Evaluación SEA

Central Solar Fotovoltaica Illapel

Rol 2130401467
SEA · DIA · Aprobado · 2015-04-24 · Región de Coquimbo · IMELSA S.A.

REPÚBLICA DE CHILE . COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE COQUIMBO

CALIFICA AMBIENTALMENTE EL PROYECTO “CENTRAL FOTOVOLTAICA ILLAPEL”.

0085

RESOLUCIÓN EXENTA N*

LA SERENA, — 25 5El 20%

VISTOS:

1”. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) y sus Adenda, del proyecto “Central Fotovoltaica Illapel” presentado por IMELSA S.A., con fecha 17/04/2015.

  1. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 2 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Central Fotovoltaica Illapel”.

3”. El Acta de Evaluación N*12/2015 de fecha 7 de Septiembre de 2015, del Comité Técnico de la Región de Coquimbo.

El ICE de la DIA del proyecto “Central Fotovoltaica Ulapel” de fecha 7 de Septiembre de 5015,

5”. La sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo de fecha 16 de Septiembre de 2015.

6”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Central Fotovoltaica Ulapel”.

7”. Lo dispuesto en la Ley N19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N*1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

CONSIDERANDO: 1”, Que, IMELSA S.A. (en adelante, el Titular) ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto

Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Central Fotovoltaica Illapel” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

: Nombre o razón social | IMELSA S.A. Rut 76.078.612-8 Domicilio Avenida España N*795, Santiago. Nombre representante legal Carlos Alvarez Stiúbing Rut representante legal 9.251.257-6 Domicilio representante legal. Avenida España N%795, Santiago.

ión de Coquimbo ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto:

. El proyecto cumple con la Normativa Ambiental Aplicable.

. El titular del proyecto subsanó los errores, omisiones e inexactitudes durante el proceso de evaluación.

. Ha identificado los permisos ambientales sectoriales aplicables al proyecto, y ha proporcionado satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dichos permisos.

. No generaría ninguno de los efectos, características y circunstancias establecidas en el

artículo 11 de la Ley N*19.300, por lo tanto, no requiere la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental.

3". Que, en sesión de fecha 16 de Septiembre de 2015, la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo, acordó calificar favorablemente el proyecto “Central Fotovoltaica Illapel”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 7 de Septiembre de 2015 el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4”, Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general El proyecto consiste en la construcción y operación de una planta solar fotovoltaica, que contempla la instalación de 176.400 paneles solares de 300 W de potencia cada uno. De esta forma la planta solar fotovoltaica alcanzará 48 MW de potencia nominal instalada. La planta contempla además la construcción de una línea interna de media tensión de 23 kV, así como de una subestación elevadora de 23/110 kV para conectarse al SIC incluyendo la Subestación Tap-Off.

Tipología principal, así como las La tipología principal corresponde a la descrita en el artículo

. : “ aplicables a sus partes, obras o | 3» literal c) correspondiente a “centrales generadoras de

acciones energía mayores a 3MW”. Vida útil La vida útil del proyecto será de 26 años y 3 meses. Monto de Inversión US $75.000.000.- Gestión, acto o faena mínima que da | El acto o faena mínima que dará inicio a la ejecución cuenta del inicio de la ejecución material del proyecto será la instalación del primer contenedor dentro de la instalación de faena. Proyecto se desarrolla por etapas Si No X Proyecto modifica un proyecto o Si No actividad Xx Proyecto modifica otra(s) RCA Si No X

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político-administrativa Comuna de Illapel, Provincia del Choapa, Región de Coquimbo. Descripción de la localización El proyecto se localiza en el sector El Maitén- Bellavista, a

9,46 km de la ciudad de Illapel.

Justificación de la Localización La justificación de la localización del proyecto responde a que el emplazamiento resulta muy favorable para la instalación de un parque fotovoltaico debido a que corresponde a terrenos planos y con pendientes en forma de anfiteatro aptos para la instalación, tiene orientación directa

hacia el Norte y horizonte totalmente libre sin obstáculos de sombra, y cuenta con una amplitud térmica del orden de 182 a 20*C, además de poseer líneas de transmisión eléctrica existentes dentro del propio terreno.

Superficie La superficie directamente a intervenir por las obras y actividades del proyecto será de 73,34 hectáreas.

Coordenadas UTM en Datum En el numeral 1.3.2 de la DIA y numeral 1.2 de la Adenda WGS84 de la DIA, se presentan las coordenadas del proyecto y de la ubicación de cada uno de sus componentes.

Referencia al expediente de Para mayor detalle de la localización del proyecto, ver evaluación de los mapas, numeral 1.3.1 de la DIA, y numerales 7.5, 7.6, 7.7 y 7.8 georreferenciación e información | todos de la Adenda de la DIA.

complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones.

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO.

43.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

a

La etapa de construcción tendrá una duración aproximada de 9 meses, y será desarrollada en una etapa. Las actividades serán desarrolladas en horario diurno de 08:00 a 18:00 horas de lunes a domingo. Para mayor detalle, ver numeral 1.5.5.5 de la DIA.

El acto u acción concreta que establece el inicio de la fase de construcción será la instalación del primer contenedor dentro de la instalación de faenas, y el término de esta etapa corresponderá a la conexión de la subestación fap- off a la línea de 110 KV del SIC. Para mayor detalle, ver numeral 1.2.9 de la DIA.

Las actividades y acciones asociadas a esta etapa son las siguientes:

4.3.1.1. Movimiento de tierra, excavaciones y compactación del terreno: los principales movimiento de tierra y excavaciones, derivarán de las actividades para la instalación de paneles, a través del hincado de los pivotes de la estructura de soporte de los paneles, la construcción de las zanjas necesarias para habilitar el tendido eléctrico subterráneo (6.750 m?) y la habilitación o mejora de los caminos internos del proyecto (6.612,6 m?).

La tierra removida de la construcción de zanjas se ocupará íntegramente en las actividades de relleno de éstas, mientras que la tierra removida de las actividades de habilitación de caminos internos se ocupará el 90% de esta en actividades de compactación mientras que el 10% restante se almacenará temporalmente en el área de excedentes de excavación de la habilitación de faena, para posteriormente ser retirada por una empresa autorizada y ser dispuestos en lugar autorizado.

Se considera la compactación de la superficie de los caminos como actividad necesaria para la colocación de la emulsión reductora de polvo. Se compactarán 51.958 m? de caminos. De igual forma se compactará la superficie que ocupa la subestación correspondiendo a una superficie de 1.320 m?, así como la superficie de las todas las bodegas Y sala de control para garantizar la colocación de las fundaciones, sumando entre ambas 157,5 m?. De acuerdo a lo anterior, 5,41 há del total de la superficie ocupada por el proyecto se compactará.

Para mayor detalle, ver numeral 1.5.1.4 de la DIA y numeral 1.4.1, plano N*18 del Anexo N%1 de la Adenda de la DIA.

4.3.1.2. Construcción y mejoramiento de caminos internos: se contempla la construcción de caminos internos con un ancho máximo de 8 metros, los cuales estarán en directa relación con la disposición de los inversores considerando la habilitación de una franja para dicho fin. Se contempla actividades de excavación superficial (20 cm), aplicación de supresor de polvo en base a una emulsión de polímeros a través de humectación y actividades de compactación mediante el uso

de compactadora. Tras una semana de estas actividades, se humectará de nuevo para garantizar la. correcta aplicación de la emulsión.

De igual forma se contempla el mejoramiento de algunos caminos internos y de as Jreviamente existentes en el área del proyecto, a través de actividades de ensanchamiento de

en el caso que se requiera y la aplicación de supresor de polvo en base a emulsión de polímeros y compactación de caminos de igual forma que en el caso anterior. En total se contemplan aproximadamente 8,3 km de caminos, tanto internos como de acceso al proyecto.

Para mayor detalle de las características y actividades de construcción y mejoramiento de caminos del proyecto, ver numeral 1.3.4, tabla N910 de la DIA.

4.3.1.3. Habilitación de Faena: el área de habilitación de faena (1 há), contempla la instalación y operación transitoria de la infraestructura de apoyo a la labor constructiva y de montaje de los equipos. Esta área contempla los servicios higiénicos, comedores, bodegas, taller, portería y oficinas. Las estructuras serán del tipos modular transitorio.

Sólo los lugares de uso común, tales como oficinas, comedor, baños y zona de control, que están ubicados dentro del mismo sector del proyecto identificado dentro del área de faenas serán cercados perimetralmente con una malla gruesa que penetre en el terreno 30 cm y que tenga 1 m de altura. El objetivo de esta malla es aislar los lugares de uso común del resto del proyecto y evitar la penetración de fauna silvestre dentro de este espacio.

Se contempla un área de movilización de materiales de construcción, área de excedentes de excavación y materiales.

No se contempla planta de hormigón, ni lavado de betoneras de camiones mixer. Para mayor detalle, ver numeral 1.5.2 de la Adenda de la DIA. No se contempla igualmente actividades de mantención de quipos y maquinarias en el área del proyecto, éstas se realizarán fuera de esta en lugares habilitados (ver numeral 1.4.2 de la Adenda de la DIA).

Para mayor detalle de la instalación de faena, ver numeral 1.5.1.1 de la DIA y numeral 1.5.1 y plano N17 del Anexo N1, ambos de la Adenda de la DIA.

4.3.1.4. Construcción y habilitación de Fundaciones: la construcción de fundaciones se limita a la superficie de la subestación correspondiendo a 330 m? de fundación, a las fundaciones de los edificios como las bodegas, la sala de control, sala de vigilancia, comedor y sanitarios sumando 0,27 mé de fundación y a las fundaciones de las 8 postaciones de la línea eléctrica de 23KV en su tramo aéreo, sumando 27 m' de fundación. Tras la ejecución de las actividades de nivelación y compactación se procede a la colocación de la fundación.

