Evaluación SEA

"MODIFICACIÓN PROYECTO TÉCNICO PISCICULTURA CHINQUIHUE, COMUNA DE PUERTO MONTT, PROVINCIA DE LLANQUIHUE, REGIÓN DE LOS LAGOS"

Rol 2131630260
SEA · DIA · Aprobado · 2016-08-01 · Región de Los Lagos · LAGO SOFIA LTDA.

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LOS LAGOS

Califica Ambientalmente el Proyecto "MODIFICACIÓN PROYECTO TÉCNICO PISCICULTURA CHINQUIHUE, COMUNA DE PUERTO MONTT, PROVINCIA DE LLANQUIBUE, REGIÓN DE LOS LAGOS"

Resolución Exenta N* 0 0 0 36 PA] Puerto Montt, [1 ser 7

VISTOS:

  1. Lo dispuesto en la Ley N19,300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N%40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Organos de la Administración del Estado; la Ley N18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República. La Resolución Exenta N407 de 4 de julio de 2014, que aprueba el Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación

de la Región de Los Lagos.

2”. La Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto "MODIFICACIÓN PROYECTO TÉCNICO PISCICULTURA CHINQUIHUE, COMUNA DE PUERTO MONTT, PROVINCIA DE LLANQUIHUE, REGIÓN DE LOS LAGOS", presentada por Sociedad de Inversiones Lago Sofía Limitada, con fecha 26 de julio de 2016.

  1. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo Il del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del Proyecto "MODIFICACIÓN PROYECTO TÉCNICO PISCICULTURA CHINQUIBUE, COMUNA DE PUERTO MONTT, PROVINCIA DE LLANQUIHUE, REGIÓN DE LOS LAGOS".

  2. El Acta de Evaluación N%02 de fecha 24 de agosto de 2017, del Comité Técnico de la Región de Los Lagos.

5%. El ICE de la DIA del Proyecto "MODIFICACIÓN PROYECTO TÉCNICO PISCICULTURA CHINQUIHUE, COMUNA DE PUERTO MONTT, PROVINCIA DE LLANQUIHUE, REGIÓN DE LOS LAGOS”, de fecha 25 de agosto de 2017.

6”. El Acta del 01 de septiembre de 2017, de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos.

7%. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del Proyecto "MODIFICACIÓN PROYECTO TÉCNICO PISCICULTURA CHINQUIMUE, COMUNA DE PUERTO MONTT, PROVINCIA DE LLANQUIHUE, REGIÓN DE LOS LAGOS".

CONSIDERANDO:

1”. Que, Sociedad de Inversiones Lago Sofía Limitada, en adelante, el Titular, ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto en adelante, el Proyecto "MODIFICACIÓN PROYECTO TÉCNICO PISCICULTURA CHINQUIHUE, COMUNA DE PUERTO MONTT, PROVINCIA DE LLANQUIHUE, REGIÓN DE LOS LAGOS", siendo los antecedentes del Titular los siguientes:

Antecedentes del Titular Nombre o razón social Sociedad de Inversiones Lago Sofía limitada RUT 77.431.760-0 Domicilio Camino a Chinquihue Km 12 Puerto Montt Teléfono 65-2201930 Correo electrónico del Titular afro lagosofia.cl Nombre del Representante Legal Alejandro Domingo Fernández Rojas RUT del Representante Legal 8.929,150-K Domicilio del Representante Legal Camino a Chinquihue Km 12 Puerto Montt Teléfono del Representante Legal 65-2201930 Correo electrónico del Representante Legal | afrfdlagosofía.cl

  1. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 25 de agosto de 2017, el Director Regional de la Región de Los Lagos ha recomendado aprobar el Proyecto "MODIFICACIÓN PROYECTO TÉCNICO PISCICULTURA CHINQUIHUE, COMUNA DE PUERTO MONTT, PROVINCIA DE LLANQUIHUE, REGIÓN DE LOS LAGOS", por cuanto durante la evaluación del proyecto, se constata que éste cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del Artículo 11 de la Ley N*19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el Titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes: planteados en el Informe Consolidado de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.

3”. Que, en sesión de 01 de septiembre de 2017 la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos acordó calificar favorablemente el Proyecto "MODIFICACIÓN PROYECTO TÉCNICO PISCICULTURA CHINQUIHUE, COMUNA DE PUERTO MONTT, PROVINCIA DE LLANQUIHUE, REGIÓN DE LOS LAGOS", aprobando integramente el contenido del ICE de fecha , el cual forma parte integrante de la presente Resolución.

4*. Que, según lo señalado en la DIA y en sus Adenda y sus respectivos anexos, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general

El objetivo del proyecto es el aumento de Biomasa de 600 Ton/año a una producción máxima de 2.205 Ton/año de Smolts de 100 g promedio, en varias salidas puntuales de 110.526 kilos por batch como máximo, Para lo cual se considera ampliar el volumen productivo en 4.004 m ? distribuidos en 200 m' (ampliación sala LS identificada como Sala LS2), 2 estanques de 300 m' (Sala 4) y 12 estanques de 267 mÉ (sala 5 y 6), distribuidos en una plataforma adicional a las estructuras existentes, todo ello con la tecnología de recirculación, lo que conlleva a un aumento de RlLes de 176,9L/s a 216,79 L/s. Adicionalmente se considera una modificación en el sistema de tratamiento de Riles aprobado por RCA N 102/2015, incorporando un filtro rotatorio de 1.000L/s el que se suma a los dos filtros rotatorios de 550 L/s cada uno, manteniendo la desinfección por ozono aprobada por RCA N 102/2015, dado que es capaz de tratar y desinfectar este aumento de caudal; junto con ello se implementa un sistema de tratamiento de lodos consistente en un sedimentador y filtro de prensa con la finalidad de generar tortas de 80% de humedad.

Tipología principal, así como las

Letra n.5) “Una producción anual igual o superior a ocho toneladas (3 t), tratándose de peces; o del cultivo de microalgas y/o juveniles de otros recursos hidrobiológicos que

aplicables a:sus partes, obras 0 acciones

requieran el suministro y/o evacuación de aguas de origen continental, marino o estuarina, cualquiera sea su producción anual”.

Vida útil

La vida útil del proyecto es indefinida, con revisiones del proyecto cada 25 años.

Monto de inversión

US$ 6.000.000.

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

Acondicionamiento de la ampliación de la Sala LS con 4 estanques de 50m?

un proyecto.o

Proyecto o Si No | NO

actividad se

desarrolla por

etapas Xx

Proyecto o En el capítulo 2 de la presente Declaración se indica una actividad modifica Si No | descripción detallada de las etapas a implementar, como a

su vez, las obras y acciones asociadas y su duración

actividad existente Xx estimada. Proyecto modifica | Si No | RCA N? 102/2015 otra(s) RCA X

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político- administrativa

Región de Los Lagos, Provincia de Llanquihue, Comuna de Puerto Montt

Justificación de la | El proyecto “MODIFICACIÓN PROYECTO TÉCNICO PISCICULTURA

localización CHINQUIHUE, COMUNA DE PUERTO MONTT, PROVINCIA DE LLANQUIHUE, REGIÓN DE LOS LAGOS” según lo señalado en el Capítulo 1 de la presente DIA , se justifica la construcción y operación de la piscicultura ya que'el sector donde se emplazará el proyecto presenta características particularmente beneficiosas para la actividad acuícola, con lo que lograría mantener a la acuicultura como una de las actividades económicas de importancia nacional, ya sea por el volumen de exportaciones, divisas, así como por el empleo generado.

Superficie 3,42 hectáreas

Coordenadas UTM | Punto medio de la ubicación de la piscicultura UTM () 5402807 y UTM (E) 664580

en Datum WGS34

Caminos de acceso

El proyecto está ubicado en Sector Camino a Chinquihue, kilómetro 12, comuna de Puerto Montt. Tal como se ha señalado, el proyecto se encuentra inserto dentro de la ciudad de Puerto Montt, en un sector definido, de acuerdo al plano regulador vigente, como de actividad productiva 2 (AP-2), la que permite la instalación de industrias inofensivas y molestas, entre otras. La accesibilidad a la zona de emplazamiento del proyecto, será exclusivamente por vía terrestre, a través del camino a Chinquihue (Ruta V- 805) desde la ciudad de Puerto Montt, y para aquellos que transitan desde el sur (Isla de Chiloé, Calbuco, Maullín), el acceso será por la carretera longitudinal Sur, Ruta 5 para luego empalmar con la Ruta V-805 hasta el acceso al camino vecinal que lleva a la Piscicultura Chinquihue. Existe una tercera vía de acceso, que corresponde a un camino vecinal público que conecta la Ruta V-805 con la Ruta 5 de manera directa, sin embargo, este acceso es sólo para vehículos livianos.

Referencia al expediente de evaluación de mapas, georreferenciación e información complementaria sobre localización de partes, obras y acciones

Capítulo 1, Punto 1.3.4. de la DIA.

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Obras físicas La Fase de construcción consiste en la modificación del proyecto técnico Piscicultura Chinquihue en el aumento de producción la que involucra un aumento de volumen productivo en las instalaciones ya existentes y en la construcción e instalación de una plataforma adicional con 2 estanques de 300m0 y 12 estanques de 267m* .

Parte y obras Sala de Incubación e Sala LS (Área de alevinaje): bajo techo, 10 estanques de 38 m3 cada uno + Sala PS (Área de crianza): bajo techo, 12 estanques de 25 m' cada

Instalaciones productivas | uno e Sala SM (área de crianza): al aire libre, 8 estanques de:100m3 cada uno e

102/2015) (RCA NP | Prttros rotatorios: 2 unidades de 550 L/s cada uno e Sistema de desinfección por

ozono. Cabe destacar que la piscicultura será implementada en'su totalidad con la tecnología de recirculación, lo que implica que de alguna manera las estructuras o salas existentes tendrán algún grado de modificación, se realizará un detalle de cada sala tanto existente como proyectada

Instalaciones proyectadas e existentes

instalaciones modificadas

La piscicultura considera, además de la sala de incubación, 7 salas denominadas LS (existente), LS2 (que corresponde a la ampliación de la sala LS), PS (existente), SM (existente), Sala 4, Sala 5 y Sala 6, con un volumen total de cultivo de 5.484 m' . El tipo y número de unidades de cultivo se presenta en la Tabla 18, y un diagrama de flujo de la piscicultura se muestra en la Figura 25,

página 52 de la DIA. Salas N? Estanques Volumen estanques (m?) | Volumen total (m”) Ls 10 38 380 1S2 4 25 200 PS 12 50 300

SM 8 100 800 Sala 4 2 300 600 Sala 5 6 267 1.602 Sala 6 6 267 1.602 Total 48 5.434

Sal de Incubación

La sala de incubación, corresponde a un galpón que en su interior alberga 200 bateas de 3.2 m' de capacidad, más 5 Comphatch y 2 CHILLERS para enfriar agua y de esta manera retrasar la eclosión de las ovas.

Sala LS

Está compuesta de 10 unidades de cultivo de 38m" cada una y un sistema de recirculación común que incluye las siguientes operaciones enumeradas a partir de la salida de los estanques: a)Eliminación de sólidos suspendidos en filtro rotatorio gravitacional de 60um. b)Nitrificación en biorreactor de lecho móvil c)Eliminación de CO2 centralizado. d) Bombeo y retorno a los estanques de cultivo. La tasa de dilución en los estanques es de 2,5 1/h, equivalentes a 26,4 L/s/estanque y 264 L/s de circulación total. Adicionalmente, cada estanque estará equipado con desgasificadores airlift para eliminación local de CO2, saturadores de O2 de cono presurizado a 1,5bar(g) y difusores de oxígeno de emergencia.

Sala LS2

Consiste en 4 estanques de 30 m' con un sistema de recirculación común que incluye las siguientes operaciones enumeradas desde la salida del estanque:

«Eliminación de sólidos suspendidos en filtro rotatorio gravitacional de 60m. -Nitrificación en biorreactor de lecho móvil.

-Eliminación de CO2 centralizado.

-Bombeo y retorno a los estanques de cultivo.

La tasa de dilución en estos estanques es de 2,5 1/h, equivalentes a 34,7 L/s/estanque y 138,9 L/s de circulación total. Adicionalmente, cada estanque estará equipado con desgasificadores airlift para eliminación local de CO2, saturadores de O2 de cono presurizados a 1.Sbar(g) y difusores de oxígeno de emergencia.

Sala PS

Está conformada de 12 estanques con un volumen de 25 m” cada uno. El sistema está conectado a una unidad de tratamiento para recirculación que consta de:

a) Sistema de eliminación de sólidos por filtración en filtro rotatorio de 60m.

b) Nitrificación en biorreactor de lecho móvil.

c) Eliminador de CO2 centralizado

d) Bombeo y retorno a los estanques de cultivo

La tasa de dilución en estos estanques será de 2,5 que equivale a 17,4 L/s/estanque y un caudal de circulación de 208,8 L/s.

Adicionalmente cada estanque estará equipados con saturadores de 02 presurizados a 1,5bar(g), eliminadores de CO2 locales y difusores de O2 de emergencia.

Sala SM

Consiste en un grupo de estanques cultivo de 100 m3 cada uno conectado a su propio sistema de recirculación. El sistema de recirculación de cada estanque consiste en las siguientes operaciones:

a) Purga contínua agua con los sólidos concentrados en centro del fondo del estanque.

b) Eliminación de los sólidos presente en agua circulante por intercepción en un filtro de columna empacada de flujo ascendente.

c) Nitrificación en biorreactor de lecho móvil.

d) Eliminación de CO2 en sistema airlift.

e) Sistema de oxigenación con saturador de cono presurizado.

f) Difusores de O2 de emergencia.

g) Bombeo de circulación proporcionada por dos airlifts que proporcionan eliminación de CO2

Los estanques de la sala SM consideran una tasa de dilución de 2,0 1/h correspondiente a 55,6 L/s/estanque. El make-up considerado en estos estanques es de 5L/s/estanque 40L/s en total para la sala.

Sala 4

Consiste en estanques de 300 m3 con sistema de recirculación individual. Las operaciones presentes en estos estanques. Son las siguientes: Purga de concentrado de solidos desde el centro del estanque Eliminación de los sólidos presentes en agua circulante por intercepción de un filtro de cohumna empacada de flujo ascendente, Nitrificación desgasificación en biorreactor de lecho móvil. Bombeo de agua dese biofiltros a estanque de peces con bomba de hélice

Sala 5 y 6

Estas salas estarán equipadas con 6 estanques de 267 m3 cada una, y considera sistema de recirculación individual. Las operaciones presentes en estos estanques son lossiguientes: i. Purga de concentrado de sólidos desde el centro del estanque li. Eliminación de los sólidos presente en agua circulante por intercepción en un filtro de columna empacada de flujo ascendente. iii Nitrificación y desgasificación en biorreactor de lecho móvil iv. Bombeo de agua desde biofiltros a estanque de peces con bomba de hélice.

