Evaluación SEA

MEJORAMIENTO CAMINO EL ANDINO, SECTOR CLUB ANDINO (RUTA Y-580, KILÓMETROS 4,05 AL 5,37), PUNTA ARENAS

Rol 2131163223
SEA · DIA · Aprobado · 2016-03-18 · Región de Magallanes y de la Antártica Chilena · MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

REPÚBLICA DE CHILE. COMISIÓN DE EVALUACIÓN XIl REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

Califica Ambientalmente el proyecto "MEJORAMIENTO CAMINO EL ANDINO, SECTOR CLUB ANDINO (RUTA Y-580, KILÓMETROS 4,05 AL 5,37), PUNTA ARENAS"

VISTOS:

ae,

2

3".

4.

5*.

6”.

7.

Resolución Exenta N* 138/2016

Punta Arenas, 15 de diciembre de 2016

La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 18 de agosto de 2016 y su Adenda Complementaria de 15 de noviembre de 2016, del proyecto “Mejoramiento Camino el Andino, Sector Club Andino (Ruta Y-580, Kilómetros 4,05 Al 5,37), Punta Arenas”, presentado por Ministerio de Obras Públicas con fecha 07 de marzo de 2016.

Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo Il del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto "Mejoramiento Camino el Andino, Sector Club Andino (Ruta Y-580, Kilómetros 4,05 Al 5,37), Punta Arenas”.

El Acta de Evaluación N* 016/2016 de 30 de marzo de 2016, del Comité Técnico de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.

El ICE de la DÍA del proyecto “Mejoramiento Camino el Andino, Sector Club Andino (Ruta Y-580, Kilómetros 4,05 Al 5,37), Punta Arenas” de 22 de noviembre de 2016.

El acuerdo adoptado en la sesión N* 17 de 13 de diciembre de 2016, de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.

Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Mejoramiento Camino el Andino, Sector Club Andino (Ruta Y-580, Kilómetros 4,05 Al 5,37), Punta Arenas”.

Lo dispuesto en la Ley N19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N*1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

CONSIDERANDO:

1%

2”.

3.

4%.

Que, el Ministerio de Obras Públicas (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Mejoramiento Camino el Andino, Sector Club Andino (Ruta Y-580, Kilómetros 4,05 Al 5,37), Punta Arenas” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Ministerio de Obras Públicas Rut 61.202.000 - O

Domicilio Morandé N? 59, Piso 3. Santiago Teléfono 224 493 000

is representante Juan Manuel Sanchez Medioli Rut representante legal 12.017.085-6

a representante | Morandé N* 59, Piso 3. Santiago Teléfono representante

legal 224 494 000

Correo Electrónico juan.sanchez.m(Omop.gov.cl

Que, conforme se indica en el ICE de fecha 22 de noviembre de 2016, la Directora Regional de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto, cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en el Permiso Ambiental Sectorial Mixto señalados en el artículo 148 del D.S. N*40/2012 y no genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

Que, en sesión de 13 de diciembre de 2016, la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena acordó calificar favorablemente el proyecto “Mejoramiento Camino el Andino, Sector Club Andino (Ruta Y-580, Kilómetros 4,05 Al 5,37), Punta Arenas”, aprobando integramente el contenido del ICE de 22 de noviembre de 2016, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Objelivosgeneral Reserva Nacional Magallanes.

Pavimentar el tramo de la Ruta Y-580 que se emplaza en la

1/15

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras O

acciones

e.8) Caminos públicos pueden afectar áreas protegidas.

Vida útil

El Proyecto tiene una vida útil indefinida porque las rutas públicas no contemplan una fase de cierre. Una vez terminada la fase de construcción comienza inmediatamente la fase de operación, sin haber una fase de abandono o cierre.

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la

Preparación del área de trabajo

ejecución

SI NO Proyecto se desarrolla por X etapas Proyecto modifica un proyecto o Xx actividad Proyecto Modifica otra (s) RCA AS 4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- | Región de Magallanes y Antártica Chilena, Provincia de Magallanes, administrativa Comuna de Punta Arenas Descripción de la Ruta Y-580, ultimos 1.300 meros, camino al Club Andino localización Superficie 5,2 hectáreas Coordenadas UTM en Datum WGS84/SAD69/etc — UTMN UTME Huso 18/19 Inicio — Kilómetro 4,05 4.108.155 366.055 Termino —- Acceso Centro 4.107.804 364.906 de Ski

Caminos de acceso

Avenida Salvador Allende, luego Ruta Y-580

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

DIA, Página 11, Figura 3

4.3.

PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

4.3.1.

FASE DE CONSTRUCCIÓN

Instalación de faenas

La Ubicación de la instalación de faenas será dentro del radio urbano de la ciudad, por la cercanía que existe entre Punta Arenas y la obra.

La definición respecto del emplazamiento definitivo de la instalación de faena será responsabilidad de la empresa contratista que realizará la obra.

Roce y de

vegetación

despeje

Esta actividad consistirá en la remoción de escombros que se hayan acumulado en el ancho de la faja fiscal, la que incluye el despeje de la misma vía a pavimentar, accesos, sectores de excavación de cunetas, fosos, etc.

Cortes y excavaciones

Corresponde a los movimientos de tierra iníciales de la obra, los cuales tienen por finalidad dar cabida al proyecto diseñado, principalmente realizando ensanches de cortes o desmontes y rebajando cotas en línea de tierra.

Botadero

Este lugar tendrá por finalidad depositar el material inadecuado proveniente de la obra (material de escarpe, escombros y en general cualquier material que sea inadecuado para ser utilizado en obras civiles).

