Evaluación SEA

Modificación Planta Pesquera Alvarez y Alvarez Ltda., Natales

Rol 2130855434
SEA · DIA · Aprobado · 2015-11-18 · Región de Magallanes y de la Antártica Chilena · Pesquera Alvarez y Alvarez Ltda.

REPÚBLICA DE CHILE | COMISIÓN DE EVALUACIÓN XI! REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

Califica Ambientalmente el proyecto "Modificación Planta Pesquera Alvarez y Alvarez Ltda., Natales"

Resolución Exenta N* 056/2016

Punta Arenas, 13 de Abril de 2016

VISTOS:

l, La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) y su Adenda de fecha 26/02/2016, del proyecto “Modificación Planta Pesquera Alvarez y Alvarez Ltda., Natales”, presentado por Pesquera Alvarez y Alvarez Ltda. con fecha 30/10/2015.

Ze Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la

base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se

detallan en el Capítulo 11 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto

“Modificación Planta Pesquera Alvarez y Alvarez Ltda., Natales”.

El Acta N*075 de fecha 22/12/2015, de la reunión realizada con grupos humanos pertenecientes a

pueblos indígenas localizados en el área en que se desarrollará el proyecto “Modificación Planta

Pesquera Alvarez y Alvarez Ltda., Natales”, conforme a lo previsto en el artículo 86 del D.S. N* 40,

de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto

Ambiental.

  1. El Acta de Evaluación N*069/2015 de fecha 02/12/2015, del Comité Técnico de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.

S. El ICE de la DIA del proyecto “Modificación Planta Pesquera Alvarez y Alvarez Ltda., Natales” de fecha 04/04/2016.

  1. El acuerdo adoptado en la sesión N*07/2016 de fecha 12/04/2016, de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.

EA Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Modificación Planta Pesquera Alvarez y Alvarez Ltda., Natales”.

  1. Lo dispuesto en la Ley N19,300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N? 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

uu

CONSIDERANDO:

l. Que, Pesquera Alvarez y Alvarez Ltda. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Modificación Planta Pesquera Alvarez y Alvarez Ltda., Natales” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los

siguientes: Nombre o razón social Pesquera Alvarez y Alvarez Ltda. Rut 77.456.660-0 Domicilio Huerto 68-A, Natales Teléfono 61- 2410521 Nombre representante legal Sergio Orlando Alvarez Navarro - Víctor Eloy Alvarez Navarro Rut representante legal 14.454.868-K - 11.413.422-8 Domicilio representante legal Huerto 68-A, Natales Teléfono representante legal 61- 2410521 Correo Electrónico pesquera. alvarez()hotmail.com

Z Que, conforme se indica en el ICE de fecha 04/04/2016, la Directora Regional de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto, cumple con los requisitos de carácter af biental contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos N? 139 y. Ne160 del D.S. N*40/2012; y no genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de Ta Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. FQue, en sesión de fecha 12/04/2016, la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena acordó calificar favorablemente el proyecto “Modificación Planta Pesquera Alvarez/ y Alvarez Ltda., Natales”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 04/04J7016, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo

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indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución

4.

las consideraciones técnicas en que se fundamenta. Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general

Modificar algunos aspectos de la Planta Pesquera Alvarez y Alvarez Ltda., de tal forma de ampliar la capacidad diaria de proceso de Materia Prima (MMPP), para la elaboración de productos terminados en base a salmónidos, con un aumento sostenido en la capacidad de proceso de Materia Prima desde 13 Ton/día a 42 Ton/díal el segundo semestre de 2016

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones

De acuerdo a sus características, el proyecto denominado “Modificación Planta Pesquera Alvarez y Alvarez Ltda., Natales” debe ser sometido al Sistema del Artículo 10 de la Ley de Bases del Medio Ambiente, estipula que este tipo de proyecto corresponde a lo descrito en las letras n.6 y 0.7

Vida útil

Indefinida

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

El inicio del proyecto y de la fase de construcción, se da con el movimiento de tierras y preparación de los sitios del proyecto y obras complementarias, se estima para Abril de 2016.

Proyecto se desarrolla por SI NO etapas Xx Proyecto modifica un proyecto o

Ze Xx actividad Proyecto Modifica otra (s) RCA X

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político-administrativa

Región de Magallanes y Antártica Chilena, Provincia de Ultima Esperanza, Comuna de Natales.

Descripción de la localización

El titular de la presente declaración es propietario del Huerto N* 68 donde se emplaza el proyecto, el que tiene como destino el uso industrial, de acuerdo a lo que indica el Certificado de Avalúo Fiscal. En el sitio de uso industrial se encuentra emplazada la planta de Pesquera Alvarez y Alvarez Ltda. que opera en dicho sector desde hace más de 8 años.

El emplazamiento de la Planta, fue definido en su oportunidad por su cercanía a la ciudad de Natales y el contar con servicios básicos (agua potable, electricidad, alcantarillado).

Superficie

El proyecto considera una construcción de 2,341, 25m?, en un predio de 17.600 m?,

Coordenadas UTM en Datum WGS84 — Huso 18

Coordenadas Punto de Referencia Sur Este Planta Pesquera 4266043 674317

Caminos de acceso

El acceso a este sector se realiza a través de la ruta Y-330, continuación de la Avenida España.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

Capítulo 1 del ICE, Capítulo 1 de la DIA

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEZ

EL PROYECTO

43.1

FASE DE CONSTRUCCI

ÓN

Movimiento de tierras y preparación de los sitios del proyecto y obras complementarias

La preparación del sitio consiste en la limpieza, escarpe y despeje del área donde se emplazarán las ampliaciones asociadas al proyecto para la posterior construcción de las fundaciones de estructuras e instalación de equipos.

Dada la topografía plana del terreno. sólo se considera el escarpe para la implementación de las zonas de patios de circulación, para lo cual se considera la remoción de material superficial de un espesor promedio de 40 cm., en toda el área donde se emplazarán las instalaciones del proyecto. En cuanto a excavaciones, se considera la remoción de 300 m? de tierra, la que será depositada en un botadero autorizado.

Por otro lado, se contempla la incorporación de material de relleno para el mejoramiento y nivelación de los terrenos, para lo cual considera un total de 360 m3 de material, trasladado desde cantera autorizada.

Finalmente, junto con el material de relleno, se utilizarán aproximadamente 38 m? de hormigón el cual será transportado a la zona de emplazamiento del proyecto desde la planta de Hormigón a través de Camiones mixer,

Remodelación espacios interiores de la Planta

Las Obras se ejecutarán de acuerdo a Especificaciones Técnicas desarrolladas por el Arquitecto, las cuales se adjuntan en Anexo N? 5.

Corresponde a la instalación de una línea de procesamiento de salmones,

compuesta por:

  • — Fish Tank (Tolva de recepción de producto).

  • — Elevador Round About Alimentación.

  • — Cinta aceleración.

  • — Balanza dinámica.

  • Tolva de traspaso de Salmon desde elevador hacia alimentación a evisceradora

  • — Maquina evisceradora Marel.

  • Elevador colector de evisceradora hacia meson recorte cabezas.

  • Mesón de corte de cabe

  • — Elevador colectora de cabezas hacia bins.

  • Maquina Deslimer (lavadora de pescado) Marel.

  • Cinta traspaso de producto desde meson corte cabeza a calibradora Marel.

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Instalación de línea de proceso

  • Maquina Control Quality (control calidad) Marel.

  • Cinta de traspaso desde cinta perpendicular hacia calibradora Marel

  • Maquina Grader Marel.

  • Unidad Volteadora de bins, Formato 1200x1200x770 mm. Aprox.

  • Tolva de traspaso de producto, alimentación a Maquina Baader

  • Elevador colector de esquelones bajo maquina Baader.

  • — Maquina Baader (fileteadora).

  • Mesón de limpieza para 4 operarios 2 por lado.

  • Maquina deslimer (Lavadora filete) Marel.

  • — Carros con bandejas para moldeo y llevar a congelación.

  • Mesas de polines y mesones para proceso de encajado y empaque.

El Fish Tanks, instalada en el exterior de la Planta, es un estanque de acumulación de 28.2 m3, los que se componen de 24.2 m3 para tolva principal y 4 m3 para estanque lateral con elevador, a emplazar en el exterior de la Planta y estarán destinados a la recepción de peces. Serán construidos en acero inoxidable, con cinta de elación, con una capacidad de acopio de 7.700 piezas Aprox.

Instalación de Túnel

Se contempla instalar un equipo frigorífico compuesto por un compresor, cañerías, fitting y aislación de cañerías, condensador y ventiladores. El túnel tendrá una capacidad para 4.000 kg., en cada bach de 4,5 horas de congelación.

