GENÉRICA 4 SUB-BLOQUES DE ARENAL
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN
XIl REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA
VISTOS:
¡li
2%
ge
4% Ss
6”
70
Califica Ambientalmente el proyecto "GENÉRICA 4 SUB-
BLOQUES DE ARENAL" Resolución Exenta N* 201/2015
Punta Arenas, 22 de Diciembre de 2015
La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 17 de noviembre de 2015, del proyecto “Genérica 4 Sub - Bloques de Arenal", presentado por la Empresa Nacional del Petróleo - Magallanes con fecha 01 de septiembre de 2015
Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo Il del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Genérica 4 Sub - Bloques de Arenal”. El Acta de Evaluación N* 051/2015 de 24 de septiembre de 2015, del Comité Técnico de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.
El [CE de la DIA del proyecto “Genérica 4 Sub - Bloques de Arenal” de 10 de diciembre de 2015
El acuerdo adoptado en la sesión N* 21 de 22 de diciembre de 2015, de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.
Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto "Genérica 4 Sub - Bloques de Arenal"
Lo dispuesto en la Ley N19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N”18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
CONSIDERANDO:
1
20
3
4
Que, la Empresa Nacional del Petróleo - Magallanes (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Genérica 4 Sub - Bloques de Arenal” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Empresa Nacional del Petróleo - Magallanes Rut 92.604.000-6
Domicilio José Nogueira 1101, Casilla 247, Punta Arenas Teléfono 612243477
Nombre representante legal | Juan Francisco Díaz Anaíz
Rut representante legal 6.368.245-4
po representante José Nogueira 1101, Casilla 247, Punta Arenas Teléfono representante legal | 612243477
Correo Electrónico fdiaz(Osipetrol.cl; cmunozrGHenap.cl
Que, conforme se indica en el ICE de fecha 10 de diciembre de 2015, la Directora Regional de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto, cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 137 y 138 del D.S. N*40/2012 y no genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
Que, en sesión de 22 de diciembre de 2015, la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena acordó calificar favorablemente el proyecto "Genérica 4 Sub - Bloques de Arenal", aprobando íntegramente el contenido del ICE de 10 de diciembre de 2015, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Explorar nuevas reservas y extracción de hidrocarburos contenidos en los futuros yacimientos de los Sub-Bloques Arenal, Sub-Bloque Arenal Objetivo general Sur, Sub-Bloque Punta Baja y Sub-Bloque Lautaro, en un área georreferenciada incorporando áreas de exclusión ambiental, donde no se cuenta aún con las localizaciones de perforación definidas.
Tipología principal, así como as aplicables a sus partes, obras o acciones
Vida útil
¡.4.- Se entenderá por proyecto de desarrollo minero correspondientes a petróleo y gas
20 años
y] Mínima que da cuenta del Instalación del campamento temporal y otras “Pinicto de la ejecución
Si NO
1/12
etapas
Proyecto modifica un proyecto o actividad
Proyecto Modifica otra (s) RCA
4.2.
UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político- administrativa
Región de Magallanes y Antártica Chilena, Provincia de Tierra del Fuego, Comunas de Primavera y Porvenir
Superficie
62,64
Coordenadas UTM en Datum VWGS84 — Huso 19 UTME UTMN cd HA IWGS Nóñte Este Sub-Bloque Arenal 1 453.046 4.155.626 2 457.985 4.155.626 3 457.985 4.135.021 4 445.897 4.135.021 5 445.898 4.151.844 6 447.690 4.152.437 7 449.453 4.152.464 8 450.633 4.153.257 9 452.077 4.154.685 Sub-Bloque Arenal Sur 1 445.897 4.135.021 2 457.985 4.135.021 3 457.985 4.141.026 4 459.796 4.141.026 5 459.796 4.129.722 6 468.000 4.129.722 7 468.000 4.112.519 8 463.129 4.112.519 9 463.129 4.119.019 10 454,429 4.119.019 11 454,429 4.130.191 12 445.897 4.130.191 Sub-Bloque Punta Baja 1 460.085 4.177.126 2 466.085 4.177.126 3 466.085 4.172.126 4 460.085 4.172.126 Sub-Bloque Lautaro 1 457.985 4.155.626 2 463.085 4.155.626 3 463.085 4.150.566 4 457.985 4.150.566
Caminos de acceso
El ingreso al área de los Sub-Bloques Punta Baja, Arenal, Lautaro y Arenal Sur, se realiza a través del cruce marítimo de Bahía Azul en Isla Tierra del Fuego, desde donde se debe avanzar aproximadamente 10 km por la Ruta CH-257 hasta el empalme con la Ruta Y-65, recorriendo 11 km por la ruta se encuentra el camino de acceso a Sub-Bloque Punta Baja a 3,2 km en dirección Noroeste. En el caso de Sub-Bloque Lautaro se debe continuar por la Ruta Y-65 aproximadamente por 15 km para ingresar por el camino de acceso al bloque en dirección Sureste recorriendo 2,8 km. En tanto para acceder al Sub-Bloque Arenal se debe continuar recorriendo la Ruta Y-65 aproximadamente 3,5 km para ingresar al Sub-Bloque. En el caso particular del Sub- Bloque Arenal Sur, se debe continuar la ruta en dirección suroeste hasta empalmar con la Ruta Y-655 y avanzar 23 km al este para ingresar por camino de acceso en dirección sur aproximadamente por otros 15,1 km hasta llegar al área del Bloque.
Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones
Capítulo l, Figura 1-2; Capítulo |, Figura 1-3; Capítulo |, Figura 1-4; Capítulo |, Figura 1-5; Capítulo |, Figura 1-6;
4.3. partes, obras y acciones o pronunciamiento]
PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO [Deben describirse las
que generan algún impacto descrito en la tabla 5, o requieren algún PAS
4.3.1. FASE DE CONSTRUC
CIÓN
h Caminos
Tendrán un ancho de uso de 6 m los cuales se construirán sin realizar extracción de la cubierta vegetal (escarpe), estabilizando la carpeta de rodado mediante la incorporación de áridos y compactando. En caso de requerirse escarpado del terreno se aplicará el Plan de Intervención de la Cubierta Vegetal (PICV).
Plataforma de Perforación
Se construirá mediante la secuencia de: nivelado, construcción del terraplén, ripiado, relleno de la superficie y posterior compactación. Dependiendo del tipo de terreno, se retirará el escarpe o
capa vegetal y se dispondrá a un costado del equipo de perforación,
2412,
esto dentro del área de servidumbre, como se indica en el Plan de Intervención de la Cubierta Vegetal (PICV).
Antepozo
Se considera el movimiento de material, el nivelado del terreno y el posterior relleno con hormigón.
Extracción de material, el cual se depositará contiguo
Compactado del terreno y aplicación de una capa de arena fina
Revisión del terreno para comprobar que no se presenten piedras, rocas u otro material que pudiera dañar el HDPE a instalar
Instalación de geomembrana de HDPE de 0,75 a 1 mm de espesor, la cual cubrirá toda el área donde se depositará el lodo de perforación, cuttings y el agua
Fosa de Lodos
Sellado de las uniones de la geomembrana a través de termosoldadura
Pruebas para corroborar la correcta instalación con el objetivo de comprobar que no se presentarán filtraciones durante la operación
El abandono de la fosa de lodos se realiza entre 1 y 18 meses desde el término de la perforación, procediendo a sacar todo el líquido que pueda contener para ser trasladado a otro equipo de perforación. La fosa se cubre con una geomembrana a modo de empanada, para posteriormente ser rellenada con tierra hasta alcanzar el nivel de la plataforma
Fosa Antorcha
Se procederá a remover el material y se apilará para formar un pretil de protección
Acciones y requerimientos para la materialización de las obras físicas
Agua Potable, Agua Industrial, Áridos y Combustible
Fecha estimada e indicación de parte, obra o acción que
Diciembre de 2015
establezca el inicio y término de la fase
Construcción de caminos de acceso
Descripción de cómo se
El agua para consumo humano se entregará mediante bidones envasados, provenientes de Punta Arenas, de algún servicio de aguas autorizado por la Autoridad Sanitaria y que dará cumplimiento a lo estipulado en la NCh. N*409.
proveerán los suministros básicos
Los residuos líquidos domésticos serán producto de los baños químicos utilizados en faena, cuyos desechos (aguas servidas) serán retirados por una empresa especializada en la materia y contratada especialmente para dicho propósito a la cual se le exigirá realizar la disposición final en un sitio autorizado por la Autoridad Sanitaria.
Ubicación y cantidad de recursos naturales renovables a extraer o explotar
Capa vegetal en la construcción del Camino de acceso y plataforma de perforación
Residuos Líquidos Domésticos: Los residuos líquidos domésticos serán producto de los baños químicos utilizados en faena, cuyos desechos (aguas servidas) serán retirados por una empresa especializada en la materia y contratada especialmente para dicho propósito a la cual se le exigirá realizar la disposición final en un sitio autorizado por la Autoridad Sanitaria.
Residuos Sólidos Domésticos (No peligrosos): Estos se almacenarán momentáneamente en tambores o capachos correctamente rotulados e identificados de acuerdo a su clasificación y/o
composición. Posteriormente, serán conducidos al vertedero municipal, de acuerdo a una autorización específica que se dispone para tal efecto.
Emisiones (abatimiento y control)
Residuos Sólidos Industriales (No peligrosos): Los residuos sólidos generados serán de origen industrial inertes - no peligrosos, se almacenarán momentáneamente en tambores o capachos correctamente rotulados e identificados. Posteriormente, serán conducidos al vertedero municipal autorizado.
Emisiones Atmosféricas: Las emisiones a la atmósfera para la etapa de construcción corresponden al polvo en suspensión proveniente del tránsito vehicular del personal y de la maquinaria utilizada en la construcción de la plataforma de perforación. Éstas serán mínimas y de corta duración, no superiores a 2 meses debido principalmente a las dimensiones de la obra.
Ruido: Las emisiones de ruido para esta etapa serán debido a los motores de la maquinaria a utilizar, sin embargo, éstas serán puntuales y de baja magnitud debido a las dimensiones del Proyecto y al tipo de máquinas a utilizar en cada etapa.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Capítulo IV
4.3.2, FASE DE OPERACIÓN
Perforación del Pozo
La etapa se inicia con la perforación rotatoria de tipo vertical, la cual se realizará en forma direccional hasta alcanzar una profundidad proyectada para cada pozo lo anterior dependiendo de las características geológicas del sector y de la disponibilidad de los hidrocarburos en el sitio de exploración. El proceso de perforación incluye diferentes componentes y/o unidades, dentro de ellas se tiene: - Aplicación del Lodo o Barro en la Perforación
-
— Operación Fosa de Lodos
-
Sistema de Deshidratación de Lodos (Dewatering)
3/12
-
Reinyección de aguas de formación
-
Instalación de Zapata, Tuberías y Proceso de Cementación
-
Revestimiento Final del Pozo
-
Fosa Antorcha
Pruebas para la Extracción de Gas
Una vez terminada la perforación, se procederá a instalar la estructura denominada “Árbol de Pascua” la cual cuenta con una serie de válvulas de seguridad, esta unidad tiene por objetivo regular sin pérdida la salida de gas, en la boca del pozo y entregar parámetros adicionales de seguridad. Posteriormente, se dará inicio a la etapa de prueba. Esta parte está constituida por procedimientos estandarizados y se realiza mediante un equipo móvil, el cual tiene por función medir la presión del pozo y la humedad del gas para la futura puesta en marcha.
