Ampliación de Planta Astilladora COMACO S.A. Puerto Varas
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LOS LAGOS
Califica ambientalmente el proyecto “AMPLIACIÓN DE PLANTA ASTILLADORA COMACO S.A. PUERTO VARAS”
Resolución Exenta N* 1 0 ¿
Puerto Montt, 0 9 FEB, 2016
VISTOS ESTOS ANTECEDENTES:
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Lo dispuesto en la Ley N19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República. La Resolución Exenta N407 de 4 de Julio de 2014, que aprueba el Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos.
-
La Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda, del Proyecto “AMPLIACIÓN DE PLANTA ASTILLADORA
COMACO S.A. PUERTO VARAS”, presentada por el Señor Juan Francisco Roberto Muñoz Venturelli, en representación de Forestal Comaco S.A., con fecha 08 de Junio de 2015.
3". Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “AMPLIACIÓN DE PLANTA ASTILLADORA COMACO S.A. PUERTO VARAS”.
4%. El Acta de Evaluación N*06-01/2016 de fecha 18 de Enero de 2016, del Comité Técnico de la Región de Los Lagos.
5%. El Informe Consolidado de Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “AMPLIACIÓN DE PLANTA ASTILLADORA COMACO S.A. PUERTO VARAS” de fecha 22 de Enero de 2016.
- El Acta de la Sesión N*1 de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos, de fecha 9 de Febrero de 2016. 7%. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “AMPLIACIÓN DE PLANTA ASTILLADORA COMACO S.A. PUERTO VARAS”.
CONSIDERANDO:
1”. Que, Forestal Comaco S.A., en adelante, el Titular, ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del Proyecto “AMPLIACIÓN DE PLANTA ASTILLADORA COMACO S.A. PUERTO VARAS”, en adelante, el Proyecto.
Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre Titular : [Forestal COMACO S.A.
R.U.T. : [79.883.210-7
Domicilio : [Ruta 5 Sur km 1010, Puerto Varas
Nombre Representante Legal |: | Juan Francisco Roberto Muñoz Venturelli
R.U.T. :18.713.252-8
Domicilio : | Avenida Andrés Bello 2777 Oficina 2004, Las Condes, Santiago
Correo electrónico Idiazomcondor.cl; lasjuntas(Ymcondor.cl
2”. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 22 de Enero de 2016, el Director Regional de la Región de Los Lagos ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto durante la evaluación ambiental se constató el cumplimiento de la normativa ambiental, se conocieron los requisitos presentados por el Titular que involucran los permisos ambientales sectoriales de los artículos N*138, 140, 142, 160, no requiere de la elaboración de un EIA y se acreditó la sustentabilidad ambiental en el desarrollo de todas y cada una de las etapas que conforman el Proyecto.
3”, Que, en sesión del 9 de Febrero de 2016, la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos acordó calificar favorablemente el proyecto “AMPLIACIÓN DE PLANTA ASTILLADORA COMACO S.A. PUERTO VARAS”, aprobando íntegramente el contenido del ICE del 22 de Enero de 2016, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
- Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
El objetivo del proyecto es aumentar la producción en 60 ton/h, equivalentes a 70 m'ssc/h, mediante la modificación y complementación de determinados equipos de la Planta que permitan tener un proceso más eficiente y a menores costos de producción.
Objetivo general
Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones
m.2) Plantas astilladoras cuyo consumo de madera, como materia prima, sea igual o superior a treinta metros cúbicos sólidos sin corteza por hora (30 m? ssc/h); o las plantas que reúnan los requisitos señalados en los literales h.2. o k.1., según corresponda, ambos del presente
artículo.
Vida útil La vida útil del proyecto es de 30 años; sin embargo, este tiempo puede ser prolongado en un futuro, mediante una adecuada mantención de los equipos y una implementación de mejoras tecnológicas.
Gestión, acto o faena | El hito del inicio de la fase de construcción es la habilitación de la instalación de faenas
mínima que da cuenta del inicio de ejecución
Proyecto se desarrolla Si No por etapas Xx Proyecto modifica un Si No_| La Planta comenzó su operación en forma previa a la entrada en vigencia
proyecto o actividad de la Ley 19.300, por lo que las instalaciones actuales no han sido sometidas a un proceso de evaluación dentro del marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). Entonces, si se considera la Xx suma de la producción del proyecto original (105 m*ssc/h) y el aumento de capacidad de la presente modificación (70 m'ssc/h), se tiene una capacidad total de producción de 175 m'ssc/h, por lo que corresponde su ingreso al SEIA.
Proyecto modifica otra(s) Si RCA X
4.2, UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político- El proyecto se ejecuta al interior del predio (Rol 1404-151 y 1404-152) en que se ubica la administrativa actual Planta Astilladora, en el kilómetro 1011, Sector La Laja, Comuna de Puerto Varas, Provincia de Llanquihue, Región de Los Lagos.
Descripción de la El sector en el cual se emplaza el Proyecto corresponde a un área rural, en el que se
localización encuentran varias instalaciones industriales colindantes a la Ruta 5 Sur, siendo un lugar estratégico para el tránsito de camiones hacia la ciudad de Puerto Montt, cuya distancia aproximada es de 15 kilómetros.
Superficie 9 hectáreas
Coordenadas geográficas
(Datum WGS-84) Vértice Coordenada Norte Coordenada Este 1 5.419.087 668.569 2 5.419.150 669.120 3 5.418.896 669.189 4 5.418.791 668.639
Coordenadas en Datum WGS84 — Huso 18 S
Caminos de acceso El sector de emplazamiento de la Planta Astilladora de Forestal COMACO S.A. cuenta con fácil acceso desde Norte y Sur para que los proveedores de Eucaliptus globulus y nitens puedan descargar su producto en el predio del Proyecto y así una vez procesado ser
enviado directamente a embarcar a Puerto Montt u otros puertos cercanos.
Referencia al expediente | Capítulo 1 de la DIA y Capítulo IV del ICE de evaluación de mapas, georreferenciación e
información
complementaria sobre la
localización de sus
partes, obras y acciones
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO
4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
Actividades Fase de Construcción
Instalaciones de Faenas. La instalación de faenas corresponde al lugar donde se instalan los equipos, piezas y maquinarias a utilizar, se acopian materiales y se emplazan contenedores (oficina, pañol, etc.). Estas instalaciones se ubican al interior del predio de la Planta, para lo cual se habilita un sector donde se guarda la maquinaria y equipos, cumpliendo con exigencias establecidas en el D.S. N*594/99, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. También se habilitan áreas para el almacenamiento de materiales de construcción y un sector de acopio temporal para equipos, estructuras metálicas y otros materiales. La construcción no contempla la instalación de campamentos, dado que el Proyecto está cercano a un área poblada. Las empresas contratistas podrán disponer de servicio de transporte a sus trabajadores de acuerdo a la normativa legal vigente.
Desmontaje de equipos que serán reemplazados. Se procede a realizar el desmontaje de los equipos que serán reemplazados por los nuevos equipos. Los equipos a desmontar son: Harnero Precisión N*1 y N%2. Clasificador de Astillas; Harnero Ecaso N9. Clasificador de Astillas; y Cinta Repicado de 7,5 hp; los que serán guardados en bodegas de COMACO para ser reutilizados en otras instalaciones o vendidos a terceros. Por otra parte, las fundaciones de estos equipos serán reforzadas para la suportación del nuevo equipamiento, sin contemplarse su demolición.
Obras civiles. Las obras civiles contemplan la construcción y reforzamiento de algunas de las fundaciones de los equipos. Se realizarán las faenas relacionadas con fundaciones y estructuras, que contemplan la construcción de obras de hormigón armado; y, la realización de moldajes, enfierraduras, hormigón, rellenos estructurales, etc. El origen del hormigón para la construcción será de plantas de hormigón premezclado cercanas a la zona del proyecto. Por otra parte, los camiones mixer que transportarán el hormigón no serán lavados en el área del proyecto, sólo entregarán el hormigón y se retirarán sin realizar ninguna actividad adicional al interior de las instalaciones de COMACO S.A, La superficie de fundaciones consideradas para el montaje de equipos son las definidas en la Tabla 1-6 de la DIA, y corresponde a un total de 53 m?.