Modificación Sistema de Tratamiento de RILes

Sistema de tratamiento de riles se hace ampliación a construcción existente, particularmente en cuanto a la edificación (desde 2 a 8 mts2), al estanque Clorador que se aumenta a 16 m3 y el estanque Declorador que aumenta a 5 m3 de capacidad, por los mayores volúmenes de agua que se manejarán; se cambian bombas de impulsión del agua desde los estanques a alcantarillado con capacidad máxima de 30 m3 en máxima producción.

El proyecto considera la implementación de una cámara de muestreo que permite medir el volumen de descarga y la calidad del efluente, cumpliendo con la normativa correspondiente, la que se encuentra emplazada en las coordenadas UTM WGS 1984 =E 674269 - N 4265955, como se presentó en Anexo N? 23 de la DIA, Plano de Emplazamiento de Sistema de Riles

Construcción Sala de salida desechos sólidos y pavimentos en el área de recepción y accesos

La salida de evacuación de desechos se hará por medio de bins desde área de filete y desde área de eviscerado y corte de cabeza estos serán evacuados por canaletas desde el interior de planta hacia patio en donde llegaran a un bins ubicados en patio (patio techado) y posteriormente los bins serán pesados y rotulados. Tiene una superficie total de 7.6 m2 aproximadamente y cuenta con un techo y paredes de panel de polietileno de 80 mm de espesor. Esto da a patio de manejo de desechos y otros, que tiene un espacio 112 m2.

Además, se ha proyectado una losa pavimento, impermeable, diseñada para asegurar que los posibles derrames de líquidos sean canalizados al sistema de tratamiento de riles. La losa será construida en hormigón H25 y tendrá un espesor de 30 cm.

Adicionalmente, se tiene contemplada la habilitación de un lugar exclusivo para el almacenamiento y manipulación de las sustancia químicas que se utilizarán en la planta, ubicado en la parte posterior de la Planta, como se indica en Anexo N? 3 de la Adenda, Plano Bodega de Sustancias Peligrosas y se instalarán duchas de emergencia y duchas para el lavado de ojos. Se ha dotado de elementos de seguridad para el personal.

Instalación de faena

Considera la implementación de instalaciones necesarias para ejecutar el proyecto; las instalaciones de faenas corresponden a la utilización de las bodegas existentes en la empresa para el almacenamiento temporal de los materiales o componentes a utilizar en la etapa de construcción.

La instalación de faena se realizará al interior del predio, de manera que no produzcan molestias a las faenas. propiedades vecinas y al normal tránsito por las vías públicas.

Emisiones y efluentes

Debido a la cantidad de maquinaria y equipos que se proyecta utilizar en esta, no se espera una generación significativa de emisiones a la atmósfera. Sólo se espera la emisión de gases y material particulado producto de la operación de los vehículos, equipos mecánicos y el tráfico de vehículos y movimiento de tierra.

Los vehículos, deberán contar con revisión técnica al día, lo que acreditará cumplimiento de los valores máximos de gases y partículas, que un motor o vehículo puede emitir bajo condiciones normalizadas.

Las principales emisiones sonoras de la etapa corresponden a la operación de equipos comunes a este tipo de construcción (camiones, herramientas eléctricas). Los valores estarán bajo el estándar establecido por el DS N 594 y por el DS N 38/2011 y sólo tendrán un efecto puntual y transitorio por cuanto se contempla un periodo no superior a cinco meses para la fase de construcción, siendo el horario de emisión será de 8.00 — 20.00 horas, de lunes a sábado.

En el caso de los motores de vehículos dado su baja frecuencia y duración, no excederán los valores establecidos en el artículo 75 del D.S N? 594/1999.

Para esta etapa se espera la generación de residuos líquidos domésticos producto de las instalaciones sanitarias de la Instalación de Faena, para cuyo manejo se utilizarán las instalaciones existentes conectada a red de empresa sanitaria Aguas Magallanes.

Los residuos sólidos domiciliarios, se generan por el personal a cargo de la construcción, es decir, 30 personas durante 5 meses y se estiman en 0,5 kg/día por persona, es decir, alrededor de 15 kg/día, Se habilitarán contenedores para la basura con tapas, en distintos puntos de la Instalación de Faena, los cuales serán retirados periódicamente por personal de la empresa contratista y acumulados en un lugar cerrado y debidamente señalizado. El retiro de la basura de este recinto se realizará una vez a la semana para su disposición final

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Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

en vertedero autorizado. El traslado será realizado en vehículos de la empresa a cargo de la Obra. Todo según lo dispone el D.S. N* 189 del MINSAL.

Los residuos Sólidos Industriales No Peligrosos, tales como despuntes de fierro, maderas, chatarra, restos de soldadura, plásticos y madera de embalaje, se generan producto do las faenas de construcción. Se estiman generar un máximo de 1,5 m3 mensuales de Residuos sólidos industriales no peligrosos y Domiciliarios: serán dispuestos en Vertedero autorizado.Los residuos propios de la construcción, sobrantes de las excavaciones, serán trasladados directamente a botaderos autorizados, fuera del área del Proyecto.

En cuanto a la generación de residuos peligrosos, se informa que provendrán principalmente de envases vacíos de grasas, envases vacíos de refrigerantes, materiales absorbentes, tubos fluorescentes, pilas usadas, etc. Se estima que la generación de estos residuos será inferior a 5 kg/mes los que serán dispuestos en contenedores herméticos, los cuales se mantendrán cerrados y etiquetados en un área de manejo y almacenamiento temporal de residuos peligrosos, de acuerdo a las exigencias estipuladas en el Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos D.S. N*148/03.

Cabe señalar que las mantenciones de maquinarias y vehículos a utilizar en esta fase, se efectuarán en las instalaciones de los contratistas, fuera del área del Proyecto, por lo que no se generarán residuos producto de esta actividad

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capitulo IV

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN

Descripción del Proceso

En lo concerniente al procesamiento de salmónidos, la materia prima procedente de centros de cultivo, ingresa a planta en bins Isotérmicos o en estanques con agua y hielo.

En planta es recepcionada en bins con agua y hielo, en patio de recepción hasta su proceso. También la materia prima puede ser recepcionada en fishtank (estanque de peces) estos fishtank serán trasvasijados a estanque de almacenamiento que se encuentra en patio o bien si se requiere a bins. En esta etapa se controla características organolépticas (textura, branquias, ayuno, contaminantes químicos), temperatura y presencia de ectoparásitos. La temperatura de recepción no debe ser superior a 5 *C. El tiempo máximo de espera del producto antes de ser procesado será de 48 hrs, controlando temperatura y enhielando si es necesario. Una vez inspeccionados por personal de calidad estos se irán ubicando para su proceso.

Si no existe capacidad de proceso inmediata, la materia prima refrigerada es almacenada en bandejas o bins en sala de recepción y/o en la cámara 0%C y la temperatura de la Cámara 0C fluctúa entre los -3 y 4* C y el tiempo máximo de espera del producto antes de ser procesado será de 48 horas controlando temperatura y enhielado si es necesario.

Posteriormente los salmónidos que ingresan a la sala de proceso y en función de la definición de la empresa mandante, se ingresará a las etapas posteriores de eviscerado, lavado, corte de cabeza y/o cocochas y/o agallas y/o colas, fileteo, recorte y limpieza filete, despinado filete, despielado filete, lavado / drenado filete, clasificado y calibrado filete, almacenaje, congelación, glaseo, pesaje y empaque, para la elaboración de diversos productos en base a salmónidos.

Respecto a los residuos sólidos de vísceras y otras partes orgánicas, serán usados como materia prima para la elaboración de aceites y harina de pescado en plantas reductoras, para lo cual serán almacenados con sistemas de refrigeración.

Procesamiento Materia Prima

De acuerdo a las proyecciones de cosecha de empresa mandante, se estima que se alcanzará un peack de procesamiento el segundo semestre del año 2016, lo que implica un procesamiento máximo de 1.008 Toneladas de Materia Prima/Mes, de Trucha Salmonidea.

Además de la línea de procesamiento de pescados (salmónidos), históricamente se han elaborado en la Planta diferentes tipos de productos, entre los que se encuentran los erizos, ostión y centolla. En Anexo N* 5 de la Adenda, se presenta el detalle de Diagramas de Flujo de los procesos y Pasos Operacionales de los procesos de erizos, ostión y centolla.

El agua para el proceso se obtiene de estanques de almacenamiento que es obtenida de la red pública.

No hay agua sangre, pues los peces son sacrificados por el método de hipotermia, es decir, mueren con la sangre en el cuerpo y por efecto de la baja temperatura la mayor parte de la sangre permanece en las vísceras, las que posteriormente serán derivadas a una planta reductora, la cual a partir de ellas producirá aceites y harina de pescado.

