Proyecto Parque Eólico Punta de Talca
REPÚBLICA DE CHILE ] COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE COQUIMBO
CALIFICA AMBIENTALMENTE EL PROYECTO “PARQUE — EOLICO PUNTA DE TALCA”.
RESOLUCION EXENTA N/ 0 Ñ Ñ o $ ,
LA SERENA, 05 SEL. 2016
VISTOS:
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La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) y sus Adenda, del proyecto “Parque Eólico Punta de Talca” presentado por Parque Eólico Punta de Talca SpA., con fecha 07 de enero de 2016.
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Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Parque Eólico Punta de Talca”.
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El Acta de Evaluación N*05/2016 de fecha 12 de agosto de 2016, del Comité Técnico de la Región de Coquimbo.
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El ICE de la DIA del proyecto “Parque Eólico Punta de Talca” de fecha 17 de agosto de 2016.
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La sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo de fecha 24 de agosto de 2016.
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Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Parque Eólico Punta de Talca”.
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Lo dispuesto en la Ley N19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N?18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
CONSIDERANDO: l Que, Parque Eólico Punta de Talca SpA., (en adelante, el Titular) ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Parque Eólico Punta de Talca”
(en adelante, el Proyecto).
Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Parque Eólico Punta de Talca SpA
Rut o 76.414,434-1
Domicilio Av. Apoquindo 3500, Piso 16, Las Condes, Santiago Nombre representante legal Juan Francisco Varela Echaurren
Rut representante legal 15.312.535-K o
Domicilio representante legal | Av. Apoquindo 3500, Piso 16, Las Condes, Santiago
- Que, conforme se indica en el ICE de fecha 17 de agosto de 2016 el Director Regional (S) de la Región de Coquimbo ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto:
. El proyecto cumple con la Normativa Ambiental Aplicable.
. El titular del proyecto subsanó los errores, omisiones e inexactitudes durante el proceso de evaluación.
. Ha identificado los permisos ambientales sectoriales aplicables al proyecto, y ha proporcionado satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dichos permisos.
. No generará ninguno de los efectos, características y circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N*19.300, por lo tanto, no requiere la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental.
- Que, en sesión de fecha 24 de agosto de 2016, la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo, acordó calificar favorablemente el proyecto “Parque Eólico Punta de Talca”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 17 de agosto de 2016, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4, Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
El objetivo principal del Proyecto, consiste en la generación de energía eléctrica a través de la implementación y funcionamiento de un parque eólico consistente en 27 aerogeneradores, para producir energía con una potencia máxima de hasta 93,15 MW. Para mayor detalle, ver numeral 2.2.3 de la DIA.
Objetivo general
El proyecto ingresa al SEIA como Declaración de Impacto Ambiental y a través del literal c) del artículo 3 del Reglamento del SEIA correspondiente a “Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW”.
El proyecto además contempla una línea de transmisión eléctrica y subestación por lo cual ingresa por el literal b) del artículo 3 del Reglamento del SEIA correspondiente a “Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones.
Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras 0 acciones
b.1. Se entenderá por líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas líneas que conducen energía eléctrica con una tensión mayor ¡ aveintitrés kilovoltios (23 kV).
b.2, Se entenderá por subestaciones de líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas que se relacionan a una o más líneas de transporte de energía eléctrica y que tienen por objeto mantener el voltaje a nivel de transporte. ”
Vida útil 31 años y 10 meses.
Monto de Inversión $120.000.000 USD
Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución
La actividad que dará inicio en forma sistemática y permanente a la ejecución del Proyecto corresponderá a la instalación del primer conteiner en el área del proyecto.
Para mayor detalle, ver numeral 4.1 de la Adenda de la DIA.
Proyecto se desarrolla por etapas
Para mayor detalle, ver numeral 1.3 de la DIA.
Proyecto modifica un proyecto o actividad
| Para mayor detalle, ver numeral 1.1 de la DIA.
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4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-administrativa | Región de Coquimbo, Provincia del Limarí, comuna de Ovalle.
Descripción de la localización El proyecto se localiza al costado oeste de la Ruta 5, en el kilómetro 347 de esta y a 57 km al suroeste de la ciudad de Ovalle.
Justificación de la Localización La principal justificación de la localización del Parque, se sustenta en la factibilidad técnica económica entregada por el potencial eólico que presenta el área de emplazamiento. Al respecto, con una velocidad de viento que promedia anualmente del orden de los 7 m/s a 95 m de altura, se estima una capacidad de generación de hasta 93,15 MW. Para mayor detalle, ver numeral 2.3.5 de la DIA.
Superficie La superficie total del proyecto corresponde a 71,15 hectáreas. El desglose de la superficie de cada una de sus partes y obras se puede visualizar en el numeral 1.1.3 y cuadro N*1.1.2, ambos de la Adenda Complementaria de la
DIA. Coordenadas UTM en Datum | Las coordenadas que dan cuenta de la ubicación del proyecto WGS84 se detallan en el numeral 2.3.2 de la DIA. Caminos de acceso El acceso principal al Parque Eólico se realizará a través de la
Ruta 5 Norte, especificamente por el enlace de Mineral de Talca en el km 347. Esta ruta también comunica con las Rutas D-620 y D-624, principales vías internas del Proyecto que permiten la comunicación con todos los aerogeneradores del Proyecto. Para mayor detalle, ver numeral 1.2 de la Adenda de la DIA.
Referencia al expediente de | Para mayor detalle de la ubicación del proyecto y de sus evaluación de los mapas, | partes y obras, ver Figuras 2.3.1 y 2.3.2, ambas de la DIA, georreferenciación e información numeral 1.1.1, Anexo N%] y Anexo N*2.1, todos de la Adenda
complementaria sobre la | de la DIA. localización de sus partes, obras y acciones.
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO.
4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
Las actividades y acciones asociadas a esta etapa son las siguientes:
a) Habilitación de la Instalación de Faena: para la construcción del Parque Eólico y la Línea de Transmisión Eléctrica (LTE), se habilitará un área de Instalación de Faenas, dentro del cual se considera la habilitación de los distintos servicios/obras requeridos para la etapa de construcción. Para su habilitación se contempla el despeje del terreno y los movimientos de tierra requeridos.
La instalación de faena considera un cierre perimetral mediante cerco de 2 metros de altura y contemplará los siguientes componentes:
. Garita de control: ubicada en el acceso del proyecto, en la cual se cumplirán funciones de control de ingreso al proyecto. . Planta de hormigón: tendrá una capacidad de 42,95 m'/h y estará destinada a la
elaboración de hormigón para las fundaciones. Para lo anterior, se contempla un sistema-de recirculación y recuperación de agua producto del lavado de betoneras y Tuedas de camiones consistentes en dos piscinas impermeabilizadas de decantación de 100 m* cada una, de di 10m x 10m x10m, donde el agua es clarificada para ser reinyectada al proceso.
Luego, los sólidos sedimentados en la piscina, serán depositados transitoriamente en el “pozo de escombros” (ubicado dentro de la instalación de faena), donde se llevará un proceso de secado de estos (numeral 1.1.4 de la Adenda Complementaria de la DIA), para luego ser reutilizados, en
emplantillados u otras obras o bien manejados como residuos no peligrosos.
El lugar de emplazamiento de las piscinas de decantación será contiguo a la Planta de Hormigón. Se estima que el efluente generado será de 9,1 m'/día. El origen de agua provendrá de distribuidores autorizados.
. Área de mantención de equipos y maquinarias: el sector contará con una superficie no resbaladiza, no porosa e impermeabilizada ante posibles derrames. Además contará con un sistema de evacuación y manejo de derrames. Los potenciales derrames producidos en esta área serán contenidos y conducidos hacia una piscina recolectora de 1 m' de capacidad, que tendrá como objetivo fundamental evacuar y contener los derrames, posibilitando así su disposición final hacia un sitio de disposición final autorizado.
. Obras anexas: se habilitarán obras anexas para el uso diario de los trabajadores tales como comedor, oficinas, policlínico, estacionamientos, entre otros.
Para mayor detalle de los componentes y distribución de los componentes de la instalación de faena, ver numerales 2.4.1, 2.5.1.1 y Figura 2.4.1, todos de la DIA, numerales 1.3,1, 1.3.14 y Anexo N%4, todos de la Adenda de la DIA, y numerales 1.1.1 y 5.2.5, todos de la Adenda Complementaria de la DIA.
b) Habilitación de frentes de trabajo Móviles: conforme el avance en la construcción tanto del Parque Eólico como de la Línea de Transmisión Eléctrica se contempla la presencia en el lugar de frentes de trabajo móviles, cuyo objetivo será la ejecución de actividades de construcción diferenciadas en distintas estaciones de trabajo. Entre estas actividades están: excavación de fundaciones, enfierradura, hormigonado, tendido eléctrico, entre otras.
Por ejemplo, para el caso de la excavación de las fundaciones y ejecución de plataformas se prevé ir excavando en dos ejes separados con un frente de trabajo móvil en cada uno de ellos, mientras que para la enfierradura y hormigonado de fundaciones se prevé un único frente en cada actividad con un cierto desfase temporal entre ellas.
' La cantidad de frentes móviles en la etapa de construcción, junto a sus actividades componentes y ubicación en el área del proyecto se puede visualizar en el cuadro N%3.1.1 de la Adenda de la DIA.
Para mayor detalle de los componentes de los frentes de trabajo móviles, ver numeral 2.5.1.1 de la DIA, y literal d) del numeral 1.3.1 de la Adenda de la DIA.
c) Habilitación y mejoramiento de caminos de acceso: la superficie de caminos (existentes y proyectados), a utilizar en el proyecto será de 23,39 hectáreas, y sumando el área de intervención berma, cortes y terraplenes para caminos y plataformas, la superficie total aumenta a 31,53 ha (ver cuadro N*1.1.2 de la Adenda Complementaria de la DIA).
Los caminos a habilitar tendrán las siguientes consideraciones técnicas:
. Para el trazado de los caminos de acceso a la ubicación de cada uno de los aerogeneradores del Parque Eólico, se considera mantener alineaciones rectas próximas a las torres, limitando las maniobras de giro y reduciendo la longitud de los caminos de acceso. El ancho máximo de los caminos será de 7 metros.
. Los diseños procurarán que los radios de giro entre los distintos caminos sean igual o mayores a 70 m. Se ha hecho coincidir los finales de viales con las plataformas de torre, de manera que los vehículos puedan realizar la maniobra de giro para tomar el sentido de retorno por el mismo vial. De acuerdo a lo criterios de diseño, no se consideran sobreanchos de caminos en zonas de
| rectas y/o curvas. ¡e En todo el ancho de la plataforma de los caminos internos se dispondrá una capa de zahorra
artificial de 20 cm compactada para proporcionar una superficie de rodaje no susceptible a un deterioro excesivo por la acción del agua de lluvia y el paso de los vehículos.
. El proyecto contempla además utilizar el camino público D-620, que presenta condiciones adecuadas para el tránsito de maquinaria pesada, en tanto que tiene un ancho de 8 m y presenta buen estado en general, esto debido principalmente porque fue utilizado para el tránsito de
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camiones, maquinaria y vehículos del yacimiento del Mineral Talca y del Proyecto “Cianuración en Pilas, Planta La Ventolera”.
No obstante lo anterior, se contemplan algunas actividades de mejoras en ciertos puntos del camino, tales como la adición de material de relleno/zahorra (2,6 km) o bien mediante el tratamiento con hormigón (0,8 km), en ciertos segmentos de la ruta. Se contempla además la realización de cortes y rellenos hasta alcanzar la cota necesaria que formará la base del camino.
Para mayor detalle de lo anterior, ver numerales 2.4.2.1 y 2.5.1.2, ambos de la DIA, literal c) del numeral 1.1.2, numerales 1.3.3, 1.3.5, Anexo N%3 y N%6 todos de la Adenda de la DIA, y numeral.1.2 de la Adenda Complementaria de la DIA.
d) Despeje y Movimiento de Tierra: previo al movimiento de tierras se realizará un trabajo de desbroce, con objeto de preparar superficies de explanada en desmonte y bases de terraplén. Como medida de precaución se ha estimado un espesor medio de 30 cm de desbroce suficiente para eliminar la capa vegetal y las raíces y material orgánico de la base del paquete estructural de los viales y las plataformas.
Posteriormente, se realizarán las actividades de movimiento de tierra para las distintas partes y obras. El volumen total de movimiento de tierra será de 290.013 m/. De esta cantidad, 120.000 m* irá destinado a rellenos compactados, mientras que el excedente 170.013 m', tendrá como disposición final un relleno autorizado.
Se contemplan, acopios temporales dentro de cada una de las plataformas de servicio para el material de excavación de las fundaciones (27 zonas de acopio en área ya utilizada para las plataformas). Igualmente, para el acopio de material producto de la excavación de las zanjas de media tensión, existirán acopios temporales paralelos a las mismas zanjas, cuyo material será empleado posteriormente para el relleno de éstas una vez instalados los circuitos a soterrar. Dado que corresponde a acopios temporales, no se consideran labores de mantenimiento. Las áreas de acopios temporales durante la presente etapa se pueden visualizar en el Anexo N*17 de la Adenda de la DIA.
De igual forma, a fin de mantener las quebradas libres de sedimentos durante la fase de construcción no se acopiará el desecho de excavaciones de tierra a menos de 40 m de éstos. No obstante, cabe destacar que en el caso de aquellas obras que se encuentran cercanas a quebradas (<100 m) se dispondrá de barreras que detengan el arrastre de material fino.
Para mayor detalle, ver numeral 2.5.1.4 de la DIA, numeral 1.3.2 y Anexo NS, ambos de la Adenda de la DIA.
e) Habilitación de zanjas para cableado subterráneo: los aerogeneradores estarán interconectados a través de cables de 33 kV de tensión, los cuales irán soterrados en zanjas y serán los encargados de llevar a la subestación eléctrica, la energía producida por los aerogeneradores.
