MODIFICACION DE PROYECTO TECNICO, CENTRO 102918 ESTERO CASTRO, RIO BLANCO LTDA.
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LOS LAGOS Califica Ambientalmente el proyecto " MODIFICACION DE PROYECTO TECNICO, CENTRO 102918 ESTERO CASTRO, RIO BLANCO LTDA." Resolución Exenta N° 000412 Puerto Montt, ,5,7 1,101S VISTOS: 1°. Lo dispuesto en la Ley N°19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N°40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SETA); la Ley N°19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N°18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N°1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República. La Resolución Exenta N°407 de 4 de julio de 2014, que aprueba el Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos. 2°. La Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto "MODIFICACION DE PROYECTO TECNICO, CENTRO 102918 ESTERO CASTRO, RIO BLANCO LTDA", presentada por Sociedad Industrial y Comercial Río Blanco Ltda., el 18 de diciembre de 2015. 3°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto "MODIFICACION DE PROYECTO TECNICO, CENTRO 102918 ESTERO CASTRO, RIO BLANCO LTDA". 4°. El Acta de Evaluación N°10 del 02 de septiembre de 2016, del Comité Técnico de la Región de Los Lagos. 5°. El ICE de la DIA del proyecto "MODIFICACION DE PROYECTO TECNICO, CENTRO 102918 ESTERO CASTRO, RIO BLANCO LTDA", de fecha 06 de septiembre de 2016. 6°. La sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos de fecha 15 de septiembre de 2016. 7°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto "MODIFICACION DE PROYECTO TECNICO, CENTRO 102918 ESTERO CASTRO, RIO BLANCO LTDA". CONSIDERANDO: 1°. Que, Sociedad Industrial y Comercial Río Blanco Ltda., en adelante, el Titular, ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SETA) la DIA del proyecto "MODIFICACION DE PROYECTO TECNICO, CENTRO 102918 ESTERO CASTRO, RIO BLANCO LTDA", en adelante, el Proyecto; siendo los antecedentes del Titular los siguientes: Nombre Titular Sociedad Industrial y Comercial Río Blanco Ltda R.U.T. 76.140.434-2 Domicilio Presidente Ibañez N° 1119, Castro Fono/Fax 65-652 - 634128 Comuna Castro Provincia Chiloé Representante Legal Sr. Arturo Rosendo Astroza Manosalva R.U.T. 9.274.607-0 Domicilio Presidente Ibañez N° 1119, Castro Fono/Fax 65-2634128 Comuna Castro Provincia Chiloé 2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 06 de septiembre de 2016, el Director Regional de la Región de Los Lagos ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto durante la evaluación ambiental se constató el cumplimiento de la normativa ambiental, se conocieron los requisitos presentados por el Titular que involucran el permiso ambiental sectorial del PAS 116, y se acreditó la sustentabilidad ambiental en el desarrollo de todas y cada una de las etapas que conforman el Proyecto. 3°. Que, en sesión del 15 de septiembre de 2016, la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos acordó calificar favorablemente el proyecto, aprobando íntegramente el contenido del ICE del citado en punto anterior, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SETA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta. 4°. Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica: El • • 1 ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El objetivo de este proyecto es ampliar la producción del Centro de Cultivo de Mitílidos a 1.950 toneladas. El titular contempla la modificación del Proyecto técnico original del centro código SIEP N° 102.918, el cual cuenta con RCA N° 568/2006 modificada por la RCA N° 392/2010. El proyecto técnico original aprueba una producción máxima de 750 t, y las modificaciones propuestas en el nuevo Proyecto técnico corresponden a un aumento de biomasa a 1.950 t y del número de estructurasde cultivo a 35 long- líneas dobles de 200 metros para el primer año de funcionamiento y con un máximo total también de 35, cuyo cultivo estará emplazado en una concesión de acuicultura de porción de agua y fondode mar de 7,81 ha. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones Tipología principal: n.2) Producción anual de moluscos filtradores u otras especies filtradoras a través de un sistema de producción extensivo. Vida útil ! Indefinida Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución El inicio del proyecto o actividad, estará marcado por la instalación de los sistemas de fondeo y anclaje I construidos para los sistemas de siembra. En la etapa de operación la faena mínima sería la siembra de la primera línea instalada. Proyecto se desarrolla j Si No NO por etapas X Proyecto modifica un proyecto o actividad [ Si No Proyecto modifica otra(s) RCA SI, El proyecto contempla la modificación de un proyecto existente en términos de producción y estructuras. El Proyecto consiste en la modificación de proyecto técnico que fuera aprobado a través de RCA N°568/2006 y modificada por la RCA N°392/2010. La modificación consiste en el aumento de la biomasa productiva desde 750 a 1.950 toneladas de mitilidos, y un aumento del número de long lines de 20 a 35. 