Condominio Fuentes de Chiguayante
Servicio
aervalacios REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DEL BIOBÍO
Califica Ambientalmente la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Condominio Fuentes de Chiguayante”
Región del Utobla
Resolución Exenta N* 1 8 4 Concepción, 13 JUN. 2017 VISTOS:
. 1% La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), del proyecto Condominio Fuentes de Chiguayante, presentado por Inmobiliaria Fuentes de Chiguayante SpA con fecha 05/12/2017.
2*. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto Condominio Fuentes de Chiguayante.
3?.El Acta de Evaluación N* 6 de 20/04/2017, del Comité Técnico de la Región del Biobío. 4%, El ICE de la DIA del proyecto Condominio Fuentes de Chiguayante de 12/05/2017.
5%. El Acuerdo de la sesión N* 05 de 22 de mayo de 2017, de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío.
6”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto Condominio Fuentes de Chiguayante,
- Lo dispuesto en la Ley N” 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N” 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón y la Resolución N” 10 de 2017 que la modifica; en la Resolución Exenta N 267/2017 del 21 de julio de 2014 de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío, mediante la cual se aprueba el Reglamento de Sala de la misma; en la Resolución Exenta DD.PP N* 138 de fecha 6 de marzo de 2017, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, a través de la cual se modifica y dispone funciones de carácter directivo para el cargo de subrogante del Director Regional en el Servicio de Evaluación Ambiental Región del Biobío.
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CONSIDERANDO:
12 Que, Inmobiliaria Fuentes de Chiguayante SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto Condominio Fuentes de Chiguayante (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
| Nombre o razón social | Inmobiliaria Fuentes de Chiguayante SpA [ Rut | 76.217.754-4 Domicilio ¡ Calle B4420, Lomas de San Sebastián Teléfono 41-2109200 ¡ Nombre representante legal _Jorge Enrique Brito Nachmann Rut representante legal 1 10,714.691-1
' Domicilio representante legal _ | Calle B4420, Lomas de San Sebastián Teléfono representante legal 41-2109200
Correo electrónico Titular o | j.britoWciss.cl
representante legal
2%. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 12/05/2017, el Director Regional de la Región del Biobío ha recomendado rechazar el Proyecto, por cuanto el proyecto; no acredita normativa ambiental aplicable D,S. N” 594 del MINSAL; no acredita el cumplimiento de los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales definidos en los artículos 140 y 142 del D.S. N 40/2012, al respecto el titular indica que ya tramitó y cuenta con dichos permisos adjuntando resoluciones de la Autoridad Sanitaria en el Anexo E de la DIA, sin embargo la Autoridad Sanitaria indica que “las resoluciones adjuntas por el titular corresponden a permisos sectoriales sanitarios, los cuales en ningún caso evalúa aspectos ambientales. Por lo tanto los PAS 140 y 142 no han sido otorgados. Para ello deberán presentar claramente los antecedentes que indican los artículos 140% y 142” D.S.N" 402011, puesto que el Anexo F no abarca la totalidad de la información solicitada por dichos artículos”; y el titular no ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el Informe Consolidado de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones, en particular a medios de verificación de acreditación de cumplimiento normativo y medidas de manejo ambiental, a antecedentes descriptivos asociados a obras del proyecto (evacuación de aguas lluvias) que permitan determinar la aplicabilidad del PAS del artículo 156 del D.S. N 40/2012 y de antecedentes que permitan descartar que el proyecto no genera riesgo a la salud de la población; efectos adversos sobre los recursos naturales renovables incluidos agua, aire y suelo; y alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, toda vez que el titular no presentó las aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones requeridas, una vez transcurrido el plazo otorgado para aquello,
3”. Que, en sesión de fecha 22/05/2017, la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío acordó calificar desfavorablemente el proyecto Condominio Fuentes de Chiguayante, aprobando integramente el contenido del ICE de 12/05/2017, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SELA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
- Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, la que forma parte integrante de la presente Resolución, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general Urbanización del terreno y construcción de un conjunto de departamentos habitacionales acogidos a DFL2 y a la ley de copropiedad inmobiliaria.
Tipología principal. así | b) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas como las aplicables a sus | declaradas latentes o saturadas,
partes, obras o acciones . h.1.3) Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más
viviendas. Vida útil indefinida Monto de inversión $13.000.000 dólares de los Estados Unidos de América (USD).]
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Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución
Construcción de sobrecimientos de los edificios de departamento
Proyecto se desarrolla por etapas
Si No | Si bien el titular indica que se desarrolla en tres
etapas, el proyecto se encuentra construido casi en su totalidad, en base a los antecedentes presentados por Xx | el titular. Por lo anterior el proyecto no se ajusta al desarrollo por etapas indicado en el artículo 14 del D.S. N* 40/2012,
Proyecto modifica un proyecto o actividad
Si No | El titular indica en la DIA que el proyecto consiste
fundamentalmente en la urbanización del terreno y la construcción de 352 viviendas, de los cuales “128 se construyeron sin que fuera necesario en su momento la presentación de una DIA”. Posteriormente indica que “con la ampliación del proyecto, mediante la construcción de las etapas 2 y 3 y estando la comuna de Chiguayante afecta a la declaración de zona de 194] latencia por material particulado, se somete a evaluación ambiental la totalidad del proyecto”.
En términos de tiempo el titular solo indica fechas asociadas a la etapa 3, pero no informa cuando se iniciaron y terminaron su etapa de construcción y operación las etapas 1 y 2.
Proyecto modifica otra(s) RCA [sólo en caso de que el proyecto sí modifique un proyectó o actividad]
Si No |[£En caso de respuesta afirmativa indicar si el
proyecto modificado está o no ejecutado y remitir al ICE para detalles, identificando sección, parte o [X] | capítulo según corresponda]
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político- administrativa
Región del Biobío, Provincia de Concepción, comuna de Chiguayante
Descripción de la localización
El proyecto se emplaza en forma aledaña a otros complejos habitacionales que actualmente cuentan con los servicios urbanos necesarios para la población. La materialización del Proyecto permitirá dar continuidad a la vialidad existente aportando a la conectividad entre sectores urbanos actualmente consolidados.
El proyecto se emplaza en una zona de uso habitacional y comercial, no existiendo en el entorno cercano al proyecto, usos de suelo o construcciones declarado molesto o contaminante por la autoridad sanitaria.