La unidad se conectará a la cañería que va a la fosa de antorcha en donde se realizan las pruebas con el producto que sale de ella (Gas), el cual se quema sin dejar residuos.
Producción del pozo
Si mediante las pruebas se concluye que el pozo tiene la capacidad de producir gas, se empalmará por medio de una línea de flujo a la red de gasoductos. Etapa que será realizada posteriormente, a través de otra presentación al sistema de evaluación ambiental.
En el caso de que el pozo sea productor de petróleo, el producto resultante se acumulará en un estanque con una capacidad máxima de 500 barriles (79 m3), para posteriormente ser retirado mediante camiones. Se espera una producción promedio diaria de 10 a 30 m3/día, por lo que el TK estará sobredimensionado para la producción proyectada.
Requerimientos para la materialización de las obras físicas
Agua Potable, Agua Industrial y Combustible.
Fecha estimada e indicación de parte, obra o acción que establezca el inicio y término de la fase
Marzo de 2016
Perforación del pozo
Descripción de cómo se proveerán los suministros básicos
El agua para consumo humano se entregará mediante bidones envasados provenientes desde Punta Arenas, de algún servicio de aguas autorizado por la Autoridad Sanitaria y que dará cumplimiento a lo estipulado en la NCh. N* 409.
Cada perforación, ya sea de pozo estándar o multipozo contará con una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (móvil) a utilizar para la etapa de perforación con disposicion final del efluente mediante riego.
Emisiones (abatimiento y control)
Residuos Líquidos Domésticos: Cada perforación, ya sea de pozo estándar o multipozo contará con una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (móvil) a utilizar para la etapa de perforación cuyo efluente será dispuesto mediante riego.
Residuos Sólidos Domésticos (No peligrosos): Estos se almacenarán momentáneamente en tambores o capachos correctamente rotulados e identificados de acuerdo a su clasificación y/o composición. Posteriormente, serán conducidos al vertedero municipal autorizado
Residuos Sólidos Industriales (No peligrosos): Estos se almacenarán momentáneamente en tambores o capachos correctamente rotulados e identificados. Posteriormente, serán conducidos al vertedero municipal, de acuerdo a una autorización específica que se dispone para tal efecto.
Residuos Peligrosos: Los residuos peligrosos generados en la etapa de operación, serán principalmente guaipes con aceite, paños empetrolados, los cuales serán manejados de acuerdo con los procedimientos establecidos en el Plan de Manejo de RESPEL.
Emisiones Atmosféricas: Las emisiones a la atmósfera para la etapa de perforación corresponden al polvo en suspensión proveniente del tránsito vehicular del personal, la maquinaria, un motor diesel y la antorcha de pozo utilizada en forma eventual para la evaluación del pozo.
Ruido: Los ruidos generados para la etapa de perforación serán emitidos por la maquinaria a utilizar, el equipo de perforación y los motores diésel (generadores).
Olores: En la preparación de lodos se producen olores, durante la manipulación de los aditivos en este proceso, el personal ejecutor utiliza como Equipo de Protección Personal (EPP) dos tipos de filtro, uno de máscara individual con dos filtros (uno a cada costado), el cual es operado en el proceso de preparación del lodo y la segunda mascarilla consiste en una protección (desechable de papel) para trabajos esporádicos.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Capítulo IV
4.3.3. FASE DE CIERRE
A
¡Cierre de Pozo y 1 1]
El procedimiento considera:
-
Realizar acondicionamiento del pozo.
-
Recuperar los elementos de producción o evaluación.
-
Retiro de escombros y/o materiales (tierra).
-
Cierres de accesos y letreros de advertencia.
-
Protección de estructuras remanentes, de mantenerse en la Locación.
-
— Desmantelamiento de instalaciones.
4/12
Be
-
Perfilamiento, revisión de los sistema de evacuación de aguas lluvia, de ser necesario.
-
Recubrimiento de cubeta y taludes.
-
Restaurar la cubierta vegetal, esta última fase se llevará a cabo no necesariamente terminada la vida útil (20 años)
Cierre de la Plataforma o Planchada
Las unidades y equipos de un pozo en fase de cierre, los cuales se encuentran presentes en la plataforma, serán recuperados y desmantelados.
En cuanto a la recuperación morfológica del suelo, las labores de abandono de las plataformas de perforación, se orientarán a la recuperación de las áreas intervenidas. Estos trabajos de recuperación o restauración, se realizarían una vez finalizada la vida útil de las faenas de producción y cuando se establezca el abandono de las mismas.
Cierre de la Fosa de Cutting y Lodos
Concluidas las faenas exploratorias, se dará inicio al cierre de cada fosa.
Para el caso de la fosa con contenido líquido, los fluidos contenidos serán mínimos al final de la perforación, puesto que al tratarse de un componente escaso, el uso debe ser realizado de manera eficiente para optimizar lo mejor posible las faenas exploratorias.
Al igual que el contenido de la fosa de cuttings, este remanente líquido será encapsulado, aplicando previo a esto material árido, para facilitar la pérdida de humedad. Finalmente, se realizara la recuperación morfológica del suelo.
