Evaluación SEA

Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLI051F1 - Antuco Canchas de Ski

Rol 2131809941
SEA · DIA · Aprobado · 2016-09-29 · Región del Biobío · Telefónica Móviles Chile S.A

REPÚBLICA DE CHILE COMISION DE EVALUACIÓN REGIÓN DEL BIOBÍO

Califica ambientalmente el proyecto "Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLI0S1F1 — Antuco Canchas de

Ski". Resolución Exenta N* : 1 3 2017 Concepción, 0 5 MAYO 2017 VISTOS: 1. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 14 de febrero de 2017 del proyecto

22,

39,

49,

So.

69.

7.

“Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLIOS1F1 — Antuco Canchas de Ski”, presentado por Telefónica Móviles Chile S.A., con fecha 21 de septiembre de 2016.

Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capitulo HU del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLI0S51F1 — Antuco Canchas de Ski”,

El Acta de Evaluación N? 006 de fecha 29 de marzo de 2017, del Comité Técnico de la Región del Biobío.

El ICE de la DIA del proyecto “Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLI051F1 — Antuco Canchas de Ski” de fecha 10 de abril de 2017.

El Acta N? 03 de fecha 17 de abril de 2017, de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío,

Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLI051F1 — Antuco Canchas de Ski”.

Lo dispuesto en la Ley N” 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N? 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Organos de la Administración del Estado; la Ley N? 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N” 1,600 de 2008 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón y la Resolución N 10 de 2017 que la modifica, y en la Resolución Exenta DD. PP. N” 138 de fecha 06 de marzo de 2017, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, a través de la cual se modifica y dispone funciones de carácter directivo para el cargo de subrogante del Director Regional en el Servicio de Evaluación Ambiental región del Biobio.

CONSIDERANDO:

1.

Que, Telefónica Móviles Chile S.A., (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SELA) la DIA del proyecto “Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLI051F1 — Antuco Canchas de Ski” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Tabla 1. Antecedentes del Titular Nombre o razón social Telefónica Móviles Chile S.A. Rut 87.845.500-2 Domicilio Avenida Providencia N*111, comuna de Providencia,

zo

3,

40,

Santiago. Nombre del representante legal Maria Olga Contreras Cifras Rut del representante legal 10.583.977-4 pa Avenida Providencia N* 111, comuna de Providencia, Domicilio á Santiago.

Que, conforme se indica en el ICE de fecha 10 de abril de 2017, el Director (S) Regional de la Región del Biobío ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto el proyecto cumple con la normativa vigente de carácter ambiental aplicable a éste. Lo anterior, en base a lo informado por los órganos del Estado con competencia ambiental que participaron de la evaluación del proyecto; cumple con los requisitos técnicos y formales para el otorgamiento de los permisos ambientales sectoriales mixtos establecidos en el Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental, especificamente del Articulo N 160, de dicho Reglamento; y el proyecto acredita que no genera ninguno de los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N 19,300, por lo que no requiere de la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental.

Que, en sesión de fecha 17 de abril de 2017, la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío acordó calificar favorablemente el proyecto “Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLI051F1 — Antuco Canchas de Ski”, aprobando integramente el contenido del ICE de fecha 10 de abril de 2017, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SETA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, y en su Adenda, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

Tabla 2. Antecedentes generales del proyecto o actividad

Objetivo general El proyecto tiene por objetivo otorgar cobertura a través de los servicios de voz y datos a los habitantes de un sector rural de la comuna de Antuco.

p) Ejecución de obras, programas o actividades en parques nacionales, reservas nacionales, monumentos naturales, reservas de zonas vírgenes. santuarios de la naturaleza, parques marinos, reservas marinas o en cualesquiera otra área colocada bajo protección oficial, en los casos en que la legislación respectiva lo permita.

Tipología — principal, así como las aplicables a sus partes, obras O

acciones Vida útil La vida útil del proyecto es de 30 años. Monto de inversión El monto estimado de la inversión del proyecto asciende a US$ 122,454.-

Gestión, acto o faena | Delimitación y habilitación de las obras temporales. minima que da cuenta del inicio de la ejecución

Proyecto o actividad | Si | No El proyecto no presenta un desarrollo por etapas constructivas se desarrolla por de sus obras. etapas X]

Proyecto o actividad | Si | No | El presente proyecto corresponde a un proyecto nuevo, modifica un proyecto

o actividad existente X] Proyecto modifica El presente proyecto corresponde a un proyecto nuevo que no otra(s) RCA, Si | No | cuenta con RCA,

XA

4.1 UBICACIÓN DEL PROYECTO O ACTIVIDAD

Tabla 3. Ubicación del proyecto o actividad

División político- | Región del Biobio, Provincia de Biobío, comuna de Antuco. administrativa

2 || Resolución de Calificación Ambiental, del proyecto "Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLIOS1F1 — Antuco Canchas de Ski".

Justificación de la localización

El proyecto justifica su localización en consideración a: - El lugar propuesto para la ubicación del proyecto corresponde a un sector de altura, lo que permite otorgar cobertura a un amplio sector de la comuna de Antuco, cumpliendo de esta forma con las obligaciones establecidas en las “Bases del Concurso Público Para Otorgar Concesiones de Servicio Público de Transmisión de Datos en las Bandas de Frecuencia 713-748 MHz y 768-803 MHz”, asignada a Telefónica Móviles Chile S.A., evitando de esta forma la necesidad de instalación de torres de telecomunicaciones adicionales que otorguen la cobertura requerida por la Subsecretaría de Telecomunicaciones para dicho sector. - Conforme al Plan del Manejo del Parque Nacional Laguna del Laja, la ubicación del proyecto, se encuentra alejado de las áreas de atractivo cultural y fuera de las áreas de interés vistal dentro del Parque. - La ubicación fue determinada con el objeto de no intervenir especies en categoría de conservación. - La ubicación del proyecto corresponde a un sector alejado de los centros poblados, - La ubicación del proyecto corresponde a un sector que se encuentra ya intervenido por las instalaciones del Centro de Ski del Volcán Antuco, por lo que no se intervendrán sectores adicionales dentro del Parque.

Superficies

El proyecto considera una superficie total de 154,5 m' correspondiente a:

Obra Largo | Ancho [Superficie (m?)

12

y 2 11 132

Instalación

Baño Químico (obra 1,5 1.5 2,25 (interior área de

Instalación de faenas 2 4 (interior área de

Zona de Acopio de 40 (interior área de

| ss

Línea eléctrica 0.5 22.5

Área Total (m*) Ay

0,01545

Área Total (Ha) a utilizar

Fuente: DIA, Tabla 5.

Coordenadas UTM en Datum WG5S84

Las coordenadas del proyecto se detallan a continuación en la siguiente tabla.

Coordenadas de Ubicación proyecto

| Sistema UTM, Datum WGS 84 Huso 19 H Proyecto | Este | Norte Altura m.s.n.m, | | [ta | Torre de | 289591 | s8s9s07 1444 | Fuente: Antecedentes entregados por el titular en la DIA, Coordenadas Vértices Obras del proyecto Coordenadas UTM WGS84 'Obra/Instalación Vértice Xx Y AEOI 289598 5859508 AE02 289589 5859500 AE03 E Área de 289592 5859516 AE04 a - 289582 5859509 mer 5151

A/A

CEO1 289583 5859509 CE02 289585 5859511 CE03 Caseta de 289587 5859508 CE04 [A 289585 5859506 TO! Torre 289587 5859508

Fuente: Antecedentes entregados por el titular en la DIA.

apr

El

del

Localización El proyecto se ejecutará en la Región del Biobío, en la Provincia de Biobío, comuna de Ántuco, especificamente la instalación del proyecto se ubicará

oximadamente 500 metros al sur de la Ruta Q-45, en el Centro de Ski del

Volcán Antuco, el que se encuentra inserto al interior del Parque Nacional Laguna del Laja, Comuna de Antuco, provincia de Biobío, Región del Biobío,

área donde se emplazarán las obras y actividades del proyecto estarán

insertas en la ladera del Volcán Antuco, dentro del Parque Nacional Laguna

Laja (D.S. N* 29/1983), a una cota aproximadamente de 1.500 m.s.n.m.

expediente de evaluación de los mapas, georreferenciació n e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

Referencia al | Capítulo 1. Localización del proyecto o actividad de la DIA del proyecto.

4.1.1 DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

El proyecto “Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLIO51F1 — Antuco - Canchas de Ski”, consiste en la instalación de una torre de telecomunicaciones en el sector rural de la comuna de Antuco, Provincia del Biobio, Región del Biobio, con el objeto de otorgar cobertura a través de los

servicios de voz y datos a los

habitantes de un sector rural de la comuna de Antuco.

El proyecto considera las siguientes obras y actividades:

  • Transporte e Instalación estructura Fast site (Caseta de Equipos y Torre de Telecomunicaciones)

Construcción Línea eléctrica Subterránea

  • — Instalación Poste de Hormigón
  • — Construcción de cercos y obras exteriores.

La descripción de las partes

y obras del proyecto se presentan en detalle en: Plano 1-Detalle de Obras

Definitivas: Plano 2-Detalle de Obras Temporales; Plano 3-Detalle estructura Fast site; Plano 4-Detalle Cerco Acmafor 3D, los cuales forman parte del presente informe.

4.2 FASE DE CONSTRUCCIÓN

4.2.1 Partes, obras y acciones

Tabla 4.2.1 Partes y obras

Nombre

Descripción

Parte/obra N? 1: Obras Previas:

  • Entrega de sitio e inicio de obras

  • Traslado de materiales, insumos y personal a coordenadas del sitio.

  • Instalación cerco tipo OSB, con un espesor mínimo de 15 mm, por todo el perímetro del área de 132 m? en el que se instalarán la torre y

4 | Resolución de Calificación Ambiental. del proyecto "Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLI051F1

— Antuco Canchas de Ski".

los equipos.

  • Instalación de faenas

  • Trazado y replanteo

  • Despeje y nivelación Corresponden a obras de carácter provisorio que se mantendrán durante la fase construcción del proyecto, las que serán retiradas por la empresa contratista, una vez que haya finalizado esta fase.

Parte/obra N* 2: Obras Civiles:

Montaje de estructura base (estructura fast site) Instalación de soleras

Montaje de parrilla

Montaje de Torre de telecomunicaciones

Parte/obra N* 3: Construcción de Cercos y Obras Exteriores:

  • Fundación Cerco perimetral; excavación, moldaje, emplantillado, enfierradura y hormigonado

Cerco Metálico Acmafor 3D.

Instalación de bandejas porta conductores

Instalación Línea eléctrica y aterramiento

Parte/obra N? 4: Instalación de Equipos.

Instalación de equipos de telecomunicaciones

Civiles y Eléctricas:

Parte/obra N? 5: Entrega de Obras| - Aseo y entrega

  • Recepción

¡El detalle de las partes y obras se presentan en el Capítulo IV del ICE del proyecto, punto 1.11

4.2.2 Acciones

Tabla 4.2.2. Acciones

Nombre

Descripción

Disposición final de residuos

Se instalará una caseta destinada para contar con un espacio cerrado durante la Fase de Construcción para el funcionamiento de oficina técnica, camarín del personal y almacenamiento de materiales bajo techo.

La caseta se construirá en madera, con techo zinc o similar y ocupará un K > área de 4 mn.

¡Dentro del área de arriendo, se destinará un área de 8 x 5 metros para acopio| de materiales construcción a la intemperie, tales como productos sin| [características de peligrosidad y fierros, Además, se destinará un área de lacuerdo a la normativa vigente, para almacenamiento temporal de residuos] ino peligrosos, separando los residuos sólidos domésticos de los residuos] industriales.

El retiro y disposición de los residuos domiciliarios y escombros durante la fase de construcción, será realizada por una empresa externa. Los registros] de disposición serán mantenidos en la obra (boleta, factura u otro documento), a través del cual, se acredite la disposición final de los residuos] len lugares autorizados por la Autoridad Sanitaria.

Los residuos sólidos domésticos que se generen durante la fase de construcción del proyecto se almacenarán en recipientes con tapa, debidamente identificados y localizados en los sectores con mayor tránsito] de personal, para ser posteriormente trasladados al Relleno Sanitario

jautorizado.

4.2.3 Suministros básicos

Tabla 4.2.3. Suministros básicos

Nombre Descripción

Servicios higiénicos

Los residuos generados en los baños químicos provisorios serán trasladados y dispuestos de acuerdo a la normativa vigente y a cargo de la empresa proveedora.

5| Resolución de Caltficació

De ser necesario se implementarán baños químicos en los frentes de trabajo durante la construcción en zonas donde se supere la distancia máxima entre las instalaciones sanitarias y el frente de trabajo de acuerdo a lo establecido por el Articulo 25 del D,S 594/99 del Minsal.

Se contratará los servicios de baños químicos de una empresa autorizada cumpliendo lo establecido en las disposiciones de los arts. 24, 25 y 26 del D.S. N 594 de 1999, modificado por D.S. N 201 de 2001 ambos del Minsal,

Además se habilitarán camarines con duchas y casilleros en proporción adecuada al número de trabajadores descrita en el D.S 594/99 del Minsal.

Abastecimiento de agua

El agua utilizada en la etapa de construcción será suministrada en bidones por una empresa autorizada, cumpliendo así con los requisitos físicos, químicos, radioactivos y bacteriológicos establecidos en la NCh. N” 409/1984 Sobre requisitos del agua para Consumo humano.

En la instalación de faena se contará con un bidón con capacidad para 1,100 litros, de agua potable, o en su efecto, con embaces que en conjunto sumen dicho volumen de agua potable disponible durante toda la Fase de Construcción, la que será repuesta diariamente, ésta será destinada tanto para el consumo humano como para la construcción.

Energía eléctrica

La energía eléctrica requerida para la Fase de Construcción será suministrada por un generador diésel monofásico de 10 KVA, El régimen de operación del grupo generador será de 8 hrs/dia durante 29 dias corridos y su mantención se realizará una vez finalizada la Fase de Construcción. El consumo aproximado de combustible, para toda la Fase de Construcción, se ha estimado en 464 litros.