En caso de presentarse un problema que genere olores molestos, productos de fallas o accidentes que no hayan sido posibles de controlar, se procederá a la detención de la faena de producción inmediatamente después de procesar la materia prima ingresada a la planta, hasta haber dado solución a la causa que originó el problema.

De suscitarse un problema de olores por pérdida de control del proceso, manejo de residuos sólidos o líquidos o de cualquier otro tipo, se hará una investigación de las causas que originaron el problema, de modo de evitar una nueva ocurrencia.

El hielo es fabricado a partir de agua potabilizada y sal en una planta de hielo propia con capacidad máxima de 10 Ton/día, el que es acopiado en bins o en sacos plásticos de primer uso, los que se manejan sobre palets,

El hielo será monitoreado una vez al día para determinar la cloración del agua utilizada para su fabricación, lo que se hace a una muestra obtenida del punto de agua de entrada a la máquina que fabrica el hielo, hecho por un inspector de control de calidad. Responsable de la ejecución del muestreo es el

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Hielo para el proceso

Departamento de Control de Calidad.

En caso de producirse una desviación del límite crítico, se procederá de inmediato a ajustar el nivel de cloro en el agua de la planta de acuerdo a las acciones correctivas definidas para el agua. Los registros serán llevados en la bitácora de Procedimientos Operacionales de Saneamiento.

La sala de hielo se encuentra construida de material sólido y con superficies de paredes y piso, lisas y lavables. El hielo a usar no toma contacto con las paredes y piso, ya que es directamente dispuesto en los bins o bien una cinta trasportadora lo llevara a un estanque destinado para producir hielo líquido el cual se hace son salmuera y hielo en escamas, para abastecer los estanques donde se transportaran los peces desde centro de cultivo a planta de proceso y estanque de recepción de materia prima.

La verificación del hielo estará a cargo del laboratorio externo autorizado por Sernapesca a través del control mensual al agua.

Cabe señalar que no existen posibilidades de fugas de amoníaco desde el sistema de refrigeración, debido que en planta no se trabaja con dichos productos. El refrigerante utilizado es el R5307 Refrigerante Ecológico, cuyas Ficha Técnica se adjunta en Anexo N? 1 de la Adenda.

Inspecciones y Mantenimiento

Se contemplan actividades de inspección, las que buscan asegurar el funcionamiento de las diferentes instalaciones y equipos.

Estas actividades serán realizadas de forma periódica por personal calificado, el cual llevará a cabo una inspección visual de las instalaciones y equipos, registrando su estado y funcionamiento. Cualquier anomalía que sea detectada, será registrada y de inmediato se programará su reparación.

Se tiene contemplado mantenimiento periódico de los equipos e instalaciones a utilizar durante toda la fase de operación del proyecto, para asegurar su buen estado y funcionamiento.

Flujo Camiones

Los camiones a utilizar para el transporte de materia prima a la Planta y de producto terminado y residuos desde ésta, se ajustarán a las dimensiones establecidas por la normativa vigente, y se utilizarán rutas enroladas.

Se estima un movimiento proyectado de camiones - en período de máxima producción - de 4 camiones de abastecimiento diarios, 2 camiones de transporte de producto final retiro diario y hasta 2 camiones semanal de retiro de vísceras.

Almacenaje de Químicos y Sustancias Peligrosas

El almacenamiento de estos productos se efectuará en bodegas específicas, conforme a la reglamentación vigente del Ministerio de Salud, Subsecretaría de Salud Pública, que aprueba “Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas” (D.S. 78/2010), es decir, con señaléticas, extintores, y pisos con anticorrosivos, además sistemas ante derrames.

Las sustancias peligrosas solo se almacenarán en lugares especiales acorde a lo señalado en D.S. 78/2010, acorde a su cantidad, clase y división de peligrosidad según NCh 382 .Of 2004 o la que la sustituya y estarán contenidas en envases debidamente etiquetados, diseñados de forma que impidan las pérdidas de contenido.

Las corrientes residuales corresponden a un número variado de procesos como son limpieza, y empaque, como también otras aguas provenientes de diferentes actividades dentro del proceso productivo.

Los Efluentes del sistema de tratamiento de RILES de la Pesquera Alvares y Alvares, deben cumplir con los límites máximos permitidos para descargas de Efluentes que afecten a redes de alcantarillado que cuenten con plantas de tratamiento de aguas servidas (Tabla N* 4, DS 609/98).

Debido a la naturaleza de éstos afluentes se han considerado un sistema de separación de sólidos donde se incluyen canastillos, rejas, sedimentación primaria y otra secundaria por baja velocidad conforme a recoger sólidos con menores diámetros de partícula, por otro lado, los aceites y grasas necesariamente deben ser retenidos por un sistema desgrasador y por último un sistema de desinfección para obtener un efluente adecuado para ser incorporado al alcantarillado público.

Se considera el lavado de camiones, por lo que las aguas correspondientes al lavado de camiones están consideradas en el volumen del punto 6 de la tabla 1 de la Memoria de Cálculo del Sistema de Tratamiento de Riles, Anexo 25 de la DIA, correspondiente a un flujo de 5,6 [m3/d]. Es importante señalar que dentro del proceso no se lavan los camiones, sino los estanques de los camiones.

El sistema de tratamiento se compone de las etapas descritas a continuación: a. Afluente Área de filete y lavado MMPP: Estos riles son descargados hacia la Fosa N*1, que posee en la entrada un canastillo que recoge los sólidos más gruesos, posteriormente existen rejillas separadoras de sólidos. El líquido pasa por gravedad hacia la etapa posterior. Este estanque es de concreto construido bajo la cota terreno dividido en 2 fosas, cada una con una capacidad de 2.0 m3 y desgrasadora de 300 litros. Tiene como función principal disminuir la velocidad al RI! de forma de sedimentar las partículas sólidas, y separar los aceites y grasas.

b. Afluente Áreas de empaque y eviscerado: Estos riles son descargados a la cámara N?2, la que cuenta con rejilla separadora de los sólidos gruesos. Este estanque de concreto construido con una división en donde 1 es para recepción del RIL directo del interior de la planta con una capacidad de 1 m3 y por medio de reja separadora de solidos cae por decantación y continua el RIL hacia Fosa N%2. Tiene función principal bajarle la velocidad al RII de forma de sedimentar las partículas sólidas, y separar los aceites y grasas.

c. Afluentes aguas servidas: Las aguas servidas son descargados a la cámara N1, es un estanque de concreto construido bajo la cota terreno con una división en donde cada lado consta de 2 fosas decantadoras con capacidad cada una de 6.24 m3 y desgrasadora de 1.5 m3. Al final de esta fosa, se juntan

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Sistema de Tratamiento de Residuos Industriales Líquidos

el RII de las áreas sucias con el del área limpia.

d. Proceso de decantación de sólidos: La línea de riles y la línea de aguas servidas, pasan por la Fosa N%2 donde se produce la decantación secundaria de sólidos más finos, éste es un estanque de concreto construido bajo la cota terreno con una división en donde cada lado consta de 3 fosas decantadoras con capacidad cada una de 6.24 m3 y desgrasadora de 1.5 m3. En un lado es aguas servidas y el otro lado es R1l de planta proceso. Esta fosa de igual manera cumple la función de bajarle la velocidad al RIL de forma de sedimentar las partículas de sólidos y separar las grasas. Posteriormente a través de sistema de bomba es impulsado a sistema de desinfección.

e. Proceso de Desinfección: Este proceso se realiza semiautomático, el hipoclorito de sodio o de calcio, se incorpora al RIL con una bomba de dosificación en proporción al volumen que entra medido con un flujómetro, se establece una inyección de cloro necesaria para obtener 5 mg/l de cloro residual una vez haya trascurrido 25 minutos de contacto. Posterior a la cloración, el efluente pasa por el proceso de decloración con tabletas de sulfito de sodio, conforme a calibrar una concentración de cloro de 2 mg/L. Este último estanque tiene una capacidad de 5 m3 y posee agitación continua.

f. Generalidades: La operación de limpieza para las cámaras, de los puntos a y b, se realiza en forma manual. Los residuos líquidos (lodos), del proceso de decantación, serán evacuados por un camión con autorización sanitaria. La fosa se revisa en forma diaria para tener control visual de estas.

Los efluentes tratados son descargados en el sistema de alcantarillado perteneciente a Aguas Magallanes.

El volumen de ril generado en los procesos, se estima en una media de 11,5 m3 y un máximo de 15,4 m3 por hora. Los volúmenes diarios fueron estimados para jornada de 12 horas, durante los 25 días del mes,

Una vez que el proyecto haya sido calificado ambientalmente favorable, y cuente por tanto con la RCA correspondiente, se avisará a la Superintendencia de Servicios Sanitarios el inicio de la operación de su sistema de tratamiento de Riles con 90 días de anticipación, a objeto que ésta dicte la Resolución de Monitoreo que aprueba el programa de autocontrol.