Las zanjas subterráneas, se emplazarán a un costado de los caminos de acceso a los aerogeneradores. Se consideran cuatro tipos de zanjas, denominadas como tipos A, B, C y D y se diferencian como sigue:
- Zanja tipo A: 1 línea de media tensión; 60 cm de ancho.
- Zanja tipo B: 2 líneas de media tensión; 60 cm de ancho.
- Zanja tipo C: 3 líneas de media tensión; 80 cm de ancho.
- Zanja tipo D: 4 líneas de media tensión; 100 cm de ancho.
Las zanjas se construirán mediante el empleo de excavadoras según el ancho requerido. El material excavado será acopiado al costado de las zanjas. Las zanjas que recibirán los cables serán lisas y estarán libres de aristas, cantos, piedras, etc. Cada zanja tendrá una profundidad de 1,2 m conforme a la siguiente distribución: Se dispondrá de una capa de arena de 10 cm de espesor sobre ésta se colocará la línea de Media Tensión de cables unipolares, el cable de enlace a tierra y el cable de fibra óptica. Por encima de los cables irá otra capa de arena de 30 cm de espesor. Ambas capas cubrirán la anchura total de la zanja. Por encima de la arena se colocará una capa de polietileno-de señalización. Luego se rellenará con 50 cm de tierra seleccionada de excavación, tras 1 et
colocará una cinta de señalización que advierta la existencia del cable eléctrico de medi:
Finalmente, la zanja se completará con 30 cm de tierra de excavación seleccionada. Para mayor detalle, ver numerales 2.4.2.1 y 2.5.1.2, ambos de la DIA, y numeral 1.3.4, Anexo N2 y Anexo N%, todos de la Adenda de la DIA.
1 Construcción plataformas de servicios: asociado a cada aerogenerador se habilitará una plataforma de servicio cuya superficie será del orden de los 4.000 mí, las cuales serán utilizadas en la etapa de construcción para el montaje de los aerogeneradores, albergando las zonas de descarga y preparación de palas, la zona para apoyo y preparación de la góndola y la zona de maniobra de la grúa principal. Adicionalmente, la plataforma será utilizada en la etapa de operación para las
¡labores de mantención y en la etapa de cierre para desmontar las estructuras en caso de ser necesario | (ver figura 2.4.4 de la DIA).
' La formación y compactación de las plataformas de servicio se iniciará escarpando, regularizando y ' preparando la explanada. Posteriormente a ello, se retirará el volumen de tierra necesario para
alcanzar la cota del proyecto; los trabajos para formación de las plataformas se llevarán a cabo extendiendo capas de espesor uniforme, sensiblemente paralelas a la rasante del Proyecto, de aproximadamente 30 cm, regando con agua mediante camión aljibe para que los materiales queden homogéneamente húmedos y finalmente compactando el material; la colocación del material se efectuará mediante camiones de volteo, bulldozer y motoniveladora.
Para mayor detalle, ver numerales 2.4,2.1 y 2.5.1.2, ambos de la DIA, y numeral 1.3.7 de la Adenda
de la DIA.
2) Construcción de fundaciones: corresponderá a la estructura de hormigón armado de 23,5 m de diámetro, destinada a transmitir el peso del aerogenerador al suelo. Las fundaciones se construirán a partir de una excavación circular (23,5 m de diámetro y 2,6 m de profundidad), en la cual tras el emplantillado se dispondrá de una enfierradura radial y concéntrica siendo rellenada luego con hormigón.
' Las actividades de construcción de fundaciones comprenderán dos etapas separadas del proyecto ' que se llevarán a cabo de forma secuencial. Para la excavación de las fundaciones, se prevé ir
excavando en dos ejes separados con un frente de trabajo móvil en cada uno de ellos. Cabe señalar que no se contempla el uso de explosivos para la construcción de las fundaciones.
El material excavado será acopiado temporalmente a un costado de la zona de fundación. Para dar
' forma al hormigonado de la fundación se emplearán moldes de madera o de metal, y se procederá a
la armadura con estructura de fierro. Posteriormente, la estructura será rellenada con hormigón. Una vez fraguado el hormigón, la plataforma se completará cubriendo la fundación con el material extraído hasta alcanzar la superficie del terreno natural.
Para mayor detalle, ver numerales 2.4.2.1 y 2.5.1.2 ambos de la DIA, y numerales 1.3.6 y 1.3.8, todos de la Adenda de la DIA.
h) Montaje de aerogeneradores: para proceder al montaje de cada aerogenerador, se utilizará una grúa secundaria para montar los elementos de la grúa principal, la que posteriormente (una vez montada) realizará el montaje de las distintas partes de los aerogeneradores, las cuales serán dispuestas en la plataforma de servicio previo a su ensamblaje. Este procedimiento se repetirá para el montaje de cada aerogenerador, trasladando las partes de la grúa principal de plataforma en plataforma, y llevando las partes constituyentes del aerogenerador a la plataforma de servicio correspondiente.
Mediante el empleo de una grúa, se montarán las distintas secciones del aerogenerador, teniendo como base la brida de anclaje de la fundación.
El montaje de los aerogeneradores se desarrollará simultáneamente en dos frentes de trabajo paralelos (2 aerogeneradores por vez) desplazándose las grúas de forma secuencial y con cierto desfase.
Para mayor detalle, ver numeral 2.5.1.2 y Figura 2.5.2, ambos de la DIA, y numeral 1.3.9 de la Adenda de la DIA.
i) Construcción de línea de transmisión eléctrica (LTE): la LTE tendrá 4,5 km de longitud aproximada y estará compuesta de 28 torres y dos alternativas de conexión final: la alternativa A de 0,52 km de longitud y 3 torres y la alternativa B de 0,15 km y de 1 torre.
A continuación se presentan las principales características de los componentes que constituyen la LTE:
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Torres: corresponden a estructuras de reticulado metálico, con capacidad para un circuito, diseñadas conforme a las características del terreno y la tracción que representa la LTE en función de la geometría del trazado. Se prevé una altura máxima de 45 m.
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Fundaciones: corresponde al cimiento de cada torre basado en estructuras de hormigón armado, desde donde sobresale un anclaje metálico (stub), sobre el cual se asienta el resto de la estructura de la torre.
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Franja de seguridad: coincide con la faja de servidumbre y corresponde al espacio de seguridad conforme a las distancias mínimas que deben existir entre construcciones y la LTE, cumpliendo con los distanciamientos dictados por el Reglamento de Instalaciones Eléctricas de Corrientes Fuertes (NSEGS.E.n. 71) para evitar riesgos a las personas. Para una LTE de 220 kV, la franja de seguridad equivale a 20 m a cada lado del eje de la LTE (40 m).
A lo largo de todo el trazado de la LTE se despejará el terreno superficial. La estructura metálica de cada torre irá sobre una fundación de hormigón, para ello será necesario escarpar el área fundación, nivelar el terreno de fundación, y realizar la excavación correspondiente para la fundación de cada torre. La estructura metálica de la torre se instalará sobre la fundación, para posteriormente montar los cables conductores y el cable de guarda.
Para mayor detalle, ver numeral 2.4.2.3, Figuras 2.4.7 y 2.5.1.3, todos de la DIA, literal b) del numeral 1.1.2 y 1.3.10 ambos de la Adenda de la DIA.
D) Construcción de subestación elevadora (S/E): la S/E Elevadora recibirá la energía generada por los aerogeneradores y transmitida por los cables de media tensión emplazados en las zanjas subterráneas. Una vez que esta instalación eleve el voltaje de 33 kV a 220 kV, se procederá a la evacuación de la energía generada mediante la LTE de aproximadamente 4,5 km que conectará con alguna de las dos alternativas de subestación de Talinay. Adicionalmente, el área considera las instalaciones de servicio destinadas a la operación, control y mantenimiento del Parque Eólico.
Para la construcción de la S/E Elevadora se consideran las obras de replanteo topográfico, demarcación del área de trabajo, despeje de la superficie y nivelación de terreno. Una vez nivelado y despejado el terreno, se construirá el cerco perimetral. Se construirán las fundaciones y sistemas de contención de derrames de los transformadores. Una vez construidas las fundaciones se procederá al montaje de los distintos equipos que componen la subestación (transformadores, interruptores, desconectores, pararrayos, etc.). En paralelo, se construirá el edificio de operación y mantenimiento. Adicionalmente, se construirán las redes de servicio de electricidad, agua potable y alcantarillado.
Para mayor detalle, ver numeral 2.4.2.2, Figuras 2.4.6 y 2.5.1.3, todos de la DIA.
k) Habilitación área de servicios: en el mismo recinto donde se albergará la S/E, se habilitarán las instalaciones necesarias para la operación del Parque Eólico y la LTE, por tanto, uno de los objetivos de la S/E corresponde a ser el lugar en el que se centrarán las labores de operación y mantención del Parque.
En esta área de servicios se encontrará un edificio de 211 m? de superficie, donde se ubicarán los equipos que permitirán el control del parque eólico durante su operación. En este lugar además, se contempla la instalación de las dependencias para el personal del proyecto, incluyendo oficinas, servicios higiénicos, comedor, salas de cambio.
Para mayor detalle, ver numeral 2.4.2.2 de la DIA, y numeral 1.3.11 de la Adenda de la DIA. D Mantención de maquinarias y equipos: se contempla durante la etapa de construcc
actividad de mantención de maquinarias y equipos que se realizará en un área especi habilitada para este fin, la que se ubicará al interior de la instalación de faenas y que contatá con
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una superficie no resbaladiza, no porosa e impermeabilizada del suelo ante posibles derrames ¡ menores en las labores de mantención, ya sea de grasa, aceite y/o combustible. El mantenimiento de maquinarias y equipos se realizará en una superficie de 176 m?.
¡
La frecuencia de mantenciones será mensual. Los tipos y cantidad de maquinarias y equipos a utilizar en el área del proyecto se pueden visualizar en el cuadro 2.5.5 de la DIA.
Para mayor detalle, ver numeral 2.5.1.4 de la DIA, y literal e) del numeral 1.3.1 de la Adenda de la DIA.
m) Cierre de la fase de construcción: el cierre de la fase de construcción conlleva una serie de actividades a realizar en los frentes de trabajo y en la instalación de faenas. Estas actividades se refieren al desarme de las instalaciones para su posterior retiro, despejando las áreas ocupadas por obras temporales. Una vez retiradas las instalaciones temporales, se procederá a la limpieza de las áreas en las cuales se desarrollaron actividades y/o fueron intervenidas de alguna forma, acopiando los residuos conforme a su tipo en los lugares de disposición temporal para su posterior retiro a lugares autorizados conforme al tipo de residuo, escombro o materiales de desecho.
Mano de obra 180 personas promedio. Para mayor detalle, ver numeral 7 del Informe Consolidado de Evaluación.
ásicos en la Etapa de combustible (diésel), en un estanque con capacidad de 5.000 litros ' Construcción. ubicado en el área de instalación de faenas, el cual será declarado ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). Desde este estanque se proveerá de combustible a las distintas maquinarias y vehículos en una zona de carga y descarga impermeabilizada y con sistema de control de derrames. Además, el área contará con material absorbente para eventuales derrames. Se prevé un consumo de combustible por concepto de maquinarias y vehículos de 1.500 l/día, y un consumo de 120 l/día para el funcionamiento de los grupos electrógenos que proporcionarán energía eléctrica a la Instalación de Faenas.
Para mayor detalle, ver numeral 2.5.5 de la DIA, y literal a) del numeral 1.6.1 de la Adenda de la DIA.
. Electricidad: la energía eléctrica en la etapa de construcción será suministrada por generadores diésel. Se contará con un generador diésel de 250 kW en la instalación de faenas, y adicionalmente, un generador diésel de 250 kW se encontrará en la planta de hormigón. Por otra parte, en los frentes de trabajo móviles (plataformas de aerogeneradores) se contará con generadores diésel de menor magnitud (100 kW) para el suministro de energía eléctrica a las labores de hormigonado, enfierraduras, iluminación, entre otros.
Para mayor detalle, ver numeral 2.5.5 de la DIA.
. Agua potable: el agua potable será suministrada por distribuidores autorizados, y será trasladada al área de instalación de faenas mediante camiones aljibes, para ser almacenada en estanques de acumulación de agua potable, con un sistema de cloración simple incorporado, la que será destinada al uso del comedor, servicios higiénicos y duchas. El agua será abastecida ' en una cantidad de 150 litros por persona/día y cumplirá con los U requisitos del D.S. N*594/1999 del Ministerio de Salud. Se contará además, con dispensadores de agua en la instalación de faenas, y se proveerá de agua envasada para el consumo de agua a los trabajadores en los frentes de trabajo móviles.
Para mayor detalle, ver numeral 2.5.5 de la DIA.
Provisión de Suministros * Combustible: se contempla el almacenamiento de
o Agua Industrial: el agua industrial será provista mediante
camiones aljibes por distribuidores autorizados y será almacenada en el área del proyecto en 4 estanques de 35 m* de capacidad cada uno. Se estima un consumo de agua industrial del orden de 9.000 m' como valor total para toda la etapa de construcción. Su uso estará enfocado principalmente para el funcionamiento de la planta de hormigón, lavado de camiones mixer y fraguado de hormigones.
Además, se obtendrá agua industrial del funcionamiento del sistema de recirculación y recuperación de aguas, tanto para la fabricación de hormigón como para el agua del lavado de los camiones mixer descrito en el literal a) del numeral 5.1.1 del Informe Consolidado de Evaluación.
En todas las fases del Proyecto, el efluente de las PTAS poseerá características en cumplimiento a lo propuesto por la NCh N* 1.333, permitiendo por tanto su uso en actividades de humectación de caminos.
Para mayor detalle, ver numeral 2.5.5 de la DIA, literal b) del numeral 1.6.1 de la Adenda de la DIA, y numeral 1.4.2 de la Adenda Complementaria de la DIA.
. Hormigón: el hormigón será requerido para las fundaciones de los 27 aerogeneradores que formarán parte del Parque Eólico y las torres que conformarán la Linea de Transmisión Eléctrica, además de la base de la Subestación Eléctrica Elevadora, estimándose un requerimiento de hormigón del orden de los 9.000 m'. La provisión de hormigón provendrá de la planta de hormigón que se encontrará en el área de instalación de faenas, lugar donde se acopiarán los áridos, cemento y agua industrial necesaria para la fabricación del hormigón.
