Evaluación SEA

Ampliación Planta Mejillones

Rol 2131418976
SEA · DIA · Aprobado · 2016-05-24 · Región de Antofagasta · Moly Cop Chile S.A.

REPÚBLICA DE CHILE

COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGION DE ANTOFAGASTA Califica Ambientalmente el proyecto “Ampliación Planta Mejillones” Resolución Exenta N* 0 0 1 E Antofagasta, 11 ENE 2077 VISTOS:

1”. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 25 de octubre de 2016 y su Adenda Complementaria de fecha 1 de diciembre de 2016, del proyecto “Ampliación Planta Mejillones” presentada por Moly Cop Chile S.A., con fecha 19 de mayo de 2016.

2”. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Ampliación Planta Mejillones”.

3”. El Acta de Evaluación N* 23/2016 de fecha 02 de junio de 2016, del Comité Técnico de la Región de Antofagasta.

4”. El ICE de la DIA del proyecto “Ampliación Planta Mejillones” de fecha 29 de diciembre de 2016.

5”. El acuerdo N? 04 de la sesión ordinaria N” 01 de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de fecha 06 de enero de 2017.

6”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Ampliación Planta Mejillones”.

7%. Lo dispuesto en la Ley N 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N” 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, la Resolución Exenta N? 1488 de fecha 16 de diciembre de 2015 de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, que nombra al Director Regional Subrogante del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta y el D.S. N* 1819 de fecha 02 de diciembre de 2016, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra al Intendente de la Región de Antofagasta, se dicta lo siguiente:

CONSIDERANDO:

1”. Que, Moly Cop Chile S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Ampliación Planta Mejillones” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

1/36

Tabla 1. Antecedentes del titular Nombre o razón social Moly Cop Chile S.A. Rut 92.244.000-K Domicilio Costanera Oriente 4100, Mejillones Teléfono 55 422800 Correo electrónico del titular galcazarfQmolycop.cl Nombre(s) del/los representante(s) legal(es) Gustavo Andrés Alcázar Méndez Rut déel/los representante(s) legal(es) 9.798.773-4 Domicilio del/los representante(s) legal(es) Costanera Oriente 4100, Mejillones Teléfono del/los representante(s) legal(es) 55 422800 Correo electrónico del/los representante(s) legal(es) | galcazar(Qmolycop.cl

2”. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 29 de diciembre de 2016, el Director Regional Subrogante del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta ha recomendado aprobar el Proyecto, en base a la opinión de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental que participaron del proceso de evaluación del proyecto, y que a partir de sus informes se puede concluir que el proyecto:

e Cumple con la normativa de carácter ambiental vigente aplicable.

e Ha identificado los permisos ambientales sectoriales aplicables al proyecto, y ha proporcionado satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dichos permisos, y no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N* 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

3”. Que, en sesión ordinaria de fecha 06 de enero de 2017, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta acordó calificar favorablemente el proyecto “Ampliación Planta Mejillones”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 29 de diciembre de 2016, el que forma parte integrante de la presente Resolución.

  1. Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. Antecedentes generales del proyecto

Objetivo general El objetivo del proyecto es incluir dos nuevas líneas Roll Former para la

producción de bolas de acero, una que utilizará un horno de inducción eléctrica y la otra un horno a gas, a fin de aumentar la capacidad productiva de la planta. Es así que considerando la implementación de las nuevas líneas, la planta aumentará en 280.000 t/año su producción de bolas de acero, alcanzando una producción total de 540.000 t/año.

Tipología principal, | Según lo establecido en el artículo 10 de la Ley N* 19.300 sobre Bases así como las aplicables | Generales del Medio Ambiente, y el artículo 3 del Reglamento del Sistema

a sus partes, obras o | de Evaluación de Impacto Ambiental, la tipología que aplica al proyecto acciones es:

k.1) “Instalaciones fabriles cuya potencia instalada sea igual o superior a dos mil kilovoltios-ampere (2.000 KVA), determinada por la suma de las capacidades de los transformadores de un establecimiento industrial. ”

Vida útil Dado que, el presente proyecto no modifica la vida útil del proyecto aprobado mediante RCA N*186/2003 y que de acuerdo al considerando 3.3 se estableció como indefinida, la vida útil del presente proyecto será indefinida. La fase de construcción tendrá una duración 36 meses, la fase de operación será indefinida.

Monto de inversión La inversión del proyecto se estima en US$ 54.000.000

2/36

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

La gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio a la ejecución del proyecto corresponde a la implementación de la instalación de faenas.

Proyecto o actividad se desarrolla por etapas

Si

No

XX]

El proyecto se desarrollará por etapas, ya que se realizarán dos fases constructivas y dos fases operativas. Las etapas corresponderán a las siguientes:

Etapa de Construcción I: Tendrá una duración aproximada de 24 meses, considerando la construcción de la instalación de faenas, obras de urbanización y las obras asociadas a una línea de las dos líneas de elaboración de bolas de acero.

Etapa de Construcción Il: Tendrá una duración aproximada de 19 meses, considerando la construcción de las obras asociadas a la segunda línea de elaboración de bolas de acero. Cabe señalar que durante esta etapa constructiva, se llevara a cabo paralelamente la etapa de operación I.

Etapa de Operación 1: Contempla el funcionamiento de la línea de elaboración de bolas de acero construida en la Etapa de Construcción 1. Esta línea estará operativa de manera paralela al desarrollo de la Etapa de Construcción IL, y se mantendrá operativa de allí en adelante mientras dure la vida útil del proyecto.

Etapa de Operación II: Contempla la operación de ambas líneas de elaboración de bolas de acero, cuya operación en conjunto comenzará una vez terminada la Etapa de Construcción Il, y cuya duración se estima como indefinida.

Proyecto o actividad modifica un proyecto o actividad existente

Si

No

X]

El proyecto corresponde a una modificación (ampliación) de la Planta Elaboradora de Bolas de Acero mediante la incorporación de dos nuevas líneas de elaboración de bolas de acero.

Proyecto modifica otra(s) RCA [sólo en caso de que el proyecto sí modifique un proyecto o actividad]

Si

[4]

Las

resoluciones de calificación ambiental que se verán

modificadas son:

Resolución Exenta N” 186/2003. Esta resolución se modifica ya que se incorpora nueva infraestructura con el fin de ampliar la capacidad productiva de la planta. Resolución Exenta N* 122/2012: Esta resolución se modifica ya que se aumenta el caudal de descarga de riles y de salmuera.

Resolución Exenta N” 299/2014: Esta resolución se modifica ya que exista un aumento de la producción de la planta, de la potencia requerida para la operación del proyecto, de la mano de obras, de la generación de residuos, de las emisiones la atmósfera, de las aguas servidas y de los flujos viales.

4.2. Ubicación del proyecto

División político- | Región y provincia de Antofagasta, comuna de Mejillones. administrativa

Justificación de la|La localización del proyecto se justifica porque es el lugar donde se localización encuentra emplazada actualmente la Planta Elaboradora de Bolas de

Acero, que corresponde a una Zona de Expansión Urbana, destinada a usos predominantemente industriales, con buenas vías de acceso, definido como Zona U-4, según el Plan Regulador Comunal (PRC) de

3/36

Mejillones, aprobado mediante Resolución del Gobierno Regional de Antofagasta, el cual permite Instalaciones Industriales Molestas. Conforme a lo anterior, el proyecto se localiza en un área predominantemente industrial, encontrándose la zona poblada más cercana a alrededor de 4 kilómetros de distancia aproximadamente.

Superficie Las obras del Proyecto se desarrollarán en una superficie aproximada de 49.748 m?, que corresponde a la superficie total de intervención de la “Ampliación Planta Mejillones”.

Coordenadas UTM en| Las coordenadas UTM (datum WGS-84, huso 198), se presentan a

Datum WGS84 continuación: Vértice * | Este (m) Norte (m) v-1 356.503 7.446.113 v-2 356.328 7.446.015 v-15 356.206 7.446.232 v-16 356.381 7.446.330 *Vértices de acuerdo a layout del proyecto presentado en Anexo C1-2 de la DIA. Caminos de acceso Las vías de acceso al proyecto serán las mismas que se utilizan

actualmente para ingresar a la Planta Elaboradora de Bolas de Acero que se encuentra operativa. El acceso al Proyecto desde el norte es mediante la Ruta 1, tomando la salida a ésta por la ruta B-262, hasta empalmar con la calle compañía fertilizantes, se dobla a la derecha en dirección Norte hasta empalmar con la calle Costanera Oriente, y se avanza hasta donde se accede a la entrada de la Planta Elaboradora de Bolas de Acero en la calle Costanera Oriente N” 4.100. Por otro lado, desde la ciudad de Mejillones, se accede desde la calle Compañía Fertilizantes, hasta empalmar con la calle Costanera Oriente N* 4.100.

Referencia al expediente | Tabla C1-2 de la DIA. de evaluación de los Figura C1-1 y C1-2 de la DIA

a Anexo C1-2 de la DIA. georreferenciación e o. información Anexo 1.24 de la Adenda de la DIA, presenta actualización de planos

complementaria sobre la | del proyecto. localización de sus partes, obras y acciones

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

El proyecto consiste en incluir dos nuevas líneas Roll Former (RF4 y RES), para la producción de bolas de acero, una que utilizará un horno de inducción eléctrica (RF4) y la otra un horno a gas (RES), a fin de aumentar la capacidad productiva de la planta. Es así que considerando la implementación de las nuevas líneas, se alcanzará una producción total de 540.000 t/año de bolas de acero.

a) Instalación de faenas

En el área de instalación de faenas se dispondrán containers que albergarán oficinas, camarines y otras instalaciones menores. Otro container se utilizará para el depósito de materiales, bodegas y talleres. La instalación de faenas no contará con campamento ni casino, los trabajadores serán trasladados diariamente fuera del Proyecto para que puedan almorzar y pernoctar.

b) Nueva área de producción de bolas de acero

Colindante a la planta actual, dentro del predio de propiedad de Moly-Cop, con una superficie total de 4,9 ha.

c) Dos nuevas líneas productoras de bolas de acero Roll Former (RF4 y RES)

4/36

Se localizarán en la nueva área productiva, a fin de generar mayor capacidad de procesamiento de barras de acero, y por ende un aumento en la producción de bolas de acero. La capacidad nominal máxima combinada para ambas líneas será de 280.000 toneladas de bolas por año.

El proyecto, tendrá una potencia eléctrica que alcanzaría los 8.000 KVA. Sumado a los 22.000 KVA de la planta existente, el total proyectado alcanzará 30.000 KVA.

d) Recepción y Almacenamiento de Materias Primas

Con la implementación del Proyecto en evaluación, no se modifica el proceso de recepción que se realiza en la actualidad. Se aumentará la superficie del patio de almacenamiento de materias primas (barras de acero) de la planta, alcanzando una superficie total de 25.266 m?.

En la actualidad se emplea hasta 265.200 t/año de barras de acero en los procesos productivos de elaboración de bolas de acero. Producto de la implementación del presente proyecto, se pretende aumentar la utilización de las mismas por un valor de 285.600 t/año, alcanzando un total de 550.800 t/año considerando la operación actual más la ampliación del presente Proyecto.

e) Elaboración de Bolas de Acero

El proceso de elaboración de bolas de acero se realiza tal cual como fue señalado en el considerando 3.1.4.2 de la RCA N? 299/2014. El fin de este proceso es la elaboración de bolas de acero, el cual se inicia con la preparación de las materias primas, desde sus respectivos acopios. La materia prima utilizada son barras de acero y básicamente el proceso consiste en la elaboración de bolas de acero de diferentes tamaños. La principal diferencia radica en el sistema de calentamiento de barras de acero para la línea RFS, que utilizará un horno que operará principalmente a Gas Natural y GLP como respaldo. Por otro lado, la línea RF4 tendrá un proceso productivo consistente en el calentamiento de barras mediante inducción eléctrica. Considerando la implementación de las nuevas líneas, se alcanzará una producción total de 540.000 t/año de bolas de acero. Mayores antecedentes del sistema de calentamiento de barras de la línea RES se presentan en la respuesta 5 de la Adenda de la DIA.

f) Almacenamiento, Envasado y Despacho de Producto Terminado Con la implementación del presente proyecto no se modifica el proceso de Envasado y Despacho que se realiza en la actualidad y que fue autorizado con anterioridad. Sin embargo se modificará la capacidad de total de almacenamiento de

bolas de acero de la planta, la cual contará con un nuevo patio de almacenamiento de 1.800 m?, y un bunker de almacenamiento de 875 n?.