Cierre de la Fosa de Antorcha
Corresponde a reconstituir la topografía pre existente, para tal caso se utilizará el material extraído durante la construcción de la Fosa. Esta actividad se realizará una vez que finalice las tareas de ensayo del pozo
Fecha estimada e indicación de parte, obra o acción que establezca el inicio y término de la fase
Cierre del pozo
Finaliza con los registros de cierre
Restauración de la morfología, vegetación y cualquier otro componente ambiental que haya sido afectado durante la ejecución del proyecto
Aplicación del Plan de Intervención de la Cubierta Vegetal
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Capítulo IV
4.4. DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO
441
Fase de Construcción
Fecha estimada de ¡inicio
Diciembre de 2015
Parte, obra o acción que establece el inicio
Construcción de caminos de acceso
Fecha estimada de término
Marzo de 2016
Parte, obra o acción que establece el término
Construcción de la fosa de antorcha
4.4.2. Fase de Operación
Fecha estimada de inicio
Marzo de 2016
Parte, obra o acción que establece el inicio
Perforación del pozo
Fecha estimada de término
Diciembre de 2017
Parte, obra o acción que establece el término
Cierre de la fosa de lodos
4.4.3._ Fase de Cierre
Fecha estimada de ¡inicio
Diciembre 2037
Parte, obra o acción que establece el inicio
Cierre del pozo
Fecha estimada de término
Enero 2038
Parte, obra o acción que establece el término
Registros de cierre
"Iváftes de ruido establecidos en la normativa ambiental vigentes. Este último será debido a los motores
Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto
específico
Respecto a la presencia de población en el área de influencia del proyecto, se puede señalar, que el
oblado más cercano es Cerro Sombrero, el cual se localiza a 16,2 km del Sub-Bloque Lautaro. El oyecto no superará los valores establecidos en las normas primarias de calidad ambiental ni los
Capítulo VI
'maquinaria a utilizar durante la etapa de construcción, mientras que durante la perforación será ido a los generadores y al equipo de perforación, los cuales se utilizarán en un recinto cerrado para 'evitarmsu expansión. El ruido generado será puntual, transitorio, inferior a 4 meses y de baja magnitud, “disipado por el viento frecuente, no obstante, el personal estará dotado de protección auditiva.
Las emisiones, efluentes y manejo de los residuos sólo se generarán durante la etapa de construcción
| SEL Proyecto, siendo los siguientes:
5/12
Los efluentes líquidos corresponderán a aguas servidas y se generarán en las etapas de construcción (1,05 m3/día) y perforación (3,9 m3/día), las cuales serán almacenadas en estanques entre 12 y 15 m3, retiradas entre 3 y 5 días por una empresa habilitada por la entidad sanitaria y dispuestos en una planta de tratamiento primario de aguas servidas autrizada, En la etapa extracción no se generarán efluentes líquidos, así como tampoco residuos líquidos del tipo industrial, en ninguna de las etapas del Proyecto. Las emisiones a la atmósfera serán en la forma de polvo en suspensión producto del tránsito vehicular (del personal y las requeridas en faena) y a la combustión de los motores de la maquinaria a utilizar, la cual contará con sus revisiones técnicas al día. Las emisiones serán mínimas y por un tiempo inferior a los 2 meses, registrándose en todas las etapas del Proyecto.
Los residuos sólidos no peligrosos de tipo doméstico se producirán en las etapas de construcción (1,47 pozo) y perforación (0,96 pozo), mientras que, los de tipo industrial serán generados durante la construcción y perforación (0,4 pozo) producto de despuntes metálicos, maderas, plásticos y papel, los cuáles serán almacenados temporalmente en tambores o capachos rotulados, identificados de acuerdo a su clasificación y/o composición, y trasladados al vertedero municipal de Porvenir. Mientras que los de tipo peligroso se producirán sólo en la etapa de perforación correspondientes a guaipes con aceite y paños empetrolados, equivalentes entre 250 y 300 kg, los cuales serán almacenados y trasladados temporalmente a la bodega de almacenamiento de RESPEL en Cerro Sombrero (Res. N*027/09).
En la etapa de operación (perforación), ya sea de pozo estándar o multipozo, el Titular dispondrá de una planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS), las especificaciones operacionales de la planta como los antecedentes técnicos y formales para la tramitación del PAS 138, se detallan en el Capítulo V Permisos Ambientales Sectoriales.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto Capitulo VI específico
Con el desarrollo del Proyecto, no se generarán efectos, características O circunstancias sobre los
recursos naturales renovables que componen el área de estudio, debido a que
a) No existirá pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad, por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes, debido a que la superficie efectiva a construir es muy acotada y baja, además no supera en ningún caso la superficie libre de construcciones asociadas a cascos de estancias u otras relacionadas a la exploración y producción de hidrocarburos.
Respecto de los buffer de protección definidos para los cascos y puestos de estancia, estos fueron definidos de acuerdo a la normativa ambiental vigente que regula el ruido, cuyo análisis se presenta en el Anexo Il de este documento.
b) El impacto sobre la superficie con vegetación, animales silvestres y biota a intervenir o alterar, no será significativo, ya que, como se ha mencionado anteriormente, se han determinado zonas de exclusión dentro de cada sub-bloque que conforma el proyecto, con el propósito de salvaguardar hábitats excepcionales, sitios de crianza, o áreas de concentración de flora o fauna, que principalmente se asocian a zonas ambientalmente sensibles como Vegas, praderas higrofíticas o lagunas interiores. Además, en el caso eventual de que las 15 planchadas que conforman el proyecto (149,04 ha), se concentraran en un solo sub-bloque, la intervención será en un sector acotado y localizado, que será evaluado previo a la perforación de los pozos, con el propósito de descartar áreas de importancia en cuanto biodiversidad de especies respecta.
c) No existirá impacto significativo sobre el suelo y agua en relación con la condición basal de la superficie, debido que el proyecto no contempla intervención de cursos de agua ni de vegas, además, los trabajos en el relieve serán acotados y localizados, de modo que no se altere significativamente la topografía, evitando alterar el patrón de drenaje en la construcción de los caminos de acceso y las plataformas. A su vez, se dará uso de la red de caminos privados y públicos existentes, con el propósito de minimizar la construcción de caminos para acceder a los pozos. Cabe mencionar que en el caso de que un pozo no resulte productor, o no resulte de interés geológico, se procederá a su cierre antes del cumplimiento de la vida útil declarada en la DIA en evaluación (20 años).
