Evaluación SEA

Fracturación Hidráulica de 4 Pozos Sector Río del Oro, Bloque Caupolicán Tierra del Fuego

Rol 2130698320
SEA · DIA · Aprobado · 2015-08-18 · Región de Magallanes y de la Antártica Chilena · Empresa Nacional del Petróleo - Magallanes

REPÚBLICA DE CHILE | COMISIÓN DE EVALUACIÓN

XII REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

VISTOS:

12

22,

6?.

qe.

Califica Ambientalmente el proyecto "Fracturación Hidráulica de 4 Pozos Sector Río del Oro, Bloque

Caupolicán Tierra del Fuego" Resolución Exenta N* 178/2015

Punta Arenas, 18 de Noviembre de 2015

La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) y su Adenda de fecha 28/09/2015, del proyecto “Fracturación Hidráulica de 4 Pozos Sector Río del Oro, Bloque Caupolicán Tierra del Fuego”, presentado por Petromagallanes Operaciones Ltda. con fecha 14/08/2015.

Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Fracturación Hidráulica de 4 Pozos Sector Río del Oro, Bloque Caupolicán Tierra del Fuego”.

El Acta de Evaluación N*%050/2015 de fecha 02/09/2015, del Comité Técnico de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.

El ICE de la DIA del proyecto “Fracturación Hidráulica de 4 Pozos Sector Río del Oro, Bloque Caupolicán Tierra del Fuego” de fecha 09/11/2015.

El acuerdo adoptado en la sesión N*20 de fecha 17/11/2015, de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.

Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Fracturación Hidráulica de 4 Pozos Sector Río del Oro, Bloque Caupolicán Tierra del Fuego”.

Lo dispuesto en la Ley N19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S, N%40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N? 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N*1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

CONSIDERANDO:

18.

32.

  1. -

Que, Petromagallanes Operaciones Ltda. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Fracturación Hidráulica de 4 Pozos Sector Río del Oro, Bloque Caupolicán Tierra del Fuego” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Petromagallanes Operaciones Ltda. Rut 76.016.977-3

Domicilio Ruta 9 Norte N*07200, Punta Arenas Teléfono 56-61-2219000

Nombre representante legal Alberto J. Harambour Giner

Rut representante legal 6.177.562-5

Domicilio representante legal Ruta 9 Norte N*07200, Punta Arenas Teléfono representante legal 56-61-2219000

Correo Electrónico clagos(WM)petromagallanes.net

Que, conforme se indica en el ICE de fecha 09/11/2015, la Directora Regional de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto; cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en el Permiso Ambiental Sectorial Mixto señalado en el artículo N137 del D.S. N40/2012; y no genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

Que, en sesión de fecha 17/11/2015, la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena acordó calificar favorablemente el proyecto “Fracturación Hidráulica de 4 Pozos Sector Río del Oro, Bloque Caupolicán Tierra del Fuego”, aprobando íntegramente el contenido del

«ICE, de fecha 09/11/2015, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto,

conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta,

Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, y en su Adenda, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica:

1/10

4,1. ANTECEDENTES GENE

RALES

Objetivo general

El objetivo del proyecto es hacer factible, comercialmente, la productividad de los pozos Río del Oro 1A, Río del Oro 5, Río del Oro Norte 1 y Río del Oro Sur Oeste 1. ubicados en el sector norte del Bloque Caupolicán, Tierra del Fuego, mediante el proceso de fracturación hidráulica, proceso que permitirá aumentar la conductividad de fluidos a través de la roca y por lo tanto la extracción de hidrocarburos de formaciones que de otra manera no serían productivas.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras O acciones

1.4.) Se entenderá por proyecto de desarrollo minero correspondientes a petróleo y gas, aquellas acciones u obras cuyo fin es la explotación de yacimientos, comprendiendo actividades posteriores a la perforación del primer pozo exploratorio y las instalación de plantas procesadoras.

Vida útil

La vida útil es de 4 años, y cada fractura es de 46 días

Gestión. acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

El hito que dará inicio corresponde a la construcción de la fosa de acopio de agua de retorno y/o estanques de almacenamiento

Proyecto se desarrolla por SI NO etapas Xx Proyecto modifica un proyecto o X actividad - Proyecto Modifica otra (s) RCA

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político-administrativa

Región de Magallanes y Antártica Chilena, Provincia de Tierra del Fuego, Comuna de Primavera.

Descripción de la localización

Las actividades de fractura hidráulica se realizarán en pozos que ya se encuentran perforados, tanto por ENAP Magallanes, como por PetroMagallanes. Por lo tanto el proyecto se realizará en terrenos ya intervenidos cuyos pozos se espera poner en producción una vez efectuadas las actividades del proyecto.

