Evaluación SEA

Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLI273F1 - Putre - Murmuntani

Rol 2131646554
SEA · DIA · Aprobado · 2016-08-01 · Región de Arica y Parinacota · Telefónica Móviles Chile S.A

REPÚBLICA DE CHILE | COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE ARICA Y PARINACOTA

Califica —Ambientalmente el proyecto

“Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLI273F1 — Putre — Murmuntani”

Resolución Exenta N*020/2017 Arica, 31 de marzo de 2017

VISTOS:

  1. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) de fecha 26/07/2016, su Adenda de fecha 21/10/2016 y su Adenda Complementaria de fecha 03/02/2017, del proyecto “Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLI273F1 — Putre — Murmuntani”, presentado por Telefónica Móviles Chile S.A.

  2. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 11 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLI273F1 — Putre — Murmuntani”,

3”. El Acta N08/2016 del Comité Técnico de Evaluación del proyecto en referencia, con fecha 09 de agosto de 2016 y el Acta N03/2017 del Comité Técnico de Evaluación, con fecha 28 de febrero de 2017.-

4?. El ICE de la DIA del proyecto “Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLL73F1 — Putre — Murmuntani”, de 14/03/2017.

5". El Acta N*02 de 22/03/2017, de la Comisión de Evaluación de la Región de Arica y Parinacota.

6”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLI273F1 — Putre — Murmuntani”.

7”. Lo dispuesto en la Ley N 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N” 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N? 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N? 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; la Resolución N* 71 de 02/03/2015 de la D.E. del SEA, que nombra al Director Regional del SEA, de la Región de Arica y Parinacota.

CONSIDERANDO:

1%. Que, Telefónica Móviles Chile S.A, (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLI273F1 — Putre — Murmuntani” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre Titular Telefónica Móviles Chile S.A R.U.T. 87.845.500-2

Domicilio Avenida Providencia 111 Nombre Representante Legal Maria Olga Contreras Cifras R.U.T. 10,583.977-4

Domicilio Avenida providencia N? 111

Correo electrónico Titular o judith.vegaWWtelefonica.com representante legal

2. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 14/03/2017, el Director Regional del SEA de Arica y Parinacota, ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto el proyecto cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en el artículo 160 del D.S. N40/2012; y no genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

3”. Que, en sesión N* 02 de 22/03/2017, la Comisión de Evaluación de la Región de Arica y Parinacota, acordó calificar favorablemente el proyecto “Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLI273F1 — Putre — Murmuntani”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 14/03/2017, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

47, Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general El Proyecto “Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOL1273F1 — Putre — Murmuntani” consiste en la instalación de una torre de telecomunicaciones contraventada de 24 metros de altura en el sector rural de la comuna de Putre, Provincia de Parinacota, Región de Arica, con el objeto de cumplir con las obligaciones de las “Bases del Concurso Público para Otorgar Concesiones de Servicio Público de Transmisión de datos en las Bandas de Frecuencia 713-748 MHz y 768-803 MHz” asignada a Telefónica móviles Chile S.A. mediante Resolución Exenta N* 759 de fecha 07 de marzo de 2014, y satisfacer de manera especial las necesidades de servicio de los habitantes del sector rural.

Para ello se consideran las siguientes obras y actividades:

. Fundaciones para torre de telecomunicaciones.

. Fundaciones para radier para equipos y cerco Acmafor . Fundaciones para paneles solares

. Transporte y montaje de torre contraventada

. Construcción de cercos y obras exteriores.

. Transporte e instalación de equipos.

1.- Objetivo

El Proyecto tiene por objetivo cumplir con las obligaciones de las “Bases del Concurso Público Para Otorgar Concesiones De Servicio Público De Transmisión De Datos en las Bandas De Frecuencia 713- 748 MHz y 768-803 MHz” asignada a Telefónica móviles Chile S.A. mediante Resolución Exenta N*759 de fecha 07 de marzo de 2014, y satisfacer de manera especial las necesidades de servicio de los habitantes del sector.

2.- Caminos de acceso

Se considera la utilización de huella de acceso existente (vehicular) de un largo aproximado de 4.150 m y un ancho de 4 m. A partir de ese lugar se proyecta la habilitación de una huella peatonal de un largo aproximado de 100 metros y un ancho de 1 metros.

3.- Fase de Construcción Esta fase considera la instalación de una torre de 24 mts de altura,

contraventada con una duración de 61 días.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones

Tipología principal: p.) Ejecución de obras, programas o actividades en parques nacionales, reservas nacionales, monumentos naturales, reservas de zonas vírgenes, santuarios de la naturaleza, parques marinos, reservas marinas o en cualesquiera otra área colocada bajo protección oficial, en los casos en que la legislación respectiva lo

permita. Vida útil 30 años Monto de inversión $ 268.412,00 USD

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

El inicio de la Fase de Construcción está previsto para el día siguiente de la notificación de resolución ambiental (RCA) favorable al proyecto. Por su parte, el término de la fase de construcción, será una vez transcurrida 61 días desde la notificación de la RCA favorable al

proyecto.

Proyecto se desarrolla por Si No etapas Xx] Proyecto modifica un Si No proyecto o actividad

BS] Proyecto modifica otra(s) Si No RCA 194]

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político- administrativa

Región de Arica y Parinacota, Provincia de Parinacota, Comuna de Putre.

Descripción de la

La Antena, se ejecutará en la Región de Arica y Parinacota, en la

localización provincia de Parinacota, comuna de Putre, aproximadamente 1000 metros al sur de la Ruta A-201, a la altura del km.15, dentro del Parque Nacional Lauca, Comuna de Putre, Región de Arica y Parinacota. Superficie El proyecto requerirá una superficie total de 265 m2, según el siguiente detalle: Obi ia (m) Ancho Superficie ra rgo (m (m) (m?) Instalación de torre de telecomunicaciones, anclajes y equipos 15 15 225 (Área de arriendo ) UR 2,25 INTERIOR Baño Químico (obra temporal) 1,5 1,5 DEL SITIO sa 4 INTERIOR Instalación de faenas (obra temporal) 2 ps DEL SITIO Zona de Acopio de materiales (obra temporal) | 8 5 40 Área Total (m*) 265 Área Total (Ha) A UTILIZAR 0,265 Coordenadas UTM en

Datum WGS84 - huso 19 sur.-

446.999 E; 7.972.546 N Punto Torre de telecomunicaciones (vértices: V1 447.000 E, 7.972.541 N; V2 447.010 E, 7.972.552 N; V3 446999 E, 7.972.562 N; V4 446.999 E, 7.972.552 N).-

441.882 E; 7.986.986 N Punto de Ubicación Cancha de Acopio de materiales (Vértices: Vl1 441.872 E, 7.986.976 N; V2 441.892 E, 7.986.976 N; V3 441.892 E, 7.986.996 N; V4 441.872 E, 7.986.996 N).

Caminos de acceso

La coordenadas desde la localidad de Murmuntani, por la Ruta A-201 hasta coordenadas de ingreso a huella vehicular existente son (446644 E; 7973440 N)

Desde las coordenadas de ingreso, se considera la utilización de huella de acceso existente (vehicular) de un largo aproximado de 4.150 m y un ancho de 4 m. A partir del término de la huella existente, se proyecta la habilitación de una huella pedestre de un largo aproximado de 100 metros y un ancho de 1 metro, la que será utilizada por el personal de obra durante la fase de construcción, por el personal que efectuará el mantenimiento durante la fase de operación y por el personal de obra durante la fase de cierre.

En Anexo V Huellas de Acceso al Proyecto de la Adenda, se adjunta archivo PDF, KMZ y Shp que muestra el punto de acceso de la huella pedestre que será habilitará, y el lugar referencial donde se instalará la torre de telecomunicaciones.

Largo Mueila de Acceso existente: 4.150 m.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

En el ICE capítulo 1.12 y Adendas se presenta actualizada la información sobre el emplazamiento del proyecto.

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Se consideran las siguientes obras y actividades:

Fundaciones para torre de telecomunicaciones. Fundaciones para radier para equipos y cerco Acmafor Fundaciones para paneles solares

Transporte y montaje de torre contraventada Construcción de cercos y obras exteriores.

Transporte e instalación de equipos.

VVVvVvv

1.- Obras Previas:

a) Entrega de sitio e inicio de obras

b) Traslado de materiales, insumos y personal a coordenadas del sitio, c) Instalación de faenas.

d) Trazado y replanteo.

e) Despeje y nivelación.

2.- Obras Civiles:

a) Fundación de Torre, Paneles Solares y Caseta de equipos. Fundación de torre; excavación, moldaje, emplantillado, enfierradura y hormigonado.

b) Fundación de radier de equipos; excavación, moldaje, emplantillado, enfierradura y hormigonado.

c) Montaje de torre.

3.- Construcción de Cercos y Obras Exteriores. - Fundación Cerco perimetral;

Cerco Metálico Acmafor 3D.

  • Cerco Rural
  • Instalación de bandejas porta conductores

4.- Instalación de Equipos. a) Instalación de equipos de telecomunicaciones 5) Entrega de Obras Civiles y Eléctricas:

  • Aseo y entrega.
  • Recepción.

6.- Suministro Básicos 6.1.- Energía

La energía eléctrica requerida para la Fase de Construcción será suministrada por un generador diésel monofásico de 10 KVA.

El régimen de operación del grupo generador será de 8 hrs/día durante 61 días y su mantención se realizará una vez finalizada la Fase de Construcción.

El consumo aproximado de combustible, para toda la Fase de Construcción, se ha estimado en 656 litros.

6.2.- Agua

Durante la Fase de Construcción se contará con un bidón con capacidad para 1.100 litros de agua potable, o en su efecto, con envases que en conjunto sumen dicho volumen de agua potable disponible durante toda la Fase de Construcción, la cual será repuesta diariamente.

Para el consumo de agua en servicios higiénicos, se habilitará un baño químico el cual será mantenido por una empresa autorizada y conforme a lo establecido en el D.S. N? 594/2000 del Ministerio de Salud (MINSAL).

6.3.- Servicios Higiénicos

Se instalará un baño químico permanente, durante los 61 días que comprende la etapa de construcción. Su limpieza se realizará dos veces a la semana, incluyendo el retiro del contenido del depósito, actividad acordada con el arrendador. La instalación y operación del baño químico se realizará conforme a lo establecido en el D.S. 594/2000 del Ministerio de Salud (MINSAL).

La frecuencia de limpieza será dos veces a la semana, incluyendo el retiro del contenido del depósito. Tanto la limpieza, el retiro y la disposición final de los residuos generados será efectuado por una empresa de residuos sanitarios autorizada como DISAL o similar. Los residuos serán depositados en un sitio de disposición final autorizado.

6.4.- Alimentación

La alimentación se realizará en el sitio, en horario comprendido entre las 12:00 y 14:00 horas, en comedor instalado a un costado de la instalación de faenas. No se contempla la preparación de alimentos en la faena, estos serán llevados ya preparados y calentados en equipo microondas. No se generarán residuos producto de la alimentación, y se procurará mantener la limpieza del sitio diariamente.

6.5.- Alojamiento

El lugar de pernoctación de todos los trabajadores será en residencias o cabañas en centros poblados cercanos fuera del área del Proyecto, preferentemente en la localidad de Putre.