De acuerdo a lo indicado por el titular en la DIA, el proyecto consiste en la urbanización del terreno y la construcción de 352 viviendas de departamentos en edificios habitacionales, de los cuales 128 se construyeron sin que haya sido necesario en su momento la presentación de ima Declaración de Impacto Ambiental, Con la ampliación del proyecto, mediante la construcción de las etapas 2 y 3 y estando la comuna de Chiguayante afecta a la declaración de zona de latencia por material particulado (cabe indicar que también la comuna está declarada saturada por PM 2.5 aunque el titular no lo indica), se somete a evaluación ambiental la totalidad del proyecto, incluidas las tres etapas:
La Etapa 1, ya construida y en operación, incluye 8 Edificios (128
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departamentos)
La Etapa 2, ya construida y en operación, incluye $8 Edificios (128 departamentos)
La Etapa 3 incluye 6 Edificios (96 departamentos)
La característica de la construcción a considerar en el proyecto es la siguiente:
e Tipo de edificación: Edificios de 4 pisos, con 4
departamentos por planta.
e Tipo de muros: Estructura de hormigón armado, espesor 15 cm.
e Tipo de losa: Estructura de hormigón armado, espesor 14 cm.
e Techumbre: Losa de hormigón armado de 12 cm de espesor, cerchas de madera y OSB de 15 mm, y membrana asfáltica 4 kg.
e Tabiques: Tabiquería interior de montante económico y plancha de yeso cartón estándar de 10 mm Terminaciones: Pisos de baño y cocina con cerámica, pisos de dormitorios y living comedor con alfombra, Recubrimiento de paredes en dormitorios y living comedor con papel mural, Recubrimiento de paredes en baño y cocina con pintura Las obras físicas del proyecto se encuentran documentadas en el Anexo C: Planos.
Por tanto, el proyecto tiene por objeto evaluar las emisiones e impactos del total de las 352 viviendas. La finalidad del proyecto será la de dar solución a la demanda habitacional en la comuna de Chiguayante, mediante la construcción de estas 352 viviendas de departamentos en edificios habitacionales, acogidos al DS 116 y a la Ley de Copropiedad Inmobiliaria.
Cabe señalar que el proyecto presenta un importante estado de avance en su construcción, el cual no es claro en la DIA; por lo cual en el ICSARA 1 se le solicitó al titular indicar en forma clara el estado de avance en la construcción del proyecto. Lo anterior dado que la DIA presenta contradicciones al respecto, no se condice el relato del texto de al DIA, con lo indicado en el cronograma del proyecto, lo cual no fue subsanado por el titular.
Por su parte, el titular indica además que el proyecto Condominio Fuentes de Chiguayante incluirá la construcción de Edificios, Porteria, Estacionamientos Subterráneos, Áreas Verdes, Circulaciones y estacionamientos abiertos. Debe precisarse que el total de estacionamientos de yehículos será de 352, incluyendo 4 estacionamientos para discapacitados, indica también que el diseño y disposición de los estacionamientos se encuentran detallados en el Anexo C de la DIA y que el proyecto cuenta con EISTU aprobado por la Secretaría Regional Ministerial de Transportes, mediante Ord N? 189 /24,01,2014,
Sin embargo la descripción de las partes, obras y acciones que implica la construcción de los estacionamientos no se encuentra en la DIA, dicha información fue solicitada al titular en el ICSARA lo cual no fue subsanado.
Superficie
El Proyecto se desarrollará en 1,89 Hectáreas Brutas (superficie neta de 18.133,73 m2), el que contempla la urbanización del terreno y la construcción de edificios sociales.
El titular no presenta en la DIA las superficies detalladas por
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(Y
partes, obras y acciones en las distintas etapas, solo entrega información respecto de las superficies de los edificios tipo 1 y tipo 2 en la tabla 4.1 Superficies de estructuras y áreas del proyecto, en la página 20 de la DIA.
Coordenadas UTM en Datum WGS384
5.909.225 N- 676,350 E 5.909.225 N- 676.525 E 5.909.050 N- 676.350 E
5.909.050 N 676.525 E
Caminos de acceso
Se puede acceder al proyecto por calle Manuel Rodríguez, correspondiente a una de las arterias principales de la comuna de Chiguayante.
Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones
Punto 3 de la DIA Localización del Proyecto, páginas 12, 13 y 14.
4,3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO
4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
Habilitación del despeje de terreno
predio y
La habilitación comenzará con la instalación de un cerco perimetral donde se construirá el Proyecto.
Se considera el despeje de material vegetal sólo en la zona donde estarán emplazados los edificios; si el desarrollo del proyecto lo permite, se trabajará para no alterar las condiciones naturales superficiales que ayuda a controlar la erosión eólica.
Respecto de la acción de despeje, en el ICSARA se le solicitó al titular ampliar la información en términos descriptivos de las acciones de despeje, así como las acciones de manejo ambiental y los medios de verificación correspondientes, lo cual no fue subsanado por el titular.
Instalación de faenas
Contempla la implementación de un área para el desarrollo técnico y administrativo del proyecto, la cual será emplazada en la zona que se proyecta la obra y con el mismo criterio establecido en el punto b) anterior.
Esta área tendrá, principalmente:
-
Módulo correspondiente a oficinas. Bodega de obra. Espacios libre para estacionar vehículos, especificamente maquinarias donde no exista masa vegetal ni arbórea. Espacio para acopio transitorio de materiales. Recinto para comedores y servicios higiénicos para el personal.
-
Baños químicos.
Cabe indicar que respecto de la instalación de faenas, se le solicitó al titular en el ICSARA aclarar la ubicación de la misma, superficie utilizada, si se ha mantenido un solo lugar destinado a estas instalaciones o más de uno en función de las etapas del proyecto, describir el cierre y/o abandono de estas obras provisorias detallando las acciones de restitución del terreno, así como los medios de verificación de las afirmaciones que realizara el titular. Por otra parte, se solicitó aclarar en qué condiciones se encuentra actualmente la instalación de faenas, dado el estado de avance del proyecto. Lo anterior no fue subsanado por el titular,
Excavaciones / Movimientos
Las excavaciones se desarrollarán con maquinaria adecuadas para
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de Tierra este fin. La faena del movimiento de tierra contempla ocupar el material de corte en la confección del mejoramiento. La zona de excavación será protegida con una malla raschell de 3 metros de alto, para evitar la polución por el movimiento de áridos.
Respecto de esta acción se solicitó al titular en el ICSARA aclarar la superficie afecta a movimientos de tierra, la cantidad de suelo removido, áreas de acopio, el manejo ambiental de material y sus medios de verificación incluyendo en este análisis a la construcción de los estacionamientos subterráneos. Lo anterior no fue subsanado por el titular,
Obra Gruesa La Etapa de Construcción de Edificios corresponde a las acciones relativas a la construcción de las viviendas en edificios departamentos, siendo éstas la construcción de obra gruesa, terminaciones y exteriores. En relación a los materiales requeridos por el proyecto, estos estarán constituidos principalmente por:
- Muros y losas de hormigón armado (Cemento, Grava,
Arena, Acero A42, Aditivo plastificante).
Techumbre (Cerchas de madera impregnada).
Terminaciones e Tabiques de yeso cartón, e Puertas MDF. + Guardapolvos, + Cornisa de polietileno. e Pintura de baños y cocinas látex y esmalte al agua. + Pintura texturado cielos y fachada, « Piso de cerámica en baños y cocinas. .
Revestimiento de papel mural en dormitorios y living comedor.
» Piso de alfombra. Instalaciones (Agua fría y caliente en polifusión).