Instalaciones de

existentes

apoyo

  • Bodega de alimento « Bodegas de materiales e insumos e Bodega de químicos y vacunas + Casa Oficinas, comedores, baños, vestidores y laboratorio (sala de necropsias) e Bodega generador y de combustibles, e Ensilaje de mortalidad e Sistema de tratamiento al ingreso de las aguas a la piscicultura e Sistema de tratamiento de RlLes e Sistema de acopio y evaporación de Oxígeno + Sector de acopio de Basuras

Sistema de tratamiento de RlLes (autorizado por RCA N* 102/2015)

Las aguas captadas y utilizadas en las diferentes unidades de cultivo, serán tratadas mediante filtros rotatorios y posteriormente descargadas al punto de descarga que la piscicultura tiene aprobado mediante Resolución SISS N 3073, cumpliendo lo señalado en el D.S. N” 90, en su Tabla Nl, para descargas a aguas fluviales sin capacidad de dilución. El volumen máximo de descarga actual es de 176,9 L/s y con la ampliación y aumento de producción se descargará 216,79L/s; motivo por el cual al sistema de tratamiento de RILes se le adiciona un filtro rotatorio de 1.000L/s, El agua que corresponde a la descarga, pasará por un sistema de filtros rotatorios para remover los sólidos en suspensión del efluente, lo cual removerá por lo menos 85% de los sólidos. El sistema consta de: 2 unidades existentes, Malla: 100 micrones Caudal máximo a tratar: 550 litros / segundo (cada equipo), N” unidades:1 (a implementar) Malla: 90 micrones Caudal Máximo a tratar: 1.000 litros/segundos. Estos filtros podrán operar en simultánea en control automático, lo que permitirá la mantención de cualquier otro filtro sin afectar el tratamiento de la totalidad de las aguas:

Sistema de tratamiento de lodos

El proyecto generará cantidades de sólidos producto de la defecación de los peces y el alimento no consumido. La emisión máxima de sólidos es de 729 kg/día en base húmeda, de los cuales se recuperan 551,2 kg/día en base seca como residuos sólidos, y la variación se muestra en la figura 28. El proceso divide las corrientes líquidas en dos grupos.

La primera corresponde a agua de purga con mínimo nivel de sólidos suspendidos que corresponde a agua tratada en los sistemas de recirculación que nominalmente se indican en la figura 29 con un contenido de sólidos suspendidos menor a 25mg/L (aunque el nivel es mucho más bajo), y la segunda corresponde a aguas que provienen de la purga de fondo de los estanques con niveles altos de sólidos (50- 60mg/L), mas aguas provenientes de los retro-lavados de los filtros con niveles muy altos de sólidos suspendidos (>1000mg/L) como se muestra en la figura 29.

El tratamiento final de estas corrientes consiste en lo siguiente:

El agua de baja carga de sólidos pasa directamente a los filtros rotatorios con malla de 90 micras y capacidad total de 2000 L/s.

El agua de alto contenido de sólidos pasa por un mezclador con floculante para luego retirar sólidos en decantadores con un área total de 20m' , de los cuales se retienen los sólido y el agua clarificada se deriva a los filtros rotatorios.

El retro-lavado de los filtros rotatorios de salida de la piscicultura se integran también a la etapa de floculación y decantación. Los sólidos decantados se bombean a un filtro prensa para su desaguado terminando con una humedad de 80%.

El agua filtrada del filtro prensa también es reciclada al proceso de floculación. Los sólidos son almacenados en contenedores para su disposición final, los que son retirados por empresas autorizadas.

Acciones

Aguas Servidas: durante la Fase de construcción, se contempla el uso de baños químicos, servicio que será proporcionado por una empresa externa autorizada por la Autoridad Sanitaria correspondiente, empresa que será la encargada de la mantención, limpieza y retiro de éstos. La cantidad de baños será la indicada en el artículo 24 del D.S. N? 594/00, en función del número de trabajadores presentes en la obra. Una vez finalizadas las obras, se retirarán las unidades por parte de la empresa. Esta actividad será fiscalizada por el titular.

Caminos y accesos: durante la fase de construcción se usará el camino existentes y se realizará mantenimiento para mantener el camino existente.

Acondicionamiento del terreno escarpe: el escarpe corresponde a la extracción de la capa vegetal de suelo necesaria en el área donde se pretende emplazar el proyecto. La cantidad o volumen de capa vegetal de suelo a extraer corresponde a: 5,801 m2 aproximadamente.

Depositar. escarpe: tanto el escarpe asociado a la construcción de nuevos estanques la capa vegetal será extraída mediante maquinaria como retroexcavadora y depositada dentro del mismo predio del proyecto. En caso de ser necesario esta será copiada en montículos compactados para evitará su erosión dentro del área del proyecto., en zonas de praderas o zonas a recuperar dentro del predio (mejoramiento del suelo) en el caso que se requiera eliminarla se llevará a botadero autorizado.

Moyimiento de tierras: se refiere a los movimientos de tierras generales para preparar el terreno y dar cabida a las instalaciones consideradas de acuerdo a los niveles y emplazamientos definidos en el proyecto. Considera las excavaciones y rellenos compactados para los estanques construidos en la plataforma nueva así también para la infraestructura de apoyo como filtros bombas etc. Los excedentes serán dispuestos en el terreno.

Tierra como material de relleno: Se estima 3121m3 de tierra a remover los cuales serán compensados dentro del mismo predio. En caso de haber exceso de material será enviado a botadero autorizado.

Suministros

básicos

Agua: el agua para consumo humano, requerida en las etapas constructivas, será abastecida mediante dispensadores de agua comercial, dando cumplimiento con. lo establecido en el D.S. N* 594, es decir una dotación mínima de 100 litros de agua por persona.

Energía eléctrica: Los requerimientos energéticos en estas etapas serán cubiertos a través grupos electrógenos, los cuales se abastecerán a base de Diésel. Cabe mencionar que el titular del proyecto privilegiara el trabajo de construcción e instalación de estanques en horarios que se cuente con luz natural del día.

Tabla 20 Detalle de los equipos y maquinas empleados durante la fase de construcción del proyecto.

Maquinaria Horas totales Cantidad proyecto Mínimo día Máximo día

Excavadora 40 4 8 Retroexcavadora 20 2 8 Motoniveladora 10 2 4 Compactador 20 2 4 Camión Tolva 40 2 6 Camión Mixer 240 3 5

Se debe destacar que la mantención de los equipos y maquinarias utilizadas, se realizará fuera de la instalación de faenas, en lugares establecidos y/o autorizados.

Áridos y hormigón: El abastecimiento de hormigón será desde una planta que cuente con autorización y llegarán las estructuras armadas al terreno del proyecto por lo cual, el flujo de camines asociado a esta etapa se estima en un máximo de 4 a 6 camiones días, situación que se daría sólo en el período de máxima demanda,

Otros insumos: La piscicultura no contempla el uso de otros insumos a los ya mencionados anteriormente.

Recursos naturales renovables

No se contempla la extracción o explotación de recursos naturales durante la Fase de construcción del proyecto.

Emisiones a la atmósfera

Material Particulado (MP_10 — MP 2,5): Las emisiones de material. particulado

durante las etapas de construcción se producirán debido al levantamiento de polvo por el tránsito de maquinaria y vehículos de materiales e insumos. No obstante, y dada la alta pluviometría del área de emplazamiento de la Piscicultura, dichas emisiones no son significativas,

Gases de combustión vehículos: Con relación a las emisiones de gases durante las etapas de construcción, producto de la combustión de vehículos, se cuenta con la revisión técnica al día de éstos, cumpliendo con el D.S. N* 55/94, que contiene la Norma de Emisión Aplicable a Vehículos Motorizados Pesados, el cual establece los valores máximos de gases y partículas, que un motor o vehículo puede emitir bajo condiciones normalizadas, a través del tubo de escape o por evaporación.

Emisión de gases funcionamiento equipos electrógenos; Durante la Fase de

construcción se generarán gases producto del funcionamiento de los equipos electrógenos los cuales serán usados en forma permanente como sistema de suministro principal de la piscicultura. Las emisiones del equipo electrógeno serán declaradas según estipula el artículo 39 del D.S. N* 138/05.

Emisiones líquidas o efluentes

Residuos líquidos: Durante la construcción del proyecto se prevé la generación de aguas servidas domésticas, que corresponderán a las generadas por los trabajadores, por lo que el proyecto considera la instalación ¡temporal de baños químicos en el área de ejecución del proyecto, según lo indicado en el D.S. N* 594/99. Los baños serán proporcionados por una empresa externa autorizada por la Autoridad Sanitaria, la que será encargada de la mantención, limpieza y retiro de éstos hacia lugares autorizados, como PTAS operadas por empresas sanitarias.

RlLes: El volumen total de efluentes líquidos que descargarán las unidades de cultivo corresponde a 216,79L/s. El proceso divide las corrientes líquidas en dos grupos. La primera corresponde a agua de purga con mínimo nivel de sólidos suspendidos que corresponde a agua tratada en los sistemas de recirculación con un contenido de sólidos suspendidos menor a 25mg/L, y la segunda corresponde a aguas que provienen de la purga de fondo de los estanques con niveles altos de sólidos (50-60mg/L), más las aguas provenientes de los retro-lavados de los filtros con niveles muy altos de sólidos suspendidos (>1000mg/L). El tratamiento final de estas corrientes consiste en lo siguiente: El agua de baja carga de sólidos pasa directamente a los filtros rotatorios con malla de 90micrás y capacidad total de 2000 L/s, y desinfectados por el sistema de tratamierto de ozono para posteriormente ser descargados a la vertiente sin nombre.

Emisiones de Ruido

Durante la construcción se contempla que las principales fuentes de emisión del proyecto comprenden la instalación de faenas, movimiento de tierra y montaje, lo cual se encuentra asociado a las maquinarias y vehículos que participan en las actividades. Sin embargo, estas condiciones se mantienen sólo por un período acotado de tiempo.

Residuos no peligrosos

Residuos sólidos: Para cada una de las etapas, los residuos sólidos generados consisten básicamente en: desechos de construcciones, puesto que la mayoría de las estructuras instaladas vienen prefabricadas. Además, se procura destinar un lugar delimitado y señalizado al interior de la obra para este tipo de residuos, para luego ser dispuestos en sitio autorizado.

Residuos sólidos domésticos: Para cada una de las etapas, se considera una producción aproximada de 7,5 kg/día de residuos domésticos (restos de comida, papeles, cartones, etc.), para los 15 trabajadores durante la Fase de construcción, considerando una generación de 0,5 kg/día por operador. Estos residuos son acopiados en contenedores debidamente clasificados al interior de la obra, para ser dispuestos finalmente en un lugar autorizado,

Residuos peligrosos

No se prevé la generación de residuos de tipo peligrosos durante la construcción del proyecto, dado que toda la mantención a realizar a las maquinarias se hará en lugares autorizados fuera del área del proyecto,

Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente

El proyecto no genera otras formas de residuos, ni tampoco genera efectos de la combinación y/o interacción de los contaminantes emitidos o generados en esta etapa.

Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles

Punto 2.2,

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN

Acciones

Tratamiento Aguas Servidas En el periodo de operación corresponden a las generadas en las distintas instalaciones sanitarias y comedor de la Piscicultura. La Piscicultura cuenta con una planta de tratamiento aprobada para una dotación de 60 personas, el proyecto considera una dotación de 30 personas en 3 turnos más 6 administrativos, totalizando 36 trabajadores. De este total en el turno de día se presenta la mayor dotación que corresponde a 18 operarios más los administrativos haciendo un total de 24 personas.

Descarga del efluente

Una vez tratadas las aguas, estas serán verterán a las aguas superficiales de la vertiente sin nombre previo paso por un sistema de tratamiento que asegura el cumplimiento de los máximos permitidos por la Tabla N 1 del D.S. N 90/2000. El punto de descarga está determinado por las siguientes coordenadas UTM (ma). Tabla 32 de la DIA puntos de coordenadas de la descarga.

Punto descarga Este Norte Res. SISS N* 3073 664570 5402741 Tabla 33 Resumen Efluente a Descargar Descarga área Caudal máximo L/s 216,79 Datum referencia WGS 84 Huso 18 Ubicación coordenadas Norte 5402741 UTM Este 664570 Cuerpo receptor de la Nombre Sin Nombre descarga Tipo Estero Artificial o natural Natural Tabla 34 Resumen volumen máximo y medio descarga por etapa Volumen Volumen medio | Volumen Volumen medio descargado (m3) | máximo máximo generado generado descargado (m3) (m3) (m3) Año 3.371.518,08 | 3.371.518,08 6.743.036,16 | 6.743.036,16 Mes 280.959,84 | 280.959,84 561.919,68 | 561.919,68 Día 9.365,33 9.365,33 18.730.66 18.730,66 Tabla 35 Resumen condición de vertimiento N? Descarga Forma de Volumen Frecuencia Evacuación (m3/día) (hr/día) 1 continua 18.730,66 24

Respecto a los desinfectantes utilizados en la piscicultura, éstos de ser necesario serán inactivados y finalmente dispuestos en las líneas de descarga al estero sin nombre.

Los desinfectantes utilizados en la piscicultura presentan registro ante la autoridad competente. La dilución y uso del desinfectante se realiza de acuerdo a las especificaciones y recomendaciones del fabricante. .

De acuerdo al estudio de calidad de agua adjunto en el anexo 10, estudio que

determinó la evolución espacial y temporal de la concentración del efluente vertido, a lo largo y ancho del río (estero Chinquihue), utilizando la expresión dada por Sayre (1973), modelando la dispersión de DBO5, Fósforo Total, Nitrógeno Total y Sólidos Suspendidos Totales, considerando que son cuatro de los elementos constituyentes del agua que reflejan de mejor manera su calidad; y cuyos resultados muestran que a partir del análisis realizado se puede concluir que las aguas residuales provenientes de la piscicultura que serán vertidas al estero, mantendrán prácticamente inalterables sus características físico-químicas al mezclarse con el agua proveniente de este.

