Evaluación SEA

Plan de Cierre Vertedero Localidad de Sierra Gorda, Comuna de Sierra Gorda

Rol 2130841222
SEA · DIA · Aprobado · 2015-10-22 · Región de Antofagasta · Ilustre Municipalidad De Sierra Gorda

REPÚBLICA DE CHILE : COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGION DE ANTOFAGASTA

Califica Ambientalmente el proyecto “Plan de Cierre Vertedero Localidad de Sierra Gorda, Comuna de Sierra

Gorda” OTRO Resolución Exenta No: Y 4Ú

Antofagasta, — 23 MAY 2016

VISTOS:

12, La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 15 de enero de 2016 y su Adenda Complementaria de fecha 23 de marzo de 2016, del proyecto “Plan de Cierre Vertedero Localidad de Sierra Gorda, Comuna de Sierra Gorda”, presentada por la Ilustre Municipalidad de Sierra Gorda, con fecha 15 de octubre de 2015.

2”. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Plan de Cierre Vertedero Localidad de Sierra Gorda, Comuna de Sierra Gorda”.

3”. El Acta de Evaluación N* 014/2016 de fecha 01 de abril de 2016, del Comité Técnico de la Región de Antofagasta.

4?. El ICE de la DIA del proyecto “Plan de Cierre Vertedero Localidad de Sierra Gorda, Comuna de Sierra Gorda” de fecha 28 de abril de 2016.

5%. El acuerdo N%45 de la sesión extraordinaria N? 14 de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de fecha 19 de mayo de 2016.

6”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Plan de Cierre Vertedero Localidad de Sierra Gorda, Comuna de Sierra Gorda”.

7. Lo dispuesto en la Ley N 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República que fija normas sobre Exención del Trámite de Toma Razón, la Resolución Toma Razón N 119046 de fecha 28 de enero de 2016 de la Contraloría General de la República que nombra Directora del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta y el D.S. N 675 de fecha 11 de marzo de 2014, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que me nombra Intendente de la Región de Antofagasta, se dicta lo siguiente:

CONSIDERANDO:

19, Que, la lustre Municipalidad de Sierra Gorda (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Plan de Cierre Vertedero Localidad de Sierra Gorda, Comuna de Sierra Gorda” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

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| lustre Municipalidad de Sierra Gorda Ñ Rut o | 69.253.200-7 [Domicilio ] Av. Salvador Allende N? 452, Localidad Baquedano | Teléfono 55-641915 | Nombre representante legal — José Agustín Guerrero Venegas | Rut representante legal 8.074.889-2 | Domicilio representante legal Av. Salvador Allende N* 452, Localidad Baquedano | Teléfono representante legal | 55-641915

Correo electrónico Titular o | joseguerrero(Qmunisg.cl

| representante legal SO o o _ 2]

2”. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 28 de abril de 2016, la Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta ha recomendado aprobar el Proyecto, en base a la opinión de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental que participaron del proceso de evaluación del proyecto, y que a partir de sus informes se puede concluir que el proyecto:

e Cumple con la normativa de carácter ambiental vigente aplicable.

e Ha identificado el permiso ambiental sectorial aplicable al proyecto, y ha proporcionado satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dichos permisos, y no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N? 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

3”. Que, en sesión extraordinaria de fecha 19 de mayo de 2016, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta acordó calificar favorablemente el proyecto “Plan de Cierre Vertedero Localidad de Sierra Gorda, Comuna de Sierra Gorda”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 28 de abril de 2016, el que forma parte integrante de la presente Resolución.

4”. Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo

general Cierre definitivo a la operación del vertedero de residuos sólidos domiciliarios de la localidad de Sierra Gorda, mediante la ejecución de un plan de cierre que realizará las obras que permitirán su abandono definitivo, para posteriormente continuar con las actividades de monitoreo y control de las obras por un periodo de 20 años. La materialización del plan de cierre se realizará una vez que entre en operación el relleno sanitario de la comuna de Sierra

| Gorda.

| Tipología — principal, | así como las | aplicables a sus

conjunto, una superficie mayor o igual a (10.000 m').

| mínima que da cuenta

partes, obras o acciones Vida útil La fase de construcción tendrá una duración de 3 meses aproximadamente, la fase de | operación será de 20 años y la fase de cierre tendrá una duración de 1 mes aproximadamente. Por tanto, la vida útil total del proyecto será de 20 años y 4 meses. Gestión, acto o faena | La acción que dará inicio al proyecto, será la instalación de la faena. El cronograma de

0.11) Reparación o recuperación de áreas que contengan contaminantes, que abarquen en

actividades se presenta en el anexo Carta Gantt de la DIA. Mayores antecedente ver respuesta del inicio de la | 1.1 de la Adenda complementaria.

ejecución | Proyecto se desarrolla SINO | por etapas (X] | Proyecto modifica un | SI | NO proyecto o actividad [Xx] | Proyecto modifica | SI | NO | otra(s) RCA | [Xx]

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| 4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

| División político-administrativa Región de Antofagasta, Provincia de Antofagasta y comuna de Sierra Gorda.

El proyecto se localizará a 1,4 km del centro de la ciudad de Sierra Gorda en A dirección Sur- Este desde el centro de la localidad, y a 1636 msnm. | Superficie El proyecto se desarrollará en un predio con una superficie de 5,19 ha.

| Descripción de la localización 1]

| Coordenadas UTM en Datum WGS84. En la siguiente tabla, se detallan las coordenadas UTM (Datum WGS 84, | Huso 19 S) de localización del proyecto:

|

|

| Coordenadas UTM

| Vértices

| Datum WGS84 — Huso 19

| Norte (m) Este (m) | 1 7.467.474 468.024 | 2 7.467.595 468.151 | 3 7.467.613 468.175 | 4 7.467.691 468.239 | $ 7.467.570 468.385 | 6 7.467.439 468.277 | 7 7.467.484 468.223 | 8 7.467.379 468.138 loktinos de acceso Para acceder al sitio del proyecto es necesario hacerlo desde el costado Este

de la localidad de Sierra Gorda. Se accede a él por un camino de tierra de 1,3 Km de extensión.

| | | | Dorta ia 0 a | Referencia al expediente de evaluación | Ubicación, ver numeral 3.1 de la DIA. ¡de los mapas, georreferenciación € | Mayores antecedentes de la ubicación del camino acceso ver respuesta 1.3 de | información complementaria sobre la | la Adenda complementaria. localización de sus partes, obras y | | acciones

Acciones |

| 4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

| a) Instalación de faena

|

| Consistirá en la habilitación de una superficie para el estacionamiento de maquinaria que realizará los movimientos de

| tierra y residuos en el interior del recinto y de un vehículo de apoyo, acopio de material y de herramientas, así como la

| instalación de un baño químico y punto de provisión de agua purificada envasada, no contemplando edificaciones. La superficie que se contempla utilizar corresponde a la existente en el interior del actual vertedero de Sierra Gorda.