Montajes de equipos nuevos. Consiste en la instalación de los distintos equipos electromecánicos en sus ubicaciones definitivas, la colocación de líneas de interconexión de equipos, instalación de líneas de electricidad para circuitos de fuerza y alumbrado.
Conexionado. El abastecimiento de energía eléctrica se obtendrá a partir de la red existente, la cual será empalmada a los nuevos equipos instalados.
Pruebas de Funcionamiento. Previo a la entrada a operación de la planta modificada, los distintos equipos, sistemas y subsistemas del proceso serán probados en forma individual y colectiva de modo de asegurar el correcto funcionamiento de cada uno de ellos durante la operación.
Transporte de Materiales. En el punto 1.4.4 de la DIA, y en la Tabla 1-9, se resume la programación del transporte de materiales y el flujo de camiones requeridos para la fase de construcción del proyecto. Para el transporte de materiales e insumos de construcción se tiene que el período que concentra mayor flujo de camiones corresponde a los 3 días de la construcción, donde el flujo promedio máximo de flujo de camiones hacia y desde el proyecto es de 7 camiones/día.
Recursos naturales renovables
No aplica
Emisiones y efluentes
Las emisiones del proyecto, en la Fase de Construcción se encuentran detalladas en el punto 1.4.7 de la DIA, y corresponden a:
Generación de Ruido. Según la información presentada en la DIA y complementada en Adenda, el proyecto en sus diferentes fases da cumplimiento a la norma D.S N38/11, tanto en horario diurno como nocturno. En Anexo 8 de la DIA se adjunta el Estudio de Impacto Acústico el cual evalúa los niveles de presión sonora según el criterio establecido por el D.S.N38/11 del MMA. Los receptores cercanos al proyecto son los indicados en la Tabla 1-11 y en la Figura 1-6 de la DIA; además, se presenta en la Tabla 1-12 las mediciones de ruido de fondo de la Línea Base de Mediciones de Ruido y la descripción del ruido de fondo medido en terreno, así como las principales fuentes emisoras durante la construcción del proyecto (Tabla 1-13). Las fuentes de ruido fueron agrupadas en un Frente de Trabajo, el cual significa la operación simultánea de todas estás, de modo que se proyecta la condición más desfavorable para los receptores respecto de las emisiones de ruido del Proyecto durante la Etapa de Construcción. Los resultados de las modelaciones de ruido considerando un escenario crítico para las faenas constructivas del proyecto indican que estas se encuentran bajo los límites máximos permisibles durante jornada diurna, sobre los puntos receptores ubicados en zona rural. Respecto de la medición de ruido, según el D.S. N38/2011, Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, el análisis de su cumplimiento se realiza sobre las edificaciones cercanas, presentadas en la Figura 2-3 del Capítulo 2 de la DIA, específicamente en la fachada de las edificaciones más próximas, tal como se muestra en la Figura N?2 de Adenda. Los resultados de los niveles de ruido proyectados para las fases de construcción y cierre se muestran en la Tabla N2, mientras que en la Tabla N*3 y Tabla N%4 se presenta para la etapa de operación para horario diurno y nocturno. Por tanto, según se detalló en el Anexo 8 de la
DIA, el proyecto cumple con el D.S. N*38/2011, en las distintas etapas del proyecto.
Generación de Energía, El abastecimiento de energía eléctrica se obtendrá a partir de la red existentedentro del predio del proyecto, por lo que el proyecto no considera la generación de energía eléctrica.
Emisiones a la Atmósfera. Durante la fase de construcción existirán emisiones a la atmósfera de material particulado resuspendido debido al tráfico de maquinarias y transporte de materiales y, por otro lado, emisiones de partículas y gases provenientes de los gases de combustión de las maquinarias empleadas. Sin embargo, estas emisiones no son relevantes para la salud de las personas y el medio ambiente, en cuanto a su calidad y cantidad, ya que estarán limitadas al área de trabajo y serán esporádicas y temporales. Con respecto al control de las emisiones atmosféricas generadas en la etapa de construcción, en el Capítulo IV del ICE se detallan las medidas paliativas que se adoptarán, las que se resumen a continuación:
-
Cobertura total del material excedente de excavaciones, áridos, etc., transportados en camiones
-
Habilitación de mallas tipo raschel (2,4 m de altura), en áreas de faenas.
-
Exigencia a contratistas, respecto a autorizaciones y revisiones técnicas al día de la maquinaria.
-
Supervisión de las medidas para el control de las emisiones atmosféricas efectuada por encargados ambientales de empresas contratistas y por Forestal COMACO S.A.
Residuos Líquidos. Durante la fase de construcción se generan los residuos sanitarios provenientes de los baños utilizados por las empresas a cargo de las faenas de construcción. En el caso de los baños químicos los residuos serán dispuestos por una empresa autorizada.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
Residuos Sólidos. Durante la fase de construcción se producen desechos producto de los materiales
de construcción, desembalaje de equipos, etc.; los que serán acumulados para luego ser dispuestos
en lugares autorizados. Además, se generan desechos sólidos a raíz de la instalación de faenas. Los tipos de desechos a generar en la etapa de construcción son los siguientes:
-
Residuos domiciliarios y asimilables a domésticos (plásticos, papel, cartones, etc.): este tipo de residuos serán recolectados en contenedores ubicados en los puntos de generación, para luego ser trasladados a contenedor cerrado para su retiro y disposición final por empresas autorizadas sanitariamente.
-
Residuos industriales: los residuos industriales no peligrosos tales como restos de madera, recortes de acero, etc., son segregados y almacenados en sitio de acopio temporal para posteriormente ser vendidos o comercializados a terceros autorizados, o bien dispuestos en lugares autorizados.
-
Residuos industriales peligrosos: son segregados y almacenados temporalmente en contenedores habilitados y autorizados, actividad que debe realizar cada contratista en conformidad con lo establecido en el D.S.N*148/03. Las bodegas cumplen con las exigencias constructivas de esta normativa según el tipo de residuo a almacenar, contando al menos con piso impermeabilizado con pretil y sistema de captación de derrames, techumbre en toda su extensión, ventilación adecuada y medidas de protección contra incendio (extintores portátiles) (Anexo 2 de la DIA).
Resumen de residuo Unidad Exitladdes Clasificación Almacenamiento: | Desfino.Final estimadas temporal Residuos domiciliarios ESmEnSEDrES Sereno a ls y kg/semana 70 No Peligroso | plásticos de basura Sanitario asimilables a domésticos E : - tipo estándar autorizado Residuos no peligrosos:
di Ñ % escombros, despuntes Ss m'/semana 1 No Peligroso Tolva Lugar autorizado madera, acero, embalajes de equipos y otros Residuos peligrosos: tarros Bodegade de pintura al aceite,
eN 3 A RESPEL de la : elementos de protección| m"/mes 2 Peligroso E Lugar autorizado|
» obra, según D.S. personal contaminados, 148/03 años con aceites y otros
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Mayores antecedentes en el ICE en el Capítulo IV “Descripción del proyecto”, en dónde se describen las emisiones, residuos y otros, para cada una de las fases del proyecto.
4.3.2, FASE DE OPERACIÓN
Actividades Fase de Operación
En el punto 1.5.1 de la DIA se presenta detalles de la Fase de Operación del proyecto. En la Figura 1- 8 de la DIA, referida al Diagrama de Flujo del Proceso, se presenta una descripción detallada de las actividades del proceso de producción, que no se modifican con la implementación del proyecto. Recepción de la Madera en Planta. Los camiones llegan a la Planta cargados con trozos de 2,44 y de 3,50 m de largo, dispuestos en forma transversal en la plataforma de carga. Se estima un flujo de 4 camiones con acoplado por día, durante todo el año, en el caso de hacer 1 buque anual y de hasta 24 camiones diarios para un escenario de exportación de 6 buques al año. En la entrada a la Planta la madera es recepcionada y destinada al acopio en cancha de trozos o directamente al área del Astillador, dependiendo de si hay embarque o no.