Cabe hacer notar que el DBO5 se ha modelado como un constituyente conservativo, considerando el corto tiempo (menos de 4 minutos) que tarda el agua en recorrer los 140 m hasta entrar en contacto con el agua del estuario, lo cual en la práctica significa una variación muy poco significativa producto de algún proceso de decaimiento.

Se observa también que en los cuatro casos modelados la concentración a lo largo del río es más alta en la zona que bordea la orilla del río desde: donde se realiza el vertido. Desde esa orilla hacia el centro del cauce la concentración disminuye rápidamente hasta llegar al borde de la pluma ubicado hacia el centro del río, donde se va acercando a tomar el valor correspondiente a la concentración que tiene el constituyente aguas arriba del vertido, es decir la concentración natural del río.

Programa de Autocontrol | Contempla incorporar a lo menos los parámetros del código CIUU, más los que la DIRECTEMAR estime pertinentes al igual que la frecuencia de realización, todos ellos se realizarán en épocas de máxima producción. Para ello el Titular se compromete a realizar por una única vez la tabla de establecimiento emisor una vez entre en funcionamiento el sistema de tratamiento.

Plan de Vigilancia Objetivo General

Ambiental

  • Monitorear la fauna acuática en el área de estudio, en el marco de los planes de seguimiento ambientales.

Objetivos específicos

  • Monitorear los macro-invertebrados asociados al punto de descarga del proyecto Piscicultura Chinquihue.

e Describir las posibles relaciones de la fauna asociadas a la descarga del proyecto Piscicultura Chinquihue con los factores fisico-químicos de la Bahía Chinquihue para evaluar los posibles impactos que la ejecución del proyecto podría generar, Los distintos componentes de la macrofauna serán capturados mediante la utilización de una draga tipo Ponard, con un área de muestreo de 0.1m2 por triplicado en las estaciones antes señaladas.

Los componentes del bentos retenido bajo una abertura de malla de 0,5 mm serán dispuestos en bolsas herméticas y fijados con formalina al 4% para su preservación, para luego ser depositadas en contenedores herméticos y trasladados a un laboratorio de referencia acreditado por la NCh 180 17025.0f 2005 para su identificación. Cada uno de los individuos será identificado hasta el nivel taxonómico más bajo posible, registrando también peso. Con los resultados obtenidos, estandarizados a un metro cuadrado, se determinarán los siguientes parámetros:

  • Índice de Diversidad

  • Índice de Riqueza Específica

  • Índice de Uniformidad

  • Índice de Dominancia

e Similitud, Clasificación y Ordenación de estaciones Con la finalidad de relacionar los resultados obtenidos con la morfología e hidrología del lugar de estudio se tomarán muestras para los siguientes parámetros:

  • Granulometría del sedimento

  • Materia orgánica del sedimento

  • pH y potencial redox del sedimento

  • Temperatura del agua (perfil)

  • Concentración de oxígeno en el agua (perfil)

e Saturación de oxígeno en el agua (perfil)

e Coliformes fecales (muestra superficial)

e Sólidos suspendidos totales (muestra superficial) + Sólidos sedimentables (muestra superficial)

  • Detergentes aniónicos (muestra superficial)

  • DBOS (muestra superficial)

e Acejtes y Grasas (muestra superficial)

e Fósforo Total (muestra superficial)

e Nitrógeno Kjeldhal (muestra superficial)

Estaciones de muestreo

Se consideran 5 estaciones de monitoreo alrededor de la descarga más una estación de control fuera del área de mezcla de la descarga. A continuación se indican las coordenadas propuestas para el monitoreo en DATUM WGS 84. Tabla 36 estaciones de muestreo

Estación | Descripción UTM UTM LATITUD (S) | Longitud (W) ESTE NORTE

El Bahía Chincui, ¡| 664837 | 5402487 | 41%30'44,28” | 73%01'28.90” línea de más baja marea

E2 Babía Chincui 664835 | 5402545 | 41%30'42,40” | 73%01'29.06” al lado de astillero

E3 Desembocadura | 664801 ¡| 5402641 | 41%30*39,29” | 73%01'30.61” Estero Chincui

E4 Descarga Ril 664791 | 5402663 | 41%30"38,59” | 73%01*31.07”

E5 Estero Chincui, | 664903 | 5402832 | 41%30"33,03” | 73%0126.40” a 200 m de la descarga del Ril

Resultados esperados, Obtener una caracterización cualitativa y cuantitativa de la fauna bentónica, componentes químicos y físicos del estero Chinquihue asociada al punto de descarga de aguas de la Piscicultura Chinquihue en el cuerpo de agua, con el fin de determinar los posibles impactos que pudiese generar la ejecución de dicho proyecto.

Tratamiento de lodos

Tratamiento de Lodos

La planta de tratamiento de lodos consta de las siguientes partes:

| Estanque acumulador — decantación e inyección de polímero;

| Filtro prensa. El agua de alto contenido de sólidos pasa por un mezclador con floculante para luego retirar sólidos en decantadores con un área total de 20m?, de los cuales se retienen los sólidos y el agua clarificada se deriva a los filtros rotatorios.

El retro-lavado de los filtros rotatorios de salida de la piscicultura se integran también a la etapa de floculación y decantación. La última etapa consiste en un filtro de prensa, la deshidratación se lleva acabo forzando la evacuación del agua presente en el lodo por la aplicación de una presión elevada.

En base al filtro de prensa con el que cuenta el sistema de tratamiento de la Piscicultura, se obtienen tortas de lodo con un porcentaje aproximado de 80% de humedad. Este sistema será implementado en un lugar cerrado, para evitar la generación de olores molestos. Finalmente, las tortas de lodo neutralizadas serán retiradas para ser dispuestas en un lugar autorizado.

Almacenamiento y manejo de sustancias peligrosas

El almacenaje será según las disposiciones del D.S. N 78/2010 que aprueba el “Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas”. Las sustancias peligrosas se almacenarán en lugares especiales que se señalan en D.S. N 78/2010, acorde a su cantidad, clase y división de peligrosidad según NCh 382 .Of 2004 o la que la sustituya. Las sustancias peligrosas estarán contenidas en envases debidamente etiquetados, y son diseñados de forma que impidan las pérdidas de contenido; son adecuados para su conservación, de material químicamente compatible con la sustancia, de difícil ruptura y que minimice eventuales accidentes A continuación se detallan y clasifican las sustancias peligrosas a almacenar en la Piscicultura de acuerdo a Norma Chilena NCh N* 382 del año 2004. Además de la clasificación, se detalla la cantidad a almacenar y la capacidad máxima de almacenamiento de cada sustancia. (página 96 de la DIA).

10

Actividades de

Las actividades de mantención corresponderán a las requeridas por los equipos y

Mantención. estructuras utilizados en el proceso productivo de la piscicultura, cuya actividad estará dada por las características propias (vida útil, requerimientos dados por el fabricante, etc.) de cada uno de ellos.

Productos generados El proyecto contempla producir 2.205 toneladas anuales smolts de 100 gramos en promedio en varios ciclos con tecnología de recirculación.

Recursos naturales

renovables El proyecto considera el uso de aguas superficiales provenientes de vertientes y aguas subterráneas de pozo, para ello cuenta con 7 derechos otorgados por la DGA.

Suministros básicos Almacenamiento de Insumos y Materiales (Punto 2.3.10,1. de la DIA): La

piscicultura contará con bodegas específicas para el almacenamiento de insumos y materiales, aisladas y distantes de las correspondientes a sustancias y residuos peligrosos. (De acuerdo a lo estipulado en el Permiso Ambiental Sectorial Mixto 142, presentado en Adenda Complementaria.

Requerimiento de Agua (Punto 2.3.10.2) de la DIA: El abastecimiento de agua potable se obtiene a través de compra de agua purificada y las aguas para el servicio son abastecidas a través de captación en forma gravitacional, desde una vertiente al interior del predio.

Requerimientos de Alimentación. (Punto 2.3.10.3.) : La Piscicultura cuenta con un comedor habilitado para los trabajadores y operarios de la Piscicultura.

Requerimiento de Energía. (Punto 2.3.10.4 de la DIA): El requerimiento de energía eléctrica en el proceso de operación de la piscicultura está cubiertos a través de un empalme a la red eléctrica existente, perteneciente a Saesa, acorde a la normativa sectorial vigente. Adicionalmente la piscicultura cuenta con un generador de 350 Kva como respaldo en el caso de corte de suministro de energía eléctrica manteniendo a la piscicultura operativa en un 100%.

Emisiones a la atmósfera Material particulado

Las emisiones de material particulado provienen del tránsito de vehículos pesados, especificamente del transporte de materiales e insumos. Al respecto, estas son mínimas considerando las condiciones climáticas del sector y la variable frecuencia de tránsito vehicular. Durante esta etapa, la velocidad máxima dentro del terreno de la piscicultura será de máximo 20 km/h,

Emisión de gases combustión vehículos

Durante la Fase de Operación del proyecto, se generarán gases producto del tránsito tanto de vehículos de carga como de vehículos menores. Para ambos casos la frecuencia de emisiones será intermitente dependiendo de la actividad productiva de la piscicultura, la que definirá la frecuencia del uso de cada tipo de transporte. Se establecerán exigencias técnicas como medidas de control de emisiones, siendo fundamental la mantención de los vehículos y maquinarias, de modo que el consumo y combustión de combustible sea lo más eficiente posible, y de esta forma se dará cumplimiento a lo señalado en el D.S, N? 55/94, que estable la Norma de emisión para vehículos pesados.

Otras emisiones

El proyecto no considera ni estima la generación de otro tipo de emisiones, debido a que no existen en el proyecto alguna otra fuente emisora a las ya mencionadas anteriormente.

Emisiones líquidas o efluentes

Aguas servidas domésticas: La planta de tratamiento comercial, aprobada por RCA N? 371/2009 es para una dotación de 60 personas, el proyecto considera una dotación de 30 personas en 3 turnos más 6 administrativos, totalizando 36 trabajadores. De este total en el turno de día se presenta la mayor dotación que corresponde a 18 por turno más los administrativos haciendo un total de 24 personas.

Pediluvio e Higienización de Manos

El desinfectante para las manos no generará residuos, ya que se optará por alcohol gel, Los desinfectantes utilizados, contarán con las respectivas autorizaciones de la autoridad marítima. Se usarán desinfectantes que cumplan con el Ord. N” 12600/349 VRS de fecha 23 de mayo de 2008, o:aquella norma que lo reemplace, según el tipo de desinfectante y condiciones de empleo que sea autorizado. Respecto del pediluvio, cabe señalar que la solución del producto utilizado se aplicará mediante aspersión, por lo que no se generan residuos líquidos.

11

Riles

El volumen total de efluentes líquidos que descargarán las unidades de cultivo corresponde a 216,79L/s. El proceso divide las corrientes líquidas en dos grupos. La primera corresponde a agua de purga con mínimo nivel de sólidos suspendidos que corresponde a agua tratada en los sistemas de recirculación con un contenido de sólidos suspendidos menor a 25mg/L, y la segunda corresponde a aguas que provienen de la purga de fondo de los estanques con niveles altos de sólidos (50- 60mg/L), más las aguas provenientes de los retro-lavados de los filtros con niveles muy altos de sólidos suspendidos (>1000mg/L). El tratamiento final de estas corrientes consiste en lo siguiente: El agua de baja carga de sólidos pasa directamente a los filtros rotatorios con malla de 90 micras y capacidad total de 2000 L/s, y desinfectados por el sistema de tratamiento de ozono para posteriormente ser descargados a la vertiente sin nombre.

Emisiones de Ruido

Durante la Fase de Operación del proyecto, se considera las emisiones generadas por los equipos que componen los sistemas de recirculación y los generadores. El estudio de ruido adjunto en el (Anexo 10 de la DIA), se realizó considerando el proyecto completo como peor escenario de evaluación, presenta niveles conformes con los límites permisibles establecidos en la legislación vigente.

Otras emisiones

El proyecto no considera ni estima la generación de otro tipo de emisiones, debido a que no existen en el proyecto alguna otra fuente emisora a las ya mencionadas anteriormente.

Residuos no peligrosos

En el proyecto se estima una generación de 18 kg/día de basura doméstica; considerando una generación de 0,5 kg/día por operador. Los desechos domésticos son depositados en bolsas de polietileno y acumulados en contenedores herméticos, claramente identificados, para ser dispuestos en un lugar autorizado. Se debe destacar que los contenedores de almacenamiento temporal de residuos se encuentran cerrados evitando así el ingreso de vectores.

Lodos

Producto de las actividades de cultivo y a la utilización de sistemas de remoción de sólidos suspendidos totales de las aguas efluentes de la piscicultura, principalmente rotofiltros, se generarán riles que serán tratados y manejados apropiadamente para la concentración y retiro de los sólidos hacia un estanque acumulador de lodos.

El agua de alto contenido de sólidos pasa por un mezclador con floculante para luego retirar sólidos en decantadores con un área total de 20m” , de los cuales se retienen los sólido y el agua clarificada se deriva a los filtros rotatorios.

El retro-lavado de los filtros rotatorios de salida de la piscicultura se integra también a la etapa de floculación y decantación.

Los sólidos decantados se bombean a un filtro prensa para su desaguado terminando con una humedad de 80%.

El agua filtrada del filtro prensa también es reciclada al proceso de floculación. Los sólidos son almacenados en contenedores para su disposición final.

Residuos peligrosos

En la Piscicultura se generarán residuos peligrosos, tales como: elementos corto punzante, residuos de reactivos de laboratorio, bidones vacíos de químicos peligrosos, aceites, pilas, tubos fluorescentes, entre otros, los que serán almacenados transitoriamente en lugar destinado y adecuado el cual se encontrará acorde con lo que la Autoridad Sanitaria exija. Se estiman que, serán necesarios entre 2 y 3 retiros al año.

En Adenda complementaria se da cuenta de los antecedentes del PAS 142.

Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente

El proyecto dará cumplimiento al D.S. 90/2001 Tabla 1.

Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles

Punto 2.3 de la DIA

[ 4.3.3. FASE DE CIERRE

Partes y obras

Partes, obras y acciones

Nombre

Retiro de las infraestructuras que componen la piscicultura

2

Retiro de los peces

Acciones

Desmantelamiento

o

aseguramiento de infraestructura

En caso de que el titular defina poner cese a la Piscicultura. El procedimiento de abandono se detalla a continuación:

1 Todos los peces serán retirados y cosecha de toda la biomasa. ] Todas las infraestructuras serán retiradas y enviadas a mantención.

1 Cualquier tipo de traslado de estructura se realizara según el Programa Sanitario general de Procedimiento de Transporte del Servicio Nacional de Pesca.

| La Fase de cierre se estima de una duración máxima de $ meses.

