Evaluación SEA

Modificación Línea de Transmisión Parque Solar Fotovoltaico Sol del Desierto

Rol 2130841538
SEA · DIA · Aprobado · 2015-10-22 · Región de Antofagasta · Parque Solar Fotovoltaico Sol del Desierto SpA

REPÚBLICA DE CHILE . COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE ANTOFAGASTA

Califica Ambientalmente el Proyecto "Modificación Línea de Transmisión Parque Solar Fotovoltaico Sol del Desierto"

19) Resolución Exenta N* 0 0 Ó ?

Antofagasta, 1 1 MAR 201

VISTOS:

  1. La Declaración de Impacto Ambiental (en adelante, DIA) y su Adenda de 05 de enero de 2016, del Proyecto "Modificación Línea de Transmisión Parque Solar Fotovoltaico Sol del Desierto", presentado por Parque Solar Fotovoltaico Sol del Desierto SpA con fecha 15 de octubre de 2015.

2”. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del Proyecto "Modificación Línea de Transmisión Parque Solar Fotovoltaico Sol del Desierto".

3”. El Acta de Evaluación N* 002/2016 de 29 de enero de 2016, del Comité Técnico de la Región de Antofagasta.

4%. El ICE de la DIA del Proyecto "Modificación Línea de Transmisión Parque Solar Fotovoltaico Sol del Desierto" de 17 de febrero de 2016.

5”. El acuerdo N* 25/2016 de fecha 08 de marzo de 2016, de la sesión extraordinaria de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta.

6”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del Proyecto "Modificación Línea de Transmisión Parque Solar Fotovoltaico Sol del Desierto".

7%. Lo dispuesto en la Ley N 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N? 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; la Resolución Exenta N? N1488 de fecha 16 de diciembre del 2015 de la Dirección Ejecutiva de Servicio de Evaluación Ambiental, que nombra al Director Regional subrogante del Servicio de Evaluación Ambiental Región de Antofagasta y el D.S. N 675 de fecha 11 de marzo de 2014, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra al Intendente de la Región de Antofagasta, se dicta lo siguiente:

CONSIDERANDO:

  1. Que, Parque Solar Fotovoltaico Sol del Desierto SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del Proyecto "Modificación Línea de Transmisión Parque Solar Fotovoltaico Sol del Desierto" (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Parque Solar Fotovoltaico Sol del Desierto SpA Rut 76.364.344-1

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Domicilio

Teléfono

Nombre representante legal Rut representante legal Domicilio representante legal Teléfono representante legal Correo electrónico Titular o representante legal

Av. Apoquindo 3650, piso 12, Las Condes, Santiago +56 22594 7551

Cristian Sjógren Raab

13.234.959-2

Av. Apoquindo 3650, piso 12, Las Condes, Santiago +56 22594 7551

juane.acevedo(Afirstsolar.com

2”. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 17 de febrero de 2016, la Directora Regional de la Región de Antofagasta ha recomendado aprobar el Proyecto, en base a la opinión de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental que participaron del proceso de evaluación del Proyecto, y que a partir de sus informes se puede concluir que el Proyecto:

  • Cumple con la normativa de carácter ambiental vigente aplicable.

  • Ha identificado los permisos ambientales sectoriales aplicables al Proyecto, ha proporcionado satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dichos permisos, y no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N* 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

3”. Que, en sesión de fecha 08 de marzo de 2016, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta acordó calificar favorablemente el Proyecto "Modificación Línea de Transmisión Parque Solar Fotovoltaico Sol del Desierto", aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 17 de febrero de 2016, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

  1. Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general El objetivo del Proyecto es la modificación, construcción y operación de infraestructura y equipamiento eléctrico para transmitir e inyectar al Sistema Interconectado del Norte Grande (SING) la energía generada en el “Parque Solar Fotovoltaico Sol del Desierto”, aprobado ambientalmente mediante la Resolución Exenta N 0167/2015 Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta (RCA N

0167/2015).

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones

Tipología principal: b) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones

Vida útil

La vida útil estimada del Proyecto se estima en 30 años, sin embargo durante este periodo se evaluará la posibilidad de extender de la vida útil. La fase de construcción tendrá una duración de 2 meses, la fase de operación tendrá una duración de 30 años, mientras que la fase de cierre se extenderá por 1 mes.

Gestión, acto oO faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

El inicio de la ejecución del Proyecto estará dado por la actividad que iniciará su fase de construcción, la que corresponderá a la instalación de las faenas del sector norte.

Proyecto se desarrolla por | Si No etapas [(X] Proyecto modifica un | Si No |El proyecto modifica al proyecto “Parque Solar Proyecto o actividad Fotovoltaico Sol del Desierto” aprobado mediante RCA N* 0167/2015 de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta. De acuerdo a lo antes [Xx] indicado, las partes que constituyen esta modificación corresponden a las siguientes:

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e Línea de Transmisión S/E Sol del Desierto Norte — S/E María Elena: Línea de 220 kV, doble circuito, que conectará la Subestación Sol del Desierto Norte con la Subestación María Elena. Tendrá una longitud de 1,7 km y estará constituida por 8 estructuras metálicas autosoportantes. Esta línea sustituirá a la Línea 2x220 kV SdD Norte N 1 y N 2 — LL/TT Crucero — Lagunas N 1 y N? 2, descrita en el Considerando 4.3.2.2 de la RCA N 0167/2015, la cual no será construida.

e Modificación de Subestación Colectora Sol del Desierto Sur: Eliminación de dos paños de línea de la Subestación Colectora Sol del Desierto Sur, declarada en Considerando 4.3.2.3 de la RCA N? 0167/2015, destinados a la salida del circuito uno (1) y dos (2) desde y hacia la Subestación Rica Aventura, respectivamente.

e Eliminación de la Línea 2x220 S/E Sol del Desierto Sur — S/E Rica Aventura: Eliminación de la Línea de alta tensión encargada de conectar las Subestaciones Colectora Sol del Desierto Sur y Rica Aventura, descrita en el Considerando 4.3.2.4 de la RCA N* 0167/2015.

e Adicionalmente, el acceso al proyecto durante la fase de construcción se podrá realizar por la Ruta 5, como se declaró en RCA N* 0167/2015, y también por el camino existente sin rol paralelo a ella (camino de servidumbre de terceros). Sólo para la fase de construcción se tendrán ambas opciones de acceso, para las fases de operación y cierre, se considera el acceso sólo por la Ruta $.

Proyecto modifica otra(s) RCA

Si No | Resolución Exenta N* 0167/2015 de fecha 24 de abril

de 2015 de la Comisión de Evaluación de la Región 1X] de Antofagasta que aprueba el Proyecto “Parque Solar Fotovoltaico Sol del Desierto”.

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político- administrativa

El Proyecto se localiza en la Región de Antofagasta, Provincia de Tocopilla y comuna de María Elena

Descripción de la localización

La localización del Proyecto obedece a la factibilidad técnica de interconectar el “Parque Solar Fotovoltaico Sol del Desierto” con la Subestación María Elena y a la obtención de la servidumbre eléctrica, requerida para las instalaciones proyectadas.

Superficie

La superficie del proyecto se estima en 6,8 hectáreas aproximadamente. Además, la presente modificación liberará 28 hectáreas respecto a la superficie a intervenir que se declaró en el proyecto original “Parque Solar Fotovoltaico Sol del Desierto” aprobado mediante RCA N* 0167/2015.

Coordenadas UTM en Datum WGS84

Las coordenadas UTM, Datum WGS 84 de las obras del Proyecto se presentan a continuación:

Tabla N* 1: Coordenadas de Línea de Transmisión

Estructura Vértice Este Norte El VS 441.321 7.544.179 E2 441.328 7.543.823 E3 vi 441.335 7.543.467

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E4 441.081 7.543.467

ES 440.913 7.543.466

E6 440.702 7.543.468

E7 v2 440.490 7.543.469

E3 VR 440.434 7.543.376 Caminos de acceso Durante la fase de construcción, al Proyecto se accederá a través de la

ruta 24 hacia el oriente hasta su intersección con la Ruta 5, por donde se transitará hacia el norte hasta el camino de acceso norte al proyecto. Otra opción para acceder al proyecto durante esta fase será a través del camino sin rol existente, ubicado entre la ruta 5 y el Parque Solar Fotovoltaico Sol del Desierto (camino de servidumbre), el cual se origina en la ruta 24 y se extiende por 11 km hacia el norte, hasta el cruce con el camino de acceso norte. Las coordenadas UTM de inicio y final del camino se definen la Tabla 1-3 del Adenda 1 y su localización respecto a las obras proyectadas se presenta en la Figura 1-2 del Adenda 1.

Durante las fases de operación y cierre, el acceso será el indicado en el proyecto original, por la Ruta 5 hasta el camino de acceso norte. Al proyecto también podrá accederse a través del camino de acceso sur con empalme a Ruta 24, señalado en el proyecto “Parque Solar Fotovoltaico Sol del Desierto”.

Referencia al expediente | La localización del Proyecto se presenta en la Figura 1-1 de la DIA.

de evaluación de los Para mayor detalle ver numerales 1.9, 1.10, 1.11 y 1.12 del Informe mapas, Consolidado de Evaluación.

georreferenciación e

información

complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

El proyecto consiste en el reemplazo de las líneas 2x220 kV N 1 y N? 2, encargadas de conectar la Subestación Sol del Desierto Norte con las líneas 220 kV Crucero - Lagunas N%1 y N*2, por una línea doble circuito cuyo inicio será en la misma Subestación y se extenderá por 1,7 km hasta la Subestación María Elena, ubicada a 1,2 km al surponiente de la primera. Además, se proyecta la eliminación de dos paños de línea de la Subestación Colectora Sol del Desierto Sur, destinados a la salida del circuito uno (1) y dos (2) desde y hacia la Subestación Rica Aventura, respectivamente, y de la Línea 2x220 que conectaba dichas subestaciones.