6.6.- Transporte

Para el traslado de materiales, se consideran 2 camiones con origen en Santiago, hasta el punto de acopio ubicado en la comuna de Putre para ser trasladados en helicóptero al lugar de emplazamiento del proyecto. Los traslados se realizarán con cargas de 250 kg aproximadamente, de acuerdo a factibilidad de carga indicada por el servicio de la aeronave. Se estiman 46.000 kg de material a trasladar (torre, hormigón predosificado, agua, herramientas, cerco, equipos, etcétera). Por lo que se estiman 54 horas aproximadas de uso del helicóptero, dependiendo del circuito y condiciones climáticas para la ejecución del traslado.

Respecto al transporte de personal, éste será transportado en vehículo menor hasta el punto de acceso, el personal se desplazará a pie hasta el área de emplazamiento de las obras del Proyecto.

El traslado de materiales y uso del helicóptero para los proyectos ingresados al SEIA no será simultáneo, se estima que operarán en conjunto un máximo de 4 helicópteros para el traslado de materiales, considerando el uso del helicóptero por proyecto.

Detalle Operación helicóptero proyecto “Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLI273F1 — Putre — Murmuntani”

DETALLE DE OPERACIÓN DETALLE DE OPERACIÓN DETALLE DE OPERACIÓN HELICÓPTERO FASE CONSTRUCCION | HELICÓPTERO FASE OPERACIÓN HELICÓPTERO FASE CIERRE Duración de vuelo (ida Ñ Duración de vuelo Duración de vuelo 3 51 minutos > 51 minutos y vuelta) (ida y vuelta) (ida y vuelta) Vuelos totales Vuelos totales traslado | pe ido Vuelos totales retiro | vi de materiales Me . de materiales Les materiales Nose Cantidad de vuelos Cantidad de vuelos | utilizará el | Cantidad de vuelos S 6 vuelos 6 vuelos máximos diarios 2% máxi diarios helicóptero axit diarios A . diarios diarios traslado material traslado material durante la traslado material 31 días fase de 31 días Días de ll melo jas de vuelo para ESA Días de vuelo para operación | Dias de vuelo para aia traslado materiales 3 traslado materiales traslado materiales E materiales materiales ki Vuelos retiro Vuelos retiro contenido Días de vuelo retiro 8 (1 semanal) ha contenido baño 15 (1 semanal) baño químico material químico

El traslado de materiales y uso del helicóptero para los proyectos ingresados al SEIA no será simultáneo, se estima que operarán en conjunto un máximo de 4 helicópteros para el traslado de materiales, considerando el uso de 1 helicóptero por proyecto.

Asimismo, respecto a la permanencia del helicóptero en la Cancha de Acopio, estos irán alternando su estadía dicho lugar, turnándose en el ingreso y carga de materiales, por lo que estos jamás operarán al mismo tiempo en dicho sector, según el siguiente cronograma:

armas recreo lr y alle mv sole jasa Je] ]o [chafa] vis lo cmo ys e jaj] a] els] e] + v]s]o 420100: 00] sa] a oo] ae. amas aja 11050) ]0]9j10]us toJonjaaos 66110; 00 39 2oJarjz272a aso Ma ie a [so[sa salsa: al /e5:ss| temes | lr e] | al a laa 1 ars | dd RRE INUAMI a l aja 1 y Í

A Si var 4 Pur 6

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1

z z ajualajal | fajaja

5.7.- Maquinarias y Herramientas Requeridas para la Construcción

La maquinaria a utilizar en la Fase de Construcción del Proyecto, se resumen en la Tabla 8 de la DIA:

Maquinaria o _ Cantidad Compresor Neumático. o o o ' o y 7] Betonera o ] Lo 1] Placa compactadora i 2 o o l 1 Vibrador de i inmersión y o o py 1 | Grupo generador o O Pal i 6 ¡a ] Ss : S : > ma Picota E, Kit maestro (destornilladores, martillo, alicates, remachadora, etc.) 3 Kit de carpintería (llana, patacho, lienzo, nivel de burbuja, etc.) i 3 Kit Eléctrico (multitester, grampeadora, pelacable, eto. ) 3 kit de montajista (arnés, cabos de vida, amortiguador de impacto, casco, ete.) y A A mn

Carretillas 2

Serrucho eléctrico — 2 Nivel topográfico 1 Taquímetro 1 Tensiómetro 1 Brújula | 1 Recursos | Tanto el agua para consumo humano como para uso industrial será adquirida a naturales | £mpresas que cuenten con autorización vigente de la autoridad competente. renovables No se utilizarán otros recursos naturales renovables. Emisiones ' e ES : y efluentes | Á continuación se presenta un resumen de emisiones atmosféricas. Emisiones atmosféricas Etapa Actividad E a) Manejo mMP10 MP2,5 He co NOx $02 Excavación y relleno 56,54 29,57 . . = - n/a veNcaloe por nal 40,28 9,74 0 o 0 0 na Compresor neumático 0,54 0,53 0,84 1,82 5,17 0 nía Betonera 0,54 0,53 0,54 1,82 5,17 0 n/a Placa compactadora 1,4 1,36 2,4 5,28 9,05 o n/a Vibrador de Inmersión 0,4 0,39 0,7 1,51 2,58 o n/a Construcción Camión de plataforma 1,07 1,01 2,28 12,5 54 0,03 n/a Camión combustible 0,65 0,61 1,38 7/6 32,8 0,02 Camioneta 4x4 0,06 0,05 0,04 0,33 0,59 0 n/a Vuelo 2,63 247 36,21 “Y 92,3 0,28 n/ja Helicóptero Despegue 100 100 > * = > nía Atenizaje 200 200 * e = > n/a Generador 06 0.57 . 1,83 3,46 0,56 nía Operación Grupo Elxtrógeno n/a Emisiones atmosféricas Emisión (kg) Etapa Actividad Manejo MP10 [ MP2,5 [ He [ co | NOX | so2 si Dada la naturaleza del proyecto y las caracteristicas propias de las obras, se estima que las emisiones producidas en la etapa de cierre serán menores a las de la etapa de construcción. Emisiones ruido Fuentes de Ruido, Nivel Ponderado y Espectro de Frecuencia NPS Proyectado Etapa NPSeq Receptor a receptor Manejo Tipo 10m cercano [aBA] Betonera 61 Si bien los niveles Placa Compactadora 63 sonoros están Grupo electrógeno 60 dentro de la Vibración de Inmersión 59 norma, se realizará Construcción Esmeril 80 Fi Y 35 como medida Compresor neumático 65 acid Taladro 7 paeneación controlada en las Helicoptero. 78 áreas del proyecto Operación Dada la naturaleza del proyecto y las caracteristicas propias de las obras, se estima que las emisiones acústicas producidas en la etapa de operación y ciene serán menor a las de la etapa de construcción, cumpliendo con el Cierre limite máximo de ruido establecido por el D.5, NO38/11 del MMA, FAR 150 y EPA.

Emisiones liquidas Etapa Tipo Cantidad Manejo Baño químico permanente, durante 57 días. limpieza se realizará dos veces a la semana, incluyendo el retro del

contenido del depósito La instalación y operación del baño químico se realizará conforme a lo Residuos líquidos. Baño establecido en el D.S. 594/2000 del Ministerio de Salud (MINSAL). 7 (aguas servidas) nó: 190 Tanto la limpieza, el retiro y la disposición final de los residuos por uso en baño a generados será efectuado por una empresa de residuos sanitarios químico autorizada como DISAL o similar. Los residuos serán depositados en un sitio de disposición final autorizado El Titular del Proyecto mantendrá los registros de limpleza y retiro del! contenido del depósito, y su respectiva disposición final por la empresa autorizada, Operación No se contempla la generación de emisiones liguidas durante la fase de operación del Proyecto

Residuos liquidos | Capacidad Baño | Baño químico permanente, durante 15 semanas.

Cierre (aguas servidas) | quimico: 180 [limpieza se realizará dos veces a la semana, incluyendo el retiro del por uso en baño s/semana contenido del depósito

Emisiones liquidas

Etapa Tipo Cantidad Manejo

químico La instalación y operación del baño químico se realizará conforme a lo establecido en el D.S. 594/2000 del Ministerio de Salud (MINSAL). Tanto la limpieza, el retiro y la disposición final de los residuos generados será efectuado por una empresa de residuos sanitarios autorizada como DISAL o similar. Los residuos serán depositados en un sitio de disposición final autorizado

Ei Titular del Proyecto mantendrá los registros de limpieza y retiro del contenido del depósito, y su respectiva disposición final por la empresa autorizada.

Residuos, | Los residuos sólidos producidos por el proyecto son:

productos químicos Residuos solidos y Otras coña mo Cantidad Manals sustancias Almacenamiento Temporal Disposición Final que A a ee o Los residuos sólidos domésticos puedan 0 ón e (asimilables al baño quimico) serán 7 kg/dia Ñ etirados y dispuestos en vertederos afectar el E gl o conte n Y medio ubicados en el reo de Instalaciones de | “Coados en la Región conforme a ambiente. pa ini io e esiduos industriales L " chatarra E e da ” pi Se considera una frecuencia de retiro Senstrucón (metales. [COn emacenados temporalmente en [4 ¿coc aa semana, Dispuestos en Residuos excedentes) ¡mies esco CAPA. capaci vertederos autorizados en la región 200 lts, los cuales se localizarán en el sólidos 300 kg de conforme a la normativa vigente

área de la instalación de faena. industriales no | hormigón.

peligrosos 100 kg de Los residuos industriales no peligrosos to Se efectuará disposición separando los despunte de ñ z serán retirados y dispuestos en residuos sólidos domésticos de los madera, vertedero autorizado. El Titular del residuos industriales, A 50 kg de Proyecto mantendrá el registro de

Residuos solidos

Etapa Tipo Ci dad > Almacenamiento Temporal Disposición Final plásticos. disposición de los residuos en vertedero autorizado.

Operación [Dada la naturaleza del proyecto, durante la fase de operación del proyecto, no se generarán residuos solidos Los residuos sólidos domésticos, derivados de la oficina de

Los residuos sólidos domésticos (asimilables al baño químico) serán

Residuos 7 kolái administración, serán almacenados de E ¡a irados uestos en verted Domésticos temporalmente en contenedores Ñ SA en . autorizados en la Región conforme a ubicados en el área de Instalaciones de Cierre la normativa vigente. faena. Residuos 200 kg de — |Los residuos industriales no peligrosos, | Se considera una frecuencia de retiro sólidos chatarra — [serán almacenados temporalmente en | de 2 veces a la semana. Dispuestos en industriales no (metales contenedores con tapa de capacidad | vertederos autorizados en la región peligrosos excedentes) |200 Rs conforme a la

300 kg de |. los cuales se localizarán en el área de

s y normativa vigente hormigón. — [la instalación de faena. Residuos solidos Mal Etapa Tipo Cantidad nue Almacenamiento Temporal Disposición Final

Los residuos industriales no peligrosos serán retirados y dispuestos en vertedero autorizado, El Titular del Proyecto mantendrá el registro de disposición de los residuos en vertedero autorizado.