| b) Plan de control de roedores Previo a las actividades de movimiento de tierra y basura, se llevará cabo un plan de desratización, que se ejecutará 15 días previos al inicio de estas actividades y durará toda la ejecución del proyecto. Este plan consistirá en la colocación ¡ de trampas pegajosas con sebos en el interior y exterior del vertedero. Los ratones atrapados considerados plagas, serán sacrificados y puestos en contenedores para luego ser trasladados al relleno sanitario.

| e) Cerco de malla raschel para el control del polvo y dispersión de basuras

Se instalará en forma provisoria, durante toda la fase de construcción un cerco de malla raschel de al menos 80% de cobertura, para evitar las emisiones de polvo y detener la dispersión de basuras livianas al sector Sur, Norte y principalmente al Este del vertedero. Este cerco tendrá una altura de 5 metros en toda su extensión. Para mayor detalle, ver numeral 4.2 de la DIA.

d) Movimiento de tierra y residuos

| Para el confinamiento de los residuos que han quedado dispersos en la superficie del actual vertedero, se realizarán las | siguientes actividades:

¡+ Construcción de zanja para la disposición de los residuos que ingresen por ocasión de la recolección diaria

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municipal y los residuos que se encuentren dispuestos sobre la superficie del vertedero de la localidad de Sierra Gorda, de la construcción de dicha zanja se obtendrá la provisión de material de cobertura para todo el vertedero. Cabe señalar que, la zanja antes señalada será impermeabilizada con geomembrana de 1,5 mm de espesor y tendrá un volumen 9.774 m? (igual volumen para el material de cobertura disponible).

Reperfilamiento del terreno.

Reacomodación de residuos.

Recubrimiento de residuos.

Colocación y compactación de cobertura final de 60 cm de espesor.

Colocación de cobertura contra la erosión de 15 cm de espesor, de suelo natural sobre la cobertura final.

Para mayor detalle, ver numeral 4.4 de la DIA y ver numeral 2.2 del Adenda complementaria de la DIA. e) Cerco perimetral y portón de acceso

El cerco perimetral delimitará el entorno con las obras, siguiendo la topografía natural del sitio; será construido con polines de madera tratada con una altura de 1,80 metros, sus fundaciones serán en hormigón y cada poste estará

| separado cada 3 metros. El cerco tendrá malla tipo bizcocho a una altura desde el suelo de 1,5 metros más 3 corridas de

alambre de púas hasta dar con una altura terminada de 1,8 metros. Cada 10 metros llevarán puntales diagonales en 459 empotrados en suelo natural.

Adicionalmente, para que la fauna del sector no pueda excavar el suelo inmediatamente contiguo a las mallas, e ingresar al sector del proyecto, se colocarán tablas enterradas en todo el perímetro, a una profundidad de 15 cm bajo el nivel del suelo y afianzadas al mismo cerco. Esta medida impedirá que la potencial fauna que pueda acercarse al sector escarbe el

| suelo para hacer ingreso al recinto. Para mayor detalle, ver numeral 4.5 de la DIA y numeral 2 del Adenda de la DIA.

El portón de acceso será de doble hoja abatible de 3 metros de largo cada hoja y tendrá una altura total de 1,80 metros. Este portón será soportado por 2 pilares principales de perfiles de acero 100 x 100 x 3 mm empotrados en hormigón de dimensiones 0,3 x 0.4 m; la estructura del portón será de perfiles de acero de 50 x 50 x 2 mm. Para mayor detalle, ver numeral 4.5 de la DIA.

También, se instalará un letrero, construido en plancha de zinc de 2,5 mm, sobre un bastidor de perfil angular 20 x 30 x 2 mm, fijado con remaches y soportado por dos polines empotrados en hormigón. Este letrero indicará lo siguiente: logo Municipalidad de Sierra Gorda, nombre “Ex vertedero”, número telefónico Municipio, autoridad sanitaria competente y su número telefónico. Para mayor detalle, ver numeral 4.6 de la DIA.

f) Canal de desvío de aguas lluvias

Se construirá un canal de desvío de aguas lluvias al lado Este del vertedero, aguas arriba del vertedero con el objetivo de desviar los eventuales escurrimientos de aguas lluvias que puedan producirse y llegar hacia el vertedero.

El canal tendrá las siguientes dimensiones:

Largo total: 502 metros. Ancho: 2 metros. Profundidad: 1 metro. Pendiente: 3%.

La tierra extraída de la construcción del canal será colocada en el costado opuesto del canal quedando como pretil de contención. Para mayor detalle, ver numeral 8 del Adenda de la DIA y Anexo PAS 157 del Adenda complementaria de la DIA.

g) Monitoreo post-cierre Consistirá en visitas al recinto para verificar el estado de obras, por un periodo de 20 años, y tendrá como objetivo

desarrollar las actividades de control y toma de decisiones para realizar mantenimiento que permitan establecer que las Obras de cierre se mantienen integras y que no revisten riesgos para el entorno.

E

4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

_La duración de esta fase será de aproximadamente de 3 meses.

Instalación de faena Mayores antecedentes ver numeral 4.3 a) de la presente Resolución.

4/21

Instalación de la malla raschel para el control | del polvo y dispersión | de basuras. 3

Mayores antecedentes ver numeral 4.3 c) de la presente Resolución.

| Control de roedores

—_—

Mayores antecedentes ver numeral 4.3 b) de la presente Resolución.

| Construcción de zanja para la disposición de os residuos que | ingresen por ocasión | de la recolección diaria | municipal y los | que se

|

| residuos

encuentren dispuestos | sobre la superficie del | vertedero de la | localidad de Sierra | Gorda.

Mayores antecedentes ver numeral 4.3 d) de la presente Resolución.

| Movimientos de tierra | y basura

Una vez ocupada la zanja se perfilará el terreno, luego, con el apoyo de un rodillo se compactará la superficie perfilada hasta alcanzar la mayor compresión del suelo. Procurando mantener la topografía natural del sitio y pendientes de este a oeste. Posteriormente, se colocará el material de cobertura en tres capas de 20 cm cada una hasta alcanzar 60 cm de cobertura final y finalmente, se colocará la cobertura contra la erosión de 15 cm de espesor, de suelo natural sobre la cobertura final. La pendiente máxima que tendrá la colocación de

| cobertura será de 5% y mínima de 2%, de esta forma se permitirá el escurrimiento suave que

| pueda generarse en caso de lluvias sin provocar erosión ni apozamiento. Para mayor detalle,

ver Anexo PAS 140 del Adenda complementaria de la DIA.

