"Nuevo Transformador 154/66 kV S/E San Fernando"
REPÚBLICA DE CHILE | COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DEL LIBERTADOR GENERAL
BERNARDO O”HIGGINS CALIFICA AMBIENTALMENTE EL PROYECTO “NUEVO TRANSFORMADOR 154/66 KV S/E SAN FERNANDO” RESOLUCIÓN EXENTA N' 226/2015 RANCAGUA, 5 noviembre de 2015. VISTOS:
1%. La Declaración de Impacto Ambiental (en adelante DIA) de fecha 17 de julio de 2015, y su Adenda de fecha 2 de octubre de 2015 del proyecto “Nuevo Transformador 154/66 kV S/E San Fernando”, presentado por el señor Eduardo Apablaza Dau en representación legal de TRANSNET S.Au;
2%. Los pronunciamientos y observaciones de los Órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA y su Adenda, y que se detallan en el Capítulo II, Antecedentes del Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental, del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del Proyecto “Nuevo Transformador 154/66 kV S/E San Fernando”;
3". El Acta de Evaluación N? 14 de fecha 21 de octubre de 2015 del Comité Técnico de la Región de del Libertador General Bernardo O”Higgins (en adelante Región de O”Higgins) del Proyecto “Nuevo Transformador 154/66 kV S/E San Fernando”;
- El ICE de la DIA del Proyecto “Nuevo Transformador 154/66 kV S/E San Fernando” publicado con fecha 21 de octubre de 2015;
5%. El Acuerdo de la Sesión N*12 de fecha 29 de octubre de 2015, de la Comisión de Evaluación de la Región de O'Higgins, que calificó la DIA del Proyecto “Nuevo Transformador 154/66 kV S/E San Fernando”, en virtud de lo señalado íntegramente en el Informe Consolidado de Evaluación del citado proyecto;
6”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Nuevo Transformador 154/66 kV S/E San Fernando”;
7%. Lo dispuesto en la Ley N 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N 40, del 2012, del Ministerio del Medio Ambiente (en adelante MMA), Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante Reglamento del SEIA); la Ley N 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, la Resolución Exenta N156 de fecha 7 de agosto de 2014, que aprobó el Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de O”Higgins.
CONSIDERANDO:
1%, Que, TRANSNET S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Nuevo Transformador 154/66 kV S/E San Fernando” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del referido Titular son los que se citan a continuación siguientes:
Nombre o razón social TRANSNET S.A, Rut 96.719.210-4
l de 54
Domicilio Av. Presidente Riesco 5561 Piso 12, Las Condes, Región Metropolitana.
Teléfono (02) 22807000
Correo electrónico Titular ruarac(Qtransnet.cl, accornejod(Mtransnet.cl
Nombre representante legal Eduardo Apablaza Dau
Rut representante legal 9.048.258-0
Domicilio representante legal Av. Presidente Riesco 5561 Piso 12, Las Condes, Región Metropolitana.
Teléfono representante legal (02) 22807000
Correo electrónico representante | ruarac(Qtransnet.cl, accornejodtransnet.cl.
legal
2%, Que, conforme se indica en el ICE de fecha 21 de octubre de 2015, el Director Regional de la Región de O'Higgins, ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto:
“El proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable, entregó todos los antecedentes técnicos y formales consagrados en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos artículos 140 y 142 del D.S. N40/2012 del Ministerio de Medio Ambiente, Reglamento del SETA, y el la SEREMI de Salud de la Región de O'Higgins por medio del Oficio Ord. N0002.151 de fecha 3 de Octubre de 2015, se pronunció conforme a dichos antecedentes y al otorgamiento de los citados permisos, emitido con, por parte de la SEREMI de Salud Región de O'Higgins.
Que, el Proyecto demostró durante la evaluación ambiental que no genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
Por último, todos los servicios con competencia ambiental que participaron de la evaluación se pronunciaron conforme a lo expresado en los párrafos anteriores, incluido el otorgamiento de los permisos antes señalados, durante el procedimiento de evaluación de impacto ambiental; y por consiguiente, aprobando en forma íntegra el Informe Consolidado de Evaluación”.
3”. Que, en la Sesión N*12 de fecha 29 de octubre de 2015, la Comisión de Evaluación de la Región de O”Higgins, se acordó calificar favorablemente el proyecto “Nuevo Transformador 154/66 kV S/E San Fernando”, aprobando íntegramente el contenido del ICE del 21 de octubre de 2015, el que forma parte integrante de la presente Resolución.
4?, Que, según lo señalado en la DIA “Nuevo Transformador 154/66 kV S/E San Fernando” y sus anexos, la Adenda y sus anexos, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1, ANTECEDENTES GENERALES
El Objetivo del Proyecto consiste en la instalación de un nuevo transformador de 154/66 KV y sus instalaciones anexas en la actual S/E San Fernando y tiene como objetivo aumentar la capacidad de transformación, interconexión y respaldo en el sistema existente en las provincias de Colchagua y Cachapoal, y así fortalecer el sistema eléctrico en la zona. Esta nueva infraestructura son anexada a las instalaciones existentes en la S/E para así aprovechar los componentes, instrumentos y equipos que están operando en la actualidad.
Objetivo general
Artículo 10.- Los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en cualesquiera de sus fases, que deberán someterse al SEIA, son los siguientes:
b) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones.
Por su parte, de acuerdo a lo señalado en el Reglamento del SEIA, el Proyecto debe ingresar al SEIA según lo señalado en el Título I, Artículo 37 letra b).
Artículo 3*.- Letra b) líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones.
b.2. Se entenderá por subestaciones de líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas que se relacionan a una o más líneas de transporte de energía eléctrica y que tienen por objeto mantener el voltaje a nivel de transporte.
Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones
Vida útil 30 años
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Monto de inversión
US$ 1.700.000
Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución
Corresponde a la implementación de la instalación de faenas en el interior de la S/E San Fernando. En específico, la instalación de un módulo tipo contenedor equipado, que son utilizado como oficina de construcción de las obras civiles. Ítem II Capítulo 1 Numeral 1.5.1.2 y complementado con lo señalado en Adenda, respuesta 10.1
Proyecto se desarrolla por etapas
Si No | No Aplica
[Xx
Proyecto modifica un proyecto o actividad
El Proyecto “Nuevo Transformador 154/66 kV S/E San
Si : : Fernando” corresponde a una modificación de proyecto,
No
pues consiste en la instalación de un nuevo transformador de 154/66 kV y sus instalaciones anexas en la actual Subestación Eléctrica (S/E) San Fernando, considerando como obra permanente un paño de transformación en patio de 154 kV, y dos nuevos paños en patio de 66 kV.
La S/E San Fernando inició sus operaciones en forma previa a la entrada en vigencia de la Ley 19,300 y su Reglamento, por lo que no posee RCA.
Proyecto modifica otra(s) RCA
Si No Aplica.
Sl
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-administrativa
Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, Provincia de Colchagua, comuna de San Fernando.
Descripción de la localización
El Proyecto se encuentra ubicado en la ciudad de San Fernando, situado a unos 500 metros al poniente de la ruta 5 Sur. En la Figura C1-1 (de la DIA se presentó la localización del Proyecto.
Superficie La S/E San Fernando posee una superficie de aproximadamente 30.400 m?, cuta área a utilizar por el nuevo transformador es de 395 m?, Obra : Superficie Nuevo Transformador 41m Instalación de Faenas 354 m Total 395 m? Tabla C122 de la DIA: Detalle superficie Proyecto, UTM, W6GS 84, Huso 19 sur Coordenadas Vértice | Norte (m): Este (m) vi 6.169.916 318.129 v2 6.169.877 318.232 v3 6.169.644 318.075 v4 6.169.600 318.152
Fuente: Tabla C1-1 de la DIA
Caminos de acceso
El acceso a la S/E San Fernando se realiza a través de la calle Arturo Prat, cuya carpeta se encuentra pavimentada en su totalidad, la cual no son modificada por el Proyecto.
Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones
En el punto 1.9.3 Coordenadas de localización, del ICE se indica:
Anexo AD-1 de la Adenda, se presentó la Distancias a Viviendas Próximas al Proyecto, luego en Anexo AD-3 se detalló la ubicación de las Obras del Proyecto, y por ultimo en Figura C1-2 del Acápite 1.4.2 Representación cartográfica de la DIA, se presentó la zona de intervención por las obras del Proyecto.
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO
4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
Obras temporales: Instalación de Faenas.
a. Instalación de Faenas: La instalación de faenas es la única obra temporal que se contempla como apoyo durante la fase de construcción del Proyecto. Esta instalación sirve como base de operaciones de la empresa contratista que se adjudique la construcción del Proyecto y se ubica al interior del S/E. Esta instalación de faenas tendrá un carácter
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temporal y son desmanteladas una vez que las obras en la S/E hayan sido completadas en su totalidad.
La instalación de faena tendrá baños químicos, en número y condiciones conforme a lo dispuesto en el D.S. N*594/2000 del Ministerio de Salud, de manera de proveer a los trabajadores de servicios higiénicos suficientes para su uso particular, Para la mantención de los baños químicos se contratará una empresa que cuente con la autorización correspondiente, Para ello, TRANSNET exige al contratista que corresponda, el certificado que acredite los puntos de descarga autorizados y la vigencia de la autorización sanitaria.
Acción: Movimiento de Tietra
a. Movimiento de tierras: Para la construcción de las obras es necesario despejar y preparar el terreno para la instalación del transformador y sus instalaciones anexas, ya que, se requiere de una superficie nivelada para la disposición de los equipos a instalar. Luego de realizar el escarpe suficiente al terreno, se procede con las excavaciones necesarias para las correspondientes fundaciones de los equipos y transformador a instalar, Se estima que se requiere de un movimiento de tierra de 480 m'. Además, se considera traer material de relleno estimado en 156 m'.
b. Fundaciones y obras civiles: Para la instalación de todos los equipos de
equipos y pruebas:
Acción: Fundaciones y obras
civiles: poder de los paños nuevos a construir, y el correspondiente transformador, se requiere construir las respectivas fundaciones. Se estima que se requeriren de 156 m* de hormigón para la plataforma y fundaciones.
Acción: Terminaciones de |“. Terminaciones de terreno: Se modifica el tránsito y uso de las vías
terreno internas de circulación existentes, para permitir el tránsito de peatones, vehículos livianos y de carga, las cuales están debidamente señaladas y
Acción: Montaje estructuras,
fundaciones y esperado el tiempo de fragúie que requiere el hormigón para ser cargado, se realiza el montaje de estructuras y de equipos, lo cual se efectúa por medio de camiones pluma y eventualmente grúas, en caso de ser necesario. El montaje de los equipos es tomando las medidas de seguridad necesarias, considerando revisar los equipos y materiales para el izaje, así como cerrar el perímetro del área de trabajo.
Durante la etapa de construcción del Proyecto no realiza actividades de soldadura, eléctricas y electrónicas. No obstante, de acuerdo a lo señalado en el Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias de la DIA (Anexo C1-4, Capitulo 1 Ítem II), para la prevención y control de
Acción: Trabajo de control en caseta y patio
e. Trabajo de control en caseta y patio: Una vez concluido el montaje del nuevo transformador y de todos los equipos de poder se procederá con el alambrado, conexionado y pruebas de las instalaciones incluyendo tanto equipos eléctricos, como los instrumentos de control, protección, supervisión, medida, telecomunicaciones, entre otros.
Acción: Pruebas y puesta en servicio.
f. Pruebas y puesta en servicio: Se revisa el correcto funcionamiento de los equipos instalados, la continuidad eléctrica del sistema, la conexión a tierra, las secuencias de fases, la instrumentación de control y se realiza las pruebas con cargas, las que incluyen la protocolización de pruebas de montaje, pruebas eléctricas y mecánicas de todos los equipos e o al
Obra: Sitio de almacenamiento temporal de residuos sólidos domésticos e industriales no peligrosos
g. Durante la fase de construcción se contempla un sitio de almacenamiento temporal de residuos sólidos domésticos e industriales no peligrosos, en un sector determinado y demarcado dentro de la instalación de faenas del Proyecto. Este sitio de almacenamiento cuenta con cierre perimetral, la señalización respectiva al tipo de residuos que son almacenados y acceso controlado. El manejo y disposición final de los residuos es realizado por empresas especialistas, que los transporta a rellenos sanitarios autorizados por la SEREMI de Salud de la Región del Libertador General Bernardo O Higgins.
Este sitio cuenta con la capacidad necesaria para recibir los residuos sólidos domésticos y residuos industriales no peligrosos del presente Proyecto.
El plano del sitio de almacenamiento temporal, se adjunta en el Anexo C3-1 donde se localiza la Instalación de faenas y el sitio de almacenamiento temporal que está en el interior de ésta.
La capacidad máxima de almacenamiento de almacenamiento contemplada, se indica a continuación en la siguiente Tabla:
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E . Capacidad máxima Residuos sólidos domésticos 20 kg/día Residuos industriales no peligrosos|11,35 ton/mes Fuente: Tabla C3-6 de la DIA, Capacidad máxima de almacenamiento
Construcción
Obra: Sitio de almacenamiento de residuos peligrosos
En la fase de construcción del Proyecto, se cuenta con un sitio de almacenamiento de residuos peligrosos que corresponde a una bodega determinada y demarcada que se ubica al interior de la instalación de faenas,
Este sector se caracteriza por ser plano y accesible, está cercado perimetralmente y con toda la señalización que permita distinguir los residuos almacenados.
En el Anexo C3-1 de la DIA se presentó el plano de ubicación del sector de almacenamiento de residuos peligrosos, el cual está inserto dentro de la instalación de faena del proyecto.
La caracterización cualitativa y cuantitativa de los residuos peligrosos a a en la fase de construcción se presenta a continuación:
Cantidad Retiro Disposición composta E Peligrosidad (on/mes)ln al E Residuos E o Recolectados y contratista usados. almacenados se encarga grasas, temporalmente ' del baterías las, |Peli 0,1 en el sitio de[Se realizará| transporte , Pilas, [Peligrosos
Iubeicantes ton/mes |almacenamiento|mensualmente, on materiales con temporal de la disposición restos de instalación — del de los hidrocarburos, faenas. residuos entre otros. peligrosos
Fuente: Tabla C3-7 de la DIA.
Fase de Cierre Obras Temporales
Tal como se señaló en Capítulo 1 “Descripción de Proyecto” de la DIA, la única obra temporal considerada durante la etapa de construcción corresponde a la instalación de faenas, que se localiza en una área intervenida al interior del predio de la S/E San Fernando y que es desmantelada completamente, una vez finalizadas las actividades de construcción del proyecto. Por esta razón, no se considera la rehabilitación ambiental de esta zona. Además, como se señaló en la DIA, los excedentes del movimiento de tierras producto de la construcción de las fundaciones de los equipos, son enviados a un botadero autorizado por la Autoridad Sanitaria.
Recursos naturales renovables
El proyecto no explota recursos naturales renovables para satisfacer sus necesidades. Ítem II, Capítulo 1, Numeral 1.5.1.6 de la DIA, Capítulo XII del ICE.
Emisiones y Efluentes Etapa de Construcción
Ruido.
Ruido: En el Anexo AD-6 de la Adenda se presentó la actualización de la “Estimación de Emisiones y Evaluación de Cumplimiento Ruido y Vibraciones”, donde se presenta la modelación de los receptores más cercanos presentes en el entorno del Proyecto para las etapas de construcción y operación. A su vez, en el Anexo AD-4 del citado documento, se presentó en plano los receptores evaluados en el Anexo AD-6 y su entorno evaluados para el Proyecto.
Fuentes de ruido: Actualmente, durante la operación de la S/E San Fernando, los equipos asociados al ruido son tres unidades de transformadores, a los cuales se les suman a un cuarto transformador de 154/66 kV y sus instalaciones anexas en la S/E San Fernando, considerando como obra permanente un paño de transformación en patio 154 kV y dos nuevos paños en patio 66 kV. (Proyecto), cuya evaluación de emisiones es tendiente al presente estudio. Los actuales equipos presentes son:
-
Transformador 1: 75 MVA.
