Evaluación SEA

Nuevo Parque Eólico Cabo Negro

Rol 2131640424
SEA · DIA · Aprobado · 2016-08-18 · Región de Magallanes y de la Antártica Chilena · Vientos Patagónicos SpA

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN XII REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

Califica Ambientalmente el proyecto "Nuevo Parque Eólico Cabo Negro"

Resolución Exenta N* 029/2017

Punta Arenas, 15 de marzo de 2017

VISTOS:

e La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 12 de enero de 2017 y su Adenda Complementaria de 17 de febrero de 2017, del proyecto “Nuevo Parque Eólico Cabo Negro”, presentado por la Empresa Nacional del Petróleo - Magallanes con fecha 18 de agosto de 2018.

2% Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo Il del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto "Nuevo Parque Eólico Cabo Negro”.

3%. El Acta de Evaluación N* 027/2016 de 31 de agosto de 2016, del Comité Técnico de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.

a El ICE de la DIA del proyecto “Nuevo Parque Eólico Cabo Negro” de 02 de marzo de 2017.

5% El acuerdo adoptado en la sesión N* 03 de 14 de marzo de 2017, de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.

6? Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Nuevo Parque Eólico Cabo Negro”.

ya Lo dispuesto en la Ley N19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N*1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

CONSIDERANDO:

a Que, la Empresa Nacional del Petróleo - Magallanes (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Nuevo Parque Fólico Cabo Negro” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Empresa Nacional del Petróleo - Magallanes Rut 92.604.000-6

Domicilio José Nogueira 1101

Teléfono 56- 612 243 477

a representante Ramiro Parra Armendaris

Rut representante legal 8.965.749-0

a representante José Nogueira 1101, Casilla 247, Punta Arenas Jeléfono representante 56612 243 477

legal

Correo Electrónico rparraa(Qmag.enap.cl y cmunozr(Menap.cl

2, Que, conforme se indica en el ICE de fecha 02 de marzo de 2017, la Directora Regional de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto, cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en el Permiso Ambiental Sectorial Mixto señalado en el artículo 160 del D.S. N%40/2012 y no genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

$, Que, en sesión de 14 de marzo de 2017, la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena acordó calificar favorablemente el proyecto "Nuevo Parque Eólico Cabo Negro”, aprobando integramente el contenido del ICE de 02 de marzo de 2017, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4 Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

S Producir anualmente 39.420 MW-h de energía eléctrica utilizando el

"[LObjetivo general potencial eólico de la zona, para ser inyectada al Sistema de

N Magallanes a través de infraestructura eléctrica existente.

C) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW

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Tipología principal, así como las

aplicables a sus partes, obras o

acciones

Vida útil 25 años

Gestión, acto o faena mínima

que da cuenta del inicio de la Instalación de Faenas

ejecución SI NO Proyecto se desarrolla por X etapas Proyecto modifica un proyecto o Xx actividad Proyecto Modifica otra (s) RCA Xx 4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- Comuna de Punta Arenas, Provincia de Magallanes, XIl Región de administrativa Magallanes y la Antártica Chilena. Descripción de: la Al interior del Complejo Industrial Cabo Negro localización Superficie 25.764 m? (2,57 hectáreas) Coordenadas Datum VWGS84 Huso 19 UTME UTM A Aerogeneradores Aerogenerador 1 376.567 4.132.767 Aerogenerador 2 376.681 4.133.137 Aerogenerador 3 377.228 4.133.572 Vértices Sala de Control sc 1 376.817 4.132.101 sc 2 376.871 4.132.127 sc 3 376.897 4.132.072 sc 4 376.843 4.132.047 Vértices Instalación de Faenas IF 1 377.508 4.133.235 IF2 377.410 4.133.022 IF3 377.641 4.132.964 IF 4 377.694 4.133.182 Caminos de acceso Ruta N? 9, kilómetro 28

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones 4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Figura 1-1, Capítulo |, DIA

Acondicionamiento de Mejoramiento y construcción de los caminos internos de construcción, Terreno las plataformas grúa y las fundaciones de los aerogeneradores.

El tránsito se compone principalmente por camiones para el transporte Transporte de aerogeneradores, materiales, grúa, maquinaría auxiliar y remoción

de material de excavaciones.

Para el establecimiento de fundaciones, se inserta un círculo de 40 a 50 pilares, con una profundidad determinada a través de sondaje. Sobre estos pilares y el relleno compactado se confecciona la fundación de concreto, con doble anillo de anclajes de acero.

En cuanto a la fundación de la subestación respecta, ésta será construida de acuerdo a las Normas Chilenas vigentes.

Para el montaje de los aerogeneradores, es necesario constituir plataformas de grúa adyacentes a la fundación del equipo.

Para cada plataforma de grúa, se retira la cubierta vegetal en un área Plataforma de Grúa de 25 x 45 metros, con 0,5 metros de profundidad. Esta estructura se inicia a 10 metros del eje de la torre o punto central de la fundación. Finalmente, el suelo será compactado y cubierto por una capa de grava que formará la superficie.

Para la sala de control, inicialmente se realizará marcación en terreno y excavación. Una vez preparado el terreno se instalará un cerca Sala de Control perimetral, para luego iniciar la construcción de fundaciones y los distintos equipos que componen la sala (interruptores, desconectores, k switch gear, pararrayos, equipos de control).

De s El proyecto requiere de caminos internos para su construcción y 5/ ¿Caminos Internos operación, que deben resistir el transporte pesado, ofreciendo para ello la estabilidad necesaria.

Fundaciones

Zanja de Cableado Interno

2/14

La construcción de zanjas para canalizaciones subterráneas entre los aerogeneradores y la sala de control principal, se realizará a través de excavaciones que irán paralelas a los caminos interiores, la cual tendrá 1 metro de profundidad y 1 metro de ancho.

