Modificación Mina Guanaco - Línea Eléctrica 33 kV
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN DE ANTOFAGASTA Califica Ambientalmente el Proyecto "Modificación Mina Guanaco - Línea Eléctrica 33 kV" 'E TW 3 Resolución Exenta Ny» UUb 4 Antofagasta, 22 FEB 2016 VISTOS:
1?. La Declaración de Impacto Ambiental (en adelante, DIA) y su Adenda de 01 de diciembre de 2015, del Proyecto "Modificación Mina Guanaco - Línea Eléctrica 33 kV", presentado por Guanaco Compañía Minera SpA con fecha 02 de septiembre de 2015
2?. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del Proyecto "Modificación Mina Guanaco - Línea Eléctrica 33 kV".
3?. El Acta de Evaluación N* 51/2015 de 30 de octubre de 2015, del Comité Técnico de la Región de Antofagasta.
4?. El ICE de la DIA del Proyecto "Modificación Mina Guanaco - Línea Eléctrica 33 kV" de 12 de enero de 2016.
5?. El acuerdo N 20/2016 de fecha 12 de febrero de 2016, de la sesión ordinaria N 05 de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta.
6”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del Proyecto "Modificación Mina Guanaco - Línea Eléctrica 33 kV".
7%. Lo dispuesto en la Ley N 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N? 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado: la Ley N? 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; la Resolución Toma de Razón N 119046 de fecha 28 de enero del 2016 de la Dirección Ejecutiva de Servicio de Evaluación Ambiental, que nombra a la Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental Región de Antofagasta y el D.S. N* 675 de fecha 11 de marzo de 2014, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra Intendente de la Región de Antofagasta, se dicta lo siguiente:
CONSIDERANDO: 1?. Que, Guanaco Compañía Minera SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de
Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del Proyecto "Modificación Mina Guanaco - Línea Eléctrica 33 kV" (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
¡Nombre o razón social ____| Guanaco Compañía Minera SpA AA A Domicilio ——| 14 de Febrero 2065, Oficina N? 1103, Antofagasta | Teléfono 552892241
| Nombre representante legal 1 Stabro Kasaneva López
| Rut representante legal 8.816.811-9
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Domicilio representante legal 14 de Febrero 2065, Oficina N* 1103, Antofagasta Teléfono representante legal 552892243
Correo electrónico Titular o | stabro.kasaneva(Qminaguanaco.cl
representante legal Nombre representante legal 2 | Patricio Illanes Perea
| Rut representante legal 10.841.908-3
| Domicilio representante legal| 14 de Febrero 2065, Oficina N? 1103, Antofagasta Teléfono representante legal 552892243
Correo electrónico Titular o | patricio.illanes(Qminaguanaco.cl
representante legal
2”. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 12 de enero de 2016, la Directora Regional de la Región de Antofagasta ha recomendado aprobar el Proyecto, en base a la opinión de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental que participaron del proceso de evaluación del Proyecto, y que a partir de sus informes se puede concluir que el Proyecto:
- Cumple con la normativa de carácter ambiental vigente aplicable.
» Ha identificado los permisos ambientales sectoriales aplicables al Proyecto, ha proporcionado satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dichos permisos, y no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N* 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
3”. Que, en sesión de fecha 12 de febrero de 2016, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta acordó calificar favorablemente el Proyecto "Modificación Mina Guanaco - Línea Eléctrica 33 kV", aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 12 de enero de 2016, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4?. Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general + Modificar la forma de abastecimiento energético de Minera Guanaco, incorporando una línea de transmisión eléctrica (LTE) de 33 KV y una subestación (S/E). De tal manera, la generación por diésel quedará operativa sólo para casos de emergencias (energía de respaldo).
- Permitir el procesamiento de minerales provenientes de otros yacimientos, distintos a los incluidos en la Resolución Exenta N2 0251/2009 de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Antofagasta, sin aumentar la capacidad autorizada ambientalmente.
Tipología principal, así | Tipología principal:
como las aplicables a Sus | b) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones partes, obras o acciones
Vida útil La vida útil del Proyecto será de 3 a 4 meses para la fase de construcción, 10 años para la fase de operación, mientras que la fase de cierre contempla 3 meses, por lo tanto la vida útil será de 10 años y 7 meses en total.
Gestión, acto O faena | La obra de ejecución del Proyecto que marcará el hito de inicio mínima que da cuenta del | corresponde al levantamiento de la instalación de faena, consistente en
inicio de la ejecución la instalación de los contenedores para oficinas y bodega de insumos. Proyecto se desarrolla por | Si No etapas Ñ xx] Proyecto modifica un | Si No |El Proyecto corresponde a una modificación del Proyecto o actividad “Proyecto Reapertura Mina Guanaco” aprobado X] mediante Resolución Exenta N* 0251/2009 de fecha
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15 de julio de 2009 de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Antofagasta. La modificación corresponde al cambio en el sistema de abastecimiento de energía eléctrica y permitir el procesamiento de minerales de otros yacimientos que cuenten con autorizaciones ambientales y sectoriales correspondientes.
Proyecto modifica otra(s) RCA
Si No
(x]
Resolución Exenta N? 0251/2009 de fecha 15 de julio de 2009 de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Antofagasta que aprueba Proyecto “Proyecto Reapertura Mina Guanaco”.
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político- administrativa
El Proyecto se localiza en la Región de Antofagasta, Provincia de Antofagasta y comuna de Taltal.
Descripción de la localización
El Proyecto se localiza específicamente en la Depresión Intermedia o Valle Central, a unos 220 Km al sureste de la ciudad de Antofagasta
Superficie
La superficie de las obras permanentes del Proyecto se estima en 349.290 m?, mientras que la superficie destinada a las instalaciones de faena, de forma temporal, se estima en 1.000 m?.
Coordenadas UTM en Datum WGS84
Las coordenadas UTM, Datum WGS 84 de las obras del Proyecto se presentan a continuación:
Tabla N* 1: Coordenadas LTE
Vértice Este Norte vO0 444210.15 7223485.78 vol 443762.66 7223392.34 vo2 440221.62 7222653.74 E] 439387.07 7222419.57 vVO04 439284.95 7222371.50 VOS 439004.88 7222165.00 vO6 438490.43 7221907.50 vO07 438357.21 7221879.98 VO8 437952.58 7221924.54 vO09 436866.92 7222088.00 v10 434698.91 7222433.37 vil 434235.85 7222516.74 v12 434030.14 7222566.01 v13 430708.09 7223396.94 v14 429304.33 7223942.18 VIS 427338.89 7225430.78 v16 427240.44 7225520.81 v17 425695.28 7227322.72 v18 425420.03 7227551.62 v19 423298.35 7228367.43 v20 422710.31 7228655.53
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v21 422307.33 7228976.87 v22 421874.40 7229212.99 v23 418758.18 7229130.41 V24 41794433 7229362.18 V25 417433.31 7229339.94 v26 412545.96 7227964.25 v27 412345.62 7227693.03 v28 412309.30 7227643.88
Tabla N* 2: Coordenadas de subestación
Vértice Este Norte vOl 444337.84 7223466.47 v02 444308.43 7223460.30 v03 444299.60 7223502.40 V04 444329.00 7223508.58
Las coordenadas de cada uno de los postes (289) se presentan en el Anexo 1-3 “Tabla de Coordenadas de Postación” de la DIA.
Caminos de acceso Para ingreso al Proyecto se utilizarán las rutas existentes, actual acceso a Mina Guanaco, camino privado y Ruta B-865. Las coordenadas del camino existente se presentan en la Tabla 1-2 del Adenda 1 de la DIA.
En caso de la LTE, la mayor parte del trazado de esta se encuentra paralela al camino existente, desde el Vértice 00 al Vértice 22 (Tabla 1- 2 de la DIA), desde este punto hasta el término de la LTE (Vértice 28) se habilitará un camino de servicio para la etapa de construcción, el cual tendrá una longitud aproximada de 1,2 km y 3,5 m de ancho. Las coordenadas del camino de servicio proyectado se detallan en la Tabla 1-3 del Adenda 1 de la DIA.
Referencia al expediente | La localización del Proyecto se presenta en la Figura 1-1 y Figura 1-2
de evaluación de los de la DIA. Para mayor detalle ver numerales 1.9, 1.10 y 1.11 del mapas, Informe Consolidado de Evaluación.
georreferenciación e
información
complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO
Las instalaciones (partes y obras físicas) que conformarán el Proyecto serán todas las que se describen a continuación:
a) Obras temporales
Las obras temporales corresponden a aquellas instalaciones que servirán de apoyo a las actividades constructivas del Proyecto y que, luego de finalizada la fase de construcción del mismo, serán desmanteladas y sus superficies restauradas a su condición previa a la intervención.
a.1) Instalación de faena
El Proyecto requerirá de una instalación de faena ubicada al interior de Mina Guanaco. La
instalación ocupará una superficie de 1.000 m? y sus coordenadas de ubicación se presentan en la Tabla 1-1 del Adenda 1 de la DIA. La instalación de faena contempla un área para estacionamiento
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y almacenamiento de equipos, postes, cables y otros insumos, además de un contenedor de oficina y 2 contenedores de Bodegas. El layout de “Disposición General de Instalación de Faena” se adjunta en Anexo 1-4 de la DIA.
La instalación de faena no considera área de almacenamiento de combustible y patio de almacenamiento de residuos ya que se utilizaran las existentes en Mina Guanaco. Las resoluciones de los patios de almacenamiento de Residuos Peligrosos y No Peligrosos, así como la Resolución de
Disposición Final de Residuos Domiciliarios (Relleno Sanitario) de Mina Guanaco se adjuntan en Anexo 1-5 de la DIA.
a.2) Frente de trabajo móvil
Se considerará un frente de trabajo móvil, aquel sector de la franja de servidumbre eléctrica, donde se dispondrán los insumos básicos como: extintor, botiquín, baño químico, elementos de protección personal, equipos y herramientas de uso diario, entre otros.