4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa El proyecto se encuentra ubicado en Estero Castro, al Norte de Isla Linlinao, comuna de Chonchi, Provincia de Chiloé, X' Región de Los Lagos. Descripción de la localización La concesión se encuentra dentro de los límites establecidos para las áreas aptas para la acuicultura (AAA). El tipo de actividades que realizan los vecinos del sector, en su gran mayoría los habitantes de la comuna de Chonchi se dedican a las actividades asociadas a la Salmonicultura, mitilicultura, pesca artesanal, y en plantas pesqueras. En el área dibse??? emplazará el proyecto no existen comunidades o grupos humanos protegidos por leyes especiales, ni tampoco se desarrollan ceremonias religiosas u otras manifestaciones propias de la cultura o del folklore, y se encuentra emplazado en un 100% en mar. Superficie 1 Coordenadas I Caminos de acceso Tabla N°3: Coordenadas de los Vértices de la Concesión Marítima (Datum WGS — 84). Según carta SHOA 7370. Vértice Coordenadas UTM Coordenadas Geográficas Norte (N) Este (E) Latitud (S) Longitud (W) A 5286287,07 602434.35 42°34'08,51" 72°45'07,06" B 5286507,13 602344,32 42°34101,42- 73°45'11,15- C 5286507,09 602744,32 42°34'01,23" 73°44'53,61" D 5286287,12 602744,26 42°34'08,36" 73°44'53,47" Por vía marítima desde la Península de Rilán a más o menos 1 milla de navegación, o también por vía marítima desde el sector de Bahía Quinched a unos 600 m desde la costa. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones Página N° 8 de la DIA. 4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO: Este proyecto contempla las partes o etapas de Levantamiento de información, Construcción, y Operación. No se considera Etapa de Abandono, por cuanto el proyecto tiene duración indefinida 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Cultivo de mitilidos Instalación de fondeos Instalación de estructuras de cultivo. Instalación de fondeos Los servicios serán contratados a empresas externas, las cuales deben cumplir conlas condiciones higiénico- sanitarias de trabajo para el personal. Recursos naturales renovables Esta fase no contempla la extracción, explotación utilización de recursos naturales renovables. Emisiones y efluentes En esta etapa no se considera emisiones atmosféricas por parte del centro decultivo, sino más bien de la embarcación encargada de la instalación de las estructuras, cuyas emisiones están reguladas por la autoridad. Con respecto a losefluentes se estima que no se generarán aguas residuales. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. No se considera uso y manejo de productos químicos durante la etapa deconstrucción del proyecto. Residuos Sólidos. Estos se generarán, provenientes de la etapa de construcción los que se identifican en la siguiente tabla: Tipo de residuo Volumen de residuos en el ciclo productivo Tipo de manejo de los residuos Destino de los residuos. Restos de red es, cabos, flotadores, etc. Variable; estimándose en 1 m3/mes. Almacenamiento en bolsas maxisacos, bolsas de alimentos y restos de cabos redes. Vertedero autorizado. Mantención líneas Residuos Variable. Se estiman en Almacenamiento Vertedero autorizado. domésticos 0,5 m3/mes. temporal en tambores o bins de plásticos. Traslado será en contenedores adecuados Para mayores I detalles sobre esta fase. Capítulo a.5 pág. 13-19 de la DIA 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN 11-Obtención de las Inicialmente, en esta fase se comprarán semillas a centros de cultivos autorizados,y/o se contratará el servicio de captació 1 semillas a engorda n a terceros mediante la instalación de colectores propios en áreas destinadas a la captación de Mitílidos. El titular y/o los responsables del centro de cultivo mantendrán un archivo y registro del origen de las semillas a sembrar durante la fase de engorda. La documentación cuando proceda tendrá la visación de Semapesca y/o la Autoridad Marítima, y siempre estará disponible ante fiscalizaciones de rutina. Siembra Engorda El periodo de siembra comenzará una vez seleccionada y clasificada la semilla, yse estima que podrá ser desde marzo, pud iendo extenderse hasta finales de noviembre. Una vez alcanzado el tamaño de semilla óptimo, se procederá a su traslado alcentro de cultivo. Una vez ingresada la semil la, será seleccionada por tamaño o "calibre", para su posterior encordado, utilizando el sistema de siembra chileno(ta mbién llamado francés- modificado). Además, se utilizará el sistema español, en elcual la semilla es encordada en cuerdas hechas de red, utilizando para esto una máquina engordadora hidráulica. Las maniobras