La definición respecto del emplazamiento del botadero será responsabilidad de la empresa contratista que realizará la obra. No obstante, será un sólo botadero y que se ubicará fuera de la Reserva Nacional Magallanes.

Empréstito

La extracción y producción de materiales áridos será desarrollado por un tercero, el cual deberá contar con todas las autorizaciones necesarias para desarrollar la actividad de suministro de áridos. No obstante, se establece que será un sólo empréstito y que se ubicará fuera de la Reserva Nacional Magallanes.

Planta de Producción de Materiales

El suministro de hormigón será desarrollado por un tercero, el cual deberá contar con todas las autorizaciones necesarias para desarrollar la actividad. No obstante, se establece que será una sola planta de producción de materiales, que se ubicará fuera de la Reserva Nacional Magallanes.

Saneamiento transversal

Se considera el reemplazo de 6 obras de arte transversales, todas con diámetros menores a 1,0 metro.

Saneamiento longitudinal

Se refiere a las obras de arte que se construyen en paralelo a la misma ruta y que tienen por objetivo evitar la acumulación de aguas sobre la calzada.

Señalética y elementos de seguridad

Se proyectó un nuevo diseño de señalización, adecuado al nuevo estándar del camino, y basado en lo indicado en el Manual de

2/15

Señalización de Tránsito del Ministerio de Transportes

Telecomunicaciones.

y

Instalación de Faenas

Acciones y requerimientos

Botadero

para la materialización de

Empréstito

las obras físicas

Planta de Producción de Materiales

El servicio de alimentación se entregará en las dependencias de la Instalación de Faenas o en comedores autorizados, los cuales cumplirán con toda la normativa aplicable. No se suministrará servicio de alojamiento.

La instalación de faenas contará con baños y todos los servicios higiénicos que sean necesarios, para el bien estar de los trabajadores y el desarrollo de las faenas, los cuales cumplirán con toda la normativa aplicable. En los frentes de trabajo se instalarán baños químicos portátiles, los cuales también cumplirán con toda la normativa aplicable y su mantención será realizada por alguna empresa autorizada por la Autoridad Sanitaria.

Descripción de cómo se proveerán los suministros básicos

La instalación de faenas, ya que se ubicara en el radio urbano de la Ciudad de Punta Arenas, contará con agua potable suministrada por empresa sanitaria autorizada por la Autoridad Sanitaria. En faenas el agua potable será suministrada por la empresa contratista, mediante una empresa distribuidora autorizada.

Durante la ejecución de la obra se requerirá de agua para la ejecución de El agua industrial se obtendrá desde puntos de captación con derechos de agua autorizados por la Autoridad competente.

La energía eléctrica que será suministrada por la Empresa EDELMAG.

El personal de la obra se trasladará diariamente desde Punta Arenas mediante medios de transportes dispuestos por la empresa contratista (vehículos livianos).

El combustible para vehículos livianos será provisto por las estaciones de servicio en Punta Arenas. El petróleo requerido para la operación de la maquinaria en faenas será transportado a los frentes de trabajo mediante camiones, cumpliendo con toda la normativa aplicable. No existirá almacenamiento de combustible dentro de la obra.

Las emisiones a la atmósfera, provendrán del polvo generado por la conformación de carpetas granulares y los gases provenientes de la combustión de combustible de vehículos menores y vehículos mayores Todos los vehículos contarán con documentación vigente.

Ubicación y cantidad de

recursos naturales renovables a extraer O explotar

Las aguas servidas se originarán de los servicios higiénicos. Si los efluentes proviniesen de la instalación de faenas, que se ubicará dentro del área urbana, serán tratados por el sistema de alcantarillado de Aguas Magallanes. Si los efluentes proviniesen de baños químicos, instalados en los distintos frentes de trabajo, se les realizaran mantenimiento periódico por una empresa especializada con permiso de la Autoridad Sanitaria.

Las actividades involucradas en la fase de construcción producirán un aumento del nivel de ruido local por la utilización de maquinaria pesada, sin embargo esto no constituye un riesgo porque dentro del área de emplazamiento del proyecto no existen localidades pobladas y no existen zonas de alimentación o nidificación de fauna en peligro de conservación.

Los residuos sólidos domiciliarios (papel, cartón, envoltorios plásticos, etc.), serán dispuestos temporalmente en contenedores cerrados para su posterior traslado al Vertedero Municipal de Punta Arenas, por parte del sistema de recolección de basura municipal.

Residuos, Químicos y otros

Los residuos peligrosos, no superarán los máximos permitidos por la legislación vigente, por lo cual no es necesario un plan de manejo de residuos peligrosos. No obstante el manejo y almacenamiento será realizado de acuerdo a lo señalado en la normativa vigente.

Los residuos provenientes de las obras de construcción (escombros, escarpe, etc.), serán dispuestos en botaderos autorizados, y el material de tierra vegetal será re utilizado para el abandono de obras anexas, como por ejemplo el mismo botadero.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo IV

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN

Conservación vial

Limpieza de la faja

Perfilado de carpetas granulares (bermas)

Bacheos

Limpieza de obras de drenaje

Reparación y reemplazo de señales camineras

Reemplazo de barreras de contención

Demarcación del pavimento

Despeje de nieve

3/15

Si

Remoción de derrumbes ] Reposición de losas de pavimentos de hormigón

En caso que el proyecto contemple actividades de mantención y conservación se deberán indicar aquellos aspectos considerados para las actividades generales

Descripción de cómo se proveerán los suministros básicos

Emisiones control)

(abatimiento y

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase

Conservación vial: Operaciones destinadas a reparar situaciones de deterioro y/o emergencias que se produzcan a lo largo de todo el año, cualquiera sea el nivel del tránsito y las condiciones meteorológicas.