Este frente móvil de aproximadamente 20 m?, se desplazará de acuerdo al avance de las obras (cada 1 km aproximadamente) a lo largo del trazado de la LTE. Contará con baños químicos, estación de emergencia, elementos de protección personal, agua en bidones (consumo humano) y receptáculos etiquetados para el almacenamiento temporal de residuos, los que serán retirados y llevados a Mina Guanaco para luego ser dispuestos en sitios autorizados.
b) Obras permanentes El Proyecto contempla la ejecución de las siguientes obras que tendrán carácter permanente: b.1) Línea de Transmisión Eléctrica 33 kV
El suministro eléctrico proyectado será transportado mediante un tendido en 33 kV, que conectará el Sistema Interconectado Central (SIC) con las instalaciones de Mina Guanaco. La totalidad del trazado de la línea eléctrica será de forma aérea.
De acuerdo al emplazamiento de los puntos de conexión de origen y de destino, la línea eléctrica se desarrollará aproximadamente entre las cotas 2.050 y 2.700 msnm. Con una longitud aproximada de 34,8 km, montadas en postes de hormigón y una franja de servidumbre de 5 metros de ancho a cada lado del eje de la línea eléctrica
En Anexo 1-4 de la DIA se presenta el Plano “Disposición General de la LTE y S/E”, en él se muestra el trazado de la LTE proyectada y sus vértices. Las coordenadas de cada una de las estructuras de los postes (289 en total) se presentan en Anexo 1-3 de la DIA.
El Proyecto contará con 289 estructuras de postes de hormigón, ocupando 2 tipos de diseño (estructuras de paso y de remate) según posición y funcionamiento, en Anexo 1-4 “Planimetría del Proyecto”, se entrega el diseño de cada estructura de postes utilizados, Planos “Estructura de Paso y Detalles” y “Estructura de Remate y Detalles”.
Mayores antecedentes se presentan en el numeral 1.4.3.1 de la DIA. b.1.1) Postes de hormigón
Los postes de hormigón tendrán una longitud total de 15 m, estos serán enterrados 2,5 m, por lo tanto su altura útil desde nivel de terreno terminado será de 12,5 m. Los postes serán empotrados directamente al terreno natural, por lo tanto no se requerirá de hormigón, para su montaje. El cable se dispondrá en forma triangular con ferretería para suspenderlo y mantener una altura al suelo según normativa SEC. El modo de empotramiento de los postes en el terreno se muestra en la Figura 1-4 de la DIA.
Las estructuras de anclaje serán dispuestas cada 1 km aproximadamente, de acuerdo a normativa SEC vigente, la cual consiste en anclajes adicionales en ambos sentidos de la línea. Mayores antecedentes se presentan en el numeral 1.4.3.1.1 de la DIA.
b.1.2) Cable de línea eléctrica
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El cable a utilizar será del tipo ACSR (Aluminium Conductor Steel Reinforced), el cual consiste en
cable de aluminio con alma de acero y cuyas características técnicas se presentan en la Tabla 1-9 de la DIA.
Adicionalmente, el tendido eléctrico considera la instalación de un cable de fibra óptica cuyo objeto consiste en brindar una solución de medio de comunicación para la minera (vía radioenlace) conectándose directamente a la red de fibra óptica del servicio de telecomunicaciones. Mayores antecedentes se presentan en el numeral 1.4.3.1.2 de la DIA.
b.2) Subestación (S/E)
La subestación eléctrica posibilita la conexión de líneas de media tensión que ingresan o retiran energía de ella y permiten que, ante la falla de una de las líneas, sea posible su desconexión sin interrumpir el normal suministro de energía.
La subestación está compuesta principalmente por los siguientes componentes:
Postes de acometida desde línea de 33 kV Interruptor 33 kV Transformador de distribución de 33 a 13,8 kV, 7 MVA. + Equipo de transferencia automática en media tensión e Postes de salida hacia línea de 13,8 kV . El sistema de generación diésel de respaldo está compuesto principalmente por los siguientes componentes:
Casa de fuerza
Centro de distribución baja tensión
Transformadores elevadores 380/13200 V, 1 MVA Postes de salida 13,8 kV hacia transferencia automática Estanques de combustible
El layout de “Disposición General de Subestación” se adjunta en Anexo 1-4 de la DIA. b.3) Empalme LTE con subestación elevadora del Parque Eólico Taltal
La conexión de la línea eléctrica a la subestación elevadora del Parque Eólico Taltal se realizará a través de la barra de 33 KV que posee el sistema, por lo que no se requiere de mayor infraestructura a la existente.
El esquema de conexión del vértice 28 se señala en el Plano “Empalme en Vértice 28” en Anexo 1- 4 de la DIA.
b.4) Casa de fuerza
El Proyecto considera la eventual reubicación de la actual casa de fuerza, de ser así, para ello se deberán trasladar 7 generadores de 400 KW, hasta el nuevo sector de la S/E. Previo al desmantelamiento de la actual casa de fuerza se deberá preparar el área donde se montarán estos equipos.
Para la eventual reubicación de la Casa de Fuerza se requiere de un área total de 576 m?, para el montaje de los 7 generadores diésel y la instalación de los 4 estanques de almacenamiento de combustible de 10 m' de capacidad. Para la disposición de los equipos generadores diésel se instalará un galpón abierto de 288 m? y para los estanques de combustible, se habilitará un área de estanques de 288 m?,
La distribución de los equipos y estanques y las características constructivas del sitio se señalan en el Plano “Disposición General Sala de Generación” del Anexo 1-4 de la DIA.
4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
Replanteo El replanteo topográfico consiste en marcar el terreno mediante estacas de
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topográfico
acuerdo a la información contenida en los planos, tanto como para la ejecución de obras de línea eléctrica como para subestación.
Movimientos de tierra
Se requerirá realizar excavaciones puntuales para las hoyaduras de los postes de hormigón y radieres de la subestación. En el área de la subestación se realizarán movimientos menores de tierra para limpieza y nivelación de terreno.
Los postes de hormigón serán enterrados a 2,5 m. Para el caso de la subestación se requerirá solamente de una excavación para ejecutar radieres. Por lo tanto, se requerirá una excavación total estimada de 600 m' de material excavado (excavaciones de hoyaduras 500 m' y radieres 100 m3), donde todo el material será reutilizado como relleno y el sobrante dispuesto en forma compacta y uniforme en zonas aledañas a las obras.
Habilitación de instalaciones de faena
Se habilitará el terreno de la instalación de faena, considerando trabajos de limpieza, despeje y nivelación de la superficie (si corresponde), mediante el uso de maquinarias estándar de construcción y mano de obra capacitada.
Habilitación de caminos
Entre los vértices 00 y 20 de la LTE se utilizará el camino existente de acceso a Mina Guanaco, mientras que a partir del vértice 20 al 28, se habilitará una huella de no más de 3,5 metros de ancho y con una longitud aproximada de 1,2 km, a través de un perfilamiento con la correspondiente maquinaria (retroexcavadora). Este camino de servicio será de uso para trabajo de montaje de LTE y actividades de mantención de la línea durante la operación del Proyecto.
Habilitación línea media tensión
a) Línea aérea
La primera obra a realizar en esta actividad será el despeje y adecuación de todos los puntos del terreno en dónde se emplazará cada poste de la LTE. Para ello se hará un despeje de piedras o promontorios de tierra, entre otros obstáculos que existan en el área.
La forma de manejar este tipo de material será reutilizándolo en el relleno y compactación de las excavaciones a realizar en el Proyecto, así como también distribuyéndolo uniformemente en los terrenos aledaños que lo requieran.
b) Montaje de la postación de la línea área
Una vez despejado el sector, se ejecutarán las hoyaduras en el terreno sobre el cual se efectuará el asentamiento y montaje de los postes que forman parte de la LTE. Estas hoyaduras serán realizadas mediante retroexcavadora o de forma manual, según el tipo de terreno. Se considera la instalación de toda la ferretería y aisladores en piso (vestidura del poste), aledaño a cada hoyadura, que permitan la posterior instalación del cableado.
El material producto de las hoyaduras para el asentamiento y montaje de los postes, será reutilizado como relleno y compactación de los mismos. En caso que se genere material sobrante, éste será esparcido de manera uniforme en los terrenos aledaños.
c) Montaje del cableado
Se realizará el tendido de los conductores desnudos (cableado), una vez levantadas todas las estructuras de postes, el tensado se realizará mediante el uso de winches y tecles, para posteriormente ser fijados a los aisladores mediante el uso de prensas.
Las tensiones y vanos a utilizar corresponden a las calculadas por Proyecto. Las tensiones de montaje estarán de acuerdo al temple del conductor. Un ejemplo de esto se muestra en el Plano “Perfil Longitudinal y Tabla de Temples” en Anexo 1-4 de la DIA.
Por otra parte, para el montaje de la fibra óptica, ésta se instalará en cada poste a una altura de 6 metros desde el piso, salvo en el cruce ferroviario que quedará instalado a una altura de 7,5 metros.
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Habilitación de la subestación
Las principales acciones consideradas en fase de construcción para la subestación, con una superficie de 1.290 m?, son las siguientes:
-
Despeje del terreno, nivelación, construcción de radieres y montaje de equipos, entre otras.
-
Se adecuará el terreno mediante un escarpe superficial. Se contempla realizar zanjas necesarias para la construcción de la malla de puesta a tierra. A dicha malla se conectarán los equipos primarios, sus estructuras y Cualquier elemento metálico que se instale en dicho patio. La malla será de cable de cobre desnudo y se contempla se entierre a lo menos 60 cm bajo la plataforma de la subestación. Esta malla protegerá de descargas eléctricas a las personas que eventualmente se encuentren en el área de la subestación.
-
Una vez que la malla de puesta a tierra se encuentre instalada, se realizarán los radieres de los equipos, estructuras e instalaciones.
