Evaluación SEA

Proyecto Fotovoltaico Elena

Rol 2131282149
SEA · DIA · Aprobado · 2016-04-18 · Región de Antofagasta · Solar Elena SpA.

REPÚBLICA DE CHILE

COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGION DE ANTOFAGASTA Califica HAmbientalmente el proyecto “Proyecto Fotovoltaico Elena” Resolución Exenta N* 0 0 0 4 Antofagasta, 05 ENE 2917 VISTOS:

  1. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 23 de septiembre de 2016 y su Adenda Complementaria de fecha 18 de noviembre de 2016, del proyecto “Proyecto Fotovoltaico Elena”, presentada por Ibereólica Solar Elena SpA, con fecha 30 de marzo de 2016.

2”. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Proyecto Fotovoltaico Elena”.

3”. El Acta de Evaluación N* 03/2016 de fecha 02 de junio de 2016, del Comité Técnico de la Región de Antofagasta.

4”. El ICE de la DIA del proyecto “Proyecto Fotovoltaico Elena” de fecha 09 de diciembre de 2016.

5”. El acuerdo N*070 de la sesión ordinaria N? 24 de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de fecha 22 de diciembre de 2016.

6”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Proyecto Fotovoltaico Elena”.

7". Lo dispuesto en la Ley N” 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N? 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, la Resolución Exenta N 1488 de fecha 16 de diciembre de 2015 de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, que nombra al Director Regional Subrogante del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta y el D.S. N” 1819 de fecha 02 de diciembre de 2016, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra al Intendente de la Región de Antofagasta, se dicta lo siguiente:

CONSIDERANDO:

  1. Que, Ibereólica Solar Elena SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Proyecto Fotovoltaico Elena” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Tabla 1. Antecedentes del titular

Nombre o razón social Ibereólica Solar Elena SpA

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76.545.701-7

Rut

Domicilio Rosario Norte N? 615, oficina 1403, Las Condes. Teléfono 56-2-23333540

Correo electrónico del titular cpsGgrupoibereolica.com

Nombre(s) del/los representante(s) | Cristian Arévalo Leal

legal(es)

Rut del/los representante(s) legal(es) 13.515.474-1

Domicilio . «delllos representante(s) | Rosario Norte N? 615, oficina 1403, Las Condes. legal(es)

Teléfono del/los representante(s) | 56-2-23333540 legal(es)

Correo electrónico del/los | cpsYgrupoibereolica.com representante(s) legal(es)

2?. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 09 de diciembre de 2016, el Director Regional Subrogante del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta ha recomendado aprobar el Proyecto, en base a la opinión de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental que participaron del proceso de evaluación del proyecto, y que a partir de sus informes se puede concluir que el proyecto:

e Cumple con la normativa de carácter ambiental vigente aplicable.

e Ha identificado los permisos ambientales sectoriales aplicables al proyecto, y ha proporcionado satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dichos permisos, y no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N* 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

3”. Que, en sesión ordinaria de fecha 22 de diciembre de 2016, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta acordó calificar favorablemente el proyecto “Proyecto Fotovoltaico Elena”, aprobando integramente el contenido del ICE de fecha 09 de diciembre de 2016, el que forma parte integrante de la presente Resolución.

  1. Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1 ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general El proyecto consistirá en la construcción y operación de dos plantas

fotovoltaicas idénticas de 223 MWac cada una, una subestación transformadora 33/220 kV y una línea de transmisión eléctrica de 220 kV aérea de doble circuito que permitirá evacuar la energía eléctrica proveniente de las plantas fotovoltaicas hasta la Subestación Eléctrica Encuentro existente, de propiedad de Transelec.

Tipología principal, | Según lo establecido en el artículo 10 de la Ley N* 19.300 sobre Bases así como las aplicables | Generales del Medio Ambiente, y el artículo 3 del Reglamento del Sistema a sus partes, obras o | de Evaluación de Impacto Ambiental, las tipologías que aplican al acciones proyecto son:

b) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones.

b.1. Se entenderá por líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas líneas que conducen energía eléctrica con una tensión mayor a veintitrés kilovoltios (23 kV).

Cc) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW.

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Vida útil

La vida útil del proyecto se estima en 30 años. La fase de construcción tendrá una duración 40 meses, la fase de operación 30 años y la fase de cierre 12 meses.

Monto de inversión

La inversión del proyecto se estima en US$ 535.000.000.

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta

El proyecto se iniciará con la apertura del nuevo camino de acceso a las plantas fotovoltaicas.

del inicio de la

ejecución

Proyecto o actividad | Si | No

se desarrolla por

etapas 194]

Proyecto o actividad | Si | No

modifica un proyecto

o actividad existente Xx]

Proyecto modifica

otra(s) RCA Si |No X]

4.2 UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político- | Región de Antofagasta, provincia de Tocopilla, comuna de María

administrativa Elena.

Justificación de la |El proyecto se emplazará en la región de Antofagasta debido a que el

localización área geográfica presenta uno de los más altos índices de radiación a nivel mundial.

Superficie Las obras permanentes del proyecto constituirán una superficie de 582,153 ha. Por otra parte, las obras temporales utilizarán una superficie de 14,17 ha.

Coordenadas UTM en | Las coordenadas UTM de la planta fotovoltaica FV-1, datum WGS-84,

Datum WGS84 huso 198, se presentan a continuación:

Tabla 2: Coordenadas ubicación Planta fotovoltaica FV-1

Vértice Este (m) Norte (m) 1 450.682 7.550.295 2 453.212 7.550.295 3 453.212 7.547.912 4 450.682 7.574.912

Las coordenadas UTM de la planta fotovoltaica FV-2, datum WGS-84, huso 198, se presentan a continuación:

Tabla 3: Coordenadas ubicación Planta fotovoltaica FV-2

Vértice Este (m) Norte (m) 1 448.152 7.550.295 2 450.682 7.550.295 3 450.682 7.547.912 4 448.152 7.547.912

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Las coordenadas UTM del resto de las instalaciones del proyecto, temporales y permanentes, se presentan en las Tablas 6, 7, 8, 9 y 10 de la DIA.

Caminos de acceso El acceso al área del proyecto se realizará desde la ruta 24 en dirección Norte, en las coordenadas UTM 7.536.275 m N, 442.576 m E; Datum WGS-84, huso 19 S.

Referencia al expediente | Tablas 6, 7, 8, 9 y 10 de la DIA. de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la | Tablas 1 y 2 de la Adenda. localización de sus partes, obras y acciones

Figuras 2 y 3, y Anexo 1 de la DIA.

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

El proyecto fotovoltaico consiste en la construcción y operación de dos plantas fotovoltaicas de 223 MW de potencia instalada cada una, una subestación transformadora 22/220 kV y una línea eléctrica de transmisión de 220 kV de doble circuito.

a) Instalación de faena

Se habilitará como apoyo a las actividades de construcción. Involucra una superficie de 1,23 ha y estará localizada dentro del área de emplazamiento de las plantas fotovoltaicas. La instalación de faenas contará con: oficinas, bodegas, área de almacenamiento de residuos domiciliarios, área de almacenamiento temporal de residuos de construcción, bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, estacionamientos, casetas sanitarias y baños químicos.

b) Campamento

El proyecto contempla la habilitación de un campamento para dar alojamiento a las personas que participen en la fase de construcción (500 personas). Una vez finalizada la fase de construcción se procederá al retiro de todas las instalaciones que componen el campamento. Para la fase de cierre también se habilitará un campamento, de capacidad 250 personas, que permanecerá operativo por 12 meses. Una vez finalizada la fase de cierre se procederá al retiro de todas las instalaciones que componen el campamento. Mayores antecedentes respecto al campamento para la fase de construcción, ver acápites 1.5.12 y 1.6.1.1.1. de la DIA. Mayores antecedentes respecto al campamento para la fase de cierre, ver acápites 1.8.5 y 1.8.5.4. de la DIA.

c) Frentes de trabajo

Se contempla la habilitación de frentes de trabajo que se desplazarán a medida del avance de las labores de construcción y montaje.

d) Canchas de tendido de conductores y canchas de tendido de cable de guardia con fibra óptica

Para el tendido de los conductores de la línea se habilitarán 26 canchas de dimensiones 20 m ancho por 30 m de largo. Para acopiar las bobinas de los cables usadas en el tendido del cable de guardia con fibra óptica se instalarán 28 canchas de dimensiones 15 m de ancho por 15 m de largo.

e) Ocupación temporal de apoyos

Se habilitará un área temporal para cada uno de los apoyos metálicos (estructuras) del proyecto. En estas áreas se llevarán a cabo las actividades necesarias para la construcción de fundaciones y el montaje de apoyos, utilizando una superficie de 1.600 m? por apoyo.

Además, al interior de algunas áreas se habilitarán sectores de lavado de camiones betoneros con piscinas impermeabilizadas.

f) Caminos de acceso

Para el acceso al proyecto se ha previsto un camino que se iniciará en la ruta B-24, de longitud 15,8 km que discurrirá

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paralelo a la línea de transmisión de 220 kV. Adicionalmente se contemplan otros accesos en el tramo de la línea de

transmisión eléctrica (apoyos 37 y 54) de una extensión de 5,3 km, con el fin de dar acceso al tramo de línea que no quedará cubierto por el camino principal.

8) Plantas fotovoltaicas FV-1 y FV-2

Las plantas fotovoltaicas generarán 223 MWAC cada una. Cada planta se dispondrá en una superficie de 603 ha y estará constituida por 774.144 módulos fotovoltaicos de potencia nominal 320 Wp cada uno. Los módulos fotovoltaicos se organizarán en seguidores y cada seguidor contará con 84 módulos. Los seguidores contarán con un motor alimentado por un módulo fotovoltaico y una batería. Los módulos generarán energía en corriente continua y se transformará a corriente alterna mediante inversores. Los inversores se instalarán en los centros de transformación.

