Evaluación SEA

Prospección Minera Arqueros - Fase 2

Rol 2130595293
SEA · DIA · Aprobado · 2015-07-09 · Región de Coquimbo · Compañía Minera Arqueros S.A.

REPÚBLICA DE CHILE ] COMISIÓN DE EVALUACION

REGIÓN DE COQUIMBO CALIFICA AMBIENTALMENTE EL PROYECTO "PROSPECCIÓN MINERA ARQUEROS-FASE 2". RESOLUCIÓN EXENTA N' () () 25.- LASERENA, — 22 FEB. 20%

VISTOS:

l. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 02 de noviembre de 2015 y su Adenda Complementaria de fecha 22 de diciembre de 2015, del proyecto “Prospección Minera Arqueros-Fase 2”, presentado por Compañía Minera Arqueros S.A. con fecha 02 de julio de 2015.

  1. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA y que se detallan en el Capítulo Il del Informe Consolidado de Evaluación, en adelante ICE, de la DIA del proyecto “Prospección Minera Arqueros-Fase 2”.

  2. El Acta de Evaluación N*002 de fecha 08 de febrero de 2016, del Comité Técnico de la Región de Coquimbo.

  3. El ICE de la DIA del proyecto “Prospección Minera Arqueros-Fase 2” de fecha 08 de febrero de 2016.

S. La sesión N*002 de fecha 16 de febrero de 2016, de la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo. 6. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la

DIA del proyecto “Prospección Minera Arqueros-Fase 2”.

  1. Lo dispuesto en la Ley N19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N“40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SETA); la Ley N 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N* 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

CONSIDERANDO:

l. Que, Compañía Minera Arqueros S.A. (en adelante, el titular) ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Prospección Minera Arqueros-Fase 2” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del titular son los siguientes:

Nombre o razón social Compañía Minera Arqueros S.A. Rut 76.154.249-4 . Domicilio Calle Gabriela Mistral N? 2931 La Serena, Región de Coquimbo. Teléfono 56 (51) 2292866 Nombre Representante Legal Oscar Molina Bauer. o — A RUT Representante Legal 8.694.627-0 Domicilio Representante Legal Calle Gabriela Mistral N 2931 La Serena, RegióR> Coquimbo. Teléfono Representante Legal 56 (51) 2292866 + Correo. Electrónico Titular o | oscar.molina(Qtalcuna.cl

Representante Legal

Nombre Representante Legal Go Yajima Yajima. ' Cédula Identidad Extranjeros 21.766.267-4 o o ' Domicilio Representante Legal Tierra Amarilla S/N Parcela Los Olivos.

Teléfono Representante Legal 56 (51) 2319090

Correo Electrónico Titular o' narleguifomyma.cl Representante Legal

  1. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 08 de febrero de 2016, la Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental (en adelante SEA) de la Región de Coquimbo ha recomendado aprobar el proyecto, por cuanto:

  2. El proyecto cumple con la Normativa Ambiental Aplicable.

  3. El titular del proyecto subsanó los errores, omisiones e inexactitudes durante el proceso de evaluación.

  4. Ha identificado los permisos ambientales sectoriales aplicables al proyecto, y ha proporcionado satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dichos permisos.

  5. No generaría ninguno de los efectos, características y circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N*19.300, por lo tanto, no requiere la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental.

  6. Que, en sesión de fecha 16 de febrero de 2016, la Comisión de Evaluación de la Región de

Coquimbo acordó calificar favorablemente el proyecto “Prospección Minera Arqueros-Fase 2”,

aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 08 de febrero de 2016, el que forma parte

integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso

segundo del Reglamento del SELA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas

en que se fundamenta.

4, Que, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Otorgar continuidad a las actividades de prospección, incorporando 160 nuevos sondajes superficiales y 300 nuevos sondajes subterráneos en el Objetivo general. área del Proyecto; con la finalidad de profundizar el nivel de certeza del recurso mineralógico, de manera minimizar las incertidumbres geológicas asociadas a la determinación de los recursos minerales. - La tipología corresponde a la descrita en el artículo 3, letra ¡.2) correspondiente a “Se entenderá por prospecciones al conjunto de obras y acciones a desarrollarse con posterioridad a las exploraciones Tipología principal, así | mineras, conducentes a minimizar las incertidumbres geológicas, como las aplicables a | asociadas a las concentraciones de sustancias minerales de un proyecto sus partes, Obras O de desarrollo minero, necesarias para la caracterización requerida y con acciones. el fin de establecer los planes mineros en los cuales se base la explotación programada de un yacimiento, que consideren cuarenta (40) o más plataformas, incluyendo sus respectivos sondajes, tratándose de | las Regiones de Arica y Parinacota a la Región de Coquimbo, [...]”. l La vida útil será de 39 meses. Para mayor detalle ver el numeral 2.2.9, de la DIA.

Vida útil.

Gestión, acto o faena | El acto o faena mínima que dará inicio a la ejecución del proyecto, de mínima que da cuenta modo sistemático y permanente, corresponderá a la habilitación del

del inicio de la acceso de la primera plataforma superficial. ejecución del proyecto

Proyecto modifica un Si | No

proyecto o actividad X

Proyecto modifica otras | Si | No RCA XxX

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- | El área del proyecto se localizará al interior de las concesiones administrativa mineras vigentes que dispone el titular a 75 kilómetros al noreste de

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la ciudad de La Serena en la comuna del mismo nombre (Provincia de Elqui, Región de Coquimbo).

Para mayor detalle ver el numeral 2.3.1 2.4.b) de la Adenda de la misma.

. de la DIA y la respuesta

Justificación de

localización

La localización del proyecto se justifica por los resultados obtenidos en las actividades de exploración y prospección desarrolladas en el sector, los cuales han proporcionado información sobre nuevas zonas con interés minero y una eventual presencia de un cuerpo mineralizado.

Superficie

La superficie total del área donde se emplazará el proyecto corresponderá a aproximadamente 396 hectáreas, al interior de la cual se construirá infraestructura para el soporte y logística de las actividades a desarrollar, incluyendo accesos, plataformas, botaderos de marinas, acceso a túneles (portales), oficinas administrativas e instalaciones de servicio, entre otras instalaciones y obras de apoyo. Al respecto, la superficie directa a intervenir corresponderá a aproximadamente 11,796 hectáreas (sin considerar la superficie

subterránea de terreno relacionada con la habilitación de túneles y

estocadas) que representan aproximadamente un 2,98 % de la superficie total.

Para mayor detalle ver las respuestas 2.5., 2.10., 4.6. y 7.6.e) de la Adenda de la DIA y la tabla 18 del numeral 6a) del anexo I de la referida Adenda.

Coordenadas UTM en Datum WGS84

En la tabla 2-3 del numeral 2.3.2. (Representación cartográfica del proyecto) de la DIA se presentan las coordenadas del polígono referencial donde se concentran las obras del proyecto. La ubicación de las instalaciones existentes del proyecto “Prospección Minera Arqueros” (RCA N*025/2013) que continuarán siendo utilizadas en el presente proyecto se presentan en la tabla 2-36 del numeral 2.6.1. de la DIA.

Caminos de acceso

El acceso al proyecto se realizará desde la comuna de La Serena a través de la Ruta CH-41 (aproximadamente 32,4 km) hasta la localidad de Marquesa, para seguir 25,1 km por la Ruta D-215 (camino secundario) hasta el cruce con la localidad Viñita Baja; posteriormente, se continua 6,4 km por la Ruta D-205, para finalmente seguir aproximadamente 8,2 km por rutas internas preexistentes hasta el área del proyecto; las referidas rutas serán utilizadas en forma diaria para el transporte de personal e insumos a la faena y el movimiento de camiones y vehículos en el área del proyecto se realizará principalmente por caminos propios al interior de la concesión minera. Por otra parte, el ingreso al área del proyecto se realizará a través del kilómetro 2 del camino a la mina “Tugal”.

Para mayor detalle acerca de la ubicación del camino a la mina “Tugal” y de los accesos al proyecto, ver la tabla 2-6 del numeral 2.3.4. de la DIA y la figura 2.2. de la Adenda Complementaria de la misma, respectivamente.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

  • Acápites 2.2.9. y 2.3.1. de la DIA.

  • Tablas 2-3 del numeral 2.3.2., 2-6 del numeral 2.3.4. y 2-36 del numeral 2.6.1. de la DIA.

  • Respuestas 2.4.b), 2,5., 2.10., 4.6. y 7.6.e) de la Adenda.

  • Tabla 18 del numeral 6a) del anexo I de la Adenda.

  • Figura 2.2. de la Adenda Complementaria.

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

a) Consistirá en una prospección minera a realizarse mediante 160 sondajes (29.000 metros) a 32 plataformas superficiales de perforación y 300 sondajes (44.500 metros) desde 56 ce

SS "subterráneas de perforación, con el objetivo de determinar las á áreas 5 que concentran minera

recurso minero y reducir las incertidumbres geológicas.

Las perforaciones en superficie serán mixtas, es decir, en cada sondaje se realizará un antepozo con perforación del tipo aire reverso para posteriormente terminar con una perforación tipo diamantina. Las perforaciones al interior de los túneles serán en su totalidad del tipo diamantina.

Para mayor detalle ver el numeral 2.2.2. de la DIA.

b) Se construirán y operarán 2 túneles de prospección, 2 botaderos de marinas, instalaciones de apoyo, accesos, entre otras obras. Además, se utilizarán instalaciones existentes del proyecto “Prospección Minera Arqueros” (calificado ambientalmente favorable mediante la RCA N* 0025/2013, de la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo) correspondientes al patio para el almacenamiento de muestras (testigoteca) y a los sitios de almacenamiento de residuos industriales no peligrosos y peligrosos asociados a la operación de la testigoteca, ubicados a aproximadamente 3 Km al sur del polígono del área del proyecto; dichas instalaciones no serán modificadas ni ampliadas en su capacidad y sólo serán utilizadas periódicamente por el equipo de geólogos durante el almacenamiento de muestras,

Para mayor detalle acerca de la cronología de ejecución de las actividades del proyecto, ver el numeral 2.2.9. de la DIA.

c) Sin perjuicio de lo señalado en el acápite “Caminos de acceso” de la presente resolución, las actividades de transporte de insumos, suministros básicos, personal, residuos u otros, no formarán parte del presente proyecto en evaluación y serán ejecutadas por empresas contratistas especializadas quienes serán las responsables del abastecimiento, transporte, o retiro, hacia las instalaciones del proyecto o fuera de éstas; por otra parte, debido a que este proyecto consistirá en una prospección geológica no se llevará a cabo transporte de productos. No obstante lo anterior, el titular exigirá en los contratos con dichas empresas la responsabilidad exclusiva de éstas en el transporte, abastecimiento, o retiro de personal, materiales, insumos y residuos estipulando en los correspondientes documentos que cada una de ellas deberá contar con las autorizaciones respectivas para la actividad a realizar y con los procedimientos de seguridad y planes de contingencia de acuerdo a la carga a transportar por rutas y caminos públicos; además se especificarán las rutas a utilizar, el flujo estimado de camiones y el volumen a transportar. Para mayor detalle ver las respuestas 2.1., 2,2. y 2.4.a) de la Adenda de la DIA.

Por otra parte, en los referidos contratos quedará estipulado que en caso de accidentes y/o derrames de sustancias peligrosas que alteren la libre circulación vehicular y/o peatonal, se deberá informará inmediatamente vía telefónica, correo electrónico y por oficio tanto al Director Regional de Vialidad (051-2542038) como a la SEREMI de Obras Públicas (051-2542207) y se deberá dar aviso, en caso de transitar por rutas concesionadas, a la respectiva concesionaria a través de los teléfonos disponibles en la página http://www.mop.cl/Prensa/Paginas/Telefonos emergencia.aspx.

4.4. FASE DE CONSTRUCCIÓN

  1. Habilitación de accesos a plataformas y portales:

Para mayor detalle ver el numeral 2.5.1.a) de la DIA y al respuesta 2.10. de la Adenda de la DIA.

a) Los accesos a las plataformas de perforación y portales (N1 y N2) que se requieran habilitar, se realizarán mediante el.uso de huellas existentes, las que en algunos casos será necesario reparar y/o acondicionar, como así, en otros casos, se habilitarán nuevos accesos con la ayuda de maquinaria, priorizando las rutas más Partes, obras y | convenientes, seguras y de mínima intervención.

acciones. b) Los accesos tendrán un ancho de aproximadamente 4 metros, con un largo a habilitar de aproximadamente 2.800 metros para los accesos a plataformas y 2.935 metros para accesos a los túneles subterráneos y otros. En total se habilitarán 5.735 metros de accesos nuevos y 269 metros de accesos y huellas existentes que serán acondicionados.

e) Para la habilitación de los nuevos accesos y el acondicionamiento de huellas existentes se removerán aproximadamente 3.225 m” de material, de los cuales 1.174 m corresponderán a la habilitación de acceso a portales, 1.120 m'

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corresponderán a la habilitación de accesos a plataformas y 931,2 m' corresponderán al acondicionamiento de huellas existentes y mejoramiento de caminos. El material de excavación será utilizado para la regulación de la pendiente de estos caminos y también será dispuesto en los costados de los mismos como borde de seguridad.

d) Para la habilitación de nuevos accesos se cumplirá lo siguiente:

d.1) Se evitará pasar por lugares de mayor pendiente para realizar las maniobras del bulldozer.

d.2) Se reducirá la remoción de suelos para evitar la generación de material

: particulado abarcando sólo la franja del trazado.

d.3) Las huellas de acceso serán trazadas de tal manera que minimicen la perturbación de terreno, siguiendo en lo posible los contornos naturales y evitando el paso por zonas rocosas muy fracturadas y de pendiente.

d.4) Al menos 2 veces al día, mediante el uso de camiones aljibes, se humectarán

los caminos que estén en uso.

e) La ampliación de las huellas existentes consistirá en el paso de un equipo motoniveladora para ampliarlas hasta un ancho efectivo de 4 metros.

f) El mejoramiento de caminos existentes consistirá en la eliminación de baches y material sobrante desde la superficie del camino existente, mediante un reperfilado

con equipo motoniveladora y posterior humectación con camión aljibe.

