Proyecto Condominio Torobayo
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LOS RIOS CALIFICA AMBIENTALMENTE EL PROYECTO “CONDOMINIO TOROBAYO”. RESOLUCIÓN EXENTA N* 0 2 0 VALDIVIA, — 28 ABR 207 VISTOS:
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La Declaración de Impacto Ambiental (en adelante, DIA), su Adenda del 27 de diciembre de 2016 y su Adenda Complementaria, del 13 de marzo de 2017, del proyecto denominado “Condominio Torobayo”, presentado por Inmobiliaria Socovesa Sur S.A., con fecha 18 de marzo de 2016.
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Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la Administración del Estado
que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de
la DIA y que se detallan en el Capítulo 11 del Informe Consolidado de Evaluación (en - adelante, ICE) de la DIA del proyecto “Condominio Torobayo”.
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El Acta de Evaluación N* 002/2017, de fecha 13 de abril de 2017, elaborada por el Comité Técnico de la Región de Los Ríos.
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El ICE de la DIA del proyecto “Condominio Torobayo”, de fecha 13 de abril de 2017.
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El Acta Ordinaria N* 008, del 24 de abril de 2017, de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Ríos.
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Los demás antecedentes, que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Condominio Torobayo”.
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Lo dispuesto en la Ley N 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante, Reglamento del SEIA); la Ley N” 19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N” 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; y la Resolución N* 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
CONSIDERANDO: 1. Que, Inmobiliaria Socovesa Sur S.A., (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de
Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante, SEIA) la DIA del proyecto “Condominio Torobayo” (en adelante, el Proyecto).
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Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Antecedentes del Titular
Nombre o razón social lomobiliaria Socovesa Sur S.A. Rut 96.791.150-k
Domicilio Manuel Bulnes 655 Of. 13, Temuco Teléfono 45 2299800
Nombre representante
Fernando Romero legal
Rut representante legal 12.697.064-1 Domicilio representante legal :
Teléfono representante | 45 2299800 legal Correo electrónico Titular fromerom(Asocovesa.cl o representante legal
Manuel Bulnes 655 Of. 13, Temuco
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Que, conforme se indica en el ICE, de fecha 13 de abril de 2017, el Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Ríos ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto, cumple con la normativa ambiental aplicable y presenta los antecedentes que acreditan la no generación de los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
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Que, en sesión ordinaria de fecha 24 de abril de 2017, la Comisión de Evaluación de la Región de Los Ríos, acordó calificar favorablemente el proyecto “Condominio Torobayo”, aprobando integramente el contenido del ICE del 13 de abril de 2017, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta. En consecuencia, el ICE forma parte integrante de la presente Resolución con excepción de las consideraciones señaladas.
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Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. Antecedentes generales
Objetivo general Construcción de un proyecto inmobiliario por etapas, consistente en un condominio tipo A.
Tipología principal, así Literal h) relativo a “Proyectos industriales o inmobiliarios como las aplicables a sus | 942 S€ ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas”.
partes, obras o acciones
Vida útil Indefinida.
Gestión, acto o faena | Obtención del permiso de edificación de la obra.
mínima que da cuenta del inicio de la ejecución
Proyecto se desarrollará | Sí |NO|El Proyecto ha sido programado para por etapas Xx desarrollarse en tres etapas, denominadas A, B y C, abarcando cada una de ellas, respectivamente,
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35, 48 y 47 viviendas, encontrándose a esta fecha, concluida la Etapa A.
Proyecto modifica un |SÍ NO
proyecto o actividad Xx
Proyecto modifica otra(s) sI NO
RCA Xx
4.2. Ubicación del Proyecto
División político- | El proyecto se ejecutará en la Región de Los Ríos, en la
administrativa provincia de Valdivia, comuna de Valdivia, específicamente en Calle Los Silos N* 151 - Lote 4-B2 — Sector Torobayo.
Descripción de la Los límites del proyecto son: al Norte con Ruta T-350; al
localización Este con calle Los Silos y Condominio Silos de Torobayo; al Sur con Avenida Torobayo y al Oeste, con terrenos particulares.
Superficie La superficie del proyecto es de 4,35 hectáreas.
Coordenadas UTM en Coordenadas del proyecto:
Datum WGS84
Punto Este Norte Vértice A 648.035 | 5.589.299 Vértice B 648.182 | 5.589.260 Vértice C 648096 | 5589985 Vértice D 647982 | 5589075 Vértice E 648001 | 5589164 Vértice F 648022 | 5589227
Caminos de acceso
El acceso al proyecto es por la calle Los Silos, la cual tiene conectividad con la Ruta T-350 mediante una rotonda existente.
Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones
En figura N* 2.1 de la DIA se presenta un croquis con la ubicación de los vértices del área del proyecto.
4.3. Partes, obras y acciones que componen el Proyecto
4.3.1. Fase de construcción
Obras previas:
Como obra previa a la construcción se considera la Instalación de faenas y la habilitación del terreno. Mayores antecedentes en el numeral 4.1.1.del ICE.
Construcción del
condominio
Consiste en la implementación de las siguientes obras y estructuras:
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- Excavaciones: Los cimientos de las viviendas y obras anexas se realizarán conforme al proyecto de estructuras y mecánica de suelos, los cuales no superarán el metro de profundidad.
e Obra gruesa y terminaciones: Se consideran las siguientes instalaciones para las terminaciones: aislación térmica envolvente, pavimentos, paramentos cerámicas, pinturas exteriores, pinturas interiores, puertas y ventanas, cerrajería y quincallería, escalera, clósets, muebles de cocina y molduras.
+. Habilitación de infraestructura: Habilitación de la infraestructura necesaria para la instalación de la planta de agua potable como de tratamiento de aguas servidas. Para la pavimentación de las vías internas y externas, se contempla movimiento de tierras, instalación de bases y sub-bases de pavimentos, hormigonado.
- Habilitación de Áreas Verdes: Implementación de 12 áreas, las que formarán parte del proyecto paisajístico del proyecto.
Mayores antecedentes en el numeral 4.1.1. del Informe Consolidado, “Etapa de Construcción”.
Suministros básicos
Durante la fase de construcción se requerirán de los siguientes suministros: Servicio de Agua Potable, Servicios higiénicos, Suministro eléctrico, Movilización del personal. Mayores antecedentes en el numeral 4.1.1. del Informe Consolidado, “Etapa de Construcción”.
Insumos
Durante la fase de construcción se requerirán de los siguientes suministros: combustible, áridos y maquinaria. Mayores antecedentes en el numeral 4.1.1. del Informe Consolidado “Etapa de Construcción”.
Emisiones y efluentes
Residuos líquidos
Durante esta etapa no se generarán efluentes líquidos, toda vez que las aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos, serán dispuestas en una fosa séptica de 1.000 L, que no cuenta con un sistema de drenaje asociado (unidad cerrada).
Emisiones atmosféricas
La generación de polvo será relativa al movimiento de vehículos. De igual forma la generación de gases será producto la utilización de vehículos y maquinaria. Todas las emisiones son de carácter no significativo.
Residuos, productos químicos y otras sustancias
Residuos solidos
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que puedan afectar el ambiente.
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Residuos domésticos: Se generarán 42,7 kg/día los que serán dispuestos en el vertedero municipal.
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Residuos sólidos industriales: Se generarán 35 m' en 10 meses de la fase de construcción, total de las 3 etapas 105 m'. En cuanto a los residuos inertes o Escombros, se generará 200 m' en 10 meses de la fase de construcción, total de las 3 etapas 600 m'. Todos los residuos serán dispuestos en vertedero o lugar autorizado.
e Residuos Peligrosos: En cuanto a los residuos sólidos peligrosos, se proyecta un volumen de 150 k cada 6 meses. El total de residuos peligrosos para las 3 etapas de la obra sería de 900 kg. Al respecto, le es aplicable al proyecto el Permiso Ambiental Sectorial 142.
Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 4.2, del ICE.
4.3.2. Fase de operación
Descripción de la etapa de operación
La Fase de Operación se iniciará al momento en el que las primeras viviendas del Condominio Torobayo sean entregadas a sus propietarios.
Principales actividades de la etapa de operación.
Los elementos más destacados de esta etapa son:
e Sistema de agua potable particular: Durante esta fase entrará en operación el sistema de agua potable, el cual considera una dotación de 250 Vhab/día y 650 habitantes.
e Sistema de tratamiento particular de aguas servidas: Las aguas servidas del Condominio Torobayo serán captadas mediante una red de colectores y conducidas a la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas, la cual contará con capacidad para tratar un caudal de 150 m/día aproximadamente, que permitirá otorgar el servicio para 650 personas en su ocupación máxima.
- Suministro eléctrico: Será proporcionado por la empresa SAESA.
e Caldera a gas licuado: el proyecto contará con un sistema de calefacción central (radiadores) y generación de agua caliente sanitaria para cada vivienda, a partir de una caldera mural mixta a gas licuado, de tiro forzado marca RINNAI, modelo RB 25/28 Lnox, o similar aprobado. La descarga de caldera será realizada al exterior con kit estándar de
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escape.
