Extracción y Procesamiento, Áridos Maggi
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE VALPARAÍSO Califica Ambientalmente el proyecto “Extracción y Procesamiento, Áridos Maggi”. Resolución Exenta N? 0) 0 0 Valparaíso, 2 2 ENE. 2018 VISTOS:
- La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda con fecha 28 de febrero de 2017 y su Adenda Complementaria de fecha 28 de noviembre de 2017, del proyecto “Extracción y Procesamiento, Áridos Maggi”, presentado por Áridos Maggi Ltda, con fecha 19 de febrero de 2016.
2*. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Extracción y Procesamiento, Áridos Maggi”,
3”. El Acta de Evaluación N* 04/2016, del Comité Técnico de Evaluación de la Región de Valparaíso, de fecha 03 de marzo de 2016.
4”, El Informe Consolidado de Evaluación (ICE) “Extracción y Procesamiento, Áridos Maggi”, de fecha 28 de diciembre de 2017.
S. El acuerdo adoptado en Sesión Ordinaria N 01 de la Comisión de Evaluación de la Región de Valparaíso, de fecha 08 de enero de 2018.
6”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Extracción y Procesamiento, Áridos Maggi”.
7”. Lo dispuesto en la Ley N? 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley
20.417; en el Decreto Supremo N? 40 del Ministerio del Medio Ambiente (MMA), de fecha 30 de octubre de 2012, publicado en el Diario Oficial con fecha 12 de agosto de 2013, Aprueba Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante “RSEIA”), y sus modificaciones; en la Ley N 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N 19,880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de Administración del Estado (en adelante “Ley N 19.880”); la Resolución DD.PP. N? 109, de 30 de Junio de 2015 que nombra titular en el Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Valparaíso, como Director Regional a don Alberto Acuña Cerda; y la Resolución N 1600, del 30 de octubre de 2008, de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.
CONSIDERANDO:
- Que, Áridos Maggi Ltda., (en adelante, el titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Extracción y Procesamiento, Áridos Maggi” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del titular son los siguientes:
Nombre o razón social Áridos Maggi Ltda.
RUT 78.269.590-8
Domicilio Fundo Colmito S/N, Concón, Región de Valparaíso
Teléfono (569) 82991530
Nombre(s) del/los representante(s) legal(es) Carlo Alberto Maggi Fernández
RUT del/los representante(s) legal(es) 8.232.929-3
Domicilio del/los representante(s) legal(es) Fundo Colmito S/N, Concón, Región de Valparaíso
Teléfono del/los representante(s) legal(es) (569) 95094902
Correo electrónico del Titular o representante(s) gerencia.tecnica(Qecosam.cl
legal(es)
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y
2*. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 28 de diciembre de 2017, el Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Valparaiso ha recomendado aprobar la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Extracción y Procesamiento, Áridos Maggi”, basándose en que:
-
Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
-
Cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en el Permiso Ambiental Sectorial Únicamente Ambiental señalado en su artículo 119 del RSEIA, y los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 138, 140, 142, 146, 148, 156, 159 y 160 del RSEIA,
-
aplicables al Proyecto.
-
No genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y
-
El titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el o los Informes Consolidados de Solicitud y/o Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
-
Que, en Sesión Ordinaria N? 01 de fecha 08 de enero de 2018, la Comisión de Evaluación de la Región de Valparaíso acordó calificar favorablemente el proyecto “Extracción y Procesamiento, Áridos Maggi”, aprobando completamente el contenido del ICE de fecha 28 de diciembre de 2017, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4?, Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos y en su Adenda y Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1 Antecedentes generales del proyecto o actividad
Objetivo general
El proyecto consiste en la extracción de 121.200 m' de material árido desde el cauce del río Aconcagua, para posteriormente trasladarlo a planta de procesamiento de propiedad de Áridos Maggi. El proyecto de extracción se encontrará ubicado en el río Aconcagua, en el sector comprendido entre los kilómetros 18.600 y 19.550, aproximadamente 600 a 1.550 metros aguas arriba del Puente Ferroviario Lo Venecia, Comuna de Quillota, Provincia de Quillota, Región de Valparaíso.
Los planos del proyecto hidráulico se presentan en la Adenda complementaria, Anexo 2-6-1, y específicamente los perfiles se presentan en las siguientes láminas.
Lamina 1/4 Planta General- Perfil Longitudinal km 18.000 al 20.050. Lamina 2/4 Perfil Transversal km 18.000 al 18.550. Lamina 3/4 Perfil Transversal km 18.600 al 19.350. Lamina 4/4 Perfil Transversal km 19.400 al 20.050.
Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones
“i) Proyectos de desarrollo minero, incluidos los de carbón, petróleo y gas, comprendiendo las prospecciones, explotaciones, plantas procesadoras y disposición de residuos y estériles, así como la extracción industrial de áridos, turba o greda...”
“1.5) Se entenderá que los proyectos o actividades de extracción de áridos o greda son de dimensión industrial cuando:
1.5.2) Tratándose de extracciones en un cuerpo o curso de agua, el volumen total de material a remover durante la vida útil del proyecto o actividad sea igual o superior a veinte mil metros cúbicos (20.000 m3) tratándose de las Regiones de Arica y Parinacota a Coquimbo, o cincuenta mil metros cúbicos (50.000 m tratándose de las Regiones de Valparaíso a Magallanes y Antártica Chilena, incluida la región Metropolitana de Santiago”.
Vida útil
- Planta de Procesamiento de Material: La vida útil se considera indefinida.
- Extracción de Material: La vida útil será de 49 meses.
Monto de inversión
US$500.000.- (quinientos mil dólares).
Gestión, acto o faena mínima, que da cuenta del inicio de la ejecución del proyecto de modo sistemático y permanente, para efectos de la caducidad de la RCA
El inicio de ejecución del proyecto corresponderá a la monumentación topográfica.
Proyecto o actividad se desarrolla por etapas
Si ¡ No
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4.1 Antecedentes generales del proyecto o actividad
Proyecto o actividad |.Si_| No modifica un proyecto o actividad existente e
Proyecto modifica otra(s) | Si_| No
RCA.
X]
4.2, UBICACIÓN DEL PROYECTO.
División político- | Comuna de Quillota, Provincia de Quillota Región del Valparaíso,
administrativa
Justificación de la | La localización del proyecto se justificará por la cantidad y calidad del material
localización que poseerá el área de extracción del proyecto, lo que permitirá la explotación mínima de materia prima suficiente para abastecer los procesos productivos de la planta de procesamiento perteneciente a la empresa Áridos Maggi Ltda. Esto se favorecerá aún más, con la cercanía entre la planta de procesamiento con el sector de extracción propuesto.
Superficie Extracción de Material: 8,4 hectáreas.
Planta de Procesamiento de Material: 1,85 hectáreas,
En la Adenda , Tabla N93 se presentan las instalaciones del área de Planta y sus superficies.
Vértices Área de Extracción de Material; Sector 1. Datum WGS 84, Huso 19 Sur.
Vértice Norte Este Vértice Norte Este NA! 6.353,723,10 | 282.361,99 v21 6.354.207,43 | 283.103,01 v2 6.353.761,61 | 282.292,52 v22 6.354,159,49 | 283.114,48 v3 6.353.805,08 | 282.316,69 V23 6.354,137,16 | 283.067,92 V4 6.353.848,77 | 282.340,98 V24 6.354.087,19 | 283.028,59 VS 6.353.893,71 | 282.368,82 V25 6.354.065,04 | 282.982,26 V6 6.353.935,73 | 282.401,07 v26 6.354,062,74 | 282.931,45 v7 6.353.974,61 | 282.368,82 v27 6.354,055,32 | 282.883,46 V8 6.354,009,30 | 282.477,50 v28 6.354.045,76 | 282.834,34 v9 6.354.039,69 | 282.520,50 v29 6.354.045,83 | 282.782,97 v10 6.354.065,83 | 282.566,56 V30 6.354.041,93 | 282.732,53 vil 6.354,087,24 | 282.615,00 v31 6.354.028,40 | 282.684,87
Coordenadas UTM en v12 | 6.354,103,71 | 282.665,33 v32 6.354.000,83 | 282.648,46 Datum WGS84 v13 6.354,115,68 | 282.715,53 V33 6.353.973,43 | 282.613,40 vl4 6.354,127,08 | 282.763,63 V34 6.353.945,10 | 282.613,40 vi5S 6.354,138,47 | 282.812,30 V35 6.353.910,22 | 282.555,41 v16 6.354,149,86 | 282.860,96 V36 6.353.874,07 | 282,534,26 V17_ | 6.354,161,26 | 282.900,63 V37 6.353.855,35 | 282.496,10 v18 6.354.172,65 | 282.958,29 V38 6.353.850,87 | 282.431,16 VI9 | 6.354,.184,04 | 283.006,96 V39 6.353.819,76 | 282.393,74 v20 6.354,195,44 | 283.055,62 V40 6.353.769,24 | 282.381,81 Vértices Sector Planta de Procesamiento de Material: Datum WGS 84, Huso 19 Sur. Vértice Norte Este
vI 6.353.697,00 281.092.00
v2 6.353,608,00 281.076,00
v3 6.353,546,00 281,161,00
v4 6.353.583,00 281.225,00
Caminos o vías de acceso
El camino principal de acceso a la planta será la Ruta 64 Ch (ex Ruta 60 CH), los camiones transitarán por un camino servidumbre desde la planta hacia la Ruta 64 Ch, desde donde dichos camiones se dirigirán hasta los diferentes puntos de comercialización del material procesado.
Para la circulación entre la planta y el sector de extracción, se construirá una huella de enlace, el cual incluye dentro de sus obras, dos cruces por brazos activos del río Aconcagua (Adenda Complementaria, PAS 156).
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Referencia expediente
mapas, información
partes, acciones
evaluación de georreferenciación complementaria sobre
la localización de sus obras
al | DIA, Capítulo 1. de | Adenda Complementaria, Anexo 2-5 (PAS 156). los
e
y
Las partes, obras y acciones físicas que componen el presente proyecto se presentan a continuación:
4.3 PARTES, OBRAS Y ACCIONES.
4.3.1 Partes y Obras.
4.3.1.1 FASE DE CONSTRUCCIÓN
Nombre
Descripción
Área Planta.
Habilitación de la planta de procesamiento y el área de acopio.
Habilitación de la zona de servicios
Bodega de sustancias y residuos Peligrosos
Bodega de residuos Domésticos.
Patio de Salvataje
Losa de carga de combustible de camiones y de generador eléctrico
Habilitación de los estacionamientos.
Fosa Séptica en Planta perteneciente Planta de procesamiento de materiales Áridos Maggi Ltda.
Nombre : Habilitación y construcción del Área de extracción.
Preparación huella de enlace
Delimitación de la extracción.
4.3.2 Acciones del Proyecto.
Traslado de
Se trasladarán las siguientes maquinarias y vehículos.
maquinaria y| e (1) Excavadora Serie 300, capacidad Balde 2,0 m?; vehículos . (2) Camiones Tolva de 15 m?; . (1) Cargador Frontal; . (1) Camión aljibes; . (1) Camioneta de servicio. Levantamiento Se realizará un levantamiento topográfico en la zona de explotación para luego continuar topográficos con el replanteo del eje y perfiles transversales. Preparación En esta fase se procederá a la habilitación de una huella que conectará la planta con el huella o área de extracción (Adenda Complementaria, Figura 2). camino.
Las coordenadas del camino o huella de circulación interna se presentan en la Adenda] Complementaria, Tabla N%6.
Limpieza de terreno
Se realizará la limpieza, preparación y remoción de materiales no aptos de ser calificados] como materiales de producción (residuos y escombros producto del arrastre de materiales por parte del río). Los materiales extraídos se conducirán directamente a un lugar del disposición final dentro de la comuna que cuente con autorización sanitaria vigente.
Delimitación de la extracción.
Se realizará la instalación de señaléticas de advertencias, prohibiciones y/o restricciones] y se delimitará el sector de explotación.
Fosa Séptica en Planta perteneciente a áridos Maggi Ltda.
Se implementará un sistema particular de aguas servidas para 6 personas, que contará con un tanque séptico de 2,5 m?, donde sedimentarán los lodos y se estabilizará la material orgánica mediante la acción de bacterias anaerobias y la zanja de drenaje de 12 metros, donde las aguas serán dispuestas por infiltración en el suelo (Zona Filtrante).