-
Transformador 2: 56 MVA.
-
Transformador 3: 18,7 MVA.
Los nuevos equipos asociados al ruido son: Transformador 25 MVA.
a. Ubicación de los Receptores más cercanos: Para evaluar los niveles de ruido asociados a las etapas de construcción y operación del Proyecto, se requiere conocer el uso de suelo definido por el Plano Regulador Comunal de San Fernando, y los sectores donde se sitúan los receptores homologarlos con respecto a las zonas establecidas en el D.S. N* 38/2011
del Ministerio del Medio Ambiente (MA). [Receptor] Comuna. Zona | Zona | Límite | Límite ]
S de 54
AB) diurno | D.S NS 38/2011 San 60 Fernando R2 San ZU-8 Il 60 45 Fernando R3 San ZU-8 TI 60 45 Fernando R4 San ZE-1 I 60 45 Fernando R5 San ZE-1 TI 60 45 Fernando R6 San ZU-4 o 60 45 Fernando R7 San ZU-8 u 60 45 Fernando
Fuente: Tabla-10: Límites de ruido para cada receptor, período diurno y nocturno, en dB(A), Anexo AD-6 de la Adenda.
b. La siguiente tabla muestra los niveles de ruido NPS obtenidos bajo la condición de construcción en simultáneo a la operación actual de la S/E:
Punto _| NPS [dBA] RI $4 R2 46 R3 43 R4 45 RS 42 R6 45 R7 55
Fuente: Tabla-7: Niveles de ruido (NPS) construcción proyecto, Anexo AD-6 de la Adenda
Es importante señalar que los niveles obtenidos en receptores corresponden al caso más desfavorable en cuanto a la altura, considerándose a nivel suelo (1,5 m) o en altura (4 m) de ser el caso, y consideran la operación simultánea de todas las fuentes para la construcción, incluyendo las actuales emisiones de la operación de la S/E. El mapa de ruido está calculado a 1,5 m sobre el nivel del suelo, con variables atmosféricas de T=20"C, H=60%, P=101KPa, además se consideraron las estructuras existentes dentro de la S/E, que corresponde a un muro perimetral de al menos 2,2 m de altura.
En la siguiente tabla se presenta la evaluación de los puntos receptores durante la etapa de construcción del proyecto, según lo estipulado por el D.S. N* 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente:
NPS
con
$4 0 Sí 46 0 Sí 43 0 Sí 45 0 Sí 42 0 Sí 45 0 Sí 55 0 Sí
Fuente: Tabla-11: Evaluación construcción proyecto según D.S, N* 38/2011 dB(A), Anexo AD-6 de la Adenda
Vibraciones,
Vibración Construcción: La estimación de los niveles de vibración para la etapa de construcción sobre cada punto receptor se determina utilizando la siguiente relación:
Lv (D) = Lv (25 ft) - 30 * log (D/25)
Donde: Lv (D) es el nivel de vibración a determinar a la distancia D, utilizando como referencia los niveles Lv (25 ft) señalados en la tabla anterior,
En la tabla a continuación, se muestra la menor distancia de cada punto receptor hacia el frente de trabajo de construcción del Proyecto y el nivel total estim
Ey Total [VAB] 55 58 53 54 51 56 70
cia en metros
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Fuente: Tabla-9: Niveles de vibración estimada — Fase Construcción, Anexo AD-6 de la Adenda.
Es importante señalar que esto considera el escenario más desfavorable para la fase de construcción del Proyecto, por lo que se espera que en la práctica, dichos niveles de vibración, sean de menor magnitud. Los niveles de velocidad de vibración se evalúan según el criterio establecido en la FTA, la cual establece 72 VdB como nivel máximo para sectores, en la siguiente tabla:
Punto. | Distancia cen] Lv Total | Límite. ¿Cumple? y metros [VaB] -[VdB]_ a Ri 202 55 72 Sí R2 154 58 72 Sí R3 222 $3 72 Si R4 205 54 72 Si RS 273 51 mn Sí R6 181 56 12 Sí R7 61 70 72 Sí
Análisis Final y Conclusiones: En la visita inspectiva se identificó como receptor mayormente expuesto a las potenciales emisiones de la S/E evaluada, a viviendas residenciales de uno y dos pisos.
Debido a la imposibilidad de percibir el ruido en receptores cercanos a la S/E, se procede a caracterizar las emisiones sonoras de los actuales transformadores para, con este registro, generar un modelo vía software de predicción acústico. Los escenarios sonoros considerados fueron los de transformadores actuales con la etapa de construcción, y la operación futura considerando las emisiones actuales. Las vibraciones generadas por el proyecto son exclusivamente de la etapa de construcción, ya que en la operación no existen fuentes asociadas. La construcción del proyecto se genera en período diurno, evaluándose por ende con el límite normativo acorde, mientras que la operación se evalúa en ambos períodos diurno y nocturno. El proyecto no considera etapa de cierre, sin embargo, en caso de optarse por esto, se espera que las emisiones sonoras sean similares a las estimadas para la etapa de construcción. Por lo tanto, se estima que dichas emisiones no supera los valores estipulados en la normativa vigente, Se realiza la evaluación de las emisiones modeladas respecto de la normativa vigente, donde se identifica que todos los receptores se encuentran con cumplimiento según lo estipulado en el D.S. N* 38/2011 del MMA para período diurno y nocturno, para las etapas de construcción y operación.
Emisiones a la Atmosfera Etapa de Construcción.
Las emisiones generadas durante la fase de construcción están asociadas principalmente a material particulado producto de las actividades de excavaciones, circulación de vehículos por caminos pavimentados y la operación de maquinaria. A continuación, se presenta la estimación de emisiones totales de la fase de construcción:
Actividad (periodo de ejecución 4 meses) | MP10 Total (kg) | MP2,5 Total (kg) Excavaciones y nivelaciones 51,21 22,66
Carga y descarga 1,23 0,19
Tránsito en Camino Pavimentado 974,67 235,81 Combustión maquinaria 202,21 186,03 Combustión vehículo liviano 0,76 0,70
Combustión camiones 12,49 11,49
Combustión Buses 0,06 0,05
Combustión interna equipos electrógenos 34,30 31,56
Total de Emisiones 1276,93 488,50
Fuente: Tabla C1-7 de la DIA: Resumen emisiones de material particulado - etapa de construcción En el Anexo C1-2 de la DIA, se adjuntó el detalle de la estimación de
emisiones realizada para la etapa de construcción.
Residuos líquidos domésticos Etapa de Construcción: Aguas Servidas.
Los residuos líquidos que se generan en la fase de construcción del Proyecto son del tipo domésticos.
Aguas Servidas:
Se estima que hay un máximo de 20 trabajadores en la etapa de mayor actividad. Si se asume la condición más desfavorable; es decir, efluentes líquidos iguales al 80% del consumo de agua potable, se genera 1,6 m”/día como tasa de generación máxima estimada de aguas servidas.
Se instalan baños químicos con lavamanos incorporados proporcionados por una empresa especializada con resolución sanitaria vigente, la cual está encargada de su retiro periódico, mediante camiones limpia fosas, para su posterior tratamiento y disposición final en una instalación
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autorizada para tales efectos, La cantidad de baños se calcula según lo establecido en los artículos 23 y 24 del D.S. N*594/2000 del Ministerio de Salud. El Proyecto mantiene un registro de la mantención efectuada a los baños químicos usados la cual se realiza dos veces por semana; y asimismo, de la disposición final de los residuos generados ellos. Además, el Contratista provee de duchas al personal de construcción, en instalaciones a arrendar en las proximidades de la obra que cuente con conexión a la red pública de alcantarillado.
Residuos industriales líquidos:
Durante la construcción de las fundaciones relacionadas al proyecto, se utiliza camiones mixer para el suministro de hormigón. El Proyecto no considera el lavado de camiones mixer al interior del predio, esto es realizado por la empresa contratada para el suministro y transporte de hormigón, siendo efectuado en lugares autorizados para esta actividad.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
Residuos sólidos domésticos.
Los residuos sólidos domésticos que se genera corresponden básicamente a residuos con características domiciliarias (restos de alimento, envases y envoltorios, papeles, desechos de artículos de aseo personal, etc.). Los residuos son almacenados en un patio de acopio temporal, desde donde es retirado por una empresa autorizada para su transporte y disposición final. Se estima una generación de residuos domésticos de 1 kg/persona/día; por lo tanto, en la fase de construcción los residuos domésticos generados se estiman en aproximadamente 20 kg/día en el peak de trabajadores. El retiro de estos residuos se realiza tres veces a la semana, y se lleva el control de los retiros a través de los registros con que cuente el sitio de disposición final.
Residuos sólidos industriales.
Residuos industriales no peligrosos: Se considera la generación aproximada de 11,35 ton/mes de residuos industriales tales como restos de embalaje, chatarra, cartones y papeles. Estos residuos son acumulados temporalmente en el sitio destinado para la acumulación temporal de residuos dentro de la instalación de faena, para luego ser retirados y manejados por empresas autorizadas, El retiro de estos residuos se realiza mensualmente y se lleva el control de los retiros a través de los registros | con que cuente el sitio de disposición final. En caso que llegue a la zona de obras embalajes de madera provenientes del extranjero, personal de TRANSNET o sus contratistas, los examina y revisa si cuentan con la marca de certificación de tratamientos aplicados a la madera del embalaje de madera; o si detecta insectos vivos, signos de insectos vivos o de corteza. En caso que el embalaje no cuente con la marca; o detecte presencia de insectos se dará aviso al SAG para que proceda a su inspección, según lo establece la establece la Resolución N133, modificada por la Resolución N2,859, del 26 de enero de 2005 y 29 de junio de 2007, respectivamente, del Ministerio de Agricultura, SAG, para su posterior eliminación o reutilización, según determinación del SAG.
Residuos industriales peligrosos.
Residuos industriales peligrosos: Durante la fase de construcción se genera aproximadamente 0,1 ton/mes de residuos peligrosos tales como, restos de grasas y aceites, restos de pinturas y solventes, baterías y pilas. Éstos son acumulados en la instalación de faena donde son acopiado en un sitio habilitado para tales efectos, hasta su envío al lugar de disposición final, dando cumplimiento en todo momento a lo indicado en el D.S. N*148/2003 del Ministerio de Salud. Los residuos peligrosos son retirados, manipulados y transportados por empresas autorizadas y se disponen en relleno de seguridad que cuente con autorización sanitaria vigente
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
En Tabla C1-3 de la DIA se presentó el Cronograma Proyectado — Etapa de Construcción.
Además según la información presentada en:
Capítulo 1, Numerales 1.5,1, 1.5.1.2, 1.5.1.5, 1.5.1.6, 1.5.1.7 de la DIA. Adenda, Capítulo 3 Respuesta 10.1.
Capítulo IV: Punto 4.3.2.4 Principales Emisiones, Descargas y Residuos a generar por el Proyecto en la Etapa de Construcción del ICE,
En el Capítulo IV, punto 4.3.2.3 Descripción de la provisión de suministros del ICE, se detallan la forma de provisión de suministros para
4.32. FASE
la etapa de construcción.
Descripción General
La etapa de operación del Proyecto está estrechamente ligada con las actividades de mantenimiento de las instalaciones, donde se emplea
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equipamiento mecánico menor.
Este mantenimiento es realizado por empresas contratistas de TRANSNET, además es responsable de la elaboración de los planes de mantenimiento preventivo y correctivo y de los programas de trabajo asociados, vale decir, ejerce pleno control sobre la definición de los trabajos tanto con respecto a su alcance como a su oportunidad.
Acción: Inspección periódica
Inspección periódica: TRANSNET realiza inspecciones mensuales de rutina a las instalaciones de la subestación eléctrica, a fin de detectar prematuramente cualquier potencial falla programando además las mantenciones preventivas. En dichas inspecciones también se incluye la revisión de las instalaciones que abarca el presente proyecto. Estas inspecciones se realizan al interior del predio de la S/E, por personal de TRANSNET y/o contratistas autorizados por la empresa.
Mantenimiento preventivo: se realiza el mantenimiento preventivo de los equipos del Proyecto con una frecuencia que dependen del tipo de equipo y de instalación. Éste comprende la limpieza de los equipos e instalaciones, la inspección de los equipos y estructuras eléctricas, mediciones de verificación y el chequeo según lo establecido en los catálogos de cada equipo.
Mantenimiento correctivo: el mantenimiento correctivo considera las reparaciones a las instalaciones del Proyecto, cuando se detecten fallas que comprometan la transmisión de energía eléctrica. La envergadura de estas reparaciones depende de la magnitud de la falla o de la anomalía detectada.
Acción: Mantenimiento preventivo
Acción: Mantenimiento correctivo
Acción: Reparaciones de emergencia
Reparaciones de emergencia: corresponde a las reparaciones no programadas, producto de daños cometidos por personas, a consecuencia de accidentes o provocados por fenómenos naturales. Estas actividades no son predecibles, por lo que se programa de acuerdo a la ocurrencia de los eventos antes señalados.
Productos generados
Servicio de transmisión de energía eléctrica a las provincias de Colchagua y Cachapoal.
Recursos naturales renovables
Dada las características del Proyecto, no se contempla extraer o explotar recursos naturales renovables.
Emisiones y efluentes Etapa de Operación.
Ruido
La siguiente tabla muestra los niveles de ruido NPS obtenidos para la operación futura de la S/E en su conjunto:
R7 Fuente: Tabla-8: Niveles de ruido Fernando, Anexo AD-6 de la Adenda. En las siguientes tablas, se presenta la evaluación de los puntos receptores para los períodos diurno y nocturno durante de la etapa de operación, en según lo estipulado por e
(NPS) operación futura S/E San
ajolo|ololo|o e
Fuente: 'Tabla-12: Evaluación operación proyecto período diurno según D.S. N*”38/2011 dB(A), Anexo AD-6 de la Adenda.
¿Cumple | Norma?
ololo|o|o| se
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R6 24 45 0 Sí R7 36 45 0 Sí
Fuente: Tabla-13: Evaluación operación proyecto período nocturno, según D.S. N*38/2011 dB(A), Anexo AD-6 de la Adenda.
Emisiones atmosféricas Etapa de Operación
Durante la etapa de operación del Proyecto no se consideran emisiones atmosféricas, ya que las actividades durante esta fase corresponden principalmente a actividades de inspección y mantenimiento, las cuales se realiza con una baja frecuencia (aproximadamente 3 veces al año) y algunas actividades eventuales de respuesta ante la presencia de anomalías.
Campos electromagnéticos
Campos electromagnéticos: Durante la operación del proyecto se genera emisiones de campo eléctrico y magnético, debido a la operación del nuevo transformador. Se ha considerado que el campo eléctrico máximo es de 0,1 KV/m, y el campo magnético se ha estimado en 0,1 pta un metro del suelo, en el borde de la S/E. Además, a modo de referencia, en la siguiente Tabla se presentan los valores de campo estimado para el Proyecto, y lo indicado en la norma internacional ICNIRP (International Commissionon Non-lonizing Radiation Protection).
Aguas Servidas
Se instalan baños químicos con lavamanos incorporados, proporcionados por una empresa especializada con resolución sanitaria vigente, la cual es encargada de su retiro periódico, mediante camiones limpia fosas, para su posterior tratamiento y disposición final en una instalación autorizada para tales efectos. La cantidad de baños se calcula según lo establecido en los artículos 23 y 24 del D.S, N*594/2000 del Ministerio de Salud, según corresponda de acuerdo a la periodicidad que necesiten los trabajos de mantención.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
Residuos Sólidos
Dado que la actual S/E y las obras que incorpora este proyecto no considera de mano de obra permanente para su operación, no existen instalaciones sanitarias. Por lo tanto, cuando se efectúen mantenciones o limpiezas en la S/E, el contratista a cargo dispone de agua potable y baños químicos a los trabajadores, es así como es responsable del transporte y disposición final de los residuos generados en dichas actividades.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
En la Tabla C1-8 de la DIA, se presentó el cronograma para la etapa de operación que tendrá una duración de a lo menos 50 años. Capítulo 1, Numeral 1.5.3.1, 1.5.5, 1.5.3.2, 1.5.6, 1.5.7, 1.5.8, 1.5.9 de la DIA. Adenda, Capítulo 1 Respuesta 1.3, Respuesta 10.2.
