Evaluación SEA

Estimulación hidráulica pozo Tenca x-1 y habilitación de pozos sumideros Chilco x-1 y Kaum x-1

Rol 2131658290
SEA · DIA · Aprobado · 2016-08-09 · Región de Magallanes y de la Antártica Chilena · Gregorio Energy TDF SpA

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN

XII REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

Califica Ambientalmente el proyecto "Estimulación hidráulica pozo Tenca x-1 y habilitación de pozos

sumideros Chilco x-1 y Kaum x-1" Resolución Exenta N* 134/2016

Punta Arenas, 23 de noviembre de 2016

VISTOS:

l, La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), y su Adenda de fecha 11/10/2016, del proyecto “Estimulación Hidráulica Pozo Tenca x-1 y Habilitación de Pozos Sumideros Chilco x-1 y Kaum x-1”, presentado por GeoPark TDF S.A. con fecha 02/08/2016.

2, Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Estimulación Hidráulica Pozo Tenca x-1 y Habilitación de Pozos Sumideros Chilco x-1 y Kaum x-1”,

  1. El Acta de Evaluación N*030/2016 de fecha 31/08/2016, del Comité Técnico de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.

4, El ICE de la DIA del proyecto “Estimulación Hidráulica Pozo Tenca x-1 y Habilitación de Pozos Sumideros Chilco x-1 y Kaum x-1” de fecha 10/11/2016.

S. El acuerdo adoptado en la sesión N*16 de fecha 22/11/2016, de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.

  1. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Estimulación Hidráulica Pozo Tenca x-1 y Habilitación de Pozos Sumideros Chilco x-1 y Kaum x-1”.

7, Lo dispuesto en la Ley N19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N%40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N18,575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

CONSIDERANDO:

ll Que, GeoPark TDF S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Estimulación Hidráulica Pozo Tenca x-1 y Habilitación de Pozos Sumideros Chilco x-1 y Kaum x-1” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social GeoPark TDF S.A. Rut 76.129.094-0 Domicilio Lautaro Navarro 1021, Punta Arenas Teléfono 61-2745100 Nombre representante legal Pablo Martínez Viertel Rut representante legal 10.051.163-0 Domicilio representante legal Lautaro Navarro 1021, Punta Arenas Teléfono representante legal 61-2745100 Correo Electrónico mavendano(2geo-park.com; cescobarAMgeo-park.com 2. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 10/11/2016, la Directora Regional de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto, cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en el Permiso Ambiental Sectorial Mixto señalado en el artículo N137 del D.S. N%40/2012; y no genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. Si Que, en sesión de fecha 22/11/2016, la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena acordó calificar favorablemente el proyecto “Estimulación Hidráulica Pozo Tenca x-1 y Habilitación de Pozos Sumideros Chilco x-1 y Kaum x-1”, aprobando integramente el

contenido del ICE de fecha 10/11/2016, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se

E Al de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

a GNDE V, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica: NSPTNANTECEDENTES GENERALES NA El presente contempla estimular el pozo Tenca x-1, mediante el método de E fracturación hidráulica; lo anterior con la finalidad de incrementar la 1Obj liyo general conductividad en la zona de interés, a través de un aumento en la — permeabilidad de la roca. Adicionalmente, se habilitarán los pozos Chilco x-1 ¿3 y Kaum x-1 como pozos sumideros Lpilabia principal, así como 1) Proyectos de desarrollo minero, incluidos los del carbón, petróleo y gas,

lo, S tame y RES AMES TAE

1/11

dl S Nor nes vn

las aplicables a sus partes, obras o acciones

comprendiendo las prospecciones, explotaciones, plantas procesadoras y disposición de residuos y estériles así como la extracción industrial de áridos, turba o greda,

Vida útil

La estimulación del pozo Tenca x-1 tiene una vida útil de 30-45 días, y los pozos sumideros presentan una vida útil de 20 años.

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

Para la estimulación de pozos, se inicia con el montaje de los equipos en el pozo candidato, y para los pozos sumideros, con la instalación de equipos en las respectivas locaciones.

Proyecto se desarrolla por etapas

S NO Xx

Proyecto modifica un proyecto o actividad

Proyecto Modifica otra (s) RCA

4.2, UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político-administrativa

Región de Magallanes y Antártica Chilena, Provincia de Tierra del Fuego, Comuna de Porvenir

Descripción de la localización

El Bloque Flamenco, es un Bloque que GeoPark opera bajo el contrato que posee con el Estado de Chile mediante un CEOP (Contrato Especial de Operación Petrolera), y para el presente proyecto estima que mediante la estimulación del pozo Tenca x-1, aumentará la producción de hidrocarburos.

Superficie

5,4 hectáreas

Coordenadas UTM

Coordenadas UTM / WGS 84 Punto de Referencia Norte Este Tenca x-1 4.118.847 523.780 Chilco x-1 4.115.938 501.744 Kaum x-1 4.117.264 507.958

Caminos de acceso

El acceso general a la locación del pozo Tenca x-1, es a través de un camino de acceso existente que nace desde la ruta Y-79. Por otro lado, el acceso al emplazamiento de los pozos Chileo x-1 y Kaum x-1, es a través de un camino de acceso existente que nace desde la ruta Y-755.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

Capítulo 1 de la DIA y del ICE

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPO?