correspondientes al proceso deencordado de semilla, se realizarán en la plataforma de trabajo. En la plataforma se recogerá todas aquellas materias o elementos que constituyanbasura, causen contaminacióno impacten ne gativamente el entorno donde se ubica el proyecto. La cosecha propiamente tal se inicia levantando los long-line con los pescantes de la plataforma para depositar las cuelgas de Mitílidos sobre la superficie de la misma donde se procederá a desprender o desperchar los chorito s, lavarlos profusamente, y envasarlos en mallas plásticas o bins, para su posterior traslado hacia las plantas de proceso de la región . Cosecha Revisión y mantención de artes de cultivo: Se llevará a cabo semanalmente una inspección visual de flotadores, line:a11 s madres, cabos de fondeo y cuelgas decultivo, con el fin de verificar la capacidad de carga de las estructuras, de modo de n 1 ocomprometer la resistencia y la flotabilidad de los sistemas. Además, se realizará la limpieza de los artefactos, y en c aso de ser necesario, las estructuras defectuosas serán retiradas y reemplazadas por otras. Se realizará frecuentemente limpieza de playas del sector por parte del personal del Centro, quienes se encargarán de recoge -1 r todas aquellas materias o elementos que constituyan basura o impacten negativamente el entorno donde se ubica elpr oyecto. Los desechos serán almacenados transitoriamente en un contenedor, desde donde serán retirados por una em presa autorizada para este fin ydispuestos en vertedero autorizado. Los residuos saldrán del Centro de Cultivo conGuía d e Despacho consignando entre otros, cantidad de residuos, destinotemporal y destino final de los mismos. Copia de est a información (Registro dePlayas Limpias) estará disponible en bitácora del Centro de Cultivo y en la Intranet de la empresa. La empresa cuenta con un Programa de limpieza de Playas, el cual será presentado y validado ante Semapesca y la Autoridad Marítima. Las medidas de seguridad preventivas para el contenedor de acumulación de residuos (200-300 lis) dispuesto en el sector de playa, además del cierre hermético, tendrá pescantes de amarre, ruedas para su traslado, una traba, candado, dispositivo de seguridad para evitar volcamientos, y la apertura del contenedor por terceros, ajenos al personal encargado. Finalmente se capacitará a los trabajadores, en el manejo de residuos y prevención para evitar las pérdidas, así como, la verificación del cumplimiento de la empresa subcontratada para la disposición final de los residuos. Productos generados El proyecto consiste en el cultivo de mitílidos, el cual contempla un ciclo productivo de entre 10 a 15 meses aproximadamente los cuales podrían aumentar hasta alcanzar una talla comercial. Una vez alcanzada la talla paracosecha esta actividad será realizada por la em barcación que la empresa posee destinada a cosecha, la cual cuenta con 3 pescantes para levantar los long- line. Las cuelgas de Mitílidos serán colocadas sobre la superficie de la plataforma donde se procederá a desperchar los choritos de las cuelgas, para su posteriortraslado en contenedores a la planta de proc eso respectiva. De acuerdo a ProyectoTécnico se estima una producción de 1950 t de mitílidos en 35 long- iRecursos naturales En esta fase no se contempla la extracción, explotación o utilización de recursos naturales renovables. 1 renovables line dobles de200 metros. Emisiones y efluentes Emisiones Atmosféricas: Las principales emisiones atmosféricas (emisión de gases) están dadas por la combustión de los motores fuera de borda de apoyo del Centro de Cultivo Emisiones de ruido: En el caso de la emisión de ruido, está dado también por los motores fuera de borda de las embarcaciones de apoyo de fibra de vidrio y madera. Ambas son intermitentes y se utilizarán durante el día. Los motoresfuera de borda generan un nivel de ruido del orden de los 85 dbA por debajo de los límites Limpieza de playas 1 máximos permitidos. Cantidad y maneio de residuos: Residuos Sólidos: Se generarán residuos sólidos, provenientes de la actividad: Tipo de residuos Volumen de residuo en el ciclo productivo Tipo de manejo de los residuos Destino de los residuos Restos de redes, cabos, flotadores, etc Variable. Se estima en I m3/mes Traslado en contenedores Vertedero autorizado Residuos domiciliarios, conchas, restos de moluscos, fouling, algas, entre otros similares. Variable. Se estima 0,5m3/mes Traslado en contenedores Vertedero autorizado Residuos lubricantes 100 L/afío Almacenamiento temporal en tambores herméticos Lugar de Acopio transitorio y luego Vertedero autorizado Residuos, productos químicos y otras 1 sustancias que I puedan afectar el 1 medio ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Capítulo a.6 pág. 19-27 de la DIA 4.3.3. FASE DE CIERRE El proyecto no contempla etapa de cierre o abandono, de suceder