Capítulo IV punto 4.3.3.4 Descripción de la provisión de suministros, se detalla las acciones asociadas al aprovisionamiento de suministros e insumos para la etapa de operación.
Capítulo IV punto 4.3.3.5 Principales Emisiones, Descargas y Residuos a generar por el Proyecto en la Etapa de Operación del ICE
Por la naturaleza de este Proyecto, no se considera fase de abandono en una primera instancia. Lo más apropiado es que la S/E San Fernando sea actualizada tecnológicamente, y así se prolongue su fase de operación. En caso que por alguna razón deba implementarse el cierre del Proyecto, se procede según las acciones que se detallan en las siguientes filas de la presente Ficha,
Acción: Desconexión de líneas y equipos.
Desconexión de líneas y equipos: se procede a desenergizar las líneas conectadas a los paños de la S/E y los equipos; tomándose todos los resguardos necesarios para la protección de las personas que participen en la actividad de retiro de las instalaciones.
Desmantelamiento de los equipos y estructuras: se desmontan equipos y estructuras. Los equipos que puedan ser reutilizados se embalados y guardados en almacenes de TRANSNET; y los que no, se disponen en un sitio autorizado para ello.
Desmantelamiento de los equipos y estructuras. Retiro de obras civiles y
restitución del terreno.
Retiro de obras civiles y restitución del terreno: las obras civiles pueden demolidas en su totalidad, o parcialmente para obras bajo superficie (por ejemplo dejando en su lugar fundaciones profundas). Se restaurará el terreno a condiciones lo más similar posible a las originales.
Descripción de actividades de desmantelamiento aseguramiento de la estabilidad de la infraestructura utilizada por el proyecto.
Descripción de actividades de desmantelamiento y aseguramiento de la estabilidad de la infraestructura utilizada por el proyecto: En caso efectuarse el cierre del Proyecto, el retiro de equipos y fundaciones de la S/E se procede a desmontar todos los equipos de la subestación. Del desmantelamiento de los equipos y aquellos que no se contemple su reutilización, son llevados a sitios que cuenten con la autorización
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sanitaria respectiva para su disposición, asegurando en todo momento la estabilidad de la infraestructura utilizada por el Proyecto.
Restaurar la morfología, vegetación y cualquiera otro componente ambiental que haya sido afectado
geoforma O
En caso que se desarrolle el cierre del Proyecto, en el sector de intervención del Proyecto se procede a la limpieza de los lugares, eliminando los desechos y basura propios de las actividades, para luego ser destinados a lugares autorizados para su disposición final, y posterior realización de actividades de restauración en las zonas que son
durante la ejecución del |' , proyecto. intervenidas por el Proyecto. Mantención conservación y | Por la naturaleza del Proyecto, no se consideran implementar actividades
supervisión que sean necesarias.
de mantención ya que no se consideran obras remanentes, así como tampoco actividades de conservación y supervisión mientras se desarrollan las actividades de cierre,
Prevención de futuras emisiones
Lo señalado en el punto 4.3.2 Etapa de Operación de la presente Ficha.
Mantención, conservación y
supervisión
Lo señalado en el punto 4.3.2 Etapa de Operación de la presente Ficha.
Recursos naturales renovables
Cabe señalar además el Proyecto no explotará recursos naturales renovables para satisfacer sus necesidades.
Emisiones y efluentes etapa de cierre.
Emisiones atmosféricas
Emisiones atmosféricas: Ante la eventualidad de producirse un cierre del Proyecto, se genera emisiones atmosféricas que corresponden a material particulado y gases de combustión de motores, producidos en las actividades de reacondicionamiento del terreno. Estas fuentes emisoras, tal como en la fase de construcción, son transitorias y de pequeña escala, por lo que serían poco significativas.
Ruido
Ruido: Ante un eventual cierre de la subestación, se generan ruidos en forma esporádica, debido al tránsito de los vehículos, a la maquinaria utilizada y a las faenas de desmontaje, las cuales son de magnitud similar a las señaladas para la fase de construcción.
Aguas Servidas
Residuos líquidos domésticos: En caso de presentarse la necesidad de cerrar el Proyecto, los efluentes domésticos son semejantes a los generados durante la fase de construcción, correspondientes a aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos, por lo que se implementan las mismas medidas definidas para la etapa de construcción.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente, etapa de operación.
Residuos sólidos domésticos
Residuos sólidos domésticos: Ante un eventual cierre, los residuos a generarse son de naturaleza similar a los generados durante la fase de construcción, en términos de cantidades y características, por lo que se implementan las mismas medidas de manejo.
Residuos sólidos industriales
Residuos sólidos industriales: Ante un eventual cierre, los residuos a generar son semejantes a los generados durante la fase de construcción en términos de cantidad y características, por lo que se implementan las mismas medidas de manejo.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Capítulo 1 Numeral 1.6., Numeral 1.6.1, Numeral 1.6.4. de la DIA Adenda, Respuesta 10.3, Respuesta 12 Anexo AD-5.
Capítulo IV, punto 4.3.4.1 Partes, obras y acciones asociadas a la etapa de cierre, del ICE.
Capítulo IV, punto 4.3.4.2 Prevención de futuras emisiones desde la ubicación del proyecto para evitar la afectación del ecosistema incluido el aire, suelo y agua.
4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO
4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
Fecha estimada de inicio
Se estima que el inicio de la fase de construcción son en diciembre del año 2015
Parte, obra o acción que establece el inicio
Actividad de inicio de la ejecución del Proyecto la implementación de la instalación de faenas, ya que corresponde a la primera actividad que indica que el inicio del Proyecto es de manera sistemática y permanente.
Fecha estimada de término
4 meses después de iniciada la Etapa de Construcción.
Parte, obra o acción que establece el término
El término de la fase de construcción corresponde al aviso de Puesta en Servicio (PES) a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).
11 de 54
4.42. FASE D
Fecha estimada de inicio
La fecha estimada para el inicio de operación corresponde a abril de 2016 y la operación se estima en, a lo menos, 50 años, pudiendo extender dicha vida útil a través de la mantención, conservación y modernización de equipos.
Parte, obra o acción que establece el inicio
La actividad que dará inicio a esta etapa corresponde al aviso de puesta en servicio a la SEC. La actividad que da término a esta etapa corresponde al cese del servicio de transformación y operación del transformador, en el caso que se opte por esto.
Fecha estimada de término
A lo menos, 50 años,
Parte, obra o acción que establece el término
Por la naturaleza de este Proyecto, no se considera fase de abandono en una primera instancia. Lo más apropiado es que la S/E San Fernando sea actualizada tecnológicamente y así se prolongue su fase de operación.
Fecha estimada de inicio
La fecha estimada para el inicio de la etapa de cierre corresponde a abril de 2066.
Parte, obra o acción que establece el inicio
Considerando como actividad de inicio el cese del servicio de
transformación y operación del transformador.
Fecha estimada de término
No precisada.
Parte, obra o acción que establece el término
La actividad que dará término a esta etapa corresponde al desmantelamiento de la instalación de faenas temporal en la etapa de cierre.
5%. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N?
19,300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS
Impacto ambiental
Emisiones Atmosfera
Parte, obra o acción que lo genera
Emisión de material particulado y gases de combustión por tránsito de vehículos y maquinaria
Fase en que se presenta
Construcción, Operación, Cierre,
Impacto ambiental
Ruido
Componente(s) ambiental(es)
afectado(s)
Salud de las personas.
Parte, obra o acción que lo genera
Emisión producto de la maquinaria y equipos involucrados en la construcción del proyecto.
Funcionamiento en conjunto de la S/E (instalaciones actuales y nuevo transformador).
Emisión producto de la maquinaria y equipos involucrados en el cierre del proyecto.
0 Sí Fuente: Tabla-11: Evaluación construcción proyecto según D.S. N* 38/2011 dB(A), Anexo AD-6 de la Adenda
En las siguientes tablas, se presenta la evaluación de los puntos
receptores para los períodos diurno y nocturno, durante de la etapa de operación en conjunto de la S/E, según lo estipulado por el D.S. N*
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38/2011.
Punto NPS Límite Exceso ¿Cumple Receptor operación Diurno Norma? D.S. a N238/11 RI 32 60 0 Sí R2 26 60 0 Sí R3 22 60 0 Sí R4 23 60 0 Sí RS 20 60 0 Sí R6 24 60 0 Sí R7 36 60 0 Si Fuente: Tabla-12: Evaluación operación proyecto período diurno según
D.S. N*38/2011 dB(A), Anexo AD-6 de la Adenda.
Punto NPS Limite Exceso ¿Cumple
Receptor operación Nocturno Norma? D.S. N238/11
RI 32 45 0 Sí
R2 26 45 0 Sí
R3 22 45 0 Sí
R4 23 45 0 Sí
R5 20 45 0 Sí
R6 24 45 0 Sí
R7 36 45 0 Sí
Fuente: Tabla-13: Evaluación operación proyecto período nocturno según D.S. N*38/2011 dB(A), Anexo AD-6 de la Adenda.
Fase en que se presenta
Construcción, Operación, Cierre.
Impacto ambiental
Vibración
Componente(s) afectado(s)
ambiental(es)
Salud de las personas.
Parte, obra o acción que lo genera
En la tabla a continuación, se muestra la menor distancia de cada punto receptor hacia el frente de trabajo de construcción del Proyecto y el nivel total estimado de vibración:
Punto Distancia en metros | Ly Total [VdB] RI 202 55 R2 154 58 R3 222, 53 R4 205 54 RS 273 51 R6 181 S6 R7 61 70
Fuente: Tabla-9: Niveles de vibración estimada — Fase Construcción,
Fase en que se presenta
Anexo AD-6 de la Adenda.
Construcción
Impacto ambiental
Campos electromagnéticos
Componente(s) ambiental(es)
afectado(s)
Salud de las personas.
Parte, obra o acción que lo genera
Operación
Fase en que se presenta
Campos electromagnéticos: Durante la operación del proyecto se genera emisiones de campo eléctrico y magnético debido a la operación del nuevo transformador. Se ha considerado que el campo eléctrico máximo son de 0,1 KV/m y el campo magnético se ha estimado en 0,1 pta un metro del suelo, en el borde de la S/E. Además, a modo de referencia, en la siguiente Tabla se presentan los valores de campo estimado para el Proyecto, y lo indicado en la norma internacional ICNIRP (International Commissionon Non-lonizing Radiation Protection).
Impacto ambiental
Generación de Residuos.
Componente(s) afectado(s)
ambiental(es)
Salud de las personas.
Parte, obra o acción que lo genera
Durante la fase de construcción se contempla un sitio de almacenamiento temporal de residuos sólidos domésticos e industriales no peligrosos, en un sector determinado y demarcado dentro de la instalación de faenas del
Proyecto.
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En la fase de construcción del Proyecto, se cuenta con un sitio de almacenamiento de residuos peligrosos, que corresponde a una bodega determinada y demarcada, que se ubica al interior de la instalación de faenas.
Residuos sólidos domésticos: Ante un eventual cierre, los residuos a generarse son de naturaleza similar a los generados durante la fase de construcción, en términos de cantidades y características, por lo que se implementan las mismas medidas de manejo.
Dado que la actual S/E y las obras que incorpora este proyecto, no considera mano de obra permanente para su operación, no existen instalaciones sanitarias. Por lo tanto, cuando se efectúen mantenciones o limpiezas en la S/E, el contratista a cargo dispone de agua potable y baños químicos a los trabajadores, así como es responsable del transporte y disposición final de los residuos generados en dichas actividades. Cierre:
Residuos sólidos domésticos: Ante un eventual cierre, los residuos a generarse son de naturaleza similar a los generados durante la fase de construcción, en términos de cantidades y características, por lo que se implementan las mismas medidas de manejo.
Residuos sólidos industriales: Ante un eventual cierre, los residuos a generar son semejantes a los generados durante la fase de construcción, en términos de cantidad y características, por lo que se implementan las mismas medidas de manejo.
Fase en que se presenta
Construcción, Operación, Cierre.
Impacto ambiental
Generación de Aguas Servidas
afectado(s)
Componente(s) ambiental(es)
Salud de las personas.
Parte, obra o acción que lo genera
Construcción Aguas Servidas: Se estima que hay un máximo de 20 trabajadores en la etapa de mayor actividad. Si se asume la condición más desfavorable, es decir, efluentes líquidos iguales al 80% del consumo de agua potable, se genera 1,6 m'/día como tasa de generación máxima estimada de aguas servidas.
Operación: Se instalan baños químicos con lavamanos incorporados proporcionados por una empresa especializada con resolución sanitaria vigente, la cual es encargada de su retiro periódico, mediante camiones limpia fosas, para su posterior tratamiento y disposición final en una instalación autorizada para tales efectos. La cantidad de baños se calculan según lo establecido en los artículos 23 y 24 del D.S. N*594/2000 del Ministerio de Salud, según corresponda de acuerdo a la periodicidad que necesiten los trabajos de mantención.
Fase en que se presenta
Construcción, Operación.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
CAPÍTULO V. Impactos Ambientales.
CAPÍTULO VI. Antecedentes que Justifiquen que el Proyecto o Actividad no Requiere de la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental.
6.1. Con relación a los efectos, características y circunstancias señalados en la letra a) del artículo 11 de la Ley 19.300, riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos
De acuerdo con lo expuesto en los Capítulos V, y VI en el punto 6.1 del ICE, el proyecto no genera riesgo a la salud de la población debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos.
Mayores antecedentes Anexo C1-2 de la DIA, Adenda, en la respuesta N? 6, tablas AD-6 y AD-7, incluido su
anexo.
5.2, EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE
Impacto ambiental
Compactación de Suelo.
Componente(s) ambiental(es) afectado(s)
Suelo
Parte, obra o acción que lo genera
El Proyecto interviene 395 m? de superficie de suelo.
Es importante señalar que el predio de la S/E San Fernando pertenece a
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TRANSNET, en cuyo interior se instala un nuevo transformador y sus instalaciones anexas objeto de este Proyecto. Dado que las actividades contempladas son de carácter puntual en el suelo de la S/E, no se espera la generación de efectos en la capacidad para sustentar biodiversidad.
Fase en que se presenta
Construcción y Operación. Según lo declarado en Ficha 4.3.1 y 4.3.2 del presente Capítulo de esta resolución.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Anexo C2-1 de la DIA. Capítulo VI, punto 6.2 y Capítulo XI del ICE,
Impacto ambiental
Alteración de Hábitat.
Componente(s) afectado(s)
ambiental(es)
Flora y Fauna
Parte, obra o acción que lo genera
Incorporación elementos a una S/E existente; es decir, se ubica en una zona con alta perturbación antrópica (ambientes que han sido fuertemente perturbados y/o modificados), la vegetación se encuentra alterada tanto en su estructura como en su composición, no se registraron hongos en categoría y la fauna se encuentra representada por especies capaces de tolerar la modificación humana.
De acuerdo a los resultados de la caracterización ambiental del entorno al Proyecto (Anexo C2-1 de la DIA), en el área no se detectaron especies de fauna nativa. A su vez, no se detectaron hábitats de relevancia para la nidificación, reproducción o alimentación de fauna nativa, posibles de ser afectados por las emisiones de ruido generadas por el Proyecto.
En la etapa de construcción se considera sólo la utilización de aceite dieléctrico para el enfriamiento del nuevo transformador, el que son provisto por una empresa especialista contemplando todas las medidas de seguridad necesarias. Este producto es transportado en tanques y vaciado directamente al transformador, por lo que no hay almacenamiento de aceite dieléctrico en la instalación de faenas del Proyecto. Los distintos tipos de residuos son depositados en contenedores apropiados para cada tipo de residuos y dispuestos en lugares autorizados mediante empresas especializadas. Por tanto, se considera en esta etapa no se afecta recursos naturales renovables.