N EL PROYECTO

4.3.1. FASE DE CONSTRUCC

IÓN

Descripción de las Instalaciones de Estimulación

Equipos Principales en un Set de Fractura

Los equipos o unidades principales, necesarias para realizar una estimulación se agrupan en el término “Set de Fractura” y los equipos, instalaciones y elementos que lo integran el Mezclador (blender), Fracturador o Bombeador, Unidad de Hidratación, Areneros o Sand King, Estanques de Almacenamiento, Unidad de registración (Frac Van), Camión Grúa y Laboratorio.

Equipos Secundarios en un Set de Fractura

Compuesto por Tree aver, Unidad de flow back, Unidad de Filtrado, Unidad de Caldera y Unidad de Coiled Tubing.

Montaje de Equipos

El montaje del set de fractura lo realizan y controlan los especialistas de la compañía de servicio de estimulación. Paralelamente, las compañías de servicios menores, arman y montan los equipos secundarios del set de estimulación. Cabe destacar, que todas las actividades están a bajo supervisión del titular

Descripción de las Instalaciones para los Pozos Sumideros

Equipos a Instalar en los Pozos Sumideros

En las plataformas de los pozos Tiuque x-1 y Kimiri Aike Norte 3, se considera instalar lo siguiente:

  • Piletas de 40 mi

  • Bombas de desplazamiento positivo

  • Trailers — Taller

  • Generador(es) eléctrico(s)

  • Compresor(es)

Emisiones y efluentes

Emisiones a la atmósfera, por combustión de vehículos y maquinarias que se utilizarán, los cuales cumplen con las normas de emisión permitidas por la legislación chilena,

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente,

Efluentes líquidos, por la generación de aguas servidas, las cuales se originarán de los baños químicos

Residuos sólidos domiciliarios e industriales menores (restos de soldadura y restos de hormigón), serán dispuestos en Vertedero autorizado

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo IV del ICE

43,2, FASE DE OPERACIÓN

Operaciones para la Estimulación

del Reservorio

Preparación del Fluido de Fractura

Una vez instaladas los estanques de almacenamiento, se procede con la acumulación de agua para preparar el fluido de fractura. El número de piletas a utilizar dependerá de la cantidad de agua necesaria para realizar la fractura en el pozo involucrado en el proyecto. Sin embargo, el titular cuenta con información que indicaría que la eventual fractura que se podría llevar a cabo en el pozo Tenca x-1, no superarian los 150 m3

Desde los estanques de almacenamiento, el agua es succionada por la unidad de hidratación, donde se prepara un concentrado de gel que será enviado a la unidad mezcladora.

Mientras se prepara el gel, en los camiones areneros o sand king se almacenan las arenas de diferentes granulometrías que posteriormente serán utilizadas como agente sostén.

Finalmente, en el mezclador, se le adicionan de forma automática al gel los aditivos químicos y el agente sostén, para obtener el fluido de fractura, el cual por acción de la Fran Van, será bombeado por los motores del fracturador

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hasta el sitio de interés para estimular,

Pruebas de Calibración

Las siguientes pruebas, permiten ajustar el diseño de la fractura.

a) Pruebas de inyectividad o admisión

b) DFIT (Diagnostic Fracture Inyection Test) o Mini Fall-off (Mini Declinación)

e) DataFRAC o Mini Frac

Fractura Hidráulica

La ejecución de la denominada fractura hidráulica, consiste en bombear un fluido a través del pozo, desde superficie hasta penetrar en la zona de interés, con un caudal y presión suficiente para fracturar la formación, generando de esta manera un espacio artificial, rellenado con arena que mantendrá dicho espacio abierto. Esta metodologia permite incrementar la conductividad en la zona de interés mediante un aumento en la permeabilidad de la roca, mejorando las condiciones de flujo de los fluidos contenidos en la roca reservorio hacia el pozo.

Operación de los Pozos Sumideros

Instalaciones del Pozo Chilco x- 1 y Kaum x-1

Ambos pozos existente, son pozos perforados por el titular y tiene una profundidad superior a las 2.000 m en la Serie Tobifera.

Cabe mencionar, que la reinyección de los fluidos se realizará bajo la profundidad en la cual se ubican los cuerpos arcillosos que presentan buen desarrollo de espesor, los que actúan como un sello que evitará que los fluidos migren hacia los estratos superiores ante cualquier eventualidad. Adicionalmente, los pozos presentan dos zapatos que actúan como soporte de las tuberías y evitan la interconexión de las aguas a inyectar con los posibles acuíferos.

Supervisión de la Inyección en Pozos Sumideros

La operación de las instalaciones de producción, será ejecutada por personal especializado en estas labores (operador de producción), quien monitoreará permanentemente el comportamiento del proceso y las instalaciones. La comunicación en el sector estará cubierta por un sistema de comunicación VHE y todos los móviles estarán provistos con equipos de radio con base en el campamento de GeoPark en TDF (actualmente en Cullen).

El presente proyecto no tiene contemplado realizar un cambio de columna de reinyección. Sin embargo, en caso de ser necesario, se deberá planificar la intervención de un Workover, lo que conlleva la misma logística que habitualmente se requiere para intervenir un pozo.

Emisiones y efluentes

Emisiones a la atmósfera, a causa del funcionamiento de los equipos instalados en superficie, los cuales cumplen con las normas de emisión permitidas por la legislación chilena,

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Efluentes líquidos, se estima la generación de aguas servidas las cuales se originarán de los baños quimicos que se utilizarán.