Construcción de canal de aguas lluvias

Mayores antecedentes ver numeral 4.3 f) de la presente Resolución.

Construcción de cerco perimetral, portón de | acceso y letrero.

Mayores antecedentes ver numeral 4.3 e) de la presente Resolución.

¡ Limpieza y abandono |

Mayores antecedentes ver numeral 4.8 e) de la DIA.

¡ de las obras. | Insumos y servicios

Se requerirá de los siguientes insumos: agua potable, agua industrial, combustible, material de relleno, energía eléctrica mediante generador.

Recursos

¿(IIA

naturales | Este proyecto no extraerá recursos renovables de ninguna naturaleza. renovables | Emisiones a) Emisiones atmosféricas

Las emisiones de MP10, MP 2,5 y gases en la fase de construcción del proyecto, se generarán principalmente por movimientos de tierra para la construcción de las obras, transferencias y movimientos de material, combustión de motores de vehículos y el tránsito

| de vehículos por caminos no pavimentados. Para cuantificar las emisiones de MP10 y MP

2,5 asociadas a la fase de construcción, se utilizaron los factores de emisión desarrollados por U.S. Agencia de Protección Ambiental (EPA) Factores de Emisión £ AP 42, Quinta Edición, 1995, generándose una emisión máxima total de 1,598 ton/año de MP10 en la fase de construcción.

Para el control de las emisiones, se implementarán las siguientes medidas:

Se humectará el camino de acceso no pavimentado con una frecuencia de 5 veces al día. Para identificar las coordenadas UTM de los caminos a humectar y mayores antecedentes, ver página 7, numeral 1.3 del Adenda complementaria de la DIA.

Durante la fase de construcción se establecerá una velocidad máxima de 20 km/hr para el tráfico vehicular entre el vertedero y la localidad de Sierra Gorda. Además, todos los vehículos contemplados en el proyecto contarán con sus revisiones técnicas al día.

Se instalará en forma provisoria, durante toda la fase de construcción, un cerco de malla rachel de al menos 80 % para evitar las emisiones de polvo y detener la dispersión de basuras livianas al sector Sur, Norte y principalmente al Este del vertedero. Dicha malla

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rachel tendrá una altura de 5 metros en toda su extensión y se instalará según indican las coordenadas WGS84 que se presentan en las páginas 5-6 del Adenda complementaria de la DIA.

| b) Emisiones de ruido

Se generará ruido debido a las faenas de construcción y al funcionamiento de maquinaria y equipos. Al respecto se debe considerar lo siguiente:

e Se contempla sólo actividades diurnas.

e El tráfico diario de vehículos pequeños (furgón y/o camioneta) será de baja intensidad, sólo para el traslado diario de trabajadores. En el caso de camión % de capacidad será para el traslado de los materiales al inicio de la obra.

e El tráfico para la movilización y desmovilización de la maquinaria será en dos días al inicio y un día al término del proyecto.

e La distancia que separa el vertedero de la localidad de Sierra Gorda es de 1,4 km.

Como las fuentes de emisión se encontrarán en una zona en la cual no existe presencia de centros poblados o eventuales receptores (distanciados a 1,4 km del área del proyecto), no se excederán los niveles de emisión de ruido permitidos por el Decreto Supremo N* 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente.

Residuos, — productos | 2) Residuos líquidos

químicos y otras sustancias que puedan | Á continuación, se presentan los residuos líquidos a generar en la fase de construcción del

| afectar el medio | Proyecto. | ambiente.

Tabla N? 4: Residuos líquidos generados fase de construcción

Residuo Cantidad | Zona de generación Manejo Disposición Aguas servidas | 0,2 m'/día | uso de baño Baño químico | Lugar autorizado

b) Residuos sólidos

A continuación, se presentan los residuos sólidos a generar en la fase de construcción del proyecto.

Tabla N? 5: Residuos sólidos generados fase de construcción

Clasificación | Descripción | Generación | Disposición | Frecuencia | Disposición

temporal de retiro final Residuos Envases de | 170 kg/mes | Receptáculo | 3 días En — primera sólidos colaciones con tapa de instancia en domiciliarios 200 1. el Relleno

Sanitario de la comuna de Sierra Gorda. Ante cualquier inconveniente en otro Relleno Autorizado como en la comuna de Antofagasta o

Tocopilla. Residuos Madera, 4 ton/mes Receptáculo | 10 días Los residuos industriales fierro, de 1000 l. con valor no peligrosos | plástico y comercial se cartón. trasladaran_a

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plantas de reciclaje en la ciudad de Antofagasta o en Calama. Residuos Mantenciones | 0,1 ton/mes | Receptáculo | 15 días Serán sólidos esporádicas con tapa de retirados y peligrosos de la 200 1. dispuestos maquinara por empresa autorizadas para estos fines.

Referencia al

ICE para

mayores detalles sobre

esta fase.

Para mayor detalle de las actividades que se realizarán en la fase de construcción, ver numeral 4 de la DIA. Para mayor detalle de la estimación de emisiones y los resultados, ver páginas 7-11 del numeral 11 del Adenda de la DIA. A su vez, para mayor detalle de los insumos que se utilizarán en esta fase, ver numeral 13 del Adenda de la DIA y Anexo PAS 140 del Adenda complementaria de la DIA. Para mayor detalle de la generación de residuos, ver páginas 3-5 numeral 1.2 del Adenda complementaria de la DIA y Anexo PAS 142 del Adenda complementaria de la DIA.

4.4.2. FASE DE OPERACIÓN

La fase de operación tendrá una duración de 20 años aproximadamente. Las obras relacionadas a las partes y obras de la _fase de operación corresponderán a las siguientes:

Cobertura final

Letrero informativo

| Cierre perimetral y | portón de acceso

El monitoreo de la cobertura final asegurará la integridad de la colocación de material de cobertura sobre el vertedero. En esta actividad se deberá procurar que se mantengan las pendientes entre 2% y 5% para permitir el escurrimiento suave de aguas lluvias evitando con ello la erosión. Además, el monitoreo deberá procurar la inexistencia de concavidades, grietas o desniveles sobre la superficie a fin de evitar posibles infiltraciones.

Con los resultados de las inspecciones, se determinará la necesidad de intervención de maquinaria para realizar el respectivo mantenimiento. En este mantenimiento se deberá proceder a rellenar, nivelar y compactar la superficie dañada con material de cobertura de la misma forma y calidad del material colocado en la fase de construcción.

El monitoreo del cierre perimetral deberá asegurar que el cerco y el portón de acceso se | encuentre íntegro en su totalidad con el fin de delimitar e impedir el acceso a terceros al interior del recinto. Los mantenimientos implicarán la reparación o el recambio de sus partes

_ | para que cumpla con su objetivo.