Para mayor detalle, ver numeral 1.4.1 de la Adenda de la DIA

4.3.1.5. Habilitación de paneles y montaje de equipos: los paneles fotovoltaicos se colocarán sobre estructuras, la cuales constituyen el soporte de los mismos. El proyecto utilizará estructuras fijas con un ángulo de inclinación determinado por la latitud del emplazamiento y orientación Norte para el montaje de los módulos, su disposición será de forma lineal uno al lado del otro. El método de instalación de las estructuras de los paneles fotovoltaicos es el hincado de pilotes. Este consiste en enterrar pilotes o pilares aproximadamente entre uno y dos metros de profundidad. Los pilotes son de acero galvanizado que se martillan en el terreno con una máquina especial.

Para mayor detalle de esta actividad, ver numerales 1.5.1.4,1.5.1.6, 1.5.1.8 y Anexo N1 1, todos de la DIA y numeral 1.4,1 de la Adenda de la DIA.

4.3.1.6. Construcción de Subestación (Tap- off): la subestación es la encargada de conectar la central solar fotovoltaica a la línea de 110 KV del Sistema Interconectado Central. Adicionalmente la subestación tap-off cumple con la función de recibir la energía eléctrica generada por la central fotovoltaica a una tensión de 23 kV y elevarla mediante un transformador a la tensión de 110 kV de la línea eléctrica existente. Los componentes principales de la Subestación son:

Estructuras metálicas auxiliares para el sustento del cableado y de las protecciones eléctricas. Protecciones eléctricas y aislamiento en alta tensión. Elementos de control para asegurar el funcionamiento de los mecanismos eléctricos como seccionadores.

  • Cableado

Transformador.

interiores, sistemas de drenajes. Habrá una sala en el recinto que contendrá los equipos de control, protecciones y comunicaciones asociados a la S/E, con la finalidad de operar la S/E. La Subestación dispondrá de un recinto de servicios generales conformado por salas de control y protección, de comunicaciones, de servicios auxiliares, y de grupo de emergencia.

Para mayor detalle, ver numerales 1.4.1 (página 54), 1.5.1.9, plano N% del Anexo N*22, todos de la DIA y numeral 1.1, y plano N%19 del Anexo N%1, ambos de la Adenda de la DIA

4.3.1.7. Construcción de cableado- línea subterránea: cumplen la función de interconectar los módulos fotovoltaicos, y canalizar la energía eléctrica hasta la subestación. En el proyecto se distinguen los siguientes cableados subterráneos:

. Línea subterránea en corriente continua en baja tensión: corresponde al cableado entre los paneles fotovoltaicos y la estación inversora. . Línea subterránea en corriente alterna en media tensión (23 kV): corresponde al cableado

desde el transformador hasta la subestación.

Los cables utilizados para la interconexión de los módulos fotovoltaicos estarán protegidos contra la degradación por efecto de la intemperie (radiación solar y condiciones ambientales de elevada temperatura ambiente). El trayecto de las zanjas que albergan la línea de 23 kV subterránea coincide con el trazado de los caminos internos y, por lo tanto, las actividades de compactación se realizan una única vez, tras el cierre de la zanja con el cable ya instalado, con la finalización del mejoramiento del camino propiamente dicho. Para el caso específico del cruce de quebradas la línea se traza por debajo del puente que cruza la misma instalado en su parte inferior con canalizaciones | metálicas sin que exista excavación y sin que exista intervención de la quebrada.

| Para la habilitación del cableado subterráneo, se construirán zanjas con una profundidad entre 0,50 ¡20,8 m. Se consideran las siguientes medidas para que el cableado subterráneo quede habilitado ¡. correctamente:

  • El lecho dispondrá de una capa de arena de 10 cm de espesor mínimo sobre la que se colocará el cable. Por encima del cable irá otra capa de arena de 10 cm de espesor. Ambas capas cubrirán la anchura total de la zanja.

e Por encima de la arena se colocará una capa de mortero de cemento de 0,10 m de espesor. Se colocará una cinta de señalización que advierta la existencia del cable eléctrico para baja tensión.

  • Sobre la superficie donde se enterrarán los conductores no habrá ningún tipo de construcción, edificación, etc. temporal o permanente.

Para mayor detalle de las actividades de construcción y características del cableado subterráneo, ver numeral 1.4.1 (página 52) de la DIA, numeral 1.4.1 y plano N18 del Anexo Nl, ambos de la Adenda de la DIA.

4.3.1.8. Construcción de Línea Aérea de 23 kV: el proyecto contará con una línea aérea de transmisión interna de 23 kV de aproximadamente 345 metros de longitud y 8 postaciones, la cual tiene por objetivo transportar la energía eléctrica producida por los paneles fotovoltaicos desde las estaciones inversoras hasta la subestación tap off en su último tramo. La línea de distribución se realizará mediante estructuras de hormigón de 11,5 m de altura, a una distancia promedio de 50 m con un una tolerancia de +/- 15%. Para mayor detalle de las actividades de habilitación y construcción, ver numeral 1.4.1 (página 53) y plano N%10 del Anexo N%22, ambos de la DIA, y numeral 1.4.1 de la Adenda de la DIA.

4.3.1.9. Habilitación de estaciones inversoras y transformadores: las estaciones inversoras y transformadoras son las encargadas de recibir la energía eléctrica generada por los paneles solares en corriente continua (CC) y convertirla en corriente alterna (CA) en baja tensión. Inmediatamente después el transformador de baja tensión a media, integrado dentro de dicha estación, eleva 1 corriente alterna hasta los 23 kV para transportarla a través de la línea de Media Tensión (MT) hasta, la subestación elevadora de la planta. Cada una de estas estaciones tiene una capacidad de 1 MI Y existen 48 de ellas, y por ello, la potencia total de la Central Solar Fotovoltaica es de 48 MW. pal

“Para mayor detalle, ver numeral 1.4.1 de la DIA y numerales 1.1, 1.4.1 y plano N%19 del Anexo: NA

todos de la Adenda de la DIA.

4.3.1.10. Construcción sala de control: la sala de control estará ubicada en la zona central del parque y será el lugar dónde se produzca el control remoto del sistema. Su objetivo es agrupar y facilitar las tareas operativas, de control y seguridad de todo el parque. La sala de control contará con una superficie de 76 m?.

Dentro de la sala de control, se contará con un rack de comunicaciones, salas de tableros de control y puesto de operador. De igual forma para uso de los trabajadores, se contempla sistema de aprovisionamiento de agua potable, y sistema de manejo de aguas servidas.

Para mayor detalle de las características de la sala de control, ver plano N%5 del Anexo N%22 de la DIA, y numeral 1.4.1 y Anexo N%4, ambos de la Adenda de la DIA.

Provisión de Suministros Básicos en la | 9) Energía Eléctrica: se contempla la instalación Etapa de Construcción. provisoria de tres grupos de generadores de 30 KVA cada uno para el suministro eléctrico. Para mayor detalle, ver numeral 1.5.5.1 de la DIA.

b) Agua: para el agua potable se tendrá un estanque de 20 m? que contará con un sistema de potabilización de agua. El agua será adquirida por camiones aljibe desde el derecho de aprovechamiento de agua existente que cuenta el titular. Se requerirá un máximo de 17,25 m'/día de agua potable. Para mayor detalle, ver Anexo N*%14 y numeral 1.5.11, ambos de la DIA, y numeral 1.6.2 de la Adenda de la DIA.

Adicionalmente se necesitará durante la etapa de construcción agua para la humectación, mejora y ejecución de nuevos caminos (519,58 m'/año), la cual será adquirida del derecho de aprovechamiento de agua con que cuenta la empresa. Cabe mencionar que el agua resultante de la planta de tratamiento de aguas servidas se almacenará en un depósito (20 m?) y se empleará para actividades propias de humectación de zanjas durante su construcción.

Para mayor detalle, ver numeral 1.5.5.2 y tabla N%14 ambos de la DIA, numerales 1.6.1, 7.1 y tabla N%, todos de la Adenda de la DIA.

c) Combustible: el combustible para la alimentación del grupo electrógeno y maquinaria será suministrado por empresas externas autorizadas. No se contempla almacenamiento de combustible en el área del proyecto.

d) Servicios Higiénicos: se contará con baños químicos en los frentes de trabajo en número apropiado de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente en la materia. La mantención de éstos estará a cargo de una empresa externa autorizada. Además, se contemplan baños permanentes, duchas y lavamanos y una planta de tratamiento de aguas servidas para evacuar las aguas servidas derivadas de estas instalaciones. Para mayor detalle, ver numeral 1.5.5.3 de la DIA.

e) Alimentación del Personal: en el área del proyecto no se prepararán alimentos. Se trasladará a los trabajadores a un sitio cercano a la obra a la hora de colación. Para mayor detalle, ver numeral 1.5.5,4 de la DIA.

5 Alojamiento: el proyecto no considera alojar trabajadores en las instalaciones del proyecto.

g) Transporte: el servicio de transporte de combustibles, sustancias peligrosas, residuos sólidos y/o carga en general, no es parte del presente proyecto y serán realizados por servicios externos autorizados. Para mayor detalle, ver numeral 1.13 de la Adenda de la DIA.

h) Sustancias Peligrosas: se utilizarán para actividades propias de la construcción y para la cloración del agua y para la planta de tratamiento de aguas servidas. Para mayor detalle de las cantidades y forma de almacenamiento, ver numeral 1.5.7.5 de la DIA.

Recursos naturales renovables

No se contempla la extracción o explotación de recursos naturales durante la etapa de Construcción del Proyecto.

Emisiones y efluentes

a) Material particulado y gases de combustión: las principales emisiones a la atmósfera provenientes de la construcción corresponderán a material particulado resuspendido producto de actividades tales como escarpe, excavaciones, tránsito de camiones por caminos no pavimentados, carga y descarga de camiones, y emisiones de gases de combustión derivados del uso de camiones y maquinarias de construcción. De igual forma se contempla la generación de gases de combustión por el uso de tres grupos electrógenos de 30 KVA para el abastecimiento de energía del proyecto, durante la etapa de construcción y cierre.