Las Coordenadas UTM en Datum WGS84 del sistema de tratamiento de las aguas servidas, corresponden a:
Vértice Coordenadas Coordenadas
Este Sur
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Las coordenadas UTM en Datum WGS84 de la franja de infiltración se presenta al
continuación: Vértice Coordenadas Coordenadas Este Sur vi 281,163 6,353,559 v2 281.165 6.353.557 v3 281.173 6.353.571 v4 281.171 6.353.572
vl 281.157 6.353.550 v2 281.160 6.353,549 v3 281.173 6.353.571 V4 281.171 6.353.572
Fuente: Adenda Complementaria, Anexo 2-1, Tabla 1.
Fuente: Adenda Complementaria, Anexo 2-1, Tabla 5,
La limpieza y retiro de lodos proveniente de la fosa séptica será cada 1 año, se estima un| retiro de 700 litros de lodos producto del sistema particular de alcantarillado,
La disposición final de los lodos se realizará en sitios debidamente autorizados para el tratamiento de estos.
Bodega de | Se habilitará una bodega para el almacenamiento de residuos sólidos peligrosos, la cual Residuos se localizará en las siguientes coordenadas UTM en Datum WGS84: Peligrosos
Vértice Coordenadas Coordenadas Este Sur 1 281.185 6.353.571 La bodega tendrá las siguientes características: . El área donde se almacenarán transitoriamente los residuos peligrosos tendrán una superficie de 3 m?. . Contará con un cierre perimetral y una puerta con llave, para impedir el ingreso a personal no autorizado y animales. . La bodega contará con un pretil o pozo receptor, el pozo de derrames tendrá una
capacidad de retención de 80 litros, las dimisiones del pozo serán las siguientes: 0,4 m ancho, 0,4 m largo y 0,5 m de profundidad.
. La base será de radier de concreto con revestimiento cerámico, lavable, resistente al calor y al agua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos almacenados.
. La bodega tendrá techo.
. Estará señalizada con letreros, en los que se indicará que corresponde a una bodega de acopio temporal de residuos peligrosos, de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of. 2003,
. Contará con vías de escape accesibles, en caso de emergencia, y extintores especializados para combatir los incendios que pudieran producirse (un extintor de incendios del tipo ABC de 10 kg, polvo químico seco de potencial de extinción 4A).
Dentro de la bodega los residuos serán depositados en 2 contenedores o tambores metálicos de 200 litros de capacidad cada uno, por lo cual su capacidad de almacenamiento sería de 400 litros de residuos peligrosos, estos tambores deberán:
. Serán resistentes a la manipulación durante el traslado, . Se mantendrán en buenas condiciones, se reemplazarán todos los tambores que
presenten algún deterioro. La frecuencia de verificación del estado de los contenedores se realizará trimestralmente.
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. Tendrán la boca ancha, tapa hermética y estar rotulados indicando en forma clara y visible la ficha de seguridad del residuo peligroso.
La Planta de la Bodega de Residuos Peligrosos se presenta en la Adenda Complementaria, Anexo 2-2, Figura N*l.
Suministros Básicos Agua potable El proyecto contará con un sistema particular de agua potable, el caudal del mismo corresponderá a 0,5 Vs. Servicios Higiénicos Planta de procesamiento: El proyecto contará con un sistema particular de alcantarillado. Área de extracción: El proyecto contará con baños químicos. Combustibles Para el generador eléctrico se requerirá combustible el cual será abastecido por empresa distribuidora (Distribuidora de Combustible Petroamérica S.A). Electricidad La empresa Chilquinta Energía S.A. proporcionará el suministro de electricidad al proyecto. Equipo y + (1) Excavadora Serie 300, capacidad Balde 2,0 mé; maquinaria e (2) Camiones Tolva de 15 m'; e (1) Cargador Frontal; e (1) Camión aljibes; e (1) Camioneta de servicio. Recursos naturales Escarpe Se realizará el escarpe del suelo para marcar la huella de renovables circulación interna de camiones para un volumen de 487,2 mí de tierra. Agua de Pozo El proyecto contará con agua de pozo, el que contará con
un caudal de extracción de agua correspondiente a 0,5 l/s, el cual se localizará en la siguiente coordenada del punto de captación de agua correspondería a: Coordenadas UTM en Datum WGS84 E: 281.043 y N: 6.353.626.
Corta vegetación El proyecto contará con la realización del plan de manejo y corta y reforestación de bosques nativos para ejecutar obras civiles, por lo que presenta el PAS 148, permiso para la corta de 0,5 ha y reforestación de bosque nativo de 0,8 ha.
Emisiones y | Emisiones a la atmósfera. efluentes. Durante la fase de construcción se generarán las siguientes emisiones atmosféricas.
Actividad MPio [ele] HC NOx NH (t/año) | (t/año) (t/año) | (t/año) | (t/año)
Escarpe 0,03 - - - -
Transferencia Discreta de 3,826 E a Ñ Ñ
Material
Circulación por caminos no 0.134 Ñ -
Pavimentados ? Ñ _
Emisiones paseotasds 0,0352 | 0,0983 | 4,3510%2 | 0,4651 | 2,010%
maquinaria y motores
Total 4,0252 | 0,0983 | 4,3510-” | 0,4651 | 2,010-%
Fuente: Adenda Complementaria, Anexo 8, Ficha Resumen. Las medidas de control que contemplará el Proyecto consistirían en una conducción a velocidad moderada, revisión técnica al día, humectación de áreas de circulación y prohibición de quemas.
Emisiones líquidas o efluentes.
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Aguas Servidas | La fase de construcción contemplará la generación de Residuos Líquidos Domésticos:
Se implementará un sistema particular de aguas servidas para 6 persona que contará con una capacidad 2,5 mi.
Se utilizarán baños químicos en el área de extracción de material, estos serían provistos por un proveedor autorizado.
Emisiones de Ruido.
Ruid De acuerdo a lo antecedentes presentados por el Titular, el Proyecto 130 cumple con la normativa vigente.
Residuos, Residuos no peligrosos productos Residuos domésticos Se generarán 75 kg/mes a disponer en el químicos y relleno sanitario autorizado de la región otras sustancias | | Residuos Sólidos Industriales No | Se generarán 1 t/mes a disponer en un que puedan || Peligrosos lugar autorizado, afectar el medio | [Se generarán 300 kg a disponer en un | Se generarán 300 kg a disponer en un ambiente, lugar autorizado. lugar autorizado.
Residuos sólidos Peligrosos
Residuos Peligrosos Se generarán 50 kg/mes de aceites y
grasas usadas además de guaipes o paños con grasas, que serían dispuestos en un lugar autorizado en un lugar autorizado. Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente Productos químicos y otras sustancias | No se contemplará la utilización de que puedan afectar el medio ambiente. | productos químicos en esta fase del proyecto
Referencia al | Numeral 4.6 del ICE.
ICE para mayores detalles sobre esta fase.
4.3.2. FASE DE OPERACIÓN
4.3.2.1 Partes y obras.
Nombre: Planta de extracción.
Bodega de sustancias y residuos Peligrosos,
Bodega de residuos Domésticos.
Losa de carga de combustible de camiones y de generador eléctrico,
Patio de Salvataje.
Estacionamientos.
Fosa Séptica en Planta perteneciente Planta de procesamiento de material áridos Maggi Ltda. Nombre: Área de extracción.
Preparación huella de enlace.
Delimitación de la extracción.
4.3.2.2 ACCIONES.
Preparación huella | En la fase de operación el enlace se realizará únicamente por una huella previamente o camino habilitada en la fase de construcción, que conectará la planta con el área de extracción, la cual será mantenida.
El camino o huella de circulación interna se presenta en la Adenda Complementaria,
Figura N%2, Extracción de La extracción propuesta consistirá en la implementación de una semi sección de material encauzamiento la cual expande el actual brazo del Aconcagua hacia su costado derecho,
Desde este sector (sector 1) se removerá y extraerá desde el lecho un volumen aproximado a los 121.200 m?,
Los trabajos, se desarrollarán durante un período de tiempo de 48 meses (fase de operación), donde el ritmo medio de explotación será del orden de los 2.525 m'/mes,
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donde el total aproximado a extraer de material in situ será del orden de los 121.200 mi.
No existirá lavado de material dentro del procesamiento de áridos, tampoco lavado de maquinaria y/o equipos en ninguna de sus fases (Construcción, Operación y Cierre), dentro del predio donde se ubica la planta de procesamiento,
Carguío y Transporte a Planta de Procesamiento.
El material integral extraído será cargado mediante una excavadora en los camiones tolvas de 15 m? de capacidad, una vez completado su llenado serán llevados hacia la el área de acopio dentro de la planta de procesamiento, ubicada aledaña al área de extracción, por medio de una huella existente en el lecho del río desde el área de extracción hasta el área planta.
Acopio de material.
El material extraído se acopiará en una superficie de 4.000 m?, la cual se ubicará al interior de la Planta de procesamiento, sobre terreno natural. El acceso al sector de acopio desde el sector de extracción, se presenta en la Adenda, Figura N? 4,
El acopio de material será exclusivamente dentro de las instalaciones de la planta de Áridos Maggi. La capacidad de almacenamiento es de 15.000 mé, formando pilas de 6 a 7 metros de altura.
Procesamiento del Material en Planta de Áridos.
El procesamiento de material pétreo se basará en un modo de operación vía húmeda en una planta del tipo fija con trituración primaria y secundaria. Básicamente para este tipo de operación, el procesamiento se puede dividir en 4 etapas fundamentales que son trituración, clasificación, lavado y operaciones auxiliares. (el diagrama del proceso productivo se presenta en la DIA , Figura N*1.9).
Suministros Básicos
Agua Potable El proyecto contará con un sistema particular de agua potable, con un caudal de 0,5 l/s.
Planta de Procesamiento de Material: El proyecto contará con un sistema particular de alcantarillado.
Extracción de Material: El proyecto contará con baños químicos.
El Combustible líquido para vehículos y maquinarias será abastecido en el sitio del proyecto, según requerimiento, por una empresa externa que contará con las autorizaciones de la Superintendencia de Electricidad y Combustible (SEC), el suministro se realizará mediante un camión estanque certificado, en la losa de carga de combustible (área Planta), sector designado para este fin.
Para el funcionamiento de la planta de procesamiento de material, se utilizará un generador eléctrico, que tendrá un consumo mensual de combustible de 5.000 litros/mensuales, que sería abastecido por una empresa distribuidora (Distribuidora de Combustible Petroamérica S.A).
Electricidad La empresa Chilquinta Energía S.A. proporcionará el suministro de electricidad al proyecto.
Servicios Higiénicos
Combustible
Productos generados
[ Áridos | 121.200 m? de material en 4 años. |
Recursos naturales
El proyecto contará con agua de pozo, el que contará con un caudal de extracción de
renovables agua correspondiente a 0,5 1/s, el cual se localizará en la siguiente coordenada del punto de captación de agua corresponderá a: Coordenadas UTM en Datum WGS84 E: 281.043 y N: 6.353.626.
Emisiones y | Emisiones a la atmósfera.
efluentes.
Los resúmenes de las emisiones totales del proyecto corresponderán a:
Actividad NOx co HC MP SOx (año) (año) | (año) | (t/año) (Yaño) Año1,2,3 y 4 11,163 2,477 0,168 2,342 0,648
Fuente: Adenda Complementaria, Anexo 8, Ficha Resumen.
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Las medidas de control que contempla el Proyecto consistirán en conducción moderada, revisión técnica al día, humectación de áreas de circulación, camiones encarpados (camiones que salgan del área del proyecto) y prohibición de quemas.
Emisiones líquidas o efluentes.
Emisiones líquidas, Aguas Servidas:
Planta de Procesamiento de Material: La fase de construcción contemplará la generación de Residuos Líquidos Domésticos, para lo cual se implementará un sistema particular de aguas servidas para 6 persona que cuenta con una capacidad 2,5
mí,
Extracción de Material: Se utilizarán baños químicos en el área de extracción de material, estos serán provistos por un proveedor autorizado.
Ruido.
Receptores:
De acuerdo al Plan Regulador Comunal (PRC) de Quillota, los receptores sensibles señalados se encuentran en una zona rural, estableciendo que la zonificación de
acuerdo al D.S, N*38/11 MMA para el sector a evaluar es Zona Rural.
