Evaluación SEA

Proyecto Loteo Las Malvas

Rol 2130749249
SEA · DIA · Aprobado · 2015-09-15 · Región de Ñuble · Inmobiliaria Inmovet Ltda.

REPÚBLICA DE CHILE

nas COMISION DE EVALUACIÓN

de Evaluación REGIÓN DEL BIOBÍO Ambiental

Califica ambientalmente el proyecto “Loteo Las Malvas”. e.

Resolución Exenta N* ” 4 8 0 12015

Concepción, 15 DIC. 2015 VISTOS estos antecedentes:

1%. La Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda, del Proyecto "Proyecto Loteo Las Malvas", presentada por el Señor Marcos Retamal Muñoz, en representación de Inmobiliaria Inmovet Ltda., con fecha 15 de Septiembre de 2015.

2%. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II Antecedentes del Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Loteo Las Malvas”.

3%. El Acta de Evaluación N* 047/2015 de fecha 21 de octubre de 2015, del Comité Técnico de la Región del Biobío.

4%. El ICE de la DIA del proyecto “Loteo Las Malvas”, 26 de noviembre de 2015.

5%, El Acta N? 20 de fecha 7 de diciembre de 2015, de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío.

6”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Loteo Las Malvas”.

7. Lo dispuesto en la Ley N 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N 40, de 2013, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N” 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N? 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de Toma Razón; en la Resolución Exenta N* 267/2014 de fecha 21 de julio de 2014, de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío, mediante la cual se aprueba el Reglamento de Sala de la misma; en la Resolución N” 60 de fecha 02 de febrero de 2015, del Servicio de Evaluación Ambiental a través de la cual se designa Director Regional para el Servicio de Evaluación Ambiental Región del Biobío.

CONSIDERANDO:

  1. Que, Inmobiliaria Inmovet Ltda (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Loteo Las Malvas” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Antecedentes del Titular

Nombre Titular Inmobiliaria Inmovet Ltda

R.U.T. 76.042.576-1

Domicilio Los Leones 957, Providencia, Región Metropolitana

1 [| RCA “Loteo Las Malvas”,

Nombre Representante Legal Marcos Retamal Muñoz

R.U.T. 14.268.425-k

  1. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 26 de noviembre de 2015, el Director Regional de la Región del Biobío ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto:

2.1. El proyecto cumple con la normativa vigente de carácter ambiental aplicable a éste. Lo anterior, en base a lo informado por los órganos del Estado con competencia ambiental que participaron de la evaluación del proyecto;

2.2. El proyecto cumple con los requisitos técnicos y formales para el otorgamiento del pronunciamiento establecido en el Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental, específicamente de los Artículos N* 140, 142 y 156 de dicho reglamento;

2.3. El proyecto acredita que no genera ninguno de los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300, por lo que no requiere de la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental

3". Que, en sesión de fecha 7 de diciembre de 2015 la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío acordó calificar favorablemente el proyecto “Loteo Las Malvas”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 26 de diciembre de 2015, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4%, Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, y en sus Adendas, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general El proyecto está orientado a la construcción y urbanización de 166 viviendas, en dos etapas. La primera consistente en 86 viviendas y la segunda en 80, todo sobre un lote de 49.995,21 m2, en la zona urbana de Chillán, con la finalidad de aportar y disminuir la demanda habitacional en dicha comuna.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones

h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas.

h.1. Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características:

h.1.2. Que den lugar a la incorporación al dominio nacional de uso público de vías expresas o troncales;

El proyecto cumple con el literal h.1.2., debido que tendrá el acceso por la Avenida Nueva Poniente (Vía Troncal) y la incorporará al dominio nacional de uso público

Gestión, acto o faena mínima que

Inicio del movimiento de tierra

da cuenta del inicio de la ejecución Proyecto se SI NO__| El proyecto será desarrollado en dos etapas, pero se presentó desarrollará por XxX en forma completa durante el proceso de evaluación etapas ambiental, por lo que se debe considerar como un todo integral.

Proyecto modifica | SI NO __ | El proyecto en evaluación es nuevo y no corresponde a una un proyecto o X | modificación de proyecto existente. actividad

2 | RCA “Loteo Las Malvas”.

1.8 Proyecto SI NO

modifica otra(s) XxX RCA

4.2, UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político-administrativa

Región del Biobío, provincia de Nuble, Comuna de Chillán

Descripción de la localización

El proyecto se localiza al nor-este de la Ciudad de Chillán específicamente en el By Pass (Ruta 5 Sur) y se le ha asignado el N* 947 (Sector Parque Lantaño) y su ingreso será por la de Avenida Nueva Poniente. El Rol S.LI es 2204-23.

Coordenadas UTM en Datum WGS84

Coordenada Referencial del área del emplazamiento del proyecto

E757.929,592 NS5.946.822,163

Caminos de acceso

En ítem 2.8. de la DIA “Accesibilidad” se grafican los caminos de acceso

Justificación de su localización

El proyecto se ubica en un área urbana y responde a la consideración que el área de emplazamiento, es de uso de suelo habitacional, definida como tal, en el Plan Regulador Comunal de la Ciudad de Chillán. Por otra parte, la alta demanda de viviendas justifica plenamente la realización de este proyecto de acuerdo a lo expresado DIA.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

e Anexo N? 2 DIA Plano PU-01 Plano de Etapas,

e Anexo N”* 2 DIA Plano PU-02 Planta de Loteo General,

Anexo N 2 DIA Plano PU-03 Planta de Áreas Verdes Anexo N 4 DIA Proyecto de Aguas Lluvias

Anexo N? 5 DIA Factibilidad Eléctrica

Anexo N? 6 DIA Proyecto Pavimentación

Anexo N? 6 DIA Proyecto Pavimentación

Anexo N? 8 DIA Estimación Emisiones

Anexo N? 9 DIA Estudio Impacto Acústico

Anexo N? 10 Inspección Arqueológica

Anexo N* 11 DIA Estudio Vial Básico

Anexo N? 11 DIA Plano Señalizaciones

Anexo N* 12 DIA Mecánica de Suelos

Anexo N 13 DIA Certificado Informaciones Previas Anexo N 14 DIA Aprobación Anteproyecto

Anexo N* 20 DIA Informe Hidrológico

4.3, PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

Fase de construcción

Obras y partes que componen el proyecto habitacional según superficies es la siguiente:

Superficies m? Predio 22.207,22 Cesión área verde 4.814,18 Cesión equipamiento | 874,45 Vialidad 13.480,60 U.P. Nueva Poniente | 2.247,95 U.P. By Pass 6.370,81 Total 49.995,21

3 | RCA

“Loteo Las Malvas”.