Recursos naturales
renovables
De acuerdo a las características del proyecto, no se contempla la intervención sobre recursos naturales renovables en la etapa de operación.
Emisiones y efluentes
Emisiones liquidas
En la Fase de Operación se generarán efluentes líquidos de tipo domésticos que serán conducidos a través de la Red Privada de Alcantarillado hasta la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas del Condominio. Se generarán 146,25 m'/día, considerando una dotación de 250 l/día/hab para un total de 650 habitantes, que correspondería al total de las 3 etapas, en plena ocupación.
Emisiones atmosféricas
Durante esta etapa las principales emisiones gaseosas generadas corresponden a gases de combustión producto del movimiento de vehículos particulares, calefacción de las viviendas y al funcionamiento de la caldera de gas licuado para suministro de agua caliente.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
Residuos sólidos domiciliarios y asimilables.
En forma estimativa se proyecta la generación de 748 kg/día de residuos de tipo domiciliario, asumiendo 1,15 Kg/persona/día para 650 habitantes. Los residuos serán retirados desde las viviendas en forma interna, el mismo día en que éstos sean recolectados por el sistema municipal, para su envío a un vertedero autorizado.
Residuos sólidos no peligrosos.
Se generarán lodos provenientes de la planta de tratamiento de aguas servidas, para lo cual se estima un volumen de 24,2 kg/día (lodo seco), los cuales serán dispuestos en un lugar autorizado.
Referencia al ICE para mayores detalles
Mayores antecedentes en el numeral 4.2. del ICE.
4.3.3. Fase de cierre
Plan de acción para el desmantelamiento
En caso de requerirse por alguna causa externa, el cierre o abandono del proyecto, se procederá a cerrar el perímetro para evitar su intervención y destrucción por parte de terceros, realizando revisiones periódicas que permitan constatar esta condición. En lo que corresponda, se asegurará su estabilidad y/o se desmantelarán, disponiendo de los equipos y partes para su reúso en otras obras o su disposición final en lugares autorizados.
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Recursos renovables
naturales
Las áreas donde se realizaron las excavaciones serán rellenadas, restaurando la morfología original del sector.
Emisiones y efluentes
Para prevenir futuras emisiones desde la ubicación del proyecto, en caso de existir remanentes de residuos sólidos, éstos serán dispuestos en vertedero autorizado de la ciudad de Valdivia. En el caso de los residuos líquidos, se procederá a su descarga al río previo tratamiento o, alternativamente, serán trasladados a lugar autorizado para su disposición final.
Residuos,
que puedan afectar medio ambiente.
productos químicos y otras sustancias
Durante la etapa de cierre se originarán residuos será similar al contemplado en la fase de construcción.
el
Referencia al ICE para
mayores detalles
Mayores antecedentes en el numeral 4,2. del ICE.
4.4. Descripción de las fases del Proyecto
4.4.1. Fase de construcción
Fecha inicio
estimada de
Obras preliminares: Una vez obtenida la RCA.
Parte, obra o acción que establece el inicio
Obtención del permiso de edificación de la obra.
Fecha término
estimada de
Abril 2018 (12 meses etapa B). Abril 2019 (12 meses etapa C).
Parte, obra o acción que establece el término
Retiro de todas las obras temporales asociadas a la instalación de obras.
4.4.2. Fase de operación
Fecha inicio
estimada de
Mayo de 2018 para etapa B. Mayo 2019 para etapa C.
Parte, obra o acción que establece el inicio
Retiro de materiales y restablecimiento del sector.
Fecha estimada de | No aplica. término
Parte, obra o acción | No aplica. que establece el
término
4.4.3. Fase de cierre
Fecha estimada de | No aplica. inicio
Parte, obra o acción
Finalización de actividades del condominio.
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que establece el inicio
Fecha estimada de | No aplica, término
Parte, obra o acción | Inicio plan de cierre. que establece el término
- Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS
Impacto no significativo Efluentes líquidos. El proyecto generará efluentes provenientes del
tratamiento de las aguas servidas, cuyos parámetros de diseño permiten la remoción directa de DBOS, (DQO), nitrógeno, fósforo, sólidos suspendidos totales y sólidos sedimentables, lo que indirectamente regula pH, temperatura, coliformes fecales (sumado al tratamiento de cloración), color e índice de fenol.
Parte, obra o acción que lo | Sistema de Tratamiento de Aguas Servidas. genera
Fase en que se presenta Operación.
Referencia al ICE para mayores | Mayores antecedentes en los Capítulos IV y VI del detalles sobre este impacto | Informe Consolidado de la Evaluación.
específico
Impacto no significativo Niveles de ruido. El proyecto generará emisiones de ruido durante la
etapa de construcción debido a las actividades propias de la construcción de las viviendas y las obras asociadas anexas.
Parte, obra o acción que lo Las fuentes de emisión de ruido durante la fase de genera construcción, provienen de las actividades propias de la construcción de las casas y obras anexas.
Fase en que se presenta Construcción
Referencia al ICE para mayores | Mayores antecedentes en el Capítulos IV y VI del detalles sobre este impacto | Informe Consolidado de la Evaluación.
especifico.
De acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista en el proceso de evaluación, sobre la naturaleza, composición y cantidad de las emisiones del presente proyecto, la combinación y/o interacción de estas emisiones no genera un riesgo para la salud de la población, considerando el cumplimiento de la normativa ambiental vigente y la ausencia de población o núcleos poblados en el área de emplazamiento del proyecto.
Al respecto, cabe señalar que los resultados de las modelaciones realizadas en el marco de
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la evaluación ambiental determinaron que no se generaran impactos sobre la salud de la población, considerando la utilización de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas, la dilución en el rio Valdivia y la ausencia de usos aguas debajo de la descarga.
Por su parte, los niveles de ruido generados por las actividades del proyecto durante la etapa de construcción del proyecto, los horarios de trabajo y la localización al interior del área urbana, determinan que sólo una casa ubicada en el sector del límite Sur del Condominio se vería afectada por la superación de la norma, planificándose la instalación de una barrera acústica en dicho sector. En consideración a lo anterior, adicionalmente para verificar el cumplimiento normativo para la componente ruido el proponente se compromete a realizar un plan de seguimiento de esta variable. Asimismo, debido al pequeño margen de cumplimiento con la normativa vigente el proponente deberá considerar medidas adicionales en el punto sensible 3. Considerando las medidas de control correspondientes se considera que el proyecto en todas sus etapas dará cumplimiento al D.S. N”38/2011, del Ministerio de Medio Ambiente.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE.
Impacto no significativo Descarga de aguas tratadas al Rio Valdivia.
Parte, obra o acción que lo | Planta de tratamiento de aguas servidas del proyecto.
genera
Fase en que se presenta Operación.
Referencia al 1CE para mayores Mayores antecedentes en el Capítulo VI del ICE detalles sobre este impacto | “Antecedentes que justifiquen que el proyecto o específico actividad no requiere de la presentación de un estudio de impacto ambiental”.
El proyecto no contempla la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados. Adicionalmente, de acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista en el proceso de evaluación, sobre la naturaleza, composición y cantidad de las emisiones del presente proyecto, la combinación y/o interacción de estas emisiones no generarán efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. En cuanto a la descarga de aguas tratadas, al considerar el peor escenario (mínimo caudal con un periodo de retorno de 10 años y máximo caudal del efluente), la descarga de aguas tratadas corresponde a un 0,008 % del volumen del río. Esta interacción entre la descarga del efluente de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas del Condominio Torobayo con las aguas del río Valdivia no generará efectos adversos significativos sobre dicho curso de agua, considerando tanto su condición natural, como las condiciones establecidas en la Norma Secundaria de Calidad de Aguas del río Valdivia.
5.3 REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS.
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Impacto no significativo No se establecieron las condiciones para el reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos durante la evaluación del proyecto.
Parte, obra o acción que lo | Ninguna de las partes, obras o acciones del proyecto genera genera impactos significativos sobre los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos ni genera las condiciones para el reasentamiento de comunidades humanas.
Fase en que se presenta El proyecto no generará efectos adversos sobre el uso oO acceso a recursos naturales que sean utilizados como sustento económico o para cualquier otro uso tradicional por grupos humanos, así como tampoco dificulta el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios. Lo anterior, considerando que no existen grupos humanos o comunidades que utilicen los recursos naturales en los alrededores del proyecto.
Referencia al ICE para mayores | Mayores antecedentes en el Capítulo VI del ICE detalles sobre este ¡impacto | “Antecedentes que justifiquen que el proyecto o específico actividad no requiere de la presentación de un estudio de impacto ambienta)”.
