Conjunto Residencial Bosques de Arrayán I y II
REPÚBLICA DE CHILE Servlcta COMISION DE EVALUACIÓN
de Eraluación
lie REGIÓN DEL BIOBÍO
Califica ambientalmente el proyecto "Conjunto Residencial Bosques de Arrayán 1 y Il”.
Resolución Exenta N” 0 4 4 12017
Concepción,
3 1 ENE. 2017
VISTOS:
1%.
2.
3,
4.
5,
62.
e.
La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 04 de noviembre de 2016 y su Adenda Complementaria de fecha 16 de diciembre de 2016, del proyecto “Conjunto Residencial Bosques de Arrayán l y IH”, presentado por la Constructora Pacal S.A., con fecha 29 de febrero de 2016.
Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consotidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Conjunto Residencial Bosques de Arrayán l y II”.
El Acta de Evaluación N* 036 de fecha 16 de diciembre de 2016, del Comité Técnico de la Región del Biobío.
El ICE de la DIA del proyecto “Conjunto Residencial Bosques de Arrayán 1 y Il” de fecha 06 de enero de 2017.
El Acta N* 01 de fecha 16 de enero de 2017, de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobio.
Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Conjunto Residencial Bosques de Arrayán 1 y IT”.
Lo dispuesto en la Ley N 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N” 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N? 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N* 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República. La Resolución N” 60 de fecha 02 de febrero de 2015 de la Dirección Ejecutiva dei Servicio de Evaluación Ambiental que nombra en calidad de Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Biobio.
CONSIDERANDO:
12.
Que, Constructora Pacal S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Conjunto Residencial Bosques de Arrayán 1 y II” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Tabla L. Antecedentes del Titular Nombre o razón social Constructora Pacal S.A. Rut 84.439.900-6 Nombre del representante legal Carlos Alfonso Silva Rut del representante legal 4.969,383-4 Domicilio San Pia X N*2460 of. 404 Providencia, Santiago Teléfono 2 2430 2000 1 | Resolución de Calificación Ambiental, del proyecto "Conjunto Residencial Bosques de Array r
20
3",
4.
Que, conforme se indica en el ICE de fecha 06 de enero de 2017, el Director Regional de la Región del Biobío ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto el proyecto cumple con la normativa vigente de carácter ambiental aplicable a éste. Lo anterior, en base a lo informado por los órganos del Estado con competencia ambiental que participaron de la evaluación del proyecto; cumple con los requisitos técnicos y formales para el otorgamiento de los permisos ambientales sectoriales establecidos en el Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental, específicamente de los Artículos N* 140 y 142; de dicho Reglamento; y el proyecto acredita que no genera ninguno de los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300, por lo que no requiere de la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental.
Que, en sesión de fecha 16 de enero de 2017, la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío acordó calificar favorablemente el proyecto “Conjunto Residencial Bosques de Arrayán 1 y 1P, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 06 de enero de 2017, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
Tabla 2. Antecedentes generales del proyecto o actividad
Objetivo general El objetivo general del proyecto es la construcción y urbanización de un conjunto residencial de viviendas sociales a emplazarse en la comuna de Chillán. h. Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas Tipología — principal, declaradas latentes o saturadas. asi como las aplicables + h.1, Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o a sus partes, abras O conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o acciones urbanización, asi como los proyectos destinados a equipamiento, y
que presenten algunas de las siguientes características. +. h.1.3 Que se emplacen en una superficie igual o superior a 7 hectáreas (ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o
más viviendas. Vida útil La vida útil del proyecto es indefinida, debido a que se trata de un proyecto habitacional. Monto de inversión El monto estimado de la inversión del proyecto asciende a US$ 19.428.636.-
Gestión, acto o faena | El proyecto “Conjunto Residencial Bosques de Arrayán I y IF", iniciará mínima que da cuenta | sus actividades correspondientes a la segunda etapa, una vez obtenida la del inicio de la | Resolución de Calificación Ambiental favorable, y se informará a través ejecución de una carta formal tanto al Servicio de Evaluación Ambiental como a la Superintendencia de Medioambiente, indicando el comienzo de obras.
El inicio de la Construcción se determina con la Instalación de faenas.
Cabe aclarar que el proyecto ingresó a evaluación con fecha 29 de febrero de 2016 iniciando su construcción según cronograma estimado en la DIA,
agosto 2015. Proyecto o actividad | Si | No | El presente proyecto corresponde a un proyecto cuya se desarrolla por ejecución será por etapas, especificamente dos: stapas Etapa 1 la que contempla en su fase de construcción la
edificación de 300 viviendas, esta etapa considera:
Con respecto a la etapa 2 esta contempla la construcción de 158 viviendas:
Xx] E - Las viviendas cumplen con lo establecido en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, en lo referente a la estabilidad, requerimientós de aislación térmica, aislación acústica y retardo al fuego.
Asi mismo, el proyecto considera la urbanización y
“ZE
saneamiento del área de emplazamiento: ejecución de proyectos de aguas lluvia, red de suministro de agua potable, red de alcantarillado para la conducción de aguas servidas, construcción de la infraestructura vial, construcción de áreas verdes, habilitación de zonas de equipamiento.
Proyecto o actividad | Si | No | El presente proyecto corresponde a un proyecto nuevo. modifica un proyecto
o actividad existente [X] Proyecto modifica El presente proyecto corresponde a un proyecto nuevo que no otra(s) RCA, Si | No | cuenta con RCA.
[4]
4.1 UBICACIÓN DEL PROYECTO O ACTIVIDAD
Tabla 3. Ubicación del proyecto o actividad
División político- | Región del Biobío, Provincia de Ñuble administrativa Justificación de la |La ubicación del proyecto se justifica debido a la adecuada accesibilidad en el entorno inmediato al Proyecto, con conectividad al centro de la comuna de Chillán donde se encuentra la mayoría de servicios, establecimientos educacionales, entre otros. Encontrándose a una distancia aproximada de 4 kilómetros.
localización
En relación al Instrumento de Planificación Territorial (IP T) vigente en la comuna, actualmente ésta cuenta con un Plan Regulador Comunal (PRO), publicado en el Diario Oficial el 26 de junio de 1989. El área donde se emplaza el proyecto cumple con las requerimientos de suelo para la construcción de viviendas, establecida como Zona ZE4 y ZR4, donde ZE4 es “Zona de extensión urbana” y una Zona ZR4, de “Zona no edificable, correspondiente a la faja de protección de Carretera Longitudinal Sur y By Pass Chillán”, según se presenta en el Anexo N*2, Certificados de la DÍA.
Superficies El proyecto se desarrollará en un terreno total neto de 74,061.97 m, cuya superficie total construida será de 26.645,24 m”,
Etapa Superficie requerida [Total lotes 41.494,83 ¡Canal y franja protección canal 1.564,63 ¡Areas verdes lotes 6.031,19 lÁrea de equipamiento loteos 2,126.11 Vialidad calles y pasajes (interior proyecto) 22.845,21 [Total neta Terreno Proyecto 74.061,97] ¡Construida viviendas totales 26.645,24] Coordenadas UTM en | Las coordenadas del proyecto se detallan a continuación en la Datum WGS84 siguiente tabla. (Datum WGS 84, Huso 18 S) Vértice Este (m) Norte (m) A 757,333 5.946.668 B 757,343 5.946.769 € 757.617 5.046.941 D 757.694 5.946.914 E 757.691 5.946.908 F 757.871 5.946.843 G 757.452 5.946.589
Localización
Calle Camino Parque Lantaño N*791, comuna de Chillán
mapas,
información
localización
Referencia al expediente de evaluación de los | proyecto.
georreferenciación e complementaria sobre la
partes, obras y acciones
de sus
Capítulo A.3. Localización del proyecto o actividad de la DIA del
4.11 DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
El proyecto “Conjunto Residencial Bosques de Arrayán I y 1”, consiste en la construcción y urbanización de un total de 458 viviendas sociales a construirse en 2 etapas. La primera etapa consideró la construcción de 300 viviendas y la segunda, 158 viviendas. El proyecto contempla la construcción de un total de 218
unidades de estacionamientos.
Cabe indicar que la construcción de las 2 etapas del proyectos se distribuyen en 3 programas, de los cuales, los dos primeros corresponden a la construcción de las viviendas de la primera etapa (300 viviendas), mientras que el tercer programa corresponde a la construcción de la segunda etapa (158 viviendas).
El proyecto se desarrollará en un terreno total neto de 74.061,97 m?, cuya superficie total construida será de
26.645,24 m?.
La construcción de las viviendas se efectuará en 2 etapas, considerando: - 140 viviendas de 1? piso: 29,53 mi; 20 piso: 32,82 m? - 258 viviendas pareadas 1? piso: 28,78 mi; 22 piso: 28,78 m?
-
32 viviendas pareadas tipología IV superficie total 51,01 m?
-
23 viviendas pareadas doble superficie total: 50,51 mi
En la siguiente tabla se presenta la distribución de superficies que considera el Proyecto por manzana, Anexo
11 de la DIA, Superficies del Proyecto.
Detalle de superficies por manzana:
Manzana [Lote
Superficie total lotes (mé
Superficie total const. (mé
A 16 1.619,49 920,96 B 28 2.385,51 1.504,42 C y 1.301,61 706,36 D 26 2.360,01 1.621,10 E 66 5.967,18 4.038,46 F 22 1.892,22 1.184,72 G 18 1.559,22 968,58 H 20 1.730,46 1.115,96 I 20 1.767,98 1.115,96 J 48 4.544,19 2.877,84 K 20 1.720,39 1.151,20 L 40 3.821,55 2.302,40 M 20 1.720,39 1.151,20 N 20 1.720,39 1.151,20 Ñ 16 1.503,46 920,96 O 20 1.750,33 1.151,20 P 46 4.130,45 2.762,72 [Total Proyecto] 458 41.494,83 26.645,24
Lo descrito, se observa detalladamente en el “Plano Loteo” adjunto a la DIA en el Anexo 11 de la DIA, “Plano Superficies del proyecto”, conforme al cumplimiento de lo establecido en la Ordenanza General de
Urbanismo y Construcción.
de Calificación Ambiental, del proyecto "C
junto Residencial Bosques de Arrayó
y dl
A
Las viviendas cumplen con lo establecido en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, en lo referente a la estabilidad, requerimientos de aislación térmica, aislación acústica y retardo al fuego.
Asi mismo, el proyecto considera la urbanización y saneamiento del área de emplazamiento: ejecución de proyectos de aguas lluvia, red de suministro de agua potable, red de alcantarillado para la conducción de aguas servidas, construcción de la infraestructura vial, construcción de áreas verdes, habilitación de zonas de
equipamiento.
4.2 FASE DE CONSTRUCCIÓN
4.2.1 Partes, obras y acciomes
Tabla 4.2.1 Partes y obras
Nombre
Descripción
Parte/obra N* 1: perimetral
Cierre
El terreno tiene su perímetro completamente cercado, de tal manera de resguardar adecuadamente los materiales y equipos de la obra,
El cierre se encuentra definido, delimitado y señalizado en el terreno, la entrada, salida y circulación de los vehiculos relacionados con la ejecución de las obras. En el cual se encuentra claramente establecidas las áreas de trabajo, zonas de almacenamiento y acopio, vías de evacuación de escombros y suministro de materiales.
Parte/obra N* 2: Preparación de terreno
De manera previa a las excavaciones y relleno, se efectuó el escarpe del
estrato superior del suelo en toda la superficie total que considera el E 2
proyecto (74.061,97 mó).
