el sistema inmunológico y defectos de nacimiento han sido atribuidos a la exposición de ruido (Passhier- Vermeer y Passhier 2000). Se sabe que la exposición al ruido induce zumbidos, hipertensión, vasoconstrucción, y otros efectos cardiovasculares adversos. (WRUC 2007) Ijigah et al (2013) realizaron una investigación en Nigeria encontrando que la contaminación por ruido se encontraba en un 6º lugar con un índice de importancia relativa (IIR) de 0,794 en una escala de 0 a 1.

7. Efectos sobre la comunidad Las obras de construcción cierran calles y perturban los intereses de las personas. El transporte de la construcción provoca interrupción de tráfico debido al cierre de calles o caminos, además, los encuestados estimaron que el ruido y la vibración producidos por la construcción y el movimiento vehicular podían provocar trastornos sociales en los hogares, en el lugar de trabajo y a la hora de dormir. Enshassi et al 2014 clasificaron este efecto con un IIR= 0,7 Ijigah et al (2013) realizaron su estudio en Nigeria y encontraron que el trastorno social ocupaba el nº 14 con un IIR=0,711. Zolfagharian et al (2014) encontraron que el trastorno social se ubicaba en el nº22.

8. Tránsito de camiones La interrupción del tráfico que se producirá por el tránsito de camiones en la construcción es considerada como un alto impacto por los estudiantes. Los responsables del proyecto plantean que los responsables no pasarán por la población para llegar a la obra. Sin embargo, el plan de acceso 406 fue generado por la empresa antes de la actual construcción del bandejón central en avenida Perú que cerró el ingreso por Desiderio Lemus. Por lo tanto, los camiones no tendrán forma de llegar desde el norte. Si no es a través de la población, para luego virar hacia el norte por avenida Perú y luego poder entrar a la obra.

9. Tráfico Actualmente, los vecinos de la población Lemus tienen gran dificultad para entrar o salir en las horas punta, teniendo que enfrentar colas provenientes de Valdivieso, que es la única salida que tiene, luego de que las obras de la avenida Perú cerraran los accesos. El proyecto agravará la situación no sólo durante la construcción, sino que luego de su habilitación habitacional (sic), producto de un alto número de personas que se incorporará al uso de las mismas vías de acceso. La empresa presenta como principal medida de mitigación, la mejora eléctrica de semáforos de avenida Perú con avenida Valdivieso (normalización del controlador e instalación de una UPS). Sin embargo, esto no tendrá absolutamente ningún efecto en mejorar el tráfico vehicular en las horas punta, dado que el problema no es que no funcione el semáforo, sino que la capacidad de las calles es insuficiente para el flujo vehicular habitual, el cual será posiblemente triplicado por este proyecto. 483 departamentos equivalen más o menos a 1300 personas nuevas. Por lo tanto, los vecinos colindantes consideramos absolutamente insuficientes las medidas de mitigación presentadas.

10. Vibraciones Los vecinos de la población Lemus, también consideramos importante el impacto que tendrán las vibraciones generadas por la construcción. La población está constituida principalmente por casas de más de 70 años y algunas son de adobe. El proyecto no considera los efectos que las vibraciones puedan tener ni presentan medidas de mitigación.

11. Colapso de estacionamientos públicos Los vecinos manifestamos nuestra preocupación por el excesivo uso que harán los moradores de los edificios de los espacios púbicos de estacionamientos de la población Lemus. Nuestra preocupación se basa en el hecho de que para 483 departamentos sólo se construirán 447 estacionamientos para autos, considerando que hoy en día cada familia tiene al menos un auto, es evidente que los estacionamientos privados del proyecto serán insuficientes y, por lo tanto, los moradores de los edificios ocuparán los espacios de estacionamiento del vecindario. Lo que redundará en que los residentes de la población Lemus no podrán estacionar fuera de sus propias casas. Este problema fue planteado a los responsables del proyecto, presentación hecha en la junta vecinal, pero estos manifestaron que están dentro de la norma y que no estiman que se vendan todos los estacionamientos ni produzca tal efecto. Su estimación se basa en que en sus proyectos anteriores nunca se han vendido todos los estacionamientos dado que según indicaron hay muchas familias jóvenes que no tienen recursos para comprar un auto. Por lo tanto, no estiman necesaria una medida de mitigación. Estamos en desacuerdo con la información de la empresa, la cual si bien puede ser cierta al momento del inicio de venta de sus departamentos; esto no implica que –eventualmente- todos los estacionamientos sean vendidos, mucho después de que la empresa se retire de nuestra población. Alucen que están dentro de la norma y que la norma no la hacen las inmobiliarias.

12. Salubridad e higiene Desde que la empresa ABSAL comenzó sus trabajos, los vecinos colindantes hemos tenido bastante invación de ratas en nuestras casas. Esto fue indicado a la empresa en la presentación en la junta vecinal, a lo cual sólo respondieron que han hecho desratizaciones. Sin embargo, esto evidentemente no ha sido suficiente, la empresa no manifestó ninguna voluntad de tomar medidas al respecto. Los vecinos, además, estamos preocupados por la acumulación de basura en el vecindario producto de estos edificios. La inminente llegada de inmigrantes, especialmente en cités de avenida Valdivieso ha significado una acumulación constante en las vías públicas. Estas no son sólo bolsas de basura que tiran en el piso para que sean destruidas por los perros, sino que también electrodomésticos, muebles, colchones etc. Ni los vecinos ni la municipalidad han podido solucionar este problema; por lo tanto, prevemos que este tremendo proyecto habitacional podría empeorar muchísimo más la situación, ya que no hay forma de prever ni controlar el nivel educacional de las 483 familias que llegarán y no existen medidas de mitigación para generar un adecuado control de la cantidad de basura que será generada y dónde será depositada. Si los habitantes de los departamentos no encuentran dónde desechar sus basuras y muebles viejos, de seguro que buscarán una vereda o pasaje de nuestra población para hacerlo. Tampoco, nada parece indicar que si los vecinos de las torres decidieran sacar sus basuras por los portones que dan hacia las calles de la población (Ricardo Lemus y Juan Antonio Ríos), no puedan hacerlo. Aún si, como 407 indica la empresa, ellos no permitirán tránsito de camiones y autos desde la propiedad hacia esas calles, los vecinos, luego de comprar los departamentos podrán hacerlo. Los vecinos vemos como única medida de mitigación efectiva que estas calles sean habilitadas como tal hasta avenida Perú, pero como pasos peatonales. Estas calles son espacios públicos y fueron concedidas al antiguo Estadio Montserrat, dado que el beneficio de ese proyecto presentaba para toda la comunidad. Sin embargo, como ese beneficio ya no existe, solicitamos que las calles sean devueltas a la comunidad. Por ser calles, son de dominio público y este carácter no puede cambiarse por un plan regulador, ni puede ser cedido a un privado sin una desafección, la cual no ha ocurrido; por lo tanto, la comunidad de vecinos solicita su habilitación pública y peatonal, como medida de mitigación ambiental del presente proyecto.

13. Estudio de sombras mal realizado Las torres generarán gran sombra durante gran parte del año sobre las casas del costado sur, oriente y poniente. Eso redundará no sólo en la oscuridad de los patios y hogares, sino que en mayor frío y humedad en las casas. Un estudio de la Universidad de Chile sobre renovación urbana midió los efectos sobre los últimos 10 años. Entre la consecuencia de los vecinos está el exceso de sombra, (López et al 2013). Los vecinos tendrán un aumento del gasto de electricidad y parafina para iluminación y calefacción. La humedad favorecerá el crecimiento de hongos, lo cual puede llevar a un aumento de enfermedades respiratorias, especialmente en niños y asmáticos. El proyecto no considera medidas de mitigación para estos impactos. Al plantearle el problema a los representantes en la junta vecinal, ellos manifestaron que, en las partes cercanas al límite del terreno, las torres guardan una distancia de 10,4 metros. Esto nos parece absolutamente insuficiente considerando que los edificios tendrán una altura de 16 metros. Revisando en detalle el estudio de sombra de la empresa, incluido en su DIA, detectamos que la rasante 70º por el costado oriente del proyecto parte desde los 6 metros de altura y por el otro lado –sur- desde los 14 metros, ambos costados dan hacia la población Lemus. Según el artículo 2.6.3 de la Ordenanza General de Construcciones y Urbanismos las rasantes se aplican desde las alturas máximas permitidas sólo en el caso de edificaciones contiguas, cuando las edificaciones son aisladas, debe aplicarse desde el nivel del suelo. La población Lemus es EB1 según el plano regulador vigente. El cual permite construcción continua sólo en frentes menores a 15 metros y el terreno del proyecto inmobiliario tiene un frente mayor a 15 metros, así como la mayoría de las casas de la población Lemus y, por lo tanto, son viviendas aisladas. Por lo tanto, concluimos que el estudio de sombras está mal hecho porque sobreestima el volumen teórico del edificio y solicitamos que sea hecho nuevamente.

14. Potencia eléctrica Actualmente la población Lemus ha tenido cortes eléctricos en reiteradas oportunidades. Esto preocupa a la población ya que la construcción es una operación energéticamente intensa y lo mismo pasaría con el uso del edificio a lo largo de su vida operativa. Creemos importante que se reconozca a los edificios Perú Plaza I y II como un potente agente consumidor de energía y emisor de contaminantes durante su vida operativa.

15. Impacto visual y privacidad La población Lemus, es un sector residencial donde las casas son generalmente de uno y dos pisos. La construcción de estos edificios rompe significativamente con el esquema existente de nuestra población, produciendo un perfil urbano irregular que reemplaza la actual estructura de nuestra población. Por otra parte, estos edificios interrumpen nuestra privacidad, sobre todo para los vecinos colindantes, los cuales están a 10,4 metros de distancia.

16. Conclusiones Esperamos que el Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental acoja nuestra observación y nos ayude a evitar los graves y negativos efectos que este proyecto tendrá sobre nuestra calidad de vida. El proyecto alude un beneficio social para dar respuesta a una supuesta necesidad habitacional de Santiago. Sin embargo, la población Lemus no tiene tal necesidad y estamos asumiendo esa externalidad con todos los costos que conllevará en aumentar en varias veces su densidad poblacional actual, sin ser beneficiada sino perjudicada. Dada la extensión de los impactos ambientales de este proyecto y que tal como lo indica la Municipalidad de Recoleta en su resolución del anteproyecto Nº1 del presente año, es necesario y exigimos que se realice un Estudio de Impacto Ambiental.

Evaluación técnica de la observación:

408 Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto de lo planteado en la observación en relación a los fundamentos de la DIA, se debe informar que los proyectos inmobiliarios que exceden de las 300 viviendas deben ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) de acuerdo a la letra h.1.3 del artículo 3° del Reglamento del SEIA (DS N°40/2013 del Ministerio del Medio Ambiente) que señala:

“Letra h): Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturada. h.1: Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjunto de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características: • h.1.1: Que se emplacen en áreas de extensión urbana o en área rural, de acuerdo al instrumento de planificación, correspondiente y requieran de sistemas propios de producción y distribución de agua potable y/o de recolección, tratamiento y disposición de aguas servidas; • h.1.2: Que den lugar a la incorporación al dominio nacional de uso público de vías expresas o troncales; • h.1.3: Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas; o • h.1.4: Que consulten la construcción de edificios de uso público con una capacidad para cinco mil (5.000) o más personas o con mil (1.000) o más estacionamientos.”

De acuerdo a lo anterior, el proyecto ingresó al SEIA ya que: • Corresponde a un proyecto de tipo inmobiliario que se ubica en la Región Metropolitana, la cual ha sido declarada zona latente para Dióxido de Nitrógeno (NO2) y saturada para Partículas Totales en Suspensión (PTS), Material Particulado Respirable (PM10), Monóxido de Carbono (CO) y Ozono (O3). La Región, cuenta con el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA), que ha sido dictado conforme al artículo 44 de la Ley Bases del Medio Ambiente. • El proyecto contempla la construcción de 483 departamentos.

Habiendo establecido la necesidad de ingreso al SEIA, lo siguiente es determinar si debe hacerse a través de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) o un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), en caso que se produzca alguno de los efectos características y/o circunstancias señaladas por el artículo 11 de la Ley 19.300. A partir de las prospecciones y estudios realizados (emisiones atmosféricas, ruido y vibraciones, patrimonio arqueológico, factibilidad de servicios sanitarios, medio humano), es posible indicar que el proyecto no genera ninguno de los efectos, características y/o circunstancias señaladas en las letras a) a la f) del artículo 11 de la Ley 19.300, o en los artículos 5 al 10 del Reglamento del SEIA que regulan la misma materia. Por lo cual, el proyecto ingresa al SEIA a través de una DIA.

Cabe señalar que durante la evaluación ambiental de esta DIA ningún organismo público con competencias ambientales ha señalado que el proyecto produzca alguno de los efectos, características y/o circunstancias señaladas en las letras a) a la f) del artículo 11 de la Ley 19.300 ni ha requerido la presentación de un EIA.

Adicionalmente, es importante comentar y aclarar que toda diferencia o discrepancia entre lo presentado en la Resolución de Aprobación del Anteproyecto y el Permiso de Edificación, se produce por la evolución del proyecto, desde un anteproyecto a un proyecto definitivo. El desarrollo mismo de un proyecto en cada uno de sus componentes puede arrojar modificaciones entre la etapa de Anteproyecto y el Permiso de Edificación, respecto de las cuales la autoridad pudo haberse pronunciado de manera distinta. Esta es una situación común en los proyectos de esta naturaleza.

La construcción del proyecto, por lo tanto, debe ajustarse a lo permitido a través de los Permisos de Edificación de cada edificio, como también, de lo evaluado ambientalmente en el SEIA.

En la Tabla 8 “Característica Proyecto” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA, se presenta la información del Proyecto a construir con las superficies aprobadas a la fecha mediante el Permiso de Edificación N°29 del 25 de abril de 2016 (Perú Plaza I) y mediante el Permiso de Edificación N° 53 de fecha 16 de octubre de 2017 (Perú Plaza II). 409

Respecto del tema de la calidad de vida, según plantea el PLADECO 2014-2018, la aprobación del Plan Regulador Comunal del año 2005 reconoce Av. Perú como eje de renovación urbana, donde se han llevado a cabo algunos proyectos inmobiliarios. Posterior, durante el año 2006 se realizó la primera modificación al instrumento con el fin de restringir las condiciones de construcción de los nuevos inmobiliarios, lo cual impactó notoriamente en la producción en dicha zona. Considerando dicho antecedente, cabe señalar que el Proyecto se ajusta a la normativa territorial vigente, establecida a través del Plan Regulador Comunal de Recoleta y es en virtud de este instrumento que ha sido diseñado y obtenido los permisos municipales que dan cuenta de esta situación.

Respecto de la consulta sobre el polvo producido por los vehículos, el titular se compromete a que el transporte de materiales o residuos que despendan polvo se realizará con la carga cubierta (encarpado), manteniendo una distancia mínima de 10 cm. entre la superficie de la carga y la cubierta, además, de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver figura 4 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria).

En cuanto a las ruedas de los vehículos, se limpiarán del barro adherido previo al abandono de la zona de faenas, es decir, a la salida de la obra dando cumplimiento al artículo 5.8.3 de la OGUC.

Además, para evitar las emisiones de gases generadas por los vehículos livianos y pesados, se exigirá a los contratistas mantener los vehículos con revisión técnica y mantenciones al día. Dicho registro se mantendrá en obra.

Además, cabe destacar que el proyecto no supera los límites indicados en el artículo 98 del PPDA, tal como se puede observar en la Tabla 4 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria.

Según estos antecedentes, no se verá afectada la salud de los vecinos colindantes al área del proyecto.

Respecto de la consulta sobre el polvo provocado por las actividades de construcción, el titular ha comprometido y entregado los antecedentes para acreditar el cumplimiento de todas las medidas para controlar el polvo que producen las actividades de construcción. Además, para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante dicha fase de construcción, el titular consideró las siguientes medidas: • Humectación: Según la letra a) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se humectarán las áreas de movimientos de tierra y vía de circulación interna de acuerdo a los requerimientos en terreno, contemplándose un mínimo de 2 veces al día durante el periodo que duren las excavaciones. La fuente de agua provendrá de un arranque de agua potable en la obra o en su defecto por medio de camión aljibe que posea las autorizaciones y permisos correspondientes, se mantendrá registro en obra por medio de boletas o facturas. • Camiones encarpados: Según la letra c) del artículo 5.8.3 de la OGUC, el transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver Figura 4 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria). • Estabilización y compactación de caminos: Según la letra b) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículo por el periodo correspondiente (tiempo en que duren las excavaciones). • Cierre perimetral en los deslindes: Según la letra g) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se construirá cierre perimetral en los deslindes del proyecto con mallas tipo raschel, el cual será mantenido en buen estado. La finalidad de este cierre es evitar la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área del proyecto y sectores circundantes. Los cierres podrán ser reemplazados por los paneles OSB con fines acústicos, adicionándoles 50 cm por sobre el nivel con malla raschel, lo que se muestra en la Figura 51 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria (Ver Figura 51 Cierre Perimetral) • No se realizarán quemas: Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros combustibles al interior de la obra. • Limpiar ruedas: Según la letra d) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se limpiarán las ruedas de los vehículos del barro adherido previo al abandono de ellos de la zona de faenas, es decir, a la salida de la obra dando cumplimiento al artículo 5.8.3 de la OGUC. 410 • Revisión técnica y mantenciones al día: En cuanto a la emisión de gases, se exigirá a los contratistas mantener los vehículos con revisión técnica y mantenciones al día, manteniendo el registro en obra.

Respecto de la consulta sobre el polvo provocado por los materiales de la construcción, se debe aclarar que en la obra no se fabricará cemento, solamente se utilizará hormigón premezclado. Con todo, de manera de prevenir la exposición al polvo generado por el cemente, se tomarán las siguientes medidas: • Usar hormigón premezclado • Humedecer el polvo en el punto donde se genera • Instalar un sistema local de ventilación por extracción. • La persona que manipule el cemento utilizará mascara respiratoria, antiparras y guantes de PVC • El material se almacenará en recintos cerrados, secos y con adecuada ventilación Con estas medidas se evitará generar afectación a los trabajadores y vecinos colindantes al proyecto. Respecto a otros materiales que puedan generan polvo en suspensión, ya sea áridos, arena, entre otros, se tomarán las siguientes medidas: • El transporte de materiales o residuos se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humectar la carga en caso de ser necesario. • Se mantendrán humectados y/o cubierto con lona o malla raschel las pilas de tierra, escombros u otro material que pueda desprender polvo.

Respecto de la consulta sobre el ruido, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en horario diurno (lunes a viernes entre las 08:00 a 19:00 horas, y, los sábados entre las 08:00 a 14:00 horas), por lo que, los vecinos colindantes al proyecto no se verán afectados ni durante el periodo nocturno, ni los fines de semana.

En cada una de las etapas del Proyecto se implementarán las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (placa sólida de madera aglomerada (OSB) como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), medidas que permiten garantizar que los niveles estimados de ruido cumplirán con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente. Este decreto se basa en la salud de la población y recoge los niveles recomendados al efecto por la organización Mundial de la Salud (OMS), por cuanto acreditar su cumplimiento, es la única forma objetiva, legal y vigente que posee un proyecto para acreditar que no generará efectos en la salud de la población.

En cuanto a la solicitud de realizar un monitoreo acústico, el titular ha acreditado el cumplimiento de la norma, por cuanto sólo se propone la verificación de las medidas de control indicadas en la evaluación acústica. No obstante lo anterior, el titular compromete que, en caso de producirse molestias a la comunidad por este factor, los vecinos podrán ponerse en contacto con el encargado de la obra, quien verificará el cumplimiento de las medidas y, en caso de ser necesario, las reforzará.

Además, para reforzar las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1, el Titular se compromete a instalar placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas para disminuir posibles molestias a los vecinos, cuyos detalles se presentan en la siguiente Tabla:

Tabla 102 Placas OSB en deslindes del Proyecto Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar afectaciones a los vecinos de la Población Lemus. Descripción: Durante la fase de construcción se instalarán placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas. Justificación: El presente compromiso se enmarca en la solicitud realizada por la Población de aumentar la altura de las barreras para asegurar la tranquilidad de los vecinos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Placas OSB de 6 metros de altura en los 411 tres frentes que colindan a viviendas de la Población Lemus. Forma: Las Placas OSB se mantendrán en buen estado durante todo el periodo que dure la fase de construcción. Oportunidad: Las Placas OSB permanecerá durante toda la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Letrero en Registro fotográfico de las placas OSB. Forma de control y seguimiento

Existirá un encargado en obra de verificar que las placas OSB se encuentran en buen estado y que den cumplimiento a la altura comprometida.

Respecto de la consulta sobre los efectos de la comunidad, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en periodo diurno, por lo que, los vecinos colindantes al proyecto no se verán afectados durante el periodo nocturno. El horario de trabajo será de 08:00 a 19:00 horas de lunes a viernes, y sábado de 08:00 a 14 horas.

En cada una de las etapas del Proyecto se implementarán las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (placa sólida de madera aglomerada (OSB) como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras). Por lo tanto, según los antecedentes entregados por el titular, los niveles estimados de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente.

Dado que Chile no cuenta con una normativa específica que permita regular las vibraciones de índole ambiental, se utiliza lo recomendado por el Servicio de Evaluación Ambiental en su informe final para evaluación de vibración del estudio “Elaboración de una Guía Metodológica de Evaluación de Ruido y Vibraciones en el SEIA”, en donde se establecen metodologías y se recopilan antecedentes de normativas internacionales y estándares de referencia que tengan como objetivo proteger la salud de la población. Por consiguiente, el criterio de evaluación utilizado es el establecido en la guía “Transportation and Construction Vibration” (2004) del California Department of Transportation (Caltrans), Division of Environmental Analysis (USA).

Complementariamente, en el Anexo 6 de la Adenda 1 se acredita el cumplimiento de las normas de referencia de vibraciones.

En cuanto a la consulta sobre si el proyecto pudiera cerrar calles por las actividades de construcción, es importante señalar que la única obra que puede impedir de forma momentánea el uso de la vereda es la construcción de la vereda frente al proyecto, lo que representa un proyecto de mejora a la condición actual que poseen los peatones.

Respecto de la consulta sobre el tránsito de camiones, se aclara que los vehículos durante la fase de construcción del proyecto no ingresarán a la población Lemus. Para esto, se ha decido actualizar las rutas a utilizar durante la Fase de Construcción del Proyecto. Por lo tanto, la calle a utilizar por los vehículos que transitan desde el Norte será por Av. Perú, Vuelta en U en calle Rapa Nui y luego tomar nuevamente Av. Perú y los camiones que salgan del proyecto hacia el centro será por calle Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Puma, María Graham y luego tomaran nuevamente Av. Perú. Adicionalmente, el Titular se compromete a que todo tránsito de vehículos livianos, vehículos de carga de material y vehículos de escombros a realizar durante la fase de construcción será por fuera de la Villa Lemus, lo cual quedará estipulado en el contrato de prestación de los servicios y ha sido establecido como un compromiso ambiental voluntario que quedará en forma expresa en la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del Proyecto.

Respecto de la consulta sobre el tráfico, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado. 412

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

En la siguiente figura se muestran los puntos de medición de flujos. Estas mediciones obtenidas en terreno permitieron calibrar de manera adecuada los modelos computacionales que fueron utilizados para la representación actual y con proyecto del área de influencia.

Figura 20 Ubicación puntos de medición

De acuerdo a la metodología, para representar la demanda aportada por el proyecto se consideraron los 447 estacionamientos que contemplan ambos edificios.

Como resultado de este estudio, se generaron las siguientes medidas que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto:

  1. Pavimentación de una franja de 2 metros de Av. Perú, entre el proyecto y calle Arzobispo Valdivieso, de acuerdo a lo aprobado y establecido en el proyecto de tratamiento de espacio público por la I. Municipalidad de Recoleta.

  2. Repavimentación de calle Doctor Ostornol, entre Francisco Silva y Arzobispo Valdivieso, de acuerdo a lo indicado en plano de medidas de mitigación.

  3. Elaboración y ejecución de proyecto de demarcación y señalización en los siguientes tramos contenidos dentro del área de influencia del proyecto: • Av. Perú, entre Arzobispo Valdivieso y Celia Coloma (frente del proyecto) • Celia Coloma, entre Av. Perú y Elcira Lemus • Eloísa Lemus, entre Desiderio Lemus y Elcira Lemus • Elcira Lemus, y Eloísa Lemus y Celia Coloma • Arzobispo Valdivieso, entre Av. Recoleta y Doctor Ostornol • Unión, entre Av. Recoleta y Francisco Silva. • María Graham, entre Av. Recoleta y Av. Perú. • El Salto Chico, entre Unión y Arzobispo Valdivieso. • Puma, entre Unión y Arzobispo Valdivieso. • Av. El Salto, entre Doctor Ostornol y Arzobispo Valdivieso. • Doctor Ostornol, entre Av. Recoleta y Arzobispo Valdivieso.

413 Esta medida incluye la demarcación de líneas de parada, uso de pistas y cruces peatonales. Para el caso de la intersección de Arzobispo Valdivieso con Av. Recoleta se incluirá la demarcación de estacionamientos y pista de viraje izquierda.

  1. Reprogramación de los siguientes semáforos, incluyendo la tarea de sintonía fina y la reconfiguración de las EPROMS de los controladores: • Av. Recoleta con Arzobispo Valdivieso • Av. Recoleta-Semáforo Peatonal • Av. Recoleta con Unión • Av. El Salto con Dr. Ostornol • Av. Perú con Arzobispo Valdivieso • Av. El Salto con México • Av. Perú con Unión • Av. Perú con Schlack • Av. Perú con San Cristóbal • Av. Perú con Santos Dumont

  2. Normalización del controlador ubicado en Av. Perú con Arzobispo Valdivieso.

  3. Instalación de unidades de respaldo de energía (UPS) para los semáforos ubicados en la intersección de Av. Recoleta con Unión y Av. Perú con Unión.

  4. Deberá realizar un estudio de justificación de semáforo peatonal en Av. Perú y Desiderio Lemus (frente a proyecto), el cual deberá ser revisado y aprobado por UOCT. De justificarse, deberá presentar el Proyecto de Semaforización y el Estudio de Programaciones a la misma UOCT, para su revisión y aprobación. El mandante deberá hacerse cargo de la ejecución de su construcción de acuerdo a la normativa vigente.

  5. Implementación de 3ª fase exclusiva peatonal con el objetivo de disminuir el conflicto generado por el viraje a la derecha en la intersección Av. Recoleta con Arzobispo Valdivieso. Esta implementación deberá ser ingresada a UOCT para su revisión y aprobación.

  6. Mejoramiento de los siguientes paraderos de transporte público: • Paradero PB 150 ubicado en Av. Perú y Desiderio Lemus • Paradero PB 170 ubicado en Av. Perú con Arzobispo Valdivieso

Este mejoramiento incluye el cambio de piezas defectuosas, cambio y/o actualización de señal de parada y demarcación de los cajones “Solo Bus”, en material termoplástico. Todo esto de acuerdo al estándar indicado por DTPM.

  1. Mejoramiento radios de giro en la intersección de Av. El Salto con calle Doctor Ostornol.

  2. Ejecución del proyecto Zona 30 en el cuadrante formado por Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Eloísa Lemus, Elcira Lemus y María Graham de acuerdo a lo estipulado por la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta.

  3. Ejecución de un estudio de demanda de pasajeros en paraderos catastrados, para determinar el aumento de demanda en condición de plena operación del proyecto, el cual deberá ser revisado y aprobado por la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta y por DTPM, debiendo materializar, en caso que corresponda, las obras asociadas.

  4. Evaluación de la implementación de la bidireccional de Arzobispo Valdivieso hasta Av. Recoleta, con la finalidad de dar continuidad a la red vial, y analizar el comportamiento de los flujos del proyecto en esta vía, el que deberá ser revisado y aprobado por Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta y UOCT. La evaluación del proyecto no considera la implementación de las obras resultantes de este análisis.

  5. Habilitación de dispositivos de rodados de Desiderio Lemus con Av. Perú y Celia Coloma con Av. Perú.

414 15. Instalación de segregador horizontal en todo el frente predial de acuerdo a lo determinado por la I. Municipalidad de Recoleta.

  1. Instalación de baliza y espejo cóncavo en los accesos del proyecto, esto para prevenir posibles conflictos con los peatones.

Respecto a que los compromisos viales son mayores que los indicados y que, además, el estudio vial fue debidamente revisado por los organismos competentes, dentro de los cuales estuvo el municipio, la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana y la UOCT.

Respecto de la consulta sobre las vibraciones, se debe señalar que el titular del Proyecto, realizó una evaluación de las vibraciones que se generarán producto de las actividades de construcción del proyecto. Dado que Chile no cuenta con norma específica para la evaluación del impacto por vibraciones, el Estudio Acústico y Vibraciones, presentado en el Anexo 6 de la Adenda 1, utiliza como norma de referencia un estándar definido por el departamento de Transportes de California, en Estados Unidos, recomendada para la evaluación de proyectos con uso de maquinaria pesada como excavadoras, compactadores, camiones, etc. El titular acredita que dicho estudio demuestra que se cumplirá con la norma de referencia utilizada. Por lo anterior, el titular expone en el Proyecto, que no existirá riesgo de daño sobre las edificaciones vecinas, acreditándose por lo tanto el cumplimiento de la norma de referencia adoptada, lo cual ha sido revisado y validado por los organismos con competencia ambiental que revisaron este estudio.

Respecto de la consulta sobre colapso de estacionamientos públicos, la tasa de estacionamientos exigida por la normativa para este proyecto es 34,5% para la Etapa 1 y 35,6% para la Etapa 2. De acuerdo a la Encuesta Origen-Destino (2012) la tasa de tenencia de vehículos en la comuna de Recoleta, que corresponde a 0,41 vehículos por vivienda, es decir 41%.

El proyecto contempla una cantidad de estacionamientos superior a los valores anteriores. El proyecto contempla una cantidad de estacionamientos muy superior a los valores anteriores. La Etapa 1 contempla 190 estacionamientos vendibles para los dueños de departamentos lo que corresponde a una tasa de 73%, la Etapa 2 contempla 220 estacionamientos para los dueños de departamentos, que corresponde a una tasa del 99%.

A lo anterior se deben agregar los estacionamientos de visita exigidos por la normativa (26 estacionamientos en ambas etapas).

Respecto de la consulta sobre salubridad e higiene, el titular señala que la eliminación de malezas, el despeje del terreno y la desratización se realizó, precisamente, por una solicitud de los vecinos para eliminar la presencia de ratones. Además, para evitar nuevas afectaciones a los vecinos colindantes al proyecto, el Titular ha mantenido limpio el terreno y realizará las desratizaciones exigidas por la normativa.

En el proyecto el Titular también informa que los proyectos de Basura se encuentran en aprobación por parte de la Autoridad Sanitaria. Dichos permisos permitirán que los habitantes del proyecto puedan disponer sus residuos domiciliarios, a través de ductos, al interior de contenedores ubicados en las salas de basuras. Además, cabe destacar, que el retiro de los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios es obligación de la Municipalidad y se realizará por Avenida Perú. Para mayor detalle ver respuesta 2 de la Adenda Complementaria.

Durante la etapa de construcción, el manejo de basuras será la acumulación en un sector habilitado para ello, siendo el traslado y disposición con empresas autorizadas para tal fin. Por esta razón, no habrá acumulación de residuos fuera de la obra.

Respecto a la habilitación de paso peatonales al interior del proyecto, se informa a la comunidad que estos son propiedad del Titular, ya que el lote original fue adquirido a sus propietarios y debidamente inscrito en los registros correspondientes, no habiendo sobre ellos servidumbres de paso.

Respecto de la consulta sobre el estudio de sombras, los edificios se encuentran emplazados en el terreno distantes varios metros de los deslindes, con el propósito de generar menores efectos de sombras y ventilación de las casas vecinas. Lo anterior se encuentra detallado en el estudio de 415 sombras aprobado por la D.O.M de Recoleta y forma parte integrante del Permiso de Edificación Nº 29 de fecha 25 de abril de 2016 (Edificio Perú Plaza I) y Permiso de Edificación N°53 de fecha 16 de octubre de 2017 (Edificio Perú Plaza II) otorgado por la D.O.M de Recoleta. Estos permisos acreditan que el proyecto cumple con el Instrumento de Planificación Territorial vigente para este sector en forma íntegra.

Respecto de la consulta sobre la potencia eléctrica, de la observación, cabe señalar que los terrenos en que se ubicará el proyecto se ubican al interior del área de concesión eléctrica de la empresa Enel. Dicha empresa se encuentra legalmente obligada a prestar servicios eléctricos tanto a la población Lemus como a los edificios del proyecto, además de los demás habitantes en su área de concesión. La Superintendencia de Electricidad y Combustibles es el organismo público encargado de fiscalizar a dicha empresa concesionaria, contando con múltiples facultades en caso que existan problemas de servicio, como cortes reiterados. Finalmente, se debe aclarar que los edificios del proyecto no serán agentes contaminantes.

Respecto de la consulta sobre el impacto visual y la privacidad, el titular señala que el Instrumento de Planificación Territorial (IPT) consignó el suelo del proyecto como de uso residencial, por lo que, permite la construcción del proyecto; el proyecto cumple con el IPT en términos de la altura, rasantes y sombras proyectadas a los terrenos aledaños al proyecto. Además, el proyecto cumple con lo establecido en el artículo 2.6.11 de Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Por lo anterior, se debe señalar que el Proyecto cumple con los instrumentos legales que permiten la elaboración del Proyecto.

104. Ernesto Fabián Guerrero Orellana

1. La Municipalidad de Recoleta solicitó: Estudio de Impacto Ambiental. Mediante Ley de Transparencia de la Municipalidad de Recoleta hemos conseguido acceso a la resolución de aceptación del anteproyecto Nº 1 del 18 de enero de 2017, la cual no ha sido asociada a la presente DIA. Esta resolución expresa que este proyecto excede el umbral mínimo de exigencia de estudio de impacto ambiental (300 viviendas), con un total de 483 viviendas y 13 locales comerciales; debiendo, por lo tanto, presentar el citado estudio antes del inicio de las obras. Sin embargo, la empresa está presentando una DIA por la primera resolución del anteproyecto Nº28 del 23 de octubre de 2015, que no pedía un EIA sino sólo una DIA. La resolución de 2017 también indica la intención de la empresa para evitar la necesidad del estudio y, por lo tanto, lo exigen en la última resolución.

2. Deterioro de calidad de vida El proyecto se vende por los desarrolladores y constructores como una renovación urbana que entrega calidad de vida, “observante de la norma” y en armonía con sus vecinos. Una encuentra realizada por la Universidad de Chile entre 746 residentes de barrios, en renovación urbana, en el Gran Santiago, concluyó que para los vecinos antiguos, la calidad de vida de sus barrios disminuye con la renovación. Así, para los encuestados y encuestadas, la nota promedio asignada con anterioridad a la llegada de los edificios en altura es de un 6.0, mientras que la nota que adjudican para calificar la situación actual de sus barrios, apenas alcanza un promedio de 4.8 (López et al., 2013). Los efectos negativos que la renovación urbana ha tenido en los barrios de Santiago Centro y estación Normal (sic) son conocidos y bien documentados y han causado impacto en los últimos años (Pozo 2013, El Mercurio 2017).

3. Polvo producido por los vehículos La entrada y salida de vehículos de la obra genera una gran cantidad de contaminantes. El transporte de los materiales al lugar de la obra provoca mucho polvo o material particulado. Las ruedas de los vehículos contienen gran cantidad de material particulado suspendido tales como polvo, arena, arcilla y cemento. Estas materias quedan suspendidas en el aire, suelo y agua. Además, los vehículos transportan este material suspendido fuera de la obra, lo que implica que no sólo se pueden enfermar los trabajadores sino también la comunidad.

4. Polvo provocado por las actividades de la construcción La mayoría de las actividades de construcción como excavaciones, rellenos, movimiento de tierra, blanqueo, pintura, azulejado, mezclas de hormigón y acabado provocan un efecto adverso sobre el entorno, pues provocan una gran cantidad de material particulado. 416

5. Polvo provocado por los materiales de la producción Estos materiales son cemento, áridos, arena, arcilla, cal, madera y carbono de calcio. Los trabajadores que laboran en la obra, y emplean esos materiales, así como los vecinos colindantes al proyecto, tienen una alta exposición al polvo emitido por ello (Baby et al 2008, citado por Singh 2011), demuestra que el polvo de cemento contiene metales pesados tales como níquel, cobalto, plomo y cromo como concomitantes peligrosos para el ambiente biótico con impacto adverso para la vegetación, para la salud urbana y animal y para los ecosistemas. Diversos estudios han demostrado que hay una relación entre la exposición al polvo de cemento, el deterioro crónico del funcionamiento de los pulmones y los síntomas respiratorios de la población humana. El polvo de cemento irrita la piel, la mucosa de ojos y el sistema respiratorio. Su deposición en el tracto respiratorio provoca una reacción base que aumenta los valores del pH que irrita las mucosas expuestas Zeleke et al. 2010). La exposición al polvo de cemento ha sido asociada al incremento de sufrir anormalidades del hígado, desórdenes hormonales y carcinogénesis. Se ha planteado que la reducción de la capacidad antioxidante y el aumento de peroxidación lípida del plasma podrían explicar los mecanismos causales de enfermedades (Aydin et al, 2010).

6. Ruido • Ruido proveniente de los vehículos, por ejemplo, transporte de materiales • Ruido proveniente de las actividades de la construcción, por ejemplo, excavación, relleno. • Ruido proveniente de las herramientas de la construcción, por ejemplo, mezcladora de hormigón, máquinas eléctricas

En la obra, los trabajadores utilizan herramientas como mezcladora de hormigón, trituradoras de hormigón, compactadoras, lijadoras, cepilladoras, cortadora de discos, taladros y motosierras y son quienes más sufren por la exposición al ruido derivado de la construcción. También, los residentes que viven vecinos a la obra en construcción y quienes usan las calles cercanas a la obra. Lo anterior significa que muchas personas sufren a diario por los ruidos de la construcción dado el crecimiento de esta franja de Gaza (sic). El proyecto no considera monitoreo de niveles de ruido, los vecinos estiman que los ruidos pueden provocar pérdidas de la audición temporal o permanente, estrés y molestia. Manifestándolo a los representantes de la empresa constructora luego de la presentación realizada en la Junta de Vecinos el 12 de junio de 2017; sin embargo, los representantes de la empresa, y especialmente su consultora ambiental, Leticia Del Pozzo, desestimaron la necesidad de realizar un monitoreo argumentando que no hay norma que lo exija. Los encuestados en el estudio de Enshassi et al (2014), indicaron que los ruidos de las construcciones podrían provocar trastornos sociales en sus hogares, trabajos y cuando intentaban dormir. Potencialmente, los ruidos de la construcción pueden molestar a las personas las 24 horas del día, los 7 días a la semana. Los efectos del ruido en la salud son consecuencia de los elevados niveles de ruido. Un elevado nivel de ruido en el trabajo u otros lugares puede producir deterioro de la audición, hipertensión, enfermedades cardíacas isquémicas, molestias y perturbación del sueño. Cambios en el sistema inmunológico y defectos de nacimiento han sido atribuidos a la exposición de ruido (Passhier- Vermeer y Passhier 2000). Se sabe que la exposición al ruido induce zumbidos, hipertensión, vasoconstrucción, y otros efectos cardiovasculares adversos. (WRUC 2007) Ijigah et al (2013) realizaron una investigación en Nigeria encontrando que la contaminación por ruido se encontraba en un 6º lugar con un índice de importancia relativa (IIR) de 0,794 en una escala de 0 a 1.

7. Efectos sobre la comunidad Las obras de construcción cierran calles y perturban los intereses de las personas. El transporte de la construcción provoca interrupción de tráfico debido al cierre de calles o caminos, además, los encuestados estimaron que el ruido y la vibración producidos por la construcción y el movimiento vehicular podían provocar trastornos sociales en los hogares, en el lugar de trabajo y a la hora de dormir. Enshassi et al 2014 clasificaron este efecto con un IIR= 0,7 Ijigah et al (2013) realizaron su estudio en Nigeria y encontraron que el trastorno social ocupaba el nº 14 con un IIR=0,711. Zolfagharian et al (2014) encontraron que el trastorno social se ubicaba en el nº22.

8. Tránsito de camiones La interrupción del tráfico que se producirá por el tránsito de camiones en la construcción es considerada como un alto impacto por los estudiantes. Los responsables del proyecto plantean que los responsables no pasarán por la población para llegar a la obra. Sin embargo, el plan de acceso fue generado por la empresa antes de la actual construcción del bandejón central en avenida Perú que cerró el ingreso por Desiderio Lemus. Por lo tanto, los camiones no tendrán forma de llegar 417 desde el norte. Si no es a través de la población, para luego virar hacia el norte por avenida Perú y luego poder entrar a la obra.

9. Tráfico Actualmente, los vecinos de la población Lemus tienen gran dificultad para entrar o salir en las horas punta, teniendo que enfrentar colas provenientes de Valdivieso, que es la única salida que tiene, luego de que las obras de la avenida Perú cerraran los accesos. El proyecto agravará la situación no sólo durante la construcción, sino que luego de su habilitación habitacional (sic), producto de un alto número de personas que se incorporará al uso de las mismas vías de acceso. La empresa presenta como principal medida de mitigación, la mejora eléctrica de semáforos de avenida Perú con avenida Valdivieso (normalización del controlador e instalación de una UPS). Sin embargo, esto no tendrá absolutamente ningún efecto en mejorar el tráfico vehicular en las horas punta, dado que el problema no es que no funcione el semáforo, sino que la capacidad de las calles es insuficiente para el flujo vehicular habitual, el cual será posiblemente triplicado por este proyecto. 483 departamentos equivalen más o menos a 1300 personas nuevas. Por lo tanto, los vecinos colindantes consideramos absolutamente insuficientes las medidas de mitigación presentadas.

10. Vibraciones Los vecinos de la población Lemus, también consideramos importante el impacto que tendrán las vibraciones generadas por la construcción. La población está constituida principalmente por casas de más de 70 años y algunas son de adobe. El proyecto no considera los efectos que las vibraciones puedan tener ni presentan medidas de mitigación.

11. Colapso de estacionamientos públicos Los vecinos manifestamos nuestra preocupación por el excesivo uso que harán los moradores de los edificios de los espacios púbicos de estacionamientos de la población Lemus. Nuestra preocupación se basa en el hecho de que para 483 departamentos sólo se construirán 447 estacionamientos para autos, considerando que hoy en día cada familia tiene al menos un auto, es evidente que los estacionamientos privados del proyecto serán insuficientes y, por lo tanto, los moradores de los edificios ocuparán los espacios de estacionamiento del vecindario. Lo que redundará en que los residentes de la población Lemus no podrán estacionar fuera de sus propias casas. Este problema fue planteado a los responsables del proyecto, presentación hecha en la junta vecinal, pero estos manifestaron que están dentro de la norma y que no estiman que se vendan todos los estacionamientos ni produzca tal efecto. Su estimación se basa en que en sus proyectos anteriores nunca se han vendido todos los estacionamientos dado que según indicaron hay muchas familias jóvenes que no tienen recursos para comprar un auto. Por lo tanto, no estiman necesaria una medida de mitigación. Estamos en desacuerdo con la información de la empresa, la cual si bien puede ser cierta al momento del inicio de venta de sus departamentos; esto no implica que –eventualmente- todos los estacionamientos sean vendidos, mucho después de que la empresa se retire de nuestra población. Alucen que están dentro de la norma y que la norma no la hacen las inmobiliarias.

12. Salubridad e higiene Desde que la empresa ABSAL comenzó sus trabajos, los vecinos colindantes hemos tenido bastante invación de ratas en nuestras casas. Esto fue indicado a la empresa en la presentación en la junta vecinal, a lo cual sólo respondieron que han hecho desratizaciones. Sin embargo, esto evidentemente no ha sido suficiente, la empresa no manifestó ninguna voluntad de tomar medidas al respecto. Los vecinos, además, estamos preocupados por la acumulación de basura en el vecindario producto de estos edificios. La inminente llegada de inmigrantes, especialmente en cités de avenida Valdivieso ha significado una acumulación constante en las vías públicas. Estas no son sólo bolsas de basura que tiran en el piso para que sean destruidas por los perros, sino que también electrodomésticos, muebles, colchones etc. Ni los vecinos ni la municipalidad han podido solucionar este problema; por lo tanto, prevemos que este tremendo proyecto habitacional podría empeorar muchísimo más la situación, ya que no hay forma de prever ni controlar el nivel educacional de las 483 familias que llegarán y no existen medidas de mitigación para generar un adecuado control de la cantidad de basura que será generada y dónde será depositada. Si los habitantes de los departamentos no encuentran dónde desechar sus basuras y muebles viejos, de seguro que buscarán una vereda o pasaje de nuestra población para hacerlo. Tampoco, nada parece indicar que si los vecinos de las torres decidieran sacar sus basuras por los portones que dan hacia las calles de la población (Ricardo Lemus y Juan Antonio Ríos), no puedan hacerlo. Aún si, como indica la empresa, ellos no permitirán tránsito de camiones y autos desde la propiedad hacia esas calles, los vecinos, luego de comprar los departamentos podrán hacerlo. Los vecinos vemos como 418 única medida de mitigación efectiva que estas calles sean habilitadas como tal hasta avenida Perú, pero como pasos peatonales. Estas calles son espacios públicos y fueron concedidas al antiguo Estadio Montserrat, dado que el beneficio de ese proyecto presentaba para toda la comunidad. Sin embargo, como ese beneficio ya no existe, solicitamos que las calles sean devueltas a la comunidad. Por ser calles, son de dominio público y este carácter no puede cambiarse por un plan regulador, ni puede ser cedido a un privado sin una desafección, la cual no ha ocurrido; por lo tanto, la comunidad de vecinos solicita su habilitación pública y peatonal, como medida de mitigación ambiental del presente proyecto.

13. Estudio de sombras mal realizado Las torres generarán gran sombra durante gran parte del año sobre las casas del costado sur, oriente y poniente. Eso redundará no sólo en la oscuridad de los patios y hogares, sino que en mayor frío y humedad en las casas. Un estudio de la Universidad de Chile sobre renovación urbana midió los efectos sobre los últimos 10 años. Entre la consecuencia de los vecinos está el exceso de sombra, (López et al 2013). Los vecinos tendrán un aumento del gasto de electricidad y parafina para iluminación y calefacción. La humedad favorecerá el crecimiento de hongos, lo cual puede llevar a un aumento de enfermedades respiratorias, especialmente en niños y asmáticos. El proyecto no considera medidas de mitigación para estos impactos. Al plantearle el problema a los representantes en la junta vecinal, ellos manifestaron que, en las partes cercanas al límite del terreno, las torres guardan una distancia de 10,4 metros. Esto nos parece absolutamente insuficiente considerando que los edificios tendrán una altura de 16 metros. Revisando en detalle el estudio de sombra de la empresa, incluido en su DIA, detectamos que la rasante 70º por el costado oriente del proyecto parte desde los 6 metros de altura y por el otro lado –sur- desde los 14 metros, ambos costados dan hacia la población Lemus. Según el artículo 2.6.3 de la Ordenanza General de Construcciones y Urbanismos las rasantes se aplican desde las alturas máximas permitidas sólo en el caso de edificaciones contiguas, cuando las edificaciones son aisladas, debe aplicarse desde el nivel del suelo. La población Lemus es EB1 según el plano regulador vigente. El cual permite construcción continua sólo en frentes menores a 15 metros y el terreno del proyecto inmobiliario tiene un frente mayor a 15 metros, así como la mayoría de las casas de la población Lemus y, por lo tanto, son viviendas aisladas. Por lo tanto, concluimos que el estudio de sombras está mal hecho porque sobreestima el volumen teórico del edificio y solicitamos que sea hecho nuevamente.

14. Potencia eléctrica Actualmente la población Lemus ha tenido cortes eléctricos en reiteradas oportunidades. Esto preocupa a la población ya que la construcción es una operación energéticamente intensa y lo mismo pasaría con el uso del edificio a lo largo de su vida operativa. Creemos importante que se reconozca a los edificios Perú Plaza I y II como un potente agente consumidor de energía y emisor de contaminantes durante su vida operativa.

15. Impacto visual y privacidad La población Lemus, es un sector residencial donde las casas son generalmente de uno y dos pisos. La construcción de estos edificios rompe significativamente con el esquema existente de nuestra población, produciendo un perfil urbano irregular que reemplaza la actual estructura de nuestra población. Por otra parte, estos edificios interrumpen nuestra privacidad, sobre todo para los vecinos colindantes, los cuales están a 10,4 metros de distancia.

16. Conclusiones Esperamos que el Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental acoja nuestra observación y nos ayude a evitar los graves y negativos efectos que este proyecto tendrá sobre nuestra calidad de vida. El proyecto alude un beneficio social para dar respuesta a una supuesta necesidad habitacional de Santiago. Sin embargo, la población Lemus no tiene tal necesidad y estamos asumiendo esa externalidad con todos los costos que conllevará en aumentar en varias veces su densidad poblacional actual, sin ser beneficiada sino perjudicada. Dada la extensión de los impactos ambientales de este proyecto y que tal como lo indica la Municipalidad de Recoleta en su resolución del anteproyecto Nº1 del presente año, es necesario y exigimos que se realice un Estudio de Impacto Ambiental.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente: 419

Respecto de lo planteado en la observación en relación a los fundamentos de la DIA, se debe informar que los proyectos inmobiliarios que exceden de las 300 viviendas deben ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) de acuerdo a la letra h.1.3 del artículo 3° del Reglamento del SEIA (DS N°40/2013 del Ministerio del Medio Ambiente) que señala:

“Letra h): Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturada. h.1: Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjunto de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características: • h.1.1: Que se emplacen en áreas de extensión urbana o en área rural, de acuerdo al instrumento de planificación, correspondiente y requieran de sistemas propios de producción y distribución de agua potable y/o de recolección, tratamiento y disposición de aguas servidas; • h.1.2: Que den lugar a la incorporación al dominio nacional de uso público de vías expresas o troncales; • h.1.3: Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas; o • h.1.4: Que consulten la construcción de edificios de uso público con una capacidad para cinco mil (5.000) o más personas o con mil (1.000) o más estacionamientos.”

De acuerdo a lo anterior, el proyecto ingresó al SEIA ya que: • Corresponde a un proyecto de tipo inmobiliario que se ubica en la Región Metropolitana, la cual ha sido declarada zona latente para Dióxido de Nitrógeno (NO2) y saturada para Partículas Totales en Suspensión (PTS), Material Particulado Respirable (PM10), Monóxido de Carbono (CO) y Ozono (O3). La Región, cuenta con el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA), que ha sido dictado conforme al artículo 44 de la Ley Bases del Medio Ambiente. • El proyecto contempla la construcción de 483 departamentos.

Habiendo establecido la necesidad de ingreso al SEIA, lo siguiente es determinar si debe hacerse a través de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) o un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), en caso que se produzca alguno de los efectos características y/o circunstancias señaladas por el artículo 11 de la Ley 19.300. A partir de las prospecciones y estudios realizados (emisiones atmosféricas, ruido y vibraciones, patrimonio arqueológico, factibilidad de servicios sanitarios, medio humano), es posible indicar que el proyecto no genera ninguno de los efectos, características y/o circunstancias señaladas en las letras a) a la f) del artículo 11 de la Ley 19.300, o en los artículos 5 al 10 del Reglamento del SEIA que regulan la misma materia. Por lo cual, el proyecto ingresa al SEIA a través de una DIA.

Cabe señalar que durante la evaluación ambiental de esta DIA ningún organismo público con competencias ambientales ha señalado que el proyecto produzca alguno de los efectos, características y/o circunstancias señaladas en las letras a) a la f) del artículo 11 de la Ley 19.300 ni ha requerido la presentación de un EIA.

Adicionalmente, es importante comentar y aclarar que toda diferencia o discrepancia entre lo presentado en la Resolución de Aprobación del Anteproyecto y el Permiso de Edificación, se produce por la evolución del proyecto, desde un anteproyecto a un proyecto definitivo. El desarrollo mismo de un proyecto en cada uno de sus componentes puede arrojar modificaciones entre la etapa de Anteproyecto y el Permiso de Edificación, respecto de las cuales la autoridad pudo haberse pronunciado de manera distinta. Esta es una situación común en los proyectos de esta naturaleza.

La construcción del proyecto, por lo tanto, debe ajustarse a lo permitido a través de los Permisos de Edificación de cada edificio, como también, de lo evaluado ambientalmente en el SEIA.

En la Tabla 8 “Característica Proyecto” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA, se presenta la información del Proyecto a construir con las superficies aprobadas a la fecha mediante el Permiso de Edificación N°29 del 25 de abril de 2016 (Perú Plaza I) y mediante el Permiso de Edificación N° 53 de fecha 16 de octubre de 2017 (Perú Plaza II).

Respecto del tema de la calidad de vida, según plantea el PLADECO 2014-2018, la aprobación del Plan Regulador Comunal del año 2005 reconoce Av. Perú como eje de renovación urbana, donde se 420 han llevado a cabo algunos proyectos inmobiliarios. Posterior, durante el año 2006 se realizó la primera modificación al instrumento con el fin de restringir las condiciones de construcción de los nuevos inmobiliarios, lo cual impactó notoriamente en la producción en dicha zona. Considerando dicho antecedente, cabe señalar que el Proyecto se ajusta a la normativa territorial vigente, establecida a través del Plan Regulador Comunal de Recoleta y es en virtud de este instrumento que ha sido diseñado y obtenido los permisos municipales que dan cuenta de esta situación.

Respecto de la consulta sobre el polvo producido por los vehículos, el titular se compromete a que el transporte de materiales o residuos que despendan polvo se realizará con la carga cubierta (encarpado), manteniendo una distancia mínima de 10 cm. entre la superficie de la carga y la cubierta, además, de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver figura 4 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria).

En cuanto a las ruedas de los vehículos, se limpiarán del barro adherido previo al abandono de la zona de faenas, es decir, a la salida de la obra dando cumplimiento al artículo 5.8.3 de la OGUC.

Además, para evitar las emisiones de gases generadas por los vehículos livianos y pesados, se exigirá a los contratistas mantener los vehículos con revisión técnica y mantenciones al día. Dicho registro se mantendrá en obra.

Además, cabe destacar que el proyecto no supera los límites indicados en el artículo 98 del PPDA, tal como se puede observar en la Tabla 4 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria.

Según estos antecedentes, no se verá afectada la salud de los vecinos colindantes al área del proyecto.

Respecto de la consulta sobre el polvo provocado por las actividades de construcción, el titular ha comprometido y entregado los antecedentes para acreditar el cumplimiento de todas las medidas para controlar el polvo que producen las actividades de construcción. Además, para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante dicha fase de construcción, el titular consideró las siguientes medidas: • Humectación: Según la letra a) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se humectarán las áreas de movimientos de tierra y vía de circulación interna de acuerdo a los requerimientos en terreno, contemplándose un mínimo de 2 veces al día durante el periodo que duren las excavaciones. La fuente de agua provendrá de un arranque de agua potable en la obra o en su defecto por medio de camión aljibe que posea las autorizaciones y permisos correspondientes, se mantendrá registro en obra por medio de boletas o facturas. • Camiones encarpados: Según la letra c) del artículo 5.8.3 de la OGUC, el transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver Figura 4 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria). • Estabilización y compactación de caminos: Según la letra b) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículo por el periodo correspondiente (tiempo en que duren las excavaciones). • Cierre perimetral en los deslindes: Según la letra g) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se construirá cierre perimetral en los deslindes del proyecto con mallas tipo raschel, el cual será mantenido en buen estado. La finalidad de este cierre es evitar la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área del proyecto y sectores circundantes. Los cierres podrán ser reemplazados por los paneles OSB con fines acústicos, adicionándoles 50 cm por sobre el nivel con malla raschel, lo que se muestra en la Figura 51 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria (Ver Figura 51 Cierre Perimetral) • No se realizarán quemas: Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros combustibles al interior de la obra. • Limpiar ruedas: Según la letra d) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se limpiarán las ruedas de los vehículos del barro adherido previo al abandono de ellos de la zona de faenas, es decir, a la salida de la obra dando cumplimiento al artículo 5.8.3 de la OGUC. • Revisión técnica y mantenciones al día: En cuanto a la emisión de gases, se exigirá a los contratistas mantener los vehículos con revisión técnica y mantenciones al día, manteniendo el registro en obra.

421 Respecto de la consulta sobre el polvo provocado por los materiales de la construcción, se debe aclarar que en la obra no se fabricará cemento, solamente se utilizará hormigón premezclado. Con todo, de manera de prevenir la exposición al polvo generado por el cemente, se tomarán las siguientes medidas: • Usar hormigón premezclado • Humedecer el polvo en el punto donde se genera • Instalar un sistema local de ventilación por extracción. • La persona que manipule el cemento utilizará mascara respiratoria, antiparras y guantes de PVC • El material se almacenará en recintos cerrados, secos y con adecuada ventilación Con estas medidas se evitará generar afectación a los trabajadores y vecinos colindantes al proyecto. Respecto a otros materiales que puedan generan polvo en suspensión, ya sea áridos, arena, entre otros, se tomarán las siguientes medidas: • El transporte de materiales o residuos se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humectar la carga en caso de ser necesario. • Se mantendrán humectados y/o cubierto con lona o malla raschel las pilas de tierra, escombros u otro material que pueda desprender polvo.

Respecto de la consulta sobre el ruido, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en horario diurno (lunes a viernes entre las 08:00 a 19:00 horas, y, los sábados entre las 08:00 a 14:00 horas), por lo que, los vecinos colindantes al proyecto no se verán afectados ni durante el periodo nocturno, ni los fines de semana.

En cada una de las etapas del Proyecto se implementarán las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (placa sólida de madera aglomerada (OSB) como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), medidas que permiten garantizar que los niveles estimados de ruido cumplirán con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente. Este decreto se basa en la salud de la población y recoge los niveles recomendados al efecto por la organización Mundial de la Salud (OMS), por cuanto acreditar su cumplimiento, es la única forma objetiva, legal y vigente que posee un proyecto para acreditar que no generará efectos en la salud de la población.

En cuanto a la solicitud de realizar un monitoreo acústico, el titular ha acreditado el cumplimiento de la norma, por cuanto sólo se propone la verificación de las medidas de control indicadas en la evaluación acústica. No obstante lo anterior, el titular compromete que, en caso de producirse molestias a la comunidad por este factor, los vecinos podrán ponerse en contacto con el encargado de la obra, quien verificará el cumplimiento de las medidas y, en caso de ser necesario, las reforzará.

Además, para reforzar las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1, el Titular se compromete a instalar placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas para disminuir posibles molestias a los vecinos, cuyos detalles se presentan en la siguiente Tabla:

Tabla 102 Placas OSB en deslindes del Proyecto Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar afectaciones a los vecinos de la Población Lemus. Descripción: Durante la fase de construcción se instalarán placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas. Justificación: El presente compromiso se enmarca en la solicitud realizada por la Población de aumentar la altura de las barreras para asegurar la tranquilidad de los vecinos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Placas OSB de 6 metros de altura en los tres frentes que colindan a viviendas de la Población Lemus. Forma: Las Placas OSB se mantendrán en buen estado durante todo el periodo que dure la fase 422 de construcción. Oportunidad: Las Placas OSB permanecerá durante toda la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Letrero en Registro fotográfico de las placas OSB. Forma de control y seguimiento

Existirá un encargado en obra de verificar que las placas OSB se encuentran en buen estado y que den cumplimiento a la altura comprometida.

Respecto de la consulta sobre los efectos de la comunidad, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en periodo diurno, por lo que, los vecinos colindantes al proyecto no se verán afectados durante el periodo nocturno. El horario de trabajo será de 08:00 a 19:00 horas de lunes a viernes, y sábado de 08:00 a 14 horas.

En cada una de las etapas del Proyecto se implementarán las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (placa sólida de madera aglomerada (OSB) como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras). Por lo tanto, según los antecedentes entregados por el titular, los niveles estimados de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente.

Dado que Chile no cuenta con una normativa específica que permita regular las vibraciones de índole ambiental, se utiliza lo recomendado por el Servicio de Evaluación Ambiental en su informe final para evaluación de vibración del estudio “Elaboración de una Guía Metodológica de Evaluación de Ruido y Vibraciones en el SEIA”, en donde se establecen metodologías y se recopilan antecedentes de normativas internacionales y estándares de referencia que tengan como objetivo proteger la salud de la población. Por consiguiente, el criterio de evaluación utilizado es el establecido en la guía “Transportation and Construction Vibration” (2004) del California Department of Transportation (Caltrans), Division of Environmental Analysis (USA).

Complementariamente, en el Anexo 6 de la Adenda 1 se acredita el cumplimiento de las normas de referencia de vibraciones.

En cuanto a la consulta sobre si el proyecto pudiera cerrar calles por las actividades de construcción, es importante señalar que la única obra que puede impedir de forma momentánea el uso de la vereda es la construcción de la vereda frente al proyecto, lo que representa un proyecto de mejora a la condición actual que poseen los peatones.

Respecto de la consulta sobre el tránsito de camiones, se aclara que los vehículos durante la fase de construcción del proyecto no ingresarán a la población Lemus. Para esto, se ha decido actualizar las rutas a utilizar durante la Fase de Construcción del Proyecto. Por lo tanto, la calle a utilizar por los vehículos que transitan desde el Norte será por Av. Perú, Vuelta en U en calle Rapa Nui y luego tomar nuevamente Av. Perú y los camiones que salgan del proyecto hacia el centro será por calle Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Puma, María Graham y luego tomaran nuevamente Av. Perú. Adicionalmente, el Titular se compromete a que todo tránsito de vehículos livianos, vehículos de carga de material y vehículos de escombros a realizar durante la fase de construcción será por fuera de la Villa Lemus, lo cual quedará estipulado en el contrato de prestación de los servicios y ha sido establecido como un compromiso ambiental voluntario que quedará en forma expresa en la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del Proyecto.

Respecto de la consulta sobre el tráfico, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo 423 vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

En la siguiente figura se muestran los puntos de medición de flujos. Estas mediciones obtenidas en terreno permitieron calibrar de manera adecuada los modelos computacionales que fueron utilizados para la representación actual y con proyecto del área de influencia.

Figura 20 Ubicación puntos de medición

De acuerdo a la metodología, para representar la demanda aportada por el proyecto se consideraron los 447 estacionamientos que contemplan ambos edificios.

Como resultado de este estudio, se generaron las siguientes medidas que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto:

  1. Pavimentación de una franja de 2 metros de Av. Perú, entre el proyecto y calle Arzobispo Valdivieso, de acuerdo a lo aprobado y establecido en el proyecto de tratamiento de espacio público por la I. Municipalidad de Recoleta.

  2. Repavimentación de calle Doctor Ostornol, entre Francisco Silva y Arzobispo Valdivieso, de acuerdo a lo indicado en plano de medidas de mitigación.

  3. Elaboración y ejecución de proyecto de demarcación y señalización en los siguientes tramos contenidos dentro del área de influencia del proyecto: • Av. Perú, entre Arzobispo Valdivieso y Celia Coloma (frente del proyecto) • Celia Coloma, entre Av. Perú y Elcira Lemus • Eloísa Lemus, entre Desiderio Lemus y Elcira Lemus • Elcira Lemus, y Eloísa Lemus y Celia Coloma • Arzobispo Valdivieso, entre Av. Recoleta y Doctor Ostornol • Unión, entre Av. Recoleta y Francisco Silva. • María Graham, entre Av. Recoleta y Av. Perú. • El Salto Chico, entre Unión y Arzobispo Valdivieso. • Puma, entre Unión y Arzobispo Valdivieso. • Av. El Salto, entre Doctor Ostornol y Arzobispo Valdivieso. • Doctor Ostornol, entre Av. Recoleta y Arzobispo Valdivieso.

Esta medida incluye la demarcación de líneas de parada, uso de pistas y cruces peatonales. Para el caso de la intersección de Arzobispo Valdivieso con Av. Recoleta se incluirá la demarcación de estacionamientos y pista de viraje izquierda.

424 4. Reprogramación de los siguientes semáforos, incluyendo la tarea de sintonía fina y la reconfiguración de las EPROMS de los controladores: • Av. Recoleta con Arzobispo Valdivieso • Av. Recoleta-Semáforo Peatonal • Av. Recoleta con Unión • Av. El Salto con Dr. Ostornol • Av. Perú con Arzobispo Valdivieso • Av. El Salto con México • Av. Perú con Unión • Av. Perú con Schlack • Av. Perú con San Cristóbal • Av. Perú con Santos Dumont

  1. Normalización del controlador ubicado en Av. Perú con Arzobispo Valdivieso.

  2. Instalación de unidades de respaldo de energía (UPS) para los semáforos ubicados en la intersección de Av. Recoleta con Unión y Av. Perú con Unión.

  3. Deberá realizar un estudio de justificación de semáforo peatonal en Av. Perú y Desiderio Lemus (frente a proyecto), el cual deberá ser revisado y aprobado por UOCT. De justificarse, deberá presentar el Proyecto de Semaforización y el Estudio de Programaciones a la misma UOCT, para su revisión y aprobación. El mandante deberá hacerse cargo de la ejecución de su construcción de acuerdo a la normativa vigente.

  4. Implementación de 3ª fase exclusiva peatonal con el objetivo de disminuir el conflicto generado por el viraje a la derecha en la intersección Av. Recoleta con Arzobispo Valdivieso. Esta implementación deberá ser ingresada a UOCT para su revisión y aprobación.

  5. Mejoramiento de los siguientes paraderos de transporte público: • Paradero PB 150 ubicado en Av. Perú y Desiderio Lemus • Paradero PB 170 ubicado en Av. Perú con Arzobispo Valdivieso

Este mejoramiento incluye el cambio de piezas defectuosas, cambio y/o actualización de señal de parada y demarcación de los cajones “Solo Bus”, en material termoplástico. Todo esto de acuerdo al estándar indicado por DTPM.

  1. Mejoramiento radios de giro en la intersección de Av. El Salto con calle Doctor Ostornol.

  2. Ejecución del proyecto Zona 30 en el cuadrante formado por Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Eloísa Lemus, Elcira Lemus y María Graham de acuerdo a lo estipulado por la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta.

  3. Ejecución de un estudio de demanda de pasajeros en paraderos catastrados, para determinar el aumento de demanda en condición de plena operación del proyecto, el cual deberá ser revisado y aprobado por la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta y por DTPM, debiendo materializar, en caso que corresponda, las obras asociadas.

  4. Evaluación de la implementación de la bidireccional de Arzobispo Valdivieso hasta Av. Recoleta, con la finalidad de dar continuidad a la red vial, y analizar el comportamiento de los flujos del proyecto en esta vía, el que deberá ser revisado y aprobado por Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta y UOCT. La evaluación del proyecto no considera la implementación de las obras resultantes de este análisis.

  5. Habilitación de dispositivos de rodados de Desiderio Lemus con Av. Perú y Celia Coloma con Av. Perú.

  6. Instalación de segregador horizontal en todo el frente predial de acuerdo a lo determinado por la I. Municipalidad de Recoleta.

  7. Instalación de baliza y espejo cóncavo en los accesos del proyecto, esto para prevenir posibles conflictos con los peatones. 425

Respecto a que los compromisos viales son mayores que los indicados y que, además, el estudio vial fue debidamente revisado por los organismos competentes, dentro de los cuales estuvo el municipio, la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana y la UOCT.

Respecto de la consulta sobre las vibraciones, se debe señalar que el titular del Proyecto, realizó una evaluación de las vibraciones que se generarán producto de las actividades de construcción del proyecto. Dado que Chile no cuenta con norma específica para la evaluación del impacto por vibraciones, el Estudio Acústico y Vibraciones, presentado en el Anexo 6 de la Adenda 1, utiliza como norma de referencia un estándar definido por el departamento de Transportes de California, en Estados Unidos, recomendada para la evaluación de proyectos con uso de maquinaria pesada como excavadoras, compactadores, camiones, etc. El titular acredita que dicho estudio demuestra que se cumplirá con la norma de referencia utilizada. Por lo anterior, el titular expone en el Proyecto, que no existirá riesgo de daño sobre las edificaciones vecinas, acreditándose por lo tanto el cumplimiento de la norma de referencia adoptada, lo cual ha sido revisado y validado por los organismos con competencia ambiental que revisaron este estudio.

Respecto de la consulta sobre colapso de estacionamientos públicos, la tasa de estacionamientos exigida por la normativa para este proyecto es 34,5% para la Etapa 1 y 35,6% para la Etapa 2. De acuerdo a la Encuesta Origen-Destino (2012) la tasa de tenencia de vehículos en la comuna de Recoleta, que corresponde a 0,41 vehículos por vivienda, es decir 41%.

El proyecto contempla una cantidad de estacionamientos superior a los valores anteriores. El proyecto contempla una cantidad de estacionamientos muy superior a los valores anteriores. La Etapa 1 contempla 190 estacionamientos vendibles para los dueños de departamentos lo que corresponde a una tasa de 73%, la Etapa 2 contempla 220 estacionamientos para los dueños de departamentos, que corresponde a una tasa del 99%.

A lo anterior se deben agregar los estacionamientos de visita exigidos por la normativa (26 estacionamientos en ambas etapas).

Respecto de la consulta sobre salubridad e higiene, el titular señala que la eliminación de malezas, el despeje del terreno y la desratización se realizó, precisamente, por una solicitud de los vecinos para eliminar la presencia de ratones. Además, para evitar nuevas afectaciones a los vecinos colindantes al proyecto, el Titular ha mantenido limpio el terreno y realizará las desratizaciones exigidas por la normativa.

En el proyecto el Titular también informa que los proyectos de Basura se encuentran en aprobación por parte de la Autoridad Sanitaria. Dichos permisos permitirán que los habitantes del proyecto puedan disponer sus residuos domiciliarios, a través de ductos, al interior de contenedores ubicados en las salas de basuras. Además, cabe destacar, que el retiro de los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios es obligación de la Municipalidad y se realizará por Avenida Perú. Para mayor detalle ver respuesta 2 de la Adenda Complementaria.

Durante la etapa de construcción, el manejo de basuras será la acumulación en un sector habilitado para ello, siendo el traslado y disposición con empresas autorizadas para tal fin. Por esta razón, no habrá acumulación de residuos fuera de la obra.

Respecto a la habilitación de paso peatonales al interior del proyecto, se informa a la comunidad que estos son propiedad del Titular, ya que el lote original fue adquirido a sus propietarios y debidamente inscrito en los registros correspondientes, no habiendo sobre ellos servidumbres de paso.

Respecto de la consulta sobre el estudio de sombras, los edificios se encuentran emplazados en el terreno distantes varios metros de los deslindes, con el propósito de generar menores efectos de sombras y ventilación de las casas vecinas. Lo anterior se encuentra detallado en el estudio de sombras aprobado por la D.O.M de Recoleta y forma parte integrante del Permiso de Edificación Nº 29 de fecha 25 de abril de 2016 (Edificio Perú Plaza I) y Permiso de Edificación N°53 de fecha 16 de octubre de 2017 (Edificio Perú Plaza II) otorgado por la D.O.M de Recoleta. Estos permisos acreditan que el proyecto cumple con el Instrumento de Planificación Territorial vigente para este sector en forma íntegra. 426

Respecto de la consulta sobre la potencia eléctrica, de la observación, cabe señalar que los terrenos en que se ubicará el proyecto se ubican al interior del área de concesión eléctrica de la empresa Enel. Dicha empresa se encuentra legalmente obligada a prestar servicios eléctricos tanto a la población Lemus como a los edificios del proyecto, además de los demás habitantes en su área de concesión. La Superintendencia de Electricidad y Combustibles es el organismo público encargado de fiscalizar a dicha empresa concesionaria, contando con múltiples facultades en caso que existan problemas de servicio, como cortes reiterados. Finalmente, se debe aclarar que los edificios del proyecto no serán agentes contaminantes.

Respecto de la consulta sobre el impacto visual y la privacidad, el titular señala que el Instrumento de Planificación Territorial (IPT) consignó el suelo del proyecto como de uso residencial, por lo que, permite la construcción del proyecto; el proyecto cumple con el IPT en términos de la altura, rasantes y sombras proyectadas a los terrenos aledaños al proyecto. Además, el proyecto cumple con lo establecido en el artículo 2.6.11 de Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Por lo anterior, se debe señalar que el Proyecto cumple con los instrumentos legales que permiten la elaboración del Proyecto.

105. Francisco Waldo Salazar Granifo

  1. La Municipalidad de Recoleta solicitó: Estudio de Impacto Ambiental. Mediante Ley de Transparencia de la Municipalidad de Recoleta hemos conseguido acceso a la resolución de aceptación del anteproyecto Nº 1 del 18 de enero de 2017, la cual no ha sido asociada a la presente DIA. Esta resolución expresa que este proyecto excede el umbral mínimo de exigencia de estudio de impacto ambiental (300 viviendas), con un total de 483 viviendas y 13 locales comerciales; debiendo, por lo tanto, presentar el citado estudio antes del inicio de las obras. Sin embargo, la empresa está presentando una DIA por la primera resolución del anteproyecto Nº28 del 23 de octubre de 2015, que no pedía un EIA sino sólo una DIA. La resolución de 2017 también indica la intención de la empresa para evitar la necesidad del estudio y, por lo tanto, lo exigen en la última resolución.

  2. Deterioro de calidad de vida El proyecto se vende por los desarrolladores y constructores como una renovación urbana que entrega calidad de vida, “observante de la norma” y en armonía con sus vecinos. Una encuentra realizada por la Universidad de Chile entre 746 residentes de barrios, en renovación urbana, en el Gran Santiago, concluyó que para los vecinos antiguos, la calidad de vida de sus barrios disminuye con la renovación. Así, para los encuestados y encuestadas, la nota promedio asignada con anterioridad a la llegada de los edificios en altura es de un 6.0, mientras que la nota que adjudican para calificar la situación actual de sus barrios, apenas alcanza un promedio de 4.8 (López et al., 2013). Los efectos negativos que la renovación urbana ha tenido en los barrios de Santiago Centro y estación Normal (sic) son conocidos y bien documentados y han causado impacto en los últimos años (Pozo 2013, El Mercurio 2017).

  3. Polvo producido por los vehículos La entrada y salida de vehículos de la obra genera una gran cantidad de contaminantes. El transporte de los materiales al lugar de la obra provoca mucho polvo o material particulado. Las ruedas de los vehículos contienen gran cantidad de material particulado suspendido tales como polvo, arena, arcilla y cemento. Estas materias quedan suspendidas en el aire, suelo y agua. Además, los vehículos transportan este material suspendido fuera de la obra, lo que implica que no sólo se pueden enfermar los trabajadores sino también la comunidad.

  4. Polvo provocado por las actividades de la construcción La mayoría de las actividades de construcción como excavaciones, rellenos, movimiento de tierra, blanqueo, pintura, azulejado, mezclas de hormigón y acabado provocan un efecto adverso sobre el entorno, pues provocan una gran cantidad de material particulado.

  5. Polvo provocado por los materiales de la producción Estos materiales son cemento, áridos, arena, arcilla, cal, madera y carbono de calcio. Los trabajadores que laboran en la obra, y emplean esos materiales, así como los vecinos colindantes al proyecto, tienen una alta exposición al polvo emitido por ello (Baby et al 2008, citado por Singh 427 2011), demuestra que el polvo de cemento contiene metales pesados tales como níquel, cobalto, plomo y cromo como concomitantes peligrosos para el ambiente biótico con impacto adverso para la vegetación, para la salud urbana y animal y para los ecosistemas. Diversos estudios han demostrado que hay una relación entre la exposición al polvo de cemento, el deterioro crónico del funcionamiento de los pulmones y los síntomas respiratorios de la población humana. El polvo de cemento irrita la piel, la mucosa de ojos y el sistema respiratorio. Su deposición en el tracto respiratorio provoca una reacción base que aumenta los valores del pH que irrita las mucosas expuestas Zeleke et al. 2010). La exposición al polvo de cemento ha sido asociada al incremento de sufrir anormalidades del hígado, desórdenes hormonales y carcinogénesis. Se ha planteado que la reducción de la capacidad antioxidante y el aumento de peroxidación lípida del plasma podrían explicar los mecanismos causales de enfermedades (Aydin et al, 2010).

  6. Ruido • Ruido proveniente de los vehículos, por ejemplo, transporte de materiales • Ruido proveniente de las actividades de la construcción, por ejemplo, excavación, relleno. • Ruido proveniente de las herramientas de la construcción, por ejemplo, mezcladora de hormigón, máquinas eléctricas

En la obra, los trabajadores utilizan herramientas como mezcladora de hormigón, trituradoras de hormigón, compactadoras, lijadoras, cepilladoras, cortadora de discos, taladros y motosierras y son quienes más sufren por la exposición al ruido derivado de la construcción. También, los residentes que viven vecinos a la obra en construcción y quienes usan las calles cercanas a la obra. Lo anterior significa que muchas personas sufren a diario por los ruidos de la construcción dado el crecimiento de esta franja de Gaza (sic). El proyecto no considera monitoreo de niveles de ruido, los vecinos estiman que los ruidos pueden provocar pérdidas de la audición temporal o permanente, estrés y molestia. Manifestándolo a los representantes de la empresa constructora luego de la presentación realizada en la Junta de Vecinos el 12 de junio de 2017; sin embargo, los representantes de la empresa, y especialmente su consultora ambiental, Leticia Del Pozzo, desestimaron la necesidad de realizar un monitoreo argumentando que no hay norma que lo exija. Los encuestados en el estudio de Enshassi et al (2014), indicaron que los ruidos de las construcciones podrían provocar trastornos sociales en sus hogares, trabajos y cuando intentaban dormir. Potencialmente, los ruidos de la construcción pueden molestar a las personas las 24 horas del día, los 7 días a la semana. Los efectos del ruido en la salud son consecuencia de los elevados niveles de ruido. Un elevado nivel de ruido en el trabajo u otros lugares puede producir deterioro de la audición, hipertensión, enfermedades cardíacas isquémicas, molestias y perturbación del sueño. Cambios en el sistema inmunológico y defectos de nacimiento han sido atribuidos a la exposición de ruido (Passhier- Vermeer y Passhier 2000). Se sabe que la exposición al ruido induce zumbidos, hipertensión, vasoconstrucción, y otros efectos cardiovasculares adversos. (WRUC 2007) Ijigah et al (2013) realizaron una investigación en Nigeria encontrando que la contaminación por ruido se encontraba en un 6º lugar con un índice de importancia relativa (IIR) de 0,794 en una escala de 0 a 1.

  1. Efectos sobre la comunidad Las obras de construcción cierran calles y perturban los intereses de las personas. El transporte de la construcción provoca interrupción de tráfico debido al cierre de calles o caminos, además, los encuestados estimaron que el ruido y la vibración producidos por la construcción y el movimiento vehicular podían provocar trastornos sociales en los hogares, en el lugar de trabajo y a la hora de dormir. Enshassi et al 2014 clasificaron este efecto con un IIR= 0,7 Ijigah et al (2013) realizaron su estudio en Nigeria y encontraron que el trastorno social ocupaba el nº 14 con un IIR=0,711. Zolfagharian et al (2014) encontraron que el trastorno social se ubicaba en el nº22.