Los potenciales receptores sensibles, se identifican con las siguientes coordenadas
UTM (WGS84, Huso 19H):
Receptor Este Norte Ruido de Fondo dB(A) A 281.175 6.353.554 ER 1 281.387 6.353.915 47 El 282.194 6.354.036 48 3 281.140 6.353.454 50 4 281.358 6.353.444 45 A 281.678 6.353.230 52 6 281.727 6.353.222 51 7 281.938 6.353.147 53
Fuente: Adenda Complementaria, Anexo 1, Tabla 5 y 6.
Resultados:
Planta de Procesamiento de Material:
La evaluación del D.S. N* 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente (MMA), que establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, durante la fase de operación de la Planta de procesamiento de material se estimaron los
siguientes niveles de ruido:
Punto NPS Max Exceso Cumple Permisible nivel Norma Bra) AB(A) AB(A) 1 65 57 8 No 2 61 55 6 No
Fuente: Adenda Complementaria, Anexo 1, Tabla 7.
Extracción de Material:
La evaluación del D.S. N* 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente (MMA), que establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, durante la fase de operación de la zona de extracción de material se estimaron los siguientes
niveles de ruido:
Punto NPS Max Exceso Cumple Permisible | nivel aB(A) Norma dB(A) AB(A) 1 54,6 $7 -2,4 Cumple
9 de 42
2 43,2 S8 -14,8 Cumple 3 65,7 60 3,1 No cumple 4 61,2 55 6,2 No cumple 5 49,5 62 -12,5 Cumple 6 54,5 61 -9,5 Cumple 7 44,9 63 -18,1 Cumple
La fuente predominante de ruido predominante es la Planta de Chancado en su totalidad, por lo que implementarán medidas de amortiguación del ruido en dicho sector.
Fauna:
Relacionado con el impacto en la fauna del sector, los niveles de presión sonora equivalente resultante de acuerdo a lo indicado en la “Guía de Evaluación Ambiental Componente Fauna Silvestre, 2016” del Servicio Agrícola Ganadero obtenidos en la simulación no excedería en ningún sector sensible los 85 dB(A), por lo que el ruido producido en el Proyecto evaluado no tendría efectos negativos en la fauna silvestre del lugar.
Medidas de Amortiguación.
Se implementarán medidas de amortiguación de ruido, las cuales se detallan en los compromisos ambientales voluntarios Tabla 10.1.1 del presente documento.
Los resultados de dicha medida se estimarán en:
Punto NPS dB(A) Max Exceso Cumple Permisible | nivel dB(A) Norma dB(A) 1 46,6 37 -10,4 Cumple 2 42,1 58 -15,9 Cumple 3 55,7 60 -4,3 Cumple 4 50,0 55 -5,0 Cumple 5 43,5 62 -18,5 Cumple 6 44,2 61 -16,8 Cumple 7 38,6 63 -24,4 Cumple
Fuente: Adenda Complementaria, Anexo 1, Tabla 9. Fuentes Móviles: De acuerdo a la normativa OPB 814.41 “Reglamento sobre la protección del ruido”,
se presenta en a continuación los niveles proyectados del posible impacto ocasionado por el tránsito vehicular propuesto.
Punto NPS dB(A) Max Exceso Cumple Permisible | nivel dB(A) Norma dB(A) J 25,4 55 29,6 Cumple E) 21,6 55 33,4 Cumple 3 28,6 58 26,4 Cumple 4 41,8 55 -13,2 Cumple 5 38,3 55 -16,7 Cumple 6 39,1 ER) -15,3 Cumple T 31,8 55 -23,2 Cumple
Fuente: Adenda Complementaria, Anexo 1, Tabla 10.
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Se puede observar que niveles estimados para la Fase de Operación del Proyecto cumplirá con los límites máximos normativos en los puntos evaluados para período diurno.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
Residuos no peligrosos Residuos domésticos
Se generarán 45 kg/mes a disponer en el relleno sanitario autorizado de la región.
Se generarán 150 kg/mes a disponer en un lugar autorizado,
Se generarán 15 kg/mes de aceites y grasas usadas, además de guaipes o paños con grasas, que serían dispuestos en un lugar autorizado en un lugar autorizado.
Residuos Peligrosos Residuos peligrosos
Industriales No
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase,
Numeral 4,7 del ICE.
4.3.3, FASE DE CIERRE
Partes y obras
Cierre huella o camino.
Cierre del área de extracción del Sector N*1.
Acciones
Desmantelamiento | Extracción de Material: Se procederá al retiro de la maquinaria empleada para la
o aseguramiento de | extracción, banderines y señaléticas usados para la demarcación de la zona de
infraestructura extracción. Se efectuará el cierre de la huella del proyecto de enlace entre área de extracción y planta de procesamiento, específicamente a las dos obras de cruces propuestas, se procederá al desarme de las obras y retiro de los materiales compactados y al retiro del geotextil utilizado en las obras, los materiales retirados y geotextil serán destinados a botadero autorizado.
Restauración Flora y Vegetación, Fauna y Paisaje.
(revegetación)
Se restaurarán las componentes Flora y Vegetación, Fauna y Paisaje, el área a intervenir para establecimiento y revegetación en huella sería desde el sector de extracción hasta la Planta de Procesamiento, los cuales se presentan en la Adenda Complementaria, Anexo N95,
El plan contempla centrar las acciones en 2 sectores; un sector de restauración en zona
de explotación (primera y segunda zona de explotación) y otro sector de restauración en huella,
Las principales especies objetivo a revegetar se detallan a continuación:
Acacia caven,
Salix babylonica Acacia dealbata Salix humboldtiana Baccharis linearis Baccharis salicifolia Tessaria absinthioide
En la Adenda Complementaria, Tabla N*10 se detallan las
; principales Especies Objetivo a Revegetar, Tipo de Propagación/Proveniencia y Época de Recolección Correspondiente,
Prevención de futuras emisiones
Planta de Procesamiento de Material: No presenta fase de cierre, se considerará indefinida.
Extracción de Material: Dadas las características de los trabajos extractivos, estos no presentarán futuras emisiones una vez finalizada la extracción. Toda la maquinaria, banderines y señalética será retirada del área, el baño será retirado por la empresa encargada de su manejo,
11 de 42
Mantención, conservación y supervisión
Planta de Procesamiento de Material: No presenta fase de cierre, se considerará indefinida.
Área de Extracción: Para el cierre del área de extracción y explotación, se solicitará a la Dirección de Obras Hidráulicas (DOH) la recepción del cauce, para verificar que el proceso de extracción se desarrolló y llevó a cabo conforme lo indicado en el Informe Hidráulico.
Cierre huella o camino
En esta fase se procedería al cierre de la huella de enlace entre la planta y el área de extracción.
El titular realizará el cierre acorde a la tecnología existente en dicho momento, asegurando de esta forma que el área utilizada por el proyecto quede en óptimas
condiciones de similitud al estado original del área sin proyecto.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Numeral 4.8 del ICE.
4,4. DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO
4.4,1 Fase de Construcción
Fecha estimada de inicio
Construcción Área Planta: 01 de febrero de 2018. Construcción Sector de explotación: 01 febrero de 2018.
Parte, obra o acción que establece el inicio
Se dará inicio al proyecto una vez obtenidos los permisos Sectoriales del Municipio de Quillota y la Resolución de Calificación Ambiental, el hito que dará inicia a la fase de construcción sería el levantamiento topográfico.
Fecha estimada de término
Construcción Área Planta: 28 de febrero de 2018. Construcción Sector de explotación: 28 febrero de 2018.
Parte, obra o acción que establece el término
El término de la fase sería la delimitación del sector de explotación.
4.4.2 Fase de Operación
Fecha estimada de inicio
Operación Área Planta: 01 de marzo de 2018. Operación Sector de explotación: 01 marzo de 2018.
Parte, obra o acción que establece el inicio
El hito de inicio de la fase de operación está dado por la obtención del permiso sectorial de extracción.
Fecha estimada de término
Operación Área Planta: Indefinido. Operación Sector de explotación: 28 de febrero de 2022.
Parte, obra o acción que establece el término
El término de la fase estará dado por el retiro de las excavadoras y maquinarias del cauce.
4,4,3 Fase de Cierre
Fecha estimada de inicio
Cierre Área Planta: No Aplica. Cierre Sector de explotación: 01 de diciembre de 2021.
Parte, obra o acción que establece el inicio
El hito de inicio de la fase de cierre del presente proyecto será el levantamiento topográfico de cierre
Fecha estimada de término
Cierre Área Planta: No Aplica. Cierre Sector de explotación: 28 de febrero de 2022.
Parte, obra o acción que establece el término
Retiro de las maquinarias del lecho del Río.
En la Adenda Complementaria, numeral 9 se presenta el cronograma del proyecto.
5%, Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300.
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS.
sobre este impacto específico
Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 6.1 del ICE.
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Los antecedentes que justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento del SEIA, se detallan en el numeral 6.1 del ICE.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE.
Referencia al ICE para mayores detalles | Numeral 6.2 del ICE, sobre este impacto específico
Los antecedentes que justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento del Reglamento del SEIA, se detallan en el numeral 6.2 del ICE,
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS.
Referencia al ICE para mayores detalles | Numeral 6.3 del ICE. sobre este impacto específico
Los antecedentes que justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del SEIA, se detallan en el numeral 6.3 del ICE.
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR.
Referencia al ICE para mayores detalles | Numeral 6.4 del ICE. sobre este impacto específico
Los antecedentes que justifican que el proyecto o actividad no se localiza en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del SELA, se detallan en el numeral 6,4 del ICE.
5.5, ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA,
Referencia al ICE para mayores detalles | Numeral 6.5 del ICE, sobre este impacto específico
Los antecedentes que justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del SEIA, se detallan en el numeral 6.5 del ICE.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL.
Referencia al ICE para mayores detalles | Numeral 6.6 del ICE. sobre este impacto específico
Los antecedentes que justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio
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6.6 del ICE.
cultural, en consideración a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SETA, se detallan en el numeral
6”. Que, resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. Permisos ambientales sectoriales de contenido únicamente ambiental.
6.1.1 Permiso para realizar pesca de investigación según se establece en el artículo 119 del Reglamento del
específicas para su otorgamiento
SEIA.
Fase del proyecto a la cual | Previo al inicio de la Fase de construcción. corresponde
Parte, obra o acción a la que aplica | Extracción de áridos desde el cauce del rio. Condiciones o exigencias | No hay.
Pronunciamiento del órgano competente
Ord. N (D.A.C.) ORD. SEIA. N82 de fecha 14 de marzo de 2017, de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, en el contexto de la información presentada por el titular en la DIA, Anexo 8-1, en la Adenda, Anexo 2-1, se pronunció conforme.
Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 9.1.1 del ICE
6.2. Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos.
6.2.1 Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagíles, aguas servidas de cualquier naturaleza. Según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA.
específicas para su otorgamiento
Fase del proyecto a la cual | Fase de construcción, operación y/o cierre, corresponde
Parte, obra o acción a la que aplica | Planta de procesamiento de áridos. Condiciones o exigencias | No hay.
Pronunciamiento del órgano competente
Ord. N*2015 de fecha 15 de diciembre de 2017, de la SEREMI de Salud, Región de Valparaíso, en el contexto de la información presentada por el titular en la Adenda, Anexo 2-2, y en la Adenda Complementaria, Anexo 2-1, se pronunció conforme, debiendo tramitar en forma sectorial, posterior a la calificación favorable de la RCA, el proyecto de alcantarillado y su funcionamiento.
Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 9.2.1 del ICE
6.2.2 Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA.
Fase del proyecto a la cual | Fase de construcción, operación y/o cierre. corresponde
Parte, obra o acción a la que aplica | Planta de procesamiento.
Condiciones o exigencias | No hay.
específicas para su otorgamiento Pronunciamiento del órgano competente
Ord. N*434 de fecha 13 de marzo de 2017, de la SEREMI de Salud, Región de Valparaíso, en el contexto de la información presentada por el titular en la Adenda, Anexo 2-3, se pronunció conforme. Numeral 9.2.2 del ICE
Referencia al ICE para mayores detalles
6.2.3 Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SETA.
Fase del corresponde
proyecto a la cual | Fase de construcción, operación y/o cierre.
Parte, obra o acción a la que aplica | Planta de procesamiento de áridos.
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A
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
No hay.
Pronunciamiento del competente
órgano
Ord. N? 2015 de fecha 15 de diciembre de 2017, de la SEREMI de Salud de la Región de Valparaíso, en el contexto de la información presentada por el titular en la Adenda, Anexo 2-3 y Adenda Complementaria, Anexo 2-2, se pronunció conforme, debiendo tramitar en forma sectorial, posterior a la calificación favorable de la RCA, el funcionamiento del sitio de almacenamiento de RESPEL.
Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 9.2.3 del ICE
6.2.4 Permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, para el establecimiento de centros de reproducción o criaderos y para la utilización sustentable del recurso, según se establece en el artículo 146 del Reglamento del SEIA.
Fase del corresponde
proyecto a la cual
Fase de construcción, operación y/o cierre.
Parte, obra o acción a la que aplica
Zona de extracción de áridos.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
En caso que, el titular detectara durante la ejecución del proyecto alguna desviación a lo aprobado, ya sea la presencia de nuevas especies de fauna silvestre o un aumento en la abundancia de las especies detectadas en el área de influencia del proyecto respecto de las identificadas durante el proceso de evaluación ambiental de éste, deberá informar a las autoridades ambientales correspondientes (SMA y SEA).
Pronunciamiento del competente
órgano
Ord. N* 3013 de fecha 13 de diciembre de 2017, del Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de Valparaíso, en el contexto de la información presentada por el titular en la DIA, Anexo 8-2, Adenda, Anexo 2-5 y Adenda Complementaria 2-3 , se pronunció conforme.
Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 9.2,4 del ICE
6.2.5 Permiso para corta de bosque nativo, según se establece en el artículo 148 del Reglamento del SEIA.
Fase del corresponde
proyecto a la cual
Fase de construcción, operación y/o cierre,
Parte, obra o acción a la que aplica
Zona de extracción de áridos.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
La densidad de restauración en el área de explotación y en el área de huella, debe ser a lo menos de 600 plantas por hectárea de especies nativas, excluyendo la especie introducida invasora Acacia dealbata.
Pronunciamiento del competente
órgano
Ord, N* 101-EA/2017 de fecha 13 de diciembre de 2017, de la Corporación Nacional Forestal de la Región de Valparaíso, en el contexto de la información presentada por el titular en la Adenda Complementaria 2-4, se pronunció conforme para la corta (0,5 ha) y reforestación de bosque nativo (0,8 ha), para los lugares y las superficies afectas y propuestas en dicho PAS, teniendo en cuenta que no podrá iniciar faenas de corta sin haber obtenido la Resolución sectorial para dicho PAS,
Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 9.2.5 del ICE
6.2.6 Permiso para efectuar modificaciones de cauce, según se establece en el artículo 156 del Reglamento
del SEIA,
Fase del corresponde
proyecto a la cual
Fase de construcción y operación.
Parte, obra o acción a la que aplica
Habilitación de obras de cruce para huella de enlace entre planta y área de extracción.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
Se deberá adicionar otro punto de muestreo antes de la extracción de material, de forma de contar con un punto de control, a modo de sugerencia para la cuarta estación se propone el punto de coordenadas UTM 19H Sur, Norte 6354183 y Este 283160, según datum WGS84,
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De igual forma, para las comparaciones estadísticas, deberán ser incluidos los datos obtenidos de la estación adicionada.
El monitoreo deberá ser ajustado a la fase de construcción de la obra que es objeto de este PAS, es decir dos semanas, tal como lo señala en la Tabla 4 del Anexo 2-5 PAS 156, Cronograma de Actividades de Construcción Obras de Cruce, por lo tanto, el muestreo se debe realizar al inicio de las construcciones de cada obra de arte y posterior a la finalización de estas. Esto las veces que sea necesario y sea requerida la reposición o nueva construcción de la obra, posterior a un evento de crecida que cause deterioro ya sea de manera parcial o total,
Por lo tanto, en complemento a la medida de monitoreo, se deberá mantener un registro de las ocasiones en las que deba ejecutar las obras de reposición o reconstrucción de las obras de arte.
Pronunciamiento del competente
órgano
Ord. N* 1557 de fecha 13 de diciembre de 2017, de la Dirección General de Aguas de la Región de Valparaíso, en el contexto de la información presentada por el titular en la Adenda Complementaria 2- 5 , se pronunció conforme.
Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 9.2.6 del ICE
6.2.7 Permiso para extracción de ripio y arena en los cauces de los ríos y esteros, según se establece en el artículo 159 del Reglamento del SETA.
Fase del corresponde
proyecto a la cual
Fase de operación.
Parte, obra o acción a la que aplica
Extracción de áridos desde el lecho del río.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
No hay.
Pronunciamiento del competente
órgano
Ord. N* 1605 de fecha 13 de diciembre de 2017, de la Dirección de Obras Hidráulicas de la Región de Valparaíso, en el contexto de la información presentada por el titular en la DIA, Anexo 8-3, Adenda, Anexo 2-7 y Adenda Complementaria 2-6, se pronunció conforme.
Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 9.2.7 del ICE
6.2.8 Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos, según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SETA,
Fase del corresponde
proyecto a la cual
Fase de construcción.
Parte, obra o acción a la que aplica
Planta de procesamiento de áridos de 609 m?.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
No hay.
Pronunciamiento del competente
Órgano
Ord. N* 3013 de fecha 13 de diciembre de 2017, del Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Valparaíso, en el contexto de la información presentada por el titular en la DIA, Anexo 8-4, Adenda, Anexo 2-8 y Adenda Complementaria, Anexo 2-7, se pronunció conforme.
Ord. N* 3651 de fecha 15 de diciembre de 2017, de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Valparaíso, en el contexto de la información presentada por el titular en la DIA, Anexo 8-4, Adenda, Anexo 2-8 y Adenda Complementaria, Anexo 2-7, se pronunció conforme.
Ord. N? 1540 de fecha 14 de diciembre de 2017, de la SEREMI de Agricultura, Región de Valparaíso, en el contexto de la información presentada por el titular en la DIA, Anexo 8-4, Adenda, Anexo 2-8 y Adenda Complementaria, Anexo 2-7, se pronunció conforme a la Adenda Complementaria.
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detalles
Referencia al ICE para mayores
Numeral 9.2.7 del ICE
7”. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1 Normas relacionadas al emplazamiento del proyecto.
7.1.1 D.F.L. N* 458/1975, de Construcciones.
1 Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y
Componente/materia:
Ordenamiento Territorial.
Norma
D.F.L. N* 458/1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones,
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Emplazamiento del Proyecto,
Forma de cumplimiento
El proyecto se desarrollará completamente en zona rural y contará con el informe favorable y las autorizaciones que la norma indica. Junto con ello, se presentan en esta DIA los antecedentes del PAS 160.
Indicador
mayores detalles.
que acredita su | Registro de informe favorable y autorizaciones establecidas en la norma cumplimiento (artículo 55 de la LGUC), junto con la eventual obtención del PAS 160 en este proceso de tramitación ambiental. Forma de control y | Revisión de registros y fiscalización in situ por parte de la autoridad. seguimiento Referencia al ICE para | Numeral 8.1.1 del ICE.
7.1,2 Decreto Supremo N* 317, Vivienda y Urbanismo.
/66 Aprueba Plan Regulador y Ordenanza Local de Quillota, Ministerio de
Componente/materia:
Ordenamiento Territorial.
Norma
Decreto Supremo N* 317/66 Aprueba Plan Regulador y Ordenanza Local de Quillota, Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción, operación y cierre,
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Emplazamiento del Proyecto.
Forma de cumplimiento
El proyecto se desarrollará fuera de los límites urbanos que define el Plan Regulador Comunal de Quillota. Junto con ello, se presentan en esta DIA los antecedentes del PAS 160.
mayores detalles,
Indicador que acredita su | Certificado de Informaciones Previas (CIP). (DIA, Anexo 3-4 ) cumplimiento
Forma de control y | Revisión de registros y fiscalización in situ por parte de la autoridad. seguimiento
Referencia al ICE para | Numeral 8.1.2 del ICE.
peligrosas del proyecto.
7.2 Normas relacionadas con las partes, obras, actividades o acciones, emisiones, 1
esiduos y sustancias
7.2.1 D.S. N”75/1987, del Ministerio de Trans
porte y Telecomunicaciones, que Establece Condiciones para
el Transporte de Carga que Indica. Componente/materia: Aire, Norma
D.S. N* 75/1987, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que Establece Condiciones para el Transporte de Carga que Indica.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fases de Construcción, Operación y Cierre.
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Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Circulación de vehículos con carga asociados a las actividades del Proyecto.
Forma de cumplimiento
Se cubrirá adecuadamente la carga.
mayores detalles.
Indicador que acredita su | Se inspeccionará de manera visual los camiones cubiertos.
cumplimiento
Forma de control y| Registro de la inspección visual diaria de los vehículos que saldrán con
seguimiento carga desde la planta, quedando esta información en oficinas de administración de la planta. Los registros indicarán el nombre conductor, fecha, hora, patente y el nombre del supervisor que lo inspeccionó.
Referencia al ICE para | Numeral 8.2.1 del ICE.
v
7.2.2 D.S. N* 144/1961, del Ministerio de Salud, que Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza.
Componente/materia:
Aire.
Norma
D.S. N* 144/1961, del Ministerio de Salud, que Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fases de Construcción, Operación y Cierre.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
- Explotación del Material. e Carguío y transporte de Material a planta de procesamiento. e Procesamiento del Material en Planta de áridos.
Forma de cumplimiento
Se controlarán las emisiones atmosféricas mediante las siguientes acciones. e Se humectarán los caminos y áreas de trabajo. + Los vehículos poseerán sus mantenciones y revisión técnica al día. e La velocidad máxima de desplazamiento al interior de las faenas será de 20 km/h. e Los camiones que transporten material fuera del área del proyecto, serán cubiertos con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión en el aire.
Indicador que acredita su cumplimiento
Se mantendría los siguientes documentos: e Certificados de control de gases y revisión técnica vehículos y maquinarias e Mantenciones vehículos y maquinarias al día. e Humectación de caminos y camiones cubiertos (camiones fuera del área del proyecto).
Forma de seguimiento
control y
Se mantendrá toda la documentación necesaria de las revisiones técnicas y de los certificados de emisión de contaminantes de los vehículos, como también de sus mantenciones se incluyen las de los equipos y maquinarias. Se mantendrá un registro de la inspección visual de camiones cubiertos (Nombre del Chofer, fecha, hora, patente y el nombre del supervisor que lo inspeccionó).
Se mantendrá un registro de humectación de los caminos (Nombre Chofer, patente, recorrido, frecuencia).
Referencia al mayores detalles.
ICE para
Numeral 8.2.2 del ICE.
7.2.3 Decreto Supremo N* 55/ 1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados que indica.
Componente/materia:
Aire.
Norma
Norma Decreto Supremo N* 55/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados que indica.
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QT
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, Operación y Cierre.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
- Explotación del Material.
- Carguío y transporte de Material a planta de procesamiento, e _ Procesamiento del Material en Planta de áridos,
Forma de cumplimiento
El titular velará porque todos los vehículos motorizados pesados utilizados en las faenas cumplan con los límites máximos de concentraciones de emisiones establecidos en el inciso primero del artículo 2 del D.S, 55/1994,
Indicador que acredita su cumplimiento
Se mantendría los siguientes documentos: » Certificados de Control de Gases y revisión técnica vehículos y maquinarias. + __Mantenciones vehículos y maquinarias al día,
Forma de control y | Se mantendrá toda la documentación necesaria de los permisos de
seguimiento circulación, control de gases, revisiones técnicas vigentes, así como también el registro de las mantenciones de vehículos y maquinarias periódicas.
Referencia al ICE para | Numeral 8.2.3 del ICE.
mayores detalles.
7.2.4 D.S. N*47/1992, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
Componente/materia:
Aire.
Norma
D.S. N*47/1992, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Emplazamiento del Proyecto.
Forma de cumplimiento
Se controlarán las emisiones atmosféricas mediante las siguientes acciones, + Se humectarán los caminos y áreas de trabajo. + Los vehículos poseerán sus mantenciones y revisión técnica al día. + Los camiones que transporten material fuera del área del proyecto, serán cubiertos con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión en el aire.
Indicador que acredita su cumplimiento
-
Se mantendrá toda la documentación necesaria de las revisiones técnicas y de los certificados de emisión de contaminantes de los vehículos, como también de sus mantenciones se incluyen las de los equipos y maquinarias,
-
Se mantendrá un registro de la inspección visual de camiones cubiertos (Nombre del Chofer, fecha, hora, patente y el nombre del supervisor que lo inspeccionó).
e Se mantendrá un registro de humectación de los caminos (Nombre Chofer, patente, recorrido, frecuencia).
