Ampliación planta de extracción y procesamiento de áridos en pozo lastrero sector La Varilla
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE REGION DE ANTOFAGASTA
Califica Ambientalmente el proyecto
“Ampliación Planta de Extracción y Procesamiento de Áridos en pozo Lastrero sector
la Varilla” : 001
Antofagasta, 1 9 ENE 2016
Resolución Exenta N*
VISTOS:
1?. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 14 de septiembre de 2015 y su Adenda Complementaria de fecha 14 de diciembre de 2015, del proyecto “Ampliación Planta de Extracción y Procesamiento de Áridos en pozo Lastrero sector la Varilla”, presentado por Arenex S.A con fecha 26 de junio de 2015.
- Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Ampliación Planta de Extracción y Procesamiento de Áridos en pozo Lastrero sector la Varilla”.
3”. El Acta de Evaluación N* 038/2015 de fecha 14 de agosto de 2015, del Comité Técnico de la Región de Antofagasta.
4?. El ICE de la DIA del proyecto “Ampliación Planta de Extracción y Procesamiento de Áridos en pozo Lastrero sector la Varilla” de fecha 05 de enero de 2016.
- El acuerdo N? 08 de la sesión extraordinaria N? 2 de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de fecha 12 de enero de 2016.
7%. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Ampliación Planta de Extracción y Procesamiento de Áridos en pozo Lastrero sector la Varilla”.
8”. Lo dispuesto en la Ley N 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, la Resolución TR N 50.619 de fecha 14 de diciembre de 2015 de la Dirección Ejecutiva de Servicio de Evaluación Ambiental que nombra Directora del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta y el D.S. N* 675 de fecha 11 de marzo de 2014, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que me nombra Intendente de la Región de Antofagasta, se dicta lo siguiente:
CONSIDERANDO:
1”, Que Arenex S.A (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Ampliación Planta de Extracción y Procesamiento de Áridos en pozo Lastrero sector la Varilla” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
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Nombre o razón social Arenex S.A.
Rut 76.414.778-2
Domicilio Parcela 15 Fundo Santa Filomena de Nos, San Bernardo, Santiago
Teléfono 02-29406510
Nombre representante legal Claudio Hurtado Sepúlveda
Rut representante legal 8.427.195-0
Domicilio representante legal Parcela 15 Fundo Santa Filomena de Nos, San Bernardo, Santiago
Teléfono representante legal 02-29406510
Correo electrónico Titular o | claudio.hurtado(Ocbb.cl
representante legal
2?. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 05 de enero de 2016, la Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta ha recomendado aprobar el Proyecto, en base a la opinión de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental que participaron del proceso de evaluación del proyecto, y que a partir de sus informes se puede concluir que el proyecto:
e Cumple con la normativa de carácter ambiental vigente aplicable.
e Han identificado los permisos ambientales sectoriales aplicables al proyecto, y ha proporcionado satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dichos permisos, y no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N* 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
3“. Que, en sesión extraordinaria de fecha 12 de enero de 2016, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta acordó calificar favorablemente el proyecto” Ampliación Planta de Extracción y Procesamiento de Áridos en pozo Lastrero sector la Varilla”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 05 de enero de 2016, el que forma parte integrante de la
presente Resolución.
- Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
Ampliar la zona actual de extracción de áridos de 4,8 a 31,5 ha, por un periodo de 180 meses, equivalentes a una vida útil de 15 años, cuya ubicación es a un costado de la Ruta 5 Norte, localizado a 30 km al sur de la comuna de Antofagasta.
Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones
Proyectos de desarrollo minero, incluidos los de carbón, petróleo y gas, comprendiendo las prospecciones, explotaciones, plantas procesadoras y disposición de residuos y estériles, así como la extracción industrial de áridos, turba o greda.
Vida útil La duración de la fase de construcción será de aproximadamente 3 meses, mientras que la vida útil de la fase de operación será de 15 años y finalmente la fase de cierre tendrá una duración aproximada de 1 mes, contemplándose una vida útil total de 15 años más 4 meses.
Gestión, acto o faena | El hito que marcará el inicio de la ejecución del proyecto será la construcción
mínima que da cuenta del inicio de la ejecución
e instalación de baños y drenes de ambos polígonos. El cronograma de actividades se detalla en la tabla 17 y tabla 18 de la Adenda N* 1 de la DIA y tabla 5 de la Adenda Complementaria de la DIA.
Proyecto se desarrolla | Si No por etapas 1X] Proyecto modifica un Si No proyecto o actividad [(X] Proyecto modifica otra(s) Si No ' RCA [X]
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4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-administrativa
Región de Antofagasta, comuna de Antofagasta y Provincia de Antofagasta.
Descripción de la localización
El proyecto se ubicará específicamente a un costado de la Ruta 5 Norte, localizado a 30 km al sur de la comuna de Antofagasta.
Superficie
Se considerará que la zona de extracción será aproximadamente de 28,8 ha, sin embargo esta zona contemplará el emplazamiento de áreas destinadas al proceso productivo, chancado, selección, carguío de material y vialidad. Por ultimo las zonas destinadas a las edificaciones del proyecto (instalaciones de faenas) y acopio de material serán aproximadamente de 2,7 ha, dando un total de 31,5 ha.
A continuación, se detallan las superficies del proyecto:
Zona de extracción Superficie (ha) Cuña de extracción polígono 1 17,6 Cuña de extracción polígono 2 11,2 Vialidad interna entre polígonos 0,048 Total 28,8 Zona de extracción Superficie (ha) Zona acopio polígono 1 2,29 Edificación polígono 1 0,04
Zona acopio polígono 2 0,33 Edificación polígono 2 0,04
Total 2,1
Coordenadas UTM en Datum WGS84.
A continuación, se detallan las coordenadas de las zonas de extracción que contemplará el proyecto. En relación a la ubicación de las zonas de acopio, baños, oficina/comedor, bodega de herramientas y de residuos peligrosos, se detallan en la tabla 1, tabla 2, tabla 3 y tabla 4 todos de la Adenda Complementaria de la DIA.
Punto Este UTM (m) Norte UTM (m) Zona de extracción 1 362.858,00 7.352.946,00 polígono 1 2 362.933,00 7.353.126,00 3 363.412,00 7.353.116,00 4 363.497,00 7.352.792,00 5 363.383,00 7.352.707,00 Zona de extracción 1 365.724,00 7.352.278,00 polígono 2 2 365.729,00 7.352.276,00 3 365.649,00 7.351.627,00 4 365.316,00 7.351.670,00
Caminos de acceso
El punto de acceso se localizará en el kilómetro 1.341 de la Ruta 5. Se indica que no se requiere la habilitación de nuevos caminos, puesto que se utilizarán los existentes, tanto desde el punto de acceso desde la ruta 5 y los caminos internos entre polígonos de extracción, encontrándose debidamente señalizado. Lo que si se realizará son las habilitaciones de caminos internos en cada polígono que se realizarán a medida que se vaya extrayendo material a lo largo de la vida útil del proyecto.
Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones
Tabla 1 y anexo 1 (anexo 1.1 y anexo 1.2) ambos de la Adenda N? 1 de la DIA, se adjunta plano con sus respectivas coordenadas, puntos de accesos y características de los caminos que utilizará el proyecto.
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4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO
El presente proyecto corresponderá a una ampliación de un proyecto existente en el área de estudio. Cabe destacar que dicho proyecto se encuentra en ejecución, pero dada las características actuales en cuanto al volumen total extraído y superficie abarcada, no sobrepasaba lo indicado en el literal i.5.1 del Decreto Supremo 40, por lo tanto no debía ser sometido al sistema de evaluación de impacto ambiental.
De acuerdo a lo anterior, para evaluar si el proyecto es factible de desarrollar, es decir, si posee las características técnicas de la cantidad y calidad de material a extraer, se realizaron estudios preliminares los cuales se llevaron a cabo posterior a la definición del área donde se efectuará la extracción de áridos, la cual permitió caracterizar la zona de extracción, identificando los volúmenes factibles a extraer y sus condiciones de manera de efectuar la extracción. Dentro de la información recopilada se destaca:
e Levantamiento topográfico
Calicatas.
Levantamiento de información en terreno y bibliográfico Análisis del medio biótico
Análisis arqueológico de los elementos naturales y artificiales Evaluación de la componente ruido
4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
a) Instalaciones | Las instalaciones con las que actualmente cuenta el titular y que se seguirán utilizando para las existentes fases de construcción y operación del proyecto serán las siguientes (ver figura 3 de la Adenda N? 1 de la DIA):
e Oficinas: Instalaciones necesarias para el área administrativa y operacional de la planta de extracción de áridos.
e Comedor: Incorpora mobiliario para establecer las necesidades básicas de alimentación.