£) Nueva Planta desalinizadora

Dado el aumento en la producción de bolas de acero, se verán modificados los volúmenes de agua desalinizada y agua de descarga total. Dichos volúmenes se presentan en tabla a continuación:

  • Aprobado ambientalmente (m'/día) | Total Futuro (m'/día) Agua de descarga | 560 1.340 Agua Desalinizada | 395 797

Para satisfacer este requerimiento se construirá una nueva Planta de Osmosis inversa. El Balance de agua del proyecto completo, es decir la operación actual más la ampliación, se presenta en la figura C1-12 de la DIA.

h) Descarga Emisario Submarino

Considerando la operación de la nueva planta desalinizado, los niveles de descarga mediante el emisario submarino existente aumentarán a 1.420 m'/día. De estos 1.420 m'/día, 1.340 m'/día corresponden a descarga de salmuera proveniente de ambas plantas desalinizadoras. Respecto a la descarga de Riles, sin perjuicio de la descarga de 96 m'/día aprobada mediante RCA N 122/2012, se estima que en la operación futura, esta descarga será de un máximo de 80 m'/día. Cabe destacar que el emisario submarino existente se encuentra aprobado mediante RCA N 197/2004 (modificado mediante RCA N? 0122/2012) y de acuerdo a su memoria de cálculo posee una capacidad de descarga de hasta 1.440 m'/día.

4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

La fase de construcción se inicia con la construcción de las instalaciones de faenas y finaliza con la puesta en servicio de las obras. Esta fase se llevará a cabo mediante dos (2) etapas. Durante la (I) primera etapa se consideran los movimientos de material, nivelaciones y la mayor parte de las obras civiles donde se sustentarán los equipos y maquinarias, incluyendo las

5/36

instalaciones de faena y las obras de urbanización de la ampliación de la planta, y la implementación de una de las líneas Roll Former. La (ID) segunda etapa de construcción considera movimientos de material mínimos y obras civiles marginales, de manera de implementar la segunda línea de Roll Former, la cual será ensamblada adyacente a la primera línea.

Cabe señalar que, una vez finalizada la etapa 1 de construcción comenzará la etapa 1 de operación, por lo tanto, la etapa II de construcción se desarrollará de forma paralela a la etapa 1 de operación.

La mano de obra para la primera etapa de la fase de construcción se estima en un máximo de 135 trabajadores y un promedio de 120 personas, para la segunda etapa de la fase de construcción se requerirán como máximo 100 personas y en promedio 90 trabajadores.

Etapa I: La Etapa I tendrá una duración de 24 meses aproximadamente, la cual se inicia con la construcción de las instalaciones de faenas y finaliza con la puesta en servicio de las obras. Se consideran obras temporales y permanentes.

Etapa 1: Obras temporales

Instalación de faena: En el área de instalación de faenas se dispondrán containers que albergarán oficinas, camarines y Otras instalaciones menores. Otro container se utilizará para el depósito de materiales, bodegas y talleres. La instalación de faenas no contará con campamento para alojar a los trabajadores, ya que la mano de obra provendrá principalmente de sectores aledaños al Proyecto. Por otro lado, dado que la faena tampoco contará con casino, los trabajadores serán trasladados diariamente fuera del proyecto para que puedan almorzar. En la tabla C1-2 de la DIA se presentan las coordenadas de ubicación de la instalación de faenas.

Etapa I: Obras permanentes

Se consideran las siguientes obras permanentes: Obras de urbanización; obras civiles; montaje de edificios; montaje de equipos y montaje redes de servicio.

Obras de urbanización: Relleno y nivelación del terreno; pavimentación y circulación; matrices principales.

Obras civiles: Replanteo; movimiento de tierras; proceso de hormigonado; fundaciones.

Montajes de edificios: Se instalarán estructuras metálicas y revestimientos de los edificios que albergaran los equipos.

Montaje de equipos: Montaje mecánico de las siguientes instalaciones: Línea Roll Former RF4, incluyendo la instalación de un horno de inducción eléctrica para el calentamiento de barras; Sector habilitado para el almacenamiento de materias primas; y una Planta Desalinizadora de agua de mar mediante Osmosis Inversa, con sus respectivos estanques de acumulación.

Montaje redes de servicio: Esta fase considera el montaje de los tableros, canalización y cableado de iluminación, señales y fuerza, y la conexión al sistema de generación.

Etapa II: La Etapa II tendrá una duración de 19 meses aproximadamente, la cual finaliza con la entrada en operación de la segunda línea roll former. Se consideran solo obras permanentes. Etapa II: Obras permanentes

Se consideran las siguientes obras permanentes: Obras civiles; Montaje de edificios; Montaje de equipos y Montaje redes de servicio.

Obras civiles: Replanteo, movimiento de tierras, proceso de hormigonado y fundaciones.

Montajes de edificios: Se instalarán estructuras metálicas y revestimientos de los edificios que albergarán los equipos.

Montaje de equipos: Montaje mecánico de la Línea Roll Former RFS, se incluye la instalación de un horno de tratamiento térmico para el calentamiento de barras, que operará a Gas Natural o GLP

Montaje redes de servicio: Considera el montaje de los tableros, canalización y cableado de iluminación, señales y fuerza, y la conexión al sistema de generación.

El detalle de las acciones que se desarrollarán durante la fase de construcción, se describe a continuación:

Instalación de | Mayores antecedentes ver numeral 4.3 a) de la presente Resolución.

faena

Limpieza y | Extracción de material superficial en las áreas donde se ubiquen las componentes del proyecto. El nivelación de | material extraído será utilizado como material de relleno.

terreno

Pavimentación Pavimentación de todos los caminos internos durante primera etapa de construcción, luego en la

6/36

de caminos | segunda etapa todos los caminos interiores serán pavimentados.

internos

Matrices Implementación de las matrices principales de distribución para distintos suministros como agua

principales potable e industrial, redes eléctricas, gas, etc.

Replanteo Replanteo para definir las características de la superficie del terreno.

o. Una vez realizada la limpieza y nivelación del terreno, se estima que el movimiento de tierras asociado

Movimiento de o A 3

tierras para la habilitación de la ampliación de la Planta Mejillones, será de 34.000 mí en total. La mayor parte de este material se utilizará como relleno para las fundaciones de las obras consideradas, mientras que una porción menor (500 m!) serán retirados y destinados a botadero autorizado.

Proceso de | Una vez finalizada la etapa de excavaciones, se procederá a instalar la enfierradura y los moldajes para

hormigonado recibir el hormigón. Para el proceso de hormigonado se considera el empleo de camiones mixer.

Fundaciones Primero se realizarán excavaciones y rellenos estructurales necesarios para las fundaciones sobre las cuales se montarán los equipos. Luego se implementarán fundaciones de hormigón armado para conformación de plataformas y bases estabilizadas.

Montajes de | Se instalarán estructuras metálicas y revestimientos de los edificios que albergaran los equipos.

edificios

Montaje de En la primera etapa se instalarán la Línea Roll Former RF4, incluyendo la instalación de un horno de

equipos inducción eléctrica, un sector habilitado para el almacenamiento de materias primas y una Planta

Desalinizadora de agua de mar mediante Osmosis Inversa, con sus respectivos estanques de acumulación. Luego en la segunda etapa de la fase de construcción se instalarán la Línea Roll Former RES, se incluye la instalación de un horno de tratamiento térmico.

Montaje redes de servicio

Se considera el montaje de los tableros, canalización y cableado de iluminación, señales y fuerza, y la conexión al sistema de generación

Insumos y Se requerirá de los siguientes insumos: energía, agua potable, agua industrial, maquinaria y equipos, servicios servicios higiénicos, alimentación, combustible y hormigón.

Recursos El proyecto no extrae ni explota recursos naturales renovales para su ejecución.

naturales

renovables

Emisiones a) Emisiones atmosféricas

Las emisiones de MP10, MP 2,5 y gases en la fase de construcción del proyecto, se generarán principalmente por las excavaciones, carga y descarga de material, compactación, transito de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados, combustión de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados, y combustión de maquinaria. Para cuantificar las emisiones de MP10 y MP2,5 asociadas a la fase de construcción, se utilizaron los factores de emisión desarrollados por U.S. Agencia de Protección Ambiental (EPA) Factores de Emisión £ AP 42, Quinta Edición, 1995, generándose una emisión máxima para la Etapa I de la fase de construcción de 91,90 kg/día de MP10 y de 30,80 kg/día de MP 2,5. Y para la Etapa II, se estima generar una emisión máxima de 68,29 kg/día de MP10 y 28,17 kg/día de MP 2,5.

Para el control de las emisiones, se implementarán las siguientes medidas:

e Los caminos internos de servicio se mantendrán en todo momento en buen estado a fin de facilitar el tránsito de vehículos.

e Se hará una adecuada mantención mecánica de equipos, maquinaria y vehículos, por concepto de eficiencia operacional y minimización de emisiones atmosféricas (todas las mantenciones se realizarán en talleres autorizados).

e Estará prohibida la quema de residuos y materiales combustibles (madera, papeles, hojas o desperdicios de cualquier tipo).

e Se realizará humectación del camino no pavimentado (0,66 km de longitud) al interior del predio del proyecto durante la Etapa 1 de la fase de construcción. Frecuencia de humectación será de 3 veces al día, requiriendo 9,9 m'/día de agua. Las coordenadas de ubicación del camino se presentan en la tabla AD-15 de la Adenda de la DIA. Se mantendrá en faena registro de la medida indicando: cantidad de agua utilizada; frecuencia de aplicación; eficiencia; fecha y hora de aplicación; metros lineales o superficie de aplicación; responsable y firma del responsable.

e Enlas zonas de trabajo donde se realizarán rellenos y nivelaciones, se instalarán mallas protectoras

7/36

alrededor del perímetro de construcción. b) Emisiones de ruido

Durante la fase de construcción, se generará emisión de ruido producto de la operación de maquinaria y equipos. Se presentó una proyección del nivel de potencia acústica para cada una de las fuentes significativas de ruido, cuyo detalle se presenta en el Anexo C23de la DIA. Los niveles de inmisión de ruido no superarán los límites máximos permitidos en la normativa.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que

puedan afectar el medio ambiente.

a) Residuos líquidos A continuación, se presentan los residuos líquidos a generar en la fase de construcción del proyecto.

Tabla N? 4: Residuos líquidos generados fase de construcción

Residuo | Cantidad | Zona de generación Manejo Disposición Aguas 75 mé/día | Servicios higiénicos | Baños químicos y planta | Lugar autorizado. servidas y baños químicos. de tratamiento de aguas

servidas. Aguas de | 1,28 Durante las | Para el manejo de estos | Una vez en las lavado de | m3/mes actividades de | residuos, se considera la | piscinas, el agua se tolvas hormigonado, por el | implementación de una | evaporará y el residuo de lavado de tolvas de | piscina construida con | sólido remanente será camiones camiones mixer. material aislante. enviado a destino mixer final autorizado.

b) Residuos sólidos A continuación, se presentan los residuos sólidos a generar en la fase de construcción del proyecto.