Instalaciones + Artefactos sanitarios
-
Instalación de agua potable
-
Instalación de alcantarillado Instalación eléctrica y señales (empalme, sistema de tierras, tableros, canalizaciones, lampistería, corrientes débiles)
Obras exteriores + Pavimentos en Calles y estacionamientos (Arena, Estabilizado, Adocreto, Polvo y roca). Solerilla en bordes de calles y estacionamientos.
Recursos naturales renovables | Las aguas necesarias para las labores de construcción, así como para la bebida y usos domésticos de los trabajadores serán adquiridas a la Empresa Servicios Sanitarios Essbio, a través de un empalme provisorio (con la garantía de que esta agua cumple con los parámetros exigidos por la norma NCh 409/1,0f1984,)
Durante esta fase se utilizará combustible fósil para los vehículos y las maquinarias a usar en las obras de construcción.
No se extraerán áridos del sector, Todo el material de construcción será adquirido de proveedores habituales legalmente establecidos.
Emisiones y efluentes Las fuentes de emisión identificadas por el titular son las siguientes:
Identificación de la Fuente de Emisión | Duración de la Emisión
Carga / descarga de | Carga/descarga Horas de
material estéril trabajo, Carga/descarga de | durante 130 material fino dias hábiles
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Tránsito de Camión tolva Horas de maquinaria por trabajo, interior de obra durante 130 (caminos no días hábiles. pavimentados).
Erosión del viento | Pilas acopio 150 días sobre pilas de totales almacenamiento
activas
De acuerdo a lo indicado por el titular, la principal actividad generadora de emisiones de partículas PM10, se identifica con la circulación de camiones por caminos no payimentados.
Lo anterior, considerando que las actividades de apilamiento, carga y descarga y excavaciones son bajas, debido a que el proyecto no considera excavaciones de profundidad, aunque no existe una variación de pendiente del terreno.
Cabe indicar que en el ICSARA se le solicitó aclarar la afirmación realizada respecto a la principal fuente de PM 10 atribuida al tránsito de camiones, lo anterior considerando la tipología bajo la cual ingresa al SELA el proyecto y la afirmación que realiza el titular “por existir una condición de contaminación asociada al material particulado”, teniendo en cuenta los movimientos de tierra que implica el proyecto, por lo cual se le solicitó aclarar lo anterior y se le solicita detallar claramente las fuentes de generación de material particulado, su ubicación, manejo ambiental y medo de verificación. Lo anterior no fue subsanado por el titular.
Es más el propio titular afirma en la DIA (página 33) que “Se considera a la Etapa 2 del Proyecto como etapa más pesimista de las 3, en cuanto a la emisión de material particulado a la atmósfera, ya que durante esta etapa se alcanzará un volumen estimado de movimiento de tierra de 270 m3, excavaciones de 485 m3 y 14.500 m3 por concepto de mejoramiento de tierras, llevándose a cabo en 5 meses (130 días hábiles). (énfasis agregado)
Respecto de las medidas de abatimiento y control, es relevante indicar que el titular no entrega en la DIA los indicadores que permitan acreditar que las medidas se ejecutaron, considerando además que el propio titular indica que la construcción de la Etapa 2 es la condición más desfavorable, ni tampoco define cuáles medidas fueron efectivamente aplicadas, dado que el propio titular indica que “deberán adoptarse alguna de las siguientes medidas”. Por lo anterior en el ICSARA se solicitó aclarar lo anterior, además de complementar información de aspectos descriptivos de formas de abatimiento y control, tal como se consigna en las observaciones 11 y 12 del ICSARA. Lo anterior no fue subsanado por el titular.
Efluentes:
El titular indicó que solo se generarán aguas servidas a partir de los «baños químicos instalados durante las obras de construcción, los que serán retirados por la empresa proveedora.
Cabe indicar que en el ICSARA se le consultó al titular si el proyecto consideraba o no algún sistema de lavado de ruedas de camiones y maquinarias, Lo anterior no fue subsanado por el titular,
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Ruido
De acuerdo al estudio de impacto acústico (Anexo E de la DIA), se concluye que las situaciones de incumplimiento se trasladan y varían según el escenario, esto se explica en los cambios en las posiciones de los frentes de trabajo y su cercanía a los receptores.
Debido a la situación de incumplimiento normativo en algunos puntos de la línea base se requiere aplicar medidas de mitigación de ruido. Al respecto el estudio aludido propone el uso de 2 tipos de barreras acústicas:
La primera barrera (BP1) se diseñó para que sea capaz de mitigar los frentes de trabajo durante la etapa de Movimientos de tierra y Obra gruesa y Terminaciones. Esta medida debe implementarse de tal manera de cubrir los frentes de trabajo hacia los sectores en donde se ubican los puntos conflictivos, con una altura de 3.8 metros. La figura N%8 del Anexo E muestra la disposición de la barrera en relación al área de intervención del proyecto y los receptores cercanos.
BAF (barreras acústicas flexibles) para mitigar los frentes de trabajo de Obra Gruesa y Terminaciones que se realicen en altura, las que deben ser de tipo cortina acústica, con una densidad nominal de 6 kg/m2, cubriendo cada departamento en que se estén desarrollando faenas de Obra Gruesa y Terminaciones.
De acuerdo a lo indicado en el Anexo E antes señalado, con la utilización de las medidas propuestas y las condiciones indicadas, se cumpliría con la normativa. Además en el punto 7 del informe se propone un programa de monitoreo de ruido.
Sin embargo, el titular en la DÍA no entrega ningún medio de verificación que permita acreditar el cumplimiento normativo, considerando que el proyecto se encuentra construido y operando en sus dos primeras etapa y en construcción la tercera etapa, lo anterior se encuentra indicado en el ICSARA enviado al titular, lo cual no fue subsanado por el titular.
Residuos, productos químicos | Asimilables a domésticos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. De acuerdo a lo indicado por el titular, el proyecto de disposición de residuos sólidos en etapa de construcción se encuentra en el Anexo F de la DIA. Al respecto se debe indicar que dicho anexo contiene información asociada al manejo de residuos domiciliarios del condominio en su etapa de operación y a un Plan de contingencia y respuesta ante emergencias, pero asociado a los trabajadores.
Luego el titular indica que durante la fase de construcción de las obras se generan paulatinamente residuos sólidos compuestos mayoritariamente por escombros y restos de materiales de construcción y propone algunas medidas de manejo
Industriales no peligrosos
El proyecto de disposición de residuos sólidos en etapa de construcción se encuentra en el Anexo E de la DIA, en particular los establecidos en el Artículo 142 del Reglamento, Al respecto se debe indicar que dicho anexo contiene información asociada al manejo de residuos domiciliarios del condominio en su etapa de operación.
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¡Ue
De acuerdo a lo informado por el titular en la DIA, la empresa contará con un lugar específico para la acumulación transitoria de los residuos sólidos industriales propios de la construcción, donde éstos queden debidamente confinados, segregados e identificados, ya sea a granel o en contenedores.
Cabe indicar que el titular no estimó el volumen de residuos que serán generados durante la etapa de construcción, ni tampoco los caracterizó por tipo (asimilables a domiciliarios, industriales no peligrosos, industriales peligrosos, etc), así como no indica cómo almacenará cada uno de ellos. Lo anterior fue observado al titular en el ICSARA y no fue subsanado por el mismo.