  1. Habilitación de plataformas superficiales de perforación:

Para mayor detalle ver el numeral 2.5.1.b) de la DIA y la respuesta 2.11. de la

Adenda de la DIA.

a) Se habilitará un total de 32 plataformas superficiales (distribuidas en un área de |

1,28 hectáreas) para lo cual se intervendrá una superficie útil de 900m? por plataforma (30m x 30m) la cual incluye la zona para montar el equipo de perforación y sus accesorios, la zona de derrames de material de terreno removido y un área de seguridad para el personal.

b) Se removerán aproximadamente 200m' de material por plataforma y 6.400m por la cantidad total de las mismas.

c) En cada plataforma de perforación de tipo diamantina se habilitará una piscina de decantación, cuya función será acumular la mezcla de agua con aditivos y partículas de suelo que emerge a superficie durante el desarrollo de la perforación y decantar el material particulado sedimentable contenido en dicha mezcla; el volumen de agua sin lodos será reutilizado permanentemente, mezclado con agua fresca, en la misma perforación.

d) Para la habilitación de las plataformas se cumplirá lo siguiente:

d.1) Se minimizará la perturbación del terreno localizando las plataformas en

| lugares con pendiente inferior a 30% con el objetivo de no generar excedente de

material para su habilitación, balanceando este material dentro del área considerada como de intervención directa de la plataforma (900 m?).

d.2) No se ubicarán en zonas con pendientes pronunciadas, localizando las ! p plataformas en lugares con pendiente inferior a 30%.

la agua fresca, entre otros) se emplazarán al interior de lo que se od MO a

| área para la plataforma de sondaje (900 m?), de manera de minimizar la; Su

de la plataforma y otorgar seguridad a las personas y a la operación.

d.4) El material removido para la habilitación de la plataforma será acopiado en torno a la periferia de esta, pero dentro del área evaluada como intervenida (900m?), para utilizarlo en la fase de cierre de la plataforma.

d.5) Previo al posicionamiento de la maquinaria se instalará una carpeta impermeable con el objetivo de contener eventuales derrames de combustible y/o aceite durante la ejecución de la perforación. Este material impermeable cubrirá toda la superficie que ocupe la maquinaria, y estará delimitado con un pequeño pretil con el propósito que los eventuales derrames queden contenidos al interior de esta área.

d.6) Las plataformas contarán con servicios higiénicos correspondientes a baños químicos cuyo número cumplirá con lo señalado en los artículos 22 y 23 del D.S. N*594/2000 del MINSAL; la limpieza y mantención de los baños químicos estará a cargo de una empresa contratista especializada en estos servicios, la que contará con las autorizaciones sanitarias correspondiente.

Para mayor detalle ver el numeral 2.5.1.c) de la DIA y la respuesta 2.12. de la Adenda de la DIA.

  1. Habilitación de piscinas de decantación en plataformas:

a) Debido a que el agua utilizada para la ejecución de los sondajes tipo diamantina será recirculada permanentemente y se mezclará con agua fresca para mantener la calidad necesaria para el desempeño de la máquina de sondajes, se habilitará una piscina de decantación en cada plataforma.

b) Las piscinas tendrán las siguientes dimensiones: 8 metros de largo, 5 metros de ancho y 1,5 metros de profundidad, estimando una superficie de 40m? y una capacidad de 60m.

c) Cada piscina tendrá un muro de 0,75 metros de altura respecto al nivel del terreno, construido con el material terreo generado por la excavación de las mismas, lo cual se estima en un volumen de 960 m? por piscina.

d) No obstante que el barro o lodo de perforación que se derive a las piscinas corresponderá una mezcla inocua de agua, polvo de roca y aditivos degradables, las piscinas serán revestidas con una membrana de nylon impermeable con el objetivo de aumentar la eficiencia en la recirculación de la fracción líquida del lodo.

e) Al término de cada sondaje y una vez evaporada la fracción líquida del lodo, la membrana impermeable será retirada dejando la porción seca de los lodos en las piscinas de decantación (detritus) y estas serán cubiertas con el material de excavación de la construcción de las mismas. La membrana será trasladada y dispuesta temporalmente en los sitios de almacenamiento temporal localizado en las instalaciones de apoyo del proyecto, para finalmente ser dispuesta en un sitio autorizado.

  1. Habilitación de dos botaderos de marinas:

Para mayores detalles ver tanto el numeral 2.5.1.d) de la DIA y el anexo B de la misma como los anexos A y B y las respuestas 2.9., 2,13, 4.1.b) y 4.7 de la Adenda de la DIA. Además, ver el acápite 1X.8. del ICE.

a) El botadero N1 ocupará una superficie de aproximadamente 2,1 ha, se ubicará a 500 metros al noreste del acceso (portal N1) a la rampa N*l, tendrá una capacidad máxima de 171.000 m' y su altura máxima de operación será de 26 metros.

b) El botadero N“2 ocupará una superficie de aproximadamente 1,6 ha, se ubicará a 200 metros al norte del acceso (portal N“2) a la rampa N“2, tendrá una capacidad

| máxima de 108.000 m' y su altura máxima de operación será de 33 metros.

Cc) Se construirá una plataforma en cada botadero para que los camiones puedan

descargar material estéril a una razón de 24 viajes/día.

d) Para controlar que la descarga de estéril (marinas) en los botaderos no alcance el i fondo de las quebradas del sector, se construirá un pretil de seguridad al pie de | cada botadero; la altura de los pretiles será de aproximadamente dos metros y la longitud será de 15 metros y 340 metros para los botaderos N*%1 y N2, | respectivamente. i

e) Con el objetivo de resguardar los parámetros de estabilidad de los botaderos se | implementarán las siguientes medidas: Control permanente de estabilidad de los bordes de vaciado; Construcción de canales de contorno o fosos perimetrales para la evacuación de eventuales aguas lluvias (de 1 m x 1 m aproximadamente); y Construcción de un parapeto de seguridad de 2 metros de altura para protección de la zona fuera del botadero.

f) Para otorgar seguridad a cada botadero y evitar que eventuales aguas de

| escorrentías superficiales entren en contacto con éstos, se habilitará una obra de

saneamiento hidráulico del tipo canal de contorno para cada botadero, las cuales desviarán y conducirán las aguas de escurrimiento superficial del área aportante retornándolas agua abajo de los botaderos; estas canalizaciones serán diseñadas para conducir y evacuar los aportes de lluvias considerando un período de retorno de 100 años.

La construcción de los canales de contorno y pretil de seguridad se realizará en conjunto con las actividades de habilitación de cada botadero según el grado de avance de estos, es decir, no serán construidos en su totalidad al inicio sino que se irán construyendo por etapas en función a las fases de crecimiento de los botaderos.

El canal de contorno asociado al botadero N*1 tendrá una longitud aproximada de 500 metros y el canal de contorno asociado al botadero N%2 tendrá una longitud aproximada de 260 metros.

  1. Habilitación de portales, rampas y galerías de prospección (túneles):

Para mayor detalle ver el numeral 2.5.1.e) de la DIA y la respuesta 2.14. de la Adenda de la misma.

a) Se construirán dos rampas de prospección independientes, con el objetivo de extraer muestras representativas de mineral, realizar estudios geo-mecánicos, minimizar la longitud de los sondajes a realizar y con esto minimizar también la desviación de los pozos; en ambas rampas se construirán galerías laterales y estocadas para el desarrollo de los sondajes subterráneos. Cada rampa tendrá un portal de acceso.

b) La rampa N*] tendrá su punto de origen en el portal N%1 (cota 1.316 m.s.n.m,), será excavada con una sección de 5m x 5m y tendrá un desarrollo total de 1.303 metros y cinco galerías de sondaje equivalentes a 1.173 metros de túnel.

c) La rampa N?2 tendrá su punto de origen en el portal N%2 (cota 1.320 m.s.n.m.), será excavada con una sección de 5m x 5m y tendrá un desarrollo total de 1.220 metros y tres galerías de sondaje equivalentes a 430 metros de túnel.

d) La construcción de galerías se realizará en dos etapas y se utilizará perforación

mecánica y tronadura controlada, generándose un volumen de 150.585 m' de

material excavado (incluyendo el 20% de sobre excavación); este material

excavado serán transportado en camiones y depositado en los botaderos de m:

a una tasa de 300 ton/turno con una frecuencia aproximada de 12 viajes/turng; E

  1. Habilitación de sistema de ventilación:

a) Se construirá una chimenea de ventilación (de tres metros de diámetro) para cada rampa conectando a estas con la superficie; debido a que la longitud de las rampas superará los 1.250 metros, las chimeneas de ventilación se construirán

hasta la superficie y una vez construida la chimenea se instalarán dos ventiladores *

en el nivel base de la misma desde donde tomarán el aire fresco.

b) Durante el desarrollo de las galerías las rampas serán ventiladas desde superficie mediante ventilación auxiliar con dos líneas de ventilación (ductos) conectadas cada una a dos ventiladores en serie de tipo axial que estarán ubicados en la entrada del túnel; el sistema de tipo impelente impulsará el aire fresco hasta el frente de trabajo hasta una distancia máxima de 1.250 metros.

Para mayor detalle ver el numeral 2.5.1.f) de la DIA. 7. Habilitación de instalaciones de apoyo:

Para mayor detalle ver el numeral 2.5.1.g) de la DIA y la respuesta 2.15. de la Adenda de la misma.

a) Se habilitarán dos instalaciones de apoyo para el desarrollo de los sondajes; la instalación de apoyo N1 se localizará cercana a las plataformas superficiales para apoyar el desarrollo de las mismas (la plataforma más cercana ubicada a aproximadamente 126 metros) y la instalación de apoyo N%2 se localizará a aproximadamente 74 metros del portal Nl para apoyar el desarrollo de las estocadas subterráneas.

b) La instalación de apoyo N*1 contará con oficinas tipo conteiner, comedor, servicios higiénicos, bodega de insumos, sitio de almacenamiento transitorio de residuos sólidos no peligrosos, estacionamientos, estanques de agua potable, generador de energía y una planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS).

c) La instalación de apoyo N*2 contará con oficinas tipo conteiner, taller de

mantención y lavado, sitios de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos y |

generadores de energía eléctrica para los túneles.

d) Los componentes de las instalaciones de apoyo serán los siguientes, según corresponda:

d.1) Oficinas: Se habilitarán siete oficinas tipo conteiner, incluyendo una sala de reuniones, en la instalación de apoyo N*1 y ocuparán una superficie total de 176 2

m.

d.2) Comedor: Se localizará en la instalación de apoyo N*1, tendrá una capacidad para 36 personas y ocupará una superficie total de 72 m?.

d.3) Sala de cambio: Se localizará en la instalación de apoyo N?l y estará provista de duchas, baños y agua.

d.4) Baño químico: Se localizará a 75 metros de distancia al noroeste de la instalación de apoyo N*1 y a aproximadamente 100 metros de distancia del taller de mantención de la instalación de apoyo N92. Este baño estará destinado para el uso del personal de la instalación de apoyo N“2 (específicamente al que trabajará en el taller mecánico) y la limpieza y mantención del mismo estará a cargo de una empresa contratista especializada y autorizada.

d.5) Taller de mantención: - Se localizará en la instalación de apoyo N*2 y tendrá dos losas de hormigón

. 2 . z (cubiertas con techumbre) de 98 m” de superficie cada una, una de cuales tendrá un pozo para las mantenciones; las actividades de mantención sólo consistirán en

lubricación y mantención mecánica de la maquinaria que operará en los túneles.

  • Tendrá una losa de lavado de aquellos equipos y camiones utilizados en la construcción de los túneles. Esta losa será de hormigón impermeable y tendrá una inclinación para permitir el escurrimiento de los efluentes de lavado por el piso hasta canaletas que lo conducirán hacia un sistema de captación de aguas de lavado, el cual consistirá en un estanque separador de hidrocarburos, lodos y agua que se ubicará adyacente a la losa de lavado; luego de su ingreso al referido estanque, las aguas separadas serán conducidas a un estanque de agua para ser reutilizada en el proceso de lavado de equipos y tanto los lodos como los hidrocarburos serán retirados y manejados como residuos peligrosos, siendo dispuestos en tambores en el patio de almacenamiento transitorio de tales residuos (localizado en la instalación de apoyo N“2) para finalmente ser retirados por una | empresa autorizada y dispuestos finalmente en un sitio autorizado.

Además, adyacente al taller de mantención se instalarán dos contenedores que | serán utilizados como oficina para el personal mecánico y bodega para el almacenamiento de repuestos.

d.6) Bodega de insumos: Se localizará en la instalación de apoyo N*l, ocupará una superficie aproximada de 130 m? y se almacenarán insumos y materiales como elementos de fortificación, cemento, ductos de ventilación, drenaje, entre otros Esta bodega constará de dos contenedores, un patio con cimiento de hormigón y un | sitio para el almacenamiento de aditivos de perforación.

d.7) Sitio de almacenamiento temporal de residuos domésticos:

  • Se localizará en la instalación de apoyo N?1 y estará ubicado a un costado del ' sitio de almacenamiento de residuos industriales no peligrosos; los residuos se | dispondrán en un contenedor tolva con capacidad para 4,0 m”.

  • El área a ocupar será de 16m”, estará cercada y delimitada, y contará con un radier de hormigón y un área de lavado para el contenedor; el efluente generado del lavado de este contenedor será trasladado a la plata de tratamiento de aguas servidas para su tratamiento.

Para mayor detalle ver la respuesta 4.4. de la Adenda de la DIA y la respuesta 4.2. de la Adenda Complementaria de la misma.

d.8) Sitio de almacenamiento transitorio de residuos industriales sólidos no peligrosos (o Patio de Salvataje Transitorio):

  • Se localizará en la instalación de apoyo N?1, ocupará una superficie de 225 m?, tendrá una capacidad de almacenamiento de aproximadamente 15 toneladas y tendrá un cerco perimetral de malla de 1,8 metros de alto.

Para mayor detalle ver las respuestas 4.4.e) y 4.4.f) de la Adenda de la DIA. - Los residuos serán almacenados en forma ordenada a granel, sobre pallet de

madera o carpeta HDPE o similar y, posteriormente, serán retirados por una empresa contratista autorizada para su disposición final fuera del área del proyecto.

  • Se mantendrá un registro actualizado de los ingresos y egresos de los residuos el cual estará disponible en todo momento en las instalaciones del proyecto para ¡solicitud de la autoridad.

d.9) Sitio de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos: - Se localizará en la instalación de apoyo N?2 y ocupará una superficie de 20 m

  • Será construido sobre cimiento de hormigón con borde de 20 cm de alto porródo; > » el perímetro y cubierto con una carpeta de HDPE para contener l os ¿Sn

20% de la capacidad de almacenamiento del sitio.

  • Se mantendrá en el sitio tanto un registro de ingreso y salida de residuos como las hojas de seguridad de los residuos almacenados,

  • Los residuos serán almacenados en bidones plásticos o en tambores metálicos de origen de 200 litros de capacidad, resistentes a la deformación y a filtraciones, con tapa hermética y debidamente identificados.

  • Antes de sobrepasar el 85% de capacidad de almacenamiento del sitio y en un plazo no mayor a seis meses, los residuos serán retirados desde faena y transportados a sitios de disposición final autorizados por la Autoridad Sanitaria.

d.10) Estanque de almacenamiento y suministro de combustible: Corresponderá a un estanque estacionario en superficie con capacidad de 10m', el cual contará con surtidor, un contenedor anti derrame y una estructura metálica de protección. Se localizará en la instalación de apoyo N*2 y ocupará una superficie de 49 m?.

Para mayor detalle ver las respuestas 2.15.e) y 3.4. de la Adenda de la DIA. d.11) Planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS):

  • Se localizará en la instalación de apoyo N?l, ocupará una superficie de 36 m' y el tratamiento consistirá en un proceso biológico aeróbico bacteriano para lo cual la PTAS estará compuesta de tres compartimentos que permitirán una primera etapa de tratamiento primario, una segunda etapa de aireación y una tercera etapa de sedimentación.