Para mayor detalle de las emisiones atmosféricas y sus medidas de control, ver numerales 1.5.7, 1.6.9.1, 1.7.5.1, 4.5, Anexo N%9 y N10, todos de la DIA, y numerales 2.1.1, 5.2.1 y Anexo N%, todos de la Adenda de la DIA.

b) Ruido: las fuentes de ruido predominantes durante etapa de construcción, se asocian al uso de maquinarias propias de la construcción y habilitación de las obras tales como compactadoras, excavadoras, las máquinas de hincado y los grupos electrógenos, además del transporte de camiones y carga y descarga de material.

De acuerdo a los niveles de presión sonora proyectados en la etapa de construcción se identifican dos puntos sensibles cercanos al área del proyecto donde se verán superados los límites normados de ruido en horario diurno (RI: a 12 m del área del proyecto y R2: a 10 m del área del proyecto). Para lo anterior se contemplan medidas de control para la atenuación del ruido en etapa de construcción y cierre del proyecto, asociado a la instalación de barreras acústicas de OSB de 50 mm de espesor, con una altura de 4,8 m, revestidos con malla tipo raschel y que se ubicarán en el deslinde poniente y oriente del área del proyecto, donde están ubicados estos receptores. Para el correcto funcionamiento de la barrera se realizarán inspecciones preventivas una vez a la semana y en caso de encontrarse dañado, se sustituirá por uno nuevo. No se contempla reparación de estos, se mantendrá registro de esta inspección y/o sustitución necesaria faena.

El titular contempla mediciones acústicas en cada uno de los receptores sensibles donde se instalarán barreras acústicas, durante la etapa de construcción y cierre del proyecto, con una frecuencia semanal. Se mantendrá registro de estas mediciones en el área del proyecto, el cual estará disponible cuando la autoridad lo requiera durante el seguimiento y fiscalización ambiental.

Además, se derivará un informe, en un plazo no mayor a un mes posterior de realizada la actividad a la Superintendencia del Medio Ambiente, que dé cuenta de la realización de estas actividades con sus medios de registro y verificación respectivos, además del certificado de calibración vigente del sonómetro a utilizar.

Adicionalmente, se llevarán a cabo capacitaciones del personal de obra en el aspecto del control de ruido en la construcción. Estas capacitaciones abordarán temas tales como, evitar la caída brusca de las tolvas vacías sobre los chasis de los camiones, evitar mantener encendidos motores de camiones, generadores y o maquinaría cuando no se está empleando.

Para mayor detalle de las emisiones de ruido asociadas al proyecto y las medidas de control respectivas, ver numerales 1.5.7.2, 4.6.9.2, 1.7.5.4, literal b) del numeral 4.8.1 y Anexo N%8, todos de la DIA, numeral 2.2.1 de la Adenda de la DIA.

c) Efluentes líquidos: el proyecto generará aguas servidas en la construcción producto de los servicios higiénicos, las cuáles serán evacuadas a través de baños químicos ubicados en los frentes de trabajo, además, se contemplan baños permanentes los cuales se conectarán a un sistema de alcantarillado particular con planta de tratamiento de aguas servidas. El sistema de evacuación y tratamiento estará acorde a los estándares establecidos por la normativa ambiental vigente en la materia. El efluente tratado será almacenado en un estanque superficial de 20

3

m.,

Se contempla utilizar el agua servida tratada para todas las etapas del proyecto para actividades de humectación de caminos, por lo cual estas aguas cumplirán los estándares establecidos por la NCh N* 1.333 para riego.

Para mayor detalle, ver numerales 1.5.7.3, 1.6.9.3, 1.7.5.3 todos de la DIA, y numerales 5.2.2, 5.2.3 de la Adenda de la DIA.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

. Residuos Sólidos Domiciliarios: corresponderán a restos de alimentos, envoltorios, papeles, entre otros. Los residuos domiciliarios (5,26 ton/mes) serán almacenados temporalmente en bolsas plásticas dentro de contenedores cerrados herméticamente y en recinto de almacenamiento temporal para este tipo de residuos. La frecuencia de retiro de estos residuos será de dos veces por semana por una empresa autorizada del rubro y dispuestos en un lugar autorizado.

. Residuos Industriales no Peligrosos: corresponderán a residuos de materiales de construcción,

escombros, despuntes de cables, tunerías, cajas de embalajes, maderas, restos de latas, fierro, entre otros. Estos residuos (66,67 m'/mes) serán almacenados temporalmente en sitio de almacenamiento temporal destinado para su acumulación y posteriormente retirados al menos una vez por semana o cuando se llegué al volumen crítico asociado a la capacidad de almacenamiento, para ser dispuestos por una empresa autorizada del rubro en un lugar autorizado. Igualmente los excedentes de excavación que no sean utilizados para labores de relleno o compactación, serán manejados como residuos no peligrosos y retirados por una empresa autorizada del rubro para ser dispuestos en lugar autorizado.

. Residuos Peligrosos: provendrán de actividades propias de las actividades de construcción del proyecto y serán del tipo desengrasantes, desechos de paños con aceite y restos de combustible y/o envases de aerosoles. Estos residuos (0,7 k/dia) serán almacenados primeramente en los puntos de generación de estos residuos en contenedores herméticos con tapa y posteriormente serán trasladados a bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos. Esta bodega cumplirá los estándares exigidos por la normativa ambiental vigente en la materia. La frecuencia de retiro será de 2 veces por mes.

Se generará y mantendrá un registro de retiro de todos los residuos generados, en todas las etapas del proyecto, el cual estará disponible cuando la autoridad lo requiera en etapa de seguimiento y fiscalización ambiental. Para

mayor detalle, ver numeral 5.2.10 de la Adenda de la DIA.

Para mayor detalle de las características de cada uno de los residuos sólidos a generar durante la ejecución del proyecto y su forma de control, ver numerales 1.5.7.4, 1.6.9.4, 1.7.5.2, literal d) del numeral 4.8.1 y 5.2.9.1, todos de la DIA, tabla N%3 y numerales 5.2.4, 5.2.5, 5.2.6, 5.2.7 y 5.2.8, todos de la Adenda de la DIA y numeral 3.1 de la

Adenda Complementaria de la DIA.

Referencia al ICE para mayores Numeral 4.2 y Capítulo V, ambos del Informe detalles sobre esta Fase. Consolidado de Evaluación.

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN

La etapa de operación tendrá una duración de 25 años.

El acto o acción concreta que dará inicio a la fase de operación del proyecto será la conexión de la subestación tap- off a la línea de 110 KV del SIC y la finalización de la presente etapa se verificará con la consecuente desconexión a la subestación.

A continuación el detalle de las actividades que contempla la etapa de operación:

4.3.2.1. Monitoreo sala de control: en la sala de control se encuentran los equipos de monitoreo y comunicación que permiten realizar las tareas identificadas como control de la producción y monitoreo, Esta actividad consiste en vigilar que la planta esté funcionando según los estándares de calidad esperados y esté produciendo lo correcto en función de la radiación solar y tfemperatur existente en el día. También es la encargada de detectar fallos y coordinar la revisión de las:y onexiones eléctricas, los mantenimientos correctivos para asegurar la disponibilidad del total della ] Potencia del proyecto.

Estos equipos suministran al personal de la planta la información necesaria para el control del correcto funcionamiento de la planta. El personal que se encuentra en la sala de control lo analiza y genera las tareas necesarias coordinando con el resto de personal de la planta para asegurar el correcto funcionamiento de la misma.

Para mayor detalle, ver numerales 1.8.1 y 1.8.2, ambos de la Adenda de la DIA.

4.3.2.2, Mantención de paneles y otros equipos: se realizará un monitoreo diario de todos los paneles e instalaciones asociadas. En caso de ser necesario se llevará a cabo la sustitución o recambio menor de material defectuoso o ejecución de pequeñas obras o reparaciones en general de infraestructura según necesidad de la planta. Se mantendrá stock de materiales y recambio para la mantención de la planta.

Además, se contará con personal capacitado durante las 24 horas, para actuar ante cualquier tipo de incidencias imprevistas, relacionadas con el funcionamiento de la planta.

Se contempla la limpieza de los paneles una vez al año empleando maquinaria acorde para esta actividad, que consta de un rodillo que limpia superficialmente los paneles (se contemplan dos unidades). Principalmente la mantención se limitará a mantenerlos libre de polvo, aplicando agua sin aditivos o detergentes. La cantidad de agua a utilizar en esta actividad se contempla en 169,3 mé al año.

Eventualmente además, se podría requerir el recambio de un panel solar por mal funcionamiento o deterioro, lo cual estará a cargo de una empresa externa autorizada. El panel solar en desuso será manejado como residuos sólido peligroso.

Para mayor detalle, ver numeral 1.8.3 de la Adenda de la DIA.

4.3.2.3, Mantención de caminos de acceso e internos: durante la etapa de operación, la red de caminos internos del proyecto así como el camino de acceso al mismo, serán humectados con supresor de polvo una vez al año, con el objetivo de conservar en buen estado éstos así como para mantener la eficiencia de la emulsión reductora de polvo en dichos caminos. Esta actividad supondrá un consumo de agua anual de 519,58 m'/año. Para mayor detalle, ver numerales 1.3.4, 1.4.1 y 1.6.5, todos de la DIA y numeral 1.3 y tabla N*4, ambos del Adenda de la DIA.

4.3.2.4. Vigilancia y control de acceso: esta actividad se llevará acabo las 24 horas del día y corresponde principalmente a controlar la entrada y salida de personal, de vehículos y materiales. De igual forma se contará con personal de vigilancia con el objetivo de prevenir actos vandálicos. Para mayor detalle, ver numeral 1.6,1.3 de la DIA.

Provisión de Suministros Básicos en la | 2) Agua: el agua para las actividades del proyecto Etapa de Operación. será suministrada del pozo cercano al proyecto respecto del cual el titular tiene derechos de aprovechamiento. Para consumo humano el agua será tratada mediante planta de potabilización y almacenada en un depósito de 3 m'. Se contempla agua para actividades de humectación de caminos internos y de acceso del proyecto (519,58 m'/año), el agua para ello se utilizará de aquella tratada en la planta de tratamiento de aguas servidas. Además, se contempla agua para las actividades de limpieza de los paneles fotovoltaicos (169,3 m'/año), la cual se extraerá directamente del depósito (20 m?), que contiene agua del pozo con derechos de aprovechamiento.

