Proyecto Inmobiliario "Parcela 10"
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE COQUIMBO CALIFICA AMBIENTALMENTE EL PROYECTO “PROYECTO INMOBILIARIO “PARCELA 10””. RESOLUCIÓN EXENTAN' 0) 4 7. *7 PAra LA SERENA, 17 80,200 VISTOS: 1. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) admitida a trámite con fecha 23 de septiembre de
2016, su Adenda de fecha 16 de enero de 2017 y su Adenda Complementaria de fecha 21 de abril de 2017, del proyecto “Proyecto Inmobiliario “Parcela 10””, presentado por Inmobiliaria Renval SpA.
Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación, en adelante ICE, de la DIA del proyecto “Proyecto Inmobiliario “Parcela 10””.
El Acta de Evaluación N*006 de fecha 18 de mayo de 2017, del Comité Técnico de la Región de Coquimbo.
El ICE de la DIA del proyecto “Proyecto Inmobiliario “Parcela 10”” de fecha 19 de mayo de 2017.
La sesión N*006 de fecha 29 de mayo de 2017, de la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo.
Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Proyecto Inmobiliario “Parcela 10””.
Lo dispuesto en la Ley N19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S, N%40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N*18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N” 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
CONSIDERANDO:
1.
Que, Inmobiliaria Renval SpA. (en adelante, el titular) ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Proyecto Inmobiliario “Parcela 10”
”, (en
adelante, el Proyecto). Los antecedentes del titular son los siguientes: 20D
Nombre Titular : Inmobiliaria Renval SpA.
4.
R.U.T. : 76.269.644-4
Domicilio : Los Carpinteros N*1.260, Barrio Industrial, Comuna de Coquimbo, Región de Coquimbo.
Nombre : — Raimundo Rencoret Ríos.
Representante Legal
R.UT. : 7.017.619-K
Domicilio : Los Carpinteros N“1.260, Barrio Industrial, Comuna de Coquimbo, Región de Coquimbo.
Correo Electrónico : Infofirenval.cl
Que, conforme se indica en el ICE de fecha 19 de mayo de 2017, el Director (S) Regional del Servicio de Evaluación Ambiental (en adelante SEA) de la Región de Coquimbo ha recomendado aprobar el proyecto, por cuanto:
- El proyecto cumple con la Normativa Ambiental Aplicable.
- El titular del proyecto subsanó los errores, omisiones e inexactitudes durante el proceso de
evaluación.
- Ha identificado los permisos ambientales sectoriales aplicables al proyecto, y ha
proporcionado satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dichos permisos.
- No generaría ninguno de los efectos, características y cirounstancias establecidas en el artículo
11 de la Ley N"19.300, por lo tanto, no requiere la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental.
Que, en sesión de fecha 29 de mayo de 2017, la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo acordó calificar favorablemente el proyecto “Proyecto Inmobiliario “Parcela 10”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 19 de mayo de 2017, el que forma parte integra de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SETA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
Que, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES.
El proyecto corresponde a un complejo residencial ubicado en la ruta Camino a Huachalalume (av. Waldo Alcalde) lote B, comuna de Coquimbo, Región de Coquimbo. El terreno del lote B consta con un total de 76.010 mí en el cual se habilitará un total de 254 viviendas Descripción general. (correspondiente a 19.037,35 m2), 5.550,66 m? de áreas verdes, un área municipal de 1.522,31 1? y un área comercial de 5.910,25 m?.
Existirán dos tipos de viviendas, 165 de 85,9 m? (tipo A) y 89 de 54,64 m' (tipo B), las cuales se describen en la Tabla 1-1 de la DIA.
La tipología principal corresponde a la descrita en el artículo 3, literal g) correspondiente a “proyectos de desarrollo urbano o turístico, en zonas no comprendidas en alguno de los planes evaluados estratégicamente de conformidad a lo establecido en el párrafo 1? bis
Tipología principal, así | del Título II de la Ley. Se entenderá por planes a los instrumentos de como las aplicables a sus | planificación territorial”. En particular lo indicado en el literal:
partes, obras o acciones.
8.1) Proyectos de desarrollo urbano que contemplen obras de edificación y/o urbanización cuyo destino sea habitacional, industrial y/o de equipamiento.
Vida útil.
Indefinida. Se estima que la etapa de construcción del proyecto se efectuará en 32 meses (2 años y 8 meses), desarrollándose en 5 etapas.
4.1. ANTECEDENTES GENERALES,
Monto de Inversión.
US$21.133.591.
% Tiempo Mano de Obra. Etapa Número de Personas (meses, años) Construcción 80 2 años y 8 meses El inicio se establece con la instalación de faenas, mientras que el Gestión, acto o faena | término se dará con la recepción municipal del proyecto.
mínima que da cuenta del inicio de la ejecución del proyecto.
En el numeral 1.5.3 de la DIA, se describe el cronograma del proyecto, en donde se detallan las obras o acciones que dan inicio y término a cada una de las partes del proyecto.
Proyecto modifica proyecto o actividad.
un
Proyecto modifica otras RCA.
si No El proyecto sometido al Sistema de Evaluación de
X | Impacto Ambiental, no representa una modificación de un
- proyecto o actividad que ha sido sometido al SEIA, es un
Si_| No proyecto nuevo. Para mayor detalle, ver Capítulo 1, X | numeral 1.2.5 de la DIA.
4,2. UBICACIÓN DEL PROYECTO.
División administrativa.
político-
El proyecto se ubicará administrativamente en la comuna de Coquimbo, Región de Coquimbo, sector San Ramón.
Justificación de la
localización.