Empalme Eléctrico

El empalme consistirá en un poste de hormigón armado de 11,5 metros de largo, en el cual se montará un equipo de compacto de medida y un medidor de energía eléctrica, además de la ferretería correspondiente a canalizaciones, conductores, aisladores, cruceta, desconectadores, entre otros. Para la protección del medidor de energía, éste estará cubierto por un tablero eléctrico metálico. bajo la norma NCH SEC 4/2003.

Línea eléctrica Baja Tensión (BT)

Se considera la canalización subterránea de la línea eléctrica. Para lo anterior se procederá a excavar una superficie de 45 metros largo, 0,5 metros de ancho y 20 centímetros de profundidad, en cuyo interior se instalará el cableado eléctrico. Dicha línea eléctrica comienza al finalizar la postación existente y termina en cámara rectificadora de energía que se instalará en el área de arriendo. Asimismo, se instalará barra química y malla de tierra para el aterramiento del sistema eléctrico.

Alimentación

La alimentación se realizará en el sitio, en horario comprendido entre las 12:00 y 14:00 horas, en comedor instalado a un costado de la instalación de faenas. No se contempla la preparación de alimentos en la faena, estos serán llevados ya preparados y calentados en equipo microondas.

Transporte

Para el traslado de materiales, se consideran 2 camiones, dejándose el material en el punto de acopio al interior del sitio. coordenadas Sistema UTM, Datum WGS 84 Huso 19 H 289591 E; 5859507 N).

Respecto al transporte de personal, éste será transportado en camioneta hasta el término de la huella vehicular existente. Desde este punto, el personal se desplazará a pie hasta sector de las obras del proyecto.

4.2.4 Recursos naturales renovables

Tabla 4.2.4. Recursos naturales renovables

Nombre

Descripción

Explotación de Recursos | El proyecto considera remover superficie de suelo para efectos de la

Naturales

fundación para el cerco metálico, barra química y malla a tierra,

6 [| Resolución de Calificación Ambiental, del proyecto "Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLIO51F1 — Antuco Canchas de Ski".

correspondiente a escarpe, excavación y relleno.

Se realizará excavación con pala y chuzo, con las medidas dispuestas en planos de fundaciones. Se acarrearán los escombros de la excavación en carretillas al sitio de almacenamiento de residuos industriales no peligrosos en la instalación de faena, los que posteriormente serán utilizados para nivelar el área de arriendo, Esta actividad se realizará con palas manuales, chuzos, picotas y carretillas.

4.2.5 Emisiones y efluentes

4.2.5.1 Emisiones a la atmósfera:

Tabla 4.2.5.1 Emisiones a la atmósfera

Nombre

Descripción

Emisión de MP10, CO», NOx,SOx, HC

Las emisiones en la fase de construcción se encuentran relacionadas principalmente al movimiento de tierra, tránsito de camiones, carga y descarga de material, excavaciones y escarpe del terreno, así como otras actividades relacionadas con el acondicionamiento del terreno para la construcción, las que se deberán principalmente a:

  • Material Particulado (MP10 y MP2,5); asociado a habilitación de área de instalación de torre para telecomunicaciones y equipos.

+. Material Particulado (MP10 y MP2,5); asociado excavaciones para fundaciones de torre, muertos de anclaje y radier de equipos.

e Gases (CO, NOX, SO2 y HC) y Material Particulado (MP10 y MP2,5); asociado a tránsito de vehículos.

e Gases (CO, NOX, SO2 y HC) y Material Particulado (MP10 y MP2,5): asociado a funcionamiento de vehiculos y equipos.

Las emisiones atmosféricas serán controladas con las medidas descritas a

continuación. Es importante indicar que el titular señaló que exigirá a la

Empresa Contratista dichas medidas para controlar las emisiones

asociadas al proyecto.

  • Transporte de materiales en camiones tolva con la carga cubierta.

e El acopio temporal de materiales dentro del área de instalación de faena, será cubierto por una lona densa para evitar la suspensión del Material Particulado. Cabe mencionar, que este acopio será temporal en obra, debido a que una vez que se haya generado, el material dispuesto será retirado y enviado a disposición final en un sitio autorizado de la Región.

  • En tanto, para el control de las emisiones de gases (CO, NOX, SO2 y HC) y Material Particulado (MP10 y MP2.5) generados por la combustión interna de los motores de vehículos utilizados, éstos contarán con revisiones técnicas al día.

4.2.5.2 Emisiones líquidas o efluentes:

Tabla 4.2.5.2. Emisiones líquidas

Nombre

Descripción

aguas servidas

Los residuos líquidos domésticos corresponden a aquellos generados en los servicios higiénicos utilizados por el personal de la obra, durante el tiempo en que se utilicen baños químicos.

Los residuos generados en los baños químicos serán trasladados y dispuestos de acuerdo a la normativa vigente y a cargo de la empresa proveedora.

El titular tendrá la responsabilidad de contar con los certificados de las limpiezas, retiro de residuos generados y disposición final.

Residuos Líquidos: se prevé que se generarán 180 lts/semana de residuos líquidos (aguas servidas) a la semana producto del uso de los baños

Ambiental del proyecto "Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio

NEWPOLIOS!F

AN

químicos; limpieza dos veces a la semana por empresa autorizada, quien gestionará los residuos de los baños y los dispondrá en lugares autorizados,

4.2.5.3 Emisiones de Ruido

Tabla 4.2.5.3. Ruido

Nombre Descripción Durante las actividades de construcción del proyecto, se generarán emisiones de ruido debido a las siguientes actividades: + Obras Previas. + Obras civiles. e Construcción de cercos y obras exteriores. + Instalación de equipos. El horario de trabajo será diurno de lunes a domingos, previa autorización municipal. Analizadas las mediciones realizadas de línea base, los niveles medidos en los puntos receptores corresponden principalmente a ruido ambiente de zonas ya pobladas en donde hay ruido de tráfico vehicular, ruido proveniente de las viviendas del sector y en general un ambiente de ruido con comportamiento asociado a zonas habitacionales.

Ruido Los resultados obtenidos en el Estudio Acústico, Anexo 4 de la DIA,

representan el escenario más desfavorable en las fases anteriormente descritas, pues corresponde a la operación simultánea de todas las fuentes representadas por frentes de emisión de ruido, lo más cercano posible a los receptores señalados en la línea base de ruido.

Respecto a las emisiones de Ruido en la etapa de construcción, se realizó un Estudio de Impacto Acústico, el cual se anexa y aborda en el punto 4 de la DIA. En ese informe se consignan las diferentes medidas tendientes a aminorar los impactos en las poblaciones aledañas, según lo siguiente:

  • Registro de mediciones acústicas a través de informe enviado a la SMA (pág. web) y a la Autoridad Sanitaria, que exponga los resultados de la modelación acústica.

  • Se entregará a los trabajadores los elementos de protección personal y equipamientos de seguridad.

  • Registro de entrega y recepción de elementos de protección personal.

4.2.6 Residuos 4.2.6.1 Residuos no peligrosos

Tabla 4.2.6.1. Residuos no peligrosos

Nombre

Descripción

Residuos sólido domiciliario y asimilables

Los residuos domiciliarios serán dispuestos en tambores claramente identificados (basureros) con rueda y tapa. Estos serán recolectados por una empresa contratada para dicho servicio.

Los residuos sólidos asimilables a domésticos, generados por los trabajadores durante la fase de construcción, alcanzarán un promedio de 6 kg/dia, (tomando como base 1,0 kg/día-trabajador). Estos residuos serán dispuestos en contenedores con tapa; claramente identificados, para posteriormente ser transportados y dispuestos en un relleno sanitario autorizado.

Almacenamiento Temporal

Los residuos sólidos domésticos, serán almacenados temporalmente en

8 | Resolución de Calificación Ambiental, del proyecto "Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLI051F1

— Ántuco Canchas de Ski".

contenedores ubicados en el área de instalaciones de faena, los cuales se encontrarán delimitados y debidamente señalizados en el emplazamiento del proyecto, los que serán retirados semanalmente,

4.2.6.2 Residuos peligrosos

Tabla 4.2.6.2, Residuos peligrosos

Nombre

Descripción

Residuos peligrosos y otros.

De acuerdo a la naturaleza de las actividades a desarrollar, no se utilizarán sustancias o productos químicos.

4.2.6.3 Residuos industriales

Tabla 4.2.6.2. Residuos peligrosos

Nombre

Descripción

Residuos industriales

Durante la Fase de Construcción se generarán residuos industriales no- peligrosos que corresponderán principalmente a:

  • Despuntes de madera.

  • Fierro.

  • Papeles y cartones.

  • Madera.

  • Plásticos.

  • Gomas,

Los residuos industriales no-peligrosos, serán almacenados temporalmente en el sitio de almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos en el área de acopio de materiales, los que serán retirados semanalmente. Residuo industrial: 25 kg de chatarra (metales excedentes); 75 kg de hormigón; 100 kg de despunte de madera, 30 kg de plásticos; almacenamiento temporal en contenedores; disposición sitio autorizado.

4.3 FASE DE OPERACIÓN

4.3.1 Partes obras y acciones

4.3.1.1 Partes y obras

Tabla 4.3.1.1, Partes y obras

Nombre

Descripción

Funcionamiento de los Equipos

Las antenas de cobertura emitirán ondas electromagnéticas de alta y/o baja frecuencia, las cuales podrían estar equipadas con alguna o varias de las siguientes tecnologías que actualmente opera Telefónica Móviles Chile S.A.: GSM (850 MHz), GSM (1900 MHz), WCDMA (850 MHz), WCDMA (1900 MHz), LTE (700 MHz), LTE (2600 MHz). No se descarta que, por la evolución de las redes celulares, se incorporen nuevas tecnologías y/o nuevas bandas de frecuencia.

La antena tendrá una potencia máxima de transmisión de 40 Watts (W) por tecnología, y por rama de transmisión. La polarización de las antenas es Cruzada.

Las bandas utilizadas por los equipos de transmisión por microondas son 7, 8, 15 y 23 GHz.

Las potencias de transmisión usadas son de igual o menor a +26.5 dB m dependiendo de la banda utilizada.

Mantención de Equipos y Control de Ondas

Se realizarán mantenciones periódicas de la estructura y equipos, estimándose en 4 veces al año, para verificar el buen funcionamiento de los equipos e instalaciones. Las actividades de mantención se realizarán por un equipo de 3 personas que serán transportadas en vehículo liviano al sector del proyecto. El programa de mantención considera lo siguiente:

  • Medición del valor Óhmico de barra química (anualmente)

ore de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLIOS1F5

ón Ambiental, del proyecto "Instalación

VA

Verificación de las conexiones del sistema de tierra (cada 180 días) Conexión de los cables a las jabalinas o flejes (cada 180 días) Verificación de oxidación de las jabalinas o flejes (anualmente)

Revisión de todas las barras y conexiones de aterrizaje, engrase de platinas y apriete de pernos en todo el sistema (anualmente)

Verificación de la conexión al sistema de tierra (cada 180 días) Verificación de la soldadura de cajas de Registro existentes en el sistema de tierra a partes de la estructura (cada 180 días)

Verificación y limpieza del registro de medición de la resistencia de la malla de tierra (cada 180 días)

Limpieza de terminales en platina (cada 180 días)

Verificar que todo el sistema de tierra esté unificado (cada 180 días) Procedimientos de mantención de equipos (180 días)

Mediciones de intensidad de señal radioeléctrica (anualmente).

No se descarta la posible modificación de ciertos equipos por mejoras tecnológicas, ya que la tecnología de las telecomunicaciones presenta mucha dinámica en su calidad. No obstante, esto no presentará cambios significativos al proyecto. En caso de requerirse el cambio de equipos, el títular se encargará de retirarlos del lugar del proyecto y disponerlo de acuerdo a la normativa vigente.

4.3.1.2 Suministros básicos

Tabla 4.3.1.2. Suministros básicos

Nombre

Descripción

Agua Potable y Alcantarillado

De acuerdo a la naturaleza del proyecto, no habrá consumo de agua potable en el área del mismo. Durante las actividades de mantención, los trabajadores accederán al área con agua potable envasada, la cual será adquirida en comercio autorizado, que permita acreditar el cumplimiento de los requisitos de potabilidad indicados en la normativa vigente.

Al igual que en la fase de construcción, no habrá requerimiento de agua industrial en esta fase del proyecto.

De acuerdo a la naturaleza del proyecto, no existirán instalaciones de servicios higiénicos durante esta Fase en su área de emplazamiento.

Abastecimiento Eléctrico

La provisión del suministro eléctrico en la fase de operación para la energización de la torre de telecomunicaciones, se proveerá energía desde el Sistema Interconectado Central, a través de una línea eléctrica de baja tensión. Para lo anterior se instalará una línea eléctrica subterránea de 45 metros de longitud, la cual se empalmará con línea eléctrica existente en el lugar.

Transporte

Se estiman 4 viajes/año de 3 personas al sector del proyecto en un vehículo liviano para mantención de los equipos e instalaciones.

4.3.2 Recursos naturales renovables

Tabla 4.3.2. Recursos naturales renovables

Nombre

Descripción

Recursos naturales en general

El Proyecto no contempla en su fase de operación, la extracción ni explotación de recursos renovables.

4.33 Emisiones y efluentes

4.3.3.1 Emisiones líquidas o efluentes:

Tabla 4.3.3.2. Emisiones líquidas

Descripción

motenta,, del proyecto "Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOL1051F1

De acuerdo a la naturaleza del proyecto, no se prevé la generación de

Aguas servidas aguas servidas durante la Fase de Operación.

E No se prevé la generación de residuos domésticos durante la Fase de Domésticos Operación del proyecto. De acuerdo a la naturaleza de las actividades durante esta Fase, no habrá instalaciones de servicios higiénicos ni tampoco se realizarán actividades de alimentación.

Industriales De acuerdo a la naturaleza del proyecto, no se prevé la generación de residuos industriales durante la Fase de Operación.

Peligrosos De acuerdo a la naturaleza del proyecto, no se prevé la generación de residuos peligrosos durante la Fase de Operación.