Residuos sólidos domiciliarios e industriales menores, corresponden a un volumen no superior a 1 m* por pozo y serán dispuestos en Vertedero autorizado

Residuos sólidos contaminados con hidrocarburo, sustratos contaminados y líquidos peligrosos, éstos serán retirados y posteriormente dispuestos por empresas autorizadas que cuentan con los permisos otorgados por la Autoridad Sanitaria.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capitulo IV del ICE

4,33.3._ FASE DE ABANDONO

Desmontaje de las Instalaciones

Corresponde a la desconexión de toda línea y desmontaje de las unidades y equipos requeridos para la ejecución de la fractura y para habilitar los pozos sumideros (enunciados en la fase de construcción). Una vez finalizado el retiro de las instalaciones, se procederá a normalizar el área utilizada, y se deja operativa para que el pozo, en caso favorable, comience o continúe su producción. O en caso desfavorable, que el área técnica del titular decida proceder a su abandono, éste se realizará de acuerdo a lo señalado a continuación:

Abandono del Pozo

Para el abandono del pozo, se sellarán todas aquellas zonas abiertas a producción o susceptibles de fluir. Lo anterior se realiza teniendo presente que todas las zonas eventualmente productoras de fluidos ya fueron aisladas, selladas, por las tuberías instaladas y cementadas durante la perforación de las diferentes etapas del pozo, y finalmente sólo se abrió a producción aquellas de mayor valor económico,

En términos generales el abandono del pozo contempla la colocación de un tapón de cemento de fondo en el interior de la tubería de producción o a pozo abierto en su defecto, de modo de sellar toda zona que aporte fluidos. Dependiendo de la condición mecánica del pozo se podría colocar un tapón intermedio de cemento y/o mecánico (tipo bridge plug) que asegure cualquier migración de fluidos desde el fondo a niveles superiores. Finalmente, se debe colocar un tapón de superficie que anule toda salida de fluidos a superficie. Adicionalmente, se puede contemplar demoler las paredes del antepozo (bodega) realizando un radier con cemento y rellenando con árido, que deje la superficie del terreno en semejantes condiciones a las originales.

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Abandono de la Locación * S,

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Cuando es necesario abandonar una locación, luego de concluida su vida útil, se procede al abandono conforme a procedimientos preestablecidos y adaptados a cada situación en particular.

Este abandono, consiste en recuperar todo tipo de estructuras construidas e instaladas para la perforación del pozo (columna de producción en subsuperficie y árbol de pascua en superficie) y todas las necesarias instaladas en la locación para la producción del pozo (estas pueden ser; calentador, separador bifásico, estanques de almacenamiento y el sistema de extracción artificial escogido) las que dependiendo de su condición, podrían ser reutilizadas en futuros proyectos de producción.

Todas las cañerias de producción sobre terreno serán retiradas de la locación y despresurizadas. Y en el caso que existan cañerías de producción bajo superficie, estas serán drenadas y selladas.

En el caso que exista, serán recuperados todos los sectores de suelo

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contaminado con hidrocarburo.

Finalmente, todos los elementos demarcatorios de la locación o pozo, serán retirados de la locación

Por último, para la recuperación de la cubierta vegetal del área intervenida producto de la construcción de la plataforma y camino de acceso, para los pozos en evaluación, en el Anexo 1 de la Adenda, se presentan los PICV a realizar durante la etapa de abandono.

Emisiones y efluentes No se consideran emisiones o efluentes en esta etapa.

Todos los residuos sólidos que genera el titular en la fase de abandono serán retirados y posteriormente dispuestos en lugar autorizado por empresas autorizadas que cuentan con los permisos otorgados por la Autoridad competente,

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Referencia al ICE para mayores Capitulo 1V del ICE detalles sobre esta fase.

4.4. DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1, Fase de Construcción Fecha estimada de inicio Noviembre 2016

La estimulación de pozo, se inicia con el diseño de estimulación del pozo Tenca x-1, y para los pozos sumideros, con la instalación de equipos en las respectivas locaciones

Fecha estimada de término Enero 2017

Para el pozo a estimular, finaliza cuando comienza la acumulación de agua en los estanques de almacenamiento. Los pozos sumideros finalizan cuando comienza la descarga de fluidos líquidos a las piletas de acumulación.

Parte, obra o acción que establece el inicio

Parte, obra o acción que establece el término

4.4.2. Fase de Operación

Fecha estimada de inicio Enero 2017 Pozo candidato a estimulación: Parte, obra o acción que Inicio: Acumulación de agua en los estanques de almacenamiento. establece el inicio Pozos sumideros: Inicio: Descarga de fluidos líquidos a piletas de acumulación, Fecha estimada de término Marzo 2017 para pozo a Estimular; Noviembre 2035 para pozos Sumideros candidato a mulación: Parte, obra o acción que Término: Evaluación de la producción de hidrocarburos de los pozos.

establece el término Pozos sumideros:

Término: Definición que los pozos ya no son reinyectores,

4.4.3. Fase de Abandono

Fecha estimada de inicio Marzo 2017 para pozo a Estimular; Noviembre 2035 para pozos Sumideros Pozo candidato a estimulación

Parte, obra o acción que Inicio: Desmontaje de equipos del set de fractura.

establece el inicio Pozos sumideros Inicio: Abandono del pozo

Fecha estimada de término Marzo 2017 para pozo a Estimular; Noviembre 2035 para pozos Sumideros Pozo candidato a estimulación

Parte, obra o acción que Término: Pozos operativos para continuar con su producción.

establece el término Pozos sumideros Término: Instalación de placa de abandono.

A. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia

de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19,300:

5.1, RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

La población más cercana al área de influencia del proyecto corresponde a Cullen (receptor), la cual se encuentra a una distancia de 26,1 km, 25,9 km y 23,3 km de los pozos Tenca x-1, Chilco x-1 y Kaum x-l, respectivamente.

El proyecto prevé la generación mínima de emisiones de ruido y emisiones a la atmósfera (por partículas y gases como CO2, PTS y NOX) generados por el tráfico vehicular, por la combustión de vehículos y maquinarias que se utilizarán durante las fases de diseño y montaje y la de cierre (montaje y desmontaje de equipos), como también, en la fase de operación, los cuales cumplen con las normas de emisión permitidas por la legislación chilena. Por lo tanto, las emisiones generadas en los frentes de trabajo, no afectarán viviendas o lugares habitados, dada la lejanía de los mismos y lo poco relevante de las emisiones

El proyecto considera la generación de residuos líquidos, que se generarán de los baños químicos que se utilizarán. Éstos se instalarán en la faena en un número suficiente de acuerdo a lo establecido en el D.S. 594 del MINSAL y serán contratados a una empresa especializada, la cual se encargará además de disponer el residuo en un lugar donde le esté permitido por la Autoridad Sanitaria.

De ser necesario, en la fase de operación de la estimulación del reservorio, se podría habilitar un pequeño campamento sobre la plataforma del pozo Tenca x-1, el cual tendrá una concurrencia máxima de 25 personas por turno durante aproximadamente 6 días. Para lo cual, se habilitarán trailers equipados, con baños con inodoro, lavamanos y ducha, y en todo momento se dará cumplimiento al D.S. 594 del MINSAL,

Propio de la estimulación del reservorio, se manejan fluidos como el de fractura y el flow back, los cuales se manejan dentro del set de fractura, que opera como un circuito cerrado, El flow back, se extrae del pozo bajo un procedimiento riguroso hasta que es transportado vía camiones hasta los pozos sumideros habilitados para este fin, una vez realizado el análisis de peligrosidad y remitido los resultados a la SMA. Por lo tanto, la habilitación de los pozos completamente aislados de las zonas con presencia de acuíferos y la aplicación de las medidas de prevención del procedimiento de fractura hidráulica, permiten asegurar que ninguno de los fluidos mencionados tendrá contacto con las aguas subterráneas y/o superficiales.

Respecto a los residuos no peligrosos, se estima que se generarán en un volumen no superior a 1 m3, los cuales serán dispuestos en Vertedero autorizado para este fin. Y los residuos peligrosos, se generarán en un volumen máximo de 1 m* por pozo, los cuales serán manejados de acuerdo a lo que se establece en el D.S 148 del Minsal,

Respecto a productos quimicos, éstos son almacenados acorde a las exigencias estipuladas en la normativa chilena vigente, por lo que no se presenta un riesgo para la salud de las personas. Además, GcoPark cuenta para todos sus proyectos con un Plan de Emergencias.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto Capitulo VI específico

NO S Ag, ÉS NAL US

SANES Y

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5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Respecto a los acuíferos, se debe señalar que estos quedan protegidos luego de perforar, entubar y cementar desde la profundidad final de la sección hasta la superficie, de acuerdo a lo indicado en el Anexo 2,4 y Tablas 2.3, 2.4 y 2.5, Capítulo 11 de la DIA Por otro lado, se realizará un control permanente de los pozos, en donde los trabajos de mantenimiento se llevarán a cabo dentro del casing de 5 1/2” y en ningún momento se estará en contacto con las tuberías intermedias ni de superficie, por lo tanto los acuíferos no se verán afectados durante el desarrollo del proyecto. La extracción de agua no se realizará diariamente, sino en la medida que esta se requiera y al régimen permitido, siendo el 150 m? el volumen máximo para estimular el pozo Tenca x-1. Una vez que las operaciones concluyan y los equipos sean retirados, el área intervenida será rehabilitada desde el punto de vista vegetacional de modo de evitar procesos erosivos. A su vez, las emisiones que se prevén, los efluentes, los residuos y los productos químicos, no provocarán efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto Capítulo VI específico 5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS El área de influencia del proyecto se localiza dentro de predios ganaderos, ubicados en la comuna de Porvenir y desde el punto de vista de la industria petrolera-gasifera se ubica al interior del Bloque Flamenco, en el cual no existen comunidades o grupos humanos que puedan verse afectados por el desarrollo del proyecto, Adicionalmente, el proyecto no contempla realizar un reasentamiento de comunidades humanas. La población más cercana al área de influencia del proyecto corresponde a Cullen, la cual se encuentra a una distancia de 26,1 km, 25,9 km y 23,3 km del área del emplazamiento del proyecto (pozos Tenca x-1, Chilco x- | y Kaum x-1 respectivamente), por lo cual se estima que no habrá obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento, como tampoco acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto Capitulo VI específico 5.4, LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR La localización del proyecto no afectará a poblaciones humanas, dado que el poblado más cercano es Cullen y el proyecto se emplazará en áreas que cuentan con RCA, cuyos proyectos consideraron en todo momento el Plan Regulador Comunal de Porvenir, elaborado por la Ilustre Municipalidad de Porvenir. La realización del proyecto no impactará a recursos, áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares susceptibles de ser afectados, debido a que todas las áreas que contempla utilizar el proyecto son existentes. En las proximidades del emplazamiento del proyecto, no se encuentran área de interés a menos de 20 kilómetros. Las emisiones que se prevén, los efluentes, los residuos y los productos químicos, no afectarán la localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto Capitulo VI especifico 5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

El área donde se desarrollará el proyecto no es una zona que posea valor paisajístico, ya que no posee atributos naturales que le otorgan una calidad que la hace única y representativa,

En relación al turismo, el hecho primordial que se debe destacar respecto a la localización geográfica de Magallanes, es que el Servicio Nacional de Turismo ha definido sus núcleos o polos de desarrollo Regional, y en el Cuadro 1.1.1: Identificación de Zonas de Interés para el Desarrollo Turístico, se identificó que una sección del Bloque Flamenco está dentro de la zona Z.-4 que tiene un valor del recurso escénico bajo donde predomina el paisaje de pampa plana con topografía plana a ondulada, muy uniforme.