- Bodega de herramientas: Espacio destinado para guardar, organizar y mantener las diversas herramientas que se utilizarán durante el proyecto.
b) Preparación | En primera instancia la preparación del terreno se realizará mediante un levantamiento del terreno topográfico, el cual, permitirá evaluar las zonas a intervenir y proyectar las cuñas de extracción. Para mayores detalles, respecto de la proyección de extracción, ver anexo 2 de la Adenda N? 1 de la DIA.
Una vez proyectadas las zonas a intervenir, se procede a la demarcación de ésta estableciendo claramente los límites mediante la instalación de estacas, tanto para la cuña de extracción como también los límites de las zonas a intervenir
c) Montaje e | Durante esta fase se implementará toda la infraestructura e instalaciones definitivas necesarias instalación de | para el desarrollo de la actividad, cumpliendo con lo establecido con la normativa de seguridad
faenas y condiciones ambientales en los lugares de trabajo, D.S. N* 594/99.
d) Instalación | Durante esta fase se dispondrá una caseta de control con el fin de registrar el ingreso y salida de caseta | de la planta.
control
e) Bodega de Se contemplará la construcción de una bodega para el almacenamiento de residuos peligrosos, almacenamiento | clasificados en el 'artículo 90 del DS 148 como A 2010, A 3020, A 3120, A 4060 de los cuales de residuos los más frecuentes son, restos de lubricantes, guaipes contaminados, pilas y baterías usadas, peligrosos entre otros, provenientes principalmente de la mantención de maquinaria y/o equipamiento.
f) Bodega de Esta bodega forma parte del mismo conteiner que contiene la bodega de residuos peligrosos,
almacenamiento | pero con una materialidad diferente (ver figura 8 y figura 9 de la Adenda N* 1 de la DIA), de residuos no | principalmente por los residuos que se pretenden almacenar, el cual por sus características y
peligrosos composición no se prevé algún riesgo o peligrosidad en el caso de alguna emergencia. Las características constructivas, se detallan en la pregunta 18 de la Adenda N? 1 de la DIA. g) Bodega de Esta bodega al igual que las otras edificaciones, serán en base a la utilización de conteiner,
herramientas y | cuyas dimensiones se presentan en figura 10 de la Adenda N? 1 de la DIA. Con respecto a su
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estructura interna, se utilizará tabiquería en base a madera o volcometal, la estructura de techumbre como los revestimientos de muro serán propios de la estructura del conteiner. Esta estará destinada para administrar y guardar todas aquellas herramientas que se utilizarán en las fases de construcción y operación, en el caso que se necesite, por ejemplo palas, martillos, pernos, clavos, picotas, donde en general serán de carácter inertes. A su vez se guardarán todos aquellos repuestos destinados a la maquinaria de procesamiento y extracción de material, por ejemplo, cintas transportadoras.
repuestos h) Planta de chancado y
seleccionadora
Corresponderá a las instalaciones móviles de plantas que contarán con un buzón de entrada, chancadora primaria y secundaria, harneros y cintas transportadoras. Esta estará ubicada al centro del polígono 1 o en el polígono 2, dependiendo de la necesidad.
1) Construcción y habilitación de
Corresponderá a la instalación y habilitación de los contenedores que serán utilizados como oficinas y comedor.
infraestructura
complementaria
j) Vehículos y | Para realizar las instalaciones de la planta de procesamiento se necesitarán los vehículos y maquinaria maquinarias que se detallan en la tabla 3.5-2 de la DIA.
k) Señalización
Para la extracción de áridos, se implementará la señalización adecuada en las zonas de acopio y caminos internos, la delimitación de ambas cuñas se realizará con estacas y banderines visibles. Del mismo modo se procederá a la instalación de la señaléticas de entrada y salida de camiones en la ruta 5, Panamericana norte.
ID) Habilitación
Se habilitarán caminos interiores para la circulación de maquinaria y vehículos al interior del
de caminos predio, para el traslado del material de la zona de extracción a la zona de procesamiento.
m) Transporte | El personal durante esta fase se trasladará por medios proporcionados por el titular, personal específicamente en camionetas.
n) Insumos y Se requerirá de los siguientes insumos: combustible, aceites y lubricantes y agua potable para servicios los trabajadores.
Recursos El proyecto no contempla la extracción o explotación de recursos naturales renovables durante naturales la fase de construcción.
renovables
Emisiones y efluentes
a) Emisiones atmosféricas
Se generaran emisiones de material particulado y gases provenientes principalmente de tránsito de camiones y vehículos livianos por caminos pavimentados y no pavimentados dentro y fuera del sitio donde se emplazará el proyecto, combustión de maquinarias, camiones y vehículos. Se estima se generarán 2,61 t/año de MP10 y 0,074 t/año de MP2,5.
Para el control de emisiones se considerará lo siguiente:
e Construcción e implementación de mallas cortavientos en sectores de acopio de material a granel al aire libre, sobre una altura promedio de las pilas de almacenamiento, en caso de reclamos.
e Velocidad de tránsito de los camiones con materiales de construcción e insumos, máxima de 20 Km/h.
e Vehículos y maquinarias con sus mantenciones preventivas al día y revisión técnica al
día. b) Emisiones de ruido
Durante el desarrollo del proyecto, las dos cuñas podrían serán explotadas de manera simultánea, dependiendo de las necesidades del titular. En cada escenario será considerado el funcionamiento simultáneo de la instalación de faenas y del proceso de extracción y chancado. Cabe mencionar que para los dos escenarios, las fuentes de ruido serán modeladas de forma simultánea, de modo que se busque evaluar la peor condición acústica posible.
De acuerdo a lo anterior, se concluyó que dentro de un radio de 1.000 m los niveles bordearán los 50 dB(A). Cabe recordar que en este radio no se encuentran receptores, cercanos al proyecto en un radio de, por lo menos, 15 km.
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Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
a) Residuos líquidos
Residuo Cantidad Zona de Tipo de Disposición Disposición (Vdía) generación manejo temporal final Aguas 150 Baños Baños Al interior de | Una vez que servidas químicos químicos los propias | la capacidad cuya capacidad | baños de los baños corresponde a | químicos. químicos 180 1 (tipo tengan su estándar) máxima capacidad, una empresa externa autorizada para su
mantención y traslado, en el caso que sea necesario.
A continuación, se presentan los residuos líquidos a generar en la fase de construcción del
proyecto.
b) Residuos sólidos
A continuación, se presentan los residuos sólidos a generar en la fase de construcción del
proyecto.
Tipo de
residuos
Cantidad
Zona de
generación
Tipo de manejo
Disposición temporal
Disposición final
Domiciliarios
7,5 kg/día
Oficinas, comedor, baños
Acumulación en contenedores
Contenedores tipo
PVC de 360 L identificados como basureros.
Al menos 1 vez por semana serán trasladado por vehículo autorizado y depositados aun basurero que tenga alcance del Sistema de Recolección Municipal, donde finalmente se destinaran a un sitio de disposición final autorizado que reciba dichos residuos.
No peligrosos (madera, fierros, despuntes)
Hasta 80 kg/mes
Construcción, instalación de maquinaria e
instalación de faena
Según su tamaño y composición (contenedor, bodega o sitio de acopio)
de no
Bodega residuos peligrosos. Sitio de Acumulación temporal. Contenedores
Una vez que la capacidad de los contenedores tengan su máxima
capacidad se
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localizados cercanos a las
destinarán a un sitio de
fuentes de | disposición
trabajo, para | final
luego autorizado
trasladarse a|que reciba
la bodega. dichos residuos (relleno controlado).
Se reciclaran o venderán todos los cartones, papeles, fierros, entre otros.
Peligrosos 100 Aceites de | Acumulación Acumulación | Se
kg/mes | motores, en en destinaran a filtros de | contenedores contenedores, | un relleno de aceites, mientras se | seguridad, el trapos, construye cual se mangueras, la bodega | encuentre cartones, RESPEL capacitado aceites para la hidráulicos recepción de provenientes este tipo de por la residuos, por instalación de una empresa planta de externa. procesamiento
y maquinaria.
Referencia al ICE para mayores detalles esta fase.
sobre
Estimación de emisiones, anexo 10 de la Adenda N? 1 de la DIA. Estimación niveles de emisiones de ruidos, anexo 7 de la DIA. Insumos y servicios, se detallan en la tabla 4 del ICE.
4.4.2. FASE DE
OPERACIÓN
a) Extracción y procesamiento de áridos
A partir de los datos obtenidos del informe de diseño para la extracción y el procesamiento de áridos, se obtienen los siguientes volúmenes para cada polígono y sus cuñas asociadas.