Para mayor detalle, ver numeral 2.5.5 de la DIA.
. Áridos: los áridos serán requeridos como insumos para la elaboración de hormigón y para el acondicionamiento de superficies, principalmente caminos y plataformas de servicio de los aerogeneradores. Este insumo será adquirido a proveedores locales autorizados y que obtengan el insumo de áreas autorizadas para la extracción de áridos. Además, de los 16.000 mé de áridos requeridos para el hormigonado de las fundaciones, se requiere de áridos para los 58.000 m' estimados de zahorra que se implementará en caminos y plataformas.
. Servicios Higiénicos: los servicios higiénicos se encontrarán en distintas dependencias al interior de la instalación de faenas, cuyos efluentes serán tratados en una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS). Para el caso de los frentes de trabajo móviles, conforme avance la construcción del Parque Eólico y de la LTE, se contará con baños químicos adquiridos a una empresa especializada y autorizada para dicha labor. El manejo y disposición final de los residuos contenidos en éstos estará a cargo de la misma empresa proveedora. Sin perjuicio de lo anterior, se exigirá el cumplimiento de cada una de las medidas dictadas por la legislación aplicable al caso.
Para mayor detalle, ver numeral 2.5.5 de la DIA.
. Alojamiento: la mano de obra provendrá de los,
poblados, principalmente de Ovalle, por lo tanto, no se contempla
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disponer de campamentos ni sitios de pernoctación del personal.
. Alimentación: se considera un área destinada para la alimentación diaria del personal correspondiente a un comedor. Los operarios serán abastecidos de comida por parte de un servicio externo, no habiendo manipulación de alimentos en el área de servicios.
. Transporte: el transporte de combustibles, sustancias peligrosas, residuos sólidos y/o carga en general, no forma parte del proyecto. Para mayor detalle, ver numeral 2.5.5 de la DIA y numeral 1.8 de la Adenda de la DIA.
Recursos naturales renovables
No se contempla la extracción o explotación de recursos naturales durante la etapa de construcción del Proyecto.
Emisiones y efluentes
. Material particulado y gases de combustión: la emisión de material particulado durante esta etapa estará relacionada a las actividades de movimiento de tierra, habilitación de las instalaciones de faenas, caminos y zanjas, además de la construcción de las plataformas de servicio y las fundaciones de los aerogeneradores, construcción de LTE y Subestación, entre otros. Igualmente, se contempla emisiones de gases de combustión derivados de la combustión interna de vehículos. maquinarias y equipos.
Cabe señalar que las emisiones a la atmósfera durante la etapa de construcción serán acotadas en el tiempo a la duración de esta fase. El aporte de material particulado en etapa de construcción será de 19,5 ton/año de MP10 y de 7,7 ton/año de MP2,S5.
Se contemplan medidas de control para el abatimiento de emisiones de material particulado y gases de combustión. Para mayor detalle de éstas, ver numeral 7.1.1 de la presente Resolución.
Para mayor detalle, ver numerales 2.5.7, 3.11.1 y Anexo N10 todos de la DIA, Anexo N11 y numeral 5.2.1, ambos de la Adenda de la DIA, y numeral 5.1.1 y cuadro N*5.1.7, todos de la Adenda Complementaria de la DIA.
. Ruido: las actividades que se establecen como fuentes emisoras de ruido durante la etapa de construcción son las labores propias de esta etapa, tales como movimiento y uso de equipos y maquinarias y tránsito de vehículos en el interior del proyecto.
El área de emplazamiento del proyecto, corresponde a un entorno rural. No obstante ello, se identificaron algunas viviendas, posibles de ser afectadas por las emisiones sonoras de la construcción del proyecto. Se identificaron cinco focos sensibles cercanos al área del proyecto, correspondiente principalmente a segundas viviendas (casas de veraneo) de los cuales, el punto sensible más cercano se encuentra a 315 m del proyecto.
De acuerdo a la estimación de ruido para la etapa de construcción del proyecto (ver cuadro N“2.5.11 de la DIA), los niveles sonoros generados durante esta etapa se encuentran por debajo de los niveles máximos establecidos por la normativa, en los puntos sensibles cercanos identificados.
Para mayor detalle, ver numerales 2.5.7, 3.11.2 y Anexo N'%, todos de la DIA, numeral 2.4.1 de la Adenda de la DIA, y Anexo N*1 de la Adenda Complementaria de la DIA.
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. Aguas servidas: las aguas servidas domiciliarias serán generadas por el funcionamiento de los servicios higiénicos que se encontrarán dispuestos en distintas dependencias de la instalación de faenas. Se contempla para su tratamiento una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) y una frecuencia de generación de 50,7 m'/día.
El efluente, una vez tratado, se utilizará para humectación de caminos, preparación y curado de hormigón y eventualmente para riego en los frentes de trabajo. Se contempla su monitoreo mensual, para medición de los niveles fisicoquímicos de acuerdo a lo establecido en el NCh N*1.333 para riego, cuyos resultados se encontrarán en faena.
Para mayores detalles, de la PTAS y los residuos líquidos domiciliarios, consultar el Anexo N* 13 de la DIA.
Adicionalmente, existirán baños químicos en los frentes de trabajo, los cuales serán mantenidos por la misma empresa proveedora, quién se encargará del retiro de estos y la disposición adecuada de las aguas servidas.
Para mayor detalle, ver numeral 2.5.8.3 de la DIA, numerales 2.3, 3.1 y literal b) del numeral 5.2.2 de la Adenda de la DIA.
. Efluentes líquidos derivados del lavado de canoas, ruedas y betoneras de camiones mixer: para estas actividades se contempla en total el uso de aproximadamente 400 litros de agua por camión, y considerando el requerimiento total de hormigón para la presente etapa, se contempla un total de 1.500 lavados, lo que generará en total 600 m' de efluentes producto de esta actividad.
En cuanto a la composición del efluente líquido generado por el lavado de las betoneras, canoas y ruedas, este corresponde a una mezcla de agua y hormigón (cemento, arena y gravas) también conocido como “lechada”, la que posteriormente es decantada en el sistema de recirculación de aguas y permitiendo de esta forma el manejo del residuo (lodo) una vez seco como un residuo industrial no peligroso y/o sea reutilizado como relleno de fundaciones para aerogeneradores, emplantillados y otros.
Para mayor detalle, ver numeral 5.2.2 de la Adenda de la DIA.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
. Residuos Sólidos Domiciliarios: del tipo orgánicos, papeles, restos de alimentos, entre otros. Este tipo de residuos se generará principalmente por el funcionamiento del comedor que se emplazará en la instalación de faena y a la generación por parte del personal. Estos residuos serán almacenados en un área habilitada para ello, al interior de contenedores tapados, lavables y al interior de bolsas plásticas, de manera de evitar la propagación de vectores y la generación de olores. La frecuencia de retiro será de dos veces por semana por una empresa autorizada para su transporte a un sitio de disposición final autorizado.
La cantidad a generar en la etapa de máxima dotación de personal durante la fase de construcción corresponde a 338 kg/día
considerando la generación de 1 kg por persona/día.
Para mayor detalle, ver numerales 2.5.8.1, 3.12.1 y Anexo N%14, todos de la DIA, y numeral 3.2 de la Adenda de la DIA.
. Residuos Industriales no Peligrosos: se generarán: estos
tipos de residuos, tales como restos de cartón, plástico, ciñtas de
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embalaje, despuntes, pernos, material de escarpe y excavación, entre otros. Se almacenarán temporalmente en el patio de salvataje que tendrá lugar en la instalación de faenas. El patio de salvataje será un área despejada, con superficie de ripio y cercada, al interior de la instalación de faenas donde los RISES estarán acoplados en forma ordenada según su tipo.
Existirá señalización que contribuirá a mantener el orden general del área, de tal forma de facilitar tareas de retiro para disposición final y/o reciclaje.
Se estima una generación de 3 ton/mes de este tipo de residuos, y la frecuencia de retiro dependerá de la tasa de generación
conforme las obras asociadas a la fase de construcción, no |
obstante, se estima una frecuencia de retiro máxima cada dos meses.
En el caso del material de escarpe y excavación, que no sea utilizado para las actividades de relleno, se transportará de forma periódica por un tercero autorizado para que sea dispuesto en lugar autorizado.
Finalmente el hormigón residual, derivado de la piscina de recirculación de agua contemplada en instalación de faena, en caso de no ser utilizado como relleno complementario será transportado y dispuesto en sitio autorizado mediante una empresa externa autorizada.
Para mayor detalle, ver numerales 2.5.8.2, 3.12.1 y Anexo N*14 todos de la DIA, y numerales 3.2 y 5.2.3, todos de la Adenda de la DIA.
. Residuos Peligrosos: se generarán del tipo envase de lubricantes usados, aceites usados, piezas y paños contaminados (trapos, huaipes), envases vacíos con pinturas y solventes, derivados especialmente de las actividades de mantención de equipos y maquinarias. Estos residuos serán almacenados en la bodega de residuos peligrosos que se encontrará en la instalación de faenas, segregados según compatibilidad de residuos. La bodega de residuos peligrosos cumplirá con las exigencias contenidas en el Decreto Supremo N*148/2003 del Ministerio de Salud.
La tasa de generación estimada de este tipo de residuos será de 170 kg/mes, mientras que la frecuencia de retiro será trimestral.
Para mayor detalle, ver numerales 2.5.8.4 y 3.12.1, todos de la DIA, y numeral 3.2.2 de la Adenda Complementaria de la DIA.
. Aceites, grasas y lubricantes: se requerirá de aceites y lubricantes para la mantención ordinaria de vehículos y maquinarias, para lo que se considera un consumo mensual de 200 L. La capacidad de la bodega de almacenamiento será de 1.000 L.
El almacenamiento de estas sustancias, tanto la bodega destinada para ello, como su identificación cumplirán los requerimientos exigidos en el Decreto Supremo N*78/2009, del Ministerio de Salud (ver numeral 7.5.1 de la presente Resolución).
Para mayor detalle, ver numeral 3.12.2 de la DIA, y numeral 2.3 de la Adenda Complementaria de la DIA.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta Fase.
ll
Numeral 5.1 del Informe Consolidado de Evaluación.
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4.3.2. FASE DE OPERACIÓN
A continuación, el detalle de las actividades que contempla la etapa de operación:
a) Acciones período de prueba: el período de prueba y puesta en marcha, considera el accionamiento y revisión del correcto funcionamiento de los equipos instalados, la continuidad eléctrica del sistema, la conexión a tierra, las secuencias de fases, la operación y funcionamiento de los circuitos de comunicación entre aerogeneradores y sala de control, la instrumentación de control y pruebas con cargas, las que incluyen la protocolización de pruebas de montaje, pruebas eléctricas y mecánicas de todos los equipos e instrumentos. Adicionalmente, se ajustarán y revisarán protocolos de contingencia y emergencia.
Para mayor detalle, ver numeral 2.6.1 de la DIA.
b) Funcionamiento del parque eólico: la operación del Parque Eólico propiamente tal, corresponderá al funcionamiento de los aerogeneradores y de la LTE. La energía cinética del viento será captada por las aspas, las cuales a partir de la resistencia ofrecida al viento rotarán, transformando la energía eólica en cinética y luego en eléctrica a partir del generador albergado en la góndola.
La energía generada atraviesa un conversor que cambia la frecuencia y voltaje de la corriente, para luego pasar a un transformador que elevará el voltaje a 33kV. Posteriormente, la energía es transportada a través de la torre para luego mediante los circuitos soterrados llegar a la S/E Elevadora. En dicha S/E el voltaje es elevado a 220 kV para ser conducida a través de la LTE de alta tensión hasta otra S/E, desde donde se inyectará la energía a la LTE Los Vilos — Pan de Azúcar perteneciente al SIC.
Cabe hacer presente que las balizas que se posarán en el extremo superior de las góndolas, serán blancas de mediana intensidad, con destellos simultáneos. Lo anterior en concordancia a lo establecido por la DGAC.
Para mayor detalle, ver numeral 2.6.1 de la DIA, numeral 1.3.9 de la Adenda de la DIA, y numeral 1.4.1 de la Adenda Complementaria de la DIA.
c) Monitoreo sala de control: la sala de control corresponderá al lugar donde se efectuará el control remoto y monitoreo permanente de los aerogeneradores del Parque, el sistema eléctrico en general, la S/E y la LTE, durante la fase de operación del proyecto.
Su objetivo es agrupar las tareas operativas de control y seguridad de todo el Parque Eólico, albergará los principales equipos de mando y supervisión, las baterías, los cargadores, los armarios de protecciones eléctricas, sala de equipos de comunicaciones y contra incendios, etc. Esta sala estará ubicada dentro del predio de la S/E Elevadora 33/220 kV, y abarcará una superficie suficiente para alojar los sistemas de maniobra, control, protección y comunicación.
Para mayor detalle, ver numeral 2.6.1 de la DIA, numeral 1.4.4 de la Adenda de la DIA.
d) Actividades de mantención: se contemplan actividades de mantención durante la operación del proyecto que serán del tipo preventivas y correctivas. A continuación, el detalle de éstas:
Inspecciones continuas: de manera periódica y como parte fundamental de la inspección del correcto funcionamiento del proyecto, se realizarán recorridos de inspección y seguridad, para todas las instalaciones del Proyecto. Estos recorridos comprenden tanto inspecciones visuales como pruebas de funcionamiento de los equipos y partes de todas las instalaciones, obras y componentes que participan en el funcionamiento del Parque Eólico. También se contempla en este sentido, la revisión de los indicadores de nivel y datos almacenados relacionados con el funcionamiento remoto de los equipos. De manera específica, se contempla la mantención continua de caminos” (perfilamiento), mantención de la S/E Elevadora y aerogeneradores (dos veces ál: año! mantenimiento preventivo) y mantenimiento de edificaciones (que contempla aseo, vigilancia y reparaciones). E
Mantenciones no programadas: eventualmente, los recorridos de inspección pueden dár
lugar a algún tipo de hallazgo, que independiente de su naturaleza, ya sea por desperfecto de algún equipo, problemas o pérdida de señalizaciones en caminos o estructuras, requerimiento de mantención de caminos, sustitución de componentes, reparación de estructuras u otro, darán lugar a acciones de mantención correctiva no programadas.