En la etapa de operación no se considera la utilización de sustancias ni generación de residuos peligrosos, por lo que no se considera afectación de recursos naturales renovables.
El Proyecto no considera etapa de cierre. Sin embargo, en caso de existir abandono se considera la utilización de sustancias similares y el manejo de los residuos similares a la etapa de construcción.
Debido a esto, no se considera la afectación significativa sobre los recursos naturales, producto de la utilización y/o manejo de productos químicos o residuos durante las etapas del Proyecto.
Fase en que se presenta
Construcción y Operación. Según lo declarado en Ficha 4.3.1 y 4.3.2 del presente Capítulo de esta resolución.
Referencia al ICE para mayores
Anexo C2-1 de la DIA.
detalles sobre este impacto | Capítulo VI, punto 6.2 y Capítulo XII del ICE. específico
Impacto ambiental Afectación recurso hídrico.
Componente(s) ambiental(es) | Agua.
afectado(s)
Parte, obra o acción que lo genera
Al interior de la S/E San Fernando existe un canal artificial de regadío, el cual se ubica en el límite sur de la subestación. Las obras asociadas al proyecto no intervienen este canal, el cual se ubica aproximadamente a 100 metros de distancia de la obra más cercana; y por lo tanto, no se genera efectos adversos sobre el recurso hídrico.
Fase en que se presenta
Construcción y Operación. Según lo declarado en Ficha 4.3.1 y 4.3.2 del presente Capítulo de esta resolución.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Anexo C2-1 de la DIA. Capítulo VI, punto 6.2 y Capítulo XII del ICE.
En conclusión, de acuerdo a lo presentado anteriormente en el Capítulo 6, punto 6.2 desarrollo de las letras a)
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a la h) y Capítulo XII, todos los anteriores pormenorizados en el ICE, el Proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo,
agua y aire.
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS
Impacto ambiental
Intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico de grupos humanos
Componente(s) afectado(s)
ambiental(es)
Comunidades humanas.
Parte, obra o acción que lo genera
El Proyecto utilizará infraestructura existente, como caminos e instalaciones de la S/E, por tanto no existe intervención al acceso de recursos utilizados como sustento, afectación en el desplazamiento o alteración en el acceso a bienes y servicios, para los grupos humanos presentes en la zona.
Fase en que se presenta
Construcción y Operación. Según lo declarado en Ficha 4.3.1 y 4.3.2 del presente Capítulo de esta resolución.
Referencia al ICE para mayores
Anexo C2-1 de la DIA
detalles sobre este impacto | Capítulo VI, punto 6.3 y Capítulo XII del ICE.
específico
Impacto ambiental La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento
Componente(s) ambiental(es) | Comunidades humanas.
afectado(s)
Parte, obra o acción que lo genera
El flujo vehicular asociado la construcción del Proyecto no supera los 10 vehículos al día por un período acotado de tiempo (4 meses), utilizando únicamente rutas y calles públicas pavimentadas considerando la más cercana la ruta 5 Sur. Por su parte en la etapa de operación, según se ha indicado en el Capítulo 1 de esta DIA, la operación de la S/E seguirá realizándose de forma remota.
Por lo anterior, el Proyecto en sus distintas fases, no obstruye o restringe la libre circulación o conectividad que presentan estos grupos humanos en las rutas del área de influencia.
Fase en que se presenta
Construcción y Operación. Según lo declarado en Ficha 4.3.1 y 4.3.2 del presente Capítulo de esta resolución.
detalles sobre este
específico
impacto
Anexo C2-1 de la DIA Capítulo VI, punto 6.3 y Capítulo XII del ICE.
Impacto ambiental
La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.
Componente(s) ambiental(es)
afectado(s)
Comunidades humanas.
Parte, obra o acción que lo genera
La ejecución del Proyecto no afecta el acceso a bienes, equipamientos o infraestructura asociados al bienestar básico, debido a que en la construcción del Proyecto se requiere como máximo 20 personas, correspondiente al 0,03% de la población de la comuna de San Fernando, y para la operación no se requiere mano de obra adicional a la que
Fase en que se presenta
Construcción y Operación. Según lo declarado en Ficha 4.3.1 y 4.3.2 del presente Capítulo de esta resolución.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Anexo C2-1 de la DIA Capítulo VI, punto 6.3 y Capítulo XII del ICE.
Impacto ambiental
La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo.
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Componente(s) afectado(s)
ambiental(es)
Comunidades humanas.
Parte, obra o acción que lo genera
De acuerdo a información presentada en el Anexo C2-1, en específico lo relacionado con el apartado de Medio Humano, se indica que según el Censo 2002, en la comuna de San Fernando, donde se ubica el proyecto, existe población que se declaraba perteneciente a pueblos originarios o indígenas y que corresponde al 0,8% de la población total de la comuna. Además se debe señalar, que en la zona de emplazamiento del Proyecto que corresponde a las actuales instalaciones de la S/E San Fernando, no habita población.
Por otro lado, se debe señalar que el Proyecto utiliza infraestructura existente, como caminos e instalaciones dentro de la S/E, por lo tanto el Proyecto no dificulta o impide el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de los grupos presentes en el área de influencia del Proyecto.
De acuerdo a lo señalado anteriormente, el Proyecto no genera alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
Fase en que se presenta
Construcción y Operación. Según lo declarado en Ficha 4.3.1 y 4.3.2 del presente Capítulo de esta resolución.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Anexo C2-1 de la DIA Capítulo VI, punto 6.3 y Capítulo XII del ICE.
Impacto ambiental
Para los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, además de las circunstancias señaladas precedentemente, se considera la duración y/o magnitud de la alteración en sus formas de organización social particular.
Componente(s) ambiental(es)
afectado(s)
Comunidades humanas.
Parte, obra o acción que lo genera
Es importante señalar que no existen grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas en el área de emplazamiento del Proyecto, aun cuando a nivel comunal está descrita la existencia de población que se describe perteneciente a pueblos originarios o indígenas según el Censo 2002. Por lo que se concluye que las obras y actividades del Proyecto, no afectan grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas.
En conclusión se puede señalar, que debido a que el Proyecto utiliza infraestructura existente como caminos e instalaciones dentro de la S/E, no se genera el reasentamiento de comunidades humanas, ni tampoco comunidades humanas indígenas. Además, señalar que de acuerdo a los antecedentes presentados anteriormente en las letras a), b), c), d) y e) de este numeral, se afirma que el Proyecto no genera alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
Fase en que se presenta
Construcción y Operación. Según lo declarado en Ficha 4.3.1 y 4.3.2 del presente Capítulo de esta resolución.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Anexo C2-1 de la DIA Capítulo VI, punto 6.3 y Capítulo XII del ICE.
En conclusión se puede señalar, que debido a que el Proyecto utiliza infraestructura existente como caminos e instalaciones dentro de la S/E, no se genera el reasentamiento de comunidades humanas ni tampoco comunidades humanas indígenas. Además señalar que de acuerdo a los antecedentes presentados para el artículo 7 literal a), b), c), d) y e) del Capítulo 6, punto 6.3 y Capítulo XII todos detallados en el ICE, se afirma que el Proyecto no genera alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos
humanos.
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR
Impacto ambiental
Localización próxima a poblaciones, recursos, áreas protegidas sitios
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prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio
Componente(s) ambiental(es)
afectado(s)
Poblaciones, recursos, áreas protegidas sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares,
Parte, obra o acción que lo genera
Construcción y Operación. Según lo declarado en Ficha 4.3.1 y 4.3.2 del presente Capítulo de esta resolución.
Fase en que se presenta
En las cercanías del Proyecto no existen poblaciones protegidas que pudiesen ser afectadas por las obras y actividades del Proyecto, durante su construcción y operación, como se detalló en la caracterización ambiental de Medio Humano (Anexo C2-1 de la DIA).
Además, se debe señalar que el sector específico de emplazamiento de las obras corresponde a las instalaciones, ubicadas al interior de la actual S/E San Fernando, propiedad de TRANSNET.
De acuerdo a la información presentada en el Anexo C2-3 de la DIA, se mostró la distancia a áreas protegidas, concluyendo que el Proyecto no se localiza en o próximo a áreas protegidas, así como tampoco a sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos ni glaciares. El área ambiental más cercana al Proyecto corresponde al Santuario de la Naturaleza Alto Huemul ubicado a 14 km.
Además, considerando que el Proyecto se emplaza dentro de los límites de la actual S/E San Fernando, en un territorio con alta intervención antrópica por las actividades asociadas a la operación de dicha S/E, el área no provee servicios ecosistémicos locales relevantes para la población, y no hay presencia de ecosistemas naturales con características de escasez o representatividad. Por tanto, las actividades de construcción y operación del Proyecto no afectan un territorio con valor ambiental.
De acuerdo a los antecedentes presentados, se puede afirmar que el Proyecto no se localiza o emplaza cercano o en poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Anexo C2-1 de la DIA Capítulo VI, punto 6.4 y Capítulo XII del ICE.
De acuerdo a los antecedentes presentados para el artículo 8 literales a) y b) del Capítulo 6, punto 6.4 y Capítulo XII todos detallados en el ICE, se concluye que el Proyecto no se localiza en o próximo a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental.
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA
Impacto ambiental
Alteración significativa, en términos de magnitud o duración del valor paisajístico o turístico de una zona.
Componente(s) ambiental(es)
afectado(s)
Valor paisajístico o turístico de una zona.
Parte, obra o acción que lo genera
Construcción y Operación. Según lo declarado en Ficha 4.3.1 y 4.3.2 del presente Capítulo de esta resolución.
Fase en que se presenta
De acuerdo al análisis realizado para el componente Paisaje, presentado en el Anexo C2-1 de la DIA, se concluye que no se observaron atributos biofísicos que le otorgaran a la zona una calidad única y representativa, por lo que se definió que el área de emplazamiento del proyecto no presenta valor paisajístico. Además, se debe indicar que las obras del Proyecto están acotadas al interior de la S/E, por lo que no se introduce elementos nuevos en el paisaje.
Por lo anterior, el Proyecto no obstruye la visibilidad a zonas con valor paisajístico.
De acuerdo al análisis realizado para el componente Paisaje, que se presentó en el Anexo C2-1 de la DIA, se concluye que no se observaron atributos biofísicos que le otorgaran a la zona una calidad única y representativa, por lo que se definió que el área de emplazamiento no |
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presenta valor paisajístico. Además, se debe indicar que las obras del Proyecto están acotadas al interior de la S/E, por lo que no se introduce elementos nuevos en el paisaje.
Por lo tanto, el Proyecto no altera atributos de una zona con valor paisajístico.
De acuerdo a los antecedentes presentados en el Anexo C2-4 de la DIA, donde se mostró los atractivos turísticos cercanos al área del Proyecto, se concluye que el Proyecto no tiene valor paisajístico, cultural y/o patrimonial significativo que atraiga un flujo de visitantes o turistas. Además, las actividades del Proyecto, en términos de magnitud y duración esta acotadas a la superficie de la actual S/E San Fernando.
Por lo tanto, se considera que el Proyecto no obstruye el acceso o altera zonas con valor turístico,
Referencia al ICE para mayores | Anexos C2-1 y C2-4 de la DIA
detalles sobre este impacto | Capítulo VI, punto 6.5 y Capítulo XII del ICE. específico
De acuerdo los antecedentes expuestos para el artículo 9 literales a), b) y c) del Capítulo 6, punto 6.5 y Capítulo XII todos detallados en el ICE, se concluye que el Proyecto no genera alteración significativa en términos de magnitud o duración del valor paisajístico o turístico de la zona de emplazamiento.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL
Impacto ambiental Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico,
histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. Componente(s) ambiental(es) | Monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, afectado(s) en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.
Parte, obra o acción que lo genera | De acuerdo a los antecedentes presentados en el Anexo C2-1 de la DIA (caracterización ambiental), no se detectaron monumentos nacionales en el área del Proyecto.
Por lo anterior, el Proyecto no realiza remoción, destrucción, excavación, traslado o modificación de algún Monumento Nacional definidos por la Ley 17.288.
De acuerdo a la información arqueológica contenida en el Anexo C2-1, no se registró la presencia de elementos, construcciones o sitos con algún valor patrimonio cultural.
Además, se debe señalar que el Proyecto no considera intervención sobre lugares o sitios pertenecientes al patrimonio cultural, ni al patrimonio cultural indígena.
Por los antecedentes mencionados anteriormente, se considera que el Proyecto no altera ni deteriora temporal ni permanentemente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, antigiiedad, valor científico, contexto histórico o por su singularidad, pertenezcan al patrimonio cultural de la zona, incluido el patrimonio cultural indígena.
El Proyecto no se emplaza cercano a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad, de acuerdo a los antecedentes presentados en la caracterización ambiental de Medio Humano del Anexo C2-1 de la DIA.
Fase en que se presenta Construcción y Operación. Según lo declarado en Ficha 4.3.1 y 4.3.2 del presente Capítulo de esta resolución.
Referencia al ICE para mayores | Anexo C2-1 de la DIA
detalles sobre este impacto Capítulo VI, punto 6.6 y Capítulo XII del ICE. especifi co
De acuerdo con n antecedentes expuestos para el artículo 10 en los literales a b) y c) del Capítulo 6, punto 6.6 y Capítulo XII todos detallados en el ICE, se concluye que el Proyecto no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico.
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6”. Que, resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales mixtos, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS:
6.2.1. Permiso Ambiental Sectorial Mixtos, artículo 140 del D.S. 40/2012 del Ministerio de Medio Ambiente, Reglamento del SEIA, que indica: “Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase. El permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase, o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, son el establecido en los artículos 79 y 80 del Decreto con Fuerza de Ley N* 725, de 1967, del Ministerio de Salud Pública, Código Sanitario, y siempre que no corresponda la aplicación de otro permiso ambiental sectorial por la misma acción. El requisito para su otorgamiento consiste en que las condiciones de saneamiento y seguridad eviten un riesgo a la salud de la población”.
Fase del Proyecto a la cual | Construcción.
corresponde
Parte, obra o acción a la que aplica
Durante la fase de construcción se contempla un sitio de almacenamiento temporal de residuos sólidos domésticos e industriales no peligrosos, en un sector determinado y demarcado dentro de la instalación de faenas del Proyecto. Este sitio de almacenamiento cuenta con cierre perimetral, la señalización respectiva al tipo de residuos que son almacenados y acceso controlado. El manejo y disposición final de los residuos son realizados por empresas especialistas, que los transporta a rellenos sanitarios autorizados por la SEREMI de Salud de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
Este sitio cuenta con la capacidad necesaria para recibir los residuos sólidos domésticos y residuos industriales no peligrosos del presente Proyecto.
El plano del sitio de almacenamiento temporal, se adjunta en el Anexo C3-1 de la DIA, donde se localiza la instalación de faenas y el sitio de almacenamiento temporal que está en el interior de ésta.
La capacidad máxima de almacenamiento de almacenamiento contemplada, se indica a continuación en la siguiente Tabla:
Residuo Capacidad máxima 20 kg/día
11,35 ton/mes
Fase
Residuos sólidos domésticos
Construcción
Residuos industriales no peligrosos
Fuente: Tabla C3-1 de la DIA, Capacidad máxima de almacenamiento
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
No existen condiciones o exigencias específicas para el otorgamiento de este permiso.
Pronunciamiento del órgano
competente
Al respecto, la SEREMI de Salud de la Región de O”Higgins, con fecha S de octubre de 2015, se pronunció Conforme, mediante Oficio Ord. N N 0002.151/2015.
Referencia al ICE para mayores detalles
Lo señalado en el Capítulo IX Permisos y Pronunciamientos Ambientales Sectoriales para el PASM artículo 140 del D.S. 40/2012 del Ministerio
del Medio Ambiente, Reglamento del SETA, y lo indicado en el Capítulo XII, ambos del ICE.