4.4 FASE DE CIERRE

Dada la naturaleza del proyecto este no contempla fase de cierre o abandono. Sin embargo, ante la eventualidad de tener que ejecutar un abandono o cierre total del proyecto, derivado de causas comerciales, eventos naturales, etc., el titular deberá ingresar dicha fase al SELA, previo a su ejecución. Lo anterior en base a lo establecido en el Art, 10 de la Ley N? 19.300, la cual establece que deben ingresar al SEIA los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental en cualesquiera de sus fases.

No obstante lo anterior, conforme a lo señalado en el literal a.7 del Artículo 19 de D.S. N*40/2012 RSEIA, la Fase de Cierre del proyecto comprende actividades cuyo objeto es, si corresponde:

Desmantelar o asegurar la estabilidad de la infraestructura utilizada por el proyecto. Restaurar la geoforma o morfología, vegetación y cualquier otro componente, ambiental que haya sido afectado durante la ejecución del proyecto.

  • Prevenir futuras emisiones desde la ubicación del proyecto, para evitar la afectación del ecosistema, incluido el aire, suelo y agua; y

  • La mantención, conservación y supervisión que sean necesarias.

4.5 CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO O ACTIVIDAD A continuación se detalla el inicio y término de cada fase del proyecto,

Tabla: Cronología de las fases del proyecto o actividad 1. Fase de Construcción Fecha estimada de inicio [La Fase de Construcción se proyecta ejecutar en un periodo estimado de 29] días según cronograma de obra, Tabla 7 de la DIA.

unio 2017 (supeditada a la fecha de obtención de la RCA) Parte, obra o acción que Construcción y habilitación de las instalaciones de faena.

establece el inicio Fecha estimada de término ulio 2017 (supeditada a la fecha de obtención de la RCA)

Parte, obra o acción que 1 término de la fase de Construcción, será una vez transcurridos los 29 días establece el término e iniciada las faenas de construcción.

  1. Fase de Operación Fecha estimada de inicio fase de operación comenzará una vez concluida la fase de construcción y]

alizada la inspección de recepción por parte de la Superintendencia del ¡Telecomunicaciones.

[Octubre 2017

Parte, obra o acción que ¡Corresponde a la puesta en servicio del proyecto. establece el inicio Fecha estimada de término [30 años

Parte, obra o acción que ll proyecto no contempla fase de cierre.

establece el término 3. Fase de Cierre Fecha estimada de inicio [El proyecto no contempla fase de abandono, dado que se considera la Imantención y/o reemplazo de equipos de telecomunicaciones y otros. Parte, obra o acción que [No aplica establece el inicio

M1 |] Resolución de Calificación Ambiental. del proyecto "Instalación Torre de Telectomunicaciones Sitio NEWPOLIOS1F1 Antuco Canchas de Ski"

Fecha estimada de término [No aplica

Parte, obra o acción que o aplica establece el término ]

  1. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado los antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N*

19.300: 5.1.

Riesgos para la salud de la población

Tabla 5.1 Riesgo para la salud de la población

Impacto ambiental

  • Aumento de las concentraciones de PM y PM; « Superación de los valores de ruido

Parte, obra o acción que lo genera

Faenas de la fase de construcción de las obras de construcción e instalación de estructuras. Tránsito vehicular, asociado a maquinarias y vehiculos del proyecto.

Fase en que se presenta

Fase de construcción

Según lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento del SEIA, se consideran los siguientes antecedentes que justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera:

a) La superación de los valores de las concentraciones y periodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento,

De acuerdo a lo presentado por el titular en el Anexo 3 “Línea de Base Aire” de la DIA, el proyecto generará emisiones a la atmósfera de material particulado respirable (MP10), material particulado fino respirable (MP, 5), y gases tales como monóxido de carbono (CO), óxidos de nitrógeno (NOX), dióxido de azufre (SO»). e hidrocarburo (HC), producto de la ejecución de las actividades de habilitación de área de instalación de torre para telecomunicaciones y equipos, movimientos de tierra asociados a escarpe y excavaciones, transporte de vehículos, combustión interna de motores de vehículos y maquinarias asociadas.

Estas emisiones se generarán durante la fase de construcción, la cual tendrá una duración de 29 días. No obstante, las emisiones atmosféricas generadas por la ejecución de actividades de movimientos de tierra son actividades temporales, estando acotadas a la duración de las actividades de acuerdo al cronograma de obras del proyecto, presentado en el punto 1.11.3 del Capítulo 1 de la DIA, Tabla 7.

Las emisiones atmosféricas previstas por las actividades del proyecto durante la fase de construcción serán bajas, con una emisión máxima estimada de 475,9 kg/año de MP10, y de 84,02 kg/año de MP2,5. Por su parte, las emisiones atmosféricas previstas por las actividades del proyecto durante la fase de construcción no generarán efectos nocivos sobre la calidad del aire, en relación a la emisión de gases (CO, HC, SO2, NOX). Así mismo, durante la fase de operación las emisiones atmosféricas estimadas en la fase de operación, no generarán efectos nocivos sobre la calidad del aire, en relación a la emisión de material particulado (MP10, MP2,5), ni gases (CO, HC, 502, NOX). Lo anterior, conforme a lo presentado en el Anexo 3 Línea de Base Aire de la DIA.

En el entorno del proyecto, el asentamiento más cercano corresponde al Abanico ubicado a 13 km del área del proyecto.

De acuerdo a lo expuesto, no se prevén impactos sobre la componente ambiental de calidad de aire, a consecuencia de las obras y actividades del proyecto, no hay superación de ninguna norma y la

n

— Antuco Canchas de Ski”.

Resolución de Calificación Ambiental, del proyecto "Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLI051Fi

población está fuera del área de influencia del proyecto.

b) La superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento.

De acuerdo a lo descrito en el Anexo 4 “Línea de base de Estudios Acústicos”, de la DIA del proyecto, se indica que los niveles de presión sonora proyectados en los receptores más cercanos se encuentran sobre los valores de referencia para la zona rural de acuerdo a lo establecido en el D.S. N” 38/2011 del MMA. No obstante lo anterior, el titular señaló que se considera cercar las obras del proyecto con el fin disminuir los niveles de presión sonora, el cercado se realizará con una barrera de madera aglomerada tipo OSB con un espesor minimo de 15 mm.

No obstante, las emisiones de ruido generadas por la ejecución de actividades de movimientos de tierra, son actividades temporales, que están acotadas a la duración de las actividades de acuerdo al cronograma de obras del proyecto. presentado en numeral 1.11.3 del Capítulo 1 de la DIA,

Durante la fase de operación no se generarán emisiones acústicas.

Cc) La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en caso que no sea posible evaluar el riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anteriores.

Dada la naturaleza del proyecto, no se efectuarán descargas a cursos de agua, los únicos efluentes que existirán son los de aguas servidas domiciliarias asociados baños químicos durante la fase de construcción, las que se generarán durante la fase de construcción. Su limpieza se realizará dos veces a la semana, incluyendo el retiro del contenido del depósito.

d) La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo,

agua y aire.

Durante la Fase de Construcción se generarán residuos domésticos provenientes de las instalaciones sanitarias del personal y de la oficina de administración en la instalación de faena, se instalará un baño químico permanente, durante los 29 días de duración de la Fase de Construcción, el cual estará ubicado al costado del acopio para materiales. Contará con arnés sanitario y su limpieza se realizará dos veces a la semana, incluyendo el retiro del contenido del depósito,

La disposición de los residuos industriales no peligrosos y domiciliarios, será en una zona de acopio transitorio y en basureros rotulados. Los residuos sólidos peligrosos serán almacenados transitoriamente y dispuestos en un relleno sanitario autorizado para tal efecto. El manejo final de residuos sólidos y líquidos (transporte y disposición), siempre será realizado por empresas autorizadas y dispuestas en sitios autorizados, según sea la naturaleza del residuo.

Por lo tanto, no se contempla la exposición a contaminantes por manejo de residuos sobre los recursos naturales que puedan ser generados durante la etapa de construcción, que afecten o pongan en riesgo la salud de la población.

5.2,

Efectos adversos significativos sobre recursos naturales renovables

Tabla 5.2. Efectos adversos significativos sobre recursos naturales renovables

Impacto ambiental

e Pérdida de suelo por acciones de despeje y remoción para la construcción e instalación de la estructura. * Emisiones atmosféricas durante la construcción.

Componente(s) ambiental(es) afectado(s)

Suelo, agua y aire

Parte, obra o acción que lo genera

Acciones de despeje, preparación del terreno, limpieza y escarpe y habilitación de caminos de acceso al lugar de las instalaciones.

Fase en que se presenta

Construcción

Resolución de Calificación Ambien

13

Antuco Canchas de Ski"

itio NEWPOLI0S1F1

al. del proyecto "Imstal

Según lo dispuesto en el articulo 6 del Reglamento del Reglamento del SEIA, se consideran los siguientes antecedentes que justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

Recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos.

El proyecto en evaluación no contempla impactos asociados a este componente,

a) La pérdida de suelo o de su capacidad

para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes.

El proyecto se situará en un área de 132 m', donde se instalará un Fastsite (Caseta de equipo y torre de Telecomunicaciones), línea eléctrica y un poste de hormigón para empalme con linea eléctrica existente,

Dada las caracteristicas de las obras y acciones del proyecto, se contempla excavaciones para cerco Acmafor, malla eléctrica, barra química y línea eléctrica subterránea, estimándose una profundidad de fundación máxima de1,55 para la torre proyectada de 18 m, respecto a la superficie actual de terreno,

b) La superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se deberá considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley 19,300.

El proyecto en evaluación no contempla impactos asociados a dicha biodiversidad dado que comprende el desarrollo de obras civiles y montaje eléctrico para la instalación de una torre de telecomunicaciones, por lo que no incluye entre sus actividades la explotación ni manejo de plantas, algas, hongos, y animales silvestres a que hace referencia este literal.

La formación vegetal reconocida en el área de influencia del proyecto corresponde Áreas desprovistas de vegetación, donde predomina la presencia de rocas y gravas de tamaño medio, sin embargo es posible identificar algunas especies aisladas dispersas en el sector, no obstante, su cobertura no alcanza para conformar una unidad vegetacional (Pradera). Respecto a la flora, las especies vegetales observadas corresponden mayoritariamente a especies arbustivas (Baccharis magellanica, Ephedra chilensis, Muehlenbeckia hastulata), seguidos por algunas herbáceas, entre ellas Senecio chilensis y Verbascum thapsus. Ninguna de las especies identificadas en el Área de Influencia del Proyecto presenta algunas de las categorías de conservación vigentes, esto es, de acuerdo a los decretos del proceso de clasificación de especies RCE, Benoit (1989), y el Boletín N* 47 del MNHN.

Respecto a la fauna, corresponden principalmente a especies de mamíferos y aves carnívoras y carroñeras y dos especies de lagartijas adaptadas a este tipo de hábitat. En relación a lo anterior, en las campañas de terreno, realizadas en otoño y verano, no seregistró la presencia de anfibios en el área de influencia del proyecto. Para la clase reptilia sólo se observó la presencia de una gran cantidad de ejemplares de la especie Liolaemus scoliaris, la cual no presenta una clasificación de estado de conservación. No hubo avistamiento de la especie Phymaturus vociferator, cuya ausencia puede deberse a que en el sector del proyecto no existe hábitat disponible para esta especie, sólo se localizó un ejemplar a más de 1 km de distancia y en una zona con el hábitat preferencial de este.

Según Jo anterior, se efectuó en terreno el levantamiento de la línea de base flora y vegetación cuyos resultados se presentan en Anexo 5 de la DÍA. Respecto a los resultados obtenidos del levantamiento de flora y vegetación en el área de influencia del proyecto, se indica que en el área del proyecto no hay presencia de especies en categoría de conservación.

Respecto a los resultados obtenidos del levantamiento de fauna en el área de influencia del proyecto, adjunto en el Anexo II

14 | Resolución de Calificación Ambiental. del proyecto "Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLI0S1F1

— Antuco Canchas de Ski”.

Línea Base Fauna Complementaria, se indica que en el área del proyecto se realizó una campaña de terreno, con el fin de evaluar in situ las condiciones actuales en el área de influencia y así, determinar la presencia de especies y de hábitat disponible (presencia potencial de especies), mediante revisión bibliográfica y trabajo de campo y recomendar acciones con el objeto de disminuir el potencial impacto de las distintas etapas del proyecto sobre la fauna terrestre en el área de Influencia.

Se encontraron 35 individuos de la especie Liolaemus scoliaris a dentro del área recorrida (600 x 300 metros), asociados a rocas pequeñas y a la vegetación presente. Dentro del área de búsqueda no se registraron individuos de Phymaturus vociferator, por lo que se extendió la búsqueda con el fin de encontrar el lugar más cercano con la presencia de esta. De esto se logró registrar la presencia de un individuo a una distancia de 1,1 km de distancia en dirección noreste, en línea recta desde el área de influencia del proyecto, específicamente en cercano a una baliza de CONAF (km 09). No hubo avistamiento de las especies Liolaemus kriegí(lagarto oscuro)y Liolaemus monticola (lagartija del monte).

c) La magnitud y duración del impacto del proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base,

Según lo indicado en las secciones a) y b), no se prevén los efectos en cuanto a magnitud y duración a que se refiere este literal. En complementación se indica las emisiones generadas durante la construcción de la torre para telecomunicaciones serán generadas en un tiempo acotado y de manera dispersa en los caminos por donde transita la flota del proyecto, por lo que el aporte a las concentraciones en la calidad del aire del entorno de este será no significativo,

Dada las características de las obras y acciones del proyecto, no se prevén los efectos a que se refiere este literal.

d) La superación de los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las normas vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. En caso que no sea posible evaluar el efecto adverso de acuerdo a lo anterior, se considerará la magnitud y duración del efecto generado sobre la biota por el proyecto o actividad y su relación con la condición de linea de base.