Almacenamiento en Cancha de Acopio. El almacenamiento de la madera se realiza en la cancha de acopio de trozos, cuya superficie es de 6 ha, formando rumas, cuyo alto está determinado por los equipos de carga y descarga, pudiendo llegar a 4,5 m de altura. La disposición de las rumas permite, adicionalmente, amortiguar el ruido generado por el astillador (Plano y Layout en Anexo 2 de la DIA).
La cancha de acopio de astillas existente está empalizada con troncos de 20-30 cm de diámetro y tiene una superficie de 10.000 m?, donde la pila de acopio de astillas adopta una forma cónica con altura máxima de 30 m. La cancha se divide en sectores para clasificar la madera por tiempo de acopio. La madera es descargada de los camiones abastecedores a través de una grúa eléctrica y/o cargadores frontales, equipados con dispositivos especiales para este tipo de madera, es decir garras de by-pass que no sólo soportan los trozos, sino que además le aplican presión, a fin de dar mayor seguridad al desplazamiento. Las instalaciones actuales no cuentan con descortezador ni se contempla, puesto que el abastecimiento es de trozos sin corteza; además, el Proyecto no considera el riego de trozos. -
Abastecimiento de la Línea de Producción. En el punto 1.5.1.3 de la DIA se presenta lo referente al abastecimiento de la línea de producción de astillas, la que se alimenta por una grúa eléctrica, y descarga camiones forestales con atriles que transportan los trozos desde el acopio de éstos. El proceso no contempla el lavado de trozos sino que solo se contempla su limpieza manual en el lugar de compra.
Astillado de Trozos. Cuando se da inicio a un embarque, 30 días antes comienza el proceso de astillado de los trozos almacenados. Una cinta transportadora de conducción introduce los trozos en el Astillador, con el objetivo de obtener partículas de tamaño homogéneo mecánicamente. El Astillador posee una capacidad de producción nominal de 200 ton/hora, arrojando por gravedad las astillas a una cinta transportadora de descarga, la que a su vez las vierte sobre los harneros de clasificación.
Clasificación de Astillas. Después del astillado se procede al tamizado que tiene por objeto clasificar las astillas, segregando aquellas cuyas dimensiones no son las adecuadas para cumplir las exigencias de mercado. Este proceso se realizará, con la implementación del proyecto, mediante 2 Harneros de clasificación (sistema de bandejas vibratorias con perforaciones de diámetros variables), los que pueden procesar hasta 160 m' de astillas por hora. Las astillas de tamaño adecuado son enviadas directamente a la pila de acopio de astillas a través de una cinta transportadora, cayendo por gravedad.
Reastillador. Cuando existen astillas sobredimensionadas, éstas son enviadas a un segundo astillador de menor tamaño para re-astillar el producto a través de una cinta de retorno y lograr un tamaño adecuado, pasando previamente por el harnero del re-chipper.
Acopio de astillas. Las astillas producidas y aceptadas son enviadas, mediante una cinta transportadora a una zona empalizada de troncos de 10.000 m? de superficie, para conformar la pila de acopio. La pila tiene forma de cerro cónico logrando una altura máxima de 30 m, ubicada en el mismo lugar de la línea de producción de astillas. Un cargador frontal realiza los movimientos de homogenización y compactación de la pila de acopio de astillas durante el proceso de acumulación. Transporte al Puerto. Las naves que arriban en el puerto cargan entre 42.000 y 46.000 ton verdes de astillas cada una. El transporte de las astillas desde la planta hacia el puerto es realizado por 160 camiones diarios durante las 24 horas del día, que cuentan con ramplas cerradas equipadas con un sistema de autodescarguío denominado “pisos caminantes”, para eliminar pérdidas y con capacidad para 30 ton verdes. Las astillas serán transportadas durante 9 a 11 días que duran los embarques, hasta 6 veces al año.
Recursos naturales renovables
No aplica
Emisiones y efluentes
En el Punto 1.5.5. de la DIA se analizan las emisiones en la Fase de Operación del proyecto, lo que se resume a continuación:
Generación de Ruido. En el Anexo 8 se entrega el Estudio de Impacto Acústico en el que se detalla la información asociada a esta fase del proyecto. Los receptores cercanos al proyecto y el ruido de fondo asociado son los indicados en la Tabla 1-11 y en la Figura 1-6 de la DIA, detallados en la descripción de la Fase de Construcción. Las principales Fuentes Emisoras de Ruido en Fase de Operación son las descritas en la Tabla 1-19 de la DIA. Para la proyección de ruido estas fuentes se evaluaron ubicándolas en los sectores que muestra la Figura 1-12 de la DIA, en donde las fuentes fijas se ubicaron según la gráfica y las fuentes móviles se ubicaron dentro del área en donde realizan maniobras en el sector más cercano en distancia al punto receptor. De este modo, las actividades
durante la fase de operación del proyecto cumplen con lo dispuesto en el D.S.N*38/11, tal como menciona la Tabla 1-21 para horario diurno y Tabla 1-22 para horario nocturno, para Zona Rural. Esta condición se debe principalmente a las distancias presentes entre las distintas fuentes emisoras y los receptores en estudio, distancias que fluctúan entre los 500 y 800 m, suficientes para que los efectos de atenuación por distancia generen pérdidas considerables en la energía acústica incidente sobre la Línea Base. El nivel máximo permisible, según la normativa, para una Zona Rural está dado por el menor valor entre el ruido de fondo +10 dB y NPC para Zona III, es por esta razón que en la Tabla 1-14 se ve como nivel máximo S0 dB, el cual corresponde al máximo permitido en Zona II, sin embargo, un aspecto no menor a considerar en el ambiente acústico del sector estudiado es el nivel de ruido de fondo registrado en cada punto de la Línea Base. Como se muestra en el informe, todos los niveles de ruido de fondo en horario nocturno son mayores que los niveles proyectados, por lo menos durante la operación de los niveles proyectados desde la Planta Astilladora Puerto Varas. Con esta situación es posible deducir que gran parte de los niveles de ruido de la Planta podrá verse enmascarado por el ruido ambiente en cada receptor, el cual está compuesto mayormente por el ruido proveniente de la circulación de vehículos por la Ruta 5 Sur. Durante la construcción si bien los niveles se acercan a los ruidos basales, estos niveles se encuentran bajo cumplimiento normativo en jornada diurna. Con esto se puede asumir que la actividad de la Planta pueda ser acústicamente imperceptible, en la medida que exista flujo vehicular en la Ruta mencionada.
Generación de Energía. El Proyecto se encuentra conectado a la red eléctrica existente en el predio del proyecto, por lo que no contempla la generación de energía.
Emisiones a la Atmósfera. Durante la etapa de operación no hay procesos de combustión, limitándose solo al tránsito de camiones por caminos pavimentados, lo cual es despreciable.
Residuos Líquidos. El Proyecto no contempla la generación de RILes. Solo habrá descarga de aguas servidas al sistema particular de tratamiento de aguas servidas, con un volumen de 0,48 m?/d y los residuos generados en los baños químicos tipo ejecutivo, para el personal esporádico de campañas en faenas específicas asociadas a cada embarque, los cuales serán manejados por una empresa autorizada. En el Anexo 3 de la DIA se entregan los proyectos de agua potable y tratamiento de aguas servidas.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente
Residuo Tipo de residuo Cantidad Almacenamiento Destino final estimada temporal Residuos pi als y Contenedor Relleno domésticos (papeles, No peligroso 20 kg/semana E a pica cartones, plásticos, Pp uz etc.) Lugar autorizado iman Peligroso Lmid/mes Bodega de residuos para , uorescentes peligrosos disposición de residuos peligrosos Aceites y lubricantes . Bodega de ESciclado Ea Peligroso 20 kg/mes Residuos empresa usados : Ñ Peligrosos autorizada
Las mantenciones de las maquinarias móviles se harán fuera de la planta en lugares autorizados. La generación total de residuos peligrosos es menor a 12 ton/año, por lo que no aplica la generación de un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos. Los residuos industriales serán manejados en función de la normativa vigente; esto es, los residuos industriales no peligrosos según lo establecido en el D.S. N594/99, y los residuos industriales peligrosos según el D.S. N148/04, Además, para éstos últimos la Planta cumplirá con lo dispuesto en los D.F.L.N725/ 1967 y D.F.L.N1/1989 y se hará la correspondiente declaración de retiro, transporte y disposición final a la Autoridad Sanitaria.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase:
Mayores antecedentes en el ICE en el Capítulo IV “Descripción del proyecto”
4.3.3. FASE DE CIERRE
Actividades Fase de Cierre
En el Punto 1.6 de la DIA se describe en detalle la Fase de Cierre del proyecto. La vida útil del Proyecto está contemplada en 30 años; sin embargo, en el transcurso de este tiempo pueden producirse mejoras en las tecnologías lo que puede asegurar su continuidad en el tiempo, por lo tanto, no está contemplada la fase de cierre. En todo caso, ante la necesidad de efectuar el cierre de las instalaciones, se presentará un Plan de Cierre a la Autoridad Ambiental para su aprobación, con al menos un año de anticipación. En la Tabla 1-24 se muestra el cronograma de actividades propuesto para la Fase de Cierre, el cual al igual que durará 12 semanas equivalentes a 3 meses.