-
Montaje de los equipos componentes de la subestación (transformadores, interruptores, desconectadores, entre otros). Además se habilitará la iluminación de la subestación con equipos de alumbrados aprobados para la zona geográfica.
Empalme LTE con la subestación elevadora del Parque Eólico Taltal
Esta conexión se realizará en la barra de 33 kV que posee el sistema y no requiere de nuevas obras y canalizaciones a las ya existentes.
Reubicación de la casa de fuerza
El Proyecto considera la eventual reubicación de la actual casa de fuerza, para ello deberá trasladar 7 generadores 400 KW, hasta el nuevo sector de la S/E. Previo al desmantelamiento de la actual casa de fuerza se deberá preparar el área donde se montarán estos equipos.
Las actividades consideradas en la reubicación de la casa de fuerza se listan a continuación:
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Despeje del terreno, nivelación, construcción de radier y montaje de equipos, entre otras.
-
Se adecuará el terreno mediante un escarpe superficial. Se contempla realizar zanjas necesarias para la construcción de la malla de puesta a tierra. A dicha malla se conectarán los equipos primarios, sus estructuras y cualquier elemento metálico que se instale en dicho patio. La malla será de cable de cobre desnudo y se contempla se entierre a lo menos 60 cm bajo la plataforma de la casa de fuerza. Esta malla protegerá de descargas eléctricas a las personas que eventualmente se encuentren en el área.
e Una vez que la malla de puesta a tierra se encuentre instalada, se realizarán los radieres de los equipos, estructuras e instalaciones.
-
Instalación de un galpón abierto de 288 m*(12 x 24 m) para la protección de los equipos generadores, las características constructivas del sitio se muestran en Plano “Disposición General Sala de Generación”, en Anexo 1-4 de la DIA.
-
Montaje electromecánico de los equipos generadores, alambrado, conexionado y pruebas consideradas en la casa de fuerza, como los equipos de control, protección, supervisión, medición, telecomunicaciones y servicios auxiliares.
-
El área de estanques de abastecimiento de combustible diésel, considera 4 estanques de 5 m' (modelo AEROTANK o similar), los cuales serán suministrados por una empresa autorizada. Estos estanques serán instalados sobre radier en un área de 288 m?. En Anexo 4 del Adenda 1 de la DIA se adjunta la ficha técnica de los estanques de combustible.
Se construirá un cierre perimetral de 30 x 43 m aproximado, en base a postes metálicos y mallas del tipo ACMA o similar, alrededor de los equipos que
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componen la totalidad de la subestación (incluida área de estanques y casa de fuerza, si corresponde). La altura de este cierre perimetral será aproximadamente de 2,8 m con portones de acceso controlado.
Conexión y pruebas de energización
Una vez realizadas todas las instalaciones, se procederá a la realización de las pruebas de recepción de la línea, cuyo resultado satisfactorio dejará la LTE en condiciones de ser energizada. Durante las pruebas previas a la energización se verificará la continuidad de cada fase y se comprobará su debida secuencia.
Equipos y maquinarias
Los equipos y maquinarias requeridos para efectuar todos los trabajos asociados a la construcción del Proyecto se detallan en la Tabla 1-11 de la DIA.
Insumos y suministros básicos
a) Energía: Sólo la instalación de faena, la cual estará emplazada al interior de Mina Guanaco, requerirá de energía eléctrica principalmente para sectores de oficina y bodegas. Esta energía será suministrada desde las instalaciones existentes y corresponderán principalmente para iluminación de los contenedores y patio de acopio.
b) Agua potable: El agua para consumo de los trabajadores será abastecida mediante bidones los cuales estarán dispuestos en dispensadores tanto para el área de terreno en puntos móviles como para la instalación de faena. En caso de agua potable requerida para los servicios higiénicos cabe destacar que el Proyecto utilizará las instalaciones sanitarias que posee Mina Guanaco, las cuales cuentan con autorización sanitaria (Anexo 1-5 de la DIA). Se estima un consumo máximo total de 3 m'/día.
c) Agua industrial: El agua industrial será utilizada principalmente para humectación de caminos. El agua será suministrada mediante un camión aljibe que se abastecerá desde Mina Guanaco. El consumo de agua industrial durante la fase de construcción se estima en 10 m'/día.
d) Combustible: Se requerirá petróleo como combustible, para las maquinarias, camiones u otro vehículo según las necesidades de construcción. Este combustible será suministrado desde la estación de combustible de Mina Guanaco. Se estima un consumo máximo de 2.500 l/mes durante la fase de construcción.
e) Hormigón: Se utilizará en la construcción de radieres en la casa de fuerza y la subestación y será abastecido mediante camiones mixer betoneros provenientes de plantas de fabricación de hormigón de empresas autorizadas. La cantidad a utilizar es de 100 m' aproximadamente. La construcción de los radieres se realizan mediante paños (tramos), por lo que los camiones con hormigón con retardador de fragiie, descargarán completamente no generando residuos.
Para el lavado del camión mixer se requerirá aproximadamente 1 m!' de agua, la Cual será utilizada para humectar la siguiente área de trabajo (paño) donde se aplicará el hormigón. Para el último viaje, el agua de lavado se utilizará para fortificación en las frentes de trabajo de la mina subterránea de Mina Guanaco (seguridad de las personas y túneles de trabajo), mediante shotcrete, actividad que es parte del Proyecto Reapertura Mina Guanaco y que se realiza diariamente.
f) Servicios higiénicos: Se habilitarán baños químicos que cumplirán con la normativa ambiental aplicable vigente. La mantención y limpieza de éstos se realizará a lo menos una vez por semana mediante empresas autorizadas.
g) Alimentación, alojamiento y transporte: La alimentación para el personal se realizará en el casino habilitado y autorizado de Mina Guanaco. Para el caso del alojamiento, este contempla la utilización del actual campamento de Mina Guanaco y en caso de ser necesario o por falta de disponibilidad, los trabajadores se trasladarán a zonas cercanas al Proyecto. Mientras que el transporte de personal entre faena y ciudades de origen de los trabajadores se realizará utilizando el actual sistema de transporte de Mina Guanaco.
Recursos naturales
El Proyecto no contempla la extracción o explotación de recursos naturales renovables.
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renovables
Emisiones y efluentes
a) Emisiones atmosféricas
Las principales emisiones a la atmósfera durante esta fase corresponderán a material particulado que se generará principalmente debido a la circulación de vehículos menores, movimiento de tierras menores y actividades de transporte.
Tabla N? 3: Emisiones atmosféricas fase de construcción Emisión (kg/día)
MP2,5 5,88
MP10 57,12
Fase NOx
4,29
(00) 0,81
HC/COV 0,26
Construcción
Se implementarán las siguientes acciones de control de emisiones:
-
Los vehículos poseerán su revisión técnica al día. La mantención de la maquinaria se realizará de acuerdo a las especificaciones del fabricante, en el taller mecánico dispuesto en Mina Guanaco.
-
El límite de velocidad de circulación de vehículos por los caminos será de 50 km/h sin carga y 30 km/h con carga cubierta
-
El nuevo tramo de camino de 1,2 km y el camino existente serán humectados con una frecuencia de dos veces al día. Se mantendrá un registro de la aplicación de la medida, que considerará al menos fecha, hora de aplicación, responsable y firma.
-
Los movimientos de tierra y excavaciones se realizará humectando previamente la superficie del suelo, en caso de ser necesario.
-
El transporte de materiales en camiones se realizará con la carga cubierta.
El inventario de emisiones del Proyecto se presenta en el Anexo 3 del Adenda 1 de la DIA.
b) Ruido
En la fase de construcción del Proyecto las fuentes emisoras consideradas corresponden al ruido generado por las actividades de construcción de la LTE y S/E. De acuerdo al estudio de impacto acústico presentado en el Anexo 1-8 de la DIA, los resultados indican que el Proyecto cumple con la normativa ambiental aplicable vigente.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
a) Residuos líquidos
Aguas servidas: Las aguas servidas que se generarán producto del uso de baños químicos en los frentes de trabajo, serán retiradas por una empresa autorizada. La generación de agua servida estimada es de 2,4 m'/día. Además, se utilizarán las instalaciones existentes de Mina Guanaco, las que cuentan con resoluciones sanitarias respectivas (Anexo 1-5 de la DIA).
b) Residuos sólidos
Tabla N? 4: Residuos sólidos fase de construcción
envoltorios, papeles, etc.
Tipo Descripción Volumen Forma de manejo y disposición final
Residuos Restos de | 300 kg/mes Se almacenarán en
domésticos comida, recipientes herméticos en
envases, los frentes de trabajo, y al
final de cada jornada laboral serán retirados y transportados al área de
disposición final autorizada en Mina Guanaco.
10/32
Residuos Plástico,
995 kg/mes Se almacenaran en los industriales no | cartón, frentes de trabajo y al final peligrosos chatarra, de cada jornada laboral
maderas y/o serán retirados y envases de transportados al área de maderas; almacenamiento temporal despuntes de ubicado Mina Guanaco. cables y otros; Posteriormente serán EPP, ropa de retirados por una empresa trabajo en externa autorizada y desuso y no dispuestos en sitios contaminada autorizados y/o reciclados. Residuos Aceites, 80 litros/mes | Se almacenarán peligrosos grasas y temporalmente en Patio de combustible; almacenamiento temporal EPP y ropa de | 3 kg/mes de Mina Guanaco y serán trabajo en retirados por una empresa desuso y autorizada para la contaminada disposición final.
Referencia al
ICE para mayores
detalles sobre esta fase.
Numerales 4.2, 4.5.1.1, 4.5.2 a), 4.5.4 a) y 4.5.5 a) del Informe Consolidado de Evaluación.