Para la construcción de la línea de transmisión entre la sala de control y la línea de media tensión del tercero, se requiere de excavaciones en una longitud de 59 metros, con una profundidad aproximada de 0,8 a 1,3 metros y un ancho de 1 metro. Se instalarán banco de ductos y cámaras de revisión; Tendido de conductores; Instalación señaléticas y Relleno de zanjas con áridos y material de la propia excavación.

Montaje de Aerogeneradores

Instalación de Faena y Patio de Acopio

Acciones y requerimientos para la materialización de las obras fisicas

Recursos naturales

renovables

Emisiones y efluentes

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el

medio ambiente.

El primer segmento se iza y asienta mediante grúa principal y grúa auxiliar como guía. Sucesivamente se montan los tramos 2 y 3 de la torre tubular. La torre es cerrada en su punta con la sala de máquina. A esta se acopla el buje con el rotor montado. Dependiendo del aerogenerador, puede ser montado el rotor completo o cada una de las tres aspas tras la otra.

Para la fase de construcción se considera una instalación de faena de la empresa constructora, donde estarán sus oficinas y bodega de materiales.

Transporte: El personal de ENAP en Magallanes destinado a la supervisión de las obras, se transportará en camionetas proporcionadas por la misma empresa. Adicionalmente, el personal contratista contará con su propio transporte de acuerdo a los estándares exigidos por el Titular.

Maquinaria: Los camiones a utilizar para el transporte de materiales a la zona del Proyecto, se ajustarán a las dimensiones establecidas por la normativa vigente.

Equipamiento para la Mantención: Para la mantención de los equipos involucrados en el proyecto, se utilizarán las infraestructuras existentes en el Complejo Industrial de Cabo Negro que actualmente se encuentra en operación.

Áridos: Para la construcción de caminos, plataformas y fundaciones, se estima utilizar un volumen de 15.200 m* de áridos, los cuales serán suministrados por un contratista que tendrá como exigencia la extracción del material desde una cantera autorizada por la autoridad competente.

Combustible: No existirá recarga ni abastecimiento de combustible para los vehículos, en el área de emplazamiento del proyecto. Dichas actividades serán efectuadas en recintos autorizados por ENAP.

Para la construcción de caminos, plataformas y fundaciones, se estima utilizar un volumen de 15.200 m3 de áridos, los cuáles serán suministrados por un contratista que tendrá como exigencia la extracción del material desde una cantera autorizada por la autoridad competente.

A su vez, el proyecto adjunta un Plan de Intervención de Cubierta Vegetal (PICV) en el Anexo VII de la DIA, que tiene como objetivo disminuir las distorsiones sobre el suelo y la vegetación, presentes en el área considerada para la construcción los aerogeneradores, caminos de acceso, trazados de cableado interno y la sala de control.

Emisiones Atmosféricas: ¡Las emisiones atmosféricas están relacionadas con la generación de polvo en suspensión, debido al movimiento de tierra en la etapa de construcción.

Ruido: Se generará ruido debido a los motores de la maquinaria a utilizar, sin embargo estas serán puntuales y de baja magnitud debido a las dimensiones del Proyecto y al tipo de máquinas a utilizar en esta etapa.

Residuos Líquidos Domésticos: Se estima una generación de 3,2 m“/día para un total de 50 trabajadores para esta etapa. Los residuos líquidos domésticos serán producto de los baños químicos utilizados en faena, cuyos desechos (aguas servidas) serán almacenados en estanques de acumulación incorporados en el mismo baño, con una capacidad que varía entre 12 y 15 m', por lo que su retiro se realizará con una periodicidad que varía entre 3 y 5 días. Estos desechos serán retirados por una empresa autorizada, especializada en la materia y contratada especialmente para dicho propósito, la cual se encargará además de realizar la disposición final en un lugar autorizado y donde le esté habilitado.

Residuos Sólidos Domésticos: Se estima una generación de 6,3 toneladas para el periodo de construcción. Los residuos sólidos de origen domiciliario e industrial generados en el Proyecto, serán almacenados momentáneamente en tambores correctamente rotulados e identificados de acuerdo a su clasificación y/o composición para posteriormente, ser conducidos a un lugar autorizado.

3/14

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo IV

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN

Generación de energía

La generación de energía por los aerogeneradores resulta de forma automática según disponibilidad de recurso de viento, siendo su funcionamiento vigilado por el sistema SCADA, y los parámetros de operación registrados en un data logger. A su vez, un software de operación generará las alertas, balances, estadísticas y gráficos.

La operación puede realizarse desde la sala de control del proyecto o remotamente.

La energía será despachada a través de una línea de media tensión (existente al momento de la puesta en marcha del Proyecto), a la subestación Tres Puentes de Edelmag, para ser inyectada a la red mediana de la zona.

Plan de acción ante evento de colisión de aves.

Con el objetivo de tomar acciones ante un evento de colisión de aves durante la operación del Proyecto, el titular desarrollará las siguientes actividades:

a) Siel ave resulta con vida, el operador que realice el hallazgo se comunicará inmediatamente con el encargado de Medio Ambiente del Área, quién será el encargado de dar aviso al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), entidad que definirá los pasos a seguir por el Titular del Proyecto.

Si el ejemplar, producto de la colisión muere, el operador deberá manipular la carcasa con guantes, depositándolo en una bolsa rotulada con la identificación de la especie y el día del hallazgo, además de realizar el registro en una planilla que contendrá mayor detalle del evento, las cuales contarán con la siguiente información:

Nombre del Proyecto

Fecha de la observación

Nombre y contacto del observador

Infraestructura responsable del georreferenciado

Nombre Científico Especie afectada

Sexo del Individuo

Edad del individuo accidentado (Cría, Juvenil/subadulto, Adulto Indeterminado)

Momento aproximado de la muerte (Un día / Una semana / Un mes / Otro)

Estado del cadáver (Reciente / Descompuesto / Huesos y restos / Depredado)

Descripción general del hábitat en un radio de 50 m

Condiciones climáticas

Registro fotográfico.