El titular ejecutará el desmantelamiento de la infraestructura utilizada por el proyecto o actividad.

Restauración

En caso de determinar la etapa de cierre de la piscicultura el titular deberá revisar el estado del suelo y ante la eventualidad de existir residuos sólidos se deberán retirar del lugar y ser depositados en lugares autorizados.

Residuos sólidos El proyecto en la Fase de cierre en general NO generará residuos, productos químicos u otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Aquellos residuos que se generen producto de la desinstalación de las estructuras de la Piscicultura serán retirados por las mismas empresas de servicio encargadas de cada una de estas faenas, asegurándose de que ninguno de estos elementos residuales quede ya sea flotando o en sectores costeros. Respecto de los residuos domiciliarios generados producto de la alimentación y otros las empresas de servicio, serán almacenados en contendores para ser dispuesto una vez finalizada la faena en un relleno sanitario autorizado.

También si se llevará a cabo la etapa de cierra el titular deberá realizar monitoreos a los cuerpos de agua afectados por la actividad propia de la piscicultura.

Prevención de futuras emisiones

No se prevén futuras emisiones.

supervisión

Mantención, conservación y

El titular deberá supervisar todas obras que se requieran en la etapa de cierre si es que esta etapa llegase a efectuarse

Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles

Punto 2.4, de la DIA

5”. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del Artículo 11 de la Ley N*19.300:

5.1, Antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del Artículo 11 de la Ley N*19.300:

5.11.

Sobre la inexistencia de riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y

calidad de efluentes, emisiones y residuos

bre la inexisten:

, la salud de la población, debido

Impacto ambiental

Emisiones atmosféricas

Riles

Ruido

Residuos sólidos domiciliarios

Residuos peligros

13

Existencia de población cuya salud pudiera verse afectada

Cercano al proyecto se encuentran 4 viviendas habitadas.

Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, en consideración a lo dispuesto en

el artículo 5 del Reglamento del SEIA:

a) La superación de los valores de las concentraciones y periodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento.

Según los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación ambiental no se superarán los valores de las concentraciones de normas primarias.

*a) Emisiones: Material Particulado (MP 10 -- MP 2,5) Las emisiones de material particulado durante las etapas de construcción se producirán debido al levantamiento de polvo por el tránsito de maquinaria y vehículos de materiales e insumos. (Anexo 13 de la Adenda).

b)Gases de combustión yehículos; Con relación a las emisiones de gases durante las etapas de construcción, producto de la combustión de vehículos, se cuenta con la revisión técnica al día de éstos, cumpliendo con el D.S. N* 55/94, que contiene la Norma de Emisión Aplicable a Vehículos Motorizados Pesados, el cual establece los valores máximos de gases y partículas, que un motor o vehículo puede emitir bajo condiciones normalizadas, a través del tubo de escape o por evaporación.

c)Emisión de gases por funcionamiento equipos electrógenos: Durante lá Fase de construcción se generarán gases producto del funcionamiento de los equipos electrógenos los cuales serán usados en forma permanente como sistema de suministro principal de la piscicultura. Las emisiones del equipo electrógeno serán declaradas según estipula el artículo 3? del D.S. N* 138/05.

d)Residuos líquidos : Durante la construcción del proyecto se prevé la generación de aguas servidas domésticas, que corresponderán a las generadas por los trabajadores, por lo que el proyecto considera la instalación temporal de baños químicos en el área de ejecución del proyecto, según lo indicado en el D.S. N? 594/99. Los baños serán proporcionados por una empresa externa autorizada por la Autoridad Sanitaria, la que será encargada de la mantención, limpieza y retiro de éstos hacia lugares autorizados, como PTAS operadas por empresas sanitarias.

e)Residuos sólidos domésticos: Para cada una de las etapas, se considera una producción aproximada de 7,5 kg/día de residuos domésticos (restos de comida, papeles, cartones, etc.), para los 15 trabajadores durante la Fase de construcción, considerando una generación de 0,5 kg/día por operador. Estos residuos son acopiados en contenedores debidamente clasificados al interior de la obra, para ser dispuestos finalmente en un lugar autorizado.

fkResiduos Peligrosos : El proyecto contempla residuos sólidos peligros, estos serán puestos en envases rotulados, con las características de cada uno y serán dispuesto en forma transitoria en la bodega especialmente diseñada para eso, según consta en la Adenda Complementaria del proyecto.

b) La superación de los valores de ruido establecidos len la normativa ambiental vigente. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento.

  • En la DIA se encuentra el Informe Acústico para el proyecto, donde se presentan mapas de ruido para la fase de construcción y operación, En donde concluye que el ruido generado por el proyecto no supera los niveles máximos permisibles establecidos en el DS N*38/11 del MMA considerando la información entregada por el mandante y la contenida en dicho informe.

14

c) La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en caso que no sea posible evaluar el riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anteriores.

*a) Emisiones: Material Particulado (MP 10 — MP 2,5) Las emisiones de material particulado durante las etapas de construcción se producirán debido al levantamiento de polvo por el tránsito de maquinaria y vehículos de materiales e insumos. (Anexo 13 de la Adenda).

b)Gases de combustión vehículos: Con relación a las emisiones de gases durante las etapas de construcción, producto de la combustión de vehículos, se cuenta con la revisión técnica al día de éstos, cumpliendo con el D.S. N* 55/94, que contiene la Norma de Emisión Aplicable a Vehículos Motorizados Pesados, el cual establece los valores máximos de gases y partículas, que un motor o vehículo puede emitir bajo condiciones normalizadas, a través del tubo de escape o por evaporación.

c)Emisión de gases por funcionamiento equipos electrógenos:

Durante la Fase de construcción se generarán gases producto del funcionamiento de los equipos electrógenos los cuales serán usados en forma permanente como sistema de suministro principal de la piscicultura. Las emisiones del equipo electrógeno serán declaradas según estipula el artículo 3? del D.S. N* 138/05.

d) La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire,

a)Residuos líquidos : Durante la construcción del proyecto se prevé la generación de aguas servidas domésticas, que corresponderán a las generadas por los trabajadores, por lo que el proyecto considera la instalación temporal de baños químicos en el área de ejecución del proyecto, según lo indicado en el D.S. N* 594/99. Los baños serán proporcionados por una empresa externa autorizada por la Autoridad Sanitaria, la que será encargada de la mantención, limpieza y retiro de éstos hacia lugares autorizados, como PTAS operadas por empresas sanitarias.

b)Residuos sólidos domésticos: Para cada una de las etapas, se considera una producción aproximada de 7,5 kg/día de residuos domésticos (restos de comida, papeles, cartones, etc.), para los 15 trabajadores durante la Fase de construcción, considerando una generación de 0,5 kg/día por operador. Estos residuos son acopiados en contenedores debidamente clasificados al interior de la obra, para ser dispuestos finalmente en un lugar autorizado.

c)Residuos Peligrosos : El proyecto contempla residuos sólidos peligros, estos serán puestos en envases rotulados, con las características de cada uno y serán dispuesto en forma transitoria en la bodega especialmente diseñada para eso; según consta en la Adenda Complementaria del proyecto.

d)Aguas Servidas: Las aguas servidas en el período de operación corresponden a las generadas en las distintas instalaciones sanitarias y comedor de la Piscicultura. La Piscicultura cuenta con una planta de tratamiento aprobada para una dotación de 60 personas, el proyecto considera una dotación de 30 personas en 3 turnos más 6 administrativos, totalizando 36 trabajadores. De este total en el turno de día se presenta la mayor dotación que corresponde a 18 operarios más los administrativos haciendo un total de 24 personas.

SPediluvio e Higienización de Manos Es necesario indicar que los

desinfectantes para las manos no generarán residuos, ya que se optará por alcohol gel, el que se evapora al momento de utilizarlo y se encuentran envasados en bolsas que se disponen dentro de un dispensador. Los desinfectantes utilizados, contarán con las respectivas autorizaciones de la autoridad marítima. Se usarán desinfectantes que cumplan con el Ord. N* 12600/349 VRS de fecha 23 de mayo de 2008, o aquella norma que lo reemplace, según el tipo de desinfectante y condiciones de empleo que sea autorizado. Respecto del pediluvio, cabe señalar que la solución del producto utilizado se aplicará mediante aspersión, por lo que no se generan residuos líquidos.

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f) Riles: El volumen total de efluentes líquidos que descargarán las unidades de cultivo corresponde a 216,79L/s. El proceso divide las corrientes líquidas en dos grupos. La primera corresponde a agua de purga con mínimo nivel de sólidos suspendidos que corresponde a agua tratada en los sistemas de recirculación con un contenido de sólidos suspendidos menor a 25mg/L, y la segunda corresponde a aguas que provienen de la purga de fondo de los estanques con niveles altos de sólidos (50-60mg/L), mas las aguas provenientes de los retro-lavados de los filtros con niveles muy altos de sólidos suspendidos (>1000mg/L). El tratamiento final de estas corrientes consiste en lo siguiente: El agua de baja carga de sólidos pasa directamente a los filtros rotatorios con malla de 90micras y capacidad total de 2000 L/s, y desinfectados por el sistema de tratamiento de ozono para posteriormente ser descargados a la vertiente sin nombre.

g)Residuos Domésticos En el proyecto se estima una generación de 18 kg/día de basura doméstica; considerando una generación de 0,5 kg/día por operador. Los desechos domésticos son depositados en bolsas de polietileno y acumulados en contenedores herméticos, claramente identificados, para ser dispuestos en un lugar autorizado. Se debe destacar que los contenedores de almacenamiento temporal de residuos se encuentran cerrados evitando así el ingreso de vectores.

MLodos Producto de las actividades de cultivo y a la utilización de sistemas de remoción de sólidos suspendidos totales de las aguas efluentes de la piscicultura, principalmente rotofiltros, se generarán riles que serán tratados y manejados apropiadamente para la concentración y retiro de los sólidos hacia un estanque acumulador de lodos. El agua de alto contenido de sólidos pasa por un mezclador con floculante para luego retirar sólidos en decantadores con un área total de 20m3 , de los cuales se retienen los sólido y el agua clarificada se deriva a los filtros rotatorios. El retro-lavado de los filtros rotatorios de salida de la piscicultura se integran también a la etapa de floculación y decantación. Los sólidos decantados se bombean a un filtro prensa para su desaguado terminando con una humedad de 80%. El agua filtrada del filtro prensa también es reciclada al proceso de floculación. Los sólidos son almacenados en contenedores para su disposición final.

Residuos Peligrosos: En la Piscicultura se generarán residuos peligrosos, tales como: elementos corto punzante, residuos de reactivos de laboratorio, bidones vacios de químicos peligrosos, aceites, pilas, tubos fluorescentes, entre otros, los que serán almacenados transitoriamente en lugar destinado y adecuado el cual se encontrará acorde con lo que la Autoridad Sanitaria exija.

Se estiman que, serán necesarios entre 2 y 3 retiros al año.

En cuanto a los residuos de lubricantes y aceites generados en la mantención de equipos, motores y grupos electrógenos utilizados en la operación normal de la Piscicultura. La cuantificación de estos residuos no superan los 1200 L /año cuando estén en uso los generadores. Respecto del manejo de estos se especifica que serán almacenados en recipientes cerrados y debidamente identificados y etiquetados, tomándose todas las medidas necesarias para prevenir la inflamación o reacción de estos, entre ellas su separación y protección frente a cualquier fuente de riesgo capaz de provocar tales efectos, según lo establece artículo 4 a 9 del D. S. de MINSAL N? 148/03.

16

Los residuos generados serán manejados según normativa vigente (D. S. MINSAL 148/03). Cabe señalar que el titular se compromete a solicitar la autorización de manera sectorial para la bodega de residuos peligrosos. Finalmente, estos residuos serán trasladados y dispuestos en lugares autorizados.

  • En relación a las emisiones atmosféricas (Anexo 13 de la Adenda) el titular propone medidas de control para la fase de construcción:, las que se detallan a continuación:

-Se realizará periódicamente la humectación y compactación del camino vecinal (camino no pavimentado).

-Contará con las revisiones técnicas de todos los equipos y maquinarias a utilizar durante su fase de construcción.

-Se realizarán mantenciones de las maquinarias utilizadas para evitar una emisión excesiva de gases producto de la combustión incompleta.

-En caso de retirar material del lugar del proyecto, los camiones circularán con lonas o plásticos impidiendo la dispersión de polvo a la atmosfera, cubriendo total y eficazmente su carga

-Se declararán anualmente las emisiones del grupo electrógeno de acuerdo a lo establecido en el D.S. 138/2005 Establece Obligación de Declarar Emisiones”.

Para mayor información en la DIA se encuentra el Anexo 9 Emisiones donde se encuentra el Informe de emisiones 2015 de acuerdo al D.S. N” 138/2005 para el periodo 2015 y 2016.

*En relación al Informe Acústico este recomienda para la fase de construcción implementar un monitoreo de ruido en forma mensual o en su defecto cada vez que se alteren las condiciones de funcionamiento de las faenas de construcción. Además se recomienda un monitoreo anual para la fase de operación el cual debe considerar el peor escenario en cuanto a emisiones de ruido, lo que implica el funcionamiento de todas las fuentes emisoras de ruido presentes en la Planta, aun cuando sean de respaldo o emergencia. Cada campaña de mediciones deberá generar un informe técnico de acuerdo al artículo 15 literal d descrito en el D.S. 38/2001 del MMA que dé cuenta de la situación actual de ruido y cuyo contenido deberá incluir al menos los siguientes puntos:

-Ficha de información de medición de ruido

-Ficha de georreferenciación de medición de ruido

-Ficha de medición de niveles de ruido

-Ficha de evaluación de niveles de ruido

-Descripción de las modificaciones efectuadas, tanto de maquinaría como de la distribución espacial -de estas dentro de las faenas, si es que las hubiese.

-Certificados vigentes del instrumental utilizado.

5.1.2, Sobre la inexistencia de efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los

recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire

os significativos sobre

Impacto ambiental

Suelo y agua

Los siguientes antecedentes justifican que el

proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos

significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire,

en consideración a lo dispuesto en el artículo 6

del Reglamento del Reglamento del SETA:

Recursos naturales renovables únicos o representativos.

escasos,

En el área de emplazamiento del proyecto no hay recursos naturales escasos, únicos o representativos.

a) La pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes.