Cuña de extracción asociada al polígono 1, donde actualmente se está realizando el proceso de extracción:
La longitud del pozo proyectado es de 350 m y presenta una profundidad variable dentro de un rango de 2,0 m y 6,0 m. El pozo de extracción más alejado (5 km) de la ruta panamericana 5, denominado cuña 1, abarcará una superficie de 17,6 (ha) y queda definida dentro del polígono. Se determinó el volumen extraíble de la cuña 1, mediante la información de los perfiles trasversales (área) y la distancia entre ellos. De esta forma, el volumen total extraíble corresponderá a 995.742,85 m3 (ver tabla 3.6-1 de la DIA). Mayores detalles respecto de la extracción con sus planos respectivos y cuñas, se encuentran en el anexo 2 de la Adenda N? 1 de la DIA.
Cuña de extracción asociada al polígono 2, donde no existe extracción ni actividad asociada:
La longitud del pozo proyectado es de 700 m y presenta una profundidad variable dentro de un rango de 4,0 m y 7,0 m. El terreno presenta una pendiente promedio del 9,25% y la pendiente de proyecto es del 9,00 %. Los taludes tanto longitudinales como trasversales se han proyectado con una pendiente 3(H):1(V) con el fin de asegurar un comportamiento seguro frente a solicitaciones estáticas y dinámicas.
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La cuña de extracción 2, se encuentra distante a 3 km de la ruta panamericana 5 el cual abarcará una superficie de 11,2 ha. Se determinó el volumen total extraíble mediante la información de los perfiles trasversales (área) y la distancia entre ellos, corresponderá a 486.981 m' (ver tabla 3.6-2 de la DIA). Mayores detalles respecto de la extracción con sus planos respectivos y cuñas se encuentran en el anexo 2 de la Adenda N? 1 de la DIA.
En resumen, los volúmenes totales a extraer de ambos polígonos se detallan en la siguiente tabla:
Detalle Unidad (m') Volumen mensual 8.237 Volumen anual 98.848 Volumen total (15 años) 1.482.723
De acuerdo a lo anterior, se indica que se proyecta que la extracción se realice en forma habitual en ambos polígonos a la vez. Sin embargo y de acuerdo a las necesidades de demanda y características del material, pudiera acontecer que la extracción en algún periodo se efectué sólo en uno de los polígonos, respetando siempre los volúmenes totales de extracción mensuales indicados (8.237 m?). Por lo tanto, se aclara que cuando se proceda a la extracción de forma simultánea en ambos polígonos, las instalaciones se mantendrán sólo en una de ellas, debiendo trasladarse el personal para hacer uso de estas, en lo que respecta a comedor y oficinas.
b) Remoción y carguío de áridos hacia la zona de proceso
Es importante mencionar que previo al inicio de las faenas de extracción se limitará el área respectiva a intervenir insertando estacas en los vértices de cada sector de ambos polígonos contemplados para la extracción.
El proceso de extracción se realizará con maquinaria pesada (excavadora) directamente desde el pozo, para su posterior carga en camiones tolva, los cuales llevarán el material hacia el buzón de alimentación de la planta procesadora. Para llevar a cabo lo anterior, se dará cumplimiento con el volumen total de extracción señalado en el proyecto de extracción, el cual contemplará un volumen total de 1.482.723 mí, durante un período de 15 años.
Cabe señalar que, el proceso de carguío y transporte del material será realizado con maquinarias y camiones los cuales cumplen con los estándares de calidad exigidos por Arenex S.A. Para el desarrollo de las faenas de extracción de áridos, utilizará los equipos y maquinarias que se detallan en la tabla 3.6-4 de la DIA.
c) Flujo de camiones al interior del proceso de operación
El flujo de camiones en base a la explotación de áridos dependerá directamente de los niveles de producción de la planta, de acuerdo a la estimación realizada se obtiene:
Camiones tolva con producto: (camiones de 14 y 20 m') Promedio mensual de extracción: (8.237 m*)
Días trabajados: 24 días al mes por 15 hrs.
Horario de trabajo: 15 hrs, desde las 7 a 22 hrs.
El peso promedio de los camiones cargados cumplirá con los pesos máximos (45 t) exigidos por la normativa. En cuanto a vehículos menores, existirán en promedio 2 vehículo permanentes, que corresponderán a camionetas.
d) Proceso de selección,
chancado y acopio de áridos
El proceso comenzará con el depósito del material en el buzón de alimentación, pasando posteriormente a una chancadora primaria para luego ser transportado en cintas hasta las cribas que seleccionan el material en tres granulometrías. A su vez, estas serán transportadas mediante cintas hacia la chancadora secundaria, los que realizarán el procedimiento para obtener base chancada, gravas y gravillas. La planta de proceso anteriormente descrita será de tipo móvil, lo cual puede ser instalada en cualquier parte del polígono, dependiendo de la zona de extracción dentro de las cuñas proyectadas para ambos polígonos. Mayores detalles, se encuentran en la figura 5 y tabla 15 ambos de la Adenda N? 1 de la DIA.
Respecto al despacho y para mantener un control de acceso al predio, se llevará un control y registro de todo los vehículos (maquinarias, camiones y vehículos menores) que ingresa o salen del recinto. Mayores detalles de la maquinaria para el proceso de selección y carguío, se encuentran en la tabla 3.6-5 de la DIA.
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En relación al acopio de material, los productos obtenidos se separan de acuerdo a las distintas dimensiones, por lo que se distribuyen por tres cintas transportadoras diferentes hacia su respectivo acopio, para más tarde se genere su despacho.
Por otra parte, tanto la extracción como el procesamiento se realizaran durante 15 hrs a través de la modalidad de turno por toda la vida útil del proyecto.
e) Instalaciones de tipo fija y móvil
A continuación, se detallan las instalaciones asociadas al proyecto, distinguiendo aquellas que serán del tipo móvil de aquellas que serán del tipo fijas.
Instalaciones (conteiner) Cantidad | Polígono ( | Tipo de instalación instalación de faenas) Oficinas 1 Ambos Móvil (dependiendo de demanda) Instalaciones sanitarias 2 Ambos Fija ( en ambos (duchas, WC, lavamanos) polígonos) Comedor 1 Ambos Móvil (dependiendo de demanda) Bodega de herramientas y 1 Ambos Móvil (dependiendo de repuestos demanda) Bodega de residuos peligrosos 1 Polígono 1 Fija (sólo polígono 1) Bodega y zona de residuos no 1 Polígono 1 Fija (sólo polígono 1) peligrosos
De acuerdo a la tabla precedente, se concluye que sólo las oficinas, comedor y bodega de repuestos tienen el carácter móvil y se moverán hacia aquél polígono de mayor demanda, dejando el otro polígono momentáneamente sin estas instalaciones.
f) Mantenciones
e Camiones y camionetas
Se subcontratará el servicio de camiones y camionetas por lo que las mantenciones de estos se realizaran en talleres que cuenten con autorización por la autoridad, en este caso el titular al momento de subcontratar el servicio exigirá que cuyas empresas cuenten con un programa de mantenciones y reparaciones preventivas periódicas y un taller asociado para las mantenciones, por lo que dicho sitio se utilizará sólo en caso de mantenciones correctivas.
e Equipos y maquinarias
Se realizaran principalmente mantenciones menores, donde se contemplará la chancadora y planta móvil, tales como: cambio de aceite y reparaciones menores. Las mantenciones y reparaciones se llevarán a cabo en a un costado de las instalaciones existentes, como se aprecia en la figura 7 y tabla 20 ambos de la Adenda N* 1 de la DIA, no obstante, también estas pueden ser desarrolladas in situ. El sector en el cual se realizaran las mantenciones estará habilitado con una bandeja metálica que pueda recoger el aceite o combustible de posibles derrames (funcionará como contención) y se montará con una carpeta HDPE. Con esta acción se logrará una doble protección al suelo para evitar derrames al mismo. Mayores detalles, en relación al plan de mantención de la maquinaria, ver anexo 8.2 de la Adenda N? 1 de la DIA y pregunta 8 de la Adenda Complementaria de la DIA.
g) Transporte
de material (áridos) y de personal
e Material
El traslado de material será parte del presente proyecto en evaluación, por lo que dichas emisiones fueron incorporadas a la actualización de las estimaciones atmosféricas.
e Personal En lo que respecta al traslado de personal hacia la zona del proyecto, estos utilizarán
camionetas proporcionadas por el titular, por lo que dichas emisiones también fueron incorporadas al inventario actualizado.
h)Transporte de insumos y residuos
Se indica que el transporte de insumos y residuos no forma parte del proyecto. Los residuos peligrosos y no peligrosos serán transportados por una empresa autorizada y en relación a los insumos, tales como combustible, aceite y lubricantes estos serán suministrados por el proveedor con autorización respectiva.