Partelobra N* 3: Estudio de mecánica de suelos
Contempló la ejecución de 15 calicatas de reconocimiento de tres metros de profundidad las que corresponden al terreno del emplazamiento del proyecto, con el objetivo de conocer la mecánica de suelos del sector.
El Estudio de Mecánica de Suelos se presentó en el Anexo N*12 de la DIA del proyecto.
Parte/obra N* 4: Instalación de faenas
Incorpora el establecimiento de cierres y elementos temporales, tales como bodegas, oficinas, servicios higiénicos, recinto para obreros, letreros de obras, además de instalaciones provisorias de electricidad, alcantarillado y agua potable.
Los servicios sanitarios (baños químicos, duchas, lavatorios) serán implementados a partir del D.S. 394/99, referido a las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas de Lugares de Trabajo. En cuanto al suministro de agua potable y servicio de alcantarillado se solicitará la conexión con la empresa sanitaria del sector.
El uso de baños químicos para la instalación de faenas, durante la fase de construcción, se requerirá previo a la conexión al sistema público de recolección y conducción de las aguas servidas.
¡Parte/obra N* 5: Obra gruesa |
|
Corresponde a la obra gruesa de cada una de las viviendas, donde algunos de los procesos contemplados son: fundaciones y cimientos, sobrecimientos, bases de pavimentos, estructura resistente, elementos! verticales no soportantes, escaleras, cubiertas e impermeabilizaciones,
ps N* 6: Terminaciones
| térmica y acústica, yeso de cielo, entre otras,
Corresponde a la ejecución de las rerminaciones en los diferentes niveles; tendientes a habilitar los recintos para su uso, destacando actividades del yeso perimetral, tabiquería, instalaciones eléctricas y sanitarias, aislación)
i ¡Parte/obra N* 7: Instalaciones
Esta actividad tiene relación con la incorporación de los diferentes| equipos y redes que permitirán el suministro y operación de las viviendas; Las principales instalaciones consideradas corresponden a: Alcantarillado] de aguas servidas, agua fría y caliente, artefactos sanitarios, evacuación! de aguas lluvias, instalaciones eléctricas, elementos de intercomunicación,
cierres exteriores de las viviendas, pavimentos exteriores, entre otros. El detalle y especificaciones se presentaron en el Anexo N?18. Memorias
5 | Resolución de
3 Resid
E
de Agua Potable y Alcantarillado y Anexo N*19. Proyecto de
Pavimentación y Aguas Lluvias del proyecto.
4.2.2 Acciomes
Tabla 4.2.2. Acciones
Nombre
| Descripción
Disposición final de residuos
La disposición de los residuos domiciliarios y escombros durante la fase de] construcción, será realizada por una empresa externa. Los registros del disposición serán mantenidos en la obra (boleta, factura u otro documento), a través del cual, se acredite la disposición final de los residuos en lugares] autorizados por la Autoridad Sanitaria.
Los residuos sólidos domésticos que se generen durante la etapa de construcción del proyecto se almacenarán en recipientes con tapa, debidamente identificados y localizados en los sectores con mayor tránsito| de personal para ser posteriormente trasladados al Relleno Sanitario autorizado sanitaria y ambientalmente.
¡Bodega de residuos peligrosos
Las características y planos de la bodega de residuos se encuentran en el Adenda 1, PAS 142 aplicable al proyecto.
42.3 Suministros básicos
Tabla 4.2.3. Suministros básicos
Nombre
Descripción
Servicios higiénicas
Se utilizarán baños químicos mientras se realiza la conexión con la red de alcantarillado. Los residuos generados en los baños químicos provisorios serán trasladados y dispuestos de acuerdo a la normativa vigente y a cargo de la empresa proveedora autorizada en cumplimiento a lo establecido en las disposiciones de los arts. 24. 25 y 26 del D.S. N” 594 de 1999, modificado por D.S. N*201 de 2001 ambos del MINSAL.
Además se habilitarán camarines con duchas y casilleros en proporción adecuada a al número de trabajadores descrita en el D.S N* 594/99 del MINSAL.
Abastecimiento de agua
El proyecto cuenta con factibilidad y suministro de agua potable por la empresa ESSBIO en las instalaciones existentes. En el Anexo 10 de la DIA, se adjuntó el documento que acredita la factibilidad.
En la fase de operación, el servicio de agua potable será suministrado al proyecto por la empresa ESBBIO,
Energía eléctrica
Lá energía eléctrica será suministrada mediante la conexión a la red pública, a través de un empalme provisorio durante la construcción.
4.2.4 Recursos naturales renovables
Tabla 4.2.4. Recursos naturales renovables
Nombre
Descripción
Explotación de Recursos Naturales
El proyecto se emplaza en un sector que de acuerdo a lo establecido por el órgano de planificación territorial vigente, Plan Regulador Comunal de Chillán, se clasifica como Zona Habitacional, lo que permite el uso residencial entre otras actividades.
Previo a realizar las excavaciones y relleno, se efectuó el escarpe del estrato superior del suelo en toda la superficie total que considera el proyecto 74.061,97 m?, por una profundidad media de 30 cm de suelo, resultando el volumen de 21.749,18 m, dicho material se considera como relleno en el mismo proyecto.
Sin perjuicio de que el proyecto removió superficie de suelo para efectos de la construcción de las viviendas, el proyecto cumple con las
ón de Calificación Ambiental, del proyecto "Conjunto Re
e
| condiciones de uso de suelo establecidas por el PRC.
4.2.5 Emisiones y efluentes
4.2.5.1 Emisiones a la atmósfera:
Tabla 4.2.5.1 Emisiones a la atmósfera
Nombre
Descripción
Emisión de MP10, CO», NOx,SOx, HC
Las emisiones en la fase de construcción se encuentran relacionadas principalmente al movimiento de tierra, tránsito de camiones, excavaciones y escarpe del terreno. así como otras actividades relacionadas con el acondicionamiento del terreno para la construcción.
Para estimar las emisiones atmosféricas se utilizó como base la “Guía para la estimación de emisiones atmosféricas de proyectos inmobiliarios” del Ministerio del Medio Ambiente (actualizada de Enero del 2012) y los estipulados por la US EPA.
Las emisiones atmosféricas son controladas con las medidas descritas a continuación. Es importante indicar que el titular señaló que exigirá a la Empresa Contratista dichas medidas de manejo ambiental, para controlar las emisiones asociadas al proyecto.
» Instalación de barreras perimetrales con doble capa, con malla raschel de altura suficiente para contener las emisiones.
» Contar con revisión técnica al día de todos los equipos y maquinarias a utilizar durante la etapa de construcción del proyecto.
-
Realizar mantenciones de equipos y maquinarias en caso de ser requeridos.
-
Durante la etapa de construcción, se humectarán los caminos de acceso
y los caminos interiores y estabilizarán las zonas de tránsito de la maquinaria pesada y de camiones y de acopio de material. Lo anterior siempre y cuando las condiciones del tiempo así lo ameriten.
- Los camiones circularán cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos impidiendo la dispersión de polvo a la atmósfera.
» Ejecución de los movimientos de tierra y excavaciones humedeciendo previamente la superficie del suelo.
» Las ruedas de los vehículos que ingresen o abandonen las obras serán lavadas ya sea con espejo de agua o mangueras, a fin de evitar la séneración de polvo en suspensión,
- Se aclara que, el proyecto sólo considera el lavado de ruedas, el cual se realiza antes de la salida del proyecto, cuyos sedimentos decantan a cámara de aguas, adicional a esto se realizan barridos de calles.
» Se contempla utilizar temporalmente malla Raschel, sectorizado, con el fin de evitar el que material particulado pueda llegar a las poblaciones cercanas.
» Los materiales de acopio serán cubiertos a fin de evitar la generación de polvo en el ambiente.
-
Los vehiculos que transporten materiales para la obra mantendrán en todo momento la carga cubierta.
-
Restricción de velocidad para los camiones o maquinaria pesada de 20 km/h máximo.
+» Encapado de camiones que transporten tierra y/o áridos: se llevara un registro de la entrada y salida de camiones que transporten tierra o áridos y se verificara su adecuado encarado.
+Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros materiales combustibles.
-
El interior de la obra se mantendrá aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores.
-
Se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículos.
-
Los escombros se retirarán con frecuencia semanal, a sitios autorizados por la SEREMI de Salud. Estos se cubrirán con malla raschel para evitar polvo en suspensión.
-
Registro de revisiones técnicas de todos los vehículos usados en la faena: se llevara un registro de las revisiones técnicas y permisos de circulación de todos los vehículos utilizados durante la fase de construcción del proyecto además de detectarse humo visible saliendo de un tubo de escape el vehículo será llevado de forma inmediata a mantención fuera de la faena y será remplazado por uno que no presente esta caracteristica.
-
Establecer un plan de comunicación y manejo con las comunidades aledañas al lugar de emplazamiento del proyecto. Para ello, se mantendrá una pizarra informativa en el acceso al proyecto, donde se indicarán las fuentes emisoras, medidas de control, plazos de las obras y horarios de faenas ruidosas. Se establecerá también un encargado de recibir y buscar solución a posibles quejas de la comunidad disponiendo los medios de comunicación pertinentes para estos lemas.
-
Para las actividades que generan emisiones de material particulado MP10-MP2,5 correspondientes principalmente al tráfico vehicular por caminos externos e internos. las medios de control para minimizar dichas emisiones corresponden a la humectación de caminos y diferentes tipos de supresores de polvo para la aplicación en las vias utilizadas para el área de trabajo y tránsito de vehículos como lo son los Estabilizadores/Inhibidores de polvo más empleados, cloruro de calcio y el cloruro de magnesio hexahidratado (bischofita).
En el Anexo 7 de la Adenda del proyecto, el titular presentó la estimación de émisiones atmosféricas calculadas para la fase de construcción y operación del proyecto.
4.2.5.2 Emisiones liquidas o efluentes:
Tabla 4.2,5.2. Emisiones liquidas
Nombre
Descripción
aguas servidas
Los residuos líquidos domésticos corresponden a aquellos generados en los servicios higiénicos utilizados por el personal de la obra, durante los primeros meses en que se utilicen baños químicos mientras sé conecte a la red de alcantarillado de ESSBIO. Los residuos generados en los baños químicos serán trasladados y dispuestos de acuerdo a la normativa vigente y a cargo de la empresa proveedora.
Cuando se conecte al sistema de alcantarillado, los residuos domésticos serán descargados a la red por lo que no se contemplan emisiones directas
encial B
por parte del proyecto a ningún cuerpo de agua en la fase de construcción.
4.2.5.3 Emisiones de Ruido
Tabla 4.2.5.3. Ruido
Nombre
Descripción
Ruido
En el Anexo 5 de la DIA se presentó el Estudio de Emisiones Acústicas del proyecto. De acuerdo a la proyección realizada para las fases de preparación del terreno, se determinó que aunque estas presentan altos niveles de ruido generados por el tipo maquinarias que realizan estos trabajos, estas faenas estarán en cumplimiento con los niveles máximos permisibles según el D.S. N” 38/2011 del MMA en los puntos receptores de la línea base para la jomada diurna. Esto ocurre ya que el proyecto se encuentra a una distancia considerable de los puntos receptores iniciales de línea base. Pará el caso de los futuros puntos receptores existen también variables que ayudan en la atenuación del ruido como es el caso de las panderetas divisoras ubicadas en los perimetros de los lotes de cada etapa y en perímetros de cada una de las viviendas. lo cual ayuda a mejorar la atenuación de los niveles de inmisión de ruido hacia los futuros receptores que se van generando,
Las principales fuentes emisoras de ruidos en la fase de construcción, corresponden a las faenas de terminación de la obra gruesa tales como; martillazos, trabajo con esmeriles, taladros, caídas de materiales y uso de galleteras. El horario de trabajo será diurno de lunes a viernes de 8:00 a 19:00 horas y sábados de 8:00 a 14:00 horas.