Para la ejecución del Proyecto se consideran obras, instalaciones y acciones de carácter permanente y temporal.

a) Obras permanentes a.1) Línea de Transmisión S/E Sol del Desierto Norte — S/E María Elena

El Proyecto considera la construcción de una línea de transmisión de 220 kV, doble circuito, la que interconectará la Subestación Sol del Desierto Norte, aprobada ambientalmente mediante la RCA N 0167/2015, con la subestación existente denominada María Elena. Esta línea sustituirá la Línea 2x220 kV SdD Norte N 1 y N 2 — LL/TT Crucero — Lagunas N 1 y N? 2, descrita en el Considerando 4.3.2.2 de la RCA N* 0167/2015, la cual no será construida. Las características generales de la línea de transmisión S/E Sol del Desierto Norte — S/E María Elena se detallan en la Tabla 1-5 de la DIA.

Los principales elementos que constituyen la línea de transmisión son:

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a.1.1) Descripción del trazado

La Línea de transmisión proyectada tendrá una extensión aproximada de 1,7 kilómetros y estará conformada por 8 estructuras metálicas autosoportantes, cuya ubicación se indica en la Tabla N? 1 del presente Informe Consolidado de Evaluación. El trazado de la Línea de Transmisión será inicialmente de norte a sur, partiendo en la Subestación Sol del Desierto Norte, hasta la estructura E3 de la línea, desde donde el trazado de la línea se extenderá por 850 metros aproximadamente hacia el poniente hasta la estructura E7, desde donde se desarrollará hacia el surponiente hasta la estructura E8, desde donde se conectará a la Subestación María Elena.

El trazado de la línea presenta sólo un cruce con una línea férrea existente, entre las estructuras E4 y ES, en las coordenadas que se especifican en la Tabla 1-6 de la DIA. No se identificaron cruces con caminos, cursos de agua ni líneas eléctricas existentes.

a.1.2) Estructuras

La línea de transmisión estará constituida por un total de 8 estructuras de tronco piramidal, doble circuito, metálicas, autosoportantes y de acero galvanizado, de las cuales 2 corresponden a estructuras de remate, 2 a estructuras de anclaje y 4 a estructuras de suspensión. La geometría y dimensiones de las estructuras se presentan en el Plano N* 8511720 — EO1 del Anexo B de la DIA.

a.1.3) Fundaciones

Las fundaciones serán de hormigón armado que consisten en cuatro excavaciones que se rellenan con hormigón, con o sin relleno compactado. En los casos en que no es posible emplear fundaciones de hormigón, como es el caso de la roca firme, se emplearán fundaciones especiales. La estabilidad de las fundaciones será verificada a través de los procedimientos estándar de análisis de estabilidad, a modo que cumplan con los factores de seguridad normados.

a.1.4) Conductor de fase

Para el tendido del circuito se empleará una configuración de 3 fases con 2 conductores por fase. Se utilizará un conductor tipo ACAR 1.200 MCM 18/19.

a.1.5) Aisladores

El sistema de aislación consistirá en una cadena de quince (15) aisladores antineblina por cadena de suspensión y dieciséis (16) aisladores antineblina por cadena de anclaje y espaciamientos por sobretensión de frecuencia industrial y sobretensión de maniobra de 0,75 m y 1,7 m, respectivamente.

a.1.6) Cable de guardia

Para efectos de seguridad se utilizará cable de guardia del tipo ALUMOWELD 7 N* 8 AWG.

a.1.7) Malla puesta a tierra

En cada estructura se deberá instalar la malla de puesta a tierra de acuerdo con lo indicado en los planos de detalle respectivos. Las mallas de puesta a tierra, estarán formadas por pletinas de acero galvanizado que se instalarán en el fondo de una zanja excavada en terreno no removido.

a.1.8) Distancias eléctricas

Las distancias mínimas a tierra al momento de instalar la línea de transmisión serán las señaladas en reglamento NSEG 5 E.n.71, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), que se detallan en la Tabla 1-7 de la DIA.

a.1.9) Franja de seguridad

Se estableció una franja de seguridad de 40 metros de ancho; 20 metros por cada lado de la línea,

según reglamento NSEG 5 E.n.71, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), para instalaciones de corrientes fuertes.

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a.2) Modificación de Subestación Colectora Sol del Desierto Sur

Se eliminarán dos paños de línea de la Subestación Colectora Sol del Desierto Sur destinados a la salida del circuito uno (1) y dos (2) desde y hacia la Subestación Rica Aventura, respectivamente. El resto de las instalaciones de esta Subestación mantendrán las mismas características señaladas en RCA N 0167/2015. En el Plano N 8511720 — E02, del Anexo B de la DIA, se visualiza la nueva configuración de esta subestación.

a.3) Eliminación de la Línea 2x220 S/E Sol del Desierto Sur — S/E Rica Aventura

El proyecto considera la eliminación de la Línea de alta tensión encargada de conectar las Subestaciones Colectora Sol del Desierto Sur y Rica Aventura, descrita en el Considerando 4.3.2.4 de la RCA N* 0167/2015.

b) Obras temporales b.1) Traslado de la instalación de faenas del norte

El proyecto no considera instalación de faenas, ya que los requerimientos propios de la construcción serán atendidos por las dos instalaciones de faenas declaradas en el proyecto original (RCA N? 0167/2015). No obstante, considerando el trazado de la nueva Línea de Transmisión S/E Sol del Desierto Norte — S/E María Elena, se prevé el desplazamiento de 8,8 metros de la Instalación de Faenas del Norte hacia el oriente.

Además, se reubicará la Bodega de Residuos Peligrosos, el área de almacenamiento de combustibles, el patio para mantenimiento de maquinaria y el patio para acopio de residuos industriales. Por su parte, no se modificará la ubicación del helipuerto, la planta de tratamiento de aguas servidas, las oficinas temporales, el área de acopio de basura, el generador eléctrico, el área de lavado de canoas, el edificio de operaciones y mantenimiento, el tanque de agua y la oficina de recepción. La ubicación actualizada de las instalaciones se presentan en el Plano N? 855720 — G02, Anexo B de la DIA.

b.2) Habilitación de frentes temporales de trabajo

Durante la fase de construcción, el proyecto considera la habilitación de frentes temporales de trabajo que se movilizarán según el avance de las obras de la Línea de Transmisión S/E Sol del Desierto Norte — S/E María Elena. Sólo se considera un pañol de herramientas y la instalación de baños químicos que serán manejados por terceros autorizados.

b.3) Acceso alternativo de vehículos por camino existente sin rol paralelo a la Ruta $

El acceso al Proyecto durante la fase de construcción se podrá realizar por la Ruta 5, como se declaró en el proyecto original, y también por el camino existente sin rol paralelo a ella (camino de servidumbre de terceros). Sólo para la fase de construcción se tendrán ambas opciones de acceso, para las fases de operación y cierre, se considera el acceso sólo por la Ruta 5. La ubicación de este camino de acceso se visualiza en el Plano N* 8511720 — G01, Anexo B de la DIA.

4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Replanteo y | Esta actividad está orientada a definir la ubicación en terreno de cada una de las balizado estructuras, para lo cual se marcarán con estacas los puntos donde éstas se proyectan. Este trabajo lo realizará un grupo de topografía que se movilizará en vehículo a lo largo del trazado proyectado, identificando y marcando la ubicación de cada una de las estructuras.

Antes de iniciar las excavaciones y una vez que haya sido recibido el replanteo se procederá al balizado, que consiste en disponer estacas en los ejes transversales y longitudinales de cada estructura para utilizarlos de referencia tanto para la ejecución de la excavación como para el montaje de la misma.

Habilitación de | Se habilitarán frentes temporales de trabajo que se movilizarán según el avance los frentes | de las obras a través de la Línea de Transmisión S/E Sol del Desierto Norte — S/E temporales de | María Elena. Mayor detalle se presenta en el numeral 1.5.1.3 de la DIA.

trabajo

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Despeje de terreno y movimiento de tierra

Previo a la construcción e instalación de las fundaciones, se realizará la preparación o limpieza del terreno, la que consistirá en la remoción de piedras o cualquier elemento superficial que entrabe las operaciones. En caso de hacerse necesario nivelar el terreno para apoyar la estructura, ella se realizará de manera tal que no se alteren las condiciones de drenaje superficial y de no dejar zonas expuestas a erosión o deslizamientos que en el futuro puedan comprometer la seguridad de la estructura, o de alguno de sus elementos.

Construcción de fundaciones

Dependiendo de las características del terreno, la ejecución de las excavaciones, la construcción de las fundaciones se hará manualmente o con medios mecánicos, utilizando retroexcavadoras y excavadoras. Se estima que el material total a excavar durante el desarrollo de esta actividad será de 300 m3, el cual será retirado y dispuesto en botaderos autorizados.

Instalación de malla de puesta a tierra

En cada estructura instalará la malla de puesta a tierra de acuerdo con lo indicado en los planos de detalle respectivos. Las mallas de puesta a tierra, estarán formadas por pletinas de acero galvanizado que se instalarán en el fondo de una zanja excavada en terreno no removido. Mayores antecedentes se presentan en el numeral 1.5.1.6 de la DIA.

Montaje de estructuras

El montaje de las estructuras se iniciará sólo después de siete (7) días de terminado el hormigonado y el relleno de las fundaciones de hormigón. Esta actividad consistirá en ensamblar secciones fuera del lugar del montaje definitivo y luego empernar secciones sucesivas, cada una se empernará a la anterior con a lo menos el 50% de los pernos de cada nudo de la unión con apriete manual. Los pernos recibirán un apriete final con llave dinamométrica hasta alcanzar los valores de torque especificados. Mayores antecedentes se presentan en el numeral 1.5.1.7 de la DIA.