Para mayor detalle, ver numeral 1.6.6.2 y tabla N%33, ambas de la DIA, y numerales 1.6.1, 7.1 y tabla N%, todos de la Adenda de la DIA

b) Servicios Higiénicos: se contará con baños debidamente habilitados, conectados a un sistema particular de alcantarillado (servicio higiénico con W.C. y

lavamanos) y conectados a una planta de tratamiento de

aguas servidas, cumpliendo con lo establecido en la normativa vigente. Para mayor detalle, ver numeral 1.6.6.3 de la DIA.

c) Energía Eléctrica: la energía eléctrica requerida será autosuministrada, por lo cual no se requerirá de instalaciones eléctricas para abastecer a la planta.

d) Transporte: el servicio de transporte de combustibles, sustancias peligrosas, residuos sólidos y/o carga en general, no es parte del presente proyecto y serán realizados por servicios externos autorizados. Para mayor detalle, ver numeral 1.13 de la Adenda de la DIA.

e) Alimentación del personal: en el área del proyecto no se prepararán alimentos. Se habilitará un área de comedor dentro del edificio destinado para oficinas. Para mayor detalle, ver numeral 1.6.6.4 de la DIA.

1 Alojamiento: el proyecto no considera alojar trabajadores en las instalaciones del proyecto.

g) Sustancias Peligrosas: se mantendrán en el área del proyecto sustancias peligrosas necesarias para la mantención de la planta potabilizadora y planta de tratamiento de aguas servidas. La cantidad a almacenar para cada sustancia peligrosa contemplada en la presente etapa se puede visualizar en el numeral 1.6.9.5 de la DIA.

Recursos naturales renovables

El Proyecto por su naturaleza no contempla la extracción de recursos naturales, sólo remoción de cubierta vegetal.

Emisiones y efluentes

a) Material particulado y gases de combustión: durante la etapa de operación, la única fuente de emisión de material particulado y gases de combustión será debido al tránsito restringido de las camionetas por los caminos internos del proyecto para actividades de mantención y/o control de operaciones. De acuerdo a lo anterior las emisiones atmosféricas del proyecto serán poco significativas, en consideración a la naturaleza del proyecto.

Para mayor detalle de las emisiones atmosféricas y sus medidas de control, ver numerales 1.5.7, 1.6.9.1, 1.7.5.1, 4.5, Anexo N%9 y N10, todos de la DIA, y numerales

2.1.1, 5.2.1 y Anexo N%2, todos de la Adenda de la DIA.

b) Ruido: durante la etapa de operación no se contempla emisiones de ruido significativas, dada la naturaleza del proyecto, por cuanto la operación de los paneles solares no genera ningún tipo de ruido. La única fuente de ruido será el tránsito restringido de vehículos internos por actividades de mantención y control del parque.

Para mayor detalle de las emisiones de ruido asociadas al proyecto y las medidas de control respectivas, ver numerales 1.5.7.2, 4.6.9.2, 1.7.5.4, literal b) del numeral 4.8.1 y Anexo N'8, todos de la DIA, y numeral 2.2.1 de lás Adenda de la DIA. EE

c) Efluentes líquidos: en la etapa de operación ¡del

proyecto, las aguas servidas serán manejadas mediante un sistema de alcantarillado particular conectado a planta de tratamiento de aguas servidas. Se estima una cantidad de 1,5 m'/día de aguas servidas para la etapa de operación.

Se contempla utilizar el agua servida tratada para todas las etapas del proyecto para actividades de humectación de caminos, por lo cual estas aguas cumplirán los estándares establecidos por la NCh N%1.333 para riego.

Para mayor detalle, ver numerales 1.5.7.3, 1.6.9.3, 1.7.5.3, todos de la DIA, numerales 5.2.2, 5.2.3 de la Adenda de la DIA.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

. Residuos Sólidos Domiciliarios: corresponderán a restos restos de alimentos, envases, papeles, desechos de artículos de aseo personal, etc. Los residuos (15 kg/día) serán almacenados transitoriamente en contenedores cerrados de residuos domésticos y en recinto de almacenamiento temporal para este tipo de residuos. El retiro de estos residuos se realizará dos veces por semana por una empresa autorizada del rubro para ser dispuestos en lugar autorizado.

. Residuos Industriales no Peligrosos: se generarán en cantidades limitadas, productos de actividades de mantención del parque fotovoltaico. Se generarán residuos tales como restos de cables y residuos metálicos inertes. Los residuos sólidos no peligrosos a generar (15 kg/día), serán almacenados temporalmente en bolsas plásticas dentro de contenedores cerrados y serán retirados por una empresa autorizada para ser dispuestos en lugar autorizado dos veces por semana.

. Residuos Peligrosos: en la etapa de operación se producirán residuos peligrosos derivados de las actividades de mantención periódica que podría realizarse por necesidad de la planta, tales como envases de aerosoles usados. Los residuos sólidos peligrosos a generar (0,2 kg/mes), serán manejados en la bodega de residuos sólidos peligrosos, de acuerdo a la normativa ambiental vigente. La frecuencia de retiro de estos residuos será mensual.

Por su parte los paneles fotovoltaicos en mal estado se manejarán como residuos sólidos peligrosos de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente. Se contempla un máximo de 10 paneles solares para reponer que corresponde a 270 kg/año.

Se generará y mantendrá un registro de retiro de todos los residuos generados, en todas las etapas del proyecto, el cual estará disponible cuando la autoridad lo requiera en etapa de seguimiento y fiscalización ambiental. Para mayor detalle, ver numeral 5.2.10 de la Adenda de la DIA.

Para mayor detalle de las características de cada uno de los residuos sólidos a generar durante la ejecución del proyecto y su forma de control, ver numerales 1.5.7.4, 1.6.9.4, 1.7.5.2, literal d) del numerales 4.8.1 y 5.2.9.1, todos de la DIA, Tabla N3 y numerales 5.2.4, 5,2.5, 5.2.6, 5.2.7 y 5.2.8, de la Adenda de la DIA y numeral 3.1 de la

Adenda Complementaria de la DIA.

Referencia al ICE para mayores Numeral 4.3 y Capítulo V, ambos del Informe detalles sobre esta Fase. Consolidado de Evaluación.

4.3.3. FASE DE CIERRE

4.2.4 del Anexo N%6, todos de la Adenda de la DIA.

La fase de cierre tendrá una duración aproximada de 6 meses.

La acción que dará inicio a la etapa de cierre será la desconexión de la subestación tap- off a la línea de 110 kV del SIC.

A continuación se describen las distintas actividades a realizar:

4.3.3.1. Desmantelamiento de instalaciones y obras: una vez terminada la operación del proyecto se procederá al desmantelamiento de cada una de instalaciones que contempla. Al respecto se retirarán los elementos mecánicos y otros en desuso, se trasladarán para su reutilización, reciclaje o se dispondrán en lugar autorizado. Los paneles solares, por su parte, serán devueltos al fabricante para su reciclaje. Una vez retiradas las instalaciones se procederá a remover los restos de materiales de construcción, así como todo tipo de residuos presentes en el terreno.

El proyecto no tiene impacto sobre la geo forma o morfología del terreno, ya que durante su preparación no existe modificación alguna y, por tanto, la afección sobre el suelo y la geo forma es mínima.

Dado que el terreno no recibirá prácticamente reparación alguna, ya que la afección del suelo y de su geo forma por la acción del proyecto es mínima, el lugar quedará plenamente como en su estado anterior y no presentará condiciones que generen futuras emisiones. De la misma forma, el proyecto no dejará materiales u obras restantes que pudiesen emitir algún tipo de contaminación sobre el ecosistema incluido el aire, suelo y agua.

Para mayor detalle de las actividades asociadas a la presente etapa, ver numeral 1.7 de la DIA.

4.3.3.2. Mantención de caminos: durante la etapa de cierre, la red de caminos internos del proyecto así como del camino de acceso al mismo, serán humectados con el objetivo de conservarlos en buen estado así como para mantener la eficiencia de la emulsión reductora de polvo en dichos caminos. Para mayor detalle, ver numeral 1.3.4 de la DIA.

4.3.3.3. Restauración de vegetación: se contempla la implementación de un plan biológico de restauración que garantice la conservación del germoplasma de geófitas, además de las especies de cactáceas en estado de conservación presentes en el área del proyecto. El presente plan biológico se divide en dos de acuerdo a lo siguiente:

o Plan de manejo de Cactáceas: se llevará a cabo en las mismas superficies donde se llevará a cabo la corta de estas especies, por lo tanto, disponen de las características edáficas y fisiográficas necesarias para la restauración de los ejemplares.

El plan de restauración considera la propagación de las cactáceas afectadas por medio de propagación vegetativa y por semillas. Para dicho efecto se colectarán propágulos y se llevarán a un invernadero debidamente acondicionado. Se considera producir unos 9.450 ejemplares distribuidos en diferentes proporciones en función de las especies a restaurar. Para mayor detalle de las especies a restaurar, ver numeral 4.2 del Anexo N“6 de la Adenda de la DIA.

Se considera una temporada en vivero previa plantación en terreno, luego de ello se procederá a la

plantación en terreno, teniendo en consideración cada una de las etapas de la plantación. Para mayor detalle de las etapas de la plantación y mantenimiento del área, ver numerales 4.2.1, 4.2.2, 4.2.3 y

Para determinar la efectividad de la medida aplicada, se desarrollará un seguimiento periódico,

_Jurante cuatro temporadas, por medio del cual se verificará la supervivencia, desarrollo y estado!

mnitario de los ejemplares relocalizados.

Como indicador de éxito se tiene por objetivo alcanzar el 70% de prendimiento de los ejemplares plantados por hectárea, correspondiendo a una densidad objetivo final de 450 ejemplares/ha de prendimiento como indicador de éxito.

