Modificación Mina El Turco, Sector Turco Norte
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN DE VALPARAÍSO Califica Ambientalmente el proyecto “Modificación Mina El Turco, Sector Turco Norte”. Resolución Exenta N* O 2 9 Valparaiso, — 29 MAYO 2018 VISTOS:
1*. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 31 de marzo de 2017 y su Adenda Complementaria de fecha 02 de abril de 2018, del proyecto “Modificación Mina El Turco, Sector Turco Norte”, presentado por el señor Carlos Roberto Pesce Martínez, en representación de Minera Las Piedras Limitada con fecha 09 de mayo de 2016.
2”. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3
del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Modificación Mina El Turco, Sector Turco Norte”.
3”. El Acta de Evaluación N” 68/2016 de fecha 08 de junio de 2016, del Comité Técnico de la Región de Valparaíso.
4”, El ICE de la DIA del proyecto “Modificación Mina El Turco, Sector Turco Norte” de fecha 04 de mayo de 2018.
5”. El acuerdo adoptado en la Sesión Ordinaria N? 9 de la Comisión de Evaluación de la Región de Valparaíso de fecha 14 de mayo de 2018.
6”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de la DIA del proyecto “Modificación Mina El Turco, Sector Turco Norte”.
7”. Lo dispuesto en la Ley N 19,300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante, RSEIA); la Ley N 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución DD.PP. N 109, de 30 de Junio de 2015 que nombra titular en el Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Valparaíso, como Director Regional a don Alberto Acuña Cerda; y la Resolución N 1600, del 30 de octubre de 2008, de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.
CONSIDERANDO:
1?. Que, Minera Las Piedras Limitada (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante, SEIA) la DIA del proyecto “Modificación Mina El Turco, Sector Turco Norte” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Minera Las Piedras Limitada.
RUT 78.429.990-2
Domicilio Av. Vitacura N? 2.909 of. 911, Santiago. Teléfono +56 2 22906550
Nombre del representante legal Carlos Roberto Pesce Martínez.
RUT del representante legal 8.547.386-—7
Domicilio del representante legal Ay. Vitacura N? 2.909 of. 911, Santiago. Teléfono del representante legal +56 2 22906550
Correo electrónico del Titular o representante legal | rpesce(Dinv-elalto.cl
- Que, conforme se indica en el ICE de fecha 04 de mayo de 2018, el Director Regional de la Región de Valparaiso ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto:
1 de 57
-
Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable;
-
Cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales
Mixtos señalados en los artículos 137, 146, 148, 149 y 156 del RSEIA. + No genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental, y;
- El Titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados
de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones, asociados a la evaluación de la DIA del proyecto.
3”. Que, en Sesión Ordinaria N? 9 de fecha 14 de mayo de 2018, la Comisión de Evaluación de la Región de
Valparaiso acordó calificar favorablemente el proyecto “Modificación Mina El Turco, Sector Turco Norte”,
aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 04 de mayo de 2018, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del RSEIA, se
excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4*. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se
indica:
4.1. Antecedentes generales del proyecto o actividad
Objetivo general
El proyecto tiene por objetivo normalizar el área de explotación de la mina El Turco, de acuerdo a lo establecido en el Plan de Cumplimiento aprobado mediante Resolución Exenta N 5/Rol D-003-2014 del 23/10/2015 de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), sometiendo a evaluación de impacto ambiental el proceso de explotación que se desarrolló al margen de las Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto: RCA N 131/2005 y 157/2009 de la Comisión Regional del Medio Ambiente (COREMA) y RCA N? 127/2016 de la Comisión de Evaluación, todas de la Región de Valparaiso, caracterizándolo especialmente en base a registros históricos disponibles para el área. Por lo tanto, mediante la presente DIA se somete a evaluación ambiental:
» La ampliación de la explotación de la mina 5,4 hectáreas.
- Adicionalmente la ampliación de un área circundante, de 1,4 ha que permitirá incorporar el sector explotado a las acciones de cierre general de la faena minera, lo que sumado a la ampliación daría un total de 6,8 hectáreas
» Eliminación total del impacto por transporte de mineral de camiones pasando por el poblado de El Turco.
» Modificaciones operacionales y de cierre evaluadas y aprobadas para los Sectores Turco Sur y Sofía 2, de la misma mina, que quedarán extensibles al Sector Turco Norte con ampliación incluida, para su asimilación y uniformidad en su aplicación para todos los sectores de la faena.
Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones
El proyecto corresponde a una modificación del EIA “Mina El Turco” por lo que según se establece en el artículo 8% de la Ley N” 19.300, los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental conforme al artículo 10 de la misma Ley, y artículo 3% del RSEIA, sólo podrán ejecutarse o modificarse previa evaluación de su impacto ambiental.
Particularmente, el proyecto debe someterse al SELA conforme a lo establecido por el artículo 109 letra i) de la Ley N” 19.300 Sobre Bases Generales del Medio Ambiente y literal i.1) del RSEIA.
Junto con lo anterior, el proyecto introduce cambios de consideración en el EIA “Mina El Turco”, según lo dispuesto por el literal g.3, del artículo 2 del RSEIA.
Vida útil
Debido al avance de las obras en la zona intervenida, las cuales fueron desarrolladas en un periodo de 3 años y 11 meses, junto con el tiempo de normalización de la referida zona, se estima un tiempo de ejecución de 10 meses.
La explotación del área intervenida se inició a comienzos del año 2010, y se encuentra detenida desde noviembre de 2013, lo que implicará un aumento de la vida útil en 3 años y 10 meses, lo cual, junto con el tiempo de normalización de la referida zona, se estima un tiempo de ejecución de 10 meses. Lo anterior sumado
al tiempo de vida útil del Proyecto inicial, un total de 4 años y 9 meses más, lo
2 de 57
que, considerando el escenario de una vida útil de 36 años, implicaría una vida útil total de 40 años y 9 meses (RCA N? 131/2005 de la COREMA de la Región de Valparaíso que califica ambientalmente el EIA “Proyecto Mina El Turco”).
Una vez obtenida la RCA favorable, se contemplará un plazo de 10 meses adicionales, destinados a completar la explotación detenida, con las acciones mínimas necesarias para dar cumplimiento a las acciones de cierre de la Faena, conforme a su Plan de Cierre, (1.6.2.1 de la DIA)
En cuanto a la fecha de inicio de las modificaciones operacionales, estas se iniciarán una vez obtenida la RCA favorable al Proyecto y se llevarán a cabo durante toda su vida útil.
Monto de inversión
USD $180.000.-
Gestión, acto o faena mínima, que da cuenta del inicio de la ejecución del proyecto de modo ininterrumpido, sistemático y permanente, para efectos de la caducidad de la RCA
El acto que dará cuenta del inicio de la ejecución de la fase de construcción del Proyecto, de forma ininterrumpida, sistemática y permanente, corresponderá al rescate de fauna protegida. Dicha actividad de rescate será iniciada en el plazo que se informe al Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de Valparaíso.
Proyecto o actividad se | Si | No
desarrolla por etapas X
Proyecto o actividad | Si| No | El proyecto modificará el EIA “Mina El Turco”, aprobado mediante modifica un proyecto o Xx RCA N* 131/2005, y la DIA “Modificación Mina El Turco, Sectores actividad existente Turco Sur y Sofía 2”, aprobada por RCA N? 127/2016.
Proyecto modifica | Si_ | No__ | Los aspectos a modificar se detallan en la Tabla 1-5 de la DIA y, en otra(s) RCA general, consistirán en lo siguiente:
-
Ampliar la superficie de la explotación considerada inicialmente en el EIA “Mina El Turco” RCA 131/2005, en 6,8 hectáreas, considerando lo ya extraído más la zona de normalización.
-
Homologar aspectos operacionales en materia de maquinaria, transporte, monitoreo, en el EIA “Mina El Turco” RCA 131/2005.
z% + Homologar aspectos operacionales asociados a las acciones de cierre que fueron evaluadas y aprobadas para la DIA “Modificación Mina El Turco, Sectores Turco Sur y Sofía 2” RCA 127/2016. Ello a toda la superficie del sector El Turco Norte y la ampliación indica en el punto anterior.
Todos los demás considerandos se mantendrán tal como fueron
aprobados en el EIA original (RCA N? 131/2005 de la COREMA).
4.2 Ubicación del proyecto o actividad
División político- | El proyecto se ubicará en el sector El Turco, en la comuna de Cartagena, provincia
administrativa de San Antonio, Región de Valparaíso (DIA, Figura 1-2).
Justificación de la | La localización se justifica, dado que el proyecto corresponde a la modificación de
localización un proyecto existente que se emplaza en el sector El Turco y que fue aprobado por RCA N? 131/2005, y posteriormente modificado por RCA N* 127/2016.
Superficie + Área intervenida: 5,4 ha.
. Área normalización: 1,4 ha. » Area Total: 6,8 ha.
El cuadro de superficies del proyecto, tras la modificación, queda como sigue:
Tabla 4.2.1, Cuadro de Superficies.
Sector Anterior (ha) Actual (ha) Turco Norte 2] 28,3 Turco Sur 42,6 42,6
3 de 57
| Sofía2 |
26,3 | Fuente DIA, Tabla 1-4.
26,3 ]
Coordenadas UTM en Datum WGS84
Tabla 4.2.2, Coordenadas del proyecto.
Proyecto Punto Coordenadas WGS84 HUSO 19 S
ESTE (m) NORTE (m) A 269.588 6.286.104 o. B 269.706 6.286.347 a Inicial Sector Turco C 269.997 6.286.361 D 270.277 6.285.836 E 270.081 6.285.651 A 269.934 6.286.334 B 270.004 6.286.501 Zona (0 270.089 6.286.543 ificació Intervenida D 270.147 6.286.496 a a E 270.168 6.286.279 Turco Sector E 270.109 6.286.169 Pates Norte A 269.866 6.286.299 Zona de B 269.908 6.286.430 Normalización € 270.192 6.286.164 D 270.208 6.286.352 E 270.184 6.286.450
Fuente DIA, Tabla 1-2.
Caminos o vías de
acceso
El acceso al sector Turco Norte se realizará desde el enlace Malvilla-Casablanca (Ruta F-962-G) por la Autopista El Sol, utilizando la vía caletera norte de la autopista (camino de tierra), en dirección al oriente, por una extensión de 2,7 km hasta empalmar con la ruta G-952 en la localidad de San Martín. Desde este punto se transita por esta ruta (camino público de tierra) en dirección nororiente 4,2 km, hasta empalmar con la ruta G-950, continuando por esta ruta por 1,6 km hasta acceso a Planta de Tratamiento, y Sector Turco Sur.
Desde el Sector Turco Sur se accede al Sector Turco Norte, atravesando el camino público Ruta G-952 en el punto de coordenadas UTM N 6.286.264 y E 269.663 WGS 84, Huso 19.
Referencia al expediente
de evaluación de los mapas, georreferenciación e información
complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones
DIA, Capítulo L, numeral 1.3; Figura 1-3.
4.3. Partes, obras y acciones que componen el proyecto.
Tabla 4.3.1. Partes, obras y acciones que componen el proyecto.
Habilitación de caminos
La expansión del proyecto sobre el área no evaluada, contempla la construcción de un camino de conexión que permite tener acceso al área intervenida (DIA, Figura 1-3).
Mejoramiento de caminos
Mejoramiento de la huella existente en la zona evaluada del Turco Norte de 256 m de longitud aproximadamente.
Se contempla la pavimentación de 300 m de la Ruta G-950. (Adenda,
aguas lluvias
Pavimentación numeral 35). En Adenda, Anexo C se presentan las especificaciones técnicas de las , soluciones para el manejo de las aguas lluvias, en donde se recomienda la Canales interceptores de
construcción de canales interceptores de las mismas en el sector oriente del área de normalización de la mina, con el propósito de evitar que las aguas lluvias ingresen a la mina.
4 de 57
El proyecto y sus partes u obras no generarán escorrentías que pudieran afectar a las viviendas emplazadas en el entorno cercano al proyecto, pues se encuentra en la parte alta del sector de lomajes, por lo que la superficie destinada a la captación y desvío de las aguas lluvias será muy acotada, en el caso del sector asociado a la cuenca norte la superficie captada será de 0,0055 km?, que equivalen a un 0,34% de la superficie total de la cuenca norte (1.61 km?), y en el caso de la cuenca sur la superficie a captar los escurrimientos será de 0.0462 km? de un total de 0.62 km?, lo que equivale a un 7,42% de la cuenca sur. Con dicha información se diseñaron los canales interceptores, que se presentan en la Adenda, Anexo C.
(Adenda, numeral 2)
Habilitación áreas de extracción
Cada frente de trabajo está compuesto por el área de extracción y caminos de acceso a estos frentes, y a los sectores de acopio definidos conforme a Programa Anual de Áreas para Cierre,
La habilitación se realizará (como fue definida en el Proyecto inicial), de forma paralela y complementaria a la extracción del frente de explotación sobre el que se estará trabajando y su ejecución estará en directa relación con los requerimientos de mercado.
En relación al área excedida aledaña al sector el Turco Norte, esta se encuentra habilitada y presenta una superficie de 5,4 ha, la cual deberá ampliarse en 1,4 ha. De esta manera el área de extracción operativa a ser utilizada alcanzará un área de 6,8 ha.
Movimientos de tierra
Remoción de estériles y de la capa vegetal, la que será dispuesta en lugares establecidos para su posterior utilización en la etapa de Cierre.
Proceso de extracción
Se llevará a cabo según lo planteado en el Proyecto inicial, con 3 actividades:
+» Preparación.
» Arranque o Extracción.
» Carguío y Transporte.
Transporte del mineral
Los flujos de transporte vehicular relacionados con el área intervenida fueron entre 4 a 8 camiones, bajo 64 viajes diarios en periodos de máxima productividad, conforme a operación regular aprobada. Los flujos vehiculares asociados a la etapa de normalización del área, continuarán con el mismo sistema.
Mantención
Las mantenciones de maquinaria y de equipos se llevarán a cabo en talleres externos autorizados por la autoridad sanitaria competente.
Se implementará supresor de polvo en los caminos externos.
Estabilización de taludes
Estabilizar los taludes resultantes de la explotación desde el punto de vista físico.
Acondicionamiento perímetro y bancos
Compactación y/o nivelación y habilitación de redes de drenaje.
Drenaje de aguas lluvias
Se acondicionará el perímetro de manera de permitir el escurrimiento rápido de las aguas, evitando así las infiltraciones y anegamientos, que no ingresen a los frentes de extracción, y no provoquen erosiones en las áreas remodeladas, mediante la utilización de un equipo de compactación.