100 kg de |Se efectuará disposición separando los despunte de [residuos sólidos domésticos de los madera, residuos industriales.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase,

Capitulo IV, V y VIIL-

4.3.2, FASE DE OPERACIÓN

Las antenas de cobertura emitirán ondas electromagnéticas de alta y/o baja frecuencia, las cuales podrían estar equipadas con alguna o varias de las siguientes tecnologías que actualmente opera Telefónica Móviles Chile S.A.: GSM (850 MHz), GSM (1900 MHz), WCDMA (850 MHz), WCDMA (1900 MHz), LTE (700 MHz), LTE (2600 MHz). No se descarta que, por la evolución de las redes celulares, se incorporen nuevas tecnologías y/o nuevas bandas de frecuencia.

La antena tendrá una potencia máxima de transmisión de 40 Watts (W) por tecnología, y por rama de transmisión. La polarización de las antenas es Cruzada,

1 Mantención de Equipos y Control de Ondas

Se harán mantenciones periódicas de la estructura y equipos, se estima que estas se realizarán 4 veces al año, se ejecutará por un equipo de 3 personas que serán transportadas en helicóptero al sector del Proyecto.

No se descarta la posible modificación de ciertos equipos por mejoras tecnológicas, ya que la tecnología de las telecomunicaciones presenta mucha dinámica en su calidad. No obstante, esto no presentara cambios significativos al Proyecto. En caso de requerirse el cambio de equipos, el Titular se encargará de retirarlos del lugar del Proyecto y disponerlo de acuerdo a la normativa vigente.

2: Suministro Básicos 2.1.- Energía

Para la energización de la torre de telecomunicaciones durante toda la Fase de Operación se utilizarán paneles solares de una potencia de 6 kv. Asimismo, se considera como respaldo un grupo electrógeno de potencia 12.5 kW, el cual operará durante una hora, 6 veces al día. El consumo aproximado de combustible será de 2500 l/año y la recarga de combustible se realizará 4 veces por año. Las características del grupo electrógeno que dotará de suministro eléctrico a la torre durante la Fase de Operación se resumen en la tabla siguiente. Las características del grupo generador están detalladas en la tabla 13 de la DIA.

2.2.- Agua

De acuerdo a la naturaleza del proyecto, no habrá consumo de agua potable en el área del Proyecto. Durante las actividades de mantención, los trabajadores accederán al área con agua potable envasada, la cual será adquirida en comercio autorizado, que permita acreditar el cumplimiento de los requisitos de potabilidad indicados en la normativa vigente.

Al igual que en la fase de construcción, no habrá requerimiento de agua industrial en esta fase del Proyecto.

2.3.- Servicios Higiénicos

De acuerdo a la naturaleza del Proyecto, no existirán instalaciones de servicios higiénicos durante esta Fase en su área de emplazamiento.

2.4.- Alimentación

De acuerdo a la naturaleza del Proyecto, no habrá actividad de alimentación durante su fase de Operación.

2.5.- Alojamiento

Al igual que en la Fase de Construcción, y en caso de ser necesario, el lugar de pernoctación del personal de mantención será en residencias o cabañas en centros poblados cercanos fuera del área del Proyecto, preferentemente en la localidad Putre.

2.6.- Transporte

Se estiman 4 viajes/año de 3 personas al sector del Proyecto, quienes serán trasladados en helicóptero hacia el sector del proyecto, para mantención de los equipos e instalaciones.

Recursos | Tanto el agua para consumo humano será adquirida a empresas que cuenten con naturales | autorización vigente de la autoridad competente.

renovable o

s No se utilizarán otros recursos naturales renovables.

Emisiones | Aire: Por las acciones del proyecto solo se generarán emisiones del grupo electrógeno 4 y veces al día.

efluentes

Ruido: Dada la naturaleza del proyecto y las características propias de las obras, se estima que las emisiones acústicas producidas en la etapa de operación y cierre serán menor a las de la etapa de construcción, cumpliendo con el límite máximo de ruido establecido por el D.S. N*38/11 del MMA, FAR 150 y EPA.

Emisiones Líquidas: Por la naturaleza del proyecto, no se contempla la generación de

emisiones liquidas durante la fase de operación del Proyecto.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Dada la naturaleza del proyecto, durante la fase de operación del proyecto, no se generarán residuos sólidos.

Referenci a al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capitulo IV, del ICE

4.3.3. FASE

DE CIERRE

Las actividades del Proyecto durante esta Fase consideran acciones y medidas para un cierre gradual, planificado y cuidadoso de las áreas del Proyecto, aplicando en forma sistémica medidas de restauración del sector y que consisten en;

  • Desmontaje de cierre perimetral.

  • Desmontaje de elementos del sitio.

  • Desmontaje de torre.

  • Demolición de fundación de torre.

  • Desarme de cerco rural.

  • Desmontaje de Cierre Perimetral

Se soltarán las fijaciones de la malla Acmafor 3D del pilar. Una vez sueltas se desmontarán los paños de malla Acmafor 3D, en forma sucesiva, hasta desmontar la totalidad del cierre perimetral; el acopio de los materiales procedentes del desmontaje se realizará de forma ordenada. Con la ayuda de un martillo neumático se fragmentará la fundación de los pilares del cerco y del portón. Los materiales que no puedan ser reutilizados o reciclados, serán transportados a un sitio de disposición final autorizado.

2.- Desmontaje de Elementos del Sitio

Se desmontará el gabinete de energía y cada uno de los cuerpos que lo conforman, del mismo modo se retirarán los elementos de canalización y los paneles solares. Uno a uno y cuidadosamente serán retirados y acopiados. Los materiales que no puedan ser reutilizados o reciclados, serán transportados a un sitio de disposición final autorizado.

3.- Desmontaje Caseta de Equipos.

La parrilla será desmontada retirando la parte superior, seguido del cuerpo y su escalera. Los materiales que no puedan ser reutilizados o reciclados, serán transportados a un sitio de disposición final autorizado.

4.- Desmontaje de Torre.

Para la desinstalación de la torre se consideran dos montajistas sobre la estructura, personal acreditado para el trabajo en altura y 2 ayudantes a nivel de piso, para ayudar en las actividades de desmontaje. La desinstalación se realizará de manera manual mediante pluma de 6 metros de largo. Se comenzará con la desinstalación de la baliza y pararrayos de la torre, luego la desinstalación de las antenas de cobertura y soportes de

antenas de la torre y el desanclaje de los cables de venteo de la estructura porta antenas, para finalizar con el desmontaje de la estructura porta antenas propiamente tal, la que está compuesta por tramos de 6 metros de largo cada uno, los que serán bajados y acopiados a nivel de piso.

Los materiales que no puedan ser reutilizados o reciclados, serán transportados a un sitio de disposición final autorizado.

5.- Demolición de Fundación de Torre.

Se realizará la demolición de la fundación de la torre. Los trabajos se ejecutarán manualmente con equipo eléctrico de percusión y la fundación de hormigón será fragmentada en trozos pequeños que puedan ser retirados manualmente hasta el lugar de acopio temporal de escombros de construcción. Los materiales que no puedan ser reutilizados o reciclados, serán transportados a un sitio de disposición final autorizado.

6.- Desarme de Cerco Rural.

Los polines de madera serán retirados y se apilarán en el lugar de acopio temporal, por su parte, los poyos de fundación serán demolidos y los alambres que rodean la postración serán extraídos. Los materiales que no puedan ser reutilizados o reciclados, serán transportados a un sitio de disposición final autorizado.

7.- Medidas de Restauración

El titular considera efectuar Compromisos Ambientales Voluntarios asociados a las siguientes componentes ambientales:

. Patrimonio Arqueológico.

. Componente Flora y Vegetación . Componente Fauna

. Componente Medio Humano

Los cuales están detallados en el Anexo IV de la Adenda Complementaria. 8.- Suministro Básicos 8.1.- Energía

La energía eléctrica requerida para la Fase de Cierre será suministrada por un generador diésel monofásico de 10,0 KVA,

8.2.- Agua

Durante la Fase de Cierren se contará con un bidón con capacidad para 1.100 litros de agua potable, o en su efecto, con embaces que en conjunto sumen dicho volumen de agua potable disponible durante toda la Fase de Construcción, la cual será repuesta diariamente.

Adicionalmente, para el consumo de agua en servicios higiénicos, se habilitará un baño químico el cual será mantenido por una empresa autorizada y conforme a lo establecido en el D.S, N* 594/2000 del Ministerio de Salud (MINSAL).

8.3.- Servicios Higiénicos Se instalará un baño químico permanente, durante las 15 semanas de duración de la

Fase de Cierre. Su limpieza se realizará una vez a la semana, incluyendo el retiro del contenido del depósito. La instalación y operación del baño químico se realizará

conforme a lo establecido en el D.S. 594/2000 del Ministerio de Salud (MINSAL).

La frecuencia de limpieza será una vez a la semana, incluyendo el retiro del contenido del depósito. Tanto la limpieza, el retiro y la disposición final de los residuos generados será efectuado por una empresa de residuos sanitarios autorizada como DISAL o similar. Los residuos serán depositados en un sitio de disposición final autorizado.

El titular tendrá la responsabilidad de contar con los certificados de las limpiezas, retiro de residuos generados y disposición final.

8.4.- Alojamiento Al igual que en la Fase de Construcción, el lugar de pernoctación del personal de

mantención será en residencias o cabañas fuera del área del Proyecto, preferentemente en la localidad de las Putre.

Recursos

No se contempla la extracción, explotación o utilización de recursos naturales

naturales | renovables.

renovable

s

Emisiones | Dada la naturaleza del proyecto y las características propias de las obras, se estima que y las emisiones producidas en la etapa de cierre serán menores a las de la etapa de efluentes | construcción.

Las emisiones liquidas son:

Cierre Residuos líquidos Capacidad Baño Baño químico permanente, (aguas servidas) por uso químico: 180 durante 15 semanas. en baño químico lts/semana

Limpieza se realizará dos veces a la semana, incluyendo el

retiro del contenido del depósito

La instalación y operación del baño químico se realizará conforme a lo establecido en el D.S. 594/2000 del Ministerio de Salud (MINSAL).

Tanto la limpieza, el retiro y la disposición final de los residuos generados será efectuado por una empresa de residuos sanitarios autorizada como DISAL o similar, Los residuos serán depositados en un sitio de disposición final

autorizado

El Titular del Proyecto mantendrá los registros de

limpieza y retiro del contenido

del depósito, y su respectiva

disposición final por la empresa

autorizada. Residuos, productos Residuos solidos químicos Manejo otras . . 7 Ss rn y 3 Etapa Tipo Cantidad Almacenamiento Disposición sustancias que Temporal Final puedan Los residuos afectar el sólidos medio y : domésticos ambiente. Los residuos sólidos (asimilables domésticos, derivados de al baño la oficina de químico) A administración, serán serán Residuos “LA 7 kg/día almacenados retirados y Domésticos a temporalmente en dispuestos en contenedores ubicados en vertederos el área de instalaciones de | autorizados faena. en la Región conforme a la normativa Cierre . vigente. 25 kg de Se considera chatarra una (metales Los residuos frecuencia de excedentes) industriales no peligrosos, retiro de 2 serán almacenados veces a la Residuos temporalmente en semana. sólidos industriales contenedores con tapa de | Dispuestos en no peligrosos capacidad 200 lts, los vertederos 75kg de . . cuales se localizarán en el | autorizados hormigón. . . A área de la instalación de en la región faena. conforme a la normativa vigente Los residuos industriales no peligrosos 100 kg de , . serán despunte de Se efectuará a Se retirados y madera, disposición separando los . dispuestos en residuos sólidos an : vertedero domésticos de los residuos y x 2 autorizado. El industriales. o Titular del 30 kg de Proyecto plásticos. mantendrá el registro de

disposición de los residuos en vertedero

autorizado.