Analizadas las mediciones realizadas de línea base, los niveles medidos en los puntos receptores corresponden principalmente a ruido ambiente de áreas ya pobladas en donde hay ruido de tráfico vehicular, ruido proveniente de las propias viviendas y en general un ambiente de ruido con comportamiento asociado a zonas habitacionales.
Es. importante indicar que los resultados obtenidos en el Estudio Estimación de emisiones Acústicas, presentado en el Anexo 3 de la DIA del proyecto, representan el escenario más desfavorable en las fases anteriormente descritas, pues corresponde a la operación simultánea de todas las fuentes representadas por frentes de emisión de ruido, lo más cercano posible a los receptores señalados en la línea base de ruido compuesta por 7 puntos, siendo éstos los receptores más cercanos al emplazamiento del proyecto.
Para el control de la emisión de ruido, el titular propuso las siguientes medidas:
- Evitar el paso innecesario de maquinaria pesada y en general la instalación de cualquier fuente ruidosa próxima a inmuebles aledaños.
« Mantención regular de equipos.
-
Correcta utilización de los equipos que tengan por defecto sistemas de control de ruido, como por ejemplo no abrir compuertas de maquinaria gue tenga cabina de insonorización.
-
Limitar el número y duración del equipo que está ocioso en el sitio.
-
Todos los equipos utilizados en el sitio de la construcción, tendrán los sistemas de escape y silenciadores que hayan sido recomendados por el
fabricante para mantener el ruido asociado más bajo.
- Configurar la faena de construcción de una manera que mantenga el
nto Residencial B
de Arrayán I y Il"
equipamiento y las actividades ruidosas tan lejos como sea posible de los receptores ubicados en el entorno del predio.
Implementar un Plan de seguimiento de ruido, 1 campaña de medición cada 3 meses, durante toda la fase de construcción, evaluando los puntos receptores indicados en el estudio acústico R1 al R7 de la etapa L, así como la ocurrencia de nuevas fuentes y/o receptores sensibles no previstos y que sean susceptibles de ser evaluados, los cuales serán incorporados en la campaña de medición y evaluadas las condiciones en los nuevos receptores de acuerdo a lo estipulado en el D.S. N* 38/2011 del MMA.
En el Capítulo 8 de la DIA, se detalla las medidas de control sonoras necesarias para el cumplimiento de los niveles de ruido en todas las faenas de construcción del proyecto. De acuerdo a la proyección realizada y con la correcta implementación de las medidas de control señaladas, los niveles estimados de ruido durante las faenas de preparación de terreno y construcción de obra gruesa del proyecto en todos los puntos receptores evaluados cumplen con los límites máximos establecidos por el DS. N 38/11 del MMA.
Con estos antecedentes, se concluye finalmente que los niveles de ruido generados por la construcción del proyecto, dan cumplimiento a los niveles máximos permisibles de acuerdo a lo referido en el D.S, N* 38/2011 del MMA para la jornada diurna.
4.2.6 Residuos 4.2.6.1 Residuos no peligrosos
Tabla 4.2.6.1. Residuos no peligrosos
Nombre
Descripción
Residuos sólido domiciliario y asimilables
Durante la etapa de construcción, se estima un volumen total diario de 9.160 kilogramos de residuos sólidos domésticos. Los residuos serán retirados mediante el servicio de recolección de basura municipal.
Tabla. Estimación de los residuos en la fase de construcción.
Residuo Cantidad Escombros 8,244 m Restos de comida, papel, 5,02 m"/día servilletas, telas, plásticos, etc. (máximo) Despuntes de madera 80m Despuntes de fierro 40 m Envases plásticos 20m Reciclables de oficina 650 kg
Los residuos sólidos domésticos que se generen durante la etapa de construcción del proyecto se almacenarán en recipientes con tapa, debidamente identificados y localizados en lós sectores de mayor tránsito de personal. Estos residuos serán dispuestos en contenedores para luego ser transportados y dispuestos finalmente en un relleno sanitario autorizado sanitaria y ambientalmente.
Durante la etapa de construcción, se estima un volumen total diario de 9.160 kilogramos de residuos sólidos domésticos. Los residuos serán
retirados mediante el servicio de recolección de basura municipal.
Tabla. Estimación de los residuos en la fase de construcción.
Residuo Cantidad Escombros 8.244 m*
Restos de comida, papel, 5,02 m'/día servilletas, telas, plásticos, etc. (máximo) Despuntes de madera 80 mé Despuntes de fierro 40 né Envases plásticos 20 m* Reciclables de oficina 650 kg
Los residuos sólidos domésticos que se generen durante la etapa de construcción del proyecio se almacenarán en recipientes con tapa, debidamente identificados y localizados en los sectores de mayor tránsito de personal. Estos residuos serán dispuestos en contenedores para luego ser transportados y dispuestos finalmente en un relleno sanitario autorizado sanitaria y ambientalmente.
Residuos sólidos industriales no peligrosos
Los residuos sólidos industriales no peligrosos generados durante las etapas de construcción de las distintas etapas del proyecto, corresponden al material excedente de excavación, escarpe, restos de hormigón, residuos de maderas y despuntes metálicos, entre otros.
El material será dispuesto en sitios destinados al acopio transitorio donde será clasificado. De este material escarpado y excavado, aproximadamente la tercera parte será dispuesto en relleno sanitario autorizado y lo demás será reutilizado dentro del mismo proyecto, como por ejemplo en áreas verdes.
Los escombros serán almacenados temporalmente en contendedores debidamente identificados, siendo cubiertos por malla raschel o lona, de manera previa para evitar emisión de material particulado a la atmósfera. El retiro se efectuará por empresas autorizadas por las entidades competentes, para ser trasladado a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud de la Región del Biobío para la disposición de residuos de la construcción y escombros, manteniendo un registro (boleta, factura u otro documento) en obra de dicho procedimiento. Se estima un total de 8,244 m' de escombros.
4.2.6.2 Residuos peligrosos
Tabla 4.2.6.2. Residuos peligrosos
Nombre
Descripción
Aceites, residuos contaminados
con aceites, residuos de solventes, huaipes, filtro, envases contaminado con
productos peligroso y otros,
Serán almacenados en contendedores, debidamente rotulados dentro de la: bodega de acopio temporal de residuos, por un período inferior a 6 meses. Luego serán retirados por la empresa autorizada para su disposición final. Se estima un volumen total de 60.6 m',
Se implementará una bodega de residuos peligrosos. Las características técnicas de la bodega, planos de dicha bodega, medidas, planes de contingencias entre otros aspectos, se presentaron en el Capítulo 20 de la DIA, complementados en la Adenda N*l, punto 8. Residuos del proyecto.
4.3 FASE DE OPERACIÓN 4.3.1 Partes obras y acciones
4.3.1.1 Partes y obras
Tabla 4.3.1.1. Partes y obras
Nombre
Descripción
Administración y recepción de viviendas
Una vez concluida la construcción del proyecto. se dará inicio a la recepción y entrega de las viviendas y por lo tanto, al inicio de la operación del proyecto. El tiempo de duración de dichas actividades estará supeditado a la entrega de las últimas viviendas del
u[r
proyecto y de la Recepción Municipal correspondiente.
Provisión de suministros básicos | + Abastecimiento Eléctrico: El servicio de electricidad se efectuará
y proyectos de urbanización
mediante la conexión a la red pública, según factibilidad eléctrica de la empresa concesionaria que sirve el sector. Anexo 2 de la DIA.
- Abastecimiento de Agua Potable y Servicio de Alcantarillado: Este suministro estará a cargo de la empresa sanitaria ESSBIO S.A. (En el Anexo 10 de la DIA se adjuntó la Factibilidad Sanitaria).
e Evacuación de Aguas Lluvia: El sistema de evacuación de Aguas Lluvias, para el Loteo, contempla la descarga de dicho caudal en el canal de regadío existente Oro Verde, el cual se emplaza dentro del loteo. La descarga se materializa mediante tuberías HDPE Corrugado, cuyo dimensionamiento de las obras consideró lo establecido en el Capítulo 9.3.2 del Manual de Normas y Procedimientos para la administración de recursos hídricos de la DGA, con diseño para T=50 años y verificación para T=100 años. Y para el atravieso de aguas servidas, el diseño se realizó para T=100 años y verificación T=150 años. Además, para el periodo de retorno de 100 años, el Canal Oro Verde cuenta con una revancha (altura libre entre coronamiento de la ribera y nivel de escurrimiento), en promedio y para todas las secciones analizadas, de 170 cm.
El canal a intervenir, Canal Oro Verde, atraviesa el Loteo por su parte Norte, por lo cual las Aguas Lluvias del conjunto residencial pretenden ser descargadas en dicho cauce. La ubicación del canal Oro Verde se en el Plano COPA-GE-01 de la DIA del proyecto. En tanto se presenta en el Anexo N%8. El Proyecto de Pavimentación de Aguas Lluvias Aprobado y en el Anexo N*S5, Obras Canal Oro Verde de la Adenda del proyecto.
Según lo anterior, el proyecto considera para la fase de construcción que las aguas lluvias sean absorbidas por el mismo terreno de manera natural. Durante la fase de operación, existe una autorización otorgada por la Comunidad de Agua Canal Oro Verde para descargarlas en dicho canal y se contará con el proyecto de descarga de aguas lluvias al canal aprobado por la Dirección General de Aguas.
e Diseño de Pavimentación: La información referida al diseño de pavimentación se presentó en Anexo 8 de la DIA, “Proyecto de pavimentación de aguas lluvias”, con detalles de solución presentados en el SERVIU, el cual contempla calles internas, pasajes y veredas para el tránsito peatonal.
4.3.1.2 Suministros básicos
Tabla 4.3.1.2. Suministros básicos
Nombre
Descripción
Agua Potable y Alcantarillado
El suministro de agua potable y servicio de alcantarillado en la fase de operación estará a cargo de la empresa sanitaria ESSBIO 5.A., según Certificado de factibilidad sanitaria adjunto en el Anexo 10 de la DIA del proyecto.
Abastecimiento Eléctrico
La provisión del suministro eléctrico en la fase de operación será mediante la conexión a la red existente. Todas las redes de electrificación. de alumbrado público y sus respectivas obras complementarias se ejecutarán en conformidad a las normas y especificaciones sobre diseño y construcción, de acuerdo a las normas técnicas vigentes.
43.2 Recursos naturales renovables
Tabla 4.3,2. Recursos naturales renovables
n | Resolución de Calificación Ambienta
Nombre
Descripción
Recursos naturales en general
El Proyecto no contempla en su fase de operación, la extracción ni explotación de recursos renovables.
4.3.3 Emisiones y efluentes
4,3.3.1 Emisiones a la atmósfera:
Tabla 4.3.3.1. Emisiones a la atmósfera
Nombre
Descripción
Emisión de MPI0O, MP 2.5 CO»,
El proyecto contempla la emisión de material particulado (MP10 y MP2,5) asociado principalmente al aumento del transporte producto del aporte de vehículos particulares y locomoción pública.