Para el área en el cual se emplazará el proyecto no existen normas de calidad ambiental secundarias aplicables al Proyecto, Sin embargo, conforme a los antecedentes descritos en la DIA, el aporte a las concentraciones en la calidad del aire del entorno no será significativo,

En conclusión y de acuerdo a los antecedentes relatados en el literal 11 de la Ley en la DIA, no hay superación de normas de calidad secundaria o efectos adversos sobre la biota, generados por la magnitud y duración de los efectos del proyecto o actividad, en cualquiera de sus fases,

e) La diferencia entre los niveles estimados de ruido con proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación. reproducción o alimentación.

El área del proyecto se encuentra dentro del Parque Laguna del Laja. al interior del centro Canchas de Ski del Volcán Antuco, el que mantiene actividad turística temporalmente (periodo invernal). El proyecto se encuentra alejado de las áreas de atractivo cultural y fuera de las áreas de interés visual definidas

por el Parque.

En relación a la fauna presente en la zona, para la evaluación del posible impacto sobre la fauna propia del sector, se determinó un Buffer de 15 m de distancia del área del proyecto, a partir del cual los niveles de ruido esperados, producto de la contribución exclusiva del proyecto, se encontrarán bajo el criterio adoptado [85 dB(L)] (NORMA United States Environmental Protection Agency (EPA). De acuerdo a lo observado en las campañas de terreno, no se evidenció zonas de concentración de fauna

cación Ambiental

Resolución

Antuco Cáne

del proyecto "Instalación Torre de Telecomunicaciones Sto NEWPOLIO51F1

J

L

M0

asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación en el área del Proyecto,

Asimismo, el titular se compromete a efectuar previo al inicio de las fases de construcción y cierre del proyecto, como medida de control y con el objeto de evitar la presencia de fauna de escasa movilidad, la perturbación controlada con liberación de áreas.

f) El impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables.

Según lo indicado en la DIA y su descripción de proyecto, no utiliza y/o maneja productos químicos. Solo generará residuos domésticos e industriales durante la fase de construcción del proyecto, estimada en 29 días aproximadamente.

El titular del proyecto dispondrá los residuos domésticos e industriales fuera de las instalaciones, en lugares autorizados. Por lo que, no se esperan los efectos a que se refiere este literal.

g) El impacto generado por el volumen o caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra, incluyendo el generado por ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales. La evaluación de dicho impacto deberá considerar siempre la magnitud de la alteración en:

g.1. Cuerpos de aguas subterráneas que

contienen aguas fósiles.

g.2. Cuerpos o cursos de aguas en que se

generen fluctuaciones de niveles,

g.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser

afectadas por el ascenso o descenso de los

niveles de aguas.

g4. Areas o zonas de humedales,

estuarios y turberas que pudieren ser

afectadas por el ascenso o descenso de los

niveles de aguas subterráneas 0

superficiales.

2.5. La superficie o volumen de un glaciar

susceptible de modificarse.

El proyecto no contempla la intervención de aguas subterráneas que contengan fósiles. El proyecto no contempla la intervención de cuerpos de agua que generen fluctuaciones de niveles.

El proyecto no contempla la intervención de vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas. El proyecto no contempla la intervención de áreas o zonas de humedales, estuarios y/o turberas que puedan ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales. El proyecto no contempla la intervención de glaciares.

h) Los impactos que pueda generar la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas O ecosistemas determinados.

El proyecto no contempla la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados.

5.3. Reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y

costumbres de grupos humanos

Tabla 5,3. Reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos

Impacto ambiental

  • Impacto en el flujo de transporte y circulación en las rutas viales,

Parte, obra o acción que lo genera

Acciones de despeje, preparación del terreno, limpieza y escarpe, habilitación de caminos de acceso, instalaciones de la torre.

Fase en que se presenta

Construcción

Existencia de grupos humanos en el área de influencia

El área donde se emplazarán las obras y actividades del proyecto se encuentran insertas en el Parque Nacional Laguna del Laja (D.S. N” 652/1958), en la ladera del Volcán Antuco, a una cota aproximadamente de 1.500 m.s.n.m., a 0,5 km de la Ruta Q- 45. El área específica corresponde a las instalaciones del centro Canchas de Ski de Antuco, establecimiento recreacional

Resolución de Calificación Ambiental,

16 — Antuco Canchas de Ski”.

del proyecto "Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLIOS51F1

con fines turísticos, el cual tiene su mayor flujo de pasajeros durante la temporada de invierno.

En el sitio del proyecto no existen asentamientos humanos.

De acuerdo a la caracterización del componente medio humano, el proyecto no contempla la utilización ni intervención de los recursos naturales disponibles en la zona, ni a nivel local ni comunal,

Reasentamiento de comunidades

humanas

Dada las caracteristicas del proyecto y su ubicación, el proyecto no generará reasentamiento de comunidades humanas.

Según lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del SELA, se consideran los siguientes antecedentes que justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo O para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural,

En el área de influencia del proyecto no existen recursos naturales de interés económico, medicinal o espiritual de interés de las comunidades.

El área especifica corresponde a las instalaciones del Centro de Ski del Volcán Antuco, establecimiento recreacional con fines turísticos. Las obras y actividades del proyecto no utilizarán ni intervendrán los recursos naturales disponibles en la zona, ni a nivel local ni comunal.

Las obras y actividades del Proyecto se efectúan con el objeto de cumplir con las obligaciones de las “Bases del Concurso Público Para Otorgar Concesiones De Servicio Público De Transmisión De Datos en las Bandas De Frecuencia 713-748 MHz y 768-803 MHz” asignada a Telefónica Móviles Chile S.A.

b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.

El proyecto no implica en ninguna de sus fases actividades que generen obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.

El proyecto no considera la modificación de rutas o senderos existentes. El mayor flujo de transporte se efectuará durante la fase de construcción (aproximadamente 29 días), con una cantidad estimada de 2 camionetas, y 1 camión liviano, a través de la ruta Q-45. Por lo descrito y las caracteristicas del proyecto, no se producirán los efectos que se señalan en el presente literal.

c) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios O infraestructura básica.

El proyecto en cuestión, en cualquiera de sus fases, no contempla la alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica,

d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura O intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo.

De acuerdo con la información de medio humano indicada en el Anexo 11 de la DIA, el proyecto se emplaza en una zona que no es sitio de ejercicios o manifestaciones de tradiciones culturales o de intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de grupos humanos.

Para los grupos humanos pertenecientes a

pueblos indígenas, además de las circunstancias señaladas precedentemente, se considerará la

duración y/o magnitud de la alteración en sus formas de organización social

particular.

De acuerdo con la información de medio humano indicada en el Anexo 11 de la DIA, el área del proyecto se encuentra dentro del Parque Laguna del Laja, al interior del Centro de Ski del Volcán Antuco, el que mantiene actividad turística temporalmente. Según lo identificado el proyecto se encuentra alejado de las áreas o sitios de ejercicios o manifestaciones de tradiciones culturales o de intereses comunitarios y que de acuerdo a lo señalado en el referido capítulo, actualmente no existen comunidades indígenas.

54.

Localización y valor ambiental del territorio

ación Ambi

317 || Pesolución de Al de Sk

mal, del proyecto *1

istalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLIO51

Tabla 5.4. Localización y valor ambiental del territorio

Impacto ambiental

Alteración al paisaje

Componente(s) ambiental(es) afectado(s)

El valor paisajístico del territorio se verá afectado, producto de las obras y acciones del proyecto,

Parte, obra o acción que lo genera

Partes, obras y acciones del proyecto

Fase en que se presenta

Existencia de poblaciones protegidas

Construcción Acorde se describe en el Anexo 11 Línea de Base Medio Humano, no existen organizaciones indigenas

vinculadas a la zona del proyecto ni al Área de Influencia.

Asimismo, en el entorno directo del emplazamiento del proyecto no se evidencia presencia de personas que pertenezcan a alguna etnia, ni lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano.

Existencia de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental

El área del proyecto se encuentra dentro del Parque Laguna del Laja y de la Reserva de la Biósfera; Corredor Biológico Nevados de Chillan — Laguna del Laja. El proyecto se encuentra al interior de las instalaciones del Centro de Ski del Volcán Antuco, que mantiene actividad turistica temporal (periodo invernal).

Según lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del SEIA, se consideran los siguientes antecedentes que

justifican que el proyecto o actividad no

se localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas

protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

Susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, considerando la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde ellas habitan.

En el área de influencia del proyecto, no se determinó presencia de poblaciones protegidas, Anexo 11 Línea de Base Medio Humano, vinculada a la zona del proyecto ni al Área de Influencia del mismo

Por otra parte, en el entorno directo del emplazamiento del proyecto no se evidencia presencia de personas que pertenezcan a alguna etnia, ni lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano.

Susceptibilidad de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares 0 territorios con valor ambiental, se considerará la extensión, magnitud o duración de la intervención de sus partes, obras o acciones, asi como de los impactos generados por el proyecto o actividad, teniendo en especial consideración los objetos de protección que se pretenden resguardar.

De acuerdo a los antecedentes recopilados tanto en las campañas de terreno y sus resultados que justifican la inexistencia de aquellos efectos, características o circunstancias del articulo 11 de la ley que puedan dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental, sumado al análisis bibliográfico y considerando las características del proyecto, se concluye el proyecto que se presenta a evaluación no producirá los efectos que se señalan en el presente literal, en las áreas con valor ambiental identificadas con anterioridad.

En el área de influencia del proyecto no se determinó la presencia de recursos y/o áreas protegidas susceptibles de ser afectadas.

5.5. Valor paisajístico o turístico

Tabla 5.5. Valor paisajístico o turístico

Impacto ambiental

Alteración del Paisaje

Parte, obra o acción que lo genera

Obras de despeje del terreno, excavaciones y otras asociadas a la fase de construcción del proyecto.

Resolución de Calificación Ambiental,

18 — Antuco Canchas de Ski".

del proyecto "Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLIOS1F1

Fase en que se presenta

Construcción y operación

Existencia de valor turístico

El área en el cual se emplazará el proyecto cuenta con valor turístico, dado que en este se encuentra el Centro de Ski del Volcán Antuco, cuya temporada comienza en periodo invernal.

Existencia de valor paisajístico

El área posee un valor ambiental otorgado por el Volcán Antuco, el cual permanece cubierto por nieve, exceptuando los periodos estivales. El entorno del proyecto se encuentra alejado de las áreas de atractivo cultural y fuera de las áreas de interés visual definido en el plan de manejo del parque.

Según lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del SEIA, se consideran los siguientes antecedentes que

justifican que el proyecto o actividad no turístico de una zona.

genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o

a) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico.

De acuerdo a los antecedentes descritos en el Anexo 11 de la adenda del proyecto, del análisis de visibilidad aplicado a los seis puntos de observación identificados, la totalidad de ellos presentan alguna visibilidad hacia el punto donde se ubicará el proyecto, todos ubicados en la Ruta Q-45 que conduce a laguna del Laja. Cabe entonces indicar que la distancia hacia las obras y el carácter panorámico de las vistas ayuda a disminuir el efecto visual de las estructuras en el paisaje, ya que no existen vistas focalizadas hacia la antena, ayuda a esto las características de tamaño y forma y transparencia de la estructura. Además, se pueden observar otros elementos verticales como torres de andarivel o postes de luz, que hacen que la incorporación de otra estructura vertical sea menos evidente.

b) La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico.

En relación a las características del proyecto, la existencia del centro de Ski Volcán Antuco y el análisis de intervisibilidad y su respectivo fotomontaje, el proyecto no interfiere con los atributos estructurales o estéticos del paisaje, tal como se indican en el punto a), no existen vistas focalizadas, la estructura permite acoplarse a los elementos verticales tales como las torres de andarivel o postes de luz, que hacen que la incorporación de otra estructura vertical sea menos evidente.

La duración o magnitud en que se obstruya el acceso o se alteren zonas con valor turístico.

Conforme a los antecedentes expuestos en los puntos a) y b), el proyecto no obstruye en términos de duración o magnitud el acceso o altera la zona con valor turístico. Cabe señalar que éste permitirá aumentar la cobertura de telefonía e internet en el sector de Antuco, lo que generará un beneficio para dicho sector.

El proyecto no afectará elementos del medio ambiente de zonas con valor paisajístico O turístico ni generará alteración significativa, en términos de magnitud o duración de éstos.

5.6.

Alteración del patrimonio cultural

Tabla 5.6.

Alteración del patrimonio cultural

Impacto ambiental

Alteración de sitios de tipo arqueológico.

Parte, obra o acción que lo genera

Obras de despeje del terreno, excavaciones y otras asociadas a la fase de construcción del proyecto.

Fase en que se presenta

Construcción

Existencia de monumentos sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural

El área del proyecto y conforme al Anexo 12 Línea de Base Arqueología, con todos los antecedentes recopilados tanto en terreno como en oficina, se concluye que el reconocimiento arqueológico del área no detectó evidencias dentro del área de impacto directo e indirecto de las obras a implementar, no se observa presencia de patrimonio arqueológico, ni histórico.

El proyecto no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en

21, del proyecte

lación Torre de Telecomunicaciónes POLIO51F1

peneral, los pertenecientes al patrimonio cultural.

En el caso que se detecte la presencia de restos culturales antropoarqueológicos u históricos subsuperficiales durante la fase de construcción del proyecto, se procederá de acuerdo con lo establecido en los artículos 26" y 27? de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y en los articulos 20% y 23” de su Reglamento, con el propósito de diseñar y realizar actividades de salvataje arqueológico adecuadas. Asimismo, se deberá dar cuenta de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo autorice los procedimientos específicos a seguir.

Para justificar que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, se consideran los siguientes antecedentes según lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SETA:

a) La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N*17.288.

Según el análisis territorial efectuado Capítulo 5 de la DIA, no existen sitios declarados Monumento Nacional dentro de la zona de emplazamiento del proyecto.

El anexo 12 Línea de Base Arqueología, no detecto evidencia de esta indole, ahora bien de encontrarse hallazgos durante el transcurso de las obras, en cualquiera de los sectores prospectados o en sus inmediaciones, se deberá parar la faena y dar cuenta de inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales, conforme a la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y a su Reglamento, el DS 484.

b) La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigijedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indigena.