Tabla N? 5: Residuos sólidos generados fase de construcción

Clasificación | Descripción | Generación Disposición Frecuencia | Disposición temporal de retiro final Residuos Residuos tipo | 135 kg/día. Contenedores 2 veces por | Lugar sólidos domiciliario, con tapa e€e| semana. autorizado. domiciliarios | compuesto identificado con por papeles, rótulos de cartones, residuos restos de domésticos en el alimentos, lugar de tarros, vidrio, disposición etc. temporal existente de la Planta Molycop. Residuos Excedentes 300 m” de | Camión tolva y | Noindica. | Lugar industriales de excavación | excedentes el actual sitio de autorizado. no peligrosos | y tierra, restos | de almacenamiento de embalaje, | excavación | temporal de restos de | durante la | residuos no hormigón y | Etapa 1 de | peligrosos acero construcción | existente en la estructural. y 4.500 | planta. kg/mes de restos de hormigón. Residuos Trapos, Se almacenarán | Cada 6 | Lugar sólidos guaipe, ropa y en depósitos | meses autorizado peligrosos papeles plásticos o | como contaminados | 0,5 t/mes metálicos máximo. con herméticos, aceite y debidamente grasas tapados y

8/36

Tambores metálicos y plásticos, contaminados con aceites y solventes Grasas y solventes usados Mangueras y flexibles contaminados con aceites y solventes Envases de Spray y siliconas vacios

Fibra de cerámica, lana mineral, aislante térmico Envases de pinturas

rotulados, al interior

del sitio de almacenamiento de residuos peligrosos existente en la Planta Molycop

0,1 t/mes

0,5 t/mes

0,05 t/mes

Cada 6 meses como máximo.

Lugar

0,05 t/mes autorizado

0,05 t/mes

0,01 t/mes

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Para mayor detalle de las actividades que se realizarán en la fase de construcción, ver numeral 4 del Capítulo 1 de la DIA. Para mayor detalle de la estimación de emisiones y los resultados, ver Anexo C1-4 del Capítulo 1 de la DIA. A su vez, para mayor detalle de los insumos que se utilizarán en esta fase, ver Tabla AD-7 de la Adenda de la DIA. Para mayor detalle de la generación de residuos no

peligrosos, ver Tabla AD-12 de la Adenda de la DIA.

4.4.2. FASE DE OPERACIÓN

Considerando que el Proyecto se construirá en 2 etapas, se consideran también 2 etapas de operación. La etapa 1 de la fase de operación, comenzará al finalizar la etapa 1 de construcción, con las pruebas de puesta en marcha de la primera línea roll former (RF4). En el caso de la etapa II de la fase de operación, está comenzará una vez finalizada la etapa II de construcción, con las pruebas de puesta en marcha de la segunda línea roll former (RES), y el desmantelamiento de las instalaciones de faena.

La mano de obra para la primera etapa de la fase de operación se estima en 31 personas, para la segunda etapa de la fase de operación se requerirán 62 trabajadores. La mano de obra considerada actualmente dentro del proceso productivo de elaboración de bolas de acero corresponde a 107 personas, por lo que la dotación futura será de 169 personas, considerando el funcionamiento de ambas líneas Roll Former (RF4 y RES), así como la operación de la planta actual.

Las partes y obras relacionadas a la fase de operación corresponderán a la operación de las 2 nuevas líneas elaboradoras de bolas de acero Roll Former RF4 y RFS, y a la operación de la nueva Planta Desalinizadora de agua. Las acciones que se llevarán a cabo durante la fase de operación, se describe a continuación:

La superficie del patio de almacenamiento de materias primas (barras de acero) de la planta tendrá una superficie total de 25.266 m?. La nueva capacidad de almacenamiento de materias primas será de 550.800 t/año de barras de acero considerando la operación actual más el presente proyecto.

Recepción y almacenamiento de materias primas

El proceso de elaboración de bolas de acero se realiza tal cual como fue señalado en el considerando 3.1.4.2 de la RCA N? 299/2014. La principal materia prima utilizada son barras de acero y básicamente el proceso consiste en la elaboración de bolas de acero de cuyos diámetros estarán entre 0,75” y 4,00”. La principal diferencia con el proceso actual radica en el sistema de calentamiento de barras de acero para la línea RFS, que utilizará un horno que operará principalmente a Gas Natural y GLP como respaldo. Por otro lado, la línea RF4 tendrá un proceso productivo consistente en el calentamiento de barras mediante inducción eléctrica. La capacidad nominal máxima combinada para ambas líneas RF4 y RFS será de 280.000 toneladas de bolas por año. Considerando la implementación de las nuevas líneas, se alcanzará una producción total de 540.000 t/año de bolas de acero. Mayores detalles del

Elaboración de

bolas de acero

9/36

horno de calentamiento de barras de la Línea RES, como por ejemplo antecedentes de la chimenea, se presentan en las respuestas 5 y 6 de la Adenda de la DIA.

Con la implementación del presente proyecto no se modifica el proceso de Envasado y Despacho que se realiza en la actualidad y que fue autorizado con anterioridad. Sin embargo se modificará la capacidad de total de almacenamiento de bolas de acero de la planta, la cual contará con un nuevo patio de almacenamiento de 1.800 m, y un bunker de almacenamiento de 875 m?.

Dado el aumento en la producción de bolas de acero, se verán modificados los volúmenes de agua desalinizada y agua de descarga total requeridos. El volumen aprobado de agua de descarga es de 560 m'/día y la situación futura será de 1.340 m'/día. Respecto al volumen del agua desalinizada actual aprobado es de 395 m'/día y la situación futura será de 797 m'/día. El origen del agua cruda, que será captada por el proyecto para generar agua de uso industrial (templado y refrigeración) y agua potable en planta MolyCop, provendrán del pozo de sello de la empresa Termoeléctrica E-CL (ex Edelnor). En el Anexo L8 b de la Adenda de la DIA se presenta la caracterización fisicoquímica del agua cruda.

Cabe señalar que, la nueva Planta de Osmosis aplicará idénticos procedimientos de mantención y

limpieza de los componentes filtrantes que la planta existente. Para mayores antecedentes ver respuesta 9 de la Adenda de la DIA.

Considerando la operación de la mueva planta desalinizado, los niveles de descarga mediante el emisario submarino existente aumentarán a 1.420 m'/día. De estos 1.420 m'/día, 1.340 m'/día corresponden a descarga de salmuera proveniente de ambas plantas desalinizadoras.

Respecto a la descarga de Riles, sin perjuicio de la descarga de 96 m'/día aprobada mediante RCA N? 122/2012, se estima que en la operación futura, esta descarga será de un máximo de 80 m'/día.

Cabe destacar que el emisario submarino existente se encuentra aprobado mediante RCA N 197/2004 (modificado mediante RCA N 0122/2012) y de acuerdo a su memoria de cálculo posee una capacidad de descarga de hasta 1.440 m'/día.

Almacenamiento, envasado y despacho de producto terminado

Nueva Planta desalinizadora Descarga Emisario Submarino Insumos y

servicios básicos

Se requerirá de los siguientes insumos: agua potable, agua industrial, maquinaria y equipos, energía eléctrica, servicios higiénicos, alimentación, combustible,

Productos generados

Bolas de acero: El proyecto considera un aumento de producción en la elaboración de bolas de acero que se estima en un máximo de 280.000 t/año. La Planta Elaboradora de Bolas de Acero actualmente tiene una capacidad máxima de generación de 260.000 t/año de producto terminado. Considerando el aumento de producción, se alcanzará un valor total de 540.000 t/año de producto terminado.

Recursos naturales renovables

La fase de operación no considera la extracción o explotación de ningún tipo de recurso natural.

Emisiones

a) Emisiones atmosféricas

Las emisiones de MP10, MP 2,5 y gases en la fase de operación del proyecto, estarán principalmente asociadas al tránsito de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados; combustión interna de camiones, equipos y maquinarias y por las emisiones de las fuentes fijas que considera el proyecto. Para cuantificar las emisiones de MP10 y MP2,5 asociadas a la fase de operación, se utilizaron los factores de emisión desarrollados por U.S. Agencia de Protección Ambiental (EPA) Factores de Emisión £ AP 42, Quinta Edición, 1995, generándose una emisión máxima para la Etapa 1 de la fase de operación de 82,16 kg/día de MP10 y de 11,53 kg/día de MP 2,5. Además, durante la Etapa II de la fase de operación se estima generar 153,42 kg/día de MP10 y 19,74 kg/día de MP 2,5.

b) Emisiones de ruido

Durante la fase de operación, se generará emisión de ruido producto de la operación de maquinaria y equipos. Se presentó una proyección del nivel de potencia acústica para cada una de las fuentes significativas de ruido, cuyo detalle se presenta en el Anexo C-23 de la DIA. Los niveles de inmisión de ruido no superarán los límites máximos permitidos en la normativa.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

a) Residuos líquidos A continuación, se presentan los residuos líquidos a generar en la fase de operación del proyecto.

Tabla N? 6: Residuos líquidos generados fase de operación

10/36

Residuo Cantidad Zona de Manejo Disposición generación Aguas 20,3 m'/día Servicios Planta de Tratamiento de Lugar servidas higiénicos Aguas Servidas (PTAS) | autorizado. existente Residuo 1.420 m'/día | Descarga de | La disposición temporal de | La industrial (1.340 m'/día | salmuera estos residuos será en la Planta | disposición líquido corresponden a | proveniente de | de RILes. final se salmuera y 80 | ambas plantas realizará m'/día a residuo | desalinizadoras hacia el mar industrial de la Planta mediante el líquido) Moly Cop. emisario submarino existente. Efluentes | 24 m'/trimestre. | Este efluente | Se almacenará temporalmente | Lugar del lavado proviene del | en estanque. autorizado. de lavado de membranas membranas que se realizará a la planta desalinizadora en forma trimestral.

Cabe señalar que, la Etapa 1 de operación se realizará simultáneamente con la Etapa II de construcción y Operación actual de la planta, lo que implica 238 personas en faenas y por tanto 28,56 m'/día de aguas servidas. Si se considera que la fase de construcción implica la utilización de las 2 PTAS, el

tratamiento de aguas servidas se encuentra cubierto para esta dotación de personas (capacidad de las 2 PTAS: 36,5 m'/día).

b) Residuos sólidos A continuación, se presentan los residuos sólidos a generar en la fase de operación del proyecto.

Tabla N? 7: Residuos sólidos generados fase de operación

Clasificación Descripción Generación || Disposición Frecuencia de | Disposición temporal retiro final Residuos Residuos sólidos | 11 t/mes (se | Nuevo patio de | Al menos 2 | Lugar sólidos asimilables a | estima 21 | almacenamiento | veces por | autorizado. domiciliarios | domiciliarios t/mes para | temporal de | semana. la operación | residuos no actual de la | peligrosos, planta más | donde existirá la un sitio ampliación) | designado para el almacenamiento temporal de residuos asimilables a domiciliarios. Residuos Concreto 512 t/mes | Nuevo patio de | No indica. Lugar industriales refractario o| (se estima | almacenamiento autorizado. no peligrosos | ladrillo aislante, | 950 t/mes | temporal de aislaciones HK y | para la | residuos no acero inoxidable, | operación peligrosos. fibra cerámica, | actual de la acero planta más estructural, la neumáticos, ampliación) chatarra,

11/36

alambrón y laminilla,

Residuos sólidos peligrosos

Aceite Usado

Mineral

0,3 t/mes

Solventes Usados

0,114 t/mes

Aceites Transformadores, condensadores y compresores usados

Lodos de

Se almacenarán temporalmente en el sitio de almacenamiento de residuos peligrosos

existente.