Dentro del Bloque Flamenco, en la cual se inserta el presente proyecto, se reconoce el núcleo turístico Porvenir, dentro del cual se encuentra el atractivo turistico Lago Bello, que como se ha mencionado es de bajo valor escénico. Sin embargo, el presente proyecto no contempla realizar ningún tipo de actividad que afecte este recurso, por lo tanto, éste no tendrá ninguna interacción con el citado lago en ninguna de sus fases.

Referencia al ICE para mayores

detalles sobre este impacto Capitulo VI

especifico

S.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PER PATRIMONIO CULTURAL

Todas las obras asociadas al presente proyecto se emplazarán sobre terraplenes de material árido pre-existente.

Por lo tanto, el presente proyecto no intervendrá áreas nuevas que pudiesen registrar algún tipo Monumento

Nacional en su categoría de Monumento Arqueológico, lo que es aplicable para los 3 pozos involucrados en la

ejecución del proyecto.

Referencia al ICE para mayores

detalles sobre este impacto Capitulo VI

especifico

Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las

orrespondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

SA Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos

i 1 | 6.1.1. Permiso para la Aprobación del Plan de Cierre de una Faena Minera, del artículo N*137 del

Reglamento del SEIA

= Fase del Proyecto a la cual corresponde Abandono o Cierre

Fracturación Hidráulica del Pozo Tenca x-1 y Reinyección en

pozos sumideros Chilco x-1 y Kaum x-1

TROPOLÓGICO, ¿NECIENTES AL

Parte, obra o acción a que aplica

511

Pronunciamiento del órgano competente

Oficio N*282 de fecha 09 de noviembre de 2016 del Servicio Nacional de Geología y Minería, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de

cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

Norma

Ley N? 4.601 (texto sustituido por ley n* 19.473/96), publicada el 15 de septiembre de 1996. ley de caza

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas

Forma de cumplimiento

El proyecto estará emplazado en plataformas de pozos ubicados dentro del Bloque Flamenco, en el cual se registran a lo menos una especie en categoría de conservación que corresponde al guanaco (Lama guanicoe), esta especie faunística presenta una gran movilidad, se encuentra en una amplia distribución y mayor abundancia relativa. Por lo anteriormente expuesto, esta especie no se ve afectada por el desarrollo del presente proyecto.

Indicador que acredita su cumplimiento

GeoPark dará cumplimiento a las prohibiciones establecidas en la norma, las que se harán extensivas, mediante una inducción básica, a sus trabajadores y contratistas

Forma de control y seguimiento

Corresponderá a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Autoridad Competente, en uso de sus facultades legales, fiscalizar el permanente cumplimiento de las normas.

Norma

Decreto Ley N* 3,557, publicado el 9 de febrero de 1980. Establece disposiciones sobre protección agrícola

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas

Forma de cumplimiento

Durante la ejecución del proyecto se tomarán las medidas necesarias para evitar la contaminación de la agricultura.

Adicionalmente, se debe hacer presente que en caso de la ocurrencia de algún incidente sobre suelos de uso agrícola, se procederá a evaluar el evento con el apoyo un profesional ingeniero agrónomo con especialización y experiencia en dicha materia, y en los sistemas productivos agropecuarios de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, quien luego formulará un plan de recuperación del sitio afectado, de forma de devolver su capacidad agroproductiva al mismo.

Indicador que acredita su cumplimiento

En el eventual caso de requerir, se formulará un plan de recuperación del sitio afectado, de forma de devolver su capacidad agroproductiva al mismo.

Forma de control y seguimiento

Corresponderá a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Autoridad Competente, en uso de sus facultades legales, fiscalizar el permanente cumplimiento de las normas,

Norma

D.S. N*132 de 2002. Reglamento de Seguridad Minera

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas

Forma de cumplimiento

Artículo 68: Para la ejecución del proyecto, el titular tendrá bajo control permanente las emisiones que se generen a causa de las actividades desarrolladas. Por otra parte, cuenta con un sistema de segregación de residuos, y contrata el servicio especializado de terceros para su retiro y disposición donde corresponda según la legislación vigente.

Artículo 69: Periódicamente se imparten inducciones al personal que ingresa a laborar en GeoPark o como parte de sus empresas contratistas, en dichas inducciones se les dará a conocer a las personas participantes de los compromisos asumidos en el proyecto en evaluación, para que de esta manera estén en conocimiento de éstos y de su forma de cumplimiento, Por otra parte, cada vez que sea necesaria la contratación de un tercero quedarán establecidos en las bases de licitación los requerimientos y solicitudes para cumplir con los compromisos asumidos por el titular. Artículo 70: GeoPark cuenta con empresas especializadas, que se encargan de los desechos generados, y verifica que estas cumplan con la legislación vigente.

