Evaluación SEA

Colectores del Bloque Arenal

Rol 2130925352
SEA · DIA · Aprobado · 2015-11-18 · Región de Magallanes y de la Antártica Chilena · Empresa Nacional del Petróleo - Magallanes

REPÚBLICA DE CHILE. COMISIÓN DE EVALUACIÓN

XIl REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

Califica Ambientalmente el proyecto "Colectores del Bloque Arenal"

Resolución Exenta N* 029/2016

Punta Arenas, 16 de Febrero de 2016

VISTOS:

qe La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 07 de enero de 2016 y su Adenda Complementaria de 28 de enero de 2016, del proyecto "Colectores del Bloque Arenal", presentado por la Empresa Nacional del Petróleo - Magallanes con fecha 18 de noviembre de 2015.

2 Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capitulo Il del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Colectores del Bloque Arenal”.

SS El Acta de Evaluación N* 070/2015 de 02 de diciembre de 2015, del Comité Técnico de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.

4% El ICE de la DIA del proyecto "Colectores del Bloque Arenal” de 08 de febrero de 2016.

el El acuerdo adoptado en la sesión N* 04/2016 de 16 de febrero de 2016, de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.

6”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Colectores del Bloque Arenal”.

Te Lo dispuesto en la Ley N19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N%0, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República

CONSIDERANDO:

Ly Que, la Empresa Nacional del Petróleo - Magallanes (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto "Colectores del Bloque Arenal” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Empresa Nacional del Petróleo — Magallanes Rut 92.604.000-6

Domicilio José Nogueira 1101, Punta Arenas

Teléfono 612 224 347

Nombre representante legal | Ramiro Parra Armendaris

Rut representante legal 8.965.749-0

ON representanle José Nogueira 1101, Punta Arenas

Teléfono representante legal | 612 221 150

Correo Electrónico rparraa(QY)mag.enap.cl; cmunozrAmag.enap.cl

a”, Que, conforme se indica en el ICE de fecha 08 de febrero de 2016, la Directora Regional de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto, cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 132, 137 y 156 del D.S. N*40/2012 y no genera los efectos caracteristicas o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental

3". Que, en sesión de 16 de febrero de 2016, la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena acordó calificar favorablemente el proyecto “Colectores del Bloque Arenal”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 08 de febrero de 2016, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta

  1. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda y en su Adenda Complementaria, los cuales

forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Construir tres colectores para transportar la producción de gas y petróleo hacia las infraestructuras de procesamiento, cuyos diámetros nominales son entre 6 y 14 pulgadas y una longitud total de 33 kilómetros, aproximadamente.

Objetivo general

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras O acciones

Vida útil 20 años Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

Tipología de Proyecto: j) Oleoductos, gasoductos, ductos mineros u otros análogos.

Demarcación topográfica

si NO Proyecto se desarrolla por etapas Á Xx Proyecto modifica un proyecto o Ñ Xx actividad Proyecto Modifica otra (s) RCA - Xx

“42. UBICACIÓN DEL PROYECTO

Región de Magallanes, Provincia de Tierra del Fuego, Comuna

División político-administrativa de Punta: Arenas.

Desctipción de la localización Al interior de los predios Bahía Felipe, Araucana, Carmelita, Bio ES Bio, Tío Jorge, Las Rosas, Sylvia, Laura, Don Gerardo, Los