Para la LTE por ejemplo, se consideran recorridos anuales de inspección visual de los conductores y estructuras de suspensión y fundación. Adicionalmente, se realizarán inspecciones extraordinarias posteriores a eventos anormales y/o atípicos tales como incendios, sismos o lluvias intensas que pudiesen afectar la correcta operación del Parque Fólico.
Para el caso de los caminos públicos que utilizará el proyecto (Ruta D-620 y D-624), se contemplan mantenciones cada tres años, pudiendo ser variable en la medida que el estado de conservación de las carpetas de rodado lo requiera. Las actividades de mantención de caminos públicos serán principalmente el perfilamiento de caminos, en las cuales se restituye el perfil de diseño del camino, cubriendo los baches mediante la incorporación de material y posterior emparejamiento
con rodillo.
De igual forma se realizará un Plan de mantenimiento periódico de la ruta de acceso al parque (Ruta D-620 Cruce Ruta 5- Mineral de Talca), el cual contemplará las siguientes acciones:
o Inspecciones periódicas cada vez que existan precipitaciones intensas o eventos climáticos ' externos en el área del Proyecto y toda vez que exista traslado de maquinaria de grandes
dimensiones como sobrepeso o sobreancho. - Perfilamiento de caminos de acceso en el caso que exista una intensa formación de calaminas y/o recarga de ripio en las que presentan baches.
El medio de verificación de estas medidas serán informes y registros fotográficos de las actividades realizadas que se mantendrán en faena a disposición de la autoridad. Además, se mantendrá registro fechado en faena de las inspecciones periódicas luego de precipitaciones intensas o eventos climáticos y cada vez que exista traslado de maquinaria de grandes dimensiones.
Para mayor detalle, ver numeral 7.2 de la Adenda de la DIA, y numeral 7.2 de la Adenda Complementaria de la DIA.
Mantenciones programadas: las mantenciones programadas se refieren a aquellas obras de mantención que se realizarán en base a la periodicidad indicada por las especificaciones técnicas de equipos y maquinarias. Al respecto cabe señalar que se contemplan 80 horas anuales de mantenimiento por aerogenerador y dos veces en el año como mínimo. Éste consistirá principalmente en la verificación de la calidad de los aceites de lubricación de la caja multiplicadora de velocidad del aerogenerador.
Para mayor detalle, ver numerales 2.6.1 y 2.6.5, ambos de la DIA, numerales 1.4.2, 1.4.3 y 1.4.5, todos de la Adenda de la DIA.
Mano de obra 10 personas. Para mayor detalle, ver numeral 7 del Informe Consolidado de Evaluación. o
Provisión de Suministros | * Agua Potable: el agua potable será abastecida mediante
Básicos en la Etapa de Un sistema de agua potable definitivo para las instalaciones del
Operación. Proyecto, el que será tramitado sectorialmente y en forma
oportuna con la SEREMI de Salud de la Región de Coquimbo.
Será abastecida en una cantidad de 150 l/día por persona y cumplirá con los requisitos del D.S. N*%594/1999 del Ministerio de Salud. También se proveerá de agua potable envasada en botellas, para el personal que se encontrará en terreno realizando los recorridos de inspección y seguridad.
Para mayor detalle, ver numeral 2.6.6.1 de la DIA, numeral 1.6.2 de la Adenda de la DIA, y numeral 1.4.1 de la Adenda Complementaria de la DIA.
. Energía Eléctrica: la energía eléctrica será auto
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suministrada, y se contará con un generador de respaldo en el área de servicios de la S/E para casos de corte y/o interrupción del suministro eléctrico; cabe señalar eso sí que este generador se utilizará únicamente ante situaciones de emergencia o de corte de suministro eléctrico. Para mayor detalle, ver numeral 2.6.6.2 de la DIA.
. Alimentación: entre las instalaciones para el personal que desempeñará labores durante la fase de operación del Proyecto, se contempla la habilitación de un comedor entre las dependencias que conformen el área de servicios de la S/E Elevadora. Los operarios serán abastecidos de comida por parte de un servicio externo, no habiendo manipulación de alimentos en el área de servicios. Para mayor detalle, ver numeral 2.6.6.4 de la DIA.
. Servicios Higiénicos: los servicios higiénicos se encontrarán en las dependencias del área de servicios de la S/E Elevadora.
. Transporte: el transporte de combustibles, sustancias peligrosas, residuos sólidos y/o carga en general, no forma parte del proyecto. No obstante, durante la fase de operación del Proyecto se estima una circulación de viajes producto de la mantención, monitoreo y acceso de los 10 operarios que trabajarán durante 8 horas diarias de lunes a viernes en el Parque Eólico.
Para mayor detalle, ver numeral 2.6.6.6 de la DIA, y numeral 1.8 de la Adenda de la DIA.
Recursos naturales renovables
Durante la presente fase no se explotarán ni extraerán recursos naturales renovables, como vegetación, flora, fauna, suelo y recurso hídrico, toda vez que las actividades de operación, mantenimiento y seguimiento se acotan a lo descrito en el presente documento.
Para mayor detalle, ver numeral 2.6.8 de la DIA.
Emisiones y efluentes
. Material particulado y gases de combustión: las emisiones de material particulado y gases de combustión en esta fase serán acotadas y puntuales, derivadas de actividades de tránsito de vehículos para labores de mantención principalmente. La generación de emisiones atmosféricas será significativamente menor (0,4 ton/año de MP10 y 0,1 ton/año de MP2,5) que en la etapa de construcción.
En esta etapa se llevarán a cabo las mismas medidas de control que en la etapa de construcción, según corresponda (ver numeral 11.1.1 del Informe Consolidado de Evaluación).
Para mayor detalle, ver numerales 2.6.9.1, 3.11.1 y Anexo N%10, todos de la DIA, Anexo N11 y numeral 5.2.1, ambos de la Adenda de la DIA, y numeral 5.1.1 y Cuadro N5.1.7, todos de la Adenda Complementaria de la DIA.
. Emisiones Luminosas (Shadow Flicker): el efecto de sombra intermitente (shadow flicker) que generan las aspas del rotor en movimiento cuando interceptan la luz solar resulta apreciable a distancias menores a 500 metros del aerogenerador y entre 500 y 1000 metros de distancia el efecto se vuelve imperceptible.
Los aerogeneradores, al igual que el resto de estructuras altas, proyectan una sombra en las áreas vecinas cuando; él sol está
visible (días despejados). Para receptores cercanos a
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aerogeneradores, es posible que perciban la forma como las aspas del rotor cortan la luz solar, causando un efecto de parpadeo cuando el rotor está en movimiento. Según criterio planteado por la Asociación Danesa de la Industria del Viento, a distancias de entre 500 - 1.000 m, los efectos del parpadeo no serán observados ya que la sombra de las turbinas se verán como un objeto fijo. No obstante ello, el estudio abarcó la sombra proyectada hasta los 1.000 m.
De acuerdo a las mediciones realizadas en el área del proyecto y en los receptores sensibles más cercanos, se estableció que existen 6 posibles receptores ubicados dentro del área de incidencia del proyecto para los cuales se superaría el límite referencial de proyección de sombra intermitente a lo largo del año y/o diaria (más de 30 horas anuales y/o más de 30 minutos diarios).
Luego, a partir de un análisis de la configuración espacial del entorno de los 6 receptores es posible indicar que ninguno de ellos cuenta con residentes de forma permanente, dado que en la visita a terreno se constató que sobre el 90% de construcciones habitacionales se encontraban deshabitadas, por lo que a pesar de los resultados obtenidos, el efecto de sombra no es representativo para dichos receptores.
Para mayor detalle, ver numeral 2.6.9.3 y Anexo N*12 ambos de la DIA.
. Radiación Electromagnética: la producción y transmisión de energía eléctrica genera campos electromagnéticos asociados a aerogeneradores, circuitos soterrados y S/E Elevadora.
En el caso de los aerogeneradores, la estructura de acero sólido de la torre actuará de aislante, de tal forma que los campos electromagnéticos resultan despreciables en el entorno de la base de los aerogeneradores.
En lo que refiere a la S/E Elevadora, el campo electromagnético al exterior del cercado perimetral, se encontrará dentro de los estándares propios de tales instalaciones.
De acuerdo a lo establecido en la normativa referencial internacional respecto a emisiones electromagnéticas (Anexo N*11 de la DIA), se indica que las emisiones se mantendrán dentro de los estándares internacionales de exposición de público general y exposición laboral.
Para mayor detalle, ver numeral 2.6.9.4 de la DIA.
. Ruido: las actividades que corresponderán a fuentes emisoras de ruido durante la presente etapa, corresponderán principalmente al tránsito de vehículos para actividades de mantención, al funcionamiento de los aerogeneradores y de la subestación eléctrica.
De acuerdo a la estimación de ruido para esta etapa (ver cuadro N2.6.7 de la DIA), se determina que los valores están por debajo de los límites establecidos por la normativa ambiental vigente en la materia. Los valores proyectados, corresponden al escenario más desfavorable de operación, medidos en los puntos sensibles identificados (ver cuadro N%.6.6 de la DIA), y considerando el funcionamiento simultáneo de la totalidad de los aerogeneradores y de la subestación eléctrica.
Para mayor detalle, ver numerales 2.6.9.2, 3.11.2 y Anexo N*9, todos de la DIA.
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. Efluentes líquidos: las aguas servidas domiciliarias provendrán de los servicios higiénicos que se encontrarán dispuestos en el área de servicios de la S/E Elevadora. Se contempla una tasa de generación de 1,5 m'/día. Este efluente será tratado mediante una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) que se habilitará en el área de servicios, considerando una dotación de 10 personas.
Las aguas tratadas en la planta de tratamiento, serán acumuladas en un estanque de la PTAS para posteriormente ser utilizadas para el riego de caminos y áreas verdes. Por lo anterior, se considera monitoreos semestrales del efluente tratado, para asegurar los estándares establecidos en la NCh N*1.333 para riego.
Para mayor detalle, ver numeral 2.6.10.3 y Anexo N*13, ambos de la DIA, literal b) del numeral 3.1.4 y literal b) del numeral 5.2.2, ambos de la Adenda de la DIA.
Residuos, productos químicos y Otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
. Residuos Sólidos Domiciliarios: serán del tipo orgánicos, papeles, restos de alimentos, entre otros. Este tipo de residuos estará asociado principalmente al funcionamiento del comedor y sala de control que se emplazará en el área de servicios de la S/E Elevadora. Estos residuos serán almacenados en un área habilitada para ello en las dependencias de la S/E, al interior de contenedores, tapados, lavables y al interior de bolsas plásticas, de manera de evitar la propagación de vectores y la generación de olores; lo que también se verá resguardado por la frecuencia de retiro de dos veces por semana por una empresa autorizada para su transporte a un sitio de disposición final autorizado.
La cantidad de este tipo de residuos a generar en fase de operación, corresponderá a 10 kg/día (dotación de 10 trabajadores).
Para mayor detalle, ver numerales 2.6.10,1, 3.12.1 y Anexo N'14, todos de la DIA, y numeral 3.2 de la Adenda de la DIA.
. Residuos Industriales no Peligrosos: se generarán por las labores de mantención que contempla el proyecto durante esta etapa. Los tipos de residuos generados serán de embalaje, fierro, cartones, cables y maderas. La cantidad estará relacionada a la magnitud de las labores de mantenimiento, estimándose una generación de 92 kg/mes. Los residuos serán acopiados temporalmente en un sector delimitado con este fin en las dependencias de la S/E Elevadora, desde donde serán retirados por una empresa especializada y autorizada para su transporte a un sitio de disposición final autorizado, con una frecuencia bimensual.
Para mayor detalle, ver numerales 2.6.10.2, 3.12.1 y Anexo N*%14 todos de la DIA.
. Residuos Peligrosos: los residuos sólidos peligrosos que generará la fase de operación se refieren a aceites usados, huaipes, paños y elementos de protección personal contaminados con aceite debido a las labores de mantención. Estos residuos serán almacenados en la bodega de residuos peligrosos que se encontrará en las dependencias de la S/E Elevadora, segregados según compatibilidad de residuos.
La bodega de residuos peligrosos cumplirá con las exi gencias: contenidas en el D.S. N*%148/2003 del Ministerio de/Salud que Aprueba Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos
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Peligrosos.
La tasa de generación estimada de este tipo de residuos se estima en 101 kg/mes. Se prevé el retiro de estos residuos en forma inmediata tras su generación ante labores de mantención mayores referidas a la re lubricación de los aerogeneradores.
Para el caso de mantenciones menores, este tipo de residuos será almacenado en la bodega de residuos peligrosos, para posteriormente ser transportados y dispuestos de manera definitiva en un relleno de seguridad autorizado, con una frecuencia máxima de 6 meses.
Para mayor detalle, ver numerales 2.6.10.4, 3.12.1 y Anexo NS, todos de la DIA, y numeral 3.2.2 de la Adenda Complementaria de la DIA.
. Lubricantes: las sustancias a utilizar por el Proyecto se refieren a lubricantes requeridos para las labores de mantención de los equipos. Estas sustancias se almacenarán en cantidades menores, para labores de mantenciones menores, para lo cual se contará con una bodega (almacén) de almacenamiento de sustancias peligrosas en las dependencias de la S/E Elevadora, la cual se encontrará en conformidad a lo señalado en el D.S. N*78/2009 del Ministerio de Salud el cual Aprueba Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas, y cuya capacidad de almacenamiento será de 200 l.
Para mayor detalle, ver numerales 2.6.10.5 y 3.12.2, ambos de la DIA, y numeral 2.3 de la Adenda Complementaria de la DIA.