En el área donde se localiza el proyecto no se identifican lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigiledad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenezcan al patrimonio cultural de la zona, incluyendo el patrimonio cultural indígena. Cabe señalar que según lo señalado en el Anexo 11 de la DIA, el proyecto no se emplaza en o las cercanías de tierras indígenas, áreas de desarrollo indígena o pueblos indígenas.

c) La afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto O actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas.

En el sitio en que se emplazará el proyecto no se ha evidenciado que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura O folclore de alguna comunidad o grupo humano. Cabe señalar que según lo señalado en el Anexo 11 Medio Humano de la DIA, el proyecto no se emplaza en o las cercanías de tierras indígenas, áreas de desarrollo indígena o pueblos indígenas.

  1. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las

correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación: 6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS Los permisos ambientales sectoriales mixtos aplicables al proyecto son los siguientes:

6.1.1 Permiso Artículo 160

Tabla 6.1.1. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos.

Permiso El permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales para

complementar alguna actividad industrial con viviendas, dotar de equipamiento algún sector rural o habilitar un balneario o campamento turístico o para la construcción de conjuntos habitacionales de viviendas sociales o de viviendas de hasta un valor de 1.000 Unidades de Fomento que cuenten con los requisitos para obtener un subsidio del Estado, así como para las construcciones industriales, de equipamiento, turismo y poblaciones fuera de los

Resolución de Calificación Ambiental, del proyecto "Instalación Torre de Telecoraunicaciones Sitio NEWPOLIO5]1F1 — Antuco Canchas de Ski".

20

límites urbanos, corresponderá a la autorización e informes favorables que se establecen respectivamente en los incisos 3" y 4? del artículo 55 del Decreto con Fuerza de Ley N” 458, de 1975, del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones.

Fase del proyecto a la cual corresponde

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

Construcción de instalaciones anexas a la Torre de comunicaciones, correspondiente a Instalación de Obras Temporales, las cuales consideran a las siguientes instalaciones que se dispondrá en obra: sector de acopio de materiales, equipos y herramientas, caseta de madera con mesón para planos, señalética, extintores y habilitación de baño químico para el personal durante esta fase en un área de 46,25 m?,

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

De acuerdo a lo anterior, esta instalación comprenderá los servicios auxiliares del proyecto, los cuales corresponderán a:

  • Instalación de Faena 4 m2 (interior área de arriendo)

  • Almacenamiento y dotación de agua

  • Grupo generador portátil

— Comedor.

  • Baño químico 2,25 m? (interior área de arriendo)

  • Zona de Acopio de materiales 40 m2 (interior área de arriendo)

Pronunciamiento del órgano | Según el ORD. N* DDUI 61 de la SEREMI de MINVU de competente fecha 11/10/2016 pronunciamiento conforme sobre la DIA. Lo anterior en consideración a que, en el ámbito de las competencias de esta

Secretaria Ministerial, se cumplen los requerimientos del PAS 160. A Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la

normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

NORMATIVA DE CARÁCTER AMBIENTAL APLICABLE

La normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto y su forma de cumplimiento es la siguiente:

7.1 Norma General

Tabla 7.1. Norma General

Componente/materia:

Ambito General

Norma

Ley N” 19.300 (modificada por la Ley N* 20,417) de Bases Generales del Medio Ambiente.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fases de Construcción, Operación y Cierre.

Parte, obra o acción a la que aplica

El proyecto se localiza en un área protegida, correspondiente al Parque Nacional Laguna del Laja, conforme a lo establecido en los artículos 10 (letra p)) y 11 de la Ley 19.300, razón por la cual ingresa al SEIA a través de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA).

Forma de cumplimiento

El proyecto ingresa al SELA como Declaración de Impacto Ambiental, de acuerdo a lo descrito en el Capitulo II “Antecedentes que justifican la Inexistencia de Aquellos Efectos, Características, o Circunstancias del Artículo 11 de la Ley que pueden dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental”.

Indicador que acredita su

cumplimiento

Resolución de Calificación Ambiental

Forma de control y seguimiento

Presentación de los informes ambientales, monitoreo, compromisos

voluntarios y exigencias al portal de la SMA.

7.2 Norma específica

D.S. N” 40/2013 Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA)

Organismo l

MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE

ki"

ción Ambien proyectó "Instalación Y

Materia

Fija el procedimiento administrativo al que deberán ceñirse tanto las

Declaraciones de Impacto Ambiental como los Estudios de Impacto Ambiental. Establece | la lista de permisos considerados como ambientales sectoriales, que deben ser aplicables a algún proyecto.

| En el artículo 3, letra p), indica que la ejecución de obras, programas o actividades en parques nacionales, reservas nacionales, monumentos naturales, reservas de zonas vírgenes, santuarios de la naturaleza, parques marinos, reservas marinas o en cualquiera otra área colocada bajo protección oficial, en los casos que la legislación

respectiva lo permita”.

Relación con Proyecto

El proyecto, conforme a lo establecido en el artículo 3 (letra p)) del

Fase de Cumplimiento

Fases de Construcción, Operación y Cierre.

Forma de Cumplimiento

El Proyecto ingresa al SELA como Declaración de Impacto Am

Indicador de Cumplimiento

Resolución de Calificación Ambiental (RCA). |

7.3 D.S. N*458/1976 Ley General de Urbanismo y Construcciones

[D. S. N” 458/1976, Aprueba Nueva Ley General de Urbanismo y Construcciones

¡Organismo

¡MINISTERIO VIVIENDA Y URBANISMO

Materia

[Artículo 2.1.29. El tipo de uso de Infraestructura se refiere a las edifica- ciones o instalaciones, y a las redes o trazados destinadas a:

  • Infraestructura de transporte, tales como, vías y estaciones ferroviarias. terminales de transporte terrestre, recintos marítimos o portuarios, instalaciones o recintos aeroportuarios, etc.

  • Infraestructura sanitaria, tales como, plantas de captación, distribución a tratamiento de agua potable o de aguas servidas, de aguas lluvia, rellenos sanitarios, estaciones exclusivas de transferencia de residuos, etc.

L- Infraestructura energética, tales como, centrales de generación a distribución de energía, de gas y de telecomunicaciones, gasoductos, etc.

Las redes de distribución, redes de comunicaciones y de servicio domiciliarios y en general los trazados de infraestructura se entenderá siempre admitidos y se sujetarán a las disposiciones que establezcan lo: lorganismos competentes.

Relación con Proyecto

El proyecto sometido a evaluación comprende el desarrollo de obras civiles para la instalación de una torre para telecomunicaciones en un; zona rural. Conforme a lo señalado por la normativa, el Proyecto encuentra dentro de la tipologia de Proyecto de “Redes de Distribució: dde comunicaciones” (antenas de telefonía celular), por lo que se entiend como siempre admitido, tanto en el área urbana como rural, sujeto a la isposiciones que establezcan los organismos competentes. |

[Fase de Cumplimiento

Fases de Construcción, Operación y Cierre. Í

Forma de Cumplimiento

Cumplimiento a lo establecido en el artículo 2.1.29 que regulal lel tipo de uso de Infraestructura energética y sus edificaciones.

Indicador de Cumplimiento

Solicitud de aprobación de la Dirección de Obras Municipales e informq favorable de la Secretaría Regional del Ministerio de Vivienda competente.

Cumplimiento de lo establecido en la Resolución de Calificación ¡Favorable del proyecto,

22 | Resolución de Us

=Amiuco cañehas de Ski".

de proyecto "Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLI051F1

7.4 D.S. N*13.168/1982 Ley General de Telecomunicaciones

y N” 18.168/1982, Ley General de Telecomunicaciones Modificada por la Ley 20.643 de 29-12-2012 que modifica la ley 20.599

Organismo [MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES [De acuerdo a lo establecido en los artículos 8 y 15 de la Ley N 18,168, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones debe autorizar técnicamente Materia la instalación, operación y explotación de los distintos servicios de telecomunicaciones, entre los cuales se cuenta el servicio público de telefonía móvil y sus correspondientes estaciones base y sistemas radiantes, a través del otorgamiento de concesiones y de modificaciones de concesión. El Proyecto sometido a evaluación corresponde a obras para la instalación de luna torre de telecomunicaciones en una zona rural de la comuna de Antuco. Región del Biobío.

El Proyecto tiene por objetivo cumplir con las obligaciones de las “Bases del ¡Concurso Público Para Otorgar. Relación con Proyecto ¡Concesiones De Servicio Público De Transmisión De Datos en las Bandas De Frecuencia 713-748 MHz y 768-803 MHz” asignada a Telefónica móviles Chile S.A. mediante Resolución Exenta N*758 de fecha 07 de marzo de 2014, y satisfacer de manera especial las necesidades de servicio de los habitantes

del sector. | Fase de Cumplimiento [Fases de Construcción y Operación.

¡Obtención de autorización de la Subsecretaría de Telecomunicaciones Forma de Cumplimiento SUBTEL) para su entrada en servicio.

[Indicador de Cumplimiento [Autorización de SUBTEL

7.5 Ley N”20.599 Regula la Instalación de Antenas Emisoras y Transmisoras de Servicios de

Telecomunicaciones ey N* 20.599 /2012, Regula la Instalación de Antenas Emisoras y Transmisoras de Servicios de ] elecomunicaciones ¡Organismo [MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES

En su artículo 2 N*2) b) establece "No se admitirá a trámite la solicitud de ptorgamiento o modificación de concesión que considere la ubicación de sistemas radiantes dentro de una zona declarada como saturada, de conformidad con el artículo 7”, o que de instalarse implicaría la declaración de una zona comal tal, mientras que respecto de aquellas que se pretenda instalar en áreas de Materia protección a que se refiere la ley N” 19.300 podrá admitirse tal solicitud, previal aprobación del sistema de evaluación de impacto ambiental.”

¡El Proyecto se localiza en un área protegida, correspondiente al Parque Nacional Relación con Proyecto ¡Laguna del Laja, conforme a lo establecido en los artículos 10 (letra p)) y 11 de | la Ley 19.300, razón por la cual ingresa al SEIA a través de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA).

Fase de Cumplimiento [Fases de Construcción, Operación y Cierre. [El proyecto ingresa al SELA como Declaración de Impacto Ambiental, de acuerdo a lo descrito en el Capítulo II “Antecedentes que justifican la ¡Forma de Cumplimiento [Inexistencia de Aquellos Efectos, Características, o Circunstancias del Artículo 11 de la Ley que pueden dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental”.

[Indicador de Cumplimiento Resolución de Calificación Ambiental (RCA).

7.6 Emisiones Atmosféricas: Res. N”1.215/1978 Normas Sanitarias Mínimas para Prevenir y Controlar la Contaminación Atmosférica

SOLUCIÓN N*1.215/1978, Normas Sanitarias Minimas a Prevenir y Controlar la Contaminación tmosférica

de Calificación Ambiental, del proyacto "Instalación Torre de Telocomunicaciones Sitio NEWPOLIOS1F

Amuco Canchas de Sk

23 | Resolue

Y)

Organismo [MINISTERIO DE SALUD Establece las normas primarias de calidad del aire para todo el territorio del país para las partículas en suspensión (PTS), el anhídrido sulfuroso (S02), el Imonóxido de carbono (CO), los oxidantes fotoquimicos expresados como ozong 03) y el dióxido de nitrógeno (NO2), Artículo 9. Prohíbe quemar residuos o cualquier otro material combustible. Materia

Artículo 15. Indica que las operaciones de equipos de trituración, molienda, transporte, manipulaciones, carga y descarga de material fragmentado Q particulado deben realizarse empleando un sistema de control de 1 contaminación atmosférica.

lAdemás, indica que el almacenamiento de material fragmentado o particula do deberá efectuarse mediante sistemas de control de la contaminación del ai de tal modo de impedir el arrastre de material por la acción de los vientos.

¡Relación con Proyecto

En la Fase de Construcción del proyecto, se realizarán movimientos de ti: tránsito de vehículos y actividades de construcción, lo que generará materi. ¡particulado en suspensión. |

Durante la Fase de Operación no se generarán emisiones de material particulado] gases por la operación de la torre de telecomunicaciones y 5us respectivos

equipos.

Fase de Cumplimiento

Fases de Construcción, Operación y Cierre.

¡Forma de Cumplimiento

En la Fase de Construcción del Proyecto se implementarán las siguientes medidas:

  • Revisión técnica al día de vehículos.- Humectación del terreno periódicamente durante el periodo en que se realicen faenas de movimientos de tierra en el área del Proyecto.

  • Transporte de materiales con la carga cubierta conforme a normativa.

  • Prohibición de quemas dentro del área del Proyecto.

  • El acopio temporal de materiales dentro del área de instalación de faena, serán cubiertos por una lona densa para evitar la suspensión del Material Particulado Cabe mencionar, que este acopio será temporal en obra, debido a que una vez que lse haya generado, el material dispuesto será retirado y enviado a disposición final len un sitio autorizado de la Región.

Durante la Fase de Operación se mantendrán al día las revisiones técnicas de los ehículos utilizados en las actividades de mantención de la torre.

ta de umplimiento

aterialización, registro y control de las medidas señaladas.

7.7 D.S. N*138/2005 Establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica

D.S. N* 138/2005, Establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica

Organismo

[MINISTERIO DE SALUD

Materia

lArtículo 1. Todos los titulares de fuentes fijas de emisión de contaminantes atmosféricos que se establecen en el presente decreto deberán entregar a la ¡Secretaría Regional Ministerial de Salud competente del lugar en que se encuentran ubicadas los antecedentes necesarios para estimar las ros [provenientes de cada una de sus fuentes, de acuerdo con las normas que se; señalan a continuación.

¡Relación con Proyecto

El proyecto no contempla emisiones de gases y partículas provenientes de la operación de la Torre telecomunicaciones y sus respectivos equipos.

Fase de Cumplimiento [Fase de Operación

¡Forma de Cumplimiento [Se entregará a la Autoridad los antecedentes señalados en el D.S. 138/05 del ¡Minsal, en el plazo correspondiente.