Se considera una frecuencia de retiro cada 15 días de manera que no se requiere de nuevos sitios de almacenamiento para este tipo de residuos.

Lugar autorizado.

Laminilla Contaminados con HC

Material de contención de derrames (aserrín y/o arena) Residuos operacionales Contaminados con HC

Viruta de Acero y bronce Contaminados con aceite Envases de Aerosol vacíos Envases vacíos PTAS, PO y lab. Metalúrgico Baterías de vehículos y equipos Elementos de computación Tubos fluorescentes y Lámparas mercurio

Toner y cartridges vacíos Tambores con trazas de HC 0,3 t/mes

1,72 t/mes

0,23 t/mes

1,83 t/mes

2,9 t/mes

0,06 t/mes

0,095 t/mes

0,004 t/mes

0,004 t/mes

0,009 t/mes

0,009 t/mes

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Para mayor detalle de las actividades que se realizarán en la fase de operación, ver numeral 5 del Capítulo 1 de la DIA. Para mayor detalle de la estimación de emisiones y los resultados, ver Anexo C1-4 del Capítulo 1 de la DIA. A su vez, para mayor detalle de los insumos que se utilizarán en esta fase, ver Tabla AD-7 de la Adenda de la DIA. Para mayor detalle de la generación de residuos no peligrosos, ver Tabla AD-13 de la Adenda de la DIA y Anexo C3-3 del Capítulo 3 de la DIA.

4.4.3. FASE DE CIERRE

Se estima que el proyecto “Ampliación Planta Mejillones", tiene una duración estimada como indefinida. Por tanto, no se tiene contemplado una fase de cierre, puesto que una vez completada la vida útil de los equipos, se evaluará la necesidad de adaptar nuevas tecnologías. En caso que se considere necesario el cierre o abandono del Proyecto, se realizarán las actividades de cierre de acuerdo a lo aprobado y señalado en el considerando 3.1.4.3 de la RCA N? 0299/2014.

La duración de la fase de cierre se estima en 12 meses. La mano de obra que se requeriría para la fase de cierre será de 135

trabajadores.

12/36

Las partes y obras que contemplaría la fase de cierre son: Actividades de desmantelamiento y aseguramiento de la estabilidad de la infraestructura utilizada por el proyecto, y restauración de la geoforma.

Retiro de todas las instalaciones

Vaciado de remanentes de sustancias que pudieran quedar en los equipos, en especial aquellos estanques de almacenamiento de combustibles, agua y reactivos químicos del Sistema de Tratamiento de Residuos Industriales Líquidos.

Retiro de las instalaciones de apoyo a relleno sanitario ambientalmente autorizado.

Desconexiones + Desconexión de la red de suministros (aire, agua, energía eléctrica y combustibles). Desconexión de los equipos, retiro de líneas y accesorios (válvulas, pernos, tuercas, sistemas de control, etc.).

Transportes + Transporte de aquellos que puedan ser comercializados, hacia el lugar de origen.

  • Transporte a relleno sanitario ambientalmente autorizado, para aquellas unidades que requieran ser dispuestas.

Cerco perimetral y señalizaciones

e Levantamiento de cerco perimetral. e Señalizaciones y organización de las obras de cierre.

Insumos y | Se requerirán los siguientes insumos: áridos, combustibles, agua potable, energía eléctrica, entre otras.

servicios

Recursos El proyecto no contemplará la extracción o explotación de recursos naturales renovables durante la fase

naturales de cierre.

renovables

Emisiones a) Emisiones de ruido Durante la fase de cierre, se generará emisión de ruido producto de la operación de maquinaria y equipos. Se presentó una proyección del nivel de potencia acústica para cada una de las fuentes significativas de ruido, cuyo detalle se presenta en el Anexo C-23 de la DIA. Los niveles de inmisión de ruido no superarán los límites máximos permitidos en la normativa.

Residuos, a) Residuos líquidos

productos Ñ . . o .

químicos y otras A continuación, se presentan los residuos líquidos a generar en la fase de cierre del proyecto.

sustancias que

puedan afectar el medio ambiente.

Tabla N? 8: Residuos líquidos generados fase de cierre

Residuo Cantidad Zona de Manejo Disposición generación Aguas 16,2 m'/día | Servicio higiénicos | Planta de Tratamiento de aguas | Lugar servidas servidas. autorizado.

b) Residuos sólidos A continuación, se presentan los residuos sólidos a generar en la fase de cierre del proyecto.

Tabla N? 9: Residuos sólidos generados fase de cierre

Clasificación Descripción Generación Disposición Frecuencia | Disposición temporal de retiro final

Residuos Papeles, 4050 Lugar de | 2 veces por | Lugar sólidos cartones, kg/mes disposición semana autorizado. domiciliarios | plásticos, temporal de

vidrios, Molycop.

escombros,

orgánicos,

maderas Residuos Restos de | 187.300 Almacenados en | La Lugar industriales embalajes y | kg/mes camión tolva y en | frecuencia autorizado o no peligrosos | despuntes de sitio de | de retiro | comprador

fierros. almacenamiento será al | autorizado.

13/36

Referencia al ICE

para

detalles sobre esta

fase.

temporal de | finalizar la residuos no | actividad. peligrosos de Molycop. Residuos Trapos, guaipe, | 1.250 Bodega de | La Lugar sólidos ropa y kg/mes disposición frecuencia autorizado. peligrosos papeles temporal de retiro contaminados de residuos | será cada 6 con peligrosos de | meses. aceite y grasas Molycop Tambores 250 kg/mes metálicos y plásticos, contaminados con aceites y solventes Mangueras y | 125 kg/mes flexibles contaminados con aceites y solventes Fibra de | 125 kg/mes cerámica, Lana mineral, aislante térmico Para mayor detalle de las actividades que se realizarán en la fase de cierre, ver numeral 6 del Capítulo mayores | 1 de la DÍA. A su vez, para mayor detalle de los insumos que se utilizarán en esta fase, ver Tabla AD-7 de la Adenda de la DIA. Para mayor detalle de la generación de residuos no peligrosos, ver Tabla AD- 14 de la Adenda de la DIA.

4.5 Cronología de las fases del proyecto

6.1. Fase de Construcción

Fecha estimada de inicio

Una vez obtenida de Resolución de Calificación Ambiental.

Parte, obra o acción que establece el inicio

Instalación de faenas.

Fecha estimada de término

Octubre 2019.

Parte, obra o acción que establece el término

Pruebas en frío.

6.2. Fase de Operación

Fecha estimada de inicio

Octubre 2018.

Parte, obra o acción que establece el inicio

Puesta en marcha.

Fecha estimada de término

Indefinida

Parte, obra o acción que establece el término

Bajada de servicio.

5”. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley

N* 19.300:

14/36

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES,

EMISIONES Y RESIDUOS

Impacto no significativo

Deterioro de la calidad del aire por MP10.

Parte, obra o acción que lo genera

Para evaluar los posibles efectos adversos de las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto sobre la salud de la población de la ciudad de Mejillones, se presentó el peor escenario para la fase de construcción, donde se considera en su conjunto la Etapa II de la fase de construcción, la Etapa 1 de la fase de operación, más las emisiones de las fuentes fijas actuales de la planta operando a GLP. Por otro lado, se presentó el peor escenario para la fase de operación, que corresponde a la operación de las Etapas 1 y II de esta fase (o sea las 2 nuevas Líneas Roll Former RF4 y RFS), más las emisiones de las fuentes fijas actuales de la planta operando a GLP.

Los resultados de la modelación de las emisiones de MP10, tanto para la fase de construcción como operación, indican que las concentraciones de las emisiones de MP10 estarán por debajo de la norma, por lo tanto no habrá riesgo a la salud de la población asociado a este parámetro.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo VI del ICE.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

Impacto no significativo 1

Perturbación controlada de la especie Corredor de atacama (Microlophus atacamensis)

Parte, obra o acción que lo genera

En el área de influencia del proyecto se registró una (1) especie de animales silvestres nativos, perteneciente a la clase de reptiles: Corredor de atacama (Microlophus atacamensis). Esta especie posee categoría de conservación registrada, siendo catalogada como Vulnerable (VU). Dado lo anterior, el titular implementará, previo a la intervención del sector, es decir previo a la Fase de Construcción, donde se registró el único individuo de la especie Microlophus atacamensis (Corredor de atacama), un plan de perturbación controlada cuyos detalles se encuentran contenidos en el Anexo 1.24 de la Adenda de la DIA. De esta manera, el área que será intervenida por las obras y actividades del proyecto durante la Fase de Construcción quedará liberada de la presencia de individuos de esta especie y de cualquier otra especie de reptiles que podrían encontrarse previo a la Fase de Construcción del proyecto.

Impacto no significativo 2

Efectos de las descargas de residuos industriales líquidos sobre el medio marino.

Parte, obra o acción que lo genera

En relación a los posibles efectos de los residuos industriales líquidos que se generarán durante la operación del proyecto, sobre el medio marino en la Bahía de Mejillones, se producirá un aumento en los volúmenes de descargas de residuos industriales líquidos al mar mediante el emisario submarino existente. Este RIL estará compuesto principalmente por la salmuera proveniente de las Plantas Desaladoras. De acuerdo a la modelación de la pluma salina desarrollada para el área de influencia del proyecto sobre el medio marino, se pudo concluir que el aporte del proyecto sobre el medio marino es despreciable por la descarga de salmuera, ya que de acuerdo a los resultados de la modelación de campo cercano y campo lejano, la dilución de la salmuera estará circunscrita a los primeros 1-3 metros desde la descarga, por lo que no se generará efectos adversos sobre la cantidad y calidad de este recurso.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo VI del ICE.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

15/36

Impacto no significativo

En el área de emplazamiento del proyecto no existen poblaciones ni usuarios, y corresponde a un área industrial. La instalación más cercana a la Planta Mejillones de Moly-Cop corresponde a las Instalaciones de Generación Eléctrica de E-CL, a una distancia de 340 m. No se generará reasentamiento de comunidades en vista de que no existen poblaciones en el área de emplazamiento del proyecto.

El emplazamiento del proyecto no generará la intervención uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural, ello puesto las instalaciones se emplazan al interior de un área intervenida y con actividades industriales.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo VI del ICE.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR

Impacto no significativo

En el área del proyecto no habita población protegida por leyes especiales que puedan ser afectados. El proyecto no presenta restricción para su materialización ya que no se llevarán a cabo obras en ningún área que se encuentra bajo protección oficial.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo VI del ICE.

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

Impacto no significativo

El área de emplazamiento de las obras del proyecto corresponde a un sector destinado a actividades industriales, por lo que en ningún caso obstruirá la visibilidad a una zona con valor paisajístico. De acuerdo a lo señalado anteriormente, el proyecto no obstruirá la visibilidad a una zona con valor paisajístico. En el lugar donde se emplazan las obras del proyecto no tiene valor paisajístico, cultural y/o patrimonial significativo que atraiga un flujo de visitantes o turistas.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo VI del ICE.

S.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL

Impacto no significativo

De acuerdo a lo expuesto en el Anexo C21 de la DIA, la inspección arqueológica llevada a cabo en el área de influencia no arrojó resultados positivos en lo que se refiere a la presencia de elementos arqueológicos protegidos por la Ley N*17.288 de Monumentos Nacionales. Además, en el estudio se indica que no se modificará o deteriorará en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigiiedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad pertenezcan al patrimonio cultural indígena.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo VI del ICE.

16/36

6”. Que resulta aplicable al Proyecto el siguiente permiso ambiental sectorial, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. AMBIENTALES.

PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES DE CONTENIDOS ÚNICAMENTE

6.1.1. Permiso para introducir o descargar materias, energía o sustancias nocivas o peligrosas de cualquier especie a las aguas sometidas a jurisdicción nacional según se establece en el artículo 115 del Reglamento del SEIA.