  • Las aguas servidas tratadas serán utilizadas en la humectación de caminos no pavimentados y cumplirán con los parámetros establecidos en la Norma Chilena 1.333 Of 78, que indica los “Requisitos de Calidad del Agua para Diferentes Usos”.

  • La PTAS tendrá una capacidad de tratamiento de 10m*/día, considerando una dotación de agua de 100 litros/persona/día (factor de recuperación de 0,8) y una dotación máxima total de 119 personas en faena. El efluente generado (clarificado y clorado) se almacenará en dos estanques de polietileno de 10 m' de capacidad cada uno, considerando un tiempo de residencia máximo de dos días en los mismos. Estos estanques se localizarán en el terreno contiguo a la PTAS, y estarán provistos de un sistema de elevación mecánica para evacuar el agua acumulada y utilizarla en humectación de caminos.

  • Los lodos generados en la PTAS serán retirados por una empresa autorizada en camión limpia fosa hermético para su disposición final en un sitio autorizado por la | autoridad sanitaria (de acuerdo a lo establecido en el D.S. N*4/2009 del MINSEGPRES, “Reglamento para el manejo de lodos generados en plantas de tratamiento de aguas servidas”). El retiro de lodos se realizará periódicamente una vez cada uno o dos años, de acuerdo con la frecuencia recomendada por el fabricante de la PTAS.

Para mayor detalle ver la respuesta 4.2. de la Adenda de la DIA. d.12) Generadores y subestación eléctrica:

  • Se instalarán en recintos especialmente habilitados para tales fines sobre una base de hormigón. Cada recinto tendrá un cierre perimetral y acceso restringido sólo a personal autorizado para labores de abastecimiento de combustible y mantenimiento del sistema.

  • Un generador de 50 KVA se localizará en la instalación de apoyo N*1, ocupará una superficie de 12 m' y abastecerá de energía eléctrica a las instalaciones de superficie tales como oficina, sala de cambio, taller eléctrico, PTAS, entre otras.

10

  • Dos generadores en serie de 550 KVA cada uno y una subestación eléctrica se | localizarán en la instalación de apoyo N?2, cada uno de estos componentes ocupará una superficie de 32,5 m? y abastecerán de energía eléctrica a las instalaciones subterráneas.

d.13) Área de estacionamiento de vehículos: Se localizará en la instalación de apoyo N%1 y ocupará una superficie de 806 m?.

  1. Habilitación de piscinas recepcionadoras de agua industrial:

Para mayor detalle ver tanto el numeral 2.5.1.g) de la DIA como el anexo A y las | respuestas 2.15.b) y 2.15.f) de la Adenda de la misma.

a) Una piscina se localizará a un costado del portal N%1 y otra a un costado del portal N2; cada piscina tendrá 12 metros de largo, 10 metros de ancho y una capacidad de 120m?.

b) Ambas piscinas serán construidas en base a rellenos compactados y camas de arena, realizando una excavación en el terreno hasta alcanzar una profundidad 0,75 metros bajo el nivel del suelo; con el material proveniente de la excavación se ¡construirán los muros perimetrales hasta una altura aproximada de 0,75 metros | sobre el nivel del suelo de manera que cada piscina tendrá una profundidad efectiva de 1,5 m. Una vez construidos los muros perimetrales se les aplicará una capa de material fino y finalmente la piscina será impermeabilizada completamente con una carpeta HDPE o similar.

c) Tendrán la función de almacenar transitoriamente el agua industrial que será utilizada en los túneles. Al respecto, las aguas de drenaje de los túneles serán impulsadas desde las estaciones de bombeo localizadas al interior de los mismos hasta estas piscinas para su acumulación, desde donde, posteriormente, dichas aguas serán impulsadas a los correspondientes estanques de almacenamiento de agua para uso industrial; desde estos estanques las aguas serán recirculadas a los túneles para su reutilización en las tareas de perforación y apoyo al desarrollo de estos.

  1. Estanques de almacenamiento de agua para uso industrial y potable:

Se instalarán seis estanques de polietileno de 10.000 litros de capacidad cada uno para el almacenamiento de agua industrial y potable, los cuales estarán distribuidos entre la instalación de apoyo N1, y los portales N1 y N%2; tendrán 2,5 metros de alto y 2,4 metros de diámetro. Debido a que serán instalados sobre una base de hormigón ocuparán una superficie de 16 m? cada uno.

Para mayor detalle ver el numeral 2.5.1.g) de la DIA.

  1. Polvorín para almacenamiento de explosivos:

a) Será construido en superficie para el almacenamiento de explosivos a utilizar en tronaduras para la construcción de los túneles y ocupará una superficie de aproximadamente 323m?.

b) Estará compuesto de un almacén (contenedor de 20 pies) para los altos explosivos y un almacén para accesorios (contenedor de 20 pies); además, tendrá parapetos laterales y un cerco perimetral que delimitará una superficie de 900m? para evitar el ingreso de personal no autorizado.

c) Se implementarán las siguientes medidas de seguridad y manejo de esta instalación: La dinamita, pólvora y guías para minas se almacenarán separadas di los fulminantes y detonadores; El terreno de ubicación estará limpio, sin materialés que puedan transmitir el fuego y no estará expuesto a humedad constante; yo 88 localizará en un sector expuesto a derrumbes. / 2

Para mayor detalle acerca de la ubicación del referido polvorín ver la tabla 2-15 del numeral 2.5.1.g) de la DIA.

  1. Habilitación de piscinas de decantación de lodos en plataformas subterráneas (estocadas):

Para la recirculación de agua utilizada para el desarrollo de los sondajes diamantinos subterráneos se habilitará una piscina consistente en una cortina de material fino localizado a un costado de la estocada.

Para mayor detalle ver la figura 2-9 del numeral 2.6.1.d) de la DIA.

  1. Mantención de equipos y maquinarias utilizados en la construcción de túneles y galerías:

a) Se habilitará de un taller de mantención compuesto por dos losas de 98 m? cada una y una losa de 98 m? destinada para lavado de equipos y camiones; las mantenciones de vehículos livianos, otras maquinarias y perforadoras serán realizadas por la empresa contratista fuera del área del proyecto.

b) Para la ejecución de estas actividades se aplicarán los procedimientos y directrices internas del titular y los instructivos específicos de medio ambiente y prevención de riesgos, presentados en el anexo C de la DIA. Los referidos instructivos serán los siguientes: Instructivo abastecimiento de combustible en terreno; Estándar de almacenamiento de residuos; Instructivo manejo de residuos; e Instructivo de derrame de combustibles.

Para mayor detalle ver el numeral 2.5.5.a) de la DIA.

Fecha estimada indicación

e de

la parte, obra o acción que

El hito que marca el inicio de la fase de construcción corresponderá a la habilitación del acceso a la primera plataforma superficial que entrará en operación; posterior a este hito, se habilitará el acceso a los túneles paralelamente con la habilitación del resto de los accesos a plataformas superficiales. En conjunto, el periodo de tiempo en que se desarrollarán estas actividades será un

establece el mes

inicio y Ñ

O de la l Por otra parte, el hito que marcará el término de esta fase corresponderá a la 5 habilitación de las chimeneas de ventilación.

Cronograma |

de las

principales Para mayor detalle ver la tabla 2-16 del numeral 2.5.3. de la DIA.

partes, obras y

acciones

asociadas a

esta fase

Mano de obra

69 personas

Provisión suministros básicos

de

Sin perjuicio de los antecedentes que se presentan a continuación, para mayores detalles ver el numeral 2.5.5.b) de la DIA.

a) Agua industrial:

a.1) El consumo de agua industrial en esta fase se concentrará principalmente en la construcción de los túneles y humectación de caminos no pavimentados.

a2) Para la construcción de los túneles el agua será abastecida (mediante un camión aljibe) por proveedores autorizados de la localidad de Viñita u otro sector, lo cuales contarán con los derechos de agua legalmente constituidos, y almacenada en estanques localizados en los portales N%1 y N%2. El consumo de agua para estos fines será de 38 m'/día.

a.3) Para la humectación de accesos y caminos no pavimentados el agua será abastecida por una empresa contratista autorizada y distribuida directamente en los

12

referidos sectores mediante un camión aljibe a razón de 1 litro/m”. Al respecto, se estima un consumo de agua aproximado de 24 m'/día y la frecuencia de

.L 2 , z 2 humectación será de 2 veces al día; en total se humectarán 12.000 m'

correspondientes a 3 Km.

Para mayor detalle acerca de la ubicación de los accesos y caminos que serán

humectados, ver la figura 2-17 de la respuesta 2.28. y el anexo A de la Adenda de la DIA

b) Agua potable: El agua para bebida de los trabajadores en las instalaciones de apoyo, será abastecida mediante dispensadores de agua purificada y botellas no retornables, provistas por empresas y comercio autorizado por la SEREMI de Salud. Por otra parte, el abastecimiento de agua para bebida del personal en los

autorizada. Para mayor detalle ver el numeral 4.2.6. del ICE. c) Combustible:

c.1) Se requerirá combustible (principalmente petróleo Diésel) para los equipos, | maquinarias y vehículos, el cual será proveído en faena mediante un camión cisterna por una empresa contratista autorizada para tales fines; por otra parte, la compra, traslado, almacenamiento y distribución se realizará de acuerdo a normativa vigente para tales efectos (D.S. N*%160/2009, del Ministerio de Economía).

2.2) El almacenamiento se realizará en un estanque (de superficie) que tendrá una capacidad de aproximadamente 10m?, localizado en la instalación de apoyo N*2, y el consumo diario aproximado será de 3.150 litros; en el área del estanque se mantendrá disponible la correspondiente hoja de seguridad, donde se indicará el nombre comercial, fórmula química, compuesto activo, cantidad almacenada, características físico químicas, tipo de riesgo más probable ante una emergencia, croquis de ubicación dentro del recinto donde se señalen las vías de acceso y elementos existentes para prevenir y controlar las emergencias.

.3) Con el objetivo de desarrollar adecuadamente las actividades descritas en los árrafos precedentes, se implementará el “Instructivo de abastecimiento de combustible en terreno” y, en caso de ser necesario, el “Instructivo de derrame de combustible”, ambos descritos en el anexo C de la DIA.

Para mayor detalle ver las respuestas 2.15.e) y 3.4. de la Adenda de la DIA. d) Energía eléctrica:

'd.1) El consumo estará concentrado principalmente tanto en la habilitación y operación de instalaciones (oficina, sala de cambio, taller eléctrico, planta de

respecto, el consumo máximo aproximado de energía será de 9.844 KW-h y la demanda máxima de 704 KW-h.

d.2) La energía eléctrica necesaria para la habilitación y operación de instalaciones será suministrada mediante un grupo generador de SOKVA, ubicado a un costado de las oficinas, cuya superficie de emplazamiento tendrá un cierre perimetral (reja de acero)

d.3) La energía eléctrica necesaria para la construcción de túneles será suministrada mediante dos grupos generadores en serie de 550 KVA cada uno, cuya superficie de emplazamiento tendrá un cierre perimetral (reja de acero).

frentes de trabajo se realizará mediante bidones sellados provistos por una empresa |

tratamiento de aguas servidas, entre otras) como en la construcción de túneles. Al |

elevadora 400/4160v; Malla a tierra; y Tableros de control.

d.5) Desde la subestación eléctrica se alimentará ambos túneles con dos líneas de 4.160 volt a través de un cable eléctrico (100% armados libres de halógeno) abasteciendo de energía a los equipos en baja tensión.

e) Explosivos: Serán almacenados en un polvorín y su uso se concentrará principalmente en tronaduras para la habilitación de portales, rampas y galerías de los túneles.

f) Servicios higiénicos, de alimentación y alojamiento de trabajadores:

f.1) Los servicios de alojamiento, alimentación y servicios higiénicos fuera de los turnos de trabajo serán proveídos por instalaciones turísticas ubicadas en la localidad de Marquesa.

f.2) Para la alimentación en faena, durante los turnos de trabajo, se habilitará un comedor temporal donde los trabajadores podrán consumir alimentos preparados que serán proveídos diariamente desde la localidad de Marquesa. Por otra parte, se habilitarán baños químicos en los frentes de trabajo, cuya limpieza y mantención se realizará con una frecuencia de 1 vez por semana y estará a cargo de una empresa autorizada.

g) Transporte: La actividades de transporte que serán de responsabilidad del titular y formarán parte del presente proyecto en evaluación, corresponderán sólo a aquellas que se realizarán en los caminos interiores del área del proyecto.

Para mayor detalle ver los numerarles 1.5. y 1.11. del ICE.

h) Equipos y maquinarias: Corresponderán principalmente a excavadoras, bulldozer y motoniveladora para la habilitación de túneles, camión aljibe para humectación de huellas y caminos de acceso, camión aljibe para el abastecimiento de agua industrial y potable, camión cisterna para surtir de combustible a las maquinarias en terreno, y vehículos varios de traslado de personal, insumos y residuos.

Emisiones y formas de abatimiento y control

  1. Material particulado y gases de combustión:

a) Las actividades que generarán este tipo de emisiones corresponderán a los movimientos de tierra, la operación de maquinaria y el transporte de materiales, insumos y personal.

b) De acuerdo al informe presentado por el titular denominado “Inventario de Emisiones y Modelación de Dispersión de Contaminantes”, las cantidades totales de emisiones atmosféricas durante la fase de construcción serán las siguientes: 93,69 toneladas de MP10; 18,53 toneladas de MP2,5; 284,5 toneladas de MPS (6 MP-30); 30,56 toneladas de CO; 141,02 toneladas de NOx; 0,42 toneladas de HC; y 9,13 toneladas de SOx .

Para mayor detalle ver el numeral 2.2. del anexo C (Inventario de Emisiones y Modelación de Dispersión de Contaminantes) de la Adenda de la DIA y el numeral 5.a) del anexo I de la referida Adenda.

c) Las principales medidas de control serán las siguientes: c.1) Humectación de áreas de trabajo.

c.2) Utilización de maquinaria y vehículos en buen estado, es decir, con mantenciones y revisiones técnicas al día.

c.3) Humectación de caminos interiores de tierra con una frecuencia de 2 veces al día. Al respecto, se utilizará una cantidad aproximada de 10.000 litros/día (10m'/día) de aguas servidas tratadas para humectar 1.250 metros de caminos ' (humectando en total 5.000 m?) y 24.000 litros/día (24 m'/día) de agua industrial

14

para humectar 3.000 metros de caminos (humectando en total 12.000 m?).

Para mayor detalle acerca de los accesos y caminos que serán humectados con aguas servidas tratadas y con agua industrial, ver las respuestas 2.28. y 2.29. de la Adenda de la DIA y el anexo A de la referida Adenda. Para mayor detalle acerca del plan de humectación de caminos ver el anexo E de la Adenda de la DIA.