Instalación de faenas. Procederá de la misma manera que lo presentado en el punto 1.4.1.1 de la DIA. Desmontaje Eléctrico. Se contempla desenergizar completamente las áreas y equipos. El tendido eléctrico será levantado, acopiado y retirado; si fuese posible, serán recicladas en algún otro proyecto de la empresa, en caso contrario serán vendidas como chatarra o dispuestas en lugares debidamente autorizados por la Autoridad Sanitaria. En ese momento se contará con los implementos de protección personal y señalización de advertencia.
Desmontaje de Equipos Existentes. Para el desmantelamiento se considerará asegurar la estabilidad de la infraestructura utilizada por el proyecto mediante las siguientes exigencias, o las que rijan en el momento del cierre del proyecto. Para la prevención de futuras emisiones que pudieran afectar el ecosistema incluido el aire, suelo y agua, durante el abandono la mantención de maquinarias y camiones será efectuada fuera de la planta en lugares autorizados para ello, por lo que no se generarán residuos de productos químicos que contengan aceites y/o lubricantes asociados a esta actividad al interior del área de faenas, considerando que durante los trabajos de abandono se realizará una supervisión por parte de la inspección técnica para asegurar que el predio quede en condiciones ideales para ser reutilizado. Para verificar el cumplimiento del D.S. N*75/1987 se realizarán inspecciones por parte del personal encargado y/o del portal de control de accesos, en cada salida y entrada de camiones. Además se exigirá tanto a los contratistas que posean camiones como a los que utilicen maquinaria pesada el correspondiente plan de mantención y la revisión técnica vigente. Los camiones y maquinarias portarán el sello autoadhesivo que acredite la certificación del cumplimiento de los límites máximos de sus emisiones. Con las medidas mencionadas anteriormente se previenen emisiones, derrames y alteraciones al ecosistema. En caso de ser necesario, se habilitarán mallas de tipo raschel de al menos 2,4 m de altura y ubicada particularmente en el sentido del viento alrededor del área de faenas. La malla que se utilizará corresponde a las disponibles en el mercado, con una retención de, a lo menos, 80% sombra. Las mallas se instalarán apoyadas en pilares de madera empotrados a lo menos 1 metro y distanciados cada 4 m como máximo entre sí. Restitución de las Geoformas. Una vez retiradas instalaciones y rellenados los espacios, se cubrirá la superficie con una capa de suelo proveniente de los sectores aledaños, de manera de restituir las geoformas originales o lo más similar posible al entorno sin intervención.
Recursos naturales renovables
No se afectarán recursos naturales renovables
Emisiones y
Generación de Ruido. Será similar a lo descrito en la etapa de Construcción, se adjuntan resultados
efluentes en el Anexo 8 de la DIA. Generación de Energía. El abastecimiento de energía eléctrica se obtendrá a partir de la red existente dentro del predio del proyecto. Emisiones a la Atmósfera. Será similar a lo descrito en la etapa de Construcción y se tomarán medidas preventivas similares a las descritas. Residuos Líquidos. Durante la etapa de abandono sólo se generarán los residuos sanitarios provenientes de los baños químicos utilizados por las empresas a cargo de las faenas de retiro y demolición. En el caso de los baños químicos los residuos serán dispuestos por una empresa autorizada. Se estima un máximo de aguas servidas generadas de 0,48 m'/día.
Residuos, Similar a lo descrito en la etapa de Construcción.
productos
químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Mayores antecedentes en el ICE en el Capítulo IV “Descripción del proyecto”.
44, DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO
4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
Fecha estimada de inicio
Sujeto a la obtención de la RCA y autorizaciones sectoriales
Parte, obra o acción que establece el inicio
La acción que establece el inicio de esta fase de construcción corresponde a la instalación de faenas.
Fecha estimada de término
25 días luego del inicio de fase
Parte, obra o acción que establece el término
La acción que establece el término de esta fase corresponde a las pruebas de funcionamiento.
4.4.2, FASE DE OPERACIÓN
Fecha estimada de inicio
Una vez finalizada la Fase de Construcción
Parte, obra o acción que establece el inicio
El hito que señala el inicio de esta fase es la recepción de la materia prima.
Fecha estimada de término
30 años, considerando mantenciones y eventual extensión de la vida útil
Parte, obra o acción que establece el término
Esta fase del proyecto termina con el cese de producción.
4.4.3. FASE DE CIERRE
Fecha estimada de inicio
Una vez finalizada la operación del proyecto
Parte, obra o acción que establece el inicio
El hito de inicio de la fase de cierre es la instalación de faenas
Fecha estimada de término
12 semanas
Parte, obra o acción que establece el término
El término de esta fase será la restauración de las geoformas.
5”, Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del Artículo 11 de la Ley N* 19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACION, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES,
EMISIONES Y RESIDUOS
Impacto no significativo No aplica Componente ambiental No aplica afectado
Parte, obra o acción que lo No aplica genera
Fase en que se presenta No aplica
Referencia al ICE y DIA para mayores detalles
Detalle de los antecedentes analizados se presentan en el Punto 1.4.1 del Capítulo 2 de la DIA y en el Capítulo IV del presente ICE.
El proyecto por su ubicación no constituye riesgo para la salud de la población, con respecto a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos que se pudieran generar.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE.
Impacto no significativo No aplica Componente ambiental No aplica afectado
Parte, obra o acción que lo | No aplica genera
Fase en que se presenta No aplica
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Detalle de los antecedentes analizados se presentan en Punto 1.4.2 del Capítulo 4 de la DIA.
El proyecto no producirá efectos adversos significativos sobre cantidad y calidad de recursos naturales renovables,
incluidos suelo, agua y aire.
5.3, REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS, O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS
Impacto no significativo No aplica Componente ambiental No aplica afectado
Parte, obra o acción que lo | No aplica genera
Fase en que se presenta No aplica
Referencia al ICE y DIA para mayores detalles
Detalle de los antecedentes analizados se presentan en Punto 1.4.3. del Capítulo 2 de la DIA.
La instalación del proyecto no involucra reasentamiento de comunidades humanas, ni alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
5.4. LOCALIZACIÓN PROXIMA A POBLACIÓN, RECURSOS Y AREAS PROTEGIDAS SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASI COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE
EMPLAZAR
Impacto no significativo No aplica Componente ambiental No aplica afectado
Parte, obra o acción que lo | No aplica genera
Fase en que se presenta No aplica
Referencia al ICE y DIA para mayores detalles
Detalle de los antecedentes analizados se presentan en Punto 1.4.4. del Capítulo 2de la DIA.
El proyecto no se localiza próximo a una población, recursos o áreas que se encuentren protegidas por alguna Ley de la República, susceptibles de ser afectadas.
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TERMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA.
Impacto no significativo No aplica
Componente ambiental No aplica
afectado
Parte, obra o acción que lo No aplica
genera
Fase en que se presenta No aplica
Referencia al ICE y DIA para | Detalle de los antecedentes analizados se presentan en el Punto 1.4.5. del Capítulo 2 de mayores detalles la DIA.