La localización del proyecto en el sector de San Ramón se justifica en virtud de la disponibilidad de terreno existente en este sector, para el cual se ha firmado un contrato con Aguas del Valle en el que se acuerda la materialización de las obras que permiten abastecer de agua potable y de servicio de alcantarillado al proyecto para las 254 viviendas proyectadas. Además, el proyecto ha sido planteado como respuesta a las políticas impulsadas desde el Municipio de Coquimbo y la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Coquimbo, de dar un uso urbano a este sector, reflejado en el crecimiento urbano natural que ha tenido el sector, en virtud de otros cambios de uso de suelo otorgados y en el proyecto de PRC que fue aprobado ambientalmente y que destina estos terrenos para uso urbano.
Superficie.
El proyecto se ejecutará en una superficie total de 7,6 hectáreas. Para mayores detalles de la superficie a utilizar, ver numeral 1.3.3 de la DIA.
Coordenadas UTM
Datum WGS84.
en
A continuación, se entregan las coordenadas del polígono del proyecto.
Proyecto Vértice Inmobiliario
Parcela 10
Coordenadas Datum WGS, H19 Este Norte
A 283850,26 6681749,73
B 283749,51 6681431,23 Cc 283534,30 6681439,01
D 283471,46 6681635,79
Fuente: Tabla 1-3 de la DIA, Vértices de los polígonos de ubicación donde se emplazará el proyecto (WGS 84, Huso 198).
Caminos de acceso.
Al Proyecto se accede por la Avenida Waldo Alcalde. Para mayor detalle, ver numeral 1.5.5.9 de la DIA: 3
Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación
En la Figura 1-4 de la DIA, se indica el plano georreferend proyecto. Además, en la tabla 1-3 de la DIA, se entregan: de los|polígonos de ubicación donde se emplazará el proyecto.
Ez
e información | 84, Huso 198). complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones.
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO.
El proyecto considera la ejecución de obras temporales y permanentes. La primera considera las obras e instalaciones necesarias para la fase de construcción del proyecto inmobiliario y una vez finalizada dicha fase serán desmanteladas. La segunda corresponde a instalaciones permanentes y serán aquellas que permanecerán durante toda la vida útil del proyecto.
4.3.1. Obras temporales.
a) Instalación de faenas.
El proyecto contempla una instalación de faena, en donde se podrán encontrar oficinas, baños, comedores y las instalaciones necesarias para el personal de trabajo. Dichas instalaciones serán removidas al término de la fase de construcción.
Para mayor detalle, ver numeral 1.4.1 de la DIA.
4.3.2. Obras Permanentes.
a) Vialidad.
El proyecto inmobiliario tendrá dos ingresos y egresos independientes a través de la calle Waldo Alcalde.
b) Construcción de viviendas.
Se construirán 254 viviendas, 169 de tipología A y 85 de tipología B, cada una con un estacionamiento propio (254 estacionamientos).
c) Equipamientos, Infraestructura y Servicios.
El equipamiento corresponderá a la construcción de un estacionamiento por vivienda, lo que da como resultado un total de 254 estacionamientos y 5.550,66 m? de áreas verdes.
El servicio de agua potable y alcantarillado será dispuesto por medio de Aguas del Valle, actual concesionario del sector, el cual ha otorgado la factibilidad sanitaria al proyecto. Para mayores detalles, ver Anexo 2 de la DIA.
4.4. FASE DE CONSTRUCCIÓN.
Descripción de las partes, obras y acciones asociadas.
Durante su etapa de construcción, se procederá con las obras previas, excavaciones, obra gruesa y terminaciones, finalizando con la recepción municipal. Lo anterior, se indica en el cronograma que se adjunta en el numeral 1.5.3 del Capítulo 1 de la DIA.
Las principales actividades y acciones relacionadas a esta etapa son las siguientes: Partes, obras
y acciones. a) Contratación de personal: serán requeridos en promedio 80 trabajadores.
b) Permisos: en esta etapa se recopilarán todos los antecedentes y permisos de construcción necesarios para dar comienzo a la construcción del proyecto.
c) Faenas de demolición: demolición controlada de estructuras preexistentes en el terreno donde se tiene proyectada la construcción del edificio.
d) Habilitación de instalación de faenas: instalación de contenedores destinados para alojar las oficinas y otras instalaciones auxiliares de la construcción, como comedores, servicios higiénicos, y los empalmes eléctricos y sanitarios necesarios.
e) Obra previa: contempla todas aquellas actividades, requerimientos y servicios de la obra, a fin de ejecutar las actividades propias de ésta desde el inicio de la etapa de obra gruesa.
f) Excavaciones: remoción de 3.139 m',
2) Obra gruesa: construcción de las fundaciones, bases de pavimentos, y las estructuras resistentes de hormigón armado (pilares, vigas, losas, tabiques, entre otras).
h) Instalaciones: contempla la ejecución de toda actividad que abastezca al proyecto de todos los servicios básicos proyectados, es decir, agua potable, alcantarillado, aguas lluvias, instalación eléctrica y de corrientes débiles, entre otras.
i) Terminaciones: corresponde a las terminaciones de las viviendas (terminaciones gruesas y finas).
3) Término de obra: corresponde a la instalación de todas las estructuras menores y terminaciones propias de la vivienda.
k) Recepción municipal: la etapa de recepción de las viviendas, considera la corrección de observaciones menores de terminaciones finas y entrega de los recintos, como también la obtención de la recepción municipal.
Fecha
estimada e indicación de la parte, obra o acción que establece el inicio y término de la fase.
La fecha de inicio del proyecto será en Junio de 2017, posterior a la aprobación ambiental del proyecto y la obtención de los permisos correspondientes.
El inicio se establece con la adecuación de la instalación de faenas, mientras que el término se da con la recepción municipal del proyecto, siendo la fecha estimada de término de la etapa de construcción en febrero de 2020.
Cronograma de las principales partes, obras y acciones asociadas a esta fase.
En el cronograma del proyecto se presentó en la Tabla 6 de la DIA.
Durante la etapa de construcción se requerirán los siguientes suministros: a) Energía.