Para mayores detalles, ver el numeral 1.5.2.2 de la DIA.

h) Subestación Transformadora 33/220 kV

La subestación estará constituida por el edificio eléctrico, donde se recibirá la energía del sistema colector de las dos plantas fotovoltaicas. El edificio albergará en su sala eléctrica las celdas de 33 kV, equipos de control, mando, protección y servicios auxiliares de la subestación. El parque intemperie de la subestación estará constituido por los transformadores de potencia, autoválvulas, transformadores de intensidad, transformadores de tensión, seccionadores e interruptores automáticos. Para mayores detalles, ver el numeral 1.5.2.3 de la DIA.

1) Línea de transmisión eléctrica

La energía eléctrica será incorporada al Sistema Interconectado del Norte Grande (SING) mediante la construcción y operación de una línea eléctrica de transmisión de 220 kV de doble circuito. La línea contará con 56 apoyos metálicos (estructuras) de celosía, y su trazado comenzará en la subestación transformadora 33/220 kV y finalizará en la Subestación Encuentro, propiedad de Transelec. La línea tendrá una longitud de 18,583 km. La franja de servidumbre estará definida por un pasillo de 40 m, con 20 m a cada lado del eje de la misma. Los apoyos y estructuras tendrán una

altura de entre 12 m y 36 m y corresponderán a torres metálicas de acero galvanizado. Para mayores antecedentes, ver el numeral 1.5.2.4 de la DIA.

4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN La fase de construcción se ejecutará en un periodo de 40 meses que se dividirá en dos partes:

-La primera parte se desarrollará en un plazo de 20 meses en los que se llevará a cabo la planta fotovoltaica FV-1, la subestación transformadora 33/220 kV y la línea eléctrica de 220 kV.

-La segunda parte se desarrollará en un plazo de 20 meses, en los que se ejecutará la planta fotovoltaica FV-2 y la ampliación de la subestación transformadora 33/220 kV.

La mano de obra para la fase de construcción se estima en un máximo de 500 trabajadores y un promedio de 200 personas.

Instalación de | Mayores antecedentes ver numeral 4.3 a) de la presente Resolución.

faena

Campamento Mayores antecedentes ver numeral 4.3 b) de la presente Resolución.

Habilitación de | La vía principal de acceso será desde el camino B-24, en dirección noreste, con una longitud de

caminos de acceso 15,8 km, paralelo a la línea de transmisión. Para su habilitación, se realizará el escarpe y excavaciones en las áreas a intervenir. Posteriormente se nivelará la superficie y se construirá la carpeta de rodado. El volumen de excavaciones proyectado se estima en 23.332 mí. Adicionalmente al camino principal, se implementarán otros caminos de acceso en el tramo entre los apoyos 37 y 54, de una extensión de 5,3 km.

Canchas de tendido | Se acondicionarán 54 canchas donde se instalarán los equipos de tendido y las bobinas del de conductores y de | conductor o cable de guarda a tender.

cable de guardia con fibra óptica

Limpieza y | Se llevará a cabo la limpieza y adecuación de todos los terrenos en donde se emplazarán las preparación del | obras del proyecto, para lo cual se retirarán piedras o promontorios de tierra.

terreno Se realizará el escarpe, nivelación, relleno y compactación del suelo, con el fin de contar con

una superficie adecuada para el funcionamiento de las instalaciones temporales.

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Aquellas áreas de ocupación temporal en que se implemente la piscina de lavado de camiones betoneros, se excavará e impermeabilizará mediante la instalación de polietileno de un espesor suficiente para resistir el agua con hormigón, y contará además con un cierre perimetral.

Instalación de plantas fotovoltaicas

y FV-2

Fv-1

La primera actividad será el replanteo de la parcela mediante la verificación topográfica. Se prevé que no será necesario mover un gran volumen de tierra, puesto que la pendiente del terreno no supera el 3% y el sistema de seguimiento fotovoltaico admite un desnivel del 7%.

Al mismo tiempo comenzará la ejecución de caminos interiores y la excavación para zanjas y canalizaciones. Los caminos interiores se han diseñado de manera de facilitar la accesibilidad a los módulos y centros de transformación.

Se diferencian 4 tipos de caminos: un camino perimetral, un camino eje norte-sur, 8 caminos este-oeste y algunos caminos interiores norte-sur para la limpieza y mantenimiento de los módulos.

Las zanjas y canalizaciones se ejecutarán para enterrar el sistema colector de potencia. En el fondo de las zanjas se instalará el cable a tierra, posteriormente se rellenará con una capa de arena de 10 cm antes de tender los cables de potencia y control. Una vez tendidos los cables se extenderá otra capa de arena fina de río hasta completar 10 cm de espesor mínimo desde la parte superior de los mismos.

Posteriormente, se procederá con el hincado y montaje de las estructuras donde se instalarán los seguidores y módulos fotovoltaicos. Asimismo se ejecutarán las cimentaciones de los centros de transformación.

La siguiente fase consistirá en el montaje de módulos, centros de transformación, así como la instalación eléctrica, tanto de baja como de media tensión. Las actividades de montaje se irán solapando en frentes de trabajo para reducir los plazos de construcción.

Cabe destacar que el montaje de los módulos se ejecutará rápidamente, ya que la estructura en su totalidad va atornillada y no requiere de soldaduras.

Por otro lado los centros de transformación sólo requieren el conexionado eléctrico de los equipos, puesto que vienen montados desde fábrica.

Construcción — de subestación transformadora

33/220 kV

La construcción se iniciará con la adecuación del terreno y labores de nivelación y escarpe. El material obtenido será reutilizado en el relleno y compactado de excavaciones.

La siguiente fase consistirá en la ejecución de las cimentaciones de los equipos del parque de intemperie y del edificio eléctrico.

Posteriormente, se llevará a cabo la instalación de los equipos así como el conexionado de los mismos. Del mismo modo se llevará a cabo la construcción del edificio eléctrico, se instalarán los equipos y se realizará el conexionado del sistema recolector de potencia, así como de la red de comunicaciones.

Construcción de la línea eléctrica de transmisión de 220 kv

La primera actividad será el replanteo de las estructuras para luego realizar el despeje y adecuación de todos los terrenos en dónde se emplazarán las estructuras.

Posteriormente se ejecutarán las excavaciones de las fundaciones de los apoyos mediante retroexcavadora o de forma manual.

El volumen de material a extraer se estima en 1.080 m' el cual será reutilizado para relleno y compactación.

A continuación se construirán las fundaciones de cada estructura mediante la colocación de moldajes y armaduras para ser rellenadas con hormigón.

Posteriormente se realizará el montaje de estructuras mediante el tejido y empernado de todas las piezas. Una vez montadas las 56 estructuras se instalarán los aisladores para luego comenzar con el tendido del cable conductor y cable de guardia.

Además se ejecutará una excavación menor para albergar la malla de tierra y pletina de fierro galvanizado.

Conexión y pruebas

Previo a la puesta en servicio, se ejecutarán las siguientes pruebas:

-Inspecciones visuales de los diferentes equipos que componen las plantas, así como del montaje;

-Pruebas de puesta en marcha de equipos;

-Pruebas de cableado y conexionado;

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“Verificación de puesta a tierra de equipos, estructuras, etc.;

“Inspección visual mediante recorrido pedestre del estado de la línea;

“Verificación del retiro de todas las puestas a tierra provisorias;

Verificación de la resistencia de aislación entre cada fase y tierra, y entre fases en todas sus combinaciones;

“Verificación de la medida de resistencia y continuidad del conductor;

Verificación de secuencia y correspondencia de fase.

Puesta en servicio

La actividad considera las pruebas de montaje y puesta en servicio de todos los equipos que componen las plantas fotovoltaicas (FV-1y FV-2), la subestación transformadora 33/220 kV y la línea eléctrica de transmisión de 220 KV, así como todos los equipos de control y protecciones.

Desmontaje de la

instalación de faenas, campamento y

frentes de trabajo

Una vez terminadas las obras de construcción, se retirarán las instalaciones de faena, campamento y todos los elementos ajenos a la operación. En términos generales, se realizará el retiro de los materiales sobrantes, residuos y desechos de las áreas que hayan sido intervenidas

por las faenas, los cuales serán finalmente dispuestos en lugares que cuenten con la autorización sanitaria.

Insumos y servicios

Se requerirá de los siguientes insumos: Estructuras (acero), conductores y cable de guardia, hormigón, combustibles, aceites, lubricantes, agua, energía, materiales de construcción, servicios higiénicos, alimentación y alojamiento, maquinarias y equipos.

Recursos naturales renovables

Durante la fase de construcción el proyecto no requerirá de la corta de vegetación.

Emisiones

a) Emisiones atmosféricas

Las emisiones de MP10, MP 2,5 y gases en la fase de construcción del proyecto, se generarán principalmente por el tránsito vehicular, movimiento de tierra, construcción de caminos, operación de maquinaria y erosión eólica. Para cuantificar las emisiones de MP10 y MP 2,5 asociadas a la fase de construcción, se utilizaron los factores de emisión desarrollados por U.S. Agencia de Protección Ambiental (EPA) Factores de Emisión $: AP 42, Quinta Edición, 1995,

generándose una emisión máxima para el primer año de la fase de construcción de 72,04 t/año de MP10.

Para el control de las emisiones, se implementarán las siguientes medidas:

  • Estabilización de caminos: Se contempla el tratamiento con bischofita (abatimiento del 75% de las emisiones) para el camino perimetral de cada planta fotovoltaica; el eje norte-sur de cada planta fotovoltaica; los 8 caminos este-oeste de cada planta fotovoltaica que permiten el acceso y conexión a los centros de transformación (ver Anexo N? 1 de Adenda). -Asfaltado del camino de acceso.