De igual modo, inmediatamente se dará aviso al SAG a través del encargado de Medio Ambiente, para coordinar la disposición final del ejemplar muerto.

impacto (Aerogenerador)

Emisiones y efluentes

El proyecto utilizará vehículos livianos durante la operación para el traslado de personal y materiales, no obstante, todos los vehículos utilizados durante esta fase, se encuentran con las respectivas revisiones técnicas al día. Se generará ruido debido al funcionamiento de 3 aerogeneradores. Sin embargo, de acuerdo al estudio realizado (anexo IX de la DIA), las emisiones acústicas del proyecto no superarán los límites establecidos por el Decreto N* 38/11 del Ministerio del Medio Ambiente, que es la normativa que regula las emisiones de ruidos.

Residuos, productos Residuos Líquidos Domésticos: Se estima una generación de 0,12

químicos y otras sustancias A de s

que puedan afectar el m3/día de acuerdo a un consumo diario 80 lhab/dia con una tasa de

medio ambiente: recuperación de 0,8 y un total de 2 trabajadores para esta etapa. Residuos Sólidos Domésticos (No peligrosos): Se generarán residuos sólidos de origen domiciliario, generados por 2 trabajadores temporales que estarán operando en la sala de control. Dichos residuos serán almacenados momentáneamente en tambores O capachos correctamente rotulados e identificados de acuerdo a su clasificación y/o composición, para posteriormente ser retirados y conducidos a un vertedero autorizado, de acuerdo a una autorización específica obtenida para tal efecto.

Referencia al ICE para

“mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo IV

4:3.3. FASE DE CIERRE

1/1, ¡Desmantelamiento

4/14

8%.

En caso de abandono del proyecto, el desmantelamiento requerirá de una infraestructura similar a la utilizada durante la construcción, es decir, instalación de faena, grúa, transporte y maquinaria.

La fase de cierre incluye principalmente detener la operación, desenergizar las instalaciones y restituir las áreas intervenidas. Los aerogeneradores serán desmantelados por completo y retirados del sitio y las fundaciones serán tapadas con material para restituir la superficie natural. Asimismo, la línea de media tensión y la sala de control. Todo material será reciclado o vendido a terceros para dar utilidad a algunos componentes.

Desmantelamiento (o) aseguramiento de infraestructura

Los aerogeneradores serán desmantelados por completo y retirados del sitio y las fundaciones serán tapadas con material para restituir la superficie natural. Asimismo, la línea de media tensión y la sala de control.

Las obras entre la sala de control y la línea de media tensión del tercero, se realizará retiro de conductores eléctricos, desmantelamientos de elementos mecánicos en desuso y relleno o sellado de cámaras de revisión.

Restauración

El área donde se emplazará la instalación de faenas y el:patio de acopio corresponde a una zona industrial existente (Complejo Industrial Cabo Negro), la etapa de abandono contempla el retiro de toda la estructura móvil. El terreno, mantendrá su topografía inicial, quedando en igual condición a la que se encontraba previo a su uso durante la fase constructiva del Proyecto (superficie de ripio compactado), es decir sin elementos que den cuenta de su ocupación.

Como parte del proyecto y, consecuentemente, del plan de abandono, se debe considerar el pleno restablecimiento del escurrimiento natural, en su condición original, de aguas lluvias y deshielos. Asimismo, la obligatoriedad de que no se formen cuerpos de agua artificiales en terrenos abandonados.

A su vez, el proyecto cuenta con un PICV, el cual debe ejecutar para la restauración de lás áreas utilizadas.

Mantención, conservación y supervisión

Solo si se considera una vida útil mayor a la declarada en el Proyecto, habrá reemplazo de los aerogeneradores.

Emisiones y efluentes

No se generarán emisiones, y los materiales serán reciclados O vendidos a terceros.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo IV

4.4. DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO

4.41.

Fase de Construcción

Fecha estimada de inicio

Marzo de 2017

inicio

Parte, obra o acción que establece e

Instalación de faenas

Fecha estimada de término

Julio 2017

término

Parte, obra o acción que establece el

Pruebas e inspecciones

4.4.2. Fase de Operación

Fecha estimada de inicio

Julio 2017

Parte, obra o acción que establece el

Pruebas e Inspecciones de los aerogeneradores

inicio

Fecha estimada de término Año 2041

Parte, obra o acción que establece el | Reemplazo de los aerogeneradores o .abandono del término Proyecto

4.4.3. Fase de Cierre

Fecha estimada de inicio Año 2041:

Parte, obra o acción que establece el | Desmantelamiento de los aerogeneradores o abandono del inicio Proyecto

Fecha estimada de término Año 2041

término

Parte, obra o acción que establece el

Tapado de las fundaciones

Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N” 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

específico

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto

Capítulo IV

Durante la etapa de operación del proyecto, dados los niveles de actividad propios de esta etapa y a las características automatizadas del proyecto y su sala de control, las tasas de generación de residuos y emisiones atmosféricas serán menores a las de la etapa de construcción y estarán asociados principalmente a actividades de mantención de los aerogeneradores y sala de control.