6.2.2. Permiso Ambiental Sectorial Mixtos, artículo 142 del D.S. 40/2012 del Ministerio de Medio Ambiente, Reglamento del SEIA, que indica: “El permiso para los sitios de almacenamiento de residuos peligrosos, son el establecido en el artículo 29 del D.S. N*148/2003, del Ministerio de Salud, Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos. El requisito para su otorgamiento consiste en que el almacenamiento de residuos en un sitio no afecte la calidad de las aguas, suelo y aire que pueda poner en riesgo la salud de la población”.
la cual | Fase de Construcción, acumulación temporal de residuos peligrosos
durante la fase de construcción en la instalación de faenas.
Fase del Proyecto a corresponde
En la fase de construcción del Proyecto, se cuenta con un sitio de almacenamiento de residuos peligrosos que corresponde a una bodega determinada y demarcada que se ubica al interior de la instalación de faenas.
Parte, obra o acción a la que aplica
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Este sector se caracteriza por ser plano y accesible, está cercado perimetralmente y con toda la señalización que permita distinguir los residuos almacenados.
En el Anexo C3-1 de la DIA, se presentó el plano de ubicación del sector de almacenamiento de residuos peligrosos, el cual está inserto dentro de la instalación de faena del proyecto.
Durante la fase de operación, la generación de residuos sólidos peligrosos se prevé en baja cantidad. Por ello, el Titular contrata los servicios de una empresa para que éstos sean transportados a la bodega de residuos peligrosos de TRANSNET, que cuenta con la capacidad necesaria, autorizada por la Res. Exenta N* 5464/2010 que se presenta en el Anexo C1-5 de la DIA, la cual se encuentra ubicada en El Trébol 617, Rancagua. El Titular verifica que las empresas involucradas en esta actividad, cuenten con la resolución correspondiente que otorga la autoridad sanitaria.
Condiciones o exigencias | No existen condiciones o exigencias específicas para el otorgamiento específicas para su otorgamiento
de este permiso.
competente
Pronunciamiento del órgano Al respecto, la SEREMI de Salud de la Región de O'Higgins, con fecha
5 de octubre de 2015, se pronunció Conforme, mediante Oficio Ord. N? N* 0002.151/2015.
detalles
Referencia al ICE para mayores | Lo señalado en el Capítulo IX Permisos y Pronunciamientos
Ambientales Sectoriales para el PASM artículo 142 del D.S. 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del SEIA, y lo indicado en el Capítulo XII, ambos del ICE.
7*. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1. COMPONENTE/MATERIA: General
Norma
D.S. N*100/2005, Ministerio Secretaría General de la Presidencia, “Constitución Política de la República de Chile”, publicada el 22 de septiembre de 2005.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción a la que aplica
El ejercicio del derecho del Titular a desarrollar cualquier actividad económica, establecido en el artículo 19, N* 21, de la Constitución Política, debe respetar las normas legales que la regulen. Con relación a ello, el numeral 8? del mismo artículo garantiza a todas las personas el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.
Consistente con lo anterior, el derecho de propiedad en sus diversas especies sobre toda clase de bienes corporales o incorporales, que le asiste al Titular, consagrado en el artículo 19 N*24 de la Constitución Política, impone limitaciones y obligaciones que derivan de su función social, dentro de las que se comprende la conservación del patrimonio ambiental
Forma de cumplimiento
Se da pleno cumplimiento al artículo 19 N%8, de la Constitución Política
de la República, sobre la base de lo siguiente:
-
Ingreso y tramitación del Proyecto al SEIA a través de la presente Declaración de Impacto Ambiental (DIA), el cual corresponde a la ventanilla única donde se evalúan ambientalmente los proyectos; y
-
Respeto del derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, por parte del Titular, que se manifiesta en el apego de su actividad a las normas contenidas en el presente documento, el cual contiene la normativa ambiental aplicable al Proyecto, así como también, en el cumplimiento de la RCA que, en definitiva, ponga término al procedimiento administrativo de evaluación ambiental que al efecto se iniciará.
Indicador que acredita su cumplimiento
Los indicadores de cumplimiento corresponden a la obtención de la RCA y a proceder de acuerdo a los términos estipulados en ella, lo cual se corrobora por los indicadores de cumplimiento específico de cada cuerpo normativo aplicable que se detalla en el presente capítulo, así como también, el cumplimiento y la forma de acreditar los demás compromisos que adquiera el Titular en el proceso de evaluación ambiental.
Cabe indicar que el documento de la RCA es de conocimiento público y,
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luego de generado, podrá consultarse en todo momento en el SEIA electrónico, o en las oficinas del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
Forma de control y
seguimiento
Los indicadores de cumplimiento corresponden a la obtención de la RCA y a proceder de acuerdo a los términos estipulados en ella, lo cual se corrobora por los indicadores de cumplimiento específico de cada cuerpo normativo aplicable que se detalla en el presente capítulo, así como también, el cumplimiento y la forma de acreditar los demás compromisos que adquiera el Titular en el proceso de evaluación ambiental.
Referencia al ICE
mayores detalles
para
Capítulo 3 de la DIA. Capítulos XII del ICE.
Norma
Ley 19.300, Ministerio Secretaría General de la Presidencia, “Ley de Bases del Medio Ambiente” (Modificada Por LEY 20.417). 9 de marzo de 1994.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
El Titular ha considerado el ingreso de este Proyecto al SEIA mediante la presente DIA ya que considera aumentar la capacidad de transformación, interconexión y respaldo en el sistema existente en las provincias de Colchagua y Cachapoal y así fortalecer el sistema eléctrico en la zona.
De acuerdo a lo anterior, el Proyecto ingresa al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental SEIA, a objeto de evaluar ambientalmente los eventuales efectos que éste pudiere generar.
En consideración de lo contemplado en el artículo 10, letra b) de la Ley 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley 20.417. “Artículo 10.- Los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en cualesquiera de sus fases, que deberán someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, son los siguientes:
b) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones.”
Parte, obra o acción a la que aplica
Antes de la ejecución del Proyecto.
Forma de cumplimiento
TRANSNET S.A. da cumplimiento a estas exigencias mediante el ingreso del Proyecto a través de una DIA, ya que según lo presentado en el Capítulo 2 no se producen los efectos características o circunstancias a que se refiere el artículo 11 de la Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente. El cumplimiento de la normativa ambiental aplicable se hace en los términos que se indican en cada caso en el presente capítulo. De conformidad con este cuerpo legal TRANSNET S.A., en forma previa a la ejecución del Proyecto, debe obtener la correspondiente RCA de parte de la Comisión de Evaluación de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
Indicador que acredita su
cumplimiento
Los indicadores de cumplimiento corresponden a:
-
— La obtención de la RCA, y
-
Proceder de acuerdo a los términos estipulados en ella, lo cual se corrobora por los indicadores de cumplimiento específico de cada cuerpo normativo aplicable, que se detalla en el presente capítulo, así como también,
El cumplimiento y la forma de acreditación de los demás compromisos
que adquiera el Titular en el proceso de evaluación ambiental. Cabe
indicar que el documento de la RCA es de conocimiento público y, luego
de generado, podría consultarse en todo momento en el SEIA electrónico
o en las oficinas del SEA de la Región del Libertador General Bernardo
O'Higgins.
Forma de seguimiento
control y
Superintendencia de Medio Ambiente, sus resoluciones según
corresponda.
Referencia al ICE
mayores detalles
para
Capítulo 3 de la DIA. Capítulos XII del ICE.
Norma
D.S. N* 40/2012, Ministerio del Medio Ambiente, “Aprueba Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”. Artículo 3 letra b.2).
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará
Antes de la ejecución del Proyecto.
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cumplimiento
Parte, obra o acción a la que aplica
TRANSNET S.A. da cumplimiento a estas exigencias mediante el ingreso del Proyecto a través de una DIA, ya que según lo presentado en el Capítulo 2 no se producen los efectos características o circunstancias a que se refiere el artículo 11 de la Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente. El cumplimiento de la normativa ambiental aplicable se hará en los términos que se indican en cada caso en el presente capítulo. De conformidad con este cuerpo legal TRANSNET S.A., en forma previa a la ejecución del Proyecto, debe obtener la correspondiente RCA de parte de la Comisión de Evaluación de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
Forma de cumplimiento
Los indicadores de cumplimiento corresponden a:
-
La obtención de la RCA, y
-
Proceder de acuerdo a los términos estipulados en ella, lo cual se corrobora por los indicadores de cumplimiento específico de cada cuerpo normativo aplicable, que se detalla en el presente capítulo, así como también,
El cumplimiento y la forma de acreditación de los demás compromisos que adquiera el Titular en el proceso de evaluación ambiental. Cabe indicar que el documento de la RCA es de conocimiento público y, luego de generado, podría consultarse en todo momento en el SEIA electrónico o en las oficinas del SEA de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
Indicador que acredita
cumplimiento
su
Los indicadores de cumplimiento corresponden a:
La obtención de la RCA, y proceder de acuerdo a los términos estipulados en ella, lo cual se corrobora por los indicadores de cumplimiento específico de cada cuerpo normativo aplicable, que se detalla en el presente capítulo, así como también, el cumplimiento y la forma de acreditación de los demás compromisos que adquiera el Titular en el proceso de evaluación ambiental. Cabe indicar que el documento de la RCA es de conocimiento público y, luego de generado, podría consultarse en todo momento en el SEIA electrónico o en las oficinas del SEA de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
Forma de seguimiento
control y
Superintendencia de Medio Ambiente, sus resoluciones
corresponda.
según
Referencia al ICE
mayores detalles
para
Capítulo 3 de la DIA. Capítulos XII del ICE.
7.2. COMPONENTE/MATERIA:
Aire
Norma
D.S. N* 144/1961, Ministerio de Salud, “Establece Normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza”. Artículo 1.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
En la fase de construcción las emisiones provienen principalmente del funcionamiento de maquinarias, vehículos, grupos electrógenos y movimientos de tierra. Durante la fase de operación, se generan emisiones de gases, vapores, humos y polvo por la utilización de vehículos de transporte y en caso de emergencias, de maquinaria para realizar la mantención del transformador. Se contempla en la fase de cierre y abandono la emanación de gases, vapores, humos y polvo, producto de la utilización de equipos y maquinarias para el desmantelamiento de las instalaciones.
Parte, obra o acción a la que aplica
Construcción, Operación y Cierre. Según lo declarado en Ficha 4.3.1, 4.3.2 y 4.3.3 del presente Capítulo de esta resolución.
Forma de cumplimiento
Durante la fase de construcción, se producen emanaciones de gases y material particulado producto de la utilización de vehículos pesados para el transporte de materiales, residuos e insumos. En la fase de operación, en caso de realizarse mantenciones en el transformador, se producen emanaciones de gases y material particulado producto de la utilización de vehículos.
En la fase de cierre y abandono, se producen emanaciones de gases y material particulado producto de la utilización de vehículos pesados para el transporte de materiales, insumos y residuos.
Indicador que acredita su
Implementación de mallas protectoras, humectación de caminos y
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cumplimiento
transporte con camiones encarpados además de vehículos con revisión técnica al día.
Forma de control y | Uso de mallas protectoras (tipo de raschel) en las zonas de excavación seguimiento para la evitar la dispersión de polvo. Humectación de las zonas de trabajo (excavaciones) y caminos internos de la S/E, cuando las condiciones climáticas favorezcan la emisión de polvo. Se considera una frecuencia de humectación de una vez al día, cuando se requiera. Vehículos con revisión técnica al día. Referencia al ICE para | Capítulo 3 de la DIA.
mayores detalles
Capítulos XII del ICE.
Norma
D.S. N* 55/1994, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, “Establece Normas de Emisión Aplicables a vehículos motorizados pesados que indica”. Artículo 4.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción Operación y Cierre. Según lo declarado en Ficha 4.3.1, 4.3.2 y 4.3.3 del presente Capítulo de esta resolución.
Parte, obra o acción a la que aplica
Durante la fase de construcción, se producen emanaciones de gases y material particulado producto de la utilización de vehículos pesados para el transporte de materiales, residuos e insumos. En la fase de operación, en caso de realizarse mantenciones en el transformador, se producen emanaciones de gases y material particulado, producto de la utilización de vehículos.
En la fase de cierre y abandono, se producen emanaciones de gases y material particulado producto de la utilización de vehículos pesados para el transporte de materiales, insumos y residuos.
Forma de cumplimiento
En la fase de construcción, el Titular exige al contratista que los vehículos pesados a emplear en el transporte de personas o cargas, tengan la revisión técnica al día y que se les realicen mantenciones periódicas, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 4 del Decreto en cuestión. Se les exige además a los contratistas poner en el parabrisas del vehículo el distintivo correspondiente. En la fase de operación, en el caso eventual que se requiera el uso de éstos vehículos, se solicita al contratista o proveedor de equipos y/o materiales que cuente con la autorización correspondiente, y tenga el distintivo correspondiente. Respecto a la fase de cierre, debido a la similitud con la fase de construcción, se da cumplimiento a lo indicado en dicha fase.
Indicador que acredita su
cumplimiento
Vehículos con revisión técnica al día, y autoadhesivo de color verde con las características y ubicación que determine el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Forma de control y | Vehículos livianos: Revisión Técnica al día.
seguimiento Vehículos Pesados: Obtención de su primer permiso de circulación; o en una oportunidad posterior, si la acreditación del cumplimiento de la respectiva norma de emisión se produce con posterioridad a la obtención de dicho primer permiso de circulación.
Referencia al ICE para | Capítulo 3 de la DIA,
mayores detalles
Capítulos XII del ICE,
Norma
D.S. N*%75/1987, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, “Establece Condiciones para el transporte de cargas que indica”, publicado el 7 de julio de 1987.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Durante la fase de construcción, se requiere el transporte de materiales, insumos y residuos que eventualmente podrían escurrir, caer al suelo y dispersarse al aire.
Parte, obra o acción a la que aplica
Construcción, según lo declarado en Ficha 4.3.1 del presente Capítulo de esta resolución.
Forma de cumplimiento
El Proyecto contempla, como obligación asociada a la calidad del aire, siempre cubrir total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire.
Indicador que acredita su
Transporte de los materiales para la construcción en camiones encarpados
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cumplimiento
con lona hermética, y sujeta a la carrocería que impida el escurrimiento de los mismos, y fuga de polvo durante el transporte.
Forma de control y | Se verifica que los materiales transportados estén cubiertos por una lona o seguimiento plástico de dimensiones adecuadas Referencia al ICE para Capítulo 3 de la DIA.
mayores detalles
Capítulos XII del ICE,
Norma
D.S. N* 4/1994, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, “Establece Normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Pesados Que Indica”. Artículo 1 y Artículo 3.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Durante la fase de construcción, se producen emanaciones de gases y material particulado, producto de la utilización de vehículos pesados para el transporte de materiales, residuos e insumos. En la fase de operación, en caso de realizarse mantenciones en el transformador, se producen emanaciones de gases y material particulado producto de la utilización de vehículos.
En la fase de cierre y abandono, se producen emanaciones de gases y material particulado, producto de la utilización de vehículos pesados para el transporte de materiales, insumos y residuos.
Parte, obra o acción a la que aplica
Construcción Operación y Cierre. Según lo declarado en Ficha 4.3.1, 4.3.2 y 4.3.3 del presente Capítulo de esta resolución.
Forma de cumplimiento
Durante la fase de construcción, se utilizan vehículos motorizados que cumple con lo establecido en esta normativa, lo que se verifica con el certificado de revisión técnica y con mantenciones periódicas a todos los vehículos, cumpliendo así lo establecido en el Artículo 1 del presente Decreto. De igual forma, se da cumplimiento a los índices de ennegrecimiento establecidos en el Artículo 3, a través del certificado de revisión técnica al día. En la fase de operación, eventualmente cuando se utilicen vehículos motorizados, también se da cumplimiento a lo establecido en esta normativa.