-Uso de equipos y maquinaria con niveles de emisión certificados por el fabricante y en cumplimiento con la normativa ambiental vigente.

e -El transporte de material de relleno y movimiento de tierra se realizará en camiones cubiertos por lonas u otro material de características similares.

e El resto de los caminos no recibirá tratamiento con bischofita, debido al bajo uso de los mismos, por tanto en ellos se realizará una compactación y posterior humectación con agua tratada provenientes de las PTAS. La humectación de caminos no pavimentados y frentes de trabajo se realizará con una frecuencia de riego de 4 veces al día.

b) Emisiones de ruido

Se generará ruido debido a las faenas de construcción y al funcionamiento de maquinaria y equipos. Para la modelación de las emisiones de ruido en SOUNDPLAN, se utilizaron valores de nivel de potencia acústica para cada una de las fuentes significativas de ruido, cuyo detalle se presenta en la Tabla 11 del Anexo N? 7 de la DIA.

Los niveles de inmisión de ruido no superarán los límites máximos permitidos en la normativa ambiental aplicable.

Residuos,

productos químicos y otras sustancias que puedan afectar

a) Residuos líquidos

A continuación, se presentan los residuos líquidos a generar en la fase de construcción del proyecto.

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el medio ambiente.

Tabla N? 4: Residuos líquidos generados fase de construcción

Residuo | Cantidad | Zona de generación Manejo Disposición Aguas 75 m'/día | Servicios higiénicos | Baños químicos y planta de | Lugar servidas y baños químicos tratamiento de aguas | autorizado

servidas

Además, se generará un residuo industrial líquido producto del lavado de betoneras para eliminar restos de hormigón que se encuentran adheridos en las paredes internas. Esta actividad se realizará en piscinas de lavado decantadoras habilitadas para tal uso, al interior de la instalación de faenas. El lavado de betoneras se efectuará mediante procedimientos que permitan el reuso del agua en el mismo lavado, mientras que el material sólidos decantado en el fondo será retirado como residuo sólidos derivado de la construcción. El mantenimiento y lavado de vehículos se realizará en talleres fuera del área de emplazamiento del proyecto.

b) Residuos sólidos

A continuación, se presentan los residuos sólidos a generar en la fase de construcción del proyecto.

Tabla N? 5: Residuos sólidos generados fase de construcción

Clasificación | Descripción | Generación Disposición Frecuencia | Disposición

temporal de retiro final Residuos Residuos 2 t/mes en | Los residuos | 1 vez a la | Relleno sólidos asimilables a | promedio y | generados en los | semana sanitario domiciliarios | domiciliarios | un máximo | frentes de autorizado de 8 t/mes. | trabajo serán retirados

diariamente en bolsas plásticas y luego almacenados en la instalación de faena en contenedores.

Los residuos generados en el campamento se acopiarán en

una bodega transitoria para su retiro periódico y almacenamiento temporal en contenedores. Residuos Escombros 0,16 t/mes | Acopiados en Reutilización industriales no peligrosos Restos de | 15 /mes a faenas e hormigón de Ñ oa lavado de de faenas. disposición camiones final en lugar betoneros y autorizado. hormigón de rechazo Materiales 0,04 t/mes con yeso Materiales de | 0,06 t/mes construcción

Restos de | 0,33 t/mes

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enfierraduras y restos metálicos inertes Aceites de mantenciones Filtros de aceites y material contaminado Baterías Envases con sustancias peligrosas (aceites u otros)

Residuos sólidos peligrosos

Bodega de acopio temporal

Cada 6

meses

Disposición final en sitio autorizado.

1 t/año

0,25 t/año

0,1 t/año

0,5 t/año

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Para mayor detalle de las actividades que se realizarán en la fase de construcción, ver numeral 1.6 de la DIA. Para mayor detalle de la estimación de emisiones y los resultados, ver Anexo 3 de la Adenda de la DIA. A su vez, para mayor detalle de los insumos que se utilizarán en esta fase, ver numeral 1.6.5. de la DIA, ver pregunta 7 de la Adenda de la DIA y Tabla 1 de la Adenda Complementaria de la DIA. Para mayor detalle de la generación de residuos, ver Anexos 1 y2 de la Adenda Complementaria de la DIA.

4.4.2. FASE DE OPERACIÓN

La fase de operación comenzará con la generación de energía eléctrica por el funcionamiento de los módulos fotovoltaicos y su transmisión a través de la línea eléctrica de 220 KV hasta su conexión al sistema en la Subestación Encuentro. La generación será monitoreada y controlada por los operadores de las plantas fotovoltaicas desde la sala de control ubicada en el edificio de la Subestación Transformadora.

La fase de operación contará con 25 trabajadores para cada una de las plantas fotovoltaicas, por lo que en conjunto se prevén 50 trabajadores realizando mantenimiento preventivo y correctivo en las instalaciones. Las obras relacionadas a las partes y obras de la fase de operación corresponderán a las siguientes:

a) Limpieza de módulos

Ma imiento o . : a ntenimien b) Mantenimiento de mecanismo, equipos y estructuras metálicas preventivo o Ñ c) Mantenimiento de caminos d) Mantenimiento de las obras eléctricas de baja, media y alta tensión Para mayores detalles de cada una de las actividades ver Tabla 4.4.1.2. del ICE y numeral L6 de la Adenda. Po Las labores de mantenimiento correctivo consistirán en la reparación, y en su caso, sustitución Mantenimiento - , . de equipos por fallas o averías. correctivo

No se contempla la sustitución de módulos fotovoltaicos ni los motores, sólo se realizará únicamente en caso de que se constate un defecto, rotura o avería de los equipos.

Los mantenimientos en la línea de transmisión corresponderán a reparaciones de las instalaciones que comprometes la continuidad del servicio, con programación de corto plazo después de producida la falla.

Para mayores detalles, ver el numeral L6 de la Adenda.

Medidas de manejo ambiental

Durante la fase de operación se mantendrán las siguientes medidas preventivas:

-Prohibir la captura, recolección y/o caza de fauna silvestre.

-Prohibir el retiro y/o recolección de flora, vegetación fuera de las áreas de intervención. -Prohibir el ingreso al área del proyecto con animales domésticos que puedan poner en peligros la flora y fauna del área.

-Procurar que los residuos de comidas u otros alimentos atractivos para la fauna local sean debidamente acumulados en contenedores cerrados y retirados periódicamente.

-Instalar señalética informativa que permita visualizar las prohibiciones y restricciones al interior del predio.

Insumos y servicios básicos

Se requerirá de los siguientes insumos: agua potable, agua industrial, combustible, lubricantes, energía eléctrica, servicios higiénicos, alimentación, alojamiento, maquinaria y equipos.

Energía eléctrica

La energía eléctrica generada por las plantas fotovoltaicas FV-1 y FV-2 será evacuada hasta la Subestación Encuentro, para finalmente inyectarla al SING. De acuerdo a lo anterior, se

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producirá energía del orden de 446 MW.

Recursos naturales renovables

El proyecto no contemplará la extracción o explotación de recursos naturales renovables durante la fase de operación.

Emisiones

a) Emisiones atmosféricas

Las emisiones de MP10, MP 2,5 y gases en la fase de operación del proyecto, estarán principalmente asociadas al transporte (tránsito de vehículos y combustión) y a la operación de grupos electrógenos de soporte. Para cuantificar las emisiones de MP10 y MP 2,5 asociadas a la fase de operación, se utilizaron los factores de emisión desarrollados por U.S. Agencia de Protección Ambiental (EPA) Factores de Emisión € AP 42, Quinta Edición, 1995, generándose una emisión máxima para la fase de operación de 2,97 t/año de MP10.

Las medidas de control contempladas para la fase de operación consistirán en:

-Asfaltado del camino de acceso al área del proyecto.

-Estabilización de caminos con mantención periódica de la capa supresora de polvo, con un control de emisiones del 75%.

b) Emisiones de ruido

En la fase de operación las fuentes de emisión sonoras consideradas corresponderán a la línea de transmisión, 2 transformadores de la subestación y a los transformadores ubicados en los centros de transformación. Los transformadores se encuentran ubicados en cabinas eléctricas que reducen la emisión sonora. El nivel de inmisión de ruido de la línea de transmisión será bajo. En los receptores seleccionados se dará cumplimiento a los niveles de inmisión de ruido, según se describe en el Anexo N? 7 de la DIA.

c) Campo eléctrico

La magnitud del campo eléctrico a un metro de altura sobre el suelo en el borde inmediato de la subestación de 220 kV se estima que no superará 1.350 V/m, de acuerdo a los cálculos de publicaciones internacionales y conforme a las distancias reales. En el caso de la línea de 220 KV, en el borde de la franja se obtiene un valor de campo eléctrico de 545 V/m. Estos valores son inferiores al límite de 5.000 V/m recomendado por la ICNIRP. Para mayores antecedentes, ver el Anexo N? 6 de la DIA.

d) Campo magnético

La magnitud de inducción magnética a un metro de altura sobre el suelo, en el borde de la subestación es inferior a 4,1 micro Tesla, según medidas nacionales y simulación. En el borde de la franja de seguridad de la línea se obtendrá una magnitud de 0,76 micro Tesla. Estos valores serán inferiores al límite de 100 micro Tesla propuesto por la ICNIRP. Para mayores antecedentes, ver el Anexo N? 6 de la DIA.

Residuos, productos químicos y Otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

a) Residuos líquidos

A continuación, se presentan los residuos líquidos a generar en la fase de proyecto.

operación del

Tabla N? 6: Residuos líquidos generados fase de operación

Residuo | Cantidad Zona de Manejo Disposición generación

Aguas 7,5 mé/día | Servicios Planta de tratamiento de aguas | Lugar

servidas higiénicos servidas autorizado

b) Residuos sólidos

A continuación, se presentan los residuos sólidos a generar en la fase de operación del proyecto.