Residuos peligrosos
El proyecto de disposición de residuos sólidos en etapa de construcción se encuentra en el Anexo F de la DIA, en particular los establecidos en el Artículo 142 del Reglamento. Al respecto se debe indicar que dicho anexo contiene información asociada al manejo de residuos domiciliarios del condominio en su etapa de operación.
Cabe indicar que el titular no estimó el volumen de residuos peligrosos que serán generados durante la etapa de construcción, ni tampoco indica cómo almacenará cada uno de ellos. Lo anterior fue observado al titular en el ICSARA, Por otra parte el titular indica que los residuos peligrosos serán dispuestos en un relleno sanitario. Al respecto se le indicó en el ICSARA que los rellenos sanitarios no pueden recibir este tipo de residuos, sino que los industriales y se solicitó, dado el estado de avance del proyecto, demostrar que la disposición final de este tipo de residuos fue realizada en un lugar idóneo. Lo anterior no fue subsanado por el titular,
El titular no declara productos o sustancias químicas que puedan afectar el medio ambiente en la DIA.
Referencia al ICE para | Puntos 5.1,4 y 5.1.5 mayores detalles sobre esta fase,
4.3.2. FASE DE OPERACIÓN
Entrega de Obras, Puesta en Corresponden a gestiones para la posterior venta y entrega de los
Marcha y posterior venta del | departamentos. Condominio
Productos generados No se generan productos por efectos del proyecto
Recursos naturales renovables | El proyecto no contempla la extracción, explotación o utilización de recursos naturales en esta etapa
Emisiones y efluentes Emisiones atmosféricas
De acuerdo a lo indicado en la DIA no se generan emisiones atmosféricas por parte del titular en esta etapa
Aguas servidas de origen domiciliario
Derivadas de los ocupantes de los departamentos, éstas serán recolectadas y tratadas por el a empresa sanitaria que opera en la comuna, (certificado de factibilidad adjunto en Anexo D de la DIA).
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Ruido
De acuerdo a lo indicado en la DIA no se genera ruido por parte del titular en esta etapa
Residuos, productos químicos y Otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
Domiciliarios y asimilables
El proyecto contempla la evacuación de basuras mediante un sistema de 22 ductos circulares, cuya disposición final provisoria de los residuos domiciliarios y asimilables se realizará en 22 salas de basura independientes (1 sala por edificio). Se adicionan ademán dos salas de precarguío acondicionadas, para ser dispuestas en relleno sanitario. Los residuos serán retirados por el camión recolector municipal.
En Anexo D de la DIA el titular entrega certificados emitidos por la Autoridad Sanitaria y planos del sistema de recolección y almacenamiento temporal de las basuras.
El titular no declara residuos peligrosos en esta etapa
El titular no declara productos o sustancias químicas que puedan afectar el medio ambiente en esta etapa
mayores detalles sobre esta fase.
Referencia al ICE para | Puntos 5.2.5 y 5.2.6 mayores detalles sobre esta
fase.
4.3.3. FASE DE CIERRE
El proyecto no considera fase de cierre
Referencia al ICE para | Punto 5.3
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO
fechas de inicio y término, sólo
4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN, respecto las etapas 1 y 2 el titular no indica en la DIA las
indica que se encuentran construidas
Fecha estimada de inicio
| Etapa 3 — Julio 2016
I e | Parte, obra o acción que establece el inicio
Preparación área de trabajo
Fecha estimada de término
Etapa 3 — Julio 2017
Parte, obra o acción que establece el término
Recepción de obras
4.4.2, FASE DE OPERACIÓN
Fecha estimada de inicio
Etapa 3 — Julio 2017
Parte, obra o acción que establece el inicio
Ventas de los departamentos e instalaciones auxiliares
establece el término
Fecha estimada de | Indefinida término | | Parte, obra o acción que | No lo define el titular
4.4.3. FASE DE CIERRE
El proyecto no contempla etapa de cierre
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PA
5%, Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300:
5.1. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASI COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR
Impacto ambiental No se identificaron impactos * Componente(s) ambiental(es) No aplica
afectado(s)
Parte, obra o acción que lo genera No aplica
Fase en que se presenta No aplica
Referencia al ICE para mayores | Tabla 9.4, Tabla 3.5,1 y Tabla 11.1.1 detalles sobre este impacto específico
No existe población protegida en el área de influencia del proyecto. Lo anterior según consta el Ord N? 01 del 03/01/2017 de CONADI, quien se excluyó de participar en la evaluación del proyecto argumentando que verificados los antecedentes presentados por el titular no se identifican tierras indígenas, demandas territoriales, grupos humanos o comunidades indígenas que pudieran verse ¡ afectados por el proyecto,
El proyecto se emplaza en un área urbana consolidada, cuyo uso de suelo según establece el instrumento de planificación corresponde a residencial, siendo un área altamente antropizada, la Cual no presenta recursos y áreas protegidas, no existe la declaratoria de ningún sitio prioritario para la conservación (de acuerdo a los antecedentes oficiales publicados por el SEA), tampoco corresponde a una zona que presente humedales protegidos, glaciares ni presenta valor ambiental.
5.2. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA
Impacto ambiental No se identificaron impactos Componente(s) ambiental(es) No aplica
afectado(s)
Parte, obra o acción que lo genera No aplica
Fase en que se presenta No aplica
Referencia al ICE para mayores | Tabla 9.5, Tabla 3.5.1 y Tabla 11.1.1 detalles sobre este impacto específico |
El proyecto se emplaza en un área urbana consolidada, cuyo uso de suelo según establece el instrumento de planificación corresponde a residencial, siendo un área altamente antropizada, la cual no presenta valor turístico.
El proyecto se emplaza en un área urbana consolidada, cuyo uso de suelo según establece el instrumento de planificación corresponde a residencial, siendo un área altamente antropizada, la cual no presenta valor paisajistico.
- ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL
Impacto ambiental No se identificaron impactos
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YN
Parte, obra o acción que lo genera No aplica
Fase en que se presenta No aplica
Referencia al ICE para mayores | Tabla 9.6 detalles sobre este impacto específico
No existe ningún Monumento Nacional en el área de influencia del proyecto, ni tampoco fue identificado por el titular sitios con valor arqueológico e histórico.
De acuerdo a lo declarado por el titular, no aplica toda vez que no existen en las proximidades del área donde se desarrollará el proyecto, manifestaciones culturales o folclóricas de ningún grupo humano, en especial a pueblos indígenas, que puedan ser alterados por la construcción y/u operación del Proyecto Condominio Fuentes de Chiguayante,
Cabe indicar que la Municipalidad de Chiguayante no se pronunció respecto del proyecto, y CONADI se excluyó de participar del proceso dado que no se identifican tierras indígenas, demandas territoriales, ni grupos humanos indígenas que pudieran verse afectados por el proyecto.