  2. Tránsito de camiones La interrupción del tráfico que se producirá por el tránsito de camiones en la construcción es considerada como un alto impacto por los estudiantes. Los responsables del proyecto plantean que los responsables no pasarán por la población para llegar a la obra. Sin embargo, el plan de acceso fue generado por la empresa antes de la actual construcción del bandejón central en avenida Perú que cerró el ingreso por Desiderio Lemus. Por lo tanto, los camiones no tendrán forma de llegar desde el norte. Si no es a través de la población, para luego virar hacia el norte por avenida Perú y luego poder entrar a la obra.

  3. Tráfico Actualmente, los vecinos de la población Lemus tienen gran dificultad para entrar o salir en las horas punta, teniendo que enfrentar colas provenientes de Valdivieso, que es la única salida que 428 tiene, luego de que las obras de la avenida Perú cerraran los accesos. El proyecto agravará la situación no sólo durante la construcción, sino que luego de su habilitación habitacional (sic), producto de un alto número de personas que se incorporará al uso de las mismas vías de acceso. La empresa presenta como principal medida de mitigación, la mejora eléctrica de semáforos de avenida Perú con avenida Valdivieso (normalización del controlador e instalación de una UPS). Sin embargo, esto no tendrá absolutamente ningún efecto en mejorar el tráfico vehicular en las horas punta, dado que el problema no es que no funcione el semáforo, sino que la capacidad de las calles es insuficiente para el flujo vehicular habitual, el cual será posiblemente triplicado por este proyecto. 483 departamentos equivalen más o menos a 1300 personas nuevas. Por lo tanto, los vecinos colindantes consideramos absolutamente insuficientes las medidas de mitigación presentadas.

  4. Vibraciones Los vecinos de la población Lemus, también consideramos importante el impacto que tendrán las vibraciones generadas por la construcción. La población está constituida principalmente por casas de más de 70 años y algunas son de adobe. El proyecto no considera los efectos que las vibraciones puedan tener ni presentan medidas de mitigación.

  5. Colapso de estacionamientos públicos Los vecinos manifestamos nuestra preocupación por el excesivo uso que harán los moradores de los edificios de los espacios púbicos de estacionamientos de la población Lemus. Nuestra preocupación se basa en el hecho de que para 483 departamentos sólo se construirán 447 estacionamientos para autos, considerando que hoy en día cada familia tiene al menos un auto, es evidente que los estacionamientos privados del proyecto serán insuficientes y, por lo tanto, los moradores de los edificios ocuparán los espacios de estacionamiento del vecindario. Lo que redundará en que los residentes de la población Lemus no podrán estacionar fuera de sus propias casas. Este problema fue planteado a los responsables del proyecto, presentación hecha en la junta vecinal, pero estos manifestaron que están dentro de la norma y que no estiman que se vendan todos los estacionamientos ni produzca tal efecto. Su estimación se basa en que en sus proyectos anteriores nunca se han vendido todos los estacionamientos dado que según indicaron hay muchas familias jóvenes que no tienen recursos para comprar un auto. Por lo tanto, no estiman necesaria una medida de mitigación. Estamos en desacuerdo con la información de la empresa, la cual si bien puede ser cierta al momento del inicio de venta de sus departamentos; esto no implica que –eventualmente- todos los estacionamientos sean vendidos, mucho después de que la empresa se retire de nuestra población. Aducen que están dentro de la norma y que la norma no la hacen las inmobiliarias.

  6. Salubridad e higiene Desde que la empresa ABSAL comenzó sus trabajos, los vecinos colindantes hemos tenido bastante invación de ratas en nuestras casas. Esto fue indicado a la empresa en la presentación en la junta vecinal, a lo cual sólo respondieron que han hecho desratizaciones. Sin embargo, esto evidentemente no ha sido suficiente, la empresa no manifestó ninguna voluntad de tomar medidas al respecto. Los vecinos, además, estamos preocupados por la acumulación de basura en el vecindario producto de estos edificios. La inminente llegada de inmigrantes, especialmente en cités de avenida Valdivieso ha significado una acumulación constante en las vías públicas. Estas no son sólo bolsas de basura que tiran en el piso para que sean destruidas por los perros, sino que también electrodomésticos, muebles, colchones etc. Ni los vecinos ni la municipalidad han podido solucionar este problema; por lo tanto, prevemos que este tremendo proyecto habitacional podría empeorar muchísimo más la situación, ya que no hay forma de prever ni controlar el nivel educacional de las 483 familias que llegarán y no existen medidas de mitigación para generar un adecuado control de la cantidad de basura que será generada y dónde será depositada. Si los habitantes de los departamentos no encuentran dónde desechar sus basuras y muebles viejos, de seguro que buscarán una vereda o pasaje de nuestra población para hacerlo. Tampoco, nada parece indicar que si los vecinos de las torres decidieran sacar sus basuras por los portones que dan hacia las calles de la población (Ricardo Lemus y Juan Antonio Ríos), no puedan hacerlo. Aún si, como indica la empresa, ellos no permitirán tránsito de camiones y autos desde la propiedad hacia esas calles, los vecinos, luego de comprar los departamentos podrán hacerlo. Los vecinos vemos como única medida de mitigación efectiva que estas calles sean habilitadas como tal hasta avenida Perú, pero como pasos peatonales. Estas calles son espacios públicos y fueron concedidas al antiguo Estadio Montserrat, dado que el beneficio de ese proyecto presentaba para toda la comunidad. Sin embargo, como ese beneficio ya no existe, solicitamos que las calles sean devueltas a la comunidad. Por ser calles, son de dominio público y este carácter no puede cambiarse por un plan regulador, ni puede ser cedido a un privado sin una desafección, la cual no ha ocurrido; por lo tanto, la 429 comunidad de vecinos solicita su habilitación pública y peatonal, como medida de mitigación ambiental del presente proyecto.

  7. Estudio de sombras mal realizado Las torres generarán gran sombra durante gran parte del año sobre las casas del costado sur, oriente y poniente. Eso redundará no sólo en la oscuridad de los patios y hogares, sino que en mayor frío y humedad en las casas. Un estudio de la Universidad de Chile sobre renovación urbana midió los efectos sobre los últimos 10 años. Entre la consecuencia de los vecinos está el exceso de sombra, (López et al 2013). Los vecinos tendrán un aumento del gasto de electricidad y parafina para iluminación y calefacción. La humedad favorecerá el crecimiento de hongos, lo cual puede llevar a un aumento de enfermedades respiratorias, especialmente en niños y asmáticos. El proyecto no considera medidas de mitigación para estos impactos. Al plantearle el problema a los representantes en la junta vecinal, ellos manifestaron que, en las partes cercanas al límite del terreno, las torres guardan una distancia de 10,4 metros. Esto nos parece absolutamente insuficiente considerando que los edificios tendrán una altura de 16 metros. Revisando en detalle el estudio de sombra de la empresa, incluido en su DIA, detectamos que la rasante 70º por el costado oriente del proyecto parte desde los 6 metros de altura y por el otro lado –sur- desde los 14 metros, ambos costados dan hacia la población Lemus. Según el artículo 2.6.3 de la Ordenanza General de Construcciones y Urbanismos las rasantes se aplican desde las alturas máximas permitidas sólo en el caso de edificaciones contiguas, cuando las edificaciones son aisladas, debe aplicarse desde el nivel del suelo. La población Lemus es EB1 según el plano regulador vigente. El cual permite construcción continua sólo en frentes menores a 15 metros y el terreno del proyecto inmobiliario tiene un frente mayor a 15 metros, así como la mayoría de las casas de la población Lemus y, por lo tanto, son viviendas aisladas. Por lo tanto, concluimos que el estudio de sombras está mal hecho porque sobreestima el volumen teórico del edificio y solicitamos que sea hecho nuevamente.

  8. Potencia eléctrica Actualmente la población Lemus ha tenido cortes eléctricos en reiteradas oportunidades. Esto preocupa a la población ya que la construcción es una operación energéticamente intensa y lo mismo pasaría con el uso del edificio a lo largo de su vida operativa. Creemos importante que se reconozca a los edificios Perú Plaza I y II como un potente agente consumidor de energía y emisor de contaminantes durante su vida operativa.

  9. Impacto visual y privacidad La población Lemus, es un sector residencial donde las casas son generalmente de uno y dos pisos. La construcción de estos edificios rompe significativamente con el esquema existente de nuestra población, produciendo un perfil urbano irregular que reemplaza la actual estructura de nuestra población. Por otra parte, estos edificios interrumpen nuestra privacidad, sobre todo para los vecinos colindantes, los cuales están a 10,4 metros de distancia.

  10. Conclusiones Esperamos que el Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental acoja nuestra observación y nos ayude a evitar los graves y negativos efectos que este proyecto tendrá sobre nuestra calidad de vida. El proyecto alude un beneficio social para dar respuesta a una supuesta necesidad habitacional de Santiago. Sin embargo, la población Lemus no tiene tal necesidad y estamos asumiendo esa externalidad con todos los costos que conllevará en aumentar en varias veces su densidad poblacional actual, sin ser beneficiada sino perjudicada. Dada la extensión de los impactos ambientales de este proyecto y que tal como lo indica la Municipalidad de Recoleta en su resolución del anteproyecto Nº1 del presente año, es necesario y exigimos que se realice un Estudio de Impacto Ambiental.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto de lo planteado en la observación en relación a los fundamentos de la DIA, se debe informar que los proyectos inmobiliarios que exceden de las 300 viviendas deben ingresar al 430 Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) de acuerdo a la letra h.1.3 del artículo 3° del Reglamento del SEIA (DS N°40/2013 del Ministerio del Medio Ambiente) que señala:

“Letra h): Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturada. h.1: Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjunto de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características: • h.1.1: Que se emplacen en áreas de extensión urbana o en área rural, de acuerdo al instrumento de planificación, correspondiente y requieran de sistemas propios de producción y distribución de agua potable y/o de recolección, tratamiento y disposición de aguas servidas; • h.1.2: Que den lugar a la incorporación al dominio nacional de uso público de vías expresas o troncales; • h.1.3: Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas; o • h.1.4: Que consulten la construcción de edificios de uso público con una capacidad para cinco mil (5.000) o más personas o con mil (1.000) o más estacionamientos.”

De acuerdo a lo anterior, el proyecto ingresó al SEIA ya que: • Corresponde a un proyecto de tipo inmobiliario que se ubica en la Región Metropolitana, la cual ha sido declarada zona latente para Dióxido de Nitrógeno (NO2) y saturada para Partículas Totales en Suspensión (PTS), Material Particulado Respirable (PM10), Monóxido de Carbono (CO) y Ozono (O3). La Región, cuenta con el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA), que ha sido dictado conforme al artículo 44 de la Ley Bases del Medio Ambiente. • El proyecto contempla la construcción de 483 departamentos.

Habiendo establecido la necesidad de ingreso al SEIA, lo siguiente es determinar si debe hacerse a través de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) o un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), en caso que se produzca alguno de los efectos características y/o circunstancias señaladas por el artículo 11 de la Ley 19.300. A partir de las prospecciones y estudios realizados (emisiones atmosféricas, ruido y vibraciones, patrimonio arqueológico, factibilidad de servicios sanitarios, medio humano), es posible indicar que el proyecto no genera ninguno de los efectos, características y/o circunstancias señaladas en las letras a) a la f) del artículo 11 de la Ley 19.300, o en los artículos 5 al 10 del Reglamento del SEIA que regulan la misma materia. Por lo cual, el proyecto ingresa al SEIA a través de una DIA.

Cabe señalar que durante la evaluación ambiental de esta DIA ningún organismo público con competencias ambientales ha señalado que el proyecto produzca alguno de los efectos, características y/o circunstancias señaladas en las letras a) a la f) del artículo 11 de la Ley 19.300 ni ha requerido la presentación de un EIA.

Adicionalmente, es importante comentar y aclarar que toda diferencia o discrepancia entre lo presentado en la Resolución de Aprobación del Anteproyecto y el Permiso de Edificación, se produce por la evolución del proyecto, desde un anteproyecto a un proyecto definitivo. El desarrollo mismo de un proyecto en cada uno de sus componentes puede arrojar modificaciones entre la etapa de Anteproyecto y el Permiso de Edificación, respecto de las cuales la autoridad pudo haberse pronunciado de manera distinta. Esta es una situación común en los proyectos de esta naturaleza.

La construcción del proyecto, por lo tanto, debe ajustarse a lo permitido a través de los Permisos de Edificación de cada edificio, como también, de lo evaluado ambientalmente en el SEIA.

En la Tabla 8 “Característica Proyecto” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA, se presenta la información del Proyecto a construir con las superficies aprobadas a la fecha mediante el Permiso de Edificación N°29 del 25 de abril de 2016 (Perú Plaza I) y mediante el Permiso de Edificación N° 53 de fecha 16 de octubre de 2017 (Perú Plaza II).

Respecto del tema de la calidad de vida, según plantea el PLADECO 2014-2018, la aprobación del Plan Regulador Comunal del año 2005 reconoce Av. Perú como eje de renovación urbana, donde se han llevado a cabo algunos proyectos inmobiliarios. Posterior, durante el año 2006 se realizó la primera modificación al instrumento con el fin de restringir las condiciones de construcción de los nuevos inmobiliarios, lo cual impactó notoriamente en la producción en dicha zona. Considerando 431 dicho antecedente, cabe señalar que el Proyecto se ajusta a la normativa territorial vigente, establecida a través del Plan Regulador Comunal de Recoleta y es en virtud de este instrumento que ha sido diseñado y obtenido los permisos municipales que dan cuenta de esta situación.

Respecto de la consulta sobre el polvo producido por los vehículos, el titular se compromete a que el transporte de materiales o residuos que despendan polvo se realizará con la carga cubierta (encarpado), manteniendo una distancia mínima de 10 cm. entre la superficie de la carga y la cubierta, además, de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver figura 4 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria).

En cuanto a las ruedas de los vehículos, se limpiarán del barro adherido previo al abandono de la zona de faenas, es decir, a la salida de la obra dando cumplimiento al artículo 5.8.3 de la OGUC.

Además, para evitar las emisiones de gases generadas por los vehículos livianos y pesados, se exigirá a los contratistas mantener los vehículos con revisión técnica y mantenciones al día. Dicho registro se mantendrá en obra.

Además, cabe destacar que el proyecto no supera los límites indicados en el artículo 98 del PPDA, tal como se puede observar en la Tabla 4 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria.

Según estos antecedentes, no se verá afectada la salud de los vecinos colindantes al área del proyecto.

Respecto de la consulta sobre el polvo provocado por las actividades de construcción, el titular ha comprometido y entregado los antecedentes para acreditar el cumplimiento de todas las medidas para controlar el polvo que producen las actividades de construcción. Además, para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante dicha fase de construcción, el titular consideró las siguientes medidas: • Humectación: Según la letra a) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se humectarán las áreas de movimientos de tierra y vía de circulación interna de acuerdo a los requerimientos en terreno, contemplándose un mínimo de 2 veces al día durante el periodo que duren las excavaciones. La fuente de agua provendrá de un arranque de agua potable en la obra o en su defecto por medio de camión aljibe que posea las autorizaciones y permisos correspondientes, se mantendrá registro en obra por medio de boletas o facturas. • Camiones encarpados: Según la letra c) del artículo 5.8.3 de la OGUC, el transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver Figura 4 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria). • Estabilización y compactación de caminos: Según la letra b) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículo por el periodo correspondiente (tiempo en que duren las excavaciones). • Cierre perimetral en los deslindes: Según la letra g) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se construirá cierre perimetral en los deslindes del proyecto con mallas tipo raschel, el cual será mantenido en buen estado. La finalidad de este cierre es evitar la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área del proyecto y sectores circundantes. Los cierres podrán ser reemplazados por los paneles OSB con fines acústicos, adicionándoles 50 cm por sobre el nivel con malla raschel, lo que se muestra en la Figura 51 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria (Ver Figura 51 Cierre Perimetral) • No se realizarán quemas: Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros combustibles al interior de la obra. • Limpiar ruedas: Según la letra d) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se limpiarán las ruedas de los vehículos del barro adherido previo al abandono de ellos de la zona de faenas, es decir, a la salida de la obra dando cumplimiento al artículo 5.8.3 de la OGUC. • Revisión técnica y mantenciones al día: En cuanto a la emisión de gases, se exigirá a los contratistas mantener los vehículos con revisión técnica y mantenciones al día, manteniendo el registro en obra.

Respecto de la consulta sobre el polvo provocado por los materiales de la construcción, se debe aclarar que en la obra no se fabricará cemento, solamente se utilizará hormigón premezclado. Con todo, de manera de prevenir la exposición al polvo generado por el cemente, se tomarán las siguientes medidas: 432 • Usar hormigón premezclado • Humedecer el polvo en el punto donde se genera • Instalar un sistema local de ventilación por extracción. • La persona que manipule el cemento utilizará mascara respiratoria, antiparras y guantes de PVC • El material se almacenará en recintos cerrados, secos y con adecuada ventilación Con estas medidas se evitará generar afectación a los trabajadores y vecinos colindantes al proyecto. Respecto a otros materiales que puedan generan polvo en suspensión, ya sea áridos, arena, entre otros, se tomarán las siguientes medidas: • El transporte de materiales o residuos se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humectar la carga en caso de ser necesario. • Se mantendrán humectados y/o cubierto con lona o malla raschel las pilas de tierra, escombros u otro material que pueda desprender polvo.

Respecto de la consulta sobre el ruido, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en horario diurno (lunes a viernes entre las 08:00 a 19:00 horas, y, los sábados entre las 08:00 a 14:00 horas), por lo que, los vecinos colindantes al proyecto no se verán afectados ni durante el periodo nocturno, ni los fines de semana.

En cada una de las etapas del Proyecto se implementarán las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (placa sólida de madera aglomerada (OSB) como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), medidas que permiten garantizar que los niveles estimados de ruido cumplirán con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente. Este decreto se basa en la salud de la población y recoge los niveles recomendados al efecto por la organización Mundial de la Salud (OMS), por cuanto acreditar su cumplimiento, es la única forma objetiva, legal y vigente que posee un proyecto para acreditar que no generará efectos en la salud de la población.

En cuanto a la solicitud de realizar un monitoreo acústico, el titular ha acreditado el cumplimiento de la norma, por cuanto sólo se propone la verificación de las medidas de control indicadas en la evaluación acústica. No obstante lo anterior, el titular compromete que, en caso de producirse molestias a la comunidad por este factor, los vecinos podrán ponerse en contacto con el encargado de la obra, quien verificará el cumplimiento de las medidas y, en caso de ser necesario, las reforzará.

Además, para reforzar las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1, el Titular se compromete a instalar placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas para disminuir posibles molestias a los vecinos, cuyos detalles se presentan en la siguiente Tabla:

Tabla 102 Placas OSB en deslindes del Proyecto Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar afectaciones a los vecinos de la Población Lemus. Descripción: Durante la fase de construcción se instalarán placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas. Justificación: El presente compromiso se enmarca en la solicitud realizada por la Población de aumentar la altura de las barreras para asegurar la tranquilidad de los vecinos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Placas OSB de 6 metros de altura en los tres frentes que colindan a viviendas de la Población Lemus. Forma: Las Placas OSB se mantendrán en buen estado durante todo el periodo que dure la fase de construcción. Oportunidad: Las Placas OSB permanecerá durante toda la fase de construcción del Proyecto. 433 Indicador que acredite su cumplimiento Letrero en Registro fotográfico de las placas OSB. Forma de control y seguimiento

Existirá un encargado en obra de verificar que las placas OSB se encuentran en buen estado y que den cumplimiento a la altura comprometida.

Respecto de la consulta sobre los efectos de la comunidad, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en periodo diurno, por lo que, los vecinos colindantes al proyecto no se verán afectados durante el periodo nocturno. El horario de trabajo será de 08:00 a 19:00 horas de lunes a viernes, y sábado de 08:00 a 14 horas.

En cada una de las etapas del Proyecto se implementarán las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (placa sólida de madera aglomerada (OSB) como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras). Por lo tanto, según los antecedentes entregados por el titular, los niveles estimados de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente.

Dado que Chile no cuenta con una normativa específica que permita regular las vibraciones de índole ambiental, se utiliza lo recomendado por el Servicio de Evaluación Ambiental en su informe final para evaluación de vibración del estudio “Elaboración de una Guía Metodológica de Evaluación de Ruido y Vibraciones en el SEIA”, en donde se establecen metodologías y se recopilan antecedentes de normativas internacionales y estándares de referencia que tengan como objetivo proteger la salud de la población. Por consiguiente, el criterio de evaluación utilizado es el establecido en la guía “Transportation and Construction Vibration” (2004) del California Department of Transportation (Caltrans), Division of Environmental Analysis (USA).

Complementariamente, en el Anexo 6 de la Adenda 1 se acredita el cumplimiento de las normas de referencia de vibraciones.

En cuanto a la consulta sobre si el proyecto pudiera cerrar calles por las actividades de construcción, es importante señalar que la única obra que puede impedir de forma momentánea el uso de la vereda es la construcción de la vereda frente al proyecto, lo que representa un proyecto de mejora a la condición actual que poseen los peatones.

Respecto de la consulta sobre el tránsito de camiones, se aclara que los vehículos durante la fase de construcción del proyecto no ingresarán a la población Lemus. Para esto, se ha decido actualizar las rutas a utilizar durante la Fase de Construcción del Proyecto. Por lo tanto, la calle a utilizar por los vehículos que transitan desde el Norte será por Av. Perú, Vuelta en U en calle Rapa Nui y luego tomar nuevamente Av. Perú y los camiones que salgan del proyecto hacia el centro será por calle Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Puma, María Graham y luego tomaran nuevamente Av. Perú. Adicionalmente, el Titular se compromete a que todo tránsito de vehículos livianos, vehículos de carga de material y vehículos de escombros a realizar durante la fase de construcción será por fuera de la Villa Lemus, lo cual quedará estipulado en el contrato de prestación de los servicios y ha sido establecido como un compromiso ambiental voluntario que quedará en forma expresa en la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del Proyecto.

Respecto de la consulta sobre el tráfico, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

434 En la siguiente figura se muestran los puntos de medición de flujos. Estas mediciones obtenidas en terreno permitieron calibrar de manera adecuada los modelos computacionales que fueron utilizados para la representación actual y con proyecto del área de influencia.

Figura 20 Ubicación puntos de medición

De acuerdo a la metodología, para representar la demanda aportada por el proyecto se consideraron los 447 estacionamientos que contemplan ambos edificios.

Como resultado de este estudio, se generaron las siguientes medidas que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto:

  1. Pavimentación de una franja de 2 metros de Av. Perú, entre el proyecto y calle Arzobispo Valdivieso, de acuerdo a lo aprobado y establecido en el proyecto de tratamiento de espacio público por la I. Municipalidad de Recoleta.

  2. Repavimentación de calle Doctor Ostornol, entre Francisco Silva y Arzobispo Valdivieso, de acuerdo a lo indicado en plano de medidas de mitigación.

  3. Elaboración y ejecución de proyecto de demarcación y señalización en los siguientes tramos contenidos dentro del área de influencia del proyecto: • Av. Perú, entre Arzobispo Valdivieso y Celia Coloma (frente del proyecto) • Celia Coloma, entre Av. Perú y Elcira Lemus • Eloísa Lemus, entre Desiderio Lemus y Elcira Lemus • Elcira Lemus, y Eloísa Lemus y Celia Coloma • Arzobispo Valdivieso, entre Av. Recoleta y Doctor Ostornol • Unión, entre Av. Recoleta y Francisco Silva. • María Graham, entre Av. Recoleta y Av. Perú. • El Salto Chico, entre Unión y Arzobispo Valdivieso. • Puma, entre Unión y Arzobispo Valdivieso. • Av. El Salto, entre Doctor Ostornol y Arzobispo Valdivieso. • Doctor Ostornol, entre Av. Recoleta y Arzobispo Valdivieso.

Esta medida incluye la demarcación de líneas de parada, uso de pistas y cruces peatonales. Para el caso de la intersección de Arzobispo Valdivieso con Av. Recoleta se incluirá la demarcación de estacionamientos y pista de viraje izquierda.

  1. Reprogramación de los siguientes semáforos, incluyendo la tarea de sintonía fina y la reconfiguración de las EPROMS de los controladores: • Av. Recoleta con Arzobispo Valdivieso • Av. Recoleta-Semáforo Peatonal 435 • Av. Recoleta con Unión • Av. El Salto con Dr. Ostornol • Av. Perú con Arzobispo Valdivieso • Av. El Salto con México • Av. Perú con Unión • Av. Perú con Schlack • Av. Perú con San Cristóbal • Av. Perú con Santos Dumont

  2. Normalización del controlador ubicado en Av. Perú con Arzobispo Valdivieso.

  3. Instalación de unidades de respaldo de energía (UPS) para los semáforos ubicados en la intersección de Av. Recoleta con Unión y Av. Perú con Unión.

  4. Deberá realizar un estudio de justificación de semáforo peatonal en Av. Perú y Desiderio Lemus (frente a proyecto), el cual deberá ser revisado y aprobado por UOCT. De justificarse, deberá presentar el Proyecto de Semaforización y el Estudio de Programaciones a la misma UOCT, para su revisión y aprobación. El mandante deberá hacerse cargo de la ejecución de su construcción de acuerdo a la normativa vigente.

  5. Implementación de 3ª fase exclusiva peatonal con el objetivo de disminuir el conflicto generado por el viraje a la derecha en la intersección Av. Recoleta con Arzobispo Valdivieso. Esta implementación deberá ser ingresada a UOCT para su revisión y aprobación.

  6. Mejoramiento de los siguientes paraderos de transporte público: • Paradero PB 150 ubicado en Av. Perú y Desiderio Lemus • Paradero PB 170 ubicado en Av. Perú con Arzobispo Valdivieso

Este mejoramiento incluye el cambio de piezas defectuosas, cambio y/o actualización de señal de parada y demarcación de los cajones “Solo Bus”, en material termoplástico. Todo esto de acuerdo al estándar indicado por DTPM.

  1. Mejoramiento radios de giro en la intersección de Av. El Salto con calle Doctor Ostornol.

  2. Ejecución del proyecto Zona 30 en el cuadrante formado por Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Eloísa Lemus, Elcira Lemus y María Graham de acuerdo a lo estipulado por la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta.

  3. Ejecución de un estudio de demanda de pasajeros en paraderos catastrados, para determinar el aumento de demanda en condición de plena operación del proyecto, el cual deberá ser revisado y aprobado por la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta y por DTPM, debiendo materializar, en caso que corresponda, las obras asociadas.

  4. Evaluación de la implementación de la bidireccional de Arzobispo Valdivieso hasta Av. Recoleta, con la finalidad de dar continuidad a la red vial, y analizar el comportamiento de los flujos del proyecto en esta vía, el que deberá ser revisado y aprobado por Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta y UOCT. La evaluación del proyecto no considera la implementación de las obras resultantes de este análisis.

  5. Habilitación de dispositivos de rodados de Desiderio Lemus con Av. Perú y Celia Coloma con Av. Perú.

  6. Instalación de segregador horizontal en todo el frente predial de acuerdo a lo determinado por la I. Municipalidad de Recoleta.

  7. Instalación de baliza y espejo cóncavo en los accesos del proyecto, esto para prevenir posibles conflictos con los peatones.

Respecto a que los compromisos viales son mayores que los indicados y que, además, el estudio vial fue debidamente revisado por los organismos competentes, dentro de los cuales estuvo el 436 municipio, la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana y la UOCT.

Respecto de la consulta sobre las vibraciones, se debe señalar que el titular del Proyecto, realizó una evaluación de las vibraciones que se generarán producto de las actividades de construcción del proyecto. Dado que Chile no cuenta con norma específica para la evaluación del impacto por vibraciones, el Estudio Acústico y Vibraciones, presentado en el Anexo 6 de la Adenda 1, utiliza como norma de referencia un estándar definido por el departamento de Transportes de California, en Estados Unidos, recomendada para la evaluación de proyectos con uso de maquinaria pesada como excavadoras, compactadores, camiones, etc. El titular acredita que dicho estudio demuestra que se cumplirá con la norma de referencia utilizada. Por lo anterior, el titular expone en el Proyecto, que no existirá riesgo de daño sobre las edificaciones vecinas, acreditándose por lo tanto el cumplimiento de la norma de referencia adoptada, lo cual ha sido revisado y validado por los organismos con competencia ambiental que revisaron este estudio.

Respecto de la consulta sobre colapso de estacionamientos públicos, la tasa de estacionamientos exigida por la normativa para este proyecto es 34,5% para la Etapa 1 y 35,6% para la Etapa 2. De acuerdo a la Encuesta Origen-Destino (2012) la tasa de tenencia de vehículos en la comuna de Recoleta, que corresponde a 0,41 vehículos por vivienda, es decir 41%.

El proyecto contempla una cantidad de estacionamientos superior a los valores anteriores. El proyecto contempla una cantidad de estacionamientos muy superior a los valores anteriores. La Etapa 1 contempla 190 estacionamientos vendibles para los dueños de departamentos lo que corresponde a una tasa de 73%, la Etapa 2 contempla 220 estacionamientos para los dueños de departamentos, que corresponde a una tasa del 99%.

A lo anterior se deben agregar los estacionamientos de visita exigidos por la normativa (26 estacionamientos en ambas etapas).

Respecto de la consulta sobre salubridad e higiene, el titular señala que la eliminación de malezas, el despeje del terreno y la desratización se realizó, precisamente, por una solicitud de los vecinos para eliminar la presencia de ratones. Además, para evitar nuevas afectaciones a los vecinos colindantes al proyecto, el Titular ha mantenido limpio el terreno y realizará las desratizaciones exigidas por la normativa.

En el proyecto el Titular también informa que los proyectos de Basura se encuentran en aprobación por parte de la Autoridad Sanitaria. Dichos permisos permitirán que los habitantes del proyecto puedan disponer sus residuos domiciliarios, a través de ductos, al interior de contenedores ubicados en las salas de basuras. Además, cabe destacar, que el retiro de los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios es obligación de la Municipalidad y se realizará por Avenida Perú. Para mayor detalle ver respuesta 2 de la Adenda Complementaria.

Durante la etapa de construcción, el manejo de basuras será la acumulación en un sector habilitado para ello, siendo el traslado y disposición con empresas autorizadas para tal fin. Por esta razón, no habrá acumulación de residuos fuera de la obra.

Respecto a la habilitación de paso peatonales al interior del proyecto, se informa a la comunidad que estos son propiedad del Titular, ya que el lote original fue adquirido a sus propietarios y debidamente inscrito en los registros correspondientes, no habiendo sobre ellos servidumbres de paso.

Respecto de la consulta sobre el estudio de sombras, los edificios se encuentran emplazados en el terreno distantes varios metros de los deslindes, con el propósito de generar menores efectos de sombras y ventilación de las casas vecinas. Lo anterior se encuentra detallado en el estudio de sombras aprobado por la D.O.M de Recoleta y forma parte integrante del Permiso de Edificación Nº 29 de fecha 25 de abril de 2016 (Edificio Perú Plaza I) y Permiso de Edificación N°53 de fecha 16 de octubre de 2017 (Edificio Perú Plaza II) otorgado por la D.O.M de Recoleta. Estos permisos acreditan que el proyecto cumple con el Instrumento de Planificación Territorial vigente para este sector en forma íntegra.

Respecto de la consulta sobre la potencia eléctrica, de la observación, cabe señalar que los terrenos en que se ubicará el proyecto se ubican al interior del área de concesión eléctrica de la empresa 437 Enel. Dicha empresa se encuentra legalmente obligada a prestar servicios eléctricos tanto a la población Lemus como a los edificios del proyecto, además de los demás habitantes en su área de concesión. La Superintendencia de Electricidad y Combustibles es el organismo público encargado de fiscalizar a dicha empresa concesionaria, contando con múltiples facultades en caso que existan problemas de servicio, como cortes reiterados. Finalmente, se debe aclarar que los edificios del proyecto no serán agentes contaminantes.

Respecto de la consulta sobre el impacto visual y la privacidad, el titular señala que el Instrumento de Planificación Territorial (IPT) consignó el suelo del proyecto como de uso residencial, por lo que, permite la construcción del proyecto; el proyecto cumple con el IPT en términos de la altura, rasantes y sombras proyectadas a los terrenos aledaños al proyecto. Además, el proyecto cumple con lo establecido en el artículo 2.6.11 de Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Por lo anterior, se debe señalar que el Proyecto cumple con los instrumentos legales que permiten la elaboración del Proyecto.

106. Gerardo Lanzarotti Cáceres

1. La Municipalidad de Recoleta solicitó: Estudio de Impacto Ambiental. Mediante Ley de Transparencia de la Municipalidad de Recoleta hemos conseguido acceso a la resolución de aceptación del anteproyecto Nº 1 del 18 de enero de 2017, la cual no ha sido asociada a la presente DIA. Esta resolución expresa que este proyecto excede el umbral mínimo de exigencia de estudio de impacto ambiental (300 viviendas), con un total de 483 viviendas y 13 locales comerciales; debiendo, por lo tanto, presentar el citado estudio antes del inicio de las obras. Sin embargo, la empresa está presentando una DIA por la primera resolución del anteproyecto Nº28 del 23 de octubre de 2015, que no pedía un EIA sino sólo una DIA. La resolución de 2017 también indica la intención de la empresa para evitar la necesidad del estudio y, por lo tanto, lo exigen en la última resolución.

2. Deterioro de calidad de vida El proyecto se vende por los desarrolladores y constructores como una renovación urbana que entrega calidad de vida, “observante de la norma” y en armonía con sus vecinos. Una encuentra realizada por la Universidad de Chile entre 746 residentes de barrios, en renovación urbana, en el Gran Santiago, concluyó que para los vecinos antiguos, la calidad de vida de sus barrios disminuye con la renovación. Así, para los encuestados y encuestadas, la nota promedio asignada con anterioridad a la llegada de los edificios en altura es de un 6.0, mientras que la nota que adjudican para calificar la situación actual de sus barrios, apenas alcanza un promedio de 4.8 (López et al., 2013). Los efectos negativos que la renovación urbana ha tenido en los barrios de Santiago Centro y estación Normal (sic) son conocidos y bien documentados y han causado impacto en los últimos años (Pozo 2013, El Mercurio 2017).

3. Polvo producido por los vehículos La entrada y salida de vehículos de la obra genera una gran cantidad de contaminantes. El transporte de los materiales al lugar de la obra provoca mucho polvo o material particulado. Las ruedas de los vehículos contienen gran cantidad de material particulado suspendido tales como polvo, arena, arcilla y cemento. Estas materias quedan suspendidas en el aire, suelo y agua. Además, los vehículos transportan este material suspendido fuera de la obra, lo que implica que no sólo se pueden enfermar los trabajadores sino también la comunidad.

4. Polvo provocado por las actividades de la construcción La mayoría de las actividades de construcción como excavaciones, rellenos, movimiento de tierra, blanqueo, pintura, azulejado, mezclas de hormigón y acabado provocan un efecto adverso sobre el entorno, pues provocan una gran cantidad de material particulado.

5. Polvo provocado por los materiales de la producción Estos materiales son cemento, áridos, arena, arcilla, cal, madera y carbono de calcio. Los trabajadores que laboran en la obra, y emplean esos materiales, así como los vecinos colindantes al proyecto, tienen una alta exposición al polvo emitido por ello (Baby et al 2008, citado por Singh 2011), demuestra que el polvo de cemento contiene metales pesados tales como níquel, cobalto, plomo y cromo como concomitantes peligrosos para el ambiente biótico con impacto adverso para la vegetación, para la salud urbana y animal y para los ecosistemas. Diversos estudios han 438 demostrado que hay una relación entre la exposición al polvo de cemento, el deterioro crónico del funcionamiento de los pulmones y los síntomas respiratorios de la población humana. El polvo de cemento irrita la piel, la mucosa de ojos y el sistema respiratorio. Su deposición en el tracto respiratorio provoca una reacción base que aumenta los valores del pH que irrita las mucosas expuestas Zeleke et al. 2010). La exposición al polvo de cemento ha sido asociada al incremento de sufrir anormalidades del hígado, desórdenes hormonales y carcinogénesis. Se ha planteado que la reducción de la capacidad antioxidante y el aumento de peroxidación lípida del plasma podrían explicar los mecanismos causales de enfermedades (Aydin et al, 2010).

6. Ruido • Ruido proveniente de los vehículos, por ejemplo, transporte de materiales • Ruido proveniente de las actividades de la construcción, por ejemplo, excavación, relleno. • Ruido proveniente de las herramientas de la construcción, por ejemplo, mezcladora de hormigón, máquinas eléctricas

En la obra, los trabajadores utilizan herramientas como mezcladora de hormigón, trituradoras de hormigón, compactadoras, lijadoras, cepilladoras, cortadora de discos, taladros y motosierras y son quienes más sufren por la exposición al ruido derivado de la construcción. También, los residentes que viven vecinos a la obra en construcción y quienes usan las calles cercanas a la obra. Lo anterior significa que muchas personas sufren a diario por los ruidos de la construcción dado el crecimiento de esta franja de Gaza (sic). El proyecto no considera monitoreo de niveles de ruido, los vecinos estiman que los ruidos pueden provocar pérdidas de la audición temporal o permanente, estrés y molestia. Manifestándolo a los representantes de la empresa constructora luego de la presentación realizada en la Junta de Vecinos el 12 de junio de 2017; sin embargo, los representantes de la empresa, y especialmente su consultora ambiental, Leticia Del Pozzo, desestimaron la necesidad de realizar un monitoreo argumentando que no hay norma que lo exija. Los encuestados en el estudio de Enshassi et al (2014), indicaron que los ruidos de las construcciones podrían provocar trastornos sociales en sus hogares, trabajos y cuando intentaban dormir. Potencialmente, los ruidos de la construcción pueden molestar a las personas las 24 horas del día, los 7 días a la semana. Los efectos del ruido en la salud son consecuencia de los elevados niveles de ruido. Un elevado nivel de ruido en el trabajo u otros lugares puede producir deterioro de la audición, hipertensión, enfermedades cardíacas isquémicas, molestias y perturbación del sueño. Cambios en el sistema inmunológico y defectos de nacimiento han sido atribuidos a la exposición de ruido (Passhier- Vermeer y Passhier 2000). Se sabe que la exposición al ruido induce zumbidos, hipertensión, vasoconstrucción, y otros efectos cardiovasculares adversos. (WRUC 2007) Ijigah et al (2013) realizaron una investigación en Nigeria encontrando que la contaminación por ruido se encontraba en un 6º lugar con un índice de importancia relativa (IIR) de 0,794 en una escala de 0 a 1.

7. Efectos sobre la comunidad Las obras de construcción cierran calles y perturban los intereses de las personas. El transporte de la construcción provoca interrupción de tráfico debido al cierre de calles o caminos, además, los encuestados estimaron que el ruido y la vibración producidos por la construcción y el movimiento vehicular podían provocar trastornos sociales en los hogares, en el lugar de trabajo y a la hora de dormir. Enshassi et al 2014 clasificaron este efecto con un IIR= 0,7 Ijigah et al (2013) realizaron su estudio en Nigeria y encontraron que el trastorno social ocupaba el nº 14 con un IIR=0,711. Zolfagharian et al (2014) encontraron que el trastorno social se ubicaba en el nº22.

8. Tránsito de camiones La interrupción del tráfico que se producirá por el tránsito de camiones en la construcción es considerada como un alto impacto por los estudiantes. Los responsables del proyecto plantean que los responsables no pasarán por la población para llegar a la obra. Sin embargo, el plan de acceso fue generado por la empresa antes de la actual construcción del bandejón central en avenida Perú que cerró el ingreso por Desiderio Lemus. Por lo tanto, los camiones no tendrán forma de llegar desde el norte. Si no es a través de la población, para luego virar hacia el norte por avenida Perú y luego poder entrar a la obra.

9. Tráfico Actualmente, los vecinos de la población Lemus tienen gran dificultad para entrar o salir en las horas punta, teniendo que enfrentar colas provenientes de Valdivieso, que es la única salida que tiene, luego de que las obras de la avenida Perú cerraran los accesos. El proyecto agravará la situación no sólo durante la construcción, sino que luego de su habilitación habitacional (sic), producto de un alto número de personas que se incorporará al uso de las mismas vías de acceso. La 439 empresa presenta como principal medida de mitigación, la mejora eléctrica de semáforos de avenida Perú con avenida Valdivieso (normalización del controlador e instalación de una UPS). Sin embargo, esto no tendrá absolutamente ningún efecto en mejorar el tráfico vehicular en las horas punta, dado que el problema no es que no funcione el semáforo, sino que la capacidad de las calles es insuficiente para el flujo vehicular habitual, el cual será posiblemente triplicado por este proyecto. 483 departamentos equivalen más o menos a 1300 personas nuevas. Por lo tanto, los vecinos colindantes consideramos absolutamente insuficientes las medidas de mitigación presentadas.

10. Vibraciones Los vecinos de la población Lemus, también consideramos importante el impacto que tendrán las vibraciones generadas por la construcción. La población está constituida principalmente por casas de más de 70 años y algunas son de adobe. El proyecto no considera los efectos que las vibraciones puedan tener ni presentan medidas de mitigación.

11. Colapso de estacionamientos públicos Los vecinos manifestamos nuestra preocupación por el excesivo uso que harán los moradores de los edificios de los espacios púbicos de estacionamientos de la población Lemus. Nuestra preocupación se basa en el hecho de que para 483 departamentos sólo se construirán 447 estacionamientos para autos, considerando que hoy en día cada familia tiene al menos un auto, es evidente que los estacionamientos privados del proyecto serán insuficientes y, por lo tanto, los moradores de los edificios ocuparán los espacios de estacionamiento del vecindario. Lo que redundará en que los residentes de la población Lemus no podrán estacionar fuera de sus propias casas. Este problema fue planteado a los responsables del proyecto, presentación hecha en la junta vecinal, pero estos manifestaron que están dentro de la norma y que no estiman que se vendan todos los estacionamientos ni produzca tal efecto. Su estimación se basa en que en sus proyectos anteriores nunca se han vendido todos los estacionamientos dado que según indicaron hay muchas familias jóvenes que no tienen recursos para comprar un auto. Por lo tanto, no estiman necesaria una medida de mitigación. Estamos en desacuerdo con la información de la empresa, la cual si bien puede ser cierta al momento del inicio de venta de sus departamentos; esto no implica que –eventualmente- todos los estacionamientos sean vendidos, mucho después de que la empresa se retire de nuestra población. Aducen que están dentro de la norma y que la norma no la hacen las inmobiliarias.

12. Salubridad e higiene Desde que la empresa ABSAL comenzó sus trabajos, los vecinos colindantes hemos tenido bastante invación de ratas en nuestras casas. Esto fue indicado a la empresa en la presentación en la junta vecinal, a lo cual sólo respondieron que han hecho desratizaciones. Sin embargo, esto evidentemente no ha sido suficiente, la empresa no manifestó ninguna voluntad de tomar medidas al respecto. Los vecinos, además, estamos preocupados por la acumulación de basura en el vecindario producto de estos edificios. La inminente llegada de inmigrantes, especialmente en cités de avenida Valdivieso ha significado una acumulación constante en las vías públicas. Estas no son sólo bolsas de basura que tiran en el piso para que sean destruidas por los perros, sino que también electrodomésticos, muebles, colchones etc. Ni los vecinos ni la municipalidad han podido solucionar este problema; por lo tanto, prevemos que este tremendo proyecto habitacional podría empeorar muchísimo más la situación, ya que no hay forma de prever ni controlar el nivel educacional de las 483 familias que llegarán y no existen medidas de mitigación para generar un adecuado control de la cantidad de basura que será generada y dónde será depositada. Si los habitantes de los departamentos no encuentran dónde desechar sus basuras y muebles viejos, de seguro que buscarán una vereda o pasaje de nuestra población para hacerlo. Tampoco, nada parece indicar que si los vecinos de las torres decidieran sacar sus basuras por los portones que dan hacia las calles de la población (Ricardo Lemus y Juan Antonio Ríos), no puedan hacerlo. Aún si, como indica la empresa, ellos no permitirán tránsito de camiones y autos desde la propiedad hacia esas calles, los vecinos, luego de comprar los departamentos podrán hacerlo. Los vecinos vemos como única medida de mitigación efectiva que estas calles sean habilitadas como tal hasta avenida Perú, pero como pasos peatonales. Estas calles son espacios públicos y fueron concedidas al antiguo Estadio Montserrat, dado que el beneficio de ese proyecto presentaba para toda la comunidad. Sin embargo, como ese beneficio ya no existe, solicitamos que las calles sean devueltas a la comunidad. Por ser calles, son de dominio público y este carácter no puede cambiarse por un plan regulador, ni puede ser cedido a un privado sin una desafección, la cual no ha ocurrido; por lo tanto, la comunidad de vecinos solicita su habilitación pública y peatonal, como medida de mitigación ambiental del presente proyecto.

440 13. Estudio de sombras mal realizado Las torres generarán gran sombra durante gran parte del año sobre las casas del costado sur, oriente y poniente. Eso redundará no sólo en la oscuridad de los patios y hogares, sino que en mayor frío y humedad en las casas. Un estudio de la Universidad de Chile sobre renovación urbana midió los efectos sobre los últimos 10 años. Entre la consecuencia de los vecinos está el exceso de sombra, (López et al 2013). Los vecinos tendrán un aumento del gasto de electricidad y parafina para iluminación y calefacción. La humedad favorecerá el crecimiento de hongos, lo cual puede llevar a un aumento de enfermedades respiratorias, especialmente en niños y asmáticos. El proyecto no considera medidas de mitigación para estos impactos. Al plantearle el problema a los representantes en la junta vecinal, ellos manifestaron que, en las partes cercanas al límite del terreno, las torres guardan una distancia de 10,4 metros. Esto nos parece absolutamente insuficiente considerando que los edificios tendrán una altura de 16 metros. Revisando en detalle el estudio de sombra de la empresa, incluido en su DIA, detectamos que la rasante 70º por el costado oriente del proyecto parte desde los 6 metros de altura y por el otro lado –sur- desde los 14 metros, ambos costados dan hacia la población Lemus. Según el artículo 2.6.3 de la Ordenanza General de Construcciones y Urbanismos las rasantes se aplican desde las alturas máximas permitidas sólo en el caso de edificaciones contiguas, cuando las edificaciones son aisladas, debe aplicarse desde el nivel del suelo. La población Lemus es EB1 según el plano regulador vigente. El cual permite construcción continua sólo en frentes menores a 15 metros y el terreno del proyecto inmobiliario tiene un frente mayor a 15 metros, así como la mayoría de las casas de la población Lemus y, por lo tanto, son viviendas aisladas. Por lo tanto, concluimos que el estudio de sombras está mal hecho porque sobreestima el volumen teórico del edificio y solicitamos que sea hecho nuevamente.

14. Potencia eléctrica Actualmente la población Lemus ha tenido cortes eléctricos en reiteradas oportunidades. Esto preocupa a la población ya que la construcción es una operación energéticamente intensa y lo mismo pasaría con el uso del edificio a lo largo de su vida operativa. Creemos importante que se reconozca a los edificios Perú Plaza I y II como un potente agente consumidor de energía y emisor de contaminantes durante su vida operativa.

15. Impacto visual y privacidad La población Lemus, es un sector residencial donde las casas son generalmente de uno y dos pisos. La construcción de estos edificios rompe significativamente con el esquema existente de nuestra población, produciendo un perfil urbano irregular que reemplaza la actual estructura de nuestra población. Por otra parte, estos edificios interrumpen nuestra privacidad, sobre todo para los vecinos colindantes, los cuales están a 10,4 metros de distancia.

16. Conclusiones Esperamos que el Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental acoja nuestra observación y nos ayude a evitar los graves y negativos efectos que este proyecto tendrá sobre nuestra calidad de vida. El proyecto alude un beneficio social para dar respuesta a una supuesta necesidad habitacional de Santiago. Sin embargo, la población Lemus no tiene tal necesidad y estamos asumiendo esa externalidad con todos los costos que conllevará en aumentar en varias veces su densidad poblacional actual, sin ser beneficiada sino perjudicada. Dada la extensión de los impactos ambientales de este proyecto y que tal como lo indica la Municipalidad de Recoleta en su resolución del anteproyecto Nº1 del presente año, es necesario y exigimos que se realice un Estudio de Impacto Ambiental.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto de lo planteado en la observación en relación a los fundamentos de la DIA, se debe informar que los proyectos inmobiliarios que exceden de las 300 viviendas deben ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) de acuerdo a la letra h.1.3 del artículo 3° del Reglamento del SEIA (DS N°40/2013 del Ministerio del Medio Ambiente) que señala:

“Letra h): Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturada. 441 h.1: Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjunto de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características: • h.1.1: Que se emplacen en áreas de extensión urbana o en área rural, de acuerdo al instrumento de planificación, correspondiente y requieran de sistemas propios de producción y distribución de agua potable y/o de recolección, tratamiento y disposición de aguas servidas; • h.1.2: Que den lugar a la incorporación al dominio nacional de uso público de vías expresas o troncales; • h.1.3: Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas; o • h.1.4: Que consulten la construcción de edificios de uso público con una capacidad para cinco mil (5.000) o más personas o con mil (1.000) o más estacionamientos.”

De acuerdo a lo anterior, el proyecto ingresó al SEIA ya que: • Corresponde a un proyecto de tipo inmobiliario que se ubica en la Región Metropolitana, la cual ha sido declarada zona latente para Dióxido de Nitrógeno (NO2) y saturada para Partículas Totales en Suspensión (PTS), Material Particulado Respirable (PM10), Monóxido de Carbono (CO) y Ozono (O3). La Región, cuenta con el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA), que ha sido dictado conforme al artículo 44 de la Ley Bases del Medio Ambiente. • El proyecto contempla la construcción de 483 departamentos.

Habiendo establecido la necesidad de ingreso al SEIA, lo siguiente es determinar si debe hacerse a través de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) o un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), en caso que se produzca alguno de los efectos características y/o circunstancias señaladas por el artículo 11 de la Ley 19.300. A partir de las prospecciones y estudios realizados (emisiones atmosféricas, ruido y vibraciones, patrimonio arqueológico, factibilidad de servicios sanitarios, medio humano), es posible indicar que el proyecto no genera ninguno de los efectos, características y/o circunstancias señaladas en las letras a) a la f) del artículo 11 de la Ley 19.300, o en los artículos 5 al 10 del Reglamento del SEIA que regulan la misma materia. Por lo cual, el proyecto ingresa al SEIA a través de una DIA.

Cabe señalar que durante la evaluación ambiental de esta DIA ningún organismo público con competencias ambientales ha señalado que el proyecto produzca alguno de los efectos, características y/o circunstancias señaladas en las letras a) a la f) del artículo 11 de la Ley 19.300 ni ha requerido la presentación de un EIA.

Adicionalmente, es importante comentar y aclarar que toda diferencia o discrepancia entre lo presentado en la Resolución de Aprobación del Anteproyecto y el Permiso de Edificación, se produce por la evolución del proyecto, desde un anteproyecto a un proyecto definitivo. El desarrollo mismo de un proyecto en cada uno de sus componentes puede arrojar modificaciones entre la etapa de Anteproyecto y el Permiso de Edificación, respecto de las cuales la autoridad pudo haberse pronunciado de manera distinta. Esta es una situación común en los proyectos de esta naturaleza.

La construcción del proyecto, por lo tanto, debe ajustarse a lo permitido a través de los Permisos de Edificación de cada edificio, como también, de lo evaluado ambientalmente en el SEIA.

En la Tabla 8 “Característica Proyecto” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA, se presenta la información del Proyecto a construir con las superficies aprobadas a la fecha mediante el Permiso de Edificación N°29 del 25 de abril de 2016 (Perú Plaza I) y mediante el Permiso de Edificación N° 53 de fecha 16 de octubre de 2017 (Perú Plaza II).

Respecto del tema de la calidad de vida, según plantea el PLADECO 2014-2018, la aprobación del Plan Regulador Comunal del año 2005 reconoce Av. Perú como eje de renovación urbana, donde se han llevado a cabo algunos proyectos inmobiliarios. Posterior, durante el año 2006 se realizó la primera modificación al instrumento con el fin de restringir las condiciones de construcción de los nuevos inmobiliarios, lo cual impactó notoriamente en la producción en dicha zona. Considerando dicho antecedente, cabe señalar que el Proyecto se ajusta a la normativa territorial vigente, establecida a través del Plan Regulador Comunal de Recoleta y es en virtud de este instrumento que ha sido diseñado y obtenido los permisos municipales que dan cuenta de esta situación.

442 Respecto de la consulta sobre el polvo producido por los vehículos, el titular se compromete a que el transporte de materiales o residuos que despendan polvo se realizará con la carga cubierta (encarpado), manteniendo una distancia mínima de 10 cm. entre la superficie de la carga y la cubierta, además, de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver figura 4 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria).

En cuanto a las ruedas de los vehículos, se limpiarán del barro adherido previo al abandono de la zona de faenas, es decir, a la salida de la obra dando cumplimiento al artículo 5.8.3 de la OGUC.

Además, para evitar las emisiones de gases generadas por los vehículos livianos y pesados, se exigirá a los contratistas mantener los vehículos con revisión técnica y mantenciones al día. Dicho registro se mantendrá en obra.

Además, cabe destacar que el proyecto no supera los límites indicados en el artículo 98 del PPDA, tal como se puede observar en la Tabla 4 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria.

Según estos antecedentes, no se verá afectada la salud de los vecinos colindantes al área del proyecto.

Respecto de la consulta sobre el polvo provocado por las actividades de construcción, el titular ha comprometido y entregado los antecedentes para acreditar el cumplimiento de todas las medidas para controlar el polvo que producen las actividades de construcción. Además, para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante dicha fase de construcción, el titular consideró las siguientes medidas: • Humectación: Según la letra a) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se humectarán las áreas de movimientos de tierra y vía de circulación interna de acuerdo a los requerimientos en terreno, contemplándose un mínimo de 2 veces al día durante el periodo que duren las excavaciones. La fuente de agua provendrá de un arranque de agua potable en la obra o en su defecto por medio de camión aljibe que posea las autorizaciones y permisos correspondientes, se mantendrá registro en obra por medio de boletas o facturas. • Camiones encarpados: Según la letra c) del artículo 5.8.3 de la OGUC, el transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver Figura 4 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria). • Estabilización y compactación de caminos: Según la letra b) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículo por el periodo correspondiente (tiempo en que duren las excavaciones). • Cierre perimetral en los deslindes: Según la letra g) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se construirá cierre perimetral en los deslindes del proyecto con mallas tipo raschel, el cual será mantenido en buen estado. La finalidad de este cierre es evitar la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área del proyecto y sectores circundantes. Los cierres podrán ser reemplazados por los paneles OSB con fines acústicos, adicionándoles 50 cm por sobre el nivel con malla raschel, lo que se muestra en la Figura 51 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria (Ver Figura 51 Cierre Perimetral) • No se realizarán quemas: Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros combustibles al interior de la obra. • Limpiar ruedas: Según la letra d) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se limpiarán las ruedas de los vehículos del barro adherido previo al abandono de ellos de la zona de faenas, es decir, a la salida de la obra dando cumplimiento al artículo 5.8.3 de la OGUC. • Revisión técnica y mantenciones al día: En cuanto a la emisión de gases, se exigirá a los contratistas mantener los vehículos con revisión técnica y mantenciones al día, manteniendo el registro en obra.

Respecto de la consulta sobre el polvo provocado por los materiales de la construcción, se debe aclarar que en la obra no se fabricará cemento, solamente se utilizará hormigón premezclado. Con todo, de manera de prevenir la exposición al polvo generado por el cemente, se tomarán las siguientes medidas: • Usar hormigón premezclado • Humedecer el polvo en el punto donde se genera • Instalar un sistema local de ventilación por extracción. 443 • La persona que manipule el cemento utilizará mascara respiratoria, antiparras y guantes de PVC • El material se almacenará en recintos cerrados, secos y con adecuada ventilación Con estas medidas se evitará generar afectación a los trabajadores y vecinos colindantes al proyecto. Respecto a otros materiales que puedan generan polvo en suspensión, ya sea áridos, arena, entre otros, se tomarán las siguientes medidas: • El transporte de materiales o residuos se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humectar la carga en caso de ser necesario. • Se mantendrán humectados y/o cubierto con lona o malla raschel las pilas de tierra, escombros u otro material que pueda desprender polvo.

Respecto de la consulta sobre el ruido, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en horario diurno (lunes a viernes entre las 08:00 a 19:00 horas, y, los sábados entre las 08:00 a 14:00 horas), por lo que, los vecinos colindantes al proyecto no se verán afectados ni durante el periodo nocturno, ni los fines de semana.

En cada una de las etapas del Proyecto se implementarán las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (placa sólida de madera aglomerada (OSB) como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), medidas que permiten garantizar que los niveles estimados de ruido cumplirán con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente. Este decreto se basa en la salud de la población y recoge los niveles recomendados al efecto por la organización Mundial de la Salud (OMS), por cuanto acreditar su cumplimiento, es la única forma objetiva, legal y vigente que posee un proyecto para acreditar que no generará efectos en la salud de la población.

En cuanto a la solicitud de realizar un monitoreo acústico, el titular ha acreditado el cumplimiento de la norma, por cuanto sólo se propone la verificación de las medidas de control indicadas en la evaluación acústica. No obstante lo anterior, el titular compromete que, en caso de producirse molestias a la comunidad por este factor, los vecinos podrán ponerse en contacto con el encargado de la obra, quien verificará el cumplimiento de las medidas y, en caso de ser necesario, las reforzará.

Además, para reforzar las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1, el Titular se compromete a instalar placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas para disminuir posibles molestias a los vecinos, cuyos detalles se presentan en la siguiente Tabla:

Tabla 102 Placas OSB en deslindes del Proyecto Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar afectaciones a los vecinos de la Población Lemus. Descripción: Durante la fase de construcción se instalarán placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas. Justificación: El presente compromiso se enmarca en la solicitud realizada por la Población de aumentar la altura de las barreras para asegurar la tranquilidad de los vecinos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Placas OSB de 6 metros de altura en los tres frentes que colindan a viviendas de la Población Lemus. Forma: Las Placas OSB se mantendrán en buen estado durante todo el periodo que dure la fase de construcción. Oportunidad: Las Placas OSB permanecerá durante toda la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Letrero en Registro fotográfico de las placas OSB. Forma de control y seguimiento Existirá un encargado en obra de verificar que 444

las placas OSB se encuentran en buen estado y que den cumplimiento a la altura comprometida.

Respecto de la consulta sobre los efectos de la comunidad, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en periodo diurno, por lo que, los vecinos colindantes al proyecto no se verán afectados durante el periodo nocturno. El horario de trabajo será de 08:00 a 19:00 horas de lunes a viernes, y sábado de 08:00 a 14 horas.

En cada una de las etapas del Proyecto se implementarán las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (placa sólida de madera aglomerada (OSB) como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras). Por lo tanto, según los antecedentes entregados por el titular, los niveles estimados de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente.

Dado que Chile no cuenta con una normativa específica que permita regular las vibraciones de índole ambiental, se utiliza lo recomendado por el Servicio de Evaluación Ambiental en su informe final para evaluación de vibración del estudio “Elaboración de una Guía Metodológica de Evaluación de Ruido y Vibraciones en el SEIA”, en donde se establecen metodologías y se recopilan antecedentes de normativas internacionales y estándares de referencia que tengan como objetivo proteger la salud de la población. Por consiguiente, el criterio de evaluación utilizado es el establecido en la guía “Transportation and Construction Vibration” (2004) del California Department of Transportation (Caltrans), Division of Environmental Analysis (USA).

Complementariamente, en el Anexo 6 de la Adenda 1 se acredita el cumplimiento de las normas de referencia de vibraciones.

En cuanto a la consulta sobre si el proyecto pudiera cerrar calles por las actividades de construcción, es importante señalar que la única obra que puede impedir de forma momentánea el uso de la vereda es la construcción de la vereda frente al proyecto, lo que representa un proyecto de mejora a la condición actual que poseen los peatones.

Respecto de la consulta sobre el tránsito de camiones, se aclara que los vehículos durante la fase de construcción del proyecto no ingresarán a la población Lemus. Para esto, se ha decido actualizar las rutas a utilizar durante la Fase de Construcción del Proyecto. Por lo tanto, la calle a utilizar por los vehículos que transitan desde el Norte será por Av. Perú, Vuelta en U en calle Rapa Nui y luego tomar nuevamente Av. Perú y los camiones que salgan del proyecto hacia el centro será por calle Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Puma, María Graham y luego tomaran nuevamente Av. Perú. Adicionalmente, el Titular se compromete a que todo tránsito de vehículos livianos, vehículos de carga de material y vehículos de escombros a realizar durante la fase de construcción será por fuera de la Villa Lemus, lo cual quedará estipulado en el contrato de prestación de los servicios y ha sido establecido como un compromiso ambiental voluntario que quedará en forma expresa en la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del Proyecto.

Respecto de la consulta sobre el tráfico, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

En la siguiente figura se muestran los puntos de medición de flujos. Estas mediciones obtenidas en terreno permitieron calibrar de manera adecuada los modelos computacionales que fueron utilizados para la representación actual y con proyecto del área de influencia.

445 Figura 20 Ubicación puntos de medición

De acuerdo a la metodología, para representar la demanda aportada por el proyecto se consideraron los 447 estacionamientos que contemplan ambos edificios.

Como resultado de este estudio, se generaron las siguientes medidas que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto:

  1. Pavimentación de una franja de 2 metros de Av. Perú, entre el proyecto y calle Arzobispo Valdivieso, de acuerdo a lo aprobado y establecido en el proyecto de tratamiento de espacio público por la I. Municipalidad de Recoleta.

  2. Repavimentación de calle Doctor Ostornol, entre Francisco Silva y Arzobispo Valdivieso, de acuerdo a lo indicado en plano de medidas de mitigación.

  3. Elaboración y ejecución de proyecto de demarcación y señalización en los siguientes tramos contenidos dentro del área de influencia del proyecto: • Av. Perú, entre Arzobispo Valdivieso y Celia Coloma (frente del proyecto) • Celia Coloma, entre Av. Perú y Elcira Lemus • Eloísa Lemus, entre Desiderio Lemus y Elcira Lemus • Elcira Lemus, y Eloísa Lemus y Celia Coloma • Arzobispo Valdivieso, entre Av. Recoleta y Doctor Ostornol • Unión, entre Av. Recoleta y Francisco Silva. • María Graham, entre Av. Recoleta y Av. Perú. • El Salto Chico, entre Unión y Arzobispo Valdivieso. • Puma, entre Unión y Arzobispo Valdivieso. • Av. El Salto, entre Doctor Ostornol y Arzobispo Valdivieso. • Doctor Ostornol, entre Av. Recoleta y Arzobispo Valdivieso.

Esta medida incluye la demarcación de líneas de parada, uso de pistas y cruces peatonales. Para el caso de la intersección de Arzobispo Valdivieso con Av. Recoleta se incluirá la demarcación de estacionamientos y pista de viraje izquierda.

  1. Reprogramación de los siguientes semáforos, incluyendo la tarea de sintonía fina y la reconfiguración de las EPROMS de los controladores: • Av. Recoleta con Arzobispo Valdivieso • Av. Recoleta-Semáforo Peatonal • Av. Recoleta con Unión • Av. El Salto con Dr. Ostornol • Av. Perú con Arzobispo Valdivieso • Av. El Salto con México 446 • Av. Perú con Unión • Av. Perú con Schlack • Av. Perú con San Cristóbal • Av. Perú con Santos Dumont

  2. Normalización del controlador ubicado en Av. Perú con Arzobispo Valdivieso.

  3. Instalación de unidades de respaldo de energía (UPS) para los semáforos ubicados en la intersección de Av. Recoleta con Unión y Av. Perú con Unión.

  4. Deberá realizar un estudio de justificación de semáforo peatonal en Av. Perú y Desiderio Lemus (frente a proyecto), el cual deberá ser revisado y aprobado por UOCT. De justificarse, deberá presentar el Proyecto de Semaforización y el Estudio de Programaciones a la misma UOCT, para su revisión y aprobación. El mandante deberá hacerse cargo de la ejecución de su construcción de acuerdo a la normativa vigente.

  5. Implementación de 3ª fase exclusiva peatonal con el objetivo de disminuir el conflicto generado por el viraje a la derecha en la intersección Av. Recoleta con Arzobispo Valdivieso. Esta implementación deberá ser ingresada a UOCT para su revisión y aprobación.

  6. Mejoramiento de los siguientes paraderos de transporte público: • Paradero PB 150 ubicado en Av. Perú y Desiderio Lemus • Paradero PB 170 ubicado en Av. Perú con Arzobispo Valdivieso

Este mejoramiento incluye el cambio de piezas defectuosas, cambio y/o actualización de señal de parada y demarcación de los cajones “Solo Bus”, en material termoplástico. Todo esto de acuerdo al estándar indicado por DTPM.

  1. Mejoramiento radios de giro en la intersección de Av. El Salto con calle Doctor Ostornol.

  2. Ejecución del proyecto Zona 30 en el cuadrante formado por Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Eloísa Lemus, Elcira Lemus y María Graham de acuerdo a lo estipulado por la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta.

  3. Ejecución de un estudio de demanda de pasajeros en paraderos catastrados, para determinar el aumento de demanda en condición de plena operación del proyecto, el cual deberá ser revisado y aprobado por la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta y por DTPM, debiendo materializar, en caso que corresponda, las obras asociadas.

  4. Evaluación de la implementación de la bidireccional de Arzobispo Valdivieso hasta Av. Recoleta, con la finalidad de dar continuidad a la red vial, y analizar el comportamiento de los flujos del proyecto en esta vía, el que deberá ser revisado y aprobado por Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta y UOCT. La evaluación del proyecto no considera la implementación de las obras resultantes de este análisis.

  5. Habilitación de dispositivos de rodados de Desiderio Lemus con Av. Perú y Celia Coloma con Av. Perú.

  6. Instalación de segregador horizontal en todo el frente predial de acuerdo a lo determinado por la I. Municipalidad de Recoleta.

  7. Instalación de baliza y espejo cóncavo en los accesos del proyecto, esto para prevenir posibles conflictos con los peatones.

Respecto a que los compromisos viales son mayores que los indicados y que, además, el estudio vial fue debidamente revisado por los organismos competentes, dentro de los cuales estuvo el municipio, la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana y la UOCT.

Respecto de la consulta sobre las vibraciones, se debe señalar que el titular del Proyecto, realizó una evaluación de las vibraciones que se generarán producto de las actividades de construcción del 447 proyecto. Dado que Chile no cuenta con norma específica para la evaluación del impacto por vibraciones, el Estudio Acústico y Vibraciones, presentado en el Anexo 6 de la Adenda 1, utiliza como norma de referencia un estándar definido por el departamento de Transportes de California, en Estados Unidos, recomendada para la evaluación de proyectos con uso de maquinaria pesada como excavadoras, compactadores, camiones, etc. El titular acredita que dicho estudio demuestra que se cumplirá con la norma de referencia utilizada. Por lo anterior, el titular expone en el Proyecto, que no existirá riesgo de daño sobre las edificaciones vecinas, acreditándose por lo tanto el cumplimiento de la norma de referencia adoptada, lo cual ha sido revisado y validado por los organismos con competencia ambiental que revisaron este estudio.

Respecto de la consulta sobre colapso de estacionamientos públicos, la tasa de estacionamientos exigida por la normativa para este proyecto es 34,5% para la Etapa 1 y 35,6% para la Etapa 2. De acuerdo a la Encuesta Origen-Destino (2012) la tasa de tenencia de vehículos en la comuna de Recoleta, que corresponde a 0,41 vehículos por vivienda, es decir 41%.

El proyecto contempla una cantidad de estacionamientos superior a los valores anteriores. El proyecto contempla una cantidad de estacionamientos muy superior a los valores anteriores. La Etapa 1 contempla 190 estacionamientos vendibles para los dueños de departamentos lo que corresponde a una tasa de 73%, la Etapa 2 contempla 220 estacionamientos para los dueños de departamentos, que corresponde a una tasa del 99%.

A lo anterior se deben agregar los estacionamientos de visita exigidos por la normativa (26 estacionamientos en ambas etapas).

Respecto de la consulta sobre salubridad e higiene, el titular señala que la eliminación de malezas, el despeje del terreno y la desratización se realizó, precisamente, por una solicitud de los vecinos para eliminar la presencia de ratones. Además, para evitar nuevas afectaciones a los vecinos colindantes al proyecto, el Titular ha mantenido limpio el terreno y realizará las desratizaciones exigidas por la normativa.

En el proyecto el Titular también informa que los proyectos de Basura se encuentran en aprobación por parte de la Autoridad Sanitaria. Dichos permisos permitirán que los habitantes del proyecto puedan disponer sus residuos domiciliarios, a través de ductos, al interior de contenedores ubicados en las salas de basuras. Además, cabe destacar, que el retiro de los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios es obligación de la Municipalidad y se realizará por Avenida Perú. Para mayor detalle ver respuesta 2 de la Adenda Complementaria.

Durante la etapa de construcción, el manejo de basuras será la acumulación en un sector habilitado para ello, siendo el traslado y disposición con empresas autorizadas para tal fin. Por esta razón, no habrá acumulación de residuos fuera de la obra.

Respecto a la habilitación de paso peatonales al interior del proyecto, se informa a la comunidad que estos son propiedad del Titular, ya que el lote original fue adquirido a sus propietarios y debidamente inscrito en los registros correspondientes, no habiendo sobre ellos servidumbres de paso.

Respecto de la consulta sobre el estudio de sombras, los edificios se encuentran emplazados en el terreno distantes varios metros de los deslindes, con el propósito de generar menores efectos de sombras y ventilación de las casas vecinas. Lo anterior se encuentra detallado en el estudio de sombras aprobado por la D.O.M de Recoleta y forma parte integrante del Permiso de Edificación Nº 29 de fecha 25 de abril de 2016 (Edificio Perú Plaza I) y Permiso de Edificación N°53 de fecha 16 de octubre de 2017 (Edificio Perú Plaza II) otorgado por la D.O.M de Recoleta. Estos permisos acreditan que el proyecto cumple con el Instrumento de Planificación Territorial vigente para este sector en forma íntegra.

Respecto de la consulta sobre la potencia eléctrica, de la observación, cabe señalar que los terrenos en que se ubicará el proyecto se ubican al interior del área de concesión eléctrica de la empresa Enel. Dicha empresa se encuentra legalmente obligada a prestar servicios eléctricos tanto a la población Lemus como a los edificios del proyecto, además de los demás habitantes en su área de concesión. La Superintendencia de Electricidad y Combustibles es el organismo público encargado de fiscalizar a dicha empresa concesionaria, contando con múltiples facultades en caso que existan 448 problemas de servicio, como cortes reiterados. Finalmente, se debe aclarar que los edificios del proyecto no serán agentes contaminantes.

Respecto de la consulta sobre el impacto visual y la privacidad, el titular señala que el Instrumento de Planificación Territorial (IPT) consignó el suelo del proyecto como de uso residencial, por lo que, permite la construcción del proyecto; el proyecto cumple con el IPT en términos de la altura, rasantes y sombras proyectadas a los terrenos aledaños al proyecto. Además, el proyecto cumple con lo establecido en el artículo 2.6.11 de Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Por lo anterior, se debe señalar que el Proyecto cumple con los instrumentos legales que permiten la elaboración del Proyecto.

107. Lucía Carrasco Gutiérrez

1. La Municipalidad de Recoleta solicitó: Estudio de Impacto Ambiental. Mediante Ley de Transparencia de la Municipalidad de Recoleta hemos conseguido acceso a la resolución de aceptación del anteproyecto Nº 1 del 18 de enero de 2017, la cual no ha sido asociada a la presente DIA. Esta resolución expresa que este proyecto excede el umbral mínimo de exigencia de estudio de impacto ambiental (300 viviendas), con un total de 483 viviendas y 13 locales comerciales; debiendo, por lo tanto, presentar el citado estudio antes del inicio de las obras. Sin embargo, la empresa está presentando una DIA por la primera resolución del anteproyecto Nº28 del 23 de octubre de 2015, que no pedía un EIA sino sólo una DIA. La resolución de 2017 también indica la intención de la empresa para evitar la necesidad del estudio y, por lo tanto, lo exigen en la última resolución.

2. Deterioro de calidad de vida El proyecto se vende por los desarrolladores y constructores como una renovación urbana que entrega calidad de vida, “observante de la norma” y en armonía con sus vecinos. Una encuentra realizada por la Universidad de Chile entre 746 residentes de barrios, en renovación urbana, en el Gran Santiago, concluyó que para los vecinos antiguos, la calidad de vida de sus barrios disminuye con la renovación. Así, para los encuestados y encuestadas, la nota promedio asignada con anterioridad a la llegada de los edificios en altura es de un 6.0, mientras que la nota que adjudican para calificar la situación actual de sus barrios, apenas alcanza un promedio de 4.8 (López et al., 2013). Los efectos negativos que la renovación urbana ha tenido en los barrios de Santiago Centro y estación Normal (sic) son conocidos y bien documentados y han causado impacto en los últimos años (Pozo 2013, El Mercurio 2017).

3. Polvo producido por los vehículos La entrada y salida de vehículos de la obra genera una gran cantidad de contaminantes. El transporte de los materiales al lugar de la obra provoca mucho polvo o material particulado. Las ruedas de los vehículos contienen gran cantidad de material particulado suspendido tales como polvo, arena, arcilla y cemento. Estas materias quedan suspendidas en el aire, suelo y agua. Además, los vehículos transportan este material suspendido fuera de la obra, lo que implica que no sólo se pueden enfermar los trabajadores sino también la comunidad.

4. Polvo provocado por las actividades de la construcción La mayoría de las actividades de construcción como excavaciones, rellenos, movimiento de tierra, blanqueo, pintura, azulejado, mezclas de hormigón y acabado provocan un efecto adverso sobre el entorno, pues provocan una gran cantidad de material particulado.

5. Polvo provocado por los materiales de la producción Estos materiales son cemento, áridos, arena, arcilla, cal, madera y carbono de calcio. Los trabajadores que laboran en la obra, y emplean esos materiales, así como los vecinos colindantes al proyecto, tienen una alta exposición al polvo emitido por ello (Baby et al 2008, citado por Singh 2011), demuestra que el polvo de cemento contiene metales pesados tales como níquel, cobalto, plomo y cromo como concomitantes peligrosos para el ambiente biótico con impacto adverso para la vegetación, para la salud urbana y animal y para los ecosistemas. Diversos estudios han demostrado que hay una relación entre la exposición al polvo de cemento, el deterioro crónico del funcionamiento de los pulmones y los síntomas respiratorios de la población humana. El polvo de cemento irrita la piel, la mucosa de ojos y el sistema respiratorio. Su deposición en el tracto respiratorio provoca una reacción base que aumenta los valores del pH que irrita las mucosas 449 expuestas Zeleke et al. 2010). La exposición al polvo de cemento ha sido asociada al incremento de sufrir anormalidades del hígado, desórdenes hormonales y carcinogénesis. Se ha planteado que la reducción de la capacidad antioxidante y el aumento de peroxidación lípida del plasma podrían explicar los mecanismos causales de enfermedades (Aydin et al, 2010).

6. Ruido • Ruido proveniente de los vehículos, por ejemplo, transporte de materiales • Ruido proveniente de las actividades de la construcción, por ejemplo, excavación, relleno. • Ruido proveniente de las herramientas de la construcción, por ejemplo, mezcladora de hormigón, máquinas eléctricas

En la obra, los trabajadores utilizan herramientas como mezcladora de hormigón, trituradoras de hormigón, compactadoras, lijadoras, cepilladoras, cortadora de discos, taladros y motosierras y son quienes más sufren por la exposición al ruido derivado de la construcción. También, los residentes que viven vecinos a la obra en construcción y quienes usan las calles cercanas a la obra. Lo anterior significa que muchas personas sufren a diario por los ruidos de la construcción dado el crecimiento de esta franja de Gaza (sic). El proyecto no considera monitoreo de niveles de ruido, los vecinos estiman que los ruidos pueden provocar pérdidas de la audición temporal o permanente, estrés y molestia. Manifestándolo a los representantes de la empresa constructora luego de la presentación realizada en la Junta de Vecinos el 12 de junio de 2017; sin embargo, los representantes de la empresa, y especialmente su consultora ambiental, Leticia Del Pozzo, desestimaron la necesidad de realizar un monitoreo argumentando que no hay norma que lo exija. Los encuestados en el estudio de Enshassi et al (2014), indicaron que los ruidos de las construcciones podrían provocar trastornos sociales en sus hogares, trabajos y cuando intentaban dormir. Potencialmente, los ruidos de la construcción pueden molestar a las personas las 24 horas del día, los 7 días a la semana. Los efectos del ruido en la salud son consecuencia de los elevados niveles de ruido. Un elevado nivel de ruido en el trabajo u otros lugares puede producir deterioro de la audición, hipertensión, enfermedades cardíacas isquémicas, molestias y perturbación del sueño. Cambios en el sistema inmunológico y defectos de nacimiento han sido atribuidos a la exposición de ruido (Passhier- Vermeer y Passhier 2000). Se sabe que la exposición al ruido induce zumbidos, hipertensión, vasoconstrucción, y otros efectos cardiovasculares adversos. (WRUC 2007) Ijigah et al (2013) realizaron una investigación en Nigeria encontrando que la contaminación por ruido se encontraba en un 6º lugar con un índice de importancia relativa (IIR) de 0,794 en una escala de 0 a 1.

7. Efectos sobre la comunidad Las obras de construcción cierran calles y perturban los intereses de las personas. El transporte de la construcción provoca interrupción de tráfico debido al cierre de calles o caminos, además, los encuestados estimaron que el ruido y la vibración producidos por la construcción y el movimiento vehicular podían provocar trastornos sociales en los hogares, en el lugar de trabajo y a la hora de dormir. Enshassi et al 2014 clasificaron este efecto con un IIR= 0,7 Ijigah et al (2013) realizaron su estudio en Nigeria y encontraron que el trastorno social ocupaba el nº 14 con un IIR=0,711. Zolfagharian et al (2014) encontraron que el trastorno social se ubicaba en el nº22.

8. Tránsito de camiones La interrupción del tráfico que se producirá por el tránsito de camiones en la construcción es considerada como un alto impacto por los estudiantes. Los responsables del proyecto plantean que los responsables no pasarán por la población para llegar a la obra. Sin embargo, el plan de acceso fue generado por la empresa antes de la actual construcción del bandejón central en avenida Perú que cerró el ingreso por Desiderio Lemus. Por lo tanto, los camiones no tendrán forma de llegar desde el norte. Si no es a través de la población, para luego virar hacia el norte por avenida Perú y luego poder entrar a la obra.