Debido a la similitud de la fase de cierre con la fase de construcción, se da cumplimiento a lo indicado para esa fase,
Indicador que acredita su
cumplimiento
Vehículos con revisión técnica al día, y autoadhesivo de color verde con las características y ubicación que determine el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Forma de control y Vehículos livianos: Revisión Técnica al día.
seguimiento Vehículos Pesados: Obtención de su primer permiso de circulación; o en una oportunidad posterior, si la acreditación del cumplimiento de la respectiva norma de emisión se produce, con posterioridad a la obtención de dicho primer permiso de circulación.
Referencia al ICE para | Capítulo 3 de la DIA.
mayores detalles
Capítulos XII del ICE.
Norma
D.S, N* 279/1983. Aprueba Reglamento para el Control de la Emisión de Contaminantes de Vehículos Motorizados de Combustión Interna. Artículo 3.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Capítulo 3 de la DIA. Capítulos XII del ICE.
Parte, obra o acción a la que aplica
Construcción Operación y Cierre. Según lo declarado en Ficha 4.3.1, 4.3.2 y 4.3.3 del presente Capítulo de esta resolución.
Forma de cumplimiento
Durante la fase de construcción, se producen emanaciones de gases y material particulado producto de la utilización de vehículos pesados para el transporte de materiales, residuos e insumos. En la fase de operación, en caso de realizarse mantenciones en el transformador, se producen emanaciones de gases y material particulado producto de la utilización de vehículos,
En la fase de cierre y abandono, se producen emanaciones de gases y material particulado producto de la utilización de vehículos pesados para el transporte de materiales, insumos y residuos.
Indicador que acredita su
cumplimiento
Durante la fase de construcción y cierre, se utilizan vehículos motorizados que cumplirán con lo establecido en esta normativa, lo que
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Arriendo de duchas para el personal en proximidades a la obra.
Lugar, forma y oportunidad de implementación
Lugar: Instalación de faenas / fase de construcción. Forma: Control al contratista.
Indicador que acredite su cumplimiento
Se mantienen en instalación de faenas un registro que contienen fecha, hora, empresa responsable y firma del funcionario a cargo.
Se mantienen en instalación de faenas, las facturas que acrediten el servicio, en caso de que el contratista no cuente con instalaciones propias en la zona.
Forma de contro] y
Control al contratista de mantener registro que contienen fecha, hora,
seguimiento empresa responsable y firma del funcionario a cargo; facturas que acrediten el servicio, en caso de que el contratista no cuente con instalaciones propias en la zona.
Referencia al ICE para Capítulo 7, respuesta 15 de la Adenda.
mayores detalles
Capítulo XII del ICE.
8.2 Emisiones a la atmósfera.
Impacto asociado
Emisiones de MP10 y PM 2.5 a la atmósfera.
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción.
Objetivo, descripción y justificación
Objetivo: Evitar emisiones fugitivas de MP10 y PM 2.5 a la atmósfera.
Descripción: Uso de mallas protectoras (raschel) en las zonas de excavación. Humectación de las zonas de excavación y caminos internos de la S/E. Transporte de materiales en camiones encarpados con lona hermética.
Lugar, forma y oportunidad de implementación
Zonas de excavación dentro de S/E / Tiempo considerado de actividades. Instalación de faenas / fase de construcción
Indicador que acredite su cumplimiento
Se mantienen un registro fotográfico de la instalación de mallas protectoras (raschel) en las zonas de excavación.
Se mantienen un registro en instalación de faenas que indica fecha y hora de aplicación de humectación de las zonas de excavación y caminos internos de la S/E.
Verificación in situ por parte de personal de TRANSNET. Registro fotográfico aleatorio.
Forma de control y seguimiento
Lugar: Instalación de faenas / Zonas de excavación dentro de S/E / Tiempo considerado de actividades fase de construcción.
Forma: Control al contratista.
Referencia al ICE para mayores detalles
Capítulo 7, respuesta 15 de la Adenda. Capítulo XII del ICE,
8.3. Gestión de Residuos
Impacto asociado
Proliferación de vectores sanitarios.
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción.
Objetivo, descripción y justificación
Objetivo: Evitar la proliferación de vectores sanitarios.
Descripción: Se lleva el control del retiro de los residuos sólidos domésticos e industriales hacia los sitios de disposición final.
Justificación: Control sanitario y de generación de olores molestos.
Lugar, forma y oportunidad de implementación
Lugar: Instalación de faenas / fase de construcción
Forma: Se lleva el control del retiro de los residuos sólidos domésticos e industriales hacia los sitios de disposición final.
Oportunidad: Control al contratista.
Indicador que acredite su cumplimiento
Se mantienen en instalación de faenas un control de los retiros que contienen la fecha del retiro y lugar de disposición final.
Forma de control y
Registro solicitado al contratista en instalación de faenas un control de los
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seguimiento
retiros que contienen la fecha del retiro y lugar de disposición final.
Referencia al ICE para mayores detalles
Capítulo 7, respuesta 15 de la Adenda. Capítulo XII del ICE.
8.4, Residuos Líquidos
Impacto asociado
Descarga al suelo o a cuerpo de agua
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción.
Objetivo, descripción y justificación
Objetivo: Control para evitar que se efectúen cargas al suelo o a cuerpo de agua, no autorizadas.
Descripción: El contratista a cargo abastece agua potable y baños químicos a los trabajadores, y se hace cargo del transporte y disposición final de los residuos generados.
Lugar, forma y oportunidad de implementación
Lugar: Instalación de faenas / fase de operación.
Forma: Se exige al contratista las facturas que acrediten la compra de agua potable y de provisión de baños químicos.
Además, se mantiene un registro de mantención y limpieza de baños químicos que contiene fecha, hora, empresa responsable y firma del funcionario a cargo.
Oportunidad: Control al contratista.
Indicador que acredite su cumplimiento
Facturas que acrediten la compra de agua potable y de provisión de baños químicos.
Registro de mantención y limpieza de baños químicos que contienen fecha, hora, empresa responsable y firma del funcionario a cargo.
Forma de control y seguimiento
Solicitud a los contratistas de las facturas que acrediten la compra de agua potable y de provisión de baños químicos.
Registro de mantención y limpieza de baños químicos que contienen fecha, hora, empresa responsable y firma del funcionario a cargo.
Referencia al ICE para mayores detalles
Capítulo 7, respuesta 15 de la Adenda. Capítulo XII del ICE.
8.5. Medidas ante emergencias
Impacto asociado
No Aplica.
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción/Operación
Objetivo, descripción y justificación
Objetivo: Acciones de control de emergencias.
Descripción: Delimitación del sector contaminado, señalizando con estacas y cercando con malla dormán, en casos de derrame de aceite dieléctrico.
Entrega de elementos seguridad a personal involucrado en la emergencia.
Prospección mediante calicatas profundidad de escurrimiento del derrame.
para determinar
La tierra contaminada y equipos contaminados son trasladados y retirados por una empresa autorizada para su disposición final.
Lugar, forma y oportunidad de implementación
Lugar: Subestación San Fernando Oportunidad: Controlar la contingencia.
Indicador que acredite su cumplimiento
Se mantendrá un registro fotográfico de la delimitación del sector contaminado, señalizando con estacas y cercando con malla dormán, en casos de derrame de aceite dieléctrico.
Registro de la entrega de elementos de protección personal (EPP) al personal involucrado.
Elaboración de un informe con los resultados de las calicatas.
Obtención de un certificado por parte de la empresa responsable con la cantidad de tierra contaminada y equipos contaminados trasladados
Forma de control y seguimiento
Mantención de los registros indicados en el punto anterior, según corresponda.
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Referencia al ICE para mayores detalles
Capítulo 7, respuesta 15 de la Adenda. Capítulo XII del ICE.
9”. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
9.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS
10.1.1. Derrames de sustancias químicas o residuos peligrosos. Las actividades que podrán generar este tipo de contingencias, están relacionadas básicamente a accidentes con equipos motorizados y prácticas inadecuadas, residuos peligrosos y otros materiales contaminantes que se vierten en superficies desprotegidas, afectando componentes del medio ambiente como flora o suelo, así como también a trabajadores durante la etapa de construcción.
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción, Operación y Cierre.
Parte, obra o acción asociada
Polígono de intervención S/E San Fernando
Acciones o medidas a implementar
Descripción del proceso de comunicación:
El trabajador que detecte la generación de un derrame de sustancias químicas o residuos peligrosos, se comunica directamente con el prevencionista de riesgos del contratista, que se encuentre en el área de la faena, y asiste al lugar del evento. Luego, el prevencionista de riesgos identifica las causas de la contingencia, el área afectada y su extensión sobre los componentes ambientales e informa al Departamento de Prevención de Riesgos y Medio Ambiente de TRANSNET, quienes se comunican con los organismos públicos que corresponda.
El prevencionista de riesgos del contratista, son el responsable de identificar e implementar las acciones inmediatas. Para las acciones mediatas, se incorpora al proceso el Departamento de Prevención de Riesgos y Medio Ambiente de TRANSNET y los organismos públicos correspondientes.
En el caso de una pérdida, derrame o escape de sustancias peligrosas y/o residuos peligrosos, se deben seguir las siguientes acciones inmediatas: No poner en peligro la seguridad personal ni la de terceros (por ej. alertar a otras personas que se encuentren en el área de peligro, interrumpir el trabajo, desconectar las fuentes de alimentación eléctrica y las máquinas y equipos en movimiento, entre otras).
El personal que se encuentre en el área donde ocurra el derrame debe identificar el producto que se ha derramado, como así también los riesgos potenciales (tales como el posible contacto del material derramado con equipos u otros productos químicos, o descarga hacia el suelo). Si no se pudiera identificar inmediatamente la sustancia, se debe solicitar asistencia al prevencionista de riesgos del área, y la identificación de la sustancia debe ser realizada por personal calificado.
En forma segura, tomar acción para detener el flujo de derrame mediante el aislamiento del mismo cavando zanjas de contención o utilizando sacos de arena y así evitar que el derrame ingrese a cursos de aguas o afecte otros componentes ambientales.
Delimitación del sector contaminado, señalizándolo con estacas y cercándolo con malla dorman;
Despejar la gravilla para establecer exactamente el perímetro de la contaminación, empleando personal provisto de los elementos de seguridad correspondientes (guantes de goma, botas de goma, máscara, antiparras y traje especial);
Prospección mediante calicatas para determinar la profundidad de escurrimiento de aceite no contenido por pretil, si fuere necesario.
Evaluar la cantidad derramada y sus características, notificar al Departamento de Prevención de Riesgos y Medio Ambiente de TRANSNET, proporcionando la mayor información posible.
El terreno y los equipos contaminados sonn trasladados y retirados por una empresa autorizada para su disposición final de acuerdo con la normativa sanitaria vigente.
Cada contratista que transporte o maneje residuos o insumos peligrosos cuenta con sus acreditaciones y autorizaciones respectivas, así como también debe tener conocimiento del o los planes de emergencia que cuenta el Titular para responder a las eventuales contingencias
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relacionadas con sus actividades.
Forma de control y
Acceso a sistemas de radio comunicaciones o aparato de telefonía móvil celular de cobertura nacional, que aseguren la adecuada comunicación
seguimiento . entre la persona que detecte la contingencia, el prevencionista de riesgos, el Departamento de Prevención de Riesgos y Medio Ambiente de TRANSNET y los órganos de respuesta inmediata.
Referencia al ICE o Anexo C1-4 de la DIA, se presentó Plan de Prevención de Contingencias
documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
y Emergencias
9.1.2. Control de Incendio
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción, Operación y Cierre.
Parte, obra o acción asociada
Polígono de intervención S/E San Fernando
Acciones o medidas a
implementar
Plan de acciones que se llevarán a cabo para contener la emergencia. El Plan contra Incendio, considera 5 etapas; dos preventivas para impedir que un amago derive en un incendio. Las etapas son las siguientes:
e Capacitación y entrenamiento básico.
e Previoa la emergencia. Capacitación y entrenamiento básico: Todo el personal de TRANSNET, y de las empresas contratistas que realicen trabajos o presten un servicio en la subestación, debe conocer y aplicar el presente Plan de Emergencia contra Incendio. Además, debe conocer el uso y ubicación de los extintores y otros elementos contra incendios existente en la subestación. Anualmente, se efectúan ejercicios prácticos y teóricos en el uso de estos elementos. Estas capacitaciones, estarán a cargo del Organismo administrador de la Ley 16.744 (ACHS), Bomberos y Monitores de Seguridad. Previo a la emergencia: En esta etapa todo trabajador tiene la responsabilidad de contribuir y participar activa y permanentemente en la prevención, dirección y control de las condiciones y acciones para el personal e instalaciones de TRANSNET. Personal de TRANSNET: En esta etapa del Plan de Emergencias contra incendios, todo el personal debe: Conocer los números de teléfono de emergencias, habilitados y publicados en todas las subestaciones. Conocer el Plan de Emergencias contra incendio, participar en sus prácticas y aplicarlo cuando corresponda. Conocer la ubicación, uso y operación de los equipos contra Incendio existentes en su puesto de trabajo. Conocer y mantener despejadas las vías de escape de su puesto de trabajo. Conocer las Zonas de Seguridad de la instalación en que trabaja o en que se encuentre ejerciendo sus funciones. Constituirse como elemento de detección de toda la condición o acción subestándar que pueda producir un incendio. Mantener debidamente despejadas las vías de escape, de acceso a los elementos contra incendios. Departamento de Prevención de Riesgos y Medioambiente: En esta etapa del Plan de Emergencias contra incendios, tienen las siguientes tareas específicas: Disponen una inspección planeada semestral a los Equipos y elementos contra incendio e informará por escrito, su resultado. Coordinan con Bomberos, la obtención de la clave de Identificación de la compañía ante ese organismo, lo que les permite actuar sin verificar la procedencia y veracidad del llamado y al tipo de incendio que se enfrentan. Anualmente revisan y actualizan los datos e instrucción del Plan de Emergencia contra Incendio. Coordinar la revisión y mantención anual de los extintores. Si es un amago, ubique un extintor y ataque a la base del fuego hasta su extinción. Alarma de amago: Consiste en alerta con algún tipo de elemento, radio de
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comunicaciones, teléfonos o a viva voz a todas las personas que se encuentren en la S/E para que colaboren en la extinción del amago o que se dirijan a la zona de seguridad más próxima, en caso de indecisión o riesgo.
Amago:
En caso de amago, se debe cumplir con el siguiente marco general: Inicialmente asume como Encargado de la Emergencia la persona que detectó el amago y que dio el aviso de la Emergencia hasta la llegada de un supervisor, o Jefe del Área de Operaciones.
Asumirá como Encargado de la Emergencia, hasta el término del procedimiento de extinción del fuego, el primer trabajador que llegue al lugar amagado con nivel de Supervisor, o Jefe del Área Operaciones.
El encargado de la Emergencia, al llegar al lugar amagado, evalúa la situación y solicita los recursos que estime necesario para evitar que se transforme en un incendio y dirige las acciones destinadas a combatir y hasta apagar el fuego.
El personal de la S/E debe proveer de extintores la zona afectada y proceder a combatir el amago.
El Departamento de Prevención de Riesgos y Medioambiente, debe efectuar la investigación y evaluación final de las causas básicas de la Emergencia y proponer las acciones correctivas para eliminarlas,
Forma de control y seguimiento
Se debe registrar convenientemente cada una de las instancias de capacitación.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo C1-4 de la DIA, se presentó Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias
9.2. PLAN DE EMERGENCIAS
9.2.1. Derrame de sustancias y residuos peligrosos con afectación de suelo, flora y fauna.
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción, Operación y Cierre.
Parte, obra o acción asociada
Polígono de intervención S/E San Fernando
Acciones a implementar
Luego de identificada la contingencia, sus causas y la extensión y componentes ambientales afectados, se procede a caracterizar los componentes ambientales de acuerdo a:
Suelo: Se caracteriza el suelo afectado principalmente de acuerdo a la serie que pertenece, clase de capacidad de uso y limitantes tales como tipografía y drenaje. Se cuantifica la cantidad de suelo afectada a partir de la extensión territorial de la contingencia y la profundidad estimada del suelo en el área, lo que permite definir la cantidad aproximada (m3) de suelo afectado.