1/9

Morros, Carmen Victoria, Juanita, Ida Irene, Chañarcillo y Sara. Superficie Para la etapa de construcción, 39,6 hectáreas, lo efectivamente intervenido para la instalación de las tuberías, 3,96 hectáreas Coordenadas UTM (Datum WGS84) UTME UTMN Nudo Río del Oro 446.620 4.146.381 Estación Colector 1 | Compresora 451.808 4.151.659 Retamos Estación Colector 2 Compresora 451.808 4.151.659 Retamos Nudo Madrugada 463.565 4.165.798 Central 4 Colector 3 | Chañarcillo 405:809 4A69.21S Estación Sara 476.612 4.158.698 Para acceder al Proyecto, se debe llegar a la Isla de Tierra del Fuego, para ello, desde Punta Arenas, tomar la Ruta 9 con dirección Norte por 51 km hasta la bifurcación de Gobernador Philippi accediendo a la ruta internacional CH-255, por esta última, recorrer 102 km hasta interceptar la Ruta Internacional CH-257 y 16 km hasta el borde costero, continuando por transporte marítimo por el sector de Primera Angostura y acceder a la Isla de Tierra del Fuego, por su extremo Norte, una vez ahi, Caminos de acceso existen 2 opciones de acceso - Para acceder al Colector 1 y 2, se retoma la Ruta Internacional CH-257 y se avanzan 9,94 km hasta el inicio de la ruta Y-65, por la cual se deben recorrer 16,76 km hasta el Nudo Madrugada, punto norte del Colector 2. - Para acceder al Colector 3 se retoma la Ruta Internacional CH-257 y se avanzan 25,92 km hasta un camino interior que conduce a la Central 4 Chañarcillo, la cual corresponde al extremo norte del Colector 3. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, pe el e ¿mormación | Capitulo 1, Figuras 1-3, 1-4 y 1-5 localización de sus partes, obras y acciones

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

4.3.1,

ETAPA DE CONSTRUCCIÓN

Demarcación Topográfica

La demarcación se realizará en el área buffer evaluado (30 metros de ancho total).

Apertura de Zanjas

Preparación de la pista y excavación de la zanja que contendrá cada ducto.

Instalación de Ducto en Vega

El procedimiento estipulado consiste en el soterramiento en zanja de la tubería a 1,5 m de profundidad bajo el terreno, el cual será rellenado en forma compactada, cuidando mantener la estratigrafía del terreno y la recolocación de la vegetación existente.

Instalación de Ducto sin Vega

El procedimiento estipulado para el soterramiento en zanja de la tubería es a 1 metro de profundidad, la cual será rellenada en forma compactada

Instalación de Ducto en Atraviesos de Cauce

El método constructivo, consiste en una intervención temporal, para lo cual se deberá construir un by - pass de los cauces mediante un canal con características de escurrimiento similar al de estos, para disponer en una de sus riberas las cañerias hormigonadas soldadas a doble junta con el material de parcheo de la junta instalado, todo esto previo a la apertura de las zanjas dentro y fuera de los cauces.

Etapa de Pruebas

Prueba de Uniones Soldadas

Prueba de Porosidad

Prueba de Revestimiento

Prueba de Resistencia

Tapado y Cierre de Zanjas

Restitución de la tierra más profunda (horizonte mineral)

Instalación de la cinta de advertencia.

Relleno y Tapado de zanja que contendrá la tubería.

Restitución de la capa vegetal en los lugares que fue retirada.

Retiro de los elementos y materiales sobrantes de la construcción.

Acciones y requerimientos para la materialización de las obras físicas

Aprobación de RCA

Fecha estimada e indicación de parte, obra o acción que establezca el inicio y término de la fase

Se inicia con la Demarcación Topográfica, cuya fecha de inicio se estima para enero de 2016

Finaliza con el Cierre de la Zanja, cuya fecha de término se estima para el mes de marzo de 2016.

Descripción de cómo se proveerán los suministros 3 Jrbásicos

Agua potable: envasada.

Combustible: Servicentro de Cerro Sombrero.

Maquinaria: Enap o Empresa contratista.

“Emisiones (abatimiento y

Ñ ntrol)

Polvo en suspensión, emisiones de maquinarias, ruido, todos de baja magnitud y por encontrarse en áreas abiertas podrán disiparse rápidamente.

5 O Residuos, Químicos y otros cáhfidad y manejo)

Aguas servidas a disponer en lugar autorizado

Residuos sólidos a disponer en el vertedero autorizado

Residuos peligrosos almacenados en la bodega de almacenamiento temporal de Enap

ferencia al Capítulo del CE para mayores detalles

Capítulo IV

219

4.3.2. ETAPA DE OPERACIÓN

Operación de los Colectores

Los colectores tributarán la producción de gas a las instalaciones existentes en el área.

Tiempo de Operación de las Instalaciones

El proyecto requiere de operación continua, es decir, 365 dias del año durante las 24 horas del día.