El servicio de alimentación, en fase de operación se entregará en comedores autorizados. No se suministrará servicio de alojamiento.

En los frentes de trabajo se instalarán baños químicos portátiles.

El agua potable será suministrada por la empresa contratista en faenas. El agua se obtendrá desde puntos de captación con derechos de agua autorizados por la Autoridad competente.

La energía eléctrica que será suministrada por la empresa EDELMAG. El personal de la obra se trasladará diariamente desde Punta Arenas mediante medios de transportes dispuestos por la empresa contratista. El combustible para vehículos livianos será provisto por las estaciones de servicio en Punta Arenas. El petróleo requerido para la operación de la maquinaria en faenas será transportado a los frentes de trabajo mediante la utilización de camiones, cumpliendo con toda la normativa aplicable.

se generarán emisiones mínimas a la atmósfera, por provenientes de la combustión de combustible de vehículos.

se consideran residuos contaminados con hidrocarburos, los cuales serán retirados y dispuestos por empresas autorizadas.

Aumento del nivel de ruido local, por la utilización de maquinaria pesada

gases

Capítulo IV

4.3.3. FASE DE CIERRE

Al tratarse de un camino públi

co, no hay fase cierre o abandono.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo IV

4.4. DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO

4.4.1. Fase de Construcción

Fecha estimada de inicio

Noviembre 2016

Parte, obra o acción que establece el inicio

Prepraración deárea de trabajo

Fecha estimada de término

Febrero 2017

Parte, obra o acción que establece el término

Entrega de la obra para el uso público.

4.4.2. Fase de Operación

Fecha estimada de inicio

Febrero 2017

Parte, obra o acción que establece el inicio

Uso de la vía

4.4.3. Fase de Cierre

Al tratarse de un camino público, no hay fase cierre o abandono.

Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD

DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto

específico Capítulo VI

Las emisiones atmosféricas corresponden básicamente a material particulado, producto de los trabajos de despeje de faja y movimientos de tierra, además de gases de combustión interna producto de la circulación y funcionamiento de la maquinaria asociadas a la ejecución de la obra. Estas emisiones no superan los valores y periodos establecidos en las normas ambientales vigentes y no presentan riesgos para la salud de la población.

Las condiciones actuales de la ruta (carpeta granular-ripio), su uso genera altas emisiones de material particulado, situación que será eliminada de manera definitiva una vez concluidas las obras.

En cuanto a los residuos líquidos domiciliarios, o efluentes, serán tratados por el sistema de alcantarillado de la ciudad de Punta Arenas, y los residuos líquidos domiciliarios generados en los frentes de obras serán dispuestos en baños químicos que serán tratados por una empresa autorizada por la autoridad sanitaria. La frecuencia de generación será diaria y la duración temporal mientras duren las obras (4 meses).

Respecto de las emisiones de ruidos, solamente existirá presencia de los trabajadores presentes durante las faenas, los cuales deberán trabajar equipados con sus elementos de seguridad. Los ruidos propios de la maquinaria pesada y movimiento de camiones se generarán en forma localizada y serán de magnitud moderada. Las emisiones sonoras durante la construcción y operación del proyecto se mantendrán dentro de los rangos aceptados por la normativa vigente. El Proyecto no considera la generación de residuos sólidos que puedan implicar riesgo por composición y cantidad. La frecuencia de la generación de residuos para la fase de construcción del Proyecto será diaria y provendrá principalmente de la instalación de faenas (papel, plásticos,

4/15

materiales de oficina, comida, y otros). Respecto del manejo de los residuos, domésticos se depositarán en contenedores estancos separados y retirados 1 o 2 veces por semana y depositados en vertedero municipal de Punta Arenas. Los residuos domésticos se calculan en aproximadamente 1 kilos per cápita diario, los cuales serán temporalmente almacenados en contenedores especiales hasta su posterior envío al vertedero municipal de Punta Arenas.

El volumen más importante de residuos sólidos generados por el proyecto corresponde principalmente a material removido durante la construcción de la obra, el cual corresponde a un material inerte que no implica riesgo para la salud de las personas y será llevado a botadero autorizado para la obra.

El Proyecto no generará exposición de contaminantes sobre los recursos naturales en el manejo de los residuos. El manejo de los residuos está apegado a la normativa ambiental vigente. El proyecto considera la generación de residuos sólidos con una frecuencia diaria y una duración que será temporal mientras duren las obras (4 meses).

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este

: Po Capítulo VI impacto específico

El área de intervención del proyecto es un área ya intervenida debido a que el proyecto se emplaza sobre la ruta existente, dentro de la faja fiscal. Por tal motivo no se prevé pérdida de suelo o su capacidad de para sustentar biodiversidad

En tal sentido se ha mantenido el eje del camino actual, ampliando la faja solamente en los últimos 220 metros para emplazar una solución vial que permita virar y retornar por la misma ruta, según normas mininas de diseño y seguridad. Para el emplazamiento de esta “solución vial” se deberá realizar corta de bosque nativo, más no especies en estado de protección, pero dicha vegetación se encuentra dentro de los límites de la faja vial, por lo cual no se prevé perdida de la capacidad del suelo para albergar biodiversidad. Se presenta, un Plan de Manejo para Ejecutar Obras Civiles, antecedentes para el otorgamiento del permiso ambiental sectorial mixto 148.

Según la caracterización ambiental del área de influencia del Proyecto, la superficie donde se debe realizar el despeje de vegetación es equivalente a una superficie de 0,44 ha.