6”. Que, el Proyecto no justificó la no generación de los siguientes efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300, toda vez que no subsanó los errores, omisiones o inexactitudes de que adolecía:
6.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS
Impacto ambienta! Aumento de las concentraciones de materia particulado
Parte, obra o acción que lo genera Movimientos de tierra y excavaciones, tránsito de maquinaria y camiones, carga y descarga de material, dispersión de polvo desde las pilas de material.
Fase en que se presenta Construcción
! Impacto ambiental Superación de los niveles de ruido
| Parte, obra o acción que lo genera Faenas y actividades de construcción Fase en que se presenta Construcción Referencia al ICE para mayores Tabla 9,1
detalles sobre este impacto específico
El titular presenta una estimación de emisiones utilizando el estudio “Servicio de recopilación y sistematización de factores de emisión al aire para el Servicio de Evaluación Ambiental”, elaborado por BS Consultores, En dicho estudio indica que la condición más desfavorable corresponde a la construcción de la etapa 2, la cual al momento de la presentación de la DIA ya se encontraba construida.
Si bien el titular presenta la estimación de emisiones para PM 10, PM 2.5 y PM 30, y dicho estudio no tuvo observaciones por parte de la autoridad competente, no realiza im análisis respecto del aporte del proyecto a la calidad del aire, teniendo en cuenta que se encuentra declarada latente por PM 10 y saturada por PM 2,5.
Por otra parte, si bien el titular señala una serie de medidas de manejo ambiental a efecto de minimizar estas emisiones, en su mayoría fugitivas, no expresa claramente qué medidas fueron aplicadas y cuáles no (toda vez que habla de recomendaciones), ni tampoco presenta medios de verificación que permitan concluir que las medidas fueron aplicadas y efectivas, considerando además el alto avance de construcción del proyecto.
El titular presenta un estudio de impacto acústico en el Anexo E de la DIA, el cual muestra que no se cumple la normativa en varios receptores identificados y a su vez el estudio “recomienda” la instalación de dos tipos de pantallas acústicas para efectos de dar cumplimiento a los niveles máximos permitidos. Por su parte, el titular declara que las etapas 1 y 2 del proyecto se encuentran construidas y operando,
Sin embargo el titular no presentó ningún medio de verificación que permita concluir que se _ A A _ __ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __ >—_ _ __ __— r[r[Ñomn—meme AAA
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dispusieron las medidas recomendadas a efectos de cumplir la normativa. Lo anterior fue observado al titular en el ICSARA, lo cual no subsanó toda vez que no presentó la Adenda.
Finalmente el titular no acreditó la normativa asociada a residuos peligrosos y no peligrosos (DS
N*594).
6.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE
Impacto ambiental
Pérdida de suelo terrestre
Componente(s) ambiental(es) afectado(s)
Suelo
El proyecto considera el movimiento de tierras y excavaciones asociadas a la construcción del proyecto, el cual se desarrolla en una superficie total de 1.89 ha. Sin embargo el titular en la DIA no entregó la descripción asociada a la extracción de este recurso para efectos de construir el proyecto, no indicó los volúmenes de suelo removido, el manejo del mismo especialmente de la capa vegetal, ni sus propiedades y características. Estos aspectos fueron observados en el ICSARA, sin embargo el titular no subsanó las aclaraciones, rectificaciones y ampliaciones de información solicitadas.
Parte, obra o acción que lo genera
Excavaciones y movimientos de tierra
Fase en que se presenta
Construcción
Impacto ambiental
Compactación de suelo terrestre
Componente(s) ambiental(es) afectado(s)
Suelo
Tal como se indica en el punto anterior, el titular en la DIA no entregó la descripción asociada a la extracción de este recurso para efectos de construir el proyecto, ni su manejo, tampoco especificó en la descripción del proyecto las superficies que serán afectas a compactación e impermeabilización por efecto de las construcción, así como de las obras exteriores (veredas, calles). Dado que el titular no presentó la Adenda, las observaciones planteadas en el ICSARA no fueron subsanadas.
Parte, obra o acción que lo genera
Construcción del proyecto habitacional y sus obras exteriores
Fase en que se presenta
Construcción
Impacto ambiental
Afectación de la cantidad y calidad de aguas subterráneas
Componente(s) ambiental(es) |
afectado(s)
Agua subterránea
Como se indica en la descripción del proyecto el proyecto considera excavaciones para la construcción de las fundaciones de los edificios y de los estacionamientos subterráneos (la descripción de la construcción de estos últimos no son descritos en la DIA), por lo cual eventualmente el titular pudo haber realizado agotamiento de napa, tampoco el titular entrega información respecto del nivel freático del área de influencia. Estos aspectos fueron observados en el ICSARA, sin embargo el titular no subsanó las aclaraciones, rectificaciones y ampliaciones de información solicitadas, toda vez que no presentó la Adenda.
Parte, obra o acción que lo genera
Construcción de fundaciones de
estacionamientos subterráneos
edificios y
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DIA del proyecto "Condominia Fuentes de Chiguayante”
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Fase en que se presenta Construcción
Impacto ambiental Pérdida de vegetación Componente(s) ambiental(es) | Flora y vegetación afectado(s)
El titular indica en la DIA que el proyecto considera el despeje de material vegetal sólo en la zona donde estarán emplazados los edificios; si el desarrollo del proyecto lo permite, se trabajará para no alterar las condiciones naturales superficiales que ayuda a controlar la erosión eólica,
Sin embargo el titular no entrega información respecto de la vegetación presente en el área de influencia y que tuvo que ser despejada. Cabe reiterar que el proyecto se presentó al SEIA con un alto grado de avance en construcción. Estos aspectos fueron observados en el ICSARA, sin embargo el titular no subsanó las aclaraciones, rectificaciones y ampliaciones de información solicitadas, toda vez que no presentó la
Adenda. Parte, obra o acción que lo genera Despeje de terreno Fase en que se presenta Construcción
Referencia al ICE para mayores | Tablas 8.1, 8,2, 8.3,1 y 9,2 detalles sobre este impacto especifico
El proyecto considera el movimiento de tierras y excavaciones asociadas a la construcción del proyecto, el cual se desarrolla en una superficie total de 1.89 ha. Sin embargo el titular en la DIA no entregó la descripción asociada a la extracción de este recurso para efectos de construir el proyecto, no indicó los volúmenes de suelo removido, el manejo del mismo especialmente de la capa vegetal, ni sus propiedades y características, tampoco entrega antecedentes respecto de las superficies que serán afectas a compactación e impermeabilización por efecto de las construcción, así como de las obras exteriores (veredas, calles). Dado que el titular no presentó la Adenda, las observaciones planteadas en el ICSARA no fueron subsanadas. Por lo cual no fue posible descartar fundadamente la inexistencia de este efecto.
El titular en la DIA indica que se requirió despeje de vegetación como parte de la preparación del terreno para la ejecución del proyecto, pero no entrega la información en detalle de esta acción, por lo cual se desconoce qué tipo de vegetación y fauna habia en el área, teniendo en cuenta además que el proyecto ingresó al SEIA con un alto grado de avance en la construcción del mismo.