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto : específico Capítulo VI
Al interior de los distintos sub-bloques, se localizan 41 predios o estancias, cuyo principal recurso natural utilizado como sustento económico es el suelo donde se realiza la actividad ganadera, no obstante, respecto a la intervención de este, la ejecución del presente proyecto se acotará exclusivamente al área de servidumbre acordada entre ambas partes, siendo una superficie mínima respecto del área total de cada predio, por lo que tal intervención será mínima. Respecto al uso de tal recurso, la ejecución del proyecto contribuye, debido a la construcción del camino que se requerirá para el acceso a cada pozo, mientras que la restricción será mínima respecto del área total y acotada al área de servidumbre
No se registran usos medicinales, espirituales ni culturales de recursos naturales en el área.
El área del proyecto abarca parte de las rutas CH-257, Y-65 e Y-655. Las obras de construcción contemplan una duración de 2 meses por cada pozo - planchada, en tal sentido el efecto será temporal; además, tales obras se realizan de manera consecutiva y no simultánea, por lo que el efecto será de baja magnitud y en consecuencia, no habrá obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo en los tiempos de desplazamiento.
Dentro del área que comprenden los distintos sub - bloques, no se registran bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. El lugar de abastecimiento más cercano es la localidad de Cerro Sombrero, siendo el sub - bloque Lautaro el que se encuentra más cerca, a una distancia de 16,2 kilómetros. En este lugar será donde se obtendrá el agua para baños y estanques, el agua industrial y el combustible, por lo que no se alterará el acceso o calidad de tales insumos.
En el área del Proyecto no se identifica el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios.
El Proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y AREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR
6/12
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Al momento de definir la ubicación de los pozos a perforar, el Titular se compromete a “no emplazar las plataformas, pozos, ni la construcción de caminos, donde pudiera afectarse áreas protegidas, recursos protegidos, población protegida, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o el valor ambiental del territorio”, así como también presentar a la SMA, al momento del inicio de las obras señaladas, la información que acredite lo señalado y la requerida para los proyecto de tal índole 5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TERMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Las zonas de interés turístico definidas para el sector, están centradas en Bahía Lomas, incorporando a Cerro Sombrero como centro de servicios primario. Además, se clasifica como área preferentemente turística y de importancia turística relativa, al borde costero del Estrecho de Magallanes, respecto del cuál, el sub-bloque es colindante en la esquina Noroeste. Respecto a alteraciones significativas ocasionadas por el proyecto, en términos de “magnitud o duración", se concluye que la alteración identificada es de tipo visual, pero sin ocasionar una obstrucción significativa, ya que durante la etapa de operación difícilmente se identificarian las planchadas, mientras que durante la etapa de instalación y operación de la torre de perforación, la alteración es de carácter temporal, ya que su duración está estimada en un mes. Además, tal zona es un área dedicada históricamente a la actividad petrolera, en que los elementos constituyentes del presente proyecto son parte del lugar y típicos del paisaje de la comuna de Primavera y Porvenir. Finalmente, se determina que no se requiere tomar medidas para minimizar el impacto 5.6. ALTERACIÓN DE. MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico En el caso de los Monumentos Arqueológicos y Paleontológicos, lo cual incluye los sitios, se entiende su categoría, independiente si son conocidos o no, y que el estado de la investigación existente no sustituye las inspecciones en las áreas de los proyectos, mediante las cuales se podrían registrar nuevos sitios. En razón al emplazamiento de las obras e instalaciones del Proyecto, el Titular compromete que no generará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural y que presentará la información requerida para proyectos de tal índole al momento de inicio de las obras, en cada evento de perforación de un pozo. El Informe del levantamiento arqueológico, elaborado por un profesional del área, reúne la información disponible del área generada en diversos proyectos y se analizan los antecedentes prehistóricos e históricos del área del proyecto, además, de considerar antecedentes no publicados. Dicha revisión bibliográfica determina que existen 5 hallazgos al interior del Sub-Bloque Arenal y 14 más en un margen de 10 km fuera del límite del Sub-Bloque, los cuales no se verán afectados por el desarrollo del Proyecto. El Titular declara el compromiso de presentar el Informe de evaluaciones arqueológicas y paleontológicas, al inicio de obras en cada evento de perforación de un pozo. Dicho informe se realizará mediante inspección visual del área de emplazamiento de las obras del proyecto realizada por un profesional Arqueólogo o Licenciado en Arqueología, en función de las obras que implica el proyecto, señalando las situaciones de visibilidad baja o nula (por cobertura vegetal) y estimando el porcentaje del área que no pudo ser inspeccionado. De registrarse hallazgos, se presentarán sus fichas técnicas y registros fotográficos, proponiendo medidas de protección para los monumentos que no serán intervenidos. En el área del Proyecto, no se registra la presencia de construcciones, lugares o sitios, que por sus características constructivas, por su antigúedad, valor científico, contexto histórico o singularidad, pertenezcan al patrimonio cultural, Así como tampoco existen lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano. El sitio de valor más cercano al Proyecto es el denominado HA3 Punta Baja 15, localizado a 26 metros del límite del Sub-Bloque Punta Baja. Mientras que dentro-del Sub-Bloque Arenal se han detectado al menos 8 hallazgos de carácter Patrimonial. No obstante, el Titular se compromete a realizar una inspección superficial del área, una vez que se determine exactamente el lugar a perforar y la ubicación de los caminos a construir, con el objetivo de verificar en terreno la presencia o ausencia de vestigios arqueológicos, antropológicos o paleontológicos protegidos por la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. En conclusión, el desarrollo del Proyecto no generará alteración significativa de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, pertenecientes al patrimonio cultural.