Respecto al recurso suelo, el volumen aproximado de capa vegetal a extraer es de 5.801m2 y la cantidad de material a remover es de 3.121m3,

b) La superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se deberá considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de

Tal como se ha planteado en puntos anteriores, el proyecto se emplaza en un área urbana, la que de acuerdo al actual plano regulador está tipificado como área productiva 2 (AP-2), que permite el funcionamiento u operación entre otros de industrias molestas.

El sector de Chinquihue es un área industrial donde es posible evidenciar la presencia de una amplia gama de actividades, entre otras, plantas de proceso de diferente índole, así como

también terminales portuarios, astilleros, centros de logística

17

dichas especies, de conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley 19.300.

de distribución de alimentos, instalaciones público-privadas de apoyo a la actividad acuícola, centros de educación superior, entre otro tipo de industrias.

c) La magnitud y duración del impacto del proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base.

El. 100% de las instalaciones correspondientes a la Piscicultura Chinquihue se encuentran en un terreno privado perteneciente al Titular del proyecto, el que corresponde a una superficie de 34.200 12

d) La superación de los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las normas vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. En caso que no sea posible evaluar el efecto adverso de acuerdo a lo anterior, se considerará la magnitud y duración del efecto generado sobre la biota por el proyecto o actividad y su relación con la condición de línea de base.

El proyecto no contempla la superación de los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias.

e) La diferencia entre los niveles estimados de ruido con proyecto o actividad y el nivel de ruido | de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción O alimentación.

El proyecto presenta en la DIA un Estudio Acústico, de acuerdo a la normativa D.S. N*38/2001 el cual cumple con los parámetros indicados en este.

Igualmente se propone un monitoreo mensual en la etapa de construcción y también se recomienda un monitoreo anual en la etapa de operación. Cada campaña de mediciones de ruido deberá generar un informe técnico que dé cuenta de la situación actual de ruido.

Por otro lado el titular también contempla incorporar barreras acústicas entre el receptor más cercano al proyecto para disminuir aún más la generación de ruido.

También se debe considerar que cercano al área donde se emplaza el proyecto se encuentra altamente intervenida, por la cercanía con otras actividades de tipo industrial.

f) El impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, asi como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables.

El proyecto contempla la utilización de detergentes biodegradables o también denominados blandos.

Los residuos provenientes de los procesos de limpieza de desinfección como el ozono, también cuenta con tres tipos filtros rotatorios dos 500 Vs y un de 1000 L/s-

Desde el punto normativo la piscicultura hace la descarga a los cuerpos de agua con la tabla 1 del DS N*90/2000 (Minsegpres)

Por lo que el proyecto ha tomado todos los resguardos para minimizar la contaminación al recurso agua contemplado en el presente proyecto.

g) El impacto generado por el volumen o caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca O subcuenca hidrográfica a otra, incluyendo el generado por ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales. La evaluación | de dicho impacto deberá considerar siempre la magnitud de la alteración en:

g.1. Cuerpos de aguas subterráneas que

contienen aguas fósiles.

g.2. Cuerpos o cursos de aguas en que se

generen fluctuaciones de niveles.

2.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser

afectadas ¡por el ascenso o descenso de los

niveles de aguas.

g4. Áreas o zonas de humedales, estuarios

y turberas que pudieren ser afectadas por el

El proyecto no contempla el transvase de una cuenca O subcuenca hidrográfica a otra.

Tampoco contempla la intervención de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles.

El proyecto no contempla la intervención de cuerpos o cursos de agua en que se generen fluctuaciones de niveles.

Tampoco intervendrá vegas o bofedales que pudieran ser afectados por el ascenso o descenso de los niveles de agua

El proyecto no contempla la modificación o intervención de un glaciar.

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ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales,

g-5. La superfície o volumen de un glaciar susceptible de modificarse.

h) Los impactos que pueda generar la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados.

El proyecto en evaluación no prevé la introducción de especies exóticas al territorio nacional ni menos al área de emplazamiento del proyecto,

En caso de que ocurriera el escape o pérdida de peces que se encuentran en cultivo se debe dar aviso a SERNAPESCA y a la Capitanía de Puerto que corresponda.

5.1.3,

Sobre la inexistencia de reasentamiento de comunidades humanas o alteración

significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos

isniñcan

Impacto ambiental

No existen impactos significativos ni alteraciones en los sistemas de vida y costumbres de la comunidad, en relación a tradiciones, costumbres, intereses comunitarios o sentimiento de arraigo, conforme a lo señalado en el artículo 110) y d) de la Ley 19.300. Lo anterior, de acuerdo a que el proyecto se emplaza en un sector urbano tipificado como apto para industria molesta e inofensiva, en el entorno cercano está constituido por industrias de actividades productivas tales como pisciculturas, muelles, entre otros no habrá extracción de algún recurso, y que el Ril no provocará una afectación de los recursos, toda vez que cumple con los máximos permitidos por la Tabla N” 1 del D.S. N*90/2000. Además el proyecto considera mano de obra del sector. Complementario a lo anterior, se estima que la comunidad más cercana al proyecto se encontraría a aproximadamente unos 5 Kilómetros del mismo y que correspondería a la comunidad de Panitao y Panitao bajo, sin embargo, ninguna de estas comunidades tiene relación con el proyecto en evaluación.

No se desarrollan actividades de pesca en el sector de playa a la altura del KM 11 de la ruta v-805, sector donde se ubica el proyecto así como tampoco en el estero Chincui.

Existencia de grupos humanos en el área de influencia

No hay presencia de población protegida, : recursos o áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares susceptibles

Reasentamiento de comunidades humanas

El proyecto no contempla reasentamiento de comunidades

de los sistemas de vida y costumbres de grup Reglamento del SEIA:

Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa

os humanos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 7 del

a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural.

Respecto del literal a) en primer término es preciso señalar que, de acuerdo a los antecedentes aportados a la DIA, conforme a la tabla 6 de dicho documento respecto de organizaciones indígenas en la comuna de Puerto Montt, aun cuando la misma Conadi no reconoce bien los límites geográficos de cada una de las comunidades indígenas, ninguna de las indicadas en la tabla señalada, se encuentran dentro del área de influencia del proyecto. Se estima que la comunidad más cercana al proyecto se encontraría a aproximadamente unos 5 kilómetros del mismo y que correspondería a la comunidad de Panitáo y Panitao Bajo, sin embargo, ninguna de estas comunidades tiene relación con el proyecto en evaluación.

De acuerdo a lo que muestra la figura 18 de este informe, que corresponde al área de influencia determinado para el proyecto, existen algunas casas de vecinos al proyecto. Se identifican las siguientes viviendas cercanas al proyecto: vivienda del Señor

19

Carmelo Ruiz, dueño de casa y quien vendió a Inversiones Lago Sofía Limitada el predio que actualmente ocupa la piscicultura. La estructura identificada con el número 2, corresponde a un taller que el Sr. Ruiz utiliza para herramientas y reparación de vehículos. Tanto el Sr. Ruiz como su familia no hacen uso del borde costero aledaño.

La vivienda identificada con el número 3, corresponde a una casa habitación que actualmente se encuentra en venta, aunque su dueña aún vive en el lugar y se dedica a la comercialización de algunos productos que ella misma prepara. De acuerdo a lo indicado en el lugar, tampoco se hace uso del borde costero por parte de esta familia. Ambas casas se pueden apreciar en las fotografías adjuntas. Finalmente, la vivienda identificada con el número 4 corresponde a la casa habitación de la familia Sandoval Soto, que viven en el sector, pero que tampoco utilizan el borde costero. Próximo al lugar de emplazamiento de la piscicultura, también se ubican algunas cabañas de turismo que son utilizadas principalmente en época estival, por lo que los posibles habitantes de dichas cabañas son vecinos temporales, que en el mejor de los casos podrían permanecer unos 30 días en el lugar.

Resulta importante señalar que en el sector costero de Bahía Chincui en general no se realizan actividades de recolección de productos del mar, debido principalmente a que la mayor parte de las personas que efectivamente realizan esta actividad, lo hacen en el borde costero de Isla Chincui, popularmente conocida como Isla de los Curas. Lo anterior probablemente se debe a la intervención que existe en el sector costero cercano al proyecto donde se desarrollan actividades industriales asociadas a astilleros y muelles, además de que se observan varias naves mayores en ocasiones fondeadas en la bahía, lo que haría poco atractivo y/o seguro realizar actividades de recolección de productos del mar en el sector de playa. No se desarrollan actividades de pesca en el sector de playa a la altura del km 11 de la ruta V-805, sector donde se ubica el proyecto así como tampoco en el estero Chincui.

El resto de las construcciones del sector, corresponden a empresas e industrias dedicadas a actividades relacionadas con el mar y de servicio a la acuicultura (plantas de proceso, astilleros, planta de hielo, empresas de servicios, etc). El titular ha declarado su mayor voluntad de actuar siempre como buen vecino y en este contexto ha manifestado el compromiso de mantener un contacto permanente con los vecinos cercanos a la piscicultura lo que se materializará en pequeñas encuestas donde los vecinos podrán hacer ver sus molestias o sugerencias para un mejor actuar en el ámbito de la operación de la piscicultura. Una vez recibidas las encuestas el titular revisará dichas encuestas y en conjunto con los vecinos del sector buscará las mejores soluciones a las inquietudes presentadas dentro de un criterio justo y razonable.

Conforme a lo señalado anteriormente, si bien es cierto que existe una capilla católica ubicada a aproximadamente 1 km en línea recta del proyecto, donde se realizan en ocasionas ritos religiosos tales como velorios de vecinos cercanos a dicha capilla o celebraciones propias de dicha religión, lo cierto es que, debido a su relativa lejanía del proyecto, éste no afecta de ninguna forma estas manifestaciones, agregado a ello el hecho de que, como se indicó, no existen agrupaciones indígenas cercanas al proyecto y por lo tanto no se afecta el desarrollo de manifestaciones de tipo cultural, medicinal o espiritual.

b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo

la piscicultura se ubica en un recinto privado, y limita con un camino vecinal al que se accede por la ruta V-805 camino a Chinquihue y que corresponde a un camino ripiado que el titular

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desplazamiento.

periódicamente a su costo se preocupa de mantener en condiciones para la óptima circulación de todo tipo de vehículo. La piscicultura se ubica a unos 300 metros en línea recta de la ruta V-805, para el ingreso de vehículos menores y a unos 230 metros para el ingreso de vehículos de mayor tamaño por lo que sólo en ocasiones si un vehículo menor accediera al camino vecinal detrás de un camión de abastecimiento de insumos o cosecha, el vehículo menor se vería retrasado sólo un par de minutos en la continuidad de su camino, entendiendo además que se dirige a un lugar distinto a las instalaciones de la piscicultura. Por lo tanto, la ubicación geográfica y operación de la piscicultura no afecta de manera significativa la libre circulación, conectividad o es causa de un aumento significativo de los tiempos de desplazamiento de los vecinos al proyecto.

0) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios O infraestructura básica.

se reitera que todos los vecinos cercanos o lejanos al proyecto y que se desplacen por el camino vecinal al que se accede desde la ruta V-805, camino a Chinquihue, tienen libre acceso por dicho camino, sin que la operación de la piscicultura genere alguna clase de obstrucción o restricción en el tránsito del camino vecinal por lo que todos los vecinos pueden tener acceso a cualquier tipo de bienes y equipamientos los que principalmente se encuentran en la ciudad de Puerto Montt, ubicada a 11 km por la ruta V-805, considerando entre otros items, educación, salud, bienes muebles, servicios financieros, etc. Si bien se conoce que existe disponibilidad de algunos, respecto de los servicios básicos tales como luz, agua, alcantarillado, internet, etc quedan supeditados a la disponibilidad técnica que las empresas de servicio puedan ofrecer a los vecinos y en este sentido, el proyecto no se puede hacer cargo de tales capacidades técnicas, toda vez que estos servicios básicos son proporcionados por empresas privadas, pero sí se deja claramente establecido que la ubicación y operación de la piscicultura no representa ninguna dificultad técnica que le impida a las empresas que proporcionan estos servicios básicos, facilitarlos a todos los vecinos del sector.

d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura O intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo.

no existen comunidades indígenas cercanas al proyecto y que sin perjuicio de la identificación de algunos recintos relativamente cercanos al proyecto (una capilla católica), el titular no ha influido ni afectado, ni impedido el desarrollo de las manifestaciones de cualquier clase que la comunidad o vecinos cercanos al proyecto hayan alguna vez realizado o quieran realizar a futuro, toda vez que la piscicultura se encuentra dentro de un recinto privado, y cualquier manifestación se realizaría en o fuera de los límites del recinto donde se emplaza el proyecto.

Para los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, además de las circunstancias señaladas precedentemente, se considerará la duración y/o magnitud de la alteración en sus formas de organización social particular.

No aplica dado que en el área donde se emplaza el proyecto no existente comunidades o grupos humanos protegidos por leyes especiales.

5.1.4,

Sobre la inexistencia de localización en o próxima a poblaciones; recursos y áreas

protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se

pretende emplazar

Impacto ambiental

Extracción y movimiento de tierras

Existencia de poblaciones protegidas

Suelo

Existencia de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental

Durante el proceso de evaluación ambiental se constató que no existen recursos o áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental.

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Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no se localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del SETA.

Susceptibilidad de afectar poblaciones

Durante el proceso de evaluación se constató que cercano al

glaciares o territorios con valor ambiental, se considerará la extensión, magnitud o duración de la intervención de sus partes, obras o acciones, así como de los impactos generados por el proyecto o actividad, teniendo en especial consideración los objetos de protección que se pretenden resguardar.

protegidas, considerando la extensión, | proyecto no hay poblaciones protegidas.

magnitud o duración de la intervención en

áreas donde ellas habitan.

Susceptibilidad de afectar recursos y áreas | En el área donde se emplazará el proyecto no existen protegidas, sitios prioritarios para la | comunidades o grupos humanos protegidos por leyes especiales, conservación, humedales protegidos, | ni tampoco se desarrollan ceremonias religiosas u otras

manifestaciones propias de la cultura o del folklore. El proyecto se encuentra ubicado en área urbana, de acuerdo al Plan Regulador Comunal.

En relación a “áreas protegidas”, los ecosistemas y sitios de valor ambiental existentes en la Región se encuentran ampliamente representados y protegidos en el Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado (SNASPE), por lo que no se verá afectado el “valor ambiental del territorio”. El área protegida más cercana al emplazamiento del proyecto corresponde al Monumento Natural Lahuen Ñadi, que se ubica a más de 11 km del área de estudio.

5.1.5.