por alguna eventualidad de fuerza mayotse cumplirá con toda la normativa vigente y se priorizara el reciclaje. Referencia al ICE para mayores Capítulo a.7 pág. 27 de la DIA detalles sobre esta fase. Actividad Duración Obtención de semilla 5 meses 4.4. CRONOLOGIA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCION Fecha estimada de inicio Parte, obra o acción que establece el inicio Estará dada por la fecha de obtención de la RCA Construcción de los fondeos y concluirá después de 5 semanas de trabajo con la instalación de las líneas. Fecha estimada de término Parte, obra o acción que establece el término Esta etapa concluirá después de 5 semanas de trabajo con la instalación de las líneas. Instalación de la última línea de cultivo Engorda 10 meses Cosecha 10 meses Durante todo el periodo Reflo e y reparación de sistemas Durante todo el periodo Limpieza periódica Durante todo el periodo Limpieza de entorno La fecha estimada para el inicio de operación del proyecto será de 8 semanas, posteriores a la obtención de la RCA. Siembra de la primera línea instalada Fecha estimada de inicio Parte, obra o acción que establece el inicio Fecha estimada de término Parte, obra o acción Cosecha de choritos que establece el ! término 4.4.3, FASE DE CIERRE
! Fecha estimada de Proyecto indefinido ! inicio 1 Parte, obra o acción Inicio Etapa de Abandono si esto fuera factible por una razón de fuerza mayor que establece el inicio Fecha estimada de I Proyecto indefinido I término ; Parte, obra o acción Limpieza de playa y retiro de todas las estructuras de cultivo. que establece el ; término 5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300: 5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto no significativo No se identifica impacto ambiental Parte, obra o acción que lo genera No aplica Fase en que se presenta No aplica Referencia a la DIA para mayores detalles Capítulo B de la DIA, pág. 20 - 26 5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto no significativo No se identifica impacto ambiental Parte, obra o acción que lo genera No aplica Fase en que se presenta No aplica Referencia a la DIA Capítulo B de la DIA, pág. 20 - 26 5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS, O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto no significativo No se identifica impacto ambiental Parte, obra o acción que lo genera No aplica Fase en que se presenta No aplica Referencia a la DIA para mayores detalles Capítulo B de la DIA, pág. 20 - 26 5.4. LOCALIZACIÓN PRÓXIMA A POBLACIÓN, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto no significativo No se identifica impacto ambiental Parte, obra o acción que lo genera No aplica Fase en que se presenta No aplica Referencia a la DIA para mayores detalles Capítulo B de la DIA, pág. 20 - 26 5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto no significativo No se identifica impacto ambiental Parte, obra o acción que lo genera No aplica Fase en que se presenta No aplica Referencia al ICE y DIA para mayores detalles Capítulo B de la DIA, pág. 20 - 26 5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto no significativo No se identifica impacto ambiental Parte, obra o acción que lo genera No aplica Fase en que se presenta No aplica Referencia a la DIA para mayores detal les Capítulo B de la DIA, pág. 20 - 26 6°. Que resulta aplicable al Proyecto el siguiente permiso ambiental sectorial, de contenido únicamente ambiental, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación: Permiso para realizar actividades de acuicultura, del artículo 116 del Reglamento del SETA Fase del Proyecto a la cual corresponde Parte, obra o acción a que aplica Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Pronunciamiento del SEA Etapa de Operación Proceso de cultivo sólo de manidos. No generar efectos adversos en la vida acuática y prevenir el surgimiento de condiciones anaeróbicas en las áreas de la acuicultura. El contenido técnico y formal que debe presentarse para acreditar su cumplimiento corresponde a la caracterización preliminar de sitio (CPS) ó informes ambientales (INFA), según corresponda, de acuerdo a los contenidos y metodologías de la elaboración establecidos en la Resolución Exenta N°3.612 de 2009, de la Subsecretaría de Pesca, o aquella que la reemplace. DIA Cap. C.2, pág. 25 y 26. 7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente: 7.1 COMPONENTE/MATERIA: Asegura a todas las personas el derecho de vivir en un medio ambiente libre de contaminación, que es deber del Estado velar para que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza. Norma Artículo 19, numeral 8 de la Constitución de Chile Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Durante todo el proyecto Parte, obra o acción a la que aplica Operación de la actividad de acuicultura y unidades de apoyo a la actividad Forma de cumplimiento Ingresar este proyecto al Sistema de Evaluación Ambiental para su evaluación previo a la operación solicitada. Indicador que acredita su cumplimiento Obtención de la RCA Forma de control y seguimiento Cumplimiento de los programas como Manejo de Residuos y Limpieza de playa Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles DIA ítem C.1. 