Montaje de

Los conjuntos de suspensión y anclaje se armarán e instalarán de acuerdo a las instrucciones del fabricante de los conjuntos. El apriete que requieran los pernos de los elementos componentes de los conjuntos de suspensión y de anclaje se alcanzarán con llave dinamométrica. Los aisladores se transportarán hasta el pie de cada torre, sin sacarlos de su embalaje. Los conjuntos de suspensión y de anclaje de los conductores y cable de guardia, se armarán en terreno firme para luego izarlos hasta los puntos de fijación en las crucetas de modo que no se produzcan daños de los elementos componentes.

aislación y herrajes Tendido de

conductores y cable de guardia

Una vez terminado el montaje de las estructuras, se procederá con la instalación de conductores y cable de guardia. Se realizará con tensión mecánica, la que deberá mantenerse constante durante todo el proceso para mantener los cables a una altura segura sobre el suelo. Se ejecutará el montaje de los cables en el siguiente orden: Cable de guardia, Conductor superior, Conductor central, Conductor inferior. Mayores antecedentes se presentan en el numeral 1.5.1.9 de la DIA.

Templado de conductores

El tensado de los conductores y cable de guardia en el tramo se efectuarán una vez que se hayan instalado los empalmes definitivos si fuese necesario. El tensado de los conductores y cable de guardia se hará de tal forma que se alcancen los valores de las tensiones indicadas en las tablas de tensado del proyecto.

Revisión final y pruebas de recepción

Se realizarán, como mínimo las siguientes pruebas durante el proceso de revisión final:

Inspección visual a través de un recorrido pedestre del estado de la línea. Verificación del retiro de todas las puestas a tierra provisionales.

e Secuencia y correspondencia de fases: la verificación de secuencia y correspondencia de fases, destinada a obtener una verificación final de que todas las transposiciones y abatimientos de los conductores han sido ejecutados de acuerdo a los planos de la ingeniería, se efectuará en conjunto con la inspección visual del estado de la línea.

e Resistencia de aislación: deberá verificarse la resistencia de aislación entre cada fase y tierra y entre fases en todas sus combinaciones.

e Medida de resistencia y continuidad del conductor: el valor de la resistencia del conductor no podrá superar en 5% el valor teórico de dicha resistencia.

Limpieza y retiro elementos

Al término de las actividades de construcción, serán retiradas todas las herramientas, materiales, equipos y residuos, de tal modo de dejar el área

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de construcción

despejada de cualquier elemento propio de la construcción del proyecto. Se restituirán las superficies donde se hayan instalado los frentes móviles.

Insumos y suministros básicos

a) Energía eléctrica: Para el abastecimiento de energía eléctrica se utilizarán 2 generadores diésel con capacidad instalada de 600 kW, uno de 268,6 kW y otro de 7,46 kW.

b) Agua potable: Se estima un requerimiento máximo de 4,5 m'/día de agua potable, considerando una mano de obra máxima de 30 trabajadores. Esta agua será adquirida a través de una empresa sanitaria que cuente con autorizaciones sanitarias respectivas. El agua potable destinada para consumo de los trabajadores, será provista mediante máquinas dispensadoras de agua o a través de agua embotellada.

c) Agua uso industrial: Se contempla la utilización de 220 m'/día de agua industrial, el cual será empleado en la humectación del camino de servidumbre de acceso al proyecto por el sector norte. El suministro de este insumo será a partir del efluente de las plantas de tratamiento declaradas en el proyecto “Parque Solar Fotovoltaico Sol del Desierto” o bien de empresas autorizadas mediante camiones aljibes.

d) Combustible: Se utilizará petróleo diésel para el abastecimiento de maquinaria pesada. Se estima un consumo de 9 m'/fase. El abastecimiento del combustible lo realizará una empresa distribuidora autorizada. Este elemento se almacenará en los estanques declarados en el proyecto “Parque Solar Fotovoltaico Sol del Desierto”.

e) Materiales de construcción: Se requerirá materiales de construcción tales como hormigón, fierro y estructuras metálicas, en las cantidades que se presentan en la Tabla 1-9 de la DIA.

f) Servicios de alimentación y alojamiento: Se contempla la habilitación de un casino en cada una de las instalaciones de faenas declaradas en el proyecto original, la del sector norte y sur. Del mismo modo, en ambas instalaciones de faenas se habilitarán contenedores para el alojamiento de trabajadores durante la construcción.

g) Transporte: El transporte de personal se realizará mediante buses, principalmente entre Tocopilla y la instalación de faena ubicada en sector norte. El transporte de insumos y materiales de construcción se realizará desde el proveedor hasta el área del proyecto. Mayores detalles respecto al transporte se presentan en numerales 1.5.5.8, 1.5.5.9 y 1.5.5.10 de la DIA.

Recursos naturales renovables

El Proyecto no contempla la extracción o explotación de recursos naturales renovables.

Emisiones y efluentes

a) Emisiones atmosféricas

Durante la fase de construcción, las principales fuentes de emisión de material particulado y gases de combustión del proyecto corresponden a actividades de:

  • Excavaciones

e Carga y descarga de material

  • Circulación de vehículos livianos por caminos no pavimentados.
  • Circulación de vehículos pesados por caminos no pavimentados.
  • Circulación de vehículos por caminos pavimentados

  • Combustión interna de motores de vehículos y maquinaria.

Tabla N* 2: Emisiones atmosféricas fase de construcción Emisión (ton/fase)

Fase MP-10 MP-2,5 CO HC NOx Construcción 135,921 15,678 7,175 1,532 29,420

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Como medida de supresión de polvo, se considera la aplicación de bischofita en el camino de acceso norte. Además, se incluirá para esta modificación la humectación del camino de servidumbre por el que se accederá desde la ruta 24 al camino de acceso norte. El programa de humectación para el camino de acceso no modifica la frecuencia de humectación establecida en el proyecto original (4 veces/día). En la Figura 1-1 del Adenda 1 se presenta el camino sujeto al programa de humectación.

Se mantendrá un registro de la medida de humectación del camino de acceso, que incluirá al menos la siguiente información: fecha y hora de la humectación, procedencia del agua, volumen de agua, coordenadas UTM de las áreas a humectar (Datum WGS84, Huso 195), frecuencia de riego, registro fotográfico, responsable y firma del responsable.

También se exigirá que todos los vehículos relacionados con el proyecto cuenten con su revisión técnica al día y se revisará la vigencia de las mantenciones recomendadas por los fabricantes, asimismo se exigirá que los camiones que transportan el material excedente de excavaciones lo hagan encarpados, con el fin de minimizar las emisiones de material particulado.

Para modelar la dispersión atmosférica de las concentraciones de MP-10 en María Elena, se utilizó el modelo MM5-CALPUFF. Según el modelo de dispersión, las concentraciones de MP-10 para las estaciones de calidad de aire (EMRP) son las siguientes:

Tabla N? 3: Aporte del proyecto a la calidad de aire de María Elena por MP-10

Estaciones de calidad | Aporte del proyecto + proyecto “Parque Solar de aire (EMRP) Fotovoltaico Sol del Desierto” (1e/m*N) 24 horas Anual Hospital 0,14 0,02 Iglesia 0,14 0,02 Sur 0,15 0,03

El inventario de emisiones del proyecto y modelo de dispersión se presenta en el Anexo C y Anexo G respectivamente, de la DIA.

b) Ruido

De acuerdo al estudio de ruido presentado en el Anexo D de la DIA, la estimación de los niveles de inmisión de ruido se realizó considerando la condición más desfavorable, es decir, la operación simultánea de todas las fuentes de ruido, cuya potencia total equivale a 106 dBA. Este valor fue evaluado en 3 puntos sensibles asociados a potenciales receptores del ruido generado por el proyecto. A partir de los resultados obtenidos, se concluyó que la construcción del proyecto da cumplimiento al D.S. N* 38/2011. Adicionalmente, se realizó la modelación del ruido provocado por las actividades constructivas del proyecto en conjunto con la construcción del Parque Solar Fotovoltaico Sol del Desierto, donde los resultados se ajustan a la normativa ambiental aplicable. Por otra parte, para evaluar el eventual impacto acústico que se pueda presentar en especies de fauna ubicadas en las cercanías de alguna instalación considerada en el Proyecto, se evaluó el cumplimiento de la Norma “Effects of Noise on Wildlife and Other Animals”, elaborada por la United States Environmental Protection Agency (EPA), en dos puntos sensibles para fauna. En ambos, se obtuvieron niveles de ruido por debajo de lo estipulado en dicha norma.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

a) Residuos líquidos

Aguas servidas: Se generarán aguas servidas producto del uso de baños, duchas, casino y otras dependencias para el personal ubicadas en las instalaciones de faenas declaradas en el proyecto original. Se estima una generación de 4,5 m'/día aguas servidas. Se contará con las plantas de tratamiento de aguas servidas (PTAS) proyectadas en las instalaciones de faenas del sector norte y sur, de

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acuerdo a lo indicado en el proyecto original. Mientras que en los frentes de trabajo se habilitarán baños químicos, que estarán a cargo de una empresa

externa autorizada.

b) Residuos sólidos

Tabla N? 4: Residuos sólidos fase de construcción

pilas, baterías, entre otros

Tipo Descripción Volumen Forma de manejo y disposición final Residuos Originados por | 900 kg/mes Serán almacenados domiciliarios | el consumo de temporalmente en alimentos, contenedores con tapa y restos de herméticos, ubicados en envoltorios de zonas dispuestas para su papel, plástico, acopio temporal en las cartón y otros instalaciones de faenas insumos señaladas en el proyecto inertes de original. Posteriormente, oficina. serán retirados cada tres días por una empresa autorizada, que los dispondrá en un lugar autorizado. Residuos Residuos de | 6.453 kg/mes | Se contará con industriales no | construcción, contenedores en los peligrosos montaje y distintos frentes de trabajo, desembalaje posteriormente serán de equipos, clasificados de acuerdo a siendo su naturaleza y dispuestos principalmente en forma temporal en un restos de patio de acopio de residuos madera, industriales, en las cartones, instalaciones de faenas del plásticos y sector norte y sur. Estos metales serán retirados una vez finalizada la fase de construcción. Los residuos no reciclables serán dispuestos en sitios autorizados. Los restos de metales se podrán reciclar a través de empresas autorizadas. Material de | 300.000 Será retirado diariamente excavación kg/mes hacia botaderos autorizados. Residuos aceites usados, | 20 kg/mes Serán dispuestos en peligrosos tóners de tambores cerrados y impresoras, rotulados. Estos serán

almacenados

temporalmente en un recinto cerrado y especialmente habilitado, dentro de las dos instalaciones de faenas declaradas en el proyecto original, para posteriormente ser retirados cada tres meses por una empresa autorizada y su disposición final en el

10/30

relleno de

autorizado.

seguridad

Referencia al

ICE para mayores

detalles sobre esta fase.