Referenci | Capitulo IV, del ICE.

a al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO

4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Fecha estimada de inicio

Abril 2017

Parte, obra o acción que establece el inicio

construcción de las fundaciones

Fecha estimada de término

Año 2017

Parte, obra o acción que establece el término

No especificada.

4.4.2. FASE DE OPERAC

IÓN

Fecha estimada de inicio

Año 2017

Parte, obra o acción que establece el inicio

No especificada

Fecha estimada de término

No especificada

Parte, obra o acción que establece el término

No especificada

4,4.3. FASE DE CIERRE

Fecha estimada de inicio

No especificada

Parte, obra o acción que establece el inicio

No especificada

Fecha estimada de término

No especificada

Parte, obra o acción que establece el término

No especificada

  1. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N?

19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

Impacto ambiental

Respecto a la superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos. Al respecto no hay superación de ninguna norma y la población está fuera del área de influencia.

Parte, obra o acción que lo genera

Acciones de construcción.

Fase en que se presenta

Construcción.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo V y VI del ICE.

Los resultados de la modelación de emisiones y concentraciones del proyecto, para las distintas fases, indican que las concentraciones máxima horaria modeladas en los receptores sensibles son inferiores a los valores límites establecidos en la norma de calidad del aire.

Los niveles de ruido que aporta el Proyecto durante su etapa de construcción, operación y cierre, no generan un aumento de los actuales niveles de ruido, cumplimiento con los máximos establecidos por la normativa de aplicación (D.S. N*38/11 del MMA).

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

Impacto ambiental

Perdida de suelo: Solo se intervendrán 265 mts2 de superficie.

Las obras y actividades del Proyecto no afectarán el suelo, dado que el Proyecto que se presenta a evaluación ambiental contempla excavaciones para la fundación de la torre de telecomunicaciones, estimándose una profundidad de fundación máxima de 2,25 metros para la torre proyectada de 24 m, respecto a la superficie actual de terreno.

El suelo donde se efectuarán las fundaciones para la instalación de la torre de telecomunicaciones corresponde principalmente a suelos son recientes, donde la formación de suelos o pedogénesis es escasa. La mayoría de estos suelos son de origen aluvial o coluvial, influenciados por la acción del viento. Corresponden principalmente a arenas y gravas finas, débilmente alteradas. La capacidad de uso permitiría el desarrollo de ganadería extensiva de camélidos y ovinos.

Flora;

En efecto, ninguna de las especies identificadas en el Área del Proyecto presenta algunas de las categorías de conservación vigentes, esto es, de acuerdo a los decretos del proceso de clasificación de especies RCE, Benoit (1989), y el Boletín N” 47 del MNHN, A su vez, ninguna de las especies identificadas, se encuentran en el listado de la nómina de especies arbóreas y arbustivas originarias del

país (DS 68/2009 Ministerio de Agricultura).

Dado la gradiente de altitud que existe en el sector, la topografía, clima riguroso especialmente en la temporada invernal y carencia de suelos productivos, que han determinado las características propias del sector, donde se evidencia una escasa vegetación arbustiva y una dominancia gradual de herbáceas, variando de acuerdo a su ubicación geográfica. En tanto a la flora advena, no hay representatividad, lo que da cuenta de los bajos niveles de antropización sobre la flora y lo adverso de las condiciones climáticas y geográficas, que no permiten el establecimiento de especies tanto nativas como advenas.

Dentro del área de estudio no se ha registrado ninguna especie en categoría de conservación clasificada en listados nacionales de acuerdo al Reglamento de Clasificación de Especies (RCE). El proyecto no contempla la extracción o intervención de especies de flora.

Complementariamente, para la protección de las especies en categoría de conservación identificadas en el entorno del área de emplazamiento del Proyecto, se implementará una malla perimetral o de seguridad de polipropileno, el cual será instalado previo al inicio de la fase de construcción y cierre; y se mantendrá con el objeto de proteger las especies en categoría de conservación.

Para la zona no existen normas de calidad ambiental secundarias aplicables al Proyecto.

Fauna;

En relación a las especies en categoría de conservación, destacan la clase reptilia en donde se observan diversas evidencias de su presencia. A pesar que no se puede asegurar la existencia de M. cf yanezi en el lugar, de igual modo las posibles especies de reptiles que puedan ser hallados en el área de estudio se encontrarían en categoría de conservación. Por otra parte, dentro de las aves se observan ejemplares de Chloephaga melanoptera considerados en categoría vulnerable. En el caso de los mamíferos Vicugna vicugna está considerada “en peligro” y Lycalopex culpaeus como preocupación menor.

Por su parte, es importante indicar, que de acuerdo a lo evidenciado en terreno en el área de influencia del Proyecto no es posible observar una gran diversidad de especies, dada las características del terreno. La presencia y distribución de especies de vertebrados terrestres en el área de influencia se encuentran fuertemente determinadas por la altitud y la disponibilidad de hábitat. El proyecto se desarrollará en un área geográfica donde la vegetación alcanza su límite superior en la dimensión vertical debido a las condiciones climáticas extremas producto de las bajas temperaturas, nieve y viento. De hecho, las únicas especies vegetales presentes en el área corresponden a especies arbustivas de estepa y alta cordillera que toleran dichas condiciones.

Previo a la fase de construcción y cierre, se realizarán dos actividades que permitirán prevenir la afectación sobre la fauna presente en el entorno, la primera actividad consiste en charlas de inducción y la segunda perturbación controlada con liberación de áreas. Lo cual esta detallado

en el capítulo de compromisos voluntarios.

Recursos Naturales:

El proyecto no contempla la intervención y/o explotación de los recursos naturales de sector del proyecto o asociados

a este. Parte, obra o acción que lo genera Obras de construcción. Fase en que se presenta Construcción

Referencia al ICE para mayores | Capítulo V y VI del ICE detalles sobre este impacto específico

De acuerdo a lo indicado en el DIA y Adendas, no se generará efectos adversos significativos, dado que se relocalizarán los individuos de reptiles en categoría de conservación en el área de emplazamiento. Además no se Explotara, ningún recurso natural, dado que el agua provendrá de terceros,

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

Impacto ambiental El área donde se emplazan las obras y actividades del Proyecto se encuentran en la Región de Arica y Parinacota, en la provincia de Parinacota, comuna de Putre, aproximadamente 1000 metros al sur de la Ruta A-201, a la altura del km.15, dentro del Parque Nacional Lauca, Comuna de Putre, Región de Arica y Parinacota. La cancha de acopio de materiales, se encuentra distante 1 km del poblado de Putre.

Según el análisis y los antecedentes en el expediente de evaluación el proyecto el proyecto no interviene este aspecto.

Adicionalmente, el titular realizara un plan de difusión en la localidad de Putre, antes de iniciar las obras de construcción, especialmente sobre pobladores que realizan

actividad ganadera. Parte, obra o acción que lo genera e Fase en que se presenta Construcción Impacto ambiental No se generan impactos.

Referencia al ICE para mayores | Capítulo V y VI del ICE detalles sobre este impacto específico

De acuerdo a lo indicado en el DIA y Adendas, no se generará efectos adversos significativos, No hay uso del territorio del emplazamiento del proyecto, ni se interponen a las actividades habituales. Por lo cual no se genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos”.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR

Impacto ambiental

En el sector de la cancha de acopio está cercano al poblado de Putre y está emplazado en un sitio eriazo desprovisto de vegetación y distante del poblado de Putre aproximadamente 1 km. Además las obras de construcción duraran 61 días.

El sitio de emplazamiento de la torre no existe población cercana.

En relación a este componente, el proyecto se intervendrá solo 400 mt2 para la instalación de la antena que serán permanentes.

Adicionalmente se protegerá a la flora en categoría de conservación. En la etapa de construcción y cierre.

Lo anterior esta detallado en los compromisos voluntarios.

Componente(s) ambiental(es) afectado(s)

Zonas o áreas con protección oficial.

Parte, obra o acción que lo genera

Emplazamiento del proyecto

Fase en que se presenta

Construcción

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo V y VI del ICE

El proyecto se emplaza dentro de algún área silvestre protegida por el Estado. Sin embargo la magnitud de la intervención, es de solo 400 mts2 dentro de un área protegida de miles de hectáreas, por lo cual no se generan los Efectos características o circunstancias de un impacto significativo.

EN ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA.

Impacto ambiental

El área del Proyecto se encuentra fuera de las áreas de atractivo cultural del parque, las áreas con atractivo cultural están demarcadas dentro del Parque Nacional por corresponden a sectores con interés histórico, cultural, y economía local, tales como sitios arqueológicos, tutelares (nevados de Putre, volcanes de Parinacota y pomerape, volcán guallatire y cerro acotango), apachetas, cruces, zona típica (poblado de Parinacota), monumento nacional (iglesia Parinacota), sitios de valor cultural religioso (cerro calvario), áreas de pastoreo tradicional, las que constituyen áreas de significancia cultural histórica y patrimonial, zonas con importante significancia para los habitantes, y que se delimitan con el objeto de ser parte de la conservación de valores culturales tradicionales.

Además SERNATUR se ha declarado conforme con este componente.

Componente(s) ambiental(es) afectado(s)

No aplica

Parte, obra o acción que lo genera

Fase en que se presenta

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo V y VI del ICE.

El proyecto no alterará significativamente los atributos biofísicos, estructurales y estéticos del paisaje.

S.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL

Impacto ambiental Se realizó un levantamiento de arqueología y patrimonio en el área de influencia del Proyecto a fin de evidenciar si hay presencia de patrimonio arqueológico y patrimonial en el área del Proyecto.

El área donde se emplazan las obras y actividades del Proyecto se encuentran en la Región de Arica y Parinacota, en la provincia de Parinacota, comuna de Putre, aproximadamente 1000 metros al sur de la Ruta A-201, a la altura del km.15, dentro del Parque Nacional Lauca, Comuna de Putre, Región de Arica y Parinacota.

No se identifica la presencia de patrimonio, paleontológico ni histórico.

No obstante, lo anterior, el Titular del proyecto realizará previo a la fase de construcción, una Charla de Inducción a los trabajadores involucrados en el proyecto, la cual será realizada por un arqueólogo y abordará dentro de sus contenidos el tipo de componente arqueológico que se podrían encontrar en el área del proyecto.

Parte, obra o acción que lo genera Habilitación de huella peatonal y emplazamiento del proyecto. Fase en que se presenta Construcción

Referencia al ICE para mayores | Capítulo V y VI del ICE. detalles sobre este impacto específico |

Por lo anterior el proyecto no genera impactos hacia el componente arqueológico y de patrimonio cultural,

6”. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS.