Superficie

5,76 hectáreas

Coordenadas U'TM en Datum WGS84 — Huso 19

Nombre del Pozo Este Norte Río del Oro 1 A 454.340 4.144.024 Río del Oro 5 445,390 4.144.550 Río del Oro Norte 1 444,362 4.145.586 Río del Oro Sur Oeste 1 442.651 4.142.329

Caminos de acceso

Ruta Y-65 Tierra del Fuego

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

Capítulo I del ICE y de la DIA

4,3,

PARTES, OBRAS Y ACCIO

S QUE COMPON EL PROYECTO

4.3.1. FASE DE CONSTRUCCI

ÓN

Construcción de la Fosa de Acopio de agua de retorno o instalación de estanque de almacenamiento agua residual

Para el acopio de agua de retorno de la fractura, se utilizaría un estanque o en su defecto, el agua residual se acopiará temporalmente en una fosa impermeabilizada.

La construcción de la fosa de acopio de agua, en caso de ser necesario, se realizará sobre la plataforma de perforación de cada pozo. Para evitar el contacto del agua de fracturación con el suelo, se colocará una geomembrana HDPE, con espesor que varía entre los 0,75 a 1,0 mm. Para cada pozo del sector Rio del Oro se estima una fosa con un volumen máximo de 750m* de capacidad.

La construcción de la fosa comienza con la demarcación del área, luego se remueve el terreno, el cual puede ser depositado a un costado del área en cuestión o en otro lugar dentro del área de la planchada. Esta tierra removida se reutilizará, posteriormente para el relleno y cubierta de la fosa, durante su recuperación.

El fondo de la fosa, se cubre con arena fina. Ésta se compacta con el fin de tener una superficie lisa, sin materiales con bordes que pueda dañar la Gcomembrana.

Se procede a instalar la Geomembrana, sobre toda la superficie de la fosa Todas las uniones de Geomembrana serán soldadas a través de termo soldadura, de manera de asegurar que no ocurran fugas de agua que entren en contacto con el suelo. La instalación de la geomembrana, la realizará una empresa contratista con experiencia, en este tipo de instalaciones.

Como medida de seguridad y control, la fosa contará con marcas indelebles y perfectamente visibles, permitiendo a cualquier observador visualizar el nivel máximo de acopio.

Cada fosa se cercará con una reja perimetral, de manera de controlar el acceso aellas.

Instalación de Equipos y "Maquinarias

Dentro de las consideraciones para el montaje de los componentes y equipos se tiene: a) Dirección y fuerza del viento: En función de la dirección del viento predominante en la zona y las características de la operación, se considerarán puntos seguros y protegidos para el almacenamiento de insumos, tales como sacos y el manejo y trasvasije de arena.

b) Área para almacenamiento insumos: Se define también el área donde se mantendrán los sacos y tambores vaciados para su posterior traslado a disposición final.

Se indican a continuación los principales Equipos y obras que comprende el

2/10

proceso de fracturación: - Unidad de Control - Unidad de Filtrado - Estanques de almacenamiento de agua = Unidad Gelificadora - Mezclador o Blender - Camión Arenero o Sand King - — Bombas - Tuberías y Protector de pozo

Recursos naturales renovables

Agua Industrial: El agua industrial será provista desde el Estero Rogers, para lo cual se contará con autorización de un Titular de Derechos de Agua, sobre ese curso de agua.

Se llevará un registro de los m3 de agua que se extraigan.

Emisiones y efluentes

Polvo en suspensión, emisiones de maquinarias, ruido, todos de baja magnitud y por encontrarse en áreas abiertas podrán disiparse rápidamente.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Residuos Líquidos Domésticos a disponer en la Planta de Tratamiento Primario de Aguas Servidas autorizada: Residuos Sólidos Domésticos no peligrosos a disponer en Vertedero autorizado,

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo IV

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN

Preparación del Agua y Disposición de los tanques de fractura

El proceso se inicia con el posicionamiento de los tanques de almacenamiento del agua que se usará, y cuyo volumen depende de la magnitud de la fractura hidráulica.

El consumo de agua para la operación de los pozos Río del Oro, se estima como máximo en 400 a 500 mÍ para cada ubicación. Este volumen incluye los necesarios a utilizar en la pre=fractura y fractura. y depende fundamentalmente del volumen del pozo, las condiciones litológicas, tipo de reservorio y su resistencia estructural, y la profundidad del objetivo y de los punzados.

Se debe tener presente que no habrá fracturas simultáneas en dos o más pozos, por lo cual no se requiere el volumen de agua a usar en ellos de una sola vez. Los tanques de almacenamiento de agua cuentan con válvulas de llenado, drenaje, de recirculación propia y en conjunto con el resto de los tanques.

El agua será suministrada mediante camiones aljibe, desde donde será succionada por el equipo de filtrado, para finalmente descargarla al tanque de almacenamiento.