_| El letrero deberá mantenerse íntegro en cuanto a su estructura y la información que anuncia.

¡| Insumos y servicios | Se requerirá de los siguientes insumos: agua potable, combustible y material de relleno.

| bási E EE

| Recursos naturales | El proyecto no contemplará la extracción o explotación de recursos naturales renovables renovables durante la fase de operación. Emisiones a) Emisiones atmosféricas

Las emisiones de MP10, MP 2,5 y gases en la fase de operación del proyecto, se producirán principalmente por combustión interna de motores de vehículos y el tránsito de vehículos por caminos no pavimentados en las faenas de monitoreo.

b) Emisiones de ruido

Se generará ruido debido a las faenas de operación y al funcionamiento de maquinaria y equipos. Al respecto se debe considerar lo siguiente:

e Secontempla sólo actividades diurnas.

e El tráfico diario de vehículos pequeños (furgón y/o camioneta) será de baja intensidad,

| sólo para el traslado diario de trabajadores. En el caso de camión Y de capacidad será para el traslado de los materiales al inicio de la obra.

e El tráfico para la movilización y desmovilización de la maquinaria será en dos días al inicio y un día al término del proyecto.

e La distancia que separa el vertedero de la localidad de Sierra Gorda es de 1,4 km.

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Como las fuentes de emisión se encontrarán en una zona en la cual no existe presencia de centros poblados o eventuales receptores (distanciados a 1,4 km del área del proyecto), no se excederán los niveles de emisión de ruido permitidos por el Decreto Supremo N* 38/2011

| del Ministerio de Medio Ambiente.

| Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

a) Residuos líquidos

A continuación, se presentan los residuos líquidos a generar en la fase de operación del proyecto.

Tabla N? 6: Residuos líquidos generados fase de operación

Cantidad 0,1 m”/día

Residuo Aguas servidas

Zona de generación uso de baño

Manejo Baño químico

Disposición Lugar autorizado

b) Residuos sólidos

A continuación, se presentan los residuos sólidos a generar en la fase de operación del proyecto.

Tabla N* 7: Residuos sólidos generados fase de operación

Clasificación | Descripción | Generación | Disposición | Frecuencia | Disposición temporal de retiro final

Residuos Envases de | 10 kg/año Receptáculo | diariamente | En sitio sólidos colaciones con tapa de autorizado domiciliarios 200 1. Residuos Madera, fierro, | 200 kg/año | Receptáculo | diariamente | En sitio industriales plástico y de 1000 l. autorizado no peligrosos | cartón. Residuos Esporádica. 0 No No aplica | No aplica sólidos Solo en caso peligrosos de intervención

por

mantenimiento

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Para mayor detalle de la estimación de emisiones y los resultados, ver páginas 7-11 del numeral 11 del Adenda de la DIA. Para mayor detalle de la generación de residuos, ver páginas 3-5 numeral 1.2 del Adenda complementaria de la DIA y Anexo PAS 142 del Adenda complementaria de la DIA.

4.4.3. FASE DE CIERRE

| Corresponderá al abandono definitivo del sitio una vez se hallan estabilizado las obras de sellado y éstas aseguren que | ya no se verán afectadas por asentamientos, hundimientos o agrietamientos. Lo anterior se establecerá con los

resultados de los informes de monitoreos.

teen

Cierre definitivo | |

Desmantelamiento del cerco perimetral y portón de acceso y señalética.

l— - | Insumos y servicios

Se requerirán los siguientes insumos: agua potable, agua industrial y combustible

¡ Recursos naturales | renovables |

El proyecto no contemplará la extracción o explotación de recursos naturales renovables durante la fase de cierre.

| Emisiones y efluentes

a) Emisiones atmosféricas

Las emisiones de MP10, MP 2,5 y gases en la fase de cierre del proyecto, se producirán principalmente por combustión interna de motores de vehículos y el tránsito de vehículos por caminos no pavimentados en las faenas de monitoreo.

Para el control de las emisiones, se implementarán las siguientes medidas:

e Se humectará el camino de acceso no pavimentado con una frecuencia de 5 veces al día.

Para identificar las coordenadas UTM de los caminos a humectar y mayores

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| Residuos,

químicos

antecedentes, ver página 7, numeral 1.3 del Adenda complementaria de la DIA.

e Durante la fase de cierre se establecerá una velocidad máxima de 20 km/hr para el tráfico vehicular entre el vertedero y la localidad de Sierra Gorda. Además, todos los vehículos contemplados en el proyecto contarán con sus revisiones técnicas al día

productos

y

otras

| . ' sustancias que puedan

| | afectar | ambiente.

el

medio

a) Residuos líquidos o

A continuación, se presentan los residuos líquidos a generar en la fase de cierre del proyecto.

Tabla N? 8: Residuos líquidos generados fase de cierre

Residuo Cantidad | Zona de generación Manejo Disposición Aguas servidas | 0,1 m'/día | uso de baño Baño químico | Lugar autorizado

b) Residuos sólidos A continuación, se presentan los residuos sólidos a generar en la fase de cierre del proyecto.

Tabla N? 9: Residuos sólidos generados fase de cierre

Clasificación | Descripción | Generación | Disposición | Frecuencia | Disposición

temporal de retiro final Residuos Envases de | 120 kg/mes | Receptáculo | 3 días En primera sólidos colaciones con tapa de instancia en domiciliarios 200 1. el Relleno

Sanitario de la comuna de Sierra Gorda. Ante cualquier inconveniente en otro Relleno Autorizado como en la comuna de Antofagasta O

Tocopilla. Residuos Madera, 2 ton/mes Receptáculo | 5 días Los residuos industriales fierro, de 1000 1. con valor no peligrosos | plástico y comercial se cartón. trasladaran a

plantas de reciclaje en la ciudad de Antofagasta o en Calama. Residuos Mantenciones | 0,1 ton/mes | Receptáculo | 15 días Serán

sólidos esporádicas con tapa de retirados y peligrosos de la 200 l. dispuestos maquinara por empresa autorizadas para estos fines.

| mayores detalles sobre

esta fase.

Para mayor detalle de la estimación de emisiones y los resultados, ver páginas 7-11 del numeral 11 del Adenda de la DIA. Para mayor detalle respecto a los residuos a generar en la fase de cierre, ver páginas 3-5 numeral 1.2 del Adenda complementaria de la DIA y Anexo PAS 142 del Adenda complementaria de la DIA.