  1. Ruido:

a) Las actividades más relevantes que generarán este tipo de emisiones corresponderán a aquellas que se ejecutarán en superficie y estarán relacionadas con la habilitación de plataformas, botaderos y túneles, ya que se utilizará maquinaria pesada para tales fines.

Por otra parte, los puntos receptores identificados (entendidos éstos como cualquier lugar donde resida o trabaje alguna persona) corresponderán tanto a receptores residenciales con viviendas de ] y 2 pisos en poblados y viviendas precarias de material ligero aisladas en los cerros como a actividades productivas relacionadas a la minería.

b) De acuerdo al informe presentado por el titular denominado “Estudio de Impacto Acústico-Ruido y Vibraciones”, el único receptor donde se esperan niveles significativos de ruido corresponderá a las instalaciones de Minera TUGAL (receptor R2) el cual actualmente ya recibe niveles de inmisión de ruido asociados a su propia actividad los cuales tendrán el efectos de enmascarar el ruido generado por el presente proyecto en evaluación.

Sin perjuicio de lo anterior, de acuerdo a la modelación de niveles de inmisión en siete receptores identificados, no obstante que los niveles generados sólo serían audibles en las cercanías del receptor R2, el nivel modelado [49 dB(A)] en éste tampoco superará en más de 10 dB el nivel basal medido (representativo del ruido de fondo en dicho punto) y, por lo tanto, se dará cumplimiento al D.S. N*38/2011 del Ministerio de Medo Ambiente. En definitiva, para la totalidad de los receptores se dará cumplimiento a la referida normativa durante la fase de construcción.

Por otra parte, respecto de los niveles de ruido por tronaduras, considerando tanto las detonaciones en el punto más cercano del trazado de los caminos interiores del proyecto como cada receptor evaluado, los niveles proyectados en los receptores más cercanos se encuentran entre 45 y 91 dB(C) peak máximo, por lo cual, no existirá superación del estándar definido en la normativa de referencia que establece un nivel sonoro peak máximo de 125 dB(C) medido sobre el receptor (Norma Australiana “AS 2187.2 Explosives—Storage and use Part 2: Use of explosives ”).

Para mayor detalle ver tanto el numeral 2.5.8.b) y el anexo E (Estudio de impacto Acústico-Ruido y Vibraciones) de la DIA como el numeral 5.b) del anexo 1 de la Adenda de la misma. Además, ver la respuesta 3.3. de la Adenda de la DIA y las respuestas 3.1. y 3,2. de la Adenda Complementaria de la misma.

c) En consideración a lo señalado en los párrafos anteriores, no se implementarán medidas de control de emisiones de ruidos.

  1. Vibraciones:

a) Las actividades que generarán este tipo de emisiones corresponderán a detonaciones en superficie relacionadas con la habilitación de los portales de túneles. Por otra parte, los puntos receptores identificados (entendidos éstos como cualquier lugar donde resida o trabaje alguna persona) corresponderán tanto a receptores residenciales con viviendas de 1 y 2 pisos en poblados y viviendas? precarias de material ligero aisladas en los cerros como a actividades prodúetás. relacionadas a la minería.

b) De acuerdo al informe presentado por el titular denominado “Estudio de Impacto Acústico-Ruido y Vibraciones”, de acuerdo a las estimaciones de valor máximo de Nivel de Velocidad de Vibración en siete receptores identificados, no obstante que el nivel más alto se registraría en el receptor R2 (51 VdB), en éste tampoco se superará el valor máximo de Nivel de Velocidad de Vibración considerado para efectos de evaluación correspondiente a 94 VdB y, por lo tanto, se dará cumplimiento a la normativa de referencia internacional (Federal Transit Administration (FTA) -US-May 2006, Transit Noise and Vibration Impact Assesment). En definitiva, para la totalidad de los receptores se dará cumplimiento a la referida normativa durante la fase de construcción, considerando el criterio para daño estructural y de acuerdo con el tipo de construcciones identificadas en terreno.

Para mayor detalle ver el anexo E (Estudio de impacto Acústico-Ruido y Vibraciones) de la DIA y el numeral 5.b) del anexo 1 de la Adenda de la misma.

c) En consideración a lo señalado en los párrafos anteriores, no se implementarán medidas de control de generación de vibraciones.

  1. Efluentes líquidos: Para mayor detalle ver la respuesta 4.2. de la Adenda de la DIA.

a) Se generarán aguas servidas como resultado de la utilización de baños químicos en los frentes de trabajo, cuyo número y distanciamiento cumplirán con las exigencias establecidas en el D.S. N*594/2000 del MINSAL; la frecuencia de retiro de dichos residuos (o mantención de los baños) será de 1 vez por semana y estará a cargo de una empresa autorizada para la mantención, manejo y limpieza de los baños.

Sobre el particular, respecto del manejo de los residuos de los baños químicos, se implementará un sistema de registro en el que quedará documentada la siguiente información: Fecha; Patente del vehículo; Origen residuo; Cantidad de residuos; Tipo de residuo; y Lugar de disposición, a través del timbre de ingreso al mismo.

b) Se generarán aguas servidas como resultado del funcionamiento de los servicios higiénicos localizados en la instalación de apoyo N1, las cuales serán ingresadas a una planta de tratamiento (PTAS) de 10 m/día de capacidad de procesamiento, localizada en la instalación de apoyo N1l, cuyo efluente será utilizado para la humectación de 1.250 metros de caminos no pavimentados dentro del área del proyecto y su calidad tendrá como referencia la Norma Chilena N1.333 Of 78.

Al respecto, se realizará un monitoreo mensual de la calidad de las aguas servidas tratadas con el objetivo de cumplir con los parámetros establecidos en la referida normativa. Las muestras se tomarán en los estanques de almacenamiento de aguas servidas tratadas (localizados contiguos a la PTAS) para lo cual se extraerá una muestra puntual, en cada día de control, durante el período de descarga del efluente y los parámetros a analizar serán pH, temperatura y coliformes fecales; en el caso de la toma de muestras para coliformes fecales, éstas deberán efectuarse en las horas de máximo caudal diario.

c) La cantidad total de aguas servidas que se generará diariamente corresponderá a 5,52 m'/día, considerando un personal permanente de 69 personas/día, una dotación de agua de 100 litros/persona/día y un factor de recuperación de 0,8.

d) Los lodos generados en la PTAS serán manejados y retirados por una empresa autorizada (en camión limpia fosa hermético), la cual los transportará hasta un sitio de disposición final autorizado, de acuerdo a lo establecido en el D.S. N*4/2009 del MINSEGPRES; la frecuencia de retiro de estos lodos será de forma periódica una vez cada uno o dos años. Sin perjuicio que el transporte de dichos residuos no forma parte del presente proyecto en evaluación, el titular exigirá a la empresa contratista el cumplimiento de la normativa vigente sobre el particular. Además, se mantendrá en faena un registro de disposición final de este tipo de residuo.

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e) Como resultado del lavado de equipos y camiones en las instalaciones del taller de mantención y lavado durante la construcción de los túneles, se generarán volúmenes aproximados de 2,75 m'/mes de residuos industriales líquidos y 0,4 m'/mes de lodos.

Al respecto, las aguas de lavado (que contendrán sólidos en suspensión,

proveniente del lodo adherido al equipo durante las actividades realizadas en túneles, hidrocarburos y restos de aceites y grasas) escurrirán por el piso del taller hasta canaletas que las conducirán hacia un sistema de captación y tratamiento de dichas aguas el cual consistirá en un estanque separador de hidrocarburos que se |

¡ubicará adyacente a la losa de lavado; luego, las aguas separadas serán conducidas

a un estanque de acumulación para ser reutilizada en el proceso de lavado de equipos. Los lodos e hidrocarburos separados en el sistema serán retirados y manejados en tambores como residuos peligrosos, siendo dispuestos en el patio de almacenamiento temporal de tales residuos (localizado en el instalación de apoyo N?2) para finalmente ser retirados por una empresa autorizada y dispuestos en un lugar autorizado.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Para mayor detalle ver la respuesta 4.4. de la Adenda de la DIA.

Para mayor detalle ver el numeral 2.5.9. de la DIA.

  1. Residuos sólidos domésticos y asimilables:

a) Corresponderán a papeles, cartones, envases, plásticos, desperdicios y basuras, | entre otros; se generará una cantidad aproximada de 2.070 Kg/mes considerando | una tasa de generación diaria por persona de 1 Kg/hab/día y 30 días al mes de actividad.

b) En los sectores de generación (instalaciones y frentes de trabajos) serán dispuestos en bolsas de basuras dentro de contenedores de plástico de 100 litros de capacidad con tapa (de manera de impedir su dispersión y posible atracción de fauna hacía el área del proyecto) y, posteriormente, se retirarán las bolsas diariamente para ser dispuestas temporalmente en el contenedor tolva localizado en el sitio de almacenamiento transitorio de residuos domésticos habilitado en la instalación de apoyo N?1; desde este último sitio serán retirados, por una empresa contratista autorizada, con una frecuencia de una vez por semana para ser dispuestos finalmente en un lugar autorizado por la autoridad sanitaria.

  1. Residuos industriales sólidos no peligrosos:

a) Corresponderán a maderas, cartones, neumáticos, polietilenos, aceros y fierros, resto de cables, escombros, entre otros, y se generará una cantidad aproximada de 625 Kg/mes.

b) Desde los sectores de generación en las instalaciones del proyecto serán retirados y transportados diariamente hasta el sitio de almacenamiento transitorio de residuos industriales sólidos no peligrosos localizado en el área de la instalación de apoyo N?1; desde este sitio de almacenamiento serán retirados una vez cada tres meses por una empresa autorizada que los dispondrá en un sitio de disposición final autorizado para tales fines.

Sin perjuicio de lo anterior, aquellos residuos considerados reciclables, tales como botellas PET, papelería de oficina, aceros, restos metálicos y envases no contaminados, serán dispuestos en contenedores identificados para estos fines y, posteriormente, serán entregados a una empresa autorizada.

  1. Residuos peligrosos:

a) Se generará una cantidad aproximada de 12 toneladas/año y corresponderáiti . . . noq Aro q tanto a aceites y fluidos hidráulicos usados, generados producto de las actividades

lubricantes.

Al respecto, la tasa de generación estimada será de aproximadamente de 190 litros/mes de aceites y 217 Kg/mes del resto de los residuos peligrosos.

b) Serán almacenados transitoriamente en los sectores de generación en recipientes para luego ser dispuestos en el sitio de almacenamiento temporal de dichos residuos localizado en la instalación de apoyo N*2; los referidos recipientes corresponderán a bidones plásticos o tambores metálicos de origen (de 200 litros de capacidad) con espesor de 1mm, resistentes a la deformación y a filtraciones, con tapa hermética y debidamente identificados.

Por otra parte, antes de sobrepasar el 85% de la capacidad del referido sitio y en un plazo no mayor a seis meses, los residuos serán retirados y transportados desde la faena por una empresa contratista autorizada hasta sitios de disposición final autorizados por la Autoridad Sanitaria.

c) En caso de detectarse “rechazos” de residuos, entendiendo los mismos como aquellos residuos que han sido clasificados incorrectamente (por ejemplo, residuos peligrosos que ingresan a los sitios de almacenamiento de residuos domésticos o de | residuos industriales sólidos no peligrosos), la mezcla completa de residuos será manejada en su totalidad como un residuo peligroso. Por otra parte, antes de depositar o añadir cualquier tipo de residuo a un envase, se asegurará de que el envase sea el correcto y que esté debidamente etiquetado; además, se instruirá a todo el personal que trabaje en la faena, que está estrictamente prohibido mezclar los residuos peligrosos con residuos de otro tipo y, en caso de producirse la situación antes señalada, la mezcla completa se manejará como un residuo peligroso.

  1. Pinturas, aceites y grasas:

a) Estas sustancias serán almacenadas en la bodega de insumos cumpliendo con lo establecido en el artículo 42 del D.S. N*594/1999, Reglamento sobre las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas de los lugares de trabajo del MINSAL.

b) La bodega consistirá en dos conteiner y un patio con cimiento de hormigón, considerando una estructura sólida, incombustible, con muros y techos livianos con resistencia al fuego

c) El stock total de insumos será almacenado bajo los estándares de seguridad específicos para cada tipo de materiales, guardados en bolsas o recipientes sellados independientes o separados según clasificación, sobre pallet y/o plásticos.

Para mayor detalle ver las respuestas 2.15.d) de la Adenda de la DIA y la respuesta 3.3. de la Adenda Complementaria de la misma.

Ubicación y cantidad de

recursos naturales renovables a extraer o

explotar por el proyecto para satisfacer sus necesidades

No se requerirá extraer ni explotar recursos naturales renovables. l

Cuantificación y forma de manejo de los

productos No se generará ningún tipo de producto. generados, así como el

| transporte

18

considerado

para su entrega o despacho

Referencia al ICE para | - Numerarles 1.5. y 1.11. del capítulo 1.

mayores | - Numeral 4.2.6. del capítulo IV. detalles sobre | - Acápite IX.8. esta fase.

4.5. FASE DE OPERACIÓN

1, Funcionamiento de instalaciones de apoyo existentes: Se utilizarán ¡instalaciones existentes del proyecto “Prospección Minera Arqueros” correspondientes al patio para el almacenamiento de muestras (testigoteca) y a los ¡sitios de almacenamiento de residuos industriales no peligrosos y peligrosos ¡asociados a la operación de la testigoteca, ubicados a aproximadamnte 3 Km al sur del polígono del área del proyecto; dichas instalaciones no serán modificadas ni ampliadas en su capacidad y sólo serán utilizadas periódicamente por el equipo de geólogos durante el almacenamiento de muestras. Por otra parte, durante el periodo de tiempo de almacenamiento de muestras, los servicios higiénicos que se habilitarán en el referido patio corresponderán a baños químicos.

Para mayor detalle ver el numeral 2.6.1.a) de la DIA y el anexo F de la misma.

  1. Instalación de maquinarias y equipos de perforación: Previo a la instalación de la maquinaria de perforación, en cada plataforma superficial y subterránea se marcará el punto de trabajo en terreno señalando el rumbo del sondaje y su inclinación y, a continuación, se instalará una carpeta impermeable (polietileno o similar con espesor de 0,2 mm) sobre la superficie del área que ocupará la referida | maquinaría con el objetivo de contener eventuales derrames de combustible o| aceite durante la ejecución del sondaje. |

Para mayor detalle ver tanto el numeral 2.6.1.b) de la DIA como el anexo A y la. respuesta 2.23. de la Adenda de la misma. i

  1. Ejecución de sondajes de superficie:

Para mayores detalles ver tanto el numeral 2.6.1.c) de la DIA y los anexos C y G de la misma como el anexo A y las respuestas 2.12. y 2.24. de la Adenda de la DIA.