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Insumos y | Se requerirá de los siguientes insumos: combustible, aceites y lubricantes y agua potable para servicios los trabajadores.
básicos
Recursos El proyecto no contemplará la extracción o explotación de recursos naturales renovables naturales durante la fase de operación.
renovables
Emisiones y (3) Emisiones atmosféricas
efluentes
Se generaran emisiones de material particulado y gases provenientes principalmente de movimiento de tierra (excavación), transferencia de material, carguío y volteo en camiones tolva, erosión pila de acopio de áridos, tránsito de vehículos pesados y livianos por caminos pavimentados y no pavimentados al interior y fuera del sitio donde se emplazará el proyecto, combustión de maquinaria, camiones y vehículos livianos dentro del recinto, descarga de material en buzón de planta chancadora y operación de planta chancadora.
Las emisiones de MP10 corresponderán a 48,14 t/año y las de MP2,5 serán de 5,63 t/año.
Por otro lado, en relación a las medidas de control de emisiones se indica que, aun cuando el proyecto se encuentra a 3 y a 5 km de distancia de la ruta 5, de igual forma se adoptarán las siguientes medidas:
e Velocidad de tránsito de los camiones materiales de construcción e insumos, máxima de 20 Km/h.
e Vehículos y maquinarias con sus mantenciones preventivas al día y revisión técnica al día.
e Para el manejo de acopios de materiales estériles a granel al aire libre o en canchas de almacenamiento, se contará con sistemas de mallas cortaviento de una altura superior a la altura de las pilas de almacenamiento en caso de existir reclamos de visibilidad en la ruta S. Se realizará limpieza de compuertas de descarga de los vehículos de transporte de cargas antes de salir de las instalaciones del proyecto.
e Para el tránsito de vehículos y maquinarias en caminos no pavimentados se realizará lo siguiente:
-
Controlar la velocidad de los vehículos (20 Km/h, dentro de las faenas).
-
Limpieza de compuertas de descargas de los vehículos de transporte de cargas, antes de salir de las instalaciones del proyecto. Este procedimiento consistirá en la limpieza manual en seco, realizando un cepillado en las áreas de compuerta y en el área superior de la cubierta de la tolva con el objetivo de evitar que el material quede retenido en el vehículo y produzca derrames menores en el camino.
-
Incluir la instalación de carpas o similares sobre los vehículos de transporte cuando se traslade material desde las instalaciones del proyecto al exterior de este.
-
Realizar preferentemente aquellas actividades que generaren mayor cantidad de emisiones de polvo en horarios en que la dirección del viento sea contraria a la ruta 5.
-
Se usarán sistemas de supresor de polvos en el tramo de camino que va desde la ruta S hasta los polígonos de extracción.
-
Encapsular las correas de transporte de materiales y puntos de traspaso de material entre correa, de correas a chutes de descarga y otras transferencias de material.
b) Emisiones de ruido A modo de poder considerar el peor escenario de emisiones de ruido del proyecto, se consideró la fase de operación en conjunto con la de construcción (instalación de faenas),
puesto que en algún momento estos dos escenarios se pueden presentar de manera simultánea.
De acuerdo a lo anterior, se concluyó que dentro de un radio de 1.000 m los niveles bordearán los 50 dB(A). Cabe recordar que en este radio no se encuentran receptores, cercanos al
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proyecto en un radio de, por lo menos, 15 km.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
a) Residuos líquidos
Los residuos líquidos que se generarán en esta fase, se encuentran indicados en la tabla 12 del
ICE.
b) Residuos sólidos
A continuación, se presentan los residuos
sólidos a generar en la fase de operación del
proyecto. Tipo de | Cantidad | Zona de | Tipo de | Disposición Disposición residuos generación manejo temporal final Domiciliarios | 7,5 Oficinas, Acumulación | Contenedores | Al menos 1 kg/día comedor, en tipo vez por baños contenedores | PVC de 360 l, | semana serán identificados | trasladado por como vehículo basureros autorizado y depositados a un basurero que tenga alcance del Sistema de Recolección Municipal, donde finalmente se destinaran a un sitio de disposición final autorizado que reciba dichos residuos. No Hasta 20 | Guantes, Según su Bodega de | Una vez que peligrosos Kg/mes | restos de | tamaño y residuos no|la capacidad (madera, soldaduras, composición | peligrosos. de los fierros, discos de | (contenedor, | Sitio de contenedores despuntes) cortes, bodega o | Acumulación | tengan su máscaras, sitio de | temporal. máxima papeles y | acopio) Contenedores | capacidad se cartones, localizados destinarán a entre otros. cercanos a las | un sitio de fuentes de | disposición trabajo, para | final luego autorizado trasladarse a | que reciba la bodega. dichos residuos (relleno controlado). Se reciclaran todos los cartones y papeles. Peligrosos 200 Aceites Contenedores | Bodega Se destinaran l/mes usados, RESPEL a un relleno mantenciones de seguridad,
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de menor el cual se
grado, aceites encuentre
hidráulicos capacitado para la
recepción de este tipo de residuo.
Referencia al ICE para mayores detalles esta fase.
sobre
Estimación de emisiones, se detallan en el anexo 10 de la Adenda N* 1 de la DIA.
Estimación de la evaluación de los niveles de emisiones de ruidos, se detallan en el anexo 7 de la DIA.
Insumos y servicios, se detallan en la tabla 7 del ICE.
4.4.3. FASE DE CIERRE
a)Desmantelar o asegurar la estabilidad de la
La fase de abandono del proyecto tiene que ver con el desarrollo de las distintas acciones y actividades asociadas al levantamiento de las instalaciones que son de tipo conteiner y al término de la actividad productiva.
infraestructura
utilizada por el Esta fase se considerará el desmantelamiento de la planta móvil de procesamiento, es decir de proyecto la chancadora y seleccionadora, el retiro de la fosa séptica utilizada como solución sanitaria y
el levantamiento y retiro del equipo electrógeno.
b)Suavización, Para reacondicionar el terreno intervenido, se utilizará el mismo material del sector que tiene emparejamiento | POr objetivo generar superficies estables, suavizar las pendientes de la zona de emplazamiento y del proyecto. Luego, se procederá a retirar todo material excedente que se encuentre acopiado recomposición | eN la zona del proyecto, y para finalizar se realizará un emparejamiento del materia.
topográfica del terreno
c)Prevenir futuras emisiones desde la ubicación del
proyecto, para evitar la afectación del ecosistema
incluido el aire suelo y agua
Para evitar futuras emisiones una vez concluido el proyecto, se procederá a retirar todos los restos de materiales, chatarra, escombros, acopios excedentes, etc, que sean susceptible de ser erosionadas y por lo tanto fuentes generadoras de material particulado.
Por otra parte, antes del retiro de la fosa séptica, se procederá a la limpieza total de esta, por una empresa autorizada, a fin de evitar afectaciones al ecosistema.
d)Mantención,
conservación y supervisión que sean necesarias
La fase de cierre del proyecto estará a cargo de un supervisor, el cual al finalizar el proyecto presentará un documento informando las condiciones del terreno. A partir de un levantamiento topográfico mediante el cual se verificará el cumplimiento de lo estipulado en el presente ítem.
e)Maquinaria Las maquinarias a utilizar en esta fase, se indican en la tabla 3.7-6 de la DIA.
Insumos y | Se requerirán los siguientes insumos: combustible, aceites y lubricantes y agua potable. servicios
Recursos El proyecto no contemplará la extracción o explotación de recursos naturales renovables naturales durante la fase de operación.
renovables
Emisiones y efluentes
a) Emisiones atmosféricas
Dadas las características del proyecto relacionadas con la pendiente de los taludes (1:3), pendiente menor que la regularidad de los proyectos de extracción, el presente proyecto no requiere suavización ni relleno de las zonas explotadas por lo que solo se ejecutarán obras asociadas al retiro de las instalaciones de faena. Se estima se generarán 0,63 t/año de MP10 y de 0,061 t/año de MP2,5.
De igual manera, para el control de las emisiones se considerará lo siguiente:
e Velocidad de transito de los camiones por conceptos de desinstalación de la
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infraestructura de instalación de faena, maquinarias entre otros, máxima de 20 Km/h, en vías no pavimentadas.
- Todos los vehículos y maquinarias deberán acreditar sus mantenciones preventivas al día y revisión técnica al día.
e Se realizará la limpieza de compuertas de descarga de los vehículos de transporte de carga, antes de salir de las instalaciones del proyecto.
e Mantención de los supresores de polvo hasta el último tránsito de vehículos en esta fase.
b) Emisiones de ruido
Durante esta fase, será utilizada menos cantidad de maquinaria que durante la instalación de faenas y operación, siendo la ubicación del frente de ruido la misma considerada en la fase anterior. De acuerdo a esto se concluyó que los niveles de emisión de ruido se encontrarán bajo los 45 dB a 250 m desde los frentes de ruido, por lo que a un radio de 1.000 m, los niveles de inmisión serán mucho menores a los proyectados durante la operación.