En virtud de los antecedentes presentados durante el proceso de evaluación ambiental, el proyecto no genera efectos adversos sobre las características o circunstancias previamente descritas, es decir, no afecta el uso o acceso a recursos naturales que sean utilizados como sustento económico o para cualquier otro uso tradicional por grupos humanos, así como tampoco dificulta el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios. Lo anterior, considerando que no existen grupos humanos o comunidades que utilicen los recursos naturales en los alrededor del proyecto, así como tampoco existen lugares de manifestaciones de tradiciones, culturas oO intereses comunitarios. Adicionalmente, respecto a temporalidad y dimensión de la intervención, es posible descartar la generación de un impacto significativo en cuanto a la obstrucción o restricción a la libre circulación, o restricción al acceso a bienes, equipamientos y servicios. En cuanto a la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento, el proyecto ha realizado un Estudio Vial Básico, donde se concluye que la vía principal sobre la cual se sumaría el tránsito de acceso al Condominio, esto es la Ruta T-350, tiene una capacidad de 3.200 veh/hr, por lo tanto, el tramo de vía considerado en el área de influencia tiene la capacidad para absorber los flujos proyectados tanto en la etapa de construcción, como de operación. Finalmente, el proyecto no dificulta o impide el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de un grupo, toda vez que el en torno al área de influencia no se identificaron comunidades o población perteneciente a los pueblos originarios que haga uso o manifieste interés por el territorio.
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN,
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HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR.
Impacto no significativo No se establecieron impactos significativos sobre población, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios, humedales y glaciares, así como tampoco sobre el valor ambiental de territorio durante la evaluación del proyecto.
Parte, obra o acción que lo Ninguna de las partes, obras o acciones del proyecto genera genera impactos significativos sobre población protegida, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares susceptibles de ser afectados, así como del valor ambiental del territorio a intervenir.
Fase en que se presenta El Proyecto no contempla realizar obras, acciones o actividades en zonas donde se presente población protegida, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares susceptibles de ser afectados, así como del valor ambiental del territorio a intervenir.
Referencia al ICE para mayores | Mayores antecedentes en el Capítulo VI del ICE detalles sobre este impacto | “Antecedentes que justifiquen que el proyecto o específico actividad no requiere de la presentación de un estudio de impacto ambiental”.
En virtud de la información tenida a la vista durante todo el proceso de evaluación, es posible concluir que el proyecto no afectará los recursos, áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental ni interferirá a poblaciones protegidas a su vez tampoco interferirá a poblaciones protegidas. Lo anterior, en consideración a la inexistencia de miembros de comunidades indígenas dentro del área de influencia y área de estudio determinada para el proyecto, así como la inexistencia de áreas o recursos protegidos, dentro del área de influencia y área de estudio determinadas.
5.5, ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA.
Impacto no significativo No se establecieron impactos significativos sobre el valor paisajístico o turístico durante la evaluación del proyecto.
Parte, obra o acción que lo Ninguna de las partes, obras o acciones del proyecto genera genera impactos significativos sobre el valor paisajístico o turístico.
Fase en que se presenta El proyecto no contempla realizar obras, acciones o actividades en zonas donde se presente valor paisajístico o turístico.
Referencia al ICE para mayores | Mayores antecedentes en el Capítulo VI del ICE detalles sobre este impacto | “Antecedentes que justifiquen que el proyecto o
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específico actividad no requiere de la presentación de un estudio de impacto ambiental”.
De acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista durante la evaluación ambiental, se ha determinado que el proyecto no afectará las características visuales de su entorno ya sea que posean o no valor paisajístico o turístico. Cabe considerar que el proyecto se localiza al interior del área definida como ZOIT Valdivia Corral, la cual tiene en este sector una vinculación directa con el río Valdivia. Dada la distancia que hay entre el proyecto y la rivera (aproximadamente 120 m), la existencia de otras propiedades particulares en el área, la vegetación arbórea que impide la visibilidad desde el río hasta el área del proyecto, es posible concluir que el proyecto no genera alteración significativa sobre el valor paisajístico y turístico del área. De esta forma, y en base a los antecedentes presentados, es posible concluir que el proyecto no alterará el valor paisajístico o turístico del lugar.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL.
Impacto no significativo No se establecieron impactos significativos sobre sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural durante la evaluación del proyecto.
Parte, obra o acción que lo Ninguna de las partes, obras o acciones del proyecto genera genera impactos significativos sobre sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y en general los pertenecientes al patrimonio cultural.
Fase en que se presenta El proyecto no contempla realizar obras, acciones o actividades en zonas donde se presenten sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y en general los pertenecientes al patrimonio cultural.
Referencia al ICE para mayores | Mayores antecedentes en el Capítulo VI del Informe detalles sobre este impacto | Consolidado “Antecedentes que justifiquen que el específico proyecto o actividad no requiere de la presentación de un estudio de impacto ambiental”.
En relación a impactos descritos, la ejecución del proyecto no generará alteraciones significativas de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al “patrimonio cultural”. Lo anterior, por cuanto en el área del proyecto no se localizan sitios declarados Monumento Histórico o de aquellos pertenecientes al patrimonio cultural, de acuerdo a las definiciones contenidas en la Ley N*17.288/1970. En este sentido se presenta un Informe de inspección de patrimonio arqueológico y cultural en el área de emplazamiento del proyecto por parte de un profesional competente, cuyos resultados concluyen la inexistencia de ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter arqueológico, antropológico o paleontológico. No obstante lo anterior, si durante la ejecución de las obras o actividades que componen el presente proyecto, se encontraren algún vestigio, se paralizará inmediatamente las faenas, dando aviso al Gobernador Provincial de Valdivia, de acuerdo a lo señalado en la
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| normativa vigente.
- Que, resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales,
asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. Permisos ambientales sectoriales mixtos.
6.1.1. Permiso para introducir o descargar materias, energía o sustancias nocivas o peligrosas de cualquier especie a las aguas sometidas a la jurisdicción nacional, del artículo 115 del Reglamento del SEIA
Fase del proyecto a la cual corresponde
Le es aplicable, debido a que el proyecto contempla la descarga, mediante un emisario subacuático al río Valdivia, de las aguas provenientes de la Planta de Tratamiento de aguas servidas del condominio Torobayo.
Parte, obra o acción a la que aplica
Sistema de tratamiento aguas servidas y su descarga al río Valdivia.
Condiciones o exigencias específicas para su
El requisito para su otorgamiento consiste en que la introducción o descarga de materias, energía o sustancias
otorgamiento nocivas O peligrosas de cualquier especie a las aguas sometidas a la jurisdicción nacional, no genere efectos adversos en las especies hidrobiológicas o en los ecosistemas acuáticos.
Pronunciamiento del | Al respecto, la Gobernación Marítima de Valdivia se
órgano competente
pronunció conforme a través de GM. VLD. ORD, N* 12.600/06/5, de fecha 11 de enero de 2017.
Referencia al ICE para mayores detalles
Capitulo N? IX del ICE.
6.1.2. Permiso para realizar pesca de investigación, del artículo 119 del Reglamento
del SETA.
Fase del proyecto a la cual corresponde
Le es aplicable, debido a que el proyecto contempla realización de pesca de investigación para caracterizar la fauna acuática en el río Valdivia, por un período de 3 años a contar de la fecha de publicación de la respectiva resolución, luego de lo cual la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura evaluará su renovación o continuidad.
Parte, obra o acción a la que aplica
Planta de Tratamiento de aguas servidas y su descarga al Río Valdivia.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
El requisito para su otorgamiento consiste en preservar los recursos hidrobiológicos con motivo de la realización de la pesca de investigación.
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Pronunciamiento del órgano competente
Al respecto, la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura se pronunció conforme a través de (D.AC.) ORD. SEIA. N? 12, de fecha 11 de enero de 2017.
Referencia al ICE para mayores detalles
Capitulo N* TX del ICE,
6.1.3. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagies, aguas servidas de cualquier naturaleza, del artículo 138
del Reglamento del SETA.
Fase del proyecto a la cual corresponde
Le es aplicable, debido a que el proyecto contempla implementar una planta de tratamiento de aguas servidas.
Parte, obra o aceión a la que aplica
Tratamiento y disposición de las aguas servidas.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
El requisito para su otorgamiento consiste en que la disposición de aguas servidas no amenace la salud de la población.
Pronunciamiento del órgano competente
Al respecto, la SEREMI de Salud de la Región de Los Ríos a través de Oficio Ord. N? 705, de fecha 28 de abril de 2016, se pronunció conforme.
Referencia al ICE para mayores detalles
Capitulo N? IX del ICE.
6.1.4. Permiso para todo
sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos,
del artículo 142 del Reglamento del SEIA.
Fase del proyecto a la cual corresponde
Etapa de construcción.
Parte, obra o acción a la que aplica
Aplicable dada la generación y almacenamiento transitorio de residuos peligrosos.
Condiciones o exigencias
El requisito para su otorgamiento consiste en que el
específicas para su | almacenamiento de residuos en un sitio no afecte la calidad
otorgamiento de las aguas, suelo y aire que pueda poner en riesgo la salud de la población.
Pronunciamiento del Al respecto, la SEREMI de Salud de la Región de Los Ríos a
órgano competente
través de Oficio Ord. N* 705, de fecha 28 de abril de 2016, se pronunció conforme.
Referencia al ICE para mayores detalles
Capitulo N* IX del ICE.
6.1.5. Permiso para efectuar modificaciones de cauce, del artículo 156 del Reglamento
del SEIA.