Mantenciones Programadas

En caso de ser necesario un cambio de tramo se aplicará el mismo procedimiento constructivo señalado en el Plan de Intervención de la Cubierta Vegetal

Fecha estimada e indicación de parte, obra o acción que establezca el inicio y término de la fase

Se inicia con la Operación de las Instalaciones, cuya fecha de inicio se estima para Marzo de 2016

Finaliza con el cese de la Producción del Pozo, cuya fecha de término se estima para el año 2036.

En caso que el proyecto contemple actividades de mantención y conservación se deberán indicar aquellos aspectos considerados para las actividades generales

En el caso de ser necesario un cambio de tramo, se aplicará el mismo procedimiento constructivo estipulado en el PICV.

Cuantificación y forma de manejo de los productos generados, así como el transporte considerado para su entrega o despacho

El transporte de fluidos a través de ductos subterráneos, es diseñado y construido de acuerdo a normas técnicas acordes a la legislación de cada país, y correspondientes a una operación intrínsecamente segura, ya que para ello, además, se utilizan tecnologías mundialmente probadas.

Referencia al Capítulo del ICE para mayores detalles

Capítulo IV

Be Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los

Ss

4.33. ETAPADE CIERRE

Los colectores permanecerán enterrados

Actividades de abandono de

tuberías Previamente serán limpiados internamente y se descontarán a las

unidades que los mantenían con protección para la corrosión.

Fecha estimada e indicación

a. Se inicia el año 2036, partiendo con la limpieza interna del ducto de parte, obra o acción que

establezca el inicio y término di A h ¿ y Finaliza con la desconexión mediante el cierre de válvulas

de la fase

Desmantelamiento o

aseguramiento de la a características estabilidad de la Cada colector permanecerá enterrado, ya que por sus Ss

y Ae metálicas revestidas con polietileno tricapa es inerte. infraestructura utilizada por

el proyecto o actividad

Restauración de la morfología, vegetación y cualquier otro componente ambiental que haya sido afectado durante la ejecución del proyecto

El PICV busca disminuir las distorsiones sobre el suelo y la vegetación presentes en las áreas consideradas para la construcción de los colectores

Prevención de futuras emisiones para evitar la afectación del ecosistema incluido el aire, suelo y agua

Las cañerias metálicas que conforman los colectores están protegidas externamente con poliuretano tricapa (HDPE), permitiendo un comportamiento inerte frente a la agresividad del subsuelo.

Referencia al Capítulo del

ICE para mayores detalles capitulo:1v

4.4. DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO

4.4.1. Fase de Construcción

Fecha estimada de inicio Enero 2016

Parte, obra o acción que

establece el inicio Demarcación Topográfica

Fecha estimada de término | Marzo de 2016

Parte, obra o acción que

establece el término Siero la. danja

4.4.2. Fase de Operación

Fecha estimada de inicio Marzo de 2016

Parte, obra o acción que

ns ión de las Instalaciones establece el inicio Operación de falacio

Fecha estimada de término_ | Año 2036

Parte, obra o acción que

establete el lérmino Cese de la Producción del Pozo

4.4.3. Fase de Cierre

Fecha estimada de inicio Año 2036

Parte, obra o acción que

establecerel inicio Limpieza interna del ducto

Fecha estimada de término | Año 2036

Parte, obra o acción que Desconexión mediante el cierre de válvulas

establece el término

iguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este | Capitulo VI impacto específico

El Proyecto no generará la superación de normas primarias de calidad establecidas, ya que se trata de un Proyecto en el cual las emisiones generadas son mínimas y de baja intensidad.

El Proyecto no superará los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente. Las emisiones de ruido serán debido a los motores de la maquinaria a utilizar, las cuales serán de baja magnitud y menor a 2 meses, estimándose su rápida disipación debido al frecuente viento de la zona. No habrá exposición a contaminantes, ya que el Proyecto es constructivo y no utiliza productos químicos (líquidos o en polvo) para su ejecución; las emisiones serán de los gases provenientes de la maquinaria y el motor estacionario de soldadura. En cuanto a los efluentes estos corresponderán al baño químico de la faena, los cuales serán transportados y depositados en lugar con autorización sanitaria para tal efecto.