Referencia al ICE para . . mayores detalles sobre esta Numeral 5.2 del Informe Consolidado de Evaluación.
Fase. |
4.3.3. FASE DE CIERRE
¡A continuación se describen las distintas actividades a realizar:
a) Instalación de faena de cierre: la presente fase, contará con un área de instalación de faenas para contener las dependencias requeridas para el desarrollo de esta etapa, referidas a oficinas de contratistas, comedor, servicios higiénicos, acopio de insumos; entre otros. La ubicación de la instalación de faena para esta fase será la misma que para la etapa de construcción del proyecto, ocupando una superficie de 5,73 hectáreas.
Los componentes de la instalación de faena serán similares a los de la etapa de construcción, a excepción de la planta de hormigón que no contempla esta etapa. Igualmente contará con un área de mantención de vehículos y maquinaria, de acuerdo a las mismas características que en etapa de construcción.
Para mayor detalle, ver numeral 1.5,1 de la Adenda de la DIA.
b) Desmantelamiento de Infraestructura: para el desmantelamiento de la infraestructura se desenergizará las instalaciones, para luego desmontar y desmantelar las estructuras. Se desmontarán los aerogeneradores, retirando todas sus partes del lugar. A continuación, se desmontarán las torres de la Línea de Transmisión Eléctrica, retirando las partes y el cableado. La S/E Elevadora y todos sus componentes y dependencia serán desmantelados, y todas las partes serán retiradas del lugar.
Todo el material, obras u equipos demolidos, deshabilitados o desmantelados serán retirados del área del proyecto por un tercero autorizado. Igualmente se dará prioridad a la venta a terceros de manera de que sean reutilizados aquellos componentes que pudieran tener utilidad en alguna otra actividad.
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Los medios de verificación que estarán en el área del proyecto y que acreditarán el retiro por terceros autorizados, corresponderán a las guías de despacho del retiro por parte de una empresa externa autorizada y, en caso de corresponder a residuos, se contarán con las declaraciones de disposición final.
Para mayor detalle, ver numeral 2.7.1 de la DIA, y numeral 1.5.3 de la Adenda de la DIA.
c) Restauración de la Morfología de las Áreas Intervenidas: la restauración de la morfología de las áreas intervenidas se refiere principalmente a cubrir con material las fundaciones de los aerogeneradores y torres de la LTE, para mantener el nivel del terreno natural. Respecto a los circuitos que van soterrados, no se considera su remoción a fin de no perturbar el suelo y vegetación que pueda desarrollarse en la superficie.
El material que se utilizará para el cubrimiento de las fundaciones, provendrá de terceros autorizados y se estima un volumen total de material de 19.000 mé para fundación de los aerogeneradores y de 3.900 mÍ de material para fundaciones de torres de LTE. En cuanto a la | acreditación del origen del material, un (1) mes antes del inicio de la etapa de cierre se mantendrá en faena, a disposición de la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) un informe indicando el origen del material que se utilizará para rellenar las superficies dejadas por las fundaciones y sus características orgánicas y edáficas (priorizando el uso de material similar al del área de Proyecto).
En cuanto a las medidas de manejo del material de relleno acopiado en cada una de las plataformas de los aerogeneradores, se contempla el resguardo de éste a través de la implementación de un perímetro cerrado delimitado por malla raschel. En caso de que el material se encuentre sin uso por más de 72 horas, se procederá a su humectación para evitar la dispersión del mismo en el sector y el cubrimiento del mismo con malla raschel a modo de mantención del acopio.
El relleno para el confinamiento de la fundación se construirá por capas de unos 25-30 cm empleando una retroexcavadora. La última capa estará compuesta de tierra vegetal y material de cobertura.
Para mayor detalle, ver numeral 1.5.2 de la Adenda de la DIA, y numeral 1.3.1 de la Adenda Complementaria de la DIA.
d) Prevención de futuras emisiones: tras desenergizar las instalaciones, y luego de desmontar y desmantelar las estructuras del proyecto, el cierre del proyecto no generará futuras emisiones, puesto que no existirán elementos que se relacionen con algún tipo de emisión, ni tampoco se utilizarán sustancias en la operación del proyecto que persistan en el lugar bajo ningún tipo de acopio o disposición, ni tampoco existirá ningún tipo de residuo bajo ningún tipo o forma de acopio que implicase la generación de futuras emisiones de ningún tipo.
Para mayor detalle, ver numeral 2.7.3 de la DIA. e) Mantención, conservación y supervisión: retiradas las partes de la infraestructura desmantelada, y cubiertas las fundaciones con material para mantener el nivel del terreno natural,
no se requerirán labores de mantención de la fase de cierre ni de supervisión.
Para mayor detalle, ver numeral 2.7.4 de la DIA.
“Mano de obra 100 personas. Para mayor detalle, ver numeral 7 del Informe | | Consolidado de Evaluación.
Provisión de Suministros * Combustible: el almacenamiento y suministro de Básicos en la Etapa de Cierre. | combustible será como en la etapa de construcción. Se almacenará en un estanque de 5.000 litros ubicado en el área de instalación de faenas, el cual será declarado ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). Desde este estanque se proveerá de combustible a las distintas maquinarias y vehículos en una zona de carga y descarga, impermeabilizada y con sistema de control de derrames, y el área contará con material absorbente para eventuales derrames.
Se prevé un consumo de combustible por concept maquinarias y vehículos de 1.500 //día, y un consumo de 120-/día para el funcionamiento de los grupos electrógenós que proporcionarán energía eléctrica a la instalación de faenas.
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Para mayor detalle, ver numeral 1.6.3 de la Adenda de la DIA, y numeral 2.3 de la Adenda Complementaria de la DIA.
. Electricidad: la energía eléctrica en esta etapa será suministrada por generadores diésel. Se contará con un generador de 250 kW en la instalación de faenas y otro generador en los frentes de trabajo.
. Agua potable: el agua potable será suministrada por distribuidores autorizados, y será trasladada al área de instalación de faenas mediante camiones aljibes, para ser almacenada en 4 estanques de acumulación de agua potable de 35 m cada uno, con un sistema de cloración simple incorporado. El agua será abastecida en una cantidad de 150 litros por persona/día y cumplirá con los requisitos conforme a lo indicado por el D.S. N 594/99 del Ministerio de Salud.
Se contará además, con dispensadores de agua en la instalación de faenas, y se proveerá de agua envasada para el consumo de agua a los trabajadores en los frentes de trabajo móviles.
Para mayor detalle, ver numeral 1.6.5 de la Adenda de la DIA, y numeral 1.4.2 de la Adenda Complementaria de la DIA.
. Servicios higiénicos: los servicios higiénicos se encontrarán en distintas dependencias al interior de la instalación de faenas. Para el caso de los frentes de trabajo móviles, conforme avance la desmantelación del Proyecto, se contará con baños químicos con lavamanos en servicio adquirido a una empresa especializada y autorizada para dicha labor.
El manejo y disposición final de los residuos contenidos por éstos será llevado a cabo en forma periódica por la misma empresa proveedora. Sin perjuicio de lo anterior, se exigirá el cumplimiento de cada una de las medidas dictadas por la legislación aplicable al caso.
. Alojamiento: la mano de obra provendrá de los centros poblados, principalmente de Ovalle, por lo tanto, no se contempla disponer de campamentos ni sitios de pernoctación del personal.
. Transporte: las actividades de transporte de combustibles, sustancias peligrosas, residuos sólidos y/o carga en general, no forman parte del proyecto y se ejecutarán por terceros autorizados del rubro. Durante la etapa de cierre el tránsito de vehículos se asocia a las actividades de desmantelamiento de las instalaciones y de las obras de restitución de la morfología de las áreas intervenidas.
Para mayor detalle, ver numeral 2.9 de la DIA, y numeral 1.8 de la Adenda de la DIA.
| Recursos naturales renovables
!
' Durante la presente fase no se explotarán ni extraerán recursos
naturales renovables, como vegetación, flora, fauna, suelo y recurso hídrico.
Emisiones y efluentes
. Material particulado y gases de combustión: las emisiones en esta etapa, derivarán de las actividades asociadas a desmantelamiento de la infraestructura y circulación de vehículos por caminos no pavimentados, principalmente.
En la fase de cierre, las emisiones son menores que la fase de
20
construcción (4,3 ton/año de MP10 y 2,2 ton/año de MP2,5), debido principalmente a que las actividades se desarrollarán durante un período de tiempo menor (6 meses) y no considera actividades de escarpe, excavaciones, transferencia de material, entre otros.
Para mayor detalle, ver Anexo N11 y numeral 5.2.1, ambos de la Adenda de la DIA, numeral 5.1.1 y Cuadro N5.1.7, todos de la Adenda Complementaria de la DIA.
. Aguas servidas: las aguas servidas domiciliarias provendrán de los servicios higiénicos e instalaciones que se encontrarán dispuestas en el área de instalación de faena. Se contempla una tasa de generación de 15 m'/día. Este efluente será tratado mediante una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) que se habilitará en el área de faena.
Las aguas tratadas en la planta de tratamiento, serán acumuladas en estanques de la PTAS para posteriormente ser utilizadas para el riego de caminos y áreas verdes. El efluente cumplirá con los parámetros de calidad establecidos en la NCh N*1.333 para riego.
Para mayor detalle, ver numeral 3.1.3 de la Adenda de la DIA, y literal b) del numeral 5.2.2 de la Adenda de la DIA.
. Ruido: las actividades que se establecen como fuentes emisoras de ruido durante la etapa de cierre son similares a las establecidas en la etapa de construcción del proyecto, pero más acotadas en el tiempo, y derivarán de actividades propias de esta etapa tales como tránsito de vehículos en el interior del proyecto, actividades de desmantelamiento, entre otros.
Las emisiones de ruido emitidas por las actividades propias en etapa de cierre del proyecto serán puntuales y acotadas, por lo cual
no son significativas.
Para mayor detalle, ver Anexo N%9 de la DIA.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
. Residuos Sólidos Domiciliarios: se contempla la generación de residuos domésticos derivados principalmente por el funcionamiento del comedor que se emplazará en la instalación de faena de cierre y a la generación por parte del personal. Serán del tipo orgánicos, papeles, restos de alimentos, entre otros.
Estos residuos serán almacenados en un área habilitada para ello, al interior de contenedores, tapados, lavables y al interior de bolsas plásticas.
La cantidad a generar en la etapa de cierre será de 100 kg/día. La frecuencia de retiro será de dos veces por semana por una empresa autorizada para su transporte a un sitio de disposición final autorizado.
Para mayor detalle, ver numeral 3.2.3 y cuadro N“2.3.1, ambos de la Adenda de la DIA.
. Residuos Industriales no Peligrosos: derivados de actividades propias de la etapa de cierre, tales como | desmantelación de las partes y obras físicas del proyecto;Ka Tas de generación será de 3 ton/mes. Las características” de-éstos residuos serán del tipo cartón, maderas, embalaje; déspuntes, pernos, entre otros.
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Se almacenarán temporalmente en el patio de salvataje habilitado en la instalación de faena de la etapa de cierre. Luego serán retirados con una frecuencia bimensual por una empresa autorizada del rubro para ser dispuestos en lugar autorizado.
Para mayor detalle, ver cuadro N*2.3.1 de la Adenda de la DIA.
. Residuos Peligrosos: se generarán residuos sólidos peligrosos derivados de actividades propias de desmantelación. Estos serán acopiados temporalmente en contenedores tapados y herméticos al interior de la bodega de residuos peligrosos acondicionada para ello, para su posterior retiro por parte de empresas autorizadas para transportarlos para su disposición final en lugar autorizado.
Se contempla una tasa de generación de 170 kg/mes y retiro cada tres meses.
Para mayor detalle, ver cuadro N*2.3.1 de la Adenda de la DIA, numeral 3.2.2 de la Adenda Complementaria de la DIA.
. Lubricantes, grasas y aceites: se requerirá de la utilización de lubricantes, grasas y aceites para la mantención ordinaria de vehículos y maquinarias del proyecto, para lo que se considera un consumo mensual aproximado de 200 l/mes. Se contará con una bodega de almacenamiento de sustancias peligrosas, la cual deberá cumplir con lo señalado en el Decreto Supremo N* 78/2009 del Ministerio de Salud.
Para mayor detalle, ver numeral 2.3 de la Adenda Complementaria de la DIA.
Í
Referencia al ICE para | Numeral 5.3 del Informe Consolidado de Evaluación.
Mayores Detalles sobre esta | Fase. |
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO
La fase de construcción tendrá una duración de 16 meses, la fase de operación de 30 años, mientras que la etapa de cierre de 6 meses.
| 44,1, FASE DE CONSTRUCCIÓN
¡Fecha Estimada de Inicio y | Término
La fecha estimada de inicio de la etapa de construcción será noviembre de 2016 y la fecha estimada de término será marzo de | 2018.
El acto u acción concreta que establecerá el inicio de la fase de construcción será la instalación del primer contenedor dentro de la Parte, Obra o Acción que instalación de faenas, y el término de esta etapa será la puesta en Establece el Inicio y Término | marcha y pruebas realizadas a los aerogeneradores, S/E Elevadora y Línea de Transmisión Eléctrica.
4.4.2. FASE DE OPERACIÓN
Fecha Estimada de Inicio y | La fecha estimada de inicio de la etapa de operación será marzo Término 2018 y la fecha estimada de término será marzo de 2048.
Las actividades de inicio de la etapa de operación se refieren a las Parte, Obra o Acción que pruebas y puesta en marcha de equipo y sistema en general, y el establece el Inicio y término de esta etapa estará relacionado a la desconexión a partir Término. ' de la Línea Los Vilos — Pan de Azúcar al SIC de la subestación | elevadora.
22
4.4.3. FASE DE CIERRE
Fecha Estimada de Inicio y : Término
La fecha estimada de inicio de la etapa de cierre será marzo de 2048 y la fecha estimada de término será septiembre de 2048.
Parte, obra o acción que establece el inicio y Término.