El titular señaló que las viviendas no contemplan en su diseño y construcción la instalación de ningún tipo de calefacción.
Sin embargo, para efectos de la modelación de emisiones durante la fase de operación del proyecto se consideraron las emisiones generadas por las viviendas ocupadas de la primera etapa, el tránsito de vehiculos y el sistema de calefacción de las viviendas.
En el Anexo 7 “Emisiones Atmosféricas”, actualizadas de la Adenda, se presentó las emisiones asociadas a los potenciales sistemas de calefacción que se implementen en la etapa de operación del proyecto.
El resultado de la estimación anual de emisiones atmosféricas del proyecto, éste sobrepasará los límites en material particulado en la fase de construcción y operación dado que:
-
En consideración a las emisiones atmosféricas que emitirá el proyecto, en la fase de construcción para MP10:en los años 2 y 3, un total de 1,54 ton/año y 1,77 ton/año, respectivamente, se sobrepasa el límite de Emisión Máxima Según PPDA en 1 (ton/año)
-
Las emisiones en la fase de Operación asociadas al aumento del transporte producto del aporte de 1 vehiculo particular, considerándose las emisiones generadas por el tránsito de vehículos y el sistema de calefacción de las viviendas (alcanzando una estimación de 1.8 (ton/año) PM10 y de 1,053 (ton/año) PM2,5 ambas a partir del año 4 fase de operación. En este caso, se supera el límite de 1 ton/año.
-
De acuerdo a lo expuesto en el Anexo 7 de la Adenda, en la fase de operación las emisiones de MP10 más elevadas se dan en la operación del proyecto completo. en el año 4, debido al uso de calefactores a leña. En este caso, se supera el limite de 1 ton/año. El escenario se repite para MP2.5, donde también se supera el limite.
Según lo estipulado en el D.S. N*48 el que Establece PPD para las comunas de Chillán y Chillán Viejo, publicado en el D.O. el 28 de Marzo de 2016, todos aquellos proyectos o actividades nuevas y sus modificaciones, que tengan asociadas una emisión total anual superior a los valores límite, deberán compensar sus emisiones en un 120%, para
poder operar.
De acuerdo a lo anterior, y atendido que las estimaciones de emisiones anuales de los contaminantes que emitirá el proyecto, éste sobrepasará los límites para MP0 en los años 2 y 3 de la fase de construcción, y en la fase de Operación para MP10 y MP2,5, y dado que el proyecto fue ingresado
lución de Calificación: Ambiental, del
icinl Bosques de Arrayán 1 y 11
y admitido al SEIA el 7 de marzo de 2016, fecha anterior a la publicación en el D.O., no debe dar cumplimiento a las disposiciones de dicho PPD y por consiguiente no debe compensar sus emisiones de acuerdo a lo establecido en el Artículo 54 del citado Decreto.
4.3.3.2 Emisiones líquidas o efluentes:
Tabla 433.2. Emisiones liquidas
Nombre
Descripción
Aguas servidas,
En esta fase se generarán residuos líquidos provenientes de las aguas servidas. Estos serán descargados a la red de alcantarillado y tratados por la empresa sanitaria de la zona, en este caso especifico ESSBIO S.A.
4.3.3.3 Emisiones de Ruido
Tabla 433.3. Ruido
Nombre
Descripción
Ruido
De acuerdo a lo señalado en el apartado A-6 de la DIA, las actividades asociadas a la fase de operación del proyecto son las propias de un conjunto habitacional, tales como circulación peatonal, circulación vehicular y retiro de residuos domiciliarios por el servicio municipal. Dado lo anterior no existirán faenas, maquinaria o equipos con emisiones de ruido significativa asociadas a la etapa de operación del proyecto. Eventuales obras de ampliación, o mantención de las viviendas serán de responsabilidad de los propietarios.
Cabe tener en cuenta que la normativa vigente de Ruido, el D.S. N* 38/11 del MMA, excluye expresamente de su ámbito de aplicación todas las situaciones antes señaladas, lo que justifica lo declarado en el Estudio Acústico y en la página 49 de la DÍA.
Para la fase de operación no se espera futuras fuentes emisoras de ruido, esto principalmente, debido a que en dicha fase se contempla la entrega de viviendas a sus propietarios,
4.3.4 Residuos 4.3.4.1 Residuos no peligrosos
Tabla 4,3.4.1. Residuos no peligrosos
Nombre
Descripción
Residuos sólido domiciliario y asimilables
Corresponden a los residuos generados por los residentes de los proyectos inmobiliarios. Se contempla que el retiro sea por parte del camión recolector municipal. Se estima un volumen total diario de 9.160 kilogramos de residuos domiciliarios.
En relación al retiro de los residuos domiciliarios, será realizado a través de recolección municipal.
Los residuos líquidos domésticos (aguas servidas) Serán conducidos 4 la red de alcantarillado. Se estima un caudal diario de 572,5 mi.
4.4 FASE DE CIERRE
Dada la naturaleza del proyecto este no contempla fase de cierre o abandono. Sin embargo, ante la eventualidad de tener que ejecutar un abandono o cierre total del proyecto, derivado de causas comerciales, eventos naturales, etc, el titular deberá ingresar dicha fase al SEIA, previo a su ejecución. Lo anterior en base a lo establecido en el Art. 10 de la Ley N? 19.300, la cual establece que deben ingresar al SELA las proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental en cualesquiera de sus fases.
4.5 CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO O ACTIVIDAD
14 | Resolución de Cali
sidenciál Bosques de Arrayán 1 y 11
A continuación se detalla el inicio y término de cada fase del proyecto y cada etapa.
Tabla 4.5. Cronología de las fases del proyecto o actividad | Etapa Fase Periodo | Parteobrau acción | Fecha A Inicio | Instalación de Faenas | Agosto 2015 18 — oie Término Certificados Octubre 2016 Etapa 1 16 i e o Inicio Recepción Parcial Diciembre 2016 Operación Municipal Término Indefinida a Inicio Nivelación y escarpe | Febrero 2017 Comunas Término Certificados | Febrero2018 Etapa 2 bi Recepción municipal 2 Operación ES Proyecto Final Miezo:2018 Término Indefinida Inicio | Instalación de Faenas | Agosto 2015 Construcción EsiRitió [Obras exteriores (cierre | Febrero 2018 de viviendas) Proyecto Total Recepción municipal y cepción muni | "operación: | Inicio | Proyecto Final Marzo 2018 | Término | Indefinida Fase de Cierre El proyecto no contempla etapa abandono, por corresponder a un proyecto habitacional, aunque la vida útil de cada una de las viviendas dependerá exclusivamente de las mejoras y cuidado de cada uno de los propietarios a fin de asegurar la habitabilidad en forma óptima de la vivienda,
S. Que, duránte el proceso de evaluación se han presentado los antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N*
19.300:
5.1.
Riesgos para la salud de la población
Tabla 5.1 Riesgo para la salud de la población
Impacto ambiental
- Aumento de las concentraciones de PM10 y PM2,5
- Superación de los valores de ruido
Parte, obra o acción que lo genera
Faenas de la fase de construcción de las viviendas y urbanización. Tránsito vehicular. asociado al transporte público y particular de los propietarios de las viviendas.
Fase en que se presenta
Fase de construcción y operación
Según lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento del SELA, se consideran los siguientes antecedentes que justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera:
a) La superación de los valores de las concentraciones y periodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución — significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los limites establecidos en éstas. Á falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el articulo 11 del Reglamento.
15 |] Resolución de €
De acuerdo a lo presentado por el titular en los informes “Estimación de Emisiones y Modelación Atmosférica” Anexos 4 y 7 respectivamente, de la DÍA y Adenda, como resultado de la elaboración de la línea base del Proyecto. se aprecia que el contaminante MP10 no se encuentra en situación de latencia o de saturación para sus estadísticos de 24 horas y anual, mientras que el contaminante MP2.5 se encuentra en situación de saturación tanto en su estadístico de 24 horas como promedio anual.
El escenario de modelación consideró el año de mayor emisión de las actividades constructivas y de operación, asociada al desarrollo del Proyecto inmobiliario, De esta forma, los resultados del informe corresponden al máximo de concentraciones ambientales esperado durante la etapa de construcción y operación del proyecto.
Los resultados de la modelación muestran que las concentraciones ponderadas de MP10 y MP2.5 en el receptor de interés no son significativas (con incrementos inferiores al 1 %) respecto de la condición de línea base existente en la Estación INIA Chillán.
Considerando lo anterior, es posible establecer que la ejecución del proyecto, tanto en el año 3 de construcción como el año 4 de operación, no afectarán la calidad de aire en el área de influencia del proyecto.
b) La superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento.
De acuerdo a lo descrito en el Anexo 5 “Estudio Acústico”, de la DIA del proyecto, los niveles de ruidos generados en la fase de construcción cumplen con el límite máximo establecido por el D.S. 38/2011 para el periodo diurno, aplicando las medidas de control descritas en el Anexo N*5. Emisiones Acústicas de la DIA.
No obstante lo anterior, el titular medirá permanentemente los niveles de ruido durante la fase de construcción del proyecto con la finalidad de controlar que los niveles no sean sobrepasados.
Se realizará 1 campaña de medición cada 3 meses, considerándose como minimo todos los sectores identificados en el estudio acústico presentado en la DIA del Proyecto.
El punto especifico de medición se determinará en cada campaña considerando el (los) potencial(es) receptor(es) más desfavorable(s) en función de la ubicación del frente de emisión de ruido, dentro del entorno del sector representado por los puntos de evaluación definidos.
c) La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. en caso que no sea posible evaluar el riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anteriores.
Dada la naturaleza del proyecto, no se efectuarán descargas a cursos de agua, los únicos efluentes que existirán son los de aguas servidas domiciliarias que se descargarán directamente a la red de alcantarillado de la empresa sanitaria y los asociados baños químicos durante la fase de construcción.
Por otra parte, cabe mencionar que el proyecto contempla la evacuación de aguas lluvias, sin embargo la recolección y descarga de aguas lluvias no constituye un efluente contaminante que pudiese poner en riesgo la salud de la población.
d) La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire,
Durante la etapa de construcción la disposición de los residuos industriales no peligrosos y domiciliarios, será en una zona de acopio transitorio y en basureros rotulados. Los residuos sólidos peligrosos serán almacenados transitoriamente y dispuestos en un relleno sanitario autorizado para tal efecto. El manejo final de residuos sólidos y líquidos (transporte y disposición), siempre será realizado por empresas autorizadas y dispuestas en sitios autorizados, según sea la naturaleza del residuo.
Por lo tanto, no se comtempla la exposición a contaminantes por manejo de residuos sobre los recursos naturales que puedan ser generados durante la etapa de construcción. que afecten o pongan en riesgo la salud de la población,
Los residuos sólidos domiciliarios por parte de los habitantes de las viviendas serán dispuestos en contenedores para basuras los cuales serán recogidos por el camión de recolección municipal, lo cual se realizará aproximadamente tres veces por semana,
Las emisiones líquidas que se generarán durante la operación del proyecto, corresponderán a las aguas servidas producto de las actividades diarias de los habitantes del conjunto habitacional, las cuales serán descargadas a través del sistema de alcantarillado que dispondrá la empresa sanitaria Essbio S.A.
5.2.