El proyecto no se encuentra en zona de valor paisajístico y/o turístico, o áreas declaradas zona o centro de interés turístico nacional.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL
Impacto no significativo No aplica
Componente ambiental No aplica
afectado
Parte, obra o acción que lo | No aplica
genera
Fase en que se presenta No aplica
Referencia al ICE y DIA para | Detalle de los antecedentes analizados se presentan en el Punto 1.4.6. del Capítulo 2 de mayores detalles la DIA.
La actividad propuesta se realizará en el medio marino, por lo que se concluye que este proyecto no constituye riesgo alguno para el patrimonio arqueológico que pudiera existir en el área.
6”. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes Permisos Ambientales Mixtos, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
Permiso del Artículo 138 del Reglamento de SEIA
Fase del Proyecto a la cual | Fase de Operación
corresponde
Parte, obra o acción a que Sistema de tratamiento de aguas servidas
aplica
Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagies, aguas servidas de cualquier naturaleza, será el establecido en el artículo 71 letra b) primera parte, del Decreto con Fuerza de Ley N* 725, de 1967, del Ministerio de Salud Pública, Código Sanitario”.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
El requisito para su otorgamiento consiste en que la disposición de aguas servidas no amenace la salud de la población. Los contenidos técnicos y formales que deben presentarse para acreditar su cumplimiento son los que se presentan en el Punto 1.2,1 y en Anexo 3 de la DIA. El sistema de recolección y/o tratamiento de aguas servidas será gravitacional, llevando aguas servidas hasta cámara desgrasadora, fosa séptica y finalmente pozo de infiltración. Este sistema se utilizará solo durante la Fase de Operación, para una dotación de 6 trabajadores (persona de 100 1/día), por tanto la generación de aguas servidas será de 0,48 m'/día. Durante la Fase e Construcción (25 días) se utilizarán baños químicos para 20 trabajadores.
El sistema de control de aguas lluvias está construido y operativo, por lo que no se requiere indicar el periodo de retorno para el diseño de cálculo de desagúes de aguas lluvias debido a lo acotado del Proyecto y a que no hay nuevas edificaciones. Los lodos generados en la fosa séptica serán retirados con una periodicidad de 1 vez al año o cuando
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la capacidad de retención de lodos llegue a al 80% de capacidad máxima. Se han identificado dos posibles contingencias que podrían afectar la operación del sistema de tratamiento de aguas servidas: a) derrames de aguas servidas y/o lodos; y b) sismos de gran magnitud: se procederá a inspeccionar los componentes del sistema de tratamiento previo a su uso; en caso de haber daño, se utilizarán temporalmente baños químicos hasta que la planta vuelva a estar plenamente operativa.
Las emergencias del sistema de tratamiento son las relacionadas a efectos naturales tales como terremotos o situaciones generadas por la propia operación de la estación, tales como incendios. Ante estos eventos se activará el plan de emergencias de la Planta, adjunto en Anexo 4. Se utilizarán, en caso de requerirse, baños químicos y agua potable embotellada. En caso de derrames de grandes cantidades de lodos o de aguas servidas no tratadas que afecte al medio ambiente y/o a la salud de la población, se controlará el evento mediante productos absorbentes de forma de evitar que lleguen hasta cursos de agua o viviendas. En estos casos se dará aviso a la Autoridad Sanitaria y Superintendencia del Medio Ambiente en un plazo no mayor a 48 horas después de ocurrida la emergencia.
Pronunciamiento del órgano competente
La Seremi de Salud, en su oficio ORD.N*622 de fecha 3 de Agosto de 2015, se pronuncia conforme con los antecedentes aportados en la DIA,
Permiso del Artículo 140 del Reglamento de SEIA
Fase del Proyecto a la cual corresponde
Fase de Operación
Parte, obra o acción a que aplica
Sistema de tratamiento de residuos sólidos
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase, o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, será el establecido en los artículos 79 y 80 del Decreto con Fuerza de Ley N*725, de 1967, del Ministerio de Salud Pública, Código Sanitario, y siempre que no corresponda la aplicación de otro permiso ambiental sectorial por la misma acción.
El requisito para su otorgamiento consiste en que las condiciones de saneamiento y seguridad eviten un riesgo a la salud de la población. Los contenidos técnicos y formales que deben presentarse para acreditar su cumplimiento se presentan en el Punto 1.2.2.2 y en Anexo 2 de la DIA, y se resumen a continuación:
a.1. Descripción y planos del sitio. Según Capítulo 1 y Anexo 2 de la DIA durante la Fase de Construcción se habilitarán bodegas, las cuales cumplirán con las exigencias constructivas (bodega de herramientas y sustancias químicas no peligrosas, con una superficie de 36,75 m?.
a.2. Descripción de variables meteorológicas relevantes. El clima es templado y cálido con precipitaciones durante todo el año. La temperatura media anual es de 10,7 *C y la precipitación es de 1762 mm al año. El mes más seco es enero, con 40 mm, mientras que el mes en el que tiene las mayores precipitaciones del año es Mayo con 240 mm. Los vientos dominantes son de N y W.
a.3. Estimación y caracterización cualitativa y cuantitativa de los residuos a tratar. Debido a que la faena de construcción durará menos de un mes, el almacenamiento de residuos peligrosos será de volúmenes bajos y temporal (Tabla 3- 3 de la DIA). Durante la fase de operación se contemplan los siguientes residuos dispuestos en la Tabla 3-4 de la DIA,
a.4. Diseño de la planta de tratamiento que incluya diagrama de flujo y las unidades y equipamiento. No se contempla unidades de tratamiento, por tanto no aplica.
a.5. Formas de abatimiento de emisiones y de control y manejo de residuos. En Fase Construcción los residuos domésticos y asimilables se almacenarán en 3 contenedores de plástico de 240 1, con bolsas de basura herméticas (Figura 3- 4), y estarán ubicados según Anexo 2, para ser retirados 1 vez por semana. En el caso de equipos contenidos en embalajes de madera que provengan de otros países, se exigirá a los proveedores el cumplimiento de la Resolución Exenta N*133/2005 del MINAGRI. En Fase de Operación: Los residuos domésticos y asimilables serán acopiados en contenedores herméticos y retirados 1 vez por semana. No existirán residuos provenientes de la Planta como finos ni cortezas. Para los Residuos Sólidos provenientes de la Planta Astilladora el retiro será realizado por empresa contratista autorizada por la Autoridad Sanitaria para realizar el
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transporte de residuos industriales y disponerlos en lugar autorizado. a.6. Descripción del sistema de manejo de rechazos. No se contempla.
a.7. Plan de verificación y seguimiento de los residuos a ser tratados y rechazados. No se contempla en el proyecto tratamiento y por tanto rechazos de residuos, por tanto no aplica este punto.
a.8. Plan de contingencias y a.9. Plan de Emergencias. Descritos para la fase de operación, en Anexo 4 de la DIA; dado que en la fase de construcción no se considera presentar medidas de ese tipo.
e) Tratándose de almacenamiento de residuos, además de lo señalado en las letras desde a.1) hasta a.9):
e.1. Especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales. Detalle de Bodega en Figura 3-6 de la DIA. En Anexo 2 de la DIA se puede visualizar las dimensiones de la Bodega General que contará con un área de 6,72 m2, cuyas características constructivas serán con piso natural y cubierta de zincalum, y se encontrará señalizada.
e.2. Capacidad máxima de almacenamiento. Considerando la cantidad generada de residuos en cada una de las fases del proyecto, en la Tabla 3- 5 de la DIA se especifican las áreas totales de las bodegas de almacenamiento transitorio de los residuos.
e.3. Descripción del tipo de almacenamiento, tales como a granel o en contenedores. En todas las fases del Proyecto, los residuos domiciliarios o asimilables a domiciliarios, serán almacenados en contenedores con tapas ubicados en las áreas de generación de este tipo de residuos (Anexo 2 de la DIA). Los residuos industriales no peligrosos serán almacenados en contenedores o tambores según clasificación de residuo.
Pronunciamiento del órgano competente
La Seremi de Salud, en su oficio ORD.N*622 de fecha 3 de Agosto de 2015, se pronuncia conforme con los antecedentes aportados en la DIA.