Se estima en dos días el tiempo nece cada fractura.

sario para desarrollar esta operación, en

Preparación Gel de Fractura

Una vez instalada la unidad gelificadora (camión hidratador de geles), ésta succionará el agua desde los tanques de almacenamiento previamente descritos, para ser almacenada en un tanque en donde se preparará un concentrado de gel; la concentración podría variar de acuerdo a lo estipulado en el programa, sin embargo esta se estima en 30 ppm.

El gel diluido se prepara inmediatamente antes de la operación de fractura, y al iniciarse esta, el camión Blender o mezclador succiona el gel y adiciona por goteo los productos químicos necesarios, los cuales vienen en estado líquido.

Preparación de la Mezcla y adición del Agente Sostén

El proceso continúa en el equipo Blender o Mezclador, el cual se encuentra instalado sobre un camión.

En él, se le adicionarán al gel de fractura de forma automática, los aditivos químicos necesarios para la operación, entre los cuales están: Agente modificador de pH, Agente retardador, desgelificante de acción retardada, anti-emulsionantes, reductor de fricción, e inhibidor de hidratación de arcillas de la formación.

El proceso es pre-programado computacionalmente y, de ser necesario, puede ser intervenido manualmente, no obstante, no existirá manipulación directa por parte de los trabajadores.

Los insumos químicos en conjunto con el gel ingresan a una centrifuga que homogeniza la mezcla. En esta etapa además, se adiciona el agente sostén de la fractura (arena). en una concentración de gel de acuerdo al diseño.

Las arenas, que son proporcionadas al camión Blender, serán suministradas desde un camión denominado “Sand King” el cual tiene silos que permiten almacenar el agente sostén

La parte inferior de los silos del “Sand King” tiene un surtidor que se abre hidráulicamente para suministrar arena; ésta se depositará en una correa transportadora sin fin y cerrada, la que de forma continua llevará al camión Mezclador el agente sostén necesario, el cual se dosificará según la concentración del programa de trabajo.

En el caso de este proyecto, la arena o Agente sostén será de cuarzo, cerámica (por ejemplo CarboliteW)), o una mezcla de ambos.

Mini-Fractura

La minifractura consiste en inyectar el mismo fluido que se utilizará en la fractura pero en menor volumen y solo hasta que se produzca el inicio de la fractura. Esta etapa Permite determinar la eficiencia del fluido de fractura seleccionado, presión de reservorio, presión de fractura y confirmar la gcometría de la fractura.

Luego de terminada la Mini fractura y analizados los parámetros obtenidos, realizando las correcciones que fueran necesarias, comienza la fractura propiamente tal.

Una vez cargada toda el agua en los tanques, la arena o agente sostén en el Sand-King y los productos químicos en el hidratador, el camión Blender alimentará mediante mangueras de alta presión, a cada una de las bombas de fractura de 2000 HP montadas sobre Camiones llamados Frac, y dejando siempre una como Back Up o de respaldo.

Las bombas son accionadas remotamente por una unidad de control montada

3/10

Fracturación

en un furgón denominada Frac Van, y bombean el fluido al pozo con un caudal a alta presión.

Una vez alcanzado el punto de fracturación en la formación reservorio, la fractura se continuará propagando en dos “alas” opuestas, desde los punzados en la tubería de producción, extendiéndose en longitud, altura y ancho dependiendo de las características de la formación.

Una vez que ha ingresado todo el volumen calculado de fluido de fractura con el agente sostén (arena) en la formación, se detiene inmediatamente el bombeo en superficie, La formación fracturada tratará de volver a su condición original dejando entrampada en este proceso la arena entre sus paredes, creando un nuevo canal preferencial de alta conductividad y de esa forma se logra aumentar la tasa de flujo de hidrocarburos al pozo.

El proceso de fractura finaliza entonces, cerrando el pozo apenas se ha inyectado todo el fluido, mediante las válvulas maestras ubicadas en el conjunto valvular de superficie llamado también “árbol de pascua”.

Flow Back

Alrededor de una hora después de terminado el proceso de fractura y después de cerrar el pozo, las unidades y sus líneas o tuberías de bombeo conectadas al pozo se desconectan y retiran para iniciar la extracción del fluido de fracturación. Normalmente el porcentaje de retorno de fluido desde la formación es del 30 a 50% del total inyectado.

Como se ha mencionado anteriormente, el pozo se ha dejado presurizado y se ha conectado una línea o tubería de descarga a una unidad de prueba para poder controlar el flujo de retorno.

Al abrir la válvula maestra, el pozo comenzará a devolver el fluido de fractura y éste pasará por la unidad de prueba lo cual permitirá que el agua inyectada en el reservorio fluya hacia la superficie lentamente por una válvula de orificio ajustable. Ésta permite variar la apertura del orificio controlando que la presión de flujo llegue lentamente a la llamada “presión de cierre de la fractura”, evitando que el agente sostén salga de la fractura y se devuelva al pozo.