Efectos adversos significativos sobre recursos naturales renovables
Tabla 5.2. Efectos adversos significativos sobre recursos naturales renovables
16 | Resolución «
ación Ambiental, del proyecto "Ex
al Bosques de A
Impacto ambiental
e Pérdida de suelo por acciones de despeje y remoción para la construcción de las viviendas. + Emisiones atmosféricas durante la construcción.
Componente(s) ambiental(es) afectado(s)
Suelo, agua y aire
Parte, obra o acción que lo genera
Acciones de despeje, preparación del terreno, limpieza y escarpe, habilitación de caminos, instalaciones sanitarias y de aguas lluvia y pavimentación.
Fase en que se presenta
Construcción
Según lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento del Reglamento del SEIA, se consideran los siguientes antecedentes que justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.
Recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos.
El proyecto en evaluación no contempla impactos asociados a este componente.
a) La pérdida de suelo o de su capacidad
para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes.
El proyecto se emplaza en un sector que de acuerdo a lo establecido por el órgano de planificación territorial vigente, Plan Regulador Comunal de Chillán, se clasifica como Zona Residencial, lo que permite el uso habitacional entre otras actividades.
Sin perjuicio de que el proyecto contempla remover superficie de suelo para efectos de la construcción de las viviendas, el proyecto cumple con las condiciones de uso de suelo establecidas.
b) La superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se deberá considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley 19.300.
El proyecto en evaluación no contempla impactos asociados a dicha biodiversidad dado que en relación al emplazamiento del proyecto, se encuentra dentro del límite urbano de la comuna de Chillán.
El lugar de emplazamiento del proyecto está constituido básicamente por matorrales, siendo por lo tanto un espacio intervenido y con escasa biodiversidad,
A objeto de caracterizar la Biota terrestre en el área de influencia del proyecto, se realizó una prospección del área del proyecto, determinándose cuatro zonas (“microhábitat”); zona de cultivos, pastizales, zona de oficinas y una zoná que fue clasificada como suelo compactado. En estas cuatro zonas fue dispuesto un plan de muestreo que constó de transectos de franja lineal, para abarcar la mayor cantidad de área y representatividad en los datos.
c) La magnitud y duración del impacto del proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base.
La condición de línea de base del área del proyecto se encuentra conformada por matorrales, en una superficie total de 7,4 hectáreas. las que se encuentra dentro del limite urbano del territorio comunal.
Anexo N%%4 de la Adenda, se presentó la Caracterización Limnológica y resultados de la calidad de aguas del canal, respecto a los resultados se desprende que en el Canal Oro Verde no habitan organismos hidrobiológicos, además, considerando que las obras del canal han sido ejecutadas cuando este se encontraba en su periodo de corte de agua entre el 1 de Mayo y el 1 de Septiembre de cada año, cuando se realiza la limpieza del mismo; se descarta que el Proyecto no genera y no produce efectos adversos sobre los recursos hidrobiológicos.
El proyecto considera la evacuación de las aguas lluvia para el loteo, según proyecto de Pavimentación y Aguas lluvias aprobado.
d) La superación de los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por
Durante la evaluación ambiental se detallaron para cada una de las normas secundarias de calidad ambiental vigente, su relación con el proyecto y se propusieron las medidas establecidas por el Titular en caso de sobrepasar las concentraciones y periodos establecidos en cada una de ellas.
sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las normas vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. En caso que no sea posible evaluar el efecto adverso de acuerdo a lo anterior, se considerará la magnitud y duración del efecto generado sobre la biota por el proyecto o actividad y su relación con la condición de línea de base.
En conclusión y de acuerdo a los antecedentes relatados en el literal 11 de la Ley en la DIA, no hay superación de normas de calidad secundaria o efectos adversos sobre la biota, generados por la magnitud y duración de los efectos del proyecto o actividad, en cualquiera de sus fases.
e) La diferencia entre los niveles estimados de ruido con proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación.
De acuerdo a los antecedentes presentados en el Capítulo B, punto B.7.b), de la DIA, en el área de emplazamiento del proyecto no se evidencia presencia de fauna nativa, dada la intervención antrópica del mismo y en consideración a que dicha zona presenta un destino habitacional, residencial.
f) El impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, asi como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables.
Durante la Fase de construcción y tal como es descrito en Capítulo 1 de la DIA, los residuos industriales no peligrosos generados en la zona de emplazamiento del proyecto serán dispuestos en una zona de acopio transitoria, la que contará con delimitación, señalética y los permisos necesarios con respecto a los residuos asimilables a domésticos serán dispuestos en contenedores rotulados como “Residuos domiciliarios”.
La disposición de los residuos domiciliarios y escombros durante la etapa de construcción, será realizada por una empresa externa. Los registros de disposición serán mantenidos en la obra (boleta, factura u otro documento), a través del cual, se acredite la disposición final de los residuos en lugares autorizados por la Autoridad Sanitaria,
En lo que respecta a los residuos peligrosos los cuales están compuestos principalmente por aceites y huaipes producto de posibles mantenciones del equipamiento de construcción que pudiesen realizarse en faena, tubos fluorescentes, cartridge de tinta, restos de pintura y solventes estos serán almacenados en una bodega de residuos peligrosos dispuesta en la instalación de faena y dará cumplimiento cabal a la normativa aplicable, los antecedentes asociados a la bodega se presentan en el Respuesta Jl, de la Adenda, PAS 140 y PAS 142.
Los residuos sólidos domiciliarios por parte de los habitantes de las viviendas serán dispuestos en contenedores para basuras los cuales serán recogidos por el camión de recolección municipal, lo cual se realizará aproximadamente tres veces por semana.
2) El impacto generado por el volumen o caudal de recursos hídricos a intervenir O explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra, incluyendo el generado por ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales. La evaluación de dicho impacto deberá considerar siempre la magnitud de la alteración en:
g.1. Cuerpos de aguas subterráneas que
contienen aguas fósiles.
22, Cuerpos o cursos de aguas en que se
generen fluctuaciones de niveles.
2.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser
afectadas por el ascenso o descenso de los
niveles de aguas.
El proyecto no contempla la intervención de aguas subterráneas que contengan fósiles. El proyecto no contempla la intervención de cuerpos de agua que generen fluctuaciones de niveles.
El proyecto no contempla la intervención de vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas. El proyecto no contempla la intervención de áreas o zonas de humedales, estuarios y/o turberas que puedan ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales. El proyecto no contempla la intervención de glaciares
g4. Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los
niveles de aguas subterráneas 0 superficiales.
g.5. La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse.
h) Los impactos que pueda generar la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas O ecosistemas determinados.
El proyecto no contempla la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados.
5.3. Reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y
costumbres de grupos humanos
Tabla 5.3. Reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos
Impacto ambiental
- Impacto en el flujo de transporte y circulación en las redes viales.
Parte, obra o acción que lo genera
Acciones de despeje, preparación del terreno, limpieza y escarpe, habilitación de caminos, instalaciones sanitarias y de aguas lluvia.
Fase en que se presenta
Construcción
Existencia de grupos humanos en el área de influencia
El proyecto se localiza conforme al Plan Regulador Comunal de la comuna de Chillán, en una zona Residencial, no correspondiendo a propiedad indigena, tampoco existen en sus cercanías población protegida por leyes especiales, recursos protegidos o áreas protegidas o bajo protección oficial, siendo un sector intensamente intervenido y dentro del área Urbana.
Reasentamiento de comunidades
humanas
Dada la tipología del proyecto (proyecto inmobiliario) y su ubicación, el proyecto no generará reasentamiento de comunidades humanas.
Según lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del SELA, se consideran los siguientes antecedentes que
justifican que el proyecto o actividad no
genera o presenta reasentamiento de comunidades humanas o
alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos,
a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo 0 para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural.
En el área de influencia del proyecto no existen recursos naturales de interés económico, medicinal o espiritual de interés de tas comunidades, dado que se trata de un área intervenida y se encuentra dentro del límite urbano comunal. Dado además que el proyecto se emplaza en un sector que de acuerdo a lo establecido por el órgano de planificación territorial vigente, Plan Regulador Comunal, Zona Residencial, lo que permite el uso residencial entre otras actividades, por lo que la actividad planteada en el presente proyecto, va en total consonancia en el uso del territorio.
b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.
El proyecto no implica en ninguna de sus fases actividades que generen obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento además cabe mencionar que el titular ha presentado sectorialmente el Estudio vial asociado al proyecto.
Para la etapa de construcción el Proyecto no contempla interferir con la libre circulación, debido al tránsito de camiones y vehículos. desde y hacia la obra. Respecto a la operación del Proyecto se localiza en Camino Parque Lantaño el cual conecta con el principal eje de acceso a la comuna, como es la Autopista Ruta 5: Próximas al Proyecto. además, se encuentran las vías mencionadas con anterioridad, las llamadas “4 Avenidas”, conformadas por las Avenida Ecuador, Avenida Argentina, Avenida Collín y la Avenida Brasil. Además se encuentra la
avenida importante es Bernardo O'Higgins, que cruza la comuna
dencial Bosques de Arrayán
de norte a sur.
Al mismo tiempo, el proyecto sólo incorpora una dotación de 218 estacionamientos, lo cual no se espera que aumente los tiempos de desplazamientos, ya que los flujos vehiculares por Camino Parque Lantaño son bajos.
En virtud de lo anterior se concluye que el Proyecto no obstruye o restringe la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento en ninguna de las fases.
c) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.
El proyecto en cuestión, en cualquiera de sus fases, no contempla la alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.
d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo.
De acuerdo con la información de medio humano indicada en el Anexo N%7. Análisis territorial de la DIA, el proyecto se emplaza en una zona que no es sitio de ejercicios o manifestaciones de tradiciones culturales o de intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de grupos humanos,
Para los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, además de las circunstancias señaladas precedentemente, se considerará la duración y/o magnitud de la alteración en
De acuerdo con la información de medio humano indicada en el Anexo N*7, Análisis territorial de la DIA, el proyecto se emplaza en una zona de uso residencial, y que de acuerdo a lo señalado en el referido capítulo, actualmente no existen comunidades indígenas.
sus formas de organización social particular. 5.4. Localización y valor ambiental del territorio
Tabla 5.4. Localización y valor ambiental del territorio
Impacto ambiental
Alteración al paisaje
Componente(s) ambiental(es) afectado(s)
El valor paisajistico del territorio se verá afectado, producto de la construcción del conjunto habitacional.
Parte, obra o acción que lo genera
Partes, obras y acciones del proyecto
Fase en que se presenta Construcción Existencia de poblaciones protegidas No aplica Existencia de recursos y áreas protegidas, | No aplica
sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental
Según lo dispuesto en el articulo 8 del Reglamento del SETA, se consideran los siguientes antecedentes que justifican que el proyecto o actividad no se localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.
Susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, considerando la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde ellas habitan.
En el área de influencia del proyecto, no se determinó presencia de poblaciones protegidas. Por otra parte la zona de emplazamiento del proyecto se encuentra regulada por el Plan Regulador de San Pedro de la Paz, instrumento de planificación territorial vigente que describe dicha área como zona residencial,
Susceptibilidad de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares 0 territorios con valor ambiental, se considerará la extensión, magnitud o duración de la intervención de sus partes, obras o acciones, así como
En el área de influencia del proyecto no se determinó la presencia de recursos y/o áreas protegidas susceptibles de ser afectadas.
20 |!
de los impactos generados por el proyecto o actividad, teniendo en especial consideración los objetos de protección que se pretenden resguardar.