7.2 COMPONENTE/MATERIA: Regula vivir en un medio ambiente libre de contaminación, la protección del medio ambiente, la preservación de la naturaleza y la conservación del patrimonio ambiental. Crea el Sistema de Evaluación Ambiental, procedimientos para generar normas de calidad ambiental, dictar normas de emisión. Establece los proyectos que deben someterse al SEIA y cuales deben presentar EIA o quienes no reúnan las características del artículo 11, solo deberán presentar una DIA. Norma 1 Ley sobre Bases Generales del medio Ambiente y sus modificaciones. Ley 19.300/1994 Ministerio Secretaría General de la Presidencia Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Durante todo el proyecto Parte, obra o acción a la que aplica Operación de la actividad de acuicultura y unidades de apoyo a la actividad Forma de cumplimiento Ingresar este proyecto al Sistema de Evaluación Ambiental para su evaluación previo a la operación solicitada. Indicador que acredita su cumplimiento Se presenta el proyecto de DIA a tramitación al SEA, Región de Los Lagos para la obtención de una RCA Forma de control y Elaboración INFA según periodicidad establecida en reglamento. seguimiento Referencia al expediente de DIA ítem C.1. evaluación para mayores detalles
7.3 COMPONENTE/MATERIA: Establece estándares ambientales mínimos para la instalación y operación de centros de -1 cultivos, y que aseguren su sustentabilidad. Contiene requisitos específico para los sistemas de producción, extensiva e intensiva, la caracterización Preliminar de Sitio y la información ambiental. Norma Reglamento Ambiental para la Acuicultura D.S. 320/2001 Ministerio de Economía. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Todas sus etapas Parte, obra o acción a la que aplica Operación de la actividad de acuicultura, alimentación y cosecha Forma de cumplimiento cultivo de todo residuo generado por éste. Se dispondrán losdesechos sólidos en dep ósitos y condiciones que no resulten perjudiciales al medio circundante. Se retirará todo tipo de soporte no degradable o degradable como sistema de fijación al fondo, al término de la vida útil del centro. En el centro existirá un plan de contingencia ante eventos de mortalidades masivas. Indicador que acredita su cumplimiento Forma de control y ' seguimiento Registro Limpieza de Playas, registro mediante guía de despacho del retiro de residuos sólidos generados en el centro,bitácora de contingencias, planes de co ntingenci as. Revisión de planes en esta presentación. Presentación ante la Autoridad Marítima de Programa actualizado de Limp requisitos especificados por la Gobernación Marítima de Castro. Fiscalización de la Superintendencia del Medio Ambiente. eza playa con los Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles DIA ítem C.1. 7.4 COMPONENTE/MATERIA: Institucionalidad y normas que regulan al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental Norma i Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental D.S N° 40 de 2012, 1
Ministerio del Medio Ambiente Fase del Proyecto a la que Todo el proyecto aplica o en la que se dará cumplimiento Parte, obra o acción a la que aplica Forma de cumplimiento Indicador que acredita su cumplimiento Forma de control y seguimiento Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Al proyecto en si Sometimiento al proceso de Evaluación Ambiental, con el ingreso de la correspondiente Declaración de Impacto Ambiental, en la cual bajo juramento, se establecen todas las medidas necesarias para el cumplimiento de las normas Obtención de PAS N° 116, implementación de medidas necesarias para la mantención de las condiciones aeróbicas, elaboración levantamiento de información ambiental (INFAs) Mantener registro al día e informar a la autoridad DIA ítem C.1. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Parte, obra o acción a la que aplica Forma de cumplimiento Operación actividad acuícola y artefactos de apoyo Todas las etapas Se cumplirá las disposiciones de la Armada referente al novertimiento de hidrocarburos y mezclas oleosas, aguas sucias y basura en aguas bajo la jurisdicción de la Armada. al de para Forma de control y seguimiento Referencia expediente evaluación mayores detalles Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Parte, obra o acción a la que aplica Operación actividad acuícola y unidades de apoyo Todas las etapas Forma de cumplimiento El proyecto contempla el desarrollo de sus actividades con el uso de tecnologías amigables ambientalmente y manejando adecuadamente los residuos que genere, lo que permitirá mantener elequilibrio ecológico sin afectar I as especies hidrobiológicas en el área de influencia. La mantención de la limpieza y equilibrio ecológico de las zonas concedidas es de responsabilidad del concesionario. Las medidas de protección del medio ambienteserán reglamentadas por Decreto Supremo. Se establecen sanciones para el caso de incumplimiento de las obligaciones anteriores. Y Registros mantenidos en el centro, Informes a la institucionalidad cuando corresponda. al de para DIA ítem C.1. 