El fluido de fractura obtenido se vaciará en una pileta aledaña al pozo, construida para tales efectos, o en su defecto, en un tanque con el mismo objetivo.

Productos Generados

El transporte de hidrocarburos no es materia de esta evaluación.

Recursos naturales renovables

El Agua Industrial se proveerá mediante camión aljibe, desde cl estero Rogers, para lo cual se contará con autorización de un Titular de Derechos de Agua, sobre ese curso de agua. Se llevará un registro de los m3 de agua que se extraigan.

Emisiones y efluentes

Polvo en suspensión generada por el tránsito de vehículos, además de ruido, todos de baja magnitud y por encontrarse en áreas abiertas podrán disiparse rápidamente.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente,

Del agente sostén, elemento utilizado en mayor proporción, se estima se utilizará una cantidad de 40,143 toneladas.

El manejo de los productos que se utilizarán en la fractura estará regido por el procedimiento del contratista, el que PetroMagallanes exigirá su estricta aplicación.

Los efluentes provenientes de la fracturación (flowback) serán almacenados en estanques de almacenamiento o en la fosa de acopio.

Todos los residuos que se generen en esta etapa, serán dispuestos en lugar autorizado.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase,

Capítulo IV

4.3.3. FASE DE CIERRE Una vez realizado el retiro de todos los equipos utilizados para la fractura, en cada pozo, se procede a retirar los posibles suelos contaminados en las áreas Desmontaje que fueron utilizadas en el proceso de fracturación. Esta actividad será

realizada por personal de PetroMagallanes Operaciones. De existir este residuo, se eliminará según su grado de peligrosidad.

Cierre fosa de acopio

El agua de retorno de la fractura que se almacenó en la fosa impermeabilizada, construida para tal efecto, se retirará mediante el uso de un camión vaccum, para ser reinyectada en un pozo que cuente con aprobación ambiental para tal fin, ubicado en Tierra del Fuego.

Una vez retirada toda el agua, se retirará la geomembrana y la fosa se rellenará con el mismo material que se retiró del lugar para su construcción, para terminar con una capa de material integral, que permita restituir las características del terreno original.

Desmantelamiento o aseguramiento de infraestructura

El equipamiento está montado en camiones, por lo tanto se retira en los mismos.

Restauración

Se recuperará la fosa rellenándola con el mismo material que se extrajo para su construcción.

Las planchadas serán recuperadas, una vez que finalice la producción de los pozos que se someterán a fractura.

Prevención de futuras emisiones

No habrá futuras emisiones, ya que se recuperará toda el agua de retorno, la que posteriormente será reinyectada en un pozo que cuente con aprobación ambiental.

Emisiones y efluentes

Corresponderá al polvo en suspensión, debido al movimiento de los camiones y al movimiento de tierra, al rellenar la fosa,

Estas emisiones tendrán lugar en un periodo de no más de 20 días y en lugares ya intervenidos (planchadas).

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan

Se contará con un capacho metálico, con tapa para depositar allí toda la basura que se genere en esta etapa, ya sea doméstica o asimilable a doméstica, tales como restos de algún embalaje (residuos no peligrosos) y dispuesto en vertedero autorizado.

4/10

afectar el medio ambiente. Corresponde a las aguas servidas que se produzcan en esta etapa del proyecto. Al igual que para las otras etapas, estos residuos serán depositados en la Planta de tratamiento de aguas servidas de Porvenir o Punta Arenas, a través de un transportista autorizado para tales efectos.

Referencia al ICE para mayores Capítulo IV detalles sobre esta fase.

4,4, DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYE 4.4.1. Fase de Construcción

TO

Fecha estimada de inicio Noviembre 2015

Parte, obra o acción que Construcción de la fosa de acopio de agua de retorno y/o estanques de establece el inicio almacenamiento.

Fecha estimada de término Noviembre de 2015

Parte, obra o acción que establece el término

4.4.2. Fase de Operación Fecha estimada de inicio Noviembre de 2015 Parte, obra o acción que establece el inicio Fecha estimada de término Diciembre 2015 Parte, obra o acción que establece el término 4.43, Fase de Cierre

Equipamiento e instalaciones de apoyo instaladas.

Preparación del agua para la fractura

Flow back.

Fecha estimada de inicio Día 46

Parte, obra o acción que Recuperación de la fosa de acopio, rellenándola y cubriéndola con el mismo establece cl inicio material que se retiró

Fecha estimada de término Día 46

Parte, obra o acción que

E : Retiro de Camiones y Equipos establece el término -

5%. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA € DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

No habrá riesgo para la salud de la población, ya que las emisiones serán de baja magnitud y se producirán

solo en el corto periodo de las actividades del proyecto, Se debe considerar además que no existe poblado o

vivienda en el área de influencia del proyecto. Los centro poblados más cercanos corresponden a las ciudades

de Cerro Sombrero y Porvenir, no obstante, se encuentran ubicados a varios Kms, de distancia, (alrededor de

70 Km.), por lo tanto los centros poblados se encuentra fuera del área de influencia del proyecto. Las casas de

las Estancias, también se encuentran ubicadas a varios Km. de las ubicaciones del proyecto, por lo tanto

también fuera de su área de influencia.