Indicador de Envío de antecedentes por medio de la plataforma establecida para dicho fin.

Cumplimiento

24 | Resolución de Calificación Ambiental, del proyecto "1

zalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLIO0S1F1

— Antuco Canchas de Ski".

7.8 D.S. N*144/1961 Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier

Naturaleza

lo S. N” 144/1961, Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de C

¡Cualquier Naturaleza

INISTERIO DE SALUD

Organismo

¡Materia

¡Artículo 1. Establece la obligación de que los gases, polvo, o contaminantes de cualquier naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, deben captarse o eliminarse en forma tal que no causen daños o molestias [al vecindario.

¡Artículo 7. “Prohíbase la circulación de todo vehículo motorizado que despida humo visible por su tubo de escape”.

Da con Proyecto

En la fase de Construcción del proyecto, se realizarán movimientos de tierra. tránsito de vehículos y actividades de construcción, lo que generará material particulado en suspensión.

¡Durante la Fase de Operación no se generarán emisiones de material particuladol ly gases por la operación de la Torre telecomunicaciones y sus respectivos

equipos,

Fase de Cumplimiento

Fases de Construcción, Operación y Cierre.

¡Forma de Cumplimiento

n la Fase de Construcción del Proyecto se implementarán las siguientes edidas:

  • Revisión técnica al día de vehículos.

  • Humectación del terreno periódicamente durante el periodo en que se realicen! ¡faenas de movimientos de tierra en el área del Proyecto,

  • Transporte de materiales con la carga cubierta conforme a normativa.

  • Prohibición de quemas dentro del área del proyecto.

  • El acopio temporal de materiales dentro del área de instalación de faena. serán ¡cubiertos por una lona densa para evitar la suspensión del Material Particulado ¡Cabe mencionar, que este acopio será temporal en obra, debido a que una vez que se haya generado, el material dispuesto será retirado y enviado a disposición final len un sitio autorizado de la Región.

¡Durante la Fase de Operación se mantendrán al día las revisiones técnicas de los vehiculos utilizados en las actividades de mantención de la torre.

Indicador de Cumplimiento

Materialización, registro y control de las medidas señaladas.

7.9 D.S. N*75/1987 Establece Condiciones para el Transporte de Carga

[D.S. N* 75/1987, Establece Condiciones para el Transporte de Carga que Indica

¡Organismo [MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES rtículo 2. “los vehículos que transporten desperdicios, arena, ripio, tierra ul tros materiales, ya sean sólidos, o líquidos, que puedan escurrirse y caer al Materia uelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna.” lación con Proyecto En la Fase de Construcción se efectuará transporte en vehículos livianos S de tierra y escombros.

Fase de Cumplimiento

[Fases de Construcción, Operación y Cierre.

¡Forma de Cumplimiento

[Los vehículos que transporten material particulado y/o fragmentado (tierra, material integral o escombros) siempre ejecutarán esta acción con su carga cubierta. ]

Indicador de Cumplimiento Materialización, registro y control de la medida señaladas. |

1

7.10 D.S. N*47/1992 Ordenanza General de Urbanismo y Construcción

[D. S. N* 47/1992, Ordenanza General de Urbanismo y Construcción ]

ación Ambiental. del proyecto "Instalación Torre de Telecomanteaciones Sitio NEWPOLIOS 1F1

Ski"

47)

¡Organismo

MINISTERIO VIVIENDA Y URBANISMO |

Materia

Artículos 5.8.3 - 5.8.5 Establecen una serie de medidas de manejo con el obj

de mitigar el impacto de las emisiones de polvo y material en las faenas d construcción: Regar el terreno en forma oportuna y suficiente, accesos Col ¡pavimento estable, transportar lo: Imateriales en camiones con la carga cubierta, lavado de ruedas de los v hiculos que abandonen la faena, mantener la obra aseada y sin desperdicio: mediante la colocación de contenedores, instalación de tela en la fachada de

obra para minimizar la dispersión del polvo, procesos húmedo para mezclas. Aplicar medidas de prevención y mitigación ambiental durante la construcción.

Relación con Proyecto

lEn la Fase de Construcción del Proyecto, se realizarán movimientos de tie tránsito de vehículos y actividades de construcción, lo que generará material particulado en suspensión.

Durante la Fase de Operación no se generarán emisiones de material particulado ly gases por la operación de la torre de telecomunicaciones y sus respectivos

lequipos)

¡Fase de Cumplimiento

ases de Construcción, Operación y Cierre,

Forma de Cumplimiento

En la Fase de Construcción del proyecto se implementarán las siguientes Imedidas:

  • Revisión técnica al día de vehículos.

L Humectación del terreno periódicamente durante el período en que se realicen faenas de movimientos de tierra en el área del Proyecto.

  • Transporte de materiales con la carga cubierta conforme a normativa.
  • Prohibición de quemas dentro del área del Proyecto.

L El acopio temporal de materiales dentro del área de instalación de faena, serán cubiertos por una lona densa para evitar la suspensión del Material Particulado. Cabe mencionar, que este acopio será temporal en obra, debido a que una vez que se haya generado, el material dispuesto será retirado y enviado

disposición final en un sitio autorizado de la Región. 1

Durante la Fase de Operación se mantendrán al día las revisiones técnicas de los vehículos utilizados en las actividades de mantención de la torre.

ndicador de Cumplimiento

aterialización, registro y control de las medidas señaladas.

7.11 D.F.L N*725/1967 Código Sanitario

D. F. L. N* 725/1967, Código Sanitario

Organismo

[EX-MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Materia

En los artículos 67, 83 y 89, se refiere a la higiene y seguridad del ambiente en, llos lugares de trabajo. Indica factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, seguridad y bienestar de las personas, entre otros, indica 1 conservación y pureza del aire y evitar en él la presencia de materias u olores; que amenacen la salud y seguridad de las personas.

IRelación con Proyecto

En la Fase de Construcción del Proyecto, se realizarán movimientos de tierra, tránsito de vehículos y actividades de construcción, lo que generará material particulado en suspensión.

Durante la Fase de Operación no se generarán emisiones de material particulado ly gases por la operación de la torre de telecomunicaciones y sus respectivos

equipos.

ase de Cumplimiento

[Fases de Construcción, Operación y Cierre.

[Forma de Cumplimiento

En la Fase de Construcción del Proyecto se implementarán las CRIS: medidas:

  • Revisión técnica al día de vehiculos.

  • Humectación del terreno periódicamente durante el periodo en que se realicen]

26 | Resolución de Calificación Ambiental. del proyecto "Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLIOS1P1 — Antuco Canchas de Ski".

faenas de movimientos de tierra y tránsito de vehículos en el área del Proyecto.

  • Transporte de materiales con la carga cubierta conforme a normativa. F Prohibición de quemas dentro del área del Proyecto.

r El acopio temporal de materiales dentro del área de instalación de faena, serán] cubiertos por una lona densa para evitar la suspensión del Material Particulado. Cabe mencionar, que este acopio será temporal en obra, debido a que una vez que se haya generado, el material dispuesto será retirado y enviado a disposición final en un sitio autorizado de la Región.

Durante la Fase de Operación se mantendrán al día las revisiones técnicas de los | vehículos utilizados en las actividades de mantención de la torre. Indicador de Cumplimiento Materialización, registro y control de las medidas señaladas.

7.12 D.S., N* 4/1994 Normas de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados

[D.S. N? 4/1994 Establece Normas de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados Fija los Procedimientos para su Control ¡Organismo [MINISTERIO DE TRANSPORTE Y TELECOMUNICACIONES ículo 1, “La emisión de contaminantes por el tubo de escape de los vehículos otorizados de encendido por chispa (ciclo Otto) de dos y cuatro tiempos, specto de los cuales no se hayan establecido normas de emisión expresadas en Km, gr/HP-h, o gr/kw-h, no podrá exceder las concentraciones máximas

siguientes: Años de Uso 'Y% Max. De CO Contenido Max. HC en partes por (en volumen) millón Vehículo (ppm.). Solo Motores 4 tiempos 13 y más 4,5 800 l2a7 4 500

l6 y menos 4 300

Los años de uso del vehículo, se contabilizarán como la diferencia entre el aña Materia len que se efectúa el control y el año de fabricación del vehículo más una

unidad.

¡Humo visible; sólo motores de 4 tiempos. Se permitirá solamente la emisión de vapor de agua. La emisión de monóxido de carbono de los vehiculos Imotorizados de dos ruedas de encendido por chispa (ciclo Otto) de dos y cuatro tiempos, no podrá exceder la concentración máxima de 4,5%”.

[Relación con Proyecto El proyecto contempla en sus diversas fases el uso de vehículos para transporte Ide materiales, insumos, escombros y personal por caminos públicos. [Fase de Cumplimiento Fases de Construcción, Operación y Cierre.

Los vehiculos durante las Fases del Proyecto deberán mantener en toda [Forma de Cumplimiento [momento su revisión técnica al día y dar cumplimiento a todas las exigencias técnicas emanadas de la legislación vigente.

[Indicador de Cumplimiento [Revisión técnica al día de vehículos del Proyecto,

7.13 D.S. N* 211/1991 Establece Normas sobre Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos

[D.S. N* 211/1991, Establece Normas sobre Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos. Modificado or el D,S, 29/2012 ¡Organismo [MINISTERIO DE TRANSPORTE Y TELECOMUNICACIONES ¡Artículo 3, “Todos los vehículos motorizados, livianos cuya primera inscripción se solicite a contar del 1” de septiembre de 1992, deberán llevar un rótulo incorporado o adherido en forma permanente y claramente visible en la parte interior del compartimiento del motor, que indicará, a lo menos: que el vehícul cumple con las normas nacionales de emisión y el lugar y método en virtud del | cual se certificó el nivel de emisiones. Este rótulo será colocado en lo: vehículos por su fabricante o armador o su representante legal y deberá reuni las características que señale el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones,

ficación Ambiental, del proyecto "Instalación Tome de Telecomunicaciones Sitio MEWPOLIOS

Sobre la base de las indicaciones emanadas de los fabricantes o armadores d estos vehículos, sus vendedores en el país se obligarán a entregar a Su compradores un certificado con indicaciones similares a las del rótulo del inciso primero, que deberán ser coincidentes con sus equivalentes de la información que mantendrá el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones en el que se; Materia señalará también la individualización del respectivo vehículo por su marca, imodelo, y números identificatorios. Este certificado será otorgado en dog ejemplares y deberá ser exhibido al momento de efectuarse la primera revisión técnica de cada vehiculo, debiendo entregarse uno de ellos en la Municipalidad que otorgue el distintivo verde a que se refiere el artículo 62”.

El proyecto contempla emisiones de gases (CO, HC, $02 y NOX) y partículas de combustión a la atmósfera, provenientes de la combustión interna de motores Relación con Proyecto diésel de vehículos livianos de transporte.

Fase de Cumplimiento Fases de Construcción, Operación y Cierre.

Forma de Cumplimiento — [Los vehículos livianos durante cada Fase del proyecto deberán mantener en todo momento su revisión técnica al día y dar cumplimiento a todas las lexigencias técnicas emanadas de la legislación vigente.

Indicador de Cumplimiento [Revisión técnica al día de vehículos del proyecto,

7.14 D.S. N* 54/1994 Establece Normas de Emisión Aplicables a Vehiculos Motorizados Medianos que Indica

Se N? 54/1994, Establece Normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Medianos que ndica. Modificado por D.S, N* 28/2012 del Ministerio de Medio Ambiente

Organismo [MINISTERIO DE TRANSPORTE Y TELECOMUNICACIONES

lArtículo 3, “Todos los vehículos motorizados medianos afectos al cumplimiento de las normas de emisión señaladas en el presente Decreto, deberán llevar un rótulo incorporado o adherido en forma permanente y claramente visible en la [parte interior del compartimiento del motor, que indicará, a lo menos, que e vehículo cumple con las normas de emisión de este decreto y el lugar y método len virtud del cual se certificó el nivel de emisiones, Este rótulo será colocad

por su fabricante o su representante, cuando éste cuente con l

autorización expresa del fabricante, y deberá reunir las características que Materia señale el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Sobre la base de las indicaciones emanadas del fabricante del vehículo, sus vendedores en el país se obligarán a entregar a sus compradores un certificado con indicaciones Similares a las del rótulo del inciso, primero, que deberán ser coincidentes con lsus equivalentes de la información que mantendrá el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones en el que se señalará también la individualización de respectivo vehiculo por su marca, modelo y números identificatorios.

Este certificado será otorgado en tres ejemplares y deberá ser exhibido al momento de efectuarse la primera revisión técnica de cada vehículo debiendo entregarse uno de ellos en la Municipalidad que otorgue el primer permiso de, circulación y el correspondiente distintivo verde a que se refiere el artículo 6”,

El proyecto contempla emisiones de gases (CO, HC, SO2 y NOX) y partículas

de combustión al Relación con Proyecto la atmósfera, provenientes de la combustión interna de motores diésel de vehículos medianos de transporte. ¡Fase de Cumplimiento [Fases de Construcción, Operación y Cierre. ¡Forma de Cumplimiento JLos vehículos medianos durante las Fases del Proyecto deberán mantener en

todo momento su revisión técnica al día y dar cumplimiento a todas las exigencias técnicas emanadas de la legislación vigente. Indicador de Cumplimiento [Revisión técnica al dia de vehículos del proyecto.

Ruido 7.15 D.S. N* 38/2012 Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas

[D. S. N” 38/2012 Establece Norma de Emisión de Ruidos Molestos generados por fuentes fijas, elaborada a partir de la revisión de la Norma de Emisión contenida en el Decreto N* 286, de 1984, del Ministerio de Salud

Organismo [MINISTERIO DE SALUD

28 | Resolución de Calificación Ambiental, del proyecto "Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLIO51F1 — Antuco Canchas de Ski".