La energía será provista durante la fase de construcción por medio de empalme sal Sistema Interconectado Central (SIC). Z
Provisión de suministros
básicos en la Etapa de Construcción.
b) Abastecimiento de combustible.
La recarga de combustible para las maquinarias, se realizará diariamente mediante la estación de servicios más cercanas, o aquella con la cual se realice un convenio de suministro. No existirá recarga de combustible dentro de la obra.
e) Servicios higiénicos.
Se instalarán baños en conteiner en sector de instalación de faenas conectados a una red de alcantarillado.
d) Alimentación.
La alimentación será de responsabilidad de los trabajadores los cuales llevarán sus propios alimentos. Se contempla un comedor que cumpla con las exigencias establecidas en la normativa correspondiente.
d) Alojamiento.
El proyecto durante la fase de construcción no contempla la pernoctación de trabajadores en el área del proyecto.
e) Transporte. El proyecto no contempla sistema de transporte. f) Vialidad y accesos.
El acceso al proyecto será provisto, principalmente a través del camino público Waldo Alcalde (Camino a Huachalalume). Durante la construcción no se contempla el cierre de calles, ni desvíos de tránsito, pero existirá señalización de acceso a la obra.
g) Equipos y maquinaria.
En la Tabla 1-11 de la DIA, se presenta un listado de maquinarias a utilizar en la fase de construcción, (considera un escenario de máxima demanda) describiéndose los equipos y maquinaria a utilizar en esta fase.
h) Áridos.
Los áridos serán provistos por empresa proveedora que cuente con las autorizaciones correspondientes, las cuales serán exigidas a la empresa y mantenidas en obra para disposición de las autoridades que así lo soliciten.
i) Hormigón.
Se proveerá de hormigón pre-mezclado para la materialización de la obra, el cual se trasladará en camiones mixer desde la empresa contratada para dichos fines hasta las instalaciones.
No se realizará lavado de camiones mixer al interior de las obras. j) Sustancias peligrosas.
Durante la fase de construcción del proyecto se utilizarán sustancias peligrosas conforme a la. clasificación descrita en la NCh 382 Of. 2004 las cuales se describen
en la Tabla 1-12 de la DIA, Listado de sustancias peligrosas utilizadas en la fase de construcción del Proyecto.
Emisiones y formas de abatimiento y control.
a) Material Particulado y Gases de Combustión.
Las principales emisiones a la atmósfera provenientes de la construcción corresponderán a material particulado resuspendido, producido durante las actividades de excavación, escarpe del terreno, transporte de material dentro de la obra, circulación por caminos no pavimentados; además, de gases, provenientes de la combustión interna de los motores de las maquinarias y vehículos,
A continuación se presenta un resumen de las emisiones totales por año de construcción:
Parámetro Año 1 (ton/año) Año 2 (ton/año) Año (ton/año) MP10 0,394.82 0,26691 0,10486 [%8) 0,36094 0,48125 0,18906 HCT 0,16635 0,22181 0,08714 NOx 0,75035 1,00047 0,39304 SOX 0,00754 0,01006 0,00395
Fuente: Elaboración SEA, extracto de Tabla 32 del Anexo 1.1 de la Adenda de la DIA.
Para mayores detalles de las emisiones generadas por el proyecto, ver Anexo 1.1 contenido en el Anexo 1 de la Adenda de la DIA.
Medidas de Control de Emisiones Fase de Construcción.
En el numeral 1.5.7.2 de la DIA, se presentan medidas a adoptar con el objetivo de minimizar las emisiones de material particulado, siendo estas:
-
Humectación de las áreas de movimientos de tierra y vía de circulación interna, contemplándose un mínimo de 2 veces al día durante el periodo que duren las excavaciones.
-
El transporte de materiales o residuos, que desprendan polvo, se realizará con la carga cubierta (encarpado) y se humectará la carga en caso de ser necesario.
-
Se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinarias y vehículos por el periodo correspondiente (tiempo en que duren las excavaciones).
-
Se construirá cierre perimetral en los deslindes del proyecto con mallas tipo raschell hasta una altura de dos metros las que estarán sobre un cierre perimetral de 2,4 metros de placas OSB. Los cierres serán reemplazados por los paneles OSB con fines acústicos, adicionándoles 50 cm por sobre el nivel con malla tipo raschell.
-
Limpieza de las ruedas de los vehículos, previo al abandono de ellos de la zona de faenas. Para materializar esta medida, se utilizará una solución mecánica por medio de resaltos en el pavimento, cuyo sector se ubicará a la salida de la obra (dentro del predio). El barro que se desprenda será recogido y dispuesto con el material de excavaciones y/o escombros.
b) Ruido.
Las principales emisiones de ruido se generarán en la etapa de constr
actividades de funcionamiento de maquinarias en actividades de excavación, construcción de obra gruesa y terminaciones.
En Anexo 5 de la DIA y en el numeral 1.5.7.1 de la DIA, se presenta la estimación de las emisiones acústicas en los receptores cercanos al proyecto. El proyecto contempla medidas de control que consisten principalmente en la implementación de barreras acústicas y otras medidas de gestión, que permiten el cumplimiento de la normativa vigente.
Para mayores detalles de las medidas de gestión a implementar durante la etapa de construcción del proyecto, ver Anexo 5 de la DIA y el numeral 1.5.7.1 de la DIA.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
a) Residuos. a) Etapa de construcción.
A. continuación, se especifican las cantidades de residuos que se generarán durante la fase de construcción del proyecto:
Residuos domiciliarios y no peligrosos generados durante la fase de Construcción del Proyecto.