Partes, obras y | a) Se ejecutarán 160 sondajes tipo diamantina en 32 plataformas superficiales en un acciones. área aproximada de 1,28 hectáreas. La tecnología de aire reverso se utilizará sólo para la generación de un antepozo en cada uno de los sondajes tipo diamantino, es decir, los sondajes se iniciarán con la perforación de un antepozo mediante aire reverso para luego seguir con el sondaje de tipo diamantina hasta el fin del pozo; al respecto, el tramo de la perforación con diamantina corresponderá a los últimos 60 a 100 metros de cada pozo de sondaje y la profundidad de las perforaciones será entre 120 y 350 metros, estimando ejecutar un total aproximado de 20 sondajes al mes.

b) Durante el desarrollo del antepozo mediante el sistema de aire reverso, la muestra es impulsada con presión de aire a través del tubo interno del martillo (o porta tricono) y a la vez por el tubo interno de la barra de perforación llegará el “cutting” del sondaje a la superficie para ser transportado a los botaderos de marinas. Las cantidades de “cutting” que se depositarán en los botaderos serán de aproximadamente 705 toneladas y se utilizarán para la mantención del piso de los mismos.

c) Durante la perforación diamantina, a la columna de perforación se le aplica una

' carga, rotación e inyección de fluidos, correspondiente a aditivos de perforación; 0 biodegradables y agua de uso industrial, lo que permite el corte de la roca cla” - posterior recuperación del cilindro central o “testigo” (muestra geológic A agua inyectada. j

d) Los testigos se dispondrán en cajas y/o bandejas portatestigos (debidamente identificadas) que serán almacenadas en el área de testigoteca para luego ser trasladadas a laboratorios externos autorizados para su análisis y, finalmente, serán almacenadas en una muestrera.

e) El agua con aditivos inyectada y recuperada durante el proceso de perforación, la cual contendrá material sólido fino, será evacuada por medio de una cuneta (de aproximadamente 10 cm de profundidad) hacia la piscina de decantación de material particulado sedimentable desde donde la fracción de agua sin lodos será recirculada a través de mangueras hacia un estanque de alimentación (capacidad aproximada de 3 mí?) ubicado al costado del equipo de perforación desde donde se abastecerá a la perforadora. La fracción restante del agua recuperada junto con el detritus fino de roca producido por el corte de roca, permanecerán en la piscina de decantación formando un barro o lodo inocuo.

Al finalizar cada sondaje y para el cierre de la plataforma, una vez evaporada la fracción líquida de la piscina, la carpeta de polietileno (o similar) de esta será retirada dejando el lodo seco en la piscina que finalmente será cubierta con el mismo material removido en la excavación para su construcción; la carpeta será trasladada y dispuesta temporalmente en el sitio de almacenamiento transitorio de residuos industriales sólidos no peligrosos localizado en la instalación de apoyo N?1, para finalmente ser dispuesta en un sitio autorizado.

Sobre el particular, el consumo de agua diario máximo estimado por plataforma será de 22,5 m' y la generación de lodo corresponderá a un volumen 0,0012m' por cada metro perforado (volumen de pulpa incluye agua y sólido).

f) Los aditivos que serán mezclados con agua para su inyección durante la perforación diamantina corresponderán a selladores biodegradables no contaminantes que tendrán la función de mejorar la recuperación de los testigos, estabilizar las paredes del pozo de perforación, sellar zonas donde se pierde la circulación de fluido y sellar total o parcialmente el pozo.

Para mayor detalle acerca de las características físico-químicas de los aditivos, ver el anexo G de la DIA.

g) En la eventualidad de interceptar algún acuífero durante las perforaciones, se sellará dicha intercepción mediante un tapón de madera con lechada de cemento. Sin perjuicio de lo anterior, de acuerdo a la información disponible, cabe hacer presente que durante los últimos 3 años se han realizado sondajes de exploración en el área del proyecto y no se ha alumbrado agua en ninguno de ellos. Para mayor detalle acerca del procedimiento de sellado y del control de aguas en pozos surgentes, ver el anexo D de la Adenda de la DIA.

  1. Ejecución sondajes subterráneos:

a) Se ejecutarán 300 sondajes del tipo diamantina en 56 estocadas subterráneas, las cuales se distribuirán en cinco galerías de sondajes (equivalentes a 1.173 metros) de la rampa N] y en tres galerías de sondajes (equivalentes a 430 metros) de la rampa N2. En estos sondajes no se desarrollarán antepozos y la profundidad de las perforaciones será entre 120 y 350 metros, estimando ejecutar un total aproximado de 20 sondajes al mes.

b) Se implementará un sistema de recuperación de agua al interior de los túneles, especialmente en los frentes de trabajo donde se realicen las labores de perforación, el cual consistirá en lo siguiente:

  • Se instalarán bombas sumergibles auxiliares con una capacidad de bombeo estimada de 10 Vs (con una altura máxima de bombeo de 30 metros) que impulsarán las aguas de drenaje hasta estaciones de bombeo (ubicadas cada 50 metros de distancia en relación con la vertical).

  • Las referidas estaciones de bombeo (o de drenaje) consistirán en un estanque

20

metálico de aproximadamente 8 m' de capacidad cuya función será recibir el agua de drenaje de los túneles, separar los sólidos contenidos en dichas aguas y, mediante una bomba centrifuga (con capacidad de bombeo de 10 l/s a 60 metros de diferencia de nivel), enviar el agua a superficie a través de una línea de drenaje (tubería de HDPE de 90 mm de diámetro) hasta la correspondiente piscina de acumulación de agua industrial.

  • Desde las piscinas de acumulación de agua industrial, dichas aguas serán impulsadas a los correspondientes estanques de almacenamiento de agua para uso industrial y desde éstos las aguas serán recirculadas a los túneles para su reutilización en las tareas de perforación y apoyo al desarrollo de los mismos.

  • En caso de encontrar volúmenes importantes de aguas de drenaje en los sondajes (mayor a la capacidad de las bombas), estos serán sellados de acuerdo al correspondiente instructivo.

Para mayor detalle ver las respuesta 2.15.f) y 2.25.b) de la Adenda de la DIA.

c) Los testigos (muestras) se dispondrán en cajas y/o bandejas portatestigos : (debidamente identificadas) que serán almacenadas en el área de testigoteca para | luego ser trasladadas a laboratorios externos autorizados para su análisis y, finalmente, serán almacenadas en una muestrera.

d) En la eventualidad de interceptar algún acuífero durante las perforaciones, se sellará la intercepción mediante un tapón de madera con lechada de cemento o válvula mecánica. Para mayor detalle acerca del procedimiento de sellado y del control de aguas en pozos surgentes, ver el anexo D de la Adenda de la DIA.

e) El agua con aditivos inyectada y recuperada durante el proceso de perforación, la ¡ cual contendrá material sólido fino, será evacuada por medio de una cuneta (de aproximadamente 10 cm de profundidad) hacia una piscina de decantación; desde esta piscina, la fracción de agua sin lodos será recirculada a través de mangueras hacia un estanque de alimentación (de capacidad aproximada de 3 m'), ubicado al costado del equipo de perforación, desde donde se abastecerá a la perforadora. La fracción restante del agua recuperada junto con el detritus fino de roca, producido por el corte de roca, permanecerán en la piscina de decantación formando un barro o lodo inocuo.

La piscina de decantación consistirá en una cortina de material fino construida a un costado de las estocadas y estará cubierta con una carpeta impermeable de polietileno (o similar).

Al finalizar cada sondaje, una vez retirada la fracción líquida desde la piscina mediante bombeo, la carpeta de polietileno de esta será retirada dejando el lodo seco en la estocada; la carpeta será trasladada y dispuesta temporalmente en el sitio de almacenamiento transitorio de residuos industriales sólidos no peligrosos localizado en la instalación de apoyo N?1, para finalmente ser dispuesta por una empresa autorizada en un sitio autorizado.

Sobre el particular, el consumo de agua diario máximo estimado por plataforma será de 22,5 m” y la generación de lodo corresponderá a un volumen 0,0012m* por cada metro perforado (volumen de pulpa incluye agua y sólido).

Para mayor detalle ver la respuesta 2.25.a) de la Adenda de la DIA.

  1. Actividades de mantención y conservación: Sólo se realizarán mantenciones menores a los grupos generadores y no se realizarán actividades de mantención de equipos y maquinarias. Para mayor detalle ver el numeral 2.6.5.a) de la DIA.

Fecha a) La fecha estimada para el inicio de la fase de operación será tres meses posterior estimada e | al inicio de la fase de construcción. indicación de | “la parte, obra | b) El hito que marcará el inicio de esta fase corresponderá a la ejecución d

E

ST no E

de l

ES

o acción que

sondaje superficial y el hito que marcará el término de la fase de operación

establece el | corresponderá al retiro de las barras del último sondaje subterráneo programado. inicio y

término de la

fase

Cronograma

de las

principales Para mayor detalle ver la tabla 2-38 del numeral 2.6.3. de la DIA. partes, obras y

acciones

asociadas a

esta fase

Mano de obra

Corresponderá a 39 personas (como dotación de mano de obra máxima diaria).

Provisión suministros básicos

de

¡no pavimentados el agua será abastecida por una empresa contratista autorizada y

Sin perjuicio de los antecedentes que se presentan a continuación, para mayores detalles ver el numeral 2.6.5.b) de la DIA.

a) Aditivos de perforación:

a.1) Corresponderán a sustancias químicas inocuas (degradables y/o compatibles con el medio ambiente) de uso común en las labores de sondajes y que se utilizan para sello y sostén de las paredes del pozo de perforación, en particular cuando aparecen zonas con materiales porosos, fracturados o disgregables.

Para mayor detalle acerca de las características físico-químicas de los aditivos, ver el anexo G de la DIA.

a.2) Serán mantenidos en bolsas o recipientes sellados, sobre pallet y/o plásticos, almacenados en un contenedor instalado bajo techo en el área de bodega de insumos localizada en la instalación de apoyo N*1. |

a.3) En las plataformas de perforación se almacenarán temporalmente sobre pallet y/o plásticos, operativos sólo durante la ejecución del sondaje.

b) Agua para uso industrial:

b.1) El requerimiento de agua para uso industrial se concentrará principalmente en las faenas de perforación de sondajes tipo diamantina y dependerá de la profundidad o largo del tramo de las perforaciones, siendo el consumo promedio diario de aproximadamente 22,5 m'/día por sondaje.

El agua para estos fines será proveída por terceros autorizados de la localidad de Viñita u otro sector, quienes la transportarán en camiones aljibe hasta los estanques de agua industrial localizados en los portales N%1 y N*2 donde será almacenada por el titular y desde los cuales se abastecerá los requerimientos en plataformas y estocadas.

Sin perjuicio de lo anterior, parte del requerimiento de agua industrial para los sondajes será cubierto con el agua utilizada en las propias perforaciones diamantinas, recuperada y recirculada en las mismas plataformas y estocadas.

b.2) Se utilizará agua para uso industrial en la humectación de accesos y caminos

distribuida directamente en los referidos sectores mediante un camión aljibe a razón de 1 litro/m?, Al respecto, se estima un consumo de agua aproximado de 24 mi/día y la frecuencia de humectación será de 2 veces al día; en total se humectarán 12.000 m? correspondientes a 3 Km.

Para mayor detalle acerca de la ubicación de los accesos y caminos que serán humectados, ver la figura 2-17 de la respuesta 2.28. y el anexo A de la Adenda de la DIA

c) Agua potable: El agua para bebida de los trabajadores en las instalaciones de

22

apoyo, será abastecida mediante dispensadores de agua purificada y botellas no retornables, provistas por empresas y comercio autorizado por la SEREMI de Salud. Por otra parte, el abastecimiento de agua para bebida del personal en los frentes de trabajo se realizará mediante bidones sellados provistos por una empresa autorizada.

Para mayor detalle ver el numeral 4.3.6. del ICE. d) Combustible:

d.1) Se requerirá suministro de combustible (básicamente petróleo Diésel) para el funcionamiento de equipos, maquinarias y vehículos, el cual será proveído por un contratista mediante un camión cisterna y almacenado en el mismo estanque de 10 mí de capacidad implementado en la fase de construcción; en lo que respecta a su

compra, traslado, almacenamiento y distribución se cumplirá lo establecido en el :

D.S. N*160/2009 del Ministerio de Economía.

d.2) En el área del estanque se mantendrá disponible la correspondiente hoja de seguridad, donde se indicará el nombre comercial, fórmula química, compuesto activo, cantidad almacenada, características físico químicas, tipo de riesgo más probable ante una emergencia, croquis de ubicación dentro del recinto donde se señalen las vías de acceso y elementos existentes para prevenir y controlar las emergencias.

d.3) El suministro en faena se realizará mediante un camión cisterna, autorizado por la SEC, principalmente para abastecer maquinaria y equipos en terreno.

d.4) Para el suministro de combustible de los equipos generadores estos contarán con un estanque de abastecimiento incorporado de 1 m', el cual proporcionará una autonomía promedio de 10 horas de operación a una tasa estimada de consumo de combustible de 100 litros/hora.

d.5) Con el objetivo de desarrollar adecuadamente las actividades descritas en los párrafos precedentes, se implementará el “Instructivo de abastecimiento de combustible en terreno” y, en caso de ser necesario, el “Instructivo de derrame de combustible”, ambos descritos en el anexo C de la DIA.

d.6) El consumo total diario aproximado será de 1.200 m“/día.

Para mayor detalle ver la respuesta 3.4. de la Adenda de la DIA.

e) Energía eléctrica:

e.1) El consumo estará concentrado principalmente en las instalaciones y túneles. e.2) Para abastecer las instalaciones tales como oficina, sala de cambio, taller eléctrico, planta de tratamiento de aguas servidas, entre otras, se utilizará un grupo generador de 50 KVA que se localizará a un costado de las oficinas.

e.3) Las instalaciones subterráneas serán abastecidas mediante dos generadores en serie de 550 KVA cada uno y una subestación eléctrica, localizados a un costado del taller de mantención en la instalación de apoyo N*2. Desde la subestación

eléctrica se alimentará a ambos túneles con dos líneas de 4.160 volt.

e.4) Para la iluminación en las plataformas de sondaje se utilizarán trípodes de halógeno de 500 Watt.

f) Servicios higiénicos, alimentación y alojamiento:

f.1) Los servicios de alojamiento, alimentación y servicios higiénicos fuera des y) turnos de trabajo serán proveídos por instalaciones turísticas (hostales y Hótel ubicadas en la localidad de Marquesa :

f.2) Para la alimentación en faena, durante los turnos de trabajo, se habilitará un comedor donde los trabajadores podrán consumir alimentos preparados que serán proveídos diariamente desde la localidad de Marquesa; además, en el área del proyecto se implementarán instalaciones sanitarias en las instalaciones de apoyo. Por otra parte, se habilitarán baños químicos en los frentes de trabajo, cuya limpieza y mantención estará a cargo de una empresa autorizada.

g) Transporte: La actividades de transporte que serán de responsabilidad del titular y formarán parte del presente proyecto de la evaluación, corresponderán sólo a

aquellas que se realizarán en los caminos interiores del área del proyecto.

Para mayor detalle ver los numerarles 1.5. y 1.11. del presente ICE.