6.1.1, Permiso “para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos”, del artículo 160 del Reglamento del SELA

Fase del Proyecto a | Construcción y Operación la cual corresponde

Parte, obra o acción a | Construcción de instalaciones de la antena de celular la que aplica

Condiciones o Mimetizar la antena con el entorno, siempre y cuando la legislación de exigencias

específicas para su aeronavegación lo permita. otorgamiento

Pronunciamiento del | Al respecto, el Servicio Agrícola y Ganadero se ha pronunciado conforme órgano competente según Oficio N 152/2017 de fecha 28/02/2017, y la SEREMI MINU se pronunció conforme con condiciones según Oficio N 0184 de 28/02/2017.

Referencia al ICE Capítulo VIH y IX del ICE. para mayores detalles

7%. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1 Normativa General

7.1.1 Constitución Política de la República de Chile, el Texto Refundido Coordinado y Sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile

D. S. N* 100/1980 Constitución Política de la República de Chile, a el Texto Refundido Coordinado y Sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile

Organismo MINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

Bases de la regulación ambiental en el artículo 19, N%8, Materia establece las bases de la regulación ambiental al reconocer como un derecho fundamental: “El derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación, al encomendar al Estado el deber de velar para que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza, y autorizando a la Ley para establecer restricciones específicas al ejercicio de determinados derechos o libertades para proteger al medio ambiente”.

El Proyecto tiene relación con diversos aspectos ambientales que se evaluarán de acuerdo a lo establecido en las normativas

Relación con Proyecto ambientales vigentes, lo anterior con el objeto de garantizar el derecho constitucional, conforme a lo establecido en el Artículo 19, N28

Fase de Cumplimiento Fases de Construcción, Operación y Cierre.

Forma de Cumplimiento Se da cumplimiento con el ingreso de la Presentación de la

Declaración de Impacto Ambiental (DIA) al SEIA. El Proyecto cumplirá con la normativa de carácter ambiental, con el objeto de respetar el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.

Indicador de Cumplimiento Presentación de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) al SEIA.

7.1.2. Ley 19.300

EY N* 19.300/1994

obre Bases Generales del Medio Ambiente modificada por LEY N” 20.417 que crea el inisterio de Medio Ambiente, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia dell edio Ambiente.

¡Organismo

MINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE LA] PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

Materia

En el artículo 10 describe los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en cualquiera de sus fases, quel deberán someterse al SEIA. En específico en la letra p) establece: “Ejecución de obras, programas o actividades en parques nacionales, reservas nacionales, monumentos naturales, reservas del zonas vírgenes, santuarios de la naturaleza, parques marinos, reservas marinas o en cualquiera otra área colocada bajo protección oficial, en los casos que la legislación respectiva lol permita”.

En el artículo 11 indica los efectos, características 0 circunstancias que los proyectos presentan o generan para ingresar al SEIA como Evaluación de Impacto Ambiental (ELA), al

¡Relación con Proyecto

[El Proyecto se localiza en un área protegida, correspondiente al Parque Nacional Lauca, conforme a lo establecido en los artículos 10 (letra p) y 11 de la Ley 19.300, razón por la cual ingresa a SEIA a través de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA).

'orma de Cumplimiento

[El proyecto ingresa al SEIA como Declaración de Impacto ¡Ambiental, de acuerdo a lo descrito en el Capítulo Il “Antecedentes que justifican la Inexistencia de Aquellos Efectos, Características, o Circunstancias del Artículo 11 de la Ley que ¡pueden dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio del

poticadas de Cumplimiento

¡Resolución de Calificación Ambiental (RCA).

7.1.3. Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA)

[D. S. N* 40/2013

¡Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA)

Organismo

MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE

¡Materia

Fija el procedimiento administrativo al que deberán ceñirse tanto las Declaraciones de Impacto Ambiental como los Estudios de Impacto Ambiental. Establece la lista de permisos Pm me | ¡como ambientales sectoriales, que deben ser aplicables a algúnl ¡proyecto.

En el artículo 3, letra p), indica que la ejecución de obras, ¡programas O actividades en parques nacionales, reservas macionales, monumentos naturales, reservas de zonas vírgenes, santuarios de la naturaleza, parques marinos, reservas 1 marinas o en

felación con Proyecto

El Proyecto, conforme a lo establecido en el artículos 3 (letra Pp) del D.S. N*40/2013, debe ingresar al SEIA a través de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA).

ase de Cumplimiento

¡Fases de Construcción, Operación y Cierre.

¡Forma de Cumplimiento

[El Proyecto ingresa al SEA como Declaración de Impacto ¡Ambiental (DIA) para su correspondiente evaluación.

ndicador de Cumplimiento

¡Resolución de Calificación Ambiental (RCA).

7.1.4 Aprueba Nueva Ley General de Urbanismo y Construcciones

[D. S. N* 458/1976

¡Aprueba Nueva Ley General de Urbanismo y Construcciones

¡Relación con Proyecto

El Proyecto sometido a evaluación comprende el desarrollo de obras civiles para la instalación de una torre para telecomunicaciones en una zona rural. Conforme a lo señalado por la normativa, el Proyecto se encuentra dentro de la tipología de Proyecto de “Redes de Distribución de comunicaciones” (antenas de telefonía celular), por lo que se entiende como siempre ladmitido, tanto en el área urbana como rural, sujeto a las disposiciones que establezcan los organismos competentes.

[Fase de Cumplimiento

Fases de Construcción, Operación y Cierre.

Forma de Cumplimiento

¡De acuerdo a lo establecido en el Artículo 2.1.29. El Proyecto d cumplimiento a las normas que regulen los servicios competentes, incluida la evaluación ambiental del Proyecto.

[Indicador de Cumplimiento

Permisos de Servicios [Competentes. Cumplimiento de la establecido en la Resolución de Calificación Favorable del Proyecto.

7.1.5. Regula la Instalación de Antenas Emisoras y Transmisoras de Servicios de

Telecomunicaciones Ñ N? 20.599 /2012 Regula la Instalación de Antenas Emisoras y Transmisoras de Servicios de Telecomunicaciones Organismo ¡MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES En su artículo 2 N*2) b) establece "No se admitirá a trámite lal solicitud de otorgamiento o modificación de concesión que considere la ubicación de sistemas radiantes dentro de una zonal declarada como saturada, de conformidad con el artículo 7”, o que de instalarse implicaría la declaración de una zona como tal Materia Imientras que respecto de aquellas que se pretenda instalar en áreas

de protección a que se refiere la ley N* 19.300 podrá admitirse tal solicitud, previa aprobación del sistema de evaluación de impacto] ambiental.”

¡Además en su artículo 11 bis, señala que las antenas deberán solicitar permiso de edificación.

¡Relación con Proyecto

[El Proyecto se localiza en un área protegida, al interior del Parque; Nacional Lauca, conforme a lo establecido en los artículos 10 (letra Ip) y 11 de la Ley 19.300, razón por la cual ingresa al SEIA a través de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA).

[Fase de Cumplimiento

[Fases de Construcción, Operación y Cierre.

¡Forma de Cumplimiento

¡El proyecto ingresa al SEIA como Declaración de Impacto ¡Ambiental, de acuerdo a lo descrito en el Capítulo II “Antecedentes que justifican la Inexistencia de Aquellos Efectos, Características, lo Circunstancias del Artículo 11 de la Ley que pueden dar origen! fa la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental”.

[El proyecto solicitara las autorizaciones de edificación y permisos]

que correspondan.

[Indicador de Cumplimiento

¡Resolución de Calificación Ambiental (RCA).

7.2 Normativa de carácter ambiental específica

7.2.1 Emisiones Atmosféricas

1.- RESOLUCIÓN N*1.215/1978

¡Normas Sanitarias Mínimas a Prevenir y Controlar la Contaminación Atmosférica

Organismo

¡MINISTERIO DE SALUD

Materia

Establece las normas primarias de calidad del aire para todo ell

territorio del país para las partículas en suspensión (PTS), ell hidrido sulfuroso (S02), el monóxido de carbono (CO), los xidantes fotoquímicos expresados como ozono (03) y el dióxido e nitrógeno (NO2).

rtículo 9. Prohíbe quemar residuos o cualquier otro materiall ombustible.

rtículo 15. Indica que las operaciones de equipos de trituración, olienda, transporte, manipulaciones, carga y descarga de material| ragmentado o particulado deben realizarse empleando un sistema le control de la contaminación atmosférica.

demás, indica que el almacenamiento de material

ragmentado o particulado deberá efectuarse mediante sistemas, e control de la contaminación del aire de tal modo de impedir ell rrastre de material por la acción de los vientos.

dal con Proyecto

En la Fase de Construcción del Proyecto, se realizarán movimientos de tierra, tránsito de vehículos y actividades de construcción, lo que generará material particulado en suspensión.

¡Durante la Fase de Operación se generarán emisiones de material ¡particulado y gases por la operación del grupo electrógeno paral energización de la torre de telecomunicaciones.

¡Fase de Cumplimiento

ds de Construcción, Operación y Cierre.

¡a de Cumplimiento

Materialización, registro y control de las medidas señaladas.

2.- D.S, N* 138/2005

Establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica

Organismo

MINISTERIO DE SALUD

[Materia

El artículo 3 establece “mediante decreto supremo expedido por intermedio del Ministerio de Agricultura, se establecerán lo tipos forestales a que pertenecen los bosques nativos del país y| los métodos de explotación aplicables a ellos”.

El artículo 19 establece que se “prohíbe la corta, eliminación, destrucción o descepado de individuos de las especies vegetales nativas clasificadas, de conformidad con el artículo 37 de la ley INS 19.300 y su Reglamento, en las categorías de “en peligro de extinción”, “vulnerables”, “raras” “insuficientemente conocidas” o “fuera de peligro”, que formen ¡parte de un bosque nativo, como asimismo la alteración de sul hábitat. Esta prohibición no afectará a los individuos de dichas especies plantados por el hombre, a menos que tales plantaciones ise hubieren efectuado en cumplimiento de medidas de compensación, reparación o mitigación dispuestas por unal resolución de calificación ambiental u otra autoridad competente”. Adicionalmente, conforme al artículo 2, N%4, aque bosque nativo que presente o constituya hábitat de especies enl las categorías anteriormente mencionadas constituye Bosque Nativo de Preservación, para cuya intervención, conforme al ¡Artículo 19? inciso 4?, se deberá elaborar un plan de manejo de reservación.

¡Relación con Proyecto

al como se presenta en el Anexo 5 Línea de Base Flora y Vegetación de la presente DIA, en el área del Proyecto se realizó] juna caracterización de flora y vegetación, para la cual sel realizaron dos campañas de terreno.

Conforme a los resultados obtenidos, en el área de intervención del Proyecto no hay presencia de especies de flora protegida, de; aquellas a las que se refiere el artículo 19 de la Ley N* 20.283.

Fase de Cumplimiento

Fases de Construcción, Operación y Cierre.