Las actividades de inicio de la etapa de cierre se refieren a la desconexión a partir de la Línea Los Vilos — Pan de Azúcar al SIC de la subestación elevadora, y el término de esta etapa corresponderá al desmantelamiento de la instalación de faena de cierre.
- Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los demás efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N*
19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Yo CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS.
Impacto no significativo
De acuerdo a la estimación de emisiones atmosféricas del proyecto (Anexo N*10 de la DIA), correspondiente a material particulado y gases de combustión, se determina que no se supera los valores de concentraciones y periodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes.
De todas las fases del proyecto, la fase de construcción, es aquella que presenta el mayor aporte de material particulado; emisiones que se producirán como consecuencia del movimiento de tierra (escarpe, excavaciones) y del funcionamiento y circulación tanto de vehículos como de maquinarias.
Las emisiones acústicas durante la ejecución del proyecto se manifestarán principalmente en etapa de construcción, derivadas de las actividades propias de esta etapa. No obstante lo anterior, los niveles sonoros generados, se encuentran por debajo de los niveles máximos permitidos establecidos por la normativa para la zona acústica considerada, cumpliendo por tanto con los valores recomendados en la totalidad de receptores considerados (Ver Anexo N? 9 de la DIA).
En consideración a la estimación de emisiones acústicas y atmosféricas, las cuales se encuentran bajo los niveles máximos establecidos por la normativa ambiental vigente, al igual que el manejo de los efluentes líquidos generados en el proyecto, se determina que el proyecto no generará exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables.
Por otro lado, el proyecto generará en sus tres etapas (construcción, operación y cierre), residuos sólidos domésticos, peligrosos y no peligrosos. En cada una de estas, los residuos serán manejados adecuadamente, por lo tanto, no se contempla la exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables.
Fase en que se presenta
Etapa de construcción, operación y cierre.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Numeral 9.1 del Informe Consolidado de Evaluación.
De acuerdo a lo anterior, se concluye, que en consideración a la cantidad y calidad. efluentes, emisiones y residuos del proyecto no existirá riesgo para la salud de la població
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE.
LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y
AIRE.
Impacto no significativo | El área de emplazamiento del proyecto corresponde a un área rural,
es decir, fuera de los límites urbanos definidos para la Comuna de Ovalle. Los suelos del lugar corresponden a entisoles con escaso desarrollo edáfico y con clase de capacidad de uso VI, VII y VIII, los cuales se caracterizan por ser suelos que no representan mayor valor agrícola o forestal. Estos suelos son por lo general delgados, con una alta pedregosidad, tanto superficial como en el perfil y, además, se presenta una limitante climática por déficit hídrico.
La intervención del suelo por las obras del proyecto será acotada, por
lo cual no se contempla un impacto importante sobre este recurso.
Flora y vegetación: en general, el área de estudio se caracteriza por presentar una cobertura vegetacional determinada por pocas especies pero con una alta densidad de individuos (abundancia).
Se identificaron nueve (9) especies bajo alguna categoría de
conservación (ver numeral 8.3 del Informe Consolidado de
Evaluación). La intervención de las obras y actividades del proyecto no generará alteración significativa sobre estas especies toda vez que su intervención es reducida en comparación a la distribución y abundancia de estas especies en el área del proyecto. Considerando lo señalado, se concluye que el Proyecto no generará afectaciones
| significativas sobre el componente flora y vegetación dentro del área
del Proyecto y sus alrededores.
No obstante lo anterior, se llevarán a cabo medidas de control para su resguardo, que se detallan en el numeral 7.9.1 de la presente Resolución.
Fauna: De acuerdo a lo señalado en el Anexo N%4 de la DIA, de un total de cuarenta y dos (42) especies observadas en las dos campañas
llevadas a cabo, la mayor diversidad de especies corresponde a aves
(66,6%) seguido por mamíferos (19%), reptiles (10,4%) y anfibios (2%). De estas especies, 5 se encuentran clasificadas en alguna categoría de conservación (ver numeral 8.3 del Informe Consolidado de Evaluación).
Todas las especies observadas están presentes en varias regiones del país, presentando un amplio rango de distribución y abarcando varias zonas con diversidad de hábitats. Para mayor detalle, ver Anexo N%4 de la DIA.
En el estudio de avifauna no se observaron bandadas transitando por el área de influencia del Proyecto, así como tampoco áreas con concentración de aves migratorias en áreas de descanso, colonias y/o dormideros de aves, concentración de aves rapaces ni concentración de aves limícolas. Para mayor detalle, ver Anexo N“21 de la DIA.
La intervención durante etapa de construcción será acotada en el tiempo y espacio, por lo cual, y en consideración además a la abundancia y distribución de especies identificadas en el área del proyecto, no se contempla una afectación significativa para este recurso.
No obstante se llevarán a cabo medidas de control que se detallan en
| el numeral 7.9.2 de la presente Resolución.
24
Para mayor detalle, ver literal b) de los cuadros NW3.2.1, 3.14.1, 3.14.2, y Anexo N9, todos de la DIA, y numeral 5.3.3 de la Adenda de la DIA.
Agua Superficial: el área de emplazamiento del proyecto no presenta mayor interés hidrológico, producto de la ausencia de cursos de agua superficiales permanentes.
En el sector sólo se aprecian quebradas de carácter intermitente, las cuales se alimentan de las escasas precipitaciones invernales que se presentan en la región y que permiten un mayor desarrollo de la vegetación en los lechos.
El proyecto no generará afecciones a las quebradas ni cursos intermitentes que se asocian al Proyecto, principalmente porque no considera la extracción del recurso hídrico ni el vertido de ningún tipo de sustancia a estos cauces.
Agua Subterránea: la construcción y funcionamiento del Proyecto no considera la intervención de agua subterránea, por lo cual no se construirán pozos ni se extraerá agua. La única actividad que constituirá aporte de agua al terreno será el riego de áreas verdes y caminos no pavimentados. No obstante, el agua utilizada para esta actividad cumplirá los estándares establecidos en la NCh N1.333 destinada para riego. Por lo señalado, el proyecto no generaría una alteración del agua subterránea.
Para mayor detalle, ver literales c) y g) del cuadro N* 3.2.1 de la DIA, numeral 5.3.6 de la Adenda de la DIA, y numeral 5.2.6 de la Adenda Complementaria de la DIA.
Por último, se indica que el proyecto no contempla la introducción al territorio nacional de ningún tipo de especie de flora o fauna exóticas. Para mayor detalle, ver literal h) del cuadro NW3.2.1 de la DIA.
F ase en que se presenta
Etapa de Construcción y Cierre.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Numeral 9.2 del Informe Consolidado de Evaluación.
De acuerdo a lo anterior, se concluye que no existirán efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LoS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS
HUMAN OS.
Impacto no significativo
El proyecto no contempla la intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso.
El área de emplazamiento del Proyecto corresponde a un área rural, es decir, fuera de los límites urbanos definidos para la Comuna de Ovalle. En efecto, el área habitada más próxima corresponde a Caleta Punta de Talca emplazada aproximadamente a 400 m al Sur del área de estudio y a 570 m al Sur del aerogenerador más cercano (AE-01).
En cuanto a la dimensión geográfica, en el caso particular del proyecto, el mayor flujo vehicular se asociará a la fase de construcción, sin embargo, este será acotado y puntual en el tiempo
(máximo de 16 meses). En la fase de operación en tanto, sólo=S8:,
considera flujo menor de vehículos livianos asociado a actividades. de mantenimiento. Para mayor detalle, ver numeral 5.3.1 y Anexo N%6. ambos de la Adenda Complementaria de la DIA.
125
estos en caso de corresponder. Para mayor detalle, ver literal d) del numeral 5.2,3 de la Adenda de la DIA
| Referencia al ICE para Numeral 11.4.3 del Informe Consolidado de Evaluación. mayores detalles
7.5. SUSTANCIAS PELIGROSAS
7.5.1. Decreto Supremo N78/2009 del Ministerio de Salud, Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas.
Fase del Proyecto a la que Construcción, operación y cierre. Aplica
Forma de cumplimiento En la etapa de construcción y cierre igualmente, se instalará una bodega de almacenamiento de sustancias peligrosas que cumpla con todos los requerimientos presentes en este cuerpo normativo. Entre las características constructivas de la bodega, esta contará con piso de hormigón y un sistema de contención de derrames consistente en un pretil de contención de hormigón con 500 litros de capacidad.
En la etapa de operación se contará con una bodega en el área de subestación elevadora. Se considera contar con una cantidad máxima de diseño de 200 litros de lubricantes. La estantería para el almacenamiento de sustancias peligrosas contará con sistema de contención de derrame consistente en bandeja de contención de 200 litros de capacidad.
En todos los casos, el etiquetado de los productos se realizará conforme al presente cuerpo normativo. Además, se señalizará mediante letreros visibles a distancia, la clasificación de los productos almacenados en la bodega.
Se contará con las hojas de datos de seguridad de cada una de las sustancias almacenadas. Además, contará con sistema manual de extinción de incendios a base de extintores compatibles con los productos almacenados.
Cabe hacer presente que con fecha 29 de marzo de 2016 fue publicado en el Diario Oficial el Decreto N43 del Ministerio de Salud, que Aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas, el cual deroga al D.S. N78/2009, Este reglamento entrará en vigencia el 25 de Septiembre de 2016, por lo cual para efectos del seguimiento y fiscalización ambiental del proyecto se tendrá presente el contenido del citado cuerpo normativo.
Para mayor detalle, ver numeral 5.1.5.4 y 5.2.6.4, ambos del Informe Consolidado de Evaluación, numeral 4.3.2 de la DIA, y numeral 7.1 de la Adenda Complementaria de la DIA.
Indicador que acredita su Se dará cumplimiento a las restricciones, prohibiciones y exigencias cumplimiento establecidas en el presente decreto
Referencia al ICE para Numeral 11.5.1 del Informe Consolidado de Evaluación. mayores detalles
7.6. COMBUSTIBLE.
Aprueba Reglamento de Seguridad de las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos.
| Fase del Proyecto a la que Construcción y cierre. Aplica :
Durante la fase de construcción y etapa de cierre, el combustible
Forma de cumplimiento
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será almacenado en un estanque de combustible de 5.000 litros ubicado en el área de instalación de faenas en ambas etapas respectivamente, el cual será declarado ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). Desde este estanque se surtirá de combustible a las distintas maquinarias y vehículos del Proyecto en una zona de carga y descarga, la cual estará impermeabilizada y con sistema de control de derrames, además, el área contará con material absorbente para eventuales derrames (arena o similar).
Para mayor detalle, ver numeral 5.1.2 del Informe Consolidado de Evaluación, numeral 4.3.2 de la DIA, y numeral 2.6 de la Adenda de la DIA.
Indicador que acredita su cumplimiento
Se exigirá contractualmente a los contratistas respectivos el cumplimiento de la presente normativa.
Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 11.6.1 del Informe Consolidado de Evaluación.
7.7. PATRIMONIO CULTURAL.
7.7.1. Ley N"17.288 del Ministerio de Educación. Ley de Monumentos Nacionales y su Reglamento contenido en el Decreto Supremo N*484/1990 del Ministerio de Educación.
Fase del Proyecto a la que Aplica
Construcción, Operación y Cierre.
Forma de cumplimiento
En el área del proyecto se identificaron elementos del patrimonio | cultural, no obstante ninguno de estos elementos será afectado por las obras del Proyecto. (ver Anexo N% de la DIA)
De acuerdo a lo anterior, y a pesar que no existirá intervención directa sobre estos elementos, se establecerán medidas de control, durante todas las etapas del proyecto, las que se detallan a continuación:
Implementación de un cercado perimetral de 1,7 m de altura, en torno a todos estos hallazgos con un buffer de 2 m desde sus límites superficialmente definidos. Además, junto al cercado de cada uno de ellos se establecerá señalética visible, que indicará que corresponde a la presencia de patrimonio cultural, sus características específicas y la Ley que lo protege, además que señale la prohibición de actividades en estos lugares. Esta medida
se mantendrá durante la fase de construcción del proyecto.
Se realizarán inspecciones periódicas a los sitios (semanales), con el objeto de resguardar el estado de los cercos y de las señaléticas establecidas. En el caso de observarse algún tipo de deterioro en ellos, se ejecutarán las medidas de reparación necesaria. El registro de estas actividades de inspección y de reparación, se mantendrá en el libro de obras del Proyecto.
Implementación de charlas de inducción a los
| trabajadores de la obra en donde se exponga las características y emplazamiento de los elementos arqueológicos detectados en las
inmediaciones del área del proyecto, las restricciones a las que están sujetos y medidas que deben tomar ante el hallazgo no previsto de este tipo de elementos. Estas charlas se realizarán de manera mensual, y la primera de estas se realizará previo a un mes de comenzar el proyecto.
Monitoreo arqueológico permanente, durante “todás” las obras de escarpe del terreno y de aquellas que consideren la remoción de la superficie.
37
excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y - paleontológicas. Asimismo, se informará de inmediato y por escrito
Las actividades de cercado temporal de los hallazgos, inducción a | los trabajadores de la obra y monitoreo permanente estarán a cargo ' de un arqueólogo o licenciado en arqueología, quien deberá informar por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, sobre la ejecución de estas medidas.
Por último, en caso de cualquier hallazgo arqueológico o paleontológico que se pudiera realizar con ocasión de la ejecución de las obras del proyecto, se procederá según lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Ley N17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos 20 y 23 del Reglamento de la Ley N17.288, sobre
al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir.
Para mayor detalle, ver numerales 4.3.2 y 4.3.3 (pág. 227) ambos de la DIA, numeral 5.5 de la Adenda de la DIA, y numeral 5.4.1 de la Adenda Complementaria de la DIA.
Indicador que acredita su cumplimiento
corresponde.
Y
Respecto a la medida de implementación de un cercado perimetral: se entregarán dos informes a la Superintendencia del Medio Ambiente con copia al Consejo de Monumentos Nacionales, uno al inicio de la implementación de las medidas de cercado y de señalética, dando cuenta de su ejecución y un segundo informe al final de las obras. Este último con un plazo de entrega no mayor a los tres meses de concluidas las obras y que dará cuenta del término del levantamiento de los cercos y señalética.