9. Tráfico Actualmente, los vecinos de la población Lemus tienen gran dificultad para entrar o salir en las horas punta, teniendo que enfrentar colas provenientes de Valdivieso, que es la única salida que tiene, luego de que las obras de la avenida Perú cerraran los accesos. El proyecto agravará la situación no sólo durante la construcción, sino que luego de su habilitación habitacional (sic), producto de un alto número de personas que se incorporará al uso de las mismas vías de acceso. La empresa presenta como principal medida de mitigación, la mejora eléctrica de semáforos de avenida Perú con avenida Valdivieso (normalización del controlador e instalación de una UPS). Sin embargo, esto no tendrá absolutamente ningún efecto en mejorar el tráfico vehicular en las horas punta, dado que el problema no es que no funcione el semáforo, sino que la capacidad de las calles 450 es insuficiente para el flujo vehicular habitual, el cual será posiblemente triplicado por este proyecto. 483 departamentos equivalen más o menos a 1300 personas nuevas. Por lo tanto, los vecinos colindantes consideramos absolutamente insuficientes las medidas de mitigación presentadas.

10. Vibraciones Los vecinos de la población Lemus, también consideramos importante el impacto que tendrán las vibraciones generadas por la construcción. La población está constituida principalmente por casas de más de 70 años y algunas son de adobe. El proyecto no considera los efectos que las vibraciones puedan tener ni presentan medidas de mitigación.

11. Colapso de estacionamientos públicos Los vecinos manifestamos nuestra preocupación por el excesivo uso que harán los moradores de los edificios de los espacios púbicos de estacionamientos de la población Lemus. Nuestra preocupación se basa en el hecho de que para 483 departamentos sólo se construirán 447 estacionamientos para autos, considerando que hoy en día cada familia tiene al menos un auto, es evidente que los estacionamientos privados del proyecto serán insuficientes y, por lo tanto, los moradores de los edificios ocuparán los espacios de estacionamiento del vecindario. Lo que redundará en que los residentes de la población Lemus no podrán estacionar fuera de sus propias casas. Este problema fue planteado a los responsables del proyecto, presentación hecha en la junta vecinal, pero estos manifestaron que están dentro de la norma y que no estiman que se vendan todos los estacionamientos ni produzca tal efecto. Su estimación se basa en que en sus proyectos anteriores nunca se han vendido todos los estacionamientos dado que según indicaron hay muchas familias jóvenes que no tienen recursos para comprar un auto. Por lo tanto, no estiman necesaria una medida de mitigación. Estamos en desacuerdo con la información de la empresa, la cual si bien puede ser cierta al momento del inicio de venta de sus departamentos; esto no implica que –eventualmente- todos los estacionamientos sean vendidos, mucho después de que la empresa se retire de nuestra población. Alucen que están dentro de la norma y que la norma no la hacen las inmobiliarias.

12. Salubridad e higiene Desde que la empresa ABSAL comenzó sus trabajos, los vecinos colindantes hemos tenido bastante invación de ratas en nuestras casas. Esto fue indicado a la empresa en la presentación en la junta vecinal, a lo cual sólo respondieron que han hecho desratizaciones. Sin embargo, esto evidentemente no ha sido suficiente, la empresa no manifestó ninguna voluntad de tomar medidas al respecto. Los vecinos, además, estamos preocupados por la acumulación de basura en el vecindario producto de estos edificios. La inminente llegada de inmigrantes, especialmente en cités de avenida Valdivieso ha significado una acumulación constante en las vías públicas. Estas no son sólo bolsas de basura que tiran en el piso para que sean destruidas por los perros, sino que también electrodomésticos, muebles, colchones etc. Ni los vecinos ni la municipalidad han podido solucionar este problema; por lo tanto, prevemos que este tremendo proyecto habitacional podría empeorar muchísimo más la situación, ya que no hay forma de prever ni controlar el nivel educacional de las 483 familias que llegarán y no existen medidas de mitigación para generar un adecuado control de la cantidad de basura que será generada y dónde será depositada. Si los habitantes de los departamentos no encuentran dónde desechar sus basuras y muebles viejos, de seguro que buscarán una vereda o pasaje de nuestra población para hacerlo. Tampoco, nada parece indicar que si los vecinos de las torres decidieran sacar sus basuras por los portones que dan hacia las calles de la población (Ricardo Lemus y Juan Antonio Ríos), no puedan hacerlo. Aún si, como indica la empresa, ellos no permitirán tránsito de camiones y autos desde la propiedad hacia esas calles, los vecinos, luego de comprar los departamentos podrán hacerlo. Los vecinos vemos como única medida de mitigación efectiva que estas calles sean habilitadas como tal hasta avenida Perú, pero como pasos peatonales. Estas calles son espacios públicos y fueron concedidas al antiguo Estadio Montserrat, dado que el beneficio de ese proyecto presentaba para toda la comunidad. Sin embargo, como ese beneficio ya no existe, solicitamos que las calles sean devueltas a la comunidad. Por ser calles, son de dominio público y este carácter no puede cambiarse por un plan regulador, ni puede ser cedido a un privado sin una desafección, la cual no ha ocurrido; por lo tanto, la comunidad de vecinos solicita su habilitación pública y peatonal, como medida de mitigación ambiental del presente proyecto.

13. Estudio de sombras mal realizado Las torres generarán gran sombra durante gran parte del año sobre las casas del costado sur, oriente y poniente. Eso redundará no sólo en la oscuridad de los patios y hogares, sino que en mayor frío y humedad en las casas. Un estudio de la Universidad de Chile sobre renovación urbana midió los 451 efectos sobre los últimos 10 años. Entre la consecuencia de los vecinos está el exceso de sombra, (López et al 2013). Los vecinos tendrán un aumento del gasto de electricidad y parafina para iluminación y calefacción. La humedad favorecerá el crecimiento de hongos, lo cual puede llevar a un aumento de enfermedades respiratorias, especialmente en niños y asmáticos. El proyecto no considera medidas de mitigación para estos impactos. Al plantearle el problema a los representantes en la junta vecinal, ellos manifestaron que, en las partes cercanas al límite del terreno, las torres guardan una distancia de 10,4 metros. Esto nos parece absolutamente insuficiente considerando que los edificios tendrán una altura de 16 metros. Revisando en detalle el estudio de sombra de la empresa, incluido en su DIA, detectamos que la rasante 70º por el costado oriente del proyecto parte desde los 6 metros de altura y por el otro lado –sur- desde los 14 metros, ambos costados dan hacia la población Lemus. Según el artículo 2.6.3 de la Ordenanza General de Construcciones y Urbanismos las rasantes se aplican desde las alturas máximas permitidas sólo en el caso de edificaciones contiguas, cuando las edificaciones son aisladas, debe aplicarse desde el nivel del suelo. La población Lemus es EB1 según el plano regulador vigente. El cual permite construcción continua sólo en frentes menores a 15 metros y el terreno del proyecto inmobiliario tiene un frente mayor a 15 metros, así como la mayoría de las casas de la población Lemus y, por lo tanto, son viviendas aisladas. Por lo tanto, concluimos que el estudio de sombras está mal hecho porque sobreestima el volumen teórico del edificio y solicitamos que sea hecho nuevamente.

14. Potencia eléctrica Actualmente la población Lemus ha tenido cortes eléctricos en reiteradas oportunidades. Esto preocupa a la población ya que la construcción es una operación energéticamente intensa y lo mismo pasaría con el uso del edificio a lo largo de su vida operativa. Creemos importante que se reconozca a los edificios Perú Plaza I y II como un potente agente consumidor de energía y emisor de contaminantes durante su vida operativa.

15. Impacto visual y privacidad La población Lemus, es un sector residencial donde las casas son generalmente de uno y dos pisos. La construcción de estos edificios rompe significativamente con el esquema existente de nuestra población, produciendo un perfil urbano irregular que reemplaza la actual estructura de nuestra población. Por otra parte, estos edificios interrumpen nuestra privacidad, sobre todo para los vecinos colindantes, los cuales están a 10,4 metros de distancia.

16. Conclusiones Esperamos que el Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental acoja nuestra observación y nos ayude a evitar los graves y negativos efectos que este proyecto tendrá sobre nuestra calidad de vida. El proyecto alude un beneficio social para dar respuesta a una supuesta necesidad habitacional de Santiago. Sin embargo, la población Lemus no tiene tal necesidad y estamos asumiendo esa externalidad con todos los costos que conllevará en aumentar en varias veces su densidad poblacional actual, sin ser beneficiada sino perjudicada. Dada la extensión de los impactos ambientales de este proyecto y que tal como lo indica la Municipalidad de Recoleta en su resolución del anteproyecto Nº1 del presente año, es necesario y exigimos que se realice un Estudio de Impacto Ambiental.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto de lo planteado en la observación en relación a los fundamentos de la DIA, se debe informar que los proyectos inmobiliarios que exceden de las 300 viviendas deben ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) de acuerdo a la letra h.1.3 del artículo 3° del Reglamento del SEIA (DS N°40/2013 del Ministerio del Medio Ambiente) que señala:

“Letra h): Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturada. h.1: Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjunto de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características: 452 • h.1.1: Que se emplacen en áreas de extensión urbana o en área rural, de acuerdo al instrumento de planificación, correspondiente y requieran de sistemas propios de producción y distribución de agua potable y/o de recolección, tratamiento y disposición de aguas servidas; • h.1.2: Que den lugar a la incorporación al dominio nacional de uso público de vías expresas o troncales; • h.1.3: Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas; o • h.1.4: Que consulten la construcción de edificios de uso público con una capacidad para cinco mil (5.000) o más personas o con mil (1.000) o más estacionamientos.”

De acuerdo a lo anterior, el proyecto ingresó al SEIA ya que: • Corresponde a un proyecto de tipo inmobiliario que se ubica en la Región Metropolitana, la cual ha sido declarada zona latente para Dióxido de Nitrógeno (NO2) y saturada para Partículas Totales en Suspensión (PTS), Material Particulado Respirable (PM10), Monóxido de Carbono (CO) y Ozono (O3). La Región, cuenta con el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA), que ha sido dictado conforme al artículo 44 de la Ley Bases del Medio Ambiente. • El proyecto contempla la construcción de 483 departamentos.

Habiendo establecido la necesidad de ingreso al SEIA, lo siguiente es determinar si debe hacerse a través de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) o un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), en caso que se produzca alguno de los efectos características y/o circunstancias señaladas por el artículo 11 de la Ley 19.300. A partir de las prospecciones y estudios realizados (emisiones atmosféricas, ruido y vibraciones, patrimonio arqueológico, factibilidad de servicios sanitarios, medio humano), es posible indicar que el proyecto no genera ninguno de los efectos, características y/o circunstancias señaladas en las letras a) a la f) del artículo 11 de la Ley 19.300, o en los artículos 5 al 10 del Reglamento del SEIA que regulan la misma materia. Por lo cual, el proyecto ingresa al SEIA a través de una DIA.

Cabe señalar que durante la evaluación ambiental de esta DIA ningún organismo público con competencias ambientales ha señalado que el proyecto produzca alguno de los efectos, características y/o circunstancias señaladas en las letras a) a la f) del artículo 11 de la Ley 19.300 ni ha requerido la presentación de un EIA.

Adicionalmente, es importante comentar y aclarar que toda diferencia o discrepancia entre lo presentado en la Resolución de Aprobación del Anteproyecto y el Permiso de Edificación, se produce por la evolución del proyecto, desde un anteproyecto a un proyecto definitivo. El desarrollo mismo de un proyecto en cada uno de sus componentes puede arrojar modificaciones entre la etapa de Anteproyecto y el Permiso de Edificación, respecto de las cuales la autoridad pudo haberse pronunciado de manera distinta. Esta es una situación común en los proyectos de esta naturaleza.

La construcción del proyecto, por lo tanto, debe ajustarse a lo permitido a través de los Permisos de Edificación de cada edificio, como también, de lo evaluado ambientalmente en el SEIA.

En la Tabla 8 “Característica Proyecto” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA, se presenta la información del Proyecto a construir con las superficies aprobadas a la fecha mediante el Permiso de Edificación N°29 del 25 de abril de 2016 (Perú Plaza I) y mediante el Permiso de Edificación N° 53 de fecha 16 de octubre de 2017 (Perú Plaza II).

Respecto del tema de la calidad de vida, según plantea el PLADECO 2014-2018, la aprobación del Plan Regulador Comunal del año 2005 reconoce Av. Perú como eje de renovación urbana, donde se han llevado a cabo algunos proyectos inmobiliarios. Posterior, durante el año 2006 se realizó la primera modificación al instrumento con el fin de restringir las condiciones de construcción de los nuevos inmobiliarios, lo cual impactó notoriamente en la producción en dicha zona. Considerando dicho antecedente, cabe señalar que el Proyecto se ajusta a la normativa territorial vigente, establecida a través del Plan Regulador Comunal de Recoleta y es en virtud de este instrumento que ha sido diseñado y obtenido los permisos municipales que dan cuenta de esta situación.

Respecto de la consulta sobre el polvo producido por los vehículos, el titular se compromete a que el transporte de materiales o residuos que despendan polvo se realizará con la carga cubierta (encarpado), manteniendo una distancia mínima de 10 cm. entre la superficie de la carga y la 453 cubierta, además, de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver figura 4 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria).

En cuanto a las ruedas de los vehículos, se limpiarán del barro adherido previo al abandono de la zona de faenas, es decir, a la salida de la obra dando cumplimiento al artículo 5.8.3 de la OGUC.

Además, para evitar las emisiones de gases generadas por los vehículos livianos y pesados, se exigirá a los contratistas mantener los vehículos con revisión técnica y mantenciones al día. Dicho registro se mantendrá en obra.

Además, cabe destacar que el proyecto no supera los límites indicados en el artículo 98 del PPDA, tal como se puede observar en la Tabla 4 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria.

Según estos antecedentes, no se verá afectada la salud de los vecinos colindantes al área del proyecto.

Respecto de la consulta sobre el polvo provocado por las actividades de construcción, el titular ha comprometido y entregado los antecedentes para acreditar el cumplimiento de todas las medidas para controlar el polvo que producen las actividades de construcción. Además, para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante dicha fase de construcción, el titular consideró las siguientes medidas: • Humectación: Según la letra a) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se humectarán las áreas de movimientos de tierra y vía de circulación interna de acuerdo a los requerimientos en terreno, contemplándose un mínimo de 2 veces al día durante el periodo que duren las excavaciones. La fuente de agua provendrá de un arranque de agua potable en la obra o en su defecto por medio de camión aljibe que posea las autorizaciones y permisos correspondientes, se mantendrá registro en obra por medio de boletas o facturas. • Camiones encarpados: Según la letra c) del artículo 5.8.3 de la OGUC, el transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver Figura 4 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria). • Estabilización y compactación de caminos: Según la letra b) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículo por el periodo correspondiente (tiempo en que duren las excavaciones). • Cierre perimetral en los deslindes: Según la letra g) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se construirá cierre perimetral en los deslindes del proyecto con mallas tipo raschel, el cual será mantenido en buen estado. La finalidad de este cierre es evitar la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área del proyecto y sectores circundantes. Los cierres podrán ser reemplazados por los paneles OSB con fines acústicos, adicionándoles 50 cm por sobre el nivel con malla raschel, lo que se muestra en la Figura 51 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria (Ver Figura 51 Cierre Perimetral) • No se realizarán quemas: Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros combustibles al interior de la obra. • Limpiar ruedas: Según la letra d) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se limpiarán las ruedas de los vehículos del barro adherido previo al abandono de ellos de la zona de faenas, es decir, a la salida de la obra dando cumplimiento al artículo 5.8.3 de la OGUC. • Revisión técnica y mantenciones al día: En cuanto a la emisión de gases, se exigirá a los contratistas mantener los vehículos con revisión técnica y mantenciones al día, manteniendo el registro en obra.

Respecto de la consulta sobre el polvo provocado por los materiales de la construcción, se debe aclarar que en la obra no se fabricará cemento, solamente se utilizará hormigón premezclado. Con todo, de manera de prevenir la exposición al polvo generado por el cemente, se tomarán las siguientes medidas: • Usar hormigón premezclado • Humedecer el polvo en el punto donde se genera • Instalar un sistema local de ventilación por extracción. • La persona que manipule el cemento utilizará mascara respiratoria, antiparras y guantes de PVC • El material se almacenará en recintos cerrados, secos y con adecuada ventilación 454 Con estas medidas se evitará generar afectación a los trabajadores y vecinos colindantes al proyecto. Respecto a otros materiales que puedan generan polvo en suspensión, ya sea áridos, arena, entre otros, se tomarán las siguientes medidas: • El transporte de materiales o residuos se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humectar la carga en caso de ser necesario. • Se mantendrán humectados y/o cubierto con lona o malla raschel las pilas de tierra, escombros u otro material que pueda desprender polvo.

Respecto de la consulta sobre el ruido, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en horario diurno (lunes a viernes entre las 08:00 a 19:00 horas, y, los sábados entre las 08:00 a 14:00 horas), por lo que, los vecinos colindantes al proyecto no se verán afectados ni durante el periodo nocturno, ni los fines de semana.

En cada una de las etapas del Proyecto se implementarán las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (placa sólida de madera aglomerada (OSB) como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), medidas que permiten garantizar que los niveles estimados de ruido cumplirán con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente. Este decreto se basa en la salud de la población y recoge los niveles recomendados al efecto por la organización Mundial de la Salud (OMS), por cuanto acreditar su cumplimiento, es la única forma objetiva, legal y vigente que posee un proyecto para acreditar que no generará efectos en la salud de la población.

En cuanto a la solicitud de realizar un monitoreo acústico, el titular ha acreditado el cumplimiento de la norma, por cuanto sólo se propone la verificación de las medidas de control indicadas en la evaluación acústica. No obstante lo anterior, el titular compromete que, en caso de producirse molestias a la comunidad por este factor, los vecinos podrán ponerse en contacto con el encargado de la obra, quien verificará el cumplimiento de las medidas y, en caso de ser necesario, las reforzará.

Además, para reforzar las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1, el Titular se compromete a instalar placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas para disminuir posibles molestias a los vecinos, cuyos detalles se presentan en la siguiente Tabla:

Tabla 102 Placas OSB en deslindes del Proyecto Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar afectaciones a los vecinos de la Población Lemus. Descripción: Durante la fase de construcción se instalarán placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas. Justificación: El presente compromiso se enmarca en la solicitud realizada por la Población de aumentar la altura de las barreras para asegurar la tranquilidad de los vecinos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Placas OSB de 6 metros de altura en los tres frentes que colindan a viviendas de la Población Lemus. Forma: Las Placas OSB se mantendrán en buen estado durante todo el periodo que dure la fase de construcción. Oportunidad: Las Placas OSB permanecerá durante toda la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Letrero en Registro fotográfico de las placas OSB. Forma de control y seguimiento

Existirá un encargado en obra de verificar que las placas OSB se encuentran en buen estado y que den cumplimiento a la altura comprometida. 455

Respecto de la consulta sobre los efectos de la comunidad, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en periodo diurno, por lo que, los vecinos colindantes al proyecto no se verán afectados durante el periodo nocturno. El horario de trabajo será de 08:00 a 19:00 horas de lunes a viernes, y sábado de 08:00 a 14 horas.

En cada una de las etapas del Proyecto se implementarán las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (placa sólida de madera aglomerada (OSB) como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras). Por lo tanto, según los antecedentes entregados por el titular, los niveles estimados de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente.

Dado que Chile no cuenta con una normativa específica que permita regular las vibraciones de índole ambiental, se utiliza lo recomendado por el Servicio de Evaluación Ambiental en su informe final para evaluación de vibración del estudio “Elaboración de una Guía Metodológica de Evaluación de Ruido y Vibraciones en el SEIA”, en donde se establecen metodologías y se recopilan antecedentes de normativas internacionales y estándares de referencia que tengan como objetivo proteger la salud de la población. Por consiguiente, el criterio de evaluación utilizado es el establecido en la guía “Transportation and Construction Vibration” (2004) del California Department of Transportation (Caltrans), Division of Environmental Analysis (USA).

Complementariamente, en el Anexo 6 de la Adenda 1 se acredita el cumplimiento de las normas de referencia de vibraciones.

En cuanto a la consulta sobre si el proyecto pudiera cerrar calles por las actividades de construcción, es importante señalar que la única obra que puede impedir de forma momentánea el uso de la vereda es la construcción de la vereda frente al proyecto, lo que representa un proyecto de mejora a la condición actual que poseen los peatones.

Respecto de la consulta sobre el tránsito de camiones, se aclara que los vehículos durante la fase de construcción del proyecto no ingresarán a la población Lemus. Para esto, se ha decido actualizar las rutas a utilizar durante la Fase de Construcción del Proyecto. Por lo tanto, la calle a utilizar por los vehículos que transitan desde el Norte será por Av. Perú, Vuelta en U en calle Rapa Nui y luego tomar nuevamente Av. Perú y los camiones que salgan del proyecto hacia el centro será por calle Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Puma, María Graham y luego tomaran nuevamente Av. Perú. Adicionalmente, el Titular se compromete a que todo tránsito de vehículos livianos, vehículos de carga de material y vehículos de escombros a realizar durante la fase de construcción será por fuera de la Villa Lemus, lo cual quedará estipulado en el contrato de prestación de los servicios y ha sido establecido como un compromiso ambiental voluntario que quedará en forma expresa en la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del Proyecto.

Respecto de la consulta sobre el tráfico, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

En la siguiente figura se muestran los puntos de medición de flujos. Estas mediciones obtenidas en terreno permitieron calibrar de manera adecuada los modelos computacionales que fueron utilizados para la representación actual y con proyecto del área de influencia.

Figura 20 Ubicación puntos de medición 456

De acuerdo a la metodología, para representar la demanda aportada por el proyecto se consideraron los 447 estacionamientos que contemplan ambos edificios.

Como resultado de este estudio, se generaron las siguientes medidas que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto:

  1. Pavimentación de una franja de 2 metros de Av. Perú, entre el proyecto y calle Arzobispo Valdivieso, de acuerdo a lo aprobado y establecido en el proyecto de tratamiento de espacio público por la I. Municipalidad de Recoleta.

  2. Repavimentación de calle Doctor Ostornol, entre Francisco Silva y Arzobispo Valdivieso, de acuerdo a lo indicado en plano de medidas de mitigación.

  3. Elaboración y ejecución de proyecto de demarcación y señalización en los siguientes tramos contenidos dentro del área de influencia del proyecto: • Av. Perú, entre Arzobispo Valdivieso y Celia Coloma (frente del proyecto) • Celia Coloma, entre Av. Perú y Elcira Lemus • Eloísa Lemus, entre Desiderio Lemus y Elcira Lemus • Elcira Lemus, y Eloísa Lemus y Celia Coloma • Arzobispo Valdivieso, entre Av. Recoleta y Doctor Ostornol • Unión, entre Av. Recoleta y Francisco Silva. • María Graham, entre Av. Recoleta y Av. Perú. • El Salto Chico, entre Unión y Arzobispo Valdivieso. • Puma, entre Unión y Arzobispo Valdivieso. • Av. El Salto, entre Doctor Ostornol y Arzobispo Valdivieso. • Doctor Ostornol, entre Av. Recoleta y Arzobispo Valdivieso.

Esta medida incluye la demarcación de líneas de parada, uso de pistas y cruces peatonales. Para el caso de la intersección de Arzobispo Valdivieso con Av. Recoleta se incluirá la demarcación de estacionamientos y pista de viraje izquierda.

  1. Reprogramación de los siguientes semáforos, incluyendo la tarea de sintonía fina y la reconfiguración de las EPROMS de los controladores: • Av. Recoleta con Arzobispo Valdivieso • Av. Recoleta-Semáforo Peatonal • Av. Recoleta con Unión • Av. El Salto con Dr. Ostornol • Av. Perú con Arzobispo Valdivieso • Av. El Salto con México • Av. Perú con Unión 457 • Av. Perú con Schlack • Av. Perú con San Cristóbal • Av. Perú con Santos Dumont

  2. Normalización del controlador ubicado en Av. Perú con Arzobispo Valdivieso.

  3. Instalación de unidades de respaldo de energía (UPS) para los semáforos ubicados en la intersección de Av. Recoleta con Unión y Av. Perú con Unión.

  4. Deberá realizar un estudio de justificación de semáforo peatonal en Av. Perú y Desiderio Lemus (frente a proyecto), el cual deberá ser revisado y aprobado por UOCT. De justificarse, deberá presentar el Proyecto de Semaforización y el Estudio de Programaciones a la misma UOCT, para su revisión y aprobación. El mandante deberá hacerse cargo de la ejecución de su construcción de acuerdo a la normativa vigente.

  5. Implementación de 3ª fase exclusiva peatonal con el objetivo de disminuir el conflicto generado por el viraje a la derecha en la intersección Av. Recoleta con Arzobispo Valdivieso. Esta implementación deberá ser ingresada a UOCT para su revisión y aprobación.

  6. Mejoramiento de los siguientes paraderos de transporte público: • Paradero PB 150 ubicado en Av. Perú y Desiderio Lemus • Paradero PB 170 ubicado en Av. Perú con Arzobispo Valdivieso

Este mejoramiento incluye el cambio de piezas defectuosas, cambio y/o actualización de señal de parada y demarcación de los cajones “Solo Bus”, en material termoplástico. Todo esto de acuerdo al estándar indicado por DTPM.

  1. Mejoramiento radios de giro en la intersección de Av. El Salto con calle Doctor Ostornol.

  2. Ejecución del proyecto Zona 30 en el cuadrante formado por Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Eloísa Lemus, Elcira Lemus y María Graham de acuerdo a lo estipulado por la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta.

  3. Ejecución de un estudio de demanda de pasajeros en paraderos catastrados, para determinar el aumento de demanda en condición de plena operación del proyecto, el cual deberá ser revisado y aprobado por la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta y por DTPM, debiendo materializar, en caso que corresponda, las obras asociadas.

  4. Evaluación de la implementación de la bidireccional de Arzobispo Valdivieso hasta Av. Recoleta, con la finalidad de dar continuidad a la red vial, y analizar el comportamiento de los flujos del proyecto en esta vía, el que deberá ser revisado y aprobado por Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta y UOCT. La evaluación del proyecto no considera la implementación de las obras resultantes de este análisis.

  5. Habilitación de dispositivos de rodados de Desiderio Lemus con Av. Perú y Celia Coloma con Av. Perú.

  6. Instalación de segregador horizontal en todo el frente predial de acuerdo a lo determinado por la I. Municipalidad de Recoleta.

  7. Instalación de baliza y espejo cóncavo en los accesos del proyecto, esto para prevenir posibles conflictos con los peatones.

Respecto a que los compromisos viales son mayores que los indicados y que, además, el estudio vial fue debidamente revisado por los organismos competentes, dentro de los cuales estuvo el municipio, la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana y la UOCT.

Respecto de la consulta sobre las vibraciones, se debe señalar que el titular del Proyecto, realizó una evaluación de las vibraciones que se generarán producto de las actividades de construcción del proyecto. Dado que Chile no cuenta con norma específica para la evaluación del impacto por 458 vibraciones, el Estudio Acústico y Vibraciones, presentado en el Anexo 6 de la Adenda 1, utiliza como norma de referencia un estándar definido por el departamento de Transportes de California, en Estados Unidos, recomendada para la evaluación de proyectos con uso de maquinaria pesada como excavadoras, compactadores, camiones, etc. El titular acredita que dicho estudio demuestra que se cumplirá con la norma de referencia utilizada. Por lo anterior, el titular expone en el Proyecto, que no existirá riesgo de daño sobre las edificaciones vecinas, acreditándose por lo tanto el cumplimiento de la norma de referencia adoptada, lo cual ha sido revisado y validado por los organismos con competencia ambiental que revisaron este estudio.

Respecto de la consulta sobre colapso de estacionamientos públicos, la tasa de estacionamientos exigida por la normativa para este proyecto es 34,5% para la Etapa 1 y 35,6% para la Etapa 2. De acuerdo a la Encuesta Origen-Destino (2012) la tasa de tenencia de vehículos en la comuna de Recoleta, que corresponde a 0,41 vehículos por vivienda, es decir 41%.

El proyecto contempla una cantidad de estacionamientos superior a los valores anteriores. El proyecto contempla una cantidad de estacionamientos muy superior a los valores anteriores. La Etapa 1 contempla 190 estacionamientos vendibles para los dueños de departamentos lo que corresponde a una tasa de 73%, la Etapa 2 contempla 220 estacionamientos para los dueños de departamentos, que corresponde a una tasa del 99%.

A lo anterior se deben agregar los estacionamientos de visita exigidos por la normativa (26 estacionamientos en ambas etapas).

Respecto de la consulta sobre salubridad e higiene, el titular señala que la eliminación de malezas, el despeje del terreno y la desratización se realizó, precisamente, por una solicitud de los vecinos para eliminar la presencia de ratones. Además, para evitar nuevas afectaciones a los vecinos colindantes al proyecto, el Titular ha mantenido limpio el terreno y realizará las desratizaciones exigidas por la normativa.

En el proyecto el Titular también informa que los proyectos de Basura se encuentran en aprobación por parte de la Autoridad Sanitaria. Dichos permisos permitirán que los habitantes del proyecto puedan disponer sus residuos domiciliarios, a través de ductos, al interior de contenedores ubicados en las salas de basuras. Además, cabe destacar, que el retiro de los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios es obligación de la Municipalidad y se realizará por Avenida Perú. Para mayor detalle ver respuesta 2 de la Adenda Complementaria.

Durante la etapa de construcción, el manejo de basuras será la acumulación en un sector habilitado para ello, siendo el traslado y disposición con empresas autorizadas para tal fin. Por esta razón, no habrá acumulación de residuos fuera de la obra.

Respecto a la habilitación de paso peatonales al interior del proyecto, se informa a la comunidad que estos son propiedad del Titular, ya que el lote original fue adquirido a sus propietarios y debidamente inscrito en los registros correspondientes, no habiendo sobre ellos servidumbres de paso.

Respecto de la consulta sobre el estudio de sombras, los edificios se encuentran emplazados en el terreno distantes varios metros de los deslindes, con el propósito de generar menores efectos de sombras y ventilación de las casas vecinas. Lo anterior se encuentra detallado en el estudio de sombras aprobado por la D.O.M de Recoleta y forma parte integrante del Permiso de Edificación Nº 29 de fecha 25 de abril de 2016 (Edificio Perú Plaza I) y Permiso de Edificación N°53 de fecha 16 de octubre de 2017 (Edificio Perú Plaza II) otorgado por la D.O.M de Recoleta. Estos permisos acreditan que el proyecto cumple con el Instrumento de Planificación Territorial vigente para este sector en forma íntegra.

Respecto de la consulta sobre la potencia eléctrica, de la observación, cabe señalar que los terrenos en que se ubicará el proyecto se ubican al interior del área de concesión eléctrica de la empresa Enel. Dicha empresa se encuentra legalmente obligada a prestar servicios eléctricos tanto a la población Lemus como a los edificios del proyecto, además de los demás habitantes en su área de concesión. La Superintendencia de Electricidad y Combustibles es el organismo público encargado de fiscalizar a dicha empresa concesionaria, contando con múltiples facultades en caso que existan problemas de servicio, como cortes reiterados. Finalmente, se debe aclarar que los edificios del proyecto no serán agentes contaminantes. 459

Respecto de la consulta sobre el impacto visual y la privacidad, el titular señala que el Instrumento de Planificación Territorial (IPT) consignó el suelo del proyecto como de uso residencial, por lo que, permite la construcción del proyecto; el proyecto cumple con el IPT en términos de la altura, rasantes y sombras proyectadas a los terrenos aledaños al proyecto. Además, el proyecto cumple con lo establecido en el artículo 2.6.11 de Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Por lo anterior, se debe señalar que el Proyecto cumple con los instrumentos legales que permiten la elaboración del Proyecto.

108. Flavio Bertoloni Longhi

  1. La Municipalidad de Recoleta solicitó: Estudio de Impacto Ambiental. Mediante Ley de Transparencia de la Municipalidad de Recoleta hemos conseguido acceso a la resolución de aceptación del anteproyecto Nº 1 del 18 de enero de 2017, la cual no ha sido asociada a la presente DIA. Esta resolución expresa que este proyecto excede el umbral mínimo de exigencia de estudio de impacto ambiental (300 viviendas), con un total de 483 viviendas y 13 locales comerciales; debiendo, por lo tanto, presentar el citado estudio antes del inicio de las obras. Sin embargo, la empresa está presentando una DIA por la primera resolución del anteproyecto Nº28 del 23 de octubre de 2015, que no pedía un EIA sino sólo una DIA. La resolución de 2017 también indica la intención de la empresa para evitar la necesidad del estudio y, por lo tanto, lo exigen en la última resolución.

  2. Deterioro de calidad de vida El proyecto se vende por los desarrolladores y constructores como una renovación urbana que entrega calidad de vida, “observante de la norma” y en armonía con sus vecinos. Una encuentra realizada por la Universidad de Chile entre 746 residentes de barrios, en renovación urbana, en el Gran Santiago, concluyó que para los vecinos antiguos, la calidad de vida de sus barrios disminuye con la renovación. Así, para los encuestados y encuestadas, la nota promedio asignada con anterioridad a la llegada de los edificios en altura es de un 6.0, mientras que la nota que adjudican para calificar la situación actual de sus barrios, apenas alcanza un promedio de 4.8 (López et al., 2013). Los efectos negativos que la renovación urbana ha tenido en los barrios de Santiago Centro y estación Normal (sic) son conocidos y bien documentados y han causado impacto en los últimos años (Pozo 2013, El Mercurio 2017).

  3. Polvo producido por los vehículos La entrada y salida de vehículos de la obra genera una gran cantidad de contaminantes. El transporte de los materiales al lugar de la obra provoca mucho polvo o material particulado. Las ruedas de los vehículos contienen gran cantidad de material particulado suspendido tales como polvo, arena, arcilla y cemento. Estas materias quedan suspendidas en el aire, suelo y agua. Además, los vehículos transportan este material suspendido fuera de la obra, lo que implica que no sólo se pueden enfermar los trabajadores sino también la comunidad.

  4. Polvo provocado por las actividades de la construcción La mayoría de las actividades de construcción como excavaciones, rellenos, movimiento de tierra, blanqueo, pintura, azulejado, mezclas de hormigón y acabado provocan un efecto adverso sobre el entorno, pues provocan una gran cantidad de material particulado.

  5. Polvo provocado por los materiales de la producción Estos materiales son cemento, áridos, arena, arcilla, cal, madera y carbono de calcio. Los trabajadores que laboran en la obra, y emplean esos materiales, así como los vecinos colindantes al proyecto, tienen una alta exposición al polvo emitido por ello (Baby et al 2008, citado por Singh 2011), demuestra que el polvo de cemento contiene metales pesados tales como níquel, cobalto, plomo y cromo como concomitantes peligrosos para el ambiente biótico con impacto adverso para la vegetación, para la salud urbana y animal y para los ecosistemas. Diversos estudios han demostrado que hay una relación entre la exposición al polvo de cemento, el deterioro crónico del funcionamiento de los pulmones y los síntomas respiratorios de la población humana. El polvo de cemento irrita la piel, la mucosa de ojos y el sistema respiratorio. Su deposición en el tracto respiratorio provoca una reacción base que aumenta los valores del pH que irrita las mucosas expuestas Zeleke et al. 2010). La exposición al polvo de cemento ha sido asociada al incremento de sufrir anormalidades del hígado, desórdenes hormonales y carcinogénesis. Se ha planteado que la 460 reducción de la capacidad antioxidante y el aumento de peroxidación lípida del plasma podrían explicar los mecanismos causales de enfermedades (Aydin et al, 2010).

  6. Ruido • Ruido proveniente de los vehículos, por ejemplo, transporte de materiales • Ruido proveniente de las actividades de la construcción, por ejemplo, excavación, relleno. • Ruido proveniente de las herramientas de la construcción, por ejemplo, mezcladora de hormigón, máquinas eléctricas

En la obra, los trabajadores utilizan herramientas como mezcladora de hormigón, trituradoras de hormigón, compactadoras, lijadoras, cepilladoras, cortadora de discos, taladros y motosierras y son quienes más sufren por la exposición al ruido derivado de la construcción. También, los residentes que viven vecinos a la obra en construcción y quienes usan las calles cercanas a la obra. Lo anterior significa que muchas personas sufren a diario por los ruidos de la construcción dado el crecimiento de esta franja de Gaza (sic). El proyecto no considera monitoreo de niveles de ruido, los vecinos estiman que los ruidos pueden provocar pérdidas de la audición temporal o permanente, estrés y molestia. Manifestándolo a los representantes de la empresa constructora luego de la presentación realizada en la Junta de Vecinos el 12 de junio de 2017; sin embargo, los representantes de la empresa, y especialmente su consultora ambiental, Leticia Del Pozzo, desestimaron la necesidad de realizar un monitoreo argumentando que no hay norma que lo exija. Los encuestados en el estudio de Enshassi et al (2014), indicaron que los ruidos de las construcciones podrían provocar trastornos sociales en sus hogares, trabajos y cuando intentaban dormir. Potencialmente, los ruidos de la construcción pueden molestar a las personas las 24 horas del día, los 7 días a la semana. Los efectos del ruido en la salud son consecuencia de los elevados niveles de ruido. Un elevado nivel de ruido en el trabajo u otros lugares puede producir deterioro de la audición, hipertensión, enfermedades cardíacas isquémicas, molestias y perturbación del sueño. Cambios en el sistema inmunológico y defectos de nacimiento han sido atribuidos a la exposición de ruido (Passhier- Vermeer y Passhier 2000). Se sabe que la exposición al ruido induce zumbidos, hipertensión, vasoconstrucción, y otros efectos cardiovasculares adversos. (WRUC 2007) Ijigah et al (2013) realizaron una investigación en Nigeria encontrando que la contaminación por ruido se encontraba en un 6º lugar con un índice de importancia relativa (IIR) de 0,794 en una escala de 0 a 1.

  1. Efectos sobre la comunidad Las obras de construcción cierran calles y perturban los intereses de las personas. El transporte de la construcción provoca interrupción de tráfico debido al cierre de calles o caminos, además, los encuestados estimaron que el ruido y la vibración producidos por la construcción y el movimiento vehicular podían provocar trastornos sociales en los hogares, en el lugar de trabajo y a la hora de dormir. Enshassi et al 2014 clasificaron este efecto con un IIR= 0,7 Ijigah et al (2013) realizaron su estudio en Nigeria y encontraron que el trastorno social ocupaba el nº 14 con un IIR=0,711. Zolfagharian et al (2014) encontraron que el trastorno social se ubicaba en el nº22.

  2. Tránsito de camiones La interrupción del tráfico que se producirá por el tránsito de camiones en la construcción es considerada como un alto impacto por los estudiantes. Los responsables del proyecto plantean que los responsables no pasarán por la población para llegar a la obra. Sin embargo, el plan de acceso fue generado por la empresa antes de la actual construcción del bandejón central en avenida Perú que cerró el ingreso por Desiderio Lemus. Por lo tanto, los camiones no tendrán forma de llegar desde el norte. Si no es a través de la población, para luego virar hacia el norte por avenida Perú y luego poder entrar a la obra.

  3. Tráfico Actualmente, los vecinos de la población Lemus tienen gran dificultad para entrar o salir en las horas punta, teniendo que enfrentar colas provenientes de Valdivieso, que es la única salida que tiene, luego de que las obras de la avenida Perú cerraran los accesos. El proyecto agravará la situación no sólo durante la construcción, sino que luego de su habilitación habitacional (sic), producto de un alto número de personas que se incorporará al uso de las mismas vías de acceso. La empresa presenta como principal medida de mitigación, la mejora eléctrica de semáforos de avenida Perú con avenida Valdivieso (normalización del controlador e instalación de una UPS). Sin embargo, esto no tendrá absolutamente ningún efecto en mejorar el tráfico vehicular en las horas punta, dado que el problema no es que no funcione el semáforo, sino que la capacidad de las calles es insuficiente para el flujo vehicular habitual, el cual será posiblemente triplicado por este proyecto. 483 departamentos equivalen más o menos a 1300 personas nuevas. Por lo tanto, los 461 vecinos colindantes consideramos absolutamente insuficientes las medidas de mitigación presentadas.

  4. Vibraciones Los vecinos de la población Lemus, también consideramos importante el impacto que tendrán las vibraciones generadas por la construcción. La población está constituida principalmente por casas de más de 70 años y algunas son de adobe. El proyecto no considera los efectos que las vibraciones puedan tener ni presentan medidas de mitigación.

  5. Colapso de estacionamientos públicos Los vecinos manifestamos nuestra preocupación por el excesivo uso que harán los moradores de los edificios de los espacios púbicos de estacionamientos de la población Lemus. Nuestra preocupación se basa en el hecho de que para 483 departamentos sólo se construirán 447 estacionamientos para autos, considerando que hoy en día cada familia tiene al menos un auto, es evidente que los estacionamientos privados del proyecto serán insuficientes y, por lo tanto, los moradores de los edificios ocuparán los espacios de estacionamiento del vecindario. Lo que redundará en que los residentes de la población Lemus no podrán estacionar fuera de sus propias casas. Este problema fue planteado a los responsables del proyecto, presentación hecha en la junta vecinal, pero estos manifestaron que están dentro de la norma y que no estiman que se vendan todos los estacionamientos ni produzca tal efecto. Su estimación se basa en que en sus proyectos anteriores nunca se han vendido todos los estacionamientos dado que según indicaron hay muchas familias jóvenes que no tienen recursos para comprar un auto. Por lo tanto, no estiman necesaria una medida de mitigación. Estamos en desacuerdo con la información de la empresa, la cual si bien puede ser cierta al momento del inicio de venta de sus departamentos; esto no implica que –eventualmente- todos los estacionamientos sean vendidos, mucho después de que la empresa se retire de nuestra población. Aducen que están dentro de la norma y que la norma no la hacen las inmobiliarias.

  6. Salubridad e higiene Desde que la empresa ABSAL comenzó sus trabajos, los vecinos colindantes hemos tenido bastante invación de ratas en nuestras casas. Esto fue indicado a la empresa en la presentación en la junta vecinal, a lo cual sólo respondieron que han hecho desratizaciones. Sin embargo, esto evidentemente no ha sido suficiente, la empresa no manifestó ninguna voluntad de tomar medidas al respecto. Los vecinos, además, estamos preocupados por la acumulación de basura en el vecindario producto de estos edificios. La inminente llegada de inmigrantes, especialmente en cités de avenida Valdivieso ha significado una acumulación constante en las vías públicas. Estas no son sólo bolsas de basura que tiran en el piso para que sean destruidas por los perros, sino que también electrodomésticos, muebles, colchones etc. Ni los vecinos ni la municipalidad han podido solucionar este problema; por lo tanto, prevemos que este tremendo proyecto habitacional podría empeorar muchísimo más la situación, ya que no hay forma de prever ni controlar el nivel educacional de las 483 familias que llegarán y no existen medidas de mitigación para generar un adecuado control de la cantidad de basura que será generada y dónde será depositada. Si los habitantes de los departamentos no encuentran dónde desechar sus basuras y muebles viejos, de seguro que buscarán una vereda o pasaje de nuestra población para hacerlo. Tampoco, nada parece indicar que si los vecinos de las torres decidieran sacar sus basuras por los portones que dan hacia las calles de la población (Ricardo Lemus y Juan Antonio Ríos), no puedan hacerlo. Aún si, como indica la empresa, ellos no permitirán tránsito de camiones y autos desde la propiedad hacia esas calles, los vecinos, luego de comprar los departamentos podrán hacerlo. Los vecinos vemos como única medida de mitigación efectiva que estas calles sean habilitadas como tal hasta avenida Perú, pero como pasos peatonales. Estas calles son espacios públicos y fueron concedidas al antiguo Estadio Montserrat, dado que el beneficio de ese proyecto presentaba para toda la comunidad. Sin embargo, como ese beneficio ya no existe, solicitamos que las calles sean devueltas a la comunidad. Por ser calles, son de dominio público y este carácter no puede cambiarse por un plan regulador, ni puede ser cedido a un privado sin una desafección, la cual no ha ocurrido; por lo tanto, la comunidad de vecinos solicita su habilitación pública y peatonal, como medida de mitigación ambiental del presente proyecto.

  7. Estudio de sombras mal realizado Las torres generarán gran sombra durante gran parte del año sobre las casas del costado sur, oriente y poniente. Eso redundará no sólo en la oscuridad de los patios y hogares, sino que en mayor frío y humedad en las casas. Un estudio de la Universidad de Chile sobre renovación urbana midió los efectos sobre los últimos 10 años. Entre la consecuencia de los vecinos está el exceso de sombra, (López et al 2013). Los vecinos tendrán un aumento del gasto de electricidad y parafina para 462 iluminación y calefacción. La humedad favorecerá el crecimiento de hongos, lo cual puede llevar a un aumento de enfermedades respiratorias, especialmente en niños y asmáticos. El proyecto no considera medidas de mitigación para estos impactos. Al plantearle el problema a los representantes en la junta vecinal, ellos manifestaron que, en las partes cercanas al límite del terreno, las torres guardan una distancia de 10,4 metros. Esto nos parece absolutamente insuficiente considerando que los edificios tendrán una altura de 16 metros. Revisando en detalle el estudio de sombra de la empresa, incluido en su DIA, detectamos que la rasante 70º por el costado oriente del proyecto parte desde los 6 metros de altura y por el otro lado –sur- desde los 14 metros, ambos costados dan hacia la población Lemus. Según el artículo 2.6.3 de la Ordenanza General de Construcciones y Urbanismos las rasantes se aplican desde las alturas máximas permitidas sólo en el caso de edificaciones contiguas, cuando las edificaciones son aisladas, debe aplicarse desde el nivel del suelo. La población Lemus es EB1 según el plano regulador vigente. El cual permite construcción continua sólo en frentes menores a 15 metros y el terreno del proyecto inmobiliario tiene un frente mayor a 15 metros, así como la mayoría de las casas de la población Lemus y, por lo tanto, son viviendas aisladas. Por lo tanto, concluimos que el estudio de sombras está mal hecho porque sobreestima el volumen teórico del edificio y solicitamos que sea hecho nuevamente.

  8. Potencia eléctrica Actualmente la población Lemus ha tenido cortes eléctricos en reiteradas oportunidades. Esto preocupa a la población ya que la construcción es una operación energéticamente intensa y lo mismo pasaría con el uso del edificio a lo largo de su vida operativa. Creemos importante que se reconozca a los edificios Perú Plaza I y II como un potente agente consumidor de energía y emisor de contaminantes durante su vida operativa.

  9. Impacto visual y privacidad La población Lemus, es un sector residencial donde las casas son generalmente de uno y dos pisos. La construcción de estos edificios rompe significativamente con el esquema existente de nuestra población, produciendo un perfil urbano irregular que reemplaza la actual estructura de nuestra población. Por otra parte, estos edificios interrumpen nuestra privacidad, sobre todo para los vecinos colindantes, los cuales están a 10,4 metros de distancia.

  10. Conclusiones Esperamos que el Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental acoja nuestra observación y nos ayude a evitar los graves y negativos efectos que este proyecto tendrá sobre nuestra calidad de vida. El proyecto alude un beneficio social para dar respuesta a una supuesta necesidad habitacional de Santiago. Sin embargo, la población Lemus no tiene tal necesidad y estamos asumiendo esa externalidad con todos los costos que conllevará en aumentar en varias veces su densidad poblacional actual, sin ser beneficiada sino perjudicada. Dada la extensión de los impactos ambientales de este proyecto y que tal como lo indica la Municipalidad de Recoleta en su resolución del anteproyecto Nº1 del presente año, es necesario y exigimos que se realice un Estudio de Impacto Ambiental.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto de lo planteado en la observación en relación a los fundamentos de la DIA, se debe informar que los proyectos inmobiliarios que exceden de las 300 viviendas deben ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) de acuerdo a la letra h.1.3 del artículo 3° del Reglamento del SEIA (DS N°40/2013 del Ministerio del Medio Ambiente) que señala:

“Letra h): Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturada. h.1: Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjunto de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características: • h.1.1: Que se emplacen en áreas de extensión urbana o en área rural, de acuerdo al instrumento de planificación, correspondiente y requieran de sistemas propios de producción y distribución de agua potable y/o de recolección, tratamiento y disposición de aguas servidas; 463 • h.1.2: Que den lugar a la incorporación al dominio nacional de uso público de vías expresas o troncales; • h.1.3: Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas; o • h.1.4: Que consulten la construcción de edificios de uso público con una capacidad para cinco mil (5.000) o más personas o con mil (1.000) o más estacionamientos.”

De acuerdo a lo anterior, el proyecto ingresó al SEIA ya que: • Corresponde a un proyecto de tipo inmobiliario que se ubica en la Región Metropolitana, la cual ha sido declarada zona latente para Dióxido de Nitrógeno (NO2) y saturada para Partículas Totales en Suspensión (PTS), Material Particulado Respirable (PM10), Monóxido de Carbono (CO) y Ozono (O3). La Región, cuenta con el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA), que ha sido dictado conforme al artículo 44 de la Ley Bases del Medio Ambiente. • El proyecto contempla la construcción de 483 departamentos.

Habiendo establecido la necesidad de ingreso al SEIA, lo siguiente es determinar si debe hacerse a través de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) o un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), en caso que se produzca alguno de los efectos características y/o circunstancias señaladas por el artículo 11 de la Ley 19.300. A partir de las prospecciones y estudios realizados (emisiones atmosféricas, ruido y vibraciones, patrimonio arqueológico, factibilidad de servicios sanitarios, medio humano), es posible indicar que el proyecto no genera ninguno de los efectos, características y/o circunstancias señaladas en las letras a) a la f) del artículo 11 de la Ley 19.300, o en los artículos 5 al 10 del Reglamento del SEIA que regulan la misma materia. Por lo cual, el proyecto ingresa al SEIA a través de una DIA.

Cabe señalar que durante la evaluación ambiental de esta DIA ningún organismo público con competencias ambientales ha señalado que el proyecto produzca alguno de los efectos, características y/o circunstancias señaladas en las letras a) a la f) del artículo 11 de la Ley 19.300 ni ha requerido la presentación de un EIA.

Adicionalmente, es importante comentar y aclarar que toda diferencia o discrepancia entre lo presentado en la Resolución de Aprobación del Anteproyecto y el Permiso de Edificación, se produce por la evolución del proyecto, desde un anteproyecto a un proyecto definitivo. El desarrollo mismo de un proyecto en cada uno de sus componentes puede arrojar modificaciones entre la etapa de Anteproyecto y el Permiso de Edificación, respecto de las cuales la autoridad pudo haberse pronunciado de manera distinta. Esta es una situación común en los proyectos de esta naturaleza.

La construcción del proyecto, por lo tanto, debe ajustarse a lo permitido a través de los Permisos de Edificación de cada edificio, como también, de lo evaluado ambientalmente en el SEIA.

En la Tabla 8 “Característica Proyecto” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA, se presenta la información del Proyecto a construir con las superficies aprobadas a la fecha mediante el Permiso de Edificación N°29 del 25 de abril de 2016 (Perú Plaza I) y mediante el Permiso de Edificación N° 53 de fecha 16 de octubre de 2017 (Perú Plaza II).

Respecto del tema de la calidad de vida, según plantea el PLADECO 2014-2018, la aprobación del Plan Regulador Comunal del año 2005 reconoce Av. Perú como eje de renovación urbana, donde se han llevado a cabo algunos proyectos inmobiliarios. Posterior, durante el año 2006 se realizó la primera modificación al instrumento con el fin de restringir las condiciones de construcción de los nuevos inmobiliarios, lo cual impactó notoriamente en la producción en dicha zona. Considerando dicho antecedente, cabe señalar que el Proyecto se ajusta a la normativa territorial vigente, establecida a través del Plan Regulador Comunal de Recoleta y es en virtud de este instrumento que ha sido diseñado y obtenido los permisos municipales que dan cuenta de esta situación.

Respecto de la consulta sobre el polvo producido por los vehículos, el titular se compromete a que el transporte de materiales o residuos que despendan polvo se realizará con la carga cubierta (encarpado), manteniendo una distancia mínima de 10 cm. entre la superficie de la carga y la cubierta, además, de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver figura 4 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria).

464 En cuanto a las ruedas de los vehículos, se limpiarán del barro adherido previo al abandono de la zona de faenas, es decir, a la salida de la obra dando cumplimiento al artículo 5.8.3 de la OGUC.

Además, para evitar las emisiones de gases generadas por los vehículos livianos y pesados, se exigirá a los contratistas mantener los vehículos con revisión técnica y mantenciones al día. Dicho registro se mantendrá en obra.

Además, cabe destacar que el proyecto no supera los límites indicados en el artículo 98 del PPDA, tal como se puede observar en la Tabla 4 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria.

Según estos antecedentes, no se verá afectada la salud de los vecinos colindantes al área del proyecto.

Respecto de la consulta sobre el polvo provocado por las actividades de construcción, el titular ha comprometido y entregado los antecedentes para acreditar el cumplimiento de todas las medidas para controlar el polvo que producen las actividades de construcción. Además, para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante dicha fase de construcción, el titular consideró las siguientes medidas: • Humectación: Según la letra a) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se humectarán las áreas de movimientos de tierra y vía de circulación interna de acuerdo a los requerimientos en terreno, contemplándose un mínimo de 2 veces al día durante el periodo que duren las excavaciones. La fuente de agua provendrá de un arranque de agua potable en la obra o en su defecto por medio de camión aljibe que posea las autorizaciones y permisos correspondientes, se mantendrá registro en obra por medio de boletas o facturas. • Camiones encarpados: Según la letra c) del artículo 5.8.3 de la OGUC, el transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver Figura 4 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria). • Estabilización y compactación de caminos: Según la letra b) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículo por el periodo correspondiente (tiempo en que duren las excavaciones). • Cierre perimetral en los deslindes: Según la letra g) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se construirá cierre perimetral en los deslindes del proyecto con mallas tipo raschel, el cual será mantenido en buen estado. La finalidad de este cierre es evitar la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área del proyecto y sectores circundantes. Los cierres podrán ser reemplazados por los paneles OSB con fines acústicos, adicionándoles 50 cm por sobre el nivel con malla raschel, lo que se muestra en la Figura 51 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria (Ver Figura 51 Cierre Perimetral) • No se realizarán quemas: Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros combustibles al interior de la obra. • Limpiar ruedas: Según la letra d) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se limpiarán las ruedas de los vehículos del barro adherido previo al abandono de ellos de la zona de faenas, es decir, a la salida de la obra dando cumplimiento al artículo 5.8.3 de la OGUC. • Revisión técnica y mantenciones al día: En cuanto a la emisión de gases, se exigirá a los contratistas mantener los vehículos con revisión técnica y mantenciones al día, manteniendo el registro en obra.

Respecto de la consulta sobre el polvo provocado por los materiales de la construcción, se debe aclarar que en la obra no se fabricará cemento, solamente se utilizará hormigón premezclado. Con todo, de manera de prevenir la exposición al polvo generado por el cemente, se tomarán las siguientes medidas: • Usar hormigón premezclado • Humedecer el polvo en el punto donde se genera • Instalar un sistema local de ventilación por extracción. • La persona que manipule el cemento utilizará mascara respiratoria, antiparras y guantes de PVC • El material se almacenará en recintos cerrados, secos y con adecuada ventilación Con estas medidas se evitará generar afectación a los trabajadores y vecinos colindantes al proyecto. Respecto a otros materiales que puedan generan polvo en suspensión, ya sea áridos, arena, entre otros, se tomarán las siguientes medidas: 465 • El transporte de materiales o residuos se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humectar la carga en caso de ser necesario. • Se mantendrán humectados y/o cubierto con lona o malla raschel las pilas de tierra, escombros u otro material que pueda desprender polvo.

Respecto de la consulta sobre el ruido, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en horario diurno (lunes a viernes entre las 08:00 a 19:00 horas, y, los sábados entre las 08:00 a 14:00 horas), por lo que, los vecinos colindantes al proyecto no se verán afectados ni durante el periodo nocturno, ni los fines de semana.

En cada una de las etapas del Proyecto se implementarán las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (placa sólida de madera aglomerada (OSB) como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), medidas que permiten garantizar que los niveles estimados de ruido cumplirán con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente. Este decreto se basa en la salud de la población y recoge los niveles recomendados al efecto por la organización Mundial de la Salud (OMS), por cuanto acreditar su cumplimiento, es la única forma objetiva, legal y vigente que posee un proyecto para acreditar que no generará efectos en la salud de la población.

En cuanto a la solicitud de realizar un monitoreo acústico, el titular ha acreditado el cumplimiento de la norma, por cuanto sólo se propone la verificación de las medidas de control indicadas en la evaluación acústica. No obstante lo anterior, el titular compromete que, en caso de producirse molestias a la comunidad por este factor, los vecinos podrán ponerse en contacto con el encargado de la obra, quien verificará el cumplimiento de las medidas y, en caso de ser necesario, las reforzará.

Además, para reforzar las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1, el Titular se compromete a instalar placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas para disminuir posibles molestias a los vecinos, cuyos detalles se presentan en la siguiente Tabla:

Tabla 102 Placas OSB en deslindes del Proyecto Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar afectaciones a los vecinos de la Población Lemus. Descripción: Durante la fase de construcción se instalarán placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas. Justificación: El presente compromiso se enmarca en la solicitud realizada por la Población de aumentar la altura de las barreras para asegurar la tranquilidad de los vecinos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Placas OSB de 6 metros de altura en los tres frentes que colindan a viviendas de la Población Lemus. Forma: Las Placas OSB se mantendrán en buen estado durante todo el periodo que dure la fase de construcción. Oportunidad: Las Placas OSB permanecerá durante toda la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Letrero en Registro fotográfico de las placas OSB. Forma de control y seguimiento

Existirá un encargado en obra de verificar que las placas OSB se encuentran en buen estado y que den cumplimiento a la altura comprometida.

Respecto de la consulta sobre los efectos de la comunidad, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en periodo diurno, por lo que, los vecinos colindantes al proyecto no se 466 verán afectados durante el periodo nocturno. El horario de trabajo será de 08:00 a 19:00 horas de lunes a viernes, y sábado de 08:00 a 14 horas.

En cada una de las etapas del Proyecto se implementarán las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (placa sólida de madera aglomerada (OSB) como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras). Por lo tanto, según los antecedentes entregados por el titular, los niveles estimados de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente.

Dado que Chile no cuenta con una normativa específica que permita regular las vibraciones de índole ambiental, se utiliza lo recomendado por el Servicio de Evaluación Ambiental en su informe final para evaluación de vibración del estudio “Elaboración de una Guía Metodológica de Evaluación de Ruido y Vibraciones en el SEIA”, en donde se establecen metodologías y se recopilan antecedentes de normativas internacionales y estándares de referencia que tengan como objetivo proteger la salud de la población. Por consiguiente, el criterio de evaluación utilizado es el establecido en la guía “Transportation and Construction Vibration” (2004) del California Department of Transportation (Caltrans), Division of Environmental Analysis (USA).

Complementariamente, en el Anexo 6 de la Adenda 1 se acredita el cumplimiento de las normas de referencia de vibraciones.

En cuanto a la consulta sobre si el proyecto pudiera cerrar calles por las actividades de construcción, es importante señalar que la única obra que puede impedir de forma momentánea el uso de la vereda es la construcción de la vereda frente al proyecto, lo que representa un proyecto de mejora a la condición actual que poseen los peatones.

Respecto de la consulta sobre el tránsito de camiones, se aclara que los vehículos durante la fase de construcción del proyecto no ingresarán a la población Lemus. Para esto, se ha decido actualizar las rutas a utilizar durante la Fase de Construcción del Proyecto. Por lo tanto, la calle a utilizar por los vehículos que transitan desde el Norte será por Av. Perú, Vuelta en U en calle Rapa Nui y luego tomar nuevamente Av. Perú y los camiones que salgan del proyecto hacia el centro será por calle Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Puma, María Graham y luego tomaran nuevamente Av. Perú. Adicionalmente, el Titular se compromete a que todo tránsito de vehículos livianos, vehículos de carga de material y vehículos de escombros a realizar durante la fase de construcción será por fuera de la Villa Lemus, lo cual quedará estipulado en el contrato de prestación de los servicios y ha sido establecido como un compromiso ambiental voluntario que quedará en forma expresa en la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del Proyecto.

Respecto de la consulta sobre el tráfico, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

En la siguiente figura se muestran los puntos de medición de flujos. Estas mediciones obtenidas en terreno permitieron calibrar de manera adecuada los modelos computacionales que fueron utilizados para la representación actual y con proyecto del área de influencia.

Figura 20 Ubicación puntos de medición 467

De acuerdo a la metodología, para representar la demanda aportada por el proyecto se consideraron los 447 estacionamientos que contemplan ambos edificios.

Como resultado de este estudio, se generaron las siguientes medidas que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto:

  1. Pavimentación de una franja de 2 metros de Av. Perú, entre el proyecto y calle Arzobispo Valdivieso, de acuerdo a lo aprobado y establecido en el proyecto de tratamiento de espacio público por la I. Municipalidad de Recoleta.

  2. Repavimentación de calle Doctor Ostornol, entre Francisco Silva y Arzobispo Valdivieso, de acuerdo a lo indicado en plano de medidas de mitigación.

  3. Elaboración y ejecución de proyecto de demarcación y señalización en los siguientes tramos contenidos dentro del área de influencia del proyecto: • Av. Perú, entre Arzobispo Valdivieso y Celia Coloma (frente del proyecto) • Celia Coloma, entre Av. Perú y Elcira Lemus • Eloísa Lemus, entre Desiderio Lemus y Elcira Lemus • Elcira Lemus, y Eloísa Lemus y Celia Coloma • Arzobispo Valdivieso, entre Av. Recoleta y Doctor Ostornol • Unión, entre Av. Recoleta y Francisco Silva. • María Graham, entre Av. Recoleta y Av. Perú. • El Salto Chico, entre Unión y Arzobispo Valdivieso. • Puma, entre Unión y Arzobispo Valdivieso. • Av. El Salto, entre Doctor Ostornol y Arzobispo Valdivieso. • Doctor Ostornol, entre Av. Recoleta y Arzobispo Valdivieso.

Esta medida incluye la demarcación de líneas de parada, uso de pistas y cruces peatonales. Para el caso de la intersección de Arzobispo Valdivieso con Av. Recoleta se incluirá la demarcación de estacionamientos y pista de viraje izquierda.

  1. Reprogramación de los siguientes semáforos, incluyendo la tarea de sintonía fina y la reconfiguración de las EPROMS de los controladores: • Av. Recoleta con Arzobispo Valdivieso • Av. Recoleta-Semáforo Peatonal • Av. Recoleta con Unión • Av. El Salto con Dr. Ostornol • Av. Perú con Arzobispo Valdivieso • Av. El Salto con México • Av. Perú con Unión 468 • Av. Perú con Schlack • Av. Perú con San Cristóbal • Av. Perú con Santos Dumont

  2. Normalización del controlador ubicado en Av. Perú con Arzobispo Valdivieso.

  3. Instalación de unidades de respaldo de energía (UPS) para los semáforos ubicados en la intersección de Av. Recoleta con Unión y Av. Perú con Unión.

  4. Deberá realizar un estudio de justificación de semáforo peatonal en Av. Perú y Desiderio Lemus (frente a proyecto), el cual deberá ser revisado y aprobado por UOCT. De justificarse, deberá presentar el Proyecto de Semaforización y el Estudio de Programaciones a la misma UOCT, para su revisión y aprobación. El mandante deberá hacerse cargo de la ejecución de su construcción de acuerdo a la normativa vigente.

  5. Implementación de 3ª fase exclusiva peatonal con el objetivo de disminuir el conflicto generado por el viraje a la derecha en la intersección Av. Recoleta con Arzobispo Valdivieso. Esta implementación deberá ser ingresada a UOCT para su revisión y aprobación.

  6. Mejoramiento de los siguientes paraderos de transporte público: • Paradero PB 150 ubicado en Av. Perú y Desiderio Lemus • Paradero PB 170 ubicado en Av. Perú con Arzobispo Valdivieso

Este mejoramiento incluye el cambio de piezas defectuosas, cambio y/o actualización de señal de parada y demarcación de los cajones “Solo Bus”, en material termoplástico. Todo esto de acuerdo al estándar indicado por DTPM.

  1. Mejoramiento radios de giro en la intersección de Av. El Salto con calle Doctor Ostornol.

  2. Ejecución del proyecto Zona 30 en el cuadrante formado por Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Eloísa Lemus, Elcira Lemus y María Graham de acuerdo a lo estipulado por la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta.

  3. Ejecución de un estudio de demanda de pasajeros en paraderos catastrados, para determinar el aumento de demanda en condición de plena operación del proyecto, el cual deberá ser revisado y aprobado por la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta y por DTPM, debiendo materializar, en caso que corresponda, las obras asociadas.

  4. Evaluación de la implementación de la bidireccional de Arzobispo Valdivieso hasta Av. Recoleta, con la finalidad de dar continuidad a la red vial, y analizar el comportamiento de los flujos del proyecto en esta vía, el que deberá ser revisado y aprobado por Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta y UOCT. La evaluación del proyecto no considera la implementación de las obras resultantes de este análisis.

  5. Habilitación de dispositivos de rodados de Desiderio Lemus con Av. Perú y Celia Coloma con Av. Perú.

  6. Instalación de segregador horizontal en todo el frente predial de acuerdo a lo determinado por la I. Municipalidad de Recoleta.

  7. Instalación de baliza y espejo cóncavo en los accesos del proyecto, esto para prevenir posibles conflictos con los peatones.

Respecto a que los compromisos viales son mayores que los indicados y que, además, el estudio vial fue debidamente revisado por los organismos competentes, dentro de los cuales estuvo el municipio, la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana y la UOCT.

Respecto de la consulta sobre las vibraciones, se debe señalar que el titular del Proyecto, realizó una evaluación de las vibraciones que se generarán producto de las actividades de construcción del proyecto. Dado que Chile no cuenta con norma específica para la evaluación del impacto por 469 vibraciones, el Estudio Acústico y Vibraciones, presentado en el Anexo 6 de la Adenda 1, utiliza como norma de referencia un estándar definido por el departamento de Transportes de California, en Estados Unidos, recomendada para la evaluación de proyectos con uso de maquinaria pesada como excavadoras, compactadores, camiones, etc. El titular acredita que dicho estudio demuestra que se cumplirá con la norma de referencia utilizada. Por lo anterior, el titular expone en el Proyecto, que no existirá riesgo de daño sobre las edificaciones vecinas, acreditándose por lo tanto el cumplimiento de la norma de referencia adoptada, lo cual ha sido revisado y validado por los organismos con competencia ambiental que revisaron este estudio.

Respecto de la consulta sobre colapso de estacionamientos públicos, la tasa de estacionamientos exigida por la normativa para este proyecto es 34,5% para la Etapa 1 y 35,6% para la Etapa 2. De acuerdo a la Encuesta Origen-Destino (2012) la tasa de tenencia de vehículos en la comuna de Recoleta, que corresponde a 0,41 vehículos por vivienda, es decir 41%.

El proyecto contempla una cantidad de estacionamientos superior a los valores anteriores. El proyecto contempla una cantidad de estacionamientos muy superior a los valores anteriores. La Etapa 1 contempla 190 estacionamientos vendibles para los dueños de departamentos lo que corresponde a una tasa de 73%, la Etapa 2 contempla 220 estacionamientos para los dueños de departamentos, que corresponde a una tasa del 99%.

A lo anterior se deben agregar los estacionamientos de visita exigidos por la normativa (26 estacionamientos en ambas etapas).

Respecto de la consulta sobre salubridad e higiene, el titular señala que la eliminación de malezas, el despeje del terreno y la desratización se realizó, precisamente, por una solicitud de los vecinos para eliminar la presencia de ratones. Además, para evitar nuevas afectaciones a los vecinos colindantes al proyecto, el Titular ha mantenido limpio el terreno y realizará las desratizaciones exigidas por la normativa.

En el proyecto el Titular también informa que los proyectos de Basura se encuentran en aprobación por parte de la Autoridad Sanitaria. Dichos permisos permitirán que los habitantes del proyecto puedan disponer sus residuos domiciliarios, a través de ductos, al interior de contenedores ubicados en las salas de basuras. Además, cabe destacar, que el retiro de los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios es obligación de la Municipalidad y se realizará por Avenida Perú. Para mayor detalle ver respuesta 2 de la Adenda Complementaria.

Durante la etapa de construcción, el manejo de basuras será la acumulación en un sector habilitado para ello, siendo el traslado y disposición con empresas autorizadas para tal fin. Por esta razón, no habrá acumulación de residuos fuera de la obra.

Respecto a la habilitación de pasos peatonales al interior del proyecto, se informa a la comunidad que estos son propiedad del Titular, ya que el lote original fue adquirido a sus propietarios y debidamente inscrito en los registros correspondientes, no habiendo sobre ellos servidumbres de paso.

Respecto de la consulta sobre el estudio de sombras, los edificios se encuentran emplazados en el terreno distantes varios metros de los deslindes, con el propósito de generar menores efectos de sombras y ventilación de las casas vecinas. Lo anterior se encuentra detallado en el estudio de sombras aprobado por la D.O.M de Recoleta y forma parte integrante del Permiso de Edificación Nº 29 de fecha 25 de abril de 2016 (Edificio Perú Plaza I) y Permiso de Edificación N°53 de fecha 16 de octubre de 2017 (Edificio Perú Plaza II) otorgado por la D.O.M de Recoleta. Estos permisos acreditan que el proyecto cumple con el Instrumento de Planificación Territorial vigente para este sector en forma íntegra.

Respecto de la consulta sobre la potencia eléctrica, de la observación, cabe señalar que los terrenos en que se ubicará el proyecto se ubican al interior del área de concesión eléctrica de la empresa Enel. Dicha empresa se encuentra legalmente obligada a prestar servicios eléctricos tanto a la población Lemus como a los edificios del proyecto, además de los demás habitantes en su área de concesión. La Superintendencia de Electricidad y Combustibles es el organismo público encargado de fiscalizar a dicha empresa concesionaria, contando con múltiples facultades en caso que existan problemas de servicio, como cortes reiterados. Finalmente, se debe aclarar que los edificios del proyecto no serán agentes contaminantes. 470

Respecto de la consulta sobre el impacto visual y la privacidad, el titular señala que el Instrumento de Planificación Territorial (IPT) consignó el suelo del proyecto como de uso residencial, por lo que, permite la construcción del proyecto; el proyecto cumple con el IPT en términos de la altura, rasantes y sombras proyectadas a los terrenos aledaños al proyecto. Además, el proyecto cumple con lo establecido en el artículo 2.6.11 de Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Por lo anterior, se debe señalar que el Proyecto cumple con los instrumentos legales que permiten la elaboración del Proyecto.

109. Pamela Andrea Salazar Ibáñez

1. La Municipalidad de Recoleta solicitó: Estudio de Impacto Ambiental. Mediante Ley de Transparencia de la Municipalidad de Recoleta hemos conseguido acceso a la resolución de aceptación del anteproyecto Nº 1 del 18 de enero de 2017, la cual no ha sido asociada a la presente DIA. Esta resolución expresa que este proyecto excede el umbral mínimo de exigencia de estudio de impacto ambiental (300 viviendas), con un total de 483 viviendas y 13 locales comerciales; debiendo, por lo tanto, presentar el citado estudio antes del inicio de las obras. Sin embargo, la empresa está presentando una DIA por la primera resolución del anteproyecto Nº28 del 23 de octubre de 2015, que no pedía un EIA sino sólo una DIA. La resolución de 2017 también indica la intención de la empresa para evitar la necesidad del estudio y, por lo tanto, lo exigen en la última resolución.

2. Deterioro de calidad de vida El proyecto se vende por los desarrolladores y constructores como una renovación urbana que entrega calidad de vida, “observante de la norma” y en armonía con sus vecinos. Una encuentra realizada por la Universidad de Chile entre 746 residentes de barrios, en renovación urbana, en el Gran Santiago, concluyó que para los vecinos antiguos, la calidad de vida de sus barrios disminuye con la renovación. Así, para los encuestados y encuestadas, la nota promedio asignada con anterioridad a la llegada de los edificios en altura es de un 6.0, mientras que la nota que adjudican para calificar la situación actual de sus barrios, apenas alcanza un promedio de 4.8 (López et al., 2013). Los efectos negativos que la renovación urbana ha tenido en los barrios de Santiago Centro y estación Normal (sic) son conocidos y bien documentados y han causado impacto en los últimos años (Pozo 2013, El Mercurio 2017).

3. Polvo producido por los vehículos La entrada y salida de vehículos de la obra genera una gran cantidad de contaminantes. El transporte de los materiales al lugar de la obra provoca mucho polvo o material particulado. Las ruedas de los vehículos contienen gran cantidad de material particulado suspendido tales como polvo, arena, arcilla y cemento. Estas materias quedan suspendidas en el aire, suelo y agua. Además, los vehículos transportan este material suspendido fuera de la obra, lo que implica que no sólo se pueden enfermar los trabajadores sino también la comunidad.

4. Polvo provocado por las actividades de la construcción La mayoría de las actividades de construcción como excavaciones, rellenos, movimiento de tierra, blanqueo, pintura, azulejado, mezclas de hormigón y acabado provocan un efecto adverso sobre el entorno, pues provocan una gran cantidad de material particulado.

5. Polvo provocado por los materiales de la producción Estos materiales son cemento, áridos, arena, arcilla, cal, madera y carbono de calcio. Los trabajadores que laboran en la obra, y emplean esos materiales, así como los vecinos colindantes al proyecto, tienen una alta exposición al polvo emitido por ello (Baby et al 2008, citado por Singh 2011), demuestra que el polvo de cemento contiene metales pesados tales como níquel, cobalto, plomo y cromo como concomitantes peligrosos para el ambiente biótico con impacto adverso para la vegetación, para la salud urbana y animal y para los ecosistemas. Diversos estudios han demostrado que hay una relación entre la exposición al polvo de cemento, el deterioro crónico del funcionamiento de los pulmones y los síntomas respiratorios de la población humana. El polvo de cemento irrita la piel, la mucosa de ojos y el sistema respiratorio. Su deposición en el tracto respiratorio provoca una reacción base que aumenta los valores del pH que irrita las mucosas expuestas Zeleke et al. 2010). La exposición al polvo de cemento ha sido asociada al incremento de sufrir anormalidades del hígado, desórdenes hormonales y carcinogénesis. Se ha planteado que la 471 reducción de la capacidad antioxidante y el aumento de peroxidación lípida del plasma podrían explicar los mecanismos causales de enfermedades (Aydin et al, 2010).

6. Ruido • Ruido proveniente de los vehículos, por ejemplo, transporte de materiales • Ruido proveniente de las actividades de la construcción, por ejemplo, excavación, relleno. • Ruido proveniente de las herramientas de la construcción, por ejemplo, mezcladora de hormigón, máquinas eléctricas

En la obra, los trabajadores utilizan herramientas como mezcladora de hormigón, trituradoras de hormigón, compactadoras, lijadoras, cepilladoras, cortadora de discos, taladros y motosierras y son quienes más sufren por la exposición al ruido derivado de la construcción. También, los residentes que viven vecinos a la obra en construcción y quienes usan las calles cercanas a la obra. Lo anterior significa que muchas personas sufren a diario por los ruidos de la construcción dado el crecimiento de esta franja de Gaza (sic). El proyecto no considera monitoreo de niveles de ruido, los vecinos estiman que los ruidos pueden provocar pérdidas de la audición temporal o permanente, estrés y molestia. Manifestándolo a los representantes de la empresa constructora luego de la presentación realizada en la Junta de Vecinos el 12 de junio de 2017; sin embargo, los representantes de la empresa, y especialmente su consultora ambiental, Leticia Del Pozzo, desestimaron la necesidad de realizar un monitoreo argumentando que no hay norma que lo exija. Los encuestados en el estudio de Enshassi et al (2014), indicaron que los ruidos de las construcciones podrían provocar trastornos sociales en sus hogares, trabajos y cuando intentaban dormir. Potencialmente, los ruidos de la construcción pueden molestar a las personas las 24 horas del día, los 7 días a la semana. Los efectos del ruido en la salud son consecuencia de los elevados niveles de ruido. Un elevado nivel de ruido en el trabajo u otros lugares puede producir deterioro de la audición, hipertensión, enfermedades cardíacas isquémicas, molestias y perturbación del sueño. Cambios en el sistema inmunológico y defectos de nacimiento han sido atribuidos a la exposición de ruido (Passhier- Vermeer y Passhier 2000). Se sabe que la exposición al ruido induce zumbidos, hipertensión, vasoconstrucción, y otros efectos cardiovasculares adversos. (WRUC 2007) Ijigah et al (2013) realizaron una investigación en Nigeria encontrando que la contaminación por ruido se encontraba en un 6º lugar con un índice de importancia relativa (IIR) de 0,794 en una escala de 0 a 1.

7. Efectos sobre la comunidad Las obras de construcción cierran calles y perturban los intereses de las personas. El transporte de la construcción provoca interrupción de tráfico debido al cierre de calles o caminos, además, los encuestados estimaron que el ruido y la vibración producidos por la construcción y el movimiento vehicular podían provocar trastornos sociales en los hogares, en el lugar de trabajo y a la hora de dormir. Enshassi et al 2014 clasificaron este efecto con un IIR= 0,7 Ijigah et al (2013) realizaron su estudio en Nigeria y encontraron que el trastorno social ocupaba el nº 14 con un IIR=0,711. Zolfagharian et al (2014) encontraron que el trastorno social se ubicaba en el nº22.

8. Tránsito de camiones La interrupción del tráfico que se producirá por el tránsito de camiones en la construcción es considerada como un alto impacto por los estudiantes. Los responsables del proyecto plantean que los responsables no pasarán por la población para llegar a la obra. Sin embargo, el plan de acceso fue generado por la empresa antes de la actual construcción del bandejón central en avenida Perú que cerró el ingreso por Desiderio Lemus. Por lo tanto, los camiones no tendrán forma de llegar desde el norte. Si no es a través de la población, para luego virar hacia el norte por avenida Perú y luego poder entrar a la obra.

9. Tráfico Actualmente, los vecinos de la población Lemus tienen gran dificultad para entrar o salir en las horas punta, teniendo que enfrentar colas provenientes de Valdivieso, que es la única salida que tiene, luego de que las obras de la avenida Perú cerraran los accesos. El proyecto agravará la situación no sólo durante la construcción, sino que luego de su habilitación habitacional (sic), producto de un alto número de personas que se incorporará al uso de las mismas vías de acceso. La empresa presenta como principal medida de mitigación, la mejora eléctrica de semáforos de avenida Perú con avenida Valdivieso (normalización del controlador e instalación de una UPS). Sin embargo, esto no tendrá absolutamente ningún efecto en mejorar el tráfico vehicular en las horas punta, dado que el problema no es que no funcione el semáforo, sino que la capacidad de las calles es insuficiente para el flujo vehicular habitual, el cual será posiblemente triplicado por este proyecto. 483 departamentos equivalen más o menos a 1300 personas nuevas. Por lo tanto, los 472 vecinos colindantes consideramos absolutamente insuficientes las medidas de mitigación presentadas.

10. Vibraciones Los vecinos de la población Lemus, también consideramos importante el impacto que tendrán las vibraciones generadas por la construcción. La población está constituida principalmente por casas de más de 70 años y algunas son de adobe. El proyecto no considera los efectos que las vibraciones puedan tener ni presentan medidas de mitigación.