Tabla N? 7: Residuos sólidos generados fase de operación [ Clasificación | Descripción | Generación [ Disposición

| Frecuencia | Disposición ]

10/31

temporal de retiro final Residuos Restos de | 0,8 t/mes Contenedores l vez a la | Relleno sólidos comida, herméticos con | semana sanitario domiciliarios | envases, tapa, ubicados autorizado papeles, en la sala de cartones, etc. residuos del edificio de control de la subestación transformadora Residuos Restos de | 0,04 tímes | Almacenamiento | Retiro y | Relleno industriales cables, piezas temporal de | transporte sanitario no peligrosos | averiadas forma por empresa | autorizado o entre otros segregada, en | autorizada | reutilización Módulos 1.548 la sala de | para su | en otras fotovoltaicos | módulos al | residuos del | reutilización | faenas en desuso año edificio de | en otras control de la | faenas o subestación para su transformadora. | disposición final, según sea el caso. O a La peligrosos prántenciones contenedores autorizado Filtros de : Ñ : resistentes y aceites y ess material herméticos, a contaminado | 0,1 año prueba de (huaipes y filtraciones. Los a contenedores paños) z . estarán Baterías 90 1/10 años | debidamente Envases con etiquetados y se sustancias ubicarán en la peligrosas 0,1 Yaño sala de residuos (aceites u del edificio de otros) control.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Para mayor detalle de las actividades que se realizarán en la fase de operación, ver numeral 1.7 de la DIA. Para mayor detalle de la estimación de emisiones y los resultados, ver Anexo 3 de la Adenda de la DIA. A su vez, para mayor detalle de los insumos que se utilizarán en esta fase, ver numeral 1.7.5. de la DIA, ver pregunta 7 de la Adenda de la DIA y Tabla 1 de la Adenda Complementaria de la DIA. Para mayor detalle de la generación de residuos, ver Anexos 1 y 2 de la Adenda Complementaria de la DIA.

4.4.3. FASE DE CIERRE

Debido a la naturaleza del proyecto, no se considera explícitamente una fase de cierre, siendo probable que durante la vida útil del proyecto (30 años) las plantas fotovoltaicas, la subestación transformadora y la línea de alta tensión vayan siendo actualizadas tecnológicamente, con la finalidad de prolongar su duración.

Si al fin de la vida útil del proyecto no existiese uso alternativo para los elementos que componen el proyecto, se procederá a retirar toda la infraestructura, reutilizándola o vendiéndola. La fase de cierre tendrá una duración total de 12 meses y la mano de obra permanente se estima en 100 personas como promedio y un máximo de 250 personas.

Campamento

Durante la fase de cierre se habilitará un campamento para el alojamiento del total de trabajadores que participen en las labores de desmantelamiento (250 personas) y permanecerá operativo durante los 12 meses que dure la fase. Una vez finalizada la fase se procederá al retiro de todas las instalaciones que componen el campamento.

Desenergización de las instalaciones

Se procederá a la desenergización de las instalaciones de forma parcelada, mediante interrupción del paso de energía.

Desmantelamiento de las instalaciones

Se procederá al desarme y retiro de todas las estructuras y equipos pertenecientes a las plantas fotovoltaicas. Los escombros y residuos serán retirados para su disposición en sitios

11/31

autorizados. Los equipos y materiales serán vendidos a terceros y dispuestos en lugares autorizados.

Restauración de | Se procederá a restituir los terrenos intervenidos que signifiquen alteración significativa en el superficies paisaje.

Actividades de | El cierre del proyecto consistirá en el desmantelamiento de las plantas fotovoltaicas, la cierre subestación y la línea de transmisión, con la posterior restauración del terreno.

Las actividades que se enmarcarán en el cierre del proyecto se enumeran a continuación: -Delimitación de las áreas de trabajo.

-Instalación de faenas de contratista.

-Traslado del personal.

-Retiro de conductores y cable de guardia de la línea.

-Desmantelamiento de estructuras, módulos fotovoltaicos, seguidores, apoyos; y traslado de piezas y componentes.

-Restitución de terrenos.

-Retiro de instalaciones de faena.

-Limpieza y disposición de residuos.

-Depósito del material excedente.

Insumos y servicios

Se requerirán los siguientes insumos: agua potable, agua industrial, combustible, lubricantes, energía eléctrica, servicios higiénicos, alimentación, alojamiento, maquinaria y equipos.

Recursos naturales renovables

El proyecto no contemplará la extracción o explotación de recursos naturales renovables durante la fase de cierre.

Emisiones y efluentes

a) Emisiones atmosféricas

Las emisiones de MP10, MP 2,5 y gases en la fase de cierre del proyecto, se producirán principalmente por las actividades de movimiento de tierra, utilización de maquinaria, tránsito vehicular y el uso de grupos electrógenos. Para cuantificar las emisiones de MP10 y MP 2,5 asociadas a la fase de operación, se utilizaron los factores de emisión desarrollados por U.S. Agencia de Protección Ambiental (EPA) Factores de Emisión € AP 42, Quinta Edición, 1995, generándose una emisión máxima para la fase de cierre de 213,78 t/año de MP10.

Residuos, productos

químicos y Otras sustancias que puedan afectar el

medio ambiente.

a) Residuos líquidos A continuación, se presentan los residuos líquidos a generar en la fase de cierre del proyecto.

Tabla N? 8: Residuos líquidos generados fase de cierre

Residuo Cantidad Zona de Manejo Disposición generación Aguas 37,5 Servicios Planta de tratamiento de | Lugar servidas m3/día higiénicos aguas servidas autorizado

b) Residuos sólidos A continuación, se presentan los residuos sólidos a generar en la fase de cierre del proyecto.

Tabla N? 9: Residuos sólidos generados fase de cierre

Clasificación | Descripción | Generación Disposición Frecuencia | Disposición temporal de retiro final Residuos Restos de 1,6 ton/mes | En la | Retiro al | Relleno sólidos comida, (promedio) | instalación de | menos sanitario domiciliarios | envases, 4 ton/mes faenas (IF) y | semanal por | autorizado papeles, (máximo) Campamento, empresa cartones, etc. acopio en | de papeleras en | transporte los puntos de | autorizada origen, traslado dos veces por semana a

12/31

contenedores de residuos domiciliarios en la IF. En los frentes de trabajo, acopio en bolsas plásticas para traslado diario y almacenamiento temporal en contenedores de residuos domiciliarios en TF

(aceites u otros)

Residuos Residuos 0,04 Almacenamiento | Retiro Relleno industriales Tipo ton/mes temporal de | mensual y | sanitario no peligrosos | escombros forma transporte autorizado o

(mezcla de segregada, en el | por empresa | reutilización

hormigón, área de | autorizada en otras

ladrillos, almacenamiento | para su | faenas.

etc.) temporal del | reutilización

Restos de | 0,03 patio de | en otras

materiales ton/mes salvataje faenas o

de habilitado para | para su

construcción este fin en la IF. | disposición

(maderas, final, según

vidrios, etc.) sea el caso.

Restos de | 0,41

estructuras y | ton/año

otros restos

metálicos

inertes

Módulos 1.548.288

fotovoltaicos | unidades Residuos Aceites de | 0,5 ton/año | Los residuos | Cada 6 | Disposición sólidos mantenciones peligrosos meses final en sitio peligrosos Filtros de | 0,15 generados serán autorizado.

aceites y | ton/año almacenados

material temporalmente

contaminado en una bodega

(guaipes y de acopio

paños) temporal (BAT)

Baterías 90 ton/año

Envases con | 0,25

sustancias ton/año

peligrosas

Referencia al ICE

para mayores detalles sobre esta fase.

Para mayor detalle de las actividades que se realizarán en la fase de cierre, ver numeral 1.8 de la DIA. Para mayor detalle de la estimación de emisiones y los resultados, ver Anexo 3 de la Adenda de la DIA. A su vez, para mayor detalle de los insumos que se utilizarán en esta fase, ver numeral 1.8.5. de la DIA, ver pregunta 7 de la Adenda de la DIA y Tabla 1 de la Adenda Complementaria de la DIA. Para mayor detalle de la generación de residuos, ver Anexos 1 y2 de la Adenda Complementaria de la DIA.

4.5 Cronología de las fases del proyecto

6.1. Fase de Construcción

Fecha estimada de inicio

Enero 2017

13/31

Parte, obra o acción que establece el inicio

Apertura del camino de acceso e implementación de área de instalación de faenas.

Fecha estimada de término

Mayo 2020

Parte, obra o acción que establece el término

Desmontaje de instalación de faenas y frentes de trabajo.

6.2. Fase de Operación

Fecha estimada de inicio

Septiembre 2018

Parte, obra o acción que establece el inicio

Puesta en marcha de la instalación

Fecha estimada de término

Septiembre 2048

Parte, obra o acción que establece el término

Desenergización de instalaciones

6.3. Fase de Cierre

Fecha inicio

estimada de

Septiembre 2048

Parte, obra o acción que establece el inicio

Desenergización de instalaciones

Fecha término

estimada de

Septiembre 2049

Parte, obra o acción que establece el término

Restitución del terreno

5%, Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley

N* 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES,

EMISIONES Y RESIDUOS

Impacto no significativo

Deterioro de la calidad del aire por MP10 en la localidad de María Elena

La localidad de María Elena cuenta con un plan de descontaminación para MP10 (D.S. N* 164/1999 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, modificado por Decreto N” 37/2004 de CONAMA) donde se indica que las fuentes emisoras de material particulado que se instalen al interior de la zona saturada, pero fuera del área definida como zona de compensación, sólo podrán hacerlo si demuestran que sus emisiones no influyen en los niveles de calidad de aire de dicha área.