El Proyecto no generará exposición de contaminantes sobre los recursos naturales, ya que se estima que se generarán 30 kg de residuos peligrosos los cuales se almacenarán temporalmente en una bodega para su disposición final en un establecimiento autorizado, sin entrar en contacto con los recursos naturales.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

Nombre: Cubierta Vegetal

El proyecto contempla el retiro de la cubierta vegetal y posterior restitución para cada línea de flujo, lo que se efectuará según el plan de intervención de cubierta vegetal.

Impacto ambiental

Componente Ambiental | Componentes afectados: Coironal de Festuca gracillima, brezal de afectado Empetrum rubrum, pradera hidrofítica y vega.

Parte, obra o acción que lo

denera Construcción de los Colectores

Fase en que se presenta Construcción

mayo es detalles sobre este | Capítulo VI

dar al ICE para

-impaoto específico

Pr yecto contempla la utilización máxima de 39,60 hectáreas de Estepa en la fase de construcción, Miémplando 12 metros de faja para movilización de vehículos y la retroexcavadora. El área específica

4/9

de intervención al suelo es de 3,96 ha, correspondiente al ancho de pala (1,2 m) utilizado para remover la cubierta vegetal y suelo para enterrar cada colector Para esto se cuenta con un Plan de Intervención de la Cubierta Vegetal (PICV) que se ejecuta durante y posterior a la construcción. Dicho PICV contempla monitoreos de evaluación hasta la segunda temporada de crecimiento vegetativo, en la cual si se observa una recuperación irregular o parcia de la pradera, se procede a aplicar técnicas agrícolas de recuperación hasta alcanzar un mínimo del 60% de cobertura vegetacional. Respecto a la flora, se identificaron cuatro comunidades vegetacionales: (1) el Coironal de Festuca gracillima, (2) el Brezal de Empetrum rubrum, (3) la Pradera Hidrofítica y (4) la Vega, y respecto a la fauna se identificaron 6 especies de aves y 3 especies de mamíferos, entre los cuales, se señala la identificación del Ctenomys magellanicus fueguinus, el Tuco-tuco de Tierra del Fuego, especie asignada en la categoría de Vulnerable, sin embargo se presenta un plan de remoción controlada para esta especie.

Respecto al componente suelo, se ejecutará el PICV para restablecer la condición de la pradera y

cubierta vegetal removida. En cuanto al agua, la prospección de terreno permitió confirmar la presencia

de 3 cauces naturales, 2 de carácter permanentes y 1 temporal, y sin presencia de cuerpos de aguas superficiales, los cuales se intervendrán de manera soterrada y según lo señalado en los contenidos mínimos presentados requeridos por el Artículo N”156 del RSEIA.

El Proyecto no involucra la explotación o utilización de caudales de recursos hídricos en ninguna de sus

etapas, además no se producirá ascenso o descenso de niveles de aguas subterráneas. Los colectores

irán enterrados a un metro bajo tierra, sin generar efectos adversos sobre el componente hídrico.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

Referencia al ICE para

mayores detalles sobre este | Capítulo VI

impacto especifico

El Proyecto no contempla la intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales a grupos o

comunidades para el sustento económico, uso tradicional, medicina, espiritual o cultural.

El Proyecto no involucra la obstrucción, restricción a la libre circulación, conectividad o aumento

significativo en el tiempo de desplazamiento a grupos humanos o comunidades.

Específicamente, el presente Proyecto se localiza paralelo a las rutas CH-257 e Y-65, no obstantes, las

obras de construcción serán breves, estimadas en una duración de 2 meses.

El Proyecto no genera alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o

infraestructura básica de grupos humanos o comunidades.

El Proyecto no genera la dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones,

cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del

grupo.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este | Capítulo VI impacto específico Los trabajos específicos considerados en el Proyecto se desarrollarán alejados de centros poblados. El centro urbano más próximo es Cerro Sombrero, el cual se ubica a 7,14 km en línea recta. Respecto a Cullen, que opera como campamento y centro de operaciones para la industria del hidrocarburo, se localiza a 37,3 km en línea recta. No existen poblaciones protegidas o comunidades indigenas susceptibles de ser afectadas.