Permiso del Artículo 142 del
Reglamento de SEIA
Fase del Proyecto a la cual corresponde
Fase de Operación
Parte, obra o acción a que aplica
Almacenamiento de residuos peligrosos
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
Permiso para los sitios de almacenamiento de residuos peligrosos, será el establecido en el artículo 29 del D.S. N” 148, de 2003, del Ministerio de Salud, Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos.
El requisito para su otorgamiento consiste en que el almacenamiento de residuos en un sitio no afecte la calidad de las aguas, suelo y aire que pueda poner en riesgo la salud de la población. Los contenidos técnicos y formales que deben presentarse para acreditar su cumplimiento son los presentados en punto 1.2.2.3 y Anexo 2 de la DIA, y resumidos a continuación:
a) Descripción del sitio de almacenamiento. Se considera la habilitación de una bodega de 6,72 m? para la disposición de residuos peligrosos, la que cumplirá con las indicaciones establecidas en el D.S N*148/2003; y los residuos serán almacenados en contenedores rotulados según clasificación y no se permitirá la mezcla de residuos de ninguna clase, respetando las incompatibilidades indicadas en su artículo 87.
b) Especificaciones técnicas de características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales. El sitio de almacenamiento de residuos peligrosos será habilitado según lo establecido en artículo 33 del D.S.N*148/2003. No obstante, una vez obtenida la RCA, se solicitará en forma sectorial el permiso correspondiente de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos.
c) Clase de residuos, cantidades, capacidad máxima y período de almacenamiento. Se prevé que para la fase de construcción, cuya duración será de solo 25 días, solo se acopiará residuos domésticos en contenedores plásticos y residuos sólidos no peligrosos provenientes de equipos de embalaje, exigiéndose a los proveedores el cumplimiento de la Resolución Exenta N*133/2005 del MINAGRI. Los principales Residuos peligrosos generados, cantidad, almacenamiento temporal y destino final se presentan en Tabla 3-7
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para Fase de Construcción y Tabla 3-8 para la Fase de Operación.
d) Medidas para minimizar cualquier mecanismo que pueda afectar la calidad del agua, aire, suelo que ponga en riesgo la salud de la población. El almacenamiento de este tipo de residuos es local, en lugar cerrado, siendo dichos residuos dispuestos en contenedores de plásticos con tapa, rotulados e identificados de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh 2.190 of. 93. La bodega contará además con sistemas de extinción de incendio acordes a tipo de sustancias almacenadas. Se asignará operario para el manejo de dicha bodega, el cual estará capacitado en legislación ambiental aplicable, procedimientos internos de manejo de residuos, prevención y tratamiento de contingencias. Además la bodega cumplirá con lo establecido en D.S.N*148/2003 para generación, almacenamiento, transporte y disposición final.
e) Capacidad de retención de escurrimientos o derrames del sitio de almacenamiento. El área de almacenaje en fase de operación es de 6,72 m2 y cuenta con un piso de concreto y cubierta de zincalum. En el área se dispondrá de un kit de emergencia, para retirar cualquier derrame en caso de contingencia.
f) Plan de contingencias. La duración de la fase de construcción será de 25 días, por lo que no se considera presentar medidas de contingencias. Para la fase de operación, se contará con Plan de Prevención de Riesgos frente a riesgos al interior de la faena (Anexo 4 de la DIA).
£) Plan de emergencia. La duración de la fase de construcción será de 25 días, por lo que no se considera presentar medidas de contingencias. Para la fase de operación se contará con un Plan de Prevención de Riesgos específico que identificará riesgos en la faena y establecerá procedimientos (Anexo 4 de la DIA).
Pronunciamiento del órgano competente
La Seremi de Salud, en su oficio ORD.N*622 de fecha 3 de Agosto de 2015, se pronuncia conforme con los antecedentes aportados en la DIA.
Permiso del Artículo 160 del
Reglamento de SEIA
Fase del Proyecto a la cual corresponde
Fase de Construcción y Operación
Parte, obra o acción a que aplica
Uso del suelo para construir y operar la planta astilladora
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos. El permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales para complementar alguna actividad industrial con viviendas, dotar de equipamiento algún sector rural o habilitar un balneario o campamento turístico o para la construcción de conjuntos habitacionales de viviendas sociales o de viviendas de hasta un valor de 1.000 UF que cuenten con los requisitos para obtener un subsidio del Estado, así como para las construcciones industriales, de equipamiento, turismo y poblaciones fuera de los límites urbanos, corresponderá a la autorización e informes favorables que se establecen respectivamente en los incisos 3% y 4” del artículo 55 del Decreto con Fuerza de Ley N'458, de 1975, del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones.
Los requisitos para su otorgamiento consisten en no originar nuevos núcleos urbanos al margen de la planificación urbana y no generar pérdida o degradación del recurso natural suelo. Los contenidos técnicos y formales que deben presentarse para acreditar su cumplimiento son los presentados en el Punto 3 y Anexo 2 de la Adenda, en respuesta a observaciones de la SEREMI de Agricultura y de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, a la DIA:
En Anexo 2 de Adenda se incluye la Memoria Agronómica de la zona de estudio donde se verifica que la Capacidad de Uso de Suelos es VI, la cual corresponde a suelos inadecuados para cultivos y su uso está limitado al pastoreo y a la actividad forestal. Por otro lado, en Apéndice 2 del PAS 160 se incluye plano IFC donde se muestran límites prediales y se verifican edificaciones afectas al Art.160 del D.S. N*40/2012 y sus respectivas superficies.
- Respecto de la superficie ($00 m?) destinada a la instalación de faenas, se deberá explicitar si ésta se emplazará el interior de la actual superficie de operación, y si la superficie de operación cuenta o no con el PAS del Artículo 160; y en caso de no contar con dicha autorización, deberá incorporar los antecedentes en Adenda. En Anexo 2 de Adenda se presenta los antecedentes solicitados, incluyendo Memoria Agronómica que considera el área correspondiente a la instalación de faenas.
Pronunciamiento del órgano competente
La Seremi de Agricultura, en su oficio ORD.N*1029 de fecha 10 de Diciembre de 2015, se pronuncia conforme con los antecedentes aportados en la DIA y su Adenda, señalando las siguientes consideraciones:
-
— Un suelo de la Serie Ñadi Alerce, plano a levemente inclinado (pendientes entre 0 a 3%), con una profundidad media de 52 cm y por tener condiciones de anegamiento en alguna temporada del año, se clasifica en capacidad de uso V; ya que por su profundidad permite el crecimiento de algunas forrajeras susceptibles de sostener el talaje animal, principalmente en temporada primavera-verano.
-
Una vez obtenida la calificación ambiental favorable, el Titular deberá tramitar la solicitud de IFC sectorialmente, la que debe considerar una superficie afecta a este PAS, mayor a la indicada en Adenda (959,2 m? en Lote B y 12,04 m? en Lote D), ya que debe considerar lo dispuesto en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, especialmente en Artículo dos (2). .
-
— Lasolicitud del PAS debe suscribirla el propietario del predio (Lotes B y D); dado que en este caso se trata de una persona jurídica (Inmobiliaria Cóndor Sur S.A.), debe suscribir la solicitud su Representante Legal o una tercera persona natural debidamente autorizada mediante poder notarial.
7%. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1. COMPONENTE/MATERIA: Ley de Bases Generales del Medio Ambiente
Norma
Ley N19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente. Ley N20.417 que modifica la Ley N*19.300/1994 y que rediseña la Institucionalidad Ambiental Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción/Operación/Cierre
Parte, obra o acción a la que aplica
[Todo el proyecto
Forma de cumplimiento
Se da cumplimiento a las obligaciones establecidas en el artículo 8 Ley 19.300 mediante el ingreso del [presente proyecto al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental por tratarse de un proyecto listado en lel artículo 10 de la Ley. Asimismo, el compromiso de respetar el derecho a vivir en un medioambiente libre de contaminación se manifiesta a través del cumplimiento de la normativa ambiental de carácter específico, vigente y aplicable al proyecto.