Considerando la situación base, se realizó una modelación de las emisiones de MP10 donde se da cuenta que el proyecto no influirá en los niveles de calidad de aire de María Elena ya que el aporte será nulo en los receptores de María Elena

El proyecto, tanto en su fase de construcción, operación y cierre, no generará

emisiones significativas que estén por sobre los estándares señalados en las normas de emisión aplicables y vigentes.

Referencia al ICE para mayores

detalles específico

sobre este

impacto

Capítulo VI del ICE.

14/31

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

Impacto no significativo Perturbación de aves en sector cruce de río Loa

En el área del proyecto se han registrado 17 especies de avifauna de acuerdo a la revisión bibliográfica realizada por el titular. De estas especies se registró solo 1 especie en categoría inadecuadamente conocida (Buteo poecilochrous, Aguilucho de la puna). Al respecto, se indica que el proyecto no generará perturbaciones de la fauna (aves) que habitan al interior del cauce del río Loa, toda vez que las actividades contempladas en las cercanías del río se relacionan únicamente con el tendido aéreo de la línea de transmisión eléctrica del proyecto.

No obstante como medida de control se instalarán dispositivos anticolisión de aves en la zona de cruce con el río Loa, entre los apoyos 29 y 40 para evitar eventuales riesgos de choque contras los cables de la línea de evacuación. Además, en el Plan de Contingencia se indican acciones a seguir en el caso de algún accidente que involucre fauna.

Además, el área del proyecto está desprovista de vegetación. Además, en ambiente totalmente desértico resulta en la ausencia de especies animales. Para mayor detalle, ver el Anexo N? 3 de la DIA.

Referencia al ICE para mayores | Capítulo VI del ICE. detalles sobre este impacto específico

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

Impacto no significativo En el área de emplazamiento del proyecto no existen poblaciones ni usuarios. El centro poblado más cercano se ubica a 23,1 km y corresponde a la localidad de María Elena.

No se generará reasentamiento de comunidades en vista de que no existen poblaciones en el área de emplazamiento del proyecto.

La comunidad no verá alterado el acceso o calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica producto de la ejecución del proyecto.

Referencia al ICE para mayores | Capítulo VI del ICE. detalles sobre este impacto específico

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR

Impacto no significativo En el área del proyecto no habita población protegida por leyes especiales que puedan ser afectados.

El proyecto no presenta restricción para su materialización ya que no se llevarán a cabo obras en ningún área que se encuentra bajo protección oficial.

Referencia al ICE para mayores | Capítulo VI del ICE. detalles sobre este impacto específico

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

Impacto no significativo El proyecto se emplazará en un área de alta concentración de proyectos

15/31

fotovoltaicos y de transmisión eléctrica; al límite del área turística prioritaria llamada Pampa Salitrera.

De acuerdo a la información del Servicio Nacional de Turismo, el proyecto se encuentra fuera de las áreas de mayor concentración de atractivos turísticos.

Según el estudio de paisaje presentado en la DIA (Anexo N? 3), el proyecto no alterará el valor paisajístico del territorio.

Respecto a una posible alteración de la pristinidad de los cielos nocturnos, el proyecto no generará contaminación lumínica ya que la tecnología utilizada por el proyecto se regirá bajo los estándares señalados en el D.S. N” 43/2012 del Ministerio del Medio Ambiente que establece Norma de Emisión para la Regulación de la Contaminación Lumínica, elaborada a partir de la revisión del

Decreto N* 686 de 1998 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

Referencia al ICE para mayores | Capítulo VI del ICE.

detalles sobre este impacto

específico

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL

Impacto no significativo

En el área de influencia del proyecto se registraron la presencia de un total de 62 hallazgos. Del total de hallazgos, 1 hallazgo se registró en el trazado de la línea de transmisión eléctrica, entre los apoyos 22 y 23 a 10 metros del eje del trazado, el cual corresponde a un área de concentración arqueológica. Por su parte, 61 hallazgos se registraron en el área de las Plantas Fotovoltaicas (PFV-1 y PFV-2), ubicados en su mayoría en el sector este del polígono, los cuales se observan como elementos de características superficiales.

Para los hallazgos registrados, se implementarán las siguientes medidas: para el hallazgo registrado en la LTE, se realizará cercado perimetral con un buffer de amortiguación de 5 metros, cabe señalar que el apoyo más cercano se ubica a más de 100 metros del hallazgo. Para los hallazgos registrados en el área de

PFV-1 y PFV-2, se realizará microrruteo y recolección superficial de los hallazgos.

De acuerdo a lo anteriormente expuesto, el presente proyecto no modificará ni deteriorará construcciones, lugares o sitios que pertenezcan al patrimonio cultural.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo VI del ICE.

6%. Que resulta aplicable al Proyecto el siguiente permiso ambiental sectorial, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL MIXTO

6.1.1. Permiso la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagies, aguas servidas de cualquier naturaleza según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA.

Parte, obra o acción a que aplica

Plantas de tratamientos de Aguas Servidas contempladas para las fases de construcción (capacidad 500 personas), operación (capacidad 50 personas) y cierre (capacidad 250 personas). El tratamiento estará basado en un proceso biológico con actividad bacteriana aeróbica las que degradarán y oxidarán la materia orgánica.

Condiciones o exigencias específicas para su

otorgamiento

No existen condiciones o exigencias asociadas al otorgamiento del presente permiso.

16/31

Pronunciamiento del órgano competente

La Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Antofagasta mediante Ordinario N* 113 de fecha 30 de noviembre de 2016, se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por el titular al Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo N” 138 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el Anexo N? 6 de la Adenda de la DIA.

6.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase según se establece en el

artículo 140 del Reglamento del SEIA.

Parte, obra o acción a que aplica

Sitios de almacenamiento temporal de residuos sólidos asimilables a domiciliarios y residuos sólidos industriales no peligrosos, durante todas las fases del proyecto.

En la fase de construcción se almacenarán residuos en la instalación de faena (sector 1), en campamento y en patio de salvataje; en la fase de operación se almacenarán residuos en la sala de residuos del edificio de control de la subestación transformadora; y en la fase de cierre se almacenarán residuos en la instalación de faena, campamento y patio de salvataje.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No existen condiciones o exigencias.

Pronunciamiento del órgano competente

La Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Antofagasta mediante Ordinario N* 113 de fecha 30 de noviembre de 2016, se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por el titular al Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo N? 140 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el Anexo N? 1 de la Adenda Complementaria de la DIA.

6.1.3. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos según se establece en el artículo 142

del Reglamento del SEIA.

Parte, obra o acción a que aplica

Bodegas acopio temporal (BAT) de residuos peligrosos para las fases de construcción y cierre. Las bodegas poseerán las características indicadas en los artículos 33, 34 y 35 del D.S. N* 148/04 del Ministerio de Salud. Para la fase de operación se contempla recinto al interior de la sala de residuos del edificio de control de la subestación transformadora, de piso continuo, impermeable y resistente.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No existen condiciones o exigencias.

Pronunciamiento del órgano competente

La Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Antofagasta mediante Ordinario N* 113 de fecha 30 de noviembre de 2016, se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por el titular al Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo N? 142 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el Anexo N? 2 de la Adenda Complementaria de la DIA.

6.1.3. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos según se

17/31

establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA.

Parte, obra o acción a que aplica

El permiso se solicita para las edificaciones que se especifican a continuación:

Instalaciones temporales: -Instalación de faenas (315 m/).

-Campamento (7.528 m?).

Instalaciones permanentes:

-Planta fotovoltaicas FV-1 (1.548.288 m?) -Planta fotovoltaicas FV-2 (1.548.288 ml) -Almacén de repuestos N? 1 (800 m?) -Almacén de repuestos N? 2 (800 m?) -Centro de transformación FV-1 (1.920 m?) -Centro de transformación FV-2 (1.920 mí) -Edificio de control (375 m?)

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

En virtud de los antecedentes aportados por el titular, el cual indica la construcción de infraestructura por 3.110.234 m?, se otorga el PAS 160.

Pronunciamiento del órgano competente

Dirección Regional del Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de Antofagasta mediante Ordinario N 661 de fecha 30 de noviembre de 2016, se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por el titular al Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo N 160 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el Anexo N? 3 de la Adenda Complementaria de la DIA.

7%. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1. COMPONENTE/MATERIA: Aire

NORMA

e Decreto Supremo N*144/61 del Ministerio de Salud. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquiera naturaleza.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Cierre.

Forma de cumplimiento

Se contemplan las siguientes medidas de control:

-Estabilización de caminos mediante humectación o sellado con bischofita.

-Uso de maquinaria y equipos con niveles de emisión certificados y en cumplimiento de la normativa vigente.

-Los camiones transitarán con sus tolvas cubiertas por toldos.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de revisiones técnicas al día. Registros de mantención de maquinaria y equipos. Registro de humectación al interior del proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 8.1.1. del ICE.

7.2. COMPONENTE/MATERIA: Aire

NORMA

e DAS. N” 164/1999 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, modificado por Decreto N* 37/2004 de la CONAMA.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.

18/31

Forma de cumplimiento

Los resultados de la modelación de dispersión de contaminantes atmosféricos permiten establecer que las emisiones no influirán en los niveles de calidad del aire al interior de la zona saturada, toda vez que los aportes no son significativos.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de revisiones técnicas al día. Registros de mantención de maquinaria y equipos. Registro de humectación al interior del proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 8.1.2. del ICE.

7.3. COMPONENTE/MATERIA: Aire

NORMA

  • Decreto Supremo N* 55/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece norma de emisión aplicable a vehículos motorizados pesados;

  • Decreto Supremo N* 4 de 1994, Ministro de Transporte y Telecomunicaciones.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.