Forma de seguimiento
control y
Se mantendrá toda la documentación necesaria a disposición de la autoridad fiscalizadora en las oficinas administrativas de la planta.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Numeral 8.2.4 del ICE,
7.2.5 D.S. N” 38/2011, del Ministerio del Medio Ambiente, que Establece Norma de Ruidos Generados por
Fuentes que indica,
Componente/materia:
Ruido.
Norma
D.S, N” 38/2011, del Ministerio del Medio Ambiente, que Establece Norma de Ruidos Generados por Fuentes que indica.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fases de Construcción, Operación y Cierre.
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Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Toda acción generadora de ruido, el funcionamiento de equipos y maquinarias, asociada a las actividades del Proyecto.
Forma de cumplimiento
Las emisiones de ruido cumplirán con el presente decreto durante todas las fases del Proyecto (Adenda Complementaria, Anexo 1), no obstante, el titular velará que en todas las fases del Proyecto que no se sobrepasen los niveles máximos permisibles de presión sonora establecidos en él, por ello se implementarán medidas de amortiguación.
Indicador que acredita su cumplimiento
Emisiones de ruido bajo los límites permisibles en la norma.
Forma de seguimiento
control y
Registro de los informes de monitoreo de ruido, disponibles para la autoridad fiscalizadora en las oficinas administrativas de la planta.
Referencia al mayores detalles.
ICE para
Numeral 8.2.5 del ICE.
7.2.6 Decreto Supremo N” 594/1999, del Ministerio de Salud, que Aprueba el Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
Componente/materia: Agua Potable, Residuos Líquidos (Aguas Servidas) Residuos Sólidos. Norma Decreto Supremo N* 594/1999, del Ministerio de Salud, que Aprueba el
Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fases de Construcción, Operación y Cierre.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Agua Potable, Residuos Líquidos (Aguas Servidas).
e Respecto de la zona de extracción, el agua potable, será abastecida a través de botellones de 20 litros dispuestos en dispensadores de agua a los trabajadores.
e Enel sector de la planta de procesamiento se encontrará el proyecto particular de alcantarillado y de agua potable.
e Instalación y mantención de baños químicos por empresa autorizada.
Residuos Sólidos. e El Proyecto generará residuos sólidos del tipo asimilable a domiciliarios e industriales no peligrosos.
Forma de cumplimiento
Agua Potable, Residuos Líquidos (Aguas Servidas).
- Obtención del PAS 138.
e Respecto de la zona de extracción, el agua potable, será abastecida a través de botellones de 20 litros dispuestos en dispensadores de agua a los trabajadores.
e Instalación y mantención de baños químicos por empresa autorizada.
e Registro de la verificación en terreno del cumplimiento de la provisión de los baños químicos, así como también los registros de los permisos de la empresa sanitaria encargada de las mantenciones. Todos estos documentos estarán a disposición de la autoridad en las oficinas administrativas.
Residuos Sólidos.
e El Proyecto contará con instalaciones habilitadas que tendrán como propósito la acumulación transitoria de los residuos sólidos generados por el Proyecto.
e Eltransporte y la disposición final de estos residuos, se realizará a través de empresas autorizadas por la autoridad sanitaria.
Indicador que acredita su cumplimiento
Agua Potable, Residuos Líquidos (Aguas Servidas). + La Resolución que otorga la SEREMI de Salud respecto del PAS
138.
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- Instalación y mantención de baños químicos por empresa que
posea todos los permisos necesarios para el desarrollo de la actividad.
Residuos Sólidos.
Se contará con autorización sanitaria del lugar de almacenamiento temporal, empresas transportistas y disposición final de residuos domiciliarios e industriales, El proyecto contará con la autorización del PAS 140 (Adenda, Anexo 2-3). Las autorizaciones sanitarias mencionadas, serían debidamente registradas por el titular del Proyecto,
Forma de
control y | Agua Potable, Residuos Líquidos (Aguas Servidas). seguimiento e Se mantendrá una copia del PAS 138,
-
Copia de la autorización del sistema particular de alcantarillado y agua potable.
-
Registro de la verificación en terreno del cumplimiento de la provisión de los baños químicos, así como también los registros de los permisos de la empresa sanitaria encargada de las mantenciones, Todos estos documentos estarán a disposición de la autoridad en las oficinas administrativas.
-
Se verificarán en terreno del cumplimiento de la provisión de las soluciones sanitarias.
e Facturas de Agua Potable (botellones).
- Registro de antecedentes de la empresa autorizada, volúmenes y calidad de agua,
Residuos Sólidos.
- Los registros de las autorizaciones se encontrarán a disposición
de la autoridad, en la oficina administrativa de la planta. Referencia al ICE para | Numeral 8.2.6 del ICE.
mayores detalles,
7.2.7 D.F,L N* 725/1967, del M
inisterio de Salud, Código Sanitario.
Componente/materia: Agua Potable, Residuos Líquidos (Aguas Servidas). Residuos Sólidos. Norma D.F.LN* 725/1967, del Ministerio de Salud, Código Sanitario.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Agua Potable, Residuos Líquidos (Aguas Servidas).
- Respecto de la zona de extracción, el agua potable, será
abastecida a través de botellones de 20 litros dispuestos en dispensadores de agua a los trabajadores.
En el sector de la planta de procesamiento se encontrará el proyecto particular de alcantarillado y de agua potable. Instalación y mantención de baños químicos por empresa autorizada.
Residuos Sólidos
- El Proyecto generará residuos sólidos del tipo asimilable a
domiciliarios e industriales no peligrosos y peligrosos.
Forma de cumplimiento
Agua Potable, Residuos Líquidos (Aguas Servidas).
Obtención del PAS 138,
Respecto de la zona de extracción, el agua potable, será abastecida a través de botellones de 20 litros dispuestos en dispensadores de agua a los trabajadores.
Instalación y mantención de baños químicos por empresa autorizada.
Registro de la verificación en terreno del cumplimiento de la provisión de los baños químicos, así como también los registros
de los permisos de la empresa sanitaria encargada de las
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Residuos Sólidos.
mantenciones. Todos estos documentos estarán a disposición de la autoridad en las oficinas administrativas.
El Proyecto contará con instalaciones habilitadas que tendrán como propósito la acumulación transitoria de los residuos sólidos generados por el Proyecto.
El transporte y la disposición final de estos residuos, se realizará a través de empresas autorizadas por la autoridad sanitaria, para cuyos efectos se han solicitado los permisos ambientales sectoriales descritos en el artículo 140 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Adenda, Anexo 2- 3).
Indicador que acredita su cumplimiento
Agua Potable, Residuos Líquidos (Aguas Servidas).
Residuos Sólidos.
La Resolución que otorga la SEREMI de Salud respecto del PAS 138.
Instalación y mantención de baños químicos por empresa que posea todos los permisos necesarios para el desarrollo de la actividad.
El proyecto contará con autorización sanitaria del lugar de almacenamiento temporal, empresas transportistas y disposición final de residuos domiciliarios e industriales.
Además, contará con autorización sanitaria de la bodega de acopio temporal, empresas transportistas y lugar de disposición final de residuos peligrosos.
Se contará con autorización sanitaria del lugar de almacenamiento temporal, empresas transportistas y disposición final de residuos domiciliarios e industriales. El proyecto contará con la autorización del PAS 140 (Adenda, Anexo 2-3). Las autorizaciones sanitarias mencionadas, serían debidamente registradas por el titular del Proyecto.
Las autorizaciones sanitarias mencionadas, serían debidamente registradas por el titular del Proyecto.
Forma de control y seguimiento
Agua Potable, Residuos Líquidos (Aguas Servidas).
Residuos Sólidos.
Los registros de las autorizaciones se encontrarán a disposición de la autoridad, en la oficina administrativa de la planta.
Se mantendrá una copia del PAS 138.
Copia de la autorización del sistema particular de alcantarillado y agua potable.
Registro de la verificación en terreno del cumplimiento de la provisión de los baños químicos, así como también los registros de los permisos de la empresa sanitaria encargada de las mantenciones. Todos estos documentos estarán a disposición de la autoridad en las oficinas administrativas.
Se verificarán en terreno del cumplimiento de la provisión de las soluciones sanitarias.
Facturas de Agua Potable (botellones).
Registro de antecedentes de la empresa autorizada, volúmenes y calidad de agua.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Numeral 8.2.7 del ICE.
7.2.8 Norma D.S. N? 1/2013, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, RETC.
Componente/materia:
| Residuos.
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Norma
Norma D.S, N? 1/2013, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, RETC.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fases Construcción, Operación y Cierre.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
El Proyecto generará residuos sólidos del tipo peligroso.
Forma de cumplimiento
Se declararán las emisiones, residuos y transferencias de contaminantes según corresponda, durante toda la vida útil del proyecto. Además, se dará cumplimiento a todas aquellas exigencias contenidas en el Decreto Supremo 1/2013 del Ministerio del Medio Ambiente, “Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC)”. Las declaraciones reguladas por estos decretos, serán cumplidas por el titular mediante el cumplimiento de las disposiciones del RETC,
Indicador que acredita su cumplimiento
Se obtendrá el identificador y contraseña requerida, se realizará la declaración de emisiones pertinentes, se mantendrá un registro en el que conste la realización de la declaración.
Referencia al mayores detalles.
ICE para
Numeral 8.2,8 del ICE,
Peligrosos.
7.2.9 D.S. N” 148/2003, del Ministerio de Salud, que Aprueba el Reglamento Sanitario de Residuos
Componente/materia:
Residuos Peligrosos.
Norma
D.S. N” 148/2003, del Ministerio de Salud, que Aprueba el Reglamento Sanitario de Residuos Peligrosos.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fases de Construcción, Operación y Cierre.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
El Proyecto generará residuos sólidos peligrosos.
Forma de cumplimiento
Se generarán residuos peligrosos, principalmente por las actividades de manipulación y/o limpieza de maquinarias utilizadas en el desarrollo normal de la actividad (grasas usadas, así como paños contaminados), los cuales serán manejados de acuerdo a la normativa vigente. El traslado, tratamiento y disposición final serán realizados por servicios autorizados por la SEREMI de Salud, para cuyos efectos se ha solicitado el permiso ambiental sectorial descrito en el artículo 142 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Adenda Complementaria, Anexo 2- 2).
Indicador que acredita su cumplimiento
Se contará con autorización sanitaria de la bodega de residuos peligrosos empresas transportistas y lugar de disposición final de residuos peligrosos. Se presentarán y eventualmente obtendría el PAS 142, Las autorizaciones sanitarias mencionadas, serán debidamente registradas por el titular del Proyecto.
Forma de control y seguimiento
Revisión de registro y fiscalización in situ por parte de la autoridad.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Numeral 8.2.9 del ICE,
patrimonio cultural).
7.3 Normas relacionadas con componentes ambientales (fauna, vegetación y flora, suelo, agua
»
7.3.1 Ley N? 19.473, que sustituye texto de la Ley N* 4,601, sobre caza, sustentado por el D.S N%65 del Ministerio de Agricultura, que es la última modificación al Reglamento de la Ley de Caza, del año 2015.
Componente/materia:
Fauna,
Norma
Ley N” 19.473, que sustituye texto de la Ley N 4.601, sobre caza, sustentado por el D.S N65, que es la última modificación al Reglamento de la Ley de Caza, del año 2015.
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Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Todas las obras o actividades del Proyecto.
Forma de cumplimiento
-
Se capacitará e induciría a los trabajadores sobre la prohibición de pescar, cazar y colectar especies de la fauna silvestre durante las fases de construcción, operación y cierre del proyecto, como también de la prohibición de llevar animales domésticos a los lugares de trabajo.
-
Las capacitaciones serán realizadas al inicio del proyecto y a cada empleado que sea incorporado al proyecto
Indicador que acredita su cumplimiento
- Sellevará un registro de las charlas de capacitación e inducción a los empleados de las prohibiciones con respecto a las especies de fauna silvestre, indicando fecha y nómina de empleados.
e Se incluirá en el sector de extracción y en el área de la planta de procesamiento señalética para recordar a los trabajadores la prohibición de pescar, cazar y colectar especies.
Forma de control y| Todos los registros se encontrarán a disposición de la autoridad en la seguimiento oficina de administración de la planta. Referencia al ICE para | Numeral 8.3.1 del ICE.
mayores detalles.