Fase del proyecto a la cual corresponde
Le es aplicable, debido a que el proyecto contempla la instalación de un emisario subacuático en el río Valdivia.
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y
Parte, obra o acción a la
Emisario subacuático.
que aplica
Condiciones o exigencias | El requisito para su otorgamiento consiste en no afectar la específicas para su | vida o salud de los habitantes, mediante la no contaminación otorgamiento de las aguas.
Pronunciamiento del | La Dirección General de Aguas de la Región de Los Rios a
órgano competente
través de Oficio Ord. N* 2, de fecha 11 de enero de 2017, se pronunció conforme.
Referencia al ICE para mayores detalles
Capitulo N* IX del ICE.
- Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la
siguiente:
7.1. Componente/Materia: Normativa ambiental vigente.
Norma
Ley N” 19,300 (modificada por Ley N* 20.417) del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. “Ley de Bases Generales del Medio Ambiente”.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, Operación y Cierre.
Forma de cumplimiento
El Titular ha señalado que de acuerdo a lo establecido en la Ley, este proyecto se somete al SEIA a través de una Declaración de Impacto Ambiental.
Indicador que acredita su cumplimiento
Obtención de una Resolución de Calificación Ambiental favorable.
Forma de control y seguimiento
Este proyecto en particular, ingresa al SEIA según lo indicado en la letra h) del artículo 10 de esta Ley, relativo a “Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas latentes o saturadas”, bajo la forma de una Declaración de Impacto Ambiental, ya que ésta no genera ninguno de los efectos, características o circunstancias a que se refiere el artículo 11 de la Ley N* 19,300.
Con este documento se presentan los antecedentes y estudios necesarios para afirmar que el proyecto cumple durante todas sus fases con las normativas legales y reglamentarias ambientales aplicables, y por ello debe ser evaluado por el SEA para obtener su Resolución de Calificación Ambiental.
Referencia al ICE para mayores detalles
Detalles en el Capítulo VII del ICE.
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7.2. Componente/Materia: Normativa ambiental vigente.
Norma
D.S. N” 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente. “Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, Operación y Cierre.
Forma de cumplimiento
En base a la constatación de no concurrir ninguno de los efectos, características o circunstancias que determinan el ingreso al Sistema vía Estudio de Impacto Ambiental, se presenta a evaluación el presente proyecto a través de una Declaración, cuyo contenido considera una descripción del Proyecto, los fundamentos que excluyen la presentación de un Estudio, la indicación de la normativa ambiental aplicable y la forma en que se cumplirá, como asimismo, de los Permisos Ambientales Sectoriales asociados.
Indicador que acredita su cumplimiento
Admisibilidad a trámite de la DIA presentada. Acciones de fiscalización manifiestan conformidad del Proyecto con la respectiva autorización ambiental.
Forma de control y seguimiento
Este proyecto en particular, ingresa al SELA de acuerdo a lo indicado en la letra h.1) del artículo 3 de este Reglamento, que señala: “Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características:”, especificamente según lo indicado en la letra h.1.1.) “Que se emplacen en áreas de extensión urbana o en área rural, de acuerdo al instrumento de planificación correspondiente y requieran de sistemas propios de producción y distribución de agua potable y/o de recolección, tratamiento y disposición de aguas servidas”. En este sentido ingresa bajo la forma de una Declaración de Impacto Ambiental, ya que el proyecto no genera ninguno de los efectos, características o circunstancias a que se refiere el artículo 11 de la Ley N* 19.300, y el y el Título IU del Reglamento.
Referencia al ICE para mayores detalles
Detalles en el Capítulo VIII del ICE.
7.3. Componente/Materia: Emisiones a la atmosfera.
Norma D. S. N” 144/1961 del Ministerio de Salud. “Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.”
Fase del Proyecto a la | Fase de Construcción
que aplica o en la que se
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dará cumplimiento
Forma de cumplimiento
Para los efectos de dar cumplimiento a la normativa analizada, se adoptarán las siguientes medidas de manejo ambiental, consideradas en la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (Capítulo 8 “Faenas Constructivas”): Art.5.8.3 (N"1) En relación al impacto de las emisiones de polvo y material:
-
Regar el terreno en forma oportuna y suficiente durante el período en que se realicen las faenas de demolición, relleno y excavaciones.
-
Disponer de accesos a las faenas que cuenten con pavimentos estables.
-
Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta.
-
Lavado del lodo de las ruedas de los vehículos que abandonen la faena.
-
Mantener la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados.
-
Evacuar los escombros desde los pisos altos mediante un sistema que contemple las precauciones necesarias para evitar las emanaciones de polvo y los ruidos molestos.
-
La instalación de tela en la fachada de la obra, total o parcialmente, u otros revestimientos, para minimizar la dispersión del polvo e impedir la caida de material hacia el exterior.
-
Hacer uso de procesos húmedos en caso de requerir faenas de molienda y mezcla. Art, 5.8.5.
Los escombros que deban retirarse desde una altura mayor de 3 m sobre el suelo se bajarán por canaletas o por conductos cerrados que eviten la dispersión del polvo. Art. 5.8.7.
El sitio de toda construcción nueva o que haya de repararse, alterarse o demolerse se aislará de la vía pública por un cierro provisional de una altura no inferior a 2 m, si fuera necesario. Finalmente, las maquinarias y vehículos a utilizar, dispondrán de las certificaciones y autorizaciones correspondientes, debidamente actualizadas; con miras a garantizar el cumplimiento relativo a calidad y visibilidad de las emisiones.
Indicador que acredita su cumplimiento
-
Respecto a las medidas consideradas en base al Art.5.8.3, se generarán registros escritos y fotográficos que den cuenta de la efectividad y frecuencia de la adopción de las medidas.
-
Revisiones Técnicas y Certificaciones de Emisión de Gases de vehículos y maquinarias, vigentes,
-
Registro fotográfico que dé cuenta de la implementación de las medidas consideradas en los artículos 5.8.5 y 5.8.7.
Forma de control y seguimiento
Superintendencia de Medio Ambiente y Autoridad Sanitaria de la Región de Los Rios.
Referencia al ICE para mayores detalles
Detalles en el Capítulo VII del ICE.
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7.4. Componente/materia: Aire y emisiones a la atmósfera
Norma
D.S. N* 55/1994 del Ministerio de Transporte. “Establece Normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Pesados que Indica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción.
Forma de cumplimiento etapa
Se contempla la utilización de vehículos y maquinaria que cumplan con los valores máximos de gases señalados en la norma.
Indicador que acredita su cumplimiento
Revisión Técnica y Certificación de emisión de gases de los vehículos y maquinarias, vigente.
Forma de control y seguimiento
Superintendencia de Medio Ambiente y Autoridad Sanitaria.
Referencia al ICE para mayores detalles
Detalles en el Capítulo VIII del ICE.
7.5. Componente/materia: Aire y emisiones a la atmósfera
Norma
Decreto N* 20/2013 del Ministerio de Medio Ambiente. “Establece Norma de Calidad Primaria para Material Particulado Respirable MP 10”.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción.
Forma de cumplimiento
Ingreso obligatorio del proyecto al SEIA.
Indicador de cumplimiento
Sometimiento del proyecto al SEIA.
Forma de control y seguimiento
Superintendencia de Medio Ambiente y Autoridad Sanitaria de la Región de Los Ríos.
Referencia al ICE para mayores detalles
Detalles en el Capítulo VIII del ICB.
Referencia al ICE para mayores detalles
Detalles en el Capítulo VII del ICE.
7.6. Componente/materia: Aire y emisiones a la atmósfera
Norma
Decreto N* 12/2011 del Ministerio de Medio Ambiente. “Establece Norma de Calidad Primaria para Material Particulado Fino Respirable MP 2,5”.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción.
Forma de cumplimiento
Ingreso obligatorio del proyecto al SELA.
Indicador de cumplimiento
Sometimiento del proyecto al SEIA.
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Forma de control y seguimiento
Superintendencia de Medio Ambiente y Autoridad Sanitaria de la Región de Los Ríos.
Referencia al ICE para mayores detalles
Detalles en el Capítulo VII del ICE.
7.7. Componente/materia:
Aire y emisiones a la atmósfera
Norma
Decreto N* 17/2011, del Ministerio de Medio Ambiente, “Declara zona saturada por material particulado respirable MP10, como concentración diaria y anual, y por material particulado fino respirable MP2,5, como concentración diaria, a la comuna de Valdivia”.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción.
Forma de cumplimiento
Ingreso obligatorio del proyecto al SEIA, por configurarse la causal contenida en el artículo 3 letra h del D.S. N* 40/2012, Reglamento del SETA.
Indicador de cumplimiento
Sometimiento del proyecto al SEIA.
Forma de control y seguimiento
Superintendencia de Medio Ambiente y Autoridad Sanitaria de la Región de Los Ríos.
Referencia al ICE para mayores detalles
Detalles en el Capítulo VII del ICE.
7.8. Componente/materia:
Residuos Peligrosos
Norma
D.S. N*148/2004 del Ministerio de Salud. “Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos”.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción a la que aplica
Todo el proyecto.