Tipo de residuo | Actividad/Proceso Estimación Almacenamiento ¿Destino E. Construcción Actividades del Contenedores personal (restos de herméticos en obra Residuos comida, papeles, | 320 l/día (360 lts/Frecuencia sólidos cartones, botellas retiro tres veces por domiciliarios plásticas, etc.). semana/ Serán dispuestos finalmente en lugar autorizado. Residuos Inertes de la Contará con un sitio sólidos No | construcción autorizado para el Peligrosos (maderas, fierro, | 9.000 1 acopio temporal y plásticos, etc.) posteriormente serán dispuestos en un lugar autorizado./ Frecuencia de retiro una vez a la semana. Residuos Restos de sustancias Contará con bodega sólidos peligrosas (Como de residuos Peligrosos desmoldantes, peligrosos bencina, diluyente, autorizado, para su adhesivo molduras, almacenamiento adhesivo cerámico, temporal y posterior Pintura Óleo; Igol disposición final en Primer; Igol Denso; un lugar autorizado. Adhesivo de contacto | 3 883 1 /Frecuencia de retiro multiuso). Trapos y cada seis meses. huaipes con aceites, aceites y lubricantes usados.
Fuente: Tabla 16 de la Adenda de la DIA.
Residuos Líquidos.
Los residuos líquidos generados durante las etapas de construcción, consisten principalmente en residuos de tipo domiciliario producto de los servicios higiénicos.
En la etapa de construcción, en la instalación de faenas, existirán baños conectados a la red de alcantarillado, la cual está dada por la factibilidad sanitaria del sector (para mayores detalles, ver Anexo 2 de la DIA).
Durante la fase de operación los residuos líquidos generados serán conducidos a la red de alcantarillados.
Por otra parte, tampoco se considera realizar almacenamiento de combustibles. No obstante, como manera preventiva, en caso de derrames accidentales que pudieran generarse producto de la falla de algún equipo u otra fuente, se tendrá en consideración el procedimiento indicado en el Plan de Contingencia indicado en el acápite 1.8 de la DIA.
Ubicación y cantidad de
recursos naturales renovables a extraer o explotar por el
proyecto para satisfacer sus necesidades.
El proyecto no contempla la extracción o explotación de recursos naturales renovables para satisfacer sus necesidades. No obstante, y debido a las obras del proyecto será necesario despejar de vegetación la superficie de las áreas de intervención.
Cuantificació n y forma de manejo de los
productos
generados, así
como el | No se generará ningún tipo de producto.
transporte
considerado
para su
entrega o
despacho.
Referencia al
mayores Pera | Capítulo IV. DESCRIPCION DEL PROYECTO.
d Capítulo V. IMPACTOS AMBIENTALES. etalles sobre
esta fase.
4.5. FASE DE OPERACIÓN
Partes, obras y acciones.
La etapa de operación consiste en la entrega de viviendas una vez finalizadas las obras de construcción. Por tanto, esta fase no tiene otras partes, obras o acciones asociadas a la fase de operación del proyecto.
La fecha estimada de inicio de esta etapa corresponde a mayo de 2019, la cual se inicia con la entrega de las primeras viviendas construidas.
No se considera fecha de término debido a que el proyecto contempla una vida útil de carácter indefinido.
Fecha estimada e indicación de la parte, obra o acción que establece el
inicio y término de la fase,
La fase de operación comenzará en Mayo del 2019. El hito que marcará el inicio de la fase corresponderá a la entrega de viviendas.
No se considera fecha de término debido a que el proyecto contempla una vida útil de carácter indefinido.
Provisión de suministros básicos.
Energía: la energía será provista durante la fase de operación por medio de empalme al Sistema Interconectado Central (SIC).
Agua potable y alcantarillado de aguas servidas: provista por la empresa sanitaria Aguas del Valle,
Aguas lluvias: en Anexo 4 de la DIA, se adjunta plano de proyecto de aguas lluvias.
Servicios higiénicos: cada vivienda contará con su baño privado conectado a los servicios sanitarios de Aguas del Valle.
Vialidad y accesos: el proyecto considera un acceso para la fase de operación, el cual será por la calle Camino a Huachalalume.
Para mayor detalle, ver numeral 1.6.6 de la DIA.
Emisiones y
a) Material Particulado y gases de Combustión.
Las principales emisiones a la atmósfera provenientes de la operación corresponderán a material particulado y gases de combustión, asociados al transporte de personal de
formas de | mantención, monitoreo e inspección, no siendo significativas. abatimiento y control. b) Ruido Para la fase de operación no existen fuentes de ruido significativas. Residuos, Residuos. productos químicos y | Durante la fase de operación habrá generación de Residuos Sólidos domiciliarios otras (RSD) por parte de los habitantes de las viviendas. sustancias que puedan
afectar el medio
ambiente. Ubicación y cantidad de recursos naturales
renovables a extraer o explotar por el proyecto para satisfacer sus
No se requerirá extraer ni explotar recursos naturales renovables.
10
necesidades.
Cuantificaci ón y forma de manejo de los productos generados, así como el transporte considerado para su entrega o despacho.
No se generará ningún tipo de producto.
Referencia
al ICE para mayores detalles sobre fase.
esta
Capítulo IV. DESCRIPCION DEL PROYECTO. Capítulo V. IMPACTOS AMBIENTALES.
4.6. FASE DE CIERRE.
Partes, obras y acciones.
El proyecto no contempla fase de cierre debido a las características del mismo, el cual tiene considerada una vida útil de carácter indefinido.
4.7. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO O ACTIVIDAD.
- Fase de construcción.
Fecha estimada de inicio. Junio 2017. Parte, obra o acción que establece el inicio. | Adecuación de la instalación de faenas. Fecha estimada de término. Febrero 2020.
Parte, obra o acción que establece el término.
La recepción municipal del proyecto.
- Fase de operación.
Fecha estimada de inicio.
Mayo 2019,
Parte, obra o acción que establece el inicio.
Entrega de las viviendas.
Fecha estimada de término.
No se considera fecha de término debido a que el proyecto contempla una vida útil de carácter indefinido.
Parte, obra o acción que establece el término.
No aplica.
- Fase de cierre.
Fecha estimada de inicio.
El proyecto considera una vida útil indefinida, por lo que no se contempla el cierre del proyecto.