Las viviendas cumplen con todo lo exigido en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, en especial en lo referente a la estabilidad, requerimientos de aislación térmica, de aislación acústica y retardo al fuego, como también, respecto a la vialidad proyectada, y las cesiones de zonas para áreas verdes y de equipamiento.

La superficie del terreno del polígono A-B-C-D-E-F-G-H-A es de 49.995,21 m?, la cual se presenta a continuación:

Vértice | Este Norte

757.929,592 | 5.946.822,163 757.861,574 | 5.946.846,164 757.695,873 | 5.946.904,634 757.719,160 | 5.946.969.526 757.728,591 | 5.946.995,719 758.026,870 | 5.947.102,886 758.018,899 | 5.947.079,883 757.949,587 | 5.946.879,864

Ipopajmjojajm|>

La superficie del terreno del polígono A-B-H-A será de 2.192,33 m?, que queda afecta a utilidad de la Avenida Nueva Poniente (Vía Troncal).

Existirá una pequeña área de 55,62 m? en el triángulo sur de la avenida Nueva Poniente (A,B,H), que tiene como destino área verde, cedido como Bien Nacional de Uso Público

La superficie del terreno del polígono D-E-F-G-D será de 6.370,81 m?, que esta afecta a utilidad del camino By Pass.

Todo lo anterior se encuentra graficado en el plano PUO2, Planta de Loteo General, Plano de Etapas, y el plano PUO3, Planta de Áreas Verdes, ambos planos aprobados por la dirección de Obras Municipales

Cierre perimetral

El proyecto realizará la instalación de un cerco perimetral en las obras con malla Raschel, con todas las medidas necesarias. Adicionalmente, en la fase de preparación del terreno y edificación de las viviendas se considerará el uso barreras acústicas temporales frente a donde estén ubicados los trabajos construidas de madera aglomerada OSB de 11,1 mm de espesor y 2,4 m. de altura en los bordes perimetrales de cada etapa del proyecto, con el objeto de reducir y controlar los niveles de inmisión acústica sobre los puntos receptores afectados y así asegurar el cumplimiento normativo (anexo N? 9 de la DIA Estudio de impacto acústico).

Preparación del terreno (movimiento de tierra y excavaciones)

El proyecto llevará a cabo las obras preliminares de la instalación de faenas, habilitaciones de zonas de carga y descarga, señalizaciones al interior y exterior del predio, de modo de poder habilitar el predio para la construcción del condominio. La labor que implicará el despeje de la cobertura del terreno con retiro de la vegetación superficial las que serán utilizadas como relleno para áreas verdes.

Instalación de faenas

La instalación de faena implicará excavaciones y movimientos de entrada y salida de camiones que transportarán: fierros, hormigón y escombros entre otros. Además el proyecto contempla un cierre perimetral que restrinja el acceso a la zona de construcción de personas ajenas a la obra.

Tanto el agua potable, como el manejo de las aguas servidas, se encuentran cubiertas mediante el certificado de factibilidad N*

4[ rea

“Loteo Las Malvas”.

201401005915 de fecha 21.08.2014 de ESSBIO, cuya copia se encuentra en el Anexo N? 3 B.

El proyecto contempla para la instalación de faenas una superficie aproximada de 1000 m?, la que se distribuye de la siguiente manera:

Bodega de la obra para materiales y artículos de seguridad.

e Espacios para estacionamientos de maquinaria y vehículos.

e Espacio para acopio transitorio de materiales.

e Recinto para comedores y servicios de personal con disponibilidad de agua potable

e Baños químicos distribuidos en los frentes de trabajo.

e Lugares específicos para la acumulación de residuos sólidos del tipo domésticos y otro separado para residuos peligrosos.

El proyecto no contempla la instalación de campamentos, debido a que el proyecto se encuentra establecido en una zona urbana, muy cercana al centro de Chillán.

Urbanización

(Pavimentación, aguas

lluvias, construcción viviendas, áreas verdes).

de

En esta etapa se procede a la construcción de la infraestructura básica para el desarrollo del proyecto conforme a lo establecido en la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

O Abastecimiento de Agua Potable y sistema de Alcantarillado: Se proyecta la construcción de la red de agua potable y alcantarillado de aguas servidas de acuerdo a lo establecido por la empresa ESSBIO, según Certificado de Factibilidad N 201401001910 emitido con fecha 7 de Marzo de 2014. (Anexo N 3 de la DIA Certificado de Factibilidad). Aun cuando el proyecto se realizará por etapas, esta factibilidad incluye el total del proyecto o sea las 166 casas.

Durante la construcción solo se generarán residuos líquidos del tipo domiciliario. El proyecto se compromete a no realizar en terreno las actividades de lavado de maquinarias, trasvasije de combustibles, aceites u otros, no preparación de hormigón In Situ.

Todas estas actividades serán realizadas por las empresas responsables de las maquinarias en lugares habilitados (externos al sitio de faena) para esta función, o serán adquiridos en el caso del hormigón, a modo que el material sea fabricado por el proveedor y trasladado al lugar de faena.

O Proyecto de Aguas Lluvias: La evacuación de las aguas lluvias del proyecto se realizara superficialmente en las calles hasta llegar a sumideros repartidos por todo el loteo. Esto sumideros darán origen a varios colectores de cemento comprimido especialmente diseñados que transportar las aguas lluvias hasta 3 zonas de drenes de infiltración (dos en la zona de área verde y un tercero en el área de equipamiento). Para mayores antecedentes ver el Anexo N* 4 de la DIA Proyecto de Aguas Lluvias. Todos los proyectos antes mencionados, deberán contar con la aprobación de los organismos y asociaciones pertinentes (SERVIU, DGA, DOH, entre otros), según corresponda, antes de su ejecución.

O Proyecto de Canalización de acequias: El manejo de las acequias existentes en el loteo, será canalizado mediante tuberías de distintos diámetros, que desembocarán en las mismas acequias

5 | RCA

“Loteo Las Malvas”.

fuera del proyecto y se presenta en el anexo correspondiente (Anexo N* 21 DIA). Los cálculos del diámetro de los tubos se presentó en el Anexo N? 23 de la DIA, para dar la verificación hidráulica, incluyendo solo hasta un 70% de altura del tubo.