¡Materia

etermina niveles de ruido máximo, en función del lugar de emplazamiento del ceptor, distinguiendo estándares aplicables a zonas urbanas y zonas rurales. El

ículo 7, establece los niveles de presión sonora permisibles, según los usos ermitidos por el Instrumento de Planificación Territorial correspondiente, y| iferencia respecto a horario diurno y nocturno.

di con Proyecto

E la Fase de Construcción se generarán emisiones de ruidos que provienen de cciones como la descarga de materiales, armados de estructuras, que sor utilizados en las faenas de construcción de las instalaciones.

Durante la fase de Operación, no se prevé la generación de emisiones de ruidos.

peo: la fase de cierre se generarán emisiones de ruido producto de lag cciones de desarme de estructuras, traslado de materiales y demolición de fundaciones.

Fase de Cumplimiento

¡Fases de Construcción, Operación y Cierre.

[Forma de Cumplimiento

¡Durante la construcción del proyecto se implementarán las medidas de control indicadas en el capítulo 10 del Anexo 4 de la DIA, las que permitirán disminuir los niveles de ruido para así cumplir con los limites normativos.

¡Las medidas consisten instalar una barrera de madera aglomerada tipo OSB con espesor mínimo de 15 mm,

Ema de Cumplimiento

¡Nivel de Presión Sonora (NPS) resultante dentro de los límites establecidos en; el D.S. N* 38/2012 del MMA.

7.16 Flora y Vegetación: Tabla 19: Ley N*20,283 Sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento

Forestal

Ley N* 20.283 Sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal

Organismo

[MINISTERIO DE AGRICULTURA

Materia

l artículo 3 establece “mediante decreto supremo expedido por intermedio del inisterio de Agricultura, se establecerán los tipos forestales a que pertenecen! los bosques nativos del pais y los métodos de explotación aplicables a ellos”.

l artículo 19 establece que se “prohíbe la corta, eliminación, destrucción o escepado de individuos de las especies vegetales nativas clasificadas, de onformidad con el articulo 37 de la Ley N” 19,300 y su Reglamento, en las categorías de “en peligro de extinció ”, “vulnerables”, “raras”, “insuficientemente conocidas” o “fuera de peligro" ” ue formen parte de un bosque nativo. como asimismo la alteración de > bitat. Esta prohibición no afectará a los individuos de dichas especie lantados por el hombre, a menos que tales plantaciones se hubieren efectuad n cumplimiento de medidas de compensación, reparación O si ispuestas por una resolución de calificación ambiental u otra autorida: ompetente”. Adicionalmente, conforme al artículo 2, N%4, aquel bosque nativ: ue presente o constituya hábitat de especies en las categorias anteriorment encionadas constituye Bosque Nativo de Preservación, para cuy: intervención, conforme al Articulo 19* inciso 4%, se deberá elaborar un Plan de ejo de preservación.

'or su parte, el artículo 60 establece la obligación de contar con un Plan de rabajo en caso de intervención de formaciones xerofíticas.

¡Relación con Proyecto

al como se presenta en el Anexo 5 de la presente DIA, en el área del proyectol e realizó una caracterización de flora y vegetación, para la cual se realizaron los campañas de terreno.

entro del área de estudio no se registraron especies en categoría de onservación clasificadas en los listados nacionales de acuerdo al Reglamento e Clasificación de Especies (RCE), el Libro Rojo Nacional y el Boletín N47 o se registraron especies descritas en el D,S, N68, Las áreas de intervención el proyecto se definieron durante la campaña de terreno y tienen contemplado la NO intervención de ninguna especie en categoría de conservación.

Fase de Cumplimiento

[Fases de Construcción, Operación y Cierre.

[El proyecto no intervendrá especies de flora a las que se refiere el artículo 19 de

29

Resolucid Antuco

Celificación Ambiental. del provecto "Instalación

Torre de Tecomunicaciones Sitio NEWPOLI

us de Ski

0)

la Ley N* 20.283. Las áreas de intervención del proyecto se definieron durante Forma de Cumplimiento — [la campaña de terreno y tienen contemplado la NO intervención de ningun

especie en categoría de conservación. El Proyecto no intervendrá especies de fora a las que se refiere el artículo 19 de la Ley N* 20.283. Las áreas de intervención del proyecto se definieron en conjunto con el personal de CONAF durante la campaña de terreno y tienen contemplado la NO intervención de ninguna especie en categoría de conservación.

Con el objeto del resguardo de la flora presente en el área, se realizarán charlas de inducción a los trabajadores. Indicador de Cumplimiento Materialización, Registro y Control de las medidas señaladas.

7.17 D.S N N93/2009 Reglamento General de la Ley Sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal

e N* 93/2009 Reglamento General de la Ley Sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento

orestal [Organismo MINISTERIO DE AGRICULTURA lEl Artículo 2 establece “Para dar cumplimiento a las obligaciones que la Ley señala, se deberá contar con un plan de manejo, plan de trabajo, o autorización simple de corta, según corresponda. Asimismo, para obtener los beneficios quel a Ley establece, se deberá contar con un plan de manejo aprobado por | 'orporación. Para tales efectos, el interesado deberá presentar una solicitu: te la oficina de la Corporación que corresponda según la ubicación del Materia redio. Si el predio estuviere ubicado en más de una provincia, el interesad: eberá hacerlo en cualquiera de las provincias en la que se encuentre inscrito e inmueble, salvo que los antecedentes del interesado ya ncontraren en alguna de las oficinas de la Corporación con jurisdicción en 1 rovincias respectivas, caso en el cual deberá presentarse la solicitud en dich ficina”. al como se presenta en el Anexo 5 de la presente DIA, en el área del proyecta la formación predominante corresponde a pradera, su origen proviene de a la parición de arbustos y hierbas en coberturas [Relación con Proyecto enores al 5%. No se registraron especies en categoría de conservación! lasificadas en listados nacionales de acuerdo al Reglamento de Clasificación e Especies (RCE), el Libro Rojo y el Boletín N47. Según el D.S. N68 no sel egistran especies en el área de estudio. [Fase de Cumplimiento [Fases de Construcción, Operación y Cierre. ] proyecto no intervendrá formaciones vegetales que requieran la elaboración) e un plan de manejo, plan de trabajo, o autorización simple de corta, según orresponda. La áreas de intervención corresponden a praderas con brinda ¡Forma de Cumplimiento resencia de arbustos y herbáceas. De todas maneras, cuenta con la siguiente) edida voluntaria para este componente ambiental con el objetivo del sguardo de la flora presente en el área, se realizarán charlas de inducción a los bajadores. o del proyecto en las áreas declaradas en la presente DIA, Indicador de Cumplimiento [Materialización y Registro de las medidas señaladas.

7.18 D.S N* 16, de 2016, del Ministerio del Medio Ambiente, Aprueba y oficializa clasificación de especies según estado de conservación, duodécimo proceso.

[D.S N* 16, de 2016, del Ministerio del Medio Ambiente, Aprueba y oficializa clasificación de especies según estado de conservación, duodécimo proceso

¡[Organismo [MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE

lasificación según estado de conservación. La clasificación de las plantas, Igas, hongos y animales silvestres según estado de conservación, permite valuar el nivel de amenaza de la diversidad biológica, y por ello, puede ontribuir a priorizar recursos y esfuerzos en aquellas especies más [Materia menazadas, al desarrollo de planes y programas de Conservación, al incrementar la investigación sobre ellas, así como también para su onsideración en el desarrollo de planificación territorial y de inversión, entre tros.

30 | Resolución de Calificación Ambiental, del proyecto "Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLIO51F1 — Antuco Canchas de Ski”.

[Tal como se presenta en el Anexo 5 de la presente DIA, en el área del proyecta se realizó una caracterización de flora y vegetación, para la cual se realizó Relación con Proyecto [campaña de terreno,

[Dentro del área de estudio no se registraron especies en categoría de conservación, clasificada en listados nacionales de acuerdo al Reglamento de Clasificación de Especies (RCE), definidas en el D.S. N”29/2012 y en los diez | rocesos de clasificación de especies vigentes. ¡Fase de Cumplimiento Fases de Construcción, Operación y Cierre.

| El proyecto no intervendrá especies de flora en categoría de conservación. Las áreas de intervención del proyecto se definieron durante la campaña de terrena ¡Forma de Cumplimiento tienen contemplado la NO intervención de ninguna especie en categoría de onservación.

ealización de charlas de inducción a los trabajadores. Indicador de cumplimiento Mn del proyecto en las áreas declaradas en la presente DIA,

aterialización y Registro de las medidas señaladas.

7.19 D.S. N* 68/2009 Establece, Aprueba y Oficializa Nómina de Especies Arbóreas y Arbustivas Originarias del País

ID.S. N? 68/2009 Establece, Aprueba y Oficializa Nómina de Especies Arbóreas y Arbustivas Originarias del País

[Organismo [MINISTERIO DE AGRICULTURA

¡Materia JEl Decreto lista las especies arbóreas y arbustivas que son originarias del pais. al como se presenta en el Anexo $ de la presente DIA, en el área del Proyecto e realizó una caracterización de flora y vegetación, para la cual se realizó ¡Relación con Proyecto ampaña de terreno.

'onforme a los resultados obtenidos, en el área de intervención del Proyecto no identificaron especies comprendidas en el D.S N? 68/2009,

¡Fase de Cumplimiento [Fases de Construcción, Operación y Cierre. ¡Forma de Cumplimiento E Proyecto no intervendrá especies de flora comprendidas en el D.S 268/2009.

Ejecución del Proyecto en las áreas declaradas en la presente DIA Indicador de Cumplimiento |Materialización y Registro de las medidas señaladas.

7.20 Ley N* 19,473 y D.S. N” 05/1998 Ley de Caza y Reglamento de la Ley de Caza, Respectivamente

¡Ley N 19,473 — D.S, N 05/1998, Ley de Caza y Reglamento de la Ley de Caza

[Organismo [MINISTERIO DE AGRICULTURA

a Ley prohíbe la caza o la captura de especies en algún grado de conservación, species beneficiosas para los ecosistemas o que presenten poblaciones educidas. Además, prohíbe levantar nidos, destruir madrigueras, recolectar] uevos o crías y fija sanciones.

Materia 1 Reglamento establece listado de especies que estén prohibidas su caza Q] aptura y estado de conservación de las mismas, entre otras materias elacionadas.

'al como se presenta en el Anexo 6 de la presente DIA, en el área del Proyecta lse realizó una caracterización de fauna, la cual comprendió una campaña del erreno. No se registraron especies en algún grado de conservación, especies beneficiosas para los ecosistemas o que presenten poblaciones reducida,

[Relación con Proyecto 'onforme a los resultados obtenidos, no intervendrá especies definidas en lal ey N” 19.473 y el D.S. N*05/1998, ¡Fase de Cumplimiento [Fases de Construcción, Operación y Cierre.

] proyecto no intervendrá especies de fauna, de aquellas comprendidas en | [Forma de Cumplimiento ey N 19,473 y el D.S. N05/1998. De todas maneras, cuenta con la siguien

edida voluntaria para este componente ambiental con el objetivo de sguardo de la fauna, se realizarán charlas de inducción a los trabajadores.

31 | Resolución de Calificación Ambiental, del proyecto "lnstalación Torre slecomunicaciones Sitio NEWPOLIDS1F

Antuco Canchas de

ndicador de Cumplimiento [Ejecución del Proyecto en las áreas declaradas en la presente DIA, aterialización y Registro de las medidas señaladas.

Patrimonio Cultural

7.21 Ley N? 17.288 sobre Monumentos Nacionales

¡Ley N* 17.288, Ley sobre Monumentos Nacionales ¡Organismo [CONSEJO DE MONUMENTOS NACIONALES stablece en su artículo 1 “son monumentos nacionales y quedan bajo tuición y] rotección del Estado, las ruinas, construcciones u objetos de carácter histórico, artístico: los entierros o cementerios u otros restos indígenas; las piezas ul bjetos antropológicos, arqueológicos, paleontológicos o de formación natural, ue existan bajo o sobre la superficie del territorio nacional o en la plataform: ubmarina de sus aguas jurisdiccionales y cuya conservación interesa a 1 istoria, al Arte o la Ciencia ...”.

¡Adicionalmente, en su articulo 26 que “Toda persona natural o jurídica que al hacer excavaciones en cualquier punto del territorio nacional y con cualquie finalidad, encontrare ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico. tropológico, arqueológico o paleontológico, está obligada a denunci inmediatamente el descubrimiento al Gobernador Provincial, quien ordenará ¡Materia abineros que se haga responsable de su vigilancia hasta que el Consejo aga cargo de él. La infracción a lo dispuesto en este artículo será sancionad: con una multa cinco a doscientas unidades tributarias mensuales, sin perj hicio de la responsabilidad civil solidaria de los empresarios o contratistas cargo delas obras, por los daños derivados del incumplimiento de la obligació: Ide denunciar el hallazgo”. De acuerdo a antecedentes presentados en el anexo 12 Línea de Bi Arqueologia y el Consejo de Monumentos Nacionales, en la Nómina d Monumentos Nacionales, el Monumento Histórico más cercano al área d emplazamiento del Proyecto, corresponde al Fuerte de San Diego, localizado 150 km aproximadamente del área del Proyecto, en la comuna de Tucapel.

¡Relación con Proyecto

e acuerdo a lo anterior, en el área de intervención del Proyecto no existen] itios de carácter histórico, antropológico, arqueológico ni paleontológico. Sin] mbargo, conforme a lo señalado en el artículo 26 de la Ley 17.288, en caso de identificarse la presencia de un sitio perteneciente al Patrimonio Cultural en] ualquiera de las Fases de Proyecto, se dará aviso inmediato al Gobernador]

rovincial. ase de Cumplimiento [Fases de Construcción En caso de identificarse la presencia de un sitio perteneciente al Patrimonio] Cultural en cualquiera de las Fases de Proyecto, se dará aviso inmediato al ¡Gobernador Provincial.

los trabajadores del Proyecto, la cual será realizada por un arqueólogo y bordará dentro de sus contenidos el tipo de componente arqueológico que se; podrían encontrar en el área del Proyecto, y los procedimientos a seguir en caso] de hallazgo.