Sobre la inexistencia de alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona

Impacto ambiental

Impacto sobre el valor ambiental del territorio

Existencia de valor turístico

El proyecto se inserta en el sector Chinquihue, sector costero que bordea el Canal de Tenglo. Es una extensión de hermoso paisaje que cuenta con astilleros, viveros, terminal pesquero, zona de camping, restaurantes y balnearios. Se accede a través de buses que hacen el recorrido desde Puerto Montt. A 12 km. de la ciudad de Puerto Montt se ubica el Camping Municipal y Balneario Chinquihue, frente al cual y separada por el Canal de Tenglo se ubica la Isla de Los Curas, la que queda unida al continente cuando baja la marea. En la Figura 15 se puede apreciar además que la piscicultura se ubica fuera de los límites de alguna área SNASPE. Asimismo, el poblado más cercano al proyecto es Puerto Montt, distante 8,4 Kim aproximadamente en línea recta.

Si bien es cierto existe relativa cercanía entre el proyecto y los atractivos turísticos señalados anteriormente, pero estos no se ven afectados por el proyecto al encontrarse fuera de su área de influencia visual. En relación a las Zonas y Centros de Interés Turístico Nacional, ZOXT y CEIT (SERNATUR 2009b y 2011), la Región cuenta con las ZOIT “Cuencas Río Puelo-Cochamó”, “Isla Tenglo-Caleta Angelmó” y “Río Futaleufú”. Al respecto, el proyecto se sitúa fuera de los límites de las ZOIT señaladas.

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Existencia de valor paisajístico

Tal como se ha planteado en puntos anteriores el área de estudio corresponde a sector de Camino a Chinquihue a 12 Km del centro de Puerto Montt,

En términos generales, se trata de una zona urbana, definida como APL2, área productiva molesta el entorno cercano consta de otras industrias tales como plantas de proceso, muelles, etc. Asimismo, el área de emplazamiento del proyecto queda caracterizada por la presencia de una vegetación nativa e introducida semidensa a abierta,

Se determinó la presencia de 2 UP actuando como elementos estructurantes del paisaje principal la vegetación, la cual está compuesta por vegetación nativa e introducida con alto porcentaje de cobertura del suelo y secundario la morfología del terreno. Se trata de un sector con pendientes suaves, cuya cubierta arbórea se observa en los sectores aledaños a la piscicultura hacia las partes altas del sector Chinquihue. La UP “Vegetación nativa e introducida semidensa a abierta”, se trata principalmente de unidades de especies arbóreas de Álamo (Populus nigra) usado como cortina cortaviento, Coigile (Nothofagus dombeyi), asociado con especies nativas arbóreas como Maqui (Aristotelia chilensis), Chilco (Fuesia magellanica) con una cubierta herbácea de Murra (Rubus ulmifolius) y Nalca (Gunnera tinctoria).

Respecto del inventario de recursos, se tiene:

  • Proyecciones visuales: campo visual caracterizado por vistas medias hacia las partes altas de la Bahía Chincui, en Chinquihue donde se encuentra la piscicultura. - Hitos visuales: la presencia de costa le otorga al área cierta significación, toda vez que la vegetación aparece como dominante. + Cursos de agua: el proyecto se encuentra situado en la costa noreste de la bahía Chincui, en el sector de Chinquihue. Presencia de cuerpos de agua menores asociados a fondos de quebrada y el estero Chinquihue. + Cubiertas vegetales dominantes: Coigue (Nothofagus dombeyi), Alamo (Populus nigra) y Maqui (Aristotelia chilensis). Cubierta herbácea de Nalca (Gunnera tinctoria) y Murra (Rubus ulmifolius). - Áreas singulares: si bien está inserto en una zona de extensión urbana en las cercanías de la bahía Chincui en el sector Chinquihue que aportan en la apreciación estética, el elemento que domina y estructura el paisaje en el área de emplazamiento del proyecto es la cubierta vegetal arbórea y herbácea con alto porcentaje de cobertura.

Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del

SEIA:

a) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico.

Tal como se ha planteado en puntos anteriores el área de estudio corresponde a sector de Camino a Chinquihue a 12 Km de la centro de Puerto Montt. En términos generales, se trata de una zona urbana, definida como APL2, área productiva molesta el entorno cercano consta de otras industrias tales como plantas de proceso, muelles, etc.

Asimismo, el área de emplazamiento del proyecto queda caracterizada por la presencia de una vegetación nativa e introducida semi densa a abierta.

b) La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico.

En términos generales, se observa que el área en que se localizará el proyecto presenta una calidad visual baja y fragilidad visual media, con una capacidad de absorción visual baja a moderada, lo cual se ve favorecido por el predominio de una cubierta vegetal nativa semidensa a abierta aledaños a la Piscicultura (UP “vegetación nativa semidensa a abierta”) y vistas condicionadas por la topografía e incidencia urbana del

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sector Chinquihue (Bahía Chincui).

El proyecto se inserta en el sector Chinquihue, sector costero que bordea el Canal de Tenglo. Es una extensión de hermoso paisaje que cuenta con astilleros, viveros, terminal pesquero, zona de camping, restaurantes y balnearios. Se accede a través de buses que hacen el recorrido desde Puerto Montt. A 12 km. de la ciudad de Puerto Montt se ubica el Camping Municipal y Balneario Chinquihue, frente al cual y separada por el Canal de Tenglo se ubica la Isla de Los Curas, la que queda unida al continente cuando baja la marea.

La duración o magnitud en que se obstruya el acceso o se alteren zonas con valor turístico.

En relación a las Zonas y Centros de Interés Turístico Nacional, ZOIT y CEIT (SERNATUR 2009b y 2011), la Región cuenta con las ZOIT “Cuencas Río Puelo-Cochamó”, “Isla Tenglo- Caleta Angelmó” y “Río Futaleufú”.

Al respecto, el proyecto se sitúa fuera de los límites de las ZOIT señaladas.

5.1.6.

Sobre la inexistencia de alteración de monumentos, sitios con valor antropológico,

arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural

Impacto ambiental

Patrimonio cultural

Existencia de monumentos sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio Cultural.

"Estero Quinquihue 1" (200 m) y la existencia de antecedentes arqueológicos que dan cuenta de 1 otros sitios arqueológicos en el área (Chinquigue 1, Chinquihue 2, Chinquihue 3, Chinquihue 4, Chinquihue 5),

De justificarse que en el área o espacio geográfico no existe patrimonio cultural, se descarta de plano la generación o presencia de una alteración de dicho patrimonio.

Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SEJA:

a) La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga O se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N*17.288.

  1. En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico O paleontológico, durante cualquier obra o actividad del proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional establecido en el artículo N” 38 de la Ley N 17.288, se deberá proceder según lo establecido en los artículos N 26 y 27 de la Ley N 17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo N 23 del D.S N* 484 Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto.

b) La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigiedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indigena.

Considerando a la cercanía del proyecto con el emplazamiento del sitio "Estero Quinquihue 1" (200 m) y la existencia de antecedentes arqueológicos que dan cuenta de 1 otros sitios arqueológicos en el área (Chinquigue 1, Chinquihue 2, Chinquihue 3, Chinquihue 4, Chinquihue 5), se indica al titular que el proyecto, no podrá afectar en ningún grado el patrimonio arqueológico existente en el área.

Cc) La afectación a lugares o sitios en que se Heven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas.

Existe una Capilla Católica a 1 kilómetro en línea recta con la piscicultura, no se ha impedido el desarrollo de las actividades o manifestaciones que la comunidad o los vecinos cercanos al proyecto haya una alguna vez realizado o quieran realizar en un futuro.

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6”. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. Permisos Ambientales Sectoriales de contenido únicamente ambiental

| 6.1.1.- Permiso Ambiental Sectorial del artículo N* 119 del DS 40/2012.

Fase del proyecto a la cual

corresponde

operación

Parte, obra o acción a la que aplica

Monitorear los macro-invertebrados asociados al punto de confluencia del canal de vertido del efluente del proyecto Piscicultura Chinquihue.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

Identificar las especies hidrobiológicas que se proyecta extraer, señalando si estas son introducidas o nativas y estado de conservación. En Anexo 9 de la Adenda se presenta el listado con las posibles especies susceptibles de ser capturadas en el seguimiento.

También se indican las áreas de pesca, se ubicarán en total 5 estaciones de muestreo de agua y sedimento, distribuidas en el sector del estero chincui, ubicado a la altura del Km 11 del camino a Chinquihue, donde concluye el efluente de la piscicultura a través de un canal de vertido y en la bahía Chincul.

La distribución de las estaciones de muestreo se ubicarán a 200 metros aguas arriba del punto de confluencia del canal de vertido del efluente de la piscicultura con el estero Chincui, una a 100 metros desde la desembocadura hacia bahía chincui y la última a aproximadamente 60 metros de la bahía Chincui. (mayores antecedentes Anexo 9 de la Adenda).

Pronunciamiento del

competente

órgano

Subsecretaria de Pesca y Acuicultura en Ord. N? 59 del 16 de febrero de 2017 se pronuncia conforme con los antecedentes presentados al PAS

119.

6.2. Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos

6.2.1 Permiso Ambiental Sectorial del Artículo N” 139 del DS 40/2012

Fase del proyecto a la cual corresponde

Fase de operación

Parte, obra o acción a la que aplica

Operación

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

Descripción de los procesos en los que se generan los residuos líquidos industriales o mineros, estimación de sus caudales y caracterización. Las aguas captadas y utilizadas en las diferentes unidades de cultivo, serán tratadas mediante filtros rotatorios y posteriormente descargadas al punto de descarga que la piscicultura tiene aprobado mediante Resolución SISS N? 3073, cumpliendo lo señalado en el D.S, N 90, en su Tabla N1, para descargas a aguas fluviales sin capacidad de dilución,

El volumen máximo de descarga actual es de 176,9 L/s y con la ampliación y aumento de producción se descargará 216,79L/s; motivo por el cual al sistema de tratamiento de RlLes se le adiciona un filtro rotatorio de 1.000L/s.

El agua que corresponde a la descarga, pasará por un: sistema de filtros rotatorios para remover los sólidos en suspensión del efluente, lo cual removerá por lo menos 85% de los sólidos.

El sistema consta de: Marca: Faivre 24-160 No. de unidades: 2 (existentes) Malla: 100 micrones Caudal máximo a tratar: 550 litros / segundo (cada equipo) Marca: NP Innovation modelo F, N* unidades:1 (a implementar) Malla: 90 micrones Caudal Máximo a tratar: 1.000 litros/segundos. Estos filtros podrán operar en simultánea en control automático, lo que permitirá la mantención de cualquier otro filtro sin

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afectar el tratamiento de la totalidad de las aguas.

Posteriormente pasan por un sistema de desinfección por ozono (evaluado y autorizado por RCA. N” 102/2015), a una tasa de 2mg/L y con un tiempo de residencia de 5 minutos antes de su descarga.

Este sistema fue diseñado para la totalidad de agua disponible (216,79 L/s), motivo por el cual no será modificado toda vez que es capaz de tratar la totalidad de los Riles generados por el aumento del nivel de producción. Tal como se explicó en la evaluación anterior (RCA 'N 102/2015), las aguas tratadas son conducidas desde el punto de descarga autorizado (Res. SISS N 3073), de manera subterránea hasta su desembocadura en la vertiente sin nombre, que posteriormente se une al estero Chinquihue que cruza el puente Chincui y que desemboca en el mar de Chile. Las siguientes fotografías ilustran en punto de descarga autorizado de los RlILes de la piscicultura, el área que recorren estas aguas dentro de los terrenos de la piscicultura y posteriormente el punto de descarga a la vertiente que finalmente se une al estero Chincui, que es un cuerpo de agua de mayor volumen y caudal hasta desembocar por último al mar chileno.

El presente proyecto cuenta con programa de monitoreo de Riles aprobado mediante Resolución SISS N 3073, dicho programa establece lo siguiente: La descarga del efluente se realizará en el punto de descarga que la Piscicultura tiene aprobado mediante Resolución SISS N 3073 a las aguas de la vertiente sin nombre, cumpliendo lo señalado en el D.S. N? 90, en su Tabla N*1, para descargas a aguas fluviales sin capacidad de dilución. El volumen máximo de descarga actual es de 176,9 L/s y con la ampliación y aumento de producción se descargará 216,79L/s.

El proyecto generará cantidades de sólidos producto de la defecación de los peces y el alimento no consumido. La emisión máxima de sólidos es de 729 kg/día en base húmeda, de los cuales se recuperan 551,2 kg/día en base seca como residuos sólidos,

El proceso divide las corrientes líquidas en dos grupos. La primera corresponde a agua de purga con mínimo nivel de sólidos suspendidos que corresponde a agua tratada en los sistemas de recirculación con un contenido de sólidos suspendidos menor a 25mg/L (aunque el nivel es mucho más bajo), y la segunda corresponde a aguas que provienen de la purga de fondo de los estanques con niveles altos de sólidos(50-60mg/L), más aguas provenientes de los retro-lavados de los filtros con niveles muy altos de sólidos suspendidos (>1000mg/L).

El tratamiento final de estas corrientes consiste en lo siguiente: El agua de baja carga de sólidos pasa directamente a los filtros rotatorios con malla de 9Omicras y capacidad total de 2000 L/s. El agua de alto contenido de sólidos pasa por un mezclador con floculante para luego retirar sólidos en decantadores con un área total de 20m3, de los cuales se retienen lo sólido y el agua clarificada se deriva a los filtros rotatorios.

El retro-lavado de los filtros rotatorios de salida de la piscicultura se integra también a la etapa de floculación y decantación.

Los sólidos decantados se bombean a un filtro prensa para su desaguado terminando con una humedad de 80%. El agua filtrada del filtro prensa también es reciclada al proceso de floculación. Los sólidos son almacenados en contenedores para su disposición final, los que son retirados por empresas autorizadas.

En Anexo 5 de la DIA se presentan los Planes de Contingencia y Emergencia.

Pronunciamiento competente

del

Órgano

La Seremi de Salud se pronuncia conforme con los antecedentes presentados en relación al el Permiso Ambiental Sectorial establecido en el Art. N 139 del D.S. N 40/2012, en Ord. N* 157 del 24 de agosto de 2016.

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6.2.2 Permiso Ambiental Sectorial del Artículo N* 142 del DS 40/2012

Fase del proyecto a la cual

Operación corresponde Parte, obra o acción a la que | Operación

aplica

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

Descripción del sitio de almacenamiento.

El sitio de almacenamiento de los residuos peligrosos se ubicará en el área de bodegas de la Piscicultura Chinquihue, Dicha área estará construida sobre una base de radier de concreto.