Parte, obra o acción que establece el inicio.
No Aplica,
Fecha estimada de término.
No Aplica.
Parte, obra o acción que establece el término.
No Aplica.
- Que, durante el proceso de evaluación se han inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículgI1- e
N*19.300:
wr
presentado antecedentes que just
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS.
En base a los antecedentes presentados mediante el inventario de emisiones atmosféricas se concluye que no existe superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. Para mayor detalle, ver numeral 5.1 del Capítulo V del ICE.
Durante la fase de construcción, se cumplirá con lo establecido en la normativa vigente respecto a los niveles de ruido permisibles para el sector de emplazamiento del proyecto. Además, como medidas de abatimiento y control se instalarán barreras acústicas. Para mayor detalle, ver numeral 5.2
Impacto no del Capítulo V del ICE.
significativo.
El proyecto no presenta o genera riesgo a la salud de la población, derivadas de la exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, tanto para el suelo, agua y aire. Para mayor detalle, ver numerales 5.1 y 5.3 del Capítulo V del ICE.
El proyecto no presenta o genera riesgo a la salud de la población por exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. Para mayor detalle, ver numeral 5.3 del Capítulo V del ICE.
Fase en que se
presenta Construcción.
Referencia al 1CE | Capítulo V. IMPACTOS AMBIENTALES.
para mayores detalles | Ver Artículo 5 del CAPÍTULO VI ANTECEDENTES QUE sobre este impacto | JUSTIFIQUEN QUE EL PROYECTO O ACTIVIDAD NO REQUIERE específico. DE LA PRESENTACIÓN DE UN ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL.
De acuerdo a lo anterior, se concluye que el proyecto no genera o presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de sus efluentes, emisiones y residuos.
5.2, EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE.
a) Suelo.
El proyecto no presenta o genera efectos adversos significativos sobre el recurso suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes, derivado de la ejecución del proyecto, ya que el área de emplazamiento presenta alta intervención antrópica. Para mayor detalle, ver numerales 1.5.7 y 1.5.8, ambos de la DIA; y Anexo 1 de la Adenda Complementaria de la DIA.
Impacto no
significativo. b) Flora,
El proyecto no contempla la extracción o explotación de recursos naturales renovables para satisfacer sus necesidades. No obstante, y debido a las obras del proyecto será necesario despejar de vegetación la superficie de las áreas de intervención, por tanto, se realizará el escarpe del terreno (2.250 mó). Este material será reutilizado en las áreas verdes proyectadas para el proyecto (1.250 m? aproximadamente) y la diferencia (1.000 mó) será donada según el compromiso ambiental voluntario descrito en el numeral 9
12
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE.
de la DIA.
Según la caracterización ambiental de la componente flora y vegetación, el área de influencia del proyecto corresponde a un área con alta intervención antrópica, en donde no se identificaron especies de flora en alguna categoría de conservación.
Para mayores detalle referidos a flora y vegetación, ver numeral 2.1.3 de la DIA y Anexo 9, ambos de la DIA,
c) Hongos.
En relación a la caracterización ambiental de hongos, en el área de estudio, no se encontraron individuos que se clasifiquen en alguna categoría de conservación según los instrumentos de clasificación vigente. Para mayores detalles, ver numeral 4 de Anexo 9 de la DIA.
d) Fauna.
En relación a la caracterización ambiental de fauna terrestre, el área de emplazamiento del proyecto se encuentra inserta en una zona donde se encontró evidencia de la presencia del reptil Liolaemus zapallarensis y Philodryas chamissonis, los cuales se encuentran clasificados como Vulnerables. Producto de la presencia de dichas especies el proyecto ha declarado dar cumplimiento a lo establecido en la Ley N4.601 del Ministerio de Agricultura (texto sustituido por Ley N19,473), sobre Caza, y D.S. N* 5, Reglamento de la Ley de Caza, con el fin de evitar la afectación a esta especie.
Para mayores detalle referidos a fauna, ver numeral 2.1.3 de la DIA y Anexo 9, ambos de la DIA.
e) Agua,
El Proyecto no considera la descarga de aguas residuales a cuerpos o cauces de agua, por tanto, no se afectarán los parámetros físicos, químicos y biológicos de ellos.
Por la naturaleza del proyecto, no habrá impacto sobre cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles, sobre cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles, sobre vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas, sobre áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales o sobre la superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse.
El proyecto no presenta o genera efectos adversos significativos en relación a la magnitud y duración de sus impactos sobre el suelo, agua o aire respecto a la condición de línea de base. Para mayor detalle, ver numerales 5.1, 5.2 y 5.3 del Capítulo V del ICE.
f) Aire. En base a los antecedentes obtenidos mediante modelación atmosférica, el
proyecto no presenta o genera superación de los valores; concentraciones establecidos en las normas secundarias. «deal
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y
AIRE.
ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. Para mayor detalle, ver la información presentada en el Anexo 1.1 de la Adenda de la DIA.
g) Ruido
El proyecto no se localiza en un área donde se concentre fauna nativa asociada a hábitat de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación. Para mayor detalle, ver Anexo 5 y numeral 1.5.7.1, ambos de la DIA, literal b) del artículo 5 y literal b) del artículo 6, ambos del Capítulo VI del ICE.
h) Residuos.
La utilización y/o manejo de productos químicos y residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables no generarán impacto debido a que serán manejados de forma adecuada. Para mayor detalle del manejo de las sustancias peligrosas y combustibles, ver Capítulo IV y numeral 5.3 del ICE.
Fase en presenta.
que se
Construcción.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.
Ver Artículo 6 del CAPÍTULO VI. ANTECEDENTES QUE JUSTIFIQUEN QUE EL PROYECTO O ACTIVIDAD NO REQUIERE DE LA PRESENTACIÓN DE UN ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL.
De acuerdo a lo anterior, se concluye que el proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo,
agua y aire.