El titular no entregó una descripción de tallada de la construcción del proyecto asociada a las excavaciones y movimientos de tierra necesarios para evaluar el proyecto, tampoco indicó el valor del nivel freático del área, ni si fue necesario el agotamiento de napa para la construcción de las fundaciones y estacionamientos subterráneos. Por lo cual no fue posible establecer la existencia de este impacto, así como la significancia del mismo, toda vez que el titular no subsanó las observaciones realizadas a través del ICSARA, dado que no presentó la Adenda correspondiente.
6.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS
Impacto ambiental No se identificó algún impacto específico sobre el medio humano, toda vez que se solicitó complementar antecedentes respecto de partes y obras del proyecto en el ICSARA asociados a la alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica, las que no fueron subsanadas por el titular toda vez
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que no presentó la Adenda respectiva.
Parte, obra o acción que lo genera Construcción del proyecto habitacional
Fase en que se presenta Construcción
Referencia al ICE para mayores | Tabla 9.3 detalles sobre este impacto específico
No fue posible concluir la no generación de este efecto, toda vez que el titular no presentó el proyecto de aguas lluvias y con ello no es posible evaluar si la solución de aguas lluvias permite descartar la afectación por inundaciones lanto de los habitantes del proyecto habitacional, como de los vecinos y con ello descartar la afectación a la calidad de vida. Por otra parte, se solicitó además al presentar la caracterización del suelo de fundación en el cual se pretende levantar el proyecto, indicar la profundidad máxima a excavar para los sellos de fundación del proyecto. Lo anterior a objeto de evaluar por parte de la autoridad competente las condiciones del suelo respecto de las construcciones y con ello si se configuran o no riesgos a los habitantes del condominio y a su calidad de vida.
Al respecto, el titular no subsanó la observación toda vez que no presentó la Adenda respectiva.
7”. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
7.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES DE CONTENIDO ÚNICAMENTE AMBIENTAL
El proyecto no presenta permisos ambientales sectoriales de contenido únicamente ambiental aplicables.
7.2. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
7.2.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA
Fase del Proyecto a Construcción y operación la cual corresponde
Parte, obra o acción a | Almacenamiento de escombros y restos de materiales de construcción y la que aplica durante la operación para el sistema de evacuación y almacenamiento de residuos domiciliarios de los edificios.
L.. Condiciones o No aplica, ya que el titular no acreditó los requisitos de otorgamiento exigencias del PAS 140, específicas para su otorgamiento
Pronunciamiento del | Ord., N3311del 30 de diciembre de 2016, de la Autoridad Sanitaria, órgano competente quien indica que las resoluciones adjuntas por el titular corresponden a permisos sectoriales sanitarios, los cuales en ningún caso evalúa aspectos ambientales. Para ello deberán presentar claramente los antecedentes que indica el artículo 140” D.S. N 40/2011, puesto que el Anexo EF no abarca la totalidad de la información solicitada por dichos artículos. Lo anterior fue observado en el ICSARA y no fue subsanado por el titular, toda vez que no presentó la Adenda
Referencia al ICE Tabla 12.2.1 para mayores detalles
172.2. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SELA
Fase del Proyecto a Construcción
Resolución de Calificación de Impacto Ambiental DIA del proyecto "Condominio Fuentes de Chiguayante” Página 15
la cual corresponde
Parte, obra o acción a la que aplica
El proyecto sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, como tarros de pinturas vacíos, barnices y pegamentos, así como ampolletas fluorescentes que pudieran romperse.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
No aplica, ya que el titular no acreditó los requisito de otorgamiento del PAS 142,
Pronunciamiento del órgano competente
Ord., N3311del 30 de diciembre de 2016, de la Autoridad Sanitaria, quien indica que las resoluciones adjuntas por el titular corresponden a permisos sectoriales sanitarios, los cuales en ningún caso evalúa aspectos ambientales. Para ello deberán presentar claramente los antecedentes que indica el artículo 142” D.S. N 40/2011, puesto que el Anexo F no abarca la totalidad de la información solicitada por dichos artículos. Lo anterior fue observado al titular en el ICSARA lo cual no fue subsanado por el titular, toda vez que no presentó la Adenda
Referencia al ICE para mayores detalles
Tabla 12.2.2
Reglamento del SEIA
7.2.3. Permiso para efectuar modificaciones de cauce, según se establece en el artículo 156 del
Fase del Proyecto a la cual corresponde
Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica
Evacuación de aguas lluvia
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
No aplica, por cuanto no fue posible establecer la aplicabilidad del PAS 156.
Pronunciamiento del órgano competente
Ord., N*01 del 03 de enero de 2017, de la Dirección General de Aguas de la Región del Biobío, quien indica que el titular debe explicar las modificaciones de cauce natural o artificial consideradas para dar solución a la evacuación de aguas lluvias. Lo anterior fue observado al titular en el ICSARA lo cual no fue subsanado por el titular, toda vez que no presentó la Adenda, y en la DIA el titular no describe el sistema de evacuación de aguas lluvias del proyecto, por lo cual no fue posible establecer la aplicabilidad o no de este PAS, toda yez que no subsanó las aclaraciones, rectificaciones y ampliaciones solicitadas a través del ICSARA,
Referencia al ICE para mayores detalles
Tabla 12.2.3
89, Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
8.1. COMPONENTE/MATERIA: Uso de Suelo
Norma
Plan Regulador Comunal Ordenanza Plan
Regulador
de Chiguayante;
cumplimiento
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará
Construcción-Operación
que aplica
Parte, obra o acción a la
Proyecto inmobiliario
Forma de cumplimiento
Acorde con el uso de suelo establecido en el Plan regulador
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DIA del proyecto “Condominio Fuentes de Chiguayante”
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Comunal
Indicador que acredita su Se adjuntó certificado de informaciones previas de la lL cumplimiento Municipalidad de Chiguayante (Anexo 2 de la DIA)
Forma de control y No aplica
seguimiento
Referencia al ICE para Tabla 11.1.1 y Tabla 3.5.1
mayores detalles
8.2.2 COMPONENTE/MATERIA: Residuos industriales, sustancias peligrosas, aguas servidas
Norma Condiciones Sanitarias y Ambientales en los Lugares de Trabajo D.S. N* 594 del MINSAL
Fase del Proyecto a la que Construcción aplica o en la que se dará
cumplimiento Parte, obra o acción a la Manejo de residuos, almacenamiento y manejo de residuos que aplica peligrosos Forma de cumplimiento El titular no acreditó su cumplimiento, toda vez que éstos fueron : observados en el ICSARA y el titular no presentó la Adenda respectiva. Indicador que acredita su El titular no acreditó su cumplimiento, toda vez que éstos fueron cumplimiento observados en el ICSARA y el titular no presentó la Adenda _ | respectiva, por lo cual no se establecieron indicadores Forma de control y El titular no acreditó su cumplimiento, toda vez que éstos fueron seguimiento | observados en el ICSARA y el titular no presentó la Adenda
| respectiva, por lo cual no se establecieron formas de control y seguimiento.