DO Suministro Eléctrico y Gas: El Proyecto cuenta con Certificado de factibilidad de Suministro eléctrico. Se adjuntó en Anexo N? 5 de la DIA certificado de factibilidad de suministro de energía eléctrica número N* 1534 del 23.05.14, por parte de la empresa COPELEC. No existe una factibilidad de gas, ya que el proyecto contempla soluciones individuales, lo que implicará una solución con balones independientes para cada casa. Cabe señalar, que solo la cocina y el calefón utilizarán este tipo de combustible, dejando expresamente sin conexión otros recintos de la casa.

O Proyecto de pavimentación: En el Anexo N?* 6 de la DIA, se adjunta proyecto de pavimentación a presentar ante el SERVIU Región del Biobío y Dirección de Vialidad según corresponda, el cual contempla calles internas, pasajes y veredas para el tránsito peatonal.

D Construcción de viviendas: El proyecto solicitará los correspondientes permisos de construcción otorgados por la Dirección de Obras de la Ilustre Municipalidad de Chillán. Se cuenta en la actualidad con la resolución de aprobación del Anteproyecto de Loteo N * 34 del 31 de Enero de 2014, Rol Matriz 2204-23.

O Áreas verdes: El proyecto considera espacios públicos interiores con zonas de juegos, integrando un diseño paisajístico con áreas verdes y arborización en una superficie total de 4.814,18 m2. (Anexo N* 2 Planos del Proyecto).

Emisiones y efluentes

Residuos líquidos:

Durante la etapa de construcción se espera únicamente la generación de residuos líquidos del tipo doméstico de las duchas, ya que los baños químicos serán retirados y cambiados por el proveedor autorizado, el cual deberá contar con el permiso correspondiente. Las aguas servidas provenientes de las duchas y lavamanos, conectarán provisionalmente a la red respectiva, ubicada en la Avenida Nueva Poniente según el Certificado de Factibilidad N 201401005915 de ESSBIO, ver Anexo N 3 B de la DIA.

Emisiones atmosféricas:

Emisiones Gaseosas: En esta etapa solo el proyecto generará descargas de este tipo a la atmósfera provenientes de los motores de combustión interna de los camiones y maquinarias que trabajen en el sector

Emisiones Material Particulado: En esta etapa el proyecto generará principalmente emisión de material particulado, producto del movimiento de camiones y maquinarias, por lo que se adoptaran las siguientes medidas para evitar su dispersión en la atmósfera:

  • En condiciones climáticas secas los accesos, salidas y lugares de tránsito al interior de las obras, serán regadas con camión aljibe y regulando el tránsito a una velocidad no superior a 30 km/h.

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“Loteo Las Malvas”.

  • Las ruedas de los vehículos que abandonen las obras serán lavadas ya sea con espejo de agua o mangueras, a fin de evitar la generación de polvo en suspensión.

» Personal de la empresa constructora, barrerá los restos que pudieran caer a las calles aledañas.

  • Todas las fuentes potenciales de generación de material particulado deberán ser humedecidas o permanecer cubiertas.

» El proyecto contempla el levantar cerco temporal de malla Raschel, sectorizado, con el fin de evitar el que material particulado pueda llegar a las poblaciones cercanas.

  • Los materiales de acopio serán cubierto a fin de evitar la generación de polvo en el ambiente.

  • Los vehículos que transporten materiales para la obra mantendrán en todo momento la carga cubierta.

El proyecto realizó un estudio sobre las distintas actividades del proyecto y sus potenciales emisiones, considerando las diferentes etapas constructivas y sus características, de cantidad de viviendas y tamaño del terreno. En el Anexo N? 8. de la DIA se adjuntó el Informe de Estimación de Emisiones en la etapa de Construcción que hace referencia a las emisiones de MP10 y MP2,5 de gases de motores de combustión que dieron como resultado para esta etapa los siguientes valores:

Estimación de emisiones etapa de construcción

Emisiones | MP 10 | MP2.5 | CO Nox HC (ton/año) Etapa 1 1.16075 | 0.74436 | 2.02577 | 7.36684 | 0.91976 Etapa 2 1,11746 | 0.73623 | 2.0193 | 733045 | 0.91803

Todos los valores resultantes son inferiores a los máximos permitidos en la Guía de Estimaciones de Emisiones Atmosféricas de Proyectos Inmobiliarios:

Ruido:

En la etapa de construcción del proyecto se generarán ruidos producto de maquinaria propia de la construcción como son:

. Equipos y Herramientas Manuales. . Equipos de Corte y Lavado.

. Compresores.

. Martillos Neumáticos

. Vibrador de Inmersión.

. Manejo de Materiales.

. Vehículos y Maquinaria Pesada.

Otra de las principales fuentes emisoras de ruidos en la fase de construcción, corresponden a las faenas de terminación de la obra gruesa tales como; martillazos, trabajo con esmeriles, taladros y caídas de materiales. El horario de trabajo será diurno de lunes a viernes de 8:00 a 18:00 hrs.

El estudio de Impacto Acústico adjuntó en Anexo N? 9 de la DIA y complementado en la ADENDA N*1 determinó los niveles de ruido proyectados en la fase de preparación del terreno y

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RCA

“Loteo Las Malvas”.

edificación de las viviendas no estarán en cumplimiento con los niveles máximos permisibles según el D.S. N* 38/2011 del MMA en algunas las etapas de construcción respecto de la Línea Base.

Debido a esta circunstancia, en la fase de preparación del terreno y edificación de las viviendas, el proyecto considera el uso barreras acústicas temporales construidas de madera aglomerada OSB de 11,1 mm de espesor y 2,4 m. de altura en los bordes perimetrales de cada etapa del proyecto, con el objeto de reducir y controlar los niveles de inmisión acústica sobre los puntos receptores afectados y así asegurar el cumplimiento normativo.

Con dicha medida de control el proyecto estima y según la modelación correspondiente, que se cumple la normativa correspondiente no provocándose impactos significativos acústicos en las viviendas colindantes.