5.3, REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES
HUMANAS O ALTERACIÓN
SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS
HUMANOS.
Impacto no significativo.
Respecto al área de influencia del proyecto se indica que:
- Este sector cuenta con oferta de matrículas suficiente para absorber la estimación de demanda del Proyecto, tanto en establecimientos de dependencia particular subvencionada y municipal. Además, la ciudad de La Serena también ofrece una amplia oferta principalmente de establecimientos particular subvencionado, siendo una opción para los residentes del área de influencia y el Proyecto.
» En las cercanías del área de influencia se ubican dos establecimientos de salud privados que cuentan con convenio FONASA, a los cuales la población podrá acceder en vehículo particular o utilizando el sistema de transporte disponible, el cual integra colectivos y buses interurbanos. Junto con esto, en el área de influencia existirán tres CESFAM que podrán prestar atención primaria en caso de emergencia.
» El área de influencia cuenta con disponibilidad de equipamiento comunitario, recreacional y deportivo, además de la cobertura de bomberos y seguridad pública, a la cual se integrará el futuro Proyecto.
El proyecto de acuerdo a su lugar de emplazamiento, no generará alteración
14
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS.
significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. Para mayor detalle de la caracterización del medio humano, ver Capitulo IT de la Adenda Complementaria de la DIA.
Fase en que se
presenta No se generará en ninguna fase del proyecto.
Referencia al ICE| Ver Artículo 7 del CAPÍTULO VI ANTECEDENTES QUE para mayores detalles | JUSTIFIQUEN QUE EL PROYECTO O ACTIVIDAD NO REQUIERE sobre este impacto | DE LA PRESENTACIÓN DE UN ESTUDIO DE IMPACTO específico. AMBIENTAL.
De acuerdo a lo anterior, se concluye que el proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR.
El proyecto de acuerdo a su lugar de emplazamiento, no se localiza en o próximo a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser Impacto no afectados. Para mayor detalle de la caracterización de poblaciones, recursos significativo. y áreas protegidas, sitios prioritarios y glaciares, ver numeral 2.7 de la DIA y Anexo 3 de la Adenda Complementaria de la DIA.
Fase en que se presenta. Referencia al ICE | Ver Artículo 8 del CAPÍTULO VI ANTECEDENTES QUE para mayores | JUSTIFIQUEN QUE EL PROYECTO O ACTIVIDAD NO REQUIERE detalles sobre este | DE LA PRESENTACIÓN DE UN ESTUDIO DE IMPACTO impacto específico. | AMBIENTAL.
De acuerdo a lo anterior, se concluye que el proyecto no se localizará en o próxima a población, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados.
No se generará en ninguna fase del proyecto.
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA.
La calidad visual global de paisaje, presenta un valor bajo, lo cual es coincidente con el relieve y clima de la zona semiárida del Norte Chico de Chile. El área en donde se ejecutará el proyecto posee un grado importante de intervención humana, básicamente asociado a la actividad agrícola y otras actividades productivas, con la consecuente alteración del paisaje en términos escénicos y ambientales.
Impacto no Ñ : , Pos Ñ : significativo. Se considera una calidad visual del paisaje baja, ya que contiene muy poca
variedad de atributos singulares.
La zona donde se emplaza el Proyecto no presenta las características para ser definido con valor paisajístico, tampoco tiene las característic definidas para atraer flujos de visitantes o turistas hacia 1. «zoREVde
emplazamiento del Proyecto, por tanto, no presenta un valor turístico. Cabe señalar que el Proyecto se ubicará dentro de un predió pre:
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA.
DE MAGNITUD O
intervenido, por tanto, las obras y acciones del mismo no alterarán atributos paisajísticos de su entorno ni a zonas con valor paisajístico, toda vez que no existen en el área.
El proyecto de acuerdo a su lugar de emplazamiento, no genera alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona. Para mayor detalle de la caracterización del valor paisajístico o turístico de una zona, ver numeral 2.7 de la DIA.
Fase en que se Construcción.
presenta.
Referencia al ICE | Ver Artículo 9 del CAPÍTULO VI. ANTECEDENTES QUE para mayores | JUSTIFIQUEN QUE EL PROYECTO O ACTIVIDAD NO REQUIERE
detalles sobre este
impacto específico.
DE LA PRESENTACIÓN DE UN ESTUDIO DE AMBIENTAL.
IMPACTO
De acuerdo a lo anterior, se concluye que el proyecto no genera o presenta alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO,
ARQUEOLÓGICO,
PATRIMONIO CULTURAL.
HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL
Impacto no significativo.
En el área donde se ubica el proyecto no se encontraron elementos patrimoniales, no presenta construcciones, lugares o sitios, pertenecientes al patrimonio cultural (incluido el patrimonio cultural indígena). Además, la ejecución del proyecto no afectará lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore, en los términos indicados por el Reglamento. Para mayor detalle, ver Anexo 7 de la DIA.
Fase en que se
presenta.
Construcción.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.
Ver Artículo 10 del CAPÍTULO VI. ANTECEDENTES QUE JUSTIFIQUEN QUE EL PROYECTO O ACTIVIDAD NO REQUIERE DE LA PRESENTACIÓN DE UN ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL.
De acuerdo a lo anterior, se concluye que el proyecto no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.
6.
Que resultan aplicables al proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. Artículo 140: Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase, o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase.
Fases del proyecto a | Construcción. la cual corresponde.
Parte, obra o acción a que aplica.
El proyecto contempla la habilitación de un área para el almacenamiento temporal de residuos sólidos domésticos y no peligrosos, durante la etapa de construcción. Para mayor detalle, ver Capítulo 3, numeral 3.4.1 de la DIA; Capítulo UL numeral 1 de la Adenda de la DIA y; Capítulo II,
numeral 1 de la Adenda Complementaria de la DIA.
16
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.
No considera.