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E a DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO

    1. L, FASE DE CONSTRUCCIÓN

| Fecha estimada dei inicio | Diciembre 2017 - Enero 2018 | Parte, obra o acción que o establece | | Instalación de faenas

peli inicio |

recta estimada de término Febrero 2018

| Parte, obra o acción que establece | Sellado del vertedero | el término |

| 4.5.2. FASE DE : OPERACIÓN |

Fecha estimada dei inicio Í Mayo 2018

' Parte, obra o acción que establece | Inicio de monitoreos.

peli inicio |

l Fecha estimada de término. | ¡| Mayo 2038 o cuando la autoridad sanitaria acepte a solicitud del titular poner

| término al monitoreo.

Parte, obra o acción que e establece | | Entrega de informe de término de monitoreo. el término

  1. 5.3. FASE DE CIERRE

| | Fecha estimada del inicio | Mayo 2038

Parte, obra o acción que establece | Instalación de faenas desmantelamiento de las obras. eli inicio l

Ñl Feiha estimada de término | Mayo 2038

| Parte, obra o acción que establece | Abandono de faena. el término |

5%. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la

inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300:

5.1, RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

na no significativo Durante la ejecución del proyecto, se generarán emisiones de material particulado y gases principalmente por movimientos de tierra para la construcción de las obras, transferencias y movimientos de material, combustión de motores de vehículos y el tránsito de vehículos por caminos no pavimentados.

Debido a la magnitud, temporalidad y la distancia desde el área del proyecto hacia el receptor más cercano (1,4 km aproximadamente), la emisión de MP10, MP 2,5 y gases del presente proyecto no alterarán significativamente las actuales condiciones de calidad del aire de su entorno.

Por otro lado, se generarán aguas servidas, las cuales serán manejadas a través de baños químicos, para posteriormente ser dispuestas en un lugar autorizado.

En relación a los residuos sólidos, el proyecto contempla un Plan de Cierre de un Vertedero de residuos domésticos, con el objetivo de dar un manejo y disposición final adecuado y según las normativas ambientales vigentes aplicables. |

| En definitiva, el proyecto no generará efectos adversos sobre la salud de la

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o [ población debido a la cantidad de emisiones atmosféricas, residuos sólidos y residuos líquidos.

| Parte, obra o acción que lo genera Movimientos de tierra y de residuos, compactación y cobertura, construcción de zanja, construcción canal de desvió de aguas lluvias, cerco perimetral, instalación de faenas, funcionamiento maquinaria y actividades de monitoreo de la cobertura, entre otras actividades.

| Referencia al ICE para mayores | Capítulo VI del ICE detalles sobre este impacto específico

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES | RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

Impacto no significativo El área de influencia del proyecto corresponde a un área con alta intervención antrópica y con suelos que no tienen capacidad de sostener flora y/o fauna, por lo que el proyecto no producirá efectos adversos sobre el componente suelo, al no contemplar actividades que impacten la cantidad ni calidad del suelo.

Debido a la magnitud, temporalidad y la distancia desde el área del proyecto |

hacia el receptor más cercano (1,4 km aproximadamente), la emisión de MP10, MP 2,5 y gases del presente proyecto no alterarán significativamente las actuales condiciones de calidad del aire de su entorno ni generarán efectos adversos sobre los recursos naturales.

En relación a los residuos sólidos, el proyecto contempla un Plan de Cierre de un Vertedero de residuos domésticos, con el objetivo de dar un manejo y disposición final adecuado y según las normativas ambientales vigentes aplicables.

En definitiva, el proyecto no generará efectos adversos significativos sobre los | recursos naturales debido a las características del suelo, la ausencia de poblaciones de flora y/o fauna y a la cantidad de emisiones atmosféricas.

Parte, obra o acción que lo genera Movimientos de tierra y de residuos, compactación y cobertura, construcción de zanja, construcción canal de desvió de aguas lluvias, cerco perimetral, instalación de faenas, funcionamiento maquinaria y actividades de monitoreo de la cobertura, entre otras actividades.

' Referencia al ICE para mayores Capítulo VI del ICE. | detalles sobre este impacto.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

| Impacto no significativo | El proyecto no afectará ni impedirá ejercicio de manifestaciones de tradiciones, | cultura o intereses comunitarios que afecten sentimientos de arraigo o cohesión | social. Por lo tanto, el desarrollo del proyecto no generará reasentamiento de | comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y | costumbres de grupos humanos.

Movimientos de tierra y de residuos, compactación y cobertura, construcción de zanja, construcción canal de desvió de aguas lluvias, cerco perimetral,

| instalación de faenas, funcionamiento maquinaria y actividades de monitoreo de

| .. | la cobertura, entre otras actividades.

Parte, obra o acción que lo genera

Referencia al ICE para mayores | Capítulo VI del ICE. | detalles sobre este impacto | específico

11/21

[ Se 4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL - TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR

Iupactós no significativo | El proyecto no se emplaza cercano a zonas protegidas que puedan verse | afectadas por las actividades del proyecto. Tampoco afectará recursos o áreas | protegidas, ni sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y

| glaciares, , susceptibles de ser afectados, y no posee un área con valor ambiental.

Parte, obra o acción que elo genera Movimientos de tierra y de residuos, compactación y cobertura, construcción de zanja, construcción canal de desvió de aguas lluvias, cerco perimetral, instalación de faenas, funcionamiento maquinaria y actividades de monitoreo de

la cobertura, entre otras actividades.

Referencia al ICE para mayores | Capítulo VI del ICE. detalles sobre este impacto específico

| | a ri + a | |

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

Impacto no significativo | El proyecto no provocará obstrucción visual. El área de influencia del proyecto

| | corresponde a una zona desértica sin atributos naturales distintos que lo indiquen

| como único o representativo de la zona. El área de influencia del proyecto no | promueve la llegada de turistas o visitantes.

|

|

Y | Parte, obra o o acción que lo genera | Movimientos de tierra y de residuos, compactación y cobertura, construcción de | zanja, construcción canal de desvió de aguas lluvias, cerco perimetral, | instalación de faenas, funcionamiento maquinaria y actividades de monitoreo de

| | la cobertura, entre otras actividades.

Referencia al ICE para mayores | Capítulo VI del ICE. detalles sobre este impacto |

específico | | EA a e

S. 1 . ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, | EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL

r —— | | |

El proyecto no afectará monumentos nacionales definidos por la Ley N* 17.288. Tampoco modificará, removerá, destruirá, excavará, trasladará o deteriorará ninguna construcción, lugar o sitios de valor científico u histórico que pertenezca al patrimonio cultural o indígena.

| Í Impacto no significativo

| | | | | | | | Por otro lado, el proyecto se emplaza en un área desprovista de asentamientos | humanos. No se reporta la existencia de grupos humanos ni comunidades que Bl lleven a cabo manifestaciones culturales de pueblos indígenas.