En consecuencia, el proyecto cumplirá en todo los límites máximos permisibles establecidos por el D.S. N* 38 de 2011 del MMA “Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica”

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente

Residuos Solidos

En esta etapa del proyecto se generarán particularmente los residuos propios de la construcción como ser tierra, y la que no fuera ocupada en el mismo loteo con fines de relleno, principalmente en áreas verdes u otros, será destinada a botaderos naturales aceptados por la inspección técnica. Los residuos serán trasladados a dichos puntos de destino por parte de vehículos de la empresa constructora, no siendo responsabilidad municipal su retiro del lugar.

Residuos Sólidos Asimilables a Domésticos

Los residuos sólidos asimilables a domésticos que se generen durante la etapa de construcción del proyecto se almacenarán en recipientes con tapa, debidamente identificados y localizados en los sectores con mayor tránsito de personal, para ser posteriormente trasladados al Relleno Sanitario autorizado.Estos residuos estimados en 0,4 kg/persona x día y asumiendo 75 personas en la obra con 21 días hábiles laborales de promedio mensual, nos da una suma de 630 kg/mes.

Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos

Los residuos sólidos industriales serán restos de hormigón, asfalto, despuntes de madera, metales, yeso, cerámicos o baldosas, ladrillos, vidrios, envases, pallets, cartones, entre otros. En la tabla Il y 12 de la Adenda 1 se presentó la cuantificación de ellos por los meses que dura la etapa de construcción. Estos residuos se separarán, entre los que pueden ser reciclados y los que definitivamente son residuos no reciclables. Los restos serán retirados por empresas facultadas y llevados a lugares autorizados. Los residuos que tengan algún valor residual o puedan ser reciclables, serán retirados y vendidos a entidades autorizadas.

Los residuos de construcción, o industriales, tendrán un lugar de acopio temporal, separado de los otros residuos (del tipo doméstico). El proyecto estima que se generarán cerca de 0,63 Ton/mes. Cada vez que el lugar de acopio supere el 70% de su capacidad útil, será llamada la empresa acreditada dedicada a su transporte, para el retiro y disposición final en un lugar autorizado.

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Residuos Sólidos Industriales Peligrosos

Los únicos residuos sólidos industriales peligrosos que se generarán en la obra son los relacionados con envases de solventes y de silicona, los cuales serán dispuestos en contenedores metálicos, para posteriormente ser retirados en forma frecuente de la obra (cada seis meses), a fin de evitar su acumulación en la misma. También se consideraran como peligrosos, son elementos contaminados con este producto, como ser huaipe, paños, ropa de trabajo, elementos de protección personal, entre otros. Todos estos elementos, serán llevados a lugares autorizados y el proyecto llevará toda la documentación necesaria, para una correcta identificación y traslado de estos residuos.

La caracterización de estos Residuos y su estimación es la siguiente:

. Inertes, escombros, moldajes, PVC, cerámicos, etc. 4.21 t / año

. Envase de silicona, EPP contaminados, paños, entre otros. 0,05 t / año

. Otros residuos (envases, plásticos, cartones, etc.) 3.11 t / año Referencia para mayores e Anexo N? 8 DIA Estimación Emisiones detalles + Anexo N? 9 DIA Estudio Impacto Acústico + Capítulo IV. Descripción del proyecto del ICE + Capítulo V. Impactos ambientales del ICE .

Fase de operación

Entrega y ocupación de viviendas

La fase de operación para este proyecto, corresponde básicamente en la entrega de las viviendas a los propietarios, y a la ocupación de éstos por parte de ellos, con todos sus servicios públicos operando

Emisiones y efluentes

Residuos líquidos:

El proyecto contempla su conexión a la red del alcantarillado público (ver Certificado de Factibilidad de ESSBIO en el Anexo NO? 3 de la DIA), por lo que no se generarán descargas de este tipo fuera del alcantarillado. Las descargas de efluentes líquidos serán de tipo domésticos, para lo cual el proyecto se conectará a la matriz de alcantarillado de la empresa sanitaria ESSBIO.

Emisiones atmosféricas:

Durante la etapa de operación las emisiones atmosféricas son generadas, principalmente, por un lado, por el flujo de vehículos asociado a la actividad diaria del proyecto, dichas emisiones se irán manifestando paulatinamente de acuerdo al proceso de ocupación de las viviendas,

Estimación de emisiones etapa de operación Emisiones | MP10 | MP2.5 | CO Nox HC (ton/año)

Operación | 0,8736 | 0,8197 | 17,8215 | 0,352 | 1,9781

Por otra parte, las viviendas del proyecto están diseñadas de acuerdo a la normativa térmica indicada en el Art. 4.1.10 de la

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“Loteo Las Malvas”.

Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, en que para Chillán, clasificado como Zona 4 el consumo de energía para calefaccionarlas, debiera ser inferior al estándar de la zona. En el Anexo N? 22 de la DIA, se adjuntan las especificaciones técnicas respecto a las características envolvente de orden térmico.

Adicionalmente a lo anterior, el proyecto instalará enchufes reforzados para la conexión de estufas eléctricas, según lo requiera el dueño de las viviendas. Considerando lo anterior, se induce a los futuros propietarios a utilizar sistemas de calefacción eléctricos, que son más limpios y descontaminantes, como las estufas eléctricas, con el objeto de disminuir las emisiones por calefacción.

Ruido

En esta etapa, no se espera futuras fuentes emisoras de ruido, esto principalmente ya que en dicha etapa se contempla la entrega de viviendas a sus propietarios.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente

Durante el proceso de operación del proyecto se generará como residuos principalmente basura domiciliaria, toda la cual será retirada por el servicio público de recolección habitual y depositada en vertedero correspondiente.

Estos residuos sólidos que se generen en esta etapa, el proyecto estimaron de acuerdo a la cantidad de habitantes proyectada y considerando una cantidad de 4 kg/hab/día per cápita de residuos sólidos. Dicha estimación consideró un promedio de seis habitantes por casa, se tienen 6 x 166 = 996 habitantes, por lo que se calcula el total de residuos sólidos domésticos en 3.984 Kg/día, siendo estos residuos, retirados por los camiones de recolección de basura perteneciente a la empresa que presta servicio a la l. Municipalidad de Chillán, de acuerdo, a la programación municipal establecida

Referencia para mayores detalles

e Anexo N? 8 DIA Estimación Emisiones

e Anexo N? 9 DIA Estudio Impacto Acústico

e Anexo N? 22 de la DIA, se adjuntan las especificaciones técnicas

  • Capítulo IV. Descripción del proyecto del ICE

  • Capítulo V. Impactos ambientales del ICE

Fase de cierre

El presente proyecto no considera la etapa de abandono.