7.7 COMPONENTE/MATERIA: Establece normas obre inicio y niveles mínimos de operación, y prórroga de inicio o reanudar actividades ante catástrofes naturales, calidad de la información entregada. Norma Modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura en Materia de Acuicultura Ley N° 20.091 / 2006, modifica D.S. N° 430 /1991 Ministerio de Economía, SSPesca Forma de control seguimiento Referencia expediente evaluación mayores detalles Indicador que acredita su cumplimiento 7.6 COMPONENTE/MATERIA: .Establece el régimen de prevención, vigilancia y combate de la contaminación en las aguas del mar, puertos, ríos y lamsometidos a la jurisdicción nacional. Norma Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática D.S. N°1 / 1992 Circular A - 53 /003 de 2015. Ministerio de Defensa. Realizar una capacitación interna al personal del centro de cultivo, ypersonal de empresas externas, para con el fin de conozcan quedurante la ejecución del proyecto se prohibirá arrojar lastre, escombros obasuras y derramar petróleo o sus derivados o residuos u otras aguas nocivas o peligrosas de cualquier especie, que puedan ocasionardaños a las aguas sometidas a la jurisdicción Nacional. Indicador que acredita su cumplimiento Seguimiento Autoridad Marítima y condiciones RCA a cargo d ela SMA DIA ítem C.1. 7.5 COMPONENTE/MATERIA: Establece los objetivos y metodología que se deben usar para la obtención de una Caracterización Preliminar de Sitio (CPS) e Información Ambiental (INFA). Norma j Resolución N° 3612/2009 del Ministerio de Economía Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación Parte, obra o acción a la _Tic aplica Operación de la actividad de acuicultura. _ Forma de cumplimiento El proyecto cumplirá con la entrega del desarrollo de la CPS en la Declaración de Impacto A mbiental para su evaluación. Se cumplirácon la realización de la INFA, según lo indica la normativa Indicador que acredita su cumplimiento Entrega de la Caracterización Preliminar de Sitio, InformaciónAmbiental (INFA). Forma de control y seguimiento Mantener estado aérobico del centro de cultivo Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles DIA ítem C.1. 8. CONDICIONES QUE DEBEN CUMPLIRSE PARA EJECUTAR EL PROYECTO .1. NO APLICA Impacto asociado Fase del Proyecto a la que aplica rObjetivo, descripción y justificación
Lugar, forma y oportunidad de implementación Indicador acredite su cumplimiento F — ma de control y seguimiento Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Impacto sobre Recurso Natural renovable Operación Conocer la metodología de control de la producción Se deberá presentar metodología a través de documento ante el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, con lametodología para estimar la producción del centro de cultivo. 1 Documento deberá ser presentado ante SERNAPESCA, antes de dar inicio al proyecto. Adenda consulta 4. que Documento revidado y aprobado por SERNAPESCA 9. COMPROMISOS AMBIENTALES VOLUNTARIOS 9.1. Capacitación a trabajadores del Centro de Cultivo Impacto asociado [si aplica) No aplica Fase del Proyecto a la que Operación aplica
Objetivo, descripción y justificación Lugar, forma y oportunidad de implementación Indicador que acredite su cumplimiento Forma de control y seguimiento Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Objetivo: Contribuir a la buenas prácticas ambientales, para disminuir los riesgos de contaminación, la correcta aplicación de los procedimientos operacionales, planes preventivos, correctivos, y ante contingencias de cualquier tipo que afecten directamente las actividades o acciones derivadas del funcionamiento y operación del centro de cultivo. Descripción: Programas de capacitación al personal, acorde con la administración y las operaciones del centro de cultivo, su entorno ambiental, y normativas legales pertinentes. Lugar: El que disponga el titular Forma: Capacitación Presencial Oportunidad: No se especifica durante la evaluación pero se interpreta que será antes de dar inicio a la etapa de Operación del proyecto. Archivos y registros de estas capacitaciones en las dependencias administrativas y del propio centro de cultivo. SMA a través de su página web. Adenda 10. MEDIDAS RELEVANTES DEL PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y DEL