7.3.2 D.S. N? 5/1998, del Ministerio de Agricultura, que aprueba Reglamento de la Ley de Caza.
Componente/materia:
Fauna.
Norma
D.S. N* 5/1998, del Ministerio de Agricultura, que aprueba Reglamento de la Ley de Caza.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Todas las obras o actividades del Proyecto.
Forma de cumplimiento
Capacitación a los trabajadores en el sentido de prohibir la realización de caza de fauna durante la ejecución de las actividades relacionadas con el Proyecto.
Indicador que acredita su cumplimiento
- Registro de las charlas de capacitación e inducción a los empleados de las prohibiciones con respecto a las especies de fauna silvestre, indicando fecha y nómina de empleados.
e Se incluirá en la zona de extracción y en la planta de procesamiento señalética para recordar a los trabajadores la prohibición de pescar, cazar y colectar especies.
Forma de control y | Todos los registros se encontrarán a disposición de la autoridad en la seguimiento oficina de administración de la plata. Referencia al ICE para | Numeral 8.3.2 del ICE.
mayores detalles.
7.3.3 Ley N 18.892 Ley General de Pesca y Acuicultura y Decreto Supremo N 430 de 1991 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N? 18.892, de 1989 y sus modificaciones, Ley General de Pesca y Acuicultura.
Componente/materia:
Fauna.
Norma
Ley N 18.892 Ley General de Pesca y Acuicultura y Decreto Supremo N? 430 de 1991 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N 18.892, de 1989 y sus modificaciones, Ley General de Pesca y Acuicultura.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción, operación y cierre.
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Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Explotación del material.
Forma de cumplimiento
El Proyecto no introducirá sustancias o residuos en el cauce del río, a modo de impedir cualquier intervención en la calidad de sus aguas.
Se realizó una descripción de la flora y fauna acuática y calidad del agua del tramo del río Aconcagua ubicado en el área de influencia del proyecto.
Es importante señalar que el tipo de extracción es longitudinal al cauce y se desarrollara en seco lo que mantiene el curos del río libre de las actividades extractivas, lo que permitirá en todo momento el paso de peces dentro del lecho.
Indicador que acredita su | Monitoreo cuyos parámetros y especificaciones se indican en el Anexo 6-
cumplimiento 3 de la Adenda, Plan de Monitoreo Limnología Capacitación e inducción a los empleados respecto de las prohibiciones caza o captura de cualquier especie de fauna silvestre. Capacitaciones que se darán al inicio de obras y cada vez que se incorpore un nuevo empleado, indicando fecha y nómina de empleados,
Forma de control y | Informes y registros disponibles para su fiscalización en la oficina de
seguimiento administración del proyecto,
Referencia al ICE para | Numeral 8.3.3 del ICE.
mayores detalles.
7.3.4 Decreto Exento N*878 de 2
veda extractiva para especies que indica.
011 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que establece
Componente/materia:
Fauna
Norma
Decreto Exento N*878 de 2011 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que establece veda extractiva para especies que indica.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción, operación y cierre,
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Explotación de Material.
Forma de cumplimiento
El proyecto no considera ni propone la extracción de especie o ejemplar alguno, en cualquiera de sus fases, por parte de sus operaciones o trabajadores.
Indicador que acredita su cumplimiento
- Se establecerán señaléticas que indique zonas de no explotación, así como también la extracción del río para la conservación de las especies.
» Registro de capacitación e inducción a los empleados de las prohibiciones con respecto a las especies de fauna silvestre al inicio de obras y cada vez que se incorpore un nuevo empleado asignado a estas obras, indicando fecha y nómina de empleados.
Forma de control y seguimiento
Informes y registros de capacitaciones disponibles para su fiscalización en la oficina de administración del proyecto.
Referencia al ICE para mayores detalles,
Numeral 8.3.4 del ICE,
7.3.5 Decreto Supremo N* 461/1 requisitos que deben cumplir las
995 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción que establece solicitudes sobre pesca de investigación,
Componente/materia:
Fauna.
Norma
Decreto Supremo N* 461/1995 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción que establece requisitos que deben cumplir las solicitudes sobre pesca de investigación.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fases de Construcción y Operación y Cierre.
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%
Indicador que acredita su cumplimiento
Se realizarán charlas de inducción, a cargo de un arqueólogo o licenciado en arqueología, a los trabajadores del proyecto, sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo.
Detención de la obras ante cualquier eventual hallazgo y se comunicará el hallazgo al Gobernador Provincial, de acuerdo a lo dispuesto en la presente ley y en el artículo 23 de su Reglamento.
mayores detalles.
Forma de control y|e Registro de Charlas de inducción a trabajadores.
seguimiento + Registro de cualquier eventual hallazgo y registro de informe a Gobernador Provincial. Todos estos registros estarán a disposición de la autoridad en la oficina de administración de la planta.
- Ante la eventualidad de un hallazgo, se informará al Consejo de
Monumentos Nacionales, y se mantendrían los antecedentes disponibles para su control.
Referencia al ICE para | Numeral 8.3.8 del ICE.
7.3.9 Norma: D.S. N 484/1990, del Ministerio de Educación, que Aprueba el Reglamento de la Ley N 17.288, Sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas.
Componente/materia:
Patrimonio Cultural.
Norma
D.S. N” 484/1990, del Ministerio de Educación, que Aprueba el Reglamento de la Ley N* 17.288, Sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Fase de construcción, operación y cierre.
Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica
Todas las actividades del Proyecto.
Forma de cumplimiento
e El Titular, ante cualquier eventual hallazgo no detectado con anterioridad, de aquellos especificados en la Ley de Monumentos Nacionales, y en caso de ser necesario, se detendrá las obras y se dará aviso a las autoridades pertinentes y al arqueólogo responsable del proyecto, a modo de proceder según establezca el CMN.
e Se dará cumplimiento a la normativa, instruyendo al personal para detener de inmediato las obras en curso y dar aviso a la supervisión de la faena, en caso que durante las excavaciones se encontrasen ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico. Se comunicará el hallazgo al Gobernador Provincial, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley sobre Monumentos Nacionales y el artículo 23 del Reglamento de la citada Ley.
Indicador que acredita su cumplimiento
e Se realizarán charlas de inducción, a cargo de un arqueólogo o licenciado en arqueología, a los trabajadores del proyecto, sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo.
e Se detendrán la obras ante cualquier eventual hallazgo y se comunicará el hallazgo al Gobernador Provincial, de acuerdo a lo dispuesto en la presente ley y en el artículo 23 de su Reglamento.
mayores detalles.
Forma de control y|e Registro de Charlas de inducción a trabajadores.
seguimiento + Registro de cualquier eventual hallazgo y registro de informe al Gobernador Provincial. Todos estos registros estarán a disposición de la autoridad en la oficina de administración de la planta.
- Ante la eventualidad de un hallazgo, se informará al Consejo de
Monumentos Nacionales y demás autoridades competentes, y se mantendrían los antecedentes disponibles para su control.
Referencia al ICE para | Numeral 8.3.9 del ICE.
- Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
8.1 Compromiso ambiental voluntario: Instalación Pantalla Acústica.
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Impacto asociado
Superación de Niveles de Ruido en los Receptores N? 1, 3 y 4,
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de operación,
Objetivo, descripción y justificación
Objetivo: Disminuir el impacto acústico que generará el proyecto en su fase de operación para los receptores 1, 3 y 4 en el área de la planta de procesamiento de material.
Descripción: Implementación de una barrera acústica en el perímetro de la chancadora, dicha barrera debería ser de una altura de 5 metros y de un material que asegure una densidad superficial mayor o igual a 10 kg/m?.
Justificación: En base a los antecedentes descritos en el Estudio de Impacto de Ruido (Adenda Complementaria, Anexo 1), la operación de la chancadora del proyecto afectará considerablemente a receptores sensibles denominados receptores N 1, 3 y 4. Los cuales de acuerdo a lo indicado en el D.S, N 38/11 MMA, no cumplirán con los niveles máximos permisibles.
Lugar, forma y oportunidad de implementación
Lugar: Al interior de la planta de procesamiento Áridos Maggi, en el perímetro de la Chancadora (coordenadas referenciales Norte: 6.353.593; Este 281.195).
Forma: Se implementará una barrera acústica en todo el perímetro de la chancadora, construyendo un semi encierro acústico. La implementación debe asegurar un desmontaje fácil con paneles desmontables ubicados que permitan la mantención de la maquinaria, sin impedir la alimentación de esta con materia prima. La barrera deberá tener una altura de $ metros y de un material constructivo que asegure una densidad superficial mayor o igual a 10 kg/m?, como por ejemplo madera OSB de 15 mm como mínimo. (Adenda Complementaria, Anexo 1, Figura 5).
Oportunidad: Las barreras acústicas se implementarán desde el comienzo de la fase operación del proyecto, la vida útil de la planta se considerará indefinida, por lo que la medida será utilizada continuamente mientras la planta esté en operación.
Indicador que acredite su cumplimiento
-
Registro fotográfico de la implementación de las barreras acústicas,
-
Registro de los monitoreo propuesto: Para comprobar la efectividad de las medidas de amortiguación entregadas y confirmar la veracidad de la predicción acústica, se ejecutarán mediciones de monitoreo de ruido de la siguiente forma: tres campañas de mediciones con una separación de un mes entre cada una de ellas en fase de operación del proyecto. En cada campaña se evaluarán mediante D.S. N* 38/11 MMA los niveles de ruido generados por la operación del proyecto, en los receptores sensibles 1 y 4 (más cercanos al proyecto) en horario diurno.
-
Entrega de informe con resultados a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), en un plazo de un mes posterior a la realización de la última campaña de monitoreo propuesta, el informe contendrá, resultados de las 3 campañas de mediciones de ruido en los puntos receptores señalados, evaluaciones según Normativa aplicable, conclusiones.
Forma de control y seguimiento
-
La pantalla que estará en todo el sector de chancado será mantenida periódicamente con el fin de mitigar el ruido.
-
Se implementará un plan de monitoreo realizarán tres campañas de mediciones con una separación de un mes entre cada una de ellas, durante la fase de operación del proyecto. En cada campaña se evaluará mediante D,S. N* 38/11 MMA los niveles de ruido generados por la operación del proyecto, en los receptores sensibles 1 y 4 (más cercanos al proyecto) en horario diurno.
-
Toda la documentación y registros se mantendrán en la oficina del titular del proyecto para fiscalización por parte de la autoridad,
Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 10.1.1 del ICE
8.2 Compromiso ambiental voluntario: Restauración Flora y Vegetación, Fauna y Paisaje,
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Impacto asociado
Flora y Fauna Silvestre.
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de Cierre.
Objetivo, descripción y justificación
Objetivo: Restauración Flora y Vegetación, Fauna y Paisaje.
Descripción: Se ejecutará un Plan de Manejo Ambiental, Restauración de las componentes flora y Vegetación, Fauna y Paisaje.
Justificación: restauración del área intervenida.
Lugar, forma y oportunidad de implementación
Lugar: Cuatro parcelas de restauración (polígonos de restauración (ARH01n, ARHO1s, ARH02n y ARH02s) Adenda Complementaria, Figura 5.
Polígono de Área por Vértice Coordenadas | Coordenadas Restauración polígono Este Sur (m) Sector de ARHO1n 305 vi 281.639,91 6.353.410,44 Restauración v2 281.683,08 6.353.403,18 2 v3 281.683,93 6.353.396,57 V4 281.639,94 6.353.404,18
Fuente: Adenda Complementaria, tabla 4.
Polígono de Área por Vértice Coordenadas | Coordenadas Restauración polígono Este Sur (m”) Sector de ARBO1s 300 vi 281.639,33 6.353.402,74 Restauración v2 281.683,6 6.353.395,47 2 v3 281.682,16 6.353.388,32 V4 281.639,16 6.353.395,23
Fuente: Adenda Complementaria, tabla 4.
Polígono de Área por Vértice Coordenadas | Coordenadas Restauración polígono Este Sur (m”) Sector de ARH02n 504 vi 281.735,34 6.353.405,02 Restauración v2 281.808,33 6.353.410,99 2 v3 281.807,37 6.353.401,92 V4 281.736,1 6.353.398,33
Fuente: Adenda Complementaria, tabla 4.