Forma de cumplimiento
Considerando el bajo volumen de generación de este tipo de residuos (150 k/ 6 meses), y las características de los mismos, éstos serán dispuestos en forma temporal, debidamente clasificados y rotulados, en bodega especialmente habilitada, con piso de cemento, cerrada y techada, y trasladados para su almacenamiento y/o eliminación en un recinto autorizado (Copiulemu u otro).
Indicador que acredita su cumplimiento
Se contará con un registro del volumen de residuos peligrosos generados, la fecha y procedimiento de traslado y la recepción correspondiente en lugar autorizado.
Forma de control y seguimiento
Superintendencia de Medio Ambiente y Autoridad Sanitaria de la Región de Los Ríos.
Referencia al ICÉ para mayores detalles
Detalles en el Capítulo VII del ICE.
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7.9. Componente/materia: Residuos líquidos
Norma
D.F.L. N* 725/1968 del Ministerio de Salud. “Código Sanitario”.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción y operación.
Forma de cumplimiento etapa de construcción
En etapa de construcción, el proyecto generará aguas servidas a partir de las unidades sanitarias instaladas en el sector de instalación de faenas.
Indicador de cumplimiento etapa de construcción
Sistemas propios de recolección y tratamiento de aguas servidas debidamente autorizados por la Seremi de Salud. Acciones de fiscalización manifiestan conformidad del funcionamiento de los sistemas de tratamiento y disposición final.
Forma de cumplimiento etapa de operación
En etapa de operación se considera el funcionamiento de los sistemas propios de recolección y tratamiento de aguas servidas.
Indicador que acredita su cumplimiento etapa de operación
Sistemas propios de recolección y tratamiento de “aguas servidas debidamente autorizados por la Seremi de Salud. Acciones de fiscalización manifiestan conformidad del funcionamiento de los sistemas de tratamiento y disposición final.
Forma de control y seguimiento
Superintendencia de Medio Ambiente y Autoridad Sanitaria de la Región de Los Ríos.
Referencia al ICE para mayores detalles
Detalles en el Capítulo VHI del ICE.
7.10. Componente/materia: Autorización sanitaria
Norma
D.F.L. N* 1/1989 del Ministerio de Salud. “Determina Materias que requieren Autorización Sanitaria Expresa”.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción y operación.
Forma de cumplimiento
Proyectos de producción y distribución de agua potable y, de tratamiento y disposición de aguas servidas serán sometidos a la aprobación de la Autoridad Sanitaria.
Indicador de cumplimiento
Obras destinadas a la provisión de agua potable y a la recolección, tratamiento y disposición final de aguas servidas cuentan con su respectiva autorización sanitaria expresa.
Forma de control y seguimiento
Superintendencia de Medio Ambiente y Autoridad Sanitaria de la Región de Los Ríos.
Referencia al ICE para mayores detalles
Detalles en el Capítulo VIII del ICE.
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7.11. Componente/materia: Transporte
Norma
D.S. N* 75/1987 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. “Establece condiciones para el transporte de cargas que indica”.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción.
Forma de cumplimiento
Se contempla la utilización de vehículos provistos de todos los implementos considerados en la norma y chequeo de las condiciones de la carga de los vehículos que ingresen y abandonen la obra.
Indicador que acredita su cumplimiento
Registro que dé cuenta de la revisión de la condición del vehículo al ingreso y salida de la obra.
Forma de control y seguimiento
Superintendencia de Medio Ambiente, Carabineros de Chile, Municipalidad respectiva, SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones.
Referencia al ICE para mayores detalles
Detalles en el Capítulo VII del ICE.
7.12. Componente/materia: Transporte
Norma
D.F.L. N 850 del Ministerio de Obras Públicas. “Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la ley N 15.840, de 1964 y del D.F.L. N* 206, de 1960”.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción.
Forma de cumplimiento etapa
El transporte de insumos se realizará en vehículos que no sobrepasen el límite máximo de peso permitido.
Por su parte, en caso de requerirse el transporte de equipos con sobredimensión y/o sobrepeso, oportunamente se solicitará a la Dirección Regional de Vialidad las autorizaciones correspondientes, pagándose los derechos aplicables.
El proyecto no generará perjuicios en los caminos, por el contrario, considera la implementación de diversas medidas (descritas en Anexo N%4), asociadas al cruce de la Ruta T-340 y T-350, con la finalidad introducir mejoras al sector de acceso al proyecto.
El proyecto no ocupará ni depositará materiales en los espacios laterales de la Ruta T-350, ni en ninguna parte del camino público.
Indicador que acredita su cumplimiento
Autorización de la Dirección de Vialidad del MOP, para el transporte con sobrepeso y/o sobredimensión, en caso que se requiera. Registro de camiones que transporten insumos para el Proyecto, estableciéndose su volumen o carga aproximada, así como su origen. Registro fotográfico del estado del camino al inicio de la fase de construcción y al término de la misma.
Forma de control y
Superintendencia de Medio Ambiente, Carabineros de Chile,
21/38
Ss
seguimiento
Municipalidad respectiva, SEREMI de
Telecomunicaciones.
Transporte y
Referencia al ICE para mayores detalles
Detalles en el Capítulo VIII del ICE.
7.13. Componente/materia: Ruido
Norma
D.S. N* 38/2012 del Ministerio de Medio Ambiente. “Establece Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados Por Fuentes Fijas”.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción.
Forma de cumplimiento
El proyecto contempla un programa de trabajo de acuerdo a los siguientes horarios: Lunes a jueves: 08:21 a13:00 y 13:45 a 18:16. Viernes: 08:21 a13:00 y 13:45 a 17:25 Asimismo, se contempla la instalación de pantallas acústicas en la zona 2, definida en Anexo 13 de la DIA “Estudio de Impacto Acústico” complementado con el Anexo 3 de la Adenda complementaria.
Indicador que acredita su cumplimiento
Acciones de fiscalización manifiestan conformidad respecto de los niveles de emisión de ruido. Informe monitoreo de ruido.
Forma de control y seguimiento
Superintendencia de Medio Ambiente.
Referencia al ICE para mayores detalles
Detalles en el Capítulo VIII del ICE.
7.14. Componente/materia: Turismo
Norma
Ley N* 20.423/2010 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. “Del Sistema Institucional para el Desarrollo del Turismo”.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre
Forma de cumplimiento
El proyecto propuesto no afecta los objetivos de conservación y promoción de la inversión privada que constituyen el sentido de la ZOIT, resultando coherente con el objetivo de dicho instrumento, toda vez que se integra naturalmente en un área de intenso desarrollo inmobiliario.
Indicador que acredita su cumplimiento
Acciones de fiscalización manifiestan conformidad respecto de los objetivos de la declaración de ZOIT.
Forma de control y seguimiento
Superintendencia de Medio Ambiente.
Referencia al ICE para mayores detalles
Detalles en el Capítulo VII del ICE.
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7.15. Componente/materia: Patrimonio Arqueológico y Cultural
Norma
Ley N* 17.288/1970 del Ministerio de Educación Pública. “Ley Sobre Monumentos Nacionales”,
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre.
Forma de cumplimiento
En el sitio del proyecto no se localizan sitios declarados Monumento Histórico o de aquellos pertenecientes al patrimonio cultural, de acuerdo a las definiciones contenidas en esta Ley. En forma previa a la construcción, se ha desarrollado por parte de un profesional competente, una inspección arqueológica, cuyos resultados concluyen la inexistencia de ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter arqueológico, antropológico o paleontológico. No obstante lo anterior, si durante la ejecución de las obras o actividades que componen el presente proyecto, se encontraren, se paralizará inmediatamente las faenas, dando aviso al Gobernador Provincial de Valdivia de acuerdo a la normativa vigente.
Indicador que acredita su cumplimiento
- Informe Arqueológico presentado en Anexo en la DIA.
- En caso que corresponda, carta o informe que de aviso del respectivo hallazgo al Gobernador Provincial.
Forma de control y seguimiento
Superintendencia de Medio Ambiente y Consejo de Monumentos Nacionales.
Referencia al ICE para mayores detalles
Detalles en el Capítulo VIII del ICE.
7.16. Componente/materia: Medio Acuático
Norma
Ley N” 18.892/1989 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. “Ley General de Pesca y Acuicultura”.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación.
Forma de cumplimiento
El proyecto cuenta con una planta de tratamiento de aguas servidas. Cumpliendo la Tabla 1 de D.S. N% 90/2000 MINSEGPRES, dando con ello cumplimiento a la exigencia de neutralización.
Junto con lo anterior, los antecedentes presentados en las Tablas N18.3 y N18.4 del Anexo 18 de la DIA, relativos a la calidad del efluente, considerando el diseño de la planta y, su eficiencia de remoción de los contaminantes, permiten demostrar que la descarga de las aguas tratadas no presenta condiciones de nocividad que puedan afectar la calidad del medio receptor.
Indicador que acredita
Resultados de monitoreo del efluente, bajo los límites
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IT
su cumplimiento establecidos en la respectiva norma de emisión.