En cuanto a las aguas servidas que se generen en los baños e instalaciones para habitabilidad del personal, que

se instalen en la locación. Estas se dispondrán temporalmente en una fosa séptica semi enterrada, a la cual se

conectarán, mediante tubos de PVC, los artefactos ubicados en contenedores móviles.

Las aguas servidas de la fosa séptica serán dispuestas, de la misma forma, en la Planta de tratamiento de aguas

servidas en la ciudad de Porvenir o en la Planta de Punta Arenas.

En cuanto a los residuos sólidos de tipo doméstico, serán mínimos ya que se producirán solamente durante el

corto periodo que dure el proyecto. Para su acopio temporal, se contará un contenedor con tapa, en el lugar.

Los residuos serán dispuestos en vertedero autorizado.

Durante el desarrollo del proyecto, no se producirán residuos peligrosos. Si se produjera algún derrame

accidental, la tierra contaminada, se recogerá en tambores y se manejará según lo señala el D.S. N* 148 del

MINSAL, siendo transportados, por una empresa autorizada, para disponer en un lugar también autorizado

para tales fines. Se contará con los registros correspondientes.

Referencia al ICE para mayores

detalles sobre este impacto Capítulo VI

especifico

5,2, EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

Las actividades del proyecto, no producirán efectos significativos sobre el suelo, considerando que el proyecto

se realizará completamente en áreas ya intervenida, correspondiente a las planchadas de cada uno de los pozos

a fracturar, Cada pozo ya cuenta con su camino de acceso.

El proyecto se emplaza en áreas ya intervenidas, por lo tanto no tendrá efectos adversos en la vegetación

nativa existente.

Se revisarán los bordes de la planchada y en caso de existir alguna madriguera de Tuco-tuco, esta será

resguardada con un cerco (malla), de manera de impedir su intervención. La malla no se trata de un cierre

perimetral de la madriguera, muy por el contrario, se colocaría solamente en sector aledaño a la planchada,

con el objetivo que quede claramente señalizada y a través de capacitación al personal se instruirá sobre la

categoría de conservación de la especie y por lo tanto la importancia de no intervenir el lugar.

No habrá descarga de ningún tipo de residuo a cause superficiales, y no existirá intervención de acuíferos del

"IDAD Y CALIDAD

lugar.

Referencia al ICE para mayores

detalles sobre este impacto Capítulo VI específico

5.3, REASE MIENTO DE COMUNIDADES HUMA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRE

5 O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA S DE GRUPOS HUMANOS

El proyecto se desarrollará en 2 predios, en áreas ya intervenidas, por lo tanto no contempla restricción alguna al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento, como tampoco habrá aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.

mm El proyecto se ubicará en un área rural, y alejado de toda población permanente, equipamiento o infraestructura básica, por lo tanto no habrá alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos,

5/10

62,

6.1.

5%

servicios o infraestructura básica. Todas las casas de las estancias se ubican a más de 1 Km. de distancia de los pozos, por lo tanto fuera del área de influencia del proyecto. Además las instalaciones (planchadas) ya cuentan con caminos de acceso.

No se desarrollan en el área del proyecto manifestaciones de tradiciones, cultura o interés comunitario que pudieran verse afectadas.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto Capítulo VI específico

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONS ERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR

El Área del proyecto no se ubica en o próxima a poblaciones protegidas por leyes especiales, se ubica en un

área rural, en predios que no corresponde a Tierras Indígenas y la población indígena más próxima habita en la localidad de Porvenir, a más de 70 Km, del área del proyecto.

Se puede lar que el proyecto no se ubica en una zona de valor ambiental que provea servicios eco

i levantes o en un lugar que el paisaje presente características especiales de unicidad, escasez o representatividad. Más bien se ubica en un lugar altamente intervenido por la actividad ganadera y por la actividad petrolera.

En cuanto a los sitios prioritarios para la conversación y/o humedales protegidos, el sitio más cercano es el Humedal de Bahía Lomas, que cuenta con la categoría de Sitio RAMSAR, sin embargo se encuentra ubicado a aproximadamente 40 km., del área del proyecto, por lo tanto muy lejano a su área de influencia.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto Capítulo VI especifico

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

Dada la naturaleza del proyecto y el lugar que se emplaza, se puede afirmar que no se obstruye la visibilidad a una zona de valor paisajístico, ya que el proyecto es de muy corta duración y luego de terminado se retirarán todos los equipos utilizados. además se trata de un paisaje bastante intervenido por la actividad ganadera y petrolera de muchos años,

La actividad e infraestructura del proyecto no obstruye la visibilidad a una zona de valor paisajís No se alteran los atributos del paisaje, ya que no se introducen elementos ajenos al pai natural.