Polígono de Área por Vértice Coordenadas | Coordenadas Restauración polígono Este Sur (m”) Sector de ARHO02s 509 vi 281.737,27 6.353.395,36 Restauración Y2 281.807,55 6.353.400,74 2 v3 281.808,09 6.353.393,68 v4 281.737,73 6.353.383,14
Fuente: Adenda Complementaria, Tabla 4. Forma:
Primera etapa Zona de Explotación, la primera etapa consiste en la recolección de esquejes y semillas de especies vegetales con hábito arbustivo y arbóreo presentes en el área del proyecto y su conservación para la posterior aplicación en la segunda etapa.
El procedimiento consistirá en:
-
Toma de muestras de suelo superficial de diferentes puntos dentro del área de extracción.
-
Conservación de las semillas.
-
Conservación de esquejes de la especie Salix babylonica y Salix humboldtiana y semillas de Acacia dealbata y Acacia caven, para replantación durante la fase de restauración.
-
Se realizará una informe pre-explotación en la Unidad de Extracción 4 (UE 4) el que contendrá a lo menos:
+. % Cobertura.
- N* individuos misma especie arbustiva o arbórea/ha.
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- Índice de diversidad de Shannon — Wiener. e Altura vegetación,
Segunda etapa Zona de Explotación, la segunda etapa consiste en la aplicación de las semillas y esquejes recolectados y conservados en la primera etapa (con prioridad para Salix babylonica y Salix humboldtiana).
El procedimiento consistirá en:
-
Aplicación de las semillas (cuando corresponda) de Acacia caven y Acacia dealbata, luego de la fase de explotación.
-
Instalación de Biorrollos de revegetación concatenados en forma de empalizada en ribera.
-
Estacado de esquejes, guías y estructuras de soporte auxiliares afines.
-
Cercado de plantación por individuo plantado mediante provisión de protección contra herbivoría y ramoneo tanto de lagomorfos como de rumiantes y otros,
-
Cercado de plantación por individuo plantado mediante provisión de protección contra herbivoría y ramoneo tanto de lagomorfos como de rumiantes y otros.
-
Mantención periódica de infraestructura y elementos auxiliares mediante supervisión y monitoreo de estructuras a discreción,
Respecto de la composición, se plantará esquejes de Salix babylonica y Salix humboldtia siguiendo los lineamientos generales que propone la composición de un Bosque de Salix babylonica y matorral, definidos en la primera línea base (DIA, Anexo 4-1-1, Informe de Caracterización Ambiental) como un ideal para establecer en las áreas de restauración en ribera confiriendo también estabilidad en el tiempo a los suelos en ribera.
Sector de Restauración en huella; Para la restauración y reforestación en huella, el procedimiento consistirá en:
-
Se realizará la plantación por método de chústers (agregación de plantas) con Acacia caven como nodriza,
-
Cerco perimetral de los 4 polígonos de Restauración en huella.
-
Se realizará un informe de pre-explotación en la huella, enfocado a los polígonos de restauración designados lo que incluiría al menos:
e % Cobertura,
- N” individuos misma especie arbustiva o arbórea/ha. » Índice de diversidad de Shannon — Wiener.
e Altura vegetación.
-
Riego a los plantines.
-
Riego del trayecto completo, cubriendo de la mejor forma posible toda la superficie de revegetación.
-
Se realizará riego diario con énfasis en los períodos más secos del año y riego dosificado para los periodos más húmedos y de menor requerimiento hídrico.
-
Debido a que las épocas de preferencia para el establecimiento y prendimiento de los individuos varía según la especie, el titular revisitará y revisará el estado de las plantaciones posterior período de restauración, fuera del periodo y del alcance del
proyecto, esto en post de asegurar el óptimo prendimiento y revegetación de los sectores comprometidos.
Fauna y paisaje:
Las actividades de restauración para las componentes Fauna y Paisaje, se realizarán dentro de la segunda etapa de la restauración, en congruencia y a la par con las actividades de restauración de Flora y Vegetación según corresponda.
Las acciones se concentrarán en el mejoramiento de las condiciones para aumentar la probabilidad de colonización por parte de fauna silvestre una vez la actividad extractiva haya concluido. Para esto, se procederá a la creación de pircas para reptiles y reposición de troncos para anfibios, durante el tiempo propuesto para la restauración (3 meses). La mantención y mejoramiento de estas serían parte de las actividades generales de monitoreo y mantención y se realizarán según sea necesario,
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A las actividades anteriores se sumarán las medidas precautorias de emisión de decibeles para asegurar la mínima perturbación aceptable de la fauna dentro del área del proyecto, utilizando como indicadores de perturbación, valores por debajo de los propuestos por la revisión del estudio realizado por la EPA (1980), la que afirma que para ahuyentar a las aves se requiere un nivel de presión sonora de aproximadamente 85 dB en el oído del pájaro. Oportunidad: Fase de cierre. Indicador que acredite su Componente Actividad Indicadores Parámetro Indicador Forma sai de éxito de cumplimiento Forma de control control Aumento del | % de cobertura Mismo % | Informe porcentaje de la señalado en | de cierre cobertura los Informe | final vegetal de pre- explotación Informe de cierre final Densidad N individuos | Misma Informe misma especie/ha | Densidad de cierre señalada en | final los Informes de pre- explotación Flora y Revegetación pene de cel cierre final acia dra explotada Indice de | H' = Índice de | Mismo Informe diversidad de | Shannon- Wiener | valor de | de cierre Shannon Wiener Diversidad | final señalada en los Informes de pre- explotación Informe de cierre final Eficiencia de las | N? individuos | 70% de los | Informe tareas de | misma especie/ha | individuos de cierre revegetación replantados | final Informe de cierre final Fauna Mejoramiento | Numero de | N pircas/ha Informe de | Informe de las | pircas creadas cierre final | de cierre condiciones en el área final para aumentar | explotada. la probabilidad | Abundancia (N) de colonización | y riqueza (S) de por parte de | vertebrados, fauna silvestre | aves y herpetofauna que se alojan en las áreas revegetadas Paisaje Paisajismo Densidad y Densidad: N? | Densidad: Informe altura individuos misma | Misma de cierre vegetación en el | especie/ha. Densidad final área revegctada señalada en Altura: altura (m) | los especies arbórea y | Informes de arbustiva pre- explotación. Altura: Misma altura señalada en los Informes de pre- explotación para árboreas. Informe de cierre final Presencia fauna | Presencia/ausencia | Presencia nativa en el área | de especies de | de las del proyecto fauna nativa de | especies Informe anfibios, reptiles, | registradas de cierre aves y mamiferos | en el DIA, | final Anexo 4-1-
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de la DIA e Informe de cierre final,
Fuente: Adenda Complementaria, Tabla 2,
Forma de control y seguimiento
Se implementará un plan de monitoreo para evaluar la efectividad de las acciones y el cumplimiento de los indicadores anteriormente comentados, se realizará monitoreo de los polígonos de restauración (ARH01n, ARHO1s, ARHO02n y ARHO2s), en sector de extracción y en huella, los cuales están definidos en el cronograma del plan de restauración (Adenda Complementaria, Tabla 5).
La Comisión de Evaluación de Evaluación de la Región de Valparaíso en su Sesión Ordinaria N*01, indica:
“En cuanto a las frecuencias y duración del monitoreo, se deberá considerar al menos una duración total de monitoreo que permita la evaluación del estado y evolución del componente vegetacional en al menos dos monitoreos de estación de primavera-verano de años diferentes y consecutivos. Cada monitoreo deberá ser reportado a la Superintendencia del Medio Ambiente con un máximo de tiempo posterior a su realización de 1 mes”.
Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 10.1.2 del ICE
8.3 Compromiso ambiental voluntario: Humectación para el control de emisiones.
Impacto asociado
Aire,
Fase del Proyecto a la | Fase de construcción, operación y cierre.
que aplica
Objetivo, descripción y | Objetivo: Controlar eficientemente el polvo en suspensión producto del tránsito
justificación de camiones o vehículos en faena. Descripción: + Camiones aljibes, los cuales poseen un programa y ruta definida de humectación de caminos y accesos. Justificación: Se establece un programa de humectación en el frente de extracción de material y áreas de circulación interna, los cuales consistirían en camiones aljibes, Lugar, forma y | Lugar: En el frente de extracción de material y caminos, los cuales consistirían oportunidad de | en camiones aljibes, implementación Forma:
e Frente de extracción: Al menos cada 6 horas.
-
Áreas de circulación interna: A lo menos cada 2 horas, su frecuencia tendrá directa relación colas condiciones meteorológicas.
-
Elagua que se utilizará para la humectación cumplirá con la NCh 1.333/78
Oportunidad: Durante todas las fases del proyecto.
Indicador que acredite su | Frente de extracción de material: Registro de humectación por parte del
cumplimiento
conductor del vehículo aljibe,
Áreas de circulación interna: Se mantendrá un registro en obra en donde se indicará la humectación de las áreas de circulación internas y material.
Forma de control y | Se mantendría un registro en obra que dé cuenta de la realización de la
seguimiento
humectación de las áreas de circulación internas y material,
Referencia al ICE para | Numeral 10,1.3 del ICE
mayores detalles
9”. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las
siguientes:
9.1.1 Riesgo o contingencia: Incendio,
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Riesgo o contingencia
Incendio.
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación o cierre.
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Planta de procesamiento y área de extracción de material.
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia
e Sistema de extinción de incendio portátil.
e La faena de extracción estará equipada con herramientas básicas para el combate inicial de un incendio.
e Todas las maquinarias ocupadas en el proyecto deberán llevar un equipo homologado de extinción de incendios, adecuado y en condiciones de uso.
- Capacitar y entrenar al personal en técnicas de prevención y control de incendios.
e Se entregarán a CONAF y organismos de emergencia locales, planos de los accesos al proyecto, con el fin de que puedan llevar a cabo una planificación óptima de sus recursos ante posible ocurrencia de incendios.
e Señalética de instrucción especifica de no fumar-no realizar fogatas en área de influencia del proyecto.
e El titular trasladará los equipos necesarios para la contingencia de la emergencia, además de contar con los elementos de seguridad para trabajadores.
- Se dotará de equipos de radiocomunicación al jefe de la cuadrilla, para comunicar inmediatamente cualquier emergencia que se produzca durante las faenas de extracción.
e Se implementarán medidas preventivas realizadas en terreno destacan la mantención de caminos y remoción de escombros ya presentes en el área del proyecto.
Forma de control y seguimiento
Realización de capacitaciones específicas.
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia
e Activación alarma de incendio.
- Controlar el incendio por medio del uso de un extintor de tipo PQS A, B, C, o manguera de incendio.
e Alertar a otras personas para que los encargados de seguridad sean avisados sin demora.
e El personal de seguridad, que llegará en forma rápida una vez activada la alarma, evaluará la situación.
e ElJefe de Emergencia asumirá el control total de todas las acciones de la Emergencia, en ausencia del Jefe de Emergencia asumirá esta función el Jefe de la Brigada contra Incendios.
En el caso de evacuación se tomarán las siguientes medidas:
- No correr, caminar rápido y en fila de a uno, cerrando a su paso las puertas y ventanas.
e Utilizar solo las zonas de seguridad que determine el jefe de sección.
-
Noregresar al lugar siniestrado.
-
Noadoptar actitudes que puedan generar pánico.
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y)
*e No transportar bultos
-
Sino puede abandonar el lugar siniestrado, acercarse a una ventana abierta allí encontrará aire para respirar,
-
Ante la presencia de humo desplazarse gateando cubriendo boca y nariz con pañuelo o toalla.
e El Jefe de sección verificará el abandono total de su personal del área evacuada.
En el caso de incendios forestales:
Al detectarse un incendio independiente de la envergadura de este, se informará de inmediato al jefe de planta (teléfono y/o equipo de radio), para que dé aviso al personal de apoyo según corresponda. Posteriormente, se dará aviso correspondiente a CONAF y Bomberos, independiente que el fuego se pueda controlar con medios propios.
La información entregada a los organismos mencionados, debe incluir:
- Nombre del predio afectado.
e Ubicación (WGS84).
geográfica en coordenadas UTM
e Vegetación afectada.
- Niveles de peligro según análisis del riego preliminar,
El personal que se encuentre más cerca del incendio, realizará un combate inicial del fuego no poniendo en riesgo su seguridad.
Si CONAF envía brigadistas contra incendios al lugar, el personal de la empresa contratista que se encuentre combatiendo, se pondrá a las órdenes del jefe de incendio de esta institución.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan de Emergencia
Ante la ocurrencia de un incendio se considera el aviso a entidades externas al proyecto.
Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 7,1.1 del ICE
9.1.2 Situación de riesgo o contingencia: Inundación o crecida del río.
Riesgo o contingencia
Inundación o crecida del río,
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación o cierre.
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Planta de procesamiento y área de extracción de material.
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia
-
Las labores del lecho del río serían paralizadas cuando el caudal en Aconcagua en Romeral supere los 7,3 m*/s.
-
Enel caso de potenciales eventos de inundación y que dificulte la circulación de maquinaria por la huella se detendrían las labores extractivas.
-
Se prohibirá que el conductor de la retroexcavadora se introduzca con la maquina en el lecho del río.
-
Durante los meses de abril a agosto de cada año, (Posibles deshielos cordilleranos o lluvias intensas) se monitoreará todas las semanas a través del informe meteorológico entregado por la Dirección Meteorológica de Chile, si
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existe la posibilidad de crecidas se suspenderán las actividades de extracción, hasta normalizar la situación.
-
Serevisará diariamente el pronóstico del tiempo.
-
Se mantendrá a la vista listado de números telefónicos de organismos de emergencia
e Se mantendrán en buen estado los Recursos disponibles para afrontar la posible crecida de río.
- Se mantendrá contacto permanente con las autoridades regionales y comunales.
e Se mantendrá disponible y despejado la zona de evacuación
Forma de control y seguimiento
Posterior a la crecida del río, que inhabilite la huella, se procederá a realizar una mantención para dejar dichos caminos aptos para el tránsito de la maquinaria y el transporte de material, la mantención considerará el emparejamiento y la demarcación del camino mediante un perfilamiento y despeje del camino dejándolo en la condición inicial, precia a la inundación.
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia
Se implementarán las siguientes medidas:
e Señalizar las zonas de peligro; e Evacuar inmediatamente;
e Alertar a personal que trabaja en Extracción cuando se está generando la crecida del río;
e Uso de un cargador para generar un pretil que resguarde las zonas de posible inundación cercana a la planta;
e Avisar ajefatura de la planta;
e Avisar a Bomberos;
e Avisar a Carabineros;
e Avisara las Municipalidades correspondientes;
- Descripción del sistema de alerta temprana propuesto;
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
N/I.
Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 7.1.2 del ICE
9.1.3 Situación de riesgo o contingencia: De:
rrame de residuos sólidos peligrosos.
Riesgo o contingencia
Derrame de residuos sólidos peligrosos.
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de construcción, operación o cierre.
Emplazamiento, parte, obra o acción asociada
Planta de procesamiento y área de extracción de material.
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia
e Equipo de comunicación para solicitar ayuda y dar aviso de la emergencia.
+e Equipo de control y extinción de incendios (1 extintor de incendios del tipo ABC de 10 kg, polvo químico seco de potencial de extinción 4A).
e Equipos de control de fugas o derrames (contenedores vacíos, pala, material, balde con arena o aserrín.
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- Equipo de protección personal (guantes de seguridad, mascarillas, botas de gomas).
e Elemento de Primeros Auxilios.
- Hojas de seguridad de residuos peligrosos.
Forma de control y seguimiento
NI
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia
Se implementarán las siguientes acciones en caso de derrame de residuos peligrosos:
-
Identificar el residuo peligroso derramado y ubicación del derrame.
-
Se dará aviso al encargado de planta de la situación de emergencia,
-
Se contendrá el derrame utilizando los equipos y elementos disponibles,
-
Enel caso de producirse un amago de incendio utilizar extintor adecuado según tipo de residuos (revisar hojas se seguridad de los residuos almacenados).
-
Jamás utilizará agua sobre derrames o principios de incendios,
-
Una vez ocurrida la contención, se procederá a retirar la porción de arena o aserrín, y en caso que se contamine el suelo la porción de tierra respectiva, para disponerla en un tambor rotulado,
-
Eltambor será enviado a la bodega de residuos peligrosos. Posteriormente, estos residuos serán retirados por empresa autorizada para retiro, transporte y disposición final de acuerdo a la normativa correspondiente, (D.S. 148 Reglamento Sanitario sobre manejo de residuos peligrosos).
-
Luego de controlada la emergencia se realizará y entregará el informe correspondiente que contendrá: tipo residuo derramado, volumen derramado, lugar, fecha, hora, causa del incidente, manejo adoptado.
Se implementarán las siguientes acciones en caso de derrame de sustancias peligrosas:
e Identificación de la sustancia derramada. e Ubicación del derrame. + Ocurrido el derrame se implementarán medidas de
prevención y control del medio ambiente,
Se implementarán las siguientes acciones en caso de derrame de derrame de combustible:
» Clasificación según volumen derramado,
- Respuesta a la emergencia.
- Lugar preciso del siniestro (Ubicación geográfica);
- Hora aproximada de ocurrencia;
e Identificación de las sustancias (hoja de seguridad);
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-
Cantidad aproximada de hidrocarburo o material peligroso derramado;
-
Magnitud de la emergencia;
-
Posibles accesos de vehículos; e Dirección del viento.
-
Componente Afectado.
Control Ambiental Suelo.
e Construcción de bermas o pretiles. e Construcción de zanjas.
+* Otros elementos de contención.
Control Ambiental Agua.
Se informará el incidente de inmediato a la Dirección General de Aguas Región de Valparaíso, señalando: Descripción del incidente, indicando lugar específico de ocurrencia, cuantificación completa de la sustancia vertida en el accidente, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.
Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y los resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia del accidente.
e Se coordinará el cierre de todas las obras, tales como compuertas u otras que se alimentan del curso de agua afectado en las zonas aguas abajo del incidente, hasta dos horas después del término de la descarga de combustible.
- Se monitoreará la calidad del agua en el curso afectado con el derrame.
e Se tomarán las muestras lo más cerca posible del centro del curso, con el fin de asegurar que se trata de una muestra representativa de la calidad promedio del agua del curso.
e El muestreo se deberá realizar en los primeros 2 km.
Control Ambiental Aire.
e Enel caso de contaminación de aire producto de los gases provocados por el derrame de combustible se tomarán los resguardos para minimizar el tiempo de exposición a la sustancia y se usarán las medidas de protección personal adecuadas para los encargados de la emergencia, además se impediría el acceso a terceros sin la debida protección respiratoria,
Caso de Derrame de Fosa Séptica.
En caso de generarse un derrame de la fosa séptica producto de una fuga o rotura se considerará:
- El personal encargado de la contingencia procedería a equiparse con el equipo de protección personal adecuado.
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-
Se detendrá el derrame lo más pronto posible regresando el recipiente a su posición vertical, cerrando una válvula o una manguera con fuga o colocando en el lugar un segundo recipiente para recuperar el agua servida que se está fugando, en el caso que la fuga sea desde el camión recolector,
-
Se debería comenzar la limpieza lo más pronto posible, para esto se recomienda usar materiales absorbentes sobre el suelo (arena o Aserrín).
-
Se dispersarán materiales absorbentes sueltos para derrames sobre todo el área del derrame, trabajando en círculos desde afuera hacia dentro. Esto disminuirá las posibilidades de salpicar o de esparcir el agua servida derramada.
-
Una vez que haya sido absorbida el agua derramada, en los casos de derrames pequeños, se debería colocar el agua con el material absorbente al interior de una bolsa de poliuretano con una escobilla y un recogedor, y en los casos de derrames grandes, en un recipiente plástico con tapa de rosca, con revestimiento de polietileno.
Fauna Silvestre.
En el caso de afectar a algún individuo de fauna silvestre en cualquier accidente y/o emergencia se procederá a:
a) Dar aviso de manera inmediata (no superando las primeras 24 horas contadas desde el inicio del incidente) a la Superintendencia del Medio Ambiente y al Servicio Agrícola y Ganadero de la jurisdicción,
b) Realizar el rescate y traslado de individuos afectados a los centros de rehabilitación más cercanos, autorizados porel Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de Valparaíso.
e) Costear el tratamiento veterinario a él o los individuos afectados, si fuese necesario.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
NA
Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 7.1.3 del ICE
9.1.4 Situación de riesgo o contingencia: Fauna.
Riesgo o contingencia
Fauna.
Fase del proyecto a la que aplica
Fase de construcción y operación,
Emplazamiento, asociada
parte, obra o acción
Área de extracción.
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia
Forma de control y seguimiento
a) El titular dará aviso de manera inmediata (no superando las primeras 24 horas contadas desde el inicio del incidente) a la Superintendencia del Medio Ambiente yal Servicio Agrícola y Ganadero de la jurisdicción.
b) Se realizará el rescate y traslado de individuos afectados a los centros de rehabilitación más cercanos, autorizados por el Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de Valparaíso.
C) A costa del titular se realizará tratamiento veterinario, en caso que fuese necesario,
Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia
La Comisión de Evaluación de Evaluación de la Región de Valparaíso en su Sesión Ordinaria N%01, indica:
“Sobre el Plan de Contingencia y Emergencia asociado al componente fauna, el titular debe tener claro que, en caso de
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ser necesario trasladar fauna silvestre a un centro de rescate, producto de un evento de afectación del componente dentro del área de influencia del proyecto, la acción debe ser realizada a costa del titular y el centro de rescate debe encontrarse autorizado por el SAG” .
Oportunidad y vías de comunicación a la | Ante la ocurrencia de afectación de fauna se considerará dar SMA de la activación del Plan aviso a entidades externas al proyecto. En caso de que el nivel de la emergencia sea 2 o 3, se comunicará a las siguientes entidades competentes, dentro de las 24 horas de ocurrido el incidente.
Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 7.1.4 del ICE
10%, Que, el titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreo, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
112, Que, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.
127, Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
13", Que, para que el proyecto “Extracción y Procesamiento, Áridos Maggi” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
- Que, el titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Valparaíso y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
15%, Que, el titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA de la Región de Valparaíso la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
16?. Que, se hace presente al titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2” letra g) del Reglamento del SEIA, deberá ser evaluado ambientalmente.
17%, Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
19, Calificar ambientalmente favorable la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Extracción y Procesamiento, Áridos Maggi” de Áridos Maggi Ltda.
22 Certificar que el proyecto “Extracción y Procesamiento, Áridos Maggi” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3" Certificar que el proyecto “Extracción y Procesamiento, Áridos Maggi” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en el Permiso Ambiental Sectorial únicamente ambiental señalado en el artículo 119, y en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalado en el artículo 138, 140, 142, 146, 148, 156, 159 y 160 del Decreto Supremo N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y sus modificaciones.
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4? Certificar que el proyecto “Extracción y Procesamiento, Áridos Maggi” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19,300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental,
5” Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto,
6” Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto
en el artículo 20 de la Ley N* 19.300, ante el/la Director/a Ejecutivo/a del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Notifíquese y Archívese
abriel Aldoney Vargas
Intendente President8 Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Valparaíso
WA, /GDSR/rchz Distribución:
- Sr, Qarlo Alberto Maggi Fernández, Representantes Legales de Áridos Maggi S.A., Nueva de Lyon 145 of. 401. Viña del Mar,
Consejo de Monumentos Nacionales.
Corporación Nacional Forestal, Región de Valparaíso. Dirección de Obras Hidráulicas, Región de Valparaíso. Dirección General de Aguas, Región de Valparaíso. Gobierno Regional, Región de Valparaíso.
Dustre Municipalidad de Quillota.
SEREMI de Agricultura, Región de Valparaíso.
SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Valparaíso, SEREMI de Desarrollo Social, Región de Valparaíso. SEREMI de Economía, Región de Valparaíso,
SEREMI de Energía, Región de Valparaíso.
SEREMI del Medio Ambiente, Región de Valparaíso. SEREMI de Minería, Región de Valparaíso.
SEREMI de Obras Públicas, Región de Valparaíso. SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región de Valparaíso. SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Valparaíso, SEREMI de Salud, Región de Valparaíso.
Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Valparaíso. Servicio Nacional de Geología y Minería, Zona Central. Servicio Nacional de Turismo, Región de Valparaíso. Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, Región de Valparaíso.
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e Subsecretaría de Pesca y Acuicultura.
Cle:
- Superintendente del Medio Ambiente, contactorca(Qsma.gob.cl.
e Sr, Coordinador Unidad de Participación Ciudadana, Servicio Evaluación Ambiental, Región de Valparaíso.
e Oficial de Partes SEA Región de Valparaíso. Expediente del Proyecto “Extracción y Procesamiento, Áridos Maggi”.
- Archivo Servicio Evaluación Ambiental, Región de Valparaíso.
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