Respecto a recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos,

glaciares o territorios con valor ambiental.

Respecto al valor ambiental del territorio, se puede indicar que su uso principal es la ganadería

extensiva lanar, seguido de la industria petrolera. El área no ofrece alternativas productivas

relacionadas con el turismo o ecoturismo, siendo la propiedad de carácter privado sin acceso a

pasajeros o visitantes.

5.5, ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TERMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

Referencia al ICE para

mayores detalles sobre este | Capítulo VI

impacto específico

Si bien el área no presenta un valor paisajístico significativo, el proyecto consiste en enterrar cada

colector a 1 metro bajo tierra, por lo tanto, no hay obstrucción visual, mientras que la faena de

construcción tiene una duración que no excederá los 2 meses, observándose la retroexcavadora en el track de construcción.

Se entenderá que una zona tiene valor turístico cuando, teniendo valor paisajístico, cultural y/o

patrimonial, atraiga flujos de visitantes o turistas hacia ella; en tal sentido los colectores en evaluación no

se localizan próximos a zonas de valor paisajístico.

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL

Referencia al ICE para

mayores detalles sobre este | Capítulo VI

impacto específico

El Proyecto no involucra la alteración o deterioro de algún sitio definido como Monumento Nacional

según el Catastro Georreferenciado de Sitios Arqueológicos de Magallanes (2011) y los Proyectos

evaluados ambientalmente en el área.

Se identificaron 2 hallazgos asilados, entro del área de estudio de una de las lineas de flujo proyectada-

ducto Retamos Norte ZG-B. Están compuestos por un artefacto en cada caso por tanto no fue definido

como sitio arqueológico. El titular realizará la tramitación del rescate de los hallazgos superficiales, de

acuerdo a la Ley 17.288.

“Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las

correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

% ¡Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos

6.1.1. Permiso para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico, del

artículo 132 del RSEIA

Fase del Proyecto a la cual

corresponde

Construcción

5/9

Ts

Parte, obra o acción a que aplica

Colectores

Pronunciamiento del órgano | Oficio N* 197 de fecha 20/01/2016 de Consejo de

competente Monumentos Nacionales

6.1.2. Permiso aprobación del plan de cierre de una faena minera, del artículo 137 del Reglamento del SEIA

E Proyecto a la cuall cisre o Abandono

Parte, obra o acción a que aplica Colectores

Pronunciamiento del órgano | Oficio N* 27 de fecha 01/02/2016 del Servicio de Geología y

competente Minería

6.1.3. Permiso para efectuar modificaciones de cauce, del artículo 156 del Reglamento del SEIA

A Proyecto a la cual Construcción

Parte, obra o acción a que aplica

Colector 1, con un atravieso y colector 2, con dos atraviesos.

detalles

Pronunciamiento del órgano | Oficio N” 55 de fecha 05/02/2016 de la Dirección General de competente Aguas Referencia al ICE para mayores Capítulo IX

Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento

de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

Norma

D.S. N* 132/2004; Reglamento de Seguridad Minera

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Abandono

Forma de cumplimiento

Artículo 67: De acuerdo a lo señalado, en forma previa a la fase de construcción, ENAP enviará a SERNAGEOMIN la Resolución de Calificación Ambiental que califica favorablemente al Proyecto.

Artículo 68: Será cumplido ya que forman parte de la Política Ambiental de la Empresa. Respecto a las emisiones asociadas a la maquinaria es importante señalar que todos los vehículos utilizados durante la construcción y operación se encuentran con las respectivas revisiones técnicas al día,

Artículo 69: Será cumplido debido a que forman parte de la Política Ambiental de la Empresa, donde se destaca que para cada etapa descrita en la Declaración de Impacto Ambiental, ENAP — Magallanes realiza actividades de inducción donde hace extensivos los compromisos ambientales a las empresas contratistas y subcontratistas. Además el Titular cuenta con planes y programas para dar cumplimiento a los compromisos ambientales asociados a la tramitación de la presente DIA.

Artículo 70: El presente Proyecto dará cumplimiento a todas las disposiciones relativas a componentes ambientales establecidos en el Reglamento de Seguridad Minera.