Indicador que acredita su cumplimiento

La documentación de la empresa que acredite que se cumple con la normativa, se mantendrá archivada en las oficinas del departamento de HSE de la compañía,

Los registros de asistencia a las inducciones básicas de seguridad y medio ambiente, se mantendrán archivados en las oficinas del departamento de HSE de la compañía.

Forma de control y seguimiento

Corresponderá a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Autoridad Competente, en uso de sus facultades legales, fiscalizar el permanente cumplimiento de las normas.

Norma

Ley 20.551, Regula el Cierre de Faenas e Instalaciones Mineras

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Abandono / Cierre

Forma de cumplimiento

Una vez finalizada la vida útil del proyecto, GeoPark, procederá a la etapa de cierre del mismo, para lo cual, tramitará el respectivo plan de cierre de faenas mineras.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se mantendrá archivado el documento de aprobación del plan de cierre de faena minera en las oficinas del departamento de HSE de la compañía.

Forma de control y seguimiento

Corresponderá a la Superintendencia del Medio Ambiente y a SERNAGEOMIN, en uso de sus facultades legales, fiscalizar el permanente cumplimiento de las normas.

Norma

D.S. N*594/99. Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas

Artículo 15: El proyecto requerirá abastecer de agua potable a los trabajadores, tanto en la fase de diseño y montaje, como de operación del proyecto, estimándose que la demanda de consumo por trabajador será

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Forma de cumplimiento

inferior o igual a 0,1 m3/dia.

Por lo tanto, se considera el uso de agua potabilizada en botellas y en el caso de existir trailers, se instalarán dispensadores de agua en bidón.

Artículo 16: Este proyecto en ningún caso considera la descarga de sustancias radioactivas, corrosivas, venenosas, infecciosas, explosivas o inflamables a una red pública de desagúe de aguas servidas, ya que se considera el uso controlado de productos químicos, los cuales se encuentran protegidos por cubiertas plásticas y contenidos sobre pallets, de manera de facilitar la manipulación y el contacto con la plataforma.

Artículo 18: El proyecto no contempla la acumulación, tratamiento y disposición final de residuos industriales líquidos dentro de las plataformas de cada pozo a utilizar.

GeoPark cuenta con una empresa especializada, encargada del almacenamiento, transporte y disposición final de los residuos industriales que se pudiesen generar durante el desarrollo del proyecto, fuera del predio. Por ende, exige a su empresa contratista las autorizaciones sanitarias correspondientes para realizar este tipo de faenas.

Los residuos industriales no peligrosos son dispuestos por una empresa especializada, y se mantiene documentación de los registros de ingreso a Vertedero autorizado.

GeoPark en cada oportunidad que requiere la disposición final o tratamiento de sus residuos industriales peligrosos, presenta a la Autoridad Sanitaria una declaración que establece la cantidad y tipo de los residuos generados Artículo 19: GeoPark cuenta con empresas contratistas, encargadas de disponer los residuos industriales que se pudiesen generar durante el desarrollo del proyecto, fuera del predio. Por ende, exige a su empresa contratista las autorizaciones sanitarias correspondientes para realizar este tipo de faenas

Artículo 20: Actualmente, GeoPark en cada oportunidad que requiere la disposición final o tratamiento de sus residuos peligrosos, presenta a la Autoridad Sanitaria una declaración que establece la cantidad y tipo de los residuos generados

Artículo 23: Los baños químicos se instalarán en los frentes de trabajo que lo requieran y en las cantidades indicadas en el presente decreto. La instalación, operación y limpieza de estos baños será contratada a una empresa especializada que cuente con las autorizaciones correspondientes Artículo 24: Para el presente proyecto GeoPark contrata a terceros y ellos disponen los correspondientes baños químicos para el personal a cargo de la faena. GeoPark exige el cumplimiento de esta exigencia sanitaria a la empresa contratista y se asegura de la adecuada disposición final de los residuos, reacondicionamiento sanitario y limpieza con el objetivo de evitar la proliferación de vectores, malos olores y contaminación ambiental. Artículo 26: Las aguas servidas de los químicos producidas por el proyecto, serán retiradas por una empresa contratista especializada en la materia y dispuestas adecuadamente en lugares autorizados por la Autoridad Sanitaria. GeoPark exige el cumplimiento de esta exigencia sanitaria a la empresa contratista.

Artículo 42: Las sustancias peligrosas son almacenadas acorde a las exigencias estipuladas en la normativa chilena vigente. Además GeoPark cuenta para todos sus proyectos con un Plan de Emergencias correspondiente,

Indicador que acredita su cumplimiento

Se proporcionará agua potable a los trabajadores del proyecto según la legislación vigente.

No se descarga a la red pública de desagies de aguas servidas sustancias radioactivas, corrosivas, venenosas, infecciosas, explosivas o inflamables o que tengan carácter peligroso en conformidad a la legislación y reglamentación vigente.

La documentación de la empresa que acredite que se cumple con la normativa, se mantendrá archivada en las oficinas del departamento de HSE de la compañía.

Se proveen baños químicos según lo establecido por la normativa vigente y se mantendrán archivados los registros asociados éstos en las oficinas del departamento de HSE de la compañía.

Se mantendrán archivados los registros asociados a los baños químicos en las oficinas del departamento de HSE de la compañía.

Se mantendrán archivados los registros de almacenamiento de dichas sustancias en las oficinas del departamento de HSE de la compañía.

Forma de control y seguimiento

Corresponderá a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Autoridad Sanitaria, en uso de sus facultades legales, fiscalizar el permanente cumplimiento de las normas.