El proyecto es de baja duración y al término de la fractura, se retirarán todos los equipos utilizados. En tal sentido solamente será perceptible visualmente, por un corto periodo de tiempo (Alrededor de 20 días). Con esto se cumplirá la premisa de “no obstruir la visibilidad a una zona con valor paisa Lo mismo en cuanto a la introducción de elementos ajenos al paisaje natural. Esto ocurrirá por un periodo acotado de tiempo, ya que una vez terminada la fractura, solo permanecerá el pozo con su árbol de pascua.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto Capítulo VI especifico

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, E PATRIMONIO CULTURAL

TIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL

El área donde se realizará la fracturación de pozos, corresponde a plataformas de perforación existentes, por lo cual el Proyecto no alterará monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico o histórico, que pertenecen al patrimonio cultural.

El Proyecto no involucra la alteración de nuevas árcas, ni la alteración o deterioro de algún sitio definido como Monumento Nacional.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto Capítulo VI específico

Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las

correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación: Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos

6.1.1. Permiso para la Aprobación del Plan de Cierre de una Faena Minera, del artículo N*137 del Reglamento del SEIA

Fase del Proyecto a la cual corresponde Abandono o Cierre

Parte, obra o acción a que aplica Retiro del Equipamiento, recuperación de la fosa de acopio

Condiciones o exigencias específicas para

a Presentar el Plan de Cierre según Ley 20.551 al Sernageomi su otorgamiento are de gún Ley 20.551 al Sernageomin.

Oficio N*82 de fecha 30 de septiembre de 2015 del Servicio

Pronunciamiento del órgano competente Nacional de Geología y Minería, Región de Magallanes y Antártica Chilena. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo IX

Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de

cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

Norma D.F.L, N%725, Código Sanitario "| Fase del Proyecto a la que aplica | o Ba, ? , E Todas 'o'en la que se dará cumplimiento . Parte, Obra o Acción a la que Todas

"Aplica

| E E A E a dl Ss Artículos 67, 68 y 77: Se mantendrán todas las condiciones de saneamiento Fornia de cumplimiento S . ae A Ñ Ñ Ñ

pu] y seguridad necesarias para proteger la salud de los ope s que se

desempeñen en las diferentes actividades de las fracturaciones

6/10

Todo residuo que se genere, se dispondrá en un lugar autorizado. Los operarios utilizarán los elementos de seguridad que correspondan a la actividad que estén realizando.

Indicador que acredita su cumplimiento

En la carpeta de medio ambiente, ubicada en el lugar de trabajo, se mantendrán archivadas:

  • Las guías de ingreso de los residuos sólidos inertes, al vertedero municipal.
  • Las autorizaciones sanitarias del transportista.

  • Las guías de ingreso a la Planta de tratamiento de aguas servidas, para las aguas servidas (limpieza de los baños químicos.).

Forma de control y seguimiento

Corresponderá a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Autoridad Sanitaria, en uso de sus facultades legales, fiscalizar el permanente cumplimiento de las normas.

Norma

D.S. N*594/99, Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas

Parte, Obra o Acción a la que Aplica

Todas

Forma de cumplimiento

Artículo 16: Se contempla disponer en la Planta de tratamientos de aguas servidas. solamente los residuos de los baños químicos como de la fosa séptica conectada a las instalaciones habitacionales.

Artículo 17: El proyecto no contempla descarga alguna en cuerpos de agua superficial ni napas subterráneas. El agua acopiada en la fosa se reinyectará totalmente en un pozo adaptado para tal efecto.

Artículo 18: El proyecto contempla la disposición de residuos industriales sólo en lugares autorizados. Específicamente los residuos industriales inertes, que se puedan generar, se dispondrán en Vertedero Autorizado. Artículo 19: Los residuos serán dispuestos en lugares autorizados solamente a través de empresas que cuentan con la debida autorización sanitaria, para realizar esta actividad.

Artículo 20: Para el caso de los residuos peligrosos, en caso de generarse, (tierra contaminada), se, realizará la declaración correspondiente, tal como lo estipula el D.S. 148/03 del Ministerio de Salud.

Artículos 24: Se exigirá al contratista contratar a una empresa que cuente con la autorización sanitaria y será la misma empresa que se encargue de la limpieza de los baños, la disposición de los residuos en un lugar autorizado y su retiro cuando ya no se requieran. No se contempla vaciado alguno en el suelo.

Artículo 26: Todas las aguas servidas serán dispuestas en la Planta de tratamientos de aguas servidas de Porvenir o Punta Arenas.