Residuos, a) Residuos líquidos productos . . . o. . químicos y | A continuación, se presentan los residuos líquidos a generar en la fase de cierre del proyecto. otras sustancias que puedan | | Residuo Cantidad | Zona de Tipo de Disposición | Disposición afectar el medio (kg/día) generación | manejo temporal final ambiente. Aguas 24 Baños Acumulación en | Al interior | Una vez que servidas químicos dichas de los | la capacidad instalaciones. propias de los baños baños químicos químicos. tengan su máxima capacidad, una empresa externa autorizada para su mantención
y traslado, en el caso que sea necesario.
b) Residuos sólidos
A continuación, se presentan los residuos sólidos a generar en la fase de cierre del proyecto.
Tipo de | Cantidad | Zona de | Tipo de | Disposición Disposición residuos generación manejo temporal final Domiciliarios | 7,5 Oficinas, Acumulación | Contenedores Al menos 1 kg/día comedor, en tipo PVC de 360 | vez por baños contenedores | l, identificados | semana como basureros | serán trasladado
por vehículo autorizado y depositados aun basurero que tenga alcance del Sistema de Recolección Municipal, donde finalmente
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se destinaran a un sitio de disposición final autorizado que reciba dichos residuos. No s0 Restos de las | Según su Sitio de | Una vez que peligrosos kg/mes | instalaciones, | tamaño y acumulación la capacidad (madera, trozos de | composición | temporal. de los fierros, maderas, (contenedor | Contenedores contenedores despuntes) fierros, o sitio de localizados tengan su hormigón acopio) cercanos a las | máxima fuentes de | capacidad se trabajo. destinarán a un sitio de disposición final autorizado que reciba dichos residuos (relleno controlado). Se reciclaran todos los cartones y
papeles. Peligrosos 40 Residuos Retiro No habrá | Se kg/mes | contaminados | inmediato almacenamiento, | destinaran
con aceites se retiraran | por una
200 guaipes, inmediatamente | empresa l/mes filtros) y una vez | autorizada a aceites generados, ya | un relleno de que durante esta | seguridad, el fase se | cual se
desmantelaran encuentre las instalaciones. | capacitado para la recepción de este tipo de
residuo. Referencia al | Estimación de emisiones, se detallan en el anexo 10 de la Adenda N? 1 de la DIA. ICE para | Estimación de la evaluación de los niveles de emisiones de ruidos, se detallan en el anexo 7 de
mayores la DIA. . detalles sobre | Insumos y servicios, se detallan en la tabla 8 del ICE.
esta fase.
4.5. DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO
4.5.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
Fecha estimada de inicio 1 de Febrero 2016
Parte, obra o acción que | Construcción e instalación de baños y drenes de ambos polígonos establece el inicio
Fecha estimada de término | 1 de mayo 2016
Parte, obra o acción que | Termino de Instalación de faena y emplazamiento de maquinaria y planta establece el término procesadora.
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4.5.2. FASE DE OPERACIÓN
Fecha estimada de inicio 1 de mayo 2016 Parte, obra o acción que Extracción, procesamiento y acopio de material en los polígonos establecidos en el establece el inicio proyecto.
Fecha estimada de término | 1 de mayo 2031
Parte, obra o acción que Extracción de los volúmenes establecidos según el proyecto de extracción, en establece el término ambas cuñas. El volumen total proyectado es de 1.482.723 m'.
4.5.3. FASE DE CIERRE
Fecha estimada de inicio 1 de mayo 2031
Parte, obra o acción que | Desmantelamiento de la planta procesadora.
establece el inicio
Fecha estimada de término | 1 de Junio 2031
Parte, obra o acción que | Suavización de taludes de los polígonos de extracción.
establece el término
- Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N*
19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE
EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS
Impacto no significativo
Emisiones de material particulado y gases
Se realizó una modelación de la calidad de aire que consideró la emisión de contaminantes atmosféricos proveniente de las principales actividades involucradas en el proceso de operación del proyecto. De acuerdo a lo informado en el anexo 10 de la Adenda N* 1 de la DIA, los resultados de la modelación permiten concluir que las emisiones de material particulado respirable (MP10) generadas en la operación del proyecto no sobrepasarán los límites establecidos en la respectiva norma de calidad primaria. El máximo valor de percentil 98 modelado en el área de estudio, tiene un valor de 46,3 1g/m”.
Además, el titular propone una serie de medidas de control asociada a las diferentes fases del proyecto, las cuales se detallan en la tabla 12 de lz Adenda Complementaria de la DIA.
Por lo tanto, el proyecto por su magnitud y emplazamiento, no
generará emisiones y efluentes que presenten riesgos para la salud de la población
Parte, obra o acción que lo genera
Extracción y procesamiento de áridos.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Capítulo VI del ICE y capítulo 4 de la DIA.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE
Impacto no significativo
Flora y Fauna
Se reconoce la importancia ecosistémica de las especies reptil llamado “El corredor de Atacama” (Microlophus atacamensis) y la especie de flora Huidobria fructicosa, las cuales se encuentran sólo asociados al emplazamiento del polígono 2 con una baja abundancia relativa, tal como lo muestra la figura 16 de la Adenda Complementaria de la DIA. Para más detalles en el anexo 3 de la
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Adenda N* 1 de la DIA, se localizan los resultados en extenso del análisis de flora y fauna existente en el sector.
De acuerdo a lo descrito anteriormente, se propone la siguiente acción para evitar la pérdida de individuos de H. fructicosa y a la vez realizar una medida de control concreta para evitar el impacto de la especie M. atacamensis la cual consistirá en lo siguiente:
Se extraerá de la zona del polígono 2 de extracción y sus inmediaciones todas los individuos de Huidobria fructicosa (29 individuos catastrados). Este retiro se hará siguiendo técnicas agronómicas y con los cuidado necesarios de tal manera asegurar el no daño de sus raíces y la sobrevivencia de los individuos con el menor estrés posible.
Se replantarán dichos individuos extraídos fuera de la zona del polígono de extracción, en las zonas de quebradas donde se detectaron los dos individuos de Microlophus atacamensis. En zona ya existen individuos de la especie de flora mencionada, por tanto se deberá tener cuidado de que esta replantación no interfiera con los individuos existentes. El detalle de lo anterior se encuentra en el anexo 5 de la Adenda Complementaria de la DIA. Esta acción aumentará la densidad y el área de la presencia de H. fructicosa e implicará que la disponibilidad de hábitat para M. atacamensis aumentará y por ende la preferencia de las especies por el lugar fuera del polígono de extracción (aproximadamente 400 m de distancia). A su vez al no existir hábitat disponible para la especie de reptil en la zona de extracción, esta se mantendrá en el lugar.
Lo anterior se basa en el prendimiento de los individuos en el proceso del trasplante, por lo cual el titular se compromete a entregar todas las condiciones necesarias para dicho prendimiento, por cuanto se compromete a adoptar las acciones necesarias para esto tal como aportar con nutrientes y riego específico para cada individuo. Además, se propone una evaluación de la zona de relocalización de flora que permita evaluar el prendimiento a través de un catastro de las especies de flora y de herpetofauna 6 meses después de efectuado dicho trasplante.
Finalmente, todo lo anterior deberá ser realizado y/o supervisado por un profesional Biólogo, Agrónomo, Ing. Forestal o ingeniero a fin quien elaborará un informe de la replantación y del posterior seguimiento el cual deberá ser remitido a las autoridades competentes.
En resumen con los antecedentes entregados precedentemente, se indica que el proyecto no generará o presentará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.
Parte, obra o acción que lo genera
Extracción y procesamiento de áridos.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Capítulo VI del ICE y capítulo 4 de la DIA.
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS
Impacto no significativo
El proyecto en cualquiera de sus fases, no contemplará la intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico o para cualquier otro uso tradicional de un grupo comunidades humanas, tales como uso
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medicinal, espiritual o cultural de un grupo humano, dado que el proyecto consistirá en la extracción y procesamiento de áridos.
Además, considerando que el proyecto está emplazado en una zona rural, con una baja frecuencia de vehículos y que el tránsito de maquinaria y vehículos pesados se llevará a cabo casi en su totalidad al interior del terreno excluyendo el tránsito relacionado al despacho de los áridos, se determina que el proyecto no contemplará la obstrucción o restricción significativa a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.
Parte, obra o acción que lo genera
Extracción y procesamiento de áridos.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Capítulo VI del ICE y capítulo 4 de la DIA.