Norma

D.S. N*148, Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas

Forma de cumplimiento

Los residuos peligrosos que se pudiesen generar en este proyecto, al igual que todos los residuos sólidos y liquidos que genera GeoPark, están siendo actualmente retirados y posteriormente dispuestos por empresas autorizadas que cuentan con los permisos otorgados por la Autoridad Sanitaria.

Por lo tanto, el manejo de los residuos peligrosos que se pudiesen generar durante el presente Proyecto será el mismo.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se mantendrán archivados los registros de disposición final de los residuos peligrosos en las oficinas del departamento de HSE de la compañía.

Forma de control y seguimiento

Corresponderá a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Autoridad Sanitaria, en uso de sus facultades legales, fiscalizar el permanente cumplimiento de las normas.

Norma

Ley 20.920 que estable el marco de Gestión de Residuos

LLANES Y AN mk

SS)

eS

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Abandono

7111

GeoPark cuenta con una empresa especializada, encargada del almacenamiento, transporte y disposición final de los residuos industriales (peligrosos y no peligrosos) que se pudiesen generar durante el desarrollo Forma de cumplimiento del proyecto, fuera del predio. Por ende, exige a su empresa contratista las autorizaciones sanitarias correspondientes para realizar este tipo de faenas. Los residuos industriales (domiciliarios y asimilables) son dispuestos en el Vertedero Municipal.

La documentación de la empresa que acredite que se cumple con la

Indicador que acredita su normativa y los registros de disposición final de los residuos industriales se cumplimiento mantendrá archivada en las oficinas del departamento de HSE de la compañia.

Corresponderá a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Autoridad Forma de control y seguimiento Sanitaria, en uso de sus facultades legales, fiscalizar el permanente cumplimiento de las normas.

D.S. N%, de 1994; N 54, de 1994; N55, de 1994; y N*211, DE 1991, Norma Establecen normas de emisión aplicables a vehículos motorizados, medianos, pesados y livianos, respectivamente

Todas

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

El proyecto generará emisiones de monóxido de carbono (CO), hidrocarburos totales (HC), óxidos de nitrógeno (NOx), dióxido de azufre (SO2) y material particulado, como consecuencia de la utilización de combustibles fósiles en motores de vehículos medianos, pesados y livianos. Estas emisiones se verificarán durante las fases de diseño y montaje y operación del proyecto.

A objeto de dar cumplimiento a las normas señaladas, todos los vehiculos motorizados medianos, pesados y livianos, que sean utilizados por el proyecto, contarán con los respectivos permisos de circulación que se obtienen a partir de las revisiones técnicas correspondientes. Asimismo, todos los vehículos que serán utilizados por el proyecto serán sometidos a mantenciones periódicas, según lo establecido por los fabricantes.

Los vehículos que se utilizan para el desarrollo del proyecto contarán con Indicador que acredita su sus permisos de circulación vigentes y se mantendrán archivados, en las cumplimiento oficinas del departamento de HSE de la compañía, los check list realizados a los vehículos motorizados.

Corresponderá a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Autoridad Forma de control y seguimiento Competente, en uso de sus facultades legales, fiscalizar el permanente cumplimiento de las normas.

Forma de cumplimiento

Referencia al ICE para mayores Capítulo VIII

detalles

  1. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias: 8.1. Condición Impacto asociado Intervención Cubierta Vegetal

Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción y Abandono

Según el PICV adjunto en el anexo 1 del Adenda, el titular señala que “se espera que, en el transcurso de un periodo de 18 a 24 meses, se obtenga una cubierta vegetal herbácea densa, muy similar a la línea de base, especialmente en términos de cobertura, minimizando así la posibilidad de ocurrencia de procesos erosivos y devolviendo al hábitat su valor original”. De acuerdo a lo anterior, el titular deberá realizar una prospección del área colindante a los pozos, dentro de la temporada de crecimiento, es decir entre Objetivo, descripción y los meses de octubre y marzo, de manera de contar con un porcentaje de Justificación cobertura y la composición botánica del área de emplazamiento del proyecto. Con ello, se podrá comparar los monitoreos, debiendo considerar una cobertura de recuperación mayor a 75% transcurridos los 24 meses. De no ser así, se deberá presentar a la SMA un nuevo Plan Agronómico hasta alcanzar el 75%

El método a utilizar será transecta de Parker (modificada), con cuatro transectas de 25 puntos, teniendo como parámetro de comparación la cobertura (%) existente en el levantamiento del área colindante.

Lugar, forma y oportunidad de Realizar una prospección del área colindante a los pozos, dentro de la implementación temporada de crecimiento.

Indicador que acredite su Los resultados de cada monitoreo (muestreo), se presentarán en un informe cumplimiento escrito, con registro fotográfico a la SMA.

Forma de control y seguimiento De acuerdo a los monitoreos realizados y presentados a la SMA Referencia al ICE para mayores detalles

  1. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios: 9.1. Sustancias Químicas

Capítulo X

Una vez finalizada la estimulación de cada uno de los pozos, si se han utilizado sustancias químicas diferentes a las señalas en la evaluación del proyecto, se informará de sus características y se adjuntará su ficha de seguridad o MSDS.

Fase del Proyecto a la que aplica | Operación

Sustancias Químicas

Objetivo, descripción y Informar las sustancias químicas utilizadas en la estimulación del reservorio justificación del pozo Tenca x-1, E EV : ADE E VALE Lugar, forma y oportunidad de Pozo Tenca x-1 implementación Ñ A

La confirmación del ingreso del informe, al Sistema de Seguimiento Ambiental de la Superintendencia de Medio Ambiente, estará en las oficinas del departamento de HSE.