Numerales 4.2, 4.5.1.1, 4.5.2.1, 4.5.4.1 y 4.5.5.1 del Informe Consolidado de Evaluación.

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN

Pruebas de energización y puesta en servicio

Se realizarán pruebas y actividades de puesta en marcha, previas a la energización de la línea de transmisión. Se verificará continuidad de las fases, niveles de aislamiento de los cables de fases, niveles de aislamiento de los cables de fases respecto de tierra, secuencia de fases, etc. Se manejarán protocolos de puesta en servicio que se detallan en el numeral 1.6.1.1 de la DIA.

Transmisión de energía eléctrica

La nueva línea de transmisión conducirá la energía generada en el Parque Solar Fotovoltaico Sol del Desierto a una tensión de 220 kV, y la interconectará a la subestación existente denominada María Elena, mediante la cual la energía se evacuará al Sistema Interconectado del Norte Grande (SING).

Actividades de mantención y conservación

a) Mantenimiento preventivo

Los principales trabajos considerados en el mantenimiento preventivo serán los siguientes:

e Inspecciones visuales: Se considerarán recorridos terrestres para la inspección visual de los conductores, las estructuras y los conjuntos de suspensión y anclaje de las estructuras. La frecuencia de estas inspecciones será como máximo tres veces al año. Mayor detalle se presenta en el numeral 1.6.5.1 a) de la DIA.

e Inspecciones de diagnóstico: Las inspecciones de diagnóstico tienen como objetivo detectar y registrar anormalidades mediante inspecciones, revisiones y mediciones a los componentes de la línea, generalmente con periodicidades iguales o mayores que un año. Estas inspecciones se efectuarán por los métodos de trabajo en instalación desenergizada, energizada a distancia o energizada a potencial, sobre la estructura, o al pie de ella, con la utilización de herramientas y equipamientos de mano, como el termovisor, sin afectar el entorno.

b) Mantenimiento correctivo

El mantenimiento correctivo se refiere a las reparaciones que se ejecutarán a las instalaciones por anormalidades detectadas en el sistema. Su envergadura dependerá de la magnitud de la falla o de la anomalía que exista. Se empleará equipamiento mecánico menor y una cuadrilla de trabajadores que laborarán principalmente en altura (en las estructuras), sin afectar el terreno del entorno. Mayores antecedentes se presentan en el numeral 1.6.5.2 de la DIA.

c) Reparaciones de emergencia

Se refiere a las reparaciones no programadas, producto de daños producidos por acción de terceros o provocados por eventos naturales. Estas actividades de reparación pueden requerir el uso de equipo mayor y de personal calificado, y consideran acciones con intervenciones acotadas tanto temporal como espacialmente (dentro de la franja de seguridad). Mayores antecedentes se presentan en el numeral 1.6.5.3 de la DIA.

Insumos y suministros básicos

a) Energía eléctrica: La energía eléctrica requerida será auto-suministrada durante el día, mientras que durante la noche, se proveerá mediante la extracción de la energía a través de la subestación de planta, según lo señalado en el proyecto original.

b) Agua potable: Considerando una dotación de 2 trabajadores para esta fase, se

11/30

estima un requerimiento de 0,3 m'/día. Esta agua será adquirida a través de una empresa autorizada. El agua potable destinada para consumo de los trabajadores, será provista mediante máquinas dispensadoras o a través de agua embotellada. Mientras que el agua para otros usos (como aseo y duchas), será abastecido por el sistema habilitado en los edificios de operación y mantenimiento (OS$M) del Parque Solar Fotovoltaico Sol del Desierto, conformado por baños, lavamanos y duchas, de acuerdo a lo indicado en el proyecto original “Parque Solar Fotovoltaico Sol del Desierto”.

c) Combustible: Se requerirá combustible para abastecer a los vehículos y maquinarias que se utilicen en las actividades de inspección y mantenimiento. La provisión de combustible se realizará directamente en la ciudad de María Elena u otra cercana.

d) Transporte de personal: El transporte del personal a cargo de las inspecciones y mantenciones de la Línea se realizará principalmente en camión grúa. Se estima el uso de 2 de estos vehículos una vez al año. Además, se prevé el uso de una camioneta para el traslado diario de las 2 personas que trabajarán en los controles generales del sistema eléctrico del Parque Solar Fotovoltaico Sol del Desierto, incluida la Línea de Transmisión S/E Sol del Desierto Norte — S/E María Elena.

e) Servicio de alimentación: Se suministrará a los trabajadores, colaciones para el trabajo diario en los frentes de trabajo o bien podrán acceder al comedor/cocina habilitado en el edificio de Operación y Mantenimiento del Parque Solar, incluido en el proyecto original.

f) Maquinaria y equipos: Considerando las inspecciones y mantenciones que se desarrollarán a lo largo de la vida útil del proyecto, se estima el uso máximo de 2 camiones grúa y herramientas de mano por actividad, la que se realizará una vez al año.

Recursos El Proyecto no contempla la extracción o explotación de recursos naturales naturales renovables.

renovables

Emisiones a) Emisiones atmosféricas

efluentes

Durante la fase de operación las principales fuentes de emisión de material particulado y gases de combustión del proyecto corresponden a actividades de tránsito de vehículos medianos por caminos pavimentados y no pavimentados.

Tabla N? 5: Emisiones atmosféricas fase de operación Emisión (ton/año)

Fase MP10 MP2,5 CO HC NOx Operación 0,5935 0,0908 0,0163 0,0042 0,0519

Para esta fase no se implementarán medidas de abatimiento ni control para estas emisiones.

b) Ruido

En esta fase no se generará emisiones de ruido. Estas sólo corresponderán al sonido que produzcan los vehículos que se empleen en las actividades esporádicas de inspección y mantenimiento.

c) Campos electromagnéticos

Durante la fase de operación del proyecto se prevé la generación de campos electromagnéticos (CEM). Para estimar su efecto en la zona donde se emplazará la línea y la Subestación, se realizó un estudio CEM cuyos resultados se detallan en Anexo E de la DIA. Los resultados señalan que para la línea de transmisión,

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el valor de campo eléctrico será de 870 V/m mientras que el valor de inducción magnética será de 1,07 1T, mientras que para la subestación colectora Sol del Desierto Sur, se obtuvieron valores de 310 V/m y 1 pT respectivamente. Todos los valores se encuentran por debajo de la normativa de referencia (Apéndice E.1 de la DIA).

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

a) Residuos líquidos

Aguas servidas: Se estima una generación de 9 m'/mes de aguas servidas. Para el tratamiento de las aguas servidas, se mantiene lo indicado en el proyecto original, es decir, se utilizarán las mismas plantas de tratamiento modular de digestión aeróbica de la fase de construcción, que serán redimensionadas para adecuarla a la menor cantidad de trabajadores presentes durante la fase de operación.

b) Residuos sólidos

Tabla N? 6: Residuos sólidos fase de operación

Tipo Descripción Volumen Forma de manejo y disposición final Residuos Originados 60 kg/mes | Serán almacenados domiciliarios | por el temporalmente en consumo de contenedores alimentos, herméticamente cerrados y restos de ubicados en zonas envoltorios de dispuestas para su acopio papel, temporal en las plástico, instalaciones del proyecto cartón y otros original. Su retiro será insumos cada tres días por una inertes de empresa autorizada, que oficina los dispondrá en un lugar autorizado. Residuos Residuos de| 60kg/mes | Serán retirados por el industriales mantenciones personal a cargo de las no peligrosos mantenciones o bien serán dispuestos temporalmente en alguno de los patios de acopio ubicados en los sectores norte y sur del Parque Solar. Estos serán retirados cada tres meses y dispuestos en un sitio autorizado. Residuos No habrá generación de residuos peligrosos, ya que las peligrosos mantenciones de maquinarias y vehículos se realizarán en

las instalaciones de los proveedores, fuera del área del proyecto.

Referencia al

ICE para mayores

detalles sobre esta fase.

Numerales 4.3, 4.5.1.2, 4.5.2.2, 4.5.3, 4.5.4.2 y 4.5.5.2 del Informe Consolidado de Evaluación.