4.4. DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO

4.4.1.- Fase de construcción

Fecha estimada de inicio Septiembre 2015

Parte, obra o acción que establece el inicio Inicio del movimiento de tierra

Fecha estimada de término Marzo 2018

Parte, obra o acción que establece el término Obras de Urbanización finalizadas

4.4.2.- Fase de operación

Fecha estimada de inicio Marzo 2018

Parte, obra o acción que establece el inicio Recepción Municipal para entrega de viviendas Fecha estimada de término Indefinida

Parte, obra o acción que establece el término No se considera etapa de cierre

4.4.3.- Fase de cierre

Fecha estimada de inicio

| No se considera etapa de cierre

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Parte, obra o acción que establece el inicio

No se considera etapa de cierre

Fecha estimada de término

No se considera etapa de cierre

5%, Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N*

19.300:

residuos (Artículo 5)

Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y

Impacto no significativo

Alteración de la calidad del aire por Material Particulado

Parte, obra o acción que lo genera

Preparación del terreno

Fase en que se presenta

Construcción

Impacto no significativo

Alteración de la calidad del aire por emisión de ruido

Parte, obra o acción que lo genera

Preparación del terreno

Fase en que se presenta

Construcción

Referencia para mayores detalles sobre este impacto específico

Anexo 8 de la DIA, Estudio de emisión de material particulado y modelación de la

dispersión

Anexo 9 de la DIA, Estudio de Impacto Acústico

ADENDA 1, Complementación del Estudio de Impacto Acústico

Se considera que el proyecto genere emisiones de material particulado y gases durante la etapa de construcción, las que son de carácter temporal, no peligrosas y de impacto local limitado, tal como se muestra en el Anexo N? 8 DIA, Las fuentes de emisión durante la etapa de construcción son principalmente fugitivas y se aplicarán las medidas de control y saneamiento, las cuales se pormenorizan en el ítem 4.3. Partes, obras y acciones que componen el proyecto del presente acto administrativo, concluyéndose que no existen impactos significativos para la salud de la población.

Respecto a la emisión de ruido, según lo señalado en el Estudio Acústico adjunto en el Anexo N* 9 de la DIA, los niveles de ruido proyectados para la fase de construcción cumplirán con la normativa ambiental aplicable a través de la aplicación de medidas de control propuestas para esa etapa.

Durante la operación las fuentes de ruido estarán constituidas por las actividades típicas de un conjunto inmobiliario y la circulación de vehículos, según lo indicado en el estudio antes citado no se supera la norma en esta fase.

Efecto adverso significativo sobre recursos naturales renovables (Artículo 6) Impacto no significativo 1 Pérdida de suelo

Parte, obra o acción que lo genera Preparación del terreno Fase en que se presenta Construcción

Referencia para mayores detalles sobre este Capítulo 5 de la DIA. impacto especifico Cabe destacar, que de acuerdo con los datos preexistente del terreno, el área del proyecto se encuentra completamente intervenida y en tiempos pasados existieron cultivos agrícolas.

Respecto del componente Flora, no se identificó presencia de especies en categoría de Conservación, según Decretos Supremos de CONAMA y Libro Rojo de CONAF.

En cuanto al componente Fauna, de acuerdo con los datos obtenidos en terreno, en el área de estudio, no se detectaron especies en categoría de conservación consideradas como amenazadas de acuerdo a la legislación vigente.

1 | RCA “Loteo Las Malvas”.

En Virtud de lo anterior, se concluye que el proyecto no generará un impacto significativo sobre recursos naturales renovables en el área de emplazamiento del proyecto

Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. (Artículo 7)

Impacto no significativo Aumento de flujo vehicular

El aumento del flujo vehicular asociado a la etapa de construcción del proyecto no obstruirá ni restringirá la libre circulación hacia las localidades más próximas al lugar de emplazamiento del proyecto.

Parte, obra o acción que lo genera Construcción de viviendas

Fase en que se presenta Construcción

Referencia para mayores detalles sobre este Capítulo 5 de la DIA.

impacto específico Ítem 2.8 Accesibilidad de la DIA

El proyecto se emplaza en un área urbana, por lo que no genera obstrucción, restricción o aumento de los tiempos de desplazamiento. Más aún, el proyecto dará origen a una nueva avenida, mejorando la conectividad dentro del área urbana de Chillán.

Localización y valor ambiental del territorio (Artículo 8)

Impacto no significativo No aplica

Parte, obra o acción que lo genera No aplica

Fase en que se presenta No aplica

Referencia para mayores detalles sobre este Capítulo 5 de la DIA. impacto específico

El proyecto no se localiza próximo a ninguna área protegida, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados. El territorio en el que se emplaza el proyecto no cuenta con valor ambiental relevante para la población

Valor paisajístico o turístico (Artículo 9)

Impacto no significativo Alteración valor paisajístico Parte, obra o acción que lo genera No aplica

Fase en que se presenta No aplica

Referencia para mayores detalles sobre este Capítulo 5 de la DIA. impacto específico

El proyecto no altera el valor paisajístico de la zona, desarrollándose en una zona definida como residencial, aledaño al emplazamiento donde ya existen diversas construcciones.

Alteración del patrimonio cultural (Artículo 10)

Impacto no significativo Intervención sitios arqueológicos

Parte, obra o acción que lo genera Preparación del terreno

Fase en que se presenta Construcción

Referencia para mayores detalles sobre este Anexo 10 de la DIA, Estudio de Inspección impacto específico Arqueológica

En Anexo 10 de la DIA se adjunta el Estudio de Inspección arqueológica, concluyéndose que la construcción y operación del proyecto no contempla la modificación, deterioro o localización en construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigiiedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenezcan al patrimonio cultural.

12 | RCA “Loteo Las Malvas”.

6”. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos

PAS 140

Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del RSETA.

Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción

Parte, obra o acción a que aplica Sitios de almacenamiento de residuos inertes de la construcción.

Contenidos Los contenidos de este PAS seencuentran:

Capítulo IV de la DIA

Anexo 7 de la DIA

Anexo 19 y 18 de la DIA, Plan de Contingencias y Emergencias. ADENDA 1

Pronunciamiento del órgano competente Mediante oficio Ord. N ORD. N 2920, de fecha 19 de Noviembre de 2015, la SEREMI de Salud de la Región del Biobío, acredita que el proyecto cumple con los requisitos establecidos en el artículo 140 del Reglamento del Sistema de Impacto Ambiental

PAS 142

Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo 142 del RSEIA.

Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción

Parte, obra o acción a que aplica Bodega de almacenamiento de residuos peligrosos.

Contenidos Los contenidos de este PAS se entregan Capítulo IV de la DIA

Anexo 19 y 18 DIA, Plan de Contingencias y Emergencias.

Pronunciamiento del órgano competente Mediante oficio Ord. N ORD. N 2920, de fecha 19 de Noviembre de 2015, la SEREMI de Salud de la Región del Biobío, acredita que el proyecto cumple con los requisitos establecidos en el artículo 142 del Reglamento del Sistema de Impacto

Ambiental PAS 156 Permiso para efectuar modificaciones de cauce Fase del proyecto a la cual corresponde Construcción Parte, obra o acción a que aplica Obras de evacuación de aguas lluvia

Se acredito ambientalmente este

13 | RCA “Loteo Las Malvas”.,

permiso para las ductos de canales del área de emplazamiento del proyecto.

Los contenidos del permiso Capítulo IV de la DIA Anexos 24 a 61 de la DIA

Pronunciamiento del órgano competente Mediante oficio Ord. N* 1704, de

fecha 6 de octubre de 2015, la DGA de la Región del Biobío, acredita que el proyecto cumple con los requisitos establecidos para efectuar modificaciones de cauce

7%, Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

Nombre Ley N 19.300, “Ley de Bases Generales del Medio Ambiente”, modificada por la Ley N 20.417 Ministerio Ministerio Secretaría General de la Presidencia y Ministerio de Medio

Ambiente

Publicación diario Oficial

La Ley N” 19.300 de 1994, “sobre Bases Generales del Medio Ambiente”, modificada por la Ley N” 20.417 de 2010 “Crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente”, constituye el marco legal básico de toda la normativa ambiental de nuestro país. Ella procura regular y desarrollar las instituciones e instrumentos necesarios para la protección del medio ambiente, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 19 N* 8 de la Constitución Política.

Materia

El titular debe someter el proyecto al Sistema de Evaluación Ambiental SEIA), en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 8% y 9? de la ley N? 19.300

Relación con el

El proyecto debe ingresar al SEIA, conforme lo estipula el reglamento

proyecto del SEIA.

Forma de | En atención a lo antes señalado, el Titular acredita el cumplimiento de

cumplimiento la normativa ambiental vigente en el país mediante la presentación de esta DIA al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental

Indicador de | Resolución de Calificación Ambiental

Cumplimiento

Nombre DFL N* 458/76 Ley General de Urbanismo y Plan Regulador de Chillán

Ministerio Ministerio de Vivienda y Urbanismo

Materia Las disposiciones de esta ley son relativas a planificación urbana,

urbanización y construcción, y las de la Ordenanza que sobre la materia dicte el Presidente de la República, regirán en todo el territorio nacional.

Relación con el

El proyecto debe cumplir con las disposiciones establecidas en el PRC

royecto de Chillán para la zona donde se emplazará el proyecto.

Forma de | Con el permiso de edificación otorgado por la Dirección de Obras de la

cumplimiento Municipalidad de Chillán,

Indicador de | Permiso de edificación del Loteo Las Malvas

Cumplimiento Autorización de Recepción de las Viviendas

Nombre DS N* 47/1992 Este Decreto Supremo fija nuevo texto de la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, ya que el anterior contenía errores de forma.

Ministerio Ministerio de Vivienda y Urbanismo

Materia Este cuerpo reglamentario contiene las disposiciones de las

14 | RCA “Loteo Las Malvas”.

construcciones de viviendas y su entorno.

Relación con el |El proyecto, al ser de construcción de viviendas, tiene relación directa

proyecto con este cuerpo legal.

Forma de | El permiso de edificación otorgado por la dirección de obras de la

cumplimiento Municipalidad de Chillán, contiene la normativa aplicada es este caso, y para la recepción final se debe cumplir íntegramente con dicho permiso.

Indicador de | Permiso de edificación del Loteo Las Malvas

Cumplimiento Autorización de Recepción de las Viviendas

Nombre Decreto N* 36/2012

Ministerio Ministerio del Medio Ambiente

Materia Declaración de Zona Saturada por Material Particulado Respirable

MP10 y Material Particulado Fino Respirable 2,5; ambas como concentración diaria y Declara Zona Latente por Material Particulado MP10, como concentración anual, a las comunas de Chillán y Chillán

Viejo.

Etapas en que aplica | Construcción

Relación con el |El proyecto se encuentra ubicado en esta zona declarada saturada y

proyecto latente.

Forma de | Ingreso al SEIA y medidas de control descritas en el presente acto

cumplimiento administrativo

Indicador de | Certificados

cumplimiento Bitácora Registro fotográfico

Norma Decreto Supremo N* 144/61

Nombre Establece normas para evitar emanaciones oO contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.

Ministerio Ministerio de Salud

Relación con el | Construcción y operación

proyecto

Forma de | Durante la etapa de construcción del Proyecto, habrá emisiones de

cumplimiento diferentes contaminantes atmosféricos, lo anterior producto del tránsito de vehículos y maquinaria a utilizar en el Proyecto. Mientras en la etapa de operación la principal fuente de emisión es debido a la combustión de los vehículos. En ambos caso el principal contaminante emanado corresponde a Material Particulado. Para controlar dichas emisiones, el titular aplicará las medidas de control, indicadas en el capítulo de Impactos del presente informe consolidado

Indicador de | Certificados

cumplimiento Bitácora Registro fotográfico

Nombre DS N” 4/1994, Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control, modificado por Decreto Supremo N* 58/2004

Ministerio Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

Materia Este cuerpo reglamentario establece norma de emisión de

contaminantes a los vehículos motorizados, respecto de los cuales no se hayan establecido normas de emisión expresadas en gr/km, gr/km y gr/kW, y fija los procedimientos para su control.

Etapas en que aplica

Operación

Relación con el|El proyecto considera el uso de vehículos motorizados durante la proyecto operación, los cuales debido a su tránsito generarán emisiones a la atmósfera. 15 | RCA “Loteo Las Malvas”.