/ AS S An / DA LK N Indicador que acredite su

cumplimiento

Referencia al ICE para mayores

detalles Capitulo X

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  1. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS

10.1.1, Plan de Emergencia y Contingencia ante Derrames y/o Pulverizados

Fase del Proyecto a la que aplica_ | Construcción, Operación y Abandono

Para toda actividad realizada sobre las planchadas de los pozos en

evaluación.

El plan de acción (Anexo 2.8 DIA), posee procedimientos específicos para:

  • Antes que ocurra un derrame y/o pulverizado

  • Detección

  • — Comunicaciones

  • Acciones inmediatas

Acciones o medidas a a) Control del incidente

implementar b) Recolección del incidente en tierra

  • — Evaluación del incidente

2) Magnitud del incidente

  • — Restauración ambiental

d) Limpieza

e) Disposición final de residuos peligrosos

En caso de tener un incidente ambiental, se informará a la Superintendencia

del Medio Ambiente de la activación del Plan de Emergencias,

Parte, obra o acción asociada

Forma de control y seguimiento

Referencia al ICE para mayores Capítulo VII

detalles 10.2. PLAN DE EMERGENCIAS 10.2.1. Plan de Emergencia General

Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción, Operación y Abandono Dentro de las operaciones realizadas por GeoPark y sus empresas contratistas, se identifican las siguientes posibles contingencias en el anexo 2.7 de la DIA:

Incendio o explosión en instalaciones de producción Parte, obra o acción asociada Incendio forestal

  • — Incidente con lesión a las personas

Incendio estructural

Emanación de ácido sulfhídrico

Aislamiento El plan de acción, posee procedimientos específicos para: - Emergencia de incendio - Accidente con lesión a las personas - Emanación de ácido sulfhídrico

Acciones a implementar

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Referencia al ICE para mayores

detalles

  1. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

  2. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

  3. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

  4. Que, para que el proyecto “Estimulación Hidráulica Pozo Tenca x-1 y Habilitación de Pozos Sumideros Chilco x-1 y Kaum x-1” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  5. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

  6. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la

Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena la ocurrencia de

cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo

establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio

de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SEIA,

“deberá someterse al SEIA.

¿Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente solución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través

«de un tercero.

En caso de tener un incidente ambiental, se informará a la Superintendencia del Medio Ambiente de la activación del Plan de Emergencias.

Capítulo VII

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RESUELVE:

l, Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Estimulación Hidráulica Pozo Tenca x-1 y Habilitación de Pozos Sumideros Chilco x-1 y Kaum x-1” de GeoPark TDF S.A.

  1. Certificar que el proyecto “Estimulación Hidráulica Pozo Tenca x-1 y Habilitación de Pozos Sumideros Chilco x-1 y Kaum x-1” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
  2. Certificar que el proyecto “Estimulación Hidráulica Pozo Tenca x-1 y Habilitación de Pozos Sumideros

Chilco x-1 y Kaum x-1” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en el permiso ambiental sectorial que se señala en el artículo N137 del D.S. N 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4, Certificar que el proyecto “Estimulación Hidráulica Pozo Tenca x-1 y Habilitación de Pozos Sumideros Chilco x-1 y Kaum x-1” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

3, Definir como gestión, acto o faena mínima del proyecto para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente los mencignados en el considerando N%4 del presente acto.

  1. Hacer presente que contra esta resolución es procedentefel réqurso de reclamación del artículo 20 de la Ley N* 19.300, ante el Director Ejecutivq del Serviejo defEvaluagión Ambiental.

AAN

Distribución:

Pablo Alberto Martinez Viertel Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, Región de Magallanes y Antártica Chilena Corporación Nacional Forestal, Región de Magallanes y Antártica Chilena

. Dirección de Obras Hidráulicas, Región de Magallanes y Antártica Chilena Dirección de Vialidad, Región de Magallanes y Antártica Chilena Dirección General de Aguas, Región de Magallanes y Antártica Chilena Gobernación Marítima de Punta Arenas Gobierno Regional, Región de Magallanes y Antártica Chilena Ilustre Municipalidad de Porvenir Secretaría Regional Ministerial de Agricultura, Región de Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales, Región de Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Energía, Región de Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Minería, Región de Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, Región de Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región de Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región de Magallanes y Antártica Chilena Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Magallanes y Antártica Chilena Servicio Nacional de Geología y Minería, Región de Magallanes y Antártica Chilena Servicio Nacional de Turismo, Región de Magallanes y Antártica Chilena Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Magallanes y Antártica Chilena Comisión Chilena de Energía Nuclear Consejo de Monumentos Nacionales

C/e:

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Encargada Participación Ciudadana

Superintendencia del Medio Ambiente

Oficial de Partes de la Región

Expediente del Proyecto "Estimulación hidráulica pozo Tenca x-1 y habilitación de pozos sumideros Chilco x-1 y Kaum x-1"

Archivo Servicio de Evaluación Ambiental, Magallanes y Antártica Chilena

APA Pl LOS ' É e xo N

Firmas Electrónicas:

  • Firmado por: SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL
  • Firmado por: Karina Soledad Bastidas Torlaschi Fecha-Hora: 23-11-2016 14:44:58:358 CLST -03:00

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: http://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=f6/1b/c9934d8d8a4373cf0cde2a5163658516665d

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