Si se generara algún inconveniente en la operación del Sistema de Tratamiento, como por ejemplo la obstrucción del Sistema, se detendrá inmediatamente, la producción de la Planta Procesadora mientras se lleva a cabo la reparación o limpieza de la parte obstruida, o dañada.

Empero, para evitar cualquier tipo de problemas, se efectuará periódicamente un Programa de Mantención Preventiva de todas las partes y equipos del Sistema de Tratamiento, de acuerdo a especificaciones establecidas en Memoria Técnica de Sistema de Tratamiento de Riles Pesquera Alvarez y Alvarez Ltda.. adjunto en Anexo N” 25 de la DIA,

Se considera tener una bomba de respaldo por una eventual falla de las bombas de impulsión del efluente final.

Ante un aumento de caudal considerable del sistema de tratamiento, se dará aviso inmediatamente a la jefatura de turno, y se realizará paralización de la operación, cierre de llaves inmediatamente hasta que se establezca el flujo de afluente.

En caso de rebalse por volumen de afluente, se utilizará camión limpia fosa para extracción de volúmenes y limpieza. En cuyo caso será una empresa autorizada.

Las emisiones de material particulado provienen del tránsito de vehículos pesados, específicamente del transporte de materiales e insumos. Al respecto, estas son mínimas considerando las condiciones climáticas del sector y la baja frecuencia de tránsito vehicular. Se estima 2 viajes al día de retiro de contenedores de producto.

Como se ha indicado, los residuos sólidos de vísceras y otras partes orgánicas, serán almacenados en refrigeración para ser usados como materia prima para la elaboración de aceites y harina de pescado en plantas reductoras autorizadas, existentes en la región de los Lagos y eventualmente en la región de Magallanes, por lo que sólo se prevé un período mínimo sin refrigeración mientras son empacados.

Durante la fase de operación de la Planta, se considera la emisión adicional de los nuevos equipos especificados anteriormente, que han sido diseñados para cumplir con altos estándares de normativa europea y no excederán los valores establecidos en el artículo 75 del D.S. N* 594.

El nivel de ruido generado en la Planta, no causará ningún tipo de impacto fuera del recinto.

Los potenciales olores a generar en la operación de la Planta podría tener 2 fuentes, el procesamiento de recursos y del Sistema de Tratamiento de RILes. i. Procesamiento de Recursos

i.1 Pescados

El procesamiento de salmónidos no genera emisiones de olor significativas, considerando que no existen procesos de cocción y las otras etapas del proceso no generan olores molestos.

Los residuos sólidos de vísceras y otras partes orgánicas, serán almacenados en refrigeración para ser usados como materia prima para la elaboración de aceites y harina de pescado en plantas reductoras autorizadas, y sólo se prevé un período mínimo sin refrigeración mientras son empacados, evitándose su descomposición.

1.2 Procesamiento de Crustáceos

En el caso del procesamiento de crustáceos, los olores se generan por 2 fuentes:

  • Acopio de desechos de crustáceos (caparazones y vísceras)

Los residuos son acopiados en contenedores metálicos de 6 a 8 m3 de

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Emisiones y efluentes

capacidad, los que cuando se han completado, son transportados a recinto de disposición final de la comuna, debidamente autorizado.

El periodo en que se generarían estos residuos, será desde Julio a Octubre, por lo tanto la temperatura ambiente no superaría los 10 *C, lo que minimiza la generación de olores. Frente al aumento de la temperatura ambiental o la acumulación excesiva de desechos. se intensificará la frecuencia de retiro hacia vertedero.

Por otro lado. en virtud de los protocolos de operación de la empresa, en ningún momento se produce una acumulación excesiva de desechos, por cuanto cuando existe una importante generación de residuos, se intensifica la frecuencia de retiro hacia vertedero, efectuándose retiros más de una vez al día si fuese necesario.

El titular tomará una serie de acciones conducentes a minimizar la generación de olores que afecten a los actuales y potenciales vecinos; como se ha señalado el retiro se realiza con una frecuencia que evita la acumulación y en ningún caso quedan contenedores con residuos al final del día y menos los fines de semana. Además, se evitará adosar los contenedores a los deslindes de la propiedad y en todo momento permanecerán cerrados con sus correspondientes tapas.

E Proceso de cocción

Los procesos se desarrollarán entre Julio y Noviembre, en el horario de 08.00 a 20.00 hrs.

1.3 Otros recursos (Erizo, Ostiones)

  • Acopio de desechos de crustáceos

Los residuos son acopiados en contenedores metálicos de 6 a 8 m3 de capacidad, los que cuando se han completado, son transportados a recinto de disposición final de la comuna, debidamente autorizado.

Frente al aumento de la temperatura ambiental o la acumulación excesiva de desechos, se intensifica la frecuencia de retiro hacia vertedero.

ii. Sistema de Tratamiento

Los olores que se generan producto del funcionamiento del Sistema de Tratamiento son mínimos; además, se disminuye el tiempo que permanecen los residuos sólidos que se extraen a consecuencia del sistema de tratamiento, los que se retirarán diariamente y dispuestos provisionalmente en contenedores con tapa dentro de la empresa, antes de su disposición en vertedero. Finalmente, los lodos generados como consecuencia del sistema de tratamiento, serán retirados periódicamente y dispuestos en bins con bolsas dobles y puestos en refrigeración de manera previa a su despacho a su disposición final. en lugar autorizado.

Adicionalmente, en caso de presentarse un problema que genere olores molestos, productos de fallas o accidentes que no hayan sido posibles de controlar, se procederá a la detención de la faena de producción inmediatamente después de procesar la materia prima ingresada a la planta, hasta haber dado solución a la causa que originó el problema.

De suscitarse un problema de olores por pérdida de control del proceso, manejo de residuos sólidos o líquidos o de cualquier otro tipo, se hará una investigación de las causas que originaron el problema, de modo de evitar una nueva ocurrencia.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Se espera una mínima generación adicional de residuos de origen domésticos, derivado del incremento de personal en la Planta, los que se manejarán en contendores con tapas, previo a su disposición final en vertedero autorizado; el tipo de residuos sólidos son papeles, cartones y una mínima cantidad de restos alimenticios. Se estima para el período de máxima operación, una generación de 24 Kg/día.

Los residuos sólidos industriales tendrán como función ser usados para la elaboración de subproductos. De esta forma, el proceso de salmones genera una cantidad mínima de residuos sólidos destinados a vertedero autorizado. Para prevenir la generación de olores indeseados, los residuos de todos los recursos procesados se almacenarán en contenedores limpios, libres de filtraciones, los que serán lavados después de ser usados. Los contenedores estarán sobre superficies pavimentadas, las que serán lavadas a lo menos una vez por semana.

Para realizar esta labor de limpieza se utilizarán palas y escobillones para recoger los sólidos, los que serán reincorporados a un bins de residuos sólidos. Para terminar la limpieza del área afectada se procederá, después de haber retirados los sólidos, a enjabonar el área afectada con detergentes desengrasantes, escobillar con ayuda de escobillones destinados a éste efecto, enjuagados y posteriormente se desinfectará el área. De éste modos, se elimina la materia orgánica que es susceptible de descomponerse y generar olores. Una vez la planta entre en operación se debe caracterizar los lodos conforme a establecer su densidad específica a cada etapa, con lo cual se pueden obtener los valores volumétricos. Los lodos serán retirados y dispuestos en bins con bolsas dobles y puestos en refrigeración de manera previa a su despacho a su disposición final, que será la planta Rexin S.A. ubicada en Puerto Montt. Los volúmenes anuales estarán en función de los meses del año que la planta estará operativa.

En cuanto a la generación de residuos peligrosos, se informa que provendrán principalmente de Envases vacíos de químicos, aceites, aerosoles, pinturas, etc.; pilas y baterías usadas; Equipos computacionales y telefónicos dados de baja; lámparas UV: Paños contaminados con aceites y otros generados del proceso de producción y área de mantención de equipos.

Se estima que la generación de estos residuos será inferior a 120 kg/año. No obstante, se considerará un área de manejo y almacenamiento temporal de residuos peligrosos, de acuerdo a las exigencias estipuladas en el Reglamento

7116

Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos D.S. N*148/03.

En lo relativo a los residuos del personal de la Planta, no se modifica el sistema respecto a la situación actual; las aguas servidas en el período de operación corresponden a las generadas en las distintas instalaciones sanitarias y casino de la Planta, los que son vertidos hacia el alcantarillado que posee Aguas Magallanes S.A.. manteniéndose el volumen de residuos líquidos.