4.3.3. FASE DE CIERRE

Acciones para desmantelar O asegurar la estabilidad de la infraestructura

utilizada por el

a) Habilitación de instalaciones de faenas

Se contempla la habilitación de instalaciones de faenas provisionales, que se ubicarían en los mismos lugares considerados en la fase de construcción.

b) Desenergización de instalaciones

13/30

Previo a las actividades de desmantelamiento, y con el fin de evitar accidentes por electrocución, se procederá a desenergizar la Línea de transmisión y la Subestación involucradas en el proyecto.

c) Retiro de conductores de las estructuras

El retiro de conductores se efectuará de forma inversa a la del tendido y tensado, es decir, se relajarán las líneas y luego de retirarán enrollándolas en carretes.

d) Desmontaje de estructuras

Se desmontarán todas las estructuras, los conductores y todos los elementos que sean transportables. Los que sean reutilizables serán embalados y trasladados a una empresa autorizada para el reciclaje de estos productos. Por su parte, todo lo que se encuentre en mal estado o imposibilitado de reutilizarse, será dispuesto en un sitio autorizado para ello, dando cumplimiento a la normativa vigente a la fecha del cierre del proyecto.

e) Desmantelamiento de instalaciones

Una vez que las estructuras y elementos móviles hayan sido retirados, se procederá a destruir las fundaciones y construcciones de hormigón. Estos serán considerados como productos de demolición y serán dispuestos en sitios autorizados.

Se desmovilizarán todas las instalaciones provisionales dispuestas para la fase de cierre. Además, se retirarán todos los elementos de desecho y se enviarán a un lugar autorizado para reciclaje o disposición final, según corresponda. En las áreas de emplazamiento de las estructuras se procederá a la remoción del terreno y material superficial, retiro de las estructuras y relleno con el mismo material removido. Posteriormente se nivelará el suelo para restituirlo a condiciones similares a las originales.

proyecto o actividad Acciones para restaurar la geoforma o morfología, vegetación y cualquier otro componente ambiental que haya sido afectado

durante la ejecución del proyecto o actividad Acciones para

prevenir futuras emisiones desde la ubicación del

proyecto o actividad, para evitar la afectación del ecosistema

incluido el aire, suelo y agua

Una vez cerrado el proyecto, no se prevén fuentes de emisiones que sean necesarias prevenir.

Mantención,

conservación y supervisión que sean necesarias

Considerando el tipo de proyecto y el desmantelamiento total que se realizará del mismo, no se contemplan actividades de mantención, conservación y supervisión.

Insumos y suministros básicos

a) Energía eléctrica: Para el abastecimiento de energía eléctrica durante la fase de cierre se utilizarán 2 generadores diésel con capacidad instalada de 100 kW, uno de 50 kW y otro de 7,5 kW. Esta modificación no requerirá suministro adicional de energía.

b) Agua potable: Se estima un requerimiento máximo de 1,5 m'/día de agua potable. El transporte de agua será realizado por un camión aljibe de 25 m',

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también proveniente desde Tocopilla u otra localidad cercana.

c) Combustible: Durante la fase de cierre se requerirá combustible para abastecer a los vehículos y maquinarias que se utilicen en las actividades de desmantelamiento. La provisión de combustible se realizará directamente en la ciudad de María Elena u otra cercana.

d) Servicios higiénicos: Se habilitarán baños químicos o se emplearán aquellos que se encuentren aún operativos como parte de la infraestructura existente. Para el tratamiento de los residuos líquidos, se utilizará la planta de tratamiento de aguas servidas declarada en el proyecto original. Para aquellos frentes de trabajos que se ubiquen a más de 75 metros de distancia de los servicios sanitarios instalados, se contará con baños químicos provisto por una empresa autorizada.

e) Alimentación y alojamiento: Para esta fase no se considera la preparación de alimentos en faena, ya que las comidas requeridas por el personal que participe en la fase de cierre del Proyecto serán proporcionadas por empresas del rubro autorizadas. No se contempla la instalación de campamentos para alojar al personal, dada la cercanía del proyecto a María Elena y Tocopilla.

f) Transporte: El transporte de personal se realizará mediante buses, principalmente entre Tocopilla y la instalación de faena ubicada en sector norte. El transporte de insumos se realizará desde el proveedor hasta el área del proyecto, mientras que el transporte de residuos e instalaciones desmanteladas se realizará en camiones conteiner hacia destino. Mayores detalles respecto al transporte se presentan en numerales 1.7.5.8, 1.7.5.9 y 1.7.5.10 de la DIA.

g) Maquinaria y equipos: La maquinaria requerida para la fase de cierre del proyecto, se detalla en la Tabla 1-32 de la DIA.

Emisiones efluentes

y

a) Emisiones atmosféricas

Las emisiones atmosféricas corresponderán a material particulado y gases de combustión, los que provendrán principalmente del tránsito de vehículos por caminos no pavimentados y la operación de maquinaria pesada.

Tabla N? 7: Emisiones atmosféricas fase de cierre Emisión (ton/fase)

Fase MP10 MP2,5 CO HC NOx Cierre 0,1910 0,0194 0,1679 0,0716 0,7602

Como medida de supresión de polvo, se considera la aplicación de bischofita en el camino de acceso norte. También se exigirá que todos los vehículos relacionados con el proyecto cuenten con su revisión técnica al día y se revisará la vigencia de las mantenciones recomendadas por los fabricantes, así mismo se exigirá que los camiones que transportan el material excedente de excavaciones lo hagan encarpados, con el fin de minimizar las emisiones de material particulado.

b) Ruido

De acuerdo al estudio de ruido presentado en el Anexo D de la DIA, se concluyó que durante la fase cierre del proyecto se da cumplimiento al D.S. N* 38/2011 en los 3 puntos sensibles analizados durante esta fase.

Por otra parte, para evaluar el eventual impacto acústico que se pueda presentar en especies de fauna ubicadas en las cercanías de alguna instalación considerada en el Proyecto, se evaluó el cumplimiento de la Norma “Effects of Noise on Wildlife and Other Animals”, elaborada por la United States Environmental Protection Agency (EPA), en dos puntos sensibles para fauna. En ambos, se obtuvieron niveles de ruido por debajo de lo estipulado en dicha norma.

Residuos,

a) Residuos líquidos

15/30

productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Aguas servidas: Se estima una generación de 1,5 m'/día. Se habilitarán baños químicos que estarán a cargo de una empresa externa autorizada.

b) Residuos sólidos

Tabla N? 8: Residuos sólidos fase de cierre Tipo Descripción Volumen Forma de manejo y disposición final

Residuos Originados | 300 kg/mes | Serán almacenados domiciliarios por el temporalmente en consumo de contenedores con tapa y alimentos, herméticos, ubicados en zonas restos de dispuestas para su acopio envoltorios temporal en las instalaciones de papel, de faenas señaladas en el plástico, proyecto original. cartón y Posteriormente, serán Otros retirados cada tres días por insumos una empresa autorizada, que inertes de los dispondrá en un lugar oficina. autorizado. Residuos Desmantela 404.495 Almacenados en contenedores industriales no | miento de kg/mes clasificados de acuerdo a su peligrosos estructuras y naturaleza y calidad en el equipos y patio de acopio de residuos demolición industriales en las de obras instalaciones de faenas del civiles sector norte y sur del proyecto original. Luego serán

retirados diariamente y comercializados para reciclaje y/o recuperación. El resto de los residuos será dispuesto en botaderos autorizados.

Residuos Aceites 14 kg/mes | Serán dispuestos en tambores peligrosos usados, cerrados y rotulados. Estos tóners de serán almacenados

impresoras, temporalmente en un recinto

pilas, cerrado y especialmente

baterías, habilitado, dentro de las dos

entre otros. instalaciones de faenas

declaradas en el proyecto original, para posteriormente ser retirados una vez al mes por una empresa autorizada y su disposición final en el relleno de seguridad autorizado.

Referencia al

ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Numeral 4.4, 4.5.1.3, 4.5.2.3, 4.5.4.3 y 4.5.5.3 del Informe Consolidado de Evaluación.

4.4. DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO

4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

| Parte, obra o acción que | El inicio de la fase de construcción comenzará con la instalación de | establece el inicio

faenas del sector norte, reubicada 8,8 metros hacia el oriente para no obstaculizar el trazado de la nueva Línea de Transmisión S/E Sol del

16/30

Desierto Norte — S/E María Elena.

Parte, obra o acción que | Esta fase finalizará con la limpieza y retiro elementos de construcción. establece el término El cronograma de la fase de construcción se presenta en la Tabla 1-8 de la DIA. |

4.4.2, FASE DE OPERACIÓN

|

| Parte, obra o acción que | El inicio de la fase de operación comenzará con la realización de las | establece el inicio | pruebas de energización y la puesta en servicio del sistema eléctrico instalado.

| Parte, obra o acción que | Esta fase finalizará con la habilitación de instalaciones de faenas para establece el término cierre, una vez cumplida la vida útil del proyecto. El cronograma de la | fase de operación se presenta en la Tabla 1-20 de la DIA.

| 4.43. FASE DE CIERRE

Parte, obra o acción que | El inicio de la fase de cierre será mediante la instalación de las faenas | establece el inicio y de cierre. | término

Parte, obra o acción que | Esta fase finalizará con las actividades de restauración del terreno. El establece el término cronograma de la fase de cierre se presenta en la Tabla N* 1-28 de la DIA.

5”. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

Impacto no significativo Se generarán emisiones de material particulado y gases de combustión, las cuales serán mayores durante la fase de construcción del proyecto. De acuerdo al inventario de emisiones presentado en el Anexo C de la DIA, las emisiones de MP-10 serán 135,92 ton/fase durante la fase de construcción, 0,59 ton/año durante la fase de operación y 0,19 ton/fase durante la fase de cierre. Durante la fase de construcción, se considera | la aplicación de bischofita en el camino de acceso norte. Además, se | incluirá para esta modificación la humectación del camino de | servidumbre por el que se accederá desde la ruta 24 al camino de acceso norte.