11. Colapso de estacionamientos públicos Los vecinos manifestamos nuestra preocupación por el excesivo uso que harán los moradores de los edificios de los espacios púbicos de estacionamientos de la población Lemus. Nuestra preocupación se basa en el hecho de que para 483 departamentos sólo se construirán 447 estacionamientos para autos, considerando que hoy en día cada familia tiene al menos un auto, es evidente que los estacionamientos privados del proyecto serán insuficientes y, por lo tanto, los moradores de los edificios ocuparán los espacios de estacionamiento del vecindario. Lo que redundará en que los residentes de la población Lemus no podrán estacionar fuera de sus propias casas. Este problema fue planteado a los responsables del proyecto, presentación hecha en la junta vecinal, pero estos manifestaron que están dentro de la norma y que no estiman que se vendan todos los estacionamientos ni produzca tal efecto. Su estimación se basa en que en sus proyectos anteriores nunca se han vendido todos los estacionamientos dado que según indicaron hay muchas familias jóvenes que no tienen recursos para comprar un auto. Por lo tanto, no estiman necesaria una medida de mitigación. Estamos en desacuerdo con la información de la empresa, la cual si bien puede ser cierta al momento del inicio de venta de sus departamentos; esto no implica que –eventualmente- todos los estacionamientos sean vendidos, mucho después de que la empresa se retire de nuestra población. Aducen que están dentro de la norma y que la norma no la hacen las inmobiliarias.

12. Salubridad e higiene Desde que la empresa ABSAL comenzó sus trabajos, los vecinos colindantes hemos tenido bastante invación de ratas en nuestras casas. Esto fue indicado a la empresa en la presentación en la junta vecinal, a lo cual sólo respondieron que han hecho desratizaciones. Sin embargo, esto evidentemente no ha sido suficiente, la empresa no manifestó ninguna voluntad de tomar medidas al respecto. Los vecinos, además, estamos preocupados por la acumulación de basura en el vecindario producto de estos edificios. La inminente llegada de inmigrantes, especialmente en cités de avenida Valdivieso ha significado una acumulación constante en las vías públicas. Estas no son sólo bolsas de basura que tiran en el piso para que sean destruidas por los perros, sino que también electrodomésticos, muebles, colchones etc. Ni los vecinos ni la municipalidad han podido solucionar este problema; por lo tanto, prevemos que este tremendo proyecto habitacional podría empeorar muchísimo más la situación, ya que no hay forma de prever ni controlar el nivel educacional de las 483 familias que llegarán y no existen medidas de mitigación para generar un adecuado control de la cantidad de basura que será generada y dónde será depositada. Si los habitantes de los departamentos no encuentran dónde desechar sus basuras y muebles viejos, de seguro que buscarán una vereda o pasaje de nuestra población para hacerlo. Tampoco, nada parece indicar que si los vecinos de las torres decidieran sacar sus basuras por los portones que dan hacia las calles de la población (Ricardo Lemus y Juan Antonio Ríos), no puedan hacerlo. Aún si, como indica la empresa, ellos no permitirán tránsito de camiones y autos desde la propiedad hacia esas calles, los vecinos, luego de comprar los departamentos podrán hacerlo. Los vecinos vemos como única medida de mitigación efectiva que estas calles sean habilitadas como tal hasta avenida Perú, pero como pasos peatonales. Estas calles son espacios públicos y fueron concedidas al antiguo Estadio Montserrat, dado que el beneficio de ese proyecto presentaba para toda la comunidad. Sin embargo, como ese beneficio ya no existe, solicitamos que las calles sean devueltas a la comunidad. Por ser calles, son de dominio público y este carácter no puede cambiarse por un plan regulador, ni puede ser cedido a un privado sin una desafección, la cual no ha ocurrido; por lo tanto, la comunidad de vecinos solicita su habilitación pública y peatonal, como medida de mitigación ambiental del presente proyecto.

13. Estudio de sombras mal realizado Las torres generarán gran sombra durante gran parte del año sobre las casas del costado sur, oriente y poniente. Eso redundará no sólo en la oscuridad de los patios y hogares, sino que en mayor frío y humedad en las casas. Un estudio de la Universidad de Chile sobre renovación urbana midió los efectos sobre los últimos 10 años. Entre la consecuencia de los vecinos está el exceso de sombra, (López et al 2013). Los vecinos tendrán un aumento del gasto de electricidad y parafina para 473 iluminación y calefacción. La humedad favorecerá el crecimiento de hongos, lo cual puede llevar a un aumento de enfermedades respiratorias, especialmente en niños y asmáticos. El proyecto no considera medidas de mitigación para estos impactos. Al plantearle el problema a los representantes en la junta vecinal, ellos manifestaron que, en las partes cercanas al límite del terreno, las torres guardan una distancia de 10,4 metros. Esto nos parece absolutamente insuficiente considerando que los edificios tendrán una altura de 16 metros. Revisando en detalle el estudio de sombra de la empresa, incluido en su DIA, detectamos que la rasante 70º por el costado oriente del proyecto parte desde los 6 metros de altura y por el otro lado –sur- desde los 14 metros, ambos costados dan hacia la población Lemus. Según el artículo 2.6.3 de la Ordenanza General de Construcciones y Urbanismos las rasantes se aplican desde las alturas máximas permitidas sólo en el caso de edificaciones contiguas, cuando las edificaciones son aisladas, debe aplicarse desde el nivel del suelo. La población Lemus es EB1 según el plano regulador vigente. El cual permite construcción continua sólo en frentes menores a 15 metros y el terreno del proyecto inmobiliario tiene un frente mayor a 15 metros, así como la mayoría de las casas de la población Lemus y, por lo tanto, son viviendas aisladas. Por lo tanto, concluimos que el estudio de sombras está mal hecho porque sobreestima el volumen teórico del edificio y solicitamos que sea hecho nuevamente.

14. Potencia eléctrica Actualmente la población Lemus ha tenido cortes eléctricos en reiteradas oportunidades. Esto preocupa a la población ya que la construcción es una operación energéticamente intensa y lo mismo pasaría con el uso del edificio a lo largo de su vida operativa. Creemos importante que se reconozca a los edificios Perú Plaza I y II como un potente agente consumidor de energía y emisor de contaminantes durante su vida operativa.

15. Impacto visual y privacidad La población Lemus, es un sector residencial donde las casas son generalmente de uno y dos pisos. La construcción de estos edificios rompe significativamente con el esquema existente de nuestra población, produciendo un perfil urbano irregular que reemplaza la actual estructura de nuestra población. Por otra parte, estos edificios interrumpen nuestra privacidad, sobre todo para los vecinos colindantes, los cuales están a 10,4 metros de distancia.

16. Conclusiones Esperamos que el Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental acoja nuestra observación y nos ayude a evitar los graves y negativos efectos que este proyecto tendrá sobre nuestra calidad de vida. El proyecto alude un beneficio social para dar respuesta a una supuesta necesidad habitacional de Santiago. Sin embargo, la población Lemus no tiene tal necesidad y estamos asumiendo esa externalidad con todos los costos que conllevará en aumentar en varias veces su densidad poblacional actual, sin ser beneficiada sino perjudicada. Dada la extensión de los impactos ambientales de este proyecto y que tal como lo indica la Municipalidad de Recoleta en su resolución del anteproyecto Nº1 del presente año, es necesario y exigimos que se realice un Estudio de Impacto Ambiental.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto de lo planteado en la observación en relación a los fundamentos de la DIA, se debe informar que los proyectos inmobiliarios que exceden de las 300 viviendas deben ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) de acuerdo a la letra h.1.3 del artículo 3° del Reglamento del SEIA (DS N°40/2013 del Ministerio del Medio Ambiente) que señala:

“Letra h): Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturada. h.1: Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjunto de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características: • h.1.1: Que se emplacen en áreas de extensión urbana o en área rural, de acuerdo al instrumento de planificación, correspondiente y requieran de sistemas propios de producción y distribución de agua potable y/o de recolección, tratamiento y disposición de aguas servidas; 474 • h.1.2: Que den lugar a la incorporación al dominio nacional de uso público de vías expresas o troncales; • h.1.3: Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas; o • h.1.4: Que consulten la construcción de edificios de uso público con una capacidad para cinco mil (5.000) o más personas o con mil (1.000) o más estacionamientos.”

De acuerdo a lo anterior, el proyecto ingresó al SEIA ya que: • Corresponde a un proyecto de tipo inmobiliario que se ubica en la Región Metropolitana, la cual ha sido declarada zona latente para Dióxido de Nitrógeno (NO2) y saturada para Partículas Totales en Suspensión (PTS), Material Particulado Respirable (PM10), Monóxido de Carbono (CO) y Ozono (O3). La Región, cuenta con el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA), que ha sido dictado conforme al artículo 44 de la Ley Bases del Medio Ambiente. • El proyecto contempla la construcción de 483 departamentos.

Habiendo establecido la necesidad de ingreso al SEIA, lo siguiente es determinar si debe hacerse a través de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) o un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), en caso que se produzca alguno de los efectos características y/o circunstancias señaladas por el artículo 11 de la Ley 19.300. A partir de las prospecciones y estudios realizados (emisiones atmosféricas, ruido y vibraciones, patrimonio arqueológico, factibilidad de servicios sanitarios, medio humano), es posible indicar que el proyecto no genera ninguno de los efectos, características y/o circunstancias señaladas en las letras a) a la f) del artículo 11 de la Ley 19.300, o en los artículos 5 al 10 del Reglamento del SEIA que regulan la misma materia. Por lo cual, el proyecto ingresa al SEIA a través de una DIA.

Cabe señalar que durante la evaluación ambiental de esta DIA ningún organismo público con competencias ambientales ha señalado que el proyecto produzca alguno de los efectos, características y/o circunstancias señaladas en las letras a) a la f) del artículo 11 de la Ley 19.300 ni ha requerido la presentación de un EIA.

Adicionalmente, es importante comentar y aclarar que toda diferencia o discrepancia entre lo presentado en la Resolución de Aprobación del Anteproyecto y el Permiso de Edificación, se produce por la evolución del proyecto, desde un anteproyecto a un proyecto definitivo. El desarrollo mismo de un proyecto en cada uno de sus componentes puede arrojar modificaciones entre la etapa de Anteproyecto y el Permiso de Edificación, respecto de las cuales la autoridad pudo haberse pronunciado de manera distinta. Esta es una situación común en los proyectos de esta naturaleza.

La construcción del proyecto, por lo tanto, debe ajustarse a lo permitido a través de los Permisos de Edificación de cada edificio, como también, de lo evaluado ambientalmente en el SEIA.

En la Tabla 8 “Característica Proyecto” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA, se presenta la información del Proyecto a construir con las superficies aprobadas a la fecha mediante el Permiso de Edificación N°29 del 25 de abril de 2016 (Perú Plaza I) y mediante el Permiso de Edificación N° 53 de fecha 16 de octubre de 2017 (Perú Plaza II).

Respecto del tema de la calidad de vida, según plantea el PLADECO 2014-2018, la aprobación del Plan Regulador Comunal del año 2005 reconoce Av. Perú como eje de renovación urbana, donde se han llevado a cabo algunos proyectos inmobiliarios. Posterior, durante el año 2006 se realizó la primera modificación al instrumento con el fin de restringir las condiciones de construcción de los nuevos inmobiliarios, lo cual impactó notoriamente en la producción en dicha zona. Considerando dicho antecedente, cabe señalar que el Proyecto se ajusta a la normativa territorial vigente, establecida a través del Plan Regulador Comunal de Recoleta y es en virtud de este instrumento que ha sido diseñado y obtenido los permisos municipales que dan cuenta de esta situación.

Respecto de la consulta sobre el polvo producido por los vehículos, el titular se compromete a que el transporte de materiales o residuos que despendan polvo se realizará con la carga cubierta (encarpado), manteniendo una distancia mínima de 10 cm. entre la superficie de la carga y la cubierta, además, de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver figura 4 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria).

475 En cuanto a las ruedas de los vehículos, se limpiarán del barro adherido previo al abandono de la zona de faenas, es decir, a la salida de la obra dando cumplimiento al artículo 5.8.3 de la OGUC.

Además, para evitar las emisiones de gases generadas por los vehículos livianos y pesados, se exigirá a los contratistas mantener los vehículos con revisión técnica y mantenciones al día. Dicho registro se mantendrá en obra.

Además, cabe destacar que el proyecto no supera los límites indicados en el artículo 98 del PPDA, tal como se puede observar en la Tabla 4 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria.

Según estos antecedentes, no se verá afectada la salud de los vecinos colindantes al área del proyecto.

Respecto de la consulta sobre el polvo provocado por las actividades de construcción, el titular ha comprometido y entregado los antecedentes para acreditar el cumplimiento de todas las medidas para controlar el polvo que producen las actividades de construcción. Además, para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante dicha fase de construcción, el titular consideró las siguientes medidas: • Humectación: Según la letra a) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se humectarán las áreas de movimientos de tierra y vía de circulación interna de acuerdo a los requerimientos en terreno, contemplándose un mínimo de 2 veces al día durante el periodo que duren las excavaciones. La fuente de agua provendrá de un arranque de agua potable en la obra o en su defecto por medio de camión aljibe que posea las autorizaciones y permisos correspondientes, se mantendrá registro en obra por medio de boletas o facturas. • Camiones encarpados: Según la letra c) del artículo 5.8.3 de la OGUC, el transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver Figura 4 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria). • Estabilización y compactación de caminos: Según la letra b) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículo por el periodo correspondiente (tiempo en que duren las excavaciones). • Cierre perimetral en los deslindes: Según la letra g) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se construirá cierre perimetral en los deslindes del proyecto con mallas tipo raschel, el cual será mantenido en buen estado. La finalidad de este cierre es evitar la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área del proyecto y sectores circundantes. Los cierres podrán ser reemplazados por los paneles OSB con fines acústicos, adicionándoles 50 cm por sobre el nivel con malla raschel, lo que se muestra en la Figura 51 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria (Ver Figura 51 Cierre Perimetral) • No se realizarán quemas: Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros combustibles al interior de la obra. • Limpiar ruedas: Según la letra d) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se limpiarán las ruedas de los vehículos del barro adherido previo al abandono de ellos de la zona de faenas, es decir, a la salida de la obra dando cumplimiento al artículo 5.8.3 de la OGUC. • Revisión técnica y mantenciones al día: En cuanto a la emisión de gases, se exigirá a los contratistas mantener los vehículos con revisión técnica y mantenciones al día, manteniendo el registro en obra.

Respecto de la consulta sobre el polvo provocado por los materiales de la construcción, se debe aclarar que en la obra no se fabricará cemento, solamente se utilizará hormigón premezclado. Con todo, de manera de prevenir la exposición al polvo generado por el cemente, se tomarán las siguientes medidas: • Usar hormigón premezclado • Humedecer el polvo en el punto donde se genera • Instalar un sistema local de ventilación por extracción. • La persona que manipule el cemento utilizará mascara respiratoria, antiparras y guantes de PVC • El material se almacenará en recintos cerrados, secos y con adecuada ventilación Con estas medidas se evitará generar afectación a los trabajadores y vecinos colindantes al proyecto. Respecto a otros materiales que puedan generan polvo en suspensión, ya sea áridos, arena, entre otros, se tomarán las siguientes medidas: 476 • El transporte de materiales o residuos se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humectar la carga en caso de ser necesario. • Se mantendrán humectados y/o cubierto con lona o malla raschel las pilas de tierra, escombros u otro material que pueda desprender polvo.

Respecto de la consulta sobre el ruido, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en horario diurno (lunes a viernes entre las 08:00 a 19:00 horas, y, los sábados entre las 08:00 a 14:00 horas), por lo que, los vecinos colindantes al proyecto no se verán afectados ni durante el periodo nocturno, ni los fines de semana.

En cada una de las etapas del Proyecto se implementarán las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (placa sólida de madera aglomerada (OSB) como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), medidas que permiten garantizar que los niveles estimados de ruido cumplirán con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente. Este decreto se basa en la salud de la población y recoge los niveles recomendados al efecto por la organización Mundial de la Salud (OMS), por cuanto acreditar su cumplimiento, es la única forma objetiva, legal y vigente que posee un proyecto para acreditar que no generará efectos en la salud de la población.

En cuanto a la solicitud de realizar un monitoreo acústico, el titular ha acreditado el cumplimiento de la norma, por cuanto sólo se propone la verificación de las medidas de control indicadas en la evaluación acústica. No obstante lo anterior, el titular compromete que, en caso de producirse molestias a la comunidad por este factor, los vecinos podrán ponerse en contacto con el encargado de la obra, quien verificará el cumplimiento de las medidas y, en caso de ser necesario, las reforzará.

Además, para reforzar las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1, el Titular se compromete a instalar placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas para disminuir posibles molestias a los vecinos, cuyos detalles se presentan en la siguiente Tabla:

Tabla 102 Placas OSB en deslindes del Proyecto Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar afectaciones a los vecinos de la Población Lemus. Descripción: Durante la fase de construcción se instalarán placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas. Justificación: El presente compromiso se enmarca en la solicitud realizada por la Población de aumentar la altura de las barreras para asegurar la tranquilidad de los vecinos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Placas OSB de 6 metros de altura en los tres frentes que colindan a viviendas de la Población Lemus. Forma: Las Placas OSB se mantendrán en buen estado durante todo el periodo que dure la fase de construcción. Oportunidad: Las Placas OSB permanecerá durante toda la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Letrero en Registro fotográfico de las placas OSB. Forma de control y seguimiento

Existirá un encargado en obra de verificar que las placas OSB se encuentran en buen estado y que den cumplimiento a la altura comprometida.

Respecto de la consulta sobre los efectos de la comunidad, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en periodo diurno, por lo que, los vecinos colindantes al proyecto no se 477 verán afectados durante el periodo nocturno. El horario de trabajo será de 08:00 a 19:00 horas de lunes a viernes, y sábado de 08:00 a 14 horas.

En cada una de las etapas del Proyecto se implementarán las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (placa sólida de madera aglomerada (OSB) como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras). Por lo tanto, según los antecedentes entregados por el titular, los niveles estimados de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente.

Dado que Chile no cuenta con una normativa específica que permita regular las vibraciones de índole ambiental, se utiliza lo recomendado por el Servicio de Evaluación Ambiental en su informe final para evaluación de vibración del estudio “Elaboración de una Guía Metodológica de Evaluación de Ruido y Vibraciones en el SEIA”, en donde se establecen metodologías y se recopilan antecedentes de normativas internacionales y estándares de referencia que tengan como objetivo proteger la salud de la población. Por consiguiente, el criterio de evaluación utilizado es el establecido en la guía “Transportation and Construction Vibration” (2004) del California Department of Transportation (Caltrans), Division of Environmental Analysis (USA).

Complementariamente, en el Anexo 6 de la Adenda 1 se acredita el cumplimiento de las normas de referencia de vibraciones.

En cuanto a la consulta sobre si el proyecto pudiera cerrar calles por las actividades de construcción, es importante señalar que la única obra que puede impedir de forma momentánea el uso de la vereda es la construcción de la vereda frente al proyecto, lo que representa un proyecto de mejora a la condición actual que poseen los peatones.

Respecto de la consulta sobre el tránsito de camiones, se aclara que los vehículos durante la fase de construcción del proyecto no ingresarán a la población Lemus. Para esto, se ha decido actualizar las rutas a utilizar durante la Fase de Construcción del Proyecto. Por lo tanto, la calle a utilizar por los vehículos que transitan desde el Norte será por Av. Perú, Vuelta en U en calle Rapa Nui y luego tomar nuevamente Av. Perú y los camiones que salgan del proyecto hacia el centro será por calle Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Puma, María Graham y luego tomaran nuevamente Av. Perú. Adicionalmente, el Titular se compromete a que todo tránsito de vehículos livianos, vehículos de carga de material y vehículos de escombros a realizar durante la fase de construcción será por fuera de la Villa Lemus, lo cual quedará estipulado en el contrato de prestación de los servicios y ha sido establecido como un compromiso ambiental voluntario que quedará en forma expresa en la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del Proyecto.

Respecto de la consulta sobre el tráfico, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

En la siguiente figura se muestran los puntos de medición de flujos. Estas mediciones obtenidas en terreno permitieron calibrar de manera adecuada los modelos computacionales que fueron utilizados para la representación actual y con proyecto del área de influencia.

Figura 20 Ubicación puntos de medición 478

De acuerdo a la metodología, para representar la demanda aportada por el proyecto se consideraron los 447 estacionamientos que contemplan ambos edificios.

Como resultado de este estudio, se generaron las siguientes medidas que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto:

  1. Pavimentación de una franja de 2 metros de Av. Perú, entre el proyecto y calle Arzobispo Valdivieso, de acuerdo a lo aprobado y establecido en el proyecto de tratamiento de espacio público por la I. Municipalidad de Recoleta.

  2. Repavimentación de calle Doctor Ostornol, entre Francisco Silva y Arzobispo Valdivieso, de acuerdo a lo indicado en plano de medidas de mitigación.

  3. Elaboración y ejecución de proyecto de demarcación y señalización en los siguientes tramos contenidos dentro del área de influencia del proyecto: • Av. Perú, entre Arzobispo Valdivieso y Celia Coloma (frente del proyecto) • Celia Coloma, entre Av. Perú y Elcira Lemus • Eloísa Lemus, entre Desiderio Lemus y Elcira Lemus • Elcira Lemus, y Eloísa Lemus y Celia Coloma • Arzobispo Valdivieso, entre Av. Recoleta y Doctor Ostornol • Unión, entre Av. Recoleta y Francisco Silva. • María Graham, entre Av. Recoleta y Av. Perú. • El Salto Chico, entre Unión y Arzobispo Valdivieso. • Puma, entre Unión y Arzobispo Valdivieso. • Av. El Salto, entre Doctor Ostornol y Arzobispo Valdivieso. • Doctor Ostornol, entre Av. Recoleta y Arzobispo Valdivieso.

Esta medida incluye la demarcación de líneas de parada, uso de pistas y cruces peatonales. Para el caso de la intersección de Arzobispo Valdivieso con Av. Recoleta se incluirá la demarcación de estacionamientos y pista de viraje izquierda.

  1. Reprogramación de los siguientes semáforos, incluyendo la tarea de sintonía fina y la reconfiguración de las EPROMS de los controladores: • Av. Recoleta con Arzobispo Valdivieso • Av. Recoleta-Semáforo Peatonal • Av. Recoleta con Unión • Av. El Salto con Dr. Ostornol • Av. Perú con Arzobispo Valdivieso • Av. El Salto con México • Av. Perú con Unión 479 • Av. Perú con Schlack • Av. Perú con San Cristóbal • Av. Perú con Santos Dumont

  2. Normalización del controlador ubicado en Av. Perú con Arzobispo Valdivieso.

  3. Instalación de unidades de respaldo de energía (UPS) para los semáforos ubicados en la intersección de Av. Recoleta con Unión y Av. Perú con Unión.

  4. Deberá realizar un estudio de justificación de semáforo peatonal en Av. Perú y Desiderio Lemus (frente a proyecto), el cual deberá ser revisado y aprobado por UOCT. De justificarse, deberá presentar el Proyecto de Semaforización y el Estudio de Programaciones a la misma UOCT, para su revisión y aprobación. El mandante deberá hacerse cargo de la ejecución de su construcción de acuerdo a la normativa vigente.

  5. Implementación de 3ª fase exclusiva peatonal con el objetivo de disminuir el conflicto generado por el viraje a la derecha en la intersección Av. Recoleta con Arzobispo Valdivieso. Esta implementación deberá ser ingresada a UOCT para su revisión y aprobación.

  6. Mejoramiento de los siguientes paraderos de transporte público: • Paradero PB 150 ubicado en Av. Perú y Desiderio Lemus • Paradero PB 170 ubicado en Av. Perú con Arzobispo Valdivieso

Este mejoramiento incluye el cambio de piezas defectuosas, cambio y/o actualización de señal de parada y demarcación de los cajones “Solo Bus”, en material termoplástico. Todo esto de acuerdo al estándar indicado por DTPM.

  1. Mejoramiento radios de giro en la intersección de Av. El Salto con calle Doctor Ostornol.

  2. Ejecución del proyecto Zona 30 en el cuadrante formado por Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Eloísa Lemus, Elcira Lemus y María Graham de acuerdo a lo estipulado por la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta.

  3. Ejecución de un estudio de demanda de pasajeros en paraderos catastrados, para determinar el aumento de demanda en condición de plena operación del proyecto, el cual deberá ser revisado y aprobado por la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta y por DTPM, debiendo materializar, en caso que corresponda, las obras asociadas.

  4. Evaluación de la implementación de la bidireccional de Arzobispo Valdivieso hasta Av. Recoleta, con la finalidad de dar continuidad a la red vial, y analizar el comportamiento de los flujos del proyecto en esta vía, el que deberá ser revisado y aprobado por Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta y UOCT. La evaluación del proyecto no considera la implementación de las obras resultantes de este análisis.

  5. Habilitación de dispositivos de rodados de Desiderio Lemus con Av. Perú y Celia Coloma con Av. Perú.

  6. Instalación de segregador horizontal en todo el frente predial de acuerdo a lo determinado por la I. Municipalidad de Recoleta.

  7. Instalación de baliza y espejo cóncavo en los accesos del proyecto, esto para prevenir posibles conflictos con los peatones.

Respecto a que los compromisos viales son mayores que los indicados y que, además, el estudio vial fue debidamente revisado por los organismos competentes, dentro de los cuales estuvo el municipio, la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana y la UOCT.

Respecto de la consulta sobre las vibraciones, se debe señalar que el titular del Proyecto, realizó una evaluación de las vibraciones que se generarán producto de las actividades de construcción del proyecto. Dado que Chile no cuenta con norma específica para la evaluación del impacto por 480 vibraciones, el Estudio Acústico y Vibraciones, presentado en el Anexo 6 de la Adenda 1, utiliza como norma de referencia un estándar definido por el departamento de Transportes de California, en Estados Unidos, recomendada para la evaluación de proyectos con uso de maquinaria pesada como excavadoras, compactadores, camiones, etc. El titular acredita que dicho estudio demuestra que se cumplirá con la norma de referencia utilizada. Por lo anterior, el titular expone en el Proyecto, que no existirá riesgo de daño sobre las edificaciones vecinas, acreditándose por lo tanto el cumplimiento de la norma de referencia adoptada, lo cual ha sido revisado y validado por los organismos con competencia ambiental que revisaron este estudio.

Respecto de la consulta sobre colapso de estacionamientos públicos, la tasa de estacionamientos exigida por la normativa para este proyecto es 34,5% para la Etapa 1 y 35,6% para la Etapa 2. De acuerdo a la Encuesta Origen-Destino (2012) la tasa de tenencia de vehículos en la comuna de Recoleta, que corresponde a 0,41 vehículos por vivienda, es decir 41%.

El proyecto contempla una cantidad de estacionamientos superior a los valores anteriores. El proyecto contempla una cantidad de estacionamientos muy superior a los valores anteriores. La Etapa 1 contempla 190 estacionamientos vendibles para los dueños de departamentos lo que corresponde a una tasa de 73%, la Etapa 2 contempla 220 estacionamientos para los dueños de departamentos, que corresponde a una tasa del 99%.

A lo anterior se deben agregar los estacionamientos de visita exigidos por la normativa (26 estacionamientos en ambas etapas).

Respecto de la consulta sobre salubridad e higiene, el titular señala que la eliminación de malezas, el despeje del terreno y la desratización se realizó, precisamente, por una solicitud de los vecinos para eliminar la presencia de ratones. Además, para evitar nuevas afectaciones a los vecinos colindantes al proyecto, el Titular ha mantenido limpio el terreno y realizará las desratizaciones exigidas por la normativa.

En el proyecto el Titular también informa que los proyectos de Basura se encuentran en aprobación por parte de la Autoridad Sanitaria. Dichos permisos permitirán que los habitantes del proyecto puedan disponer sus residuos domiciliarios, a través de ductos, al interior de contenedores ubicados en las salas de basuras. Además, cabe destacar, que el retiro de los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios es obligación de la Municipalidad y se realizará por Avenida Perú. Para mayor detalle ver respuesta 2 de la Adenda Complementaria.

Durante la etapa de construcción, el manejo de basuras será la acumulación en un sector habilitado para ello, siendo el traslado y disposición con empresas autorizadas para tal fin. Por esta razón, no habrá acumulación de residuos fuera de la obra.

Respecto a la habilitación de paso peatonales al interior del proyecto, se informa a la comunidad que estos son propiedad del Titular, ya que el lote original fue adquirido a sus propietarios y debidamente inscrito en los registros correspondientes, no habiendo sobre ellos servidumbres de paso.

Respecto de la consulta sobre el estudio de sombras, los edificios se encuentran emplazados en el terreno distantes varios metros de los deslindes, con el propósito de generar menores efectos de sombras y ventilación de las casas vecinas. Lo anterior se encuentra detallado en el estudio de sombras aprobado por la D.O.M de Recoleta y forma parte integrante del Permiso de Edificación Nº 29 de fecha 25 de abril de 2016 (Edificio Perú Plaza I) y Permiso de Edificación N°53 de fecha 16 de octubre de 2017 (Edificio Perú Plaza II) otorgado por la D.O.M de Recoleta. Estos permisos acreditan que el proyecto cumple con el Instrumento de Planificación Territorial vigente para este sector en forma íntegra.

Respecto de la consulta sobre la potencia eléctrica, de la observación, cabe señalar que los terrenos en que se ubicará el proyecto se ubican al interior del área de concesión eléctrica de la empresa Enel. Dicha empresa se encuentra legalmente obligada a prestar servicios eléctricos tanto a la población Lemus como a los edificios del proyecto, además de los demás habitantes en su área de concesión. La Superintendencia de Electricidad y Combustibles es el organismo público encargado de fiscalizar a dicha empresa concesionaria, contando con múltiples facultades en caso que existan problemas de servicio, como cortes reiterados. Finalmente, se debe aclarar que los edificios del proyecto no serán agentes contaminantes. 481

Respecto de la consulta sobre el impacto visual y la privacidad, el titular señala que el Instrumento de Planificación Territorial (IPT) consignó el suelo del proyecto como de uso residencial, por lo que, permite la construcción del proyecto; el proyecto cumple con el IPT en términos de la altura, rasantes y sombras proyectadas a los terrenos aledaños al proyecto. Además, el proyecto cumple con lo establecido en el artículo 2.6.11 de Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Por lo anterior, se debe señalar que el Proyecto cumple con los instrumentos legales que permiten la elaboración del Proyecto.

110. Myriam de las Mercedes Ibáñez Zúñiga

1. La Municipalidad de Recoleta solicitó: Estudio de Impacto Ambiental. Mediante Ley de Transparencia de la Municipalidad de Recoleta hemos conseguido acceso a la resolución de aceptación del anteproyecto Nº 1 del 18 de enero de 2017, la cual no ha sido asociada a la presente DIA. Esta resolución expresa que este proyecto excede el umbral mínimo de exigencia de estudio de impacto ambiental (300 viviendas), con un total de 483 viviendas y 13 locales comerciales; debiendo, por lo tanto, presentar el citado estudio antes del inicio de las obras. Sin embargo, la empresa está presentando una DIA por la primera resolución del anteproyecto Nº28 del 23 de octubre de 2015, que no pedía un EIA sino sólo una DIA. La resolución de 2017 también indica la intención de la empresa para evitar la necesidad del estudio y, por lo tanto, lo exigen en la última resolución.

2. Deterioro de calidad de vida El proyecto se vende por los desarrolladores y constructores como una renovación urbana que entrega calidad de vida, “observante de la norma” y en armonía con sus vecinos. Una encuentra realizada por la Universidad de Chile entre 746 residentes de barrios, en renovación urbana, en el Gran Santiago, concluyó que para los vecinos antiguos, la calidad de vida de sus barrios disminuye con la renovación. Así, para los encuestados y encuestadas, la nota promedio asignada con anterioridad a la llegada de los edificios en altura es de un 6.0, mientras que la nota que adjudican para calificar la situación actual de sus barrios, apenas alcanza un promedio de 4.8 (López et al., 2013). Los efectos negativos que la renovación urbana ha tenido en los barrios de Santiago Centro y estación Normal (sic) son conocidos y bien documentados y han causado impacto en los últimos años (Pozo 2013, El Mercurio 2017).

3. Polvo producido por los vehículos La entrada y salida de vehículos de la obra genera una gran cantidad de contaminantes. El transporte de los materiales al lugar de la obra provoca mucho polvo o material particulado. Las ruedas de los vehículos contienen gran cantidad de material particulado suspendido tales como polvo, arena, arcilla y cemento. Estas materias quedan suspendidas en el aire, suelo y agua. Además, los vehículos transportan este material suspendido fuera de la obra, lo que implica que no sólo se pueden enfermar los trabajadores sino también la comunidad.

4. Polvo provocado por las actividades de la construcción La mayoría de las actividades de construcción como excavaciones, rellenos, movimiento de tierra, blanqueo, pintura, azulejado, mezclas de hormigón y acabado provocan un efecto adverso sobre el entorno, pues provocan una gran cantidad de material particulado.

5. Polvo provocado por los materiales de la producción Estos materiales son cemento, áridos, arena, arcilla, cal, madera y carbono de calcio. Los trabajadores que laboran en la obra, y emplean esos materiales, así como los vecinos colindantes al proyecto, tienen una alta exposición al polvo emitido por ello (Baby et al 2008, citado por Singh 2011), demuestra que el polvo de cemento contiene metales pesados tales como níquel, cobalto, plomo y cromo como concomitantes peligrosos para el ambiente biótico con impacto adverso para la vegetación, para la salud urbana y animal y para los ecosistemas. Diversos estudios han demostrado que hay una relación entre la exposición al polvo de cemento, el deterioro crónico del funcionamiento de los pulmones y los síntomas respiratorios de la población humana. El polvo de cemento irrita la piel, la mucosa de ojos y el sistema respiratorio. Su deposición en el tracto respiratorio provoca una reacción base que aumenta los valores del pH que irrita las mucosas expuestas Zeleke et al. 2010). La exposición al polvo de cemento ha sido asociada al incremento de sufrir anormalidades del hígado, desórdenes hormonales y carcinogénesis. Se ha planteado que la 482 reducción de la capacidad antioxidante y el aumento de peroxidación lípida del plasma podrían explicar los mecanismos causales de enfermedades (Aydin et al, 2010).

6. Ruido • Ruido proveniente de los vehículos, por ejemplo, transporte de materiales • Ruido proveniente de las actividades de la construcción, por ejemplo, excavación, relleno. • Ruido proveniente de las herramientas de la construcción, por ejemplo, mezcladora de hormigón, máquinas eléctricas

En la obra, los trabajadores utilizan herramientas como mezcladora de hormigón, trituradoras de hormigón, compactadoras, lijadoras, cepilladoras, cortadora de discos, taladros y motosierras y son quienes más sufren por la exposición al ruido derivado de la construcción. También, los residentes que viven vecinos a la obra en construcción y quienes usan las calles cercanas a la obra. Lo anterior significa que muchas personas sufren a diario por los ruidos de la construcción dado el crecimiento de esta franja de Gaza (sic). El proyecto no considera monitoreo de niveles de ruido, los vecinos estiman que los ruidos pueden provocar pérdidas de la audición temporal o permanente, estrés y molestia. Manifestándolo a los representantes de la empresa constructora luego de la presentación realizada en la Junta de Vecinos el 12 de junio de 2017; sin embargo, los representantes de la empresa, y especialmente su consultora ambiental, Leticia Del Pozzo, desestimaron la necesidad de realizar un monitoreo argumentando que no hay norma que lo exija. Los encuestados en el estudio de Enshassi et al (2014), indicaron que los ruidos de las construcciones podrían provocar trastornos sociales en sus hogares, trabajos y cuando intentaban dormir. Potencialmente, los ruidos de la construcción pueden molestar a las personas las 24 horas del día, los 7 días a la semana. Los efectos del ruido en la salud son consecuencia de los elevados niveles de ruido. Un elevado nivel de ruido en el trabajo u otros lugares puede producir deterioro de la audición, hipertensión, enfermedades cardíacas isquémicas, molestias y perturbación del sueño. Cambios en el sistema inmunológico y defectos de nacimiento han sido atribuidos a la exposición de ruido (Passhier- Vermeer y Passhier 2000). Se sabe que la exposición al ruido induce zumbidos, hipertensión, vasoconstrucción, y otros efectos cardiovasculares adversos. (WRUC 2007) Ijigah et al (2013) realizaron una investigación en Nigeria encontrando que la contaminación por ruido se encontraba en un 6º lugar con un índice de importancia relativa (IIR) de 0,794 en una escala de 0 a 1.

7. Efectos sobre la comunidad Las obras de construcción cierran calles y perturban los intereses de las personas. El transporte de la construcción provoca interrupción de tráfico debido al cierre de calles o caminos, además, los encuestados estimaron que el ruido y la vibración producidos por la construcción y el movimiento vehicular podían provocar trastornos sociales en los hogares, en el lugar de trabajo y a la hora de dormir. Enshassi et al 2014 clasificaron este efecto con un IIR= 0,7 Ijigah et al (2013) realizaron su estudio en Nigeria y encontraron que el trastorno social ocupaba el nº 14 con un IIR=0,711. Zolfagharian et al (2014) encontraron que el trastorno social se ubicaba en el nº22.

8. Tránsito de camiones La interrupción del tráfico que se producirá por el tránsito de camiones en la construcción es considerada como un alto impacto por los estudiantes. Los responsables del proyecto plantean que los responsables no pasarán por la población para llegar a la obra. Sin embargo, el plan de acceso fue generado por la empresa antes de la actual construcción del bandejón central en avenida Perú que cerró el ingreso por Desiderio Lemus. Por lo tanto, los camiones no tendrán forma de llegar desde el norte. Si no es a través de la población, para luego virar hacia el norte por avenida Perú y luego poder entrar a la obra.

9. Tráfico Actualmente, los vecinos de la población Lemus tienen gran dificultad para entrar o salir en las horas punta, teniendo que enfrentar colas provenientes de Valdivieso, que es la única salida que tiene, luego de que las obras de la avenida Perú cerraran los accesos. El proyecto agravará la situación no sólo durante la construcción, sino que luego de su habilitación habitacional (sic), producto de un alto número de personas que se incorporará al uso de las mismas vías de acceso. La empresa presenta como principal medida de mitigación, la mejora eléctrica de semáforos de avenida Perú con avenida Valdivieso (normalización del controlador e instalación de una UPS). Sin embargo, esto no tendrá absolutamente ningún efecto en mejorar el tráfico vehicular en las horas punta, dado que el problema no es que no funcione el semáforo, sino que la capacidad de las calles es insuficiente para el flujo vehicular habitual, el cual será posiblemente triplicado por este proyecto. 483 departamentos equivalen más o menos a 1300 personas nuevas. Por lo tanto, los 483 vecinos colindantes consideramos absolutamente insuficientes las medidas de mitigación presentadas.

10. Vibraciones Los vecinos de la población Lemus, también consideramos importante el impacto que tendrán las vibraciones generadas por la construcción. La población está constituida principalmente por casas de más de 70 años y algunas son de adobe. El proyecto no considera los efectos que las vibraciones puedan tener ni presentan medidas de mitigación.

11. Colapso de estacionamientos públicos Los vecinos manifestamos nuestra preocupación por el excesivo uso que harán los moradores de los edificios de los espacios púbicos de estacionamientos de la población Lemus. Nuestra preocupación se basa en el hecho de que para 483 departamentos sólo se construirán 447 estacionamientos para autos, considerando que hoy en día cada familia tiene al menos un auto, es evidente que los estacionamientos privados del proyecto serán insuficientes y, por lo tanto, los moradores de los edificios ocuparán los espacios de estacionamiento del vecindario. Lo que redundará en que los residentes de la población Lemus no podrán estacionar fuera de sus propias casas. Este problema fue planteado a los responsables del proyecto, presentación hecha en la junta vecinal, pero estos manifestaron que están dentro de la norma y que no estiman que se vendan todos los estacionamientos ni produzca tal efecto. Su estimación se basa en que en sus proyectos anteriores nunca se han vendido todos los estacionamientos dado que según indicaron hay muchas familias jóvenes que no tienen recursos para comprar un auto. Por lo tanto, no estiman necesaria una medida de mitigación. Estamos en desacuerdo con la información de la empresa, la cual si bien puede ser cierta al momento del inicio de venta de sus departamentos; esto no implica que –eventualmente- todos los estacionamientos sean vendidos, mucho después de que la empresa se retire de nuestra población. Aducen que están dentro de la norma y que la norma no la hacen las inmobiliarias.

12. Salubridad e higiene Desde que la empresa ABSAL comenzó sus trabajos, los vecinos colindantes hemos tenido bastante invación de ratas en nuestras casas. Esto fue indicado a la empresa en la presentación en la junta vecinal, a lo cual sólo respondieron que han hecho desratizaciones. Sin embargo, esto evidentemente no ha sido suficiente, la empresa no manifestó ninguna voluntad de tomar medidas al respecto. Los vecinos, además, estamos preocupados por la acumulación de basura en el vecindario producto de estos edificios. La inminente llegada de inmigrantes, especialmente en cités de avenida Valdivieso ha significado una acumulación constante en las vías públicas. Estas no son sólo bolsas de basura que tiran en el piso para que sean destruidas por los perros, sino que también electrodomésticos, muebles, colchones etc. Ni los vecinos ni la municipalidad han podido solucionar este problema; por lo tanto, prevemos que este tremendo proyecto habitacional podría empeorar muchísimo más la situación, ya que no hay forma de prever ni controlar el nivel educacional de las 483 familias que llegarán y no existen medidas de mitigación para generar un adecuado control de la cantidad de basura que será generada y dónde será depositada. Si los habitantes de los departamentos no encuentran dónde desechar sus basuras y muebles viejos, de seguro que buscarán una vereda o pasaje de nuestra población para hacerlo. Tampoco, nada parece indicar que si los vecinos de las torres decidieran sacar sus basuras por los portones que dan hacia las calles de la población (Ricardo Lemus y Juan Antonio Ríos), no puedan hacerlo. Aún si, como indica la empresa, ellos no permitirán tránsito de camiones y autos desde la propiedad hacia esas calles, los vecinos, luego de comprar los departamentos podrán hacerlo. Los vecinos vemos como única medida de mitigación efectiva que estas calles sean habilitadas como tal hasta avenida Perú, pero como pasos peatonales. Estas calles son espacios públicos y fueron concedidas al antiguo Estadio Montserrat, dado que el beneficio de ese proyecto presentaba para toda la comunidad. Sin embargo, como ese beneficio ya no existe, solicitamos que las calles sean devueltas a la comunidad. Por ser calles, son de dominio público y este carácter no puede cambiarse por un plan regulador, ni puede ser cedido a un privado sin una desafección, la cual no ha ocurrido; por lo tanto, la comunidad de vecinos solicita su habilitación pública y peatonal, como medida de mitigación ambiental del presente proyecto.

13. Estudio de sombras mal realizado Las torres generarán gran sombra durante gran parte del año sobre las casas del costado sur, oriente y poniente. Eso redundará no sólo en la oscuridad de los patios y hogares, sino que en mayor frío y humedad en las casas. Un estudio de la Universidad de Chile sobre renovación urbana midió los efectos sobre los últimos 10 años. Entre la consecuencia de los vecinos está el exceso de sombra, (López et al 2013). Los vecinos tendrán un aumento del gasto de electricidad y parafina para 484 iluminación y calefacción. La humedad favorecerá el crecimiento de hongos, lo cual puede llevar a un aumento de enfermedades respiratorias, especialmente en niños y asmáticos. El proyecto no considera medidas de mitigación para estos impactos. Al plantearle el problema a los representantes en la junta vecinal, ellos manifestaron que, en las partes cercanas al límite del terreno, las torres guardan una distancia de 10,4 metros. Esto nos parece absolutamente insuficiente considerando que los edificios tendrán una altura de 16 metros. Revisando en detalle el estudio de sombra de la empresa, incluido en su DIA, detectamos que la rasante 70º por el costado oriente del proyecto parte desde los 6 metros de altura y por el otro lado –sur- desde los 14 metros, ambos costados dan hacia la población Lemus. Según el artículo 2.6.3 de la Ordenanza General de Construcciones y Urbanismos las rasantes se aplican desde las alturas máximas permitidas sólo en el caso de edificaciones contiguas, cuando las edificaciones son aisladas, debe aplicarse desde el nivel del suelo. La población Lemus es EB1 según el plano regulador vigente. El cual permite construcción continua sólo en frentes menores a 15 metros y el terreno del proyecto inmobiliario tiene un frente mayor a 15 metros, así como la mayoría de las casas de la población Lemus y, por lo tanto, son viviendas aisladas. Por lo tanto, concluimos que el estudio de sombras está mal hecho porque sobreestima el volumen teórico del edificio y solicitamos que sea hecho nuevamente.

14. Potencia eléctrica Actualmente la población Lemus ha tenido cortes eléctricos en reiteradas oportunidades. Esto preocupa a la población ya que la construcción es una operación energéticamente intensa y lo mismo pasaría con el uso del edificio a lo largo de su vida operativa. Creemos importante que se reconozca a los edificios Perú Plaza I y II como un potente agente consumidor de energía y emisor de contaminantes durante su vida operativa.

15. Impacto visual y privacidad La población Lemus, es un sector residencial donde las casas son generalmente de uno y dos pisos. La construcción de estos edificios rompe significativamente con el esquema existente de nuestra población, produciendo un perfil urbano irregular que reemplaza la actual estructura de nuestra población. Por otra parte, estos edificios interrumpen nuestra privacidad, sobre todo para los vecinos colindantes, los cuales están a 10,4 metros de distancia.

16. Conclusiones Esperamos que el Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental acoja nuestra observación y nos ayude a evitar los graves y negativos efectos que este proyecto tendrá sobre nuestra calidad de vida. El proyecto alude un beneficio social para dar respuesta a una supuesta necesidad habitacional de Santiago. Sin embargo, la población Lemus no tiene tal necesidad y estamos asumiendo esa externalidad con todos los costos que conllevará en aumentar en varias veces su densidad poblacional actual, sin ser beneficiada sino perjudicada. Dada la extensión de los impactos ambientales de este proyecto y que tal como lo indica la Municipalidad de Recoleta en su resolución del anteproyecto Nº1 del presente año, es necesario y exigimos que se realice un Estudio de Impacto Ambiental.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto de lo planteado en la observación en relación a los fundamentos de la DIA, se debe informar que los proyectos inmobiliarios que exceden de las 300 viviendas deben ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) de acuerdo a la letra h.1.3 del artículo 3° del Reglamento del SEIA (DS N°40/2013 del Ministerio del Medio Ambiente) que señala:

“Letra h): Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturada. h.1: Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjunto de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características: • h.1.1: Que se emplacen en áreas de extensión urbana o en área rural, de acuerdo al instrumento de planificación, correspondiente y requieran de sistemas propios de producción y distribución de agua potable y/o de recolección, tratamiento y disposición de aguas servidas; 485 • h.1.2: Que den lugar a la incorporación al dominio nacional de uso público de vías expresas o troncales; • h.1.3: Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas; o • h.1.4: Que consulten la construcción de edificios de uso público con una capacidad para cinco mil (5.000) o más personas o con mil (1.000) o más estacionamientos.”

De acuerdo a lo anterior, el proyecto ingresó al SEIA ya que: • Corresponde a un proyecto de tipo inmobiliario que se ubica en la Región Metropolitana, la cual ha sido declarada zona latente para Dióxido de Nitrógeno (NO2) y saturada para Partículas Totales en Suspensión (PTS), Material Particulado Respirable (PM10), Monóxido de Carbono (CO) y Ozono (O3). La Región, cuenta con el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA), que ha sido dictado conforme al artículo 44 de la Ley Bases del Medio Ambiente. • El proyecto contempla la construcción de 483 departamentos.

Habiendo establecido la necesidad de ingreso al SEIA, lo siguiente es determinar si debe hacerse a través de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) o un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), en caso que se produzca alguno de los efectos características y/o circunstancias señaladas por el artículo 11 de la Ley 19.300. A partir de las prospecciones y estudios realizados (emisiones atmosféricas, ruido y vibraciones, patrimonio arqueológico, factibilidad de servicios sanitarios, medio humano), es posible indicar que el proyecto no genera ninguno de los efectos, características y/o circunstancias señaladas en las letras a) a la f) del artículo 11 de la Ley 19.300, o en los artículos 5 al 10 del Reglamento del SEIA que regulan la misma materia. Por lo cual, el proyecto ingresa al SEIA a través de una DIA.

Cabe señalar que durante la evaluación ambiental de esta DIA ningún organismo público con competencias ambientales ha señalado que el proyecto produzca alguno de los efectos, características y/o circunstancias señaladas en las letras a) a la f) del artículo 11 de la Ley 19.300 ni ha requerido la presentación de un EIA.

Adicionalmente, es importante comentar y aclarar que toda diferencia o discrepancia entre lo presentado en la Resolución de Aprobación del Anteproyecto y el Permiso de Edificación, se produce por la evolución del proyecto, desde un anteproyecto a un proyecto definitivo. El desarrollo mismo de un proyecto en cada uno de sus componentes puede arrojar modificaciones entre la etapa de Anteproyecto y el Permiso de Edificación, respecto de las cuales la autoridad pudo haberse pronunciado de manera distinta. Esta es una situación común en los proyectos de esta naturaleza.

La construcción del proyecto, por lo tanto, debe ajustarse a lo permitido a través de los Permisos de Edificación de cada edificio, como también, de lo evaluado ambientalmente en el SEIA.

En la Tabla 8 “Característica Proyecto” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA, se presenta la información del Proyecto a construir con las superficies aprobadas a la fecha mediante el Permiso de Edificación N°29 del 25 de abril de 2016 (Perú Plaza I) y mediante el Permiso de Edificación N° 53 de fecha 16 de octubre de 2017 (Perú Plaza II).

Respecto del tema de la calidad de vida, según plantea el PLADECO 2014-2018, la aprobación del Plan Regulador Comunal del año 2005 reconoce Av. Perú como eje de renovación urbana, donde se han llevado a cabo algunos proyectos inmobiliarios. Posterior, durante el año 2006 se realizó la primera modificación al instrumento con el fin de restringir las condiciones de construcción de los nuevos inmobiliarios, lo cual impactó notoriamente en la producción en dicha zona. Considerando dicho antecedente, cabe señalar que el Proyecto se ajusta a la normativa territorial vigente, establecida a través del Plan Regulador Comunal de Recoleta y es en virtud de este instrumento que ha sido diseñado y obtenido los permisos municipales que dan cuenta de esta situación.

Respecto de la consulta sobre el polvo producido por los vehículos, el titular se compromete a que el transporte de materiales o residuos que despendan polvo se realizará con la carga cubierta (encarpado), manteniendo una distancia mínima de 10 cm. entre la superficie de la carga y la cubierta, además, de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver figura 4 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria).

486 En cuanto a las ruedas de los vehículos, se limpiarán del barro adherido previo al abandono de la zona de faenas, es decir, a la salida de la obra dando cumplimiento al artículo 5.8.3 de la OGUC.

Además, para evitar las emisiones de gases generadas por los vehículos livianos y pesados, se exigirá a los contratistas mantener los vehículos con revisión técnica y mantenciones al día. Dicho registro se mantendrá en obra.

Además, cabe destacar que el proyecto no supera los límites indicados en el artículo 98 del PPDA, tal como se puede observar en la Tabla 4 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria.

Según estos antecedentes, no se verá afectada la salud de los vecinos colindantes al área del proyecto.

Respecto de la consulta sobre el polvo provocado por las actividades de construcción, el titular ha comprometido y entregado los antecedentes para acreditar el cumplimiento de todas las medidas para controlar el polvo que producen las actividades de construcción. Además, para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante dicha fase de construcción, el titular consideró las siguientes medidas: • Humectación: Según la letra a) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se humectarán las áreas de movimientos de tierra y vía de circulación interna de acuerdo a los requerimientos en terreno, contemplándose un mínimo de 2 veces al día durante el periodo que duren las excavaciones. La fuente de agua provendrá de un arranque de agua potable en la obra o en su defecto por medio de camión aljibe que posea las autorizaciones y permisos correspondientes, se mantendrá registro en obra por medio de boletas o facturas. • Camiones encarpados: Según la letra c) del artículo 5.8.3 de la OGUC, el transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver Figura 4 del Anexo 3 de la Adenda Complementaria). • Estabilización y compactación de caminos: Según la letra b) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículo por el periodo correspondiente (tiempo en que duren las excavaciones). • Cierre perimetral en los deslindes: Según la letra g) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se construirá cierre perimetral en los deslindes del proyecto con mallas tipo raschel, el cual será mantenido en buen estado. La finalidad de este cierre es evitar la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área del proyecto y sectores circundantes. Los cierres podrán ser reemplazados por los paneles OSB con fines acústicos, adicionándoles 50 cm por sobre el nivel con malla raschel, lo que se muestra en la Figura 51 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria (Ver Figura 51 Cierre Perimetral) • No se realizarán quemas: Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros combustibles al interior de la obra. • Limpiar ruedas: Según la letra d) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se limpiarán las ruedas de los vehículos del barro adherido previo al abandono de ellos de la zona de faenas, es decir, a la salida de la obra dando cumplimiento al artículo 5.8.3 de la OGUC. • Revisión técnica y mantenciones al día: En cuanto a la emisión de gases, se exigirá a los contratistas mantener los vehículos con revisión técnica y mantenciones al día, manteniendo el registro en obra.

Respecto de la consulta sobre el polvo provocado por los materiales de la construcción, se debe aclarar que en la obra no se fabricará cemento, solamente se utilizará hormigón premezclado. Con todo, de manera de prevenir la exposición al polvo generado por el cemente, se tomarán las siguientes medidas: • Usar hormigón premezclado • Humedecer el polvo en el punto donde se genera • Instalar un sistema local de ventilación por extracción. • La persona que manipule el cemento utilizará mascara respiratoria, antiparras y guantes de PVC • El material se almacenará en recintos cerrados, secos y con adecuada ventilación Con estas medidas se evitará generar afectación a los trabajadores y vecinos colindantes al proyecto. Respecto a otros materiales que puedan generan polvo en suspensión, ya sea áridos, arena, entre otros, se tomarán las siguientes medidas: 487 • El transporte de materiales o residuos se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humectar la carga en caso de ser necesario. • Se mantendrán humectados y/o cubierto con lona o malla raschel las pilas de tierra, escombros u otro material que pueda desprender polvo.

Respecto de la consulta sobre el ruido, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en horario diurno (lunes a viernes entre las 08:00 a 19:00 horas, y, los sábados entre las 08:00 a 14:00 horas), por lo que, los vecinos colindantes al proyecto no se verán afectados ni durante el periodo nocturno, ni los fines de semana.

En cada una de las etapas del Proyecto se implementarán las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (placa sólida de madera aglomerada (OSB) como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), medidas que permiten garantizar que los niveles estimados de ruido cumplirán con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente. Este decreto se basa en la salud de la población y recoge los niveles recomendados al efecto por la organización Mundial de la Salud (OMS), por cuanto acreditar su cumplimiento, es la única forma objetiva, legal y vigente que posee un proyecto para acreditar que no generará efectos en la salud de la población.

En cuanto a la solicitud de realizar un monitoreo acústico, el titular ha acreditado el cumplimiento de la norma, por cuanto sólo se propone la verificación de las medidas de control indicadas en la evaluación acústica. No obstante lo anterior, el titular compromete que, en caso de producirse molestias a la comunidad por este factor, los vecinos podrán ponerse en contacto con el encargado de la obra, quien verificará el cumplimiento de las medidas y, en caso de ser necesario, las reforzará.

Además, para reforzar las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1, el Titular se compromete a instalar placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas para disminuir posibles molestias a los vecinos, cuyos detalles se presentan en la siguiente Tabla:

Tabla 102 Placas OSB en deslindes del Proyecto Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar afectaciones a los vecinos de la Población Lemus. Descripción: Durante la fase de construcción se instalarán placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas. Justificación: El presente compromiso se enmarca en la solicitud realizada por la Población de aumentar la altura de las barreras para asegurar la tranquilidad de los vecinos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Placas OSB de 6 metros de altura en los tres frentes que colindan a viviendas de la Población Lemus. Forma: Las Placas OSB se mantendrán en buen estado durante todo el periodo que dure la fase de construcción. Oportunidad: Las Placas OSB permanecerá durante toda la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Letrero en Registro fotográfico de las placas OSB. Forma de control y seguimiento

Existirá un encargado en obra de verificar que las placas OSB se encuentran en buen estado y que den cumplimiento a la altura comprometida.

Respecto de la consulta sobre los efectos de la comunidad, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en periodo diurno, por lo que, los vecinos colindantes al proyecto no se 488 verán afectados durante el periodo nocturno. El horario de trabajo será de 08:00 a 19:00 horas de lunes a viernes, y sábado de 08:00 a 14 horas.

En cada una de las etapas del Proyecto se implementarán las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (placa sólida de madera aglomerada (OSB) como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras). Por lo tanto, según los antecedentes entregados por el titular, los niveles estimados de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente.

Dado que Chile no cuenta con una normativa específica que permita regular las vibraciones de índole ambiental, se utiliza lo recomendado por el Servicio de Evaluación Ambiental en su informe final para evaluación de vibración del estudio “Elaboración de una Guía Metodológica de Evaluación de Ruido y Vibraciones en el SEIA”, en donde se establecen metodologías y se recopilan antecedentes de normativas internacionales y estándares de referencia que tengan como objetivo proteger la salud de la población. Por consiguiente, el criterio de evaluación utilizado es el establecido en la guía “Transportation and Construction Vibration” (2004) del California Department of Transportation (Caltrans), Division of Environmental Analysis (USA).

Complementariamente, en el Anexo 6 de la Adenda 1 se acredita el cumplimiento de las normas de referencia de vibraciones.

En cuanto a la consulta sobre si el proyecto pudiera cerrar calles por las actividades de construcción, es importante señalar que la única obra que puede impedir de forma momentánea el uso de la vereda es la construcción de la vereda frente al proyecto, lo que representa un proyecto de mejora a la condición actual que poseen los peatones.

Respecto de la consulta sobre el tránsito de camiones, se aclara que los vehículos durante la fase de construcción del proyecto no ingresarán a la población Lemus. Para esto, se ha decido actualizar las rutas a utilizar durante la Fase de Construcción del Proyecto. Por lo tanto, la calle a utilizar por los vehículos que transitan desde el Norte será por Av. Perú, Vuelta en U en calle Rapa Nui y luego tomar nuevamente Av. Perú y los camiones que salgan del proyecto hacia el centro será por calle Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Puma, María Graham y luego tomaran nuevamente Av. Perú. Adicionalmente, el Titular se compromete a que todo tránsito de vehículos livianos, vehículos de carga de material y vehículos de escombros a realizar durante la fase de construcción será por fuera de la Villa Lemus, lo cual quedará estipulado en el contrato de prestación de los servicios y ha sido establecido como un compromiso ambiental voluntario que quedará en forma expresa en la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del Proyecto.

Respecto de la consulta sobre el tráfico, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

En la siguiente figura se muestran los puntos de medición de flujos. Estas mediciones obtenidas en terreno permitieron calibrar de manera adecuada los modelos computacionales que fueron utilizados para la representación actual y con proyecto del área de influencia.

Figura 20 Ubicación puntos de medición 489

De acuerdo a la metodología, para representar la demanda aportada por el proyecto se consideraron los 447 estacionamientos que contemplan ambos edificios.

Como resultado de este estudio, se generaron las siguientes medidas que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto:

  1. Pavimentación de una franja de 2 metros de Av. Perú, entre el proyecto y calle Arzobispo Valdivieso, de acuerdo a lo aprobado y establecido en el proyecto de tratamiento de espacio público por la I. Municipalidad de Recoleta.

  2. Repavimentación de calle Doctor Ostornol, entre Francisco Silva y Arzobispo Valdivieso, de acuerdo a lo indicado en plano de medidas de mitigación.

  3. Elaboración y ejecución de proyecto de demarcación y señalización en los siguientes tramos contenidos dentro del área de influencia del proyecto: • Av. Perú, entre Arzobispo Valdivieso y Celia Coloma (frente del proyecto) • Celia Coloma, entre Av. Perú y Elcira Lemus • Eloísa Lemus, entre Desiderio Lemus y Elcira Lemus • Elcira Lemus, y Eloísa Lemus y Celia Coloma • Arzobispo Valdivieso, entre Av. Recoleta y Doctor Ostornol • Unión, entre Av. Recoleta y Francisco Silva. • María Graham, entre Av. Recoleta y Av. Perú. • El Salto Chico, entre Unión y Arzobispo Valdivieso. • Puma, entre Unión y Arzobispo Valdivieso. • Av. El Salto, entre Doctor Ostornol y Arzobispo Valdivieso. • Doctor Ostornol, entre Av. Recoleta y Arzobispo Valdivieso.

Esta medida incluye la demarcación de líneas de parada, uso de pistas y cruces peatonales. Para el caso de la intersección de Arzobispo Valdivieso con Av. Recoleta se incluirá la demarcación de estacionamientos y pista de viraje izquierda.

  1. Reprogramación de los siguientes semáforos, incluyendo la tarea de sintonía fina y la reconfiguración de las EPROMS de los controladores: • Av. Recoleta con Arzobispo Valdivieso • Av. Recoleta-Semáforo Peatonal • Av. Recoleta con Unión • Av. El Salto con Dr. Ostornol • Av. Perú con Arzobispo Valdivieso • Av. El Salto con México • Av. Perú con Unión 490 • Av. Perú con Schlack • Av. Perú con San Cristóbal • Av. Perú con Santos Dumont

  2. Normalización del controlador ubicado en Av. Perú con Arzobispo Valdivieso.

  3. Instalación de unidades de respaldo de energía (UPS) para los semáforos ubicados en la intersección de Av. Recoleta con Unión y Av. Perú con Unión.

  4. Deberá realizar un estudio de justificación de semáforo peatonal en Av. Perú y Desiderio Lemus (frente a proyecto), el cual deberá ser revisado y aprobado por UOCT. De justificarse, deberá presentar el Proyecto de Semaforización y el Estudio de Programaciones a la misma UOCT, para su revisión y aprobación. El mandante deberá hacerse cargo de la ejecución de su construcción de acuerdo a la normativa vigente.

  5. Implementación de 3ª fase exclusiva peatonal con el objetivo de disminuir el conflicto generado por el viraje a la derecha en la intersección Av. Recoleta con Arzobispo Valdivieso. Esta implementación deberá ser ingresada a UOCT para su revisión y aprobación.

  6. Mejoramiento de los siguientes paraderos de transporte público: • Paradero PB 150 ubicado en Av. Perú y Desiderio Lemus • Paradero PB 170 ubicado en Av. Perú con Arzobispo Valdivieso

Este mejoramiento incluye el cambio de piezas defectuosas, cambio y/o actualización de señal de parada y demarcación de los cajones “Solo Bus”, en material termoplástico. Todo esto de acuerdo al estándar indicado por DTPM.

  1. Mejoramiento radios de giro en la intersección de Av. El Salto con calle Doctor Ostornol.

  2. Ejecución del proyecto Zona 30 en el cuadrante formado por Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Eloísa Lemus, Elcira Lemus y María Graham de acuerdo a lo estipulado por la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta.

  3. Ejecución de un estudio de demanda de pasajeros en paraderos catastrados, para determinar el aumento de demanda en condición de plena operación del proyecto, el cual deberá ser revisado y aprobado por la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta y por DTPM, debiendo materializar, en caso que corresponda, las obras asociadas.

  4. Evaluación de la implementación de la bidireccional de Arzobispo Valdivieso hasta Av. Recoleta, con la finalidad de dar continuidad a la red vial, y analizar el comportamiento de los flujos del proyecto en esta vía, el que deberá ser revisado y aprobado por Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta y UOCT. La evaluación del proyecto no considera la implementación de las obras resultantes de este análisis.

  5. Habilitación de dispositivos de rodados de Desiderio Lemus con Av. Perú y Celia Coloma con Av. Perú.

  6. Instalación de segregador horizontal en todo el frente predial de acuerdo a lo determinado por la I. Municipalidad de Recoleta.

  7. Instalación de baliza y espejo cóncavo en los accesos del proyecto, esto para prevenir posibles conflictos con los peatones.

Respecto a que los compromisos viales son mayores que los indicados y que, además, el estudio vial fue debidamente revisado por los organismos competentes, dentro de los cuales estuvo el municipio, la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana y la UOCT.

Respecto de la consulta sobre las vibraciones, se debe señalar que el titular del Proyecto, realizó una evaluación de las vibraciones que se generarán producto de las actividades de construcción del proyecto. Dado que Chile no cuenta con norma específica para la evaluación del impacto por 491 vibraciones, el Estudio Acústico y Vibraciones, presentado en el Anexo 6 de la Adenda 1, utiliza como norma de referencia un estándar definido por el departamento de Transportes de California, en Estados Unidos, recomendada para la evaluación de proyectos con uso de maquinaria pesada como excavadoras, compactadores, camiones, etc. El titular acredita que dicho estudio demuestra que se cumplirá con la norma de referencia utilizada. Por lo anterior, el titular expone en el Proyecto, que no existirá riesgo de daño sobre las edificaciones vecinas, acreditándose por lo tanto el cumplimiento de la norma de referencia adoptada, lo cual ha sido revisado y validado por los organismos con competencia ambiental que revisaron este estudio.

Respecto de la consulta sobre colapso de estacionamientos públicos, la tasa de estacionamientos exigida por la normativa para este proyecto es 34,5% para la Etapa 1 y 35,6% para la Etapa 2. De acuerdo a la Encuesta Origen-Destino (2012) la tasa de tenencia de vehículos en la comuna de Recoleta, que corresponde a 0,41 vehículos por vivienda, es decir 41%.

El proyecto contempla una cantidad de estacionamientos superior a los valores anteriores. El proyecto contempla una cantidad de estacionamientos muy superior a los valores anteriores. La Etapa 1 contempla 190 estacionamientos vendibles para los dueños de departamentos lo que corresponde a una tasa de 73%, la Etapa 2 contempla 220 estacionamientos para los dueños de departamentos, que corresponde a una tasa del 99%.

A lo anterior se deben agregar los estacionamientos de visita exigidos por la normativa (26 estacionamientos en ambas etapas).

Respecto de la consulta sobre salubridad e higiene, el titular señala que la eliminación de malezas, el despeje del terreno y la desratización se realizó, precisamente, por una solicitud de los vecinos para eliminar la presencia de ratones. Además, para evitar nuevas afectaciones a los vecinos colindantes al proyecto, el Titular ha mantenido limpio el terreno y realizará las desratizaciones exigidas por la normativa.

En el proyecto el Titular también informa que los proyectos de Basura se encuentran en aprobación por parte de la Autoridad Sanitaria. Dichos permisos permitirán que los habitantes del proyecto puedan disponer sus residuos domiciliarios, a través de ductos, al interior de contenedores ubicados en las salas de basuras. Además, cabe destacar, que el retiro de los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios es obligación de la Municipalidad y se realizará por Avenida Perú. Para mayor detalle ver respuesta 2 de la Adenda Complementaria.

Durante la etapa de construcción, el manejo de basuras será la acumulación en un sector habilitado para ello, siendo el traslado y disposición con empresas autorizadas para tal fin. Por esta razón, no habrá acumulación de residuos fuera de la obra.

Respecto a la habilitación de paso peatonales al interior del proyecto, se informa a la comunidad que estos son propiedad del Titular, ya que el lote original fue adquirido a sus propietarios y debidamente inscrito en los registros correspondientes, no habiendo sobre ellos servidumbres de paso.

Respecto de la consulta sobre el estudio de sombras, los edificios se encuentran emplazados en el terreno distantes varios metros de los deslindes, con el propósito de generar menores efectos de sombras y ventilación de las casas vecinas. Lo anterior se encuentra detallado en el estudio de sombras aprobado por la D.O.M de Recoleta y forma parte integrante del Permiso de Edificación Nº 29 de fecha 25 de abril de 2016 (Edificio Perú Plaza I) y Permiso de Edificación N°53 de fecha 16 de octubre de 2017 (Edificio Perú Plaza II) otorgado por la D.O.M de Recoleta. Estos permisos acreditan que el proyecto cumple con el Instrumento de Planificación Territorial vigente para este sector en forma íntegra.

Respecto de la consulta sobre la potencia eléctrica, de la observación, cabe señalar que los terrenos en que se ubicará el proyecto se ubican al interior del área de concesión eléctrica de la empresa Enel. Dicha empresa se encuentra legalmente obligada a prestar servicios eléctricos tanto a la población Lemus como a los edificios del proyecto, además de los demás habitantes en su área de concesión. La Superintendencia de Electricidad y Combustibles es el organismo público encargado de fiscalizar a dicha empresa concesionaria, contando con múltiples facultades en caso que existan problemas de servicio, como cortes reiterados. Finalmente, se debe aclarar que los edificios del proyecto no serán agentes contaminantes. 492

Respecto de la consulta sobre el impacto visual y la privacidad, el titular señala que el Instrumento de Planificación Territorial (IPT) consignó el suelo del proyecto como de uso residencial, por lo que, permite la construcción del proyecto; el proyecto cumple con el IPT en términos de la altura, rasantes y sombras proyectadas a los terrenos aledaños al proyecto. Además, el proyecto cumple con lo establecido en el artículo 2.6.11 de Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Por lo anterior, se debe señalar que el Proyecto cumple con los instrumentos legales que permiten la elaboración del Proyecto.

Finalmente, se puede señalar que el SEA ha dispuesto la realización de un proceso de participación ciudadana a partir del cual la ciudadanía pudo formular observaciones ciudadanas y las cuales fueron incluidas en el proceso y enviadas al titular en el ICSARAS complementario. En lo que respecta al instrumento a través del cual ha sido evaluado el proyecto, se aclara que durante a evaluación del mismo se ha constatado que el proyecto no genera efectos significativos a los que se refiere el artículo 11 de la ley 19.300, por consiguiente, corresponde sea evaluado como una Declaración de Impacto Ambiental.

111. Víctor Garrido Flores

a. Exceso de velocidad en las calles pequeñas de la población. Es y será un grave problema, desde la construcción de las torres aumentará el flujo automovilístico que obligará a los conductores a ingresar a las poblaciones, esto de manera importante y a un exceso de velocidad que producirá accidentes.

b. Atochamiento vehicular en calles de salida al centro y conectividad. El incremento vehicular no dejará salir a los distintos puntos de la conexión, se extenderán los horarios de llegada y salida de la población provocando congestión y menores horas familiares.

c. Aumento de robos. Aumentaran los robos a vehículos y la exposición de cada vecino a encontrarse con delincuentes.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto a) de la observación, relativo a los accidentes y aumento de tránsito vehicular, la obra contará con un banderero y tomará todas las medidas de seguridad vial durante la construcción, tal como corresponde, de manera de evitar que éstos ocurran. Con el mismo ánimo, el titular se ha comprometido a que no habrá tránsito de camiones por el interior de la Villa Lemus durante la etapa de construcción y, además, como medida del EISTU, ejecutará el proyecto que tiene el municipio para este barrio, consistente en dejar el sector con un tope de velocidad de 30 km/h. En caso de molestias existirá un encargado de recibir denuncias y, en la medida de lo posible, se tomarán las medidas que ayuden a la buena convivencia entre la obra y sus vecinos directos.

Respecto del punto b) de la observación, cabe señalar que el EISTU desarrollado y aprobado por la Ventanilla Única, contempla un completo análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de describir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios base o sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo 493 vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, que se realizan de manera que no se produzca saturación de las vías, lo que podría causar aumentos significativos en los tiempos de desplazamiento, lo cual es ratificado por una microsimulación de la red vial del sector que se adjunta en el Anexo 5.1, que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por ende los tiempos de desplazamiento tampoco, no estableciéndose el impacto que indica el artículo 7 letra b del reglamento del SEIA.

Respecto del punto c) de la observación, de acuerdo a la metodología de Estudios de Impacto sobre el Sistema de Transporte (EISTU), para el proyecto Edificio Perú Plaza se desarrolló un estudio táctico sin reasignación mayor, el cual fue aprobado por la ventanilla única compuesta por la SEREMITT, la Ilustre Municipalidad de Recoleta, SERVIU, Transantiago, UOCT. (ORD.SM/AGD/Nº3960 del 11 de Mayo 2017).

Este estudio recogió todos los impactos producidos por los estacionamientos del proyecto, considerando las medidas de mitigación necesarias para reducir significativamente dichos impactos.

Dentro de las medidas de mitigación definidas por la ventanilla única se considera la Ejecución del proyecto Zona 30 en el cuadrante formado por Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Eloísa Lemus, Elcira Lemus y María Graham de acuerdo a lo estipulado por la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta. También se considera la reprogramación y la normalización del controlador del semáforo ubicado en Av. Perú con Arzobispo Valdivieso, incluyendo la tarea de sintonía fina y la reconfiguración de las EPROMS de los controladores y la Repavimentación de calle Doctor Ostornol, entre Francisco Silva y Arzobispo Valdivieso.

112. Inés Toledo Romanque

  1. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida que reside no sólo en nosotros, reside hace 70 años en los fundadores que optan por vivir de esta manera; protegidos por el Cerro San Cristóbal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa; mirando lo cerros de Huechuraba para saber si va a llover o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago, como un oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

En relación a la información sobre los predios originales donde se emplaza el proyecto, el titular entrega en la Adenda los mismos antecedentes y planimetrías que entregó en la DIA, sin hacer diferencia ni hacerse cargo de la observación que se realizó en el ICSARA. Además, adjunta planimetría inscrita en el Conservador de Bienes Raíces, pero nada dice sobre los predios originales, antes que el titular los adquiriera, ni cómo logró la fusión previa de éstos, considerando que en los planos de loteo original de la población Lemus, existían dos calles que atravesaban los predios, prolongación de las calles Ricardo Lemus y Juan Antonio Ríos, y nada explica sobre cómo las adquirió, ni en qué momento fueron fusionadas. Asimismo, presenta un documento del Sil, que certifica los roles de los predios, pero el documento es de fecha 06 de enero de 2016, el proyecto fue presentado en enero de 2017, y dice claramente en su segundo párrafo que se encuentra en trámite de subdivisión de los predios, por lo tanto, aún no cuenta con esta subdivisión. Se solicita al titular que se pronuncie sobre esto, que aclare la situación predial, entregue toda la información verídica y actualizada, y que demuestre que no cometió un ilícito, tanto en la adquisición de los predios, como en todo el trámite de fusión de los predios y posterior subdivisión, inscripción en bienes raíces, y obtención de roles de la propiedad.

  1. Introducción Salud En este informe se presenta el impacto que tendrá en la salud de las personas residentes del Barrio Lemus, la construcción de un edificio en el entorno de nuestra comunidad. Este informe tiene por objetivo entregar antecedentes que permitan tomar una mejor decisión respecto de los impactos negativos en la salud, causado por dos procesos que se presume 494 viviremos. El primero de ellos es en el transcurso de la construcción de los edificios, y el segundo es la puesta en marcha de los "futuros" departamentos. Es importante el estudio previo de las consecuencias que tiene la edificación de manera vertical en nuestro barrio, y así tomar medidas preventivas para no sufrir las consecuencias posteriores. Para contextualizar en nuestro barrio hay un gran número de Adultos Mayores, en su mayoría residentes por muchos años en este sector, además de un Jardín Infantil y la Corporación de Alzheimer.

  2. Impacto en la salud: Etapa puesta en marcha Acá se desarrolla el impacto que tendrá en la salud de los vecinos la puesta en marcha, es decir, la etapa posterior a la construcción y el uso de estos edificios, efectos que son permanentes. Debido a la construcción en altura que afectará más directamente a las casas que se encuentran más cercanas al perímetro del edificio, estas presentarán un aumento de la humedad en ellas lo que puede provocar a su vez el aumento en enfermedades y resfríos, por ejemplo, los vecinos que presentan asma, esta consecuencia los afecta directamente ya que acrecienta esta enfermedad. También se produce aumento en la presencia de hongos y bacterias en interiores, contextualizando que la mayoría de las casas presenta construcciones antiguas, estos agentes (bacterias y hongos) aumentan debido a la falta de luz solar, y las enfermedades asociadas son: neumonitis (por la hipersensibilidad). Debido a la cercanía del edificio a nuestros espacios residenciales se produce falta de privacidad en las casas, esto provoca en las personas primero inseguridad y lo más importante es el estrés que presentará producto de quedar a la vista de muchas personas.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto 1) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto

En relación a la información de los predios, cabe señalar que el lote original fue adquirido a sus propietarios y debidamente inscrito en los registros correspondientes. Lo anterior, se encuentra registrado en la Resolución N° 04 de la DOM de Recoleta de fecha 04 de Noviembre de 2015, en la cual, se aprobó la subdivisión del lote original en el Lote A y el Lote B. El Lote A se ubica en Av. Perú 1471, tiene el rol N°2476-5 y en él se construirá el Edificio Perú Plaza I. El Lote B se ubica en Av. Perú 1479, tiene el rol N°2476-59 y en él se construirá el Edificio Perú Plaza II. Para la construcción de dichos edificios la DOM de Recoleta aprobó el Permiso de Edificación N°29 de fecha 25 de abril de 2016 y sus modificaciones y el Permiso de Edificación N° 53 de fecha 16 de octubre de 2017. 495

Respecto del punto 2) de la observación, es importante señalar que el proyecto trata de la construcción de edificios de carácter residencial, los cuales han sido construido en muchos sectores de la Región Metropolitana.

El proyecto ha acreditado el cumplimiento de la normativa ambiental y sanitaria en el marco de la Declaración de Impacto Ambiental lo que permite asegurar que no causará riesgo en la salud de la población, toda vez que las normativas referentes a emisiones, ruido y residuos están basadas en la salud de las personas. El proyecto tomará una serie de medidas detalladas en la DIA para controlar las emisiones atmosféricas y el ruido inherente a este tipo de actividades.

En cuanto a emisiones atmosféricas, el proyecto no superará los límites indicados en el artículo 98 del Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica de Santiago (PPDA), tal como se demuestra en la Tabla 4 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria. Además, como compromiso se contempla la implementación de cierres con planchas OSB y sobre esta se adicionará malla tipo raschel que cumplirán la doble función de retener material particulado y controlar las emisiones de ruido. Adicionalmente se han contemplado medidas como humectación de las áreas de movimiento de tierra, acopio de tierra y vías de circulación interna; se estabilizarán y compactarán las zonas de tránsito de maquinaria y vehículos; se prohibirá la quema de maderas u otro material al interior de la obra; los vehículos contarán con revisión técnica al día; entre otros.

En cuanto a las emisiones de ruido generadas durante la fase de construcción, cabe destacar que al implementar las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (plancha OSB como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), los niveles estimados de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente en todos los receptores, considerando la situación más desfavorable.

Además, para asegurar el cumplimiento de la normativa de referencia para las vibraciones se restringirá el uso de la placa compactadora, la cual no podrá operar a menos de 9 metros de los receptores R1, R2 y R3 (Ver Anexo 6 de la Adenda 1).

Complementariamente, para efectos de seguridad vial se ha contemplado: • Señalizaciones de tránsito reglamentarias e informativa, señales de advertencia de peligros de las obras, la que se mantendrán día y noche. • Bandereros durante la operación de vehículos de carga. • Barreras, mallas de protección, restricción de estacionamiento de camiones en la vía pública, y dispositivos de seguridad para proteger a los peatones durante todo el periodo que duren las obras.