Forma de control y Superintendencia de Medio Ambiente. seguimiento
Referencia al ICE para | Detalles en el Capítulo VII del ICE. mayores detalles
7.18. Componente/materia: No aplica
Norma DS N* 1/2013 Ministerio del Medio Ambiente. “Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias”.
Fase del Proyecto a la | Construcción, Operación y cierre. que aplica o en la que se dará cumplimiento
Forma de cumplimiento | El proyecto realizará la declaración de sus emisiones conforme los procedimientos y plazos establecidos en los artículos 17, 18 y 19 del Reglamento.
Indicador que acredita | Reporte ingresado en ventanilla única del SINADER (RETO). su cumplimiento
Forma de control y| Superintendencia de Medio Ambiente. seguimiento
Referencia al ICE para | Detalles en el Capítulo VIII del ICE. mayores detalles
- Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA se establecieron las siguientes condiciones o exigencias adicionales al Proyecto:
8.1. El Titular deberá identificar y tramitar a través de un layout la ubicación de los vértices de la concesión marítima que debe solicitar para la instalación del ducto de descarga.
8.2. El Titular deberá realizar un monitoreo exhaustivo del cumplimiento normativo y de la efectividad de las medidas de control descritas en el documento “Adenda Complementaria” y “Estudio de Impactos Acústico 2”, para dar pleno cumplimiento a los límites establecidos en el D.S. N*38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente que Establece Norma de Emisión de Ruidos generados por fuentes que indica.
8.3. El Titular deberá implementar medidas adicionales a las descritas, al menos en el receptor N*3, en función al estrecho cumplimiento normativo señalado.
- Que, durante el procedimiento de evaluación de impacto ambiental de la DIA, el Titular del Proyecto propuso el siguiente compromiso ambiental voluntario:
9.1. Incorporación de especies nativas en proyecto paisajístico.
Impacto asociado El Compromiso ambiental voluntario genera un impacto positivo (si aplica) sobre el valor paisajístico del territorio y sobre la avifauna. Ambos componentes descritos en los artículos 9 y 6 del D.S. N*40/2017.
Fase del Proyecto a | Construcción y Operación.
la que aplica
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Objetivo, descripción justificación
El Compromiso ambiental voluntario tiene por objetivo generar un impacto ambiental positivo sobre el valor paisajístico del área. El proyecto paisajístico del Condominio Torobayo, considera la incorporación de especies nativas propias de la flora que caracteriza el área. Esta medida permite por una parte reincorporar especies nativas al terreno que fueron eliminadas históricamente para el desarrollo de praderas, otorgando valor ambiental a las áreas verdes; y por otra, fomentar la llegada y permanencia de especies de avifauna nativa asociada,
Lugar, forma oportunidad implementación
y de
Se implementará en el predio del proyecto (áreas verdes). Consta de:
e Proyecto Paisajístico propiamente tal (Anexo 10 de la DIA);
+. Guía de Mantención Paisajismo Condominio, en la que se describen las acciones de implementación, mantención, monitoreo y reposición de las especies consideradas, y Anexo 19 Adenda);
- Programa de Implementación y Control del Proyecto Paisajístico, en el que se describe un cronograma anual de las acciones a seguir (Anexo 20 Adenda). La implementación del Proyecto de Paisajismo considera desde las acciones de delimitación de las áreas verdes hasta la plantación de cada una de las especies vegetales que considera el Proyecto. Estas actividades se desarrollan algunas en conjunto con la urbanización y construcción de las viviendas y otras cuando la etapa de construcción ya ha finalizado. Contempla actividades como la preparación del suelo para establecimiento de césped, la plantación de arbustos, árboles y plantas, todo esto de acuerdo al proyecto previamente aprobado y donde además se realizan las primeras acciones de mantención que tiene como principal objetivo la sobrevivencia de todas las especies vegetales instaladas.
El Proyecto de Paisajismo establece la utilización de especies nativas en cada una de las situaciones constructivas aprovechando sus características de floración y formas.
En lo referente a la programación para la implementación del Proyecto de Paisajismo, ésta debe ajustarse a cada una de las etapas de la construcción del proyecto.
Indicador acredite cumplimiento
que su
Informe que contendrá, al menos, una breve introducción, objetivos, metodología, resultados y recomendaciones. Respecto al contenido técnico y como resultado, debe incluir el porcentaje de prendimiento de las distintas especies vegetales, la cobertura de césped, la condición sanitaria de las especies, las razones de mortalidad si hubiese y, registro fotográfico. Además, deberá contener una evaluación de las propuestas del Proyecto y su aplicación en las distintas situaciones físicas del lugar. Finalmente, si corresponde, contendrá sugerencias de cambio de especies con
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E
su debida justificación. La evaluación del proyecto de paisajismo se realizará durante el primer trimestre del año siguiente a la implementación una vez transcurrido un período estival al menos. La evaluación tendrá dos ámbitos los que deberán reflejarse en el informe correspondiente, esto son: evaluación de la implementación del Proyecto que consistirá en determinar la sobrevivencia y estado sanitario de todas las especies vegetales consideradas y la otra es la evaluación del Proyecto de Paisajismo en el sentido si la elección y ubicación de las especies ha sido la más adecuado de acuerdo a las condiciones físicas del lugar. Una vez realizados, estos informes serán reportados a la autoridad fiscalizadora (SMA) y conjuntamente a la Dirección Regional de SERNATUR.
Forma de control y seguimiento
No aplica.
Referencia al ICE para mayores detalles
Capítulo X, numeral 10.1 del ICE.
9.2. Medidas para mejorar la seguridad vial del entorno y accesibilidad del proyecto.
Impacto asociado | El compromiso ambiental voluntario se encuentra asociado a los (si aplica) efectos no significativos definidos en el artículo 7 del D.S. N*40/2017; flujos de transporte.
Fase del Proyecto a | Construcción.
la que aplica
Objetivo, Las medidas propuestas tienen por objetivo aminorar los posibles descripción y efectos no significativos que el proyecto podría generar, las que justificación responden a un análisis de las características físicas de la situación
actual y considerando los flujos generados por el proyecto. Estas medidas están dirigidas a mejorar la seguridad vial del entorno y accesibilidad del proyecto, conforme se detalla a continuación, y corresponden a un complemento de las exigencias establecidas por la normativa vigente. Estas medidas se presentan en la DIA y son complementadas en Anexo 4 de la Adenda y constan de lo siguiente:
-
Instalación de señales verticales de acuerdo a plano corregido en Anexo 7 Adenda Complementario.
-
Instalación de 57 tacha de color rojo a fin de reforzar la prohibición de adelantamiento en ruta T-350. (Instaladas cada 3 metros).
-
Instalación de bandas alertadoras en toda la calzada en ambos sentidos de aproximación.
-
Instalación de valla peatonal pista de aceleración proyecto.
-
Reubicación del actual paradero en la pista de desaceleración (Valdivia - Niebla) y traslado a 150m más adelante frente al existente (Almacén Silos de Torobayo).
-
Demarcación Paso peatonal más baliza a ambos lados luminosa,
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E
con conexión eléctrica a empalme más cercano (previa factibilidad técnica con empresa eléctrica), demarcación zigzag en pavimento y señalización PO-08 a ambos lados.
-
Acortar bandejón que segmenta la ruta T-350 y la calle lateral de acceso a Condominio Torobayo. De esta forma se mejora el viraje a la derecha desde la Ruta T-340 hacia el Condominio Torobayo.
-
Demarcación PARE y Ceda el Paso en el pavimento (Empalme Ruta T-340 con T-350).
-
Pintado todas las soleras color amarillo en el sector de la rotonda (aprox. 850 m). La instalación de señales verticales y demarcaciones se realizará según lo dispuesto en el Manual de Señalización de Tránsito del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones (Capítulos 2 y 3).
La medida se implementará en el sector de acceso al Condominio, en el área de influencia definida alrededor del cruce de las Rutas T- 340 y T-350, En forma previa a la ejecución de las medidas planteadas, presentará todos los antecedentes sectoriales necesarios ante la Dirección Regional de Vialidad de la Región de Los Ríos, para la obtención de los permisos correspondientes. Junto con ello, en forma previa a su ejecución se realizará un trabajo en terreno, en conjunto con la autoridad competente, a efecto de asegurar su correcta implementación. La medida se implementarán conforme lo descrito en Anexo 4 de la Adenda y Plano corregido en Anexo 7 de la Adenda Complementaria.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Indicador que acredite su cumplimiento
El indicador de cumplimiento del compromiso será un Informe que contenga registro fotográfico de las actividades desarrolladas y de la situación final.
El plazo ejecutar las medidas y presentar el Informe es de 6 meses una vez finalizada la Etapa 1 de Construcción o, desde la obtención de la RCA, según corresponda. Estos informes serán reportados a la autoridad fiscalizadora (SMA) y conjuntamente a la Secretaría Regional Ministerial de Transportes, la Dirección Regional de Vialidad del MOP y el Municipio de Valdivia.
Forma de control y seguimiento
No aplica.