' Parte, obra o o acción que e lo genera Movimientos de tierra y de residuos, compactación y cobertura, construcción de | zanja, construcción canal de desvió de aguas lluvias, cerco perimetral, | instalación de faenas, funcionamiento maquinaria y actividades de monitoreo de | la cobertura, entre otras actividades.

| Referencia al ICE para mayores | Capítulo VI del ICE. | detalles sobre este impacto. | específico |

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6”. Que resulta aplicable al Proyecto el siguiente permiso ambiental sectorial, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL MIXTO

A l: L Permiso para a la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase del artículo 140 del | Reglamento del SEIA. |

Parte, obra o acción a que aplica | Este permiso se requerirá para la disposición final de residuos p | | domésticos y asimilables en zanja, durante la fase de construcción.

| Condiciones o exigencias pecificas para su PNo existen condiciones o exigencias asociadas al otorgamiento del otorgamiento. | presente permiso.

| Pronunciamiento del órgano competente | La Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de | Antofagasta mediante Ordinario N 45 de fecha 12 de abril de 2016, | se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por el | titular al Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo N 140 | del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el numeral | 9.2 de la DIA, Anexo Permiso Ambiental Sectorial del Adenda N* 1 _| de la DIA y Anexo PAS 140 del Adenda complementaria de la DIA

6.1.2. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos del artículo 142 del Reglamento del SEIA.

¡ Parte, obra o acción a que aplica | Este permiso se requerirá para el almacenamiento temporal de residuos industriales peligrosos en las fases de construcción, | operación y cierre.

Condiciones « o exigencias específicas p para su | No existen condiciones o exigencias asociadas al. otorgamiento del otorgamiento. presente permiso. |

Pronunciamiento del órgano competente La Secretaría Regional Ministerial de Salud de la. Región de Antofagasta mediante Ordinario N 45 de fecha 12 de abril de 2016, se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por el titular al Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo N 142

| del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

| Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y

| formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el Anexo | PAS 142 del Adenda complementaria de la DIA.

| 6.1.3. Permiso para efectuar obras de. tegularización o defensa de cauces naturales del artículo 157 del Reglamento del | SEIA,

| | Parte, obra o acción a que aplica Este permiso se requerirá para la construcción de un canal de desvío de | aguas lluvias al Este del vertedero.

Condiciones o exigencias específicas para su | El titular ha señalado las medidas, condiciones y antecedentes que otorgamiento permiten avalar la no afectación de la vida o salud de los habitantes, entendiéndose que para el plan de monitoreo la supervisión del canal se realizará ante cualquier evento de precipitación, informándose a la o o Dirección Regional de Aguas de la Región de Antofagasta.

| Pronunciamiento del órgano competente La Dirección Regional de Aguas de la Región de Antofagasta, mediante Ordinario N? 236 de fecha 5 de abril de 2016, se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por el titular al Permiso Ambiental Sectorial N*157 del Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental. Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el __ | Anexo PAS 157 del Adenda complementaria de la DIA.

13/21

  1. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1. COMPONENTE/MATERIA: Aire

———, A

NORMA ¡e Decreto Supremo N*144/61 del Ministerio de Salud. Establece | normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquiera naturaleza.

| Fase del Proyecto: a la que aplica o. o en la que se | Construcción, operación y cierre. | dará cumplimiento

| Forma de cumplimiento Para el control de las emisiones, se contemplarán las medidas | señaladas en los numerales 4.4.1 y 4.4.3 de la presente Resolución | Exenta.

Indicador que acredita su u cumplimiento | Inventario de emisiones.

| Referencia al ICE para mayores detalles | Numeral 4.2.1 del Informe Consolidado de Evaluación.

E COMPONENTE/MATERIA: Aire

Telecomunicaciones. Regula el transporte de escombros u otro

| material que pudiera producir polvo;

le Decreto Supremo N* 55/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece norma de emisión aplicable a vehículos motorizados pesados;

¡+ Decreto Supremo N* 4 de 1994, Ministro de Transporte y Telecomunicaciones.

NORMA E Decreto Supremo N* 75/1987 del Ministerio de Transportes y

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se | Construcción, operación y cierre. | dará cumplimiento

gg AS IO] Forma de cumplimiento El proyecto considera la utilización. de vehículos, camiones y | maquinarias para todas las fases del proyecto. Los vehículos y

| maquinarias contaran con sello verde y documentación asociada a la

| revisión técnica al día para operar en buenas condiciones.

Para el control de las emisiones, se contemplarán las medidas | señaladas en los numerales 4.4.1 y 4.4.3 de la presente Resolución | | Exenta.

a = A

| z . . . Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá en faena copia de los certificados que acrediten el cumplimiento de las revisiones técnicas de los vehículos.

r E Referencia al ICE p para mayores detalles Numeral 4.2.1 del Informe Consolidado de Evaluación.

7.3. COMPONENTE/MATERIA: Aire

NORMA ¡e Decreto Supremo N2 47/1992 y sus modificaciones, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Ordenanza general de _ urbanismo y construcciones;

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se | Construcción y operación. | dará i cumplimiento

Forma de cumplimiento. Durante la fase de construcción del proyecto, las emisiones de gases | de combustión generadas por los vehículos y maquinaria

corresponden a una actividad de pequeña envergadura y corta

duración. Durante la nivelación y aplicación de distintas capas de

material de cobertura, se producirán emisiones de material | particulado donde el titular tomará todas las medidas para minimizar | el impacto que pudiera causar esta actividad. No obstante se señala | que la localidad de Sierra Gorda se encuentra a unos dos kilómetros | del vertedero aproximadamente (1,4 km) y la fase de cierre no | superara los dos meses.

14/21

A A

Indicador que acredita su cumplimiento Existirá en estas fases del proyecto señalética de velocidad máxima | de 20 km/hr medida en el camino de acceso al vertedero. Existirá registro de charlas a los choferes sobre esta exigencia y su importancia de cumplimiento. Se mantendrá en faena copia de los certificados que acrediten el cumplimiento de las revisiones técnicas de los vehículos.

| Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 4.2.1 del Informe Consolidado de Evaluación.

| 74, COMPONENTE/MATERIA: Aire.

| NORMA

Fase del Proyecto a la que e aplica o. o en la que se

dará cumplimiento

Forma de cumplimiento

e Decreto Supremo N* 138/05 del Ministerio de Salud, que

Establece obligación de declarar Emisiones que indica.

Construcción.

Durante el cierre del vertedero se transportaran materiales desde la ciudad de Calama o Antofagasta hacia el vertedero de Sierra Gorda y

| material de cobertura que se traslade en el interior del mismo

vertedero.

Indicador que acredita su cumplimiento

Para el cumplimiento de esta normativa, se contempla el uso de carpas para cubrir la tolva de los camiones.

| Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 4.2.1 del Informe Consolidado de Evaluación.

| 7, 5. COMPONENTE/MATERIA: Ruido

| dará cumplimiento

| Forma de cumplimiento

    1. COMPONENTE/MATERIA: Aguas servidas

¡NORMA

| | L

Fase del Proyecto a la que se aplica o en la que se

|

  • Decreto Supremo N? 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente. Establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica.