Artículo 312 y 313: Los reglamentos antes señalados corresponden a procedimientos que la empresa ha ido realizado a lo largo de los años actualizándolo e incorporando nueva normativa.

Artículos 493, 497, 498 y 499: Corresponden a procedimientos que la empresa ha ido realizado a lo largo de los años actualizándolo e incorporando nueva normativa.

Artículo 500: Durante la etapa de construcción, se generará desechos menores los cuales serán retirados y dispuestos oportunamente en lugares autorizados.

Indicador que acredita su cumplimiento

Artículo 67: Presentación de proyecto de explotación y Resolución de Calificación Ambiental que califica favorablemente al Proyecto.

Artículo 68: Durante las etapas de construcción y operación del Proyecto se mantendrán en las obras los Registros del Plan de Manejo de Residuos y Revisiones Técnicas al día.

Artículo 69: Planes y programas asociadas a los compromisos ambientales y listas de asistencias a inducciones se mantendrán durante las fases en que aplica la norma.

El Artículo 70: Plan de Manejo de Residuos Peligroso y Autorización municipal para disposición de desechos en vertedero

Artículo 312 y 313: Reglamento interno de seguridad aprobado.

Artículos 493, 497, 498 y 499: Plan de Cierre Aprobado.

Artículo 500: Plan de cierre de faena minera aprobado.

Forma de control y | Registros del Plan de Manejo de Residuos; listas de asistencia a seguimiento inducciones; Autorización para disposición de desechos en vertedero Norma Decreto 280, Reglamento de Seguridad para el Transporte y

Distribución de Gas Natural

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación

Forma de cumplimiento

En el caso puntual del Proyecto, de acuerdo al Artículo 12, las normas internacionales serán cumplidas de forma óptima ya que corresponde al estándar de la industria y se actualizan a medida que son perfeccionadas.

Indicador que acredita su | Cumplimiento

Mantención de Registros de chequeo de normas ANSI/ASME.

Forma de control y | Registros de chequeo de normas ANSI/ASME, en unidad de Seguridad y seguimiento Medio Ambiente. Noa Ley N* 20.551/2011; Regula el Cierre de Instalaciones y Faenas

Mineras

Fase del Proyecto a la que plica o en la que se dará umplimiento

Cierre o Abandono

El titular cumplirá con lo señalado en la Ley 20.551 y presentará el

6/9

e”.

Forma de cumplimiento

respectivo plan de cierre de forma sectorial al Servicio para su aprobación de acuerdo a lo señalado en el Artículo 4”.

Indicador que acredita su cumplimiento

Ejecución del Plan de cierre aprobado y la estabilidad fisica y quimica del lugar donde operó la faena

Forma % de conta! y Plan de Cierre de Faenas seguimiento Norma D.S. N* 594/99; Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los

Lugares de Trabajo

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

En todas las etapas se cumplirá con las disposiciones que se establecen en el decreto, solicitando las autorizaciones respectivas para la disposición de residuos sólidos fuera del predio, disponiéndose en todo caso un lugar autorizado.

Para la etapa de construcción, se utilizarán baños químicos, donde las aguas servidas serán retiradas por una empresa con autorización sanitaria, la cual se encargará de realizar la disposición final en un lugar donde le esté habilitado.

Indicador que acredita su cumplimiento

Documentos de despacho y recepción de residuos

Documento de acreditación de transporte, habilitación, retiro de baños químicos y saneamiento del sector.

Documentos de despacho y recepción de aguas servidas.

Forma de control y | Los registros estarán disponibles para el ente fiscalizador, en la Unidad seguimiento de Medio Ambiente y Seguridad, en caso de ser requerido. Norma D.F.L. N* 725, Código Sanitario

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

Artículos 70 y 71: El agua potable y de consumo será proporcionada por un contratista y provendrá desde Punta Arenas en bidones. Para la etapa de construcción se dispondrá de baños químicos proporcionados por un contratista con autorización sanitaria. Para la etapa de construcción las aguas servidas serán retiradas por medio de camión aljibe a una instalación que cuente con la autorización de la autoridad para tal efecto.