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El contratista dispondrá de baños químicos para su personal y el Titular exigirá que el retiro se realice por una empresa acreditada y su disposición sea en un lugar autorizado para estos fines. Los residuos sólidos producto de las mantenciones, serán almacenados y rotulados en el lugar de origen, para posteriormente ser trasladados a la bodega de acopio temporal con que cuenta ENAP en el Complejo Industrial Cabo Negro, destinada para dicho efecto, la cual se encuentra autorizada por la Resolución Exenta N* 617, del 19 febrero de 2016, del SEREMI de Salud,

En cuanto a las emisiones de ruido en la etapa de construcción y operación, se analizaron y modelaron los efectos del Proyecto respecto de las emisiones de ruido en los 2 receptores identificados como sensibles, correspondientes a la "Casa del Estanciero”, y la empresa “Bufete Industrial”, identificados respectivamente como R1 y R2 en el estudio. Respecto del Complejo Industrial Cabo Negro, al encontrarse a una distancia superior a los receptores R1 y R2, se puede establecer que las emisiones modeladas para esta área serán iguales o inferiores a las obtenidas para dichos receptores.

Durante la etapa de construcción del Proyecto la generación de residuos sólidos no peligrosos y peligrosos será de corta duración (6 meses aproximadamente). En esta etapa no se generarán residuos industriales líquidos. Los residuos líquidos domésticos producto del funcionamiento de baños químicos en faena, se estiman de 3,2 m3/día y serán almacenados en estanques de acumulación incorporados en el mismo baño químico, con una capacidad que varía entre 12 y 15 m3. El retiro de los residuos líquidos domésticos se realizará cada 3 o 5 días por una empresa autorizada, la cual se encargará además de realizar la disposición final en la planta de tratamiento de aguas servidas de la empresa sanitaria Aguas Magallanes en la ciudad de Punta Arenas.

Respecto de los residuos sólidos no peligrosos, se estima una generación de 35 kg/día, los cuales serán almacenados temporalmente en tambores correctamente rotulados, para posteriormente, ser retirados y dispuestos en un lugar autorizado.

En cuanto a los residuos sólidos peligrosos, se estima una generación de 80 kg para toda la etapa de construcción y corresponderán a pinturas, diluyentes, brochas, trapos, grasas, aceites y lubricantes, los cuales serán almacenados y rotulados en el lugar de origen, para posteriormente ser trasladados a la bodega de acopio temporal con que cuenta ENAP en el Complejo Industrial Cabo Negro, destinada para dicho efecto, la cual se encuentra autorizada por la Resolución Exenta N?* 617, del 19 febrero de 2016, del SEREMI de Salud.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este

impacto específico Capítulo IV

Para el tratamiento del suelo se cuenta con un Plan de Intervención de la Cubierta Vegetal (ANEXO VII), el cual indica los procedimientos a seguir en las etapas de construcción y abandono.

Las emisiones atmosféricas generadas por el Proyecto serán de corta duración y de baja

magnitud, estimándose en aproximadamente 6 meses para la etapa de construcción.

Junto a lo anterior es importante señalar que todos los vehículos utilizados durante la

construcción, se encontrarán con las respectivas revisiones técnicas al día.

En cuanto a recursos hídricos, el desarrollo del proyecto no considera el atravieso de

cauces.

Se realizaron 13 calicatas para caracterizar la mecánica de suelos de la zona donde se

emplazará el Proyecto. Posteriormente, se instalaron piezómetros en las 6 alternativas

originales para la medición del nivel freático en dichas posiciones. Finalmente, se elaboró un estudio capacidad de Infiltración del suelo en las 3 posiciones definidas para los aerogeneradores.

Basado en los estudios realizados, se puede indicar que:

  • El terreno donde estará emplazado el Proyecto, presenta un contexto geográfico de planicie suavemente ondulada, con algunas lomas de poca altura, depósitos de basuras, rellenos heterogéneos y una laguna natural (laguna Cabo Negro), cuyas aguas se acumulan temporalmente como consecuencia de la impermeabilidad de los suelos finos (arcillas muy plásticas y de consistencia blanda) que predominan en superficie. Estas condiciones han determinado que el terreno posea características de alta impermeabilidad, donde el agua lluvia infiltrada, se mantenga en estratos muy superficiales hasta que es evacuada en forma natural. Tal condición, hace que la infiltración de agua presente amplias variaciones a través del tiempo, en función de la época del año y la pluviometría específica.

  • No se encontró evidencia de un aporte constante de agua subsuperficial, las cuales se originan principalmente por la acumulación temporal de aguas lluvias y derretimiento de nieve.

  • Conforme a lo anterior, se establece que solo la posición del Aerogenerador N* 2 sería susceptible de presentar contenido de agua subsuperficial al momento de realizar las excavaciones, con motivo de las fundaciones de las estructuras, de acuerdo al resultado obtenido en la medición de nivel freático. No obstante “lo anterior, se descartaría un efecto conforme a los resultados del estudio de infiltración de suelo, el cual no constató la presencia de agua en dicha posición. Esto se ratifica a partir de los estudios del sector, los cuales indicarían que el acuífero se encuentra

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a 100 metros (Anexo VI). En virtud de ello, la existencia de agua en la posición del Aerogenerador N*2 en noviembre de 2016, correspondería a una infiltración de origen pluvial, consecuente con el tipo de suelo arcilloso e impermeable del sector.

  • Tomando en consideración las características de las obras del Proyecto (volumen de material a excavar) y temporalidad de su ejecución, se descarta efectos sobre acuíferos debido al afloramiento de agua.

Respecto de la avifauna, se realizó una prospección del área de estudio, arrojó un

total de 14 especies, de las cuales 8 realizan migración, ya sea local o fuera de la

región. Entre ellas se destaca Tachyeres patachonicus (Quetru Volador) catalogada como “Insuficientemente Conocida” de acuerdo a la Ley de Caza

(SAG, 2012).