4.3.2. FASE DE OPERACIÓN
Operación LTE y S/E
La operación de la LTE no requiere de operación directa, las actividades estarán limitadas a una visita de inspección mensual y a la mantención de la LTE, las cuales serán realizadas por una empresa externa o Guanaco Compañía Minera. Las mantenciones pueden ser de tres tipos: mantenimientos de tipo preventivo, correctivo y reparaciones de emergencia.
En la visita de inspección se consideran recorridos terrestre para la inspección visual de cableado y postaciones. Además como medida preventiva se realizará una inspección visual al equipamiento primario y componentes de la subestación, con el fin de programar la corrección de las anomalías encontradas.
En caso que durante las visitas de inspección se identifiquen posibles anomalías, se realizará un mantenimiento preventivo para corregirlas y se estima que se empleen aproximadamente 3 personas y un equipamiento mecánico menor.
Por otro lado, el mantenimiento correctivo considera reparaciones de las fallas, en caso de que se detecten.
Las reparaciones de emergencias se realizan cuando la línea sea afectada por intervenciones de terceras personas o por daños provocados por la naturaleza. Estas reparaciones pueden requerir el uso de equipos mayores y/o personal adecuado para esta labor.
Abastecimiento de minerales desde otros yacimientos
A la fecha, la planta de procesamiento de Mina Guanaco no ha alcanzado la producción autorizada. En sus dos últimos años de operación, el promedio de mineral procesado ha sido de 1.100 ton/día aproximadamente, dejando una capacidad disponible para recibir minerales de yacimientos externos, de 900 ton/día. Respecto a la producción del metal doré, se ha producido un promedio de 51.000 Oz/año de oro, dejado una disponibilidad de un 50% de producción. La capacidad para recibir minerales de yacimientos externos será variable y no superará la capacidad máxima autorizada 2.000 ton/día.
El abastecimiento de mineral desde yacimientos externos a Guanaco Compañía Minera, no requiere de modificaciones a las obras evaluadas y aprobadas en el Proyecto original, toda vez que la Planta cuenta con capacidad de procesamiento disponible. La planta de procesamiento de Mina Guanaco cuenta con capacidad
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de procesamiento de mineral máxima autorizada de 2.000 ton/día. Los flujogramas de los procesos actuales de Mina Guanaco se presentan en el Anexo 1 del Adenda 1 de la DIA.
Cabe señalar que, la incorporación de estos nuevos minerales no afectara las capacidades del proceso productivo, autorizadas mediante Resolución Exenta N? 0251/2009 de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Antofagasta que aprueba Proyecto “Proyecto Reapertura Mina Guanaco”.
Mayores antecedentes se presentan en el numeral 1.6.1.1 de la DIA.
Equipos y maquinarias
Para la operación normal se requiere de una camioneta, la cual será utilizada por el operador para el recorrido e inspección permanente. En caso de las mantenciones programadas las cuales contemplan limpieza de LTE y S/E se utilizará camión pluma con hidrolavadora y equipo soplador para limpieza.
Actividades de mantención y conservación
Las únicas actividades de mantención de la etapa de operación que contempla el Proyecto, corresponderán a las labores de mantención de la LTE y S/E, las cuales serán incorporadas al programa mensual de Mantención General que posee Mina Guanaco. Dentro de las actividades principales de mantención de la LTE se considerará la inspección visual y lavado de aisladores (agua pulverizada), mientras que en el caso de la subestación dentro de las actividades principales de mantención se considera la inspección visual y el soplado de equipos.
Cuantificación y forma de manejo de los
El Proyecto no modifica los productos generados en Mina Guanaco, los cuales seguirán siendo procesados conforme a lo señalado en Resolución Exenta N? 0251/2009 de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de
productos Antofagasta que aprueba Proyecto “Proyecto Reapertura Mina Guanaco”. generados Insumos y a) Energía eléctrica: La energía eléctrica será abastecida por Guanaco Compañía suministros Minera. básicos . 50 b) Agua potable: El Proyecto solo considera el aumento de dotación actual de Minera Guanaco en 3 personas, por lo que no se modifica el actual sistema de abastecimiento de agua potable. c) Agua industrial: Se requerirá de 2 m' para las actividades de mantención. La actividad de lavado se realiza con agua pulverizada para optimizar el uso eficiente del recurso, la que se obtendrá de Mina Guanaco. d) Servicios higiénicos: El Proyecto solo considera el aumento de dotación actual . S y . . de Minera Guanaco en 3 personas, por lo que utilizará las instalaciones a - Pp q existentes y autorizadas. e) Alimentación, alojamiento y transporte: Se utilizarán las instalaciones existentes. Recursos El Proyecto no contempla la extracción o explotación de recursos naturales naturales renovables. renovables
Emisiones y efluentes
a) Emisiones atmosféricas
Durante la fase de operación las principales fuentes de emisión de material particulado del Proyecto corresponden a circulación de vehículos por caminos no pavimentados y operación de vehículos.
Tabla N? 5: Emisiones atmosféricas fase de operación Emisión (kg/día) MP2,5 NOx Co HC/COV 0,05 0,02 0 0
MP10 0,50
Fase
Operación
Se implementarán las siguientes acciones de control de emisiones:
- Los vehículos poseerán su revisión técnica al día. La mantención de la
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maquinaria se realizará de acuerdo a las especificaciones del fabricante, en el taller mecánico dispuesto en Mina Guanaco.
-
El límite de velocidad de circulación de vehículos por los caminos será de 50 km/h sin carga y 30 km/h con carga cubierta
-
El nuevo tramo de camino de 1,2 km será humectado de acuerdo a las necesidades de la obra.
-
Los movimientos de tierra y excavaciones se realizará humectando previamente la superficie del suelo, en caso de ser necesario.
El inventario de emisiones del Proyecto se presenta en el Anexo 3 del Adenda 1 de la DIA.
b) Ruido
En la fase de operación no se prevé fuentes emisoras de ruido. De acuerdo al estudio de impacto acústico presentado en el Anexo 1-8 de la DIA, los resultados indican que el Proyecto cumple con la normativa ambiental aplicable vigente.
c) Campos electromagnéticos
De acuerdo a los resultados presentados en el estudio de estimación de los campos eléctricos y magnéticos (Anexo 2 del Adenda 1 la DIA), la magnitud de campo eléctrico existente a un metro de altura sobre el suelo en el borde de la franja de la línea de 33 kV, es de 280 V/m, inferior al límite normativo más restrictivo de 3000 V/m considerado seguro. Mientras que la magnitud de inducción magnética máxima existente a un metro de altura sobre el suelo en el borde de la franja de la línea de 33 kV operando en condición de máxima corriente de 120 Amperes, es de 3,21 micro Tesla, inferior al límite normativo más restrictivo de 25 micro Tesla considerado seguro.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
a) Residuos líquidos
Aguas servidas: El Proyecto solo considera el aumento de dotación actual de Minera Guanaco en 3 personas, por lo que se utilizará las instalaciones sanitarias existentes y autorizadas.
b) Residuos sólidos
Tabla N? 6: Residuos sólidos fase de operación
Tipo Descripción Volumen Forma de manejo y disposición final Residuos Restos de | 1,5 kg/día La disposición en los domésticos comida, puntos de generación se envases, realizará en contenedores envoltorios, con tapas para posterior papeles, etc traslado a Relleno Sanitario autorizado de Mina Guanaco Residuos No se generarán residuos industriales de ningún tipo. En caso industriales no | de generarse debido a situaciones extraordinarias, estos serán peligrosos retirados al momento de su generación y dispuestos en un lugar autorizado. Residuos No se prevé la generación de residuos peligrosos, y en caso peligrosos de generarse eventualmente en las labores de mantención y/o reparación de la LTE, éstos serán retirados inmediatamente al momento de su generación para ser dispuestos en un lugar autorizado.
Referencia al
ICE para mayores detalles sobre
Numerales 4.3, 4.5.1.2, 4.5.2 b), 4.5.3, 4.5.4 b) y 4.5.5 b) del Informe Consolidado de Evaluación.
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esta fase.
4.3.3. FASE DE CIERRE
Desmantelamie nto de la infraestructura utilizada para el Proyecto
En caso de que al finalizar la vida útil del Proyecto no existiese uso alternativo para la línea de transmisión eléctrica, se procederá a retirar toda la infraestructura reutilizándola o vendiéndola.
Previo a que se realice el cierre, el titular presentará un detalle de las siguientes actividades:
- Planificación de actividades.
- Aviso a las autoridades correspondientes.
- Trabajos de desmontaje de cables y estructuras. Gestión para la reutilización o reciclaje del material apto para ello.
En caso de que exista un desmantelamiento, las actividades asociadas serán:
-
Instalación de la base temporal desde dónde operará el contratista: Se desarrollará de igual forma a la fase de construcción del Proyecto.
-
Contratación de personal: Se desarrollará de igual forma a la fase de construcción del Proyecto, es decir, será de responsabilidad del contratista a cargo de la construcción.
e Retiro de los conductores y postes: Una vez terminada la vida útil del Proyecto, se deberá realizar desmonte de los conductores y postes, para luego proceder a la restitución del terreno.
Esta actividad se desarrollará mediante la ayuda de un camión pluma y un camión grúa cuando sea posible, para luego trasladar dichas partes a la base del contratista y posteriormente venderlas o disponerlas en algún lugar autorizado. Una vez realizadas estas tareas se restituirán las condiciones originales del terreno, en lo posible, a las condiciones del terreno en su forma original.
Emisiones y efluentes
a) Emisiones atmosféricas
Las emisiones a la atmosfera corresponderán a material particulado y gases de combustión producto de los movimientos de tierra relacionados con excavaciones, escarpe, transferencia de material, compactación. Además se generarán emisiones provenientes del tránsito de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados.
Tabla N? 7: Emisiones atmosféricas fase de cierre Emisión (kg/día) MP2,5 NOx 4,37 26,23
MP10 21,28
co 4,89
HC/COV 1,57
Fase
Cierre
Se implementarán las siguientes acciones de control de emisiones:
-
Los vehículos poseerán su revisión técnica al día. La mantención de la maquinaria se realizará de acuerdo a las especificaciones del fabricante, en el taller mecánico dispuesto en Mina Guanaco.