Artículos 72 y 73: Se dispondrá de baños químicos proporcionados por un contratista con autorización sanitaria. Las aguas servidas serán retiradas por medio de camión aljibe a una instalación con permiso de la autoridad para tal efecto. El Proyecto no descargará aguas servidas y residuos industriales o mineros en rios o lagunas, o en cualquier otra fuente o masa de agua que sirva para proporcionar agua potable a alguna población.

Artículo 78: El retiro de los desechos corresponde a un contratista, el cual contará con las autorizaciones pertinentes emanadas de la Autoridad para ejecutar las labores.

Indicador que acredita su cumplimiento

Documento de despacho y recepción de residuos en vertedero

Documento de acreditación de transporte, habilitación, retiro de baños químicos y saneamiento del sector.

Documentos de despacho y recepción de aguas servidas. Documento de distribución de agua potable y de consumo en bidones.

Forma de seguimiento

control y

Los registros estarán disponibles para el ente fiscalizador, en la Unidad de Medio Ambiente y Seguridad, en caso de ser requerido.

Norma

Ley 17.288; Ley sobre Monumentos Nacionales

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante la etapa constructiva, el titular informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales como se establece en los Artículos N26 y 27 de la Ley N17,288.

Indicador que acredita su cumplimiento

Informes de línea base, monitoreo.

Norma

D.S. N* 148/03, Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

Los RESPEL serán manejados de acuerdo a los procedimientos establecidos en el Plan de Manejo de RESPEL y transportados a la Bodega de almacenamiento temporal en Cerro Sombrero autorizada por la Resolución Exenta N*27 del 2009.

Indicador que acredita su

Registros del Plan de manejo de RESPEL

cumplimiento Forma de control y | Registros del Plan de manejo de RESPEL, en bodega de almacenamiento en seguimiento Cerro Sombrero

"Referencia al Capítulo del

ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

Que:“para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias:

8.1._ Plan de Remoción del Tuco Tuco

“Impacto asociado E |

Afectación de los periodos relevantes para esta especie como son los reproductivos.

Fase'del Proyecto a la que

Construcción

Objetivo: Evitar alteración e impactos sobre el Tuco Tuco

Descripción: Utilización de cámaras trampa y/o trampas Sherman.

7/9

9”.

10”.

Ejecutar entre los meses de febrero y junio

Justificación: Presencia de una o más colonias activas de tuco tuco. Para determinar si ésta se encuentra activa, se deben utilizar métodos menos invasivos que no destruyan las madrigueras, por lo que se deben dar uso de cámaras trampa y/o trampas Sherman.

Objetivo, descripción y

justificación e £ ñ Para evitar la afectación de los periodos relevantes para esta especie

como son los reproductivos (que para el género Ctenomys esta descrita

para los meses de invierno y primavera), las obras de intervención del

suelo, en la etapa de construcción de las líneas de flujo, se deberán

ejecutar entre los meses de febrero y junio.

Lugar: Área de Influencia de las líneas de flujo

Forma: Capacitación al personal de faena, respecto de la especie y la

entrega de cartilla para identificación

Lugar, forma y oportunidad | Uso de cámaras trampa y/o trampas Sherman.

de implementación Ejecución de las obras de intervención del suelo para la construcción de

las líneas de flujo entre los meses de febrero y junio.

Oportunidad: Se deberá ejecutar el plan antes de la intervención del

suelo en el área de las lineas de flujo.

Entrega de los Informes y resultados de Seguimiento a la

Superintendencia del Medio Ambiente, a la Corporación Nacional

Forestal, a la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente y al

Servicio Agrícola y Ganadero. En que incluya copia de la cartilla

entregada y lista de asistencia de los capacitados

Uso de cámaras trampa y/o trampas Sherman. Ejecución de las obras

de intervención del suelo para la construcción de las lineas de flujo entre

los meses de febrero y junio.