En cuanto a rutas migratorias respecta, actualmente no existen estudios

específicos que califiquen al área del Proyecto como ruta de migración de aves,

sin embargo, la superficie donde se emplazará el Proyecto es una zona abierta, no del tipo cuello de botella para migraciones.

De igual modo, dada la configuración y la cantidad de aerogeneradores que tiene

el Proyecto, se disminuye el riesgo de colisión al no generar una barrera de paso

para las aves. A modo de resguardar la avifauna de eventuales colisiones, el

Titular del proyecto utilizará luces de navegación del tipo A y B permitidas por la

DGAC, ya que estas son de mediana intensidad, con destellos simultáneos que

resultarían menos atractivas, y por lo tanto, menos peligrosas para las aves.

A la fecha no existen registros de colisiones de aves en todo lo que lleva operando el parque eólico existente en el área. Respecto de la destrucción o pérdida de hábitat como potencial modificación de ambiente que se pudiese generar con el desarrollo del Proyecto, el Titular señala que la remoción de suelo será puntual (cada aerogenerador irá dispuesto sobre una fundación de 314 m, con una distancia promedio de aproximadamente 380 m), y de superficies acotadas principalmente a sectores donde existe un suelo intervenido, y a sectores compuestos por vegetación ruderal denominada Pradera Antrópica, que se ha establecido sobre áreas previamente intervenidas. Lo anterior, permite inferir que el área de intervención del Proyecto no corresponde a un territorio con valor ambiental, ya que además, no presenta condiciones de hábitat excepcionales ni sitios de crianza de especies en peligro o áreas de concentración de fauna relevantes, por lo que no existirá pérdida de fauna por degradación o pérdida de hábitats.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo IV

El Proyecto no contempla la alteración de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, debido a que el Proyecto se emplazará en terrenos de propiedad de ENAP y no interfiere ni restringe al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico de los receptores externos cercanos al Proyecto, correspondientes a la “Casa de Estanciero” y la empresa “Bufete Industrial”.

El transporte de la mayor parte de piezas de los aerogeneradores se realizará por caminos interiores existentes del Complejo. Por otro lado, el flujo vehicular para la etapa de construcción del Proyecto no implicará un aporte vehicular significativo a la Ruta 9 comparado con el tráfico habitual de ésta, toda vez que de acuerdo a los datos del último Plan Nacional de Censos (PNC) para la zona sur de Chile, en particular al punto de control cercano al Proyecto, el tránsito medio diario anual (TMDA) en ese punto para el año 2014 corresponde a 2.704 (promedio para ambos sentidos) y el aporte diario del Proyecto durante la etapa de construcción, será de 38 viajes diarios (ida y vuelta), lo que implica un incremento del 1,3% al valor informado en el PNC del 2014.

En consecuencia, el Proyecto no causará alteraciones en la conectividad y tampoco a los tiempos de desplazamiento de la Ruta 9.

Durante la etapa de construcción del Proyecto (6 meses aproximadamente), se contará con un máximo de 50 trabajadores, los cuales se desplazarán diariamente a su lugar de trabajo. En este sentido, el Proyecto no generará impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, como tampoco se verá alterado el acceso o la calidad de los bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica, toda vez que los trabajadores que utilizarán las instalaciones propias destinadas para la construcción del Proyecto. Es importante mencionar que en la zona de emplazamiento del Proyecto no existen asentamientos de comunidades indígenas.

El Proyecto no generará dificultad o impedimento para el ejercicio o manifestación

'de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los

“sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo, dado que las actividades

constructivas del Proyecto, se realizarán dentro de predios privados.

7/14

Los receptores de interés identificados corresponden a "Casa de Estanciero”, "Empresa Bufete Industrial” y “receptores dentro del Complejo Industrial Cabo Negro, ya sean trabajadores de ENAP como colaboradores de la empresa. La cantidad de tiempo que permanecen en el área es variable. En el caso de los trabajadores de ENAP depende del sistema de turnos. En el caso del Bufete Industrial (Servimer), trabajan en jornadas diarias, y el trabajador de la estancia dice estar las 24 horas del día en el lugar, pero por motivos de trabajo (según visita fecha 17 de octubre 2016). Es decir, en el 100% de los casos el tiempo que se permanece en el lugar corresponde a jornada de tipo laboral (independiente del sistema de trabajo); es decir, no hay permanencia en el área que esté destinada a otras actividades, cuyo objetivo se centre en la generación de vínculos sociales o comunitarios.

Finalmente, es importante indicar que en la zona de emplazamiento del Proyecto, no existen asentamientos de comunidades indígenas.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo IV

En el área de desarrollo del Proyecto no existen poblaciones susceptibles de ser afectadas, debido a que dicha área se encuentra distante a 28 Km de la ciudad de Punta Arenas, el cual corresponde al centro poblado más cercano.

En cuanto a áreas protegidas respecta, la más cercana corresponde específicamente a la Marisma del Estuario Río Pescado, la cual se encuentra aproximadamente a 4 km del área del Proyecto en evaluación. A su vez, de acuerdo a los antecedentes recopilados a partir del servicio Nacional de Turismo, el área de influencia del Proyecto no se encuentra dentro de los núcleos o polos de desarrollo definidos por dicha institución. Además, no presenta zonas que estén en o próximas a glaciares y humedales protegidos, ni sectores considerados dentro de las categorías del Sistema Nacional de Áreas Protegidas del Estado, en especial aquellos que puedan ser clasificados como Áreas Protegidas, Parques Nacionales y/o Monumentos Nacionales o que por sus características puedan ser catalogados como Patrimonio Nacional. De manera complementaria, en el Capítulo VIl se mencionan las áreas con valor ambiental que se destacan en la comuna, respecto de la localización del Proyecto. Finalmente, no será alterado el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