La bodega de RESPEL forma parte de un conjunto de bodegas de un agua tal como lo muestra el Plano General de Bodegas y el Plano de Detalle de la bodega de RESPEL adjuntos en Anexo A de esta

solicitud.

Las dimensiones de la Bodega de residuos peligrosos son de 4 m de fondo x 3 m de ancho por 2,5 m de altura en su parte más alta y 2,2 m en su parte más baja.

El acceso a la bodega se realiza por una puerta con marco de acero de perfil cuadrado y de tipo corrediza con malla ACMA. Las dimensiones de la puerta son de aproximadamente 1,5m de ancho y de 2 1m de alto.

Se considera un piso impermeable para evitar :la filtración de contaminantes y resistente a los residuos peligrosos que se almacenarán. Será liso, sin ser resbaloso y libre de grietas que dificulten su limpieza. Su diseño está previsto con contención de las aguas en casos de limpieza, de posibles derrames o el agua residual en caso de extinción al fuego.

El radier se ejecutó con hormigón H-25 y 0,2 m de espesor. Previo al radier, se extendió un polietileno grueso (0,2mm) traslapado 30cm y retornando por los contornos hasta el nivel superior del radier, sirviendo como barrera de humedad. La impermeabilización se llevó a cabo mediante aplicación de SIKA N*1 en cantidades según lo indicado por el fabricante.

En caso de derrames o incendio será esencial que los fluidos contenidos y el agua del combate de incendio sean retenidos y no se genere un derrame, evitando la contaminación en el área de ubicación de la bodega o de las áreas de generación de los residuos peligrosos.

La bodega cuenta con pretiles de contención de hormigón armado de 0,50m de alto x 0,18m de espesor con un volumen total de contención de 6m3 (Ver Anexo A).

En caso que el pretil de la bodega no sea capaz de contener un eventual derrame de los residuos allí contenidos, se dispuso de un tubo de PVC de 110 mm ubicado en la parte superior del pretil que conducirá el sobrenadante a un estanque enterrado con tapa.

El estanque enterrado, contenedor de derrames, tendrá una capacidad de 2000litros (2m3).

El techo de la bodega está construido de tal forma que no ingrese el agua Huvia, pero que permita la salida del humo y el calor en caso de incendio. La estructura de soporte se realizó con materiales

La bodega de residuos peligrosos cuenta con ventilación natural. El sistema de ventilación será por la parte superior de la bodega (cerchas) y por la puerta de acceso las que contarán con aberturas por una rejilla metálica de acero galvanizado.

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Las cubiertas y techumbres son en base a Panel PV4 de INSTAPANEL y de color verde metálico. Se

reitera que la parte superior de la bodega y la puerta de acceso contarán con aberturas con puertas por una rejilla metálica de acero galvanizado. La bodega de Residuos Peligrosos contará con la señalética adecuada.

El objetivo de la señalética consiste en advertir a los trabajadores la presencia de un riesgo, prohibición u obligación, con el propósito de prevenir accidentes que afecten la salud o al medio ambiente (mayores antecedentes Anexo 5 de la Adenda complementaria).

Pronunciamiento del órgano ¡La Seremi de Salud se manifiesta conforme con los antecedentes competente proporcionados.

  • En relación a las emisiones atmosféricas (Anexo 13 de la Adenda) el titular propone medidas de control para la fase de construcción:, las que se detallan a continuación:

-Se realizará periódicamente la humectación y compactación del camino vecinal (camino no pavimentado). -Contará con las revisiones técnicas de todos los equipos y maquinarias a utilizar durante su fase de construcción. -Se realizarán mantenciones de las maquinarias utilizadas para evitar una emisión excesiva de gases producto de la combustión incompleta.

-En caso de retirar material del lugar del proyecto, los camiones circularán con lonas o plásticos impidiendo la dispersión de polvo a la atmosfera, cubriendo total y eficazmente su carga

-Se declararán anualmente las emisiones del grupo electrógeno de acuerdo a lo establecido en el D.S. 138/2005 Establece Obligación de Declarar Emisiones”. 30 Para mayor información en la DIA se encuentra el Anexo 9 Emisiones donde se encuentra el Informe de emisiones 2015 de acuerdo al D.S. N* 138/2005 para el periodo 2015 y 2016.

*En relación al Informe Acústico este recomienda para la fase de construcción implementar un monitoreo de ruido en forma mensual o en su defecto cada vez que se alteren las condiciones de funcionamiento de las faenas de construcción. Además se recomienda un monitoreo anual para la fase de operación el cual debe considerar el peor escenario en cuanto a emisiones de ruido, lo que implica el funcionamiento de todas las fuentes emisoras de ruido presentes en la Planta, aun cuando sean de respaldo o emergencia. Cada campaña de mediciones deberá generar un informe técnico de acuerdo al artículo 15 literal d descrito en el D.S. 38/2001 del MMA que dé cuenta de la situación actual de ruido y cuyo contenido deberá incluir al menos los siguientes puntos:

-Ficha de información de medición de ruido

-Ficha de georreferenciación de medición de ruido

-Ficha de medición de niveles de ruido —

Ficha de evaluación de niveles de ruido

-Descripción de las modificaciones efectuadas, tanto de maquinaría como de la distribución espacial de estas dentro de las faenas, si es que las hubiese.

-Certificados vigentes del instrumental utilizado.

7”. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

La normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto y su forma de cumplimiento es la siguiente: 7. 1 NORMATIVA DE CARÁCTER AMBIENTAL APLICABLE

La normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto y su forma de cumplimiento es la siguiente: 7.1.1.__ Norma Ley 19.300

Componente/materia: Establece el marco legal de la institucionalidad ambiental en el país. Crea y

desarrolla instrumentos de gestión ambiental como el Sistema de Evaluación de

Impacto Ambiental, las normas de calidad ambiental, las normas de emisión,

etc.

Norma Ley 19.300 Sobre Bases Generales del Medio Ambiente

Fase del proyecto a la que | Construcción, Operación. y cierre

aplica o en la que se dará cumplimiento

Parte, obra, acción, emisión, | Todo el proyecto residuo o sustancias a la que aplica

23

Forma de cumplimiento

En virtud de lo establecido en este cuerpo legal, el proyecto se somete al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, según se establece en el artículo 10 letra n)

Indicador que acredita su

Resolución de calificación Ambiental

cumplimiento Forma de control y| Cumplimiento de lo establecido en la RCA, el cual será fiscalizado por parte seguimiento de la Superintendencia de Medio Ambiente.

7.1.2, Norma Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental

Componente/materia:

Establece las disposiciones por las cuales se regirá el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y la participación ciudadana de la comunidad en el proceso de evaluación ambiental de conformidad a los preceptos establecidos en la Ley 19.300

Norma DS N*40/2012 Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto

Ambiental

Establece normas y procedimientos por los que debe regirse el Sistema de evaluación de Impacto Ambiental, detallando y desarrollando a partir del Artículo 10 de la ley 19.300, ,os proyectos que deben someterse al SEIA y los criterios para determinar la pertinencia de ingreso. Asimismo indica los requisitos para la elaboración de la Declaraciones o Estudios de impacto Ambiental, incluyendo los planes de mitigación, reparación, compensación y seguimiento ambiental, entre otros.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y cierre

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Todo el proyecto

Forma de cumplimiento

El proyecto “MODIFICACIÓN PROYECTO TÉCNICO PISCICULTURA CHINQUIHUE, COMUNA DE PUERTO MONTT, PROVINCIA DE LLANQUIHUE, REGIÓN DE LOS LAGOS”, ingresa al SEIA según lo indicado en la letra n.5) del Art. 3 de este reglamento, “Una producción anual igual o superior a ocho toneladas (8 tf), tratándose de peces; o del cultivo de microalgas y/o juveniles de otros recursos hidrobiológicos que requieran el suministro y/o evacuación de aguas de origen continental, marino o estuarina, cualquiera sea su producción anual” y Letra 0.7) ) del Art. 3 de este reglamento, “Sistemas de tratamiento y/o disposición de residuos industriales líquidos que cumplan al menos alguna de las siguientes condiciones:” 0.7.4 — Traten efluentes con una carga contaminante media diaria igual o superior al equivalente a las aguas servidas de una población de cien (100) personas, en uno o más de los parámetros señalados en la respectiva norma de descarga de residuos líquidos. Bajo la forma de una DIA, ya que el proyecto no presenta ninguna de las características enumeradas bajo el Art. 11 de la Ley N* 19.300 y el título II del este reglamento.

Indicador que acredita su

El titular del proyecto espera obtener una Resolución de Calificación

cumplimiento Ambiental Favorable (RCA) de la DIA. Forma de control y | Cumplimiento de lo establecido en la RCA, el cual será fiscalizado por seguimiento parte de la Superintendencia de Medio Ambiente.

7.1.3... Norma D.S, N* 320 RAMA

abla 7. Componente/materia:

“Norma - Reslamento Ambiental Para la Acuicultura MINECON:y SUBPESCAL

Regulación Ambiental para actividades de acuicultura

Norma

" ambiental

Establece estándares ambientales mínimos para la instalación y operación de centros de cultivo, que aseguren su sustentabilidad. Establece requisitos específicos para los sistemas de producción intensivos y la información

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará

Construcción y operación

29

cumplimiento

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Todas las partes y acciones

Forma de cumplimiento

Se mantendrá la limpieza del área y terrenos aledaños al proyecto (como mínimo dentro del área de influencia) de todo residuo generado por actividades acuícolas y por éste. Se dispondrán los desechos sólidos y líquidos en condiciones que no resulten perjudiciales al medio circundante. Existirá un plan de contingencia, para casos de escapes y mortalidades masivas y ante su eventual ocurrencia, se dará aviso a SERNAPESCA, y se presentará el informe respectivo. Además, el centro cumplirá con las normas de emisión dictadas en conformidad con el Art. 40 de la Ley 19.300 Sobre Bases Generales del Medio' Ambiente

Indicador que acredita su cumplimiento

El titular del proyecto se compromete a la realización de programa de autocontrol. Se mantendrá en centro ya sea impreso o digital el registro de limpieza, mantención, y registros ante un eventual incidente que requiera de ejecutar algún plan de contingencia, además de los estudios mencionados anteriormente.

Forma de control

y

seguimiento

Servicio Nacional de Pesca, Autoridad Marítima y SMA

7.1.4

Labl

Componente/materia:

Norma

Artículos 67 al 90

El artículo 67 indica que los centros de cultivos en terrenos privados sólo deberán inscribirse en el Registro Nacional de Acuicultura (RNA), posterior a la evaluación ambiental del proyecto. Además, la inscripción en el Registro habilita al titular para el ejercicio de los derechos inherentes a la autorización de acuicultura. Asimismo, el artículo 68 indica que la Dirección General de Aguas preferirá a un acuicultor por sobre otros usos.

Se establece además los plazos y procedimientos para obtenerlas y las obligaciones y derechos que otorgan a sus titulares.

Artículo 136: Establece un cuasidelito referido al que “introdujere o mandare introducir en el mar, ríos, lagos o cualquier otro cuerpo de agua agentes contaminantes químicos, biológicos o fisicos que causen daño a los recursos hidrobiológicos sin que hayan sido neutralizados será sancionado con multa de 50 a 3.000 UTM”. En caso de proceder con dolo, además de la multa a aplicar, se establece presidio menor en su grado mínimo.

Artículo 137: Establece la prohibición de internar especies hidrobiológicas sin cumplir con el procedimiento establecido en el Titulo II, Párrafo 3% de la Ley. En caso de infracción a esta norma se establecen penas de multa entre 3 a 300 UTM y presión en su grado máximo.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de operación

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Funcionamiento Sistema de Trat. de RILes, Piscicultura Chinquihue, Funcionamiento del proceso Producción, Traslado de Peces, Funcionamiento Sistema de Recirculación, Tratamiento Aguas Servidas, Funcionamiento Tratamiento de RILes, Requerimiento de Suministros

Básicos.

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Forma de cumplimiento

a) El titular se compromete a presentar ante el Servicio Nacional de Pesca el formulario de inscripción en el RNA, una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental.

b) El titular declara que, el proyecto considera descargas de RIL y Aguas servidas tratadas al cuerpo de agua y no considera generación de sustancias o productos que puedan alterar el medio ambiente.

c) Si a futuro se realiza la importación de especies hidrobiológicas, se presentarán los certificados sanitarios u otros antecedentes que determine el Servicio Nacional de Aduanas, previo informe de Subsecretaría de Pesca, todo de acuerdo al Título IL, Párrafo 3? de la Ley.

Indicador que acredita su cumplimiento

a) Contar con el registro de inscripción al RNA.

b) El titular del proyecto se compromete realizar una Tratamiento de las aguas utilizadas. Resultados de Autocontroles con Laboratorios acreditados.

c) Resolución de autorización de especies hidrobiológicas por parte de la autoridad competente.

Forma de control

seguimiento

y

7.1.5. Norma Ley 20.283

Componente/materia:

Protección recurso bosque

Norma

Ley N? 20.283 Ley sobre recuperación de bosque nativo y fomento forestal

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Construcción y operación

Forma de cumplimiento

El artículo 16 dispone la obligación de expresar en los planes de manejo forestal “fundada justificación técnica” de los métodos de corta de bosque nativo de conservación y protección.

El artículo 17 establece prohibiciones de corta, destrucción, eliminación o menoscabo de árboles y arbustos nativos en determinadas situaciones,

El artículo 19 establece prohibiciones a la corta, eliminación, destrucción o descepado de individuos de las especies vegetales clasificadas de conformidad en al artículo 37 de la Ley 19.300 y su Reglamento.

Indicador que acredita su cumplimiento

*En este caso particular el Titula entrega en Adenda Complementaria un Plan de Corrección de acuerdo a lo estipulado en la Ley 20.283 para bosque nativo) con el objeto de cumplir con la reforestación con especies del mismo Tipo Forestal Siempre verde afectado por la corta no autorizada, a lo menos, por la superficie de 0,465 ha. Intervenida en al actual emplazamiento de la modificación del proyecto.