Referencia al ICE para Tabla 11.2.1 y Punto s. 1.5 mayores detalles
Cabe indicar que el titular no estimó el volumen de residuos que serán generados durante la fase de construcción, ni tampoco los caracterizó por tipo (asimilables a domiciliarios, industriales no peligrosos, industriales peligrosos, etc), así como no indica cómo almacenará cada uno de ellos. Lo anterior fue observado al titular en el ICSARA y no fue subsanado por el mismo, por cuanto como ya se indicó no fue presentada la adenda respectiva.
Respecto de los residuos peligrosos, el titular no estimó el volumen de los mismos, que serán generados durante la etapa de construcción, ni tampoco indica cómo almacenará cada uno de ellos. Lo anterior fue observado al titular en el ICSARA. Por otra parte el titular indica que los residuos peligrosos serán dispuestos en un relleno sanitario. Al respecto se le indicó en el ICSARA que los rellenos sanitarios no pueden recibir este tipo de residuos, sino que los industriales y se solicitó, dado el estado de avance del proyecto, demostrar que la disposición final de este tipo de residuos fue realizada en un lugar idóneo. Lo anterior no fue subsanado por el titular.
8.2b COMPONENTE/MATERIA: Condiciones Sanitarias y Ambientales en los Lugares de Trabajo D,S. N” 594 del MINSAL
Norma Aguas servidas y faenas temporales
E ase del Proyecto a la que | Construcción- operación aplica o en la que se dará
cumplimiento | Parte, obra o acción a la Manejo y disposición de aguas servidas que aplica Forma de cumplimiento El titular durante la etapa de construcción dispondrá de baños
químicos para los trabajadores.
Durante la etapa de operación las aguas servidas serán dispuestas al
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sistema público de alcantarillado a cargo de la empresa sanitaria que opera en el territorio
Indicador que acredita su
Baños químicos en las faenas
mayores detalles
cumplimiento Certificado de factibilidad de la empresa sanitaria. Forma de control y El titular no propuso formas de seguimiento y control seguimiento
Referencia al ICE para Tabla 11.2.1 y Tablas 5.1.4.2 y 5.2.5.2
8.3. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas
Norma Reglamento que establece normas para evitar emanaciones O contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza D.S. N* 144 del MINSAL
Fase del Proyecto a la que | Construcción
aplica o en la que se dará
cumplimiento
Parte, obra o acción a la que aplica
Movimientos de tierra y excavaciones, tránsito de maquinaria y camiones, carga y descarga de material, dispersión de polvo desde las pilas de material.
Forma de cumplimiento
Medidas tales como humectación constante del terreno, vehículos de transporte de áridos, escombros y residuos deben ser cerrados, barrido manual en acceso a vías y caminos interiores previa humectación, revisión de la zona a realizar actividades de excavación protegida con malla Raschel., entre otros
Indicador que acredita su cumplimiento
El proyecto se encuentra con un alto grado de avance en la construcción y en operación las etapas 1 y 2. Si bien el titular indica medidas asociadas a minimizar estas emisiones, no entregó verificadores de cumplimiento
Forma de control y seguimiento
De acuerdo a lo indicado en la DIA, el titular llevará un registro del cumplimiento de las medidas de mitigación asociados al material particulado de la fase de construcción indicadas en Capítulo 5, punto 5.7.2 de la DÍA.
Referencia al ICE para mayores detalles
Tabla 11.2.2 y Tablas 5.1.4.1
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Respecto de las medidas de abatimiento y control, es relevante indicar que el titular no entrega en la DIA los indicadores que permitan acreditan que las medidas se ejecutaron, considerando además que el propio titular indica que la construcción de la Etapa 2 es la condición más desfavorable, ni tampoco define cuáles medidas fueron efectivamente aplicadas, dado que el propio titular indica que “deberán adoptarse alguna de las siguientes medidas”. Por lo anterior en el ICSARA se solicitó aclarar lo anterior, además de complementar información de aspectos descriptivos de formas de abatimiento y control, tal como se consigna en las observaciones 11 y [12 del ICSARA. Lo anterior no fue subsanado por el titular.
8.3.0 'OMPONENTE/MATERIA: Ruido
' Norma Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que
indica D.S. N* 38 del MMA
Fase del Proyecto a la que | Construcción aplica o en la que se dará |
cumplimiento
Parte, obra o acción a la que aplica
Faenas de construcción del proyecto inmobiliario
Instalación de Barreras acústicas
| Forma de cumplimiento
El proyecto se encuentra con un alto grado de avance en la
Indicador que acredita su ; ; ; | construcción y en operación las etapas 1 y 2. Si bien el titular
Resolución de Calificación de Impacto Ambiental DIA de! proyecto "Condominio Fuentes de Chiguayante”
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¡2
cumplimiento
indica medidas asociadas al cumplimiento de la norma, no entrega los medio de verificación que permitan indicar que las medidas están siendo implementadas.
De acuerdo a lo indicado en la DIA, el titular del proyecto hará exigible elementos de protección personal ante ruidos generados en la obra en su fase de construcción. + Llevará registro de dichos elementos de seguridad. e También se llevará registro de horario de faenas en régimen diurno. + Se hará exigible equipos en buen estado, ubicación equipos ruidosos entre acopio, entre otras medidas básicas asociadas al control y prevención del ruido.
Cabe indicar que los dos primeros indicadores no corresponden con la norma en cuestión, sino que constituyen aspectos de salud ocupacional.
Por su parte en el Anexo E de la DIA Estudio de Impacto Acústico, se “recomienda” la utilización del uso de 2 tipos de barreras acústicas:
La primera barrera (BP1) se diseñó para que sea capaz de mitigar los frentes de trabajo durante la etapa de Movimientos de tierra y Obra gruesa y Terminaciones. Esta medida debe implementarse de tal manera de cubrir los frentes de trabajo hacia los sectores en donde se ubican los puntos conflictivos, con una altura de 3.8 metros. La figura N*8 del Anexo E muestra la disposición de la barrera en relación al área de intervención del proyecto y los receptores cercanos.
BAF (barreras acústicas flexibles) para mitigar los frentes de trabajo de Obra Gruesa y Terminaciones que se realicen en altura, las que deben ser de tipo cortina acústica, con una densidad nominal de 6 kg/m?, cubriendo cada departamento en que se estén desarrollando faenas de Obra Gruesa y Terminaciones.
De acuerdo al estudio la implementación de estas pantallas permitirían cumplir con el máximo de ruido permitido en la zona (65 db), dado que en varios receptores se presentaba incumplimiento normativo
Forma de control y seguimiento
En el Anexo E de la DIA se propone un plan de monitoreo de ruido:
Este monitoreo se debe realizar periódicamente, evaluando en terreno las condiciones existentes en cuanto a los niveles de emisión generados por las distintas obras desarrolladas y las medidas de mitigación adoptadas en cada caso particular. De cada monitoreo se generará un informe técnico que detalle la metodología de medición, los niveles medidos y la evaluación de las medidas de mitigación implementadas,
El Plan de Monitoreo debe contener al menos lo siguiente:
-
Individualización del profesional acústico responsable del Plan de Monitoreo.
-
Periodos de medición.