Cercado
Para evitar el ingreso de personas o animales a las áreas explotadas, se procederá al cercado perimetral.
5 de 57
Cerco vivo
Cerco vivo en torno al perímetro de cada una de las áreas productivas, con vegetación arbórea de crecimiento sobre los 5 m y vegetación arbustiva.
Reforestación
El 50 % del terreno podrá ser reforestado con especies arbóreas nativas o introducidas (densidad de 1.000 plantas/ha.) El área restante será trabajada con especies arbustivas y pastos rústicos.
Aplicación de guano
Mejorar el contenido de materia orgánica del suelo, mediante la aplicación de guano (proveniente de fundos cercanos) al suelo con contenido de materia orgánica (escarpe o tierra vegetal) y no a los estériles de descarte de la explotación.
Cierre áreas explotadas
El cierre de las áreas explotadas se establecerá mediante un Programa Anual de Áreas para Cierre, que precisará, con coordenadas UTM, las áreas a cerrar en el año siguiente considerarán las siguientes acciones de cierre (AC), según corresponda:
- Medidas de Seguridad o control de Acceso.
» Relleno y reperfilamiento a Condición de Lomajes.
-
Acopio y Aplicación y/o Mejoramiento de Suelo Vegetal. » Generación de Cobertura Vegetal.
-
Drenaje aguas lluvia para acondicionar.
-
Construcción de Cerco Vivo.
-
Retiro y Limpieza.
Desmantelamiento equipos
Se retirarán del área todos los equipos, insumos remanentes € infraestructura general utilizada.
Restauración geoforma
Los movimientos de tierra, y trabajos de estabilización y acondicionamiento se realizarán buscando remodelar el terreno hacia una condición de lomajes, característicos de las inmediaciones del proyecto.
Prevención de futuras | Se limpiarán totalmente las áreas de explotación de residuos, para llevarlos
emisiones a vertederos autorizados o puntos de recogida municipal. Las áreas de buen drenaje serán reforestadas, o en su defecto se utilizarán 6 para otro uso que sea compatible con el medio. En las áreas expuestas a Mantención
erosión, en las cuales no sea posible reforestar, o que no se le asigne otro uso compatible, se contempla la plantación de pastos rústicos.
Fuente: ICE, Tabla 4.2 Partes, obras y acciones del proyecto.
4.3.1. Fase de construcción
Habilitación La expansión del proyecto sobre el área no evaluada, contemplará la construcción de un Camino (DIA, 1.5) | camino de conexión que permite tener acceso al área intervenida (DIA, Figura 1-3).
En
a)
b)
Este camino comienza en la zona evaluada del Turco Sur, cruzando el camino público G- 952, mejorando la huella existente en la zona evaluada del Turco Norte.
Longitud: 256 m aproximados;
Ancho Máximo 8 m.
Superficie total de 2.048 m?.
Material: Carpeta Granular (e=20 cm) compactada.
la habilitación de este acceso se realizará principalmente emparejamiento y
compactación de la superficie de suelo. Se requerirá:
Material: 1228,8 mó de material para la plataforma, y 450,6 m* de material para la carpeta granular.
En cuanto a maquinaria, se requerirá de una retroexcavadora, camiones, motoniveladora, rodillo compactador y camión aljibe.
6 de 57
Se implementará supresor de polvo, tales como sales y cloruros, polímeros sintéticos, productos electroquímicos, orgánicos no bituminosos o bituminosos.
Camino Nuevo:
Longitud: 188 m aproximados;
Ancho Máximo 8 m.
Superficie total de 1.504 m?,
Material: Carpeta Granular (e=20 cm) compactada.
En la Tabla AD1-1 de la Adenda, se presentan las especificaciones técnicas de los caminos interiores y en la Figura AD1-1 se presenta un plano donde se aprecia el camino a mejorar y el camino a ejecutar.
Los requerimientos necesarios para la construcción y habilitación del nuevo camino se traducen en la materialización de las siguientes obras físicas:
a)
b)
d)
Roce, despeje y limpieza: Remoción de toda la maleza, vegetación y todo material objetable que se ubique dentro del lugar donde se emplazará el camino. La limpieza comprende además la eliminación de ramaje aéreo, tocones y el retiro de cualquier desecho, escombro u otro material en desuso que se encuentre dentro del área prescrita, cualquiera sea su procedencia. Por ningún motivo o circunstancia se despejará por el sistema de roce a fuego, ni siquiera mediante quema controlada; tampoco se permitirá el uso de herbicidas. No se podrá cortar los árboles y plantas, para erigir instalaciones provisorias, ni para habilitar zonas de botadero o yacimientos de materiales, ni siquiera para facilitar las labores de construcción.
Excavación de escarpe: Extracción y retiro de la capa superficial del suelo natural, constituido por terreno vegetal, en aquellas áreas donde se apoyarán nuevos terraplenes o ensanches de existentes. El espesor de escarpe será a lo más de 0,30 m. El material excavado, producto de las operaciones de escarpe, se dirigirá al sector de acopio de tierra vegetal para faenas de cierre que posee la Mina El Turco. El sello de las excavaciones de escarpe se perfilará superficialmente de manera de obtener una superficie relativamente plana y paralela al eje del camino, y con una pendiente transversal de 2% hacia el exterior de la excavación, según las condiciones del terreno.
Relleno: Construcción de todos los terraplenes para conformar la plataforma del camino. Los terraplenes y ensanches existentes deberán construirse con material inorgánico, libre de materia vegetal, escombros, basuras, materiales congelados, terrones, trozos de roca o bolones degradables o deleznables o trozos cementados de tamaño superior al especificado. Terminada la preparación de la subrasante, se procederá con la colocación de la carpeta granular. Este se extenderá sobre la plataforma del camino, debiendo quedar el material listo para ser compactado sin necesidad de mayor manipulación para obtener el espesor, ancho y bombeo deseado. La carpeta granular deberá construirse por capas y se considerará un espesor compactado de al menos 0,20 m. El material extendido deberá ser de una granulometría uniforme, no debiendo presentar bolsones o nidos de materiales finos O gruesos.
Perfilado y Compactación: Una vez extendido el material, éste deberá perfilarse y compactarse mediante la utilización de una motoniveladora y rodillo preferentemente del tipo vibratorio. El perfilado consistirá en dejar las pendientes adecuadas (incluido el bombeo lateral) para permitir el escurrimiento de las aguas lluvias hacia fuera del camino, para evitar su deterioro. A su vez, el rodillo deberá progresar en forma gradual desde el punto bajo de los costados hacia el centro de la vía en construcción, traslapando cada pasada con la precedente en por lo menos la mitad del ancho del rodillo. El material se deberá compactar hasta que se haya asentado y estabilizado enteramente.
La maquinaria considerada para la construcción y habilitación del camino es la siguiente:
7 de 57
1] Excavadora.
1 Motoniveladora.
1 Rodillo compactador. 4 Camiones tolva.
El horario en que se realizarán las faenas será entre las 07:00 horas y 23:00 horas de lunes a sábado.
Mejoramiento de caminos existentes
Mejoramiento camino existente
.
Longitud: 256 m aproximados.
Ancho Máximo 8 m.
Superficie total de 2.048 m?.
Material: Carpeta Granular (e=20 cm) compactada.
Material: 1228,8 m* de material para la plataforma, y 450,6 mé de material para la carpeta granular.
Maquinaria: se requerirá de una retroexcavadora, camiones, motoniveladora, rodillo compactador y camión aljibe.
a)
b)
d)
Roce, despeje y limpieza: Esta actividad consistirá en la remoción de toda la maleza y/o vegetación y todo material objetable que se ubique dentro de la faja del camino antiguo existente y su ensanche y regularización a 8 metros, como del tramo de camino nuevo, del mismo ancho. La limpieza comprende además la eliminación de ramaje aéreo, tocones y el retiro de cualquier desecho, escombro u otro material en desuso que se encuentre dentro del área prescrita, cualquiera sea su procedencia.
Excavación o escarpe: Esta actividad consistirá en la extracción y retiro de la capa superficial del camino existente, o de suelo natural en aquellas áreas donde éste se ensancha para alcanzar los 8 metros, así como en el tramo de camino nuevo. El espesor de escarpe será a lo más de 0,30 m.
El material excavado del camino existente será dirigido a los acopios de material estéril de la mina, mientras que el suelo natural excavado producto de las operaciones de escarpe, se dirigirá al sector de acopio de tierra vegetal para faenas de cierre que posee la Mina El Turco.
El sello de las excavaciones de escarpe se perfilará superficialmente de manera de obtener una superficie relativamente plana y paralela al eje del camino, y con una pendiente transversal de 2% hacia el exterior de la excavación, según las condiciones del terreno.
Relleno: Esta actividad comprende la construcción de todos los terraplenes para conformar la plataforma del camino, la que se construirá con material inorgánico, libre de materia vegetal, escombros, basuras, u otros materiales degradables o deleznables que afecten la solidez del relleno.
El perfil del relleno del camino estará compuesto de una capa de material granular mediante el cual se llegará a la subrasante y sobre esta se instalará la carpeta granular se construirá por capas y se considera un espesor compactado de al menos 0,20 m. El material extendido será de una granulometría uniforme, no debiendo presentar bolsones o nidos de materiales finos o gruesos.
Terminada la preparación de la subrasante, se procederá con la colocación de la carpeta granular. Este se extenderá sobre la plataforma del camino, debiendo quedar el material listo para ser compactado sin necesidad de mayor manipulación para obtener el espesor, ancho y bombeo deseado.
Perfilado y Compactación: Una vez extendido el material, éste se perfilará y compactará mediante la utilización de una motoniveladora y rodillo preferentemente del tipo vibratorio. El perfilado consistirá en dejar las pendientes adecuadas hacia fuera del camino (bombeo lateral), para evitar su deterioro. A su vez, el rodillo
8 de 57
deberá progresar en forma gradual desde el punto bajo de los costados hacia el centro de la vía en construcción, traslapando cada pasada con la precedente en por lo menos la mitad del ancho del rodillo. El material se deberá compactar hasta que se haya asentado y estabilizado enteramente.
El horario en que se realizarán las faenas será entre las 07:00 horas y 23:00 horas de lunes a sábado.
Adenda, Anexo E, Figura 7.
Suministros Agua, Alcantarillado, Energía eléctrica: Serán proporcionados por las instalaciones de la básicos (ICE, | Planta de El Turco, que cuenta con todas sus instalaciones regularizadas. Tabla 4.5.2)
Combustible: La recarga de combustible para maquinaria se realizará fuera de la faena en lugares autorizados.
Material estabilizado: El abastecimiento del material estabilizado será por medio de camiones que cumplan con los requisitos legales para ello.
Recursos naturales
Suelo: El recurso que será extraído corresponde al suelo, donde se intervendrá una superficie de 3.552 m* correspondiente al mejoramiento del camino existente y el camino nuevo.
En las áreas de explotación previo a su intervención se realizan las etapas de retiro de capa vegetal y luego retiro de estériles (para ser utilizados posteriormente en las faenas de cierre), momento en el cual se interviene el suelo de estas áreas. Posteriormente todo el movimiento de tierra asociado a la etapa de operación (explotación), se realiza al interior de la mina sobre material estéril y sobre el material explotable (arena silícea), por lo que no existe un efecto o nueva intervención sobre suelo vegetal. Los acopios de capa vegetal y de estériles que se utilizan posteriormente en los procesos de cierre (perfilamientos de lomajes, incorporación de capa de suelo vegetal para su posterior revegetación), son emplazados sobre áreas ya explotadas. Según se describe en el numeral 5.2.1 del ICE,
Vegetación: Para la habilitación del camino nuevo, se contempla el despeje de vegetación, para lo cual se realizó la solicitud del permiso para la corta de plantaciones en terrenos de aptitud preferentemente forestal (Anexo E.4, PAS 149 de la DIA).
renovables (ICE, Tabla 4.5.3) Emisiones y efluentes (ICE, 4.5.4)
Emisiones a la atmósfera (ICE, Tabla 4.5.4.1)
Durante la fase de construcción del Proyecto se generarán emisiones atmosféricas asociadas a las actividades de escarpe, movimiento de tierra, tránsito de maquinaria y combustión de maquinaria.
En Anexo D de la Adenda, se presenta estimación de emisiones a la atmósfera, que contempla la habilitación y construcción del camino de conexión que permite tener acceso al área del proyecto.
Las emisiones atmosféricas generadas por la habilitación y construcción de 444 m (256 m de habilitación + 188 m de construcción) del camino de acceso a la Mina Turco Norte, se resumen en la tabla que se muestra a continuación. De ella se puede observar que las emisiones serán de baja consideración y no representarán un incremento considerable a las ya generadas por el proyecto.
Tabla 4,3.1.1, Resumen de Emisiones de MP y Gases de la Construcción del Acceso a la
Mina Turco Norte. Emisiones Atmosféricas fase de construcción (t/año) co | HC | sox | Nox | MP2s | MP1 | MPas | MPro Comb Comb Resup Resup 0,054 | 0,024 | 0,021 | 0,250 | 0,017 | 0,019 | 0,013 | 0,083
9 de 57
Fuente: Adenda, Tabla AD1-10.
El tiempo de duración de las actividades de construcción será de 2 semanas, 6 días a la semana, 12 días en total.
Supresor de polvo El Titular propone implementar las siguientes medidas para minimizar dichas emisiones:
-
Como medida de abatimiento de emisiones, para esta actividad en particular, se consideró la humectación mediante riego por camión aljibe. Una vez construido el camino se aplicará un supresor de polvo, para la operación de la mina.
-
Todos los vehículos y maquinaria utilizados en las faenas de extracción y transporte tendrán sus mantenciones y revisión técnica al día, según corresponda.
+» La velocidad de circulación de los vehículos se encuentra limitada a 30 km/h en las vías interiores del recinto.
Se pavimentarán 300 metros de la Ruta G-950, y se aplicará un supresor de polvo como medida adicional para el control de polvo en todas las vías internas del proyecto.
Que, por acuerdo adoptado en la sesión de la Comisión de Evaluación del 14 de mayo de 2018, una vez definido el tramo a pavimentar, previo al inicio de la fase de construcción se deberá presentar las coordenadas UTM WGS 84, Huso 19, del punto de inicio y término de cada uno de los caminos que será intervenido, construido y/o se aplicará humectación o supresor de polvo, lo cual será informado a la SMA.