En relación al modelo de dispersión de MP-10, los resultados indican que los aportes a la calidad del aire de María Elena serán bajos. Durante la fase de construcción las concentraciones máximas de MP- 10 serán de 0,03 g/móN como promedio anual y 0,15 1g/m*N como percentil 98 de las concentraciones de 24 horas en la Estación Sur.

De acuerdo al estudio de ruido presentado en el Anexo D de la DIA, las emisiones de ruido generadas en la fase de construcción, operación y cierre darán cumplimiento al D.S. N* 38/2011.

Respecto a las emisiones de campos electromagnéticos, de acuerdo a los antecedentes presentados en el Anexo E de la DIA, los resultados señalan que para la línea de transmisión, el valor de campo eléctrico será de 870 V/m mientras que el valor de inducción magnética será de 1,07 uT. Para la subestación colectora Sol del Desierto Sur, se obtuvieron valores de 310 V/m y 1 pT respectivamente. Todos los valores se encuentran por debajo de la normativa de referencia (Apéndice E.1 de la DIA).

17/30

Las aguas servidas que se generarán durante las fases de construcción,

operación y cierre serán manejadas mediante plantas de tratamiento de aguas servidas (PTAS), de acuerdo a lo indicado en el proyecto original. Mientras que en los frentes de trabajo se habilitarán baños químicos, que estarán a cargo de una empresa externa autorizada.

Se generarán residuos sólidos domiciliarios, industriales no peligrosos y peligrosos, que serán manejados de acuerdo a sus características y

| dispuestos en sitios autorizados.

| Referencia al ICE para | mayores detalles sobre | este impacto específico

Numerales 4.5.1, 4.5.2, 4.5.3, 4.5.4, 4.5.5, 5.3 y Capítulo VI del Informe Consolidado de Evaluación.

| 5.2, EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS ¡ RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

La pérdida de suelo durante la fase de construcción no será significativa, ya que sólo se reducirá a los sitios donde se construirán las obras civiles del proyecto, por un total de 6,8 ha. La presente modificación liberará 28 hectáreas respecto a la superficie a intervenir que se declaró en el proyecto original (1.105,9 ha). De acuerdo a lo anterior, la superficie afecta a intervención del proyecto conjunto será de 1.084,7, la cual se establece principalmente por medio de la instalación de las estructuras de las líneas de transmisión y estructuras soportantes para los módulos fotovoltaicos, sin que haya degradación debido a erosión. Cabe señalar que el suelo del área de influencia del proyecto se clasifica con Capacidad de Uso VIII.

Según los antecedentes presentados por el titular en el Anexo H de la DIA, existe baja diversidad biológica presente en el área del proyecto,

| la cual está desprovista de vegetación, sin evidencia directa o vestigios

(restos de plantas) de especies vegetales. Asimismo, en ella no se registraron especies de flora no vascular (hongos y/o líquenes) y no se

| registraron individuos ni poblaciones de vertebrados terrestres en el

área de influencia. No obstante lo anterior, el titular implementará las siguientes acciones:

e El personal de faenas será advertido de la prohibición de capturar o cazar especies de fauna y avifauna terrestre.

  • Se evitará la dispersión de basura doméstica que atraiga a animales silvestres, domésticos y vectores al lugar del proyecto.

  • De encontrarse polluelos o ejemplares de fauna silvestre heridos o en visibles condiciones que impidan su normal circulación, se dará aviso al Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de Antofagasta para coordinar en conjunto las medidas a aplicar con el o los ejemplares encontrados.

  • Se realizará una capacitación a los trabajadores involucrados en cada una de las fases del proyecto, en cuanto a establecer prohibición de caza y cualquier mecanismo de domesticación de fauna nativa.

| El proyecto no considera la descarga de aguas residuales a cuerpos o

cauces de agua. Respecto a las emisiones atmosféricas, la mayor cantidad de emisiones atmosféricas se generará durante la fase de construcción, donde se implementarán medidas de control de emisiones como la bischofitado y humectación de caminos. Cabe señalar, que en

| el área de influencia del proyecto no se detectaron especies de flora y

| vegetación y fauna nativa susceptibles a ser afectadas por las emisiones

18/30

atmosféricas del proyecto.

De acuerdo a los antecedentes presentados en el Anexo D de la DIA, se elaboró un estudio acústico para las fases de construcción y cierre (escenarios de mayor emisión). Estos escenarios de emisiones fueron evaluados en 5 puntos sensibles asociados a potenciales receptores del | ruido generado por el proyecto, en donde 2 de ellos fueron asociados a receptores de fauna. Según los resultados, los niveles de ruido proyectados se encuentran por debajo de los máximos establecidos por la norma EPA norma “Effects of Noise on Wildlife and Other Animals”, tanto para el periodo diurno como nocturno.

El proyecto generará residuos sólidos domiciliarios, industriales no peligrosos y peligrosos, que serán manejados de acuerdo a sus características y dispuestos en sitios autorizados y todos ellos serán manejados de acuerdo a la normativa ambiental aplicable vigente.

Durante la fase de construcción, se utilizará petróleo diésel para el abastecimiento de maquinaria pesada. El abastecimiento del combustible lo realizará una empresa distribuidora autorizada y se cumplirá con todas las disposiciones señaladas en la normativa

| ambiental aplicable vigente.

El proyecto no intervendrá recursos hídricos. En el entorno del proyecto no hay presencia de aguas fósiles, ni vegas y/o bofedales, áreas o zonas de humedales, estuarios o turberas, ni presencia de glaciares. El proyecto no considera la introducción de especies exóticas al territorio nacional.

| Referencia al ICE para | mayores detalles sobre

este impacto específico

Numerales 4.5.1, 4.5.2, 4.5.4, 5.1, 5.2, 5.3, 5.4 y Capítulo VI del Informe Consolidado de Evaluación.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

Impacto no significativo

| población local.

El proyecto no afectará recursos naturales utilizados como sustento económico o para cualquier otro uso tradicional, ya que no se

| identifican grupos humanos que habiten y/o desarrollen actividades

económicas o socioculturales en el área del proyecto ni en sus inmediaciones.

El proyecto se emplazará en un área despoblada y fuera del radio urbano de la ciudad de María Elena. Éste no afectará las vías de comunicación y transporte ya que se utilizará la infraestructura vial existente, por lo tanto, no generará deterioro de las condiciones de conectividad, libre circulación y tiempos de desplazamiento de la población local.

En el entorno del proyecto no existen bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica utilizados por grupos humanos, ni tampoco el acceso a aquellos.

El proyecto se emplazará fuera del radio urbano de la ciudad de María Elena, por lo que no se generarán efectos que impidan o difículten las relaciones sociales, económicas, culturales o la manifestación de tradiciones, intereses comunitarios o sentimientos de arraigo de la

19/30

| | Mayores antecedentes se presentan en Anexo. L de la DIA.

Referencia al ICE para | | Capítulo VI del Informe Consolidado de Evaluación | mayores detalles sobre ¡es este impacto específico

M0 |

|5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS | PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES | PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL | VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR

Impacto no significativo | El proyecto se emplazará en un área despoblada y fuera del radio urbano de la ciudad de María Elena. Adicionalmente, no existe población, comunidades o grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, así como tampoco se identifican demandas o pretensiones territoriales por parte de éstas sobre terrenos en el área del proyecto. Por lo que no se generarán efectos que impidan o dificulten las relaciones sociales, económicas, culturales o la manifestación de tradiciones, intereses comunitarios o sentimientos de arraigo de la población local. Asimismo, no habrá afectación de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental.

| Referencia al ICE para | Capítulo VI del Informe Consolidado de Evaluación | mayores detalles sobre | | | este impacto específico

E 5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL | VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA |

AE MEAR III

Impacto no significativo De acuerdo a lo indicado en el Estudio de Paisaje presentado en el Anexo J de la DIA, se determinó que no habrá alteración significativa en términos de magnitud o duración del valor paisajístico del área de emplazamiento del proyecto, debido a la no existencia de valor paisajístico y por ende de calidad visual asociada a la cuenca visual en la cual se emplaza el proyecto.

Referencia al ICE para | Numeral 5.6, Capítulo VI del Informe Consolidado de Evaluación mayores detalles sobre este impacto específico

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTORICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL

Í Impacto no significativo | De acuerdo a los resultados presentados en el Anexo K de la DIA, en el | | área de influencia del proyecto no se registran Monumentos | | Nacionales. Para el caso de las excavaciones y remociones de terreno, las obras serán ejecutadas de forma conjunta y en todo momento por un profesional arqueólogo o licenciado en arqueología, el cual supervisará el desarrollo de las obras, con el fin de detectar, proteger y rescatar hallazgos a niveles subsuperficiales del suelo. Se remitirá al Consejo de Monumentos Nacionales un informe mensual, incluyendo descripción de las actividades y materialidad posiblemente encontrada, junto con fotos y planos de los distintos frentes de excavación.

En el área de influencia del proyecto no existen construcciones, lugares | o sitios que por sus características constructivas, por su antigiiedad, por | su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad,

pertenecen al patrimonio cultural, incluyendo el patrimonio cultural indígena.

El proyecto no se encuentra próximo a lugares o sitios donde se lleven

20/30

a cabo manifestaciones propias de la cultura o folklore de algún pueblo, comunidad o grupo humano.

Referencia al ICE pa mayores detalles sob este impacto específico

ra re

Numeral 5.5, Capítulo VI del Informe Consolidado de Evaluación

  1. Que resultan aplicab

les al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a

las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de

destinado a la acumula

tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar

ción, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y

desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del Reglamento del SEIA

Parte, obra o acción a que aplica

Se realizará la reubicación del patio de acopio de residuos sólidos industriales no peligrosos en la instalación de faenas del sector norte, respecto a su emplazamiento indicado en el proyecto original.