5.5. Valor paisajístico o turístico Tabla 5.5. Valor paisajístico 6 turístico Impacto ambiental No aplica Componente(s) ambiental(es) afectado(s) | No aplica Parte, obra o acción que lo genera No aplica Fase en que se presenta No aplica
Existencia de valor turístico
El área de influencia del proyecto no presenta valor turistico.
Existencia de valor paisajístico
El área de influencia del proyecto no presenta valor paisajistico.
Según lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del SEIA, se consideran los siguientes antecedentes que justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o
turistico de una zona.
2) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico.
Como ya ha sido mencionado en la DIA del proyecto procederá su emplazamiento en una zona regulada por un instrumento de planificación territorial vigente; éste describe el área como compatible para el desarrollo de actividades de naturaleza habitacional, por lo que el presente proyecto no se encuentra inserto en terrenos donde se obstruya la visibilidad a una zona con valor paisajístico
b) La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico.
La zona de emplazamiento del proyecto se encuentra regulada por el plano regulador de Chillán. instrumento de planificación territorial que describe dicha área como zona residencial, por lo que se entiende que la planificación territorial a definido este sector como un sitio apto para la actividad habitacional y no existen en esta zona atributos que brinden al terreno un valor paisajístico.
La duración o magnitud en que se obstruya el acceso o se alteren zonas con valor turístico.
El proyecto “Conjunto Residencial Bosques de Arrayán 1 y 11” no obstruirá el acceso a recursos o elementos del medio ambiente de zonas con valor paisajístico o turístico ni generará alteración significativa, en términos de magnitud o duración de éstos, dado que en esta zona no existen áreas definidas como tales.
3.6. Alteración del patrimonio cultural
Tabla 5.6. Alteración del patrimonio cultural
Impacto ambiental
Alteración de sitios de tipo arqueológico.
Parte, obra o acción que lo genera
Obras de despeje del terreno, excavaciones y otras asociadas a la fase de construcción de las viviendas.
Fase en que se presenta
Construcción
Existencia de monumentos sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes ál patrimonio cultural
El proyecto no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural,
En el caso que se detecte la presencia de restos culturales antropoarqueológicos o históricos subsuperficiales durante la fase de construcción del proyecto, se procederá de acuerdo con lo establecido en los articulos 26% y 27* de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y en los artículos 20% y 23% de su Reglamento, con el propósito de diseñar y realizar actividades de salvataje arqueológico adecuadas. Asimismo, se deberá dar
Á Ly 11"
cuenta de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo autorice los procedimientos especificos a seguir.
Para justificar que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, se consideran los siguientes antecedentes según lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SEÍA:
a) La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N"17.288.
Según el análisis territorial efectuado en el Anexo N'8, Arqueología y Patrimonio de la DIA, no existen sitios declarados Monumento Nacional dentro de la zona de emplazamiento del proyecto.
b) La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigiledad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena.
En el área donde se localiza el proyecto no se identifican lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigitedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenezcan al patrimonio cultural de la zona, incluyendo el patrimonio cultural indígena. Cabe señalar que según lo señalado en el punto B.6, del Capítulo B de la DIA, el proyecto no se emplaza en o las cercanías de tierras indígenas, áreas de desarrollo indígena o pueblos indígenas.
c) La afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto O actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas.
En el sitio en que se emplazará el proyecto no se ha evidenciado que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano. Cabe señalar que según lo señalado en el Capítulo B de la DIA, el proyecto no se emplaza en o las cercanías de tierras indígenas, áreas de desarrollo indígena o pueblos indígenas.
- Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
Los permisos ambientales sectoriales mixtos aplicables al proyecto son los siguientes:
6.1.1 Permiso Artículo 140
Tabla 6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta
de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase,
Permiso
Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase.
corresponde
Fase del proyecto a la cual
Construcción
aplica
Parte, obra o acción a la que
El proyecto considera el acopio temporal de residuos de tipos domésticos y no peligrosos en las áreas de instalación de faena del Proyecto. La disposición final será en rellenos sanitarios autorizados sanitaria y ambientalmente.
El Patio Temporal de Residuos contará con un lugar para el almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos y otro para residuos sólidos domésticos, estando estos debidamente separados por sectores dentro del mismo patio de acopio.
La capacidad máxima de almacenamiento de residuos sólidos domiciliarios, considerando una tasa de 0,82 (kghab día) y una cantidad promedio de 330 personas, es de 1,80 (m3/día).
Las residuos sólidos domiciliarios serán dispuestos temporalmente en
contenedores de 360 litros debidamente identificados.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
Obtenida la RCA el titular deberá tramitar las autorizaciones del sitio de almacenamiento sectorialmente ante la Seremi de Salud Región del Biobío.
Pronunciamiento del
competente
órgano
OF.ORD. N* 2863. Pronunciamiento Conforme, publicado por la SEREMI de Salud, Región del Biobío, con fecha 21/11/2016
6.1.2 Permiso Artículo 142
Tabla 6.1.2. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos.
Permiso
Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos.
El permiso para los sitios de almacenamiento de residuos peligrosos, será el establecido en el articulo 29 del Decreto Supremo N* 148, de 2003, del Ministerio de Salud, Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos. El requisito para su otorgamiento consiste en que el almacenamiento de residuos en un sitio que no afecte la calidad de las aguas, suelo y aire que pueda poner en riesgo la salud de la población.
Fase del proyecto a la cual corresponde
Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica
Todas las actividades de almacenamiento y transporte de residuos.
El Proyecto considera el almacenamiento de residuos peligrosos durante la fase de construcción, la cual será de manera temporal en contenedores de espesor adecuado, resistentes al material que se almacenará, a prueba de filtraciones, con diseño capaz de resistir los esfuerzos de la manipulación, carga y descarga y transporte, además de estar debidamente rotulados. Los contenedores serán almacenados en una bodega, que se localizará alejada de las instalaciones de faena, y tendrá un acceso restringido, permitido este sólo al personal autorizado,
Se habilitará una bodega que será construida dando cumplimiento al D.S. 148/2003. Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos y al D.S. 594/99. Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, ambos del Ministerio de Salud.
La disposición final será en rellenos sanitarios autorizados sanitaria y ambientalmente,
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
Obtenida la RCA el titular deberá tramitar las autorizaciones del sitio de almacenamiento sectorialmente ante la Seremi de Salud Región del Biobio.
Pronunciamiento del órgano
competente
OF.ORD. N” 2863. Pronunciamiento Conforme, publicado por la SEREMI de Salud, Región del Biobío, con fecha 21/11/2016
6.1.3 Permiso Artículo 156
Tabla 6.1.3. Permiso para efectuar modificaciones de cauce
Permiso
Permiso para efectuar modificaciones de cauce
Fase del proyecto a la cual corresponde
Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica
Construcción de obra gruesa
Se considera la modificación de cauce por atraviesos viales y otros. El canal a intervenir es el Canal Oro Verde, el cual atraviesa el Loteo por
m|re
ques de Adreyán [y 1
su parte Norte.
El Loteo se encuentra ubicado en el sector norponiente de la ciudad. El terreno limita al poniente con la Ruta 5 Sur, al sur con el camino a Parque Lantaño y al norte y al oriente con terrenos particulares.
El canal a intervenir, Canal Oro Verde. atraviesa el Loteo por su parte Norte, por lo cual las Aguas Lluvias del conjunto residencial pretenden ser descargadas en dicho cauce. La ubicación del canal Oro Verde se identifica en el Plano COPA-GE-01 del Anexo N*15. Modificación de Cauce de la DIA.
El titular señaló que previo a la ejecución de la etapa correspondiente a la construcción del atravieso, contará con las autorizaciones sectoriales a que se refiere el artículo 171 del Código de Aguas, por modificaciones en cauces artificiales presentes en el área de emplazamiento del proyecto.
Condiciones o exigencias | Obtenida la RCA el titular deberá tramitar las autorizaciones específicas para su otorgamiento | sectorialmente ante la Dirección General de Aguas, Región del Biobío.
competente
Pronunciamiento del órgano | OF. ORD N*2014. Pronunciamiento Conforme respecto al PAS 156,
publicado por DGA, Región del Biobío, con fecha 24/11/2016.
Ya Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
NORMATIVA DE CARÁCTER AMBIENTAL APLICABLE
La normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto y su forma de cumplimiento es la siguiente:
7.1 Norma General
Tabla 7.L Norma General Componente/materiaz Ambito General Norma Ley N* 19.300 (modificada por la Ley N" 20.417) de Bases Generales del
Medio Ambiente.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación
Parte, obra o acción a la que aplica
Ejecución del proyecto inmobiliario
Forma de cumplimiento
En su artículo 3”, establece similar enumeración a la contemplada en el articulo 10 de la Ley, desarrollándola en forma extensa.
Al igual que en el caso anterior, el proyecto que se somete a evaluación, se enmarca dentro de la tipología de la h) del D.S 40/2012 del Reglamento del SEIA:
h. Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas.
- h.1. Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento, y que presenten algunas de las siguientes caracteristicas,
e —h.1.3 Que se emplacen en una superficie igual o superior a 7 hectáreas (ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas.
El presente proyecto será sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SELA), mediante una Declaración de Impacto Ambiental, conforme a los requisitos Artículo 15 del Reglamento del SELA. Para dar cumplimiento especificamente al artículo 87 del D.S, 40/12 se presenta en la DIA, el Extracto de Radiodifusión
a lAmmhiantal dal id = > E m Ambiental, del proyecto "Conjunto KR
al Bosques de Arraván [y II
Indicador que acredita su
Resolución de Calificación Ambiental
cumplimiento Forma de control y| Presentación de los informes ambientales, monitoreo, compromisos seguimiento voluntarios y exigencias al portal de la SMA.
7.2. Norma de Emisiones Atmosféricas
Tabla 7.2 Norma de emisiones atmosféricas.
Componente/materia:
Aire
Norma
Decreto Supremo N? 144/61, Establece normas para evitar emanaciones 0 contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.
Artículo 1%, Los gases, vapores; humos, polvo, emanaciones o contaminantes de cualquiera naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, deberán captarse o eliminarse en fórma tal que no causen, daños o molestias.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
fase de construcción, operación y abandono
Parte, obra o acción a la que aplica
Instalación de faenas, tránsito de camiones, etapas de construcción de las viviendas.
Forma de cumplimiento
Se utilizarán agentes matapolvos en todas las zonas de circulación de vehículos y lugares de acopio de material o la cubierta de estos.
Los accesos, salidas y lugares de tránsito al interior de las obras, serán regadas con camión aljibe y regulando el tránsito a una velocidad no superior a 20 km/h.
El transporte de carga se realizará utilizando camiones cubiertos con carpas. cumpliendo con los estándares establecidos en las normas respectivas.
Indicador que acredita su cumplimiento
» Registro de mantenciones y revisiones técnicas
» Procedimiento de Humectación de Caminos y Registro humectación de caminos.
- Restricción de velocidad para los camiones o maquinaria pesada de
20 km/h y para vehiculos livianos de 40 km/h: esta restricción será
aplicada al interior de la faena.
Señalética asociada al control de velocidad.
de
.
Forma de seguimiento
control y
Y Registro de mantenciones y revisiones técnicas de la maquinaria utilizada en el proyecto consiste en un registro de las mantenciones tanto correctivas como preventivas de la maquinaria existente en el proyecto,
Y Para el caso de los vehículos pesados y livianos se tendrá el registro
de la fecha de su revisión técnica, junto con la patente del vehículo,
Procedimiento de Humectación de Caminos y Registro de
humectación de caminos no pavimentados con agentes matapolvos.