Indicador que acredita su cumplimiento
El proyecto que ingresa al SEIA se llevará a cabo una vez que se obtenga la Resolución de Calificación ¡Ambiental (RCA) cumpliendo con todas las disposiciones que en ella se establezcan.
Forma de control y seguimiento
Fiscalización de la RCA por parte de la Superintendencia de Medio Ambiente
Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles
¡Capítulo VITI del ICE
7.2. COMPONENTE/MATERIA: Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental
Norma
D.S. N'40, de 2012, Ministerio del Medio Ambiente.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
¡Construcción/Operación/Cierre
Parte, obra o acción a la que aplica
[Todo el proyecto
Forma de cumplimiento
El proyecto ingresa al SEIA según lo indicado en la letra m) del Art. 3 de este reglámento
Indicador que acredita su cumplimiento
La DIA incorpora los antecedentes que acreditan el cumplimiento de la normativa ambiental vigente y los requisitos para el otorgamiento de los Permisos Ambientales Sectoriales (PAS) requeridos. La presente DIA requiere de los Permisos Ambientales de los Artículos 138, 140, 142 y 160 del D.S.N*40/2012.
Forma de control y seguimiento
Fiscalización de la RCA por parte de la Superintendencia de Medio Ambiente
Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles
Capítulo VIII del ICE
7.3. COMPONENTE/MATERIA: Código Sanitario
Norma
IDFL N*725/67 (D.O. 31.01.68)
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, Operación y Cierre
Parte, obra o acción a la que aplica
¡Sistema de tratamiento de aguas servidas, bodegas de residuos y sustancias, entre otros
Forma de cumplimiento
¡Artículo 71 b) Regula el otorgamiento de autorización sanitaria para la evacuación, tratamiento o disposición final de desagúes, aguas servidas de cualquier naturaleza y residuos industriales o mineros. Cumplimiento: la planta de astilladora cuenta con solución particular para el tratamiento de las aguas Iservidas durante fase de operación,. Mientras que en fase construcción conatrá con baños químicos.
¡Artículo 78 y 80 Regula condiciones de acumulación, industrialización, selección, comercio, disposición o transporte de desperdicios y basuras. Cumplimiento: los residuos sólidos generados por el proyecto serán ¡manejados y transportados de acuerdo a la normativa vigente y dispuestos en un lugar autorizado por la ¡Autoridad Sanitaria.
Indicador que acredita su cumplimiento
Se mantendrá en la planta registros de entrega de basuras y/o desperdicios a una empresa autorizada o se mantendrán los contratos de prestación de servicios o copias de éstos, además de los certificados que lacrediten que las empresas cuentan con resolución ambiental y sanitaria.
Forma de control y seguimiento
¡Registros de manejo de residuos, autorizaciones sectoriales, convenio con sanitaria, disponibles en el ¡planta de proceso.
Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles
¡Capítulo VIII del ICE
7.4. COMPONENTE/MATERIA: Disposición de Residuos Industriales Líquidos y Sólidos.
Norma
[D.S N*594/99 Párrafo III De la Disposición de Residuos Industriales Líquidos y Sólidos. Art. 16-20
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, Operación y Cierre
Parte, obra o acción a la que aplica
Sistema de tratamiento de RILes, servicios higiénicos, bodegas de residuos y sustancias, entre otros
Forma de cumplimiento
[El proyecto dispondrá de una dotación mínima de agua potable de 30 l/hab-día por trabajador, [proporcionada a través de bidones ubicados próximos a faenas, debido a que no habrá preparación de jalimentos dentro del proyecto.
[Para la Fase de Construcción se considera una mano de obra máxima de 20 trabajadores, donde se considera el uso de surtidores de agua potable equivalentes a 0,6 m'/día, mientras que para los servicios Ihigiénicos se considera la implementación de baños químicos equivalentes a 0,48 m”/día, los cuales serán Iretirados y dispuestos por empresas autorizadas.
¡Durante la Operación se contará con un pozo que captará las aguas desde las napas subterráneas, ya que Ino existe red de agua potable en el área del proyecto, además de un sistema de tratamiento particular debido a que no existe una matriz de alcantarillado, la que consistirá en una fosa séptica la que descargará llas aguas tratadas a una zanja filtrante, en el Anexo 3 de la DIA se adjunta memoria explicativa.
Indicador que acredita su cumplimiento
[Todos los residuos sólidos domésticos y aguas servidas domésticas generados por el proyecto serán imanejados y dispuestos en lugar autorizado.
Forma de control y seguimiento
¡Registros de despacho de residuos para su disposición final en lugar autorizado. ¡Copia Resolución Sanitaria de los sistemas de agua potable y alcantarillado.
Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles
¡Capítulo VIII del ICE
7.5. COMPONENTE/MATERIA: Establece regulaciones cuarentenarias para el ingreso de embalajes de madera.
Norma
R.E. N* 133/2005 del MINAGRI y sus modificaciones
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
¡Construcción y Cierre
Parte, obra o acción a la que aplica
¡Embalajes de equipos y maquinaria
Forma de cumplimiento
[En caso que ingresen a las faenas insumos en embalajes de madera provenientes del extranjero, se dará laviso al SAG para informar sobre esta internación
Indicador que acredita su cumplimiento
Copia de la carta de aviso al SAG
Forma de control y seguimiento
Se mantendrán dichos registros en la planta para fiscalizaciones
Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles
¡Capítulo VII del ICE
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7.6. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Peligrosos
Norma
[D.S. N* 148/03 Ministerio de Salud.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, Operación y Cierre
Parte, obra o acción a la que aplica
Mantención maquinaria, operación planta
Forma de cumplimiento
En la Etapa de Construcción los Residuos Peligrosos serán en cantidades menores y corresponden [principalmente a envases de pintura, impregnantes, huaipes y otros materiales contaminados con grasas, y laceites. Estos residuos serán almacenados en recipientes cerrados en una bodega provisional especialmente habilitada y debidamente autorizada por la autoridad y que dará cumplimiento a lo establecido en los D.S. N594/99 y D.S. N148/03, para posteriormente ser dispuestos en lugares autorizados.
Durante la Etapa de Operación, los residuos sólidos peligrosos generados serán esporádicos y
corresponden a material sobrante de las tareas de mantención. Estos residuos serán almacenados en una
bodega especialmente construida y destinada a estos fines, la cual estará aprobada por la autoridad,
Posteriormente los residuos que no sean reutilizables serán enviados a lugares de disposición autorizados aquellos reutilizables serán dispuestos por terceros para su reciclaje.
El manejo de los Residuos Sólidos durante una eventual Etapa de Abandono será similar que en la Etapa de Construcción, conteniendo materiales contaminantes con aceites y grasas, envases de impregnantes y restos de equipos desmontados.
En el Capítulo 3 Acápite 3.2.2.3 se presenta PAS 142, donde señala las responsabilidades, traslado, acopio disposición final de los residuos peligrosos generados en el proceso de producción.
Indicador que acredita su cumplimiento
Se tramitará la autorización sanitaria correspondiente, de modo que cumpla con las condiciones normadas exigibles del Decreto Supremo N? 148/2004, “Aprueba Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos” y mantendrá señalética que la identifique como Bodega de Residuos Peligrosos, además de la señalización establecida por la NCh 2190 Of. 93.
Forma de control y seguimiento
¡Se mantendrán dichos registros en la planta para fiscalizaciones
Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles
¡Capítulo VIII del ICE
7.7. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias peligrosas
Norma
D.S. N* 78/2010 Ministerio de Salud
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
¡Construcción y Operación
Parte, obra o acción a la que aplica
¡Almacenamiento en bodega de residuos peligrosos
Forma de cumplimiento
[Las instalaciones donde se almacenarán sustancias peligrosas cumplirán cabalmente las condiciones y requerimientos que exige esta normativa según lo expuesto en esta DIA, ya que tanto en la etapa de construcción como de operación se contará con bodegas para el almacenamiento de sustancias peligrosas.
Indicador que acredita su cumplimiento
[Se solicitará la Autorización sanitaria de las bodegas en el caso que corresponda.