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR
Impacto no significativo
El proyecto se ubica en una zona alejada de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados directamente por el proyecto o por sus áreas de influencia, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar; esto pues se encuentra regulado por instrumentos de planificación territorial vigente.
Parte, obra o acción que lo genera
Extracción y procesamiento de áridos.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Capítulo VI del ICE y capítulo 4 de la DIA.
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO
O TURÍSTICO DE UNA ZONA
Impacto no significativo
El proyecto se ubicará en la comuna de Antofagasta, a más de 30 km del sector urbano comunal, escasamente intervenido debido principalmente por su aridez. Además no se encuentran zonas con valor paisajístico en el área de influencia del proyecto.
Parte, obra o acción que lo genera
Extracción y procesamiento de áridos.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Capítulo VI del ICE y capítulo 4 de la DIA.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL
Impacto no significativo
La ejecución de las actividades del proyecto no afectará ningún tipo de monumento nacional, según lo establecido en la Ley 17.288 sobre Monumentos Nacionales.
De acuerdo a la inspección arqueológica, en el área de influencia directa del proyecto no existen monumentos nacionales que puedan verse afectados por las actividades del mismo.
Sin embargo, en caso de efectuarse algún hallazgo arqueológico durante alguna de las faenas de remoción de tierras deberá procederse según lo establecido en los artículos N 26 y 27 de la Ley N 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N? 20 y 23 del Reglamento de la Ley N* 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas,
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informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir. Mayores antecedentes, respecto de la prospección arqueológica realizada, ver anexo 6 de la DIA.
Parte, obra o acción que lo genera
Extracción y procesamiento de áridos.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Capítulo VI del ICE y capítulo 4 de la DIA.
67, Que resulta aplicable al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagiies, aguas servidas de cualquier naturaleza del artículo 138 del Reglamento del SEIA.
Fase del Proyecto a la cual corresponde
Construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción a que aplica
Dos sistemas de tratamiento de aguas servidas, uno ubicado en el polígono 1 y el otro en el polígono 2, compuesto por redes de descarga, una fosa séptica, con capacidad de 4 mé, con infiltración al suelo mediante drenes.
Condiciones O exigencias específicas para su otorgamiento
No existen condiciones o exigencias asociadas al otorgamiento del presente permiso.
Pronunciamiento del órgano competente
La SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta, mediante ORD N 0012 de fecha 05 de enero de 2016, se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por el titular al Permiso Ambiental Sectorial N138 del Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental.
Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el anexo 7 de la Adenda Complementaria de la DIA.
6.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase del artículo 140 del Reglamento del SEIA.
Fase del Proyecto a la cual corresponde
Construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción a que aplica
Patio y una bodega para el almacenamiento temporal de residuos no peligrosos ubicados en el polígono 1.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
No existen condiciones o exigencias asociadas al otorgamiento del presente permiso.
Pronunciamiento del órgano competente
La SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta, mediante ORD N*0012, de fecha 05 de enero de 2016, se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por el titular al Permiso Ambiental Sectorial N%140 del Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental.
Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el anexo 7 de la Adenda Complementaria de la DIA.
18/29
6.1.3. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos del artículo 142 del
Reglamento del SEIA.
Fase del Proyecto a la cual corresponde
Construcción, operación y cierre.
Parte, obra o acción a que aplica
Bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, de 6 m? ubicada en polígono 1.
Condiciones O exigencias específicas para su otorgamiento
No existen condiciones o exigencias asociadas al otorgamiento del presente permiso.
Pronunciamiento del órgano competente
La SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta, mediante ORD N 0012 de fecha 05 de enero de 2016, se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por el titular al Permiso Ambiental Sectorial N142 del Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental.
Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el anexo 7 de la Adenda Complementaria de la DIA.
6.1.4. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos
del artículo 160 del Re
glamento del SETA.
Parte, obra o acción a que aplica
Obras permanentes y provisorias del proyecto que constituyan edificación.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
Este permiso se requerirá tanto para las instalaciones permanentes como provisorias a 2 con una superficie total de 150 m”.
Pronunciamiento del órgano competente
La SEREMI de Agricultura de la Región de Antofagasta, mediante ORD N063 de fecha 23 de febrero de 2015, se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por el titular al Permiso Ambiental Sectorial N%160 del Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental.
Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el capítulo 4, numeral 2.4.4 de la DIA y capítulo II, pregunta 4 y anexo PAS-160 de la Adenda N? 1 de la DIA.
7%. Que, de acuerdo a
los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de
cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
7.1. COMPONENTE/MATERIA: Aire
NORMA
e Decreto Supremo N*144/61 del Ministerio de Salud. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquiera naturaleza;
Decreto Supremo N* 47/92 (modificado por DS 47/2011) del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Fija nuevo texto de la Ordenanza
General de Urbanismo y Construcciones.
Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se cumplimiento
Construcción, operación y cierre. dará
Forma de cumplimient:
o Con respecto a la emisión de gases de combustión proveniente de las maquinarias, se establecerá como medida de control que toda la maquinaria y vehículo cuente con sus mantenciones preventivas y con su revisión técnica al día. Además, se implementaran medidas como control de velocidad, limpieza
de compuertas de descarga de los vehículos, entre otras. Mayores detalles, ver
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numeral 4.5.1 del ICE.
Indicador que acredita su cumplimiento
Control de velocidad y Registro de mantenciones y revisiones técnicas tanto correctivas como preventivas de la maquinaria, y camiones.
Referencia al mayores detalles
ICE para
Numeral 8.1.1.1 del ICE y anexo 4 de la Adenda Complementaria de la DIA.
7.2. COMPONENTE/MATERIA: Aire
NORMA
e Decreto Supremo N* 138/ 05 del Ministerio de Salud. Establece obligación de declarar emisiones de fuentes fijas.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción y operación.
Forma de cumplimiento
Se proporcionará los antecedentes necesarios, conforme a la declaración de emisiones de generadores eléctricos del anexo 10 de la Adenda N? 1 de la DIA, para que la autoridad determine la emisión de contaminantes a partir de las fuentes fijas del proyecto.
Indicador que acredita su cumplimiento
Declaración anual de fuentes fijas (RECT)
Referencia al mayores detalles
ICE para
Numeral 8.1.1.1 del ICE y anexo 4 de la Adenda Complementaria de la DIA.
7.3. COMPONENTE/MATERIA: Aire
NORMA
e Decreto Supremo N* 211/91 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Regula la contaminación atmosférica causada por vehículos motorizados livianos.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre.
Forma de cumplimiento
Con respecto a la emisión de gases de combustión proveniente de vehículos livianos, se establece como medida de control, que todo vehículo cuente con sus mantenciones preventivas y además cuenten con revisión técnica al día.
Indicador que acredita su cumplimiento
Las camionetas de inspección, deberán circular en óptimas condiciones mecánicas y con su revisión técnica al día.
Referencia al mayores detalles
ICE para
Numeral 8.1.1.1 del ICE y anexo 4 de la Adenda Complementaria de la DIA.
7.4. COMPONENTE/MATERIA: Aire
NORMA
e Decreto Supremo N 4/94, modificado por Decreto Supremo N 58/04. Establece Normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control;
e Decreto Supremo N* 54/94. Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados medianos
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre.
Forma de cumplimiento
Como medida de control de las emisiones de gases de combustión, se exigirá contractualmente que todos los vehículos motorizados pesados y livianos, que se utilicen sean sometidos a mantenciones periódicas y cumplan con las normas de emisiones establecidas por el Ministerio de Trasporte y Telecomunicaciones fiscalizadas a través del certificado de revisión técnica.
Indicador que acredita su cumplimiento
Registro de revisiones técnicas y mantenciones al día tanto correctivas como preventivas de la maquinaria, y camiones.
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Referencia al mayores detalles
ICE para
Numeral 8.1.1.1 del ICE y anexo 4 de la Adenda Complementaria de la DIA.
7.5. COMPONENTE/MATERIA: Aire
NORMA
e Decreto Supremo N* 55/94. Establece norma de emisión a vehículos motorizados pesados que indica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre
Forma de cumplimiento
Durante todo el proyecto la maquinaria así como cualquier tipo de vehículo motorizado, deberá circular en óptimas condiciones mecánicas y con su revisión técnica al día.
Indicador que acredita su cumplimiento
Registro de mantenciones y revisiones técnicas tanto correctivas como preventivas de la maquinaria, y camiones.
Referencia al mayores detalles
ICE para
Numeral 8.1.1.1 del ICE y anexo 4 de la Adenda Complementaria de la DIA.