Forma de cumplimiento

Los vehículos que se utilicen cumplirán con los valores señalados en la norma de emisión. El titular procurará que las condiciones técnicas y las emisiones de gases

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de revisiones técnicas al día. Registros de certificados de emisión de gases.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 8.1.5. del ICE.

7.4. COMPONENTE/MATERIA: Aire

NORMA

e Decreto Supremo N* 47/1992 y sus modificaciones, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Ordenanza general de urbanismo y construcciones;

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Cierre.

Forma de cumplimiento

Se exigirá a los contratistas que adopten las medidas establecidas en la normativa, con el fin de minimizar las emisiones de polvo u otros materiales al ambiente.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de flujo de vehículos pesados. Registro de humectación al interior del proyecto. Libro de obras.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 8.1.3. del ICE.

7.5. COMPONENTE/MATERIA: Aire

NORMA

  • Decreto Supremo N* 138/05 del Ministerio de Salud, que Establece obligación de declarar Emisiones que indica.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Cierre.

Forma de cumplimiento

Se dará fiel cumplimiento del decreto, toda vez que se informarán los antecedentes requeridos asociados al funcionamiento de los grupos electrógenos.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de declaración de residuos en Sistema de Ventanilla Única del RETC.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 8.1.4. del ICE.

7.6. COMPONENTE/MATERIA: Ruido

NORMA

  • Decreto Supremo N* 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente. Establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes que

19/31

indica.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Cierre

Forma de cumplimiento

Las actividades del proyecto no superarán los límites establecidos en el decreto.

Indicador que acredita su cumplimiento

Verificación del cumplimiento de los límites establecidos.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 8.1.6. del ICE.

7.7. COMPONENTE/MATERIA: Residuos líquidos

NORMA

e Decreto con Fuerza de Ley N” 725 de 1968, modificado por la ley N? 20.380, de 2009. Ministerio de Salud, “Código Sanitario”;

e Decreto Supremo N* 594 de 2000, Ministerio de Salud, “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo”

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Cierre.

Forma de cumplimiento

Durante las fases de construcción y cierre se generarán aguas servidas en los campamentos e instalaciones de faena las cuales serán tratadas en Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) del tipo lodos activados. En los frentes de trabajo se contará con baños químicos, con manejo y disposición final autorizada de las aguas servidas.

Para la fase de operación las aguas servidas también serán tratadas mediante una PTAS.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de retiro de aguas servidas de baños químicos. Autorización sanitaria para PTAS.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 8.1.8. del ICE.

7.8. COMPONENTE/MATERIA: Manejo de lodos generados en plantas de tratamiento de aguas servidas

NORMA

e Decreto Supremo N? 4/2009 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Reglamento para el manejo de lodos generados en plantas de tratamiento de aguas servidas.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Cierre.

Forma de cumplimiento

El traslado y disposición final de los lodos provenientes de las PTAS se efectuará de la forma y condiciones que establece el reglamento.

Indicador que acredita su cumplimiento

Contrato de servicio de retiro y disposición de lodos con empresa autorizada. Registro de retiro, transporte y disposición de lodos.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 8.1.9. del ICE.

7.9. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos

NORMA

e Decreto con Fuerza de Ley N* 725/1967 del Ministerio de Salud. Código Sanitario;

e Decreto Supremo N* 594/1999 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo;

e Decreto Supremo N* 148/2003 del Ministerio de Salud. Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Cierre.

Forma de cumplimiento

Los residuos no peligrosos que se generen serán almacenados temporalmente en la sala de residuos y patios de salvataje, para

posteriormente ser retirados y dispuestos en un lugar autorizado.

20/31

En todas las fases del proyecto se generarán residuos peligrosos, estos serán almacenados en una bodega de acopio temporal acondicionada. El almacenamiento será por un periodo máximo de 6 meses. El transporte y disposición final de los residuos será realizado

por una empresa que cuente con la autorización sanitaria correspondiente.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de empresas de retiro de residuos y disposición final. Registro de clasificación de residuos Registro de ingreso/retiro de residuos,

Registro de declaración de residuos en Sistema de Ventanilla Única RETC.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 8.1.10. del ICE.

7.10. COMPONENTE/MATERIA: Almacenami:

ento de sustancias peligrosas

NORMA

D.S. N* 43/2015 Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas, del Ministerio de Salud. D.S. N” 78/2009 Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas, del Ministerio de Salud.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Cierre.

Forma de cumplimiento

El proyecto considera el almacenamiento de sustancias peligrosas tales como Diésel, bisulfito de sodio e hipoclorito de calcio. Estos serán almacenados según lo establecido en la presente normativa vigente, para evitar riesgos hacia los trabajadores, comunidad y medio ambiente. Asimismo, las sustancias peligrosas se almacenarán de acuerdo a clasificación, cantidad y división de peligrosidad establecidas en la NCh 382: 2013.Se considera la implementación de sistema de contención de derrames mediante con depósitos de doble pared y cubetos de retención.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de transporte de sustancias peligrosas. Registros de inspecciones semanales del estado del sistema de detección de fugas y contención de derrames.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 8.1.11. del ICE.

7.11. COMPONENTE/MATERTIA: Construcción y conservación de caminos.

NORMA

D.F.L N 850/1997 del Ministerio de Obras Públicas. Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N 15.840/64 y del D.F.L N* 206/60, sobre construcción y conservación de caminos.

Decreto N* 75/1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece condiciones para el transporte de cargas.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Cierre.

Forma de cumplimiento

El titular cumplirá con la prohibición de circular por caminos públicos a vehículos que sobrepasen los límites de peso máximo.

Por otro lado, el proyecto considera el eventual mejoramiento de huellas existentes y la habilitación de nuevos caminos que permitan llegar a los diferentes frentes de trabajo, por lo que se solicitarán los permisos correspondientes ante la Dirección de Vialidad.

El transporte de materiales que produzca polvo será realizado con la carga cubierta, que impida la dispersión de polvo al aire.

Indicador que acredita su cumplimiento

Control de ingreso y salida de vehículos.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 8.1.12. del ICE.

21/31

7.12. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias

NORMA

e D.S. N” 160/2009 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción;

e Decreto N* 75/1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece condiciones para el transporte de cargas.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Cierre.

Forma de cumplimiento

Durante las fases de construcción y cierre las maquinarias de menor movilidad serán abastecidas de combustible directamente mediante un camión cargador, para lo cual se utilizará un estanque provisto por la empresa proveedora, éste contará con medidas de contención de derrames y de seguridad. Por otro lado, los aceites y lubricantes serán almacenados en las bodegas diseñadas para este fin en la instalación de faenas. Los vehículos serán abastecidos fuera del área del proyecto, en estaciones de servicio público.

Durante la fase de operación, se dispondrá de un equipo electrógeno de emergencia diésel de 250 kVA, en el área de la subestación Transformadora, con un depósito de 600 litros de combustible, que únicamente entrará en funcionamiento en caso de ausencia de tensión, por lo que el consumo de combustible será mínimo; dicha instalación cumplirá con lo establecido en el presente cuerpo normativo.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registros de transporte de sustancias peligrosas. Libro de vida de estanque de combustible.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 8.1.13. del ICE.

7.13. COMPONENTE/MATERIA: Fauna

NORMA

e Ley N?” 19.473 del Ministerio de Agricultura. Sustituye la Ley N* 4.601 sobre caza, y artículo 609 del Código Civil.

e Decreto Supremo N* 5/1998 del Ministerio de Agricultura. Reglamento de la Ley de Caza.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.

Forma de cumplimiento

Se exigirá a los contratistas y operación que cumplan con la prohibición de cazar cualquier especie, de levantar nidos, destruir madrigueras, levantar huevos o recolectar crías de la fauna silvestre.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se exigirá además que la circulación vehicular sea sólo por caminos habilitados y en los frentes de trabajo

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 8.2.1. del ICE.

7.14. COMPONENTE/MATERIA: Residuos/suelos

NORMA

  • DL. N* 3.557/80 del Ministerio de Agricultura. Establece disposiciones sobre Protección Agrícola.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Cierre.

Forma de cumplimiento

Todos los residuos generados por el proyecto serán manejados en cumplimiento con las normas ambientales y sanitarias, almacenados en lugares debidamente autorizados y con las medidas de control necesarias.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de clasificación de residuos. Registro de almacenamiento de residuos.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 8.2.2. del ICE.

7.15. COMPONENTE/MATERIA: Residuos/suelos

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NORMA

  • Resolución Exenta N” 133/2005 del Ministerio de Agricultura Servicio Agrícola Ganadero, modificada por Resolución Exenta N” 2.859/2007. Establece regulaciones cuarentenarias para el ingreso de embalajes de madera.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Cierre.

Forma de cumplimiento

Se dará cumplimiento a lo establecido en la normativa, dado que se exigirá a los contratistas mantener un estricto control en verificar que los embalajes de madera, de espesor superior a 3 mm presentan la marca que certifica que han sido sometidos a alguno de los tratamientos fitosanitarios. En caso contarios se dará aviso a las autoridades regionales del SAG.

Indicador que acredita su cumplimiento

Control de ingreso/salida de vehículos

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 8.2.3. del ICE.

7.16. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio cultural

NORMA

Ley N” 17.288/1970 del Ministerio de Educación.

Decreto Supremo N 484/1990 del Ministerio de Educación. Reglamento de la Ley N 17.288 relativo a excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

El proyecto no contempla intervenir ningún Monumento Nacional. En el área de emplazamiento del proyecto se registraron hallazgos arqueológicos para los cuales se implementarán medidas de acuerdo a las características de cada hallazgo.