Para mayor detalle, ver numerales 4.2.5 y 4.2.6 del Anexo N%6 ambos de la Adenda de la DIA. Para el cronograma de actividades asociado a esta actividad, ver numeral 4.3 del Anexo N%6 de la Adenda de la DIA.

o Plan de rescate y relocalización de especies de geófitas: se entenderá como tal el proceso de extracción de individuos completos de un área donde crezca espontáneamente (rescate) y su movilización hacia otro sitio donde será replantado (relocalización).

Considerando los resultados de la línea base en los cuales se identifica que las especies geófitas están presentes en las formaciones que presentan especies suculentas se ha determinado que los sitios utilizados para relocalizar y revegetar con especies geófitas, serán las áreas aledañas al proyecto que cuenten con la misma distribución y formación de especies suculentas y con el mismo tamaño que el área de la que se extraen. Para mayor detalle del área de relocalización de geófitas, ver numeral 5.1 del Anexo N%6 de la Adenda de la DIA. Para mayor detalle de la metodología del rescate y relocalización, ver numerales 5.3, 5.4, 5.5 y 5.6, todos del Anexo N“6 de la Adenda de la DIA.

Se realizará mantención del sector revegetado durante seis meses eliminando malezas que puedan aparecer en el período de aclimatación y monitoreo de los sectores revegetados con riego por individuo. Se contempla un plan de seguimiento y monitoreo a lo menos por tres años en los cuales se mantendrá registro de prendimiento y vigor de la relocalización.

En forma adicional se considera con el 10% de los bulbos recolectados y clasificados según características anatómicas, proceder a una reproducción asexual en un invernadero debidamente implementado. Para mayor detalle de las actividades de seguimiento y cronograma de actividades, ver numerales 5.7, 5.8 y 5.9 del Anexo N%6 de la Adenda de la DIA.

Para mayor detalle del plan biológico a implementar, ver numeral 1.10 y Anexo N%6, ambos de la Adenda de la DIA.

Provisión de Suministros Básicos en la |) Agua: el agua para las actividades del proyecto Etapa de Cierre. será suministrada del pozo cercano al proyecto del cual el titular tiene derechos de aprovechamiento. Para consumo humano el agua será tratada mediante planta de potabilización (549 m'/año) y almacenada en depósito de 3 m'. Se contempla agua para actividades de humectación de caminos necesarias para la mantención del supresor de polvo (519,58 m”/año), agua derivada de la planta de tratamiento de aguas servidas y almacenada en un depósito de 20 m?, además de actividades de humectación de la apertura de las zanjas una vez que se retire el cableado subterráneo (65,7 m'/año), derivadas directamente del pozo con aprovechamiento de aguas y almacenada igualmente en un depósito de 20 m'. Para mayor detalle, ver tabla N"33 de la DIA y numerales 1.6.1, 7.1 y Tabla N%4 todos de la Adenda de la DIA.

b) Servicios Higiénicos: se contarán con baños químicos para los frentes de trabajo, en cantidad adecuada de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente. La mantención de éstos estará a cargo de terceros autorizados. Además, se contemplan baños permanentes conectados a planta de tratamiento de aguas servidas.

c) Energía Eléctrica: se considera el abastecimiento mediante 3 grupos electrógenos de 30 KVA cada uno.

d) Alojamiento: el proyecto no considera alojar trabajadores en las instalaciones del proyecto.

e) Transporte: el servicio de transporte será realizado por servicios externos autorizados. Para mayor detalle, ver numeral 1.13 de la Adenda de la DIA.

9) Alimentación del Personal: en el área del proyecto no se prepararán alimentos, se habilitará un área de comedor para la alimentación del personal.

Recursos naturales renovables

La fase de cierre no contempla la extracción, explotación

o utilización de recursos naturales renovables,

Emisiones y efluentes

a) Material Particulado y Gases de Combustión: durante la etapa de cierre se generarán emisiones atmosféricas similares a la de la etapa de construcción del proyecto.

Para mayor detalle de las emisiones atmosféricas y sus medidas de control, ver numerales 1.5.7, 1.6.9.1, 1.7.5.1, 4.5, Anexo N%9 y N*10, todos de la DIA, numerales 2.1.1, 5.2.1 y Anexo N%2, todos de la Adenda de la DIA.

b) Ruido: las fuentes de ruido predominantes durante la etapa de cierre del proyecto, se asocian al uso de maquinarias propias del desarme y deshabilitación de obras.

De acuerdo a los niveles de presión sonora proyectados en la etapa de cierre, similares a los de la etapa de construcción, se identifican dos puntos sensibles cercanos al área del proyecto donde se verán superados los límites normados de ruido en horario diurno. Estos puntos coinciden respecto a los identificados en la etapa de construcción del proyecto (R1: a 12 m del área del proyecto y R2: a 10 m del área del proyecto), para lo cual se aplicarán las mismas medidas que en esta etapa, con el respectivo seguimiento de mediciones acústicas.

De acuerdo a los antecedentes presentados por el titular y la modelación de ruido presentada junto con las medidas de control respectivas, se cumple con los niveles de presión sonora establecidos en la normativa ambiental vigente en la materia, en los puntos sensibles identificados por el titular cercanos al área del proyecto.

Para mayor detalle de las emisiones de ruido asociadas al proyecto y las medidas de control respectivas, ver numerales 1.5.7.2, 4.6.9.2, 1.7.5.4, literal b) del numeral 4.8.1 y Anexo N%8, todos de la DIA, numeral 2.2.1 de la

Adenda de la DIA.

c) Efluentes líquidos: por su parte en la etapa de cierre se contempla el uso de baños químicos en los frentes de trabajo en número adecuado de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente y baños permanentes conectados a planta de tratamiento de aguas servidas.

Se contempla utilizar el agua servida tratada para todas las etapas del proyecto para actividades de humectación de caminos, por lo cual estas aguas cumplirán los estándares: establecidos por la NCh N*1.333 para riego.

Para mayor detalle, ver numerales 1.5.7.3, 1.6.9.3, 17£5.

todos de la DIA, numerales 5.2.2, 5.2.3 de la Adenda de la

DIA. Residuos, productos químicos y otras | * Residuos Sólidos Domiciliarios: corresponderán sustancias que puedan afectar el medio 4 restos de alimentos, envases, papeles, desechos de ambiente. artículos de aseo personal, etc. Los residuos (3 kg/día)

serán almacenados transitoriamente en contenedores cerrados de residuos domésticos. El retiro de estos residuos se realizará dos veces por semana por una empresa autorizada el rubro para ser dispuestos en lugar autorizado.

. Residuos Industriales no Peligrosos: en etapa de cierre, se generarán producto de actividades de desmantelación y deshabilitación. Estos residuos serán del tipo escombros, restos de materiales de construcción, residuos metálicos inertes, entre otros. Los residuos sólidos no peligrosos a generar (66,67 m'/mes), serán almacenados temporalmente en sitio de almacenamiento temporal habilitado, para luego ser retirados por una empresa autorizada para ser dispuestos en lugar autorizado con retiro dos veces por semana.

. Residuos Peligrosos: se generarán residuos sólidos peligrosos producto de las actividades propias de la desmantelación y deshabilitación. Estos residuos serán del tipo desengrasantes, aceites y grasas y materiales contaminados. Los residuos sólidos peligrosos a generar (0,2 kg/día), serán manejados en la bodega de residuos sólidos peligrosos, de acuerdo a la normativa ambiental vigente. La frecuencia de retiro de estos residuos no será superior a 6 meses.

Se generará y mantendrá un registro de retiro de todos los residuos generados, en todas las etapas del proyecto, el cual estará disponible cuando la autoridad lo requiera en etapa de seguimiento y fiscalización ambiental. Para mayor detalle, ver numeral 5.2.10 de la Adenda de la DIA.

Para mayor detalle de las características de cada uno de los residuos sólidos a generar durante la ejecución del proyecto y su forma de control, ver numerales 1.5.7.4, 1.6.9.4, 1.7.5.2, literal d) del numerales 4.8.1 y 5.2.9.1, todos de la DIA, Tabla N%3 y numerales 5.2.4, 5.2.5, 5.2.6, 5.2.7 y 5.2.8 de la Adenda de la DIA y numeral 3.1 de la Adenda Complementaria de la DIA.

Referencia al ICE para Mayores Numeral 4.4 y Capítulo V, ambos del Informe Detalles sobre esta Fase. Consolidado de Evaluación.

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO

La fase de construcción tendrá una duración de 9 meses, la fase de operación de 25 años, mientras que la etapa de cierre de 6 meses.

4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

El cronograma de actividades del proyecto se puede visualizar en los numerales 1.2.10, 1.5.3 y 1.6.3, todos de Fecha Estimada de Inicio y Término la DIA, numerales 4.1 y 4.2, ambos de la Adenda de la o ¡DIA y numeral 2.1 de la Adenda Complementaria de la DIA.

Parte, Obra o Acción que Establece el Inicio y Término

Inicio: instalación del primer contenedor dentro de la instalación de faenas.

Término: conexión de la subestación tap- offa la línea de | 110 kV del SIC. |

4.4.2. FASE DE OPERACIÓN

Fecha Estimada de Inicio y Término

El cronograma de actividades del proyecto se puede

visualizar en los numerales 1.2.10, 1.5.3 y 1.6.3, todos de la DIA, numerales 4.1 y 4.2, ambos de la Adenda de la DIA y numeral 2.1 de la Adenda Complementaria de la DIA.

Parte, Obra o Acción que establece el Inicio y Término.

Inicio: conexión de la subestación tap- off a la línea de 110 kV del SIC. Término: desconexión de la subestación.

: 4.4.3. FASE DE CIERRE

' Fecha Estimada de Inicio y Término

El cronograma de actividades del proyecto se puede visualizar en los numerales 1.2.10, 1.5.3 y 1.6.3, todos de la DIA, numerales 4.1 y 4.2, ambos de la Adenda de la DIA y numeral 2.1 de la Adenda Complementaria de la DIA.

' Parte, obra o acción que establece el | ¿ Inicio y Término.