Los Efluentes del sistema de tratamiento de RILES de la Pesquera Alvares y Alvares, deben cumplir con los límites máximos permitidos para descargas de Efluentes que afecten a redes de alcantarillado que cuenten con plantas de tratamiento de aguas servidas. Una vez que el proyecto haya sido calificado ambientalmente favorable, y cuente por tanto con la RCA correspondiente, se avisará a la Superintendencia de Servicios Sanitarios el inicio de la operación de su sistema de tratamiento de Riles con 90 días de anticipación, a objeto que ésta dicte la Resolución de Monitoreo que aprueba el programa de autocontrol.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capitulo IV

4,3.3._ FASE DE ABANDONO

Abandono o Cierre

El proyecto considera una vida útil indefinida con una evaluación del proyecto cada 30 años, por lo que el Titular no contempla abandono del proyecto. En tal sentido, el titular realizará periódicamente trabajos de mantención y mejoras cuando sea necesario para mantener en óptimas condiciones la planta de proceso.

En caso de que el Titular considerara pertinente el cierre de la Planta Pesquera en Natales como actividad económica, no se contempla el desmantelamiento de la infraestructura existente en la planta, sino la venta o traspaso a un tercero para continuar con la actividad de procesamiento de recursos del mar u otra. No obstante lo anterior, ante el eventual caso de cierre, se estima por un período de 4 meses aproximado con una dotación de 20 personas. En caso de ser requerida una instalación de faenas para la ejecución de esta fase del Proyecto, sus características y localización serán comunicadas oportunamente a la autoridad sanitaria y ambiental.

Emisiones y efluentes

No se contempla

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

No se contempla

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capitulo IV

4.4, DESCRIPCIÓN DE LAS

FASES DEL PROYECTO

4.4.1._ Fase de Construcción

Fecha estimada de inicio

Abril 2016

Parte, obra o acción que establece el inicio

El inicio del proyecto y de la fase de construcción, se da con el movimiento de tierras y preparación de los sitios del proyecto y obras complementarias

Fecha estimada de término

Junio 2016

Parte, obra o acción que establece el término

Puesta en marcha del procesamiento de salmónidos

4.42. Fase de Operación

Fecha estimada de inicio

Junio 2016

Parte, obra o acción que establece el inicio

Procesamiento de salmónidos

Fecha estimada de término

No establece fecha abandono

Parte, obra o acción que establece el término

Decisión de venta de la planta

4.4.3. Fase de Abandono

Fecha estimada de inicio

No establece fecha abandono

Parte, obra o acción que establece el inicio

Ante un eventual cierre de la planta, se considera un plazo de 4 meses, con la venta o traspaso a un tercero para continuar con la actividad de procesamiento de recursos del mar u otra,

Fecha estimada de término

No establece fecha abandono

Parte, obra o acción que establece el término

Venta de la planta

d

e los siguientes efectos, carac

Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia

terísticas y circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SAI

LUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD

DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

Líquidos riles y aguas servidas.

La planta desecha sus residuos líquidos al alcantarillado de Agué

Los efluentes líquidos corresponderán al tipo industrial y doméstico, específicamente a residuos Industriales

5 Magallanes, cumpliendo lo establecido en

el DS 609, lo que hace posible descargar sus aguas industriales a dicha empresa. Las emisiones a la atmósfera — en la fase de construcción - serán en la forma de polvo en suspensión producto del movimiento de tierra y de la maquinaria requerida, la cual contará con sus revisiones técnicas al día, Las emisiones serán mínimas y no superarán los 3 meses. Los residuos sólidos no peligrosos serán producto de soldaduras y despuntes metálicos. Cabe señalar que en el área de influencia directa del proyecto, se ubican algunas viviendas y en el futuro se x contempla la instalación de un importante grupo habitacional que potencialmente pudieran verse expuestos a ».kzases odoríferos, particularmente debido al procesamiento de crustáceos que históricamente se han desarrollado de manera transitoria entre Julio y Noviembre. Sin embargo, en función del proyecto que se somete al SEA, debido al incremento del procesamiento de

¿| «sdlmónidos, se reducirá el período de cocción de crustáceos en 2 meses al año, (procesos a desarrollar entre

8/16

Julio y Septiembre) generándose en consecuencia, una disminución de la emisión de olores, respecto al comportamiento histórico de la planta.

Durante la fase de operación, las emisiones de material particulado provienen del tránsito de vehículos pesados, específicamente del transporte de materiales e insumos. Al respecto, estas son mínimas considerando las condiciones climáticas del sector y la baja frecuencia de tránsito vehicular. Se estiman 2 viajes al día de retiro de contenedores de producto, respecto a los 5 viajes al mes de retiro de contenedores de producto en el caso de procesamiento de crustáceos, erizos y ostiones.

Dada las medidas de saneamiento a adoptar, que están contempladas en los Programas Operacionales de la empresa, además de las condiciones climáticas en la época de procesamiento de crustáceos como Temperaturas medias-bajas y presencia de vientos, que contribuyen a minimizar y dispersar los olores, se estima que no existe riesgo para la salud de la población debido a efluentes, emisiones o residuos que pueda generar el Proyecto.

Empero, en caso de presentarse un problema que genere olores molestos, productos de fallas o accidentes que no hayan sido posibles de controlar, se procederá a la detención de la faena de producción una vez procesados los recursos recibidos, hasta haber dado solución a la causa que originó el problema.

De suscitarse un problema de olores por pérdida de control del proceso, manejo de residuos sólidos o líquidos o de cualquier otro tipo, se hará una investigación de las causas que originaron el problema, de modo de evitar una nueva ocurrencia.

De igual manera, se establecerá un procedimiento expedito y accesible, abierto a todo vecino que quiera realizar una queja por molestias odoríferas y de ruidos, cuyo detalle se expone en Punto Compromisos Voluntarios.

El ruido asociado al nuevo proyecto se generará del movimiento de vehículos y a los motores de la maquinaria autilizar, el cual será de baja magnitud, estimándose su rápida disipación debido al frecuente viento de la zona.

Respecto a la generación de ruido en la fase de Operación se considera la emisión adicional de los nuevos equipos especificados anteriormente, que han sido diseñados para cumplir con altos estándares de normativa europea y no excederán los valores establecidos en el artículo 75 del D.S. N* 594. Es importante destacar los hallazgos que arrojó el citado estudio respecto a los ruidos de fondo que se evidencian en el sector; en efecto, se detectan ruidos asociados a empresa Edelmag, generados de manera estable durante las 24 hrs,

El proyecto no superará los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes, en cuanto sus emisiones atmosféricas no serán significativas, por lo que no incrementarán las concentraciones de contaminantes por sobre los límites establecidos en las dichas normas. No superará los valores de ruido establecidos en la normativa, en cuanto los niveles de ruido generados durante sus diferentes fases figuran por debajo de los límites establecidos.

No generará exposición a contaminantes debido al impacto de sus emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, ya que sus emisiones atmosféricas no serán significativas.

No generará la exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, ya que sus residuos sólidos y líquidos serán manejados y dispuestos de acuerdo a la normativa vigente.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto Capítulo VI específico

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

El árca de intervención del proyecto es un área que se encuentra actualmente intervenida, donde se emplaza y opera la Planta Pesquera Alvarez y Alvarez Ltda., que además co-existe con otras actividades de bodegaje y residencial, aunque el sector es considerado rural, En tal sentido no habrá pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, compactación o presencia de contaminantes ya que la ampliación de la Planta, así como la modificación del sistema de tratamiento, se efectuará en terrenos intervenidos. En el área de localización del proyecto no existe presencia actual de comunidades vegetacionales, ni especies arbóreas, matorrales ni praderas; lo que se encuentra en el área es pasto considerado maleza y la avifauna que se pueda encontrar es ocasional y de paso producto a que el lugar de emplazamiento del proyecto se encuentra próximo a la Avenida España, de alto tránsito y alrededor de otras construcciones y actividades productivas, por ende no se encontraron especies de flora en alguna categoría de conservación de acuerdo al “Libro Rojo de la Flora Terrestre de Chile” (CONAF, 1989), como tampoco se encontraron especies de flora incluidas en el listado de especies con alguna categoría de riesgo (MMA, 2012) o en el Boletín N? 47 del Museo Nacional de Historia Natural. Para la fauna tampoco se logró identificar alguna debido a las razones dadas y por ende no se lograron visualizar especies con problemas de conservación. El Proyecto no considera la descarga de aguas residuales a cuerpos o cauces de agua, por lo que no se afectarán los parámetros físicos, químicos y biológicos de ellos. De igual manera, las obras asociadas al Proyecto descritas previamente, no atravesarán o intervendrán cauce natural superficial permanente o intermitente. En consecuencia, el Proyecto no generará efectos adversos significativos sobre los recursos hídricos. La ejecución de la etapa de construcción y operación, se generara emisiones a la atmosfera de material particulado provenientes del tránsito de vehículos, las cuales no serán significativas, se limitarán al tiempo real de la intervención, serán de pequeña escala, baja extensión y se dispersarán rápidamente considerando la existencia de una buena ventilación en el área. Para la etapa de operación la única fuente de emisión de ruido adicional corresponde a los nuevos equipos especificados anteriormente, que han sido diseñados para cumplir con altos estándares de normativa europea y no excederán los valores establecidos en el artículo 75 del D.S. N* 594. Se estima que el nivel de ruido adicional generado por la Planta, no presentará una variación significativa respecto al ruido de fondo existente en el sector, por tanto, no se afectaría la fauna ni su hábitat presente en el área del Proyecto. La manipulación y almacenamiento de residuos peligrosos, no tienen contacto con el medio natural, pues dichos residuos y residuos, serán almacenados, sellados y etiquetados, para su acopio temporal en una bodega | de Residuos Peligrosos especialmente habilitada, que contará con autorización sanitaria.