Y Señalética asociada al control de velocidad.
ra
D.S. N* 36/12. Declara Zona Saturada por material particulado respirable MP10 y por material particulado fino respirable MP2,5, ambas como concentración diaria; y declara Zona Latente por material particulado respirable MP10, como concentración anual, a las comunas de Chillán y Chillán Viejo.
Materia espetifica regulada: Todo el cuerpo normativo
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción y operación
Parte. obra o acción a la que aplica
Transporte de materiales, acopio de residuos, entre otros.
Forma de cumplimiento
De acuerdo a las estimaciones atmosféricas efectuadas, el proyecto supera la
25 | Resol:
mbiente
normativa de referencia, No obstante, según lo dispuesto en el Articulo 54 del PDA de Chillán D.S.N*48, y que el Proyecto fue admitido al Sistema de Evaluación Ambiental el 7 de marzo de 2016, fecha anterior a la publicación en el Diario Oficial (28 de marzo de 2016), no debe dar cumplimiento a este Decreto.
Por lo anterior, $e concluye que no deberá realizar un programa de compensación de emisiones.
Indicador que acredita su cumplimiento
+. 100% de cumplimiento de las medidas propuestas en el Informe de Emisiones Atmosféricas y. registro mediante bitácora.
Forma de control y Y Fiscalización por parte de la Autoridad Sanitaria y la seguimiento Superintendencia del Medio Ambiente. Norma Decreto Supremo N* 75/87, Transporte de carga.
Artículo 2*. Los vehículos que transporten los desperdicios. arena, fipio, tierra votos materiales, ya sean sólidos, o líquidos: que puedan escurrirse y caer al suelo, estarán construidos en forma que ello no ocurra por causa alguna.
En las zonas urbanas, el transporte de materiales que produzcan polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. Deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales com lonas O plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema, que impida su dispersión al aire.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción y operación.
Parte, obra o acción a la que aplica
Transporte de materiales, acopio de residuos, entre otros.
Forma de cumplimiento
El transporte de carga se realizará utilizando camiones cubiertos con carpas, cumpliendo con los estándares establecidos en las normas respectivas
Indicador que acredita su cumplimiento
e Registro a la entrada y salida de los camiones encarpados.
- Registro en obra de documentación que acredite la exigencia por parte del titular a empresa contratista de circular con la carga cubierta y/o inspección visual de los camiones que ingresan y/o se retiran de la planta con la carga cubierta.
Forma de seguimiento
control y
Y” Registro en obra de documentación que acredite la exigencia a los contratistas de circular con carga cubierta.
Y Lista de chequeo en el predio con los antecedentes de los camiones, caracteristicas, los que se mantendrán en la obra para efectos de la fiscalización.
Y Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, sin perjuicio de las facultades de la Superintendencia del Medio Ambiente.
Decreto Supremo N" 594/99 Minsal, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y ambientales en los lugares de trabajo.
Se establecen normas referidas a la higiene y seguridad del ambiente en los lugares de trabajo. Corresponde a la Autoridad Sanitaria, controlar la conservación y pureza del aire y evitar en él la presencia de materias y olores que amenacen la salud y seguridad de las personas,
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción.
Parte, obra o acción a la que aplica
Transporte de materiales, acopio de residuos, entre Otros.
Forma de cumplimiento
Durante la construcción se le exigirá a la empresa contratista la entrega de los EPP exigidas por la normativa vigente,
Implementación y habilitación de instalaciones sanitarias de acuerdo al número de trabajadores en consonancia con la normativa.
Indicador que acredita su cumplimiento
» Registro aplicaciones de agentes matapolvos. * Señalética asociadaal control de velocidad,
26 |] Resoluci
cial Bosques de Arrayán 1 y II
Forma de seguimiento
control y
Y” Registro de mantenciones y revisiones técnicas. Y Registro de aplicaciones de productos matapolvos, Y” Señalética asociada al control de velocidad,
7.3 Norma de Generación de ruido
Tabla 7.3. Norma de emisiones acústicas
Componente/materia:
Ruido
Norma
Decreto Supremo N* 38/2011, Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica.
Establece los niveles máximos permisibles de presión sonora corregidos y los criterios técnicos para evaluar y calificar la emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas en áreas rurales adyacentes. Elaborada a partir de la revisión del Decreto N* 146, de 1997, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia. j
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
fase de construcción
Parte, obra o acción a la que aplica
Se relaciona principalmente con la fase de construcción del proyecto por medio de las emisiones acústicas asociadas al uso de maquinarias y equipos en los frentes de trabajo.
Forma de cumplimiento
En términos generales durante la evaluación ambiental asociadas a cada una de las etapas constructivas del proyecto éste cumple con los límites dispuestos en el decreto supremo N? 38/2011 del MMA, en todas sus fases.
Indicador que acredita su
e Informe de ruido de la etapa de construcción del proyecto en la
cumplimiento medida de su implementación y según corresponda. Forma de control y Y Registro de mediciones acústicas a través de informe enviado a la seguimiento SMA (pág. web) y a la Autoridad Sanitaria, que exponga los
resultados de la modelación acústica.
7.4 Norma de Residuos Sólidos
Tabla 7.4. Norma de residuos sólidos
Componente/materia:
Residuos
Norma
Decreto Supremo N* 148/03, Art 10, 20,25 y 28. Reglamento Sanitario de Residuos Peligrosos.
Establece las condiciones sanitarias y de seguridad minimas a que deberá someterse la generación, tenencia, almacenamiento, transporte; tratamiento, reúso, reciclaje y disposición final de los residuos peligrosos.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
fase de construcción
Parte, obra o acción a la que aplica
Almacenamiento de residuos peligrosos de forma transitoria o definitiva.
Forma de cumplimiento
En lá etapa de construcción los residuos peligrosos serán almacenados en contenedores herméticos y luego enviados a disposición final a una empresa autorizada sanitaria y ambientalmente,
Indicador que acredita su
- Certificado de disposición de residuos en relleno sanitario autorizado.
cumplimiento Forma de control y Y Registro de facturas de despacho de disposición de residuos seguimiento peligrosos. Y” Autorización sanitaria de las bodegas de residuos peligrosos. Y” Registro de las sustancias que serán despachadas y transportadas. Y Registro de los camiones autorizados para dicho transporte. Norma Decreto de Fuerza Ley N* 1/1990,
Los artículos 79 y 80, establece que el Servicio de Salud, debe autorizar la instalación y funcionamiento de todo lugar destinado a la acumulación,
umbiental, del proyecto "Tí
tosidincial Bosques de Arrayán l y IT"
selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y
¡desperdicios de cualquier clase. Por su parte, el DFL 1/89 establece én su
numeral 25 que ésta es una de las materias que requiere autorización sanitaria
¡EXpresa.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica
Almacenamiento de residuos peligrosos de forma transitoria o definitiva.
Forma de cumplimiento
En la etapa de construcción los residuos de cualquier tipo serán almacenados en contenedores herméticos y luego enviados a disposición final a una empresa autorizada sanitaria y ambientalmente.
Se tiénen contemplado un lugar de acopio transitorio de residuos no peligrosos,
La disposición de los residuos domiciliarios y escombros durante la etapa de construcción, será realizada por una empresa externa.
Indicador que acredita su
- Resolución Autoridad Sanitaria con las autorizaciones de los
cumplimiento lugares de acopio transitorio de residuos. Forma de control y Y Registros de disposición serán mantenidos en la obra (boleta, factura u seguimiento otro documento), a través del cual, se acredite la disposición final de
los residuos en lugares autorizados por la Autoridad Sanitaria.
7.5 Norma de Residuos Liquidos
Tabla 7.5. Norma de residuos Líquidos
Componente/materia:
Residuos
Norma
Decreto Supremo N? 594/99, Art. 21, 24 y 25, Reglamento sobre condiciones. sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.
Provisión de servicios higiénicos e instalación de baños sanitarios.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción.
Parte, obra o acción a la que aplica
Habilitación de baños químicos, en los frentes de trabajo.
Forma de cumplimiento
Durante la etapa de construcción se habilitan servicios higiénicos en cantidad y calidad exigida por la normativa vigente.
Indicador que acredita su
e Resolución Sanitaria que autorice la instalación de servicios
cumplimiento sanitarios en las áreas de trabajo del proyecto.
Forma de control y Y Copia de factura de empresa prestadora del servicio de baños seguimiento químicos.
Norma D.S. 430/2001 del MINECON y sus modificaciones, que penaliza la
introducción a cuerpos de agua de agentes contaminantes químicos, biológicos o físicos, ante la eventualidad de una posible contaminación a los cauces naturales con las obras ingenieriles del
proyecto.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción
Parte, obra 0 acción a la que aplica
Ejecución de faenas de construcción.
Forma de cumplimiento
e — Durante la construcción se acopiaran solo residuos inertes por lo que no se prevén efectos asociados a lixiviaciones o escorrentía hacia los gauces. Sin embargo, los acopios estarán fuera de los cauces y quebradas. lejos de estos cuerpos de agua.
El acopio de materiales de construcción será todos del tipo inertes. Los residuos peligrosos estarán dispuestos en una bodega que cumpla con el DS. 148/03, los antecedentes técnicos referidos al diseño de la
28 | Resolución de Es
bodega fueron presentados en el Capítulo 7 de la DIA.
Respecto a las modificaciones de cauce proyectadas, intervención del Canal Oro Verde, el cual atraviesa el Loteo por su parte Norte, las Aguas Lluvias del conjunto residencial pretenden ser descargadas en dicho cauce, obras asociadas al cumplimiento del PAS del artículo 156 del D.S. 40/12. La ubicación del canal Oro Verde se identifica en el Plano COPA-GE-01 del Anexo N*15. Modificación de Cauce de la DIA.
Indicador que acredita su cumplimiento
e Señalética de instalaciones de residuos peligrosos
Forma de seguimiento
control y
Y Contar con Certificado de disposición de residuos en relleno sanitario autorizado. Y” Informes remitidos a la Superintendencia del Medio Ambiente.
7.6 Normas de higiene y salud ocupacional
Tabla 7.6. Norma de higiene y salud ocupacional
Componente/materia:
Higiene y salud ocupacional.
Norma
Decreto Supremo NN? 594/99 Minsal, Art. 12 al 15, Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.
Provisión de agua potable en los lugares de trabajo.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción y operación
Parte, obra o acción a la que aplica
Provisión de agua potable, en los frentes de trabajo.
Provisión de agua potable:en viviendas construidas.
Forma de cumplimiento
El suministro de agua será a través de bidones de agua por una empresa especialista, mientras se conecte a la empresa ESSBIO, de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente.
Indicador que acredita su cumplimiento
» Resolución Sanitaria que autorice la instalación de suministros de agua potable en cantidad y número establecido por la Autoridad Sanitaria.
- Certificado de factibilidad sanitaria ESSBIO o copia de venta de bidones de agua por empresa especialista
Forma de control y| Y Copia de factura de empresa prestadora del servicio de agua potable, seguimiento Norma Decreto Supremo N” 131/07, Reglamento de los servicios de agua
destinados al consumo humano.
Indica los limites de los elementos o sustancias químicas en concentraciones totales mayores que debe contar el agua para consumo humano.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción y operación
Parte, obra o acción a la que aplica
Suministro de agua potable
Forma de cumplimiento
El suministro de agua será a través de bidones de agua por una empresa especialista, mientras se conecte a la empresa sanitaria ESSBIO, en cantidad y calidad exigida por la normativa vigente.