Emisiones líquidas (ICE, Tabla 4.5.4.2)
» Aguas Servidas
Se generarán 0,36 m' al mes de este tipo de residuos, durante la construcción del camino, producto de las mantenciones del baño químico que consideran el recambio del
contenido del estanque (180 litros) una vez por semana, por dos semanas.
Las aguas servidas del baño químico provenientes del módulo tráiler/baño serán retiradas por una empresa autorizada y derivadas a lugar de disposición final autorizado.
- Residuos Industriales Líquidos (RILes): No se generarán RILes. Ruido (ICE, Tabla 4.5.4.3; Adenda, Anexo E). Horario de faena: de 07:00 a 23:00 horas de lunes a sábado. Niveles de ruido estimados en puntos receptores-Fase de Construcción
Tabla 4.3.1.2, Evaluación normativa periodo diurno.
Punto NPS Límite ¿Cumple Construcción máximo norma? dBA diurno dBA RI 30 58 Si R2 44 54 Si R3 33 47 Si R4 31 53 Si R5 39 49 Si R6 44 54 Si
Fuente: Adenda, Anexo E.
Tabla 4.3.1.3, Evaluación normativa periodo nocturno.
Punto NPS de fondo | NPSeg + 10 dB Límite ¿Cumple Construcción dBA nocturno norma? dBA Zona UI dBA Ri 44 54 50 Si
10 de 57
R2 36 46 50 Si R3 32 42 50 Si R4 34 44 50 Si R5 38 48 50 Si R6 35 45 S0 Si
Fuente: Adenda, Anexo E.
Vibraciones
Los niveles de velocidad de vibración se evalúan según el criterio establecido en la FTA, la cual establece que para receptores en Categoría 3 un límite de 0,2 pulgadas/s como velocidad máxima de partículas para daño estructural para construcciones livianas de madera y edificios de mampostería, lo que además coincide con los criterios establecidos en la Guía “Transportation and Construction Vibration” (Caltrans), donde se establece que niveles sobre 0,2 pulgadas/s se generan vibraciones molestas, lo que podrá ocasionar posibles daños sobre la salud de las personas.
Tabla 4.3.1.4, Evaluación de niveles de vibración — Fase de Operación.
Punto PPV PPV ¿Cumple [pulgadas/s] Máximo norma? [pulgadas/s]
RI 0,0006361 0,2 Si R2 0,0050622 0,2 Si R3 0,0006428 0,0006428 Si R4 0,0003208 0,0003208 Si RS 0,0001937 0,0001937 Si R6 0,0009103 0,0009103 Si
Fuente: Adenda, Anexo E, Tabla 21.
Residuos,
productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
Residuos Sólidos Domiciliarios y Asimilables (ICE, numeral 4.5.5)
Envases y envoltorios de los alimentos que consumirán los trabajadores durante la construcción del camino: 26 kg/periodo (2 kg/día) * 13 días de construcción del camino.
Estos residuos serán recolectados y transportados diariamente a los contenedores de 200 L y 300 L existentes en la Planta de Tratamiento de Arenas Silíceas El Turco aprobada ambientalmente por RCA N* 157/2009, desde donde serán transportados diariamente a la localidad de El Turco, donde serán depositados en los recipientes municipales dispuestos para el acopio de basura, para luego ser retirados por la empresa de recolección que presta servicios en la zona, para luego ser derivados a un lugar de disposición autorizado.
(Adenda Complementaria, Fichas Tabla AD1-4).
No se generarán residuos peligrosos.
El Proyecto no considerará la utilización de productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
ICE, numerales 4.2 y 4.5.
4.3.2. Fase de operación
Habilitación de áreas de Extracción
La habilitación de los frentes de extracción en el área intervenida se desarrolló progresivamente desde principios de 2010 a noviembre de 2013, y consideró el escarpe de la capa vegetal y remoción del material estéril de sobrecarga (Como se estableció en el proceso de fiscalización y sanción Rol D-003-2015 y D-027-2015, el avance de la explotación comenzó a principios del año 2010, y se suspendió en noviembre del año 2013, fecha desde la cual se ha mantenido detenida).
11 de 57
Para junio del año 2013 la zona excedida llega al límite de intervención, ocupando 5,4 ha, dando lugar a la paralización de sus actividades en noviembre del mismo año.
Cada frente de trabajo está compuesto por el área de extracción y caminos de acceso a estos frentes, y a los sectores de acopio definidos conforme a Programa Anual de Áreas para Cierre.
La habilitación se realizará (como fue definida en el Proyecto inicial), de forma paralela y complementaria a la extracción del frente de explotación sobre el que se estará trabajando y su ejecución estará en directa relación con los requerimientos de mercado.
En relación al área excedida aledaña al sector el Turco Norte, esta se encuentra habilitada y presenta una superficie de 5,4 ha, la cual deberá ampliarse en 1,4 ha. De esta manera el área de extracción operativa a ser utilizada alcanzará un área de 6,8 ha.
Para Turco Norte se contempla la instalación de un módulo tráiler/baño prefabricado de 3 m2 de superficie aproximada, que contempla un panel solar incorporado en el techo exterior del mismo como solución de abastecimiento de energía para iluminación de una ampolleta Led, que se irá desplazando conforme vayan cambiando los frentes de trabajo en cada uno de los distintos sectores.
En cuanto al comedor para el personal de la Mina El Turco, este utilizará las instalaciones que se encuentran disponibles para dicho propósito en la Planta de Tratamiento de Arenas Silíceas de El Turco. En los frentes de trabajo no existirán duchas, el personal de la Mina que lo requiera utilizará las duchas de la Planta de Tratamiento mencionada
Movimientos de Tierra
La habilitación considera movimientos de tierra asociados a la remoción de estériles y de la capa vegetal, la que será dispuesta en lugares establecidos para su posterior utilización en la etapa de Cierre.
Para el despeje de material y remoción de carga incluida en la habilitación de las áreas de extracción de Turco Norte, se utilizará una Excavadora CAT — 329 o similar y un Cargador Frontal Komatsu modelo WA320-6 o similar
De acuerdo a las estimaciones realizadas, (DIA, Anexo G, el sector a regularizar presentaba una cobertura superficial (estériles) de 346 mil toneladas, y 40.400 mf? de suelo vegetal. Ahora la zona a ser normalizada presenta cobertura de suelo vegetal de 7.020 m* y de 108.630 toneladas de material estéril.
Mineral extraído Tabla 4.3.2.1, Cantidad de material extraído (2010 — 2013). 2010 - noviembre Cantidad mé Toneladas 2013 (DIA, Arenas 513.000 872.100 numeral 1.6.7.1) Estériles 203.500 346
Capa Vegetal 40.400 68,7 MT
Fuente: DIA, Tabla 1-7,
Durante el periodo de transporte de material desde el año 2010 al año 2013, se realizó considerando las medidas señaladas en la RCA 131/2005, se humectaron las superficies transitadas, los camiones transitaron con carga cubierta y se limitó la velocidad de circulación en caminos interiores a 25 km/h.
Proceso de Extracción
Se llevará a cabo según lo planteado en el Proyecto inicial, con 3 actividades:
+= Preparación,
Preparación
La preparación del área excedida se realizó de acuerdo a las características de la metodología indicada en el EIA inicial (RCA 131/2005, Considerando. 4.9.2.1). El yacimiento fue identificado en su totalidad cerca de la superficie del terreno, con una sobrecarga variable que corresponde fundamentalmente a la capa vegetal existente en el lugar, más las intercalaciones de gravas arenosas y arcillas identificadas en los muestreos y sondajes realizados durante las campañas de investigación geológica. La Preparación consiste en la remoción de esta sobrecarga (pre-stripping), lo cual se realiza utilizando el mismo equipo de carguío de producción, razón por la cual dicha operación no se realiza
12 de 57
Arranque Extracción, Carguío Transporte.
(0)
y
simultáneamente con la extracción, sino que, de manera secuencial, según los niveles de producción de la mina.
En la Preparación, el equipo se desplaza hasta la superficie del terreno en el sentido de avance de la explotación, y remueve la capa estéril cargándola en camiones. Esta operación se hace aproximadamente cada 20 días, dependiendo de la demanda de mineral que se tenga.
Los estériles de la mina provienen de la sobrecarga retirada en la Preparación y de las intercalaciones existentes entre las capas de Arenas Andinas y Arenas Costeras. Los estériles de sobrecarga se depositan en la zona ya explotada conforme a Programa Anual de Áreas para Cierre y los estériles de intercalación necesariamente son extraídos junto con el mineral ocasionando dilución de la ley.
Sin embargo, el área a ampliar, requerirá de un conjunto de trabajos que permitan un acceso seguro al rajo y al sector excedido, ellos serán:
- Relleno y nivelación de accesos.
- Construcción, Perfilamiento y Normalización de rampas y caminos. » Implementación cunetas desviadoras de agua de lluvias,
La etapa de Preparación para la normalización del rajo, consistirá en el retiro de todo el material de suelo vegetal, para luego construir la plataforma de carguío, cuyas dimensiones deben permitir en forma segura el giro de los camiones en la parte alta del rajo. Se construirá en la parte baja de la rampa un sector de espera de camiones vacíos, para que una vez que el camión deje el sector de carguío, pueda subir el siguiente para ser cargado.
La excavadora perfilará el borde del banco a arrancar con el fin de asegurar su estabilización dado el alto grado de erosión que actualmente presentan, dejando el pretil de seguridad de 3 metros. Luego preparará la zona de giros y posicionamiento del camión para el carguío. Debe considerar un área tal, que el camión realice sólo una maniobra de giro (un cuarto de vuelta) y posterior retroceso al lugar de carguío.
Arranque o Extracción Material a extraer para normalizar la faena.
Tabla 4.3.2.2, Cantidad de material a extraer,
Cantidad mi Toneladas Arenas 189.310 312.827 Estériles 63.900 108.630 Capa Vegetal 7.020 11.934
Fuente: DIA, Tabla 1-8.
Durante la Fase de Operación se estima que el mineral total extraído desde todo el sector El Turco Norte (evaluado anteriormente más ampliación), será del orden de los 4,4 millones de toneladas aproximadamente (DIA, 1.6.7.2).
El arranque o extracción del área excedida fue preparada de acuerdo a las características de la metodología indicada en el EIA inicial.
El método de extracción de material consistirá en el arranque bancos de 3 metros de altura, para lo cual la excavadora trabajará sobre el banco de extracción para cargar los camiones.
La pared final se materializará con bancos dobles, dejando bermas de seguridad de 5 metros. Se comenzará con el arranque de un nuevo banco, sólo una vez que se haya agotado el arranque del banco anterior en toda su extensión y el talud final del banco se haya perfilado en 70%,
Debido a la extrema cercanía de las arenas con la superficie, su extracción se realizará mediante una explotación a rajo abierto. La extracción en el proceso de normalización en
13 de 57
el Sector Norte, será mecanizada con excavadora - camión y se ejecutará en sentido descendente.
El arranque debe mantener en todo momento la cara del banco con un ángulo de 70? y ancho operación de a lo menos 10 metros, de tal forma que los camiones puedan maniobrar adecuadamente y con seguridad.
El equipo de arranque trabajará sobre el banco superior con respecto a los camiones.
Carguío y Transporte
» Periodo 2010-2011
El trayecto del material fue el mismo que el identificado en la RCA 131/2005 de la COREMA, Región de Valparaiso, es decir la circulación de los camiones hacia las Planta de Tratamiento San Sebastián.
- Periodo 2011-2013
El trayecto del transporte del material, se realizó en un 80% hacia la nueva Planta El Turco y el resto hacia La Planta El Peral, eliminándose el flujo vehicular de camiones de carga por el poblado rural El Turco, dando salida por la ruta G-950 (DIA, Figura 1-7).
» Proyecto en evaluación
Las operaciones de Carguío y Transporte se realizarán mediante una combinación de cargador frontal y retroexcavadora, con camiones tolva convencionales, lo cual permitirá variar el ritmo diario dependiendo de las condiciones de demanda existente.
Para Turco Norte, el equipo de carguío consistirá en un Cargador Frontal Komatsu modelo WA320-6 y una Excavadora CAT — 329, o similares, aunque esta última se utilizará también para algunos trabajos de apoyo tales como despeje de material, sondeos y remoción de sobrecarga, entre otros.
El cargador frontal Komatsu modelo WA320-6 poseerá las siguientes especificaciones principales de operación:
- Capacidad de cucharón de 2.8 m* (3.7 yd?).
- Ancho igual a 2.590 mm;
- Altura libre de volteo a pleno levantamiento y descarga a 45" igual a 2.130 m.
La Excavadora CAT = 329 poseerá las siguientes especificaciones principales de operación:
- Capacidad de balde de 1,1 m? (1,44 yd?).
- Profundidad de excavación máxima de 14.620 mm.
- Altura de carguío máxima de 12.735 mm.
Para el transporte, la mina cuenta con 4 camiones de carretera que poseen las siguientes especificaciones principales de operación: Capacidad 20 m' (30 t) de cuatro ejes.
En momentos de alta producción se aumentará la cantidad de camiones para cubrir la demanda, para la que se necesitará un máximo de 64 viajes/día, en estas situaciones se arrendarán camiones suficientes y de iguales características a empresas del mercado, que cuenten con vehículos con permisos de circulación al día, y cuyos choferes cuenten con su licencia de conducir también al día. El flujo máximo diario no superará los 64 viajes/día.
Los equipos de mayor envergadura que operarán en el rajo serán los camiones, en función de ellos se diseñará el ancho de operación de los bancos de trabajo propuesto en
el Arranque. De esta manera, se tendrá:
- Berma de seguridad = 5 m;
14 de 57
» Anchodecamión =3m; + Holgura =2m
Por lo tanto, el Ancho de operación será de 10 m. El ancho de operación podrá modificarse desde su valor de diseño, cuando las condiciones naturales del terreno así lo justifiquen,
Se considerará una berma de seguridad igual a 5 m (medido desde la pata del banco en operación), debido a que estas arenas silíceas son materiales no consolidados cuya cohesión es muy baja. En el análisis de estabilidad de taludes se comprueba que la curva teórica de falla del talud está comprendida dentro de dicha berma, con un razonable factor de seguridad, por lo que, en condiciones de isotropía del material, cualquier desprendimiento del terreno no afectará a los equipos que operarán montados sobre el banco de trabajo.
Esta configuración de carguío y transporte, otorgará flexibilidad para operar con la altura de banco definida para la mina, y podrá ser modificada (en cantidad y tamaño de equipos) cuando se presenten aumentos sostenidos de la demanda y/o paralizaciones que obliguen a aumentar o recuperar producción, según sea el caso,
Con relación a las pendientes y dimensiones de los caminos y rampas de extracción, se tendrá que:
-
Los caminos internos del rajo tendrán 7 metros de ancho, con pendiente en el sentido transversal de 1% hacia ambos lados.