Indicador que acredita su cumplimiento

Guías de ingreso a la Planta de Tratamiento de aguas servidas y a vertedero autorizado.

Resolución sanitaria para los transportes de residuos.

Guías de transporte de aguas de retorno.

Forma de control y seguimiento

Corresponderá a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Autoridad Sanitaria, en uso de sus facultades legales, fiscalizar el permanente cumplimiento de las normas.

Norma D.S. N*148/03, Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos Fase del Proyecto a la que aplica |... y , a Todas o en la que se dará cumplimiento Parte, Obra o Acción a la que DÍ Todas

Aplica

Forma de cumplimiento

En caso de generarse algún residuo peligroso, debido a algún derrame accidental, se manejará de acuerdo con el D.S. N*148.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro en SIDREP y certificado de disposición final

Forma de control y seguimiento

Corresponderá a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Autoridad Sanitaria, en uso de sus facultades legales, fiscalizar el permanente cumplimiento de las normas.

Norma

D.S. N*132/2004, Reglamento de Seguridad Minera

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas

Parte, Obra o Acción a la que Aplica

Todas

Forma de cumplimiento

Artículo 51: Se exigirá al contratista contar con un procedimiento que incluya verificar el correcto funcionamiento de los equipos, así como su mantención durante las faenas. Conocido por su personal.

Artículo 68: Dado el tipo de proyecto, y su corta duración, las emisiones serán mínimas y se contará con el manejo de tales emisiones.

Artículo 69: El Titular contempla asegurar a través de las bases de licitación, el cumplimiento de los compromisos ambientales establecidos en la RCA, de parte de los contratistas.

Artículo 70: El proyecto contempla depositar los desechos de acuerdo con la normativa. No se generarán residuos peligrosos

Artículo 410: El proyecto considera un estricto control de la limpieza y el orden en el área de trabajo. Se contará con un contenedor para el depósito temporal de los residuos sólidos.

Además se cuenta con un procedimiento para el control de incendios y se contará con personal capacitado para prevenir y controlar cualquier amago de incendio. Se contará además con el equipamiento necesario; extintores, palas etc., en el lugar de la faena.

Artículo 51: Procedimiento archivado en la carpeta de Medio Ambiente de

7/10

8%.

9*,

Indicador que acredita su cumplimiento

PetroMagallanes. Asistencia a la charla donde se dio a conocer.

Artículo 68: Capacho de basura instalado. Certificación de su disposición final en el vertedero municipal. Baños químicos y/o Fosa séptica instalada. Certificación de su disposición final en la Planta de tratamientos de aguas servidas de Porvenir o Punta Arenas.

Artículo 69: Bases de Licitación para la fractura, incluyendo la obligación de dar cumplimiento a los compromisos ambientales.

Artículo 70: Capacho de basura instalado. Certificación de su disposición final en el vertedero municipal. Baños químicos y/o Fosa séptica instalada. Certificación de su disposición final en la Planta de tratamientos de aguas servidas de Porvenir o Punta Arenas.

Artículo 410: Contenedor de basura instalado y certificación de su disposición final.

Procedimiento para el control de incendios archivado en carpeta de Medio Ambiente, ubicada en el lugar de trabajo, estará archivado, disponible para el personal, el procedimiento para el control de incendios de PetroMagallanes. Equipamiento para el control, en el Equipo. Asistencia a charla archivada.

Forma de control y seguimiento

Corresponderá a la Superintendencia del Medio Ambiente y a Sernageomin, en uso de sus facultades legales, fiscalizar el permanente cumplimiento de las normas.

Norma

Ley 20,551 Regula el Cierre de Faenas e Instalaciones Mineras

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Cierre o Abandono

Parte, Obra o Acción a la que Aplica

Cierre o Abandono de cada pozo

Forma de cumplimiento

Dando cumplimiento con lo señalado en la Ley 20.551 se presentará el Plan de Cierre respectivo, de forma sectorial. al Servicio de Geología y Minería, para su aprobación.

Indicador que acredita su cumplimiento

Ejecución y presentación a SERNAGEOMIN del Plan de Cierre, elaborado en conformidad con lo señalado en el artículo 4 de la Ley.

Forma de control y seguimiento

Corresponderá a la Superintendencia del Medio Ambiente y a Sernagcomin, en uso de sus facultades legales, fiscalizar el permanente cumplimiento de las normas.

Norma

D.F,L. N? 294/84, Otorga autorizaciones especiales en el caso de que se utilicen caminos para transportar maquinarias u otros objetos que excedan los pesos permitido.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas

Parte, Obra o Acción a la que Aplica

Transporte

Forma de cumplimiento

Se dará aviso a la autoridad pertinente en caso de utilizar maquinaria mayor (por tonelaje) que requiera ser movilizado por camino público.