-
El límite de velocidad de circulación de vehículos por los caminos será de 50 km/h sin carga y 30 km/h con carga cubierta
-
El nuevo tramo de camino de 1,2 km será humectado de acuerdo a las necesidades de la obra.
-
Los movimientos de tierra y excavaciones se realizarán humectando previamente la superficie del suelo, en caso de ser necesario.
-
El transporte de materiales en camiones se realizará con la carga cubierta.
El inventario de emisiones del Proyecto se presenta en el Anexo 3 del Adenda 1 de la DIA.
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b) Ruido Las principales fuentes de ruido identificadas en la fase de cierre corresponden al uso de maquinarias. De acuerdo al estudio de impacto acústico presentado en el Anexo 1-8 de la DIA, los resultados indican que el Proyecto cumple con la normativa ambiental aplicable vigente. Residuos, a) Residuos líquidos productos químicos y Aguas servidas: Se generarán aguas servidas productos del uso de baños otras sustancias | químicos en los frentes de trabajo, que serán retiradas por una empresa que puedan | Autorizada. Se estima una generación de 1,2 m'/día de aguas servidas. afectar el medio ambiente. b) Residuos sólidos Tabla N? 8: Residuos sólidos fase de cierre Tipo Descripción | Volumen Forma de manejo y disposición final Residuos papeles, 150 kg/mes | Serán dispuestos en domésticos restos contenedores segregados, orgánicos y debidamente rotulados y vidrios sellados con tapa. Posteriormente serán dispuestos en relleno sanitario autorizado. Residuos Chatarras, 500 kg/mes | Almacenamiento transitorio en industriales no | cables, contenedores y dispuestos en peligrosos revestimient sitio autorizado. OS y otros Postación 289 Acopio para venta O estructuras | disposición final. Serán dispuestos en sitio autorizado. Residuos Aceites, 40 litros/mes | Almacenamiento transitorio en peligrosos grasas y contendores y dispuestos en combustible sitio autorizado. EPP y ropa | 3 kg/mes de trabajo en desuso contaminada Referencia al ICE para | Numeral 4.4, 4.5,1,3, 4.5.2 c), 4.5.4 c) y 4.5.5 c) del Informe Consolidado de mayores Evaluación. detalles sobre esta fase.
4.4. DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO.
4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
Parte, obra o acción que establece el inicio
El hito de inicio de la fase de construcción corresponde al levantamiento de la instalación de faena, consistente en la instalación de contenedores para oficinas y bodegas de insumos.
Parte, obra o acción que establece el término
El hito de término corresponde a la conexión y pruebas de energización de la LTE.
4.4.2. FASE DE OPERACIÓN
establece el inicio
Parte, obra o acción que
El hito de inicio de la fase de operación corresponde a la energización y puesta en servicio de la LTE y subestación.
Parte, obra o acción que establece el término
El hito de término de la fase de operación corresponde al inicio de las actividades del Plan de Cierre de la Mina.
4.4.3. FASE DE CIERRE
Parte, obra o acción que establece el inicio y término
El hito de inicio de la fase de cierre corresponde a la desconexión de la LTE y Subestación
Parte, obra o acción que establece el término
La actividad de término de la fase de cierre corresponderá al transporte y disposición de residuos a lugar autorizado.
*. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la eiii de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N?
19.300:
S.1.
RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y
CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS
Impacto no significativo
El Proyecto no generará riesgo para la salud de la población.
Se generarán emisiones de material particulado y gases de combustión, las cuales serán mayores durante la fase de construcción del Proyecto. Durante esta fase se generarán emisiones debido a la circulación de vehículos menores, movimiento de tierras menores y actividades de transporte, estimando una emisión de 57,12 kg/día de MP10, mientras que en la fase de operación se estima una emisión de 0,50 kg/día de MP10 y en la fase de cierre la emisión será de 21,28 kg/día de MP10. En todas las fases del Proyecto se implementarán medidas de control de emisiones como humectación de caminos. Cabe señalar que el Proyecto se encuentra alejado de zonas pobladas.
Respecto a los campos eléctricos y magnéticos, según los resultados presentados en el estudio de estimación de los campos eléctricos y magnéticos en el Anexo 2 de la DIA, la magnitud de campos electromagnéticos se encontrará por debajo de lo indicado en normativa de referencia.
Las emisiones de ruido se generarán durante las fases de construcción y cierre, cumpliendo con la normativa ambiental aplicable, de acuerdo a los resultados del estudio de impacto acústico presentados en el Anexo 1-8 de la DIA. Además dentro del Área de Influencia del Proyecto no existe población receptora alguna.
Las aguas servidas que se generarán durante las fases de construcción, operación y cierre serán manejadas mediante baños químicos en los frentes de trabajo y el uso de las instalaciones autorizadas existentes de Mina Guanaco.
Se generarán residuos sólidos domésticos, industriales no peligrosos y peligrosos en las fases de construcción, operación y cierre, los que serán manejados cumpliendo con la normativa ambiental aplicable.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Numerales 4.5.1, 4.5.2, 4.5.3, 4.5.4, 4.5.5, 5.3 y Capítulo VI del Informe Consolidado de Evaluación.
| 5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS | ¡| RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE
Impacto no significativo
| l | |
El Proyecto no generará efectos adverzos significativos sobre los. recursos naturales renovables.
El área de influencia del Proyecto no presenta suelos con capacidad
-| para sustentar biodiversidad, por lo que no existirán efectos adversos
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significativos sobre este componente.
Según los antecedentes presentados por el titular en el Anexo 2-1 de la DIA, en la totalidad del área del Proyecto no se encontraron formaciones vegetales, solamente se identificó algunas islas con presencia de las siguientes especies de flora: Adesmia atacamensis, Cistanthe salsoloides, Maleshierba desertícola y Nolana sedifolia Poepp. Estas especies no se encuentran en categoría de conservación.
Respecto a la fauna, en el área de influencia del Proyecto no se encontraron aves, mamíferos ni anfibios. Solamente en dos sectores se encontraron ejemplares de reptiles de la especie Liolaemus constanzae, la cual está clasificada como Rara según la Ley de Caza N? 19.473 y su Reglamento D.S. N? 05/1998 del Ministerio de Agricultura. Se implementarán las siguientes acciones con el objetivo de no causar posibles impactos sobre esta especie:
e Previo a la construcción se realizará una capacitación a los trabajadores, liderada por un biólogo, en la cual se les mostrarán las especies que habitan la zona, educándose sobre la importancia de ellas.
- Previo a la construcción se desarrollará un rescate y relocalización de los individuos de reptiles presentes, liderada por una empresa especializada. Para lo cual se solicitará el permiso al Servicio Agrícola y Ganadero. Este plan considerará al menos las siguientes actividades:
o Recorrido de los frentes de trabajo.
o Captura de todos los animales que eventualmente puedan encontrarse en la zona de intervención directa. Esto se hará evitando el sufrimiento de los animales.
o Mantención a la sombra de los animales capturados en cajas de plástico.
o Los animales serán soltados en habitas similares presentes en la misma zona, previendo la existencia de piedras que les sirvan de refugio.
Por otra parte, en sectores aledaños al área del Proyecto, existe evidencia de la presencia de Phalcoboenus megalopterus, no obstante, la presencia de esta especie se observó fuera del área de intervención del Proyecto, a una distancia superior a 5 kilómetros. Sin embargo, dada la potencialidad de acercamiento de individuos de esta especie, el titular instalará elementos disuasivos de las aves en la zona del tendido.
Además, la LTE tendrá una configuración triangular con una separación entre conductores de 2840 mm, entre las líneas más cercanas y de 3880 mm con la más distante. De esta manera, se evita que las aves hagan contacto con sus alas entre dos conductores energizados y que puedan provocar la ruptura (arco) de la rigidez dieléctrica del aire, teniendo presente que la longitud del ala de estas aves puede variar entre 358 a 403 mm. También, la línea se proyectó con aisladores cuyo largo es 765 mm, que son de mayor longitud que lo habitualmente se utiliza para una línea de 33 kV. Con esto se disminuye la posibilidad de que las aves hagan contacto entre un conductor y la cruceta (al posarse en ella) ya que aumenta la distancia entre los conductores y la cruceta.
Adicionalmente, se utilizarán crucetas provistas de una pieza similar a un peine con los dientes hacia arriba, ubicada sobre los aisladores, que
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impiden que las aves se posen en ese sector de la cruceta evitando los contactos antes mencionados.
Asimismo, el titular del Proyecto realizó una campaña en terreno para detectar la presencia de gaviota garuma (Larus modestus), la cual se detalla en el Anexo 10 del Adenda 1 de la DIA. Se inspeccionó el área no advirtiendo la existencia de evidencias directas e indirectas de su presencia en el área de intervención del Proyecto. No obstante, entendiendo la presencia de ésta especie en sectores relativamente cercanos, el titular implementará las siguientes medidas de prevención y contingencia:
-
Serealizará una capacitación a los trabajadores con el objetivo de reconocer posible presencia de la gaviota garuma para lo cual se utilizará material audiovisual que permita identificar las características de la especie. Dicha capacitación será realizada por un biólogo.
-
Se hará una inducción para que cualquier trabajador de aviso al jefe del Proyecto y a la gerencia de SSMA de Mina Guanaco en caso de avistamiento de gaviota garuma.
-
En caso de ocurrir algún tipo de contingencia se dará aviso inmediato al Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de Antofagasta, según el Plan de Emergencia de Fauna Silvestre, presentado en el Anexo 5 del Adenda 1 de la DIA.
La mayor cantidad de emisiones a la atmósfera será durante la fase de construcción, sin embargo estas emisiones serán acotadas en el tiempo ya que la fase de construcción tendrá una duración de cuatro meses.