Referencia al ICE para mayores detalles

sobre este impacto específico Capítulo IV

De acuerdo a lo estipulado en el documento “Plan Regional de Desarrollo Urbano Región de Magallanes y la Antártica Chilena” se extrae que las zonas de influencia directa para este Proyecto son: “Áreas de desarrollo Preferentemente Turístico”, las que corresponden a territorios que han sido incluidos en las áreas de interés turístico establecidas por el Plan Maestro de Turismo. Asimismo, existen también “Áreas Preferentemente Turísticas en Áreas Snaspe", aproximadamente a 24 Km del área de emplazamiento del Proyecto, que corresponde especificamente a la Reserva Nacional Magallanes. El área de influencia del Proyecto no se encuentra emplazada dentro de ninguna de las áreas turísticas recién mencionadas, por lo que se puede afirmar que la realización de este Proyecto no tendría efectos significativos en el desarrollo turístico de la comuna.

En el área específica de establecimiento del proyecto no se desarrolla ningún tipo de actividad turística o recreacional, ni se tienen contemplados proyectos que a futuro mediato incorporen esta variable. Además, de acuerdo a lo señalado en la MPRDU de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, el área definida para el establecimiento del proyecto se encontraría clasificada como “baja” en cuanto a la valoración del recurso estético se refiere.

De acuerdo al documento "Plan de Desarrollo Comunal 2002 - 2006” de la comuna de Punta Arenas, El Proyecto no contradice el espíritu de lo plasmado en dicho PLADECO, solo es parte de las políticas del Ministerio de Energía y los compromisos adquiridos por el gobierno de Chile, tendientes a diversificar la Matriz Energética de la XIl Región de

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Magallanes y de la Antártica Chilena, con plena independencia del plan Comunal que por su formulación y declaración nunca serán antagonistas ni en la forma ni en el espíritu del documento, es más ENAP como Empresa del Estado, pretende como objetivo final un mejor bienestar energético no solo para la Comuna o la Región sino que para el país.

La investigación efectuada sobre la recopilación de antecedentes

de las fuentes de información de carácter pública permiten señalar

que el área de influencia del Proyecto, no presenta sectores que estén considerados dentro de las categorías del Sistema Nacional de Áreas Protegidas del Estado, en especial aquellos que puedan

ser clasificados como Áreas Protegidas, Parques Nacionales y/o

Monumentos Nacionales o que por sus características puedan ser

catalogados como Patrimonio Nacional. Las únicas actividades que

se realizan en el área del Proyecto corresponden a labores de tipo industrial, por lo tanto, el desarrollo del Proyecto no generará impacto alguno sobre áreas protegidas por Ley.

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL

Referencia al ICE para mayores detalles

sobre este impacto específico

En el Informe Arqueológico realizado en el área de emplazamiento

del Proyecto, en el cual se menciona la no identificaron de

hallazgos de material arqueológico en las área de intervención del

Proyecto. En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o

paleontológico durante la etapa constructiva, el Titular informará de

inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales

como se establece en los artículos N26 y 27 de la Ley N17.288.

6”. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las

correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos

6.1.1. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los

límites urbanos, del artículo 160 del Reglamento del SEIA

Fase del Proyecto a la cual

corresponde

Parte, obra o acción a que aplica Aerogeneradores y caseta de Control

Pronunciamiento del órgano | Oficio 113 de fecha 27 de febrero de 2017 del Servicio

competente Agrícola y Ganadero

Referencia al ICE para mayores | Capítulo IX

detalles

7% Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de

cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

Norma D.F.L. N* 725, Código Sanitario Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará | Construcción, Operación y Abandono cumplimiento Forma de cumplimiento Artículos 67” y 68”. Cumplirán la normativa a partir de reglamentos internos y procedimientos internacionales. Artículos 70 y 71”. El agua potable y de consumo será proporcionada por un contratista y provendrá desde Punta Arenas en bidones. Para la etapa de construcción se dispondrá de baños químicos proporcionados por un contratista con autorización sanitaria. Para la etapa de construcción las aguas servidas serán retiradas por medio de camión aljibe a una instalación que cuente con la autorización de la autoridad para tal efecto.

Artículos 72” y 73”. Se dispondrá de baños químicos proporcionados

por un contratista con autorización sanitaria. Las aguas servidas serán

retiradas por medio de camión aljibe a una instalación con permiso de la autoridad para tal efecto. El Proyecto no descargará aguas servidas

y residuos industriales o mineros en ríos o lagunas, o en cualquier otra

fuente o masa de agua que sirva para proporcionar agua potable a

alguna población.

Artículo 77”. El Proyecto contempla la habilitación de una instalación de

faena, solo para el establecimiento de oficinas y bodega de materiales

: durante la etapa de construcción del proyecto, el cual cumplirá con lo

señalado en este artículo.

Artículos 80 y 81: Los Residuos Sólidos Domésticos se almacenarán

momentáneamente en tambores o capachos correctamente rotulados e

identificados de acuerdo a su clasificación y/o composición.

  • Posteriormente, serán conducidos a un vertedero autorizado, por una

Capítulo IV

Construcción

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empresa autorizada, previo a solicitud de certificado de recepción de la Dirección de Aseo y Ornato y Control de Contratos de la Municipalidad de Punta Arenas.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registros en reglamentos y procedimiento interno.

Registros de despacho de residuos

Documentos de acreditación de transporte, habilitación, retiro de baños químicos y saneamiento del sector. Documentos de despacho y recepción de aguas servidas.

Documento de distribución de agua potable y de consumo en bidones.