Las emisiones atmosféricas corresponden básicamente a material particulado, producto de los trabajos de despeje de faja y movimientos de tierra, además de gases de combustión interna producto de la circulación y funcionamiento de la maquinaria asociadas a la ejecución de la obra. Las condiciones actuales de la ruta (carpeta granular- ripio), su uso genera emisión de material particulado, situación que será drásticamente disminuida, de manera definitiva una vez concluidas las obras.

No se intervendrán cursos de agua con obras nuevas, solo se remplazaran las alcantarillas existentes. El número de alcantarillas que se remplazaran serán 6, todas con diámetros de máximo 1 metro.

Los residuos líquidos domiciliarios, o efluentes, serán tratados por el sistema de alcantarillado de Aguas Magallanes, y los residuos líquidos domiciliarios generados en los frentes de obras serán dispuestos en baños químicos que serán tratados por una empresa autorizada por la autoridad sanitaria. La composición de los residuos líquidos será del tipo domiciliario, cuya peligrosidad es nula. La frecuencia será diaria y la duración temporal mientras duren las obras.

El Proyecto no implica riesgo para la fauna nativa a causa de las emisiones de ruidos. Los ruidos propios de la maquinaria pesada y movimiento de camiones se generarán en forma localizada y serán de magnitud moderada. Las emisiones sonoras durante la construcción y operación del proyecto se mantendrán dentro de los rangos aceptados por la normativa vigente.

La manipulación y almacenamiento de productos químicos no tendrá contacto con el medio natural.

No se introducirán especies exóticas. El Proyecto no introduce al territorio nacional especies de flora o de fauna; así como no empleará en alguna de sus fases organismos modificados genéticamente o mediante otras técnicas similares que alteren los elementos naturales y/o artificiales del medio ambiente.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este

impacto específico Capítulo VI

El Proyecto no genera la intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural.

El Proyecto no genera la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. Por el contrario, el objetivo del proyecto es mejorar la conectividad y disminuir los tiempos de desplazamiento.

El Proyecto no genera alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica, el objetivo del proyecto es optimizar la vialidad existente y mejorar el acceso de la población a servicios y equipamiento.

El Proyecto no genera ninguna dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de grupos humanos.

5/15

6”.

6.1.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, — SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR

Referencia al ICE para mayores detalles sobre

este impacto específico Capitulo MI

El Proyecto no se desarrolla en una zona donde habite población protegida por leyes especiales, o alrededor de áreas donde habite población protegida por leyes especiales.

El Proyecto no interviene o se emplaza en o alrededor de áreas en donde existen recursos protegidos en forma oficial. Sin bien es necesario realizar corta de bosque nativo no hay presencia de especies en alguna categoría de conservación.

El Proyecto no genera afectación al valor ambiental del área protegida por magnitud o duración de la intervención. Si bien el Proyecto se emplaza dentro de la Reserva Nacional Magallanes, la magnitud de las obras son mínimas y la duración es temporal y serán dentro de un área intervenida que no es más que el trazado del camino existente.

El Proyecto no interviene humedades o ecosistemas acuáticos de ningún tipo, como tampoco glaciares. Además, se considera que el Proyecto no afecta el valor ambiental de la Reserva Nacional Magallanes, se emplaza en el área de camino ya existente y mejora el acceso a un sector donde se desarrollan diversas actividades de turismo y recreación. Entonces el proyecto potencia los servicios ecosistémicos que entrega la Reserva a la comunidad en general.

Al respecto, dentro del Plan de Manejo de la Reserva Nacional Magallanes se identifica un objetivo específico directamente relacionado, el cual dice relación con otorgar facilidades y permitir el desarrollo de actividades recreativas compatibles con los objetivos de la unidad en armonía con el ambiente natural,

5.5, ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

Referencia al ICE para mayores detalles sobre | Capítulo VI este impacto específico

En ningún caso se obstruirá la visibilidad de una zona con valor paisajístico. Evidentemente la Reserva Nacional Magallanes tiene un valor paisajístico significativo, lo que se ve reflejado en un flujo de visitantes permanente durante el año. Este Proyecto no afectara el valor paisajístico del sector; muy por el contrario, el Proyecto contribuye al desarrollo paisajístico y turístico del área.

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL

Referencia al ICE para mayores detalles sobre | Capítulo VI este impacto específico

El proyecto no remueve, destruye, excava, traslada, deteriora, o modifica en ninguna forma, algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N* 17.288.

En cuanto a sitios arqueológicos, el sitio más cercano esta distante a 8 kilómetros al Sur - Este del inicio del Proyecto, por el sector costero al nivel del mar (según “Catastro Georreferenciado de Sitios Arqueológicos de Magallanes”, San Roman y Morello, 2010). El Proyecto comienza en la cota 300 (msnm), y en la comuna de Punta Arenas todos los sitios arqueológicos conocidos se encuentran a nivel del mar. No existiría la posibilidad de afectar sitios arqueológicos.

El proyecto no modifica o deteriora sitios que por sus características constructivas, por su antigiedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural.

En el área de influencia del proyecto no existen construcciones, lugares o sitios que pertenezcan al patrimonio cultural.

El proyecto no afecta lugares o sitios donde se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore.

Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación: Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos

asociados a las

SEIA

6.1.1. Permiso Permiso para corta de bosque nativo, del artículo 148 del Reglamento del

Fase del Proyecto a la cual

Construcción corresponde vel

Parte, obra o acción a que aplica Últimos 220 metros del camino

Pronunciamiento del órgano | Oficio N* 33-ES/2016 de fecha 18 de noviembre de

competente 2016, de la Corporación Nacional Forestal Referencia al ICE para mayores | Capítulo 1X detalles

6/15

7

Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

Norma

D.S. N* 594, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

El Titular exigirá que los trabajadores expuestos a altos niveles de ruido utilicen protectores auditivos. Para atenuar las condiciones de exposición a ruidos continuos, se dispondrá del equipo de protección apropiado.

El agua potable en la instalación de faenas será suministrada mediante la empresa sanitaria local, y se entregará en calidad y cantidad suficiente. En los frentes de trabajo el abastecimiento se realizará a través de bidones de 20 litros de agua potable (empresa distribuidora autorizada). Además, la instalación de faenas estará conectada a la red de alcantarillado de la empresa sanitaria local, en caso que la instalación de faenas se localizara en la ciudad de Punta Arenas. En los frentes de la obra se instalarán baños químicos portátiles. Este servicio será contratado a una empresa especializada que cuente con las autorizaciones correspondientes.

Los residuos peligrosos que eventualmente se generen en la obra serán retirados, manipulados y transportados por empresas autorizadas, y se dispondrán según la normativa vigente, en lugares de eliminación que cuenten con autorización sanitaria vigente.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de entrega de protectores auditivos.

Registro de uso de protectores auditivos.

Registro de pago de servicios de agua potable y alcantarillado.

Registro de compra de bodones de agua potable.

Provisión y limpieza de los baños químicos.

Registro de plan de trabajo para el manejo de residuos peligrosos en faena.

Se realizarán monitoreos, inspecciones y fiscalización ambiental (empresa constructora e Inspección Fiscal de Obras), durante el desarrollo del proyecto, para el correcto cumplimiento de la normativa ruido (entrevistas en terreno, recorrido por las instalaciones, etc.). El análisis se realizará mediante la identificación y calificación de hallazgos relevantes, producto de la revisión de registros obtenidos (terreno y gabinete).

Forma de control y a A m7 > o El seguimiento se realizará a través de revisión de informes

seguimiento y S e SN mensuales (listas de chequeo). Se incluirán los siguientes antecedentes: definición de los elementos del medio ruido que serán objeto de medición y control; parámetros que serán utilizados para caracterizar el estado y evolución de dichos elementos; acciones conducentes a normalizar aquellos elementos que hayan sobrepasado la norma. La periodicidad del seguimiento será mensual (plazos).

Norma D.L. N* 725, Código Sanitario

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

En las condiciones más desfavorables posibles, y el carácter transitorio de las mismas, se puede asegurar que las emisiones de material particulado son mínimas y por ende no afectarán la calidad del aire y la salud de la población. El Titular se compromete a establecer medidas de prevención (humedecimiento de caminos de acceso, transporte de materiales en camiones encarpados, maquinaria con las mantenciones vigentes, camiones con revisión técnica al día y capacitación del personal y trabajadores), y se ejecutaran inspecciones periódicas con el objeto de verificar estas medidas.

La instalación de faenas estará conectada a la red de alcantarillado de la empresa sanitaria local, en caso que la instalación de faenas se localizara en la ciudad de Punta Arenas. En los frentes de la obra se instalarán baños químicos portátiles. Este servicio será contratado a una empresa especializada que cuente con las autorizaciones correspondientes.

Los residuos que se generen en la fase de construcción serán acumulados en una zona especialmente habilitada para este propósito, Los residuos serán llevados a lugares de disposición final debidamente autorizados por la Autoridad Sanitaria.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro fotográfico de camiones con encarpado.

Registro fotográfico de las vías humectadas.

Control permanente de revisión técnica.

7/15

Control de registro nacional de vehículos motorizados y sello de certificación de emisiones.

Registro de capacitaciones respecto de medidas de control de contaminación atmosférica de vehículos, maquinarias y equipos.

Control de boleta de cobro mensual emitida por empresa sanitaria local o la Resolución que aprueba el sistema de alcantarillado particular.

Control de autorización de empresa que proveerá el servicio de provisión y limpieza de los baños químicos.

Registro de salida de residuos desde la instalación de faenas.

Registro de retiro y disposición final por tipo de residuos por empresa autorizada.

Copia de resolución vigente de las empresas que ejecutarán el transporte y disposición de los distintos tipos de residuos. Registro de inspección de áreas destinadas al almacenamiento de residuos (tipo y volumen).

Forma de seguimiento Norma

control

y

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Forma de cumplimiento

Indicador que acredita su

cumplimiento

Forma de seguimiento

|_ Norma

control

y

Se realizaran monitoreos, inspecciones y fiscalización ambiental (empresa constructora e Inspección Fiscal de Obras), durante el desarrollo del proyecto, para el correcto cumplimiento de la normativa aire (humectación de caminos, encarpado de camiones, mantención de maquinaria). El análisis se realizará mediante la identificación y calificación de hallazgos relevantes, producto de la revisión de registros obtenidos (terreno y gabinete).

El seguimiento se realizará a través de revisión de informes mensuales (listas de chequeo). Se incluirán los siguientes antecedentes: definición de los elementos del medio aire que serán objeto de medición y control; parámetros que serán utilizados para caracterizar el estado y evolución de dichos elementos; acciones conducentes a normalizar aquellos elementos que hayan sobrepasado la norma. La periodicidad del seguimiento será mensual (plazos).