Forma de control y seguimiento
Se mantendrá en la planta los registros de las entradas y salida de sustancias y residuos peligrosos y se mantendrá un registro de las empresas prestadoras del servicio de transporte y disposición final,
Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles
¡Capítulo VIII del ICE
7.8. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones de Ruido
Norma
D.S. (MINSEGPRES) N%38/11 Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, Elaborada a Partir de la Revisión del Decreto N*146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
¡Construcción, Operación y Cierre
Parte, obra o acción a la que aplica
Instalación de faenas, traslado y montaje de equipos, operación de equipo y maquinaria.
Forma de cumplimiento
Las emisiones sonoras durante las fases del proyecto cumplirán con los límites máximos establecidos por lel presente decreto, para periodos diurnos y nocturno, según la DIA y Anexo 8; y Adenda.
Indicador que acredita su cumplimiento
Se llevará un registro en el libro de obra para realizar un seguimiento a este cumplimiento.
Forma de control y seguimiento
Fiscalizaciones
Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles
¡Capítulo VII del ICE
7.9 COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas
Norma
[Decreto Supremo N*144/1961, Ministerio de Salud, “Normas para evitar emanaciones o contaminantes [atmosféricos de cualquier naturaleza”.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, Operación y Cierre
Parte, obra o acción a la que aplica
Instalación de faenas, traslado y montaje de equipos, operación de equipo y maquinaria.
Forma de cumplimiento
Se estima que las principales emisiones a la atmósfera sean por el tránsito de camiones. Durante la Fase de Construcción será de un flujo promedio máximo de 7 camiones/día los cuales en caso de transportar excedentes de áridos, excavaciones entre otros deberán seguir las siguiente medidas paliativas: Cubrir material con lonas o plásticos, con dimensiones adecuadas, habilitar mallas raschel en el sentido del viento alrededor del área de faenas al menos con una altura de 2,4 metros, y revisión técnicas al día por parte de los contratistas de toda la maquinaria.
Durante la Fase de Operación las emisiones a la atmósfera se relacionan con el almacenamiento de Astillas en la Cancha de Acopio la que será de solo 26 días y el tránsito de camiones, los cuales serán de 0,2 camiones/h para la recepción de trozos y de 6 camiones/h para el transporte de Astillas hacia Puerto Montt. Durante la Fase de Cierre se prevé que sea por el tránsito de camiones con los equipos desmontados.
Indicador que acredita su cumplimiento
Copia de la revisión técnica al día de todos los vehículos que se utilicen en las obras o en su defecto en el registro del libro de obras.
Forma de control y seguimiento
Fiscalizaciones
Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles
¡Capítulo VII del ICE
7.10. COMPONENTE/MATERIA: Ley sobre Monumentos Nacionales
Norma
Ley N*17.288/1970
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
¡Construcción y Operación
Parte, obra o acción a la que aplica
ovimiento de tierra, excavaciones y escarpe
Forma de cumplimiento
El Titular se compromete a proceder de acuerdo al artículos N“26 y 27 de la Ley N17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N20 y 23 del Reglamento de la Ley N*17.288, sobre lexcavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, en caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico. En este sentido, el Titular se compromete a paralizar las obras en el frente de trabajo, en caso de hallazgos, e informar de inmediato y por escrito al Consejo de onumentos Nacionales para que este organismo disponga los pasos a seguir.
Indicador que acredita su cumplimiento
¡En este sentido, el Titular se compromete a paralizar las obras en el frente de trabajo, en caso de hallazgos, e informar de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este lorganismo disponga los pasos a seguir.
Forma de control y seguimiento
¡Registro de hallazgos de elementos de valor arqueológico
Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles
¡Capítulo VIII del ICE
8”. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son los siguientes:
En el Capítulo 6 de la DIA se presenta el detalle de los Planes de emergencia y Contingencias.
8.1. Plan de Prevención de Contingencias
En el caso de los Planes de Contingencias, Punto 6.2 de la DIA, se identifican sus objetivos, alcances, responsabilidad,
según fase del proyecto.
Para la Fase de Construcción se identifican las contingencias ante derrame de sustancias
químicas peligrosas. Mientras que para la Fase de Operación se señalan las contingencias antes derrame de sustancias químicas peligrosas y ante fallas en el suministro eléctrico.
Por las características del proyecto y los residuos a generar, no se prevén impactos ambientales por el almacenamiento de residuos peligrosos, no obstante en caso de algún derrame accidental, se seguirán las actividades que a continuación se
indica:
-
— Identificar los peligros reales o potenciales, lo que implica conocer los residuos almacenados, Para ello se realizarán capacitaciones a todo el personal que labore en el proyecto.
-
Al ocurrir un derrame, la persona que lo ocasionó o lo descubrió debe comunicarlo al jefe de obra o planta.
-
El área del derrame debe aislarse, la distancia de aislamiento inicial depende de la peligrosidad y la magnitud del
derrame.
Se deberá identificar la causa del derrame y proceder a eliminarla. - Se deberá dar aviso a la autoridad respectiva mediante el informe preliminar de emergencias indicado en el Anexo 4 de la DIA.
8.2. Plan de Emergencias
En el caso de los Planes de Emergencias, Punto 6.1 de la DIA, se identifican sus objetivos, alcances, responsabilidad, según fase del proyecto. Para la Fase de Construcción, en el Punto 6.1.4 de la DIA, se identifican las siguientes emergencias: accidentes vehiculares en caminos; riesgo por accidentes laborales y emergencias médicas; sismos. Mientras que para la Fase de Operación, Punto 6.1.5 dela DIA, se identifican las siguientes emergencias: accidentes vehiculares en caminos; accidentes laborales y emergencias médicas; sismos e incendios.
9”, Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
10?. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4 de la presente Resolución.
11%. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
- Que, para que el proyecto “AMPLIACIÓN DE PLANTA ASTILLADORA COMACO S.A. PUERTO VARAS”, pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
13". Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
149, Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos, la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del Artículo 162 y en el Artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
15”, Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
16”. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
1%. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “AMPLIACIÓN DE PLANTA ASTILLADORA COMACO S.A. PUERTO VARAS”, de Forestal COMACO S.A.
- Certificar que el proyecto “AMPLIACIÓN DE PLANTA ASTILLADORA COMACO S.A. PUERTO VARAS”, cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable. j
3", Certificar que el proyecto “AMPLIACIÓN DE PLANTA ASTILLADORA COMACO S.A. PUERTO VARAS”, cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos que se señalan en los Artículos 138, 140, 142 y 160 del D.S.N*40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4, Certificar que el proyecto “AMPLIACIÓN DE PLANTA ASTILLADORA COMACO S.A. PUERTO VARAS”, no genera los efectos, características o circunstancias del Artículo 11 de la Ley N*19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
5%. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el Considerando 4 del presente acto.
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6”. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20 de la Ley N*19.300,
ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental.
ALUAC IO SS GI
UCA
Di ¡ción: - Señor Juan Francisco Roberto Muñoz Venturelli (lasjuntas(Q2mcon
otifíquesely Archívese
r.cl ; IdiazG¿mcondor.cl )
- Superintendencia de Medio Ambiente
CONADI, Región de Los Lagos
CONAF, Región de Los Lagos
-
DGA, Región de Los Lagos
-
Dirección de Vialidad, Región de Los Lagos
-
DOH, Región de Los Lagos
Gobierno Regional, Región de Los Lagos
-
lustre Municipalidad de Puerto Varas
-
SAG, Región de Los Lagos
-
SEC, Región de Los Lagos
SEREMI de Agricultura, Región de Los Lagos
-
SEREMI de Salud, Región de Los Lagos
-
SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Los Lagos SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Lagos
- SEREMI Medio Ambiente, Región de Los Lagos SEREMI MOP, Región de Los Lagos
Servicio Nacional Turismo, Región de Los Lagos Consejo de Monumentos Nacionales
- Superintendencia de Servicios Sanitarios
ele:
-
Encargada Participación Ciudadana
-
Superintendencia del Medio Ambiente (contactorca(Asma.gob.cl )
-
Oficial de Partes de la Región (cburgos.10(Wsea.gob.cl )
-
Expediente del proyecto "AMPLIACION PLANTA ASTILLADORA COMACO S.A. PUERTO VARAS”
-
Archivo Servicio Evaluación Ambiental, Región de Los Lagos
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