17 Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto Capítulo VI específico

5,3, | REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA | 1% DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

yecto no contempla la intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales a grupos o nidades para el sustento económico, uso tradicional, medicina, espiritual o cultural. La Planta se

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encuentra en operación y no se localiza en el área de influencia directa del proyecto grupos humanos O comunidades indígenas.

Empero, existen 3 propietarios de Tierras Indígenas, que se ubican a una distancia de aproximadamente 1.200, 1.100 y 330 mts. respectivamente, por lo que no se ven afectados por la operación de la planta pesquera. Cabe destacar que la propietaria más próxima sólo desarrolla su emprendimiento agrícola en el huerto y no vive allí, como se presenta en Ficha adjunta en Anexo N” 7 de la Adenda.

El Proyecto no involucra la obstrucción, restricción a la libre circulación, conectividad o aumento significativo en el tiempo de desplazamiento a grupos humanos o comunidades.

En efecto, como se ha establecido, la Planta se encuentra en operación en el sector desde hace aproximadamente 8 años y la ampliación que se plantea, no dificulta ni impide la libre circulación de los vecinos residentes en el sector, pues dichos movimientos se hacen fuera del deslinde del terreno de la empresa y los residente pueden circular sin inconveniente por la Ruta Y-330, continuación de la Avenida España.

De igual manera, el movimiento de camiones proyectado, por su bajo número en período de máxima producción (4 camiones de abastecimiento diarios, 2 camiones de retiro de producto retiro diarios y 2 camiones semanales de retiro de vísceras), no afecta mayormente el Tránsito Medio Diario del sector. En el caso de procesamiento de otros recursos, el movimiento de vehículos es inferior.

El Proyecto no genera alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica de grupos humanos o comunidades; el proyecto no obstruye rutas o caminos de acceso, ni impide el libre desplazamiento.

El Proyecto no genera la dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo. El proyecto se emplaza en la Comuna de Natales, Huerto 68-A; dicha ubicación se encuentra ubicada zona de uso mixto, donde interactúan viviendas particulares con recintos Industriales, como Bodegas, industrias y otros, sin que esto afecte a las personas.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto Capítulo VI específico

5,4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y AREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER A TADOS, ASI COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR

La localización de las obras asociadas al Proyecto no se encuentra en o próxima a población como grupos o comunidades humanas protegida por leyes especiales, esto considerando la definición de Grupo Humano (RSEIA) y a lo referido en el Artículo 1? y en el Párrafo 2 del Título 1 y al Artículo 72 de la Ley 19.253 que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena; así como tampoco el área del Proyecto está comprendida en un Área de Desarrollo Indígena (ADI) o Tierra Indígena o donde habitan grupos humanos indígenas, esto según el Párrafo 1? del Título II y al Artículo 26 de la Ley 19.253, específicamente a lo señalado en el Decreto N279/2006.

Como se indicó en punto anterior, existen 3 propietarios de Tierras Indígenas, los que no se ven afectados por la operación de la planta pesquera, como se ha declarado en visita realizada por profesionales del SEA.

Así mismo, el Proyecto no se encuentra próximo a áreas protegidas, esto considerando la definición aportada por el RSEIA que las define como “cualquier porción de territorio, delimitada geográficamente y establecida mediante acto de autoridad pública, colocada bajo protección oficial con la finalidad de asegurar la diversidad biológica, tutelar la preservación de la naturaleza y conservar el patrimonio ambiental”. Además, según lo señalado en los ordinarios N* 043710 y 020799 (CONAMA Dic. 2004 y Feb. 2002), de los cuales se puede mencionar que el Proyecto se encuentra a 19,5 kms del Monumento Natural Cueva del Milodón y a 5,6 Km del Monumento Histórico Frigorífico Bories.

Finalmente, no hay registro de otros humedales, glaciares o recursos protegidos, ni de zonas con valor ambiental, que en condiciones naturales, provean de servicios ecosistémicos relevantes para grupos humanos, o cuyos ecosistemas, formaciones naturales o paisajes presenten características de unicidad, escases o representatividad, próximos al Proyecto o susceptibles de ser afectados por su ejecución.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto Capítulo VI específico

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TERMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

El Proyecto se localiza al lado de la ruta Y-330, en una zona rural de uso mixto ya que está emplazada entre un sector donde coexisten la actividad industrial, bodegaje, horticultura y ganadería a pequeña escala, además de algunas casa habitaciones que corresponde a pequeñas parcelas en donde la gente vive permanentemente; es un sector altamente intervenido históricamente y que en el corto plazo tendrá un importante desarrollo inmobiliario, con la construcción de un total de 415 viviendas.

Según las áreas turísticas definidas por SERNATUR se puede afirmar que la zona del Proyecto se encuentra fuera de tales áreas. Complementariamente, al interior del Proyecto no existe un área declarada zona o centro de interés turístico nacional, considerando lo establecido en la Ley 20.423 del Sistema Institucional para el Desarrollo del Turismo.

Además, el Proyecto se ubicará en un sector previamente intervenido, de uso industrial, por lo tanto, las obras y acciones del mismo no alterarán posibles atributos paisajísticos de su entorno inmediato.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto Capítulo VI específico

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL

El Proyecto no alterará monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico o histórico, que pertenecen

al patrimonio cultural. Los procesos se desarrollarán al interior del predio de la empresa, ya intervenido en la

actualidad.

La modificación de la Planta se desarrollará al interior de predio de propiedad de la empresa, en sector donde "se emplaza Planta Pesquera en operación desde hace más de 8 años por lo que el Proyecto no involucra la

álteración de nuevas áreas, ni la alteración o deterioro de algún sito definido como Monumento Nacional.

No obstante lo anterior, en caso de identificarse hallazgos durante las labores de construcción del Proyecto, se

procederá según lo indicado en la Ley de Monumentos Nacionales N* 17.288.

en'éllárea del Proyecto, no se registra la presencia de construcciones, lugares o sitios, que por sus

caraqterísticas constructivas, por su antigúiedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su

10/16

6.

6.1,

8.

singularidad, pertenezcan al patrimonio cultural. Así como tampoco existen lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano. El sitio de valor más cercano al Proyecto es el Monumento Histórico Frigorífico Bories, localizado a 5,9 km.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo VI

Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las

correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación: Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos

6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales o mineros, del artículo N*139 del RSEIA

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción, Operación

Parte, obra o acción a que aplica

Sistema de Tratamiento de RILes

Pronunciamiento del órgano competente

Oficio N*172 de fecha 08 de marzo de 2016, de la Secretaría Regional Ministerial de Salud.

6.1.2.

Permiso para subdividir y urbaniz urbanos, del artículo N*160 del RSEIA

ar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción

Parte, obra o acción a que aplica

Relacionado directamente con los metros cuadrados de construcción de actividades ajenas a la agrícola, dentro de un predio rural con o sin subdivisión

Pronunciamiento del órgano competente

Oficio N*77 de fecha 09 de marzo de 2016, de la Secretaría Regional Ministerial de Agricultura,

Que, al proyecto no le es aplicable ninguno de los permisos ambientales sectoriales señalados en el

Título VII del Reglamento del SEIA

Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de

cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

Norma

Ley 17.288 sobre Monumentos Nacionales

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico, el Titular procederá según lo establecido en la Ley N 17.288 (Art. 26 y 27) y en el D.S. N 484/90 (Art. 20 y 23); es decir, se dará aviso al Gobernador Provincial quien ordenará a Carabineros que se haga responsable de la vigilancia del hallazgo hasta que el Consejo de Monumentos Nacionales se haga cargo del mismo. Además, el Titular dará aviso inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, de cuya implementación será responsable el titular,

Indicador que acredita su cumplimiento

Aviso a las autoridades competentes ante posibles hallazgos.