Pronunciamiento del órgano competente,
La Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Coquimbo, mediante Ordinario N*21 de fecha 03 de Mayo de 2017, se pronunció
conforme respecto de los requisitos para el otorgamiento de este permiso.
6.2. Artículo 142: P peligrosos.
ermiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos
Fases del proyecto a la cual corresponde.
Construcción.
Parte, obra o acción a que aplica.
El proyecto contempla la habilitación de un área para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos durante las etapas de construcción y cierre. Para mayor detalle, ver Capítulo 3, numeral 3.4.2 de la DIA; Capítulo TIl, numeral 2 de la Adenda de la DIA y; Capítulo II, numeral 1 del de la Adenda Complementaria de la DIA.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.
No considera.
Pronunciamiento del órgano competente.
La Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Coquimbo, mediante Ordinario N*21 de fecha 03 de Mayo de 2017, se pronunció
conforme respecto de los requisitos para el otorgamiento de este permiso.
6.3, Artículo 160: Permiso construcciones fuera de los límites urbanos.
Fases del proyecto a la cual corresponde.
Construcción y Operación.
Parte, obra o acción a que aplica.
El proyecto se emplaza sobre un terreno rural y contempla construcciones permanentes, por tanto requiere el permiso para urbanizar 2,65 hectáreas. Para mayor detalle, ver Anexo 10 de la DIA y respuesta N?2 de la sección Descripción de proyecto contenida en la Adenda de la DIA.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.
No considera.
Pronunciamiento del órgano competente.
El Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de Coquimbo, mediante Oficio N*689 de fecha 08 de mayo de 2017, se pronunció conforme respecto de los requisitos para el otorgamiento del presente permiso.
Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto es la siguiente:
7.1. EMISIONES A LA ATMÓSFERA.
Norma.
Decreto Supremo N"144/1961 del Ministerio de Salud.
Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza. » Decreto Supremo N*75/1987 del Ministerio de
Transportes y Telecomunicaciones. Establece Condiciones para el Transporte de Carga,
Decreto Supremo N*47/1992 del Ministerio de Vivien: Urbanismo. Ordenanza General de Urbani Construcciones. %
Decreto Supremo N'"138/2005 del Ministerio de Salud. Establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica Decreto Supremo N%1/2013 del Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba el Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, RETC. Decreto Supremo N*75/1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece condiciones para el transporte de cargas que indica.
Fases de aplicación.
Construcción.
Forma de cumplimiento.
Durante la ejecución del proyecto se implementarán entre otras las siguientes medidas de control:
Los movimientos de tierra, las actividades de carga, descarga y movimiento de camiones se realizarán tomando las medidas necesarias para disminuir las emisiones, por tanto se humectaran frentes de trabajo y caminos interiores, además se instalará señalética para control de velocidad en el interior del área del proyecto.
Se utilizarán equipos que cuenten con las autorizaciones correspondientes, además de la realización de mantenciones periódicas.
Cada camión que transporte tierra u otro material que pueda ser dispersado a la atmósfera, será tapado con lona.
Se designará a un encargado de informar los residuos generados a través del sistema de Ventanilla Única (RETC) realizando las declaraciones pertinentes una vez al año durante todo el periodo que dure la fase de construcción.
Indicadores y verificadores de
a) Indicadores de cumplimiento:
.
Registros de mantenciones y revisiones técnicas al día de los camiones y maquinarias utilizadas.
Instalación de solución mecánica por medio de resaltos, para evitar el barro en las ruedas de vehículos que salen del área del proyecto.
Registro de declaraciones realizadas en el Sistema de
cumplimiento, Ventanilla Única RETC, página web http://vu.mma.gob.cl del Ministerio del Medio Ambiente.
e Se llevará un registro, a modo de Check List, de las actividades señaladas para evitar escurrimiento o dispersión de contaminantes.
Referencia al ICE para CAPÍTULO VII DEL 1CE. mayores detalles. 7.2 RUIDO.
- Decreto Supremo N*38/2011 del Ministerio del Medio
Ambiente. Establece Norma de Emisión de Ruidos Norma Generados por Fuentes Que Indica, Elaborada a partir de
la Revisión del Decreto Supremo N*146 de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
Fases de aplicación.
Construcción.
18
Forma de cumplimiento.
Implementación de medidas de abatimiento, las que se describen en el Anexo 5 de la DIA.
Registro fotográfico de la implementación de las medidas de
Indi cadores y abatimiento descritas en el Anexo 5 de la DIA. verificadores de : : ms + Registro en obra para eventuales reclamos de la comunidad. cumplimiento. Referencia al ICE para CAPÍTULO VII DEL ICE. mayores detalles. 7.3 RESIDUOS. + Decreto con Fuerza de Ley N725/1967 del Ministerio de Salud. Código Sanitario. + Decreto Supremo N"594/1999 del Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. + Decreto Supremo N148/2003 del Ministerio de Salud. Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Norma. Peligrosos.
Decreto Supremo N"1/2013 Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC. Ministerio de Medio Ambiente. Decreto Supremo N'43/2015 del Ministerio de Salud, Aprueba Reglamento De Almacenamiento de Sustancias Peligrosas.
Fases de aplicación.
Construcción.
Forma de cumplimiento.
Los residuos sólidos del proyecto serán debidamente transportados y depositados en lugares de depósitos autorizados.
Los camiones de transporte de escombros cumplirán las condiciones técnicas señaladas en el D.S, N*75 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Los camiones de transporte de residuos sólidos contarán con las autorizaciones correspondientes.
En instalación de faenas se contará con baños ubicados al interior de conteiner conectados a red de alcantarillado. Obtención de Permisos Ambientales aplicables (140 y 142). Se declararán los residuos en el sistema en línea de la ventanilla única, http://vu.mma.gob.cl, SINADER, en los casos que sea necesario.
Indicadores y verificadores de cumplimiento.
Aprobación de los permisos de acumulación de residuos para la fase de construcción.