Referencia al ICE para mayores detalles
Capítulo X, numeral 10.1 del ICE,
9.3. Monitoreo de rui
do.
Impacto asociado
(si aplica)
Emisiones de ruido.
Construcción.
Fase del Proyecto a
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la que aplica
Dicho Plan constará de:
a. Nuevo levantamiento de receptores, que dará cuenta de la condición existente al momento del inicio de la construcción.
b. Monitoreo de ruido con una frecuencia cada dos meses, una vez que comience la fase de construcción de cada etapa.
c. Considerará la totalidad de los receptores definidos en la línea de base y aquellos nuevos receptores que puedan detectarse a partir del punto “a”.
d. Considerará las condiciones más desfavorables en el momento, las que serán identificadas y descritas en el respectivo informe.
e. Los resultados de cada campaña se presentarán en un informe, el que incluirá, al menos, las actividades realizadas, equipos, métodos, resultados, planimetría y registro fotográfico de todas las medidas que se implementarán para dar cumplimiento a los límites establecidos en el D.S. N*38/2011.
f. Los resultados serán informados a la Superintendencia del Medio Ambiente, a través del sitio electrónico http://www.sma.gob.cl.
Considerando que el proyecto se implementará por etapas y dada la gran dinámica inmobiliaria que existe en el área de emplazamiento, se prevé la existencia de nuevas construcciones que podrían dar lugar a eventuales receptores sensibles, incluidos aquellos asociados a la primera etapa del proyecto. En este contexto, incorporará en el Plan de monitoreo, la realización de un monitoreo adicional al inicio de la fase de construcción de cada etapa, lo que permitirá asegurar el cumplimiento del D.S. N38/2011, en todo momento. En caso de ser pertinente, se aplicará la misma medida establecida para el receptor N2, para eventuales nuevos receptores sensibles que puedan identificarse.
El lugar será en los puntos sensibles identificados, descritos en la tabla N*1 del Anexo 13.2 de la DIA. Y los que se puedan identificar durante la etapa de construcción del proyecto.
Objetivo, descripción y justificación
Lugar, forma y oportunidad de implementación Indicador que acredite su cumplimiento
En cuanto a la forma e indicador de cumplimiento de la barrera acústica asociada al receptor N%2, se procederá conforme lo siguiente:
a. Registro fotográfico de instalación y mantención de la barrera.
b. Mediciones de ruido en el receptor que den cuenta de cumplimiento de la norma.
El indicador de cumplimiento de la efectividad de la medida asociada a las barreras será la medición de ruido dentro de los valores establecidos por la norma. Estos antecedentes serán incluidos en los informes de monitoreo de ruido.
Forma de control y
No aplica.
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seguimiento
Referencia al 1CE para mayores detalles
Capítulo X, numeral 10.1 del ICE.
9.4. Plan de seguimiento ambiental de agua.
Impacto asociado
(si aplica)
Descarga de efluente del sistema de tratamiento de aguas servidas al río Valdivia.
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación.
Objetivo, descripción y justificación
Objetivo general. Seguimiento de parámetros limnológicos tales como calidad del agua, fauna íctica, zoobentos, fitobentos en el río Valdivia.
Objetivo específico.
e Caracterizar las variables limnológicas aguas arriba y aguas abajo de la descarga del proyecto Torobayo en el río Valdivia.
» Medir los niveles de las substancias seleccionadas en las aguas y sedimento en las estaciones de muestreo seleccionadas.
e Evaluar los cambios en las concentraciones de las substancias seleccionadas en términos de dimensión temporal y espacial.
e Analizar la calidad de agua en función del cumplimiento de la Norma Secundaria de Calidad Ambiental (NSCA) para la Protección de las Aguas Continentales Superficiales de la Cuenca del río Valdivia.
e Evaluar la calidad de sedimentos del área de estudio considerando parámetros de relevancia ambiental.
e Evaluar las condiciones fisicoquímicas y biológicas de la calidad del cuerpo de agua receptor.
e Evaluar las condiciones fisicoquímicas de la calidad de los sedimentos en el cuerpo de agua receptor.
e Realizar una descripción hábitat de los tramos fluviales del río Valdivia ubicados en el área de influencia del proyecto.
e Estudiar la riqueza, abundancia y diversidad biológica de los ensambles de microalgas bentónicas (fitobentos), macroinvertebrados bentónicos (zoobentos) y Peces (ictiofauna) que se encuentran en los tramos estudiados del río Valdivia.
» Determinar la presencia de la microalga invasora Didymosphenia geminata (Didymo) en los tramos del río Valdivia estudiados.
Lugar, oportunidad implementación
forma y de
Se realizarán dos campañas en el año, en los periodos verano- otoño, invierno-primavera, con el objeto de obtener información con alto y bajo caudal, durante los primeros cinco años de operación del proyecto, para posteriormente realizar una evaluación integral de los resultados para determinar su continuidad asociada únicamente a la norma de emisión (mayor detalle ver Anexo 14 de la Adenda, complementado con Anexo 4
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de la Adenda Complementaria).
Indicador que | Informe de Monitoreo, entregado a la Superintendencia del Medio acredite su | Ambiente (SMA) y Autoridad marítima local como plazo máximo cumplimiento dos meses después de cada campaña.
Forma de control y | No aplica. seguimiento
Referencia al ICE | Capítulo X, numeral 10.1 del ICE.
para mayores detalles
- Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de
Emergencias, son las siguientes:
10.1. Medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias
10.1.1 Inadecuado manejo de insumos y residuos peligrosos en la obra
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción
Parte, obra o acción asociada
Area de construcción de Viviendas e infraestructura al interior del predio.
Acciones o medidas a implementar
Los insumos y residuos de carácter peligrosos, serán derivados de inmediato a sus respectivas bodegas, no pudiendo permanecer en un lugar de tránsito en ningún momento.
Forma de control y seguimiento
Reporte semestral de las acciones
realizadas.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Capítulo 7 del ICE “Medidas relevantes de los planes de contingencias y emergencias”.
10.1.2 Deficiencia en el proceso de tratamiento de aguas servidas
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación
Parte, obra o acción asociada
Sistema de Tratamiento de Aguas Servidas.
Acciones o medidas a implementar
Se considera un grupo electrógeno para suministrar la energía necesaria para el normal funcionamiento de la Planta en caso de falla eléctrica. Se consideran unidades de reserva de los equipos que resultan críticos para la operación, los que se encontrarán disponibles en forma inmediata, en caso de falla o mantención de los equipos. Los conductos y uniones de la red de alcantarillado serán impermeables, así como empalmes de tubería a cámaras- éstas últimas se proyectan armadas con el fin de
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F
evitar eventuales fisuras por cargas accidentales o sísmicas. De acuerdo con estas características del alcantarillado, las lluvias intensas no deberían afectar el flujo de las aguas servidas hacia la planta. Para evitar aumento de caudal por fallas en equipos que aumenten el tiempo de residencia de las aguas en la Planta, se realizará mantención permanente de todos los equipos y componentes de la planta y se mantendrán disponibles unidades de respaldo para aquellos equipos que resultan críticos para la operación del sistema.
Forma de contro] y seguimiento
Reporte semestral de las acciones realizadas,
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Capítulo 7 del ICE “Medidas relevantes de los planes de contingencias y emergencias”.
10.1.3 Descarga al río de aguas sin tratamiento
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación.
Parte, obra o acción asociada
Descarga de efluente en río Valdivia.
Acciones o medidas a implementar
Se considera la mantención permanente del equipo y revisión continua de los procesos y su eficiencia,
Forma de control y seguimiento
Reporte semestral de las acciones
realizadas.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Capítulo 7 del ICE “Medidas relevantes de los planes de contingencias y emergencias”.
10.1.4 Derrames en el sistema de acumulación temporal de aguas servidas tratadas.
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación.
Parte, obra o acción asociada
Se considera la instalación de los estanques flexibles sobre un área excavada e impermeabilizada. Ello permitirá evitar derrames sobre el suelo o áreas aledañas. La implementación de los estanques flexibles se realizará de forma secuencial, a medida que las casas de la etapa A, sean ocupadas. Como medida de prevención, los estanques permitirán la acumulación de 1,5 veces el caudal generado. Adicionalmente, se contará desde el inicio con un estanque adicional de respaldo.
Acciones o medidas a implementar
Se considera la mantención permanente del equipo y revisión continua de los procesos y
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SF
su eficiencia.
Forma de control y seguimiento
Reporte semestral de las acciones realizadas
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Capítulo 7 del ICE “Medidas relevantes de los planes de contingencias y emergencias”.
10.1.5. Caída de materiales en el río, desde la plataforma de instalación ducto descarga.
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción.
Parte, obra o acción asociada
Emisario Subacuático.
Acciones o medidas a implementar
Se prohibirá mantener en la plataforma insumos a granel, combustibles u otros elementos que puedan caer al agua. Las estructuras del emisario son prefabricadas, por lo que no se requiere de otros insumos salvo los pernos de anclaje, la tubería y los dados de hormigón.