-
Las rampas de la Preparación (donde transitan los equipos de carguío) tendrán pendientes de 12 a 15%, dependiendo del quipo a utilizar.
-
Las rampas de extracción (donde transitan los camiones) tendrán una pendiente definida de 8%.
Para el manejo de materiales durante faenas de normalización, se considerará lo siguiente;
- Todo el material a trasladar por vías públicas, y que generen dispersión de contaminantes, se transportará en camiones con la tolva cubierta mediante lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería y se exigirá que todos los vehículos utilizados en esta faena se encuentren con sus mantenciones y revisión técnica al día.
» El traslado de los camiones cargados con material desde el frente de extracción hasta la Planta El Turco, contigua, que se realizará por caminos internos, no requerirá mantener la tolva de los camiones con cobertor para la carga. Lo anterior debido a la baja velocidad de movilización, a la corta distancia de recorrido y a la alta humedad del material recién extraído.
» La velocidad de circulación de los vehículos se limitará a 30 km/h en las vías interiores del recinto.
Una vez extraído el mineral desde el sector en explotación y basado en las características que posea el material, será enviado en camiones tolva a los puntos de distribución establecidos, Planta de Tratamiento de Arenas Silíceas El Turco y Planta El Peral.
Flujo Vehicular (DIA, 1.6.7,3)
Los flujos de transporte vehicular relacionados con el área intervenida serán entre 4 a 8 camiones, bajo 64 viajes diarios en periodos de máxima productividad, conforme a operación regular aprobada. Los flujos vehiculares asociados a la etapa de normalización del área, continuarán con el mismo sistema.
En la DIA, Figuras 1-6 e 1-7 se presenta una secuencia de figuras que describen los cambios del trayecto de los camiones desde los frentes de explotación de la Mina El Turco hasta la Planta de Tratamiento de Arenas Silíceas.
Actividades de mantención y conservación (DIA, 1.6.5)
Las mantenciones de maquinaria y de equipos se llevarán a cabo en talleres externos autorizados por la autoridad sanitaria competente.
Las actividades asociadas a la mantención durante la operación de todo el Proyecto, corresponderán a las siguientes:
15 de 57
-
Se implementará supresor de polvo en los caminos externos, tales como sales y cloruros, polímeros sintéticos, productos electroquímicos, orgánicos no bituminosos o bituminosos, en los tramos comprendidos entre la planta y la ruta G-950 (acceso interno) y desde este punto hasta la intersección de la G-950 con la G-952 y 300 metros desde esta intersección por la ruta G-952 hacia el sur, completando de esta manera un total de 2,67 km de camino con esta medida.
-
El plazo de implementación de esta medida será de 30 días contados desde la notificación de la RCA al titular. Si se requiriere mantención del camino, una vez finalizada ésta, se procederá a una nueva aplicación del supresor. La frecuencia con la que se realizarán las mantenciones al camino son cada 2 a 3 meses, por lo que el supresor a aplicar tendrá una vida útil mínimo de 3 meses.
Suministros básicos (ICE, numeral 4.6.2)
Consumo y abastecimiento de agua
Caseta móvil provista de dispensador de agua potable para bebida de los trabajadores, instalada próxima a la faena. El agua será provista por una empresa del rubro utilizando envases de 20 litros, con los requisitos establecidos en la reglamentación vigente sobre la materia.
Servicios higiénicos
Habilitación de módulo tráiler/baño prefabricado de 3 m? de superficie aproximada cercano al operador de la retroexcavadora, por lo que no habrá generación de aguas servidas.
Este módulo sanitario prefabricado, se desplazará por el terreno de la mina conforme a las necesidades del Proyecto para el uso de los trabajadores en los frentes de explotación durante la operación de la mina, y en el cierre de los distintos sectores. En DIA, Anexo K se caracteriza el módulo tráiler/baño.
Las aguas provenientes de las duchas serán tratadas en la planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS) evaluada en la DIA de la Planta de Arenas Silíceas El Turco RCA N?157/2009.
Comedor El personal de la Mina El Turco utilizará las instalaciones que se encuentran disponibles para dicho propósito en la Planta de Tratamiento de Arenas Silíceas de El Turco.
Energía eléctrica
Se utilizará un módulo tráiler/baño prefabricado que contempla un panel solar incorporado en el techo exterior del mismo como solución para el abastecimiento de energía para iluminación de una ampolleta Led en el interior del módulo.
Además, debido a la extensión del horario desde las 07:00 horas hasta las 23:00 horas, para la faena misma no será necesaria la utilización de iluminación, dado que la maquinaria empleada contará con iluminación propia.
Productos Tabla 4.3.2.3, Material removido (periodo 2010 — noviembre 2013). generados (ICE, Cantidad mé Toneladas numeral 4.6.3) Arenas 513.000 872.100 Estériles 203.500 346 Capa Vegetal 40.400 68,7 MT
Fuente: Adenda Complementaria, Tabla AD1-4,
Tabla 4.3.2.4, Material a extraer para normalizar la faena.
Cantidad mé Toneladas Arenas 189.310 312.827 Estériles 63.900 108.630 Capa Vegetal 7.020 11.934
Fuente: Adenda Complementaria, Tabla AD1-4.
Recursos naturales renovables (ICE,
Suelo
16 de 57
numeral 4.6.4)
La ampliación del Proyecto del sector Turco Norte (intervenido más normalización), será del orden de 47.420 m* de suelo vegetal. Los suelos explotados presentaban una capacidad de uso VI, correspondiente a suelos no arables, con serias limitaciones para los cultivos y principalmente destinados a la forestación o ganadería. Sin embargo, si bien consideró la extracción y explotación del suelo, este posee actualmente una capacidad de uso VIII (DIA, numeral 3.6 del Anexo B), correspondiente a suelos improductivos en usos agropecuarios. Estos suelos serán posteriormente mejorados como parte del Programa de Cierre descrito en el numeral 4.7 del presente Informe, por lo tanto, no se espera producto de esta modificación, la pérdida de suelo como base de sustentabilidad de la vida silvestre.
Vegetación
Previo al inicio de la explotación de la zona intervenida, se realizó la corta y despeje de vegetación, para lo que, durante el presente proceso de evaluación, se solicitó el Permiso de corrección para corta de plantaciones forestales en terrenos de aptitud preferentemente forestal (PAS 149) y el Permiso de corrección para corta de Bosque Nativo (PAS 148). Asimismo, para la normalización de la zona intervenida será necesaria la corta de Plantaciones Forestales y de Bosque Nativo, para lo cual también se presentan los respectivos PAS.
Posteriormente se tramitarán sectorialmente los Planes de Manejo Forestal (PMF) ante la Corporación Nacional Forestal (CONAF).
Tabla 4.3.2.5, Superficies de Planes de Manejo Forestal.
Predio Estudio Tipo Rodales Especie Total forestal (ha) Lote A3 (1) PM Exótico R1 Euc. Glob. 0,79 Corrección 701 (Q) PM Esclerófilo RI Bo, Li, Mo, Qu, Es 1,08 Corrección Ma 20283 R2 Bo, Li, Mo, Es, Ma | 1,43 (3) PMOC Exótico RI Euc.Glob. 0,24 701 (4) PMOC Esclerófilo R1 Bo, Li, Mo, Es, Ma | 0,33 20283 Total Lote A3 3,87 Lote B (5) PM Esclerófilo Ri Bo, Li, Mo, Qu, Es 1,61 Corrección Ma 20283 R2 Bo, Li, Mo, Es, Ma | 0,44 (6) PMOC | Esclerófilo RI Bo, Es, Ma 0,28 20283 R2 Bo, Es, Hu, Ma, Mo | 0,12 Total Lote B 2,45 Total General 6,32
Fuente DIA, Tabla 1-9.
Emisiones y efluentes (ICE, numeral 4.6.5)
Emisiones atmosféricas
En la Adenda, Anexo D, se adjunta un nuevo Informe de Estimación de Emisiones, con las correcciones y el detalle de las los factores y parámetros utilizados en la estimación de las emisiones del proyecto.
Tabla 4.3.2.6, Resumen de emisiones de MP y gases sector Turco Norte (toneladas/año).
MP. MP: MP,, MP co HC SOx NOx Eon combatió esnsreadido Respondido 4,083 | 1,833 | 1,050 | 15,547 1,171 1,301 1,544 12,534
Fuente: Tabla 30 del Anexo D del Adenda,
Tabla 4.3.2.7, Resumen de emisiones de MP y gases Área excedida (toneladas/año). CO | HC | SOx | NOx MP», MP MP», MP
Combustión Combustión Resuspendido Resuspendido
17 de 57
[4,073 | 1,831 | 1,049 | 15,511 | 1,170 | 1300 | 1662 | 13,884 | Fuente: Tabla 31 del Anexo D del Adenda.
Para el sector Turco Norte como para el Área Excedida se evaluaron las emisiones en el caso más desfavorable, asociada a la capacidad máxima material autorizado a extraer en un año de 272.880 m'/año, en cada uno de los sectores (Sector Turco Norte y Área Excedida), capacidad máxima que no será modificada en la presente evaluación y que podrá ser extraída en cada uno de los sectores señalados, pero no de manera simultánea.
Medidas de control de material particulado (MP) (Adenda, numeral 7).
- Aplicación de supresor de polvo
Se aplicará supresor de polvo en los caminos internos del sitio del proyecto, tales como sales y cloruros, polímeros sintéticos, productos electroquímicos, orgánicos no bituminosos o bituminosos, en los caminos que unen los sectores con frentes de extracción y la planta.
Este supresor se aplicará en todos los caminos internos de acceso a la mina, así como en el tramo comprendido entre la planta y la ruta G-950 y desde este punto hasta la intersección de la G-950 con la G-952, con excepción de los 300 m comprometidos con pavimentación con asfalto, los que estarán ubicados en la ruta G-950, antes del cruce con la G-952. El abatimiento considerado por el supresor, será el por defecto, señalado en la Guía de la Región Metropolitana, de 75 %. (Figura 4 del Anexo D de la Adenda).
La implementación de esta medida será adicional a las propuestas en evaluaciones previas a esta DIA y se materializará con posterioridad a la obtención de la RCA del proyecto. La aplicación del supresor se realizará con una frecuencia mínima de 6 meses o en su defecto de acuerdo a lo establecido en las especificaciones técnicas del producto aplicado, en cuanto a su frecuencia y forma de aplicación.
- Pavimentación
Se contemplará la pavimentación de 300 m de la Ruta G-950, lo que incide en la disminución de emisiones de MP (Adenda, numeral 35).
Modelación de Contaminantes Atmosféricos
En la Adenda Complementaria, Anexo 1.1 se presenta una nueva modelación de dispersión de Calidad del Aire mediante el software Calpuff recomendado por la Guía para el Uso de Modelos de Calidad del Aire.
Resumidamente, los resultados de la Modelación indican lo siguiente:
-
Debido a la dirección de vientos predominantes de la zona, vientos suroeste, los contaminantes son transportados hacia el sector noreste de la ubicación del proyecto.
-
Deacuerdo a los rangos de velocidad de viento se concluye que en el área de estudio existen las condiciones suficientes para una correcta dispersión de contaminantes.
-
Se evaluó mediante mapas de isoconcentración los aportes de contaminantes que genera el proyecto. En todos los casos se evidenció un efecto local, ya que las mayores concentraciones de cada contaminante abarcan superficies que no alcanzan el 1% del área de estudio (73 x 73 km?). Adicionalmente se observó que en ningún caso se superan los límites establecidos por las respectivas normas de calidad del aire vigentes en Chile.
-
Para evaluar el impacto en sectores poblados cercanos al proyecto, se realizó una modelación en fuentes discretas. Para esto se definieron seis receptores, éstos correspondieron a puntos cercanos al proyecto.
Las concentraciones modeladas para cada contaminante, permiten concluir que en ningún caso las emisiones generadas por el proyecto superarán las respectivas normas de calidad vigente en nuestro país, como se muestra en las siguientes tablas de resultados de la Modelación de MP:o:
18 de 57
Tabla 4.3.2.8, Concentraciones modeladas de MP0 en receptores sensibles escenario “Area Excedida”.
0, Promedio Límite % Percentil | Límite a NP? E Norma Norma 98 de 24 | Norma E Receptor anual . Somá Percentil (ug/móN) Anual | Promedio horas Diaria 98 de 24 (ug/méN) anual (ug/méN) | (ug/méN) h oras 1 n. 2,67 so 5,34% 11,4 150 7,60% o dE so 16,56% | 25,57 150. | 17,05% A a 50 5,38% | 10,56 150 | 7,04% Escuela 4 San 2,55 50 5,10% 11,3 150 7,53% Francisco Casas 5 E 45 50 9,00% 1,53 150 1,02% proyecto Casas 6 | lejanas al 1,39 50 2,18% 5,81 150 3,87% proyecto
Fuente Adenda Complementaria, Tabla 10,
Tabla 4.3.2.9, Concentraciones modeladas de MP0 en Receptores Sensibles Escenario
“Turco Norte”. 0,
P di Límite % Percentil | Límite Nena
rOmediO Norma Norma 98de24 | Norma a
N* | Receptor anual Percentil
P /móN Anual Promedio horas Diaria 98 de 24
(asin) (ug/m?N) anual (ug/méN) | (ug/m*N) h
oras
1 viba 3,94 S0 7,88% 15,41 150 10,27% Apaltagua
2 O 6,28 50 12,56% | 20,42 150 13,61%
22! ay 50 8,74% | 16,13 150 | 10,75% Escuela
4 San 4,4 50 8,80% 17,21 150 11,47% Francisco
Casas
a 8,23 50 16,46% | 29,45 150 19,63%
proyecto Casas
6 | lejanas al 1,73 50 3,46% 7,07 150 4,71%
proyecto
Fuente: Adenda Complementaria, Tabla 11.
Nota: Estos resultados incluyen las emisiones de la Planta de procesamiento existente El Turco, la resuspensión de polvo en caminos y la explotación de material en el Área Excedida.
El proyecto contemplará la extracción de minera del Sector Turco Norte y Área Excedida, bajo las siguientes condiciones:
-
El proyecto mantendrá la capacidad máxima de extracción evaluada en la RCA ya aprobadas que posee el titular.
-
El proyecto no extraerá mineral de manera simultánea del sector turco Norte y Área excedida.