Indicador que acredita su cumplimiento

Notificación a la autoridad de hallazgos de cualquier resto de interés patrimonial.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 8.2.4. del ICE.

7.17. COMPONENTE/MATERIA: Contaminación

lumínica

NORMA

Decreto 43/2012. Establece Norma de Emisión para la Regulación de la Contaminación Lumínica a partir de la revisión del Decreto Supremo N* 686/1998 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Cierre.

Forma de cumplimiento

El proyecto requerirá de luminaria en sus instalaciones, parte de la cual consistirá en luminaria externa para el resguardo de los trabajadores. El proyecto utilizará luminarias que cumplan los niveles establecidos en la normativa.

Durante las fases de construcción y cierre no se realizarán actividades nocturnas y solo se contará con iluminación nocturna de seguridad.

Indicador que acredita su cumplimiento

Especificaciones técnicas de la luminaria utilizada. Registro de inspecciones de seguridad y salud ocupacional.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 8.1.7. del ICE.

8”. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias:

8.1 Compromiso ambiental voluntario

El Titular del proyecto ha propuesto los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

8.1.1 Compromiso ambiental voluntario para arqueología

Tabla 0, Compromiso ambiental voluntario para arqueología.

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Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Objetivo, descripción

Objetivo: Resguardar el patrimonio arqueológico.

Descripción: -Cercado perimetral: Para el hallazgo de la línea de transmisión eléctrica se realizará un cercado perimetral con un buffer de amortiguación de 5 m.

-Microrruteo y recolección: Para los hallazgos registrados en el área de las plantas fotovoltaicas se ejecutará un microrruteo y recolección superficial.

-Capacitación: Se implementarán charlas de inducción al personal que participe en la faena sobre el patrimonio arqueológico.

-Monitoreo arqueológico: En las labores de excavación y movimiento de tierra se implementará un monitoreo arqueológico permanente que será ejecutado por un arqueólogo especialista.

Lugar: En las obras de la línea de transmisión eléctrica, parques fotovoltaicas y en sectores de excavaciones y movimientos de tierra.

Forma:

-Cercado perimetral: El cerco perimetral contará con un buffer de amortiguación de 5 m.

-Microrruteo y recolección: La medida quedará registrada en un informe arqueológico.

-Capacitación: Se incluirán los siguientes contenidos en las capacitaciones: a) elementos básicos sobre la arqueología y el patrimonio cultural de Antofagasta, b) importancia y valor del patrimonio arqueológico, c) legislación vigente, d) ubicación de sitios arqueológicos dentro del área de influencia del proyecto.

-Monitoreo arqueológico: Los informes que se generen tendrán el siguiente contenido; descripción de las actividades en los frentes de excavación; descripción de matriz y materialidad encontrada; plan mensual de trabajo; planos y fotos de los distintos frentes de excavación; detalle de las acciones realizadas en caso de hallazgos.

Oportunidad: Todas las actividades se realizarán en la fase de construcción. En particular las capacitaciones se realizarán también en la fase de cierre y al momento de contratar nuevo personal.

y justificación

Lugar, forma y oportunidad de implementación Indicador que acredite su cumplimiento

Informe mensual de monitoreo arqueológico.

Lista de asistencias a capacitaciones.

Informe arqueológico de cercado perimetral. Informe arqueológico de microrruteo y recolección.

Forma de control y seguimiento

Envío de informes a Consejo de Superintendencia del Medio Ambiente.

Monumentos Nacionales y

8.1.2. Compromiso ambiental voluntario para fauna terrestre

Tabla 0. Compromiso ambiental voluntario para fauna terrestre.

Impacto asociado [si aplica]

Perturbación de aves en sector cruce de río Loa.

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: En la caracterización ambiental de fauna terrestre no se identificó la presencia de especies de fauna en el área de emplazamiento del proyecto, sin embargo ante la eventualidad de existir fauna se plantean las medidas

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de capacitación al personal y la instalación de dispositivos anticolisión.

Descripción: -Capacitaciones: Se implementarán charlas de inducción a todo el personal

en cuanto a establecer prohibición de caza y cualquier mecanismo de domesticación de fauna nativa.

“Dispositivos anticolisión: Se instalarán dispositivos anticolisión de aves en la zona de cruce con el río Loa, entre los apoyos 29 y 40 para evitar eventuales riesgos de choque contras los cables de la línea de evacuación.

Lugar, forma y|Lugar:

oportunidad o de -Capacitaciones: En las instalaciones del proyecto.

implementación . ba a A

p “Dispositivos anticolisión: Zona de cruce del río Loa, entre los apoyos 29 y

40. Forma: -Capacitaciones: Se informará sobre los procesos de clasificación de especies y relevancia de la preservación de la biodiversidad. “Dispositivos anticolisión: Estos dispositivos estarán forma dos por espirales de PVC rígido de 1 m de longitud y 30 cm de diámetro, de color blanco, rojo o naranja reflectante, y se colocarán sobre el cable guardia cada 10 m. Oportunidad: Las capacitaciones se realizarán en las fases de construcción y cierre y al momento de contratar nuevo personal. Los dispositivos anticolisión se instalarán de forma previa al inicio de la fase de operación.

Indicador que | Registro de asistencias a capacitaciones.

acredite su

cumplimiento

8.2 Condiciones o exigencias

Las condiciones o exigencias para ejecutar el proyecto son las siguientes:

8.2.1 Condición o exigencia desclasificación y/o reciclaje de paneles solares

Tabla 0. Condición o exigencia desclasificación y/o reciclaje de paneles solares.

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación y Cierre

Objetivo, descripción

Objetivo: Desclasificación de los módulos fotovoltaicos como residuo

y justificación peligroso al expirar su vida útil. Descripción: Una vez que expire la vida útil de los módulos fotovoltaicos (es decir, cuando se realiza el desmantelamiento de los mismo en fase de cierre), o resulten averiados durante la fase de operación y no puedan ser reparados, se realizará la desclasificación de este residuo como peligroso por un laboratorio acreditado y reconocido. En caso de reciclaje, se contará con la autorización sanitaria respectiva. Justificación: Desclasificación de los módulos fotovoltaicos como residuo peligrosos al expirar su vida útil.

Lugar, forma y | Lugar: Área de emplazamiento del proyecto.

oportunidad de

implementación

Forma: Se realizará la desclasificación del residuo como peligroso por un laboratorio acreditado y reconocido. En caso de reciclaje se contará con autorización sanitaria respectiva.

Oportunidad: Al momento del desmantelamiento de los módulos

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fotovoltaicos, o en caso de avería.

Indicador que Certificado de desclasificación de este residuo como peligroso por un acredite su | laboratorio acreditado y reconocido, y/o autorización sanitaria respectiva. cumplimiento

Forma de control y seguimiento

Inspección de certificados de desclasificación, y /o autorizaciones sanitarias posterior al desmantelamiento del proyecto.

8.2.2. Condición o exigencia registro y control de agua industrial

Tabla 0. Condición o exigencia registro y control de agua industrial

Construcción y cierre.

Objetivo: Mantener un registro y control sobre los puntos de abastecimiento de agua industrial que suministrará al proyecto.

Descripción: Registro y control sobre los puntos de abastecimiento de agua industrial que se suministrará al proyecto. El registro deberá incluir la documentación que permita la extracción del recurso hídrico. Adicionalmente, se deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente, con copia a la DGA, un primer informe del citado registro al inicio de la fase de construcción y luego informes trimestrales. El recurso hídrico solo podrá utilizarse si la fuente original de abastecimiento de agua cuenta con las autorizaciones sectoriales y ambientales que correspondan.

Justificación: Mantener un seguimiento de los puntos de abastecimiento de agua industrial.

Lugar: Dentro del área de emplazamiento del proyecto.

Forma: Se mantendrá un registro y control sobre los puntos de abastecimiento de agua industrial que se suministrará al proyecto; el registro incluirá la documentación que permita la extracción del recurso hídrico. Adicionalmente, se remitirá a la Superintendencia del Medio Ambiente, con copia a la DGA, un primer informe del citado registro al inicio de la fase de construcción y luego informes trimestrales. El recurso hídrico solo podrá utilizarse si la fuente original de abastecimiento de agua cuenta con las autorizaciones sectoriales y ambientales que correspondan.

Oportunidad: Cada vez que se requiera de suministro de agua industrial para el proyecto.

Registros de control sobre lo puntos de abastecimiento de agua industrial. Envío de primer informe y luego informes trimestrales a la Superintendencia del Medio Ambiente y Dirección Regional de la DGA.

Fase del Proyecto a la que aplica

Objetivo, descripción y justificación

Lugar, forma y oportunidad de implementación Indicador que acredite su cumplimiento

Forma de control y seguimiento

Inspección mensual de los registros.

  1. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de

Emergencias, serán las

siguientes:

9.1. PLAN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS

9.1.1. Riesgo de accidentes p

ersonales

Parte, obra o acción asociada

condiciones sanitarias del ambiente laboral.

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Riesgos derivados de distintas actividades, tales como operación de maquinaria y manipulación de combustibles y derivados de las

Acciones o medidas a implementar Las actividades de operación de equipos en faenas y actividades para prevenir la contingencia manuales es al aire libre, se consideran de riesgo para las personas y el

medio ambiente. Para minimizarlo, se implementarán las siguientes medidas.

El personal de faenas deberá operar equipos sólo si está autorizado y si cuenta con la capacitación y experiencia para hacerlo.

Se deberán inspeccionar los equipos y herramientas al comienzo de cada turno, completando una ficha que indique el estado en que se recibieron y se informará de cualquier anomalía detectada para proceder a su reparación o reemplazo.

No se operarán los equipos más allá de sus capacidades o de las capacidades personales del operador.