Registro de Despacho de Residuos

Registro de acreditación de transporte, habilitación, retiro de baños

eno control y químicos y saneamiento final del sector. Despacho y Recepción de Aguas Servidas Documento de distribución de agua potable y de consumo de bidones Norma D.S. N* 21, Norma sobre Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Abandono

Forma de cumplimiento

Todos los vehículos utilizados en desarrollo del Proyecto, cumplirán con las normas nacionales de emisión, contando con las respectivas revisiones técnicas al día.

Indicador que acredita su cumplimiento

Durante todas las fases del Proyecto se mantendrán en las obras los Registros de Revisiones Técnicas al día.

Forma de contípl y Revisiones Técnicas de los Vehículos seguimiento

D. S. N* 160, Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Norma Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento,

Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

Durante la fase constructiva del Proyecto se utilizarán grupos electrógenos que proveerán de energía eléctrica a las instalaciones de faena, equipos cuyo funcionamiento será a base de diésel, cuyo abastecimiento será por medio de camiones autorizados.

Indicador que acredita su cumplimiento

Durante la fase de construcción del Proyecto se mantendrán los registros de autorizaciones de abastecimiento.

Forma de control y : on : seguimiento Registro de Autorizaciones del Almacenamiento Norma D.S. N* 594, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales

Básicas en los Lugares de Trabajo

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construción, Operación y Abandono

Forma de cumplimiento

Artículo 16: El Proyecto generará aguas servidas provenientes de los baños, las cuales serán retiradas por una empresa especializada en la materia y contratada especialmente para dicho propósito, la cual se encargará además realizar la disposición final en un lugar donde le esté habilitado con autorización. Es importante señalar que la empresa prestadora del servicio, deberá contar con la autorización correspondiente emanada de la Autoridad Sanitaria para realizar dichas funciones.

Artículos 18, 19 y 20: En todas las etapas se cumplirá con las disposiciones que se establecen en el decreto, solicitando las autorizaciones respectivas para la disposición de residuos sólidos fuera del área del Proyecto, disponiéndose en todo caso en un lugar autorizado. ENAP - Magallanes posee un contrato para la eliminación de todos sus residuos, así como también una autorización de la municipalidad de Punta Arenas que le permite depositar en sus vertederos residuos industriales no peligrosos y- asimilables a domiciliarios.

ENAP - Magallanes exige a sus contratistas que dispongan de todas las autorizaciones que la ley exige de otra forma no podrían formar contrato con la empresa.

Artículo 24 y 26: Durante la construcción del Proyecto, se contempla la utilización de baños químicos, cuyos desechos (aguas servidas) serán retirados por una empresa especializada en la materia y contratada especialmente para dicho propósito a la cual se le exigirá realizar la disposición final en un sitio autorizado por la Autoridad Sanitaria, junto a lo anterior es importante señalar que la empresa prestadora del servicio contará con el permiso de la Autoridad Sanitaria. Para la parte operativa, se contempla la instalación de un baño en la sala de control, cuyas aguas servidas serán almacenadas en un estanque de

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acumulación, para posteriormente ser retiradas por una empresa especializada en la materia y contratada especialmente para dicho propósito.

Indicador que acredita su cumplimiento

Documentos de despacho y recepción de residuos.

Para la etapa de construcción y operación, las aguas servidas serán retiradas por una empresa con autorización sanitaria, la cual se encargará de realizar la disposición final en un lugar donde le esté habilitado.

Forma de control y e A an da seguimiento Documentos de despacho y recepción de residuos sólidos y líquidos Norma D.S. N* 38/11, Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes

que indica

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Abandono

Forma de cumplimiento

Las emisiones de ruido, serán debido a los motores de la maquinaria a utilizar en la construcción del proyecto, así como también el funcionamiento de 3 aerogeneradores y no se superarán los valores indicados en la Norma.

Indicador que acredita su cumplimiento

El Proyecto, debido a la lejanía con sectores poblados, y a que el proyecto no superará los límites de ruido establecidos por el Decreto No 38/11 del Ministerio del Medio Ambiente, es que no se afectará a ningún sitio poblado.

Norma

Ley N* 17.288, Monumentos Nacionales

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

En la prospección Arqueológica del Proyecto, no se detectaron bienes patrimoniales protegidos en el área de emplazamiento del Proyecto.

Indicador que acredita su cumplimiento

En la prospección Arqueológica del Proyecto, no se detectaron bienes patrimoniales protegidos en el área de emplazamiento del Proyecto. Sin embargo, en caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante la fase constructiva, el titular informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales como se establece en los Artículos N26 y 27 de la Ley N17.288.

Forma . de control Y | Informes Arqueológicos previos a la etapa de Construcción seguimiento Nota D.S. N* 484, Reglamento Sobre Excavaciones y/o Prospecciones

Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

En la prospección Arqueológica del Proyecto, no se detectaron bienes patrimoniales protegidos en el área de emplazamiento del Proyecto.

Indicador que acredita su cumplimiento

El titular del Proyecto se compromete a respetar todo lo enunciado en la Ley de Monumentos Nacionales su Reglamento, realizando un levantamiento Arqueológico, el cual da cuenta de los antecedentes arqueológicos, antropológicos o paleontológicos de la zona a intervenir. De esta manera, el Titular del Proyecto se compromete en la eventualidad de encontrar cualquier hallazgo de carácter arqueológico, antropológico o paleontológico de dar aviso o informar a las autoridades pertinentes. De acuerdo a lo señalado por las leyes mencionadas.

Forma de seguimiento

control y

Informes Arqueológicos previos a la etapa de Construcción

Norma

D.S. N*148, Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Abandono

Forma de cumplimiento

El Proyecto generará residuos peligrosos que corresponden a pinturas, diluyentes, brochas, trapas, grasas, aceites y lubricantes, los cuales serán almacenados y rotulados en el lugar de origen.