7.6. COMPONENTE/MATERIA: Aire
NORMA
e Decreto Supremo N*1/13, del Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba reglamento de Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, RETC.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre
Forma de cumplimiento
Se entregará anualmente a la SEREMI de Salud los antecedentes necesarios de las emisiones provenientes de los equipos electrógenos, utilizando para esto el sistema electrónico de Declaración de Emisiones de Fuentes Fijas dispuesto por la autoridad sanitaria.
Indicador que acredita su cumplimiento
Declaración de emisiones realizada en el Sistema de Ventanilla Única del RETC.
Realización de la declaración jurada dando fe de la veracidad de la información ingresada al RETC.
Referencia al mayores detalles
ICE para
Numeral 8.1.1.1 del ICE y anexo 4 de la Adenda Complementaria de la DIA.
7.7. COMPONENTE/MATERIA: Ruido
NORMA
e Decreto Supremo N* 38/11 del Ministerio de Medio Ambiente. Establece norma de emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre
Forma de cumplimiento
Las emisiones durante las fases del proyecto serán de carácter transitorio, el cual no afectaran de manera significativa. En el anexo 7 de la DIA, se adjunta el levantamiento de ruido que verifica el cumplimiento de la normativa vigente para fuentes fijas.
Indicador que acredita su cumplimiento
En el anexo 7 se adjunta levantamiento de ruido, en donde se acredita el cumplimiento de la normativa.
Los análisis de ruido estarán en conformidad con los niveles máximos permisibles de acuerdo a lo referido en el D.S. N* 38/2011 del MMA.
Referencia al mayores detalles
ICE para
Numeral 8.1.1.2 del ICE y anexo 4 de la Adenda Complementaria de la DIA.
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7.8. COMPONENTE/MATERIA: Contaminación lumínica
NORMA
e Decreto Supremo 43/12 del Ministerio de Medio Ambiente. Establece norma de emisión para la regulación de la contaminación lumínica, elaborada a partir de la revisión del Decreto N* 686/98 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre
Forma de cumplimiento
El diseño de toda la luminaria requerida se realizará de acuerdo a lo establecido en este cuerpo legal, dando cumplimiento a la presente normativa. Para acreditar dicho cumplimiento, en el caso de necesitar luminaria hacia el exterior, se presentarán los correspondientes certificados de control luminométrico a la SEC.
Indicador que acredita su cumplimiento
Certificado de control luminométrico de las luminarias instaladas en el Proyecto.
Declaración simple del instalador autorizado a cargo de la ejecución de las instalaciones, en la cual indique el cumplimiento del ángulo de montaje de dichas luminarias.
Referencia al mayores detalles
ICE para
Numeral 8.1.1.3 del ICE y anexo 4 de la Adenda Complementaria de la DIA.
7.9. COMPONENTE/MATERIA: Residuos líquidos
NORMA
e Decreto Supremo N 594/99 (modificado por D.S N 4/10) del Ministerio de Salud. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo;
e Decreto con Fuerza de Ley N* 725/67 (modificado por Ley 20.533) del Ministerio de Salud. Código Sanitario.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y abandono.
Forma de cumplimiento
Las aguas servidas generadas durante las actividades constructivas del proyecto serán manejadas en baños químicos y su instalación, operación y limpieza será realizado por una empresa autorizada para tales efectos.
Durante la fase de operación, las aguas servidas se trataran de acuerdo al sistema de alcantarillado particular, fosa séptica, entre otros. Finalmente en fase de abandono las aguas servidas serán manejadas en baños químicos y su instalación, operación y limpieza será realizado por una empresa autorizada para tales efectos.
Indicador que acredita su cumplimiento
Registro de retiro de aguas servidas y cantidad de baños químicos por empresa autorizada.
Referencia al mayores detalles
ICE para
Numeral 8.1.1.4 del ICE y anexo 4 de la Adenda Complementaria de la DIA.
7.10. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos (domésticos e industriales)
NORMA
e Decreto con Fuerza de Ley N* 725/67 (modificado por Ley 20.533) del Ministerio de Salud. Código Sanitario;
e Decreto Supremo N 594/99 (modificado por D.S N 4/10) del Ministerio de Salud. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo;
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre.
Forma de cumplimiento
Los residuos se dispondrán en lugares autorizados para tales efectos y se cumplirán todas las disposiciones legales. Mayores detalles, ver numeral 4.5.4
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del ICE.
Indicador que acredita su cumplimiento
Registro de retiro de residuos por empresa autorizada.
Referencia al mayores detalles
ICE para
Numeral 8.1.1.5 del ICE y anexo 4 de la Adenda Complementaria de la DIA.
7.11. COMPONENTE/MATERIA: Residuos peligrosos
NORMA
- Decreto Supremo N* 148/03 del Ministerio de Salud. Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre.
Forma de cumplimiento
Durante las fases de construcción y operación, los residuos serán almacenados de forma temporal en el galpón de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos, contemplado para este proyecto. Posteriormente serán retirados por una empresa calificada y trasladados a un lugar de disposición final autorizado, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo N* 148/03 del Ministerio de Salud.
Además, en las instalaciones de faena se contará con patios de acopio transitorio de residuos peligrosos, que tendrán características similares al galpón de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos descrito anteriormente. Durante la fase de cierre los residuos peligrosos generados por el desmantelamiento y demolición de las instalaciones serán manejados como lo prescribe la normativa, siendo dispuestos en un relleno de seguridad debidamente autorizado.
Indicador que acredita su cumplimiento
Obtención de PAS 142
e Aprobación del proyecto y autorización de funcionamiento del galpón de almacenamiento transitorio de Residuos Peligrosos.
Registro de entrada y salida de los residuos peligrosos al galpón Registro de retiro de los residuos por parte del transportista autorizado Declaración de residuos en ventanilla única
Declaración jurada de la veracidad de la información ingresada al
RETC
Referencia al mayores detalles
ICE para
Numeral 8.1.1.6 del ICE y anexo 4 de la Adenda Complementaria de la DIA.
7.12. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y Transporte
NORMA
e Decreto Supremo N* 75/87. Establece condiciones para el transporte de cargas que indica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre
Forma de cumplimiento
Durante las fases del proyecto se cumplirá las exigencias establecidas en la presente norma, mediante la utilización de vehículos debidamente equipados y la ejecución de acciones que eviten la dispersión de los materiales, tales como cubrimiento con lonas de los materiales transportados, carga y descarga adecuadas y mantención periódica de los camiones. Por último, se realizará la limpieza de compuertas de descarga de los vehículos de trasporte de carga, antes de salir de las instalaciones del proyecto.
Indicador que acredita su cumplimiento
Registro de exigencia contractual de transportar materiales de construcción y operación con carga cubierta.
Referencia al mayores detalles
ICE para
Numeral 8.1.1.7 del ICE y anexo 4 de la Adenda Complementaria de la DIA.
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7.13. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y Transporte
NORMA
e Decreto Supremo N?* 75/87. Establece condiciones para el transporte de cargas que indica.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre
Forma de cumplimiento
Durante las fases del proyecto se cumplirá las exigencias establecidas en la presente norma, mediante la utilización de vehículos debidamente equipados y la ejecución de acciones que eviten la dispersión de los materiales, tales como cubrimiento con lonas de los materiales transportados, carga y descarga adecuadas y mantención periódica de los camiones. Por último, se realizará la limpieza de compuertas de descarga de los vehículos de trasporte de carga, antes de salir de las instalaciones del proyecto.
Indicador que acredita su cumplimiento
Registro de exigencia contractual de transportar materiales de construcción y operación con carga cubierta.
Referencia al mayores detalles
ICE para
Numeral 8.1.1.7 del ICE y anexo 4 de la Adenda Complementaria de la DIA.
7.14. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y Transporte
NORMA
e Decreto Supremo N” 158/80 del Ministerio de Obras Públicas. Fija el Peso Máximo de los Vehículos que Pueden Circular por Caminos Públicos
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre
Forma de cumplimiento
Los camiones a utilizar se ajustarán a los pesos límite establecidos en este Decreto. No obstante lo anterior, en la eventualidad de requerirse transporte de carga de gran tonelaje que supere los límites de peso establecidos, se solicitará el correspondiente permiso especial en la Dirección de Vialidad.
Indicador que acredita su cumplimiento
Registro de control de tonelaje de transporte.
Registro de Solicitud a Dirección de Vialidad cuando lo exige el tonelaje a transportar.
Referencia al ICE para
mayores detalles
Numeral 8.1.1.7 del ICE y anexo 4 de la Adenda Complementaria de la DIA.