Forma de control y seguimiento

Consejo de Monumentos Nacionales, el que cuenta con la cooperación de las autoridades civiles, militares y Carabineros de Chile.

Norma

D.S. N*594, Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas

Forma de cumplimiento

En todas las etapas se cumplirá con las disposiciones que se establecen en el decreto, en cuanto a que proveerá a los trabajadores de servicios higiénicos y de agua potable necesaria. Respecto a la generación de residuos, el proyecto en todas sus etapas generará muy pocos residuos, éstos serán contenidos en contenedores herméticos y dispuestos en un lugar autorizado.

Indicador que acredita su cumplimiento

Art.18 Se contará con copia de la autorización sanitaria, otorgada por el organismo público correspondiente.

Art. 19 Se contará con copia de los registros y autorizaciones de la empresa que realice los retiros,

Art.20 Se llevará un registro de los tipos de residuos que se generen así como de la cantidad de cada uno de ellos

Forma de control y seguimiento

Corresponderá a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Autoridad Sanitaria, en uso de sus facultades legales, fiscalizar el permanente cumplimiento de las normas.

Norma

D.F.L. N*725 actualizado en julio de 2000, Ministerio de Salud

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas

Establece la prohibición de vaciar en acueductos, cauces artificiales o naturales que conduzcan aguas, residuos líquidos y materias sólidas que emanen de faenas industriales y que contengan sustancias nocivas a la bebida o al riego, sin la debida depuración o neutralización de tales residuos. El proyecto no d “gará a cuerpos o masas de agua, sean estas naturales o artificiales, sustancias que pudiesen resultar nocivas a la bebida o al riego. Estos artículos corresponden a la higiene y seguridad del ambiente en los lugares de trabajo. Corresponde al Servicio Nacional de Salud, controlar los siguientes aspectos:

Factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud,

11/16

Forma de cumplimiento

seguridad y bienestar de las personas.

Las condiciones de higiene y seguridad que deben reunir los lugares de trabajo, los equipos. maquinarias, instalaciones, materiales y cualquier otro elemento, con el fin de proteger eficazmente la vida, la salud y bienestar de los obreros y empleados y de la población en general.

Las medidas de protección sanitaria y de seguridad que deben adoptarse en la extracción, elaboración y manipulación de substancias producidas o utilizadas en los lugares en que se efectúe trabajo humano.

Conservación y pureza del aire y evitar en él la presencia de materias u olores que amenacen la salud y seguridad de las personas.

El proyecto acatará lo dispuesto en el Código Sanitario, preservado los lugares de trabajo de construcción y operación en una forma limpia y libre de riesgos.

Los trabajadores recibirán el equipo de protección personal apropiado a las actividades que realicen.

El retiro de los desechos corresponde a un contratista, el cual contará con las autorizaciones pertinentes emanadas de la Autoridad para ejecutar las labores.

El proyecto considera que los ROS de vísceras serán tratados y temporalmente almacenados en refrigeración para ser usados como materia prima para la elaboración de aceites y harina de pescado en plantas reductoras existentes en en la Región de los Lagos, debidamente autorizada.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de recepción de elementos de seguridad

Extractores de aire funcionando

Cámaras de frío funcionando

Se contará con copia de la autorización otorgada al contratista para que ejecute sus labores.

Se contará con Registro de envíos de ROS a Plantas de Proceso

Forma de control y seguimiento

Corresponderá a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Autoridad Sanitaria, en uso de sus facultades legales, fiscalizar el permanente cumplimiento de las normas.

Norma

Decreto N*609, Establece Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Industriales Líquidos a Sistemas de Alcantarillado

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación

Forma de cumplimiento

El proyecto dará cumplimiento a la tramitación para la aprobación y validación permanente del Sistema de Tratamiento de RILEs.

Indicador que acredita su cumplimiento

Resolución de Monitoreo que aprueba el programa de autocontrol, emitida por Superintendencia de Servicios Sanitarios.

Forma de control y seguimiento

Corresponderá a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Superintendencia de Servicios Sanitarios, en uso de sus facultades legales, fiscalizar el permanente cumplimiento de las normas.

Norma

D.F.L. N938, Establece Norma de Emisión de Ruidos generados por fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del Decreto N* 146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas

Forma de cumplimiento

Las emisiones de ruido adicionales provendrán de la nueva línea de proceso y del leve incremento en el movimiento de vehículos respecto a la situación actual. El nivel de ruido generado en la Planta, no causará ningún tipo de impacto fuera del recinto, el que se encuentra en un sector rural, próximo a la Ruta Y- 330.

Indicador que acredita su cumplimiento

Estudio de ruido actualizado, adjunto en Anexo 6 de la Adenda

Forma de control y seguimiento

Corresponderá a la Superintendencia del Medio Ambiente, en uso de sus facultades legales, fiscalizar el permanente cumplimiento de las normas.

Norma

D.S. N?148, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas

Forma de cumplimiento

El presente Proyecto dará cumplimiento a todas las disposiciones establecidas. El titular se compromete a que los residuos peligrosos generados por el proyecto serán almacenados, sellados y etiquetados, para su acopio temporal en una bodega de Residuos Peligrosos especialmente habilitada, que contará con autorización sanitaria.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registros del Plan de manejo de RESPEL

Forma de control y seguimiento

Corresponderá a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Autoridad Sanitaria, en uso de sus facultades legales, fiscalizar el permanente cumplimiento de las normas.

Norma

Decreto Supremo N? 78/10 Ministerio de Salud

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas

Forma de cumplimiento

El almacenamiento de estos productos se efectuará en bodegas específicas, conforme a la reglamentación vigente del Ministerio de Salud, Subsecretaría de Salud Pública, que aprueba “Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas” (D.S. 78/2010), es decir, con señaléticas, extintores, y pisos con anticorrosivos, además sistemas ante derrames.

“Indicador que acredita su

cul

¡Plimiento

Registro de las sustancias peligrosas ingresadas a la faena y de las ocupadas.

a) Forma de control y seguimiento 1]

Corresponderá a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Autoridad Sanitaria, en uso de sus facultades legales, fiscalizar el permanente

12/16

10.

cumplimiento de las normas.

Norma

D.S. (MINECOM) N' 319/2001 Reglamento de Medidas de protección, contro! y Erradicación de enfermedades de alto riesgo para las especies hidrobiológicas

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación

Forma de cumplimiento

Se establecerán las medidas de protección y contro! para evitar la introducción de enfermedades de alto riesgo que afecten a las especies hidrobiológicas sea que provengan de las actividades con cualquier finalidad o en su estado silvestre, asilar su presencia en caso de que estas ocurran, evitar su propagación. Para enfermedad de alto riesgo, se informa en los plazos establecidos al Servicio Nacional de Pesca.

Indicador que acredita su cumplimiento

Las medidas establecidas serán aprobadas por la autoridad competente y serán declaradas en un protocolo conocido por todos los que intervienen en la etapa de operación

Forma de contro! y seguimiento

Corresponderá a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Autoridad Pesquera, en uso de sus facultades legales, fiscalizar el permanente cumplimiento de las normas.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

m

Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso | iguientes compromisos ambientales voluntarios:

9.1.

Registro de Molestias de Vecinos

Impacto asociado

Procedimiento para recibir y registrar molestias de vecinos

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción, Operación y Cierre

Objetivo, descripción y justificación

Establecer un procedimiento expedito y accesible, abierto a todo vecino que quiera realizar una queja por molestias odoríferas y de ruidos

Lugar, forma y oportunidad de implementación

rante las 24 horas del día, se podrá estampar la queja directamente en las

inas de la Planta o en los teléfonos 061-2410521 — 061-245999 ó

89054540.

La información a incluir en la queja será el siguiente:

a) Fecha y Hora del Evento

b) Identidad y dirección del afectado, para evaluar si las quejas se dan repetidamente

c) Caracterización del olor, intensidad de éste.

d) Procedencia del ruido

En caso de que se registren quejas de vecinos durante 3 días consecutivos, se

procederá a la detención de la faena de producción inmediatamente después

de procesar la materia prima ingresada a la planta, hasta haber dado solución

a la causa que originó el problema.

De ser el problema de olores generado por pérdida de control del proceso,

manejo de residuos sólidos o líquidos o de cualquier otro tipo, se hará una

investigación de las causas que originaron el problema, de modo de evitar

una nueva ocurrencia,

Indicador que acredite su cumplimiento

Libro de Registro de quejas

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo X

son las siguientes:

Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias

10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS

10.1.1.