Forma de Cumplimiento

[El Proyecto no intervendrá especies de flora a las que se refiere; el artículo 19 de la Ley N? 20.283. Las áreas de intervención dell ¡proyecto se definieron durante la campaña de terreno y tienen contemplado la NO intervención de ninguna especie en categoría] de conservación.

Indicador de Cumplimiento

Materialización, Registro y Control de las medidas señaladas.

[D.S. N* 93/2009 ¡Reglamento General de la Ley Sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal ¡Organismo MINISTERIO DE AGRICULTURA [El Artículo 2 establece “Para dar cumplimiento a las obligaciones que la Ley señala, se deberá contar con un plan de manejo, plan del Materia trabajo, o autorización simple de corta, según corresponda

¡Asimismo, para obtener los beneficios que la Ley establece, se deberá contar con un plan de manejo aprobado por la Corporación Para tales efectos, el interesado deberá presentar una solicitud ante lla oficina de la Corporación que corresponda según la ubicación! del predio. Si el predio estuviere ubicado en más de una provincia, el interesado deberá hacerlo en cualquiera de las provincias en |. que se encuentre inscrito el inmueble, salvo que los antecedente: del interesado ya se encontraren en alguna de las oficinas de |. Corporación con jurisdicción en las provincias respectivas, caso e

el cual deberá presentarse la solicitud en dicha oficina”.

[Relación con Proyecto

Tal como se presenta en el Anexo 5 Línea de Base Flora y Vegetación de la DIA, en el área del Proyecto se realizó una caracterización de flora y vegetación, la cual comprendió dos campañas de terreno. Conforme a los resultados obtenidos, en el área de intervención del Proyecto no hay presencia de especies de; ¡flora protegidas, de aquellas a las que se refiere el artículo 19 de la Ley N? 20.283.

[Fase de Cumplimiento

[Fases de Construcción, Operación y Cierre.

[Forma de Cumplimiento El Proyecto no intervendrá especies de flora a las que se refiere el

artículo 19 de la Ley N? 20.283,

Indicador de Cumplimiento [Ejecución del Proyecto en las áreas declaradas en la DIA.

3.- D.S, N*29/2012

eglamento para la Clasificación de Especies Silvestres Según su Estado de Conservación

Organismo

¡MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE

Materia

A partir de la dictación del D.S. N*29/2012, los nuevos procesos de clasificación han de efectuarse de acuerdo a las categorías recomendadas ¡por la Unión Mundial para la Conservación de la Naturaleza (UICN) u otro organismo internacional que dicte pautas en estas materias.

¡Relación con Proyecto

Tal como se presenta en el Anexo 5 de la DIA, en el área del Proyecto sel realizó una caracterización de flora y vegetación, la cual comprendió campaña de terreno.

. Conforme a los resultados obtenidos, en el área de intervención dell Proyecto no hay presencia de especies de flora en las categorías de conservación definidas en el D.S. N*29/2012 y en los diez procesos de clasificación de especies vigentes

¡Fase de Cumplimiento

[Fases de Construcción, Operación y Cierre.

[Forma de Cumplimiento

[El Proyecto no intervendrá especies de flora en categoría de conservación. ¡Las áreas de intervención del proyecto se definieron durante la campaña de terreno y tienen contemplado la NO intervención de ninguna especie enl categoría de conservación. De todas maneras, se instalará una malla perimetral o de seguridad de prolipropileno, donde se agrupan las especies en categoría de conservación y así evitar cualquier tipo de intervención no deseada.

Indicador de ¡Cumplimiento

Materialización, Registro y Control de las medidas señaladas.

4.- Resolución N? 586/2009 Regula la Aplicación del Libro Rojo de la Flora Terrestre de Chile de 1989

Organismo (CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL Regula la aplicación del Libro Rojo de la Flora Terrestre del Materia Chile de 1989, en relación a la Ley 20.283, disponiendo que

¡para fines del Artículo 2” Transitorio de la Ley, se deben considerar como tales, solamente aquellas especies incluidas en las listados de las páginas trece a quince, correspondientes al las conclusiones 1, 2 y 3 del Libro Rojo antes citado.

¡Relación con Proyecto

[Tal como se presenta en el Anexo 5 de la DIA, en el área dell Proyecto se realizó una caracterización de flora y vegetación, la cual comprendió dos campañas de terreno. Dentro del áreal de estudio no se registraron especies en categoría de conservación de acuerdo al Libro Rojo.

lFase de Cumplimiento

Fases de Construcción, Operación y Cierre.

[Forma de Cumplimiento

El Proyecto no intervendrá especies de flora en categoría de ¡acuerdo al Libro Rojo, ya que no fueron identificadas durante las campañas de terreno en el área de estudio.-

pS de Cumplimiento

No aplica

.- D.S. N* 68/2009 stablece, Aprueba y Oficializa Nómina de Especies Arbóreas y Arbustivas Originarias del aís

¡Organismo MINISTERIO DE AGRICULTURA

Materia [El Decreto lista las especies arbóreas y arbustivas que son)

originarias del país.

¡Relación con Proyecto

Tal como se presenta en el Anexo 5 de la DIA, en el área del Proyecto se realizó una caracterización de flora y vegetación, lal cual comprendió campaña de terreno. ¿Conforme a los resultados obtenidos, en el área de intervención] del Proyecto no hay presencia de especies de floral comprendidas en el D.S N* 68/2009.

[Fase de Cumplimiento

[Fases de Construcción, Operación y Cierre.

[Forma de Cumplimiento

El Proyecto no intervendrá especies de flora comprendidas en e D.S N*68/2009. Las áreas de intervención del proyecto se definieron durante la campaña de terreno y tienen contemplado la NO intervención de ninguna especie en categoría de conservación. De todas maneras, se instalará una mallal perimetral o de seguridad de prolipropileno, donde sel agrupan las especies en categoría de conservación y así evitar cualquier tipo de intervención no deseada.

Indicador de Cumplimiento

Materialización, Registro y Control de las medidas señaladas en] los compromisos voluntarios cuando corresponda..

7.2,4 Fauna

E Ley N? 19.473 — D.S. N 05/1998 y de Caza y Reglamento de la Ley de Caza

Organismo [MINISTERIO DE AGRICULTURA La Ley prohíbe la caza o la captura de especies en algún grado de conservación, especies beneficios para los ecosistemas o que ¡presenten poblaciones reducidas. Además, prohibe levantar ¡Materia nidos, destruir madrigueras, recolectar huevos o crías y fijal

sanciones. ¡El Reglamento establece listado de especies que estén prohibidas| su caza O captura y estado de conservación de las mismas, entrel otras materias relacionadas.

Relación con Proyecto

[Tal como se presenta en el Anexo 6 de la DIA, en el área dell Proyecto se realizó una caracterización de fauna, la cual comprendió una campaña de terreno.

Conforme a los resultados obtenidos, en el área de intervención] del Proyecto no hay presencia hábitat, ni se registraron| individuos de especies de fauna, de aquellas comprendidas en lal lLey N? 19,473 y el D.S. N%05/1998.

ase de Cumplimiento

¡Fases de Construcción, Operación y Cierre.

¡Forma de Cumplimiento

¡El Proyecto no intervendrá especies de fauna, de aquellas] ¡comprendidas en la Ley N? 19.473 y el D.S. N*05/1998.

Indicador de Cumplimiento

Ejecución del Proyecto en las áreas declaradas en la DIA.

“a D.S. N* 29/2012

eglamento para la Clasificación de Especies Silvestres Según su Estado de Conservación

Organismo INISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE ¡A partir de la dictación del D.S. N*29/2012, los nuevos procesos del clasificación han de efectuarse de acuerdo a las categorías recomendadas Materia ¡por la Unión Mundial para la Conservación de la Naturaleza (UICN) ul

otro organismo internacional que dicte pautas en estas materias. Las] categorías de conservación establecidas por la UICN son nueve, y corresponden a:

patin con royecto

Tal como se presenta en el Anexo 6 de la DIA, en el área del Proyecto se realizó una caracterización de fauna, la cual comprendió campaña del terreno.

Conforme a los resultados obtenidos, en el área de intervención dell Proyecto no hay presencia hábitat, ni se registraron individuos de especies de fauna, de aquellas comprendidas en la Ley N? 19.473 y ell [D.S. N*05/1998.

¡Fase de

Cumplimiento ¡Fases de Construcción, Operación y Cierre.

¡Forma de El Proyecto no intervendrá especies de fauna, de aquellas comprendidas Cumplimiento en la Ley N? 19.473 y el D.S. N*05/1998.

Indicador de Cumplimiento

[Ejecución del Proyecto en las áreas declaradas en la DIA.

7.2.5 Patrimonio Cultural

Ley N? 17.288

Ley sobre Monumentos Nacionales

Organismo

CONSEJO DE MONUMENTOS NACIONALES

Materia

Establece en su artículo 1 “son monumentos nacionales y quedan bajo tuición y protección del Estado, las ruinas, construcciones u objetos de carácter histórico o artístico; los entierros o cementerios u otros restos indígenas; las piezas u objetos antropológicos, arqueológicos, paleontológicos o de formación natural, que existan bajo o sobre la superficie del territorio nacional o en la plataforma submarina de sus aguas jurisdiccionales y cuya conservación interesa a la Historia, al Arte o la Ciencia “. Adicionalmente, en su artículo 26 que “Toda persona natural o jurídica que al hacer excavaciones en cualquier punto del territorio nacional y con cualquier finalidad, encontrare ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, antropológico, arqueológico O paleontológico, está obligada a denunciar inmediatamente el

descubrimiento al Gobernador Provincial, quien ordenará a Carabineros que se haga responsable de su vigilancia hasta que el Consejo se haga cargo de él. La infracción a lo dispuesto en este artículo será sancionada con una multa cinco a doscientas unidades tributarias mensuales, sin perjuicio de la responsabilidad civil solidaria de los empresarios O contratistas a cargo de las obras, por los daños derivados del incumplimiento de la obligación de denunciar el hallazgo.”.

Relación con Proyecto

No se identifica intervención

Fase de Cumplimiento

Fases de Construcción

Forma de Cumplimiento

No se identifica intervención

Indicador de Cumplimiento

Si corresponde, notificación de aviso inmediato a la Superintendencia de Medio Ambiente y se realizará charla de capacitación a trabajadores.

D.S. N* 484/1991 Reglamento de la Ley N” 17.288

Organismo CONSEJO DE MONUMENTOS NACIONALES Artículo 23, “Las personas naturales o jurídicas que al hacer prospecciones y/o excavaciones en cualquier punto del Materia territorio nacional y con cualquiera finalidad encontrare

ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter arqueológico, antropológico o paleontológico, están obligadas a denunciar de inmediato al descubrimiento al Gobernador Provincial, quien ordenará a Carabineros que se haga responsable de su vigilancia hasta que el Consejo de Monumentos Nacionales se haga cargo de él.

Los objetos o especies encontradas se distribuirán según se determina en el artículo 21? de este reglamento”.

Relación con

No se identifica intervención

Proyecto

Fase de Fases de Construcción

Cumplimiento

Forma de No se identifica intervención

Cumplimiento

Indicador de Si corresponde, notificación de aviso inmediato a la Cumplimiento Superintendencia de Medio Ambiente y se realizará charla de

capacitación a trabajadores.