Capítulo VI
Capítulo VI
Capítulo VI
6”. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación: 6.1. Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos
6.1.1. Permiso para la aprobación del plan de cierre de una faena minera, del artículo 137 del Reglamento del SEA Fase del Proyecto a la cual
Cierre o Abandono
corresponde
Parte, obra o acción a que aplica Pozo
Pronunciamiento del órgano Oficio N* 77 de fecha 22 de septiembre de 2015 del Servicio competente de Geología y Minería
6.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagles, aguas servidas de cualquier naturaleza, del artículo 138 del Reglamento del SEIA
Fase del Proyecto a la cual
¡Al_ corresponde
' _| Parte, obra o acción a que aplica Perforación del Pozo
Operación
a
7112
Pronunciamiento del órgano Oficio N* 1061 de fecha 24 de noviembre de 2015 de la competente Secretaría Regional Ministerial de Salud
Referencia al ICE para mayores >
detalles Capítulo 1X
ve Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
Norma D.F.L. N* 725, Código Sanitario Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará Construcción y Operación cumplimiento
Parte, Obra o Acción a la
que Aplica Campamento temporal
Artículos 67 y 68: Cumplirán la normativa a partir de reglamentos internos y procedimientos internacionales.
Artículos 70 y 71: El agua potable y de consumo será proporcionada por un contratista y provendrá desde Punta Arenas en bidones. Como se señaló en el Capitulo Il, para la etapa de construcción se dispondrá de baños químicos proporcionados por un contratista con autorización sanitaria. Para la etapa de construcción las aguas servidas serán retiradas por medio de camión aljibe a una instalación que cuente con la autorización de la autoridad para tal efecto.
Artículos 72 y 73: Se dispondrá de baños químicos proporcionados por un contratista con autorización sanitaria. Las aguas servidas serán retiradas por medio de camión aljibe a una instalación con permiso de la autoridad para tal efecto. El Proyecto no descargará aguas servidas y residuos industriales o mineros en ríos o lagunas, o en cualquier otra fuente o masa de agua que sirva para proporcionar agua potable a alguna población.
Artículo 77: El Proyecto contempla la habilitación de un campamento temporal para 12 personas, el cual cumplirá con lo señalado en este artículo.
Artículo 78: El retiro de los desechos corresponde a un contratista, el cual contará con las autorizaciones pertinentes emanadas de la Autoridad para ejecutar las labores.
Artículo 90: Para la etapa de Operación — Perforación se contempla el almacenamiento por un periodo de un mes de las sustancias declaradas en el ANEXO IX. Para el manejo de los residuos peligrosos, se cuenta con un plan y bodegas para el almacenamiento temporal de los mismos. Artículo 67, 68 y 77: Registros en reglamentos y procedimiento interno. Artículos 70, 71, 72 y 73: Documento de acreditación de transporte, habilitación, retiro de baños químicos y saneamiento del sector. Documentos de despacho y recepción de aguas servidas. Documento de distribución de agua potable y de consumo en bidones.
Artículo 78: Documento de despacho y recepción de residuos a vertedero
Artículo 90: Documentos de despacho y recepción de las sustancias declaradas en el Anexo |X de la DIA.
Forma de cumplimiento
Indicador que acredita su cumplimiento
Norma D.S. N* 132/2004, Reglamento de Seguridad Minera Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará Operación
cumplimiento Parte, Obra o Acción a la que Aplica
Instalaciones mineras para la perforación de pozos
Artículo 69: Será cumplido debido a que forman parte de la Política Ambiental de la Empresa, donde se destaca que para cada etapa descrita en la Declaración de Impacto Ambiental, ENAP - Magallanes realiza actividades de inducción donde hace extensivos los compromisos ambientales a las empresas contratistas y subcontratistas. Además el Titular cuenta con planes y programas para dar cumplimiento a los compromisos ambientales asociados a la tramitación de la presente DIA. Artículo 70: El Proyecto corresponde a una propuesta de desarrollo minero, por lo que se encuentra en el ámbito de esta regulación. Forma de cumplimiento Artículo 312 y 313: El Proyecto corresponde a una propuesta de desarrollo minero, por lo que se encuentra en el ámbito de esta regulación. Artículo 493, 497 y 498: Cuando sea necesario cerrar y abandonar un pozo, ya sea porque ha resultado no productivo o ha concluido su vida útil, se procederá a su abandono conforme a un procedimiento preestablecido y adaptado a cada situación en particular. Artículo 500: Durante la etapa de cierre y abandono, el Proyecto Ñ generará desechos menores los cuales serán retirados y dispuestos E El A oportunamente en lugares autorizados. Artículo 69: Planes y programas asociadas a los compromisos ambientales y listas de asistencias a inducciones.
AN o Artículo 70: Será cumplido ya que forman parte de la Política Ambiental . Indicador que acredita su de la Empresa. |Peumplimiento Artículo 312 y 313: Planes y programas asociadas a los compromisos ambientales y listas de asistencias a inducciones
ey
Artículo 493, 497 y 498: El cumplimiento de éstos se ajustan a
8/12
procedimientos que la empresa ha ido realizado a lo largo de los años actualizándolo e incorporando nueva normativa.
Artículo 500: Plan de cierre de faena minera aprobado
Norma
D.S. N* 594/99, Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción y Operación
Parte, Obra o Acción a la que Aplica
Instalaciones dentro de la plataforma de perforación
Forma de cumplimiento
Artículo 16: El Proyecto generará aguas servidas provenientes de baños químicos, las cuales serán retiradas por una empresa especializada en la materia y contratada especialmente para dicho propósito, la cual se encargará además realizar la disposición final en un lugar donde le esté habilitado con autorización. Es importante señalar que la empresa prestadora del servicio, deberá contar con la autorización correspondiente emanada de la Autoridad Sanitaria para realizar dichas funciones.