Indicador que acredita su
- Resolución Sanitaria que autorice la calidad del agua para
cumplimiento consumo humano. Forma de control y Y” Registro contrato o factura empresa sanitaria ESSBIO y copia de seguimiento venta de bidones de agua por empresa especialista.
7,7 Normas de Vialidad y Transporte
Tabla 7.7. Norma Vialidad y Transporte
Componente/materia:
| Vialidad y transporte
y
Norma
Ley N* 18.290, Ley de Tránsito.
Impone la obligación de efectuar el transporte de carga en las condiciones de seguridad que determinen los reglamentos yen vehiculos que reúnan los tequisitos apropiados para dichas faenas.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica
Faenas de la construcción
Forma de cumplimiento
Los vehículos y maquinarias contarán con revisión técnica al día y además se les solicitará a la empresa contratista el cumplimiento de las leyes del tránsito.
Indicador que acredita su cumplimiento
e Revisiones técnicas de los vehiculos al día.
Forma de control y Y” Registro de las autorizaciones seguimiento Norma D.F.L N' 850/97 sobre construcción y conservación de caminos.
Establece la prohibición de circulación por caminos públicos de vehículos de cualquier especie que sobrepasen los límites de peso máximo establecidos en las disposiciones,
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Faenas de la construcción
Parte, obra o acción a la que aplica
Construcción
Forma de cumplimiento
Para el cumplimiento de la norma los camiones a utilizar se ajustarán a las los límites de peso establecidos en las normas.
Indicador que acredita su
- Permisos para el transporte de carga de gran tonelaje si
cumplimiento corresponde. Forma de control y Y Se llevará un registro de los camiones que ingresen a la faena y la seguimiento documentación con las autorizaciones que corresponda.
7.8 Normas socioculturales
Tabla 7.8. Norma Sociocultural
Componente/materia:
Medio sociocultural
Norma
Ley N* 17.288/70, Sobre Monumentos Nacionales (C.M-N).
Define los Monumentos Nacionales. Los Monumentos Históricos. Monumentos arqueológicos, indicando que su control y supervigilancia recaen en el CMN y que todo trabajo de conservación, reparación 0 restauración de ellos estará sujeto a su autorización preyia.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción y operación
Parte, obra o acción a la que aplica
Faenas de excavaciones y/o construcción de las viviendas
Forma de cumplimiento
De acuerdo a la revisión bibliográfica descrita en el punto 5.2.6 la DIA en el área de influencia del proyecto no existen sitios Arqueológicos.
Si se llegase a realizar algún descubrimiento de restos definidos en la ley de Monumentos Nacionales se paralizarán las actividades y se procederá a denunciar el hecho a la autoridad competente en la persona del Gobernador Provincial, el que ordenará a Carabineros que vigile el lugar hasta que el Consejo de Monumentos Nacionales se haga cargo de él.
Indicador que acredita su cumplimiento
- Registro de notificación inmediata a la Autoridad Competente y al Consejo de Monumentos nacionales. Detención de faenas que se estén ejecutando en el área de hallazgo. Elaboración de plan de rescate. Registro de entrega al Museo Nacional
30 ll Resolución de E
Forma de control y Y” Cantidad de personal de la obra con conocimiento acabado del
seguimiento "Manual de Operaciones Sobre Descubrimiento de Restos Arqueológicos".
Y” Entrega de los certificados y antecedentes del hallazgo a la SMA a través de su página Web y al Consejo de Monumentos Nacionales.
- Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA, el titular del proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
8.1 Establecer un Plan de comunicación con la comunidad, en el cual se indicará por medio de carteles informativos la duración de las obras; sus horarios y días de la semana en los cuales se trabajará. Estará implementada en el lugar de acceso del proyecto, durante la fase de construcción. Acreditando su cumplimiento mediante registro fotográfico.
8.2 Habilitación de un mail de contacto para recoger reclamos o sugerencias de la comunidad de modo de tomar las acciones correctivas en el momento que se produzcan las molestias.
- Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
9.1 Plan de prevención de contingencias Las medidas o acciones relevantes del plan de prevención de contingencias son las siguientes:
9.1.1.1 Situación de riesgo o contingencia Asociado a manejo de residuos
Tabla. Situación de riesgo o contingencia por derrames de residuos líquidos.
Situación de riesgo o contingencia e Derrame de residuos liquidos » Derrame de sustancias peligrosas por rotura de estanque O
envase.
Fasé del proyecto a la que aplica Construeción
Parte, obra o acción asociada Ejecución de faenas de construcción
Arciones o medidas a implementar para | * Se verificará que las maquinarias y equipamiento, que
prevenir la contingencia contengan algún fluido. cuenten con sus mantenciones preventivas. Estas deberán ser realizadas por personal capacitado.
e Si el acéidente ocurre a un vehículo de transporte de una sustancia peligrosa, se consultará la Ficha de Intervención.
-
En el caso de producirse el accidente en zona de obra, se avisará al Encargado, y éste informará al Jefe de Obra.
-
En el caso en que fallaran las medidas de seguridad adoptadas y ocurriera un derrame de una sustancia peligrosa en una zona sensible (suelo permeable, proximidad de pozo). se dará aviso a Carabineros y Autoridad competente. Si se considera necesario, $e estudiará la posibilidad de descontaminar el suelo
Forma de control y seguimiento Y” Registro de revisiones técnicas de los vehículos que laboran en la faena.
Y Lista de chequeo del prevencioncita de riesgo para todo el personal que realizara las labores y cuente con los elementos de protección personal adecuados, en buen estado y que garanticen la seguridad del trabajador,
Y Áreas de peligro, de seguridad y de trabajo correctamente señalizadas y protegidas.
Y Capacitaciones al personal sobre protocolo de emergencias y contingencias.
Referencia a documentos del expediente | Capítulo 1, punto A.S de la DIA del proyecto. de evaluación que contenga la descripción detallada
9.1.2 Plan de emergencias
9.1.2.1 Sitnación de emergencia ante un incendio
Tabla Incendio o explosiones Situación de emergencia se Incendios o explosiones. Fase del proyecto a la que aplica Construcción Parte, obra o acción asociada Ejecución de las faenas de construcción Acciones a implementar En el caso en que se detecte un incendio, se actuará según
los siguientes pasos:
- La persona que haya detectado el incendio avisará al Encargado inmediatamente,
e El Encargado debe coordinar las primeras labores de extinción del incendio, y comunicar su existencia al Jefe de Obra.
» Ante la menor duda sobre el control del incendio con medios propios, el Jefe de Obra (o en su ausencia, el Encargado) mirará en la lista de teléfonos de urgencia y avisará al Servicio de Extinción de Incendios (Bomberos)
e Una vezapagado el incendio, la zona debe quedar limpia de cualquier residuo procedente de la extinción del incendio.
e El Jefe de Obra informará a la Administración la situación de emergencia.
Formas de contro] y seguimiento Y Lista de chequeo del prevencioncita de riesgo para todo el personal que realizará las labores y cuente
con los elementos de protección personal adecuados, en buen estado y que garanticen la seguridad del trabajador,
Y Áreas de peligro, de seguridad y de trabajo correctamente señalizadas y protegidas.
Y Capacitaciones al personal sobre protocolo de emergencias y contingencias.
Y” Registro de capacitaciones
Referencia a documentos del expediente de | Capitulo 1, punto A.8 de la DIA del proyecto. evaluación que contenga la descripción detallada
9.13 Situación de emergencia Derrame de sustancias peligrosas
Tabla N? Derrame de sustancias peligrosas.
Situación de emergencia Derrame de sustancias peligrosas por rotura de estanque
Fase del proyecto a la que aplica Construcción
Parte, obra o acción asociada Ejecución de las faenas de construcción
Acciones a implementar Cuando se produzca la rotura de un estanque que contenga una sustancia peligrosa se deberá proceder de la siguiente forma:
Y Si el accidente ocurre a un vehiculo de transporte de una sustancia peligrosa, se consultará la Ficha de Intervención.
Y Enel caso de producirse el accidente en zona de obra, se avisará al Encargado, y éste informará al Jefe de Obra.
Y En el caso en que fallaran las medidas de seguridad adoptadas y ocurriera un derrame de una sustancia peligrosa en una zona sensible (suelo permeable, proximidad de pozo). se dará aviso a la Autoridad Competente. Si se considera necesario, se estudiará la posibilidad de
¡ón de Calificación Ambi Ty 11"
ecto "Conjunto Residencial Bosques de Array
descontaminar el suelo.
Formas de control y seguimiento Y” Registro de revisiones técnicas de los vehículos
que laboran en la faena.
Y” Lista de chequeo del prevencioncita de riesgo para todo el personal que realizará las labores y cuente con los elementos de protección personal adecuados, en buen estado y que garanticen la seguridad del trabajador.
Y Áreas de peligro, de seguridad y de trabajo correctamente señalizadas y protegidas.
Y” Capacitaciones al personal sobre protocolo de emergencias y contingencias.
Referencia a documentos del expediente de | Capítulo 1, punto A.8 de la DIA del proyecto. evaluación que contenga la descripción detallada
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Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 40 de la presente Resolución.
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto “Conjunto Residencial Bosques de Arrayán 1 y 11”, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
Que, para que el proyecto “Conjunto Residencial Bosques de Arrayán l y II”, pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Dirección Regional del SEA / Secretaria de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DÍA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Biobío la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico. de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y articulo 163, ambos del Reglamento del SELA.
Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2* letra g) del Reglamento del SELA, deberá someterse al SELA.
Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
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Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Conjunto Residencial Bosques de Arrayán 1 y 1”, del titular Constructora Pacal S.A.
Certificar que el proyecto “Conjunto Residencial Bosques de Arrayán 1 y 1”, cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
Certificar que el proyecto “Conjunto Residencial Bosques de Arrayán 1 y IP” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140 y 142 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
Certificar que el proyecto “Conjunto Residencial Bosques de Arrayán 1 y II” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando N* 4 del presente acto.
Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo
Distribución:
dispuesto en el artículo 20 de la Ley N* 19.300, ante el Director
notificación del presente acto. E X
Anótese, Comuníquese, Nofifíquese y Are ese
o CA DE 22 ¿ue Elo región Ea A Nal
denté Comisj vi de Evaluación ió el Biobío
Titular del proyecto “Conjunto Residencial Bosques de Arrayán | y IP”. Miembros de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío CONADI, Región del Biobio
DGA, Región del Biobío
Dirección de Vialidad, Región del Biobío
DOH, Región del Biobío
SAG. Región del Biobío
SEREMI del Medio Ambiente, Región del Biobío
SEREMI de Salud, Región del Biobío
SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Biobío SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío
SEREMI MOP, Región del Biobío
SERNAGEOMIN, Zona Sur
Gobierno Regional, Región de Biobío
lustre Municipalidad de Chillán
Cie:
Encargada de Participación Ciudadana, Región del Biobio
Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la
34 | Resolución de Calificación Ambiental, del proyecto "Conjunto Residencial
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de
Superintendencia del Medio Ambiente, Región del Biobío
Oficial de Partes de la Región, Región del Biobío
Expediente de Evaluación Ambiental del Proyecto “Conjunto Residencial Bosques de Arrayán 1 y IP” Archivo Servicio de Evaluación Ambiental, Región del Biobío