Parte, obra o acción a que aplica

El proyecto considera el aumento de volumen de descarga por emisario submarino existente. Los antecedentes del permiso se presentan en el Anexo C-31 de la DIA y en la Adenda de la DIA.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

Comprobantes de ingreso del informe de cumplimiento D.S. 90/01.

Pronunciamiento del órgano competente

La Gobernación Marítima de la Región de Antofagasta mediante el ORD N 12.600/243/SEA de fecha 08/11/2016, se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por el titular al Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo N 115 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el Anexo C3-1 del Capítulo 3 de la DIA, en la Adenda de la DIA y en la Adenda Complementaria de la DIA.

6.2 PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.2.1. Permiso la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagies, aguas servidas de cualquier naturaleza según se establece en

el artículo 140 del Reglamento del SEIA.

Parte, obra o acción a que aplica

Sitio para almacenamiento temporal de residuos no peligrosos para la fase de operación. Los antecedentes del permiso se presentan en el Anexo C3-3 de la DIA.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

El proyecto cumplirá con la obtención de resolución sanitaria por parte de la autoridad competente.

Pronunciamiento del órgano competente

La Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Antofagasta mediante el ORD N 108 de fecha 09/11/2016, se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por el titular al Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo N 140 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el Anexo (3-3 del Capítulo 3 de la DIA y en la Adenda de la DIA.

6.3 PRONUNCIAMIENTOS AMBIENTALES

6.3.1. Calificación de instalaciones industriales y de bodegaje. El pronunciamiento a que se refiere el artículo 4.14.2 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, deberá emitirse durante el proceso de evaluación de impacto ambiental del proyecto o actividad, según se establece en el artículo 161 del Reglamento del SEIA.

Parte, obra o acción a que aplica

El proyecto se emplazará en una zona regulada por un instrumento de planificación territorial, correspondiente al Plan Regulador Comunal de Mejillones. El proyecto requiere este pronunciamiento, ya que contempla incluir dentro del proceso actual de producción de bolas de acero, dos nuevas líneas del tipo Roll Former (RF4 y RFS5).

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

La Calificación de Instalación Industrial y de Bodegaje deberá ser tramitada una vez que se materialice el proyecto, en la SEREMI de Salud de Antofagasta.

Pronunciamiento del órgano competente

La Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Antofagasta mediante el ORD N? 108 de fecha 09/11/2016, calificará

17/36

como Molesta la actividad, según lo establece el instrumento de planificación territorial.

Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el Anexo (3-4 del Capítulo 3 de la DIA y en la Adenda de la DIA.

7". Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1. COMPONENTE/MATERIA: Aire

NORMA

e Decreto Supremo N*” 144/61 del Ministerio de Salud. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquiera naturaleza.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y operación

Forma de cumplimiento

Se contemplan las siguientes medidas de control de emisiones para la fase de construcción:

e Los caminos internos de servicio se mantendrán en todo momento en buen estado a fin de facilitar el tránsito de vehículos.

e Se hará una adecuada mantención mecánica de equipos, maquinaria y vehículos, por concepto de eficiencia operacional y minimización de emisiones atmosféricas (todas las mantenciones se realizarán en talleres autorizados).

e Estará prohibida la quema de residuos y materiales combustibles (madera, papeles, hojas o desperdicios de cualquier tipo).

e Se establecerá una velocidad máxima de 20 km/h en los caminos no pavimentados internos para minimizar el levantamiento de polvo.

e Serealizará humectación del camino no pavimentado (0,66 km de longitud) al interior del predio del proyecto durante la Etapa 1 de la fase de construcción. Frecuencia de humectación será de 3 veces al día, requiriendo 9,9 m3/día de agua. Las coordenadas de ubicación del camino se presentan en la tabla AD-15 de la Adenda de la DIA. Se mantendrá en faena registro de la medida indicando: cantidad de agua utilizada; frecuencia de aplicación; eficiencia; fecha y hora de aplicación; metros lineales o superficie de aplicación; responsable y firma del responsable.

  • En las zonas de trabajo donde se realizarán rellenos y nivelaciones, se instalarán mallas protectoras alrededor del perímetro de construcción.

Indicador que acredita su cumplimiento

El indicador de cumplimiento durante la construcción corresponderá a mantener un registro de la implementación de las medidas señaladas en la forma de cumplimiento.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 8.1.1. del ICE.

7.2. COMPONENTE/MATERIA: Aire

NORMA

  • Decreto Supremo N* 55/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece norma de emisión aplicable a vehículos motorizados pesados;

e Decreto Supremo N* 4 de 1994, Ministro de Transporte y Telecomunicaciones.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.

Forma de cumplimiento

Se utilizarán vehículos motorizados que cumplirán con lo establecido en esta normativa, lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y con mantenciones periódicas a todos los vehículos, cumpliendo así lo establecido en el Artículo 1 del presente Decreto.

18/36

De igual forma, se dará cumplimiento a los índices de ennegrecimiento establecidos en el Artículo 3 a través del certificado de revisión técnica al día.

Indicador que acredita su cumplimiento

  • Registro de revisiones técnicas al día.
  • Registros de certificados de emisión de gases.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla N* 8.1.4. del ICE.

7.3. COMPONENTE/MATERIA: Aire

NORMA

e Decreto Supremo N* 47/1992 y sus modificaciones, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Ordenanza general de urbanismo y construcciones;

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

Se contemplan las siguientes medidas de control de emisiones para la fase de construcción:

e Los caminos internos de servicio se mantendrán en todo momento en buen estado a fin de facilitar el tránsito de vehículos.

e Se hará una adecuada mantención mecánica de equipos, maquinaria y vehículos, por concepto de eficiencia operacional y minimización de emisiones atmosféricas (todas las mantenciones se realizarán en talleres autorizados).

e Estará prohibida la quema de residuos y materiales combustibles (madera, papeles, hojas o desperdicios de cualquier tipo).

e Se establecerá una velocidad máxima de 20 km/h en los caminos no pavimentados internos para minimizar el levantamiento de polvo.

e Serealizará humectación del camino no pavimentado (0,66 km de longitud) al interior del predio del proyecto durante la Etapa 1 de la fase de construcción. Frecuencia de humectación será de 3 veces al día, requiriendo 9,9 m3/día de agua. Las coordenadas de ubicación del camino se presentan en la tabla AD-15 de la Adenda de la DIA. Se mantendrá en faena registro de la medida indicando: cantidad de agua utilizada; frecuencia de aplicación; eficiencia; fecha y hora de aplicación; metros lineales o superficie de aplicación; responsable y firma del responsable.

e En las zonas de trabajo donde se realizarán rellenos y nivelaciones, se instalarán mallas protectoras alrededor del perímetro de construcción.

Indicador que acredita su cumplimiento

El indicador de cumplimiento durante la construcción corresponderá a mantener un registro de la implementación de las medidas señaladas en la forma de cumplimiento.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 8.1.2. del ICE.

7.4. COMPONENTE/MATERIA: Aire

NORMA

e Decreto Supremo N” 138/05 del Ministerio de Salud, que Establece obligación de declarar Emisiones que indica.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Cierre.

Forma de cumplimiento

El Proyecto se compromete a declarar sus emisiones en el Sistema Ventanilla Única del RETC, de acuerdo a lo establecido en el

D.S. N*1/2013 MMA, que aprueba el “Reglamento del Registro

de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC)”. Se entregarán a la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente

todas las obras que apliquen del presente decreto (Temple RF4 y RES, Equipo Electrógeno, Horno de Calentamiento de Barras). En la

19/36

respuesta 2 del acápite Normativa Ambiental Aplicable de la Adenda de la DIA, se presentan las características de los equipos y fuentes fijas a los que les aplica el D.S. N” 138/2005.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de declaración de residuos en Sistema de Ventanilla Única del RETC.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 8.1.3. del ICE.

7.5. COMPONENTE/MATERIA: Ruido

NORMA

e Decreto Supremo N* 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente. Establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Cierre.

Forma de cumplimiento

Tal y como se describe en el punto 8.1 del Capítulo 2 de la DIA, durante todas las fases del proyecto, se cumplirá con los límites establecidos en esta norma de emisión, medida en el lugar en que se ubique los receptores.

Indicador que acredita su cumplimiento

Verificación del cumplimiento de los límites establecidos.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 8.1.5. del ICE.

7.6. COMPONENTE/MATERIA: Aguas servidas

NORMA

e Decreto con Fuerza de Ley N 725 de 1968, modificado por la Ley N 20.380, de 2009. Ministerio de Salud, “Código Sanitario”;

e Decreto Supremo N” 594 de 2000, Ministerio de Salud, “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo”;

e Decreto N” 236/1926 del Ministerio de Higiene; Asistencia; Previsión Social y Trabajo. Reglamento General de Alcantarillados Particulares.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.

Forma de cumplimiento

Los efluentes líquidos domésticos generados corresponden a aguas servidas provenientes de los servicios sanitarios. Para el tratamiento de los residuos líquidos domésticos generados, se hará uso de las Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) existentes, aprobadas mediante RCA N 186/2003 y RCA N 0299/2014. Durante la fase de operación y cierre, los efluentes líquidos domésticos generados corresponden a aguas servidas provenientes de los servicios sanitarios, los cuales cuentan con conexión a una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) aprobada mediante Resolución N* 0299/2014.

Indicador que acredita su cumplimiento

El indicador de cumplimiento corresponderá al certificado de potabilidad del agua al proveedor del servicio y las resoluciones indicadas. Resolución que aprueba la tramitación sectorial del permiso asociado a las aguas servidas de cualquier naturaleza. Se realizará un registro de autorización de las empresas que retiren, manipulen y transporten los residuos.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 8.1.7. del ICE

7.7. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos no peligrosos

NORMA

e Decreto Supremo N* 594 de 2000, Ministerio de Salud, “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo”;

20/36

e Decreto con Fuerza de Ley N* 725 de 1968, modificado por la ley N? 20.380, de 2009. Ministerio de Salud, “Código Sanitario”.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Cierre.

Forma de cumplimiento

Durante la fase de construcción, se prevé la generación de residuos sólidos no peligrosos del tipo: excedentes de excavación y tierra, restos de embalaje y acero estructural. Para almacenar este tipo de residuos se utilizará el actual sitio de almacenamiento de residuos no peligrosos existente en la planta actual, el cual se encuentra aprobado.

Durante la fase de operación, los residuos industriales no peligrosos no se verán modificados en el tipo respecto de lo aprobado en los procesos anteriores y corresponden a laminilla, alambrón, neumáticos, plásticos, escombros, estructuras, scrap, residuos asimilables a domésticos y madera.

En el caso de concretarse el cierre del proyecto, se generarán residuos asimilables a domiciliarios y residuos industriales no peligrosos tales como: restos de embalajes y despuntes de fierros.

Para almacenar este tipo de residuos, el proyecto considera implementar un (1) sitio de almacenamiento de residuos industriales no peligrosos, en el que se depositan los residuos industriales en lugares separados y señalizados. Este nuevo sitio modificará el actual sitio de almacenamiento de residuos no peligrosos aprobado mediante la Resolución N” 2831/2006 para incluir otro tipo de residuos no peligrosos.

La disposición final de este tipo de residuos podrá ser: venta a terceros o bien se dispondrán en lugares autorizados.

Indicador que acredita su cumplimiento

El indicador de cumplimiento corresponderá al registro y control sobre la cantidad y tipo de residuos dispuestos temporalmente en los sitios de almacenamiento al interior de la faena. Además del registro y control de la cantidad y tipo de residuos que se trasladen a sitios de disposición final.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 8.1.8. del ICE

7.8. COMPONENTE/MATERTIA: Residuos sólidos peligrosos

NORMA

e D.S. N” 148/2003. Ministerio de Salud. Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Cierre.