Forma de control y seguimiento
Reporte semestral de las acciones
realizadas.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Capítulo 7 del ICE “Medidas relevantes de los planes de contingencias y emergencias”.
10.1.6. Accidentes y situaciones imprevistas asociadas a los flujos de transporte en los
caminos públicos.
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción y Operación.
Parte, obra o acción asociada
Vía de acceso al Condominio, cruce Ruta T-
340 y T-350. Acciones o medidas a implementar Se instalarán señales horizontales y verticales, bandas alertadoras, vallas
peatonales, baliza luminosa, entre otras medidas que permitan dar condiciones de seguridad. Traslado de paradero para generar un cruce único para peatones.
Forma de control y seguimiento
Reporte semestral de las acciones realizadas.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Capítulo 7 del ICE “Medidas relevantes de los planes de contingencias y emergencias”.
10.2. Medidas relevantes del Plan de Emergencias
10.2.1. Inadecuado manejo de insumos y residuos peligrosos en la obra,
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción.
Parte, obra o acción asociada
Área de construcción de Viviendas e infraestructura al interior del predio.
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Acciones a implementar
Residuos Peligrosos: Residuos sólidos serán levantados del lugar y trasladados de inmediato a la bodega RESPEL.
Derrame Menor:
e Aislar el área afectada con conos.
e Cubrir con arena seca el derrame.
e Sacar el o los vehículos con el motor apagado.
» Retirar la arena con escoba y pala plástica. e Recopilar arena en bolsa plástica y depositar en tambor, dentro de la Bodega de Residuos Peligrosos (tapado y señalizado), para su posterior retiro por empresa autorizada.
Derrame Mayor:
e Alertar a viva voz, al personal del sector, avisar al Asistente de Prevención y jefe de bodega.
e Cortar la energía eléctrica (tablero señalizado y de fácil operación).
- Evitar el escurrimiento del producto a la tierra mediante barreras de contención con arena seca o tierra seca,
e Aislar el área afectada a través de barreras (conos) en los accesos al lugar.
e Evacuar vehículos de las cercanías (empujándolos hasta fuera del área afectada, considerando el sentido del viento).
- Impedir fuentes de ignición en el área (fumar, uso de celulares, etc.).
e Retirar la arena con escoba y pala plástica. e Recopilar arena o tierra en tambores y depositar dentro de la Bodega de Residuos Peligrosos (tapado y señalizado), para su posterior retiro por empresa autorizada. En caso que el número de tambores supere la capacidad de la bodega RESPEL, se coordinará su traslado inmediato al destino final a través de una empresa autorizada.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
El Gerente del Proyecto informará mediante comunicación escrita a SMA, remitiendo registro del evento en un plazo máximo de 10 días.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Capítulo 7 del ICE “Medidas relevantes de los planes de contingencias y emergencias”.
10.2.2. Deficiencia en el proceso de tratamiento de aguas servidas
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Fase del Proyecto a la que aplica
Operación.
Parte, obra o acción asociada
Sistema de Tratamiento de Aguas Servidas.
Acciones a implementar
Para el caso de Falla en el Suministro de Energía Eléctrica.
e Conexión del sistema a generador de respaldo.
Para el caso de Fallas Mecánicas de Equipos.
Se identificará el origen de la falla. En caso que el equipo que ha presentado fallas pueda ser reparado, esto se realizará en forma inmediata. En caso que la reparación no pueda ser inmediata, el equipo será reemplazado temporal o definitivamente por uno nuevo.
Para el caso que el caudal a tratar sea mayor al caudal de diseño de la planta, debido al ingreso de aguas lluvias, o aumento en el tiempo de residencia de las aguas en la planta por fallas en equipos, se procederá al retiro de las aguas sin tratamiento, por parte de una empresa autorizada (sanitaria u otra que corresponda), y su envío a lugar autorizado, durante el periodo en que se restablece el adecuado funcionamiento.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
El Gerente del Proyecto informará mediante comunicación escrita a SMA, remitiendo registro del evento en un plazo máximo de 10 días.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Capítulo 7 del ICE “Medidas relevantes de los planes de contingencias y emergencias”.
10.2.3. Descarga al río de aguas sin tratamiento
Fase del Proyecto a la que aplica
Operación.
Parte, obra o acción asociada
Sistema de Tratamiento de Aguas Servidas.
Acciones a implementar
En el caso de falla del sistema de tratamiento por cualquiera de las causas indicadas u Otras imprevisibles, se procederá al cierre inmediato de válvulas para impedir el paso de aguas sin tratar hacia el río. En caso que estas aguas lleguen al río se informará a la autoridad pertinente (SMA), a efecto de acordar un monitoreo específico para el seguimiento del evento.
Oportunidad y vías de comunicación a
El Gerente del Proyecto informará mediante
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la SMA de la activación del Plan
comunicación escrita a SMA, remitiendo registro del evento en un plazo máximo de 10 días.
Referencia al ICE o: documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Capítulo 7 del ICE “Medidas relevantes de los planes de contingencias y emergencias”.
10.2,4. Derrames en el sistema de acumulación temporal de aguas servidas tratadas, a causa de rotura del estanque de acumulación temporal
Fase del Proyecto a la que aplica
Derrames en el sistema de acumulación temporal de aguas servidas tratadas, a causa de rotura del estanque de acumulación temporal.
Parte, obra o acción asociada
Operación.
Acciones a implementar
Sistema de Tratamiento de Aguas Servidas y Sistema de acumulación temporal de aguas servidas tratadas.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
El Gerente del Proyecto informará mediante comunicación escrita a SMA, remitiendo registro del evento en un plazo máximo de 10 días.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Capítulo 7 del ICE “Medidas relevantes de los planes de contingencias y emergencias”.
10.2.5. Caída de materiales en el río, desde la plataforma de instalación ducto descarga
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción.
Parte, obra o acción asociada
Emisario Subacuático.
Acciones a implementar
En los casos que sea posible, recuperación de los materiales a través de buzos.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
El Gerente del Proyecto informará mediante comunicación escrita a SMA, remitiendo registro del evento en un plazo máximo de 10 días.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Capítulo 7 del ICE “Medidas relevantes de los planes de contingencias y emergencias”.
10.2.6. Accidentes y situaciones imprevistas asociadas a los flujos de transporte en los
caminos públicos.
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción y Operación.
Parte, obra o acción asociada
Vía de acceso al Condominio, cruce Ruta T- 340 y T-350.
Acciones a implementar
Activación del Procedimiento ABC incluido en Anexo 11 de la Adenda.
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Oportunidad y vías de comunicación a El Gerente del Proyecto informará mediante la SMA de la activación del Plan comunicación escrita a SMA, remitiendo
registro del evento en un plazo máximo de 10 días.
Referencia al ICE o documentos del | Capítulo 7 del ICE “Medidas relevantes de expediente de evaluación que contenga | los planes de contingencias y emergencias”. la descripción detallada
-
Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreo, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma y, a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir, en tiempo y forma, toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto dicte.
-
Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4 de la presente Resolución.
-
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
-
Que, para que el proyecto “Condominio Torobayo” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
15, Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Comisión de Evaluación de la Región de Los Ríos y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
-
Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA de la Región de Los Ríos, la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
-
Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya
un cambio de consideración en los términos definidos en el artículo 2 letra g) del Reglamento del SELA, deberá someterse al SEIA.
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FE
- Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, y deben ser implementadas por éste, directamente, o a través de un tercero.
RESUELVO:
-
Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto denominado “Condominio Torobayo”, presentado por Inmobiliaria Socovesa Sur S.A.
-
Certificar que el proyecto denominado “Condominio Torobayo”, presentado por Inmobiliaria Socovesa Sur S.A, cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
-
Certificar que el proyecto cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 115, 119, 138, 142 y 156 señalados en el D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del SETA.
4, Certificar que el proyecto “Condominio Torobayo”, no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
-
Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución, de modo sistemático y permanente, a lo mencionado en el Considerando 4 del presente acto.
-
Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el Recurso de Reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N” 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Notifíquese y Archívese
Región de Los Ríos
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— "> Director Regiohal
SECRETARIO + COMISION
Sec: io Comisión de Evaluación Región de L353
TAS cena
Distribución:
Sr. Fernando Romero, Representante Legal Inmobiliaria Socovesa Sur S.A Consejo de Monumentos Nacionales.
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura.
CONADI, Región de Los Ríos.
DGA, Región de Los Ríos.
DOH, Región de Los Ríos.
Gobernación Marítima de Valdivia.
Gobierno Regional de Los Ríos.
Dustre Municipalidad de Valdivia.
SAG, Región de Los Ríos.
SEREMI MOP, Región de Los Ríos.
SEREMI Medio Ambiente, Región de Los Ríos.
SEREMI de Agricultura, Región de Los Ríos.
SEREMI de Salud, Región de Los Ríos.
SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Los Ríos. SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Ríos.
Servicio Nacional Turismo, Región de Los Ríos.
Superintendencia del Medio Ambiente, Oficina Macro Zona Sur. Expediente del proyecto “Condominio Torobayo”. Archivo SEA, Región de Los Ríos.
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