Indicador que acredita su cumplimiento

Los residuos serán rotulados y almacenados en el lugar de origen, para posteriormente, ser trasladados a la bodega de acopio temporal con que cuenta ENAP en el Complejo Industrial Cabo Negro destinada para dicho efecto, la cual se encuentra autorizada por la Resolución Exenta N* 617, del 19 de Febrero 2016.

Forma de control y . . seguimiento Registros del Plan de Manejo RESPEL Norma D.S. N” 75, Establece Condiciones para el Transporte de Carga

Construcción

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8”.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Forma de cumplimiento

El Proyecto requiere la utilización de camiones para el transporte de materiales de construcción, estructuras, equipos e insumos, los que circularán por caminos públicos. Los vehículos a utilizar se ajustarán a las dimensiones límite establecidas en este reglamento, no pudiendo exceder las dimensiones indicadas en él, descontando los espejos retrovisores exteriores y sus soportes.

Indicador que acredita su cumplimiento

En el caso eventual de que el Proyecto requiera de vehículos con dimensiones mayores a las establecidas, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se acordarán las medidas de seguridad a adoptar en cada caso.

Forma . de control y Autorización previa para Circular seguimiento Norma D. S. N* 19, Regula Circulación con Carga Indivisible

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

El Proyecto requiere la utilización de camiones para el transporte de materiales de construcción, estructuras, equipos e insumos, los que circularán por caminos públicos. Los vehículos a utilizar se ajustarán a las dimensiones límite establecidas en este reglamento, no pudiendo exceder las dimensiones indicadas en él, descontando los espejos retrovisores exteriores y sus soportes.

Indicador que acredita su cumplimiento

En el caso eventual de que el Proyecto requiera de vehículos con dimensiones mayores a las establecidas, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se acordarán las medidas de seguridad a adoptar en cada caso.

Forma de control y E aia > s seguimiento Autorización previa para Circular Norma Resolución N? 1/1995, Establece Dimensiones Máximas a Vehículos

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

El Proyecto requiere la utilización de camiones para el transporte de materiales de construcción, estructuras, equipos e insumos, los que circularán por caminos públicos. Los vehículos a utilizar se ajustarán a las dimensiones límite establecidas en este reglamento, no pudiendo exceder las dimensiones indicadas en él, descontando los espejos retrovisores exteriores y sus soportes.

Indicador que acredita su cumplimiento

En el caso eventual de que el Proyecto requiera de vehículos con dimensiones mayores a las establecidas, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se acordarán las medidas de seguridad a adoptar en cada caso.

Autorización previa para Circular

Forma de control y seguimiento Referencia al ICE para

mayores detalles

Capítulo VII!

son las siguientes:

Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias,

8.1. PLAN DE EMERGENCIAS

8.1.1.

Cualquier situación que provoque una emergencia en el Complejo Industrial Cabo Negro y Bahía Laredo

aplica

Fase del Proyecto a la que

Construcción, Operación y Abandono

Parte, obra o acción asociada

Todas las partes del Proyecto

Acciones a implementar

Sistema Contra Incendios

Sistema Contra Incendio Patio de Carga Sistema Contra Incendio Laboratorio Sistema Contra Incendio Muelle 1 Sistema Contra Incendio Muelle 2 Procedimientos de Emergencia

Oportunidad y vías

activación del Plan

de comunicación a la SMA de la

Dentro de las primeras 48 horas de ocurrido un incidente

Referencia al ICE mayores detalles

para

Capítulo VI!

Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones

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10%,

AT,

12".

135,

14%

15%.

16*.

RESUELVE:

Pa

2

3".

4%

Br.

6”.

JRECO!

Distribución:

establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Que, para que el proyecto “Nuevo Parque Eólico Cabo Negro” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Nuevo Parque Eólico Cabo Negro” de la Empresa Nacional del Petróleo - Magallanes.

Certificar que el proyecto “Nuevo Parque Eólico Cabo Negro” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

Certificar que el proyecto “Nuevo Parque Eólico Cabo Negro” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en el permiso ambiental sectorial que se señala en el artículo 160 del D.S. No 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Certificar que el proyecto “Nuevo Parque Eólico-Sabe-Negro” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N”19.300, quedan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. Definir como gestión, acto o faena mínjfna del proyectó modo sistemático y permanente los mencionadoS gn el/consideñando N*4 del presente acto.

Hacer presente que contra esta resolfición es/profedgnte el redurso de reclamación del artículo 20de

Región de Magallanes y Antártica Chilena

  • Ramiro Parra Armendaris
  • Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, Región de Magallanes y Antártica Chilena

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» Corporación Nacional Forestal, Región de Magallanes y Antártica Chilena

» Dirección de Aeropuertos, Magallanes y Antártica Chilena

  • Dirección de Obras Hidráulicas, Región de Magallanes y Antártica Chilena

  • Dirección de Obras Portuarias, Magallanes y Antártica Chilena

  • Dirección de Vialidad, Región de Magallanes y Antártica Chilena

  • Dirección General de Aguas, Región de Magallanes y Antártica Chilena

  • Gobierno Regional, Región de Magallanes y Antártica Chilena

» Ilustre Municipalidad de Punta Arenas

» Secretaría Regional Ministerial de Agricultura, Región de Magallanes y Antártica Chilena

  • Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales, Región de Magallanes y Antártica Chilena

  • Secretaría Regional Ministerial de Energía, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, Región de Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región de Magallanes y Antártica Chilena Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Servicio Nacional de Turismo, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Magallanes y Antártica Chilena Consejo de Monumentos Nacionales

Clc:

Encargada Participación Ciudadana

Superintendencia del Medio Ambiente

Oficial de Partes de la Región

Expediente del Proyecto "Nuevo Parque Eólico Cabo Negro"

Archivo Servicio de Evaluación Ambiental, Magallanes y Antártica Chilena

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