PLAN DE EMERGENCIA 10.1. PILAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS 10.1.1. a. Temporales Fase del Proyecto a la que aplica Construcción , Operación y Cierre Parte, obra o acción asociada Habiendo temporal, y estando el puerto cerrado, el personal permanecerá en tierra a la espera que Éste calme y se abra nuevamente. Una vez abierto el Puerto, el jefe de Centro será el responsable de realizar una inspección de las siguientes estructuras del cultivo: Plataformas de trabajo Embarcaciones Líneas de Cultivo Acciones o medidas a implementar Forma de control y seguimiento Realizar inspección de instalaciones, elaborar listado de materiales que han caído al mar dar aviso al servicio y autoridad marítima de los siniestros ocurridos a causa del tem oral No aplica Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles DIA Anexo 5 10.1.1. b. Plan Contingencia ante Terremotos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción , Operación y Cierre Parte, obra o acción asociada Durante el sismo, desconectar y/o apagar artefactos eléctricos y a gas, permanecer bajo vigas estructurales o en lugares de seguridad pre-establecidos. De continuar el movimiento telúrico evacuar el terreno y dirigirse a lugares libres de postes de electrificado, murallas altas y ventanales, mantener la calma y no correr. Una vez finalizado el sismo, el encargado del centro deberá hacer un catastro de los daños personales y estructurales producidos , verificar si hay focos de incendio , escapes de gas o fallas eléctricas, pérdidas de combustibles, etc. y será él quien avisará a los servicios correspondientes. Acciones o medidas a implementar _ Realizar inspección de instalaciones tanto en tierra como en mar, elaborando listado de materiales que han caído _ dar aviso al servicio y autoridad marítima de los siniestros ocurridos a causa del terremoto Forma de control y seguimiento No aplica Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles DIA Anexo 5 10.1.1.c. Plan de contingencia ante choque de embarcaciones con líneas de cultivo y/o plataformas Construcción , Operación y Cierre Fase del Proyecto a la que aplica Parte, obra o acción asociada Infraestructura que conforma el centro de cultivo. Acciones o medidas a implementar _ Se evaluará la situación, magnitud del daño y si hay personas lesionadas _ Primeros Auxilios a las personas lesionadas _ Evacuar al personal que se encuentra en la embarcación y/o plataforma _ Dar aviso a la autoridad marítima y al servicio Registrar suceso en bitácora Forma de control y seguimiento Documentos involucrados como bitácora. Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles DIA Anexo 5 10.1.1.d. Plan de contingencia ante perdidas de estructuras de cultivo Fase del Proyecto a la que aplica Construcción , Operación y Cierre Parte, obra o acción asociada Infraestructura del Centro de cultivo como fondeos y sistemas de anclaje. Acciones o medidas a implementar En caso de detectar alguna pérdida los pasos a seguir son los siguientes: Avisar al encargado del centro, este será quien de aviso a la Autoridad Marítima en un plazo de 24 horas Si es extravío de estructura, se recorrerá los sectores aledaños al centro intentando recuperarlo. Forma de control y seguimiento Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Si es hundimiento de estructuras, se intentará determinar el lugar donde se hundió y se rastreará con arañas para su reflotación, de no encontrarse se utilizará buzo para la detección siempre que éstos no superen los 20 m. Toda vez que ocurra este tipo de contingencia, se debe informar del evento al Servicio Nacional de Pesca y Autoridad Marítima competente dentro de un plazo de 24 horas desde detectado el hecho. DIA Anexo 5 10.1.1. e. Plan de contingencia ante floraciones de algas nocivas (fans) Fase del Proyecto a la que Operación a Parte, obra o acción Líneas de Cultivo asociada Acciones o medidas a É Para evitar mortalidades de ejemplares asociadas a florecimientos de algas nocivas, las-1 implementar líneas de cultivo se hundirán o posicionarán en una primera instancia a una profundidad de unos 10 metros, con el objetivo de evitar que la zona de mayor florecimiento de algas e impacto, la cual se encuentra entre los 0 y 6 m. de profundidad de acuerdo a la literatura referida al tema. En el caso de que estas floraciones superaran los 10 metros de profundidad, se podrán bajar hasta los 15 metros de profundidad todas las líneas del cultivo. Esto se logra alargando los cabos de flotación y/o fondeo de las líneas, y las cuelgas por ravedad y su propio peso descienden hasta la profundidad deseada. Forma de control y Toda vez que ocurra este tipo de contingencia, se debe informar del evento al Servicio seguimiento Nacional de Pesca y Autoridad Marítima competente dentro de un plazo de 24 horas desde detectado el hecho. Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles DIA Anexo 5 10.1.1.f Plan de contingencia ante desprendimientos de los ejemplares en cultivo 1 Construcción, Operación y Cierre. Fase del Proyecto a la que aplica Parte, obra o acción asociada Líneas de Cultivo Para evitar cualquier desprendimiento, se revisaran todas las líneas a lo menos una vez por semana. Se utilizara tamaño de cuelgas acorde a los tamaños de los individuos. En caso de detectar un desprendimiento masivo de ejemplares el encargado del centro informará al servicio en un plazo de 24 horas. Se determinara el lugar exacto donde este ocurrió Se establecerá la cantidad de individuos y su peso aproximado. Se determinarán las circunstancias en que ocurrió el hecho. Se determinará el estado sanitario de los ejemplares desprendidos. Acciones a implementar Una vez recopilada la información se procederá a recuperar los individuos mediante buceo o reflotación en la zona señalada y se re-encordarán los individuos recuperados. Forma de control y seguimiento Toda vez que ocurra este tipo de contingencia, se debe informar del evento al Servicio Nacional de Pesca y Autoridad Marítima competente dentro de un plazo de 24 horas desde detectado el hecho. Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles DIA Anexo 5 10.1.1.g Plan de contingencia ante residuos peligrosos Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción asociada Todo el centro de cultivo No obstante se destaca que la revisión y mantención de las estructuras de fijación y cultivo, especialmente fondeos y anclajes se realizará semestralmente, tal cual lo indica el cronograma de mantención de equipos y estructuras. Toda vez que ocurra este tipo de contingencia, se debe informar del evento al Servicio Nacional de Pesca y Autoridad Marítima competente dentro de un plazo de 24 horas desde detectado el hecho. Acciones a implementar Forma de control y seguimiento Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles DIA Anexo 5 11.- Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto no contempla realizar compromisos ambientales. 12.- Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNTFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte. 13.-. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4 de la presente Resolución. 14.-. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. 15.-. Que, para que el proyecto, pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables. 16.-. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos. 17.- Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaria de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos, la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SETA. 18.-. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SETA, deberá someterse al SETA. 19.- Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero. Ol 4144 \ k • fr i n Ambiental valuación agos c.:. JHS/ Aim,yAm Distribtición:/ 6°. Hacer presente que contra esta resolución es procedent el recurso de reclamación del artículo 20 de la Ley N° 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de E aluaciónmbiental. Notifíquese y Aphívell , Leonárdo-de L l',/res ntmisión de Región de Prida Sanhueza valuación Ambiental de la Lagos Regional del Servicio de Secretario ►omisión de Regió de Lo - RESUELVE: 1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "MODIFICACION DE PROYECTO TECNICO, CENTRO 102918 ESTERO CASTRO, RIO BLANCO LTDA", de Sociedad Industrial y Comercial Río Blanco Ltda. 2°. Certificar que el proyecto "MODIFICACION DE PROYECTO TECNICO, CENTRO 102918 ESTERO CASTRO, RIO BLANCO LTDA", cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable. 3°. Disponer el otorgamiento del permiso ambiental sectorial que se señalan en el artículo 116 del D.S.N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. 4°. Certificar que el proyecto "MODIFICACION DE PROYECTO TECNICO, CENTRO 102918 ESTERO CASTRO, RIO BLANCO LTDA", no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. 5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4 del presente acto. • Sociedad Industrial y Comercial Río Blanc9/Ltda, Representante Legal, Sr. Arturo Rosendo Astroza Manosalva. • Superintendencia del Medio Ambiente / • CONADI, Región de Los Lagos • (X) Gobernación Marítima de Castro • (X) Gobierno Regional de Los Lagos • (X) Ilustre Municipalidad de Chonchi • (X) SEREMI Medio Ambiente, Región de Los Lagos • (X) SEREMI de Salud, Región de Los Lagos • (X) Servicio Nacional Turismo, Región de Los Lagos • (X) Servicio Nacional de Pesca, Región de Los Lagos • (Interregional) Consejo de Monumentos Nacionales • (Intel-regional) Subsecretaría de Pesca y Acuicultura C/c: Encargada Participación Ciudadana Expediente del Proyecto "MODIFICACION DE PROYECTO TECNICO, CENTRO 102918 ESTERO CASTRO, RIO BLANCO LTDA.', Archivo Servicio Evaluación Ambiental, X Región de Los Lagos