Inicio: desconexión de la subestación tap- off a la línea de 110 kV del SIC.

Término: actividades de restauración de la vegetación (Plan Biológico).

S%, Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS.

¡Impacto no significativo

Para todas las etapas del proyecto y de acuerdo a los antecedentes presentados por el titular, las emisiones contaminantes se encuentran bajo los estándares establecidos por la normativa ambiental vigente.

De acuerdo a los antecedentes presentados por el titular y la modelación de ruido presentada junto con las medidas de control respectivas, se cumple con los niveles de presión sonora establecidos en la normativa ambiental vigente en la materia, en los puntos sensibles identificados por el titular, cercanos al área del proyecto.

En el área del proyecto no existen recursos naturales renovables que puedan ser objeto de la exposición a |

contaminantes debido al impacto de las emisiones y

efluentes.

Las emisiones y efluentes del proyecto se manejarán adecuadamente y de acuerdo a lo establecido en la normativa ambiental vigente en la materia.

Fase en que se presenta

Etapa de construcción, operación y cierre.

¡Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Artículo 5 del Capítulo VI del Informe Consolidado de Evaluación.

De acuerdo a lo anterior, se concluye que en consideración a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones y residuos del proyecto no existirá riesgo para la salud de la población.

INCLUIDOS EL SUELO. AGUA GUA , A

ao s

    1. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y au OS RECURSOS NATURALES RENOVABLES,

Impacto no significativo

El proyecto no contempla la pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes, derivado de la ejecución del proyecto.

La superficie de suelo a intervenir por las obras y actividades del proyecto será de 73,34 hectáreas. Los paneles fotovoltaicos se instalarán mediante pivotes lo que disminuye considerablemente la superficie de intervención directa por las obras del proyecto (0,0375% de la superficie total del proyecto).

El proyecto no contempla la explotación de recursos naturales renovables para satisfacer sus necesidades. No obstante, y debido a las obras del proyecto habrá afectación de ejemplares de flora y fauna presentes en el área del proyecto.

Respecto a la Flora y vegetación y según la caracterización del área del proyecto presentada por el titular, se identificó en el área de influencia del proyecto presencia de formaciones xerofíticas, bosque nativo y geófitas, en áreas concretas.

Además, se identificaron 4 especies en categoría de conservación, Echinopsis chiloensis, Eulychnia acida Phil., Cumulopuntia sphaerica y Eriosyce curvispina.

De acuerdo a las actividades del proyecto, será necesario la corta de bosque nativo en una superficie de 2,46 há. Para lo anterior, se llevará a cabo un plan de manejo de corta y reforestación de bosque nativo.

También será necesaria la corta de 20,61 há de formaciones xerofíticas. Para proceder correctamente con la corta de formaciones xerofíticas, se realizará de acuerdo a un plan de trabajo respectivo.

Adicionalmente el titular, una vez, finalizada la vida útil del proyecto llevará a cabo un proyecto de restauración mediante un plan biológico que contempla un plan de manejo de cactáceas y un plan de rescate y relocalización

de especies de geófitas (ver numeral 4.3.3.3 de la presente Resolución).

Respecto _a la Fauna, de modo general es constituida básicamente por especies nativas, comunes y de amplia distribución en el territorio nacional.

Se identificaron especies en categoría de conservación. De los micromamíferos encontrados en el área de estudio, el marsupial Tylamis elegans (yaca), fue el único considerado endémico y con categoría de conservación (Rara). Por su parte, en cuanto a los reptiles se encontraron 5 especies en estado de conservación: Liolaemius fuscus (LC), L. lemmiscatus (LC), L. nitidus (ND),, Pseudalopex griseus (LC) Lycalopex culpaeus (LO).

El titular del proyecto adoptará medidas de control a través de un plan de manejo para el rescate y relocalización de la yaca y reptiles. Para mayor detalle del

plan de rescate y relocalización, ver Anexo N'8 de la Adenda de la DIA.

En relación a Spalacopus cyanus (cururo), no se encontró ningún espécimen dentro del área de influencia del proyecto. Debido a la existencia de madrigueras de cururos inactivas y abandonadas dentro del área de influencia del proyecto, se realizará una semana antes del inicio de la construcción del mismo, un microruteo del área próxima a donde se encuentran las curureras abandonadas, a fin de verificar la existencia de especímenes que eventualmente puedan haber retornado al área de influencia del proyecto.

El titular del proyecto capacitará e informará a los trabajadores en el proceso de implantación y funcionamiento del proyecto. Los principales objetivos de estas capacitaciones es advertir la presencia de fauna con problemas de conservación dentro del área del proyecto y cómo proceder frente a diversas situaciones para prevenir la interferencia o accidentes que involucren a la fauna, en todas las etapas del proyecto, prestando especial atención durante la etapa de construcción y cierre. Como forma de verificación se dispondrá de un registro fotográfico de las actividades, también un registro de los asistentes al mismo. El registro de capacitaciones estará a disposición | de las autoridades, cuando lo requieran.

El proyecto en relación a la magnitud y duración de sus | impactos, no genera oO presenta efectos adversos significativos sobre el suelo, agua o aire respecto a la condición de línea de base.

El proyecto manejará adecuadamente las sustancias peligrosas a utilizar durante la ejecución del proyecto, de acuerdo a lo establecido en la normativa ambiental vigente en esta materia.

El proyecto no intervendrá ni explotará recursos hídricos. El proyecto no introducirá ninguna especie exótica al

territorio nacional o en áreas, zonas oO ecosistemas determinados.

Fase en que se presenta

Etapa de Construcción, Operación y Cierre.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Evaluación.

De acuerdo a lo anterior, se concluye que no existirán efectos adversos significativos sobre la | cantidad y de calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

(5.3. REASENTAMIENTO DE

HUMANOS.

COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN

SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS

Impacto no significativo

l El proyecto de acuerdo a su lugar de emplazamiento, no | generará reasentamiento de comunidades humanas o | alteración significativa de los sistemas de vida y | costumbres de grupos humanos. Cercano al área del ' proyecto existen predios agrícolas, en donde habitan ¡ familias que utilizan el camino de acceso al proyecto; Por ¿lo anterior, se llevará a cabo un plan de gestión de tráfico di

_ en las etapas de construcción y cierre, con la finalidad, de”

evitar esperas o maniobras innecesarias. Además, se instalarán señaléticas, que establezcan límites de velocidad, advertencia de escolares en el camino e instalación de señalética que muestre el punto de acceso y la ubicación del proyecto.

No obstante lo anterior, el tránsito de vehículos por las actividades del proyecto será menor, por lo cual no afectará el transporte y comunicación de los habitantes del sector.

Referencia al ICE para mayores | Artículo 7 del Capítulo VI del Informe Consolidado de detalles sobre este impacto específico | Evaluación.

De acuerdo a lo anterior se concluye que la ejecución del proyecto no contempla alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

5.4, LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR.

Impacto no significativo El proyecto de acuerdo a su lugar de emplazamiento, no se localiza en o próximo a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados.

Referencia al ICE para mayores | Artículo 8 del Capítulo VI del Informe Consolidado de detalles sobre este impacto Evaluación. específico

El proyecto de acuerdo a su lugar de emplazamiento, no se localiza en o próximo a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados.

5.5, ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJIÍSTICO O TURISTICO DE UNA ZONA.

Impacto no significativo En el sector donde se emplazará el proyecto no existe una Zona de Interés Turístico Nacional (ZOIT). El proyecto no presentará alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona.

Referencia al ICE para mayores Artículo 9 del Capítulo VI del Informe Consolidado de detalles sobre este impacto | Evaluación. específico

De acuerdo a lo anterior se concluye que el proyecto no presentará alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona.

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ' ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL ' PATRIMONIO CULTURAL.

Impacto no significativo De acuerdo a los antecedentes presentados, el proyecto no generará o presentará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. De acuerdo a lo levantado en la línea de base por el titular, en el área del proyecto no se encontraron hallazgos o sitios arqueológicos e históricos. No obstante, se detalla la existencia de ruinas de un corral y un murete de pircas que se encuentran en el área del proyecto. Estas zonas no serán

intervenidas dejándose libres y sin realizar ni preparación de terreno, ni instalación de paneles ni instalación de cualquier equipamiento relacionado con el proyecto.

Además, el titular realizará las siguientes actividades:

. Monitoreo arqueológico permanente por cada: frente de trabajo durante las obras de escarpe del terreno y : en todas las actividades que consideren movimiento de

tierra. A partir de esta actividad se remitirá, a la

Superintendencia del Medio Ambiente y al Consejo de Monumentos Nacionales, un informe trimestral de. monitoreo el que deberá dar cuenta de las actividades, plan

de trabajo y/o hallazgos (ver numeral 5.5.6 de la Adenda de la DIA), en un plazo no mayor a 15 días hábiles de realizada la última actividad.

. Charlas de inducción a los trabajadores del proyecto, sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo, antes del inicio de cada obra. Se remitirá a la Superintendencia del Medio Ambiente y al Consejo de Monumentos Nacionales, informes de monitoreo con los contenidos de la inducción realizada y la constancia de asistentes a la misma, así como, una síntesis de sus comentarios, observaciones y preguntas, en un plazo no mayor a 15 días hábiles posterior a realizada la actividad.

| Referencia al ICE para mayores | Artículo 10 del Capítulo VI del Informe Consolidado de detalles sobre este impacto | Evaluación. i | específico

¡De acuerdo a lo anterior se concluye que el proyecto no generará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al ' patrimonio cultural.

L .

  1. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos.

6.1.1. ARTÍCULO 138: PERMISO PARA LA CONSTRUCCIÓN, REPARACIÓN, ' MODIFICACIÓN Y AMPLIACIÓN DE CUALQUIER OBRA PÚBLICA O PARTICULAR | DESTINADA A LA EVACUACIÓN, TRATAMIENTO O DISPOSICIÓN FINAL DE DESAGÚES, AGUAS SERVIDAS DE CUALQUIER NATURALEZA. |

Fase del Proyecto a la cual

Construcción, Operación y Cierre. corresponde

El proyecto contempla para toda la ejecución del proyecto un sistema de alcantarillado particular conectado a una | planta de tratamiento de aguas servidas. Para mayor | detalle, ver numeral 5.3.1 de la DIA, numeral 3.1 de la Adenda de la DIA.