Por último, el proyecto se construye en cumplimiento del instrumento de planificación vigente para el sector, que permite la edificación en altura, por lo que las poblaciones colindantes no se verán afectados por la construcción y posterior operación de los edificios.

Respecto del punto 3) de la observación, de acuerdo a lo establecido por el marco legal vigente (Ley N°19.300), la evaluación de impacto ambiental es un procedimiento que busca determinar si el impacto ambiental de una actividad o proyecto se ajusta a las normas vigentes. En consecuencia, la evaluación de impacto ambiental en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) se basa en el estudio de las partes, obras y acciones de un proyecto o actividad a ejecutarse y cómo éstas alteran los componentes del medio ambiente implicados.

En cuanto a las Declaraciones de Impacto Ambiental, el Titular del proyecto debe justificar la inexistencia de impactos ambientales significativos en la salud de la población debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos. De esta manera y en concordancia con lo señalado en la “Guía de Evaluación de Impacto Ambiental: Riesgo para la salud de la población” del SEA, el proyecto debe evaluar las emisiones, efluentes y residuos como: atmosféricos, ruido, residuos, vibraciones, radiación y efluentes líquidos.

A mayor abundamiento, el riesgo al que se refiere el artículo 11, letra a), de la Ley N°19.300 es al riesgo asociado a la presencia de contaminantes en el medio ambiente o riesgo por exposición a elementos, compuestos, sustancias, derivados químicos o bilógicos, agentes físicos (tales como energía, radiación, vibración, ruido) o una combinación de ellos. Sin embargo, cabe destacar que la 496 sola presencia de contaminantes en el ambiente no constituye necesariamente un riesgo para la salud de las personas.

Además, el Titular presentó y aprobó ante la Dirección de Obras Municipales de Recoleta un plano de sombras según el artículo 2.6.11 de la Ordenanza General de Construcciones y Urbanismos, por lo que, el proyecto cumple con la normativa que lo regula.

113. Paola Andrea Lemús

a. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida que reside no sólo en nosotros, reside hace 70 años en los fundadores que optan por vivir de esta manera; protegidos por el Cerro San Cristóbal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa; mirando lo cerros de Huechuraba para saber si va a llover o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago, como un oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

b. El titular presenta un permiso de edificación de uno de los edificios, Perú Plaza I, y no entrega ningún antecedente sobre el permiso de edificación del segundo edificio. ¿Existe ese permiso?, ¿cuándo será otorgado?, ¿qué pasará si las condiciones que exija el municipio para otorgarlo no sean compatibles con las condiciones establecidas en as RCA?, ¿qué pasará si el edificio que tiene permiso de edificación no cumple la normativa ambiental y debe ser modificado?, ¿cómo tendremos la seguridad como vecinos que el edificio que está siendo evaluado ambientalmente es el que tiene la autorización de construcción?, ¿cómo nos garantizan que no construirán otro edificio, para cumplir con la LGUC y no con la Ley 19.300?

c. Introducción Salud En este informe se presenta el impacto que tendrá en la salud de las personas residentes del Barrio Lemus, la construcción de un edificio en el entorno de nuestra comunidad. Este informe tiene por objetivo entregar antecedentes que permitan tomar una mejor decisión respecto de los impactos negativos en la salud, causado por dos procesos que se presume viviremos. El primero de ellos es en el transcurso de la construcción de los edificios, y el segundo es la puesta en marcha de los "futuros" departamentos. Es importante el estudio previo de las consecuencias que tiene la edificación de manera vertical en nuestro barrio, y así tomar medidas preventivas para no sufrir las consecuencias posteriores. Para contextualizar en nuestro barrio hay un gran número de Adultos Mayores, en su mayoría residentes por muchos años en este sector, además de un Jardín Infantil y la Corporación de Alzheimer.

d. Antecedentes Vecinales Esta información corresponde a la dispuesta por el consultorio Valdivieso que corresponde a nuestro sector, el cual además atiende en nuestra Social de la Junta de Vecinos Población Lemus, entregando a la fecha más de 1.500 consultas y tratamientos médicos.

Enfermedad o trastorno Cantidad de Personas Porcentaje población Salud mental 387 20.18 % IRA (enfermedades respiratorias niños) 245 12.8 % ERA (enfermedades respiratorias adultos) 326 17 % Hipertensos 272 14.17 % Diabéticos 109 5.68 % Dislipidemicos 213 11.09 % Postrados 5 0.26 %

Requerimiento: Debido a los episodios de alerta, pre emergencia y emergencia ambiental que se presentan reiteradamente por la mala calidad del Aire, esto incrementado por la polución de partículas en suspensión que se generará a raíz del movimiento de tierras es que se requiere realizar 497 mediciones de la calidad del aire en el sector que permitan prevenir episodios altamente críticos y dañinos para la salud de las personas

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto a) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto

Respecto del punto b) de la observación, el Edificio Perú Plaza I en el Lote A cuenta con Permiso de Edificación N°29 otorgado por la DOM de Recoleta con fecha 25 de abril de 2016. El Edificio Perú Plaza I aprobado mediante dicho permiso y sus modificaciones corresponde al Edificio Perú Plaza I sometido a evaluación ambiental mediante la presente DIA.

El Edificio Perú Plaza II cuenta con Anteproyecto aprobado por la DOM de Recoleta con fecha 18 de enero de 2017 y con Permiso de Edificación N° 53 de la DOM de Recoleta, otorgado con fecha 16 de octubre de 2017.

No se construirá ningún edificio distinto de los Edificios Perú Plaza I y Perú Plaza II, antes mencionados, ni ningún edificio adicional a los anteriores.

Respecto del punto c) de la observación, es importante señalar que el proyecto trata de la construcción de edificios de carácter residencial, los cuales han sido construido en muchos sectores de la Región Metropolitana.

El proyecto ha acreditado el cumplimiento de la normativa ambiental y sanitaria en el marco de la Declaración de Impacto Ambiental lo que permite asegurar que no causará riesgo en la salud de la población, toda vez que las normativas referentes a emisiones, ruido y residuos están basadas en la salud de las personas. El proyecto tomará una serie de medidas detalladas en la DIA para controlar las emisiones atmosféricas y el ruido inherente a este tipo de actividades.

En cuanto a emisiones atmosféricas, el proyecto no superará los límites indicados en el artículo 98 del Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica de Santiago (PPDA), tal como se demuestra en la Tabla 4 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria. Además, como compromiso se contempla la implementación de cierres con planchas OSB y sobre esta se adicionará malla tipo raschel que cumplirán la doble función de retener material particulado y controlar las emisiones de ruido. Adicionalmente se han contemplado medidas como humectación de las áreas de movimiento de tierra, acopio de tierra y vías de circulación interna; se estabilizarán y 498 compactarán las zonas de tránsito de maquinaria y vehículos; se prohibirá la quema de maderas u otro material al interior de la obra; los vehículos contarán con revisión técnica al día; entre otros.

En cuanto a las emisiones de ruido generadas durante la fase de construcción, cabe destacar que al implementar las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (plancha OSB como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), los niveles estimados de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente en todos los receptores, considerando la situación más desfavorable.

Además, para asegurar el cumplimiento de la normativa de referencia para las vibraciones se restringirá el uso de la placa compactadora, la cual no podrá operar a menos de 9 metros de los receptores R1, R2 y R3 (Ver Anexo 6 de la Adenda 1).

Complementariamente, para efectos de seguridad vial se ha contemplado: • Señalizaciones de tránsito reglamentarias e informativa, señales de advertencia de peligros de las obras, la que se mantendrán día y noche. • Bandereros durante la operación de vehículos de carga. • Barreras, mallas de protección, restricción de estacionamiento de camiones en la vía pública, y dispositivos de seguridad para proteger a los peatones durante todo el periodo que duren las obras.

Por último, el proyecto se construye en cumplimiento del instrumento de planificación vigente para el sector, que permite la edificación en altura, por lo que las poblaciones colindantes no se verán afectados por la construcción y posterior operación de los edificios.

Respecto del punto d), cada vez que se decreten situaciones o episodios críticos de contaminación ambiental (preemergencia y emergencia), en su etapa de construcción u operación el Proyecto dará cumplimiento a lo señalado en el PPDA de la Región Metropolitana (D.S. N°66/2010 del MINSEGPRES) según sea su aplicabilidad. Por ejemplo, nunca se realizarán quemas al interior de las obras, los transportes de carga que tengan restricción vehicular no transitarán desde las 10:00 hasta las 18:00 horas al interior del eje Américo Vespucio, entre otros.

En cuanto a la solicitud de realizar mediciones por la calidad del aire en el sector, cabe mencionar que, para que una Estación de Monitoreo se conecte a la red MACAM y pueda validar la línea base debe ser del tipo Escala Urbana. Esto significa que los niveles que medirá corresponderán a todas las fuentes cercanas y no sólo los niveles generados por el proyecto.

La idea de instalar una estación de monitoreo es que sea representativa en el largo plazo, para que la información obtenida pueda ser usada en la generación de políticas públicas para control de calidad de aire. Sin embargo, no va enfocada en el control de un proyecto puntual, ya que éste genera perturbaciones temporales y no a largo plazo.

Además, en la Resolución Exenta N°744 del 2017, la cual establece criterio para calificar estaciones de monitoreo de MP10 como de representatividad poblacional, señala que el cabezal del instrumento de medición deberá ubicarse alejado de fuentes emisiones que puedan alterar la representatividad de la medición, ya sea un área contigua a acopios de material, sitios emisores de polvo, entre otros.

Según lo señalado en el párrafo anterior, no se puede instalar una Estación de Monitoreo en el área colindante al Proyecto, ya que durante la etapa de construcción las mediciones se verán alteradas por las actividades propias de una obra y las mediciones que puedan generarse no representarán la actividad que allí se realiza.

Finalmente, el proyecto se localiza al interior de una zona declarada como latente y saturada en contaminantes atmosféricos que cuenta con una red de monitoreo, cuya información se encuentra disponible para la comunidad, por cuanto no se considera técnicamente correcto instalar una estación de monitoreo para validar una actividad de construcción, dado que además existe una red que caracteriza de buena forma la calidad del aire dentro de la Región Metropolitana.

114. María Gabriela Picasso Navarrete

499 1. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida que reside no sólo en nosotros, reside hace 70 años en los fundadores que optan por vivir de esta manera; protegidos por el Cerro San Cristóbal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa; mirando lo cerros de Huechuraba para saber si va a llover o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago, como un oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

  1. Nos preocupa todo el riesgo a nuestra salud que implican la construcción de estas torres; las emisiones de polvo, sustancias contaminantes, y ruido, considerando que el proyecto se emplaza en un barrio residencial, donde viven muchos adultos mayores, existe un centro para atención de personas con Alzheimer a menos de 100 metros del límite del predio ¿Cuáles son las medidas de mitigación y control para que el centro no se vea afectado?, además, a menos de una cuadra se encuentran un liceo técnico y una escuela, y hay un predio colindante con el proyecto donde hay un jardín infantil (a menos de 50 metros), ¿se le informó a los padres de los niños que durante 3 años ellos estarán con todo el impacto de la construcción encima?, ¿saben los dueños del jardín el impacto que generarán los edificios a su equipamiento y funcionamiento normal de sus actividades?, sobre todo considerando que el titular indica en su DIA que las emisiones no cumplen la norma, y no sabemos cómo se dará cumplimiento. Sumado a todo lo anterior, ¿Cuáles son los antecedentes que demuestran que no generarán los impactos significativos según lo establecen el art. 5 y literal c) del art. 7 del RSEIA?

  2. Nos preocupa profundamente todo el impacto que generará la demolición, excavación, vibraciones, y todas las actividades en la etapa de construcción del proyecto, en los predios directamente colindantes. Todos los antecedentes hacen referencia dentro del predio, pero ¿cómo se evitará el socavamiento de los predios vecinos, el asentamiento de las construcciones, que las vibraciones no deterioren las construcciones, vidrios, obra fina y terminaciones de las viviendas vecinas?; ¿existe un estudio de mecánica de suelo e ingeniería estructural que permita demostrar que no se impactará en éstos términos?; ¿consideraron los estudios de mecánica de suelo que el predio y toda la población se encuentran sobre depósitos aluvionales, de los faldeos del cerro San Cristóbal, no rocosos, de alta inestabilidad, y que pueden generar un gran impacto en todos los terrenos contiguos con todas las actividades del proyecto en la fase de construcción?

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto 1) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por 500 cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto

Respecto del punto 2) de la observación, se informa que el titular ha señalado que el Proyecto no superará los límites indicados en el artículo 98 del Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica de Santiago (PPDA), tal como se demuestra en la Tabla 4 del Anexo PAC de la Adenda complementaria. Es importante señalar que dicha norma está basada en la salud de la población, por cuanto su cumplimiento es concordante con la inquietud ciudadana. Además, como compromisos se contempla la implementación de cierres con planchas OSB y sobre esta se adicionará malla tipo raschel que cumplirán la doble función de retener material particulado y controlar las emisiones de ruido. Adicionalmente se han contemplado medidas como humectación de las áreas de movimiento de tierra, acopio de tierra y vías de circulación interna; se estabilizarán y compactarán las zonas de tránsito de maquinaria y vehículos; se prohibirá la quema de maderas u otro material al interior de la obra; los vehículos contarán con revisión técnica al día; entre otros.

Por lo tanto, el proyecto cumple con la normativa de emisiones atmosféricas y es una actividad que se realiza en múltiples puntos de la Región Metropolitana, en donde a diario se convive con la construcción de edificios.

Respecto a la información del proyecto, se ha comprometido una reunión informativa con los vecinos en forma previa al inicio de la construcción. Por otro lado, el proyecto cuenta con un proceso de participación ciudadana que pretende informar a la comunidad respecto de las obras y actividades que realizará el proyecto. La DIA entrega información respecto de cómo el proyecto no genera los impactos señalados en los artículos 5 y 7 del reglamento del SEIA. De esta forma se cuenta con: • Una evaluación acústica, que acredita como el proyecto cumplirá con la normativa de ruido. • Una estimación de emisiones, que establece medidas para control de éstas y verifica el cumplimiento del PPDA. • Una descripción del manejo de residuos durante la fase de construcción y operación, que dan cuenta del cumplimiento normativo de los residuos. • Factibilidad Sanitaria, que establece la forma de descarga de las aguas servidas del proyecto.

Todo lo anterior permite demostrar que el proyecto no genera riesgo para la salud de la población.

• Equipamiento de salud

De acuerdo con los datos de la Encuesta Casen 2015, el acceso a establecimientos de salud de la población de Recoleta se distribuye de la siguiente manera:

Gráfico: Porcentaje de acceso a establecimientos de salud según tipo

A partir del gráfico presentado, se extrae que la mayoría de la población (62,6%) accede a establecimientos de salud público, seguido por atención en consultas y centros médicos privados 501 (22,2%). Este comportamiento difiere del comportamiento de la población del área de influencia, ya que según la información de entrevistados expuesta en el punto 5.5.2 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA “la mayoría de la población se encuentra afiliada al sistema previsional Fonasa y en menor medida a Isapres. Por lo general son los adultos mayores e inmigrantes quienes, por razones económicas, acceden a la red de establecimientos públicos, específicamente al CESFAM Dr. Patricio Hevia (Valdivieso) y CESFAM Recoleta, mientras que la población adulta y jóvenes acceden a centros privados en el sector centro y oriente de la ciudad.” (p. 48)”

Considerando el perfil socioeconómico estimado de los futuros residentes del Proyecto, estos contarán mayoritariamente con afiliación a sistema FONASA y en menor medida ISAPRE, accediendo a atención de salud en centros privados, sin recurrir a los centros de salud públicos, específicamente a los CESFAM que corresponden al territorio.

En cuanto a la oferta de centros de salud privados, el área de influencia se encuentra próxima a 5 establecimientos, sin superar los 3,2 km. de distancia.

De esta manera se concluye:

- Según el perfil socioeconómico que se estima corresponderán los futuros residentes del Proyecto, contarán mayoritariamente con sistema de afiliación FONASA, por lo que podrán acceder a establecimientos de salud privados. Respecto a la oferta de equipamiento, a no más de 3,2 kilómetros de distancia respecto al área del Proyecto se encuentran 5 establecimientos cercanos. Lo anterior indica que los habitantes del proyecto inmobiliario no colapsarán el Consultorio Valdivieso (Patricio Hevia).

• Equipamiento educacional

De acuerdo con los datos de la Encuesta Casen 2015, el acceso a establecimientos educacionales de la población de la comuna de Recoleta se divide en la siguiente manera:

Gráfico 10: Comuna de establecimiento educacional al cual accede la población de Recoleta

Como se observa en los datos, un 63% de la población de Recoleta accede a establecimientos educacionales en la misma comuna. En tabla 45 del Anexo PAC del Adenda Complementaria se presenta un listado pormenorizado de los establecimientos educacionales de la comuna.

La mayoría de los establecimientos disponibles en la comuna son de dependencia Particular Subvencionado y existen 1.566 matrículas vacantes. 502

Respecto a la demanda que generará el Proyecto, se utiliza la información disponible en el proyecto de sala de basura adjunto en el anexo 10 de la DIA, donde se estima que los departamentos de dos o más dormitorios estarían acondicionados para recibir un grupo familiar, por ende, población en edad escolar. Por cada uno de ellos se calcula según el indicador de INE (2010), donde durante el año 2008 cada mujer aportó 1,9 hijos/as en promedio. Se estima que el Proyecto aportaría 648 residentes en edad escolar, de los cuales, considerando la tendencia que demuestra la Encuesta Casen 2015, el 63% accedería a equipamiento educacional de la comuna, es decir 408 estudiantes.

De esta manera se concluye:

Se estima que el Proyecto aportará 648 residentes en edad escolar, de los cuales 408 buscarán acceder a establecimientos en Recoleta. Como se indica en el punto 5.5.3 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA, en el área de influencia existen cuatro establecimientos educacionales, los cuales cuentan con 155 vacantes según curso de ingreso principal, los que podrían cubrir de manera parcial la demanda que se estima generaría el Proyecto.

- En total la comuna cuenta con 1.566 vacantes según curso de ingreso, es decir, permite absorber la demanda que se estima generaría el Proyecto.

- La mayoría de los establecimientos disponibles, tanto en el área de influencia como en la comuna, son de dependencia Particular Subvencionada, acorde a la preferencia del perfil socioeconómico (C2) que se estima corresponderá a los ocupantes del Proyecto. Respecto al tema de la basura de los edificios, se aclara que los Edificios Perú Plaza I-II cuentan con su Proyecto de Basura el cual de acuerdo a la normativa deberá estar debidamente aprobado por la Autoridad Sanitaria. Además, cabe destacar, que el retiro de los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios es obligación de la Municipalidad, conforme a la normativa vigente, la cual cobra por este servicio en conjunto con las contribuciones.

En relación al análisis del Artículo 7, literal d) respecto la dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo, se informa que la evaluación ambiental del proyecto ha sido realizada en conformidad a la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Inmobiliarios que se Desarrollen en Zonas Urbanas (2017), a fin de descartar la presencia de potenciales impactos significativos relacionados al Artículo 7, letra d) del RSEIA.

Los antecedentes presentados en el punto 6.1.1 del Estudio de Medio Humano adjunto en el Anexo 6 de la DIA señalan que, “el sector donde se planea la construcción del Proyecto corresponde a un antiguo estadio deportivo adquirido por el Titular. Cabe señalar que dicho lugar se encontraba en desuso desde el año 2014 y que actualmente el predio está deshabilitado y no se evidencia presencia de residentes permanentes ni intermitentes. Por lo cual en el sitio donde se emplazará el Proyecto no existen grupos humanos ni personas las cuales puedan ser impactadas significativamente ni ser propensas a reasentamiento por parte del Proyecto.” A partir de los antecedentes presentados se descarta que el Proyecto pueda generar impacto significativo según lo estipulado en el Artículo 7 del RSEIA respecto a reasentamiento de grupos humanos, además de alteración de sistemas de vida, específicamente según el literal d).

En relación al transporte, el área de influencia cuenta con 13 paraderos Transantiago, estando el más cercano a aproximadamente 20 m. de distancia (PB170-Avenida Perú Esq. / Arz. Valdivieso), por donde transitan los recorridos 116 y B15. A aproximadamente a 550 metros en dirección poniente del lugar donde se ubicará el Proyecto, se encuentra Av. Recoleta, la cual presenta una mayor oferta de recorridos de buses.

El área de influencia se encuentra próxima a la estación de Metro Cementerios correspondiente a la Línea 2, emplazada sobre el eje Av. Recoleta, a aproximadamente 465 metros de distancia (15 minutos a pie desde el extremo oriente del área de influencia).

La oferta actual permite cubrir la demanda generada en el área de influencia, ya que a pocos metros cuentan con amplia oferta (buses y Metro) sobre el eje Recoleta.

503 El Proyecto cuenta con 447 estacionamientos para 483 viviendas, es decir, una proporción de 0,92 estacionamientos/vivienda. Considerando el perfil socioeconómico del público objetivo del Proyecto (C2), sólo un 49% cuenta con vehículo particular, por lo que se estima que alrededor de 237 viviendas requieran de estacionamiento, siendo la demanda menor a la oferta que proporcionará el Proyecto.

La demanda de energía del área de influencia se encuentra cubierta en un 100% por la empresa Enel. Esto se extenderá a la situación del Proyecto.

La demanda de servicios sanitarios del área de influencia se encuentra cubierta en un 100% por la empresa Aguas Andinas. Por su parte el Proyecto cuenta con factibilidad sanitaria En relación a la infraestructura básica y equipamiento comunitario en el punto 5.5.4 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA se señala que “la mayoría de calles y veredas se observan en buen estado, permitiendo el tránsito sin mayores problemas de los peatones. Aun así, cabe señalar que en ciertos puntos se identifica deterioro del pavimento especialmente en el sector poniente del área de influencia, entre las calles El Salto Chico y Av. Recoleta, debido a que se trata de un sector residencial bastante antiguo, cuyas fachadas también evidencian un notorio estado de deterioro, tal como se ha mencionado en el punto 5.5.1; respecto a las luminarias los entrevistados señalan que se encuentran en buen estado.” (p.53) Junto a esto se debe considerar el proyecto de la Municipalidad y GORE que contempla el mejoramiento del bandejón central de Av. Perú. Por su parte el Titular se hará cargo de mejorar la solera poniente del Proyecto, ensanchando la calzada, implementando baldosa, franja de césped, luminaria, árboles y arbustos. (ver anexo 1 de la Adenda complementaria). Durante la fase de operación, la administración de los edificios se hará cargo de las áreas verdes y de mantener limpio el frente de la propiedad. Por otro lado, la Municipalidad será la encargada de la mantención de las luminarias.

Respecto a equipamiento infraestructura de equipamiento comunitario, como se indica en el mismo anexo, “se identifica equipamiento comunitario, representado en la presencia de sedes sociales y multicanchas” (p.53). Por su parte, el Proyecto contempla la instalación de áreas verdes para sus residentes, además de equipamiento como gimnasio, salas multiuso, quinchos, piscina, salas de primeros auxilios y lavandería.

En el área de influencia se identifican servicios comerciales menores, principalmente establecimientos que permiten el abastecimiento de los residentes. Para una mayor oferta de servicios y compras mayores, deben trasladarse fuera de este sector. Al respecto, la construcción del Proyecto contempla la instalación de 11 locales comerciales que cuentan con acceso independiente y que permitirá proporcionar una mayor cantidad servicios.

El área de influencia presenta disponibilidad acotada de servicios, siendo la mayoría de abastecimiento y comercio. De esta manera, la población del área de influencia se traslada hacia otros puntos de Recoleta, sector oriente o centro de Santiago que se emplaza a pocos minutos, con el fin de acceder a una mayor oferta de servicios bancarios y financieros. Por su parte, el Proyecto contempla la instalación de 11 locales comerciales que cuentan con acceso independiente y que permitirá entregar al sector una mayor cantidad servicios.

En conclusión, se descarta que el Proyecto pueda generar impacto significativo según lo establecido en el literal c) del Artículo 7 del RSEIA.

Respecto del punto 3) de la observación, dado que Chile no cuenta con norma específica para la evaluación del impacto por vibraciones, el Estudio Acústico y de Vibraciones, presentado en el Anexo 6 de la Adenda 1, utiliza como norma de referencia un estándar definido por el departamento de Transportes de California, en Estados Unidos, recomendada para la evaluación de proyectos con uso de maquinaria pesada como excavadoras, compactadores, camiones, etc. El estudio acústico demuestra que en términos generales no existirá riesgo de incumplimiento del estándar de evaluación. Solo en el caso particular de la compactación, será necesaria aplicar la restricción descrita en el punto 11 del referido estudio, que específicamente consistente en reemplazar el uso de rodillos compactadores o máquinas compactadoras en sectores cercanos a los receptores (menos de 9 m) por compactadoras manuales. Con la implementación de lo anterior, no existirá riesgo de daño sobre las edificaciones vecinas. acreditándose por lo tanto el cumplimiento de la norma de referencia adoptada.

504 Por otro lado, se realizó un Estudio completo de mecánica de suelos que fue acompañado en la DIA, sobre el cual se desarrolló el proyecto estructural, en conformidad con los estándares de la normativa aplicable.

Este sistema de entibación discontinua asegura la estabilidad de la excavación y terreno vecinos, así como también de las construcciones que en ellos exista.

115. Alfredo Arnoldo Morales Heresmann

a. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida, que reside no solo en nosotros, reside en 70 años desde los fundadores que optan por vivir de una manera, protegidos por el cerro San Cristobal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa, mirando los cerros de Huechuraba para saber si llovía o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago, Un Oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

b. El titular indica tanto en la DIA como en la Adenda, que el proyecto cuenta con Anteproyecto aprobado por el municipio para los dos Edificios con fecha de resolución 23 de octubre del 2015, el que se encuentra vencido actualmente y lo estaban al momento de presentar la DIA. Este documento contiene información que no coincide con el permiso de edificación, además éste último indica expresamente en el literal E) de los vistos que no hay un anteproyecto. Por lo que se solicita que aclare la información entregada, indicando cual es la realmente verídica, que explique porqué existe tal inconsistencia de información y que garantice que no hay falta a la verdad en todo lo informado, sobre todo considerando que son instrumentos públicos, y cómo ciudadanos queremos saber cuál es el proyecto real que se está evaluando y que se pretende construir.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto a) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto

Respecto del punto b) de la observación, los Edificios Perú Plaza I y Perú Plaza II serán construidos de acuerdo a lo aprobado mediante el Permiso de Edificación N°29 de fecha 25 de abril de 2016 y sus modificaciones y mediante el Permiso de Edificación N° 53 de fecha 16 de octubre de 2017, ambos aprobados por la DOM de Recoleta. La normativa vigente permite efectuar ajustes 505 menores entre las condiciones contenidas en un Anteproyecto y las condiciones contenidas en el Permiso de Edificación respectivo. No existiendo por lo tanto, inconsistencia en la información entregada.

Finalmente, en la Tabla 6 “Característica Proyecto”, del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA, se presenta la información del Proyecto a construir con las superficies aprobadas a la fecha mediante el Permiso de Edificación N°29 del 25 de abril de 2016 (Perú Plaza I) y mediante el Permiso de Edificación N° 53 de fecha 16 de octubre de 2017 (Perú Plaza II).

116. Isabella Morales Lemus

  1. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida que reside no sólo en nosotros, reside hace 70 años en los fundadores que optan por vivir de esta manera; protegidos por el Cerro San Cristóbal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa; mirando lo cerros de Huechuraba para saber si va a llover o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago, como un oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

  2. En la serie de documentos presentados, tanto en la DIA como en la Adenda, se plantean diferentes superficies, tanto del terreno como de la construcción, se solicita indicar cuál es la superficie real del terreno del cuál es dueño el titular, cuál será la superficie que se construirá y cuál será la superficie que quedará sin construir.

  3. El permiso de edificación presentado por el titular indica que se acoge al beneficio de "conjunto armónico", al respecto la LGUC, en su artículo 107, y en lo específico, la DDU- ESPECÍFICA N°04/2009 del 23 de marzo de 2009, en su numeral 4 establece “complementariamente a lo antes indicado, se debe considerar en lo relativo al cumplimiento de los requisitos establecidos para los conjuntos armónicos en la disposición contenida en el artículo 107 de la LGUC, que éstos, además, deben constituirse como "agrupaciones de construcciones", materia respecto de la cual se ha pronunciado la CGR, por lo que deberá estarse a lo dispuesto en el Dictamen N°045301 de fecha de 29.09.08, que señala expresamente que dicho concepto implica la existencia de una agrupación de construcciones, no correspondiendo otorgar la calidad a un proyecto constituido por una sola unidad". Considerando esta normativa, se solicita que se aclare y amplié la información, de cómo es posible que se haya acogido a este beneficio si el permiso es para la construcción de una sola unidad de edificio. Consiguientemente, se solicita aclarar cuales normativa establecida por el PRC en relación a rasantes, porcentaje de constructibilidad, altura, etc., se pretende exceder acogiéndose al beneficio de conjunto armónico, siendo que no es posible que suceda cuando el permiso ha sido otorgado para un solo edificio. Considerando todo lo anterior, dado que no es posible acogerse al beneficio de conjunto armónico, se solicita que se rediseñe el edificio, cumpliendo estrictamente la normativa de construcción establecida por el PRC, sin exceder ninguna norma.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto 1) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que 506 pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto

Respecto del punto 2) de la observación, cabe señalar que tal como se indica en el numeral 1 de la Adenda, la superficie bruta del Proyecto fue rectificada a 12.093,35 m2. Mayores detalles ver Figura 8 “Superficie Edificios Perú Plaza I-II” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA. En cuanto a la superficie construida, ver Tabla 9 “Superficie construida” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA

Respecto del punto 3) de la observación, cabe señalar que ambos proyectos cumplen con la condición de Conjunto Armónico, ya que se trata en cada caso de dos edificios en un mismo terreno, un edificio de viviendas y otro de equipamiento (locales comerciales), en ambos casos. Se cumple también con la siguiente condición establecida en el Artículo 2.6.4 de la O.G.U.C.: Condición de Dimensión: los dos proyectos se emplazan en terrenos que superan en más de 5 veces la superficie predial mínima establecida por el Plan Regulador, estando Perú Plaza I en un terreno de 6.012,56 m2, y Perú Plaza II en un predio de 5.538,54 m. La superficie predial mínima establecida para este sector es 160.m2.

Además, se cumple con los siguientes requisitos establecidos en el mismo artículo: a) El terreno enfrenta en al menos 20 metros a una vía existente o proyectada en el Plan Regulador respectivo, de un ancho mínimo de 20 m., con calzada de no menos de 14 m. En el caso que la calzada no se encuentre materializada con las características señaladas, deberá ser ensanchada por el proyecto, hasta encontrarse o empalmarse con una calzada existente de al menos el mismo ancho. En el caso de estos proyectos, los respectivos frentes prediales de los terrenos en que se ubicarán los edificios Perú Plaza I y Perú Plaza II, son 68,78 m y 51,72 m., respectivamente. Avenida Perú, por su parte, tiene un ancho proyectado de 36 m. y una calzada ejecutada de 14 metros.

b) Que se ejecute un proyecto de mejoramiento en el espacio público que enfrenta el terreno, en toda el área comprendida entre la línea oficial y la solera, de acuerdo al diseño y características establecidos en el respectivo plano seccional. Este es el caso en Avenida Perú.

117. Camila Nicole Araya Olave

a. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia,. nuestras costumbres, nuestra forma de vida, que reside no solo en nosotros, reside en 70 años desde los fundadores que optan por vivir de una manera, protegidos por el cerro San Cristobal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa, mirando los cerros de Huechuraba para saber si llovía o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago. Un Oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

b. Al ver los planos de elevaciones se puede observar que la altura máxima de construcción es de 38 metros, sin embargo, se ve construcciones sobre el piso 16, que superan la altura, y que claramente aumenta el volumen total de los edificios. Se solicita al titular que explique a qué corresponden estas construcciones y que demuestre que incluyéndolas no se superara la altura máxima permitida. Además, que considere, que si estas obras corresponden al beneficio de "conjunto armónico", aunque no es posible que se acoja a éste dado que sólo 507 un edificio tiene el permiso de edificación, la norma establece que las salas de máquinas, chimeneas, estanques, miradores, y similares, deben estar considerados en el proyecto aprobado, deben cumplir la normativa sobre las rasantes y no pueden ocupar más del 20% de la superficie de la última planta del edificio. Se solicita que demuestre y garantice que así sucederá.

c. En relación a la rasante y la proyección de sombra, el titular adjunta una planimetría muy compleja y que no es posible de entender por los vecinos del barrio. Se solicita que se presente de manera clara, con fotomontaje en 3D, la proyección de los edificios, y el efecto de las sombras en cada una de las estaciones del año, y en cada uno de los predios colindantes, y en la población en general, de manera de que podamos tener la claridad de cómo nos afectará la sombra de los edificios, saber cuántas horas sol perderemos por la construcción de éstos, y que nos demuestre que esto no nos afectará nuestra calidad de vida.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto a) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto

Respecto del punto b) de la observación, cabe señalar que la altura máxima de 38 m se supera al acogerse estos proyectos a la condición de conjunto armónico, que como se explicaba en consulta 1.11, permite que un aumento del 25% de la altura permitida por el Plan Regulador. En este caso es posible alcanzar una altura máxima de hasta 47,5 m., siendo la altura proyectada de 43,51 m en el punto más alto de Perú Plaza I y de 42,47 en Perú Plaza II.

La condición de Conjunto Armónico se muestra en Rectificación de Permiso N°32 del 01 de junio de 2016 (Rectificación al permiso 29 del 25 de abril de 2016), de Perú Plaza I, y en la resolución N°01 del 18 de enero de 2017, de aprobación de anteproyecto para Perú Plaza II.

Respecto a sobrepasar las rasantes, para ambos proyectos se presentó ante la Dirección de Obras un plano de sombras, acogido a artículos 2.6.11, 2.6.12, 2.6.13 y 2.6.14 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Además, cabe destacar que en los pisos superiores no existe sala de máquinas que pudieran hacer aumentar la altura ya definida.

Respecto del punto c) de la observación, los edificios se encuentran emplazados en el terreno distantes varios metros de los deslindes, con el propósito de generar menores efectos de sombras y 508 ventilación de las casas vecinas. Lo anterior se encuentra detallado en el estudio de sombras aprobado por la D.O.M de Recoleta y forma parte integrante del Permiso de Edificación Nº 29 de fecha 25 de abril de 2016 (Edificio Perú Plaza I) y Permiso de Edificación N°53 de fecha 16 de octubre de 2017 (Edificio Perú Plaza II) otorgado por la D.O.M de Recoleta. Estos permisos acreditan que el proyecto cumple con el Instrumento de Planificación Territorial vigente para este sector en forma íntegra.

118. Rommy Andrea Araya Olave

  1. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida, que reside no solo en nosotros, reside en 70 años desde los fundadores que optan por vivir de una manera, protegidos por el cerro San Cristóbal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa, mirando los cerros de Huechuraba para saber si llovía o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago. Un Oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

  2. Al revisar el certificado de avalúo fiscal de la propiedad, de fecha del 26 de junio de 2017, información pública entregada por el Sil, éste indica que el uso del predio corresponde Deporte y Recreación. Se solicita al titular que explique por qué no tiene uso habitacional, cómo hará posible la construcción de los edificios, si el uso de suelo registrado y autorizado por Sil no es habitacional-comercial. Al respecto, además, explique si se requiere un cambio de uso de suelo, y porqué estos antecedentes no fueron adjuntos a la DIA y a la Adenda.

  3. Los edificios pretenden emplazarse en unos terrenos que hasta el 2014 fueron un área de deporte, recreación y esparcimiento para los vecinos de la población Lemus, de hecho, así lo establece el uso del predio el certificado de avalúo fiscal. Originalmente en el terreno existían canchas de tenis, una piscina y abundantes áreas verdes. Hoy todavía existen, pero están en desuso, salvo las áreas verdes, que fueron cortadas cuando ingresó el proyecto en el SEIA. Además de la perdida para nosotros de estos espacios de recreación, nos preocupa el gran impacto que tiene el pavimentar una superficie de 13.724,47 m2, que hoy es suelo natural. Hoy día la población Lemus, la comuna y la región cuenta con más de una hectárea de suelo para absorber aguas lluvias y alimentar las napas subterráneas, que con la construcción de los edificios se impermeabilizarán, y se convertirán en un gran terreno cubierto de hormigón. A esto, debemos sumar que son suelos de alta calidad, todo el terreno de la población eran chacras, y nosotros en nuestras viviendas contamos con excelentes suelos de cultivo, todos suelos de uso I, II, y III, que serán perdidos con la construcción de estos edificios, y que nada se menciona sobre ellos en la DIA. Se asume que, por ser un área urbana, no hay suelo que cuidar, proteger y conservar. Por todo lo anterior, se solicita que se aclare sobre qué sucederá con todo el suelo natural que se perderá, como se absorberá el agua de lluvia que cae sobre este terreno, cómo se evitará que al no existir ese te suelo natural se generen anegamientos, y colapsen las calles de la población, cómo se logrará que las aguas lluvias que hoy alimentan directamente la napa subterránea lo sigan haciendo, no hay ningún tubo ni sistema que resista, y que pasará con los suelos de excelente calidad agrícola que se perderán, por qué no se entrega nada de información sobre ello, cuál es la medida que compensa esta pérdida.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto 1) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado. 509

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto

Respecto del punto 2) de la observación, el Plan Regulador Comunal de Recoleta consignó el sector en que se ubican los terrenos del proyecto como de uso residencial (Ver Certificado de Informaciones Previas adjunto en Anexo 1 de la DIA), no requiriéndose cambio de uso de suelo. El instrumento que establece el uso de suelo, de acuerdo a la normativa vigente, es el Plan Regulador Comunal. Los Certificados de Avalúo Fiscal no establecen usos de suelo, solamente indica las actividades existentes en un terreno en un momento determinado, independientemente de su uso de suelo. El proyecto se ajusta a la normativa territorial vigente, establecida a través del Plan Regulador Comunal de Recoleta y es en virtud de este instrumento que ha sido diseñado y obtenido los permisos municipales.

Respecto del punto 3) de la observación, sobre el uso de suelo, el Instrumento de Planificación Territorial (IPT) vigente, consignó este como de uso residencial (Ver Certificado de Informaciones Previas adjunto en Anexo 1 de la DIA). Además, cabe mencionar que en el terreno no hay ninguna actividad agrícola actual ni en el pasado cercano.

El titular del proyecto, efectivamente compró un estadio que a esa fecha (año 2014) se encontraba en desuso. Este estadio era privado y fueron los antiguos propietarios los que pusieron este terreno a la venta. Conforme al entendido que el titular del proyecto compró un terreno que no estaba siendo utilizado y cuyo uso de suelo permitía el desarrollo residencial en altura, es que ha desarrollado el proyecto, sometiéndose a todo el cumplimiento normativo que corresponde, tal como se ha detallado en el presente documento. En cuanto a las aguas lluvias, el proyecto contempla que éstas que sean captadas dentro del área del proyecto y se infiltrarán mediante drenes, por cuanto no habrá diferencia entre el agua que es infiltrada ahora, con lo que será una vez construido el edificio. Por lo tanto, no se producirá anegamiento o colapso en las calles producto de las lluvias, ya que por requerimientos del SERVIU, la solución de las aguas lluvias debe producirse en forma interna al predio. El proyecto de aguas lluvias se ha presentado como Anexo 9 de la DIA.

119. Rosa Elizabeht Romero Carrasco

  1. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida, que reside no solo en nosotros, reside en 70 años desde los fundadores que optan por vivir de una manera, protegidos por el cerro San Cristóbal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa, mirando los cerros de Huechuraba para saber si llovía o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago. Un Oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

  2. En relación al plano de accesibilidad, sólo se hace referencia al acceso hacia el predio donde estarán los edificios, pero no ilustra cómo será la accesibilidad de los vehículos desde las calles aledañas, considerando las rutas posibles. Cuál será el acceso y circulación de los vehículos que vienen de El Salto, y cómo los harán para salir los autos desde los edificios en las mañanas, en la hora punta, cuando actualmente se generan grandes atochamientos por Av. Perú, y cuando se termine el Parque de Av. Perú habrá una vía menos, y si le sumamos los 447 vehículos que saldrán en las mañanas, y llegarán en las tardes. Dónde está el estudio vial que demuestre que no se generarán los impactos significativos según lo indica el literal 510 b) del Art. 7 del RSEIA, tanto en Av. Perú, como en toda el área de influencia, incluyendo el interior de la población Lemus.

  3. En relación a la circulación de los camiones y toda la maquinaria pesada que circulará en la etapa de construcción, el titular no ha demostrado como evitará que se generen los impactos significativos relacionados con la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento, considerando el literal b) del art. 7 del RSEIA. Actualmente ya se generan atochamientos y largas filas de vehículos por A. Perú, como se evitará que esto no se acreciente con los camiones y maquinarías.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto 1) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto

Respecto del punto 2) de la observación, es importante señalar que el proyecto, considerando ambas etapas, cuenta con Estudio de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano (EISTU) aprobado mediante el ORD.SM/AGD/Nº3960 del 11 de Mayo 2017.

La metodología de Estudios de Impacto sobre el Sistema de Transporte (EISTU) se refiere al desarrollo, revisión y aprobación de los estudios estipulados en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, el DFL N°850 (MOP) de 1997 y el DS N°83 de 1985, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

El objetivo fundamental de esta metodología consiste en entregar una guía que normalice los estudios de impacto de proyectos que afectan el Sistema de Transporte Urbano. Establece la manera de identificar y evaluar los diferentes tipos de impactos que sobre el área de influencia del estudio provoca la localización de actividades relevantes, tales como la construcción y habilitación de proyectos habitacionales, centros comerciales, industrias y otros.

El Estudio de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano se solicita cuando el proyecto contempla alguna de las exigencias que figuran en el cuadro contenido en el numeral 1.3 del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA.

En lo particular, el proyecto Perú Plaza consiste en la construcción de 2 edificios de viviendas cada uno con 16 pisos y un sector de locales comerciales. Cuenta con un total de 447 estacionamientos 511 (436 para viviendas y 11 para locales comerciales) distribuidos en 2 niveles, uno a nivel calle y 1 subterráneo.

De acuerdo a la metodología de Estudios de Impacto sobre el Sistema de Transporte (EISTU), para el proyecto Edificio Perú Plaza se desarrolló un estudio táctico sin reasignación mayor, el cual fue aprobado por la ventanilla única compuesta por la SEREMITT, la Ilustre Municipalidad de Recoleta, SERVIU, Transantiago, UOCT. (ORD.SM/AGD/Nº3960 del 11 de Mayo 2017). Este estudio recogió todos los impactos producidos por los estacionamientos del proyecto, considerando las medidas de mitigación necesarias para reducir significativamente dichos impactos, lo cual fue debidamente revisado y aprobado por los organismos públicos técnicos en este tema. Este estudio consideró como situación base la existencia del bandejón central, que efectivamente elimina una pista vehicular, dando paso al bandejón con una ciclovía, conforme a lo cual las modelaciones realizadas para efectos del proyecto ya consideraron esta situación.

Dentro de las medidas de mitigación definidas por la ventanilla única se considera la Ejecución del proyecto Zona 30 en el cuadrante formado por Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Eloísa Lemus, Elcira Lemus y María Graham de acuerdo a lo estipulado por la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta. También se considera la reprogramación y la normalización del controlador del semáforo ubicado en Av. Perú con Arzobispo Valdivieso, incluyendo la tarea de sintonía fina y la reconfiguración de las EPROMS de los controladores y la Repavimentación de calle Doctor Ostornol, entre Francisco Silva y Arzobispo Valdivieso.

Con respecto a las rutas de acceso, estas son presentadas en las figuras referenciales, Figura 2 Rutas de Salida del Proyecto y Figura 3 Rutas de Ingreso al Proyecto, ambas del Anexo PAC (Anexo 5) de la Adenda complementaria, las cuales han sido tomadas desde el EISTU del proyecto.

Las modelaciones viales que generó este estudio indican que la vialidad del proyecto no se verá saturada por efectos de la operación del proyecto inmobiliario, lo cual fue evaluado en las horas punta de la mañana y de la tarde. Adicionalmente se realizó un estudio que evalúa los tiempos de desplazamiento (ver Anexo 5.1), que concluye que se observa una disminución en los parámetros de congestión en ambos períodos al incorporar el proyecto, indicadores que se mejoran en la situación con proyecto y mitigaciones, estableciendo que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, con lo que es posible descartar que en términos viales el proyecto pueda generar los efectos de la letra b) del artículo 7 del reglamento del SEIA.

Por otro lado, es importante destacar que el área de influencia cuenta con recorridos de 13 paraderos del Transantiago, mediante los cuales la población puede acceder a recorridos locales y troncales que permiten acceder a una mayor variedad de equipamiento y servicios para satisfacer las necesidades de la población. Además, el área de influencia se encuentra próxima a la estación de Metro Cementerios, la cual se emplaza a 465 Metros de distancia del Proyecto. Cabe destacar, que ambos sistemas cuentan con capacidad para recibir a futuros usuarios.

Finalmente, se debe señalar que el proyecto y ejecución del bandejón central y la ciclo vía, no forman parte del presente proyecto en evaluación ambiental y no corresponde al titular de éste, sino que corresponde a un proyecto de la Municipalidad, tanto en su diseño como ejecución. En consecuencia a eso, el titular ha aportado a dicho proyecto con el diseño armónico y conjunto con el municipio en lo que respecta al frente predial del proyecto, incluso llegando hasta el paradero existente en la esquina de Avda. Perú con Valdivieso.

Respecto del punto 3) de la observación, durante la fase de construcción, el titular ha actualizado las rutas a utilizar durante esta Fase, de modo de no contemplar el tránsito de camiones por el interior de la villa Lemus. Por lo tanto, la calle a utilizar por los vehículos que transitan desde el Norte será por Av. Perú, Vuelta en U en calle Rapa Nui y luego tomar nuevamente Av. Perú y los camiones que salgan del proyecto hacia el centro será por calle Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Puma, María Graham y luego tomaran nuevamente Av. Perú.

Adicionalmente, el Titular se compromete a que todo tránsito de vehículos livianos, vehículos de carga de material y vehículos de escombros a realizar durante la fase de construcción será por fuera de la Villa Lemus, lo cual quedará estipulado en el contrato de prestación de los servicios. Por otro 512 lado, el titular se compromete a que los camiones queden estacionados al interior de la obra, de manera de no causar los atochamientos y eventuales accidentes que le preocupan a la comunidad. Por lo que, la vida en comunidad de la Villa Lemus no se verá afectada por la construcción del Proyecto, ni se generarán los efectos indicados en la letra b del artículo 7 del Reglamento del SEIA, ya que el proyecto se desarrolla al interior de un sector ya cercado por el que no circulan personas ni da conectividad a otros sectores.

120. Cristian Soto Godoy

a. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida, que reside no solo en nosotros, reside en 70 años desde los fundadores que optan por vivir de una manera, protegidos por el cerro San Cristobal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa, mirando los cerros de Huechuraba para saber si llovía o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago, Un oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

b. En la DlA y en la Adenda se indican que el inicio de las obras será en abril de 2017, y que la construcción durará 3 años, dos años para cada edificio, con traslape de un año. Al respecto se solicita aclarar: la fecha de inicio, ésta no puede ser mientras no sea aprobado el proyecto y cuente con su RCA; porqué si se plantea que el proyecto se construirá en 2 etapas hay traslape de obras, si es en dos etapas, se debe terminar una y luego comenzar la segunda; para el momento del traslape, ¿se consideró que durante ese año todas las emisiones, circulación de vehículos, ruido, y todos los impactos generados por el proyecto deben ser multiplicados por dos', lo que significa que nosotros en la población tendremos el doble de afectación. ¿Dónde demostró que esos impactos no serán significativos?; ¿qué pasa con todos los efectos en la salud que nos provocará el doble de emisiones?; ¿qué pasará con toda nuestra calidad de vida con los impactos que generará el proyecto durante la construcción?; ¿cómo se pretende evitar aumentar los niveles de contaminación con toda la circulación de vehículos que generará el proyecto considerando que estamos dentro de la región metropolitana, considerada como zona saturada por el MMA?

c. Dentro de las medidas de control de polvo, se propone el uso de Malla Rachel, ¿cómo se pretende evitar la contaminación y emisión de polvo con una malla?, ¿dónde están los estudios e investigaciones de respaldo que argumenten que una malla es suficiente para controlar el polvo? ¿cómo es posible que una empresa que se supone es seria y responsable con la comunidad propone ese tipo de medidas de control de polvo?; ¿Dónde están los antecedentes que permiten descartar la generación de impactos significativos en la salud, por emisiones de polvo y material particulado, y todo lo indicado en el art. 5 del RSEIA?; ¿por qué no proponen medidas más coherentes, y que genere un control real de las emisiones, como grandes murallas verdes, con vegetación, en todo el perímetro del predio, que permita absorber polvo y contaminantes, emitir oxígeno y amortiguar el ruido?

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto 1) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo 513 vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto.

Respecto del punto b) el proyecto no comenzará hasta no contar con una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable, por lo que, en la Ficha Resumen de la Adenda Complementaria se actualiza la fecha de inicio de la obra a según quede establecido en la RCA. Por otro lado, se aclara que en el informe de Estimación de Emisiones y en el Estudio de Ruido y Vibraciones se consideró el traslape de ambas etapas del proyecto. Por lo que, los resultados finales no deben ser multiplicados por dos, esta situación ya ha sido considerada en los cálculos del proyecto.

Respecto a las emisiones atmosféricas, el proyecto no superará los límites indicados en el artículo 98 del Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica de Santiago (PPDA), tal como se demuestra en la Tabla 4 del Anexo PAC de la Adenda complementaria. Además, como compromisos se contempla la implementación de cierres con planchas OSB y sobre esta se adicionará malla tipo raschel que cumplirán la doble función de retener material particulado y controlar las emisiones de ruido. Adicionalmente se han contemplado medidas como humectación de las áreas de movimiento de tierra, acopio de tierra y vías de circulación interna; se estabilizarán y compactarán las zonas de tránsito de maquinaria y vehículos; se prohibirá la quema de maderas u otro material al interior de la obra; los vehículos contarán con revisión técnica al día; entre otros.

En cuanto a las emisiones de ruido generadas durante la fase de construcción, cabe destacar que al implementar las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (plancha OSB como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), los niveles estimados de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente en todos los receptores, considerando la situación más desfavorable.

Finalmente, para asegurar el cumplimiento de la normativa de referencia para las vibraciones se restringirá el uso de la placa compactadora, la cual no podrá operar a menos de 9 metros de los receptores R1, R2 y R3 (Ver Anexo 6 de la Adenda).

Por lo tanto, el proyecto cumple con toda la normativa ambiental que le aplica. Es importante mencionar que las normativas que el proyecto ha acreditado su cumplimiento tienen sus fundamentos en la salud de la población. De la siguiente forma: • El artículo 1º del DS 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente establece que “El objetivo de la presente norma es proteger la salud de la comunidad mediante el establecimiento de niveles máximos de emisión de ruido generados por las fuentes emisoras de ruido que esta norma regula.” • El artículo 1º del DS 66/2010 del Ministerio de Medio Ambiente (PPDA) indica lo siguiente: “El presente Decreto regirá en la Región Metropolitana y tendrá por objeto cumplir con las normas primarias de calidad ambiental de aire vigentes, asociadas a los contaminantes material particulado respirable como concentración de 24 horas y anual, y ozono como concentración de 8 horas, establecidas en el Decreto Supremo Nº 59, de 1998 y en el Decreto Supremo Nº 112, de 2002, respectivamente, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, y abandonar el estado de latencia en que se encuentra el contaminante monóxido de carbono como concentración de 8 horas a que se refiere el Decreto Supremo Nº 115, de 2002, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, mediante la reducción de las emisiones de los referidos contaminantes y sus precursores, de manera de proteger la vida o salud de la población.”.

Conforme a lo anterior, mediante el cumplimiento de las normas ambientales que el titular ha acreditado que la salud de la población no será afectada por la ejecución del proyecto, que ha tomado en consideración que estamos en una región saturada y latente en contaminación ambiental y que se han tomado todas las medidas que corresponden a este tipo de actividades para que se 514 genere la menor molestia en los vecinos. Es importante reiterar que la construcción de este proyecto no es distinta a la construcción de edificios que se realiza en muchos sectores de la Región Metropolitana.

Respecto del punto c) de la observación, se aclara que el proyecto no superará los límites indicados en el artículo 98 del PPDA, por cuanto no le corresponde compensar emisiones. En la Tabla 86 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria se muestran las cifras de las emisiones atmosféricas (Ver Tabla 86 Emisiones Atmosféricas Totales del Proyecto).

De todas formas, para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante su fase de construcción, se contemplan cierres con planchas OSB y sobre esta se adicionará malla tipo raschel que cumplirán la doble función de retener material particulado y controlar las emisiones de ruido. Adicionalmente se han contemplado medidas como humectación de las áreas de movimiento de tierra, acopio de tierra y vías de circulación interna, se estabilizarán y compactarán las zonas de tránsito de maquinaria y vehículos, se prohibirá la quema de maderas u otro material al interior de la obra, entre otros.

121. Alfredo Luis Moya Bravo

a. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida, que reside no 5010 en nosotros, reside en 70 años desde los fundadores que optan por vivir de una manera, protegidos por el cerro San Cristobal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa, mirando los cerros de Huechuraba para saber si llovía o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago. Un oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

b. Nos preocupa todo el riesgo a nuestra salud que implican la construcción de estas torres; las emisiones de polvo, sustancias contaminantes, y ruido, considerando que el proyecto se emplaza en un barrio residencial, donde viven muchos adultos mayores, existe un centro para atención de personas con Alzheimer a menos de 100 metros del límite del predio ¿Cuáles son las medidas de mitigación y control para que el centro no se vea afectado?, además, a menos de una cuadra se encuentran un liceo técnico y una escuela, y hay un predio colindante con el proyecto donde hay un jardín infantil (a menos de 50 metros), ¿se le informó a los padres de los niños que durante 3 años ellos estarán con todo el impacto de la construcción encima?, ¿saben los dueños del jardín el impacto que generarán los edificios a su equipamiento y funcionamiento normal de sus actividades?, sobre todo considerando que el titular indica en su DlA que las emisiones no cumplen la norma, y no sabemos cómo se dará cumplimiento. Sumado a todo lo anterior, ¿Cuáles son los antecedentes que demuestran que no generarán los impactos significativos según lo establecen el art. 5 y literal c) del art. 7 del RSEIA?

c. Nos preocupa profundamente todo el impacto que generará la demolición, excavación, vibraciones, y todas las actividades en la etapa de construcción del proyecto, en los predios directamente colindantes. Todos los antecedentes hacen referencia dentro del predio, pero ¿cómo se evitará el socavamiento de los predios vecinos, el asentamiento de las construcciones, que las vibraciones no deterioren las construcciones, vidrios, obra fina y terminaciones de las viviendas vecinas?; ¿existe un estudio de mecánica de suelo e ingeniería estructural que permita demostrar que no se impactará en éstos términos?; ¿consideraron los estudios de mecánica de suelo que el predio y toda la población se encuentran sobre depósitos aluvionales, de los faldeos del cerro San Cristóbal, no rocosos, de alta inestabilidad, y que pueden generar un gran impacto en todos los terrenos contiguos con todas las actividades del proyecto en la fase de construcción?

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

515 Respecto del punto a) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto.

Respecto del punto b) de la observación, se informa que el titular ha señalado que el Proyecto no superará los límites indicados en el artículo 98 del Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica de Santiago (PPDA), tal como se demuestra en la Tabla 4 del Anexo PAC de la Adenda complementaria. Es importante señalar que dicha norma está basada en la salud de la población, por cuanto su cumplimiento es concordante con la inquietud ciudadana. Además, como compromisos se contempla la implementación de cierres con planchas OSB y sobre esta se adicionará malla tipo raschel que cumplirán la doble función de retener material particulado y controlar las emisiones de ruido. Adicionalmente se han contemplado medidas como humectación de las áreas de movimiento de tierra, acopio de tierra y vías de circulación interna; se estabilizarán y compactarán las zonas de tránsito de maquinaria y vehículos; se prohibirá la quema de maderas u otro material al interior de la obra; los vehículos contarán con revisión técnica al día; entre otros.

Por lo tanto, el proyecto cumple con la normativa de emisiones atmosféricas y es una actividad que se realiza en múltiples puntos de la Región Metropolitana, en donde a diario se convive con la construcción de edificios.

Respecto a la información del proyecto, se ha comprometido una reunión informativa con los vecinos en forma previa al inicio de la construcción. Por otro lado, el proyecto cuenta con un proceso de participación ciudadana que pretende informar a la comunidad respecto de las obras y actividades que realizará el proyecto. La DIA entrega información respecto de cómo el proyecto no genera los impactos señalados en los artículos 5 y 7 del reglamento del SEIA. De esta forma se cuenta con: • Una evaluación acústica, que acredita como el proyecto cumplirá con la normativa de ruido. • Una estimación de emisiones, que establece medidas para control de éstas y verifica el cumplimiento del PPDA. • Una descripción del manejo de residuos durante la fase de construcción y operación, que dan cuenta del cumplimiento normativo de los residuos. • Factibilidad Sanitaria, que establece la forma de descarga de las aguas servidas del proyecto.

Todo lo anterior permite demostrar que el proyecto no genera riesgo para la salud de la población.

• Equipamiento de salud

De acuerdo con los datos de la Encuesta Casen 2015, el acceso a establecimientos de salud de la población de Recoleta se distribuye de la siguiente manera:

Gráfico: Porcentaje de acceso a establecimientos de salud según tipo 516

A partir del gráfico presentado, se extrae que la mayoría de la población (62,6%) accede a establecimientos de salud público, seguido por atención en consultas y centros médicos privados (22,2%). Este comportamiento difiere del comportamiento de la población del área de influencia, ya que según la información de entrevistados expuesta en el punto 5.5.2 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA “la mayoría de la población se encuentra afiliada al sistema previsional Fonasa y en menor medida a Isapres. Por lo general son los adultos mayores e inmigrantes quienes, por razones económicas, acceden a la red de establecimientos públicos, específicamente al CESFAM Dr. Patricio Hevia (Valdivieso) y CESFAM Recoleta, mientras que la población adulta y jóvenes acceden a centros privados en el sector centro y oriente de la ciudad.” (p. 48)”

Considerando el perfil socioeconómico estimado de los futuros residentes del Proyecto, estos contarán mayoritariamente con afiliación a sistema FONASA y en menor medida ISAPRE, accediendo a atención de salud en centros privados, sin recurrir a los centros de salud públicos, específicamente a los CESFAM que corresponden al territorio.

En cuanto a la oferta de centros de salud privados, el área de influencia se encuentra próxima a 5 establecimientos, sin superar los 3,2 km. de distancia.

De esta manera se concluye:

- Según el perfil socioeconómico que se estima corresponderán los futuros residentes del Proyecto, contarán mayoritariamente con sistema de afiliación FONASA, por lo que podrán acceder a establecimientos de salud privados. Respecto a la oferta de equipamiento, a no más de 3,2 kilómetros de distancia respecto al área del Proyecto se encuentran 5 establecimientos cercanos. Lo anterior indica que los habitantes del proyecto inmobiliario no colapsarán el Consultorio Valdivieso (Patricio Hevia).

• Equipamiento educacional

De acuerdo con los datos de la Encuesta Casen 2015, el acceso a establecimientos educacionales de la población de la comuna de Recoleta se divide en la siguiente manera:

Gráfico 10: Comuna de establecimiento educacional al cual accede la población de Recoleta 517

Como se observa en los datos, un 63% de la población de Recoleta accede a establecimientos educacionales en la misma comuna. En tabla 45 del Anexo PAC del Adenda Complementaria se presenta un listado pormenorizado de los establecimientos educacionales de la comuna.

La mayoría de los establecimientos disponibles en la comuna son de dependencia Particular Subvencionado y existen 1.566 matrículas vacantes.

Respecto a la demanda que generará el Proyecto, se utiliza la información disponible en el proyecto de sala de basura adjunto en el anexo 10 de la DIA, donde se estima que los departamentos de dos o más dormitorios estarían acondicionados para recibir un grupo familiar, por ende, población en edad escolar. Por cada uno de ellos se calcula según el indicador de INE (2010), donde durante el año 2008 cada mujer aportó 1,9 hijos/as en promedio. Se estima que el Proyecto aportaría 648 residentes en edad escolar, de los cuales, considerando la tendencia que demuestra la Encuesta Casen 2015, el 63% accedería a equipamiento educacional de la comuna, es decir 408 estudiantes.

De esta manera se concluye:

Se estima que el Proyecto aportará 648 residentes en edad escolar, de los cuales 408 buscarán acceder a establecimientos en Recoleta. Como se indica en el punto 5.5.3 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA, en el área de influencia existen cuatro establecimientos educacionales, los cuales cuentan con 155 vacantes según curso de ingreso principal, los que podrían cubrir de manera parcial la demanda que se estima generaría el Proyecto.

- En total la comuna cuenta con 1.566 vacantes según curso de ingreso, es decir, permite absorber la demanda que se estima generaría el Proyecto.

- La mayoría de los establecimientos disponibles, tanto en el área de influencia como en la comuna, son de dependencia Particular Subvencionada, acorde a la preferencia del perfil socioeconómico (C2) que se estima corresponderá a los ocupantes del Proyecto. Respecto al tema de la basura de los edificios, se aclara que los Edificios Perú Plaza I-II cuentan con su Proyecto de Basura el cual de acuerdo a la normativa deberá estar debidamente aprobado por la Autoridad Sanitaria. Además, cabe destacar, que el retiro de los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios es obligación de la Municipalidad, conforme a la normativa vigente, la cual cobra por este servicio en conjunto con las contribuciones.

En relación al análisis del Artículo 7, literal d) respecto la dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los 518 sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo, se informa que la evaluación ambiental del proyecto ha sido realizada en conformidad a la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Inmobiliarios que se Desarrollen en Zonas Urbanas (2017), a fin de descartar la presencia de potenciales impactos significativos relacionados al Artículo 7, letra d) del RSEIA.

Los antecedentes presentados en el punto 6.1.1 del Estudio de Medio Humano adjunto en el Anexo 6 de la DIA señalan que, “el sector donde se planea la construcción del Proyecto corresponde a un antiguo estadio deportivo adquirido por el Titular. Cabe señalar que dicho lugar se encontraba en desuso desde el año 2014 y que actualmente el predio está deshabilitado y no se evidencia presencia de residentes permanentes ni intermitentes. Por lo cual en el sitio donde se emplazará el Proyecto no existen grupos humanos ni personas las cuales puedan ser impactadas significativamente ni ser propensas a reasentamiento por parte del Proyecto.” A partir de los antecedentes presentados se descarta que el Proyecto pueda generar impacto significativo según lo estipulado en el Artículo 7 del RSEIA respecto a reasentamiento de grupos humanos, además de alteración de sistemas de vida, específicamente según el literal d).

En relación al transporte, el área de influencia cuenta con 13 paraderos Transantiago, estando el más cercano a aproximadamente 20 m. de distancia (PB170-Avenida Perú Esq. / Arz. Valdivieso), por donde transitan los recorridos 116 y B15. A aproximadamente a 550 metros en dirección poniente del lugar donde se ubicará el Proyecto, se encuentra Av. Recoleta, la cual presenta una mayor oferta de recorridos de buses.

El área de influencia se encuentra próxima a la estación de Metro Cementerios correspondiente a la Línea 2, emplazada sobre el eje Av. Recoleta, a aproximadamente 465 metros de distancia (15 minutos a pie desde el extremo oriente del área de influencia).

La oferta actual permite cubrir la demanda generada en el área de influencia, ya que a pocos metros cuentan con amplia oferta (buses y Metro) sobre el eje Recoleta.

El Proyecto cuenta con 447 estacionamientos para 483 viviendas, es decir, una proporción de 0,92 estacionamientos/vivienda. Considerando el perfil socioeconómico del público objetivo del Proyecto (C2), sólo un 49% cuenta con vehículo particular, por lo que se estima que alrededor de 237 viviendas requieran de estacionamiento, siendo la demanda menor a la oferta que proporcionará el Proyecto.

La demanda de energía del área de influencia se encuentra cubierta en un 100% por la empresa Enel. Esto se extenderá a la situación del Proyecto.

La demanda de servicios sanitarios del área de influencia se encuentra cubierta en un 100% por la empresa Aguas Andinas. Por su parte el Proyecto cuenta con factibilidad sanitaria En relación a la infraestructura básica y equipamiento comunitario en el punto 5.5.4 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA se señala que “la mayoría de calles y veredas se observan en buen estado, permitiendo el tránsito sin mayores problemas de los peatones. Aun así, cabe señalar que en ciertos puntos se identifica deterioro del pavimento especialmente en el sector poniente del área de influencia, entre las calles El Salto Chico y Av. Recoleta, debido a que se trata de un sector residencial bastante antiguo, cuyas fachadas también evidencian un notorio estado de deterioro, tal como se ha mencionado en el punto 5.5.1; respecto a las luminarias los entrevistados señalan que se encuentran en buen estado.” (p.53) Junto a esto se debe considerar el proyecto de la Municipalidad y GORE que contempla el mejoramiento del bandejón central de Av. Perú. Por su parte el Titular se hará cargo de mejorar la solera poniente del Proyecto, ensanchando la calzada, implementando baldosa, franja de césped, luminaria, árboles y arbustos. (ver anexo 1 de la Adenda complementaria). Durante la fase de operación, la administración de los edificios se hará cargo de las áreas verdes y de mantener limpio el frente de la propiedad. Por otro lado, la Municipalidad será la encargada de la mantención de las luminarias.

Respecto a equipamiento infraestructura de equipamiento comunitario, como se indica en el mismo anexo, “se identifica equipamiento comunitario, representado en la presencia de sedes sociales y multicanchas” (p.53). Por su parte, el Proyecto contempla la instalación de áreas verdes para sus residentes, además de equipamiento como gimnasio, salas multiuso, quinchos, piscina, salas de primeros auxilios y lavandería.

519 En el área de influencia se identifican servicios comerciales menores, principalmente establecimientos que permiten el abastecimiento de los residentes. Para una mayor oferta de servicios y compras mayores, deben trasladarse fuera de este sector. Al respecto, la construcción del Proyecto contempla la instalación de 11 locales comerciales que cuentan con acceso independiente y que permitirá proporcionar una mayor cantidad servicios.

El área de influencia presenta disponibilidad acotada de servicios, siendo la mayoría de abastecimiento y comercio. De esta manera, la población del área de influencia se traslada hacia otros puntos de Recoleta, sector oriente o centro de Santiago que se emplaza a pocos minutos, con el fin de acceder a una mayor oferta de servicios bancarios y financieros. Por su parte, el Proyecto contempla la instalación de 11 locales comerciales que cuentan con acceso independiente y que permitirá entregar al sector una mayor cantidad servicios.

En conclusión, se descarta que el Proyecto pueda generar impacto significativo según lo establecido en el literal c) del Artículo 7 del RSEIA.

Respecto del punto c) de la observación, dado que Chile no cuenta con norma específica para la evaluación del impacto por vibraciones, el Estudio Acústico y de Vibraciones, presentado en el Anexo 6 de la Adenda 1, utiliza como norma de referencia un estándar definido por el departamento de Transportes de California, en Estados Unidos, recomendada para la evaluación de proyectos con uso de maquinaria pesada como excavadoras, compactadores, camiones, etc. El estudio acústico demuestra que en términos generales no existirá riesgo de incumplimiento del estándar de evaluación. Solo en el caso particular de la compactación, será necesaria aplicar la restricción descrita en el punto 11 del referido estudio, que específicamente consistente en reemplazar el uso de rodillos compactadores o máquinas compactadoras en sectores cercanos a los receptores (menos de 9 m) por compactadoras manuales. Con la implementación de lo anterior, no existirá riesgo de daño sobre las edificaciones vecinas. acreditándose por lo tanto el cumplimiento de la norma de referencia adoptada.

Por otro lado, se realizó un Estudio completo de mecánica de suelos que fue acompañado en la DIA, sobre el cual se desarrolló el proyecto estructural, en conformidad con los estándares de la normativa aplicable.

Este sistema de entibación discontinua asegura la estabilidad de la excavación y terreno vecinos, así como también de las construcciones que en ellos exista.

122. Alejandra Valeska Moya Ríos

a. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida, que reside no solo en nosotros, reside en 70 años desde los fundadores que optan por vivir de una manera, protegidos por el cerro San Cristobal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa, mirando los cerros de Huechuraba para saber si llovía o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago. Un oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

b. Por qué el titular decide hacer un proyecto de esta envergadura, junto a un barrio residencial, antiguo, que tiene una muy alta calidad de vida, donde se vive muy tranquilo, con mucha convivencia entre los vecinos, y relaciones comunitarias, con intercambio entre distintas generaciones, y que todo eso será afectado y modificado con su proyecto. Por qué el titular no pensó ni preguntó a los vecinos todo el impacto que generará este proyecto. Porqué sólo decidió por un proyecto que le genere altos dividendos sin importar en lo efectos en la vida de las personas.

c. El titular no propone compromisos voluntarios, sólo mantener cierta comunicación con la comunidad, sin indicar ningún detalle de ésta, y sólo con los sólo con dirigentes de la JJVV. ¿Porque no se considera a toda la comunidad de la población Lemus?, ¿por qué sus compromisos ambientales son tan precarios?, ¿por qué no propone con detalle otros compromisos voluntarios que permitan mitigar y reparar todo el daño que generará la construcción de los edificios.

520 Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto a) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto.

Respecto del punto b) de la observación, se debe señalar que la decisión del titular de implementar el proyecto Edificios Perú Plaza I-II en dichos sectores, se funda y se sustenta debido a que el Instrumento de Planificación Territorial (IPT) consignó el suelo del proyecto como de uso residencial con altura, con densidades habitacionales claramente establecidas, por lo que, permite la construcción del proyecto. En efecto, la formulación del Plan Regulador Comunal (PRC) tiene un proceso de consulta pública para recibir los comentarios y observaciones de la comunidad, lo cual fue llevado a cabo durante la formulación de este IPT y su modificación del año 2012.

No obstante lo anterior, se puede mencionar que el diseño del proyecto considera el contexto en donde se localiza, respecto de lo cual, tomó algunas consideraciones durante su diseño: • El diseño ha contemplado que todos los accesos, ya sean de construcción y operación, sean a través de Avda. Perú, que corresponde a una vía importante en el contexto metropolitano. Lo anterior con el objeto de que no haya ingreso y salida de vehículos al interior del barrio Lemus. • Se ha contemplado un mejoramiento notable de la vereda que enfrenta el proyecto en Avda. Perú, pasando de la situación actual, en que la vereda tiene alrededor de 1 metro de ancho a una que tendrá 4,5 metros y cuyo diseño ha sido aprobado mediante ORD. N°1500/409/2017 del SECPLA de la Municipalidad de Recoleta. • Se ha diseñado el proyecto de forma tal que los edificios se ubiquen en los sectores NO aledaño a las casas, de manera que contemplar que hayan áreas verdes y estacionamientos en estos sectores y dejar un distanciamiento amplio.

Respecto del punto c) de la observación, cabe mencionar que la JJ.VV. corresponde a la organización que representa al barrio y por ello se establece un canal formal de comunicación con los dirigentes, entendiendo que, a su vez, ellos lo tienen con la comunidad.

No obstante lo anterior, se realizarán charlas con la comunidad antes del inicio de cada etapa, de manera de presentar a los vecinos el proyecto, las actividades y las personas que estarán a cargo (Ver Tabla 21 Compromiso Voluntario – Adenda Complementaria).

Para mayor información, en la Tabla 87 Compromisos Ambientales Voluntarios – Fase de Construcción y la Tabla 88 Compromisos Ambientales Voluntarios – Fase de Operación del Anexo 521 PAC de la Adenda Complementaria, se presentan los Compromisos Voluntarios adquiridos por el Titular en la DIA y Adenda.

123. Andrés Tapia Torres

a. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida, que reside no solo en nosotros, reside en 70 años desde los fundadores que optan por vivir de una manera, protegidos por el cerro San Cristobal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa, mirando los cerros de Huechuraba para saber si llovía o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago. Un oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo

b. Por qué el proyecto no consideró la construcción del bandejón y hermosamiento de Av. Perú en la evaluación de los impactos, si este proyecto del gobierno regional fue aprobado el 2016, 3-4 meses antes que el titular ingrese la DlA a evaluación, por lo tanto, estaba en conocimiento de ello. Es más, cuando ingresa el proyecto, los trabajos ya habían comenzado, y en la DlA ninguna referencia hace sobre éste, y no considera en su evaluación de impacto, ni el cambio en su área de influencia ni línea de base, ni que la situación actual es muy distinta a la presentada en la DlA, ni todos los impactos que generará el proyecto sobre el bandejón ya construido, tanto en la etapa de construcción, sobre todo con el flujo de camiones y maquinaria pesada, y luego con la circulación de 220 bicicletas, cerca de 2000 personas y 440 vehículos.

c. El titular no propone ningún tipo de monitoreo durante la etapa de construcción y de ejecución de todos los impactos de su proyecto. Cómo medirán que efectivamente no se está emitiendo ruido sobre la norma, como medirán que las emisiones de polvo y material particulado y cualquier contaminante esté dentro del norma, como se medirá que el tráfico vehicular no generé los ECC indicados en el literal b) art. 7 del RSEIA.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto a) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto.

Respecto del punto b) de la observación, cabe señalar que, tomando en consideración lo señalado en la observación y teniendo en cuenta la nueva estructura vial de Avenida Perú con el bandejón 522 central, este último siendo un proyecto de diseño y ejecución del Municipio, el Titular ha actualizado las rutas a utilizar durante la Fase de Construcción del Proyecto. Por lo tanto, la calle a utilizar por los vehículos que transitan desde el Norte será por Av. Perú, Vuelta en U en calle Rapa Nui y luego tomar nuevamente Av. Perú y los camiones que salgan del proyecto hacia el centro será por calle Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Puma, María Graham y luego tomaran nuevamente Av. Perú.

Se aclara que el EISTU aprobado mediante el oficio N°3960 del 11 de Mayo de 2017 sí incluye en su evaluación el bandejón central que se encuentra en construcción en la Avenida Perú, para lo cual consideró el diseño final de esta obra. Por lo tanto, el proyecto Edificios Perú Plaza I-II para sus dos fases considera la construcción del bandejón y hermosamiento de Av. Perú.

Respecto del punto c) de la observación, el Titular ha acreditado el cumplimiento de la norma, por cuanto sólo se propone la verificación de las medidas de control indicadas en la evaluación acústica. No obstante lo anterior, en caso de molestias a la comunidad se podrá poner en contacto con el encargado de la obra, que verificará el cumplimiento de las medidas y en caso de ser necesario, las reforzará.

124. Andrés Aguayo Cortínez

a. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida, que reside no solo en nosotros, reside en 70 años desde los fundadores que optan por vivir de una manera, protegidos por el cerro San Cristobal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa, mirando los cerros de Huechuraba para saber si llovía o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago. Un Oasis en plena ciudad, como una historieta 'que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

b. El titular no considera que la calle Valdivieso es la única salida que tienen todas las poblaciones que viven hacia el interior, hacia el cerro, y que cualquier obstrucción, atochamiento, etc. no sólo afectará la población Lemus, sino además a toda la gente que vive de Valdivieso al interior. Al respecto, el titular propone en su EISTU que usará la calle Dr. Ostornol (que no está pavimentado, por lo tanto, generará mucho polvo en suspensión y contaminación y daño a la salud a las personas que ahí viven). Luego Valdivieso, Eloísa Lemus, Elcira Lemus, Celia Coloma y Av. Perú como vías de circulación de los vehículos y camiones para acceder desde El Salto al predio del proyecto, lo que es contradictorio con lo que dijeron en la presentación del proyecto donde se comprometieron a no pasar por la población, y en el EISTU dicen que sí lo harán. Además, deberían considerar dentro del área de influencia del proyecto Valdivieso y todas las calles al interior, por el impacto vial que generará el proyecto. Sumado a esto, se presentan el proyecto al SEIA sin tener aprobado el EISTU, la aprobación la obtuvieron recientemente, y tiene muchas contradicciones con todo lo planteado en la DlA. Toda la circulación de vehículos y el impacto vial que se plantea en un instrumento, EISTU, no coinciden con la DlA. Se solicita aclarar y explicar todo lo anterior, además de especificar cuál es el estudio vial y sus impactos reales que se deben considerar, por qué existen tales niveles de contradicción, explique por qué se falta a la verdad en la información, que garantice que no se está cometiendo un ilícito, y cómo dará cumplimiento a toda la normativa relacionada, tanto en el EISTU como en la DlA, y que justifique su área de influencia del impacto vial, y que no se generará impacto significativo en los términos indicados en el literal b) art. 7 y arto 5 del RSEIA.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto a) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de 523 tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto.

Respecto del punto b) de la observación, en el Anexo 2 de la Adenda Complementaria se adjunta el Oficio de Aprobación del EISTU. Cabe mencionar, que las rutas de vehículos livianos y pesados señalados en la DIA corresponden a las rutas a utilizar durante la fase de construcción del Proyecto. Por otro lado, las rutas vehiculares señaladas en el EISTU corresponden a las rutas utilizadas para modelar la fase de operación del proyecto.

El EISTU desarrollado y aprobado por la Ventanilla Única, contempla un completo análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de describir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios base o sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

En la Figura 17 “Área de Influencia EISTU”, del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA, se representa el área de influencia del EISTU y se puede apreciar que se consideraron odas las vías que podrían verse afectadas por el proyecto, tales como las de la Población Lemus.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto. Una de las medidas de mitigación consiste en la repavimentación de calle Doctor Ostornol, entre Francisco Silva y Arzobispo Valdivieso, lo que responde la inquietud respecto a la contaminación que se pudiera generar por el aumento de tráfico por esta vía que actualmente es de tierra. Conforme a esta inquietud y al cumplimiento del proyecto al PPDA, se establece que el aumento de emisiones atmosféricas no causará daño en la salud de la población, no estableciendo las circunstancias que establece el artículo 5 del Reglamento del SEIA, cuyo detalle se presentó en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria.

Tal como se ha reiterado, el hecho que el proyecto cuente con un EISTU aprobado que ha propuesto medidas que el proyecto deberá implementar, para no causar escenarios de saturación vial y con ello aumentar significativamente los tiempos de desplazamientos, además de contar con recorridos de 13 paraderos del Transantiago, mediante los cuales la población puede acceder a recorridos locales y troncales, que permiten acceder a una mayor variedad de equipamiento y servicios para satisfacer las necesidades de la población, y la disponibilidad de 2000 pasajeros /hora en los períodos punta de 524 Metro Cementerios (ubicada a 465 metros del proyecto) hacen que el proyecto no cause los efectos indicados en la letra b) del artículo 7 del reglamento del SEIA.