Forma de cumplimiento

Se estima generar residuos peligrosos durante las 3 fases del proyecto. Los residuos peligrosos se almacenarán temporalmente en el sector de almacenamiento de residuos peligrosos existente aprobado mediante Resolución N* 2832/2006 de la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta, en forma segregada de otros tipos de residuos, según dispone la normativa aplicable. La disposición final de los residuos peligrosos será en lugar autorizado.

Indicador que acredita su cumplimiento

e El indicador de cumplimiento corresponderá al registro sobre la cantidad de residuos dispuestos en los sitios de disposición final autorizados por la autoridad competente.

e Aprobación de manejo y disposición de residuos peligrosos según la Resolución N* 2832/2006 SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla N? 8.1.9. del ICE.

7.9. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias peligrosas

NORMA

e D.S. N” 43/2015 Reglamento de almacenamiento de sustancias

21/36

peligrosas

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Cierre.

Forma de cumplimiento

Las sustancias peligrosas se almacenarán en la bodega de sustancias peligrosas existente, según dispone la normativa aplicable, además se llevará un registro de inventario en bodega.

Indicador que acredita su cumplimiento

El indicador de cumplimiento corresponderá a las revisiones realizadas por la autoridad autorización sanitaria entregada por la autoridad.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla N? 8.1.10. del ICE.

7.10. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio cultural

NORMA

e Ley N” 17.288/1970 del Ministerio de Educación;

e Decreto Supremo N 484/1990 del Ministerio de Educación. Reglamento de la Ley N 17.288 relativo a excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y operación.

Forma de cumplimiento

Durante la ejecución de las obras el titular dará aviso al Consejo de Monumentos Nacionales de cualquier hallazgo realizado, en cuyo caso se deberá actuar de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 26” de la Ley N*17.288 de Monumentos Nacionales y al Artículo 23" del Reglamento de Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas.

Indicador que acredita su cumplimiento

El indicador de cumplimiento corresponderá a la comunicación a las autoridades respectivas dando cuenta de hallazgos encontrados, en el caso correspondiente

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla N* 8.2.4. del ICE.

7.11. COMPONENTE/MATERIA: Ecosistemas marinos

NORMA

e Fija el Texto Refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N? 18.892, de 1989 y sus modificaciones, Ley general de Pesca y Acuicultura;

e D.S. N” 1, Ministerio de Defensa Nacional, “Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática”;

e D.S. N” 90, Ministerio Secretaria General de la Presidencia, “Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes asociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales.”;

e D.S. N”476, Ministerio de Relaciones Exteriores, “Promulga el Convenio sobre Prevención de la Contaminación del Mar por Vertimiento de Desechos y Otras Materias, con sus Anexos I, II y II, del Año 1972”.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación

Forma de cumplimiento

Actualmente la Planta de Mejillones de Moly Cop Chile S.A. descarga sus aguas residuales mediante un emisario submarino, el cual fue aprobado mediante RCA N 197/2004 y modificado mediante la RCA N 122/2012. Este emisario se encuentra aprobado para descargar un total de 656 m'/día, lo cual corresponde a 560 m'/día de salmuera proveniente de la Planta Desaladora existente y 96 m'/día provenientes de la Planta de Riles, aprobada mediante RCA N? 357/2008 para un caudal de 30 m'/día y modificado por RCA N? 122/2012, donde se alcanzan los 96 m*/día aprobados actualmente.

Por concepto de aumento en la tasa de elaboración de bolas de acero,

22/36

se verán modificados los volúmenes de agua desalinizada y de descarga total. Dichos volúmenes se indican en la Tabla C1-5 del Capítulo 1 de la DIA. Considerando lo señalado anteriormente, los niveles de descarga mediante el emisario submarino existente aumentarán a 1.420 m'/día. De estos 1.420 m'/día, 1.340 mé/día corresponden a descarga de salmuera proveniente de ambas Plantas Desalinizadoras.

Respecto a la descarga de Riles, sin perjuicio de la descarga de 96 m'/día aprobada mediante RCA N* 122/2012, se estima que en la operación futura, esta descarga será de un máximo de 80 m'/día.

Cabe destacar que el emisario submarino existente se encuentra aprobado mediante RCA N* 0122/2012 y de acuerdo a su memoria de cálculo posee una capacidad de descarga de hasta 1.440 m'/día.

El efluente proveniente de la nueva Planta Desalinizadora, dará cumplimiento a los parámetros establecidos en la norma de emisión del D.S. N” 90/01 de MINSEGPRES, Tabla 5, que establece los límites máximos de concentración para descargas de residuos líquidos a cuerpos de aguas marinas fuera de la ZPL (Zona de Protección del Litoral).

Indicador que acredita su cumplimiento

  • Resolución de calificación ambiental favorable donde conste aprobación del Permiso Ambiental Sectorial N* 115 presentado en el Anexo C3-1 del Capítulo 3 de la DIA.

e Los niveles de la descarga deben cumplir con los parámetros establecidos en la norma de emisión del D.S. N* 90/01 de MINSEGPRES, Tabla 5.

e Copia de los resultados de estos análisis serán mantenidos en obra para futuras fiscalizaciones.

e Copia de la RCA y de los comprobantes de ingreso del informe de cumplimiento D.S. 90/01, se deberán mantener disponibles en las oficinas de la Planta de Mejillones.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla N* 8.2.3. del ICE.

7.12. COMPONENTE/MATERIA: Fauna

NORMA

e Ley N” 19.473/96 del Ministerio de Agricultura. Ley de Caza y su Reglamento (D.S. N* 05/98).

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

El proyecto no considera la caza de ejemplares de fauna silvestre. Por lo mismo, el titular prohibirá, a través de publicaciones internas mediante comunicados, toda forma de caza y/o captura de fauna silvestre y la recolección de huevos, crías o la destrucción de madrigueras y la introducción de animales domésticos. Además, en el contrato que suscriba el titular con cada contratista, se especificará que está prohibido al personal cazar ejemplares de la fauna silvestres en las áreas donde se realicen las actividades del proyecto. Agregar a reglamento para empresas contratistas.

Por otro lado, el titular aplicara un Plan de Perturbación controlada, con el objetivo de realizar ahuyentamiento de la especie Microlophus atacamensis (Corredor de Atacama) y monitorear el área a intervenir para evitar una recolonización de la fauna. Mayores antecedentes ver Anexo 1.24 de la Adenda de la DIA.

Indicador que acredita su cumplimiento

El indicador de cumplimiento corresponderá a registro de charlas explicativas a los trabajadores de la empresa, junto con el registro de la entrega del comunicado, dando a conocer las prohibiciones indicadas en la Ley.

23/36

Respecto al Plan de perturbación controlada, luego de efectuarse el plan se generará un informe con el detalle de las acciones realizadas. El informe respectivo será entregado a la autoridad ambiental (Superintendencia del Medio Ambiente).

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla N* 8.2.1. del ICE.

7.13. COMPONENTE/MATERIA: Embalajes/Residuos

NORMA

  • Resolución Exenta N” 133/2005 del Ministerio de Agricultura Servicio Agrícola Ganadero, modificada por Resolución Exenta N* 2.859/2007. Establece regulaciones cuarentenarias para el ingreso de embalajes de madera

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Operación

Forma de cumplimiento

En caso de requerir la adquisición de insumos y/o equipos en el extranjero, éstos deberán cumplir con la normativa citada. Se

exigirá que todos aquellos embalajes de madera, que provengan del extranjero, cumplan con lo indicado en el presente cuerpo legal.

Indicador que acredita su cumplimiento

El indicador de cumplimiento corresponderá a la marca certificando el tratamiento fitosanitario o acta de inspección del SAG, según corresponda

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla N* 8.2.2. del ICE.

7.14. COMPONENTE/MATERIA: Emisión de contaminación lumínica

NORMA

e Decreto 43/2012 del Ministerio de Medio Ambiente, Establece Norma de Emisión para la Regulación de la Contaminación Lumínica a partir de la revisión del Decreto Supremo N' 686/1998 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Operación

Forma de cumplimiento

Durante las fases de construcción y operación del Proyecto, el Titular se ajustará a las disposiciones de este Decreto, utilizando luminarias que cumplan con la norma.

Indicador que acredita su cumplimiento

El indicador de cumplimiento corresponderá a un Certificado o información técnica proporcionada por el fabricante o vendedor.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla N? 8.1.6. del ICE.

8”. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse los siguientes compromisos voluntarios,

condiciones o exigencias:

8.1. COMPROMISOS AMBIENTALES VOLUNTARIOS

El Titular del proyecto ha propuesto los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

Tabla 8.1. Compromiso ambiental voluntario para insumo de hormigón.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: Informar requerimientos de hormigón.

Descripción: El Titular se compromete, al momento de requerir el abastecimiento externo de hormigón, remitir a la SEREMI de Bienes Nacionales de la Región de Antofagasta, un resumen identificando los proveedores del hormigón. Además, adjuntará mensualmente una copia de las órdenes de compra de cada uno de sus proveedores.

24/36

Lugar, forma y| Forma: Informe con resumen identificando los proveedores de hormigón. oportunidad de

implementación

Indicador que | Informe con resumen identificando los proveedores de hormigón. acredite su

cumplimiento

Forma de control y seguimiento

El titular adjuntará mensualmente copia de las órdenes de compra de cada uno de sus proveedores de hormigón.

Tabla 8.2. Compromis:

o ambiental voluntario para fauna terrestre.

Impacto asociado

Perturbación controlada de la especie Corredor de atacama

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Objetivo, descripción

Objetivo: Realizar un ahuyentamiento de la especie Microlophus

y justificación atacamensis y monitorear el área a intervenir para evitar una recolonización de la fauna. Descripción: Antes de comenzar las actividades de perturbación controlada, se realizara micro-ruteo por toda el área de intervención del Proyecto con el fin de establecer la presencia de especies de interés y su abundancia. El Plan se orienta a la remoción de refugios. Mayores antecedentes ver Anexo 1.24 de la Adenda de la DIA.

Lugar, forma y| Lugar: El presente Plan se aplicará en el área a ser intervenida por las obras

oportunidad de | del proyecto.

implementación Forma: El Plan se orienta a la remoción de refugios.

Indicador que | Luego de efectuarse el plan de perturbación controlada, se generará un

acredite su | informe con la información propuesta en los puntos anteriores. El

cumplimiento informe respectivo será entregado a la autoridad ambiental (Superintendencia del Medio Ambiente).

8.2. CONDICIONES O EXIGENCIAS

Las condiciones o exigencias para ejecutar el proyecto son las siguientes:

8.2.1. Condición o exi.

gencia “Mantener Plan de Vigilancia Ambiental incorporando un muestreo de

la calidad físicoquímica de la comuna de agua y el desarrollo de filmaciones submarinas en la zona

de descarga de salmue:

ra”

Tabla 8.2.1. Condición o exigencia “Mantener Plan de Vigilancia Ambiental incorporando un muestreo de la calidad físicoquímica de la comuna de agua y el desarrollo de filmaciones

submarinas en la zona de descarga de salmuera”.

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: Incorporando un muestreo de la calidad físico-química de la comuna de agua y el desarrollo de grabaciones submarinas en la zona de descarga de salmuera, al actual Plan de Vigilancia Ambiental de la Planta Mejillones de Moly-cop, con el objetivo de evidenciar cambios en la estructura de las comunidades bentónicas.