Por lo anteriormente señalado, y el resultado de la modelación del impacto de emisiones atmosféricas del sector Turco Norte y Área Excedida, se puede concluir que no se generará un riesgo a la salud de la población, ya que lo valores del impacto en la calidad
19 de 57
del aire en los receptores sensibles más cercanos al proyecto, están muy por debajo de los establecido en la normativa de calidad respectiva.
Emisiones líquidas (ICE, Tabla 4.6.5.2)
- Aguas Servidas Los residuos líquidos (aguas servidas del baño químico) provenientes del módulo tráiler/baño, serán retiradas por empresa autorizada y derivada a lugar de disposición final autorizado. Se generarán 0,72 mí? al mes de este tipo de residuos, producto de las mantenciones del baño químico que consideran el recambio del contenido del estanque (180 litros) una vez
por semana.
Las aguas servidas del baño químico provenientes del módulo tráiler/baño serán retiradas por una empresa autorizada y derivada a lugar de disposición final autorizado.
(Adenda Complementaria, Anexo 3. Fichas Generales Actualizadas, Tabla AD 1, 4).
- Residuos industriales líquidos No se generarán residuos industriales líquidos.
Ruido (ICE, Tabla 4.6.5.3) El horario de operación de la mina es de 7:00 a 23:00 horas.
Tabla 4.3.2.10, Evaluación normativa periodo diurno- Fase de operación.
Punto NPS Límite Exceso de ¿Cumple Operación máximo nivel dB norma? dBA diurno dBA R1 339 58 0 Si R2 54 54 0 Si R3 43 47 0 Si R4 39 53 0 Si RS 36 49 0 Si R6 45 54 0 Si
Fuente: Adenda, Anexo E, Tabla 18.
Tabla 4.3.2.11, Evaluación normativa periodo nocturno- Fase de operación.
Punto NPS Límite Exceso de ¿Cumple Operación máximo nivel dB norma? dBA diurno dBA R1 33 50 0 Sí R2 54 46 8 No R3 43 42 1 No R4 39 44 0 Sí R5 36 48 0 Sí R6 45 45 0 Sí
Fuente: Adenda, Anexo E, Tabla 19.
Medidas de Control de ruido (Adenda, Anexo E, numeral 8)
Barreras Acústicas
Los niveles de ruido estimados superan los límites máximos en los puntos R2 y R3 durante el período nocturno, por lo que se utilizarán barreras acústicas destinadas a atenuar los niveles hacia dichos puntos. Cuando el frente de trabajo se encuentre a menos de 229 m del punto R2 y a menos de 345 m del punto R3, se deberá implementar una barrera acústica móvil de un material que tenga una densidad superficial de al menos 10 kg/m? (por ejemplo, una barrera de madera aglomerada tipo OSB con un espesor mínimo de 15 mm), donde las junturas entre los paneles deberán ser herméticas, tanto entre ellas como con el piso. La altura mínima de la barrera orientada a R2 deberá ser de 3 metros,
20 de 57
y de 2 metros aquella orientada a R3 (ubicación en Adenda, Anexo E, Figuras 13 y 14)
Tabla 4.3.2,12, Evaluación de los niveles de ruido estimados con medidas de control. periodo diurno.
Punto NPS Límite Exceso de ¿Cumple Operación máximo nivel dB norma? dBA diurno dBA R2 43 54 0 Si R3 33 47 0 Si
Fuente: Adenda, Anexo E, Tabla 22.
Tabla 4.3.2,13, Evaluación de los niveles de ruido estimados con medidas de control, periodo nocturno.
Punto NPS Límite Exceso de ¿Cumple Operación máximo nivel dB norma? dBA diurno dBA R2 43 46 0 Si R3 33 42 0 Si
Fuente: Adenda, Anexo E, Tabla 23.
Con la implementación de las medidas de control de ruido, los niveles de presión sonora estimados durante la ejecución del Proyecto, cumplirán con los límites máximos permisibles en todos los puntos receptores. Los escenarios modelados contemplarán el frente de trabajo operando a nivel de suelo, sin la atenuación proporcionada por los muros generados por la excavación de la misma Mina, por lo que en la práctica se esperará que los niveles de ruido emitidos, hacia los puntos receptores, sean menores.
Vibraciones
Los niveles de velocidad de vibración se evalúan según el criterio establecido en la F TA, la cual establece que para receptores en Categoría 3 un límite de 0,2 pulgadas/s como velocidad máxima de partículas para daño estructural para construcciones livianas de madera y edificios de mampostería, lo que además coinciden con los criterios establecidos en la Guía “Transportation and Construction Vibration” (Caltrans), donde se establece que niveles sobre 0,2 pulgadas/s generan vibraciones molestas, lo que podrá ocasionar posibles daños sobre la salud de las personas.
Tabla 4.3.2.14, Evaluación de niveles de vibración — Fase de Operación.
Punto PPV PPV ¿Cumple [pulgadas/s] Máximo norma? [pulgadas/s]
RI 0,0006361 0,2 Si R2 0,0050622 0,2 Si R3 0,0006428 0,0006428 Si R4 0,0003208 0,0003208 Si R5 0,0001937 0,0001937 Si R6 0,0009103 0,0009103 Si
Fuente: Adenda, Anexo E, Tabla 21. Monitoreo (Adenda, Anexo E, Estudio Acústico)
a) El Titular ha señalado en la DIA, 1.6,92 que:
- Dada la eliminación del transporte por la Ruta G-952 a través del poblado de El Turco y aledaño a los receptores A, B, C, y D, propuestos en Proyecto inicial, se ha eliminado absolutamente el impacto respecto de estos receptores, por lo que carecerá de sentido mantener el monitoreo.
e Se realizará complementariamente el seguimiento acústico a los receptores R2 y R3 con una frecuencia semestral, tal como se mantiene para el receptor R6. (DIA, Anexo D).
- Para el evento de 3 reportes o monitoreo semestrales seguidos en que se cumpla con la norma, se informará a la SMA, cambiando la frecuencia a un monitoreo
21 de 57
anual, por 3 años.
b) Que, por acuerdo tomado en la sesión de la Comisión de Evaluación del 14 de mayo de 2018, la procedencia de la finalización de los monitoreos deberá ser autorizada por la SMA.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. (ICE, numeral 4.6.6)
Residuos Sólidos Domiciliarios
Vasos descartables que utilizarán los trabajadores para beber el agua potable del contenedor que se ubicará en la caseta móvil: 50 kg/mes (2 kg/día).
Envases y envoltorios de los alimentos que consumirán los trabajadores durante la construcción del camino: 26 kg/periodo (2 kg/día) * 13 días de construcción del camino.
Estos residuos serán recolectados y transportados diariamente a los contenedores de 200 L y 300 L existentes en la Planta de Tratamiento de Arenas Silíceas aprobada ambientalmente por RCA 157/2009, desde donde serán transportados diariamente a la localidad de El Turco, donde serán depositados en los recipientes municipales dispuestos para el acopio de basura. Desde ahí serán retirados por la empresa de recolección que presta servicios en la zona, para luego ser derivados a un lugar de disposición autorizado. Se mantendrá en la faena una copia de la boleta, factura u otro documento que acredite el retiro y la disposición adecuada de los residuos. (DIA, 1.6.6.2)
Acopio de estériles
Periodo año 2010 — noviembre 2013, el material extraído correspondió a 67.833 m/año (203.500 mí en el periodo) con una extracción de 5.652 m/mes.
El material a extraer para la normalización se estima en 6.390 m*/mes (63.900 m').
El acopio de los estériles se efectuará en sectores cercanos a las áreas de cierre en desarrollo conforme a programa anual que elaborará la empresa y que mantendrá a disposición de la autoridad.
Los estériles (sobrecarga y lodos prensados provenientes de Planta de Tratamiento de Arenas Silíceas) serán dispuestos en forma definitiva en los sectores explotados como parte de su cierre, conforme al permiso respectivo, según se describe en el Programa Anual de Áreas para Cierre, y no en sectores nuevos o ajenos a la explotación.
(DIA, 1.6.10; Adenda Complementaria, Ficha. Tabla AD1-4).
Producto residual bloques de mineral.
El producto residual bloques de mineral totalmente desecado e inocuo proveniente del proceso de tratamiento de arenas será dispuesto en forma definitiva en los sectores explotados como parte de su cierre, según se establece en la RCA 157/2009, de la COREMA de Valparaíso, que aprobó la planta de Tratamiento de Arenas Silíceas de El Turco (Considerando 3.4.2. literal a.4).
Residuos peligrosos (DIA, numeral 1.6.10.4)
No se contemplará la generación de residuos peligrosos durante la operación del proyecto. Las mantenciones de maquinaria y de equipos se llevarán a cabo en talleres externos autorizados por la autoridad sanitaria competente. Se mantendrá un registro en obra que acredite, mediante boletas, facturas u otros documentos, la contratación de este servicio.
Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente
El Proyecto no considerará la utilización de productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
Referencia al ICE
ICE, numeral 4.6
22 de 57
para mayores detalles sobre esta fase.
4.3.3. Fase de cierre
El Proyecto original cuenta con Plan de Cierre de Faenas Mineras elaborado de acuerdo al Reglamento de Seguridad Minera D.S. N” 72/85 del Ministerio de Minería, y Aprobado por el Servicio Nacional de Geología y Minería (SERNAGEOMIN) mediante Resolución N* 440 de fecha 18 de mayo de 2010 (DIA, Anexo E.1.)
El cierre de las áreas explotadas se desarrollará en la medida que se vayan agotando frentes de explotación, lo que quedará establecido en el Programa Anual de Áreas para Cierre presentado antes del 31 de diciembre de
cada año a la SMA, en el que se contendrá la siguiente información, conforme a las acciones de cierre específicas:
-
— Plano General de la mina, el cual contendrá los diferentes sectores (área explotada, áreas cerradas, áreas en proceso de cierre, etc.).
-
Identificación de sectores y superficie destinada al acopio de estériles, lodos prensados de la planta y capa vegetal al interior de la mina para el año siguiente.
-
Identificación de sectores y superficie destinados al avance de la mina para el año siguiente.
-
— Identificación de sectores y superficie destinados al cierre para el año siguiente.
» Identificación de sectores y superficies cerradas.
» Identificación de sectores y superficies en proceso de cierre, identificando estado conforme a acciones de cierre que corresponda.
Informe de aplicación de guano sobre capa vegetal. Este informe contendrá medios de verificación tales como:
-
Facturas de compras de guano realizadas durante el año utilizado en las capas vegetales,
-
Fotografías georreferenciadas y fechadas de la oportunidad de aplicación del guano sobre capa vegetal,
-
Balance de volúmenes de guano comprado versus superficies de explotación cerradas.
Estabilización Estabilizar los taludes resultantes de la explotación desde el punto de vista físico, de taludes manera de evitar deslizamientos de material que pudieran derivar en accidentes o inhabilitar otros trabajos relacionados con el mismo cierre.
Acondicionamiento | Se acondicionará el perímetro y bancos de la cantera (compactación y/o nivelación y perímetro y bancos | habilitación de redes de drenaje) de manera de permitir un escurrimiento rápido de las aguas lluvias fuera del área de explotación, evitando anegamientos e infiltraciones que pudieran provocar inestabilidad de la obra.
Drenaje de Aguas | Dentro del área de normalización no existe un cauce que resulte intervenido, ni obras de Lluvias defensa de él. Los canales interceptores de aguas lluvias, se instalarán en el borde de la mina en los que existe posibilidad de escurrimientos superficiales hacia el interior de la (Adenda, numeral | mina, y con el objeto de impedir el ingreso de las aguas lluvias a la misma, pero sin 9; Adenda, Anexo | intervención de cauces o quebradas. En la Figura AD1 — 3, respuesta 24 de la Adenda, se C, Especificaciones | ilustran las pendientes que explican la ubicación e instalación de los canales Técnicas Canales | interceptores de aguas lluvias en terreno. En la Figura AD1 - 4 de la misma respuesta se Interceptores de | presenta un detalle del área de normalización que demuestra que el camino de acceso Aguas Lluvias.) que se construye para el área de normalización, pasa por el borde del área intervenida, sin intervenciones hacia la quebrada. En Anexo C se presentan las Especificaciones Técnicas de los Canales Interceptores de Aguas Lluvias, mediante los cuales se descargarán las aguas a las zonas de escurrimiento natural. Se aclara que no existe intervención de cauces naturales.
Se acondicionará el perímetro de manera de permitir el escurrimiento rápido de las aguas, evitando así las infiltraciones y anegamientos, que no ingresen a los frentes de extracción, y no provoquen erosiones en las áreas remodeladas, mediante la utilización de un equipo de compactación.
En los perímetros o cinturas de estas áreas con una excavadora y la ayuda de topografía, se realizarán canales conductores de aguas lluvias, los cuales tendrán un ancho aproximado de 1,5 m y una profundidad aproximada de 0,8 m, los que serán encauzados hacia zonas de escurrimiento naturales existentes.
Ubicación de los canales: Adenda, Anexo C, F igura 3,
23 de 57
Tabla 4.3.3.1, Coordenadas de ubicación punto medio de los canales interceptores de agua lluvia.
Identificación Obra Coordenadas UTM WGS 84, Huso 19 Este Norte Canal Oriente 1 270.173 6.286.452 Canal Oriente 2 270.117 6.286.528 Canal Suroriente 270.177 6.286.280
Fuente: Adenda, Anexo C, página C-6.
Cercado
Para evitar el ingreso de personas o animales a las áreas explotadas, se procederá al cercado perimetral. Se colocarán letreros de advertencia en la entrada de los accesos.
Cerco vivo
Para minimizar el impacto visual de las áreas explotadas sobre posibles observadores, se construirá un cerco vivo en torno al perímetro de cada una de las áreas productivas, con vegetación arbórea de crecimiento sobre los 5 m y vegetación arbustiva.
Areas de drenaje
buen
Las áreas de buen drenaje serán reforestadas, o en su defecto se utilizarán para otro uso que sea compatible con el medio. En las áreas expuestas a erosión, en las cuales no sea posible reforestar, o que no se le asigne otro uso compatible, se contempla la plantación de pastos rústicos.
Reforestación
Se estima que el 50 % del terreno podrá ser reforestado con especies arbóreas nativas o introducidas (densidad de 1.000 plantas/ha.) El área restante será trabajada con especies arbustivas y pastos rústicos. Para facilitar el crecimiento y adaptación de estas últimas especies se procederá a la recolección de semillas en las inmediaciones de los frentes de trabajo y se procederá con la diseminación. También se utilizarán semillas comerciales.