Indicadores de cumplimiento normativo (autorización de obras preliminares, y permiso de edificación otorgado por la Dirección de Obras Municipales de la Municipalidad de Coquimbo) y del informe realizado por prevencionista de riesgo respecto de seguridad y salud ocupacional.
Registro de los recibos, boletas o facturas que certifiquen el transporte y disposición final en sitio autorizado de los residuos Registro de declaración los residuos en el sistema enn la ventanilla única, http://vu.mma.gob.cl, SINADER
Referencia al ICE para | CAPÍTULO VIN DEL ICE. mayores detalles, 7.4 PATRIMONIO CULTURAL.
+. Ley N*17.288 del Ministerio de Educación. Ley de Monumentos Nacionales,
» Decreto Supremo N'484/1990 del Ministerio de Norma Educación. Reglamento de la Ley N*17.288, sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. Fases de aplicación. Construcción. . Paralizaciones de obras y aviso al Consejo de Monumentos
Forma de cumplimiento.
Nacionales en caso de encontrar restos arqueológicos durante las excavaciones.
- Registro de paralizaciones de obras y aviso al Consejo de
Indicadores y Monumentos Nacional d . : i ul ionale verificadores de ar eológicos durante l ps come o omar restos A 1 a cumplimiento. q g s excavaciones Referencia al ICE para
mayores detalles.
CAPÍTULO VIII DEL ICE.
7.5 ORDENAMIENTO TERRITORIAL.
Norma.
- Decreto con Fuerza de Ley N%458 de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (modificado por Ley N20.443). Ley General de Urbanismo y Construcciones, LGUC.
Fase de aplicación.
Construcción.
Forma de
cumplimiento.
El Proyecto, no se contrapone a los Instrumentos de Planificación Territorial indicados, cumpliendo con la planificación urbana regional y comunal.
Indicadores y verificadores de cumplimiento.
No aplica un indicador de cumplimiento ya que el proyecto no se contrapone a los Instrumentos de Planificación Territorial indicados, cumpliendo con la Planificación urbana Regional y Comunal.
Referencia al ICE para mayores detalles.
CAPITULO VIM DEL ICE.
- Decreto Supremo N47 de 1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (modificado por Decreto Supremo N56 de
Norma. 2009). Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, OGUC. Fase de aplicación. Construcción.
El Proyecto, no se contrapone a los Instrumentos de Planificación Territorial indicados, cumpliendo con la planificación urbana regional
Forma de | y comunal.
cumplimiento. Los respectivos análisis de compatibilidad territorial se presentaron en el numeral 4 y 5 de la DIA, referido a la relación del proyecto con los Planes y Políticas Evaluados Estratégicamente.
Indicadores y No aplica un indicador de cumplimiento ya que el proyecto no se
verificadores de contrapone a los Instrumentos de Planificación Territorial indicados,
cumplimiento. cumpliendo con la planificación urbana regional y comunal.
20
Referencia al ICE para CAPÍTULO VIII DEL ICE. mayores detalles.
10.
11.
12.
13.
14.
15,
16.
Que, durante el procedimiento de valuación de la DIA el titular del Proyecto propuso compromisos ambientales voluntarios, los cuales se describen en el Capítulo X del ICE.
Que, el proyecto contará con un “Plan de Prevención de Contingencias” y un “Plan de Emergencias”, los cuales, en resumen, tendrán el siguiente objetivo:
Identificar los potenciales riesgos que involucra el proyecto, al tiempo que propone medidas para evitar o disminuir la posibilidad de su presencia, durante la fase de construcción; involucrando a todos quienes participen en su desarrollo. Para mayor detalle, ver numeral 1.8 de la DIA y numeral 5 del Capítulo 1 de la Adenda de la DIA. Además, en la Tabla 3 de la Adenda Complementaria de la DIA, se presentan las medidas de contingencias asociadas al manejo de residuos domiciliarios y no peligrosos.
Que, el titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente, De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
Que, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución del proyecto, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución. -* ““
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a lá ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. .
Que, para que el proyecto “Proyecto Inmobiliario “Parcela: 10” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
Que, el titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría:de la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo :inediatamente las acciones necesarias para abordarlos. : E
Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por.escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo”la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de “acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SETA.
cambio de consideración, en los términos definidos en ela SEIA, deberá someterse al SELA.
- Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
-
Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Proyecto Inmobiliario “Parcela 10””, del titular Inmobiliaria Renval SpA.
-
Certificar que el proyecto “Proyecto Inmobiliario “Parcela 10”” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
-
Certificar que el proyecto “Proyecto Inmobiliario “Parcela 10”” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140, 142 y 160 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
-
— Certificar que el proyecto “Proyecto Inmobiliario “Parcela 10”” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
-
— Definir como gestión, acto o faena mínima del proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, lo mencionado en el considerando 4.1 del presente acto.
-
Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N* 19.300 ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Notifíquese y Archívese.
0 el RTÍNEZ GUAJARDO
R SS ervicio de Evaluación Ambiental étañía Comisión de Evaluación
Región de Coquimbo
22
-Distribución:
- Sr. Raimundo Rencoret Ríos, Representante legal de Inmobiliaria Renval SpA.
- Sres. Miembros de la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo.
-
Gobierno Regional, Región de Coquimbo.
-
lustre Municipalidad de Coquimbo.
-
Corporación Nacional Forestal, Región de Coquimbo.
-
Dirección de Obras Hidráulicas, Región de Coquimbo
-
Dirección General de Aguas, Región de Coquimbo.
-
Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Coquimbo.
-
Servicio Nacional de Turismo, Región de Coquimbo.
-
— Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Coquimbo.
-
Consejo de Monumentos Nacionales.
-
Superintendencia de Medio Ambiente.
Cle:
-
Expediente electrónico de evaluación ambiental del proyecto “Proyecto Inmobiliario “Parcela 10”.
-
Archivo Comisión de Evaluación Región de Coquimbo.