Forma de

Los vehículos que se utilizarán contarán la revisión técnica al día y

cumplimiento e | serán mantenidos periódicamente.

indicador propuesto

Indicador de | Certificados disponibles en faena para su inspección

cumplimiento

Norma Decreto Supremo N* 75/1987

Nombre Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica

Ministerio Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones

Relación con el | Construcción y Operación

proyecto

Forma de | El Proyecto contempla para las fases de construcción y operación la

cumplimiento utilización de vehículos pesados, con el objeto de transporte de insumos y materiales. El Titular exigirá tanto a las empresas externas como a los empleados propios responsables del transporte, que cuenten con sus revisiones técnicas al día, además se realizará mantención periódica de dichos vehículos.

Indicador de | Registro de Revisiones técnicas al día

cumplimiento Certificados de mantención periódica de vehículos. Registro Fotográfico

Norma Decreto Supremo N 146/97, actualizado por el D.S. N 38/2011

Nombre Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica

Ministerio DS. N*146/97 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, actualizado por el D.S. N“W38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente

Relación con el | Construcción y operación

proyecto

Forma de | El Proyecto no generará emisiones de ruido que superen los límites de

cumplimiento referencia establecidos en la presente normativa. Ver detalles en el Anexo 9 de la DIA, ítem 4.3y 8.1 del presente acto administrativo. Implementación de barreras acústicas temporales en bordes perimetrales del proyecto

Indicador de | Fotografías de barreras acústicas

cumplimiento

Nombre DS N” N*38/2011, Establece Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas.

Ministerio Ministerio del Medio Ambiente

Materia La norma establece los niveles máximos permisibles de presión sonora

corregidos y los criterios técnicos para evaluar y calificar la emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas hacia la comunidad, tales como las actividades industriales, comerciales, recreacionales, artísticas u otras.

El artículo 7” del decreto, fija los niveles máximos de presión sonora corregidos que se obtengan de la emisión de la fuente fija emisora de ruido, medidos en el lugar donde se encuentre el receptor. Los niveles de emisión sonora establecidos en este decreto, se diferencian según la zona en que se encuentre el receptor y el horario en que se emitan los ruidos.

Etapas en que aplica

Operación

Relación con el|El proyecto considera el uso de vehículos motorizados durante la

proyecto operación, los cuales debido a su tránsito generarán emisiones a la atmósfera.

Forma de | Los vehículos que se utilizarán contarán la revisión técnica al día y

cumplimiento e | serán mantenidos periódicamente. Estos certificados estarán

indicador propuesto | disponibles en faena para su inspección, sirviendo como indicador de cumplimiento

Indicador de | Certificados

16 | RCA “Loteo Las Malvas”.

cumplimiento

Nombre DS N” 594/99, Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, modificado por Decretos Supremos N* 556, 201, 57, 97, 4 y 28.

Ministerio Ministerio de Salud

Materia El artículo 26, las aguas servidas de carácter doméstico deberán ser

conducidas al alcantarillado público, o en su defecto, su disposición final se efectuará por medio de sistemas o plantas.

Etapas en que aplica

Construcción y operación

Relación con el|Se generan aguas servidas a partir del uso servicios higiénicos por

proyecto parte de los trabajadores asociados al proyecto y luego durante la operación de los habitantes del proyecto habitacional.

Forma de | En la fase de construcción del proyecto, se utilizaron baños químico,

cumplimiento para dar cumplimiento al Art. 23 y 24 del D.S. 594,

Indicador de | Certificado de contratación de Baños Químicos

cumplimiento Registro Fotográfico Resolución de autorización del proyecto de alcantarillado y disposición de aguas servidas para la operación del conjunto habitacional.

Nombre DS N* 50/2003 de MOP conocido como RIDAA

Ministerio Ministerio de Obras Públicas, a través de la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS)

Materia Reglamento de Instalaciones Domiciliarias de Agua Potable y de

Alcantarillado

Etapas en que aplica

Construcción y operación

Relación con el|La construcción de las casas tiene instalaciones sanitarias, tanto de proyecto agua potable, como de alcantarillado, Forma de | Con el certificado de factibilidad de agua potable y alcantarillado

cumplimiento e

emitido por la empresa sanitaria ESSBIO, se verificará el

cumplimiento de este reglamento.

indicador de | No aplica

cumplimiento

Nombre DS N” 148/2004, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.

Ministerio Ministerio de Salud

Materia Establece las condiciones sanitarias y de seguridad mínimas a que

deberá someterse la generación, tenencia, almacenamiento, transporte, tratamiento, rehúso, reciclaje, disposición final y otras formas de eliminación de los residuos peligrosos. Respecto del almacenamiento, el artículo 33 establece las condiciones de los sitios que se utilizarán para dichos efectos. Asimismo, el artículo 36 establece disposiciones relativas al transporte de este tipo de residuos. A su vez, el artículo 43 se refiere a la obligación de contar con autorización sanitaria de las instalaciones de eliminación de residuos.

Finalmente, el artículo 80 establece que los tenedores de residuos peligrosos quedan sujetos a un Sistema de Declaración y Seguimiento de tales residuos, válido para todo el país.

Etapas en que aplica

Construcción

Relación con el | Los residuos sólidos peligrosos que se generen durante la etapa de

proyecto construcción del proyecto se almacenarán en recipientes con tapa, debidamente identificados y segregados de otros residuos sólidos. Estos residuos serán dispuestos en contenedores para luego ser transportados y dispuestos finalmente en un lugar autorizado.

Forma de | Los sitios de almacenamiento transitorio de residuos al interior del

cumplimiento e | proyecto, serán retirados mediante una empresa autorizada.

indicador propuesto

Indicador de Cumplimiento

Documentación relativa al transporte (guías de despacho autorizadas) Registro Fotográfico

17 | RCA

“Loteo Las Malvas”.

Norma

D.F.L. N* 725/1968

Nombre Código Sanitario

Ministerio Ministerio de Salud

Relación con el | Construcción y operación

proyecto

Forma de | El Proyecto contempla la acumulación transitoria de residuos sólidos

cumplimiento de diversa índole, y el transporte de los mismos a sitios de disposición final autorizados . Se solicitará a las empresas encargadas del transporte de los RISES que cumplan con la normativa asociada. En conjunto con lo anterior, se utilizará el Procedimiento Residuos Peligrosos, para la gestión, segregación y manejo de los RISES.