125. Valeska Armanda Ríos Espinoza

  1. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida, que reside no solo en nosotros, reside en 70 años desde los fundadores que optan por vivir de una manera, protegidos por el cerro San Cristóbal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa, mirando los cerros de Huechuraba para saber si llovía o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago. Un Oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

  2. Nos parece importante mencionar en específico sobre la avifauna nativa. En la población convivimos a diario con Tórtolas chilenas, Tórtolas Cuyana, Zorzales, Mirlos, Raras, Tencas, Tordos, Carpinteritos, Gorriones, Chineóles, Chercán, Tijerales, Tiuques. Todas especies difíciles de encontrar en la ciudad, que tienen sus corredores de desplazamiento entre el Cerro San Cristóbal y Cerro Blanco a través de nuestra población, que tiene mucha vegetación y refugios para estas aves, y que la gran parte se refugia en el predio donde se quieren construir los edificios. Sin duda tienen un valor ambiental muy importante, considerando que cada vez son más escasas, y que la fragmentación de su hábitat puede significar un daño enorme para esta avifauna nativa. Nos preocupa enormemente el daño que pueden sufrir su habitar al construir unas mega-torres justo en medio de la ruta que estas aves utilizan. Hay una serie de investigaciones en la ciudad de Santiago que hablan de estas rutas, tanto el Parque Metropolitano como el Cerro Blanco tienen esta información, ambos parques tienen zonas de avistamiento de estas aves, y un trabajo conjunto para no fragmentar ni dañar su hábitat y rutas de vuelo. Además, dentro de las especies se encuentra la Tórtola cuyana que usa siempre la misma ruta, y que es muy sensible a los cambios en sus formas de vivir. Por otro lado, existen dos especies en categoría de conservación en la población y que se verá afectado su hábitat con las torres: torcaza chilena y carpinterito. El titular ninguna referencia hace sobre todos estos antecedentes. Se solicita al titular que se refiera sobre todo lo antes expuesto, que argumente y entregue todos los antecedentes que permitan establecer que no se afectará a ninguna de estas aves, que entregue una línea de base sobre las aves que permitan hacer un control y monitoreo sobre su población y que éstas no desaparecerán con los edificios, que entregue todos los antecedentes con los que cuentan tanto el parque metropolitano como el cerro blanco sobre la población de estas aves, sus rutas de vuelo y hábitat; que proponga un plan de monitoreo y cuidado de estas aves, y que demuestre que no generaran impactos significativos en los términos de lo indicado por el art. 6 del RSEIA.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto 1) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

525 Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto.

Respecto del punto 2) de la observación, en el área de influencia del proyecto, a través de un análisis bibliográfico y la experiencia en terreno en la Tabla 85 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria el titular señala las especies existentes (Ver Tabla 85 Tabla de aves potenciales del área de influencia).

En relación a la consulta se entregan las siguientes consideraciones técnicas en relación a las aves en un terreno urbano: • En los estudios de biodiversidad urbana se reconoce el valor de las aves como indicadores de aspectos importantes de los ecosistemas urbanos como la estructura vegetacional, siendo este el hábitat principal de las aves dentro de las ciudades. • Díaz y Armesto (2003) compararon la composición de avifauna entre la comuna de La Reina y la Reserva Rio Clarillo, concluyendo que la riqueza de aves aumenta cuando aumenta el follaje de los árboles, y a su vez cuando estos son nativos. • Los corredores de desplazamiento de aves urbanas poseen dos componentes principales (1) estructural o física, que se refiere a la disposición espacial de diferentes tipos de hábitats o al orden de los elementos en el paisaje y (2) funcional o de comportamiento, la cual corresponde al comportamiento propio de individuos, de especies o de procesos ecológicos de la estructura física del paisaje. • En estudios con radio trasmisores, realizados en la comuna de Providencia, se determinó que las aves (zorzal) se movilizan por la cuidad en tramos cortos, utilizando como ruta de desplazamiento las arboledas urbanas, lo jardines de casas, las áreas verdes de edificios, donde se detienen por algunos minutos. Prefieren calles con mayor vegetación.

En relación a lo anterior, se debe considerar que el proyecto no afectará sectores que son considerados como áreas de descanso o corredor de desplazamiento de las aves, más bien realizará un refuerzo de estas, a través de la incorporación de áreas verdes y nuevos árboles en las calles, lo que el titular evidencia en la Figura 45 y 46 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria (Ver, Figura 45 Árboles y Áreas Verdes Edificios Perú Plaza I – II; Figura 46 Proyecto de Paisajismo Edificio Perú Plaza I).

Tal como queda establecido, el proyecto incorpora 1.602,27 m2 en el Edificio Perú Plaza I y 1.682,14 m2 en el Edificio Perú Plaza II de nuevas áreas verdes, contemplando la utilización de árboles de gran tamaño.

En el diseño paisajístico urbano se establece que el proyecto como tal no generará una alteración conductual en la migración de las aves del sector, más bien reforzará las vías migratorias, generando nuevos sectores de posaderos y rutas de desplazamiento.

Sobre la avifauna presente en el Parque Metropolitano y El Cerro Blanco, se debe mencionar que ambas unidades no son parte del área de influencia del proyecto, por lo tanto, las partes y obras de este no tendrían una interacción en el componente faunístico que en estos habitan. Para el caso de las rutas migratorias, tal como se menciona anteriormente, el proyecto no generará una interacción negativa, más bien realizará un proyecto de paisajismo que colaborará en el hábitat urbano de estas especies.

En relación a las categorías de conservación mencionadas en la consulta, cabe mencionar que las especies mencionadas no se encuentran amenazadas en la actualidad. El carpinterito (Veniliornis lignarius), no ha sido clasificado por el Comité de Clasificación de Especies, tampoco presenta clasificación en el reglamento de la Ley de Caza, por lo tanto no presenta una categoría de conservación. Para el caso de la torcaza (Patagioenas araucana) esta fue clasificada por el comité como en preocupación menor, es decir: “Una especie se considerará "Preocupación Menor" cuando, habiendo sido evaluada, no cumple ninguno de los criterios que definen las categorías de En Peligro Crítico, En Peligro, Vulnerable o Casi Amenazada. Se incluyen en esta categoría especies 526 abundantes y de amplia distribución, y que por lo tanto pueden ser identificadas como de preocupación menor”.

El señala que la afirmación realizada por la cuidadania en relación a que “existen dos especies en categoría de conservación en la población y que se verá afectado su hábitat con las torres: torcaza chilena y carpinterito”, no es correcta, puesto que no se encontraron especies en categoría de conservación en el área en estudio.

Sobre la información entrega por el titular, respecto de realizar un levantamiento de terreno de la avifauna, dicha solicitud corresponde a la realización de un estudio de línea base de fauna vertebrada terrestre, instrumento técnico que ha sido definido en el artículo 18 inciso e.2. Sin embargo, el Proyecto fue ingresado bajo la forma de Declaración de Impacto Ambiental (DIA), las que no deben incluir o presentar líneas bases de acuerdo a lo establecido en el artículo 19 del Decreto Supremo (DS) 40 de 2013 (Ministerio de Medio Ambiente) el cual aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el que establece que las líneas de base sólo forman parte de los Estudios de Impacto Ambiental (EIA), tal como lo establece el artículo 18 del mismo reglamento.

De la misma forma, el artículo 19 del D.S 40 en su inciso b.1 se establece que dentro de las Declaraciones de Impacto Ambiental, se pueden incluir, en el caso que fuese necesario, antecedentes que justifiquen la inexistencia de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que puedan dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental. Profundizando en lo anterior, en el mismo inciso, en su apartado b.3 el D.S 40 establece lo siguiente: “En casos de corresponder, la ubicación y cuantificación de los recursos naturales renovables a extraer o explotar por el proyecto o actividad para satisfacer sus necesidades”. Por lo tanto, correspondería presentar una caracterización de avifauna solo en el caso que se requiera justificar la inexistencia de las características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300.

En relación a la tabla de especies potenciales de avifauna, se establece que dentro del área de influencia no existe evidencia de especies de avifauna que puedan ser consideradas como recursos escasos, únicos o representativos, cuya afectación puedan generar efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, y que por lo tanto puedan dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental.

En conclusión, no es necesario presentar una caracterización de línea base, toda vez que la bibliografía descarta que existan elementos, asociados a la avifauna, que sean considerados como escasos, únicos o representativos.

De la misma forma, se descarta la existencia de las circunstancias que generen impactos significativos sobre lo indicado en el artículo 6 del RSEIA. Lo anterior, responde a que el área de influencia presentado en proyecto, se desarrolla en su totalidad en la ciudad de Santiago, considerada como la urbe más densificada y urbanizada de Chile. En términos ecológicos, se establece que las ciudades corresponden a una matriz urbana donde se ha realizado un desplazamiento de las condiciones naturales originales, para dar paso a la construcción de una ciudad. Producto de lo anterior, el ensamblaje faunístico del sector permitiría sólo el desarrollo de especies que no son especialistas de hábitat y que por lo tanto, su conservación no se encontraría amenazada en la actualidad, sin ser consideradas como recursos escasos, únicos o representativos.

126. Camila Marambio Fernández

a. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida, que reside no solo en nosotros, reside en 70 años desde los fundadores que optan por vivir de una manera, protegidos por el cerro San Cristobal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa, mirando los cerros de Huechuraba para saber si llovía o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago. Un oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

b. Es importante mencionar que nuestro barrio se encuentra en los faldeos del cerro San Cristóbal y próximo al Cerro Blanco, por lo que nuestra población tiene abundante 527 vegetación y se genera un microclima, con condiciones muy particulares para habitar. Las características biogeográficas del territorio donde se encuentra la población, permiten un clima privilegiado en comparación a otros sectores de la ciudad, es un barrio muy tranquilo, la vegetación arbórea amortigua el ruido y las temperaturas extremas que genera la ciudad, y en particular, gran valor tiene para nosotros la abundante avifauna, insectos y reptiles que existen en el barrio. En nuestra población es posible convivir con abundantes abejas chilenas, abejorros y lagartijas, que habitan gracias a las condiciones vegetacionales que hay, todas especies que sabemos el valor ecológico que tienen, y que es interés de vuestro servicio preservar.

c. Es mucha preocupación la posible contaminación de las napas subterráneas, teniendo como antecedentes que en el lugar donde se quiere construir funcionaba una piscina, donde la gran parte de la población asistía. Junto a la piscina hay un pozo, que fue construido por un ingeniero vecino del barrio, con un permiso municipal para hacerlo, que consta en los documentos de la antigua Municipalidad de Conchalí. Este pozo permitía extraer agua a muy poca profundidad, menos de 5 metros, para abastecer la piscina y regar los jardines, todos los vecinos somos testigos de que eso sucedía, y el titular dice que las perforaciones no encontraron agua a 30 metros, lo que nos parece una falacia y que el titular manipula y miente en la información entregada, en toda la cuenca de Santiago es posible el alumbramiento de agua a muy poca profundidad. Y si se considera que los subterráneos llegaran a una profundidad de 7 metros, apenas comiencen las excavaciones se generara el alumbramiento de aguas subterráneas con todas las consecuencias ambientales, que además la DGA advierte en su pronunciamiento y el titular no aborda de manera adecuada. De hecho, no adjunta todos los antecedentes que se solicitan. El titular no dice nada sobre el pozo existente en el predio, y la posible contaminación de las aguas al construir, además sus sondajes son del 2014, y la DIA se presentó en diciembre de 2016, por lo que no es información actualizada, y estos sondajes los realiza sólo en uno de los predios, y debería hacerlo en los dos, sobre todo junto a la piscina, donde se encontraba el pozo para sacar agua. Además, basa su conclusión sobre el nivel freático en una publicación de 1978, una publicación de hace 40 años atrás, es irresponsable y falta a la información fidedigna del proyecto argumentar de esa forma, por lo que claramente la evaluación de impacto en esta materia ha sido mal realizada. Se solicita al titular que se pronuncié sobre todo lo antes expuesto, que garantice información fidedigna, que entregue antecedentes reales que permitan descartar los impactos significativos en la materia, según lo establecido en el art. 6 del RSEIA, y que argumente científicamente como evitará el daño ambiental por contaminación y/o alteración de los niveles freáticos en el sector.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto a) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una 528 microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto.

Respecto del punto b) de la observación, relacionada al análisis del Artículo 7, literal d), se informa que la evaluación ambiental del proyecto ha sido realizada en conformidad a la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Inmobiliarios que se Desarrollen en Zonas Urbanas (2017), a fin de descartar la presencia de potenciales impactos significativos relacionados al Artículo 7, letra d) del RSEIA.

Los antecedentes presentados en el punto 6.1.1 del Estudio de Medio Humano adjunto en el Anexo 6 de la DIA señalan que, “el sector donde se planea la construcción del Proyecto corresponde a un antiguo estadio deportivo adquirido por el Titular. Cabe señalar que dicho lugar se encontraba en desuso desde el año 2014 y que actualmente el predio está deshabilitado y no se evidencia presencia de residentes permanentes ni intermitentes. Por lo cual en el sitio donde se emplazará el Proyecto no existen grupos humanos ni personas las cuales puedan ser impactadas significativamente ni ser propensas a reasentamiento por parte del Proyecto.”

A partir de los antecedentes presentados se descarta que el Proyecto pueda generar impacto significativo según lo estipulado en el Artículo 7 del RSEIA respecto a reasentamiento de grupos humanos, además de alteración de sistemas de vida, específicamente según el literal d).

Respecto del punto c) de la observación, el sondaje realizado al interior del predio se realizó de acuerdo a normativa internacional y su ejecución está avalada por las normativas chilenas vigentes, por lo que los resultados obtenidos son fidedignos y no pueden ser manipulados ni alterados. El hecho que el sondaje se ejecutará en el año 2014 no le resta validez a sus resultados puesto que tanto el suelo como la napa freática no varían en lapsus cortos de tiempo.

La normativa sísmica NCh433 actualizada con el DS 61 del año 2011 exige la realización de un sondaje geotécnico y un estudio geofísico en una unidad de suelo para determinar su clasificación sísmica, estos dos ensayos son suficientes para todo el área del predio.

En toda la cuenca de Santiago es posible encontrar bolsones de agua que corresponden a aguas retenidas en estratos de suelos finos impermeables. Estas “napas colgadas” NO corresponden a nivel freático por lo que interactúan con acuíferos. Corresponde a aguas lluvias, de riego o pérdidas de servicio, y si al excavar son interceptadas son fácilmente desviadas o agotadas mediante bombas, lo que no influye en el comportamiento de los suelos vecinos.

La publicación a la que hace referencia la consulta ciudadana “Boletín N° 33: Suelo de Fundación del Gran Santiago” es un documento utilizado por todos los ingenieros geotécnicos que realizan estudios en la Región Metropolitana y los antecedentes que allí se entregan son válidos a lo largo del tiempo. Respecto a la napa freática existente variaciones a lo largo del tiempo y en general se recomiendan, para efectos de diseño, fluctuaciones de ascenso y descenso no mayores a 5 m. sin embargo las evidencias empíricas han demostrado que por uso de tipo industrial el nivel freático ha tenido descensos a lo largo del tiempo.

Adicional a todo lo anterior se realizó una medición del nivel freático en el pozo existente en el terreno (ver Anexo 5.4) que llegó a los 68,5 metros de profundidad y que no encontró el nivel freático a ese nivel.

Si bien no se considera probable una afloramiento de napa, en caso de que ocurra una Emergencia y/o Contingencia se procederá de la manera presentada en la “Situación de emergencia: Alumbramiento de napa freática” que se encuentra detallada en el numeral 2.28 del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA.

127. Mónica Mabel Fernández Pessoa

a. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida, que reside no solo en nosotros, reside en 70 años desde los fundadores que optan por vivir de una manera, protegidos por el cerro San Cristobal, viendo 529 pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa, mirando los cerros de Huechuraba para saber si llovía o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago. Un oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

b. En la planimetría presentada por el titular, es posible observar que uno de los ductos de ventilación de los estacionamientos subterráneos se encuentra justo en el deslinde de la propiedad de uno de los vecinos de la población, en calle Ricardo Lemus. Este ducto de ventilación será un foco permanente de emisión de contaminantes, con altos niveles de concentración y que afectará directamente al predio del vecino y a la población. El titular nada habla de las medidas de mitigación para ello, cómo evitará la contaminación en este punto, cuál será el monitoreo y control que hará en este punto para mantener las emisiones dentro de la norma, y garantizar que no se estén generando los impactos significativos en los términos que indica el Art. 5 del RSEIA.

c. En el predio donde se pretenden construir los edificios existía abundante vegetación, que rodeaba la piscina, las áreas verdes y de descanso, y generaba una gran sombra y refugio para las aves del barrio. Estas áreas existían hasta el momento en que el titular presentó su proyecto al SEIA, una vez ingresado y después que como vecinos solicitamos el proceso de Participación Ciudadana, el titular cortó toda la vegetación, sin siquiera informar de su existencia en la DIA, ni dar espacio para conocer qué especies eran, si tenían algún valor ambiental, o si había alguna especie en categoría de conservación. Cortó toda la vegetación a pesar de estar dentro del proceso de evaluación ambiental, en el cual una de las dimensiones que se evalúa es justamente la vegetación, esta situación es posible comprobarla si se compara las imágenes de Google Earth con la situación actual. Al respecto, el titular puede justificar que el contar con un permiso de edificación le permite cortar la vegetación y hacer acciones de despeje, pero eso no es así, pues el permiso de edificación es del lote A y la vegetación cortada es del lote B. Es un reflejo del mal actuar del titular, de muy mala fe y por sobre todo preocupado sólo de su proyecto, sin considerar todo el daño que puede provocar. Se solicita que el titular aclare esta situación, entregue los antecedentes que justifiquen que no hay daño ambiental, ni que no actuó tratando de modificar la situación de base para disminuir los impactos que generará su proyecto, y que esta acción no genera los impactos significativos en los términos indicados por el art. 6 del RSEIA.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto a) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por 530 cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto.

Respecto del punto b) de la observación, se debe aclarar que el proyecto no cuenta con ductos, sino que presenta una zona con la ventilación natural del subterráneo. Por otro lado, ninguna de las ventilaciones de los estacionamientos subterráneos se encuentra colindante a la calle Ricardo Lemus. Se debe aclarar que lo observado en la planimetría del subterráneo, corresponde al zoom aplicado a la salida de ventilación para que se puedan observar los detalles. Además, dicha ventilación se encuentra a 23 metros del deslinde del proyecto.

Respecto del punto c) de la observación, se debe señalar que la eliminación de malezas y el despeje del terreno se realizó por una solicitud de los vecinos para eliminar la presencia de ratones, y junto a lo anterior, dar cumplimiento a requerimientos de la SEREMI de Salud, de manera de evitar la proliferación de vectores.

No obstante lo anterior, se debe destacar que los árboles no fueron eliminados, sólo se realizó la limpieza del terreno de los arbustos secos, realizándose solo un trabajo de despeje y limpieza.

A mayor abundamiento, se debe indicar que en el predio existía vegetación introducida y de carácter ornamental, la cual no requiere permiso para su corta y que no cumplen con ninguno de los impactos a lo que se refiere el artículo 6 del Reglamento del SEIA, toda vez que no había vegetación nativa en categoría de conservación, así como tampoco recursos naturales únicos, representativos o escasos.

128. Elsa Amelia Pessoa Soto

a. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida, que reside no solo en nosotros, reside en 70 años desde los fundadores que optan por vivir de una manera, protegidos por el cerro San Cristobal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa, mirando los cerros de Huechuraba para saber si llovía o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago. Un Oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

b. En relación a las rutas de circulación de los vehículos informadas, se indica que los vehículos que vienen desde el norte, por El Salto, para poder ingresar al predio de los edificios giraran en "u" tanto en Celia Coloma como en conjunto armónico Desiderio Lemus, situación que no es posible, porque no está permitido doblar en "u" en Avenida Perú, porque frente a Desiderio Lemus no hay continuidad de calle, hay un bandejón central con áreas verdes y ciclovías actualmente en construcción, y porque en Celia Coloma, el radio de giro existente no permite hacer la manobra indicada, los vehículos tendrían que doblar en segunda fila, cometiendo una infracción, y menos es posible para los vehículos mayores, camiones y maquinaria pesada. A toda esta situación se le debe sumar que el bandejón central cuenta con una ciclovía, y un alto tráfico de bicicletas, en ambos sentidos y que se verán en situación de riesgo, con todo el tráfico que generará el proyecto, tanto en fase construcción como de ejecución. Se solicita al titular que explique qué solución generará para esta situación, cómo evitara los accidentes y garantizará que la circulación de los vehículos no es a costa de infracciones de tránsito y de la seguridad vial del sector, y que todo lo antes expuesto no implica la generación de impactos significativos en los términos indicados por el literal b) del art. 7 del RSEIA, que habla específicamente de la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento, se solicita entregar todos los antecedentes que permitan descartar impactos en estos términos.

c. En la exposición del proyecto, el titular se comprometió a que no entraría en la población con los camiones, para acceder al predio, dado que no puede girar en Av. Perú, sólo le queda la alternativa de Dominica, lo que implica que debe sumar todo Av. Perú como parte de su área de influencia de impacto vial, al respecto se solicita que explique cómo evitará el ingreso de camiones, y los antecedentes que argumenten la no generación de impactos significativos en los términos indicados por el literal b) del art. 7 del RSEIA.

531 Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto a) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto.

Respecto del punto b) de la observación, para evitar la situación indicada en la observación, se ha decido actualizar las rutas a utilizar durante la Fase de Construcción del Proyecto. Por lo tanto, la calle a utilizar por los vehículos que transitan desde el Norte será por Av. Perú, Vuelta en U en calle Rapa Nui y luego tomar nuevamente Av. Perú y los camiones que salgan del proyecto hacia el centro será por calle Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Puma, María Graham y luego tomaran nuevamente Av. Perú.

Cabe destacar, que dicha calle no será modificada por el bandejón central y cuenta con el radio de giro necesario para el volteo de los camiones.

Además, durante la Fase de Construcción del Proyecto se contará con todas las medidas de seguridad vial necesarias para resguardar la seguridad de peatones, ciclistas y vehículos que circulan por la vía, además se contempla implementar medidas que permitan la libre circulación, tales como: • Señalizaciones de transito reglamentarias e informativa, señales de advertencia de peligros de las obras, la que se mantendrán día y noche. • Bandereros durante la operación de vehículos de carga. • Barreras, mallas de protección, restricción de estacionamiento de camiones en la vía pública, y dispositivos de seguridad para proteger a los peatones durante todo el periodo que duren las obras.

Por otro lado, el titular se compromete a que los camiones queden estacionados al interior de la obra, de manera de no causar los atochamientos y eventuales accidentes que le preocupan a la comunidad.

La vida en comunidad de la Villa Lemus no se verá afectada por la construcción del Proyecto, ni se generarán los efectos indicados en la letra b del artículo 7 del Reglamento del SEIA, ya que el proyecto se desarrolla al interior de un sector ya cercado por el que no circulan personas ni da conectividad a otros sectores.

Para la etapa de operación, adicional al EISTU se realizó un estudio que evalúa los tiempos de desplazamiento y que concluye indicando que se producirá una disminución en los parámetros de congestión en ambos períodos al incorporar el proyecto, indicadores que se mejoran en la situación 532 con proyecto y mitigaciones, estableciendo que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, con lo que es posible descartar que en términos viales el proyecto pueda generar los efectos de la letra b) del artículo 7 del reglamento del SEIA.

Respecto del punto c) de la observación, el Titular presenta una actualización de las rutas a utilizar durante la Fase de Construcción del Proyecto. Por lo tanto, la calle a utilizar por los vehículos que transitan desde el Norte será por Av. Perú, Vuelta en U en calle Rapa Nui y luego tomar nuevamente Av. Perú y los camiones que salgan del proyecto hacia el centro será por calle Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Puma, María Graham y luego tomaran nuevamente Av. Perú.

Cabe destacar, que dicha calle no será modificada por el bandejón central y cuenta con el radio de giro necesario para el volteo de los camiones. Por lo tanto, los vehículos a utilizar durante la fase de construcción no harán ingreso a la Población Lemus. Además, esto quedará establecido en el contrato de prestación de los servicios.

Durante la Fase de Construcción del Proyecto se contará con todas las medidas de seguridad vial necesarias para resguardar la seguridad de peatones, ciclistas y vehículos que circulan por la vía, además se contempla implementar medidas que permitan la libre circulación, tales como: • Señalizaciones de transito reglamentarias e informativa, señales de advertencia de peligros de las obras, la que se mantendrán día y noche. • Bandereros durante la operación de vehículos de carga. • Barreras, mallas de protección, restricción de estacionamiento de camiones en la vía pública, y dispositivos de seguridad para proteger a los peatones durante todo el periodo que duren las obras.

Por otro lado, el titular se compromete a que los camiones queden estacionados al interior de la obra, de manera de no causar los atochamientos y eventuales accidentes que le preocupan a la comunidad.

Por lo anterior, se prevé que la vida en comunidad de la Villa Lemus no se verá afectada por la construcción del Proyecto, ni se generarán los efectos indicados en la letra b del artículo 7 del Reglamento del SEIA, ya que el proyecto se desarrolla al interior de un sector ya cercado por el que no circulan personas ni da conectividad a otros sectores.

129. Oscar Matías Benavente Zolezzi

  1. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida que reside no sólo en nosotros, reside hace 70 años en los fundadores que optan por vivir de esta manera; protegidos por el Cerro San Cristóbal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa; mirando lo cerros de Huechuraba para saber si va a llover o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago, como un oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

  2. Se solicita que se informe claramente y de manera didáctica para que todos los vecinos comprendamos, cuantos camiones circularán al día durante la etapa de construcción, cada cuanto tiempo ingresarán o saldrán del predio y por la población, o en las calles aledañas, cuanto aumentará el tráfico vehicular en el sector, qué tipo de camiones, cuantas son las emisiones que generarán en la población, y cuánto tiempo durará toda esta etapa. Se solicita que se evalué la magnitud de este impacto, y que descarte la generación de impactos significativos en los términos indicados por el literal b) del art. 7 del RSEIA.

  3. Se solicita que se explique claramente cuáles serán las medidas de seguridad vial dentro de la población para que los niños que juegan libremente, y la circulación de las personas que transitan por las calles de la población, no se vea afectada, ni suceda ningún accidente.

Evaluación técnica de la observación:

533 Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto 1) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto.

Respecto del punto 2) de la observación, se debe señalar que:

a) La cantidad de camiones que circularán al día durante la etapa de construcción y el tipo de camiones, a continuación, es presento en la Tabla 2 “Frecuencia de camiones asociados a la fase de construcción” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA.

b) El titular del proyecto, ha adquirido el compromiso ambiental voluntario que establece que todo tránsito de vehículos de carga de material y vehículos de escombros a realizar durante la fase de construcción será por fuera de la Villa Lemus, lo cual quedará estipulado en el contrato de prestación de los servicios y se deja expresamente considerado y detallado en el Compromiso Ambiental Voluntario presentado en el numeral 10.1.8 del Informe Consolidado de Evaluación “Compromiso ambiental voluntario Tránsito de vehículos, durante la construcción, fuera de la Población Lemus”. Respecto de la frecuencia estimada de camiones que ingresarán y saldrán de la obra cada se estima en 8 vehículos por hora por Avenida Perú.

c) De acuerdo a la metodología utilizada en el presente proyecto, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en el marco del análisis del EISTU, durante los horarios punta de un día laboral, es decir: entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00. De acuerdo a los flujos obtenidos para la intersección de Av. Perú con Arzobispo Valdivieso presentados en las figuras contenidas en el literal c) del numeral 1.4 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria, es posible señalar que según éstas mediciones, el flujo que circularía frente al proyecto en período punta mañana es de 1.127 VEQ/hr y en punta tarde 891 VEQ/hr. Respecto del aumento de tráfico, tal como se ha indicado, se estima que en promedio aumentará en 8 camiones por hora (4 de ingreso y 4 de egreso) más vehículos livianos (no más de 10 diarios), todos los cuales circularán por fuera de la Población Lemus.

d) Según lo señalado en la Guía para la Estimación de Emisiones Atmosféricas de Proyectos Inmobiliarios para la Región Metropolitana de la SEREMI de Medio Ambiente, durante la Fase de Construcción del proyecto, se generarían emisiones directas, es decir, las que se emitirían dentro del predio o terreno donde se desarrolle la actividad y las emisiones indirectas, tales como, las asociadas al aumento del transporte producto de la nueva actividad. Las emisiones desagregadas anualmente según lo indicado en el cronograma para 534 la fase de construcción, y haciendo la distinción de las actividades (directas e indirectas) son presentadas en la Tabla 3 “Resumen de emisiones totales en fase de construcción” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA.

e) La duración estimada de las actividades más importantes a realizar durante cada una de las etapas: Etapa 1: • Demolición: 2 meses • Excavación: 2 meses • Obra gruesa: 10 meses • Terminaciones: 12 meses

Etapa 2: • Excavación: 2 meses • Obra gruesa: 10 meses • Terminaciones: 12 meses

De acuerdo al artículo 98 del PPDA (D.S. N°66/2009) y según lo presentado en el informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas (Anexo 3 de la Adenda Complementaria), el Proyecto no supera los límites permitidos para emisiones atmosféricas. Lo anterior, se corroboraría según los datos presentados en la Tabla 4 “Emisiones Atmosféricas Totales del Proyecto” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA.

A modo de minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante su fase de construcción, se consideran las siguientes medidas que el Titular se ha comprometido a materializar: • Humectación: Según la letra a) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se humectarán las áreas de movimientos de tierra y vía de circulación interna de acuerdo a los requerimientos en terreno, contemplándose un mínimo de 2 veces al día durante el periodo que duren las excavaciones. La fuente de agua provendrá de un arranque de agua potable en la obra o en su defecto por medio de camión aljibe que posea las autorizaciones y permisos correspondientes, se mantendrá registro en obra por medio de boletas o facturas. • Camiones encarpados: Según la letra c) del artículo 5.8.3 de la OGUC, el transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver Figura 6). • Estabilización y compactación de caminos: Según la letra b) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículo por el periodo correspondiente (tiempo en que duren las excavaciones). • Cierre perimetral en los deslindes: Según la letra g) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se construirá cierre perimetral en los deslindes del proyecto con mallas tipo raschel, el cual será mantenido en buen estado. La finalidad de este cierre es evitar la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área del proyecto y sectores circundantes. Los cierres podrán ser reemplazados por los paneles OSB con fines acústicos, adicionándoles 50 cm por sobre el nivel con malla raschel. (Ver ejemplo en Figura 4 “Cierre Perimetral” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA). • No se realizarán quemas: Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros combustibles al interior de la obra. • Limpiar ruedas: Según la letra d) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se limpiarán las ruedas de los vehículos del barro adherido previo al abandono de ellos de la zona de faenas, es decir, a la salida de la obra dando cumplimiento al artículo 5.8.3 de la OGUC. • Revisión técnica y mantenciones al día: En cuanto a la emisión de gases, se exigirá a los contratistas mantener los vehículos con revisión técnica y mantenciones al día, manteniendo el registro en obra.

Respecto del punto 3) de la observación, el titular se comprometió a que durante la construcción del proyecto se contará con todas las medidas de seguridad vial necesarias para resguardar la seguridad de peatones y vehículos que circulan por la vía, además de implementar medidas que permitan la libre circulación de los peatones y residentes del sector, tales como: • Señalizaciones de transito reglamentarias e informativa, señales de advertencia de peligros de las obras, la que se mantendrán día y noche. 535 • Bandereros durante la operación de vehículos de carga. • Barreras, mallas de protección, restricción de estacionamiento de camiones en la vía pública, y dispositivos de seguridad para proteger a los peatones durante todo el periodo que duren las obras.

En cuanto a las vías que serán utilizadas por los vehículos y maquinarias, éstas se pueden ver en la Tabla 95 del Anexo PAC de la Adenda (Ver, Tabla 95 Rutas del Proyecto durante la Fase de Construcción).

Es importante señalar que durante el período de construcción quedará estipulado en el contrato de prestación de los servicios que no circularán los camiones por el interior de la Población Lemus. Por lo tanto, la calle a utilizar por los vehículos que transitan desde el Norte será por Av. Perú, Vuelta en U en calle Rapa Nui y luego tomar nuevamente Av. Perú y los camiones que salgan del proyecto hacia el centro será por calle Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Puma, María Graham y luego tomaran nuevamente Av. Perú.

En el Anexo 3 de la Adenda Complementaria, se presentan las rutas a utilizar por los vehículos durante la Fase de Construcción del Proyecto.

Respecto de la operación, durante la tramitación del EISTU se estableció señalética que el proyecto debe instalar y mejorar.

130. Eugenio Andrés Lanas González

  1. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida que reside no sólo en nosotros, reside hace 70 años en los fundadores que optan por vivir de esta manera; protegidos por el Cerro San Cristóbal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa; mirando lo cerros de Huechuraba para saber si va a llover o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago, como un oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

  2. En relación al ruido que generará el proyecto, tanto en su etapa de construcción como de operación, los estudios realizados no hacen mención al nivel base de ruido de la población, que es bajísimo, entre los 30 y 40 decibeles, por lo que el uso de maquinaria o vehículos pesados generará fácilmente un impacto altísimo en la población y en las aves que conviven aquí, por lo que la evalación no sólo debe medir la superación de la norma, sino que además cuál es el ruido que se suma al existente. No es lo mismo si el ruido base es 30 y la norma es 60 a que si el nivel base es 50. Al ser un nivel base menor, el impacto en nuestra salud es mayor, porque nosostros no estamos acostumbrados a niveles de ruidos alto, nosotros vivimos en silencio y con mucha tranquilidad, por lo que exigimos que la evaluación se haga considerando ello. Por otro lado, no corresponde que se haga la evaluación por emisores indepedientes. Se debe hacer con los emisores funcionando simutáneamente porque en una construcción nunca funciona una sola maquinaria, siempre hay más de una además de los martillos y de otras herramientas menores que también hacen ruido, por lo que exijimos que se considere el impaco sinárgico en el ámbito del ruido de la población y que se entreguen todos los antecedentes que descarten todos los impactos significativos en la salud en los términos de lo indicado por el artículo 5 del RSEIA. Sumado a lo anterior, ¿qué pasará en el año en que se pretende trabajar en los dos predios a la vez, cuando haya un traslape en la etapa de la construcción? ¿Y qué pasará con todo el ruido que se generará en la etapa de construcción con 427 vehículos circulando en el sector, que hoy no lo hacen y son cerca de 2000 personas realizando sus actividades en un lugar donde actualmente vive menor cantidad de habitantes en esa? ¿Cómo pretenden lograr que las barreras de ruido mpida generar contaminación acústica en la población? La solución es no hacer ruido, no tratar de taparlo, menos con un panel de madera y plástico. Es una falta de respeto y atropello a los derechos de las personas y a nuestra calidad de vida. Finalmente, el titular habla en reiteradas oportunidades sbre las medidas de mitigación que se implementarán para la emisión de ruido, eso signifca que el impacto de este es alto, significativo, ¿se asume en los cálculos de de impacto de significancia según lo indicado en el artículo 5 del 536 RSEIA? Por lo que debe compensar y mitigar y por lo tanto estamos hablando de que el proyecto debería haber ingresado como un EIA y no como una DIA

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto 1) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto.

Respecto del punto 2) de la observación: a) Nivel base de Ruido existente en la población o línea base de Ruido. La Normativa vigente de ruido distingue en su aplicación entre zonas urbanas y zonas rurales. Tratándose de zonas rurales efectivamente corresponde tomar en cuenta el nivel de ruido actual para establecer los límites de ruido, permitiéndose a un proyecto emitir hasta 10 dB más que el nivel de ruido de fondo con un techo de 65 dB en horario diurno (equivalente a Zona III). Para zonas urbanas, como en este caso, los límites máximos están expresamente definidos por la normativa vigente, siendo 60 dB el estándar a cumplir para el proyecto en todos los receptores evaluados en el entorno. Sin perjuicio de lo anterior, solamente de manera referencial, el Estudio Acústico presentado en el Anexo 5 de la DIA contempló una visita a terreno y un levantamiento del nivel de ruido de fondo que da cuenta del ambiente actual en horario diurno en dichos puntos receptores, constatando niveles entre 46 y 70 dB en los distintos receptores tal como se señaló en el punto 5.1 del citado Estudio Acústico. Efectivamente en los puntos al interior de la citada población se registraron los menores niveles, pero en ningún caso por debajo de 46 dB como promedio. En el Anexo A del Anexo PAC de la Adenda complementaria se aportan mayores antecedentes de dichas mediciones referenciales.

b) Evaluación de Impacto en la Salud de los habitantes del entorno del proyecto. En el Anexo 6 de la Adenda de la DIA, se presentó la última versión del Estudio Acústico en el cual se acredita mediante modelaciones de ruido, el cumplimiento normativo del D.S. Nº 38/11 del MMA. “Norma de Emisión de Ruido Generados por Fuentes Que indica”. Este decreto se basa en la salud de la población y recoge los niveles recomendados al efecto por la organización Mundial de la Salud (OMS), por cuanto acreditar su cumplimiento, es la única forma objetiva, legal y vigente que posee un proyecto para acreditar que no generará efectos en la salud de la población.

c) Cantidad de maquinaria considerada para la evaluación y escenarios de modelación. 537 Es pertinente aclarar a la comunidad, que no es efectivo lo señalado en la observación toda vez que, tal como se señala en el Estudio Acústico presentado en el Anexo 5 de la DIA y actualizado en el Anexo 6 de la Adenda de la DIA, el escenario de modelación para todas las actividades de la fase de construcción (Demolición, Excavación, Obra Gruesa y Terminaciones) considera el funcionamiento simultáneo de todas las máquinas que componen dichas obras, detalladas en las tablas 4, 5 y 7, en los sectores más cercanos a cada uno de los receptores evaluados. Dado lo anterior, es posible garantizar que los resultados obtenidos son representativos de la situación más desfavorable. Así mismo, es importante notar que uno de los escenarios evaluados (presentado en la Tabla 36 del Estudio Acústico) considera justamente aquel momento en que los trabajos de terminaciones y obra gruesa de la Etapa 1 se superponen con las actividades de excavación de la Etapa 2, acuerdo con el cronograma del proyecto. Por lo tanto esta situación también se encuentra cubierta en el referido estudio Acústico, habiéndose demostrado el cumplimiento respectivo.

d) Medidas de control incorporadas por el proyecto. El proyecto presenta una evaluación inicial a modo de memoria de cálculo cuya utilidad está relacionada con el dimensionamiento de las medidas de control de ruido que éste incorporará como parte de su diseño. Por lo anterior, tanto las barreras acústicas perimetrales como todas las medidas descritas son acciones y elementos que forman parte de los compromisos ambientales del proyecto y que serán implementadas desde el inicio de la fase de construcción, por lo que en rigor, los potenciales impactos que motivan dichas medidas de control, en la práctica no se producirán. Es importante mencionar que las barreras acústicas planteadas son de uso común en todas las obras de construcción que se ejecutan actualmente en la comuna de Recoleta y en todas la Región metropolitana, y su efectividad ha sido demostrada mediante cálculos teóricos y validada por la autoridad competente.

131. Karina Carolina Faúndez Alvarez

  1. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida que reside no sólo en nosotros, reside hace 70 años en los fundadores que optan por vivir de esta manera; protegidos por el Cerro San Cristóbal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa; mirando lo cerros de Huechuraba para saber si va a llover o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago, como un oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

  2. El proyecto adolece profundamente de coherencia entre los diversos instrumentos normativos que presenta. Existen importantes diferencias entre el proyecto que se presenta al SEIA, el proyecto que tiene permiso de edificación, que es sólo la mitad del proyecto, y todos los antecedentes entregados en el EISTU. Cómo es posible que se pretenda aprobar un proyecto ambientalmente que es totalmente diferente al entregado a la DOM. Esto es un claro indicador del negligente trabajo que realiza el titular, y que ha sido parte del comportamiento al borde de la ley en otras comunas de la región, generando profundo daños al medio ambiente y a la calidad de vida de las personas que viven junto a los proyectos. El proyecto y sus impactos que se ingresa al SEIA debe ser el mismo que se tramita en la DOM y debe ser el mismo del EISTU. No es posible que la ruta vehicular del EISTU sea diferente a la que se propone en la DIA. O que el número de departamentos, las dimensiones de las construcciones sean distintas en la DIA y el permiso de edificación. Se solicita que se haga un trabajo serio, no sólo pensando en el negocio del titular, sino que por sobre todo en la calidad de vida de las personas y el daño que generará en las personas, para eso existe el SEIA y toda la normativa ambiental del país, para resguardar los derechos fundamentales de las personas. En relación a los mismo y a la mala fe con la que actúa el titular, en algunos antecedentes que ingresa, hace referencia a un solo edificio, y en otros ingresa los dos edificios, según conveniencia habla de uno o dos, se solicita absoluta claridad y seriedad por parte del titular, y que entregue toda la información fidedigna, considerando siempre los dos edificios, y todos los impactos sinérgicos que generará la construcción de ambos edificios, considerando además que los beneficios a los que se quiere acoger como conjunto armónico deben ser bajo el cumplimiento de la norma, que actualmente no la cumple. Además, se solicita que sea claro en toda la normativa ambiental 538 que debe cumplir, y que considere que el cumplirla, no lo libera del SEIA, pues la evaluación ambiental tiene por objeto medir todos los impactos que generan los proyectos a pesar del cumplimiento de la normativa, y que debe hacerse cargo el titular de éstos, no terceros. Finalmente se solicita que se pronuncie sobre todo lo anterior, y sobre toda la inconsistencia que hay entre los distintos proyectos ingresados a la DOM. El titular hace mención a los anteproyectos aprobados el 2015, los cuales están vencidos; tiene un anteproyecto aprobado en enero del 2017, pero que es un proyecto totalmente distinto a los anteriores, y que no lo menciona, donde se establece claramente que el segundo lote es parte del mismo proyecto, y que se condiciona el permiso de edificación a la presentación y aprobación de un Estudio de Impacto Ambiental, y a la presentación de un EISTU, por lo que se solicita que aclare y entregue los antecedentes de porqué se presenta una DIA y no un EIA, que es lo indicado por el organismo con competencia ambiental, el Municipio de Recoleta. Además, sumado a todo lo anterior, se solicita que entregue todos los antecedentes que descartan los impactos significativos en los términos del art. 7 del RSEIA, dado que la presentación del EISTU no lo exime de ello, éste estudio es sólo para evaluar el impacto vial urbano del proyecto, en los tiempos de desplazamiento, pero no para evaluar los otros impactos mencionados en el citado artículo.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto 1) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto.

Respecto del punto 2) de la observación, se debe señalar que:

A. El proyecto presentado a evaluación ambiental al SEIA, contempla la construcción de dos edificios: 1. El Edificio Perú Plaza I cuenta con Permiso de Edificación N° 29, aprobado con fecha 25 de abril de 2016 y que fue modificado posteriormente por las resoluciones N° 27 de fecha 20 de mayo de 2016 y N° 32 de fecha 1 de junio de 2016, que forman parte integrante del Permiso de Edificación. 2. El Edificio Perú Plaza II cuenta con Permiso de Edificación N° 53 de 16 de octubre de 2017. Lo construido será lo indicado expresamente en los Permisos de Edificación de cada edificio, con sus correspondientes modificaciones y lo evaluado ambientalmente. Al considerar ambas etapas, se ha dado estricto cumplimiento a la normativa ambiental.

539 Respecto de si el proyecto debió ingresar por vía de Declaración de Impacto Ambiental (DIA) o por Estudio de Impacto Ambiental (EIA), la determinación del instrumento de ingreso está dada por la Ley 19.300 sobre Bases del Medio Ambiente, en virtud de la cual, solo deben ingresar por EIA aquellos proyectos que generen los impactos del artículo 11 de la Ley 19.300. A partir de las prospecciones y estudios realizados (emisiones atmosféricas, ruido y vibraciones, patrimonio arqueológico, factibilidad de servicios sanitarios, medio humano), es posible indicar que el proyecto no genera ninguno de los efectos, características y/o circunstancias señaladas en las letras a) a la f) del artículo 11 de la Ley 19.300, o en los artículos 5 al 10 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Dicho esto, el proyecto ingresó al SEIA como una DIA.

Cabe destacar además que el proyecto no contempla más edificios que estas dos etapas. Las características del proyecto se presentan en la Tabla 7 “Características del Proyecto” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA, y son las que corresponden con el EISTU aprobado.

B. El proyecto ha calculado las emisiones y sus rutas producto de las actividades de construcción, que no tienen relación con el EISTU del proyecto que modela la operación del proyecto. Cabe mencionar que, conforme a los estándares exigidos por la Guía para la Estimación de Emisiones de Proyectos Inmobiliarios para la Región Metropolitana de la SEREMI de Medio Ambiente, al estar el proyecto dentro del anillo Américo Vespucio, no se requiere calcular las emisiones producto del tráfico de la operación del proyecto.

Por lo que, en el Anexo 3 de Estimación de Emisiones de la Adenda Complementaria del Proyecto se presentan los cálculos de emisiones a generar durante la fase de construcción del Proyecto y las emisiones generadas por el grupo generador y las calderas empleadas en la fase de operación.

Respecto a las emisiones atmosféricas, el proyecto no superará los límites indicados en el artículo 98 del Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica de Santiago (PPDA), tal como se demuestra en la Tabla 4 del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA. Además, como compromisos se contempla la implementación de cierres con planchas OSB y sobre esta se adicionará malla tipo raschel que cumplirán la doble función de retener material particulado y controlar las emisiones de ruido. Adicionalmente se han contemplado medidas como humectación de las áreas de movimiento de tierra, acopio de tierra y vías de circulación interna; se estabilizarán y compactarán las zonas de tránsito de maquinaria y vehículos; se prohibirá la quema de maderas u otro material al interior de la obra, entre otros.

En cuanto a las emisiones de ruido generadas durante la fase de construcción, cabe destacar que al implementar las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda (plancha OSB como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), los niveles estimados de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente. Para asegurar el cumplimiento de la normativa de referencia para las vibraciones se restringirá el uso de la placa compactadora, la cual no podrá operar a menos de 9 metros de los receptores R1, R2 y R3 (Ver Anexo 6 de la Adenda 1).

Por otro lado, en el Anexo 5.1 se presenta un estudio de microsimulación que permite estimar las velocidades vehiculares con y sin proyecto, que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, no generándose la condición que establece el artículo 7 respecto de aumentos significativos en tiempos de desplazamiento. Cabe mencionar que la micro simulación incluye las medidas de mitigación que resultan del EISTU.

Finalmente, en el Estudio de Medio Humano adjunto en el Anexo 6 de la DIA y en la respuesta 2.88 del Anexo PAC de la Adenda complementaria, se presentan los antecedentes que permiten descartar los efectos indicados en el artículo 7 del Reglamento del SEIA. (todos los estudios se consideró ambos edificios).

540 132. María Verónica Díaz Trujillo

  1. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida que reside no sólo en nosotros, reside hace 70 años en los fundadores que optan por vivir de esta manera; protegidos por el Cerro San Cristóbal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa; mirando lo cerros de Huechuraba para saber si va a llover o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago, como un oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

  2. Nos preocupa el alto volumen de residuos (áridos, escombros, industriales) que generará el proyecto durante la construcción, y como se manejará tanto la basura domiciliaria de más de 3000 personas (el número de habitantes no es claro, en algunos capítulos hablan de 1300 personas, y en los certificados de factibilidad de Aguas Andina habla de 1700 personas, sumando ambos edificios), y todas sus aguas residuales. El Titular no entrega antecedentes técnicas de la red de alcantarillado, sólo adjunta un certificado de factibilidad de Aguas Andinas, sin explicar en ninguna parte como se logrará que las aguas servidas del edificio se conecten al pequeño colector de 175 mm. que indica el certificado, que es insuficiente, considerando que los edificios de esas envergaduras necesitan colectores de al menos 200 mm., sobre todo en una avenida como lo es Av. Perú. Sumado, a que los antecedentes son insuficientes para tener la claridad que el abastecimiento de agua potable de los edificios no compromete el suministro para los vecinos de nuestra población. Sin considerar, que uno de los certificados venció el 08 de febrero de 2017, y que la solicitud de factibilidad se hace por los dos edificios separados, no considerándolos en su conjunto, y su efecto sinérgico, tanto la factibilidad técnica, como los impactos que generan a la red preexistente (es distinto el impacto de 261 deptos. y 1500 personas; al impacto de 483 deptos., 3200 personas). Sobre este punto, los vecinos de la Población Lemus tenemos una especial preocupación, dado que, por un lado, el titular presenta certificados de factibilidad de agua y alcantarillado de Aguas Andinas vencidos y no especificando el número de personas que habitarán, y por otro, el Titular no entrega antecedentes técnicos de la red de alcantarillado, ni los antecedentes suficientes para tener la claridad que el abastecimiento de agua potable de los edificios no comprometen el suministro para los vecinos de nuestra población. Al respecto, debemos indicar que como vecinos hemos investigado las planchetas de los colectores en el sector, y nos hemos encontrado con que el proyecto se tendrá que conectar con el viejo colector de Desiderio Lemus (dentro de nuestra población), construido el año 1959 en hormigón simple, que tiene un diámetro de 175 mm, cuya cola inicial sale a la Av. Perú , para recoger las casas de la población junto al estadio, por el cual se pretende evacuar las aguas servidas de los 483 departamentos de las torres en proyecto. No hay otro colector, hacia el norte de calle San Cristóbal y al oriente de la Av. Perú y Av. El Salto, no existe infraestructura de aguas servidas con capacidad suficiente para la alta densidad ocupacional que generaran estos edificios. En otros sectores de la comuna, con mayor densidad poblacional y de edificios, los colectores tienen un diámetro de 250 y 300 mm, para conectarse a una red mayor de 600 y 1000 mm. El titular no sólo no entrega estos antecedentes técnicos, sólo informa los 175 mm de diámetro que sale en el certificado de Aguas Andinas, sino que además no está considerando una obra vital para su proyecto, como lo es la conexión con la red de alcantarillado, y que además es parte de las tipologías secundarias de este. Por lo que la gravedad de la situación, además de nuestra preocupación por lo que sucederá cuando entre en funcionamiento esos edificios en un sector residencial que no tiene la capacidad de carga para aumentar en más del triple la población. Además, afectará todo el sector de Valdivieso hacia el interior y Av. México, por El Salto, hacia Vespucio, porque la pendiente sigue hacia allá, por lo que debe ser considerado en el área de influencia. El titular no tiene considerado estos aspectos, es negligente en sus cálculos y evaluaciones, y provocará el colapso de todo el sistema de agua potable y alcantarillado desde nuestra población hacia el norte. Se solicita pronunciarse sobre todo lo anterior, entregue los antecedentes que descartes todos esos impactos, y su significancia en los términos indicados por los art. 5 y 7 del RSEIA. Se solicita especial atención, si se toma en cuenta que el que Titular del proyecto indica en su Declaración de Impacto Ambiental, que el proyecto sólo se evalúa por la tipología de proyectos inmobiliarios, pero nada dice sobre las tipologías de los literales o), por ej. o.2) alcantarillado que se conecte a una red existente que atiende a más de 10.000 hab. (el proyecto se instala en un territorio donde ningún proyecto inmobiliario ha sido evaluado en el SEIA, por lo que no es posible saber el efecto sinérgico sobre la red de alcantarillado, la cual viene desde la comuna de Providencia, 541 trasladando las aguas residuales de mucho más de 10 mil hab.); o.7) sistemas de tratamientos de residuos industriales, y 1.5) sobre uso de grandes volúmenes de áridos.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

Respecto del punto 1) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto.

Respecto del punto 2) de la observación, el retiro y disposición final de los residuos a generar durante la fase de construcción del proyecto será provisto por empresas autorizadas ante la Autoridad Sanitaria para dichos fines. Además, estos serán retirados periódicamente, no generando grandes acumulaciones de residuos. Por ejemplo, los residuos sólidos domiciliarios serán retirados 3 veces a la semana, los escombros serán retirados según necesidad y los residuos de excavaciones serán retirados inmediatamente mediante el carguío directo en camiones, que apenas se llenen se irán al lugar destinado a la disposición de este material.

Por otro lado y según lo indicado en el acápite 1.4.1 de la DIA, la población estimada del proyecto para ambos edificios será del orden de 1.336 habitantes, lo cual concuerda con el proyecto de basura el cual a su vez debe ser aprobado por la Autoridad Sanitaria como etapa normal de uno proyecto de esta naturaleza. Es importante señalar que el retiro de la basura proveniente de los residentes del proyecto es de obligación de cada municipio, que para ello cobra por el servicio en conjunto con las contribuciones, por lo que el retiro serán los camiones municipales. Cabe destacar, que la factibilidad sanitaria indica un total de 1.723 habitantes, debido a que puede abarcar esa cantidad de personas. Sin embargo, la cantidad de habitantes reales son los 1.336 indicados en el proyecto de basura.

Se aclara que Aguas Andinas por medio de los Certificados N°008993 del 11/12/2017 y N°00885 del 06/12/2017 (ambos vigentes a la fecha), certifica que la propiedad ubicada en Av. Perú N°1471 y N°1479 contarán con servicio de agua potable y alcantarillado. Es relevante mencionar que esta empresa sanitaria al contar con la concesión sanitaria del sector se encuentra obligada a prestar el servicio de abastecimiento de agua potable, recolección y tratamiento de aguas servidas, siendo parte de la obligación de la concesión sanitaria proveer la infraestructura (redes, plantas, etc.) que requieren para ello. No obstante lo anterior, en virtud de las inquietudes manifestadas por la comunidad y en el afán de mejorar el proyecto, el titular gestionó la actualización del proyecto sanitario solicitando a Aguas Andinas la modificación de la descarga a otro colector evitando el paso por el interior de la población Lemus. Según los Certificados de Factibilidad Sanitaria 542 presentados en el Anexo 5.3, el punto de conexión será en la intersección de las Avenidas Perú y Arzobispo Valdivieso.

Cabe mencionar, que se realizarán excavaciones al interior del predio para realizar las conexiones de agua potable y alcantarillado a la red distribución existente, ya que cualquier modificación a éstas debe ser realizada por la empresa concesionaria del sector, que en este caso corresponde a Aguas Andinas.

Finalmente, se debe señalar que es obligación de la empresa sanitaria contar una red de abastecimiento para toda la población del sector y si correspondiera el ingreso al SEIA por modificaciones a la red de alcantarillado, como menciona el supuesto, esto no es de responsabilidad del titular de esta DIA, sino de la empresa que provee el servicio. Conforme a lo indicado, no es tipología secundaria de ingreso al SEIA de ninguna forma la letra o.2 del artículo 3º del Reglamento del SEIA, toda vez que las redes de alcantarillado y agua potable son de tuición de la empresa que posee concesión sanitaria, tal como lo ha establecido la legislación sanitaria vigente.

133. Sara Hidalgo

  1. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida, que reside no solo en nosotros, reside en 70 años desde los fundadores que optan por vivir de una manera, protegidos por el cerro San Cristóbal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa, mirando los cerros de Huechuraba para saber si llovía o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago. Un Oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

  2. Otro aspecto que es de nuestra preocupación es que en el pasado mes de diciembre (antes que el Titular ingresara su proyecto al SEIA), se inició en Av. Perú, frente a la localización del proyecto, la construcción de un bandejón áreas verdes y ciclovías, que continua el ya existente desde Santos Dumont hasta Valdivieso. Un proyecto con fondos regionales, muy esperado en la comuna, que es parte del Plan Maestro de Ciclovías para la RM del Gobierno Regional. El Titular no dice nada sobre este proyecto, y todos los aspectos técnicos relacionados con la circulación de los vehículos, las personas, y el tránsito en general fueron evaluados sin considerarlo. Lo que modifica radicalmente el funcionamiento de las vías (se reducen las vías actuales con el proyecto de los bandejones), es por esto que vemos con preocupación cómo afectara al tránsito de esta vía y a las calles interiores de nuestra población, el aumento significativo de automóviles que trae consigo este proyecto inmobiliario. Además, que el Titular indica que el ingreso al edificio es por calles que en la actualidad no es posible realizar giro ni retorno (bandejón Celia Coloma). Además, evaluar la significancia del impacto en los términos del art. 7 del RSEIA.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar y aclarar que:

Respecto del punto 1) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo 543 vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto.

Respecto del punto 2) de la observación, el EISTU aprobado mediante el oficio N°3960 del 11 de Mayo de 2017, incluye en su evaluación el bandejón central que se encuentra en construcción en la Avenida Perú mediante el diseño final que éste tendrá. Lo anterior fue motivo de consultas y modificaciones en el marco de la tramitación de este permiso sectorial.

Dada la utilización del diseño final del proyecto del bandejón en el EISTU, todos los flujos y las medidas adoptadas para que no se genere saturación en las vías (y por ende no aumenten significativamente los tiempos de desplazamiento) están contemplados, lo cual permite asegurar que el proyecto no generará aumentos significativos en los tiempos de desplazamiento de la población, no generando los efectos de la letra b) del artículo 7 del reglamento del SEIA, tal como se presenta en el Anexo 5.1, en donde se presenta una microsimulación de la red vial, que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas.

134. Claudia Ramos Aravena

a. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida, que reside no solo en nosotros, reside en 70 años desde los fundadores que optan por vivir de una manera, protegidos por el cerro San Cristobal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa, mirando los cerros de Huechuraba para saber si llovía o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago. Un oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

b. Medio Humano: Se solicita entregar antecedentes técnicos que permitan garantizar que en todas las etapas del proyecto no afectará de manera significativa el sistema de vida y costumbres del grupo humano ubicado en el área de influencia.

c. Medio Humano: se solicita entregar una evaluación sobre la relación del proyecto en su etapa de operación, sobre la oferta y demanda del equipamiento comunitario y de servicios que hoy se encuentra sobredemandado (matriculas colegio, consultorios y equipamiento comunitario).

d. Viabilidad y Accesos según tabla 1-10 ruta fases de construcción se señalan ruta de ida o regreso que no condicen con la nueva estructura vial de Av. Perú con la construcción y mejoramiento del parque av. Perú con ciclovía incluida que hace imposibles virajes y rutas mencionadas en esta tabla.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente.

Respecto del punto a) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del 544 proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto.

Respecto del punto b) de la observación, se informa que el titular realizó un estudio para descartar efectos significativos del proyecto en la calidad de vida de los grupos humanos al interior del área de influencia determinada para este fin, por el proyecto. El análisis fue realizado en base a los parámetros de reglamento del SEIA, el cual establece: “A objeto de evaluar la alteración significativa a los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos, se considerará la generación de efectos adversos significativos sobre la calidad de vida de éstos, en consideración a la duración o magnitud de cualquiera de las siguientes circunstancias: a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. c) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo.”

Para su evaluación, se consideraron los indicadores planteados en la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Inmobiliarios que se Desarrollen en Zonas Urbanas (2017), utilizando la información expuesta en el Anexo 6 de la DIA y complementaria.

En base a lo anterior es posible concluir que el Proyecto no generará impactos significativos en los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos del área de influencia, ni tampoco en la calidad de vida de éstos.

Respecto del punto c) de la observación, se informa que el Proyecto ofrecerá viviendas cuya superficie irá desde los 36 m2 a 54 m2. Lo anterior determina un valor de venta promedio de 2.770 UF. De esta manera, el perfil del comprador de estas viviendas estaría conformado principalmente por los grupos socioeconómicos medios C2.

• Equipamiento de salud

De acuerdo con los datos de la Encuesta Casen 2015, el acceso a establecimientos de salud de la población de Recoleta se distribuye de la siguiente manera:

Gráfico: Porcentaje de acceso a establecimientos de salud según tipo 545

A partir del gráfico presentado, se extrae que la mayoría de la población (62,6%) accede a establecimientos de salud público, seguido por atención en consultas y centros médicos privados (22,2%). Este comportamiento difiere del comportamiento de la población del área de influencia, ya que según la información de entrevistados expuesta en el punto 5.5.2 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA “la mayoría de la población se encuentra afiliada al sistema previsional Fonasa y en menor medida a Isapres. Por lo general son los adultos mayores e inmigrantes quienes, por razones económicas, acceden a la red de establecimientos públicos, específicamente al CESFAM Dr. Patricio Hevia (Valdivieso) y CESFAM Recoleta, mientras que la población adulta y jóvenes acceden a centros privados en el sector centro y oriente de la ciudad.” (p. 48)”

Considerando el perfil socioeconómico estimado de los futuros residentes del Proyecto, estos contarán mayoritariamente con afiliación a sistema FONASA y en menor medida ISAPRE, accediendo a atención de salud en centros privados, sin recurrir a los centros de salud públicos, específicamente a los CESFAM que corresponden al territorio.

En cuanto a la oferta de centros de salud privados, el área de influencia se encuentra próxima a 5 establecimientos, sin superar los 3,2 km. de distancia.

De esta manera se concluye:

- Según el perfil socioeconómico que se estima corresponderán los futuros residentes del Proyecto, contarán mayoritariamente con sistema de afiliación FONASA, por lo que podrán acceder a establecimientos de salud privados. Respecto a la oferta de equipamiento, a no más de 3,2 kilómetros de distancia respecto al área del Proyecto se encuentran 5 establecimientos cercanos. Lo anterior indica que los habitantes del proyecto inmobiliario no colapsarán el Consultorio Valdivieso (Patricio Hevia).

• Equipamiento educacional

De acuerdo con los datos de la Encuesta Casen 2015, el acceso a establecimientos educacionales de la población de la comuna de Recoleta se divide en la siguiente manera:

Gráfico 10: Comuna de establecimiento educacional al cual accede la población de Recoleta

546

Como se observa en los datos, un 63% de la población de Recoleta accede a establecimientos educacionales en la misma comuna. En tabla 45 del Anexo PAC del Adenda Complementaria se presenta un listado pormenorizado de los establecimientos educacionales de la comuna.

La mayoría de los establecimientos disponibles en la comuna son de dependencia Particular Subvencionado y existen 1.566 matrículas vacantes.

Respecto a la demanda que generará el Proyecto, se utiliza la información disponible en el proyecto de sala de basura adjunto en el anexo 10 de la DIA, donde se estima que los departamentos de dos o más dormitorios estarían acondicionados para recibir un grupo familiar, por ende, población en edad escolar. Por cada uno de ellos se calcula según el indicador de INE (2010), donde durante el año 2008 cada mujer aportó 1,9 hijos/as en promedio.

Se estima que el Proyecto aportaría 648 residentes en edad escolar, de los cuales, considerando la tendencia que demuestra la Encuesta Casen 2015, el 63% accedería a equipamiento educacional de la comuna, es decir 408 estudiantes.

De esta manera se concluye:

- Se estima que el Proyecto aportará 648 residentes en edad escolar, de los cuales 408 buscarán acceder a establecimientos en Recoleta. Como se indica en el punto 5.5.3 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA, en el área de influencia existen cuatro establecimientos educacionales, los cuales cuentan con 155 vacantes según curso de ingreso principal, los que podrían cubrir de manera parcial la demanda que se estima generaría el Proyecto. - En total la comuna cuenta con 1.566 vacantes según curso de ingreso, es decir, permite absorber la demanda que se estima generaría el Proyecto. - La mayoría de los establecimientos disponibles, tanto en el área de influencia como en la comuna, son de dependencia Particular Subvencionada, acorde a la preferencia del perfil socioeconómico (C2) que se estima corresponderá a los ocupantes del Proyecto. Respecto al tema de la basura de los edificios, se aclara que los Edificios Perú Plaza I-II cuentan con su Proyecto de Basura el cual de acuerdo a la normativa deberá estar debidamente aprobado por la Autoridad Sanitaria. Además, cabe destacar, que el retiro de los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios es obligación de la Municipalidad, conforme a la normativa vigente, la cual cobra por este servicio en conjunto con las contribuciones.

En relación al análisis del Artículo 7, literal d) respecto la dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los 547 sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo, se informa que la evaluación ambiental del proyecto ha sido realizada en conformidad a la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Inmobiliarios que se Desarrollen en Zonas Urbanas (2017), a fin de descartar la presencia de potenciales impactos significativos relacionados al Artículo 7, letra d) del RSEIA.

Los antecedentes presentados en el punto 6.1.1 del Estudio de Medio Humano adjunto en el Anexo 6 de la DIA señalan que, “el sector donde se planea la construcción del Proyecto corresponde a un antiguo estadio deportivo adquirido por el Titular. Cabe señalar que dicho lugar se encontraba en desuso desde el año 2014 y que actualmente el predio está deshabilitado y no se evidencia presencia de residentes permanentes ni intermitentes. Por lo cual en el sitio donde se emplazará el Proyecto no existen grupos humanos ni personas las cuales puedan ser impactadas significativamente ni ser propensas a reasentamiento por parte del Proyecto.”

A partir de los antecedentes presentados se descarta que el Proyecto pueda generar impacto significativo según lo estipulado en el Artículo 7 del RSEIA respecto a reasentamiento de grupos humanos, además de alteración de sistemas de vida, específicamente según el literal d).

Respecto del punto d) de la observación, teniendo en cuenta la nueva estructura vial de Avenida Perú con el bandejón central, se han actualizado las rutas a utilizar durante la Fase de Construcción del Proyecto. Como compromiso voluntario, se dispondrá que los camiones tanto que ingresen como salgan de la obra en la fase de construcción, no ingresen a la Población Lemus. Por lo tanto, la calle a utilizar por los vehículos que transitan desde el Norte será por Av. Perú, Vuelta en U en calle Rapa Nui y luego tomar nuevamente Av. Perú y los camiones que salgan del proyecto hacia el centro será por calle Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Puma, María Graham y luego tomaran nuevamente Av. Perú.

Las rutas actualizadas a utilizar durante la fase de construcción del proyecto son presentadas en la Tabla 5 “Ruta Fase de Construcción” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA.

135. Juan Guillermo Flores Sepúlveda

  1. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida que reside no sólo en nosotros, reside hace 70 años en los fundadores que optan por vivir de esta manera; protegidos por el Cerro San Cristóbal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa; mirando lo cerros de Huechuraba para saber si va a llover o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago, como un oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

  2. Emisiones atmosféricas: en el punto 1.5.7.1 del DIA EMISIONES AFTMOSFERICAS en el punto 4, dice que se construirá un cierre perimetral en los deslindes del proyecto con mallas tipo raschell hasta una altura de 2 metros, lo que se considera insuficiente considerando que deslinda con viviendas de 1 o 2 pisos.

  3. Emisiones atmosféricas: en las tablas 1-16,1-17,1-18,1-19, se muestra que los ruidos proyectados en la fase de construcción exceden las normas y para ello se proponen medida de mitigación con instalación de barreras acústicas, solicitamos aumentar la altura de esas barreras para asegurar la tranquilidad de los vecinos expuestos a los ruidos.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto 1) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto 548 mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto.

Respecto del punto 2) de la observación, en relación al punto 1.5.7.1 de la DIA, se debe aclarar que para proteger a los receptores de ruido cercanos se instalarán placas OSB de distintas alturas dependiente del deslinde (6, 5, 4 o 3 metros). Además, sobre estas, se adicionarán 50 cm de malla tipo raschel para evitar la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área del proyecto, según lo señalado en dicho acápite.

Para dar para tranquilidad de los vecinos, el Titular se compromete en forma voluntaria a instalar un cierre perimetral con placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes que colinden a viviendas habitadas.

Respecto del punto 3) de la observación, en relación a lo indicado en el Estudio Acústico y Vibraciones (Anexo 6 de la Adenda), para proteger a los receptores cercanos, se instalarán placas OSB de distintas alturas dependiente del deslinde (6, 5, 4 o 3 metros). Además, sobre estas, se adicionarán 50 cm de malla tipo raschel para evitar la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área del proyecto. Con dichas dimensiones se asegura el cumplimiento normativo en todos los puntos receptores, no obstante, para tranquilidad de los vecinos, el Titular ha comprometido instalar un cierre perimetral con placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes que colinden a viviendas habitadas. Esto para asegurar aún más el cumplimiento normativo y contribuir a minimizar las posibles molestias derivadas de la construcción del proyecto.

136. Ivonne Marcela Salazar Ibáñez

  1. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida que reside no sólo en nosotros, reside hace 70 años en los fundadores que optan por vivir de esta manera; protegidos por el Cerro San Cristóbal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa; mirando lo cerros de Huechuraba para saber si va a llover o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago, como un oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

  2. EISTU no concuerda la declaración del DIA, con las medidas informadas en el EISTU aprobadas, en el DIA (pag 93) declaran que se descarta un aumento considerable en el tránsito de personas y de vehículos por el interior de la Población Lemus, y en el EISTU declaran las rutas vehiculares por el interior de la Población.

  3. Diferencia DIA, anteproyecto aprobado con fecha 23 de octubre de 2015 obtiene la aprobación de un anteproyecto de 2 edificios, uno de 16 y otro de 15 pisos, con un (1) nivel de subterráneo cada uno, con483 dptos., 12 locales comerciales y 448 estacionamientos, que difiere de la presentación en el DIA que habla de 2 edificios de 16 pisos cada uno con 483 dptos. y 11 locales comerciales.

Evaluación técnica de la observación:

549 Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

Respecto del punto 1) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto.

Respecto del punto 2) de la observación, el objetivo fundamental de la metodología EISTU consiste en entregar una guía que normalice los estudios de impacto de proyectos que afectan el Sistema de Transporte Urbano. Establece la manera de identificar y evaluar los diferentes tipos de impactos que sobre el área de influencia del estudio provoca la localización de actividades relevantes, tales como la construcción y habilitación de proyectos habitacionales, centros comerciales, industrias y otros. De esta forma, establece los impactos y las necesarias medidas de mitigación del proyecto en la etapa de operación del proyecto, es decir de los vehículos de las personas que residirán en el proyecto.

En el EISTU desarrollado y aprobado por la Ventanilla Única, parte de las rutas de acceso al proyecto consideran la utilización de las vías al interior de la población Lemus, sin embargo, como parte de las medidas de mitigación se considera la ejecución del proyecto Zona 30 en el cuadrante formado por Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Eloísa Lemus, Elcira Lemus y María Graham de acuerdo a lo estipulado por la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta. Este proyecto reduce considerablemente la velocidad en el área con las respectivas medidas de seguridad para los habitantes de la población Lemus.

Finalmente, cabe mencionar que las rutas de vehículos livianos y pesados señalados en la DIA corresponden a las rutas a utilizar durante la fase de construcción del Proyecto, las que no contemplan el ingreso a la Población Lemus. Conforme a lo anterior, las rutas no son discordantes, sino que una y otra tratan de las etapas distintas del proyecto.

Respecto del punto 3) de la observación, aclarar que toda diferencia o discrepancia entre lo presentado en la Resolución de Aprobación del Anteproyecto y el Permiso de Edificación, se produce por la evolución del proyecto, desde un anteproyecto a un proyecto definitivo. El desarrollo mismo de un proyecto en cada uno de sus componentes puede arrojar modificaciones entre la etapa de Anteproyecto y el Permiso de Edificación, es una situación común a los proyectos. Ahora bien, lo construido por el Titular será lo indicado expresamente en el Permiso de Edificación de cada edificio que a su vez es lo evaluado ambientalmente. En la Tabla 7 “Característica Proyecto” del Anexo PAC de la Adenda complementaria, se presenta la información del Proyecto a construir con las superficies aprobadas a la fecha mediante el Permiso de Edificación N°29 del 25 de abril de 2016 (Perú Plaza I) y mediante el Permiso de Edificación N° 53 de fecha 16 de octubre de 2017 (Perú Plaza II).

550 137. Pamela Andrea Salazar Ibáñez

  1. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida que reside no sólo en nosotros, reside hace 70 años en los fundadores que optan por vivir de esta manera; protegidos por el Cerro San Cristóbal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa; mirando lo cerros de Huechuraba para saber si va a llover o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago, como un oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

  2. Estudio der sombras. Se solicita presentar un estudio detallado de sombras por los 2 edificios, este estudio debe considerar todas las épocas del año para verificar como afectara la condición actual en las propiedades más cercanas al proyecto.

  3. Fauna En el territorio que está entre los cerros San Cristobal y Cerro Blanco existe avistamiento de abundantes tipos de ave, en tal sentido se solicita un estudio con mayor detalle que contemple un análisis bibliográfico de las especies que pudiesen existir en el área de influencia y cotejarlos con estudios en terreno con metodologías que sean validadas ante el SAG.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

Respecto del punto 1) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto.

Respecto del punto 2) de la observación, los edificios se encuentran emplazados en el terreno distantes varios metros de los deslindes, con el propósito de generar menores efectos de sombras y ventilación de las casas vecinas. Lo anterior se encuentra detallado en el estudio de sombras aprobado por la D.O.M de Recoleta y forma parte integrante del Permiso de Edificación Nº 29 de fecha 25 de abril de 2016 (Edificio Perú Plaza I) y Permiso de Edificación N°53 de fecha 16 de octubre de 2017 (Edificio Perú Plaza II) otorgado por la D.O.M de Recoleta. Estos permisos acreditan que el proyecto cumple con el Instrumento de Planificación Territorial vigente para este sector en forma íntegra.

551 Respecto del punto 3) de la observación, cabe señalar que en relación a lo solicitado por la ciudadanía realizar un levantamiento de terreno corresponde a un estudio de línea base de fauna vertebrada terrestre, instrumento técnico que ha sido definido en el artículo 18 inciso e.2.

El Proyecto fue ingresado bajo la forma de Declaración de Impacto Ambiental. Dicho tipo de presentación no debe incluir o presentar líneas bases de acuerdo a lo establecido en el artículo 19 del Decreto Supremo (DS) 40 de 2013 (Ministerio de Medio Ambiente) el cual aprueba el reglamento del sistema de evaluación de impacto ambiental, es más dicho elemento solo forma parte de los Estudios de Impacto Ambiental, tal como lo establece el artículo 18 del mismo reglamento.

De la misma forma, el artículo 19 del D.S 40 en su inciso b.1 se establece que dentro de las Declaraciones de Impacto Ambiental se pueden incluir, en el caso que fuese necesario, antecedentes que justifiquen la inexistencia de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que puedan dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental. Profundizando en lo anterior, en el mismo inciso en su apartado b.3 el D.S 40 establece lo siguiente: “En casos de corresponder, la ubicación y cuantificación de los recursos naturales renovables a extraer o explotar por el proyecto o actividad para satisfacer sus necesidades”.

Bajo el marco legal anterior, en la Tabla 38 “Tabla de aves potenciales del área de influencia”, del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA, se entrega un listado bibliográfico de las especies potenciales a encontrar en un sector urbano en Santiago.

En relación a lo anterior, en forma potencial se establece que dentro del área de influencia no existe evidencia de especies de avifauna que puedan ser consideradas como recursos escasos, únicos o representativos, cuya afectación puedan generar efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que puedan dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental. Lo anterior responde a que en el área de influencia del proyecto se desarrolla en su totalidad en la ciudad de Santiago, considerada como la urbe más densificada y urbanizada de Chile. En términos ecológicos, se establece que las ciudades corresponden a una matriz urbana donde se ha realizado un desplazamiento de las condiciones naturales originales, para dar paso a la construcción de una cuidad. Producto de lo anterior, el ensamblaje faunístico del sector permitiría solo el desarrollo de especies que nos son especialistas de hábitat y que por lo tanto, su conservación no se encontraría amenazada en la actualidad.

Bajo dicho criterio se ha establecido que el área de influencia del proyecto se desarrolla en una matriz urbana donde no es posible el desarrollo de forma natural de recursos naturales renovable por lo consiguiente no es necesario presentar mayores antecedentes de terreno relacionados al componente Ecosistema Terrestre, en específico en relación a la descripción avifauna.

138. Francisco Waldo Salazar Granifo

  1. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida, que reside no solo en nosotros, reside en 70 años desde los fundadores que optan por vivir de una manera, protegidos por el cerro San Cristobal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa, mirando los cerros de Huechuraba para saber sillovía o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago. Un Oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

  2. Privacidad Señalar como se verá afectada la privacidad de los vecinos, por cuanto el proyecto se sitúa en un loteo en el que el 100% de las residencias son casas habitación de uno a tres pisos, lo que al obstruirse (sic) torres de 15 y 16 pisos, rompe la morfología y tipología habitacional generando un importante impacto especialmente crítico en la línea de residencias inmediatas al proyecto.

  3. Emisiones Atmosféricas Se solicita al titular en periodos de Alerta, Pre Emergencia, Emergencia, que se paralicen las actividades que generen emisión de material particulado.

552 4. Emisión de ruidos Se solicita mantener una medición de los puntos receptores durante toda la fase de construcción del proyecto.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto 1) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto.

En relación al punto 2) de la observación, el Instrumento de Planificación Territorial (IPT) consignó el suelo del proyecto como de uso residencial, por lo que, permite la construcción del proyecto; el proyecto cumple con el IPT en términos de la altura, rasantes y sombras proyectadas a los terrenos aledaños al proyecto. Además, el proyecto cumple con lo establecido en el artículo 2.6.11 de Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Por lo anterior, se debe señalar que el Proyecto cumple con los instrumentos legales que permiten la elaboración del Proyecto.

En relación al punto 3) de la observación, el titular se compromete a que cada vez que se decreten situaciones o episodios críticos de contaminación ambiental (preemergencia y emergencia) se dará cumplimiento a lo señalado en el PPDA de la Región Metropolitana (D.S. N°66/2010 del MINSEGPRES) según sea su aplicabilidad.

Por ejemplo, nunca se realizarán quemas al interior de las obras, los transportes de carga que tengan restricción vehicular no transitarán desde las 10:00 hasta las 18:00 horas al interior del eje Américo Vespucio, entre otros. Además, se reforzarán la humectación de las áreas de movimientos de tierra y vía de circulación interna de tierra de acuerdo a los requerimientos en terreno, contemplándose un mínimo de 4 veces al día durante el periodo que duren las excavaciones durante periodos de alerta, pre-emergencia y emergencia.

Respecto del punto 4) de la observación, específicamente de la medición de emisiones de ruido (contaminación acústica), asociado a los vehículos particulares que harán uso de los estacionamientos y las personas que habitarán los edificios, es importante tener en cuenta que dichas fuentes de ruido se encuentran dentro de las exclusiones del ámbito de aplicación de la normativa vigente (D.S. N°38/11 del MMA) especificadas en el Artículo 5, ya que corresponden a la actividad propia del uso de viviendas y edificaciones, no atribuibles al proyecto sino más bien a la conducta de sus habitantes. En este sentido, la evaluación ambiental presentada en el Anexo 6 de 553 la Adenda 1 permite garantizar el cumplimiento de la citada normativa durante la fase de operación del proyecto, que en este caso está relacionada con el funcionamiento de equipos tales como grupo electrógeno, calderas, etc.

No obstante lo anterior, de acuerdo con la experiencia del consultor, en condiciones normales las fuentes señaladas no debería representar inconvenientes para los vecinos ya que son de baja emisión de ruido. De todos modos, a nivel municipal los ruidos molestos de este tipo se encuentran regulados y controlados por carabineros y personal de seguridad de la comuna.

En relación a las emisiones de ruido generadas durante la fase de construcción, estas se encuentran abordadas en el Estudio presentado en el Anexo 6 de la Adenda 1 del proyecto.