Respecto a la medida de implementación de charlas de inducción: el primer informe se enviará en un plazo no mayor a 10 días hábiles de realizada la primera charla, previo al inicio del proyecto, mientras que el segundo informe y final se enviará a la autoridad en un plazo no mayor 1 mes posterior a la última charla, dando cuenta de la evaluación y resultado final de esta medida de control. Los informes serán remitidos a la Superintendencia del Medio Ambiente con copia al Consejo de Monumentos Nacionales (ver numeral 5.4.1 de la Adenda Complementaria de la DIA).
Los contenidos técnicos abordados y la constancia de asistencia de inducciones mensuales, se encontrarán en faena para ser revisadas por la autoridad competente cada vez que lo requiera.
Respecto a la medida de monitoreo permanente: se generará un informe del monitoreo, una vez finalizadas las actividades, el cual será derivado al Consejo de Monumentos y a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo no mayor a un mes de ejecutadas sus actividades y abordando lo siguiente:
. Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha.
. Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación.
. Plan mensual de trabajo de la constructora donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el arqueólogo.
. Planos y fotos de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances. . De haberse detectado sitios arqueológicos, deberá incluir la
información correspondiente de los mismos, además del trabajo de salvataje o rescate arqueológico que se hubiera ejecutado, si
38
. En estos casos se incluirá una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales arqueológicos que se encuentren motivo de esta
actividad.
Además en caso de hallazgos, se mantendrá copia del informe derivado al Consejo de Monumentos Nacionales en faena.
Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 11.7.1 del Informe Consolidado de Evaluación.
7.8. CONTAMINACIÓN LUMÍNICA.
7.8.1. Decreto Supremo N43/2012 del Ministerio de Medio Ambiente, que Establece Norma de Emisión para la Regulación de la Contaminación Lumínica, Elaborada a partir de la Revisión del Decreto N%686, de 1998, del Ministerio de Economía, Fomento y
Reconstrucción.
Fase del Proyecto a la que Aplica
Construcción, Operación y Cierre.
Forma de cumplimiento
El sistema de iluminación será proyectado de modo de dar cumplimiento a lo establecido en la presente norma. Todas las luces exteriores que se empleen en las obras serán declaradas en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Coquimbo conjuntamente con el proyecto eléctrico. Antes del inicio de cualquier fase del proyecto, se presentará a la autoridad los certificados de control luminométricos correspondientes a todas las luminarias instaladas en el proyecto, junto con una declaración simple del instalador autorizado a cargo de la ejecución de las instalaciones, en donde se indicará el cumplimiento del ángulo de montaje de dichas luminarias, en concordancia al respectivo certificado.
Para mayor detalle, ver numerales 4.3.2 y 4.3.3, ambos de la DIA.
Indicador que acredita su cumplimiento
Se mantendrá disponible en el área del proyecto el certificado de los artefactos de alumbrado en relación a la regulación de la
contaminación lumínica.
Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 11.8.1 del Informe Consolidado de Evaluación.
7.9 RECURSOS NATURALES.
7.9.1. Ley N*20.283 del Ministerio de Agricultura. Ley sobre Recuperación del Bosque
Nativo y Fomento Forestal.
Fase del Proyecto a la que Aplica
Construcción.
Forma de cumplimiento
Se constató la presencia de 10 especies de plantas vasculares que se encuentran catalogadas como especies originarias del país, según el
Decreto N* 68/2009.
Además, se constató la presencia de formación xerofítica, por tanto, su intervención queda sujeta a la presentación y aprobación de un Plan de Trabajo de Formaciones Xerofíticas. De acuerdo a lo anterior, se presentan los antecedentes para dar cumplimiento al permiso ambiental sectorial contenido en el artículo 151 que regula
dicha intervención.
No obstante no existe afectación
componentes, se llevarán a cabo las siguientes medidas de
para su resguardo:
eS Plan de Rescate y Relocalización de ejemplares de ' cactáceas
(Copiapoa coquimbana,
significativa sobre estos
Neoporteria. subgibbosa,
39
Trichocereus coquimbanus, Trichocereus skottsbergii).
Plan de rescate y relocalización para Puya chilensis.
En ambos casos se designó un área de relocalización que se puede visualizar en el Apéndice 16.A del Anexo N*16 de la Adenda de la DIA, el cual tiene las características adecuadas en cuanto a capacidad de carga y características climáticas.
Para mayor detalle, ver tabla 5.1.3 del Informe Consolidado de Evaluación, numerales 4.3.2, 4.3.3 y Anexo N9 todos de la DIA, Anexo N%16 y numeral 3.2, todos de la Adenda de la DIA, numeral 5.2.4 y Anexo N*4, ambos de la Adenda Complementaria de la DIA.
Indicador que acredita su cumplimiento
Í
Obtención de resolución aprobatoria del Plan de Trabajo de Formaciones Xerofíticas
Plan de rescate y relocalización: Una vez realizada la relocalización de los individuos de las especies objeto de los planes descritos, se realizará un seguimiento de la actividad por 10 años con frecuencias establecidas (ver Cuadro N%5.2.6 de la Adenda Complementaria de la DIA). Los parámetros de medición para el éxito de la medida consideran un porcentaje de prendimiento de los ejemplares del 85%. En el caso de no cumplir con este porcentaje, el Titular del Proyecto propondrá modificaciones al plan presentado para lograr establecer el mínimo porcentaje de sobrevivencia.
El medio de registro de dichas actividades será principalmente el llenado de una ficha de registro tipo (Apéndice 16.B) y la elaboración de informes.
En lo que respecta a los informes, se indica que se generará un (1) informe por cada etapa a desarrollar del plan (Cuadro N*S.2.6 de la Adenda Complementaria de la DIA). Seguidamente, se elaborará un (1) informe anual de todas las actividades realizadas, el cual contendrá el detalle de todas las labores realizadas en cada una de las etapas indicadas.
Dichos informes serán derivados a la Superintendencia del Medio Ambiente con copia a CONAF y estará disponible a través de una copia física en las dependencias del área del proyecto.
| Referencia al ICE para ' mayores detalles
' Numeral 11.9.1 del Informe Consolidado de Evaluación.
7.9.2. Ley N%19.473 del Ministerio de Agricultura. Ley de Caza y su Reglamento contenido en el Decreto N*5/1998 de Ministerio de Agricultura.
Fase del Proyecto a la que Aplica
Construcción y cierre.
Forma de cumplimiento
Se implementarán medidas de protección que contemplen la prohibición de caza por parte de trabajadores y contratistas, (especialmente las que presentan problemas de conservación), prohibición de ingreso de animales domésticos a las zonas de obras, prohibición de alimentar a la fauna silvestre del sector, y la: implementación de señalética adecuada al respecto.
Además, se llevarán a cabo las siguientes medidas de control:
Plan de perturbación controlada para especies de
cururos: previo a la etapa de construcción (7 días antes), se realizará un monitoreo en el área de intervención del proyecto, para identificar la ubicación de las familias de cururos y la necesidad de
40
implementación del plan. Se dará aviso al Servicio Agrícola y Ganadero en un plazo no mayor a 5 días previos a la ejecución de cualquier actividad relacionada.
Plan de perturbación controlada para especies de baja movilidad (reptiles y miero-mamíferos): contemplará la misma área de intervención que la ejecutada para cururos, se realizará en un plazo máximo de 7 días. Entre las especies que estarán sujetas al plan serán: Liolaemus fuscus (Lagartija oscura), Philodryas chamissonis (Culebra de cola larga), Thylamys elegans (Yaca), Callopistes maculatus (Iguana), entre otras.
Para el detalle del área de perturbación y de desplazamiento para ambos planes, ver Figura N*5.2.4 de la Adenda Complementaria de la DIA.
Para mayor detalle, ver Anexos N“20 y N22, ambos de la DIA y Anexos N13, N*14 y numeral 5.1.1, todos de la Adenda de la DIA, y numeral 5.2.3 de la Adenda Complementaria de la DIA.
Plan de Monitoreo para avifauna y quirópteros: se llevará a cabo un plan de monitoreo de aves y quirópteros, con el objetivo de evaluar diversidad, abundancia de aves y eventuales tasas de colisión con los aerogeneradores. La frecuencia de monitoreo será de dos veces por año, en estaciones contrastantes. Se llevará a cabo un monitoreo previo a la etapa de construcción, con un mes de anticipación mínimo, para identificar los sectores y puntos de muestreo. Esta información será derivada en un informe a la Superintendencia del Medio Ambiente.
De igual forma se llevará a cabo un monitoreo quincenal (área parque eólico y LTE) que tiene por objetivo la búsqueda de carcasas para determinar la tasa de colisiones. Este monitoreo deberá considerar lo siguiente:
. Realizarse durante todo el periodo de funcionamiento del parque eólico.
. Durante los tres (3) primeros años de funcionamiento se monitorearán todos los aerogeneradores del parque eólico. A partir del cuarto año (4) de funcionamiento se prospectarán el 50% de los aerogeneradores en forma mensual. Lo anterior se evaluará del análisis de los resultados de los años anteriores, previo informe con los resultados obtenidos, que será derivado al Servicio Agrícola y Ganadero para su aprobación.
. La LTE se monitoreará en toda su longitud. A partir del tercer año (3) de funcionamiento, la periodicidad puede modificarse de acuerdo a los resultados obtenidos de los anteriores monitoreos. Lo anterior se evaluará del análisis de los resultados de los años anteriores, previo informe con los resultados obtenidos, que será derivado al Servicio Agrícola y Ganadero para su aprobación.
. El registro individual de carcasas encontradas en los monitoreos que se encontrará en faena, debe contener como mínimo información señalada en el numeral 6.1.4 (página 89) de la “Guía para la Evaluación de Impacto Ambiental de Pro ect Eólicos y Líneas de Transmisión Eléctrica en Aves Silves A Murciélagos”, del SAG, 2015. A su vez deberá incorporar en el registro de muertes de murciélagos si estas son prodagidas por barotrauma.
Para mayor detalle, ver Anexo N%19 de la DIA y Anexo N*12 de la Adenda de la DIA, y numeral 5.2.1 de la Adenda Complementaria de la DIA.
Aplicación de pintura sobre las aspas de aerogeneradores: para aumentar la visibilidad de la avifauna del sector y evitar el choque de estos, situación obligatoria bajo la normativa aeronáutica nacional.
Para mayor detalle, ver literal a) del numeral 5.3.1 de la Adenda de la DIA.
Capacitaciones de fauna silvestre: se realizará a cada trabajador nuevo que ingrese a faena, que tendrá como objetivo reforzar la protección sobre la fauna silvestre identificada en el sector, sobre la Ley de Caza, procedimiento en caso de avistamiento, entre otros.
Para mayor detalle, ver numerales 4.3.2 y 4.3.3, ambos de la DIA, numeral 5.3.1 y Anexo N15 de la Adenda de la DIA, y numeral 5.2.2 y Anexo N3, ambos de la Adenda Complementaria de la DIA.
Indicador que acredita su cumplimiento
Plan de perturbación controlada para cururos y especies de baja movilidad: se entregará al Servicio Agrícola y Ganadero y a la Superintendencia del Medio Ambiente un informe final con los resultados obtenidos, luego de haber liberado todas las áreas correspondientes. El informe será entregado 30 días hábiles luego de haber liberado la última área.
Los informes deberán contener aparte de lo señalado en el Anexo N20 de la DIA y Anexo N*13 de la Adenda de la DIA lo siguiente:
. Registro de Ubicación de las curureras previa intervención. . Registro de la remoción y/o perturbación con las fechas de realización de la actividad.
. Estimación de los ejemplares perturbados en forma controlada.
De igual forma se llevará a cabo el seguimiento de la medida realizando un monitoreo semestral, considerando la totalidad de un año de monitoreo, se generarán informes por cada campaña en un periodo máximo de 30 días posterior a cada monitoreo respectivamente, los cuales serán derivados a la Superintendencia del Medio Ambiente con copia al Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Coquimbo.
Plan de monitoreo de avifauna y quirópteros: Se generarán informes semestrales con los resultados obtenidos que serán derivados a la Superintendencia del Medio Ambiente en un plazo no mayor a un mes de realizado cada monitoreo (ver Anexo N*12 de la Adenda de la DIA y numeral 5.2.1 de la Adenda Complementaria de la DIA). Además, se generará un informe anual que incluirá un resumen de las actividades realizadas que
' igualmente serán derivadas a la Superintendencia del Medio - Ambiente.
De igual forma una vez terminadas las campañas realizadas durante el monitoreo de la operación del Proyecto, se enviará el informe final, a la Superintendencia del Medio Ambiente con copia Al Servicio Agrícola y Ganadero, correspondiente a los resultados
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obtenidos de rutas migratorias, efecto de los aerogeneradores, cambios en abundancia y riqueza de especies a través de los años, etc.
Capacitaciones: se realizará una breve evaluación escrita a los trabajadores, los cuales deberán obtener el 90% de las preguntas correctas para aprobar la capacitación. Dicha evaluación se realizará inmediatamente después de realizada la capacitación. Se mantendrá registro en faena de las capacitaciones a los trabajadores y del indicador de cumplimiento. Se exigirá que el 100% de los trabajadores esté capacitado respecto a la fauna silvestre del sector y las medidas que deben tomar para su no afectación.
mayores detalles
Referencia al ICE para
Numeral 11.9.2 del Informe Consolidado de Evaluación.
$. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias:
La Comisión de Evaluación estableció las siguientes condiciones o exigencias para la aprobación
del Proyecto:
8.1. Condiciones asociadas al literal c) del a a Sectorial a del Reglamento
del SEIA.
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción.
Objetivo
En base a la información presentada por el titular para acreditar el permiso ambiental sectorial contenido en el artículo 151 del Reglamento del SEIA durante el proceso de evaluación (ver numeral 6.1.4 de la presente Resolución), el titular deberá precisar la superficie y las especies que constituyen formaciones xerofíticas, de acuerdo a los criterios establecidos por la Corporación Nacional Forestal, Región de Coquimbo, una vez que tramite el presente permiso de manera sectorial.