Suelo
Mejorar el contenido de materia orgánica del suelo, mediante la aplicación de guano (proveniente de fundos cercanos) al suelo con contenido de materia orgánica (escarpe o tierra vegetal) y no a los estériles de descarte de la explotación.
En Anexo 1 de la DIA, se presenta informe con las características generales del guano que se propone, y que contempla un análisis del laboratorio AGROLAB, N* Orden: 83.387 del 13-05-2011, que detalla los componentes químicos, la humedad (máxima de 45%) y nivel de aceptación de producto que lo hacen óptimo para el uso propuesto, considerando su humedad promedio, y demás aspectos relevantes para cumplir el objetivo planteado.
-
El objetivo de la aplicación de guano es mejorar el suelo para favorecer el establecimiento de la cobertura vegetal una vez procedido al cierre de las áreas de explotación, en este sentido no se llevará a cabo un uso intensivo de guano, sino en aquellas áreas del suelo que requiera contenido de materia orgánica, determinado por la evaluación que se haga en el sector respectivo en cierre, es por este motivo que se ha considerado la aplicación de guano en una relación de volumen respecto a la superficie de tierra vegetal que será utilizado. Se contempla el uso de al menos 1,2 kg de guano por m? de superficie, por lo que se requerirá al menos 12 t/ha.
-
El transporte de guano se llevará a cabo en camiones con carga cubierta total y eficazmente mediante alguna tela impermeable, que pueda proteger al material en caso de lluvias, para evitar la caída de material al suelo o la emisión de polvo por acción del viento, de la misma forma la carga cubierta permitirá reducir la dispersión de olores molestos hacia la comunidad cercana.
En lo que respecta a su aplicación se considera lo siguiente:
» No aplicar a menos de 100 m de la vivienda más cercana, en caso contrario, se deberá incorporar el GAC al suelo de forma inmediata, bajo los 5 cm utilizando implementos como arado o rastra.
-
Noaplicar a menos de 15 m de cualquier curso de agua superficial y/o noria.
-
No aplicar en zonas inundables o afloramientos de agua, ni cuando llueva.
-
No aplicar en suelos con pendiente mayor a 15%.
24 de 57
ho
-
No aplicar en condiciones de viento que pudiesen trasladar olores molestos a poblaciones vecinas.
-
No aplicar en horas en que existan temperaturas muy elevadas.
Asimismo, el Titular ha indicado en la Adenda Complementaria, numeral 1.1 que informará a la SEREMI de Salud previo a la aplicación del guano de acuerdo a lo establecido por la Autoridad Sanitaria:
“...el titular deberá informar a la Secretaría Regional Ministerial (SEREMD) de Salud de la realización de esta actividad, presentando los antecedentes necesarios, para que ésta en el marco de sus competencias sectoriales, establezca las condiciones y medidas sanitarias que deberán adoptarse durante esta aplicación de GAC al suelo, para lo cual será necesario entregar lo siguiente:
a) Fase del proyecto a la que aplica.
b) Objetivo.
c) Descripción.
d) Justificación.
e) Flujos másico de GAC que ingresan al predio, y las cantidades aplicadas. D Lugar de implementación, precisando las coordenadas UTM (WGS84 y Huso 19) de la ubicación de la medida.
g) Forma de implementación.
h) Oportunidad de implementación.
i) Indicador que acredite su cumplimiento
j) Forma de control y seguimiento.
k) Medidas de control de vectores.
1) Medidas de control de olores molestos en caso de denuncias.
En relación a la propuesta del titular de utilizar la Guía de Manejo y Buenas Prácticas de Aplicación de Guano de Aves de Carne (GAC) en el Suelo, del Consejo Nacional de Producción Limpia, se aclara que dicha publicación fue elaborada en el marco de la negociación de un Acuerdo de Producción Limpia específico, que a la fecha se encuentra finalizado, y que constituye un documento elaborado en un contexto y ámbito de aplicación acotado. Por lo tanto, no obstante el titular puede considerar a modo de referencia las prácticas propuestas en la citada guía, es la SEREMI de Salud la que debe definir las condiciones y restricciones que serán aplicables a esta actividad, tal como fue señalado precedentemente. ”
Sin perjuicio de lo anterior, el Titular presenta la siguiente información: a) Fase del proyecto a la que aplica
La aplicación de GAC es de las últimas actividades de la fase de cierre del sector previamente determinado en el Programa Anual de Áreas para Cierre, Sobre el nivel de suelo reperfilado con material a condición de lomajes, se aplica el suelo vegetal almacenado y en éste se incorpora el GAC, para mejoramiento del desarrollo de la capa vegetal. El uso de GAC para mejoramiento del suelo vegetal, por tanto, aplica en la etapa final de Cierre de cada área explotada o agotada.
b) Objetivo
El objeto de utilizar GAC es fertilizar y mejorar con esta materia orgánica la capa de tierra vegetal previamente extraída en la actividad extractiva de la fase de operación.
c) Descripción
El GAC se transportará y aplicará en la oportunidad del cierre del área correspondiente, directamente a la capa vegetal previamente esparcida en el suelo, descargando el guano e incorporándolo a ésta con arado, subsolador o similar. No se prevé acopio de guano en la
mina.
d) Justificación
25 de 57
8”. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
8.1. Medida de Control: Humectación mediante aplicación de supresor de polvo,
Impacto asociado
Calidad del Aire
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación
El objetivo de la humectación será minimizar la capacidad de resuspensión del polvo presente en el camino como efecto de la circulación de los camiones del proyecto. Se considerará implementar la alternativa de supresor de polvo, tales como sales y cloruros, polímeros sintéticos, productos electroquímicos, orgánicos no bituminosos o bituminosos.
Este supresor se aplicará en todos los caminos internos de acceso a la mina, así como en el tramo comprendido entre la planta y la ruta G-950, y desde este punto hasta la intersección de la G-950 con la G-952, con excepción de los 300 m comprometidos con pavimentación básica (Adenda Complementaria, numeral 16). La aplicación del supresor se realizará mediante riego con camión aljibe y la aplicación del supresor se realizará con una frecuencia mínima de 6 meses o en su defecto de acuerdo a lo establecido en las especificaciones técnicas del producto aplicado, en cuanto a su frecuencia y forma de aplicación.
Objetivo, descripción y justificación.
Lugar, forma y oportunidad de implementación. Indicador de cumplimiento
Se deberá remitir a la SMA un informe trimestral durante los primeros 6 meses, y posteriormente semestral con la siguiente información:
- Hora, fecha, Coordenadas UTM (WGS 84, Huso 19) de cada uno de los caminos en los cuales se implemente el supresor de polvo.
» Serealizará una inspección visual mensual, al área sobre la cual será implementado el supresor de polvo, durante toda la vida útil del proyecto. Los resultados de esta inspección serán consignados en un informe trimestral, los primeros 6 meses, y posteriormente de manera semestral, que será presentado a la SMA, a más tardar 30 días después de efectuada la última inspección. Este informe incluirá fotografías cada 50 m de la ruta para verificar el estado de la medida, lo que permitirá evaluar la efectividad la medida y recurrencia de mantención del área.
Forma de control y
Se llevará registro escrito de la aplicación del supresor, indicando fecha y hora de la
seguimiento aplicación y patente del camión aljibe y nombre del supervisor a cargo. Se deberá remitir a la SMA un informe trimestral durante los primeros 6 meses, y posteriormente semestral con la siguiente información: + Hora, fecha, Coordenadas UTM (WGS 84, Huso 19) de cada uno de los caminos en los cuales se implemente el supresor de polvo. + Serealizará una inspección visual mensual, al área sobre la cual será implementado el supresor de polvo, durante toda la vida útil del proyecto. Los resultados de esta inspección serán consignados en un informe trimestral, los primeros 6 meses, y posteriormente de manera semestral, que será presentado a la SMA, a más tardar 30 días después de efectuada la última inspección. Este informe incluirá fotografías cada 50 m de la ruta para verificar el estado de la medida, lo que permitirá evaluar la efectividad la medida y recurrencia de mantención del área. Referencia al | La Figura 4 del Anexo D “Informe de Estimación de Emisiones” de la Adenda, se expediente de | puede revisar en el siguiente link: evaluación para | http://seia.sea.gob.cl/archivos/2017/03/29/P1604 Anexo D Emisiones EMI 0.pdf mayores detalles Referencia al ICE | Numeral 10.1.1 del ICE. para mayores detalles
8.2. Donación Económica de MM$3,5 (tres millones quinientos mil pesos), a Centro de Rehabilitación de Fauna Nativa (Adenda Complementaria, Ficha N? 5, Tabla N*10.1).
43 de 57
Impacto asociado
Fauna
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación
Objetivo: Realizar un aporte en apoyo de las actividades de investigación, mantención o desarrollo de un Centro de Rescate y Rehabilitación de Fauna Silvestre.
Descripción: Consistirá en una donación de dinero, previo convenio aprobado por el SAG. El Centro de Rehabilitación de Fauna Silvestre que seleccione el titular, deberá estar inscrito como tal en el Registro Nacional de Tenedores de Fauna Silvestre (RNTES), mediante una Resolución Exenta del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG).
Justificación: Se trata de contribuir a fortalecer y promover instituciones destinadas a la protección y asistencia de fauna silvestre, prácticamente inexistentes.
Objetivo, descripción y justificación. Lugar, forma y
oportunidad de implementación.
Lugar y forma: Centro de Rescate y Rehabilitación de Fauna Silvestre, del Museo de Historia Natural e Histórico de San Antonio, Provincia de San Antonio.
La forma cómo se concretará el compromiso será la donación de la suma de MM$3,5 (tres millones quinientos mil pesos) para el Centro de Rescate y Rehabilitación de Fauna Silvestre, del Museo de Historia Natural e Histórico de San Antonio, calle Sanfuentes 2365, Barrancas, Comuna y Provincia de San Antonio, Región de Valparaíso, y que cuenta con inscripción aprobada por el Servicio Agrícola Ganadero (SAG). Esta donación será precedida de un convenio entre el Titular y el Centro de rescate y Rehabilitación señalado, en el que se indicará el destino y aplicación de la donación, a los objetivos del centro, como por ejemplo compra o reparación de infraestructura. Firmado el convenio, éste quedará sujeto a la visación del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) con la finalidad de seguir el conducto regular de los procedimientos de donaciones de este tipo.
Indicador de cumplimiento
Transferencia bancaria del dinero en donación.
Forma de control y seguimiento.
e Copia del convenio aprobado por el SAG. e Copia del comprobante de la transferencia bancaria.
e Entregar copia del Convenio firmado y copia del comprobante de transferencia de la suma de dinero donada, a la SMA a través de la plataforma electrónica.
Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 10.1.2 del ICE.
8.3. Donación Económica de MM$3,5 (tres millones quinientos mil pesos), a Municipalidad de Cartagena (Adenda Complementaria, Ficha N? 5, Tabla N*10.2).
Impacto asociado
Componente Fauna
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación
Objetivo, Objetivo: Realizar un aporte a la Municipal para la protección y mantención del descripción y | humedal existente en la comuna. justificación. Descripción: Consistirá en una donación de dinero. Justificación: Se trata de contribuir a fortalecer y promover instituciones destinadas a la protección de humedales. Lugar, forma y | Lugar y forma: Ilustre Municipalidad de Cartagena, Humedal de Cartagena. La forma oportunidad de | cómo se concretará el compromiso consistirá en una donación de MM$3,5 (tres implementación. millones quinientos mil pesos) para la Ilustre Municipalidad de Cartagena, destinada a financiar las necesidades relacionadas con la mantención del Humedal de Cartagena, protegido y administrado por dicho Municipio. Indicador de | Transferencia bancaria o entrega mediante instrumentos bancarios mercantiles cumplimiento representativos del dinero en donación.
44 de 57
Forma de control y seguimiento.
- Copia del comprobante de la transferencia bancaria.
- Entregar copia del comprobante de transferencia de la suma de dinero donada, a la SMA a través de la plataforma electrónica,
Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 10,3 del ICE.
8.4. Programa de Educación Ambiental.
Impacto asociado
Fauna
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación
Aportar conocimientos sobre fauna silvestre a alumnos de enseñanza básica y media de Cartagena, localidades El Turco, San Sebastián y Cartagena.
Lugar: El Turco, San Sebastián, Cartagena.
Forma: Implementar un programa de educación ambiental para 5 establecimientos educacionales de enseñanza básica y/o media de Cartagena, localidades El Turco, San Sebastián y Cartagena.
El programa considerará entregar información sobre la biología y factores que amenazan a las especies catalogadas en alguna de las categorías de conservación, que se encuentran presentes en el área del proyecto, como son por ejemplo el Spalacopus cyanus conocida comúnmente como Cururo y algunos reptiles tales como la Liolaemus lemniscatus (Lagartija lemniscata); Liolaemus tenuis (Lagartija esbelta); Liolaemus chiliensis (Lagarto chileno); Liolaemus fuscus (Lagartija oscura); Liolaemus nitidus (Lagarto nítido); Philodryas chamissonis (Culebra de cola larga); entre otras,
Charla Educativa de 45 minutos (1 módulo educacional) acompañada de material gráfico.
Oportunidad: Se coordinará la charla educativa con los 5 establecimientos dentro de los 60 días corridos siguientes a la RCA favorable del proyecto, conforme a su programación particular y disponibilidades.
Objetivo, descripción y justificación.
Lugar, forma y oportunidad de implementación. Indicador de cumplimiento
-
Haber programado la ejecución de la charla con cada uno de los establecimientos educacionales.
-
Haber ejecutado las charlas educativas en los 5 establecimientos educacionales.
Forma de control y seguimiento.
-
Comunicación escrita con programación de la ejecución de la charla con cada uno de los establecimientos educacionales.
-
Información a la SMA de la ejecución de las charlas educativas en los 5 establecimientos educacionales.
Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 10,4 del ICE,
8.5. Monitoreo de Material Particulado respirable MP0 y meteorología.
Impacto asociado
Componente Aire / Emisiones atmosféricas
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación
Objetivo, Dado que no se cuenta con estaciones de Monitoreo de Calidad del Aire cercanas, se descripción y | instalará una estación que entregue información representativa en relación con la justificación. operación del Proyecto.
45 de 57
Lugar, forma oportunidad implementación.
y de
Lugar: Poblado El Turco.
En consideración la importancia de contar con información actualizada de Línea Base de Calidad del Aire del área de influencia del Proyecto y, considerando que ésta debe cumplir con el estándar y los parámetros indicados por la autoridad, el titular señala que se compromete voluntariamente, una vez obtenida la RCA favorable, a instalar una Estación de Monitoreo de MPjo y Vientos (dirección y velocidad) por el período de un mes durante la estación estival siguiente a la dictación de dicha Resolución, y de un mes adicional en la estación invernal posterior a aquella, con el objeto de contar con información representativa y actualizada de la estacionalidad del área del Proyecto.