Indicador de | Documentación relativa al transporte y disposición

Cumplimiento Registro Fotográfico

Nombre DS N* 594/99, Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, modificado por Decretos Supremos N? 556, 201, 57, 97, 4 y 28.

Ministerio Ministerio de Salud

Materia Los artículos 18, 19 y 20 regulan los aspectos relativos a residuos.

El artículo 18 señala que la acumulación, tratamiento y disposición final de residuos industriales dentro del predio industrial, local o lugar de trabajo, deberá contar con la autorización sanitaria.

El artículo 19 señala que las empresas que realicen el tratamiento o disposición final de sus residuos industriales fuera o dentro de su predio, sea directamente o a través de la contratación de terceros, deberán contar con autorización sanitaria, previo al inicio de tales actividades.

Para obtener dicha autorización, la empresa deberá presentar los antecedentes que acrediten que tanto el transporte, el tratamiento, como la disposición final sea realizada por personas o empresas debidamente autorizadas por el Servicio de Salud correspondiente

Etapas en que aplica

Construcción

Relación con el

Los residuos sólidos domésticos que se generen durante la etapa de

proyecto construcción del proyecto se almacenarán en recipientes con tapa, debidamente identificados y localizados en los sectores con mayor tránsito de personal. Estos residuos serán dispuestos en contenedores para luego ser transportados y dispuestos finalmente en un relleno sanitario autorizado.

Forma de | Los sitios de almacenamiento transitorio de residuos al interior del

cumplimiento e | proyecto, serán retirados mediante una empresa autorizada

indicador propuesto

Indicador de | Documentación relativa al transporte y disposición

Cumplimiento Registro Fotográfico

Nombre Ley 17.288 de Monumentos Nacionales

Ministerio Ministerio de Educación

Materia Los Monumentos Históricos, Monumentos arqueológicos, indicando

que su control y supervigilancia recaen en el CMN y que todo trabajo de conservación, reparación o restauración de ellos estará sujeto a su autorización previa.

Etapas en que aplica

Construcción

Relación con el

De acuerdo a la inspección arqueológica y revisión bibliográfica

proyecto descrita en el Anexo 10 de la DIA en el área de influencia directa del proyecto no existen monumentos nacionales que puedan verse afectados por las actividades del proyecto. El proyecto no considerará la remoción, destrucción, excavación, traslado, deterioro o modificación permanente de algún Monumento 18 [ RCA “Loteo Las Malvas”.

Nacional, debido a que en el área de intervención del proyecto no existen monumentos.

Cumplimiento

Forma de No aplica cumplimiento e

indicador propuesto

Indicador de No aplica

8”. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias:

8.1. Plan de seguimiento

Impacto asociado

Ruido

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: .- Implementar Monitoreo Acústico

Descripción: El titular deberá implementar un monitoreo acústico para la etapa 1 y 2 de la fase de construcción, y para ambas etapas si coinciden acciones constructivas. Asimismo deberá realizar un monitoreo en el 2do período de construcción correspondiente al hormigonado.

Justificación: Verificar las medidas de control propuestas para atenuar el ruido provocado por la etapa de construcción

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: Lote de emplazamiento del proyecto inmobiliario

Forma: Estos monitoreos se realizarán cuando la distancia entre el receptor más desfavorable y la fuente de ruido sea la mínima.

De sobrepasar los valores proyectados se evaluarán nuevas medidas de control para así alcanzar los límites Diurno DS N%38 de 65 dB(A).

Oportunidad: No aplica

Indicador que acredite su cumplimiento

El contenido mínimo de cada Monitoreo sería lo que solicita el D.S.N38/11 para el informe técnico de las mediciones:

. Ficha de Información de Medición de Ruido,

. Ficha de Georreferenciación de Medición de Ruido, . Ficha de Medición de Niveles de Ruido, y

. Ficha de Evaluación de Niveles de Ruido

Forma de control y seguimiento

Informe de Monitoreo

Referencia al ICE para mayores detalles

Capitulo Condiciones o exigencias del ICE y ítem 4.3 del presente acto administrativo

  1. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias,

son las siguientes:

9.1 Plan de Contingencia

En el Anexo 19 de la DIA, se detalla el Plan de Contingencia , el cual define los pasos a seguir en caso de la aparición de situaciones desfavorables, no previstas, durante la etapa de construcción del

proyecto habitacional.

19 | RCA

“Loteo Las Malvas”.

El objetivo principal del Plan de es especificar el conjunto de medios y procedimientos de actuación para prevenir situaciones de emergencia y controlar los efectos de las mismas en el interior de las instalaciones del proyecto.

9,2.- Plan de Emergencia

Asimismo, se adjuntó Plan de Emergencia en Anexo 18 de la DIA, el cual tiene por objetivo definir el conjunto de medios y procedimientos de actuación ante situaciones de emergencia

10%, Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

  1. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.4.1. Fase de Construcción de la presente Resolución.

12%, Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

13%, Que, para que el proyecto “Loteo Las Malvas” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

14%. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

15%, Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Biobío la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

16%. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SETA, deberá someterse al SEIA.

17%, Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1%. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Loteo Las Malvas”, cuyo titular corresponde a la Inmobiliaria Inmovet Ltda presentada por la Sr. Marcos Retamal Muñoz.

  1. Certificar que el proyecto ““Loteo Las Malvas” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

20 | RCA “Loteo Las Malvas”.

3". Certificar que el proyecto “Loteo Las Malvas” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140, 142 y 156 del D.S. N” 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4%, Certificar que el proyecto “Loteo Las Malvas” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5%, Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.4.1. Fase de Construcción del presente acto.

6”. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N* 19.300 ante el/la Director/a Ejecutivo/a del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso gs de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Anótese, Comuníquese, Notifíquese y Archjy

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Sr. Marcos Retamal Muñoz, en representación de Titular del proyecto “Loteo Las Malvas”,

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Miembros de la Comisión de Evaluación Ambiental DGA, Región del Biobío

DOH, Región del Biobío

Dirección de Vialidad, Región del Biobío

Ilustre Municipalidad de Chillán

SAG, Región del Biobío

Consejo de Monumentos Nacionales Superintendencia de Medio Ambiente

Archivo Servicio de Evaluación Ambiental, Región del Biobío Expediente de Evaluación Ambiental del Proyecto “Loteo Las Malvas”

21 | RCA “Loteo Las Malvas”.