Emisiones y formas de abatimiento y control

Para mayor detalle ver el numeral 2.6.8. de la DIA. 1. Material particulado y gases de combustión:

a) Las actividades que generarán este tipo de emisiones corresponderán a los movimientos de tierra, la operación de maquinaria y el transporte de materiales, insumos y personal.

b) De acuerdo al informe presentado por el titular denominado “Inventario de Emisiones y Modelación de Dispersión de Contaminantes”, las cantidades totales de emisiones atmosféricas durante la fase de operación serán las siguientes: 63,41 toneladas de MP10; 11,83 toneladas de MP2,5; 197,17 toneladas de MPS (ó MP- 30); 17,45 toneladas de CO; 81,82 toneladas de NOx; 3,01 toneladas de HC; y 3,31 toneladas de SOx.

Para mayor detalle ver el numeral 2.3. del anexo C (Inventario de Emisiones y Modelación de Dispersión de Contaminantes) de la Adenda de la DIA y el numeral 5.a) del anexo 1 de la referida Adenda.

c) Las principales medidas de control serán las siguientes: c.1) Humectación de áreas de trabajo.

c.2) Utilización de maquinaria y vehículos en buen estado, es decir, con mantenciones y revisiones técnicas al día.

c.3) Humectación de caminos interiores de tierra con una frecuencia de 2 veces al día. Al respecto, se utilizará una cantidad aproximada de 10.000 litros/día (10 m'/día) de aguas servidas tratadas para humectar 1.250 metros de caminos (humectando en total 5.000 m?) y 24.000 litros/día (24 m'/día) de agua industrial para humectar 3.000 metros de caminos (humectando en total 12.000 m).

Para mayor detalle acerca de los accesos y caminos que serán humectados con aguas servidas tratadas y con agua industrial, ver las respuestas 2.28. y 2.29. de la Adenda de la DIA y el anexo A de la referida Adenda. Para mayor detalle acerca del plan de humectación de caminos, ver el anexo E de la Adenda de la DIA.

  1. Ruido:

a) Las actividades más relevantes que generarán este tipo de emisiones corresponderán a la ejecución de sondajes en plataformas superficiales, respecto de lo cual, potencialmente, existirán escenarios donde se sobrepondrá el funcionamiento de 3 máquinas perforadoras a la vez durante las 24 horas del día.

Por otra parte, los puntos receptores identificados (entendidos éstos como cualquier lugar donde resida o trabaje alguna persona) corresponderán tanto a receptores residenciales con viviendas de 1 y 2 pisos en poblados y viviendas precarias de material ligero aisladas en los cerros como a actividades productivas relacionadas a la minería.

b) De acuerdo al informe presentado por el titular denominado “Estudio de Impacto

24

Acústico-Ruido y Vibraciones”, el único receptor donde se esperan niveles | significativos de ruido corresponderá a las instalaciones de Minera TUGAL (receptor R2) el cual actualmente ya recibe niveles de inmisión de ruido asociados a su propia actividad los cuales tendrán el efectos de enmascarar el ruido generado por el presente proyecto en evaluación.

Sin perjuicio de lo anterior, de acuerdo a la modelación de niveles de inmisión en

siete receptores identificados, no obstante que los niveles generados sólo serían

audibles en las cercanías del receptor R2, el nivel modelado [49 dB(A)] en éste

tampoco superará en más de 10 dB el nivel basal medido (representativo del ruido

de fondo en dicho punto) y, por lo tanto, se dará cumplimiento al D.S. N*38/2011

del Ministerio de Medio Ambiente. En definitiva, para la totalidad de los receptores se dará cumplimiento a la referida normativa durante la fase de operación.

¡Para mayor detalle ver tanto el numeral 2.6.8.d) y el anexo E (Estudio de impacto Acústico-Ruido y Vibraciones) de la DIA como el numeral 5.b) del anexo 1 de la Adenda de la misma.

Además, ver la respuesta 3.3. de la Adenda de la DIA y las respuestas 3.1. y 3.2. de ¡la Adenda Complementaria de la misma.

c) En consideración a lo señalado en los párrafos anteriores, no se implementarán medidas de control de emisiones de ruidos.

  1. Vibraciones:

a) Las actividades que generarán este tipo de emisiones corresponderán a tronaduras y los puntos receptores identificados (entendidos éstos como cualquier lugar donde resida o trabaje alguna persona) corresponderán tanto a receptores residenciales con viviendas de 1 y 2 pisos en poblados y viviendas precarias de material ligero aisladas en los cerros como a actividades productivas relacionadas a la minería.

b) De acuerdo al informe presentado por el titular denominado “Estudio de Impacto Acústico-Ruido y Vibraciones”, de acuerdo a las estimaciones de valor máximo de Nivel de Velocidad de Vibración en siete receptores identificados, no obstante que el nivel más alto se registraría en el receptor R2 (44 VdB), en éste tampoco se superará el valor máximo de Nivel de Velocidad de Vibración considerado para efectos de evaluación correspondiente a 94 WdB y, por lo tanto, se dará | cumplimiento a la normativa de referencia internacional (Federal Transit Administration (FTA) -US-May 2006, Transit Noise and Vibration Impact Assesment). En definitiva, para la totalidad de los receptores se dará cumplimiento a la referida normativa durante la fase de operación, considerando el criterio para daño estructural y de acuerdo con el tipo de construcciones identificadas en terreno.

Para mayor detalle ver el anexo E (Estudio de impacto Acústico-Ruido y Vibraciones) de la DIA y el numeral 5.b) del anexo I de la Adenda de la misma.

c) En consideración a lo señalado en los párrafos anteriores, no se implementarán medidas de control de generación de vibraciones.

  1. Efluentes líquidos:

a) Se generarán 3,12 m'/día de aguas servidas (considerando un personal permanente de 39 personas/día, una dotación de agua de 100 litros/persona/día y un factor de recuperación de 0,8) como resultado del funcionamiento de los servicios higiénicos localizados en la instalación de apoyo N1, las cuales serán ingresadas a la PTAS de 10 m/día de capacidad, localizada en la instalación de apoyo N*1 cuyo efluente será utilizado para la humectación de 1.250 metros de caminos. pavimentados dentro del área del proyecto y su calidad tendrá como referopciódá a

Norma Chilena N*1.333 Of 78.

5.6. ALTERACIÓN ARQUEOLÓGICO,

PATRIMONIO CULT

DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, HISTORICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL URAL

específico

De acuerdo a lo ant

al patrimonio cultural.

monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes

erior, se concluye que el proyecto no genera o presenta alteración de

6.

Que resultan aplicables al proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. Artículo 136: Per

miso para establecer un botadero de estériles o acumulación de mineral.

Fases de aplicación

Construcción, Operación y Cierre.

Parte, obra o acción a que aplica

a) Permiso aplicable al proyecto ya que se habilitarán dos botaderos de marinas (estériles). El botadero N%1 ocupará un área de 2,1 hectáreas, tendrá una capacidad máxima de 171.000 m? y su altura máxima de operación será de 26 metros dispuestos en un nivel. El botadero N2 ocupará un área de 1,6 hectáreas, tendrá una capacidad máxima de 108.000m y su altura máxima de operación será de 33 metros dispuestos en un nivel.

Para mayor detalle ver el numeral 2 del anexo M de la DIA y la respuesta 4.1. de la Adenda de la misma.

b) Indicadores de cumplimiento: Descarga máxima de estériles en botadero según RCA; Altura máxima de estériles depositados en botaderos; y Deposito de estériles al interior de polígono autorizado.

c) Verificadores de cumplimiento: Registro mensual de la carga (m') de estériles depositada en cada botadero; Registro fotográfico semestral de la altura de cada botadero y tabla de cálculo de altura por paralaje; y Registro mensual topográfico perimetral del botadero.

Pronunciamiento del órgano competente

El Servicio Nacional de Geología y Minería de la Región de Coquimbo, mediante Ordinario N*3823/2015 de fecha 09 de noviembre de 2015, se pronunció conforme respecto de los requisitos para el otorgamiento del Permiso Ambiental Sectorial del artículo 136 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

6.2. Artículo 137: Per

miso para la aprobación del plan de cierre de una faena minera.

Fases de aplicación

Cierre.

Parte, obra o acción a que aplica

a) Permiso aplicable al proyecto ya que este corresponde a un conjunto de instalaciones y lugares de trabajo de la industria extractiva minera, el cual estará sujeto a presentar un Plan de Cierre Simplificado, en particular, respecto de cada una de las plataformas de sondajes, botaderos y túneles que forman parte el proyecto.

Para mayor detalle ver el numeral 3. del anexo M de la DIA.

b) Indicador de cumplimiento: Ejecución del programa de actividades de cierre del proyecto.

c) Verificador de cumplimiento: Registro fotográfico de cumplimiento de ejecución de cada actividad descrita en el programa de cierre, conforme al cronograma comprometido.

Pronunciamiento del órgano competente

El Servicio Nacional de Geología y Minería de la Región de Coquimbo, mediante Ordinario N*3823/2015 de fecha 09 de noviembre de 2015, se pronunció conforme respecto de los requisitos para el otorgamiento del Permiso Ambiental Sectorial del artículo 137 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

48

6.3. Artículo 138: Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final

de desagiies, aguas servidas de cualquier naturaleza.

Fases de aplicación

Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a que aplica

a) Permiso aplicable al proyecto ya que para las fases de construcción y operación se implementará en la instalación de apoyo N*1 una planta de tratamiento de aguas servidas, tipo lodo activado, la cual estará diseñada para tratar un caudal máximo de 10 m'/día.

Para mayor detalle ver el numeral 4 del anexo M de la DIA y la respuesta 4.2. de la Adenda de la misma.

b) Indicadores de cumplimiento: Calidad del efluente de la PTAS cumpliendo la NCh N*1.333; y Retiro de exceso de lodos de la PTAS conforme a lo comprometido en presente RCA.

c) Verificadores de cumplimiento: Informe de resultados de monitoreo semestral del efluente de la PTAS, elaborado en base a certificados de laboratorio acreditado; y Registro de guías de disposición final de exceso de lodo en relleno sanitario autorizado.

Pronunciamiento del órgano competente

La Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Coquimbo, mediante Ordinario N%42 de fecha 16 de octubre de 2015, se pronunció conforme respecto de los requisitos para el otorgamiento del Permiso Ambiental Sectorial del artículo 138 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

6.4. Artículo 140: Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase, o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase.

Fases de aplicación

' Construcción, Operación y Cierre.

Parte, obra o acción a que aplica

]

a) Permiso aplicable al proyecto ya que se implementará en la instalación de apoyo N*1 un sitio de almacenamiento temporal (transitorio) de residuos industriales sólidos no peligrosos y un sitio de almacenamiento temporal (transitorio) de residuos domésticos, los cuales contarán con la capacidad de almacenar y manejar los correspondientes residuos durante todas las fases del proyecto.

Para mayor detalle ver tanto los anexos F y G de la Adenda de la DIA como la respuesta 4.4. de la Adenda de la DIA y la respuesta 4.2. y el anexo A de la Adenda Complementaria de la misma.

: b) Indicador de cumplimiento: Retiro y disposición de residuos domésticos y ¡residuos industriales sólidos no peligrosos conforme a lo comprometido en

la correspondiente RCA del presente proyecto en evaluación.

c) Verificador de cumplimiento: Registro de guías de retiro desde los sitios de almacenamiento transitorio y disposición final en recintos autorizados de residuos domésticos y residuos industriales sólidos no peligrosos.

Pronunciamiento del órgano competente

La Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Coquimbo, mediante Ordinario N*%01 de fecha 05 de enero de 2016, se pronunció conforme respecto de los requisitos para el otorgamiento del Permiso Ambiental Sectorial del artículo 140 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

6.5. Artículo 142: Per

miso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos.

Fases de aplicación

Construcción, Operación y Cierre.

Parte, obra o acción a que aplica

a) Permiso aplicable al proyecto ya que se implementará en la instalación de: apoyo N%2 un sitio de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos; cual contará con la capacidad de almacenar y manejar este tipo de fesidios durante todas las fases del proyecto.

Para mayor detalle ver el numeral 7 del anexo M de la DIA y el anexo G de la Adenda de la misma.

b) Indicador de cumplimiento: Programa de seguimiento de retiro semestral de residuos peligrosos por empresa autorizada y disposición final en recinto autorizado.

c) Verificador de cumplimiento: Registro de guías de retiro semestral de residuos peligrosos desde el sitio de almacenamiento transitorio a disposición final en recinto autorizado.

Pronunciamiento del órgano competente

La Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Coquimbo, mediante Ordinario N*33 de fecha 31 de julio de 2015, se pronunció conforme respecto de los requisitos para el otorgamiento del Permiso Ambiental Sectorial del artículo 142 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

6.6. Artículo 151: Per

miso para la corta, destrucción o descepado de formaciones xerofíticas.

Fases de aplicación

Construcción.

Parte, obra o acción a que aplica

a) Permiso aplicable al proyecto ya que se intervendrán áreas con presencia de formaciones xerofíticas para la ejecución de las obras y acciones del mismo.

| Para mayor detalle ver el anexo H de la Adenda de la DIA y la respuesta 4.6. de la referida Adenda.

'b) Indicador de cumplimiento: “Plan de Trabajo Formaciones Xerofíticas” ejecutado conforme a lo dispuesto en la correspondiente resolución de CONAF.

c) Verificador de cumplimiento: Informe anual y registro fotográfico de la ' actividad de corta, según lo autorizado en la correspondiente resolución que aprueba el “Plan de Trabajo Formaciones Xerofíticas”.

Pronunciamiento del órgano competente

La Corporación Nacional Forestal de la Región de Coquimbo, mediante

¡Ordinario N*11/2016 de fecha 02 de febrero de 2016, se pronunció : conforme respecto de los requisitos para el otorgamiento del Permiso

Ambiental Sectorial del artículo 151 del Reglamento del Sistema de

' Evaluación de Impacto Ambiental.

6.7. Artículo 156: Per

miso para efectuar modificaciones de cauce.

Fases de aplicación

Construcción, Operación y Cierre.

Parte, obra o acción a que aplica

a) Permiso aplicable al proyecto ya que se habilitarán dos botaderos de marinas (estériles) en cuyas áreas de emplazamiento se realizarán modificaciones de cauce de las quebradas existentes en dichas áreas.

Para mayor detalle ver el numeral 9 del anexo M de la DIA y la respuesta 4.7. de la Adenda de la misma.

b) Indicadores de cumplimiento: Calidad de las aguas fluviales cumpliendo la correspondiente normativa o registro fotográfico de cauce seco durante la fase de construcción; y canales de contorno implementados conforme al diseño aprobado.

c) Verificadores de cumplimiento: Informes de resultados de monitoreo de la calidad de las aguas durante la fase de construcción o registro de fotos fechadas de cauce seco; Informe semestral con registro fotográfico que acredite la construcción de canales de contorno en forma y plazo comprometidos; e Informe anual que acredite la mantención de los canales de contorno.