Artículo 18, 19 y 20: El proyecto generará residuos peligrosos y no peligrosos en las fases de construcción y operación perforación.
Artículos 24? y 26”, Se utilizarán baños químicos, donde las aguas servidas serán retiradas por una empresa con autorización sanitaria, la cual se encargará de realizar la disposición final en un lugar donde le esté habilitado.
Artículo 42: Para la etapa de Operación - Perforación se contempla el almacenamiento por un periodo de un mes de las sustancias declaradas en el Anexo IX, donde se almacenarán en sitios apropiados y seguros.
Indicador que acredita su cumplimiento
Artículo 16: El Proyecto no contempla el vaciado a la red de alcantarillado público.
Artículo 18: ENAP - Magallanes posee un contrato para la eliminación de todos sus residuos, así como también una autorización de la municipalidad de Punta Arenas que le permite depositar en sus vertederos residuos industriales no peligrosos y asimilables a domiciliarios.
Artículo 19: ENAP - Magallanes exige a sus contratistas que dispongan de todas las autorizaciones que la ley exige de otra forma no podrían formar contrato con la empresa.
Artículo 20: ENAP - Magallanes cuenta con un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos autorizados por la autoridad sanitaria que está vigente y a la vez con contratos que garantiza su disposición final.
Artículo 24 y 26: Documento de acreditación de transporte, habilitación, retiro de baños químicos y saneamiento del sector. Documentos de despacho y recepción de aguas servidas.
Artículo 42: Documentos de despacho y recepción de las sustancias declaradas en el Anexo IX de la DIA.
Norma
D.S. N” 148/03, Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación
Parte, Obra o Acción a la que Aplica
Residuos Peligros de la faena de perforación
Forma de cumplimiento
El Proyecto contempla la generación de residuos peligrosos. Estos serán almacenados en el lugar de origen, para posteriormente ser trasladados para su acopio temporal a la bodega de almacenamiento de residuos peligrosos en Cerro Sombrero, aprobada bajo la resolución N” 027/09, para luego ser retirados por una empresa autorizada para su disposición final.
Indicador que acredita su cumplimiento
Registros del Plan de Manejo de RESPEL.
Norma
D.S. N* 78/10, Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación
Parte, Obra o Acción a la que Aplica
Sustancias Peligrosas de la faena de perforación
Forma de cumplimiento
Para la etapa de Operación — Perforación se contempla el almacenamiento por un periodo de un mes de las sustancias declaradas en el Anexo IX. De acuerdo al Artículo 3, viñeta 6, la perforación del pozo constituye una faena de producción, donde no existe almacenamiento de forma permanente, por lo que queda fuera del ámbito de aplicación del reglamento
Indicador que acredita su cumplimiento
Documentos de despacho y recepción de las sustancias declaradas en el Anexo IX de la DIA.
Norma
Ley 17.288, Monumentos Nacionales
«Fase del Proyecto a la que “aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción
Parte, Obra o Acción a la
Camino y Planchada
gue/Aplica
En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico
9/12
Forma de cumplimiento
durante la etapa constructiva, el titular informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales como se establece en los Artículos N26 y 27 de la Ley N17.288.
Indicador que acredita su cumplimiento
Informes de: línea base, monitoreo.
Norma
D,S. N” 484, Reglamento de la Ley N* 17.288, Sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción
Parte, Obra o Acción a la que Aplica
Camino y Planchada
Forma de cumplimiento
El Titular del Proyecto se compromete a respetar todo lo enunciado en la Ley de Monumentos Nacionales y su Reglamento, es decir, dará aviso o informará a las autoridades pertinentes frente a cualquier hallazgo, en función de lo señalado por las leyes mencionadas.
Indicador que acredita su cumplimiento
Informes de: línea base, monitoreo.
Norma
Ley N* 20.551, Regula el Cierre de Faenas e Instalaciones Mineras
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Cierre o Abandono
Parte, Obra o Acción a la que Aplica
Pozo
Forma de cumplimiento
El Titular cumplirá con lo señalado en la Ley 20.551 y presentará el respectivo plan de cierre de forma sectorial al Servicio para su aprobación de acuerdo a lo señalado en el Artículo 4”.
Indicador que acredita su cumplimiento
Ejecución del Plan de cierre aprobado y la estabilidad física y química del lugar donde operó la faena
Norma
D.S. N* 38/11, Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuente Fijas
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación
Parte, Obra o Acción a la que Aplica
Perforación de Pozo
Forma de cumplimiento
De acuerdo a lo señalado en el Capítulo Il, punto 2.5.4, Las emisiones de ruido para la etapa de construcción serán debido a los motores de la maquinaria a utilizar, sin embargo, estas serán puntuales y de baja magnitud debido a las dimensiones del Proyecto y al tipo de máquinas a utilizar en cada etapa.
Indicador que acredita su cumplimiento
El Proyecto, debido a la lejanía con sectores poblados, a los factores climáticos y a la corta duración de la faena, no afectará a ningún sitio poblado. Adicionalmente a lo señalado de acuerdo a los estándares establecidos por ENAP-Magallanes, el personal estará dotado de equipamiento de protección auditiva.
Referencia al ICE para mayores detalles
Capítulo VIII
Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las
siguientes: 8.1. PLAN DE PREVENCION DE CONTINGENCIAS 8.1.1. Plan de Medidas de Prevención de Contingencias y Control de Emergencias Al Proyecto a la que Operación Js 9 ASCIÓN Instalaciones sobre la Plataforma de Perforación
Acciones o medidas a
Prevención
Control de Derrames (acciones, procedimientos)
implementar Comunicación Responsables 8.1.2. Plan de Prevención, Presupresión y Supresión de Incendios en Pastizales Área Isla Fase del Proyecto a la que p aplica Operación Parte, obra o acción . a Asociada Instalaciones sobre la Plataforma de Perforación
Acciones o medidas a implementar
Análisis de Riesgo
Análisis de Peligro
Análisis del daño potencial
Medidas de Prevención de Incendios de Pastizal
Plan Pre Ataque para Presupresión de Incendios de Pastizal
Medidas de Supresión de Incendios de Pastizal
) Referencia al ICE para “mayores detalles
Capítulo VII
8.2.