D.S. N” 144/61, Norma sobre Contaminantes Atmosftéricos

Construcción

En las condiciones más desfavorables posibles, y el carácter transitorio de las mismas, se puede asegurar que las emisiones de material particulado son mínimas y por ende no afectarán la calidad del aire. El Titular se compromete a establecer medidas de prevención (humedecimiento de caminos de acceso, transporte de materiales en camiones encarpados, maquinaria con las mantenciones vigentes, camiones con revisión técnica al día y capacitación del personal y trabajadores), y se ejecutaran inspecciones periódicas con el objeto de verificar estas medidas.

Registro fotográfico de camiones con encarpado.

Registro fotográfico de las vías humectadas.

Control permanente de revisión técnica.

Control de registro nacional de vehículos motorizados. Registro de capacitaciones respecto de medidas de control de contaminación atmosférica de vehículos, maquinarias y equipos.

Se realizarán monitoreos, inspecciones y fiscalización ambiental (empresa constructora e Inspección Fiscal de Obras), durante el desarrollo del proyecto, para el correcto cumplimiento de la normativa aire (humectación de caminos, encarpado de camiones, mantención de maquinaria). El análisis se realizará mediante la identificación y calificación de hallazgos relevantes, producto de la revisión de registros obtenidos (terreno y gabinete).

El seguimiento se realizará a través de revisión de informes mensuales (listas de chequeo).

Se incluirán los siguientes antecedentes: definición de los elementos del medio aire que serán objeto de medición y control; parámetros que serán utilizados para caracterizar el estado y evolución de dichos elementos; acciones conducentes a normalizar aquellos elementos que hayan sobrepasado la norma. La periodicidad del seguimiento será mensual (plazos).

| D.S. N? 75/1987, Condiciones para Transporte

Construcción

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Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Forma de cumplimiento

Los movimientos de tierra para la construcción de obras deberán ser transportados por maquinaria especializada. En la fase de operación no se considera generación de material particulado. Los camiones que transporten materiales serán cubiertos correctamente, por lo que no se producirán escurrimientos o caídas involuntarias.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro fotográfico de camiones con encarpado.

Registro de capacitaciones respecto de medidas de control.

Forma de control y seguimiento

Se realizarán monitoreos, inspecciones y fiscalización ambiental (empresa constructora e Inspección Fiscal de Obras), durante el desarrollo del proyecto, para el correcto cumplimiento de la normativa aire (humectación de caminos, encarpado de camiones, mantención de maquinaria). El análisis se realizará mediante la identificación y calificación de hallazgos relevantes, producto de la revisión de registros obtenidos (terreno y gabinete).

El seguimiento se realizará a través de revisión de informes mensuales (listas de chequeo).

Se incluirán los siguientes antecedentes: definición de los elementos del medio aire que serán objeto de medición y control; parámetros que serán utilizados para caracterizar el estado y evolución de dichos elementos; acciones conducentes a normalizar aquellos elementos que hayan sobrepasado la norma. La periodicidad del seguimiento será mensual (plazos).

Norma

D.L. N* 3.557/81, Establece Disposiciones sobre Protección Agrícola

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

Se dará cumplimiento a esta normativa enviando todo el material proveniente del despeje de la faja a botaderos autorizados.

Indicador que acredita su cumplimiento

Plan de manejo aprobado por la inspección Fiscal.

Forma de control y seguimiento

Se realizaran monitoreos, inspecciones y fiscalización ambiental (empresa constructora e Inspección Fiscal de Obras), durante el desarrollo del proyecto, para el correcto cumplimiento de la normativa suelo (aprobación de planes de manejo, etc.). El análisis se realizará mediante la identificación y calificación de hallazgos relevantes, producto de la revisión de registros obtenidos (terreno y gabinete).

El seguimiento se realizará a través de revisión de informes mensuales (listas de chequeo).

Se incluirán los siguientes antecedentes: definición de los elementos del medio suelo que serán objeto de medición y control; parámetros que serán utilizados para caracterizar el estado y evolución de dichos elementos; acciones conducentes a normalizar aquellos elementos que hayan sobrepasado la norma. La periodicidad del seguimiento será mensual (plazos).

Norma

D.L. N* 19.474, Construcción y Conservación de Caminos

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

El contratista cumplirá con esta norma no excediendo los pesos máximos permitidos, y de llegar a requerirse, se solicitarán las autorizaciones correspondientes.

Indicador que acredita su cumplimiento

Autorización de la Dirección de Vialidad para el transporte de maquinaria con sobre tamaño y/o sobre anchos.

Forma de control y seguimiento

Se realizaran monitoreos, inspecciones y fiscalización ambiental (empresa constructora e Inspección Fiscal de Obras), durante el desarrollo del proyecto, para el correcto cumplimiento de la normativa suelo (autorización para el transporte de maquinaria con sobre anchos y/o sobre pesos). El análisis se realizará mediante la identificación y calificación de hallazgos

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relevantes, producto de la revisión de registros obtenidos (terreno y gabinete).

El seguimiento se realizará a través de revisión de informes mensuales (listas de chequeo).

Se incluirán los siguientes antecedentes: definición de los elementos del medio suelo que serán objeto de medición y control; parámetros que serán utilizados para caracterizar el estado y evolución de dichos elementos; acciones conducentes a normalizar aquellos elementos que hayan sobrepasado la norma. La periodicidad del seguimiento será mensual (plazos).

Norma

D.L. N* 298/95, Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

Se exigirá al contratista cumplir con las disposiciones de este Decreto cuando se transporten las sustancias peligrosas.

Indicador que acredita su cumplimiento

Autorizaciones específicas para el transporte de sustancias peligrosas.