Construcción, operación y cierre.

' Indicador que acredita si su cumplimiento

Referencia al ICE para mayores detalles

El proyecto se emplazara en un sector donde no existe población que pueda verse afectada. Las actividades de la etapa de cierre del Vertedero producirán un aumento transitorio de niveles de ruido debido a las actividades de movimiento de tierra y tránsito vehicular.

| El proyecto cumplirá la norma vigente, dado que no se localizan

| receptores sensibles (lugares habitados y campamentos) cerca del

proyecto. La localidad de Sierra Gorda se encuentra a 1,4 km de distancia hacia el lado este de la localidad.

| Numeral 4.2.4 del Informe Consolidado de Evaluación.

le — Decreto con Fuerza de Ley N* 725 de 1968, modificado por la

ley N* 20.380, de 2009. Ministerio de Salud, “Código Sanitario”;

e Decreto Supremo N* 594 de 2000, Ministerio de Salud, “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo”

Fase del Proyecto a la q que aplica o en la que se | | Construcción, operación y cierre. dará cumplimiento

| Forma de cumplimiento

¡A

Durante la fase de construcción se generará efluentes líquidos correspondientes a las aguas servidas de los trabajadores, por lo cual se proveerá de baños químicos. La instalación, operación y limpieza de estos baños será realizado por una empresa autorizada para tales efectos.

| Indicador que acredita su cumplimiento

Se instalarán baños químicos en los frentes de trabajo para la fase de construcción. Se considera la dotación de servicios higiénicos en conformidad a la legislación vigente. Los retiros de los residuos

15/21

| líquidos desde los baños químicos serán respaldados con | comprobantes entregados por las empresas que realizarán el retiro de ellos. Así mismo existirá en faena copia del registro de la disposición

| final de ellos.

| Referencia al ICE para mayores s detalles | Numeral 4.2.2 del Informe Consolidado de Evaluación.

siduc |

    1. COMPONENTE/MATERIA: Residuos : sólidos. |

NORMA | e Decreto Supremo N* 594 de 2000, Ministerio de Salud, | | “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas | en los lugares de trabajo”; | | + Decreto con Fuerza de Ley N” 725 de 1968, modificado por la | | ley N? 20.380, de 2009. Ministerio de Salud, “Código Sanitario”; |

pH a _— e

Fase del Prayevto a ¿la que aplica oen la que se | Construcción, operación y cierre

dará cumplimiento

Forma de cumplimiento Los residuos. “sólidos serán segregados según su clasificación | | (domiciliario, industrial no peligroso y peligroso) y acopiados en | contenedores provistos de tapas. Su retiro será periódico hacia un | lugar autorizado por la Autoridad Sanitaria.

Respecto al proyecto de cierre del Vertedero, la actividad se ajustará a lo establecido en el DS 189/05 Reglamento sobre condiciones

| sanitarias y de seguridad básicas en los Rellenos sanitarios.

| Indicador que acredita su cumplimiento Se mantendrá registro en faena los registros de los retiros de residuos | realizados por empresas autorizadas. Así mismo se mantendrá comprobante de ingreso de los residuos a los centros de disposición final autorizados.

Se acreditara el cumplimiento del Código Sanitario mediante la | | Resolución sectorial que aprueba la construcción y operación del | proyecto

Referencia al ICE p para mayores detalles Numeral 4.2. 3 del Informe Consolidado de Evaluación.

    1. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos NORMA [+ D,S, N* 148/2003. Ministerio de Salud. Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos

| Fase del Proyecto a la que se aplica € oen n la que se | | Construcción y Operación dará cumplimiento

Forma de cumplimiento El “proyecto en su , fase de cierre > podría generar en casos de emergencias residuos industriales peligrosos. Así mismos se generarán en una tasa mínima y temporal mientras se realice las actividades de movimientos de tierra, basuras y construcción del ¡cerco y portón del vertedero. Estos residuos serán retirados por | empresas contratadas debidamente autorizadas para el transporte, llevados lugares de disposición que cuente con las respectivas autorizaciones para recibir este tipo de residuos.

Í Indicador q que “acredita su cumplimiento Se mantendrá registro en faena los registros de los retiros de residuos realizados por empresas autorizadas. Así mismo se mantendrá comprobante de ingreso de los residuos a los centros de disposición final autorizados.

| Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 4.2.3 del Informe Consolidado de Evaluación.

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7.9. COMPONENTE/MATERIA: R Residuos sólidos

NORMA Te Decreto Supremo N*189/2005, del Ministerio de Salud. | | Reglamento de Condiciones Sanitarias y de Seguridad Básicas e Rellenos Sanitarios

Í Fase del Proyecto a la que aplica oen la que se | Construcción, operación y cierre. | dará cumplimiento

Forma de cumplimiento Se dará cumplimiento a todos los requisitos dispuestos por el presente | Decreto. En particular al título VI de este cuerpo legal. (Cierre y | Abandono), realizando las siguientes actividades:

|a) El proyecto realizará el monitoreo y mantenimiento de la | cobertura final. | b) En este proyecto no habrá sistema de tratamiento de lixiviados, | solo la instalación de una carpeta de geo membrana destinada a | retener líquidos si estos llegasen a infiltrarse. Este proyecto no considera la construcción ni colocación de chimeneas ya que la mayor parte de la basura superficial se considera, en su mayoría basura seca, por lo que no existe potencial de generación de biogás. | c) El proyecto realizará el monitoreo y control de las obras por un periodo de 20 años y sus debidas mantenciones cuando los | informes de monitoreo estimen que sea pertinente su realización. La superficie utilizada como vertedero no tendrá ningún otro destino final. El titular no contempla dar nuevo uso a la superficie y se prohibirá la construcción e impedirá el asentamiento en el sitio.

| Para mayor detalle, ver páginas 18-19 numeral 3 del Adenda de la DIA.

Indicador que acredita su cumplimiento Se contará con las Resoluciones sectoriales que aprueban la | construcción y operación del proyecto

| Referencia al ICE para mayores detalles Numeral 4.2.3 del Informe Consolidado de Evaluación.

    1. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos

NORMA e D.S. N*1/2013, Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba | Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de A o L Contaminantes, RETC.

| Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se | Construcción, operación y cierre. | dará cumplimiento |

| Forma de cumplimiento | El titular ingresará en el Sistema RETC del Ministerio del Medio | Ambiente, los antecedentes requeridos con respecto a las Emisiones y

| Transferencias de Contaminantes generadas en la construcción del proyecto de acuerdo a su naturaleza, caudal y concentración de | emisiones de contaminantes que sean objeto de una norma de | emisión, y la naturaleza, volumen y destino de los residuos sólidos | generados que señale el reglamento.