Descripción: El titular mantendrá la aplicación del Plan de Vigilancia Ambiental, considerando mantener las variables ambientales; metodologías de muestreo; frecuencia de muestreo; duración de muestreo; ubicación de estaciones y/o transectas, que fueron definidas y modificadas por Resolución Exenta N 197/2004 del proyecto “Instalación de Planta Desalinizadora de Agua”; Resolución Exenta N 357 de 2008 del proyecto “Modificación Operacional Planta Mejillones” y Resolución Exenta N? 122

25/36

de 2012 del proyecto “Extensión del emisario para descargar RILES Fuera de la ZPL”, pero además incorporará a estas actividades de monitoreo, los requerimientos de muestreo de la calidad físico química de la columna de agua, específicamente en los primeros 15 cm. de columna de agua y el desarrollo de grabaciones submarinas en transectos en la zona de descarga de salmuera, que permitan evidenciar posibles cambios en las estructuras comunitarias bentónicas, debido a la interacción de los Residuos industriales líquidos (RILes) del proyecto con el medio marino.

Forma: El muestreo de la calidad físico química de la columna de agua, se realizará especificamente en los primeros 15 cm. de columna de agua y desarrollará filmaciones submarinas en la zona de descarga de salmuera.

Lugar, forma y oportunidad de implementación Indicador que acredite su cumplimiento

Entrega de una copia de los resultados del Plan de Vigilancia Ambiental que se aplicará al presente proyecto, a la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y al Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura de la Región de Antofagasta. En este documento se debe incorporar un resumen compilatorio y aclaratorio de las actividades contempladas en el Plan de Vigilancia Ambiental global y definitivo del proyecto, en el cuál se desarrollará la entrega de resultados obtenidos, de manera individualizada por variable y luego compilatoria, mediante un análisis temporal y espacial que permita evidenciar la dinámica de cada variable en el tiempo.

Forma de control y seguimiento

El titular entregará los resultados del Plan de Vigilancia Ambiental a los Órganos con competencia ambiental y a la Superintendencia del Medio Ambiental.

Además, se requiere enviar una copia de los resultados del Plan de Vigilancia Ambiental que se aplicará al presente proyecto, a la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y al Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura de la Región de Antofagasta. En este documento se debe incorporar un resumen compilatorio y aclaratorio de las actividades contempladas en el Plan de Vigilancia Ambiental global y definitivo del proyecto, en el cuál se desarrollará la entrega de resultados obtenidos, de manera individualizada por variable y luego compilatoria, mediante un análisis temporal y espacial que permita evidenciar la dinámica de cada variable en el tiempo.

8.2.2. Condición o exigencia “Informar inicio de fases”.

Tabla 8.2.2. Condición o exigencia “Informar inicio de fases”.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y operación

Objetivo, descripción

Objetivo: informará con un mes de anticipación a la Subsecretaría de Pesca

y justificación y Acuicultura y al Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura de la Región

de Antofagasta, sobre el inicio de sus fases de construcción, puesta en marcha y operación. Descripción: informará con un mes de anticipación a la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y al Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura de la Región de Antofagasta, sobre el inicio de sus fases de construcción, puesta en marcha y operación.

Lugar, forma y | Forma: informará con un mes de anticipación a la Subsecretaría de Pesca y

oportunidad de | Acuicultura y al Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura de la Región de

implementación Antofagasta, sobre el inicio de sus fases de construcción, puesta en marcha y Operación.

Indicador que | Carta donde se informe sobre el inicio de sus fases de construcción, puesta

acredite su | £n marcha y operación.

cumplimiento

Forma de control y seguimiento

Carta donde se informe sobre el inicio de sus fases de construcción, puesta en marcha y operación.

26/36

  1. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de

Emergencias, serán las siguientes:

9.1. PLAN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS

Las medidas o acciones relevantes del plan de prevención de contingencias y emergencias son las

siguientes:

9.1.1. Riesgo de fuga de gas

Tabla 9.1.1. Riesgo de fuga de gas

Riesgo o contingencia

Fuga de gas

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción y operación.

Parte, obra o acción asociada

Todas las instalaciones del proyecto.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

  • El almacenamiento, manipulación y etiquetado de los gases se realizará de acuerdo a la normativa vigente.

e Se capacitará al personal que manipule y almacene los gases.

e Mantener las HDS (Hojas de Datos de Seguridad) en idioma español para todos.

e Revisar en su recepción el estado de los envases que contengan este tipo de productos (envase, rótulo, etc.).

e Se dispondrá de un área especial para el almacenamiento de gas, la cual estará debidamente señalizada y acondicionada según lo dispuesto por las Autoridades competentes.

e Todas las instalaciones de recepción, almacenamiento y uso contarán con un sistema de protección contra

e incendio, el cual estará provisto de extintores de polvo químico seco ubicados en un lugar visible y de fácil acceso.

del que

Referencia a documentos expediente de evaluación contenga la descripción detallada

Páginas 1 y 2 del Anexo 1.26 de la Adenda de la DIA.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

Para controlar una fuga de gas se debe tener presente que,

el gas natural es más liviano que el aire y el gas licuado es

más pesado que el aire, la nube del gas licuado

siempre caerá al suelo, contaminando lugares bajos y

hondos del terreno.

Si se tiene una sospecha de fuga de gas, se debe dar

aviso al teléfono interno de emergencia o al Director

de Emergencia, el cual dirigirá las acciones para evitar una explosión.

El director de la emergencia coordinada las acciones

del equipo de primera intervención y concentrará sus

esfuerzos en:

e Cortar el suministro de gas en la válvula principal.

e Evitar que exista contacto del gas con una fuente de ignición no controlada, eliminando las fuentes de chispas situadas en el interior de la planta y delimitando un perímetro de seguridad exterior a la planta.

  • En caso de que exista un incendio que podría afectar las instalaciones de gas, se debe usar la red húmeda.

del que

Referencia a documentos expediente de evaluación contenga la descripción detallada

Página 2 del Anexo 1.26 de la Adenda de la DIA.

27/36

9.1.2. Riesgo de explosión e incendio

Tabla 9.1.2. Explosión e incendio

Riesgo o contingencia

Explosión e incendio

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción y operación.

Parte, obra o acción asociada

Todas las instalaciones del proyecto.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

e El plan de prevención de incendios se inicia en el diseño de las instalaciones con los sistemas de detección de humo, alarma y extinción incorporados en las diferentes obras del proyecto.

  • Todos los trabajadores se regirán por las medidas y obligaciones establecidas por el titular del proyecto para minimizar el riesgo de incendio

e Se utilizarán criterios de diseño que consideren la locación y factores estructurales de seguridad.

e En las instalaciones del Proyecto se dispondrá de los elementos básicos requeridos para combatir cualquier amago de fuego o incendio, según lo establecido por la normativa vigente en esta materia (extintores, mangueras, tambores con arena, etc.).

e En las áreas circundantes de almacenamiento de combustibles se prohibirá encender fogatas, fumar y/o portar elementos que produzcan chispas.

e Se dará capacitación a los trabajadores en los procedimientos de trabajo seguro para las actividades que puedan presentar riesgos de incendios.

e Se proveerá, mantendrá e inspeccionará regularmente los sistemas de extinción de fuego requeridos.

e Se dispondrán de defensas, protecciones y/o encerramientos en áreas donde se efectúen trabajos de oxicorte, soldadura, aserrado, corte y desbaste, mantenciones mecánicas, quemas controladas y otros.

e Se mantendrán elementos corta fuegos en los alrededores de las instalaciones donde se almacenen productos combustibles.

e Se realizarán mantenimientos periódicos instalaciones eléctricas.

  • Se conectarán a tierra los equipos que puedan generar chispas y almacenar electricidad estática.

e Con relación a los riesgos de incendio o explosiones ocurridas por el manejo de materiales inflamables y/o combustibles, se consideran las siguientes medidas:

a las

a) El manejo de los elementos combustibles se realizará de acuerdo a la normativa vigente.

b) Todos los camiones que ingresen con combustibles al proyecto deberán contar con la certificación respectiva de sellado, hermeticidad y estanqueidad.

c) El transporte y descarga de combustible se realizará cumpliendo las medidas de seguridad indicadas en la norma NCh 393 of.60.

d) En el lugar de descarga se exhibirá un letrero “Peligro descargando combustible, No Fumar”, además de la existencia de extintores del tipo ABC y de elementos neutralizadores y absorbentes, como por ejemplo arena o pellets.

del que

Referencia a documentos expediente de evaluación contenga la descripción detallada

Páginas 2, 3 y 4 del Anexo 1.26 de la Adenda de la DIA.

28/36

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

Explosión:

e En caso de producirse una explosión, el Director de Emergencia coordinará las acciones del Equipo de Emergencia de la siguiente forma:

e Los líderes de evacuación deben evacuar el área afectada de acuerdo al ítem 5.4 evacuación.

e El equipo de primera intervención debe cortar el suministro de gas en la válvula principal.

e En caso de presentarse un fuego no controlable, el director de Emergencia dará la orden a portería para que llame a bomberos.

Incendio:

e La primera persona que tome contacto con el amago de incendio, lo controlará solo si está entrenado en uso de extintores, sino logra extinguir el fuego incipiente activará la alarma de emergencia llamando al fono de emergencias.

e El Director de Emergencia será quien comande las acciones de control de la emergencia junto con el equipo de emergencia. El equipo de primera intervención sólo actuará frente a fuegos incipientes, replegándose ante eventos mayores, hasta la llegada de bomberos.

e En caso de utilizar extintor se debe hacer de la siguiente forma:

a) Identificar el tipo de fuego, para elegir el extintor adecuado a ocupar.

b) Ubicarse a favor del viento (con el viento en la espalda).

c) Acercarse como máximo a 1,5 metros del fuego.

d) Dirigir el agente extintor a la base del fuego.

e) Rociar el agente químico de izquierda a derecha y de derecha a izquierda (como abanico).

El Director de emergencia, tomará la decisión de evacuar al personal, si las circunstancias así lo ameritan.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Páginas 4 y 5 del Anexo 1.26 de la Adenda de la DIA.

9.1.3. Riesgo de sismos y tsunamis

Tabla 9.1.3. Ocurrencia de sismos y tsunamis

Riesgo o contingencia

Sismos y tsunamis

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción asociada

Área general del Proyecto

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

e Cumplimiento de la normativa aplicable, tanto en el diseño de ingeniería y en la fase de construcción,

e Se procurará mantener la seguridad de las excavaciones, estabilizando los taludes de corte, ya sean estos provisorios o definitivos.

e Los trabajos de movimiento de tierras se realizarán procurando la intervención sólo del terreno necesario,

29/36

evitando intervenir mayor terreno al planificado.

e Se instalará señalización informativa sobre las zonas de seguridad y hacia donde deben dirigirse los trabajadores en caso de sismo.

e Se instalará señalización en aquellos lugares que presenten mayor susceptibilidad de ocurrencia de deslizamiento de material o peligros.

e Se realizarán charlas informativas respecto a los mecanismos de respuesta frente a un evento de sismo.

  • Considerar sistemas de alarmas de advertencia Se deberán realizar simulacros de emergencia en las fases de construcción y operación.