Descripción, Lugar, forma y oportunidad de implementación
. El titular deberá precisar de acuerdo a lo criterios indicados en el formulario del Plan de Trabajo de Formaciones Xerofíticas, la superficie y la identificación de las especies que constituyen tales formaciones en el área de intervención del proyecto, una vez que el titular tramite el presente permiso de manera sectorial, en la Corporación Nacional Forestal, Región de Coquimbo.
. La superficie máxima de intervención de formaciones xerofíticas a precisar no deberá sobrepasar las 32,21 hectáreas.
Indicador que acredite su cumplimiento
Tramitación en la Corporación Nacional Forestal, Región de Coquimbo del Permiso Ambiental contenido en el Articulo 151 del Reglamento del SEIA, de acuerdo a las condiciones establecidas en el presente numeral.
8.2. Condiciones asociadas a la metodología asociada al Plan de avifauna y quirópteros y Plan de Perturbación controlada.
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción y operación.
Objetivo Precisar la metodología y alcances asociados para la implementación del Plan de avifauna y Plan de perturbación controlada, propuestos por el titular durante el proceso de evaluación (ver numeral 7.9.2 de la presente Resolución).
Descripción, Plan de avifauna y quirópteros: el monitoreo quincenal (área
Lugar, forma y eólico y LTE) que tendrá por objetivo la búsqueda de carcasas para.
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oportunidad
implementación
de
determinar la tasa de colisiones de la avifauna, deberá considerar lo siguiente:
. Debe realizarse tanto para la avifauna como para quirópteros.
. Realizarse durante todo el periodo de funcionamiento del parque eólico.
. Durante los tres (3) primeros años de funcionamiento se monitorearán todos los aerogeneradores del parque eólico. A partir del cuarto año (4) de funcionamiento se prospectarán el 50% de los aerogeneradores en forma mensual. Lo anterior se evaluará del análisis de los resultados de los años anteriores, previo informe con los resultados obtenidos, que será derivado al Servicio Agrícola y Ganadero para su aprobación.
. La LTE se monitoreará en toda su longitud. A partir del tercer año (3) de funcionamiento, la periodicidad puede modificarse de acuerdo a los resultados obtenidos de los anteriores monitoreos. Lo anterior se evaluará del análisis de los resultados de los años anteriores, previo informe con los resultados obtenidos, que será derivado al Servicio Agrícola y Ganadero para su aprobación.
. El registro individual de carcasas encontradas en los monitoreos que se encontrará en faena, deberá contener como mínimo información señalada en el numeral 6.1.4 (página 89) de la “Guía para la Evaluación de Impacto Ambiental de Proyecto Eólicos y Líneas de Transmisión Eléctrica en Aves Silvestres y Murciélagos”, del SAG, 2015, A su vez deberá incorporar en el registro de muertes de murciélagos si estas son producidas por barotrauma.
Plan de perturbación controlada para cururos y especies de baja movilidad: Se entregará al Servicio Agrícola y Ganadero y a la Superintendencia del Medio Ambiente un informe final con los resultados obtenidos, luego de haber liberado todas las áreas correspondientes.
Los informes deberán contener aparte de lo señalado en el Anexo N%20 de la DIA y Anexo N*13 de la Adenda de la DIA lo siguiente:
. Registro de ubicación de las curureras previa intervención.
. Registro de la remoción y/o perturbación con las fechas de realización de la actividad.
. Estimación de los ejemplares perturbados en forma controlada.
Indicador ' acredite
' cumplimiento
que su
Informes y registros de monitoreos de cada uno de los planes de acuerdo a las frecuencias y metodologías establecidas y descritas en el presente numeral y en el numeral 7.9.2 de la presente Resolución.
- Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
9.1. Facilitar Instalaciones del proyecto para actividades de educación ambiental.
la que aplica
Fase del Proyecto a
Operación.
Objetivo, descripción justificación
Objetivo: facilitar las instalaciones para actividades de educación ambiental.
Descripción: previa coordinación con el titular del proyecto, se facilitarán | las instalaciones del Parque Eólico para posibilitar actividades de educación ambiental a la comunidad en general y sectores estratégicos de | la sociedad (p. ej. grupos académicos, docentes, otros), que permita | divulgar la gestión desarrollada y aprendizajes obtenidos en lo técnico, | ambiental y social. Conforme a ello, se posibilitará que se conozca y
comprenda el alcance del proceso de generación de energía, y la gestión |
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ambiental y social en el área de influencia del Parque Eólico.
Esta actividad estará dirigida a los habitantes de Caleta de Punta de Talca, Caleta Talquilla, Talinay Alto, La Cebada y los centros poblados de Punitaqui y la ciudad de Ovalle,
Para mayor detalle, ver numeral 8.1 de la Adenda de la DIA.
Lugar: instalaciones del proyecto.
Forma: un profesional competente de la empresa realizará visitas guiadas, | ' previa solicitud por parte de la comunidad, con el objeto de mostrar la
importancia del uso de energías renovables no convencionales (ERNC), su inserción en el entorno y en la cual se abordará la forma de construcción de parque, la forma de conexión de la energía al SIC y los cuidados del parque en relación a las componentes flora, fauna y sitios
arqueológicos.
Oportunidad: cuando se solicite durante toda la etapa de operación del proyecto.
Lugar, forma y oportunidad de implementación Indicador que. acredite su cumplimiento
El medio de verificación será el registro de la solicitud de las visitas y un informe de cada una éstas, en donde se expongan los contenidos abordados, la institución y/o organización que realizó la visita y el número y nombre de los participantes.
Estos registros estarán disponibles cuando la autoridad lo requiera en el área del proyecto para la etapa de seguimiento y fiscalización ambiental.
¡Para mayor detalle, ver numeral 8.1 de la Adenda Complementaria de la DIA.
9.2. Capacitación técnica del personal.
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción.
' Objetivo: capacitar a los trabajadores respecto de cómo se construye un | parque y la forma en que operan y se conectan al SIC.
' Descripción: el alcance de la medida es nivelar las competencias de los
trabajadores en temáticas de energías renovables no convencionales (ERNC) y de su importancia a nivel mundial y nacional, la forma de construcción y operación de un parque eólico y su conexión al SIC.
Lugar: En la Comuna de Ovalle, ya sea en dependencias municipales, del mismo Proyecto, u otro sector donde puedan realizarse las jornadas de capacitación durante la fase de construcción.
Oportunidad: En relación a la cantidad máxima de trabajadores a que estarán dirigidas estas capacitaciones, se contempla el promedio de trabajadores de la fase de construcción, es decir; 180 cupos como máximo. Las capacitaciones se llevarán a cabo de acuerdo al cronograma establecido en el numeral 8.2 de la Adenda de la DIA.
Objetivo, descripción justificación
Lugar, forma y oportunidad de | implementación Indicador que acredite su cumplimiento
Registro de los contenidos y asistentes a las capacitaciones, indicando domicilio de los asistentes.
Se generará un informe preliminar de las capacitaciones, en donde se expongan claramente los contenidos técnicos que abordarán, el o los lugares de ejecución de las capacitaciones y el nombre de el o los profesional(es) responsable(s) de ejecutarlas.
Posteriormente, y una vez finalizada estas capacitaciones, se elaborará un informe final que de cuenta de la realización de estas actividades, las fechas de ejecución de cada una ellas, las temáticas que fueron/abórdadas
y en donde se anexe la lista de asistencia a ellas, las “évaluaciones |”.
realizadas y los resultados de éstas cuando correspondan.
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Ambos informes serán derivados a la Superintendencia del Medio. Ambiente después de la primera capacitación y un mes después de la | última. l
- Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS
Situación de riesgo o contingencia Posibilidad de que un sismo o tsunami provoque efectos negativos en el terreno y su población.
¡ Fase del proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre.
Acciones o medidas a implementar | Las instalaciones del Proyecto se diseñarán según las para prevenir la contingencia normas y/o estándares nacionales e internacionales para la resistencia sísmica, por lo que será construido con la capacidad de resistir sismos de magnitudes considerables.
A modo general, se deben implementar las siguientes medidas:
. Establecimiento de zonas de seguridad, que se mantendrán demarcadas y libres de obstáculos.
. Realización de simulacros.
. Capacitación y entrenamiento del personal en labores de rescate y emergencia.
En caso de que se produzca un sismo o terremoto que pueda poner en riesgo las instalaciones del proyecto, se llevarán a cabo las siguientes acciones:
. Realizar inspección de la respuesta de las obras y partes del Proyecto, con el fin de verificar su estado y descartar la existencia de daños.
. Durante todas las fases del Proyecto, se suspenderán todas las actividades hasta que se haya verificado técnicamente que no existe riesgo para los trabajadores.
. Durante la fase de operación, se realizará una inspección de las instalaciones con el fin de verificar su estado y descartar la existencia de daños. l
En caso de que se produzca un tsunami que pueda poner en riesgo la salud de las personas y las instalaciones del proyecto, se llevarán a cabo las siguientes acciones:
. Realizar evaluación del riesgo de tsunami y una inspección de la respuesta de las obras y partes, con el fin de verificar su estado y descartar la existencia de daños.
. Se realizará una evacuación de todo el personal del Proyecto y se suspenderán todas las actividades hasta que se haya verificado técnicamente que no existe riesgo para los trabajadores.
. Durante la fase de operación, luego de ocurrida la contingencia, se realizará una inspección de las instalaciones con el fin de verificar su estado y descartar la existencia de daños.
Referencia a documentos del | Para mayor detalle, ver Anexo N*%18 de la DIA, y
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expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
numerales 1.7 y 7.1, ambos de la Adenda de la DIA.
10.2. PLAN DE EMERGENCIAS
Situación de emergencia
Derrame de sustancias peligrosas que pueda ocasionar daño al medio ambiente o a la población.
Fase del proyecto a la que aplica
Construcción, operación y cierre.
Acciones a implementar
En el caso de derrame de cualquier sustancia peligrosa, los pasos a seguir para su control son:
-
Una vez que se detecte el derrame, avisar al Director de Emergencia para activar el Plan de Emergencia.
-
Avisar a la Brigada de Emergencia para que se dirija a la zona del derrame, contando con los equipos de protección personal adecuados.
-
Contener el derrame con suficiente cantidad de
material absorbente. En aquellos lugares donde el suelo |
fuese relativamente impermeable y el derrame no estuviese penetrando la tierra rápidamente, se deberá contener el derrame. Para lo anterior, se excavará O construirá una depresión poco profunda o una berma de superficie en el sendero del derrame, con esto se detendrá y contendrá el flujo y se minimizará el área afectada.
-
En caso de producto combustible, estar preparados para actuar en caso de que se produzca la inflamación de la sustancia.
-
Descontaminar el área afectada. Retirar todos los materiales contaminados y gestionar como residuos peligrosos.
-
Descontaminar los equipos de protección y limpiar y reponer todo el equipo de emergencia empleado.
-
Si es posible, recoger el producto derramado, evitando su vertido al suelo o a las aguas. En aquellos lugares donde los derrames se contuviesen tras una berma o dentro de un área de depresión, todos los fluidos se bombearán hacia un estanque de retención y, posteriormente, se enviarán, por camión, a lugar autorizado para realizar su eliminación o disposición final. En los lugares donde el derrame se encontrara ampliamente disperso en el terreno, el material absorbente se esparcirá, mezclará con el suelo y amontonará libremente, y luego será eliminado. El material recogido de un derrame será dispuesto adecuadamente en su calidad de residuo peligroso en cilindros para su posterior traslado y disposición final en un depósito de seguridad autorizado.
-
Una vez controlada la situación de emergencia, el Jefe de Emergencia informará del hecho al Director de Emergencia, decretando éste el final de la misma.
Se realizará un seguimiento de la emergencia, recopilando toda la información sobre el tamaño, contenido y ubicación del derrame, además de las medidas de respuesta que se hayan tomado.
Lo anterior, permitirá establecer, en
corresponder, el monitoreo que será sario implementar a largo plazo para asegurar que:el impacto. ambiental que hubiese causado dicho sucéso, fuese
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corregido.
Se deberá establecer la causa del derrame y las medidas l correctivas y de protección ambiental del caso.
Referencia a documentos del | Para mayor detalle, ver Anexo N*18 de la DIA, y ¡expediente de evaluación que | numerales 1.7 y 7.1, ambos de la Adenda de la DIA. ] contenga la descripción detallada
-
Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
-
Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4 de la presente Resolución.
-
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
-
Que, para que el proyecto “Parque Eólico Punta de Talca” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
-
Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
-
Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
-
Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
-
Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
-
Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Eólico Punta de Talca” de Parque Eólico Punta de Talca SpA.
-
Certificar que el proyecto “Parque Eólico Punta de Talca” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3". Certificar que el proyecto “Parque Eólico Punta de Talca” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140, 142, 151, 156 y 160 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
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4?. Certificar que el proyecto “Parque Eólico Punta de Talea” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N*19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
5%. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4 del presente acto.
6”. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N* 19.300 ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Notifíquese y Archívese
E Ent (dente Región de Coquimbo residente Comisión de Evaluación Región de Coquimbo
j Región de Coquimbo
Distribución:
. Sr. Juan Francisco Varela Echaurren Representante legal de Parque Eólico Punta de Talca SpA.
. Sres. Miembros de la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo.
. Corporación Nacional Forestal, Región de Coquimbo.
. Dirección General de Aguas, Región de Coquimbo.
. Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Coquimbo.
. Servicio Nacional de Turismo, Región de Coquimbo.
. Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Coquimbo.
. Consejo de Monumentos Nacionales.
. Gobierno Regional, Región de Coquimbo.
. Hustre Municipalidad de Ovalle.
Cle:
. Expediente electrónico de evaluación ambiental del proyecto “Parque Eólico Punta de Talca”. ATT
. Archivo Comisión de Evaluación Región de Coquimbo.
[OCR parcial: primeras 25 y últimas 15 páginas de 50]