Condiciones o | No existen condiciones o exigencias asociadas al otorgamiento del exigencias presente permiso.

específicas para su

otorgamiento

Pronunciamiento del Órgano competente

La SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por el titular al Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo N” 140 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Los antecedentes para su otorgamiento se presentan en el numeral 6.2.1 de la DIA.

6.1.2. Permiso para tod del Reglamento del SE

o sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo 142 IA

Parte, obra o acción a | que aplica

Se realizará la reubicación de la bodega de residuos peligrosos de la instalación de faenas del sector norte, respecto a su emplazamiento señalado en el proyecto original.

Condiciones exigencias específicas para su otorgamiento

10)

No existen condiciones o exigencias asociadas al otorgamiento del presente permiso.

Pronunciamiento del órgano competente

La SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por el titular al Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo N* 142 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Los antecedentes para su otorgamiento se presentan en el numeral 6.2.2 de la DIA.

límites urbanos, del art

6.1.3. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los

ículo 160 del Reglamento del SEIA

Parte, obra o acción a que aplica

Este permiso se requerirá debido a que la instalación de faenas del sector norte será reubicada respecto a su emplazamiento indicado en el proyecto original.

| Condiciones o | No existen condiciones o exigencias asociadas al otorgamiento del | exigencias presente permiso.

específicas para su

otorgamiento |

Pronunciamiento del Órgano competente

| La SEREMI de Agricultura de la Región de Antofagasta se pronunció

conforme respecto de los requisitos entregados por el titular al Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo N* 160 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. La superficie total afecta al PAS 160 es de 43 m? para edificaciones permanentes y 6.427 m? para edificaciones temporales. Los antecedentes para su otorgamiento se presentan en el numeral 6.2.3 de la DIA.

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7*. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de

cumplimiento de la normativa

de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1. COMPONENTE/MATE

RIA: AIRE

NORMA

  • Decreto Supremo N* 144/1961 del Ministerio de Salud. Norma para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza;

Decreto N* 47/1992 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Decreto Supremo N* 164/1999 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Establece Plan de Descontaminación para las Localidades de María Elena y Pedro de Valdivia.

| Fase del Proyecto a la que | aplica o en la que se dará cumplimiento

| Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

Durante la fase de construcción (fase de mayor emisiones) se considera la aplicación de bischofita en el camino de acceso norte, humectación del camino de servidumbre por el que se accederá de la ruta 24 al camino de acceso norte. Se exigirá una cobertura a los materiales que son transportados en camiones, se circulará a una velocidad no superior a 40 km/h por las vías no pavimentadas de acceso al área del proyecto.

Indicador que acredita su cumplimiento

e Copia de las revisiones técnicas y mantenciones de los vehículos y maquinarias.

Cumplimiento de la velocidad máxima de circulación. Cobertura en carga de camiones

Registro del bischofitado del camino de acceso norte durante la construcción y el cierre.

Registro de la humectación del camino de servidumbre por el que se accederá de la ruta 24 al camino de acceso norte, durante la construcción y el cierre.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.1 del Informe Consolidado de Evaluación

7.2. COMPONENTE/MATE

RIA: AIRE

NORMA

Decreto Supremo N” 138/2005 del Ministerio de Salud. Establece Obligación de declarar emisiones que indica.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y cierre

Forma de cumplimiento

| El abastecimiento de energía durante las fases de construcción y | cierre del proyecto será dado exclusivamente por los grupos generadores declarados en el proyecto original, no requiriéndose fuentes adicionales.

Indicador que acredita su cumplimiento

e Ausencia de fuentes de energía adicionales a las declaradas en el proyecto original. Declaraciones de emisiones de

incluidos en el proyecto original.

los grupos electrógenos

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.1 del Informe Consolidado de Evaluación

7.3. COMPONENTE/MATE

RIA: RUIDO

NORMA

Decreto Supremo N* 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente. Establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes | emisoras que indica.

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Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

El proyecto cumplirá dicha normativa en todas sus fases.

Indicador que acredita su cumplimiento

El proyecto dará cumplimiento a esta normativa.

mayores detalles

Referencia al ICE para

Numeral 8.1.2 del Informe Consolidado de Evaluación

| 7.4. COMPONENTE/MATERIA: CONTAMINACIÓN LUMÍNICA

NORMA

Decreto Supremo N 43/12. Establece Norma de Emisión para la Regulación de la Contaminación Lumínica a partir de la revisión del Decreto Supremo N 686/1998 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

Las instalaciones lumínicas que se ubicarán al exterior de las instalaciones considerarán las restricciones y límites máximos de emisión lumínica establecidos en la presente norma. Además, al igual que para el proyecto original, se comunicará a la Superintendencia del Medio Ambiente mediante informes fotométricos, el cumplimiento del ángulo de montaje de las luminarias que se instalarán en cada una de las fases del proyecto.

Indicador que acredita su cumplimiento

e Realización de TEl Interior.

Obtención de certificados de control luminométricos de las luminarias instaladas en el proyecto.

Declaración simple del instalador autorizado a cargo de la ejecución de las instalaciones, en la cual indique el cumplimiento del ángulo de montaje de dichas luminarias.

Declaración de Instalación eléctrica

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.3 del Informe Consolidado de Evaluación

7.5. COMPONENTE/MATERIA: RESIDUOS LÍQUIDOS

Fase del Proyecto a la que

NORMA |

e Decreto con Fuerza de Ley N* 725/1967 del Ministerio de Salud. Código Sanitario;

Decreto Supremo N* 594/1999 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas

en los lugares de trabajo.

aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

— ¡E

Durante todas las fases se generarán aguas servidas, las que serán tratadas mediante la habilitación de PTAS en las instalaciones de faena y baños químicos en los frentes de trabajo.

Indicador que acredita su cumplimiento

Permiso para la construcción y funcionamiento de las PTAS, otorgado por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta.

Autorización de la empresa que realice el retiro y manejo de los residuos provenientes de los baños químicos.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.4 del Informe Consolidado de Evaluación

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7.6. COMPONENTE/MATE

RIA: RESIDUOS SÓLIDOS

NORMA

e Decreto con Fuerza de Ley N* 725/1967 del Ministerio de Salud. Código Sanitario;

Decreto Supremo N* 594/1999 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas

en los lugares de trabajo;

Fase del Proyecto a la que | aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

Los residuos sólidos serán dispuestos temporalmente en sitios habilitados para ello y enviados a disposición final a lugares autorizados.

Indicador que acredita su cumplimiento

[e Permiso para la construcción y funcionamiento de sitios de acopio temporal de residuos sólidos no peligrosos, otorgado por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta. Almacenamiento temporal de los residuos no peligrosos en patios habilitados.

Ausencia de acopios de residuos en sitios no autorizados (verificación mediante inspecciones visuales del personal). Copia de la autorización de la empresa que realizará el traslado de los residuos sólidos no peligrosos.

Copia de la autorización de la empresa que realizará la

disposición final de estos residuos.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.5 del Informe Consolidado de Evaluación

7.7. COMPONENTE/MATE

RIA: RESIDUOS PELIGROSOS

NORMA

| Decreto Supremo N? 148/2003 del Ministerio de Salud. Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.

Fase del Proyecto a la que | aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y cierre

Forma de cumplimiento

Los residuos sólidos serán dispuestos temporalmente en sitios habilitados para ello y enviados a disposición final a lugares autorizados.

Indicador que acredita su cumplimiento

e Obtención de Permisos para la construcción y funcionamiento sitio de almacenamiento de residuos peligrosos. Almacenamiento temporal de los residuos peligrosos en bodegas habilitadas para ello.

Registro actualizado de los residuos peligrosos almacenados y de los enviados a disposición final.

Ausencia de acopios de residuos en sitios no autorizados (verificación mediante inspecciones del personal).

Autorización sanitaria de la empresa que realice el retiro y manejo de RESPEL.

Declaración de Residuos Peligrosos (RETC).

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.5 del Informe Consolidado de Evaluación

| 7.8. COMPONENTE/MATE

RIA: LODOS

NORMA

Decreto Supremo N* 4/2009 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento para el manejo de lodos generados en plantas de tratamiento de aguas servidas.

Fase del Proyecto a la que

Construcción y operación

24/30

aplica o en la que se dará cumplimiento

Forma de cumplimiento

El retiro de lodos de las PTAS se realizará por una empresa autorizada y su disposición final se realizará en un relleno sanitario autorizado.

Indicador que acredita su cumplimiento

e Permiso para la construcción y funcionamiento de las PTAS, otorgado por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta. Registro en faena de guías de despacho de recolección de lodos, identificando fecha de retiro, volumen, patente de camión y empresa responsable.

Registro en faena de certificados de recepción de lodos en sitio

de disposición final autorizado.

Referencia al ICE para | mayores detalles

' Numeral 8.1.6 del Informe Consolidado de Evaluación

17.9, COMPONENTE/MATERIA: FAUNA

NORMA

Ley N 19.473 del Ministerio de Agricultura. Ley de Caza; Decreto Supremo N 5/1998 del Ministerio de Agricultura, Aprueba Reglamento de la Ley De Caza y sus modificaciones, Decreto N65/2015 y Decreto N53/2004 del Ministerio de Agricultura.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

Se implementarán las siguientes acciones:

El personal de faenas será advertido de la prohibición de capturar o cazar especies de fauna y avifauna terrestre.

Se evitará la dispersión de basura doméstica que atraiga a animales silvestres, domésticos y vectores al lugar del Proyecto.

De encontrarse polluelos o ejemplares de fauna silvestre heridos o en visibles condiciones que impidan su normal circulación, se dará aviso al Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de Antofagasta para coordinar en conjunto las medidas a aplicar con el o los ejemplares encontrados.