Los equipos y maquinarias se someterán a mantenciones periódicas, a través de un calendario de mantenciones planificado de acuerdo a las recomendaciones del fabricante y al uso de ellos. Se deberá usar en forma obligatoria los elementos de protección personal (EPP) que establecen las normas de seguridad. No podrán operar los equipos y maquinarias, las personas que no cuenten con todos sus EPP.

La carga de combustibles a maquinarias y equipos se realizará en un área debidamente señalizada y habilitada para ello, de modo que cumpla con las condiciones de seguridad exigidas por el Decreto N* 160/08 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

Las áreas de carga y descarga de combustibles y almacenamiento de sustancias peligrosas, serán inspeccionadas visualmente de forma constante por un equipo encargado, de modo de detectar con prontitud eventuales condiciones inusuales de estas.

Una vez inspeccionadas las áreas de carga y descarga de combustibles, se realizarán procedimientos de reportes y registros. Los vehículos encargados del transporte y abastecimiento de combustibles deberán contar con las condiciones técnicas necesarias para asegurar la correcta carga y manipulación.

En cada jornada de trabajo se inspeccionarán a lo menos en 2 oportunidades (una al inicio y otra a la mitad de jornada) el estado de los equipos y maquinarias utilizados, para evitar la ocurrencia de algún accidente.

Se instalará la señalética adecuada en los sitios de faenas para impedir caídas en sectores de excavaciones.

Acciones o medida a implementar | - para controlar la emergencia 7

El accidente será informado por el trabajador al jefe directo.

El supervisor de faenas coordinará las comunicaciones necesarias para la emergencia, dependiendo de la gravedad de las lesiones.

El accidentado recibirá atención primaria del prevencionista de riesgos, o de quien esté debidamente capacitado y asignado para tales fines. Si la lesión es menor, el accidentado será atendido con botiquín de primeros auxilios. Si la gravedad de la lesión requiere de atención médica, el accidentado deberá ser trasladado a la posta u hospital más cercano, o donde la mutual lo determine.

En caso de caídas o golpes que afecten la cabeza y/o columna, queda estrictamente prohibido mover al accidentado hasta que reciba ayuda del prevencionista de riesgos (o la persona con capacitación en primeros auxilios); sólo se moverá si existe una condición de riesgo para su vida.

Se deberá dejar registro del accidente en un formulario previamente definido.

Referencia al ICE o documentos | Ver Capítulo VII del ICE.

del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

9.1.2. Riesgo de accidentes vehiculares

Parte, obra o acción asociada Tránsito vehicular y transporte de insumos y materiales.

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Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

  • Se contratará personal adecuado, autorizado y debidamente calificado para la conducción y manejo de vehículos involucrados en el proyecto. Se exigirán documentos legales al día (licencia de conducir y hoja de vida del conductor).

  • Los vehículos transitarán solamente en áreas y vías designadas para ello.

  • Entodas las vías utilizadas, tanto caminos públicos como caminos del proyecto, se procurará el cumplimiento estricto de las reglamentaciones de seguridad de tránsito aplicables, por ejemplo, uso de los cinturones de seguridad, permisos de circulación, revisión técnica y seguros obligatorios al día.

  • Los desplazamientos de vehículos por los accesos al área del proyecto se harán con estricto apego a las normas de tránsito vigentes para dichas rutas, considerando los límites máximos de velocidad, los pesos máximos de los vehículos, y el uso de camiones adecuados para evitar el derrame de materiales de insumo durante el transporte.

  • Asimismo, todos los vehículos utilizados durante el transporte de personas y equipamiento, deberán respetar las condiciones de operación establecidas por el fabricante.

  • Dentro de las instalaciones de faena, y en todas las zonas donde se realicen trabajos, se establecerán las señalizaciones necesarias para demarcar las distintas áreas.

  • En las áreas destinadas a estacionamiento, todos los vehículos se colocarán aculatados. En caso de no existir un espacio destinado para estacionar en algunas zonas durante las faenas de construcción, los vehículos se colocarán de manera tal de no obstruir el camino ni las labores en la faena, y donde exista buena visibilidad para que el conductor realice las maniobras de estacionamiento y salida.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Ver Capítulo VII del ICE.

9.1.3. Riesgo de desastres naturales y/o incendios

Parte, obra o acción asociada

Todas las obras.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

Desastres Naturales

La ocurrencia de fenómenos naturales inesperados o desastres como aluviones o fenómenos sísmicos implican riesgos, difíciles de anticipar, para quienes trabajan en el proyecto.

Se establecerán y mantendrán procedimientos de Alerta Temprana, Comunicaciones y Evacuación. Ante la ocurrencia de fenómenos naturales de tipo catastrófico deberán operar los sistemas implementados, recayendo la responsabilidad de la coordinación en los supervisores y encargados de seguridad del proyecto.

Incendios

  • El contratista deberá presentar un procedimiento seguro para efectuar el suministro de combustible a maquinaria y vehículos de transporte en faenas.

  • Los materiales inflamables serán almacenados en lugares adecuados. No se almacenarán combustibles en el área de faenas. Se prohibirá fumar en lugares con riesgo de incendio.

  • Existirá provisión de extintores portátiles y/o rodantes en los lugares con riesgo de incendio. Todos los vehículos portarán extintores portátiles.

  • Los extintores serán sometidos a revisión, control y mantención preventiva según normas chilenas oficiales, realizada por el

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fabricante O servicio técnico, por lo menos una vez al año, haciendo constar esta circunstancia en la etiqueta correspondiente, a fin de verificar sus condiciones de funcionamiento.

Se revisarán en forma permanente las señales de prevención de riesgo de incendios en las áreas de faenas, obras e instalaciones.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

Desastres naturales

Los trabajadores deberán alejarse de ventanales o muebles de altura que contengan elementos peligrosos y dirigirse a la zona de seguridad y esperar las instrucciones del personal entrenado.

Se activará el procedimiento de Comunicaciones y, en caso de ser necesario, el procedimiento de Evacuación.

Dependiendo de la magnitud del siniestro, se desconectarán los equipos eléctricos y maquinarias.

Incendios

En caso de ocurrencia de un amago de incendio, el personal calificado que se encuentre más cerca deberá actuar frente a esta emergencia utilizando los elementos de protección personal que correspondan. En este caso se deben seguir los siguientes pasos:

Dar aviso de forma inmediato al supervisor, proporcionando los antecedentes que sean necesarios para la correcta evaluación de la situación, y si es posible contener el fuego con extintores.

El personal calificado prohibirá el acceso al área de amago de incendio de todo personal que no esté adecuadamente equipado o capacitado para manejar la situación, dirigiéndolos preferentemente en dirección contraria al viento.

Se activará el procedimiento de Comunicaciones y, en caso de ser necesario, el procedimiento de Evacuación.

De ser necesario se paralizarán todas las actividades de la faena.

En función de la magnitud otorgada a la emergencia, activar la alarma de incendio.

Activar las labores de las unidades de contingencia.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Ver Capítulo VII del ICE.

9.1.4. Riesgo de derrame de combust:

ible e hidrocarburos

Parte, obra o acción asociada

Mantenciones de vehículos, almacenamiento de sustancias.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

Toda la maquinaria y vehículos utilizados en el proyecto, se encontrarán en buenas condiciones y deberán cumplir con la normativa y regulaciones chilenas vigentes. Además, contarán con las condiciones técnicas requeridas para operar sin riesgos en el área de trabajo, teniendo en consideración factores de topografía, tipo de caminos y aspectos climáticos.

Los vehículos encargados del transporte y abastecimiento de combustibles y aceites deberán contar con las condiciones técnicas necesarias para asegurar la correcta carga y manipulación de los elementos utilizados para este fin, cumpliendo las disposiciones de la reglamentación chilena.

El contratista establecerá un procedimiento de abastecimiento de combustibles y aceites que permita evitar el derrame accidental de éstos en el terreno.

Se establecerá un procedimiento en caso de derrames, que definirá las acciones que deberán adoptarse para evaluar, controlar y reparar el posible daño a los recursos naturales.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

Cortar cualquier fuente de energía eléctrica, chispas, o fuego que pueda entrar en contacto con el combustible derramado.

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  • Una vez localizado el origen o determinada la extensión de la zona afectada por el derrame, señalizar y acordonar la zona contaminada con barreras o cintas.

  • — Cavaruna zanja alrededor del derrame comenzando sobre la menor cota del suelo en caso de pendiente. Ésta se debe realizar manualmente con una pala a una distancia mínima de 20 centímetros del borde del derrame de manera de formar un pequeño muro de contención, hasta rodear completamente el derrame.

  • Limpiar la zona contaminada y a la descontaminación de los equipos.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Ver Capítulo VII del ICE.

  1. Que, no se solicitó la apertura de proceso de participación ciudadana, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N? 19.300.

  2. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

  3. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.5 de la presente Resolución.

  4. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

  5. Que, para que el proyecto “Proyecto Fotovoltaico Elena” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  6. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos

ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

  1. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

  2. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2* letra g) del Reglamento del SELA, deberá someterse al SELA.

  3. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente

resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

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RESUELVO:

1%. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Proyecto Fotovoltaico Elena” presentado por Ibereólica Solar Elena SpA.

2”. Certificar que el proyecto “Proyecto Fotovoltaico Elena” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3”. Certificar que el proyecto “Proyecto Fotovoltaico Elena” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140, 142 y 160 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4”. Certificar que el proyecto “Proyecto Fotovoltaico Elena” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5”. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su

ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.5 del presente acto.

6”. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo al artículo 20 de la Ley N” 19.300 ante el/la Director/a Ejecutivo/a del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Anótese, Notifíquese al titular y Archívese.

Ae: E

esiona

roponeñfe. Órganos de inistración del Estado con Competencia Ambiental. Superintendencia del Medio Ambiente. Expediente proyecto. Archivo Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta.

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