Forma de control y | El titular deberá entregar la información sobre la reforestación a CONAF seguimiento 7.1.6. Norma Ley N17.288/1970 17.288/1970 —Legisla Sobre Mobume

Componente/materia:

Excavaciones de Sitio Arqueológicos

Norma

Ley N*17.288/1970 — Legisla Sobre Monumentos Nacionales; Modifica las Leyes 16.617 y 16.719; Deroga el Decreto Ley 651, de 17 de octubre de 1925, MINEDUC. Fecha publicación en Diario Oficial: 04 de febrero de 1970. Íntegro En la presente ley se establece la prohibición de efectuar excavaciones científicas de carácter arqueológico, antropológico o paleontológico en el Territorio nacional, sin autorización previa del

31

Consejo de Monumentos Nacionales. El Artículo 26” establece que toda persona natural o jurídica que al hacer excavaciones en cualquier punto del territorio nacional y con cualquier finalidad, encontrare ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico, está obligada a denunciar inmediatamente el descubrimiento al Gobernador del Departamento quien ordenará a Carabineros que se haga responsable de su vigilancia hasta que el Consejo se haga cargo de él.

Otros cuerpos legales

No aplica

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará

cumplimiento

Fase de construcción

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que

aplica

Instalación Faenas de construcción, Instalación de baños químicos, Escarpe Movimiento de tierra, Usar tierra como material de relleno, Instalaciones proyectadas e instalaciones existentes modificadas.

Forma de cumplimiento

El titular reconoce la importancia sobre la protección de monumentos nacionales y se compromete a dar cumplimiento íntegro a la legislación precedente. Sin perjuicio de lo anterior, de acuerdo a la prospección realizada no hay hallazgos arqueológicos que pudiesen verse afectada por la operación de la piscicultura.

Indicador que acredita su | a) Informes realizado en noviembre de 2015. b) Reporte a las autoridades cumplimiento pertinentes en caso de existir hallazgos

Forma de control y | Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) - Ministerio de Educación - seguimiento SMA

7.1.7.Norma DS 90/2000

Componente/materia:

Aguas residuales

Norma

Establece la Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes asociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas marinas y Continentales Superficiales

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Sistema de Tratamiento de Riles, descarga y Tratamiento de aguas servidas

Forma de cumplimiento

Las descargas de la Piscicultura cumplirán con lo establecido en la tabla 1 del D.S. N? 90/2000

Indicador que acredita su

Programas de autocontrol, los que se mantendrán en digital o copia impresa

cumplimiento en la piscicultura a disposición de la autoridad cuando así lo requiera, Forma de control y | Autoridad sanitaria, Superintendencia del Medio Ambiente seguimiento

  1. 138

. Norma 138 /2005 Emi jon Atmosféricas

—Tebl EAS Ne 1 de Declar: Componente/materia: Emisiones atmosféricas Norma Norma D.S. N 138/2005 - Establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica. MINSAL. Íntegro Establece la obligación de declarar las emisiones atmosféricas de las fuentes fijas de forma anual Otros cuerpos legales Artículo 89 letra a) y Artículo 90 - DFL N 725/1967, Código Sanitario. MINSAL. Fase del proyecto a la que | Operación aplica o en la que se dará cumplimiento Parte, obra, acción, emisión, | Construcción

residuo o sustancias a la que aplica

Forma de cumplimiento

El titular se compromete a declarar las emisiones de sus fuentes fijas, tales como generadores eléctricos y calderas a ser utilizados en la Fase de Operación.

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Indicador que acredita su cumplimiento

Registro o comprobante de declaración anual en el centro para revisión

Forma de control

seguimiento

y

Superintendencia del Medio Ambiente,

7.1. 9. Norma DS N? 38

Componente/materia:

Ruido

Norma

El artículo 1? establece que, “el objetivo de la presente norma es proteger la salud de la comunidad mediante el establecimiento de niveles máximos de emisión de ruido generados por las fuentes emisoras de ruido que esta norma regula.”.

Otros cuerpos legales asociados

No aplica

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Instalación de faenas de trabajo

Forma de cumplimiento

Se presenta en la DIA un informe Acústico, donde se manifiesta que el proyecto cumple con la normativa, donde propone algunas medias. También contempla la incorporación de paneles de OSB o de tipo modular, en forma temporal, con la finalidad de aminorar aún más las molestias que puedan ir en desmedro de los vecinos cercanos al proyecto.

Indicador que acredita su | Registro en el centro de las medidas que se señalan en el informe acústico, cumplimiento las que consisten en que para la etapa de construcción se realice una vez al mes un monitoreo de ruido y para la etapa de operación se realice una vez al año, todos estos informes deberá estar para cuando la autoridad competente lo requiera. Forma de control y| Enviando a la SMA un informe que acredite la implementación de los seguimiento informes que se proponen en el informe Acústico. 7.1.10.

Norma DS N*594/1999

Componente/materia:

Residuos, emisiones, sustancias peligrosas y salud ocupacional

Norma

D.S. N? 594/1999 reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.

Otros cuerpos legales asociados

No aplica

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Instalación de baños químicos, Provisión de Suministros Básicos, Modificaciones, Abastecimiento y mantenciones de Suministros Básicos, Dotación Trat. Aguas Servidas, Requerimiento de Suministros Básicos, Transporte, Almacenamiento de los Suministros Básicos

Forma de cumplimiento

Establece las condiciones ambientales y sanitarias básicas que deberá cumplir todo lugar de trabajo, además, establece los límites permisibles de exposición ambiental a agentes químicos y agentes fisicos, y aquellos límites de tolerancia biológica para trabajadores expuestos a riesgo ocupacional.

El titular deberá cumplir con los artículos 18 al 20 de esta norma, los cuales norman lo siguiente:

Artículo 18: Acumulación, tratamiento y disposición final de residuos industriales dentro del predio industrial, local o lugar de trabajo, deberá contar con la autorización sanitaria. Para los efectos del presente reglamento se entenderá por residuo industrial todo aquel residuo sólido o líquido o combinaciones de estos, provenientes de los procesos industriales y que por sus características físicas químicas o microbiológicas no puedan asimilarse a los residuos domésticos.

Artículo 19: las empresas que realicen el tratamiento y disposición final de sus residuos industriales fuera del predio, sea directamente o a través de la

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contratación de terceros, deberán contar con autorización sanitaria, previo al inicio de tales actividades. Para obtener dicha autorización, la empresa que produce los residuos industriales deberá presentar los antecedentes que acrediten que tanto el transporte, el tratamiento, como la disposición final es realizada por personas o empresas debidamente autorizadas por el servicio de salud correspondiente.

Artículo 20: En todos los casos, sea que el tratamiento y/o disposición final de los residuos industriales se realice fuera o dentro del predio industrial, la empresa, previo al inicio de tales actividades, deberá presentar a la autoridad sanitaria una declaración en que conste la cantidad y calidad de los residuos industriales que genere diferenciando claramente los residuos industriales peligrosos.

Indicador que acredita su | a) Registros de fuente de abastecimiento de agua autorizada, b) certificado cumplimiento de disposición de residuos en un lugar autorizado c) autorización de un sistema de tratamiento de aguas servidas.

Forma de control y | Autoridad sanitaria seguimiento 7.1.11. Norma DS N* 148/2004

“Residuos peligrosos

Establece las condiciones sanitarias y de seguridad mínimas a que deberá someterse la generación, tenencia, almacenamiento, transporte, tratamiento reuso, reciclaje, disposición final y otros formas de eliminación de los residuos

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

operación

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Mantención de los equipos y estructuras

Forma de cumplimiento

El titular dará cumplimiento a las disposiciones del presente reglamento. El manejo de los residuos generados por el proyecto lo realizará a través de empresas que cuenten con la autorización sanitaria para retiro, transporte y disposición final.

El titular deberá dar cumplimiento a las indicaciones del permiso ambiental sectorial mixto 142 (DS N* 40/2012 MMA

Indicador que acredita su

Mantener registro de la salida de los residuos peligrosos.

cumplimiento Registros en caso de accidentes asociados a hidrocarburos. Forma de control y | Autoridad Sanitaria seguimiento

8". Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, señaladas por los

organismos competentes:

8.1. El Consejo de Monumentos nacionales en ORD: N2 3185/2016 del 14 de septiembre de 2016 se manifiesta

conforme e inidica que:

  1. El titular deberá procurar la no afectación del Patrimonio Cultural Subacuático declarado Monumento Histórico mediante Decreto N* 311 del 08.10.1999 del Ministerio de Educación.

  2. Considerando a la cercanía del proyecto con el emplazamiento del sitio "Estero Quinquihue 1" (200 m) y la existencia de antecedentes arqueológicos que dan cuenta de 1 otros sitios arqueológicos en el área (Chinquihue 1, Chinquihue 2, Chinquihue 3, Chinquihue 4, Chinquihue 5), se indica al titular que el proyecto, no podrá afectar en ningún grado el patrimonio arqueológico existente en el área.

  3. En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico, durante cualquier obra o actividad del proyecto, y a fin de evitar incurrir en el delito de daño a Monumento Nacional establecido en el artículo N 38 de la Ley N 17.288, se deberá proceder según lo establecido en los artículos N 26 y 27 de la Ley N 17.288 de Monumentos Nacionales y el artículo N” 23 del D.S N* 484 Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto.

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8.2. Conaf en Ord. N* 25-EA/ 2017 del 28 de julio de 2017 se pronuncia conforme indicando lo siguiente:

a) En la eventualidad de efectuar hallazgo de algún ejemplar vivo de la especie Alerce en el predio, estará sujeto a protección estricta y no podrá ser intervenido ni cortado, estando obligado el Titular a informar a la SMA y CONAF, acompañando un Informe, registro fotográfico y las Coordenadas UTM, Datum WGS 84, Huso 18 S,

b) El Titular propone cumplir la obligación de Reforestación del Plan de Corrección, en una superficie de 0,445 ha del mismo predio en que se emplaza el proyecto.

Debe tener presente que el sitio de reforestación es un contenido no ambiental, que será evaluado post RCA aprobatoria a nivel sectorial, 'al momento de tramitar el Plan de Corrección-¡Ley N* 20.283 ante CONAF Provincial Llanquihue.

De manera sectorial CONAF verificará según fuere necesario, las condiciones establecidas respecto de composición de especies, densidad y otras medidas que aseguren la sustentabilidad, desarrollo y éxito de la reforestación, según los requerimientos del Tipo Forestal a recrear, y las características específicas del sitio.

c) El Titular deberá incorporar al menos 5 especies forestales que participan en el Tipo Siempreverde para la posterior reforestación, las cuales deberán ser plantadas de manera aleatoria, y en la proporción entre especies que se defina en el Plan de manejo que se resuelva sectorialmente.

El objetivo de la reforestación es recrear el tipo forestal intervenido, en este caso el Tipo Siempreverde.

9?. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular no asume los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

10?. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, Sección 2.2.11, Sección 2.3.15. de la DIA Capítulo L, 18-Capítulo 1,19, Capítulo L, 20, Capítulo 1, 21 de la Adenda N* 1 Anexo 7 de esta Adenda y en el punto 7 del ICE.

11*. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerándo 4 de la presente Resolución.

12*, Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

  1. Que, para que el Proyecto "MODIFICACIÓN PROYECTO TÉCNICO PISCICULTURA CHINQUIHUE, COMUNA DE PUERTO MONTT, PROVINCIA DE LLANQUIHUE, REGIÓN DE LOS LAGOS " pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

14?, Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

15%, Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Región de Los Lagos la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del Artículo 162 y Artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA. 16?. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el Artículo 2* letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

  1. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

SE RESUELVE:

1”.-Calificar favorablemente la Declaración. de Impacto Ambiental del Proyecto "MODIFICACIÓN PROYECTO TÉCNICO PISCICULTURA CHINQUIHUE, COMUNA DE PUERTO MONTI,

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PROVINCIA DE LLANQUIHUE, REGIÓN DE LOS LAGOS", de Sociedad de Inversiones Lago Sofía Limitada, con sujeción al cumplimiento de lo acordado en los Considerando 2 y 3 de la presente Resolución.

2%.-Certificar que el Proyecto "MODIFICACIÓN PROYECTO TÉCNICO PISCICULTURA CHINQUIMUE, COMUNA DE PUERTO MONTT, PROVINCIA DE LLANQUIHUE, REGIÓN DE LOS LAGOS " cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3".-Disponer el otorgamiento al proyecto "MODIFICACIÓN PROYECTO TÉCNICO PISCICULTURA CHINQUIHUE, COMUNA DE PUERTO MONTT, PROVINCIA DE LLANQUIHUE, REGIÓN DE LOS LAGOS ", del permiso ambiental sectorial de contenido únicamente ambiental que se señala en el Artículo 119 del D.S.N'40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, por parte del órgano de la Administración del Estado con competencia ambiental.

4%.-Certificar que el proyecto "MODIFICACIÓN PROYECTO TÉCNICO PISCICULTURA CHINQUIHUE, COMUNA DE PUERTO MONTT, PROVINCIA DE LLANQUIHUE, REGIÓN DE LOS LAGOS ", cumple con los requisitos ambientales para el otorgamiento de los permisos ambientales sectoriales mixtos que se señalan en los artículos 139 y 142 del D.S. N*40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

S.-Certificar que el Proyecto "MODIFICACIÓN PROYECTO TÉCNICO PISCICULTURA CHINQUIBUE, COMUNA DE PUERTO MONTT, PROVINCIA DE LLANQUIBUE, REGIÓN DE LOS LAGOS", no genera los efectos, características o circunstancias del Artículo 11 de la Ley N19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

6”.-Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el Considerando 4 del presente acto.

7.-Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 20 de la Ley N19.300 ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese

Director.K$

2 ¿Secretario Comisión de

JHS/MSA/MAM/mam Distribución:

  • Señor Alejandro Domingo Fernández Rgjas, Representante Legal de Sociedad Inversiones Lago Sofía Limitada; (afrlagosofia.cl) CONADI, Región de Los Lagos CONAF, Región de Los Lagos SAG, Región de Los Lagos SEREMI Medio Ambiente, Región de Los Lagos SEREMI de Agricultura, Región de Los Lagos SEREMI de Salud, Región de Los Lagos SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Los Lagos Servicio Nacional Turismo, Región de Los Lagos Servicio Nacional de Pesca, Región de Los Lagos

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Consejo de Monumentos Nacionales Subsecretaría de Pesca y Acuicultura Superintendencia de Servicios Sanitarios Ilustre Municipalidad de Puerto Montt Gobierno Regional de la Región de Los Lagos

...o.. .

ele:

Encargada Participación Ciudadana

Superintendencia de Medio Ambiente (contactorca(Qsma.gob.el )

Expediente del Proyecto "MODIFICACIÓN PROYECTO TÉCNICO PISCICULTURA CHINQUIHUE, COMUNA DE PUERTO MONTT, PROVINCIA DE LLANQUIHUE, REGIÓN DE LOS LAGOS " Archivo Servicio Evaluación Ambiental, Región de Los Lagos

Oficina de Partes

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