Forma de control y seguimiento

Se realizaran monitoreos, inspecciones y fiscalización ambiental (empresa constructora e Inspección Fiscal de Obras), durante el desarrollo del proyecto, para el correcto cumplimiento de la normativa suelo (autorización de para el transporte de cargas peligrosas, etc.). El análisis se realizará mediante la identificación y calificación de hallazgos relevantes, producto de la revisión de registros obtenidos (terreno y gabinete).

El seguimiento se realizará a través de revisión de informes mensuales (listas de chequeo).

Se incluirán los siguientes antecedentes: definición de los elementos del medio suelo que serán objeto de medición y control; parámetros que serán utilizados para caracterizar el estado y evolución de dichos elementos; acciones conducentes a normalizar aquellos elementos que hayan sobrepasado la norma. La periodicidad del seguimiento será mensual (plazos).

Norma

D.L. N* 850/97, Fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Orgánica del Ministerio de Obras Públicas

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

Se dará cumplimiento a esta normativa prohibiéndose la extracción de suelos y áridos desde zonas determinadas en por la norma. De requerirse el Permiso para extracción de áridos se deberá solicitar a la Municipalidad respectiva.

Indicador que acredita su cumplimiento

Autorización municipal para la explotación de sitios de empréstitos.

Plan de manejo aprobado por la inspección Fiscal.

Forma de control y seguimiento

Se realizaran monitoreos, inspecciones y fiscalización ambiental (empresa constructora e Inspección Fiscal de Obras), durante el desarrollo del proyecto, para el correcto cumplimiento de la normativa suelo (aprobación de planes de manejo de empréstitos, etc.). El análisis se realizará mediante la identificación y calificación de hallazgos relevantes, producto de la revisión de registros obtenidos (terreno y gabinete).

El seguimiento se realizará a través de revisión de informes mensuales (listas de chequeo).

Se incluirán los siguientes antecedentes: definición de los elementos del medio suelo que serán objeto de medición y control; parámetros que serán utilizados para caracterizar el estado y evolución de dichos elementos; acciones

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conducentes a normalizar aquellos elementos que hayan sobrepasado la norma. La periodicidad del seguimiento será mensual (plazos).

Norma

D.S. N? 78/10, Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

Los residuos peligrosos que eventualmente se generen en la obra serán retirados, manipulados y transportados por empresas autorizadas, y se dispondrán según la normativa vigente, en lugares de eliminación que cuenten con autorización sanitaria vigente.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de plan de trabajo para el manejo de residuos peligrosos en faena.

Registro de almacenamiento de residuos peligrosos (ingreso, tipo, volumen, cantidad).

Forma de control y seguimiento

Se realizaran monitoreos, inspecciones y fiscalización ambiental (empresa constructora e Inspección Fiscal de Obras), durante el desarrollo del proyecto, para el correcto cumplimiento de la normativa de residuos (permisos para el almacenamiento de residuos, vigencia de servicios, etc). El análisis se realizará mediante la identificación y calificación de hallazgos relevantes, producto de la revisión de registros obtenidos (terreno y gabinete).

El seguimiento se realizará a través de revisión de informes mensuales (listas de chequeo).

Se incluirán los siguientes antecedentes: definición de los elementos del medio que será objeto de medición y control; parámetros que serán utilizados para caracterizar el estado y evolución de dichos elementos; acciones conducentes a normalizar aquellos elementos que hayan sobrepasado la norma. La periodicidad del seguimiento será mensual (plazos).

Norma

D.S. N” 148/03, Reglamento de Manejo de Residuos Peligrosos

Fase del Proyecto a la que aplica o en la

gue s0 dará Construcción cumplimiento Los residuos peligrosos que eventualmente se generen en la obra serán retirados, FOMá de manipulados y transportados por empresas

cumplimiento

autorizadas, y se dispondrán según la normativa vigente, en lugares de eliminación que cuenten con autorización sanitaria vigente.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de plan de trabajo para el manejo de residuos peligrosos en faena.

Registro de almacenamiento de residuos peligrosos (ingreso, tipo, volumen, cantidad).

Registro de retiro y disposición final por tipo de residuos emitido por empresa autorizada.

Forma de control y seguimiento

Se realizaran monitoreos, inspecciones y fiscalización ambiental (empresa constructora e Inspección Fiscal de Obras), durante el desarrollo del proyecto, para el correcto cumplimiento de la normativa de residuos (permisos para el almacenamiento de residuos, vigencia de servicios, etc). El análisis se realizará mediante la identificación y calificación de hallazgos

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relevantes, producto de la revisión de registros obtenidos (terreno y gabinete).

El seguimiento se realizará a través de revisión de informes mensuales (listas de chequeo).

Se incluirán los siguientes antecedentes: definición de los elementos del medio que será objeto de medición y control; parámetros que serán utilizados para caracterizar el estado y evolución de dichos elementos; acciones conducentes a normalizar aquellos elementos que hayan sobrepasado la norma. La periodicidad del seguimiento será mensual (plazos).

Norma

D.L. N” 20.283/08, Recuperación de Bosque Nativo y Fomento Forestal

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

Se solicita el Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 148 del Reglamento del SEIA, sobre Corta o Explotación de bosque nativo.

Indicador que acredita su cumplimiento

Control del cumplimiento de lo indicado en la Resolución aprobatoria, respecto del plan de manejo forestal, emitida por la CONAF.

Forma de control y seguimiento

Se realizaran monitoreos, inspecciones y fiscalización ambiental (empresa constructora e Inspección Fiscal de Obras), durante el desarrollo del proyecto, para el correcto cumplimiento de la normativa de flora y fauna (obtención de la RCA, obtención de permiso sectorial -RES. CONAF-, etc.). El análisis se realizará mediante la identificación y calificación de hallazgos relevantes, producto de la revisión de registros obtenidos (terreno y gabinete).