Plan de Contingencia Residuos

lidos Orgánicos No Peligrosos

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Parte, obra o acción asociada

Manejo de residuos

El Plan considera las siguientes acciones: a) Retraso en Retiro de Residuos: En caso de que el retiro de residuos frescos se retrase de su programación, se pondrá en refrigeración, manteniendo de éste modo hasta por un máximo de 7 días en un contenedor frigorífico cerrado. En caso de retraso en el retiro de residuos almacenados refrigerados por más de 7 días. los residuos serán congelados en equipos frigoríficos y mantenidos en esas condiciones hasta su retiro final En caso de atraso en el retiro de residuos congelados, se mantendrán en las mismas condiciones hasta que llegue en transporte que los retirará. Falla Equipo de Refrigeración: En caso de falla del equipo de refrigeración usado para la mantención de los residuos, se dispondrá siempre a lo menos de un equipo de reemplazo que permita el traslado de la carga y recuperar la cadena de frío hasta el momento del despacho. e) Falla Medio de Transporte de Residuos: Para prevenir la posible falla del medio de transporte de residuos, se hará el traslado de residuos con una empresa que disponga de más de un equipo autorizado para transportar la carga entre Natales y Puerto Montt a temperaturas de congelación, pudiendo reemplazar en cualquier momento y lugar el medio de transporte.

b)

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d) Derrame de Residuos en el Piso: Como medidas de mitigación para derrame de residuos, estos serán manipulados y almacenados en todo momento sobre pavimentos, permitiendo recuperar los residuos sólidos que pudieran ser accidentalmente derramados y posteriormente será fácil de lavar usando agua y detergentes si fuera necesario. El piso pavimentado tendrá pendientes que llevaran el agua de lavado hasta drenajes que posteriormente la llevaran a la planta de tratamiento de residuos líquidos, en donde se separarán los restos de sólidos de tamaño pequeños y los accites y grasas.

Para minimizar el riesgo de derrame los residuos de pescados serán manejados en bins, los que serán llenados hasta un máximo de 70% de capacidad, estarán dotados de una bolsa de polietileno, la que será atada antes de mover el bins con residuos y posteriormente el bins será tapado, de manera que aun en caso de volcarse el contenido no se derramará.

Los residuos de crustáceos serán almacenados en contenedores metálicos de 6 a 8 mt. los que serán llenados de forma que al cargarlos no provoquen la caída de residuos al suelo. En caso de derrame se

Acciones o medidas a procederá a recoger y depositar al interior del contenedor.

implementar e) Prevención de olores indeseados: Para prevenir la generación de olores indeseados y como medidas de mitigación los residuos se almacenarán en contenedores limpios, libres de filtraciones, los que serán lavados después de ser usados. Los contenedores estarán sobre superficies pavimentadas, las que serán lavadas a lo menos una vez por semana, Para evitar y mitigar la generación de olores los residuos deberán ser retirados de acuerdo a la periodicidad establecida y almacenados de la forma establecida en éste manual de manera que el sistema de conservación por frío impida la descomposición de los residuos, evitando que se generen olores por descomposición.

Para realizar ésta labor de limpieza se utilizarán palas y escobillones para

recoger los sólidos, los que serán reincorporados a un bins de residuos

sólidos. Para terminar la limpieza del área afectada se procederá, después de haber retirados los sólidos, a enjabonar el área afectada con detergentes desengrasantes, escobillar con ayuda de escobillones destinados a éste efecto, enjuagados y posteriormente se desinfectará el área. De éste modos,

se elimina la materia orgánica que es susceptible de descomponerse y

generar olores.

Forma de control y seguimiento Verificación insitu de las acciones

10.1,2. Planes de Contingencia Sistema de Tratamiento

Fase del Proyecto a la que aplica | Operación

Parte, obra o acción asociada Planta de Tratamiento de Residuos Líquidos

Si se generara algún inconveniente en la operación del Sistema de

Tratamiento, como por ejemplo la obstrucción del Sistema, se detendrá

inmediatamente, la producción de la Planta Procesadora mientras se lleva a

cabo la reparación o limpieza de la parte obstruida, o dañada.

El anexo 25 de la DIA, Memoria Técnica RILes, considera los siguientes

puntos de control, con sus respectivas medidas de control o actividades:

a) Canastillo de rejas

b) Sedimentador

c) Desgrasador

d) Desinfección

e) Remoción de lodos

Forma de control y seguimiento Verificación de la detención de la producción

a. al ICE para mayores Capítulo VII

etalles

10.2. PLAN DE EMERGENCIAS

10.2.1. Plan de Evacuación en caso de Derrames de Sustancias Peligrosas

Fase del Proyecto a la que aplica_| Construcción y Operación

Parte, obra o acción asociada Manejo de Sustancias Peligrosas

Tiene como objetivo Definir los pasos y requerimientos mínimos necesarios

para responder frente a una emergencia de derrame de sustancias peligrosas

en el recinto de la empresa.

Acciones a implementar Los procedimientos, señalados en el anexo 20.2 de la DIA, indican:

a)Aviso de la emergencia

b)Persona que escucha aviso de derrame

c)Procedimiento de derrames

Acciones o medidas a implementar

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

En caso de producirse derrame sobre suelo desnudo, o alcanzar las alcantarrillas, de informará inmediatamente a la SMA,

10.2.2, Plan de Emergencia ante situación de incendio Fase del Proyecto a la que aplica_| Construcción y Operación Parte, obra o acción asociada Contrucción y Operación de la Planta

Su objetivo es definir los pasos y requerimientos mínimos necesarios para responder frente a una emergencia de incendio en el recinto de la empresa. Los procedimientos, señalados en el anexo 21.2 de la DIA, indican: — . Ñ a) Persona que detecta el fuego

Acciones a implementar by Persona que escuel A ,

) Persona que escucha aviso de fuego

c) Central de Monitoreo d) Jefe de la emergencia e) Tratamiento de Victimas

'Oportunidad y vías de ¡comunicación a la SMA de la Ñ /activación del Plan

Se dará aviso a la SMA de manera inmediata, una vez ocurrida la emergencia.

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Referencia al ICE para mayores

detalles Capítulo VII

Que, se ha podido establecer que el Proyecto no genera o presenta los efectos, características O circunstancias a que se refiere el artículo 85 del Reglamento del SEIA, en base al contenido del acta de la reunión realizada con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizados en el área en que se desarrollará el Proyecto.

Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Que, para que el proyecto “Modificación Planta Pesquera Alvarez y Alvarez Ltda., Natales” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SETA. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVE:

l.

Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Modificación Planta Pesquera Alvarez y Alvarez Ltda., Natales” de Pesquera Alvarez y Alvarez Ltda..

Certificar que el proyecto “Modificación Planta Pesquera Alvarez y Alvarez Ltda., Natales” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

Certificar que el proyecto “Modificación Planta Pesquera Alvarez y Alvarez Ltda., Natales” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos N139 y N160 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Certificar que el proyecto “Modificación Planta Pesquera Alvarez y Alvarez Ltda., Natales” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

Definir como gestión, acto o faena mínima del proyecto para dar cuenta del inicio de su ejecución

j sy el considerando N%4 del presente acto. el recurso de reclamación del artículo 20 de

Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Magallanes y Antártica Chilena

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Ka Directora Regional Secretaria Comisión de Evaluación Región de Magallanes y Antártica Chilena

Distribtción: + Sergio Orlando Alvarez Navarro

  • Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, Región de Magallanes y Antártica Chilena
  • Dirección de Vialidad, Región de Magallanes y Antártica Chilena
  • Dirección General de Aguas, Región de Magallanes y Antártica Chilena
  • Gobierno Regional, Región de Magallanes y Antártica Chilena
  • Ilustre Municipalidad de Natales
  • Secretaría Regional Ministerial de Agricultura, Región de Magallanes y Antártica Chilena
  • Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales, Región de Magallanes y Antártica Chilena +» Secretaría Regional Ministerial de Energía, Región de Magallanes y Antártica Chilena
  • Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Magallanes y Antártica Chilena
  • Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, Región de Magallanes y Antártica Chilena
  • Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región de Magallanes y Antártica Chilena
  • Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Magallanes y Antártica Chilena
  • Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región de Magallanes y Antártica Chilena
  • Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Magallanes y Antártica Chilena
  • Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, Región de Magallanes y Antártica Chilena
  • Servicio Nacional de Turismo, Región de Magallanes y Antártica Chilena
  • Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Magallanes y Antártica Chilena
  • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios Cle:
  • Encargada Participación Ciudadana
  • Superintendencia del Medio Ambiente
  • Oficial de Partes de la Región
  • Expediente del Proyecto "Modificación Planta Pesquera Alvarez y Alvarez Ltda., Natales"
  • Archivo Servicio de Evaluación Ambiental, Magallanes y Antártica Chilena Y FFi s

Firmas Electrónicas:

  • Firmado por: SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL +» Firmado por: Karina Soledad Bastidas Torlaschi Fecha-Hora: 13-04-2016 14:24:07:84 CLT-0300

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: http://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento? docld=ee/02/00427d85de2675922a0c660dcbd444b09bcb

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