PLAN DE EMERGENCIAS
18.21.
Plan de Restauración de Pastizales tras un Incendio
' Fase del Proyecto a la que aplica
Operación
10/12
Parte, obra o acción
asociada Instalaciones sobre la Plataforma de Perforación
Acciones inmediatas
Acciones a implementar Monitoreo
Otras consideraciones
Las vías de comunicación con la SMA se realizará mediante el módulo
Oportunidad y vías de de reporte de incidentes del sistema de seguimiento ambiental, a través
comunicación a la SMA de la | de la página web www.sma.gob.cl, la cual ha sido habilitada para tales
activación del Plan efectos. La información será remitida dentro de las primeras 48 hrs. de ocurrido el evento.
8.2.2. Plan de Contingencia frente a Eventos Ambientales
a Proyecto a la que Operación
Parte, obra o acción
asociada Instalaciones sobre la Plataforma de Perforación
Incendio en módulos habitacionales, área de motores, generadores, bombas, talleres y vehículos
Acciones a implementar Accidentes con lesión a personas
Derrame de productos contaminantes
Descontrol de pozo
Las vías de comunicación con la SMA se realizará mediante el módulo
Oportunidad y vías de de reporte de incidentes del sistema de seguimiento ambiental, a través
comunicación a la SMA de la | de la página web www.sma.gob.cl, la cual ha sido habilitada para tales
activación del Plan efectos. La información será remitida dentro de las primeras 48 hrs. de ocurrido el evento.
8.2.3. Plan de Prevención y Manejo de Emergencias frente a un Rebase de la Fosa de Lodos
Fase del Proyecto a la que z
aplica Operación
Parte, obra o acción . Ea
asociada Instalaciones sobre la Plataforma de Perforación
Procedimientos de Emergencia Rebase de la Fosa de Lodos Acciones a implementar Transporte de Lodos
Principales Acciones a Seguir en Caso de Rebase o Derrame
Las vías de comunicación con la SMA se realizará mediante el módulo
Oportunidad y vías de de reporte de incidentes del sistema de seguimiento ambiental, a través comunicación a la SMA de la | de la página web www.sma.gob.cl, la cual ha sido habilitada para tales activación del Plan efectos. La información será remitida dentro de las primeras 48 hrs. de
ocurrido el evento.
Referencia al ICE para
mayores detalles Capitulodl
Lia Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
10”. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.
-
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
-
Que, para que el proyecto "Genérica 4 Sub - Bloques de Arenal" pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
13”. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
14”. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
15”. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
16”. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVE:
Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Genérica 4 Sub - Bloques de +. Arenal” de la Empresa Nacional del Petróleo - Magallanes. pa Certificar que el proyecto “Genérica 4 Sub - Bloques de Arenal” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
Cettificar que el proyecto “Genérica 4 Sub - Bloques de Arenal” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 137 y 138 del D'Sí N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto
11/12
Distribucióh:
Cle:
Ambiental
4”.
a.
6”.
Certificar que el proyecto “Genérica 4 Sub - Bloques de Arenal" no genera los efectos, características O circunstancias del artículo 11 de la Ley N” 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. Definir como gestión, acto o faena mínima dejfroyecto para fa sistemático y permanente los mencionados ex el considerand4 Hacer presente que contra esta resolución/és procedente el N* 19.300, ante el Director Ejecutivo del Sg i
r cuenta del inicio de su ejecución de modo 4 del presente acto.
so de reclamación del artículo 20de la Ley biental.
iental de la Aillena
S NEON e ecretaria COmisión de Evaluación egión de Magallanes y Antártica Chilena
Juan Francisco Díaz Anaíz
Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, Región de Magallanes y Antártica Chilena Corporación Nacional Forestal, Región de Magallanes y Antártica Chilena
Dirección de Obras Hidráulicas, Región de Magallanes y Antártica Chilena
Dirección de Vialidad, Región de Magallanes y Antártica Chilena
Dirección General de Aguas, Región de Magallanes y Antártica Chilena
Gobierno Regional, Región de Magallanes y Antártica Chilena
llustre Municipalidad de Porvenir
llustre Municipalidad de Primavera
SEREMI de Agricultura, Región de Magallanes y Antártica Chilena
SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Magallanes y Antártica Chilena
SEREMI de Energía, Región de Magallanes y Antártica Chilena
SEREMI del Medio Ambiente, Región de Magallanes y Antártica Chilena
SEREMI de Minería, Región de Magallanes y Antártica Chilena
SEREMI de Obras Públicas, Región de Magallanes y Antártica Chilena
SEREMI de Salud, Región de Magallanes y Antártica Chilena
SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Magallanes y Antártica Chilena SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Magallanes y Antártica Chilena
Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Magallanes y Antártica Chilena
Servicio Nacional de Geología y Minería, Región de Magallanes y Antártica Chilena Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, Región de Magallanes y Antártica Chilena Servicio Nacional de Turismo, Región de Magallanes y Antártica Chilena Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Magallanes y Antártica Chilena Comisión Chilena de Energía Nuclear
Consejo de Monumentos Nacionales
Superintendencia de Servicios Sanitarios
Encargada Participación Ciudadana
Superintendencia del Medio Ambiente
Oficial de Partes de la Región
Expediente del Proyecto "GENÉRICA 4 SUB-BLOQUES DE ARENAL" Archivo Servicio de Evaluación Ambiental, Magallanes y Antártica Chilena
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