-
Croquis del lugar en donde se realizará la medición. Deberá señalarse las distancias entre los puntos de medición (si es más de uno), entre estos y otras superficies.
-
Identificación de maquinarias que componen el frente de trabajo evaluado, la etapa de construcción al que corresponde y las actividades que influyen en las mediciones registradas.
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-
Valores obtenidos para las faenas evaluadas y los procedimientos de corrección empleados.
-
Valores de ruido de fondo obtenidos, en el evento que sea necesario.
-
Marca, modelo y números de serie de los equipos utilizados en las mediciones.
-
Información y descripción de los procedimientos de calibración utilizados.
-
Identificación de la persona que realiza las mediciones.
-
Frecuencia de los informes de monitoreo.
Al respecto la Autoridad Sanitaria indicó que dicho monitoreo debería realizarse en forma mensual.
Referencia al ICE para Tabla 11.2.3 y Tabla 5.1.4.3 mayores detalles
El titular en la DIA no entrega ningún medio de verificación que permita acreditar el cumplimiento normativo, considerando que el proyecto se encuentra construido y operando en sus dos primeras etapas y en construcción la tercera etapa, lo anterior se encuentra indicado en el ICSARA, lo cual no fue subsanado por el titular toda vez que como ya hemos indicado previamente no presentó la Adenda.
La DIA presentaba varios cuerpos normativos no aplicables al proyecto y/o que no correspondían a normativa ambiental aplicable. De lo presentado por el titular solo los indicados en las tablas anteriores correspondían 4 normativa ambiental aplicable al proyecto Condominio Fuentes de Chiguayante.
-
Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto no propuso compromisos ambientales voluntarios.
-
Que, respecto a las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, en la DIA el titular indica que no se identifican eventuales situaciones de riesgo o contingencia medio ambientales, por lo que no se hace necesario contar con un Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias ambientales para este proyecto salvo los descritos en el Anexo F de la DIA. Al respecto cabe señalar que dicho Anexo presenta planes de emergencia y contingencias ante distintas simaciones, pero asociado a los trabajadores y no en el sentido requerido para objeto de la evaluación de impacto ambiental.
Sin perjuicio de lo anterior, en el ICSARA se solicitó al titular presentar planes para eventos que tienen repercusión con aspectos ambientales, como por ejemplo, derrames de residuos peligrosos y con ello contaminación de suelo, presentándolos en la forma y contenidos que lo exige el D,S. N? 40. Cabe señalar que el titular no subsanó esta observación, toda vez que no presentó la Adenda.
Solo indica que el incendio es el riesgo más común en proyectos inmobiliarios y entrega información general, la cual se presenta en la tabla 10.1.2 del ICE.
- Que, conforme a lo señalado en el artículo 19 inciso tercero de la Ley N? 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, “se rechazarán las Declaraciones de Impacto Ambiental cuando no se subsanaren los errores, omisiones o inexactitudes de que adolezca o si el respectivo proyecto o actividad requiere de un Estudio de Impacto Ambiental o cuando no se acreditare el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable, de acuerdo a lo dispuesto en la misma Ley”.
Atendido lo anterior, corresponde rechazar el proyecto Condominio Fuentes de Chiguayante de Inmobiliaria Fuentes de Chiguayante SpA, por cuanto el proyecto; no acredita normativa ambiental aplicable D.S. N* 594 del MINSAL respecto al manejo, cuantificación y disposición final de residuos asimilables a domiciliarios, industriales peligroso y residuos peligrosos; no acredita el cumplimiento de los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales definidos en los artículos 140 y 142 del D.S. N” 40/2012, al respecto el titular indica que ya tramitó y cuenta con dichos permisos adjuntando resoluciones de la Autoridad Sanitaria en el Anexo F de la DIA, sin embargo la Autoridad Sanitaria indica que “las resoluciones adjuntas por el titular corresponden a permisos sectoriales sanitarios, los cuales en ningún caso
evalúa aspectos ambientales. Por lo tanto los PAS 140 y 142 no han sido otorgados. Para ello q ( _ z_ LL DR oc o
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deberán presentar claramente los antecedentes que indican los artículos 140” y 142? D.S.N* 40/2011, puesto que el Anexo F no abarca la totalidad de la información solicitada por dichos artículos”; y el titular no ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el Informe Consolidado de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones a la DIA, en particular a medios de verificación de acreditación de cumplimiento normativo y medidas de manejo ambiental, a antecedentes descriptivos asociados a obras del proyecto (evacuación de aguas lluvias) que permitan determinar la aplicabilidad del PAS del artículo 156 del D.S. N” 40/2012 y de antecedentes que permitan descartar que el proyecto no genera riesgo a la salud de la población; efectos adversos sobre los recursos naturales renovables incluidos agua, aire y suelo; y alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, toda vez que el titular no presentó las aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones requeridas, una vez transcurrido el plazo otorgado para aquello.
- en mérito de lo anterior,
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RESUELVO:
1%. Calificar desfavorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto Condominio Fuentes de Chiguayante, de Inmobiliaria Fuentes de Chiguayante SpA por las razones expuestas en los Considerandos 4 (4.3.1), 6, 7, 8 (8.2.a) y 11 de la presente Resolución.
2*. Hacer presente que el proyecto Condominio Fuentes de Chiguayante de Inmobiliaria Fuentes de Chiguayante SpA no se podrá ejecutar y que los órganos de la administración del Estado con competencia ambiental no podrán otorgar las correspondientes autorizaciones o permisos, en razón del impacto ambiental del referido proyecto, aun cuando se satisfagan los demás requisitos legales, en tanto no se les notifique pronunciamiento en contrario.
3%. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N* 19.300 ante el/la Director/a Ejecutivo/a del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Anotesé, Notifíquese y Archivegé
SS
ADE / SucA E eS, ¿ueno E dej 7 PRI 5 q a os ¿
Presi
gn mar" Distribución:
= Sr. Jorge Enrique Brito Nachmann, Representante Legal Inmobiliaria Fuentes de Chiguayante SpA
Gobierno Regional
Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur
CONADI, Región del Biobío
Dirección Regional de CONAF, Región del Biobío Dirección Regional de Aguas, Región del Biobío
Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región del Biobío Dirección Regional de Vialidad, Región del Biobío Dirección Regional del SAG, Región del Biobío
Dirección de la SEC, Región del Biobío
Tustre Municipalidad de Chiguayantel
Consejo de Monumentos Nacionales
SEREMI MOP, Región del Biobío
SEREMI de Salud, Región del Biobío
SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región del Biobío SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío SEREMI del Medio Ambiente, Región del Biobío
SEREMI de Agricultura, Región del Biobío
SEREMI de Energía, Región del Biobío
SEREMI de Minería
SEREMI de Desarrollo Social
PA xree RR ———— Resolución de Calificación de Impacto Ambiental
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/ /
+» SEREMI de Economía SEREMI Bienes Nacionales, Región del Biobío = Superintendencia del Medio Ambiente Cle:z
-
— Expediente del proyecto "Condominio Fuentes de Chiguayante”.
-
Archivo SEA, Región del Biobío.
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