7.2.6. Vialidad

1.- Decreto N” 158/1980

ija El Peso Máximo de Los Vehículos que Pueden Circular por Caminos Públicos

Organismo MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Establece los pesos máximos por eje y la relación peso bruta Materia total en función de la distancia de las ruedas.

[Relación con Proyecto

En la distintas Fases del Proyecto se contempla la circulación: de vehículos con insumos materiales, residuos y personal.

[Fase de Cumplimiento ¡Fases de Construcción, Operación y Cierre.

Todos los camiones, cumplirán con los pesos máximos por eje, [Forma de Cumplimiento lo cual será exigido en los contratos respectivos con los transportistas. pe de Cumplimiento ¡Registro y control de la medida.

.- D.S N* 75/1987 stablece Condiciones para el Transporte de Cargas que indica

Organismo [MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMIUNICACIONES

¡Regula los procedimientos para el transporte de cargas, pon Materia calles y caminos que indica, estableciendo normas de señalización y otras.

En la distintas Fases del Proyecto se contempla lal

¡Relación con Proyecto circulación de vehículos con insumos materiales, residuos y personal. Eve de Cumplimiento [Fases de Construcción, Operación y Cierre.

¡Forma de Cumplimiento cumplirán con los procedimientos correspondiente: indicados en el D.S. N*75/1987.

ppoicador de Cumplimiento Registro y control del cumplimiento de los procedimientos

Los vehículos de transporte de los materiales caco

indicados en el D.S. N*75/1987.

7.2.7 Ambiente Laboral, Condiciones Ambientales,

[D. S. N” 594/2000 ¡Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo

Organismo MINISTERIO DE SALUD

¡En materia de condiciones sanitarias, el reglamento establece las normas sobre provisión de agua potable, disposición de ¡Materia residuos industriales líquidos y sólidos, servicios higiénicos, de evacuación de aguas servidas y guardarropía y comedores.

¡En materia de condiciones ambientales, el reglamento establece, las prohibiciones y los límites permisibles de aquellos agentes químicos y físicos capaces de provocar efectos adversos en ell

trabajador. ¡En las diversas Fases del Proyecto se deben cumplir con las ¡Relación con Proyecto disposiciones establecidas en el presente Reglamento para losj lugares de trabajo, de carácter ambiental. [Fase de Cumplimiento Fases de Construcción, Cierre

¡Durante la fase de construcción y cierre se dispondrá de unl [Forma de Cumplimiento baño químico conforme a lo establecido en el D.S. 594/2000, además de proveer a los trabajadores de agua potable conforme! a lo exigido en este cuerpo legal. También, se efectuarán todas las medidas de prevención de riesgos requeridas (extintores, señalética, zona de seguridad, entre otros).

establecidas en el D.S, N*594/2000,

Indicador de Cumplimiento Materialización, registro y control de las ona

8”. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N* 19.300:

8.1.- El titular deberá presentar ante la Dirección Regional de Vialidad, posterior a la Calificación ambiental del proyecto, los antecedentes para la factibilidad de acceso a camino público, según el manual de carreteras si corresponde.

8.2.- El Titular deberá complementar el plan de Difusión de Putre urbano, con reuniones con familias ganaderas que transitan o pastorean por el sector la zona de la cancha de acopio, antes de la etapa de construcción. Como medio de verificación se deberá aportar fotografías y/o listas de asistencia de los participantes.

8.3.- El titular deberá mimetizar la torre de celular, con colores similares al entorno, siempre y

cuando la normativa de seguridad sectorial de aeronavegación lo permita.

  1. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

9.1 Compromisos ambientales voluntarios Según lo presenta el titular, en el anexo IV de la Adenda complementaria, se presentan los

compromisos voluntarios consolidados asociados a las siguientes componentes ambientales del proyecto:

. Patrimonio Arqueológico.

. Componente Flora y Vegetación . Componente Fauna

. Componente Medio Humano

9.1.1 Patrimonio Arqueológico

Tabla 1 del anexo IV, adenda complementaria.

Plan de Gestión Ambiental Inducción Trabajadores Patrimonio Arqueológico

Medida de Control Plan de Gestión Ambiental Inducción Trabajadores Patrimonio Arqueológico

Causa de Evitar la intervención de patrimonio arqueológico. Implementación

El Titular capacitará a los trabajadores para actuar conforme a la Ley N? 17.288 de Monumentos Nacionales, en el caso de encontrarse algún hallazgo durante las actividades de excavación. Cabe destacar que en el área de intervención del proyecto, camino pedestre y emplazamiento de las obras no se detectó ninguna evidencia arqueológica.

Objetivo de la Evitar la intervención patrimonio arqueológico,

Medida

Descripción de la Capacitar a los trabajadores para actuar conforme a la Ley N* 17.288 de Medida Monumentos Nacionales en el caso de encontrarse algún hallazgo durante

las actividades de excavación, y evitar la eventual intervención de patrimonio arqueológico.

Lugar de Dependencia a definir por el Titular del Proyecto. Implementación

Forma de Implementación

El Titular del proyecto realizará previo a la fase de construcción y cierre, generará una Charla de Inducción a los trabajadores involucrados en el proyecto, la cual será realizada por un arqueólogo y abordará dentro de sus contenidos el tipo de componente arqueológico que se podrían encontrar en el área del proyecto, y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo.

En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico el Titular del Proyecto procederá según lo establecido en los artículos N 26 y 27 de la Ley N 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N 20 y 23 del Reglamento de la Ley N 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales y a la Superintendencia de Medio Ambiente, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto.

Oportunidad (tiempo) de implementación:

Previo al inicio de la Fase de construcción y Cierre del proyecto. Dada las características del proyecto durante la fase de operación no se realizarán excavaciones ni alteraciones del entorno en la cual se puedan identificar y afectar hallazgos arqueológicos.

Indicador de cumplimiento:

Charla de Inducción a Trabajadores, efectuada por un Arqueólogo. Una vez realizada la charla, el titular se compromete a remitir al Consejo de Monumentos Nacionales y a la Superintendencia de Medio Ambiente un informe escrito de los contenidos de la inducción realizada y la constancia de asistencias a la misma.

9.1.2 Componente Flora y vegetación

a) Plan de Gestión Ambiental Inducción Trabajadores Componente Flora y Vegetación.

Tabla 2 Anexo IV, Adenda Complementaria

Plan de Gestión Ambiental Inducción Trabajadores Componente Flora y Vegetación

Plan de Gestión Ambiental Inducción Trabajadores Componente Flora y

Medida de Control pe Vegetación. Causa de Próximo a las obras del Proyecto hay presencia de flora en categoría de Implementación conservación. Objetivo de la Medida Tiene como objeto evitar la intervención del entorno, especialmente las

especies en categoría de conservación presentes en el área.

Descripción de la Medida

Capacitar a los trabajadores con el fin de proteger la flora presente cercana a las obras el proyecto.

Lugar de Implementación

La capacitación se realizará en la localidad de Putre, el sector específico será definido por el titular en su momento.

Forma de Implementación

El Titular del proyecto realizará previo a la fase de construcción, operación y cierre del proyecto, una Charla de Inducción a los trabajadores involucrados en el proyecto, la cual será realizada por un especialista en Flora y vegetación, se abordará dentro de sus contenidos el tipo de especies en categoría que se podrían encontrar en el área, método de identificación y valor de la flora para su conservación.

Oportunidad (tiempo) de implementación:

Previo a las actividades de construcción, operación y cierre del Proyecto.

Indicador de cumplimiento:

Una vez realizada la charla, el titular enviara a CONAF y a la Superintendencia de Medio Ambiente un informe escrito de los contenidos de la inducción realizada, con registro fotográfico y la constancia de asistencias a la misma.

b) Cerco de Protección especie en categoría de conservación. Tabla 3: Anexo IV, Adenda

Complementaria

| Cerco protección especie en categoría de conservación

Medida de Mitigación Cerco protección especie en categoría de conservación

Causa de Se identificaron cercano a las obras del proyecto especies en categoría de Implementación conservación

Objetivo de la Medida Resguardar a las especies en categoría de conservación, de cualquier

daño que se pueda producir durante la etapa de construcción del proyecto.-

Descripción de la

Previo al inicio de la fase de construcción y cierre del Proyecto, se

Medida instalará alrededor de todas los individuos identificados una malla perimetral de seguridad de polipropileno con el objeto evitar la intervención de estos.

Lugar de Alrededor de las especies en categoría de conservación identificadas.

Implementación

Forma de Se instalará una malla perimetral de seguridad de polipropileno, con el

Implementación

objeto de evitar la intervención de estos, la que será retirada una vez finalizada la etapa de construcción.

Oportunidad (tiempo) de implementación:

Previo a las actividades de construcción y cierre del Proyecto.

Indicador de cumplimiento:

Informe de Reporte de Implementación de la Medida, que será enviado a la Superintendencia de Medio Ambiente previo a la fase de construcción y cierre.

Informe de Reporte de finalización de la medida, una vez finalizada la fase de construcción del Proyecto.

c) Plan de Restauración, reperfilado y revegetación. Tabla 4, Anexo IV, Adenda Complementaria.

Plan de Restauración, reperfilado y revegetación

Medida de Control | Plan de Restauración, reperfilado y revegetación

Causa de Afectación en la geoforma o morfología del suelo, producto de la afectación

Implementación realizada por el proyecto en sus distintas fases.

Objetivo de la Recuperar la geoforma o morfología y vegetación.

Medida

Descripción de la El terreno que se afectará por la construcción y funcionamiento del Proyecto, Medida se verá sujeto a actividades de reperfilado las que apuntan, principalmente, a

movimientos de tierra para la descompactación del suelo y restauración de geoforma, con el propósito de devolverles su geometría original y favorecer

la regeneración de la vegetación en las áreas del proyecto.

Asimismo, el titular compromete la presencia de profesional idóneo que realizará el catastro de especies afectadas, actividad que será informada y coordinada en conjunto con CONAF. Posteriormente se elaborará un informe detallado de las especies afectadas y el plan de revegetación, el cual será presentado a CONAF para su aprobación y remitido a la Superintendencia de Medio Ambiente.

Lugar de En áreas afectadas por el proyecto.

Implementación

Forma de Implementación

Esta actividad se realizará mediante movimientos de tierra manual, lo que permitirá mejorar las condiciones físicas y químicas del suelo, aumentando y favoreciendo la regeneración natural de la vegetación. Para ello, se contará con una cuadrilla de 3-4 personas que realizaran la actividad de movimientos tierra y descompactación utilizando como herramientas, palas, picotas, chuzo, etc.

Para el plan de revegetación se contará con profesional idóneo, quien realizará el catastro y elaborará el plan para ser presentado a CONAF.

Oportunidad (tiempo) de implementación:

El Plan de Restauración, reperfilado y revegetación, se llevará a cabo una vez finalizado la desmantelación y retiro de la torre de telecomunicaciones y sus partes o producida la afectación del suelo por derrame de combustible o cualquier otro producto químico, en cualquier fase del proyecto.

Indicador de cumplimiento:

Una vez realizada la restauración de la geoforma del suelo, el titular enviara a CONAF, el SAG y la Superintendencia de Medio Ambiente un informe escrito la actividad realizada, con registro fotográfico (antes, durante y después) de estado del suelo durante las distintas fases del proyecto.