Parte, Obra o Acción a que aplica

La Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Coquimbo, mediante Ordinario N*32 de fecha 20 de | Julio de 2015, se pronunció conforme respecto de los | requisitos para el otorgamiento de este Permiso Ambiental. o

6.12. ARTÍCULO 140: PERMISO PARA LA CONSTRUCCIÓN, REPARACIÓN MODIFICACIÓN Y AMPLIACIÓN DE CUALQUIER PLANTA DE TRATAMIENTO DE; BASURAS Y DESPERDICIOS DE CUALQUIER CLASE O PARA LA INSTALACIÓN DE . _TODO LUGAR DESTINADO A LA ACUMULACIÓN, SELECCIÓN, .

Pronunciamiento del Órgano Competente

INDUSTRIALIZACIÓN, COMERCIO O DISPOSICIÓN FINAL DE BASURAS Y. DESPERDICIOS DE CUALQUIER CLASE.

Fase del Proyecto a la cual

Construcción, Operación y Cierre. corresponde

El proyecto contempla la habilitación de un área para el almacenamiento temporal de residuos sólidos domésticos y no peligrosos, durante la ejecución del proyecto. Para mayor detalle, ver numeral 5.3.2 de la DIA, numeral 3.2 de la Adenda de la DIA.

Parte, Obra o Acción a que aplica

La Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Coquimbo, mediante Ordinario N*32 de fecha 20 de

Pronunciamiento del Órgano | Julio de 2015, se pronunció conforme respecto de los Competente requisitos para el otorgamiento de este Permiso Ambiental.

6.13. ARTÍCULO 142: PERMISO PARA TODO SITIO DESTINADO AL ALMACENAMIENTO DE RESIDUOS PELIGROSOS. EL PERMISO PARA LOS SITIOS DE ALMACENAMIENTO DE RESIDUOS PELIGROSOS, SERÁ EL ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 29 DEL DECRETO SUPREMO N” 148, DE 2003, DEL MINISTERIO DE SALUD, REGLAMENTO SANITARIO SOBRE MANEJO DE RESIDUOS PELIGROSOS.

Fase del Proyecto a la cual

Construcción, Operación y Cierre. corresponde

El proyecto contempla la habilitación de un área para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos durante la etapa de construcción, operación y cierre del proyecto. Para mayor detalle, ver numeral 5.3.3 de la DIA, y numeral 3.3 de la Adenda de la DIA.

Parte, Obra o Acción a que aplica

¡La Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Coquimbo, mediante Ordinario N*32 de fecha 20 de Julio de 2015, se pronunció conforme respecto de los requisitos para el otorgamiento de este Permiso Ambiental.

Pronunciamiento del Organo Competente

6.1.4. ARTÍCULO 146: PERMISO PARA LA CAZA O CAPTURA DE EJEMPLARES DE ANIMALES DE ESPECIES PROTEGIDAS PARA FINES DE INVESTIGACIÓN, PARA EL ESTABLECIMIENTO DE CENTROS DE REPRODUCCIÓN O CRIADEROS Y PARA LA UTILIZACIÓN SUSTENTABLE DEL RECURSO, SERÁ EL ESTABLECIDO EN EL INCISO 1” DEL ARTÍCULO 9” DE LA LEY N? 4.601, SOBRE CAZA, MODIFICADA POR LA LEY N' 19.473, QUE SUSTITUYE EL TEXTO DE LA LEY N? 4.601, SOBRE CAZA, Y ARTÍCULO 609 DEL CÓDIGO CIVIL.

Fase del Proyecto a la cual o Construcción. corresponde

El proyecto contempla el rescate y relocalización de especies de reptiles en estado de conservación y micromamíferos (Yaca), que se encuentran en el área del proyecto. Para mayor detalle, ver numeral 5.3.4 y Anexo N*17 de la DIA, numeral 3.5 y Anexo N%8, ambos de la Adenda de la DIA, numeral 1.1 de la Adenda: Complementaria de la DIA. l

Parte, Obra o Acción a que aplica

El Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de Coquimbo, mediante Oficio N*1.512/2015 de fecha 03 de | Septiembre de 2015, se pronunció conforme respecto de los requisitos para el otorgamiento de este Permiso Ambiental.

Pronunciamiento del Organo Competente

6.1.5, ARTÍCULO 148: PERMISO PARA CORTA DE BOSQUE NATIVO, CUYA CORTA O EXPLOTACIÓN SEA NECESARIA PARA LA EJECUCIÓN DE CUALQUIER PROYECTO O ACTIVIDAD DE LAS SEÑALADAS EN EL ARTÍCULO 3 DEL PRESENTE REGLAMENTO, CON EXCEPCIÓN DE LOS PROYECTOS A QUE SE REFIERE EL LITERAL M.1, SERÁ EL ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 5" DE LA LEY N” 20.283 SOBRE RECUPERACIÓN DEL BOSQUE NATIVO Y FOMENTO FORESTAL.

Fase del Proyecto a la cual! 0 ¡ Construcción. corresponde :

El proyecto contempla la corta de especies asociadas a | bosque nativo para la ejecución del proyecto. Para mayor || detalle, ver numeral 5.3.5 y Anexo N15, ambos de la : ¿ DIA, numeral 3.4 y Anexo N10 de la Adenda de la DIA.

Parte, Obra o Acción a que aplica

¡La Corporación Nacional Forestal, Región de Coquimbo, | mediante Oficio N%27- EA/2015 de fecha 24 de Agosto de | 2015, se pronunció conforme respecto de los requisitos para el otorgamiento de este Permiso Ambiental.

Pronunciamiento del Órgano Competente

6.1.6. ARTÍCULO 151: PERMISO PARA LA CORTA, DESTRUCCIÓN O DESCEPADO DE FORMACIONES XEROFÍTICAS QUE SEA NECESARIA PARA LA EJECUCIÓN DE CUALQUIER PROYECTO O ACTIVIDAD DE LAS SEÑALADAS EN EL ARTÍCULO 3 DEL PRESENTE REGLAMENTO, CON EXCEPCIÓN DE LOS PROYECTOS A QUE SE REFIERE EL LITERAL M.1., SERÁ EL ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 60 DE LA LEY N* 20.283, SOBRE RECUPERACIÓN DEL BOSQUE NATIVO Y FOMENTO FORESTAL Y EN EL ARTÍCULO 3” DEL DECRETO SUPREMO N" 93, DE 2008, DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA, REGLAMENTO GENERAL DE DICHA LEY.

Fase del Proyecto a la cual

Construcción. corresponde

El proyecto contempla la intervención de formaciones xerofíticas para la ejecución de sus obras. Para mayor detalle, ver numeral 5.3.6 y Anexo N16, ambos de la DIA, numeral 3.6 y plano N21 del Anexo N%1, Anexo N10, todos de la Adenda de la DIA, numeral 1.2 y Anexo N1 de la Adenda Complementaria de la DIA.

¡La Corporación Nacional Forestal, Región de Coquimbo, ' | mediante Oficio N*27- EA/2015 de fecha 24 de Agosto de 2015, se pronunció conforme respecto de los requisitos | para el otorgamiento de este Permiso Ambiental.

Parte, Obra o Acción a que aplica

Pronunciamiento del Órgano Competente

6.1.7. ARTÍCULO 160: PERMISO PARA SUBDIVIDR Y URBANIZAR TERRENOS | RURALES O PARA LAS CONTRUCCIONES FUERA DE LOS LÍMITES URBANOS.

Fase del Proyecto a la cual

Construcción. corresponde

El proyecto se emplaza sobre un terreno rural y contempla construcciones permanentes. Para mayor detalle, ver numeral 5.3.7 de la DIA, y numeral 3.7 de la Adenda de la DIA.

Parte, Obra o Acción a que aplica

La Secretaría Regional Ministerial de Agricultura de la | Región de Coquimbo, mediante Oficio N*306 de fecha 23 de Julio de 2015, se pronunció conforme respecto de los ¡requisitos para el otorgamiento de este Permiso | Ambiental.

Pronunciamiento del Órgano Competente

  1. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente: o

7.1. CONTROL DE EMISIONES A LA ATMÓSFERA

Norma . Decreto Supremo N*144/1961 del Ministerio de Salud. Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza.

. Decreto Supremo N”138/2005 del Ministerio de Salud. Establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica.

Fase del Proyecto a la que Aplica Construcción, Operación y Cierre.

Forma de cumplimiento De acuerdo a la estimación de emisiones de material particulado y gases de combustión presentado por el titular para las diferentes etapas del proyecto, se cumple con los estándares establecidos por la normativa ambiental vigente. No obstante lo anterior, se contemplará las siguientes medidas de control:

. Aplicación de aglomerante en base a polímeros acrílicos, en los caminos internos y de acceso del proyecto. Esto se realizará durante la actividad de construcción de caminos, a través de una humectación con la emulsión del polímero, con agua derivada de los derechos de aprovechamiento con que cuenta el titular. Se aplicará 52,58 m' de agua de emulsión por todos los caminos internos y de acceso del proyecto.

. Humectación anual de caminos para mantener activo el supresor de polvo en base a polímeros durante la ejecución del proyecto. El agua ocupada para esta actividad será la obtenida de la planta de tratamiento de aguas servidas contemplada en las etapas de operación y cierre. Se mantendrá registro de esta actividad mediante ficha que indique fecha y hora de humectación, cantidad de agua aplicar, durante todas las etapas del proyecto (ver numeral 2.1.1 de la Adenda de la DIA). La ficha técnica del aglomerando a aplicar se puede visualizar en el Anexo N*19 de la DIA.

. Restricción de velocidad a 30 km/hora con instalación de señalética. Junto a lo anterior se instalarán medidores de velocidad al interior del proyecto.