Flora: Se caracteriza la flora afectada identificando las especies dañadas y sus características, tales como forma de crecimiento, tipo biológico, origen y estado de conservación. Se estiman la cantidad los individuos de flora dañados estimando la cobertura por especie, de acuerdo a la superficie afectada y la abundancia por especie existente en el área. Fauna: Se caracteriza la fauna afectada identificando las especies dañadas y sus características, tales como origen y estado de conservación. Se estima la cantidad de individuos afectados por especies a partir de la superficie afectada por la contingencia y la abundancia por especie.
A continuación, se describen las acciones que TRANSNET implementa ante la eventual afectación de suelo, agua, flora y/o fauna provocada por la contingencia de derrame de sustancias y residuos peligrosos.
Las acciones inmediatas corresponden a aquellas actividades que se realizan al momento de detectar la contingencia, con el objetivo de disminuir los posibles efectos sobre los componentes ambientales que pudiesen presentarse. Las acciones mediatas corresponden a aquellas actividades que se realicen luego de implementar las acciones inmediatas, con el objetivo de monitorear los componentes ambientales afectados y evaluar su evolución en el tiempo.
Suelo:
Acciones Inmediatas
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Recolectar inmediatamente la capa de suelo contaminado.
Almacenarlo en tambores de 200 litros, sellados y debidamente rotulados. Rellenar la cavidad con materiales similares a los horizontes de suelo detectados. Si se produce un derrame mayor que afecte suelos de cultivos o áreas sensibles se procede al retiro y reposición (con material similar a los horizontes del suelo presentes) de una capa de tierra de 5 cm, para evitar el exceso de basicidad del suelo. Se procura dar un espesor mayor al horizonte orgánico existente con la finalidad de mejorar las condiciones de arraigo de las nuevas especies a plantar.
Trasladar y disponer finalmente los tambores en un vertedero autorizado para recibir este tipo de material contaminado, realizando su manejo como un residuo peligroso. Esta actividad es realizada por una empresa autorizada por la SEREMI de Salud para este efecto.
En el caso en que no sea viable remover el terreno, de ser posible se aplican técnicas adecuadas para la recuperación, remediación y rehabilitación del suelo, lo cual son informados y coordinado con las autoridades pertinentes.
Acciones mediatas.
Después de tres días de retirado el suelo contaminado, se toman una muestra del sector donde se encontraba el derrame, para verificar la limpieza del sector. Los parámetros a evaluar dependen de la sustancia derramada, por ejemplo, en caso que la sustancia sea combustible, se evaluan las concentraciones de hidrocarburos presentes en la muestra. Cabe señalar que se elabora un informe con los resultados de la implementación de las acciones mediatas implementadas en caso de afectar el suelo, señalando los componentes ambientales afectados, identificación del impacto detectado, antecedentes y resultados de las acciones inmediatas, antecedentes de las acciones mediatas, indicador de cumplimiento utilizado, frecuencia de mediación, periodo de tiempo en que se realizó el seguimiento, responsable y los resultados obtenidos. Flora y Fauna:
Acciones inmediatas.
En primer lugar se realiza el rescate de flora y/o fauna directamente afectada por el derrame, lo cual son realizados con apoyo de profesionales especializados en el tema, previo aviso a CONAF y/o SAG, según corresponda. Durante esta etapa, se identifican y caracterizan las especies afectadas con el objeto de identificar el tipo y magnitud de la afectación. La flora rescatada son plantada en lugares de similares condiciones al sitio de origen. Cabe tener presente que, durante la extracción de las plantas se busca no dañar su sistema radicular, ni el cuerpo de la planta más allá de los efectos ya producidos por el incendio. Se prioriza en rescatar aquellos individuos que pertenezcan a especies con formas de crecimiento árbol arbusto y subarbusto, considerando que las hierbas tienen ciclos de vida breves y por ende una menor posibilidad de sobrevivencia.
Los individuos de fauna rescatados son enviados a un centro especializado, que se encuentren autorizados por el SAG en la Región. Los gastos de rescate de flora, rehabilitación, costos médicos veterinarios y mantenimiento fauna son a cargo del titular.
Posteriormente, se realizan actividades de recuperación del área afectada considerando la revegetación a partir de la siembra directa o plantación, con el objeto de mejorar las condiciones ambientales desde el punto de vista de la flora, lo que también permite aumentar la posibilidad de ocupación o recolonización de áreas alteradas por parte de la fauna. Acciones mediatas.
Se realiza el seguimiento periódico a los individuos de flora rescatados con el objetivo de evaluar el establecimiento de la plantación del cual es viable su mantención en forma natural,
Para la fauna, se mantienen contacto permanente con los centros especializados donde se encuentren los individuos, con el objeto de verificar y mantener un registro de los avances en el proceso de rehabilitación de éstos.
Cabe señalar que se elabora un informe con los resultados de la implementación de las acciones mediatas implementadas en caso de afectar flora y/o fauna, señalando los componentes ambientales afectados, identificación del impacto detectado, antecedentes y resultados de las acciones inmediatas, antecedentes de las acciones mediatas, indicador de cumplimiento utilizado, frecuencia de medición, periodo de tiempo en que se realizó el seguimiento, responsable y los resultados obtenidos.
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Personas que deben ser informadas al inicio de una emergencia:
Por el receptor del aviso.
En horario normal de trabajo, al jefe de Operaciones o al Supervisor de Operaciones de turno.
Fuera del horario normal de trabajo, al Supervisor de Operaciones de turno.
El Jefe de Operaciones, o Supervisor de Operaciones de turno, debe informar la situación al Departamento de Prevención de Riesgos y Medioambiente,
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Dertamnede sustancias químicas 9d pebrosos
Ambiente TRANSNETSA
Depende Piavercióndo 5asg0sy edo
Una vez finalizada la emergencia (derrame de sustancia o residuos peligrosos, incendios o sismo) se genera un Informe de Emergencia en el cual se reporte el evento o accidente. El objetivo de este informe son informar de lo ocurrido a la Autoridad y también plasmar las acciones seguidas, que tenderán a reconocer la causa de origen del evento y en caso que sea necesario, la implementación de medidas correctoras. En el Informe de Emergencia se detallan la siguiente información:
Antecedentes generales y de la emergencia (nombre del Proyecto y titular, fecha, hora, tipo de accidente, causas, tipo de sustancia o residuo asociado, duración de la emergencia, acciones inmediatas realizadas en el lugar, personas afectadas por el accidente, etc.) Antecedentes de los componentes ambientales emergencia.
Antecedentes de las acciones inmediatas ejecutadas. Antecedentes de las acciones mediatas implementadas. El informe de Emergencia son complementado por el titular y presentado a la Superintendencia del Medio Ambiente en un plazo no mayor a 15 días de ocurrida la emergencia.
afectados por la
Finalmente, se mantienen permanentemente informadas a las autoridades con competencia ambiental sobre el desarrollo de la emergencia, hasta que ésta se encuentre superada.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo C1-4 de la DIA, se presentó Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias
9.2.2. Incendio
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción, Operación y Cierre.
Parte, obra o acción asociada
Polígono de intervención S/E San Fernando
Acciones a implementar
Inicio de emergencia: La Emergencia se inicia cuando una persona da un aviso al Jefe de
Operaciones o Mantenimiento, si el primero no contesta informándole que existe un incendio o amago, a través del número de teléfono de Emergencias correspondiente identificado en la S/E. En esta etapa participan el informante y el receptor del aviso. El informante es la persona que detecta el amago o incendio y da el Aviso a través del Número de Teléfono de Emergencia u otro medio, y el receptor del aviso, son el Jefe de Operaciones o Mantenimiento según corresponda. Procedimiento para dar aviso: Este procedimiento debe estar en conocimiento de todo el Personal y ser aplicado por toda persona que ha detectado un amago o incendio, para que la reacción ante una emergencia son oportuna veraz y eficaz.
Por lo que sin perder la calma:
Alerte a las personas del área afectada para prevenir situaciones de riesgo
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u obtener su propia ayuda para controlar el siniestro,
Aviso inmediatamente al Jefe de Operaciones o Mantenimiento según corresponda, desde la Subestación, a través de los números de teléfono publicados en todas las S/E, correspondiente, entregando los siguientes datos: Nombre completo, teléfono o anexo desde donde llama, equipo o dependencia que se quema, ubicación, tipo de fuego: eléctrico, estructural, etc., dimensiones del siniestro si es amago o incendio, si es un incendio, y no tiene posibilidad de informar al número de teléfono de emergencia, de la alarma directamente a bomberos, explicando por qué la alarma no se da por la vía formal, ante situaciones de peligro para su vida, dirigirse a la Zona de Seguridad más próxima y espere instrucciones, asuma como Encargado de la Emergencia, cuyas Instrucciones están descritas en el presente documento.
Motivos para verificar un aviso: El receptor del Aviso debe verificar o comprobar previamente la información recibida antes de dar la ALARMA a Bomberos o al personal de la instalación.
Procedimiento para verificar un aviso: El procedimiento son el siguiente: llamar devuelta al anexo o número de teléfono que dio el aviso, si hay respuesta, solicitar los datos faltantes, si no hay respuesta, solicitar la presencia de un móvil de emergencias para verificar la información entregada, como móvil de emergencias para verificar la información, se dispone del siguiente personal: guardia de emergencia distribuidora en turno de la zona de Ubicación Geográfica de la Subestación o inspectores de S/E o Líneas, cuando no sea posible enviar las guardias de emergencia. Personas que deben ser informadas al inicio de una emergencia:
Por el receptor del aviso.
En horario normal de trabajo, al jefe de Operaciones o al Supervisor de Operaciones de turno.
Fuera del horario normal de trabajo, al Supervisor de Operaciones de turno.
El Jefe de Operaciones, o Supervisor de Operaciones de turno, debe informar la situación al Departamento de Prevención de Riesgos y Medioambiente.
Alarma de incendio: Además de lo indicado para la alarma del amago, incluye el aviso a Bomberos, indicando los siguientes datos: nombre completo del que llama, teléfono de donde llama, tipo de fuego; eléctrico, estructuras, etc., clave de la instalación convenida con Bomberos. Procedimiento de alarmas:
Personas ubicadas fuera del área afectada:
Al escuchar la alarma o alerta, deberán coger un extintor y dirigirse a la Zona de Seguridad.
En la Zona de Seguridad, informarse de las características del siniestro y proceso de acuerdo según corresponda a un amago o a un incendio. Personas ubicadas dentro del área afectada:
Evacuar de inmediato el área afectada y dirigirse a la Zona de Seguridad. Ponerse a disposición del encargado de la emergencia para colaborar con la extinción del siniestro.
Asumir el rol que le corresponde en el Plan de Emergencia contra incendios.
Procedimiento de evacuación de la zona o área afectada:
No correr, caminar rápido.
No gritar, no desesperarse, mantener la calma.
Antes de abandonar su lugar de trabajo, en lo posible apague los equipos eléctricos, luces y corte la energía si es el último en salir; guarde papeles y documentos al interior de los estantes, cajones o muebles, cierre cajones, estantes puertas, etc.
Verifique que en la dependencia afectada no queden personas.
Si el humo y fuego han obstaculizado las vías de Evacuación, arrástrese tan cerca del suelo como sea posible, se recomienda proveerse de una toalla mojada para cubrir la boca y nariz. Esto ayudara a enfriar y filtrar los gases.
Si ha quedado encerrado en una habitación o piso del incendio y no tiene salida, cierre puertas y ventanas, y si tiene a su alcance llaves de agua, ábralas y acumule toda el agua que pueda, moje toallas o prendas de vestir y colóquelas por dentro taponeando todas las uniones de las puertas solo en caso de ser necesario, abra las ventanas. Esto evita que el piso se llene de humo y gases calientes. Si su vestimenta se prendiera con fuego, no corra, déjese caer al piso |
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comience a rodar una y otra vez hasta sofocar las llamas, al mismo tiempo, cúbrase el rostro con las manos.
Si esta fuera del lugar siniestrado, no ingrese al interior del recinto hasta que el Encargado de la Emergencia lo disponga.
Combate de incendio
En esta etapa participa principalmente el personal de Bomberos. El personal de la S/E permanece en la Zona de Seguridad dispuesta a colaborar en las actividades que le solicite el Encargado de la Emergencia.
Zona de Seguridad:
Zonas delimitadas y señalizadas físicamente en cada una de las S/E de cada Zonal. Terrenos despejados de edificios y tendidos eléctricos.
Es el punto de reunión de todas las personas presente en la S/E cuando suena la voz de ALARMA originada por un amago o por un incendio, para protegerse de la emergencia, informarse del mismo y esperar instrucciones.
Si se tiene la certeza del tipo de emergencia que se trata, de su ubicación y se tienen responsabilidades asignadas por la emergencia, se puede obviar el paso por la zona de seguridad e ir directamente al lugar amagado. En caso contrario, debe permanecer en la Zona.
Incendio:
En caso de incendio se debe cumplir con el siguiente procedimiento: Inicialmente asumir como Encargado de la Emergencia, la persona que detecte el amago y que dio el aviso de la emergencia, hasta la llegada de un Supervisor o Jefe del Área Operaciones.
Asumirá como Encargado de la Emergencia, hasta el término del procedimiento de extinción del fuego, el primer trabajador que llegue al lugar amagado con nivel de Superior o Jefe del Área de Operaciones.
Si se trata de un incendio, el personal de la instalación permanece en la zona de seguridad atento a las instrucciones que imparta el encargado de la emergencia.
Las personas que tienen asignada las responsabilidades proceden en forma automática a cumplir sus obligaciones.
Funciones específicas:
Supervisor de turno: Tiene como principal función controlar la evolución de la emergencia manteniendo informado al Jefe de Operaciones y las recomendaciones necesarias si el desarrollo de la emergencia lo aconseja. Encargado de la emergencia: Sus funciones principales se relacionan con la seguridad de las personas y con minimizar las consecuencias del siniestro. Para lo que requiere considerar, entre otros, los siguientes aspectos:
Verifica que todas las personas del área afectada hayan sido evacuadas a la Zona de Seguridad.
Mientras llega Bomberos, organiza grupos de personas para aislar el fuego, para ayudar a evacuar al personal y material o documentos que se pueda salvar.
Disponen todas las acciones que sean necesarias para evitar que el fuego se propague hacia otros lugares.
Disponen que una persona se constituya en el control de acceso para dirigir, controlar y orientar la llegada de Bomberos, Carabineros y Ambulancia.
Permiten el acceso a Bomberos a los recintos o equipos eléctricos, previa autorización del Jefe de Operaciones o Administrador Regional y que los equipos afectados se encuentren desenergizados.
Cuando se trate de recinto o equipos eléctricos, disponen que se elimine la fuente de energía de éstos para que Bomberos pueda actuar,
Presta toda la colaboración y orientación que sea necesaria e imprescindible para que de forma segura y adecuada el personal de carabineros y ambulancias ingrese sin dificultades.
Coordinará con carabineros la seguridad de las instalaciones durante la emergencia, evitando el ingreso de personas ajenas al interior del recinto. Mantienen comunicación permanente y constante con bomberos, carabineros y el personal de operación para monitorear la evolución del siniestro.
Al término de la emergencia, informa a todas las personas involucradas las condiciones subestándar es generada por el siniestro, las zonas con prohibición de ingreso y cualquier otra condición o acción para dar seguridad a las personas, a los equipos y al servicio.
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Departamento de Prevención de Riesgos y Medioambiente: Al término del siniestro disponen que todo el equipo contra incendio de TRANSNET usado o afectado, sea revisado, eventualmente reparado y devuelto a su ubicación original. También debe recopilar toda la información necesaria que permita establecer las causas del siniestro.