Dicho estudio establece y entrega sustento técnico a todas las medidas de control que el proyecto implementará (Cierres perimetrales de hasta 6 m de altura con características de barrera acústica mediante paneles de madera OSB, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), permitiendo demostrar que los niveles de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente en todos los receptores, considerando la situación más desfavorable.

Además, para reforzar las medidas de control señaladas anteriormente, el Titular se compromete a instalar placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindante con viviendas habitadas para disminuir posibles molestias a los vecinos. Para mayor detalle ver tabla presenta a continuación:

Tabla 98 Placas OSB en deslindes del Proyecto

Placas OSB en deslindes Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Evitar afectaciones a los vecinos de la Población Lemus. Descripción: Durante la fase de construcción se instalarán placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes colindantes con viviendas habitadas. Justificación: El presente compromiso se enmarca en la solicitud realizada por la Población de aumentar la altura de las barreras para asegurar la tranquilidad de los vecinos. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Placas OSB de 6 metros de altura en los tres frentes que colindan a viviendas de la Población Lemus. Forma: Las Placas OSB se mantendrán en buen estado durante todo el periodo que dure la fase de construcción. Oportunidad: Las Placas OSB permanecerá durante toda la fase de construcción del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Letrero en Registro fotográfico de las placas OSB. Forma de control y seguimiento Existirá un encargado en obra de verificar que las placas OSB se encuentran en buen estado y que den cumplimiento a la altura comprometida.

Por otro lado, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en periodo diurno (lunes a viernes entre las 08:00 a 19:00 horas, y, los sábados entre las 08:00 a 14:00 horas).

139. Myriam de las Mercedes Ibáñez Zúñiga

a. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida, que reside no solo en nosotros, reside en 70 años desde los fundadores que optan por vivir de una manera, protegidos por el cerro San Cristobal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa, mirando los cerros de Huechuraba para saber si llovía o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago. Un oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

b. Introducción Salud 554 En este informe se presenta el impacto que tendrá en la salud de las personas residentes del Barrio Lemus, la construcción de un edificio en el entorno de nuestra comunidad. Este informe tiene por objetivo entregar antecedentes que permitan tomar una mejor decisión respecto de los impactos negativos en la salud, causado por dos procesos que se presume viviremos. El primero de ellos es en el transcurso de la construcción de los edificios, y el segundo es la puesta en marcha de los "futuros" departamentos. Es importante el estudio previo de las consecuencias que tiene la edificación de manera vertical en nuestro barrio, y así tomar medidas preventivas para no sufrir las consecuencias posteriores. Para contextualizar en nuestro barrio hay un gran número de Adultos Mayores, en su mayoría residentes por muchos años en este sector, además de un Jardín Infantil y la Corporación de Alzheimer.

c. Impacto en la Salud: Etapa de construcción Aquí se desarrollan los impactos que se presentan durante el proceso de construcción del edificio, que puede ser entre dos y tres años. Las partículas y compuestos emitidos al aire producen efectos nocivos en la salud de las personas tales como: - Reducción de la función pulmonar - Aumento de contraer infecciones respiratorias - Bronquitis crónica Durante este proceso habrá una constante circulación de camiones y vehículos grandes (como maquinarias) las cuales transitarán en el barrio generando así ruido ambiental, afectando a la tranquilidad y a las personas de tercera edad y niños, y que presenten enfermedades como estrés problemas sicológicos, entre otros. Como habitantes del barrio estaremos expuestos a problemas cognitivos tales como la concentración y el aprendizaje, además de presentar problemas de sueño y energía vital, (esto son dificultades para dormir y un aumento en el cansancio de las personas). Para los vecinos que se encuentras más cercanos al perímetro de construcción tendrán un periodo de ruidos, debido a la construcción, que desemboca en problemas asociados al estrés, el sueño y descanso.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto a) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto.

Respecto del punto b) de la observación, es importante señalar que el proyecto trata de la construcción de edificios de carácter residencial, los cuales han sido construido en muchos sectores de la Región Metropolitana.

555 El proyecto ha acreditado el cumplimiento de la normativa ambiental y sanitaria en el marco de la Declaración de Impacto Ambiental lo que permite asegurar que no causará riesgo en la salud de la población, toda vez que las normativas referentes a emisiones, ruido y residuos están basadas en la salud de las personas. El proyecto tomará una serie de medidas detalladas en la DIA para controlar las emisiones atmosféricas y el ruido inherente a este tipo de actividades.

En cuanto a emisiones atmosféricas, el proyecto no superará los límites indicados en el artículo 98 del Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica de Santiago (PPDA), tal como se demuestra en la Tabla 4 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria. Además, como compromiso se contempla la implementación de cierres con planchas OSB y sobre esta se adicionará malla tipo raschel que cumplirán la doble función de retener material particulado y controlar las emisiones de ruido. Adicionalmente se han contemplado medidas como humectación de las áreas de movimiento de tierra, acopio de tierra y vías de circulación interna; se estabilizarán y compactarán las zonas de tránsito de maquinaria y vehículos; se prohibirá la quema de maderas u otro material al interior de la obra; los vehículos contarán con revisión técnica al día; entre otros.

En cuanto a las emisiones de ruido generadas durante la fase de construcción, cabe destacar que al implementar las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (plancha OSB como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), los niveles estimados de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente en todos los receptores, considerando la situación más desfavorable.

Además, para asegurar el cumplimiento de la normativa de referencia para las vibraciones se restringirá el uso de la placa compactadora, la cual no podrá operar a menos de 9 metros de los receptores R1, R2 y R3 (Ver Anexo 6 de la Adenda 1).

Complementariamente, para efectos de seguridad vial se ha contemplado: • Señalizaciones de tránsito reglamentarias e informativa, señales de advertencia de peligros de las obras, la que se mantendrán día y noche. • Bandereros durante la operación de vehículos de carga. • Barreras, mallas de protección, restricción de estacionamiento de camiones en la vía pública, y dispositivos de seguridad para proteger a los peatones durante todo el periodo que duren las obras.

Por último, el proyecto se construye en cumplimiento del instrumento de planificación vigente para el sector, que permite la edificación en altura, por lo que las poblaciones colindantes no se verán afectados por la construcción y posterior operación de los edificios.

Respecto del punto c) de la observación, En primer lugar, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en periodo diurno, por lo que, los vecinos colindantes al proyecto no se verán afectados durante el periodo nocturno.

En cada una de las etapas del Proyecto se implementarán las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (cierres perimetrales de hasta 6 m. de altura con características de barrera acústica mediante paneles de madera OSB, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), permitiendo demostrar que los niveles de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente en todos los receptores, considerando la situación más desfavorable.

Respecto a las emisiones atmosféricas, durante la fase de construcción, se contemplan cierres con planchas OSB y sobre esta se adicionará malla tipo raschel que cumplirán la doble función de retener material particulado y controlar las emisiones de ruido. Adicionalmente se han contemplado medidas como humectación de las áreas de movimiento de tierra, acopio de tierra y vías de circulación interna, se estabilizarán y compactarán las zonas de tránsito de maquinaria y vehículos, se prohibirá la quema de maderas u otro material al interior de la obra, entre otros. Además, cabe destacar que el proyecto no supera los límites indicados en el artículo 98 del PPDA, tal como se puede observar en la Tabla 4 del Anexo PAC de la Adenda complementaria.

Por lo tanto, el proyecto cumple con toda la normativa ambiental exigida, entre las cuales se encuentran aquellas relativas a la salud de las personas. De esta forma:

556 • El artículo 1º del DS 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente establece que “El objetivo de la presente norma es proteger la salud de la comunidad mediante el establecimiento de niveles máximos de emisión de ruido generados por las fuentes emisoras de ruido que esta norma regula.”

• El artículo 1º del DS 66/2010 del Ministerio de Medio Ambiente (PPDA) indica lo siguiente: “El presente Decreto regirá en la Región Metropolitana y tendrá por objeto cumplir con las normas primarias de calidad ambiental de aire vigentes, asociadas a los contaminantes material particulado respirable como concentración de 24 horas y anual, y ozono como concentración de 8 horas, establecidas en el Decreto Supremo Nº 59, de 1998 y en el Decreto Supremo Nº 112, de 2002, respectivamente, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, y abandonar el estado de latencia en que se encuentra el contaminante monóxido de carbono como concentración de 8 horas a que se refiere el Decreto Supremo Nº 115, de 2002, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, mediante la reducción de las emisiones de los referidos contaminantes y sus precursores, de manera de proteger la vida o salud de la población.”

Conforme a lo anterior, mediante el cumplimiento de las normas ambientales que el titular ha acreditado, la salud de la población no será afectada por la ejecución del proyecto, considerando que estamos en una región saturada y latente en contaminación ambiental y que se han tomado todas las medidas que corresponden a este tipo de actividades para que se genere la menor molestia en los vecinos. Es importante reiterar que la construcción de este proyecto no es distinta a la construcción de edificios que se realiza en muchos sectores de la Región Metropolitana

140. Gerardo Lanzarotti Cáceres

  1. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida que reside no sólo en nosotros, reside hace 70 años en los fundadores que optan por vivir de esta manera; protegidos por el Cerro San Cristóbal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa; mirando lo cerros de Huechuraba para saber si va a llover o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago, como un oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

  2. Introducción salud En este informe se presenta el impacto que tendrá en las personas residentes del barrio Lemus la construcción de un edificio en el entorno de nuestra comunidad. Este informe tiene por objetivo otorgar antecedentes que permitan tomar una mejor decisión respecto de los impactos negativos en la salud, causados por dos procesos que se presume viviremos. El primero de ellos es en el transcurso de construcción de los edificios y el segundo de ellos es la puesta en marcha de los “futuros” departamentos. Es importante el estudio previo de las consecuencias de manera vertical en nuestro barrio y así tomar medidas preventivas para no sufrir las consecuenias posteriores. Para contextualizar, en nuestro barrio hay una gran cantidad de adultos mayores, en su mayoría residentes con muchos años en el sector. Además de un jardín infantil y de la Corporación del Alzheimer.

  3. Impacto en la salud: Etapa puesta en marcha. Acá se desarrollará el impacto de la salud durante la puesta en marcha del proyecto, es decir la etapa posterior a la construcción y el uso de estos edificios, efectos que son permanentes. Debido a la construcción en altura que afectará mayormente a las casas, que se encuentran más cercanas al perímetro del edificio, éstas presentarán un aumento de la humedad, lo que podrá causar a su vez el aumento de resfríos y otras enfermedades. También se presenta una mayor cantidad de hongos y bacterias en interiores (contextualizando que la mayoría de las viviendas presentan construcciones antiguas (hongos y bacterias) aumentan por la falta de luz solar, y las enfermedades asociadas son neumonitis (por la hipersensibilidad). Debido a la cercanía del edificio a nuestros espacios residenciales, se produce falta de privacidad en las casas. Esto, primero, genera inseguridad y lo más importante es el estrés que se producirá quedar a la vista de muchas personas. 557

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto 1) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto.

Respecto del punto 2) de la observación, es importante señalar que el proyecto trata de la construcción de edificios de carácter residencial, los cuales han sido construido en muchos sectores de la Región Metropolitana.

El proyecto ha acreditado el cumplimiento de la normativa ambiental y sanitaria en el marco de la Declaración de Impacto Ambiental lo que permite asegurar que no causará riesgo en la salud de la población, toda vez que las normativas referentes a emisiones, ruido y residuos están basadas en la salud de las personas. El proyecto tomará una serie de medidas detalladas en la DIA para controlar las emisiones atmosféricas y el ruido inherente a este tipo de actividades.

En cuanto a emisiones atmosféricas, el proyecto no superará los límites indicados en el artículo 98 del Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica de Santiago (PPDA), tal como se demuestra en la Tabla 4 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria. Además, como compromiso se contempla la implementación de cierres con planchas OSB y sobre esta se adicionará malla tipo raschel que cumplirán la doble función de retener material particulado y controlar las emisiones de ruido. Adicionalmente se han contemplado medidas como humectación de las áreas de movimiento de tierra, acopio de tierra y vías de circulación interna; se estabilizarán y compactarán las zonas de tránsito de maquinaria y vehículos; se prohibirá la quema de maderas u otro material al interior de la obra; los vehículos contarán con revisión técnica al día; entre otros.

En cuanto a las emisiones de ruido generadas durante la fase de construcción, cabe destacar que al implementar las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (plancha OSB como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), los niveles estimados de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente en todos los receptores, considerando la situación más desfavorable.

Además, para asegurar el cumplimiento de la normativa de referencia para las vibraciones se restringirá el uso de la placa compactadora, la cual no podrá operar a menos de 9 metros de los receptores R1, R2 y R3 (Ver Anexo 6 de la Adenda 1).

Complementariamente, para efectos de seguridad vial se ha contemplado: 558 • Señalizaciones de tránsito reglamentarias e informativa, señales de advertencia de peligros de las obras, la que se mantendrán día y noche. • Bandereros durante la operación de vehículos de carga. • Barreras, mallas de protección, restricción de estacionamiento de camiones en la vía pública, y dispositivos de seguridad para proteger a los peatones durante todo el periodo que duren las obras.

Por último, el proyecto se construye en cumplimiento del instrumento de planificación vigente para el sector, que permite la edificación en altura, por lo que las poblaciones colindantes no se verán afectados por la construcción y posterior operación de los edificios.

Respecto del punto 3) de la observación, de acuerdo a lo establecido por el marco legal vigente (Ley N°19.300), la evaluación de impacto ambiental es un procedimiento que busca determinar si el impacto ambiental de una actividad o proyecto se ajusta a las normas vigentes. En consecuencia, la evaluación de impacto ambiental en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) se basa en el estudio de las partes, obras y acciones de un proyecto o actividad a ejecutarse y cómo éstas alteran los componentes del medio ambiente implicados.

En cuanto a las Declaraciones de Impacto Ambiental, el Titular del proyecto debe justificar la inexistencia de impactos ambientales significativos en la salud de la población debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos. De esta manera y en concordancia con lo señalado en la “Guía de Evaluación de Impacto Ambiental: Riesgo para la salud de la población” del SEA, el proyecto debe evaluar las emisiones, efluentes y residuos como: atmosféricos, ruido, residuos, vibraciones, radiación y efluentes líquidos.

A mayor abundamiento, el riesgo al que se refiere el artículo 11, letra a), de la Ley N°19.300 es al riesgo asociado a la presencia de contaminantes en el medio ambiente o riesgo por exposición a elementos, compuestos, sustancias, derivados químicos o bilógicos, agentes físicos (tales como energía, radiación, vibración, ruido) o una combinación de ellos. Sin embargo, cabe destacar que la sola presencia de contaminantes en el ambiente no constituye necesariamente un riesgo para la salud de las personas.

Además, el Titular presentó y aprobó ante la Dirección de Obras Municipales de Recoleta un plano de sombras según el artículo 2.6.11 de la Ordenanza General de Construcciones y Urbanismos, por lo que, el proyecto cumple con la normativa que lo regula.

141. Ernesto Fabián Guerrero Orellana

a. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida, que reside no solo en nosotros, reside en 70 años desde los fundadores que optan por vivir de una manera, protegidos por el cerro San Cristobal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa, mirando los cerros de Huechuraba para saber si llovía o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago. Un oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

b. Introducción Salud En este informe se presenta el impacto que tendrá en la salud de las personas residentes del Barrio Lemus, la construcción de un edificio en el entorno de nuestra comunidad. Este informe tiene por objetivo entregar antecedentes que permitan tomar una mejor decisión respecto de los impactos negativos en la sa lud, ca usado por dos procesos que se presume viviremos. El primero de ellos es en el transcurso de la construcción de los edificios, y el segundo es la puesta en marcha de los "futuros" departamentos. Es importante el estudio previo de las consecuencias que tiene la edificación de manera vertical en nuestro barrio, y así tomar medidas preventivas para no sufrir las consecuencias posteriores. Para contextualizar en nuestro barrio hay un gran número de Adultos Mayores, en su mayoría residentes por muchos años en este sector, además de un Jardín Infantil y la Corporación de Alzheimer.

c. Antecedentes Vecinales: Esta información corresponde a la dispuesta por el consultorio Valdivieso que corresponde a nuestro sector, el cual además atiende en nuestra Social de la 559 Junta de Vecinos Población Lemus, entregando a la fecha más de 1.500 consultas y tratamientos médicos.

Enfermedad o trastorno Cantidad de Personas Porcentaje población Salud mental 387 20.18 % IRA (enfermedades respiratorias niños) 245 12.8 % ERA (enfermedades respiratorias adultos) 326 17 % Hipertensos 272 14.17 % Diabéticos 109 5.68 % Dislipidemicos 213 11.09 % Postrados 5 0.26 %

Requerimiento: Debido a los episodios de alerta, pre emergencia y emergencia ambiental que se presentan reiteradamente por la mala calidad del Aire, esto incrementado por la polución de partículas en suspensión que se generará a raíz del movimiento de tierras es que se requiere realizar mediciones de la calidad del aire en el sector que permitan prevenir episodios altamente críticos y dañinos para la salud de las personas

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto a) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto.

Respecto del punto b) de la observación, es importante señalar que el proyecto trata de la construcción de edificios de carácter residencial, los cuales han sido construido en muchos sectores de la Región Metropolitana.

El proyecto ha acreditado el cumplimiento de la normativa ambiental y sanitaria en el marco de la Declaración de Impacto Ambiental lo que permite asegurar que no causará riesgo en la salud de la población, toda vez que las normativas referentes a emisiones, ruido y residuos están basadas en la salud de las personas. El proyecto tomará una serie de medidas detalladas en la DIA para controlar las emisiones atmosféricas y el ruido inherente a este tipo de actividades.

560 En cuanto a emisiones atmosféricas, el proyecto no superará los límites indicados en el artículo 98 del Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica de Santiago (PPDA), tal como se demuestra en la Tabla 4 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria. Además, como compromiso se contempla la implementación de cierres con planchas OSB y sobre esta se adicionará malla tipo raschel que cumplirán la doble función de retener material particulado y controlar las emisiones de ruido. Adicionalmente se han contemplado medidas como humectación de las áreas de movimiento de tierra, acopio de tierra y vías de circulación interna; se estabilizarán y compactarán las zonas de tránsito de maquinaria y vehículos; se prohibirá la quema de maderas u otro material al interior de la obra; los vehículos contarán con revisión técnica al día; entre otros.

En cuanto a las emisiones de ruido generadas durante la fase de construcción, cabe destacar que al implementar las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (plancha OSB como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), los niveles estimados de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente en todos los receptores, considerando la situación más desfavorable.

Además, para asegurar el cumplimiento de la normativa de referencia para las vibraciones se restringirá el uso de la placa compactadora, la cual no podrá operar a menos de 9 metros de los receptores R1, R2 y R3 (Ver Anexo 6 de la Adenda 1).

Complementariamente, para efectos de seguridad vial se ha contemplado: • Señalizaciones de tránsito reglamentarias e informativa, señales de advertencia de peligros de las obras, la que se mantendrán día y noche. • Bandereros durante la operación de vehículos de carga. • Barreras, mallas de protección, restricción de estacionamiento de camiones en la vía pública, y dispositivos de seguridad para proteger a los peatones durante todo el periodo que duren las obras.

Por último, el proyecto se construye en cumplimiento del instrumento de planificación vigente para el sector, que permite la edificación en altura, por lo que las poblaciones colindantes no se verán afectados por la construcción y posterior operación de los edificios.

Respecto del punto c), cada vez que se decreten situaciones o episodios críticos de contaminación ambiental (preemergencia y emergencia), en su etapa de construcción u operación el Proyecto dará cumplimiento a lo señalado en el PPDA de la Región Metropolitana (D.S. N°66/2010 del MINSEGPRES) según sea su aplicabilidad. Por ejemplo, nunca se realizarán quemas al interior de las obras, los transportes de carga que tengan restricción vehicular no transitarán desde las 10:00 hasta las 18:00 horas al interior del eje Américo Vespucio, entre otros.

En cuanto a la solicitud de realizar mediciones por la calidad del aire en el sector, cabe mencionar que, para que una Estación de Monitoreo se conecte a la red MACAM y pueda validar la línea base debe ser del tipo Escala Urbana. Esto significa que los niveles que medirá corresponderán a todas las fuentes cercanas y no sólo los niveles generados por el proyecto.

La idea de instalar una estación de monitoreo es que sea representativa en el largo plazo, para que la información obtenida pueda ser usada en la generación de políticas públicas para control de calidad de aire. Sin embargo, no va enfocada en el control de un proyecto puntual, ya que éste genera perturbaciones temporales y no a largo plazo.

Además, en la Resolución Exenta N°744 del 2017, la cual establece criterio para calificar estaciones de monitoreo de MP10 como de representatividad poblacional, señala que el cabezal del instrumento de medición deberá ubicarse alejado de fuentes emisiones que puedan alterar la representatividad de la medición, ya sea un área contigua a acopios de material, sitios emisores de polvo, entre otros.

Según lo señalado en el párrafo anterior, no se puede instalar una Estación de Monitoreo en el área colindante al Proyecto, ya que durante la etapa de construcción las mediciones se verán alteradas por las actividades propias de una obra y las mediciones que puedan generarse no representarán la actividad que allí se realiza.

Finalmente, el proyecto se localiza al interior de una zona declarada como latente y saturada en contaminantes atmosféricos que cuenta con una red de monitoreo, cuya información se encuentra 561 disponible para la comunidad, por cuanto no se considera técnicamente correcto instalar una estación de monitoreo para validar una actividad de construcción, dado que además existe una red que caracteriza de buena forma la calidad del aire dentro de la Región Metropolitana.

142. Flavio Bertoloni Longhi

  1. Introducción a la salud En este informe se presenta el impacto que tendrá en las personas residentes del barrio Lemus la construcción de un edificio en el entorno de nuestra comunidad. Este informe tiene por objetivo otorgar antecedentes que permitan tomar una mejor decisión respecto de los impactos negativos en la salud, causados por dos procesos que se presume viviremos. El primero de ellos es en el transcurso de construcción de los edificios y el segundo de ellos es la puesta en marcha de los “futuros” departamentos. Es importante el estudio previo de las consecuencias de manera vertical en nuestro barrio y así tomar medidas preventivas para no sufrir las consecuencias posteriores. Para contextualizar, en nuestro barrio hay una gran cantidad de adultos mayores, en su mayoría residentes con muchos años en el sector. Además de un jardín infantil y de la Corporación del Alzheimer.

  2. Impacto a la salud Aquí se desarrollan los impactos que se presentan durante el proceso de construcción del edificio, que puede ser entre dos y tres años. Las partículas y compuestos emitidos al aire producen efectos nocivos en la salud de las personas tales como: - Reducción de la función pulmonar - Aumento de contraer infecciones respiratorias - Bronquitis crónica. Durante este proceso habrá una constante circulación de camiones y vehículos grandes (como maquinarias) las cuales transitarán en el barrio generando así ruido ambiental, afectando a la tranquilidad y a las personas de tercera edad y niños, y que presenten enfermedades como estrés problemas sicológicos, entre otros. Como habitantes del barrio estaremos expuestos a problemas cognitivos tales como la concentración y el aprendizaje, además de presentar problemas de sueño y energía vital, (esto son dificultades para dormir y un aumento en el cansancio de las personas). Para los vecinos que se encuentran más cercanos al perímetro de construcción, tendrán un periodo de ruidos, debido a la construcción, que desemboca en problemas asociados al estrés, el sueño y descanso.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto 1) de la observación, es importante señalar que el proyecto trata de la construcción de edificios de carácter residencial, los cuales han sido construido en muchos sectores de la Región Metropolitana.

El proyecto ha acreditado el cumplimiento de la normativa ambiental y sanitaria en el marco de la Declaración de Impacto Ambiental lo que permite asegurar que no causará riesgo en la salud de la población, toda vez que las normativas referentes a emisiones, ruido y residuos están basadas en la salud de las personas. El proyecto tomará una serie de medidas detalladas en la DIA para controlar las emisiones atmosféricas y el ruido inherente a este tipo de actividades.

En cuanto a emisiones atmosféricas, el proyecto no superará los límites indicados en el artículo 98 del Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica de Santiago (PPDA), tal como se demuestra en la Tabla 4 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria. Además, como compromiso se contempla la implementación de cierres con planchas OSB y sobre esta se adicionará malla tipo raschel que cumplirán la doble función de retener material particulado y controlar las emisiones de ruido. Adicionalmente se han contemplado medidas como humectación de las áreas de movimiento de tierra, acopio de tierra y vías de circulación interna; se estabilizarán y compactarán las zonas de tránsito de maquinaria y vehículos; se prohibirá la quema de maderas u otro material al interior de la obra; los vehículos contarán con revisión técnica al día; entre otros.

562 En cuanto a las emisiones de ruido generadas durante la fase de construcción, cabe destacar que al implementar las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (plancha OSB como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), los niveles estimados de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente en todos los receptores, considerando la situación más desfavorable.

Además, para asegurar el cumplimiento de la normativa de referencia para las vibraciones se restringirá el uso de la placa compactadora, la cual no podrá operar a menos de 9 metros de los receptores R1, R2 y R3 (Ver Anexo 6 de la Adenda 1).

Complementariamente, para efectos de seguridad vial se ha contemplado: • Señalizaciones de tránsito reglamentarias e informativa, señales de advertencia de peligros de las obras, la que se mantendrán día y noche. • Bandereros durante la operación de vehículos de carga. • Barreras, mallas de protección, restricción de estacionamiento de camiones en la vía pública, y dispositivos de seguridad para proteger a los peatones durante todo el periodo que duren las obras.

Por último, el proyecto se construye en cumplimiento del instrumento de planificación vigente para el sector, que permite la edificación en altura, por lo que las poblaciones colindantes no se verán afectados por la construcción y posterior operación de los edificios.

Respecto del punto 2) de la observación, En primer lugar, cabe destacar que, la construcción se desarrollará exclusivamente en periodo diurno, por lo que, los vecinos colindantes al proyecto no se verán afectados durante el periodo nocturno.

En cada una de las etapas del Proyecto se implementarán las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (cierres perimetrales de hasta 6 m. de altura con características de barrera acústica mediante paneles de madera OSB, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), permitiendo demostrar que los niveles de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente en todos los receptores, considerando la situación más desfavorable.

Respecto a las emisiones atmosféricas, durante la fase de construcción, se contemplan cierres con planchas OSB y sobre esta se adicionará malla tipo raschel que cumplirán la doble función de retener material particulado y controlar las emisiones de ruido. Adicionalmente se han contemplado medidas como humectación de las áreas de movimiento de tierra, acopio de tierra y vías de circulación interna, se estabilizarán y compactarán las zonas de tránsito de maquinaria y vehículos, se prohibirá la quema de maderas u otro material al interior de la obra, entre otros. Además, cabe destacar que el proyecto no supera los límites indicados en el artículo 98 del PPDA, tal como se puede observar en la Tabla 4 del Anexo PAC de la Adenda complementaria.

Por lo tanto, el proyecto cumple con toda la normativa ambiental exigida, entre las cuales se encuentran aquellas relativas a la salud de las personas. De esta forma:

• El artículo 1º del DS 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente establece que “El objetivo de la presente norma es proteger la salud de la comunidad mediante el establecimiento de niveles máximos de emisión de ruido generados por las fuentes emisoras de ruido que esta norma regula.”

• El artículo 1º del DS 66/2010 del Ministerio de Medio Ambiente (PPDA) indica lo siguiente: “El presente Decreto regirá en la Región Metropolitana y tendrá por objeto cumplir con las normas primarias de calidad ambiental de aire vigentes, asociadas a los contaminantes material particulado respirable como concentración de 24 horas y anual, y ozono como concentración de 8 horas, establecidas en el Decreto Supremo Nº 59, de 1998 y en el Decreto Supremo Nº 112, de 2002, respectivamente, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, y abandonar el estado de latencia en que se encuentra el contaminante monóxido de carbono como concentración de 8 horas a que se refiere el Decreto Supremo Nº 115, de 2002, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, mediante la reducción de las emisiones de los referidos contaminantes y sus precursores, de manera de proteger la vida o salud de la población.”

563 Conforme a lo anterior, mediante el cumplimiento de las normas ambientales que el titular ha acreditado, la salud de la población no será afectada por la ejecución del proyecto, considerando que estamos en una región saturada y latente en contaminación ambiental y que se han tomado todas las medidas que corresponden a este tipo de actividades para que se genere la menor molestia en los vecinos. Es importante reiterar que la construcción de este proyecto no es distinta a la construcción de edificios que se realiza en muchos sectores de la Región Metropolitana

143. María Teresa Rojas Millacheo

  1. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida que reside no sólo en nosotros, reside hace 70 años en los fundadores que optan por vivir de esta manera; protegidos por el Cerro San Cristóbal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa; mirando lo cerros de Huechuraba para saber si va a llover o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago, como un oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

  2. En relación a la información sobre los predios originales donde se emplaza el proyecto, el titular entrega en la Adenda los mismos antecedentes y planimetrías que entregó en la DIA, sin hacer diferencia ni hacerse cargo de la observación que se realizó en el ICSARA. Además, adjunta planimetría inscrita en el Conservador de Bienes Raíces, pero nada dice sobre los predios originales, antes que el titular los adquiriera, ni cómo logró la fusión previa de éstos, considerando que en los planos de loteo original de la población Lemus, existían dos calles que atravesaban los predios, prolongación de las calles Ricardo Lemus y Juan Antonio Ríos, y nada explica sobre cómo las adquirió, ni en qué momento fueron fusionadas. Asimismo, presenta un documento del Sil, que certifica los roles de los predios, pero el documento es de fecha 06 de enero de 2016, el proyecto fue presentado en enero de 2017, y dice claramente en su segundo párrafo que se encuentra en trámite de subdivisión de los predios, por lo tanto, aún no cuenta con esta subdivisión. Se solicita al titular que se pronuncie sobre esto, que aclare la situación predial, entregue toda la información verídica y actualizada, y que demuestre que no cometió un ilícito, tanto en la adquisición de los predios, como en todo el trámite de fusión de los predios y posterior subdivisión, inscripción en bienes raíces, y obtención de roles de la propiedad.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto 1) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por 564 cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto.

Respecto del punto 2) de la observación, cabe señalar que el lote original fue adquirido a sus propietarios y debidamente inscrito en los registros correspondientes. Lo anterior, se encuentra registrado en la Resolución N° 04 de la DOM de Recoleta de fecha 04 de Noviembre de 2015, en la cual, se aprobó la subdivisión del lote original en el Lote A y el Lote B. El Lote A se ubica en Av. Perú 1471, tiene el rol N°2476-5 y en él se construirá el Edificio Perú Plaza I. El Lote B se ubica en Av. Perú 1479, tiene el rol N°2476-59 y en él se construirá el Edificio Perú Plaza II. Para la construcción de dichos edificios la DOM de Recoleta aprobó el Permiso de Edificación N°29 de fecha 25 de abril de 2016 y sus modificaciones y el Permiso de Edificación N° 53 de fecha 16 de octubre de 2017.

144. Flavio Bertoloni Longhi (1)

  1. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida que reside no sólo en nosotros, reside hace 70 años en los fundadores que optan por vivir de esta manera; protegidos por el Cerro San Cristóbal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa; mirando lo cerros de Huechuraba para saber si va a llover o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago, como un oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

  2. El titular presenta permiso de edificación sólo para un edificio de los dos edificios Perú Plaza I y no entrega ningún antecedente sobre la construcción del segundo edificio. ¿Existe ese permiso? ¿Cuándo será otorgado? ¿Qué pasará si las condiciones que exija el Municipio no sean compatibles con las condiciones establecidas en las RCA? ¿Qué pasará si el edificio que tiene permiso de edificación con cumple con la normativa y deba ser modificado? ¿Cómo tendremos la seguridad -como vecinos- de que el edificio que está siendo evaluado ambietalmente es el que tiene la autorización de la construcción? ¿Cómo nos garantizarán que no construirán otro edificio, para cumplir con la LUGC y no con la ley 19.300?

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

Respecto del punto 1) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por 565 cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto.

Respecto del punto 2) de la observación, el Edificio Perú Plaza I en el Lote A cuenta con Permiso de Edificación N°29 otorgado por la DOM de Recoleta con fecha 25 de abril de 2016. El Edificio Perú Plaza I aprobado mediante dicho permiso y sus modificaciones corresponde al Edificio Perú Plaza I sometido a evaluación ambiental mediante la presente DIA.

El Edificio Perú Plaza II cuenta con Anteproyecto aprobado por la DOM de Recoleta con fecha 18 de enero de 2017 y con Permiso de Edificación N° 53 de la DOM de Recoleta, otorgado con fecha 16 de octubre de 2017.

No se construirá ningún edificio distinto de los Edificios Perú Plaza I y Perú Plaza II, antes mencionados, ni ningún edificio adicional a los anteriores.

145. Gerardo Arce M.

  1. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida que reside no sólo en nosotros, reside hace 70 años en los fundadores que optan por vivir de esta manera; protegidos por el Cerro San Cristóbal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa; mirando lo cerros de Huechuraba para saber si va a llover o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago, como un oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

  2. En relación al permiso de edificación presentado, éste tiene diferencias importantes con los antecedentes entregados en la DIA. En el permiso se indica que se construirán 96 viviendas, sin embargo, en la DIA se indica que serán 261 departamentos, eso es 165 departamentos más que los aprobados para ser construidos. Además, en el permiso de edificación presentado no están autorizados locales comerciales, ni bicicleteros, construcciones que sí fueron presentadas en la DIA. Por otro lado, el permiso de edificación indica que hay una altura máxima proyectada de 43 metros, sin embargo, en la DIA se habla de 38 metros, hay una diferencia importante de altura entre ambos documentos. Se solicita que aclare toda la información inconsistente entre ambos documentos, que indique cual es la información real, que argumente cómo dará cumplimiento a lo establecido en la RCA, si ésta no tiene concordancia con lo exigido en el permiso de edificación, y que explique cómo garantizará que la información entregada es fidedigna, dada las reiteradas inconsistencias y falta a la verdad de la información entregada del proyecto en las distintas instancias.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

Respecto del punto a) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

566 Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto.

Respecto del punto 2) de la observación, los 96 departamentos (viviendas) que aparecen en el Permiso de Edificación N°29 de fecha 25 de abril de 2016 se rectificaron a 261 departamentos (viviendas) mediante Resolución N°27 de fecha 20 de mayo de 2016. Por lo que, la indicación de 96 viviendas correspondió a un error de transcripción de la DOM. Se adjunta en el Anexo 5.2 la resolución N°32/16 de fecha 01 junio de 2016 que rectifica a la anterior (entre otros errores). Asimismo, mediante Resolución N°27 de fecha 20 mayo de 2016 la DOM rectificó el Permiso de Edificación N°29 de fecha 25 de abril de 2016 mencionando los 11 locales comerciales aprobados. Estas dos rectificaciones (N*27 y 32) forman parte integrante del Permiso de Edificación N°29 del 25 de abril de 2016 otorgado por la DOM.

Por su parte la exigencia de construir bicicleteros en el proyecto se origina en el Artículo 2.4.1 bis de la O.G.U.C., que establece su existencia obligatoria. No es necesario que se mencionen expresamente en la resolución del permiso de edificación, por cuanto los bicicleteros deben estar graficados en los planos aprobados por la DOM.

Finalmente, según el Certificado de Informes Previos N°42 de fecha 21 de Enero de 2016 otorgado por la DOM, que se acompaña en la DIA, la altura máxima permitida por el Plan Regulador Comunal de Recoleta en la zona A2 es de 38 metros. Al acogerse el proyecto a las normas sobre conjunto armónico establecidas por el Artículo 2.6.4. de la Ley General de Urbanismo y Construcciones Artículo 2.6.9 de la O.G.U.C., la altura máxima se puede incrementar hasta en un 25%, llegando a un máximo posible de 47,5 metros. El proyecto no utiliza la totalidad de este beneficio legal, sino que está diseñado con una altura máxima de 43,51 metros.

146. Erika Isabel Olave Vásquez

a. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida, que reside no solo en nosotros, reside en 70 años desde los fundadores que optan por vivir de una manera, protegidos por el cerro San Cristobal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa, mirando los cerros de Huechuraba para saber si llovía o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago. Un oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

b. El titular indica tanto en la DIA como en la Adenda, que el proyecto cuenta con Anteproyecto aprobado por el municipio para los dos Edificios con fecha de resolución 23 de octubre del 2015, el que se encuentra vencido actualmente y lo estaban al momento de presentar la DIA. Este documento contiene información que no coincide con el permiso de edificación, además éste último indica expresamente en el literal E) de los vistos que no hay un anteproyecto. Por lo que se solicita que aclare la información entregada, indicando cual es la realmente verídica, que explique porqué existe tal inconsistencia de información y que garantice que no hay falta a la verdad en todo lo informado, sobre todo considerando que son instrumentos públicos, y cómo ciudadanos queremos saber cuál es el proyecto real que se está evaluando y que se pretende construir.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto a) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de 567 tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto.

Respecto del punto b) de la observación, los Edificios Perú Plaza I y Perú Plaza II serán construidos de acuerdo a lo aprobado mediante el Permiso de Edificación N°29 de fecha 25 de abril de 2016 y sus modificaciones y mediante el Permiso de Edificación N° 53 de fecha 16 de octubre de 2017, ambos aprobados por la DOM de Recoleta. La normativa vigente permite efectuar ajustes menores entre las condiciones contenidas en un Anteproyecto y las condiciones contenidas en el Permiso de Edificación respectivo. No existiendo por lo tanto, inconsistencia en la información entregada.

Finalmente, en la Tabla 6 “Característica Proyecto”, del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA, se presenta la información del Proyecto a construir con las superficies aprobadas a la fecha mediante el Permiso de Edificación N°29 del 25 de abril de 2016 (Perú Plaza I) y mediante el Permiso de Edificación N° 53 de fecha 16 de octubre de 2017 (Perú Plaza II).

147. Ramón Osvaldo Araya Cisternas

  1. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida, que reside no solo en nosotros, reside en 70 años desde los fundadores que optan por vivir de una manera, protegidos por el cerro San Cristóbal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa, mirando los cerros de Huechuraba para saber si llovía o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago. Un Oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

  2. En la serie de documentos presentados, tanto en la DIA como en la Adenda, se plantean diferentes superficies, tanto del terreno como de la construcción, se solicita indicar cuál es la superficie real del terreno del cuál es dueño el titular, cuál será la superficie que se construirá y cuál será la superficie que quedará sin construir.

  3. El permiso de edificación presentado por el titular indica que se acoge al beneficio de "conjunto armónico", al respecto la LGUC, en su artículo 107, y en lo específico, la DDU- ESPECÍFICA N°04/2009 del 23 de marzo de 2009, en su numeral 4 establece "complementariamente a lo antes Indicado, se debe considerar en lo relativo al cumplimiento de los requisitos establecidos para los conjuntos armónicos en la disposición contenida en el artículo 107 de la LGUC, que éstos, además, deben constituirse como "agrupaciones de construcciones", materia respecto de la cual se ha pronunciado la CGR, por lo que deberá estarse a lo dispuesto en el Dictamen N°045301 de fecha de 29.09.08, que señala expresamente que dicho concepto implica la existencia de una agrupación de construcciones, no correspondiendo otorgar la calidad a un proyecto constituido por una sola unidad". Considerando esta normativa, se solicita que se aclare y amplié la información, de cómo es posible que se haya acogido a este beneficio si el permiso es para la construcción de una sola unidad de edificio. Consiguientemente, se solicita aclarar cuales 568 normativa establecida por el PRC en relación a rasantes, porcentaje de constructibilidad, altura, etc., se pretende exceder acogiéndose al beneficio de conjunto armónico, siendo que no es posible que suceda cuando el permiso ha sido otorgado para un solo edificio. Considerando todo lo anterior, dado que no es posible acogerse al beneficio de conjunto armónico, se solicita que se rediseñe el edificio, cumpliendo estrictamente la normativa de construcción establecida por el PRC, sin exceder ninguna norma.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto 2) de la observación, cabe señalar que tal como se indica en el numeral 1 de la Adenda, la superficie bruta del Proyecto fue rectificada a 12.093,35 m2. Mayores detalles ver Figura 8 “Superficie Edificios Perú Plaza I-II” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA. En cuanto a la superficie construida, ver Tabla 9 “Superficie construida” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA

Respecto del punto 3) de la observación, cabe señalar que ambos proyectos cumplen con la condición de Conjunto Armónico, ya que se trata en cada caso de dos edificios en un mismo terreno, un edificio de viviendas y otro de equipamiento (locales comerciales), en ambos casos. Se cumple también con la siguiente condición establecida en el Artículo 2.6.4 de la O.G.U.C.: Condición de Dimensión: los dos proyectos se emplazan en terrenos que superan en más de 5 veces la superficie predial mínima establecida por el Plan Regulador, estando Perú Plaza I en un terreno de 6.012,56 m2, y Perú Plaza II en un predio de 5.538,54 m. La superficie predial mínima establecida para este sector es 160.m2.

Además, se cumple con los siguientes requisitos establecidos en el mismo artículo: a) El terreno enfrenta en al menos 20 metros a una vía existente o proyectada en el Plan Regulador respectivo, de un ancho mínimo de 20 m., con calzada de no menos de 14 m. En el caso que la calzada no se encuentre materializada con las características señaladas, deberá ser ensanchada por el proyecto, hasta encontrarse o empalmarse con una calzada existente de al menos el mismo ancho. En el caso de estos proyectos, los respectivos frentes prediales de los terrenos en que se ubicarán los edificios Perú Plaza I y Perú Plaza II, son 68,78 m y 51,72 m., respectivamente. Avenida Perú, por su parte, tiene un ancho proyectado de 36 m. y una calzada ejecutada de 14 metros.

b) Que se ejecute un proyecto de mejoramiento en el espacio público que enfrenta el terreno, en toda el área comprendida entre la línea oficial y la solera, de acuerdo al diseño y características establecidos en el respectivo plano seccional. Este es el caso en Avenida Perú.

148. Javiera Isabel Munita Rojas

  1. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida, que reside no solo en nosotros, reside en 70 años desde los fundadores que optan por vivir de una manera, protegidos por el cerro San Cristóbal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa, mirando los cerros de Huechuraba para saber si llovía o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago. Un Oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

  2. Al ver los planos de elevaciones se puede observar que la altura máxima de construcción es de 38 metros, sin embargo, se ve construcciones sobre el piso 16, que superan la altura, y que claramente aumenta el volumen total de los edificios. Se solicita al titular que explique a qué corresponden estas construcciones y que demuestre que incluyéndolas no se superara la altura máxima permitida. Además, que considere, que, si estas obras corresponden al beneficio de "conjunto armónico", aunque no es posible que se acoja a éste dado que sólo 569 un edificio tiene el permiso de edificación, la norma establece que las salas de máquinas, chimeneas, estanques, miradores, y similares, deben estar considerados en el proyecto aprobado, deben cumplir la normativa sobre las rasantes y no pueden ocupar más del 20% de la superficie de la última planta del edificio. Se solicita que demuestre y garantice que así sucederá.

  3. En relación a la rasante y la proyección de sombra, el titular adjunta una planimetría muy compleja y que no es posible de entender por los vecinos del barrio. Se solicita que se presente de manera clara, con fotomontaje en 3D, la proyección de los edificios, y el efecto de las sombras en cada una de las estaciones del año, y en cada uno de los predios colindantes, y en la población en general, de manera de que podamos tener la claridad de cómo nos afectará la sombra de los edificios, saber cuántas horas sol perderemos por la construcción de éstos, y que nos demuestre que esto no nos afectará nuestra calidad de vida.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

Respecto del punto 1) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto.

Respecto del punto 2. de la observación, cabe señalar que la altura máxima de 38 m se supera al acogerse estos proyectos a la condición de conjunto armónico, que como se explicaba en consulta 1.11, permite que un aumento del 25% de la altura permitida por el Plan Regulador. En este caso es posible alcanzar una altura máxima de hasta 47,5 m., siendo la altura proyectada de 43,51 m en el punto más alto de Perú Plaza I y de 42,47 en Perú Plaza II.

La condición de Conjunto Armónico se muestra en Rectificación de Permiso N°32 del 01 de junio de 2016 (Rectificación al permiso 29 del 25 de abril de 2016), de Perú Plaza I, y en la resolución N°01 del 18 de enero de 2017, de aprobación de anteproyecto para Perú Plaza II.

Respecto a sobrepasar las rasantes, para ambos proyectos se presentó ante la Dirección de Obras un plano de sombras, acogido a artículos 2.6.11, 2.6.12, 2.6.13 y 2.6.14 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Además, cabe destacar que en los pisos superiores no existe sala de máquinas que pudieran hacer aumentar la altura ya definida.

Respecto del punto 3. de la observación, los edificios se encuentran emplazados en el terreno distantes varios metros de los deslindes, con el propósito de generar menores efectos de sombras y 570 ventilación de las casas vecinas. Lo anterior se encuentra detallado en el estudio de sombras aprobado por la D.O.M de Recoleta y forma parte integrante del Permiso de Edificación Nº 29 de fecha 25 de abril de 2016 (Edificio Perú Plaza I) y Permiso de Edificación N°53 de fecha 16 de octubre de 2017 (Edificio Perú Plaza II) otorgado por la D.O.M de Recoleta. Estos permisos acreditan que el proyecto cumple con el Instrumento de Planificación Territorial vigente para este sector en forma íntegra.

149. Fernando Munita Jordán

  1. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida que reside no sólo en nosotros, reside hace 70 años en los fundadores que optan por vivir de esta manera; protegidos por el Cerro San Cristóbal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa; mirando lo cerros de Huechuraba para saber si va a llover o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago, como un oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

  2. Al revisar el sistema de avalúo fiscal de la propiedad, del 26 de junio de 2017, información pública entregada por el SII, éste señala que el uso del predio indica “Deporte y Recreación”. Se solicita al titular explicar por qué tiene uso habiltacional; cómo será la posible construcción de los edificios, si el uso del suelo registrado o autorizado por el SII no es habitacional-comercial. Al respecto, explique si se requiere de un cambio de uso de suelo y por qué los antecedentes no fueron adjuntos a la DIA y a la Adenda.

  3. Los edificios pretenden emplazarse en terrenos que hasta 2014, fueron espacios de recreación, deporte y esparcimiento para los moradores de la población Lemus, de hecho, así lo establece el uso del predio del avalúo fiscal. Anteriormente, en el predio existían canchas de tenis, una piscina y abundantes áreas verdes, que fueron cortadas cuando ingresó el proyecto en el SEIA. Además de la pérdida para nosotros de estos espacios de recreación, nos provoca gran preocupación el tener que pavimentar una superficie de 13.724, 47 m2. Que hoy es suelo natural. Actualmente, la población Lemus, la comuna y la región cuentan con más de un (1) hectárea para absorber las aguas lluvias y alimentar las napas subterráneas que con la construcción de los edificios se impermeabilizarán y que se convertirán en un gran terreno de hormigón. A todo esto, debemos sumar que los suelos son de alta calidad, todo el terreno de la población eran chacras, y todos en nuestras casas contamos con excelentes suelos de cultivo. Todos suelos I, II y III que serán perdidos con la construcción de estos edificios y que nada se menciona sobre ellos en la DIA. Se asume que, por ser una zona urbana, no hay suelo que cuidar, preservar y conservar. Sobre todo, lo anterior, se solicita que se aclare todo lo que va a pasar con el suelo agrícola que se perderá, cómo se procederá con el agua de lluvias que cae sobre este terreno, cómo evitar que al no existir este tipo de suelo natural se generen anegamientos y colapsen las calles de la población. Cómo se asegurará que las aguas lluvias que alimentan directamente la napa subterránea lo sigan haciendo. No hay ningún tubo ni sistema que resista, y qué pasará con los suelos de excelencia agrícola que se perderán, por qué no se entrega nada de información sobre eso, cuál es la medida que compensa esta pérdida.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

Respecto del punto 1) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

571 Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto.

Respecto del punto 2) de la observación, el Plan Regulador Comunal de Recoleta consignó el sector en que se ubican los terrenos del proyecto como de uso residencial (Ver Certificado de Informaciones Previas adjunto en Anexo 1 de la DIA), no requiriéndose cambio de uso de suelo. El instrumento que establece el uso de suelo, de acuerdo a la normativa vigente, es el Plan Regulador Comunal. Los Certificados de Avalúo Fiscal no establecen usos de suelo, solamente indica las actividades existentes en un terreno en un momento determinado, independientemente de su uso de suelo. El proyecto se ajusta a la normativa territorial vigente, establecida a través del Plan Regulador Comunal de Recoleta y es en virtud de este instrumento que ha sido diseñado y obtenido los permisos municipales.

Respecto del punto 3) de la observación, sobre el uso de suelo, el Instrumento de Planificación Territorial (IPT) vigente, consignó este como de uso residencial (Ver Certificado de Informaciones Previas adjunto en Anexo 1 de la DIA). Además, cabe mencionar que en el terreno no hay ninguna actividad agrícola actual ni en el pasado cercano.

El titular del proyecto, efectivamente compró un estadio que a esa fecha (año 2014) se encontraba en desuso. Este estadio era privado y fueron los antiguos propietarios los que pusieron este terreno a la venta. Conforme al entendido que el titular del proyecto compró un terreno que no estaba siendo utilizado y cuyo uso de suelo permitía el desarrollo residencial en altura, es que ha desarrollado el proyecto, sometiéndose a todo el cumplimiento normativo que corresponde, tal como se ha detallado en el presente documento. En cuanto a las aguas lluvias, el proyecto contempla que éstas que sean captadas dentro del área del proyecto y se infiltrarán mediante drenes, por cuanto no habrá diferencia entre el agua que es infiltrada ahora, con lo que será una vez construido el edificio. Por lo tanto, no se producirá anegamiento o colapso en las calles producto de las lluvias, ya que por requerimientos del SERVIU, la solución de las aguas lluvias debe producirse en forma interna al predio. El proyecto de aguas lluvias se ha presentado como Anexo 9 de la DIA.

150. María C. Millacheo Huililiaro

a. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida, que reside no solo en nosotros, reside en 70 años desde los fundadores que optan por vivir de una manera, protegidos por el cerro San Cristobal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa, mirando los cerros de Huechuraba para saber si llovía o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago. Un oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

b. En relación al plano de accesibilidad, sólo se hace referencia al acceso hacia el predio donde estarán los edificios, pero no ilustra cómo será la accesibilidad de los vehículos desde las calles aledañas, considerando las rutas posibles. Cuál será el acceso y circulación de los vehículos que vienen de El Salto, y cómo los harán para salir los autos desde los edificios en las mañanas, en la hora punta, cuando actualmente se generan grandes atochamientos por Av. Perú, y cuando se termine el Parque de Av. Perú habrá una vía menos, y si le sumamos los 447 vehículos que saldrán en las mañanas, y llegarán en las tardes. Dónde está el estudio vial que demuestre que no se generarán los impactos significativos según lo indica el literal 572 b) del Art. 7 del RSEIA, tanto en Av. Perú, como en toda el área de influencia, incluyendo el interior de la población Lemus.

c. En relación a la circulación de los camiones y toda la maquinaria pesada que circulará en la etapa de construcción, el titular no ha demostrado como evitará que se generen los impactos significativos relacionados con la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento, considerando el literal b) del art. 7 del RSEIA. Actualmente ya se generan atochamientos y largas filas de vehículos por A. Perú, cómo se evitará que esto no se acreciente con los camiones y maquinarias.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

Respecto del punto a) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto.

Respecto del punto b) de la observación, es importante señalar que el proyecto, considerando ambas etapas, cuenta con Estudio de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano (EISTU) aprobado mediante el ORD.SM/AGD/Nº3960 del 11 de Mayo 2017.

La metodología de Estudios de Impacto sobre el Sistema de Transporte (EISTU) se refiere al desarrollo, revisión y aprobación de los estudios estipulados en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, el DFL N°850 (MOP) de 1997 y el DS N°83 de 1985, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

El objetivo fundamental de esta metodología consiste en entregar una guía que normalice los estudios de impacto de proyectos que afectan el Sistema de Transporte Urbano. Establece la manera de identificar y evaluar los diferentes tipos de impactos que sobre el área de influencia del estudio provoca la localización de actividades relevantes, tales como la construcción y habilitación de proyectos habitacionales, centros comerciales, industrias y otros. El Estudio de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano se solicita cuando el proyecto contempla alguna de las exigencias que figuran en el cuadro contenido en el numeral 1.3 del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA.

En lo particular, el proyecto Perú Plaza consiste en la construcción de 2 edificios de viviendas cada uno con 16 pisos y un sector de locales comerciales. Cuenta con un total de 447 estacionamientos 573 (436 para viviendas y 11 para locales comerciales) distribuidos en 2 niveles, uno a nivel calle y 1 subterráneo.

De acuerdo a la metodología de Estudios de Impacto sobre el Sistema de Transporte (EISTU), para el proyecto Edificio Perú Plaza se desarrolló un estudio táctico sin reasignación mayor, el cual fue aprobado por la ventanilla única compuesta por la SEREMITT, la Ilustre Municipalidad de Recoleta, SERVIU, Transantiago, UOCT. (ORD.SM/AGD/Nº3960 del 11 de Mayo 2017). Este estudio recogió todos los impactos producidos por los estacionamientos del proyecto, considerando las medidas de mitigación necesarias para reducir significativamente dichos impactos, lo cual fue debidamente revisado y aprobado por los organismos públicos técnicos en este tema. Este estudio consideró como situación base la existencia del bandejón central, que efectivamente elimina una pista vehicular, dando paso al bandejón con una ciclovía, conforme a lo cual las modelaciones realizadas para efectos del proyecto ya consideraron esta situación.

Dentro de las medidas de mitigación definidas por la ventanilla única se considera la Ejecución del proyecto Zona 30 en el cuadrante formado por Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Eloísa Lemus, Elcira Lemus y María Graham de acuerdo a lo estipulado por la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta. También se considera la reprogramación y la normalización del controlador del semáforo ubicado en Av. Perú con Arzobispo Valdivieso, incluyendo la tarea de sintonía fina y la reconfiguración de las EPROMS de los controladores y la Repavimentación de calle Doctor Ostornol, entre Francisco Silva y Arzobispo Valdivieso.

Con respecto a las rutas de acceso, estas son presentadas en las figuras referenciales, Figura 2 Rutas de Salida del Proyecto y Figura 3 Rutas de Ingreso al Proyecto, ambas del Anexo PAC (Anexo 5) de la Adenda complementaria, las cuales han sido tomadas desde el EISTU del proyecto.

Las modelaciones viales que generó este estudio indican que la vialidad del proyecto no se verá saturada por efectos de la operación del proyecto inmobiliario, lo cual fue evaluado en las horas punta de la mañana y de la tarde. Adicionalmente se realizó un estudio que evalúa los tiempos de desplazamiento (ver Anexo 5.1), que concluye que se observa una disminución en los parámetros de congestión en ambos períodos al incorporar el proyecto, indicadores que se mejoran en la situación con proyecto y mitigaciones, estableciendo que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, con lo que es posible descartar que en términos viales el proyecto pueda generar los efectos de la letra b) del artículo 7 del reglamento del SEIA.

Por otro lado, es importante destacar que el área de influencia cuenta con recorridos de 13 paraderos del Transantiago, mediante los cuales la población puede acceder a recorridos locales y troncales que permiten acceder a una mayor variedad de equipamiento y servicios para satisfacer las necesidades de la población.

Además, el área de influencia se encuentra próxima a la estación de Metro Cementerios, la cual se emplaza a 465 Metros de distancia del Proyecto. Cabe destacar, que ambos sistemas cuentan con capacidad para recibir a futuros usuarios.

Finalmente, se debe señalar que el proyecto y ejecución del bandejón central y la ciclo vía, no forman parte del presente proyecto en evaluación ambiental y no corresponde al titular de éste, sino que corresponde a un proyecto de la Municipalidad, tanto en su diseño como ejecución. En consecuencia a eso, el titular ha aportado a dicho proyecto con el diseño armónico y conjunto con el municipio en lo que respecta al frente predial del proyecto, incluso llegando hasta el paradero existente en la esquina de Avda. Perú con Valdivieso.

Respecto del punto c) de la observación, durante la fase de construcción, el titular ha actualizado las rutas a utilizar durante esta Fase, de modo de no contemplar el tránsito de camiones por el interior de la villa Lemus. Por lo tanto, la calle a utilizar por los vehículos que transitan desde el Norte será por Av. Perú, Vuelta en U en calle Rapa Nui y luego tomar nuevamente Av. Perú y los camiones que salgan del proyecto hacia el centro será por calle Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Puma, María Graham y luego tomaran nuevamente Av. Perú.

Adicionalmente, el Titular se compromete a que todo tránsito de vehículos livianos, vehículos de carga de material y vehículos de escombros a realizar durante la fase de construcción será por fuera de la Villa Lemus, lo cual quedará estipulado en el contrato de prestación de los servicios. Por otro 574 lado, el titular se compromete a que los camiones queden estacionados al interior de la obra, de manera de no causar los atochamientos y eventuales accidentes que le preocupan a la comunidad. Por lo que, la vida en comunidad de la Villa Lemus no se verá afectada por la construcción del Proyecto, ni se generarán los efectos indicados en la letra b del artículo 7 del Reglamento del SEIA, ya que el proyecto se desarrolla al interior de un sector ya cercado por el que no circulan personas ni da conectividad a otros sectores.

151. Daniela Carolina Riveros

a. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida, que reside no solo en nosotros, reside en 70 años desde los fundadores que optan por vivir de una manera, protegidos por el cerro San Cristobal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa, mirando los cerros de Huechuraba para saber si llovía o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago. Un oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

b. En la DIA y en la Adenda se indican que el inicio de las obras será en abril de 2017, y que la construcción durará 3 años, dos años para cada edificio, con traslape de un año. Al respecto se solicita aclarar: la fecha de inicio, ésta no puede ser mientras no sea aprobado el proyecto y cuente con su RCA; porqué si se plantea que el proyecto se construirá en 2 etapas hay traslape de obras, si es en dos etapas, se debe terminar una y luego comenzar la segunda; para el momento del traslape, ¿se consideró que durante ese año todas las emisiones, circulación de vehículos, ruido, y todos los impactos generados por el proyecto deben ser multiplicados por dos', lo que significa que nosotros en la población tendremos el doble de afectación. ¿Dónde demostró que esos impactos no serán significativos?; ¿qué pasa con todos los efectos en la salud que nos provocará el doble de emisiones?; ¿qué pasará con toda nuestra calidad de vida con los impactos que generará el proyecto durante la construcción?; ¿cómo se pretende evitar aumentar los niveles de contaminación con toda la circulación de vehículos que generará el proyecto considerando que estamos dentro de la región metropolitana, considerada como zona saturada por el MMA?

c. Dentro de las medidas de control de polvo, se propone el uso de Malla Rachel, ¿cómo se pretende evitar la contaminación y emisión de polvo con una malla?, ¿dónde están los estudios e investigaciones de respaldo que argumenten que una malla es suficiente para controlar el polvo? ¿cómo es posible que una empresa que se supone es seria y responsable con la comunidad propone ese tipo de medidas de control de polvo?; ¿Dónde están los antecedentes que permiten descartar la generación de impactos significativos en la salud, por emisiones de polvo y material particulado, y todo lo indicado en el art. 5 del RSEIA?; ¿por qué no proponen medidas más coherentes, y que genere un control real de las emisiones, como grandes murallas verdes, con vegetación, en todo el perímetro del predio, que permita absorber polvo y contaminantes, emitir oxígeno y amortiguar el ruido?

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

Respecto del punto a) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que 575 pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto.

Respecto del punto b) el proyecto no comenzará hasta no contar con una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable, por lo que, en la Ficha Resumen de la Adenda Complementaria se actualiza la fecha de inicio de la obra a según quede establecido en la RCA. Por otro lado, se aclara que en el informe de Estimación de Emisiones y en el Estudio de Ruido y Vibraciones se consideró el traslape de ambas etapas del proyecto. Por lo que, los resultados finales no deben ser multiplicados por dos, esta situación ya ha sido considerada en los cálculos del proyecto.

Respecto a las emisiones atmosféricas, el proyecto no superará los límites indicados en el artículo 98 del Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica de Santiago (PPDA), tal como se demuestra en la Tabla 4 del Anexo PAC de la Adenda complementaria. Además, como compromisos se contempla la implementación de cierres con planchas OSB y sobre esta se adicionará malla tipo raschel que cumplirán la doble función de retener material particulado y controlar las emisiones de ruido. Adicionalmente se han contemplado medidas como humectación de las áreas de movimiento de tierra, acopio de tierra y vías de circulación interna; se estabilizarán y compactarán las zonas de tránsito de maquinaria y vehículos; se prohibirá la quema de maderas u otro material al interior de la obra; los vehículos contarán con revisión técnica al día; entre otros.

En cuanto a las emisiones de ruido generadas durante la fase de construcción, cabe destacar que al implementar las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (plancha OSB como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), los niveles estimados de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente en todos los receptores, considerando la situación más desfavorable.

Finalmente, para asegurar el cumplimiento de la normativa de referencia para las vibraciones se restringirá el uso de la placa compactadora, la cual no podrá operar a menos de 9 metros de los receptores R1, R2 y R3 (Ver Anexo 6 de la Adenda).

Por lo tanto, el proyecto cumple con toda la normativa ambiental que le aplica. Es importante mencionar que las normativas que el proyecto ha acreditado su cumplimiento tienen sus fundamentos en la salud de la población. De la siguiente forma: • El artículo 1º del DS 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente establece que “El objetivo de la presente norma es proteger la salud de la comunidad mediante el establecimiento de niveles máximos de emisión de ruido generados por las fuentes emisoras de ruido que esta norma regula.” • El artículo 1º del DS 66/2010 del Ministerio de Medio Ambiente (PPDA) indica lo siguiente: “El presente Decreto regirá en la Región Metropolitana y tendrá por objeto cumplir con las normas primarias de calidad ambiental de aire vigentes, asociadas a los contaminantes material particulado respirable como concentración de 24 horas y anual, y ozono como concentración de 8 horas, establecidas en el Decreto Supremo Nº 59, de 1998 y en el Decreto Supremo Nº 112, de 2002, respectivamente, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, y abandonar el estado de latencia en que se encuentra el contaminante monóxido de carbono como concentración de 8 horas a que se refiere el Decreto Supremo Nº 115, de 2002, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, mediante la reducción de las emisiones de los referidos contaminantes y sus precursores, de manera de proteger la vida o salud de la población.”.

Conforme a lo anterior, mediante el cumplimiento de las normas ambientales que el titular ha acreditado que la salud de la población no será afectada por la ejecución del proyecto, que ha tomado en consideración que estamos en una región saturada y latente en contaminación ambiental 576 y que se han tomado todas las medidas que corresponden a este tipo de actividades para que se genere la menor molestia en los vecinos. Es importante reiterar que la construcción de este proyecto no es distinta a la construcción de edificios que se realiza en muchos sectores de la Región Metropolitana.

Respecto del punto c) de la observación, se aclara que el proyecto no superará los límites indicados en el artículo 98 del PPDA, por cuanto no le corresponde compensar emisiones. En la Tabla 86 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria se muestran las cifras de las emisiones atmosféricas (Ver Tabla 86 Emisiones Atmosféricas Totales del Proyecto).

De todas formas, para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante su fase de construcción, se contemplan cierres con planchas OSB y sobre esta se adicionará malla tipo raschel que cumplirán la doble función de retener material particulado y controlar las emisiones de ruido. Adicionalmente se han contemplado medidas como humectación de las áreas de movimiento de tierra, acopio de tierra y vías de circulación interna, se estabilizarán y compactarán las zonas de tránsito de maquinaria y vehículos, se prohibirá la quema de maderas u otro material al interior de la obra, entre otros.

152. Alina Mirna Morales González

a. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida, que reside no solo en nosotros, reside en 70 años desde los fundadores que optan por vivir de una manera, protegidos por el cerro San Cristobal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa, mirando los cerros de Huechuraba para saber si llovía o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago. Un oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

b. Por qué el titular decide hacer un proyecto de esta envergadura, junto a un barrio residencial, antiguo, que tiene una muy alta calidad de vida, donde se vive muy tranquilo, con mucha convivencia entre los vecinos, y relaciones comunitarias, con intercambio entre distintas generaciones, y que todo eso será afectado y modificado con su proyecto. Por qué el titular no pensó ni preguntó a los vecinos todo el impacto que generará este proyecto. Por qué sólo decidió por un proyecto que le genere altos dividendos sin importar en lo efectos en la vida de las personas.

c. El titular no propone compromisos voluntarios, sólo mantener cierta comunicación con la comunidad, sin indicar ningún detalle de ésta, y sólo con los sólo con dirigentes de la JJVV. ¿Por qué no se considera a toda la comunidad de la población Lemus?, ¿por qué sus compromisos ambientales son tan precarios?, ¿por qué no propone con detalle otros compromisos voluntarios que permitan mitigar y reparar todo el daño que generará la construcción de los edificios?

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

Respecto del punto a) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que 577 pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto.

Respecto del punto b) de la observación, se debe señalar que la decisión del titular de implementar el proyecto Edificios Perú Plaza I-II en dichos sectores, se funda y se sustenta debido a que el Instrumento de Planificación Territorial (IPT) consignó el suelo del proyecto como de uso residencial con altura, con densidades habitacionales claramente establecidas, por lo que, permite la construcción del proyecto. En efecto, la formulación del Plan Regulador Comunal (PRC) tiene un proceso de consulta pública para recibir los comentarios y observaciones de la comunidad, lo cual fue llevado a cabo durante la formulación de este IPT y su modificación del año 2012.

No obstante lo anterior, se puede mencionar que el diseño del proyecto considera el contexto en donde se localiza, respecto de lo cual, tomó algunas consideraciones durante su diseño: • El diseño ha contemplado que todos los accesos, ya sean de construcción y operación, sean a través de Avda. Perú, que corresponde a una vía importante en el contexto metropolitano. Lo anterior con el objeto de que no haya ingreso y salida de vehículos al interior del barrio Lemus. • Se ha contemplado un mejoramiento notable de la vereda que enfrenta el proyecto en Avda. Perú, pasando de la situación actual, en que la vereda tiene alrededor de 1 metro de ancho a una que tendrá 4,5 metros y cuyo diseño ha sido aprobado mediante ORD. N°1500/409/2017 del SECPLA de la Municipalidad de Recoleta. • Se ha diseñado el proyecto de forma tal que los edificios se ubiquen en los sectores NO aledaño a las casas, de manera que contemplar que hayan áreas verdes y estacionamientos en estos sectores y dejar un distanciamiento amplio.

Respecto del punto c) de la observación, cabe mencionar que la JJ.VV. corresponde a la organización que representa al barrio y por ello se establece un canal formal de comunicación con los dirigentes, entendiendo que, a su vez, ellos lo tienen con la comunidad.

No obstante lo anterior, se realizarán charlas con la comunidad antes del inicio de cada etapa, de manera de presentar a los vecinos el proyecto, las actividades y las personas que estarán a cargo (Ver Tabla 21 Compromiso Voluntario – Adenda Complementaria).

Para mayor información, en la Tabla 87 Compromisos Ambientales Voluntarios – Fase de Construcción y la Tabla 88 Compromisos Ambientales Voluntarios – Fase de Operación del Anexo PAC de la Adenda Complementaria, se presentan los Compromisos Voluntarios adquiridos por el Titular en la DIA y Adenda.

153. Tomás Wyndt Munita

  1. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida, que reside no solo en nosotros, reside en 70 años desde los fundadores que optan por vivir de una manera, protegidos por el cerro San Cristóbal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa, mirando los cerros de Huechuraba para saber si llovía o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago. Un Oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

  2. Por qué el proyecto no consideró la construcción del bandejón y hermosamiento de Av. Perú en la evaluación de los impactos, si este proyecto del gobierno regional fue aprobado el 2016, 3-4 meses antes que el titular ingrese la DIA a evaluación, por lo tanto, estaba en conocimiento de ello. Es más, cuando ingresa el proyecto, los trabajos ya habían 578 comenzado, y en la DIA ninguna referencia hace sobre éste, y no considera en su evaluación de impacto, ni el cambio en su área de influencia ni línea de base, ni que la situación actual es muy distinta a la presentada en la DIA, ni todos los impactos que generará el proyecto sobre el bandejón ya construido, tanto en la etapa de construcción, sobre todo con el flujo de camiones y maquinaria pesada, y luego con la circulación de 220 bicicletas, cerca de 2000 personas y 440 vehículos.

  3. El titular no propone ningún tipo de monitoreo durante la etapa de construcción y de ejecución de todos los impactos de su proyecto. Como medirán que efectivamente no se está emitiendo ruido sobre la norma, como medirán que las emisiones de polvo y material particulado y cualquier contaminante esté dentro del norma, como se medirá que el tráfico vehicular no generé los ECC indicados en el literal b) art. 7 del RSEIA.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

Respecto del punto 1) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto.

Respecto del punto 2) de la observación, cabe señalar que, tomando en consideración lo señalado en la observación y teniendo en cuenta la nueva estructura vial de Avenida Perú con el bandejón central, este último siendo un proyecto de diseño y ejecución del Municipio, el Titular ha actualizado las rutas a utilizar durante la Fase de Construcción del Proyecto. Por lo tanto, la calle a utilizar por los vehículos que transitan desde el Norte será por Av. Perú, Vuelta en U en calle Rapa Nui y luego tomar nuevamente Av. Perú y los camiones que salgan del proyecto hacia el centro será por calle Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Puma, María Graham y luego tomaran nuevamente Av. Perú.

Se aclara que el EISTU aprobado mediante el oficio N°3960 del 11 de Mayo de 2017 sí incluye en su evaluación el bandejón central que se encuentra en construcción en la Avenida Perú, para lo cual consideró el diseño final de esta obra. Por lo tanto, el proyecto Edificios Perú Plaza I-II para sus dos fases considera la construcción del bandejón y hermosamiento de Av. Perú.

Respecto del punto 3) de la observación, monitoreo etapa de construcción. En relación al tema ruido, el titular ha acreditado que mediante la implementación de las medidas señaladas en la DIA dará cumplimiento a la norma de ruido existente en forma diaria, razón por la cual no es necesario establecer un plan de monitoreo de ruido. De esta manera, la principal medida corresponde a las 579 planchas de OSB, las cuales podrán ser observadas con facilidad por los vecinos. Complementariamente, en caso de ocurrir molestias de ruido, se podrá recurrir a la persona encargada de la obra, la cual verificará que todas las medidas comprometidas se encuentren implementadas y, en caso de corresponder, podrá reforzar alguna medida que pueda disminuir la molestia de los vecinos. Cabe señalar, sin embargo, que el concepto de molestia fue expresamente retirado de la norma de ruido por ser de carácter subjetivo.

Respecto del material particulado, se debe señalar que el titular se comprometió que para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante su fase de construcción, se contemplan cierres con planchas OSB y sobre esta se adicionará malla tipo raschel que cumplirán la doble función de retener material particulado y controlar las emisiones de ruido. Adicionalmente se han contemplado medidas como humectación de las áreas de movimiento de tierra, acopio de tierra y vías de circulación interna, se estabilizarán y compactarán las zonas de tránsito de maquinaria y vehículos, se prohibirá la quema de maderas u otro material al interior de la obra, entre otros.

El proyecto no supera los límites indicados en el artículo 98 del PPDA, por lo que no le corresponde compensar emisiones, como se señala en la Tabla 99 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria (Ver Tabla 99 Emisiones Atmosféricas Totales del Proyecto).

Durante todo el proceso de evaluación ambiental, el titular del proyecto ha acreditado cumplimiento de la normativa ambiental aplicable. En particular, ha acredita que todo el manejo y disposición de descargas, efluentes y residuos será realizado conforme a la normativa vigente, utilizándose transportes y lugares de disposición autorizados para los residuos sólidos y líquidos.

Para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante su fase de construcción, se consideran las siguientes medidas que el Titular se compromete a materializar:

• Humectación: Según la letra a) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se humectarán las áreas de movimientos de tierra y vía de circulación interna de acuerdo a los requerimientos en terreno, contemplándose un mínimo de 2 veces al día durante el periodo que duren las excavaciones. La fuente de agua provendrá de un arranque de agua potable en la obra o en su defecto por medio de camión aljibe que posea las autorizaciones y permisos correspondientes, se mantendrá registro en obra por medio de boletas o facturas. • Camiones encarpados: Según la letra c) del artículo 5.8.3 de la OGUC, el transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver Figura 4 del Anexo 3 de la Adenda complementaria). • Estabilización y compactación de caminos: Según la letra b) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículo por el periodo correspondiente (tiempo en que duren las excavaciones). • Cierre perimetral en los deslindes: Según la letra g) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se construirá cierre perimetral en los deslindes del proyecto con mallas tipo raschel, el cual será mantenido en buen estado. La finalidad de este cierre es evitar la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área del proyecto y sectores circundantes. Los cierres podrán ser reemplazados por los paneles OSB con fines acústicos, adicionándoles 50 cm por sobre el nivel con malla raschel.

Conforme a lo anterior, el titular del proyecto compromete el cumplimiento de la normativa ambiental vigente que le aplica, cuya base es la salud de la población. Todo el detalle de los estudios y cálculos se presentan en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria.

154. Ricardo Alejandro Verdugo Salgado

a. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida, que reside no solo en nosotros, reside en 70 años desde 105 fundadores que optan por vivir de una manera, protegidos por el cerro San Cristobal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa, mirando los cerros de Huechuraba para saber si llovía o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago. Un oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo. 580

b. El titular no considera que la calle Valdivieso es la única salida que tienen todas las poblaciones que viven hacia el interior, hacia el cerro, y que cualquier obstrucción, atochamiento, etc. No sólo afectará la población Lemus, sino además a toda la gente que vive de Valdivieso al interior. Al respecto, el titular propone en su EISTU que usará la calle Dr. Ostornol (que no está pavimentado, por lo tanto generará mucho polvo en suspensión y contaminación y daño a la salud a las personas que ahí viven), luego Valdivieso, Eloísa Lemus, Elcira Lemus, Celia Coloma y Av. Perú como vías de circulación de los vehículos y camiones para acceder desde El Salto al predio del proyecto, lo que es contradictorio con lo que dijeron en la presentación del proyecto donde se comprometieron a no pasar por la población, y en el EISTU dicen que sí lo harán. Además, deberían considerar dentro del área de influencia del proyecto Valdivieso y todas las calles al interior, por el impacto vial que generará el proyecto. Sumado a esto, se presentan el proyecto al SEIA sin tener aprobado el EISTU, la aprobación la obtuvieron recientemente, y tiene muchas contradicciones con todo lo planteado en la DIA. Toda la circulación de vehículos y el impacto vial que se plantea en un instrumento, EISTU, no coinciden con la DIA. Se solicita aclarar y explicar todo lo anterior, además de especificar cuál es el estudio vial y sus impactos reales que se deben considerar, porqué existen tales niveles de contradicción, explique porque se falta a la verdad en la información, que garantice que no se está cometiendo un ilícito, y cómo dará cumplimiento a toda la normativa relacionada, tanto en el EISTU como en la DIA, y que justifique su área de influencia del impacto vial, y que no se generará impacto significativo en los términos indicados en el literal b) art. 7 y art. 5 del RSEIA.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

Respecto del punto a) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto.

Respecto del punto b) de la observación, en el Anexo 2 de la Adenda Complementaria se adjunta el Oficio de Aprobación del EISTU. Cabe mencionar, que las rutas de vehículos livianos y pesados señalados en la DIA corresponden a las rutas a utilizar durante la fase de construcción del Proyecto. Por otro lado, las rutas vehiculares señaladas en el EISTU corresponden a las rutas utilizadas para modelar la fase de operación del proyecto.

El EISTU desarrollado y aprobado por la Ventanilla Única, contempla un completo análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de describir 581 correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios base o sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

En la Figura 17 “Área de Influencia EISTU”, del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA, se representa el área de influencia del EISTU y se puede apreciar que se consideraron odas las vías que podrían verse afectadas por el proyecto, tales como las de la Población Lemus.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto. Una de las medidas de mitigación consiste en la repavimentación de calle Doctor Ostornol, entre Francisco Silva y Arzobispo Valdivieso, lo que responde la inquietud respecto a la contaminación que se pudiera generar por el aumento de tráfico por esta vía que actualmente es de tierra. Conforme a esta inquietud y al cumplimiento del proyecto al PPDA, se establece que el aumento de emisiones atmosféricas no causará daño en la salud de la población, no estableciendo las circunstancias que establece el artículo 5 del Reglamento del SEIA, cuyo detalle se presentó en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria.

Tal como se ha reiterado, el hecho que el proyecto cuente con un EISTU aprobado que ha propuesto medidas que el proyecto deberá implementar, para no causar escenarios de saturación vial y con ello aumentar significativamente los tiempos de desplazamientos, además de contar con recorridos de 13 paraderos del Transantiago, mediante los cuales la población puede acceder a recorridos locales y troncales, que permiten acceder a una mayor variedad de equipamiento y servicios para satisfacer las necesidades de la población, y la disponibilidad de 2000 pasajeros /hora en los períodos punta de Metro Cementerios (ubicada a 465 metros del proyecto) hacen que el proyecto no cause los efectos indicados en la letra b) del artículo 7 del reglamento del SEIA.

155. Sandra Rivera H.

a. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida, que reside no solo en nosotros, reside en 70 años desde los fundadores que optan por vivir de una manera, protegidos por el cerro San Cristóbal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa, mirando los cerros de Huechuraba para saber si llovía o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago. Un Oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

b. Nos parece importante mencionar en específico sobre la avifauna nativa. En la población convivimos a diario con Tórtolas chilenas, Tórtolas Cuyana, Zorzales, Mirlos, Raras, Tencas, Tordos, Carpinteritos, Gorriones, Chineóles, Chercán, Tijerales, Tiuques. Todas especies difíciles de encontrar en la ciudad, que tienen sus corredores de desplazamiento entre el Cerro San Cristóbal y Cerro Blanco a través de nuestra población, que tiene mucha vegetación y refugios para estas aves, y que la gran parte se refugia en el predio donde se quieren construir los edificios. Sin duda tienen un valor ambiental muy importante, considerando que cada vez son más escasas, y que la fragmentación de su hábitat puede significar un daño enorme para esta avifauna nativa. Nos preocupa enormemente el daño que pueden sufrir su habitar al construir unas mega-torres justo en medio de la ruta que estas aves utilizan. Hay una serie de investigaciones en la ciudad de Santiago que hablan de estas rutas, tanto el Parque Metropolitano como el Cerro Blanco tienen esta información, ambos parques tienen zonas de avistamiento de estas aves, y un trabajo conjunto para no fragmentar ni dañar su hábitat y rutas de vuelo. Además, dentro de las especies se encuentra la Tórtola cuyana que usa siempre la misma ruta, y que es muy sensible a los cambios en sus formas de vivir. Por otro lado, existen dos especies en categoría de conservación en la 582 población y que se verá afectado su hábitat con las torres: torcaza chilena y carpinterito. El titular ninguna referencia hace sobre todos estos antecedentes. Se solicita al titular que se refiera sobre todo lo antes expuesto, que argumente y entregue todos los antecedentes que permitan establecer que no se afectará a ninguna de estas aves, que entregue una línea de base sobre las aves que permitan hacer un control y monitoreo sobre su población y que éstas no desaparecerán con los edificios, que entregue todos los antecedentes con los que cuentan tanto el parque metropolitano como el cerro blanco sobre la población de estas aves, sus rutas de vuelo y hábitat; que proponga un plan de monitoreo y cuidado de estas aves, y que demuestre que no generaran impactos significativos en los términos de lo indicado por el art. 6 del RSEIA.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

Respecto del punto a) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto.