7.15. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y Transporte
NORMA
e Decreto Supremo N 850/97 del Ministerio de Obras Públicas. Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N 15.840, de 1964, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas, y del Decreto con Fuera de Ley, del mismo Ministerio, N* 206 de 1960, sobre construcción y conservación de caminos.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre
Forma de cumplimiento
Los límites de peso máximos de los vehículos que transporten carga por vías públicas cumplirán con las disposiciones de esta norma, así como lo estipulado en la Resolución N*303/94 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones (relación peso-potencia). En el caso de ser necesario exceder estos pesos máximos, el titular del proyecto exigirá que la empresa a cargo del transporte, solicite las debidas autorizaciones a la Dirección de Vialidad de la Región de Antofagasta, previo pago en la Tesorería Provincial o Regional de los derechos que se determinen. El titular verificará que los proveedores y transportistas den cumplimiento a estas disposiciones mediante registros documentados y auditables.
Indicador que acredita su cumplimiento
Autorización de la Dirección de Vialidad.
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Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 8.1.1.7 del ICE y anexo 4 de la Adenda Complementaria de la DIA.
7.16. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y Transporte
NORMA
e D.F.L. M.O.P. 850/97, Art. N 40, Art. N 41, y Resolución D.V. N* 232/02, Art. N” 01. Referida a cualquier intervención en la faja de caminos públicos.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre
Forma de cumplimiento
En el caso de que fuera necesario transportar maquinarias y equipos cuyo peso o dimensiones superen las máximas permitidas, el Titular solicitará a la Dirección Regional de Vialidad las autorizaciones correspondientes. Asimismo, en caso de requerir abrir caminos de acceso a los caminos públicos que se encuentren colindantes al área del proyecto, se solicitará la autorización expresa a la Dirección de Vialidad.
Indicador que acredita su cumplimiento
Autorización de la Dirección de Vialidad.
Referencia al mayores detalles
ICE para
Numeral 8.1.1.7 del ICE y anexo 4 de la Adenda Complementaria de la DIA.
7.17. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio cultural
NORMA
e Ley N* 17.288/70, modificada por Ley 20.243 del Ministerio de Educación. Define y entrega la tuición al Consejo de Monumentos Nacionales, de los denominados Monumentos Nacionales, y dentro de éstos distingue los Monumentos Históricos, Públicos y Arqueológicos, las Zonas Típicas o Pintorescas y los Santuarios de la Naturaleza declarados como tales a proposición del Consejo;
e Decreto Supremo N 484/90. Reglamento de la Ley N 17.288, sobre Monumentos Nacionales.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción y operación
Forma de cumplimiento
El proyecto no intervendrá áreas diferentes a las establecidas en el levantamiento arqueológico realizado por el proyecto. No obstante, en el caso eventual que durante las actividades de construcción se encontrasen nuevos elementos asociados al patrimonio cultural, arqueológico, antropológico e histórico, se paralizarán las obras en el frente de trabajo de los hallazgos y se dará cuenta a las autoridades respectivas, las que dispondrán de las medidas de rescate o conservación apropiadas.
Indicador que acredita su cumplimiento
Planos de emplazamiento del proyecto.
Referencia al mayores detalles
ICE para
Numeral 8.1.1.8 del ICE y anexo 4 de la Adenda Complementaria de la DIA.
7.18. COMPONENTE/MATERIA: Combustibles
NORMA
e Decreto Supremo N” 160/2008 del Ministerio de Fomento, Economía y Reconstrucción. Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre
Forma de cumplimiento
El estanque que se utilizará durante el proyecto, cumplirá con los requisitos establecidos por la normativa vigente, con certificación SEC.
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Indicador que acredita su cumplimiento
Respecto a la entrega de combustible a través del camión surtidor, se indica que se exigirá contractualmente al proveedor cumplir con los requisitos de seguridad establecidos por el presente Reglamento para los camiones estanque, los cuales deben estar inscritos en la SEC, en la medida que cuenten con una capacidad superior a los 1,1 m?, y contarán con las identificaciones e informaciones requeridas por este Reglamento.
El área destinada al abastecimiento de combustible será claramente demarcada y señalizada, y se encontrará provista de un extintor clasificado.
Respecto al cierre de las instalaciones, se dará cumplimiento en función de lo prescrito por el artículo 302 del Decreto Supremo N* 160/08
Referencia al mayores detalles
ICE para
Numeral 8.1.1.9 del ICE y anexo 4 de la Adenda Complementaria de la DIA.
7.19. COMPONENTE/MATERIA: Fauna
NORMA
e Ley N” 4.601/29 (texto reemplazado por la Ley N* 19.473/96) del Ministerio de Agricultura. Ley de Caza.
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción, operación y cierre.
Forma de cumplimiento
El proyecto se desarrollará inmerso en un área con escaza presencia de especies de flora y fauna. Sin embargo, no se permitirá la caza de ninguna especie por parte de los trabajadores y para ello se impartirán capacitaciones a los y se instruirá mediante carteles acerca de la Ley de caza y Pesca.
Indicador que acredita su cumplimiento
El titular no contempla la caza o captura de ejemplares de fauna. Señalética de prohibición de caza o captura.
Referencia al mayores detalles
ICE para
Numeral 8.1.1.10 del ICE y anexo 4 de la Adenda Complementaria de la DIA.
8%, Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias:
8.1. Una vez obtenida la Resolución de calificación ambiental, el titular deberá regularizar sectorialmente los accesos viales (existentes).
8.2. En caso de requerir el abastecimiento externo de hormigón, se deberá una vez iniciado el proyecto o al momento de requerir de este material, remitir a SEREMI de Bienes Nacionales un resumen identificando a sus proveedores. Además, deberá adjuntar mensualmente una copia de las órdenes de compras correspondientes a cada uno de sus proveedores y una vez que se encuentre
materializado el proyecto,
se debe remitir a SEREMI de Bienes Nacionales un resumen
identificando a sus proveedores y los totales de material suministrado por ellos.
- Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, serán las siguientes:
9.1. PLAN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS
9.1.1. Plan de prevención de emergencias y contingencias
Parte, obra o acción asociada
Extracción y procesamiento de áridos
Acciones o medidas a implementar
El presente plan tiene por objetivo establecer las funciones y responsabilidades a todo el personal con el fin de lograr una actuación eficiente frente a una situación de emergencia por factores externos, como así también un control de la situación y pronta normalización de las actividades en las plantas. Mayores detalles, se encuentran en el anexo 2 de la Adenda Complementaria de la DIA.
Por otra parte en el anexo 16 de la DIA, se entregan
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instructivos respecto de: manejo de aceites y grasas, carga y descarga de combustible y control de operaciones estanque de petróleo.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Ver numeral 7.1 del ICE.
9.1.2. Plan de emergencias para evento de fauna
Parte, obra o acción asociada
Extracción y procesamiento de áridos
Acciones o medidas a implementar
El plan tiene por objetivo lo siguiente:
Establecer la manera de actuar frente a la presencia de fauna silvestre o doméstica que requiera de asistencia médica veterinaria o ser rescatada desde las instalaciones de Arenex.
Evitar lesiones a los trabajadores, consecuencias de mordeduras u otro tipo de ataques de animales silvestres o domésticos.
Permitir la rehabilitación de fauna silvestre herida en un lugar especializado.
Informar sobre las consideraciones generales ante la presencia de fauna silvestre o doméstica en la zona del proyecto.
Mayores detalles, se encuentran en el anexo 3 de la Adenda
Complementaria de la DIA.
Referencia al ICE o documentos del | Ver numeral 7.2 del ICE. expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
-
Que, no se solicitó la apertura de proceso de participación ciudadana, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N* 19.300.
-
Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
-
Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.5 de la presente Resolución.
-
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
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-
Que, para que el proyecto “Ampliación Planta de Extracción y Procesamiento de Áridos en pozo Lastrero sector la Varilla” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
-
Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
-
Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
-
Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
-
Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
1*. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Ampliación Planta de Extracción y Procesamiento de Áridos en pozo Lastrero sector la Varilla”, presentado por Arenex S.A.
2*. Certificar que el proyecto “Ampliación Planta de Extracción y Procesamiento de Áridos en q Proy! p y pozo Lastrero sector la Varilla” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3". Certificar que el proyecto “Ampliación Planta de Extracción y Procesamiento de Áridos en pozo Lastrero sector la Varilla” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenido en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140, 142 y 160 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4", Certificar que el proyecto “Ampliación Planta de Extracción y Procesamiento de Áridos en pozo Lastrero sector la Varilla” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
5”. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.5 del presente acto.
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6”. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo al artículo 20 de la Ley N” 19.300 ante el Director Ejecutivo. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
Anótese, Notifíquese al titular y Archívese.
TIN VOLTA VAL! Intendente Regional Presidente / a Comisión de Evaluación CANTO Región de Antofagasta
Directora Regional SEA Secretaria Comisión de Evaluación Región de Antofagasta
ON Tap.
Distribución:
Proponente.
Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental. Superintendencia del Medio Ambiente.
Expediente proyecto.
Archivo Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta.
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