Jefe de Operaciones: Sus funciones son velar por la operación del sistema de transmisión y mantener, a todo evento, las condiciones de seguridad en la zona donde se trabaja en combatir el fuego, cuando el incendio afecte a instalaciones eléctricas.
También está facultado de citar al personal de TRANSNET y empresas contratistas que sea necesario para efectuar las verificaciones y reparaciones que estime necesarias en las instalaciones afectadas. Supervisores: Se pondrán a disposición del encargado de la emergencia para evaluar la situación y disponer las acciones necesarias para reducir los daños o pérdidas y reparaciones que la situación amerite.
Causas básicas y acciones correctivas:
Después de todo amago o incendio en la S/E, TRANSNET, debe elaborar un informe del siniestro, cuyo objetivo son determinar las causas básicas del mismo y proponer las acciones orientadas a eliminarlas o a controlar sus consecuencias. La elaboración de este informe está a cargo del Jefe del Área de Operaciones con apoyo del Departamento de Prevención de Riesgos y Medioambiente.
Comunicados de prensa:
No está permitido el ingreso de la prensa sin autorización expresa del Gerente Zonal respectivo.
Ningún trabajador o personal de contratista de TRANSNET, está autorizada para emitir declaraciones de los hechos relacionados con la emergencia ocurrida en las Subestaciones de TRANSNET, sin autorización previa. Cualquier información al respecto debe ser canalizada a través del Gerente Zonal y Comunicaciones Internas de TRANSNET.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Una vez finalizada la contingencia (derrame de sustancia o residuos peligrosos, incendios o sismo) se genera un Informe de Emergencia en el cual se reporte el evento o accidente. El objetivo de este informe son informar de lo ocurrido a la Autoridad y también plasmar las acciones seguidas, que tienden a reconocer la causa de origen del evento y en caso que sea necesario, la implementación de medidas correctoras. En el Informe de Emergencia se detalla la siguiente información:
Antecedentes generales y de la emergencia (nombre del Proyecto y titular, fecha, hora, tipo de accidente, causas, tipo de sustancia o residuo asociado, duración de la emergencia, acciones inmediatas realizadas en el lugar, personas afectadas por el accidente, etc.) Antecedentes de los componentes ambientales emergencia.
Antecedentes de las acciones inmediatas ejecutadas. Antecedentes de las acciones mediatas implementadas. El informe de Emergencia son complementado por el titular y presentado a la Superintendencia del Medio Ambiente en un plazo no mayor a 15 días de ocurrida la emergencia.
afectados por la
Finalmente, se mantiene permanentemente informada a las autoridades con competencia ambiental sobre el desarrollo de la emergencia, hasta que ésta se encuentre superada.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo C1-4 de la DIA, se presentó Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias
9.2.3. Sismos de gran intensidad: Corresponden a aquellas emergencias generadas por movimientos telúricos producidos por causas naturales, los cuales podrían ocasionar alguna lesión o daños a infraestructuras, equipos y componentes ambientales.
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción, Operación y Cierre.
Parte, obra o acción asociada
Polígono de intervención S/E San Fernando
Acciones a implementar
Luego de ocurrido el incidente, el prevencionista de riesgos del contratista, identificar y localizar la existencia de áreas afectadas por el
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sismo.
Son de vital importancia que cada individuo sea informado de acuerdo a su ubicación dentro de las faenas de construcción, para su acción según sea el caso, de acuerdo al procedimiento.
Para el caso específico de los sismos, se cuenta con un equipo de apoyo ante sismos, cuyo objetivo son, orientar a los otros trabajadores sobre las acciones mediatas que se deberán ejecutar.
En caso de sismos, se deberá realizar las siguientes acciones:
Conservar la calma, pensar antes de actuar y no correr para escapar
En caso de ir conduciendo, se debe detener el vehículo a un costado de la pista y encender las luces de emergencia hasta el término del movimiento telúrico.
Si se encuentra cerca de laderas de cerros, observar si existen rocas con el potencial de desprenderse y ubicarse fuera de la línea de fuego o trayectoria de ésta.
En caso de ir caminando, no se debe correr. Se evita utilizar las escaleras de los edificios.
Se debe evitar permanecer cerca de armarios altos, lámparas, cuadros y cielos débiles, ya que existe la posibilidad que estos caigan.
Se debe permanecer alejado de subestaciones transformadoras de energía eléctrica y de líneas áreas de alto voltaje.
Se debe alejar de áreas donde existan estanques, cañerías y redes de abastecimiento líquido, especialmente si estos son corrosivos, combustibles o inflamables.
Luego de finalizado el sismo, se realizan las siguientes actividades:
Se evacua al personal del área del Proyecto hacia zonas de seguridad, previamente identificados para estos efectos y que estan debidamente señalizadas en las etapas de construcción y operación del Proyecto.
Se inspecciona el área afectada por parte del personal calificado, debiendo verificar la presencia de heridos. Si este fuera el caso, se trasladan de inmediato hasta un centro asistencial,
Se evalúan los daños en la estructura física de las obras de desvío de cauces, almacenamiento de aguas, caminos y demás construcciones, estableciendo los procedimientos de reparación de ellas.
Se evalúan la respuesta frente a la emergencia, recolectando todas las evidencias posibles, con el fin de hacer las correcciones que el caso amerite y mejorar los procedimientos.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Sismos de mediana o gran intensidad
Provencionistas de riesgos contratista
i -Apos
- Apoyar alos ¡E respecto a las acciones inmediatas A
ante sismos
Departamento de Prevención de Riesgos y Medio Ambiente TRANSNET S.A.
Me públicos Una vez finalizada la contingencia (derrame de sustancia o residuos peligrosos, incendios o sismo) se genera un Informe de Emergencia en el cual se reporte el evento o accidente. El objetivo de este informe son informar de lo ocurrido a la Autoridad y también plasmar las acciones seguidas, que tienden a reconocer la causa de origen del evento, y en caso que sea necesario, la implementación de medidas correctoras. En el Informe de Emergencia se detalla la siguiente información:
Antecedentes generales y de la emergencia (nombre del Proyecto y titular, fecha, hora, tipo de accidente, causas, tipo de sustancia o residuo asociado, duración de la emergencia, acciones inmediatas realizadas en el lugar, personas afectadas por el accidente, etc.)
Antecedentes de los componentes ambientales afectados por la emergencia.
Antecedentes de las acciones inmediatas ejecutadas.
Antecedentes de las acciones mediatas implementadas.
El informe de Emergencia son complementado por el titular y presentado a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo no mayor a 15 días de ocurrida la emergencia.
Finalmente, se mantienen permanentemente informada a las autoridades
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con competencia ambiental sobre el desarrollo de la emergencia, hasta que ésta se encuentre superada.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo C1-4 de la DIA, se presentó Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias
9.2.3. Emergencias Sanitarias.
Falla en el manejo de residuos sólidos. Malos olores provenientes de los RSD.
Aguas Servidas.
Además de las acciones asociadas a los antecedentes técnicos y formales presentados en el marco de los permisos ambientales sectoriales mixtos consagrados en los artículos 140 y 142 del D.S. N* 40/2012 del
MMA.
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción, Operación y Cierre.
Parte, obra o acción asociada
Polígono de intervención S/E San Fernando
Acciones a implementar
Medidas comunes a todo tipo de residuos:
Los lugares donde se almacenan transitoriamente los residuos sólidos, tanto la bodega de residuos peligrosos, como los sitios destinados al acopio de residuos sólidos no peligrosos, cuentan con autorización sanitaria de funcionamiento, previo a su uso.
Se cuantifican y registran la generación de todo tipo de residuos.
Se controlan las operaciones de manejo de residuos, de acuerdo a su naturaleza, desde su generación hasta su envío a eliminación, incluyendo su clasificación en origen, envasado, etiquetado, almacenamiento y despacho, entre otras actividades, según corresponda.
Se registran las frecuencias de recolección y envío a los lugares de disposición final o eliminación, de todos los residuos. En las hojas de registro se informa las siguientes materias: nombre de la empresa recolectora, nombre del conductor, identificación del vehículo empleado para el retiro, cantidad retirada, fecha y hora de retiro y destino de los residuos.
Se solicita copia del registro de recepción de los residuos en el sitio de disposición final, con el propósito de corroborar que éstos estén siendo trasladados a un sitio autorizado.
TRANSNET supervisa el manejo de residuos sólidos que implemente el contratista, exigiéndole mediante cláusulas contractuales que dé cumplimiento a las disposiciones sanitarias y ambientales vigentes. Manejo de residuos domiciliarios, asimilables (RSD) e industriales no peligrosos (RSINP):
Respecto del manejo de los RSINP, son acumulados en los frentes de trabajo segregadamente y trasladados diariamente al sector de acopio temporal existente en la instalación de faena.
En cuanto a los RSD y asimilables, son almacenados en contenedores especiales, con tapa y herméticos ubicados en el sitio destinado para su acopio temporal en la instalación de faena que contemple el Proyecto.
Se privilegia la reutilización o venta de materiales que cuentan con valor comercial.
Estos residuos son retirados por empresa con autorización sanitaria y dispuestos en un sitio también autorizado para su disposición final. Descripción del proceso de comunicación de la emergencia:
El trabajador que detecte la generación de malos olores o sobreacumulación de residuos sólidos, se comunica directamente con el prevencionista de riesgos del contratista, que se encuentre en el área de la faena, quien asiste al lugar del evento. Luego, el prevencionista de riesgos identifica las causas de la contingencia, el área afectada y su extensión sobre los componentes ambientales e informa al Departamento de Prevención de Riesgos y Medio Ambiente de TRANSNET, quienes se comunican con los organismos públicos que corresponda.
El prevencionista de riesgos del contratista es el responsable de identificar e implementar las acciones inmediatas. Para las acciones mediatas, se incorpora al proceso el Departamento de Prevención de Riesgos y Medio Ambiente de TRANSNET y los organismos públicos correspondientes. En caso de falla de la empresa a cargo del retiro de los residuos:
En la medida que exista capacidad de almacenamiento de residuos en los
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sitios destinados a ellos y los plazos lo permitan, en el caso de los RSINP, se contacta la empresa externa a cargo del retiro de los mismos y se solicita que reanuden el servicio a la brevedad.
En caso que estén colmados los sitios de almacenamiento transitorio, el titular se compromete a exigir a la empresa contratista a cargo del retiro, que realicen el servicio de inmediato. En caso que ello no ocurra, se invierte en la contratación de otra empresa que efectúe el retiro de emergencia.
En caso que la acumulación de los RSD sobrepase la capacidad de la faena y por algún factor externo no se haya podido hacer retiro de los mismos (movilizaciones, cortes de caminos u otras situaciones), el jefe o supervisor a cargo suspende las labores en sus dependencias, procediendo a trasladar a los trabajadores a otros sitios de trabajo o bien a su residencia, considerando que no se están cumpliendo las condiciones mínimas de higiene en los lugares de trabajo.
Se realiza investigación y registro del incidente.
En caso de malos olores provenientes de los RSD:
En caso de producirse malos olores producto de los RSD almacenados, se revisa el estado de los contenedores.
En caso de requerirse, se solicita el retiro anticipado de éstos residuos.
Se realiza investigación y registro del incidente
En caso de filtraciones de aguas servidas
En caso de producirse filtraciones desde los baños químicos, se procede a implementar las siguientes medidas:
El personal que identifique la filtración da aviso inmediato a su supervisor directo.
Para detener la generación de aguas servidas, se debe evacuar momentáneamente el área. Paralelamente se llama a la empresa proveedora del servicio para que identifique y reemplace el (los) baño(s) químico(s) que se encuentren en mal estado.
Un equipo procede a limpiar y/o desinfectar las áreas que hayan estado en contacto con las aguas servidas.
Se realiza investigación y registro del incidente.
En caso de malos olores producto de utilización baños químicos.
En caso de malos olores en el área de baños químicos, el personal que detecte esta situación debe dar aviso a su supervisor o jefe directo, quien coordina una cuadrilla para que revise posibles anomalías en el sistema de acumulación de aguas servidas. Una vez identificado el problema, se procede de acuerdo a lo señalado en los puntos anteriores, según sea el caso.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan
Una vez finalizada la contingencia (derrame de sustancia o residuos peligrosos, incendios o sismo) se genera un Informe de Emergencia en el cual se reporte el evento o accidente. El objetivo de este informe son informar de lo ocurrido a la Autoridad, y también plasmar las acciones seguidas, que tienden a reconocer la causa de origen del evento, y en caso que sea necesario, la implementación de medidas correctoras. En el Informe de Emergencia se detalla la siguiente información:
Antecedentes generales y de la emergencia (nombre del Proyecto y titular, fecha, hora, tipo de accidente, causas, tipo de sustancia o residuo asociado, duración de la emergencia, acciones inmediatas realizadas en el lugar, personas afectadas por el accidente, etc.)
Antecedentes de los componentes ambientales afectados por la emergencia.
Antecedentes de las acciones inmediatas ejecutadas.
Antecedentes de las acciones mediatas implementadas.
El informe de Emergencia son complementado por el titular y presentado a la Superintendencia del Medio Ambiente, en un plazo no mayor a 15 días de ocurrida la emergencia.
Finalmente, se mantienen permanentemente informadas a las autoridades con competencia ambiental sobre el desarrollo de la emergencia, hasta que ésta se encuentre superada.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Anexo C1-4 de la DIA, se presentó el Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias
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10%, Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
- Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.
12%. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
13”, Que, para que el proyecto “Nuevo Transformador 154/66 kV S/E San Fernando”, presentado por TRANSNET S.A., pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
14”, Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región del Libertador General Bernardo O”Higgins, y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
15%, Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito Dirección Regional del SEA de la Región del Libertador General Bernardo O”Higgins, la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA,
16”. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
17, Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
1%. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Nuevo Transformador 154/66 kV S/E San Fernando”, presentado por el señor Eduardo Apablaza Dau en representación legal de TRANSNET S.A.
2*, Certificar que el proyecto “Nuevo Transformador 154/66 kV S/E San Fernando”, presentado por S.A., cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3". Certificar que el proyecto “Nuevo Transformador 154/66 kV S/E San Fernando”, presentado por TRANSNET S.A., cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales mixtos que se señalan en los artículos 140 y 142 del D.S. N*40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
42, Certificar que el proyecto “Nuevo Transformador 154/66 kV S/E San Fernando”, presentado por
RANSNET S.A., no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
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5”. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionadbs en el considerando 4.1 del presente acto.
Notifíquese y Archívese
AN GODOY MUÑOZ INTENDENTE . ELA COMISIÓN DE EVALAUCIÓN AMBIENTAL
di A ADOR GENERAL BERNARDO O”HIGGINS
La RAÁRECTOR REGIONAL (S) SECRETARIOT8 DÉ LA COMISIÓN DE EVALAUCIÓN AMBIENTAL REGIÓN DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O”HIGGINS
Destinatario:
- TRANSNET S.A., Av. Presidente Riesco 5561 Piso 12, Las Condes, Región Metropolitana.
e Sr. Eduardo Apablaza Dau, representante legal de TRANSNET S.A., ruarac(Qtransnet.cl, accornejod(Qtransnet.cl.
Distribución:
e Ilustre Municipalidad de San Fernando.
-
D.O.M. I. Municipalidad de San Fernando.
-
CONAF, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
-
Dirección de Vialidad, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
e SAG, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
e SEC, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
-
SEREMI Medio Ambiente, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
-
SEREMI de Agricultura, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
-
SEREMI de Energía, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins,
-
SEREMI de Salud, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
-
SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
- SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
C/c:
» Superintendencia de Medio Ambiente. Calle Teatinos N*280, pisos 8 y 9, Comuna de Santiago. Región Metropolitana de Santiago.
e Encargado Participación Ciudadana.
e Expediente del Proyecto e-seia DIA “Nuevo Transformador 154/66 kV S/E San Fernando”, presentado por TRANSNET S.A.
e Archivo Servicio Evaluación Ambiental Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
- Oficina de Partes Servicio Evaluación Ambiental Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
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