. Exigencia de la revisión técnica al día de los vehículos que ingresen al proyecto. . Uso de lonas en tolvas de camiones que

transporten material dentro de la faena. se mantendrá registro de esta actividad que contendrá, patente del camión, fecha y hora que realizará traslado de material, origen y fin del traslado del material, tonelaje trasladado y | registro visual del uso de la lona en el camión. El registro ¡estará disponible cuando la autoridad lo requiera durante el seguimiento y fiscalización ambiental.

Además, se declarará en forma anual, las emisiones | generadas por los tres generadores de 30 KVA cada uno, contemplados en el proyecto durante la etapa de construcción. Las emisiones asociadas a estos equipos serán declaradas a través del Sistema de Ventanilla Única RECT, página web http://vu.mma.gob.cl del Ministerio de Medio Ambiente.

Referencia al ICE para mayores Numeral 8.1 del Informe Consolidado de Evaluación. etalles

7.2. EFLUENTES LÍQUIDOS.

Norma

. Decreto con Fuerza de Ley N*725/1967 del Ministerio de Salud. Código Sanitario.

. Decreto Supremo N*594/1999 del Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento sobre Condiciones | Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de | Trabajo.

Fase del Proyecto a la que Aplica

' Construcción, Operación y Cierre.

Forma de cumplimiento

producto de los servicios higiénicos, las cuáles serán evacuadas a través de baños químicos ubicados en los frentes de trabajo, además, se contemplan baños permanentes los cuales se conectarán a un sistema de alcantarillado particular con planta de tratamiento de aguas servidas.

En la etapa de operación del proyecto, las aguas servidas serán manejadas mediante un sistema de alcantarillado

| particular conectado a planta de tratamiento de aguas || servidas. Por su parte en la etapa de cierre se contempla el

uso de baños químicos en los frentes de trabajo en número adecuado de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente, además de baños permanentes conectados a la planta de tratamiento de aguas servidas.

¡Se contempla utilizar el agua servida tratada para todas las

etapas del proyecto para actividades de humectación, por lo cual estas aguas cumplirán los estándares establecidos por la NCh N*1.333 para riego.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.2 del Informe Consolidado de Evaluación.

7.3. RESIDUOS SÓLIDOS.

Norma

. Decreto con Fuerza de Ley N'%725/1967 del Ministerio de Salud. Código Sanitario.

. Decreto Supremo N*594/1999 del Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

. Decreto Supremo N”148/2003 del Ministerio de Salud. Reglamento Sanitario sobre Manejo de

| Residuos Peligrosos.

Fase del Proyecto a la que Aplica

Construcción, Operación y Cierre.

Forma de cumplimiento

Tanto en la etapa de construcción, operación y cierre se generarán residuos domiciliarios, no peligrosos y peligrosos, los cuales serán almacenados temporalmente en instalaciones habilitadas especialmente para estos efectos y retirados con una frecuencia establecida para ser depositados en lugar autorizado.

Referencia al ICE para mayores detalles

| Numeral 8.3 del Informe Consolidado de Evaluación y

numerales 4.3.1, 4.3.2 y 4.3.3, todos de la presente Resolución.

7.4, RUIDO.

Norma

. Decreto Supremo N*38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente. Establece Norma de Emisión d Ruidos generados por fuentes que indica.

Fase del Proyecto a la que Aplica

Construcción, Operación y Cierre.

Forma de cumplimiento

De acuerdo a los niveles de presión sonora proyectados en la etapa de construcción, se identificaron dos puntos sensibles cercanos al área del proyecto donde se verán superados los límites normados de ruido en horario diurno. Para lo anterior, se contemplan medidas de control para la atenuación del ruido en etapa de construcción y cierre del proyecto, asociadas a la instalación de barreras acústicas de OSB de 50 mm de espesor, que se ubicarán en el deslinde poniente y oriente del área del proyecto, donde están ubicados estos receptores.

Además, se derivará un informe, en un plazo no mayor a un mes posterior de realizada la actividad a la Superintendencia del Medio Ambiente, que dé cuenta de la realización de estas actividades con sus medios de registro y verificación respectivos, además del certificado de calibración vigente del sonómetro a utilizar.

De acuerdo a los antecedentes presentados por el titular y la modelación de ruido presentada en todas las etapas del proyecto junto con las medidas de control respectivas, se cumple con los niveles de presión sonora establecidos en la normativa ambiental vigente en la materia, en los puntos sensibles identificados por el titular cercano al área del proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.4 del Informe Consolidado de Evaluación.

7.5. SUSTANCIAS PELIGROSAS

Norma

. Decreto Supremo N*78/2009 del Ministerio de Salud, Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas.

Fase del Proyecto a la que Aplica

Construcción y Operación.

Forma de cumplimiento

El proyecto contempla el almacenamiento de sustancias peligrosas durante la etapa de construcción y para la etapa de operación del proyecto, necesarias para la mantención de la planta potabilizadora y planta de tratamiento de aguas servidas. La forma de almacenamiento se hará de acuerdo a lo establecido en la presente normativa.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.5 del Informe Consolidado de Evaluación.

NIO CULTURAL.

. Ley N*17.288 del Ministerio de Educación. Ley de Monumentos Nacionales.

. Decreto Supremo N484/1990 del Ministerio de Educación. Reglamento de la Ley N17.288, sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas.

Fase del Proyecto a la que Aplica

Construcción, Operación y Cierre.

Forma de cumplimiento

De acuerdo a los antecedentes presentados, el proyecto no generará o presentará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. No obstante lo anterior, el titular adoptará medidas de control asociadas a monitoreo arqueológico permanente y charlas de inducción a los trabajadores del proyecto, sobre el

componente arqueológico.

De igual forma, en caso de cualquier hallazgo arqueológico o paleontológico que se pudiera realizar con ocasión de la ejecución de las obras del proyecto, se procederá según lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Ley N17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos 20 y 23 del Reglamento de la Ley N17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Asimismo, se informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir.

| Referencia al ICE para mayores ¡detalles

Numeral 8.7 del Informe Consolidado de Evaluación.

7.7. RECURSOS NATURALES.

Norma

e Ley N"20.283 del Ministerio de Agricultura. Ley sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal.

. Decreto Supremo N*93/2008 del Ministerio de Agricultura. Reglamento General de la Ley sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal.

¿e Ley N*19.473 del Ministerio de Agricultura. Ley de Caza. . Decreto N"5/1998 de Ministerio de Agricultura.

| Reglamento de la Ley de Caza.

Fase del Proyecto a la que Aplica

¡ Construcción, Operación y Cierre.

Forma de cumplimiento

Flora y vegetación: de acuerdo a las “actividades del

proyecto, será necesario la corta de bosque nativo en una superficie de 2,46 há. Para lo anterior, se llevará a cabo un plan de manejo de corta y reforestación de bosque nativo.

También será necesaria la corta de 20,61 há de formaciones xerofíticas. Para proceder correctamente con la corta de formaciones xerofíticas, se realizará de acuerdo a un plan de trabajo respectivo.

Adicionalmente el titular, una vez finalizada la vida útil | del proyecto, llevará a cabo un proyecto de restauración mediante un plan biológico que contempla un plan de manejo de cactáceas y un plan de rescate y relocalización de especies de geófitas.

Fauna: se identificaron especies en categoría de conservación. De los micromamíferos encontrados en el área de estudio, el marsupial Tylamis elegans (yaca), fue el único con categoría de conservación (Rara). Por su parte, en cuanto a los reptiles, se encontraron 5 especies en estado de conservación: Liolaemius fuscus (LC), L. lemniscatus (LC), L. nitidus (NT), Pseudalopex griseus (LC) Lycalopex culpaeus (LC).

El titular del proyecto adoptará medidas de control a través de un plan de manejo para el rescate y relocalización de ejemplares de la especie yaca y reptiles en estado de conservación.

El titular del proyecto capacitará e informará a los. trabajadores en el proceso de implementación” funcionamiento del proyecto. :

Referencia al ICE para mayores | Numeral 8.7 del Informe Consolidado de Evaluación. detalles :

8”, Que, el proyecto no contempla condiciones o exigencias para ejecutarse. De igual forma la Comisión de Evaluación no estableció condiciones o exigencias para la aprobación del Proyecto.

9”. Que, el proyecto contempla compromisos ambientales voluntarios los cuales se describen en el Capítulo 10 del Informe Consolidado de Evaluación.

  1. Que, el proyecto contempla un Plan de Prevención de Contingencias y Plan de Emergencias, el cual se describe en el Capítulo 7 del Informe Consolidado de Evaluación.

  2. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

  3. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4” de la presente Resolución. :

  4. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

14, Que, para que el proyecto “Central Fotovoltaica Illapel” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  1. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

  2. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

  3. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2” letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

  4. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1%, Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Central Fotovoltaica Illapel”, de [MELSA S.A.

Certificar que el proyecto “Central Fotovoltaica Illapel” cumple con la normativa de carácter

22 ambiental aplicable.

3”, Certificar que el proyecto “Central Fotovoltaica Hlapel” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140, 142, 146, 148, 151 y 160 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4”. Certificar que el proyecto “Central Fotovoltaica Illapel” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N*19,300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5%. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4? del presente acto.

6”. Hacer presente que en contra de esta resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N? 19.300 ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

5, RTÍNEZ GUAJARDO ua Dire Regionalé érvicio de Evaluación Ambiental —————> XQ Comisión de Evaluación

  • Región de Coquimbo

ISE ] DistribUción; /- . . Sr. Carlos Álvarez Stiibing Representante legal de IMELSA S.A.

. Sres, Miembros de la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo. . Corporación Nacional Forestal, Región de Coquimbo.

. Dirección General de Aguas, Región de Coquimbo.

. Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Coquimbo.

. Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Coquimbo.

. Servicio Nacional de Turismo, Región de Coquimbo.

. Consejo de Monumentos Nacionales.

. Gobierno Regional, Región de Coquimbo.

. Ilustre Municipalidad de Illapel.

C/e:

. Expediente electrónico de evaluación ambiental del proyecto “Central

Hlapel”. . Archivo Comisión de Evaluación Región de Coquimbo.