Se realizará una capacitación a los trabajadores involucrados en cada una de las fases del proyecto, en cuanto a establecer prohibición de caza y cualquier mecanismo de domesticación de fauna nativa.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de capacitación a trabajadores sobre medidas asociadas a la fauna.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.7 del Informe Consolidado de Evaluación

7.10. COMPONENTE/MATERIA: REGULACIONES CUARENTENARIAS

NORMA

Resolución Exenta N 133/2005 del Ministerio de Agricultura Servicio Agrícola Ganadero, modificada por Resolución Exenta N 2.859/2007. Establece Regulaciones Cuarentenarias para el ingreso de embalajes de madera y sus modificaciones.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y operación

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Forma de cumplimiento

En caso de que las necesidades de equipamiento impidan adquirir equipos dentro del territorio nacional y por ende se deba incurrir en la importación de insumos y equipos desde el extranjero, el titular exigirá a la o las empresas distribuidoras que cumplan con lo | exigido en este cuerpo normativo. En el caso de que algunos | insumos requeridos provenientes del extranjero en embalajes de madera, se detectara la presencia de corteza, de insectos y de daños producidos por insectos o plagas cuarentenarias en estos embalajes, se comunicará la situación al Servicio Agrícola y Ganadero Región de Antofagasta, con el objeto de proceder a tomar las medidas pertinentes.

Indicador que acredita su cumplimiento

Certificación de los embalajes de madera.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.8 del Informe Consolidado de Evaluación

| 7.11. COMPONENTE/MATERIA: PATRIMONIO CULTURAL

NORMA

e Ley N* 17.288/1970 del Ministerio de Educación. Ley sobre Monumentos Nacionales Legisla sobre Monumentos Nacionales;

  • Decreto Supremo N 484/1990 del Ministerio de Educación. Reglamento de la Ley N 17.288 relativo a excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas.

| Fase del Proyecto a la que

| aplica o en la que se dará | cumplimiento

Construcción

| Forma de cumplimiento

En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico, el Titular procederá según lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Ley y artículos 20 y 23 del Decreto Supremo, es decir, se dará aviso al Gobernador Provincial quien ordenará a Carabineros que se haga responsable de la vigilancia del hallazgo hasta que el Consejo de Monumentos Nacionales se haga cargo del mismo. Además, el titular dará aviso inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, de cuya implementación será responsable el titular. De proceder el salvataje de estos elementos, éste será realizado exclusivamente por arqueólogos, antropólogos O paleontólogos profesionales, previa coordinación con la autoridad competente.

P

| Indicador que acredita su

e Registro escrito de aviso a las autoridades competentes ante posibles hallazgos.

e Registro fotográfico de las actividades de resguardo de posibles hallazgos.

K | cumplimiento | 1] |

| Referencia al ICE para | mayores detalles

Numeral 8.1.9 del Informe Consolidado de Evaluación

7.12. COMPONENTE/MATERIA: COMBUSTIBLES

NORMA

e Decreto Supremo N* 160/2009 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

| Forma de cumplimiento

Los estanques donde se almacenará el combustible, declarados en el

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proyecto original, darán cumplimiento a esta normativa. Respecto a la provisión de combustible, el titular exigirá a la empresa contratista a cargo del transporte de combustible mediante cláusulas contractuales, que cumpla con cada una de las disposiciones del presente decreto.

Indicador. que acredita su cumplimiento

e Cláusulas contractuales que exijan a los contratistas que realicen el manejo de combustible a cumplir las medidas de seguridad dispuestas en este reglamento.

e Inscripción de los estanques ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

| mayores detalles

| ]

¡Referencia al ICE para | Numeral 8.1.10 del Informe Consolidado de Evaluación

| 7.13. COMPONENTE/MATERIA: TRANSPORTE

Í |

NORMA

e Decreto Supremo N* 75/87, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que Establece condiciones para el transporte de cargas que indica, y su modificación del decreto N978/97;

e Decreto Supremo N* 4 de 1994, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Establece norma de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija procedimientos para su control

e Decreto Supremo N* 55/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece norma de emisión aplicable a vehículos motorizados pesados;

e Decreto Supremo N* 54/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Establece Normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Medianos que Indica;

e Decreto Supremo N 211/1991 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Normas sobre emisiones de vehículos motorizados livianos (Modificado por D.S. N 58/2004, MINSEGPRES).

|

Fase del Proyecto a la que

| aplica o en la que se dará

| cumplimiento

Construcción y cierre

Forma de cumplimiento

Todos los vehículos relacionados con el Proyecto tendrán su revisión técnica al día y se les harán mantenimientos regulares. Se exigirá contractualmente que todos los vehículos que se utilicen sean sometidos a mantenciones periódicas y cumplan con la normativa aplicable. El titular exigirá que todos los camiones y/o vehículos del proyecto que transporten carga de material, deberán circular cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos o con cualquier otro sistema que impida la dispersión de polvo a la atmósfera, lo cual será revisado periódicamente.

Indicador que acredita su cumplimiento

e Revisiones técnicas y mantenciones de los vehículos.

e Cláusulas contractuales respecto a las condiciones de los vehículos que emplearán los contratistas.

e Restricciones de ingreso al área del Proyecto.

e Certificados de emisión de contaminantes de vehículos.

e Cláusulas contractuales respecto a las condiciones de carga de material que realizarán contratistas.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.11 del Informe Consolidado de Evaluación

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7.14. COMPONENTE/MATERIA: VIALIDAD

NORMA

e Decreto con Fuerza de Ley N 850/97 del Ministerio de Obras Públicas. Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N 15.840/64 y del D.F.L. N* 206/60, sobre Construcción y Conservación de Caminos;

e Resolución Exenta N* 232/02 del Ministerio de Obras Públicas. Aprueba nuevas normas de acceso a caminos públicos que indica.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción |

Forma de cumplimiento

El Proyecto considera el uso de un camino sin rol que se enlaza con la Ruta 24. Se dará cumplimiento a estas normativas. Respecto del acceso temporal durante la etapa de construcción, ubicado en el kilómetro 2,430 de la Ruta 24, el Titular deberá hacer uso accesos que estén autorizados.

Indicador que acredita su cumplimiento

Autorización del enlace del camino de acceso con la Ruta 24 presentado por el Proyecto “Parque Fotovoltaico María Elena” aprobado mediante Resolución Exenta N* 0142/2013 de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.12 del Informe Consolidado de Evaluación

7.15. COMPONENTE/MATERIA: OTRAS NORMATIVAS

NORMA

Decreto Supremo N* 1/2013 del Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC

cumplimiento

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

El titular informará sus emisiones y residuos a través del Sistema Ventanilla Unica del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC).

Indicador que acredita su cumplimiento

Declaración de emisiones y residuos (RETC).

Referencia al mayores detalles

ICE para

Numeral 8.1.12 del Informe Consolidado de Evaluación

8”. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias:

8.1. El Titular del Proyecto no modifica las condiciones o exigencias establecidas en la RCA N? 0167/2015 de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta que aprueba el proyecto “Parque Solar Fotovoltaico Sol del Desierto”.

9”. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias, son las

siguientes:

9.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS

[ | 9.1.1. Plan de Contingencias y Emergencias

| Fase del Proyecto a la

| . | que aplica |

Construcción, operación y cierre

| Parte, obra o acción | asociada |

Ms

| Aplicable a todo el Proyecto

Acciones o medidas a

El Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias se presenta en el

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| implementar Anexo F de la DIA, asociado a las eventuales situaciones de riesgo o | | contingencia que pudiesen deducirse de las actividades del proyecto y | de las características de su lugar de emplazamiento.

| | Por su parte, en el Anexo A del Adenda 1 se presenta el Plan de Contingencia y Emergencia para Fauna Silvestre, donde se establecen las responsabilidades y el modo de operar en caso que se presente algún | incidente con fauna silvestre.

El titular realizará instrucciones/capacitaciones obligatorias a todo el personal que trabaje en el proyecto sobre la prohibición de alimentar y/o manipular a ejemplares de fauna silvestre, así mismo se realizarán capacitaciones sobre el procedimiento a seguir en caso de algún evento/incidente.

Referencia al ICE o Anexo F de la DIA, Numeral 7.1 del Informe Consolidado de | documentos del Evaluación.

expediente de

| evaluación que

| contenga la

| descripción detallada

  1. Que, no se solicitó la apertura de proceso de participación ciudadana, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N* 19.300.

  2. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

  3. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.4 de la presente Resolución.

  4. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

14, Que, para que el Proyecto "Modificación Línea de Transmisión Parque Solar Fotovoltaico Sol del Desierto" pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  1. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Antofagasta y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

  2. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Antofagasta la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

  3. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

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  1. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1?. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Modificación Línea de Transmisión Parque Solar Fotovoltaico Sol del Desierto”, de Parque Solar Fotovoltaico Sol del Desierto SpA.

2”. Certificar que el Proyecto “Modificación Línea de Transmisión Parque Solar Fotovoltaico Sol del Desierto”, cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable y vigente.

3”. Certificar que el Proyecto “Modificación Línea de Transmisión Parque Solar Fotovoltaico Sol del Desierto” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señala en los artículos 140, 142 y 160 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4”. Certificar que el Proyecto “Modificación Línea de Transmisión Parque Solar Fotovoltaico Sol del Desierto” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5”. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.4 del presente acto.

6”. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo al artículo 20 de la Ley N* 19.300 ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El

plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívepe

TÍN VOLTA VALENCIA

ntendente Regional Presidente

Comisión de Evaluación

Región de Antofagasta

Comisión de Evaluación Región de Antofagasta

rganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental. Superintendencia del Medio Ambiente. Expediente Proyecto. Archivo Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta.

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