Respecto al monitoreo de MP0, la SEREMI de Salud, mediante Ord. N? 480 del 12 de abril de 2018, informa que se pronuncia conforme a la Adenda Complementaria “condicionado a complementar el monitoreo de PMo, ya que la propuesta de realizarla durante un mes de verano y un mes de invierno parece ser insuficiente. Por lo tanto, el monitoreo de PM¡o deberá completarse por un período anual, para obtener datos más representativos que puedan demostrar que no hay un impacto significativo a la salud, quedando sujeto a evaluación de resultados por parte de la Seremi de Salud quien, en base a los resultados obtenidos, se pronunciará sobre la pertinencia de continuidad del monitoreo”.
En relación a la propuesta de monitoreo expuesta por el titular, a las condiciones establecidas por la SEREMI de Salud, y en consideración de las recomendaciones de la “Guía para la Descripción de la Calidad del Aire en el Área de Influencia de proyectos que ingresan al SEIA”, la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental, considera lo siguiente:
Las condiciones y características del monitoreo de calidad del aire se deberán acreditar, a través de un informe visado por la SEREMI del Medio Ambiente y la SEREMI de Salud, ambos de la región de Valparaíso, previo al inicio de la ejecución del proyecto, dando cumplimiento a lo siguiente:
a) Calidad de la información: Según lo establecido en el numeral 3.1 de la guía, que señala: “...Las condiciones de instalación y funcionamiento de las estaciones de monitoreo de contaminantes que puedan generar riesgo para la salud de la población deben cumplir los requisitos del D.S. N? 61/2008, o el instrumento que lo reemplace, particularmente en lo referente a la construcción, instalación, calibración, mantención, personal, registro y validación de datos, de manera de asegurar la calidad de la información y que sean consideradas válidas en el SEIA. ..También deben cumplirse los criterios de validez de concentraciones establecidos en la normativa”.
b) Representatividad de las mediciones de calidad del aire, respecto del área de influencia del proyecto: Según lo señalado en el numeral 3.1 de la guía, que indica: “...En este sentido, debe evaluarse caso a caso la mejor localización de la estación, cuyo requisito debe ser que sus mediciones sean representativas de la calidad del aire del área de influencia del proyecto del componente ambiental potencialmente afectado. ”.
c) Periodo de medición: Conforme con el numeral 3.2 de la guía, que indica: “Para evitar sesgos estacionales, la descripción del área de influencia debe considerar un periodo de registro de un año de mediciones, con una proporción de datos válidos igual o mayor al 75% en el caso de mediciones continuas. ”.
d) Datos meteorológicos: Según lo establecido en el numeral 4.2 de la guía, que indica: “...Las mediciones de calidad del aire deben siempre ser acompañadas por mediciones meteorológicas (viento, temperatura, presión, humedad relativa, radiación global y precipitaciones) en la misma ubicación y durante el mismo período. A partir de la información meteorológica, se debe analizar las variaciones de las concentraciones y si es posible interpretar o explicar su comportamiento. ”.
e) Forma de presentación de los datos: De acuerdo a lo establecido en el numeral 4.2 de la guía, que señalada: “...Debe presentarse un resumen de la información en forma tabulada, de fácil comprensión que contenga como mínimo las coordenadas de la estación de monitoreo, periodo de registro, tipología (discreta
46 de 57
o continua), frecuencia y método de medición (p. ej., fotometria), porcentaje de datos válidos, entre otros. Además, se debe indicar las variables meteorológicas medidas en cada estación. ”.
Que, por acuerdo adoptado en la sesión de la Comisión de Evaluación del 14 de mayo de 2018, el titular deberá realizar el monitoreo de calidad de aire (MPi0) y meteorológico durante 1 año, en los términos establecidos por la SEREMI de Salud y el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Valparaíso en el presente numeral.
Indicador de
cumplimiento
Para verificar el cumplimiento del compromiso ambiental voluntario: + Previo a la fase de construcción remitir a la SEREMI de Salud y a la SEREMI del Medio Ambiente, ambas de la Región de Valparaíso, un informe con la propuesta de ubicación de la estación de monitoreo, y los antecedentes que acrediten que el monitoreo cumplirá con las recomendaciones para la calidad de la información y que sean consideradas válidas dentro del SEIA, representatividad de las mediciones de calidad del aire, monitoreo de variables meteorológicas. Además, que se garantice el monitoreo al menos por un año de las variables de calidad del aire y meteorológicas.
Remitir un informe trimestral de las mediciones de calidad del aire y meteorología, que verifiquen que en el área de influencia del proyecto no se generarán riesgo a la salud de población por la ejecución del proyecto en evaluación. La información deberá ser presentada según las recomendaciones antes señaladas.
Se deberá remitir un informe con la información registrada de manera anual, en las condiciones similares a las solicitadas en los informes semestrales.
Forma de control y seguimiento.
Se remitirá un informe trimestral y anual de la mediciones de las variables de calidad del aire y meteorología.
Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 10.5 del ICE.
8.6. Pavimentación de
300 metros de la Ruta G-950.
Impacto asociado
Seguridad Vial - Contribución a la comunidad
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación
Objetivo, El objetivo es contribuir con la comunidad. descripción y justificación. Consistirá en la pavimentación básica dentro de faja disponible, u otra alternativa
equivalente que apruebe la Dirección de Vialidad, de un tramo de 300 m de la ruta G- 950.
Una vez definido el tramo a pavimentar, se deberá presentar las coordenadas UTM WGS 84, Huso 19, del punto de inicio y término del cada uno de los caminos que será intervenido, a través de un informe a la SMA.
47 de 57
Lugar, forma y oportunidad de implementación.
El lugar de ejecución del compromiso, es el camino público G-950, Comuna de Cartagena, Provincia de San Antonio, Región de Valparaíso.
Se propone la ejecución, dentro de faja disponible, de la pavimentación básica u otra alternativa equivalente que sea aprobada por la Dirección de Vialidad, para un tramo de 300 m del camino público G-950, desde la salida del badén del estero existente, hacia la entrada de la mina.
El levantamiento del mencionado badén u otra solución técnica que sea debidamente aprobada por la Dirección de Vialidad, junto al mejoramiento de seguridad vial de la intersección de las Rutas G-950 y G-952
La presentación del proyecto, se realizará dentro de los 6 meses siguientes a la RCA favorable del proyecto. A su vez, el Titular propone que la materialización se realice dentro del plazo de 6 meses posteriores a la aprobación sectorial del mismo, siempre y cuando ese plazo coincida con los meses de noviembre a febrero, ambos inclusive, considerando que la ejecución de las obras debe realizarse fuera de los meses de crecida de aguas por efecto de las lluvias.
Indicador de cumplimiento
Recepción de Dirección de Vialidad Regional de Valparaiso respecto de la pavimentación básica u otra alternativa equivalente que haya sido debidamente aprobada por la Dirección de Vialidad, para el tramo de 300 m del camino público G- 950 antes señalado.
Forma de control y seguimiento,
Entregar Informe de recepción de obras de pavimentación emitido por la Dirección de Vialidad, a la SMA a través de la plataforma electrónica.
Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 10.6 del ICE.
8.7. Levantamiento de
Badén sobre Estero que indica y PAS 156.
Impacto asociado
Seguridad Vial — Contribución a la comunidad
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación
Objetivo, Contribuir con la comunidad local, mediante la ejecución de trabajos de descripción y | levantamiento del badén u otra solución técnica que apruebe la Dirección de Vialidad, justificación. desde el estero hasta la intersección entre las rutas G-950 y G-952. Se justifica en que el badén, al ser un punto bajo no permite la visibilidad hacia la intersección, generando un riesgo a los usuarios de ambas rutas, especialmente a los que transitan por la G-952. Lugar, forma y | Lugar: El compromiso se implementará sobre el estero existente en camino público oportunidad de | G-950, previo a la intersección con camino público G-952, Comuna de Cartagena, implementación. Provincia de San Antonio, Región de Valparaíso.
Forma: En el Anexo 2 de la Adenda Complementaria, se presentan los requisitos destinados a la no contaminación de las aguas del cauce, junto con los contenidos técnicos y formales necesarios para el otorgamiento del Permiso Ambiental Sectorial del artículo 156 del RSEIA — Permiso para efectuar modificaciones de Cauce. El titular se compromete a realizar las modificaciones y ajustes al proyecto del badén, durante la tramitación sectorial respectiva, conforme indique la autoridad (DGA).
Oportunidad: La presentación del proyecto a la autoridad competente, se realizará dentro de los 6 meses siguientes a la RCA favorable del proyecto. A su vez, el Titular propone que la materialización se realice dentro del plazo de 6 meses posteriores a la aprobación sectorial del mismo, siempre y cuando ese plazo coincida con los meses de Noviembre a Febrero, ambos inclusive, inmediatamente siguientes a dicha aprobación, considerando que la ejecución de las obras debe realizarse fuera de los
meses de crecida de aguas por efecto de la lluvias.
48 de 57
Indicador de cumplimiento
Ejecutar las obras de levantamiento del Badén.
Forma de control y seguimiento.
Entregar Informe de recepción de obras del Badén, a la SMA a través de la plataforma electrónica de seguimiento de RCA.
Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 10,7 del ICE.
8.8. Mejoramiento integral de seguridad intersección G-950 y G-952
Impacto asociado
Seguridad Vial - Contribución a la comunidad
cumplimiento
Fase del Proyecto a | Operación
la que aplica
Objetivo, El objetivo es contribuir con la comunidad.
descripción y
Justificación. Consistirá en el diseño y construcción e instalación de medidas de seguridad vial, tales como señalética, demarcaciones, mejoramiento de carpeta de rodado y radios de giro, en planta libre dentro de la faja disponible de la intersección señalada.
Lugar, forma y | El lugar de ejecución del compromiso, es la intersección de las rutas G-950 y G-952,
oportunidad de | Comuna de Cartagena, Provincia de San Antonio, Región de Valparaíso.
implementación. En cuanto a la forma, se propone asumir la ejecución, dentro de faja disponible, de las medidas de seguridad vial. La presentación del proyecto a la autoridad competente, se realizará dentro de los 6 meses siguientes a la RCA favorable del proyecto, y la materialización se realizará dentro del plazo de 6 meses siguientes a la aprobación sectorial del mismo, o en el plazo que en dicha resolución se establezca.
Indicador de | Recepción de Dirección de Vialidad Regional de Valparaíso respecto de las medidas
de seguridad vial,
Forma de control y
Entregar Informe de recepción de obras emitido por la Dirección de Vialidad, a la
seguimiento. SMA a través de la plataforma electrónica. Referencia al ICE | Numeral 10.1 del ICE.
para mayores
detalles
siguientes:
9”. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las
9.1. Riesgo o contingencia: Manejo de combustible
Riesgo o contingencia
Derrames de combustible
Fase del proyecto a la que aplica
Construcción, Operación y Cierre.
asociada
Emplazamiento, parte, obra o acción
Todas.
Acciones o medidas a implementar para | » prevenir la contingencia .
Ausencia de combustible en Faenas,
Ausencia de maniobras de carguío de combustible de camiones, maquinaria y vehículos en el área de la mina.
- Camiones, maquinarias y demás automóviles, cargarán sus estanques fuera del recinto y tendrán sus mantenciones al día, por medio de servicios externos a la faena.
Forma de control y seguimiento
Facturas de venta y carguío de combustible de vehículos y maquinarias emitida por empresa externa autorizada.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
ICE, numeral 7.1.1; Adenda Complementaria, Anexo 3.
Acciones o medida a implementar para
Debido a que no habrá presencia de combustible en la faena no
49 de 57
controlar la emergencia
se presentan medidas específicas.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia
Si bien no se considerará el uso de combustible en la faena, en Adenda, numeral 11 el titular ha señalado como una medida de contingencia frente a la ocurrencia de una emergencia asociada a cualquier efecto negativo sobre los cauces, se informará inmediatamente a la Dirección General de Aguas de la Región de Valparaíso y al Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura en un plazo no superior a 24 horas de ocurrido el evento, señalando lo siguiente:
- Descripción del accidente, indicando lugar, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.
» Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizada durante el evento.
-
Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia.
-
En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la DGA (solo en caso de accidentes).
El titular deberá informar en caso de emergencia a la SMA dentro del mismo plazo.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
ICE, numeral 7.1.1; Adenda Complementaria, Anexo 3.
9.2. Riesgo o contingencia: Seguridad en el
Transporte Vehicular.
Riesgo o contingencia
Accidentes de tránsito.
Fase del proyecto a la que aplica
Construcción, Operación y Cierre
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Todas.
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia
» Se exigirá que los conductores sean personas especializadas y de experiencia. Todo vehículo deberá contar con elementos de primeros auxilios y con un medio de comunicación radial u otro para comunicación rápida y oportuna.
-
Restricción a 30 km/h de velocidad de circulación por caminos internos, para evitar volcamientos. Señalización de restricción de velocidad de circulación, para evitar volcamiento y/o derrames.
-
Capacitación a los conductores y operadores de maquinaria en conducción segura y riesgos de transporte del material.
-
Charla de inducción a cada nuevo conductor de maquinaria, respecto a conducción segura y riesgos del transporte del material.
Forma de control y seguimiento
» Copia de Licencia de la clasc respectiva vigente y Hoja de vida, de los conductores de la empresa.
» Señalética ad hoc (registro fotográfico).
» Hoja de asistencia a capacitación con fecha, firma y N* de cédula de identidad del trabajador.
- Libro de registro de capacitaciones.
Referencia al ICE o documentos del
expediente de evaluación que contenga la
ICE, numeral 7.1.2; Adenda Complementaria, Anexo 3.
50 de 57
descripción detallada
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia
Para el caso de ocurrir eventualmente algún derrame ocasional de mineral en la ruta pavimentada se dará aviso de inmediato a personal de la mina para que proceda a su inmediata y completa limpieza.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Se dará aviso dentro delas 24 horas de ocurrido el evento a la SMA,
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
ICE, numeral 7.1.2; Adenda Complementaria, Anexo 3.
9.3. Riesgo o contingencia: Prevención de derrumbes y avalanchas de agua.
Riesgo o contingencia
Derrumbes y avalanchas de agua
Fase del proyecto a la que aplica
Operación y Cierre,
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Bancos y Sistema de Aguas Lluvias
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia
- Construcción y mantención de sistema de "graderías" o "bancos" conforme a artículos 237 y 239 del Reglamento de seguridad minera, de tal forma que garanticen los mejores estándares de seguridad para las operaciones, tomando en consideración, entre otros aspectos, factores tales como comportamientos geomecánicos de la roca, envergadura de los equipos de trabajo, planificación de expansiones, carpetas de rodados.