Indicador de Cumplimiento [Si corresponde, notificación de aviso inmediato al Gobernador Provincial. Registro de realización de charla de capacitación a trabajadores.

Forma de Cumplimiento l Titular realizará previo a la Fase de Construcción, una Charla de Inducción a

7.22 D.S. N” 484/1991, Reglamento de la Ley N* 17.288

[D.S. N” 484/1991 Reglamento de la Ley N* 17.288

¡Organismo CONSEJO DE MONUMENTOS NACIONALES ¡Artículo 23, “Las personas naturales o jurídicas que al hacer prospecciones y/o excavaciones en cualquier punto del territorio nacional y con cualquiera finalidad encontrare ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter rqueológico, antropológico o paleontológico, están obligadas a denunciar de inmediato al descubrimiento al Gobernador Proy Materia incial, quien ordenará a Carabineros que se haga responsable de su vigilancial

32 | Resolución de Calificación Ambiental, del proyecto "Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLIOS1F1 — Antuco Canchas de Ski",

asta que el Consejo de Monumentos Nacionales se haga cargo de él.

os objetos o especies encontradas se distribuirán según se determina en ell ículo 21* de este reglamento”.

hs acuerdo a antecedentes presentados en el anexo 12 Línea de base

queologia y el Consejo de Monumentos Nacionales, en la Nómina de 'onumentos Nacionales, el Monumento Histórico más cercano al área del ¡Relación con Proyecto jemplazamiento del Proyecto, corresponde al Fuerte de San Diego, localizado aj 150 km aproximadamente del área del Proyecto, en la comuna de Tucapel.

De acuerdo a lo anterior, en el área de intervención del proyecto no existen sitios de carácter histórico, antropológico, arqueológico ni paleontológico. Sin iembargo, conforme a lo señalado] len el artículo 26 de la Ley 17.288, en caso de identificarse la resencia de un sitio perteneciente al Patrimonio Cultural en cualquiera de las] ases de Proyecto, se dará aviso inmediato al Gobernador Provincial. [Fase de Cumplimiento [Fases de Construcción

En caso de identificarse la presencia de un sitio perteneciente al Patrimonio Cultural en cualquiera de las Fases de Proyecto, se dará aviso inmediato al ¡Gobernador Provincial.

[Forma de Cumplimiento ] titular realizará previo a la Fase de Construcción, una Charla de Inducción a os trabajadores del proyecto, la cual será realizada por un arqueólogo y| bordará dentro de sus contenidos el tipo de componente arqueológico que se; odrían encontrar en el área del Proyecto, y los procedimientos a seguir en caso; de hallazgo.

Si corresponde, notificación de aviso inmediato al Gobernador Provincial. Indicador de Cumplimiento | Registro de realización de charla de capacitación a trabajadores.

Vialidad

7.23 D.S N" 158/1980, Peso Máximo de Los Vehículos que Pueden Circular por Caminos Públicos

¡Decreto N” 158/1980 Fija El Peso Máximo de Los Vehículos que Pueden Circular por Caminos Públicos

[Organismo [MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS JEstablece los pesos máximos por eje y la relación peso bruto total en función

¡Materia de la distancia de las ruedas.

¡Relación con Proyecto En la distintas Fases del Proyecto se contempla la circulación de vehículos Icon insumos materiales, residuos y personal.

ase de Cumplimiento [Fases de Construcción, Operación y Cierre.

de de Cumplimiento Todos los camiones, cumplirán con los pesos máximos por eje, lo cual será;

lexigido en los contratos respectivos con los transportistas.

[Indicador de Cumplimiento [Registro y control de la medida,

7,24 D.S. N” 75/1987, Condiciones para el Transporte de Cargas [D.S N" 75/1987 Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que indica

[Organismo TEMO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES pe los procedimientos para el transporte de cargas, por calles y caminos ue indica, estableciendo normas de señalización y otras. ps la distintas Fases del Proyecto se contempla la circulación de vehículos n insumos materiales, residuos y personal. Fases de Construcción, Operación y Cierre,

Materia

¡Relación con Proyecto

¡Fase de Cumplimiento

Los vehículos de transporte de los materiales señalados cumplirán con los] [Forma de Cumplimiento rocedimientos correspondientes indicados en el D.S. N*75/1987. RR de Cumplimiento [Registro y control del cumplimiento de los procedimientos indicados en el

-S. N*75/1987.

ación Ambiental, del proyecto "Instalación Torre de Telecorranicaciones Sitio NEWPOLIOS1F1

47

7.25 D.S. N” 594/99, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo

. S. N” 594/99, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de

Trabajo

'Organismo [MINISTERIO DE SALUD lEn materia de condiciones sanitarias, el reglamento establece las normas sobre provisión de agua potable, disposición de residuos industriales líquidos y sólidos, servicios higiénicos, de evacuación de aguas servidas y guardarropía

¡Materia ly comedores.

En materia de condiciones ambientales, el reglamento establece lag rohibiciones y los límites permisibles de aquellos agentes químicos y físicos apaces de provocar efectos adversos en el trabajador.

[Relación con Proyecto

En las diversas Fases del Proyecto se deben cumplir con las disposiciones establecidas en el presente Reglamento para los lugares de trabajo.

ase de Cumplimiento

Fases de Construcción, Cierre

Forma de Cumplimiento

Durante la fase de construcción y cierre se dispondrá de un baño químico Iconforme a lo establecido en el D.S. 594/2000 del Minsal, además de proveer] la los trabajadores de agua potable conforme a lo exigido en este cuerpo legal También, se efectuarán todas las medidas de prevención de riesgos requeridas extintores, señalética, zona de seguridad, entre otros).

Se mantendrán limpias las áreas de trabajo y lugares de disposición de lresiduos. Se gestionarán los residuos de forma diferenciada según sul [tipología/características.

Indicador de Cumplimiento

laterialización, registro y control de las exigencias establecidas en el D.S. 2594/2000 del Minsal.

de telecomunicaciones

7.26 Ley N* 20.599/12 del Mintratel, que Regula la instalación de antenas emisoras y transmisoras de servicios

¡Ley N* 20.599/12 del Mintratel, que Regula la instalación de antenas emisoras y transmisoras] de servicios de telecomunicaciones, y los requisitos establecidos por la Subsecretaría de Telecomunicaciones para una radio estación base de telecomunicaciones.

¡Organismo

Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

Materia

¡Relación con Proyecto

El proyecto realizará la construcción y la instalación de una antena emisora transmisora de servicios de telecomunicaciones.

[Fase de Cumplimiento

¡Construcción, operación y cierre.

¡Forma de Cumplimiento

lAutorización de la Dirección General de Aeronáutica Civil, respecto a la altu:

ly ubicación de la torre.

ei de Instalación presentado ante la Dirección de Obras de la Ilustra unicipalidad de Antuco, el que contendrá: planos de instalación, memoria dq

cálculo de la estructura, certificado otorgado por la DGAC, Decreto Subte

que otorga la concesión, entre otros.

Recepción por parte de la Subsecretaria de Telecomunicaciones, la que

certificará que el proyecto cumple con la normativa aplicable y autorizará sy

puesta en servicio.

Previo a la entrada en operación del proyecto y con el objeto de dar inicio a los

servicios correspondientes, el titular del proyecto cumplirá con lo estabiecidd

en la Ley 20.599/12 Mintratel,

Indicador de Cumplimiento

¡Materialización y Registro de las medidas señaladas.

  1. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA, el titular del proyecto señaló que contempla los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

8.1 Efectuar planes de gestión ambiental. El detalle de los compromisos se presenta en el Capítulo VI de la DIA, y en la Adenda, Anexo IV Actualización Compromisos Voluntarios, los que

consideran:

1) Plan de Gestión Ambiental Inducción Trabajadores Patrimonio Arqueológico.

34 | Resolución de Cu

ción Ambi

del proyocio "Insiación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLIOS1F!

— Antuco Canchas de Ski".

2) Cercar las obras del proyecto con una barrera de madera aglomerada, tipo OSB, con el objeto de disminuir los niveles de presión sonora proyectados por el proyecto.

3) Plan de Gestión Ambiental Inducción Trabajadores Componente Flora y Vegetación.

4) Plan de Gestión Ambiental Inducción Trabajadores Componente Fauna.

5) Perturbación Controlada con Liberación de Áreas.

  1. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son

las siguientes:

Tabla. Situación de riesgo o contingencia por derrames de residuos líquidos.

Situación de riesgo o contingencia

Derrame de residuos líquidos

e Procedimiento frente a accidentes del trabajo Plan de contingencia y emergencia por uso de generador eléctrico.

Fase del proyecto a la que aplica

e Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción asociada

Ejecución de faenas de construcción e instalación de estructuras,

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

*e Se verificará que las maquinarias y equipamiento, que contengan algún fluido, cuenten con sus mantenciones preventivas. Estas deberán ser realizadas por personal capacitado,

  • En el caso de producirse el accidente en zona de obra, se avisará al Encargado, y éste informará al Jefe de Obra.

  • Procedimiento de trabajo seguro: Procedimiento en caso de accidentes, Programa de prevención de riesgos.

*e Procedimiento en caso de accidentes: Instaurar una metodología de acción que permita operar rápidamente en caso de producirse accidentes durante la ejecución de los trabajos o en traslado a ellos.

» Investigación de incidentes y accidentes: Minimizar los tiempos de respuesta mediante el conocimiento y disposición del presente documento hacia el personal de la empresa. Establecer una metodología a seguir en caso de siniestros laborales en los que se vea involucrada la empresa como sus trabajadores.

e Programa de prevención de riesgos: Implantar un sistema de prevención en todos los procesos de trabajo, mediante actividades conducentes a la reducción, eliminación y/o control de los riesgos presentes en nuestro trabajo. Para mayor información de estos procedimientos ver Anexo 8 de la DIA.

«* Plan de Contingencia y de Emergencia en caso de Derrame de Combustible, asociado al Uso del Generador Diésel Monofásico de 10,0 KVA sobre el suelo y en caso de Derrame de Lubricantes/Aceites Producto de Utilización de Maquinaria. Este plan se encuentra descrito en el Anexo 7 de la DIA.

  • Plan de Contingencia y de Emergencia por daño o atropello de Fauna Silvestre en el sector. Una vez ocurrido un incidente con daño o atropello a uno o más individuos de la fauna silvestre, el Anexo 6 de la DIA se describe el esquema de acción en caso de contingencia con la fauna silvestre.

  • Plan de Contingencia ante erupción Volcán Ántuco, Anexo L, de la Adenda del proyecto.

Forma de control y seguimiento

Y” Registro de revisiones técnicas de los vehículos que laboran en la faena.

Y” Lista de chequeo del prevencioncita de riesgo para todo

ón Ambiental,

del proyecio "Instalación Torre de Telecomunicaciones Sto NEWPOLI051F1

el personal que realizará las labores y cuente con los elementos de protección personal adecuados, en buen estado y que garanticen la seguridad del trabajador.

Y Áreas de peligro, de seguridad y de trabajo correctamente señalizadas y protegidas.

Y” Capacitaciones al personal sobre protocolo de emergencias y contingencias,

Referencia a documentos del expediente Numeral 1,14 de la DIA del proyecto, Procedimiento de

de

evaluación que contenga la Trabajo Seguro, Procedimiento en Caso de Accidentes,

descripción detallada Procedimiento de Accidentes e Incidentes, y Programa de

Prevención de Riesgos, Los procedimientos antes mencionados se presentan en el Anexo 7 Plan de emergencia, Anexo 8 Procedimiento frente a accidentes del trabajo.

Anexo 9 Plan de contingencia y emergencia uso generador eléctrico de la DIA y en el Anexo I de la Adenda se presenta el Plan de Contingencia ante erupción Volcán Antuco,

10.

11.

12.

13.

14,

15,

16.

17.

Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena minima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4? de la presente Resolución.

Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto “Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLI051F1 — Antuco - Canchas de Ski”, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

Que, para que el proyecto “Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLIOS 1F1 — Antuco - Canchas de Ski”, pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Dirección Regional del SEA / Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos,

Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Biobío la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SETA.

Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2” letra g) del Reglamento del SELA, deberá someterse al SEA.

Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

36 lResolución de Calificación Ambiental. del proyecto "Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLIO51F1 — Antuco Canchas de Ski".

RESUELVO:

1".

2".

EA

4.

Ss:

62

Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLIOS1F1 — Antuco - Canchas de Ski”, del titular Inmobiliaria Pocuro Sur SpA.

Certificar que el proyecto “Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLI051F1 — Antuco - Canchas de Ski”, cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

Certificar que el proyecto “Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLI051F1 — Antuco - Canchas de Ski” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenido en el permiso ambiental mixto que se señala en el artículo 160 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Certificar que el proyecto “Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLI051F1 — Antuco - Canchas de Ski”, no genera los efectos, características o circunstancias del articulo 11 de la Ley N* 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

Definir como gestión, acto o faena minima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando N? 4 del presente acto.

Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N* 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Diribación:

Titular del proyecto “Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLIOS51F1 — Antuco - Canchas de Ski”.

Miembros de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío CONADI, Región del Biobío

DGA, Región del Biobío

Dirección de Vialidad, Región del Biobío

DOH, Región del Biobío

SAG, Región del Biobío

SEREMI del Medio Ambiente, Región del Biobío

SEREMI de Salud, Región del Biobío

SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Biobío

37 | Resolución de Calificación Ambiental. del proyecto "Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLIOS1F1

Antuco Canchas de Ski”

  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío
  • SEREMI MOP, Región del Biobío

  • SERNAGEOMIN, Zona Sur

  • Gobierno Regional, Región de Biobio

  • Ilustre Municipalidad de Antuco

Clez

  • Encargada de Participación Ciudadana, Región del Biobío

  • Superintendencia del Medio Ambiente, Región del Biobio

  • Oficial de Partes de la Región, Región del Biobío

  • Expediente de Evaluación Ambiental del Proyecto “Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLI051F1 — Antuco - Canchas de Ski”

  • Archivo Servicio de Evaluación Ambiental, Región del Biobío

38 | Resolu: ón de Calificación Aunbicata, cel proyecto "Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NZWPOLIOS Fl — Antuco Canchas de Ski".