Presentación y Aprobación del Plan de revegetación por parte de CONAF.

d) Demarcación de Huella. Tabla 5: Anexo IV, Adenda Complementaria

Demarcación Huella Pedestre de Acceso al Proyecto

Medida de Control

Demarcación Huella Pedestre de Acceso al Proyecto

Causa de Implementación

Evitar que el personal de obras transite fuera del área habilitada, pudiendo afectar de esta forma, especies de flora en categoría de conservación que se pudieran encontrar fuera del área delimitada.

Objetivo de la Medida

Evitar la intervención de especies de flora en categoría de conservación

Descripción de la Medida

Demarcación y delimitación de huella pedestre, por una cuadradilla de 4 personas, la que será realizada con piedras reunidas en el mismo sector del proyecto, dispuestas cada 2 metros y a ambos lados del sendero, con el objeto de evitar que el personal de obras transite fuera del área habilitada, pudiendo afectar de esta forma, especies de flora en categoría de conservación que se pudieran encontrar fuera del área delimitada.-

Lugar de Huella Pedestre de Acceso al Proyecto Implementación Forma de Previo al inicio de la Fase de Construcción, una cuadrilla de 4 personas

Implementación

realizará la demarcación de la Huella la que será realizada con piedras reunidas en el mismo sector del proyecto, dispuestas cada 2 metros y a ambos lados del sendero.

Oportunidad (tiempo) de implementación:

Previo al inicio de la Fase de Construcción, en el sendero de la huella pedestre proyectada presentada en la DIA

Indicador de cumplimiento:

Demarcación de la Huella. Informe y registro fotográfico de la medida

enviada a CONAF y la Superintendencia de Medio Ambiente.

9.13 Componente Fauna.

a) Perturbación Controlada con Liberación de Áreas. Tabla 6 Anexo IV, Adenda Complementaria

Perturbación Controlada con Liberación de Áreas

Medida de Control

Perturbación Controlada con Liberación de Areas

Causa de Evitar impactos sobre individuos de fauna terrestre que podrían Implementación potencialmente estar presentes en el área del Proyecto. Objetivo de la Proteger individuos de fauna terrestre.

Medida

Descripción de la Medida

Procedimiento que consiste en provocar el abandono o inducir el desplazamiento gradual de los individuos de la fauna silvestre, desde su lugar de origen (hábitat original) hacia zonas inmediatamente adyacentes (hábitat receptor), en forma previa a su intervención por parte del proyecto o actividad con un período de anticipación que asegure el no retorno de los individuos desplazados (1 — 5 días máximo).

Esta medida no requiere de la captura de los especímenes objetivo y por lo general considera reducidas distancias en el desplazamiento de los organismos, por lo que muchas veces el hábitat receptor es equivalente al hábitat original.

Lugar de Areas intervenidas por Proyecto: Sector Cancha de Acopio de Materiales y Implementación Sector instalación torre. Forma de Se inducirá el abandono paulatino de la especie, perturbando controladamente

Implementación

el hábitat de éstos, con el objeto de promover el desplazamiento de individuos hacia sectores aledaños que no serán intervenidos por las obras del Proyecto.

Las actividades de intervención del micro-hábitat que contempla el plan, son la perturbación a través de presencia humana y remoción de refugios. Además, se contempla el retiro de restos de vegetación y piedras, con el fin de evitar una posible recolonización.

La perturbación a través de remoción de refugios de la especie, se llevará a cabo por profesionales con experiencia acreditada, tomando las medidas de precaución necesarias, removiendo los refugios (rocas, arbustos, entre otros.) cuidadosamente, y evitando el uso de maquinarias pesadas con el fin de reducir al máximo la posible afectación de las especies.

Respecto del equipo de profesionales que considera la implementación de la medida, estará conformado por una cuadrilla entrenada y liderada por un especialista, siguiendo los criterios y recomendaciones establecidas por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG).

Oportunidad (tiempo) de implementación:

Esta medida será implementada 4 a 5 días antes del inicio de la etapa de construcción y cierre del Proyecto. Durante la etapa de operación, de acuerdo a las características del proyecto, no se implementará esta medida dado que las instalaciones se encontrarán cercadas.

Indicador de cumplimiento:

l. Materialización, registro escrito y fotográfico de la medida.

  1. Informe a ser presentado a la Superintendencia de Medio Ambiente, en un plazo de 10 días hábiles una vez implementada la medida.

b) Plan de Gestión Ambiental Inducción Trabajadores Componente Fauna. Tabla 7, Anexo IV, Adenda Complementaria.

Plan de Gestión Ambiental Inducción Trabajadores Componente Fauna

Medida de Control

Plan de Gestión Ambiental Inducción Trabajadores Componente Fauna.

Causa de Implementación

Fauna en categoría de conservación y hábitat de fauna presente en el entorno al proyecto.

Objetivo de la Medida

Tiene como objeto evitar la intervención del entorno, especialmente las especies en categoría de conservación presentes en el área.

Descripción de la Medida

Capacitar a los trabajadores con el fin de proteger la fauna presente cercana a las obras el proyecto.

Lugar de Implementación

La capacitación se realizará en la localidad de Putre, el sector específico será definido por el titular en su momento.

Forma de Implementación

El Titular del proyecto realizará previo a la fase de construcción, operación y cierre del Proyecto, una Charla de Inducción a los trabajadores involucrados en el proyecto, la cual será realizada por un especialista en Fauna, dentro de sus contenidos, se abordará las medidas de resguardo con respecto a la fauna presente.

Oportunidad (tiempo) de | Previo a las actividades de construcción del Proyecto. implementación: Indicador de Una vez realizada la charla, el titular enviara a CONAF, SAG y la

cumplimiento:

Superintendencia de Medio Ambiente un informe escrito de los contenidos de la inducción realizada, con registro fotográfico y la

constancia de asistencias a la misma.

9.1.4,

Componente Medio Humano

Plan de Gestión Informativo Local en Putre Urbano. Tabla 8, Anexo IV, Adenda Complementaria.

Plan de Gestión Informativo Local en Putre Urbano

Medida de Control

Plan de Gestión Informativo Local en Putre Urbano

Causa de Implementación

El Titular entregara dípticos en la zona de Putre Urbano y a las familias de ganaderos que utilizan los sectores aledaños a la cancha de acopio para el pastoreo de sus animales, informando sobre el uso que se dará a la Cancha de Acopio y presencia del Helicóptero mientras dure el traslado de materiales hacia el sector del proyecto.

Objetivo de la Medida

Evitar desinformación por presencia del Helicóptero durante los meses y en los horarios propuestos.

Descripción de la

Entregar dípticos informativos a la población de Putre Urbano. Estos

Medida dípticos se entregarán puerta a puerta y también de dejarán para libre circulación en lugares apropiados para estos fines, como la municipalidad y juntas de vecinos.

Lugar de Dependencia a definir por el Titular del Proyecto.

Implementación

Forma de Implementación

El Titular del proyecto realizará previo al inicio de la fase de construcción y cierre, una entrega de dípticos informativos para la población de Putre Urbano.

Oportunidad (tiempo) de implementación:

Se realizará antes de la fase de construcción.

Indicador de cumplimiento:

Dípticos entregados en las organizaciones sociales, y servicios públicos. Se tomará como éxito el entregar informativos puerta a puerta, municipalidad y juntas de vecinos. De la actividad se dejará constancia a través de registro fotográfico y de ser posible, firma de un acta de entrega por parte de las familias de ganaderos cuyos animales pastorean a los sectores cercanos.

  1. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias,

son las siguientes:

1.- En este caso un Ingeniero Forestal que realizará el catastro de especies afectadas para la recuperación de estas zonas, actividad que será informada y coordinada en conjunto con CONAF. Posteriormente se elaborará un informe detallado de las especies afectadas y el plan de revegetación, el cual será presentado a CONAF para su aprobación.

2.- En caso de emergencia se determinará personal propio capacitado a cargo del uso de extintores y otros equipos, y el personal a cargo de dar aviso a teléfonos de emergencia inmediatamente ocurrido el suceso.

En el Anexo VI “Plan de Contingencia en Caso de Incendios Forestales” de la Adenda y en el Anexo IV “Actualización Plan de Emergencia en caso de incendios forestales” de la Adenda Complementaria se indican los detalles de los planes de emergencias.

  1. Que, se ha podido establecer que el Proyecto no genera o presenta los efectos, características o circunstancias a que se refiere el artículo 85 del Reglamento del SEIA, en base al contenido de los antecedentes del expediente de evaluación y de las reuniones y entrevistas realizadas con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizados en el área en que se desarrollará el Proyecto.

  2. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

13, Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando N? 4 de la presente Resolución.

  1. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

  2. Que, para que el proyecto “Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLI273F1 — Putre — Murmuntani” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  3. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Arica y Parinacota y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

  4. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA de Arica y Parinacota la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

  5. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2* letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

  6. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente

Resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

  1. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLI273F1 — Putre — Murmuntani”, de Telefónica Móviles Chile S.A.

2*. Certificar que el proyecto “Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLI273F1 — Putre — Murmuntani” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3”. Certificar que el proyecto “Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLI273F1 — Putre — Murmuntani” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en el permiso ambiental sectorial que se señalan en el artículo N” 160 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4?, Certificar que el proyecto “Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLI273F1 — Putre — Murmuntani”, no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19,300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5”. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4 del presente acto.

6”, Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N* 19,300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese

Distribución:

+. Superintendencia de Medio Ambiente + (Interregional) Consejo de Monumentos Nacionales

C/e:

(Interregional) Superintendencia de Servicios Sanitarios

(XV) CONADI, Región de Arica y Parinacota

(XV) CONAF, Región de Arica y Parinacota

(XV) DGA, Región de Arica y Parinacota

(XV) DOH, Región de Arica y Parinacota

(XV) Dirección de Vialidad, Región de Arica y Parinacota

(XV) Gobernación Provincial de Parinacota

(XV) Gobierno Regional, Región de Arica y Parinacota.

(XV) Municipalidad de Putre.

(XV) SAG, Región de Arica y Parinacota

(XV) SEC, Región de Arica y Parinacota

(XV) SEREMI Medio Ambiente, Región de Arica y Parinacota (XV) SEREMI de Agricultura, Región de Arica y Parinacota

(XV) SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Arica y Parinacota (XV) SEREMI de Desarrollo Social, Región de Arica y Parinacota (XV) SEREMI de Salud, Región de Arica y Parinacota

(XV) SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Arica y Parinacota (XV) SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Arica y Parinacota. (XV) SERNAGEOMIN, Región de Arica y Parinacota.

(XV) Servicio Nacional Turismo, Región de Arica y Parinacota. (XV) Servicio Nacional de Pesca, Región de Arica y Parinacota.

Encargada Participación Ciudadana

Archivo - SEA Dirección Regional

Secretaria SEA Regional

Expediente del Proyecto “Instalación Torre de Telecomunicaciones Sitio NEWPOLI273F1 — Putre — Murmuntani”

Archivo Servicio Evaluación Ambiental, XV Región de Arica y Parinacota

Oficina de Partes.

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