  • Mantener en buenas condiciones los sistemas de corte de energía

e Disponer de respaldo de energía para aquellos sistemas críticos o relevantes y servicios de primeros auxilios.

e Se deberán demarcar aquellas zonas de almacenamiento de combustibles u otras sustancias inflamables, que ante un evento de sismo puedan representar un riesgo.

e Se deberán realizar inspecciones a las instalaciones y equipos de emergencia regularmente.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Páginas 5 y 6 del Anexo 1.26 de la Adenda de la DIA.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

Si el Sismo es fuerte con características de terremoto, se deberá mantener y transmitir calma. El personal deberá agudizar la atención para evitar riesgos y recuerde las siguientes instrucciones:

e Si el personal está dentro de un edificio, se deberá quedar dentro; si está fuera, deberá permanecer fuera. El entrar o salir de los edificios sólo puede causarle accidentes

e Dentro de un edificio el personal deberá buscar estructuras fuertes: junto a un pilar, pared maestra o en un rincón, alejándose de las ventanas y apilamientos de materiales y protegiendo su cabeza.

e Se deberá apagar todo fuego. No se deberá utilizar ningún tipo de llama (fosforo, encendedor, vela, etc.) durante o inmediatamente después del temblor, porque podría haber alguna fuga de gas en el área.

e Pasado el movimiento, el personal deberá evacuar el edificio

e ElDirector de Emergencias es quien toma la decisión del corte de la energía, tomando en consideración para ello las circunstancias del momento y comunicando la orden al Equipo de Primera Intervención los cuales deben cerrar las llaves de paso generales de gas, petróleo y cortar energía eléctrica.

e El personal deberá conectar la radio para recibir información o instrucciones de las autoridades.

e Si producto del terremoto la autoridad declara alerta Tsunami preventivo o real, el Director de Emergencia debe de evacuar al personal y dirigirse a la Zona de Protección ante Tsunami, ubicándose en sitios altos.

e En planta Mejillones; el personal deberá dirigirse

30/36

a final del patio, para llegar transitará por el sector de Ingeniería bodegas y baños de Mantención / Contratistas (lado EDELNOR). No se permite el tránsito por el sector estanques de gas y petróleo.

Se deberá proteger a los heridos y discapacitados ayudándolos a movilizarse.

En la evacuación el personal deberá llevar consigo el Kit para emergencias; Botiquín de primeros auxilios, radio con pilas de repuesto, linterna con pilas de repuesto, pito, plástico para la intemperie y agua. Una vez en el área segura de Tsunami, se deberá mantener la calma, atendiendo las instrucciones del Director de la emergencia.

El personal deberá escuchar la radio para obtener información sobre la emergencia, y posibles instrucciones de la autoridad a cargo.

Todo el personal se deberá mantener fuera de zonas de riesgo hasta que la autoridad competente levante el alerta de Tsunami.

El director de Emergencia dará la instrucción de volver al lugar de trabajo o abandonar la planta.

El director de la emergencia debe comunicar a la Gerencia todos los daños producidos.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Páginas 6 y 7 del Anexo 1.26 de la Adenda de la DIA.

9.1.4. Riesgo de derrame de sustancias peligrosas

Tabla 9.1.4..Derrame de sustancias peligrosas

Riesgo o contingencia

Derrame de sustancias peligrosas.

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción y operación.

Parte, obra o acción asociada

Todas las instalaciones del Proyecto.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

Se presentan algunas medidas de contingencia:

El almacenamiento, manipulación y etiquetado de las sustancias peligrosas se realizará de acuerdo a la normativa vigente.

Se capacitará al personal que manipule y almacene sustancias peligrosas.

Mantener las HDS (Hojas de Datos de Seguridad) en idioma español para todos.

Revisar en su recepción el estado de los envases que contengan este tipo de productos (envase, rótulo, etc.). Se dispondrá de un área especial para el almacenamiento de sustancias peligrosas, la cual estará debidamente señalizada y acondicionada según lo dispuesto por las Autoridades competentes.

Se dispondrá de elementos que permitan la contención de derrames de mediana magnitud.

La carga de combustible a maquinarias y equipos utilizados por el Proyecto se realizará en un área previamente definida.

Todas las instalaciones de recepción, almacenamiento y uso contarán con un sistema de protección contra incendio, el cual estará provisto de extintores de polvo químico seco ubicados en un lugar visible y de fácil acceso.

El almacenamiento provisorio de residuos sólidos

31/36

peligrosos, se realizará de manera temporal previo a su traslado y disposición final, en una

  • bodega de acopio temporal de residuos peligrosos que estará debidamente autorizada por la Autoridad Sanitaria Regional. Esta será señalizada y acondicionada, cumpliendo con las exigencias de la normativa vigente.

  • Durante las operaciones de carga, transporte, descarga, trasbordo y limpieza, los vehículos portarán los rótulos a que se refiere la Norma Chilena Oficial NCh 2190/0f.93.

del que

Referencia a documentos expediente de evaluación contenga la descripción detallada

Páginas 8 y 9 del Anexo 1.26 de la Adenda de la DIA

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

Se presentan algunas medidas ante Derrame de

Sustancias Peligrosas:

e Encaso de percatarse de un derrame de Sustancias Peligrosas en la Planta de Osmosis, Planta de Riles, Planta de Aguas servidas o bodega de sustancias Peligrosas, se debe dar aviso de inmediato al Director de Emergencia.

e El director de emergencia debe aislar el lugar, sin entrar al área de peligro, debe mantener a los trabajadores lejos del

e derrame, fuera del perímetro de seguridad, en un sector con viento a favor.

e El Director de Emergencia debe controlar el derrame guiándose con las especificaciones de las Hojas de Seguridad de cada producto químico.

Ante un derrame de combustibles y lubricantes, se debe actuar según lo indicado en Instrucción

“Acción frente a Derrames de Combustibles Lubricantes” código SS-M-INS-003 en Mejillones.

y

del que

Referencia a documentos expediente de evaluación contenga la descripción detallada

Páginas 9 y 10 del Anexo 1.26 de la Adenda de la DIA

9.1.5. Riesgo de accidentes del trabajo

Tabla 9.

1.5. Accidentes del trabajo

Riesgo o contingencia

Accidentes del trabajo

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción asociada

En todas las instalaciones del Proyecto

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

Página 11 del Anexo 1.26 de la Adenda de la DIA

del que

Referencia a documentos expediente de evaluación contenga la descripción detallada

Algunas medidas contempladas son:

  • El personal encargado proveerá al personal de los elementos de seguridad que permitan la protección de la salud y la vida de los trabajadores. Estos elementos corresponden a cascos, lentes de seguridad, guantes, ropa de seguridad, protecciones auditivas (personal que la requiera), zapatos de seguridad u otro elemento de protección personal (EPP) que determine el experto en prevención de riesgos y seguridad de acuerdo a la actividad a realizar.

32/36

e Durante las fases del proyecto, se contará con la asesoría de un experto en prevención de riesgos y seguridad.

e También se hará uso de las mutuales de seguridad si fuese necesario.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

En el caso de ocurrir emergencias de éste tipo, se debe actuar según lo indicado en Instrucción “Acción frente a Accidentes del Trabajo” Código SS-INS-004

del que

Referencia a documentos expediente de evaluación contenga la descripción detallada

Página 12 del Anexo 1.26 de la Adenda de la DIA

9.1.6. Riego de accidentes de tránsito

Tabla 9.1.6. Riesgo de accidentes de tránsito

Riesgo o contingencia

accidentes de tránsito

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción asociada

Caminos utilizados por el Proyecto.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

Algunas medidas serán:

e Se exigirá licencia de conducir al día y adecuada para los distintos tipos de transportes o maquinaria, a todos los

e trabajadores que conduzcan;

e Los vehículos que transporten maquinaria y materiales al área de trabajo contarán con las señalizaciones exigidas por la legislación vigente.

e El transporte de combustible y otros materiales se realizará de acuerdo a lo estipulado en la legislación vigente.

e El titular recorrerá los principales caminos que utiliza luego de algún evento que pudiera cambiar las condiciones normales de operación, en la cual se reportará y dará aviso oportuno a las autoridades viales y a los proveedores de servicios para tomar las medidas de mitigación correspondientes.

e El titular entregará una cartilla educativa con las medidas de prevención de accidentes y medidas de seguridad en la conducción vial que tenga énfasis en situaciones y condiciones críticas.

del que

Referencia a documentos expediente de evaluación contenga la descripción detallada

Páginas 12 y 13 del Anexo 1.26 de la Adenda de la DIA

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

De ocurrir emergencias de éste tipo, se debe actuar según lo indicado en Instrucción “Acción frente a Accidentes del Trabajo” Código SS-INS-004.

del que

Referencia a documentos expediente de evaluación contenga la descripción detallada

Página 13 del Anexo 1.26 de la Adenda de la DIA

9.1.7. Riesgo de atropello y domesticación de fauna

Tabla 9.1.7. Riesgo de atropello y domesticación de fauna

Riesgo o contingencia

Atropello y domesticación de fauna

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción y operación

Parte, obra o acción asociada

Todas las instalaciones del Proyecto.

33/36

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

Medidas:

e Prohibición de alimentar a perros errantes y fauna que pudiera acercarse a las áreas de faena del proyecto.

  • Prohibición de introducción de animales domésticos al área del proyecto.

e Prohibición de realización de fogatas y otras acciones de riesgo que consideren el uso de fuego.

e Prohibición de circular fuera de los habilitados a vehículos y maquinarias.

e Se restringirán las velocidades para los vehículos involucrados en la construcción del proyecto, así como en las tareas de mantención una vez que este ya se encuentre operativo.

e Se propiciará la realización de charlas inductivas a los trabajadores y las personas que ingresen por primera vez

e al área del proyecto, informándoles la importancia de evitar dejar desperdicios de comida fuera de los lugares desinados para estos fines, con el objetivo de impedir la atracción de fauna hacia el área del proyecto.

e Capacitación de todo el personal, en términos de la fauna local potencial, y sus cuidados.

e Información respecto de los números de emergencia del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) y los centros de rehabilitación autorizados por ellos.

caminos

del que

Referencia a documentos expediente de evaluación contenga la descripción detallada

Páginas 13 y 14 del Anexo 1.26 de la Adenda de la DIA

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

Los pasos a seguir ante la ocurrencia de una emergencia

serán:

  • Dar aviso inmediato al SAG Región Antofagasta y la autoridad pertinente dentro del proyecto.

e Se trasladará al individuo al centro de

e rehabilitación autorizado por el SAG para que se le practiquen los procedimientos necesarios para resguardar su vida (curaciones, cirugías, etc.).

e El titular realizará seguimiento de las acciones que determine este centro de rehabilitación en cuanto a la liberación del ejemplar y emitirá un informe que dé cuenta de esta acción a fin de registrar el procedimiento.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

Se enviará un informe al Servicio Agrícola Ganadero de la Región de Antofagasta, donde se detallen las circunstancias del hallazgo de fauna silvestre. Los procedimientos descritos asociados al plan, vale decir que consideran rescate, traslado y rehabilitación de especies afectadas, que devengan en gastos operativos, médicos veterinarios y otros, serán asumidos por parte del titular del proyecto.

del que

Referencia a documentos expediente de evaluación contenga la descripción detallada

Página 14 del Anexo 1.26 de la Adenda de la DIA

  1. Que, no se solicitó la apertura de proceso de participación ciudadana, conforme a lo dispuesto

en el artículo 30 bis de la Ley N* 19.300.

  1. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en

34/36

general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

  1. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.5 de la presente Resolución.

  2. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

  3. Que, para que el proyecto “Ampliación Planta Mejillones” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  4. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos

ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

  1. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

  2. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA. ; .

  3. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en. la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o.a través de un tercero. j

RESUELVO:

  1. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Ampliación Planta Mejillones” presentado por Moly Cop Chile S.A.

2*. Certificar que el proyecto “Ampliación Planta Mejillones” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3”. Certificar que el proyecto “Ampliación Planta Mejillones” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 115, 140 y 161 del D.S. N” 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4%. Certificar que el proyecto “Ampliación Planta Mejillones” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

  1. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.5 del presente acto.

35/36

6”. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo al artículo 20 de la Ley N” 19.300 ante el/la Director/a Ejecutivo/a del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del

presente acto

Anótese, Notifíquese al titular y Archívese.

Región de Antofagasta

STIAN GUTIÉRREZ VILLALOBOS Director Regional

Secretario

Comisión de Evaluación Región de Antofagasta

Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental. Superintendencia del Medio Ambiente.

Expediente proyecto.

Archivo Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta.

36/36