El seguimiento se realizará a través de revisión de informes mensuales (listas de chequeo).

Se incluirán los siguientes antecedentes: definición de los elementos del medio flora y fauna que serán objeto de medición y control; parámetros que serán utilizados para caracterizar el estado y evolución de dichos elementos; acciones conducentes a normalizar aquellos elementos que hayan sobrepasado la norma. La periodicidad del seguimiento será mensual (plazos).

Norma

Ley N* 17.288/70, Ley de Monumentos Nacionales

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

Debe considerarse la posibilidad de hallazgos fortuitos durante las faenas de movimiento de tierra. En caso de ocurrir esta situación, se dará aviso inmediato al Gobernador de la Provincia, para que a su vez esta autoridad ordene a Carabineros su custodia, mientras el CMN se haga presente para hacerse cargo de lo encontrado, a fin de que se tomen todas las medidas de protección necesarias.

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8”.

9”,

Registro Indicador que acredita su | materias cumplimiento obras.

de asistencia del

personal a capacitaciones sobre

arqueológicas en

Control de eventuales hallazgos.

Se realizaran monitoreos, inspecciones y fiscalización ambiental (empresa

constructora e Inspección Fiscal de Obras), durante el desarrollo del proyecto, para el correcto cumplimiento de la normativa de

arqueología

(monitoreo

arqueológico, charlas, etc.). El análisis se realizará mediante la identificación y calificación de hallazgos relevantes, producto

de la

revisión de

registros

obtenidos (terreno y gabinete).

Forma de control y seguimiento

El seguimiento se realizará a través de revisión de informes mensuales (listas de chequeo).

Se incluirán los antecedentes: definición de los elementos arqueológico que serán objeto de medición y parámetros que serán utilizados para caracterizar el estado y evolución de dichos elementos;

siguientes del medio

control;

acciones conducentes a normalizar aquellos elementos que hayan sobrepasado la norma. La periodicidad del seguimiento será mensual (plazos).

Referencia al

Capítulo del ICE .

para mayores Capítulo VIII

detalles

son las siguientes:

Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias,

8.1.

PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS

8.1.1.

Pavimentación del camino

Pavimentación de Camino

Identificación y evaluación de ocurrencia de accidente y/o derrame a cursos de agua

Medidas generales asociada a ocurrencia de accidentes

Medidas para controlar derrames o fugas de compuestos inflamables y de combustibles

Derrame de combustibles o productos químicos en cuerpos de agua

Accidentes de transito

Derrames durante el trasporte de combustibles o productos químicos en cuerpos de agua superficial

Otras Emergencias Ambientales

Investigación e informe de contingencias

emergencias, accidentes y/o

Fase del Proyecto a la que

mayores detalles

aplica Construcción Parte, obra o acción . sa - —

di vimentación ino — asociada Pavimentación del Camino — Faja fiscal Referencia al ICE para

Capítulo VII

Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las

Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

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10”. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

11”. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

12”. Que, para que el proyecto “Mejoramiento Camino el Andino, Sector Club Andino (Ruta Y-580, Kilómetros 4,05 Al 5,37), Punta Arenas” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

13”. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

14”. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

15%, Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2” letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

16”. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVE:

TE, Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Mejoramiento Camino el Andino, Sector Club Andino (Ruta Y-580, Kilómetros 4,05 Al 5,37), Punta Arenas” del Ministerio de Obras Públicas.

27, Certificar que el proyecto “Mejoramiento Camino el Andino, Sector Club Andino (Ruta Y-580, Kilómetros 4,05 Al 5,37), Punta Arenas” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

  1. Certificar que el proyecto “Mejoramiento Camino el Andino, Sector Club Andino (Ruta Y-580, Kilómetros 4,05 Al 5,37), Punta Arenas” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en el permiso ambiental sectorial que se señalan en el artículo 148 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4”. Certificar que el proyecto “Mejoramiento Camino el Andino, Sector Club Andino (Ruta Y-580,

Kilómetros 4,05 Al 5,37), Punta Arenas” no genera los efectos, características o circunstancias del

artículo 11 de la Ley N” 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto

Ambiental.

5, Definir como gestión, acto o faena mínima dél proyecto para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente los menciofados en elrrongiderando N4 del presente acto. (8 Hacer presente que contra esta resolució es procedete elrecurso de reclamación del artículo 20 de n JRF/CO Distribución:

» Juan Manuel Sánchez Medioli

  • Corporación Nacional de Desarrollo Indigena, Región de Magallanes y Antártica Chilena

  • Corporación Nacional Forestal, Región de Magallanes y Antártica Chilena

  • Dirección de Obras Hidráulicas, Región de Magallanes y Antártica Chilena

» Dirección General de Aguas, Región de Magallanes y Antártica Chilena

  • Gobierno Regional, Región de Magallanes y Antártica Chilena

  • llustre Municipalidad de Punta Arenas

  • Secretaría Regional Ministerial de Agricultura, Región de Magallanes y Antártica Chilena

  • Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales, Región de Magallanes y Antártica Chilena

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Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Servicio Nacional de Turismo, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Consejo de Monumentos Nacionales

Clc:

» Encargada Participación Ciudadana

« Superintendencia del Medio Ambiente

  • Oficial de Partes de la Región

  • Expediente del Proyecto "MEJORAMIENTO CAMINO EL ANDINO, SECTOR CLUB ANDINO (RUTA Y-580, KILÓMETROS 4,05 AL 5,37), PUNTA ARENAS"

  • Archivo Servicio de Evaluación Ambiental, Magallanes y Antártica Chilena

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