Indicador que acredite su cumplimiento

Forma de control y seguimiento

Referencia al ICE para mayores detalles Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las

Capítulo X

siguientes: 9.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS 9.1.1. Plan de Prevención, Presupresión y Supresión de Incendios en Pastizales Fase del Proyecto a la que x aplica Construcción Parte, obra o acción z á s asociada Construcción de línea de flujo

Medidas de Prevención de Incendios Forestales Acciones o medidas a | Activación del Plan de Emergencia de Incendio Forestal implementar Supresión de Incendios Forestales

Personal de Brigada Contra Incendios y Recursos Disponibles Referencia al ICE para

mayores detalles Capitulo Vil 9.2. PLAN DE EMERGENCIAS

9.2.1. Plan de Contingencia para Emergencias en el Transporte de Gas Fase del Proyecto a la que z

aplica Operación

Parte, obra O acción

asociada Línea de Flujo

Operación Normal: Se considera la observación, registro y análisis de

las variables de proceso.

Operación en Emergencia: Esta condición se detecta mediante la

observación y análisis in situ o en forma remota de las variables de

proceso presión y flujo.

Acciones a Seguir

  • — Aislar éste mediante las válvulas más cercanas, en forma remota si el sistema contempla esta opción o en forma directa si no lo tuviera.

  • Recorrer el trazado del ducto para ubicar el punto de fuga.

  • Aislar el lugar donde se produce la fuga evitando riesgos de explosión o incendio.

  • Aviso a la línea de supervisión.

  • Notificación a la autoridad competente si aplica de acuerdo a D.S. N*280.

Oportunidad y vías de | Se avisará a las autoridades dentro de las primeras 24 horas y una vez

comunicación a la SMA de la | analizada las causas y los efectos de la emergencia, se entregará un

activación del Plan informe final

Referencia al ICE para % mayores detalles Sapitule:vl

Acciones a implementar

Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorias, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia

del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte. á Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o “faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la

presente Resolución. ¡Quejxcon el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de es del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. l jara que el proyecto “Colectores del Bloque Arenal” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las nórmas vigentes que le sean aplicables

y

8/9

RESUELVE:

14”.

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Distribución:

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Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaria de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2” letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero

Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Colectores del Bloque Arenal” de la Empresa Nacional del Petróleo - Magallanes,

Certificar que el proyecto “Colectores del Bloque Arenal” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable

Disponer el otorgamiento de los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 132, 137 y 156 del D.S, N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental

Certificar que el proyecto “Colectores del circunstancias del artículo 11 de la Ley N 19, Impacto Ambiental. Definir como gestión, acto o faena mínima del proyecto pará dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente los mencionados/en el considerando N4 del presente acto.

Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso He reclamación del artículo 20 de la Ley N?* 19.300, ante el Director Ejecutivo del Sérvicio de Évalua ón Ambjental.

Je Arenal" no genera los efectos, características O O, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de

i Í Mifiquese y ¡e /

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ps

José Luis Riffo Fidéli ) Regional. del Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de EvaKació

¡ón:de Magallanes y Antártica Chilena

Ramiro Parra Armendaris

  • Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, Región de Magallanes y Antártica Chilena Corporación Nacional Forestal, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Dirección de Obras Hidráulicas, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Dirección de Vialidad, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Dirección General de Aguas, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Gobierno Regional, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Ilustre Municipalidad de Primavera

SEREMI de Agricultura, Región de Magallanes y Antártica Chilena

SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Magallanes y Antártica Chilena

SEREMI de Energía, Región de Magallanes y Antártica Chilena

SEREMI del Medio Ambiente, Región de Magallanes y Antártica Chilena

SEREMI de Minería, Región de Magallanes y Antártica Chilena

SEREMI de Obras Públicas, Región de Magallanes y Antártica Chilena

SEREMI de Salud, Región de Magallanes y Antártica Chilena

SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Magallanes y Antártica Chilena Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Servicio Nacional de Geología y Minería, Región de Magallanes y Antártica Chilena Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, Región de Magallanes y Antártica Chilena Servicio Nacional de Turismo, Región de Magallanes y Antártica Chilena Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Magallanes y Antártica Chilena Comisión Chilena de Energía Nuclear

Consejo de Monumentos Nacionales

Encargada Participación Ciudadana

Superintendencia del Medio Ambiente

Oficial de Partes de la Región

Expediente del Proyecto "Colectores del Bloque Arenal"

Archivo Servicio de Evaluación Ambiental, Magallanes y Antártica Chilena

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