Indicador que acredita su cumplimiento | Registro de la Declaración Anual del Sistema RETC y Declaración | Jurada Anual (art. _N216, 5, DS N*1/2013 3 MMA)

Referencia al ICE para mayores detalles | | Numeral S.l, l. E del ICE.

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A 17.11 COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio cultural

SS it

| NORMA e Ley N” 17.288/70 del Ministerio de Educación. Legisla sobre | Monumentos Nacionales; e Decreto Supremo N* 484/90 del Ministerio de Educación. Reglamento de Monumentos Nacionales.

l Fase del Proyecto a a la que e aplica o oen la que se | Construcción, operación y cierre. | dará cumplimiento

Forma de cumplimiento Si durante la ejecución de las obras que impliquen excavación y/o remoción de suelo se produjera algún hallazgo arqueológico o | paleontológico no previsto, se procederá según lo establecido en los ¡artículos 26” y 27” y los artículos 20? y 23? del Reglamento sobre | Excavaciones y Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y | Paleontológicas, se paralizarán las obras en el frente de trabajo de los | hallazgos y se notificará de inmediato al Consejo de Monumentos | Nacionales para que este último organismo, disponga los pasos a

| seguir.

Indicador que acredita su cumplimiento | Ante la eventualidad de hallazgos habrá copia del aviso dado a la

| unidad pertinente.

Referencia al ICE para mayores detalles | | Numeral 8.1.1.6 del ICE.

A PA A

7 12, COMPONENTE/MATERIA: Flora y fauna | e Ley N 19.473/96 del Ministerio de Agricultura. Ley de Caza y | o su Reglamento (D.S. N 05/98).

Fase del Proyecto a la que e aplica o en la que se | Construcción, operación y cierre.

dará cumplimiento |

T | | |

Forma de cumplimiento El proyecto no contemplará la caza o captura de animales de la fauna

silvestre. Además, se implementará un plan de contingencias y | emergencias para fauna. Para mayores antecedentes, ver página 15 ] numeral 16 de la Adenda de la DIA.

| Existirá registro de las charlas a los trabajadores donde se aborda el plan de contingencia y emergencias ante la eventualidad de presencia de fauna en la zona del proyecto.

| Numeral 8.1.1.7 del ICE.

Indicador que 1e acredita su cumplimiento |

| | Referencia al ICE p para m mayores detalles

8”. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias: El proyecto no contempla compromisos, condiciones o exigencias.

  1. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, serán las siguientes:

9.1. PLAN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS

  1. L IB Plan de contingencias y emergencias para Fase de cs construcción

Parte, obra o acción asociada Riesgo de generarse un incendio cuando | se realice el movimiento y reacomodación de residuos. En esta actividad, la auto-ignición puede ser frecuente cuando en el interior de los residuos provienen elementos que pueden provocar un amago de incendio.

Acciones o medidas a implementar | Si durante la fase de construcción se produjera un siniestro se | procederá a apagar el fuego mediante las siguientes técnicas de sofocación y segregación:

¡+ Sofocación: se utilizará material de cobertura diaria para sofocar el | fuego. El material será dispuesto con maquinaria sobre el fuego | evitando su contacto con el oxígeno del aire.

| e Segregación: con la maquinaria de operación, se aislará el material

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| combustible (residuos) cercanos a la zona donde tuvo la iniciación del incendio, de esta forma el fuego no encontrará más elementos para mantenerse.

e Se mantendrá un listado y números telefónicos de las autoridades competentes en caso de emergencia. Este compromiso será una exigencia en las bases de licitación del plan de cierre y su cumplimiento será fiscalizado por la ITO Municipal.

| Referencia al ICE o documentos | Ver numeral 7 de la DIA. del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada |

9.1.2. Plan de contingencias y emergencias de fauna

| Toda la superficie del proyecto.

Parte, obra o acción asociada

Acciones o medidas a implementar | Fauna silvestre: Ante la posibilidad de este tipo de fauna el titular | adoptará las siguientes medidas: Se realizará un charla preventiva sobre la potencial presencia de Pseudalopex sp (Zorro Chilla o Zorro Culpeo) en las zona del proyecto. Dentro de esta charla se abordará temas como:

| 1. Reconocimiento general de la especie nativa.

  1. Exigencia de velocidad inferior a 20 km/hr.

  2. En caso de atropellamiento la unidad de medio ambiente del municipio procederá a comunicar a Servicio Agrícola y Ganadero SAG.

  3. Manejo de residuos domésticos y la importancia del uso correcto de los contenedores manteniéndolos siempre tapados.

Fauna doméstica: Ante la presencia fauna doméstica el titular adoptará las siguientes medidas:

  1. Exigencia de velocidad inferior a 20 km/hr.

  2. Prohibición de alimentar fauna doméstica y evitar interacción positiva con ella.

  3. En caso de atropellamiento la unidad de medio ambiente del municipio procederá a comunicar a Servicio Agrícola y Ganadero SAG.

  4. Manejo de residuos domésticos y la importancia del uso correcto de los contenedores manteniéndolos siempre tapados.

Referencia al ICE o documentos | Ver numeral 16 del Adenda de la DIA. del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

  1. Que, no se solicitó la apertura de proceso de participación ciudadana, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N* 19,300.

  2. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

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  1. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.5 de la presente Resolución.

  2. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

  3. Que, para que el proyecto “Plan de Cierre Vertedero Localidad de Sierra Gorda, Comuna de Sierra Gorda” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  4. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

  5. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

  6. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2% letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

  7. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1?. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Plan de Cierre Vertedero Localidad de Sierra Gorda, Comuna de Sierra Gorda”, presentado por la Ilustre Municipalidad de Sierra Gorda.

2”. Certificar que el proyecto “Plan de Cierre Vertedero Localidad de Sierra Gorda, Comuna de Sierra Gorda” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3”. Certificar que el proyecto “Plan de Cierre Vertedero Localidad de Sierra Gorda, Comuna de Sierra Gorda” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140, 142 y 157 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4?. Certificar que el proyecto “Plan de Cierre Vertedero Localidad de Sierra Gorda, Comuna de Sierra Gorda” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5”. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.5 del presente acto.

20/21

6?. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo al artículo 20 de la Ley N* 19.300 ante el/la Director/a Ejecutivo/a del Servicio de Evaluación

Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Anótese, Notifíquese al titular y Archívese.

nt ndente Regional Presidente

VASQUEZ Directora Regional SEA Secretaria Comisión de Evaluación Región de Antofagasta

Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental. Superintendencia del Medio Ambiente. Expediente proyecto.

Archivo Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta.

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