En el área de influencia del Proyecto no existe hábitat de relevancia para nidificación, reproducción o alimentación de fauna nativa, según los antecedentes presentados en el Anexo 2-1 de la DIA y el Anexo 10 del Adenda 1.
El Proyecto generará residuos sólidos domésticos, industriales no peligrosos y peligrosos, los cuales serán manejados de acuerdo a la normativa ambiental aplicable vigente.
En el entorno del Proyecto no existe área de influencia asociada a recursos hídricos, ni cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles; cuerpos oO cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles; vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas; áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales.
El Proyecto no considera introducir especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Numerales 4.5.1, 4.5.2, 4.5.4, 5.1, 5.2, 5.3, 5.4 y Capítulo VI del Informe Consolidado de Evaluación.
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS
| Impacto no significativo
El Proyecto no generará reasentamiento de comunidades humanas,
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o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos
El Proyecto no contempla la intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados por grupos humanos. En las cercanías del Proyecto no existen asentamientos humanos o población rural dispersa. A modo referencial el área poblada más cercana se encuentra a más de 45 kilómetros (Caserío de Aguas Verdes) y la ciudad más cercana al área del Proyecto corresponde a Taltal, localizada a más de 180 km de distancia.
El Proyecto no contempla la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. El transporte de nuevos minerales hacia Mina Guanaco no forma parte del presente Proyecto.
El Proyecto no alterará el acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.
El Proyecto no dificulta o impide la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo O la cohesión social de un grupo. Como se mencionó anteriormente, en las cercanías del Proyecto no existen asentamientos humanos o población rural dispersa.
Referencia al ICE para | Capítulo VI del Informe Consolidado de Evaluación mayores detalles sobre este impacto específico.
5.4. - LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR
| Impacto no significativo | El Proyecto no se localizará próximo a poblaciones, recursos, áreas | protegidas sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares o territorio con valor ambiental en que se pretende emplazar.
La actividad no afecta población, recursos, áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares susceptibles de ser afectados, ni el valor ambiental del territorio en que se desarrolla ya que no se emplaza en sitios protegidos.
El Proyecto no se localiza próximo a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios, humedales, glaciares o territorio con valor ambiental.
Referencia al ICE para | Capítulo VI del Informe Consolidado de Evaluación | mayores detalles sobre | este impacto específico
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL | VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA
Impacto no significativo | El Proyecto no generará alteración significativa, en términos de magnitud o duración del valor paisajístico o turístico de la zona
Ll A _| El Proyecto no obstruye la visibilidad de una zona con valor
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paisajístico ya que el paisaje natural de la zona está dominado por las condiciones físicas y biológicas de los sistemas desérticos. El Proyecto no altera los atributos de una zona con valor paisajístico.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Numeral 5.6, Capítulo VI del Informe Consolidado de Evaluación
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL
Impacto no significativo
El Proyecto no generará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural
La prospección arqueológica del Proyecto, presentada en el Anexo 2-2 de la DIA permitió la identificación de 24 rasgos lineales y 1 sitio histórico (zona de extracción calichera), todos constituyentes a Monumentos Arqueológicos, según lo estipulado en el Art. 21%, Ley N? 17.288 de Monumentos Nacionales. Ninguno de los elementos arqueológicos anteriormente señalados se verá afectado por la remoción, destrucción, excavación, traslado, deterioro, intervención o modificación por parte del desarrollo del Proyecto, en todas sus fases; construcción, operación y cierre. Se implementarán de forma adicional las medidas de resguardo y protección necesarias de los elementos arqueológicos detectados en la prospección arqueológica. Estas medidas consideran:
-
Instalación de cercado y señalética.
-
Para los hallazgos correspondientes a rasgos lineales referidos a huellas de carreta de tipo secundaria se recomienda el relevamiento planimétrico mediante un registro isométrico detallado y registro fotográfico.
-
Para el sitio histórico correspondiente a la zona de extracción calichera se propone el registro topográfico del área de intervención del Proyecto de construcción de la línea de transmisión eléctrica y registro fotográfico.
-
Se realizarán charlas de inducción patrimonial a todo el personal que forme parte del Proyecto.
-
Se implementará un protocolo de manejo de hallazgos arqueológicos que incluya el procedimiento respectivo ante el hallazgo de un elemento o área de valor patrimonial.
-
Se realizará supervisión arqueológica permanente durante la etapa de desarrollo del Proyecto que involucre movimientos de tierra y/o excavaciones del área de intervención del Proyecto.
-
Se implementará un monitoreo arqueológico permanente en la fase de construcción del Proyecto.
-
Se implementará un plan de seguimiento de los elementos de valor patrimonial detectados mediante la implementación de un monitoreo arqueológico semestral durante la etapa de operación de la línea de transmisión eléctrica.
Mayores antecedentes respecto a las medidas de resguardo y protección de estos elementos se presentan en Anexo 2-2 y Anexo 4-1 de la DIA.
No se verán modificados o deteriorados en forma permanente ninguno de los elementos arqueológicos detectados en la prospección arqueológica del Proyecto, incluyéndose la totalidad de construcciones,
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lugares O sitios que por sus características constructivas, por su antigúedad, por su valor científico, por su contexto histórico o singularidad que pertenezcan al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena.
| No se verán afectados lugares o sitios que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del Proyecto o actividad, considerando especialmente las referidas a los pueblos indígenas.
Referencia al ICE para | Numeral 5.5, Capítulo VI del Informe Consolidado de Evaluación mayores detalles sobre
este impacto específico
6”. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
6.1.1. Permiso para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico, del
artículo 132 del Reglamento del SEIA
Parte, obra o acción a que aplica
La prospección arqueológica del Proyecto permitió la identificación de 24 rasgos lineales y 1 sitio histórico (zona de extracción calichera), para lo cual se implementarán medidas de resguardo y protección de los elementos arqueológicos detectados.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
No existen condiciones o exigencias asociadas al otorgamiento del presente permiso.
Pronunciamiento del órgano competente
Mediante el OF.ORD. D.R. N* 0842/2015 de fecha 23/12/2015 del Servicio de Evaluación de la Región de Antofagasta, se solicitó el pronunciamiento sectorial al Consejo de Monumentos Nacionales, respecto al otorgamiento del permiso ambiental sectorial regulado en el artículo 132 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, en virtud de los antecedentes aportados por el titular en la DIA.
Al respecto, han transcurrido más de 10 días sin recibir dicho pronunciamiento, por lo cual dicho permiso ambiental sectorial debe tenerse por otorgado favorablemente por parte del Consejo de Monumentos Nacionales, de conformidad con lo prescrito en el artículo 58 del Decreto Supremo N? 40/2013, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y lo prescrito en el artículo 18 inciso cuarto de la Ley N* 19.300.
Los antecedentes para su otorgamiento se presentan en el Anexo 4-1 de la
6.1.2. Permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, para el establecimiento de centros de reproducción o criaderos y para la utilización sustentable del recurso, del artículo 146 del Reglamento del SEIA
Parte, obra o acción a que aplica
El Proyecto considera desarrollar un rescate y relocalización de los individuos de la especie de reptiles Liolaemus constanzae, presentes en el área del Proyecto.
Condiciones o | No existen condiciones o exigencias asociadas al otorgamiento del exigencias presente permiso.
específicas para su
otorgamiento
Pronunciamiento del órgano competente
El Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de Antofagasta se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por el titular al Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo N? 146 del
21/32
Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
Los antecedentes para su otorgamiento se presentan en el Anexo 9 del Adenda 1 de la DIA.
6.1.3. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los
límites urbanos, del art
ículo 160 del Reglamento del SEIA
Parte, obra o acción a
El Proyecto considera dotar de infraestructura a terrenos rurales.
que aplica a a — _ Condiciones o | No existen condiciones o exigencias asociadas al otorgamiento del exigencias presente permiso.
específicas para su
otorgamiento
Pronunciamiento del órgano competente
La SEREMI de Agricultura de la Región de Antofagasta se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por el titular al Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo N* 160 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. La superf icie total afecta al PAS 160 es de 332,1 m?, desglosada en 288 m' para edificaciones permanentes y 44,1 m? para edifi Icaciones temporales.
Los antecedentes para su otorgamiento se presentan en el Anexo 7 del
Adenda 1 y numeral 1 de la sección III de dicha Adenda.
7%. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
NORMA
hal. COMPONENTE/MATERIA: AIRE
- Decreto Supremo N' 144/1961 del Ministerio de Salud. Norma | para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza;
Decreto N* 47/1992 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
|
T | Construcción, operación y cierre
Forma de cumplimiento
Se realizará la humectación de caminos en un tramo de 1,2 km y se humectará la superficie de suelo de los sitios de excavación y movimientos de tierra. Además los vehículos poseerán sus revisiones técnicas al día y el tránsito de maquinaria y vehículos se realizará a baja velocidad.
Indicador que acredita su cumplimiento
Registro interno de catastro de vehículos y fechas de respectivas revisiones técnicas y mantenciones.
Informe que debe presentar el constructor a cargo de la obra ante la Dirección de Obras Municipales.
Forma de control y seguimiento
Verificación en terreno, mantención y revisión de los registros internos.
Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 8.1.1 del Informe Consolidado de Evaluación
7.2. COMPONENTE/MATE
RIA: AIRE
NORMA
Decreto Supremo N* 138/2005 del Ministerio de Salud. Establece Obligación de declarar emisiones que indica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación
Forma de cumplimiento
Se declarará las emisiones del Proyecto correspondientes a la
| utilización de generadores de respaldo. Asimismo, se realizará la
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declaración de emisiones en Sistema Ventanilla Única del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC).
Indicador que acredita su cumplimiento
Realizar la declaración de emisiones en las condiciones descritas | por la norma.
Forma de control y seguimiento
Registro de la declaración de las emisiones.
Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 8.1.1 del Informe Consolidado de Evaluación
7.3. COMPONENTE/MATE
RIA: AIRE
NORMA
- Decreto Supremo N 75/87, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que Establece condiciones para el transporte de cargas que indica, y su modificación del decreto N78/97
Decreto Supremo N* 4 de 1994, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. “Establece norma de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija procedimientos para su control”
Decreto Supremo N* 55/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece norma de emisión aplicable a vehículos motorizados pesados.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre
Forma de cumplimiento
Se realizará el cubrimiento con lonas de los materiales transportados, humidificación de los mismos, carga y descarga adecuada, mantenimiento periódico de los camiones
Los vehículos utilizados contarán con su revisión técnica al día y certificados de emisión de gases respectivos. Se exigirá que todos los vehículos motorizados cumplan con la normativa aplicable.
Indicador que acredita su cumplimiento
. Verificación en terreno de la exigencia descrita, especialmente del sellado de camiones al entrar y salir de la faena. Contar con la certificación técnica de los vehículos utilizados
disponibles para su control y verificación.
Forma de control y seguimiento
Verificación en terreno y registro de las exigencias realizadas por los proveedores.
Revisión de la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación.
Referencia al ICE para mayores detalles
| Numeral 8.1.1 del Informe Consolidado de Evaluación
7.4. COMPONENTE/MATE
RIA: RUIDO
NORMA
| Decreto Supremo N* 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente. Establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes emisoras que indica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Forma de cumplimiento
Construcción, operación y cierre
Durante la fase de construcción, el ruido se producirá fundamentalmente debido a la maquinaria que se utilizará en la preparación del terreno, y la faena de construcción de la línea eléctrica y subestación asociada junto a la habilitación de la huella de servicio. No se identificaron receptores cercanos al área del Proyecto, donde la zona poblada más cercana se encuentra distante a unos 45 km lineales, que corresponde al sector de Aguas Verdes.
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¡En la fase de operación no se prevé la generación de emisiones sonoras. En la fase de cierre, se generarían ruidos en forma | esporádica, debido al tránsito de los vehículos, a la maquinaria
utilizada y a las faenas de desmontaje de equipo, las cuales serán de magnitud similar a las señal das para la fase de construcción Indicador que acredita su No se superarán los niveles máximos permitidos en la norma. cumplimiento | Forma de control y | No se superarán los niveles máximos permitidos en la norma. seguimiento Referencia al ICE para Numeral 8.1.2 del Informe Consolidado de Evaluación
mayores detalles
7.5. COMPONENTE/MATERIA: CONTAMINACIÓN LUMÍNICA
NORMA | Decreto Supremo N 43/12. Establece Norma de Emisión para la | Regulación de la Contaminación Lumínica a partir de la revisión del Decreto Supremo N 686/1998 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento |
| Construcción, operación y cierre
Forma de cumplimiento | Se utilizará luminarias acordes a lo establecido en la normativa. Se informará al Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental de la Superintendencia del Medio Ambiente, a través de la ventanilla única que se encuentra en el portal electrónico del Registro de Emisiones de Transferencia de Contaminantes, a lo | menos lo siguiente: Copia del certificado emitido por el laboratorio | autorizado por la SEC; y Cantidad de fuentes emisoras a instalar y/o recambiar. El plano de distribución de fuentes emisoras se presenta en el Anexo 6 del Adenda 1 de la DIA.
Indicador que acredita su Certificación, previa a la instalación, del camplimiento de límites de cumplimiento emisión conjunta en el caso de lámparas instaladas en luminarias o Proyectores, se realizará mediante laboratorios autorizados por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.
Forma de control y | Verificación en terreno de los niveles de radiación generados. seguimiento
Referencia al ICE para Numeral 8.1.3 del Informe Consolidado de Evaluación mayores detalles
” 6. COMPONENTE/MATERIA: RESIDUOS LÍQUIDOS
NORMA le Decreto con Fuerza de Ley N* 725/1967 del Ministerio de Salud. Código Sanitario;
e Decreto Supremo N* 594/1999 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.
Fase del Proyecto a la que | Construcción, operación y cierre aplica o en la que se dará cumplimiento
Forma de cumplimiento Durante la fase de construcción se instalaran baños químicos habilitados de acuerdo a la secuencia de los tramos de trabajo, en número de acuerdo con lo establecido en la normativa aplicable vigente, mientras que en la fase de operación se utilizarán las | instalaciones existentes de Mina Guanaco. En la fase de cierre se | hará uso de baños químicos.
|
Indicador que acredita su | Verificación en terreno de los baños químicos en las cantidades
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cumplimiento
| requeridas y por empresas autorizadas. Se mantendrá un registro de | los antecedentes de la empresa autorizada que los provee y de la | cantidad de baños suministrados, así como el retiro de los efluentes | de los baños químicos por una empresa y a un sitio autorizado por | la SEREMI de Salud.
Forma de control y seguimiento
Verificación en terreno del cumplimiento de la provisión de las soluciones sanitarias, y mantención de los registros de la empresa y suministro de baños químicos por parte de la empresa sanitaria.
Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 8.1.4 del Informe Consolidado de Evaluación
7.7. COMPONENTE/MATERIA: RESIDUOS SÓLIDOS
NORMA
¡+ Decreto con Fuerza de Ley N 725/1967 del Ministerio de | Salud. Código Sanitario; + Decreto Supremo N 594/1999 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo;
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre
Forma de cumplimiento
En la fase de construcción los residuos sólidos serán retirados diariamente de los frentes de trabajo, al final de cada jornada laboral serán retirados y transportados al relleno sanitario autorizado en Mina Guanaco. Mientras que los residuos peligrosos serán enviados a disposición final a sitios autorizados. Durante la fase de operación sólo se generarán residuos domésticos que serán retirados y transportados al relleno sanitario autorizado en Mina Guanaco. Durante la fase de cierre, todos los residuos serán dispuestos en sitios autorizados o acopiados para venta según sus | características.
Indicador que acredita su cumplimiento
Forma de control y seguimiento
| residuos domésticos al Relleno Sanitario.
Registro del almacenamiento de los residuos sólidos generados por el Proyecto, los que serán retirados y transportados al área de | almacenamiento temporal ubicado Mina Guanaco, y en caso de
| + Almacenar los residuos sólidos en los lugares autorizados para dichos efectos.
e Registro de los permisos relativos a dichas instalaciones ubicado Mina Guanaco.
Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 8.1.5 del Informe Consolidado de Evaluación
7.8. COMPONENTE/MATERIA: RESIDUOS PELIGROSOS
NORMA
¡e Decreto Supremo N* 148/2003 del Ministerio de Salud. Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción y cierre
Forma de cumplimiento
¡ Durante las fases de construcción y cierre se generarán residuos | peligrosos, los cuales serán manejados de acuerdo a la normativa | ambiental aplicable vigente. En caso de derrames de combustible de los estanques de 5 m', éste residuos serán tratados como peligrosos y serán dispuestos en un lugar autorizado cumpliendo con la | presente normativa.
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Indicador que acredita su cumplimiento
Registro de las actividades de limpieza, retiro y almacenamiento de los residuos peligrosos generados, así como de su disposición final en un lugar autorizado.
Forma de control y seguimiento
Registro de las actividades de limpieza, retiro y almacenamiento de los residuos peligrosos generados, así como de su disposición final en un lugar autorizado.
Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 8.1.6 del Informe Consolidado de Evaluación
7.9. COMPONENTE/MATERIA: FAUNA
NORMA
| Ley N 19.473 del Ministerio de Agricultura. Ley de Caza y su | Reglamento (D.S. N 05/1998).
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre
Forma de cumplimiento
Se dará estricto cumplimiento a la presente normativa poniendo en conocimiento de la prohibición de caza o captura, a todas las personas, a objeto de que estos conozcan los alcances de esta
| prohibición. El personal asociado al Proyecto tendrá prohibición
expresa de cazar, capturar, criar, conservar y utilizar los animales de la fauna silvestre incluidos en el presente cuerpo normativo. En caso de ocurrencia de cualquier accidente que afecte a una especie al interior del recinto, el Titular se compromete a tomar las medidas tendientes a hacerse cargo de ello, aplicando acciones de rescate, tratamiento y dando aviso oportuno al Servicio Agrícola Ganadero de la Región de Antofagasta.
Indicador que acredita su cumplimiento
e Registro de las inducciones y capacitaciones que se efectúen a
los trabajadores. Registro de la ocurrencia de accidentes y de las medidas tendientes a hacerse cargo de ello.
Forma de control y seguimiento
Se mantendrá disponible a la autoridad el registro de las actividades señaladas previamente.
Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 8.1.7 del Informe Consolidado de Evaluación
7.10. COMPONENTE/MATE
RIA: PATRIMONIO CULTURAL
NORMA
Ley N* 17.288/1970 del Ministerio de Educación. Ley sobre Monumentos Nacionales Legisla sobre Monumentos Nacionales;
Decreto Supremo N* 484/1990 del Ministerio de Educación. Reglamento de la Ley N” 17.288 relativo a excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre
Forma de cumplimiento
Para la protección de los hallazgos arqueológicos se implementarán medidas de resguardo y protección necesarias de los elementos arqueológicos detectados en la prospección arqueológica. Si durante la ejecución de las obras que impliquen excavación y/o remoción de suelo se produjera algún hallazgo arqueológico o paleontológico no previsto se procederá según lo establecido en los artículos 26 y 27
| de la Ley 17.288 sobre Monumentos Nacionales y los artículos 20 y
123 del
Reglamento sobre Excavaciones y Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. De producirse la
| anterior situación, el Titular paralizará las obras en el frente de
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trabajo del o de los hallazgos y notificará de inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo disponga los pasos a seguir, cuya implementación será financiada por el Titular.
Indicador que acredita su cumplimiento
- Registro del cumplimiento de las obligaciones descritas.
Registro del PAS 132.