Pronunciamiento del órgano competente

La Dirección General de Aguas de la Región de Coquimbo, mediante Ordinario N*686 de fecha 16 de noviembre de 2015, se pronunció conforme respecto de los requisitos para el otorgamiento del Permiso Ambiental Sectorial del artículo 156 del Reglamento del Sistema de Evaluación de

50

' Impacto Ambiental. Ñ

6.8. Artículo 160: Permiso construcciones fuera de los límites urbanos.

' Fases de aplicación

Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a que aplica

a) Permiso aplicable al proyecto ya que se habilitarán instalaciones, tales como oficinas, casa de cambio, bodegas, entre otras, fuera de los límites urbanos.

Para mayor detalle ver el numeral 10 del anexo M de la DIA.

b) Indicador de cumplimiento: Emplazamiento de las obras coincidente con el plano de emplazamiento de construcciones.

c) Verificador de cumplimiento: Registro fotográfico del emplazamiento de las obras coincidente con el plano de emplazamiento de construcciones.

Pronunciamiento del órgano competente

La Secretaría Regional Ministerial de Agricultura de la Región de Coquimbo, mediante Ordinario N*308 de fecha 29 de julio de 2015, se pronunció conforme respecto de los requisitos para el otorgamiento del Permiso Ambiental Sectorial del artículo 160 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

  1. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto es la siguiente:

7.1. EMISIONES A LA ATMÓSFERA.

Norma

  • Decreto Supremo N*55/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Norma de Emisión de Contaminantes Aplicable a Vehículos Motorizados Pesados.

  • Decreto Supremo N*138/2005 del Ministerio de Salud. Establece | Obligación de Declarar Emisiones que Indica.

Fases de aplicación

' Construcción, Operación y Cierre.

Forma de cumplimiento

.- Los vehículos motorizados pesados utilizados por el proyecto no '=sobrepasarán los límites máximos de concentraciones de emisiones ¡establecidos en el inciso primero del artículo 2? del D.S. N*55/1994.

  • Se realizará la declaración de las emisiones de todos los equipos a utilizar en el proyecto que con potencia superior a los 20 KVA a través del formulario electrónico disponible en el Sistema de Ventanilla Unica RETC,

Para mayores detalles ver el numeral 4.2.1. de la DIA y los numerales 4.2.8.1., 4.3.9.1., 4.4.4.1. y 5.1.1. del ICE.

Indicadores y verificadores de cumplimiento

a) Indicadores de cumplimiento:

  • Revisión técnica vigente para todos los vehículos utilizados por el Proyecto con un peso bruto vehicular igual o superior a 3.860 kg.

  • Declaración de las emisiones de los grupos electrógenos realizada. b) Verificadores de cumplimiento:

  • Registro al día de las revisiones técnicas de vehículos pesados utilizados por el proyecto, accesibles para consulta en oficina de la faena

  • Registro histórico de revisiones técnicas vigentes para todos los vehículos pesados utilizados por el proyecto, accesibles para consulta en oficina de la faena.

  • Copia del contrato con empresa de vehículos a utilizar por el proyecto

  • Registro histórico de la declaración de emisiones RETC al día.

  • Copia declaración emisiones RETC al día.

Referencia al ICE para mayores detalles

  • Numerales 4.2.8.1., 4.3.9.1. y 4.4.4.1. del capítulo IV.
  • Numeral 5.1.1. del capítulo V.

7.2. RESIDUOS LÍQUIDOS.

Norma

  • Decreto Supremo N*594/1999 del Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los

' Lugares de Trabajo. ' - Decreto con Fuerza de Ley N*725/1967 del Ministerio de Salud. Código : Sanitario.

Fases de aplicación

Construcción, Operación y Cierre.

Forma de cumplimiento

Durante la ejecución del proyecto se implementarán, entre otras, las siguientes medidas:

  • Se utilizarán baños químicos en las plataformas, sólo durante el período de tiempo que se desarrollen sondajes en cada una de ellas, cuya mantención, manejo y limpieza se realizará 1 vez por semana a cargo de una empresa autorizada.

  • Las aguas servidas generadas durante la fase de operación en los servicios higiénicos ubicados en la instalación de apoyo N?l, serán tratadas en una planta de tratamiento cuyo efluente será utilizado para la humectación de caminos no pavimentados al interior del área del proyecto.

  • Los efluentes industriales líquidos generados por el lavado de equipos y camiones en las instalaciones del taller de mantención y lavado, durante la fase de construcción de túneles, será reutilizado en las mismas operaciones.

Para mayores detalles ver el numeral 4.2.4. de la DIA y los numerales 4.2.8.4., 4,3,9.4., 4.4.4.3. y 5.1.3. del ICE.

Indicadores y verificadores de cumplimiento

a) Indicadores de cumplimiento:

'- Autorización sanitaria para la planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS).

  • Mantención, limpieza y retiro de efluentes líquidos de los baños químicos.

b) Verificadores de cumplimiento:

' - Registro al día de mantención, limpieza y retiro de efluentes líquidos de los : ' baños químicos.

  • Copia de la correspondiente resolución sanitaria de la PTAS.

  • Registro histórico de mantención, limpieza y retiro de efluentes líquidos de los baños químicos.

  • Copia del contrato con la empresa que mantendrá, limpiará y retirará los efluentes líquidos de baños químicos para su disposición final.

Referencia al ICE

| para mayores detalles

  • Numerales 4.2.8.4., 4.3.9.4. y 4.4.4.3. del capítulo IV.
  • Numeral 5.1.3. del capítulo V.

7.3. RESIDUOS SÓLIDOS.

Norma

  • Decreto con Fuerza de Ley N*725/1967 del Ministerio de Salud. Código Sanitario.

  • Decreto Supremo N*594/1999 del Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

Fases de aplicación

Construcción, Operación y Cierre.

52

Forma de Cumplimiento

Indicadores y verificadores de cumplimiento

  • Los residuos domésticos en los sectores de generación (instalaciones y

“temporalmente en el contenedor tolva localizado en el sitio de. ¡almacenamiento transitorio de residuos domésticos habilitado en la. ¡instalación de apoyo N*1; desde este último sitio serán retirados, por una

¡- Los residuos industriales sólidos no peligrosos generados en las

1

' - Registro al día de guías de transporte a sitio de disposición final autorizado. | ' - Autorización sanitaria vigente.

' - Copia del contrato con empresa que retirará y transportará los residuos a su | disposición final.

frentes de trabajos) serán dispuestos en bolsas de basuras dentro de contenedores de plástico de 100 litros de capacidad con tapa (de manera de impedir su dispersión y posible atracción de fauna hacía el área del proyecto) y, posteriormente, se retirarán las bolsas diariamente para ser dispuestas |

empresa contratista autorizada, con una frecuencia de una vez por semana para ser dispuestos finalmente en un lugar autorizado por la autoridad sanitaria.

instalaciones del proyecto serán transportados diariamente hasta el sitio de almacenamiento transitorio de residuos industriales no peligrosos localizado en la instalación de apoyo N*1, desde donde serán retirados cada tres meses (fases de construcción y operación) o una vez al mes (fase de cierre) por una | empresa autorizada para ser dispuestos finalmente en un sitio de disposición | final autorizado. Los residuos de este tipo considerados como reciclables (botellas PET, papelería de oficina, aceros, restos metálicos y envases no | contaminados, entre otros) serán dispuestos en contenedores identificados

para estos fines, para luego ser entregados a una empresa autorizada para | dicha actividad. i

Para mayores detalles ver el numeral 4.2.2, de la DIA y los numerales | 4.2.9.1., 4.2.9.2, 43.10.1., 4,3.10.2., 4.3.10.4., 4.4.5.1., 4.4.5.2. y 5.1.4. del |

a) Indicadores de cumplimiento: - Autorización sanitaria otorgada tanto para el sitio de almacenamiento de | residuos doméstico como para el sitio de almacenamiento de residuos | industriales sólidos no peligrosos. I

  • Transporte autorizado de residuos a sitios de disposición final.

b) Verificadores de cumplimiento:

Referencia al ICE para mayores detalles

'- Numerales 4.2.9.1., 4.2.9,2., 4.3.10.1., 4.3.10.2., 4.3.10.4., 4.4.5.1. y | 4.4.5.2, del capítulo IV. I

  • Numeral 5.1.4. del capítulo V.

ml

7.4, RUIDO.

Norma

  • Decreto Supremo N*38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente.

Establece Norma de Emisión de Ruidos generados por fuentes que indica. |

Fases de aplicación

Construcción, Operación y Cierre.

: Forma de Cumplimiento

  • En ninguna de las fases del proyecto se superará los límites máximos establecidos para la zona en donde se emplazan los receptores cercanos.

Para mayor detalle ver los numerales 4.2.8.2., 4.3.9.2., 4.4.4.2. y 5.1.2, del ICE.

I Indicadores y | verificadores de : cumplimiento

a) Indicadores de cumplimiento:

  • Cumplimiento de los niveles de presión sonora corregidos (NPG) obtengan de la emisión de una fuente emisora de ruido, medidos étref 1 donde se encuentre el receptor.

b) Verificadores de cumplimiento:

  • Estimación y modelo que acredita el cumplimiento de la normativa, en el marco de la DIA en evaluación.

  • Copia de RCA que aprueba el Proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles

  • Numerales 4.2.8,2., 4.3.9.2., 4.4.4.2. del capítulo IV.
  • Numeral 5.1.2. del capítulo V.

7.5. RESIDUOS PELIGROSOS.

Norma

'- Decreto Supremo N*148/2003 del Ministerio de Salud. Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.

Fases de aplicación

Construcción, Operación y Cierre.

Forma de Cumplimiento

  • Estos residuos serán almacenados transitoriamente en el sitio de almacenamiento temporal de residuos peligrosos que se habilitará en la instalación de apoyo N?2; los residuos se dispondrán en bidones plásticos o en tambores metálicos de origen, de 200 litros de capacidad, resistentes a la deformación y a filtraciones, con tapa hermética y debidamente identificados.

  • Antes de sobrepasar el 85% de capacidad del sitio de almacenamiento temporal y en un plazo no mayor a seis meses, los residuos serán retirados desde faena y transportados por una empresa contratista autorizada hasta sitios de disposición final autorizados.

  • En la eventualidad que se generen residuos peligrosos en las plataformas de sondajes, éstos serán transportados al sitio de almacenamiento temporal de residuos peligrosos de la instalación de apoyo N“2, desde donde serán retirados y transportados por una empresa autorizada hasta sitios de disposición final autorizados.

' Para mayores detalles ver el numeral 4.2.3. de la DIA y los numerales

4.2.9.3.,4,3.10.3., 4.4.5.3. y 5.1.5. del ICE.

Indicadores y verificadores de cumplimiento

a) Indicadores de cumplimiento:

¡ - Autorización sanitaria otorgada para el sitio de almacenamiento de residuos peligrosos.

| - Transporte autorizado de residuos a sitio de disposición final.

  • Registro en RETC.

b) Verificadores de cumplimiento:

  • Registro en el RETC al día.

  • Autorización sanitaria vigente.

  • Registro histórico en el RETC.

  • Copia del contrato con la empresa que retirará y transportará los residuos a disposición final.

Referencia al ICE para mayores detalles

  • Numerales 4.2.9.3., 4.3.10,3. y 4.4.5.3. del capítulo IV. ¡ - Numeral 5.1.5. del capítulo V.

7.6. CONTAMINACIÓN LUMÍNICA.

Norma

Decreto Supremo N43/2012 del Ministerio de Medio Ambiente, que Establece Norma de Emisión para la Regulación de la Contaminación Lumínica, Elaborada a partir de la Revisión del Decreto N686, de 1998, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

Fases de aplicación

Operación.

54

Forma de Cumplimiento

Para la ejecución de sondajes en plataformas superficiales durante periodos nocturnos se utilizarán luminarias que tendrán las siguientes características: evitarán el encandilamiento (menos brillantes); contarán con una fuente de luz monocromática que no distorsione la visión; y cumplirán con las necesidades de iluminación mínima requerida para instalaciones y para la

' seguridad de la operación y de las personas.

Indicadores y verificadores de cumplimiento

a) Indicadores de cumplimiento:

Instalación de luminarias que cumplirán la referida normativa.

| b) Verificadores de cumplimiento:

| - Registro fotográfico de la instalación de dichas luminarias; el cual se

' encontrará disponible en faena ante cualquier fiscalización.

  • Documento de aprobación de la SEC de la declaración de la instalación eléctrica, incluyendo el formulario TE1.

  • Certificados de control luminométricos correspondientes a todas las luminarias instaladas en el proyecto.

  • Declaración simple del instalador autorizado a cargo de la ejecución de las | instalaciones. |

Norma

' Nacionales.

¡ - Decreto Supremo N484/1990 del Ministerio de Educación. Reglamento de ¡la Ley N17.288, sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas,

' Antropológicas y Paleontológicas.

Fases de aplicación

' Construcción, Operación y Cierre.

Forma de Cumplimiento

En caso de producirse algún hallazgo de ruinas o cualquier tipo restos arqueológicos durante la ejecución de obras o actividades en cualquiera de las fases del proyecto, se paralizarán inmediatamente las obras y se dará aviso a Carabineros, al Consejo de Monumentos Nacionales y al Superintendencia del Medio Ambiente.

Sin perjuicio de lo anterior, con el objetivo de evitar la intervención de hallazgos, se implementarán las siguientes medidas:

  • Instalación de cercos altamente visibles y señalética que indique su carácter de recurso protegido por la legislación vigente y la prohibición de acceso a ellos: la instalación de señalética y cercos será supervisada por un arqueólogo profesional y se realizará antes del inicio de la fase de construcción del proyecto.

  • Realización de charlas de inducción arqueológica a las empresas y personal destinados para la fase de construcción respecto de la ubicación y características de los sitios arqueológicos así como de su carácter protegido por la legislación vigente.

  • Ante cualquier eventual hallazgo (de aquellos especificados en la Ley de Monumentos Nacionales) no detectado con anterioridad a la ejecución de las obras y actividades del proyecto, se detendrán las obras y se dará aviso a las autoridades pertinentes con el objetivo de proceder según establezca el Consejo de Monumentos Nacionales.

Para mayor detalle ver el numeral 5.6. del ICE.

Indicadores y verificadores de cumplimiento

a) Indicadores de cumplimiento:

  • Aviso efectivo a Carabineros, Consejo de Monumentos Nacional

Superintendencia del Medio Ambiente en caso de producirse algún hallazgo de ruinas o cualquier resto arqueológico.

b) Verificadores de cumplimiento:

Informe y registro fotográfico como constancia del hallazgo y su correcto

: manejo (reporte periódico y final).

  • Informe y registro fotográfico de la actividad instalación de cercos de hallazgos identificados, enviados a la Superintendencia de Medio Ambiente y al Consejo de Monumentos Nacionales.

  • Inspección mensual del estado de los cercos e informe trimestral del estado enviado a la Superintendencia de Medio Ambiente y al Consejo de Monumentos Nacionales.