Indicador que acredita su cumplimiento

Autorización de circulación

Forma de control y seguimiento

Corresponderá a la Autoridad Competente, en uso de sus facultades legales, fiscalizar el permanente cumplimiento de la norma.

Norma

Decreto 38. Establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del decreto N? 146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas

Parte, Obra o Acción a la que Aplica

Todas

Forma de cumplimiento

Las emisiones de ruido, serán generadas por los motores de las maquinarias a utilizar. Estas serán puntuales y de baja magnitud y no existen lugares poblados, cercanos a las áreas del proyecto.

Indicador que acredita su cumplimiento

Cumplimiento de normativa

Forma de control y seguimiento

Corresponderá a la Autoridad Competente, en uso de sus facultades legales, fiscalizar el permanente cumplimiento de la norma.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VII

Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los

siguientes compromisos ambientales voluntarios:

8.1. Charlas de Capacitación

Impacto asociado

Protección del Medio Ambiente

Fase del Proyecto a la que aplica

Todas

Objetivo, descripción y justificación

Realizar Charlas de capacitación con el objetivo que todo el personal conozca y aplique los compromisos de la RCA.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Realizar Charlas de capacitación en oficinas de Petromagallanes o en el lugar de trabajo.

Indicador que acredite su cumplimiento

Lista de asistencia a la charla,

Forma de control y seguimiento

Listas se encontarán disponibles para fiscalización.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo X

Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias,

8/10

son las siguientes:

102,

119

12*.

138.

149,

16%.

17.

RESUELV

12

9.1. PLAN DE EMERGENCIAS

9,2. Prevención y Control de Emergencias Actividad de Fracturación de Pozos

Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción-Operación- Abandono

Parte, obra o acción asociada Para todas las actividades a realizar durante la fracturación

Los procedimientos considerados son:

  • Prevención Derrame de Productos Químicos

  • Procedimiento de Emergencia para el control de un derrame de Productos químicos.

  • Prevención Rebalse de la Fosa de Acopio

  • Procedimiento de Emergencia para el control de un rebalse de la Fosa

Acciones a implementar

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Referencia al ICE para mayores detalles

Se dará aviso a la SMA dentro de las primeras 24 horas de ocurrida una emergencia.

Capítulo VII

Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Que, para que el proyecto “Fracturación Hidráulica de 4 Pozos Sector Río del Oro, Bloque Caupolicán Tierra del Fuego” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2” letra g) del Reglamento del SETA, deberá someterse al SEIA.

Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Fracturación Hidráulica de 4 Pozos Sector Río del Oro, Bloque Caupolicán Tierra del Fuego” de Petromagallanes Operaciones Ltda.

Certificar que el proyecto “Fracturación Hidráulica de 4 Pozos Sector Río del Oro, Bloque Caupolicán Tierra del Fuego” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

Certificar que el proyecto “Fracturación Hidráulica de 4 Pozos Sector Río del Oro, Bloque Caupolicán Tierra del Fuego” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en el permiso ambiental sectorial que se señala en el artículo N137 del D.S. N 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Certificar que el proyecto “Fracturación Hidráulica de 4 Pozos Sector Río del Oro, Bloque

Y Caupolicán Tierra del Fuego” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11

de.la Ley N” 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. Definir como gestión, acto o faena mínima del proyecto para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente los mencionados en el considerando N%4 del presente acto.

EQ 'Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20

de la, Ley N* 19,300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental..

9/10

KBT/JRÍYCO

Distribución:

Cle:

Alberto José Harambour Giner

Superintendencia del Medio Ambiente

Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, Región de Magallanes y Antártica Chilena Dirección de Obras Hidráulicas, Región de Magallanes y Antártica Chilena Dirección de Vialidad, Región de Magallanes y Antártica Chilena Dirección General de Aguas, Región de Magallanes y Antártica Chilena Gobierno Regional, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Ilustre Municipalidad de Primavera

SEREMI de Agricultura, Región de Magallanes y Antártica Chilena SEREMI de Energía, Región de Magallanes y Antártica Chilena

SEREMI del Medio Ambiente, Región de Magallanes y Antártica Chilena SEREMI de Minería, Región de Magallanes y Antártica Chilena

SEREMI de Obras Públicas, Región de Magallanes y Antártica Chilena SEREMI de Salud, Región de Magallanes y Antártica Chilena

SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Magallanes y Antártica Chilena Servicio Nacional de Geología y Minería, Región de Magallanes y Antártica Chilena Servicio Nacional de Turismo, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Comisión Chilena de Energía Nuclear Superintendencia de Servicios Sanitarios

Encargada Participación Ciudadana

Expediente del Proyecto "Fracturación Hidráulica de 4 Pozos Sector Río del Oro, Bloque Caupolicán Tierra del

Fuego" Archivo Servicio de Evaluación Ambiental, Magallanes y Antártica Chilena

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: http://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?

docId=8c/80/9582fc7c317cfda623710a5 1439113630423

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