Respecto del punto b) de la observación, en el área de influencia del proyecto, a través de un análisis bibliográfico y la experiencia en terreno en la Tabla 85 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria el titular señala las especies existentes (Ver Tabla 85 Tabla de aves potenciales del área de influencia).

En relación a la consulta se entregan las siguientes consideraciones técnicas en relación a las aves en un terreno urbano: • En los estudios de biodiversidad urbana se reconoce el valor de las aves como indicadores de aspectos importantes de los ecosistemas urbanos como la estructura vegetacional, siendo este el hábitat principal de las aves dentro de las ciudades. • Díaz y Armesto (2003) compararon la composición de avifauna entre la comuna de La Reina y la Reserva Rio Clarillo, concluyendo que la riqueza de aves aumenta cuando aumenta el follaje de los árboles, y a su vez cuando estos son nativos. • Los corredores de desplazamiento de aves urbanas poseen dos componentes principales (1) estructural o física, que se refiere a la disposición espacial de diferentes tipos de hábitats o al orden de los elementos en el paisaje y (2) funcional o de comportamiento, la cual corresponde al comportamiento propio de individuos, de especies o de procesos ecológicos de la estructura física del paisaje. • En estudios con radio trasmisores, realizados en la comuna de Providencia, se determinó que las aves (zorzal) se movilizan por la cuidad en tramos cortos, utilizando como ruta de 583 desplazamiento las arboledas urbanas, lo jardines de casas, las áreas verdes de edificios, donde se detienen por algunos minutos. Prefieren calles con mayor vegetación.

En relación a lo anterior, se debe considerar que el proyecto no afectará sectores que son considerados como áreas de descanso o corredor de desplazamiento de las aves, más bien realizará un refuerzo de estas, a través de la incorporación de áreas verdes y nuevos árboles en las calles, lo que el titular evidencia en la Figura 45 y 46 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria (Ver, Figura 45 Árboles y Áreas Verdes Edificios Perú Plaza I – II; Figura 46 Proyecto de Paisajismo Edificio Perú Plaza I).

Tal como queda establecido, el proyecto incorpora 1.602,27 m2 en el Edificio Perú Plaza I y 1.682,14 m2 en el Edificio Perú Plaza II de nuevas áreas verdes, contemplando la utilización de árboles de gran tamaño.

En el diseño paisajístico urbano se establece que el proyecto como tal no generará una alteración conductual en la migración de las aves del sector, más bien reforzará las vías migratorias, generando nuevos sectores de posaderos y rutas de desplazamiento.

Sobre la avifauna presente en el Parque Metropolitano y El Cerro Blanco, se debe mencionar que ambas unidades no son parte del área de influencia del proyecto, por lo tanto, las partes y obras de este no tendrían una interacción en el componente faunístico que en estos habitan. Para el caso de las rutas migratorias, tal como se menciona anteriormente, el proyecto no generará una interacción negativa, más bien realizará un proyecto de paisajismo que colaborará en el hábitat urbano de estas especies.

En relación a las categorías de conservación mencionadas en la consulta, cabe mencionar que las especies mencionadas no se encuentran amenazadas en la actualidad. El carpinterito (Veniliornis lignarius), no ha sido clasificado por el Comité de Clasificación de Especies, tampoco presenta clasificación en el reglamento de la Ley de Caza, por lo tanto no presenta una categoría de conservación. Para el caso de la torcaza (Patagioenas araucana) esta fue clasificada por el comité como en preocupación menor, es decir: “Una especie se considerará "Preocupación Menor" cuando, habiendo sido evaluada, no cumple ninguno de los criterios que definen las categorías de En Peligro Crítico, En Peligro, Vulnerable o Casi Amenazada. Se incluyen en esta categoría especies abundantes y de amplia distribución, y que por lo tanto pueden ser identificadas como de preocupación menor”.

El señala que la afirmación realizada por la ciudadanía en relación a que “existen dos especies en categoría de conservación en la población y que se verá afectado su hábitat con las torres: torcaza chilena y carpinterito”, no es correcta, puesto que no se encontraron especies en categoría de conservación en el área en estudio.

Sobre la información entrega por el titular, respecto de realizar un levantamiento de terreno de la avifauna, dicha solicitud corresponde a la realización de un estudio de línea base de fauna vertebrada terrestre, instrumento técnico que ha sido definido en el artículo 18 inciso e.2. Sin embargo, el Proyecto fue ingresado bajo la forma de Declaración de Impacto Ambiental (DIA), las que no deben incluir o presentar líneas bases de acuerdo a lo establecido en el artículo 19 del Decreto Supremo (DS) 40 de 2013 (Ministerio de Medio Ambiente) el cual aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el que establece que las líneas de base sólo forman parte de los Estudios de Impacto Ambiental (EIA), tal como lo establece el artículo 18 del mismo reglamento.

De la misma forma, el artículo 19 del D.S 40 en su inciso b.1 se establece que dentro de las Declaraciones de Impacto Ambiental, se pueden incluir, en el caso que fuese necesario, antecedentes que justifiquen la inexistencia de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que puedan dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental. Profundizando en lo anterior, en el mismo inciso, en su apartado b.3 el D.S 40 establece lo siguiente: “En casos de corresponder, la ubicación y cuantificación de los recursos naturales renovables a extraer o explotar por el proyecto o actividad para satisfacer sus necesidades”. Por lo tanto, correspondería presentar una caracterización de avifauna solo en el caso que se requiera justificar la inexistencia de las características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300.

584 En relación a la tabla de especies potenciales de avifauna, se establece que dentro del área de influencia no existe evidencia de especies de avifauna que puedan ser consideradas como recursos escasos, únicos o representativos, cuya afectación puedan generar efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, y que por lo tanto puedan dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental.

En conclusión, no es necesario presentar una caracterización de línea base, toda vez que la bibliografía descarta que existan elementos, asociados a la avifauna, que sean considerados como escasos, únicos o representativos.

De la misma forma, se descarta la existencia de las circunstancias que generen impactos significativos sobre lo indicado en el artículo 6 del RSEIA. Lo anterior, responde a que el área de influencia presentado en proyecto, se desarrolla en su totalidad en la ciudad de Santiago, considerada como la urbe más densificada y urbanizada de Chile. En términos ecológicos, se establece que las ciudades corresponden a una matriz urbana donde se ha realizado un desplazamiento de las condiciones naturales originales, para dar paso a la construcción de una ciudad. Producto de lo anterior, el ensamblaje faunístico del sector permitiría sólo el desarrollo de especies que no son especialistas de hábitat y que por lo tanto, su conservación no se encontraría amenazada en la actualidad, sin ser consideradas como recursos escasos, únicos o representativos.

156. Juan Pablo Quezada Bustos

  1. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida que reside no sólo en nosotros, reside hace 70 años en los fundadores que optan por vivir de esta manera; protegidos por el Cerro San Cristóbal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa; mirando lo cerros de Huechuraba para saber si va a llover o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago, como un oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

  2. Es importante mencionar que nuestro barrio se encuentra en los faldeos del cerro San Cristóbal y próximo al Cerro Blanco, por lo que nuestra población tiene abundante vegetación y se genera un microclima, con condiciones muy particulares para habitar. Las características biogeográficas del territorio donde se encuentra la población, permiten un clima privilegiado en comparación a otros sectores de la ciudad, es un barrio muy tranquilo, la vegetación arbórea amortigua el ruido y las temperaturas extremas que genera la ciudad, y en particular, gran valor tiene para nosotros la abundante avifauna, insectos y reptiles que existen en el barrio. En nuestra población es posible convivir con abundantes abejas chilenas, abejorros y lagartijas, que habitan gracias a las condiciones vegetacionales que hay, todas especies que sabemos el valor ecológico que tienen, y que es interés de vuestro servicio preservar.

  3. Es mucha preocupación la posible contaminación de las napas subterráneas, teniendo como antecedentes que en el lugar donde se quiere construir funcionaba una piscina, donde la gran parte de la población asistía. Junto a la piscina hay un pozo, que fue construido por un ingeniero vecino del barrio, con un permiso municipal para hacerlo, que consta en los documentos de la antigua Municipalidad de Conchalí. Este pozo permitía extraer agua a muy poca profundidad, menos de 5 metros, para abastecer la piscina y regar los jardines, todos los vecinos somos testigos de que eso sucedía, y el titular dice que las perforaciones no encontraron agua a 30 metros, lo que nos parece una falacia y que el titular manipula y miente en la información entregada, en toda la cuenca de Santiago es posible el alumbramiento de agua a muy poca profundidad. Y si se considera que los subterráneos llegaran a una profundidad de 7 metros, apenas comiencen las excavaciones se generara el alumbramiento de aguas subterráneas con todas las consecuencias ambientales, que además la DGA advierte en su pronunciamiento y el titular no aborda de manera adecuada. De hecho, no adjunta todos los antecedentes que se solicitan. El titular no dice nada sobre el pozo existente en el predio, y la posible contaminación de las aguas al construir, además sus sondajes son del 2014, y la DIA se presentó en diciembre de 2016, por lo que no es información actualizada, y estos sondajes los realiza sólo en uno de los predios, y debería hacerlo en los dos, sobre todo junto a la piscina, donde se encontraba el pozo para sacar agua. Además, basa su conclusión sobre el nivel freático en una publicación de 1978, una 585 publicación de hace 40 años atrás, es irresponsable y falta a la información fidedigna del proyecto argumentar de esa forma, por lo que claramente la evaluación de impacto en esta materia ha sido mal realizada. Se solicita al titular que se pronuncié sobre todo lo antes expuesto, que garantice información fidedigna, que entregue antecedentes reales que permitan descartar los impactos significativos en la materia, según lo establecido en el art. 6 del RSEIA, y que argumente científicamente como evitará el daño ambiental por contaminación y/o alteración de los niveles freáticos en el sector.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

Respecto del punto 1) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto.

Respecto del punto 2) de la observación, relacionada al análisis del Artículo 7, literal d), se informa que la evaluación ambiental del proyecto ha sido realizada en conformidad a la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Inmobiliarios que se Desarrollen en Zonas Urbanas (2017), a fin de descartar la presencia de potenciales impactos significativos relacionados al Artículo 7, letra d) del RSEIA.

Los antecedentes presentados en el punto 6.1.1 del Estudio de Medio Humano adjunto en el Anexo 6 de la DIA señalan que, “el sector donde se planea la construcción del Proyecto corresponde a un antiguo estadio deportivo adquirido por el Titular. Cabe señalar que dicho lugar se encontraba en desuso desde el año 2014 y que actualmente el predio está deshabilitado y no se evidencia presencia de residentes permanentes ni intermitentes. Por lo cual en el sitio donde se emplazará el Proyecto no existen grupos humanos ni personas las cuales puedan ser impactadas significativamente ni ser propensas a reasentamiento por parte del Proyecto.”

A partir de los antecedentes presentados se descarta que el Proyecto pueda generar impacto significativo según lo estipulado en el Artículo 7 del RSEIA respecto a reasentamiento de grupos humanos, además de alteración de sistemas de vida, específicamente según el literal d).

Respecto del punto 3) de la observación, el sondaje realizado al interior del predio se realizó de acuerdo a normativa internacional y su ejecución está avalada por las normativas chilenas vigentes, por lo que los resultados obtenidos son fidedignos y no pueden ser manipulados ni alterados. El hecho que el sondaje se ejecutará en el año 2014 no le resta validez a sus resultados puesto que tanto el suelo como la napa freática no varían en lapsus cortos de tiempo.

586 La normativa sísmica NCh433 actualizada con el DS 61 del año 2011 exige la realización de un sondaje geotécnico y un estudio geofísico en una unidad de suelo para determinar su clasificación sísmica, estos dos ensayos son suficientes para todo el área del predio.

En toda la cuenca de Santiago es posible encontrar bolsones de agua que corresponden a aguas retenidas en estratos de suelos finos impermeables. Estas “napas colgadas” NO corresponden a nivel freático por lo que interactúan con acuíferos. Corresponde a aguas lluvias, de riego o pérdidas de servicio, y si al excavar son interceptadas son fácilmente desviadas o agotadas mediante bombas, lo que no influye en el comportamiento de los suelos vecinos.

La publicación a la que hace referencia la consulta ciudadana “Boletín N° 33: Suelo de Fundación del Gran Santiago” es un documento utilizado por todos los ingenieros geotécnicos que realizan estudios en la Región Metropolitana y los antecedentes que allí se entregan son válidos a lo largo del tiempo. Respecto a la napa freática existente variaciones a lo largo del tiempo y en general se recomiendan, para efectos de diseño, fluctuaciones de ascenso y descenso no mayores a 5 m. sin embargo las evidencias empíricas han demostrado que por uso de tipo industrial el nivel freático ha tenido descensos a lo largo del tiempo.

Adicional a todo lo anterior se realizó una medición del nivel freático en el pozo existente en el terreno (ver Anexo 5.4) que llegó a los 68,5 metros de profundidad y que no encontró el nivel freático a ese nivel.

Si bien no se considera probable un afloramiento de napa, en caso de que ocurra una Emergencia y/o Contingencia se procederá de la manera presentada en la “Situación de emergencia: Alumbramiento de napa freática” que se encuentra detallada en el numeral 2.28 del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA.

157. Marcos Rigoberto Muñoz Anaya

  1. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida que reside no sólo en nosotros, reside hace 70 años en los fundadores que optan por vivir de esta manera; protegidos por el Cerro San Cristóbal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa; mirando lo cerros de Huechuraba para saber si va a llover o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago, como un oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

  2. En la planimetría presentada por el titular, es posible observar que uno de los ductos de ventilación de los estacionamientos subterráneos se encuentra justo en el deslinde de la propiedad de uno de los vecinos de la población, en calle Ricardo Lemus. Este ducto de ventilación será un foco permanente de emisión de contaminantes, con altos niveles de concentración y que afectará directamente al predio del vecino y a la población. El titular nada habla de las medidas de mitigación para ello, como evitará la contaminación en este punto, cuál será el monitoreo y control que hará en este punto para mantener las emisiones dentro de la norma, y garantizar que no se estén generando los impactos significativos en los términos que indica el art. 5 del RSEIA.

  3. En el predio donde se pretenden construir los edificios existía abundante vegetación, que rodeaba la piscina, las áreas verdes y de descanso, y generaba una gran sombra y refugio para las aves del barrio. Estas áreas existían hasta el momento en que el titular presentó su proyecto al SEIA, una vez ingresado y después que como vecinos solicitamos el proceso de Participación Ciudadana, el titular cortó toda la vegetación, sin siquiera informar de su existencia en la DIA, ni dar espacio para conocer qué especies eran, si tenían algún valor ambiental, o si había alguna especie en categoría de conservación. Cortó toda la vegetación a pesar de estar dentro del proceso de evaluación ambiental, en el cual una de las dimensiones que se evalúa es justamente la vegetación, esta situación es posible comprobarla si se compara las imágenes de Google Earth con la situación actual. Al respecto, el titular puede justificar que el contar con un permiso de edificación le permite cortar la vegetación y hacer acciones de despeje, pero eso no es así, pues el permiso de edificación es del lote A y la vegetación cortada es del lote B. Es un reflejo del mal actuar del titular, de muy mala fe y por sobre todo preocupado sólo de su proyecto, sin considerar todo el daño que puede provocar. Se solicita que el titular aclare esta situación, 587 entregue los antecedentes que justifiquen que no hay daño ambiental, ni que no actuó tratando de modificar la situación de base para disminuir los impactos que generará su proyecto, y que esta acción no genera los impactos significativos en los términos indicados por el art. 6 del RSEIA.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto 1) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto.

Respecto del punto 2) de la observación, se debe aclarar que el proyecto no cuenta con ductos, sino que presenta una zona con la ventilación natural del subterráneo. Por otro lado, ninguna de las ventilaciones de los estacionamientos subterráneos se encuentra colindante a la calle Ricardo Lemus. Se debe aclarar que lo observado en la planimetría del subterráneo, corresponde al zoom aplicado a la salida de ventilación para que se puedan observar los detalles. Además, dicha ventilación se encuentra a 23 metros del deslinde del proyecto.

Respecto del punto 3) de la observación, se debe señalar que la eliminación de malezas y el despeje del terreno se realizó por una solicitud de los vecinos para eliminar la presencia de ratones, y junto a lo anterior, dar cumplimiento a requerimientos de la SEREMI de Salud, de manera de evitar la proliferación de vectores.

No obstante lo anterior, se debe destacar que los árboles no fueron eliminados, sólo se realizó la limpieza del terreno de los arbustos secos, realizándose solo un trabajo de despeje y limpieza.

A mayor abundamiento, se debe indicar que en el predio existía vegetación introducida y de carácter ornamental, la cual no requiere permiso para su corta y que no cumplen con ninguno de los impactos a lo que se refiere el artículo 6 del Reglamento del SEIA, toda vez que no había vegetación nativa en categoría de conservación, así como tampoco recursos naturales únicos, representativos o escasos.

158. Alexis Hernán Araya Quijada

a. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida, que reside no solo en nosotros, reside en 70 años desde los fundadores que optan por vivir de una manera, protegidos por el cerro San Cristobal, viendo 588 pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa, mirando los cerros de Huechuraba para saber si llovía o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago. Un oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

b. En relación a las rutas de circulación de los vehículos informadas, se indica que los vehículos que vienen desde el norte, por El Salto, para poder ingresar al predio de los edificios giraran en "U" tanto en Celia Coloma como en conjunto armónico Desiderio Lemus, situación que no es posible, porque no está permitido doblar en "U” en Avenida Perú, porque frente a Desiderio Lemus no hay continuidad de calle, hay un bandejón central con áreas verdes y ciclovías actualmente en construcción, y porque en Celia Coloma, el radio de giro existente no permite hacer la manobra indicada, los vehículos tendrían que doblar en segunda fila, cometiendo una infracción, y menos es posible para los vehículos mayores, camiones y maquinaria pesada. A toda esta situación se le debe sumar que el bandejón central cuenta con una ciclovía, y un alto tráfico de bicicletas, en ambos sentidos y que se verán en situación de riesgo, con todo el tráfico que generará el proyecto, tanto en fase construcción como de ejecución. Se solicita al titular que explique qué solución generará para esta situación, cómo evitara los accidentes y garantizara que la circulación de los vehículos no es a costa de infracciones de tránsito y de la seguridad vial del sector, y que todo lo antes expuesto no implica la generación de impactos significativos en los términos indicados por el literal b) del art. 7 del RSEIA, que habla específicamente de la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento, se solicita entregar todos los antecedentes que permitan descartar impactos en estos términos.

c. En la exposición del proyecto, el titular se comprometió a que no entraría en la población con los camiones, para acceder al predio, dado que no puede girar en Av. Perú, sólo le queda la alternativa de Dominica, lo que implica que debe sumar todo Av. Perú como parte de su área de influencia de impacto vial, al respecto se solicita que explique cómo evitará el ingreso de camiones, y los antecedentes que argumenten la no generación de impactos significativos en los términos indicados por el literal b) del art. 7 del RSEIA.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

Respecto del punto a) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto.

589 Respecto del punto b) de la observación, para evitar la situación indicada en la observación, se ha decido actualizar las rutas a utilizar durante la Fase de Construcción del Proyecto. Por lo tanto, la calle a utilizar por los vehículos que transitan desde el Norte será por Av. Perú, Vuelta en U en calle Rapa Nui y luego tomar nuevamente Av. Perú y los camiones que salgan del proyecto hacia el centro será por calle Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Puma, María Graham y luego tomaran nuevamente Av. Perú.

Cabe destacar, que dicha calle no será modificada por el bandejón central y cuenta con el radio de giro necesario para el volteo de los camiones.

Además, durante la Fase de Construcción del Proyecto se contará con todas las medidas de seguridad vial necesarias para resguardar la seguridad de peatones, ciclistas y vehículos que circulan por la vía, además se contempla implementar medidas que permitan la libre circulación, tales como: • Señalizaciones de transito reglamentarias e informativa, señales de advertencia de peligros de las obras, la que se mantendrán día y noche. • Bandereros durante la operación de vehículos de carga. • Barreras, mallas de protección, restricción de estacionamiento de camiones en la vía pública, y dispositivos de seguridad para proteger a los peatones durante todo el periodo que duren las obras.

Por otro lado, el titular se compromete a que los camiones queden estacionados al interior de la obra, de manera de no causar los atochamientos y eventuales accidentes que le preocupan a la comunidad.

La vida en comunidad de la Villa Lemus no se verá afectada por la construcción del Proyecto, ni se generarán los efectos indicados en la letra b del artículo 7 del Reglamento del SEIA, ya que el proyecto se desarrolla al interior de un sector ya cercado por el que no circulan personas ni da conectividad a otros sectores.

Para la etapa de operación, adicional al EISTU se realizó un estudio que evalúa los tiempos de desplazamiento y que concluye indicando que se producirá una disminución en los parámetros de congestión en ambos períodos al incorporar el proyecto, indicadores que se mejoran en la situación con proyecto y mitigaciones, estableciendo que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, con lo que es posible descartar que en términos viales el proyecto pueda generar los efectos de la letra b) del artículo 7 del reglamento del SEIA.

Respecto del punto c) de la observación, el Titular presenta una actualización de las rutas a utilizar durante la Fase de Construcción del Proyecto. Por lo tanto, la calle a utilizar por los vehículos que transitan desde el Norte será por Av. Perú, Vuelta en U en calle Rapa Nui y luego tomar nuevamente Av. Perú y los camiones que salgan del proyecto hacia el centro será por calle Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Puma, María Graham y luego tomaran nuevamente Av. Perú.

Cabe destacar, que dicha calle no será modificada por el bandejón central y cuenta con el radio de giro necesario para el volteo de los camiones. Por lo tanto, los vehículos a utilizar durante la fase de construcción no harán ingreso a la Población Lemus. Además, esto quedará establecido en el contrato de prestación de los servicios.

Durante la Fase de Construcción del Proyecto se contará con todas las medidas de seguridad vial necesarias para resguardar la seguridad de peatones, ciclistas y vehículos que circulan por la vía, además se contempla implementar medidas que permitan la libre circulación, tales como: • Señalizaciones de transito reglamentarias e informativa, señales de advertencia de peligros de las obras, la que se mantendrán día y noche. • Bandereros durante la operación de vehículos de carga. • Barreras, mallas de protección, restricción de estacionamiento de camiones en la vía pública, y dispositivos de seguridad para proteger a los peatones durante todo el periodo que duren las obras.

Por otro lado, el titular se compromete a que los camiones queden estacionados al interior de la obra, de manera de no causar los atochamientos y eventuales accidentes que le preocupan a la comunidad. 590

Por lo anterior, se prevé que la vida en comunidad de la Villa Lemus no se verá afectada por la construcción del Proyecto, ni se generarán los efectos indicados en la letra b del artículo 7 del Reglamento del SEIA, ya que el proyecto se desarrolla al interior de un sector ya cercado por el que no circulan personas ni da conectividad a otros sectores.

159. Elizabeth Sandoval Luschlocher

a. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida, que reside no solo en nosotros, reside en 70 años desde los fundadores que optan por vivir de una manera, protegidos por el cerro San Cristobal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa, mirando los cerros de Huechuraba para saber si llovía o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago. Un oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

b. Se solicita que se informe claramente y de manera didáctica para que todos los vecinos comprendamos, cuantos camiones circularán al día durante la etapa de construcción, cada cuánto tiempo ingresarán o saldrán del predio y por la población, o en las calles aledañas, cuánto aumentará el tráfico vehicular en el sector, qué tipo de camiones, cuantas son las emisiones que generarán en la población, y cuánto tiempo durará toda esta etapa. Se solicita que se evalué la magnitud de este impacto, y que descarte la generación de impactos significativos en los términos indicados por el literal b) del art. 7 del RSEIA.

c. Se solicita que se explique claramente cuáles serán las medidas de seguridad vial dentro de la población para que los niños que juegan libremente, y la circulación de las personas que transitan por las calles de la población, no se vea afectada, ni suceda ningún accidente.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto a) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto.

Respecto del punto b) de la observación, se debe señalar que:

591 a) La cantidad de camiones que circularán al día durante la etapa de construcción y el tipo de camiones, a continuación, es presento en la Tabla 2 “Frecuencia de camiones asociados a la fase de construcción” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA.

b) El titular del proyecto, ha adquirido el compromiso ambiental voluntario que establece que todo tránsito de vehículos de carga de material y vehículos de escombros a realizar durante la fase de construcción será por fuera de la Villa Lemus, lo cual quedará estipulado en el contrato de prestación de los servicios y se deja expresamente considerado y detallado en el Compromiso Ambiental Voluntario presentado en el numeral 10.1.8 del Informe Consolidado de Evaluación “Compromiso ambiental voluntario Tránsito de vehículos, durante la construcción, fuera de la Población Lemus”. Respecto de la frecuencia estimada de camiones que ingresarán y saldrán de la obra cada se estima en 8 vehículos por hora por Avenida Perú.

c) De acuerdo a la metodología utilizada en el presente proyecto, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en el marco del análisis del EISTU, durante los horarios punta de un día laboral, es decir: entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00. De acuerdo a los flujos obtenidos para la intersección de Av. Perú con Arzobispo Valdivieso presentados en las figuras contenidas en el literal c) del numeral 1.4 del Anexo PAC de la Adenda Complementaria, es posible señalar que según éstas mediciones, el flujo que circularía frente al proyecto en período punta mañana es de 1.127 VEQ/hr y en punta tarde 891 VEQ/hr. Respecto del aumento de tráfico, tal como se ha indicado, se estima que en promedio aumentará en 8 camiones por hora (4 de ingreso y 4 de egreso) más vehículos livianos (no más de 10 diarios), todos los cuales circularán por fuera de la Población Lemus.

d) Según lo señalado en la Guía para la Estimación de Emisiones Atmosféricas de Proyectos Inmobiliarios para la Región Metropolitana de la SEREMI de Medio Ambiente, durante la Fase de Construcción del proyecto, se generarían emisiones directas, es decir, las que se emitirían dentro del predio o terreno donde se desarrolle la actividad y las emisiones indirectas, tales como, las asociadas al aumento del transporte producto de la nueva actividad. Las emisiones desagregadas anualmente según lo indicado en el cronograma para la fase de construcción, y haciendo la distinción de las actividades (directas e indirectas) son presentadas en la Tabla 3 “Resumen de emisiones totales en fase de construcción” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA.

e) La duración estimada de las actividades más importantes a realizar durante cada una de las etapas: Etapa 1: • Demolición: 2 meses • Excavación: 2 meses • Obra gruesa: 10 meses • Terminaciones: 12 meses

Etapa 2: • Excavación: 2 meses • Obra gruesa: 10 meses • Terminaciones: 12 meses

De acuerdo al artículo 98 del PPDA (D.S. N°66/2009) y según lo presentado en el informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas (Anexo 3 de la Adenda Complementaria), el Proyecto no supera los límites permitidos para emisiones atmosféricas. Lo anterior, se corroboraría según los datos presentados en la Tabla 4 “Emisiones Atmosféricas Totales del Proyecto” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA.

A modo de minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante su fase de construcción, se consideran las siguientes medidas que el Titular se ha comprometido a materializar: • Humectación: Según la letra a) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se humectarán las áreas de movimientos de tierra y vía de circulación interna de acuerdo a los requerimientos en terreno, contemplándose un mínimo de 2 veces al día durante el periodo que duren las 592 excavaciones. La fuente de agua provendrá de un arranque de agua potable en la obra o en su defecto por medio de camión aljibe que posea las autorizaciones y permisos correspondientes, se mantendrá registro en obra por medio de boletas o facturas. • Camiones encarpados: Según la letra c) del artículo 5.8.3 de la OGUC, el transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta, además de humedecer la carga en caso de ser necesario (Ver Figura 6). • Estabilización y compactación de caminos: Según la letra b) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículo por el periodo correspondiente (tiempo en que duren las excavaciones). • Cierre perimetral en los deslindes: Según la letra g) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se construirá cierre perimetral en los deslindes del proyecto con mallas tipo raschel, el cual será mantenido en buen estado. La finalidad de este cierre es evitar la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área del proyecto y sectores circundantes. Los cierres podrán ser reemplazados por los paneles OSB con fines acústicos, adicionándoles 50 cm por sobre el nivel con malla raschel. (Ver ejemplo en Figura 4 “Cierre Perimetral” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA). • No se realizarán quemas: Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros combustibles al interior de la obra. • Limpiar ruedas: Según la letra d) del artículo 5.8.3 de la OGUC, se limpiarán las ruedas de los vehículos del barro adherido previo al abandono de ellos de la zona de faenas, es decir, a la salida de la obra dando cumplimiento al artículo 5.8.3 de la OGUC. • Revisión técnica y mantenciones al día: En cuanto a la emisión de gases, se exigirá a los contratistas mantener los vehículos con revisión técnica y mantenciones al día, manteniendo el registro en obra.

Respecto del punto c) de la observación, el titular se comprometió a que durante la construcción del proyecto se contará con todas las medidas de seguridad vial necesarias para resguardar la seguridad de peatones y vehículos que circulan por la vía, además de implementar medidas que permitan la libre circulación de los peatones y residentes del sector, tales como: • Señalizaciones de transito reglamentarias e informativa, señales de advertencia de peligros de las obras, la que se mantendrán día y noche. • Bandereros durante la operación de vehículos de carga. • Barreras, mallas de protección, restricción de estacionamiento de camiones en la vía pública, y dispositivos de seguridad para proteger a los peatones durante todo el periodo que duren las obras.

En cuanto a las vías que serán utilizadas por los vehículos y maquinarias, éstas se pueden ver en la Tabla 95 del Anexo PAC de la Adenda (Ver, Tabla 95 Rutas del Proyecto durante la Fase de Construcción).

Es importante señalar que durante el período de construcción quedará estipulado en el contrato de prestación de los servicios que no circularán los camiones por el interior de la Población Lemus. Por lo tanto, la calle a utilizar por los vehículos que transitan desde el Norte será por Av. Perú, Vuelta en U en calle Rapa Nui y luego tomar nuevamente Av. Perú y los camiones que salgan del proyecto hacia el centro será por calle Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Puma, María Graham y luego tomaran nuevamente Av. Perú.

En el Anexo 3 de la Adenda Complementaria, se presentan las rutas a utilizar por los vehículos durante la Fase de Construcción del Proyecto.

Respecto de la operación, durante la tramitación del EISTU se estableció señalética que el proyecto debe instalar y mejorar.

160. Alonso Antonio Palma Cancino

a. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida, que reside no solo en nosotros, reside en 70 años desde los fundadores que optan por vivir de una manera, protegidos por el cerro San Cristobal, viendo 593 pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa, mirando los cerros de Huechuraba para saber si llovía o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago. Un oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

b. En relación al ruido que generará el proyecto, tanto en su etapa de construcción como de operación, los estudios realizados no hacen referencia al nivel base de ruido en la población, que es bajísimo, entre los 30 y 40 decibeles, por lo que cualquier uso de maquinaria, o vehículos pesados, generarán fácilmente un impacto altísimo en la población y en las aves que conviven aquí, por lo que la evaluación no debe sólo medir la superación de la norma, sino que además cuanto es el ruido que se suma al existente, no es lo mismo si el ruido base es 30, y la norma es de 60, a que si el nivel base es 50. Al ser un nivel base menor, el impacto en nuestra salud es mucho mayor, porque nosotros no estamos acostumbrados a niveles de ruido alto, nosotros vivimos en silencio y mucha tranquilidad, por lo que exigimos que la evaluación se haga considerando ello. Por otro lado, no corresponde que se haga la evaluación por emisores independientes, se debe hacer con los emisores funcionando simultáneamente, porque en una construcción nunca funciona una maquinaria sola, siempre hay más de una, además de los martillos y usos de herramientas menores, que también son muy ruidosas. Por lo que solicitamos que se considere el impacto sinérgico en el ámbito del ruido en la población, y que se entreguen todos los antecedentes que descarten los impactos significativos en la salud en los términos de lo indicado por el Art. 5 del RSEIA. Sumado a lo anterior, que pasará en el año en que se pretende trabajar en ambos predios a la vez, cuando haya un traslape en la etapa de construcción. Y qué pasará con todo el ruido que se generará en la etapa de operación, con 427 vehículos circulando en el sector, que hoy no lo hacen y con cerca de 2000 personas realizando sus actividades en un lugar donde hoy vive menos población que esa. Cómo pretenden lograr que las barreras de ruido propuestas impidan generar contaminación acústica en la población, la solución es no generar ese ruido, no tratar de taparlo, menos con un panel de madera y plástico, es una falta de respeto y atropello a los derechos de las personas y a nuestra calidad de vida. Finalmente, el titular habla en reiteradas ocasiones sobre las medidas de mitigación que implementará para las emisiones de ruido, eso significa que el impacto de este es significativo, ¿se asume en los cálculos un impacto de significancia según lo indicado por el art. 5 del RSEIA?, ¿por lo que debe compensar y mitigar, y por lo tanto estamos hablando de que su proyecto debería haber ingresado como un EIA y no como una DIA?

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

Respecto del punto a) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por 594 cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto.

Respecto del punto b) de la observación: a) Nivel base de Ruido existente en la población o línea base de Ruido. La Normativa vigente de ruido distingue en su aplicación entre zonas urbanas y zonas rurales. Tratándose de zonas rurales efectivamente corresponde tomar en cuenta el nivel de ruido actual para establecer los límites de ruido, permitiéndose a un proyecto emitir hasta 10 dB más que el nivel de ruido de fondo con un techo de 65 dB en horario diurno (equivalente a Zona III). Para zonas urbanas, como en este caso, los límites máximos están expresamente definidos por la normativa vigente, siendo 60 dB el estándar a cumplir para el proyecto en todos los receptores evaluados en el entorno. Sin perjuicio de lo anterior, solamente de manera referencial, el Estudio Acústico presentado en el Anexo 5 de la DIA contempló una visita a terreno y un levantamiento del nivel de ruido de fondo que da cuenta del ambiente actual en horario diurno en dichos puntos receptores, constatando niveles entre 46 y 70 dB en los distintos receptores tal como se señaló en el punto 5.1 del citado Estudio Acústico. Efectivamente en los puntos al interior de la citada población se registraron los menores niveles, pero en ningún caso por debajo de 46 dB como promedio. En el Anexo A del Anexo PAC de la Adenda complementaria se aportan mayores antecedentes de dichas mediciones referenciales.

b) Evaluación de Impacto en la Salud de los habitantes del entorno del proyecto. En el Anexo 6 de la Adenda de la DIA, se presentó la última versión del Estudio Acústico en el cual se acredita mediante modelaciones de ruido, el cumplimiento normativo del D.S. Nº 38/11 del MMA. “Norma de Emisión de Ruido Generados por Fuentes Que indica”. Este decreto se basa en la salud de la población y recoge los niveles recomendados al efecto por la organización Mundial de la Salud (OMS), por cuanto acreditar su cumplimiento, es la única forma objetiva, legal y vigente que posee un proyecto para acreditar que no generará efectos en la salud de la población.

c) Cantidad de maquinaria considerada para la evaluación y escenarios de modelación. Es pertinente aclarar a la comunidad, que no es efectivo lo señalado en la observación toda vez que, tal como se señala en el Estudio Acústico presentado en el Anexo 5 de la DIA y actualizado en el Anexo 6 de la Adenda de la DIA, el escenario de modelación para todas las actividades de la fase de construcción (Demolición, Excavación, Obra Gruesa y Terminaciones) considera el funcionamiento simultáneo de todas las máquinas que componen dichas obras, detalladas en las tablas 4, 5 y 7, en los sectores más cercanos a cada uno de los receptores evaluados. Dado lo anterior, es posible garantizar que los resultados obtenidos son representativos de la situación más desfavorable. Así mismo, es importante notar que uno de los escenarios evaluados (presentado en la Tabla 36 del Estudio Acústico) considera justamente aquel momento en que los trabajos de terminaciones y obra gruesa de la Etapa 1 se superponen con las actividades de excavación de la Etapa 2, acuerdo con el cronograma del proyecto. Por lo tanto esta situación también se encuentra cubierta en el referido estudio Acústico, habiéndose demostrado el cumplimiento respectivo.

d) Medidas de control incorporadas por el proyecto. El proyecto presenta una evaluación inicial a modo de memoria de cálculo cuya utilidad está relacionada con el dimensionamiento de las medidas de control de ruido que éste incorporará como parte de su diseño. Por lo anterior, tanto las barreras acústicas perimetrales como todas las medidas descritas son acciones y elementos que forman parte de los compromisos ambientales del proyecto y que serán implementadas desde el inicio de la fase de construcción, por lo que en rigor, los potenciales impactos que motivan dichas medidas de control, en la práctica no se producirán. Es importante mencionar que las barreras acústicas planteadas son de uso común en todas las obras de construcción que se ejecutan actualmente en la comuna de Recoleta y en todas la Región metropolitana, y su efectividad ha sido demostrada mediante cálculos teóricos y validada por la autoridad competente.

595 161. Ana María Riveros Martin

a. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida, que reside no solo en nosotros, reside en 70 años desde los fundadores que optan por vivir de una manera, protegidos por el cerro San Cristobal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa, mirando los cerros de Huechuraba para saber si llovía o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago. Un oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

b. El proyecto adolece profundamente de coherencia entre los diversos instrumentos normativos que presenta. Existen importantes diferencias entre el proyecto que se presenta al SEIA, el proyecto que tiene permiso de edificación, que es sólo la mitad del proyecto, y todos los antecedentes entregados en el EISTU. Cómo es posible que se pretenda aprobar un proyecto ambientalmente que es totalmente diferente al entregado a la DOM. Esto es un claro indicador del negligente trabajo que realiza el titular, y que ha sido parte del comportamiento al borde de la ley en otras comunas de la región, generando profundo daños al medio ambiente y a la calidad de vida de las personas que viven junto a los proyectos. El proyecto y sus impactos que se ingresa al SEIA debe ser el mismo que se tramita en la DOM y debe ser el mismo del EI5TU. No es posible que la ruta vehicular del EISTU sea diferente a la que se propone en la DIA. O que el número de departamentos, las dimensiones de las construcciones sean distintas en la DIA y el permiso de edificación. Se solicita que se haga un trabajo serio, no sólo pensando en el negocio del titular, sino que por sobre todo en la calidad de vida de las personas y el daño que generará en las personas, para eso existe el SEIA y toda la normativa ambiental del país, para resguardar los derechos fundamentales de las personas. En relación a los mismo y a la mala fe con la que actúa el titular, en algunos antecedentes que ingresa, hace referencia a un solo edificio, y en otros ingresa los dos edificios, según conveniencia habla de uno o dos, se solicita absoluta claridad y seriedad por parte del titular, y que entregue toda la información fidedigna, considerando siempre los dos edificios, y todos los impactos sinérgicos que generará la construcción de ambos edificios, considerando además que los beneficios a los que se quiere acoger como conjunto armónico deben ser bajo el cumplimiento de la norma, que actualmente no la cumple. Además, se solicita que sea claro en toda la normativa ambiental que debe cumplir, y que considere que el cumplirla, no lo libera del SEIA, pues la evaluación ambiental tiene por objeto medir todos los impactos que generan los proyectos a pesar del cumplimiento de la normativa, y que debe hacerse cargo el titular de éstos, no terceros. Finalmente se solicita que se pronuncie sobre todo lo anterior, y sobre toda la inconsistencia que hay entre los distintos proyectos ingresados a la DOM. El titular hace mención a los anteproyectos aprobados el 2015, los cuales están vencidos; tiene un anteproyecto aprobado en enero del 2017, pero que es un proyecto totalmente distinto a los anteriores, y que no lo menciona, donde se establece claramente que el segundo lote es parte del mismo proyecto, y que se condiciona el permiso de edificación a la presentación y aprobación de un Estudio de Impacto Ambiental, y a la presentación de un EISTU, por lo que se solicita que aclare y entregue los antecedentes de porqué se presenta una DIA y no un EIA, que es lo indicado por el organismo con competencia ambiental, el Municipio de Recoleta. Además, sumado a todo lo anterior, se solicita que entregue todos los antecedentes que descartan los impactos significativos en los términos del art. 7 del RSEIA, dado que la presentación del EISTU no lo exime de ello, éste estudio es sólo para evaluar el impacto vial urbano del proyecto, en los tiempos de desplazamiento, pero no para evaluar los otros impactos mencionados en el citado artículo.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

Respecto del punto a) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto 596 mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto.

Respecto del punto b) de la observación:

A. El proyecto presentado a evaluación ambiental al SEIA, contempla la construcción de dos edificios: 1. El Edificio Perú Plaza I cuenta con Permiso de Edificación N° 29, aprobado con fecha 25 de abril de 2016 y que fue modificado posteriormente por las resoluciones N° 27 de fecha 20 de mayo de 2016 y N° 32 de fecha 1 de junio de 2016, que forman parte integrante del Permiso de Edificación. 2. El Edificio Perú Plaza II cuenta con Permiso de Edificación N° 53 de 16 de octubre de 2017. Lo construido será lo indicado expresamente en los Permisos de Edificación de cada edificio, con sus correspondientes modificaciones y lo evaluado ambientalmente. Al considerar ambas etapas, se ha dado estricto cumplimiento a la normativa ambiental.

Respecto de si el proyecto debió ingresar por vía de Declaración de Impacto Ambiental (DIA) o por Estudio de Impacto Ambiental (EIA), la determinación del instrumento de ingreso está dada por la Ley 19.300 sobre Bases del Medio Ambiente, en virtud de la cual, solo deben ingresar por EIA aquellos proyectos que generen los impactos del artículo 11 de la Ley 19.300. A partir de las prospecciones y estudios realizados (emisiones atmosféricas, ruido y vibraciones, patrimonio arqueológico, factibilidad de servicios sanitarios, medio humano), es posible indicar que el proyecto no genera ninguno de los efectos, características y/o circunstancias señaladas en las letras a) a la f) del artículo 11 de la Ley 19.300, o en los artículos 5 al 10 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Dicho esto, el proyecto ingresó al SEIA como una DIA.

Cabe destacar además que el proyecto no contempla más edificios que estas dos etapas. Las características del proyecto se presentan en la Tabla 7 “Características del Proyecto” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA, y son las que corresponden con el EISTU aprobado.

B. El proyecto ha calculado las emisiones y sus rutas producto de las actividades de construcción, que no tienen relación con el EISTU del proyecto que modela la operación del proyecto. Cabe mencionar que, conforme a los estándares exigidos por la Guía para la Estimación de Emisiones de Proyectos Inmobiliarios para la Región Metropolitana de la SEREMI de Medio Ambiente, al estar el proyecto dentro del anillo Américo Vespucio, no se requiere calcular las emisiones producto del tráfico de la operación del proyecto.

Por lo que, en el Anexo 3 de Estimación de Emisiones de la Adenda Complementaria del Proyecto se presentan los cálculos de emisiones a generar durante la fase de construcción del Proyecto y las emisiones generadas por el grupo generador y las calderas empleadas en la fase de operación.

597 Respecto a las emisiones atmosféricas, el proyecto no superará los límites indicados en el artículo 98 del Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica de Santiago (PPDA), tal como se demuestra en la Tabla 4 del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA. Además, como compromisos se contempla la implementación de cierres con planchas OSB y sobre esta se adicionará malla tipo raschel que cumplirán la doble función de retener material particulado y controlar las emisiones de ruido. Adicionalmente se han contemplado medidas como humectación de las áreas de movimiento de tierra, acopio de tierra y vías de circulación interna; se estabilizarán y compactarán las zonas de tránsito de maquinaria y vehículos; se prohibirá la quema de maderas u otro material al interior de la obra, entre otros.

En cuanto a las emisiones de ruido generadas durante la fase de construcción, cabe destacar que al implementar las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda (plancha OSB como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), los niveles estimados de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente. Para asegurar el cumplimiento de la normativa de referencia para las vibraciones se restringirá el uso de la placa compactadora, la cual no podrá operar a menos de 9 metros de los receptores R1, R2 y R3 (Ver Anexo 6 de la Adenda 1).

Por otro lado, en el Anexo 5.1 se presenta un estudio de microsimulación que permite estimar las velocidades vehiculares con y sin proyecto, que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, no generándose la condición que establece el artículo 7 respecto de aumentos significativos en tiempos de desplazamiento. Cabe mencionar que la micro simulación incluye las medidas de mitigación que resultan del EISTU.

Finalmente, en el Estudio de Medio Humano adjunto en el Anexo 6 de la DIA y en la respuesta 2.88 del Anexo PAC de la Adenda complementaria, se presentan los antecedentes que permiten descartar los efectos indicados en el artículo 7 del Reglamento del SEIA. (todos los estudios se consideró ambos edificios).

162. Laura Isabel Mendoza Donoso

a. Como vecinos nos hemos organizado para defender nuestra historia, nuestras costumbres, nuestra forma de vida, que reside no solo en nosotros, reside en 70 años desde los fundadores que optan por vivir de una manera, protegidos por el cerro San Cristobal, viendo pasar miles de aves en dirección al Cerro Blanco y viceversa, mirando los cerros de Huechuraba para saber si llovía o no, saliendo de casa y llegando en menos de 30 minutos al centro de Santiago. Un oasis en plena ciudad, como una historieta que nos abre paso a otro mundo, nuestro mundo.

b. Nos preocupa el alto volumen de residuos (áridos, escombros, industriales) que generará el proyecto durante la construcción, y como se manejará tanto la basura domiciliaria de más de 3000 personas (el número de habitantes no es claro, en algunos capítulos hablan de 1300 personas, y en los certificados de factibilidad de Aguas Andina habla de 1700 personas, sumando ambos edificios), y todas sus aguas residuales. El Titular no entrega antecedentes técnicas de la red de alcantarillado, sólo adjunta un certificado de factibilidad de Aguas Andinas, sin explicar en ninguna parte como se logrará que las aguas servidas del edificio se conecten al pequeño colector de 175 mm. que indica el certificado, que es insuficiente, considerando que los edificios de esas envergaduras necesitan colectores de al menos 200 mm., sobre todo en una avenida como lo es Av. Perú. Sumado, a que los antecedentes son insuficientes para tener la claridad que el abastecimiento de agua potable de los edificios no compromete el suministro para los vecinos de nuestra población. Sin considerar, que uno de los certificados venció el 08 de febrero de 2017, y que la solicitud de factibilidad se hace por los dos edificios separados, no considerándolos en su conjunto, y su efecto sinérgico, tanto la factibilidad técnica, como los impactos que generan a la red preexistente (es distinto el impacto de 261 deptos. y 1500 personas; al impacto de 483 deptos., 3200 personas). Sobre este punto, los vecinos de la Población Lemus tenemos una especial preocupación, dado que, por un lado, el titular presenta certificados de factibilidad de agua y alcantarillado de Aguas Andinas vencidos y no especificando el número de personas que habitarán, y por 598 otro, el Titular no entrega antecedentes técnicos de la red de alcantarillado, ni los antecedentes suficientes para tener la claridad que el abastecimiento de agua potable de los edificios no comprometen el suministro para los vecinos de nuestra población. Al respecto, debemos indicar que como vecinos hemos investigado las planchetas de los colectores en el sector, y nos hemos encontrado con que el proyecto se tendrá que conectar con el viejo colector de Desiderio Lemus (dentro de nuestra población), construido el año 1959 en hormigón simple, que tiene un diámetro de 175 mm, cuya cola inicial sale a la Av. Perú, para recoger las casas de la población junto al estadio, por el cual se pretende evacuar las aguas servidas de los 483 departamentos de las torres en proyecto. No hay otro colector, hacia el norte de calle San Cristóbal y al oriente de la Av. Perú y Av. El Salto, no existe infraestructura de aguas servidas con capacidad suficiente para la alta densidad ocupacional que generaran estos edificios. En otros sectores de la comuna, con mayor densidad poblacional y de edificios, los colectores tienen un diámetro de 250 y 300 mm, para conectarse a una red mayor de 600 y 1000 mm. El titular no sólo no entrega estos antecedentes técnicos, sólo informa los 175 mm de diámetro que sale en el certificado de Aguas Andinas, sino que además no está considerando una obra vital para su proyecto, como lo es la conexión con la red de alcantarillado, y que además es parte de las tipologías secundarias de este. Por lo que la gravedad de la situación, además de nuestra preocupación por lo que sucederá cuando entre en funcionamiento esos edificios en un sector residencial que no tiene la capacidad de carga para aumentar en más del triple la población. Además, afectará todo el sector de Valdivieso hacia el interior y Av. México, por El Salto, hacia Vespucio, porque la pendiente sigue hacia allá, por lo que debe ser considerado en el área de influencia. El titular no tiene considerado estos aspectos, es negligente en sus cálculos y evaluaciones, y provocará el colapso de todo el sistema de agua potable y alcantarillado desde nuestra población hacia el norte. Se solicita pronunciarse sobre todo lo anterior, entregue los antecedentes que descartes todos esos impactos, y su significancia en los términos indicados por los art. 5 y 7 del RSEIA. Se solicita especial atención, si se toma en cuenta que el que Titular del proyecto indica en su Declaración de Impacto Ambiental, que el proyecto sólo se evalúa por la tipología de proyectos inmobiliarios, pero nada dice sobre las tipologías de los literales o), por ej. 0.2) alcantarillado que se conecte a una red existente que atiende a más de 10.000 hab. (el proyecto se instala en un territorio donde ningún proyecto inmobiliario ha sido evaluado en el SEIA, por lo que no es posible saber el efecto sinérgico sobre la red de alcantarillado, la cual viene desde la comuna de Providencia, trasladando las aguas residuales de mucho más de 10 mil hab.); 0.7) sistemas de tratamientos de residuos industriales, y 1.5) sobre uso de grandes volúmenes de áridos.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

Respecto del punto a) de la observación, acerca de los tiempos de desplazamientos, el EISTU contempla un análisis de la situación actual que sirve para hacer una validación de las herramientas de modelación a utilizar, las que incorporan todos los elementos viales, operativos y de gestión de tráfico de manera de escribir correctamente tanto la oferta como la demanda de transporte existente. Sobre esto, se construyen los escenarios sin proyecto y las situaciones con proyecto y con proyecto mejorado. Estás últimas corresponden a la oferta y demanda base (actual), más la demanda del proyecto y más los cambios producto de las medidas de mitigación en el caso de la situación con proyecto mejorado.

Para construir el escenario base se consideran las mediciones de flujo vehicular necesarias para representar de manera fidedigna la situación actual donde se ven reflejados todos los conflictos que pudiera generar el proyecto. De acuerdo a la metodología, se realizaron mediciones de flujo vehicular en distintas intersecciones de la ciudad. Estas fueron realizadas en los períodos punta de un día laboral, es decir entre las 7:00 y 9:00 y entre las 18:00 y 20:00.

Como resultado de este estudio, se generan medidas de mitigación que atenúan los conflictos generados por el flujo de vehículos producidos por el proyecto, asegurando escenarios de no saturación vial una vez que el proyecto entre en operación. Adicionalmente se presentada una microsimulación en el Anexo 5.1 del Adenda Complementaria que concluye que las diferencias de 599 velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas, por cuanto no debería aumentar significativamente el tiempo de desplazamiento de este ciudadano por efectos de la operación del proyecto.

Respecto del punto 2) de la observación, el retiro y disposición final de los residuos a generar durante la fase de construcción del proyecto será provisto por empresas autorizadas ante la Autoridad Sanitaria para dichos fines. Además, estos serán retirados periódicamente, no generando grandes acumulaciones de residuos. Por ejemplo, los residuos sólidos domiciliarios serán retirados 3 veces a la semana, los escombros serán retirados según necesidad y los residuos de excavaciones serán retirados inmediatamente mediante el carguío directo en camiones, que apenas se llenen se irán al lugar destinado a la disposición de este material.

Por otro lado y según lo indicado en el acápite 1.4.1 de la DIA, la población estimada del proyecto para ambos edificios será del orden de 1.336 habitantes, lo cual concuerda con el proyecto de basura el cual a su vez debe ser aprobado por la Autoridad Sanitaria como etapa normal de uno proyecto de esta naturaleza. Es importante señalar que el retiro de la basura proveniente de los residentes del proyecto es de obligación de cada municipio, que para ello cobra por el servicio en conjunto con las contribuciones, por lo que el retiro serán los camiones municipales. Cabe destacar, que la factibilidad sanitaria indica un total de 1.723 habitantes, debido a que puede abarcar esa cantidad de personas. Sin embargo, la cantidad de habitantes reales son los 1.336 indicados en el proyecto de basura.

Se aclara que Aguas Andinas por medio de los Certificados N°008993 del 11/12/2017 y N°00885 del 06/12/2017 (ambos vigentes a la fecha), certifica que la propiedad ubicada en Av. Perú N°1471 y N°1479 contarán con servicio de agua potable y alcantarillado. Es relevante mencionar que esta empresa sanitaria al contar con la concesión sanitaria del sector se encuentra obligada a prestar el servicio de abastecimiento de agua potable, recolección y tratamiento de aguas servidas, siendo parte de la obligación de la concesión sanitaria proveer la infraestructura (redes, plantas, etc.) que requieren para ello. No obstante lo anterior, en virtud de las inquietudes manifestadas por la comunidad y en el afán de mejorar el proyecto, el titular gestionó la actualización del proyecto sanitario solicitando a Aguas Andinas la modificación de la descarga a otro colector evitando el paso por el interior de la población Lemus. Según los Certificados de Factibilidad Sanitaria presentados en el Anexo 5.3, el punto de conexión será en la intersección de las Avenidas Perú y Arzobispo Valdivieso.

Cabe mencionar, que se realizarán excavaciones al interior del predio para realizar las conexiones de agua potable y alcantarillado a la red distribución existente, ya que cualquier modificación a éstas debe ser realizada por la empresa concesionaria del sector, que en este caso corresponde a Aguas Andinas.

Finalmente, se debe señalar que es obligación de la empresa sanitaria contar una red de abastecimiento para toda la población del sector y si correspondiera el ingreso al SEIA por modificaciones a la red de alcantarillado, como menciona el supuesto, esto no es de responsabilidad del titular de esta DIA, sino de la empresa que provee el servicio. Conforme a lo indicado, no es tipología secundaria de ingreso al SEIA de ninguna forma la letra o.2 del artículo 3º del Reglamento del SEIA, toda vez que las redes de alcantarillado y agua potable son de tuición de la empresa que posee concesión sanitaria, tal como lo ha establecido la legislación sanitaria vigente.

163. Myriam de las Mercedes Ibáñez Zúñiga

  1. Otro aspecto que es de nuestra preocupación es que en el pasado mes de diciembre (antes que el Titular ingresara su proyecto al SEIA), se inició en Av. Perú, frente a la localización del proyecto, la construcción de un bandejón áreas verdes y ciclovías, que continua el ya existente desde Santos Dumont hasta Valdivieso. Un proyecto con fondos regionales, muy esperado en la comuna, que es parte del Plan Maestro de Ciclovías para la RM del Gobierno Regional. El Titular no dice nada sobre este proyecto, y todos los aspectos técnicos relacionados con la circulación de los vehículos, las personas, y el tránsito en general fueron evaluados sin considerarlo. Lo que modifica radicalmente el funcionamiento de las vías (se reducen las vías actuales con el proyecto de los bandejones), es por esto que vemos con preocupación cómo afectara al tránsito de esta vía y a las calles interiores de nuestra 600 población, el aumento significativo de automóviles que trae consigo este proyecto inmobiliario. Además, que el Titular indica que el ingreso al edificio es por calles que en la actualidad no es posible realizar giro ni retorno (bandejón Celia Coloma). Además, evaluar la significancia del impacto en los términos del art. 7 del RSEIA.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar y aclarar que el EISTU aprobado mediante el oficio N°3960 del 11 de Mayo de 2017, incluye en su evaluación el bandejón central que se encuentra en construcción en la Avenida Perú mediante el diseño final que éste tendrá. Lo anterior fue motivo de consultas y modificaciones en el marco de la tramitación de este permiso sectorial.

Dada la utilización del diseño final del proyecto del bandejón en el EISTU, todos los flujos y las medidas adoptadas para que no se genere saturación en las vías (y por ende no aumenten significativamente los tiempos de desplazamiento) están contemplados, lo cual permite asegurar que el proyecto no generará aumentos significativos en los tiempos de desplazamiento de la población, no generando los efectos de la letra b) del artículo 7 del reglamento del SEIA, tal como se presenta en el Anexo 5.1, en donde se presenta una microsimulación de la red vial, que concluye que las diferencias de velocidades entre la situación actual y la situación con proyecto mitigado no son significativas.

164. Ivonne Marcela Salazar Ibáñez

  1. Medio Humano: Se solicita entregar antecedentes técnicos que permitan garantizar que en todas las etapas del proyecto no afectara de manera significativa el sistema de vida y costumbres del grupo humano ubicado en el área de influencia.

  2. Medio Humano: Se solicita entregar una evaluación sobre la relación del proyecto en su etapa de operación, sobre la oferta y demanda del equipamiento comunitario y de servicios que hoy se encuentra sobre demandado (matrículas colegio, consultorios y equipamiento comunitario).

  3. Viabilidad y Accesos: Según tabla 1-10 ruta fases de construcción se señalan ruta de ¡da o regreso que no condicen con la nueva estructura vial de Av. Perú con la construcción y mejoramiento del parque Av. Perú con ciclovía incluida que hace imposibles virajes y rutas mencionadas en esta tabla.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

Respecto del punto 1) de la observación, se informa que el titular realizó un estudio para descartar efectos significativos del proyecto en la calidad de vida de los grupos humanos al interior del área de influencia determinada para este fin, por el proyecto. El análisis fue realizado en base a los parámetros de reglamento del SEIA, el cual establece: “A objeto de evaluar la alteración significativa a los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos, se considerará la generación de efectos adversos significativos sobre la calidad de vida de éstos, en consideración a la duración o magnitud de cualquiera de las siguientes circunstancias: a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. c) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. 601 d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo.”

Para su evaluación, se consideraron los indicadores planteados en la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Inmobiliarios que se Desarrollen en Zonas Urbanas (2017), utilizando la información expuesta en el Anexo 6 de la DIA y complementaria.

En base a lo anterior es posible concluir que el Proyecto no generará impactos significativos en los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos del área de influencia, ni tampoco en la calidad de vida de éstos.

Respecto del punto 2) de la observación, se informa que el Proyecto ofrecerá viviendas cuya superficie irá desde los 36 m2 a 54 m2. Lo anterior determina un valor de venta promedio de 2.770 UF. De esta manera, el perfil del comprador de estas viviendas estaría conformado principalmente por los grupos socioeconómicos medios C2.

• Equipamiento de salud

De acuerdo con los datos de la Encuesta Casen 2015, el acceso a establecimientos de salud de la población de Recoleta se distribuye de la siguiente manera:

Gráfico: Porcentaje de acceso a establecimientos de salud según tipo

A partir del gráfico presentado, se extrae que la mayoría de la población (62,6%) accede a establecimientos de salud público, seguido por atención en consultas y centros médicos privados (22,2%). Este comportamiento difiere del comportamiento de la población del área de influencia, ya que según la información de entrevistados expuesta en el punto 5.5.2 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA “la mayoría de la población se encuentra afiliada al sistema previsional Fonasa y en menor medida a Isapres. Por lo general son los adultos mayores e inmigrantes quienes, por razones económicas, acceden a la red de establecimientos públicos, específicamente al CESFAM Dr. Patricio Hevia (Valdivieso) y CESFAM Recoleta, mientras que la población adulta y jóvenes acceden a centros privados en el sector centro y oriente de la ciudad.” (p. 48)”

Considerando el perfil socioeconómico estimado de los futuros residentes del Proyecto, estos contarán mayoritariamente con afiliación a sistema FONASA y en menor medida ISAPRE, accediendo a atención de salud en centros privados, sin recurrir a los centros de salud públicos, específicamente a los CESFAM que corresponden al territorio.

En cuanto a la oferta de centros de salud privados, el área de influencia se encuentra próxima a 5 establecimientos, sin superar los 3,2 km. de distancia.

De esta manera se concluye:

602

Según el perfil socioeconómico que se estima corresponderán los futuros residentes del Proyecto, contarán mayoritariamente con sistema de afiliación FONASA, por lo que podrán acceder a establecimientos de salud privados. Respecto a la oferta de equipamiento, a no más de 3,2 kilómetros de distancia respecto al área del Proyecto se encuentran 5 establecimientos cercanos. Lo anterior indica que los habitantes del proyecto inmobiliario no colapsarán el Consultorio Valdivieso (Patricio Hevia).

• Equipamiento educacional

De acuerdo con los datos de la Encuesta Casen 2015, el acceso a establecimientos educacionales de la población de la comuna de Recoleta se divide en la siguiente manera:

Gráfico 10: Comuna de establecimiento educacional al cual accede la población de Recoleta

Como se observa en los datos, un 63% de la población de Recoleta accede a establecimientos educacionales en la misma comuna. En tabla 45 del Anexo PAC del Adenda Complementaria se presenta un listado pormenorizado de los establecimientos educacionales de la comuna.

La mayoría de los establecimientos disponibles en la comuna son de dependencia Particular Subvencionado y existen 1.566 matrículas vacantes.

Respecto a la demanda que generará el Proyecto, se utiliza la información disponible en el proyecto de sala de basura adjunto en el anexo 10 de la DIA, donde se estima que los departamentos de dos o más dormitorios estarían acondicionados para recibir un grupo familiar, por ende, población en edad escolar. Por cada uno de ellos se calcula según el indicador de INE (2010), donde durante el año 2008 cada mujer aportó 1,9 hijos/as en promedio.

Se estima que el Proyecto aportaría 648 residentes en edad escolar, de los cuales, considerando la tendencia que demuestra la Encuesta Casen 2015, el 63% accedería a equipamiento educacional de la comuna, es decir 408 estudiantes.

De esta manera se concluye:

- Se estima que el Proyecto aportará 648 residentes en edad escolar, de los cuales 408 buscarán acceder a establecimientos en Recoleta. Como se indica en el punto 5.5.3 del estudio de Medio Humano adjunto en el anexo 6 de la DIA, en el área de influencia existen cuatro establecimientos educacionales, los cuales cuentan con 155 vacantes según curso de 603 ingreso principal, los que podrían cubrir de manera parcial la demanda que se estima generaría el Proyecto. - En total la comuna cuenta con 1.566 vacantes según curso de ingreso, es decir, permite absorber la demanda que se estima generaría el Proyecto. - La mayoría de los establecimientos disponibles, tanto en el área de influencia como en la comuna, son de dependencia Particular Subvencionada, acorde a la preferencia del perfil socioeconómico (C2) que se estima corresponderá a los ocupantes del Proyecto. Respecto al tema de la basura de los edificios, se aclara que los Edificios Perú Plaza I-II cuentan con su Proyecto de Basura el cual de acuerdo a la normativa deberá estar debidamente aprobado por la Autoridad Sanitaria. Además, cabe destacar, que el retiro de los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios es obligación de la Municipalidad, conforme a la normativa vigente, la cual cobra por este servicio en conjunto con las contribuciones.

En relación al análisis del Artículo 7, literal d) respecto la dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo, se informa que la evaluación ambiental del proyecto ha sido realizada en conformidad a la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Inmobiliarios que se Desarrollen en Zonas Urbanas (2017), a fin de descartar la presencia de potenciales impactos significativos relacionados al Artículo 7, letra d) del RSEIA.

Los antecedentes presentados en el punto 6.1.1 del Estudio de Medio Humano adjunto en el Anexo 6 de la DIA señalan que, “el sector donde se planea la construcción del Proyecto corresponde a un antiguo estadio deportivo adquirido por el Titular. Cabe señalar que dicho lugar se encontraba en desuso desde el año 2014 y que actualmente el predio está deshabilitado y no se evidencia presencia de residentes permanentes ni intermitentes. Por lo cual en el sitio donde se emplazará el Proyecto no existen grupos humanos ni personas las cuales puedan ser impactadas significativamente ni ser propensas a reasentamiento por parte del Proyecto.”

A partir de los antecedentes presentados se descarta que el Proyecto pueda generar impacto significativo según lo estipulado en el Artículo 7 del RSEIA respecto a reasentamiento de grupos humanos, además de alteración de sistemas de vida, específicamente según el literal d).

Respecto del punto 3) de la observación, teniendo en cuenta la nueva estructura vial de Avenida Perú con el bandejón central, se han actualizado las rutas a utilizar durante la Fase de Construcción del Proyecto. Como compromiso voluntario, se dispondrá que los camiones tanto que ingresen como salgan de la obra en la fase de construcción, no ingresen a la Población Lemus. Por lo tanto, la calle a utilizar por los vehículos que transitan desde el Norte será por Av. Perú, Vuelta en U en calle Rapa Nui y luego tomar nuevamente Av. Perú y los camiones que salgan del proyecto hacia el centro será por calle Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Puma, María Graham y luego tomaran nuevamente Av. Perú.

Las rutas actualizadas a utilizar durante la fase de construcción del proyecto son presentadas en la Tabla 5 “Ruta Fase de Construcción” del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA.

165. Ivonne Marcela Salazar Ibáñez

  1. Emisiones atmosféricas: en el punto 1.5.7.1 del DIA EMISIONES AFTMOSFERICAS en el punto 4, dice que se construirá un cierre perimetral en los deslindes del proyecto con mallas tipo raschell hasta una altura de 2 metros, lo que se considera insuficiente considerando que deslinda con viviendas de 1 o 2 pisos.

  2. Emisiones acústicas: En las tablas 1-16,1-17,1-18,1-19, se muestra que los ruidos proyectados en la fase de construcción exceden las normas y para ello se proponen medida de mitigación con instalación de barreras acústicas, solicitamos aumentar la altura de esas barreras para asegurar la tranquilidad de los vecinos expuestos a los ruidos.

Evaluación técnica de la observación:

604 Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente: a) Que, respecto a lo señalado en el punto 1.5.7.1 de la DIA, se debe aclarar que para proteger a los receptores de ruido cercanos se instalarán placas OSB de distintas alturas dependiente del deslinde (6, 5, 4 o 3 metros).

Además, sobre estas, se adicionarán 50 cm de malla tipo raschel para evitar la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área del proyecto, según lo señalado en dicho acápite.

Para dar para tranquilidad de los vecinos, el Titular se compromete en forma voluntaria a instalar un cierre perimetral con placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes que colinden a viviendas habitadas.

b) Que, junto a lo anterior, y según lo indicado en el Estudio Acústico y Vibraciones (Anexo 6 de la Adenda), para proteger a los receptores cercanos se instalarán placas OSB de distintas alturas dependiente del deslinde (6, 5, 4 o 3 metros). Además, sobre estas, se adicionarán 50 cm de malla tipo raschel para evitar la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área del proyecto. Con dichas dimensiones se asegura el cumplimiento normativo en todos los puntos receptores, no obstante, para tranquilidad de los vecinos, el Titular ha comprometido instalar un cierre perimetral con placas OSB de 6 metros de altura en todos los deslindes que colinden a viviendas habitadas. Esto para asegurar aún más el cumplimiento normativo y contribuir a minimizar las posibles molestias derivadas de la construcción del proyecto.

166. Pamela Andrea Salazar Ibáñez

  1. EISTU no concuerda la declaración del DIA, con las medidas informadas en el EISTU aprobadas, en el DIA (pag 93) declaran que se descarta un aumento considerable en el tránsito de personas y de vehículos por el interior de la Población Lemus, y en el EISTU declaran las rutas vehiculares por el interior de la Población.

  2. Diferencia DIA, anteproyecto aprobado con fecha 23 de Octubre de 2015 obtiene la aprobación de un anteproyecto de 2 edificios, uno de 16 y otro de 15 pisos, con un (1) nivel de subterráneo cada uno, con 483 dptos, 12 locales comerciales y 448 estacionamientos, que difiere de la presentación en el DIA que habla de 2 edificios de 16 pisos cada uno con 483 dptos y 11 locales comerciales.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

Respecto del punto 1) de la observación, el objetivo fundamental de la metodología EISTU consiste en entregar una guía que normalice los estudios de impacto de proyectos que afectan el Sistema de Transporte Urbano. Establece la manera de identificar y evaluar los diferentes tipos de impactos que sobre el área de influencia del estudio provoca la localización de actividades relevantes, tales como la construcción y habilitación de proyectos habitacionales, centros comerciales, industrias y otros. De esta forma, establece los impactos y las necesarias medidas de mitigación del proyecto en la etapa de operación del proyecto, es decir de los vehículos de las personas que residirán en el proyecto.

En el EISTU desarrollado y aprobado por la Ventanilla Única, parte de las rutas de acceso al proyecto consideran la utilización de las vías al interior de la población Lemus, sin embargo, como parte de las medidas de mitigación se considera la ejecución del proyecto Zona 30 en el cuadrante formado por Av. Perú, Arzobispo Valdivieso, Eloísa Lemus, Elcira Lemus y María Graham de acuerdo a lo estipulado por la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Recoleta. Este proyecto reduce considerablemente la velocidad en el área con las respectivas medidas de seguridad para los habitantes de la población Lemus. 605

Finalmente, cabe mencionar que las rutas de vehículos livianos y pesados señalados en la DIA corresponden a las rutas a utilizar durante la fase de construcción del Proyecto, las que no contemplan el ingreso a la Población Lemus. Conforme a lo anterior, las rutas no son discordantes, sino que una y otra tratan de las etapas distintas del proyecto.

Respecto del punto 2) de la observación, aclarar que toda diferencia o discrepancia entre lo presentado en la Resolución de Aprobación del Anteproyecto y el Permiso de Edificación, se produce por la evolución del proyecto, desde un anteproyecto a un proyecto definitivo. El desarrollo mismo de un proyecto en cada uno de sus componentes puede arrojar modificaciones entre la etapa de Anteproyecto y el Permiso de Edificación, es una situación común a los proyectos. Ahora bien, lo construido por el Titular será lo indicado expresamente en el Permiso de Edificación de cada edificio que a su vez es lo evaluado ambientalmente. En la Tabla 7 “Característica Proyecto” del Anexo PAC de la Adenda complementaria, se presenta la información del Proyecto a construir con las superficies aprobadas a la fecha mediante el Permiso de Edificación N°29 del 25 de abril de 2016 (Perú Plaza I) y mediante el Permiso de Edificación N° 53 de fecha 16 de octubre de 2017 (Perú Plaza II).

167. Flavio Bertoloni Longhi

  1. Estudio de sombras Se solicita presentar un estudio de sobras bien detallado por los dos edificios. Este estudio debe considerar todas las épocas del año para verificar cómo afectará las condiciones actuales de las propiedades más cercanas del proyecto.

  2. Fauna En el territorio que está entre los cerros San Cristóbal y Cerro Blanco existe el avistamiento de abundantes tipos de aves; en este sentido, se solicita un estudio que contemple un análisis bibliofráfico de las especies que pudiesen existir en el área de influencia y cotejarlas con un estudio en terreno con metodologías que sean validadas por el SAG.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que:

Respecto del punto 1) de la observación, los edificios se encuentran emplazados en el terreno distantes varios metros de los deslindes, con el propósito de generar menores efectos de sombras y ventilación de las casas vecinas. Lo anterior se encuentra detallado en el estudio de sombras aprobado por la D.O.M de Recoleta y forma parte integrante del Permiso de Edificación Nº 29 de fecha 25 de abril de 2016 (Edificio Perú Plaza I) y Permiso de Edificación N°53 de fecha 16 de octubre de 2017 (Edificio Perú Plaza II) otorgado por la D.O.M de Recoleta. Estos permisos acreditan que el proyecto cumple con el Instrumento de Planificación Territorial vigente para este sector en forma íntegra.

Respecto del punto 2) de la observación, cabe señalar que en relación a lo solicitado por la ciudadanía realizar un levantamiento de terreno corresponde a un estudio de línea base de fauna vertebrada terrestre, instrumento técnico que ha sido definido en el artículo 18 inciso e.2.

El Proyecto fue ingresado bajo la forma de Declaración de Impacto Ambiental. Dicho tipo de presentación no debe incluir o presentar líneas bases de acuerdo a lo establecido en el artículo 19 del Decreto Supremo (DS) 40 de 2013 (Ministerio de Medio Ambiente) el cual aprueba el reglamento del sistema de evaluación de impacto ambiental, es más dicho elemento solo forma parte de los Estudios de Impacto Ambiental, tal como lo establece el artículo 18 del mismo reglamento.

De la misma forma, el artículo 19 del D.S 40 en su inciso b.1 se establece que dentro de las Declaraciones de Impacto Ambiental se pueden incluir, en el caso que fuese necesario, antecedentes que justifiquen la inexistencia de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que puedan dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental. 606 Profundizando en lo anterior, en el mismo inciso en su apartado b.3 el D.S 40 establece lo siguiente: “En casos de corresponder, la ubicación y cuantificación de los recursos naturales renovables a extraer o explotar por el proyecto o actividad para satisfacer sus necesidades”.

Bajo el marco legal anterior, en la Tabla 38 “Tabla de aves potenciales del área de influencia”, del Anexo Participación Ciudadana del Adenda Complementaria de la DIA, se entrega un listado bibliográfico de las especies potenciales a encontrar en un sector urbano en Santiago.

En relación a lo anterior, en forma potencial se establece que dentro del área de influencia no existe evidencia de especies de avifauna que puedan ser consideradas como recursos escasos, únicos o representativos, cuya afectación puedan generar efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que puedan dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental. Lo anterior responde a que en el área de influencia del proyecto se desarrolla en su totalidad en la ciudad de Santiago, considerada como la urbe más densificada y urbanizada de Chile. En términos ecológicos, se establece que las ciudades corresponden a una matriz urbana donde se ha realizado un desplazamiento de las condiciones naturales originales, para dar paso a la construcción de una cuidad. Producto de lo anterior, el ensamblaje faunístico del sector permitiría solo el desarrollo de especies que nos son especialistas de hábitat y que por lo tanto, su conservación no se encontraría amenazada en la actualidad. Bajo dicho criterio se ha establecido que el área de influencia del proyecto se desarrolla en una matriz urbana donde no es posible el desarrollo de forma natural de recursos naturales renovable por lo consiguiente no es necesario presentar mayores antecedentes de terreno relacionados al componente Ecosistema Terrestre, en específico en relación a la descripción avifauna.

168. Emilia Salinas Martínez

a. Privacidad: señalar como se verá afectada la privacidad de los vecinos, por cuanto el proyecto se sitúa en un loteo en que el 100%de las residencias son casa habitación de uno a tres pisos, lo que al obstruirse torres de 15 y 16 pisos, rompe la morfología y tipología habitacional generando un importante impacto especialmente crítico en la línea de residencias inmediatas al proyecto.

b. Emisiones atmosféricas: se solicita al titular en periodos de Alerta, Pre Emergencia, Emergencia, se paralicen las actividades que generen emisión de material particulado.

c. Emisión de ruidos: se solicita mantener una medición de los puntos receptores durante toda la fase de construcción del proyecto.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Regional considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

En relación al punto a) de la observación, el Instrumento de Planificación Territorial (IPT) consignó el suelo del proyecto como de uso residencial, por lo que, permite la construcción del proyecto; el proyecto cumple con el IPT en términos de la altura, rasantes y sombras proyectadas a los terrenos aledaños al proyecto. Además, el proyecto cumple con lo establecido en el artículo 2.6.11 de Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Por lo anterior, se debe señalar que el Proyecto cumple con los instrumentos legales que permiten la elaboración del Proyecto.

En relación al punto b) de la observación, el titular se compromete a que cada vez que se decreten situaciones o episodios críticos de contaminación ambiental (preemergencia y emergencia) se dará cumplimiento a lo señalado en el PPDA de la Región Metropolitana (D.S. N°66/2010 del MINSEGPRES) según sea su aplicabilidad.

Por ejemplo, nunca se realizarán quemas al interior de las obras, los transportes de carga que tengan restricción vehicular no transitarán desde las 10:00 hasta las 18:00 horas al interior del eje Américo Vespucio, entre otros. Además, se reforzarán la humectación de las áreas de movimientos de tierra y 607 vía de circulación interna de tierra de acuerdo a los requerimientos en terreno, contemplándose un mínimo de 4 veces al día durante el periodo que duren las excavaciones durante periodos de alerta, pre-emergencia y emergencia.

En relación al punto c) de la observación, en cuanto a las emisiones de ruido generadas durante la fase de construcción, cabe destacar que al implementar las medidas de control señaladas en el Anexo 6 de la Adenda 1 (plancha OSB como cierre perimetral, túnel acústico para camión mixer, barreras acústicas portátiles, entre otras), los niveles estimados de ruido cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente en todos los receptores, considerando la situación más desfavorable.

Finalmente, para asegurar el cumplimiento de la normativa de referencia para las vibraciones se restringirá el uso de la placa compactadora, la cual no podrá operar a menos de 9 metros de los receptores R1, R2 y R3 (Ver Anexo 6 de la Adenda).

Por lo tanto, el proyecto cumple con toda la normativa ambiental que le aplica. Es importante mencionar que las normativas que el proyecto ha acreditado su cumplimiento tienen sus fundamentos en la salud de la población. De la siguiente forma: • El artículo 1º del DS 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente establece que “El objetivo de la presente norma es proteger la salud de la comunidad mediante el establecimiento de niveles máximos de emisión de ruido generados por las fuentes emisoras de ruido que esta norma regula.” • El artículo 1º del DS 66/2010 del Ministerio de Medio Ambiente (PPDA) indica lo siguiente: “El presente Decreto regirá en la Región Metropolitana y tendrá por objeto cumplir con las normas primarias de calidad ambiental de aire vigentes, asociadas a los contaminantes material particulado respirable como concentración de 24 horas y anual, y ozono como concentración de 8 horas, establecidas en el Decreto Supremo Nº 59, de 1998 y en el Decreto Supremo Nº 112, de 2002, respectivamente, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, y abandonar el estado de latencia en que se encuentra el contaminante monóxido de carbono como concentración de 8 horas a que se refiere el Decreto Supremo Nº 115, de 2002, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, mediante la reducción de las emisiones de los referidos contaminantes y sus precursores, de manera de proteger la vida o salud de la población.”.

Conforme a lo anterior, mediante el cumplimiento de las normas ambientales que el titular ha acreditado que la salud de la población no será afectada por la ejecución del proyecto, que ha tomado en consideración que estamos en una región saturada y latente en contaminación ambiental y que se han tomado todas las medidas que corresponden a este tipo de actividades para que se genere la menor molestia en los vecinos. Es importante reiterar que la construcción de este proyecto no es distinta a la construcción de edificios que se realiza en muchos sectores de la Región Metropolitana.

12°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

13°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

608 14°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

15°. Que, para que el proyecto “Edificios Perú Plaza I-II” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

16°. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

17°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

18°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

19°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Edificios Perú Plaza I-II” de Latakia S.A.

2°. Certificar que el proyecto “Edificios Perú Plaza I-II” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°. Certificar que el proyecto “Edificios Perú Plaza I-II” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140 y 142 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. Certificar que el proyecto “Edificios Perú Plaza I-II” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

7°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.