De encontrarse hallazgos arqueológicos durante las fases de operación y construcción del Proyecto, deberá detenerse Cualquier obra susceptible de causar daño a dichos hallazgos y dar aviso inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales, cumpliendo con lo establecido en el artículo 26 de dicha Ley, llevando un registro de dichas actividades
Forma de control y seguimiento
Revisión del registro de las exigencias anteriores y cumplimiento de las obligaciones descritas en el evento de verificarse nuevos
' hallazgos.
Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 8.1.8 del Informe Consolidado de Evaluación
[ 7.11. COMPONENTE/MATERIA: SUSTANCIAS PELIGROSAS
NORMA |
|
| Fase del Proyecto a la que | aplica o en la que se dará cumplimiento
Decreto Supremo N* 160/2009 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos.
onstrucción, operación y cierre
Forma de cumplimiento |
Se considera el transporte y abastecimiento puntual de las maquinarias del tipo retroexcavadoras, camiones u otro vehículo, según las necesidades de construcción, las cuales se abastecerán desde las instalaciones autorizadas de Mina Guanaco. Mientras que en la fase de operación habrá estanques de almacenamiento de combustibles que cumplirán con la normativa ambiental aplicable vigente.
Indicador que acredita su | cumplimiento
Registro de las empresas que provean de combustible necesario para el Proyecto, donde consten los volúmenes proveídos para dichos efectos.
_Mayores detalles _
Forma de control y Verificación de la documentación comprometida. seguimiento | Referencia al ICE para | Numeral 8.1.10 del Informe Consolidado de Evaluación
7.12. COMPONENTE/MATERIA: VIALIDAD
NORMA |
|
Decreto con Fuerza de Ley N 850/97 del Ministerio de Obras Públicas. Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N 15.840/64 y del D.F.L. N* 206/60, sobre Construcción y Conservación de Caminos;
Resolución Exenta N* 232/02 del Ministerio de Obras Públicas. Aprueba nuevas normas de acceso a caminos públicos que indica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará | cumplimiento |
Construcción, operación y cierre
Forma de cumplimiento
Se solicitará la correspondiente autorización a la Dirección de Vialidad, la cual otorgará las autorizaciones respectivas respecto del atravieso por la línea eléctrica del camino público ruta B-865.
Indicador que acredita su |
Se contará la autorización correspondiente a la Dirección de
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cumplimiento
| Vialidad. El titular mantendrá un registro interno de dichos | permisos.
Forma de control y seguimiento
| Verificación que se cuente con la autorización previa de la Dirección de Vialidad para poder realizar el atravieso la Ruta B-865 por la línea eléctrica.
Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 8.1.10 del Informe Consolidado de Evaluación
7.13. COMPONENTE/MATERIA: REGULACIONES CUARENTENARIAS
NORMA
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
- Resolución Exenta N” 133/2005 del Ministerio de Agricultura Servicio Agrícola Ganadero, modificada por Resolución Exenta N* 2.859/2007. Establece Regulaciones Cuarentenarias para el ingreso de embalajes de madera y sus modificaciones.
Construcción y cierre
Forma de cumplimiento
| El titular procurará que los embalajes de madera cumplan con esta | norma y requerirá su cumplimiento por parte de cualquier contratista, para cuyos efectos se exigirá que los embalajes cuenten ¡con la certificación de los embalajes de madera de un espesor superior a los 5 mm utilizados para el transporte de cualquier envío procedente del extranjero o en tránsito por el territorio nacional, incluida la madera de estiba de carga, deberán ser fabricados con madera descortezada y tratada en el país de origen de la madera con alguno de los tratamientos descritos en la norma. De esta manera deberá contar con la marca para certificar que cumplió con estas exigencias. Para ello, se exigirá contractualmente a los proveedores, que la internación de equipos o maquinarias en embalajes de madera sea realizada bajo estrictas medidas de tratamiento | fitosanitario en origen. Asimismo, en caso de sospecha de | transmisión de plagas (según procedencia), el contratista solicitará inspección del Servicio Agrícola y Ganadero, o bien aplicará tratamientos fitosanitarios complementarios.
Indicador que acredita su cumplimiento
Se mantendrá un registro interno actualizado que contenga la información de los embalajes utilizados en el Proyecto, y se asegurará que los embalajes de madera cumplan con esta norma y se requerirá de su cumplimiento por parte de cualquier contratista
Forma de control y seguimiento
Se mantendrá disponible a la autoridad el registro interno conteniendo información de la obtención de los embalajes utilizados en el Proyecto.
Referencia al ICE para mayores detalles
¡ Numeral 8.1.10 del Informe Consolidado de Evaluación
7.14. COMPONENTE/MATERIA: OTRAS NORMATIVAS
NORMA
e Decreto Supremo N* 1/2013 del Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre
Forma de cumplimiento
¡Se realizará la declaración de emisiones y residuos a través de | Sistema Ventanilla Unica del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETO).
Indicador que acredita su cumplimiento
Declaración de emisiones y residuos a través de RETC..
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Forma de control y | Copia de los registros y declaraciones.
seguimiento |
Referencia al ICE para | Numeral 8.1.10 del Informe Consolidado de Evaluación mayores detalles |
8”. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias:
8.1. Prohibición de acceso y alimentación de fauna silvestre
Fase del Proyecto a la | Construcción, operación y cierre que aplica o en la que se dará cumplimiento
Objetivo, descripción | Objetivo: Impedir el acceso de ejemplares de fauna silvestre a aquellas y justificación partes y obras del Proyecto. Evitar mantener y alimentar en el área del Proyecto a cualquier ejemplar de fauna silvestre y doméstica.
Descripción: La medida contempla Capacitación al personal y Restricción absoluta de mantener animales domésticos en las obras (perros).
Justificación: La medida se implementará en las áreas del Proyecto con el fin de cumplir con la exigencia indicada.
Lugar, forma y Lugar de implementación: Mina Guanaco. oportunidad de implementación
Forma de implementación: Capacitación al personal Restricción absoluta de mantener animales domésticos en las obras (perros).
Momento de implementación: Durante todas las fases del Proyecto.
Indicador que acredite | Registro de capacitación a los trabajadores. su cumplimiento
Forma de control y Inspección visual de la medida. seguimiento
Referencia al ICE para | Numeral 10.1 del Informe Consolidado de Evaluación mayores detalles
8.2. Informar a la SEREMI de Bienes Nacionales el abastecimiento de hormigón
Fase del Proyecto a la | Construcción que aplica o en la que se dará cumplimiento
Objetivo, descripción | Objetivo: Informar los proveedores de hormigón que se requerirán en el y justificación Proyecto.
Descripción: Se remitirá a la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la Región de Antofagasta, un resumen identificando a sus proveedores externos de hormigón una vez iniciado el Proyecto o al momento de requerir de este material y el total de material suministrado.
Justificación: Llevar un registro de los proveedores de hormigón.
Lugar, forma y Lugar de implementación: Mina Guanaco. oportunidad de
implementación . e So R a P Forma de implementación: Se remitirá a la Secretaría Regional
Ministerial de Bienes Nacionales de la Región de Antofagasta, un resumen identificando a sus proveedores externos de hormigón una vez iniciado el Proyecto o al momento de requerir de este material y el total
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de material suministrado.
Momento de implementación: Una vez iniciado el Proyecto o al momento de requerir de este material
Indicador que acredite su cumplimiento
Forma de control y seguimiento
Informar mensualmente una copia de las órdenes de compras correspondientes a cada uno de sus proveedores.
Órdenes de compra de cada uno de los proveedores.
Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 10.2 del Informe Consolidado de Evaluación
9*. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias, son las
siguientes:
9.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS
9.1.1. Plan de Contingencias y Emergencias
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción, operación y cierre
Parte, obra o acción asociada
Aplicable a todo el Proyecto
Acciones o medidas a implementar
Guanaco Compañía Minera cuenta con un “Manual del Sistema de | Gestión de Emergencias de GCM” el cual se presenta en el Anexo 1-9 de la DIA. Este Plan incluye planes de control y planes de acción, entre otros. En este manual se identifican emergencias de origen operacional, naturales y sociales, las cuales se listan a continuación:
Tecnológicas/Operacionales
Incendios
Explosiones
Derrames o fugas de sustancias peligrosas Emergencias ambientales
Accidentes laborales
Sismos
Emergencias hidrometeorológicas Manifestaciones violentas
Atentados
Sabotajes
Incidentes masivos de impacto sobre el potencial humano y estratégico de la Empresa.
Asimismo, en el Anexo 5 del Adenda 1 de la DIA, se presenta el Plan de Emergencia de Fauna Silvestre, donde se señalan las acciones a tomar en caso de ocurrir alguna emergencia o contingencia relacionada con la fauna presente en el área de influencia del Proyecto.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo 1-9 de la DIA, Anexo 5 del Adenda 1, Numeral 7.1 del Informe Consolidado de Evaluación.
-
Que, no se solicitó la apertura de proceso de participación ciudadana, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N* 19.300.
-
Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones,
30/32
reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
-
Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.4 de la presente Resolución.
-
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
-
Que, para que el Proyecto "Modificación Mina Guanaco - Línea Eléctrica 33 kV" pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
15, Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Antofagasta y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
-
Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Antofagasta la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
-
Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
-
Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
1?. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto "Modificación Mina Guanaco - Línea Eléctrica 33 kV", de Guanaco Compañía Minera SpA.
2?. Certificar que el Proyecto "Modificación Mina Guanaco - Línea Eléctrica 33 kV" cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable y vigente.
3”. Certificar que el Proyecto "Modificación Mina Guanaco - Línea Eléctrica 33 kV" cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señala en los artículos 132, 146 y 160 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4?. Certificar que el Proyecto "Modificación Mina Guanaco - Línea Eléctrica 33 kV" no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
5”. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.4 del presente acto.
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6”. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo al artículo 20 de la Ley N” 19.300 ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Notifíquese y Archívese
Propónente.
Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental. Superintendencia del Medio Ambiente.
Expediente Proyecto.
Archivo Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta.
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