Referencia al ICE

para mayores detalles *

  • Numeral 5.6. del capítulo V.

7.8. ALMACENAMIENTO DE SUSTANCIAS.

Norma

  • Decreto Supremo N*594/1999 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas de los lugares de trabajo.

Fases de aplicación

Construcción y Operación.

Forma de Cumplimiento

¡en bolsas o recipientes sellados, almacenados en forma ordenada, independientes o separados según

  • Las pinturas, grasas y aceites se almacenarán en la bodega de insumos conformada por dos conteiner y un patio con cimiento de hormigón,

¡considerando una estructura sólida, incombustible, con muros y techos

livianos con resistencia al fuego.

  • El stock total de los insumos antes mencionados será almacenado bajo los estándares de seguridad específicos para cada tipo de materiales, guardados sobre pallet y/o plásticos; serán

clasificación. Se almacenarán de forma en que su calidad no resulte afectada por influencias físicas o químicas. Los envases serán etiquetados de manera correcta y con la identificación del contenido, identificando la naturaleza del

riesgo y orientación sobre manipulación y almacenaje, manteniendo ¡ permanentemente en la bodega las hojas de seguridad de cada una de las

sustancias almacenadas.

  • La bodega contará con acceso limitado al personal autorizado y los conteiner contarán con llave evitando así el ingreso de cualquier persona.

Indicadores y verificadores de cumplimiento

a) Indicadores de cumplimiento: - Almacenamiento adecuado y seguro de las referidas sustancias.

  • Bodega de insumos autorizada por la autoridad competente para el almacenamiento de las referidas sustancias.

b) Verificadores de cumplimiento:

| - Copia de autorización de la bodega por parte de la autoridad competente.

7.9, COMBUSTIBLES.

Norma

  • Decreto Supremo N*160/2009 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Establece Reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos. :
  • Decreto Supremo N*594/1999 del Ministerio de Salud. Aprueba: Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los |

' Lugares de Trabajo.

Fases de aplicación

' Construcción y Operación.

56

O

Forma de Cumplimiento

'- El abastecimiento de combustible será proporcionado en faena por un

' personal a cargo de la máquina será instruido mediante cartilla de : procedimiento de carga y descarga de combustible.

| - Se mantendrá disponible en el área del estanque de combustible, la hoja de ' seguridad de la sustancia a almacenar, donde se indique nombre comercial, ' fórmula química, compuesto activo, cantidad almacenada, características | físico químicas, tipo de riesgo más probable ante una emergencia, croquis de ubicación dentro del recinto donde se señalen las vías de acceso y elementos | existentes para prevenir y controlar las emergencias.

contratista autorizado mediante un camión cisterna de 10.000 litros de capacidad.

  • El combustible se almacenará en un estanque de 10 m' de capacidad.

  • Para el suministro de combustible en faena se utilizará un camión cisterna autorizado por la SEC.

  • El abastecimiento de combustible en terreno se realizará desde el camión cisterna (mediante bombas y mangueras) directamente al depósito de la máquina de perforación, por lo cual se controlarán fugas o derrames; el

Para mayor detalle ver el numeral 4.2.7. de la DIA y los numerales 4.2.6.c) y 4.3.6.d) del ICE.

Indicadores y verificadores de cumplimiento

a) Indicadores de cumplimiento:

— Cumplimiento de las medidas de seguridad para el manejo y traslado del

combustible.

  • Estanque de almacenamiento de combustible líquido certificado por la

SEC. b) Verificadores de cumplimiento:

  • Boleta o registro de la adquisición periódica de combustible, entregada por la empresa autorizada para su venta, transporte y distribución directa en | faena.

  • Copia del contrato con la empresa proveedora (especialista y certificada por la SEC) para venta, transporte, abastecimiento y distribución de combustible líquido.

  • Copia del contrato con la empresa proveedora (especialista y certificada por la SEC) a la cual se compró el estanque de almacenamiento de combustible líquido.

Referencia al ICE para mayores detalles

  • Numerales 4.2.6.c) y 4.3.6.d) del capítulo TV.

7.10, TRANSPORTE.

Norma

  • Decreto Supremo N298/1995 modificado por Decreto Supremo N116/2002, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Reglamento de Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos.

Fases de aplicación

Construcción y Operación.

Forma de Cumplimiento

Los conductores deberán estar capacitados acerca de temas def

El titular exigirá a la correspondiente empresa contratista las siguientes medidas para el transporte seguro de sustancias peligrosas:

  • El personal que conduzca camiones con cargas peligrosas deberá estar calificado para dicha actividad, exigiendo la vigencia de la licenci de conducir; A

cargas peligrosas; y

  • Los vehículos que transporten este tipo de sustancias deberán contar con las señalizaciones exigidas por la legislación vigente y deberán obtener las autorizaciones requeridas y cumplir con todas las restricciones y obligaciones que la autoridad competente determine.

| Para mayor detalle acerca de la forma de cumplimiento de la referida | |] normativa ver la repuesta 3.6.b) de la Adenda de la DIA.

Indicadores y verificadores de cumplimiento

a) Indicadores de cumplimiento:

  • Establecimiento de exigencias en los contratos con las empresas de

| abastecimientos de sustancias peligrosas que den cuenta de las exigencias de la referida normativa.

b) Verificadores de cumplimiento: - Copia del contrato (reporte periódico y final).

  • Guías de recepción o despacho (reporte periódico y final).

7.11. CIERRE DE FAENAS E INSTALACIONES MINERAS.

Norma

  • Ley N*20.551 del Ministerio de Minería. Regula el Cierre de Faenas e Instalaciones Mineras.

  • Decreto Supremo N*41/2012 del Ministerio de Minería. Reglamento de Cierre de Faenas e Instalaciones Mineras.

Fases de aplicación

Cierre.

Forma de Cumplimiento

¡Se presentará un “Plan de Cierre” de acuerdo a lo que establezca la | normativa para la aprobación del servicio pertinente, el cual será elaborado en conformidad a la resolución de calificación ambiental que se pronuncie

favorablemente sobre este proyecto minero.

Indicadores y verificadores de cumplimiento

a) Indicadores de cumplimiento:

Informe de “Plan de Cierre Simplificado de Faenas e Instalaciones Mineras” presentado a la autoridad pertinente y aprobado por la misma.

b) Verificadores de cumplimiento:

  • Registro fotográfico de las actividades de cierre.

  • Copia de la resolución de aprobación del “Plan de Cierre Simplificado de Faenas e Instalaciones Mineras”.

7.12. SEGURIDAD MINERA.

Norma

| - Decreto Supremo N*132/2002 del Ministerio de Minería. Reglamento de

Seguridad Minera.

Fases de aplicación

Construcción, Operación y Cierre.

Forma de Cumplimiento

  • Se dará oportuno aviso de inicio de actividades al organismo pertinente, adjuntando los antecedentes correspondientes de la ejecución de los sondajes.

  • Se enviará al SERNAGEOMIN la resolución de calificación ambiental correspondiente.

  • Se mantendrá bajo permanente control las emisiones de contaminantes al ambiente y se contará con los medios y procedimientos para disponer los residuos sólidos industriales.

Indicadores y verificadores de cumplimiento

a) Indicadores de cumplimiento:

  • Aviso de inicio de actividades presentado ante organismo pertinente.

58

: - Proyecto calificado ambientalmente favorable. | b) Verificadores de cumplimiento: ' - Copia de carta recepcionada de aviso de inicio de actividades.

| - Copia de la RCA favorable.

7.13, FLORA Y VEGETACIÓN.

Norma

  • Ley N”20.283 del Ministerio de Agricultura. Ley Sobre Recuperación Del Bosque Nativo y Fomento Forestal.

Fases de aplicación

Construcción.

Forma de Cumplimiento

Previo a la intervención de las formaciones vegetacionales del tipo Xerofíticas que serán afectadas por el proyecto, se presentará al organismo ' competente el correspondiente “Plan de Trabajo de Formación Xerofítica” (en adelante PTFX).

' Para mayor detalle ver el anexo H de la Adenda de la DIA (contenidos técnicos formales para el otorgamiento del permiso ambiental sectorial i señalado en el artículo 151 del D.S. N*40/2012, permiso para la corta, | destrucción o descepado de formaciones xerofíticas) y el numeral 5.2.4. del ICE.

Indicadores y verificadores de cumplimiento

a) Indicadores de cumplimiento:

  • PTFX presentado ante el organismo competente y aprobado por este. Elaboración de fichas educativas de especies protegidas.

  • Realización de charlas de capacitación para los trabajadores.

b) Verificadores de cumplimiento:

  • Informe y registro fotográfico de las actividades de PTFX.

  • Informe del contenido de las fichas educativas de especies protegidas.

  • Registro al día de asistencia a las capacitaciones firmadas por los trabajadores.

  • Copia de resolución favorable del PTFX.

  • Registro histórico de asistencia a las capacitaciones firmadas por los trabajadores.

— Referencia al ICE para mayores detalles

  • Numeral 5.2.4, del capítulo V.

7.14. FAUNA TERRESTRE.

Norma

'- Ley N? 19.473/1996 del Ministerio de Agricultura. Ley de Caza. - Decreto Supremo N5/1998, modificado por Decreto Supremo N53/2003, ambos del Ministerio de Agricultura. Reglamento de la Ley de Caza.

Fases de aplicación

Construcción, Operación y Cierre.

Forma de Cumplimiento

  • Para evitar atraer a la fauna silvestre hacia las áreas del proyecto, los ' residuos domésticos serán manejados y almacenados correctamente en ' contenedores cerrados.

  • Se capacitará a los trabajadores internos y contratistas en temas de fauna silvestre.

¡ Para mayor detalle ver el numeral 5.2.6. del presente ICE.

Indicadores y

' a) Indicadores de cumplimiento:

verificadores de ! cumplimiento - Capacitaciones informativas a los trabajadores sobre cuidados de fauna | efectivamente realizadas.

b) Verificadores de cumplimiento:

  • Registro al día de asistencia a las capacitaciones firmadas por los | | trabajadores.

¡- Registro histórico de asistencia a las capacitaciones firmadas por los trabajadores.

Referencia al ICE

  • Numeral 5.2.6. del capítulo V. para mayores detalles

  • Que, el proyecto contará con un “Plan de Prevención de Contingencias” y un “Plan de Emergencia”, los cuales, en resumen, tendrán los siguientes objetivos:

a) “Plan de Prevención de Contingencias”:

  • Identificar los riesgos (probabilidad de ocurrencia de un evento), que pueden tener un cierto potencial de causar daño al medio ambiente o la población, y establecer medidas para evitarlos o minimizar la probabilidad de ocurrencia durante la ejecución de las actividades de construcción y operación del proyecto.

  • Mantener una metodología para la preparación y respuesta ante emergencias y facilitar y agilizar el proceso de información de la señal de alarma en la faena y las directrices para una respuesta inmediata y efectiva en donde se encuentre personal del proyecto, resguardando la seguridad de las personas, instalaciones y medio ambiente, en conformidad con las disposiciones legales.

  • Describir el sistema para reportar, investigar y gestionar todas las situaciones de emergencia previsible, las cuales causan o tienen el potencial para causar daño a las personas, a la propiedad, pérdidas en los procesos o impactos en el medio ambiente.

  • Lograr restablecer la normalidad de las operaciones en el menor tiempo posible.

  • Capacitar al personal en su responsabilidad, funciones y atribuciones para dar respuesta a las situaciones de emergencia.

b) “Plan de Emergencias”: - Establecer y mantener una metodología para la preparación y respuesta ante emergencia. - Facilitar y agilizar el proceso de información de la señal de alarma en la faena.

  • Describir tanto el sistema para controlar la emergencia y/o minimizar sus efectos como las vías de comunicación para reportar, investigar y gestionar todas las situaciones de emergencia previsible, las cuales causan o tienen el potencial para causar daño al medio ambiente o a la población, a la propiedad y pérdidas en los procesos.

Sin perjuicio de lo señalado en los párrafos anteriores, el proyecto contará con procedimientos internos e instructivos específicos de medio ambiente y prevención de riesgos, los cuales establecerán la normativa, directrices y acciones que deben desarrollarse. Estos procedimientos e instructivos serán válidos y aplicables tanto para el personal propio como para empresas contratistas, visitas, proveedores, etc., y abordarán, en resumen, las siguientes materias: Abastecimiento de combustible en terreno; Almacenamiento de residuos; Manejo de residuos; y Derrame de combustibles.

Para mayor detalle ver tanto el anexo C de la DIA (Plan de Manejo de Residuos) como los anexos G.1 (Plan de Contingencia para el Manejo de Residuos Peligrosos) y G.2 (Plan de Contingencia para el Manejo de Residuos No Peligrosos) de la Adenda de la DIA y los anexos A.l (Plan de Contingencia para el Manejo de Residuos Domésticos) y A.2 (Plan de Emergencia para el Manejo de Residuos Domésticos) de la Adenda Complementaria de la misma.

60

  1. Que, el titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

  2. Que, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución del proyecto, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

  3. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

  4. Que, para que el proyecto “Prospección Minera Arqueros-Fase 2” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  5. Que, el titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

  6. Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

  7. Que, se hace presente al titular que cualquier modificación al proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SETA, deberá someterse al SETA.

  8. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

  1. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Prospección Minera Arqueros-Fase 2”, de Compañía Minera Arqueros S.A.

  2. Certificar que el proyecto “Prospección Minera Arqueros-Fase 2” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

  3. Certificar que el proyecto “Prospección Minera Arqueros-Fase 2” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 136, 137, 138, 140, 142, 151, 156 y 160 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

  4. Certificar que el proyecto “Prospección Minera Arqueros-Fase 2” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

  5. Definir como gestión, acto o faena mínima del proyecto, para dar cuenta del inicio de su de-modo sistemático y permanente, a lo mencionado en el considerando 4.1 del presente actó,

  6. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N* 19.300 ante“el Director _ Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. N

y (Co GIO NE VARZÚN/ | oquimbo (Ss) de Evaluación

UENTES SANT: nal (S) Servicio de Evaluación Ambiental Secretaria Comisión de Evaluación Región de Coquimbo

Distribución:

  • Sres. Oscar Molina Bauer y Go Yajima Yajima, Representantes legales Compañía Minera Arqueros S.A.

  • — Sres. Miembros de la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo.

  • — Gobierno Regional, Región de Coquimbo.

  • — lustre Municipalidad de La Serena.

  • — Superintendencia de Medio Ambiente.

  • Dirección General de Aguas, Región de Coquimbo.

  • Dirección de Obras Hidráulicas, Región de Coquimbo.

  • Corporación Nacional Forestal, Región de Coquimbo.

  • Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Coquimbo.

  • Servicio Nacional de Geología y Minería, Región de Coquimbo.

  • Servicio Nacional de Turismo, Región de Coquimbo.

  • — Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Coquimbo.

  • Consejo de Monumentos Nacionales.

  • Expediente electrónico de evaluación ambiental del proyecto “Prospección Minera Arqueros- Fase 2”.

  • Archivo Comisión de Evaluación Región de Coquimbo.

62

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