» Control permanente sobre los niveles aguas lluvias acumuladas en los sectores interiores y revisión de las obras de canal de aguas lluvias, durante la temporada de precipitaciones, de tal manera de minimizar los riesgos de rebalse o desborde.
» Verificación de ausencia de acumulación de aguas lluvia en sectores propensos a derrames o avalanchas.
» Aprobación proyecto de explotación SERNAGEOMIN.
- La mantención de los bancos y el control de la acumulación de aguas lluvias al interior del proyecto evitarán la ocurrencia de eventos de arrastre de material o flujos susceptibles de afectar más allá de los límites del mismo proyecto, lo que a su vez será indicativo de la no afectación de los sistemas productivos silvoagropecuarios del entorno del proyecto.
minera por
Forma de control y seguimiento
» Registro de control de niveles y revisión del estado de las obras de aguas lluvias, dos veces al año, en junio y en agosto.
» Informe anual del estado de los bancos y del control de la acumulación de las aguas lluvias al interior del proyecto, en el que se acredite el cumplimiento correspondiente.
» Verificación de ausencia de acumulación de aguas lluvia en sectores propensos a derrames o avalanchas.
» Recorrido interno y registro fotográfico en períodos de lluvias.
» Plan de Explotación Minera.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
ICE numeral 7.1.3; Adenda Complementaria, Anexo 3.
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia
Presenta las medidas a implementar en un plazo máximo de 60 días de notificada la RCA.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Se dará aviso dentro delas 24 horas de ocurrido el evento a la SMA.
51 de57
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
ICE numeral 7.1.3; Adenda Complementaria, Anexo 3.
9.4. Riesgo o contingencia: Vectores y Olores molestos.
Riesgo o contingencia
Presencia de Vectores y Olores molestos
Fase del proyecto a la que aplica
Cierre.
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Area de cierre. Aplicación de GAC. Programa Anual de Áreas para Cierre.
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia
La empresa implementará un Plan de Control de Vectores, que contemplará acciones físicas y químicas acordes con el tipo de vector que eventualmente se presentaren. Dicho Plan se activará ante la detección de vectores en el sector de cierre en el que se haya incorporado GAC a la capa vegetal y/o ante reclamos de vecinos.
Se informará a los vecinos aledaños al sector de cierre, dentro de las 48 horas siguientes a la aplicación de GAC a la capa vegetal, indicando que en caso de molestias por olores u otros, se recibirá sus reclamos en las oficinas administrativas de la planta El Turco. Se dejará registro en el libro de faenas de mina de la entrega de esta información, con identificación de la vivienda, nombre y RUT de la persona que recibió la información.
Forma de control y seguimiento
Plan de Control de Vectores
Registro de la entrega de esta información a vecinos aledaños, con identificación de la vivienda, nombre y RUT de la persona que recibió la información.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
ICE numeral 7.1.4; Adenda Complementaria, Anexo 3.
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia
Recibido el reclamo o denuncia, si se relacionada con presencia anormal de vectores, el titular procederá de inmediato de acuerdo a lo siguiente:
D
2)
3)
Inspección en terreno por parte de encargado ambiental o técnico de la mina, en el sector de cierre en que se haya incorporado GAC a la capa vegetal, a fin de constatar si fuere fuente de vectores. La inspección dará origen a un registro con fecha y firma del encargado de la inspección, que incluirá un resumen de lo observado con identificación del tipo y grado de presencia del vector, si los hubiere;
En caso de detección de presencia inusual de vectores — es decir, en un grado mayor al normal - provenientes del área de cierre, el encargado suspenderá la aplicación de GAC - en caso de estarse desarrollando la aplicación -, y ordenará la ejecución inmediata de las medidas físicas y/o químicas necesarias.
Los trabajadores de la mina podrán realizar el control físico y/o químico de vectores por sí mismos en caso fuere necesario, para lo cual primeramente utilizarán mecanismos físicos tales como incorporar una capa de tierra adicional libre de GAC sobre el área con presencia inusual de vectores. De no ser efectiva la medida, ocupará insecticidas apropiados y aprobados por la autoridad competente, de tal manera que no representen peligro para las personas en particular, y el medio ambiente en general, para lo cual se
seguirán los lineamientos establecidos por las regulaciones
52 de 57
4)
5)
6)
Recibido el reclamo o denuncias sobre malos olores, el titular procederá de inmediato de acuerdo a lo siguiente:
1) 2)
3)
4)
5)
del fabricante y las respectivas en materia de protección adecuada del personal y manejo adecuado de productos químicos;
Para ello se realizará una Charla de inducción al personal encargado de la aplicación del GAC, con instrucciones para el control físico y/o químico de eventuales vectores, y las precauciones y medidas de seguridad que deberán contemplarse para ello, de acuerdo con lo indicado en el Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales en Lugares de Trabajo (D.S. N 594/1999). Si bien no se requiere autorización sanitaria para realizar estas acciones, en caso de subcontratar los servicios de control de vectores a terceros, se contratará a empresas externas debidamente capacitadas y que cumplan con el D.S. N 105/98, del Ministerio de Salud, que aprueba “Reglamento de Empresas aplicadoras de Pesticidas de Uso Doméstico y Sanitario”; Una vez aplicada la medida, se registrará fecha de inspección de seguimiento con registro de resultados.
Este procedimiento se irá revisando directa e inmediatamente en terreno por el encargado ambiental o técnico de la mina, hasta verificar el control efectivo de vectores. Cabe señalar que toda medida de control de vectores está destinada a disminuir su presencia a lo normal, no a su eliminación.
En caso de recibir algún reclamo, se suspenderá la aplicación de GAC en caso de estarse desarrollando.
Se localizará domicilio del denunciante para revisar cumplimiento de distanciamientos y medidas de protección que resultaren aplicables, retirándose el material en caso de no cumplirse distanciamientos previstos en Guía de Manejo y Buenas Prácticas de Aplicación de Guano de Aves de Carne (GAC) en el Suelo, del Consejo Nacional de Producción Limpia (CPL), o al que indique la autoridad, destinándose a otros sectores de cierre que cumplan los distanciamientos previstos en la mencionada Guía, o a falta de éste, a disposición en relleno sanitario o lugar autorizado por la SEREMI de Salud.
Se revisarán las características y condiciones de aplicación, corrigiéndose, en su caso.
En caso de cumplirse adecuadamente con el distanciamiento definido en la Guía de Manejo y Buenas Prácticas de Aplicación de Guano de Aves de Carne (GAC) en el Suelo, del Consejo Nacional de Producción Limpia (CPL), o las que indique la SEREMI de salud, en su caso, se aplicará una capa de tierra vegetal adicional el sector de la última aplicación de guano efectuada. Este procedimiento se irá revisando directa e inmediatamente en terreno hasta que no existan olores.
Se informará a los vecinos, dentro de las 48 horas siguientes a la recepción del reclamo por parte del titular, de la ejecución de las medidas señaladas.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Se dará aviso dentro delas 24 horas de ocurrido el evento a la SMA,
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
ICE numeral 7.1.4; Adenda Complementaria, Anexo 3.
9.5. Riesgo o contingencia: Emergencia asociada a cualquier efecto negativo sobre los cauces.
53 de 57
Riesgo o contingencia
Emergencia asociada a cualquier efecto negativo sobre los cauces (incluye el cauce que se encuentra a un costado del Sector Turco Norte, utilizado para regadío y abasto de agua potable rural)
Fase del proyecto a la que aplica
Operación.
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Sistema de Aguas Lluvias
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia (Adenda, numeral 10)
-
Ausencia de combustible en faenas.
-
Ausencia de maniobras de carguío de combustible de camiones, maquinaria y vehículos en el área de faenas.
» Instalación de Tráiler-Baño al interior de las faenas, en sectores planos, distanciado a mínimo 30 m de bordes de quebradas.
- Restricción a 30 km/h de velocidad de circulación por caminos internos, para evitar volcamientos. Señalización de restricción de velocidad de circulación, para evitar volcamiento y/o derrames.
» Capacitación a los conductores y operadores de maquinaria en conducción segura y riesgos de transporte del material.
No se manipularán, ni utilizarán, ni generarán sustancias que puedan causar daños a los recursos hidrobiológicos, tales como sustancias peligrosas o de algún otro tipo. El mecanismo de funcionamiento de la faena minera sólo considerará el retiro de escarpe, del material estéril de sobrecarga y la extracción del mineral que se encuentra naturalmente en el suelo, sin desarrollar procesos, ni incorporar sustancias ajenas al medio natural.
Forma de control y seguimiento
Libro de registro de capacitaciones; facturas de venta y carguío de combustible de vehículos y maquinarias emitidas por empresa externa autorizada.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Adenda, numerales 10 y 13; Adenda Complementaria, Anexo 3, Fichas Generales Actualizadas, ICE numeral 7.1.5.
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia (Adenda, Tabla AD1-13)
» El personal que detecte el derrame dará aviso al Responsable en Obra.
-
Seguidamente el encargado dispondrá: detener, contener, recuperar el material del derrame y almacenar en un contenedor.
-
El Responsable en Obra, hará una evaluación de sus causas y dispondrá con el operario encargado las acciones para recuperar el residuo derramado y el material contaminado, en toda el área afectada.
-
Se delimitará el área afectada.
-
Seutilizarán los implementos de absorción correspondiente, en el caso de residuos líquidos no inflamables se procederá con arena o aserrín y para el caso de residuos líquidos inflamables se procederá con carbón activado para derrames sobre el suelo; también se podrán utilizar almohadillas absorbentes universales, cordones, telas o paños para derrames sobre agua. Si el residuo es sólido se recogerá por medio de pala y escoba.
» Cuando el derrame se produzca en algún suelo con riesgo de infiltración, se retirará el material del suelo, hasta una profundidad de 10 cm por debajo del nivel afectado por la contaminación.
» En los lugares donde el derrame se encuentre disperso en el terreno, el material absorbente se podrá esparcir, mezclar con el suelo y recuperar en contenedor apropiado.
- El material recogido de un derrame será dispuesto según el tipo de peligrosidad en recipientes para su posterior traslado
y disposición final en lugar autorizado.
54 de 57
» En el caso del derrame accidental de materiales, se efectuarán un seguimiento de la zona contaminada, con un muestreo de los elementos pertinentes. Lo anterior se cumplirá en base a un “check list” y registro fotográfico, donde se constate la descontaminación del sitio afectado, de modo tal que exista un registro histórico verificable para la fiscalización de esta tarea.
-
Las instituciones y los números de alerta ante una emergencia son los siguientes:
-
— Ambulancia: 131;
-
Bomberos: 132;
-
Carabineros: 133;
-
DGA Dirección Regional de Valparaíso: (33) 2332302 / (33) 2332310;
-
Servicio Nacional Pesca y Acuicultura Valparaíso: (32) 2592033
» Una vez controlada la emergencia, se deberá emitir un informe, el cual deberá ser remitido a la Autoridad ambiental competente.
» En caso de derrame de materiales peligrosos, se emitirá un informe de seguimiento, que será remitido a la Autoridad ambiental competente. La información a proporcionar dará cuenta de:
» Descripción del evento, indicando lugar, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.
» Detalles de cada acción y medida de contingencia utilizada durante el evento,
- Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreo inmediatos en el área de influencia,
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia
Se informará a la SMA, a la Dirección General de Aguas de la Región de Valparaíso y al Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura en un plazo no superior a 24 horas de ocurrido el evento, señalando lo siguiente:
-
Descripción del evento, indicando lugar, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.
-
Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizada durante el evento.
-
Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreo inmediatos en el área de influencia.
-
En caso de ser necesario, se implementará un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Adenda, numerales 14, 10 y 11; Adenda Complementaria, Anexo 3, Fichas Generales Actualizadas; ICE, numeral 7.1.5.
10?, Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
55 de 57
- Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.
127, Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
13”, Que, para que el proyecto “Modificación Mina El Turco, Sector Turco Norte” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
149, Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Valparaíso y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
15%, Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA de la Región de Valparaíso la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del RSEIA.
16%. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del RSEIA, deberá someterse al SELA, previo a su ejecución.
- Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
-
Calificar Ambientalmente favorable la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Modificación Mina El Turco, Sector Turco Norte”, de Minera Las Piedras Limitada.
-
Certificar que el proyecto “Modificación Mina El Turco, Sector Turco Norte” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3". Certificar que el proyecto “Modificación Mina El Turco, Sector Turco Norte” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos que se señalan en los artículos 137, 146, 148, 149 y 156 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4. Certificar que el proyecto “Modificación Mina El Turco, Sector Turco Norte” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
- Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.
6”. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 y 30 bis de la Ley N* 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Notifíquese y Archívese
orge Martínez Iurán
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental Región de Valparaíso
56 de 57
Pero
ll y p RAS.
Distribucj se
e Sr, Carlos Roberto Pesce Martínez, Representante Legal, Minera Las Piedras Limitada, Av. Vitacura N* 2.909 of. 911, Santiago.
Corporación Nacional Forestal, Región de Valparaíso
Dirección General de Aguas, Región de Valparaíso
Gobierno Regional, Región de Valparaíso
Ilustre Municipalidad de Cartagena
SEC, Región de Valparaíso
SEREMI de Agricultura, Región de Valparaíso
SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Valparaíso
SEREMI de Desarrollo Social, Región de Valparaíso
SEREMI de Economía, Región de Valparaíso
SEREMI de Energía, Región de Valparaíso
SEREMI del Medio Ambiente, Región de Valparaíso
SEREMI de Minería, Región de Valparaíso
SEREMI de Obras Públicas, Región de Valparaíso
SEREMI de Salud, Región de Valparaíso
SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Valparaíso SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Valparaíso SERNAGEOMIN, Zona Central
Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Valparaíso
Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, Región de Valparaíso Servicio Nacional Turismo, Región de Valparaíso
Consejo de Monumentos Nacionales
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
C/e:
-
Superintendencia del Medio Ambiente
-
Sr, Coordinador Unidad de Participación Ciudadana, Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Valparaíso
-
Oficial de Partes de la Región de Valparaíso
-
Expediente del Proyecto “Modificación Mina El Turco, Sector Turco Norte”.
-
Archivo Servicio Evaluación Ambiental, Región de Valparaíso.
57 de 57
[OCR parcial: primeras 25 y últimas 15 páginas de 57]